Comunicaciones oficiales Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados


Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva

Honorable Asamblea

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno de la siguiente:

Minuta con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal Federal, que devuelve la honorable Cámara de Senadores, para los efectos de la fracción E del artículo 72 constitucional el 24 de noviembre de 2020.

“Se turna a las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y de Justicia, para dictamen.”

Ciudad de México, a 9 de diciembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho (rúbrica)

Presidenta

De los diputados Alejandro Carvajal Hidalgo, Arturo Escobar y Vega, Geraldina Herrera Vega, Jorge Argüelles Victorero, Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca, Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez y Reyna Celeste Ascencio Ortega, por las que solicitan el retiro de iniciativas y proposiciones

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de diciembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riacho

Presidenta de la Mesa Directiva

Presenta

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 77, numeral segundo, del Reglamento de la Cámara de Diputados, y haciendo uso de mi derecho de iniciativa, solicito tenga a bien girar sus instrucciones para retirar la iniciativa presentada por el suscrito: Que reforma el artículo 218 de la Ley del Seguro Social , la cual con fecha 6 de octubre de 2020, la Mesa Directiva mediante oficio número DGPL 64-II-4-2177 dispuso que dicha iniciativa se publicara en la Gaceta Parlamentaria con el expediente radicado bajo el número 9194 , así como que se girara turno a la Comisión de Seguridad Social para su análisis y dictamen correspondiente.

Agradezco su amable consideración.

Atentamente

Diputado Alejandro Carvajal Hidalgo (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de diciembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

Atención: Licenciado Hugo Christian Rosas de León
Secretario de servicios Parlamentarios

Con fundamento en el artículo 77, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar muy atentamente a ese Órgano de Gobierno, se retire la iniciativa registrada el pasado 22 de septiembre de 2020, turnada a la Comisión de Seguridad Social, para mayor precisión se aportan los siguientes datos:

1. Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 59 de la Ley General de Trabajo. Que suscriben diputado coordinador Arturo Escobar y Vega en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados Francisco Elizondo Garrido, Nayeli Arlen Fernández Cruz, Alfredo Antonio Gordillo Moreno, Ana Patricia Peralta de la Peña y Érika Mariana Rosas Uribe, integrantes de la LXIV Legislatura.

Se informa lo anterior, a fin de que se actualicen los registros correspondientes.

Atentamente

Diputado Arturo Escobar y Vega (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Me dirijo a usted de la manera más atenta, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados me permito atentamente solicitarle el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el quinto párrafo del artículo 6 de la Ley General de Educación, presentada por su servidora y publicada en la Gaceta Parlamentaria el 10 de junio de 2020.

Sin otro particular por el momento, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente

Diputada Geraldina Isabel Herrera Vega (rúbrica)


Palacio Legislativo, a 8 de diciembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Quien suscribe, Jorge Arturo Argüelles Victorero, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, con fundamento en el artículo 79, numeral 2, fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito el retiro de la siguiente proposición con punto de acuerdo a continuación mencionada:

– Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP y a sus homólogas en las entidades federativas, a realizar las acciones necesarias y promover programas de apoyo para los alumnos de educación básica, a fin de garantizarles el acceso y los medios necesarios que les permita la educación desde casa y a distancia.

- Presentada el 4 de noviembre de 2020

- Turnada a la Comisión de Educación

Lo anterior, con la finalidad de abundar más en el tema y la mejora de dicho proyecto legislativo. Agradeciendo su valioso apoyo y distinguida atención, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Diputado Jorge Argüelles Victorero (rúbrica)

Coordinador del Grupo Parlamentario de Encuentro Social


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 1 de diciembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, solicito el retiro de la siguiente iniciativa:

1. Proyecto de decreto que por el que se reforman las fracciones I y II del artículo 3 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, misma que fue presentada el día 12 de marzo de 2020 y que fue turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para su análisis, discusión y, en su caso, presentar proyecto para aprobación.

Sin más por el momento le envío un cordial saludo.

Atentamente

Diputado Miguel Ángel Jáuregui Montes de Oca (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de diciembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Quien suscribe, Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Encuentro Social, con fundamento en el artículo 79, numeral 2 fracción VII, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicito el retiro de la siguiente proposición con punto de acuerdo a continuación mencionada:

– Proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Segob, en coordinación con la SEP, a implementar acciones que garanticen la educación inclusiva enfocada en las tecnologías de la información digitales y tecnológicas, en donde se integren plenamente a la población indígena, rurales y en situación de pobreza, considerando sus necesidades económicas, sociales, culturales y espacio geográfico en el proceso de aprendizaje con el objetivo de garantizar la educación para las niñas, niños y adolescentes de todo el país.

