Gaceta Parlamentaria, año XXII, número 5472-I, jueves 5 de marzo de 2020
De los diputados Marco Antonio Reyes Colín, Laura Imelda Pérez Segura, Lizeth Amayrani Guerra Méndez y Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, por las que solicitan el retiro de iniciativas y proposición
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 marzo de 2020.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presente
Sirva la presente para solicitarle de la manera más atenta, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sea retirada la iniciativa que reforma diversas disposiciones de las Leyes Generales de Salud, y de Educación, en materia de prevención de adicciones, a cargo del diputado Marco Antonio Reyes Colín , del Grupo Parlamentario de Morena, registrada por el suscrito en el orden del día del jueves 20 de febrero, a efecto de profundizar sobre su contenido.
Sin otro asunto más por el momento, quedo a sus más distinguidas y finas consideraciones.
Atentamente
Diputado Marco Antonio Reyes Colín (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados
LXIV Legislatura
Presente
Con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle atentamente que sea retirada la siguiente con proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, suscrita por una servidora, publicada en la Gaceta el pasado miércoles 5 de febrero del año en curso, misma que fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública.
Proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a incorporar dentro de las actividades prioritarias de la Guardia Nacional la salvaguarda de los ecosistemas naturales en territorio nacional.
Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.
Atentamente
Diputada Laura Imelda Pérez Segura (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
Muy estimada Diputada Presidenta:
Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito tenga a bien girar sus apreciables instrucciones a quien corresponda a efecto de que sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un nuevo tercer párrafo, pasando el actual tercer párrafo a ser el cuarto del artículo 73, de la Ley General de Educación, registrada por la suscrita en el orden del día del martes 11 de febrero de 2020, en el número 37, con número de expediente 3432, a efecto de profundizar su contenido.
Agradezco como siempre sus finas atenciones.
Reciba un cordial saludo.
Diputada Lizeth Amayrani Guerra Méndez (rúbrica)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de marzo de 2020.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
Presente.
Sirva la presente para solicitarle de la manera más atenta, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sea retirada la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación, registrada por el suscrito en el orden del día del 20 de febrero del 2020 y enlistada en el número 5462-II, a efecto de profundizar sobre su contenido.
Sin otro asunto más por el momento, quedo a sus más distinguidas y finas consideraciones.
Atentamente
Diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno (rúbrica)
Del diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera, sobre su separación del Grupo Parlamentario del PAN
Palacio Legislativo, a 27 de febrero de 2020.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
Por medio del presente, el suscrito diputado federal Evaristo Lenin Pérez Rivera, con fundamento en el artículo 6, fracción XII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, hace de su conocimiento que ha tomado la decisión de separarse del Grupo Parlamentario de Acción Nacional por así convenir a sus intereses. En consecuencia, le solicito atentamente tome en consideración el presente para los efectos parlamentarios y legales a que haya lugar.
Sin más por el momento, reciba un cordial saludo.
Diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera (rúbrica)
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite el informe anual de las concesiones otorgadas en el ejercicio fiscal de 2019 por la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal
Ciudad de México, a 25 de febrero de 2020.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Por este medio me permito hacer de su conocimiento que mediante oficio número DGAPIF/ DGUI/ SGUAI/ 286/ 2020 el licenciado Víctor Julián Martínez Bolaños, director general de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, envía el informe anual de las concesiones otorgadas durante el ejercicio fiscal 2019.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en la fracción III del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y último párrafo del artículo 72 de la Ley General de Bienes Nacionales, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido, así como un disco compacto que contiene el citado informe.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)
Titular de la Unidad de Enlace
Ciudad de México, a 19 de febrero de2020.
Emilio de Jesús Saldaña Hernández
Titular de la Unidad de Enlace
Secretaría de Gobernación
Presente
Hago referencia a la obligación establecida en el artículo 72 de la Ley General de Bienes Nacionales, que señala que las Dependencias administradoras de inmuebles, deben remitir a la Cámara de Diputados el informe anual de las concesiones otorgadas en los inmuebles federales de su competencia.
