Gaceta Parlamentaria, año XXII, número 5394-III, jueves 24 de octubre de 2019
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a vigilar el cumplimiento de la ley en el proyecto minero de Samalayuca, en Ciudad Juárez, Chihuahua, a cargo del diputado Ulises García Soto, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, Ulises García Soto, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral I, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Samalayuca es un poblado perteneciente a Ciudad Juárez. Ahí se encuentran los Médanos de Samalayuca, que mediante decreto publicado el 5 de junio de 2009 por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) fue declarado área natural protegida, con carácter de área de protección de flora y fauna, sustentado en el artículo 46, fracción VII, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
La empresa canadiense VVC Exploration Corporation, con Samalayuca Cobre, SA de CV, desde 2013 tenía intenciones de hacer un proyecto minero en Samalayuca. Pero hasta hace unos años no comenzó a realizar los trámites correspondientes para que den los permisos de operar.
La mina que se pretende realizar, es una unidad minera a cielo abierto llamada Samalayuca Cobre, SA de CV, en la que se planea extraer aproximadamente 2 mil toneladas por día de material mineralizado, aumentando a 4 mil toneladas por día, aproximadamente a 12 meses después de que comience sus funciones.
El yacimiento alberga mineralización de óxido de cobre con un recurso de cobre de 59.4 millones de libras, indicado (9.6 M toneladas con 0.28 por ciento Cu) y 89.33 millones de libras, inferido (14.4 M toneladas con 0.28 por ciento Cu). Se contempla que la mina dejará un monto aproximado de 233 millones de pesos, esto considerando que el cobre tiene un costo en el mercado de materia primas de 111 mil 640 pesos.
Sin embargo, los pobladores manifiestan su preocupación respecto a los siguientes factores, y solicita un mayor análisis y comunicación con las autoridades federales:
La actividad minera consume grandes cantidades de agua en la extracción del metal, lo cual ocasiona desabastecimiento de líquido en las localidades que pueden resultar afectadas.
Contamina aguas superficiales y subterráneas, debido a que se alojan partículas de materiales pesados y metaloides.
Contaminación del aire, debido a que las extracciones de minerales liberan polvo y diversos gases tóxicos.
Alteración de la morfología del terreno.
Una mina a cielo abierto es la actividad minera más contaminante hacia la atmósfera, ya que para extraer los minerales se usan explosivos que bañan con sustancias peligrosas el mineral (usan cianuro); esto, para separar los materiales.
La inconformidad social ante la apertura de la mina La Gloria se ha presentado en distintas ocasiones. Por ejemplo, a principios del presente mes integrantes del movimiento social Poder Ciudadano se manifestaron afuera del Congreso del estado y entregaron a los legisladores un pliego petitorio donde expresaban su descontento ante la apertura del yacimiento.1
Del mismo modo, el frente ciudadano Para que no Nos Mine la Mina ha expresado la inconformidad ante la apertura de la mina, como lo hizo el 8 de septiembre del presente año en la plaza de Samalayuca, donde expuso los riesgos que dejará la explotación de cobre por la empresa canadiense VVC Exploration Corporation.2
La inconformidad social se ha expresado también con la necesidad de interponer recursos legales. El pasado 29 de agosto, se presentó un amparo ante el Poder Judicial de la Federación,3 siendo el quejoso el ciudadano Santiago González Reyes, abogado en derechos humanos y con apoyo de la ciudadanía, con objeto de cesar la actividad de la mina y proteger así los recursos naturales de la región.
El descontento de la sociedad es evidente, ya que el pasado 15 de octubre se realizó un bloqueo en ambos sentidos de la carretera federal 45 Chihuahua-Juárez, en el kilómetro 321 a la altura de Samalayuca, como forma de protesta contra la mina, señalando que el manto acuífero que abastece la zona de Juárez y El Paso, presentaría afectaciones de continuar con el proyecto.4
Ante los diferentes grupos sociales y activistas, el principal promotor de la apertura de la mina es Javier Meléndez Cardona, actual el presidente seccional de Samalayuca, debido a la postura que ha expresado en distintas ocasiones en donde afirma que la mina se llevará a cabo y los trabajos comenzarán con la mayor brevedad, con la justificación de que se crearán más de mil 200 empleos directos; además, ha impulsado trámites gubernamentales y procedimientos legales para la eliminación de que los territorios sean considerados área natural protegida, dado que el proyecto se encuentra en el polígono de los Médanos, protegido hasta enero de 2015, cuando al parecer dejó de serlo debido a un amparo que lo excluía del decreto por el que se considera una área natural protegida, lo que abría el paso para la actividad minera.
Respecto a las facultades de la federación en materia del otorgamiento de concesiones, el artículo 27, párrafo sexto, de la Constitución federal menciona:
... el dominio de la nación es inalienable e imprescriptible y la explotación, el uso o el aprovechamiento de los recursos de que se trata, por los particulares o por sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas, no podrá realizarse sino mediante concesiones, otorgadas por el Ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones que establezcan las leyes (...) Las normas legales relativas a obras o trabajos de explotación de los minerales y substancias a que se refiere el párrafo cuarto, regularán la ejecución y comprobación de los que se efectúen o deban efectuarse a partir de su vigencia, independientemente de la fecha de otorgamiento de las concesiones, y su inobservancia dará lugar a la cancelación de éstas...