- Presentada el 18 de noviembre de 2020

- Turnada a la Comisión de Educación

Lo anterior, con la finalidad de abundar más en el tema y la mejora de dicho proyecto legislativo.

Agradeciendo su valioso apoyo y distinguida atención, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Laura Érika de Jesús Garza Gutiérrez (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de diciembre de 2020.

Diputada Federal Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Sirvan estas líneas para enviarle un cordial saludo y, con respeto, me permito manifestarle que con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, atentamente solicito a usted que se retire la siguiente iniciativa:

Fecha: 2020-JUL-20

Que reforma el último párrafo del artículo 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología, para incentivar el aprovechamiento de inventos por científicos mexicanos.

Presentada por la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, Morena. Turnada a la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Gaceta Parlamentaria, número 5568-1, lunes 20 de julio de 2020. (4734)

De lo que antecede, agradeceré se actualicen los registros parlamentarios y se comunique a la comisión dictaminadora.

Agradeciendo su amable atención a la presente, quedo a sus órdenes.

Atentamente

Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica)

Del gobierno de la Ciudad de México, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, a fin de exhortar tanto a los titulares de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno como a los organismos autónomos federales y estatales a promover e implantar mobiliario urbano para estacionar bicicletas en edificios públicos

Ciudad de México, a 27 de noviembre de 2020

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

En ejercicio a la facultad conferida al doctor José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, secretario de gobierno de la Ciudad de México, en la fracción II del artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, relativa a la conducción de las relaciones de la jefa de gobierno con los organismos y poderes públicos locales y federales; y a lo dispuesto en los artículos 7, fracción I, inciso B), y 55, fracciones XVI y XVII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; por este medio adjunto el oficio S-34/SEDUVI/1274/2020 de fecha 19 de noviembre de 2020, signado por la maestra Ileana Villalobos Estrada, secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México, mediante el cual remite la respuesta al punto de acuerdo emitido por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y comunicado mediante el similar D.G.P.L. 64-II-6-0760.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Luis Gustavo Vela Sánchez (rúbrica)

Director General Jurídico y de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 19 de noviembre de 2020

Asunto: Respuesta a punto de acuerdo.

Licenciado Luis Gustavo Vela Sánchez

Director General Jurídico y de Enlace Legislativo

Presente

En respuesta a su oficio número SG/DGJyEL/PA/DIP/258.3/2019, mediante el cual solicita dar cumplimiento al punto de acuerdo de fecha 25 de abril del 2019, promovido por ese honorable Congreso de la Unión de la Ciudad de México en su fracción segunda, que señala lo siguiente:

“La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a los titulares del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno, así como a los organismos autónomos federales y estatales, para que promuevan e implanten mobiliario urbano para el estacionamiento de bicicletas en los edificios públicos, que ocupan”.

Se informa que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, se encuentra en proceso de instalación del aparcamiento para bicicletas en el área de estacionamientos de este inmueble, conforme a plano adjunto; en el cual está destinada un área especial para las bicicletas, con capacidad de atención a 13 usuarios, para lo cual se anexa croquis del sistema de aparcamiento de bicicletas, programa de trabajo para la fabricación e instalación del sistema y reporte grafico de avance, teniendo como fecha máxima para la instalación en la primera semana del mes de diciembre del año en curso.

Sin más por el momento, reciba mi más atenta consideración.

Atentamente

Maestra Ileana Villalobos Estrada (rúbrica)

Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda

Del gobierno de la Ciudad de México, mediante la cual remite contestación al punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, para exhortar a los 32 gobiernos locales a garantizar en la práctica de las normas nacionales e internacionales el cumplimiento del consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas

Ciudad de México, a 27 de noviembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

En ejercicio a la facultad conferida al doctor José Alfonso Suárez del Real y Aguilera, secretario de Gobierno de la Ciudad de México, en la fracción II del artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, relativa a la conducción de las relaciones de la jefa del Gobierno con los organismos y poderes públicos locales y federales; y a lo dispuesto en los artículos 7, fracción I, inciso B) y 55, fracciones XVI y XVII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; por este medio adjunto el oficio SEPI/SP/3085/2020 de fecha 25 de noviembre de 2020, signado por la ciudadana Marta Villareal Ruvalcaba, secretaria particular de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes de la Ciudad de México, mediante el cual remite la respuesta al punto de acuerdo emitido por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión y comunicado mediante el similar DGPL 64-II-5-530.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Luis Gustavo Vela Sánchez (rúbrica)

Director General Jurídico y de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 25 de noviembre de 2020.

