Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y la colegisladora a realizar las acciones conducentes a ratificar los Convenios 151 y 154 de la OIT, sobre libertad de sindicación y negociación colectiva de los servidores públicos, a cargo de la diputada Anita Sánchez Castro, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, Anita Sánchez Castro, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 4, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Oficina Internacional del Trabajo (OIT), es una entidad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) encargada de analizar todo lo relacionado al universo laboral, para la protección de los derechos de las y los trabajadores.

La OIT ha elaborado varias normas internacionales que adoptan la forma de Convenios y recomendaciones.

Los convenios son tratados internacionales sujetos a ratificación y son vinculantes para los Estados miembros que los ratifican. Su finalidad es obtener un efecto concreto en las condiciones y prácticas laborales en todos los países del mundo.

De acuerdo con el artículo 19 de la Constitución de la OIT, todos los Estados miembros tienen la obligación de someter los convenios al examen de las autoridades nacionales competentes dentro del plazo de un año o en casos especiales en un plazo de 18 meses a partir de la clausura de la reunión de la Conferencia. La autoridad nacional examina el convenio a la luz de su legislación y práctica nacionales y determina si lo ratifica o no en conformidad con el procedimiento nacional.

Sin embargo, hemos visto que esta práctica no es llevada debidamente en nuestro país. Es por esto, que muchos de los tratados de la OIT no se han analizado para su debida ratificación, o simplemente el contexto en donde se firmó el convenio, ya es muy diferente al actual, por lo cual se necesita volver a estudiar y hacer el trámite requerido para ver si es procedente o no su ratificación.

Es el caso del C-151 Convenio sobre las Relaciones de Trabajo en la Administración Pública, de 1978 y que entró en vigor el 25 de febrero de 1981 y del C-154 Convenio sobre la Negociación Colectiva, de 1981.

Estos dos Convenios, son complementarios al C-87 Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 y al C-98 Convenio sobre el Derecho de Sindicación y de Negociación Colectiva, 1949 que México ya ratificó y por lo tanto, su cumplimiento es obligatorio.

En su contenido el C-151, sobre relaciones laborales en la administración pública trata sobre la protección del derecho del personal de la administración pública a organizarse y establece procedimientos para determinar las condiciones de empleo de la administración pública, la solución de conflictos y los derechos civiles y políticos, precisa el término de empleado público, y reconoce la expresión “organización de empleados públicos” como toda organización, cualquiera que sea su composición, que tenga por objeto fomentar y defender los intereses de los empleados públicos.

El Convenio deja a criterio de la legislación nacional hasta donde se aplican las garantías previstas en este Convenio a los funcionarios con poder de decisión o de naturaleza altamente de confianza, así como a las fuerzas armadas y a la policía.

Los empleados públicos gozarán de la protección adecuada contra todo acto de discriminación antisindical. No pueden sujetar el empleo a su afiliación a alguna organización, ni se puede despedir al empleado a causa de su afiliación a cualquier organización que él haya escogido.

Se considera que no debe de haber injerencia en la organización de empleados públicos dominadas por la autoridad o patrón, o a sostenerla económicamente, o en otra forma por ésta con el fin de controlarla.

Se determina que estas organizaciones deben de contar con los recursos y el tiempo necesarios para poder ejercer sus funciones.

Señala que se tratará de lograr, de manera apropiada a las condiciones nacionales, por medio de la negociación entre las partes o mediante la mediación, la conciliación y el arbitraje, establecidos de modo que inspiren la confianza de los interesados, la solución de los conflictos y la determinación de las condiciones de empleo, o sea, de manera bilateral.

A su vez el Convenio 154 en su preámbulo reconoce “la obligación solemne de la OIT de fomentar, entre todas las naciones del mundo, programas que permitan ... lograr el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva”, y tomando nota de que este principio es “plenamente aplicable a todos los pueblos”.

En el artículo 1o. Se determina que se debe de aplicar:

I. A todas las ramas de actividad económica;

II. De acuerdo con las normas nacionales determinar hasta que punto se aplica a fuerzas armadas y policías y

III. La legislación nacional debe fijar modalidades particulares para la aplicación de este Convenio.

En el artículo 4o. Se determina que: “En la medida en que no se apliquen por medio de contratos colectivos, por laudos arbitrales o por cualquier otro medio conforme a la práctica nacional, las disposiciones del presente Convenio deberán ser aplicadas por medio de la legislación nacional”.

En la Parte III de este Convenio se incluyen las consideraciones a tomar en cuenta para el Fomento de la Negociación Colectiva.

a) la negociación colectiva sea posibilitada a todos los empleadores y a todas las categorías de trabajadores de las ramas de actividad a que se aplique el presente Convenio;

b) la negociación colectiva sea progresivamente extendida a todas las materias a que se refieren los apartados a), b) y c) del artículo 2 del presente Convenio;

c) sea fomentado el establecimiento de reglas de procedimiento convenidas entre las organizaciones de los empleadores y las organizaciones de los trabajadores;

d) la negociación colectiva no resulte obstaculizada por la inexistencia de reglas que rijan su desarrollo o la insuficiencia o el carácter impropio de tales reglas;

e) los órganos y procedimientos de solución de los conflictos laborales estén concebidos de tal manera que contribuyan a fomentar la negociación colectiva.

Recordemos que, en México, aunque se reconoce el derecho de libre sindicación en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFTSE), no se reconoce el derecho a la negociación colectiva y solamente se menciona el derecho a huelga, aunque en la práctica es imposible ejercerlo.

Por esto, es que los empleados públicos en nuestro país se han regido mayoritariamente con condiciones generales de trabajo, que son unilaterales, pues en todos los casos los establece el patrón, con notificación al sindicato, pero sin derecho expreso a negociarlo.

En el caso de las fuerzas armadas y los policías, no se cuenta con una ley laboral que regule sus derechos, ya que están excluidos del Artículo 123 Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Existe la Ley Orgánica del Ejército y de la Fuerza Aérea Mexicanos, pero no se mencionan conceptos como son horas de trabajo, aguinaldos, primas vacacionales, vacaciones, entre otros derechos.

Para los policías la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), les concede el carácter de Servidores Públicos, pero no reconoce la relación laboral frente al Estado.

La SCJN, señala que los derechos de los miembros de las fuerzas armadas más que laborales son administrativos.

Pese al controversial criterio interpretativo que hace la SCJN que sostiene que entre el Estado y los servidores públicos de los cuerpos militares y policiacos no existe relación laboral, sino una relación administrativa, se discrimina a estos trabajadores al no reglamentar sus derechos humanos laborales.

Podemos notar que la OIT no establece distinción de derechos entre trabajadores públicos y privados, en ninguno de sus convenios, puesto que la negociación colectiva depende de la voluntad de las partes.

En el caso de México, se tiene la oportunidad, según los convenios C- 87, C-98, C-151 y C-154, de poder legislar a nivel nacional en base a estos acuerdos, sobre los Derechos de Libre Sindicación y Negociación Colectiva con equidad entre los sectores y fijando las particularidades de cada uno de ellos.

Por lo expuesto, someto a consideración de este pleno la siguiente propuesta de punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, como sigue:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores y a la Cámara de Senadores del honorable Congreso de la Unión, para que, en el ámbito de sus facultades, se realicen las acciones necesarias para la ratificación de los convenios C-151 y C-154 de la Organización Internacional del Trabajo sobre libertad de sindicación y negociación colectiva para los servidores públicos.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
el 1 de octubre de 2020.

Diputada Anita Sanchez Castro (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal, la Segob y el Poder Legislativo a convocar a reunión del Sistema Nacional de Atención a Víctimas, crear una política de Estado para éstas, convocar a elección de titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y no aprobar las reformas de la ley general correspondiente encaminadas a desaparecer el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, a cargo del diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, del Grupo Parlamentario del PAN

El suscrito, diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo por el que respetuosamente se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal, a la Secretaría de Gobernación y a los plenos de la Cámara de Diputados y del Senado de la República, para que se convoque a reunión urgente del Sistema Nacional de Atención a Víctimas; se cree una política de Estado para las víctimas, se convoque lo antes posible a elección del titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y para no aprobar las reformas a la Ley General de Víctimas que pretenden desaparecer el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, respectivamente, conforme a los siguientes

Antecedentes

Las víctimas y la lucha por sus derechos

México ha estado inmerso en una situación crítica de seguridad desde hace muchos años. Esta inseguridad ha provocado la multiplicación del número de víctimas de muy diversos delitos y de violaciones a derechos humanos.

La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2019 (ENVIPE), muestra un panorama aterrador. Sólo en 2018, el número de personas estimadas que fueron víctimas de algún delito, ascendió a 24.7 millones, es decir, alrededor de 20 por ciento de la población nacional dijo que sufrió la comisión de un delito durante ese año.

Si esto lo retrotraemos en el tiempo, encontraremos que estos números han sido constantes desde el año 2012, pues el número de víctimas ha fluctuado en un intervalo de 21.6 millones en 2012 y 25.4 millones en el peor año, el 2017.

Ahora bien, si estas cifras se acumulan, se aprecia con más claridad la dimensión de la tragedia que hemos vivido durante, al menos, casi la última década. En la siguiente gráfica se plasma tanto los millones de víctimas por año, pero también el acumulado, el cual alcanza, de 2011 a 2018, un estimado de 164.5 millones de víctimas, es decir, más de cien por ciento de la población total del país.

Esto muestra claramente el tamaño de la tragedia que ha ocasionado la delincuencia y la falla del Estado mexicano para proporcionar seguridad física y jurídica a la población.

Ante este panorama, desde el año 2010 ha habido un constante movimiento de colectivos de víctimas y de víctimas en lo individual, que han propugnado por el reconocimiento de sus derechos y por la creación de instituciones especializadas que las atiendan.

En 2013, después de una lucha de más de tres años, se expidió la Ley General de Víctimas, la cual creó una institución especializada para la atención de las víctimas de delitos y de violaciones a derechos humanos, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

Asimismo, se creó un Sistema Nacional de Atención a Víctimas (SNAV), que es encabezado por el propio Presidente de la República, y en el que participan los representantes de los tres Poderes de la Unión. Su objetivo es articular una política nacional de atención a víctimas.

Desde 2013, la ley en cita ha tenido ya dos grandes reformas, una apenas tres meses después de haber sido promulgada y publicada, y otra en el año 2017, que trató de corregir los grandes desperfectos que arrastraba de origen.

Con problemas normativos, de diseño y de funcionamiento, pero la Ley General de Víctimas y su ámbito institucional, la CEAV y el SNAV, son un gran logro de las víctimas en la lucha por sus derechos.

El SNAV y la CEAV en la actualidad

De acuerdo con el artículo 83 de la Ley General de Víctimas, el SNAV debería sesionar al menos dos veces al año. La realidad muestra que, en toda la historia, solamente ha sesionado una vez, en el año 2015, es decir, en este gobierno encabezado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, el SNAV ni siquiera se ha instalado y, en consecuencia, es evidente que tampoco se ha iniciado siquiera, un trabajo para delinear una política de Estado en materia de atención a víctimas.

Con el SNAV en práctica inexistencia, la CEAV se ha quedado sola frente al inmenso y complejo reto de atender a las víctimas de delitos federales y de violaciones a derechos humanos cometidas por autoridades federales y, además, de impulsar y encabezar un proceso de formación y consolidación de comisiones locales en cada entidad federativa.

A simple vista se puede ver que esta tarea titánica que la CEAV tiene enfrente es simple y sencillamente imposible de lograr con los ínfimos recursos que tiene asignados.

Si a esto le sumamos que la CEAV se ha visto envuelta en una serie de escándalos que han concluido con la destitución de los comisionados que integraban el pleno de la comisión en 2017 y después con la renuncia de los siguientes dos comisionados ejecutivos en 2019 y en junio de este año 2020, entonces estamos frente a un escenario catastrófico, institucionalmente hablando.

Hoy, la CEAV se encuentra acéfala y aunque la Ley General de Víctimas establece un procedimiento para nombrar a su titular, en el cual se prevé una consulta pública, no existen indicios de que la Secretaría de Gobernación (Segob), a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración, tenga intenciones de iniciar pronto con el procedimiento y emitir la convocatoria pública y abierta.

Sin una política nacional y sin guía al interior de la CEAV, la institución está navegando a la deriva y, las más afectadas son las víctimas que no están recibiendo la atención que requieren y que por ley les corresponde.

Algunas de esas víctimas fueron las que iniciaron la toma del edificio de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y otras de ellas mantienen un plantón pacífico en el lobby del edificio sede de la CEAV desde febrero de este año.

Desaparición del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral

Para cumplir con sus obligaciones, la CEAV cuenta, de acuerdo con la Ley General de Víctimas, con un Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, que se constituye como un fideicomiso público, regulado por la misma ley.

Los recursos de este fideicomiso solamente pueden ser destinados para la atención de víctimas, ya sea a través de medidas de ayuda y atención inmediata o de reparación integral del daño.

Hay que subrayar que la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha considerado a la reparación del daño como un derecho fundamental de las víctimas, por lo que su cumplimiento no está al arbitrio de la autoridad en turno, sino que debe cumplirse de acuerdo con los estándares internacionales y nacionales que se han desarrollado en materia de reparación del daño.

Pero esto le importó muy poco al Grupo Parlamentario de Morena en esta Cámara de Diputados, pues en su afán de complacer al Presidente de la República, ha propuesto la desaparición de todos los fideicomisos públicos, incluido el de la CEAV, que está destinado, como se ha mencionado, a la atención de las víctimas de la delincuencia.

Esta propuesta de desaparición del Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral (FAARI) no sólo contraviene la lucha de las víctimas de la delincuencia por acceder a justicia, verdad, memoria y reparación, sino que vulnera derechos fundamentales que están incluso reconocidos en instrumentos internacionales y en el artículo 20, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Desaparecer el FAARI aumentaría la vulnerabilidad de la CEAV, retrasaría aún más la atención a víctimas y dificultaría más el cumplimiento y garantía de los derechos consagrados en la Ley General de Víctimas, lo que es una traición a los millones de víctimas que existen en este país.

La Asamblea Consultiva levantó la voz

La CEAV tiene por virtud del artículo 84 Octies, una Asamblea Consultiva, integrada por representantes de colectivos de víctimas, que tiene una función de opinión y asesoría sobre los temas de la CEAV y su operación.

Si bien esta Asamblea no tiene funciones ejecutivas, su voz debe escucharse cuando se tratan temas relacionados con la CEAV, pues en su integración hay personas provenientes de colectivos de varias regiones del país.

El 23 de septiembre de 2020, la Asamblea Consultiva emitió un comunicado, en el cual, retrató este mismo panorama y, ante la situación crítica que atraviesa la CEAV, expresó lo siguiente:

1. La situación de la CEAV y la atención a víctimas debe ser prioridad para el gobierno federal;

2. Observó la falta de instalación del SNAV;

3. Consideró urgente que se inicie lo antes posible el proceso de designación del comisionado de la CEAV y que éste sea de un perfil conocedor del tema y que escuche a las víctimas en sus necesidades;

4. Estimó que el Estado debe atender a todas las víctimas de violaciones graves, sin importar el fuero (federal o común);

5. Consideró que, ante los señalamientos de corrupción y mal manejo de recursos en la CEAV, es necesario realizar una auditoría forense.

Ante este panorama desolador, es importante que esta Cámara de Diputados escuche a las víctimas y, en especial, a la Asamblea Consultiva de la CEAV, y atienda sus llamados. No es posible que, en un país con casi 25 millones de víctimas en promedio anuales, el gobierno federal no cuente con una política coherente para atenderlas y, por el contrario, esté buscando minar sus bases de operación.

Por tal motivo, esta proposición con punto de acuerdo plantea emitir un respetuoso exhorto al titular del Poder Ejecutivo federal para que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley General de Víctimas, convoque a reunión del SNAV, y se avance en la construcción de una política de estado para las víctimas; a la Segob, para que emita, a la brevedad posible, la convocatoria pública y abierta para la elección de la persona que encabezará la CEAV en los próximos cinco años, privilegiando perfiles de víctimas o de personas que conozcan del tema y que tengan cercanía con las víctimas, para escucharlas y atender sus necesidades de manera integral y al pleno de esta Cámara de Diputados y al pleno del Senado de la República, para no aprobar la reforma a la Ley General de Víctimas que pretende desaparecer el FAARI.

Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario, de urgente resolución, a consideración de esta soberanía, con los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley General de Víctimas, convoque a reunión del Sistema Nacional de Atención a Víctimas y se avance en la construcción de una política de estado para las víctimas.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación para que emita, a la brevedad posible, la convocatoria pública y abierta para la elección de la persona que encabezará la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en los próximos cinco años, privilegiando perfiles de víctimas o de personas que conozcan del tema y que tengan cercanía con las víctimas, para escucharlas y atender sus necesidades de manera integral.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al pleno de esta Cámara de Diputados y al pleno del Senado de la República, para no aprobar la reforma a la Ley General de Víctimas que pretende desaparecer el Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Nota

1 Elaboración propia con datos de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2019. Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Recuperado el 28 de septiembre de 2020, en https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/2019/doc/envipe201 9_presentacion_nacional.pdf

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputado Justino Eugenio Arriaga Rojas (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas comisiones de esta soberanía a invitar a una reunión al director general de Liconsa y abordar la adquisición, la distribución y el abasto comunitario de leche, su población objetivo y beneficiarios, y pagos y adeudos con productores en varias entidades, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del PRI

La que suscribe, María Sara Rocha Medina, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

En nuestro país opera Liconsa como una empresa que industrializa y distribuye leche a un precio subsidiado en favor de las familias que presentan un grado de pobreza, grupos vulnerables y particularmente en apoyo a la alimentación de niñas, niños y adolescentes.1

Históricamente había sido clave en el apoyo de la economía de los hogares; en el impulso, fortalecimiento y desarrollo de la actividad agrícola y lechera de nuestros ganaderos nacionales, beneficiando de igual manera a productores de pequeña escala, asociaciones, comercializadores y grandes industriales que generan derrama económica y miles empleos directos e indirectos.

Según las reglas de operación del Programa de Abasto Social de Leche, se tiene presencia en las 32 entidades federativas por medio del abasto comunitario y convenios de actores sociales y comunitarios2 . Se trabaja en 489 municipios de los 549 recomendados de los cuales, alrededor de 276 son de Oaxaca, 75 de Puebla, 51 de Chiapas y 49 de Veracruz, asimismo 10 de Yucatán y 6 de San Luis Potosí, entre otros.3

Durante el año pasado benefició a 5 millones 871 mil 236 personas con 829 millones 421 mil 717 litros de leche, de ellos, 615 millones fueron líquida y 214 millones en polvo. Para este 2020 se tiene previsto atender a más de 6 millones de mexicanos y la distribución de 909 millones 732 mil 506 litros de leche.4

A pesar de esta relevancia, en lo que va de la presente administración federal ha abandonado su compromiso social, ya que se ha documentado la disminución de beneficiarios, la reducción de zonas de atención y problemas en la entrega de leche, aunado a tratos inequitativos a los productores a quienes se les adeuda, se les cancela pedidos y no reciben sus pagos a precios justos y en los tiempos pactados.

Organizaciones de la sociedad civil como Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), han alertado la exclusión de la lista de abasto prioritario a múltiples comunidades con altos índices de pobreza y marginación, quienes consumían leche por las tarifas preferenciales.5

A demás de dejar de atender a más de 478 mil mexicanos en situación de pobreza, se elevó el precio por litro de leche al pasar de un peso a $2.50 afectando a municipios y entidades del país.

Sin justificación se ha escaseado la distribución de tan importante producto, así lo constatan los encargados de las lecherías en el estado de México, la Ciudad de México y Chiapas principalmente, hecho que agrava la crisis y sus impactos en económico, de salud y social por la emergencia sanitaria producida por el virus SARS-CoV2.

Debido a presuntas irregularidades en el manejo de los recursos públicos, Liconsa no cuenta con fondos para la liquidación de proveedores, por lo que se presentan retrasos en los pagos, la cancelación de pedidos y adeudos con los productores, afectándolos ya que muchos de ellos dependen de estas transacciones para subsistir.

A decir del dirigente del Frente Nacional de Productores y Consumidores de Leche la interrupción en los pagos se comenzaron a detectar desde el inicio del presente año, no obstante, ellos no detuvieron la entrega de leche, siendo obligados a adquirir prestamos o créditos con instituciones bancarias, compromisos que ahora no pueden solucionar por la falta de pagos.6

Los hechos descritos afectan directamente a más de 10 mil pequeños y medianos productores de por lo menos 20 estados de la República Mexicana y a una centena de familias que subsisten indirectamente de esta actividad productiva, fundamental para el crecimiento y desarrollo del país.

Bajo estas consideraciones, es esencial una reunión de trabajo con el director general de Liconsa ante comisiones de la Cámara de Diputados a fin de analizar las problemáticas descritas, encontrar soluciones y prevenir su repetición en otras entidades.

Tener este encuentro permitirá, entre otros aspectos, conocer la realidad operativa, presupuestal y de distribución, así como certeza en la población objetivo y atendida, pero especialmente las licitaciones, adjudicaciones y contratos signados para salvaguardar uno de los derechos humanos como es el de la alimentación.

En el caso de comprobarse estas anomalías, las autoridades correspondientes deberán emprender una investigación integral, pronta y transparente para sancionar conforme a derecho a los responsables por generar afectaciones a las arcas públicas federales y vulnerar los derechos de la población.

De no hacer frente con oportunidad, la problemática explicada generará otras dificultades como el endeudamiento de los productores, una mayor escasez del producto y el desvió de recursos públicos, de ahí la relevancia de concretar esta reunión con el titular de Liconsa ante esta soberanía.

El que se cumplan los objetivos de creación y metas relativas a la población objetivo y comunidades beneficiadas, así como cantidades de leche disponible para los hogares son de interés público y forman parte de los asuntos que se deben tratar durante el ejercicio que propone el presente instrumento legislativo.

Por lo anterior, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente propuesta con

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a las Comisiones de Ganadería y Desarrollo Social, así como de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria de la honorable Cámara de Diputados para que, inviten al director general de Liconsa, Ignacio Ovalle Fernández, a sostener una reunión de trabajo y abordar diversos asuntos relacionados con la adquisición, distribución y abasto comunitario de leche, su población objetivo y beneficiarios, asimismo, pagos y adeudos con productores en diversas entidades del país.

Notas

1 Liconsa. (2020). ¿Qué hacemos? 27/09/2020. Sitio web: https://www.gob.mx/liconsa/que-hacemos

2 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. (2020). Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Abasto Social de Leche, a cargo de Liconsa, SA de CV, (Liconsa), para el ejercicio fiscal 2020. 27/09/2020, de Diario Oficial de la Federación Sitio web:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5584370&f echa=20/01/2020

3 Seguridad Alimentaria Mexicana. (2020). Gobierno de la República municipios con venta preferente de 2.50 pesos por litro. 27/09/2020, de Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural Sitio web:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/483618/Li stado_549Mpios_-_LICONSA.pdf

4 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. (2020). Programa Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa 76 años contigo. 27/09/2020, de Gobierno de México Sitio web: https://www.gob.mx/agricultura/articulos/programa-de-abasto-social-de-l eche-a-cargo-de-liconsa-76-anos-contigo?idiom=es

5 Raúl Olmos y Samuel Adam. (2020). En el primer año de AMLO, LICONSA afecta a los más pobres. 27/09/2020, de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad Sitio web: https://contralacorrupcion.mx/aumento-precio-leche-liconsa-2020/

6 Eduardo de la Rosa. (2020). Productores de leche exigen a Liconsa cumplir con pagos. 27/09/2020, de Milenio Sitio web: https://www.milenio.com/negocios/liconsa-productores-leche-exigen-cumpl ir-pago

Diputada María Sara Rocha Medina (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y esta soberanía a transparentar las acciones que derivaron en pasivos del “rescate bancario”, o Fobaproa-IPAB; deslindar las deudas convertidas de manera irregular o ilegal en deuda pública; determinar la figura legal conducente a reintegrar a los legales dueños las deudas que por procedimientos viciados de origen asumió indebidamente el gobierno federal; y transparentar las acciones indebidas de los servidores públicos responsables, a cargo del diputado Gerardo Fernández Noroña, del Grupo Parlamentario del PT

El que suscribe, diputado Gerardo Fernández Noroña, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, y de conformidad con lo previsto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracciones III y IV, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, de urgente u obvia resolución, con base en la siguiente

Exposición de Motivos

Los fraudes electorales a nivel nacional, se pueden tipificar penalmente como Traiciones a la Patria, debido a que “el fraude constituye un atentado contra la libertad electoral (falta de equidad y de competitividad) y la transparencia de los comicios, destinado a distorsionar deliberadamente el ejercicio libre del sufragio y, por ende, la directa manifestación de la voluntad popular en las ánforas ”. (Planas) Independientemente de cuál o cuáles sean las acciones que se realicen para lograr el objetivo, el hecho de alterar la libre determinación de la voluntad popular, lleva de manera intrínseca la traición a la soberanía nacional, pues ésta reside esencial y originariamente en el pueblo y todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste, mismo que se expresa en nuestro país, a través del voto, en las elecciones, o en las consultas populares; así lo establece el artículo 39 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

En nuestro país, se han sucedido diversos fraudes electorales, al menos de 1988 a 2012 , de distintas maneras, pero con una constante, la utilización de cuantiosas sumas de dinero; a través de desvíos de fondos públicos, aportaciones irregulares o ilegales o incluso de recursos de procedencia ilícita. Más allá de la persona, o del signo del partido político que decían representar, los daños derivados de estas usurpaciones (esencialmente por la falta de legitimidad), son de tal magnitud, que se traducen no solo en un importante costo político, sino en un gravísimo e irreparable costo social al pueblo de México.

El origen espurio de estos mandatarios, trajo consigo la necesidad imperiosa de intentar subsanar la falta de legitimidad, buscando los apoyos necesarios para mantenerse en el poder, pero cuando las lealtades no se ganan de manera honesta y legal, se debe de pagar por ellas. Para lo cual, compraron voluntades de empresarios sin escrúpulos, especuladores y traficantes de influencias, nacionales y extranjeros, terminando reunidos en un mismo grupo político-económico, a costa de daños brutales a las finanzas públicas .

Como consecuencia de lo anterior, millones de mexicanos han perdido la vida , principalmente los más desfavorecidos económicamente, imposible no mencionar el despojo y la violencia en contra de los pueblos originarios, de igual forma, las familias mexicanas en general, fueron paulatinamente perdiendo de la incipiente seguridad social (obtenida gracias a las luchas sociales en el marco de la Revolución Mexicana); por la rapiña, también se les negó contar con una educación pública gratuita y de calidad, que sirviera de medio eficaz de movilidad social positiva y los trabajadores formales terminaron siendo minoría, y sometidos a percibir salarios miserables, prácticamente sin prestación alguna al legalizarse esquemas como el “outsourcing ”.

Además, a quienes se atrevieron a luchar en contra de estas acciones dañinas a la patria, padecieron una permanente guerra sucia, de linchamiento mediático y paramilitar, utilizada para someter y descabezar, a través de la violencia, movimientos sociales, diezmar a las comunidades indígenas, e imponer como norma fundamental de obediencia, al miedo.

Es decir, la implantación del modelo neoliberal en México, impulsada por intereses trasnacionales, y acatada por los gobiernos traidores, derivó del establecimiento de un círculo vicioso, que nace con el objetivo apoderarse del poder legal, a través de ir contra la voluntad popular (en la cual reside originariamente la soberanía nacional), para apropiarse de los bienes nacionales o de permitir su usufructo al mejor postor, en beneficio de solo unos cuantos.

Con base en lo anterior, es posible afirmar que las principales líneas de acción con las cuales lograron obtener y mantener el poder, estos regímenes espurios son:

1. Orquestar y ejecutar un plan para traicionar la voluntad popular expresada por el voto ciudadano, para llegar o mantenerse en el poder;

2. Buscar obtener y utilizar de manera ilegal, recursos públicos, privados y/o de procedencia ilícita, para operar los fraudes electorales;

3. Realizar acciones irregulares o ilegales para que, al menos parte de esos fondos, posteriormente se cubrieran con dinero, pagos en especie (contratos, y concesiones), o contratar deuda pública para cubrir los desfalcos y devolver con creces el dinero obtenido de los financiamientos ilegales y socializar así el costo de los despojos y los saldos de su corrupción;

4. Someter los intereses nacionales a los extranjeros;

5. Permitir la apropiación o dilapidación por parte de particulares, nacionales o trasnacionales, de los bienes de la nación, en beneficio de unos cuantos, para obtener beneficios y conservar “lealtades”;

6. Apropiarse de al menos un porcentaje de los fondos públicos, a través del establecimiento de cuotas por la adjudicación directa de concesiones, obras y contratos y/o convertirse ellos y sus allegados en beneficiarios directos de las obras públicas;

7. Desviar dinero público a fideicomisos privados para apropiarse de los recursos de todos los mexicanos;

8. Aumentar los impuestos la población en general y condonar los impuestos para ellos y sus aliados;

9. Utilizar el monopolio de la violencia para reprimir, eliminar a opositores, periodistas, activistas y luchas sociales que intentaran denunciar u oponerse a sus planes.

10. Instrumentar y financiar campañas mediáticas con el objetivo de justificar sus acciones, así como, descalificar, distraer, desvirtuar y reprimir a las voces opositoras

1988, el fraude primigenio

El origen de este modelo de rapiña comenzó de manera abierta con el fraude electoral de 1988 , a la voluntad expresada a favor, del entonces líder del Frente Cardenista de Reconstrucción Nacional, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano; en aquel entonces, el usurpador Carlos Salinas de Gortari, para buscar legitimarse construyó un contubernio en la cúpula del poder político y económico, a la que sumo en un primer momento, a parte de la oligarquía (allegados suyos, principalmente empresarios sin escrúpulos, especuladores y traficantes de influencias), y posteriormente, a un grupúsculo de “opositores” panistas, quienes no solamente traicionaron los ideales de los fundadores de Acción Nacional, sino que incluso, con su silencio avalaron el asesinato de algunos de sus compañeros destacados como Manuel Clouthier (“Maquío”) por denunciar el fraude electoral de 1988 y José Ángel Conchello, por oponerse al Fobaproa-IPAB (ambos resultaron muertos en extraños y similares accidentes de carretera) (Alemán, 2003); y hasta líderes del Partido de la Revolución Democrática (PRD) que se decían de izquierda, pero que finalmente traicionaron esa corriente de pensamiento, así como a más de 600 luchadores sociales de izquierda que fueron asesinados en el sexenio de Salinas.