Así, con base en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 4o., párrafo quinto
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
Las autoridades responsables en el presente asunto son, en primer lugar, la Secretaría de Economía, ya que la Ley Minera establece que corresponde al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Economía, otorgar las concesiones respecto de proyectos mineros en el país. Por estos motivos, es que el primer exhorto va dirigido a la Secretaría de Economía, como la autoridad facultada para otorgar, denegar y suspender los proyectos mineros. Es el caso que, al ver un conflicto social y ambiental, la Secretaría de Economía deberá revisar de manera exhaustiva las motivaciones para haber otorgado dichas concesiones, pero, además, solventar las deficiencias, a efecto de no vulnerar derechos de bienes jurídicos generales como lo es el medio ambiente y el derecho al agua.
A través de la fracción VI del artículo 7 de la Ley Minera, se menciona que es atribución de la Secretaría de Economía expedir títulos de concesión y de asignación mineras, igual que resolver sobre su nulidad o cancelación o la suspensión e insubsistencia de los derechos que deriven de las mismas.
No obstante lo anterior, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales es la dependencia encargada de velar por el medio ambiente, el desarrollo sustentable y la restauración de los elementos naturales susceptibles de degradación por la actividad humana, según lo dispuesto y ordenado por la LGEEPA. Por tal motivo, la Semarnat debe de realizar un procedimiento ajustado a derecho y de manera exhaustiva velar por el entorno y todos sus elementos, así como del derecho a un ambiente sano, consagrado por el párrafo quinto del artículo 4o de la Constitución.
Respecto a garantizar el derecho a la salud y al ambiente, expresados en el artículo 4o. constitucional, en materia de preservación del entorno, el artículo 28 de la LGEEPA, sobre la evaluación del impacto ambiental, dice:
Es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente (...)
Además, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales tiene la obligación de hacer públicos los estudios y las evaluaciones de impacto ambiental para el otorgamiento del permiso o concesión del proyecto, según el artículo 34 de la LGEEPA. Según información de la página oficial de la secretaría, el proyecto La Gloria no forma parte del Histórico de consultas públicas de proyectos de impacto ambiental;5 es decir, no fue sometido a consulta pública o reunión pública.
De las manifestaciones de los pobladores se desprende que el proyecto minero ha sido una imposición por parte del gobierno y no se ha consultado a los pobladores sobre los alcances de dicho proyecto. Es fundamental rescatar que todo proyecto sustentable debe prever el factor social como parte de la triada, factor económico, factor medio- ambiental y el sector del efecto social.
La mina de Samalayuca estaría poniendo en riesgo la biodiversidad de la zona, debido a la existencia de especies sujetas a protección especial, como tortuga (Terrapene ornata), lagartija-leopardo narigona (Gambelia wislizenni), cuija texana, o gecko bandeado (Coleonix brevis), lagartija (Gambelia wislizenii), culebra-nariz de cerdo occidental (Heterodon nasicus), culebra-nocturna ojo de gato (Hypsiglena torquata), víboras de cascabel (Crotalus viridis, Crotalus molossus, Crotalus lepidus y Crotalus atrox), gavilán de Cooper (Accipiter cooperii), aguililla cola blanca (Buteo albicaudatus), aguililla de Swainson (Buteo swainsoni) y aguililla rojinegra (Parabuteo unicinctus). En la zona se encuentran especies amenazadas: zorra del desierto (Vulpes velox neomexicana), lagartija-de collar común (Crotaphytus collaris), lagartija-sorda mayor (Cophosaurus texanus), lagartija-cornuda texana, o camaleón (Phrynosoma cornutum), culebra-listonada manchada (Thamnophis marcianus), culebra-chirriadora común (Masticophis flagellum), culebra-real coralillo (Lampropeltis triangulum), culebra-real común (Lampropeltis getula), culebra-encapuchada mexicana (Tantilla atriceps), águila real (Aquila chrysaetos) y tejón (Taxidea taxus). Por último, hay una especie en peligro de extinción: puercoespín norteño (Erethizon dorsatum), por lo que resulta de gran relevancia velar por el bienestar y la protección de estas especies.
De acuerdo con información del Instituto Nacional de Antropología e Historia, Centro INAH Chihuahua, la zona Médanos de Samalayuca incluye evidencias históricas de pueblos ancestrales que convergieron en el área. Los indicadores son puntas acanaladas, cerámica de distintas fases, restos arquitectónicos y una gran diversidad en el arte rupestre representado por paneles de figuras asociadas a los estilos Mogollón y Anazazi con dibujos en las rocas, miles de petrograbados y algunas pinturas en cerámica con vínculos de tradiciones culturales.
