Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a emitir el Programa de Justicia Social para resarcir el daño a los trabajadores por la privatización de los ferrocarriles mexicanos, a cargo del diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jorge Armando Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción III, de Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Gobernación a emitir de manera urgente el Programa de Justicia Social para resarcir el daño a los trabajadores por la privatización de los ferrocarriles mexicanos.

Consideraciones

El movimiento ferrocarrilero de fue sin duda una de las luchas sindicales más importantes del siglo XX mexicano. Los trabajadores que laboraron al servicio de Ferrocarriles Nacionales de México han tenido una larga lucha para rescatar algunos derechos que conforme a la Ley y la estabilidad corresponde.

El 4 de junio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se extinguió el Organismo Público Descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México.

Con el Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su Ley Orgánica, se dejó en un estado de indefinición a todos sus socios y con ello la desaparición de las reservas constituidas por más de 60 años y que podrían ascender a alrededor de 40 millones de dólares, pero también se ha desatendido un aspecto crucial y una obligación fundamental del gobierno federal, me refiero a que él se comprometió a hacer justicia a los trabajadores ferrocarrileros.

Ferrocarriles Nacionales de México, en acta de su sesión Ordinaria de Consejo de Administración efectuada el 24 de agosto de 2000, reconoció jubilar a tres grupos de trabajadores que no colaboraron a su servicio y sin contar , en su caso varios de ellos , con los requisitos establecido en el contrato colectivo de trabajo (CCT) vigente, incluso en mejores condiciones, pues se les paga 100 por ciento del salario que devengaban y a los trabajadores a su servicio se les pago el tope establecido en el CCT. Este reconocimiento resulta significativo para la justicia que les corresponde a los que, si trabajaron para Ferrocarriles Nacionales de México, al desaparecer su fuente de trabajo se les cuarto su derecho más preciado a la jubilación.

Ante estas circunstancias debe considerarse lo establecido en el artículo 4o. del decreto de extinción de Ferrocarriles Nacionales de México y párrafo 27 de la exposición de motivos de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario, en los cuales se establece: “De especial relevancia es la previsión de los derechos de los trabajadores activos, jubilados y pensionados de Ferrocarriles Nacionales de México, se respetarán conforme a la ley. Esta disposición refleja el compromiso del Ejecutivo Federal de respetar y hacer respetar la conquista que a lo largo de décadas los trabajadores ferrocarrileros han logrado”.

En justicia, los trabajadores de Ferrocarriles Nacionales de México, merecen se les conceda la misma excepción hecha al grupo de trabajadores que no pertenencia a la empresa y a los cuales se les paga una jubilación y al ser este beneficio de aplicación general con mayor razón de aplicarse este beneficio a los NO liquidados y liquidados. Y a los jubilados respetar sus conquistas establecidas en el CCT relacionadas con el aumento de jubilación y pago de 40 días de aguinaldo.

La desaparición de Ferrocarriles Nacionales de México causó afectaciones en los derechos laborales de sus trabajadores y los despojó de sus propiedades en un instante dejando en esta de indefensión a muchos trabajadores ferrocarrileros.

En la Mañanera del 25 de mayo de 2022, según lo planteado por el Frente Ferrocarrilero de Reconstrucción Sindical, el presidente López Obrador instruyó al secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, para que procediese a elaborar un proyecto de justicia social en beneficio de los ferrocarrileros afectados por la privatización.

El 23 de abril de 2023 se llevó a cabo una reunión en la cual por la Secretaría de Gobernación (Segob) estuvieron presentes William Castillo, Miguel Arciniega y Luis Robles; y del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, Luis Bárcenas; y Juan Carlos Resendiz, de Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación.

En este encuentro la Secretaría de Gobernación se comprometió formalmente a entregar para su análisis el Programa de Justicia Social para resarcir el daño a los trabajadores por la privatización de los ferrocarriles mexicanos ante integrantes del Frente Ferrocarrilero de Reconstrucción Sindical, para tener una propuesta final.

Luego de infinidad de mesas de trabajo con Gobernación, Ferrocarriles en Liquidación y el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, se finalizaron las negociaciones, estableciéndose un programa de compensaciones únicas para los ferrocarrileros afectados, sin embargo, a la fecha no se ha presentado el Programa de Justicia Social para los Ferrocarrileros.

