Gaceta Parlamentaria, año XXV, número 6099, lunes 29 de agosto de 2022
Anexo I Citatorio de la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, a la sesión preparatoria del segundo año de ejercicio de la LXV Legislatura, que tendrá lugar el miércoles 31 de agosto de 2022, a las 18:00 horas
Anexo II Comunicaciones de la Junta de Coordinación Política, con las que informa de cambios en comisiones y grupos de amistad
De la Mesa Directiva, con la que informa de retiro de inciativas
Diputado Javier Joaquín López Casarín
Presidente de la Comisión de Ciencia Tecnología e Innovación
Presente
Por acuerdo de la Mesa Directiva, en atención a la solicitud de la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para retirar la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 22 Bis a la Ley de Ciencia y Tecnología, turnada el 22 de junio de 2022, obsequia el trámite, de conformidad con lo que establece el artículo 77, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, toda vez que hasta el momento no se tiene dictamen recibido por la comisión que usted preside.
La Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: Retírese de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, y actualícense los registros parlamentarios.
Ciudad de México, a 26 de agosto de 2022
Diputada Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz (rúbrica)
Secretaria
De la Secretaría de Gobernación, con la cual envía el informe del licenciado Marcelo Luis Ebrard Casaubon relativo a la novena Cumbre de las Américas, efectuada del 6 al 10 de junio de 2022 en Los Ángeles, California; recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
Ciudad de México, a 18 de agosto de 2022.
Senadora Olga Sánchez Cordero Dávila
Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Por este medio con fundamento en lo dispuesto por la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y el artículo 19, fracción I, inciso d, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DEP-1530-22, la licenciada Ximena Escobedo Juárez, directora general de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, remite el informe de actividades realizadas por el licenciado Marcelo Luis Ebrard Casaubón, durante su visita oficial que realizó en Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, con motivo de la IX Cumbre de las Américas, que se llevó a cabo del 6 al 10 de junio de 2022, así como los documentos publicados.
Por lo anterior, le acompaño, para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como una carpeta que contiene el citado informe.
Sin otro particular, aprovech la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.
Doctor Valentín Martínez Garza (rúbrica)
Encargado de la Unidad de Enlace
Ciudad de México, a 18 de agosto de 2022.
Doctor Valentín Martínez Garza
Encargado de la Unidad de Enlace
Secretaría de Gobernación
Por instrucciones del Secretario de Relaciones Exteriores, licenciado Marcelo Luis Ebrard Casaubón, con fundamento en el artículo 19, fracción I, inciso d, del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en apego a las facultades de la Unidad a su encargo, me permito hacer llegar el informe de las actividades realizadas durante la visita oficial que realizó a Los Ángeles, California, Estados Unidos de América, con motivo de la IX Cumbre de las Américas, que se llevó acabo del 6 al 10 de junio de 2022, asf como los documentos publicados.
Lo anterior, con la atenta solicitud de ser el amable conducto para remitir la información adjunta, a la Mesa Directiva de la Comisión Perrnanente del H. Congreso de la Unión.
Aprovecho para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Licenciada Ximena Escobedo Juárez
Directora General de Coordinación Política
(Remitida a la Comisión de Relaciones Exteriores. Agosto 24 de 2022.)
De la diputada Merary Villegas Sánchez, con la que solicita licencia para separarse de sus funciones legislativas, recibida en la sesión del miércoles 24 de agosto de 2022
Palacio Legislativo de San Lázaro, Ciudad de México, a 19 de agosto de 2022.
Senadora Olga Sánchez Cordero
Presidenta de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Con el gusto de saludarle, la suscrita diputada federal Merary Villegas Sánchez, perteneciente al Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo establecido en los artículos 78, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción XVI; 12, numeral 1, fracción V, y 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados; ante usted, con el debido respeto solicito licencia al ejercicio de mi encargo como diputada federal de la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados a partir del día 19 de agosto de 2022 y por tiempo indefinido.
Lo anterior, con el objeto de que sea sometida a consideración del pleno de la Comisión Permanente la presente solicitud de licencia.
Agradezco la atención al presente oficio y me reitero a sus órdenes.
Atentamente
Diputada Merary Villegas Sánchez (rúbrica)
(Aprobada en votación económica. Agosto 24 de 2022.)
Del diputado Omar Enrique Castañeda González, mediante la cual informa de su reincorporación a las actividades legislativas, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
Palacio Legislativo de San Lázaro, agosto 19 de 2022.
Senadora Olga Sánchez Cordero
Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presente
El que suscribe Omar Enrique Castañeda González, diputado federal con licencia, con fundamento en lo establecido en los artículos 78, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el debido respeto, hago de su conocimiento que es mi voluntad reintegrarme al ejercicio de ml cargo como diputado federal del distrito 2 del estado de Durango en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión a partir del día 24 de agosto de 2022, así como a las actividades de las comisiones y grupos de amistad de los que formo parte.
Por lo anterior, solicito atentamente gire sus apreciables instrucciones para que se dé trámite legal y administrativo al presente escrito conforme a los procedimientos previstos en la normatividad aplicable y sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial y afectuoso saludo y agradezco su amable atención.
Atentamente
Diputado Omar Enrique Castañeda González (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, agosto 19 de 2022.
Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
El que suscribe Omar Enrique Castañeda González, diputado federal con licencia, con fundamento en lo establecido en los artículos 78, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el debido respeto, hago de su conocimiento que es mi voluntad reintegrarme al ejercicio de ml cargo como diputado federal del distrito 2 del estado de Durango en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión a partir del día 24 de agosto de 2022, así como a las actividades de las comisiones y grupos de amistad de los que formo parte.
Por lo anterior, solicito atentamente gire sus apreciables instrucciones para que se dé trámite legal y administrativo al presente escrito conforme a los procedimientos previstos en la normatividad aplicable y sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial y afectuoso saludo y agradezco su amable atención.
Atentamente
Diputado Omar Enrique Castañeda González (rúbrica)
(Quedó de enterado y se comunicó. Agosto 24 de 2022.)
Del Instituto Tecnológico Superior de Chicontepec, con la que remite el informe de la auditoría de matrícula correspondiente al periodo de febrero a julio de 2022, recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
Chicontepec, Veracruz, a 10 de agosto de 2022.
Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna
Presidente de la Camara de Diputados
Presente
Por este medio reciba un cordial saludo de la comunidad del Instituto Tecnológico Superior de Chicontepec; asimismo, y en cumplimiento al decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2021, a sus obligaciones, y con fundamento en el artículo 37, fracción III, que a la letra dice: las instituciones públicas de nivel superior estarán obligadas a la práctica de auditoria externa de su matrícula, debiendo enviar los resultados de esta, así como un informe semestral específico sobre la planeación sobre la ampliación de la misma, tanto a la Cámara de Diputados como en la Secretaría de Educación Pública, cuya publicación fue el 28 de diciembre del 2018 en el Diario Oficial de la Federación, a partir del ejercicio 2019, por lo que se anexa el informe de SSIC Consultores, SA de CV, que fue el despacho que se encargó de la mencionada auditoría.
Nuestro instituto atiende una matrícula en el periodo febrero-julio de 2022 de 372 alumnos inscritos en sus 3 programas de licenciatura, estos programas cumplen los estándares de calidad y cabe mencionar que se encuentran en proceso de acreditación.
La estructura organizacional está conformada por 86 trabajadores (42 docentes, 15 directivos y 29 administrativos). Las certificaciones con las que cuenta son: SGC ISO 9001:2015, SGA ISO 14001:20215, OSHAS 18001:2007, ISO 50001:2018, así como la NMX-R025-SCFl-2015.
Sin más por el momento, me despido de usted, no sin antes agradecer la atención prestada al presente, suscribiéndome a sus respetables órdenes.
Atentamente
Doctor Horacio Bautista Santos (rúbrica)
Director General
(Remitida a las Comisiones de Educación, y de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 24 de 2022.)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal Federal, en materia de videojuegos, recibida del diputado Mario Rafael Llergo Latournerie, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
El que suscribe, diputado Mario Rafael Llergo Latournerie, del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 55 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal Federal, en materia de videojuegos, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
La presente iniciativa tiene por objeto proteger a niñas, niños y adolescentes de los riesgos que conlleva el uso de videojuegos, a través del reforzamiento de sanciones administrativas dirigidas a distribuidores, comercializadores y arrendadores que no cumplan la normativa en materia de clasificación por edad, y de sanciones penales para quienes permitan, faciliten o induzcan su uso cuando el contenido no sea el adecuado conforme a la situación psicoemocional de las personas destinatarias, y para quienes, mediante correo electrónico, redes sociales, videojuegos o cualquier otro medio de comunicación en el ciberespacio, recluten a niñas, niños y adolescentes para cometer algún delito. Dichas medidas buscan priorizar el interés superior de la niñez, contemplado en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales en la materia.
En la actualidad, los videojuegos y sus dispositivos de reproducción son una actividad común en la vida cotidiana de niñas, niños y adolescentes. Se calcula que de 72.3 millones de personas que en México utilizan videojuegos, 21.6 millones son menores de 16 años, quienes registran un uso promedio de cuatro veces por semana, con una duración mínima de dos horas por sesión.1
Diversos especialistas han estudiado las consecuencias que se originan por esta actividad. En particular, han analizado el contenido de violencia explícita a que se exponen niñas, niños y adolescentes con el uso de videojuegos y los efectos del uso excesivo de los dispositivos tecnológicos.
La Organización Mundial de la Salud (OMS), en enero del presente año, catalogó la adicción a los videojuegos como una enfermedad de desorden mental que vicia la estabilidad emocional de los usuarios a corto, mediano y largo plazos. Mediante la Undécima Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización, se determinó que el trastorno por el uso de videojuegos se caracteriza por un patrón de comportamiento persistente o recurrente y se manifiesta por el deterioro en el control sobre el juego, el incremento en la prioridad dada al juego sobre otros intereses, así como en la continuación o incremento del tiempo que se pasa en el juego a pesar de que tenga consecuencias negativas.
Antes de esta clasificación, diversas publicaciones especializadas advirtieron del impacto que tienen los videojuegos en la conducta y pensamiento de niñas, niños y adolescentes. La Revista Latinoamericana de Ciencia Psicológica publicó un estudio2 que advierte que el uso prolongado de videojuegos violentos influye en la percepción de la violencia de adultos jóvenes, pues observó que mientras mayor es la exposición a juegos violentos, mayor es la predilección de actividades de naturaleza violenta para su desarrollo social.
Por su parte, el estudio Videojuegos violentos y agresividad 3 concluyó que la exposición de niñas, niños y adolescentes a videojuegos con contenido violento se relaciona directamente con conductas, pensamientos y actitudes agresivas, así como con la disminución de comportamientos prosociales y de empatía hacia las víctimas. El artículo Uso de videojuegos, agresión, sintomatología depresiva y violencia intrafamiliar en la adolescencia y adultos jóvenes , de autores mexicanos,4 evidencia que niñas, niños y adolescentes que utilizan de manera prolongada videojuegos con contenido violento generan una sintomatología depresiva, agresiva y de violencia intrafamiliar o social mayor que aquéllos con menor nivel de exposición.
Por otra parte, y más allá del contenido mismo de los videojuegos, la Academia Americana de Psiquiatría Infantil y Adolescente ha evidenciado que videojuegos que permiten a niñas, niños y adolescentes jugar en línea con adultos desconocidos han inducido a conductas relacionadas con comportamientos criminales, abuso de drogas, uso de palabras altisonantes y gestos obscenos, así como a la normalización de la explotación sexual y la violencia hacia la mujer.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación,5 existen cuatro categorías en las que se pueden resumir los riesgos del uso de los videojuegos:
1. Riesgos de contenido: relacionados con la exposición de niñas, niños y adolescentes a contenidos con lenguaje inadecuado, imágenes vinculadas con violencia, discriminación y uso de drogas.
2. Riesgos de uso excesivo: identificados con el abuso o dependencia de los videojuegos. Pueden impactar de manera directa en la salud física y mental. En el caso de niñas, niños y adolescentes, las principales consecuencias de estos riesgos son: comportamiento absorto, tensión excesiva, frustración, pérdida de interés hacia otras actividades, trastornos del sueño y distanciamiento familiar.
3. Riesgos de interactividad con otras personas: referidos al contacto con ciberacosadores y ciberdelincuentes que tienen la posibilidad de comunicarse con niñas, niños y adolescentes a través de chats privados o foros públicos incluidos en los videojuegos.
4. Riesgos técnicos: relacionados con la transmisión de virus digitales que afectan el dispositivo electrónico que se utiliza para la descarga e intercambio de archivos. El robo de datos personales de niñas, niños y adolescentes o bancarios de sus madres o padres, constituyen la consecuencia más nociva.
Se presume que los riesgos de contenido y uso excesivo se refieren a la posibilidad de generar trastornos psiquiátricos, como depresión, déficit de atención, impulsividad, trastornos del espectro autista, desorden bipolar, uso de alcohol, ansiedad, trastorno obsesivo-compulsivo, deterioro en la inteligencia emocional, baja empatía social, adiciona la tecnología, aislamiento, falta de sueño y provocación de daño cerebral, entre otros.
Esta vulnerabilidad psico-emocional genera, a su vez, el riesgo de interactividad, pues puede ser aprovechada por personas desconocidas, generalmente adultas, para cometer conductas delictivas, principal preocupación de la presente iniciativa.
En los últimos años, los delitos informáticos mediante el uso de videojuegos han incrementado su presencia en la sociedad mexicana. En agosto de 2021, en el estado de Oaxaca, por ejemplo, secuestraron a tres menores de edad bajo engaño, al ofrecerles un trabajo que se asemejaba con el contenido del videojuego, con el fin encubierto de reclutarlos en actividades de la delincuencia organizada (caso free fire ).6 Asimismo, la madrugada del 18 de septiembre de 2021, a través de un perfil de videojuego, un menor fue invitado a integrarse al Cártel del Noroeste (caso Alfredo).7
De acuerdo con cifras oficiales del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 2015 se registraron mil 940 casos de corrupción de menores, mientras que en 2021 se observaron 2 mil 422, es decir, en seis años se incrementó 20 por ciento la incidencia de este delito:
Asimismo, respecto del número de víctimas por corrupción de menores, durante 2015 se identificaron 2 mil 256, mientras que en 2021 se registraron 2 mil 657; es decir, 15 por ciento más:
Por otro lado, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) registró en 2020 que 21 por ciento de la población de 12 y más años que utilizó internet fue víctima de ciberacoso, cifra que en mujeres de 12 a 19 años de edad ascendió a 29.2 por ciento.8
Ese mismo año, 37.1 por ciento de los hombres de 12 y más años que fueron víctimas de ciberacoso tuvieron contacto con personas con identidades falsas, mientras que 35.9 por ciento de las mujeres fueron víctimas de ciberacoso con insinuaciones o propuestas sexuales. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) observó también que 57.8 por ciento de la población de 12 y más años que fue víctima de ciberacoso desconocía a la persona o personas que lo efectuaron. Los estados de Tlaxcala, Puebla e Hidalgo fueron los que presentaron mayor incidencia.
La actual administración del Gobierno federal ha implementado distintas acciones para prevenir y erradicar los riesgos por el uso excesivo de videojuegos, como la difusión del Decálogo de Ciberseguridad para la Protección de Menores, emitido por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana,9 como una herramienta de supervisión para evitar que niñas, niños y adolescentes sean víctimas de delitos cometidos en esta modalidad virtual, en el marco de la Estrategia Nacional de Prevención de Adicciones Juntos por la Paz, instrumento de coordinación interinstitucional creado para proteger a niñas, niños y adolescentes en peligro de adicciones, así como para recuperar el espacio público y la armonía en las comunidades, a través de un cambio de paradigma basado en la comprensión y atención de los factores del entorno que influyen en el riesgo de consumo de sustancias y problemas de salud mental.
En el mismo marco de la Estrategia Nacional de Prevención de Adicciones, la presente iniciativa busca fortalecer la regulación administrativa en materia de videojuegos, comenzando por la clasificación de contenidos por edad, con base en la presencia de violencia, uso de lenguaje soez, humor sexualizado, sangre, apuestas simuladas, contenido sexual gráfico, entre otros elementos a cargo de la autoridad competente.
En caso de violaciones a esta normativa, se prevé que la Secretaría de Gobernación pueda sancionar a distribuidores, comercializadores y arrendadores de videojuegos con medidas de apremio como apercibimiento, el retiro, inmovilización, aseguramiento y suspensión para comercializar los productos, y como sanción la clausura.
Esta iniciativa busca fortalecer estas sanciones administrativas en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Igualmente, pretende combatir los riesgos asociados a la comisión de conductas delictivas mediante la inclusión de sanciones en el Código Penal Federal.
Con ello se pretende, desde el ámbito administrativo y penal:
Garantizar que se cumpla con la inscripción de especificaciones gráficas con advertencias, descripciones de contenidos y elementos interactivos requeridos para que los videojuegos puedan ser distribuidos, comercializados o arrendados en el territorio nacional.
Consolidar el control de la venta de videojuegos adecuados para la madurez de niñas, niños y adolescentes, con base en parámetros multifactoriales que ayuden a realizar una adecuada clasificación del contenido de los videojuegos, en función de la audiencia a la que van dirigidos.
Facilitar la intervención de las autoridades para disminuir y atacar los riesgos de interacción que poseen los videojuegos en línea actualmente para la comisión de delitos, fundamentalmente cuando se involucra a niñas, niños y adolescentes.
De esta manera, se responde a la exigencia constitucional y convencional que reconoce y salvaguarda el interés superior de la niñez como el medio idóneo para garantizar de manera plena su derecho al desarrollo de la personalidad y sano esparcimiento.
Con esta propuesta de modificación, México se incorpora plenamente la normativa internacional en la materia que regula el uso de videojuegos, ya aplicada en países como Canadá, Estados Unidos de América (EUA), Panamá, Argentina, Chile, República Dominicana, Costa Rica, Honduras, Colombia, Perú, Reino Unido, España, Alemania, China, Japón, Corea del Sur, Nueva Zelanda y Australia.
En virtud de lo anterior, se propone:
1. En la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la adición de un párrafo tercero al artículo 149, para establecer como medidas de apremio: apercibimiento, suspensión de la comercialización, retiro, inmovilización y aseguramiento de productos, suspensión de información y publicidad, y como sanción la clausura. Estas medidas serán aplicables a distribuidores, comercializadores y arrendadores de videojuegos por las violaciones que cometan a dicha ley, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
2. En el Código Penal Federal:
a) La modificación al artículo 201, para tipificar y sancionar a quienes permitan, faciliten o induzcan el uso de videojuegos cuando el contenido no sea apto para menores de edad, con pena de prisión de siete a 12 años y multa de 800 a 2 mil 500 días de UMA.
b) La adición del artículo 201 Ter, para tipificar y sancionar a quienes, mediante correo electrónico, redes sociales, videojuegos o cualquier otro medio de comunicación en el ciberespacio, recluten a niñas, niños y adolescentes para cometer algún delito, con prisión de cuatro a 20 años.
c) La adición de un segundo párrafo al artículo 208 para tipificar y sancionar al que provoque a cometer un delito o haga apología de éste o de algún vicio, mediante el uso de videojuegos, con 10 a 180 jornadas de trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecutare o la sanción que corresponda por la participación en la comisión del delito cometido.
Por las razones expuestas, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal Federal, en materia de videojuegos
Artículo Primero. Se adiciona un párrafo tercero y se recorren los subsiguientes del artículo 149 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:
Artículo 149. ...
...
Además de las sanciones previstas en el párrafo anterior, por infracciones de la fracción VII Bis del artículo 148 de la presente Ley, se podrán aplicar medidas de apremio consistentes en apercibimiento; suspensión de la comercialización o información o publicidad, y retiro, inmovilización o aseguramiento de productos, así como la sanción de clausura, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables en la materia.
...
...
Artículo Segundo. Se reforma el artículo 201, párrafos primero, incisos e) y f) y segundo; y se adiciona un inciso g) al párrafo primero del artículo 201; el artículo 201·Ter, y un segundo párrafo al artículo 208, del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 201. ...
a) a·d) ...
e) Formar parte de una asociación delictuosa;
f) Realizar actos de exhibicionismo corporal o sexuales simulados o no, con fin lascivo o sexual, o
g) Utilizar videojuegos con contenido no apto para personas menores de 18 años.
A quien cometa este delito se le impondrá: en el caso del inciso a) o b) pena de prisión de cinco a diez años y multa de quinientos a mil días; en el caso del inciso c) pena de prisión de cuatro a nueve años y de cuatrocientos a novecientos días multa; en el caso del inciso d) se estará a lo dispuesto en el artículo 52, del capítulo 1, del Título Tercero del presente Código; y en el caso del inciso e), f) o g) pena de prisión de siete a doce años y multa de ochocientos a dos mil quinientos días.
...
...
...
...
Artículo 201 Ter. Se impondrá pena de cuatro a veinte años de prisión a quien, a través de correo electrónico, videojuegos, redes sociales o cualquier otro medio que utilice una red pública o privada de telecomunicaciones, sistemas de cómputo, electrónicos o sucedáneos, reclute mediante engaño, amago, amenaza o voluntariamente a una o varias personas menores de 18 años de edad o a una o varias personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o a una o varias personas que no tienen capacidad para resistirlo, con el fin de cometer algún delito.
Artículo 208. ...
La pena prevista en el párrafo anterior, de igual forma, se aplicará en caso de que la provocación o la apología del delito se realicen mediante el uso de videojuegos.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Competitive Intelligence Unit, Los niños y los
juegos de video jugando con la violencia, American Academy of Child
and Adolescent Psychiatry, Estados Unidos de América, 2021 Recuperado
de:
https://www.aacap.org/AACAP/FamiliesandYouth/FactsforFamilies/FactsforFamiliasPages/Spanish/
LosNinosylosJuegosdeVideoJugandoconlaViolencia91.aspx.
2 Dorantes, Gabriel, El uso prolongado de videojuegos violentos influye en la percepción de la violencia de adultos jóvenes, Revista Latinoamericana de Ciencia Psicológica, vol. 9. núm. 2, Asociación para el Avance de la Ciencia Psicológica, Argentina, 2017, pp. 1-16.
3 Etxeberria, Félix, Videojuegos violentos y agresividad, Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria, núm. 18, Sociedad Iberoamericana de Pedagogía Social, España, 2011, pp. 31-39.
