Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Subsecretaria de Prevención y Promoción de la Salud a que, en coordinación con el CCNNPCE, realicen las acciones necesarias para acelerar el proceso de revisión y análisis del proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud para que, en coordinación con el Comité Consultivo Nacional de Normalización, de Prevención y Control de Enfermedades (CCNNPCE), realicen las acciones necesarias para acelerar el proceso de revisión y análisis del proyecto de norma oficial mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018 para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que los bebés sean amamantados exclusivamente durante los primeros seis meses de vida, y después introducir alimentos complementarios nutricionalmente adecuados y seguros, mientras se continúa con la lactancia materna hasta los dos años de edad.1

La lactancia materna es la forma ideal de alimentar a los lactantes, niñas y niños, ya que aporta los nutrientes que necesitan para un crecimiento y desarrollo saludables. De acuerdo con la OMS y al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la lactancia materna contribuye a la reducción de la mortalidad infantil, previene enfermedades infecciosas y alérgicas, favorece un mejor desarrollo cognitivo en los niños y niñas, y reduce el riesgo de padecer enfermedades crónicas no transmisibles en etapas posteriores de la vida, como obesidad, diabetes e hipertensión.2

Por ejemplo, según cifras de la OMS, la lactancia materna prolongada y continua hasta los 2 años de edad reduce la mortalidad infantil de 55 por ciento a 84 por ciento; reduce el riesgo de sobrepeso y obesidad en un 13 por ciento; y disminuye el riesgo de diabetes tipo 2 en 35 por ciento. Además, de que ha establecido que amamantar por seis meses o más reduce en un 19 por ciento el riesgo de leucemia en la niñez, comparado con un período más corto o con no amamantar.3

La lactancia no sólo beneficia a los bebés sino también a las mamás, ya que a corto plazo ayuda a su recuperación física, por ejemplo, disminuye el riesgo de hemorragia después del nacimiento y reduce el riesgo de depresión post- parto. A largo plazo contribuye a disminuir las probabilidades de desarrollar cáncer de ovario, cáncer de mama, diabetes tipo II, hipertensión, ataques cardíacos, anemia y osteoporosis.4

Sin embargo, contrariamente a las recomendaciones de la OMS, menos de la mitad de los lactantes se alimentan exclusivamente con leche materna.5 En México, sólo 41 por ciento de los niños y niñas de 6 a 23 meses están siendo amamantados adecuadamente, y la lactancia adecuada para la edad entre todos los infantes de 0 a 23 meses disminuye hasta 39 por ciento.6

En México, el Programa Sectorial de Salud 2013-2018 estableció como parte de sus estrategias, asegurar un enfoque integral para reducir la morbilidad y mortalidad infantil, promoviendo la lactancia materna exclusiva hasta los seis meses de edad.7 A partir de esto, surge el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, para el Fomento, Protección y Apoyo a la Lactancia Materna, como una respuesta a la necesidad de contar con una normativa actualizada, más robusta y alineada con los compromisos que México ha adquirido, como parte de sus políticas de salud pública, que busca fortalecer la práctica de la lactancia materna como un componente fundamental para la salud y el bienestar de los niños y sus madres en México.

Por lo tanto, el fomento, protección y apoyo de la lactancia materna a través de Normas Oficiales Mexicanas, es esencial para garantizar que se aborden de manera integral los desafíos y obstáculos que enfrentan las madres mexicanas para ejercer su derecho a la lactancia materna y brindar a sus hijos los beneficios que esta conlleva.

Sin embargo, a pesar de su relevancia, este Proyecto de Norma aún se encuentra en proceso de revisión y análisis por parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades (CCNNPCE). Por lo que ha permanecido como Proyecto de Norma Oficial Mexicana desde el 02 de mayo de 2015.8

El Programa Sectorial de Salud 2020-2024 incluye, dentro de sus estrategias, mejorar los servicios de salud y asistencia social para desarrollar bajo un enfoque integral y diferenciado de niñas. Fortaleciendo la promoción y protección y apoyo de la lactancia materna, para fomentar la nutrición y la vida saludable de las niñas y los niños.9

En este sentido, las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, que tienen como finalidad establecer las características que deben reunir los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana; así como aquellas relativas a terminología y las que se refieran a su cumplimiento y aplicación.10

La existencia de una Norma Oficial Mexicana que fomente, proteja y apoye la lactancia materna, es fundamental para garantizar el bienestar de las y los niños y sus madres.

La importancia de la aprobación, publicación y entrada en vigor del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, como Norma Oficial Mexicana radica en los múltiples beneficios que conlleva la lactancia materna, ampliamente respaldados por organismos nacionales e internacionales como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la OMS y la UNICEF, que han reconocido a la lactancia materna como parte del derecho fundamental de las y los niños a recibir una alimentación nutritiva que les asegure un desarrollo integral y saludable.11

Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, establece disposiciones que busca sean acatadas no sólo por el personal de salud del sector público, social y privado, sino por todas aquellas personas, empresas o instituciones vinculadas con mujeres en periodo de lactancia y las que se relacionan con la atención, alimentación, cuidado y desarrollo infantil. Lo cual, busca fomentar una mayor coordinación y articulación entre los diferentes sectores involucrados en la promoción de la lactancia materna, como el sector salud, el laboral, el educativo y el social, para brindar un apoyo más integral a las madres.

Además, prevé requisitos indispensables para la instalación de salas de lactancia como parte de las acciones encaminadas a fomentar, proteger y apoyar la práctica de la lactancia materna en todo el territorio nacional. Así como el cumplimiento obligatorio del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna, la instalación de Bancos de Leche Humana, la promoción de la lactancia en madres trabajadoras, y la capacitación del personal de salud en esta materia.

Con base en esto, debemos señalar la importancia de que se convierta en una norma oficial mexicana, ya que, a partir de ello, se establecerán lineamientos y obligaciones para que los sectores público, social y privado, como hospitales, y centros de trabajo, brinden las condiciones adecuadas para la práctica y promoción de la lactancia materna, así como para proteger y fomentar la lactancia materna en todo el país.

Por lo anterior, y de conformidad con el artículo 10 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y 14 fracción II de las Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, se requiere a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, para que en coordinación con el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades (CCNNPCE) informe a esta soberanía sobre los avances en el proceso de revisión y análisis del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna y agilice en la medida de lo posible, el proceso de aprobación y publicación de dicho Proyecto de Norma en el Diario Oficial de la Federación, con el fin de que entre en vigor como Norma Oficial Mexicana a la brevedad.

Al respecto el artículo 10 fracción VII del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud señala:

Artículo 10. Corresponde al Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud:

...

VII. Emitir y coordinar la expedición de normas oficiales mexicanas, así como proponer las reformas a las disposiciones jurídicas en las materias de su competencia, con la participación que corresponda a la Coordinación General de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, en términos del artículo 11 Bis de este Reglamento;

...

Por su parte, el artículo 14 fracción II de las Reglas de Operación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades establece:

Artículo 14. De conformidad con los artículos 8 fracción VI y 14 de los Lineamientos, el CCNNPCE tendrá las siguientes funciones:

...

II. Elaborar, revisar y aprobar las NOM’S en materia de Prevención y Promoción de la Salud y de Control de Enfermedades;

...

Al aprobar y publicar de manera oficial esta Norma, se contribuye al cumplimiento de las metas y estrategias establecidas en el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, garantiza el mejoramiento de la salud y nutrición de niñas y niños en México y permite establecer las condiciones mínimas en el sector público, social y privado para la práctica y promoción de la lactancia materna.