La usurpación de Salinas de Gortari, trajo como consecuencia, que la corrupción se estableciera como política transexenal de gobierno , a través de la consolidación de un nuevo grupo en el poder (originalmente autodenominado “grupo compacto”), el cual se había propuesto la toma del poder por lo menos veinte años antes. La articulación del grupo compacto como una nueva élite política-económica se dio en el seno de la secretaría de Estado creada por López Portillo como pilar fundamental de la reforma administrativa: la Secretaría de Programación y Presupuesto (SPP). En ella Salinas y su titular, Miguel de la Madrid Hurtado, toman virtualmente la conducción de la política económica de la segunda mitad del sexenio lopezportillista, y de ahí, logran ganar la carrera sucesoria de 1982. Los miembros originales de ese grupo compacto fueron el propio Salinas de Gortari, el finado Manuel Camacho Solís y Emilio Lozoya Thalman, padre del exdirector de Pemex Emilio Lozoya Austin ahora bajo investigación. (Unidad de Análisis Próspectivo El Financiero, 1993)

Es gracias a procesos amañados de privatización de las empresas estatales estratégicas, y también de la banca nacional, lo que permite la colusión de esta élite política con algunos “hombres de negocios”, a quienes, sin importar su desconocimiento en los negocios bancarios, se les permite apropiarse de los bancos mexicanos a precios muy por debajo del valor real de sus propios activos, a cambio de instaurar las corridas financieras necesarias para operar los posteriores fraudes electorales. Cabe recordar las afirmaciones recientes de uno de sus actores, Carlos Cabal Peniche (presidente del Consejo de Administración de Banca Unión en ese entonces).

Cabal Peniche afirma en una entrevista realizada por el periodista Emmanuel Sibilla en 2019, que a través de fideicomisos y otras acciones (como las que se utilizan para el lavado de dinero), en el periodo del usurpador Salinas de Gortari, se acostumbraba lo que se denomina el “pase de charola” y les entregó al menos 25 millones de dólares para las campañas del Partido Revolucionario Institucional (PRI); distribuidos de la siguiente manera: 15 millones para Luis Donaldo Colosio (a quien por cierto estos mismos intereses terminaron matándolo), 5 millones para la campaña de Ernesto Zedillo Ponce de León, 5 millones para Roberto Madrazo Pintado y también se hizo lo propio en Chiapas, con Eduardo Robledo (por cierto padre de Zoé Robledo actual Director del Instituto Mexicano del Seguro Social), quien era el candidato del PRI a gobernador y fue gobernador por un corto periodo.

En antedicha entrevista Cabal declara lo siguiente:

Emmanuel Sibilla (ES)–Pero les diste 25 millones de dólares, a través de fideicomisos documentados. 15 millones a Colosio, 5 millones a Zedillo y 5 millones a Madrazo candidato a gobernador de Tabasco.

Carlos Cabal Peniche (CCP)–Antes era muy común, Emmanuel en la clase empresarial de ese nivel,

ES– Pasar la charola

CCP–Pasaban la charola, las leyes en esos momentos en cuanto al financiamiento de campañas no eran claras, se permitían muchas cosas...

ES– Pero siempre se decía que era ilegal, cómo le vas a dar dinero a la mano, a un partido político, a los candidatos...

CCP–Bueno no fue dinero a la mano, se hicieron fideicomisos dentro del banco y de esos fideicomisos y están documentados, y yo entregué la documentación después y todo eso... yo creo que más que ilegal se ocultaba, no se decía con claridad que apoyaban al partido los empresarios no,

ES–15 millones a Colosio, 5 millones a Zedillo...

CCP–Sí

ES–Quería más Zedillo, y por eso parte de su enojo contigo porque pues ha de haber dicho porque a Colosio 15 y a mi 5...

CCP–Definitivamente yo sí apoyé con toda intención, fue la única vez que yo me saqué una credencial del PRI cuando era Colosio el candidato

ES–Te iba a preguntar al respecto, de tu militancia priísta y te adelantaste...

CCP–Quiero ser claro que definitivamente apoyé las intenciones del candidato Colosio, yo creo que fui el único banquero

ES–Le apostaste con todo a Colosio

CCP–Yo creo que era el único banquero que le apostó a Colosio, porque evidentemente en aquellos, se usaba que todo el sector de banqueros apoyaran a Pedro Aspe, él fue un precandidato importante cuando Colosio no,

ES– Por eso también,

CCP– Pues mira, quiero comentarte desde un principio, de que ganamos el banco en la licitación, nunca conté, yo no fui invitado a la casa de Pedro Aspe como todos los demás banqueros que ganaron, él nunca estuvo de acuerdo en formar un grupo del sureste, o cuando menos éste grupo del sureste, después se formó otro al que le otorgó un banco del Sureste, se llamaba, pero siendo Francisco Gil Díaz subsecretario de Hacienda, subsecretario de Ingresos, yo (sic) me reclasificaron en la Platanera San Carlos, las cosas y, si no pagaba 30 millones de dólares, el banco que se había ganado, se perdía y me perseguían, entonces en esos momentos empecé a entender, finalmente conseguí como sea el dinero y pagué, aunque no estuviera de acuerdo, porque yo tenía una sociedad de producción rural y se reclasificaron los ingresos...

...

CCP– Luego por supuesto que le entregue recursos también, se aprobó un fideicomiso y se le entregaron recursos a Zedillo y luego también se hizo un fideicomiso para Roberto Madrazo que también está...

ES– Cinco millones de dólares;

CCP– Cinco millones de dólares,

ES– Parte de las cajas que presentó López Obrador está documentado ahí,

CCP– Así es,

ES– Tiene que ver con este fideicomiso y con,

CCP– Así es, y también hubo otro fideicomiso, también se hizo lo propio en Chiapas, con Eduardo Robledo, que era el candidato y fue el gobernador por un corto periodo.

ES– Lo de las cajas de AMLO fue cierto, la documentación que presentó López Obrador, donde decían recursos para la campaña de Roberto Madrazo...

CCP– El fideicomiso existió...

ES– Confirmado, lo estás confirmando tú...

CCP– En estos momentos...

ES– Tú se los diste, le diste los recursos...

CCP– Por supuesto, a través del fideicomiso del Banco, por supuesto que sí, lo confirmo en estos momentos, eran los tiempos y yo entiendo que al presidente López Obrador no le gustara, él era oposición, pero así, se hacían las cosas en aquellos momentos,

ES– Y entonces eso de las famosísimas cajas, amigos del auditorio, sí, lo confirma el propio Carlos Cabal Peniche, porque siempre Madrazo pues desmintió la versión y nunca lograron darle crédito a esto que logró López Obrador poner en la mesa en su momento.

CCP– Realmente Emmanuel todo estaba documentado, como te digo, no era dinero a la mano, se hacía un fideicomiso, participaban empresarios, se metían los recursos al fideicomiso, se entregaba al partido...

ES– La idea de entregar dinero era para beneficiarse del gobierno que iba a entrar...

CCP– Que bueno que tocas el tema, quiero decirte que yo no recuperé en ningún momento, ni antes del exilio, ni después del exilio, ni en estos días, un solo quinto de eso, no me beneficié de nada, evidentemente fui perseguido, victimizado, este... yo no, quiero comentarlo yo no me beneficie de eso,

ES– ¿Pero buscabas eso? Para dar cantidades industriales de dinero...

CCP– Bueno, bueno, realmente buscaba en aquellos momentos en que creía del crecimiento del país, crecer como empresario, que mi grupo de empresarios pudiera crecer, eso sí lo busqué...

ES– Y la manera era estar bien con los que llegaban al poder, con el presidente en turno, con el gobernador en turno,

CCP–Ese fue como sabes, durante muchos años ha sido para el país, hasta ahora que se está transformando el país, hasta ahora son otras las reglas, pero antes esas han sido. (Sibilla, 2019)

Lo más relevante de las declaraciones de Cabal Peniche, es la confirmación del otorgamiento de grandes cantidades de dinero para operar diversos fraudes electorales y violentar la voluntad popular.

Fraudes Electorales, Corrupción, Impunidad y Despojo Transexenal Sucesivos

Posteriormente en 1994, Ernesto Zedillo usurpó la presidencia producto del asesinato de Luis Donaldo Colosio, y del fraude electoral realizado a través del dinero de Cabal Peniche y de muchos otros. Zedillo, continuó las políticas privatizadoras de Salinas y las llevó hasta sus últimas consecuencias: como si siguiera inexorablemente las vías férreas que, terminaría también privatizando. (López Obrador, Petición de Consulta Popular para la jornada electoral del 6 de junio de 2021, 2020) Así, la centenaria y estratégica empresa de Ferrocarriles Nacionales de México, columna vertebral del comercio (la cual inició su privatización Salinas y sería terminada de liquidar por Fox), terminaría desmantelada y en manos privadas; además, adjudicó el pago a todos los mexicanos, de miles de millones de pesos de deudas privadas en el marco del ‘rescate bancario’ de 1998 , conocido como el caso: Fobaproa-IPAB (Fondo Bancario de Protección al Ahorro-Instituto para la Protección al Ahorro Bancario). Por sólo este último hecho, al cual se le considera el mayor fraude a la Nación, como se corroborará más adelante, Zedillo debería ser investigado y juzgado como actualmente lo exige la voluntad popular .

Fox, el voto útil que nació inútil.

En las elecciones del año 2000, surgieron los casos como los “Amigos de Fox”1 en el caso del PAN y el “Pemexgate”2 por parte del PRI, para allegarse de recursos no permitidos en las campañas y comprar los votos. Y aunque muchos podrán afirmar que Vicente Fox llegó gracias al voto mayoritario de los ciudadanos, también puedo afirmar que Fox en sí mismo es un triple fraude; primero, Fox disfrazó su discurso, por el lenguaje utilizado por el “Maquío”, (asesinado en 1994), para engañar al pueblo con solo el objetivo de saquearlo; segundo, Fox era solo uno de los jugadores del propio Salinas y sus cómplices, quienes al percibir el declive del poder del PRI, y ante el crecimiento del anhelo de un cambio, muchos mexicanos terminaron embaucados al posicionar los medios el concepto de “voto útil”, y el cual terminaría siendo inútil y el cambio anhelado no llegó como lo prometió; tercero, Fox es un completo farsante, terminó traicionando a sus propios correligionarios, desde siempre fue aliado de Salinas, tan es así, que años después sería expulsado del propio partido que lo llevó al poder, y terminaría apoyando a Enrique Peña Nieto, candidato del PRI. Pero, además, “cuando se acercaba el final de su gestión intervino indebida e ilegalmente en el proceso electoral a fin de impedir el triunfo de la oposición. Tal intromisión no solo fue reconocida en el “acuerdo” con el que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) legalizó el turbio proceso electoral de 2006 sino por el propio Fox, quien, al año siguiente, en una entrevista con Telemundo, admitió que “era importante detener a López Obrador”, y en 2010 se jactó de haber “cargado los dados” del proceso electoral. De esa forma, traicionó el mandato democrático al que se comprometió y los principios mismos de la democracia. (López Obrador, Petición de Consulta Popular para la jornada electoral del 6 de junio de 2021, 2020)

Fox y sus aliados del PRI, se apropiaron las multimillonarias ganancias de Pemex, derivadas de los altos precios internacionales de los energéticos, simplemente las esfumaron, destinando gran parte de ellas al gasto corriente de una burocracia inútil y creciente en el foxismo y permitiendo el saqueo por parte de funcionarios y contratistas, sin importar por ejemplo, que llevaba a Petróleos Mexicanos (Pemex), la principal empresa del México, al borde de la quiebra y lista para venderse, como querían posteriormente los privatizadores de Calderón y de Peña Nieto. (Cepeda Neri, 2007)

Otro ejemplo, de que la corrupción transexenal sin escrúpulos del PRIAN en el hilo conductor de sus mandatos, (desgraciadamente sobran), es el caso de la empresa Integradora de Servicios Operativos S.A. (ISOSA), el cual consistió en “los fideicomisos de [Francisco] Gil Díaz, creados a finales del “delamadridismo”, consolidados durante el salinismo-zedillista y florecientes para la corrupción durante el foxismo”. Por ejemplo, el caso de los fideicomisos Aduanas I y Aduanas II creados para el cobro de exportaciones e importaciones aduaneras. Fueron fideicomisos, [...] constituidos con fondos públicos, pero que encubiertos con esa figura jurídica-bancaria estaban al margen de la fiscalización del Congreso, al manejarse como instituciones privadas y así, en secreto y discrecionalmente, el foxismo dispuso de millonarias sumas para su beneficio. Esos fideicomisos, por obra y gracia de Gil Díaz, sustituyeron la Partida Secreta para que los escogidos por Fox y Gil Díaz recibieran, como fideicomisarios o beneficiarios, lo que se acumula en liquidez monetaria por el cobro de servicios aduaneros durante el sexenio.” (Cepeda Neri, 2007)

Para engarzar a los fideicomisos Aduanas I y II, Gil Díaz fue más allá, obviamente con el visto bueno de Fox, y ambos eslabones fueron sujetados por una tercera entidad: ISOSA, para así rematar la corrupción y tratar de impedir, tras la extinción de los fideicomisos, cualquier investigación sobre el destino millonario de esos caudales públicos. Pero, unos cuantos meses antes del final del sexenio foxista, simulando un asalto, un matón ejecuta al entonces director de ISOSA Francisco Obel Villarreal Antelmo. Hecho que puso en foco esta empresa, creada y puesta en marcha desde 1993 por Gil Díaz, en ese entonces, subsecretario de Ingresos de la SHCP y posteriormente Secretario de Hacienda con Fox. (Cepeda Neri, 2007) (Badillo, 2006)

La Auditoria Superior de la Federación después de auditar el fideicomiso público al que estaba ligada la empresa, concluyó que a través de ella se había fraguado un desfalco al erario por lo menos de 9 mil millones de pesos . “Sin embargo, se topó con un impedimento jurídico: la Suprema Corte de Justicia [de la Nación (SCJN), determinó que, a pesar de que el 99.9 por ciento del capital de ISOSA pertenece al Estado, se trataba de una compañía privada y por tanto no está obligada a ingresar a la Tesorería de la Federación lo que cobraba a los particulares por concepto de derechos anuales ni tampoco podía se auditada” . (Badillo, 2006) Obviamente el grupo expandió su poder abarcando tanto al poder judicial, como al legislativo.

2006, El “Sistema” Roba al Pueblo

En 2006, Felipe Calderón comenzó haciendo fraude a los propios panistas en la elección interna; nutrió su campaña de dinero sucio de numerosos organismos, destacan entre ellos el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y Televisa , una confabulación impune de la que esta última fue gran beneficiaria del sexenio desde que las bancadas del PAN aprobaron en marzo de ese mismo año, la ley “Televisa” la cual de facto, despojaba al Estado en favor de las televisoras, las facultades de regulación de las concesiones de uno de los más estratégicos e importantes bienes de la nación actualmente, el espacio radioeléctrico. Su importancia era tal en ese momento, pues estaba por llegar la conversión tecnológica a los nuevos sistemas digitales, lo que permitiría a las televisoras principalmente, multiplicar las ganancias de sus concesiones, sin pagar beneficio alguno para la nación . Fue de tal grado su ilegalidad, que duró vigente poco más de un año, para que la SCJN terminara anulando las modificaciones más dañinas (pero no todas), por ser claramente inconstitucionales, por supuesto, el daño ya estaba hecho, ya habían pasado las elecciones, pero dejó secuelas, así nació la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), hoy Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) organismo que arroga las facultades de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), en favor de los intereses privados. (Delgado, 2012)

Además, Calderón no sólo recibió fondos ilegales de algunos barones del dinero, sino que además desvió recursos públicos para su campaña , por ejemplo: El prevaricato de César Nava Vázquez abogado general de Petróleos Mexicanos entre 2001 y 2003 en Pemex Petroquímica donde estuvo involucrado el ayuntamiento de Coatzacoalcos, Veracruz, así como diversos personajes del PRI y el PAN, entre los que destacan el alcalde en ese momento Marcelo Montiel, Jesús Antonio Macías Yazegey, un personaje que a los pocos meses se convertiría en el tesorero de campaña del gobernador Fidel Herrera Beltrán y suegro del ex-secretario de Finanzas del gobierno de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa y el propio Felipe Calderón cuando era director de BANOBRAS. (Pérez, 2010)

Por si no fuera suficiente, Fox y Calderón tendrían en Oceanografí31 su propia Odebrecht. Amado Yáñez Osuna tenía una relación muy cercana con los hermanos Manuel y Jorge Bribiesca Sahagún (hijos de Marta Sahagún, esposa de Fox), pero la relación entre Oceanografía y el hombre más cercano al espurio Calderón, se inició por intermediación de Leonardo Oleavarrieta, secretario particular de Yáñez Osuna y amigo de Juan Camilo Mouriño desde la infancia (Mouriño fue el hombre más cercano a Calderón), así lo documentó Miguel Badillo en su columna “Oficio de Papel”. Como muestra de que la cercanía era importante, Felipe Calderón en su calidad de secretario de Energía de Fox, inauguró las nuevas oficinas de Oceanografía ubicadas en Ciudad del Carmen, Campeche (Flores, 2007) Destacan además, los negocios en materia energética del Grupo Energético del Sureste encabezado por el propio Mouriño, al cobijo y en beneficio de Calderón.

Pero el mayor daño a la nación que provocó Calderón, provino de su necesidad de legitimarse, había sido tan burdo el fraude electoral, que había que buscar un poderoso distractor. A través de los medios, declaró la farsa de la “Guerra contra el Narco”, mientras en lo oscuro, su secretario de Seguridad Pública Genaro García Luna y Juan Camilo Mouriño, su secretario de Gobernación, se aliaban y trabajaban para el Cartel de Sinaloa, García Luna está actualmente detenido en Estados Unidos por esas razones. Calderón lo sabía, colaboradores, periodistas e incluso funcionarios extranjeros así lo han afirmado, pero voy más allá, en el último libro del periodista Jesús Lemus, se afirma que Calderón buscó un gran pacto con los líderes del narcotráfico a través de estos dos secretarios. Esa traición a la nación les ha costado y sigue costando la vida a miles de mexicanos.

2012. Peña Nieto, el exceso del despojo

Enrique Peña Nieto literalmente compró la elección de gobernador del Estado de México, (primero para él, con recursos desviados por su tío Arturo Montiel y después para su primo, Alfredo del Mazo Maza, con recursos desviados por el propio Peña), y posteriormente de la misma manera la Presidencia de la República , en parte con los recursos proporcionados por ODEBRECHT, pero a los que habría que sumar a Grupo Higa, a la constructora española Obrascón Huarte Lain, S.A. (OHL), y a Televisa por lo menos, con una inmensidad de dinero que dieron paso a los escándalos del MONEXGATE y la “Casa Blanca”; también hay que destacar la “Estafa Maestra”, llevada a cabo por un largo periodo de tiempo para el desvío de recursos públicos principalmente para las elecciones Estatales. (Gómez, 2019)

Con base en lo anterior, es posible afirmar que el sistema priísta se dio cuenta desde 1988, que ya no era lo suficientemente creíble y fuerte, para mantener el poder a través de los mismos mecanismos coercitivos, por lo que fiel a sus convicciones apostaron todo a lo único en lo que realmente creen, el dinero.

Tuvieron que pasar muchos años, y gracias a la lucha de muchas y muchos, que se cansaron de ser despojados, que por dignidad se atrevieron a luchar, denunciar y concientizar de manera incansable, a veces a costa de su exilio, o de su propia vida, que el nivel de politización de la población mexicana aumentó y en conjunto al liderazgo del compañero presidente López Obrador, una hazaña histórica, una revolución pacífica que logró desterrar de gran parte del poder público a esa élite político-económica que se apropió de todo lo que pudo, aun a costa de traicionar a la nación.

El inconmensurable costo económico de los fraudes electorales

Quiero hacer énfasis en que los fraudes electorales han causado y siguen causando, gravísimos daños de diversos tipos a la nación, pues sus acciones derivaron en la privatización y despojo de gran parte de los recursos públicos, que han negado oportunidades para una mejor vida a la gran mayoría de los mexicanos; pero, sobre todo, quiero enfatizar que, los recursos ilegales utilizados para lograr traicionar la voluntad popular, derivaron también en inconmensurables deudas que los mexicanos lamentablemente seguimos pagando, tanto a nivel local, estatal y federal.

El caso Fobaproa-IPAB, el mayor fraude a la nación

Como bien lo señala el compañero presidente Andrés Manuel López Obrador, en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 “el ejemplo más claro de lo anterior es el atraco que se cometió en el sexenio de Ernesto Zedillo con el Fobaproa , que encubrió los desvíos y los desfalcos perpetrados por un grupo de “banqueros, financieros y empresarios4 y transfirió la deuda resultante –que originalmente ascendía a 552 mil millones de pesos de 1997– al conjunto de la población. Por añadidura, muchos de los defraudadores iniciales, más otros, hicieron pingües negocios al comprar a precios irrisorios los activos adquiridos por el Estado. De esa manera, un puñado de integrantes del grupo político-empresarial multiplicaron sus fortunas de manera exponencial, en tanto que la gran mayoría de los mexicanos han estado pagado año tras año una deuda inmensa; desde aquel impresentable rescate, el país ha pagado cerca de 700 mil millones de pesos y esa deuda pública asciende a cerca de dos billones y no terminará de saldarse sino hasta el año 2070. (López Obrador, Petición de Consulta Popular para la jornada electoral del 6 de junio de 2021, 2020) Mientras tanto, los bancos rescatados y adquiridos en su mayor parte por empresas financieras extranjeras han ganado decenas de miles de millones de dólares, buena parte de los cuales es enviada a los países de origen y han logrado ayudar a sostener sus economías internas. (López Obrador, 2019)

Fue así, debido a la corrupción y la impunidad garantizada para los amigos del régimen, que el Fobaproa benefició a 310 multimillonarios empresarios mexicanos, quienes recibieron unos 11,229 millones de dólares , según denunció el Partido de la Revolución Democrática (PRD) el cual era en ese entonces, el principal partido opositor. Quién lo diría, el PRD (de los “Chuchos”), también terminaría siendo cooptado por este grupo de poder. (Redacción el Tiempo, 1998)

“Dentro de las consecuencias de la manera como se llevó a cabo el rescate bancario, la principal fue la generación de un auténtico desastre fiscal, que condujo al gobierno a registrar en las finanzas públicas, de manera indebida, una doble contabilidad. El resultado de todo eso fue una creciente deuda pública escondida, la cual incluyó no sólo los pasivos del Fobaproa, sino también la deuda asociada a los ahora famosos Proyectos de Inversión con Registro Diferido en el Gasto (Pidiregas) .” (González, 2000)

Por si fuera poco, para intentar mitigar el desfalco, en “abril de 1995, con Zedillo en Los Pinos, priístas y panistas aprobaron un alza de 50 por ciento a la tasa de IVA (de 10 a 15 por ciento, con todo y “Roqueseñal”); dijeron que se trataba de un aumento temporal. A la par, pusieron las arcas nacionales a disposición de los barones del dinero y el ilegal rescate bancario”, que los mexicanos no hemos dejado de pagar. Por lo cual, dicho aumento de impuestos, también se debería de sumar a los costos del Fobaproa-IPAB.

Cabe señalar que lo temporal (de 10 a 15 por ciento) duró alrededor de 15 años (de 1995 a 2010), sólo para que Felipe del Sagrado Corazón de Jesús Calderón Hinojosa y sus prianistas en el Congreso aumentaran aún más la tasa del IVA (de 15 a 16 por ciento, también de forma temporal por la pandemia del virus H1N1), aunque en ambos casos (Zedillo y Borolas) el incremento llegó para quedarse. (Fernandez-Vega, 2020)

Aunque a muchos les parece un problema que no afecta sus bolsillos de manera directa, lamento decirles que esto no es así, les planteo dos ejemplos: primero, lo que se va a pagar únicamente de intereses al servicio de la deuda del IPAB en este año ($43.33 mil millones de pesos), es equivalente a la suma del monto total de lo que se dedica al fomento económico y a la conservación del medio ambiente (43.79 mil millones de pesos). Segundo, lo que se debe actualmente del Fobaproa-IPAB, es decir, dos billones de pesos , es lo presupuestado en este 2020 a todos los siguientes rubros juntos: educación, cultura, deporte, salud (antes de la “pandemia”), y fortalecimiento energético; lo cierto es que todos pagamos esa deuda vía impuestos y su efecto es enorme para nuestra vida cotidiana y lo será para la de nuestros hijos, nietos y bisnietos, por los siguientes 50 años. Generaciones enteras de mexicanos morirán sin ver pagada la deuda, si la dejamos como está. (Gobierno Federal)

Además, es importante señalar, que parte de dichas cantidades de dinero son originalmente dinero que se utilizó para operar los fraudes electorales de 1994, que para devolverlas, pasaron a ser deuda pública en el proceso Fobaproa-IPAB, es decir que, seguimos pagando actualmente, por el fraude electoral que llevaron a cabo Salinas y el PRIAN, hace más de 26 años y lamentablemente no es la excepción, sino más bien la regla .

Es importante recordar que los representantes de la izquierda y algunos miembros de las bancadas panistas en el Congreso se resistían a aprobar los pasivos privados de los bancos como deuda pública por su inmenso tamaño y daño a las finanzas públicas, pero hasta ahí llegó el entonces precandidato a la Presidencia de la República Vicente Fox para presionarlos a votar a favor. En ese entonces el presidente del PAN era Felipe Calderón, quien también contribuyó a disciplinar a sus legisladores. (Moreno Pérez, 2009)

Ante estas y otras evidencias es posible afirmar que, a partir de ese momento, el grupo compacto ya no tenía caras exclusivamente del PRI, de esa manera nació el PRIAN. “Fox, y Calderón son la otra cara de la moneda salinista [y Zedillista], partiendo del hecho de que el salinismo fue la mayor expresión de la corrupción del antiguo régimen presidencial” (por lo menos hasta antes del sexenio de Peña Nieto). (Cepeda Neri, 2007) Estos cuatro usurpadores, fueron claves para consumar el “gran atraco a la nación”, un aciago 12 de diciembre de 1998 (vaya forma de celebrar a la Guadalupana). Lo anterior, no sólo constituyó un acto que profundizó la corrupción y la impunidad en el país, sino que además era un acto ilegal, púes violó la ley que ellos mismos votaron, en su artículo quinto transitorio . “Sin duda el Fobaproa constituye un expediente abierto”. (Moreno Pérez, 2009) Con base en lo anterior, es posible afirmar que no es casualidad, que a ambos se les apoyara posteriormente, también de manera ilegal, para llegar a ser presidentes espurios .

Además de la deuda suscrita en el curso de rescate bancario, el gobierno realizó erogaciones en efectivo equivalentes a 168,000 millones a junio de 1999 . Un tercer componente del costo fiscal está representado por los impuestos diferidos que tienen los bancos a su favor como consecuencia de las reservas creadas para riesgos crediticios. Por lo tanto, los bancos que tienen estos créditos, los han podido descontar de sus utilidades durante años, lo que significa que el gobierno no percibió los impuestos correspondientes . Sumando los tres componentes mencionados, el costo fiscal incurrido en el apoyo de los bancos privados superaba ya el millón de millones de pesosen el año 2000. 5 (Solís Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000) p. 7

“El costo fiscal de las operaciones realizadas resultó mucho mayor de lo que en un principio habría podido calcularse, en parte por la persistencia de tasas de interés elevadas (agravando aún más los problemas de cobranza de los créditos) [pero también, en gran] parte por la forma en la que se pusieron en práctica los diferentes programas de apoyo a los banqueros y los grandes deudores. “Las decisiones tardías, la ausencia de una política clara y transparente respecto a las quitas que debían aplicarse a los diferentes tipos de deudores y la diversidad de criterios con la que se repartieron los apoyos a los bancos indujeron un costo fiscal mayor al que de otro modo se hubiera generado.” En pocas palabras, a la corrupción y a la opacidad con que se llevó a cabo. (Solis Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

La manera cómo se presentó la solicitud de conversión de la deuda del Fobaproa deuda pública, delata el nivel de ilegalidad de la misma y del contubernio entre el poder político y el económico :

1. Se hizo a posteriori , muchos meses después del estallido de la crisis y de la realización de los programas de apoyo.

2. Se buscó minimizar su importancia al presentarla como una pequeña frase, dentro de un artículo transitorio de una iniciativa de ley relacionada con una entidad que se encargaría de vender los activos que cayeron en manos del Fobaproa, y a su vez era sólo uno de los 19 proyectos de ley que formaban el paquete Financiero. Así fue que se solicitó al Congreso su autorización para que fueran incluidos como deuda pública los 552,000 millones de pesos que a esa fecha se envían los pasivos del Fobaproa y que se habían suscrito o se habían comprometido entre 1995 y 1998. 6 (Solís Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

Para la mayoría de los legisladores dichos pasivos eran ya deuda gubernamental, en la medida en que había sido suscrita por las autoridades del Fobaproa y avalada por los representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), mediante este artificio rechazaban la posición de aquellos para quienes el gobierno violentado la deuda pública sin la aprobación del Congreso. Es decir, que no sólo se habían extralimitado en aceptar una deuda sin la autorización del Congreso, sino que, ni siquiera les importó conocer el monto final aceptado, para entender de manera responsable el impacto de la misma en las finanzas públicas, pues claro, a esos gobernantes traidores solo les preocupaba socializar la deuda a toda la población . (Solis Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

Durante los nueve meses que duró el debate sobre el Fobaproa, la explicación oficial se limitó a afirmar que si las autoridades financieras no hubieran actuado como lo hicieron, el sistema bancario habría sufrido un colapso total. En ese caso, el costo para la economía y la sociedad mexicanas habría sido mucho mayor. Un argumento que buscaba justificar a través de provocar un daño mayor:

“Ante la quiebra generalizada de las instituciones bancarias, las empresas no sólo se habrían visto imposibilitadas de acceder al crédito, sino que, al no poder disponer de sus depósitos, habrían incumplido sus pagos a proveedores y empleados. A ello se agregarían las graves consecuencias que para la realización de las transacciones comerciales tendría la desaparición de la infraestructura para efectuar pagos mediante cheques o transferencia de fondos.”7 (Solís Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

Sin embargo, hubo oportunidad de acotar el costo fiscal del rescate bancario, pues una vez estallada la crisis bancaria la estrategia seguida no sólo no fue la más adecuada para transparentar las acciones y limitar el costo fiscal. De hecho, al igual de cómo habían ocurrido las cosas antes de 1994, se permitió qué los bancos administraran los créditos morosos con excesiva liberalidad, a sabiendas de que las pérdidas resultantes serían finalmente cargadas a los contribuyentes, lo que en derecho penal significaría una agravante, o coloquialmente diríamos, fue realizado con alevosía y ventaja para beneficiar a sus amigos, familiares y socios que cada vez iban solidificando su relación de contubernio para afectar las finanzas nacionales . (Solis Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

Por ejemplo, una parte importante de los quebrantos registrados por los bancos fueron resultados de operaciones excesivamente favorables para algunos grandes deudores, con el argumento de que era importante mantener las fuentes de empleo y de que era mejor un mal arreglo que una larga querella judicial, lo que no es más que otro falso argumento; actualmente el gobierno del compañero presidente López Obrador ha recuperado importantes cantidades de impuestos adeudados por grandes empresas a través de acciones emprendidas por las autoridades fiscales. Muchos deudores aprovecharon la coyuntura para pagar únicamente una parte minúscula de sus adeudos, con la complicidad de los banqueros que tomaron la responsabilidad de administrar la cartera problemática . En muchos casos, gracias a esos arreglos, la crisis se convirtió en una fuente de enormes ganancias. Todo ello a expensas de las y los contribuyentes. (Solis Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

Un hecho que sobresale en todos estos procesos es que, gracias a las reformas penales hechas durante la administración del primer usurpador Carlos Salinas, los delitos de fraude fueron reclasificados como no graves. Eso implica que aún y cuando el monto del ilícito y el número de personas afectadas fueran enormes, el inculpado tiene derecho a seguir el proceso en Libertad bajo fianza. (Solis Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000) Este antecedente, proporciona luz para comprender que este tipo de actos ilegales ya se contemplaban dentro de su estrategia de despojo.