4 Martínez, Patricia; Betancourt, Diana, y González, Alejandro, Uso de videojuegos, agresión, sintomatología depresiva y violencia intrafamiliar en adolescentes y adultos jóvenes, Revista Colombiana de Ciencias Sociales, vol. 4, núm. 2, Universidad Católica Luis Amigo. Colombia, 2013, pp. 167-180.
5 Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación, Guía de padres y madres sobre uso de videojuegos por menores, Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento, España, 2010. Recuperado de:
http://www.aevi.org.es/pdf/Guiaparapadresymadressobreuso segurodevideojuegospormenores.pdf.
6 Presidencia de 1a República, Conferencia matutina del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, Presentación de los Casos free fire y Alfredo, por parte de la Secretarla de Seguridad y Protección Ciudadana, video, Gobierno Federal, México, 2021. Recuperado de:
https://www.youtube.com/watch?v=E2zneSA9AgU.
7 Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Decálogo de Ciber seguridad para la Protección de Menores, Gobierno federal, México, 2021. Recuperado de:
https://www.gob.mx/sspc/prensa/decalogo-de-ciberseguridad-estrategia-para-la-proteccion-de-la-ninez-y-adolescentes#:
text=E1%20Dec%C3%A1loqo%20recomienda%3A,sino%20generar%20nuevas%20para%20jugar
8 Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Módulo sobre Ciber acoso (MOCIBA) 2020. México. Recuperado de: https://www.inegi.org.mx/programas/mácibii/2020/
9 Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. Óp. Cit.
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 24 de agosto de 2022.
Diputado Mario Rafael Llergo Latournerie (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Justicia con opinión de la de Derechos de la Niñez y Adolescencia. Agosto 24 de 2022.)
Que establece las características de una moneda conmemorativa por los 500 años de la fundación del municipio de Pánuco, Veracruz, recibida del diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, integrante del Grupo Parlamentario del PVEM, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
El que suscribe, diputado Armando Antonio Gómez Betancourt, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 76, numeral 1, fracción II, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa por los 500 años de la fundación del municipio de Pánuco, Veracruz, el segundo ayuntamiento de la América continental, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
I. La presente iniciativa contiene esencialmente elementos históricos y culturales que el municipio de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave, aporta como ciudad, en el contexto de sus 500 años de fundación como el segundo ayuntamiento de la América continental. Para entender este contexto, es de capital importancia conocer y concebir la trascendencia y aportaciones de la Cultura huasteca en la Época Prehispánica, la cual se asentó precisamente en el mismo territorio que hoy ocupa el municipio de Pánuco. Este estudio nos lleva entonces a un segundo propósito, igualmente importante, que reivindica la trascendencia de una cultura milenaria y, por tanto, originaria de nuestro país, la cual tuvo su capital principal en la ciudad de Pánuco, en el norte del estado de Veracruz. Sirva entonces la presente iniciativa para conmemorar los 500 años de la fundación de nuestra capital distrital, pero también para hacerle justicia a una de las civilizaciones prehispánicas más importantes y con mayor influencia en nuestro país por su aportación cultural, histórica y geográfica.
Atentos a la toponimia del municipio de Pánuco podemos encontrar dos criterios basados en expresiones de origen náhuatl. La primera expresión es pano-co que significa en el vado, paso del río o puente, expresión manejada por Peñafiel y García Cubas, por tratarse de un lugar de paso de varias culturas, no sólo de la propia Huasteca que fue la que se asentó en esta zona, sino también de otras más consideradas originarias que franqueaban la región para tomar camino al altiplano mexicano, como la Olmeca y la Totonaca, consideradas ambas como las primeras en habitar el continente americano y complementarias de esta zona; sucesivamente, se encuentra al paso del tiempo presencia de las culturas Náhuatl, Otomí, Popoluca y, finalmente, la Azteca. Por otro lado, José Luis Melgarejo Vivanco, igualmente como una voz náhuatl, establece el vocablo panohuia, que significa en el paso del río, pudiendo concluirse que de manera conjunta la expresión nos lleva a la expresión lugar donde llegaron los que vinieron del mar.
El municipio de Pánuco se encuentra ubicado en lo que se conoce como la Huasteca Alta Veracruzana, en el norte del mismo estado costero, abarcando todo lo que se halla comprendido entre los 21 grados (º) y 22º 30 minutos () de latitud Norte, y lº y 50º de latitud este del meridiano de México, y 20º de longitud oeste del mismo, en los estados de San Luis Potosí, Hidalgo, Tamaulipas, e incluso una parte de Querétaro. Sin embargo, la capital distrital e histórica de la Huasteca Alta, la tiene el emblemático municipio de Pánuco, que el próximo 26 de diciembre del año 2022 cumple 500 años de haber sido fundado como el segundo ayuntamiento de la América continental.
La Huasteca propiamente dicha, es el espacio que se encuentra entre los ríos Pánuco y Tuxpan.
II. Geográficamente, la ubicación del municipio de Pánuco otorgaba a los exploradores e incluso antes de ellos a las culturas originarias, un acceso natural que les permitía durante la Conquista ingresar hacia el altiplano, donde se ubicaba la gran Tenochtitlan que cayó en 1521. Un año después ocurre el hecho histórico que se está destacando con esta iniciativa, es decir, la fundación del municipio de Pánuco, lo cual nos da un contexto de su relevancia desde hace miles de años y aporta una cantidad importante de elementos formativos de nuestra base cultural, regional, nacional y, posteriormente, continental.
Se considera que uno de los primeros exploradores que pisó tierras huastecas, particularmente la zona de Pánuco, fue Américo Vespucio, quien, según lo relatado en alguna de sus cartas, expresó lo siguiente: Toda esta tierra está pobladísima y llena de gente, así como de innumerables ríos y de animales... tantos... que es imposible describirlos, ¿qué diremos de los pájaros que son tantos y de tan variados colores en sus plumas que maravilla verlos? La tierra es muy amena y fructífera, llena de grandes selvas y bosques, siempre está verde y no se pierden las hojas. Las frutas son tantas que son incontables y muy diferentes a las nuestras. Esta tierra está dentro de la zona tórrida, directamente debajo del paralelo que describe el Trópico de Cáncer, donde el polo de su horizonte se eleva 23 grados, al extremo del segundo clima.
Después de Américo Vespucio, sabedor de la importancia de la zona de Pánuco, Francisco de Garibay envió propiamente dos intentos de conquista, uno de cuatro navíos con Alfonso Alvares de Pineda, y otro con tres navíos con el mismo navegante; las dos expediciones corrieron la misma suerte, fueron desbaratadas por los Huastecos, pero los hombres que se salvaron de estos intentos de conquista se unieron a los ejércitos de Hernán Cortés.
Hernán Cortés, según registros, no podía dejar de tomar en cuenta la importancia de la región de Pánuco, por su ubicación geográfica y porque el propio Garibay había fracasado en su conquista, por esto, una vez teniendo bajo su control la gran Tenochtitlan, planeó la consumación de la conquista de la zona Huasteca, en donde además habían fallecido muchos españoles.
Salió entonces Hernán Cortés de Coyoacán después de octubre de 1522, con ciento veinte jinetes, trescientos peones, alguna artillería y cuarenta mil indígenas, a partir de entonces y hasta el 26 de diciembre de ese mismo año, Hernán Cortés, avanzó, conquistó, retrocedió, reconoció la resistencia, el valor y la fuerza de los huastecos, pero terminó por consumar la conquista de Pánuco. Envió entonces españoles a que visitasen la provincia y se trajesen la relación de los pueblos y la gente y buscó el mejor sitio para fundar una villa a la que puso por nombre Villa de San Esteban del Puerto, lo cual ocurrió un 26 de diciembre de 1522. Hecha esta fundación en documentos oficiales, por segunda ocasión en América se hacía la designación de alcaldes y regidores, lugartenientes y los que quisieran quedarse de vecinos, que fueron ciento treinta, con lo cual se estableció el segundo ayuntamiento de la América continental.
Es probable, según registros históricos, que esta guerra emprendida por Cortés contra la Región huasteca haya sido una de las más terribles empresas por la condena a muerte de jefes y señores huastecos, reduciendo a la esclavitud a la totalidad de los nativos, que eran herrados y vendidos para recuperar los gastos de la guerra, en la que había tenido una gran resistencia la Cultura huasteca, incluso, en algunos casos se menciona que fue tal el grado de violencia que se llegó a quemar personas entre indios y caciques.
La Cultura huasteca, particularmente la asentada en la zona de lo que hoy es el municipio de Pánuco, se vio severamente envuelta en conflictos entre españoles, desde el propio Hernán Cortés, Francisco de Garay, Gonzalo de Sandoval y la propia persecución de Nuño de Guzmán a Cortés, todo esto en una violenta pugna que mermó infamemente a una cultura ajena a los intereses de los conquistadores, entre los años 1522 y 1528. A lo anterior hay que agregarle una pugna religiosa entre la corona, la iglesia y los colonos, éstos últimos aliados de los dominicos, enemigos del rey, a través de la Santa Inquisición, circunstancia en perjuicio de una noble cultura sepultada en el enredo de la cerrazón.
III. Si bien es cierto que la lucha de Independencia se centró en lugares específicos de nuestro país, la zona de Pánuco también participó en este proceso histórico. La dureza de la Conquista, el grado de violencia y en algunos casos rencor hacía esta zona, dejó en algunos momentos del tiempo casi despoblada o sin atractivo alguno nuestra cabecera distrital, sin embargo, con base en la resistencia de la propia Raza huasteca, a la asignación de familias españolas y desde luego al surgimiento de una nueva raza, poco a poco, la zona fue tomando veladamente su identidad y realizó aportes a toda lucha que fuera en pos de la justicia y de la libertad.
Para antes del estallamiento del movimiento de Independencia, se había creado la intendencia de Veracruz y habían sido divididas las alcaldías mayores, Pánuco queda como una subdelegación de ésta, ejerciendo una jurisdicción en esa época sobre Pueblo Viejo, Ozuluama, Tantoyuca, Chiconamel, Ixcatepeque, Tantima, Tamalín, San Nicolás, Chontla, Otontepeque, Tempoal y Tantojon. Algo a destacar es que, en registros documentales del Archivo General de la Nación, donde se localizan listas de víveres, donaciones y voluntarios que se sumaban a la causa realista para luchar en contra de los Insurgentes, no se observa de Pánuco aportación alguna a la causa realista, lo que sí se observaba en las otras localidades vecinas, aunque las aportaciones fueran de poco valor. Esto significa que la sociedad de Pánuco no apoyaba a la causa de los españoles, no los respaldaba, lo que permite inferir que el ayuntamiento y la región de Pánuco apoyaban a la causa insurgente.
IV. Sin duda, existe una época especialmente importante donde nuestro país toma forma, sí, en efecto histórica, pero también donde se establecen las bases jurídicas de un México que requería la formación de leyes que estructuraran lo que hoy somos. Me refiero a la Reforma, como proceso bélico y formativo, el cual fue parte de nuestra región en términos activos y también con la aportación de personajes de gran calado de quienes hablaremos más adelante, pues en la época de oro del derecho mexicano, tal vez la de mayor aportación en talento, Pánuco contribuyó con su parte en la lucha, pero también en el valor de su gente, respaldando desde estas trincheras al mejor presidente de nuestra historia, don Benito Juárez García.
Más tarde, durante la Intervención francesa, las principales ciudades del país y las capitales de los estados habían sido tomadas por el Ejército francés, por lo que la lucha se volcó a las comunidades rurales, no necesariamente a las grandes capitales, y fue ahí donde comenzó una remontada de recuperación de los territorios. En un capítulo importante de la historia de Pánuco, y de la Huasteca en general, para el año 1864, el coronel Carlos Dupin, cruel guerrillero francés, es designado comandante militar de la región de Pánuco, población que toma después de derrotar al coronel Desiderio Pavón.
El propio coronel Desiderio Pavón, en compañía del héroe de Ozuluama, el también coronel Francisco Esteban Mascareñas, atacan en el año 1862 a las tropas francesas del comandante Jurien de la Graviere, que habían desembarcado en Pánuco el 21 de noviembre de ese año. Ambos coroneles en el año 1864 llevarían a cabo la gesta heroica conocida como Acción de los 14, que defendió la Región huasteca desde Pánuco hasta Chontla del Ejército francés, comandado por Carlos Dupin, en donde participaron pobladores de Pánuco y Ozuluama, esto en el año 1864, comenzando con ello una defensa en diversas localidades en todo el territorio nacional.
Para la segunda mitad del siglo XIX, Francia era una de las dos naciones militarmente más poderosas del mundo y al mando de nuestro país estaba el presidente Don Benito Juárez, quien hace frente al embate imperialista en una época donde los conservadores clamaban por la llegada de un monarca europeo a gobernarnos.
El llamado del Presidente Benito Juárez a la resistencia popular ante el Ejército francés y los conservadores traidores a la patria se escuchó fuerte en Veracruz y en la región huasteca.
Así surgió ese Pánuco, donde el son se conjuga con la cultura, el misticismo y la tradición, con la heroicidad de los huastecos en la resistencia, primero a imperialismos étnicos, luego a españoles y después a los franceses, donde sobresalió la valentía de Desiderio Pavón, nombrado general por el propio Benito Juárez y quien fuera protagonista de las principales batallas por la defensa de la nación en el noreste del país, en esta zona huasteca regada por los ríos Pánuco y Tuxpan.
El héroe panúquense, junto con otros importantes personajes de la región, como el coronel Francisco Esteban Mascareñas, enfrentarían a lo más sanguinario del ejército francés, a su legión extranjera, solución que vio el mariscal napoleónico Francois Aquiles Bazaine en México para poder contener la resistencia huasteca al imperio de Maximiliano.
A Desiderio Pavón y Francisco Esteban Mascareñas les correspondió, en grado de coroneles, enfrentar a estos experimentados combatientes franceses, belgas, prusianos y los llamados cazadores de África, que arribaron a Veracruz procedentes de Argelia después de participar en varios frentes de batalla en ese continente y que portaban las armas más modernas y sofisticadas de la época, como la carabina rayada de uso de la guardia imperial francesa.
Charles-Louis Dupin uniformó de rojo a todos los mercenarios que de distintas nacionalidades integraban su Legión Extranjera sirviendo al Imperio francés, adoptando un sistema de devastación total en su camino, haciendo quemar a varias leguas de distancia los ranchos y pueblos que podían ofrecer asilo o protección a su enemigo mexicano, como lo documentó Vicente Riva Palacio. Los mariscales franceses pensaban que por su modus operandi , este carnicero rojo era el hombre ideal, la clave para vencer la guerrilla mexicana que sostenía el régimen republicano de Benito Juárez.
Cuando el Presidente Juárez había tenido que capitular varias veces y mudar de sede su gobierno comenzó una parte especial y muy importante para poder derrotar y expulsar a los invasores extranjeros, la guerra de guerrillas, la cual también se desarrolló en la región huasteca del país, donde la resistencia juarista tenía importante presencia. En este contexto se dieron enfrentamientos a muerte entre los feroces guardianes del status quo de lo que se pretendía fuera una colonia francesa y los defensores de la independencia y soberanía de México, una guerra en la que no se pedía ni se daba cuartel.
Es en este frente de batalla del México de Juárez, donde destacó el general Desiderio Pavón, nacido en Pánuco, Veracruz, en 1826 y quien participó en el Plan de Ayutla y combatió a los conservadores en la huasteca y posteriormente al mejor ejército del mundo.
Entre octubre y noviembre de 1863, el general Desiderio Pavón derrotó en Ozuluama a 114 imperialistas, para ello ocurrían ya enfrentamientos de la guerrilla mexicana en los poblados de la sierra de Chicontepec, como en el caso de Ixhuatlán de Madero y Huayacocotla. Para 1864 los enfrentamientos ocurrían en las distintas municipalidades del norte de Veracruz, entre la legión extranjera que apoyaba la posición de Maximiliano como emperador y los republicanos liberales leales a Benito Juárez como lo detalla LEstaffette.
Para julio el temible general francés Charles Dupin se dirigió para Tempoal y Huejutla y hasta ahí llegaría su suerte, ya que los republicanos recuperarían las principales plazas.
Para el 29 de junio de 1866 el batallón huasteco a las órdenes de Desiderio Pavón y el coronel Mascareñas, tras un encarnizado combate, recuperaron Pánuco, Pueblo Viejo y Ozuluama. El 1 de agosto, los republicanos atacaron Tampico, firmando los franceses la rendición o capitulación una semana después, de ahí Pavón y los juaristas recuperarían finalmente el puerto de Tuxpan, en donde permanecía atracado todavía un buque de guerra francés.
El triunfo de la causa de Benito Juárez y de México en la huasteca veracruzana no fue fácil, lo que proyecta aún más la heroicidad de personajes como el general Desiderio Pavón.
La heroicidad de la Huasteca veracruzana, de sus habitantes y de sus baluartes, como el hijo distinguido de Pánuco Veracruz, Desiderio Pavón, pero también como el coronel Mascareñas y otros más, contribuyó en los momentos en los que se definía el futuro de la patria a la salvaguarda de la libertad y de nuestra independencia, a la proyección de los valores nacionales y del pensamiento del ilustre hombre de Guelatao, el Benemérito de las Américas, Benito Juárez García, cuya presencia histórica cobra vigencia al cumplirse los 500 años de la constitución del segundo ayuntamiento de la América continental.
V. Para el arranque del año 1900, Pánuco es considerado la capital del petróleo mexicano, instalándose en la zona las compañías petroleras más importantes de la época y contando con el pozo 401, del cual la East Coast Company obtiene petróleo a 571 metros de profundidad, lo que le da a la región un detonante e importancia económica sin precedentes.
VI. Respecto a la aportación en el ámbito de la cultura, encontramos colores, sabores y esencias propias de la huasteca, que encuentran como referente al municipio de Pánuco. Su comida y sus bebidas son extraordinarias y la parte musical tiene una aportación muy especial a la cultura popular, lo cual le da identidad y alegría a la Huasteca.
La aportación cultural que subsiste en nuestros días, y de la cual el propio municipio de Pánuco se considera la cuna, es el Huapango, que es la fiesta propia de la región huasteca. El huapango nos muestra la fusión histórica de dos mundos, de dos culturas distintas, que dan origen a una nueva, música de ocarina y violín que cantan a una nueva raza. Para acompañar las fiestas del huapango se hizo necesario otro tipo de música que también pudiera tocarse con violín, jarana y guitarra quinta: el son huasteco. Para algunos, la influencia del son huasteco viene desde la música gitana, andaluza y flamenca, pasando por los ritmos autóctonos y africanos, lo cual dio vida a un estilo propio.
En el sabor de Pánuco, vamos a encontrar un platillo milenario: el zacahuil. Historias sobre su origen existen varias, sin embargo, su esencia y sabor son en nuestros días algo que nos llena de orgullo y un alimento tradicional de Pánuco y de toda la huasteca.
VII. Como en toda formación de una sociedad, existen personajes, hombres y mujeres, que van de forma muy especial delineando el devenir histórico de un lugar; nuestra capital distrital no es la excepción y cuenta con destacados panuquenses que aportaron valor, ideas, causas y motivos para la formación de un país y, sobre todo, de una ciudad y región. Aquí presentamos una sucinta lista de ilustres panuquenses:
l. Lorenzo Azua Torres : nació en Pánuco y murió en Xalapa Veracruz, el 9 de marzo de 1972, líder campesino, luchador agrarista desde muy joven, fundador de la Liga de las Comunidades Agrarias de Veracruz. En 1938 participó en la fundación de la Confederación Nacional Campesina, de la cual llegó a ser secretario general.
2. Eduardo Luis Feher : profesionista (doctor en derecho). Escritor (novelista, poeta, ensayista). Educador. Nació en Cacalilao, municipio de Pánuco, en 1940. Doctorado en derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (1969) y posgraduado de universidades en Estados Unidos e Israel. Sus principales obras son: Los ignorados (1963); Viaje en nube equivocada (1963); Juana ni tanto y otras extrañas historias (1980); Ómicron (1980); Búsqueda sin fin (1974); Humor blanco de un poeta negro (1975); Astrolabio perdido (1984) y El Choque de la cultura hispanoindígena (1976).
3. Ventura Mora : nació en San Esteban del Puerto, hoy municipio de Pánuco Veracruz, en 1796 y murió en 1853. Militar que inicialmente luchó contra los insurgentes y posteriormente se integró al Ejército de las Tres Garantías y participó en varias acciones y cuatro sitios; combatió a los filibusteros en Texas que entraron como colonos, peleó también contra los norteamericanos en 1947 y posteriormente fue comandante de Zacatecas en 1853.
4. Desiderio Pavón : nació en Pánuco el 11 de febrero de 1816 y murió en la misma ciudad el 4 de febrero de 1889. En 1854 se adhirió al Plan de Ayutla y formó parte del Ejército liberal que derrocó a López de Santa Anna; combatió a los conservadores durante la Guerra de los Tres Años y operó siempre en la Huasteca veracruzana. En enero de 1868 desalojó a los franceses de Tampico, pero en agosto de ese año fue desplazado por las tropas invasoras y formó una fuerza guerrillera que dirigió hasta fines de 1865, cuando por falta de elementos suspendió la lucha. Por escalafón fue ascendido a general de brigada el 9 de noviembre de 1863. A principios de 1866 volvió a las armas; en agosto recuperó Tampico y en septiembre Tuxpan. En 1864 ocupó el puesto de gobernador interino de Tamaulipas; en 1867 el de comandante militar del distrito sur de Tamaulipas y posteriormente el de gobernador y comandante militar de los distritos centro y sur de Tamaulipas y fue designado nuevamente gobernador interino de Tamaulipas de 1867 a 1868. Se levantó en armas contra el gobierno del Presidente Benito Juárez en octubre de 1871 y fue rápidamente derrotado. En 1876 fue administrador de la Aduana de Tampico, Tamaulipas; jefe político del cantón de Ozuluama de 1877 a 1879 y alcalde municipal de Pánuco de 1884 y 1885. Murió en 1889.