El INAH tiene la facultad de proteger, conservar, restaurar y recuperar los monumentos arqueológicos, así como aplicar la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y su reglamento, atendiendo a esas facultades, el artículo 6, párrafo segundo, de la misma ley establece:
Los propietarios de bienes inmuebles colindantes a un monumento, que pretendan realizar obras de excavación, cimentación, demolición o construcción, que puedan afectar las características de los monumentos históricos o artísticos, deberán obtener el permiso del instituto correspondiente, que se expedirá una vez satisfechos los requisitos que se exijan en el reglamento.
En el mismo reglamento adjetivo, el artículo 46 a la letra dice:
Toda obra que se realice en monumentos arqueológicos, artísticos o históricos contraviniendo las disposiciones de la Ley o de este Reglamento será suspendida por el Instituto competente mediante la imposición de sellos oficiales que impidan su continuación. A quien viole los sellos impuestos, se le aplicará la sanción prevista en el artículo 55 de la ley.
Por tanto, si el proyecto extractivo de la mina La Gloria puede deteriorar la zona arqueológica, el INAH debe intervenir a fin de proteger y salvaguardar el patrimonio histórico nacional y aplicar las acciones legales conducentes, como afirman residentes, ejidatarios, organizaciones civiles y activistas.6
Por último, se realiza un respetuoso exhorto al INAH que de acuerdo a las facultades que le atribuye la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, así como el reglamento de ésta, para la protección, conservación, restauración y recuperación de los monumentos arqueológicos, artísticos e históricos y de las zonas de monumentos a velar por el interés de la sociedad sobre las áreas de interés arqueológico, toda vez que se advierte que en la zona de Médanos de Samalayuca se encuentran más de 50 sitios arqueológicos, la mayoría de petrograbados, mismos que se encuentran riesgo de deterioro frente a las emisiones de elementos contaminantes propios de una mina de cielo abierto, como es el caso de la mina propuesta por la empresa Samalayuca Cobre, SA de CV.
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Economía a realizar una revisión exhaustiva de la concesión de la mina en Samalayuca, Ciudad Juárez, Chihuahua.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a reponer el proceso de evaluación de impacto ambiental y a llevar a cabo las consultas públicas a que hace referencia el cuarto párrafo del artículo 34 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, respecto al proyecto de la mina de cobre de Samalayuca, en Ciudad Juárez, Chihuahua.
Tercero. Se exhorta al Instituto Nacional de Antropología e Historia a velar por la integridad de las zonas de valor histórico y por el proyecto arqueológico de Samalayuca, en Ciudad Juárez, Chihuahua.
Notas
1 Pável, J. En medio de protestas sesiona Congreso aquí, en El Diario de Juárez, 1 de octubre de 2019.
2 Martínez, P. H. Se manifiestan contra explotación de mina en Samalayuca, en El Diario de Juárez, 8 de septiembre de 2019.
3 González, M. S. Se amparan contra mina de Samalayuca, en El Diario de Juárez, 30 de agosto de 2019.
4 Miranda, S. Bloquean carretera Juárez-Chihuahua, en periódico El Mexicano, 15 de octubre de 2019.
5 Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Transparencia, Transparencia Focalizada, Consultas Públicas Anteriores. Disponible en http://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/hconsultas.html
6 J. Estrada y R. Villalpando. Se oponen pobladores a que opere una mina de cobre en Samalayuca, En La Jornada, 17 de septiembre de 2019. Disponible en
https://www.jornada.com.mx/2019/09/17/estados/032n1est
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputado Ulises García Soto (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a dar prioridad y liberar por la SHCP y la SE los recursos del Fondo Nacional Emprendedor a las Mipyme siniestradas tras la tormenta tropical Narda, a cargo del diputado Adolfo Torres Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, diputado Adolfo Torres Ramírez, y las y los diputados pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El pasado 29 de septiembre de 2019, a las 14:00 horas, la Secretaría de Medio Ambiente en colaboración con la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y el Servicio Meteorológico Nacional (SMN) emitieron el siguiente aviso número 37 19:
El centro de la tormenta tropical Narda : se ubicó sobre tierra, en Michoacán generando lluvias torrenciales en regiones de Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán y Nayarit.
A las 13:00 horas, tiempo del centro de México, se actualizó la información sobre la tormenta tropical Narda, su centro se ubicó sobre tierra aproximadamente en las inmediaciones de Coalcomán y La Chichihua, a 130 kilómetros (km) al noroeste de Lázaro Cárdenas, Michoacán, y a 160 km al este-sureste de Manzanillo, Colima. El sistema presenta vientos máximos sostenidos de 65 kilómetros por hora (km/h), rachas de 85 km/h y desplazamiento hacia el noroeste a 26 km/h.