Por más esfuerzos de la oposición incluidos los de algunos diputados panistas, por transparentar el monto total ilegal cargado a las mexicanas y mexicanos que se han llevado a cabo durante algunas legislaturas, hasta ahora, han resultado infructuosos. Muchos recordarán que se aprobó la realización de una auditoría externa “que quedó en manos del despacho del canadiense Michael Mackey, mismo que dejó asentado en el documento entregado a la Cámara de Diputados en julio de 1999, que sólo estaba en condiciones de entregar un informe, ya que la negativa a proporcionarle la información necesaria, le impidió realizar la auditoría para la cual fue contratado. El auditor fue honesto, y el atentado a la economía nacional se consumó. (Moreno Pérez, 2009)

Es importante recordar, que desde finales de los años 90 se hicieron públicas una serie de operaciones en dónde, con la documentación necesaria, quedaron demostradas las violaciones a la ley incurridas por algunos banqueros para financiar al PRI en 1994, ratificadas por uno de los principales actores en la entrevista anteriormente referida. Se trata de fondos que se escondían bajo el manto de créditos empresas muchas veces inexistentes, que muy pronto dejaron de pagar, pasando a la cartera vencida de esos bancos y de ahí, cuando esos bancos fueron intervenidos por la CNBV al Fobaproa. (Solis Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

“El gobierno sostuvo que en todo caso se trataba de una pequeñísima parte del total. Sin embargo, se trata de millones de pesos que fueron tomados de los depositantes y desviados a fines distintos a los que la ley bancaria determina.

Por otra parte, conviene hacer algunas observaciones sobre el número relativamente pequeño, pero altamente significativo, de las operaciones irregulares que Mackey encontró en el Fobaproa:

a) Ley bancaria vigente en ese momento era mucho más laxa en restricciones y sanciones en comparación con de la existente en otros países, es decir operaciones que en nuestro país estaban permitidas por la ley en otros países serían motivo de cárcel para quienes las realizaran.

b) No ha existido oportunidad de realizar una auditoría a los bancos apoyados por el Fobaproa. El estudio Mackey debía ser muy cercano a una auditoría, pero, como él mismo señala, no tuvo acceso a la información necesaria para ello, de modo que su estudio se limita al análisis de la información que las autoridades y los funcionarios bancarios aceptaron poner en sus manos.

A pesar de las limitaciones mencionadas, Mackey estima que los créditos irregulares ascendían a 72,000 millones de pesos, concentrados en cuanto a la suma involucrada en un número reducido de grandes deudores y en unas cuantas instituciones. (Solís Rosales, Auping Birch, Delgado Carrillo, & Ebrard Casaubón, 2000)

No obstante, las evidencias disponibles sobre algunas operaciones irregulares e ilegales (en particular la relacionadas con el financiamiento de las campañas del PRI a la presidencia y a la gubernatura de Tabasco de 1994), los activos en cuestión permanecen en la contabilidad del Fobaproa, ahora en manos del IPAB eso significa que no se respetó la normatividad al respecto. Una de las consecuencias de esta política fue el aumento del costo fiscal del rescate bancario que se debe finalmente esclarecer, y además separar de la deuda asumida por el gobierno, todos los recursos que fueron resultado de un proceso viciado de origen y buscar la figura legal adecuada, para devolver esas deudas a los reales responsables.

Durante todos estos años, la opacidad ha sido impenetrable, gracias a la impunidad transexenal, posible porque miembros prominentes del PRIAN han formado parte de todos los gobiernos espurios anteriores, y siguen coludidos de alguna forma, con este monumental fraude; por lo tanto, no habían existido las condiciones para lograr la absoluta transparencia en el tema hasta ahora y por fin se hagan públicas las listas de los principales beneficiarios del rescate y se enmiende este desfalco a las finanzas públicas.

Con la situación económica actual, derivada de las consecuencias de la aparición del virus SarsCov-2 a nivel mundial, resulta, no solo ilógico, sino injustificable, que las mexicanas y mexicanos, sigamos siendo víctimas de la corrupción de los regímenes que han traicionado a la Nación, y sigamos pagando con nuestros impuestos, las deudas provocadas por los fraudes electorales que hemos sufrido de 1988 a 2012, por lo que es urgente la transparencia total de este caso, y en consecuencia, poder reorientar fondos públicos para beneficiar a todas y todos los mexicanos. En la Cuarta Transformación no existe razón alguna para seguir solapando, una deuda que está vigente y que dañaría a las finanzas públicas por medio más, sino por el contrario, se apoyaría los esfuerzos del compañero presidente para eliminar de raíz la corrupción que tanto daño ha hecho a México.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración del pleno de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero . La Cámara de Diputados exhorta a la Auditoría Superior de la Federación a llevar a cabo, a la brevedad posible, la revisión del origen de los pasivos, derivados del Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y de la creación del Instituto para la Protección del Ahorro Bancario (IPAB), para transparentar hacer del conocimiento público su resultado integral.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a determinar la figura legal conducente para reintegrar, a sus legales dueños, las deudas, que por procedimientos viciados de origen asumió indebidamente el Gobierno Federal en detrimento de la Hacienda Pública en el proceso Fobaproa-IPAB.

Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de la Función Pública a transparentar deslindar responsabilidades derivadas del proceso Fobaproa-IPAB de funcionarios o exfuncionarios y en su caso, proceder en su contra.

Cuarto. La Cámara de Diputados condiciona la aprobación del Ramo 34, Erogaciones para los Programas de Apoyo a Ahorradores y Deudores de la Banca, del Proyecto del Presupuesto de Egresos de la Federación para 2021, hasta que no se haya dado cumplimiento a los dos resolutivos anteriores y el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas determine, el monto real actual de la deuda derivada del Fobaproa-IPAB, de no haberse permitido la inclusión de todas las operaciones irregulares.

Notas

1 Amigos de Fox”, fue una organización que sirvió como eje de una bien estructurada red de financiamiento paralelo que permitía triangular e intentar perder el origen de los millonarios recursos que se recibieron por vías ilícitas. (Cantú, 2017)

2 “Por órdenes del mandatario saliente, Ernesto Zedillo, el director de Pemex, Rogelio Montemayor Seguy, hizo un convenio con el Sindicato de Trabajadores Petroleros (Carlos Romero Deschamps y Ricardo Aldana Prieto, entre otros) para entregarle un total de mil 100 millones de pesos (unos 116 millones de dólares), bajo la cobertura de subvenciones contractuales. Esta operación se realizó en varias entregas desde Pemex al sindicato y desde éste, en efectivo, a la Secretaría de Finanzas del PRI...” para la campaña de Francisco Labastida Ochoa. “En el Pemexgate, el gobierno de Vicente Fox, que había presentado la denuncia, se desistió al firmar un nuevo convenio con el sindicato mediante el cual éste regresaría durante 20 años el dinero desviado, mediante descuentos de algunas prestaciones que la empresa le entregaba a la organización, pero, al mismo tiempo, se elevaban otras subvenciones para compensar los pagos. Ese fue un segundo fraude a Pemex. De esa forma se declaró judicialmente que ya no había daño patrimonial. Fueron exonerados los líderes petroleros, los dirigentes priistas y el entonces director de la paraestatal. Así lo decidió quien era presidente de la República, con la completa satisfacción de la dirección del PAN.” (Gómez, 2019)

3 En los primeros 10 meses del gobierno de Felipe Calderón, Oceanografía registró una cifra récord en sus negocios con Petróleos Mexicanos. De enero a septiembre, la empresa de Amado Yáñez Osuna obtiene cinco contratos que suman 6 mil 556 millones 529 mil pesos, con base en información oficial de Pemex Exploración y Producción (PEP). (Flores, 2007)

4 Texto original sin comillas.

5 El costo mencionado es independiente de las pérdidas que han registrado en los bancos de desarrollo Durante los años de crisis.

6 El texto original no está destacado en negrillas.

7 Exposición de motivos de la iniciativa de ley sobre el FOGADE, Marzo de 1998 Nota de pie de página original del texto citado.

Dado en la Cámara de Diputados,
el 1 de octubre de 2020.

Diputado Gerardo Fernández Noroña (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conaliteg a completar la entrega de los libros correspondientes al ciclo escolar 2020-2021, a cargo de la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Adriana Gabriela Medina Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos a completar con la mayor brevedad la entrega de los libros correspondientes al actual ciclo escolar, con base en las siguientes

Consideraciones

México adoptó como política de Estado la creación, edición, impresión y distribución de libros de texto gratuito desde mediados del siglo XX, con ello pretendía asegurar la gratuidad de la educación, eliminar el analfabetismo y educar a toda la población menor en edad escolar, así como afianzar algunos elementos identitarios.

Ese espíritu es el que debe permanecer hasta nuestros, lo más importante es que alcance a la totalidad de los menores, sin importar su ubicación geográfica, por ello cada año los libros se deben entregar a tiempo para que el ciclo escolar inicie sin retrasos y con garantías respecto a la gratuidad del material.

El plan de estudios que sirve como la base educativa del país se encuentra plasmado en los libros de texto gratuito correspondientes a cada grado y materia, por lo tanto, la carencia del mismo implica que se estudiaría sobre un programa educativo incompleto que compromete no solo la calidad y el conocimiento, sino en un grado máximo la acreditación.

El retraso, a pesar de la logística compleja que requiere, es demasiado grande toda vez que solo se realizan ajustes respecto a la distribución del ciclo escolar inmediato anterior. El 24 de agosto, fecha en la que dio inicio oficial el ciclo escolar apoyado en el contenido televisado, los libros tenían en promedio 75 por ciento de avance en la entrega a las entidades.1 Por su parte, a Jalisco reportaban en la misma fecha únicamente 34 por ciento, ya en las escuelas listos para llegar al alumnado.2

Más de un mes después de iniciado el ciclo escolar, los avances en las entregas siguen sin completarse. El portal de la comisión reporta avances diferenciados entre 78 por ciento en Guanajuato y 95 en Coahuila, considerando que han pasado más de 30 días y únicamente se han tenido avances de entre 3 y 22 por ciento, lo cual implica que tenemos menores estudiando con material incompleto y probablemente en algunas zonas con ninguno.

Ante esta grave situación se están afectando dos derechos fundamentales para las y los menores, ambos establecidos en el orden Constitucional, por un lado, el interés superior del menor que implica que el Estado debe velar en todo momento en favor de su pleno desarrollo3 y por otra parte el derecho a la educación gratuita.4 En este sentido se están comprometiendo derechos a causa de la poca celeridad de la Comisión para distribuir el elemento básico educativo, que es el libro.

Si bien la comisión ha puesto a disposición versiones digitales de los libros de texto gratuito, la brecha digital aún es grande5 y no todos los hogares tienen acceso a internet o cuentan con equipo propio, ya sea para imprimir o consultar en cualquier momento.

Por lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos a completar en breve la entrega de libros correspondientes al ciclo escolar 2020-2021 a las entidades para que el alumnado evite mayores retrasos en sus estudios por falta de material.

Notas

1 Conaliteg (2020). Ruta de tus libros, 24 de agosto de 2020,

https://rutadetuslibros.sep.gob.mx/#/home

2 La Crónica (2020). "'Apenas ha llegado 34 por ciento de los libros de texto a las escuelas', informa secretario de Educación", https://www.cronicajalisco.com/notas/2020/102610.html

3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4o.

4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 3o.

5 Micheli, J.; y Valle, J. (2018). "La brecha digital y la importancia de las tecnologías de la información y la comunicación en las economías regionales de México", en Realidad, Datos y Espacio, Revista Internacional de Estadística y Geografía.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Segob y la Sedatu a finalizar con sus homólogas en BC y el Instituto para el Desarrollo Inmobiliario y de Vivienda de la entidad la regularización de los predios de la colonia Tres de Octubre, Tijuana, y dar así la certeza jurídica de gozar de un título de propiedad a las familias del municipio, a cargo del diputado Héctor René Cruz Aparicio, del Grupo Parlamentario del PES

Quien suscribe, diputado Héctor René Cruz Aparicio, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la presente proposición con punto de acuerdo, por la que se exhorta respetuosamente a las Secretarías de Gobernación, y Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) del gobierno de México para que establezcan en coordinación con sus homólogas en Baja California y las áreas correspondientes al municipio de Tijuana, particularmente con el Instituto para el Desarrollo Inmobiliario y de Vivienda para Baja California; para que conforme al marco legal den terminación a la regularización de los predios localizados en la colonia Tres de Octubre del municipio de Tijuana, Baja California y con ello se dé la certeza jurídica de gozar de un título de propiedad a todas y cada una de las familias que habitan en ella.

Consideraciones

La propiedad es un poder directo e inmediato sobre una cosa, que atribuye a su titular la capacidad de gozar y disponer de la cosa sin más limitaciones que las que establezcan las .

Es el que implica el ejercicio de las facultades jurídicas que aplican el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.

El objeto del derecho de propiedad está constituido por todos los bienes susceptibles de apropiación.

El derecho de propiedad abarca todos aquellos bienes materiales que pueden ser apropiados, de utilidad, de existencia limitada y que pueden ser ocupados. Con todo, el dominio no solo se circunscribe a las cosas corporales, sino también recae sobre las incorporales tales como el derecho de propiedad industrial o intelectual.

En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 27; el artículo 3 de la Ley General de Bienes Nacionales Establecen lo siguiente:

Artículo 27. La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada .”

Ley General de Bienes Nacionales

Artículo 3. Son bienes nacionales:

I. Los señalados en los artículos 27, párrafos cuarto, quinto y octavo; 42, fracción IV, y 132 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. Los bienes de uso común a que se refiere el artículo 7 de esta ley;

III. Los bienes muebles e inmuebles de la federación;

IV. Los bienes muebles e inmuebles propiedad de las entidades;

V. Los bienes muebles e inmuebles propiedad de las instituciones de carácter federal con personalidad jurídica y patrimonio propios a las que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos les otorga autonomía, y

VI. Los demás bienes considerados por otras leyes como nacionales.

El primero de octubre de 1984 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de octubre del mismo año, se emitió Declaratorio de Propiedad Nacional el terreno denominado Polígono 3 del Triángulo Tecate-Tijuana-Ensenada, ubicado en los municipios de Tecate, Tijuana y Ensenada de Baja California, cuyo decreto establece lo siguiente:

DOF: 09/10/1984

Declaratoria de propiedad nacional del terreno denominado Polígono Tres del Triángulo Tecate-Tijuana-Ensenada, ubicado en los Municipios de Tecate, Tijuana y Ensenada, Baja California.

Declaratoria

En vista de que el expediente número 132868-3 ha quedado debidamente integrado conforme al capítulo VI de la Ley de Terrenos Baldíos, Nacionales y Demasías, y con fundamento en el artículo 68 de la Ley invocada, 41, fracciones XII, XIII y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, y dictamen correlativo de fecha 18 de septiembre de 1984, SE Declara , que es de propiedad nacional el predio denominado “Polígono 3 del Triángulo Tecate, Tijuana-Ensenada” con superficie de 272,029-00-00 Has. (doscientas setenta y dos mil veintinueve hectareas), ubicado en los municipios de Tecate, Tijuana y Ensenada del estado de Baja California y se localiza geográficamente entre los 31°50’ y 32°37’ de Latitud Norte y los 115°15’ y 117°07’ de Longitud al Oeste del Meridiano de Greenwich, la superficie aludida de acuerdo con las Leyes de la Materia se identifica en términos del recorrido de linderos señalados en el texto del Acta de Deslinde y Plano aprobado con las siguientes colindancias.

Al norte: Zona Federal de la Línea Internacional Fronteriza entre los Estados Unidos de Norteamérica y los Estados Unidos Mexicanos.

Al sur: De Poniente a Oriente con los siguientes predios:

Conjunto de Pequeños Propietarios-Varios; Rancho Coronita-Samuel Vázquez Monroy; Pobl. El Sauzal de Rodríguez, Rancho Santa Anita-José Miguel Bracho Ochoa, Rancho San Pedro-Leocadia Núñez de Gutiérrez; Fundo Legal de Ensenada; Rancho Arco Iris-Luis Antonio González; Cañón de Doña Petra-Luis Antonio Huaracha Salas; Frac. del predio Murillo-Mariano Robles Linares, Rancho Chavoda David y Salvador Preciado; Rancho Verde-Raymundo Ojeda Mayoral; Ejido Adolfo Ruiz Cortines; Rancho El Fresno-Ofelia Núñez de Pérez; Rancho El Ronco-Félix Higuera Moreno; Rancho Las Palmas-Rubén Abreu; Rancho La Tinaja-Heriberto Arce Murillo, Rancho El Encinito-Francisco Corona Arballo, Rancho El Pasatiempo-Marco Antonio Espinoza, Francisco Figueroa Méndez: Innominado-Mario Meza, Guadalupe Uribe; Rancho El Aguajito-Cruz Amador Gabarán, Rancho La Gloria-Pedro Ojeda Amador; Rancho La Loma-Rafael Amador Castro; Rancho Nelson-Guadalupe Salcedo Flores; Cañón de las Cruces-Adriana Ramonetti de Lencioni, Rancho El Espantado -Federico Lencioni Ramonetti; Fracc. Rancho La Media Luna-Adriana Lencioni Ramonetti; Fracc. Rancho La Media Luna-Adriana Ramonetti de Lencioni; Fracc. Rancho Las Pocitas-Celia Ortiz Vda. de Gómez; Ejido José López Portillo; Terrenos Nacionales; Ejido Héroes de Baja California; Rancho El Volcancito-Amada Candolfi Vda. de Ramonetti y Ejido Héroes de Baja California.

Estos terrenos quedaron incluidos en las Declaratorias de Terrenos Nacionales publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 1973 y la publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 1968.

Al Este: De Norte a Sur con los siguientes predios:

Terrenos Nacionales; Ejido Cordillera Molina: Terrenos Nacionales: Ejido Cordillera Molina; Comunidad Ind. Misión de Sta. Catarina.

Estos predios quedaron incluidos en la Declaratoria de Nacional del 4 de octubre de 1973 y del 13 de marzo de 1968.

Al Oeste: de Norte a Sur con la Zona Federal Marítimo Terrestre del Océano Pacífico hasta el poblado de Rosarito, Kilómetro 27 de la carretera libre Tijuana-Ensenada y Zona Federal Marítimo Terrestre del Océano Pacífico Esta Faja colindante entre la carretera y el mar fue declarada de Propiedad Nacional el 7 de noviembre de 1952 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 1952 y la Declaratoria publicada el 13 de febrero de 1968.

El expediente de deslinde fue revisado y aprobado técnicamente el día 18 del mes de septiembre de 1984 por la Oficina Técnica de la Subdirección de Terrenos Nacionales, sin que en los términos de Ley se hubiera presentado reclamación alguna por parte de terceros.

De la investigación del “Polígono 3 del Triángulo Tecate-Tijuana-Ensenada, resultó lo siguiente:

N.C.P.E 57,303-00-00 Has.

Ejidos 369,756-00-00 Has.

Fundos Legales 11,676-00-00 Has.

Colonias 26,051-00-O0 Has.

Pequeñas Propiedades 57,435-00-00 Has.

Parque Nacional 10,000-00-00 Has.

En consecuencia, se declara que es de Propiedad Nacional la superficie de 272.029-00-00 Has., en términos del recorrido de linderos descrito en el texto del acta de deslinde y plano aprobado.

Se excluyen de la presente declaratoria las superficies amparadas con titulo debidamente expedido, que se encuentren ubicadas dentro del área descrita.

Publíquese en el Diario Oficial de la Federación, inscríbase en el Registro Agrario Nacional, así como en el Registro Público de la Propiedad.

México, DF, a 1 octubre de 1984. El secretario de la Reforma Agraria, Luis Martínez Villicaña.- Rúbrica.

Del referido decreto cabe señalar que la colonia 3 de octubre que anteriormente era conocida como “Jardines de la Mesa, sección Tres de Octubre”, ubicado en la Delegación Política de la Presa Abelardo L. Rodríguez municipio de Tijuana, se encuentra comprendida dentro de la Declaratoria Global de propiedad nacional relativa a un terreno denominado Polígono Tres del Triángulo Tecate-Tijuana-Ensenada, situado en los municipios de Tecate, Tijuana y Ensenada, Baja California, declaratoria que se encuentra vigente y surtiendo plenamente sus efectos legales, por lo que se advierte que el multicitado predio es un terreno nacional.

Con posterioridad a la publicación del decreto de fecha 1 de octubre publicado el 9 de octubre de 1984, en fecha 23 de octubre de 1991, la dependencia la Secretaria de la Reforma Agraria el área correspondiente a la subdelegación de asuntos agrarios notificó que por instrucciones de la Dirección de Colonias y Terrenos Nacionales y con el propósito de aclararse la propiedad, superficie, y situación real que guardan el predio Mesa de Garcia en el Municipio de Tijuana, se deberá trasladar al mismo.

El 16 de enero de 1992, se firmó el convenio para regularizar terrenos nacionales, celebrado por la Secretaria de la Reforma Agraria y por la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra en donde se estableció lo siguiente:

En la Cláusula Primera. La Secretaría de la Reforma Agraria delega la facultad a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra para que regularice los predios conocidos como “Jardines de la Mesa”.

En la Cláusula Segunda. La Secretaria de la Reforma Agraria delega la facultad a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra para que realice el levantamiento de la cartografía de la superficie invadida, consistente en el plano general manzanero, trabajos técnicos y de topografía tendientes a la apertura de calles y avenidas de acuerdo a los programas de desarrollo urbano del municipio de Tijuana.

En la Cláusula Tercera. La Secretaría de la Reforma Agraria delega la facultad a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra para que levante el censo y haga el estudio socio-económico de las familias que habitan los solares incluyendo datos generales como estudios, estado civil, lugar de origen, tiempo de residencia en la ciudad, domicilio anterior, uso que da el suelo, número de dependientes, documentos que amparan su posición y situación patrimonial.

En la Cláusula Cuarta. La Secretaría de la Reforma Agraria delega la facultad a la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra para llevar a cabo la contratación de todos aquellos lotes que procedan de acuerdo a la ley de baldíos y nacionales, demasías y excedentes, titulando a favor de los beneficiarios e inscribiendo en el Registro Púbico de la Propiedad todos y cada uno de esos títulos.

La Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, mediante recibos realizó estudios socioeconómicos donde recababa nombre, ejido, municipio, Estado y manzana de los habitantes de la colonia “Jardines de la Mesa”.

La Dirección General de Procedimientos Agrarios mediante su Dirección de Colonias y Terrenos Nacionales, el licenciado Luis Ayala Garcia, emitió constancia referente al número XV-209-B, expediente 437784, mediante la cual se estableció lo siguiente:

Constancia

Primera. Los terrenos en donde se encuentra asentada la colonia “Tres de Octubre” son terrenos propiedad de la nación...

Segunda. Quedan a salvo los derechos de todas aquellas personas que cuenten con título legalmente expedido por autoridad competente...

...

En fecha 5 de abril de 1994, el licenciado Luis Ayala García, director de Colonias y Terrenos Nacionales, emitió oficio donde se confiere a peritos deslindadores a efectuar una investigación medición y deslinde sobre el terreno propiedad de la nación denominado Jardines de la Mesa, sección 3 de octubre delegación la Presa situada en el municipio de Tijuana, Baja California.

En marzo de 1994, la Comisión para la Regularización de la Tenencia emitió constancias y numero de fajilla, mediante la cual hace referencia que los habitantes que viven actualmente en la colonia Jardines de la Mesa, Colonia Tres de Octubre ubicado en el terreno nacional de la Ciudad de Tijuana Baja California.

El 6 de abril de 1994, la Delegación Agraria el área de terrenos nacionales notifico que se llevara a cabo los trabajos de deslinde del terreno nacional denominado Jardines de la Mesa, sección Tres de Octubre

En 1995, la Comisión para la Regularización de la Tenencia, emitió comprobantes de pago que respaldaban la adquisición del predio, los mismos contenían delegación, ejido, numero de cedula, contratante, fecha, número de abono, serie importe, comprobantes que obran en poder de todos y cada uno de los contratantes de la colonia “Jardines de la Mesa”.

De igual forma la Comisión para la Regularización de la Tenencia, emitió pagares donde se establecía el importe del crédito de la regularización en los terrenos ubicados en la colonia “Jardines de la Mesa”.

De lo anterior se puede apreciar que las familias que habitan en la Colonia “Jardines de la Mesa” ahora Tres de Octubre desde el año de 1984 que se emitió el decreto y mediante el cual la Secretaria de la Reforma Agraria facultó a la Comisión para la Regularización de la Tenencia, para que llevara a cabo todas y cada una de las diligencias necesarias para la regularización de los predios, no se ha podido culminar con el trámite de regularización, dado que las autoridades competentes no dan solución al mismo.

Las familias afectadas de la colonia tres de octubre, han dado cumplimiento a todos y cada uno de los requisitos que les han sido solicitados, tal y como se ha hecho referencia con anterioridad, ya que las familias cuentas con constancias, recibos de pago de sus predios, notificaciones de que se está llevando a cabo el trámite para la regularización de sus predios, cosa que no ha sucedido.

El gobierno federal y Local han dejado desprotegidas a muchas familias dándoles esperanzas de que si van a poder regularizar sus predios tan es así que el actual Gobernador Jaime Bonilla Valdez; el delegado de programas federales en BC, Jesús Alejandro Ruiz Uribe y demás funcionarios Federales y Estatales, el presidente municipal Arturo González Cruz, anunciaron a un millar de residentes de la colonia 3 de octubre, un programa de regularización gratuita para las 17 mil familias que habitan en esta apartada zona suburbana.

El gobernador de Baja California reconoció el gran problema de regularización de la tierra que tienen los habientes de la colonia 3 de octubre, desde hace muchos años, casi desde el nacimiento de este nuevo centro poblacional hace más de 25 años, cuando el panismo llegó al poder en Baja California y sus gobernantes se distinguieron por las ambiciones desmedidas “para enriquecerse a costillas del pueblo”.

De igual forma el gobernador Bonilla Valdez, hizo mención que las familias afectadas no pagarían un solo centavo” y formuló su compromiso público de la regularización de los predios y de entregar títulos de propiedad a las familias, para darles certidumbre jurídica y garantizar su respectivo patrimonio familiar.

A las familias afectadas se les ha pedido documentación para empezar el trámite y concluir la regularización de sus predios, pero aún no se ha concretado absolutamente nada, ya que de la documentación que ha sido entregada a la autoridad que llevara a cabo la regularización; es decir la delegación de programas federales en Tijuana, esta no ha manifestado a la fecha, si están completos los documentos o en su caso si hacen falta para el trámite.

Por cual, el gobierno federal y el gobierno local, así como las autoridades encargadas de llevar a cabo la regularización de los predios de la colonia tres de octubre, deben dar certeza jurídica respecto de la regularización de los predios y con ello otorgar su título de propiedad ya que es el documento o conjunto de documentos que prueban o demuestran que los habitantes de la colonia tres de octubre son los propietarios de su bien inmueble.

Título por el cual han estado luchando para obtenerlo por más de 25 años, y que por cuestiones ajenas a ellos y por falta del apoyo del gobierno tanto local como federal, así como de las dependencias que han sido facultadas para llevar acabo la regularización de los predios, no se han podido culminarlo, dejando en un estado de incertidumbre y de injusticia a todos los habitantes de la colonia tres de octubre del municipio de Tijuana, Baja California.

Cabe resaltar que si los habitantes de la colonia tres de octubre no cuentan con esa certeza sobre la regularización de sus predios, se estaría dejándolos en un estado de injusticia provocada por el mal manejo de regularización tanto del gobierno federal como del Local y más de la dependencia a quien se le faculta para llevarlo a cabo, que es la Sedatu.

Hay que tomar en cuenta que todas y cada una de las familias de la Colonia Tres de Octubre, se encuentre en una situación de incertidumbre, por tanto, en estado de indefensión total por parte del gobierno, en este sentido las autoridades responsables deben cumplir con el trámite de la regularización de sus predios para

que los mismos cuenten con una certeza de gozar con un título de propiedad por el que tanto han luchado por muchos años.

Por todo lo anterior, someto a consideración del pleno de esta Honorable Cámara el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Secretarías de Gobernación, y Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano del gobierno de México para que establezcan en coordinación con sus homólogas en el estado de Baja California y las áreas correspondientes al municipio de Tijuana, particularmente con el Instituto para el Desarrollo Inmobiliario y de Vivienda para el estado de Baja California; para que conforme al marco legal den terminación a la regularización de los predios localizados en la colonia tres de octubre del municipio de Tijuana Baja California y con ello se dé la certeza jurídica de gozar de un título de propiedad a todas y cada una de las familias que habitan en ella.

Referencia

http://semanariobaluncanan.com/2020/02/29/
ofrece-gobernador-jaime-bonilla-valdez-regularizar-terrenos-de-17-mil-familias-en-la-
col-3-de-octubre/#:~:text=%2D%20Al%20dirigir%20su%20mensaje%20a,servicios%20en%20agravio%20de%20sus

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el 1 de octubre de 2020.

Diputado Héctor René Cruz Aparicio (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a los gobiernos federal y locales a fortalecer por las secretarías de salud la difusión de las campañas de vacunación contra la influenza estacional y prevenir así contagios de ésta para evitar la saturación de hospitales y el choque de dos enfermedades durante la pandemia del Covid-19, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Leticia Mariana Gómez Ordaz e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputada Leticia Mariana Gómez Ordaz y diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En la actualidad nos encontramos en una situación en que la salud es tema prioritario dentro de las agendas de gobierno a nivel mundial, la pandemia provocada por el Covid-19 a principios de este año ha venido a transformar la vida y la forma en la que las personas interactúan con su entorno.

