Gaceta Parlamentaria, año XXII, número 5482-IV, jueves 19 de marzo de 2020
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE y la Secretaría de Cultura a proponer ante la UNESCO la inscripción de la danza de los huehues, de la región de Tlaxcala, Hidalgo y Puebla, en la lista del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad, a cargo del diputado Rubén Terán Águila, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Rubén Terán Águila, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, para su resolución, proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El Diccionario de la Real Academia Española nos define que folklor o folclore, es una palabra que deriva del idioma ingles folklore:
1. m. Conjunto de costumbres, creencias, artesanías, canciones, y otras cosas semejantes de carácter tradicional y popular.1
Existen varios tipos de folclor, entre ellos podemos mencionar las tradiciones, la música, la danza, la gastronomía, entre otros.
La danza folclórica, que es el tema que nos ocupa, es la expresión artística de los bailes que son típicos, populares y tradicionales de una cultura determinada.
Cabe mencionar que este tipo de expresiones dancísticas, se llevan a cabo generalmente en fiestas y conmemoraciones tanto sociales como religiosas.
El baile folclórico de México es una mezcla de elementos de su patrimonio indígena y europeo.2
Estos bailes evolucionaron drásticamente en nuestro país popularizándose rápidamente en la sociedad novohispana, ya que permitía que los indígenas llevaran a acabo danzas con aspectos religiosos.
Se dio un sincretismo cultural, donde interactuaron las danzas autóctonas con las danzas europeas, dando por resultado la danza de moros y cristianos, los machetes, los doce pares, los huapangos y los zapateados, por mencionar algunos, estas danzas fueron modificadas en México, adaptándolas a los usos y costumbres, tanto sociales como religiosos de la época, evolucionando hasta nuestros días al baile folclórico tal y como lo conocemos en la actualidad.3
Actualmente, estas representaciones plásticas son la expresión máxima de la cultura popular de México, representando dignamente a nuestro país a nivel internacional.
Por ejemplo, en el estado de Tlaxcala que orgullosamente represento, se escenifica el Baile de los Huehues, danza de origen prehispánico, que se presupone proviene de la cultura tlaxcalteca, tal y como se menciona en el reportaje Danza de los Huehues. El misticismo del mestizaje , publicado en la página electrónica Así es mi México 4 :
Se dice que los Huehues de Tlaxcala, tal y como los conocemos actualmente, tienen su origen en el siglo XVII, siendo ejecutado por los indígenas, los cuales, al no poder asistir a las tertulias de sus patrones, bailaban imitando los movimientos y los vestuarios de estos, haciéndolo en tono burlesco para ridiculizar los bailes de los caciques de ascendencia española, así como lo hacían los purépechas en Michoacán con su danza de los viejitos. Como era de esperarse, esta tradición no fue del agrado de los españoles: en 1699, el gobernador de la provincia emitió un auto en el que prohibía a los danzantes burlarse de las personalidades locales y ordenó que el edicto se pregonara en náhuatl y español. Sin embargo, la tradición sobrevivió.
Esta cadena de eventos, curiosamente, revela la naturaleza profundamente mestiza de la danza. De hecho, los instrumentos tradicionales de los españoles, salterios, violines y guitarras, sustituyeron a las flautas y percusiones precolombinas.
Este baile se propagó rápidamente por todo el estado de Tlaxcala y en las regiones circunvecinas como Hidalgo y Puebla.
Actualmente hay más de 60 poblaciones tlaxcaltecas que llevan a cabo la danza de los Huehues en el tiempo del carnaval.
A los grandes grupos de danzantes se les llama camadas, que a su vez ejecutan las cuadrillas. De acuerdo con el alto grado de convocatoria que tenga el capitán, las mismas pueden tener entre 20 y 120 personas. Están compuestas por una diversidad de personajes nacionales y prehispánicos que mezclan lo religioso con lo pagano.
Los Huehues usan un pantalón bombacho y un saco, ambos de terciopelo y decorados con lentejuelas; su máscara viene con barba y copillis , que son los penachos elaborados con plumas de aves, como las del águila, a manera de recuerdo de la tradición prehispánica.
La tradición milenaria del baile de los Huehues nos revela todas las etapas de la historia de México. Esta fusión sincrética entre las creencias indígenas y las católicas en el momento de la evangelización española, sigue viva al día de hoy e ilustra perfectamente el carácter mestizo de nuestro pueblo mexicano.
Sin embargo, la vestimenta puede variar, ya que en algunas regiones los hombres utilizan trajes oscuros con evita, máscaras y capas finamente bordadas.
En la página electrónica Hipertextual ,5 se puntualiza que:
...el patrimonio cultural inmaterial se puede definir como todas esas manifestaciones y creaciones basadas en la tradición heredadas de los antepasados y legados a las futuras generaciones.
Son las expresiones de la cultura viva que nos otorgan sentido de pertenencia e identidad, son el factor del mantenimiento de la diversidad cultural y el reflejo de la creatividad humana. Y es que el patrimonio cultural no sólo son los monumentos o piezas de expresión artística o utilitaria, sino que también comprende las tradiciones de manufactura, la música, la danza y las cosmovisiones de los grupos o comunidades.
Al percibir la importancia del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, mejor conocida como UNESCO por sus siglas en inglés (United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization),6 la cual, en 2003, adoptó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, la cual tiene como objetivos principales:
... Salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial, asegurar el respeto del mismo, sensibilizar al público acerca de su importancia y promover la cooperación y asistencia internacionales en estos ámbitos.
En este sentido, la UNESCO reconoce las siguientes formas de expresiones de patrimonio cultural inmaterial:
Tradiciones orales
Artes del espectáculo (como la música tradicional, la danza y el teatro)
Usos sociales, rituales y actos festivos
Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo
Técnicas artesanales tradicionales
Énfasis añadido
Continúa mencionándose en esta página que para que una manifestación cultural pueda ser reconocida como Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) es que sean las mismas comunidades o grupos los que reconozcan el valor de su propia expresión.
En el portal de la UNESCO7 se nos muestra el documento de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, fechado en la ciudad de Paris en octubre de 2003 y que a la letra dice:
Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial 2003
Artículo 2: Definiciones
A los efectos de la presente Convención,
1. Se entiende por patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana. A los efectos de la presente Convención, se tendrá en cuenta únicamente el patrimonio cultural inmaterial que sea compatible con los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes y con los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible.
2. El patrimonio cultural inmaterial, según se define en el párrafo 1 supra, se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes:
a) tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
b) artes del espectáculo*;
c) usos sociales, rituales y actos festivos;
d) conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
e) técnicas artesanales tradicionales.
* En la página electrónica de la UNESCO,8 al puntualizar los Ámbitos del Patrimonio Inmaterial, se menciona lo siguiente:
Las artes del espectáculo van desde la música vocal o instrumental, la danza y el teatro hasta la pantomima, la poesía cantada y otras formas de expresión. Abarcan numerosas expresiones culturales que reflejan la creatividad humana y que se encuentran también, en cierto grado, en otros muchos ámbitos del patrimonio cultural inmaterial.
Respecto a la participación que ha tenido México en el seno de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la UNESCO9 señala que:
La nación mexicana fue pieza fundamental para la institución y consolidación de la UNESCO, aun antes de la instalación de la oficina nacional en México en 1967, ya que diferentes ilustres mexicanos orientaron el mandato de la Organización y sus objetivos, como Jaime Torres Bodet, quien consolidó el papel de la UNESCO en el escenario internacional durante su labor como segundo director general. Además, las instituciones, las organizaciones y la experiencia mexicanas fueron fundamentales para diferentes convenciones y pactos intergubernamentales sobre el patrimonio cultural y la cultura, lo cual renovó el sentido de las acciones sobre estos ámbitos a nivel internacional con perspectivas más complejas e integrales.
Actualmente, México cuenta con 10 expresiones culturales inscritas en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, tal y como lo podemos ver en la lista de Patrimonio Cultural Inmaterial, publicada por la propia UNESCO10.
Elementos en las listas de patrimonio cultural inmaterial en México:
2019
Fabricación artesanal de cerámica de estilo talaverano en Puebla y Tlaxcala (México) y en Talavera de la Reina y El Puente del Arzobispo (España), México.
2018
La romería de Zapopan: ciclo ritual de La Llevada de la Virgen, México
2016
La charrería, tradición ecuestre en México, México.
2011
El Mariachi, música de cuerdas, canto y trompeta, México.
2010
La pirekua, canto tradicional de los purhépechas, México.
Los parachicos en la fiesta tradicional de enero de Chiapa de Corzo, México.
La cocina tradicional mexicana, cultura comunitaria, ancestral y viva -El paradigma de Michoacán, México.
2009
Lugares de memoria y tradiciones vivas de los otomí-chichimecas de Tolimán: la Peña de Bernal, guardiana de un territorio sagrado, México.
La ceremonia ritual de los Voladores, México.
2008
Las fiestas indígenas dedicadas a los muertos, México.
Es un orgullo para el suscrito que, por la fabricación artesanal de cerámica de estilo talaverano, mi entrañable estado de Tlaxcala, junto con el estado de Puebla y las localidades españolas de Talavera de la Reina y El Puente del Arzobispo han sido distinguidos con la inclusión en tan prestigiadas listas,11 donde se puntualiza que, en los estados mexicanos y las localidades españolas mencionados:
... los procedimientos de fabricación, decoración y esmaltado de este tipo de cerámica siguen siendo artesanales e idénticos a los practicados en el siglo XVI.
Los conocimientos teóricos y prácticos relacionados con este elemento del patrimonio cultural vivo abarcan la preparación de la arcilla, su modelación con un torno o un molde, la ornamentación de la pieza modelada, la preparación de los pigmentos y el esmalte y la cocción en el horno, operaciones todas ellas que exigen una gran destreza.
Es indiscutible que las en las listas mencionadas, están reflejados algunos de los mejores elementos que nuestro país posee en cuanto a expresiones artísticas, tradiciones y costumbres de distintas regiones del mismo.
Considero que la Danza de Los Huehes, de la región de Tlaxcala, Hidalgo y Puebla posee las características necesarias y suficientes para ser reconocidos en la Lista del Patrimonio Cultural de la Humanidad.
El propósito fundamental de la presente proposición con punto de acuerdo es realizar un respetuoso exhorto tanto a la Secretaría de Relaciones Exteriores como a la Secretaría de Cultura, para que, en el ámbito de sus facultades propongan ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), la inscripción de la danza de Los Huehes, de la región de Tlaxcala, Hidalgo y Puebla en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a las Secretarías de Relaciones Exteriores y de Cultura para que, en el ámbito de sus facultades lleven a cabo los trámites necesarios a efecto de que se proponga ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la inscripción de la Danza de Los Huehes, de la región de Tlaxcala, Hidalgo y Puebla en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad.
Notas
1 https://dle.rae.es/
2 Rojas, David. Danzas de México [Dances of Mexico]. Instituto Cultural Raíces Mexicanas.
3 Cantú, Rebecca (Fall 2007). Dance! Global Transformations of Latin American Culture. Revista Harvard Review of Latin America (Cambridge, MA: Harvard).
4 https://www.asiesmimexico.mx/es/tlaxcala/danza-y-musica/danza-de-los-hu ehues/
5 https://hipertextual.com/2016/02/patrimonio-inmaterial-de-la-humanidad
6 https://www.significados.com/unesco/
7 http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=17716&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
8 https://ich.unesco.org/es/artes-del-espectaculo-00054
9 https://es.unesco.org/fieldoffice/mexico
10 https://ich.unesco.org/es/estado/mexico-MX?info=elementos-en-las-listas
11 https://ich.unesco.org/es/RL/fabricacion-artesanal-de-ceramica-de-estil o-talaverano-en-puebla-y-tlaxcala-mexico-y-en-talavera-de-la-reina-y-el -puente-del-arzobispo-espana-01462
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputado Rubén Terán Águila (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Profeco a atender de manera prioritaria y oportuna durante la declaratoria de pandemia del coronavirus las solicitudes y demandas de usuarios que adquirieron servicios aéreos a destinos con riesgos para la salud, a cargo de la diputada María de los Ángeles Ayala Díaz, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada Ma. de los Ángeles Ayala Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura correspondiente a la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, numeral 1, fracción XX; 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Procuraduría Federal del Consumidor para que, en la medida de sus atribuciones, y mientras se mantenga la declaratoria de pandemia del coronavirus, atienda de manera prioritaria y oportuna las solicitudes y demandas de los usuarios que hayan adquirido algún servicio aéreo a destinos que puedan resultar riesgosos para la salud, por la presencia del Coronavirus Covid-19 , con base en las siguientes:
Consideraciones
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS),1 los coronavirus son una extensa familia de virus, algunos de los cuales pueden ser causa de diversas enfermedades humanas, que van desde el resfriado común, hasta el síndrome respiratorio agudo severo.
El significado de pandemia viene del griego pandemos, que significa todos. Demos significa la población. Pan significa todos. Por lo tanto, pandemos es un concepto en el que se refuerza la creencia de que la población del mundo entero probablemente estará en contacto con esta infección y potencialmente una proporción de ellos terminará enferma.
A razón de la declaratoria por parte de la OMS, diversos países alrededor del mundo están cerrando sus fronteras para reducir el índice de contagio. Ejemplo de ellos son Austria, Eslovenia y Jordania, esto en respuesta a las medidas establecidas que acatan los países miembros de la Organización.
Según la OMS, hasta este 11 de marzo se habían reportado 118 mil casos de infectados en 114 países y la muerte de 4 mil 291 personas (aunque 57 países han reportado diez casos o menos y más del 90 por ciento de casos está en solo cuatro países; en dos de ellos, China y Corea del Sur, el número disminuye significativamente).2
La OMS les pide a todos los países:
-Activar y ampliar los mecanismos de respuesta a emergencias
-Comunicarse con las personas sobre los riesgos y cómo pueden protegerse
-Encontrar, aislar, probar y tratar cada caso de Covid-19 y rastrear a las personas con las que haya estado en contacto.
Según datos de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, 114 millones 170 mil 2053 pasajeros atendidos en promedio anual, lo que refuerza la necesidad de tomar acciones en torno a la declaratoria de pandemia ya que repercute directamente en las actividades económicas de privados y servidores públicos en nuestro país.
Es de conocimiento de los viajeros constantes que cada aerolínea, agencia y operador de transportación aérea de pasajeros, tienen contratos de prestación de servicios en los que se estipulan las condiciones, clausulas y restricciones para realizar cambios o reembolsos, que son tan extensos, que hacen imposible que el consumidor lo revise en el momento requerido, por tanto, desconoce el contenido y en la mayoría de las veces, el usuario confía plenamente en las disposiciones establecidas.
Sin embargo, una consecuencia de ello es que los prestadores de estos servicios en algunas ocasiones, son reticentes a la devolución de dinero o cambios de ruta sin un cargo extra por políticas internas. Según notas periodísticas, en el primer semestre de 2019, la Procuraduría recibió cerca de 1700 quejas en contra diversas aerolíneas.
No obstante, una pandemia no es una cuestión menor, es una situación sanitaria que se debe manejar de manera responsable, en la que el usuario no es el causante del daño o perjuicio y en este caso es el posible afectado por circunstancias ajenas a él. Una aeronave, en el momento actual, es un potencial trasportador del coronavirus Covid-19 de un país a otro en un mundo globalizado.
Ante la emergencia sanitaria, se considera que la Procuraduría Federal del Consumidor, que es la esta institución encargada de defender los derechos de los consumidores y lograr relaciones de consumo justas con los proveedores de servicios, debe tomar las medidas y acciones pertinentes para ser el interlocutor entre las líneas aéreas y los consumidores que generen acuerdos, así como las mejores condiciones entre las partes.
Para tales efectos, se considera que es de vital importancia que la Procuraduría Federal del Consumidor entable negociaciones con los prestadores de servicios de transportación aérea de pasajeros a fin de que flexibilicen su postura ante la presencia del coronavirus Covid-19.
Esta propuesta está sustentada en acciones que se están tomando en otros países; por ejemplo, la Agencia Española de Seguridad Aérea emitió un comunicado señalando que pasajeros que se hayan visto afectados por las cancelaciones de vuelos como consecuencia de la expansión del coronavirus, que tienen derecho a información, asistencia y reembolso o transporte alternativo, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CE) número 261/2004:
-Información: entrega por parte de la compañía aérea de un impreso con las condiciones de asistencia y compensación.
-Asistencia: comida y bebida suficiente, dos llamadas telefónicas o acceso al correo electrónico y, si fuese necesario, una o más noches de alojamiento, así como el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
-Reembolso o a transporte alternativo hasta el destino final, donde la compañía debe ofrecer tres alternativas.4
Lo anterior, fue publicado por el Ministerio de Consumo español en consecuencia de la alerta internacional por pandemia relacionada al coronavirus Covid-19 y en congruencia con las recomendaciones de las OMS que ya se han citado en este documento.
El propio Ministerio señala que, en caso de que la aerolínea no cumpla con sus obligaciones y el usuario considera que no se han respetado sus derechos, debe reclamar a la compañía, y en caso de no recibir respuesta o esta no ser satisfactoria, puede presentar una reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) sin coste alguno.5
Si la aerolínea no ha cancelado el vuelo a una de los países o zonas que se han declarado afectadas por el coronavirus (Covid-19), se recomienda a los usuarios del transporte aéreo que consulten a la compañía o agencia con la que hayan formalizado su contrato de transportes; comprueben los términos y condiciones del contrato; y, en el supuesto que tengan un seguro de viaje, procedan a consultarlo por si pudieran cancelar su vuelo.
Incluso, el mismo Ministerio solicita a las compañías, agencias y operadores que actúen con flexibilidad y que ofrezcan alternativas viables en torno a las necesidades del usuario.
Si bien es cierto, el Fondo Monetario Internacional señala que el coronavirus Covid-19 es solo un agente precursor del efecto económico que ha afectado en tan sólo una décima el crecimiento, indica que esto dependerá de la duración y atención de la expansión.6
Situación por la cual esta propuesta plantea que la Procuraduría Federal del Consumidor formule las estrategias y sostenga acuerdos convenientes para ambas partes con las distintas aerolíneas asumiendo la responsabilidad de hacer valer los derechos de los consumidores que se vean afectados por la contingencia internacional, sin que esta acción suponga un detrimento para las compañías y operadores de dichos servicios. Lo anterior, con base en las atribuciones que la Ley Federal de Protección al Consumidor le confiere a la Procuraduría en su artículo 24.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:
Puntos de Acuerdo
Primero. Que la Procuraduría Federal del Consumidor, en la medida de sus atribuciones, y mientras se mantenga la declaratoria de pandemia del coronavirus, atienda de manera prioritaria y oportuna las solicitudes y demandas de los usuarios que hayan adquirido algún servicio aéreo a destinos que puedan resultar riesgosos para la salud, por la presencia del coronavirus Covid-19.
Segundo. Que la Procuraduría Federal del Consumidor sostenga comunicación y negociaciones con las compañías, agencias y prestadores de servicios aéreos, para que, mientras se mantenga la declaratoria de pandemia por coronavirus Covid-19, flexibilicen sus políticas y se garanticen las mejores condiciones para los usuarios, y el respeto de sus derechos.
Tercero. Que la Procuraduría Federal del Consumidor lleve a cabo las medidas necesarias para gestionar, ante las líneas aéreas, la facilitación del reembolso o, en su caso, el cambio de fecha o ruta sin costo para los usuarios que resulten afectados por las condiciones sanitarias, mientras se mantenga la declaratoria de pandemia por Coronavirus Covid-19.
Notas
1 https://www.who.int/csr/disease/coronavirus_infections/es/
2 https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-51842708
3 http://www.sct.gob.mx/fileadmin/DireccionesGrales/DGP/estadistica/Princ ipales-Estadisticas/PE-2016.pdf
4 https://www.comunidad.madrid/servicios/consumo/informacion-ministerio-c onsumo-cancelaciones-vuelos-debido-expansion-coronavirus
5 https://www.comunidad.madrid/servicios/consumo/informacion-ministerio-c onsumo-cancelaciones-vuelos-debido-expansion-coronavirus
6 https://www.lavanguardia.com/economia/20200301/473863343435/coronavirus -covid-19-bolsas-deuda-fmi-trump-estados-unidos-fed.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, 19 de marzo de 2020.
Diputada Ma. de los Ángeles Ayala Díaz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Poder Ejecutivo federal a emitir un decreto de beneficios fiscales para los contribuyentes por la situación de contingencia sanitaria derivada del Covid-19, a cargo de la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita diputada Soraya Pérez Munguía, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 73, fracción XXXI, y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía para su análisis, discusión y aprobación en su caso, proposición de punto de acuerdo a la Comisión Orgánica de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a fin de exhortar con el carácter de urgente al Poder Ejecutivo federal, para dictar un decreto por el que se otorguen beneficios fiscales a los contribuyentes, con motivo de la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus Covid-19 , al tenor de los siguiente:
Considerando
Primero. Que la pandemia ocasionada por el virus denominado Covid-19, que se ha presentado en nuestro país, provocará la suspensión de actividades en diversos sectores productivos, así como una serie de medidas de aislamiento social instrumentadas para prevenir el contagio de la enfermedad, lo que tendrá un impacto significativo en la economía nacional.
Segundo. Que experiencias mundiales recientes con epidemias similares indican que las mismas provocan una desaceleración abrupta de la actividad económica durante el episodio epidemiológico, en virtud de las medidas preventivas de aislamiento, y que esta actividad viene seguida de una recuperación vigorosa en los meses subsecuentes.
Tercero. Que la actividad productiva también se ha visto y se verá perjudicada por el impacto negativo que genera entre la población y los actores económicos la incertidumbre ligada a este tipo de episodios, lo que alterará los patrones de consumo de la población, sobre todo tratándose de los sectores de esparcimiento, servicios y de turismo.
Cuarto. Que de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, en caso de catástrofes sufridas por epidemias, el Ejecutivo federal puede condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios.
Quinto. Que la paralización de la actividad productiva tiene un impacto directo en los contribuyentes y en la preservación de las fuentes de empleo para todos los habitantes de la República Mexicana;
Sexto. Que a fin de mitigar los efectos económicos ocasionados por la referida epidemia y contribuir a reactivar la economía del país, el Ejecutivo federal debe otorgar diversos beneficios fiscales, que comprenda no sólo el esfuerzo de la federación, sino también de los gobiernos de las entidades federativas, a través del uso de los instrumentos fiscales del ámbito local, para lograr una verdadera acción integral y armoniosa de las instituciones de los distintos órdenes de gobierno.
Séptimo. Por ende, se propone exhortar de manera urgente al Poder Ejecutivo Federal para que dicte a la brevedad un Decreto por el que se otorguen beneficios fiscales a los contribuyentes, con motivo de la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus Covid-19, a la luz de los términos que se indican:
-Establecer plazos adicionales para la presentación de pagos provisionales en impuestos federales;
-Exención de pagos de cuotas obrero patronales y de seguridad social, para pequeñas y medianas empresas;
-Exención en un 50 por ciento, en el pago de derechos, a cargo de empresas de transporte responsables de las embarcaciones marítimas turísticas comerciales que arriben a los puertos del país;
-Exención en un 50 por ciento, en el pago de derechos, a cargo de empresas de transporte aéreo y terrestre de personas; y
-Implementar un programa de subsidios fiscales para las entidades federativas que, eximan de los impuestos sobre nóminas y sobre hospedaje a los contribuyentes de los sectores de hotelería, restaurantes y servicios de esparcimiento.
Por todo lo expuesto, se procede a emitir el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Proposición de punto de acuerdo a la Comisión Orgánica de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a fin de exhortar con el carácter de urgente al Poder Ejecutivo federal para dictar un decreto por el que se otorguen beneficios fiscales a los contribuyentes, con motivo de la situación de contingencia sanitaria provocada por el virus Covid-19, en los términos precisados en el considerando séptimo del presente documento.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputada Soraya Pérez Munguía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística a actualizar las NOM-07-TUR-2002, NOM-08-TUR-2002, NOM-09-TUR-2002, NOM-010-TUR-2001 y NOM-011-TUR-2001 para que reflejen e incluyan las nuevas prácticas implantadas en el sector, a cargo de la diputada Martha Angélica Zamudio Macías, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, Martha Angélica Zamudio Macías , diputada integrante del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, someto a la consideración de esta soberanía el siguiente, punto de acuerdo por el que se exhorta al Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística a actualizar las NOM-07-TUR-2002, NOM-08-TUR-2002, NOM-09-TUR-2002, NOM-010-TUR-2001 y NOM-011-TUR-2001 con el fin de que éstas reflejen e incluyan las nuevas mejores prácticas implementadas en el sector turístico , con base en lo siguiente:
Exposición de Motivos
De acuerdo con la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, las normas oficiales mexicanas tienen por fin establecer las características y/o especificaciones que deban reunir los servicios cuando éstos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas o dañar la salud humana, animal, vegetal o el medio ambiente general y laboral o cuando se trate de la prestación de servicios de forma generalizada para el consumidor; las condiciones de salud, seguridad e higiene que deberán observarse en los centros de trabajo y otros centros públicos de reunión; y las características y/o especificaciones, criterios y procedimientos que permitan proteger y promover el mejoramiento del medio ambiente y los ecosistemas, así como la preservación de los recursos naturales.1 Las normas oficiales mexicanas (NOM) son, por lo tanto, el principal mecanismo de regulación con el que cuenta el Estado mexicano para brindar protección integral proactiva a la ciudadanía. Los lineamientos y especificaciones que detallan las NOM permiten que millones de mexicanas y mexicanos utilicen productos y servicios con estándares mínimos de calidad y seguridad.
Al interior del sector turístico, actualmente se cuenta con siete NOM vigentes: la NOM-011-TUR-2001 , que detalla los requisitos de seguridad, información y operación con los que deben contar los operadores de servicios turísticos de Turismo de Aventura; la NOM-010-TUR-2001 , que detalla los elementos que deben de ser incluidos en los contratos que celebren prestadores de servicios turísticos con el turista; la NOM-09-TUR-2002 , que define las características de los guías de especializados en actividades específicas; la NOM-08-TUR-2002 , que establece los elementos a los que deben sujetarse los guías generales y especializados en temas de carácter cultural; la NOM-07-TUR-2002 , que define los elementos con los que debe de contar el seguro de responsabilidad civil que deben adquirir los prestadores de servicios turísticos en beneficio y protección de los turistas; la NOM-06-TUR-2009 , que enlista los requisitos mínimos de seguridad e higiene con los que deben de contar los prestadores de servicios turísticos; y, finalmente, la NOM-012-TUR-2016 , que detalla las características y requisitos mínimos de seguridad con los que deben de contar los prestadores que ofrezcan servicios de buceo.2
En su conjunto, las anteriores normas forman un marco técnico sólido para el mejor funcionamiento del sector. Sin ellas, tanto los prestadores de servicios turísticos como los turistas quedarían desprotegidos y expuestos a eventuales daños no anticipados. Es por ello que resulta fundamental que las autoridades del sector tomen en consideración su vigencia y aprovechen todas las oportunidades disponibles para mejorarlas y actualizarlas.
De las siete NOM vigentes elaboradas por la Secretaría de Turismo, tan solo una fue actualizada en la última década y al menos cinco datan de inicios del siglo. Aspectos tan relevantes para la actividad turística, como lo son, por ejemplo, los contratos prestador-usuario, continúan siendo regulados por normas que no contemplan la introducción de nuevos procesos productivos o modalidades tecnológicas en los últimos años.