Narda generará lluvias intensas a puntuales torrenciales en regiones de Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán y Nayarit; viento con rachas superiores a 70 km/h en Colima, Jalisco y Michoacán. Se recomienda a la población que se encuentra en zonas de influencia del sistema, extremar precauciones y atender las recomendaciones de las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil, ya que, debido a las lluvias, podrían registrarse deslaves, deslizamientos de laderas, desbordamientos de ríos y arroyos o afectaciones en caminos y tramos carreteros, así como inundaciones en zonas bajas y saturación de drenajes en sitios urbanos. La navegación marítima deberá extremar precauciones.1
Por lo anterior, el gobierno del estado de Michoacán sufrió la embestida de Narda y por los desastres que realizó en la región, hoy planteo pedir de manera formal, la declaratoria de emergencia para el municipio de Lázaro Cárdenas y Aquila, donde este fenómeno natural dejó muchas familias afectadas, así como al sector empresarial, que sólo está declarada zona de desastre; por lo que en este momento se requiere el apoyo por parte del gobierno federal, ya que hasta el momento éste ha sido intermitente e insuficiente.
En este contexto la Secretaría de Seguridad Pública, el 3 de octubre de 2019, dio a conocer el boletín con folio BDE-055-2019, el cual mencionó que se emite declaratoria de emergencia para dos municipios en el estado de Michoacán de Ocampo, con esta acción se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias (Fonden).
Por lo anterior, el Fonden se activó a partir de la emisión de dicho boletín, pero los esfuerzos no son suficientes ya que el sector empresarial, sobre todo las micro y medianas empresas, fueron seriamente golpeadas por este fenómeno natural, al grado de que los propietarios perdieron parte o la totalidad del patrimonio invertido en sus negocios, quedando sin sustento económico muchas de las familias de los municipios de Lázaro Cárdenas y Aquila.
Según datos de la Secretaría de Turismo del Estado de Michoacán, del estudio que realizó del impacto presupuestal en las Mipymes siniestradas de la costa, afectadas por la tormenta Narda, hubo un total de 127 Mipymes siniestradas en dos municipios: 79 en el municipio de Lázaro Cárdenas y 48 en el municipio de Aquila.
Es por lo anterior, el estado de Michoacán se dio a la tarea de realizar un censo y el promedio de apoyo por empresa es de 25 mil pesos, pero en muchos casos se requiere de una cantidad mayor, por lo que, se tendría que mandar a peritos expertos en el tema.
En este contexto es imperante la ayuda a las Mipyme en los municipios de Lázaro Cárdenas y Aquila ya que nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 25, establece que: corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante el fomento del crecimiento económico; asimismo impone al Estado el fomento de las actividades que demande el interés general y la concurrencia al desarrollo económico nacional, con responsabilidad social, de los sectores público, privado y social.
Por ello, se solicita el apoyo del gobierno federal, para que aplique lo más pronto posible el Fondo Nacional Emprendedor para el Ejercicio Fiscal de 2019 , para Mipymes siniestradas el cual tiene su fundamento legal en las Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor para el Ejercicio Fiscal de 2019, en su numeral 8 el cual a la letra dice:
8. Los apoyos destinados a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales deberán apegarse a los lineamientos que en su caso apruebe el Consejo Directivo, de conformidad con las disposiciones que emita la Secretaría de Gobernación en el ámbito de su competencia, los cuales estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal referida en los Lineamientos aprobados por tipo de contingencia, empresas, y montos máximos para apoyar a las Mipymes siniestradas.2
Puesto que incentivar el crecimiento económico nacional, regional y sectorial, mediante el fomento a la productividad e innovación en las micro, pequeñas y medianas empresas que se encuentran ubicadas en sectores estratégicos, impulsan el fortalecimiento ordenado, planificado y sistemático del emprendimiento y del desarrollo empresarial en todo el territorio, asimismo, consolida una economía innovadora, dinámica y competitiva.
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que, a través de los titulares de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Economía den prioridad y liberen los recursos del Fondo Nacional Emprendedor para el Ejercicio Fiscal de 2019, a las Mipyme siniestradas, en los municipios de Lázaro Cárdenas y Aquila, del estado de Michoacán, ante los efectos destructivos ocasionados por la tormenta tropical Narda.
Notas
1 https://smn.conagua.gob.mx/files/pdfs/comunicados-de-prensa/Aviso37-19. pdf
2 Reglas de Operación del Fondo Nacional Emprendedor para el Ejercicio Fiscal 2019,
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5551413&fecha=28/02/2019
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputado Adolfo Torres Ramírez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para implantar estrategias y acciones que garanticen la seguridad de los usuarios de aplicaciones correspondientes a empresas de transporte, a cargo del diputado Pablo Guillermo Angulo Briceño, del Grupo Parlamentario del PRI
Pablo Angulo Briceño, diputado de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo relativo a la atención e implementación de estrategias y acciones para garantizar la seguridad de los usuarios de aplicaciones de empresas de servicios de transporte, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Hoy en día el servicio de transporte de taxis privados por medio de aplicaciones móviles, está tomando un auge importantísimo, ya que al ritmo que crecemos con la modernidad, estos servicios se adecuan a cualquier sociedad, por ejemplo, de acuerdo a la asociación de internet, en nuestro país alrededor del 36 por ciento de las y los usuarios de internet utiliza dichas plataformas para solicitar el servicio, por lo que su crecimiento se especula en crecimiento, además que con este tipo de servicio no solo pueden trasladarse de un lado a otro, sino también es utilizado para solicitar comida o paquetería, por lo que se vuelven de uso cotidiano para las y los ciudadanos.
