Comunicaciones


Comunicaciones

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite respuesta de la SICT a punto de acuerdo sobre la ampliación del aeropuerto internacional Abraham González, de Ciudad Juárez, Chihuahua

Ciudad de México, a 16 de mayo de 2024.

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en los artículos 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 31 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, me permito remitir para los fines procedentes copia del oficio número DGV/1.3.-320/2024, suscrito por el doctor Javier González Garza, director general de Vinculación de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), y de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo contenido en el diverso DGPL 65-II-3-3266, signado por la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, relativo a verificar con base en lo establecido en el Programa Maestro de Desarrollo 2021-2025 los tiempos de los entregables de avance de la obra relativa a la ampliación del aeropuerto internacional Abraham González, de Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo del Grupo Aeroportuario del Norte, pues usuarios han manifestado inconformidades por las condiciones actuales en que opera esa centra, así como aplicar las disposiciones conducentes de la Ley de Aeropuertos.

Sin otro particular aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, a 13 de mayo de 2024.

Maestro Esteban Martínez Mejía

Titular de la Unidad de Enlace

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a su oficio número SG/UE/230/534/24, mediante el cual comunica el punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados en sesión celebrada el 3 de abril de 2024, cuyos resolutivos cito:

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la SICT a que, de conformidad con sus facultades, tenga a bien verificar con base en lo establecido en el Programa Maestro de Desarrollo 2021-2025 los tiempos de los entregables de avance de la obra relativa a la ampliación del aeropuerto internacional Abraham González, de Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo del Grupo Aeroportuario del Norte, pues usuarios han manifestado inconformidades por las condiciones actuales en que opera la central.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la SICT a revisar y, en su caso, aplicar las disposiciones conducentes de la Ley de Aeropuertos y demás correlativas al incumplimiento de las obligaciones establecidas para las concesiones o permisos otorgados por el Estado.

Al respecto, me permito remitir la respuesta que envió la Dirección de Aeropuertos de la Dirección Ejecutiva de Seguridad Aérea, de la Agencia Federal de Aviación Civil de esta dependencia, mediante oficio número 4.1.2.3.-837, solicitando su amable intervención para hacerla del conocimiento a la Cámara de Diputados.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Javier González Garza (rúbrica)

Director General de Vinculación


Ciudad de México, a 29 de abril de 2024.

Doctor Javier González Garza

Director General de Vinculación de la SICT

Presente

Hago referencia al oficio número SC/UE/230/534/24, de fecha 15 de abril de 2024, suscrito por el titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, dirigido al titular de la SICT y remitido a la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), a través del cual hace de nuestro conocimiento el oficio número DGPL 65-II-3-3266, suscrito por la Dip. Karla Yuritzi Almazán Burgos, Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, comunicando a esa Secretaría el Punto de Acuerdo aprobado por el Pleno de ese Órgano Legislativo, manifestando principalmente lo siguiente:

“(...) “Primero.- La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorto respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes a que, de conformidad con sus facultades, tengan a bien verificar con base a lo establecido en el Programa Maestro de Desarrollo 2021-2025, los tiempos de los entregables de avance de la obra relativa a la ampliación del Aeropuerto Internacional Abraham González de Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo del Grupo aeroportuario del Norte, OMA; toda vez que se han manifestado diversas inconformidades de parte de los usuarios por las condiciones actuales en los que opera el aeropuerto. Segundo. - La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para que, se revise y, en su caso, se apliquen las disposiciones, conducentes en la Ley de Aeropuertos y demás correlativas al incumplimiento de las obligaciones establecidas para las concesiones o permisos otorgados por el Estado”. (...)”

Al respecto, con base a lo establecido en el séptimo párrafo del artículo 24 del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, el Grupo Aeroportuario Centro Norte (OMA) llevó a cabo la presentación del respectivo informe anual correspondiente a los 13 Aeropuertos operados por ese Grupo, dentro de los cuales se encuentra el aeropuerto internacional de Ciudad Juárez, no encontrando inconveniente u observación alguna en la documentación presentada.

Asimismo, esta autoridad. aeronáutica llevará a cabo próximamente una visita en sitio a dicho aeropuerto para la constatación física de las inversiones, avances de obra y adquisición de equipamiento conforme a los compromisos de inversión del año 2023, previstas e indicadas en su Programa de Inversiones de su Programa Maestro de Desarrollo (PMD) 2021-2035.

Algunas obras se llevan a cabo de manera multianual, considerando su magnitud y que muchas de ellas deben ejecutarse sin interrumpir la correcta operación del aeropuerto, pudiendo ser un factor por el cual se considera en el programa de obra un amplio tiempo determinado para culminar las obras, así como evitar variaciones abruptas en la tarima máxima conjunta.

De manera anual, la comandancia de aeropuerto lleva a cabo verificaciones técnico-administrativas, sin encontrar observación o hallazgo relacionado con un posible incumplimiento de las inversiones conforme a su PMD autorizado.

Esta autoridad aeronáutica continuará llevando a cabo labores de supervisión y vigilancia en el aeropuerto, con arreglo a las facultades y atribuciones establecidas en la normativa, a efecto de garantizar la seguridad operacional y la correcta prestación de los servicios a dicho concesionario presente un informe pormenorizado y detallado del avance de obra referente al proyecto “Ampliación y remodelación de edificio terminal”, a efecto de contar con mayores elementos en seguimiento de la obra en comento.

Atentamente

Ingeniera Maricruz Hernández García (rúbrica)

Directora de Aeropuertos

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite respuesta de la SICT a punto de acuerdo sobre el principio de eficiencia en el uso de las carreteras nacionales, previsto en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

Ciudad de México, a 15 de mayo de 2024.

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

Por este medio y en alcance de mi oficio número SG/UE/230/725/24, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar 09/JOU/DJ/0743/2024, suscrito por licenciado José Manuel Campuzano Villegas, director jurídico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), mediante el cual complementa la respuesta del punto de acuerdo relativo a hacer efectivo el principio de eficiencia en el uso de las carreteras nacionales, previsto en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Cuernavaca, Morelos, a 22 de abril de 2024.

Ciudadano Valentín Martínez Garza

Coordinador de Enlace con el Gobierno Federal y Órganos Autónomos

De la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a su oficio número SG/UE/230/542/24, del 15 de abril de 2024, recibido por esta entidad el 16 del mismo mes y año, a través del cual se hizo de conocimiento del licenciado Jorge Nuño Lara, titular de la SICT, el dictamen emitido por la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXV Legislatura, en el cual se presentó el siguiente punto de acuerdo:

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la SICT, Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos y la Guardia Nacional a hacer efectivo el principio de eficiencia en el uso de las carreteras nacionales, contenido en la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial (sic).

Sobre el particular, me permito informarle que su solicitud fue turnada a la Dirección de Operación, la cual informó lo siguiente a través del oficio número DO/1357/2024:

Por lo anterior, y tomando en consideración que el principio de eficiencia se refiere a maximizar los desplazamientos ágiles y asequibles, tanto de personas usuarias como de bienes y mercancías, optimizando los recursos ambientales y económicos disponibles, se solicitó remitir la respuesta que en el ámbito de la competencia de la Dirección de Operación corresponda, a fin de brindar atención a la misiva de mérito. Sobre el particular, emite el siguiente pronunciamiento:

Por cuanto a la manifestación de “se concluyó que la tarifa de peaje en autopistas en México era más cara incluso que en Francia” y “el incremento en el costo de los peajes, las más reciente de ellos publicado el 15 de noviembre pasado, cuando Caminos y Puentes Federales (Capufe) aplicó un aumento de 3 por ciento en las tarifas de peaje de carreteras, puentes y autopistas concesionadas al Fondo Nacional de Infraestructura (Fonadin)”.

De acuerdo con el artículo 33, fracción VIII, del Estatuto Orgánico de Capufe vigente, es facultad de la dirección a mi cargo asegurar la aplicación de las tarifas que previamente sean autorizadas para el cruce en las plazas de cobro en todas las modalidades de pago. Este organismo no determina el incremento tarifario correspondiente, por lo que se aplican las tarifas que son notificadas por el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC, institución fiduciaria en el fideicomiso número 1936m “Fondo Nacional de Infraestructura”, para las plazas de cobro de la red concesionada y las notificadas por la SICT previa autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para los centros de trabajo de la red propia.

En cuanto a “el costo del traslado de mercancías incrementa por el tiempo de recorridos que se pueden generar por el congestionamiento vehicular, en gran medida por el tiempo que invariablemente ocurre en las casetas de peaje” y, “en el caso de Capufe, es necesario que se agilice el paso eficiente de todos los vehículos en las casetas de peaje de las autopistas a su cargo”.

En las plazas de cobro que opera este descentralizado se desarrolla un servicio considerado esencial en el ámbito de comunicaciones, lo cual contribuye a la recaudación de ingresos por concepto de peaje, las cuales deben operar los 365 días del año, las 24 horas del día. De manera recurrente se implantan mecanismos que contribuyan a agilizar el cruce vehicular por las plazas de cobro operadas, como garantizar contar con suficiencia de personal asignado, procurando mantener la mayor cantidad de carriles abiertos, se cuenta con el apoyo de personal que orientan al usuario a cruzar por carriles de bajo aforo (bandereros) especialmente en periodos vacacionales y fines de semana largos. Asimismo, de acuerdo con la carga vehicular, constantemente se operan carriles reversibles o en contraflujo, se habilitan cabinas móviles y se implantan formas de pago anticipado, lo cual asegure un cruce ágil por los centros de trabajo. Sin embargo, de manera recurrente se pueden presentar incidencias carreteras, como accidentes, que impidan o limiten la apertura de algún carril.