La NOM-010-TUR-2001, por ejemplo, continúa haciendo referencia a disposiciones de la anterior Ley Federal de Turismo, sin tomar en consideración las que fueron adicionadas con la promulgación de la nueva Ley General y sin guardar relación con los nuevos planteamientos aplicables. La NOM tampoco toma en consideración los nuevos tipos de contratos que han sido desarrollados con el advenimiento del Internet o con la introducción de nuevos servicios al usuario relacionados a las tecnologías de la información. Esta NOM no ha sido actualizada desde el 2001, fecha en la que México aún no ocupaba la relevante posición con la que cuenta hoy en el turismo global.
El anterior caso puede ser observado, reiteradamente, en el resto de las normas oficiales mexicanas que fueron creadas para el sector a inicios de la década anterior. Ninguna de ellas toma en consideración la transformación de la industria o de los nuevos estándares mínimos que han sido implementados por otros países.
La consecuencia más evidente de esta falta de regulación es el aumento de los riesgos operativos tanto para los prestadores de servicios turísticos como para el turista. Si la autoridad turística no cuenta con buenas herramientas normativas para regular efectivamente a la industria, las y los turistas permanecerán expuestos a las malas prácticas de algunos actores o a la merced de la ignorancia con la que cientos de prestadores de servicios turísticos operan diariamente.
Es fundamental que la Secretaría de Turismo, a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística, actualice las NOM vigentes con el fin de que éstas respondan a los retos que enfrenta el turismo nacional hoy en día. Si México busca permanecer a la vanguardia de esta industria global, es importante garanticemos la seguridad y el bienestar de los turistas, ofreciéndoles servicios plenamente regulados y optimizados para sus necesidades actuales.
Habiendo mencionado lo anterior, la presente proposición busca que esta honorable soberanía apoye el fortalecimiento de nuestra regulación oficial en materia turística y con ello garantice el bienestar de millones de turistas que nos visitan cada año. Por ello, propongo se exhorte al Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística a actualizar las NOM-07-TUR-2002, NOM-08-TUR-2002, NOM-09-TUR-2002, NOM-010-TUR-2001 y NOM-011-TUR-2001 con el fin de que éstas reflejen e incluyan las nuevas mejores prácticas implementadas en el sector turístico.
Considerandos
El artículo 56 de la Ley General de Turismo establece que corresponde a la Secretaría expedir las Normas Oficiales Mexicanas relacionadas con la prestación de los servicios turísticos.3
Sobre su cumplimiento, el artículo 4 de la misma Ley define como atribución de la Federación el promover y vigilar el cumplimiento de esta Ley y los demás ordenamientos y Normas Oficiales Mexicanas que de ella deriven, en el ámbito de su competencia.4
Sobre la actualización de la Normas Oficiales, la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas deberán ser revisadas cada 5 años a partir de la fecha de su entrada en vigor, debiendo notificarse al secretariado técnico de la Comisión Nacional de Normalización los resultados de la revisión, dentro de los 60 días naturales posteriores a la terminación del período quinquenal correspondiente. De no hacerse la notificación, las normas perderán su vigencia y las dependencias que las hubieren expedido deberán publicar su cancelación en el Diario Oficial de la Federación. La Comisión podrá solicitar a la dependencia dicha cancelación.4 Es fundamental, por ello, que las NOM del sector turístico sean actualizadas lo antes posible.
Por lo antes descrito, someto a consideración el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al Comité Consultivo Nacional de Normalización Turística a actualizar las NOM-07-TUR-2002, NOM-08-TUR-2002, NOM-09-TUR-2002, NOM-010-TUR-2001 y NOM-011-TUR-2001 con el fin de que éstas reflejen e incluyan las nuevas mejores prácticas implementadas en el sector turístico.
Notas
1 Ley Federal Sobre Metrología y Normalización. Artículo 40. Fracciones III, VII y X. (Última Reforma: DOF 15-06-2018)
2 Secretaría de Turismo. Normalización Turística. México. Gobierno de la República. 2020. Consultado en:
https://www.gob.mx/sectur/acciones-y-programas/normaliza cion-turistica.
3 Ley General de Turismo. Artículo 56. (Última Reforma: DOF 31-07-2019)
4 LGT. Artículo 4. Fracción XIII. (Última Reforma: DOF 31-07-2019)
5 Ley Federal Sobre Metrología y Normalización. Artículo 51. Párrafo Cuarto. (Última Reforma: DOF 15-06-2018)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputada Martha Angélica Zamudio Macías (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno federal, la Sener y la CFE a valorar la creación de plantas de energía eólica, a cargo del diputado Ricardo de la Peña Marshall, del Grupo Parlamentario del PES
El que suscribe, diputado federal Ricardo de la Peña Marshall, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
Actualmente estamos viviendo la transición de la globalización en donde estamos afectando el medio ambiente. La relación del hombre y la naturaleza ha generado problemas metafísicos y climatológicos en cuanto a sus hechos y causas provocadas por el hombre a través de la historia, teniendo como consecuencia el deterioro de la capa de ozono, emisión de contaminantes afectando la vida de todo ser vivo en la tierra.
En México con la globalización, hemos alterado y destruido la naturaleza debido al aumento de contaminantes causado por la industrialización y a la producción de energías contaminantes, en donde directa e indirectamente genera contaminantes.
Es importante fomentar y crear energías renovables, ya que son amigables con el medio ambiente y ayuda a la producción de energía. Por ello a base de investigaciones energéticas que hemos hecho en otros países, nos hemos dado cuenta que un modelo a seguir es como implementó y adoptó Dinamarca la energía renovable.
Un dato importante es que la mayor fuente de electricidad que genera Dinamarca es la energía eólica, que lo convierte en uno de los países menos contaminantes y más generosos con el medio ambiente en el mundo. Dinamarca es un país a seguir ya que su fuente de energía es renovable y, por ende, sustentable ya que no causa contaminantes.
El año pasado se construyó un parque eólico Marítimo KriegersFlak en el Mar Báltico ha comenzado bien a tiempo, y la planta de energía eólica contribuirá significativamente con las 72 aerogeneradoras a finales de 2021, aumentará la producción anual de electricidad danesa a partir del viento en un 18 por ciento, equivalente a aproximadamente 600,000 el consumo anual de electricidad de los hogares daneses.1
Aunado a lo anterior, México tiene un compromiso internacional, derivado del Acuerdo de París, donde los países sumaron esfuerzos para combatir el cambio climático y adaptarse a sus efectos.
México está comprometido no solo con el cuidado del medio ambiente, si no buscar fuentes de energía que permitan una mejor calidad de vida para todos.
En México debemos promover y desarrollar generadoras de electricidad renovables. Ya que actualmente al termino del año pasado se registraron 71 centrales eólicas de acuerdo a la Asociación Mexicana de Energía Eólica.
La energía eléctrica proveniente de aerogeneradores -las enormes turbinas eólicas que caracterizan estas plantas-, registró una capacidad instalada de 1.281 megavatios con la instalación de 10 nuevos parques eólicos tan solo el año pasado, explicó Leopoldo Rodríguez Olivé, presidente del organismo. representando un crecimiento respecto de los 980 megavatios que se incorporaron en el 2018.2
Esto es un reto significativo para México, ya que apoyando estos proyectos surgirá una excelente planificación y estrategia a futuro, este recurso beneficiará el consumo eléctrico en los hogares de las familias mexicanas en cuanto a la disminución en el pago de luz.
De acuerdo a datos de Forbes, la capacidad de generar electricidad con el viento crecerá 27% al final de este año; actualmente, nuestro país cuenta con 50 centrales eólicas, y en el término del 2019, México tendría 10 centrales que producirán electricidad con el viento adicionales.3
No se requiere de tanta inversión ya que las instalaciones de estos aerogeneradores son accesibles, y gracias al avance tecnológico que se ha dado día a día, habrá mayor progreso, así como mayor productividad en el proceso de generación de electricidad, teniendo como resultado una simplificación en los costos.
La energía eólica se considera independiente y autosuficiente, ya que no requiere de diversos procesos para que se genere.
En los últimos nueve años, el costo de la generación eólica se ha reducido 69%, al alcanzar en 2018 los 17.7 dólares el megawatt/hora, como resultado de la tercera subasta de largo plazo. El costo nivelado para la energía producida por aerogeneradores en 2009 se encontraba entre 169 y 101 dólares por megawatt/hora, mientras que para el cierre de 2018 el promedio era de entre 56 y 29 dólares el megawatt/hora.4
Debemos de considerar que esta energía no produce contaminantes y esto la hace segura, responsable y confiable para el medio ambiente, ya que el objetivo es reducir las emisiones de gases contaminantes ya que son los principales causantes de la contaminación.
Reflexionando de igual manera la energía eólica es contemplada como una de las energías más limpias que existen, ya analizando que la mayoría de las energías que se generan, son producidas con el uso de combustibles fósiles, compuesto no renovable, ya que causa contaminantes en la capa de ozono.
Es importante que como legisladores nos unamos para poner en marcha este punto de acuerdo interinstitucional en donde estamos proponiendo que haya una correcta inversión en este tipo de proyectos, ya que, al día de hoy, estamos a tiempo de poder atrasar y combatir el cambio climático, así como proteger, preservar y salvaguardar el medio ambiente con la aplicación de energías limpias.
Como punto de acuerdo, lo que buscamos es que el gobierno federal, la Secretaría De Energía y la Comisión Federal de Electricidad, vean que es proyecto viable, sostenible y sustentable para el futuro de nuestro país.
Por lo expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa al gobierno federal, a la Secretaría de Energía y a la Comisión Federal de Electricidad a que valoren la creación de nuevas plantas de energía eólica.
Notas
1 https://www.evwind.com/2019/05/23/eolica-marina-en-dinamarca-parque-eol ico-con-72-aerogeneradores/
2 https://www.evwind.com/2020/02/04/mexico-ya-cuenta-con-6-238-megavatios -de-energia-eolica/
3 https://www.forbes.com.mx/mexico-tendra-10-plantas-eolicas-mas-al-cierr e-de-2019/
4https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/art iculo/default.aspx?__rval=1&urlredirect=https://www.reforma.com/se- reduce-69-costo-de-energia-eolica/ar1750388?referer=7d616165662f3a3a62 62623b727a7a7279703b767a783a
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 19 días del mes de marzo de 2020.
Diputado Ricardo de la Peña Marshall (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al CSG a revisar la definición y lista actual de enfermedades raras para ampliarlas hacia las de baja prevalencia, en favor de la salud de quienes las padecen, suscrita por los diputados Ana Patricia Peralta de la Peña y Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena
Quienes suscriben, diputada Ana Patricia Peralta de la Peña, del Grupo Parlamentario de Morena, y diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez y Héctor Serrano Cortés, legisladores sin grupo parlamentario; en ejercicio de la facultad que confieren la fracción I del artículo 6, el artículo 79, numeral 2, fracción III, y demás artículos relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo de Salubridad General a revisar y ampliar la definición de enfermedades raras en favor de la salud de las y los pacientes con enfermedades de baja prevalencia, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El presidente de la República, licenciado Andrés Manuel López Obrador, ha comenzado la ambiciosa misión de brindar servicios de salud y medicamentos gratuitos a todas y todos los mexicanos y transitar hacia un modelo de Universalización que garantice el bienestar para los más desprotegidos.1
El compromiso del Gobierno Federal es hacer valer el precepto contenido en el artículo 4to Constitucional referente a la protección de la salud; esto es, que el Estado preserve el derecho a la salud y que todas las personas recibamos la atención de calidad y calidez, incluyendo aquellas quienes padecen una enfermedad rara, enfermedades de baja prevalencia.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), y con la propia definición que retoma el Consejo de Salubridad General, las enfermedades raras son aquellas que se presentan en menos de cinco personas por cada 10 mil habitantes, y a nivel mundial existen más de siete mil enfermedades registradas.2
En México se estima que 8 millones de personas padecen una enfermedad rara o de baja prevalencia ,3 lo que nos refleja que en conjunto, es un delicado problema de salud pública y que es igual de importante su atención como el de las enfermedades de mayor prevalencia en el país. Justamente el último día de febrero, por ser el más raro de todo el año, se reconoce nivel mundial a todas las personas y sus familias que luchan cada día contra estos padecimientos. Este año en particular, de año bisiesto, el 29 de febrero de 2020 conmemoraremos el día mundial de las enfermedades raras.
El Consejo de Salubridad General cuenta desde 2017 con una Comisión para el Análisis, Evaluación, Registro y Seguimiento de las Enfermedades Raras, que se encarga de definir y proponer al Consejo de Salubridad General la definición y registro de las Enfermedades Raras en México. En este sentido la Comisión ha enlistado y reconocido al día de hoy apenas 20 enfermedades raras,4 excluyendo de este listado a miles de padecimientos de baja prevalencia y por tanto a millones pacientes que podrían ser atendidos bajo la misma definición. En su reglamento se estipula que la Comisión estará sesionando dos veces al año para hacer la revisión de definiciones y actualización del registro de enfermedades raras, sin embargo, al día de hoy, continúa el mismo listado de 20 enfermedades. Razón por la cual es imperante que la Comisión sesione a la brevedad y pueda actualizar el listado de enfermedades raras, contemplando aquellas de baja prevalencia que aquejan a la población mexicana.
En un comunicado oficial, el Gobierno Federal ha dejado claro que esta Cuarta Transformación apoyará a todos los pacientes con enfermedades raras tengan para que cuenten con un tratamiento adecuado. Sin embargo la propuesta desde esta Cámara de Diputados es que un primer paso para ello es que se revise y enriquezca la definición de enfermedad rara , contenida en el Reglamento Interior de la Comisión para el Análisis, Evaluación, Registro y Seguimiento de las Enfermedades Raras del CSG, pudiendo adelantarnos a lo que la sociedad nos demanda y a los avances tecnológicos para el diagnóstico y tratamiento, dando un abordaje más amplio tratándose de Enfermedades de Baja Prevalencia , lo cual le otorga un sentido más incluyente y de política pública al Estado para el manejo de dichas enfermedades.
En el Reglamento Interior, en su artículo 2ºdefine que los Medicamentos Huérfanos son aquéllos que están destinados a la prevención, diagnóstico o tratamiento de Enfermedades Raras.5 Sin embargo, al paso de los años y el avance de la ciencia médica, se puede constatar que además de los medicamentos huérfanos, se podrían incluir más opciones terapéuticas de vanguardia para muchas enfermedades de baja prevalencia, y que inclusive los métodos de diagnóstico y tamizaje son mucho más exactos, como el tamiz neonatal ampliado, ayudando a diagnosticar de manera específica el tipo de enfermedad que padece una persona, y con ello ofrecer tratamientos que le den una mayor calidad de vida.
Además, estas definiciones no atienden ni reconocen la realidad de los pacientes, pues en la mayoría de las ocasiones se trata de enfermedades discapacitantes que resultan en complicaciones crónicas, degenerativas y potencialmente mortales, y que además menguan el estilo de vida de las y los pacientes,6 afectando su entorno laboral, familiar y de movilidad.
En el marco del Día Mundial y el Día Nacional de las Enfermedades Raras, es que se plantea que el Consejo de Salubridad General, en este contexto de universalización y humanización de la salud, pueda convocar a una sesión ordinaria de la Comisión responsable, invitando a personas y organizaciones representantes de enfermedades de baja prevalencia, para que consideren las necesidades centradas en la persona, con el objeto de hacer una revisión y enriquecer la definición referente a las enfermedades raras, tratándolas con un enfoque más amplio e incluir a más Enfermedades de Baja Prevalencia. Ello sería un primer paso para construir políticas públicas de diagnóstico y tratamiento adecuado, con perspectiva de derechos humanos, sin discriminación y considerando la discapacidad como uno de los elementos característicos a considerar para el tratamiento integral de estas enfermedades.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta Asamble la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Consejo de Salubridad General para retomar las sesiones ordinarias de la Comisión para el Análisis, Evaluación, Registro y Seguimiento de las Enfermedades Raras, responsable de revisar y hacer el registro de las Enfermedades Raras.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a que el Consejo de Salubridad General a través de la Comisión para el Análisis, Evaluación, Registro y Seguimiento de las Enfermedades Raras, pueda revisar y actualizar la definición y listado de las Enfermedades Raras e incluir a las enfermedades de baja prevalencia para el correcto diagnóstico y tratamiento adecuado, con perspectiva de derechos humanos y considerando la discapacidad como uno de los elementos característicos para la atención integral a las personas que las padecen.
Notas
1 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5580430&fecha=29/11/ 2019
2 https://www.gob.mx/salud/articulos/que-son-las-enfermedades-raras-19328 0
3 https://www.gob.mx/salud/articulos/alrededor-de-8-millones-de-mexicanos -viven-con-enfermedades-raras?idiom=es
4 Ídem. Síndrome de Turner, enfermedad de Pompe, hemofilia, espina bífida, fibrosis quística, histiocitosis, hipotiroidismo congénito, fenilcetonuria, galactosemia, enfermedad de gaucher tipo 1, 2 y3, enfermedad de fabry, hiperplasia suprarrenal congénita, homocistinuria, entre otras.
5 http://www.csg.gob.mx/descargas/pdf/priorizacion/enfermedades-
6 https://salud.carlosslim.org/250-millones-de-pacientes-con-enfermedades -raras-de-baja-prevalencia/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a 19 de marzo de 2020.
Diputados: Ana Patricia Peralta de la Peña (rúbrica), Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Érika Mariana Rosas Uribe, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés.
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Semarnat y las autoridades ambientales michoacanas a emprender acciones inmediatas para sanear el lago de Pátzcuaro y contribuir a la recuperación ambiental de la cuenca, a cargo de la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del Grupo Parlamentario del PRD
La presente, diputada Frida Alejandra Esparza Márquez , integrante del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con forme a lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados somete a consideración el siguiente punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
En las últimas décadas, México ha tomado un rol más partícipe en la conservación del medio ambiente, generando diferentes medidas cada vez más efectivas, para su preservación, con el propósito de cumplir el derecho un medio ambiente sano y el derecho al agua como derechos fundamentales, establecidos en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin embargo, la mayoría de los ríos, lagos y acuíferos en el país presentan condiciones preocupantes como lo son la sobreexplotación, contaminación, y disminución en los niveles de agua, ocasionados por diversas razones, que han traído implicaciones negativas respecto al goce y disfrute de este derecho.
Los lagos, más importantes del país son: Chapala, Cuitzeo, Pátzcuaro, Yuriria, Catemaco, Nabor Carrillo, Tequesquitengo, los cuales han sido sobre explotados, provocando un uso excesivo de éstos y como consecuencia de ello, un alto grado de contaminación, tanto ha sido la afectación de estos lagos que ya no es posible que se reutilice el agua de riego y provocar la difícil tarea de establecer un mecanismo de agua tratada.
El lago de Pátzcuaro está ubicado a 63 kilómetros al oeste de la ciudad de Morelia. Sus alrededores presentan un sinnúmero de lugares de interés turístico, por lo que es uno de los sitios turísticos más importantes del estado. En esta región se asienta la etnia más representativa del estado, los purépechas, siendo esta región además un bastión cultural y folklórico de gran importancia para el estado.
Es una cuenca cerrada con una superficie aproximadamente de mil kilómetros cuadrados, se desarrolla desde los 2 mil 35 hasta los 3 mil 300 metros sobre el nivel del mar, con una elevación promedio de 2 mil 369 metros sobre el nivel del mar.
La precipitación media es de 775 milímetros, mientras que la evaporación es de 1 mil 393 milímetros. Cuenta con un lago interior de 126.4 kilómetros cuadrados, el cual tiene una profundidad promedio de 4.9 metros y almacena 619.4 hectómetros cúbicos.
No obstante, este lago sufre desde hace varias décadas un proceso de descenso en el nivel del agua, azolvamiento, contaminación y eutroficación, como consecuencia del cambio climático, el crecimiento de las poblaciones circundantes, sobreexplotación de sus recursos naturales, la deforestación y la erosión de los suelos.
Diversos estudios ponen en evidencia la pérdida en la calidad del agua del lago, sugiriendo, algunas causales, dentro de las que destacan el aporte de sedimentos y materia orgánica acarreada desde la parte alta de la cuenca, fuertemente deforestada; aporte de materia orgánica causado por la descarga de aguas residuales sin tratar desde hace más de 25 años; la introducción de plantas acuáticas que se han convertido en malezas desde los años 30; los continuos dragados que se implementan en el lago de manera regular y el inadecuado manejo de estas malezas desde hace más de 20 años.
Existe consenso general también en que el principal problema es el azolvamiento acelerado producido por el efecto de la deforestación, y que los primeros y más directamente perjudicados, son los viven del lago, los prestadores de servicios que se dedican a las actividades de la pesca y el turismo.
Otro problema que sucede cerca de algunas regiones habitadas como las inmediaciones de la ciudad de Pátzcuaro, Tzintzuntzán, Quiroga, San Jerónimo Purenchécuaro y Erongarícuaro, es la contaminación del agua por residuos sólidos, tales como plástico, llantas, vidrios y animales muertos, residuos que llegan al lago por el sistema de descargas o bien arrastrados desde las calles y cercanías de las zonas habitadas hasta la ribera del lago, lo que afecta de manera importante la calidad del agua y la calidad ambiental.
En 2018, los municipios de Pátzcuaro, Erongarícuaro, Tzintzuntzán y Quiroga generaban alrededor de 235 litros por segundo de aguas residuales, aproximadamente 20 mil 304 metros cúbicos diarios. De eso, únicamente se trataban 103.1 litros por segundo, que en un día son 8 mil 907.8 metros cúbicos. Esto significa que 56.2 por ciento de las aguas residuales de las poblaciones de la cuenca del lago de Pátzcuaro son arrojadas a éste sin ningún tipo de tratamiento. Estamos hablando de 131.9 litros por segundo, más de 11 mil 396 metros cúbicos de agua diariamente.
En relación a la condición del hábitat de las especies que viven en el lago, una de las principales afectaciones es la pérdida del nivel del agua. La deforestación y cambio de uso de suelo de la zona de captación de agua que alimenta el cuerpo de agua, ya sea por escorrentías o infiltración hacia los manantiales, ha cambiado en los últimos 70 años. Antes eran zonas boscosas y ahora se realizan actividades humanas como la agricultura (40 por ciento), la ganadería (30 por ciento) y el desarrollo urbano (20 por ciento).
Estos cambios causan desplazamientos de sedimentos de las partes altas de la cuenca al lago, se calcula que cada temporada de lluvias aproximadamente 100 mil m3 son depositados en el vaso lacustre. Esto azolva el lago y hace que pierda su profundidad, llegando a desaparecer en su totalidad la mayoría de las zonas someras que existían en sus márgenes. Estos humedales, de manera histórica, servían como sitios de reproducción de la mayoría de especies de peces y anfibios nativos como el pez blanco y achoque de Pátzcuaro (ajolote).
Es importante recalcar que la pesca, que era una actividad que generaba la fuente de recursos económicos más importantes para los pobladores del lago, en la actualidad es una actividad complementaria en el modo de subsistencia de la gente local entre los cuales ya no existen pescadores de tiempo completo. Esto debido a la pérdida de poblaciones de peces con alto valor económico (como pescados blancos y charales) ocasionada por una desmedida sobrepesca que inicio alrededor de los años 90, colapsando los recursos pesqueros. La mayoría de las personas que se dedicaban tradicionalmente a la pesca ahora trabajan en la agricultura, la ganadería, la artesanía y la construcción. Además, ha disminuido la captura de especies nativas de peces como el pez blanco, los charales, la acúmara y los godeidos, además del achoque (un anfibio nativo) y especies exóticas como la lobina, la carpa y la mojarra.
Como se puede observar, los alarmantes resultados del continuo deterioro ecológico que desde hace años cubre cada vez mayores extensiones en la cuenca del lago de Pátzcuaro, genera un mayor desequilibrio y contaminación ambiental.
Esta situación señala la urgencia de que, de manera continua, puntualizada, y en coordinación con los 3 órdenes de gobierno, se busquen las medidas y acciones necesarias, que permitan dar seguimiento puntual a la protección y restauración del lago que permitirá evitar y reducir problemas ambientales, económicos y de salud a la región
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía la proposición siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y a las autoridades ambientales del estado de Michoacán a que, de manera coordinada, emprendan acciones inmediatas para el saneamiento del lago de Pátzcuaro, Michoacán, y contribuyan en la recuperación ambiental de la cuenca.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputada Frida Alejandra Esparza Márquez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a emitir alerta de violencia de género en los 217 municipios poblanos, a cargo del diputado David Bautista Rivera, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado David Bautista Rivera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 2, facción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo de urgente obvia resolución al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
La violencia contra las mujeres y las niñas es una grave violación a sus derechos humanos con consecuencias físicas, sexuales, psicológicas e incluso mortales para las víctimas. Además de afectar el bienestar y la integridad de las mujeres que la padecen, la violencia ejercida en contra de ellas también impacta negativamente a sus familias, comunidades y países.
Un aspecto fundamental de la violencia de género contra las mujeres y las niñas es que la violencia se utiliza en las culturas de todo el mundo como una forma de preservar y mantener la subordinación de la mujer con respecto al hombre. En otras palabras, los actos de violencia contra las mujeres y las niñas son a la vez una expresión y una manera de reforzar la dominación masculina, no sólo sobre las mujeres y las niñas individuales, sino las mujeres como una clase entera de personas. La violencia tiene sus raíces en los desequilibrios de poder y desigualdad estructural entre hombres y mujeres.1
La violencia de género en México, mantiene la acumulación de delitos de violencia, acoso, hostigamiento y discriminación en contra de las mujeres, con un alarmante incremento.
La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública 2018, señala que de 2013 a 2018 la sensación de inseguridad de las mujeres pasó de 74.7 por ciento a 82.1 por ciento, asimismo estos datos reflejan que las mujeres se sienten más inseguras que los hombres tanto en lugares públicos como en privados: cajero automático en vía pública (87.4 por ciento), transporte público (74.2 por ciento), calle (72.9 por ciento), carretera (69.5 por ciento), mercado (65.5 por ciento), parques (62.1 por ciento), automóvil (48.9 por ciento), escuela (39.2 por ciento), trabajo (36.2 por ciento) y casa (26.7 por ciento).
Un análisis de la organización México Evalúa indica que 6 millones de mujeres sufrieron algún tipo de delito sexual, durante el periodo del pasado mes de agosto al mes enero del presente año.
Según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2016, del Inegi, 61.6 por ciento mujeres ha experimentado cualquier tipo de violencia en su vida y esto es la antesala de la forma más cruel de violencia que es la forma más extrema: feminicidio.
Al tiempo que la violencia en el país aumenta, la cantidad de feminicidios, es decir el asesinato de niñas y mujeres a causa de su género, también ha escalado. En 2019 las autoridades mexicanas registraron 1006 asesinatos de ese tipo, un 10 por ciento más que el año anterior.2
La violencia feminicida, es la forma extrema de violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, ocasionada por la violación de sus derechos humanos, en los espacios público y privado; está integrada por las conductas de odio o rechazo hacia las mujeres, que pueden no ser sancionadas por la sociedad o por la autoridad encargada de hacerlo y puede terminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.3
Según datos de la ONU en México, entre 9 y 10 mujeres son asesinadas, de acuerdo a cifras emitidas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), del 2015 a la fecha, suman 3,578 feminicidios a nivel nacional. Solo de enero a octubre de 2019 se registraron 833 casos.