Es importante saber que la solicitud de estos servicios se deriva de varios motivos, el primero, por seguridad, ya que están registrados en una plataforma donde supuestamente están patentes los datos de los choferes, vehículos y hasta un ranking de cómo se han llevado a cabo sus servicios con las opiniones de los usuarios, en segundo lugar, los tiempos de espera, ya que así se puede programar con exactitud los tiempos y traslados de los usuarios y por último, la comodidad, que sin duda es un factor que hace que el usuario tenga la garantía de viajar en un buen vehículo, limpio y con ciertos estándares para la agrado del usuario.
Por otro lado, es importante hacer mención que actualmente el ciudadano aprovecha estas plataformas concientizándose, que son más seguras, como medio alternativo de traslado, para evitar riesgos cuando salen a cenar o comer, ir a fiestas o reuniones. Además, se crea una cultura de uso para estos servicios, lo que significa que los usuarios analizan los datos arrojados por la plataforma, datos del vehículo, choferes y reseñas de otros usuarios. Esta industria está creciendo de manera significativa por lo que hoy en día la competencia se nota de sobremanera, ponderando en estas aplicaciones de movilidad las plataformas de Uber, Cabify, Easy y Didi, entre otras de menos preponderancia, pero que están en la ruta de crecimiento, a parte de las que seguramente se están creando o procesando.
Ante este auge inminente de los usos de las plataformas de movilidad, obliga a revisar si realmente se cumplen estos servicios a cabalidad, encareciendo la seguridad que es, en estricto sentido, lo más importante para las y los usuarios, por lo que resulta necesario y urgente garantizar la seguridad de los mismos dentro de este transporte privado tan utilizado. En primera instancia se debe brindar total transparencia del padrón los socios conductores de las mencionadas plataformas, además de regular a las empresas, equiparando de alguna manera los requisitos con los que operan los denominados taxis libres.
Es de vital importancia que se incluyan protocolos estrictos para la incorporación de choferes, incluyendo exámenes físicos, psicológicos y psicotrópicos, así como reforzar con mecanismos como botón de pánico dentro de las unidades o de las propias aplicaciones, que tengan línea directa con las autoridades policiacas, así como de códigos QR donde se arrojen de manera electrónica los datos de la empresa, conductor y vehículo, cabe mencionar que dichas empresas deben obligarse también a reportar a los conductores que presenten conductas inapropiadas, delitos, o alguna actuación tipificada por la ley y que se hayan dado de baja por estos aspectos, ya que es indispensable tener un padrón de buenos y malos conductores para que estas conductas no se repitan.
Es necesario hacer un frente para erradicar todo tipo de delitos dentro de estas unidades pertenecientes a plataformas de transporte privado, ya que por desgracia tenemos muchos ejemplos desgarradores en los que se ha atentado y en varios casos, costado la vida a diversos usuarios, donde se han suscitado, robos, violaciones, secuestros y lamentablemente asesinatos, que en la mayoría de las ocasiones el o los agresores continua libres, prófugos o simplemente desapercibidos.
Se debe considerar la seguridad del transporte particular privado, solicitado por plataformas electrónicas para brindar herramientas jurídicas y propiciar seguridad y justicia a los usuarios y choferes de este servicio, primero, verificar que las unidades cumplan con los requisitos legales para brindar dicho servicio, segundo, que los choferes cuenten con la documentación necesaria para poder acreditarse y demostrar su capacidad para ofrecerlo, así como tener un padrón donde se califique el servicio a los mismos, y en su caso, las irregularidades, tercero, buscar mecanismos que brinden certeza y seguridad, tanto a los usuarios como a los choferes, así como establecer mecanismos de cooperación entre los desarrolladores, usuarios y autoridades, ya que en la mayoría de los casos, los dueños de las apps, solo son administradores de dichas cuentas, haciéndose a un lado cuando alguna unidad está inmersa en algún delito.
Las mujeres han sido las más vulneradas en este servicio, ya que desgraciadamente, han sido asaltadas, secuestradas, violadas y, en varios casos, asesinadas, ya sea por los propios choferes o por una red delincuencial que opera junta con ellos, se supondría que la finalidad primordial de este servicio, es evitar la inseguridad y los malos tratos o acoso, que se llegan a suscitar en taxis libres, entendemos y sobre todo respetamos a los taxis libres que cumplen cabalmente con sus funciones, que sabemos que son muchos, pero que por otros que han realizado malas acciones dentro de sus unidades, han pagado justos por pecadores, por lo que se orilló de alguna manera, al gran auge de la solicitud de servicios de transporte privado a través de aplicaciones móviles.
