Comunicaciones


Comunicaciones

De la Junta de Coordinación Política

Palacio Legislativo de San Lázaro,
Ciudad de México, a 23 de marzo de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

H. Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de las comisiones que se señalan, solicitadas por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que el diputado Javier Uriel Aguirre Valenciana cause alta como secretario de la Comisión Jurisdiccional.

• Que el diputado Luis Fernando Salazar Fernández cause alta como integrante en la Comisión de Energía.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente


Palacio Legislativo de San Lázaro,
Ciudad de México, a 23 de marzo de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

H. Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de la comisión que se señala, solicitada por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que la diputada Guadalupe Ramos Sotelo cause baja como integrante de la Comisión de Concordia y Pacificación del estado de Chiapas.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente


Palacio Legislativo de San Lázaro,
Ciudad de México, a 23 de marzo de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

H. Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 46, numeral 5, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, le ruego someter a consideración del pleno, la modificación en la integración de los Grupos de Amistad que se señalan, solicitados por el Grupo Parlamentario de Morena.

• Que el diputado César Agustín Hernández Pérez cause alta como vicepresidente del Grupo de Amistad México-Ucrania.

• Que el diputado César Agustín Hernández Pérez cause alta como integrante del Grupo de Amistad México-Qatar.

• Que el diputado Azael Santiago Chepi cause alta como integrante del Grupo de Amistad México- Kazajistán.

• Que la diputada Katia Alejandra Castillo Lozano cause alta como integrante del Grupo de Amistad México- Kazajistán.

• Que el diputado Alfredo Antonio Gordillo Moreno cause alta como integrante del Grupo de Amistad México- Costa de Marfil.

Respetuosamente

Diputado Mario Delgado Carrillo (rúbrica)

Presidente

De las diputadas y los diputados Olga Patricia Sosa Ruiz, Jannet Téllez Infante, Armando Javier Zertuche Zuani, Verónica Beatriz Juárez Piña, Mónica Bautista Rodríguez y Azael Santiago Chepi, con las que solicitan retiro de iniciativas

Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 18 de marzo de 2020

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Quien suscribe Olga Patricia Sosa Ruiz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario Encuentro Social, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita el retiro del asunto a continuación mencionado:

• Iniciativa que reforma y adiciona el artículo 19 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Fecha de presentación: 10 de diciembre de 2019.

Turno a Comisión: Derechos de la Niñez y Adolescencia, con opinión de Pueblos Indígenas.

Lo anterior, con la finalidad de robustecer y ampliar los argumentos para la mejora de dicho proyecto legislativo.

Sin otro particular, agradeciendo su valioso apoyo y distinguida atención le envío un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 18 de marzo de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidente de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Quien suscribe Olga Patricia Sosa Ruiz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario Encuentro Social, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita el retiro del asunto a continuación mencionado:

• Iniciativa que adiciona el artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Fecha de presentación: 10 de diciembre de 2019

Turno a Comisión: Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Lo anterior, con la finalidad de robustecer y ampliar los argumentos para la mejora de dicho proyecto legislativo.

Sin otro particular, agradeciendo su valioso apoyo y distinguida atención, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro
a 18 de marzo de 2020

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Quien suscribe Olga Patricia Sosa Ruiz, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario Encuentro Social, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita el retiro del asunto a continuación mencionado:

• Iniciativa que adiciona diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Fecha de presentación: 29 de octubre de 2019

Turno a Comisión: Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Lo anterior, con la finalidad de robustecer y ampliar los argumentos para la mejora de dicho proyecto legislativo.

Sin otro particular, agradeciendo su valioso apoyo y distinguida atención, le envío, un cordial saludo

Atentamente

Diputada Olga Patricia Sosa Ruiz (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro,
jueves 19 de marzo de 2020

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Presente

Sírvase la presente para solicitarle de la manera más atenta, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sea retirada la iniciativa con proyecto de decreto que modifica el artículo 6, adiciona la fracción VI al artículo 18, modifica el artículo 26 y modifica la fracción XVI del artículo 113 de la Ley General de Educación, registrada por la suscrita en el orden del día del 5 de diciembre de 2019, y enlistada en el número 25, a efecto de profundizar su contenido.

Sin otro particular por el momento, quedo de usted a sus distinguidas órdenes.

Atentamente

Diputada Jannet Téllez Infante (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro
a 18 de marzo de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Presente

El que suscribe, diputado Armando Javier Zertuche Zuani, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, solicita atentamente tenga a bien girar sus apreciables instrucciones para hacer efectivo mi derecho del retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentada por el suscrito el miércoles 18 de diciembre del año 2019, turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para el dictamen correspondiente.

Sin otro particular, quedo de usted, reiterándole mi respeto y consideración

Atentamente

Diputado Armando Javier Zertuche Zuani (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro,
a 19 de marzo de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarle atentamente que sea retirada las siguientes iniciativas:

• Que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, en el pleno de la Comisión permanente del día 15 de enero de 2020, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

• Que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Presentada por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, en el pleno de la Comisión permanente del día 22 de enero de 2020, misma que fue turnada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

• Que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios. Presentada por Diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD, en el pleno de la Comisión permanente del día 22 de enero de 2020, misma que fue turnada a la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.

Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.

Atentamente

Diputada Verónica Beatriz Juárez Piña (rúbrica)


Palacio Legislativo de San lázaro, a 6 de abril de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitarte atentamente que sea retirada la siguiente iniciativa:

• Que reforma y adiciona el artículo 125 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Suscrita por una servidora, en sesión ordinaria del día 17 de octubre del 2019, misma que fue turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Agradeciéndole de antemano su atención a la presente, reciba usted mis saludos más cordiales.

Atentamente

Diputada Mónica Bautista Rodríguez (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de abril de 2020.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

Por medio del presente reciba un cordial saludo, al tiempo que solicito sea el conducto para poder solicitar el retiro de la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro, que suscribe el de la voz, publicada en la Gaceta Parlamentaria del pasado 10 de marzo del presente, con fundamento en el numeral 2 del artículo 77 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

Dicha iniciativa fue turnada por la Mesa Directiva con el No. de oficio D.G.P.L.64- II-3-1781, expediente No. 6377, dictando trámite a las Comisiones Unidas de Cultura y Educación para dictamen.

Sin otro particular, quedo agradecido de antemano.

Atentamente

Diputado Azael Santiago Chepi (rúbrica)

Del diputado Rubén Moreira Valdez, con la que solicita retiro de proposiciones con punto de acuerdo

Palacio Legislativo de San Lázaro a 19 de marzo de 2020

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández

Presidenta de la Mesa Directiva

Presente

Me dirijo a usted para que con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sirva la presente para retirar las siguientes proposiciones con puntos de acuerdo:

• Para exhortar al Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres a regularizar y garantizar la permanencia ahí de los restos mortales del general revolucionario Cesáreo Castro Villarreal, la cual está publicada en la Gaceta Parlamentaria con fecha 13 de febrero del presente;

• Para exhortar a la Cofepris a realizar un estudio sobre las sustancias contenidas en los pañales desechables comercializados en el país y su efecto en la salud, la cual está publicada en la Gaceta Parlamentaria con fecha 13 de febrero del presente; y

• A fin de exhortar a la Sader y la Cofepris a realizar estudios sobre el riesgo del uso de glisfosato en el campo, la cual está publicada en la Gaceta Parlamentaria el 20 de febrero del presente.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo y quedo de usted para cualquier duda o aclaración

Atentamente

Diputado Rubén Moreira Valdez (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite respuesta a punto de acuerdo por el que se exhorta a implementar campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, así como la identificación de las zonas de mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación

Ciudad de México, a 27 de marzo de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número D.G.P.L 64-II-1-1737 signado por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, en su carácter de presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número SSPC/SSP/00754/2020 suscrito por el licenciado Ricardo Mejú} Berdeja, subsecretario de Seguridad Pública de la Secretarú} de Seguridad y Protección Ciudadana, asEcomo de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a implementar campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, asEcomo la identificación de las zonas de mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, a 18 de marzo de 2020.

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja

Subsecretario de Seguridad Publica

Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana

Presente

Hago referencia a su oficio SSPC/SSP/00505/2020 recibido en este centro nacional el pasado 4 de marzo, por el cual remite el diverso SSPC/UGAJT/01038/2020, signado por el maestro Jorge Antonio Luna Calderón, titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia, en el que se hace del conocimiento el ocurso SG/UE/230/121/20, suscrito por el maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, en el cual hace del conocimiento el similar D.G.P.L 64-II-1-1737, enviado por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, por el que expone el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión del 28 de enero de 2020, por el que se exhorta entre otras cosas lo siguiente:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, asEcomo a las autoridades de Protección Civil federales y estatales, para que en el ámbito de sus atribuciones y competencia lleven a cabo la implementación de campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, asEcomo a la identificación de las zonas con mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación.”

En atención al citado punto de acuerdo, y de conformidad con los artículos 55 y 56 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, me permito informar las acciones de difusión que se han llevado a cabo en el Cenapred, en el marco de sus atribuciones, para prevenir y disminuir los incendios forestales.

El 27 de enero de 2020 se realizó una reunión de trabajo con personal de la Coordinación General de Conservación y Restauración, adscrita al área de Manejo del Fuego de la Comisión nacional Forestal (Conafor), con la finalidad de establecer acciones para coadyuvar en la implementación del Plan Nacional Forestal.

Derivado de la reunión, la Conafor proporcionó a este centro nacional un listado con los municipios con mayor número de incendios forestales registrados en el país, información que se utilizó para la elaboración de infografías sobre la prevención de incendios forestales y la quema controlada en zonas agrícolas, así como una liga al mapa de Predicción de Peligros de Incendios Forestales de México, elaborado por dicha comisión, con la finalidad de que el mismo se integrara en el Atlas Nacional de Riesgos (ANR).

Nacional de Protección Civil, con el objetivo de que se remitieran a los municipios que integran dichas entidades y así estar en posibilidades de fortalecer la gestión integral de riesgos de desastres, con acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas.

Sin más por el momento, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero Enrique Guevara Ortiz (rúbrica)

Director general


Ciudad de México, a 3 de marzo de 2020.

Ingeniero Enrique Guevara Ortiz

Director general del Centro Nacional de Prevención de Desastres

Presente

Por instrucciones del doctor Alfonso Durazo Montaño, titular de esta institución, por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, apartado A, fracción I, apartado C, fracción V, 7, 55 y 56 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; y en consideración al oficio número SSPC/UGAJT/01038/2020, suscrito por el maestro Jorge Antonio Luna Calderón, titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia, por el que emite la opinión jurídica referente al caso que nos ocupa, me permito enviar a usted copia de oficio número SG/UE/230/121/20, suscrito por el maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, por el que hace de conocimiento a esta dependencia el similar D.G.P.L 64-II-1-1737, enviado por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, en su calidad de presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, por el que expone el acuerdo (anexo) aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión de fecha 28 de enero de 2020, por el que se exhorta lo siguiente:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretarú} de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretarú} de Agricultura y Desarrollo Rural, asEcomo a las autoridades de Protección Civil federales y estatales, para que en el ámbito de sus atribuciones y competencia lleven a cabo la implementación de campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, asEcomo a la identificación de las zonas con mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación.

Segundo. ...

Tercero. ...