En México, la constante violencia a las mujeres y sus alarmantes números históricos, han puesto en marcha un mecanismo de protección de los derechos de las mujeres, único en el mundo que es la Alerta de Violencia de Género contra las mujeres (AVGM).
Conocida coloquialmente como Alerta de género, es un conjunto de medidas coordinadas por el Gobierno Federal, diseñada para enfrentar y erradicar la violencia feminicida, y/o la existencia de un agravio comparado que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres y niñas, en un territorio determinado (municipio o entidad federativa), garantizando su seguridad.
Esta alerta, permite que organismos e instituciones soliciten acciones provenientes de la iniciativa pública para combatir los problemas que enfrentan las mujeres en dicha localidad. Las solicitudes expresan las situaciones que atraviesa el género femenino y pueden ser rechazadas o aprobadas.4
De ser aceptadas las solicitudes, se implementan medidas para actuar específicamente contra las principales problemáticas de violencia en dicha localidad.
Fuente: El Economista CDMX activa alerta de género; 19 de 32 de estados están en foco rojo
l primer Estado en declarar la alerta fue el Estado de México, posteriormente las entidades en declararla en todos o algunos de sus municipios son: Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz, Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerreo, Quintana Roo, Nayarit, Zacatecas, Durango, Campeche, Oaxaca, Puebla, Jalisco y Ciudad de México.
Fuente: El Economista CDMX activa alerta de género; 19 de 32 de estados están en foco rojo
Lo que quiere decir que, en la mitad del país se vive una situación de emergencia en cuanto a la violencia de género.
Tal es el caso de Puebla que, según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares en 2016 señaló que el 64.3 por ciento de las mujeres en Puebla declaraban haber vivido al menos una situación de violencia en su vida y 35.7 por ciento había sucedido en un espacio público. Lo que nos dice que casi 4 de 10 mujeres han sido agredidas en las calles, plazas, lugares de recreación y reunión por algún hombre sin vínculos consanguíneos.
Según el último reporte del Inegi de 2013 a 2018, 667 mujeres han sido asesinadas en Puebla, lo que significa que en promedio cada tres días asesinan a una mujer. En más del 90 por ciento de los casos no se sabe quién las mató.
Fuente: Página Negra, En Puebla no para la violencia contra las mujeres no para.
Derivado de estos acontecimientos, en el mes de marzo del 2016 dos organizaciones sociales llamadas, El Instituto de Sicología Jurídica y Todos para todos, solicitaron la AVGM, dándole tramite a ambas peticiones.
Sin embargo, no fue sino hasta el 8 de abril del 2019 que se notificó al Gobierno del Estado de Puebla, la resolución emitida por la Secretaría de Gobernación a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM), mediante la cual se determinó la emisión de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para 50 municipios de esa entidad federativa.
De esta manera, se estableció la emisión de 45 medidas de prevención, seguridad y justicia para hacer frente a la violencia feminicida que persiste en el Estado.
Las medidas son tendientes a promover el derecho a la justicia pronta, expedita e imparcial; la prestación de servicios jurídicos, médicos, psicológicos especializados y gratuitos, además de la rehabilitación y la reparación del daño de las víctimas.5
Los municipios señalados son: Acajete, Acatlán, Acatzingo, Ajalpan, Amozoc, Atempan, Atlixco, Calpan, Chalchicomula de Sesma, Chiautla, Chietla, Chignahuapan, Coronango, Cuautlancingo, Cuetzalan del Progreso, Huachinango, Huejotzingo, Hueytamalco, Izúcar de Matamoros, Juan C. Bonilla, Libres, Los Reyes de Juárez, Ocoyucan, Oriental, Palmar de Bravo, Puebla, San Andrés Cholula, San Gabriel Chilac, San Martín Texmelucan, San Pedro Cholula, San Salvador EL Seco, Santiago Miahuatlán, Tecali de Herrera, Tecamachalco, Tehuacán, Tepanco de López, Tepatlaxco de Hidalgo, Tepeaca, Tepexi de Rodríguez, Tepeyahualco, Teziutlán, Tlacotepec de Benito Juárez, Tlaltenango, Tlaola, Tlapanalá, Tlatlauquitepec, Zacapoaxtla, Zacatlán, Zaragoza, Zoquitlán.6
No obstante, la reciente alerta de género en el Estado, de acuerdo con el reporte del Secretariado del Sistema Nacional de Seguridad Pública (delitos en municipios), en el primer cuatrimestre de 2019, las 50 demarcaciones con declaratoria de Alerta de Género, registran más de 500 casos de homicidios, más de 200 casos de abuso sexual, 91 de acoso sexual y cerca de 300 casos de violaciones.7
Asimismo, la Fiscalía General del Estado (FGE) indica que el número de carpetas de investigación con las que cerró el 2019, fueron 58 carpetas de por feminicidio, el número de víctimas fue de 60, los municipios donde se concentraron el mayor número de mujeres asesinadas, fueron: Puebla, Cañada Morelos y Tecamachalco.
Los datos públicos del órgano autónomo indicaron que la ciudad de Puebla sumó 12 víctimas, mientras que Tecamachalco y Cañada de Morelos, tres; sin embargo, el segundo municipio mencionado no fue contemplado en la alerta de género que emitió el gobierno federal.8
Por otra parte, las carpetas de investigación por asesinato de mujeres por razón de género se concentran en 55 de los 217 municipios de Puebla. No pasó ningún año, de los últimos cinco, en los que no se matara a una mujer.
El Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) en una revisión al último reporte de la Incidencia Delictiva Nacional del Secretariado Ejecutivo, con corte al 30 de noviembre del 2019, este rubro creció 81.25 por ciento conforme a 2018, al pasar de 32 a 58 casos.
Dicho informe señala que en 19 feminicidios las víctimas fueron mujeres mayores de 18 años asesinadas con objetos no identificados; le siguen 15 más en el mismo parámetro de edad con quienes se empleó arma de fuego; y otras 12 también menores de edad con quienes se hizo uso de arma blanca.
Los municipios donde se realizaron feminicidios con arma de fuego son: Altepexi, Cañada de Morelos, Coyomeapan, Naupan, Nicolás Bravo, Tehuitzingo, Xayacatlan de Bravo, Xicotepec, Yehualtepec, Municipios que no cuentan con alerta de género.
La alerta de violencia de género en el estado de Puebla, ha resultado ser una herramienta necesaria para combatir la violencia contra las mujeres poblanas; sin embargo, solo se aplicó a 50 municipios de los 217, con los que cuenta el Estado, con lo cual, se dejan desprotegidos a 150 municipios que no cuentan con ella y donde también se registran cifras alarmantes feminicidios como se ha expuesto previamente.
Por lo que someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único: La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a emitir alerta de violencia de género en los 217 municipios del estado de Puebla.
Notas
1 Unicef, La violencia de género en situación de emergencia [ En Línea] [Fecha de consulta 20 de febrero 2020] Disponible en: https://www.unicef.org/spanish/protection/57929_58001.html
2 The New York Times, Las Mujeres de México toman las calles para protestar contra la violencia, [En Línea] [Fecha de consulta 12 de marzo 2020] Disponible en:
https://www.nytimes.com/es/2020/03/10/espanol/mexico-par o-mujeres-protestas.html
3 Gobierno de México, Alerta de Genero, [En Línea] [Fecha de consulta 28 de febrero 2020] Disponible en
https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/alerta -de-violencia-de-genero-contra-las-mujeres-80739
4 El Economista, CDMX activa alerta de género; 19 de 32 de estados están en foco rojo, [En Línea] [ Fecha de consulta 03 de marzo 2020] Disponible en:
https://www.eleconomista.com.mx/politica/CDMX-activa-ale rta-de-genero-19-de-32-estados-estan-en-foco-rojo-20191121-0066.html
5 Gobierno de México, Declaratoria de violencia de genero contra las mujeres para 50 municipios del Estado de Puebla, [En Línea] [Fecha de consulta 11 de marzo 2020] Disponible en: https://www.gob.mx/conavim/prensa/declaratoria-de-alerta-de-violencia-d e-genero-contra-las-mujeres-para-50-municipios-del-estado-de-puebla-196 911?idiom=es
6 Ibídem
7 registra Puebla 52 asesinatos de mujeres de enero a julio [fecha de consulta 02 febrero 2020] disponible en: https://www.milenio.com/policia/registra-puebla-52-asesinatosde-mujeres -enero-julio
8 Sumaron 60 feminicidios en Puebla durante 2019, reporta FGE [en línea] [fecha de consulta 2020] disponible en: https://www.angulo7.com.mx/2020/02/02/sumaron-60-victimas-de-feminicidi os-en-puebla-durante-2019-reporta-fge/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo 2020.
Diputado David Bautista Rivera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal, el Poder Judicial, los gobernadores y los alcaldes a implantar el programa de continuidad de operaciones establecido en la Ley General de Protección Civil respecto a situaciones de emergencia e instaurar el trabajo a distancia del personal adscrito a las instituciones públicas cuyas funciones lo permitan, a cargo de la diputada María de los Ángeles Ayala Díaz, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, María de los Ángeles Ayala Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a los titulares del Poder Ejecutivo federal y del Poder Judicial, a los gobernadores y a los alcaldes a implantar el programa de continuidad de operaciones que establece la Ley General de Protección Civil en situaciones de emergencia, así como instaurar el trabajo a distancia del personal que labora en las instituciones públicas cuyas funciones lo permitan, a fin de prevenir el contagio y tener respuesta oportuna ante la pandemia del coronavirus, con base en las siguientes
Consideraciones
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), es la primera vez que una epidemia causada por un coronavirus es considerada como pandemia. Los coronavirus son una extensa familia de virus, algunos de los cuales puede ser causa de diversas enfermedades humanas, que van desde el resfriado común hasta el síndrome respiratorio agudo severo. Los virus de esta familia también pueden causar varias enfermedades en los animales.1
La epidemia de la enfermedad por coronavirus 2019 (Covid-19) comenzó a finales de diciembre de 2019 en un mercado de animales de Wuhan, capital de la provincia de Hubei, en China central. Desde entonces se ha extendido rápidamente por China y en otros países.
El agente etiológico es un nuevo coronavirus, SARS-Cov-2, llamado así por la similitud de sus síntomas agudo con los inducidos por el síndrome respiratorio severo SARS que surgió en 2012.
Según identificaron los científicos, las secuencias genómicas de los virus del SARS-Cov-2 aisladas de varios pacientes comparten una identidad de secuencia superior a 99,9 por ciento, lo que sugiere un cambio muy reciente del huésped en humanos.2
La propagación de este coronavirus a escala mundial ha sido de tal magnitud que el miércoles 11 de marzo de 2020 la OMS clasificó el Covid-19 como una pandemia. Para ella, una pandemia es una enfermedad epidémica que se extiende en varios países del mundo de manera simultánea.
Para esa fecha, las declaraciones del director general de la OMS fueron en el sentido de que el número de casos de coronavirus fuera de China aumentó 13 veces y que el de países afectados se triplicó en las últimas dos semanas.
Las afectaciones por esta pandemia han provocado crisis en diferentes países, incluyendo México. Los resultados de estas afectaciones se han visto reflejados no sólo en la salud de la población, las condiciones económicas y sociales también han sido deterioradas.
El 13 de marzo de 2020, los diarios anunciaron: Las autoridades italianas de protección civil dan a conocer que el número de infecciones por coronavirus se han disparado a más de 2 mil 500 en las últimas 24 horas, mientras que se registraron 250 muertes en un solo día, el mayor salto para ese periodo.
Eso lleva el número total de infectados en Italia a 17 mil 660 desde que comenzó el brote el 21 de febrero, y el número de muertes relacionadas con la pandemia a mil 266.3
El mismo día, la OMS declaró: Europa se ha convertido ahora en el epicentro de la pandemia de Covid-19, con más casos y muertes notificados que el resto del mundo, aparte de China. Cada día se denuncian más casos de los que se registraron en China durante el apogeo de su epidemia.
En México, el jueves 12 de marzo el peso tuvo una pérdida de más de 3 por ciento, y es la primera vez que la divisa se ofrece en más de 22 unidades desde el 19 de enero de 2017. El mismo día la Bolsa Mexicana de Valores paró de emergencia tras un desplome de 7 por ciento.
El índice de precios y cotizaciones bajó 7.53 por ciento, a 35 mil 767.31 puntos. La última vez que ocurrió esto fue en 2015, por fallas cerca del cierre de mercados. El crudo nacional cerró en 25.93 dólares por barril, una baja de 5.4 por ciento.
Frente a este panorama, el jueves 12 de marzo, la UNAM anuncia que prevé suspender de manera paulatina actividades masivas a partir del 23 de marzo debido a la muy probable propagación del Covid-19 por el país.
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados considera que debido a la declaratoria del Covid-19 como pandemia por la OMS, y ante la inminente transición de la fase 1 a las siguientes fases de expansión del virus en el país, dispone la implantación de diversas acciones en la Cámara de Diputados, entre las que se encuentra 8. En fases posteriores y de ser necesario, se implementarán medidas que habiliten el trabajo a distancia del personal de la Cámara de Diputados cuyas funciones lo permitan.4
Por último, la Secretaría de Salud federal recomendó que las personas que presenten síntomas de enfermedades respiratorias como fiebre, dolor de garganta, tos, estornudos, pero que no tienen antecedente de viaje a sitios donde existe la trasmisión de Covid-19, mejor que se queden en casa.
El objetivo de la presente proposición con punto de acuerdo es contribuir a prevenir mayores afectaciones a la población, y evitar en lo posible el avance de la pandemia.
Por lo expuesto someto a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los titulares del Poder Ejecutivo Federal, del Poder Judicial y gobernadores de las entidades federativas y de municipios, a fin de implementar el programa de continuidad de operaciones que establece la Ley General de Protección Civil en situaciones de emergencia, para que, con base en las fases correspondientes, así como instrumentar el trabajo a distancia del personal que labora en las instituciones públicas cuyas funciones lo permitan, con el fin de prevenir el contagio y tener respuesta oportuna ante la pandemia del coronavirus.
Notas
1 https://www.who.int/csr/disease/coronavirus_infections/es/
2 https://www.infobae.com/america/tendencias-america/2020/03/05/coronavir us-el-origen-y-la-evolucion-continua-de-un-patogeno-mortal/
3 https://www.elfinanciero.com.mx/salud/italia-registra-250-muertes-por-c oronavirus-en-24-horas-el-mayor-salto-en-un-dia
4 Acciones de la Cámara de Diputados para prevenir el contagio del Covid-19.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputada María de los Ángeles Ayala Díaz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a emitir un decreto sobre acciones en materia de salubridad general para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del Covid-19, a cargo de la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita diputada Soraya Pérez Munguía, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 73, fracción XXXI, y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía, para su análisis, discusión y aprobación en su caso, proposición de punto de acuerdo a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a fin de exhortar, con el carácter de urgente al poder Ejecutivo federal a hacer uso de la facultad que le otorga el artículo 73, fracción XVI, bases primera a cuarta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y dicte de manera urgente un decreto por el que se ordenen diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del Covid19, al tenor de los siguiente:
Considerando
Primero. Que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en términos del marco constitucional y legal aplicable.
Segundo. Que es deber del gobierno mexicano implementar las medidas preventivas, de control y combate a cualquier enfermedad transmisible que pueda constituir una amenaza a la salud humana, al orden o la paz públicos.
Tercero. - Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 73, fracción XVI, Bases 2a. y 3a., que en caso de epidemias de carácter grave, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, con la posterior sanción y promulgación del Presidente de la República.
Cuarto. Que la autoridad sanitaria, en la determinación de las medidas aludidas en el considerando anterior, será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por todas las autoridades administrativas del país.
Quinto. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3o., fracciones XV y XVII, de la Ley General de Salud, la prevención y control de las enfermedades transmisibles, así como la prevención y el control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud del hombre, son materias de salubridad general.
Sexto. Que el artículo 133, fracción II, de la Ley General de Salud, dispone que la Secretaría de Salud establecerá y operará un Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, de conformidad con lo que dicha ley establece y las disposiciones que al efecto se expidan.
Séptimo. Que dadas las actuales condiciones de propagación del denominado Covid19, es imperativo que todas las acciones que tome el Gobierno Federal se realicen con apego a derecho, por lo que se hace indispensable que el Titular del Poder Ejecutivo Federal dicte de manera urgente un decreto por el que se ordenen diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del Covid19.
Octavo. Asimismo, el Decreto que al efecto dicte el Ejecutivo Federal, deberá dictar, entre otras medidas, aquéllas que permitan establecer temporalmente, jornadas laborales de trabajo a distancia y de tiempo parcial, en aras de reducir el contacto social; y al mismo tiempo de garantizar que los salarios y prestaciones de los trabajadores no se vean modificados por la pandemia del Covid19.
Noveno. Por otra parte, el Decreto antes aludido, deberá prever las medidas atinentes a cumplir con lo dispuesto en los artículos 42 Bis, 168, 175, 427, fracción VII y 429, fracción IV de la Ley Federal del Trabajo, en el sentido que mediante la declaratoria que se realice por medio de la orden que emita el Poder Ejecutivo en los términos aquí exhortados, se tenga en cuenta para la suspensión temporal de las relaciones de trabajo, lo siguiente:
No podrá utilizarse el trabajo de mujeres en periodos de gestación o de lactancia;
Las trabajadoras que se encuentren en este supuesto, no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos;
No podrá utilizarse el trabajo de menores de dieciocho años y no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos;
Los patrones mediante la vigencia de la declaratoria antes referida, no requerirán aprobación o autorización de la autoridad para la suspensión temporal de las relaciones de trabajo y estarán obligados a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión, sin que pueda exceder de un mes.
Por todo lo expuesto, se procede a emitir el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Proposición de punto de acuerdo a la Comisión Orgánica de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a fin de exhortar, con el carácter de urgente, al Poder Ejecutivo federal a hacer uso de la facultad que le otorga el artículo 73, fracción XVI, bases primera a cuarta de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y dicte de manera urgente un decreto por el que se ordenen diversas acciones en materia de salubridad general, para prevenir, controlar y combatir la existencia y transmisión del Covid19.
Diputada Soraya Pérez Munguía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos federal y locales a elaborar programas y protocolos de actuación preventivos de extorsiones, a cargo de la diputada Adriana Paulina Teissier Zavala, del Grupo Parlamentario del PES
La que suscribe, diputada Adriana Paulina Tessier Zavala, integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
El delito de extorsión es de tipo patrimonial, aunque su esfera de acción puede impactar en la salud y en la estabilidad emocional de las personas. La extorsión, al igual que otros delitos, como el soborno, el secuestro y la corrupción, socavan el desarrollo económico y dañan la paz social.
Desde la Agenda 2030 de la ONU se ha llamado a las naciones para que los delitos que erosionan la confianza en la administración pública, aumentan la desigualdad y acrecientan la pobreza, tengan la mayor atención por parte de los gobiernos.
Así, en las disposiciones de tipo penal, el artículo 390 del Código Penal Federal se señala que se comete extorsión cuando sin derecho se obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial. En la tipificación del delito elaborada por el Gobierno de México, puede dividirse entre directo o indirecto.1
La extorsión directa ocurre cuando el delincuente se presenta físicamente en el establecimiento o domicilio particular para amenazar al propietario, al personal que ahí labora o al propietario del inmueble. En esta modalidad, es común que el delincuente se identifique como integrante de una organización delictiva. Su objetivo reside en cobrar una cantidad monetaria para brindar seguridad o evitar cometer acciones que dañen la integridad de las personas. La extorsión es al mismo tiempo una amenaza de privar de la vida a algún familiar o a una probable víctima, así como causar afectaciones materiales si no se entrega una cantidad de dinero, ya sea en una emisión o de manera periódica.
Por otro lado, en la extorsión indirecta se detectan seis versiones de este tipo de delitos, en el que es frecuente el uso del servicio de telefonía, a través de: un premio, secuestro virtual de un familiar, familiar proveniente del extranjero detenido, amenaza de muerte o secuestro, amenaza de supuestos funcionarios federales y deudas contraídas.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe) 2019, durante 2018 se cometieron en el país 5.7 millones de delitos de extorsión, lo cual representa una tasa de 6 mil 542 extorsiones por cada 100 mil habitantes.2
La Envipe 2019 permite estimar que, a nivel nacional, la cifra negra se mantuvo en 93.2 % de los delitos cometidos en los cuales no hubo denuncia o no se inició averiguación previa o carpeta de investigación durante 2018. La cifra negra en el delito de extorsión fue de 97.9 por ciento.
Según el Observatorio Nacional Ciudadano sobre Seguridad, Justicia y Legalidad, el estado de Quintana Roo es la quinta entidad con mayor número de extorsiones de tipo virtual, presencial y telefónica en el país.3
Durante los últimos años, en México se ha hecho alusión a este delito como una de las principales conductas que afectan la tranquilidad y seguridad de la sociedad en su conjunto, al grado de que tal delito ha experimentado cierta normalización, dada su cotidianeidad. Sin embargo, para generar un diagnóstico sobre este ilícito en nuestro país, no basta con estas referencias, sino que es relevante contar con una base teórica mínima que nos permita ubicarlo en el marco de la diversificación de actividades de las organizaciones del crimen organizado y la estrecha conexión que tiene con la corrupción.
En el ámbito jurídico, la extorsión es un delito que consistente en obligar a una persona, a través de la utilización de violencia o intimidación, a realizar u omitir un acto o negocio jurídico con ánimo de lucro y con la intención de producir un perjuicio de carácter patrimonial del sujeto pasivo o de un tercero.2
En diferentes ciudades de nuestro país, se comete el delito de extorsión, mismo que se ha extendido significativamente, afectando la tranquilidad, seguridad y patrimonio de miles de personas cada año. De acuerdo con nuestro Código Penal Federal en su Capítulo III BIS, Artículo 390 menciona lo siguiente:4
Artículo 390 .- Al que sin derecho obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro para sí o para otro o causando a alguien un perjuicio patrimonial, se le aplicarán de dos a ocho años de prisión y de cuarenta a ciento sesenta días multa.
Las penas se aumentarán hasta un tanto más si el constreñimiento se realiza por una asociación delictuoso, o por servidor público o ex-servidor público, o por miembro o ex-miembro de alguna corporación policial o de las Fuerzas Armadas Mexicanas. En este caso, se impondrá además al servidor o ex-servidor público y al miembro o ex-miembro de alguna corporación policial, la destitución del empleo, cargo o comisión y la inhabilitación de uno a cinco años para desempeñar cargo o comisión público, y si se tratare de un miembro de las Fuerzas Armadas Mexicanas en situación de retiro, de reserva o en activo, la baja definitiva de la Fuerza Armada a que pertenezca y se le inhabilitará de uno a cinco años para desempeñar cargos o comisión públicos.
Actualmente, existen diversos tipos de extorsión, sin embargo, destacan la directa y la indirecta:5
La directa se realiza cuando el extorsionador llega a la oficina de la víctima y al estar en su presencia le muestra una foto su familia tomada el mismo día, ahí afirma tenerlos secuestrados y exige dinero; la indirecta ocurre cuando la víctima recibe una llamada a cambio de no hacerle daño o su familia.
La indirecta tiene un creciente impacto, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) señala que es uno de los delitos que más creció en fechas recientes, así como el homicidio y el secuestro. El Consejo Ciudadano de la Ciudad de México halló que hay más de 105 mil números telefónicos desde donde se hicieron intentos de extorsión, por ello el trabajo en la materia es apremiante
De enero a noviembre de 2019, el estado reportó ante el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, un total de 254 denuncias por el delito de extorsión, de las cuales 153 son sólo del municipio de Benito Juárez; según el Semáforo Delictivo Nacional.6
Comparado con el mismo período en el 2018, las extorsiones en este destino turístico internacional se incrementaron en un 163 por ciento, mientras que a nivel estatal se incrementaron en 117 por ciento. Esto, sin tomar en cuenta la gran cantidad de denuncias que no son presentadas pertenecientes a la cifra negra, entre las causas principales está el miedo y desconfianza en las autoridades, así como la corrupción al interior de las autoridades de gobierno.
El cobro de derecho de piso y las extorsiones hacia el sector empresarial se han convertido en una amenaza muy peligrosa para el motor económico en Quintana Roo, ya que el delito ha presentado una curva de crecimiento.
La amenaza ha tenido repercusiones como el cierre de negocios y se han perdido fuentes de empleo debido al problema de que el sector productivo está siendo foco de manera constante de los altos índices delictivos.7
Tanto ha crecido el delito de extorsión en Quintana Roo que no importa el giro del negocio, pues lo mismo da que sea una empresa grande, a un simple puesto de tacos, tiendita de la esquina, vendedor ambulante, o cualquier tipo de comerciante. La Coparmex ha reportado que la entidad es la única en toda la república mexicana que tiene la presencia de siete cárteles de narcotráfico.8
Por ejemplo, un hombre fue ejecutado a balazos en Playa del Carmen, al interior de un modesto negocio de venta de pollos crudos, y el error que le costó la vida fue negarse a pagar las extorsiones de un grupo delictivo, que le exigía el llamado derecho de piso.9
La historia se repite así en cada caso, en donde las víctimas son amedrentadas para pagar derecho de piso, a cambio de que sus locales no sean atacados, o que ellos o sus familiares no sean lesionados o incluso asesinados.
Negocios de todo tipo, empresarios y comerciantes en Quintana Roo, son algunos de los que más sufrieron durante el año 2019; al ser víctimas de extorsiones y ejecuciones del crimen organizado, delito que se incrementó a comparación del año pasado.10
La extorsión se ha convertido en uno de los delitos de alto impacto que más ha aumentado en los últimos años, es el segundo delito que se reporta con mayor frecuencia en el país, sólo por debajo del robo o asalto en la calle o en el transporte público. El aumento de este delito en el Estado de Quinta Roo es ostensible por las cifras y por la percepción de la ciudadanía.
Ante el incremento de las extorsiones a personas dedicadas al comercio, como son hoteles, restaurantes o cualquier tipo de negocios establecidos, el 11 de octubre la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo creó la Unidad Antiextorsión en el municipio de Solidaridad y se estableció una línea telefónica, mediante la plataforma de WhatsApp que permanecerá activa las 24 horas los 7 días de la semana.
No obstante, lo anterior, estas acciones no han sido suficientes pues la cultura de la denuncia no es efectiva o no se realiza por temor, es necesario que la autoridad investigadora fortalezca los operativos para detener a quienes se dedican a estas actividades delictivas.
Oscar Montes de Oca, Fiscal General de Quintana Roo, señaló: Solo tenemos 36 denuncias esa es nuestra preocupación, la gente dedicada al comercio son víctimas de la extorsión, pero no se animan a denunciar.
El artículo 156 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo dispone que comete el delito de extorsión quien con ánimo de lucro para sí o para otro, obligare a otra persona, con violencia moral o intimidación, a realizar, omitir, o tolerar un acto o negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio o del de un tercero, y se le impondrá de doce a dieciocho años de prisión y de ochocientos a mil días multa.
Cuando en la comisión del delito se configuren los siguientes supuestos, la pena de prisión será de veinte a veinticinco años y la multa de mil a mil quinientos días multa:
I. Intervenga una o más personas armadas, portando instrumentos peligrosos;
II. Se emplee violencia física, en la víctima o de un tercero;
III. Se cometa en contra de un menor de edad, persona mayor de sesenta años de edad o persona con alguna discapacidad; o
V. Cuando el sujeto activo se encuentre privado de su libertad bajo cualquier circunstancia en un Centro de Reclusión Estatal o Federal a disposición de cualquier autoridad.