Licenciado Luis Gustavo Vela Sánchez

Director General Jurídico y de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México

Presente

En atención al oficio SG/DGJyEL/PA/DIP/00084/2019, con fecha de 22 de febrero de 2019, en relación al punto de acuerdo que fue aprobado por la Cámara de Diputados LXIV Legislatura en el que se “exhorta a los gobiernos de las entidades federativas y al gobierno de la Ciudad de México, para que den cumplimiento a la recomendación general número 27/2016 sobre el derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas de la República Mexicana, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, publicada en el Diario de la Federación el 12 de agosto de 2016”, es importante comunicar al honorable Congreso de la Unión, que en la Ciudad de México se ha honrado dicho compromiso social y jurídico desde que la Constitución Política de la Ciudad de México, publicada el 5 de febrero de 20l7, establece como obligación del Estado el deber de consultar a los pueblos y barrios originarios y a las comunidades indígenas residentes en los siguientes términos:

“Los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes deberán ser consultados por las autoridades del Poder Ejecutivo, del Congreso de la Ciudad y de las alcaldías antes de adoptar medidas administrativas o legislativas susceptibles de afectarles para salvaguardar sus derechos. Las consultas deberán ser de buena fe de acuerdo a los estándares internacionales aplicables con la finalidad de obtener su consentimiento libre, previo e informado. Cualquier medida administrativa o legislativa adoptada en contravención a este artículo será nula (...)” (CPCDMX, artículo 59, C, 1)

A su vez, el derecho a la consulta previa de los pueblos y comunidades indígenas, se encuentra inserto en legislación secundaria de esta Ciudad de México:

A) Ley de Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes en la Ciudad de México (Gaceta Oficial de la Ciudad de México, 20 de diciembre de 2019), que en el título cuarto: Deber de Consulta Previa, Libre e Informada, regula específicamente la materia.

B) Ley Orgánica del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México, en el artículo 39, se dota a la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes, con facultades específicas tendientes a garantizar desde el gobierno de la Ciudad de México el derecho de consulta previa, libre e informada.

Así, por lo que respecta a la única recomendación dirigida, entre otras, a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, para que se presente una iniciativa de ley al respectivo Congreso local, sobre el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos y comunidades indígenas que recoja como mínimo los estándares descritos en la presente recomendación, previa consulta a los pueblos y comunidades indígenas, los cuerpos normativos citados previamente, atienden la misma.

Saludos cordiales

Marta Villarreal Ruvalcaba (rúbrica)

Secretaria Particular

De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mediante la cual remite la recomendación número 43, sobre “violación al acceso a la justicia e insuficiencia en la aplicación de políticas públicas en la prevención, atención, sanción y reparación integral del daño a víctimas directas e indirectas de feminicidios y otras violencias”

Ciudad de México, a 27 de noviembre de 2020.

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara De Diputados

LXIV Legislatura

Presente

Distinguida Señora Presidenta:

Por medio del presente le comunico que el 27 de noviembre de 2020, esta Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación General 43 ,sobre “Violación al Acceso a la Justicia e Insuficiencia en la Aplicación de Políticas Públicas en la Prevención, Atención, Sanción y Reparación Integral del Daño a Personas Víctimas Directas e Indirectas de Feminicidios y Otras Violencias”, dirigida a usted; así como, a diversas autoridades federales y locales relacionadas con la problemática, esperando que las propuestas que en ella se mencionan, contribuyan a garantizar el respeto de los Derechos Humanos de las víctimas de feminicidios y otras violencias.

La Recomendación General fue aprobada por el Consejo Consultivo de este Organismo Constitucional Autónomo, en donde el Consejo expresó sus consideraciones particulares, mismas que fueron atendidas en lo conducente. De igual forma, si bien es cierto las Recomendaciones Generales no requieren aceptación, se le solícita respetuosamente informe a esta Comisión Nacional, las acciones que se implementen. La Recomendación General se anexa en formato PDF en un disco compacto.