En virtud de lo anterior, y tomando en consideración que el Centro Nacional de Prevención de Desastres cuenta con atribuciones reglamentarias como la de elaborar, estructurar y promocionar campañas de difusión sobre temas relacionados con la protección civil, en armonú} con lo estatuido por el artículo 43 de la Ley General de Protección Civil, respetuosamente solicito su apoyo a efecto de que a través de su conducto se le dEseguimiento a la solicitud planteada por el pleno del ese órgano legislativo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, reiterándole mi consideración más distinguida.

Atentamente

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)

Subsecretario de Seguridad Pública


Ciudad de México, a 24 de febrero de 2020.

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja

Subsecretario de Seguridad Publica

Presente

Me refiero a sus oficios número SSPC/SSP/00280/2020 de fecha 14 de febrero de 2020, enel que remite copia del diverso SG/UE/230/121/20, en el cual señala que la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión emite un punto de acuerdo en los siguientes términos:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretarú} de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretarú} de Agricultura y Desarrollo Rural, asEcomo a las autoridades de Protección Civil federales y estatales, para que en el ámbito de sus atribuciones y competencia lleven a cabo la implementación de campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, asEcomo a la identificación de las zonas con mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación.

Segundo. ...

Tercero. ...

Al respecto, le informo que derivado del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, esta secretaría asumió las atribuiciones y órganos que tenían otras dependencias en materia de seguridad pública nacional y protección civil.

Atento a lo anterior, de conformidad con el artículo 43 de la Ley General de Protección Civil y 56, fracción VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, corresponde a esta dependencia, a través del Centro Nacional de Prevención de Desastres, elaborar, estructurar y promocionar campañas de difusión sobre temas de su competencia relacionados con la protección civil.

Cabe señalar que los exhortos no tienen un efecto vinculatorio, sin embargo, se estima que debe canalizarse al citado centro con la finalidad de que, previa valoración a los alcances y requisitos de la normatividad aplicable, determine si es viable atender el planteamiento del órgano legislativo.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Maestro Jorge Antonio Luna Calderón (rúbrica)

Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia


Ciudad de México, a 29 de enero de 2020.

Doctor Francisco Alfonso Durazo Montaño

Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana

Presente

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que por oficio número D.G.P.L. 64-II-1-1737, la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, comunica a esta secretaría el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 28 del actual, mismo que a continuación transcribo:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretarú} de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretarú} de Agricultura y Desarrollo Rural, asEcomo a las autoridades de Protección Civil federales y estatales, para que en el ámbito de sus atribuciones y competencias lleven a cabo la implementación de campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, asEcomo a la identificación de las zonas con mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Procuradurú} Federal de Protección al Ambiente para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuerce las acciones de inspección, vigilancia y, en su caso, la imposición de sanciones a quien resulte responsable, a fin de salvaguardar y proteger los recursos naturales o terrenos agropecuarios.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional Forestal para que, en el ámbito de sus atribuciones, coordine la capacitación del personal responsable del estado de Chiapas; asEcomo a los pobladores de las comunidades aledañas, para la integración de brigadas que contribuyan a la prevención y la atención oportuna de incendios forestales en esa área, además de abrir y rehabilitar brechas corta fuego en la reserva de la biosfera El Triunfo.”

Asimismo, le acompaño para los fines procedentes, copia del documento al que me he referido y de su anexo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 28 de enero de 2020.

Doctora Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila

Secretaria de Gobernación

Presente

En sesión celebrada en esta fecha, la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión aprobó el acuerdo que a continuación se transcribe:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretarú} de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretarú} de Agricultura y Desarrollo Rural, asEcomo a las autoridades de Protección Civil federales y estatales, para que en el ámbito de sus atribuciones y competencias lleven a cabo la implementación de campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, asEcomo a la identificación de las zonas con mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Procuradurú} Federal de Protección al Ambiente para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuerce las acciones de inspección, vigilancia y, en su caso, la imposición de sanciones a quien resulte responsable, a fin de salvaguardar y proteger los recursos naturales o terrenos agropecuarios.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional Forestal para que, en el ámbito de sus atribuciones, coordine la capacitación del personal responsable del estado de Chiapas; asEcomo a los pobladores de las comunidades aledañas, para la integración de brigadas que contribuyan a la prevención y la atención oportuna de incendios forestales en esa área, además de abrir y rehabilitar brechas corta fuego en la reserva de la biosfera El Triunfo.”

Lo que comunicamos a usted, para los efectos a que haya lugar.

Diputada Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica)

Presidenta


Ciudad de México, a 14 de febrero de 2020.

Maestro Jorge Antonio Luna Calderón

Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia

Presente

Por instrucciones del doctor Alfonso Durazo Montaño, titular de esta institución, por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto por los artú€ulos 90 de la Constitución Polú‘ica de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, apartado A, fracción I, apartado B, fracción VII, 7 y 35, fracciones II, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretarú} de Seguridad y Protección Ciudadana, me permito enviar a usted copia del oficio número SG/UE/230/121/20, suscrito por el maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretarú} de Gobernación, por el que hace de conocimiento a esta dependencia el similar D.G.P.L 64-II-1-1737, enviado por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, en su calidad de presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, por el que expone el acuerdo (anexo) aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión de fecha 28 de enero de 2020, por el que se exhorta lo siguiente:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretarú} de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Secretarú} de Agricultura y Desarrollo Rural, asEcomo a las autoridades de Protección Civil federales y estatales, para que en el ámbito de sus atribuciones y competencias lleven a cabo la implementación de campañas de prevención de incendios forestales en todos los estados de la república, asEcomo a la identificación de las zonas con mayor susceptibilidad a los incendios forestales, a fin de ejecutar las medidas de seguridad que permitan evitarlos o, en su caso, prevenir su propagación.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Procuradurú} Federal de Protección al Ambiente para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuerce las acciones de inspección, vigilancia y, en su caso, la imposición de sanciones a quien resulte responsable, a fin de salvaguardar y proteger los recursos naturales o terrenos agropecuarios.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional Forestal para que, en el ámbito de sus atribuciones, coordine la capacitación del personal responsable del estado de Chiapas; asEcomo a los pobladores de las comunidades aledañas, para la integración de brigadas que contribuyan a la prevención y la atención oportuna de incendios forestales en esa área, además de abrir y rehabilitar brechas corta fuego en la reserva de la biosfera El Triunfo.

En virtud de lo anterior, solicito su intervención para que, en uso de sus facultades, tenga a bien realizar su opinión jurídica con respecto a la procedencia y legalidad de dicho acuerdo, y se envíe dicha opinión a la Subsecretaría de Seguridad Pública para que este asunto sea remitido al área correspondiente y poder cumplir con la solicitud planteadaa por el pleno de ese órgano legislativo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, reiterándole mi consideración más distinguida.

Atentamente

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)

Subsecretario de Seguridad Pública

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite respuesta de la SSPC a punto de acuerdo relativo a identificar, prevenir y sancionar el delito de extorsión e incorporar nuevas tecnologías, herramientas y plataformas digitales para promover la cultura de la denuncia

Ciudad de México, a 27 de marzo de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número DGPL 64-II-2-1483 signado por el senador Gustavo Enrique Madero Muñoz, en su carácter de secretario de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número SSPC/SSP/00753/2020 suscrito por el licenciado Ricardo Mejía Berdeja, subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a fortalecer sus acciones a fin de identificar, prevenir y sancionar el delito de extorsión e incorpore el uso de las nuevas tecnologías, herramientas y plataformas digitales para promover la cultura de la denuncia.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 24 de marzo de 2020.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Por instrucciones del doctor Alfonso Durazo Montaño, titular de esta institución, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, apartado A, fracción 1, y 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en atención y seguimiento a su oficio número SC/UE/230/55/20 , por el que hace de conocimiento a esta dependencia el similar DGPL 64-II-2-1483 , enviado por el senador Gustavo Enrique Madero Muñoz, en su calidad de secretario de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, por el que expone el acuerdo (anexo) aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión de fecha 22 de enero de 2020, por el que exhorta lo siguiente:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y en coordinación con el gobierno de las entidades federativas, fortalezcan sus acciones a fin de identificar, prevenir y sancionar el delito de extorsión e incorpore el uso de las nuevas tecnologías, herramientas y plataformas digitales para promover la cultura de la denuncia.”

Al respecto, me permito enviar a usted copia del oficio número SSPC/SPPPCCP/UPVD/DGIEPP/00015/
2020
, de fecha 20 de marzo de 2020, suscrito por la licenciada Angélica González Montoya, directora general de Implementación de Evaluación de Políticas para la Prevención, por el que remite a esta unidad administrativa un informe sobre las acciones que se han implementado para identificar, prevenir, sancionar e inhibir el delito de extorsión.

Lo anterior, para los efectos administrativos conducentes.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, reiterándole mi consideración más distinguida.

Atentamente

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)

Subsecretario de Seguridad Pública


Ciudad de México, a 17 de marzo de 2020.

Licenciado Miguel Ángel Urrutia Lozano

Titular de la Unidad de Prevención de la Violencia y el Delito

Presente

Por instrucciones del doctor Alfonso Durazo Montaño, titular de esta institución, por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 apartado A, fracción 1, apartado B, fracción III, 7 y 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y en consideración al oficio número SSPC/UGAJT/1508/2020 , suscrito por el maestro Jorge Antonio Luna Calderón, titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia, por el que emite la opinión jurídica referente al caso que nos ocupa, me permito enviar a usted copia del oficio número SG/UE/230/55/20 , suscrito por el maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, por el que hace de conocimiento a esta dependencia el similar DGPL 64-II-2-1483 , enviado por el senador Gustavo Enrique Madero Muñoz, en su calidad de secretario de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, por el que expone el acuerdo (anexo) aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión de fecha 22 de enero de 2020, por el que exhorta lo siguiente:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y en coordinación con el gobierno de las entidades federativas, fortalezcan sus acciones a fin de identificar, prevenir y sancionar el delito de extorsión e incorpore el uso de las nuevas tecnologías, herramientas y plataformas digitales para promover la cultura de la denuncia.”

Atento a lo anterior, y considerando que el artículo 19, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Unidad de Prevención de la Violencia y el Delito, y sus unidades administrativas adscritas, tienen entre otras, la atribución de diseñar mecanismos de coordinación con instituciones y autoridades de los gobiernos de las entidades federativas y municipios, para la implementación de los programas, estrategias y acciones de prevención especial de la violencia y el delito, respetuosamente solicito su apoyo a efecto de que informe a esta Subsecretaría de Seguridad Pública sobre la solicitud planteada por el pleno de ese órgano legislativo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, reiterándole mi consideración más distinguida.

Atentamente

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)

Subsecretario de Seguridad Pública


...

y operación por parte de las autoridades encargadas de los centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios o centro de internamiento para menores, para efectos de lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 190 de esta ley, así como para el uso y operación de los mismos por parte de las instancias de seguridad pública federales y de seguridad nacional en cumplimiento de sus atribuciones.

Artículo Segundo. Se adiciona un artículo 168 Ter al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 168 Ter. Se sancionará con pena de doce a quince años de prisión, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen con excepción de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 190 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Los equipos a que hace referencia el primer párrafo del artículo 190 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, serán asegurados en términos de lo que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales y posteriormente deberán ser destruidos en su totalidad.