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo la Fiscalía tendrá como fines la investigación de los delitos y el esclarecimiento de los hechos; otorgar una procuración de justicia eficaz, efectiva, apegada a derecho, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune, así como proveer, proteger, respetar y garantizar los derechos de verdad, reparación integral y de no repetición de las víctimas, ofendidos en particular y de la sociedad en general.
Conforme a la Ley de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo se entiende por Seguridad Pública, la función a cargo del Estado y los Municipios, tendiente a salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, así como preservar las libertades, el orden y la paz públicos y comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, la sanción de las infracciones administrativas y la reinserción social del sentenciado en términos de esta ley, en las respectivas competencias establecidas en la Constitución y demás normatividad aplicable (artículo 2).
En términos del artículo 17 de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Quintana Roo corresponde al Secretario de Seguridad Pública, el ejercicio de las siguientes facultades:
I. Conducir la política estatal en materia de Seguridad Pública, proveyendo en el ámbito de su competencia, lo necesario para su cabal cumplimiento de acuerdo a los lineamientos del Ejecutivo del Estado;
II. Coordinar la investigación de los delitos en términos generales utilizando técnicas especiales para la investigación en términos de la Legislación procesal penal aplicable;
IV. Instruir la implementación de los sistemas destinados a obtener, analizar, estudiar y procesar información para la prevención de los delitos, mediante métodos que garanticen el estricto respeto a los derechos humanos;
XXI. Elaborar, coordinar y vigilar la ejecución de los programas de prevención del delito en el Estado, a fin de consolidar las políticas de protección social de la población, en coordinación con las autoridades locales y federales involucradas;
Ante el alarmante incremento de extorsiones en el estado de Quintana Roo y las graves consecuencias que representa para la economía local, se presenta esta proposición con el objeto de exhortar al Gobernador del Estado de Quintana Roo para que a través del Secretario de Seguridad Pública ordene la elaboración de un programa de prevención del delito de extorsión en coordinación con las autoridades locales.
Asimismo, se propone exhortar a la Secretaría de Seguridad Pública para que fortalezca la investigación del delito de extorsión en Quintana Roo con técnicas especiales para la investigación.
También se propone exhortar a la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo para que fomente la cultura de la denuncia del delito de extorsión en la entidad federativa.
Por último, con el propósito de sancionar el conocido como cobro de derecho de piso se propone exhortar al Congreso del Estado de Quintana Roo para que reforme el artículo 156 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo a fin de establecer como una agravante que el extorsionador atente contra el patrimonio de la víctima.
Por lo expuesto, y con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a fin de exhortar al gobierno federal y a los a estados a ordenar por su Secretaría de Seguridad Pública la elaboración de programas y protocolos de actuación preventivos de extorsiones.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, con pleno respeto al sistema federal y soberanía de los estados, a lo secretarios de Seguridad Pública ordene la elaboración de un programa de prevención del delito de extorsión que se lleve a cabo en coordinación con las autoridades locales.
Notas
1 Conoce los tipos de extorsión, [en línea], disponible en web: https://www.gob.mx/policiafederal/articulos/conoce-los-tipos-de-extorsi on
2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/20 19/doc/envipe2019_presentacion_nacional.pdf
3 ¿Para qué sirve la unidad anti-extorsión en Quintana Roo?, [en línea], disponible en web: https://noticieros.televisa.com/ultimas-noticias/ponen-marcha-unidad-an ti-extorsion-quintana-roo/
4 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_240120.pdf
5 ttp://terceravia.mx/2017/02/la-extorsion-en-mexico/
6 Cifra negra en extorsiones, [en línea], disponible en web: https://www.poresto.net/2019/12/28/cifra-negra-en-extorsiones/
7 Masivo cierre de negocios, Por esto, 19 de febrero de 2019, {en línea], disponible en web:
https://www.poresto.net/2019/02/09/masivo-cierre-de-nego cios/
8 Único estado con siete cárteles: Q. Roo, Diario de Yucatán, 8 de febrero de 2020, {en línea], disponible en web: https://www.yucatan.com.mx/mexico/unico-estado-con-7-carteles-q-roo
9 Cifra negra en extorsiones, Por esto, 28 de diciembre de 2019, {en línea], disponible en web:
https://www.poresto.net/2019/12/28/cifra-negra-en-extors iones/
10 A diferencia de los últimos cinco años, las extorsiones en Quintana Roo en el 2019 se triplicaron, teniendo como consecuencia el cierre de negocios, https://www.meganews.mx/quintanaroo/extorsiones-en-quintana-roo-crecier on-en-el-2019/
Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 11 de marzo de 2020.
Diputada Adriana Paulina Tessier Zavala.
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Mesa Directiva de la colegisladora a solicitar a las comisiones respectivas que dictaminen la minuta con proyecto de decreto por el cual se expide la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia, aprobado el 5 de diciembre de 2019 en esta soberanía, suscrita por los diputados Leticia Mariana Gómez Ordaz y Arturo Escobar y Vega e integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena
Quienes suscriben, diputada Leticia Mariana Gómez Ordaz, diputado coordinador Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados federales Francisco Elizondo Garrido; Nayeli Arlen Fernández Cruz; Alfredo Antonio Gordillo Moreno; Ana Patricia Peralta de la Peña, Érika Mariana Rosas Uribe, del Grupo Parlamentario de Morena, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, Héctor Serrano Cortés, legisladores sin grupo parlamentario integrantes de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 6, numeral 1, fracción I; así como el artículo 79, numeral 3, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
1. Introducción
El cáncer infantil debe ser considerado una enfermedad prioritaria en salud pública. De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, es una de las principales causas de mortalidad entre niños y adolescentes en el mundo; cada año se diagnostica a unos 300 mil niños de entre 0 y 18 años.
A diferencia del cáncer en adultos, la inmensa mayoría de los cánceres en los niños no tiene una causa conocida. Muchos estudios han tratado de identificar las causas del cáncer infantil, pero son muy pocos los causados por factores ambientales o relacionados con el modo de vida en los niños.
Dado que el cáncer en los niños no se puede prevenir, la estrategia más eficaz para reducir su carga consiste en centrarse en el diagnóstico precoz y correcto, seguido de una terapia eficaz.
Cuando el cáncer se detecta en una fase temprana, es más probable que responda a un tratamiento eficaz y aumenten las probabilidades de supervivencia, se reduzca el sufrimiento y el tratamiento resulte más económico y menos intensivo, por lo que es necesario que se tenga como estrategia prioritaria en el país el diagnóstico oportuno.
Un diagnóstico correcto a tiempo es la diferencia entre la vida y la muerte. Se puede mejorar significativamente la vida de los niños con cáncer si la enfermedad se detecta pronto y se evitan los retrasos en el tratamiento.
El diagnóstico oportuno consta de tres componentes:
1. Concienciación en los ambientes familiar y escolar, y acceso a la atención sanitaria;
2. Evaluación clínica, diagnóstico y determinación del estadio (averiguar hasta qué punto se ha propagado el cáncer); y
3. Acceso al tratamiento.
México tiene una tasa de mortalidad de las más altas consecuencia de un diagnóstico tardío por lo que es necesario enfrentar el problema con un esfuerzo en conjunto del gobierno y sociedad a efecto de instaurar acciones para garantizar el diagnóstico oportuno y la atención integral de los menores de 18 años que padecen cáncer, a fin de reducir sustancialmente el número de muertes por esta causa.
Actualmente, generar un enfoque de atención primaria con énfasis en prevención y diagnóstico temprano del cáncer pediátrico representa un gran reto, ya que la mayoría de las acciones están enfocadas a prevención secundaria, es decir, a minimizar el daño y los estragos de la enfermedad una vez diagnosticada, de tal suerte que es necesario proporcionar el marco legal para replantear una estrategia efectiva centrada principalmente en el diagnóstico oportuno y en garantizar el acceso al tratamiento idóneo.
2. Estadísticas relativas al cáncer infantil en México
En México es la principal causa de muerte por enfermedad entre los 5 y 14 años de edad, y cobró más de 2 mil vidas anuales en promedio en la última década.
Del 80 a 95 por ciento de los casos de cáncer infantil se pueden curar si son detectados en etapas tempranas.
En México el 75 por ciento de los casos de cáncer en menores de 18 años en México, se diagnostican en etapas avanzadas de la enfermedad.
De acuerdo con los datos estadísticos nacionales, en México la sobrevida a 5 años para todos los tipos de cáncer es de 56 por ciento.
En países con altos ingresos la sobrevida es mayor al 80 por ciento, sin embargo, en países de ingresos medios o bajos la sobrevida apenas alcanza un 20 por ciento.
El cáncer es una de las enfermedades que mayor impacto económico representa para el enfermo y su familia. La Asociación Mexicana de Ayuda a Niños con Cáncer estima que el tratamiento para el cáncer infantil cuesta alrededor de 9 mil pesos semanales en promedio, lo cual significa 468 mil pesos anuales. Esta cantidad resulta más elevada en la medida de que tarde el diagnostico.
Los estados de la República con mayor tasa de Incidencia por cáncer en la infancia (0 a 9 años): Durango, Colima, Aguascalientes, Sinaloa y Tabasco.
En la adolescencia (10 a 19 años), las entidades con mayor tasa de Incidencia por cáncer son: Campeche, Colima, Aguascalientes, Nuevo León y Morelos.
Las entidades federativas con mayor tasa de mortalidad en niños (0 a 9 años) son: Campeche, Chiapas, Aguascalientes, Colima y Tabasco.
En adolescentes (10 a 19 años) la mayor tasa de mortalidad corresponde a: Campeche, Tabasco, Chiapas, Oaxaca e Hidalgo.
3. Propuesta legislativa.
En virtud de lo anterior, el 5 de diciembre de 2019 se aprobó por el pleno de la Cámara de Diputados la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia .
Documento legislativo, que en términos generales aborda la problemática a través de las siguientes vertientes:
Propone crear una red nacional de apoyo contra el cáncer infantil, con el objetivo de que en cada centro de atención de primer nivel se cuente con un módulo especializado capacitado para referenciar a los menores a la unidad médica acreditada.
Plantea la creación del Registro Nacional para el Cáncer Infantil, con el propósito de llevar en tiempo real datos sobre el diagnóstico, seguimiento y evolución del tratamiento del paciente, con la información que permita una atención de calidad y la realización de estudios científicos.
Impone la obligación a las autoridades para que desde el momento en que se tenga la presunción de cáncer se autoricen todos los estudios correspondientes hasta confirmar su diagnóstico, y la de remitir en un plazo de máximo 72 horas a la unidad médica acreditadas.
Se señala a las autoridades previstas la obligatoriedad de establecer programas de capacitación continua con el objetivo de que los médicos pasantes del servicio social, así como médicos generales de primer contacto, pediatras y enfermería, cuenten con las herramientas necesarias para lograr identificar oportunamente signos y síntomas de cáncer infantil.
Incorpora como estrategia prioritaria la de implementar campañas de comunicación masiva para crear conciencia social sobre el cáncer en la infancia y la adolescencia.
Incluye como beneficiaros de la ley a la población mayor de 18 años que estén recibiendo tratamiento por cáncer, hasta que éste se concluya, siempre y cuando el diagnóstico y tratamiento haya sido realizado e iniciado cuando eran menores de edad.
En conclusión:
Por ello, se solicita, muy respetuosamente, que el Senado de la República pueda continuar con el proceso legislativo de la minuta que contiene el proyecto de decreto que expide la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia que se aprobó el 5 de diciembre de 2019 en la cámara de Diputados y fue remitido a la Cámara revisora para la continuidad del proceso legislativo.
Dicha modificación permitiría a México contar con un marco legal adecuado para promover la detección temprana de cáncer en niñas, niños y adolescentes, así como garantizar el acceso oportuno al tratamiento, lo que puede implicar la diferencia entre la vida y la muerte para la mayoría de los pacientes.
En este sentido es que se hace un muy respetuoso exhorto para dar prioridad al estudio y dictamen de la minuta en comento y así concluir con el proceso legislativo correspondiente.
Al transcurrir más tiempo sin que se lleve a cabo la aprobación de esta minuta, estamos dejando a miles de personas sin el regalo de la vida.
Como legisladores tenemos la oportunidad de mejorar la calidad de vida de la niñez mexicana.
Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Mesa Directiva del Senado de la República para que solicite a las comisiones respectivas que dictaminen la Minuta que contiene el proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y Adolescencia que se aprobó el 5 de diciembre de 2019 en la Cámara de Diputados.
Palacio Legislativo de San Lázaro Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, a los 18 días del mes de marzo de 2020.
Diputados: Leticia Mariana Gómez Ordaz (rúbrica), Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jorge Francisco Corona Méndez, José Ricardo Gallardo Cardona, Zulma Espinoza Mata, Marco Antonio Gómez Alcantar, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, Lilia Villafuerte Zavala, Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Érika Mariana Rosas Uribe, Ana Patricia Peralta de la Peña, Héctor Serrano Cortés, Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez.
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Congreso de Tlaxcala a emprender medidas legislativas para crear una FGJ local, a cargo de la diputada Claudia Pérez Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Morena
Claudia Pérez Rodríguez, diputada federal de la LXIV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en la fracción I del numeral 1 del artículo 6 y numeral 1, fracción II, del artículo 79, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de la Cámara de Diputados la presente proposición con punto de acuerdo, bajo las siguientes
Consideraciones
Primera . La reforma de 2008 a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia procesal penal, implicó el cambio del sistema penal inquisitorio hacia uno de corte acusatorio, basado en los principios de transparencia, presunción de inocencia, equidad entre las partes, oralidad, control de la producción de la prueba y también un mayor control de las instituciones y operadores que intervienen en el proceso penal.
Este cambio de paradigma otorgó un plazo de 8 años, es decir, hasta 2016, para la implementación del nuevo sistema penal en todo el país, según lo establecido en el artículo segundo transitorio del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de julio de 2008,1 mismo que a letra señala:
Segundo . El sistema procesal penal acusatorio, previsto en los artículos 16, párrafos segundo y decimotercero; 17, párrafos tercero, cuarto y sexto; 19; 20 y 21, párrafo séptimo, de la Constitución, entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de este Decreto. En consecuencia, la federación, los estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán expedir y poner en vigor las modificaciones u ordenamientos legales que sean necesarios a fin de incorporar el sistema procesal penal acusatorio . La federación, los estados y el Distrito Federal adoptarán el sistema penal acusatorio en la modalidad que determinen, sea regional o por tipo de delito. En el momento en que se publiquen los ordenamientos legales a que se refiere el párrafo anterior, los poderes u órganos legislativos competentes deberán emitir, asimismo, una declaratoria que se publicará en los órganos de difusión oficiales, en la que señale expresamente que el sistema procesal penal acusatorio ha sido incorporado en dichos ordenamientos y, en consecuencia, que las garantías que consagra esta Constitución empezarán a regular la forma y términos en que se substanciarán los procedimientos penales.
Sin embargo, a pesar del largo período de tiempo que fue otorgado a las entidades federativas y a la federación y de los cuantiosos recursos financieros asignados para capacitar a los operadores en las nuevas reglas del sistema acusatorio, no se prestó la debida atención en tener mejores capacidades para poner en claro los hechos que constituyen un delito, lo que ha llevado a un fracaso de las políticas de seguridad y justicia y las deficientes capacidades para investigar y perseguir los delitos, lo que ha dado como resultado que en las entidades federativas exista un altísimo nivel de impunidad en la persecución de los delitos del orden común, cercano al 98 por ciento.
Segunda . El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación,2 decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de crear una Fiscalía General Autónoma, para reemplazar a la Procuraduría General de la República (PGR). Esta reforma fue la primera de varias modificaciones necesarias para la existencia de una verdadera Fiscalía General, que pueda empezar a investigar delitos con verdadera autonomía.
Esta modificación tuvo, entre otros, los ejes siguientes:
1) La creación de la Fiscalía General de la República, como un órgano público autónomo, que elimina el esquema donde el ministerio público era una oficina del Poder Ejecutivo como encargada de investigar y perseguir delitos federales.
A diferencia de la extinta Procuraduría General de la República, la Fiscalía es un ente autónomo y estará separada de dicho poder del Poder Ejecutivo. Ello, a fin de darle al fiscal la autonomía y libertad de investigar, sin influencias o presiones del Ejecutivo, los casos que sea necesarios para reducir la criminalidad, la violencia y la corrupción en el país, incluso si ello implica investigar a altos funcionarios o políticos, al círculo cercano del presidente, a su partido político y al presidente mismo.
2) Se estableció el plazo de nueve años como duración del cargo de fiscal general. Con la reforma, el fiscal general permanecerá en su cargo más allá de los cambios en la presidencia de la República. Este nuevo aspecto de la reforma es un mecanismo para evitar o dificultar los intentos de control por parte del presidente en investigaciones donde éste tenga un interés particular.
También busca dar estabilidad y continuidad al trabajo del fiscal, según cifras de la otrora PGR, en la última década, cada procurador general de la República en México, ha durado en promedio sólo un año y medio en su cargo,3 y de otros funcionarios de la institución, tales como fiscales especializados, titulares de unidades de investigación y procuradores.
En la práctica, las víctimas de delitos y violaciones a derechos humanos son quienes han sido impactados por los cambios constantes de los funcionarios de la entonces PGR: desde la falta de resultados en las investigaciones, la imposibilidad de llamar a rendir cuentas a funcionarios que de un día para otro abandonaban la entonces PGR y la falta de continuidad en las políticas de mediano y largo plazo para combatir los fenómenos criminales.
3) El Senado tiene un papel predominante en la evaluación y selección de los candidatos a fiscal general. Con la reforma, se eliminó la práctica de permitir al presidente imponer a un candidato único a procurador general de la República. Antes de la reforma al artículo 102, el Senado tenía el poder constitucional de objetar al candidato a procurador general propuesto por el presidente, pero en la realidad, jamás ejerció ese poder, ni evaluó seriamente sus méritos, idoneidad, ni mucho menos, su independencia del poder político.
Tercera. El día 14 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación,4 decreto para expedir la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República para darle vida a este nuevo ente Constitucionalmente autónomo y que entre sus disposiciones señala:
Artículo 1 . Objeto de la ley.
La presente Ley tiene por objeto reglamentar la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables.
Artículo 3. Principios Rectores
La Fiscalía General de la República regirá su actuación por los principios de autonomía, legalidad, objetividad , eficiencia, profesionalismo, honradez , respeto a los derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad, perspectiva de niñez y adolescencia, accesibilidad, debida diligencia e imparcialidad.
En todos los casos deberán observarse los principios de equidad, igualdad sustantiva y no discriminación en razón de la condición étnica, migratoria, de género, edad, discapacidad, condición social, salud, religión, opiniones, preferencia, orientación o identidad sexual, estado civil o cualquier otra condición o motivo que atente contra la dignidad humana; o bien, tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables.
Cuarta . Por otra parte, es necesario señalar, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, desde el 2006 con su Informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas,5 ha considerado a los operadores de justicia como una categoría especial de defensores de derechos humanos en situación de indefensión, comprendiendo dentro de esta categoría, no sólo a los jueces y magistrados, sino también a los fiscales y a los defensores públicos.
A su vez, en su Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas,6 realizado en el 2011, dedicó un apartado especial a la independencia e imparcialidad de los operadores de justicia, estableciendo en el párrafo 357, que
en virtud de la garantía de independencia, desde el punto de vista institucional, los juzgadores que hacen parte de la función jurisdiccional del Estado, deben ejercer sus funciones sin ser objeto de injerencias indebidas por parte de los poderes ejecutivo y legislativo, las partes del proceso, los actores sociales y otros órganos vinculados a la administración de justicia.
En dicho informe, también reconoció que la relación de dependencia que puedan tener las fiscalías respecto de otros órganos puede tener un impacto sobre su actuación independiente, tanto en la efectividad e impulso de la investigación, así como en las implicaciones que tenga en el debido proceso.7
La propia CIDH ha venido dando especial atención a la situación de la independencia y autonomía de la administración de justicia en sus informes de país, como se aprecia claramente en el informe Situación de los derechos humanos en México emitido en diciembre de 2015, en el que se reconoce una crisis de graves violaciones de derechos humanos y de impunidad generalizada, causada en gran parte por la falta de independencia de la justicia. Asimismo, el primer Informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de Ayotzinapa (GIEI- Ayotzinapa) nombrado por la CIDH, entre sus Recomendaciones generales en torno a la desaparición en México,8 resaltó la necesidad de garantizar la independencia e imparcialidad de las instituciones encargadas de administrar justicia.
Por su parte, en diversos pronunciamientos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha enfatizado que uno de los propósitos de la separación de poderes es, precisamente, garantizar la independencia de los órganos del sistema de justicia. A través de diversas sentencias, como en las emitidas en los casos Tribunal Constitucional vs. Perú,9 Palamara Iribarne vs. Chile,10 Apitz Barbera vs. Venezuela,11 y recientemente en el caso López Lone y Otros vs. Honduras,12 por citar algunos, la Corte ha establecido claramente, la obligación de los Estados de respetar y garantizar la independencia del sistema de justicia.
La CIDH ha sistematizado los estándares interamericanos en su Informe titulado Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el Estado de Derecho en las Américas,13 de diciembre de 2013, en donde se ha resaltado la importancia de que las investigaciones y, a un nivel más amplio, que las actividades relacionadas con la persecución del delito sean independientes e imparciales como medio para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas del delito. 14
Quinta . Es decir, México emprendió un largo camino de reformas Constitucionales y legales para terminar con la falta de autonomía y profesionalización de las agencias encargadas de investigar y perseguir los delitos, ya que esto es parte de las causas estructurales de la impunidad, lo que obstruye un proceso de investigación integral, exhaustivo y oportuno.
La autonomía es un elemento clave en las instituciones de procuración de justicia para investigar y perseguir hechos delictivos con objetividad, sin importar si comprometen o no, a altos funcionarios . En este sentido, la autonomía de los fiscales resulta clave para:
I) Garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas (especialmente cuando los delitos constituyen a su vez graves violaciones de derechos humanos);
II) Respetar los derechos del imputado en el proceso penal (especialmente, su derecho a la presunción de inocencia); y
III) El cumplimiento del deber estatal de investigar, perseguir y sancionar los delitos y las violaciones a derechos humanos.
La autonomía de los fiscales y las fiscalías es un derecho humano y una condición para el correcto funcionamiento del sistema de justicia, por lo cual, es necesario que las Entidades Federativas recojan y plasmen de manera expresa en las normas internas que crean, organizan y regulan la actuación de la Fiscalía General, tanto a nivel constitucional, como a nivel legal y reglamentario.
La posición del fiscal es, con algunas variaciones según el sistema procesal de que se trate, la de actuar en defensa de los bienes jurídicos lesionados por la conducta criminal y, en esa línea, dirigir la investigación o acusar cuando, de acuerdo con su mejor entendimiento de la ley y de los hechos, existan elementos suficientes para hacerlo, o no continuar con el impulso de la acción penal si no hay elementos para ello.
En esa línea, la Relatora Especial de Naciones Unidas sobre Independencia de Magistrados y Abogados, Gabriela Knaul, ha señalado que los fiscales deberán tener presente la situación del sospechoso y de la víctima, protegiendo al mismo tiempo el interés público; aunque su labor no debe concebirse como una labor de protección de los intereses del gobierno, de un partido político o de cualquiera otra institución estatal, pues los fiscales deben permanecer ajenos a los intereses - personales o de otra índole- así como a las presiones del público.
La independencia y autonomía de los y las fiscales debe ser garantizada a través de la autonomía de la propia institución y a través de la regulación de varios procesos, procedimientos y criterios que contengan o representen salvaguardas de la autonomía e independencia individual de cada fiscal.
El conjunto de estos procesos, procedimientos y criterios debería también reflejarse adecuadamente en las disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Fiscalía General. Finalmente, es importante analizar, cómo otros procesos necesarios en la institución como la rendición de cuentas y el régimen disciplinario de los y las fiscales, interactúan con la autonomía, sin desvirtuarla.
Sexta . Es el caso que la transformación de la Procuraduría General de la República en una Fiscalía General autónoma y su réplica en las entidades federativas, ha llevado al grado que ahora existan fiscalías autónomas, en veintinueve de las treinta y dos entidades federativas, entre las que se encuentran:
1) Aguascalientes; 2) Baja California; 3) Campeche; 4) Chiapas; 5) Chihuahua; 6) Ciudad de México; 7) Coahuila; 8) Colima; 9) Durango; 10) Guanajuato; 11) Guerrero; 12) Jalisco; 13) México; 14) Michoacán; 15) Morelos; 16) Nayarit; 17) Nuevo León; 18) Oaxaca; 19) Puebla; 20) Querétaro; 21) Quintana Roo; 22) San Luis Potosí; 23) Sinaloa; 24) Sonora; 25) Tabasco; 26) Tamaulipas; 27) Veracruz, 28) Yucatán; y 29) Zacatecas.
Faltan de realizar esta transición los estados de Baja California Sur, Hidalgo y Tlaxcala.
El estado de Tlaxcala cobra especial relevancia, toda vez que según un informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), 15 el estado de Tlaxcala es el epicentro de la trata de personas a nivel internacional: en 46 municipios de esta entidad existen familias completas que se dedican a crear y fortalecer redes de captura, traslado y explotación sexual tanto de adultos como de menores de edad en el país y en el extranjero.
Durante los últimos 20 años, diversos informes de la ONU contra la droga y el delito, del Instituto Nacional de Mujeres (Inmujeres) y de la CNDH han dado cuenta de que existe una alta incidencia de este delito de trata de personas , sobre todo en la ruta sur de Tlaxcala, que colinda con el estado de Puebla, región a la que se le conoce a nivel mundial como el corredor de trata Tlaxcala-Puebla.
Con los años, este negocio ilícito se ha diversificado y normalizado dentro de la misma sociedad, al grado de que, en ocasiones, cuando desaparece una niña, sus familiares no levantan una denuncia.
En décadas pasadas, los padrotes o tratantes, invertían alrededor de seis meses para enganchar o enamorar a sus víctimas; las convencían de irse a vivir con ellos a otros estados o países y, una vez lejos de sus familias, las obligaban a la prostitución. Con este proceso de enamoramiento, los tratantes, podían alegar ante la ley y ante las familias de sus víctimas, que ellas estaban con ellos por decisión propia.
Hoy en día, es tal el grado de impunidad, que los padrotes, ya no ven la necesidad de enamorar o convencer a la víctima, pues las espían en sus rutinas y las capturan en la calle, muchas veces utilizando sustancias como cloroformo para desmayarlas. ¿Para qué invertir en enamorar, si nadie va a investigar? Lo de hoy es el secuestro.
Desaparecer en Tlaxcala es distinto a desaparecer en cualquier otra entidad del país, ya que la mayoría de las desapariciones son de mujeres y el rango de edad, cada vez ha ido disminuyendo más. Los informes de hace 10 años establecen un margen de 18 a 25 años de las víctimas de trata; Sin embargo, a partir del análisis de los distintos casos, se da cuenta de que la amplitud y diversificación de las víctimas, también se va transformando a partir de los patrones de impunidad, crece el negocio y el perfil de las víctimas.