Por lo anteriormente expuesto, se presenta el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud para que, en coordinación con el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades (CCNNPCE), realicen las acciones necesarias para acelerar el proceso de revisión y análisis del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud fomentar los espacios de consulta amplia y participativa con los usuarios, las familias, las organizaciones de la sociedad civil, los profesionales de la salud, los académicos y los expertos, para revisar y elaborar la nueva norma oficial mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna.

Notas:

1 Organización Panamericana de la Salud. (s.f.) Lactancia materna y alimentación complementaria. OPS. Disponible en: https://www.paho.org/es/temas/lactancia-materna-alimentacion-complement aria

2 UNICEF (2013) Manual de Lactancia Materna. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. Adaptación UNICEF Ecuador 2012. Disponible en: https://www.unicef.org/ecuador/media/2611/file/Lactancia%20materna.pdf

3 Organización Panamericana de la Salud. (s.f.) Lactancia materna y alimentación complementaria. OPS. Disponible en: https://www.paho.org/es/temas/lactancia-materna-alimentacion-complement aria

4 UNICEF. (s.f.) Lactancia Materna. Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia. Disponible en:https://www.unicef.org/mexico/lactancia-materna

5 OMS (s.f.) Lactancia Materna. Organización Mundial de la Salud. Disponible en: https://www.who.int/es/health-topics/breastfeeding#tab=tab_1

6 INSP y UNICEF México. (2016). Encuesta Nacional de Niños, Niñas y Mujeres 2015. Informe Final. México: Instituto Nacional de Salud Pública y UNICEF México.p.48 Disponible en: https://www.unicef.org/mexico/media/1001/file/UNICEF_ENIM2015.pdf

7 PROGRAMA Sectorial de Salud 2013 a 2018. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2013. Disponible en:https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5326219&fecha=12/12/2 013#gsc.tab=0

8 Véase PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018, Para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 02 de mayo de 2015. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5521251&fecha=02/05/2018 #gsc.tab=0

9 PROGRAMA Sectorial de Salud 2020-2024. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2020. Disponible en:https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/570535/PROGRAMA_Secto rial_de_Salud_2020-2024.pdf

10 Secretaría de Salud (2015) Normas Oficiales Mexicanas. Gobierno de México. Disponible en: https://www.gob.mx/salud/en/documentos/normas-oficiales-mexicanas-9705# :~:text=Las%20Normas%20Oficiales%20Mexicanas%20%28NOM%29%20son%20regula ciones%20t%C3%A9cnicas,que%20se%20refieran%20a%20su%20cumplimiento%20y% 20aplicaci%C3%B3n

11 CNDH (2020) Lactancia Materna: un derecho humano. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Disponible en: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2022-02/Trip_Lac tancia_Materna_DH.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 10 de abril de 2024.

Diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades, para que se verifique el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-083-SEMARNAT-2003 en diversos rellenos sanitarios del estado de Morelos e implementar aquellas medidas necesarias para garantizar la máxima protección ambiental a los ciudadanos de esas localidades, a cargo del diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa, del Grupo Parlamentario del PRI

El suscrito, Eduardo Enrique Murat Hinojosa, diputado federal de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; con fundamento en lo dispuesto por lo establecido en el artículo 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

Los residuos sólidos urbanos (RSU) — comúnmente conocidos como basura — son una parte muy importante del problema de la contaminación ambiental. En principio, su disposición final tiene como objetivo depositar o confinar permanentemente residuos en sitios e instalaciones cuyas características permitan prevenir su liberación al ambiente y las consecuentes afectaciones a la salud de la población y a los ecosistemas y sus elementos.1

Su manejo inadecuado puede causar serios problemas como toxinas, lixiviados y gases de efecto invernadero. Los desechos orgánicos producen bacterias que descomponen la basura, en consecuencia, generan sustancias químicas ácidas débiles que se combinan con los líquidos de otros desechos siendo altamente contaminantes.2

Debido a su alto impacto negativo sobre los componentes ambientales y el deterioro de la calidad de vida de las comunidades, se hace cada vez más preocupante su aumento acelerado y descontrolado, especialmente en las áreas urbanas. Estos tiraderos y sitios de disposición de desechos sólidos no regulados, se consideran fuentes emisoras de contaminantes atmosféricos. Un ejemplo de ello es el biogás, producto de la descomposición biológica de la materia orgánica, que contiene metano (CH4), dióxido de carbono (CO2) y trazas de compuestos orgánicos volátiles (COV); lo que significa que es una importante fuente antropogénica de generación de gases de efecto invernadero que depende de ciertos valores, como: la antigüedad del sitio de disposición, el progreso de los procesos de estabilización de desechos y de las condiciones ambientales en las que se efectúa.3

Además de causar contaminación visual, —debido a que las pilas de desechos están en aumento— estos lugares tienen un impacto en la fauna y la naturaleza. La basura enterrada en los rellenos sanitarios o en los tiraderos a cielo abierto es una fuente importante de contaminación, tanto para el suelo y los mantos acuíferos, lo cual se ha convertido en un problema a largo plazo para nosotros y para las generaciones futuras.

Todas estas cuestiones también están relacionadas con la afectación a la salud de las personas que viven cerca de estos lugares, donde la falta de higiene y salubridad causan enfermedades respiratorias, gastrointestinales, dermatitis, asma, defectos de nacimiento, cáncer, enfermedades cardiovasculares, cáncer infantil, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), enfermedades infecciosas, bajo peso al nacer y parto prematuro. De igual manera, se fomenta la propagación de plagas y alimañas, que son portadoras de enfermedades que pueden causar una variedad de problemas de salud.

Llegados a este punto y materia del presente punto de acuerdo, es necesario mencionar que, en la actualidad, el estado de Morelos se encuentra en una situación difícil debido a la mala gestión de los desechos sólidos urbanos, de manejo especial e incluso residuos peligrosos. Esto se debe a que en diversas localidades existe una serie de factores, como el aumento de la cantidad de desechos producidos, la educación inadecuada sobre la disposición final responsable, carencia de estrategias para la reutilización, reducción, reciclaje y separación de desechos, así como la nula implementación de la economía circular, además de la falta de infraestructura para el manejo, aprovechamiento y gestión de estos.

Las anteriores condiciones, se pueden apreciar en los siguientes datos: en 2006, Morelos produjo 1’939 toneladas diarias de desechos, lo que lo había colocado en el puesto 22 de las entidades federativas con menor generación de desechos del país.4 De tal manera que, el promedio por persona es de 1,1 kilogramos diarios. Esto representa el 80 por ciento de los desechos generados, lo que supera el promedio nacional de 72 por ciento.5 De manera similar, conforme a los datos de la Semarnat, para el 2020 la entidad generó cerca de 1’878 toneladas de basura.6

De acuerdo con estimaciones de la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Morelos, la generación de desechos sólidos urbanos ha ido en aumento en los últimos años. En 2019, se reportaron aproximadamente 2 mil 207.06 toneladas de basura al día. Esta cifra ascendió ligeramente a 2 mil 231.34 toneladas en 2020 y continuó aumentando a 2 mil 255.88 para el 2021. De manera preocupante, las proyecciones para el año 2030 indican que la generación de desechos sólidos urbanos podría alcanzar cerca de 2 mil 489.30 toneladas diarias.6

En definitiva, no implementar acciones preventivas y correctivas, seguirá generando emisiones de Gases Efecto Invernadero (GEI), ya que para el 2030 se estima un ascenso a 1,400.4 G/Ton de CO2,7 al mismo tiempo un incremento de crisis ambientales; afectaciones graves a la salud poblacional y a los ecosistemas terrestres y acuáticos de la entidad.