Con motivo de la conmemoración de los 500 años de la fundación del municipio de Pánuco como el segundo ayuntamiento de la América continental, además de su evocación, que de suyo lleva la reivindicación de una de las más antiguas e importantes culturas de nuestra historia y que aporta elementos históricos relevantes en episodios trascendentales del devenir formativo de nuestra nación, capital de nuestro distrito y referente de nuestro estado, se propone la emisión por parte del Banco de México de una moneda conmemorativa.
Con lo anterior se pretende gestar un camino hacia el reconocimiento de ciudades y acontecimientos de gran relevancia en el ámbito nacional y continental que en muchas ocasiones han sido injustamente olvidados. El cumplir 500 años y además ser el segundo ayuntamiento creado en todo un continente no es un acontecimiento menor, máxime si le sumamos una serie de hechos relevantes y el peso específico de una cultura que podría encontrar justicia en la conmemoración de un aniversario como el que se cita, con lo cual se busca generar una identidad propia en nuestra región y en nuestro país. El reconocimiento histórico de una región y sus aportes en distintos ámbitos hacen renacer un sentimiento de pertenencia, así como la reivindicación de una cultura originaria que es de trascendencia continental.
Es menester recordar que el pasado 22 de abril de 2020 el Banco de México puso en circulación una nueva moneda de 20 pesos, alusiva a los 500 años de la fundación del Puerto de Veracruz, con un diseño novedoso y anunció que era la primera de una serie de monedas conmemorativas a emitirse. Amén de lo anterior, las características de la moneda que esta iniciativa propone, son acordes con las que ya tienen este antecedente, de la misma manera, se sugiere que, una vez que se apruebe esta iniciativa, la puesta en circulación de la moneda sea precisamente en la Ciudad de Pánuco, en el estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
El próximo 22 de diciembre los panuquenses celebraremos los 500 años de fundación del segundo ayuntamiento de la América continental, hoy conocido como el municipio de Pánuco, Veracruz. En este sentido, la conmemoración de un hecho histórico y todo su contexto cultural es una oportunidad de celebrar y reconocer las aportaciones que en muchos y variados sentidos ha realizado a la vida nacional Pánuco y su gente.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece en su inciso c) que serán monedas circulantes Las monedas metálicas conmemorativas de acontecimientos de importancia nacional, en platino, en oro, en plata o en metales industriales, con diámetros, leyes o composiciones metálicas, pesos, cuños y demás características de los decretos relativos, propongo que el Banco de México emita una moneda conmemorativa por los 500 años de la fundación del municipio de Pánuco, Veracruz, el segundo ayuntamiento de la América continental.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se establecen las características de una moneda conmemorativa por los 500 años de la fundación del municipio de Pánuco, Veracruz, el segundo ayuntamiento de la América continental
Artículo Único. Se establecen las características de una moneda conmemorativa por los 500 años de la fundación del municipio de Pánuco, Veracruz, el segundo ayuntamiento de la América continental, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 2o., inciso c), de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como a continuación se presenta:
I. Valor nominal: veinte pesos.
II. Forma: dodecagonal.
III. Diámetro: 30 milímetros.
IV. Composición: bimetálica y estará constituida por dos aleaciones, una para su parte central y para su anillo perimétrico.
a) La parte central estará integrada por una aleación de alpaca plateada que estará compuesta en los siguientes términos:
1. Contenido: 65% (sesenta y cinco por ciento) de cobre; 10% (diez por ciento) de níquel, y 25% (veinticinco por ciento) zinc.
2. Tolerancia en contenido: 1.5% (uno punto cinco décimos por ciento) por elemento, en más o en menos.
3. Peso: 5.51 (cinco gramos, cincuenta y un centigramos), en más o en menos.
4. Tolerancia en peso por pieza:0.22 g (veintidós centigramos), en más o en menos.
b) El anillo perimétrico tendrá una aleación de bronce-aluminio, que estará integrada como sigue:
1. Contenido: 92 (noventa y dos por ciento) de cobre; 6% (seis por ciento) de aluminio, y 2% (dos por ciento) de níquel.
2. Tolerancia en contenido: 1.5% (uno, cinco décimos por ciento) por elemento, en más o menos.
3. Peso: 7.16g. (siete gramos, dieciséis centigramos).
4. Tolerancia en peso por pieza: 0.29g. (veintinueve centigramos), en más o en menos.
V. Peso total: será la suma de los pesos de la parte central y del anillo perimétrico de la moneda, que corresponderá a 12.67 (doce gramos, sesenta y siete centigramos), y la tolerancia en peso por pieza será de 0.51 (cincuenta y un centigramos), en más o en menos.
VI. Los cuños serán:
a) Anverso: el Escudo Nacional, con la leyenda ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, formando el semicírculo superior.
b) Reverso: El diseño del motivo de cada moneda será el que, de conformidad con el artículo segundo transitorio del presente decreto, apruebe el Banco de México, dicho motivo deberá relacionarse con los 500 años de fundación del Ayuntamiento de Pánuco, Veracruz de Ignacio de la Llave.
VII. Canto: Estriado discontinuo.
VIII. Elementos de seguridad: imagen latente y microtexto, en el reverso de la moneda, los cuales deberán estar relacionados con el motivo de la misma.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En un plazo no mayor a 30 días naturales posteriores a la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación, el Banco de México elaborará el diseño del motivo que se contendrá en el reverso de la moneda conmemorativa a que se refiere el presente decreto.
Tercero. La moneda a que se refiere el presente decreto podrá empezar a acuñarse a los 90 días naturales posteriores a la fecha de aprobación de los diseños señalados en el artículo segundo transitorio del presente decreto.
Cuarto. La Casa de Moneda de México realizará los ajustes técnicos que se requieran, los que deberán ser acordes con las características esenciales de la moneda descrita en el presente decreto.
Quinto. El Banco de México será el titular de todos los derechos de autor y cualquier otro derecho de propiedad intelectual derivado del diseño y de la acuñación de las monedas a que se refiere el presente decreto.
Bibliografía
- Huasteca Veracruzana . Joaquín Meade.
- Tamiahua, una historia huasteca . José Luis Melgarejo Vivanco.
- El jagüey de las ruinas . Sara García Iglesias.
- Historia de la Intervención Francesa en México . Documentos oficiales de la Secretaría Privada de Maximiliano. E. Lefevre.
- Pánuco, su fundación y sus orígenes . Efrén Pazzi Mezquida.
Revista francesa Revue des Deux-Mondes .
- Pánuco . Enciclopedia Municipal Veracruzana. Secretaría Técnica del Gobierno del Estado de Veracruz.
- Ozuluama de Mascareñas . Enciclopedia Municipal Veracruzana. Secretaría Técnica del Gobierno del Estado de Veracruz.
- La conquista de Pánuco . Manuel Toussaint.
- Toponimia de los municipios veracruzanos . José Luis Melga rejo Vivanco.
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 24 de agosto de 2022.
Diputado Armando Antonio Gómez Betancourt (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Agosto 24 de 2022.)
Que declara el 6 de enero de cada año como Día Nacional de la Juventud, recibida de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
La suscrita, diputada Ana Laura Bernal Camarena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, por el que somete a consideración de este honorable Congreso iniciativa al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La Juventud mexicana siempre ha demostrado su gran relevancia en la sociedad, construida por la ética y la moral. Comprometida por su lucha en los sucesos más relevantes, que han forjado el curso del país.
Actualmente las juventudes demuestran su interés cada día más en la vida política del país y por ello, es fundamental reconocerles su labor, porque ser joven no es fácil, es salir todos los días a luchar por lograr alcanzar sus sueños.
De acuerdo con la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud en su artículo 2 que:
Por su importancia estratégica para el desarrollo del país, la población cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años, será objeto de las políticas, programas, servicios y acciones que el Instituto lleve a cabo, sin distinción de origen étnico o nacional, género, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra.1
Es decir que se considera joven a aquella persona entre la edad de 15 a 29 años, para asegurar su desarrollo pleno e integral, para fomentar condiciones de igualdad, conforme a la ley.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (Enadid) 2018, en México había aproximadamente 30.7 millones de jóvenes de entre 15 a 29 años. Entre ellos 50.8 por ciento son hombres y 49.2 por ciento son mujeres, aunque no hay mucha diferencia, pero existen más mujeres jóvenes que hombres jóvenes.2
La Asamblea General de las Naciones Unidas en 1999, designó el 12 de agosto como el Día Internacional de la Juventud, con la finalidad de promover a las juventudes en las sociedades.
Nuestro país no es adverso a esta fecha, al contrario, cada año se promueve a la juventud mexicana, pero no es suficiente si no se promueve conciencia política entre las autoridades de los tres niveles de gobierno.
La juventud encabeza la lucha para construir un futuro mejor para todos, siendo apremiante reconocer un Día Nacional de la Juventud, para que se fomenten políticas públicas en empleo, educación, seguridad, salud, vivienda y sobre todo en participación política.
El 6 de enero de 1999 se decretó la creación del Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), para incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo del país, reconociendo sus derechos constitucionales e internacionales.
Materia de esta iniciativa es declarar cada 6 de enero de cada año como Día Nacional de la Juventud, con el objetivo de reconocer esa lucha histórica de las juventudes, y la demanda millones de jóvenes que buscan la aplicación de los derechos mínimos fundamentales que por años se les han negado.
La juventud es una etapa única de la vida que, a su vez, te forma para la vida adulta y posteriormente la vejez, una etapa que no regresa una vez siendo adulto, por lo que es indispensable que el Estado apoye en todo aspecto el crecimiento académico y profesional.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se declara el 6 de enero de cada año como Día Nacional de la Juventud
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, 2022.
2 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Juventud, 10 de agosto de 2020.
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 24 de agosto de 2022.
Diputada Ana Laura Bernal Camarena (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Gobernación y Población. Agosto 24 de 2022.)
Que reforma el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de protección a usuarios ante posibles operaciones fraudulentas por medios electrónicos, recibida de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamenario de Morena, en la sesión del miércoles 24 de agosto de 2022
La que suscribe, diputada federal Reyna Celeste Ascencio Ortega , en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de protección a usuarios ante posibles operaciones fraudulentas por medios electrónicos , al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
La finalidad de esta iniciativa es proteger a los usuarios de instituciones financieras ante posibles fraudes o suplantación de identidad en el uso de medios electrónicos, lo que comúnmente las personas conocen como servicios de banca móvil o banca en línea.
Primeramente, se señala que es innegable el use creciente de medios electrónicos para realizar operaciones bancarias, financieras o de comercio electrónico, pero, de igual manera, aumentan las prácticas ilícitas que tienen por objeto defraudar a los usuarios o suplantar su identidad para realizar operaciones no autorizadas por su titular.
Recién el 5 de agosto de 2022, se conoció el criterio judicial del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito del Poder Judicial de la Federación, bajo la tesis III. 2o.C.5 C (11a.) con registro digital: 2025074, que establece la nulidad de operaciones electrónicas cuando estas sean inusuales, estableciendo que la institución financiera debe suspender o rechazar precautoriamente la operación, en cuyo caso debe considerarse que el cliente no otorgó su consentimiento; este criterio es de la mayor relevancia para la protección de los usuarios de servicios financieros, para mejor referencia se reproduce el rubro y texto de la citada tesis:
Transferencias electrónicas bancarias. cuando la dirección de protocolo de internet (IP) tiene un lugar de origen inusual y a pesar de ello el banco autoriza la operación sin antes suspender el servicio de banca electrónica o rechazar la transacción precautoriamente, debe considerarse que el cliente no otorgó su consentimiento, aun cuando se hayan utilizado todos los factores de autenticación necesarios para aprobarla.
Hechos: En un juicio oral mercantil el cuentahabiente demandó a la institución de crédito por la nulidad de una transferencia electrónica bancaria; seguida la controversia en todas sus etapas, el juez responsable emitió sentencia definitiva en la cual declare) la nulidad absoluta de la operación, principalmente, por considerar que no existía certeza de que el cuentahabiente otorgó su consentimiento en la transacción, pues el lugar de origen de la dirección de protocolo de internet desde donde se realizó no era usual para la actora, al corresponder al área geográfica de otro país.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando la dirección de protocolo de internet (IP) tiene un lugar de origen inusual de operaciones del cuentahabiente y a pesar de ello el banco la autoriza sin suspender el servicio de banca electrónica o rechazar la transacción precautoriamente, debe considerarse que el cliente no otorgó su consentimiento, aun cuando se hayan utilizado todos los factores de autenticación necesarios para aprobar la transferencia electrónica bancaria.
Justificación: Lo anterior, porque de los artículos 316 Bis 2, fracción I, inciso b), 316 Bis 13 y 316 Bis 15, fracción I, inciso d), de las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Instituciones de Crédito emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre de 2005 y modificadas mediante resolución publicada en el mismo medio de difusión el 27 de enero de 2010, se advierte que los bancos deberán proveer lo necesario para que una vez autenticado el usuario en el servicio de banca electrónica de que se trate, la sesión no pueda ser utilizada por un tercero y que, para efectos de lo anterior, las instituciones deberán establecer, al menos, los mecanismos de seguridad del sistema de banca electrónica siguientes: dar por terminada la sesión en forma automática e informar al usuario cuando en el curso de una sesión del servicio de banca por internet, la institución identifique cambios relevantes en los parámetros de comunicación del medio electrónico, tales como la identificación del dispositivo de acceso rango de direcciones de los protocolos de comunicación, ubicación geográfica, entre otros; asimismo, las instituciones están facultadas para detectar y prevenir eventos apartados de los parámetros de uso habitual de los usuarios, como suspender la utilización del servicio de banca electrónica o, en su caso, de la operación que se pretenda realizar (lo que implica rechazarla), en el evento de que cuenten con elementos que hagan presumir que el identificador de usuario o los factores de autenticación no están siendo utilizados por el propio usuario; igualmente, que en las bitácoras generadas de su parte, las instituciones de crédito deberán registrar las direcciones de los protocolos de internet o similares. Con base en lo anterior, el hecho de que el protocolo o dirección de protocolo de internet desde la cual se originó la operación cuya nulidad se pretende, corresponda a una área geográfica de otro país, cuando el domicilio principal del cliente registrado en el contrato bancario este ubicado en México, y el objeto de dicha operación haya sido la transferencia de miles de pesos, ante los ojos de cualquier observador regional, constituye una actividad inusual que amerita, por precaución básica, dar por terminada la sesión automáticamente y suspender la utilización del servicio de banca electrónica o rechazar la operación,-con base en la interpretación amónica y aplicación de los preceptos 316 Bis 2, fracción I, inciso b) y 316 Bis 13 citados. Así, el hecho de que la operación impugnada se haya originado desde esa dirección de protocolo de internet inusual (de Israel, sea porque quien robó la identidad haya estado verdaderamente en ese país o haya utilizado un programa pare disfrazar su ubicación real a través de ese protocolo), y aun así la institución de crédito haya autorizado la transferencia, revela que el banco omitió seguir los procedimientos establecidos normativamente para la fiabilidad de la operación y, por el contrario, ello demuestra la falta de seguridad de sus sistemas electrónicos, pues un dato tan grave y evidente como lo es lo inusual de la ubicación geográfica de la dirección de protocolo de internet de donde procedió la operación, no fue detectado por sus mecanismos de seguridad. De ahí que ante la apuntada deficiencia en los filtros de seguridad de la institución de crédito en la prestación del servicio de banca electrónica, no puede considerarse que el cuentahabiente otorgó su consentimiento en la operación impugnada, a pesar de que se pudieran o no haber utilizado todos los datos de autenticación del cliente, como lo pueden ser nombres de usuarios, claves, claves dinámicas derivadas de tokens, o cualquier otro factor de autenticación, pues es sabido que los grupos delictivos obtienen los datos confidenciales de los clientes a través de engaños, que luego pueden usarse para autenticar transacciones fraudulentas.
De ese modo se comparte el criterio que sostiene el precitado Tribunal Colegiado que reconoce el deber que tienen las instituciones financieras de procurar mecanismos de seguridad que eviten fraudes o ilícitos cibernéticos en perjuicio de sus clientes, de esa manera deben protegerlos ante el uso por terceros no autorizados, al tratarse de operaciones atípicas, así como cuando se violen los mecanismos de seguridad que las instituciones financieras deben implementar.
Es importante señalar que el movimiento de la cuarta transformación se caracteriza por poner en primer lugar a las personas y moderar al poder económico que, en ocasiones bajo un excesivo ánimo de lucro, se cometen injusticias y atropellos, de esa manera se busca que las instituciones financieras otorguen mayores garantías de protección y seguridad en el uso de los medios electrónicos para realizar operaciones financieras o bien al realizar compras electrónicas.
En este caso no se puede negar el poder económico de las instituciones financieras, que se anticipa, podrían oponerse a los cambios que propone esta iniciativa que, busca una mayor protección para los usuarios y clientes que realizan operaciones en línea o electrónica, pudiendo alegar que ya hay disposiciones administrativas y contractuales (no legales) que regulan esta materia, pero lo cierto es que debe anteponerse el interés público y social, y sobre todo separar al poder económico del poder político1 en la definición de las leyes.
Ahora bien, en otro tenor es de suma importancia la labor educativa y de capacitación para garantizar la ciberseguridad de las personas, a través de talleres, cursos, infografías que permitan a las personas contar con mayores herramientas para prevenir fraudes y engaños en línea, muestra de algunas prácticas de ello, lo podemos encontrar en el sitio de ciberseguridad del Instituto Federal de Telecomunicaciones2 que ofrece información que permite identificar los riesgos al usar servicios financieros y realizar compras en línea, así como recomendaciones puntuales para hacer un uso seguro y responsable de estos servicios en línea.
Es importante manifestar que uno de los aspectos que busca esta iniciativa es fortalecer la gestión tecnológica y la prevención contra la ciberdelincuencia, a través de la obligación de las instituciones financieras de contar con mayores controles y mecanismos de seguridad para con sus clientes, siendo necesario que con toda puntualidad que tengan la obligación de identificar factores de riesgo y suspender preventivamente las transacciones que les represente un riesgo a los usuarios. Como se apreciará en esta exposición de motivos, estos controles actualmente tienen un referente que se deja a lo que se disponga en los contratos de adhesión de las instituciones financieras, pero se estima que es de mayor interés público que tengan un referente en un mandato legal.
En seguimiento de lo anterior, también es importante señalar que, si bien existen disposiciones administrativas en la materia emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,3 lo cierto es que bajo el principio de reserva de Ley no puede ir más allá de lo que dispone la legislación, y en el texto vigente del artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito se refiere que la suspensión o cancelación de operaciones inusuales será cuando así lo acuerden con su clientela, en otras palabras si no existe estipulación contractual expresa, las instituciones no tienen obligación de suspender o cancelar operaciones posiblemente fraudulentas.
Por otra parte, las instituciones financieras están obligadas a tener robustos sistemas de ciberseguridad,4 con mecanismos de prevención, protección y capacitación a sus usuarios, ello lo podemos corroborar en los Principios para reforzar la seguridad de la información en el sistema financiero5 que refieren
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2. Esquemas de protección de datos robustos: contar con mecanismos y procesos para una gestión segura de todos los activos de información de la entidad; independiente de si dicha información se almacena en medios electrónicos o físicos.
3. Administración de riesgos de seguridad de la información: la metodología de administración de riesgos de la entidad, deberá contar con un apartado específico de medición y gestión de riesgos de seguridad de la información.
4. Controles de seguridad en los puntos de acceso: los procedimientos de acceso a dispositivos, equipos y servidores deberán contemplar esquemas de gestión de claves, permisos y roles; que garanticen que solo pueden acceder quienes lo requieren y por el tiempo que lo requieren. Asimismo, se deberá contar con herramientas que controlen y monitoreen el acceso a dispositivos, equipos y servidores.
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8. Políticas de protección a los sistemas: las aplicaciones, bases de datos y sistemas informáticos con que cuente la entidad deberán estar protegidos y gestionados de forma segura, con forme a las mejores prácticas y estándares internacionales, y en apego a las reglas que define el órgano de seguridad de la información.
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10. Programas de educación y fomento de una cultura de seguridad informática para el use que hacen los clientes de los servicios financieros: Las instituciones deberán redoblar sus esfuerzos para promover entre sus clientes un pleno conocimiento de sus aplicativos y las prácticas de seguridad que deben de seguir.
A manera de exponer algunos datos que reflejan la importancia de esta materia señalamos lo siguiente:
De acuerdo al Inegi Endutih, se estima que, en 2021, de la población usuaria de teléfono inteligente, un 25.2 por ciento lo empleó para acceder a la banca movil,6 ello refleja un use creciente de la banca en línea particularmente a través de dispositivos móviles.
La Condusef afirma que ha aumentado el fraude cibernético al registrar 1 millón 577 mil 987 reclamaciones, por un monto de 2 mil 520 mdp y el 92 por ciento de fraude cibernético es a través del comercio electrónico.7
De acuerdo con la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), México ocupa el lugar 28 de 193 países miembros en materia de ciberseguridad, por debajo de EU, Francia, Canadá, Rusia, Japón, Israel e India.8
Durante el primer semestre del 2011 el fraude cibernético pasó del 8 por ciento (99 mil 93 quejas) de las reclamaciones por posible fraude, al 47 por ciento(1 millón 557 mil 987 quejas) en el mismo periodo del 2017, es decir casi 16 veces.9
La pandemia aumentó el fraude cibernético, México cerró el año 2021 con un incremento del 52 por ciento en las denuncias de fraudes bancarios por internet con respecto a 2020 al situarse en 24 mil 215 reclamaciones.10
Además de que la ciberdelincuencia representa grandes pérdidas económicas, de acuerdo con un estudio: tan solo, América Latina enfrento 667 millones de ataques cibernéticos, en 2017, lo que significó 57 por ciento más que un año antes, lo que le costó a la región 97 millones de dólares. De ese total, México ocupo el primer lugar en la región y el tercero en el mundo en recibir ciberataques, lo que reflejo una pérdida de 7 mil 700 millones de dólares.11
A continuación, se explican los cambios propuestos:
Se modifica el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito, ya que se trata de la ley transversal que rige a las diversas instituciones financieras del país, y que en sus operaciones han adoptado el uso de medios electrónicos para que sus clientes puedan realizar operaciones financieras o comerciales.
El artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito regula la celebración de sus operaciones y la prestación de servicios con el público mediante el uso de equipos, medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.
En el multicitado numeral se establecen los elementos mínimos que deberán contener los contratos para la realización de operaciones en línea, destacando que actualmente no se establece expresamente cuales son las medidas de seguridad que implementarán las instituciones ni los casos en los que las instituciones podrán suspender el servicio o rechazar operaciones precautoriamente.
