Actas


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De la Sesión de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, celebrada el miércoles veintinueve de julio de dos mil veinte, correspondiente al Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura

Presidencia de la diputada
Laura Angélica Rojas Hernández

En el Palacio Legislativo de San Lázaro de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, sede de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con una asistencia de trecientos cincuenta diputadas y diputados, a las quince horas con cuarenta minutos del miércoles veintinueve de julio de dos mil veinte, la Presidencia declara abierta la sesión extraordinaria.

La Presidencia instruye a la Secretaría dar lectura al conjunto de medidas de prevención que esta Cámara de Diputados adoptó en caso de contingencia; así como a los listados remitidos por los grupos parlamentarios, en los que se señalan a las y los legisladores que permanecerán al interior del Salón de Sesiones, en cumplimiento, al Acuerdo de la Junta de Coordinación Política y de la Mesa Directiva, por el que se establecen las reglas para el desarrollo de la presente sesión extraordinaria, lo anterior, acatando las medidas establecidas por las autoridades del sector salud para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, en particular, la obligación de no realizar reuniones o congregaciones de más de 50 personas para disminuir los riesgos de contagio. Una vez que la Secretaría da lectura a los listados, la Presidencia solicita a las diputadas y diputados que no fueron mencionados se retiren del Salón de Sesiones, para dar cumplimiento a las medidas de sana distancia.

La Presidencia informa a la Asamblea que el Orden del Día con los asuntos correspondientes a la presente sesión extraordinaria, se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, razón por la cual, la Asamblea queda debidamente enterada de los mismos.

Acto seguido, puestos todos de pie, la Presidencia emite la siguiente declaración:

“La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, hoy veintinueve de julio de dos mil veinte, se declara legalmente instalada para funcionar durante el Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias, del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura, al que fue convocada por la Comisión Permanente.” Comuníquese por escrito al Ejecutivo Federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Cámara de Senadores y a la Comisión Permanente.

Se da cuenta con Comunicaciones Oficiales de la Comisión Permanente, por las que remite:

- Copia del decreto por el que la Comisión Permanente convoca a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, a un Tercer Periodo Extraordinario de Sesiones durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura.

- Copia del decreto por el que se adiciona el numeral cuatro a la fracción primera del Artículo Segundo del decreto por el que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, convoca a la Cámara de Senadores a celebrar un Periodo de Sesiones Extraordinarias, durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la Sexagésima Cuarta Legislatura, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintidós de julio de dos mil veinte.

De enterado, insértense íntegramente en el Diario de los Debates.

La Secretaría informa a la Asamblea que se encuentra publicado en la Gaceta Parlamentaria, el informe por el que se exponen los motivos y las razones que originaron la convocatoria a un Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias de la Cámara de Diputados, lo anterior en cumplimiento con lo que dispone el primer párrafo del artículo sesenta y nueve de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. De enterado, insértese íntegramente en el Diario de los Debates.

Se da cuenta a la Asamblea con acuerdos de los órganos de gobierno de esta Soberanía, lo cuales se encuentran publicado en la Gaceta Parlamentaria y disponibles en los monitores de las curules, a saber:

· De la Junta de Coordinación Política y de la Mesa Directiva, por el que se establecen las medidas que regirán durante la sesión extraordinaria que se celebrará el día veintinueve de julio de dos mil veinte. En votación económica, se aprueba. Comuníquese.

· De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se autorizan las acciones necesarias para garantizar condiciones de seguridad y de salud, reducción de riesgos y contagios, a todas las personas que asistan a San Lázaro a la sesión extraordinaria programada para iniciar el día veintinueve de julio de dos mil veinte y se puedan realizar la prueba PCR para detectar el contagio de SARS-CoV-2. En votación económica, se aprueba. Comuníquese.

· De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se determina la acreditación del personal de los grupos parlamentarios para el periodo extraordinario de sesiones que se celebrará el día veintinueve de julio de dos mil veinte. En votación económica, se aprueba. Comuníquese.

La Secretaría informa a la Asamblea que se encuentran publicados en la Gaceta Parlamentaria y disponibles en los monitores de las curules, los siguientes dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones:

· De Transparencia y Anticorrupción, por el que se adiciona un párrafo al artículo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

· De Igualdad de Género, en materia de paridad de género:

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción; de la Ley Federal de Competencia Económica; de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Banco de México; de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética.

