Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a que, a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención de Enfermedades, se apruebe la NOM (PROY-NOM-050-2018) para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna, a cargo de la diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro, del Grupo Parlamentario del PRI

La suscrita, diputada federal Mariana Erandi Nassar Piñeyro, integrante del Grupo Parlamentario del PRI en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción I del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:

Consideraciones

1. La Organización Mundial de la Salud afirma que la lactancia materna es la forma más eficiente de garantizar la salud y la supervivencia de los niños, por ser el alimento ideal, seguro, limpio y que contiene anticuerpos para proteger al menor de enfermedades propias de la infancia. Así mismo, provee de los nutrientes necesarios durante los primeros meses de vida, la segunda mitad del primero año y en algunos casos hasta los primeros meses del segundo año, con el beneficio adicional de que los lactantes en su vida son menos propensos a obesidad o sobrepeso y a padecer diabetes.1

2. En el mismo sentido, la Organización de las Naciones Unidas para la Infancia, UNICEF, recomienda que los recién nacidos deben iniciar su lactancia dentro de las primeras horas de vida, así como en los primeros seis meses de vida, sin proporcionar otros alimentos, ni líquidos. Además de que debe ser a cada momento que el lactante lo requiera, de preferencia sin usar chupones, biberones ni otros sustitutos para ello.2

3. La legislación en México que garantiza el derecho a la lactancia materna está en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con la reforma a los derechos humanos del 2011, así como en la Ley General de Salud, las Normas Oficiales Mexicanas vigentes, la Ley General de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes y la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Tanto garantizando el derecho a la lactancia materna, como denunciando y sancionando la violencia institucional y laboral que impiden el libre ejercicio y el derecho del lactante y de la madre.

4. El retorno laboral después de la pandemia de covid-19, propició que miles de mujeres dejaran de amamantar a sus bebés, por lo que es urgente y necesario que los marcos jurídicos aplicables a este sector de la población impulsen mejores condiciones y esquemas de apoyo para la lactancia materna a favor de la salud de la infancia.

5. En el caso particular de las Normas Oficiales Mexicanas a favor de la lactancia materna está la NOM-007-SSA2-2016, sobre atención a la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y de la persona recién nacida; la Norma Oficial Mexicana 031-SSA2-1999 para la atención de la salud del niño, la Norma Oficial Mexicana-131-SSA1-2012 de Productos y servicios, fórmulas Lactantes de continuación y para necesidades especiales de nutrición. Alimentos y bebidas no alcohólicas para lactantes y niños de corta edad. Disposiciones y especificaciones sanitarias y nutrimentales. Etiquetado y métodos de prueba. Esta última como alternativa a la imposibilidad de una lactancia por parte de la madre por cualquier motivo.

6. Así como la Norma Oficial Mexicana 043-SSA2-2012 de servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar atención. La Norma Oficial Mexicana 005-SSA2-1993 de los servicios de planificación familiar; la Norma Oficial Mexicana 010-SSA2-2010 para la prevención y control de la infección del virus de inmunodeficiencia adquirida.

7. Pero particularmente hay un Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-SSA2-2018 para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 2 de mayo de 2018.3 Este proyecto también incluye la Norma Oficial Mexicana 034-SSA2-2013, para la prevención y control de los defectos al nacimiento; así como la Norma Oficial Mexicana 035-SSA3-2012 en materia de información de la salud, y la Norma Oficial Mexicana 041-SSA2-2011 para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, proyecto que se encuentra pendiente de aprobación.

8. La importancia de este proyecto es que determina en su apéndice A, las razones médicas justificadas para el uso de sucedáneos -sustituto- de leche materna, incorpora una carta de consentimiento informado, precisa los supuestos y excepciones de suministro de sucedáneos para el cumplimiento del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna; así como los requisitos para la instalación de salas de lactancia y contempla la capacitación en lactancia materna.4

9. Esta propuesta de normativa, lamentablemente se encuentra inscrita en un proyecto de cancelación junto a otras normas oficiales ya vigentes, por lo que es urgente que el gobierno mexicano cumpla con los tratados internacionales como lo son la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como la Convención de los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación sobre la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer -Convención Do Para.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud para que, a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, se apruebe la Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-050-2018 para el fomento, protección y apoyo a la lactancia materna.

Notas:

1 https://www.who.int/es/health-topics/breastfeeding#tab=tab_1

2 https://www.who.int/es/health-topics/breastfeeding#tab=tab_2

3 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5521251&fecha=02/05/ 2018#gsc.tab=0

4 Idem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 23 de noviembre de 2023.

Diputada Mariana Erandi Nassar Piñeyro (rúbrica)