Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6495-III-6, martes 2 de abril de 2024
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y al INE a fortalecer la difusión y promoción de las propuestas electorales de las diversas candidaturas en el actual periodo de campaña electoral, a cargo de la diputada Vania Roxana Ávila García, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe diputada Vania Roxana Ávila García, integrante del Grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
De acuerdo con el Anuario de migración y remesas México 2023, en el 2022 en Estados Unidos de América había 13.8 millones de mexicanos de primera generación, 13.6 millones de segunda generación y 12.2 millones de tercera generación.1
El reconocimiento del voto desde el extranjero en México tiene su antecedente en la reforma constitucional de agosto de 1996, a través de la cual se modifica la fracción III del artículo 36, para eliminar la restricción de votar en el distrito electoral que le corresponde a cada ciudadano mexicano según su domicilio en territorio nacional, abriendo la posibilidad de ejercer el sufragio desde cualquier lugar.
Con esta base constitucional, el 30 de junio de 2005 se modificó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), regulando por primera vez el voto extraterritorial exclusivamente para la elección presidencial, bajo el modelo del correo postal certificado tanto para el registro en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero (LNERE), como para la emisión del voto, y con el requisito indispensable de contar con la Credencial para Votar (CPV) que únicamente se expedía en territorio nacional. En esta coyuntura se efectuaron dos ejercicios de sufragio extraterritorial a nivel federal, en los procesos electorales de 2005-2006 y 2011-2012.
La primera vez que la ciudadanía residente en el extranjero pudo emitir su voto fue en las elecciones presidenciales celebradas durante el proceso electoral federal 2005-2006. Se inscribieron 40,876 ciudadanos para votar desde el extranjero, de los cuales: 17,622 fueron mujeres (43 por ciento) y 23,254 fueron hombres (57 por ciento). En total se recibieron 32,621 votos de los poco más de 40 mil ciudadanos registrados, lo que representó un 79.8 por ciento de los inscritos en el LNERE. La votación se realizó a través del Voto Postal.2
Con la reforma en materia político-electoral de 2014, por la cual se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), que amplía los cargos a elegir incluidas las Senadurías de la república, fue posible que por primera vez las y los mexicanos de las 32 entidades federativas residentes en el extranjero, pudieran votar para elegir a los Senadores de la República de sus estados de origen. Esta reforma se implementó por primera vez en 2018.
Pese a que se ha avanzado en los derechos electorales de los mexicanos residentes en el extranjero, no existe una vía directa para que los partidos y sus candidatos presenten sus propuestas, de manera directa a los connacionales. Incluso la LGIPE en su artículo 443, inciso g) señala que es una infracción La realización de actos de precampaña o campaña en territorio extranjero cuando se acredite que se hizo con consentimiento de aquéllos, sin perjuicio de que se determine la responsabilidad de quien hubiese cometido la infracción.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y al Instituto Nacional Electoral para que se fortalezcan las acciones de difusión y promoción de las propuestas de los candidatos a la presidencia, al Senado de la República y a los gobiernos estatales y jefatura de gobierno de la Ciudad de México.
Notas
1 Fundación BBVA y Secretaría de Gobernación (2023). Anuario de Migración y Remesas México 2023. Recuperado el 20 de marzo de 2024 en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/851597/Anuario_Migracion _y_Remesas_2023.pdf
2 Instituto Nacional Electoral. (S/f). Voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero. Consultado el 20 de marzo de 2024 en https://votoextranjero.mx/web/vmre/historico
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a los 2 de abril de 2024.
Diputada Vania Roxana Ávila García (rúbrica)