Es preciso mencionar que, en el Programa Estatal de la Gestión y Manejo Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial, elaborado por Secretaría de Desarrollo Sustentable del estado de Morelos (2019-2024), enlista 9 rellenos sanitarios y un sitio controlado que cuentan con las siguientes características y problemáticas ambientales:8

1. Relleno Sanitario “El Tezontle”, ubicado en el municipio de Huitzilac.

Este sitio de disposición final se localiza a 2.3 km de la localidad de Tres Marías, y a 3.5 km de la cabecera municipal de Huitzilac, se ubica en una cañada natural en la zona de amortiguamiento de un área natural protegida denominada el corredor biológico Chichinautzin, en la ladera de un pequeño volcán extinto llamado “El Tezontle” y una zona de recarga de acuíferos. El predio cuenta con una superficie aproximada de 59,423.77 m2., y el relleno sanitario tiene una superficie total de 6 hectáreas, de las cuales, 4 corresponden a la superficie donde se depositan los residuos y el resto a caminos para permitir el paso de camiones hacia la mina de tezontle.

En la actualidad, cualquier persona puede acceder libremente al sitio de disposición de desechos, esto le permite depositar sus desechos sin enfrentar ninguna advertencia o sanción del ayuntamiento. También el sistema de tratamiento de lixiviados está completamente saturado, habiendo alcanzado su capacidad máxima sin que se realice el rebombeo de estos residuos líquidos desde hace varios meses. La falta de una estructura operativa adecuada en el relleno sanitario ha provocado que los desechos se esparzan por todo el suelo, lo que demuestra una gestión inadecuada. También hay desechos a lo largo del camino y no hay seguridad en el acceso al relleno sanitario. En cuanto a la normativa actual, en particular la NOM- 083-SEMARNAT-2003,9 sobre “Las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial”, no realiza algún seguimiento adecuado para la protección del medio ambiente, la prevención de riesgos a la salud y la promoción del manejo adecuado de los residuos, ya que el lugar carece de la autorización oficial requerida para funcionar como relleno sanitario.

2. Relleno Sanitario “La Tomatera” ubicado en el municipio de Yecapixtla.

El sitio se halla en el campo denominado “Tlacotitlan” —ubicado sobre el libramiento de Yecapixtla Km 01+100 al oriente de Yecapixtla— cuenta con cuatro celdas en las cuales disponen los municipios de Yecapixtla, Tetela del Volcán y Ocuituco, el nuevo municipio de Hueyapan se encuentra próximo a depositar igualmente sus residuos en este sitio. Cuenta con una laguna de lixiviados la cual se encuentra llena de lixiviados y agua pluvial siendo un foco de contaminación para las aves que se encuentran asentadas o emigran por esa zona.

Es necesario mencionar que los municipios de Yecapixtla, Tetela del Volcán y Ocuituco utilizaron cuatro celdas de basura de este relleno sanitario. Se espera que también el recién creado municipio de Hueyapan comience a enviar sus desechos a este lugar. Una característica notable del sitio, es su laguna de lixiviados, que está llena de líquidos filtrados y agua de lluvia, lo que contamina a las aves locales y migratorias. El relleno sanitario recibe mantenimiento solo una ocasión al mes para administrar y reducir los efectos ambientales.

3. Relleno Sanitario “El Zarco” ubicado en el municipio de Yautepec.

El sitio se halla al Noroeste de la ciudad de Yautepec, por la carretera que conduce a Tepoztlán. Se ubica en el paraje “Ojo Seco”. El relleno sanitario actualmente cuenta con 3 celdas, la celda tres se encuentra en operación, la celda dos fue clausurada —sin embargo, se está volviendo a utilizar— y la celda 1 actualmente también está clausurada. El camino de acceso al relleno sanitario se encuentra con escasa vigilancia. A la entrada del relleno sanitario se observan zanjas por donde escurre el lixiviado de los residuos, ya que no hay una correcta canalización. No existe un sistema de captación y extracción de lixiviados, además de que la fosa se encuentra en obra negra y contiene dentro estancamiento de lixiviados con una capa de residuos. Como resultado de que no se encuentra en operación, la fosa de lixiviados no hay recirculación de estos o tratamiento.

El relleno sanitario tiene tres celdas. La celda número tres sigue siendo utilizada en este momento, mientras que la celda dos, a pesar de haber sido clausurada, ha sido reabierta y utilizada nuevamente. La celda uno sigue siendo cerrada. El camino de acceso al relleno carece de vigilancia adecuada. Se pueden ver zanjas en la entrada por las que fluye el lixiviado procedente de los desechos, lo que indica una falta de canalización adecuada. Además, no hay un sistema eficiente para recolectar y extraer los lixiviados. La fosa destinada para este fin está inconclusa, presentando acumulación de lixiviados sobre una capa de residuos, sin ningún sistema de recirculación o tratamiento activo, esta deficiencia en el manejo y cobertura adecuada de los residuos sólidos urbanos provoca la dispersión de materiales ligeros y atrae a fauna nociva.

Se evidencia un bajo cumplimiento de la normativa actual, en particular la NOM-083-SEMARNAT-2003. El relleno sanitario funciona sin la autorización oficial requerida, lo que demuestra una mala gestión y regulación de estas instalaciones.

4. Relleno Sanitario “El Higuerón” ubicado en el municipio de Jojutla.

El sitio se encuentra ubicado en la comunidad del Higuerón perteneciente al municipio de Jojutla, a una distancia aproximada de 10 kilómetros de la cabecera municipal.

El método de operación que se eligió de acuerdo con el tipo de terreno que existe en el sitio, a las necesidades de volumen para el material de cobertura y para la disposición de los residuos sólidos urbanos. El resto del terreno es considerado para la construcción de nuevas celdas de disposición final, es decir, esta zona se ocupará de la construcción del relleno sanitario. La superficie total del terreno es de 7.79 hectáreas. Se previó la reapertura y explotación, mantenimiento del relleno sanitario, así como la autorización para la recepción y confinamiento de los residuos sólidos urbanos incluyendo de otros municipios, celebrando un contrato de usufructo, a pesar de la carencia de un control y una cobertura correcta de los residuos sólidos urbanos.

5. Relleno Sanitario “El Jabonero” ubicado en el municipio de Mazatepec.

El Basurero “El Jabonero de Mazatepec” es un basurero a cielo abierto ubicado en el municipio de Mazatepec, Morelos. El basurero recibe residuos sólidos urbanos de los municipios de Mazatepec, Puente de Ixtla, Tetecala y parte de Jojutla. El basurero “El Jabonero” fue construido en 1982 y desde entonces ha recibido una gran cantidad de residuos sólidos urbanos. El basurero ha sido objeto de críticas por su impacto ambiental, ya que genera contaminación del aire, del agua y del suelo. Por otra parte, no se ha logrado sanear el tiradero a cielo abierto que inició como un proyecto para relleno sanitario.Se acordó que los municipios se turnarían, mes con mes, para el mantenimiento del lugar.