Hoy día es notoria la falta de seguridad y regulación de estos servicios, se debe proteger a los usuarios y los choferes, para que no sucedan casos como el de la joven Mara Fernanda Castilla, en el estado de Puebla, que abordo un servicio como estos y nunca llego a su destino, pese a que la unidad si llego a su domicilio, como se corroboró en algunas evidencias, por lo que quedaron muchos cabos sueltos, pero la realidad de las cosas es que fue un feminicidio más en México.
En la capital del país operan aproximadamente 60 mil conductores de las plataformas antes mencionadas por lo que la Secretaria de Movilidad de dicha entidad, trabaja en un botón de pánico que será activada desde una aplicación móvil y que estará conectada al C-5, siendo esta una aplicación independiente de la del servicio solicitado, convirtiéndose en una aplicación segura para el uso de plataformas de transporte privado.
Este tipo de aplicaciones seguras deben homologarse en todos y cada uno de los rincones de nuestro país, por lo que realzamos un atento exhorto a todas las autoridades de las entidades federativas a unirse a estas estrategias de seguridad que, sin duda, brindaran tranquilidad y certeza a las familias y ciudadanos de México, previniendo y mejorando la seguridad de las y los usuarios y por supuesto, de los conductores. Pero también se conmina a los directores o administradores de estas plataformas a unirse a estos avances que brindan seguridad a ambas partes.
De acuerdo a datos de las propias plataformas se menciona que en el caso de Cabify mensualmente da de baja a dos por ciento de la plantilla total de sus conductores por diversos temas, en los que sobresale, conductas sospechosas o mal uso, en el caso de Uber, ha retirado de su servicio a nueve mil choferes por temas de seguridad.
Al contrario, al tener un gran crecimiento en estas plataformas, es necesario que tanto conductores como usuarios tengan la garantía de recibir el servicio que solicitan y que tengan plena certeza de estar a salvo ambas partes dentro de estas unidades, tal es el caso de varios estados donde también se han reportaron homicidios a conductores por lo que también ellos padecen dicha inseguridad, equiparándose a los homicidios registrados a taxistas tradicionales, es importante que los choferes cuenten con los mismos mecanismos para verificar a las y los usuarios, con las mismas similitudes, datos, calificaciones, compartir ubicación y botón de pánico. Es necesario garantizar la seguridad de las y los usuarios, así como de los conductores, por lo que se hace un exhorto a las Entidades Federativas, a realizar las acciones necesarias para brindar seguridad y certeza al utilizar las plataformas de taxis privados, así como informar que medidas se han tomado ante dicha problemática.
Por lo anteriormente expuesto, se presenta a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la gobernadora y gobernadores de las entidades federativas y a la jefa de gobierno de la Ciudad de México para que, en el ámbito de su competencia, realicen acciones y formulen estrategias para fortalecer políticas públicas a fin de garantizar la seguridad personal de los usuarios de aplicaciones de empresas de servicios de transporte.
Segundo. Se exhorta respetuosamente a las legislaturas de los estados y al Congreso de la Ciudad de México a realizar las modificaciones legislativas correspondientes a fin implementar medidas de seguridad para prevenir la comisión de cualquier delito que perjudique la integridad de los usuarios de aplicaciones de empresas de servicios de transporte.
Palacio Legislativo de San Lázaro.- Ciudad de México a veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.
Diputado Pablo Angulo Briceño (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC a salvaguardar la integridad y los derechos de las mujeres, a cargo de la diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández, diputada del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana a salvaguardar la integridad y los derechos de las mujeres con base en las siguientes
Consideraciones
La Declaración sobre Eliminación de la Violencia contra la Mujeres de 1993 es el instrumento de la Naciones Unidas en Derechos Humanos mediante el cual se busca garantizar la seguridad y eliminar la violencia contra las mujeres, brindando las herramientas jurídicas para que los Estados integrantes contemplen los objetivos de esta declaratoria, así como el reconocimiento de la urgente necesidad de la aplicación universal de los derechos humanos de las mujeres relativos a la igualdad, seguridad, libertad, integridad y dignidad de todos los seres humanos.
En la mayoría de países donde existen datos, menos del 40 por ciento de las mujeres que sufren violencia buscan algún tipo de ayuda. Entre las mujeres que lo hacen, la mayoría recurre a la familia y a amistades y muy pocas confían en instituciones y mecanismos oficiales, como la policía o los servicios de salud. Menos del 10 por ciento de aquellas mujeres que buscaron ayuda tras haber sufrido un acto de violencia lo hicieron recurriendo a la policía. (ONU, 2015)
A pesar de que han transcurrido ya 4 años desde que la Organización de las Naciones Unidas mostró estos datos, la realidad es que las cifras no han cambiado en lo absoluto, las mujeres que sufren violencia no se sienten seguras y cómodas buscando ayuda con instituciones oficiales y la poca incidencia de mujeres que si acuden a denunciar hechos de violencia, se enfrentan a un sistema que más que ayudarlas vulnera sus derechos y un hacen de un proceso que sí bien tendría que ser cooperativo, resulta lento, cuestionable y en el que incluso vuelven a ser víctimas de violencia por parte de las mismas autoridades; aunque no necesariamente sea físico, la violencia psicológica es lo que prevalece, por irónico que parezca, dentro de las instituciones encargadas de proteger la integridad y seguridad de las mujeres.