Las circunstancias en las que vivimos en estos momentos hacen necesario que adaptemos nuestro estilo de vida por lo que es importante que tomemos en cuenta que la forma en la que nos desarrollamos se va a ver influenciada por la dinámica que será puesta en marcha durante y al final de la pandemia, para revertir los efectos negativos ocasionados por esta enfermedad.

La salud es uno de estos rubros, toda vez que además de que el gobierno tiene que atender la emergencia ocasionada por el Covid-19, también tiene que solucionar los problemas de salud que se presentaban de forma ordinaria en nuestro país, como es el caso de la presencia de enfermedades virales o padecimientos crónico degenerativos que afectan a las y los mexicanos.

La influenza estacional es una enfermedad provocada por un virus que afecta a la población de nuestro país desde hace varios años, si bien es cierto que es una enfermedad que se ha presentado en el mundo de forma reiterada desde principios del siglo XX ocasionando un número importante de muertes, es a inicios del siglo XXI cuando comienza a haber nuevas cepas del virus y por consecuencia un importante número de contagios tanto a nivel nacional como internacional.

En relación a esto tema, se señala lo siguiente:

En el siglo pasado y hasta la última década han aparecido pandemias de influenza, las cuales se piensa que cada 40 años se presentan cambios mayores en los virus de esta enfermedad, favoreciendo la ocurrencia de pandemias que afectan a millones de personas en todos los grupos de edad. Como parte de esta historia, pandemias mundiales de gripe se han producido cuando surge un nuevo virus para el cual la población no tiene inmunidad, siendo la de mayor relevancia, la llamada “española” de 1918, que causó la muerte de aproximadamente 20 millones de personas.

Actualmente, avances en la vigilancia y diagnóstico de la enfermedad, han permitido que con mayor oportunidad sea posible la detección de mutaciones que originan o pueden causar pandemias; como ejemplo, tenemos que el virus de origen aviar H5N1, continua siendo un riesgo latente, así como por el virus H7N3 que generó una alerta en China durante 2012 y 2013, entre las personas infectadas (transmisión Ave-Humano), finalmente, la pandemia de 2009-2010 fue originada por el virus AH1N1 de origen porcino.

Lo anterior pone de manifiesto que los cambios mayores en los virus de la influenza son continuos, y la presencia de una nueva cepa de influenza es muy probable que pueda presentarse en cualquier momento y originar una pandemia.1

El contexto mundial en el que se desarrollan las enfermedades virales tan contagiosas como es el caso de la influenza generó gran preocupación en diferentes organismos internacionales y gobiernos de distintos países a principios del silo XXI, debido a lo peligroso de la misma. Es en razón de lo anterior que a consecuencia de los contagios que se dieron en México en el año 2009 y que a la fecha se siguen presentando de forma recurrente, que nuestro país puso en marcha la vacunación de la población contra la influenza, con el objetivo de contener el número de contagios y las muertes que ésta genera.

Considerando lo anterior, y ante epidemias de gran magnitud, desde 2003 la Organización Mundial de la Salud (OMS) expresó su preocupación ante la posible ocurrencia de una pandemia de influenza al cumplirse el periodo en el que se estimaba que podría haber mutación de un virus circulante, a uno más agresivo que diera inicio a una epidemia mundial. Los expertos de la OMS advirtieron que las condiciones actuales por las que atravesaban diversos países afectados por la influenza aviar causada por el virus H5N1, daría en ese entonces lugar a la aparición de un nuevo virus de influenza pandémica, con efectos devastadores que conllevaría su presencia en el mundo, tal y como ha sucedido con las pandemias anteriores. Bajo este contexto, en México se desarrolló el plan de preparación y respuesta ante una pandemia de influenza, y si bien se esperaba que el origen fuera el virus H5N1, en 2009 se presentó una pandemia por el virus de influenza de origen porcino AH1N1, la cual causo un gran impacto socioeconómico en todo el planeta.2

La influenza, como se ha señalado en párrafos previos, es una enfermedad viral que se puede clasificar en distintos tipos y puede subdividirse de diferentes maneras, por lo que hay que tomar en consideración estos elementos para entender lo peligroso de esta enfermedad. Asimismo, es pertinente mencionar que los contagios por influenza se presentan en mayor medida en ciertas épocas del año y en el caso de nuestro país es en otoño e invierno, por lo cual hay que tomar en cuenta que la vacunación de la población contra esta enfermedad es el mejor mecanismo para garantizar la salud de las personas.

Para fortalecer lo expuesto dentro del párrafo anterior, es pertinente rescatar los siguientes elementos:

El agente causal de la influenza se conoció desde 1933; actualmente se clasifica en 3 tipos: A, B y C. Aunque los tipos de influenza A y B ocasionan epidemias regularmente, únicamente el virus de influenza tipo A ha mostrado capacidad para causar pandemias.

La temporada invernal, la humedad ambiental, el hacinamiento, los lugares públicos y facilidad para viajar son factores que favorecen el contagio del virus de la influenza y este se transmite fácilmente de persona a persona cuando un enfermo tose, las gotas de saliva y moco dispersan las partículas virales por el aire permitiendo que otras personas sanas puedan respirarlas e infectarse...

...

La mejor manera de prevenir la enfermedad, o sus complicaciones, es a través de la vacunación. Existen vacunas seguras y efectivas que se administran a nivel mundial desde hace más de 60 años. En un adulto sano, la vacuna de influenza puede prevenir la enfermedad en un 70 a 90 por ciento. En los adultos mayores, las vacunas reducen la enfermedad grave y las complicaciones hasta en un 60 por ciento y la mortalidad en un 80 por ciento. La vacunación es especialmente importante para aquellos en mayor riesgo de sufrir complicaciones graves por la enfermedad...3

Por lo anteriormente expuesto, es necesario que los Estados implementen acciones efectivas para garantizar la salud y la vida de sus habitantes.

De acuerdo a lo que establece el artículo 4o. de nuestra Carta Magna, la salud es un derecho humano que debe ser garantizado por el Estado, por lo cual se deben implementar políticas públicas en la materia para asegurar a la población de nuestro país el ejercicio efectivo de este derecho.

En este sentido, la Ley General de Salud establece de manera general los objetivos y fines a los que deberán estar orientadas las acciones de gobierno en materia de salubridad general, siendo estas las siguientes:

Artículo 3o.- En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:

I. La organización, control y vigilancia de la prestación de servicios y de establecimientos de salud a los que se refiere el artículo 34, fracciones I, III y IV, de esta ley;

II. La atención médica;

II bis. La prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para personas sin seguridad social.

Para efectos del párrafo anterior, y en el caso de las entidades federativas que celebren acuerdos de coordinación en los términos del artículo 77 bis 16 A de esta ley, los recursos que del artículo 25, fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal correspondan a dichas entidades, se entenderán administrados y ejercidos por éstas una vez que los enteren al fideicomiso a que se refiere el citado artículo 77 Bis 16 A, en los términos de los referidos acuerdos;

III. La coordinación, evaluación y seguimiento de los servicios de salud a los que se refiere el artículo 34, fracción II;

IV. La atención materno-infantil;

IV Bis. El programa de nutrición materno-infantil en los pueblos y comunidades indígenas;

IV Bis 1. La salud visual;

IV Bis 2. La salud auditiva;

IV Bis 3. Salud bucodental;

V. La planificación familiar;

VI. La salud mental;

VII. La organización, coordinación y vigilancia del ejercicio de las actividades profesionales, técnicas y auxiliares para la salud;

VIII. La promoción de la formación de recursos humanos para la salud;

IX. La coordinación de la investigación para la salud y el control de ésta en los seres humanos;

IX Bis. El genoma humano;

X. La información relativa a las condiciones, recursos y servicios de salud en el país;

XI. La educación para la salud;

XII. La prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo;

XIII. La prevención y el control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud del hombre;

XIV. La salud ocupacional y el saneamiento básico;

XV. La prevención y el control de enfermedades transmisibles;

XV Bis. El Programa Nacional de Prevención, Atención y Control del VIH/SIDA e Infecciones de Transmisión Sexual;

XVI. La prevención y el control de enfermedades no transmisibles y accidentes;

XVI Bis. El diseño, la organización, coordinación y vigilancia del Registro Nacional de Cáncer.

XVII. La prevención de la discapacidad y la rehabilitación de las personas con discapacidad;

XVIII. La asistencia social;

XIX. El programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo, así como la protección de la salud de terceros y de la sociedad frente al uso nocivo del alcohol;

XX. El programa contra el tabaquismo;

XXI. La prevención del consumo de estupefacientes y psicotrópicos y el programa contra la farmacodependencia;

XXII. El control sanitario de productos y servicios y de su importación y exportación;

XXIII. El control sanitario del proceso, uso, mantenimiento, importación, exportación y disposición final de equipos médicos, prótesis, órtesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos;

XXIV. El control sanitario de los establecimientos dedicados al proceso de los productos incluidos en las fracciones XXII y XXIII;

XXV. El control sanitario de la publicidad de las actividades, productos y servicios a que se refiere esta Ley;

XXVI. El control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y sus componentes y células;

XXVI Bis. El control sanitario de cadáveres de seres humanos;

XXVII. La sanidad internacional;

XXVII Bis. El tratamiento integral del dolor, y

XXVIII. Las demás materias que establezca esta Ley y otros ordenamientos legales, de conformidad con el párrafo tercero del Artículo 4o. Constitucional.4

Los objetivos a los que se dirige la política pública en materia de salud en nuestro país es diversa, toda vez que tienen diferentes fines de acuerdo a su orientación, destacando entre ellas las de carácter de prevención y control de enfermedades transmisibles, tal y como se señala en la fracción XV del artículo 3.

En relación a las actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de enfermedades, dentro del artículo 134 de la multicitada Ley General de Salud se señala un importante catálogo de enfermedades que estará sujeto al mismo, siendo estas las siguientes:

Artículo 134.- La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, realizarán actividades de vigilancia epidemiológica, de prevención y control de las siguientes enfermedades transmisibles:

I. Cólera, fiebre tifoidea, paratifoidea, shigelosis, amibiasis, hepatitis virales y otras enfermedades infecciosas del aparato digestivo;

II. Influenza epidémica, otras infecciones agudas del aparato respiratorio, infecciones meningocóccicas y enfermedades causadas por estreptococos;

III. Tuberculosis;

IV. Difteria, tosferina, tétanos, sarampión, poliomielitis, rubeola y parotiditis infecciosa;

V. Rabia, peste, brucelosis y otras zoonosis. En estos casos la Secretaría de Salud coordinará sus actividades con la de Agricultura y Recursos Hidráulicos;

VI. Fiebre amarilla, dengue y otras enfermedades virales transmitidas por artrópodos;

VII. Paludismo, tifo, fiebre recurrente transmitida por piojo, otras rickettsiosis, leishamaniasis, tripanosomiasis, y oncocercosis;

VIII. Sífilis, infecciones gonocóccicas, virus del papiloma humano y otras enfermedades de transmisión sexual;

IX. Lepra y mal del pinto;

X. Micosis profundas;

XI. Helmintiasis intestinales y extraintestinales;

XII. Toxoplasmosis;

XIII. Síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida), y

XIV. Las demás que determinen el Consejo de Salubridad General y los tratados y convenciones internacionales en los que los Estados Unidos Mexicanos sean parte y que se hubieren celebrado con arreglo a las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.5

Como podemos observar, la influenza se encuentra dentro del catálogo de enfermedades que deberá ser objeto de vigilancia, prevención y control epidemiológico.

Del artículo anterior se desprende que el artículo 135 establece que los tres órdenes de gobierno deberán, de forma coordinada, implementar acciones en materia de programas o campañas temporales o permanentes para el control o erradicación de aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la salubridad general de la República.

Artículo 135.- La Secretaría de Salud elaborará y llevará a cabo, en coordinación con las instituciones del sector salud y con los gobiernos de las entidades federativas, programas o campañas temporales o permanentes, para el control o erradicación de aquellas enfermedades transmisibles que constituyan un problema real o potencial para la salubridad general de la Repúbl6ca.1

De esta manera, es necesario que las acciones para prevenir la presencia o contagio de enfermedades virales como la influenza, como es el caso de las campañas de vacunación, sean difundidas con el objetivo de informar a la población sobre las acciones al respecto y sobre el derecho que tienen de recibir estos beneficios. En este sentido, los artículos 157 Bis 1 y 157 Bis 3 de la Ley General de Salud señalan que es un derecho de las personas el vacunarse y que es obligación de las autoridades en la materia establecer campañas de información que permitan a las personas tener conocimiento pleno de las acciones que se implementen:

Artículo 157 Bis 1.- Toda persona residente en el territorio nacional tiene derecho a recibir de manera universal y gratuita en cualquiera de las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, del Sistema Nacional de Salud, las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal, de conformidad con esta Ley, independientemente del régimen de seguridad social o protección social al que pertenezca.

Las personas que ejerzan la patria potestad, tutela, guarda o, en términos generales, sean responsables de menores o incapaces, estarán obligados a tomar todas las medidas necesarias para que éstos reciban las vacunas contenidas en el Programa de Vacunación Universal.

Artículo 157 Bis 3.- Las dependencias y entidades de la administración pública, tanto federal como local, y las personas físicas o morales de los sectores social y privado que constituyen el Sistema Nacional de Salud, en el ámbito de sus respectivas competencias, y de acuerdo con los lineamientos que al respecto establezca la Secretaría de Salud, deberán llevar a cabo campañas de comunicación permanentes, con el fin de informar a la población en general sobre los beneficios de las vacunas y el riesgo que representa tanto para la persona, como para la comunidad la falta de inmunización oportuna.7

En razón a lo anterior, consideramos que ante el contexto de inestabilidad en el que se encuentra el país y de la necesidad que tiene la ciudadanía de que le sea garantizado el derecho a la salud es necesario que los tres órdenes de gobierno fortalezcan los mecanismos de difusión de las campañas de vacunación a nivel nacional, con el objetivo de que la población conozca los medios para acceder a la vacuna y pueda contar con este mecanismo que lo proteja contra posibles contagios de influenza.

De acuerdo a la información recabada en diversos documentos oficiales, la vacuna contra la influenza deberá ser aplicada a las personas que por su edad o estado de salud sean vulnerables, de acuerdo a lo siguiente:

La población en riesgo de sufrir complicaciones por influenza debe acudir a vacunarse, como son las niñas y niños de seis meses a menores de cinco años, población de 60 o más años, quienes viven con el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), diagnosticados con diabetes, sobrepeso, obesidad o cáncer, así como mujeres embarazadas sin importar su edad, estado de salud o etapa de gestación, ya que la vacuna es segura para ellas y para el bebé en gestación.8

Si bien es cierto que en fechas recientes se anunció que el primero de octubre darían inicio las jornadas de vacunación contra la influenza en nuestro país, hoy más que nunca se requiere mantener informada a la ciudadanía sobre las acciones que en materia de salud se llevarán a cabo.

En relación a este tema, recientemente se informó lo siguiente:

La campaña de vacunación de más de 36 millones de dosis contra la influenza arrancará el 1 de octubre para la población en general, en personal sanitario ya comenzó por tratarse de unos de los sectores de riegos, estratégicos y de interés público, anunció Hugo López-Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud.

Las 32 secretarías de salud estatales, así como los hospitales, institutos de alta especialidad, recibirán de ese total más de 18 millones de dosis, lo que representa un incremento de cerca de 2 millones adicionales.

...

Los grupos de riesgo a los que se aplicará la vacuna contra influenza son adultos mayores de 60 años, mujeres embarazadas, personas con obesidad así como enfermedades crónicas y degenerativas, VIH, cáncer y niños menores de cinco de años.9

Sabemos que a nivel nacional existe alarma en diferentes ámbitos sobre los riesgos que pueden generarse si a la ola de contagios de Covid-19 se suman casos de influenza en nuestro país, toda vez que la capacidad de respuesta de las autoridades sanitarias se podría ver rebasada al no contar con insumos médicos y hospitalarios suficientes, además de que todavía no se conoce de forma certera como interactúan estas dos enfermedades y las repercusiones que pueden generar en las personas que las adquieran de forma simultánea, por lo que es necesario establecer acciones urgentes para evitar que la población presente casos de influenza en estas temporadas.

Finalmente, respecto a las muertes provocadas por la influenza estacional en nuestro país, se debe tener en cuenta lo siguiente:

Se ha encontrado que en 94 por ciento de las muertes que se han presentado por influenza, las personas no se aplicaron la vacuna y tenían otros padecimientos: 27.8 por ciento tenía hipertensión arterial; 27.8 por ciento, diabetes mellitus; 27.8 por ciento, obesidad; 22.2 por ciento, inmunosupresión; 16.7 por ciento, insuficiencia renal crónica, y 11.1 por ciento, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), entre otras.10

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Gobierno federal y a los gobiernos de las 32 entidades federativas para que, en el ámbito de sus funciones y facultades, por conducto de las secretarías de salud, fortalezcan los mecanismos de difusión de las campañas de vacunación contra la influenza estacional, que contribuyan a prevenir el surgimiento de contagios de esta enfermedad e incremente factores de riesgo en la salud de las personas, la saturación de hospitales y el choque de dos enfermedades durante la pandemia ocasionada por eCovid-19 en nuestro país.

Notas

1 Secretaría de Salud. (s.f.). Plan Nacional de Preparación y Respuesta ante una Pandemia de Influenza. Recuperado el 19 de septiembre de 2020, de:
http://www.cenaprece.salud.gob.mx/programas/interior/emergencias/descargas/pdf/Plan_Nacional_Influenza.pdf

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Véase, DOF. (7 de febrero de 1984). Ley General de Salud. Recuperado de:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_240120.pdf

5 Ibídem.

6 Ibídem.

7 Ibídem.

8 Secretaría de Salud. (8 de diciembre de 2019). Contra la influenza: prevención y vacuna. Recuperado el 19 de septiembre de 2020, de: https://www.gob.mx/salud/prensa/contra-la-influenza-prevencion-y-vacuna

9 Milenio. (21 de septiembre de 2020). Vacunación contra influenza arranca el 1 de octubre: López-Gatell. Recuperado el 21 de septiembre de 2020, de: https://www.milenio.com/politica/vacunacion-influenza-arranca-1-octubre -lopez-gatell

10 Secretaría de Salud. (8 de diciembre de 2019). Contra la influenza: prevención y vacuna. Op. cit.

Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de octubre de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Espinoza Mata, José Ricardo Gallardo Cardona, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe (rúbricas).

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SCT y el Banobras a realizar una revisión exhaustiva sobre las autorizaciones de recursos y obras a cargo del Fideicomiso Puentes Fronterizos de Chihuahua, a cargo del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Ulises García Soto, integrante de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua es un fideicomiso público considerado como entidad paraestatal. Las partes que integran a dicha entidad son 3, el estado de Chihuahua a través de la Secretaría de Hacienda, quien representa al fideicomitente; el fiduciario, representado por el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos (Banobras), y los fideicomisarios, que se dividen en tres partes: acreedores bancarios y/o tenedores bursátiles, el municipio de Juárez y por último el estado de Chihuahua.1

El decreto se publicó con fecha 29 de agosto de 2015 siendo materia de dicho decreto el autorizar al gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, (en lo sucesivo el “Gobierno”), de solicitar al gobierno federal a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), se le otorgue al Gobierno la administración, explotación, conservación y mantenimiento de diversos puentes fronterizos denominados Lerdo-Stanton, Paso del Norte, Zaragoza y Guadalupe Tornillo, (en lo sucesivo “los puentes”) ubicados en el municipio de Juárez, Chihuahua, (en lo sucesivo el “Municipio”). La concesión que me ocupa se otorgó al Gobierno con fecha 30 de diciembre de 2015.

- Fideicomiso de puentes fronterizos de Chihuahua identificado con el número 2243 , se otorgó con fecha 10 de diciembre de 2015.

El Fideicomiso opera con un Comité de Inversión el cual se conforma por diversos representantes de la sociedad civil del Municipio y funge como presidente precisamente el Presidente del Honorable Ayuntamiento de Ciudad Juárez, mismo que tiene voz y voto y en caso de empate o no contar con el quórum requerido para la toma de acuerdos, voto de calidad.

De la figura del Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua identificado con el número 2243, (en adelante el “Fideicomiso”) resulta de preocupación el manejo e irregularidades en cuanto a la administración, el marco legal que lo regula así como las posibles violaciones al mismo, las obras ya ejecutadas en beneficio del municipio de Juárez, las licitaciones de obras ya publicadas en beneficio del municipio de Ciudad Juárez, Chihuahua, algunas de las cuales ya están en vía de ejecución.

En cumplimiento de la cláusula séptima del Contrato de Fideicomiso que nos ocupa en adición al Comité de Inversión cuenta con un Comité Técnico que se integra de la siguiente forma:

Presidente. El titular del Gobierno. Secretario Técnico. Designado por el titular del Gobierno. Un representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, (SHCP). Un representante de la SCT. El secretario de Hacienda del Gobierno. Un representante de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas del Gobierno. Un representante de la Secretaría de Economía del Gobierno. Dos representantes del Gobierno del Municipio. Dos representantes de la Sociedad Civil del Municipio. Cuatro representantes del Congreso del Gobierno los cuales tiene voz pero no derecho a voto. Los representantes de los acreedores, en su caso. Cuando se trate de asuntos que involucren la competencia de la SCT y de la SHCP o que se refieran a recursos derivados de financiamientos o la utilización de los bienes que se encuentren afectos al patrimonio del Fideicomiso, para que las decisiones sean válidas, invariablemente se requerirá del voto favorable de los miembros de la SHCP, de la SCT y de los posibles acreedores.

El contrato de Fideicomiso en la cláusula Primera nos aporta dos definiciones que son de vital importancia; i). Proyecto . Operación, explotación, conservación y mantenimiento de los puentes incluyendo la construcción de obras que determine la SCT y; ii).- Proyecto de Inversión.- En términos generales todo lo relativo a la infraestructura del Municipio con la anuencia del Comité de Inversión y el Comité Técnico del fideicomiso en comento. En la cláusula cuarta apunta como primordial fin la operación, administración, mantenimiento así como la ejecución de las obras que establezca la SCT, en prelación.

La prelación se encuentra convenida en la Condición 25.3 del Título de Concesión otorgada al Gobierno y a la letra dice: 25.3. Uso de recursos. El uso de los recursos del patrimonio del Fideicomiso de Administración, (a que alude el siguiente antecedente), se destinará a los pagos de los siguientes conceptos conforme a la prelación establecida en el propio Fideicomiso de Administración: a). La construcción de obras; b). La construcción y aprovechamientos aplicables, incluyendo el pago anual fijo; c). Los gastos de operación, mantenimiento y conservación, incluyendo los honorarios fiduciarios y los pagos al Ingeniero Independiente, al Supervisor Externo de Operación y al Dictaminador de Accidentes Graves; d). La constitución de fondos establecidos en este Título de Concesión; e). Los financiamientos: f). Los recursos remanentes, después de aplicarse los ingresos a los incisos a) al e) anteriores, serán devueltos a la Concesionaria, (Fideicomiso), por conducto del Fideicomiso para que éste lleve a cabo los proyectos en beneficio del Municipio, que determine su propio Comité Técnico.

Al estar licitando y ejecutando lo que se denomina Proyecto de Inversión sin antes cumplir con las obras denominadas Proyecto, lo que implica un modelo financiero y el cumplimiento técnico de las obras señalado por las normas oficiales mexicanas, viola la condición 25.3 del Título de Concesión.

Con fecha 11 de marzo del 2019 se celebró la Sexta Sesión del Comité de Inversión del Fideicomiso en la cual se encontraron presente únicamente tres integrantes del mismo, señores C. Héctor Armando Cabada Alvídrez, licenciado Juan Carlos Talavera de Noriega e ingeniero Juan Carlos Sapien de Anda, habiéndose dado el quórum legal por lo que se procedió a tomar, entre otros, los siguientes acuerdos:

Acuerdo 03.CI.11.03.2019. Se aprueba por unanimidad de los miembros del Comité de Inversiones, recomendar al Comité Técnico, la ejecución del proyecto denominado “Drenaje Pluvial” por un monto de inversión con recursos del Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua hasta por la cantidad de $399,600,000.00.

Acuerdo 04.CI.00.03.2019.- Se aprueba por unanimidad de los miembros presentes del Comité de Inversiones, recomendar al Comité Técnico, la ejecución del proyecto denominado “Vialidades de Flujo Continuo Las Torres” por un monto de inversión con recursos del Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua hasta por la cantidad de $310,000,000.00.

Acuerdo 05.CI.11.03.2019.- Se aprueba por unanimidad de los miembros presentes del Comité de Inversiones, recomendar al Comité Técnico, la ejecución del proyecto denominado “Consolidación del BRT I por un monto de inversión con recursos del Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua hasta por la cantidad de $249,400,000.00. Cabe aclarar que este acuerdo no tiene relación alguna con el Acuerdo 09.IIISE.06.2016 a que alude el inciso d.2 del Capítulo Oficio 3.4.- de la presente ficha, sometemos a su consideración, en caso de ser necesario entregar copia simple del acta a que alude el presente numeral para los efectos legales a que haya lugar.

Con fecha 30 de mayo de 2019 se celebró la Primera Sesión Ordinaria del Comité Técnico del Fideicomiso, pese a lo manifestado por el Lic. Ernesto Román Martell Morales relativa a la aprobación de recursos para la ejecución de los proyectos de inversión recomendados por el Comité de Inversiones, solicitando el documento que acredite el orden de prelación, (Modelo Financiero), de conformidad con la condición veinticinco del Título de Concesión y que se acreditará la existencia de recursos, solicitando se dejara pendiente hasta en tanto se envíe a la SCT se tomó, entre otros, el siguiente:

Acuerdo 03.I.SO.30052019.- Se aprueba el destino de recursos para la ejecución de los proyectos recomendados por el Comité de Inversiones en su sexta sesión ordinaria de 11 de marzo de 2019, y se autoriza su registro en la cartera de proyectos como proyectos de inversión autorizados en beneficio de Ciudad Juárez, Chihuahua bajo los conceptos y por los montos siguientes:

1. Proyecto de Inversión denominado “Drenaje Pluvial” por una cantidad de $399,600,000.00 de pesos.

2. Proyecto de Inversión denominado “Vialidades de flujo continuo Las Torres”, por una cantidad de $310,000,000.00 de pesos.

3. Proyecto de Inversión denominado “Consolidación del BRT i”, por una cantidad de $249,400,000.00 de pesos.

Lo anterior, sujeto al cumplimiento y debida integración de la documentación a la que se refiere el numeral 4 de la Reglas de Operación del Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua y a la normatividad municipal, estatal y/o federal que resulte aplicable en cada caso. La sesión que nos ocupa obra en poder de la SCT.

Fue precisamente en la sesión a que alude el numeral inmediato anterior que se dio a conocer que los puentes, ya elevados, ya deprimidos no contemplaban la situación actual y las proyecciones futuras, por lo que el ciudadano Manuel Sotelo Suárez, en su calidad de integrante del Comité Técnico del Fideicomiso se manifestó por primera vez en relación a dichas irregularidades, el no cumplir con la altura, gálibos, pendientes y normas por lo que representarían peligros, riesgos o impedimentos a la circulación y servicio.

Ante la cerrazón de las autoridades de proporcionar información respecto de los Proyectos Ejecutivos se desató una secuencia de publicaciones en los distintos medios de comunicación por lo que los diputados federales de Morena Chihuahua procedimos a tomar cartas en el asunto, nos documentamos y fue así que el 3 de diciembre solicitamos información al entonces director de Desarrollo Carretero, información que nos fue proporcionada con fecha 4 de diciembre del 2019 a virtud del Oficio 3.4.

- Oficio 3.4.

Por lo que hace al Oficio 3.4. firmado por el entonces director de Desarrollo Carretero, ingeniero Ricardo Erazo García Cano en respuesta al oficio HCDLXIV/MEMC/219/2019, es importante resaltar lo siguiente:

a) El cuarto párrafo de la primera hoja del oficio en comento se establece que en la sesión del 30 de mayo de 2019 del Comité Técnico del Fideicomiso el licenciado Ernesto Martell, en su carácter de representante de la SCT, solicitó la presentación del modelo financiero con el cual se podría comprobar que las obras en beneficio del Municipio se llevarían a cabo con recursos provenientes de remanentes por lo anterior tenemos que cuando el director general y Delegado Fiduciario Especial del Fideicomiso dice que la SCT no tiene autoridad para sancionar el modelo financiero entonces no da cumplimiento a lo solicitado por Martell, quién no solicitó el modelo financiero por capricho, por el contrario, lo solicita en cumplimiento de la Condición DÉCIMA NOVENA del Título de Concesión, por ende sin modelo financiero sancionado y autorizado por la SCT el Fideicomiso no tiene forma de acreditar fehacientemente, de comprobar que las obras en beneficio del Municipio serán realizadas con remanentes del Fideicomiso.

b) El último párrafo de la primera hoja del oficio 3.4. establece que a fin de que se proceda a la realización de las obras en beneficio del Municipio deberá cumplirse con la normatividad vigente y aplicable, dentro de la cual se contiene el Título de Concesión. Declara el director general y Delegado Fiduciario Especial del Fideicomiso que en las sesiones del Comité Técnico del Fideicomiso se encuentra presente un representante de la SCT y que no se han inconformado.

c) En el párrafo tercero de la segunda hoja del oficio 3.4.- se establece que el modelo financiero está en revisión por el área correspondiente de esta Unidad Administrativa. El modelo financiero debió ser entregado a la SCT a finales del 2016, principios del 2017, se entregó el 19 de noviembre de 2019 pese a que en la sesión del Comité Técnico del Fideicomiso de fecha 30 de mayo de 2019 se comprometió el Secretario Técnico del Comité, licenciado Federico Basauri Ochoa a entregarlo el 30 de junio del 2019 y ahora el Lic. Sergio Madero Villanueva habla de burocracia en la SCT, que no lo han revisado en tiempo y forma, adicionalmente cuando lo entrego para revisión ya había licitado las 27 obras en beneficio del Municipio a que alude el oficio HCDLX/MEMC/219/2019 en total violación de lo condicionado en el Título de Concesión y demás marco jurídico que lo regula.

d) En una de las últimas entrevistas vertidas por el Lic. Sergio Madero Villanueva habla de 27 obras que ya se realizaron, es correcto, respecto a lo cual nos permitimos manifestar:

d.1. En la tercera sesión extraordinaria del Fideicomiso de fecha 9 de junio de 2016, la cual obra en su poder, se tomaron tres acuerdos, entre otros:

Acuerdo 08.IIISE.06.201 a virtud del cual se autorizó a destinar la cantidad de $80’000,000.00 de pesos para la construcción del Centro de Investigación e Integración de Tecnologías Avanzadas, (CIITA), obra que por cierto al día de hoy no se lleva a cabo. El Convenio de Participación con el Instituto Politécnico Nacional fue firmado en el mes de marzo del 2019 y pese a que el recurso ya ha sido etiquetado la obra simple y sencillamente ni siquiera ha iniciado, no sabemos si la citada cantidad sigue integrando el patrimonio fideicomitido y por ende administrada por el Fideicomiso 80745 o ya ha sido depositada en alguna cuenta, es la opacidad en la administración de los recursos del Fideicomiso presente una vez más.

d.2. Acuerdo 09.IIISE.06.2016 a virtud del cual se autorizó destinar la cantidad de $250,500,000.00 de pesos para destinarlos a lo que en su momento se denominó Movilidad Urbana (BRT “Vivebús”), obra que a la fecha tampoco se ha llevado a cabo y es causa de polémica en el Municipio ya que el Gobierno no socializa los Proyectos Ejecutivos, motivo por el cual con fecha 30 de enero de 2020 los suscritos le solicitamos los mismos al C. Javier Corral Jurado, a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas y a la Secretaría de Desarrollo Urbano, información que por cierto a la fecha no ha sido entregada.

d.3. Acuerdo 10.III.SE.06.2016 a virtud del cual se autorizó destinar la cantidad de $212’702,000.00 de pesos a fin de destinarlos a Movilidad Urbana para el Municipio, las obras consistieron en la pavimentación de 27 vialidades. Las obras autorizadas fueron llevadas a cabo y entregadas en su totalidad al Municipio en diferentes fechas.

d.4.- Los acuerdos asentados en los incisos d.1), d.2) y d.3) fueron debidamente ratificados en la Segunda Sesión Ordinaria del Fideicomiso de fecha 12 de junio de 2017, (acta que al igual que la anterior obra en su poder), en el Acuerdo tomado en relación del Punto 10.

d.5.- Tenemos pues que las 27 obras consistentes en Movilidad Urbana ya fueron ejecutadas en su totalidad, autorizadas o no por la SCT?, la verdad lo desconocemos pero si consentidas en forma tácita. Cabe aclarar que se llevaron a cabo con remanentes ya que tenemos conocimiento que a la fecha no han dispuesto de las líneas de crédito salvo para cubrir pagos a la anterior Concesionaria, (Promofront) así como pagos generados por la obtención misma de la concesión por un monto aproximado de cuatrocientos cincuenta millones de pesos tal y como ya quedó asentado en el presente.

e) El Oficio 3.4.- alude a las 27 obras licitadas entre los meses de septiembre y noviembre y establece que de las mismas no se ha informado a la SCT y que tampoco se autorizarán hasta en tanto no se acredite que dichas obras en beneficio de Juárez se llevarán a cabo con recursos remanentes de conformidad con lo establecido en el Título de Concesión y cómo será posible acreditar lo anterior?, pues únicamente con la autorización del modelo financiero por parte de la SCT. Cabe hacer notar que las obras que nos ocupan fueron licitadas antes de entregar el modelo financiero a la SCT, excepción de la licitada el 23 de noviembre del 2019.