6. Relleno Sanitario “Ex Hacienda de Dolores” ubicado en el municipio de Emiliano Zapata.

El relleno sanitario “Ex Hacienda de Dolores” está ubicado en el municipio de Emiliano Zapata, Morelos. Se encuentra a aproximadamente 10 kilómetros de la cabecera municipal, en la zona conocida como “El Rincón”. Lo más preocupante de este caso, es que no se cuenta con mayores datos ya que el gobierno de Morelos argumenta que fue robado el expediente.

7. Relleno Sanitario “La Perseverancia” ubicado en el municipio de Cuautla.

El sitio se halla en la calle 30 de septiembre S/N, Colonia Ampliación Hermenegildo Galeana, en el municipio de Cuautla, instalación de planta de separación de residuos valorizables con tecnología alemana, en la que actualmente se trata 27,766.75 ton/m3 de residuos sólido-urbanos y de manejo especial. Actualmente, cuenta con una fosa de lixiviados, descarga de drenaje, disposición final de sitios no valorizables, arrastre de partículas suspendidas, alimentador de planta, plataforma primaria y secundaria de triaje, tromel de criba, separador balístico, separador férrico, separador óptico y separador inductivo.

8. Relleno Sanitario “Lomas de Mejía” ubicado en el municipio de Cuernavaca.

El sitio se encuentra ubicado en la calle Loma Mejía, Colonia Ejido de San Antón en el municipio de Cuernavaca Morelos. En el 2010 una empresa que contaba con la concesión dejó de prestar sus servicios, por lo tanto, quedaron depositadas alrededor de 420 mil toneladas de residuos sólidos, mismas que seguían emitiendo contaminación al aire, como el gas metano. Después de 10 años de reapertura del relleno sanitario, actualmente cuenta con 4 macro celdas, una celda de emergencia, planta separadora y disposición final, área de composteo, planta de trituración de llantas, estacionamiento, báscula, tanque de combustible y almacén temporal. La superficie total autorizada es de 486,680 m2.

9. Sitio Controlado “El Coronel” ubicado en el municipio de Tlaltizapán de Zapata.

El sitio se halla al Noroeste de la Ciudad de Tlaltizapán, a una distancia aproximada de 6 km de la Reserva Estatal “Las Estacas”. Actualmente, el sitio de disposición final es un sitio controlado de acuerdo con la NOM-083, ya que no cuenta con una geomembrana debido a su coeficiente de permeabilidad. Se encuentra en trámite para su autorización como relleno sanitario ya que cuente con la cuarta celda con la geomembrana; los municipios que dispondrán este lugar son: Tlaltizapán y Temixco. Cuenta con un sitio controlado, el cual es administrado junto con el Ejido.

Con todo lo anterior, la problemática va en aumento, si bien, se tienen registrados únicamente seis tiraderos a cielo abierto de las decenas existentes, ya que se consideran un sitio de disposición final inadecuado si no cumple con las especificaciones de protección ambiental de la norma antes mencionada 083-SEMARNAT-2003, como el diseño, construcción, operación, y monitoreo, sin embargo, en la mayoría de los casos existentes son ilegales y, sorprendentemente, crecen de manera exponencial.

En el año 2021, la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Morelos (Propaem) ha encontrado doce vertederos a cielo abierto irregulares en municipios como Huitzilac y Puente de Ixtla, lo que contribuye al daño ambiental causado por la gestión inadecuada de desechos. Aunque hay rellenos sanitarios que cumplen con las normas, la Propaem ha suspendido temporalmente 6 de ellos, exigiendo una regulación efectiva y urgente para reducir los efectos perjudiciales, dado que se enfrentan a importantes problemas como el mal funcionamiento de las geomembranas para lixiviados, la falta de drenajes pluviales y la ausencia de sistemas para la captación de biogás en basureros, aumentando el riesgo de incendios forestales.10

A continuación, se enlistan los seis tiraderos a cielo abierto registrados:

Derivado de lo anterior, diversos medios de comunicación periodística han recopilado información sobre las afectaciones al medio ambiente y a la población morelense, entre algunos ejemplos de estas publicaciones están los siguientes:

En una protesta en julio de 2021 los residentes de Mazatepec, incluyendo propietarios de tierras, tomaron una medida drástica al bloquear la entrada del vertedero regional “El Jabonero” contra la llegada de cantidades excesivas de basura de municipios vecinos como Cuernavaca, Temixco, Jiutepec y Xochitepec. Al argumentar que, se había superado la capacidad del vertedero, lo que había generado importantes problemas de contaminación ambiental y de salud pública, esto se reflejan en un aumento en las enfermedades gastrointestinales y respiratorias causadas por los gases y lixiviados tóxicos que emanan del basurero. Los habitantes de Mazatepec tomaron la decisión de llevar a cabo una protesta después de años de quejas desatendidas, lo que demuestra una gran preocupación comunitaria y un llamado urgente a las autoridades para una solución efectiva y sostenible ante este problema ambiental que está empeorando.11

De manera similar los ciudadanos de Cuernavaca y Temixco, en Morelos, manifestaron su descontento con la reapertura del depósito de basura de “Loma Mejía”, situado en el ejido de San Antón, al lado de la ciudad capital. Los manifestantes impidieron el paso de los camiones recolectores y solicitaron la clausura completa del tiradero, ya que consideraban que no cumplía con las regulaciones ambientales requeridas, en particular en cuanto a la gestión de lixiviados, lo cual es crucial por la existencia de mantos acuíferos en la zona.12

Lo mismo ocurre con la instalación de relleno sanitario “La Perseverancia” en Cuautla, Morelos, el cual está generando importantes preocupaciones en cuanto a la salud ambiental y pública. El exceso de basura, particularmente en “La Perseverancia”, ha causado una contaminación importante del aire y los recursos hídricos, lo que ha afectado a las comunidades cercanas. Los metales pesados y otros materiales tóxicos son parte de la contaminación, lo que ha provocado un aumento en las enfermedades gastrointestinales, respiratorias y cáncer entre los trabajadores del relleno y los habitantes de las áreas cercanas. Además, la falta de manejo adecuado de lixiviados ha llevado a la contaminación del acuífero Cuautla-Yautepec.13

Desafortunadamente en años anteriores ocurrió un incendio en el basurero municipal “Rancho Coronel” en Tlaltizapán, Morelos, lo que obligó a las brigadas de Protección Civil, Protección Ambiental, Oficialía Mayor y Servicios Públicos Municipales a llevar a cabo intensas maniobras de control. A pesar de los esfuerzos, el viento impidió el control total del fuego, que se prolongó durante varias horas. La situación provocó una gran cantidad de humo que afectó el sistema respiratorio de los residentes, quienes solicitaron a las autoridades que intensifiquen sus esfuerzos para evitar daños a la salud. Se aconsejó a los ciudadanos usar cubrebocas de manera preventiva y acudir a centros médicos si experimentaban síntomas respiratorios.14

También es importante mencionar el problema que generó el tiradero a cielo abierto en Yautepec, Morelos, y se destacan las consecuencias perjudiciales que tiene en el medio ambiente y la salud. Aunque recibe 50 toneladas de basura diarias de manera controlada, su proximidad a zonas de cultivo, aumenta el riesgo de contaminación de alimentos. Debido al polvo y los lixiviados, los trabajadores del lugar ya tienen problemas respiratorios. Aunque este tiradero en particular solo tiene cinco años, hay otros tiraderos en la región que tienen hasta 25 años. Se menciona la clausura del tiradero y la construcción de una planta de separación de desechos, pero la contaminación sigue siendo un problema importante.15

Del mismo modo durante el 2023, se logró la clausura temporal de tres tiraderos clandestinos de basura en los municipios de Mazatepec, Amacuzac y Tlaltizapán en Morelos, gracias a las denuncias ciudadanas. Dado que los desechos sólidos se depositaban a cielo abierto y sin control, estos sitios representaban un peligro para la seguridad y la salud pública. La participación de la población fue muy importante para lograr este objetivo, al hacer un llamado a denunciar actividades ilegales como la tala clandestina y los tiraderos de desechos.16

En definitiva, los tiraderos a cielo abierto y rellenos sanitarios son una parte importante de nuestros problemas ambientales, pero con frecuencia son ignorados en el debate público. Estos lugares no son simplemente depósitos; son el último eslabón de la cadena de gestión de nuestros desechos y tienen un impacto duradero y profundo en el medio ambiente y la salud pública, ya que estos lugares se oponen abiertamente a la normativa 083-SEMARNAT-2003. Por lo que, no solo violan los estándares ambientales, sino también son una señal de las malas prácticas en la gestión de nuestros desechos.