En cifras nacionales, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, 6 de cada 10 mujeres mexicanas ha enfrentado un incidente de violencia al menos una vez en su vida, 41.3 por ciento de las mujeres ha sido víctima de violencia sexual y, en su forma más extrema, 9 mujeres son asesinadas al día. (ONU, 2018)
Las cifras de mujeres que sufren violencia siguen incrementándose y los casos que quedan impunes también van en aumento. Tan solo para el 2018, mil 835 mujeres fueron asesinadas solo por el hecho de ser mujer, a diferencia de los casos en las muertes de personas del género masculino, en el que a pesar de ser mayor el número, esto se debe a diferentes causas que distan mucho de un asesinato por género.
Si bien el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública ha emprendido diversas políticas en la materia, cabe señalar el Programa de Fortalecimiento al Desempeño en materia de Seguridad a los Municipios, los cuales permiten la profesionalización de las personas que conforman las instituciones, la prevención social de la violencia y la delincuencia, el equipamiento así como la construcción de infraestructura física.
Ante el aumento de la inseguridad en nuestro país y de las altas tasas de violencia contra las mujeres, es indispensable promover estrategias y garantizar que las acciones institucionales de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, así como del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública sean diseñadas con perspectiva de género, es decir que en el caso de los programas en la materia y los Subsidios para el Fortalecimiento del Desempeño de Seguridad Pública en los municipios y las demarcaciones de la Ciudad de México y, en su caso, de las entidades federativas, que ejerzan de manera directa o coordinada estas funciones, el catalogo en el cual se incluyen los conceptos de gasto, especifiquen bienes, servicios e infraestructura para las mujeres.
En esta tesitura, ONU Mujeres en la región México emitió recomendaciones que buscan alcanzar los objetivos de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible para construir un futuro sostenible en el que se destaca:
Fortalecer a las instituciones estatales y federales, así como a la sociedad civil, en sus mecanismos de coordinación para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas y con recursos suficientes para esta tarea; y
Proveer servicios accesibles de calidad para la atención de víctimas de violencia; servicios de salud y de procuración e impartición de justicia con estándares internacionales.
Es por ello y con la finalidad de garantizar la protección y la vida de las mujeres y niñas víctimas de violencia, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana a diseñar y establecer un Programa Especial que responda efectivamente a la situación de violencia contra las mujeres en todo el país, así como a fortalecer las acciones de protección a niñas, mujeres y adultas mayores víctimas de violencia.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana a fin de que el catalogo para ejercer los recursos del Subsidio para el Fortalecimiento del Desempeño de la Seguridad Pública en los municipios y demarcaciones de la Ciudad de México y, en su caso, de las entidades federativas, incluya bienes, servicios e infraestructura con perspectiva de género, principalmente aquellas ciudades en donde ha ido en aumento la violencia contra las mujeres.
Referencias
ONU Hechos y cifras: Acabar con la violencia contra mujeres y niñas, 2015. Disponible en: https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/fac ts-and-figures#notes
ONU Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, 1993. Disponible en: https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/violenceagainstwome n.aspx
ONU Mujeres. La violencia contra las mujeres no es normal ni tolerable. Garantizar los derechos humanos de las mujeres y las niñas es trabajo de todas y de todos. (2018) Información disponible en: https://mexico.unwomen.org/es/noticias-y-eventos/articulos/2018/11/viol encia-contra-las-mujeres
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputada Fabiola Raquel Guadalupe Loya Hernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y sus homólogas estatales a promover una campaña nacional de educación, toma de conciencia y prevención de los síntomas de cáncer infantil, suscrita por los diputados Ana Patricia Peralta de la Peña y Arturo Escobar y Vega, de los Grupos Parlamentarios de Morena y del PVEM, respectivamente
Quienes suscriben, diputada Ana Patricia Peralta de la Peña, diputado federal Arturo Escobar y Vega, en representación de las Diputadas y Diputados del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como los diputados federales Nayeli Arlen Fernández Cruz, Erika Mariana Rosas Uribe, Francisco Elizondo Garrido y Alfredo Antonio Gordillo Moreno, de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de lo siguiente:
Consideraciones
El Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia estima que en México existen anualmente entre 5 mil y 6 mil casos nuevos de cáncer en menores de 18 años. El promedio anual de muertes por cáncer infantil en la última década es de 2 mil 150 defunciones. El cáncer infantil se ha convertido en la principal causa de muerte por enfermedad en mexicanos entre 5 y 14 años de edad.1
Es cierto que en la actualidad es cada vez mayor el número de casos de éxito en la recuperación del cáncer en menores de edad, pero en nuestro país continuamos por debajo de los estándares de países desarrollados, en donde se espera que el 80 por ciento de los pacientes diagnosticados con esta enfermedad se curen. Actualmente, el índice de sobrevida estimada en México es del 56 por ciento del diagnóstico.