- Las obras licitadas las sometemos a su consideración las cuales pueden ser constatadas en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua con los datos asentados, a saber:

- En Periódico Número 77 de fecha 25 de septiembre se publicó la licitación FPFCH/CO/010/2019 para la adjudicación del Contrato de Obra Pública a base de precios unitarios y tiempo determinado relativo a trabajos de rehabilitación de vaso principal por medio de gaviones y estabilidad de taludes, descargas este y oeste, así como pozos de absorción en parque central zona 2 en Ciudad, Juárez, Chihuahua. Se publicó la licitación FPFCH/CO/011/2019 relativa a la construcción de vasos 2, 3 y 4 con mejoramiento de taludes y pozos de absorción en parque central zona 3.

- En Periódico Número 79 de fecha 2 de octubre de 2019 publicaron las licitaciones FPFCH/CO/012/2019 y FPFCH/CO/013//2019 para rehabilitar los vasos de captación en el fraccionamiento Pradera Dorada Norte y Sur.

- Con fecha 5 de octubre de 2019 en el Periódico Oficial Número 80 se publicaron las licitaciones FPFCH/CO//014, 015, 016, 017, 018, 019 y 020 relativas a rehabilitar diversas estaciones del EcoBus.

- Con fecha 9 de octubre de 2019 en el Periódico Oficial Número 81 se publicaron las licitaciones FPFCH/CO/021, 022 y 023 a fin de llevar a cabo la construcción de obras de captación de aguas pluviales mediante infraestructura verde en diversas zonas.

- Con fecha 12 de octubre de 2019 en el Periódico Oficial Número 82 se publicaron las licitaciones FPFCH/CO/024, 025, 026, 027, 028, 029, 030 y 031 relativas a la construcción y rehabilitación de diversas estaciones del EcoBus. Se publicaron de igual forma las licitaciones FPFCH/CO/032 y 033 para pavimentar a base de concreto hidráulico la Avenida Zaragoza. Las licitaciones 024, 027 y 030 fueron licitadas en segunda convocatoria con fecha 11 de diciembre del 2019.

- Con fecha 9 de noviembre de 2019 en el Periódico Oficial Número 90 se publicaron las licitaciones FPFCH/CO/034, 035, y 036 relativas a rehabilitación de vasos de captación en Pradera Dorada Zona Norte y Sur y supervisión de las mismas. Se publicó la licitación FPFCH/CO/037/2019 relativa a supervisión de trabajos en el Parque Central. Se publicó la licitación FPFCH/CO/038/2019 relativa a la supervisión de diversas obras de captación de aguas pluviales mediante infraestructura verde en ciudad Juárez, Chihuahua.

- En Periódico Número 94 de fecha 23 de noviembre de 2019 se publicaron las licitaciones FPFCH/CO/039 y 040 relativas a trabajos de rehabilitación en la zona 2 y construcción en la zona 3 del parque central respectivamente.

- En el Periódico Número 9 de fecha miércoles 29 de enero de 2020 se publicaron las licitaciones FPFC/CO/039/2019 relativas a trabajos de rehabilitación de vaso principal por medio de gaviones y estabilidad de taludes, descargas este y oeste, así como pozos de absorción en Parque Central Zona 2, así como la licitación FPFC/CO/040/2019 relativa a trabajos de construcción de vasos 2, 3 y 4 con mejoramiento de taludes y pozos de absorción en Parque Central Zona 3.

- En el Periódico Número 10 de fecha sábado 1 de febrero pese a no tener autorizado el presupuesto por parte de la SCT para el ejercicio 2020 se publicó las licitaciones FPFC/CA/002/2020 para el servicio de vigilancia, la FPFC/003/2020 para la recolección, custodia, traslado, verificación y depósito de valores así como la FPFC/004/2020 para servicio de limpieza.

Concluyendo con el análisis del oficio 3.4, referido anteriormente, suscrito por el Director de Desarrollo Carretero, ingeniero Ricardo Erazo García Cano en respuesta al Oficio HCDLXIV/MEMC/219/2019. Se establece en el último párrafo que si la Concesionaria incumple con las condiciones del Título de Concesión, lo cual ha venido haciendo, se hará acreedora a las sanciones que correspondan y que de acuerdo a la normatividad aplicable la sanción mínima lo sería una sanción económica, entiéndase multa y la que no queremos ningún ciudadano es la perdida de la Concesión a consecuencia de la violación a lo condicionado en el Título mismo así como al marco jurídico que la regula.

Asimismo, resulta alarmante el desconocimiento de las 27 licitaciones publicadas por el Fideicomiso respecto de obras en beneficio de Juárez; desconocimiento señalado por el referido Director de Desarrollo Carretero.

Los denominados Puentes Enanos, sean o no puentes como lo ha venido declarando el Director General y Delegado Fiduciario Especial tenemos que la Ley de Caminos Puentes y Autotransporte Federal en su Artículo 2, inciso c) establece que se consideran caminos o carreteras...” Los que en su totalidad o en su mayor parte sean construidos por la federación; con fondos federales o mediante concesión federal por particulares, estados o municipios...”, el Fideicomiso explota una concesión federal y si se quiere manifestar que no es un puente que únicamente es una vialidad, un camino de paso para mejorar la circulación se llevarán a cabo con fondos provenientes de una concesión federal. Situación donde la SCT ha sido omisa en revisar de manera precisa en cuanto a la normatividad aplicable.

Tenemos que pese a lo autorizado en el Comité de Inversión y posteriormente en el Comité Técnico, ambos del Fideicomiso ahora con sorpresa nos encontramos con que la Secretaría de Obras Públicas del Gobierno llevó a cabo las siguientes licitaciones:

En el Periódico Número 9 de fecha 7 de diciembre de 2019 se publicó la licitación SCOP-LPN-053-2019 tendiente a llevar a cabo la construcción del Paso Superior Cuerpo Poniente en Avenida Villareal Torres y Avenida Zaragoza; la SCOP-LPN-054 para llevar a cabo la construcción del cuerpo oriente y la SCOP-LPN-055-2019 para llevar a cabo la construcción del cuerpo poniente en las vialidades denominadas Avenida Villareal Torres y Teófilo Borunda, con suma preocupación lo sometemos a su consideración, lo anterior demuestra una vez más la opacidad con que se administra el Fideicomiso. Finalmente el Lic. Sergio Madero Villanueva, Director General y Delegado Fiduciario Especial sigue declarando que el resto de los Puentes Enanos se ejecutaran con recursos del Fideicomiso con una altura o en su caso los deprimidos de 4:30 metros ya según la norma así lo permite.

Por todo lo anteriormente expuesto, resulta lógico y viable señalar que se está violentando el Título de Concesión, particularmente en la Condición 19.2, la 25.3 y el Anexo 16.

La Condición 16.5 establece que las obras se deben apegar a lo establecido en los Proyectos Ejecutivos, especificaciones técnicas, las NOM y las NMX y los puentes “enanos” no cumplen con dicha normatividad.

Por consiguiente el presente punto de acuerdo plantea lo necesario de saber la situación jurídica actual de la administración del Fideicomiso, y la autorización por parte de la SCT el Modelo Financiero.

Por consiguiente el objetivo del presente punto de acuerdo es que la SCT y Banobras revisen en lo general las obras autorizadas y realizadas mediante el Fideicomiso y en lo particular, que sean revisados los modelos financieros y títulos de concesión hechos al gobierno del estado de Chihuahua.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC a realizar una revisión exhaustiva a las autorizaciones de recursos y de obras a cargo del Fideicomiso de Puentes Fronterizos de Chihuahua, así como los votos de los representantes de dichas autoridades en el mencionado Fideicomiso.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, SNC a realizar una revisión exhaustiva al Modelo Financiero y cumplimento a las condiciones establecidas en el Título de Concesión propios de los Puentes Fronterizos dados en Concesión al Gobierno Libre y Soberano del Estado de Chihuahua.

Nota

1 https://puentesfronterizos.gob.mx/quienes-somos-fideicomiso-de-puentes- fronterizos-chihuahua.php

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputado Ulises García Soto (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE, la SEP y la STPS a coordinar y ejecutar con las universidades públicas y privadas del país un programa dirigido a proveer de capacitación técnica operativa a las Mipyme, a cargo de la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del PAN

La que suscribe, Silvia Guadalupe Garza Galván, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral primero; 62, numeral segundo; 65, numeral cuarto; y 79 numeral primero, fracción II, y numeral segundo, fracción III, así como los demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Economía, Secretaría de Educación Pública y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que en cumplimiento de sus atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, coordinen y ejecuten un programa con las universidades del país, públicas y privadas, para proveer de capacitación técnica operativa a las micros, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) del país, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En México 6 de cada 10 jóvenes entre 15 y 21 años desean tomar el camino del emprendimiento , mismos que aluden dos factores clave para el éxito: experiencia (53 por ciento) y formación (43.6 por ciento). De este número de jóvenes, 65 por ciento emprende en busca de hacer la diferencia en el mundo, mientras 51.9 por ciento lo hace para construir un patrimonio. Esto se suma al 11.9 por ciento de la población adulta que son emprendedores nacientes y 3.3 por ciento que se conforman como nuevos emprendedores. Dando como resultado, según el Centro Latinoamericano para la Competitividad y el Desarrollo Sostenible (CLACDS), que 58.6 por ciento de la población entre 18 y 64 años percibe buenas oportunidades para iniciar un negocio, 58.5 por ciento considera sólo tener las habilidades para hacerlo y 31.6 por ciento señala que el miedo al fracaso le impide realizarlo.

Estas cifras se reflejaron en el Índice Global de Emprendimiento 2018 donde se señala que el país bajó a la posición 75 debido a las habilidades emprendedoras entre otros rubros. Por otro lado, según un estudio de CB Insights, México fue el país que más inversiones en emprendimiento de alto impacto recibió en 2017. Esto se debe a que México se caracteriza por “la vocación emprendedora y el deseo de aprender. Es cierto que a algunos los motiva la dificultad para insertarse en el mercado laboral, pero cada vez son más los que quieren hacerlo por el deseo de alcanzar una meta personal en la que la generación de empleo se vuelve una consecuencia directa”, comenta el licenciado Jaime Neftalí Martínez, coach en gestión estratégica de Pymes.

Cuando hablamos de emprendimiento nos referimos a toda persona que establece y desarrolla una empresa o negocio , y tanto en zonas rurales como urbanas, la necesidad de emprender por un mejor futuro económico se hace presente. El emprendedor en México puede ir desde crear una agencia de publicidad, hasta una persona que vende comida en una canasta, y en ambos casos la contabilidad, establecer presupuestos, determinar estructura legal y otros obstáculos a tratar, requieren ser capacitados para reducir la tasa de fracaso dentro de esta población.

Como podemos observar, uno de los puntos clave para lograr un buen emprendimiento es la capacitación . Hoy en día la gran mayoría de la gente, debido a la falta de entendimiento en el tema, se ve en la necesidad de aprender a prueba y error, provocando un desánimo por parte de la sociedad emprendedora y la pérdida de capitales que durante mucho tiempo, con esfuerzo y trabajo obtienen los emprendedores.

El Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Pronafim) ha creado convocatorias “para impulsar la adquisición de conocimiento de los y las microempresarias, en el Pronafim se emiten convocatorias para la incubación de actividades y proyectos productivos”, sin embargo, la última convocatoria fue lanzada en 2018.

Otro programa a favor del emprendimiento es la Red de Apoyo al Emprendedor (RAE) que en unión con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) se ha puesto en contacto con la ciudadanía a través de redes sociales para aclarar dudas que los usuarios tienen relacionados con sus “marcas”. Sin embargo, directamente no ofrece ningún tipo de capacitación, aquí el IMPI únicamente abre por temporadas sus talleres y cursos, mismos que este año no han sido renovados.

Tomando otro programa con fines similares, está el Fondo Nacional Emprendedor (FNE) en el que “el proceso de acreditación jurídica para la Convocatoria 2.1 Desarrollo y Fortalecimiento Empresarial 2019 ha concluido , y este año no ha tenido una nueva oferta.”

Como estos programas hay muchos más que están en espera de ser renovados o reiniciados, como el Instituto Mexicano de la Juventud (Imjuve), que en este año sólo ha tenido una participación para apoyar a los jóvenes emprendedores, misma que sólo entregará 17 apoyos cuando en México hay 38.6 millones de jóvenes entre 12 y 29 años de edad. De forma similar, la plataforma Aprendo Más En línea de todos y para todos, sustentada por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), brinda una amplia gama de cursos con validez, aunque en sus rubros no contiene ningún rango destinado al emprendimiento, muchos usuarios han combinado su aprendizaje empírico con algunos de estos cursos, que son relacionados a lo individual y no a lo empresarial.

Por motivo de la pandemia de Covid-19, en México y el mundo se detuvo de manera importante la actividad empresarial y la población en su conjunto, a excepción de aquellos involucrados en las actividades esenciales, como consecuencia debieron obligatoriamente quedarse en sus hogares, buscando alternativas para crear nuevos ingresos y así el porcentaje de emprendedores aumentó su demanda y sobrepasó lo que las instituciones gubernamentales han ofrecido, esto por un número inalcanzable de usuarios a satisfacer, puesto que el motivo más común de esta suspensión de actividades fue la necesidad de cerrar establecimientos donde muchas personas tomaban sus capacitaciones; dejando así muchas mentes inexpertas abiertas a un mundo de obstáculos que bien se podrían convertir en oportunidades de crecimiento económico.

Hoy en día existen muchas plataformas que ofrecen servicios de capacitación en línea de forma gratuita, pero con la desdicha de que éstas no cubren un certificado, diploma o constancia que avale tu conocimiento. Mientras que instituciones privadas piden grandes aportaciones económicas por sus capacitaciones o ponen “filtros” para que su público sea reducido a su comunidad escolar.

Otro inconveniente de estos recursos digitales es el lenguaje, muchas de ellas tienen a su alcance cursos becados por universidades internacionales, pero con su lenguaje natal. Recordemos que en México sólo 5 por ciento de la población habla inglés (idioma universal de la academia científica), y seguimos en decadencia llegando al cuarto país con más bajo nivel de idioma de Latinoamérica, según el índice del EF English Proficiency (EF EPI).

Es relevante anotar que existen muchas organizaciones legalmente constituidas dedicadas a capacitar personal en la empresas o a personas físicas con actividad empresarial, pero también existen otras que de manera ilegal operan en el rubro de capacitación, captando clientes bajo el argumento de poder conseguirles una oferta laboral después de los cursos, lo cual es un fraude, se trata de malintencionadas empresas fraudulentas y que además no garantizan el mejor aprendizaje.

En pocas palabras, México requiere un programa que brinde a todos los mexicanos emprendedores de medianas y pequeñas empresas una posibilidad de capacitación gratuita, avalada por instituciones reconocidas, capaces de ofrecer la mejor calidad a nivel educativo.

Lo que necesita el emprendedor es un sistema de capacitación técnica operativa que le ayude a resolver conflictos en su pequeña, micro o mediana empresa, tales como procedimientos y derechos laborales, administración de empresas, competitividad, ahorro de energías, gestión urbana y ambiental, finanzas, obligaciones fiscales, etcétera.

Este tipo de apoyo en México no existe. Al emprendedor o al empresario pequeño, micro o mediano, se le ofrecen créditos, vinculación con su sector productivo, talleres, pláticas o cursos, pero lo que realmente se requiere es un rubro de capacitación técnica operativa para dirigir una empresa, con el objeto de que no fracase por falta de experiencia.

Ahora bien, ¿a qué autoridad le corresponde llevar a cabo este programa de capacitación técnica operativa para la Mipyme, donde se pueda obtener un reconocimiento por parte de alguna de las escuelas o universidades públicas, como la UNAM, UAM, UAEM, IPN y todas las Universidades Autónomas de los Estados?

La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal determina las atribuciones de sus dependencias, por lo que una vez revisadas dichas atribuciones tenemos que:

Artículo 34. A la Secretaría de Economía corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

...

X Bis. Coordinar y ejecutar la política nacional para crear y apoyar empresas que asocien a grupos de escasos recursos en áreas urbanas a través de las acciones de planeación, programación, concertación, coordinación, evaluación; de aplicación, recuperación y revolvencia de recursos para ser destinados a los mismos fines; así como de asistencia técnica y de otros medios que se requieran para ese propósito, previa calificación, con la intervención de las dependencias y entidades de la administración pública federal correspondientes y de los gobiernos estatales y municipales, y con la participación de los sectores social y privado;

XXIII. Promover, orientar, fomentar y estimular la industria nacional;

XXIV. Promover, orientar, fomentar y estimular el desarrollo de la micro, pequeña y mediana empresa y la microindustria y actividad artesanal, así como regular la organización de productores industriales; ...

Artículo 38. A la Secretaría de Educación Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos: ...

XXVII. Organizar, promover y supervisar programas de capacitación y adiestramiento en coordinación con las dependencias del gobierno federal, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, las entidades públicas y privadas, así como los fideicomisos creados con tal propósito. A este fin organizaraì, igualmente, servicios de educación básica para adultos y sistemas de orientación vocacional de enseñanza abierta y de acreditación de estudios; ...

Artículo 40. A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social corresponde el despacho de los siguientes:...

VI. Promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo, así como realizar investigaciones, prestar servicios de asesoría e impartir cursos de capacitación que para incrementar la productividad en el trabajo requieran los sectores productivos del país, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública; ...

Es así que tenemos atribuciones más que suficientes para poder crear un programa de capacitación técnica operativa para la Mipyme, que le haga permanecer en el mercado, impartida por verdaderos docentes de las mejores universidades del país, cuyo objetivo sea el poder brindarle al emprendedor o empresario de nueva creación, herramientas de la cotidianeidad de las empresa, como contratación de personal, derechos y obligaciones laborales, despidos, liquidaciones, seguridad e higiene, finanzas, ingresos, egresos, impuestos, servicios, inversiones, ahorros, equipos, planeación, convenios, contratos, obligaciones de seguridad social, etcétera.

El capital humano ya existe en todas y cada una de las universidades del país, públicas e incluso privadas, las cuales a través de un convenio, pueden ofrecer de forma gratuita, capacitación a este sector de la población que emprende, paga impuestos, genera empleo e invierte su capital en el país.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares de la Secretaría de Economía, Secretaría de Educación Pública y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, para que en cumplimiento de sus atribuciones conferidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, coordinen y ejecuten un programa con las universidades del país, públicas y privadas, para proveer de capacitación técnica operativa a las micros, pequeñas y medianas empresas del país, con el objeto de fortalecer sus actividades y lograr su permanencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputada Silvia Guadalupe Garza Galván (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Conacyt a hacer de conocimiento público la integración actual del Consejo de Aprobación, ahora Consejo General, del SNI, a cargo de la diputada Geraldina Isabel Herrera Vega, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Geraldina Isabel Herrera Vega, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a hacer de conocimiento público la integración de todas las y los integrantes del Consejo de Aprobación, ahora Consejo General del Sistema Nacional de Investigadores, que se encuentren en funciones, con base en las siguientes

Consideraciones

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) se encarga de conducir y operar el Sistema Nacional de Investigadores (SNI), así como establecer sus objetivos, funciones y forma de organización en las reglas de operación y reglamentación interna de conformidad con la fracción VIII del artículo 2 de Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.1 El Conacyt es la autoridad encargada de definir la normatividad para la conformación de los órganos de decisión y los procedimientos por los cuales se organizará el SNI, así como los sujetos legitimados en ambos casos.

Además, la fracción V del artículo 36 de la Ley de Ciencia y Tecnología establece la constitución del Foro Consultivo Científico y Tecnológico como órgano autónomo y permanente de consulta del Poder Ejecutivo, del Consejo General y de la Junta de Gobierno del Conacyt, que estará integrado por 17 integrantes de diversas asociaciones de la sociedad civil, la academia, organismos empresariales, y 3 integrantes provenientes del SNI.2

El Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores del Conacyt, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de septiembre de 2020, modificó la figura del anterior Consejo de Aprobación por la de Consejo General del SNI.3 La fracción X del artículo 6 del citado Reglamento establece que dentro de los integrantes del Consejo General de SNI estarán tres integrantes del SNI directamente electos por los miembros vigentes de dicho Sistema, conforme a los lineamientos que para ese efecto se emita.

En relación con lo anterior, el Reglamento del SNI publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de febrero de 2018 establecía, en el mismo artículo y fracción, que el Consejo de Aprobación del SNI tendría entre sus integrantes a las o los tres miembros del sistema que a su vez forman parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico.2 Sin duda, el espíritu de la modificación al Reglamento es claro: desaparecer al Foro Consultivo como tomador de decisiones en su función de órgano de consulta permanente del Ejecutivo y del propio Conacyt.

Aunado a lo expuesto, los Lineamientos para el Funcionamiento del Consejo de Aprobación del Sistema Nacional de Investigadores vigentes establecen en la fracción X del artículo tercero que el Consejo de Aprobación del Conacyt estará integrado por los tres investigadores o investigadoras miembros del SNI que formen parte de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico.5

Adicionalmente, el reglamento publicado el 21 de septiembre de este año no considera en las disposiciones transitorias que, hasta en tanto sean aprobados los nuevos Lineamientos los vigentes no deban ser observados en sentido alguno, por lo que subsisten los lineamientos que como norma específica mantienen la aclaración de que los tres miembros del SNI integrantes del Consejo General serán los que integran la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico.

Por otro lado, la doctora Gloria Soberón Chávez promovió una demanda de amparo indirecto para que sean respetadas sus representaciones como miembro del Consejo de Aprobación y de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, elegida para el periodo 2018-2021. Dicha acción ante la falta de convocatoria por el Conacyt a ninguno de los investigadores del SNI ante las sesiones del Consejo de Aprobación de ese Sistema, situación que si ocurrió durante el año 2019.

El 31 de agosto del presente año, un juez federal concedió la suspensión provisional a favor de la promovente, ordenando al Conacyt que a Gloria Soberón Chávez se reconozca el carácter de miembro de la Mesa Directiva del Foro Consultivo Científico y Tecnológico, así como del Consejo de Aprobación del Sistema Nacional de Investigadores y para que se respete la autonomía, patrimonio propio y personalidad jurídica del foro.6

El 25 de septiembre de este año, el Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México resolvió otorgar la suspensión definitiva a Gloria Soberón Chávez para que se le reconozca el carácter de miembro de la Mesa Directiva del Foro Consultivo de Ciencia y Tecnología, así como del Consejo de Aprobación del Sistema Nacional de Investigadores y para que se respete la autonomía, patrimonio propio y personalidad jurídica del Foro Consultivo Científico y Tecnológico.7

La citada promoción ante el Poder Judicial de la Federación es de llamar la atención del Poder Legislativo, ya que actores públicos dentro del Sistema Nacional de Investigadores deben recurrir a la justicia federal para ser reconocidos por la autoridad de la materia y ejercer las funciones que las leyes y las normativas señalan. Ahora, será necesario que cumplimentar la protección de los derechos humanos de la promovente por parte del Conacyt órgano que, pese a contar con un nuevo Reglamento del SNI, debe aplicar lo señalado en la resolución judicial.

Por tal motivo, es fundamental que el Conacyt aclare quiénes son a la fecha las personas integrantes del Consejo de Aprobación, ahora Consejo General del SNI. Precisamente, porque esa transición institucional marcada entre el Reglamento anterior y el vigente desde el 22 de septiembre del presente año, tiene un margen en el que hubo actuaciones por parte del Consejo de Aprobación donde todas las partes integrantes debieron estar contempladas.

Por lo expuesto se somete a consideración de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología a hacer de conocimiento público la integración de todas las y los integrantes del Consejo de Aprobación, ahora Consejo General del Sistema Nacional de Investigadores, que se encuentren en funciones a la fecha de la proposición del presente acuerdo.

Notas

1 Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, vigente desde el 20 de mayo de 2014. Recuperada de

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/243.pdf

2 Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, Ley de Ciencia y Tecnología, vigente desde el 8 de diciembre de 2015. Recuperada de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/242_081215.pdf

3 Diario Oficial de la Federación, Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores, publicado el 21 de septiembre de 2020. Recuperado de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5600871&fecha=21/09/2 020

4 Diario Oficial de la Federación, Modificaciones al Reglamento del Sistema Nacional de Investigadores, publicado el 16 de febrero de 2018, recuperado de

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5513525&fecha=16/02/2018&print=true

5 Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Lineamientos para el Funcionamiento del Consejo de Aprobación del Sistema Nacional de Investigadores, aprobados el 04 de septiembre de 2020, recuperado de: https://www.conacyt.gob.mx/index.php/el-conacyt/sistema-nacional-de-inv estigadores/marco-legal/lineamientos-sni

6 El Universal, "Juez concede medida cautelar a investigadora para que el Conacyt la reconozca como integrante del Consejo de Aprobación del SNI", Publicada el 4 de septiembre de 2020 y recuperada de https://www.eluniversal.com.mx/ciencia-y-salud/dan-medida-cautelar-para -que-conacyt-reconozca-miembro-del-consejo-de-aprobacion-del

7 Poder Judicial de la Federación, "Resolución que concede la suspensión definitiva a Gloria Soberón Chávez contra actores reclamados a las autoridades responsables precisadas", 25 de septiembre de 2020. Resolución compartida por la parte actora.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputada Geraldina Isabel Herrera Vega (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a publicar con la CICC el Programa Especial sobre Cambio Climático 2020-2024, en cumplimiento de la ley general respectiva, suscrita por los diputados Arturo Escobar y Vega y Jorge Francisco Corona Méndez e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena

Quienes suscriben, diputados Jorge Francisco Corona Méndez y Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El cambio climático es uno de los mayores desafíos que enfrentamos desde hace varias décadas y nos encontramos en un momento decisivo para afrontarlo con éxito. En un mediano y largo plazo, sus efectos serán una de las mayores amenazas para el proceso de desarrollo y bienestar de la humanidad, pero también una oportunidad para impulsar un desarrollo más sustentable.

En diferentes lugares de nuestro planeta, se pueden apreciar los impactos del cambio climático sobre los recursos hídricos, la pérdida de biodiversidad, de procesos productivos, de infraestructura, entre otros, que tendrán como consecuencia la migración forzada de personas debido a mayores inundaciones, huracanes, intensificación de sequías, aumento en el nivel del mar y pérdida de servicios ambientales que proporcionan diferentes ecosistemas.

Por sus implicaciones, el cambio climático y sus efectos son prioridad en la agenda internacional y objeto de preocupación para las instancias de más alto nivel de los gobiernos.

Desde hace varios años, desde el ámbito multilateral, se actúa para desarrollar diversas estrategias de mitigación para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y de adaptación para responder a la vulnerabilidad de nuestras sociedades por los efectos del cambio climático.

México ha emprendido diversas acciones de mitigación y de adaptación en concordancia con diversos mecanismos internacionales y con una política nacional que contribuya a la seguridad energética, a procesos productivos más limpios, eficientes, a la mejora en la calidad del aire y la conservación de nuestros ecosistemas y los recursos naturales coherente con un país megadiverso como el nuestro.

En 2009, nuestro país estableció el Programa Especial de Cambio Climático (PECC) consistente con la Conferencia de las Partes celebrada en 2007 en Bali, Indonesia en la que se acordó la continuidad y consolidación del Protocolo de Kioto y el Plan de Acción de Bali, el cual estableció una acción cooperativa de largo plazo que tenía como meta el 2012.

A través de los 105 objetivos y 294 metas1 del PECC, que tuvo un periodo de vigencia de 2009 hasta 2012, el Gobierno de México consideró una política integral para enfrentar el cambio climático con una visión de largo plazo, acciones de mitigación, adaptación y elementos de política transversal.