Es relevante mencionar que en el texto vigente del artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito se establece que, en los contratos se deberán definir las responsabilidades para los usuarios por el uso de medios de electrónicos pero dicho dispositivo es totalmente omiso en referir cuales serán las responsabilidades de las instituciones de crédito así como en definir cuáles son las garantías o mecanismos de seguridad que deben ofrecer las instituciones para prevenir el uso no autorizado por terceros.
La actual redacción del segundo párrafo del artículo 52 establece un fraseo que exime de responsabilidades a las instituciones de crédito, en principio, deja a un principio de contratación la posibilidad de que se suspendan o cancelen las operaciones fraudulentas (cuando así lo acuerden con su clientela); en otras palabras, si no existe cláusula o estipulación contractual expresa, las instituciones no tienen obligación de suspender o cancelar este tipo de operaciones, esto es totalmente absurdo, cuando sabemos que los contratos son de adhesión y que no existe margen alguno para que los clientes puedan estipular una cláusula a su favor. Para mejor ilustración se transcribe el citado párrafo segundo:
Cuando así lo acuerden con su clientela, las instituciones podrán suspender o cancelar el trámite de operaciones que aquella pretenda realizar mediante el uso de equipos o medios a que se refiere el primer párrafo de este artículo, siempre que cuenten con elementos suficientes para presumir que los medios de identificación pactados para tal efecto han sido utilizados en forma indebida. Lo anterior también resultará aplicable cuando las instituciones detecten algún error en la instrucción respectiva.
De lo transcrito también puede apreciarse que, en la redacción del segundo párrafo del artículo 52, se establece una presunción subjetiva en favor de las instituciones de crédito, ya que para poder cancelar la operación deben contar con elementos suficientes para presumir que los medios de identificación pactados para tal efecto han sido utilizados en forma indebida, por lo que se pueden eximir de responsabilidad manifestando que no contaban con elementos suficientes para presumir un uso indebido.
Al respecto, esta iniciativa propone establecer la obligación ineludible de las instituciones de crédito de cancelar o suspender las posibles operaciones fraudulentas, sin que haya un principio de contratación pare poder brindar ese servicio, se trata de evitar que la institución se excuse señalando que no se tenía el servicio contratado e igualmente se elimina la presunción subjetiva de elementos suficientes que hacen suponer un uso indebido y en su lugar se propone establecer con toda claridad los supuestos que advierten de un uso ilícito de los medios electrónicos.
En tal tesitura, esta iniciativa propone que las instituciones financieras deberán cancelar o suspender la operación si advierten que:
Los medios de identificación pactados para tal efecto han sido utilizados en forma indebida;
Se han afectado las medidas de seguridad establecidas o Se trate de operaciones inusuales o atípicas fuera de los parámetros de uso habitual de los usuarios,
En otras palabras, las instituciones de crédito deben actuar bajo parámetros específicos y no así bajo una presuposición de elementos suficientes para acreditar un uso indebido que siempre puede operar a su favor.
Esta iniciativa considera que es mejor que haya un modelo de prevención sobre transferencias o pagos indebidos, a que estos se realicen y sea todo un calvario para las personas tratar de recuperar su patrimonio.
Uno de los cambios más trascendentales que propone esta iniciativa es que si ante la actualización de los factores de riesgo previamente citados (indebida utilización de medios electrónicos, operaciones inusuales o violación de medidas de seguridad), la institución financiera llegase a autorizar la operación sin antes suspender el servicio o rechazar la transacción precautoriamente, debe considerarse que el cliente no otorgo su consentimiento, aun cuando se hayan utilizado todos los medios de identificación del usuario.
Finalmente, en el apartado de disposiciones transitorias se obliga a que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores dentro de los 90 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del decreto, emita o modifique las disposiciones administrativas de carácter general necesarias para la debida implementación de esta propuesta.
En el mismo plazo se ordena que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros emita o adecue sus disposiciones administrativas a fin de garantizar los derechos de los usuarios de servicios financieros.
En el siguiente cuadro comparativo se podrán observar los cambios propuestos en este proyecto de iniciativa:
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración del honorable Congreso de la Unión el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforma el artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito
Único. Se reforman las fracciones I y II del párrafo primero y el párrafo segundo del artículo 52 de la Ley de Instituciones de Crédito, para quedar como sigue:
Artículo 52. ...
I. ...
II. Los medios de identificación del usuario, las responsabilidades correspondientes a su uso, los casos en los que se podrá suspender el servicio o rechazar operaciones precautoriamente y
III. Los medios por los que se hagan constar la creación, transmisión, modificación o extinción de derechos y obligaciones inherentes a las operaciones y servicios de que se trate, así como las medidas de seguridad que implementarán las instituciones;
Las instituciones deberán suspender o rechazar el trámite de operaciones que se pretendan realizar mediante el uso de equipos o medios a que se refiere el primer párrafo de este artículo, cuando adviertan que los medios de identificación pactados para tal efecto han sido utilizados en forma indebida, se han afectado las medidas de seguridad establecidas o se trate de operaciones inusuales fuera de los parámetros de uso habitual de los usuarios, si la institución autoriza la operación sin antes suspender el servicio o rechazar la transacción precautoriamente, debe considerarse que el cliente no otorgó su consentimiento, aun cuando se hayan utilizado todos los medios de identificación del usuario. Lo anterior también resultará aplicable cuando las instituciones detecten algún error en Is instrucción respectiva.
...
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Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores contarán con el plazo de 90 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación, para emitir o modificar las disposiciones de carácter general necesarias para la debida implementación del presente Decreto.
En el mismo plazo del párrafo anterior, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros deberá emitir o adecuar sus disposiciones administrativas para el cumplimiento de este Decreto a fin de garantizar los derechos de los usuarios de servicios financieros.
Notas
1 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.
El gobierno federal actual se ha planteado el objetivo de separar esos dos ámbitos y restaurar el principio constitucional de que todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de este. En lo sucesivo, la capacidad económica y financiera de personas físicas o morales no debe orientar el nombramiento de funcionarios, la adopción de políticas públicas, las decisiones administrativas, la realización de reformas legales, la elaboración de fallos legales y mucho menos la distorsión de la voluntad popular en procesos electorales, como ha ocurrido en el pasado. Las instituciones de gobierno deben velar por las necesidades del país y de toda la población y no solo por los intereses de grupos de presión empresariales y mediáticos. https://www.dof.gob.mx/nota detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/201944gsc.tab=0
2 https://ciberseguridad.ift.org.mx/seccion/recomendacionesgenerales
3 disposiciones de carácter general aplicables a las
instituciones de Crédito Publicadas en el Diario Oficial de la
Federación el 2 de diciembre de 2005 y sus
modificaciones. https://www.cnbv.gob.mOlormatividad/
Disposiciones%20de%20car%C3%Alcter%20genera1%20%plicables%20a%20las%20instituciones%20de%20cr%C3%A9dito.pdf
4 https://www.banxico.org.mx/sistema-financiero/seguridad-informacion-ban co.html
5 https://www.cesf.gob.mx/work/models/CESF/docs/principios seguridad sistema financiero.pdf
6 https://www.inegi.org.mx/contenidosisaladeprensa/boletines/2022/0trTemE con/ENDUTIH 21.pdf
7 https://www.condusef.gob.mx/?p=contenido&idc=448&idcat=1
8 Ídem
9Ídem
10 https://www.forbes.com.mx/negocios-pandemia-dispara-numero-de-fraudes-b ancarios-por-internet-enmexico
11 https://heraldodemexico.com.mx/economia/2022/8/17/
crecen-ciberataques-en-mexico-el-resto-delatinoamerica-431321.html
Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 24 de agosto de 2022.
Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Miércoles 24 de agosto de 2022)
Que reforma el artículo 160 del Código Penal Federal, recibida de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PVEM, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
La que suscribe, diputada María del Rocío Corona Nakamura , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 160 del Código Penal Federal , al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Como lo he expuesto en diversas ocasiones, en materia de violencia e inseguridad en nuestro país es preciso iniciar reconociendo un factor fundamental y decisivo en este tema: la pesada herencia de inseguridad que dejaron gobiernos pasados, lo cual hace que hoy se viva una inusual tendencia al alza de todos los delitos que se cometen en el territorio nacional.
Sobra decir que esta situación es altamente preocupante, por ello, hacerle frente a los delitos y a la inseguridad que generan en todo el país e incidir en la percepción de la misma con la que día a día viven las familias mexicanas, no es una tarea nueva, pero sí de urgente atención.
Lo anterior es un pendiente que también durante administraciones anteriores se relegó, o bien, se disimuló su atención, por lo que hoy el delito y la inseguridad parece haberse instalado permanentemente en nuestro tejido social, es decir, peligrosamente ya se normalizó.
Este escenario, sin duda alguna, no conviene a nadie. Afortunadamente, es una tarea que este gobierno ya está asumiendo cabalmente y en este proceso hemos visto que se requiere de la corresponsabilidad de todos los gobiernos de los tres órdenes y de la sociedad en su conjunto.
De no hacerse así, poco se logrará y se verán limitadas las capacidades de generar las oportunidades, el crecimiento y el desarrollo que requerimos como sociedad y como nación y, además, seguiremos viendo reducida la disponibilidad de recursos públicos que hoy se gastan en seguridad y que podrían ser destinados a la mejora social e infraestructura pública.
Por ello, tenemos que tomar medidas urgentemente en materia de seguridad, más aún si contamos con un gobierno a nivel federal que ha asumido la responsabilidad y el reto que conlleva regresarles a las y los mexicanos la paz y la tranquilidad para vivir y trabajar.
No podemos seguir como sociedad con una inseguridad que limita y restringe nuestras libertades básicas y, además, amenaza nuestra integridad y atenta en contra de nuestras vidas, porque, como hemos visto, esto es un círculo negativo y vicioso que termina afectándonos directa o indirectamente a todos por igual.
Impostergablemente, todos, desde nuestras trincheras, estamos obligados a cooperar, proponer y ayudar en el combate, la sanción, la denuncia y la prevención del delito en nuestro país, pero también y, a la par, tenemos que poner nuestra atención, empeño y esfuerzo en el cuidado de las víctimas del delito, tanto directas como indirectas, es decir, hacernos cargo de las consecuencias derivadas la situación a la que hemos llegado.
No hay de otra, estamos en el punto de no retorno y en este propósito quienes integramos la presente soberanía no estamos exentos ni de la obligación ni del compromiso.
Tenemos una corresponsabilidad con todos los gobiernos del país para coadyuvar en brindar seguridad a la población en general, pero también y, a la par, para promover la denuncia, proteger a las víctimas, salvaguardar la reparación del daño y garantizar la protección, la paz y la tranquilidad en todos y cada uno de los rincones de México.
Ante esto, ningún pendiente en materia de inseguridad es menor ni puede ser postergado o, peor aún, tolerado.
En esta lógica, hay un delito sumamente grave y cada vez más recurrente que no estamos atendiendo como el caso lo amerita.
Es un delito que parece menor, se menosprecia o se aminora, incluso se atenúa cuando un adolescente lo comete, es un delito al que ya nos acostumbramos y hasta agradecemos que nos haya tocado porque solo quedó en el susto y, obviamente, en una pérdida material.
Es un delito que se cobija en un recoveco de nuestra ley, en una laxitud de nuestro marco jurídico, que lo reviste de impunidad y en cierta medida de la complacencia social para seguirse cometiendo.
Pero, a fin de cuentas, se trata de un delito que atenta en contra del patrimonio personal y familiar y a la vez en contra de la integridad, la paz y la estabilidad al que todo ciudadano tenemos derecho.
Se trata de un delito que se está convirtiendo en un problema grave por su prevalencia, frecuencia y además por el daño emocional y económico que realiza a quienes son víctimas de él, me refiero al uso de réplicas de armas para cometer algún ilícito.
El tema no es para menos si tomamos en cuenta las actuales estadísticas en materia de uso de armas de fuego que tenemos hoy en día.
Al respecto, medios informativos señalan que actualmente al menos tres de cada cuatro de los robos que se cometieron en nuestro país, se realizaron con el uso de un arma de fuego de acuerdo a información proporcionada por el Inegi para el ario 2020.1
Asimismo, medios informativos señalaron que nuestro país cerró el ario 2020 con al menos 34 mil 515 homicidios, de los cuales el 70 por ciento se cometieron con armas de fuego.
Como podemos darnos cuenta, con estos dos ejemplos, tenemos un pendiente grave y creciente en materia de uso de armas de fuego en todo el país.2
Por ello no podemos seguir omitiendo o disimulando que el uso de réplicas de armas, hoy en día ya se convirtió en un delito que sin duda alguna y sin menoscabo debemos de aceptar, reconocer, identificar, prevenir, erradicar y sancionar con todo el peso de la ley.
Porque ya es un delito que está engrosando nuestras lamentables estadísticas en materia de violencia y robo en nuestro país.
Además, cada vez es más usado para arrebatarle a nuestras familias el fruto de su trabajo y de su esfuerzo, todo ello porque nuestro sistema jurídico no lo contempla con la seriedad que se requiere y atenúa el delito y, por ende, la sanción que el delincuente merece. Eso es inconcebible y, como podemos ver, nos ha traído serias y muy lamentables consecuencias, ya que, incluso, esta desatención u omisión en materia de sanción al uso de armas replica está siendo una muy temprana, tentadora y fácil puerta de entrada a la delincuencia para muchos de nuestros menores de edad.
Ante la ausencia de una pena establecida para este delito, los delincuentes ven en ello un aliciente para cometer ilícitos, o bien, para obligar a los menores o usarlos para ese propósito, ya que están conscientes de que la sanción que enfrentan en caso de ser puestos a disposición de las autoridades ante la comisión de un delito con estos artefactos será insignificante.
Lo anterior debido a su corta edad y, en caso de ser mayor de edad, el hecho de que el instrumento que usaron no es un arma de fuego real demerita la sanción e incluso el mismo delito. Esta particularidad no podemos dejarla pasar, o bien, hacerla de lado, más aún si somos un país con un elevado nivel de reclutamiento de menores de edad por parte del crimen organizado.
De acuerdo a medios informativos, sabemos que, tentativamente, al menos unos 30 mil niños, niñas y adolescentes han sido reclutados por parte del crimen organizado quienes los utilizan como cocineros, mensajeros, halcones e incluso como esclavas sexuales.3 Una forma de cautivarlos para realizar este tipo de tareas se inicia cuando estos menores tienen acceso a un arma réplica.
De la misma laxitud en nuestras leyes gozan y se valen para alentar y expandir este delito quienes las venden, las fabrican, las porta, las almacena o las importa, ya que lo único específico que tenemos en la materia es una Norma Oficial Mexicana que nadie cumple y nadie hace cumplir al grado de que somos incapaces de inhibir su uso, comercialización, acopio y tristemente su participación en actividades ilícitas de manera directa e indirecta. Esta situación, como hemos visto, termina perjudicando a cada vez más sectores de nuestra población, llegando a trastocar la economía y la tranquilidad de cada vez más hogares en todo el país.
Al respecto hemos hecho importantes avances, el más destacable a nivel federal como lo señalan algunos medios informativos, fue la reforma a la Ley Reglamentaria del Artículo 19 Constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa, con la cual se agregó como causal para dictar la prisión como medida cautelar el uso de armas réplica para la comisión de algún delito, o bien, con el fin de intimidar o amagar a la víctima.4
Sin embargo, este esfuerzo se empantanó y entró en controversia, a tal grado que actualmente un delincuente que se vale de estas armas réplica puede no seguir su proceso en prisión ya que queda a criterio del juez esta medida cautelar.
Ello se convierte en una puerta giratoria de impunidad y a la vez, proveedora de prevalencia de esta modalidad de delito y robo con armas de réplica.
Ante esto, la realidad es implacable y nos objeta que no hemos hecho lo suficiente para proteger a nuestras familias como debe de ser.
De hecho, es tan grande y grave la invisibilidad de los delitos que se cometen en todo el país con armas réplica, que no hay información suficiente, desagregada, puntual ni actualizada en la materia; lo cual es altamente preocupante y muestra el desinterés que prevalece ante este delito y, peor aún, respecto a sus consecuencias.
El problema es real y existe, de hecho, medios informativos nos señalan que se calcula que al menos el 50 por ciento de todos los robos que se cometen en la Ciudad de México, se realizan utilizando un arma replica.5
En el resto del país la historia seguramente es muy similar a la que se vive en la capital.
A ese grado hemos permitido crecer a esta actividad ilícita y sumamente dañina para la sociedad.
Lo anterior, por la impunidad que ofrece al delincuente que comete este delito mediante el uso de un arma réplica que, si bien es cierto no representa una amenaza real a la integridad y la vida de la víctima, sí basta para amedrentarla, amenazarla e infundir un temor suficiente para arrebatarle sus pertenencias.
En lo que respecta a nivel nacional, no sabemos la verdadera magnitud del problema, pero sabemos con toda certeza que es muy grande y también es muy grave.
Desafortunadamente, por desconocerlo y mantener ese desinterés y tolerancia, no tenemos la capacidad de dimensionar las consecuencias de ello y, por ende, de actuar en correspondencia.
El robo o la comisión de algún delito incluso grave con el use de armas réplica en nuestro país, es una realidad lamentable y reprobable, que no tenemos verdaderamente dimensionada, que no estamos advirtiendo y que ya se ha convertido en un indiscutible dolor de cabeza tanto para autoridades como también para la sociedad en general.
Ante este problema, propongo reformar el Código Penal Federal para agregar a las réplicas que tengan la forma, apariencia o configuración de un arma de fuego o explosivos como instrumentos que puedan ser utilizados para el ataque o la defensa, lo que se castiga con uno a seis años de prisión.
Asimismo, y necesariamente, incluimos en esta reforma y en la pena establecida para la castigar el ilícito a quienes las porten, fabriquen, importen, vendan o acopien sin un fin licito o con la intención de agredir.
Considero que, con esta reforma, no solo estaríamos dando un paso decidido en la batalla que debemos emprender en contra del uso de armas réplica para la comisión de diversos delitos en todo nuestro país, sino que también estaríamos protegiendo a la ciudadanía ante esta lacerante inseguridad y violencia que estamos viviendo y, a la par, ofrecemos un instrumento más para que nuestras autoridades encargadas de proveer y administrar justicia en nuestro país, así como las corporaciones que están encargados de ofrecer seguridad desempeñen mejor su encomienda.
El uso de armas réplica para cometer delitos en todo el país es una realidad ante la cual no podemos cerrar los ojos y cruzar los brazos, necesitamos hacer algo al respecto y hacerlo urgentemente.
Nuestra sociedad así lo reclama y la realidad así nos lo exige.
Por todo ello, se somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se reforma el artículo 160 del Código Penal Federal
Artículo Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 160 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
Artículo 160. A quien porte, fabrique, importe, venda o acopie sin un fin lícito o con la intención de agredir, instrumentos o réplicas que tengan la forma, apariencia o configuración de un arma de fuego o explosivos que puedan ser utilizados para el ataque o la defensa, se le impondrá prisión de uno a seis años y de quinientas a mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, así como el decomiso.
Los servidores públicos podrán portar las armas necesarias para el ejercicio de su cargo, sujetándose a la reglamentación de las leyes respectivas.
Estos delitos, cuyo conocimiento compete al fuero común, se sancionarán sin perjuicio de lo previsto por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, de aplicación federal en lo que conciernen a estos objetos.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día posterior al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 https://www.msn.conn/es-mx/noticias/mexico/
tres-de-cada-cuatro-robos-fueron-con-armas-de-fuego-en2020-inegi/ar-AAR386Q
2 https://politica.expansion.mx/mexico/2021/01/20/
mexico-cierra-con-34-515-homicidios-en-2020-e1-70con-armas-de-fuego
3 https://www.semmexico.mx/en-mexico-unas-30-mil-ninas-ninos-v-adolescent es-reclutados-por-ladelincuencia/
4 https://www.reporteindigo.com/reporte/armas-replica-delitos-de-verdad-r egulacion-senado-venta/
5 https://www.facebook.com/NoticierosTelevisacom/videos/
aumentan-delitos-con-armas-r%C3%A9plicaen-m%C3%A9xico/926064394559010/
Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 24 de agosto del 2022.
Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Justicia. Miércoles 24 de agosto de 2022)
Que adiciona la fracción VI Quater del artículo 3, la fracción XVI del artículo 5, la fracción VIII del artículo 7, la fracción VII del artículo 8, la fracción VIII del artículo 11 y el artículo 156 Ter, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, recibida del diputado Raymundo Atanacio Luna, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
El que suscribe, diputado Raymundo Atanacio Luna , integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la fracción I del numeral I del artículo 6 y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la fracción VI Quater del artículo 3, la fracción XVI del artículo 5, la fracción VIII del artículo 7, la fracción VII del articulo 8, la fracción VIII del artículo 11 y el articulo 156 Ter de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente , al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
El medio ambiente es un conjunto equilibrado de elementos que engloba la naturaleza, la vida, los elementos artificiales, la sociedad y la cultura que existen en un espacio y tiempo determinado.
Está conformado por diversos componentes, como son los físicos, los químicos y los biológicos, así como los sociales y los culturales. Estos componentes tangibles e intangibles se encuentran relacionan unos con otros y establecen las características y el desarrollo de la vida de un lugar.
El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.
Sin embargo, la proliferación de la publicidad exterior en México, está causando problemas de contaminación visual, que es un elemento dañino para las personas, de acuerdo con el estudio Contaminación Ambiental Visual y Publicidad, además de causar la distorsión del ambiente urbano.
La publicidad exterior se ha ido incrementando entre un 10 a 15 por ciento anualmente en todo el país, aunque a la fecha no hay un registro con el número exacto de este tipo de publicidad, así lo señaló el maestro Jorge Carlos Negrete Vázquez, presidente de la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano.
Que la publicidad exterior es aquella que utiliza lugares públicos para desarrollarse y va dirigida a un público determinado. Esta formada por carteles, vallas publicitarias, rótulos luminosos, banderolas, mobiliario urbano y todos aquellos soportes que se instalan en lugares públicos o donde se desarrollan espectáculos, eventos culturales, encuentros deportivos, etcétera.