Por otro lado, se cuenta con plazas de cobro que de manera histórica y derivado del incremento en el aforo vehicular han sido rebasadas en su capacidad; sin embargo, este descentralizado gestiona los recursos y las autorizaciones necesarias que permitan realizar los proyectos de ampliación de carriles o reubicación. Tal es el caso de la plaza de cobro 127, Chichimequillas, en el libramiento noreste de Querétaro, que hoy se encuentra en proceso de reubicación, por citar un ejemplo.

En cuanto a “disminuir la tendencia al alza de los delitos contra el autotransporte, es necesario que se sigan fortaleciendo las acciones para brindar mayor seguridad a los transportistas”.

Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya principal actividad es la prestación de servicios de operación y mantenimiento de los caminos y puentes que tiene a cargo, precisando que es atribución de la Guardia Nacional prevenir la comisión de delitos, salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio, así como mantener o restablecer el orden y la paz social en las carreteras federales, de acuerdo con el artículo 9, fracciones I y II, inciso a), de la Ley de la Guardia Nacional.

En cuanto a “el sistema de telepeaje es deficiente, en muchos casos los camiones tienen que ir de reversa en ocasiones para que detecten el tag, eliminando la ventaja de la supuesta automatización”.

En ese sentido, y derivado de que se cuenta con reglas específicas en la operación del telepeaje, las incidencias presentadas pueden ser atribuibles al desconocimiento de los usuarios respecto a la disponibilidad de saldo con que cuenta su dispositivo tag y el importe de la tarifa de pago de peaje. Si el usuario no cuenta con saldo suficiente, el pago de peaje deberá ser en efectivo. Otra causa atribuible a las fallas en el sistema de telepeaje es el estado físico en que se encuentran los dispositivos, algunos están mal ubicados o perforados, lo cual no garantiza su correcto funcionamiento. Asimismo, es probable que las personas usuarias tienen desconocimiento de las reglas antifraude, a las que se deben ceñir al momento de adquirir su dispositivo tag, lo que provoca que se inhabilite, sin considerar el tiempo mínimo de actualización del saldo, una vez que efectuó la recarga.

La empresa Cepsice (contratada por el fiduciario Banobras) es responsable de informar a los operadores de telepeaje-interoperables sobre las reglas de operación, como saldos mínimos, reglas antifraude y tiempos de actualización de registros de estatus y saldos.

Este organismo cuenta con el Call Center, unidad administrativa que atiende las incidencias o quejas reportadas por usuarios que utilizan el sistema de telepeaje, las cuales se atiende en tiempo y forma, otorgando atención personalizada para cada incidencia en específico.

En cuanto a “el bloqueo a carreteras, las cuales generan pérdidas millonarias incuantificables, el 19 de enero del presente año pescadores de Paredón bloquearon la carretera México 200, mejor conocida como ‘Carretera Costera...’”

La carretera en mención no es operada por Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.

Respecto a los eventos sociorganizativos registrados en la red operada por Capufe, a efecto de brindar un tránsito seguro y confortable, este organismo participa permanentemente en las reuniones de trabajo del Grupo de Coordinación para la Atención de Instalaciones Estratégicas, que preside la Guardia Nacional. Asimismo, a través de diversos medios de comunicación se mantiene informadas a las personas usuarias sobre dichos eventos y, particularmente, en las plazas de cobro operados se tiene difusión impresa sobre el cumplimiento de la Ley de Vías Generales de Comunicación. Entre otras acciones, se solicita la presencia de la Guardia Nacional para efectuar operativos vehiculares que permitan el libre tránsito por los tramos carreteros concesionados. Resultado de las acciones implantadas, se reporta que de 2019 a 2023 se redujeron 99 por ciento dichos acontecimientos” (sic).

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Manuel Campuzano Villegas (rúbrica)

Director Jurídico

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite respuesta de Capufe-SICT a punto de acuerdo sobre acciones para garantizar la seguridad de las personas y los bienes en las carreteras de competencia federal

Ciudad de México, a 15 de mayo de 2024.

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en los artículos 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 31 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, me permito remitir para los fines procedentes copia del oficio número 09/JOU/DJ/0745/2024, suscrito por el licenciado José Manuel Campuzano Villegas, director jurídico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe) de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), mediante el cual responde el punto de acuerdo contenido en el diverso DGPL 65-II-5-3729, signado por la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, relativo a seguir fortaleciendo las acciones para garantizar la seguridad de las personas y los bienes que circulan por las carreteras de competencia federal.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Cuernavaca, Morelos, a 22 de abril de 2024.

Ciudadano Valentín Martínez Garza

Coordinador de Enlace con el Gobierno Federal y Órganos Autónomos

De la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a su oficio número SG/UE/230/576/24, del 15 de abril del 2024, recibido por esta entidad el 16 del mismo mes y año, a través del cual hizo de conocimiento del licenciado Jorge Nuño Lara, titular de la SICT, el dictamen emitido por la Comisión de Seguridad Ciudadana de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el cual se tomó el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto del principio de división de poderes, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana seguir fortaleciendo con la SICT las acciones para garantizar la seguridad de las personas y los bienes que circulan por carreteras de competencia federal... (sic)

Sobre el particular, me permito informarle que su solicitud fue turnada a la Dirección de Operación de Capufe, la cual informó lo siguiente a través del oficio número DO/1345/2024:

“Sobre el particular, informo a usted que conforme a lo establecido en la Ley de la Guardia Nacional, artículo 9, fracción II, son atribuciones y obligaciones de esa institución salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio; garantizar, mantener y establecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos en las carreteras federales. Consecuentemente, lo relacionado con seguridad pública en carreteras no es competencia de este organismo” (sic).

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Manuel Campuzano Villegas (rúbrica)

Director Jurídico

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite respuesta de Capufe-SICT a punto de acuerdo sobre operativos en vías de comunicación contra irregularidades y abusos de operadores de grúas respondientes de accidentes y percances

Ciudad de México, a 15 de mayo de 2024.

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

Por este medio y en alcance de mi oficio número SG/UE/230/811/24, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar 09/JOU/DJ/0753/2024, suscrito por licenciado José Manuel Campuzano Villegas, director jurídico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe) de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), mediante el cual complementa la respuesta del punto de acuerdo relativo a realizar operativos en caminos, carreteras y puentes a fin de acabar con las irregularidades y abusos de operadores de grúas respondientes de accidentes y percances en vías de comunicación.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Estaban Martínez Mejía (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Cuernavaca, Morelos, a 22 de abril de 2024.

Ciudadano Valentín Martínez Garza

Coordinador de Enlace con el Gobierno Federal y Órganos Autónomos

De la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a su oficio número SG/UE/230/579/24, del 15 de abril de 2024, recibido por esta entidad el 16 del mismo mes y año, a través del cual hizo de conocimiento del licenciado Jorge Nuño Lara, titular de la SICT, el dictamen emitido por la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de la LXV Legislatura, en el cual se presentó el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura exhorta a la SICT y sus homólogos estatales a realizar operativos en caminos, carreteras y puentes a fin de acabar con las irregularidades y abusos de operadores de grúas respondientes de accidentes y percances en vías de comunicación (sic).

Sobre el particular, me permito informarle que su solicitud fue turnada a la Dirección de Operación de Capufe, la cual informó lo siguiente a través del oficio número DO/1377/2024:

De lo anterior, por lo que respecta a los servicios de auxilio vial, hago de su conocimiento las características del servicio mencionado que el organismo brinda a las personas usuarias que transitan por los tramos carreteros, con las grúas, con fundamento en los artículos 2 y 3 del Lineamiento para la Prestación de los Servicios de Auxilio Vial, que a la letra dicen:

Artículo 2. El servicio de auxilio vial consiste en trasladar los vehículos de las personas usuarias cuyo peso no exceda de la capacidad de carga de la grúa que por descomposturas, falla mecánica o falta de combustible no estén en condiciones adecuadas para continuar sus recorridos, siempre y cuando dichos vehículos no se hayan visto involucrados en hechos de tránsito, conforme a la definición establecida en el artículo 2, fracción XXIII, del Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, que a la letra dice: “Hecho de tránsito, suceso relacionado con el movimiento de vehículos, personas, semovientes o cosas en las vías federales, que tenga trascendencia jurídica”. También, el servicio puede consistir en el cambio de neumáticos, paso de corriente eléctrica a vehículos de menor o igual dimensión a la de la grúa, agua para radiador, traslado por combustible y abanderamiento en situaciones de riesgo y de emergencia. Los servicios se prestarán únicamente en las zonas de cobertura asignadas a las grúas, las cuales serán establecidas por la Subgerencia de Operación de cada unidad regional y serán actualizadas cada año (consultar anexo 1), dentro del tramo carretero a cargo de Capufe que corresponda.