En 2014 se aprobó un segundo PECC que incluía acciones para generar menor costo y producir grandes beneficios a la población mexicana, mejorar la competitividad económica y posicionar al país ante los acuerdos climáticos globales e identificar prioridades en materia de mitigación y adaptación y lo que se refiere a la investigación sobre las causas y consecuencias del cambio climático.1

En 2018, el segundo PECC concluyó y se tiene conocimiento de la aprobación por parte de la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático de un nuevo programa que comprenderá el periodo 2020-20243 en agosto pasado, el cual hasta ahora no ha sido publicado.

Desde su formulación, se decidió que el PECC fuera aprobado periódicamente de manera tal que el programa se adapte a las necesidades coyunturales y se ajusten las cantidades de emisiones de Gases de Efecto Invernadero con base en los avances obtenidos.

La publicación de este documento es indispensable, ya que sin él y, de acuerdo con el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, “México no tiene un plan de acción para el cambio climático en el corto plazo”.

Dicho documento deberá incluir los objetivos de mitigación y adaptación, así como las acciones concretas y los presupuestos que se destinarán a estas tareas.

De la misma forma, deberá incluir un plan de acción para cumplir con las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC por sus siglas en inglés) en el Acuerdo de París.

En el comunicado de prensa de la aprobación del PECC 2020-2024, por parte de la CICC, se indica que las acciones climáticas están divididas en cuatro objetivos relativos a los componentes: adaptación, mitigación de emisiones, sinergias y cobeneficios, así como medios de implementación.

Se confirma que en el componente de mitigación para la reducción de emisiones de gases y compuestos de efecto invernadero la nueva versión del PECC incluye una meta mayor, prevista ahora en 100 millones de toneladas de dióxido de carbono equivalente (MtCO2e) acumulada al año 2024, basada en la cuantificación de las acciones comprometidas con el apoyo del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático.

Además, se señala que en el marco de la Ley General de Cambio Climático (LGCC), se refrendaron los compromisos adquiridos de reducir de manera no condicionada (es decir, a través de los recursos del país) el 22 por ciento de gases de efecto invernadero y el 51 por ciento de carbono negro en 2030, porcentajes que pueden aumentarse a 36 por ciento y 70 por ciento, respectivamente, de manera condicionada, es decir, bajo un acuerdo global de acceso al financiamiento, transferencia de tecnología y fortalecimiento de capacidades.

Toma mayor importancia la presentación y aprobación del PECC 2020-2024 en el contexto del reciente fortalecimiento de la producción petrolera del país en detrimento de la transición energética a energías limpias o renovables.

El documento nos permitirá conocer las estrategias y acciones que implementará el gobierno para lograr llegar a la meta prevista en la Ley General de Cambio Climático de 35 por ciento de la generación de energía eléctrica a partir de fuentes limpias para 2024.

En el Partido Verde consideramos que es tarea de todos, sociedad y gobierno, promover acciones y legislaciones a favor de un profundo cambio en las formas de satisfacción de nuestras necesidades para reorientarlas hacia un desarrollo sustentable.

Desde nuestro origen hemos velado por el medio ambiente y, por ello, consideramos fundamental seguir con acciones y políticas encaminadas a reducir las emisiones de GEI en el corto, mediano y largo plazo.

Estamos conscientes que para mitigarlo se requiere de una profunda transformación de las formas de producción y consumo, del uso de energía y del manejo de recursos naturales, así como de las formas de ocupación y uso del territorio.

En virtud de lo antes expuesto, se somete a la consideración de esta soberanía la siguiente Proposición con

Punto de Acuerdo

Único.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a publicar, en coordinación con la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático, el Programa Especial sobre Cambio Climático 2020-2024, en cumplimiento con la Ley General de Cambio Climático y apegándose a las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional establecidas en el Acuerdo de París.

Notas

1 Véase, Programa Especial de Cambio Climático 2009 - 2012, Poder Ejecutivo federal de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/114329/3._Programa_Espec ial_Cambio_Clim_tico.pdf

2 Véase, Versión de Difusión del Programa Especial de Cambio Climático 2014 - 2018, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Disponible en: http://apps3.semarnat.gob.mx/pecc/pagina/arch/PECC%202014-2018.%20Versi o%CC%81n%20de%20Difusio%CC%81n.pdf

3 Véase, Aprueba Comisión Intersecretarial el PECC 2020-2024 y refrenda los compromisos de México ante el Acuerdo de París, comunicado de prensa, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, 6 de agosto de 2020. Disponible en: https://www.gob.mx/semarnat/prensa/aprueba-comision-intersecretarial-el -pecc-2020-2024-y-refrenda-los-compromisos-de-mexico-ante-el-acuerdo-de -paris?idiom=es

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputados: Arturo Escobar y Vega, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Espinoza Mata, José Ricardo Gallardo Cardona, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe (rúbricas).

Con punto de acuerdo, para exhortar a la CRE, el IFT y la Profeco a revisar, regular y, en su caso, sancionar las tarifas de electricidad, los servicios de telefonía celular e internet y la canasta básica, a cargo del diputado Rubén Terán Águila, del Grupo Parlamentario de Morena

El suscrito, diputado Rubén Terán Águila, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta de manera respetuosa a la Comisión Reguladora de Energía, al Instituto Federal de Telecomunicaciones y a la Procuraduría Federal del Consumidor, para que en el ámbito de sus facultades, regulen y, en su caso, sancionen el alza injustificada de las tarifas del servicio de electricidad, del servicio de telefonía celular e internet y la canasta básica, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Si bien es cierto que gracias a la implementación de las medidas económicas propuestas por el Ejecutivo federal la situación del país en tiempos de pandemia, ha tenido un repunte, teniendo incluso la creación de nuevos empleos, también es cierto que por la pandemia del Covid-19, se ha padecido una crisis sin precedentes.

En una nota publicada en el mes de junio de 2020, en el portal de televisa.NEWS , se consigna que:

“Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), 12.5 millones de mexicanos se quedaron sin empleo en abril por la pandemia de Covid-19, dejando la tasa de desempleo en 4.7 por ciento, frente a la de 2.9 por ciento del mes anterior”.

En la primera quincena de abril, entre 5.2 y 8.1 millones de personas reportaron haber perdido su empleo, ser descansadas de manera obligatoria o no poder salir a buscar trabajo debido a la contingencia sanitaria por coronavirus (Covid-19), de acuerdo con una encuesta realizada por el Instituto de Investigaciones para el Desarrollo con Equidad de la Universidad Iberoamericana (Equide).

En contraste, la población no económicamente activa (PNEA) creció en 11.5 millones de personas hasta 50.2 millones, lo que significa un fenómeno sin precedentes causado por la pandemia del coronavirus SARS-CoV-2, explicó Julio Santaella, presidente del Inegi.

Por su parte la Comisión Federal de Electricidad (CFE), “admitió que hubo aumentos en los recibos de energía eléctrica, pero según ellos no se debe a un incremento en las tarifas, sino a que hubo más consumo debido a la cuarentena”.

CFE, durante la transmisión de la Mesa de análisis CFE, la compañía no ha incrementado las tarifas domésticas. En nota publicada en junio del presente año en el portal electrónico MSN Dinero de Microsoft News, Martín Mendoza, director general de CFE Suministro Básico (una subsidiaria de CFE), aseguró que “este aumento se debe a que las actividades laborales y escolares se están realizando desde casa , debido a la cuarentena por Covid-19.”

Señalo que “...a menor consumo, mayor subsidio y por consiguiente menor precio por kilowatt/hora, mientras a mayor consumo, menor subsidio y por lo tanto mayor precio por kilowatt/hora”.

Es decir que, por causa del confinamiento, el consumo de energía doméstica aumentó, y por lo consiguiente los recibos domésticos sí aumentaron.

Agregó que la comisión determina el consumo de energía eléctrica de sus clientes domésticos con base en cuatro principales aspectos: por alimentación, por higiene, por seguridad y por confort . En este último se contempla el uso eléctrico de televisores, computadoras, aire acondicionado, entre otros (énfasis añadido).

Sin embargo, el uso de televisores, computadoras, etcétera, ya no se puede considerar un confort ya que, como todos sabemos, el asilamiento ha determinado que, en la actualidad, se realice el llamado home-office , que las clases de distintos niveles escolares se impartan por televisión, que la utilización de aparatos eléctricos ha crecido exponencialmente, al igual que el consumo eléctrico por mencionar algunos ejemplos.

A causa del confinamiento por la pandemia, los montos de recibos domésticos sí aumentaron.

Asimismo, podemos ver que la pandemia modificó de manera drástica los hábitos en el consumo de internet.

Tal y como lo menciona Juan Soto Ramírez, profesor titular y experto en Social Media y Hootsuite , de la Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Iztapalapa (UAM), en entrevista publicada el pasado 4 de julio en la página del periódico Excélsior , quien le comentó a la periodista Ximena Mejía que “durante la pandemia del Covid-19 en México surgieron cambios en la modalidad de consumo de contenidos y aplicaciones en internet, así como “una alfabetización digital” para quienes no querían usar las nuevas tecnologías”.

“Tanto algunos dispositivos como algunas aplicaciones se utilizarán más, porque este confinamiento alteró tanto las prácticas de producción, distribución, circulación, recepción y utilización de las tecnologías digitales, el uso de plataformas y aplicaciones”, expresó el académico en la entrevista.

Soto Ramírez indicó que incrementó el uso del teléfono celular en 76 por ciento, el uso de las computadoras portátiles en 45 por ciento, computadoras de escritorio 32 por ciento y de tabletas en 22 por ciento.

Juan Soto Ramírez consideró como un nuevo fenómeno la “alfabetización digital” durante el confinamiento, pues personas que rehuían al uso de las tecnologías tuvieron que adaptarse.

Es evidente que el aumento del uso de plataformas y aplicaciones digitales, traen aparejado un aumento exponencial en el consumo de los llamados “datos”, con el consiguiente aumento en el pago de los mismos.

Por otra parte la canasta básica ha sufrido un duro golpe por el Covid-19, ya que los precios de los productos de consumo popular se dispararon por esta pandemia.

Cuauhtémoc Rivera, presidente de la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (Anpec), en entrevista concedida al portal de Prensa Latina , Agencia Informativa Latinoamericana , explicó “que la contracción económica se aprecia también por la escalada alcista de precios de productos de primera necesidad que en todo lo que va del año no han dejado de aumentar, algunos más de 80 por ciento”.

Según un monitoreo del organismo, del 15 de junio al 15 de julio de 2020, los productos que más han aumentado son la naranja (56.08 por ciento), papa (26.09), sopa de pasta (28.57), cebolla (24.19), limón (16.67), chocolate en polvo (9.29), arroz (5.26), frijol (2.56), y lenteja (9.09 por ciento).

Ante este panorama, las y los ciudadanos se han enfrentado a la problemática de que deben de pagar altos precios por los servicios de energía eléctrica, consumo de internet y productos de la canasta básica.

Se ha visto que los productos y servicios antes mencionados han sufrido un alza injustificada de sus tarifas.

El propósito fundamental de la presente proposición con punto de acuerdo, es el de realizar un respetuoso exhorto a la Comisión Reguladora de Energía, al Instituto Federal de Telecomunicaciones y a la Procuraduría Federal del Consumidor, para que en el ámbito de sus facultades puedan revisar, regular y, en su caso, sancionar el alza injustificada en el cobro de las tarifas del servicio de electricidad, del servicio de telefonía celular e internet, así como de los productos de la canasta básica.

Con base en las disposiciones legales invocadas y antecedentes señalados, sometemos a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Comisión Reguladora de Energía, al Instituto Federal de Telecomunicaciones y a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en el ámbito de sus facultades, revisen, regulen y, en su caso, sancionen las tarifas del servicio de energía eléctrica, el servicio de telefonía celular, los servicios de internet, así como la canasta básica.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputado Rubén Terán Águila (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a realizar por la Profepa y la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental de SLP las investigaciones y visitas de verificación necesarias ante los posibles daños ambientales derivados del uso de dinamita por Cemex México, SA de CV, en la reserva ecológica Sierra de Abra Tanchipa, en Las Palmas, Tamuín, a cargo del diputado José Ricardo Delsol Estrada, del Grupo Parlamentario de Morena

El que suscribe, diputado José Ricardo Delsol Estrada, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, con la finalidad de someter a la consideración de esta honorable asamblea la actual proposición con un punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La reserva ecológica, es un remanente natural, queremos llamar la atención sobre la problemática que enfrenta por el uso de dinamita para el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales de nombre caliza para la producir el producto de la empresa la cementera Cemex, han sufrido por la contaminación que generan las explosiones, que ha provocado caída de enormes rocas en viviendas, mucho polvo en áreas habitadas, contaminación del aire con polvo fino de cemento, contaminación de presas y ríos, nadie puede ocular el grave daño causado a la Sierra de Tanchipa.

Si bien es cierto que, en nuestro país desde hace algunos años, gracias a esfuerzos coordinados de las autoridades y la iniciativa de la sociedad civil organizada, se ha logrado generar conciencia sobre el efecto negativo en la salud y en el desarrollo integral de las personas que causan estos factores y se han logrado rescatar zonas verdes con fines de preservación ecológica; sin embargo estos esfuerzos no han sido suficientes y aún queda mucho por hacer en todo nuestro territorio.

El establecimiento de una verdadera cultura verde que reconozca a la ecología y al medio ambiente no como un lugar excepcional o una zona apartada o exclusiva, sino como un espacio al que pertenecemos y del cual somos parte, es sin duda un reto inalcanzado plenamente y en cuyo transcurso se siguen perdiendo importantes zonas ecológicas y naturales, que de manera lamentable no podremos volver a restaurar.

La problemática ambiental acerca del uso de la dinamita provoca serios daños a la vegetación la flora y fauna en grandes extensiones en la cima de la Sierra de Tanchipa, provocando serios daños a los habitantes del Cañón de Taninul, El Abra del municipio de Valles, así como al ejido Las Palmas del municipio de Tamuín.

Este es el caso por el que está atravesando el estado de San Luis Potosí, una región del país rica en diversidad cultural y natural que, tras décadas de descuido por parte de sus autoridades en las tareas de fomento y preservación, el día de hoy tiene severo daño ecológico.

Hay muchos casos en donde la situación es alarmante y no puede esperar más tiempo su atención integral, como es el caso de la zona natural denominada “Sierra de Tanchipa”. Estos daños se han incrementado en los últimos años con el uso constante de “dinamita”, afectando al medio ambiente y a cientos de familias que habitan en los alrededores de las plantas cementeras, en especialmente la ubicada en el ejido Las Palmas, de acuerdo a los quejosos están a punto de romper la Sierra de Abra Tanchipa, luego de décadas de estar explotándola.

Tenemos que rescatar esta zona de manera urgente, sostenible y con acciones siempre en atención y armonía con el ecosistema, para colocarla en la vanguardia a nivel internacional en materia de conservación.

Dotemos a la Sierra de Abra de Tanchipa, en el Estado de San Luis Potosí de la atención que requiere por parte de las autoridades gubernamentales y la sociedad y sus grupos diversos; dotémosla de las medidas necesarias y tendientes a su rescate, saneamiento y conservación integral y a largo plazo y démosle una oportunidad al mundo de contar con una espacio como éste, y a los Potosinos un motivo más para sentirse orgullosos de su estado.

Por lo que existe también el riesgo de afectarse los ecosistemas prioritarios del Área de la Reserva de la Biosfera y causarse con los impactos ambientales un desequilibrio ecológico en esta área.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito someter a consideración de este pleno de la honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental para que, desde el ámbito de sus atribuciones y facultades, realicen las investigaciones y visitas de verificación necesarias por los posibles daños ambientales por el uso de dinamita por parte de la empresa cementera Cemex México, SA de CV, en la reserva ecológica “Sierra de Abra Tanchipa” ubicada en el ejido Las Palmas municipio de Tamuín, en el estado de San Luis Potosí.

Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas para que, desde el ámbito de sus atribuciones y facultades, realice las gestiones pertinentes para que la reserva ecológica “Sierra de Abra Tanchipa” ubicada en el ejido Las Palmas municipio de Tamuín, en el estado de San Luis Potosí sea declarada como Patrimonio Natural.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputado Jose Ricardo Delsol Estrada (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Inmujeres a considerar en el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y demás acciones el fomento del respeto de la dignidad humana de ellas como componente esencial en el logro de la igualdad sustantiva, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, María Eugenia Hernández Pérez, Diputada Federal de la LXIV Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, e integrante del Grupo Parlamentario de MORENA, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con Punto de Acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de las Mujeres para que, en la elaboración del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y demás acciones en el ámbito de sus competencias, contemple entre sus objetivos y estrategias el fomento del respeto a la dignidad humana de las mujeres como componente esencial para lograr la igualdad sustantiva, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La Política Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres (PNIMH) es la estrategia del Estado que nos da la oportunidad de crear una sociedad más incluyente y justa, apegada al Estado Constitucional de Derecho y a los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano. También, nos da la oportunidad de lograr establecer la igualdad sustantiva en el ámbito económico, político, social y cultural, es decir, el ejercicio pleno de los derechos universales y la capacidad de hacerlos efectivos en la vida cotidiana; y que constituye el ideal y objetivo que aspiramos alcanzar y materializar. Al Poder Ejecutivo federal y sus órganos respectivos, les corresponde conducir, elaborar, diseñar y aplicar los instrumentos de la Política nacional; celebrar los acuerdos nacionales e internacionales respectivos; coordinar las acciones con los demás órdenes de gobierno y, garantizar el presupuesto.

La PNIMH forma parte de los objetivos y prioridades nacionales, en el marco de la Ley de Planeación (LP)2 asimismo, se encuentra establecida en la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (LGIMH), Ley insertada en el conjunto de disposiciones derivadas del mandato constitucional de igualdad ante la ley y comparte jerarquía con la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación y la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; su objeto, es garantizar la igualdad sustantiva de mujeres y hombres tanto en el ámbito público como en el privado.

Los principios, lineamientos y especificaciones de la PNIMH, se encuentran establecidos en la LGIMH y sus instrumentos de concreción son el Sistema Nacional (SN) y el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Programa). La cabeza de elaboración y aplicación de ambos instrumentos es, el Inmujeres. El SN, “es el conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos sociales y con las autoridades de los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, a fin de efectuar acciones de común acuerdo destinadas a la promoción y procuración de la igualdad entre mujeres y hombres”.3

El Programa, es el instrumento que establece las prioridades, orientaciones, políticas transversales y, además, define los objetivos, metas y líneas de acción. A través de ambos instrumentos, el Poder Ejecutivo Federal convoca y moviliza a toda la Estructura de la Administración Pública Federal (APF), en vinculación y corresponsabilidad con los demás órdenes de gobierno y con la sociedad civil, para que estos, a su vez, con base en lo delineado en los instrumentos antes señalados y, fundamentalmente, en el PROGAMA; elaboren e implementen políticas, programas similares, talleres etcétera que contengan las acciones afirmativas4 y 5 a realizar, es decir, elaboran acciones concretas de aplicación destinadas a obtener un impacto real.

Derivado del Programa, el Inmujeres desarrolla otros que son sectoriales, regionales y especiales, destinados, por ejemplo, para capacitar a su personal en esta materia. Estos programas también sirven de referencia para que la estructura de la APF, los órdenes de gobierno y las organizaciones de la sociedad civil obtengan pautas para el desarrollo de sus propios programas.

Sin embargo, en el desarrollo tanto del Programa como de los derivados y relacionados, no se contempla en su interior el fomento del respeto a la dignidad humana como un elemento central base para lograr la igualdad sustantiva. Creemos firmemente que estos programas tienen que difundir, concientizar, sensibilizar y profesionalizar un concepto base y que constituye un valor y principio universal fundamental que le da vida a nuestra sociedad moderna, como lo es la dignidad humana. Y en ese contexto, la dignidad humana de las mujeres, que, en México, cada día es socavada por diversas situaciones derivadas del poco entendimiento que se tiene de este concepto.

Esto se promueve por las siguientes razones fundamentales:

Primera. La dignidad humana es el fundamento y base de nuestra sociedad moderna, y por lo tanto, de los Estados Democráticos de Derecho que se digan legítimos, incluyendo el nuestro.

En efecto el concepto se materializó en textos de derecho internacional y en las constituciones nacionales recientes después de la Segunda Guerra Mundial, en las últimas décadas, desempeñó un papel protagónico de la jurisdicción internacional, de las constituciones nacionales y de la administración de justicia.6 Son los documentos fundacionales de la Nacionales Unidas las que consagran el concepto y establecen la conexión explicita con los derechos humanos. Esto nace como respuesta a los crímenes masivos cometidos bajo el régimen nazi, el fascismo, la segunda guerra mundial, la guerra fría y otros. Estas experiencias de deshumanización y exterminio, nos marcaron como especie y nos obligaron a garantizar desde y con el derecho internacional, un estándar mínimo ético de derechos y garantías plasmadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos 1948 (DUDH) y otros instrumentos internacionales y, a que diversos países reformaran sus Constituciones.

El preámbulo de la DUDH reafirma la “fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana” y el artículo 5° es el reflejo de las víctimas innumerables que fueron torturadas, humilladas y asesinadas durante los periodos más dolorosos de nuestra humanidad. Al respecto, Jurgen Habermas señala que “el concepto de dignidad humana no es una expresión clasificatoria vacía, sino que, por el contrario, es la fuente de la que derivan todos los derechos básicos (en la experiencia concreta de violaciones a la dignidad humana), además de ser la clave para sustentar la indivisibilidad de todas las categorías (o generaciones) de los derechos humanos”.7

Así mismo, afirma que es “la bisagra conceptual que ensambla la moral del respeto igualitario a cada sujeto con el derecho positivo y la producción jurídica democrática, de tal manera que de su interacción en circunstancias históricas favorables pudo resultar en un orden político basado en los derechos fundamentales”.9

La dignidad humana es la promesa moral de igual respeto a todo ser humano que prevalece en cualquier comunidad política democrática, constitucional de derecho que pretenda ser legítimo y debe ser empleada de manera constructiva en el interior de una comunidad política establecida. En México, este valor ha sido elevado a un nivel superior en el ordenamiento jurídico, así mismo, es fundante del resto de los derechos fundamentales. La consagración constitucional se encuentra en sus tres primeros artículos, así como en el número 25; que además incorporan los instrumentos internacionales.

En la misma línea es el criterio de la Suprema Corte de Justicia, para la cual es el valor constitucional supremo del ordenamiento legal10 y ha sido reconocido en varias de sus decisiones, a fin de maximizar el contenido esencial de los derechos humanos. Señalamos la tesis aislada: dignidad humana. el orden jurídico mexicano la reconoce como condición y base de los demás derechos fundamentales.11

En la misma línea, para entender el concepto en sentido ontológico e instrumental es el criterio jurisprudencial de la Primera Sala de la SCJN, que en 2016 declaro expresamente la proyección o dimensión subjetiva de la misma a partir de su reconocimiento como derecho fundamental, es decir: “por el cual se establece el mandato constitucional a todas las autoridades, e incluso particulares, de respetar y proteger la dignidad de todo individuo, entendida ésta-en su núcleo más esencial- como el interés inherente a toda persona, por el mero hecho de serlo, a ser tratada como tal y no como un objeto, a no ser humillada, degradada, envilecida o cosificada”.12

Así mismo en la tesis dignidad humana. definición, se le nombra como “el origen, la esencia y el fin de todos los derechos humanos”;13 en otra tesis como “una calidad única y excepcional a todo ser humano por el simple hecho de serlo...”14 inherente y exclusiva de las personas físicas.15

Segunda. El ejercicio de la dignidad humana implica que podamos reconocer y respetar al otro por pertenecer a la misma especie que yo.

La dignidad humana implica un deber de empatía entre todos los seres humanos, ¿porque todos somos dignos?, en términos de Adam Smith,16 porque nos podemos ver reflejados en el otro y por lo tanto también deberá haber un trato de igualdad y transversalidad entre las personas. En el mismo tenor, Hanna Arendt nos menciona que la dignidad humana adquiere sentido cuando se apareja al concepto de identidad, es decir, un elemento que se construye de nuestra necesidad de conformar nuestra propia identidad a partir del reconocimiento del otro, y que, a su falta o falso reconocimiento, se produce la discriminación y el rechazo.

Para Hannah Arendt, la identidad se construye como una experiencia compartida mediante una red de relaciones humanas, “el respeto por la dignidad humana implica el reconocimiento de mis semejantes o de las naciones semejantes a la mía, como súbditos, como constructores de mundos o como codificadores de un mundo común”.17

Utilizamos el concepto en todo nuestro marco jurídico, pero pocas veces nos detenemos a reflexionar sobre su significado y las implicaciones que tiene en la vida cotidiana. Es necesario que el concepto se difunda para que las personas comiencen a reflexionar, que, por el mero hecho de existir, debemos ser tratados y tratarnos con dignidad, de manera preferencial, en igualdad de derechos y oportunidades y que no hay ningún otro derecho o finalidad social que justifique su desconocimiento y limitación, todos en calidad de individuos y seres sociales somos titulares de esa dignidad al punto tal que nos permite identificarnos con todos los miembros de nuestra especie.

Hacer de la dignidad humana un concepto de territorio y no de escritorio implica implementar las acciones pertinentes para que se haga una práctica común de nuestro día a día, solo así, este concepto pasará a ser parte de la vida cotidiana y aprenderemos a convivir fraternalmente los unos con los otros. Por lo tanto, podemos afirmar que la inclusión de la promoción del respeto a la dignidad humana de las mujeres tanto en el Programa como en sus derivados y relacionados, nos ayudara a poner un peldaño más en la escalera para lograr la igualdad sustantiva que tanto anhelamos.

Con base en las consideraciones expuestas, se somete a la consideración de esta soberanía el presente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de las Mujeres para que, en la elaboración del Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y demás acciones en el ámbito de sus competencias, contemple entre sus objetivos y estrategias el fomento del respeto a la dignidad humana de las mujeres como componente esencial para lograr la igualdad sustantiva.

Notas

1 LP. Publicada en el Diario oficial de la Federación (DOF) el 5 enero 1983 y reformada el 16 de febrero 2018. Artículo 2, fracción III. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lplan.htm Consultado el 06 julio 2020.

2 PND 2020-2024. Publicado en el DOF el 12 julio 2019. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/ 2019 Consultado el 06 de julio 2020. LP. Publicada en el Diario oficial de la Federación (DOF) el 5 enero 1983 y reformada el 16 de febrero 2018. Artículo 2, fracción III. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lplan.htm Consultado el 06 julio 2020.

3 LGIMH. Publicada en el DOF el 02 agosto 2006, reformada 14 de junio 2018. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgimh.htm Consultado el 06 julio 2020.

4 LGIMH. Publicada en el DOF: Articulo 5.- Para los efectos de esta ley se entenderá por: I. Acciones Afirmativas. Es el conjunto de medidas de carácter temporal correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres;

5 Publicación Feminista Mensual, FEM. Las acciones afirmativas en la política. Años 21, No. 169, abril 1997, Pag. 6. Para Anna M. Fernández Poncela las acciones afirmativas “Pueden definirse como aquellas acciones cuyo objetivo es borrar o hacer desaparecer la discriminación existente en la actualidad o en el momento de su aplicación, corregir la pasada y evitar la futura, además de crear oportunidades para los sectores subordinados. Se trata de políticas concretas que sirven al objetivo más amplio de igualdad de oportunidades. Y son necesarias para vencer las resistencias al cambio, las dificultades, obstáculos y limitaciones que se levantan por doquier sembradas a diestra y siniestra en el largo y difícil camino hacia una igualdad de oportunidad verdadera”.

6 Habermas, Jürgen, “La idea de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos”, Anales de la Cátedra Francisco Suárez, 44, 2010, p. 111. https://revistaseug.ugr.es/index.php/acfs/article/view/501 Consultado el 07 julio 2020.

7 Habermas, Jürgen, “El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos”, Diánoia, vol. LV, num. 64, mayo-junio, 2010. Disponible en: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-24 502010000100001 Consultado el 07 julio 2020.

8 Habermas, Jürgen, “La idea de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos”, Anales de la Cátedra Francisco Suárez, 44, 2010, p. 111. Disponible en: https://revistaseug.ugr.es/index.php/acfs/article/view/501 Consultado el 07 julio 2020.

9 Habermas, Jürgen, “El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos”, Diánoia, vol. LV, num. 64, mayo-junio, 2010. Pp. 5. Disponible en: http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-24 502010000100001 Consultado el 07 julio 2020.

10 Tesis Aislada: P.LXV/2009, Dignidad humana. El orden jurídico mexicano la reconoce como condición y base de los demás derechos fundamentales. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXXIII, enero de 2011, página 1707. Disponible en: https://sjf.scjn.gob.mx/SJFSist/paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Clase=Det alleTesisBL&ID=165813&Semanario=0 Consultado el 07 julio 2020.

11 Ibídem

12 Dignidad humana. Constituye una norma juridica que consagra un derecho fundamental a favor de las personas y no una simple declaracion etica. 10ª. Época; 1ª Sala; Gaceta S.F.J; libro 33, agosto de 2016; tomo II; pág. 633. 1ª./J.37/2016 (10ª). Registró No, 2 012 363 Disponible en: https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?id=201236 3&Clase=DetalleTesisBL Consultado el 07 julio 2020.

13 Dignidad humana. Definicion. Tesis: I.5º.C. J/30 (9ª), Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Quinto Tribunal Colegiado en materia civil del Primer Circuito, libro I, octubre 2011, p. 1528. Disponible en:
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Clase=DetalleTesisBL&ID=160870&Semanario=0 Consultado el 08 de julio 2020.

14 Dignidad humana. Su naturaleza y concepto. Tesis: I.5º.C. J/31 (9ª), Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Quinto Tribunal Colegiado en materia civil del Primer Circuito, libro I, octubre 2011, p. 1529. Disponible en:
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Clase=DetalleTesisBL&ID=160869&Semanario=0 Consultado el 07 julio 2020.

15 Derecho a la dignidad humana. Es connatural a las personas fisicas y no a las morales. Registro: 2002740; (TA); Tesis: VI. 3º. A.1 K, 10ª. Época; T.C.C; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; libro XVII, febrero de 2013, tomo 2; pag. 1344. Disponible en:
https://sjf.scjn.gob.mx/sjfsist/Paginas/DetalleGeneralV2.aspx?Clase=DetalleTesisBL&ID=2004199&Semanario=0 Consultado el 07 julio 2020.

16 Monares, Andrés. La Filosofía Moral de Adam Smith. Sentimientos morales naturales-providenciales e irracionalidad moral del ser humano. Revista de Filosofía, Universidad de Chile. Disponible en:
https://www.researchgate.net/publication/324112724_La_filosofia_moral_de_Adam_Smith Consultado el 08 julio 2020.

17 Arendt, Hannah. Los orígenes del totalitarismo. Madrid, Taurus, 1998.p. 367.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de octubre de 2020.