Según el Índice de Impunidad México 2016, Tlaxcala es una entidad con un grado de impunidad calificado como alto , ubicándose muy cercano al promedio nacional (67.7 vs. 67.4), debido a deficiencias en el sistema de justicia funcional. (UDLA, 2016) Tlaxcala registra una cifra negra de delitos no denunciados de 92 por ciento, lo que indica, la desconfianza de las víctimas hacia el sistema de justicia.16
Séptima . En Tlaxcala, uno de los grandes pendientes en materia de seguridad pública es contar con una Fiscalía General que sustituya a la Procuraduría General de Justicia, que cuente con un marco jurídico robusto, que sea autónoma y que cuente con una estructura profesional suficiente, con vocación de servicio y adecuada a las circunstancias del estado, pero que al mismo tiempo, reciba el personal de esa estructura, salarios dignos que reflejen una estabilidad económica alejada de la precariedad institucional.
La Procuraduría Estatal de Justicia, como institución encargada de llevar a cabo la investigación y la persecución de los delitos, debe transformarse en una Fiscalía Autónoma para alcanzar un desempeño eficaz en el ámbito del sistema penal acusatorio.
En 2016, Tlaxcala ocupaba el quinto lugar nacional con el menor número de personal en la Procuraduría de Justicia, 43.6 por cada 100 mil habitantes. A su vez, es era segundo estado con menor número de ministerios públicos en el país, al contar únicamente con 1.2 agencias por cada 100 mil habitantes. (UDLA, 2016) La entidad tenía seis agentes del ministerio público por cada 1000 delitos registrados. Cada agente, atendía 167 delitos al año y dedica un aproximado de 1.4 días hábiles al año a cada delito. (UDLA, 2016).17
En Tlaxcala, la mejora en la procuración y administración de justicia dependerá de una adecuada implementación del sistema penal acusatorio y no podrá operar este sistema sino se no se hace la transición hacia la Fiscalía General de Justicia del Estado. La operación de este sistema implicará resolver problemáticas institucionales importantes como son capacitación y profesionalización del personal ministerial que atiende los hechos constitutivos de delitos, debe profesionalizarse para alcanzar un desempeño eficaz en el ámbito del sistema penal acusatorio.
Actualmente, en Tlaxcala la policía ministerial no comprende plenamente el cambio de principio de presunción de inocencia, lo que lleva a fallas de procedimiento e impide una procuración de justicia, eficaz y apegada a derecho. Bajo el sistema de justicia penal acusatorio, se requiere contar con todos los medios de prueba para completar procesos judiciales. Por ello, se hace necesario reforzar la preparación del personal de los ministerios públicos para poder cumplir con los requerimientos de ley.
La Fiscalía debe contar con personal especializado, capaz de atender puntualmente delitos de alto impacto, que afectan a la entidad como son secuestros y desaparición de personas, feminicidios, homicidios, asaltos carreteros, robo de vehículos y trata de personas.
Por las razones anteriormente señaladas, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente exhorta al Congreso del Estado de Tlaxcala, para que en plena autonomía y en uso de sus atribuciones y facultades, emprenda las medidas legislativas necesarias para la creación de una Fiscalía General de Justicia en el Estado.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente exhorta al titular del Ejecutivo del Estado de Tlaxcala, para que en uso de sus atribuciones y facultades, envíe al Congreso local las propuestas legislativas necesarias para la creación de una Fiscalía General de Justicia en el Estado.
Notas
1 DOF. 18 de junio 2008. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_180_18jun08.p df
2 DOF. 10 de febrero de 2014. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_216_10feb14.p df
3 Procuraduría General de la República, Hacia un nuevo modelo de procuración de justicia. Diagnóstico y plan de trabajo, febrero de 2017.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/239861/IN FORME_PGR.pdf
4 DOF: 14 de diciembre de 2018. Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546647&f echa=14/12/2018
5 CIDH. Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev. 1, 7 de marzo de 2006.
http://www.cidh.org/countryrep/Defensores/DEFENDERS.SPAN ISH.pdf
6 CIDH. Segundo informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, Doc.66, 31 de diciembre de 2011.
https://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/defensor es2011.pdf
7 Íbid, párrafo 37.
8 Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de Ayotzinapa. Informe Ayotzinapa: investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa, página 359
https://www.oas.org/es/cidh/actividades/giei/GIEI-Inform eAyotzinapa1.pdf
9 Corte IDH. Caso del Tribunal Constitucional vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de enero de 2001. Serie C, número 71, párrafos 64, 73, 74, 75.
10 Corte IDH. Caso Palamara Iribarne vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2005. Serie C No. 135, párrafos 145, 155, 156.Véase también, Corte IDH. Caso Lori Berenson Mejía vs. Perú. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2004. Serie C No. 119, párrafo 141; Caso 19 Comerciantes vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de julio de 2004. Serie C Número 109, párrafo 167; y Caso Las Palmeras vs. Colombia. Fondo. Sentencia de 6 de diciembre de 2001. Serie C No. 90, párrafo 52.
11 Corte IDH. Caso Apitz Barbera y otros (Corte Primera de lo Contencioso Administrativo) vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de agosto de 2008. Serie C No. 182, párrafos 43, 55, 84, 138.
12 Corte IDH. Caso López Lone y otros vs. Honduras. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de octubre de 2015. Serie C No. 302, párrafos 170, 171, 190 a 201.
13 CIDH. Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, Doc. 44, 5 de diciembre de 2013.
https://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/operador es-de-justicia-2013.pdf
14 CIDH. Segundo informe..., nota 2 supra, párrafo 36.
15 Diagnóstico sobre la situación de la trata de personas 2019. https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-08/DIAGNOST ICO_SITUACION_TDP_2019.pdf
16 Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 (PED) del estado de Tlaxcala. Página 167.
https://prensa.tlaxcala.gob.mx/2017/Junio/PED%202017-202 1/PED%2017%2021%20HD.pdf
17 Íbid.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputada Claudia Pérez Rodríguez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a convocar a reunión extraordinaria del CSG donde se aborden las medidas por tomar a escala nacional para detectar, aislar y tratar cada caso de Covid-19, a cargo del diputado Iván Arturo Rodríguez Rivera, del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 6, fracción I, numeral 1, así como en los artículos 78 y 79, todos ellos del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de la honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Salud, doctor Jorge Carlos Alcocer Varela, a convocar a una reunión extraordinaria del Consejo de Salubridad General para abordar las medidas que a nivel nacional se tomarán para detectar, aislar y tratar cada caso de Covid-19; al tenor de los siguientes:
Considerandos
Primero. El artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción XVI, base primera y segunda, dispone que el Consejo de Salubridad General dependerá directamente del presidente de la república, sin intervención de ninguna secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país y que en caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el presidente de la república.
Segundo. Por su parte, el artículo 4 de la Ley General de Salud dispone que son autoridades sanitarias el presidente de la república, el Consejo de Salubridad General, la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, incluida la de la Ciudad de México. Las disposiciones que emita el Consejo de Salubridad General son obligatorias en el país.
Tercero. El artículo 15 de la Ley General de Salud dispone que el Consejo de Salubridad General depende directamente del presidente de la república y está integrado por un presidente que es el secretario de Salud, un secretario y trece vocales titulares, dos de los cuáles serán los presidentes de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía, y los vocales que su propio reglamento determine. Los nombramientos de los miembros del Consejo serán designados y removidos por el presidente de la república, quien nombrará a profesionales especializados en las ramas sanitarias.
Cuarto. El Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, en su artículo 21, señala que el Consejo celebrará sesiones ordinarias cada cuatro meses y extraordinarias, por convocatoria de su presidente, secretario de Salud, cuando las circunstancias lo ameriten o bien sea propuesto por cinco de sus miembros titulares. La convocatoria para las sesiones extraordinarias deberá realizarse por lo menos con tres días hábiles de anticipación y se adjuntará el orden del día correspondiente.
Quinto. El Consejo de Salubridad General se reunió el 17 de septiembre de 2019 a efecto de abordar los asuntos ordinarios del orden del día.
Sexto. El día 11 de marzo, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró el coronavirus, Covid-19, como una pandemia, que, de conformidad con la referida organización, se define como la propagación mundial de una nueva enfermedad.
Séptimo. A partir de esta declaración, la OMS hizo un llamado a los gobiernos para que tome medidas urgentes y agresivas para combatir el brote, para lo cual ha solicitado activar y ampliar la respuesta de los servicios de emergencia, informar a la población de los riesgos y cómo pueden protegerse y detectar, aislar y tratar cada caso de Covid-19 y rastrear a las personas con las que haya estado en contacto.
Octavo. De conformidad con datos de la OMS al 17 de marzo, a nivel mundial se han detectado 183,425 casos y 7,167 muertos. En México, la Secretaría de Salud ha confirmado 82 casos y 171 casos sospechosos. La rápida propagación de la pandemia ha mostrado que es indispensable que los gobiernos actúen de manera coordinada a efecto de que los sistemas de salud puedan atender a los pacientes infectados. De igual manera, resulta fundamental la actuación de los ciudadanos para tomar las medidas higiénicas necesarias para ralentizar la propagación del virus.
Noveno. Por ello es indispensable que se reúna el Consejo de Salubridad General para emitir las disposiciones de carácter obligatorio que atajen la pandemia del coronavirus en nuestro país.
Por lo anteriormente expuesto, quienes suscribimos, diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de la honorable asamblea, la siguiente propuesta de:
Punto de Acuerdo
Único. El pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al secretario de Salud para que, en el marco de las facultades conferidas en el artículo 21 del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General, convoque a una reunión extraordinaria del Consejo de Salubridad General a efecto de abordar las medidas que a nivel nacional se tomarán para detectar, aislar y tratar cada caso de Covid-19.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputado Iván Arturo Rodríguez Rivera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal a publicar las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar y garantizar el acceso de los mexicanos a la salud al revisar la posibilidad de incluir el Covid-19 en el Catálogo Universal de Servicios de Salud, a cargo de la diputada Soraya Pérez Munguía, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita diputada Soraya Pérez Munguía , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 73, fracción XXXI, y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento ante esta soberanía para su análisis, discusión y aprobación en su caso, proposición de punto de acuerdo a la Comisión Orgánica de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a fin de exhortar, con el carácter de urgente, al Poder Ejecutivo federal, a que acelere la publicación de las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar; garantice un efectivo acceso a la salud de los mexicanos al exhortarle a revisar la posibilidad de incluir dentro del Catálogo Universal de Servicios de Salud al padecimiento conocido como Covid-19 o coronavirus; y a que sea convocado lo antes posible el Consejo de Salubridad General para determinar las acciones correspondientes de coordinación frente a la reciente pandemia , al tenor de los siguientes:
Considerandos
Primero. Que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, en términos del marco constitucional y legal aplicable, motivo por el cuál, esta Legislatura aprobó las modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo Federal a la Ley General de Salud para modificar, entre otras disposiciones, el artículo 77 Bis 29 de la referida Ley, a efecto de constituir el Instituto de Salud para el Bienestar.
Segundo. En esos términos, mediante la modificación antes aludida, se constituyó el Fondo de Salud para el Bienestar, siendo la disposición vigente actualmente del contenido siguiente:
Artículo 77 Bis 29. El Fondo de Salud para el Bienestar es un fideicomiso público sin estructura orgánica, constituido en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en una institución de banca de desarrollo, en el que el Instituto de Salud para el Bienestar funge como fideicomitente, y que tiene como fin destinar los recursos que integran su patrimonio a:
I. La atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos;
II. La atención de necesidades de infraestructura preferentemente en las entidades federativas con mayor marginación social, y
III. Complementar los recursos destinados al abasto y distribución de medicamentos y demás insumos, así como del acceso a exámenes clínicos, asociados a personas sin seguridad social.
Los recursos que integran el patrimonio del Fideicomiso deberán permanecer afectos al mismo hasta el cumplimiento de sus fines.
Para efectos de lo anterior y mayor transparencia de los recursos, el Fideicomiso contará con una subcuenta para cada uno de los fines señalados.
Para efectos de este Título, se considerarán gastos catastróficos a los que se derivan de aquellos tratamientos y medicamentos asociados, definidos por el Consejo de Salubridad General , que satisfagan las necesidades de salud mediante la combinación de intervenciones de tipo preventivo, diagnóstico, terapéutico, paliativo y de rehabilitación, con criterios explícitos de carácter clínico y epidemiológico, seleccionadas con base en su seguridad, eficacia, pago, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social, que impliquen un alto costo en virtud de su grado de complejidad o especialidad y el nivel o frecuencia con la que ocurren.
Las reglas de operación del Fondo serán emitidas previa opinión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y establecerán la forma en que se ejercerán los recursos del mismo.
Tercero. En ese orden de ideas, en el artículo Segundo transitorio del Decreto de reformas a la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 29 de noviembre de 2019, se estableció que el Ejecutivo federal deberá emitir las disposiciones reglamentarias que permitan proveer en la esfera administrativa lo previsto en el referido Decreto, dentro de los 180 días siguientes a su entrada en vigor, esto es, desde el 1 de enero de 2020.
Cuarto. Así pues, hasta la presente fecha, no se tiene conocimiento, por ejemplo, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público haya emitido las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar a que alude el último párrafo del artículo 77 Bis 29 de la Ley General de Salud, no obstante, que aún se encuentra dentro del término que el mismo Congreso de la Unión le otorgó para tales efectos en el artículo Segundo transitorio que aludo en el Considerando inmediato anterior.
Quinto. A pesar de lo antes expuesto, la actual condición de emergencia de salubridad ante la pandemia del Covid-19 que atraviesa el mundo entero, y a la cual no es ajena México, nos lleva a considerar que es de vital importancia que se apresuren los trabajos al seno del Poder Ejecutivo federal para no agotar los 180 días a que nos hemos referido con antelación, pues ello, podría conllevar al extremo que las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar sean publicadas hasta finales del mes de junio de 2020, fecha en que podría ser demasiado tarde para estar en condiciones de enfrentar la amenaza real que representa el virus antes referido.
Sexto. Al hilo de lo antes referido, no obstante la actual ausencia de Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar, se tiene que en el actual, Anexo I, Servicios de Salud y Medicamentos Comprendidos por el Sistema 2019 del Acuerdo de Coordinación para la Ejecución del Sistema de Protección Social en Salud (SPSS), denominado Catálogo Universal de Servicios de Salud, publicado por la Secretaría de Salud y visible en la siguiente dirección electrónica http://www.documentos.seguro-popular.gob.mx/dgss/Anexo_I_2019_Publicaci %C3%B3n.pdf no aparece expresamente dentro del cuadro de enfermedades del sistema respiratorio, el padecimiento denominado Covid-19 o coronavirus como uno que vaya a ser atendido por el sistema de salubridad en México, por lo que se hace necesario que ante la pandemia que se encuentra enfrentando nuestro país, se incluya como tal dentro de dicho catálogo, a efecto de garantizar debidamente el acceso universal al derecho a la salud, tomando en consideración, que dadas las actuales condiciones de propagación del virtud denominado Covid-19, es imperativo que todas las acciones que tome el gobierno federal se realicen con apego a derecho.
Por todo lo expuesto, se procede a emitir el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Proposición de punto de acuerdo a la Comisión Orgánica de Salud de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión a fin de exhortar con el carácter de urgente al Poder Ejecutivo federal, a que acelere la publicación de las Reglas de Operación del Fondo de Salud para el Bienestar; garantice un efectivo acceso a la salud de los mexicanos al exhortarle a revisar la posibilidad de incluir dentro del Catálogo Universal de Servicios de Salud al padecimiento conocido como Covid-19 o coronavirus; y a que sea convocado lo antes posible el Consejo de Salubridad General para determinar las acciones correspondientes de coordinación frente a la reciente pandemia.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputada Soraya Pérez Munguía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de solicitar a la Ssa y sus homólogas locales que fortalezcan las estrategias, acciones y campañas de prevención, diagnóstico, atención y tratamiento para disminuir los casos de tuberculosis, influenza y dengue, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario del PES
El que suscribe, diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo , con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 1, fracción II, numeral 2, fracciones I y II; y 100, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud y a sus homólogas en las 32 entidades federativas, que fortalezcan las estrategias, acciones y campañas de prevención, diagnóstico, atención, y tratamiento para disminuir los casos de tuberculosis, influenza y dengue, los cuales han aumentado en los primeros meses del 2020 , al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Primera. La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. En este sentido la Organización Mundial de la Salud indica que el goce máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, religión, ideología política o condición económica o social.
El acceso, el fomento y la protección de la salud es una condición primordial para lograr el desarrollo, el bienestar y la seguridad con la cooperación de las personas y de los Estados y sus gobiernos.
Segunda. La pandemia mundial del Covid-19 ha puesto en alerta máxima a los gobiernos del mundo para prevenir, atender y contrarrestar esta enfermedad que se ha propagado rápidamente, ya que hasta el 16 de marzo se han reportado más de 167 mil casos confirmados, más de 13 mil casos nuevos y más de 6 mil defunciones, con una tasa de letalidad global del 3.94 por ciento, En México está en fase 1 con 82 casos confirmados y 171 casos sospechosos, los cuales pueden aumentar en próximos días.
Tercera. Al respecto, el gobierno de México, por conducto de la Secretaría de Salud, ha implementado acertadamente medidas de prevención y atención para contener la propagación del Covid-19, las cuales han sido replicadas por los gobiernos de las entidades federativas y municipios, así como en el Poder Judicial de la Federación, en el Poder Legislativo, dependencias del gobierno federal y órganos constitucionales autónomos.
Cuarta. En este sentido, y a la par de la entrada del Covid-19 a nuestro país, hay otros virus que han enfermado la salud de las y los mexicanos, los cuales han aumentado preocupantemente en los primeros meses del 2020.
Datos del Boletín Epidemiológico de la Secretaría de Salud señalan que la influenza, hasta la semana número 9 de este 2020, se habían contabilizado en el país 3 mil 698 casos, cifra ligeramente superior a la registrada en la misma semana del 2019, y que fue de 3 mil 592 casos; la diferencia entre ambas cifras es de 3 por ciento más en lo que va de este año, respecto del mismo periodo del pasado.
El mismo boletín indicó que en el mismo rango de semanas que la influenza, se han contabilizado 6 mil 992 casos de tuberculosis respiratoria, cifra que contrasta con los 3 mil 457 casos del mismo periodo en el año previo, lo cual, aun siendo cifras preliminares, resulta sumamente preocupante pues constituye un incremento para los primeros meses del 2020, de 102 por ciento en el mismo periodo del 2019.
En México, en 2017,1 se registraron más de 14 mil 138 casos confirmados de dengue, de los cuales 11 mil 344 fueron no graves y 375 graves, teniendo 65 defunciones; en 20182 fueron 12 mil 706 casos confirmados, donde 8 mil 229 se diagnosticaron como no graves y 858 graves con 75 muertes. En ambos años las entidades federativas de Chiapas, Veracruz, Jalisco, Nuevo León y San Luis Potosí concentraron el 82 por ciento de los casos.
En junio de 2019, la Secretaría de Salud reportó que hubo un incremento del 219 por ciento de casos de dengue en comparación con el 2018, donde se habían contabilizado aproximadamente 2 mil 388 casos. El 75 por ciento de enfermos confirmados por dengue corresponden a las entidades federativas de Chiapas, Veracruz, Tabasco, Quintana Roo y Jalisco; Datos indican que el pasado mes de agosto creció un 312 por ciento los casos de dengue que representan 10 mil 211 casos confirmados, concentrándose el 72 por ciento de los casos en Veracruz, Chiapas, Jalisco, Quintana Roo y Oaxaca.
El Reporte sobre el Panorama Nacional Epidemiológico del Dengue del 2 de septiembre de 2019 mostró un ascenso de 1 mil 382 con respecto al mes de agosto, es decir los casos confirmados fueron de 11 mil 593, situándose el 70 por ciento de la enfermedad en Veracruz, Chiapas, Jalisco, Oaxaca y Quintana Roo.
La Secretaría de Salud ha reportado que casos confirmados en Veracruz, con 2 mil 860; Jalisco, mil 546; Chiapas, 742; Oaxaca, 601; Quintana Roo, 566; San Luis Potosí, 407; Puebla, 408; Tabasco, 381; Morelos, 340, y Guerrero, 288, donde se puede observar que el sureste, Bajío y centro del país son de las áreas geográficas más afectadas en el país por la enfermedad del dengue. A la fecha se han contabilizado un total de 28 defunciones.
En este sentido, es claro los incrementos entre 2019 y 2020 sobre la enfermedad dengue, y sobre todo del dengue no grave, ya que se ha registrado alrededor de 793 casos en lo que va del 2020, frente a los 493 del mismo periodo de 2019, lo que implica un crecimiento de 60.8 por ciento entre ambos periodos.
Por estas razones, nuestro grupo parlamentario solicita se fortalezcan las estrategias, acciones y campañas de prevención, diagnóstico, atención y tratamiento para disminuir los casos de tuberculosis, influenza y dengue, donde reconocemos la gran labor que se está haciendo el gobierno de México en materia de salud pública.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado se propone ante esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud y a sus homologas en las 32 entidades federativas, que fortalezcan las estrategias, acciones y campañas de prevención, diagnóstico, atención y tratamiento para disminuir los casos de tuberculosis, influenza y dengue, los cuales han aumentado en los primeros meses del 2020.
Notas
1 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/478592/Pano_dengue_sem_5 2_2018.pdf
2 Ibídem
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Ejecutivo federal y diversas autoridades a adoptar medidas de contención sanitaria y económica para mitigar el efecto de la crisis derivada del SARS-Cov-2 en México, a cargo del diputado José Elías Lixa Abimerhi, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado José Elías Lixa Abimerhi, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución por el que se exhorta al Ejecutivo federal, a la Secretaría de Salud, a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Economía, a adoptar medidas de contención sanitaria y económica para mitigar el impacto de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus SARS-COV-2 en México, con base en las siguientes
Consideraciones
En la actualidad, nuestro país y el mundo enfrentan una crisis que amenaza las condiciones normales de orden público, y cuyos alcances no tienen precedente en el tiempo reciente. En el año 2019, en la región de Wuhan, China, se identificó la aparición de una nueva cepa del virus Coronavirus, denominado SARS-Cov-2, mejor conocido como Covid-19, que produce una enfermedad infecciosa cuyos síntomas incluyen fiebre, tos y dificultades respiratorias, aunque en casos excepcionales también se han reportado dolores musculares y esputo. Al momento de la presentación de la presente iniciativa, la proporción de decesos por número de casos diagnosticados asciende a 3.4 por ciento de dichos casos, rango que varía considerablemente dependiendo de la edad de los pacientes.
En este momento nuestro país se encuentra en un punto de inflexión, en donde dependiendo de las medidas de política pública sanitaria implementadas a lo largo y ancho del territorio nacional, podrá observarse ya sea una efectiva mitigación de los impactos negativos de la pandemia, o una verdadera catástrofe sanitaria que sobrepasará la capacidad de respuesta de nuestro sistema de salud y cobrará la vida de miles de personas. Es por eso que, es responsabilidad del gobierno federal implementar todas las medidas que sean necesarias a efecto de ralentizar la propagación de esta nueva enfermedad, actuando con compromiso y adoptando medidas concretas y efectivas, de modo que sea posible dar una atención adecuada a la crisis sanitaria y salvaguardar la integridad de la población.
I. Coronavirus SARS-COV-2, una amenaza global
El 11 de marzo del año 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que, de conformidad con sus criterios, la propagación del virus que provoca el Covid-19 a lo largo de cinco continentes, representaban un criterio suficiente para que dicho brote pueda ser considerado una pandemia, no obstante que en el pasado se haya derogado de los estatutos de dicha organización internacional una definición oficial del fenómeno, así como una emergencia de salud pública internacional. Esto naturalmente constituye un llamado a las autoridades a adoptar todas las medidas necesarias para la contención de la propagación del virus dentro de sus poblaciones y entre distintos países, ante la amenaza que dicha enfermedad representa para la salud pública.
La forma más frecuente de transmisión entre personas, la aérea, se debió a las pequeñas gotas que se emiten al estornudar, toser o espirar. Las rutas de transmisión de persona a persona del SARS-COV-2 incluyeron transmisión directa, como tos, estornudos, transmisión por inhalación de gotas y transmisión por contacto, como el contacto con las membranas mucosas orales, nasales y oculares. Un artículo del Imperial College no revisado por pares afirma que la tasa de mortalidad está infraestimada, ya que no se han tenido en cuenta las infecciones asintomáticas. Ellos estimaban la mortalidad en 8 por ciento cuando se incluían los portadores asintomáticos y hasta 18 por ciento cuando sólo se tenían en cuenta los pacientes sintomáticos de la provincia de Hubei.
La causa de la enfermedad fue la infección por el coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave SARS-CoV-2 que es un tipo de Orthocoronavirinae causante de la enfermedad por coronavirus (Covid-19). Inicialmente, el virus fue llamado 2019-nCoV (del inglés 2019-novel coronavirus). Fue descubierto y aislado por primera vez en Wuhan, China, tras provocar la epidemia de enfermedad por coronavirus de 2019-2020. Parece tener un origen zoonótico, es decir, que pasó de un huésped animal (un murciélago) a uno humano.
El genoma del virus está formado por una sola cadena de ARN, por lo que se clasifica como virus ARN monocatenario positivo. Su secuencia genética se ha aislado a partir de una muestra obtenida de un paciente afectado por neumonía en la ciudad china de Wuhan. Fue detectado por primera vez en diciembre de 2019. No se conoce el mecanismo exacto de transmisión, pero se cree que puede producirse el contagio de una persona a otra mediante las gotas de saliva expulsadas a través de la tos y el estornudo. Puede provocar enfermedad respiratoria aguda y neumonía grave en humanos.
II. Lineamientos de mitigación recomendados por la Organización Mundial de la Salud
Recientemente, el director de la Organización Mundial de la Salud, Tedros Adhanom Ghebreyesus, ha sido especialmente vocal con respecto a las medidas que son necesarias en todos los países, y especialmente en los países en vías de desarrollo, para efecto de mitigar el impacto de la epidemia en su población. Destacó en particular que las medidas de distanciamiento pueden ayudar a reducir la transmisión del virus y permite hacer frente a los sistemas sanitarios. Medidas especialmente sencillas como Lavarse las manos, toser en el codo puede reducir los riesgos, ha remarcado. Sin embargo, ha observado que estas medidas no son suficientes para acabar con la pandemia. La combinación de todas las medidas es la que obtendrá los resultados esperados, ha señalado el señor Tedros. Ha subrayado la necesidad de que todos los países adopten medidas de forma integral.
La forma más efectiva, ha señalado, de prevenir infecciones y salvar vidas es romper las cadenas de transmisión del virus. Para hacerlo, es necesario hacer los test y el aislamiento, ha afirmado con contundencia. No puedes combatir un fuego con los ojos vendados. No podemos detener esta pandemia si no sabemos quién está infectado y quién no. De modo que, como señala el director general de la OMS, la implementación de una política integral de pruebas a la población, para efecto de tener un panorama claro y certero de la propagación de la enfermedad resulta crucial para cualquier esfuerzo de contención.
En particular, sostuvo que: Tenemos un simple mensaje para todos los países: test, test, test. Hay que hacer la prueba para todos los casos sospechosos. Sin dan positivos, aislarlos y saber con quién han estado en contacto hasta dos día antes de que aparecieran los síntomas para evaluar a aquellas personas también. Adicionalmente, señaló que todos los casos confirmados, incluso los leves, deben aislarse en los centros hospitalarios para evitar el contagio y garantizar la atención sanitaria adecuada. Sin embargo, la OMS reconoce que en muchos países, particularmente en países en vías de desarrollo como México, la capacidad hospitalaria podría verse excedida y que solamente pueden atenderse casos leves en supuestos muy específicos.