Al respecto, le comparto que el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargado de ejercer las atribuciones que le confiere la Ley General de Bienes Nacionales a dicha dependencia. En este sentido, este Instituto a través de la Dirección General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal otorga las concesiones de los inmuebles a su cargo.
En este sentido, remito en disco compacto, el informe anual de las concesiones otorgadas durante el ejercicio fiscal 2019, a fin de que, por su conducto, con fundamento en los artículos 2; Apartado B, fracción IV y 31, fracción VIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, se remita a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.
Así lo proveyó y firmo Víctor Julián Martínez Bolaños, director general de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, con fundamento en los artículos 1, 2; fracción I, 17, 26, 31, fracciones XXIX y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, Apartado D, fracción VI, 6, fracción XXXV, y 98-C del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 1, 3, fracciones VIII y XII, 4, fracción I, inciso e), 5, 7, fracciones XIV, XVI y XXIII y 11, fracciones I y XX, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.
Sin más, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Víctor Julián Martínez Bolaños (rúbrica)
Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal
Del Órgano Interno de Control en el Instituto Nacional Electoral, con la que remite el informe anual de gestión correspondiente a 2019
Ciudad de México, 28 de febrero 2020.
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados
Presente
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 489, tercer párrafo, 490, apartado 1, inciso r) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en el artículo 82, Apartado 1, incisos I) del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral, así como en el artículo 10, inciso a) del Estatuto Orgánico que regula la Autonomía Técnica y de Gestión Constitucional del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, hago llegar a usted en medio magnético copia del Informe Anual de Gestión de 2019 del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral.
Sin otro particular por el momento, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Jesús George Zamora (rúbrica)
Titular del Órgano Interno de Control
De la Coordinación Nacional de Protección Civil, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para atender la grave sequía en el sector agrícola
Ciudad de México, a 21 de febrero de 2020.
Diputada Dulce María Sauri Riacho
Vicepresidenta
Presente
En referencia al oficio número DGPL 64-II-5-1475, mediante el cual hace de conocimiento el punto de acuerdo aprobado en el pleno que a letra dice:
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de Agricultura y Desarrollo Rural, y de Hacienda y Crédito Público a realizar acciones para que se liberen oportunamente los recursos destinados a las entidades federativas donde ya se hizo la declaratoria de desastre natural por la presencia de sequía severa y de desastre natural en el sector agrícola, pecuario, acuícola y pesquero a consecuencia de la sequía.
Para atender algún fenómeno natural perturbador, con base en el acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, la Coordinación Nacional de Protección Civil emite declaratoria de desastre natural, que tiene como finalidad la autorización de recursos económicos destinados a la restitución de los daños ocasionados en la infraestructura pública de los sectores de competencia federal, las entidades federativas, municipios u órganos político-administrativos de la Ciudad de México, así como a la mitigación de los daños en las viviendas clasificadas en pobreza patrimonial afectadas por tales fenómenos.
De conformidad con el ordenamiento en cita, la evaluación y cuantificación de los daños registrados en infraestructura pública de orden local y sector vivienda se llevan a cabo en el correspondiente comité de evaluación de daños que se instala a escala estatal para esos efectos, integrado por servidores públicos estatales y federales de los sectores afectados, y funcionando en subcomités que se agrupan por sector. (Los subcomités que se podrán constituir para cada uno de los sectores son los siguientes; vivienda; infraestructura urbana; residuos sólidos; carreteras; hidráulico; educativo; salud; monumentos históricos, artísticos y arqueológicos; áreas naturales protegidas; pesquero y acuícola; forestal y de viveros, y zonas costeras, entre otros.)
Visto lo anterior, se comunica que tras una revisión realizada por la Dirección General para la Gestión de Riesgos se emitieron las siguientes declaratorias de desastre y las acciones tomadas en cada una.