Si el delito al que se refiere el primer párrafo de este artículo, fuera cometido por servidores públicos, y sin autorización expresa escrita debidamente acreditada por su superior inmediato, se le impondrá la pena de quince a dieciocho años de prisión.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los particulares que posean aparatos o equipos que sirvan para bloquear, cancelar o anular las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen, deberán de entregar los mismos a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, destruir o en su caso excluir del país, en un plazo de 30 días a partir de·la entrada en vigor del presente decreto.

Tercero. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, coordinará y supervisará la entrega-recepción por parte de particulares de todos los aparatos que tengan como finalidad bloquear, cancelar o anular las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen y procederá a su inutilización bajo los métodos que considere convenientes.

Cuarto. Las autoridades correspondientes continuarán con un término no mayor a 180 días naturales, para realizar las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana 220-SCFl-2017, a fin de armonizarla a los contenidos del presente decreto.

Quinto. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, informará anualmente del cumplimiento de las disposiciones expresas en este decreto, a·las Comisiones de Seguridad Pública del Senado de la República y de la Cámara de Diputados federal:

Lo anterior se complementa con el acuerdo suscrito por el titular de la SSCP, que en fecha 17 de marzo del presente año publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo que a la letra menciona:

Acuerdo por el que designa al titular de Prevención y Readaptación Social como encargado de gestionar los requerimientos que se realicen en materia de telecomunicaciones y recibir la información correspondiente conforme a los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; así como se le delegan las facultades que a continuación se indican

Primero. Se designa al titular de Prevención y Readaptación Social como encargado de gestionar los requerimientos que se realicen a los concesionarios en materia de telecomunicaciones y a recibir la información correspondiente, para todos los efectos previstos en los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

El titular de Prevención y Readaptación Social, será asistido en todo lo que requiera para el ejercicio de dichas atribuciones por las unidades administrativas de la Secretaría y, en su caso, por los órganos administrativos desconcentrados competente para la operación directa de estas actividades.

Segundo. Se delega al Comisionado de Prevención y Readaptación Social, la facultad para suscribir convenios de coordinación y de colaboración en materia administrativa con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y de los centros penitenciarios de las entidades federativas, respecto de la vigilancia en cuanto al uso de aparatos de telecomunicación prohibidos en dichos centros; así como la introducción de teléfonos celulares o satelitales, radios o equipos receptores-transmisores y cualquier otro instrumento de intercomunicación o sistema de comunicación electrónica, equipo de cómputo u otros dispositivos que, por sí o con algún accesorio, puedan usarse para comunicaciones no autorizadas y, en su caso, ejercer las atribuciones establecidas en los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Tercero. La delegación de facultades a que se refiere el presente acuerdo, se realiza sin perjuicio de su ejercicio directo por parte del titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Los particulares que posean aparatos o equipos que sirvan para bloquear, cancelar o anular las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen, deberán de entrega los mismos a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, destruir ir o, en su caso, excluir del país, en un plazo de 30 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto. Tercero. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, coordinará y supervisa la entrega-recepción por parte de particulares de todos los aparatos que tengan como finalidad bloquear, cancelar o anular las señales de telefonía celular; de radio comunicación o de transmisión de datos o imagen y procederá a su inutilización bajo los métodos que considere convenientes.

Cuarto. Las autoridades correspondientes contarán con un término no mayor a 180 días naturales, para realizar las modificaciones a la Norma Oficial Mexicana 220-SCFl-2017, a fin de armonizarla a los contenidos del presente decreto.

Quinto. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, informará anualmente del cumplimiento de las disposiciones expresas en este decreto, a las Comisiones de Seguridad Pública del Senado de la República y de la Cámara de Diputados federales.

Las acciones antes mencionadas pretenden dar vigencia a la rectoría de la SSPC, a la Guardia Nacional y al órgano desconcentrado de prevención y readaptación social en el manejo y control de las comunicaciones en los centros de reinserción social a nivel nacional, evitando que del interior de éstos existan posibilidades de que se perpetren conductas antisociales no sólo vinculados con el delito de extorsión sino planeación de privaciones ilegales de la libertad; operaciones con recursos de procedencia ilícita, sino con otros ilícitos.

Sin más por el momento y en espera de complementar la información con acciones que se implementen posteriormente en esta dirección la que serán puestas en su conocimiento para ser reportadas al Congreso de la Unión.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Ciudad de México, a 20 de marzo de 2020.

Licenciada Angélica González Montoya (rúbrica)

Directora General de Implementación y Evaluación de Políticas para la Prevención


Ciudad de México, a 5 de marzo de 2020.

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja

Subsecretario de Seguridad Pública

Presente

Me refiero a su· oficio número SSPC/SSP/00361/2020 de fecha 18 de febrero de 2020,·en el que remite copia del diverso SG/UE/230/55/20, el cual señala que la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, emite un punto de acuerdo en los siguientes términos:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y en coordinación con el gobierno de las entidades federativas, fortalezcan sus acciones a fin de identificar, prevenir y sancionar el delito de extorsión e incorpore el uso de las nuevas tecnologías, herramientas y plataformas digitales para promover la cultura de la denuncia.”

Al respecto, de conformidad con el artículo 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal esta dependencia tiene atribuciones para formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la nación y de sus habitantes.

Atento a lo anterior, de conformidad con el artículo 19, fracción VIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, la Unidad de Prevención de la Violencia y el Delito, y de sus Unidades Administrativas Adscritas, tiene entre otras, la atribución de diseñar mecanismos de coordinación con instituciones y autoridades de los gobiernos de las entidades federativas y municipios para la implementación de los programas, estrategias y acciones de prevención especial de la violencia y el delito, asimismo se considera pertinente que el mismo sea remitido también a la Coordinación Nacional Antisecuestro (Conase).

Cabe señalar que los exhortos no tienen un carácter vinculatorio, sin embargo, se estima que dada las atribuciones que tiene esta dependencia, se propone canalizar a esas áreas el planteamiento del punto único realizado por el órgano legislativo, para su valoración.

Sin otro particular le envío un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Jorge Antonio Luna Calderón (rúbrica)

Titular de Unida General de Asuntos Jurídicos y Transparencia


Ciudad de México, a 18 de febrero de 2020.

Maestro Jorge Antonio Luna Calderón

Titular de Unida General de Asuntos Jurídicos y Transparencia

Presente

Por instrucciones del doctor Alfonso Durazo Montaño, titular de esta institución, por este conducto, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2 y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3, apartado A, fracción I, apartado B, fracción VII; 7 y 35, fracción II, IV y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, me permito enviar a usted copia del oficio número SG/UE/230/55/20 , suscrito por el maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, por el que hace de conocimiento a esta dependencia el similar DGPL 64-II-2-1483, enviado por el senador Gustavo Enrique Madero Muñoz, en su calidad de secretario de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, por el que expone el acuerdo (anexo) aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión de fecha 22 de enero de 2020, por el que exhorta lo siguiente:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y en coordinación con el gobierno de las entidades federativas, fortalezcan sus acciones a fin de identificar, prevenir y sancionar el delito de extorsión e incorpore el uso de las nuevas tecnologías, herramientas y plataformas digitales para promover la cultura de la denuncia.”

En virtud de lo anterior, solicito su intervención para que en uso de sus facultades, tenga a bien realizar su opinión jurídica con respecto a la procedencia y legalidad de dicho acuerdo, y se envíe dicha opinión a esta Subsecretaría de Seguridad Pública para que este asunto sea remitido al área correspondiente y poder cumplir con la solicitud planteada por el pleno de ese órgano legislativo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo, reiterándole mi consideración más distinguida.

Atentamente

Licenciado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)

Subsecretario de Seguridad Pública


Ciudad de México, a 27 de enero de 2020.

Doctor Alfonso Durazo Montaño

Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana

Presente

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que por oficio número DGPL 64-II-2-1483,

el senador Gustavo Enrique Madero Muñoz, secretario de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, comunica a esta secretaría el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 22 del actual, mismo que a continuación transcribo:

“Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y en coordinación con el gobierno de las entidades federativas, fortalezcan sus acciones a fin de identificar, prevenir y sancionar el delito de extorsión e incorpore el uso de las nuevas tecnologías, herramientas y plataformas digitales para promover la cultura de la denuncia.”

Asimismo, le acompaño para los fines procedentes, copia del documento al que me he referido y de su anexo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

De la Secretaría de Gobernación, con la que envía contestación de la STPS a punto de acuerdo relativo a informar sobre los resultados de la investigación y las gestiones derivadas del accidente del ciudadano Pedro Alberto Lezama Hernández

Ciudad de México, a 20 de marzo de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número D.G.P.L. 64-II-4-1554, signado por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, en su carácter de presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número STPS/117/DGAJ/0158/2020 suscrito por el maestro Víctor Ricardo Aguilar Solano, director general de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a informar los resultados de la investigación y las gestiones realizadas derivadas del accidente del ciudadano Pedro Alberto Lezama Hernández.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, a 16 de enero de 2020.

Maestra Luisa María Alcalde Luján

Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Presente

Por este medio me permito hacer de su conocimiento que por oficio número D.G.P.L. 64-II-4-1554 la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, comunica a esta secretaría el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, en sesión celebrada el 15 del actual, mismo que a continuación transcribo:

“Único. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que remita a esta soberanía un informe de los resultados de la investigación y las gestiones realizadas derivadas del accidente del ciudadano Pedro Alberto Lezama Hernández.”

Asimismo, le acompaño para los fines procedentes, copia del documento al que me he referido y del dictamen del citado acuerdo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarle la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México 28 de febrero de 2020

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Secretaría de Gobernación

Presente

En atención a su oficio número SG/UE/311/149/20 del 16 de enero de 2020, mediante el cual comunica el acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 15 de enero del presente, que a la letra dice:

“Único. La Comisión Permanente exhorta respetuosamente a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para que remita a esta soberanía un informe de los resultados de la investigación y las gestiones realizadas derivadas del accidente del ciudadano Pedro Alberto Lezama Hernández.”

Al respecto, me permito informarle que mediante el oficio 300/3/0065/2020, la titular de la Unidad del Programa Construyendo el Futuro, informó lo siguiente:

“...que desde el momento en que esta unidad a mi cargo, tuvo conocimiento del acontecimiento referido, se ha realizado el debido acompañamiento de manera permanente a la salud del becario, en colaboración con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para asegurar su atención médica, en el marco de los Lineamientos que regulan el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro.

Señala que, con fundamento en el lineamiento tercero, fracción III, de los mencionados lineamientos para la operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de junio de 2019, el becario referido, recibió a partir del 19 de noviembre de 2019, la atención médica requerida para salvaguardar su salud e integridad; de tal manera que, en su momento se nos informó que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente.

El 22 de noviembre de 2019, recibió una segunda intervención en el HGZ 1 de Oaxaca, en el que le diagnosticaron un cuadro de necrosis de intestino delgado; el 26 de noviembre de 2019 fue trasladado a la UMAE de Traumatología y Ortopedia de Lomas Verdes, estado de México, para su atención y, posteriormente, el 3 de diciembre de 2019, el becario ingresó al hospitalario general del Centro Médico Nacional “La Raza”, para seguir con la atención debida.

Al día de hoy, el becario sigue internado en el hospital general del Centro Médico Nacional “La Raza”, en el que se nos ha reportado que su salud ha evolucionado favorablemente; para mayor detalle, deberá solicitarse información directamente a dicho hospital.

Por otra parte, personal autorizado por el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, se ha mantenido en comunicación con los familiares del becario.

