Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6501-III-1, miércoles 10 de abril de 2024
Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía condena enérgicamente la intrusión en la Embajada de México en Quito, Ecuador, y la violencia física ejercida en contra del personal diplomático por parte de las autoridades ecuatorianas, a cargo del diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Klaus Uwe Ritter Ocampo, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6o, numeral 1, fracción I, 79 numeral 1, fracción II y numeral 2 fracción III, y demás relativos aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, pone a consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, con base en los siguientes
Antecedentes
1. El ex vicepresidente ecuatoriano, Jorge Glas, solicitó asilo político a México, argumentando persecución por el actual gobierno de Ecuador, tras ser investigado por el delito de peculado. Por ese motivo, solicitó asilo político a México, y comenzó a resguardarse en la Embajada de México desde el 17 de diciembre de 20231 , mientras la Cancillería mexicana evaluaba si la solicitud de asilo era procedente o no.
Sin embargo, en enero, el gobierno de Ecuador anticipó que no concedería el salvoconducto necesario para permitir la salida del país al ciudadano Jorge Glas, en caso de que su solicitud de asilo fuese aceptada por México.
2. El 1 de marzo, el gobierno de Ecuador pidió autorización a la embajada mexicana en Quito, para que la policía pudiera ingresar a su sede para capturar a Jorge Glas. Dicha petición fue rechazada al día siguiente por el gobierno mexicano, pues eso implicaría violar la inmunidad diplomática de la Embajada, según la secretaria de Relaciones Exteriores, Alicia Bárcena2 .
3. El 4 de abril, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador informó mediante un comunicado que se decidió declarar persona non grata a la embajadora de México en ese país, Raquel Serur Smeke, dándole un breve plazo para salir de Ecuador.
4. El 5 de abril, el gobierno de México informó el otorgamiento de asilo a Jorge Glas, fundamentando la decisión en el artículo IV de la Convención sobre Asilo Diplomático. En respuesta, el gobierno de Ecuador calificó la concesión como un acto ilícito.
Ese mismo día, elementos de la policía de Ecuador irrumpieron por la fuerza a la Embajada de México en Quito, ejerciendo violencia en contra del personal diplomático. Los elementos policiacos arrestaron al ciudadano Jorge Glas y lo sacaron de la sede diplomática.
Tras lo ocurrido, el presidente Andrés Manuel López Obrador informó sobre la ruptura de las relaciones diplomáticas con el gobierno de Ecuador, y que se procedería formalmente ante la Corte Internacional de Justicia para denunciar las violaciones en las que incurrieron las autoridades ecuatorianas.
Consideraciones
En conferencia de prensa, la canciller ecuatoriana Gabriela Sommerfeld, justificó la violenta intromisión a la Embajada de México, al expresar que este último país no estaba respetando lo dispuesto en la Convención sobre Asilo Diplomático de 1954, pues en palabras de la funcionaria: ningún delincuente puede ser considerado perseguido político3 . Sin embargo, el gobierno de México actuó de conformidad con el artículo IV de la misma convención.
Ante esto, es imperativo destacar que lo dicho por la canciller ignora que las normas de derecho interno no pueden contravenir lo dispuesto en las obligaciones internacionales adoptadas por los Estados, entre estos, Ecuador. Cabe señalar que, independientemente de la probable inocencia o culpabilidad del ciudadano solicitante de asilo, bajo ninguna norma internacional está permitido ingresar a una sede diplomática sin la autorización correspondiente.
El artículo 22 de la Convención de Viena señala la inviolabilidad de las sedes diplomáticas. Asimismo, de acuerdo con el artículo 14 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos: En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
Vale la pena recordar que México tiene una tradición diplomática reconocida a nivel internacional respecto al otorgamiento de asilo político, beneficiando a miles de personas perseguidas y cuyas vidas se encontraban amenazadas durante distintos regímenes dictatoriales o durante un contexto de guerra.
Las graves violaciones de Ecuador hacia las normas del Derecho Internacional sientan un precedente muy peligroso en la región latinoamericana, pues al tratarse de una región con constantes crisis políticas, podrían también desembocarse serios conflictos diplomáticos a partir de este hecho.
