Gaceta Parlamentaria, año XXVII, número 6416-II-5, miércoles 29 de noviembre de 2023
Que reforma y adiciona el artículo 207 de la Ley del Seguro Social, a cargo de la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Shirley Guadalupe Vázquez Romero, diputada federal e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, conforme a lo establecido en el artículo 71, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley del Seguro Social, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
Las mujeres maquiladoras en México desempeñan un papel crucial en la industria de la maquila, que es un sector importante de la economía del país. Las maquiladoras son fábricas que importan materias primas y componentes para ensamblar productos que luego son exportados, principalmente a los Estados Unidos. Este sector ha experimentado un crecimiento significativo en las últimas décadas, y las mujeres constituyen una proporción significativa de la fuerza laboral en estas fábricas.
A lo largo de la historia, las mujeres maquiladoras han enfrentado una serie de desafíos y condiciones laborales difíciles. Muchas de ellas provienen de comunidades rurales en busca de oportunidades de empleo y se emplean en estas fábricas debido a la falta de alternativas viables. La migración de mujeres a las zonas urbanas para trabajar en las maquiladoras ha llevado a una transformación social y económica en diversas regiones de México.
Uno de los problemas más comunes es la explotación laboral, que a menudo se manifiesta en largas jornadas de trabajo, bajos salarios y condiciones de trabajo precarias. Además, algunas mujeres enfrentan discriminación de género y acoso en el lugar de trabajo.
A pesar de estos desafíos, muchas mujeres maquiladoras también encuentran empoderamiento económico y social a través de su empleo en estas fábricas, ya que les brinda la oportunidad de contribuir al sustento de sus familias. En los últimos años, ha habido un creciente interés en mejorar las condiciones laborales de las mujeres maquiladoras. Organizaciones de derechos laborales y grupos feministas han abogado por salarios justos, condiciones de trabajo seguras y políticas que protejan contra la discriminación de género y el acoso.
También se ha destacado la importancia de la capacitación y el empoderamiento de las mujeres para que puedan participar de manera más activa en el ámbito laboral y abogar por sus derechos.
Por otro lado, el derecho a la educación inicial en México es un aspecto fundamental que busca asegurar el desarrollo integral de los niños desde sus primeros años de vida. Este derecho está respaldado por diversos instrumentos legales y normativos, tanto a nivel nacional como internacional.
En el ámbito internacional, México es parte de acuerdos y convenciones que reconocen la importancia de la educación inicial como un componente esencial para el desarrollo de los niños. La Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1989, establece en su artículo 28 que los Estados parte reconocen el derecho del niño a la educación, y para lograr la realización de este derecho progresivamente y sobre la base de la igualdad de oportunidades, deben, entre otras medidas, establecer la educación preescolar.
En el ámbito nacional, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 3o. que toda persona tiene derecho a la educación. Además, la Ley General de Educación y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes contemplan disposiciones específicas para garantizar la educación inicial.
La educación inicial en México se refiere a la atención y cuidado de niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad, y busca contribuir al desarrollo físico, cognitivo, emocional y social de los infantes. Se reconoce la importancia de esta etapa en la formación de habilidades y competencias básicas que sientan las bases para el aprendizaje a lo largo de la vida.
En este contexto, se promueve la participación activa de la familia en el proceso educativo, reconociendo su papel fundamental en el desarrollo de los niños. Asimismo, se busca garantizar la accesibilidad y equidad en el acceso a la educación inicial, especialmente para aquellos niños que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad.
El Estado mexicano ha implementado diversas estrategias y programas para fortalecer la educación inicial, incluyendo la ampliación de la cobertura, la mejora de la calidad de los servicios, y la capacitación del personal encargado de la atención a los niños en esta etapa.
Estos esfuerzos buscan asegurar que todos los niños en México tengan la oportunidad de recibir una educación inicial de calidad que favorezca su desarrollo pleno y les brinde las herramientas necesarias para enfrentar los retos futuros.
Por otra parte, debemos tener claro que las madres solteras en México lamentablemente enfrentan una serie de desafíos significativos, tanto en el ámbito social como en el laboral. La problemática que enfrentan estas mujeres refleja desafíos estructurales y culturales que afectan su capacidad para acceder a oportunidades equitativas en el mercado laboral.
Además, las madres solteras a menudo se ven afectadas por la falta de políticas de apoyo a la maternidad en el ámbito laboral. La escasa disponibilidad de licencias de maternidad pagadas, horarios flexibles y guarderías en el lugar de trabajo puede dificultar que estas mujeres concilien sus responsabilidades laborales con las familiares. Esto no solo impacta en su bienestar, sino que también limita sus opciones de empleo, ya que pueden ver restringido su acceso a trabajos que no ofrecen políticas de apoyo a la maternidad.