Reitero a usted la seguridad de mi distinguida consideración.

María del Rosario Piedra Ibarra (rúbrica)

Presidenta

De la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mediante la cual remite la recomendación número 57, sobre “el caso de las violaciones a los derechos humanos al saneamiento del agua y a un ambiente sano, en relación con la contaminación del río Atoyac y sus tributarios, por la inadecuada gestión de los residuos sólidos urbanos y descargas de aguas residuales municipales no controladas, en agravio de los habitantes de diversos municipios de Oaxaca”

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Distinguida Diputada Sauri:

Me permito informarle que el 24 de noviembre de 2020, esta Comisión Nacional emitió la recomendación 57/2020, por violaciones a los derechos humanos al saneamiento del agua y a un medio ambiente sano, por la contaminación del río Atoyac y sus tributarios, por la inadecuada gestión de los residuos sólidos urbanos y por descargas de aguas residuales municipales no controladas; la cual, fue dirigida a la Directora General de la Comisión Nacional del Agua, al Gobernador Constitucional del Estado de Oaxaca, a la Directora General del Organismo Operador “Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca” y a los CC. Miembros de veintisiete H. Ayuntamientos por donde fluyen sus aguas.

Al respecto, me permito informarle que el párrafo 256 del referido documento, indica:

256. Esta Comisión Nacional remitirá copia de la presente Recomendación al Congreso de la Unión, exhortándolo respetuosamente a considerar los argumentos expuestos a efecto de que en la asignación de recursos públicos del próximo año fiscal, se gestione la expensa suficiente para que los municipios referidos en esta Recomendación puedan llevar a cabo la ejecución de proyectos para la debida prestación de los servicios públicos de gestión de residuos sólidos municipales, alcantarillado, drenaje y saneamiento de aguas residuales, que sean necesarios, y que éstos puedan dar cumplimiento a la ejecutoria dictada en el marco del JA01.”

En tal virtud y para los efectos antes precisados, acompaño copia de la citada Recomendación para su conocimiento.

Reitero a usted las seguridades de mi consideración distinguida.

María del Rosario Piedra Ibarra (rúbrica)

Presidenta



Iniciativas de ley o decreto de las legislaturas de los estados

Del Congreso de Baja California, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 36 Bis de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por este conducto, me dirijo muy respetuosamente a usted, a fin de hacer de su conocimiento, que en sesión ordinaria de la honorable XXIII Legislatura constitucional del estado de Baja California, celebrada el día 24 de noviembre del año en curso, se aprobó el siguiente

Dictamen Número 66

De la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales

Primero. Se aprueba la reforma artículo 36 Bis de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, para quedar como sigue:

Artículo 36 Bis. (...)

I. a la VI. (...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

(...)

En caso que la autoridad federal sanitaria decrete contingencia epidemiológica, por un periodo determinado, las fechas del último pago y cierre que refiere la fracción III de este artículo, serán interrumpidas por el tiempo que dure la contingencia.

(...)

(...)

(...)

(...)

Transitorio

Único. La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Remítase al Congreso de la Unión la presente iniciativa para su trámite legislativo correspondiente.

Sin otro particular, y agradeciendo de antemano la atención que se sirva otorgar al presente, hago propicia la ocasión para reiterarle mi distinguida consideración.

Atentamente

Mexicali, Baja California, 26 de noviembre de 2020.

Diputado Julio César Vázquez Castillo

Presidente del Congreso del Estado

Del Congreso de Veracruz, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

La Sexagésima Quinta Legislatura del honorable Congreso del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, fracción III, y 38 de la Constitución Política local, somete a la consideración de esa soberanía la iniciativa ante el Congreso de la Unión, con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, aprobada en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, por el pleno de esta potestad legislativa.

Sin otro particular, le reiteramos la seguridad de nuestras distinguidas consideraciones.

Atentamente

Xalapa, Veracruz, noviembre 26 de 2020.