Diputada María Eugenia Hernández Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno mexiquense a levantar con los ayuntamientos y las organizaciones de la sociedad civil un censo e instaurar un plan operativo de atención de personas en situación de calle para prevenir contagios de Covid-19, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, María Eugenia Hernández Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobernador del estado de México para que, en conjunto con los gobiernos municipales de la entidad y las organizaciones de la sociedad civil, en el contexto del desarrollo de la nueva normalidad y en la medida de sus atribuciones y posibilidades, realice un censo e implante un plan operativo permanente de atención a personas en situación de calle de la entidad, con objeto de prevenir contagios de Covid-19 entre esta población, al tenor de las siguientes

Consideraciones

La pandemia de Covid-19 ha mantenido al mundo en una situación crítica de confinamiento, prevención y cuidados de salud, sin embargo, en nuestro país y, en específico en el Estado de México, “quedarse en casa” constituye un privilegio que, para la población en situación precaria de alojamiento, alimentación y difícil acceso a servicios de salud, no puede darse; nos referimos, a la población en situación de calle, un grupo que, a nivel nacional, está considerado por los expertos, como de alto riesgo de enfermar por Covid-19.

Las personas integrantes de las poblaciones en situación de calle son aquellas que sistemáticamente subsisten en el espacio público, de manera temporal o permanente, es decir, pernoctan, desempeñan sus actividades de vida diaria y cubren sus satisfactores básicos de manera precaria con recursos obtenidos a través de diversas fuentes y actividades; además, ocupan espacios no convencionales como vivienda, por ejemplo: plazas, puentes, jardines, campamentos, instalaciones de transporte público, edificios abandonados, automóviles, banquetas y camellones, entre otros.1

Una definición más amplia incluye no sólo el status de la vivienda sino la condición general que conlleva un fenómeno asociado al de la pobreza extrema en las ciudades, siendo preciso puntualizar que se trata de un grupo poblacional que se caracteriza por ser heterogéneo en su composición, teniendo en común la extrema pobreza, los vínculos familiares quebrados o fragilizados y la inexistencia de vivienda convencional regular; factores que obligan a estas personas a buscar espacios públicos (calles, veredas, plazas, puentes) y áreas degradadas (edificios, coches abandonados etcétera) como espacio de vivienda y subsistencia, de manera temporal o permanente, utilizando para pernoctar lugares administrados institucionalmente como albergues, o casas de asistencia, además de diferentes tipos de viviendas provisorias (Tiraboschi, 2011).

Además de la población que ya vivía en las calles por los factores anteriormente mencionados, la crisis económica de la pandemia dejó y está dejando a muchos sin trabajo y sin ingresos, por lo que no tienen más opción que dejar su vivienda. Las situaciones de violencia doméstica por el confinamiento también fungieron como factor para que las personas abandonaran el hogar; mujeres, niños y ancianos son los más afectados.

Diversas organizaciones de la sociedad civil dedicadas a atender personas en situación de calle, reportaron un incremento de estas personas, que se vio reflejado en albergues saturados, un mayor número de comidas entregadas y, un aumento en la atención médica otorgada. La Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) alertó sobre los contagios en esta población, por lo que urgieron al gobierno a tomar medidas pertinentes para proteger a estas personas y evitar se den campañas de “limpieza social”. En una conferencia virtual con defensores de los derechos de la infancia, Juan Martín Pérez García, coordinador del proyecto #TejiendoRedesInfancia en América Latina y del Caribe y director ejecutivo de Redim, sostuvo que a la “población callejera” no se les está considerando como personas, como ciudadanos del mismo nivel o la misma equivalencia humana que otras y otros, que si tienen una casa, que tienen un trabajo o una condición económica protegida.

“La población callejera queda en vulnerabilidad no solamente porque la vivencia en calle es desgastante y hace que su sistema inmunológico sea frágil, sino porque tienen antecedentes de salud precaria, por la vivencia en calle y las enfermedades asociadas a ello, que los convierte en un blanco para este virus y no están siendo visibilizados”, refirió el activista.1

En toda2 las entidades federativas se ha reportado la pérdida de empleos debido a la crisis económica de la pandemia. La primera Encuesta Telefónica de Ocupación y Empleo del Inegi reveló una disminución de 12.3 puntos porcentuales de la población económicamente activa en el primer mes de la emergencia sanitaria; la mayor parte de los afectados están en la economía informal, es decir al menos 12.5 millones de personas dejaron de laborar y perdieron sus ingresos, 10 millones pertenecen a la economía informal y el resto a la economía formal.

Esta baja, explicó el organismo, se debe a que millones de personas se encontraron “en un estado de suspensión laboral temporal ocasionado por la cuarentena... se trata de una suspensión sin percepción de ingresos de por medio y sin certeza de si se mantiene el vínculo laboral o de retorno al trabajo”, hoy por hoy 1 de cada 3 personas está buscando trabajo. Por su parte, el Banco de México reveló en su reporte trimestral del 27 de mayo pasado que durante el año 2020 se perderían aproximadamente de 800 mil a 1 millón 400 mil trabajos formales, la informalidad es la que será más afectada.3

Para el estado de México, el IMSS ha reportado hasta el momento 59 mil empleos formales perdidos esto sin contar quienes laboran para el ISSSTE, el Issemym, otras instituciones locales, la economía informal y los que no tienen seguridad social.4

De acuerdo con cifras de Inegi a 2017, son cerca de 407 mil 720 personas en situación de calle en el país, pero, por su perfil complejo y por tratarse de un grupo social excluido, no existe un conteo oficial sobre el número de personas con dicha situación, ni tampoco de las que quedaron en la misma, gracias a la pandemia.5

La entidad tampoco cuenta con cifras actualizadas de personas en esta situación, es decir, cuántos hombres y mujeres, cuántos adultos mayores, cuantos jóvenes, así como el porqué de la salida de sus hogares; tan solo podemos hacer referencia al Diagnóstico Situacional de las Poblaciones Callejeras 2017-2018 de la Ciudad de México, que además de mostrar un incremento de esta población en los últimos dos años en dicha entidad, menciona que 22.26 por ciento de las personas que se encuentran en esa situación en la Ciudad de México provienen del estado de México.6

Según los expertos, la población en situación de calle se encuentra altamente vulnerable a contraer Covid-19, pues carecen de información sobre el tipo de cuidados que deben tener, no cuentan con lugares de acogimiento ni con documentos de identificación y, por ende, no pueden recibir atención médica u otros servicios. De igual manera han puntualizado que los Estados deben implementar estrategias y mecanismos de prevención especializados como protocolos de atención específicos, acompañamiento a las organizaciones que trabajan con esta población, sensibilización a la ciudadanía y autoridades que están obligadas a ofrecerles servicios.

Ante esta situación, es necesario generar una serie de acciones de vinculación, prevención y control de la enfermedad de la entidad en conjunto con los municipios y las organizaciones de la sociedad civil, con el objetivo de limitar afectaciones a la salud, es decir un plan operativo estatal permanente que permita contar con lineamientos de atención médica y acciones preventivas, esto se traduciría en, por ejemplo, la entrega de equipos de limpieza y la revisión médica en puntos donde estas poblaciones suelen transitar, añadiendo las siguientes consideraciones:

Primera. El estado de México es la segunda entidad del país con el mayor número de contagios.

La Ciudad de México (72 mil 342 casos confirmados, 15 mil 163 sospechosos, 7 mil 167 defunciones) y el estado de México (52 mil 555 casos confirmados, 20 mil 397 sospechosos, 8 mil 23 defunciones)7, 8 al 30 de julio 2020 son las entidades que presentan mayor número de casos de Covid-19. Los municipios conurbados a la Ciudad de México son las demarcaciones con el mayor número de enfermos y, de acuerdo con las autoridades federales, la zona metropolitana del valle de México será la de mayor propagación de contagios, pues aquí se concentra la mayor densidad poblacional del país.

De los 125 municipios del estado de México, 112 reportan casos de coronavirus, Ecatepec de Morelos encabeza la lista con 6 mil 155 casos y 674 defunciones,9 sus principales puntos de contagio son el transporte público y los tianguis y, según los principales datos oficiales, las personas entre 45 y 49 años de edad son las que más se han contagiado porque pertenecen a la población económicamente activa, además de que las personas de entre 65 y 69 años son las que más han perdido la vida en la localidad.10

Aunque en el estado de México no se han reportado casos sospechosos por coronavirus en personas en situación de calle, si ha ocurrido en la entidad vecina, la Ciudad de México, donde entre otros casos, el pasado mes de mayo un hombre en situación de calle acompañado de su pareja que pernoctaban en la estación Morelos del Metro de la Línea B, una zona colindante con el estado de México, solicitó auxilio al referir que tenía dificultad para respirar y fiebre; los paramédicos del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas, diagnosticaron que ambos presentaba “neumonía” con síntomas del virus SARS-Cov2, sin embargo, en vista de que no permitieron ser llevados a un hospital, se tomaron las medidas necesarias para cerrar la estación, desinfectar y dar seguimiento al caso.11

Segunda. El estado de México no cuenta con cifras actualizadas de personas en situación de calle ni con un plan operativo de atención a esta población.

Aunque la problemática en cuanto a cifras oficiales de personas en situaciónde calle es a nivel nacional, es importante que nuestra entidad si tenga sus cifras oficiales actualizadas debido al peligro inminente antes señalado.

Por otra parte, no contamos con un instrumento jurídico específico del estado en el que se comprometa a respetar y vigilar los derechos de la población en situación de calle, dado su perfil heterogéneo y por tratarse de un grupo social excluido y discriminado, en el que coexisten niñas, niños, jóvenes, mujeres, familias, personas adultas y adultas mayores; su baja visibilización y clandestinidad obstaculizan el ejercicio de los derechos humanos de este grupo social.

Con base en las consideraciones expuestas se somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobernador del estado de México, para que, en conjunto con los gobiernos municipales de la entidad y las organizaciones de la sociedad civil, en el contexto del desarrollo de la nueva normalidad y, en la medida de sus atribuciones y posibilidades, realice un censo e implante un plan operativo permanente de atención a personas en situación de calle de la entidad, con objeto de prevenir contagios de Covid-19 entre esta población.

Notas

1 Excélsior (2018). "Casi 7 mil personas viven en situación de calle en la Ciudad de México". Disponible en https://www.excelsior.com.mx/comunidad/casi-7-mil-personas-viven-en-sit uacion-de-calle-en-la-ciudad-de-mexico/1282100 Consulado el 27 de julio de 2020.

2 El Sol de México (2020). "Alertan sobre riesgos de personas en situación de calle por Covid-19". Disponible en https://www.elsoldemexico.com.mx/mexico/sociedad/alertan-sobre-riesgos- de-personas-en-situacion-de-calle-por-covid-19-5050415.html Consultado el 27 de julio de 2020.

3 El Economista (2020). "Covid-19 dejó sin ingresos a 12 millones de mexicanos". Disponible en https://www.eleconomista.com.mx/empresas/Covid-19-dejo-sin-ingresos-a-1 2-millones-de-mexicanos-20200602-0024.html Consultado el 28 julio 2020.

4 Milenio (2020). "Edomex suma más de 59 mil empleos perdidos por pandemia de coronavirus". Disponible en https://www.milenio.com/ciencia-y-salud/coronavirus-edomex-suman-59-mil -empleos-perdidos-covid-19 Consultado el 28 de julio de 2020.

5 Milenio (2017). "Sin cifra oficial sobre la gente en situación de calle". Disponible en https://www.milenio.com/estados/sin-cifra-oficial-sobre-la-gente-en-sit uacion-de-calle Consultado el 27 de julio de 2020.

6 Excélsior (2018). "Casi 7 mil personas viven en situación de calle en la Ciudad de México". Disponible en https://www.excelsior.com.mx/comunidad/casi-7-mil-personas-viven-en-sit uacion-de-calle-en-la-ciudad-de-mexico/1282100 Consulado el 27 de julio de 2020.

7 Gobierno del estado de México. Covid-19, casos positivos y defunciones a Covid-19 por municipio. Disponible en https://salud.edomex.gob.mx/salud/covid19_municipio Consultado el 30 de julio de 2020.

8 Gobierno de México (2020). Covid-19, México. Información general. Estado de México y Ciudad de México. Disponible en https://coronavirus.gob.mx/datos Consultado el 30 de julio de 2020.

9 Gobierno del estado de México. Secretaría de Salud (2020). Covid-19, casos positivos y defunciones a Covid-19 por municipio. Disponible en

https://salud.edomex.gob.mx/salud/covid19_municipio Consultado el 30 julio de 2020.

10 El Universal (2020). "Ecatepec es el municipio del Edomex con más contagios y muertes por Covid-19". Disponible en https://www.eluniversal.com.mx/metropoli/edomex/ecatepec-es-el-municipi o-de-edomex-con-mas-contagios-y-muertes-por-covid-19 Consultado el 23 de julio de 2020.

11 La Jornada (2020). "Cierran Metro Morelos por indigentes con síntomas de Covid-19". Disponible en https://www.jornada.com.mx/ultimas/capital/2020/05/06/cierran-metro-mor elos-por-indigentes-con-sintomas-de-covid-19-3351.html Consultado el 30 de julio de 2020.

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputada María Eugenia Hernández Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SHCP, la Sener, la Ssa y el gobierno mexiquense a identificar y considerar la viabilidad de impulsar la realización del proyecto de un centro nacional de producción y aplicación de radiofármacos para fortalecer los servicios de salud en materia de enfermedades crónico-degenerativas de los sectores de la población más desprotegidos, a cargo de la diputada María Eugenia Hernández Pérez, del Grupo Parlamentario de Morena

La que suscribe, María Eugenia Hernández Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, y de Salud, así como al gobierno del estado de México, a que en el ámbito de sus atribuciones conozcan y consideren la viabilidad de impulsar la realización del proyecto del Centro Nacional de Producción y Aplicación de Radiofármacos, a fin de fortalecer los servicios de salud en materia de enfermedades crónico-degenerativas de los sectores más desprotegidos de la población mexicana, al tenor de las siguientes

Consideraciones

Primera. De acuerdo con los datos del Inegi, se reporta que por año fallecen alrededor de 200 mil personas de cáncer y enfermedades cardiovasculares, cifra que se incrementa levemente por efecto de los casos de oncología en los últimos años.1 Además, dentro de las enfermedades neurodegenerativas, la enfermedad de Alzheimer es una de las más importantes causas de demencia, diagnosticándose alrededor de 30 personas de cada mil por año, después de los 60 años.

Segunda. Un aspecto fundamental en el acceso a tecnologías médicas efectivas es asegurar su disponibilidad para todos los ciudadanos sin ningún tipo de discriminación. Como es sabido, las políticas sanitarias actuales han propuesto estrategias destinadas a aumentar la eficacia y eficiencia de los servicios de salud, jerarquizando el deber de asegurar el acceso universal y equitativo de la población a servicios de salud de comprobada calidad.2 Las prestaciones médicas especializadas de demostrado beneficio clínico deben ser realizadas con la máxima eficiencia y eficacia conforme a los avances científico-técnicos, tendiendo a la excelencia asistencial ofrecida a toda la población.

La tomografía de emisión de positrones (PET) y la tomografía por emisión de fotón único (Spect) son técnicas de imagen dinámica y, acopladas con la tomografía computarizada tridimensional (PET/CT o Spect/CT) proporcionan información a nivel metabólico, bioquímico, y molecular sobre el funcionamiento de distintos órganos y tejidos in vivo de forma no invasiva mediante el uso de Radiofármacos. El PET/CT y Spect/CT se han convertido en las técnicas diagnósticas más avanzadas y precisas en oncología, neurología y cardiología.3, 4 Las nuevas tecnologías como PET/CT y Spect/CT nos ofrecen una oportunidad de basta utilidad y valía para atender estas brechas en atención a la salud, los diagnósticos en etapas tempranas de muchas enfermedades se han vuelto herramientas estratégicas alrededor del mundo en proyectos de enfoque social. En ese sentido, es necesario aprovechar estas tecnologías para dotar de cobertura en salud a la población en mayor pobreza.

En los hospitales de Estados Unidos hay aproximadamente 2 mil 500 escáneres PET (7.7 equipos por cada millón de habitantes) y 15 mil Spect, que en conjunto realizan aproximadamente 16.5 millones de exámenes por año.5 De acuerdo con el Inegi, el número de habitantes en México es de 123.5 millones y se cuenta con 35 equipos PET y 150 SPECT, lo que indica 0.28 equipos por cada millón, para la realización de apenas 300 mil estudios anuales.6

Tercera. En México, se cuenta con un número muy reducido de equipos PET ubicados todos en el sector privado en los estados del norte del país, Jalisco y la Ciudad de México, excluyendo a las zonas económicamente menos favorecidas, como por ejemplo el estado de México, “entidad con mayor número de población en el país, más de 17 millones de personas. En el Estado de México reina el estigma de la pobreza, pues 47.9 por ciento de la población está en esta situación (Andrés Manuel López Obrador, enero de 2019)”. El estado de México cuenta con 1 PET. El IMSS y el ISSSTE no cuentan con equipos PET por lo que recurren a los servicios subrogados con costos muy elevados reduciendo el alcance y beneficio a los derechohabientes, los cuales requieren del uso de Radiofármacos producidos en ciclotrones. Por tanto, la cobertura actual de este tipo de servicio es insuficiente, ineficiente, cara, limitada y lejos del alcance de la población más pobre del país.

Para equipos SPECT se utilizan, en 60 por ciento de los casos, radiofármacos desarrollados y producidos en el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares (ININ). La planta de producción de radiofármacos del ININ, ubicado en el Estado de México, es la única instalación en el país dedicada a la investigación y producción de radiofármacos terapéuticos y de diagnósticos para tomografía por emisión de fotón único (Spect).7 La PPR cuenta con certificación de buenas prácticas de fabricación emitido por la Cofepris. En infraestructura, cuenta con un área de investigación y dos líneas principales de fabricación en una superficie total estimada de 977 metros cuadrados, donde actualmente se producen cerca de 3 decenas de radiofármacos.7 Los radiofármacos desarrollados en el ININ cuentan con registro sanitario y se distribuyen al sector salud (106 centros de medicina nuclear), además de haber obtenido patentes nacionales e internacionales protegidas y transferidas para la producción y distribución de los radiofármacos a nivel internacional.8, 9, 10 El principal objetivo de la PPR del ININ es proporcionar a la población del país alternativas diagnósticas y terapéuticas para el cáncer y otras enfermedades.

No obstante, el ININ carece de un ciclotrón necesario para la producción de Radiofármacos para PET y, consecuentemente, no puede ofrecer a la mayor parte de la población los beneficios de radiofármacos novedosos de producción nacional que permitan un manejo oportuno de las enfermedades contribuyendo a mejorar el bienestar de los mexicanos. Además de los radiofármacos para PET, en el ciclotrón pueden producirse una amplia gama de radionúclidos precursores de radiofármacos (terapéuticos y para Spect) actualmente adquiridos por el ININ en el extranjero, por lo que sería posible sustituir importaciones e incrementar la independencia tecnológica.

Para cumplir con las metas del Plan Nacional de Desarrollo, el ININ debe continuar articulando la aplicación de la energía nuclear en el país mediante la instalación de un ciclotrón de 30 MeV para la producción y aplicación de radiofármacos como tecnologías de primer mundo al alcance de los mexicanos con menores recursos económicos.

Cuarta. El establecimiento de un centro nacional de producción y aplicación de radiofármacos dedicado a la detección temprana y tratamiento del cáncer y otras enfermedades mediante la instalación de un ciclotrón de 30 MeV y equipamiento PET/CT y Spect/CT en el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, permitiría al país contar con una instalación única, con capacidad para producir y distribuir radiofármacos PET, Spect y terapéuticos a nivel nacional e internacional, dado la experiencia y trayectoria del ININ. En el mundo no hay un centro así, dedicado a atender a la población y sobre todo a la de bajos recursos, ya que sólo son ciclotrones (18 MeV o menos) para imágenes PET asociados a clínicas.

La labor del ININ se realiza en el ámbito de la energía, salud, ambiente e industria. Sus fortalezas se derivan del conocimiento y experiencia de la industria nuclear en donde predominan las mejores prácticas, la administración del riesgo, y el conocimiento de la tecnología para encontrar soluciones a problemas reales del país. Gran parte de sus investigadores de ININ pertenecen al Sistema Nacional de Investigadores y la producción científica del ININ se ha ido incrementando con los años.

La amplia experiencia en investigación, innovación y desarrollo tecnológico le permite al ININ contar con las capacidades necesarias para poner al alcance de la población de menos recursos económicos y más vulnerable, técnicas diagnósticas y radioterapéuticas de punta, ya que mediante el establecimiento del Cener se proporcionaría cobertura a pacientes provenientes de los institutos oncológicos estatales, el IMSS y el ISSSTE.

El lugar más indicado para la instalación del Cener sería precisamente el estado de México, para aprovechar la infraestructura de la planta de producción de radiofármacos que ya opera en la entidad.

Quinta. La finalidad del ININ estriba por ley en ser el brazo tecnológico de la Secretaría de Energía (Sener) en materia de aplicaciones pacíficas de la energía nuclear, mediante investigación y de desarrollo de excelencia en ciencia y tecnología nucleares y en beneficio de México. De manera natural, la infraestructura que en su momento fue la más moderna ha ido quedando obsoleta, dificultando las labores y desarrollo encomendadas a este brazo tecnológico de la Sener. Por tanto, el ININ requiere que el gobierno federal lleve a cabo una inversión encaminada a renovar, modernizar e incrementar la infraestructura del instituto en aras del beneficio de la población mexicana y desarrollar más la ciencia y tecnología nuclear.

Una inversión, además de hacer crecer y renovar la infraestructura del ININ, permitirá ofrecer más y mejores servicios para la sociedad mexicana y por consiguiente se dará de manera natural una renovación de la plantilla de trabajadores (recursos humanos especializados). De esta manera, el instituto seguirá operando y creciendo, acercando la ciencia y el desarrollo tecnológico al pueblo de México y cumpliendo cabalmente con las obligaciones que le marca el artículo 43 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear. Así, el fortalecimiento de las finanzas del ININ permitirá apoyar a las áreas consolidadas y fortalecer los programas de investigación y desarrollo encaminados al beneficio de México.

Sexta. Por último, cabe mencionar que el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, impulsará y realizará proyectos de investigación y desarrollo tecnológico de alto nivel que contribuya a la formación de personal calificado en materia nuclear, coadyuvando al progreso económico y social del país; promoverá los usos pacíficos de la energía nuclear y difundirá los avances alcanzados para vincularlos al desarrollo económico, social, científico y tecnológico del país.

Por este motivo se propone crear un centro nacional de producción y aplicación de radiofármacos para establecer un programa nacional de atención para detección temprana de cáncer, enfermedades cardiacas y neurológicas, el desarrollo de la investigación y aplicaciones en ciencias de la salud, donde se fomentarán actividades clave:

1. Atención abierta a la población en general o provenientes de cualquier sistema de salud.

2. Diagnóstico y tratamientos: Exámenes y tratamientos clínicos de rutina a pacientes con cobertura de salud pública y privada.

3. Ahorro creciente de recursos, ya que las técnicas diagnósticas tempranas permiten reducir los costos implícitos en tratamiento de las enfermedades.

3. Investigación clínica: A fin de evaluar el impacto en diversas patologías.

5. Investigación radiofarmacéutica, farmacéutica, biomédica y desarrollo tecnológico.

6. Formación de recursos humanos altamente especializados en todo el país, incorporando a las universidades y centros tecnológicos de provincia.

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, por conducto de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía y de Salud, a conocer y considerar en el ámbito de sus atribuciones la viabilidad de impulsar la realización del proyecto del Centro Nacional de Producción y Aplicación de Radiofármacos, a fin de fortalecer los servicios de salud en materia de enfermedades crónico-degenerativas de los sectores más desprotegidos de la población mexicana.

Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al gobierno del estado de México a considerar en el ámbito de sus atribuciones la viabilidad de apoyar y facilitar la realización en territorio mexiquense del Centro Nacional de Producción y Aplicación de Radiofármacos.

Notas

1 Características de las defunciones registradas en México durante 2018, Inegi. Consultado en agosto de 2020, a través de https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2019/EstSoci odemo/DefuncionesRegistradas2019.pdf

2 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, Gobierno de México. Consultado en agosto de 2020, a través de

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/2019

3 Sección de Medicina Nuclear y de Diagnóstico por Imágenes, Organismo Internacional de Energía Atómica. Consultado en septiembre de 2020, a través de https://www.iaea.org/es/el-oiea/seccion-de-medicina-nuclear-y-de-diagno stico-por-imagenes

4 Nuclear Imaging Market-Growth, Trends, and Forecast (2020-2025); Mordor Intelligence. Consultado en septiembre de 2020, a través de https://www.mordorintelligence.com/industry-reports/global-nuclear-imag ing-market-industry

5 IMV 2019 PET Imaging Market Summary Report, IMV Medical Information Division. Consultado en septiembre de 2020, a través de https://imvinfo.com/product/pet-imaging-market-summary-report-2019/

6 Molecular Imaging Market-Forecast (2020-2025), Industry Arc. Consultado en agosto de 2020, a través de

https://www.industryarc.com/Report/16112/molecular-imagi ng-market.html

7 Informe de labores de Sener 2018-2019. Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, 1 de septiembre de 2019. Documento público.

8 Laboratorio Nacional de Investigación y Desarrollo de Radiofármacos, ININ. Consultado en septiembre de 2020, a través de

http://inin.gob.mx/principal_miniportal.cfm?cve_area=PPR &codigo_opc=200002003

9 Patentscope. 177Lu- WO2019177449-177Lu-DOTA-HYNIC-iPSMA as a therapeutic radiopharmaceutical targeting prostate-specific membrane antigen. Consultado en septiembre de 2020, a través de

https://patentscope.wipo.int/search/en/detail.jsf?docId= WO2019177449&tab=PCTBIBLIO&_cid=P10-K0R72D-96293-1

10 Patentscope. WO2017222362-99mTc-EDDA/HYNIC-iPSMA como un radiofármaco para la detección de la sobreexpresión del antígeno prostático de membrana. Consultado en septiembre de 2020, a través de

https://patentscope.wipo.int/search/es/detail.jsf?docId= WO2017222362&tab=PCTBIBLIO

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputada María Eugenia Hernández Pérez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Tlaxcala a emprender medidas legislativas orientadas a crear una fiscalía general de justicia en la entidad, a cargo de la diputada Claudia Pérez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena

Claudia Pérez Rodríguez, en su calidad de diputada federal de la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

Primero . La reforma de 2008 a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia procesal penal, implicó el cambio del sistema penal inquisitorio hacia uno de corte acusatorio, basado en los principios de transparencia, presunción de inocencia, equidad entre las partes, oralidad, control de la producción de la prueba y también un mayor control de las instituciones y operadores que intervienen en el proceso penal.

Este cambio de paradigma otorgó un plazo de 8 años, es decir, hasta 2016, para la implementación del nuevo sistema penal en todo el país, según lo establecido en el artículo segundo transitorio del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de julio de 20081 , que a letra señala:

Segundo . El sistema procesal penal acusatorio, previsto en los artículos 16, párrafos segundo y decimotercero; 17, párrafos tercero, cuarto y sexto; 19; 20 y 21, párrafo séptimo, de la Constitución, entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de este decreto. En consecuencia, la federación, los estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán expedir y poner en vigor las modificaciones u ordenamientos legales que sean necesarios a fin de incorporar el sistema procesal penal acusatorio . La federación, los estados y el Distrito Federal adoptarán el sistema penal acusatorio en la modalidad que determinen, sea regional o por tipo de delito. En el momento en que se publiquen los ordenamientos legales a que se refiere el párrafo anterior, los poderes u órganos legislativos competentes deberán emitir, asimismo, una declaratoria que se publicará en los órganos de difusión oficiales, en la que señale expresamente que el sistema procesal penal acusatorio ha sido incorporado en dichos ordenamientos y, en consecuencia, que las garantías que consagra esta Constitución empezarán a regular la forma y términos en que se substanciarán los procedimientos penales.”

Sin embargo, a pesar del largo período de tiempo que fue otorgado a las entidades federativas y a la Federación y de los cuantiosos recursos financieros asignados para capacitar a los operadores en las nuevas reglas del sistema acusatorio, no se prestó la debida atención en tener mejores capacidades para poner en claro los hechos que constituyen un delito, lo que ha llevado a un fracaso de las políticas de seguridad y justicia y las deficientes capacidades para investigar y perseguir los delitos, lo que ha dado como resultado que en las Entidades Federativas exista un altísimo nivel de impunidad en la persecución de los delitos del orden común, cercano a 98 por ciento.

Segundo . El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación2 , decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de crear una Fiscalía General Autónoma, para reemplazar a la Procuraduría General de la República (PGR). Esta reforma fue la primera de varias modificaciones necesarias para la existencia de una verdadera Fiscalía General, que pueda empezar a investigar delitos con verdadera autonomía.

Esta modificación tuvo entre otros, los ejes siguientes:

1) La creación de la Fiscalía General de la República, como un órgano público autónomo, que elimina el esquema donde el ministerio público era una oficina del Poder Ejecutivo como encargada de investigar y perseguir delitos federales.

A diferencia de la extinta Procuraduría General de la República, la Fiscalía es un ente autónomo y estará separada de dicho poder del Poder Ejecutivo. Ello, a fin de darle al fiscal la autonomía y libertad de investigar, sin influencias o presiones del Ejecutivo, los casos que sea necesarios para reducir la criminalidad, la violencia y la corrupción en el país, incluso si ello implica investigar a altos funcionarios o políticos, al círculo cercano del presidente, a su partido político y al presidente mismo.

2) Se estableció el plazo de nueve años como duración del cargo de fiscal general. Con la reforma, el fiscal general permanecerá en su cargo más allá de los cambios en la presidencia de la República. Este nuevo aspecto de la reforma es un mecanismo para evitar o dificultar los intentos de control por parte del presidente en investigaciones donde éste tenga un interés particular.

También busca dar estabilidad y continuidad al trabajo del fiscal, según cifras de la otrora PGR, en la última década, cada Procurador General de la República en México, ha durado en promedio sólo un año y medio en su cargo2 , y de otros funcionarios de la institución, tales como fiscales especializados, titulares de unidades de investigación y procuradores.

En la práctica, las víctimas de delitos y violaciones a derechos humanos son quienes han sido impactados por los cambios constantes de los funcionarios de la entonces PGR: desde la falta de resultados en las investigaciones, la imposibilidad de llamar a rendir cuentas a funcionarios que de un día para otro abandonaban la entonces PGR y la falta de continuidad en las políticas de mediano y largo plazo para combatir los fenómenos criminales.