Asimismo, no se tiene registro de un acontecimiento de este tipo, pues los distintos países que conforman la comunidad internacional, han respetado en todo momento el marco jurídico más elemental de sana convivencia, incluso en periodos de guerra o dictaduras. Por ese motivo y desde entonces, gobiernos de todo el mundo se han pronunciado por reprobar las violaciones perpetradas por el gobierno de Ecuador, pues estas constituyen un agravio a la soberanía de México.
Al verse vulnerada la soberanía de nuestro país, y haberse agredido al personal diplomático mediante el uso de la fuerza, los actos arbitrarios cometidos por el gobierno de Ecuador merecen como respuesta, un posicionamiento de Estado. El Poder Ejecutivo, habiendo instruido la ruptura de las relaciones diplomáticas y una denuncia ante la Corte Internacional de Justicia, ha hecho lo propio.
No obstante, desde el Poder Legislativo, la Cámara de Diputados debe pronunciarse formalmente al respecto, condenando categóricamente lo cometido por Ecuador hacia México, y respaldando las medidas informadas por el gobierno mexicano.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, se presenta la siguiente proposición de urgente u obvia resolución con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión condena enérgicamente la intrusión en la Embajada de México en Quito, Ecuador, y la violencia física ejercida en contra del personal diplomático por parte de las autoridades ecuatorianas.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión reprueba los actos de autoritarismo por parte del gobierno de Ecuador, que tuvieron como finalidad socavar la soberanía de México, violar el Derecho Internacional, y vulnerar el derecho al asilo del que pueden gozar todas las personas.
Tercero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión manifiesta su respaldo a la ruptura de relaciones diplomáticas con Ecuador, y a la denuncia que la Secretaría de Relaciones Exteriores habrá de presentar contra este país ante la Corte Internacional de Justicia.
Notas:
1. https://expansion.mx/mundo/2024/04/06/quien-es-jorge-glas-el-exvicepres idente-de-ecuador-acusado-de-corrupcion
2. https://www.france24.com/es/am%C3%A9rica-latina/20240407-ecuador-justif ica-la-irrupci%C3%B3n-en-la-embajada-de-m%C3%A9xico-aludiendo-lucha-con tra-la-corrupci%C3%B3n
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2024.
Diputado Klaus Uwe Ritter Ocampo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía disuelve el grupo de amistad con la República del Ecuador, suscrita por la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena, y diputados integrantes de diversos grupos parlamentarios
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, la suscrita, diputada María Clemente García Moreno del Grupo Parlamentario de Morena, somete a consideración la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Instalación del Grupo de Amistad México-República del Ecuador
El artículo 46, numeral 5 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con el artículo 275 del Reglamento de la Cámara de Diputados, contempla que el pleno podrá constituir Grupos de Amistad para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de otras naciones con las que México sostenga relaciones diplomáticas, a propuesta de la Junta de Coordinación Política.
Por su parte, el artículo 272, numeral 1, fracción V del Reglamento antes mencionado, contempla que se consideran expresiones de la diplomacia parlamentaria las que llevan a cabo los Grupos de Amistad, mientras que el artículo 282 del mismo ordenamiento establece que estos Grupos tienen, de manera enunciativa, más no limitativa, las siguientes atribuciones:
I. Mantener contacto permanente entre la Cámara y los parlamentos y agencias diplomáticas del país correspondiente;
II. Sostener un intercambio constante de opiniones sobre diversos temas de interés común de forma que se estrechen los vínculos de cooperación bilateral;
III. Estrechar el diálogo político para generar un mejor entendimiento de las distintas realidades nacionales y generar nuevas formas de acercamiento;
IV. Fortalecer las relaciones a partir del intercambio de experiencias parlamentarias para contribuir al desarrollo y cumplimiento de objetivos comunes;
V. Allegar y proporcionar información sobre asuntos y temas de interés común a parlamentarios y comisiones de parlamentos extranjeros;
VI. Promover el intercambio y la difusión cultural e histórica entre los parlamentos de nuestro país y el del país amigo, y
VII. Extender invitaciones, en acuerdo con el Presidente y la Junta, para recibir visitas de cortesía de delegaciones de parlamentos extranjeros.