Por lo que respecta al centro de trabajo denominado “Gobierno Municipal” de Tuxtepec, se realizaron diversas visitas de supervisión física con el objetivo de verificar el cumplimiento de los lineamientos y analizar los hechos ocurridos.

Asimismo, le comento que actualmente el Centro de Trabajo referido, fue dado de baja definitivamente del programa, permitiendo a los becarios que realicen una nueva vinculación con fundamento en el artículo Décimo Segundo, inciso A), fracciones V y I X, de los lineamientos referidos.

Por lo que respecta al becario ciudadano Pedro Lezama Hernández se le ha apoyado para que se vincule a otro centro de trabajo y continúe con su capacitación.”

Con lo anterior, respetuosamente solicito se tenga por debidamente atendido el acuerdo aprobado por el pleno del órgano legislativo referido y para tal efecto se anexa copia del oficio de mérito.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi más atenta consideración.

Maestro Víctor Ricardo Aguilar Solano (rúbrica)

Director General de Asuntos Jurídicos


Ciudad de México, a 29 de enero de 2020.

Maestro Víctor Ricardo Aguilar Solano

Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

Presente

Hago referencia a su oficio número STPS/117/DGAJ/0047/2020, de fecha 23 de enero de 2020, por el que solicita, se proporcione diversa información referente al ciudadano Pedro Lezama Hernández, en relación con el oficio número SG/UE/311/149/20, de fecha 16 de enero del año en curso, suscrito por la titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobierno.

Sobre el particular, le informo que, desde el momento en que esta unidad a mi cargo, tuvo conocimiento del acontecimiento referido, se ha realizado el debido acompañamiento de manera permanente a la salud del becario, en colaboración con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para asegurar su atención médica, en el marco de los Lineamientos que regulan el Programa.

Asimismo, con fundamento en el lineamiento tercero, fracción III, de los mencionados lineamientos para la operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, publicados en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de junio de 2019, el becario referido, recibió a partir del 19 de noviembre de 2019, la atención médica requerida para salvaguardar su salud e integridad; de tal manera que, en su momento se nos informó que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente.

El 22 de noviembre de 2019, recibió una segunda intervención en el HGZ 1 de Oaxaca, en el que le diagnosticaron un cuadro de necrosis de intestino delgado; el 26 de noviembre de 2019 fue trasladado a la UMAE de Traumatología y Ortopedia de Lomas Verdes, estado de México, para su atención y, posteriormente, el 3 de diciembre de 2019, el becario ingresó al hospitalario general del Centro Médico Nacional “La Raza”, para seguir con la atención debida.

Al día de hoy, el becario sigue internado en el hospital general del Centro Médico Nacional “La Raza”, en el que se nos ha reportado que su salud ha evolucionado favorablemente; para mayor detalle, deberá solicitarse información directamente a dicho hospital.

Por otra parte, personal autorizado por el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, se ha mantenido en comunicación con los familiares del becario.

Por lo que respecta al centro de trabajo denominado “Gobierno Municipal” de Tuxtepec, se realizaron diversas visitas de supervisión física con el objetivo de verificar el cumplimiento de los lineamientos y analizar los hechos ocurridos.

Asimismo, le comento que actualmente el Centro de Trabajo referido, fue dado de baja definitivamente del programa, permitiendo a los becarios que realicen una nueva vinculación con fundamento en el artículo Décimo Segundo, inciso A), fracciones V y I X, de los lineamientos referidos.

Por lo que respecta al becario ciudadano Pedro Lezama Hernández se le ha apoyado para que se vincule a otro centro de trabajo y continúe con su capacitación.

Saludos cordiales.

Atentamente

Dayra Vergara Vargas

Titular de la Unidad

De la Secretaría de Gobernación, con la que envía contestación de la Ssa a punto de acuerdo relativo a garantizar el suministro de medicamentos e insumos necesarios para atender a los pacientes, particularmente los niños que padecen cáncer

Ciudad de México, a 23 de marzo de 2020

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número D.G.P.L. 64-II-4-1657, signado por la diputada Karla Yuritzi Almazán Burgos, en su carácter de secretaria de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/546/2020 suscrito por la licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a garantizar el suministro de medicamentos con prontitud y, en su caso, solicitar a la autoridad competente los insumos necesarios para la debida atención de los pacientes; particularmente, de aquellos necesarios para atender el cáncer infantil.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, a 17 de marzo de 2020.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández

Titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio SG/UE/230/97/20, de fecha 29 de enero de 2020, mediante el cual informó que en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el día 28 del mismo mes y año, se aprobó el punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente, a las Secretarías de Salud estatales, hospitales federales e institutos nacionales de salud a que, en pleno apego a sus facultades legales, garanticen el suministro de medicamentos con prontitud; y en su caso, soliciten con oportunidad a la autoridad competente, los insumos necesarios para la debida atención de los pacientes; particularmente, de aquellos necesarios para atender el cáncer infantil, mediante los mecanismos definidos por las autoridades competentes.

”Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a atender de manera oportuna las solicitudes de abasto de medicamento a fin de garantizar la dotación del mismo y el acceso a tratamientos y quimioterapias para la atención de cáncer infantil.”

Al respecto, con fundamento en el artículo 13, fracción II, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito acompañar oficio CCINSHAE-DGCINS-223-2020, suscrito por el doctor Simón Kawa Karasik, director general de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud y oficio CNPSS-DGAF-DGAN-380-2020, suscrito por el licenciado Carlos Augusto Chan Antonio, director de Contratos y Convenios de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo

Atentamente

Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo (rúbrica)

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social


Ciudad de México, a 11 de marzo de 2020.

Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social

Me refiero al oficio UCVPS/222/2020, mediante el cual hicieron de nuestro conocimiento que, en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el día 28 de enero de 2020, se aprobó el siguiente punto de acuerdo:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente, a las Secretarías de Salud estatales, hospitales federales e institutos nacionales de salud a que, en pleno apego a sus facultades legales, garanticen el suministro de medicamentos con prontitud; y en su caso, soliciten con oportunidad a la autoridad competente, los insumos necesarios para la debida atención de los pacientes; particularmente, de aquellos necesarios para atender el cáncer infantil, mediante los mecanismos definidos por las autoridades competentes.

”Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a atender de manera oportuna las solicitudes de abasto de medicamento a fin de garantizar la dotación del mismo y el acceso a tratamientos y quimioterapias para la atención de cáncer infantil.”

Al respecto, anexo al presente copia de los comentarios emitidos por el Hospital Infantil de México Federico Gómez1 y los Institutos Nacionales de Cardiología,2 Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz3 y Perinatología Isidro Espinosa de los Reyes,4 lo anterior, para su conocimiento y los efectos que considere pertinentes.·

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Documentos anexos:

l. 2270/045/2020

2. Correo electrónico de fecha 10 de marzo de 2020 3. DG·l10·2020

4. INPER·DG·DM Ol85·2020-

Doctor Simón Kawa Karasik (rúbrica)

Director General de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud


Ciudad de México, a 10 de marzo de 2020.

Doctora Mónica Villa Guillén

Directora Médica

Presente

En respuesta a la solicitud de opinión al punto de acuerdo aprobado en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 28 de enero de 2020 y solicitado en el oficio UCVPS/222/2020 ele la Unidad de Vinculación y Participación Social.

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente, a las Secretarías de Salud estatales, hospitales federales e institutos nacionales de salud a que, en pleno apego a sus facultades legales, garanticen el suministro de medicamentos con prontitud; y en su caso, soliciten con oportunidad a la autoridad competente, los insumos necesarios para la debida atención de los pacientes; particularmente, de aquellos necesarios para atender el cáncer infantil, mediante los mecanismos definidos por las autoridades competentes.

”Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a atender de manera oportuna las solicitudes de abasto de medicamento a fin de garantizar la dotación del mismo y el acceso a tratamientos y quimioterapias para la atención de cáncer infantil.”

Le hago llegar los siguientes comentarios.

Primero. La fabricación, distribución y suministro de fármacos antineoplásicos empleados para tratamiento del cáncer en pediatría depende de muchos factores. que están influidos y determinados por todos los participantes en el proceso, desde un inicio (fabricación) hasta su culminación (administración del fármaco al paciente y vigilancia de los efectos terapéuticos y eventos adversos). Por lo tanto, para que se asegure el suministro de los fármacos necesarios para el tratamiento de los niños con cáncer, se requiere del correcto funcionamiento de todo el proceso, y no solo de la oportunidad de la solicitud de los fármacos a las autoridades competentes por parte de las Instituciones que tratan al paciente.

Esto requiere un compromiso de todos los involucrados en todas las fases del proceso, de tal forma que la responsabilidad adquirida y asumida por el hospital al recibir y tratar a los pacientes con cáncer pueda verse reflejada a través del correcto funcionamiento de las vías por las que se adquiere el medicamento, se transporta, se verifica su seguridad y eficacia, se acondiciona, se administra y se vigila. Los hospitales federales e institutos nacionales de salud deben continuar con su labor de atención al paciente buscando que los medios establecidos previamente para la solicitud y abastecimiento se lleven a cabo dentro de los procesos definidos de común acuerdo con los i nvolucrados.

Segundo. De cumplirse el proceso con el compromiso de todos los involucrados, quedaría resuelta también la dotación de los fármacos antineoplásicos en tiempo y forma. Definiendo de la misma forma cuales son las funciones, responsabilidades y compromisos de cada uno de los involucrados en todas las fases del proceso.

Adicionalmente se deben considerar factores externos que influyen con la fabricación, distribución y abastecimiento de los fármacos de quimioterapia empleados en el cáncer infantil (frecuencia y proporción de cáncer infantil comparados con el cáncer en adultos, empleo de fármacos que se usan desde hace 70 años, costo de producción de estos fármacos, entre otros). Estos factores deben ser tomados en cuenta para la previsión del abasto necesario para cubrir las necesidades de tratamiento en los niños con cáncer.

Esperando que estas opiniones le sean de utilidad me despido, quedando pendiente para cualquier duda o aclaración.

Atentamente

Doctor Luis Enrique Juárez Villegas (rúbrica)

Jefe del Departamento de Hemato-oncología


Licenciada Érika Márquez Esquivel

Dirección General de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud


Por Instrucción del doctor Jorge Gaspar Hernández, director general del Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez, y en atención al punto de acuerdo señalado en el oficio UCVPS-222-2020, me permito informar de las acciones realizadas al respecto para nuestros pacientes con patología cardiovascular:

El Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez durante el Ejercicio Fiscal 2020, se sumó a licitaciones públicas “consolidadas” de medicamentos y material de curación e implementó procedimientos para la adquisición de estos insumos y contratación de servicios, en estricto apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público. Con estas acciones el instituto garantiza el suministro oportuno de insumos y la continuidad en la prestación de servicios a favor de sus pacientes con patología cardiovascular, evitándose situaciones de posible “desabasto”.

Espero que la información le sea útil.

Atentamente

Licenciado Alejandro Alatorre Hernández (rúbrica)

Subdirector de recursos materiales


Ciudad de México, a 4 de marzo de 2020.