Asimismo, la publicidad en papel consiste en una lámina de papel, cartón u otro material que se imprime con algún tipo de mensaje visual (texto, imágenes y todo tipo de recursos gráficos) que sirve de anuncio para difundir una información o promocionar un (bien o servicio) producto, un evento, una reivindicación o cualquier tipo de causa.
La fabricación de papel representa una enorme fuente de contaminación y tiene un gran impacto medio ambiental. Es una de las mayores contaminantes del agua y del aire. Es una de las que más gases efecto invernadero emite, alrededor de 3,3 kg de CO2 equivalente por cada kilogramo de papel.
Los tipos de publicidad en exteriores más común son:
-Espectaculares en edificios o azoteas
-Muros publicitarios
-Letreros luminosos
-Bardas pintadas
-Dípticos
-Trípticos, etcétera..
En un país como el nuestro, la contaminación visual es un mal que ataca diariamente a las y los ciudadanos, con exceso de información que satura al cerebro.
Nos hemos acostumbrado tanto a la contaminación visual, que no nos damos cuenta que nos enferma y nos afecta anímicamente, especialmente en las ciudades de todo el país, la contaminación visual está en todas partes, en todos los entornos, hacia cualquier lado que volteemos y por donde caminemos encontramos publicidad de papel en el suelo, en los autos, hasta en los buzones de las casas. etcétera.
Este tipo de contaminación afecta la vista de algún sitio o paisaje, destruye su estética y su esencia original; y esto ocurre porque existe un abuso de elementos no arquitectónicos que alteran la imagen rural, urbana y de cualquier entorno.
Además de que el use de papel a escala mundial produce una serie de efectos en el medio ambiente, entre los cuales destacan:
-Destrucción de bosques.
-Sustitución de ecosistemas naturales.
-Emisión de gases contaminantes al medio ambiente.
Datos emitidos por la Organización Mundial de la Salud indican que el 40 por ciento de quienes habitan un departamento u oficina con paisajes desagradables, tiende a deprimirse, lo que significa que la contaminación visual puede afectar nuestra salud de manera considerable.
Asimismo, de acuerdo con Jorge Márquez Flores, responsable del Laboratorio de Análisis de Imágenes y Visualización del Instituto de Ciencias Aplicadas y Tecnología (ICAT) de la UNAM, dichos elementos generan una sobre estimulación visual por ser agresivos e invasivos, además de que se presentan en grandes cantidades de manera simultánea.
Este tipo de elementos distorsionan el paisaje natural o urbano, produciendo una serie de efectos negativos al ser humano como son:
-Dolor de cabeza
-Estrés por saturación de colores y elementos
-Distracciones peligrosas para el conductor y
-Desplazamiento de poblaciones de fauna con el consecuente desequilibrio ecológico
Podemos encontrar grandes ejemplos de contaminación visual, en Nueva York, Tokio y Buenos Aires, ciudades en los que más casos de contaminación visual padecen en sus principales ciudades.
Cuatro son los factores que determinan la molestia de este tipo de contaminación:
-el tamaño del aviso
-la cantidad (cuanto más repetitivo, más molesto)
-la ubicación (hay lugares que obstaculizan la vista más que otros) y
-el contenido del mensaje que puede ser (sexista, degradante, discriminatorio, excluyente entre otros.)
Por lo que esta contaminación visual, es más grave de lo que puede parecer, por lo tanto, como legisladores tenemos la obligación de poner atención en ella.
Además, diversos estudios han comprobado que este fenómeno afecta la concentración y percepción visual de la población, aumentando el estrés especialmente entre los conductores, lo que puede dar lugar a accidentes de tránsito.
Es en ese sentido, debemos adoptar medidas que reduzcan la contaminación visual generada en las ciudades de todo el país, buscando mejorar la calidad de vida de las y los habitantes, mediante la descontaminación visual y del paisaje, la protección del espacio público y de la integridad del medio ambiente, la seguridad vial y la simplificación de la actuación administrativa en relación con la publicidad exterior.
Teniendo en cuenta que el costo ambiental para el país es de 577 mil 698 millones de pesos, el equivalente al 3.2 por ciento del producto interno bruto (PIB), de acuerdo con Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
No podemos ser omisos ante estos hechos, por lo que esta iniciativa busca regular la instalación y el use indebido de la publicidad exterior y publicidad de papel tanto en áreas verdes urbanas y suburbanas así como en la vía pública e infraestructura urbana, verificar que este tipo de publicidad cuente con el impacto y riesgo ambiental, así como con las medidas de seguridad y los permisos, expedidos por parte de las autoridades competentes de cada entidad federativa.
Que por lo anteriormente expuesto y fundado, tengo a bien proponer adicionar la fracción VI Quater del artículo 3, la fracción XVI del artículo 5, la fracción VIII del artículo 7, la fracción VII del artículo 8, la fracción VIII del artículo 11 y el artículo 156 Ter de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, como se muestra en el siguiente cuadro comparativo:
Decreto
Primero. Se adiciona la fracción VI Quater del artículo 3 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 3o. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados;
II... al VI Ter...
VI Quater. Contaminación Visual. Es un tipo de contaminación que parte de todo aquello que afecte o perturbe la visualización de algún sitio o paisaje, afectando su estética.
Segundo. Se adiciona la fracción XVI y se recorre el orden de las fracciones del artículo 5 de la Ley General del Equilibrio Ecológico, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 5. Son facultades de la Federación:
I. La formulación y conducción de la política ambiental nacional;
II. al XV. ...
XVI. La regulación de la contaminación visual, originada por la publicidad exterior y de papel perjudicial para el equilibrio ecológico y el ambiente;
Tercero. Se adiciona la fracción VIII y se recorre el orden de las fracciones del artículo 7 de la Ley General del Equilibrio Ecológico, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 7. Corresponden a los estados, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:
I. La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental estatal;
II. al VII. ...
VIII. La prevención y control generada por la contaminación visual, perjudiciales al equilibrio ecológico o al ambiente, provenientes de la publicidad exterior y de papel que conforme a lo establecido en esta Ley no sean de competencia federal.
Cuarto. Se adiciona la fracción VII y se recorre el orden de las fracciones del artículo 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 8. Corresponden a los municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:
I.- La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal;
II. al VI. ...
VII. La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención, vigilancia y control de la contaminación visual perjudicial para el equilibrio ecológico y el ambiente proveniente de la publicidad exterior y de papel, excepto las que conforme a esta Ley sean consideradas de jurisdicción federal.
Quinto. Se adiciona la fracción VIII y se recorre el orden de las fracciones del artículo 11 de la Ley General del Equilibrio Ecológico, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 11. La Federación, por conducto de la Secretaría, podrá suscribir convenios o acuerdos de coordinación, con el objeto de que los gobiernos de las entidades federativas, con la participación, en su caso, de sus municipios o demarcación territorial de la Ciudad de México, asuman las siguientes facultades, en el ámbito de su jurisdicción territorial:
I. La administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas de competencia de la Federación, conforme a lo establecido en el programa de manejo respectivo y demás disposiciones del presente ordenamiento;
II. al VII. ...
VIII. La prevención y control de la contaminación visual originada por la publicidad exterior y de papel perjudicial para el equilibrio ecológico y el ambiente, de competencia federal y en su caso expedición de las autorizaciones correspondientes;
Sexto. Se adiciona el artículo 156 Ter de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 156 Bis. En materia de contaminación por ruido, la Secretaría expedirá las normas oficiales mexicanas para el establecimiento y operación de los sistemas de monitoreo del ruido. Los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México realizarán los monitores necesarios para la prevención y el control de la contaminación por ruido.
Artículo 156 Ter. En materia de contaminación visual, la Secretaría regulará la prevención de la contaminación visual perjudicial para el equilibrio ecológico y el ambiente. Los gobiernos de las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México realizarán las verificaciones necesarias para la prevención y el control de la contaminación visual.
Transitorio
Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Referencias
-Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (diputados.qob.mx)
-Contaminación lumínica: lo que el ojo si ve I Twenergy
-Contaminación visual: normatividad aplicable en materia de publicidad exterior: (contaminacionvisualpoli.bloqspot.com)
-Contaminación visual: ¿Que es y como afecta al ambiente? I Bioquia
-Causante de grave estrés la publicidad exterior I Mi Ambiente Mi Ambiente Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi)
-Los daños por la contaminación visual I Fundación UNAM (fundacionunam.org.mx) Contaminación - Wikipedia, la enciclopedia libre
-Significado de Medio ambiente (Que es. Concepto y Definición) - Significados
Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 24 de agosto de 2022.
Diputado Raymundo Atanacio Luna (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Miércoles 24 de agosto de 2022)
Que reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley de Impuesto sobre la Renta, recibida del diputado Andrés Pintos Caballero, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
El suscrito, diputado Andrés Pintos Caballero, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de la Comisión Permanente la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La recaudación de impuestos es un mecanismo indispensable para cualquier sociedad, y en nuestro país su historia es sumamente extensa y viene desde la época prehispánica, cuando los pueblos sometidos pagaban tributos a los mexicas, posteriormente con la llegada de los españoles y el paso a la época colonial estos cambiaron nuevamente y fueron sumamente injustos con los más pobres, situación que no cambiaria mucho durante los primeros años de nuestro país independiente, sumado a esto el gran desorden político y las guerras afectaron de manera inimaginable nuestra hacienda pública, no fue sino hasta la época del Presidente Benito Juárez García cuando se fortalecería la economía de nuestro país y ésta seguiría buscando mejorar en los años subsecuentes.1
La realidad es que nuestro país a pesar de tener una gran cantidad de impuestos y cambios en los mismos como se ha mencionada hasta la actualidad, ha presentado grandes deficiencias y problemas para recaudar las contribuciones de los ciudadanos y las grandes empresas, ya sea por la falta de compromiso de nuestros gobernantes, por las grandes condonaciones realizadas bajo el argumento de apoyar a los industriales a generar más empleos o la evasión fiscal y si sumado a esto agregamos que una parte muy importante de nuestra población económicamente activa se encuentra en la informalidad creamos una formula devastadora para nuestra Hacienda Pública.
Se tiene que reconocer que en los últimos años la actual administración ha mejorado en algunos aspectos el cobro de impuestos, pues elimino la condonación de impuestos a las grandes empresas y se ha enfocado en combatir la evasión fiscal desde diversos mecanismos, es por ello que la recaudación tributaria como porcentaje del PIB de México aumentó en 1.6 puntos porcentuales del 16.3% en 2019 al 17.9% en 2020, de acuerdo con datos publicados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos OCDE, como es mejor conocida.2
Sin embargo, también se tiene que decir que ha exagerado en múltiples ocasiones en contra de quienes son el verdadero sostén de este país, es decir, los trabajadores formales, con quienes parece tener una lucha para exprimirlos a través del terrorismo fiscal, cuando es a ellos a quienes se le debería de reconocer por su gran esfuerzo, al pagar año tras año lo que les corresponde.
Ejemplo de Ío anterior fue la Miscelánea Fiscal 2022 en la cual se aprobó el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años. La incorporación al RFC y, la obtención en conjunto de la e.firma,3 a pesar de que no se esté trabajando aún, o la más reciente que fue la exigencia de la constancia de situación fiscal, que puso en apuros a gran parte de los mexicanos e incluso a Sistema de Administración Tributaria (SAT) por no poder atender la petición de miles de contribuyentes que requerían el documento, al final se tuvo que recular esta decisión para evitar que el mismo se exigiera en sus centros laborales.
Ahora bien, en nuestro país las deducciones personales las podemos definir como, los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio4 conforme lo estipulado por el SAT, es decir, estas sirven de apoyo a los contribuyentes, siempre y cuando cumplan con lo estipulado en la Ley.
Sin embargo, actualmente el listado de deducciones a las que se pueden acceder se encuentra muy limitado, pues debemos de ser conscientes que hay servicios que han ido en aumento, por factores que no pueden controlar los contribuyentes, tal es el caso de medicamentos controlados, las pruebas diagnósticas, y los trastornos de salud mental que aumentaron en un 20 y 30 por ciento tras el periodo de aislamiento por la pandemia del Covid-19, y en algunos casos agudizaron problemas como la depresión, la ansiedad y los desórdenes obsesivo-compulsivos, de acuerdo a la Universidad de Guadalajara.5
Es importante resaltar que, en el caso de los medicamentos controlados estos únicamente son deducibles cuando están incluidas en facturas de hospitales (no comprobantes de farmacia) de acuerdo con el SAT.6 situación completamente injusta para los consumidores, pues como su mismo nombre lo indica, son medicamentos que únicamente se pueden adquirir con receta médica, lo que afecta gravemente la economía de todos.
Cuando incluso recientemente se aprobó en esta soberanía el pasado mes de marzo que se puedan prescribir al igual que los medicamentos de patente, medicamentos genéricos para disminuir el gasto de las familias mexicanas, teniendo en consideración el grave problema de inflación que enfrenta nuestro país y el mundo, por lo que es necesario buscar alternativas que ayuden a los contribuyentes a mejorar sus finanzas y una de esas opciones puede ser la deducción de esta clase de medicamentos, pues tan solo hasta mayo de 2022 los medicamentos antibióticos y las consultas habían aumentado en 6.9% y 4.8% respectivamente.7
Por último y no menos importante se sugiere adicionar las pruebas diagnósticas, las cuales se han convertido en esenciales para detectar o determinar si el paciente cuenta con alguna infección activa, ejemplo de ello son las que sirven para detectar el Covid-19, pero también sirven para detectar otro tipo de padecimientos y las cuales actualmente no entran dentro de los gastos que se pueden deducir los ciudadanos mexicanos, dentro del listado actual podemos encontrar las siguientes:
Salud
Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. *
Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes.
Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. *
No proceden los comprobantes de farmacias.
Honorarios a enfermeras. *
Análisis, estudios clínicos. *
Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.*
Prótesis. *
Compra de lentes ópticos graduados para corregir efectos visuales. *
Primas por seguros de gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social.
Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.8
Es por ello que, contrario a lo que está haciendo el Gobierno en turno, sugerimos aumentar el catálogo de deducciones personales para apoyar la economía y beneficiar a todos esos contribuyentes que cumplen año con año, introduciendo el pago de servicios psiquiatría, las pruebas diagnósticas y las medicinas controladas a la lista de deducciones personales, las cuales pertenecen todas al ámbito de la salud.
De esta manera, estaremos dando un mejor cumplimiento al artículo 4 de nuestra Constitución Política la cual establece que:
Artículo 4. ...
Toda Persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente:
Propuesta
Proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en materia de deducción de impuestos
Único. Se reforma la fracción I del artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, para quedar como sigue:
Artículo 151. Las personas físicas residentes en el país que obtengan ingresos de los señalados en este Título, para calcular su impuesto anual, podrán hacer, además de las deducciones autorizadas en cada Capítulo de esta Ley que les correspondan, las siguientes deducciones personales:
I. Los pagos por honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología, psiquiatría y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades educativas competentes, así como los gastos hospitalarios, efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o descendientes en línea recta siempre que dichas personas no perciban durante el año de calendario ingresos en cantidad igual o superior a la que resulte de calcular el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año, y efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México o mediante tarjeta de crédito, de débito, o de servicios.
...
Para efectos del párrafo anterior, también serán deducibles los pagos efectuados por honorarios médicos, dentales o de enfermería, por análisis, estudios clínicos, pruebas diagnósticas o prótesis, gastos hospitalarios, compra de medicamentos controlados, compra o alquiler de aparatos para el establecimiento o rehabilitación del paciente, derivados de las incapacidades a que se refiere el artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo, cuando se cuente con el certificado o la constancia de incapacidad correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, o los que deriven de una discapacidad en términos de lo dispuesto por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad y se cuente con el certificado de reconocimiento y calificación de discapacidad emitido por las citadas instituciones públicas conforme a esta última Ley. Lo dispuesto en este párrafo no estará sujeto al límite establecido en el último párrafo de este artículo.
...
...
II. al VIII. ...
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Facultad de Economía Evolución histórica de los impuestos en México disponible en: http://www.economia.unam.mx/profesores/blopez/fiscal%20-%20Pres.%204.pd f
2 Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico Estadísticas tributarias ALC: principales resultados para México, disponible en: https://www.oecd.org/tax/tax-policy/estadisticas-tributariasamerica-lat ina-caribe-mexico.pdf
3 Sistema de Administración Tributaria, El SAT informa que no habrá sanción para los jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al RFC, disponible en
https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-informa-que-no-habr a-sancion-para-los-jovenes-mayores-de-18-anos-que-no-se-inscriban-al-rf c-001-2022?idiom=es
4 Sistema de Administración Tributaria, Orientación,
conoce tus deducciones personales,
https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales
5 Universidad de Guadalajara Trastornos mentales aumentaron hasta 30 por ciento durante la pandemia Disponible:
https://www.udg.mx/es/noticia/trastornos-mentales-aument aron-hasta-30-por-ciento-durante-la-pandemia
6 Sistema de Administración Tributaria Ocho gastos que no sabías que podías deducir en tu Declaración Anual Disponible: https://www.gob.mx/sat/es/articulos/ocho-gastos-que-no-sabias-que-podia s-deduciren-tu-declaracion-anual?idiom=es
7 El Economista La inflación también golpea el acceso de los mexicanos a la salud disponible en
https://www.eleconomista.com.mx/economia/
La-lnflacion-tambien-golpea-el-acceso-de-los-mexicanos-a-la-salud-20220505-0030.html
8 Sistema de Administración Tributaria, Orientación,
conoce tus deducciones personales,
https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales
Ciudad de México, a 18 de agosto de 2022.
Diputado Andrés Pintos Caballero
Que reforma el inciso c) de la fracción II del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, recibida de la diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, del Grupo Parlamentario Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
La suscrita, Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 55 fracción ll y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso C de la fracción II del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, para crear la Guardia Nacional Verde, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Propuesta legislativa
Crear una dirección general especializada en materia ambiental dentro de la Guardia Nacional, para que sea la encargada de la protección de todas las Áreas Naturales Protegidas de nuestro país.
La importancia de los bosques en México
Los ecosistemas naturales son de vital importancia en el desarrollo de la humanidad, ya que a través de estos podemos abastecernos de recursos naturales vitales como el aire puro, alimentos, agua, además de ofrecernos protección contra fenómenos naturales y de manera prioritaria del calentamiento global.
En este sentido en las Áreas Naturales Protegidas se conserva el estado original de la vegetación y de los animales que ahí habitan a fin de mantener sanos los ecosistemas, brindando además a la comunidad, espacios de recreación y entretenimiento en donde de manera regulada, estas áreas proveen a la población local de empleos y actividades económicas que fortalecen la economía local.
El pasado 21 de marzo de 2022, en el marco de la celebración del Día Internacional de los Bosques, la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas compartió la siguiente información:
En México los bosques abarcan más de 34 millones 121 mil 880 hectáreas, de las cuales, 4 millones 449 mil 446 se encuentran en Áreas Naturales Protegidas federales.1
Superficie total de bosques en México
Bosque de coníferas: 16, 773050.02 hectáreas
Bosque de encino y encino-pino: 15,495377. 55 hectáreas
Bosque mesófilo de montaña: 1853,453.15 hectáreas
Total 34 121 880.71 hectáreas
Superficie Total de bosques en Áreas Naturales Protegidas
Bosque de coníferas: 2 061931.57 hectáreas
Bosque de encino y encino-pino: 2 141 107.72 hectáreas
Bosque mesófilo de montaña: 246 407.60 hectáreas
Total 4 millones 449 mil 446.89 hectáreas
Es decir, aproximadamente el 13% de la superficie de bosques en nuestro país corresponde a las Áreas Naturales Protegidas, lo que demuestra la importancia de estos ecosistemas para nuestro país.
Tala ilegal
Es preocupante la problemática que en la actualidad padecen los bosques mexicanos, ya que tan sólo en 2020, México perdió 127 mil 770 hectáreas de bosque, una deforestación superior a la del periodo 2010-2015, que fue de 91 mil 600 hectáreas2
Asimismo, en una investigación llevada a cabo por el Centro de Estudios para el desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria de la Cámara de Diputados, CEDRSSA,3 + puntualmente se señala que:
Las actividades ilícitas más frecuentes en el sector forestal de nuestro país son:
1) Cambio de uso de suelo sin autorización,
2) Tala clandestina,
3) Incendios forestales,
4) Prácticas de extracción no controlada, y
5) Aprovechamiento ilegal de productos forestales no maderables (Carbón, resinas, tierra de monte, hongos silvestres, plantas para fibras y ceras, semillas, tallos, hojas, rizomas y plantas completas).
Chiapas
En el estado que represento, esta problemática es de gran relevancia, toda vez que el cambio de uso de suelo, la tala clandestina y el cambio climático hacen que este estado pierda 45 mil hectáreas anuales por deforestación, de acuerdo a la información dada a conocer por la secretaria de Medio Ambiente e Historia Natural (SEMAHN) de la entidad, María del Rosario Bonifaz Alfonzo.4
Asimismo, en mi estado se da el problema del deslizamiento de laderas que se agrava por el alto nivel de deforestación que causa que los suelos de los bosques chiapanecos no tengan capacidad de absorción, se vuelvan inestables y generen grandes movilizaciones de tierras, tal y como lo considera la doctora Silvia Ramos Hernández, directora del Instituto de Investigación en Gestión de Riesgos y Cambio Climático de la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas,5 quien estima que los procesos de erosión han sido irreversibles y vienen agravados año con año, el cambio de uso del suelo es alarmante, incluso gran parte de la agricultura se practica en suelos no apto para ello.
Protección a nivel federal
Los anteriores ejemplos ponen de relevancia la necesidad de contar con una máxima protección de las autoridades competentes a efecto de evitar su deterioro con acciones que van desde el vandalismo, saqueos, cambios de uso de suelo, minería ilegal, asentamientos irregulares, instalación de negocios, hasta la tala clandestina, con la consiguiente deforestación.
En la actualidad, el cuidado y la protección del medio ambiente a nivel federal es colaborativo y se encomienda a diversas Secretarías de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de la Defensa Nacional (Sedena), de Marina y a la Guardia Nacional, conforme a la siguiente distribución de competencias:
Si bien los operativos y las acciones emprendidas a nivel nacional obtienen resultados, no menos cierto es que son insuficientes y que la vigilancia y protección permanente de las zonas boscosas de nuestro país representa uno de los retos más grandes en el cuidado y protección del medio ambiente, por el interés económico que representan los árboles maderables para instituciones del crimen organizado.