Artículo 3. El servicio de auxilio vial es gratuito y consiste en el traslado del vehículo de las personas usuarias al lugar seguro, establecido por la Sugerencia de Operación de cada unidad regional y que deberá ser actualizado cada año (consultar anexo 3). Se le podrá dar la opción a la persona usuaria de llevarla a la plaza de cobro de la base de auxilio vial a la que corresponda la grúa, si así conviene a sus intereses, todo ello dentro de la zona de cobertura de la grúa, y preferentemente sin que el traslado implique salir del tramo.

Si el lugar seguro para dejar el vehículo de la persona usuaria se encuentra fuera de la zona de cobertura de la grúa o fuera del tramo carretero, el personal operador de grúa, antes de realizar el traslado, deberá informar a la persona radioperadora en turno de la CRL. El traslado no deberá rebasar cinco kilómetros.

El personal operador de grúa deberá atender las solicitudes de servicios de las personas usuarias que se encuentren en un lugar seguro, siempre que se trate de servicios como cambio de neumático, herramienta, paso de corriente o agua para radiador.

Derivado de lo anterior y con base en los servicios que se prestan a las personas usuarias, esta dirección, a través de la Subdirección de Servicios al Usuario, realiza de manera aleatoria llamadas de satisfacción a las personas usuarias que recibieron el mencionado servicio, a fin de medir la calidad y las posibles faltas que pudiera cometer el personal involucrado con la atención y prestación de los servicios. Asimismo, a través del correo electrónico expresionesciudadanas@capufe.gob.mx, las personas usuarias pueden presentar quejas del servicio recibido, las cuales son investigadas a fin de detectar malas prácticas del personal operador de grúa. En ambos casos se inicia el procedimiento administrativo-jurídico y se determinan las sanciones a que haya lugar.

Por lo expuesto es importante precisar que las grúas que atienden los siniestros son concesionadas por la SICT, y la Guardia Nacional asigna dichas grúas en los tramos carreteros. Por ese motivo, Capufe no tiene atribuciones para intervenir en la asignación de ellas y en los montos por cubrir por el servicio proporcionado (sic).

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Manuel Campuzano Villegas (rúbrica)

Director Jurídico

De la Segob, con la que remite contestación de la SICT a punto de acuerdo relativo a revertir los aumentos aplicados por Capufe en el mes de febrero de 2024, informar las causas de dichos incrementos y el estado de carreteras y autopistas

Ciudad de México, a 15 de mayo de 2024.

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en los artículos 27, fracción III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 31 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, me permito remitir para los fines procedentes copia del oficio número 09/JOU/DJ/0741/2024, suscrito por el licenciado José Manuel Campuzano Villegas, director jurídico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, mediante el cual responde el punto de acuerdo contenido en el diverso número DGPL 65-II-4-3514, signado por la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, en su carácter de vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, relativo a revertir los aumentos aplicados en el mes de febrero del año en curso, así como informar las causas de dichos incrementos y el estado que guardan las carreteras y autopistas del país.

Sin otro particular, aprovechó la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Cuernavaca, Morelos, a 22 de abril de 2024.

Valentín Martínez Garza

Coordinador de Enlace con el Gobierno Federal y Órganos Autónomos

De la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a su oficio SG/UE/230/586/24 del 15 de abril de 2024, recibido por esta entidad el día 16 del mismo mes y año, a través del cual hizo de conocimiento al licenciado Jorge Nuño Lara, secretario de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, el dictamen emitido por la Comisión de Comunicaciones y Transportes de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LXV Legislatura, en el cual se presentó el siguiente punto de acuerdo:

“Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe) para que, en el ámbito de sus atribuciones, consideren revertir los aumentos aplicados en el mes de febrero del presente año.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos para que, informen a esta soberanía las causas del incremento aplicado en febrero pasado y el estado que guardan las carreteras y autopistas del país”.

Sobre el particular, me permito informarle que su solicitud fue turnada a la Coordinación de Desarrollo, Análisis Estadístico y Política Tarifaría de Capufe, la cual a través del oficio CDAEPT/075/2024 , informó lo siguiente:

I. “Las cuotas de peaje constituyen un mecanismo de política tarifaria que permite a Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, como concesionario, la continuidad en la prestación del conjunto de servicios carreteros que se brindan a las personas usuarias, el mantenimiento mayor y menor de las autopistas y puentes, la operación en óptimas condiciones en cada una de las plazas de cobro y la modernización de las mismas, así como los servicios de emergencia, grúas, atención médica pre-hospitalaria y la protección al usuario en caso de accidentes, mediante el seguro de las autopistas, la regularización del derecho de vía, entre otro. Lo anterior representa un costo que los concesionarios requieren cubrir mediante las cuotas de peaje para seguir mejorando los servicios carreteros.

II. De acuerdo con la normatividad vigente, es la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en coordinación con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) quienes autorizan e instruyen la aplicación de tarifas y ajustes, determinando los niveles máximos de las tarifas a cobrar en cada uno de los tramos carreteros y puentes en determinada concesión carretera.

De conformidad con lo establecido en el artículo 36, fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), la SICT tiene la facultad de fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes aéreos y terrestres, y las tarifas para el cobro de los mismos, así como participar con la SHCP en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la administración pública federal de comunicaciones y transportes aéreos y terrestres.

Asimismo, el artículo 31 de la LOAPF, fracción X, faculta a la SHCP para establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía (SE) y con la participación de las dependencias que correspondan.

Por su parte, la Ley de Planeación establece en su artículo 15, fracción V, que a la SHCP le corresponde considerar los efectos de la política monetaria y crediticia, así como de los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, en el logro de los objetivos y prioridades del plan y los programas.

Finalmente, el artículo 5, fracción VIII, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransportes Federal ratifica que le corresponde a la SICT la atribución de establecer las bases generales de regulación tarifada.

III. Para el caso de la Red que Capufe opera mediante un contrato de prestación de servicios con el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos SNC (Banobras), los ajustes tarifados son solicitados por Banobras y autorizados por la SHCP, notificados por la SICT a Banobras e instruidos para su aplicación por parte del Fiduciario a Capufe, de acuerdo con lo establecido en el anexo 2, numeral 2.1 Tarifas de dicho Contrato, que a letra dice: “...El Comité Técnico del Fideicomiso es el único autorizado para establecer las tarifas, así como modificar descuentos temporales y generales a las tarifas que se cobran a los usuarios, así como para establecer los esquemas de residentes, pago por recorrido, exentos de pago de peaje y vehículos al servicio de la comunidad (modalidades tarifadas). Las modalidades tarifarías estarán en función a lo autorizado y serán notificadas a Capufe por el Fiduciario para su implementación...”.

I. Teniendo en cuenta lo anterior, se informa que el Gobierno federal, a través de la SICT, otorgó a Capufe la Concesión para Operar, Explotar, Conservar y Mantener los tramos carreteros y puentes precisados en el mismo (Anexo 1 del Título), a partir del 18 de marzo de 2003, por un término de veinte años contados a partir de la fecha de su otorgamiento, por lo que actualmente la red concesionada de este organismo consta de 2 caminos y 28 puentes; de los cuales 16 son nacionales y 12 internacionales.

En febrero del presente año, la SICT determinó ajustar en 7.82 por ciento promedio ponderado a las tarifas de la Red concesionada a Capufe, las cuales se aplicaron a partir del 1 de julio y tienen el propósito, de acuerdo con la SHCP, contrarrestar los niveles inflacionarios. El recurso obtenido por dicho ajuste contribuye a mantener un equilibrio económico, ya que los ingresos son empleados en la administración, operación, conservación y mantenimiento de los tramos y puentes”.

Asimismo, su requerimiento fue turnado a la Dirección Técnica de Capufe, la cual a través del oficio SCIC/GAZN/0148/2023 , informó lo siguiente:

“Sobre el particular y conforme a las atribuciones de esta unidad administrativa, después de haber analizado el contenido de la documentación anexa a su oficio, se desprende que el tramo carretero al que se refiere corresponde a la autopista Mazatlán-Culiacán, la cual forma parte del contrato de prestación de servicios celebrado entre este organismo y el fiduciario Banobras.

En lo que respecta al “estado que guardan las carreteras y autopistas del país”, es relevante citar que de acuerdo a las funciones de Capufe no es de su competencia emitir el estado físico que guardan los tramos que administra”.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado José Manuel Campuzano Villegas (rúbrica)

Director Jurídico

De la Segob, con la que remite respuesta de la SRE a punto de acuerdo relativo a coadyuvar con organismos internacionales en atención a migrantes y refugiados, con énfasis en la situación humanitaria y económica que prevalece en las entidades fronterizas

Ciudad de México, a 13 de mayo de 2024.

Senadora Ana Lilia Rivera Rivera

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por este medio y en alcance a mi oficio número SG/UE/230/752/24, me permito remitir para los fines procedentes, copia del oficio número DEP-0749/24, suscrito por maestro Publio Rivera Rivas, director general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como de su anexo, mediante los cuales complementa la respuesta al punto de acuerdo, relativo a coadyuvar con organismos internacionales en atención a las personas migrantes y refugiadas; poniendo especial énfasis en la situación humanitaria y económica que prevalece en los municipios de las entidades fronterizas.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Esteban Martínez Mejía (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, a 8 de mayo de 2024.