En la instalación del Comité de Evaluación de Daños correspondiente, celebrada el 14 de mayo de 2019, en Veracruz, entregó al representante de la Coordinación Nacional de Protección Civil la solicitud de emisión de la declaratoria de desastre natural, por lo cual, en atención de las reglas generales, la Coordinación Nacional publicó en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2019 la declaratoria respectiva para siete municipios de Veracruz por la presencia de sequía severa ocurrida del 1 de mayo de 2018 al 30 de abril de 2019.
Con fecha 30 de julio de 2019, el Comité Técnico autorizó recursos por 3 millones 645 mil pesos (ministrados en su totalidad con cargo al patrimonio del Fideicomiso Fonden).
En la instalación del Comité de Evaluación de Daños correspondiente, celebrada el 13 de diciembre de 2019, Veracruz entregó al representante de la Coordinación Nacional de Protección Civil la solicitud de emisión de la declaratoria de desastre natural, por lo cual, en atención de las reglas generales, la Coordinación Nacional publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2019 la declaratoria respectiva para 68 municipios de Veracruz por la presencia de sequía severa ocurrida del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2019.
El 13 de enero de 2019 se llevó a cabo la sesión de entrega de resultados del Comité de Evaluación de Daños, y el 23 de enero de 2020 la Dirección General para la Gestión de Riesgos de la Coordinación Nacional de Protección Civil remitió la solicitud de recursos y el diagnóstico definitivo de obras y acciones a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual determinará las formas y los tiempos para la autorización de dichos recursos.
Como se desprende de lo anterior, la autorización de los recursos para la atención de Veracruz se encuentra en proceso.
En la instalación del Comité de Evaluación de Daños correspondiente, celebrada el 17 de diciembre de 2019, Quintana Roo entregó al representante de la Coordinación Nacional de Protección Civil la solicitud de emisión de la declaratoria de desastre natural, por lo cual, en atención de las reglas generales, la Coordinación Nacional publicó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2019 la declaratoria respectiva para 10 municipios de Quintana Roo, por la presencia de sequía severa ocurrida del 1 de mayo al 30 de noviembre de 2019. Al respecto, no se solicitaron recursos, toda vez que la Comisión Nacional del Agua no encontró daños.
En la instalación del Comité de Evaluación de Daños Correspondiente, celebrada el 13 de diciembre de 2019, Chiapas entregó al representante de la Coordinación Nacional de Protección Civil la solicitud de emisión de declaratoria de desastre natural, por lo cual, en atención de las reglas generales, la Coordinación Nacional publicó en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2019 la declaratoria respectiva para cuatro municipios de Chiapas, por la presencia de sequía severa ocurrida del 1 de diciembre de 2018 al 30 de noviembre de 2019. Con fecha 22 de enero de 2020 se recibió el diagnóstico definitivo, en el cual no se solicitan recursos por la Comisión Nacional del Agua, toda vez que no se encontraron daños.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado César Morales Suárez (rúbrica)
Director Técnico
Con proyecto de decreto, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, en materia de capacitación para los artesanos
Ciudad de México, a 27 de febrero de 2020.
Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente
Para los efectos constitucionales, me permito remitir a ustedes expediente que contiene proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, en materia de capacitación para los artesanos, aprobado por el Senado de la República en sesión celebrada en esta fecha.
Atentamente
Senador Salomón Jara Cruz (rúbrica)
Vicepresidente
PROYECTO DE DECRETO
CS-LXIV-II-2P-033
POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL PARA EL FOMENTO DE LA MICROINDUSTRIA Y LA ACTIVIDAD ARTESANAL, EN MATERIA DE CAPACITACIÓN PARA LOS ARTESANOS.
Artículo Único.- Se reforman el primer párrafo y la fracción III, del artículo 7; el primer párrafo del artículo 35 y el primer párrafo del artículo 36, y se adiciona un párrafo segundo al artículo 36, recorriéndose los subsecuentes de la Ley Federal para el Fomento de la Microindustria y la Actividad Artesanal, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 7o.- La Secretaría, con la participación, en su caso, de las demás dependencias y entidades competentes de la Administración Pública Federal, así como de los Gobiernos de los Estados, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, procurará la aplicación y vigilará el cumplimiento de esta Ley y, en particular, realizará lo siguiente:
I.- y II.- ...