Por ello, consideramos necesaria la implementación de una fuerza verde que, como cuerpo especializado en la protección del medio ambiente se encargue de la seguridad y protección de nuestros ecosistemas.
En este sentido, se propone aumentar la esfera competencial de la Guardia Nacional, para que, mediante el establecimiento de una Dirección General especializada en materia ambiental, la Guardia Nacional sea la encargada de la protección de todas las Áreas Naturales Protegidas de nuestro país.
Así, se considera que, al implementarse de esta forma la vigilancia y protección de las áreas naturales protegidas y al concentrarse en un solo organismo especializado la logística, la información y las acciones de inteligencia entre otras, más eficaz será el combate a la problemática que se presenta no solo en las ANP, sino en todos los bosques de la República Mexicana, destacando además que de otorgarse estas facultades expresas, la Guardia Nacional podría absorber las actividades que actualmente realizan la Sedena y Marina de forma colaborativa, reduciendo la carga presupuestaria y de trabajo que en la actualidad se encomienda a dichas dependencias.
Por lo anterior, se presenta el siguiente cuadro comparativo:
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de:
Decreto por el que se reforma el inciso c) de la fracción II del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional
Artículo Único. Se reforma el inciso c) de la fracción II del artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, para quedar como sigue:
Artículo 9. La Guardia Nacional tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:
II. Salvaguardar la integridad de las personas y de su patrimonio; garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz social, así como prevenir la comisión de delitos en:
a) a b)
c) Las áreas naturales protegidas, las instalaciones hidráulicas y vasos de presas, los embalses de los lagos y los cauces de los ríos, para lo cual dispondrá de una Dirección General especializada en materia ambiental, encargada de coadyuvar con las autoridades ambientales.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizará las adecuaciones presupuestales necesarias para dar cumplimiento a este decreto.
Notas
1 Disponible en:
https://www.gob.mx/conanp/prensa/las-areas-naturales-protegidas-de-mexico-resguardan-13-por-ciento
-de-bosques-del-pais-24265#:~text=Los%20bosques%20abastecen%20de%20agua%20limìa%2C%aire%
20puro%2Cenfermedades%20Adem%c3%A1s%2C%20protegen%20a%20las%20comunidades%20m%C3%
A1s%20vulnerables.?msclkid=79940cceaf7711eca75583ca28b2a0e9 última fecha de consulta: 10 de agosto de 2022.
2
https://en15dias.com/politica-ambiental/la-tala-ileqal-en-mexico-y-sus-sanciones/
?msclkid=a5ed39ffa63011ec8cb48c8ded50af7b última fecha de consulta: 10 de agosto de 2022.
3 Disponible en: http://www.cedrssa.gob.mx/files/b/13/73Comercio_Ileqal_Madera.pdf última fecha de consulta: 10 de agosto de 2022.
4 Disponible en:
https://www.diariodelsur.com.mx/local/ecosistema-medo-ambiente-ecologia-chiapas
-pierde-45-mil-hectareas-por-deforestacion-al-ano-semahn-6089501.html última fecha de consulta: 10 de agosto de 2022.
5 Disponible en:
https://www.elheraldodechiapas.com.mx/local/el-deslizamiento-de-laderas-en-chiapas-causa-de-orografia
-experta-danos-carreteras-montanas-6052764.html última fecha de consulta: 10 de agosto de
2022.
6 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
7 Ley de la Guardia Nacional.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, 24 de agosto de 2022.
Diputada Carmen Patricia Armendáriz Guerra (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Seguridad Ciudadana, con opinión de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Agosto 24 de 2022.)
Que reforma el artículo 301 de la Ley General de Salud, recibida de la diputada María del Rocío Corona Nakamura, del Grupo Parlamentario del PVEM, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
Quien suscribe, diputada María del Rocío Corona Nakamura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 6, numeral 1, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 301 de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Como lo he afirmado anteriormente, sin lugar a dudas y afortunadamente tanto para toda la sociedad como para nuestros gobiernos, todo lo referente a la familia es tema de coincidencia e interés común.
De igual forma, también es motivo de unión y preocupación y más aún, cuando el tema se refiere directamente al bienestar y estabilidad en todos los aspectos de los integrantes más pequeños y unos de los más vulnerables socialmente hablando, me refiero a las hijas e hijos menores de edad que la conforman.
Favorablemente, hay una armonización entre esta coincidencia social y preocupación por el cuidado de la familia en nuestro país, con lo que se encuentra mandatado en nuestras leyes de todos los niveles de gobierno.
Ya que estas nos exigen desde cualquiera que sea nuestra posición, el asumir a la familia como pilar y núcleo fundamental de nuestra sociedad y, por ende, de nuestros esfuerzos y objetivos institucionales.
Así lo encontramos establecido en nuestro máximo ordenamiento, nuestra Constitución, ya que se identifica a la familia mexicana como columna vertebral de nuestro Estado de derecho y a la vez, garantiza y salvaguarda su protección mediante la redacción del primer párrafo de su artículo 4to, que dice lo siguiente:
Artículo 4o. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.1
Lo anterior no solo ha sido significativo sino también imprescindible para mejorar y progresar como sociedad y como Nación; no solo económicamente, sino en todos los aspectos que tienen que ver con el adelanto, desarrollo y crecimiento como individuos.
Por ello, es importante y fundamental que estemos no solo atentos sino también vigilantes a las medidas, políticas, esfuerzos o programas llevados a cabo para atender nuestras necesidades, tales como alimentación, educación, salud, empleo, salario justo, igualdad de género, vivienda, transporte, seguridad pública o capacitación laboral, entre muchas más.
Esto porque los beneficios de lograr tanto su calidad óptima y requerida, así como su cobertura general, el acceso pleno y su disfrute total por parte de toda la sociedad, ya sea directa o indirectamente favorecerá a cada uno de los integrantes de la familia y en muchos casos cuando así se elige, decide y se consigue, particularmente a nuestras hijas e hijos que la integran.
Lo anterior ya algunas autoridades lo han intentado llevar a cabo poniendo un especial interés e inversión significativa de recursos públicos, en la generación tanto de servicios como instituciones encomendadas exclusivamente a generar y ofrecer el bienestar, estabilidad y protección para las familias mexicanas y de sus integrantes más vulnerables, ya sean menores de edad, adolescentes, mujeres, personas con capacidades diferentes o adultos mayores.
Sin embargo, y a pesar de que se ha logrado mucho al respecto, hemos visto que en algunos aspectos incluso básicos o indispensables para el desarrollo adecuado y correcto de la sociedad y cada uno de sus integrantes, nos hemos quedado cortos; generando en consecuencia insuficiencias que nos han establecido rezagos y problemas muy graves.
Ya que tenemos todavía muchas amenazas que colocan a toda la sociedad, o bien a ciertos grupos de nuestra población, en situaciones de elevada vulnerabilidad y alta marginación o incluso en entornos de peligro directo a su integridad o bien a su vida misma, como por ejemplo en la inseguridad prevaleciente hoy en día.
En este sentido, las condiciones en materia de seguridad pública que tenemos actualmente nos exponen a graves y diversos peligros y a fin de cuentas atentan en contra de todos por igual. Sin embargo, esto no es lo único que nos aqueja, ya que existen muchos más obstáculos que exponen a nuestra población más vulnerable y que nos exigen identificar, establecer y aplicar más y mejores medidas de protección para toda nuestra población.
Pero en tanto lo logramos, estamos viendo y advirtiendo que en este proceso nuestros menores de edad, son los que desafortunadamente directa o indirectamente están siendo más dañados y amenazados.
En nuestro país los menores de edad ya sea por la sociedad o la misma familia, desafortunadamente muchas veces han sido depositarios y blanco de intereses ajenos a su seguridad, bienestar, desarrollo, crecimiento e interés supremo; incluso en algunos casos, hasta han sido utilizados como medio para cometer diversos delitos, algunos de ellos delitos graves.
Lo anterior a todas luces es una situación inadmisible y representa a la vez un gran pendiente que no podemos seguir ocultando , evadiendo, disimulando ni mucho menos, postergando su atención, y más aún, siendo un país que de acuerdo a información ofrecida por el Censo de Población y Vivienda realizado por el Inegi en el año 2020, cuenta con al menos 38.3 millones de menores de edad, es decir con niñas, niños y adolescentes de entre 0 y 17 años de edad,2 que representan cuando menos el 30.4 por ciento de la población total que habita en todo nuestro país.3
Este 30.4 por ciento de la población presentan una composición muy variada y particular pues de acuerdo al documento del Inegi, sabemos que tenemos al menos 10.1 millones de niñas y niños de entre 0 y 4 años de edad, es decir el 26.3 por ciento.4
Además de 10.8 millones de menores de entre 5 y 9 años de edad, es decir el 28 .1 porciento; de 10.9 millones de menores de edad de entre 10 y 14 años de edad, es decir el 28.6 por ciento; y finalmente, de aproximadamente 6.5 millones de adolescentes entre 15 y 17 años de edad, es decir el 17 por ciento de esta población.5
Menores de edad que necesitan de nosotros, de nuestro trabajo y protección para cuidar y preservar su acceso a sus derechos en entornos seguros, así como también de condiciones favorables y oportunidades de un crecimiento y desarrollo adecuado y óptimo para integrarse a la sociedad de la cual forman parte, en una mejor condición.
Por ello, requerimos identificar en tiempo y forma cada una de sus necesidades, requerimientos y demandas, para que estas sean escuchadas y atendidas, por muy diversas que sean.
Y uno de estos requerimientos imprescindibles y elementales para protegerlos o bien, una de las amenazas que los acechan; tiene que ver con la alimentación saludable a su disponibilidad y sobre todo a su alcance, siendo precisamente sobre este requerimiento en particular, al que se refiere el objeto de la presente iniciativa. En primer lugar, todos debemos ser garantes y preservar que el interés y la atención de nuestros menores deben ser asumidos, como superiores.
Por ello, tenemos y debemos asumir la responsabilidad ya sea directa o indirecta de proveerles las mejores condiciones para su desarrollo y crecimiento para todos en condiciones de igualdad y en todos los rincones de nuestro país.
Ya que solo así, estaremos preservando, protegiendo, velando y cumpliendo con la garantía del disfrute de todos sus derechos elementales.
Lo anterior cabe mencionar, esta también señalado en el mismo artículo 4o. Constitucional citado anteriormente, al establecer lo siguiente:
Artículo 4. (...)
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios.
El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de ños derechos de la niñez6
Como podemos deducir gracias al texto constitucional descrito previamente, nos estamos refiriendo a derechos elementales a los cuales deben de acceder todos nuestros menores de edad desde el nacimiento y el derecho a la alimentación, es tan primordial como el derecho a la vida misma, porque el derecho de todos nuestros menores de edad, a una alimentación de calidad y sana, es irrenunciable. Sin embargo y a pesar de todo lo anterior, estamos viendo como la familia, la sociedad e incluso nuestras autoridades, se han desentendido del tema, o han consentido deliberadamente la ausencia de proveer este derecho elemental.
En materia de alimentación saludable para nuestras niñas y niños, estamos fallando y siendo omisos todavía, ya que basta mencionar que somos un país con una elevada tasa de desnutrición entre nuestra población menor de edad, tanto en zonas urbanas como rurales derivado de la desatención que priva tanto en la cantidad como en la calidad los alimentos que se les provee.
Por eso nuestra población menor de edad, presenta problemas serios de alimentación o como mencione anteriormente también de desnutrición, pero por irónico que parezca hay otra parte de este sector que sufre de sobrepeso u obesidad, y ambos problemas se convierten en condiciones determinantes y muy desfavorables en materia de salud y prevención de enfermedades y padecimientos, incluso hasta crónicos y altamente mortales en la edad adulta.
Derivado de lo anterior diversos organismos internacionales líderes en materia de alimentación y protección a la infancia, señalan con alarma que, en lo referente a la cantidad de la alimentación saludable en nuestros menores de edad, en nuestro país al menos 1 de cada 5 bebés de entre 6 y 23 meses no recibe el mínimo de comidas diarias recomendadas para su edad,7 asimismo, advierten que sólo 1 de cada 2 de estos menores, consume el mínimo de grupos de alimentos esenciales para su desarrollo.8
En otras palabras, el 50 por ciento de todos nuestros menores de edad desde etapas tempranas, no reciben la cantidad requerida y necesaria de alimentación saludable para su adecuado desarrollo y crecimiento.
Sobra decir que este hábito, tendencia, costumbre o condena, en la mayoría de los casos privará y será una constante a lo largo de toda su vida con las consecuencias en su salud que todos conocemos e identificamos.
En lo que respecta a la calidad de la alimentación que reciben y está a disposición de nuestros menores de edad y de toda la población en general, el panorama es desafortunado y condenable.
Este mismo organismo internacional anteriormente citado, nos refiere que en nuestro país es grave el consumo de alimentos ultra procesados, puesto que el 40 por ciento de las calorías consumidas por niñas y niños en edad preescolar proviene de este tipo de productos.9
También se señala y advierte, que de acuerdo a información de la Encuesta de Salud y Nutrición 2020 publicada por el Instituto de Salud Pública de México (INSP), se puede identificar que al menos 4 de cada 5 preescolares consumen cotidianamente bebidas endulzadas y apenas 1 de cada 3 consume verduras diariamente.10
Por último, este mismo informe nos señala que 1 de cada 5 niñas y niños menores de cinco años en nuestro país, padecen de mala nutrición, bien sea desnutrición crónica, carencia en micronutrientes o sobrepeso y obesidad.11
De igual manera sobra nuevamente decir, que estos hábitos, tendencias, costumbres o condenas, en la mayoría de los casos privará y será una constante a lo largo de toda su vida con las consecuencias en su salud que todos conocemos e identificamos.
Como podemos darnos cuenta con estos ejemplos, logramos deducir que la gran mayoría de nuestros menores de edad, serán en el corto plazo adultos con serios e incluso graves problemas de salud.
Por eso, los problemas que actualmente en materia de alimentación sufren y padecen nuestros menores de edad y la sociedad en su conjunto, son un problema grave que desde todas sus aristas debemos de enfrentar, atender, prevenir y erradicar.
Si no lo hacemos así, tengamos la seguridad de que, en el mañana cercano, este círculo interminable y negativo respecto a la alimentación de nuestras niñas y niños, nos va a dejar facturas cada vez más caras socialmente y en materia de salud pública.
Un pendiente en el cual hemos avanzado, pero sin duda la realidad en materia de nutrición que priva en la mayoría de nuestros menores de edad y consecuentemente en toda población en general, nos señala que nos hemos quedado cortos y que falta mucho por hacer es en cuanto a la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética, también conocida como comida chatarra, que va dirigida a toda la población y más aún la dirigida a la población menor de edad.
En esta materia en el año 2015 se logró un gran avance con una reforma que se publicó en el mes de octubre y que agregó un segundo párrafo al artículo 301 de nuestra Ley General de Salud que establecía lo siguiente:
Artículo 301. (...)
Queda prohibida la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética, dentro de los centros escolares.12
Sin embargo y a pesar de lo anterior, hay datos representativos y que nos reflejan la insuficiencia de lo anterior o bien, la necesidad de reforzarlo. Basta citar que de acuerdo a medios informativos, sabemos que al menos el 14.2 por ciento de las niñas y niños menores de 5 años en todo nuestro país presentan desnutrición crónica.13
Asimismo, el 7.5 por ciento de estos menores de 5 años de edad presentan sobrepeso y obesidad14 y esto aumentará en al menos el 35 por ciento de ellos cuando tengan entre 5 y 11 años de edad.15
Finalmente, en nuestro país, al menos 1 de cada 8 niñas y niños menores de 5 años de edad, presentan una talla baja desde moderada a severa, para su edad,16 como podemos ver, el tema es grave y nos hace evidente que debemos tomar cartas en el asunto.
De hecho, a nivel internacional este problema es tan grande y está identificado y advertido, al grado de que hay recomendaciones todavía al respecto para nuestro país y todas las naciones del mundo, que estamos omitiendo o desoyendo, por ejemplo, las señaladas por organismos internacionales y que surgieron de la Cumbre Mundial de Sistemas Alimentarios, que especifican y sugieren lo siguiente :
Aumentar la disponibilidad y asequibilidad de alimentos nutritivos incluyendo frutas, verduras, huevos, pescado y alimentos poco procesados enriquecidos incentivando su producción, distribución y venta al por menor.
Aplicar normas y leyes nacionales dirigidas a evitar que los niños pequeños consuman alimentos y bebidas procesados y ultra procesados poco saludables, y poner fin a prácticas de comercialización perjudiciales dirigidas a niños y familias.
Aumentar la aceptación de alimentos nutritivos y seguros por medio de promoción de cambio social y de comportamiento en canales de comunicación tradicionales y digitales, comunidades, escuelas, sistemas de salud, etcétera, con el fin de alcanzar a las niñas, niños y cuidadores con información clara y coherente.17
Ante este problema y la gravedad que priva actualmente no solo en nuestros menores de edad sino en toda nuestra población en general, considero no solo pertinente sino también urgente reforzar las medidas y acciones en materia de publicidad de estos alimentos tan dañinos.
Para ello, propongo reformar nuestro artículo 301 de la Ley General de Salud para establecer que también será objeto de autorización por parte de la Secretaría de Salud, la publicidad que se realice sobre la existencia, calidad y características, así como para promover el uso, venta o consumo en forma directa o indirecta de los alimentos y bebidas con valor nutricional y alta densidad energética, es decir, la comida chatarra o bien, alimentos ultra procesados.
Actualmente, este artículo 301 de nuestra Ley de Salud faculta a la Secretaría de Salud la autorización de la publicidad sobre insumos para la salud y las bebidas alcohólicas.
Gracias a ello, el control y cuidado que priva en estos productos en materia de publicidad no solo es ejemplar y decidido, sino también es profesional, y gracias a ello ha dado excelentes resultados en materia de protección respecto al consumo en menores de edad.
Es un esfuerzo probado y que ha mostrado su eficiencia; calidades que tienen detrás el esfuerzo de especialistas que podemos aprovechar si incluimos en esta facultad el cuidado y autorización de la publicidad de los alimentos y bebidas con valor nutricional y alta densidad energética que se venden en nuestro país y que, además, se ofrecen a nuestras niñas y niños de todo el territorio nacional.
Involucrar a toda una institución seria y profesional en el cuidado de la publicidad dirigida a nuestra población y más aún nuestra población menor de edad, será no solo una reforma importante sino también representará una medida trascendental que nos permitirá protegernos y cuidarnos mejor.
Así como también, modificar conductas dañinas y hábitos nocivos actuales, que desafortunadamente están muy presentes en nuestra alimentación en toda nuestra edad.
Por eso considero necesaria y altamente coadyuvante en beneficio del interés superior de nuestra niñez y de nuestra población en general, esta reforma que presento a consideración ya que quienes integramos esta soberanía, debemos de apoyar y sacar adelante, por nuestro presente y futuro como sociedad y como Nación, de no hacerlo así, estoy segura que tendrá un alto costo en nuestra salud pública y también en nuestro porvenir y estoy cierta que eso algo que no podemos permitir, ni seguir tolerando.
Por todo ello, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con:
Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 301 de la Ley General de Salud
Único. Se reforma el primer párrafo del artículo 301 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 301. Será objeto de autorización por parte de la Secretaría de Salud, la publicidad que se realice sobre la existencia, calidad y características, así como para promover el uso, venta o consumo en forma directa o indirecta de los insumos para la salud, las bebidas alcohólicas, los alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética, así como los productos y servicios que se determinen en el reglamento de esta Ley en materia de publicidad.
Queda prohibida la publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional y alta densidad energética dentro de los centros escolares.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
2 https://blog.derechosinfancia.org.mx/2022/02/21/cuantas-ninas-ninos-y-a dolescentes-hay-en-mexico/
3 https://blog.derechosinfancia.org.mx/2022/02/21/cuantas-ninas-ninos-y-a dolescentes-hay-en-mexico/
4 https://blog.derechosinfancia.org.mx/2022/02/21/cuantas-ninas-ninos-y-a dolescentes-hay-en-mexico/
5 https://blog.derechosinfancia.org.mx/2022/02/21/cuanaas-ninas-ninos-y-a dolescentes-hay-en-mexico/
6 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
7 https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/
unicef-la-alimentaci%C3%B3n-de-ni%C3%Blas-yni%C3%Bos-peque%C3%Blos-no-ha-mejorado-en-la-%C3%BAltima
8 https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/
unicef-la-alimentaci%C3%B3n-de-ni%C3%Blas-yni%C3%Blos-peque%C3%Blos-no-ha-mejorado-en-la-%C3%BAltima
9 https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/
unicef-la-alimentaci%C3%B3n-de-ni%C3%Blas-yni%C3%Blos-peque%C3%Blos-no-ha-mejorado-en-la-%C3%BAltima
10 https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/
unicef-la-alimentaci%C3%B3n-de-ni%C3%Blas-yni%C3%Blos-peque%C3%Blos-no-ha-mejorado-en-la-%C3%BAltima
11 https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/
unicef-la-alimentaci%C3%B3n-de-ni%C3%Blas-yni%C3%Blos-peque%C3%Blos-no-ha-mejorado-en-la-%C3%BAltima
12 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf
13 https://www.forbes.com.mx/desnutricion-o-sobrepeso-problemas-a1imentari os-de-los-ninos-mexicanos/
14 https://www.forbes.com.mx/desnutricion-o-sobrepeso-problemas-alimentari os-de-los-ninos-mexicanos/
15 https://www.forbes.com.mx/desnutricion-o-sobrepeso-problemas-alimentari os-de-los-ninos -mexicanos/
16 https://www.unicef.org/mexico/desnutrici%C3%B3n-infantil
17 https://www.unicef.org/mexico/comunicados-prensa/unicef-la-alimentaci%C 3%B3n-de-ni%C3%Blas-yni%C3%Blos-peque%C3%Blos-no-ha-mejorado-en-la-%C3 %BAltima
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, a los 24 días del mes de agosto de 2022.