Diputada Adriana Paola Linares Capitanachi (rúbrica)

Presidenta

Diputado Jorge Moreno Salinas (rúbrica)

Secretario


Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en materia de exención de pago de peaje a residentes

Artículo Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 30 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 30. La Secretaría podrá otorgar concesiones para construir, mantener, conservar y explotar caminos y puentes a los particulares, estados o municipios, conforme al procedimiento establecido en la presente Ley; así como para mantener, conservar y explorar caminos federales construidos o adquiridos por cualquier título por el Gobierno Federal. En este último caso, las concesiones no podrán ser por plazos mayores a 20 años. La Secretaria garantizará, cuando haya vías alternas, la operación de una libre de peaje; en caso contrario, la Secretaria deberá exentar de pago a quienes comprueben la calidad de residentes.

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Transitorios

Artículo primero. Remítase a la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para los efectos constitucionales.

Artículo segundo. Publíquese en la Gaceta Oficial. Órgano del Gobierno del Estado.

Dada en el salón de sesiones de la LXV Legislatura del honorable Congreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinte.

Diputada Adriana Paola Linares Capitanachi (rúbrica)

Presidenta

Diputado Jorge Moreno Salinas (rúbrica)

Secretario

Del Congreso de Veracruz, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

La Sexagésima Quinta Legislatura del honorable Congreso del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, fracción III, y 38 de la Constitución Política local, somete a la consideración de esa soberanía la iniciativa ante el Congreso de la Unión, con proyecto de decreto que reforma los párrafos catorce y dieciséis del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, por el pleno de esta potestad legislativa.

Sin otro particular, le reiteramos la seguridad de nuestras distinguidas consideraciones.

Atentamente

Xalapa, Veracruz, noviembre 26 de 2020.

Diputada Adriana Paola Linares Capitanachi (rúbrica)

Presidenta

Diputado Jorge Moreno Salinas (rúbrica)

Secretario


Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos catorce y dieciséis del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; para quedar como sigue:

Artículo 4o. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

...

El Estado garantizará la entrega de un apoyo económico a las personas que tengan cáncer o discapacidad permanente, en los términos que fije la Ley. Para recibir esta prestación tendrán prioridad las y los menores de dieciocho años, las niñas y niños con cáncer, las y los indígenas y las y los afromexicanos hasta la edad de sesenta y cuatro años y las personas que se encuentren en condición de pobreza.

...

El Estado establecerá un sistema de becas para las y los estudiantes de todos los niveles escolares del sistema de educación pública, con prioridad a las y los niños con cáncer y a los pertenecientes a las familias que se encuentren en condición de pobreza, para garantizar con equidad el derecho a la educación.

Transitorios

Primero. El presente decreto iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los gastos y erogaciones necesarios para la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con el presupuesto asignado a la Secretaría de Salud o entidades del Gobierno Federal que correspondan, por lo que dichas instituciones deberán realizar los ajustes presupuestales para dar viabilidad financiera a lo establecido en el presente decreto.

Tercero. Las legislaturas de las entidades federativas, dentro del plazo de doce meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto, deberán realizar los ajustes constitucionales y legales, a efecto de garantizar la protección y alcanzar el estado de bienestar de las personas que padezcan cáncer.

Cuarto. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Transitorios

Primero. Remítase a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

Dada en el salón de sesiones de la LXV Legislatura del honorable Congreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinte.

Diputada Adriana Paola Linares Capitanachi (rúbrica)

Presidenta

Diputado Jorge Moreno Salinas (rúbrica)

Secretario

Del Congreso de Veracruz, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Diputada Dulce María Sauri Riancho

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

La Sexagésima Quinta Legislatura del honorable Congreso del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, fracción III, y 38 de la Constitución Política local, somete a la consideración de esa soberanía la iniciativa ante el Congreso de la Unión, con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobada en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, por el pleno de esta potestad legislativa.

Sin otro particular, le reiteramos la seguridad de nuestras distinguidas consideraciones.

Atentamente

Xalapa, Veracruz, noviembre 26 de 2020.

Diputada Adriana Paola Linares Capitanachi (rúbrica)

Presidenta

Diputado Jorge Moreno Salinas (rúbrica)

Secretario


Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Único. Se reforma el párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 19. ...

El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso. El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores o personas que no tengan la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no puedan resistirlo, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, extorsión, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud.

...

...

...

...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto iniciará su vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Transitorios

Primero. Remítase a la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.

Segundo. Publíquese en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

Dada en el salón de sesiones de la LXV Legislatura del honorable Congreso del estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil veinte.

Diputada Adriana Paola Linares Capitanachi (rúbrica)

Presidenta

Diputado Jorge Moreno Salinas (rúbrica)

Secretario