Los vertederos en Morelos son una prueba evidente de falta de responsabilidad, lo que se refleja en una mala gestión ambiental y una política que no se preocupa por el desastre ambiental. Estos desechos no son solo un error de planificación; son una señal de una falla sistémica y una muestra de la falta de atención hacia los efectos de una gestión de desechos inadecuada. Los riesgos sanitarios y ambientales que enfrentan nuestras comunidades no son abstractos; son reales y presentes. Se requiere una acción decisiva y contundente para abordar esta crisis ambiental y sanitaria; no es momento de medias tintas o promesas vacías.

Desde la Cámara de Diputados tenemos la responsabilidad y la obligación ineludible de impulsar un cambio drástico en la gestión de desechos. En un tema tan crítico, no podemos permitirnos la complacencia y la inercia. No es una opción, sino una necesidad imperiosa, exhortar para una mejor infraestructura. Estos lugares deben cumplir y superar los estándares ambientales, demostrando un compromiso real con el futuro sostenible.

Por estas razones, es fundamental que esta Cámara de Diputados de manera urgente tome cartas en el asunto y se manifieste al respecto. Por ello, el presente punto de acuerdo tiene como finalidad exhortar al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), realice visitas de inspección a los rellenos sanitarios de residuos sólidos urbanos y de manejo especial concesionados descritos en el cuerpo de este punto de acuerdo pertenecientes al estado de Morelos, así como a los titulares del gobierno, de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, de la Comisión Estatal del Agua, de la Coordinación de Protección Civil del estado de Morelos, para que implementen las medidas que resulten necesarias para garantizar la máxima protección ambiental a los ciudadanos de esas localidades y se genere un protocolo de acción para mitigar los problemas ambientales y de salud que generan los depósitos de disposición final. De manera similar, se exhorta a los presidentes municipales de esa entidad, para que en el ámbito de sus atribuciones, clausuren los tiraderos clandestinos existentes dentro de su jurisdicción.

Además, se informe a esta legislatura sobre las posibles repercusiones causadas por el mal manejo de los desechos sólidos, así como sobre las medidas que el gobierno del Estado tomará para prevenir un deterioro significativo del ecosistema que rodea la zona de depósito de desechos.

En virtud de lo antes expuesto, se somete ante esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, para quedar como sigue:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), verifique el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana “NOM-083-SEMARNAT-2003, “Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial”, y se realicen visitas de inspección a los rellenos sanitarios de residuos ilegales descritos en el cuerpo de este punto de acuerdo, que se encuentren dentro del estado de Morelos.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular del gobierno del estado de Morelos, de la Secretaría de Desarrollo Sustentable, de la Comisión Estatal del Agua, de la Coordinación de Protección Civil del estado de Morelos, para implementar las medidas que resulten necesarias que garantizar la máxima protección ambiental a los ciudadanos de esas localidades, y se genere un protocolo de acción para mitigar los problemas ambientales y de salud que generan los depósitos de disposición final irregulares.

Tercero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a los titulares de las presidencias municipales del estado de Morelos para que, en el ámbito de sus atribuciones, clausuren los tiraderos clandestinos que se encuentren dentro de su jurisdicción.

Notas:

1 México. (2023). Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Diario Oficial de la Federación, 8 de mayo de 2023, artículo 12, Fracción VIII.

2 ASECA. (12 de julio de 2012). La problemática de los rellenos sanitarios. Obtenido de ASECA: https://aseca.com/la-problematica-de-los-rellenos-sanitarios/

3 Camargo, Y. (29 de septiembre de 2009). Emisiones de biogás Producidas por Rellenos Sanitarios. Obtenido de Universidad de Magdalena: https://www.researchgate.net/profile/Andres-VelezPereira/publication/27 6062721_EMISIONES_DE_BIOGAS_PRODUCIDAS_EN_RELLENOS_SANITARIOS/links/560 6714a08aeb5718ff2a9a2/EMISIONES-DE-BIOGAS-PRODUCIDAS-EN-RELLENOS-SANITA RIOS.pdf

4 Inegi. (2011). Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Obtenido de Inegi: http://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/mor/poblacion/defa ult.a

5 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (diciembre de 2016). Informe de la Situación del Medio Ambiente en México. Obtenido de Semarnat: https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/dgeia/informe15/tema/cap7.html#tema7

6 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. (2020). Diagnóstico Básico para la Gestión Integral de los Residuos. Gobierno de México. Obtenido de: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/555093/DiagnosticoBasico GestionIntegralResiduosF.pdf.pdf

7 Secretaría de Desarrollo Sustentable. (2019). Programa Estatal de la Gestión Y Manejo Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial en Morelos. Morelos: Gobierno del estado de Morelos. Obtenido de: https://mir.morelos.gob.mx/records/DCB3C690CA62458EA74C9B65C3EF224E.pdf

8 ONU. (2023). Informe sobre la Brecha de Emisiones. Obtenido de: https://wedocs.unep.org/bitstream/handle/20.500.11822/43924/EGR2023_KMS P.pdf?sequence=16

9 Secretaría de Desarrollo Sustentable. (2019). Programa Estatal de la Gestión Y Manejo Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial en Morelos. Morelos: Gobierno del estado de Morelos. Obtenido de: https://mir.morelos.gob.mx/records/DCB3C690CA62458EA74C9B65C3EF224E.pdf

10 Semarnat. (2003, 10 de diciembre). Semarnat da a conocer NOM-083-SEMARNAT-2003, Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial. Diario Oficial de la Federación. https://sidofqa.segob.gob.mx/notas/5617899

11 24 Morelos. (29 de julio de 2021). Autoridades tienen detectados 12 tiraderos irregulares en Morelos. Obtenido de 24 Morelos: https://www.24morelos.com/autoridades-tienen-detectados-12-tiraderos-ir regulares-en-morelos/

12 El Sol de Cuernavaca. (20 de julio de 2021). Bloquean Acceso al Basurero en Mazatepec. Obtenido de El Sol de Cuernavaca: https://www.pressreader.com/mexico/el-sol-de-cuernavaca/20210720/281681 142896090

13 La Jornada. (23 de julio de 2021). Bloquean paso a recolectores de basura de Loma Mejía en Cuernavaca. Obtenido de La Jornada: https://www.jornada.com.mx/notas/2021/07/23/estados/protestan-por-react ivacion-de-basurero-de-loma-mejia-en-morelos/