3) El Senado tiene un papel predominante en la evaluación y selección de los candidatos a fiscal general. Con la reforma, se eliminó la práctica de permitir al presidente imponer a un candidato único a Procurador General de la República. Antes de la reforma al artículo 102, el Senado tenía el poder constitucional de objetar al candidato a procurador general propuesto por el presidente, pero en la realidad, jamás ejerció ese poder, ni evaluó seriamente sus méritos, idoneidad, ni mucho menos, su independencia del poder político.

Tercero. El día 14 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación4 , decreto para expedir la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República para darle vida a este nuevo ente Constitucionalmente autónomo y que entre sus disposiciones señala:

Artículo 1 . Objeto de la ley.

La presente Ley tiene por objeto reglamentar la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables.

Artículo 3. Principios rectores

La Fiscalía General de la República regirá su actuación por los principios de autonomía, legalidad, objetividad , eficiencia, profesionalismo, honradez , respeto a los derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad, perspectiva de niñez y adolescencia, accesibilidad, debida diligencia e imparcialidad.

En todos los casos deberán observarse los principios de equidad, igualdad sustantiva y no discriminación en razón de la condición étnica, migratoria, de género, edad, discapacidad, condición social, salud, religión, opiniones, preferencia, orientación o identidad sexual, estado civil o cualquier otra condición o motivo que atente contra la dignidad humana; o bien, tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables”.

Cuarto . Por otra parte, es necesario señalar, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, desde 2006 con su “Informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas”5 , ha considerado a los operadores de justicia como una categoría especial de defensores de derechos humanos en situación de indefensión, comprendiendo dentro de esta categoría, no sólo a los jueces y magistrados, sino también a los fiscales y a los defensores públicos.

A su vez, en su Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas6 , realizado en 2011, dedicó un apartado especial a la independencia e imparcialidad de los operadores de justicia, estableciendo en el párrafo 357, que “... en virtud de la garantía de independencia, desde el punto de vista institucional, los juzgadores que hacen parte de la función jurisdiccional del Estado, deben ejercer sus funciones sin ser objeto de injerencias indebidas por parte de los poderes ejecutivo y legislativo, las partes del proceso, los actores sociales y otros órganos vinculados a la administración de justicia.

En dicho informe, también reconoció que “la relación de dependencia que puedan tener las fiscalías respecto de otros órganos puede tener un impacto sobre su actuación independiente, tanto en la efectividad e impulso de la investigación, así como en las implicaciones que tenga en el debido proceso.”7

La propia CIDH ha venido dando especial atención a la situación de la independencia y autonomía de la administración de justicia en sus informes de país, como se aprecia claramente en el informe Situación de los derechos humanos en México emitido en diciembre de 2015, en el que se reconoce una crisis de graves violaciones de derechos humanos y de impunidad generalizada, causada en gran parte por la falta de independencia de la justicia. Asimismo, el primer Informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de Ayotzinapa (GIEI-Ayotzinapa) nombrado por la CIDH, entre sus “Recomendaciones generales en torno a la desaparición en México”8 , resaltó la necesidad de “garantizar la independencia e imparcialidad de las instituciones encargadas de administrar justicia”.

Por su parte, en diversos pronunciamientos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha enfatizado que uno de los propósitos de la separación de poderes es, precisamente, garantizar la independencia de los órganos del sistema de justicia. A través de diversas sentencias, como en las emitidas en los casos Tribunal Constitucional vs. Perú9 , Palamara Iribarne vs. Chile10 , Apitz Barbera vs. Venezuela11 , y recientemente en el caso López Lone y Otros vs. Honduras12 , por citar algunos, la Corte ha establecido claramente, la obligación de los Estados de respetar y garantizar la independencia del sistema de justicia.

La CIDH ha sistematizado los estándares interamericanos en su Informe titulado, de diciembre de 2013, en donde se ha resaltado la importancia de que las investigaciones y, a un nivel más amplio, que las actividades relacionadas con la persecución del delito sean independientes e imparciales como medio para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas del delito 13 .

Quinto . Es decir, México emprendió un largo camino de reformas Constitucionales y legales para terminar con la falta de autonomía y profesionalización de las agencias encargadas de investigar y perseguir los delitos, ya que esto es parte de las causas estructurales de la impunidad, lo que obstruye un proceso de investigación integral, exhaustivo y oportuno.

La autonomía es un elemento clave en las instituciones de procuración de justicia para investigar y perseguir hechos delictivos con objetividad, sin importar si comprometen o no, a altos funcionarios . En este sentido, la autonomía de los fiscales resulta clave para:

I) Garantizar el derecho “Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el Estado de Derecho en las Américas”14 de acceso a la justicia de las víctimas (especialmente cuando los delitos constituyen a su vez graves violaciones de derechos humanos);

II) Respetar los derechos del imputado en el proceso penal (especialmente, su derecho a la presunción de inocencia); y

III) El cumplimiento del deber estatal de investigar, perseguir y sancionar los delitos y las violaciones a derechos humanos.

La autonomía de los fiscales y las fiscalías es un derecho humano y una condición para el correcto funcionamiento del sistema de justicia, por lo cual, es necesario que las Entidades Federativas recojan y plasmen de manera expresa en las normas internas que crean, organizan y regulan la actuación de la Fiscalía General, tanto a nivel constitucional, como a nivel legal y reglamentario.

La posición del fiscal es, con algunas variaciones según el sistema procesal de que se trate, la de actuar en defensa de los bienes jurídicos lesionados por la conducta criminal y, en esa línea, dirigir la investigación o acusar cuando, de acuerdo con su mejor entendimiento de la ley y de los hechos, existan elementos suficientes para hacerlo, o no continuar con el impulso de la acción penal si no hay elementos para ello.

En esa línea, la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Independencia de Magistrados y Abogados, Gabriela Knaul, ha señalado que los fiscales deberán tener presente la situación del sospechoso y de la víctima, protegiendo al mismo tiempo el interés público; aunque su labor no debe concebirse como una labor de protección de los intereses del gobierno, de un partido político o de cualquiera otra institución estatal, pues los fiscales deben permanecer ajenos a los intereses - personales o de otra índole- así como a las presiones del público.

La independencia y autonomía de los y las fiscales debe ser garantizada a través de la autonomía de la propia institución y a través de la regulación de varios procesos, procedimientos y criterios que contengan o representen salvaguardas de la autonomía e independencia individual de cada fiscal.

El conjunto de estos procesos, procedimientos y criterios debería también reflejarse adecuadamente en las disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Fiscalía General. Finalmente, es importante analizar, cómo otros procesos necesarios en la institución como la rendición de cuentas y el régimen disciplinario de los y las fiscales, interactúan con la autonomía, sin desvirtuarla.

Quinto . Es el caso que la transformación de la Procuraduría General de la República en una Fiscalía General autónoma y su réplica en las entidades federativas, ha llevado al grado que ahora existan fiscalías autónomas, en veintinueve de las treinta y dos entidades federativas, entre las que se encuentran:

1) Aguascalientes; 2) Baja California; 3) Campeche; 4) Chiapas; 5) Chihuahua; 6) Ciudad de México; 7) Coahuila; 8) Colima; 9) Durango; 10) Guanajuato; 11) Guerrero; 12) Jalisco; 13) México; 14) Michoacán; 15) Morelos; 16) Nayarit; 17) Nuevo León; 18) Oaxaca; 19) Puebla; 20) Querétaro; 21) Quintana Roo; 22) San Luis Potosí; 23) Sinaloa; 24) Sonora; 25) Tabasco; 26) Tamaulipas; 27) Veracruz, 28) Yucatán; y 29) Zacatecas.

Faltan de realizar esta transición los Estados de Baja California Sur, Hidalgo y “Tlaxcala”.

El estado de Tlaxcala cobra especial relevancia, toda vez que según un informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) 15 , Tlaxcala, es el epicentro de la trata de personas a nivel internacional: en 46 municipios de esta entidad, existen familias completas, que se dedican a crear y fortalecer redes de captura, traslado y explotación sexual tanto de adultos como de menores de edad en el país y en el extranjero.

Durante los últimos 20 años, diversos informes de la ONU Contra la Droga y el Delito, del Instituto Nacional de Mujeres (Inmujeres) y de la CNDH, han dado cuenta de que existe una alta incidencia de este delito de trata de personas , sobre todo en la ruta sur de Tlaxcala, que colinda con el Estado de Puebla, región a la que se le conoce a nivel mundial como el corredor de trata Tlaxcala-Puebla.

Con los años, este negocio ilícito se ha diversificado y normalizado dentro de la misma sociedad, al grado de que, en ocasiones, cuando desaparece una niña, sus familiares no levantan una denuncia.

En décadas pasadas, los padrotes o tratantes, invertían alrededor de seis meses para enganchar o enamorar a sus víctimas; las convencían de irse a vivir con ellos a otros estados o países y, una vez lejos de sus familias, las obligaban a la prostitución. Con este proceso de enamoramiento, los tratantes, podían alegar ante la ley y ante las familias de sus víctimas, que ellas estaban con ellos por decisión propia.

Hoy en día, es tal el grado de impunidad, que los padrotes, ya no ven la necesidad de enamorar o convencer a la víctima, pues las espían en sus rutinas y las capturan en la calle, muchas veces utilizando sustancias como cloroformo para desmayarlas. ¿Para qué invertir en enamorar, si nadie va a investigar? Lo de hoy es el secuestro

Desaparecer en Tlaxcala es distinto a desaparecer en cualquier otra entidad del país, ya que la mayoría de las desapariciones son de mujeres y el rango de edad, cada vez ha ido disminuyendo más. Los informes de hace 10 años establecen un margen de 18 a 25 años de las víctimas de trata; Sin embargo, a partir del análisis de los distintos casos, se da cuenta de que la amplitud y diversificación de las víctimas, también se va transformando a partir de los patrones de impunidad, crece el negocio y el perfil de las víctimas.

Según el Índice de Impunidad México 2016, Tlaxcala es una entidad con un grado de impunidad calificado como alto , ubicándose muy cercano al promedio nacional (67.7 vs 67.4), debido a deficiencias en el sistema de justicia funcional. (UDLA, 2016) Tlaxcala, registra una cifra negra de delitos no denunciados de 92 por ciento, lo que indica, la desconfianza de las víctimas hacia el sistema de justicia16 .

Sexto . En Tlaxcala, uno de los grandes pendientes en materia de seguridad pública es contar con una Fiscalía General que sustituya a la Procuraduría General de Justicia, que cuente con un marco jurídico robusto, que sea autónoma y que cuente con una estructura profesional suficiente, con vocación de servicio y adecuada a las circunstancias del Estado, pero que al mismo tiempo, reciba el personal de esa estructura, salarios dignos que reflejen una estabilidad económica alejada de la precariedad institucional.

La Procuraduría Estatal de Justicia, como institución encargada de llevar a cabo la investigación y la persecución de los delitos, debe transformarse en una Fiscalía Autónoma para alcanzar un desempeño eficaz en el ámbito del sistema penal acusatorio.

En 2016, Tlaxcala ocupaba el quinto lugar nacional con el menor número de personal en la Procuraduría de Justicia, 43.6 por cada 100 mil habitantes. A su vez, es era segundo Estado con menor número de ministerios públicos en el país, al contar únicamente con 1.2 agencias por cada 100 mil habitantes. (UDLA, 2016) La entidad tenía seis agentes del ministerio público por cada 1000 delitos registrados. Cada agente, atendía 167 delitos al año y dedica un aproximado de 1.4 días hábiles al año a cada delito. (UDLA, 2016)17 .

En Tlaxcala, la mejora en la Procuración y Administración de Justicia, dependerá de una adecuada implementación del sistema penal acusatorio y no podrá operar este sistema sino se no se hace la transición hacia la Fiscalía General de Justicia del Estado. La operación de este sistema implicará resolver problemáticas institucionales importantes como son: Capacitación y profesionalización del personal ministerial que atiende los hechos constitutivos de delitos, debe profesionalizarse para alcanzar un desempeño eficaz en el ámbito del sistema penal acusatorio.

Actualmente, en Tlaxcala la policía ministerial no comprende plenamente el cambio de principio de presunción de inocencia, lo que lleva a fallas de procedimiento e impide una procuración de justicia, eficaz y apegada a derecho. Bajo el sistema de justicia penal acusatorio, se requiere contar con todos los medios de prueba para completar procesos judiciales. Por ello, se hace necesario reforzar la preparación del personal de los ministerios públicos para poder cumplir con los requerimientos de ley.

La Fiscalía debe contar con personal especializado, capaz de atender puntualmente delitos de alto impacto, que afectan a la entidad como son secuestros y desaparición de personas, feminicidios, homicidios, asaltos carreteros, robo de vehículos y trata de personas.

Por las razones señaladas, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente exhorta al Congreso del estado de Tlaxcala, para que en plena autonomía y en uso de sus atribuciones y facultades, emprenda las medidas legislativas necesarias para la creación de una Fiscalía General de Justicia en el Estado.

Segundo . La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente exhorta al titular del Ejecutivo del estado de Tlaxcala, para que en uso de sus atribuciones y facultades, envíe al Congreso local las propuestas legislativas necesarias para la creación de una Fiscalía General de Justicia en el Estado.

Notas

1 DOF. 18 de junio 2008. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_180_18jun08.p df

2 DOF.10 de febrero de 2014. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_216_10feb14.p df

3 Procuraduría General de la República, "Hacia un nuevo modelo de procuración de justicia. Diagnóstico y Plan de trabajo", febrero de 2017. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/239861/INFORME_PGR.pdf

4 DOF: 14/12/2018 Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546647&fecha=14/12/2018

5 CIDH. Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev. 1, 7 de marzo de 2006.
http://www.cidh.org/countryrep/Defensores/DEFENDERS.SPANISH.pdf

6 CIDH. Segundo informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, Documento 66, 31 de diciembre de 2011.
https://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/defensores2011.pdf

7 Ibid, párrafo 37.

8 Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de Ayotzinapa. Informe Ayotzinapa: investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa, página 359 https://www.oas.org/es/cidh/actividades/giei/GIEI-InformeAyotzinapa1.pd f

9 Corte IDH. Caso del Tribunal Constitucional versus Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de enero de 2001. Serie C No. 71, párrs. 64, 73, 74, 75

10 Corte IDH. Caso Palamara Iribarne versus Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2005. Serie C No. 135, párrs. 145, 155, 156.Véase también, Corte IDH. Caso Lori Berenson Mejía versus Perú. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2004. Serie C No. 119, párrafo 141; Caso 19 Comerciantes versus Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de julio de 2004. Serie C No. 109, párrafo 167; y Caso Las Palmeras versus Colombia. Fondo. Sentencia de 6 de diciembre de 2001. Serie C No. 90, párrafo 52.

10 Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Apitz Barbera y otros ("Corte Primera de lo Contencioso Administrativo") versus Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de agosto de 2008. Serie C Número 182, párrafos 43, 55, 84, 138.

11 Corte IDH. Caso López Lone y otros versus Honduras. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de octubre de 2015. Serie C Número 302, párrs. 170, 171, 190 a 201.

12 CIDH. Segundo informe..., nota 2 supra, párrafo 36.

13 CIDH. Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, Doc. 44, 5 de diciembre de 2013. https://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/operadores-de-justicia- 2013.pdf

14 Diagnóstico sobre la Situación de la Trata de Personas 2019.
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-08/DIAGNOSTICO_SITUACION_TDP_2019.pdf

15 Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 (PED) del Estado de Tlaxcala. pag 167.

16 https://prensa.tlaxcala.gob.mx/2017/Junio/PED%202017-2021/PED%2017%2021 %20HD.pdf

17 Íbid.

Palacio Legislativo de San Lázaro, 1 de octubre de 2020.

Diputada Claudia Pérez Rodríguez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Inegi a promover y fortalecer el desarrollo metodológico sobre estadísticas de género para elaborar planes basados en la evidencia, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena

Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, el artículo 79, numeral 1 y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El feminicidio se entiende como “la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”, de acuerdo con el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género.1

El Código Penal Federal señala que comente el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género y se determina cuando la víctima presenta signos de violencia sexual de cualquier tipo, se le hayan infligido lesiones o mutilaciones degradantes previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia; si existen antecedentes o datos de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar.

También se establece así cuando haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza; existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima; que la víctima haya sido incomunicada cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; y que el cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

México vive una crisis de violencia de género y feminicidios que es urgente resolver. Diariamente, cientos de niñas y mujeres son agredidas, violadas, asesinadas y revictimizadas por individuos e instituciones que nos violentan tanto en lo social como en lo político y económico. Las cifras son de horror y sin embargo poco sabemos de la magnitud real del fenómeno.

Los vacíos legales y la falta de unificación en el concepto legal de violencia de género han permitido que menos del 20 por ciento de los asesinatos violentos contra mujeres sean reconocidos como feminicidios, revela una investigación de Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), en colaboración con la plataforma Connectas y el Centro Internacional para Periodistas (ICFJ, por sus siglas en inglés).

Las autoridades estatales reportaron que de enero de 2012 a junio de 2016 habían sido asesinadas en forma violenta en todo el país 9 mil 581 mujeres, pero sólo mil 887 de esos crímenes fueron tipificados como feminicidios, que equivalen al 19 por ciento.

Con base en estos informes, al menos 7 mil 694 mujeres que fueron asesinadas a balazos, descuartizadas, violadas, asfixiadas o golpeadas hasta morir no fueran reconocidas como víctimas de feminicidios.

Con el objetivo de promover la producción, desarrollo, sistematización y divulgación de información estadística y de indicadores con perspectiva de género, en el 2019 se inauguró en Aguascalientes el XX Encuentro Internacional de Estadísticas de Género ‘De Beijing a la Agenda 2030: para no dejar a nadie atrás’.2

Este evento es un trabajo en conjunto entre el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU Mujeres), la División de Asuntos de Género de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) y el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres).

El presidente del Inegi, Julio A. Santaella, señaló que estos encuentros han sido semilleros para promover y fortalecer el desarrollo metodológico en materia de estadísticas de género, así como para detectar las áreas en las que aún falta trabajar.

Destacó que entre los retos pendientes para la región destacan la adopción de un modelo con enfoque de procesos para la producción estadística, la armonización metodológica y la georreferenciación que permitirá emprender acciones donde se requiera.

Las instituciones del estado, en general las de seguridad, históricamente han implementado sus planes de acción con base en las estadísticas mostradas, es ahí donde resaltan las verdaderas necesidades que tiene el país, las estadísticas nos muestran la realidad nacional.

En el tema de la violencia de género y los feminicidios, la estadística nos sirve para conocer la realidad nacional, tomar acciones y lograr erradicarla, es por esto que en mi calidad de legislador, resalto la necesidad de exhortar al Inegi mejorar los registros estadísticos para elaborar planes basados en la evidencia y actuar juntos en un mismo sentido, por un mal que hoy aqueja al país, la violencia de genero.

Por los argumentos anteriormente expuestos, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Puntos de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Nacional de Estadística y Geografía promover y fortalecer el desarrollo metodológico en materia de estadísticas de género, a fin de elaborar planes basados en la evidencia.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de la República a que basados en las investigaciones y estadísticas realizadas, se tomen acciones enfocadas en el problema de género que sufre el país, el cual ha conduce a alto índice de feminicidios por el que hoy en día atravesamos haciendo especial énfasis en la persecución de este delito.

Notas

1 Forbes México. "El feminicidio aumenta en 2020 mientras AMLO apunta al neoliberalismo". Disponible en: https://www.forbes.com.mx/politica-feminicidio-aumenta-amlo-neoliberali smo/

2 El Financiero. "Inegi busca promover la generación de estadística de perspectiva de género". Disponible en: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/inegi-busca-promover-estadisti ca-de-perspectiva-de-genero

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la honorable Cámara de Diputados, a 1 de octubre de 2020.

Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)

Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al DIF y la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes a dar mayor difusión al Programa Nacional de Familias de Acogida y promover su aplicación para que los estados recurran a este beneficio jurídico en beneficio de aquéllos, a cargo de la diputada Lorena Jiménez Andrade, del Grupo Parlamentario de Morena

La suscrita, Lorena Jiménez Andrade , diputada federal, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para que en el marco de sus atribuciones dé mayor difusión al Programa Nacional de Familias de Acogida (Pronfac), y promueva su aplicación para que los estados recurran a este beneficio jurídico en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.

Consideraciones

Algunas cifras:

• En México, cerca de 400 mil niños y adolescentes se encuentran sin el cuidado de sus padres, es decir, viven en la calle, perdidos, en el abandono y expuestos a la violencia por explotadores: otros 29 mil están bajo el resguardo de instituciones residenciales o alternativas, de acuerdo con el estudio “La situación de los derechos de los niños y adolescentes en México”, hecho por la organización Aldeas Infantiles SOS.

• De acuerdo con cifras del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en México hay 1.6 millones de menores en situación de orfandad, citado por el senador Jorge Luis Lavalle Maury.

• 33 mil menores que viven en orfandad en el país, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) define:

“El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) ha venido impulsando un programa de cuidados alternativos en su modalidad de Familias de Acogida, el cual permitirá ampliar las alternativas que ya existen para que niñas, niños y adolescentes gocen plenamente del derecho a vivir en familia.

Lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 117, fracción I, y 120 fracciones I, II y VI de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y sus correspondientes del Reglamento, y en atención al deber del Estado mexicano de garantizar que niñas, niños y adolescentes gocen del derecho a vivir en familia. Convención sobre los Derechos del Niño: artículos 1, 3, 7, 9, 18, 19 y 20, y demás leyes, tratados y convenios internacionales que sean aplicables.

Una Familia de Acogida es aquella que ejerce el cuidado temporal de una niña, niño o adolescente, con el compromiso de protegerle y cuidarle física, emocional, psicológica y económicamente hasta que pueda regresar con su familia biológica o se integre a otra que solicite su adopción. Su objetivo fundamental es mantener a la niña, niño o adolescente en un entorno familiar.

Esta modalidad de cuidado alternativo incluye la figura de una o un tutor y, a diferencia de la adopción, no implica que ella o él se conviertan legalmente en madre o padre de la niña, niño o adolescente que tome en acogida.

En septiembre de 2019 se instaló el Consejo Técnico de Evaluación que resolverá respecto de la emisión de la certificación a Familias de Acogida, el cual contará con un grupo de trabajo para la elaboración, registro y validación del curso capacitación a responsables de la guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, a través del cuidado alternativo denominado Familias de Acogida.”1

Como sucede en casi todo el país, si una niña, niño o adolescente no podía vivir con su familia biológica —padres—, la segunda opción era la familia extensa —abuelos, tíos, primos,“padrinos”–, si esto tampoco era posible, comenzaba el proceso judicial para la pérdida de patria potestad y abrir la posibilidad de la adopción. Mientras se determinaba su futuro, a la niña, al niño o al adolescente se le ingresaba a un centro de asistencia pública o privada, donde podía pasar años de su vida.

Nuevo León fue el primer estado en tomar la figura de “Acogimiento Familiar”, figura existente desde hace décadas en otros países y que permite a una familia tener la guarda y custodia del niño sin que exista una filiación jurídica. A diferencia de la adopción, que es una resolución de carácter definitivo que implica la sustitución familiar, el acogimiento familiar es un proceso temporal para evitar que niñas, niños y adolescentes (que por diversas causas no tienen cuidados parentales) vivan y crezcan en centros de asistencia social. Esta figura les permite crecer en un ambiente familiar, mientras se busca una solución permanente a su situación.

Es imperativo atender la necesidad de inserción en hogares adecuados de aquellos niños que se hallan en situación riesgosa en sus hogares, para cumplir con el fin de precautelar su integridad y su correcto desarrollo.

“Cuando una familia entra en crisis por diferentes problemas y esta crisis es tan importante que afecta al futuro desarrollo de un niño, es obligación de la administración prestarle ayuda y protegerle, separándole de dicha familia. No obstante, siempre que la relación con la familia de origen no sea perjudicial para el niño, la administración favorecerá que el menor mantenga el contacto, estableciéndose visitas con una periodicidad entre semanal y mensual para preservar el vínculo afectivo existente y facilitar la vuelta del menor a su casa. La mayoría de los niños que entran en el sistema de protección del Estado, están en situación de desamparo y necesitan una familia de acogida, ya sea en acogimiento temporal o permanente.

Mientras se encuentra una familia de acogida para el menor, son las instituciones públicas o las asociaciones de acogida, las que atienden en sus centros a estos niños cubriendo sus necesidades básicas. Sin embargo, el entorno óptimo para el desarrollo del niño es la familia.”

La acogida implica asumir el cuidado del menor que no puede ser atendido por su familia natural.

El hablar de acogimiento familiar es hablar de temporalidad, de contacto y regreso a la familia biológica.

El tiempo de acogida del menor puede ser variable e incluso puede durar hasta su mayoría de edad. Durante el tiempo que dure las familias de acogida tendrán la guarda del niño, pero no la tutela , que dependerá del Estado.

Dos características principales del acogimiento familiar son:

• La temporalidad, ya que el objetivo final es la vuelta del menor a su hogar una vez superadas las dificultades de su familia.

• El contacto con la familia biológica a través de las visitas. Siendo la entidad encargada de la protección de menores quien, de acuerdo con el Juzgado, regulará las visitas teniendo en cuenta el beneficio del menor.

La situación del niño en Acogimiento Familiar en términos legales:

La familia acogedora ejerce la guarda del menor

La entidad pública asume la tutela del menor

La familia biológica tiene suspendida la patria potestad en casos de desamparo.

Tipos de acogida

Según el tipo de intervención con la familia biológica, el Acogimiento Familiar puede ser:

Administrativo: tiene carácter voluntario y cuenta con el consentimiento de las partes implicadas, o sea de los padres biológicos y acogedores. Ejemplo: padres biológicos toxicómanos que acceden a que su hijo viva con otra familia mientras dure su rehabilitación y tratamiento. Suele ser acogimiento familiar simple.

Judicial: Medida acordado por el Juez, a propuesta de la entidad pública cuando exista oposición por parte de padres o tutores, o abandono. Ejemplo: en caso de maltrato grave o abandono, suelen optar por acogimientos familiares permanentes o preadoptivos.

Acogimiento simple: el menor es acogido por una persona o familia que pueda complementar su entorno familiar durante un período de tiempo que, inicialmente no debe superar los 2 años de duración, se produce cuando es previsible el retorno del niño con su familia biológica pasado un tiempo, por tanto, es transitorio en su planteamiento inicial. Ejemplo: madre biológica temporalmente en prisión.

Acogimiento permanente: el menor va a convivir con una persona o familia sin que se pueda determinar de antemano la duración de la estancia en la familia, aunque previsiblemente será superior a 2 años. Es más estable, la familia acogedora tiene mayor autonomía en sus funciones respecto al niño. No se prevé el retorno con la familia de origen, aunque puede tener visitas controladas. Ejemplo: caso de una madre biológica enferma mental.

A menudo, se dan confusiones entre el acogimiento y la adopción a causa de este tipo de acogimiento, que es la antesala de la adopción y tiene una finalidad diferente.

En cualquier caso, se pretende ofrecer al niño el espacio y la atención de una familia.

Generalmente los tipos de acogida, según la vinculación del niño con la familia acogedora, se dividen en:

Acogida simple en familia extensa : La realizada por parte de una familia o persona que debe formar parte del entorno familiar del menor, con quien debe tener lazos de consanguinidad o parentesco.

Acogida simple en familia ajena : La realizada por parte de una familia o persona que no pertenece al entorno familiar del menor y ha sido previamente validada por una institución pública. Se trata de una guarda temporal de un menor sin que exista finalidad de adoptar, en el momento de su disposición.2

Clave sobre la Cuestión de Acogimiento Familiar

• Garantizar el “Interés Superior de la Niñez” (ISN)

En una Familia de Acogida, los más vulnerables son los niños acogidos , aunque sólo lo sean temporalmente. El Estado, como una familia, debe tratar a los niños vulnerables, como lo dice la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con un derecho de prioridad . Que les coloque al Centro y les dé posibilidad de desarrollo y no de supervivencia.

Se necesita toda la acción del Estado para que una Familia de Acogida tenga las condiciones para impulsar el desarrollo de una niña, de un niño o de un adolescente. Hay que cambiar el paradigma e involucrar a todos los actores.3

En los mismos términos es a lo que tradicionalmente se le llama “familia sustituta”.

Perfil de las Familias de Acogimiento

• Ser conformada por personas en el pleno goce de sus derechos civiles y capacidades emocionales.

• Contar con las condiciones económicas para cubrir las necesidades de su grupo familiar.

• Debe tener claridad entre acogimiento temporal y adopción.

• Ser mayores de edad, mexicanos o extranjeros con residencia permanente en México.

• Podrán ser unidas en matrimonio civil, concubinato y personas solteras.4

Los “padres de corazón”, como suelen llamar a estos voluntarios, deben recibir preparación para la posterior colocación de un infante en el seno de su familia.

El acogimiento familiar deberá cumplir con las siguientes condiciones:

1. Ejecutarse en un hogar previamente calificado para el efecto, por la autoridad competente;

2. Ejecutarse en una vivienda que, por su ubicación, permita que los niños, niñas y adolescentes sujetos a la medida, participen normalmente de la vida comunitaria y puedan utilizar todos los servicios que ésta ofrece;

3. Asegurar a los niños, niñas y adolescentes un adecuado proceso de socialización y garantizarles seguridad y estabilidad emocional y afectiva; y,

4. Garantizar que las relaciones del niño, niña o adolescente acogido se desarrollen en un contexto familiar y sean personalizadas, de forma que se posibilite la construcción de su identidad y el desarrollo de la personalidad.

El reglamento establecerá los requisitos que deben reunir los escogientes y más condiciones que deben reunirse para la declaratoria de idoneidad.

Por lo antes expuesto y fundado, sin resultar ajeno lo anterior a la corriente ius naturalista a la que se adhirió nuestra Carta Magna conforme a su artículo 1o., se somete a consideración del pleno la presente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes para que en el marco de sus atribuciones dé mayor difusión al Programa Nacional de Familias de Acogida (Pronfac), y promueva su aplicación para que los estados recurran a este beneficio jurídico en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.

Notas

1 http://sitios1.dif.gob.mx/procuraduriaDIF/?page_id=798

2 http://adopcionpuntodeencuentro.com/web/que-es-el-acogimiento-familiar/

3 https://www.gob.mx/sipinna/es/articulos/conoce-tres-claves-ante-los-ret os-que-enfrenta-la-familia-de-acogida?idiom=es

https://horizontal.mx/adopcionesmexico/acogimiento.html

4 https://www.sbs.gob.gt/programa-familias-sustitutas/

*https://www.milenio.com/politica/400-mil-menores-abando nados-mira-explotadores

*Manual de Procedimientos para Adopciones y Familias de Acogida, autorizado por el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chihuahua.

*http://difzapopan.gob.mx/servicio/familias-cercanas-fam ilias-acogida/

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 1 de octubre de 2020.

Diputada Lorena Jiménez Andrade (rúbrica)