Diputada María del Rocío Corona Nakamura (rúbrica)
Que adiciona el artículo 1 Bis de la Ley General de Educación, recibida de la diputada Taygete Irisay Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 24 de agosto de 2022
La suscrita, Taygete Irisay Rodríguez González, diputada federal del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados; los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior de dicho Congreso; somete a consideración la presente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un inciso c) a la fracción I del artículo 7 de la Ley General de Educación; de acuerdo con la siguiente
Exposición de Motivos
Los migrantes en el territorio mexicano son un fenómeno cada vez más presente. Todos los días, ya sea por ser México su destino final, o porque por diversas razones no hayan podido completar el viaje a los Estados Unidos de América, muchos migrantes extranjeros se establecen de forma prolongada o permanente en nuestro país. Muchos de ellos se encuentran en una situación de vulnerabilidad por no estar en una situación migratoria regular; y entre esos migrantes es común encontrar niñas, niños y adolescentes, ya sea que estén acompañando a padres migrantes, que estén emprendiendo solos el camino, o en el peor de los casos, que hayan sido víctimas de tráfico de personas.
En México, los legisladores tenemos el deber y la obligación de trabajar continuamente y sin descanso para velar y cumplir con el principio del interés superior de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país en todas nuestras decisiones y actuaciones, independientemente de su nacionalidad o situación administrativa, y garantizar en todo momento sus derechos, tales como su derecho a la educación.
A nivel internacional, en disposiciones tales como el artículo 28 de la Convención sobre los Derechos del Niño de la ONU1 , la educación ha sido reconocida como un derecho humano de los niños. Es por esta razón que, tanto en el artículo 3 de la Constitución como en el artículo 5 de la Ley General de Educación, se establece que Toda persona tiene derecho a la educación, sin jamás especificar si se habla de mexicanos o extranjeros; pues al ser la educación un derecho humano, toda persona que esté en nuestro territorio nacional debe tener acceso a ella, independientemente de su nacionalidad o de su situación migratoria.
De la misma forma, en la Agenda 2030 de la ONU, de la cual México fora parte, se registra el objetivo 4 Educación de calidad2 , dentro del cual destacan las siguientes metas:
Meta 4.1: De aquí a 2030, asegurar que todas las niñas y todos los niños terminen la enseñanza primaria y secundaria, que ha de ser gratuita, equitativa y de calidad y producir resultados de aprendizaje pertinentes y efectivos.
Meta 4.5: De aquí a 2030, eliminar las disparidades de género en la educación y asegurar el acceso igualitario a todos los niveles de la enseñanza y la formación profesional para las personas vulnerables, incluidas las personas con discapacidad, los pueblos indígenas y los niños en situaciones de vulnerabilidad.
Garantizar el derecho humano de los migrantes a la educación no sólo se relaciona con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 Educación de calidad, sino también con numerosos otros objetivos de dicha agenda, tales como los siguientes:
Objetivo 1 Fin de la pobreza: Se relaciona con la meta 1.3 Poner en práctica a nivel nacional sistemas y medidas apropiadas de protección social para todos y, para 2030, lograr una amplia cobertura de los pobres y los más vulnerables. Dado que los migrantes constituyen un grupo vulnerable, proteger su acceso a la educación es una acción concreta que abonaría significativamente al cumplimiento de esta meta.
Objetivo 2 Poner fin al hambre: Se relaciona con la meta 2. 1 Para 2030, poner fin al hambre y asegurar el acceso de todas las personas, en particular los pobres y las personas en situaciones vulnerables, incluidos los lactantes, a una alimentación sana, nutritiva y suficiente durante todo el año. Los menores migrantes son un grupo altamente vulnerable en este sentido, pues se encuentran en una edad en la cual las carencias nutritivas traen secuelas que pueden durar para siempre, y justamente se encuentran en una situación de vida que con frecuencia les impide tener acceso a una sana alimentación. Garantizar el acceso de los menores migrantes a la educación les permitiría beneficiarse de los programas de alimentación de las escuelas·públicas, que en varias ocasiones han resultado ser la principal fuente de sustento de niñas, niños y adolescentes de escasos recursos, de esa forma permitiéndoles tener un pleno desarrollo en la edad adulta.
Objetivo 10 Reducir la desigualdad en y entre los países: Se relaciona con la meta 10.2 De aquí a 2030, potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición, así como la meta 10.7 Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas. La desigualdad y la injusticia social son obstáculos para lograr la paz en nuestro país, ya que éstas destruyen el sentimiento de valía y plenitud de las personas y las puede orillar a la violencia y la delincuencia, y los menores migrantes justamente se enfrentan a situaciones de desventaja que no tienen más motivo que su origen y su situación migratoria. Asegurar su derecho a la educación, por lo tanto, es una acción concreta que podemos tomar no sólo para promover el respeto a los derechos humanos de todas las personas en nuestro país, sino también para avanzar en la formación de una nación pacífica.
Objetivo 16 Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas: Se relaciona con la meta 16.2 Poner fin al maltrato, la explotación, la trata y todas las formas de violencia y tortura contra los niños. La exclusión de los menores migrantes de la educación no sólo es un acto de violencia infantil a través de la discriminación institucional; negarles la entrada a los planteles escolares también los orilla a la explotación, la trata y la situación de calle, todas ellas situaciones que pueden repercutir de por vida en su desarrollo personal futuro. Garantizar el derecho de los menores migrantes a la educación, por lo tanto, es fundamental para erradicar la explotación infantil, y así vencer uno de los principales desafíos que existen para poder lograr la paz en nuestro país.
En cuanto a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, promulgada el 18 de diciembre de 1990 por la Asamblea General de la ONU3 , aprobada por el Senado de la República el 14 de diciembre de 1998 y ratificada por el Estado mexicano el l de julio de 20034 ésta establece en su artículo 30 que Todos los hijos de los trabajadores migratorios gozarán del derecho fundamental de acceso a la educación en condiciones de igualdad de trato con los nacionales del Estado de que se trate. El acceso de los hijos de trabajadores migratorios a las instituciones de enseñanza preescolar o las escuelas públicas no podrá denegarse ni limitarse a causa de la situación irregular en lo que respecta a la permanencia o al empleo de cualquiera de los padres, ni del carácter irregular de la permanencia del hijo en el Estado de empleo, entendiéndose por trabajador migratorio, conforme al artículo 2 numeral l de la misma convención, toda persona que vaya a realizar, realice o haya realizado una actividad remunerada en un Estado del que no sea nacional.
Dicho fundamento internacional es aplicable a nuestro país conforme al artículo 1 de la Constitución, el cual establece que En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; conforme al artículo 133 de la Constitución, el cual establece que todos los tratados celebrados por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, pasarán a formar parte de la Ley Suprema de toda la Unión; y conforme a la sentencia del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que resuelve la Contradicción de Tesis 293/20115 , en donde se establece que los tratados internacionales deben ubicarse al mismo nivel que la Constitución en materia de derechos humanos, y que de haber contradicción entre ambos, se deberá aplicar el criterio más favorecedor para la protección de los derechos humanos.
Como medida de seguimiento por parte de la ONU hacia nuestro país, el artículo 73 de dicha Convención establece que Los Estados Partes presentarán al Secretario General de las Naciones Unidas, para su examen por el Comité, un informe sobre las medidas legislativas, judiciales, administrativas y de otra índole que hayan adoptado para dar efecto a las disposiciones de la presente Convención:[...] b) En lo sucesivo, cada cinco años y cada vez que el Comité lo solicite. Dicho Comité fue reconocido oficialmente por el Senado de la República el 5 de junio de 20086 .
Por lo anterior, nuestro país tiene un compromiso ante la comunidad internacional de extender educación universal a toda la población que se encuentre en territorio nacional, independientemente de su nacionalidad o situación migratoria; de extenderla a los grupos vulnerables de personas que están en nuestro país y asegurar el acceso igualitario de todos esos grupos a la educación, entre los cuales se encuentran los migrantes; y de garantizar que todos los hijos de migrantes gocen del derecho fundamental de acceso a la educación, así como no limitar en ningún momento el acceso a las escuelas públicas por motivo de la situación migratoria del hijo o de sus padres.
A pesar de lo anterior, se tiene registro de escuelas públicas cuyo personal directivo ha exigido requisitos adicionales a los publicados por las autoridades educativas locales y federales. Si bien las Normas Específicas de Control Escolar de la SEP actualmente vigentes permiten la entrada de menores migrantes con tan sólo presentar un certificado de nacimiento de origen extranjero sin necesidad de apostilla y establecen que la falta de requisitos burocráticos no debe constituir un impedimento para llevar a cabo la inscripción7 , ha habido reportes de niños a quienes les ha sido negada la inscripción a las escuelas públicas por requisitos burocráticos que se encuentran fuera de los especificados en dichas normas.
De manera enunciativa mas no limitativa, se identifican los siguientes actos de inscripciones a la escuela que han sido negadas a menores migrantes, de esta forma coartando su derecho humano a la educación:
En el año 2015, el Instituto para las Mujeres en Migración (Inmuni) reportó que algunas escuelas de los estados de Chiapas, Puebla y el entonces Distrito Federal condicionaron el ingreso a la escuela de menores de edad de nacionalidad mexicana y padres extranjeros8 .
Durante el periodo de preinscripción para el ciclo escolar 2015-2016, grupos civiles de al menos tres entidades del país reportaron que el personal directivo de los planteles en cuestión había incurrido en esta falta, principalmente por desconocimiento de las Normas de Control Escolar de la SEP.9
De igual forma, se tiene registro de una familia del Distrito Federal a quienes la escuela primaria donde cursaba su hijo les había entregado un oficio que solicitaba que se regularizara la documentación del niño, y que la negativa o imposibilidad de realizar ese proceso se traduciría en que el certificado de primaria o secundaria del niño tuviere calidad de provisional, lo cual podría impedir su ingreso al siguiente nivel educativo.10
En la misma nota, la responsable de comunicación de Inmumi, Miriam González Sánchez, reporta que las cartas de naturalización, actas de adopción o de reconocimiento, el pasaporte, la certificación consular, el documento migratorio, o incluso los documentos o nacionales de identidad de otras naciones, sin necesidad de apostilla, son documentos válidos y suficientes para completar la inscripción a la educación básica; sin embargo, en muchos casos los planteles sí exigen que el acta de nacimiento esté apostillada y traducida por un perito traductor.11
También en el año 2015, el periódico El Universal reportó una protesta de mujeres migrantes que manifestaron que los directivos de las escuelas de Tapachula, Huixtla y Pijijiapan exigían que los niños y tutores tuvieran residencia migratoria para inscribirlos en preescolar, primaria y secundaria; y en algunos casos, los directivos incluso les cobraban doble cuota por ser extranjeros. Se reporta también el caso de una niña mexicana cuya escuela se ha negado a matricularla por ser su madre de nacionalidad hondureña.12
Los hechos anteriores no sólo son actos de discriminación por nacionalidad y por situación migratoria, sino que también son violaciones al párrafo 2 del apartado 3.3 de las Normas Específicas de Control Escolar, que especifica que La falta de la documentación mencionada no será obstáculo para el ingreso o reingreso de los alumnos a los servicios de Educación Básica13 .
Una vía para erradicar esta situación, es adicionando una disposición en la Ley General de Educación que refuerce el hecho de que la educación en nuestro país es de carácter universal para toda persona que se encuentre en territorio nacional, por ser un derecho humano al cual tienen acceso todas las personas independientemente de su nacionalidad, origen étnico o situación migratoria, como se muestra en los siguientes cambios propuestos:
Ley General de Educación
Expuesto lo anterior, me permito someter a consideración la siguiente iniciativa con proyecto de:
Decreto por el que se adiciona el artículo 7 de la Ley General de Educación.
Artículo Único. Se adiciona un inciso c) a la fracción I del artículo 7 de la Ley General de Educación, para quedar como se especifica a continuación:
Artículo 7. Corresponde al Estado la rectoría de la educación; la impartida por éste, además de obligatoria, será:
I. Universal, al ser un derecho humano que corresponde a todas las personas por igual, por lo que:
a) Extenderá sus beneficios sin discriminación alguna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
b) Tendrá especial énfasis en el estudio de la realidad y las culturas nacionales; y
c) Aplicará para todas las personas que se encuentren en territorio nacional, independientemente de su nacionalidad, situación migratoria u origen étnico.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Dentro de los trescientos sesenta y cinco días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, las Legislaturas de los Estados, en el ámbito de su competencia, deberán armonizar el marco jurídico de conformidad con el presente decreto.
Notas
1 Organización de las Naciones Unidas. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño. 26 de febrero de 2022 . Sitio web:
https://www.un.org:/es/events/childrenday/pdf/derechos.p df
2 Organización de las Naciones Unidas. (2020) Agenda 2030: Objetivo de Desarrollo Sostenible 4: Educación. 21 de marzo de 2022. Sitio web:
https://www.un.org/sustainabledevelopment/cs/education/
3 Organización de las Naciones Unidas. ( 1990). Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. 21 de marzo de 2022. Sitio web: https://www.ohchr.org/cs/instruments-mechanisms/instruments/ international-convention/protection-rights-allmigrant-workers
4 Diario Oficial de la Federación. (1999). DECRETO por el que se aprueba la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa . 21 de Marzo de 2003. Sitio web: http://www.dof.gob.mx /nota detalle.php?codigo=4943596&fecha=10/02/1999
5 Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2011) Contradicción de Tesis 293/2011. 21 de Marzo de 2022. Sitio web:
https://www2.scjn.gob.mx/asuntosrelevantes/pagina/seguim ientoasuntosrelevantespub.aspx?id=129659&seguimientoid=556
6 Diario Oficial de la Federación. (2008) DECRETO por el que se aprueba la Declaración para el Reconocimiento de la Competencia del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, establecido en el Artículo 72 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, adoptado en Nueva York el 18 de diciembre de 1990. 21 de marzo de 2002. Sitio web: http://dof.gob.mx/notadetalle.php?codigo=5043083&fecha=05/06/2008
7 Secretaría de Educación Pública. (2019). Normas Específicas de Control Escolar relativas a la inscripción, Reinscripción, Acreditación, Promoción, Regulación y Certificación en la Educación Básica. 26 de febrero de 2022. Sitio web: https://www.planyprogramasdestudio.sep.gob.mx/index-descargas-ppt .html
8 Angélica Jocelyn Soto Espinosa. (2015). Escuelas de 3 estados niegan inscripción a hijos de migrantes. 26 de febrero de 2022, de Cimac Noticias. Sitio web: https://cimacnoticias.com.mx/noticia /escuelas-de-3-estadosniegan-inscripcion-a-hijos-de-migrantes/
9 lbíd.
10 Ibíd.
11 Ibíd.
12 Fredy Martín Pérez. (2015). Niegan escuela a hijos de migrantes. El Universal, https://www.el universal.com.mx/articulo/estados/2015/09/20/niegan-escuela-hijos-de-mi grantes-acusan/amp.
13 Secretaría de Educación Pública . (2019). Normas Específicas de Control Escolar relativas a la inscripción, Reinscripción, Acreditación, Promoción, Regulación y Certificación en la Educación Básica . 26 de febrero de 2022 . Sitio web: https://www.planyprogramasdestudio.sep.gob.mx/index -descargas-ppt.html
Diputada Taygete Irisay Rodríguez González (rúbrica)
De la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación
A la novena reunión ordinaria de junta directiva, que se llevará a cabo en modalidad semipresencial el lunes 29 de agosto, a las 11:00 horas, en el vestíbulo del edificio E.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la octava reunión ordinaria de la junta directiva de la comisión.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto del acuerdo de la junta directiva de la comisión, para autorizar a la Presidencia a suscribir en nombre de esta, una carta de entendimiento con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para el intercambio de experiencias y conocimientos.
5. Propuesta de orden del día para el desarrollo de la décima reunión ordinaria de la comisión.
6. Asuntos generales.
7. Clausura.
Atentamente
Diputado Javier López Casarín
Presidente
De la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación
A la décima reunión ordinaria, que se llevará a cabo en modalidad semipresencial el lunes 29 de agosto, a las 12:00 horas, en el vestíbulo del edificio E.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la novena reunión ordinaria de la comisión.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen referente a la iniciativa por la que se reforma el artículo 48 de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por el diputado Juan Carlos Romero Hicks, del Grupo Parlamentario del PAN.
5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de opinión de la comisión, respecto a la primera entrega de informes individuales de auditorías correspondientes a la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2021.
6. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen referente a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 22 y se adiciona el artículo 22 Bis de la Ley de Ciencia y Tecnología, presentada por la diputada Sayonara Vargas Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PRI.
7. Asuntos Generales.
8. Clausura.
Atentamente
Diputado Javier López Casarín
Presidente
De la Comisión de Justicia
A la séptima reunión de la junta directiva, que se llevará a cabo, el lunes 29 de agosto, a las 13:00 horas, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura. discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sexta reunión de junta directiva.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día correspondiente a la quinta reunión ordinaria de la comisión.
5. Informe de los asuntos turnados a la comisión.
6. Asuntos generales.
7. Clausura y cita a la siguiente reunión.
Atentamente
Diputado Felipe Fernando Macías Olvera
Presidente
De la Comisión de Justicia
A la quinta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el lunes 29 de agosto, a las 14:00 horas, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la cuarta reunión ordinaria de la comisión.
4. Proyectos de dictamen, en sentido positivo, sobre iniciativas presentadas por diputadas, diputados y legislaturas de los estados, para su discusión y votación:
a. Proyecto de dictamen a diversas iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de gestión menstrual y perspectiva de género.
b. Proyecto de dictamen a diversas iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de trabajo en centros penitenciarios y reinserción social.
c. Proyecto de dictamen a diversas iniciativas con proyecto de decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de acceso a los derechos a la salud y a la defensa adecuada.
d. Proyecto de dictamen a diversas Iniciativas con Proyecto de Decreto que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en materia de identidad de género.
5. Asuntos generales.
6. Clausura y cita a la siguiente reunión.
Atentamente
Diputado Felipe Fernando Macías Olvera
Presidente
De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria
A la duodécima reunión de la junta directiva, que se llevará a cabo el lunes 29 de agosto, a las 16:00 horas, en los salones C y D del edificio G, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y en su caso aprobación del orden del día.
3. Logística para la décimotercera reunión ordinaria de la comisión.
4. Asuntos generales.
5. Clausura.
Atentamente
Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado
Presidenta
De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria
A la decimo tercera reunión ordinaria, que se llevará a cabo el lunes 29 de agosto, a las 16:30 horas, en los salones C y D del edificio G, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y en su caso aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y en su caso aprobación del acta de la duodécima reunión ordinaria.
4. Presentación de la doctora Graciela Márquez Colín, presidenta del Inegi, sobre el Censo Agropecuario.
5. Lectura, discusión y, en su caso, votación de dictámenes en sentido positivo de iniciativas de la LXV Legislatura:
a) Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo l7 de la Ley Agraria. A cargo del diputado Guerrero Márquez Antolín (Morena).
b) Proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 6 de la Ley Agraria. A cargo del diputado Cárdenas Monroy Óscar Gustavo (PRI).
6. Asuntos generales
7. Clausura.
Atentamente
Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado
Presidenta
De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables
A la novena reunión ordinaria, que tendrá verificativo el lunes 29 de agosto, a las 18:00 horas, en modalidad virtual.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la octava reunión ordinaria.
4. Lectura y, en su caso, aprobación de opiniones a iniciativas.
5. Asuntos generales
6. Clausura
Atentamente
Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda
Presidenta
De la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres
A la undécima reunión ordinaria, la cual se realizará el martes 30 de agosto, a las 11:00 horas, en modalidad telemática.
Orden del Día
I. Lista de asistencia.
II. Declaratoria de quórum.
III. Lectura y aprobación del orden del día.
IV. Lectura y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la reunión anterior.
V. Asuntos generales.
VI. Clausura y cita para próxima reunión.
Atentamente
Diputada Ana María Balderas Trejo
Presidenta
De la Comisión de Puntos Constitucionales
A la novena reunión ordinaria, que tendrá lugar el martes 30 de agosto, a las 11:00 horas, en el salón B del edificio G, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Aprobación del acta de la octava reunión ordinaria de la comisión.
4. Discusión y, en su caso, aprobación del acuerdo de la junta directiva de la comisión para la discusión interna de las iniciativas de reforma política-electoral.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz
Presidente
De la Comisión de Igualdad de Género
A la decimocuarta reunión de junta directiva, que se realizará el martes 30 de agosto, a las 12:30 horas, en modalidad virtual.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.
2. Lectura, discusión y en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y en su caso, aprobación de los temas que se discutirán en la próxima reunión ordinaria de la comisión.
4. Asuntos generales.
5. Clausura y cita para la próxima reunión.
Atentamente
Diputada Julieta Kristal Vences Valencia
Presidenta
De la Comisión Bicamaral de Concordia y Pacificación
A la sexta reunión ordinaria, que se celebrará el miércoles 31 de agosto, a las 10:00 horas, en el mezzanine sur del edificio A, en modalidad semipresencial.
Orden de Día
1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de le quinta reunión ordinaria de la comisión correspondiente a la reunión del 16 de junio de 2022.
4. Comentarios de la presidencia sobre el seguimiento de la demanda de los grupos de desplazados internos del estado de Chiapas.
5. Comentarios de la presidencia sobre el seguimiento de la demanda de los docentes que integran el Proyecto Educador Comunitario Indígena.
6. Asuntos generales.
7. Clausura ita para la próxima reunión.
Atentamente
Diputado Alfredo Vázquez Vázquez
Presidente
De la Comisión de Seguridad Social
A la decimotercera sesión de junta directiva, que tendrá lugar el miércoles 31 de agosto, a las 10:00 horas, en la sala de reuniones de la convocante, situada en el edificio D, segundo piso.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura, discusión y. en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la décimo segunda reunión de la junta directiva, en modalidad semipresencial, celebrada el 27 de julio de 2022.
4. Proyectos de dictámenes y opiniones para discusión y votación en la Comisión de Seguridad Social:
4.1. Proyecto de dictamen en sentido positivo, a la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción II del artículo 210 de la Ley del Seguro Social, en materia de apoyo nutricional en periodo de gestación y periodo neonatal, suscrita por senadoras y senadores de los grupos parlamentarios del Partido Revolucionario Institucional y del Partido Acción Nacional. LXIV Legislatura. (Expediente 6437).