Ante estas circunstancias, la OMS considera que hay que priorizar la atención a los pacientes mayores y aquellos que tengan problemas de salud previos. Algunos países han ampliado su capacidad de atención sanitaria utilizando lugares como estadios y gimnasios para poder atender a los pacientes leves. Los casos graves siempre han de atenderse en hospitales.
Durante una rueda de prensa llevada a cabo en Ginebra, se le preguntó también sobre la situación específica de México y las medidas que hasta el momento se han adoptado, a lo que el director general de la OMS señaló que Debe haber un compromiso político al más alto nivel porque esta pandemia no afecta solamente al sector salud, sino que ataca todos los sectores del gobierno.
III. Riesgos específicos que enfrenta México frente a la crisis sanitaria
Esta soberanía debe de ser consciente de que la presente pandemia representa una amenaza mayúscula para nuestro país, que no cuenta en la actualidad con los medios de infraestructura sanitaria necesarios para afrontar un caso de propagación masiva de la enfermedad. Sistemas de Salud más avanzados incluso que el mexicano, como es el caso del Sistema de Salud sudcoreano y el italiano, se han visto ya rebasados de forma considerable por la propagación de la enfermedad, superando su capacidad operativa, lo que nos permite proyectar un escenario de especial urgencia para nuestro país. Desde el año 2005, la Agenda Nacional de Riesgos ha advertido año con año de esta amenaza que se cierne sobre el Estado mexicano. También la temática se ha incluido dentro del compendio de literatura con que se preparan los analistas y agentes de seguridad nacional del país. En el tomo 8 de la colección Lecturas de Inteligencia , de la Escuela de Inteligencia para la Seguridad Nacional (Esisen), se ubica de manera destacada la posible aparición de pandemias entre los riesgos de índole social que corre México.
En la Agenda Nacional de Riesgos de 2015 se contemplan numerosos escenarios de riesgo que podrían rebasar la capacidad de respuesta del sistema de salud y colapsar a la nación. El segundo de estos se denomina: Aparición de un virus de mayor contagio y letalidad que sea capaz de transmitirse con facilidad entre los seres humanos. El documento reconoce que ante una situación de este tipo habrá una: Limitada capacidad de respuesta gubernamental (salud, seguridad pública y Fuerzas Armadas o del personal de áreas estratégicas) ante un contagio masivo. Además, destaca la falta de coordinación entre dependencias e insuficiencia de controles sanitarios y de salud (sistemas de detección temprana) para prevenir y evitar la extensión de enfermedades transmisibles.
Los analistas del entonces Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) justifican su preocupación con otras observaciones: el Estado mexicano tiene un limitado control en aeropuertos y puertos para detectar y atender eventos de alta patogenicidad; existe una debilidad estructural de las finanzas del sistema de salud pública, y se cuenta con una limitada capacidad para investigar enfermedades infecto-contagiosas. Sin que haya pandemia alguna, las clínicas y unidades de salud no se dan abasto para atender las enfermedades crónico-degenerativas que ya padece la población mexicana. En esta amenaza, y la fragilidad del sistema de salud mexicano, reside la importancia de exhortar a las autoridades a endurecer los mecanismos de prevención y evitar la propagación de dicha enfermedad infecciosa.
Alejandro Macías, ex comisionado nacional para la influenza en México durante el brote de H1N1, dijo que el problema se agrava por el hecho de que México carece de suficientes camas en unidades de cuidados intensivos, trabajadores de atención médica y ventiladores.
Diversas voces expertas señalan que el sector de la salud de México ha estado insuficientemente financiado durante décadas, y la administración de López Obrador, en el paquete económico para el año 2020, redujo aún más el gasto como parte de su esfuerzo para implementar la austeridad fiscal y crear un nuevo sistema de salud federal integrado, lo que incrementa la vulnerabilidad del sistema de salud mexicano para hacer frente a la crisis sanitaria que se presenta.
IV. Necesidad de aplanar la curva epidémica
En relación a las enfermedades infecciosas, el contar los casos en una epidemia, nos permite sacar provecho de la información recogida y utilizarla en forma apropiada; esto se hace creando una curva epidémica o epi-curva. Mientras que las investigaciones de epidemias pueden arrojar muchas curvas inesperadas, la epi-curva es una de las principales curvas que debe ser creada en cada situación potencial de epidemia.
Una epi-curva es una representación gráfica del número de casos epidémicos de acuerdo a la fecha de la aparición de la enfermedad. Es útil porque ésta puede proveer información de (1):
1. Patrón de propagación de la epidemia.
2. Magnitud.
3. Casos aislados.
4. Tendencia en el tiempo.
5. Periodo de exposición y/o incubación de la enfermedad.
Una curva epidémica también puede dar una idea de la magnitud de la epidemia. Por ejemplo, hubo 73 casos reportados en la epidemia de origen puntual mostrada en la figura 3, una epidemia bastante significativa para ciertas enfermedades en una área geográfica pequeña. Se puede obtener información adicional acerca de la magnitud de la epidemia entre subpoblaciones estratificando la curva epidémica, es decir, separando la muestra en varias sub-muestras de acuerdo a criterios específicos, tales como, género, edad, síntomas clínicos o ubicación geográfica.
Aplanar la curva es una forma crucial de detener el desbordamiento de los servicios de salud y limitar el número de muertes en general. Esto es así porque un aumento brusco de los casos puede convertirse en una verdadera pesadilla para las autoridades: aumenta la carga sobre los sistemas de salud, lo que puede afectar negativamente a la correcta atención de los pacientes.
¿Cómo se aplana la curva? Para los expertos, es clave pasar de la etapa de contención a la de mitigación. Lo que sucedió en China muestra que la cuarentena, el distanciamiento social y el aislamiento de las poblaciones infectadas pueden contener la epidemia. Este impacto de la respuesta al Covid-19 en China es alentador para los muchos países donde el virus está comenzando a extenderse. Sin embargo, no está claro si otros países pueden implementar las estrictas medidas que China finalmente adoptó, sostienen los autores. China, lugar de origen del Covid-19, confirmó sólo 15 casos en las últimas 24 horas, frente a los más de 6 mil 700 detectados en ese tiempo en el resto del mundo. Otro de los países exitosos en el manejo de la epidemia es Taiwán, que está extremadamente conectado con China y, sin embargo, tiene menos de 50 casos. Según un artículo de la revista médica Journal of the American Medical Association (JAMA), Taiwán integró su base de datos de salud a la de inmigración y aduanas para reunir información y analizarla. No sólo activaron alertas en tiempo real basadas en los historiales de viaje y síntomas clínicos para ayudar a los diagnósticos, sino que incluyeron nuevas tecnologías, como el escaneo de códigos QR y una clasificación de los viajeros basada en sus viajes de las últimas dos semanas. A las personas con bajo riesgo se les envió una autorización médica, mientras que los pacientes de alto riesgo fueron dejados en cuarentena en sus casas y rastreados a través de sus teléfonos, para garantizar que se quedaran en sus domicilios durante el periodo de incubación.
Entre 20 y 60 por ciento de los adultos en todo lo largo y ancho del mundo podría infectarse con el nuevo coronavirus SARS-CoV-2, el virus que causa la enfermedad Covid-19. Ese es el estimado realizado por epidemiólogos expertos en dinámica de enfermedades comunicables. En la abrupta alza de la curva epidémica, especialmente cuando la capacidad de hacer test está en déficit, hay una tremenda carga sobre los trabajadores de la salud muchos de los cuales serán contagiados y se verán forzados a auto aislarse, de manera que no podrán dar cuidado a los pacientes que lo necesiten. Al mismo tiempo, hay una inmensa presión puesta en los centros de salud donde la demanda de cuidados a los pacientes puede sobrepasar la capacidad de los centros de salud el número de camas de hospital, tubos ventiladores y más por un periodo importante de tiempo.
V. Medidas específicas de prevención
Existen diversas recomendaciones generales para lograr controlar la transmisión y propagación de la enfermedad a efecto de disminuir el ritmo de contagio y evitar que se supere la capacidad operativa de los sistemas de salud. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha publicado una guía para intentar ayudar a los distintos gobiernos a decidir qué medidas tomar para hacer frente al coronavirus causante del Covid-19. Sus objetivos son frenar la extensión de la pandemia, facilitar el cuidado de los pacientes, especialmente los que están en estado grave; y minimizar el impacto del Covid-19 en el sistema sanitario, los servicios sociales y las economías nacionales.
A todos los países, tengan casos o no, les recomienda lo siguiente:
1. Promover en la sociedad medidas de higiene (lavado de manos frecuente, taparse con el brazo al toser y estornudar) y distanciamiento social (evitar muchedumbres, no tocarse al saludar).
2. Comunicación activa con la opinión pública sobre los riesgos de la enfermedad.
3. Formar al personal médico en control de infecciones.
A continuación, la OMS da recomendaciones diferentes según el nivel de gravedad en que se encuentre cada país, divididos en diversos posibles escenarios.
Para el caso de países con casos esporádicos, recomienda:
1. Tratar a los pacientes y comenzar el desarrollo de procedimientos de triaje (clasificar a los pacientes de acuerdo con el nivel de prioridad con el que deben ser tratados en caso de una futura saturación de la red de atención médica).
2. Aumentar las pruebas de diagnóstico de Covid-19.
En el caso de países que ya presentan varios focos de contagio:
1. Intensificar la búsqueda de casos, la vigilancia de los contactos de los pacientes positivos, las cuarentenas y el aislamiento de los casos.
2. Ampliar los procedimientos de triaje y activar los planes de respuesta en las instalaciones sanitarias ante el aumento de pacientes. Aplazar los tratamientos menos urgentes ajenos al Covid-19.
3. Designar hospitales de referencia para la atención de los afectados por el coronavirus.
4. Aconsejar a los pacientes con casos no graves que se queden en casa, y poner en marcha sistemas de atención para los pacientes de grupos de alto riesgo (ancianos, personas con enfermedades respiratorias crónicas etcétera).
5. Poner en marcha sistemas de aislamiento de individuos que muestren primeros síntomas.
Finalmente, para el caso de países con transmisión comunitaria, en alto número de casos, recomienda lo siguiente:
1. Aumentar la búsqueda de contagios con personal especializado en diagnosticar, tratar y reportar casos.
2. Si la capacidad de diagnóstico está saturada por el alto número de casos, dar prioridad a los grupos más vulnerables y a las instalaciones sanitarias.
3. Activar los procedimientos de triaje y, en caso de saturación de los centros médicos, dar prioridad a los casos de mayor riesgo.
4. Imponer el autoaislamiento a los individuos con síntomas.
VI. Falta de una respuesta efectiva por parte del gobierno federal para enfrentar la emergencia sanitaria
Ante la amenaza de la crisis, cuando observamos que las autoridades de las principales ciudades cerraron sus fronteras, anunciaron importantes medidas de mitigación y ordenaron guardar cuarentena a extensos sectores de la población, en un esfuerzo por frenar la propagación mundial de la pandemia de coronavirus, en México la respuesta ha sido no sólo insuficiente, sino en ocasiones incluso irresponsable. A pesar de que desde ya varios días se han reportado casos de personas infectadas por el virus en territorio mexicano, el fin de semana pasado miles de personas acudieron a un concierto de música de dos días en México, y muchas otras actividades no se han visto aun suspendidas, debido a la pobre respuesta que hasta el momento ha exhibido el gobierno federal.
Al menos 82 casos de Covid-19 han sido confirmados en México, sin muertes, ha informado la Secretaría de Salud. Pero los expertos apuntan a que los números reales podrían ser mucho más altos ya que las pruebas que se han realizado a la población han sido limitadas a las personas que han viajado al extranjero y a quienes han tenido contacto directo con éstas. Los expertos en salud también advierten que el país está muy poco preparado para hacer frente a la transmisión generalizada de la enfermedad en medio de un sistema de salud ya poco financiado y sobrecargado.
El propio subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, dijo que México, que confirmó su primer caso aproximadamente un mes después que Estados Unidos de América, se está acercando a un punto de inflexión, cuando el virus comience a extenderse en el país y que sea necesario adoptar medidas más duras en su lugar. Bajo la premisa de que México aún se encontraría en fase uno, es decir que aún no se han documentado casos de contagio.
El ministerio de salud también dio a conocer la iniciativa Sana Distancia (o Distancia saludable), que se limita a instar al público a evitar los besos en las mejillas y saludos que impliquen contacto físico.
Aun en este contexto, el propio Presidente de la República, se ha resistido a los llamados a imponer medidas más estrictas, como restricciones a los viajes, argumentando que no quiere actuar prematuramente o alterar la vida pública. Imagínese si viniera aquí con una máscara, si el presidente es así, ¿cómo va a ser la gente? Tengo que mantener el ánimo de la gente, dijo durante su conferencia de prensa diaria el lunes.
Sobre esta actitud, es importante destacar que el sábado, el propio Presidente de la República publicó un video en Twitter, del estado de Guerrero, que lo mostraba posando para fotos, dándose la mano, abrazando y besando a decenas de seguidores, incluidos niños. Los expertos en salud dicen que sólo se han realizado unos pocos cientos de pruebas en todo México, y que sólo un número limitado de laboratorios en el país están equipados para detectar la enfermedad. Hasta ahora, las pruebas se han restringido a personas que han viajado a un país de alto riesgo y a las que han estado en contacto con un caso confirmado.
VII. Impacto económico del Covid en países en vías de desarrollo
Proteger la vida de las personas y detener los daños económicos, son los principales retos que el mundo enfrenta hoy a causa del coronavirus (Covid-19). Y es que la rápida propagación del virus y el alto número de vidas humanas que se ha llevado hizo que la Organización Mundial de Salud (OMS) declarara una emergencia sanitaria mundial y que los gobiernos prendieran las alarmas, y aunque tarde, tomaran algunas decisiones para mitigar el impacto. Cierres de fronteras, prohibición de viajeros provenientes de Europa y Asia, confinamiento total, estímulos económicos, reducción de las tasas de interés y paquetes de asistencia financiera brindados por el Fondo Monetario Internacional (FMI) han sido algunas de las acciones tomadas en las últimas semanas para enfrentar la crisis sanitaria y limitar los daños económicos del Covid-19. Sin embargo, para algunos analistas lo que se viene será crucial y las próximas semanas los países deberán tomar medidas concretas para proteger a sus poblaciones y reducir los daños a sus economías. Y será un reto mayor para los países en desarrollo.
En un artículo, Ceyla Pazarbasioglu, vicepresidenta de crecimiento equitativo, finanzas e instituciones (EFI) del Grupo Banco Mundial, asegura que nadie puede predecir de manera fiable el impacto económico total producido por el virus, pero sí se sabe que el brote se manifestó en un momento en el que la economía mundial estaba débil y cuando el crecimiento global empezaba a recuperarse de la tasa más baja desde la crisis financiera de 2009. Pazarbasioglu advierte que dicho traspaso se sentiría en cinco frentes: el comercio, ya que las cadenas de valor mundiales se verán interrumpidas por cierres de fábricas y retrasos en la reanudación de operaciones; los flujos financieros externos, que se podrían retirar de los países afectados por esta enfermedad; el capital nacional tanto humano como financiero, que está siendo desaprovechado por el cierre de fábricas y la permanencia de las personas en sus hogares; el transporte y el turismo, que se ha convertido en una fuente importante de ingresos para los países en desarrollo y que está paralizado; y las caídas de los precios de los productos básicos, pues dependen de ellos para obtener ingresos.
De acuerdo con información estadística otorgada por los órganos económicos nacionales, la economía de México decreció -0.1 por ciento (Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Inegi, 2020) y los pronósticos de este año, en el mejor de los casos, no rebasan el 1 por ciento. Si a esto le sumamos que uno de los rubros que serán más afectados por el Covid-2019, además del comercio exterior, que representó para 2018 alrededor de 77.6 por ciento del producto interno bruto (PIB) (Santander, 2020), será el turismo, que guarda una proporción de 8.7 por ciento del PIB para el mismo año (Inegi, 2020) puede observarse que existe un elevado riesgo potencial de afectación a la población más vulnerable económicamente.
Las condiciones económicas globales, caracterizadas por una desaceleración económica pronunciada, la caída global de los precios del petróleo y el impacto económico de la pandemia ponen una presión especial sobre la economía mexicana, que había estado ya enfrentando dificultades por la falta de incentivos a la inversión y las políticas económicas implementadas recientemente. De modo que, de no haber una intervención por parte del gobierno federal para mitigar el impacto de la crisis sanitaria en la economía nacional, puede esperarse una verdadera catástrofe económica que acabará con millares de empleos, provocará el cierre de comercios y resultará en una afectación que tendrá un impacto más fuerte sobre la población en una situación de mayor vulnerabilidad. El reciente anuncio de la Presidencia de la República de que no se propone adoptar un mecanismo de estímulo fiscal para soportar a la economía durante la crisis sanitaria, así como la falta de un plan específico destinado a expandir el gasto público para dar un sostenimiento al mercado mediante la inyección de recursos públicos en el sistema económico, deja ver la total indiferencia del gobierno federal con respecto a esta problemática.
VIII. Necesidad de instalación del Consejo de Salubridad General
La amenaza que representa la propagación de la enfermedad infecciosa, requiere de una respuesta concretada desde perspectivas técnicas y sin la influencia de presiones políticas o de posiciones partidarias, pues constituye un peligro latente para la vida pública nacional. De ese modo, lo conveniente para este tipo de circunstancias es que, conforme a lo dispuesto por los artículos 15 y 17 de la Ley General de Salud, sea el Consejo de Salubridad General quien se encargue de definir los lineamientos técnicos que se requieren para hacer frente a la contingencia sanitaria. Frente al Coronavirus han de tomarse decisiones basadas en una lógica técnica y no política. En ello radica la relevancia en que se instale el Consejo de Salubridad General.
Los artículos 181 y 182 de la Ley General de Salud, estipulan que en caso de epidemia de carácter grave, peligro de invasión grave de enfermedades transmisibles o de situaciones de emergencia que afecten al país, es la Secretaría de Salud la que habrá de dictar las medidas indispensables a fin de prevenir y de combatir los daños a la salud, con la reserva de que dichas medidas sean prohibidas por el Presidente.
En ese sentido, el artículo 182 subraya que en caso de emergencia por deterioro súbito del ambiente que ponga en peligro inminente a la población, la misma Secretaría de Salud habrá de adoptar las medidas de prevención y control indispensables para la protección de la salud; sin perjuicio de la intervención que corresponda al Consejo de Salubridad General y a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología.
La incidencia del mencionado Consejo en materia de salud pública, impacta directamente en las definiciones técnicas que los especialistas que lo integren hagan hacia la comunidad conforme a lo dispuesto por la Ley General de Salud. Por ende, ello apuntaría a que las autoridades sanitarias acatarían lo que dictaran los integrantes del Consejo.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Salud y de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a adoptar de forma inmediata y sin dilación alguna, todas las medidas necesarias para contener la propagación del virus Coronavirus SARS-COV-2, en el territorio nacional, incluyendo:
I. La implementación de campañas de difusión de medidas preventivas a la población, incluyendo medidas de higiene (lavado de manos frecuente, taparse con el brazo al toser y estornudar) y distanciamiento social (evitar muchedumbres, no tocarse al saludar).
II. Intensificar la búsqueda de casos, la implementación de campañas de evaluación y tamizaje poblacional, la vigilancia de los contactos de los pacientes positivos, las cuarentenas y el aislamiento de los casos.
III. Ampliar los procedimientos de triaje y activar los planes de respuesta en las instalaciones sanitarias ante el aumento de pacientes.
IV. Implementar la cancelación de toda clase de eventos masivos.
V. Establecer en vías de acceso aéreas, marítimas o terrestres, como aeropuertos, puertos marítimos y puestos fronterizos, filtros de control sanitario para examinar a todas las personas que ingresen al país, implementando medidas idóneas para el diagnóstico y tamizaje de personas portadoras del virus coronavirus SARS-COV-2, y su posterior aislamiento.
Segundo. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 15 y 17 de la Ley General de Salud, se convoque de forma inmediata al Consejo de Salubridad General, a efecto de que en coadyuvancia de la Secretaría de Salud, dicte lineamientos técnicos que definan la respuesta del Estado mexicano frente a la contingencia sanitaria provocada por la propagación del virus Coronavirus SARS-COV-2, en el territorio nacional.
Tercero. Se exhorta al Poder Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Economía, a adoptar todas las medidas de carácter económico, presupuestario y fiscal para estimular la actividad económica y mitigar los impactos negativos que la contingencia pueda tener sobre los trabajadores, comercios, empresas y familias, a fin de que puedan enfrentar las consecuencias económicas de la crisis sanitaria.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputado José Elías Lixa Abimerhi (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa y sus homólogas locales a fortalecer las campañas informativas y de sensibilización sobre las causas, los efectos y las acciones para la atención y las consecuencias relativas al cáncer de pulmón en México, a cargo del diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, del Grupo Parlamentario del PES
El que suscribe, diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud y a sus homologas en las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias fortalezcan las campañas de difusión, información y sensibilización sobre las causas, efectos y acciones para la atención y consecuencias relacionadas con el cáncer de pulmón en México, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El cáncer es un término genérico que designa un amplio grupo de enfermedades que pueden afectar a cualquier parte del organismo; también se habla de tumores malignos o neoplasias malignas, así lo establece la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Además, menciona que una característica definitoria del cáncer es la multiplicación rápida de células anormales que se extienden más allá de sus límites habituales y pueden invadir partes adyacentes del cuerpo o propagarse a otros órganos, un proceso que se denomina metástasis. La cual se convierte en la principal causa de muerte por cáncer.
Datos y cifras de la OMS indican que:
El cáncer es la segunda causa de muerte en el mundo; en 2015, ocasionó 8.8 millones de defunciones. Casi una de cada seis defunciones en el mundo se debe a esta enfermedad.
Cerca de 70 por ciento de las muertes por cáncer se registran en países de ingresos medios y bajos.
Alrededor de un tercio de las muertes por cáncer se debe a los cinco principales factores de riesgo conductuales y dietéticos: índice de masa corporal elevado, ingesta reducida de frutas y verduras, falta de actividad física, consumo de tabaco y consumo de alcohol.
El tabaquismo es el principal factor de riesgo y ocasiona aproximadamente 22 por ciento de las muertes por cáncer.
Las infecciones oncogénicas, entre ellas las causadas por virus de las hepatitis o por papilomavirus humanos, ocasionan 25 por ciento de los casos de cáncer en los países de ingresos medios y bajos.
Sólo uno de cada cinco países de ingresos medianos o bajos dispone de los datos necesarios para impulsar políticas de lucha contra la enfermedad.1
Datos alarmantes indican que, a nivel mundial, el cáncer es la principal causa de muerte. Atribuyéndose en 2015 a esta enfermedad 8.8 millones de defunciones.
El cáncer se produce por la transformación de diversas células normales a células tumorales en un proceso dentro de varias etapas, es decir, suele consistir en la progresión de una lesión precancerosa a un tumor maligno. Estas alteraciones son el resultado de la interacción entre los factores genéticos del paciente.
Al respecto, la OMS identifica que a nivel mundial en 2015 los tumores malignos de pulmón, próstata, colorrectal, estómago e hígado fueron los más comunes entre los varones, mientras que en las mujeres fueron los de mama, colorrectal, pulmón, cuello del útero y estómago.
Los cinco tipos de cáncer que causan un mayor número de fallecimientos son los siguientes:
Pulmonar (1.69 millones de defunciones).
Hepático (788 mil defunciones).
Colorrectal (774 mil defunciones).
Gástrico (754 mil defunciones).
Mamario (571 mil defunciones)2
Dentro de los principales factores de riesgo del cáncer de pulmón se encuentran el consumo de tabaco, siendo el más importante y ocasiona aproximadamente 22 por ciento de las muertes por cáncer a nivel mundial; la obesidad; la mala alimentación; la falta de ejercicio; el consumo excesivo de bebidas alcohólicas; las infecciones por los virus de las hepatitis u otras infecciones oncogénicas; la contaminación del aire de las ciudades; el humo generado en los hogares por la quema de combustibles sólidos, entre otros.
En este sentido, en México, la principal causa del cáncer de pulmón está también relacionada directamente con el consumo del tabaco, donde anualmente se registran alrededor de nueve mil nuevos casos, siendo 85 por ciento de los casos de esta enfermedad los relacionados directamente con dicho consumo.
En México el cáncer de pulmón se ubica por su frecuencia en el séptimo lugar, sin embargo, es el tumor más letal, por lo que se ubica como la primera causa de muerte por cáncer. Cada año fallecen cerca de ocho mil mexicanos por esta neoplasia.3
Es por ello que el pasado 26 de enero de 2018 se estableció a través de un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 5 de abril como Día Nacional del Cáncer de Pulmón .
Al ser la salud un tema prioritario para el gobierno de México, se debe continuar con las acciones que se han implementado, definiendo con mayor claridad el problema de este grupo de población a través de un diagnóstico más amplio, permitiendo identificar de manera oportuna los síntomas derivados del cáncer del pulmón.
Siendo el principal problema que enfrentan los pacientes es el diagnóstico tardío, legando en etapas avanzadas, con metástasis en otros órganos, lo que reduce las posibilidades de curación.
Ante ello, se requiere implementar medidas de diagnóstico oportuno sobre todo en los grupos de riesgo como son las personas fumadoras y aquellas que han sufrido exposición al humo de leña.
Por lo que es necesario fortalecer las políticas públicas dirigidas hacia este sector de la población, políticas que ayuden a obtener acceso a la salud y se les puedan realizar de manera periódica estudios y/o tomografías con el fin de detectar de manera oportuna dicha enfermedad.
Reconozco la gran tarea que el gobierno de México está realizando a través de la Secretaría de Salud, pero, ante los datos alarmantes anteriormente expuestos, se deben seguir ampliando y fortaleciendo las políticas públicas enfocadas a los riesgos que representa en consumo de tabaco.
Se debe poner especial énfasis en fortalecer las políticas antitabaco para ser un país libre de humo de tabaco. Esto no sólo reduciría de manera importante el número de casos de este tumor, sino también se podrá reducir el número de casos de muchos otros cánceres que actualmente afectan a la población.
La Organización Mundial de la Salud, el Centro Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC) y la Unión Internacional contra el Cáncer (UICC) nos invitan a reflexionar y pensar en lo que queremos y podemos hacer para comprometernos y marcar la diferencia en la lucha contra el cáncer.
Por ello, involucrarnos y dar voz de manera permanente a los pacientes que presenten cáncer pulmonar es nuestro compromiso como grupo parlamentario, y lo es porque el derecho a la salud es prioridad para que México se consolide como un país con compromiso político en la prevención y el tratamiento del cáncer, fortaleciendo los sistemas de salud locales y nacionales para que presten servicios asistenciales y curativos a los enfermos oncológicos.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado se propone ante esta honorable asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Secretaría de Salud y a sus homologas en las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias fortalezcan las campañas de difusión, información y sensibilización sobre las causas, efectos y acciones para la atención y consecuencias relacionadas con el cáncer de pulmón en México.