En razón de lo anterior, el día 14 de septiembre de 2021, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crean los Grupos de Amistad de la LXV Legislatura, mediante el cual éste órgano parlamentario validó la propuesta para crear, entre otros, el Grupo de Amistad México-República del Ecuador, con el propósito de fortalecer las relaciones diplomáticas con ese país y ampliar los vínculos políticos, comerciales y de cooperación con dicho país.
Posteriormente, el 17 de noviembre de 2022, se llevó a cabo la instalación del Grupo referido, bajo la Presidencia de la diputada María Eugenia Hernández Pérez de Morena y en presencia del entonces Embajador de Ecuador en México, Francisco Benjamín Carrión Mena1 . Dicho Grupo de Amistad está integrado de la siguiente manera:
Presidencia
Diputada María Eugenia Hernández Pérez, Morena
Vicepresidencias
Diputado Ángel Benjamín Robles Montoya, PT
Diputado Martín Sandoval Soto, Morena
Integrantes
Diputadas y diputados: Montserrat Alicia Arcos Velázquez, PRI; Adriana Bustamante Castellanos, Morena; Olga Leticia Chavez Rojas, Morena; Annia Sarahí Gómez Cárdenas, PAN; Manuel Jesús Herrera Vega, MC.
Vacantes: (baja por GP), Morena; (baja por GP), PAN; (baja por GP), PRI; (baja por GP), PVEM
Diputados: Gabriel Ricardo Quadri de la Torre, PAN; Héctor Saúl Téllez Hernández, PAN; Manuel Vazquez Arellano, Morena; Jesus Alberto Velazquez Flores, PRD.
Rompimiento de Relaciones Diplomáticas entre México y Ecuador
La noche del pasado viernes 5 de abril del presente año, la policía de Ecuador irrumpió brutalmente en la Embajada de nuestro país en esa nación y realizó una arbitraria aprehensión del exvicepresidente ecuatoriano, Jorge Glas Espinel, quien, de acuerdo con un comunicado emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores2 , se encontraba en trámite de asilo político por la persecución emprendida en su contra por el gobierno del presidente Daniel Noboa.
De acuerdo con el mismo comunicado, la canciller Alicia Bárcena Ibarra declaró que en consultas con el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, y ante la flagrante y grave violación de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, en particular, del principio de inviolabilidad de los locales y del personal diplomático mexicano, y las normas básicas de convivencia internacional, México anuncia el inmediato rompimiento de relaciones diplomáticas con Ecuador3 .
Al respecto, y para una mayor ilustración, la Convención de Viena antes referida, contempla lo siguiente:
Artículo 22
1. Los locales de la misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión.
2. El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión o se atente contra su dignidad.
3. Los locales de la misión, su mobiliario y demás bienes situados en ellos, así como los medios de transporte de la misión, no podrán ser objeto de ningún registro, requisa, embargo o medida de ejecución.
Dados los hechos descritos, el presidente Andrés Manuel López Obrador, instruyó a la Secretaria de Relaciones Exteriores, coordinar el retorno del personal diplomático mexicano acreditado en Ecuador, a fin de proteger su integridad, seguridad y vida, por lo que se anunció que la Embajada de nuestro país en aquella nación permanecerá cerrada indefinidamente, así como los servicios consulares. Sin embargo, de acuerdo con lo señalado en otro comunicado emitido por la Secretaría antes mencionada, el Sistema de Registro para Personas Mexicanas en el Exterior, al igual que las embajadas mexicanas en Chile, Colombia y Perú, brindarán asistencia a la comunidad mexicana y empresarial que radica en Ecuador4 .
Es preciso y urgente que como diputadas y diputados integrantes del Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos emitamos una enérgica condena, no solo por el atentado contra nuestra soberanía y la convencionalidad internacional, sino también por los actos de violencia cometidos en la persona de Roberto Canseco Martínez, quien quedó como Jefe de Cancillería de la Misión tras la declaración que el gobierno ecuatoriano realizó sobre la Embajadora de nuestro país en esa nación, Raquel Serur Smeke, como persona non grata, y que defendió el honor y la soberanía de México, aún poniendo en riesgo su vida, como él mismo declaró a medios de comunicación y quedó acreditado en los videos que fueron difundidos sobre los hechos.