4.2. Proyecto de dictamen en sentido positivo con modificaciones a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman las fracciones V, VI, y VII del artículo 84 de la Ley del Seguro Social, en materia de seguridad social para menores sobre quienes se ejerza la patria potestad o guarda y custodia o tutela, suscrita por la Diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, del Grupo Parlamentario de Morena. LXV Legislatura. (Expediente 3958).
4.3 Proyecto de dictamen, en sentido negativo, con punto de acuerdo por el que se desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 18, 38 y 230 de la Ley del Seguro Social, en materia de seguridad social para los trabajadores de las plataformas digitales, suscrita por la diputada Genoveva Huerta Villegas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN. LXV Legislatura. (Expediente 4041).
5. Lectura, discusión y en su caso aprobación del segundo informe semestral de actividades de la comisión.
6. Lectura, discusión y en su caso aprobación del programa de trabajo anual de la comisión correspondiente al segundo año de ejercicio de la LXV Legislatura.
7. Seguimiento a los acuerdos aprobados por la comisión en su décimo primera reunión ordinaria:
a) Reprogramación de la reunión de trabajo con el titular del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, doctor Pedro Zenteno Santaella.
b) Reprogramación del foro Reflexiones para fortalecer la coordinación entre instituciones de salud, para avanzar en el acceso universal.
8. Informe de asuntos turnados por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
9. Asuntos generales.
10. Clausura y convocatoria a la siguiente reunión.
Atentamente
Diputada Angélica Ivonne Cisneros Luján
Presidenta
De la Comisión de Cultura y Cinematografía
A la séptima sesión ordinaria, que tendrá lugar el miércoles 31 de agosto, a las 11:00 horas, en la sala de juntas de la convocante, situada en el edificio D, tercer piso, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
l) Registro de asistencia y declaración de quórum.
2) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sexta reunión ordinaria.
4) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen a la minuta proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Fomento a la Cocina Mexicana.
5) Asuntos generales.
6) Clausura.
Atentamente
Diputado Carlos Francisco Ortiz Tejeda
Presidente
De la Comisión de Relaciones Exteriores
A la octava reunión ordinaria, que se llevará a cabo de manera semipresencial el miércoles 31 de agosto, a las 11:00 horas, en la sala de juntas de la comisión Gilberto Bosques Saldívar, situada en la planta baja del edificio D.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la séptima reunión ordinaria.
4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación de dictámenes.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputado Alfredo Femat Bañuelos
Presidente
De la Comisión de Igualdad de Género
A la decimoprimera reunión ordinaria, que se realizará de manera virtual, el miércoles 31 de agosto, a las 13:30 horas.
El enlace de acceso a la plataforma digital es
https://diputados-gob-mx.zoom.us/j/83739453830?pwd=VSt2QmxZcTQ5VDVaUVVIVGlzUDM3UT09
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decima reunión ordinaria.
4. Lectura, discusión y en su caso, aprobación del dictamen en sentido positivo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, promovida por la diputada Olga Luz Espinosa Morales del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, expediente 2955.
5. Asuntos generales.
6. Clausura y cita para la próxima reunión.
Atentamente
Diputada Julieta Kristal Vences Valencia
Presidenta
De la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad
A la octava reunión de junta directiva, que se realizará el miércoles 31 de agosto, a las 17:00 horas, en el salón A del edificio G, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaratoria del quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día para la séptima reunión ordinaria.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del plan anual de trabajo 2022-2023 de la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional de la LXV Legislatura.
4. Asuntos generales.
5. Clausura.
Atentamente
Diputada Edna Gisel Díaz Acevedo
Presidenta
De la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad
A la séptima reunión plenaria, que se realizará el miércoles 31 de agosto, a las 17:30 horas, en el salón A del edificio G, en modalidad semipresencial.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaratoria del quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día para la séptima reunión ordinaria.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la sexta reunión ordinaria.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del plan anual de trabajo 2022-2023 de la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad correspondiente al segundo año de ejercicio constitucional de la LXV Legislatura.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputada Edna Gisel Díaz Acevedo
Presidenta
De la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública
A la quinta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el jueves 1 de septiembre, de manera semipresencial, en los salones C y D del edificio G.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.
2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la cuarta reunión ordinaria.
4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de las opiniones de las iniciativas con proyecto de decreto que se enlistan a continuación:
4.1 Que expide la Ley de Gobierno de Coalición. Promovida por la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI.
4.2 Que expide la Ley Federal de Atención de los Efectos Causados por la Pandemia de Covid 19. Promovida por la senadora Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PAN.
4.3 Que expide la Ley General para la Cultura de la Paz y Reconciliación. Promovida por la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz, del Grupo Parlamentario de Morena.
4.4 Que expide la Ley Federal para la Regulación del Cáñamo Industrial. Promovida por la diputada María Clemente García Moreno, del Grupo Parlamentario de Morena.
4.5 Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de presupuesto con enfoque de derechos humanos. Promovida por el diputado Román Cifuentes Negrete Román, e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
4.6 Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y expide la Ley del Instituto Nacional para la Vigilancia y Evaluación de las Políticas Públicas. Promovida por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.
4.7 Que expide la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social. Promovida por la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Sodi Miranda, del Grupo Parlamentario del PRD.
4.8 Que expide la Ley General de Pensiones Públicas. Promovida por el diputado Marco Antonio Medina Pérez del Grupo Parlamentario de Morena.
5. Asuntos generales.
6. Clausura.
Atentamente
Diputado Erasmo González Robledo
Presidente
De la Comisión de Reforma Política-Electoral
La Cámara de Diputados y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Escuela Judicial Electoral, al Diplomado en derecho electoral comparado; diseño y constitución de las autoridades electorales: los modelos de conformación, organización y justicia electoral en América Latina y algunos casos de Europa, primera edición, que se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes comprendidos entre el 20 de junio y el 7 de septiembre.
La Cámara de Diputados, LXV Legislatura del Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Reforma Política-Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Escuela Judicial Electoral, convocan a las personas interesadas en cursar el Diplomado en derecho electoral comparado, de conformidad con las siguientes:
Bases
Primera. Objetivos del diplomado:
Objetivo general:
Proporcionar conocimientos especializados teóricos y prácticos, desde una perspectiva comparativa, sobre el diseño de autoridades electorales, su conformación, competencias, financiamiento e impartición de justicia electoral.
Objetivos particulares:
1. Conocer los aspectos fundamentales de las formas de Estado y formas de gobierno.
2. Estudiar los regímenes federal y unitario, así como confederación y uniones de Estados.
3. Identificar las características básicas de los sistemas presidencial y parlamentario.
4. Comprender los temas básicos del constitucionalismo contemporáneo.
5. Analizar los elementos fundamentales de los sistemas electorales y sistemas de partidos.
6. Evaluar los criterios básicos de una reforma electoral.
7. Determinación de los alcances de la materia electoral.
8. Exponer una perspectiva comparativa de los modelos de financiamiento.
9. Diferenciar los modelos de comunicación electoral, sus antecedentes.
10. Establecer los estándares internacionales en materia de elecciones y de integración de autoridades electorales.
11. Repasar la evolución de las instituciones y procedimientos electorales en México.
12. Distinguir las funciones básicas para la autoridad en materia electoral.
13. Analizar las funciones registral electoral; administrativa electoral y jurisdiccional electoral, desde una perspectiva comparativa.
14. Analizar los aspectos básicos del acceso a la justicia como derecho humano.
15. Analizar los principales problemas de la política y la función judicial electoral.
Segunda. Perfil de los participantes:
El diplomado está dirigido a integrantes de la Cámara de Diputados.
Tercera. Requisitos de selección:
Podrán participar legisladoras y legisladores, así como asistentes parlamentarios, asesores, personas de apoyo y de enlace técnico, y así como personas interesadas en la materia electoral, de acuerdo con los espacios disponibles, de cualquier edad sin comprobar un grado mínimo de estudios. Únicamente se tienen previstos 150 lugares.
Para obtener el diploma de participación es necesario que al término de la etapa correspondiente a las sesiones semipresenciales las personas participantes envíen las constancias que acrediten calificación aprobatoria de los siguientes cursos en línea:
1. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).
2. Medios de Impugnación en Materia Electoral (40 horas).
Cuarta. Selección de los participantes:
La Escuela Judicial Electoral recibirá de la Comisión de Reforma Político-Electoral de la Cámara de Diputados, la lista de las personas interesadas en cursar el Diplomado a más tardar el 16 de junio, para poder notificarles la liga de acceso al mismo.
Quinta. La estructura académica y duración de los estudios:
El diplomado estará conformado por lo siguiente:
1. Curso en línea. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).
2. Curso en línea. Medios de impugnación en materia electoral (40 horas).
3. Sesiones presenciales y semipresenciales, en las que se estudiarán doce temas especializados en la materia electoral (44 horas).
La duración del programa es de un total de 124 horas, (44 horas de clase semipresenciales; 80 horas en línea mediante la acreditación de los dos cursos virtuales ya indicados) para llevarse a cabo del 20 de junio al 7 de septiembre del presente año.
Sexta. Fechas de inscripción y fecha de inicio
La Comisión de Reforma Política-Electoral de la Cámara de Diputados determinará los mecanismos para la integración de la lista de las personas que cursarán el diplomado, mientras que el inicio del programa es el 20 de junio de 2022. Los horarios de clase serán de 10:00 a 12:00 horas, lunes, miércoles y viernes.
Los días miércoles, únicamente, las sesiones serán presenciales y se llevarán a cabo en el auditorio Aurora Jiménez, situado en el edificio E, y, en su caso, el auditorio norte del edificio A, ambos en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, condicionado a la situación provocada por Covid-19.
Séptima. Acreditación:
Para obtener el diploma se requiere:
80% de asistencia a las sesiones semipresenciales.
Aprobación de los cursos on line: Introducción al Derecho Electoral y Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Octava. Planta Docente y modalidad de impartición:
Las clases serán impartidas por el claustro del profesorado de la Escuela Judicial Electoral.
Novena. Inscripciones e informes:
Se realizarán a partir de la publicación de la presente Convocatoria hasta las 17:00 horas del 16 de junio del presente año, en las oficinas de la Comisión de Reforma Política-Electoral, situadas en el edificio F, planta baja de esta Cámara de Diputados, y en las extensiones 55283 y 51109.
Décima. Temario:
El plan de estudios está formado de la siguiente manera:
46 Horas.
Temario
Novena sesión, 26 de agosto.
Instrumentos de identificación para votar en perspectiva comparada
a) Antecedentes en México;
b) Cédula de identidad general;
c) Identificación especial, y
d) Medio para acreditar la ciudadanía y autoridad a cargo del documento para votar.
Ponente: Doctor Ramón Hernández Reyes, Escuela Judicial Electoral.
2 horas.
Décima sesión, 29 y 31 de agosto.
Conferencias magistrales: Función jurisdiccional electoral
a) Mecanismos de justicia electoral;
b) Clasificación de los sistemas de justicia electoral: i) Clasificación de los sistemas de justicia electoral en el mundo, y ii) Sistemas de justicia electoral en los regímenes federales;
c) Sistemas de justicia electoral en América Latina y en el resto del mundo, y
d) Evolución de la justicia electoral en México.
Ponente: Doctor José de Jesús Orozco Henríquez, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
4 horas.
Undécima sesión, 2 de septiembre.
El acceso a la justicia como derecho humano:
a) El derecho humano a la justicia;
b) Recurso efectivo y debido proceso;
c) Garantías institucionales, y
d) Principios y garantías de los sistemas de justicia electoral: i) Tendencia a establecer un sistema de justicia electoral de carácter jurisdiccional; ii) Garantías institucionales u orgánicas, y iii) Garantías procesales.
Ponente: Doctor Flavio Galván Rivera, Escuela Judicial Electoral.
2 horas.
Duodécima sesión, 5 y 7 de septiembre.
Principales problemas de la política y la función judicial electoral
a) Politización de la justicia y judicialización de la política;
b) Independencia judicial e ideología política de la judicatura;
c) Carácter contramayoritario de la judicatura, la legitimación democrática directa e indirecta y legitimidad de sus decisiones, en especial, en la creación judicial del Derecho y el juicio ciudadano en los procesos de democracia representativa y directa o participativa;
d) Control inter orgánico (Checks and balances) y Quis custodiat ipsos custodes;
e) Deferencia al carácter racional y democrático del legislador;
f) Activismo judicial;
g) Juicios mediáticos, y
h) Protección inclusiva de los grupos desaventajados, la oposición y las minorías, y litigio estratégico y derechos humanos.
Ponente: Maestro Juan Carlos Silva Adaya, Escuela Judicial Electoral.
4 horas.
Atentamente
Diputada Graciela Sánchez Ortiz
Presidenta
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública
A la presentación del libro Premio Nacional de Investigación Social y de Opinión Pública 2021, undécima edición, que tendrá verificativo el lunes 29 de agosto, a las 9:00 horas y que será trasmitida a través de la plataforma Zoom, el Canal del Congreso, y las redes sociales de la Cámara de Diputados.
Atentamente
Hasuba Villa Bedolla
Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública
Y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, a la decimosegunda edición del Premio Nacional de Investigación Social y de Opinión Pública, cuya convocatoria abierta estará vigente hasta el miércoles 31 de agosto.
Dirigido a todos los interesados en contribuir al conocimiento para el desarrollo social, regional y sustentable del país o a la construcción de políticas públicas de alcance nacional
Consulta las bases en: https://bit.ly/3Abxqnv
Atentamente
M. en D. Hasuba Villa Bedolla
Encargada del Despacho de la Dirección General del CESOP
De la Cámara de Diputados, LXV Legislatura del Congreso de la Unión
A través de la Comisión de Reforma Política-Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio de la Escuela Judicial Electoral, al Diplomado en derecho electoral comparado; diseño y constitución de las autoridades electorales: los modelos de conformación, organización y justicia electoral en América Latina y algunos casos de Europa, primera edición, que se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes comprendidos entre el 20 de junio y el 7 de septiembre.
La Cámara de Diputados LXV Legislatura del Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Reforma Política-Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Escuela Judicial Electoral, convocan a las personas interesadas en cursar el Diplomado en derecho electoral comparado, de conformidad con las siguientes:
Bases
Primera. Objetivos del diplomado:
Objetivo general:
Proporcionar conocimientos especializados teóricos y prácticos, desde una perspectiva comparativa, sobre el diseño de autoridades electorales, su conformación, competencias, financiamiento e impartición de justicia electoral.
Objetivos particulares:
1. Conocer los aspectos fundamentales de las formas de Estado y formas de gobierno.
2. Estudiar los regímenes federal y unitario, así como confederación y uniones de Estados.
3. Identificar las características básicas de los sistemas presidencial y parlamentario.
4. Comprender los temas básicos del constitucionalismo contemporáneo.
5. Analizar los elementos fundamentales de los sistemas electorales y sistemas de partidos.
6. Evaluar los criterios básicos de una reforma electoral.
7. Determinación de los alcances de la materia electoral.
8. Exponer una perspectiva comparativa de los modelos de financiamiento.
9. Diferenciar los modelos de comunicación electoral, sus antecedentes.
10. Establecer los estándares internacionales en materia de elecciones y de integración de autoridades electorales.
11. Repasar la evolución de las instituciones y procedimientos electorales en México.
12. Distinguir las funciones básicas para la autoridad en materia electoral.
13. Analizar las funciones registral electoral; administrativa electoral y jurisdiccional electoral, desde una perspectiva comparativa.
14. Analizar los aspectos básicos del acceso a la justicia como derecho humano.
15. Analizar los principales problemas de la política y la función judicial electoral.
Segunda. Perfil de los participantes:
El diplomado está dirigido a integrantes de la Cámara de Diputados.
Tercera. Requisitos de selección:
Podrán participar legisladoras y legisladores, así como asistentes parlamentarios, asesores, personas de apoyo y de enlace técnico, y así como personas interesadas en la materia electoral, de acuerdo con los espacios disponibles, de cualquier edad sin comprobar un grado mínimo de estudios. Únicamente se tienen previstos 150 lugares.
Para obtener el diploma de participación es necesario que al término de la etapa correspondiente a las sesiones semipresenciales las personas participantes envíen las constancias que acrediten calificación aprobatoria de los siguientes cursos en línea:
1. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).
2. Medios de Impugnación en Materia Electoral (40 horas).
Cuarta. Selección de los participantes:
La Escuela Judicial Electoral recibirá de la Comisión de Reforma Político-Electoral de la Cámara de Diputados, la lista de las personas interesadas en cursar el Diplomado a más tardar el 16 de junio, para poder notificarles la liga de acceso al mismo.
Quinta. La estructura académica y duración de los estudios:
El diplomado estará conformado por lo siguiente:
1. Curso en línea. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).
2. Curso en línea. Medios de impugnación en materia electoral (40 horas).
3. Sesiones presenciales y semipresenciales, en las que se estudiarán doce temas especializados en la materia electoral (44 horas).
La duración del programa es de un total de 124 horas, (44 horas de clase semipresenciales; 80 horas en línea mediante la acreditación de los dos cursos virtuales ya indicados) para llevarse a cabo del 20 de junio al 7 de septiembre del presente año.
Sexta. Fechas de inscripción y fecha de inicio
La Comisión de Reforma Política-Electoral de la Cámara de Diputados determinará los mecanismos para la integración de la lista de las personas que cursarán el diplomado, mientras que el inicio del programa es el 20 de junio de 2022. Los horarios de clase serán de 10:00 a 12:00 horas, lunes, miércoles y viernes.
Los días miércoles, únicamente, las sesiones serán presenciales y se llevarán a cabo en el auditorio Aurora Jiménez, situado en el edificio E, y, en su caso, el auditorio norte del edificio A, ambos en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, condicionado a la situación provocada por Covid-19.
Séptima. Acreditación:
Para obtener el diploma se requiere:
80% de asistencia a las sesiones semipresenciales.
Aprobación de los cursos on line: Introducción al Derecho Electoral y Medios de Impugnación en Materia Electoral.
Octava. Planta Docente y modalidad de impartición:
Las clases serán impartidas por el claustro del profesorado de la Escuela Judicial Electoral.
Novena. Inscripciones e informes:
Se realizarán a partir de la publicación de la presente Convocatoria hasta las 17:00 horas del 16 de junio del presente año, en las oficinas de la Comisión de Reforma Política-Electoral, situadas en el edificio F, planta baja de esta Cámara de Diputados, y en las extensiones 55283 y 51109.
Décima. Temario:
El plan de estudios está formado de la siguiente manera:
46 horas.
Temario
Novena sesión, 26 de agosto.
Instrumentos de identificación para votar en perspectiva comparada
a) Antecedentes en México;
b) Cédula de identidad general;
c) Identificación especial, y
d) Medio para acreditar la ciudadanía y autoridad a cargo del documento para votar.
Ponente: Doctor Ramón Hernández Reyes, Escuela Judicial Electoral.
2 horas.
Décima sesión, 29 y 31 de agosto.
Conferencias magistrales: Función jurisdiccional electoral
a) Mecanismos de justicia electoral;
b) Clasificación de los sistemas de justicia electoral: i) Clasificación de los sistemas de justicia electoral en el mundo, y ii) Sistemas de justicia electoral en los regímenes federales;
c) Sistemas de justicia electoral en América Latina y en el resto del mundo, y
d) Evolución de la justicia electoral en México.
Ponente: Doctor José de Jesús Orozco Henríquez, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
4 horas.
Undécima sesión, 2 de septiembre.
El acceso a la justicia como derecho humano:
a) El derecho humano a la justicia;
b) Recurso efectivo y debido proceso;
c) Garantías institucionales, y
d) Principios y garantías de los sistemas de justicia electoral: i) Tendencia a establecer un sistema de justicia electoral de carácter jurisdiccional; ii) Garantías institucionales u orgánicas, y iii) Garantías procesales.
Ponente: Doctor Flavio Galván Rivera, Escuela Judicial Electoral.
2 horas.
Duodécima sesión, 5 y 7 de septiembre.
Principales problemas de la política y la función judicial electoral
a) Politización de la justicia y judicialización de la política;
b) Independencia judicial e ideología política de la judicatura;
c) Carácter contramayoritario de la judicatura, la legitimación democrática directa e indirecta y legitimidad de sus decisiones, en especial, en la creación judicial del Derecho y el juicio ciudadano en los procesos de democracia representativa y directa o participativa;
d) Control interorgánico (Checks and balances) y Quis custodiat ipsos custodes;
e) Deferencia al carácter racional y democrático del legislador;
f) Activismo judicial;
g) Juicios mediáticos, y
h) Protección inclusiva de los grupos desaventajados, la oposición y las minorías, y litigio estratégico y derechos humanos.
Ponente: Maestro Juan Carlos Silva Adaya, Escuela Judicial Electoral.
4 horas.
Del diputado Armando Contreras Castillo
Al foro Entornos escolares saludables: agenda pendiente en México, que se realizará el viernes 9 de septiembre, a las 10:00 horas, en la zona C del edificio G, en modalidad presencial.
Atentamente
Diputado Armando Contreras Castillo
Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias
Y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, al curso Régimen y naturaleza jurídica de la subcontratación especializada, cuyo acto inaugural será el miércoles 14 de septiembre, a las 9:00 horas, mediante la plataforma digital Zoom.
Objetivo: Analizar la subcontratación especializada para conocer cómo se presenta en la práctica jurídica, examinar el presupuesto legislativo de esta figura para determinar cómo se han blindado los derechos laborales y de seguridad social para la clase trabajadora con la finalidad de establecer si es eficaz el cumplimiento de esta situación jurídica por parte de la patronal.
Atentamente
Doctor Juan Carlos Cervantes Gómez
Director General
Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias
Y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, al curso Introducción al análisis de políticas públicas, cuyo acto inaugural será el miércoles 21 de septiembre, a las 9:00 horas, mediante la plataforma digital Zoom.
Objetivo: Exponer las principales características del análisis de políticas públicas y su utilidad para la resolución de problemas públicos.
Atentamente
Doctor Juan Carlos Cervantes Gómez
Director General
Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias
Y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, al curso Retos del Sistema Nacional Anticorrupción, cuyo acto inaugural será el miércoles 5 de octubre, a las 9:00 horas, mediante la plataforma digital Zoom.
Objetivo: Realizar un análisis del estado del Sistema Nacional Anticorrupción y, con ello, determinar los retos y prospectivas de éste, y cuáles son las necesidades en materia regulatoria.
Atentamente
Doctor Juan Carlos Cervantes Gómez
Director General