Notas
1 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/cancer
2 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/cancer
3 https://www.gob.mx/salud/prensa/145-cada-ano-mueren-cerca-de-ocho-mil-m exicanos-por-cancer-de-pulmon?idiom=es
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Profeco a perseguir las alzas injustificadas de productos por la contingencia derivada de la propagación del SARS-Cov-2 en México, a cargo del diputado José Elías Lixa Abimerhi, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito diputado José Elías Lixa Abimerhi , integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por la fracción I del artículo 6 y las fracciones I y V del apartado 2 del artículo 79, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo por el que se exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor, a adoptar medidas perseguir el alza injustificada de precios a productos por la contingencia provocada por la propagación del coronavirus SARS-COV-2 en México , con base en las siguientes:
Consideraciones
La actual crisis sanitaria provocada por la propagación del Covid-19 en territorio mexicano representa una serie de retos diversos que esta soberanía, como representación de los intereses populares, debe atender de forma inmediata y efectiva. Una de estas complejas realidades desatadas por la pandemia, que es accesoria a la crisis sanitaria en sí misma, es la tergiversación de las reglas normales de funcionamiento de algunos mercados. No nos referimos a los mercados financieros o de capitales, sino al mercado de los productos de higiene personal y de productos de primera necesidad, cuya demanda se ve rápidamente acelerada durante momentos de contingencia percibida por la sociedad, ya sea ante su inminencia o durante su ocurrencia, que lleva a la ciudadanía a tomar las precauciones que estiman necesarias que, en su gran mayoría, implican la adquisición de productos que pueden ser útiles para afrontar la crisis.
En la actualidad, nuestro país y el mundo enfrentan una crisis que amenaza las condiciones normales de orden público, y cuyos alcances no tienen precedente en el tiempo reciente. En el año 2019, en la región de Wuhan, China, se identificó la aparición de una nueva cepa del coronavirus, denominado SARS-Cov-2, mejor conocido como Covid-19, que produce una enfermedad infecciosa cuyos síntomas incluyen fiebre, tos y dificultades respiratorias, aunque en casos excepcionales también se han reportado dolores musculares y esputo. Al momento de la presentación de la presente iniciativa, la proporción de decesos por número de casos diagnosticados asciende al 3.4 por ciento de dichos casos, rango que varía considerablemente dependiendo de la edad de los pacientes.
La forma más frecuente de transmisión entre personas, la aérea, se debió a las pequeñas gotas que se emiten al estornudar, toser o espirar. Las rutas de transmisión de persona a persona del SARS-COV-2 incluyeron transmisión directa, como tos, estornudos, transmisión por inhalación de gotas y transmisión por contacto, como el contacto con las membranas mucosas orales, nasales y oculares. Un artículo del Imperial College no revisado por pares afirma que la tasa de mortalidad está infraestimada, ya que no se han tenido en cuenta las infecciones asintomáticas. Ellos estimaban la mortalidad en un 8 por ciento cuando se incluían los portadores asintomáticos y hasta un 18 por ciento cuando solo se tenían en cuenta los pacientes sintomáticos de la provincia de Hubei.
La causa de la enfermedad fue la infección por el coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave SARS-CoV-2 que es un tipo de Orthocoronavirinae causante de la enfermedad por coronavirus (Covid-19). Inicialmente, el virus fue llamado 2019-nCoV (del inglés 2019-novel coronavirus). Fue descubierto y aislado por primera vez en Wuhan, China, tras provocar la epidemia de enfermedad por coronavirus de 2019-2020. Parece tener un origen zoonótico, es decir, que pasó de un huésped animal (un murciélago) a uno humano.
Es importante destacar que la aparición de este fenómeno ha tenido un impacto significativo en la percepción de la ciudadanía respecto a los riesgos que este fenómeno puede representarles, y el tipo de medidas de precaución que deberán de adoptar dentro de sus hogares. A pesar de la existencia de lineamientos de seguridad sanitaria hechos públicos y comunicados a la sociedad por parte de las autoridades sanitarias, es el caso que en su mayoría cada hogar adopta criterios distintos respecto a la forma y los métodos con los que habrán de enfrentar la crisis, así como de los productos necesarios para tal efecto.
En el contexto de dicha emergencia, distintos productos se convierten en artículos con una gran demanda entre la población y que constituyen una prioridad por ser productos de primera necesidad para que las personas puedan prevenir el contagio y la propagación de la enfermedad infecciosa.
Productos derivados del cloro, productos desinfectantes en diversas presentaciones como geles, líquidos y atomizadores, máscaras cubre bocas, y distintos artículos de higiene personal básica adquieren, durante este tipo de emergencias, una demanda exacerbada, que en pocas ocasiones se ve igualada por la oferta existente en condiciones normales del mercado.
También, como medida de prevención, un porcentaje elevado de personas busca hacerse de provisiones para enfrentar la eventualidad, adquiriendo en grandes volúmenes artículos de primera necesidad, como papel sanitario, agua embotellada, alimentos enlatados y envasados, entre otros productos, que además por un efecto de retroalimentación positiva de la percepción ciudadana como resultado de la escasez artificial de dichos productos, suelen agotarse rápidamente en los establecimientos comerciales frente a reacciones colectivas de temor por la contingencia. Esto no solo se puede decir de catástrofes de orden sanitario como la que enfrenta actualmente nuestro país, sino que dichas premisas pueden extrapolarse también a tiempos de dificultad por catástrofes climatológicas, telúricas o de cualquier otra índole que alteren gravemente y de forma temporal el orden público.
I. Especulación injustificada durante crisis sanitarias
En economía, la especulación, consiste en la compra o venta de bienes con vistas a su posterior reventa o recompra, cuando el motivo de tal acción es la expectativa de un cambio en los precios afectados con respecto al precio dominante y no la ganancia derivada de su uso, o de algún tipo de transformación efectuada sobre estos o de la transferencia entre mercados distintos. Es decir que una operación especuladora busca no disfrutar del bien o servicio involucrado, sino obtener un beneficio de la o las fluctuaciones de su precio con base en el cambio de las condiciones del marcado en el tiempo.
En sentido extenso, toda forma de inversión que conlleve un medio es especulativa; sin embargo, el término se suele aplicar a aquella inversión que no conlleva ninguna clase de compromiso con la gestión de los bienes en los que se invierte, y se limita al movimiento de capitales (mercado financiero), habitualmente en el corto o mediano plazo.
En algunos casos, los aumentos del precio debido a la compra masiva de un bien o servicio causan a su vez una mayor demanda con fines también especulativos: más gente comprará el producto esperando venderlo en poco tiempo y ganar dinero. Si las perspectivas de incremento del precio del activo se calculan al alza, y no existe intervención estatal, ante las expectativas de aumento de la demanda y un proceso de retroalimentación, los especuladores pueden restringir la oferta y aumentar los precios para maximizar su beneficio económico. Un período sostenido de compra especulativa se ve frecuentemente acompañado por un período de venta en que los precios caen de forma drástica. En muchos casos se asocia la especulación con la utilización de información privilegiada, lo cual está tipificado como delito en la mayoría de los países.
Las condiciones económicas globales, caracterizadas por una desaceleración económica pronunciada, la caída global de los precios del petróleo y el impacto económico de la pandemia ponen una presión especial sobre la economía mexicana, que había estado ya enfrentando dificultades por la falta de incentivos a la inversión y las políticas económicas implementadas recientemente. De modo que, de no haber una intervención por parte del gobierno federal para mitigar el impacto de la crisis sanitaria en la economía nacional, puede esperarse una verdadera catástrofe económica que acabará con millares de empleos, provocará el cierre de comercios y resultará en una afectación que tendrá un impacto más fuerte sobre la población en una situación de mayor vulnerabilidad.
El reciente anuncio de la Presidencia de la República de que no se propone adoptar un mecanismo de estímulo fiscal para soportar a la economía durante la crisis sanitaria, así como la falta de un plan específico destinado a expandir el gasto público para dar un sostenimiento al mercado mediante la inyección de recursos públicos en el sistema económico, deja ver la total indiferencia del gobierno federal con respecto a esta problemática.
II. Aumento injustificado de precios a consumidores
Como sostiene el programa denominado Quién es Quién en los Precios, a cargo de la Procuraduría Federal del Consumidor, en las semanas anteriores, un paquete de máscaras cubre bocas con 10 piezas tuvo un precio promedio nacional de 23.99 pesos, siendo el más barato de 10 pesos y el más caro de 50 pesos. Similar resulta el caso del gel antibacterial de 60 mililitros, con un precio promedio nacional de 13.83 pesos, siendo la opción más más barata de 10 pesos y la más caro de 24 pesos.
El brote de coronavirus que ha desatado una demanda mundial por mascarillas protectoras para frenar la propagación del virus, generó desabasto de máscaras cubre bocas del modelo N95 fabricado por marcas como 3M en algunas ferreterías del país o incrementos de hasta 13 veces en precios en sólo un par de días. El productor 3M reconoció que debido a la situación mundial de salud provocada por el brote del coronavirus, también llamado Covid-19, la demanda global de suministros utilizados para tratar y ayudar a proteger a las personas alrededor del mundo actualmente está excediendo el suministro global.
Los precios encontrados de máscaras cubre bocas del modelo N95 van desde los 20.45 pesos a los 264.95 pesos por mascarilla, una diferencia de hasta 13 veces del valor original de este producto.
En el sitio de ventas por internet de The Home Depot las mascarillas 3M N95, que son especialmente útiles para la prevención de contraer el brote, al estar diseñadas para atrapar grandes contaminantes y partículas que pueden transmitir la enfermedad, se muestran sin disponibilidad en línea. En la página de ventas de artículos por internet Amazon México, la caja con 20 piezas de mascarillas N95 se encuentra disponible con cinco vendedores, pero a un precio de 5 mil 299 pesos (264.95 pesos por cada una), es decir 13 veces más caro que el precio que tiene The Home Depot . En tanto en el diverso portal virtual de ventas denominado Mercado Libre se pueden encontrar dos mascarillas Tac N95, pero a un costo de 308 pesos, es decir 154 pesos por pieza.
III. Régimen Jurídico de Protección al Consumo
En nuestro país, desde la aprobación de la Ley Federal de Protección al Consumidor, existe un régimen jurídico específico, que reconoce que, ante las nuevas realidades de masificación del consumo iniciadas a finales del siglo XX y que han alcanzado nuevas dimensiones en las primeras dos décadas del siglo XXI, se ha producido una considerable asimetría respecto del poder del consumidor individual como agente de mercado para tener una influencia sobre los productores o vendedores, que ha traído como consecuencia que éstos últimos (en numerosas ocasiones grandes conglomerados corporativos internacionales) hayan desarrollado un enorme poder para influir sobre las fuerzas del mercado, lo que se traduce en un sinfín de abusos por su parte hacia las personas consumidoras.
Las acciones colectivas son una importante forma de proteger a los consumidores y propiciar su organización para la defensa de sus intereses puesto que les confieren un contrapeso eficaz frente al poder organizado de grandes corporaciones oferentes de bienes y servicios masivos, para exigir sean respetados sus derechos o sean resarcidos cuando haya una transgresión a los mismos, suficiente como para desincentivar abusos y malas prácticas.
En retrospectiva, la inclusión expresa del derecho a la protección y organización de los consumidores en el 28 constitucional en el año de 1983, crea dos mandatos claros: el primero, castigar monopolios y cualquier otro tipo de ventajas o privilegios de actores del mercado; y el segundo, un mandato expreso al Congreso de la Unión, de proteger a los consumidores y propiciar su organización para crear un contrapeso real, capaz de enfrentar con éxito al enorme poder de industrias y comercios y sus cámaras o bien al Estado en su carácter de proveedor de servicios públicos.
La Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) mexicana define al consumidor como la persona física o moral que adquiere, realiza o disfruta como destinatario final bienes, productos o servicios (artículo 2o., fracción I). Esto significa que la ley considera que el sujeto principal de protección es el consumidor final, es decir, el que compra bienes o contrata la prestación de servicios para uso personal o de su familia.
De acuerdo con el artículo 10 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores no pueden incrementar injustificadamente precios por fenómenos naturales, meteorológicos o contingencias sanitarias. De no respetar tal prohibición, la Procuraduría Federal del Consumidor impondrá una multa de 807.27 a tres millones 157 mil 358.71, en términos del precepto 128 de la LFPC.
En momentos de contingencia y crisis, ante acontecimientos extraordinarios que amenazan la estabilidad y el curso ordinario de la vida pública en México, el Estado tiene un deber reforzado de protección frente a diversos abusos que puedan afectar los derechos de la ciudadanía.
Es en momentos de catástrofe, sea natural, humana o sanitaria, que la autoridad debe adoptar una posición más fuerte para intervenir frente a los abuso cometidos por aquellas personas que se aprovechan de las circunstancias de especial vulnerabilidad de la población, así como de sus necesidades y temores, para obtener un lucro indebido, en perjuicio no solo de la economía de las familias mexicanas, sino a costa de la capacidad social de sobreponerse a la catástrofe.
Es en este contexto que esta soberanía considera indispensable que sea la Procuraduría Federal del Consumidor, organismo público descentralizado del gobierno federal, quien en ejercicio de sus atribuciones atienda de forma prioritaria, haciendo ejercicio enfático de sus facultades, los abusos cometidos por productores, proveedores y comerciantes en la venta de productos de higiene personal y bienes de primera necesidad durante la contingencia producida por la crisis sanitaria que atraviesa nuestro país y el mundo entero.
En momentos de grandes dificultades, los mexicanos y las mexicanas debemos encontrar fortaleza en la unidad, en la empatía y en la resiliencia que nos caracteriza como nación. El gobierno de México, en sus tres poderes, debe encargarse de garantizar que la población mexicana se sienta protegida, que sea consciente de los enormes riesgos que estaremos enfrentando en los siguientes días, y que tenga además la certeza de que no está sola en esta crisis. De forma especial, esta soberanía tiene la obligación de velar por las personas que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad ante esta crisis, especialmente las personas cuyas condiciones económicas les dificultan el acceso a bienes necesarios para hacerle frente.
El Estado mexicano tiene hoy enfrente una responsabilidad histórica; la vida y la economía de miles de mexicanas y mexicanos se encuentran amenazadas. La adopción de medidas firmes y acertadas es impostergable, es por eso que realizamos este exhorto a la autoridad de protección del consumo a que haga ejercicio de sus facultades para defender los derechos de las familias mexicanas ante los intereses mezquinos que puedan buscar beneficiarse de la desgracia nacional.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Puntos de Acuerdo
Al tenor de los siguientes resolutivos:
Primero. Se exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a que, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, y en ejercicio de las facultades de vigilancia y verificación dispuestas en el artículo 96 de la misma ley, se cerciore de forma prioritaria durante la duración de la contingencia sanitaria actual, de que los proveedores de bienes y servicios relacionados con la prevención y mitigación de la propagación del virus coronavirus SARS-COV-2, especialmente los productos de higiene personal como máscaras cubre bocas y productos antibacteriales en sus diversas presentaciones, así como de productos de primera necesidad, no incrementen injustificadamente precios con el objeto de obtener un lucro indebido buscando sacar provecho del temor y la necesidad exacerbada de la población, aplicando en su caso las sanciones correspondientes de conformidad con el artículo 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Segundo. Se exhorta a la Procuraduría Federal del Consumidor a priorizar el procesamiento de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras relativas a abusos cometidos por proveedores y comerciantes en la venta de los productos de higiene personal como máscaras cubre bocas y productos antibacteriales en sus diversas presentaciones, así como de productos de primera necesidad, conforme a lo dispuesto por los el articulado de la Sección Primera del Capítulo XIII de la Ley Federal de Protección al Consumidor, aplicando en su caso las sanciones correspondientes de conformidad con el artículo 128 de la Ley.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputado José Elías Lixa Abimerhi (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal y los gobiernos locales a implantar un programa de condonación total o parcial de contribuciones, en apoyo del sector productivo que enfrentará la disminución o interrupción de sus actividades económicas ante las medidas sanitarias implantadas contra el Covid-19, a cargo del diputado José Martín López Cisneros, del Grupo Parlamentario del PAN
José Martín López Cisneros, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional a la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo de por el que se exhorta, al Ejecutivo federal y los titulares de los Ejecutivos de las entidades federativas a implementar un programa de condonación total o parcial de contribuciones, a fin de apoyar al sector productivo del país que habrá de enfrentar la disminución o interrupción de sus actividades económicas como consecuencia de las medidas sanitarias implementadas para enfrentar al Covid-19, con base en las siguientes
Consideraciones
El Covid-19 ya es considerada la primera pandemia del presente siglo, dicha enfermedad no solo ha dejado enfermedad y muerte alrededor del mundo, su impacto ha trascendido el ámbito médico, hoy las principales economías del planeta comienzan a padecer los graves problemas económicos ocasionados por dicho virus que amenazan con provocar la primera crisis económica global del siglo XXI.
Las medidas sanitarias para hacer frente a la pandemia del Covid-19 ha tenido como base el aislamiento social, con lo cual, las autoridades de las naciones más afectadas han impuesto medidas severas para impedir que sus ciudadanos salgan de casa sin una razón justificada, frenándose así toda la actividad económica en dichas naciones.
Hay que recordar que el COVID-19, se originó en China, motor económico del mundo y principal proveedor de la industria en el planeta. El gobierno chino recurrió al aislamiento de ciudades enteras para controlar la propagación del virus, se calcula que en pleno brote de la enfermedad más de 40 millones de ciudadanos chinos fueron cercados impidiendo así un mayor número de infectados; sin embargo, con dichas acciones se paralizó la actividad laboral y económica de aquella nación.
Después de China fue en Corea del Sur donde de manera más rápida se propago el COVID-19, las autoridades sudcoreanas tuvieron que hacer frente no sólo a las afectaciones que en materia de salud dejó la enfermedad, además debieron enfrentar la grave situación económica que dejó la enfermedad, al igual que China la actividad económica en Corea del Sur sufrió el paro de sus actividades productivas.
Esta situación se ha venido repitiendo en los países europeos, hoy sabemos que las actividades económicas en Italia, España y Alemania están siendo gravemente afectadas por el aislamiento social decretado por sus respectivas autoridades.
El Covid-19 ya es un problema de seguridad nacional en Estados Unidos, su presidente ha decretado emergencia nacional, con lo cual algunos estados y poblaciones han llamado a no salir de casa mientras pasa la emergencia. No solo ha sido el gobierno norteamericano el que ha parado sus actividades, la medida ha sido replicada por universidades y empresas estadounidenses.
El paro repentino y casi generalizado de las principales economías y mercados del mundo, ha provocado una crisis económica global, provocando el desplome del precio del petróleo, la caída generalizada de las principales bolsas de valores del mundo y la perspectiva de crecimiento de casi todas las naciones.
Para hacer frente a dicha situación los diferentes países que se han visto afectados por el Covid-19 han implementado medidas sin precedentes para tratar de aminorar los daños ocasionados a sus economías
En Italia, donde se ha decretado un aislamiento total, el gobierno ha decidido decretar la suspensión en el pago de impuestos e hipotecas con la intención de aliviar la presión sobre las pequeñas empresas y los hogares.
Mientras en Estados Unidos la FED redujo las tasas de interés (a casi cero) y presentó un programa de estímulo por 700 mil millones de dólares en un intento por proteger su economía.
España no es la excepción, su gobierno ha establecido una moratoria de seis meses para el pago de impuestos a pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos, con bonificación en los intereses.
De igual manera en Alemania se estableció un programa de liquidez ilimitada para sus empresas como una medida de protección frente a la caída de la actividad económica como consecuencia del Covid-19.
Aunado a lo anterior, el gobierno alemán aprobó un plan de apoyo a las empresas que tengan que reducir el número de horas trabajadas; con lo cual, la agencia de empleo estatal deberá financiar hasta el 60 por ciento de la pérdida neta de salario causada por la reducción de horas trabajadas.
Otra de las medidas propuestas por el gobierno norteamericano es la de reducir las cotizaciones sociales temporalmente, lo anterior, con la finalidad de que los estadounidenses tengan más dinero en sus cuentas y puedan hacer frente a la falta de horas de trabajo.
Las autoridades francesas han implementado medidas para posibilitar el pago escalonado de contribuciones sociales de las empresas con la finalidad de permitirles sortear la falta de actividad por causa del Covid-19.
Otros países estudian la implementación de medidas para enfrentar la crisis, relajando la política fiscal con el objetivo de ayudar a quienes resulten más afectados por la fuerte caída de la actividad económica.
Economistas y organismos internacionales están advirtiendo una recesión económica global que podría golpear duramente al empleo y con ello al bienestar de los sectores de la población menos favorecida.
En los próximos días nuestro país deberá poner en práctica medidas más rigurosas de aislamiento social para hacer frente al Covid-19, lo cual habrá de implicar una mayor paralización de la actividad económica nacional.
Hoy ya son varios los estados de la República que han suspendido las clases de educación básica; la mayoría de las principales universidades públicas y privadas también anunciaron la suspensión de sus actividades a partir del 17 de marzo, al igual la Suprema Corte de la Nación ha decidido suspender sus labores y reanudarlas hasta después del próximo 20 de abril.
Las autoridades federales han establecido como fecha de suspensión de las actividades escolares la del próximo 20 de marzo, con lo cual, la actividad económica de todo el país se detendrá ocasionando graves problemas económicos a las micro, pequeñas y medianas empresas que no contarán con la fortaleza financiera necesaria para hacer frente al paro de sus plantas productivas.
Uno de los sectores más golpeados será el turismo; las aerolíneas, los hoteles, restaurantes y centros de entretenimiento y espectáculo, quienes verán seriamente afectadas sus actividades económicas.
Aunado al paro de la actividad laboral y productiva del país, hay que tener en cuenta que empresas y trabajadores mexicanos deberán hacer frente al desplome bursátil global, una fuerte devaluación del peso y una pronunciada caída del precio del petróleo, lo cual afectara las finanzas del gobierno, quien contará con menores recursos para inversión y gasto público.
En este orden de ideas es que el presente punto de acuerdo busca exhortar al Ejecutivo federal para que establezca un plan de apoyo fiscal para la condonación de contribuciones e impuestos como el impuesto sobre la renta (ISR), el impuesto especial a producción y servicios (IEPS), las cuotas obrero patronales de seguridad social y vivienda, con la finalidad de posibilitar a las micro, pequeñas y medianas empresas hacer frente al paro de sus actividades.
Asimismo, se propone exhortar a los gobiernos de las entidades federativas a la condonación del impuesto sobre nómina y el impuesto sobre hospedaje (ISH), entre otros.
Son tiempos que demandan el trabajo comprometido de ciudadanía, empresarios y autoridades, por eso se demanda del Ejecutivo federal la implementación de un plan integral que contemple apoyos a los ciudadanos y empresarios para hacer frente a la grave crisis económica que se avecina producto del COVID-19.
Dicho plan deberá contener condonaciones, rebajas y prorrogas para el pago de impuestos y contribuciones como las cuotas del Infonavit, IMSS, ISR, ISN, IESPS, entre otros; además, de contemplar prorrogas para el pago de créditos otorgados por instituciones públicas y privadas, así como una prórroga para la presentación de la declaración anual de impuestos ante el SAT.
Igualmente, el plan de contingencia económica deberá observar la inclusión de estímulos para las micro, pequeñas y medianas empresas que será el sector productivo más afectado por los paros laborales que se prevén.
En este mismo orden de ideas, los gobiernos de las entidades federativas junto con los municipios del país deberán poner en medidas extraordinarias para mitigar el impacto económico que tendrá el COVID-19, para lo cual se propone exención en el pago de los recargos vehiculares, pago de predial, agua, ISN e ISH, entre otros. Asimismo, se debe contemplar un seguro de desempleo para apoyar económicamente a las personas que resulten afectadas por los paros laborales.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la presente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo federal a implementar un programa de condonación total o parcial de contribuciones, para apoyar al sector productivo del país a enfrentar la disminución y/o interrupción de sus actividades económicas como consecuencia de las medidas sanitarias implementadas para hacer frente al Covid-019.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a los gobiernos de las entidades federativas a implementar un programa de condonación total o parcial de contribuciones, para apoyar al sector productivo del país a enfrentar la disminución y/o interrupción de sus actividades económicas como consecuencia de las medidas sanitarias implementadas para hacer frente al Covid-019.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 19 de marzo de 2020.
Diputado José Martín López Cisneros (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a fortalecer por la Ssa los protocolos y las acciones específicos ante la sospecha de casos de Covid-19 en centrales aéreas, puertos y pasos fronterizos, suscrita por los diputados Saraí Núñez Cerón y Adolfo Torres Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN
Los suscritos, diputada Saraí Núñez Cerón, diputado Adolfo Torres Ramírez y legisladoras y legisladores integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esa soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que instruya a la Secretaría de Salud fortalezca los protocolos y acciones específicas ante la sospecha de casos de Covid -19 en los aeropuertos, puertos y pasos fronterizos del territorio mexicano y coordinarse entre los tres órdenes de gobierno para tener los mismo protocolos de seguridad ante esta contingencia de salud, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Los coronavirus son una familia de virus que causan enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades respiratorias más graves, circulan entre humanos y animales A veces, los coronavirus que infectan a los animales pueden evolucionar y enfermar a las personas y convertirse en un nuevo coronavirus humano como es el caso del síndrome respiratorio agudo severo (SARS) y el síndrome respiratorio de oriente medio (MERS). Los coronavirus humanos comúnmente causan padecimientos leves a moderados en personas de todo el mundo. Sin embargo dos coronavirus humanos, MERS-CoV y SARS-CoV, antes mencionados, causan enfermedades graves con frecuencia.
El virus puede haberse transmitido originalmente por contacto directo entre animales y humanos (zoonosis) o, como muchos gérmenes, simplemente por el aire. Sin embargo, se ha confirmado que el nuevo coronavirus se puede transmitir de persona a persona. Los coronavirus humanos se transmiten de una persona infectada a otras a través del aire al toser y estornudar, al tocar o estrechar la mano de una persona enferma, o al tocar un objeto o superficie con el virus y luego tocarse la boca, la nariz o los ojos antes de lavarse las manos.1
Por lo anterior, las personas de cualquier edad con antecedentes de viaje o estancia en la ciudad de Wuhan provincia de Hubei, China, que presenten fiebre, enfermedad respiratoria aguda y que haya estado en contacto con un caso confirmado o un caso bajo investigación, hasta 14 días antes del inicio de síntomas. Sin embargo, hay personas en las que pueden presentarse complicaciones, tales como:
Personas con enfermedades crónicas
Personas con diabetes
Personas con obesidad
Enfermos del corazón
Personas con VIH, cáncer, inmunosuprimidos
Personas adultas mayores
Por ello, debe extremarse la aplicación de las medidas preventivas para evitar que enfermen. Los síntomas son los siguientes:
Fiebre
Tos, estornudos
Malestar general
Dolor de cabeza
Dificultad para respirar (casos más graves)
Es importante señalar que el orden aquí presentado de los síntomas no necesariamente corresponde al orden en que aparecen al momento del contagio.2
Por lo anterior, el 31 de diciembre de 2019, las autoridades de salud de la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, China informaron sobre la presencia de 27 casos de síndrome respiratorio agudo de causa desconocida. Las primeras infecciones se han asociado a un mercado de mariscos y animales, cerrado ahora, donde también se vendían animales salvajes.
El 7 de enero de 2020, las autoridades chinas informaron de la presencia de un nuevo coronavirus (2019-nCoV) identificado como posible causante.
El 13 de enero de 2020, el Ministerio de Salud Pública de Tailandia reportó el primer caso confirmado por laboratorio de 2019-nCoV en un paciente de 61 años residente de Wuhan, China.
El 14 de enero, Japón informó la presencia de un caso de neumonía con antecedente de viaje a Wuhan, que se confirmó por laboratorio para 2019-nCoV.