Maestro Esteban Martínez Mejía

Titular de la Unidad de Enlace

Secretaría de Gobernación

Presente

Distinguido maestro Martínez:

Por medio del presente, en alcance a las comunicaciones en la referencia, me permito remitir en anexo, información complementaria que la Dirección General de Derechos Humanos y Democracia que la Cancillería proporcionó sobre el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, sobre continuar impulsando un diálogo permanente que promueva la movilidad y migración regular, ordenada y segura, en la que prevalezca el respeto irrestricto de los derechos humanos.

Lo anterior, con la respetuosa solicitud de hacerla llegar a esa soberanía.

Le reitero mi alta consideración distinguida.

Atentamente

Publio Rivera Rivas (rúbrica)

Director General de Coordinación Política


Nota de información sobre cooperación entre México y los organismos internacionales en materia de migración internacional y refugio

México ha realizado importantes esfuerzos en los últimos diez años para armonizar sus marcos jurídicos (Ley de Migración, Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, y Ley General sobre los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes) con los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Con el acompañamiento de los organismos internacionales, las distintas autoridades nacionales trabajan en el diseño y ejecución de acciones que favorecen la integración social y productiva de las personas migrantes y refugiadas.

En estos esfuerzos, el acompañamiento, asesoría y financiamiento de proyectos por parte de los organismos internacionales ha sido fundamental. Destacan en asuntos de migración y refugio el apoyo decido de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) desde 2004, beneficiando particularmente al Instituto Nacional de Migración y otras autoridades de la Secretaría de Gobernación, como es el caso de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de las Personas. Actualmente la OIM en coordinación con la Cancillería trabaja una iniciativa sobre vías regulares para la movilidad humana. El compromiso decidido del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), ha sido fundamental para fortalecer las capacidades de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), tanto en el ámbito operativo, como en la capacitación y actualización de su personal, igualmente el apoyo de ACNUR se ha mostrado con la implementación del Programa de Integración Laboral (PIL) que ha facilitado la integración al mercado laboral a personas que han sido reconocidas como refugiados en México.

El Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) ha enfocado sus esfuerzos a la atención y protección de las niñas, niños y adolescentes que forman parte de los flujos de migrantes y solicitantes de refugio, acompañados y no acompañados. Con la reforma en 2020 de la Ley de Migración para prohibir la estancia de niñas, niños y adolescentes migrantes, acompañados o no, en estaciones migratorias; con el apoyo de Unicef y en coordinación con las autoridades del Sistema Nacional del Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), se diseñaron protocolos de actuación que privilegian su interés superior, la unidad y la reunificación familiar; y se diseñaron alternativas para su alojamiento en espacios dignos y seguros.

Por su parte, la Oficina de Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito (UNODC) para la prevención del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas.

Oficina de Naciones Unidas para las Mujeres (ONU-Mujeres), dedicada a promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, teniendo en cuenta que 49 por ciento de los flujos de personas migrantes y solicitantes de refugio son mujeres y niñas, entre otras, bajo el liderazgo de la Oficina del Coordinador Residente en México. La Organización Internacional del Trabajo (OIT), se ha establecido importantes vínculos con las autoridades de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) con del Sistema Nacional de Empleo, para apoyar en el diseño esquemas y programas que faciliten la inserción laboral y productiva tanto de las personas migrantes y refugiados, así como para la reinserción de los migrantes nacionales que retornados.

Destaca igualmente la colaboración entre las autoridades sanitarias nacionales (Secretaría de Salud) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Entre otros actores internacionales se reconoce la labor del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) que colabora estrechamente con la Cruz Roja Mexicana en la protección de la vida y dignidad de las personas afectadas por la violencia, como es el caso de las personas desplazadas, migrantes y solicitantes de refugio, ofreciendo asistencia humanitaria, consultas médicas, facilita la conexión a internet y telefónica a personas en movilidad, realiza visitas a estaciones migratorias, etcétera.

Se destaca la atención que México como estado parte de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares y miembro del Comité de la Convención, en 2024 presentará su quinto informe en el cual se destacarán las acciones del Estado en el cumplimiento de los contenidos de la Convención y de las recomendaciones resultantes de anteriores informes, en cuya ejecución se ha contado con el apoyo y experiencia de los organismos internacionales.

Del gobierno de Baja California, mediante la cual remite respuesta de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Baja California a punto de acuerdo referente al exhorto a analizar y elaborar las actualizaciones de los programas de acción climática y de mejora de calidad del aire

Mexicali, Baja California, a 17 de mayo de 2024.

Diputada Marcela Guerra Castillo

Presidenta de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión

Presente

Anteponiendo un cordial y atento saludo, en relación al oficio número DGPL 65-II-7-3480, correspondiente al acuerdo aprobado el 3 de abril de 2024 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, mediante el cual se exhortó a los gobiernos de las 32 entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, para que analicen y, en su caso, elaboren o realicen las actualizaciones de los programas de acción climática y de mejora de la calidad del aire respectivos, así como publicarlos en sus periódicos, gacetas o medios oficiales establecidos para dicho fin, con fundamento en el artículo 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, le informo:

Que mediante oficio número SMDS/OT/TIJ/4976/2024, de fecha 13 de mayo de 2024, el encargado del Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del estado de Baja California, Rodolfo César Gibert Fonseca, informó sobre las acciones realizadas en relación a la petición antes referida, las cuales son descritas en dicho documento, mismo que adjunto al presente en cumplimiento a los términos del exhorto en cuestión.

Sin otro particular, reitero las más altas de mis consideraciones quedando a sus órdenes.

Atentamente

Alfredo Álvarez Cárdenas (rúbrica)

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California


Tijuana, Baja California, a 13 de mayo de 2024.

Alfredo Álvarez Cárdenas

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California

Presente

Anteponiendo cordial saludo, por medio del presente, me permito hacer referencia a su oficio SGG/OT/289/2024, de fecha 1 de mayo de 2024, por medio del cual requiere a esta autoridad en un término no mayor a 5 días informemos lo siguiente:

Único. La cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas, en el ámbito de tus atribuciones, para que analicen y, en su caso, elaboren o realicen las actualizaciones de los programas de acción climática y de mejora de calidad del aire respectivos, así como publicarlos en el periódico oficial, gacetas o medios oficiales establecidos para dicho fin.

Derivado de lo anteriormente expuesto, me permito dar contestación al punto vertido:

La dirección de Política Ambiental y de Cambio Climático es la encargada de trabajar con el programa estatal de cambio climático, así como de establecer actualizaciones del mismo. Durante la presente administración, se está trabajado con el programa estatal de acción ante el cambio climático elaborado en el año 2015 por la académica.

En virtud lo anterior se establecieron escenarios al 2050, esta dirección realizó un diagnóstico para establecer las actualizaciones pertinentes del programa y estas son derivadas de los inventarios de emisiones 1os cuales se están trabajando en coordinación con la dirección de gestión ambiental para una vez terminados se pueda seguir con la actualización del programa.

Por lo anterior, se informa que se está trabajando en la actualización de la Ley Estatal de Cambio climático del año 2012 y en la estrategia de cambio climático 2025-2050 del estado, así como en la activación del consejo estatal de cambio climático.

En relación a la mejora de la calidad del aire en el estado de Baja California, el gobierno estatal, en colaboración con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), le informo que la dependencia publica, de la cual soy titular, ha realizado diversas acciones relacionadas con el mencionado exhorto, tales como la suscripción de un Convenio de Coordinación para la Instrumentación del Programa de Gestión para Mejorar la Calidad del Aire (ProAire) de la entidad en junio de 2023.

Precisando que el enfoque principal del citado convenio es establecer los fundamentos que permitan la elaboración de estrategias, implementación de medidas y acciones concretas destinadas a reducir las emisiones de contaminantes atmosféricos y proteger la salud en Baja California.

Ponderando que este documento implica la colaboración de los tres órdenes de gobierno en el sector industrial, académico y social, contemplando un periodo de nueve años, iniciado en el año 2018 y concluyéndolo en el año 2027, manteniéndose vigente hasta la actualidad.

Asimismo, el Plan de Contingencia Ambiental Atmosférica para la Ciudad de Mexicali fue publicado en el periódico oficial en fecha 21 de diciembre de 2018. Actualmente se trabaja en un Programa de Contingencias Ambientales Atmosféricas actualizado y que se implementará a nivel estatal, como lo indica el programa ProAire de Baja California, en la estrategia 6.5, numeral 4. Protección a la Salud, medida 14, denominada Elaboración del programa de contingencia atmosférica en el estado.

Este programa tiene como objetivo establecer medidas de protección para disminuir riesgos a la salud de la población por la contaminación del aire, precisando que se ha priorizado la actualización de la información de las fases y criterios de activación, secuencia de activación, medidas aplicables y la integración de un simulacro, esto mediante el fortalecimiento y la actualización del Plan de Contingencia Ambiental Atmosférica para la Ciudad de Mexicali; y con la creación de un Programa Estatal de Contingencias Ambientales Atmosféricas para el Estado de Baja California, se busca garantizar la aplicación temporal de un conjunto de medidas restrictivas en los sectores generadores de emisiones para reducir la contaminación atmosférica, así como el establecimiento de medidas orientadas a informar, evitar o reducir la exposición de la población. Dicho programa se encuentra actualmente en validación jurídica por parte de la Consejería Jurídica del estado y para su posterior publicación en el periódico oficial.

Sin otro particular por el momento, quedo atenta para cualquier comentario.