14 Lo de Hoy Morelos. (26 de abril de 2023). El Relleno Sanitario “La Perseverancia” está enfermando a la población de Cuautla. Obtenido de Lo de Hoy Morelos: https://morelos.lodehoy.com.mx/opinion/2023/04/26/34098/el-relleno-sani tario-la-perseverancia-esta-enfermando-la-poblacion-de

15 La Únion. (18 de febrero de 2023). Se incendia el basurero municipal de Tlaltizapán. Obtenido de La Únion: https://www.launion.com.mx/morelos/zona-sur/noticias/222561-se-incendia -el-basurero-municipal-de-tlaltizapan.html

16 Azteca Noticias. (15 de agosto de 2023). En Yautepec, Morelos existe un tiradero de basura cercano a sembradíos. Obtenido de YouTube: https://youtu.be/-yDvlQOvmXs?si=odtjAbsfNXWK4wuy

17 El Sol de Cuernavaca. (25 de abril de 2023). Gracias a ciudadanos clausuran tres tiraderos de basura clandestinos. Obtenido de El Sol de Cuernavaca: https://www.elsoldecuernavaca.com.mx/local/gracias-a-ciudadanos-clausur an-tres-tiraderos-de-basura-clandestinos-9972614.html

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2024.

Diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y a la SHCP a realizar diversas acciones relacionadas con la actualización de la NOM- 028-SSA2-2009, a cargo de la diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que el honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Pública para que realice diversas acciones relacionadas con la actualización de la NOM-028-SSA2-2009, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

La Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-20091 sobre la prevención, tratamiento y control de las adicciones establece los criterios y procedimientos para la atención integral de las personas con problemas de consumo de sustancias psicoactivas.

Este instrumento regula la atención de las personas con problemas de adicción, por lo que necesita actualizarse periódicamente para incorporar los avances científicos, técnicos y sociales en el campo. La última vez que se modificó esta norma fue en 2009, por lo que es necesario revisar su contenido y adaptarlo a las necesidades actuales de la población para que la misma pueda tener beneficios directos sobre la calidad de vida de las personas con problemas de consumo de sustancias psicoactivas.

Algunas de las actualizaciones previsibles se centran en:

- Incluir más sustancias que pueden causar adicción, como las nuevas sustancias psicoactivas y los medicamentos que pueden generar dependencia.

- Actualizar los criterios diagnósticos, conforme a los estándares internacionales, para detectar a tiempo a las personas que necesitan atención especializada y ofrecerles un tratamiento apropiado a sus características y necesidades individuales.

- Reforzar el enfoque de reducción de riesgos y daños, que busca disminuir el impacto negativo del consumo de drogas sobre la salud física, mental y social de las personas, así como prevenir y atender las situaciones de emergencia, como las sobredosis.

- Incorporar las mejores prácticas y evidencias disponibles para proveer una atención integral, multidisciplinaria y centrada en la persona, que incluya servicios de prevención, tratamiento, rehabilitación, reinserción social y seguimiento.

- Promover el respeto a los derechos humanos y la no discriminación de las personas con problemas de adicción, asegurando su acceso a los servicios de salud, educación, trabajo, vivienda y justicia, así como su participación activa en el proceso de recuperación.

- Fomentar la coordinación intersectorial e interinstitucional para elaborar políticas, programas y acciones integrales y coherentes que aborden el fenómeno de las drogas desde una perspectiva de salud pública, derechos humanos y desarrollo.

En el ámbito internacional, se han suscrito varios documentos y declaraciones que expresan la voluntad de abordar el fenómeno de las drogas desde una perspectiva de salud pública, derechos humanos, desarrollo y reducción de riesgos y daños. Algunos ejemplos son la Declaración Política y el Plan de Acción sobre Cooperación Internacional en Favor de una Estrategia Integral y Equilibrada para Contrarrestar el Problema Mundial de las Drogas de 2009,2 la Resolución 55/7 de la Comisión de Estupefacientes de 2012 sobre el VIH/SIDA2 y las personas que se inyectan drogas, y el documento final de la Sesión Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre el problema mundial de las drogas de 2016.3

Incluso, la última resolución de la Comisión de Estupefacientes (CND) de las Naciones Unidas, emitida durante su sexagésima séptima sesión en Viena del 14 al 22 de marzo de 2024, se centra en la prevención y respuesta a las sobredosis de drogas mediante medidas de prevención, tratamiento, atención y recuperación, así como otras intervenciones de salud pública para abordar los daños asociados con el consumo ilícito de drogas, dentro de un enfoque equilibrado, integral y basado en evidencia científica. Esta resolución enfatiza la preocupación permanente de los tres convenios internacionales de control de drogas sobre la salud y el bienestar de la humanidad y reafirma el compromiso de los Estados Parte con los objetivos y obligaciones contenidos en dichos convenios.

La resolución destaca varios puntos clave:

- Concienciación sobre los Riesgos de Sobredosis: Se identifica una variedad de factores de riesgo que pueden aumentar la vulnerabilidad de las personas a las sobredosis de drogas, como el trastorno por consumo de sustancias, el consumo inyectado de drogas y la combinación de drogas con alcohol y/o otras sustancias, entre otros.

- Servicios de Reducción de la Demanda de Drogas: Se valora la relevancia de una diversidad de servicios y programas de reducción de la demanda de drogas, que incluyen la prevención, el tratamiento, la recuperación sostenida y los servicios de apoyo asociados, que ofrecen enfoques que atienden las necesidades de las personas en situaciones de riesgo.

- Medidas Basadas en la Evidencia: Se destaca la importancia de medidas de reducción de la demanda de drogas que sean integrales, basadas en evidencia científica y equilibradas, implementadas en cumplimiento de los tres convenios internacionales de fiscalización de drogas.

- Promoción de Estilos de Vida Saludables: Se reconoce el papel de promover estilos de vida saludables y respuestas orientadas a la salud como parte de un enfoque global y multifacético en la prevención del uso no médico de drogas.

- Cooperación Internacional y Regional: La resolución insta a los Estados miembros a fomentar y reforzar la cooperación regional e internacional en el desarrollo e implementación de medidas de reducción de la demanda de drogas.

- Enfoques Innovadores: Se anima a los Estados miembros a explorar enfoques innovadores para enfrentar de manera más efectiva las amenazas a la salud pública e individual que supone el uso no médico y no científico de drogas, especialmente las sobredosis.

El enfoque integral y basado en la evidencia científica respaldado por esta resolución es particularmente relevante para México, debido a los desafíos significativos relacionados con el tráfico y consumo de drogas, incluyendo las sobredosis. La adopción de medidas de prevención, tratamiento, recuperación y otras intervenciones de salud pública alineadas con esta resolución puede fortalecer las respuestas de México a los problemas de drogas, promover la cooperación internacional y regional, y mejorar la salud y el bienestar de su población.

Especialmente relevantes son las iniciativas para la prevención de sobredosis y el tratamiento de trastornos por uso de sustancias, que pueden ayudar a reducir la mortalidad relacionada con las drogas y abordar los daños asociados con el consumo ilícito de drogas en el país.

La crisis de opiáceos que se vive en Norteamérica es un grave problema de salud pública que afecta a millones de personas y que ha causado miles de muertes por sobredosis. Una de las sustancias más peligrosas que se consumen en esta región es el fentanilo, un potente opioide sintético que se usa como analgésico, pero que también se produce de forma clandestina y se mezcla con otras drogas como la heroína o la cocaína. El fentanilo es hasta 50 veces más potente que la morfina y puede provocar una depresión respiratoria fatal con una dosis muy pequeña. Además, genera una alta dependencia y tolerancia, lo que hace que los usuarios necesiten consumir más cantidad para obtener el mismo efecto.