Doctor Gustavo Reyes Terán

Titular de la CCINSHAE

Presente

En respuesta al oficio UCVPS/222/2020, y con referencia a oficio SG/UE/23097/20 mediante el cual solicitan responder respecto al el punto de acuerdo “primero y segundo, que se transcribe:

“Garanticen el suministro de medicamentos con prontitud; y, en su caso, soliciten con oportunidad a la autoridad competente, los insumos necesarios para la debida atención de los pacientes; ·particularmente, de aquellos necesarios para atender el cáncer infantil, mediante los medicamentos definidos por las autoridades competentes. Al respecto le informo lo siguiente:

El Instituto Nacional de Psiquiatría Ramón de la Fuente Muñiz brinda atención a población mayor de l3 años con problemas o trastornos que afectan la salud mental, por lo que no tiene ninguna opinión que emitir a estos puntos de acuerdo referentes a población infantil y tratamiento de cáncer infantil.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Eduardo A. Madrigal de León (rúbrica)

Director General


Ciudad de México, 9 de marzo de 2020.

Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social

Presente

En contestación al oficio número UCVPS/222/2020, en el que refiere que en la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión se aprobó el punto de acuerdo, que a la letra dice:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente, a las Secretarías de Salud estatales, hospitales federales e institutos nacionales de salud a que, en pleno apego a sus facultades legales, garanticen el suministro de medicamentos con prontitud; y en su caso, soliciten con oportunidad a la autoridad competente, los insumos necesarios para la debida atención de los pacientes; particularmente, de aquellos necesarios para atender el cáncer infantil, mediante los mecanismos definidos por las autoridades competentes.

”Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a atender de manera oportuna las solicitudes de abasto de medicamento a fin de garantizar la dotación del mismo y el acceso a tratamientos y quimioterapias para la atención de cáncer infantil.”

Presentada por el maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, al respecto le informo que la postura de este instituto está totalmente de acuerdo con el punto de acuerdo en el que se refiere al abastecimiento de medicamentos a fin de garantizar la dotación y el acceso a tratamientos y quimioterapias para la atención del cáncer infantil.

Sin otro particular por el momento, reciba un cordial saludo.

Doctor Manuel Cortes Bonilla (rúbrica)

Director Médico


Ciudad de México, a 6 de marzo de 2020.

Licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social

Presente

Estimada licenciada Mieres Hermosillo:

Me refiero a su amable oficio número UCVPS/221/2020, de fecha 10 de febrero del año 2020, dirigido al suscrito en mi carácter de director general del Instituto de Salud para el Bienestar, mediante el cual hace constar el oficio SG/UE/230/97/20, fechado a 29 de enero del año en curso, signado por el maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, concerniente a la sesión de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, celebrada el 28 del mismo mes y año, aprobándose el punto de acuerdo que se transcribe a continuación:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente, a las Secretarías de Salud estatales, hospitales federales e institutos nacionales de salud a que, en pleno apego a sus facultades legales, garanticen el suministro de medicamentos con prontitud; y en su caso, soliciten con oportunidad a la autoridad competente, los insumos necesarios para la debida atención de los pacientes; particularmente, de aquellos necesarios para atender el cáncer infantil, mediante los mecanismos definidos por las autoridades competentes.

”Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud a atender de manera oportuna las solicitudes de abasto de medicamento a fin de garantizar la dotación del mismo y el acceso a tratamientos y quimioterapias para la atención de cáncer infantil.”

En este contexto, con base en lo dispuesto en el acuerdo publicado el 13 pe septiembre de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, por el que se modifica el diverso por el que se delegan facultades en el director general de Administración y Finanzas de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, publicado el 12 de julio de 2019, se han llevado a cabo las acciones correspondientes para la adquisición, distribución y entrega de los recursos en especie que por concepto de cuota social y a portación solidaria federa, se transfieren a las entidades federativas de conformidad con el artículo 77 Bis 15 de la Ley General de salud y demás disposiciones aplicables, incluyendo el llevar a cabo los procedimientos para la adjudicación de los contratos correspondientes, así como respecto de los medicamentos y demás insumos asociados.

Dichas acciones se coordinan con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante compras consolidadas y con el firme propósito de contar con el abasto de medicamentos que permitan atender las diferentes necesidades de la población que no cuentan con seguridad social, entre ellos los bienes terapéuticos para tratamientos oncológicos.

Cabe señalar que, el día 01 de enero del año 2020, iniciaron las operaciones del Instituto Nacional de Salud para el Bienestar (Insabi), con el Modelo de Salud para el Bienestar (SABI), basado en la Atención Primaria de Salud (APS) a fin de garantizar el Derecho Humano a la Salud, conforme a las disposiciones que se desprenden del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de noviembre de 2019, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes General de Salud (LGS) y de los Institutos Nacionales de Salud, el Ejecutivo Federal, deberá emitir las disposiciones reglamentarias que permitan proveer en la esfera administrativa, lo previsto en el Decreto, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del mismo y, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud deberá ser modificado en el mismo plazo para adecuarse a la precitada reforma.

Dicha transición en ningún caso interrumpirá la capacidad de garantizar el Derecho a la Protección a la Salud y el acceso a los servicios médicos, por el contrario, el Insabi busca mejorar dicha situación para lo que inició trabajando a través de 4 ejes fundamentales:

1) Abasto y distribución de medicamentos, material de curación y equipos médicos, de manera eficiente adquiriendo en coordinación con la Oficialía Mayor de la SHCP y las Direcciones Generales del IMSS y el ISSSTE, actuando en apego a la normatividad y lineamientos emitidos por la Secretaria de Salud del Gobierno Federal, todos los medicamentos, material de curación, equipos médicos e insumos que se requieran para la prestación de los servicios, incluyendo el abasto y distribución de los mismos mediante un sistema eficaz para que lleguen los medicamentos (todas las claves) y no falten en todos los establecimientos médicos, en especial en los que se encuentran en comunidades remotas aparatadas de los centros urbanos, aspecto que se tiene que garantizar, y ya se está garantizando, es decir, que las personas en el punto en donde están siendo atendidas puedan tener los insumos que compra el gobierno y se les proporcione, respecto de lo que el indicador del régimen bienestar del Instituto Mexicano del Seguro Social nos permite documentar para los 19 estados la cantidad o la proporción de recetas surtidas, indicador que nos arroja que en enero 2020 el 98 por ciento de recetas surtidas en el régimen IMSS-Bienestar.

2) Personal Médico suficiente y especializado para todos los establecimientos de salud, para lo que se contempla llegar hasta 70 mil médicos, enfermeras, promotores de la salud que serán contratados para el Insabi a lo largo de los siguientes cinco años, en promedio 14 mil por año.

3) En cuanto a Infraestructura, el Insabi impulsa un Proyecto que contempla construcción y mantenimiento de establecimientos médicos, así como rescate y recuperación de hospitales abandonados en otras administraciones, como es el caso de 70 hospitales y 120 centros de salud, que son los que en el diagnóstico detallado en los primeros meses del sexenio se documentó la necesidad de intervenir, de los cuales 18 hospitales están totalmente rehabilitados y faltan 52, en cuanto a Centros de Salud, 70 están terminados y 50 están en proceso de construcción.

4) Respecto a la basificación de los trabajadores del sector salud implica ·el garantizar servicios eficientes, servicios que funcionan, se ha identificado formalmente más de 17,274 mil personas adscritas al sector salud que llevan hasta 10 años con contratos precarios, con contratos inestables, con contratos que son en sentido directo y estricto fuera de la ley, lo que afecta la capacidad y la calidad de los servicios, pero además permea un sentido de poco ánimo para la provisión de los mismos, por lo que el Insabi aplicara un plan para regularizar esta situación tomando en cuenta factores como la antigüedad, buen desempeño, disponibilidad presupuesta! etc. para que al final del sexenio los trabajadores .del sector salud cuenten con su trabajo de base y buenas prestaciones salariales y sociales.

Por otro lado, las modificaciones al Capítulo VIII del Título Tercero Bis de la LGS que entraron en vigor el día siguiente de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación, implicaron la instalación de la Junta de Gobierno del Instituto de Salud para el Bienestar, dentro del periodo que le fue concedido para tal efecto, es decir, dentro de los 30 días naturales siguientes; sin embargo, aún está corriendo el plazo para la emisión del Estatuto Orgánico del Insabi, pues cuenta con un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la instalación, para finalmente continuar con los instrumentos jurídicos que planteen la operación de este órgano descentralizado. En este contexto, y con el objeto de una mejor comprensión de lo antes referido, se transcriben los artículos transitorios que sustentan lo aquí argumentado:

“...Segundo. El Ejecutivo federal deberá emitir las disposiciones reglamentarias que permitan proveer en la esfera administrativa lo previsto en el presente decreto, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del presente decreto.

En el mismo plazo, el Reglamento Interior de la Secretaría de Salud deberá ser modificado a fin adecuarlo a lo previsto en el presente decreto.

Una vez cumplido lo anterior, las disposiciones al mismo estarán derogadas.

[...]

[...]

[...]

Sexto. Las modificaciones al Capítulo VIII del Título Tercero Bis entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial de la Federación. La Junta de Gobierno del Instituto de Salud para el Bienestar se instalará en un periodo no mayor a los 30 días naturales siguientes.

La Junta de Gobierno del Instituto de Salud para el Bienestar emitirá el Estatuto Orgánico de la entidad, en un plazo no mayor a 60 días naturales contados a partir de su instalación.

Séptimo. Las entidades federativas tendrán un plazo de hasta 180 días naturales, contados a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto para armonizar sus leyes respectivas y demás disposiciones normativas vigentes en la materia...”

Cabe señalar que el artículo 4o., párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), reconoce el derecho humano que toda persona tiene en nuestro país a la protección de la salud, además dispone que, la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de· salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo preceptuado en la fracción XVI, del artículo 73 de la propia norma fundamental.

No es óbice señalar que el artículo 1 de la Ley General de Salud señala que esta es reglamentaria de la Protección Social en Salud en términos del artículo 4 de la CPEUM.

Asimismo, en términos de lo dispuesto por el artículo 77 Bis 1 de la LGS reglamentaría del multicitado artículo 4o. constitucional, en el que se establece que todas las personas que se encuentren en el país que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención.

No es óbice señalar que, para ser beneficiarios de la cobertura y alcance de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social, la LGS establece lo siguiente:

“...Artículo 77 Bis 7. Para ser beneficiario de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a que se refiere el presente Título, se deberán reunir los requisitos siguientes:

Ser personas que se encuentren en el territorial nacional;

No ser derechohabientes de seguridad social, y

Contar con Clave Única de Registro de Población.

En caso de no contar con dicha clave, podrá presentarse acta de nacimiento, certificado de nacimiento o los documentos que se establezcan en las disposiciones reglamentarias.

[...]

[...]

En esta tesitura, para ser beneficiarios ya no se requiere la afiliación y para las personas que contaban con Afiliación vigente al Sistema de Protección Social continuarán en pleno goce de los derechos que les correspondan, en términos de lo establecido por el artículo transitorio décimo primero del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud,,, por lo que no habrá suspensión en los tratamientos, operaciones programadas, ni el suministro habitual de los medicamentos e insumos asociados a los tratamientos· que así los requieren, durante los periodos transitorios de las reformas correspondientes.

En ambos casos podrán ser atendidos en Centros de Salud y Dispensarios con Servicios Ampliados, Unidades Médicas del IMSS-Bienestar (tiene presencia en 19 entidades del país, con 80 hospitales rurales), Unidades de Especialidades Médicas, Hospitales Generales, Rurales y Comunitarios.