Atentamente

Rodolfo Cesar Gibert Fonseca (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Secretaria de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable

Del gobierno de Baja California, mediante la cual remite respuesta de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Baja California sobre el exhorto a verificar y, en su caso, sancionar la venta de animales domésticos en la vía pública

Mexicali, Baja California, a 17 de mayo de 2024.

Diputada Marcela Guerra Castillo

Presidenta de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión

Presente

Anteponiendo un cordial y atento saludo, con relación al oficio número DGPL 65-II-7-3477, correspondiente al acuerdo aprobado el 3 de abril de 2024 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, mediante el cual se exhortó a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que verifiquen y, en su caso, sancionen la venta de animales domésticos en la vía pública, con fundamento en el artículo 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, le informo:

Que mediante oficio número SMDS/OT/DDBA/TIJ-4922/1005/2024, de fecha 13 de mayo de 2024, el encargado del Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Estado de Baja California, Rodolfo César Gibert Fonseca, informó sobre las acciones realizadas en relación a la petición antes referida, las cuales son descritas en dicho documento, mismo que adjunto a l presente en cumplimiento a los términos del exhorto en cuestión.

Sin otro particular, reitero las más altas de mis consideraciones quedando a sus órdenes.

Atentamente

Alfredo Álvarez Cárdenas (rúbrica)

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California


Tijuana, Baja California a 13 de mayo de 2024

Alfredo Álvarez Cárdenas

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California

Presente

Por este conducto antepongo un afectuoso saludo, asimismo, en atención a su oficio número SGG/OT/287/2024, de fecha treinta de abril de dos mil veinticuatro, mediante el cual solicita que se informe a la Secretaría que usted representa, sobre las acciones llevadas a cabo con relación al exhorto aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en sesión de fecha tres de abril de dos mil veinticuatro, a través del oficio número DGPL 65-II-7-3477, que a la letra señala lo siguiente:

“Único- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que verifiquen y, en su caso, sancionen la venta de animales domésticos en la vía pública.”

Al respecto, el artículo 30 de la Ley de Protección a los Animales Domésticos del Estado de Baja California1 establece la facultad de los ayuntamientos de regular la comercialización de animales por medio de los reglamentos que resulten aplicables, asimismo, específica que la venta de animales no podrá realizarse en la vía pública. No obstante, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, a través de la Dirección de Derecho y Bienestar Animal, en marzo del presente año, emitió una convocatoria en el estado, a efecto de que ciudadanos, asociaciones civiles, médicos veterinarios zootecnistas, universidades y los ayuntamientos de la entidad puedan presentar propuestas para mejorar el marco normativo vigente estatal en materia de Derecho y Bienestar Animal, con la finalidad de exponer los proyectos en las mesas de trabajo que tendrán verificativo posteriormente, lo anterior, con el objeto de tomar en cuenta a todos los actores el contacto con animales y proponer una reforma a la Ley vigente, por lo que, uno de los temas relevantes a abordar en dichas mesas de trabajo es la sanción de la venta de animales domésticos en Baja California.

Sin más por el momento, quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración.

Atentamente

Rodolfo César Gibert Fonseca (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Estado de Baja California

Notas

1 “Articulo 30.- Los expendios de animales vivos en las zonas urbanas estarán sujetos a 1os reglamentos que resulten aplicables, debiendo estar a carga de un responsable que requerirá de una licencia especifica de la autoridad sanitaria municipal. La exhibición y venta de animales será realizada en locales e instalaciones adecuadas para su correcto cuidado, mantenimiento y protección del sol y de la lluvia, y según las normas elementales de higiene y seguridad. En ningún caso dichas operaciones podrán efectuarse en la vía pública.”

Del gobierno de Baja California, mediante la cual remite respuesta de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Baja California sobre el exhorto a fortalecer los criterios y especificaciones técnicas para la gestión integral de residuos

Mexicali, Baja California, a 17 de mayo de 2024.

Diputada Marcela Guerra Castillo

Presidenta de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión

Presente

Anteponiendo un cordial y atento saludo, con relación al oficio número DGPL 65-II-7-3474, correspondiente al acuerdo aprobado el 3 de abril de 2024 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, mediante el cual se exhortó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a las 32 entidades federativas para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, fortalezcan los criterios y especificaciones técnicas para gestión integral de los residuos en el país, entre otros supuestos, con fundamento en el artículo 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, le informo:

Que mediante oficio número SMDS/OT/DGA/TIJ/4980/2024, de fecha 13 de mayo de 2024, el encargado del Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del estado de Baja California, Rodolfo César Gibert Fonseca, informó sobre las acciones realizadas en relación a la petición antes referida, las cuales son descritas en dicho documento, mismo que adjunto al presente en cumplimiento a los términos del exhorto en cuestión.

Sin otro particular, reitero las más altas de mis consideraciones quedando a sus órdenes.

Atentamente

Alfredo Álvarez Cárdenas (rúbrica)

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California


Tijuana, Baja California, a 13 de mayo de 2024.

Alfredo Álvarez Cárdenas

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California

Presente

Por medio del presente le envío un cordial saludo, y con relación a su oficio SGG/OT/304/2024, donde solicita que se informe respecto las acciones que ha realizado esta Secretaría en relación al exhorto aprobado en sesión 3 de abril del 2024 de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión contenido en el oficio número DCPL 65-II-7-3476, bajo el tenor siguiente:

“Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a las 32 entidades federativas para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, fortalezcan los criterios y especificaciones técnicas para la gestión integral de residuos en el país. Segundo.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos municipales de los 31 estados y a las alcaldías de la Ciudad de México para que fortalezcan las acciones en materia de gestión integral de residuos sólidos urbanos.”

Contestando en tiempo y forma al exhorto emitido por la Secretaría General de Gobierno, y con el propósito de fortalecer criterios y especificaciones técnicas para la gestión integral de residuos en el estado de Baja California, el gobierno estatal ha promulgado una ley dedicada a la prevención, gestión integral y promoción de la economía circular de los residuos, este mismo ordenamiento legal se dirige a conservar e incentivar la circularidad de los residuos, favorecer su reutilización, reciclaje y reducción en la fuente.

Le informo que la dependencia publica, de la cual soy titular, ha realizado diversa s acciones relacionadas con el mencionado exhorto, en el año 2023 se trabajó en una nueva ley que tiene como finalidad fortalecer los criterios y especificaciones técnicas para una gestión integral de residuos que le permita ejercer un objetivo más eficiente para su aplicación, esta nueva legislación se encuentra actualmente en proceso de validación, una vez concluido este proceso será publicada oficialmente.

Ponderando que el enfoque de esta iniciativa refleja el compromiso del estado de Baja California, con la gestión sostenible de los residuos, buscando establecer prácticas que reduzcan su impacto ambiental y fomenten su aprovechamiento de manera responsable.

Atentamente

Rodolfo Cesar Gibert Fonseca (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Estado de Baja California

Del gobierno de Baja California, mediante la cual remite respuesta de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Baja California sobre el exhorto a promover el establecimiento de clínicas veterinarias públicas

Mexicali, Baja California, a 17 de mayo de 2024.

Diputada Marcela Guerra Castillo

Presidenta de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión

Presente

Anteponiendo un cordial y atento saludo, con relación al oficio número DGPL 65-II-7-3478, correspondiente al acuerdo aprobado el 3 de abril de 2024 por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, mediante el cual se exhortó a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que, en el ámbito de sus competencias, promuevan el establecimiento de clínicas veterinarias públicas, conforme a la normatividad vigente, con fundamento en el artículo 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, le informo:

Que mediante oficio número SMDS/OT/DDBA/TIJ-4923/1005/2024, de fecha 13 de mayo de 2024, el encargado del Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable del Estado de Baja California, Rodolfo César Gibert Fonseca, informó sobre las acciones realizadas en relación a la petición antes referida, las cuales son descritas en dicho documento, mismo que adjunto al presente en cumplimiento a los términos del exhorto en cuestión.

Sin otro particular, reitero las más altas de mis consideraciones quedando a sus órdenes.

Atentamente

Alfredo Álvarez Cárdenas (rúbrica)

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California


Tijuana, Baja California, a 13 de mayo de 2024.

Alfredo Álvarez Cárdenas

Secretario General de Gobierno del Estado de Baja California

Presente

Por este conducto antepongo un afectuoso saludo, asimismo, en atención a su oficio número SGG/OT/288/2024, de fecha treinta de abril de dos mil veinticuatro, mediante el cual solicita se informe a la Secretaría que usted representa, sobre las acciones llevadas a cabo con relación al exhorto aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en sesión de fecha tres de abril de dos mil veinticuatro, a través del oficio número DGPL 65-11-7- 3478, que a la letra señala lo siguiente:

“Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que, en el ámbito de sus competencias, promuevan el establecimiento de clínicas veterinarias públicas, conforme a la normatividad vigente.”

Al respecto, con fecha veintidós de febrero de dos mil veinticuatro, por instrucciones de la gobernadora del estado de Baja California, se inauguró la primera etapa del Santuario Animal Mily, cuyo objetivo es brindar estancia salubre y digna, servicios médicos veterinarios a los animales domésticos que han sido víctimas de maltrato o crueldad animal, así como brindar una segunda oportunidad de vida. En ese sentido, a la fecha se han recibido 123 animales (10 felinos y 113 caninos) Se han dado en adopción 59 caninos.