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública; de la Ley General de Salud; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; de la Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana; de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad; de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; de la Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano; de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; de la Ley de la Industria Eléctrica; de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo Veinticinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía; de la Ley de la Casa de Moneda de México; de la Ley de Concursos Mercantiles; de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; de la Ley de Aguas Nacionales; de la Ley de Asistencia Social; de la Ley General de Desarrollo Social; de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; de la Ley Federal de Variedades Vegetales; de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; de la Ley Federal de Sanidad Animal; de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud; y de la Ley de Ciencia y Tecnología.

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación; de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; de la Ley General de Víctimas; de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas; y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley Orgánica de Nacional Financiera; de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior; de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos; de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios; de la Ley Orgánica de la Armada de México; de la Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada; de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia; de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; de la Ley de la Agencia Espacial Mexicana; de la Ley General de Educación; de la Ley General de Población; de la Ley General de Archivos; de la Ley General de Mejora Regulatoria; de la Ley General de Turismo; de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; de la Ley de Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; de la Ley de Instituciones de Crédito; de la Ley de Petróleos Mexicanos; de la Ley de Comercio Exterior; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley de Vivienda; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Servicio Exterior Mexicano; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica.

· De Transparencia y Anticorrupción, por el que se reforma la fracción segunda del artículo setenta y tres de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de publicidad de sentencias.

De conformidad con lo que establece el artículo ochenta y siete del Reglamento de la Cámara de Diputados, se cumple con el requisito de declaratoria de publicidad, en consecuencia, se consulta a la Asamblea si se autoriza que los dictámenes en referencia, se sometan a discusión y votación de inmediato. En votación económica, se autoriza.

Por consiguiente, el siguiente punto del Orden del Día es la discusión de los dictámenes con proyecto de decreto de las comisiones:

· De Transparencia y Anticorrupción, por el que se adiciona un párrafo al artículo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, en nombre de la Comisión, al diputado Óscar González Yáñez. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios, intervienen las diputadas y los diputados: Raymundo García Gutiérrez, del Partido de la Revolución Democrática, quien en este mismo acto, presenta dos propuestas de modificación al dictamen a discusión; Jesús Sergio Alcántara Núñez, del Partido Verde Ecologista de México; Carolina García Aguilar, de Encuentro Social; Mario Alberto Rodríguez Carrillo, de Movimiento Ciudadano; José Luis Montalvo Luna, del Partido del Trabajo; Ximena Puente de la Mora, del Partido Revolucionario Institucional; Martha Elisa González Estrada, del Partido Acción Nacional; y Beatriz Rojas Martínez, de Morena.

La Presidencia informa a la Asamblea que, con la intervención de la diputada Beatriz Rojas Martínez, ha concluido el plazo para la presentación de reservas al dictamen a discusión.

La Presidencia instruye a la Secretaría dar cuenta a la Asamblea de la propuesta de modificación presentada por el diputado José Luis Montalvo Luna, del Partido del Trabajo; en votación económica, se admite a discusión y no habiendo oradores registrados, de la misma manera, se acepta la propuesta de modificación y se incorpora al proyecto de decreto.

La Presidencia instruye a la Secretaría dar cuenta a la Asamblea de las propuestas de modificación que registraron los grupos parlamentarios al proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las cuales se encuentran publicadas en la Gaceta Parlamentaria y disponibles en los monitores de las curules, razón por la cual y con la finalidad de dar celeridad a la sesión, se omite su lectura, a saber:

· De la diputada Ximena Puente de la Mora, del Partido Revolucionario Institucional, la cual, en votación económica, no se admite a discusión. Insértese íntegramente en el Diario de los Debates.

· Del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, las cuales, en votación económica, no se admiten a discusión. Insértense íntegramente en el Diario de los Debates.

· Del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la cual, en votación económica, no se admite a discusión. Insértese íntegramente en el Diario de los Debates.

· Del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, las cuales, en votación económica, no se admiten a discusión. Insértense íntegramente en el Diario de los Debates.

La Presidencia informa a la Asamblea que se procederá con la votación nominal, en lo general y en lo particular, del proyecto de decreto bajo el siguiente procedimiento: en primer lugar se pedirá a las y los legisladores presentes en el Salón de Sesiones emitan su voto, posteriormente, para no provocar afluencias en el Recinto y cumplir con las medidas de sana distancia, se llamará en orden alfabético a las y a los diputados en bloques de cincuenta personas y por grupo parlamentario, para que éstos registren el sentido de su voto. La Presidencia pormenoriza que el sistema electrónico de votación permanecerá abierto hasta que el último de los bloques haya registrado su voto, de igual forma comunica que al término de lo anterior, la Secretaría dará cuenta del resultado de la votación.