Uno de los elementos claves para cimentar el Nuevo Sistema Nacional de Salud que nos permita garantizar la atención médica y los medicamentos gratuitos, el Insabi, habrá de celebrar y proponer convenios y demás instrumentos legales de coordinación y colaboración con las instituciones de salud públicas, entidades federativas y municipios, por lo que actualmente nos encontramos en el periodo de formalización de los instrumentos jurídicos correspondientes con los 26 gobiernos estatales que se comprometieron con este nuevo esquema y se adhirieron a este órgano descentralizado, que entre otras cosas deberán contemplar las modalidades orgánicas y funcionales de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados.

En ese mismo tenor, el artículo 25 de la LGS señala lo que a la letra se transcribe:

“...Artículo 25. Conforme a las prioridades del Sistema Nacional de Salud, se garantizará la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud, particularmente para la atención integral de la población que se encuentra en el país que no cuenta con seguridad social...

Por lo anterior, conforme a las prioridades del Sistema Nacional de Salud, se garantizará extensión progresiva y cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud, particularmente para la atención integral de la población que se encuentra en el país y que no cuentan con seguridad social, implementándose progresivamente con la aplicación del SABI, basado en la APS a fin de garantizar el derecho humano a la salud, atentos al .contenido de la legislación reglamentaria del artículo 4o, constitucional, además que se realizan los trámites para dar cumplimiento al multicitado decreto.

Además, que se gestionan los convenios e instrumentos jurídicos de coordinación y colaboración con las instituciones de salud públicas, entidades federativas y municipios, por lo que actualmente nos encontramos en el periodo de formalización de los instrumentos legales correspondientes con los 26 gobiernos estatales, que se comprometieron con este nuevo y se adhirieron al Insabi que, entre otras cosas, deberán contemplar las modalidades orgánicas y funcionales de la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados.

Sin más por el momento, le envío un atento y cordial saludo.

Atentamente

Dirección General Adjunta de Normatividad


En términos del artículo 55, en relación con el 2, Apartado C, fracción XII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, así como por el artículo 18 último párrafo del reglamento interno de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, firma en suplencia del titular de la Dirección General Adjunta de Normatividad, el director de Contratos y Convenios, con fundamento en lo dispuesto por los artículos tercero y quinto transitorios del decreto por el que se reforman, adicionan y derogar diversas disposiciones de la Ley General y de la Ley de los institutos nacionales de salud, publicado el 29 de noviembre del 2019 y en relación al articulo tercero transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020.

Licenciado Carlos Augusto Chan Antonio (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación de la SEP a punto de acuerdo relativo a reforzar las medidas de apoyo biopsicosocial para alumnas y alumnos de escuelas públicas que así lo requieran

Ciudad México, a 23 de marzo de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio número DGPL 64-II-5-1862 signado por la diputada Laura Angélica Rojas Hernández, en su carácter de presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 JOS/CECU/0225/20 suscrito por la ciudadana Maricela Contreras Julián, coordinadora de enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a reforzar las medidas de apoyo biopsicosocial para alumnas y alumnos de escuelas públicas que así lo requieran; así como informar las acciones que se están realizando para brindar ese apoyo conforme a lo establecido en la Ley General de Educación.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad dé México, a 21 de febrero de 2020.

Ciudadana Maricela Contreras Julián

Coordinadora de Enlace con el Honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública

Presente

Por instrucciones superiores y en atención al oficio SG/ UE/ 230/14$/20 dirigido al ciudadano Esteban Moctezuma Barragán, secretario de Educación Pública, mediante el cual informa el punto de acuerdo aprobado por el pleno de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el 28 de enero del año en curso, el cual señala:

Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y sus homólogas. en las entidades federativas para que en el ámbito de sus competencias refuercen las medidas de apoyo relativo a reforzar las medidas de apoyo biopsicosocial para alumnas y alumnos de escuelas públicas que así lo requieran. Segundo. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública, y a sus homologas en las entidades federativas a que informen a esta soberanía la acciones que se están realizando para brindar apoyo biopsicosocial a alumnas y alumnos conforme a lo establecido en la Ley General de Educación.

Sobre el particular, con fundamento en los artículos 59 de Ley General de Educación; 31, fracción X IV, del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, me permito informarle lo siguiente:

1. La Secretaría de Educación Pública (SEP) cuenta con el Programa Nacional de Convivencia Escolar (PNCE) que promueve el trabajo con educación socioemocional en las escuelas beneficiarias de dicho programa. Dicho programa tiene los siguientes objetivos y acciones:

• Objetivo General: Favorecer el establecimiento de ambientes de convivencia escolar pacífica, inclusiva y democrática que contribuyan a prevenir situaciones de discriminación y de acoso escolar en escuelas públicas de educación básica que participen en el PNCE, contribuyendo a la mejora del clima escolar y el impulso de una cultura de paz.

• Objetivos Específicos

a) Promover la intervención pedagógica en las escuelas públicas de educación básica, de carácter formativo y preventivo con apoyo de materiales educativos dirigidos a los estudiantes, docentes y padres de familia, orientados a que la comunidad escolar desarrolle habilidades socioemocionales en un marco de respeto a los derechos humanos y la perspectiva de género con el fin de favorecer una cultura de paz que prevenga situaciones de discriminación y acoso· escolar.

b) Fortalecer las competencias de los equipos técnicos estatales de las coordinaciones locales del PNCE orientadas a la prevención de la discriminación y acoso escolar, a través de capacitación en las temáticas.

c) Promover un marco de actuación basado en protocolos para la detección, prevención y actuación en casos de abuso sexual infantil, acoso escolar y maltrato en las escuelas públicas de educación básica.

d) Contribuir al fortalecimiento de la gestión participativa para el desarrollo de una convivencia pacífica, inclusiva y democrática, mediante el apoyo con recursos federales, para atender las necesidades e intereses de las escuelas públicas de educación básica, identificadas por las/los NNA en procesos de participación democrática.

- Para el cumplimiento de estos objetivos se realizan las siguientes acciones:

• Actualización y elaboración de materiales enfocados en el trabajo con el desarrollo de habilidades socioemocionales que permitan aumentar la resiliencia en las niñas, niños y adolescentes.

• Promoción de valores de cooperación, aceptación y respeto por las diferencias, compasión, honestidad y amistad, que favorezca la cohesión social.

• Fomento de la participación de todos los estudiantes en las actividades de carácter vivencial que se proponen en estos materiales.

Dentro de los materiales educativos que se realizaron para el ciclo escolar 2019-2020 se encuentran los siguientes:

• Cuaderno de actividades para el alumno de educación preescolar y para cada uno de los grados de educación primaria, dónde se incluyen herramientas para el tratamiento práctico de seis temas: autoestima, autorregulación emocional, valoración de la diversidad, respeto a las reglas, manejo pacífico de conflictos y comunicación familiar.

• Guías para el docente de educación preescolar, primaria y secundaria, en donde se ofrece la explicación de los seis ejes- temáticos del programa, la descripción de la estructura del material para el alumno y sus propósitos, orientaciones didácticas que apoyen a los docentes en el trabajo con los materiales.

• Paquete de seguridad y convivencia escolar, conjunto de infografías con recomendaciones para trabajar con la comunidad escolar, la prevención de riesgos y el manejo de situaciones de violencia escolar. Se trabajó de manera conjunta entre la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de Gobernación.

• Catálogo de materiales del PNCE, es una herramienta de consulta para orientar a las comunidades educativas acerca de los recursos con que cuenta el programa desde 2016 a la fecha.

• Infografía y protocolos, la primera es una guía práctica que apoya al docente cuando detecta que algún alumno/na sufre abuso, acoso y/o maltrato, y los segundos, son elaborados por las entidades federativas, e informan más sobre la detección temprana, prevención y actuación en casos de abuso sexual infantil, acoso escolar y maltrato en las escuelas de educación básica, o de acuerdo al marco jurídico de cada entidad.

• Fichero Promoviendo la cultura de paz en y desde nuestra escuela, ofrece un conjunto de actividades didácticas, diversas y flexibles que orienten la labor educativa de los docentes en este sentido para trabajar con toda la comunidad escolar. Disponible en el siguiente link hzIdbtd_BzTARj

Adicionalmente, la secretaría cuenta con las Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) y las Unidades de Educación Especial y Educación Inclusiva, como instancias que dan servicios psicopedagógicos para atender las barreras de aprendizaje; así como colaborar a la canalización de las alumnas y alumnos a los servicios de salud correspondientes.

En tanto, para la inserción de profesionales de la psicología en las escuelas públicas, esta secretaría, a través de sus áreas competentes, se encuentran trabajando una estrategia para llevar a cabo convenios con las diferentes universidades públicas y particulares de todo el país para que presten su servicio social en las escuelas apoyando al alumnado que lo requiera.

Finalmente, adjunto al presente el formato para la emisión de respuestas a resolutivos de puntos de acuerdo aprobados ampliando la información de merito.

Sin más por el momento, aprovecho la ocasión para ·enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Osiris Vanessa Juárez Beltrán (rúbrica)

1. Consideraciones

La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y a sus homologas en las entidades federativas para que, en el ámbito ele sus competencias refuercen las medidas de apoyo biopsicosocial para alumnas y alumnos de escuelas públicas que así lo requieran.

Asimismo, solicita a la Secretaría de Educación Pública y a sus homólogas en las entidades federativas que informen las acciones que se están realizando para brindar el apoyo biopsicosocial a las alumnas y alumnos y que dará cumplimiento a lo señalado por los artículos 73 y 74 de la Ley General de Educación, en materia de atención psicológica para alumnas y alumnos.

2. Respuesta

La Secretaría de Educación Pública en el reconocimiento de la situación referente a la infancia en México en tanto a sus derechos humanos y procurando el interés superior de la niñez; a través de la Subsecretaría de Educación Básica y del Programa Nacional de Convivencia Escolar realiza acciones formativas y preventivas para· contribuir en la distribución de las distintas formas de violencia en las escuelas de educación básica.

El programa ha elaborado una propuesta de materiales .enfocados con los siguientes ejes temáticos:

l. Fortalecimiento de la autoestima

2. Expresión y autorregulación de emociones

3. Convivencia armónica, pacífica e inclusiva

4. Respeto a las reglas

5. Manejo y resolución de conflictos

6.Comunicación y colaboración con las familias.

El PNCE·trabaja en asesorías técnico pedagógica ·a las entidades federativas pa·ra el desarrollo y fortalecimiento de habilidades socioemocionales del alumnado de las escuelas de nivel pre·e.scolar, primaria y secundaria, así como Centros de Atención Múltiple, mediante la implantación de materiales educativos·destinados para dicho fin.

3. Sinopsis

La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Educación Pública y sus homólogas. en las entidades federativas para que en el ámbito de sus competencias refuercen las medidas de apoyo relativo a reforzar las medidas de apoyo biopsicosocial para alumnas y alumnos de escuelas públicas que así lo requieran.

Asimismo, la SEP en coordinación con diversas instituciones, incluidas las autoridades educativas de los estados y la Ciudad de México, se encuentran trabajando en una estrategia para que estudiantes de distintas licenciaturas, entre ellas psicología de las diferentes universidades públicas y particulares de todo el país, presten su servicio social en las escuelas públicas en apoyo al alumnado que así lo requiera.