La segunda etapa del Santuario Animal Mily consiste en la apertura del hospital con consultas médico-veterinarias, rayos X, ultrasonido, farmacia, cirugías y hospitalizaciones, la cual se tiene proyectada en febrero del presente año, y la última etapa se constituye de la instalación de un área de crematorio con miras a estar en operación en febrero de dos mil veinticinco. Asimismo, la gobernadora del estado de Baja California informó la proyección de replicar un santuario animal, en la zona conurbada Tijuana-Rosarito, Baja California.

Sn más por el momento, quedo a su disposición para cualquier duda o aclaración.

Atentamente

Rodolfo César Gibert Fonseca (rúbrica)

Encargado del Despacho de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Gobierno del Estado de Baja California

Del gobierno de Guanajuato, mediante la cual remite respuesta del Poder Judicial de Guanajuato referente a que se refuerce la coordinación, comunicación e intercambio de información con los organismos públicos locales electorales y el Instituto Nacional Electoral, para que las personas que tengan sentencia firme por violencia familiar, doméstica, violación, violencia política contra las mujeres en razón de género, o deudora alimentario morosa, no puedan registrarse como personas candidatos a un cargo de elección popular en el proceso electoral 2024

Diputada Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra

Secretaria de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Estimada diputada:

Por este conducto le envío un cordial saludo y aprovecho la ocasión para confirmar la recepción de su similar número DGPL 65-II-3- 3351, a través del cual se remite el acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada en fecho 3 de abril del año que transcurre.

Confirmando las exhortaciones que tienen a bien realizarnos, en el numeral Único del punto que acuerdo que nos ocupa, en el sentido de que se refuerce lo coordinación, comunicación e intercambio de información con los organismos públicos locales electorales y el Instituto Nacional Electoral, para que las personas que tengan sentencia firme por violencia familiar, doméstica, violación, violencia política contra las mujeres en razón de género, o deudora alimentario morosa, no puedan registrarse como personas candidatos o un cargo de elección popular en el proceso electoral 2024.

Informándole que el Poder Judicial del estado de Guanajuato, en observancia al mandato constitucional y de conformidad con el numeral 25 del procedimiento para constatar que los personas candidatas no hayan incurrido en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 38, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o del artículo 442 Bis, en relación con el 456, numeral l. inciso c), fracción III de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el Proceso Electoral Federal 2023-2024, aprobado mediante acuerdo INE/CG647/2023, publicado en el Diario Oficial de lo Federación el 16 de enero del año en curso, así como en el marco del convenio de colaboración que celebramos en fecha 7 de febrero de este año, con el Instituto Electoral del estado de Guanajuato, a fin de agilizar y optimizar el proceso de entrego y recepción de información; sujetándonos al ámbito competencial de cada una de las partes y a la normatividad aplicable, esta Institución ha dado cumplimiento en tiempo y forma a los requerimientos de información en la materia, que nos han realizado los organismos electorales, manteniendo uno adecuado comunicación.

En ese orden de ideas, el Poder Judicial del Estado de Guanajuato, refrenda su compromiso de implementar las acciones que sean necesarias tanto de manera interna como en colaboración interinstitucional, para continuar brindando un servicio de importación de justicia con calidad, oportunidad, perspectiva de género y no discriminación, poniendo especial diligencia en los sectores vulnerables; lo anterior, en cumplimiento al imperativo constitucional y en observancia a las recomendaciones realizadas por organismos nacionales e internacionales, con el propósito proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas.

Agradeciendo de antemano sus atenciones, aprovecho la ocasión para hacerle llegar un cordial saludo y de mis consideraciones, la más distinguida.

Atentamente

Guanajuato Guanajuato, a 2 de mayo de 2024.

Magistrado Héctor Tinajero Muñoz (rúbrica)

Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo del Poder Judicial del Estado de Guanajuato

Del gobierno de Jalisco, con la que remite respuesta a punto de acuerdo por el que se exhorta a vigilar y fortalecer estrategias para combatir la clonación de vehículos oficiales usados para delinquir

Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Es un placer saludarles, con relación al acuerdo legislativo contenido en el oficio DGPL 65-II-6-3315, comunico a dicho órgano legislativo que se recibió en esta Secretaría a mi cargo el oficio número SSE/1210/F-2406/2024, signado por el secretario de Seguridad de esta entidad federativa, mediante el cual remite copia de los diversos SS/CV/12404112/2024 y SSE/CGSE/5736/F-9592/2024, firmados a su vez por la Comisaría Vial y Comisaría General a su cargo, a través de los cuales se atiende el correspondiente punto único de acuerdo que se requirió a la dependencia en comento. Por lo que se remite copia de la documentación para su conocimiento.

Lo anterior con fundamento en el artículo 17 arábigo 1, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Sin más por el momento, reciban un saludo cordial.

Atentamente

Guadalajara, Jalisco, a 21 de mayo de 2024.

Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica)

Secretario General de Gobierno


Maestro Juan Enrique Ibarra Pedroza

Secretario General de Gobierno

Presente

Sumado a un cordial saludo, en respuesta a su similar DIELAG OF. 148/2024, mediante el cual remite el acuerdo legislativo DGPL 65-II-6-3315, consistente en vigilar y fortalecer las estrategias de seguridad para combatir la clonación de vehículos oficiales que están siendo usados para delinquir.

En ese contexto, le informo que se instruyó a la Comisaría General y Comisaría Vial a efecto de que atendieran el exhorto en comento, por lo que informan a este despacho su debido cumplimento mediante los oficios SSE/CGSE/5736/F-9592/2024 y SS/CV/12404112/2024, los cuales se anexan al presente en copia simple para mayor ilustración.

Lo anterior se le informa de conformidad a los ordinales 7, fracción III; 14.1, 15, fracción I; 16, fracción XV; y, 31, todos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; así como los artículos 1, 3, 4, 5 y 6 del Reglamento Interno de la Secretaría de Seguridad del Estado de Jalisco.

Sin otro particular, me despido reiterándole mi consideración y respeto.

Guadalajara, Jalisco, a 7 de mayo de 2024.

Atentamente

Juan Bosco Agustín Pacheco Medrano (rúbrica)

Secretario de Seguridad del Estado

Del gobierno de Jalisco, mediante la que responde punto de acuerdo referente a implementar y fortalecer acciones de protección y preservación de la biznaga como especie en peligro de extinción

Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Presente

Es un placer saludarles, con relación al acuerdo legislativo contenido en el oficio DGPL 65-II-7-3139, comunico a dicho órgano legislativo que se recibió en esta Secretaría a mi cargo el oficio número SEMADET número 0455/823/2024, signado por el secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial de esta entidad federativa, mediante el cual se atienden los correspondientes puntos de acuerdo que se requirieron a la dependencia en comento.

Por lo que, se remite copia de la documentación para su conocimiento.

Lo anterior con fundamento en el artículo 17, arábigo 1, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Sin más por el momento, reciban un saludo cordial.

Atentamente

Guadalajara, Jalisco, a 21 de mayo de 2024.

Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica)

Secretario General de Gobierno


Guadalajara, Jalisco, a 24 de abril 2024.

Maestro Juan Enrique Ibarra Pedroza

Secretario General de Gobierno

Presente

En seguimiento a su oficio DIELAG OF. 75/2023, mediante el cual remite copia del acuerdo legislativo federal DGPL 65-II-7-3139 , en el que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a esta Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Poder Ejecutivo de la siguiente manera:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a sus homólogas de las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y observando la NOM-059-SEMARNAT-2070, se implementen y, en su caso, fortalezcan las acciones de protección, conservación y preservación de la biznaga en todas sus variantes como especie en peligro de extinción.

Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a sus homólogas de las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, implementen y, en su caso, fortalezcan las campañas de difusión para evitar el consumo de las biznagas, por ser una especie en peligro de extinción”.

En atención a lo solicitado en el punto primero, se hace de conocimiento que, a través de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de esta Secretaría, se informa que, relativo a las disposiciones sobre protección, conservación y preservación de especies de flora y fauna silvestre se requiera, incluidas todas las especies de cactáceas conocidas como biznagas con alguna categoría de riesgo según lo establecido en la NOM-059-SEMARNAT-2010, estas disposiciones recaen principalmente en la federación a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por ser la autoridad competente de conformidad con el artículo 79, fracción I, III y 86 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, que a la letra dice:

“• Artículo 79. Para la preservación y aprovechamiento sustentable de la flora y fauna silvestre, se considerarán los siguientes criterios:

I. La preservación y conservación de la biodiversidad y del hábitat natural de las especies de flora y fauna que se encuentran en el territorio nacional y en las zonas donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción;

III. La preservación de las especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial;

• Artículo 86. A la Secretaría le corresponde aplicar las disposiciones que sobre preservación y aprovechamiento sustentable de especies de fauna silvestre establezcan esta y otras leyes, y autorizar su aprovechamiento en actividades económicas, sin perjuicio de las facultades que correspondan a otras dependencias, conforme a otras leyes”.

Sin embargo, para que esta política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat funcione, se debe aplicar en su totalidad en la administración pública en todos sus niveles de gobierno desde sus diferentes ámbitos de competencia y atribuciones.