III.- Elaborar programas de difusión, gestión, formación y capacitación empresarial y artesanal, así como de servicios de extensionismo, para identificar y resolver problemas relacionados con la organización, producción y mercado de las microindustrias y de los artesanos;
IV.- y V.- ...
ARTÍCULO 35.- Se crea la Comisión Intersecretarial para el Fomento de la Microindustria, que tendrá por objeto impulsar el desarrollo de las empresas microindustriales a través de las acciones previstas en la presente ley, especialmente las que consistan en la simplificación de trámites administrativos para obtener registros y autorizaciones y para cumplir obligaciones. La Comisión se encargará de estudiar y analizar las necesidades y la problemática que enfrenta la planta microindustrial de las regiones del país, para proponer medidas que alienten su crecimiento y consoliden sus niveles productivos.
...
ARTÍCULO 36.- La Comisión Intersecretarial para el Fomento de la Microindustria, se integrará por sendos representantes propietarios de las Secretarías de Gobernación, Hacienda y Crédito Público, de la Función Pública, de Energía, de Economía, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Educación Pública, de Salud, del Trabajo y Previsión Social, así como del Instituto Mexicano del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.
La participación del Banco del Bienestar se da por la invitación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con derecho a voz.
...
...
...
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Salón de sesiones de la honorable Cámara de Senadores.- Ciudad de México, a 27 de febrero de 2020.
Senador Mónica Fernández Balboa (rúbrica)
Presidenta
Senador Primo Dothé Mata (rúbrica)
Secretario
Del Congreso de Nuevo León, con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al inciso c), fracción XI, Apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Diputada Laura Angélica Rojas Hernández
Presidenta de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión
Presente
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la LXXV Legislatura al honorable Congreso del estado de Nuevo León pone a consideración a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciativa de adición de un segundo párrafo al inciso c), fracción XI, Apartado B, al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Se acompaña al presente copia del dictamen emitido por la Comisión de Legislación, aprobado en la sesión del día de hoy, así como del acuerdo número 284, que contiene la iniciativa citada en el párrafo anterior para su conocimiento y efectos legales correspondientes, con la atenta súplica de que nos den a conocer el trámite legislativo que se le haya dado al presente.
Atentamente
Monterrey, Nuevo León, a 24 de febrero del 2020.
Diputada Alejandra Lara Maíz (rúbrica)
Secretaria
Diputada Leticia Marlene Benvenuti (rúbrica)
Secretaria
EL honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, LXXV Legislatura, en uso de las facultades que le concede el artículo 63, de la Constitución Política local, expide el siguiente
Acuerdo número 284
Primero. La Septuagésima Quinta Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, con fundamento en el artículo 63, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, así como los artículos 71, fracción III, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicita al honorable Congreso de la Unión el análisis y, en su caso, aprobación del siguiente proyecto de
Decreto
Único: Se adiciona un segundo párrafo al inciso c), fracción XI, Apartado B, al artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 123. ...
...
A. ...
B. ...
I. a X. ...
XI. ...
a) ...
b) ...
c) ...
Los varones gozarán del servicio de guarderías infantiles para sus menores hijas e hijos, durante su jornada laboral.
d) al f) ...
XII. a XIV. ...
Transitorio
Único. El presenta decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Remítase al Congreso de la Unión el presente acuerdo, así como el expediente que dio origen para sus efectos constitucionales.
Por lo tanto, envíese al Ejecutivo del Estado, para su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Dado en el salón de sesiones del honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil veinte.
Diputado Juan Carlos Ruiz (rúbrica)
Presidente
Diputada Alejandra Lara Maíz (rúbrica)
Primera Secretaria
Diputada Leticia Marlene Benvenuti (rúbrica)
Segunda Secretaria