4. Observaciones

Para reforzar las medidas· de apoyo psicológico, específicamente en la sugerencia de incorporar psicólogos a las escuelas públicas para apoyar a los docentes con alumnos que cuenten con problemas emocionales, se hace de su conocimiento que no existen plazas referidas a este perfil profesional.

Cabe destacar que la Secretaría de Educación cuenta con las Unidades de Servicios de Apoyo a la educación regular, las culturales están particularmente enfocadas a los servicios psicopedagógicos y coadyuvan a la canalización de los alumnos que lo requieran a los servicios de salud correspondientes dichos servidos son insuficientes para cubrir la totalidad de escuelas.

Por lo anterior, la SEP se encuentra trabajando en una posible vinculación para hacer conveníos con las diferentes universidades públicas y particulares de todo el país, con el objetivo principal de que estudiantes de la licencatura de psicología, presten su servicio social a las escuelas públicas en el apoyo al alumnado que así lo requiera iniciativa que debe ser analizada pues implicaría la rotación del personal e impediría un seguimiento consistente en los casos derivados, de no contar con esta opción, la propuesta. de un psicólogo por escuela necesitaría un presupuesto adicional destinado a la Secretaría de Educación Publica, tanto en el ámbito federal y estatal para la contratación de este tipo de especialistas.

Resumen

Nombre de la dependencia:
Secretaría de Educacón Pública

Área que opina:
Dirección General de Desarrollo de la Gestión Educativa

Fecha de emisión de respuesta:
14 de fbrero de 2020

Conclusiones

La Secretaría de Edudación Pública con los programas vigentes ha favorecido en la detección temprana en situaciones que así lo ameriten, por otro lado, es importante referir que se está trabajando para e.stablecer los acuerdos necesarios entre el sector salud, así·como las diferentes universidades públicas y particulares para atender el tema de manera oportuna y coordinada.

Es importante mencionar que el formato debe estar debidamente contestado, de lo contrario la Secretaría de Gobernación no recibirá la respuesta.

Wendy Yaereth Hernández Barrientos (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación de la Secretría de Salud a punto de acuerdo relativo a reforzar las campañas informativas sobre la cobertura de los servicios de salud que proporcionará el Instituto de Salud para el Bienestar

Ciudad de México, a 23 de marzo de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

Presentes

En atención al oficio No. D.G.P.L. 64-Il-6-1642 signado por el diputado Porfirio Muñoz Ledo, en su carácter de vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/548/2020 suscrito por la licenciada Mónica Alicia Mieres Hermosillo, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a reforzar las campañas informativas sobre la cobertura de los servicios de salud que proporcionará el Instituto de Salud para el Bienestar.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

El Titular de la Unidad

Emiio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)


Ciudad de México, a 11 de marzo de 2020.

Lic.Mónica A. Mieres Hermosillo

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación de Participación Social

Presente

Me refiero a su oficio número UCVPS/220/2020, con fecha de recepción por este Organismo Descentralizado el día 13 de febrero de 2020, por medio del cual remite el Oficio SG/UE/230/157/20 signado por el Mtro. Emilio de Jesús Saldaña Hernández, titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, mediante el cual informó que en la sesión celebrada el día 28 de enero del año actual se aprobó un punto de acuerdo que a continuación se transcribe:

“ÚNICO. La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Salud y del Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), para que en el ámbito de sus atribuciones refuercen las campañas informativas sobre la cobertura de los servicios de salud que proporcionará dicho instituto, en beneficio de las personas que la requieran.”

Sobre el particular, se advierte que, a través del punto de acuerdo en análisis, se exhorta a este Organismo Descentralizado para que, en el ámbito de sus atribuciones, refuerce las campañas informativas sobre la cobertura de los servicios de salud que proporcionará.

Al respecto, el párrafo cuarto del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, reconoce el derecho humano que tiene toda persona en nuestro país a la protección de la salud, y asimismo señala que la Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de la propia Constitución.

De conformidad con las fracciones II y II bis del artículo 3o. de la Ley General de Salud, ordenamiento reglamentario del derecho humano a la protección de la salud, y visible en la página de internet http://www.djputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_240120.pdf, se consideran materias de salubridad general, (i) la atención médica y (ii) la prestación gratuita de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para personas sin seguridad social.

Al respecto, en términos de lo señalado en el artículo 13, apartado B, fracción I de la Ley General de Salud, corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, en materia de salubridad general, como autoridades locales y dentro de sus respectivas jurisdicciones territoriales organizar. operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salubridad general a que se refieren, entre otras, las fracciones II y I Bis del artículo 3o. de la Ley General de Salud, es decir, la atención médica y la prestación gratuita delos servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para personas sin seguridad social.

En el mismo sentido, conforme a lo establecido en el artículo 77 bis 5, apartado B, fracciones I y III de la Ley General de Salud, en lo que respecta a la ejecución de la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, para las personas sin seguridad social corresponde a los gobiernos de las entidades federativas, dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales, (i) proveer los servicios de salud a que se refiere el Título Tercero Bis de la Ley General de Salud, en los términos previstos en la referida Ley, los reglamentos aplicables y las disposiciones que al efecto emita la Secretaría de Salud, garantizando la infraestructura, personal, insumos y medicamentos necesarios para su oferta oportuna y de calidad, y (ii) aplicar, de manera racional, transparente y oportuna, los recursos que sean transferidos por la Federación y los recursos que aporten, para la ejecución de las acciones de prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, en los términos de este Título, las demás disposiciones aplicables y los acuerdos de coordinación que para el efecto se celebren.

Ahora bien, de conformidad con el artículo 77 bis 35 de la Ley General de Salud, el Instituto de Salud para el Bienestar es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Salud, que tiene por objeto proveer y garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin seguridad social, así como impulsar, en coordinación con la Secretaria de Salud en su calidad de órgano rector, las acciones orientadas a lograr una adecuada integración y articulación de las instituciones de salud públicas del Sistema Nacional de Salud.

En términos de la fracción I del artículo 77 bis 35 del mismo ordenamiento legal, para el cumplimiento de dicho objeto, el Instituto de Salud para el Bienestar, tiene como una de sus funciones, la de prestar de manera gratuita servicios de salud y asegurar el suministro de medicamentos e insumos asociados y demás elementos necesarios para la atención a las personas sin seguridad social, de conformidad con los instrumentos jurídicos que al efecto se suscriban con las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Salud.

De este modo, el párrafo segundo del artículo 77 bis 2 de la Ley General de Salud, señala que la Secretaría de Salud, a través del Instituto de Salud para el Bienestar, organizará las acciones para la prestación de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados que requieran las personas sin seguridad social, para lo cual, de conformidad con el artículo 77 Bis 6 de la Ley General de Salud, dicho Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, celebrará acuerdo de coordinación con las entidades federativas para los efectos de que éstas últimas lleven a cabo la prestación de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social.

De lo anterior se desprende que la prestación de los referidos servicios es una responsabilidad originalmente asignada a las entidades federativas, y si bien es cierto, el Instituto de Salud para el Bienestar está facultado conforme al artículo 77 bis 16 A de la Ley General de Salud, para pactar con éstas el hacerse responsable de organizar, operar y supervisar la prestación de los servicios de salud, medicamento s y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social, dentro de la correspondiente jurisdicción territorial de la entidad federativa, ello está condicionado a que se cumplan dos supuestos INDISPENSABLES, (i) que se suscriba el respectivo acuerdo de coordinación en el que se pacte dicha responsabilidad, y (ii) que los recursos materiales, humanos y financieros necesarios para asumir dicha responsabilidad sean transferidos al Instituto de Salud para el Bienestar (Ver Décimo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 29 de noviembre de 2019).

Es así como a la fecha, se está en proceso de formalización de los instrumentos jurídicos con las instituciones integrantes del Sistema Nacional de Salud, mismos que estipularán los términos y condiciones específicos de la prestación de los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social.

Lo anterior resulta importante, toda vez que conforme al artículo 77 bis 31, inciso A) de la Ley General de Salud, los recursos destinados a la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados en los términos del presente Título estarán sujetos a que las entidades federativas y, en su caso, la Secretaría de Salud y el Instituto de Salud para el Bienestar, cuando este último asuma la responsabilidad de la prestación de los servicios, en el ámbito de sus respectivas competencias, dispondrán lo necesario para transparentar su gestión de conformidad con las normas aplicables en materia de acceso y transparencia a la información pública; asimismo dicho precepto señala que para esos efectos tanto la Federación, a través de la Secretaría de Salud y del Instituto de Salud para el Bienestar, como los gobiernos de las entidades federativas, a través de los servicios estatales de salud, difundirán toda la información que tengan disponible respecto de universos, coberturas, servicios ofrecidos, así como del manejo financiero de los recursos destinados para el acceso gratuito a los servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos.

Asimismo, es importante señalar que se están elaborando las disposiciones reglamentarias que permitan proveer en la esfera administrativa lo previsto en el multicitado Decreto, conforme a lo ordenado en el transitorio segundo del mismo, una vez que se cuente con ellas serán publicadas para su difusión en el Diario Oficial de la Federación.

Con independencia de lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 bis l de la Ley General de Salud, los servicios que se brinden a las personas sin seguridad social deben otorgarse bajo criterios de universalidad e igualdad, que generen las condiciones que permitan brindar el acceso gratuito, progresivo, efectivo, oportuno de calidad y sin discriminación a los servicios médicos, incluidas intervenciones quirúrgicas, farmacéuticos y hospitalarios que satisfagan de manera integral las necesidades de salud, mediante la combinación de intervenciones de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y de rehabilitación, seleccionadas en forma prioritaria según criterios de seguridad, eficacia, efectividad, adherencia a normas éticas profesionales y aceptabilidad social, en las que se contemplen invariablemente los servicios de consulta externa en el primer nivel de atención, así como de consulta externa y hospitalización para las especialidades básicas de medicina interna, cirugía general, ginecobstetricia, pediatría y geriatría, en el segundo nivel de atención, así como los medicamentos y demás insumos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

Por otro lado, para informar a la población sobre el trabajo del Instituto de Salud para el Bienestar y la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos e insumos asociados para personas sin seguridad social, cada martes el doctor Hugo López-Gatell Ramírez, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, de la Secretaría de Salud, participa como vocero único de salud en la conferencia de prensa matutina del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

En el marco de la conferencia matutina, el subsecretario López-Gatell presenta el documento “El Pulso de la Salud”. A la fecha se han expuesto dos documentos que pueden consultarse en el siguiente link: https://www .gob.mx/insabj/archjvo/articulos?
idiom=es&filter id=7575&fílter oriqin=archive

Por otra parte, el Instituto de Salud para el Bienestar cuenta con el sitio web https://www.gob.mx/insabi donde se pueden consultar y descargarse diversos comunicados con información sobre el Instituto y sus servicios, así como información sobre sus funciones y alcances.

En la página electrónica https://www.gob.mx/insabi/
es/videos/con-el-insabi-recibiras-mas-y-mejor­atencion se puede consultar un video informativo sobre los servicios, que ofrece el Instituto de Salud para el Bienestar y los requisitos para acceder a ellos.

Se adjunta también el documento “Transformación del Sistema Público de Salud en México. Instituto de Salud para el Bienestar”, que contiene información básica sobre el nuevo Organismo Público Descentra!izado.

El Instituto de Salud para el Bienestar, además, brinda información a la ciudadanía a través de su Centro de Atención Telefónica (800 7678 527).