Por lo que el Ejecutivo del Estado de Jalisco, a través de esta Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, aun cuando no tengamos la competencia directa para realizar la evaluación y valoración de los planes de manejo de vida silvestre y de especies con alguna categoría de riesgos, determinar la tasa de aprovechamiento de los recursos de flora y fauna; o sancionar por el aprovechamiento ilegal en este caso de las especies de biznaga; participamos desde nuestro ámbito de competencia mediante el siguiente mecanismo:

• Nuestro proceso de evaluación en materia de impacto ambiental siempre se encuentra vinculado cualquiera que sea la actividad a desarrollar (desarrollos habitacionales, explotación de bancos de material geológico, parques industriales, obra pública, rellenos sanitarios, industria, desarrollos turísticos, plantas de tratamiento de residuos y aguas residuales, etcétera), a todas aquellas disposiciones sobre preservación y aprovechamiento sustentable de especies de flora y fauna silvestre, establecidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento; a la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento; a la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su reglamento; a las Normas Oficiales Mexicanas incluida la NOM-059-SEMARNAT-2010 Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio-Lista de especies en riesgo; así como a la reglamentación municipal; a las que se encuentre sujeto el proyecto evaluado por esta Secretaría.

Por lo tanto, en los resolutivos emitidos por la Dirección General de Protección y Gestión Ambiental de esta Secretaría, cuando se trata de alguna autorización en materia de impacto ambiental siempre se prevén las medidas preventivas, de mitigación y compensatorias para minimizar los efectos negativos sobre las poblaciones de vida silvestre y su hábitat, incluidas las especies de flora y fauna con alguna categoría de riesgo según lo establecido en la NOM-059-SEMARNAT-2010, siendo principalmente las siguientes:

• Se requiere presentar su propuesta de áreas verdes como medida compensatoria, con una superficie mínima de 10 por ciento respecto de la superficie total de proyecto, lo anterior, con la finalidad (entre otros beneficios) de que sirven como sitios de hábitat para fauna local.

• Se prohíbe el uso de fuego en las actividades de limpieza y retiro de la cubierta vegetal.

• Se prohíbe el uso de productos químicos (fertilizantes, herbicidas y agroquímicos) que resulten perjudiciales para la flora y fauna local.

• Se requiere presentar su propuesta para el manejo de especies con categoría de riesgo, debidamente autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

• Se requiere realizar obras para pasos de fauna acordes a la talla de la fauna local.

• Se requiere establecer las medidas y acciones para proteger los hábitats, así como a la fauna silvestre nativa y migratoria, que incidan dentro del área del proyecto.

En cuanto al segundo punto solicitado, se hace de conocimiento que, a través de las Juntas Intermunicipales de Medio Ambiente como parte de sus Programas Regionales de Educación Ambiental desarrollan campañas informativas y educativas para la conservación de la flora y fauna de Jalisco, en las que hacen mayor énfasis en las especies nativas de su región, así como las que se encuentran en una categoría de protección, conservación y/o riesgo de acuerdo a lo instruido en el listado de la NOM-059-SEMARNAT-2010.

También hago de su conocimiento que, en la Dirección de Educación y Cultura para la Sustentabilidad, se produce el programa radiofónico titulado: Frecuencia ambiental , es un espacio abierto en el que se tratan diferentes temas de interés ambiental; como el tema que nos ocupa en el presente escrito, mismo que puede consultar en plataformas digitales como Spotify, disponible en el siguiente enlace:

https://open.spotify.com/show/1mYlB9BhivPWUk80WEgcIM?si =ePjrBrmjTRC7arrcxCYqqQ

Lo anterior para que por su conducto se emita la debida respuesta a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en términos del artículo 17, numeral 1, fracciones I, XIII y XXXI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Sin otro particular, quedo de usted.

Atentamente

Ingeniero Jorge Israel García Ochoa (rúbrica)

Secretario de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial

Del gobierno de Jalisco, con la que remite contestación de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente al punto de acuerdo por el que se solicita se hagan públicas las medidas que se están tomando para evitar la contaminación en la laguna de Cajititlán, en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco

Guadalajara, Jalisco, a 21 de mayo de 2024.

Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Es un placer saludarles, con relación al acuerdo legislativo contenido en el oficio DGPL 65-II-1-3256, comunico a dicho órgano legislativo que se recibió en esta secretaría a mi cargo el oficio número Proepa 0017/ 2024 signado por la procuradora Estatal de Protección al Ambiente de esta entidad federativa, mediante el cual se atiende el correspondiente punto único de acuerdo que se requirió a la dependencia en comento. Por lo que, se remite copia de la documentación para su conocimiento.

Lo anterior con fundamento en el artículo 17, arábigo 1, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Sin más por el momento, reciban un saludo cordial.

Atentamente

Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica)


Guadalajara, Jalisco, a 3 de mayo de 2024.

Secretario General de Gobierno

Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial

Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente

Maestro Juan Enrique Ibarra Pedroza

Secretario General de Gobierno

Presente

Enviándole un cordial saludo y en atención a su oficio DIELAG 142/2024, de fecha 17 de abril de 2024, mediante el cual remite a esta dependencia para su atención, seguimiento y respuesta, el exhorto realizado por parte de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, al Gobierno de Jalisco, en el sentido siguiente:

“...para que, en coordinación con la Comisión Nacional del Agua, hagan públicas las medidas que se están tomando para evitar la contaminación en la laguna de Cajititlán en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco”.

A este respecto y en vía de informe, con base a lo establecido en los artículos 5o., 93, 96, 119, 121, 123, y 161 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), así como 4, 9, fracciones I, XVII, XX, y XXXVI; 86, 87, 88, 92, 113, 118 Bis 2, 119 de la Ley de Aguas Nacionales (LAN) y demás aplicables, corresponde al Gobierno Federal por conducto de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), la regulación, vigilancia y sanción en su caso, de toda acción relacionada con la contaminación directa a cuerpos y bienes nacionales, como lo es en este caso, el cuerpo de agua que comprende la Laguna de Cajititlán, tal y corno lo señala el artículo 5o., fracción XI de la LGEEPA arriba referida que a la letra señala:

Artículo 5o. Son facultades de la federación:

XI. La regulación del aprovechamiento sustentable, la protección y la preservación de aguas nacionales, la biodiversidad, la fauna y los demás recursos naturales de su competencia.”

De igual forma, en el caso específico de la Conagua, referida en la LAN como “la Comisión”, se especifica la competencia del gobierno federal en los artículos siguientes:

Artículo 4. La autoridad y administración en materia de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes corresponde al Ejecutivo federal, quien la ejercerá directamente o a través de “la comisión”.

Artículo 9. “La comisión” es un órgano administrativo desconcentrado de “la secretaría”, que se regula conforme a las disposiciones de esta ley y sus reglamentos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de su Reglamento Interior.

(...)

Son atribuciones de “la comisión” en su nivel nacional, las siguientes:

I. a XVI. ...

XVII. Administrar y custodiar las aguas nacionales y los bienes nacionales a que se refiere el artículo 113 de esta ley y preservar y controlar la calidad de las mismas, en el ámbito nacional;

XVIII. a XXXV. ...

XXXVI. Vigilar el cumplimiento y aplicación de la presente Ley, interpretarla para efectos administrativos, aplicar las sanciones y ejercer los actos de autoridad en la materia que no estén reservados al Ejecutivo federal,

Artículo 113 . La administración de los siguientes bienes nacionales queda a cargo de “la Comisión”:

I. ...

II. Los terrenos ocupados por los vasos de lagos, lagunas. esteros o depósitos naturales cuyas aguas sean de propiedad nacional;

III . Los cauces de las corrientes de aguas nacionales;

IV . ...

Si bien tanto el artículo II, fracción V, de la LGEEPA, como el 9, fracción XXV, de la LAN, prevén la posibilidad de suscribir convenios o acuerdos de coordinación entre la Federación y los gobiernos de las entidades federativas, con el fin de que éstos asuman facultades en el ámbito de su jurisdicción territorial, pudiendo tener como objeto acciones para la protección, preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en la zona federal de los cuerpos de agua nacionales; desde el inicio de esta Administración, el Gobierno del Estado de Jalisco a través de esta Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente (Proepa), como por conducto de la Secretaría de Gestión Integral del Agua, realizaron diversas gestiones y solicitudes ante la Conagua para la suscripción de un convenio de colaboración, que buscaba como fin el poder asumir funciones de inspección y vigilancia en cuerpos de agua como coadyuvantes de la Federación, solicitud que se hizo en reiteradas ocasiones y a la fecha nunca hubo respuesta favorable por parte de la Conagua.

Motivo por el cual, la Proepa al no tener competencia para ejercer actos de inspección y vigilancia en materia de contaminación de cuerpos de agua por ser la Laguna de Cajititlán como cuerpo de agua, un bien nacional, la actuación de esta dependencia a mi cargo se limita a recibir las denuncias populares en la materia, y remitirlas a la autoridad competente como lo es la Conagua. En consecuencia, esta dependencia estatal se encuentra imposibilitada para atender la solicitud materia del Acuerdo Legislativo, por no tener atribuciones para ejercer actos de inspección y vigilancia que se encuentran dentro de la esfera jurídica federal, en la que desafortunadamente no podemos participar ante la inexistencia de convenio de colaboración.