El tratamiento y control de las adicciones a los opioides es un gran desafío que requiere de una atención integral y multidisciplinaria. Sin embargo, el uso del fentanilo como parte de la terapia de sustitución puede tener graves riesgos para la salud y la vida de los pacientes, ya que puede aumentar el riesgo de recaídas, sobredosis y efectos adversos.

Estos cambios implican la necesidad de actualizar la normativa nacional sobre la prevención, tratamiento y control de las adicciones, para adaptarla a los nuevos paradigmas y estándares internacionales, así como a las evidencias científicas disponibles.

Una forma de alinear la actualización de la norma con los estándares internacionales y las mejores prácticas es tomar en cuenta las directrices y principios establecidos por la OMS y otras organizaciones relevantes, así como las experiencias exitosas de otros países que han implementado políticas y programas innovadores y basados en la evidencia para abordar el consumo de drogas. Algunos ejemplos son:

- La inclusión de un enfoque de salud pública, derechos humanos y desarrollo en la norma, que reconozca el consumo de drogas como un fenómeno complejo y multidimensional, que requiere de respuestas integrales, coordinadas y diferenciadas según las necesidades y circunstancias de cada persona y grupo poblacional.

- La ampliación de la oferta y el acceso a servicios de prevención, tratamiento, rehabilitación y reducción de riesgos y daños, que sean accesibles, aceptables, asequibles y de calidad, y que se basen en la evidencia científica, las buenas prácticas y los estándares internacionales. Esto implica fortalecer la atención primaria de salud, la salud mental y la atención comunitaria, así como promover la participación de las personas usuarias, las familias y las organizaciones de la sociedad civil en el diseño, implementación y evaluación de los servicios.

- La incorporación de una perspectiva de género, interculturalidad y equidad en la norma, que garantice el respeto a la diversidad y la no discriminación de las personas que consumen drogas, y que considere las especificidades y las barreras que enfrentan las mujeres, los pueblos indígenas, los afrodescendientes, las personas LGBTIQ+, las personas con discapacidad, los migrantes, los niños, niñas y adolescentes, y otros grupos en situación de vulnerabilidad o exclusión social.

- La actualización de los criterios diagnósticos, clasificatorios y terapéuticos de los trastornos por consumo de sustancias, según las últimas revisiones de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5), y la incorporación de herramientas de evaluación, seguimiento y referencia de los casos.

- La promoción de la investigación, la formación, la capacitación y la actualización continua del personal de salud y otros actores involucrados en la prevención, tratamiento y control de las adicciones, para mejorar la calidad y la efectividad de los servicios, así como generar evidencia local que oriente la toma de decisiones y la formulación de políticas públicas.

Además, la reforma constitucional de 2019,4 que consagró el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, y la obligación del Estado de asegurar el acceso efectivo y oportuno a los servicios de salud, incluidos los de salud mental y adicciones es fundamental en la construcción de una nueva Norma Oficial Mexicana.

La situación en México demanda mayores acciones en esta materia, pues de acuerdo con el Informe Nacional de Adicciones 2019,5 en México hay cerca de 11 millones de personas que consumen alguna sustancia ilegal, de las cuales alrededor de 1.8 millones tienen un uso problemático o dependencia. Asimismo, se calcula que hay más de 18 millones de consumidores de alcohol con patrones de consumo de riesgo y más de 15 millones de fumadores de tabaco.

Estos datos evidencian la magnitud del problema de salud pública que suponen las adicciones en nuestro país, así como la urgencia de brindar servicios de atención integral, con calidad, calidez y respeto a los derechos humanos de las personas afectadas, pues no debería sorprender que datos más recientes muestran un aumento significativo en el consumo problemático de sustancias en México.

Además, la Organización Mundial de la Salud ha publicado diversos documentos y recomendaciones que orientan a los países en el desarrollo e implementación de políticas y programas de salud pública basados en la evidencia y los derechos humanos para abordar el consumo de sustancias psicoactivas. Entre ellos, se encuentran el Informe Mundial sobre Drogas 2020,6 el Informe Mundial sobre Alcohol y Salud 2018,7 el Paquete de Intervenciones Técnicas para mejorar la prevención y el tratamiento de las adicciones,8 y la Guía para el Manejo de Trastornos por Uso de Sustancias en Atención Primaria.9

Estas fuentes brindan información actualizada sobre las tendencias y patrones de consumo de drogas a nivel mundial y regional, los factores de riesgo y protección asociados, los daños sanitarios y sociales derivados del uso problemático de sustancias, y las intervenciones efectivas y costo-efectivas para prevenir, tratar y rehabilitar a las personas con trastornos por consumo de sustancias.

Así mismo, la OMS ha reconocido la importancia de incorporar el enfoque de reducción de riesgos y daños en las políticas y programas de drogas,10 especialmente para las poblaciones más vulnerables y marginadas, como las personas que se inyectan drogas, las personas privadas de libertad, las mujeres embarazadas, los adolescentes y los jóvenes, entre otros.

La reducción de riesgos y daños es una estrategia que busca minimizar las consecuencias adversas del consumo de drogas, tanto para el individuo como para la sociedad, sin necesariamente eliminar el uso de sustancias. Algunas de las medidas de reducción de riesgos y daños que la OMS recomienda son la distribución de material estéril de inyección, la terapia de sustitución de opiáceos, la naloxona para prevenir las sobredosis, el intercambio de pipas o boquillas, y los servicios de análisis de sustancias, entre otros.

Ante este panorama, resulta necesario actualizar la NOM con lo establecido en el Programa de Acción Específico: Salud Mental y Adicciones 2020-2024,11 que es el instrumento rector de la política pública en materia de adicciones en México. Este insumo establece los objetivos, estrategias, líneas de acción, indicadores y metas para prevenir y atender el fenómeno de las adicciones en el país, desde una perspectiva integral, multisectorial y multidisciplinaria.

El programa se basa en los principios de salud pública, derechos humanos y perspectiva de género, y tiene como ejes transversales la participación social, la coordinación interinstitucional y la cooperación internacional. Además, se fundamenta en las mejores evidencias disponibles y en las lecciones aprendidas de experiencias previas, nacionales e internacionales. Sin embargo, esto dista de lo fijado en la Norma por lo menos en los siguientes aspectos:

- La falta de reconocimiento de la diversidad de perfiles y necesidades de las personas que consumen o han consumido sustancias psicoactivas, así como de los distintos niveles de atención requeridos según la complejidad de cada caso.

- La escasa incorporación de un enfoque de salud mental integral, que considere los aspectos biológicos, psicológicos, sociales y culturales de las adicciones, así como las posibles comorbilidades asociadas.

- La insuficiente inclusión de una perspectiva de género y de derechos humanos, que promueva el respeto, la no discriminación y la participación de las personas usuarias de los servicios, así como de sus familiares y redes de apoyo.

- La limitada articulación entre los diferentes sectores y niveles del sistema de salud y con otros actores relevantes, como la educación, la justicia, el trabajo, el desarrollo social y la sociedad civil, para responder integralmente y coordinada a las adicciones.

- La escasa actualización de los criterios técnicos, metodológicos y operativos para la prevención, el tratamiento y el control de las adicciones, de acuerdo con la evidencia científica disponible y las buenas prácticas internacionales.