Finalmente, cabe mencionar que se ha anunciado que el Gobierno de México recurrirá a la Corte Internacional de Justicia y a todas las instancias regionales e internacionales pertinentes después de esta clara y flagrante violación al Derecho Internacional[5], así como a la inmunidad de la Embajada y de su personal diplomático.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición de urgente u obvia resolución con
Punto de Acuerdo
Primero.- El Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión manifiesta su tajante rechazo y condena frente a las acciones emprendidas por el gobierno del presidente de la República del Ecuador, Daniel Noboa, al irrumpir en la Embajada de México en ese país, violando los principios de inviolabilidad de los locales y del personal diplomático, contemplados en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de la cual ambos países somos Estados parte.
Segundo.- El Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión disuelve el Grupo de Amistad con la República del Ecuador, instalado el 17 de noviembre de 2022 conforme al Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crean los Grupos de Amistad de la LXV Legislatura, publicado en la Gaceta Parlamentaria de éste órgano del Poder Legislativo y aprobado por el Pleno del mismo el 14 de septiembre de 2021, en razón del rompimiento de las relaciones diplomáticas de México con Ecuador y el cierre indefinido de la Embajada, así como de los servicios consulares en ese país acontecidos a partir del sábado 6 de abril de 2024.
Notas:
1. Cámara de Diputados. EN VIVO / Instalación del Grupo de Amistad México-República de Ecuador. 17 de noviembre de 2022. Consultado el 8 de abril de 2024. Disponible en
https://www.youtube.com/watch?v=-vVd0u-p7-g
2. Secretaría de Relaciones Exteriores. México Rompe Relaciones Diplomáticas con Ecuador Tras Ataque a su Embajada. Comunicado No. 128. 6 de abril de 2024. Consultado el 8 de abril de 2024. Disponible en https://www.gob.mx/sre/prensa/mexico-rompe-relaciones-diplomaticas-con- ecuador-tras-ataque-a-su-embajada
3. Idem.
4. Secretaría de Relaciones Exteriores. México Reitera su Condena por la Violación de la Inmunidad de su Embajada en Quito y la Agresión a su Personal. Comunicado No. 129. 6 de abril de 2024. Consultado el 8 de abril de 2024. Disponible en https://www.gob.mx/sre/prensa/mexico-reitera-su-condena-por-la-violacio n-de-la-inmunidad-de-su-embajada-en-quito-y-la-agresion-a-su-personal
5. Idem.
Salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a 10 de abril de 2024.
Diputada María Clemente García Moreno (rúbrica)
Diputados: Del Castillo Ibarra Erika Vanessa, Vences Valencia Julieta Kristal, Sánchez Ortiz Graciela, Rendón Ramírez Marisol, Mier Velazco Moisés Ignacio, Salazar López Noemí, Constantino Magaña Esteban Rafael, Pérez, Garibay Marco Antonio, Cantú González Rosalinda, Sierra Damián María, Palos García Claudia Lizeth, Arreola Martínez Martha Alicia, Pérez López Beatriz Dominga, Prieto Terrazas Susana, Porras Domínguez Alfredo, Muñoz Álvarez Rubén Gregorio, Mares Cossío Héctor Ireneo, Ritter Ocampo Klaus Uwe, Barboza Llamas Maximiano, Chávez Rojas Olga Leticia, Cuesta Castro Arnaldo José Francisco, Merlín García María del Rosario, Robles Ortíz Martha, Barragán Juárez Brenda Marlen, Contreras García Janicie, Girón Hernández Olimpia Tamara, Sibaja Mendoza Jorge Ángel, Cabada Alvidrez Hector Armando, Buenrostro Martin Luis Miguel, Ávila Flores Claudia Selene, García Molina Natalia, Sanchez Cruz Janeth Yareli, Colín García Juan Manuel, Varela López Víctor Gabriel, Curiel Aldaz María del Carmen, Lima Buenrostro María Fernanda, Vigil Hernández Elva Agustina, Diaz Garcia Eva Reyna Esmeralda, Durán Ruiz Félix, Vázquez Álvarez Brianda Aurora (rúbricas).