En este orden de ideas, la Presidencia instruye a la Secretaría abrir el sistema electrónico de votación para que las y los diputados presentes procedan a votar, acto seguido, la Secretaria da lectura a los nombres de las y los diputados que integran el primer bloque de cincuenta personas solicitando su ingreso al Salón de Sesiones para registrar el sentido de su voto y posteriormente se retiren del Salón de Pleno para respetar las medidas sanitarias y continuar con la votación de las subsecuentes listas de diputadas y diputados. Una vez que todos los bloques de legisladoras y legisladores han registrado el sentido de su voto, la Presidencia instruye a la Secretaría dar cuenta a la Asamblea con el resultado final; en votación nominal, por doscientos noventa votos a favor; y setenta y uno en contra, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo al artículo primero de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Pasa al Senado de la República, para sus efectos constitucionales.

· Cuatro dictámenes de Igualdad de Género, por los que se reforman y adicionan diversas leyes en materia de paridad de género. En términos del inciso d), numeral quince del acuerdo por el que se establecen las medidas que regirán esta sesión extraordinaria, se concede el uso de la palabra, para fundamentar los cuatro dictámenes, a la diputada María Wendy Briceño Zuloaga, quien solicita a la Presidencia que su intervención se inserte de manera íntegra en el Diario de los Debates. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios, con relación a los cuatro dictámenes en materia de paridad de género, intervienen las diputadas: Mónica Bautista Rodríguez, del Partido de la Revolución Democrática; Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, de Movimiento Ciudadano; Olga Patricia Sosa Ruíz, de Encuentro Social; Nayeli Arlen Fernández Cruz; Martha Huerta Hernández, del Partido del Trabajo; Hortensia María Luisa Noroña Quezada, del Partido Revolucionario Institucional; Verónica María Sobrado Rodríguez, del Partido Acción Nacional; Rocío del Pilar Villarauz Martínez y Sandra Paola González Castañeda, ambas de Morena.

Concluidos los posicionamientos de los grupos parlamentarios, la Presidencia informa a la Asamblea que las propuestas de modificación registradas para la discusión de los cuatro dictámenes de la Comisión de Igualdad de Género, serán inscritas íntegramente en el Diario de los Debates.

· De Transparencia y Anticorrupción, por el que se reforma la fracción segunda del artículo setenta y tres de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de publicidad de sentencias.

La Presidencia felicita a las integrantes de la Comisión de Igualdad de Género y a todas las diputadas de todos los grupos parlamentarios, así como a la Junta de Coordinación Política, por su apertura para que en el presente periodo de sesiones extraordinarias se pudieran abordar y discutir los dictámenes en materia de paridad de género.

Se concede el uso de la palabra, para fundamentar el dictamen, a la diputada Luz Estefanía Rosas Martínez. Para fijar postura de sus respectivos grupos parlamentarios, intervienen las diputadas y los diputados: Mónica Almeida López, del Partido de la Revolución Democrática; Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, quien declina el uso de la voz y solicita que su intervención se inserte íntegramente en el Diario de los Debates; Esmeralda de los Ángeles Moreno Medina, de Encuentro Social; Ruth Salinas Reyes, de Movimiento Ciudadano; José Luis Montalvo Luna, del Partido del Trabajo; Mariana Rodríguez Mier y Terán, del Partido Revolucionario Institucional; Gloria Romero León, del Partido Acción Nacional; y Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca, de Morena.

Concluidos los posicionamientos de los grupos parlamentarios, la Presidencia informa a la Asamblea, que se procederá con la votación nominal sucesiva, en lo general y en lo particular en un solo acto, de cada uno de los cinco proyectos de decreto en referencia. En este orden de ideas, la Presidencia informa y pormenoriza al Pleno, que, para tal efecto, en primer lugar, se pedirá a las y los diputados que se encuentran presentes en el Salón de Sesiones emitir su voto para los cinco proyectos de decreto, posteriormente, se llamarán en orden alfabético a las y a los diputados en bloques de cincuenta personas y por grupo parlamentario; y cada diputada y diputado cuando ingrese en su respectivo bloque deberá emitir cinco votaciones, debiendo la Secretaría anunciar el resultado parcial de la votación para cada uno de los proyectos de decreto; y para ello se abrirá el sistema electrónico de votación para cada asunto, hasta por tres minutos.

La presidencia informa a la Asamblea que se recibió de la diputada María del Pilar Ortega Martínez, del Partido Acción Nacional intervención por escrito, respecto al dictamen de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, por el que se reforma la fracción segunda del artículo setenta y tres de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de publicidad de sentencias, misma que será insertada íntegramente en el Diario de los Debates.