Por lo tanto, se propone actualizar la Norma Oficial Mexicana para sustituir la NOM-028-SSA2-2009 vigente, de manera que se pueda ofrecer un marco normativo acorde a la realidad actual y los estándares internacionales para adicciones.

Para ello, se deberá garantizar la participación de expertos, profesionales, académicos, organizaciones de la sociedad civil, usuarias de los servicios y otros actores interesados, que aporten sus conocimientos, experiencias y propuestas para mejorar la calidad y efectividad de los servicios especializados en prevención, tratamiento y control de las adicciones.

Entre los objetivos de la actualización de la norma se encuentra el fortalecer la articulación entre los servicios de salud especializados en adicciones y otros sectores relevantes, como la educación, el trabajo y el desarrollo social, que pueden contribuir a prevenir el consumo de sustancias psicoactivas y favorecer la integración social y el bienestar de las personas que consumen o han consumido estas sustancias.

La norma deberá establecer mecanismos de coordinación y colaboración intersectorial para diseñar e implementar políticas, programas y acciones conjuntas que aborden las determinantes sociales del consumo de sustancias psicoactivas y sus consecuencias. Asimismo, promover la creación de redes de apoyo que faciliten el acceso a oportunidades educativas, laborales, culturales y recreativas para las personas que requieren atención por problemas relacionados con el consumo de sustancias psicoactivas.

La actualización de la norma debe garantizar el acceso a servicios de salud de calidad, integrales, basados en la evidencia, centrados en la persona, respetuosos de los derechos humanos y sensibles al género, para las personas que consumen o han consumido sustancias psicoactivas y se deberá promover la participación de las personas usuarias, las familias, las organizaciones de la sociedad civil, los profesionales de la salud, los académicos y los expertos en el proceso de revisión y elaboración de la nueva norma.

Entre los principales cambios que se proponen para la actualización de la norma se encuentran los siguientes:

- Ampliar el concepto de consumo de sustancias psicoactivas, reconociendo que existen diferentes patrones y motivaciones que pueden variar según el contexto, la cultura y el género.

- Incorporar un enfoque de salud pública, derechos humanos y perspectiva de género, que considere las necesidades y demandas específicas de las personas usuarias, sin criminalizarlas ni estigmatizarlas.

- Fortalecer la atención primaria en salud como el primer nivel de contacto con el sistema de salud, brindando servicios accesibles, oportunos, integrales y continuos, que incluyan la prevención, el tamizaje, la consejería, el tratamiento y el seguimiento de las personas que consumen o han consumido sustancias psicoactivas.

- Promover la atención integral y diferenciada para las poblaciones en situación de vulnerabilidad, como las mujeres, las niñas, los niños y los adolescentes, las personas indígenas, las personas migrantes, las personas privadas de la libertad, las personas que viven con VIH/sida, las personas que ejercen el trabajo sexual, las personas que usan drogas inyectables, entre otras.

- Fomentar la implementación de intervenciones basadas en la evidencia y en la reducción de riesgos y daños, que busquen mejorar la calidad de vida de las personas usuarias, minimizar los efectos negativos del consumo de sustancias y facilitar el acceso a servicios de salud, educación, empleo y justicia.

- Establecer mecanismos de coordinación interinstitucional e intersectorial, que permitan una gestión eficiente y articulada de la política de salud para las personas que consumen o han consumido sustancias psicoactivas, así como la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de las propias personas usuarias.

- La actualización de la norma debe contribuir a la reducción de los daños asociados al consumo de sustancias psicoactivas, así como a la prevención y atención de las situaciones de violencia, discriminación y estigma que afectan a las personas usuarias, especialmente a las mujeres, las niñas, los niños y los adolescentes.

Por ello, la Cámara de Diputados pide respetuosamente a la Secretaría de Salud que considere la urgente actualización de la política en materia de tratamiento de adicciones particularmente derivado de la situación de la crisis de opiáceos que se vive en Norteamérica y los riesgos del fentanilo en el tratamiento y control de las adicciones, y que busque alternativas más seguras y eficaces para abordar este problema, entre las que destacan la emisión de una NOM actualizada en la materia.

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud a continuar avanzando en la actualización de la Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009 sobre prevención, tratamiento y control de las adicciones, e incluir en el proceso un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud a fomentar los espacios de consulta amplia y participativa con los usuarios, las familias, las organizaciones de la sociedad civil, los profesionales de la salud, los académicos y los expertos, para revisar y elaborar la nueva Norma Oficial Mexicana sobre prevención, tratamiento y control de las adicciones.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a asignar un presupuesto específico y suficiente destinado a las medidas de prevención, tratamiento y control de las adicciones, garantizando recursos para acciones de prevención, reducción de daños, atención integral, rehabilitación y reinserción social, con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género que incluya la implementación de una nueva Norma Oficial Mexicana en la materia.

Notas:

1 Secretaría de Salud. (2009). Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009, Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones. Disponible en: https://www.sinec.gob.mx/SINEC/Vista/Normalizacion/DetalleNorma.xhtml?p idn=N1Z0WWlyYzdyQ2FBWXJmWEcyNWJDQT09

2 United Nations Office on Drugs and Crime (UNODC). (2009). Declaración Política y Plan de Acción sobre Cooperación Internacional en Favor de una Estrategia Integral y Equilibrada para Contrarrestar el Problema Mundial de las Drogas. https://www.unodc.org/documents/commissions/CND-Uploads/CND-52-RelatedF iles/V0984963-S.pdf

3 United Nations. (2012). Resolución 55/7 de la Comisión de Estupefacientes sobre el VIH/SIDA y las personas que se inyectan drogas. https://www.unodc.org/documents/commissions/CND/Drug_Resolutions/ECOSOC _RES_CND/E_2012_28_ECOSOC_CND_2012.pdf

4 United Nations General Assembly. (2016). Documento final de la Sesión Especial de la Asamblea General sobre el problema mundial de las drogas. https://www.unodc.org/documents/postungass2016/outcome/V1603304-S.pdf

5 Diario Oficial de la Federación. (2019). Reforma constitucional en materia de salud.

6 Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC). (2019). Informe Nacional de Adicciones 2019.https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/477564/Informe_sobr e_la_situacio_n_de_las_drogas_en_Me_xico_.pdf

7 Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) (2020). Informe Mundial sobre Drogas 2020.https://wdr.unodc.org/wdr2020/index2020.html

8 Organización Mundial de la Salud (OMS). (2018). Informe Mundial sobre Alcohol y Salud 2018.https://www.paho.org/es/documentos/informe-sobre-situacion-mundial -alcohol-salud-2018-resumen

9 Organización Mundial de la Salud (OMS). (2017). Paquete de Intervenciones Técnicas para mejorar la prevención y el tratamiento de las adicciones.https://iris.who.int/bitstream/handle/10665/330363/978924351 4802-spa.pdf

10 Organización Mundial de la Salud (OMS). (2009). Guía para el Manejo de Trastornos por Uso de Sustancias en Atención Primaria.https://www3.paho.org/mhgap/es/doc/mhGAP%20Intervention.pdf

11 Organización Mundial de la Salud (OMS). (2012). Estrategias de reducción de riesgos y daños.https://www.paho.org/es/temas/prevencion-combinada-infeccion-por- vih/reduccion-dano

12 Véase CONADIC (2021) Programa de Acción Específico: Salud Mental y Adicciones 2020-2024.

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/720846/PA E_CONASAMA_28_04_22.pdf

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 10 abril de 2024.

Diputada Nélida Ivonne Sabrina Díaz Tejeda (rúbrica)