Por lo anterior, se estima que la difusión de este Organismo Descentralizado es amplía, toda vez que se ha venido operando en coordinación con medios unidireccionales que se complementan con las tecnologías de comunicación e información garantizando a la ciudadanía el acceso a la información. No obstante lo anterior, en cuanto finalicen los procesos administrativos de su estructuración, el Instituto de Salud para el Bienestar comenzará una estrategia de información permanente en medios de comunicación masiva y redes sociales, así como internamente hacia los cuerpos médicos, de especialistas y demás personal de salud, respecto de sus funciones y alcances.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Carlos Augusto Chan Antonio (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, mediante la cual remite contestación de la SEP al punto de acuerdo sobre violencia escolar

Ciudad de México, a 23 de marzo de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión

Presentes

En atención del oficio número DGPL 64-II-6-1648, signado por el diputado Porfirio Muñoz Ledo, en su carácter de vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar UR 120 JOS/ CECU/ 0370/ 20, suscrito por la ciudadana Maricela Contreras Julián, Coordinadora de Enlace con el Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo relativo a implantar y fortalecer los programas y las acciones para fomentar la cultura de la paz y la resolución pacífica de conflictos; la prevención de la violencia en el entorno escolar, con un rediseño en su instauración que privilegie el interés superior de la niñez con un enfoque de derechos humanos; fortalecer las medidas de concienciación sobre la violencia en las escuelas de educación básica y media superior; y aplicar medidas que garanticen la seguridad de alumnos, y de personal docente y administrativo en los planteles educativos públicos y privados del sistema educativo nacional.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace


Ciudad de México, a 12 de marzo de 2020.

Maricela Contreras Julián

Coordinadora de Enlace con el Congreso de la Unión

Presente

Me refiero al volante con número de referencia DG-OS-2019-001672-1-1-2, mediante el cual se turnó a esta subsecretaría copia del oficio número SG/ UE/ 230/ 155/ 20, por el que el titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación comunicó al titular de esta dependencia el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en la sesión celebrada el 28 de enero de 2020, en cuyos resolutivos se establece lo siguiente:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de lo Unión exhorta a la Secretaría de Educación Público, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y a los gobiernos y las comisiones de derechos humanos estatales a implantar y fortalecer en el ámbito de sus competencias los programas y las acciones para fomentar la cultura de la paz y la resolución pacífica de conflictos, así como la prevención de la violencia en el entorno escolar, con un rediseño en su instauración que privilegie el interés superior de la niñez, con un enfoque de derechos humanos, acorde con la Constitución, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño, o fin de salvaguardar y proteger la seguridad de niños y adolescentes.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Secretarías de Educación Pública federal y locales y las Comisiones Nacional y estatales de los derechos humanos a fortalecer dentro de sus facultades las medidas de concienciación sobre la violencia en las escuelas de educación básica y media superior.

Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a fortalecer por el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes las acciones de prevención y atención de la violencia, en cualquier tipo de sus manifestaciones, contra niñas, niños y adolescentes, a través del trabajo coordinado de la federación, los estados, los municipios, los demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y la sociedad civil.

Cuarto. La Comisión Permanente del Congreso de.la Unión exhorta respetuosamente a las Secretarías de Educación Pública locales a aplicar con las asociaciones de padres de familia medidas que garanticen la seguridad de alumnos, y personal docente y administrativo en los planteles educativos públicos y privados del sistema educativo nocional del nivel de educación básico.

Al respecto, por considerarse un asunto de la competencia de la coordinación a su cargo y por instrucciones de Juan Pablo Arroyo Ortiz, subsecretario de Educación Media Superior, me permito hacerle llegar copia de los oficios números SG.O.166/ 2020, ./008/ 2020, DGB/ 167/ 2020 y DG/ 0102/ 2020, mediante los cuales el Colegio de Bachilleres, la Dirección de Área de la Subsecretaría de Educación Pública, la Dirección General del Bachillerato y el Centro de Enseñanza Técnica Industrial informan sobre las acciones realizadas en la materia que señala el punto de acuerdo de mérito.

Mucho le agradeceré que haga del conocimiento de la instancia legislativa lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, provecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Liliana Concepción Vélez Juárez (rúbrica)

Coordinadora Sectorial de Normatividad


Guadalajara, Jalisco, a 26 de febrero de 2020.

Licenciada Liliana Concepción Vélez Juárez

Coordinadora Sectorial de Normatividad

Presente

Aunado a un cordial saludo, en respuesta de su oficio 0271, con número DG- OS- 2019- 001672- 1- 1- 2, de fecha 13 de febrero de 2020, haciendo referencia al similar SG/ UE/ 230/ 155/ 20, por el que el titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación comunicó al titular de su dependencia el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en la sesión celebrada el 28 de enero de 2020 en cuyo resolutivo establece lo siguiente:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y los gobiernos y a las comisiones de derechos humanos estatales a implantar y fortalecer en el ámbito de sus competencias programas y acciones para fomentar la cultura de paz y la resolución pacífica de conflictos, así como la prevención de la violencia en el entorno escolar, con un rediseño en su instauración que privilegie el interés superior de la niñez, con un enfoque de derechos humanos acorde con la Constitución, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño, a fin de salvaguardar y proteger la seguridad de niños y adolescentes.

Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las Secretarías de Educación Pública federal y estatales y a las Comisiones Nacional y estatales de los derechos humanos a fortalecer dentro de sus facultades las medidas de concienciación sobre la violencia en las escuelas de educación básica y media superior.

Al respecto, le informo sobre las acciones que este centro de estudios realiza referente al tema que nos ocupa mediante el formato que nos acompaña.

Sin más por el momento, quedo a sus órdenes.

Atentamente

Maestra Analy Fabiola Estrada Hernández (rúbrica)

Directora Administrativa

De la Secretaría de Gobernación, con la que remite contestación a punto de acuerdo relativo a establecer programas de capacitación para el personal docente y administrativo de cada unidad escolar, a efecto de atender y brindar educación integral tendente a incluir a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes con condición de espectro autista dentro del sistema educativo regular

Ciudad de México, a 20 de marzo de 2020.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

Por este medio, y en alcance al oficio número SG/UE/311/2721/19, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UR 120 JOS/CECU/0369/20, suscrito por la ciudadana Maricela Contreras Julián, coordinadora de Enlace con el honorable Congreso de la Unión de la Secretaría de Educación Pública, así como de sus anexos, mediante los cuales complementa la respuesta al punto de acuerdo relativo a establecer programas de capacitación para el personal docente y administrativo de cada unidad escolar, a efecto de atender y brindar educación integral tendente a incluir a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes con condición de espectro autista dentro del sistema educativo regular.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Atentamente

Emilio de Jesús Saldaña Hernández (rúbrica)

Titular de la Unidad


Ciudad de México, a 18 de marzo de 2020.

Maestro Emilio de Jesús Saldaña Hernández

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

En atención al oficio número SG/UE/311/1780/19, del 3 de octubre del presente año, mediante el cual la Unidad de Enlace de Gobierno informó al maestro Esteban Moctezuma Barragán, secretario de Educación Pública, el punto de acuerdo aprobado el 1 de octubre del presente año, que refiere al exhorto para establecer programas de capacitación para el personal docente y administrativo para la inclusión de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en condición de espectro autista.

Sobre el particular, y en alcance al oficio número UR 120 JOS/CECU/2121/19, remito copias de los oficios números 0467 y 500/2020.-0180, signadas por la licenciada Liliana Concepción Vélez Juárez, coordinadora sectorial de Normatividad de la Subsecretaría de Educación Media Superior y el doctor Francisco Luciano Concheiro Bórquez, subsecretario de Educación Superior, a través de los cuales dan respuesta al resolutivo.

Sin más por el momento, le envío un cordial saludo.

Atentamente

Maricela Contreras Julián (rúbrica)

Coordinadora de Enlace


Ciudad de México, a 12 de marzo de 2020.

Maricela Contreras Julián

Coordinadora de Enlace con el Honorable Congreso de la Unión en la Secretaría de Educación Pública

Presente

Me refiero al volante con número de referencia DG-OS-2019-008682-1-1-2, mediante el cual se turnó a esta subsecretaría copia del oficio número SG/UE/311/1780/19, por el que el titular de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, comunicó al titular de esta dependencia, el punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en su sesión celebrada el 1 de octubre de 2019, en el que se establece lo siguiente:

“Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta a la Secretaría de Educación Pública del gobierno federal para que se establezcan programas de capacitación para el personal docente y administrativo de cada unidad escolar, a efecto de que se pueda atender y brindar educación integral tendente a incluir a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes con condición de espectro autista dentro del sistema educativo regular; asimismo, se implementen campañas inclusivas y de concienciación hacia las madres, padres de familia, tutores y alumnado para que se erradique la estigmatización hacia las niñas, niños y adolescentes con el espectro autista. Segundo.­ La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta a la Secretaría de Salud del gobierno federal para que implementen campañas de concienciación social sobre el autismo y se promueva un mejor conocimiento que contribuya a la inclusión social de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes con el trastorno del espectro autista”. (sic)

Al respecto, por considerarse un asunto de la competencia de esa coordinación a su cargo y por instrucciones de Juan Pablo Arroyo Ortiz, subsecretario de Educación Media Superior, me permito hacerle llegar copia de los oficios número SG.O.131/2020, DGB/DSA/038/2020, 220(1)1888/2020, DG/083/2019, DCAJ/00168/2020, mediante los cuales, el Colegio de Bachilleres, la Dirección General del Bachillerato, la Unidad de Educación Media Superior Tecnológica Industrial y de Servicios, el Centro de Enseñanza Técnica Industrial y el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, informan las acciones realizadas en la materia que alude el punto de acuerdo de mérito.

Mucho le agradeceré hacer del conocimiento de la instancia legislativa lo anterior, para los efectos a que haya lugar.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Liliana Concepción Vélez Juárez (rúbrica)

Coordinadora de Normatividad


Metepec, estado de México, a 20 de febrero 2020.

Licenciada Liliana Concepción Vélez Juárez

Coordinadora Sectorial de Normatividad

Subsecretaría de Educación Media Superior

Secretaría de Educación Pública

Presente

Hago referencia a su oficio 0222 Ref-DG-OS-2019-008682 -1-1-2, de fecha 6 de febrero 2020, recibido en este Colegio el día 7 del mismo mes y año, relacionado con el punto de acuerdo, aprobado por el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en la sesión celebrada el 1 de octubre 2019, que establece lo siguiente: ‘

“Primero.- La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta a la Secretaría de Educación Pública del gobierno federal para que se establezcan programas de capacitación para el personal docente y administrativo de cada unidad escolar, a efecto de que se pueda atender y brindar educación integral tendente a incluir a las niñas, niños, adolescentes y jóvenes con condición de espectro autista dentro del sistema educativo regular, asimismo se implementen campañas inclusivas y de concientización hacia las madres, padres de familia, tutores y alumnado para que se erradique la estigmatización hacia las niñas, niños y adolescentes con el espectro autista”. (sic)

Sobre el particular, adjunto al presente envío a usted las acciones realizadas por este organismo para la atención del referido punto de acuerdo en el formato que para esos efectos ha tenido a bien hacernos llegar.

Sin otro particular, me es grato enviarles un cordial saludo.

Atentamente

“Educación técnica para la equidad y el bienestar”

Giullieth Argelia Ibarra Godínez (rúbrica)

Coordinadora de Asistencia Jurídica