El 20 de enero, Corea del Sur notifica un caso de 2019-nCoV, con antecedente de viaje a Wuhan, China. El 21 de enero, el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de EEUU informa del primer caso confirmado en la región de las Américas.3
El 11 de marzo de 2020 (OMS). El director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el doctor Tedros Adhanom Ghebreyesus, anunció que la nueva enfermedad por el coronavirus 2019 (COVID-19) puede caracterizarse como una pandemia.4
Actualmente y datos por la Secretaría de Salud, a nivel mundial se han reportado 167 mil 506 casos confirmados (13 mil 903 casos nuevos) de COVID-19 y 6 mil 606 defunciones (862 nuevas defunciones*). Tasa de letalidad global: 3.94 por ciento.
En China se han confirmado 81 mil 77 casos (29 nuevos casos) y 3 mil 218 defunciones. De acuerdo con datos de la OMS, los casos y defunciones en otros países fuera de China han superado los casos y defunciones de China, por lo que a partir de este reporte ya no se presentará la distribución de casos por provincias.
Se han confirmado 86 mil 429 casos fuera de China (13 mil 874 nuevos); y 3 mil 388 defunciones (848 nuevas), de las cuales en la en la región europea se han presentado 2 mil 335; región del Mediterráneo oriental 870; región del Pacífico Occidental 123 (siete en el crucero Diamond Princess); región de las Américas 50; siete en la región de Asia Sudoriental y tres en la región de África.
Hasta la fecha se han reportado casos en 150 países fuera de China, los casos se han notificado en las seis regiones de la OMS (América, Europa, Asia Sudoriental, Mediterráneo Oriental, Pacífico Occidental y África).5
Siete nuevos países, territorios o áreas reportaron casos en las últimas 24 horas: Uzbekistán, Seychelles, Ruanda, Uruguay, Santa Lucia, Guatemala y Suriname.
En la UIES, desde que se habilitó el 800 0044 800 para atender el tema de COVID19, se ha recibido un total de 3 mil 898 llamadas, de las cuales, en las últimas 24 horas se han atendido 256 llamadas (corte 17:00 horas). Las llamadas para solicitar información sobre COVID-19 representaron el 98.51 por ciento (3 mil 840).
En México hasta el día de hoy se han confirmado 82 casos de COVID-19 y ha estado aumentado cada día 10 infectados en promedio. Las entidades que se han detectado son estado de México (1), Puebla (1) y Coahuila (1) tuvieron como hallazgo resultado positivo a SARS-CoV-2, por lo que se consideran portadores al continuar sin desarrollar signos y síntomas de la enfermedad.
Hasta el corte de información del día de hoy se han registrado dos portadores de SARS-CoV-2, asintomáticos en el estado de México y Puebla.
Por lo anterior, el gobierno federal ha tenido medidas muy relajadas ante la pandemia del Covid-19, esto claramente se ve en los puertos, aeropuertos y fronteras no son supervisadas correctamente y mucho menos a nivel local ya que no hay una coordinación por la cabeza que es el gobierno federal, asimismo no hay recursos para este tipo de contingencias sanitarias.
Quiero destacar, los datos del Informe Estadístico Mensual de Movimiento de Carga, Buques y Pasajeros en los Puertos de México del mes de enero a la fecha, los pasajeros de cruceros sumaron 1 millón 71 mil 41 atendidos en 391 arribos, esta cifra es 11.2 por ciento superior a la correspondiente al mes de enero de 2019.
De la tal suerte que el sistema aeroportuario tiene un mayor flujo de pasajeros que el portuario según la información de la oficina de Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), con dos meses de demora, se presentan las cifras sobre el volumen de llegadas de pasajeros transportados en los diferentes aeropuertos del país. Con llegadas de pasajeros en el país de 6 millones 749 mil 198 un aumento con el 2019 de 8.5 por ciento este total incluye pasajeros nacionales e internacionales en donde los 5 aeropuertos con mayor fluidez de pasajeros son Ciudad de México, Cancún, Guadalajara, Monterrey y Tijuana.
Por lo anterior, el director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Tedros Adhanom Ghebreyesus, en rueda de presa el día lunes 16 de marzo del 2020, pidió al gobierno de México compromiso político al más alto nivel, al ser cuestionado en conferencia de prensa sobre el caso de México, que al momento se reportan 53 casos confirmados.
El gobierno también debería ser capaz de movilizar a toda la sociedad y asegurarse de que esta respuesta se convierta en asunto de todos, enfatizó.
Aseveró el especialista que esto es algo que sólo puede tener éxito si todos los mexicanos están realmente involucrados.6
Cabe destacar, la deficiente organización del gobierno federal ante esta emergencia nacional en materia de salud al no organizar a las entidades estatales ya que cada quien aplica criterios diferentes como es el caso del aeropuerto de la CDMX en donde las autoridades mencionan que existen protocolos para la identificación de enfermedades en viajeros, detección de pasajeros enfermos durante el trayecto del vuelo y de viajeros enfermos en el aeropuerto, así como seguimiento de usuarios que llegan de zonas con brotes. En el video se muestra cómo funciona la cámara termográfica, la cual está situada en un mostrador; desde allí se observan las imágenes térmicas de los pasajeros al pasar.
En el Aeropuerto Internacional de Oaxaca, donde se realizan revisiones a los pasajeros que arriban de vuelos internacionales, pero estos mismos protocolos no aplican para quienes viajan en el país, dado que aún no hay contagios locales, sino importados.
En el Aeropuerto Internacional de Guadalajara, Jalisco, ya hay filtros sanitarios.
En el Aeropuerto Internacional de Cancún, Quintana Roo, se identificó que hay protocolos adicionales de prevención.
En el Aeropuerto Internacional Mariano Escobedo, de Monterrey, Nuevo León, los viajeros recién llegados reportaron que les tomaron la temperatura, y les aplicaron cuestionarios.
En cambio, países de América Latina han fortalecido sus protocolos de seguridad al grado de cerrar fronteras, puertos y aeropuertos es el claro ejemplo del presidente Nayib Bukele impidió el ingreso a su país de un vuelo proveniente de México con destino a El Salvador, según el mandatario lleva entre su tripulación a 12 personas contagiadas de Covid-19 y por ese motivo se le negó el acceso al país centroamericano.
Asimismo, han implementado protocolos de seguridad sanitaria, otros países pertenecientes del continente americano para controlar el Covid-19, como son:
Argentina, el 5 de marzo el gobierno decretado la suspensión de vuelos por 30 días provenientes de Europa, EEUU, Corea del Sur, Japón, China e Irán. Además, se suspendieron todos los eventos masivos, desde espectáculos deportivos y conciertos, hasta encuentros culturales, comerciales y educativos. Y se cerraron los parques nacionales.
Bolivia, el 12 de marzo el gobierno declaró emergencia nacional y prohibió la entrada a Bolivia de pasajeros procedentes de China, Corea, Irán y Europa. Ya se habían ordenado la suspensión de los vuelos hacia y desde Europa.
Brasil, 16 de marzo, Sao Paulo ordenó paros graduales.
Chile ordenó el cierre de todas las fronteras a partir del 18 de marzo, no obstante, aclaró que esta medida no afectará la entrada y salida de carga, todos los puertos chilenos y se estableció cuarentena obligatoria para quienes ingresen al país de cualquier nación calificada de alto riesgo por la OMS, entre ellos, Italia, España, China, Francia, Alemania e Irán.
Colombia restringió a partir del 16 de marzo la entrada a su territorio de todos los ciudadanos de otros países.
Costa Rica, ordenaron el 12 de marzo el cierre preventivo de centros educativos en riesgo durante al menos 14 días hábiles, la reducción en 50 por ciento del aforo de espacios de reunión pública y la suspensión de viajes al extranjero para empleados públicos.
Tres días más tarde, las autoridades sanitarias endurecieron las medidas, ordenando el cierre de bares, casinos y discotecas en el país y estableciendo que el campeonato de futbol local se juegue a puertas cerradas.
Cuba, el Ministerio de Salud Pública, Francisco Durán García, dijo que se ha extremado la vigilancia sobre los viajeros procedentes de China, Italia, Irán, Japón y Corea del Sur, Estados Unidos, Francia y Alemania, según el portal Cuba Debate.
Ecuador, 11 de marzo el Ministerio de Salud había declarado la emergencia sanitaria en todo el territorio, obligando a que quienes arribaban al país desde España, Italia, Irán, Francia, Corea del Sur y dos provincias de China (Hubei y Cantón) se aislarán en sus domicilios durante 14 días.
Guatemala anunció el 16 de marzo que prohibirá el ingreso de extranjeros por dos semanas.
Honduras, e l gobierno anunció el cierre de todas sus fronteras al tránsito de personas a partir del lunes 16 de marzo.
Panamá anunció que restringirá el ingreso al país de extranjeros a partir del lunes 16 de marzo.
Paraguay anunció el cierre parcial de sus fronteras, clausurando ocho puntos de entrada al país a partir del 16 de marzo, para poder aumentar los controles contra el coronavirus.
Uruguay, el 16 de marzo y por un mes los vuelos desde y hacia Europa, China, Corea e Irán y ordenó que cualquier persona llegada de esos países cumpla una cuarentena de 15 días.
República Dominicana, 13 de marzo, el gobierno anunció la emergencia sanitaria y dispuso el cierre parcial de la frontera, obligando a cualquier persona proveniente de un país en riesgo a realizar una cuarentena de 14 días.
Venezuela decretó la cuarentena para siete estados inicialmente. Más tarde la extendió a todo el país. Además cerró las fronteras aéreas con Europa, Colombia, Panamá y República Dominicana.
México puso en marcha una revisión aleatoria de pasajeros en vuelos y cruceros internacionales, pero no se han emitido restricciones de ingreso a puertos y aeropuertos, es más los pasajeros que vienen de Estados Unidos, Europa y Asia estarán por 14 días en territorio mexicano ya que no pueden volar a otros países.
Por lo antes expuesto, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional exige al gobierno federal que tome el control y coordine acciones contundentes en los tres órdenes de gobierno, en los puertos, aeropuertos y fronteras del país ya que justifican que no quieren perjudicar la economía del país cerrando estos puntos de acceso al país poniendo en riesgo el bien jurídico tutelado por la ley que es la vida y la salvaguarda de la salud de todos los mexicanos.
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración del pleno de esta Comisión Permanente, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta al titular del Ejecutivo federal para que instruya a la Secretaría de Salud que fortalezca los protocolos y acciones específicas ante la sospecha de casos de Covid -19 en los aeropuertos, puertos y pasos fronterizos del territorio mexicano y coordinarse entre los tres órdenes de gobierno para tener los mismos protocolos de seguridad ante esta contingencia de salud.
Segundo. Se exhorta al titular de la Secretaría de Salud a hacer públicos los protocolos de actuación que han realizado para detectar los casos de dicho virus y a emitir información clara y oportuna de los síntomas y posibles formas de contagio para mantener alerta a la población brindar conocimiento sobre las principales medidas de prevención para todas aquellas personas que viajen a zonas de aeropuertos, puertos y pasos fronterizos del territorio mexicano.
Tercero. Se solicita al titular de la Secretaría de Salud a capacitar y equipar al personal de puertos, aeropuertos y fronteras para tener una acción de respuesta rápida de control de flujo de pasajeros en casos de sospecha de Covid -19, así como solicitar la colaboración a las empresas de transporte aéreo, naval y terrestre para propiciar la detección y manejo de casos de Covid -19.
Cuarto. Solicitar la colaboración a las empresas de transporte aéreo, naval y terrestre para propiciar la detección y manejo de casos de Covid -19.
Notas
1 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/530940/Mensajero_Coronav irus.pdf
2 https://www.gob.mx/salud/documentos/covid-19-sitios-de-interes?state=pu blished
3 https://www.paho.org/es/temas/coronavirus/enfermedad-por-coronavirus-co vid-19
4 https://www.paho.org/es/noticias/11-3-2020-oms-caracteriza-covid-19-com o-pandemia
5 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/541581/Comunicado_Tecnic o_Diario_COVID-19_2020.
6 https://mvsnoticias.com/noticias/internacionales/la-oms-urge-a-mexico-c ompromiso-por-covid-19/, La OMS urge a México compromiso por Covid-19, Jatziri Magallanes, lunes 16 de marzo, 2020, 16:51 pm.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputados: Saraí Núñez Cerón, Adolfo Torres Ramírez (rúbricas).
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno federal a informar por la SRE a la opinión pública sobre las acciones emprendidas por las respectivas embajadas y consulados en los países donde hay mexicanos varados, ante la pandemia del Covid-19, para atenderlos y apoyar su regreso, suscrita por los diputados Mariana Dunyaska García Rojas y Carlos Elhier Cinta Rodríguez, del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, Mariana Dunyaska García Rojas y Carlos Elhier Cinta Rodríguez, en nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se solicita al gobierno federal, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que informe a la opinión pública sobre las acciones emprendidas por las respectivas embajadas y consulados en los países donde se encuentran mexicanos varados, con motivo de la pandemia del Covid-19, a fin de proporcionarles la atención que requieren en estos momentos y el apoyo para su regreso a territorio nacional, al tenor de las siguientes
Consideraciones
De acuerdo con la Dirección General de Epidemiología de la Secretaría de Salud, la enfermedad por coronavirus (Covid-19) cuyos síntomas son fiebre o tos, y alguno de los siguientes: dificultad para respirar, dolor muscular, dolor de cabeza, articulaciones o garganta; que tiene el potencial de causar enfermedad respiratoria grave (dificultad respiratoria) y muerte es causada por un nuevo coronavirus (SARS-Cov-2),está en circulación en el mundo desde el 31 de diciembre, el cual se transmite de persona a persona.
Se ha identificado un número creciente de casos en diversos países durante este año, incluido México. La epidemia de Covid-19 fue declarada por la Organización Mundial de la Salud como una emergencia de salud pública de importancia internacional el 30 de enero de 2020. El 11 de marzo de 2020, la OMS declaró la actual epidemia de Covid-19 como pandemia. Actualmente no hay vacuna ni tratamiento específico contra el nuevo virus.
La posibilidad de enfermar por este evento es elevada, y no hay medidas preventivas específicas contra la enfermedad. Hasta el 11 de marzo de 2020, a escala global se informó de 118 mil 322 casos confirmados, incluidas 4 mil 292 defunciones, afecta a 113 países. Se ha documentado una transmisión local sostenida de Covid-19 a escala comunitaria en China (incluido Hong Kong), República de Corea (Sur), Japón, Singapur, Irán, Italia, Francia, Alemania y España.1
De acuerdo con el balance transmitido por diversos medios de comunicación, entre ellos Foro TV, el martes 17 de marzo, por el Covid-19, en México los casos confirmados han aumentado a 93, y a 206 los pacientes sospechosos.
Si bien la Secretaría de Salud ha recomendado acciones para después de viajar a los países o áreas con transmisión local comunitaria, tales como vigilar si presenta síntomas de enfermedad respiratoria aguda y solicitar atención médica inmediata y no auto medicarse. Antes de acudir a salas de urgencias u hospitales informar al personal de salud sobre dicho viaje. Y de presentarse síntomas, evitar exponer a otras personas, seguir las medidas de prevención, usar cubre bocas e incluir el lavado de manos con agua y jabón y la fricción con soluciones base alcohol gel; existen muchos casos de mexicanos que habiendo viajado a diversos destinos en el extranjero, se han visto involuntariamente imposibilitados para retornar al país.
Como es lógico, como parte de las medidas adoptadas, múltiples países implantaron para contener la propagación del virus restricciones de tránsito y movimiento en sus fronteras, cancelación de vuelos en distintas rutas e, incluso, el cierre de sus fronteras, con lo que no sólo se ha impedido el acceso de extranjeros a territorio nacional, sino de muchos mexicanos que habiendo programado un viaje por tiempo y con objetivo y recursos determinados, se han visto sobrepasados por las condiciones mundiales imperantes en torno al Covid-19, lo que les ha impedido retornar a su patria.
Ante esta situación, el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubón, instruyó a embajadas y consulados para que busquen solución a mexicanos que se encuentran varados en distintas naciones, producto de la cancelación de vuelos por la propagación del coronavirus Covid-19. En virtud de que estas medidas pueden generar contratiempos para los connacionales en el exterior, la cancillería ha dado instrucciones a los consulados y la embajadas de enfatizar los canales de atención al público y gestionar, a través de los conductos diplomáticos, soluciones concretas para los mexicanos que se encuentren en situaciones complicadas o de riesgo, indicó.2
Así, compatriotas varados en países como El Salvador, Perú (al menos 200), Venezuela, Portugal y Estambul no han recibido atención, apoyo ni instrucciones para su regreso.
Referimos en particular el caso de al menos ocho mexicanos que se encuentran en Caracas, Venezuela, sin posibilidad de regresar al país, en virtud del cierre de fronteras con motivo de la pandemia del Covid-19, quienes acudieron a la embajada en búsqueda de apoyo para afrontar muy probablemente la cuarentena prevista para el caso para lo cual indiscutiblemente requerirán apoyo básico para valoración médica, alimentación y hospedaje, sin haber recibido la más mínima atención o respuesta.
En tal virtud, en Acción Nacional nos preocupan no sólo la situación y la salud de los mexicanos en el territorio nacional sino, también, las de los connacionales que se encuentran en estado de abandono por las autoridades mexicanas federales que, a través de sus embajadas y consulados, han sido omisas para brindar la atención y el apoyo que tan desesperadamente necesitan.
Por ello estimamos indispensable la aprobación del siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al gobierno federal, a través del secretario de Relaciones Exteriores, para que informe a la opinión pública sobre los países, el número de mexicanos, las condiciones y las acciones emprendidas, el tipo de atención brindada y el eventual apoyo para su regreso a territorio nacional, por las embajadas y los consulados de México en los países donde se encuentran mexicanos varados, con motivo de la pandemia Covid-19.
Notas
1 Información consultada en internet el 17 de marzo de 2020:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/541495/AP V-PAISES-COVID19-SARSCoV2_2020.03.14.pdf
2 Información consultada en internet el 17 de marzo de 2020: https://www.informador.mx/mexico/La-SRE-busca-solucion-para-mexicanos-v arados-en-el-exterior-20200317-0077.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputados: Mariana Dunyaska García Rojas y Carlos Elhier Cinta Rodríguez (rúbricas).
Con motivo del 20 de marzo, segundo aniversario de la develación de El gran tintero plateado, a cargo de la diputada María Sara Rocha Medina, del Grupo Parlamentario del PRI
Efeméride con motivo del segundo aniversario de la instalación del Gran Tintero en la explanada de la Cámara de Diputados, a cargo de la diputada Ma. Sara Rocha Medina , del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
Nuestro Palacio Legislativo es sede de diversas obras artísticas, prácticamente se ha convertido en un museo. El Gran Tintero Plateado, realizado en un tamaño monumental de aproximadamente 4.5 metros, por el escultor Francisco Menchaca, engalana el patio central y hoy cumple su segundo año de haber sido apostado.
El tintero plateado es una escultura con las figuras de dos mujeres, la diosa Temis, la diosa titán que representa la justicia que los seres humanos podemos impartir, llena de limitantes y anhelos con elementos de fuerza ejecutora y equilibrio; y la diosa Nike, la representación de la victoria, portadora de laureles, es en su conjunto una evocación a la competitividad y el triunfo.
Ambas, acompañadas por un águila real en postura vigilante, ave que nos transporta a la solidez democrática, a la unión en pacto republicano y la prevalencia constitucional, aquí, perfectamente modelada a través de poco más de 700 plumas.
Quince mil horas hombre, una aleación de aluminio, acero y nikel patentada por el escultor, hicieron falta para que hoy podamos disfrutar de ella. Comprometámonos con la preservación de nuestro patrimonio artístico.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputada Ma. Sara Rocha Medina (rúbrica)
Con motivo del 21 de marzo, aniversario del natalicio del licenciado Benito Juárez García, Benemérito de la Patria y de las Américas, suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PT
Los suscritos, diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz , integrantes del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, fracción XI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta honorable asamblea la presente efeméride con motivo del 21 de marzo, aniversario del natalicio del licenciado Benito Juárez García, Benemérito de la Patria y de las Américas.
Don Benito Juárez exclamó fuertemente: Siempre he procurado hacer cuanto ha estado en mi mano para defender y sostener nuestras instituciones. He demostrado en mi vida pública que sirvo lealmente a mi patria y que amo la libertad. Ha sido mi único fin proponeros lo que creo mejor para vuestros más caros intereses, que son afianzar la paz en el porvenir y afianzar nuestras instituciones. Y: Como hijo del pueblo nunca podría olvidar que mi único fin debe ser siempre su mayor prosperidad.
El día 21 de marzo se conmemora el 214 aniversario del natalicio de uno de los hombres majestuosos que ha nacido en México y que es reconocido a nivel mundial. Me refiero a don Benito Juárez García
Las y los oaxaqueños nos sentimos honrados al ser originarios del estado que vio nacer desde tierra zapoteca a un indígena que retó a las circunstancias de su vida y que, en medio de la pobreza y la orfandad, logró abrirse camino para convertirse en un abogado comprometido con la sociedad.
Fue así como inició su brillante trayectoria en la vida pública, con pasos firmes y sólidos: primero fue concejal de la ciudad de Oaxaca, posteriormente congresista local y federal, gobernador del estado y por último: el primer presidente de los Estados Unidos Mexicanos de origen indígena, en un país lleno de desigualdades y pugnas por el poder.
La tenacidad de ese niño indígena que llegó a ser presidente de la república y que implementó cambios estructurales en la organización del Estado y que rigen hasta la fecha nuestras normas legales y de convivencia entre sociedades e instituciones, deber ser ejemplo para las nuevas generaciones.
Recordemos que siendo presidente de la república promulgó las Leyes de Reforma que eliminaban los privilegios desmedidos del clero y el Ejército. Leyes que declaraban a todos los individuos iguales ante la ley, declaró la separación iglesia-Estado y la libertad de cultos e instauró la organización del Registro Civil a manos del Estado.
Una de sus mayores preocupaciones era que: No se puede gobernar a base de impulsos de una voluntad caprichosa, sino con sujeción a las leyes. No se pueden improvisar fortunas, ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, disponiéndose a vivir, en la honrada medianía que proporciona la retribución que la ley les señala.
Por esa razón, después de promulgar las Leyes de Reforma y de reafirmar sus ideas liberales que restaban beneficios a los menos y beneficiaban a los más, sufrió de arteras conspiraciones y no tuvo mayor opción que gobernar de manera itinerante hasta establecerse en el puerto de Veracruz.
El Benemérito de la Patria y de las Américas, como se le llama, no solamente representa un orgullo para los oaxaqueños, pues nos dio gloria a todas y todos los mexicanos.
Signo de admiración es el ejemplo de este prócer de la patria. Resulta indispensable practicar su legado ético, filosófico y social por el que propugnó toda su vida. La frase: Libre y, para mí, sagrado es el derecho de pensar... La educación es fundamental para la felicidad social; es el principio en el que descansan la libertad y el engrandecimiento de los pueblos es tan actual como cuando lo pronunció el propio patricio.
Exaltemos hoy los valores personales que llevaron a formar a un hombre de carácter y liderazgo liberal basado en la humildad como principio absoluto de su proceder, el respeto a los demás como idea fundamental de su vida y su lealtad hacia la patria.
La cuarta transformación, encabezada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, retoma hoy los principios y el espíritu de la obra de Juárez. No más abusos, no más dispendio, no más despilfarro, no más corrupción, no más enriquecimiento de servidores públicos a costa del empobrecimiento del pueblo.
El espíritu y el legado de don Benito Juárez viven y están vigentes en la cuarta transformación y continuaremos impulsando la igualdad, la libertad, la legalidad y la democracia.
Sin importar cuánto se esfuercen los intereses particulares, ni la ambición de la derecha y el neoliberalismo con sus intentos desesperados y rabiosos de descarrilar al gobierno del presidente López Obrador, no podrán detener el andar de México.
Para continuar construyendo una sociedad justa, libre, equitativa y democrática, sólo basta recordarnos que: Entre los individuos como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno, es la paz.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de marzo de 2020.
Diputados: Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz (rúbrica)
Con motivo del 21 de marzo, Nacimiento del Benemérito de las Américas, Benito Juárez García, a cargo del diputado Santiago González Soto, del Grupo Parlamentario del PT
No deshonra a un hombre equivocarse.
Lo que deshonra es la perseverancia en el error.
Benito Juárez
El suscrito, diputado Santiago González Soto, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo a la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción XI, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta honorable asamblea la presente efeméride, con motivo del natalicio del Benemérito de las Américas Benito Juárez
Benito Pablo Juárez García, fue un abogado y político mexicano, nació el 21 de marzo de 1806 en San Pablo Guelatao, Oaxaca. Tras haber quedado huérfano, a los 13 años de edad se traslada a vivir a la Ciudad de Oaxaca, en donde su deseo por superarse le lleva a obtener el grado de licenciado en derecho por el Instituto de Ciencias y Artes de Oaxaca.i
Fue gobernador de su estado natal llegando a ser presidente de la República. Su vida estuvo llena de vicisitudes que su tenacidad y férrea decisión le ayudaron a trascender; su sólida formación académica le permitió tener una muy clara visión del país que quería, no hay que perder de vista que en esas fechas el país estaba recién independizado de España y enfrentaba un sin número de problemas para poder consolidarse como nación independiente, el naciente estado mexicano se encontraba además ante dos disyuntivas bastante polarizadas, la vertiente conservadora, que pugnaba por seguir atada al pensamiento feudal bajo el cual se escondían los obscuros intereses de la iglesia católica y un grupo de mexicanos interesados en preservar privilegios; la otra vertiente era la de los liberales a la que pertenecía el presidente Juárez, quienes deseaban un régimen republicano de gobierno, con características laicas y democráticas, es decir con mayores libertades para los ciudadanos, buscando siempre el progreso de la nación. Estas características están vigentes en la constitución política que aún nos rige como legado político de los hombres de la reforma.
El presidente Juárez fue el ejecutor de varias reformas que se tradujeron en beneficio de la población, tales como el decreto sobre la Educación gratuita y obligatoria; así como aquella dictada en 1859, conocida como la Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos, la cual decretaba que a partir de ese momento todos los bienes de la Iglesia pasaban a manos de la nación, repatriando entonces muchas de las riquezas, bienes y edificaciones que durante años la Iglesia había acumulado, gracias a las concesiones y apoyo financiero, así como la recaudación de diezmos y primicias que recibía el gobierno a través del dinero de la nación.
Con la idea de conformar un Estado soberano, promulgó la Ley de Matrimonio Civil (1859), haciendo que éste fuese el único legalmente reconocido, de la misma manera la Ley Orgánica de Registro Civil con la cual cobró legalidad el Registro Civil de los Nacimientos y Defunciones haciendo que su administración dependiera del Estado y no de la Iglesia.ii
El 18 de julio de 1872 murió en el Palacio Nacional. Por la transcendencia de su obra obtuvo el título de Benemérito de las Américas como un reconocimiento a su incansable lucha por la consolidación del estado mexicano, además de su implacable defensa de la libertad de los individuos y las naciones de América.
Sirva la presente efeméride como un reconocimiento a la trascendental obra de tan insigne mexicano, que se refleja en el actual régimen de libertades de la que gozamos todos los mexicanos.
Notas
i Biografía Benito Juárez García. Consultado en https://www.banxico.org.mx/billetes-y-monedas/benito-juarez-biografia-b anco.html. 10 marzo de 2020
ii Leyes promulgadas por Benito Juárez. Consultado en https://educacion.elpensante.com/ensayo-sobre-benito-juarez/. 10 marzo de 2020
Palacio Legislativo, San Lázaro, a 19 de marzo de 2020-
Diputado Santiago González Soto (rúbrica)