Derivado de lo anterior someto a consideración de esta asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Gobernación a emitir de manera urgente el Programa de Justicia Social para resarcir el daño a los trabajadores por la privatización de los ferrocarriles mexicanos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2024.

Diputado Jorge Armando Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la ASF a iniciar una investigación del estado de los recursos que guarda el fideicomiso FERRONALES JUB 5012-6, a cargo del diputado Jorge Armando Ortiz Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PT

El suscrito, Jorge Armando Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción III, de Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con puntos de acuerdo, por los que se solicita a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados su intervención para iniciar la investigación del estado de los recursos que guarda el Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6, así como la revisión de los estados financieros de 20 años anteriores a la fecha; y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que informe a esta soberanía sobre los estados financieros de los últimos 20 años y si ha cumplido con hacer los pagos parciales y de los intereses en las fechas establecidas y a cuánto asciende el monto total del Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6.

Consideraciones

El gobierno federal creó el 11 de junio de 1997 el Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6, para garantizar el pago vitalicio de los jubilados por Ferrocarriles Nacionales de México.

El contrato del fideicomiso se llevó a cabo el 19 de diciembre de 1997. En la cláusula cuarta establece: “La finalidad... es para el pago de pensiones por jubilación de los trabajadores de la fideicomitente, que han alcanzado este beneficio a la fecha de este contrato, así como para los que en lo sucesivo la reciban”.

Posteriormente el17 de Diciembre de 1998, se celebra un Convenio Modificatorio al Contrato, en virtud del cual se modifica la cláusula cuarta, para señalar que “los recursos materia del Fideicomiso por instrucciones del fideicomitente (Ferrocarriles Nacionales de México) podrán destinarse al otorgamiento de créditos al gobierno federal”.

Por esta razón, el 28 de diciembre de 1998 se celebró el contrato de crédito por una parte Nacional Financiera, SNC, como fiduciaria del Fideicomiso número 5012-6; y, por otra, el gobierno federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, compareciendo la Tesorería de la Federación y Ferrocarriles Nacionales de México.

En el contenido de este contrato se establece:

a) Que se otorga el crédito por 5 mil 720 millones 455 mil 331 unidades de inversión, equivalentes a13 mil 500 millones de pesos, importe en el cual no quedan comprendidos los intereses.

b) El plazo máximo del crédito será de 30 años, contados a partir de la fecha de celebración del contrato, sujeto a lo establecido en las cláusulas sexta y séptima de este contrato.

I. Cláusula cuarta, se obliga a pagar intereses ordinarios sobre saldos insolutos pagaderos en las fechas establecidas en la cláusula cuarta a una tasa real anual de 6.5 por ciento.

Las fechas establecidas para el pago de los intereses del crédito serán cada 31 de marzo y 30 de septiembre.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público se obliga a pagar del principal, el saldo insoluto del crédito a más tardar el 30 de septiembre de 2028.

Como es del dominio público, el 4 de junio de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se extinguió el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México.

Con el Decreto por el que se extingue el organismo público descentralizado Ferrocarriles Nacionales de México y se abroga su ley orgánica, se dejó en un estado de indefinición a todos sus socios y con ello la desaparición de las reservas constituidas por más de 60 años y que podrían ascender a alrededor de 40 millones de dólares, pero también se ha desatendido un aspecto crucial y una obligación fundamental del gobierno federal, me refiero a que él se comprometió a hacer justicia a los trabajadores ferrocarrileros.

Mientras a las empresas concesionarias se les otorgó toda clase de prebendas y consideraciones, a los trabajadores ferrocarrileros se les socavaron sus derechos y la posibilidad de hacerles justicia.

Derivado de lo anterior, someto a consideración de esta asamblea los siguientes

Puntos de Acuerdo

Único. Que se solicite a la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados su intervención para iniciar la investigación del estado de los recursos que guarda el Fideicomiso Ferronalesjub 5012-6, así como la revisión de los estados financieros de 20 años anteriores a la fecha.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2024.

Diputado Jorge Armando Ortiz (rúbrica)