No obstante lo anterior, la Proepa ha asistido en las convocatorias llevadas a cabo por el Organismo de Cuenca Lerma-Santiago-Pacífico (OCLSP) de la Conagua, para participar en las sesiones del Grupo Especializado de Trabajo (GET) de Planeación, de la Comisión de Cuenca de la Laguna de Cajititlán y el Río Los Sabinos (Coculcars), siendo la última participación la registrada en octubre de 2021, sin que el OCLSP haya emitido posteriores convocatorias a dichas reuniones de trabajo a la fecha en que se emite este oficio.

No omito mencionar que esta Procuraduría a mi cargo, cuenta con un micrositio de transparencia proactiva, en el cual se dan a conocer al público en general de manera continua y actualizada en tiempo real, todas las acciones de inspección y vigilancia materia de nuestra competencia, como lo son las inspecciones a industrias y granjas para la verificación del adecuado manejo de sus residuos, en el cual se puede consultar por parte del Poder Legislativo Federal, las acciones que se han realizado en general en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga y el resto del estado, el cual es visible en: https://proepajalisco.gob.mx/

Me despido refrendando el compromiso ante el contenido del Exhorto hecho por el Legislativo Federal, de continuar realizando la recepción y remisión de las denuncias populares a la autoridad competente en materia de contaminación a bienes y Cuerpos nacionales, aunque por materia no tengamos la potestad de atenderlas de manera directa, y de realizar cualquier otra acción en el ámbito de las facultades y atribuciones de la PROEPA, con el fin de contribuir a garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano.

Sin otro en particular, le reitero la seguridad de mis atenciones.

Atentamente

Diana Catalina Padilla Martínez (rúbrica)

Procuradora Estatal de Protección al Ambiente

Del gobierno de Jalisco, con la que remite contestación de la Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente al punto de acuerdo por el que se solicita que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, se fortalezca la colaboración para preservar al área de protección de flora y fauna de la Sierra de Quila

Guadalajara, Jalisco, a 21 de mayo de 2024.

Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Es un placer saludarles, con relación al acuerdo legislativo contenido en el oficio DGPL 65-II-4-3523 comunico a dicho órgano legislativo que se recibió en esta Secretaría a mi cargo el oficio número Proepa 0018/2024 signado por la Procuradora Estatal de Protección al Ambiente de esta entidad federativa, mediante el cual se atiende el correspondiente punto de acuerdo que se requirió a la dependencia en comento. Por lo que, se remite copia de la documentación para su conocimiento.

Lo anterior con fundamento en el artículo 17, arábigo 1o., fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Sin más por el momento, reciban un saludo cordial.

Atentamente

Juan Enrique Ibarra Pedroza (rúbrica)

Secretario de Gobierno


Guadalajara, Jalisco, a 3 de mayo de 2024.

Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial

Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente

Maestro Juan Enrique Ibarra Pedroza

Secretario General de Gobierno

Presente

Enviándole un cordial saludo y en atención a su oficio DIELAG 144/2024, de fecha 18 de abril de 2024, mediante el cual remite a esta dependencia para su atención, seguimiento y respuesta, el exhorto realizado por parte de la Cámara de Diputados del hjonorable Congreso de la Unión, al gobierno de Jalisco, en particular el punto segundo que a la letra señala:

La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente al gobierno de Jalisco y al organismo público descentralizado intermunicipal denominado “OPD Sierra de Quila” para que, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, fortalezcan la colaboración para proteger el área de protección de flora y fauna “Sierra de Quila”.

A este respecto me permito informarle lo siguiente:

Primero. Que el Área de Protección de Flora y Fauna “Sierra de Quila” ubicada en los municipios de Tecolotlán, Tenamaxtlán, San Martín Hidalgo y Cocula de nuestro estado, es un área natural protegida (ANP) de carácter federal, conforme al decreto publicado con fecha 4 de agosto de 1982.

Segundo. Que de conformidad a lo establecido en los artículos 5o fracciones VII y XI, 6o., 28 fracciones VII y IX, 46 fracción VII y 161 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEEPA), y demás disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre y Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y demás aplicables, corresponde al Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la regulación, vigilancia y sanción en su caso, de toda acción llevada a cabo dentro de áreas naturales protegidas bajo decreto federal, así como todo lo relacionado con afectación de flora y fauna, tal y como lo establece el artículo 5o fracciones VIII y XI de la LGEEEPA que a la señala:

Artículo 5o. Son facultades de la federación:

I. a VII. ...

VIII. El establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas de competencia federal;

IX. y X. ...

XI. La regulación del aprovechamiento sustentable, la protección y la preservación de las aguas nacionales, la biodiversidad, la fauna y los demás recursos naturales de su competencia.

Situación que queda de manifiesto conforme a lo señalado en el punto primero del acuerdo legislativo citado al rubro.

Tercero. Que esta Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente del Estado de Jalisco (Proepa) a mi cargo, es un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco (Semadet), que cuenta con atribuciones en materia de inspección y vigilancia para el cumplimiento de la normativa estatal exclusivamente, de conformidad a lo establecido en la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y sus reglamentos, así como lo establecido en su Reglamento Interno.

Motivo por el cual, la Proepa al no tener competencia para ejercer actos de inspección y vigilancia dentro de ANP de carácter federal, la actuación de esta dependencia consiste en ser una instancia receptora de denuncias populares en la materia, y remitirlas a la autoridad competente como lo es la Profepa, denuncias que pueden ser tanto de ciudadanos, otras autoridades, municipios, y que por supuesto, pudieran ser del mismo Organismo Público Descentralizado Intermunicipal denominado OPD Sierra de Quila, por lo cual la colaboración está presente en todo momento.

Cuarto. Que es la Semadet a través de su Dirección General de Transversalidad y Gobernanza Territorial y Dirección de área de Gobernanza Territorial, de conformidad con los artículos 12 fracción V y 13 fracciones III, IV, IX de su Reglamento Interno, las unidades administrativas a cargo de promover la vinculación entre las distintas áreas de la Semadet y las asociaciones intermunicipales con el objetivo de obtener una transversalidad de política ambiental; por lo que, al estar reglamentadas estas funciones, es claro que ya existe una fuerte colaboración entre el Gobierno de Jalisco a través de la Semadet y sus unidades administrativas, con la OPD Sierra de Quila, en el ámbito de sus facultades y atribuciones, incluyendo a la Proepa. Aunado al marco normativo que prevé la Ley de Asociaciones Intermunicipales del estado de Jalisco.

Por todo lo anterior señalado, se reitera el compromiso y tarea de continuar realizando la gestión de las denuncias populares ante la autoridad competente con el seguimiento que aplique al caso concreto, así como seguir las indicaciones que en su momento emita la Semadet, con el objeto de coadyuvar a la protección del ANP federal, Área de Protección de la Flora y Fauna de “Sierra de Quila”, y asimismo en comunicación y colaboración con los municipios de nuestro Estado en los cuales se encuentra enclavada esta ANP.

Sin otro particular, quedo a sus órdenes reiterándole nuestra total colaboración y disposición a atender las problemáticas que afectan a nuestro medio ambiente, conforme al ámbito de las atribuciones de la procuraduría.

Atentamente

Diana Catalina Padilla Martínez (rúbrica)

Procuradora Estatal de Protección Al Ambiente

Del Poder Judicial de Jalisco, con la que remite contestación a punto de acuerdo por el que se solicita información acerca de quienes hayan recibido sentencia firme por los delitos de violencia familiar, doméstica, violación, violencia política contra las mujeres en razón de género, o deudora alimentaria morosa

Colotlán, Jalisco, a 23 de abril de 2024.

Diputada del Honorable Congreso de la Unión
Diana Estefanía Gutiérrez Valtierra

Por medio de la presente le envío un cordial saludo y aprovecho la ocasión para darle contestación a su oficio DGPL 65-II-3-3351, haciéndole de su conocimiento que no existen personas del listado que proporciona, a quienes se les haya dictado sentencia firme por los delitos de violencia familiar, doméstica, violación, violencia política contra las mujeres en razón de género, o deudora alimentaria morosa, en los juzgados a mi cargo.

Sin otro particular, agradezco su consideración y respeto.

Atentamente

Edson David Jiménez García (rúbrica)

Administrador Distrital del Juzgado en Control Enjuiciamiento, Justicia Integral para Adolescentes, y Especializado en Violencia contra las Mujeres, Ejecucion Penal del Sistema Acusatorio

Adversarial en el Distrito XI, con sede en Colotlán, Jalisco.

Igualdad                                   firma-e

De la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León, con la que envía contestación a punto de acuerdo por el que se exhorta a realizar campañas de concientización y conmemoración sobre el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas

Monterrey, NL, a 14 de mayo de 2024.

Integrantes de la Honorable Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión

Presentes

Distinguidas diputadas y distinguidos diputados,

Me refiero a su atento exhorto contenido en el oficio número D.G.P.L.65-II-7-3482, recibido en este organismo público autónomo con fecha 26 de abril del año en curso, mediante el cual, en su parte medular refiere la aprobación de un punto de acuerdo dentro del expediente 10372, que a continuación se transcribe:

“[...]Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las personas titulares de las 32 entidades federativas y de las Comisiones Estatales de los Derechos Humanos a realizar, dentro de sus respectivas atribuciones campañas de concientización y conmemoración sobre el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas.”

Al respecto, es oportuno responder lo solicitado.

Sin otro particular por el momento, y en espera de que la información sea de utilidad, me es grato enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctora Susana Méndez Arellano (rúbrica)

Presidenta de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Nuevo León