En consecuencia, y en términos del numeral dieciocho del acuerdo que norma el desarrollo de esta sesión extraordinaria, la Presidencia instruye abrir el sistema electrónico de votación en cinco ocasiones, para que los legisladores presentes en el Salón de Sesiones emitan sus votaciones respecto de cada uno de los cinco asuntos anunciados. A continuación, la Secretaria da lectura a los nombres de las y los diputados que integran el primer bloque de cincuenta personas solicitando su ingreso al Salón de Sesiones y se instruye la apertura del sistema de votación en cinco ocasiones para recoger la votación de cada uno de los cinco asuntos anunciados; y se procede así sucesivamente llamando por bloque a cada grupo parlamentario para emitir sus votaciones.

Con la finalidad de depurar los posibles votos duplicados, la Presidencia solicita a la Asamblea unos minutos de espera para realizar los cotejos correspondientes. Una vez concluido el proceso de votación, la Presidencia instruye a la Secretaría dar cuenta a la Asamblea con los resultados finales de los proyectos de decreto:

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley del Sistema Nacional Anticorrupción; de la Ley Federal de Competencia Económica; de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Banco de México; de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, en materia de paridad de género. En votación nominal, por unanimidad de trescientos cuarenta y cuatro votos a favor, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos constitucional.

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Defensoría Pública; de la Ley General de Salud; de la Ley General de Cultura Física y Deporte; de la Ley General de Cambio Climático; de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente; de la Ley Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana; de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad; de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; de la Ley que crea la Agencia de Noticias del Estado Mexicano; de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; de la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo; de la Ley de la Industria Eléctrica; de la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo Veinticinco de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía; de la Ley de la Casa de Moneda de México; de la Ley de Concursos Mercantiles; de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados; de la Ley de Aguas Nacionales; de la Ley de Asistencia Social; de la Ley General de Desarrollo Social; de la Ley Orgánica de la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero; de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público; de la Ley Federal de Variedades Vegetales; de la Ley Federal de Sanidad Vegetal; de la Ley Federal de Sanidad Animal; de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil; de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología; de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud; y de la Ley de Ciencia y Tecnología, en materia de paridad de género. En votación nominal, por unanimidad de trescientos cuarenta y nueve votos a favor, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos constitucional.

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación; de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres; de la Ley General de Víctimas; de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; de la Ley del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas; de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas; y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de paridad de género. En votación nominal, por unanimidad de trescientos cuarenta y siete votos a favor, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Se devuelve al Senado de la República, para los efectos de la fracción E del artículo setenta y dos constitucional.

· Por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; de la Ley Orgánica de Nacional Financiera; de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior; de la Ley Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos; de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios; de la Ley Orgánica de la Armada de México; de la Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada; de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia; de la Ley que crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; de la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana; de la Ley General de Educación; de la Ley General de Población; de la Ley General de Archivos; de la Ley General de Mejora Regulatoria; de la Ley General de Turismo; de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad; de la Ley de Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; de la Ley de Instituciones de Crédito; de la Ley de Petróleos Mexicanos; de la Ley de Comercio Exterior; de la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley de Vivienda; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Servicio Exterior Mexicano; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) ; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores; de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud; de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas; de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo; de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, en materia de paridad de género. En votación nominal, por unanimidad de trescientos cuarenta y siete votos a favor, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

· De Transparencia y Anticorrupción, por el que se reforma la fracción segunda del artículo setenta y tres de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en materia de publicidad de sentencias. En votación nominal, por unanimidad de trescientos cincuenta y un votos a favor, se aprueba, en lo general y en lo particular, el proyecto de decreto. Pasa al Ejecutivo Federal, para sus efectos constitucionales.

La Presidencia informa a la Asamblea que los asuntos no abordados en la presente sesión extraordinaria, serán retomados en las próximas sesiones que celebre la Cámara de Diputados, de conformidad con las disposiciones reglamentarias.

Puestos todos de pie, la Presidencia declara:

“Hoy veintinueve de julio de dos mil veinte, la Cámara de Diputados de la Sexagésima Cuarta Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, declara formalmente terminados los trabajos correspondientes al Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio, al que fue convocada”.

Se entona el Himno Nacional.

La Presidencia informa a la Asamblea que comunicará por escrito al Ejecutivo Federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Cámara de Senadores, y a la Comisión Permanente, que se han declarado formalmente terminados los trabajos correspondientes al Tercer Periodo de Sesiones Extraordinarias.

En votación económica, se autoriza que el acta de esta sesión se dé por leída y aprobada. Insértese en el Diario de los Debates.

La Presidencia levanta la sesión a las veintidós horas con un minuto.