En este sentido, el objetivo principal de la presente Iniciativa es garantizar el pleno derecho de las madres o beneficiarios del servicio de guarderías por parte del Instituto Mexicano de Seguridad Social, ya que, no sólo las mujeres maquiladoras, que son madres, sino también todas aquellas o todo aquel beneficiario que opte por inscribir a su hija o hijo en otra institución de educación inicial, puedan gozar plenamente de esta prestación o servicio.
Para mayor entendimiento de la propuesta, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, presento ante esta honorable soberanía el siguiente
Decreto por el que se adiciona diversas disposiciones a la Ley del Seguro Social
Artículo Único. - Se adiciona un párrafo segundo al artículo 207 de la Ley del Seguro Social, para quedar como sigue:
Artículo 207. Los asegurados a que se refiere esta sección tendrán derecho al servicio a partir de que el trabajador sea dado de alta ante el Instituto y cuando sean dados de baja en el régimen obligatorio conservarán durante las cuatro semanas posteriores a dicha baja, el derecho a las prestaciones de este seguro.
Las personas beneficiarias de esta prestación o servicio podrán optar por recibir directamente el monto económico que el Instituto considere pertinente para la realización del mismo.
Transitorios
Primero. - El presente decreto entrará en vigor el día después al de su publicación en el Diario oficial de la Federación.
Segundo. El Instituto emitirá los lineamientos correspondientes en un plazo de 120 días, para el caso de todas aquellas personas que opten por recibir de manera económica el servicio de la prestación que establece los artículos 201, 202, 203, 204, 205, 206 y 207 de la presente ley.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2023.
Diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero (rúbrica)
De decreto por el que se declara el 5 de marzo de cada año Día Nacional del Circo, a cargo del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT
El suscrito, José Alejandro Aguilar López, diputado federal en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación con el artículo 6 numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el día 5 de marzo de cada año como Día Nacional del Circo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La tradición del circo está profundamente arraigada a la historia de nuestro país. Desde tiempos de la colonia y en el México independiente, encontramos que el 5 de marzo de 1841 se llevó a cabo en la ciudad de Monterrey, del hoy estado de Nuevo León, la primera función circense a cargo del grupo encabezado por José Soledad Aycargo, como un espectáculo en forma.
En lo que hoy es la Ciudad de México, en la plaza de toros de San Pablo, dio funciones el denominado Circo Olímpico, en el siglo XX destacan las funciones del Circo Orrin.
De igual forma en esa época el denominado Circo de don Ricardo Bell y el también Circo de los hermanos Atayde dio funciones en México el día 26 de agosto del año de 1888 en Mazatlán, Sinaloa, la tradición circense mexicana es continuada por el circo Vázquez Hermanos y por el de la Familia Fuentes Gasca.
Sin lugar a dudas muchos de nosotros recordamos con gran emoción cuando de la mano de nuestros padres y familiares, asistíamos al circo. Ver el desfile de malabaristas, trapecistas, domadores, payasos, contorsionistas, acróbatas, arlequines, magos nos divertían sanamente y hacían brotar nuestras sonrisas espontaneas.
Hoy el mundo ha cambiado y la tradición circense también. Es muy grato recordar esos hermosos tiempos de entretenimiento familiar; sin embargo, en la actualidad y derivado de la legislación de protección a los animales, ya no hay domadores por el respeto a la vida animal y el acceso a plataformas digitales han puesto en vilo la historia del circo.
Muchos niñas y niños de la presente generación nunca podrán vivir la emoción de asistir a los grandes espectáculos del circo, en muchas ciudades ya no existen terrenos donde se puedan asentar las grandes carpas para el acto circense.
Por ellos en recuerdo de las increíbles historias que vivimos de niños propongo que se declare el día 5 de marzo Día Nacional del Circo , en memoria de que ese día fue la primera función dada por un circo netamente mexicano.
La tradición circense que es una tradición familiar sana debe continuar, como ciudadanos mexicanos tenemos el compromiso moral de apoyar esta tradición y a sus integrantes, porque además la actividad circense es netamente familiar.
Compañeras y compañeros legisladores, por las consideraciones antes expuestas someto a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la cual se declara el día 5 de marzo de cada año como Día Nacional del Circo.
Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se declara el día 5 de marzo de cada año como Día Nacional del Circo
Artículo Único. El Congreso de la Unión declara el 5 de marzo de cada año Día Nacional del Circo.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2023.
Diputado José Alejandro Aguilar López (rúbrica)