Lo anterior nos deja ver que el cáncer es curable si se detecta a tiempo. Desafortunadamente, el 75 por ciento de los casos de cáncer en menores de 18 años en México se diagnostican en etapas avanzadas de la enfermedad; este hecho incrementa considerablemente la duración y el costo del tratamiento, a la vez que disminuye significativamente las posibilidades de curación.
Se requiere un acceso efectivo a una red de servicios de salud donde el personal de primer contacto posea competencias necesarias para la detección y referencia oportuna de las personas con sospecha de cáncer a la unidad médica acreditada o unidad especializada de referencia para pacientes oncológicos pediátricos que cuente con personal e infraestructura especializada para su atención.2
Hay síntomas que se pueden identificar tempranamente para que el niño o adolescente sea tratado por el médico y éste tome acciones para brindar una mejor atención al paciente. En este sentido, se deben emprender acciones en conjunto para prevenir el cáncer, tales como: actividades de promoción para la salud tendientes a disminuir factores de riesgo en la población, desarrollar entornos saludables, reforzar la participación social, reorientar los servicios de salud hacia la prevención e impulsar políticas púbicas con una visión integral.
Aumentar las posibilidades de supervivencia depende de diversos factores, entre ellos: que los pacientes tengan acceso universal al sistema de salud; que los médicos de primer contacto sospechen y detecten oportunamente la enfermedad; que envíen al paciente a un centro de referencia acreditado y que ahí reciba un tratamiento exitoso. Sin embargo, ocurre que pueden pasar más 100 días para que el paciente pase del primero al tercer nivel de atención, lo que provoca que la enfermedad avance y la recuperación sea más difícil de tratar.
Con estos datos no cabe duda de lo silencioso y peligroso que es el cáncer infantil, a pesar de las campañas que se han realizado estas no han sido suficientes, por lo tanto, habría que preguntarse ¿Qué hace Falta, para lograr una detección temprana? ¿qué medidas de urgencia se han tomado para informar a la población sobre la gravedad y la falta de detección oportuna?
Septiembre es el mes que se eligió de manera internacional para conmemorar la concientización del cáncer Infantil; durante este mes se expresa el apoyo y solidaridad para crear conciencia de que toda persona puede estar expuesta a esta enfermedad. Diversas instituciones realizan campañas para detectar en los menores de edad los síntomas de este padecimiento, detectar los síntomas de cáncer en los niños y adolescentes de manera temprana aumenta en un 80% la eficacia del diagnóstico y tratamiento, por ello es necesario enfatizar las campañas. Es un mes para expresar apoyo y solidaridad, pero también para crear conciencia de que a toda persona le puede ocurrir en cualquier momento y hay que estar alerta para detectar los signos y síntomas de sospecha de Cáncer Infantil, ya que las mayores posibilidades de curación se dan cuando se diagnostica la enfermedad a tiempo, ya que no hay manera de prevenirla antes que se desarrolle.
Dado que, por lo general, el cáncer en la infancia y adolescencia no se puede prevenir, la estrategia más eficaz para reducir su carga consiste en centrarse en el diagnóstico precoz y correcto, seguido de una terapia eficaz; por ello como legisladores no podemos dejar que este padecimiento siga invisible a los ojos de nuestras instituciones de salud, ya que a nosotros nos compete directamente promover que la ley se cumpla y que se proteja a los niños, niñas y adolescentes que padecen este silencioso mal.
El diagnóstico es importante en todos los entornos y aumenta la supervivencia en muchos cánceres. Se tiene que enfatizar los programas para promover el diagnóstico precoz y correcto en México; ya que el cáncer infantil se asocia a diversos síntomas de alerta que pueden ser detectados por las familias y por profesionales sanitarios de atención primaria capacitados. El diagnóstico correcto da la posibilidad para tratar de manera oportuna a los niños, niñas y adolescentes.
Es urgente combatir el problema del cáncer infantil en México, y el verdadero reto pasa por aumentar el número de vidas que se logran llevar a edad adulta de una manera plena. Actualmente en México el índice de sobrevida ronda entre el 30 y el 50% dependiendo la región del país, mientras que en Estados Unidos ha alcanzado el 90%.
Desafortunadamente, siguen existiendo condiciones de marginación y pobreza que impiden que algunos pequeños lleguen a los centros regionales. Además, los médicos generales no consideran el cáncer infantil como una enfermedad emergente y muchos de los diagnósticos preventivos pasan inadvertidos.
El sistema de salud mexicano ha logrado encauzar a duras penas una situación que empezaba a ser crítica. Los medicamentos de primera línea suelen llegar de forma regular a hospitales con áreas de oncología pediátrica, aunque el déficit de infraestructura y personal especializado resulta preocupante: en México se cuenta con sólo 151 oncólogos pediatras, una cifra muy por debajo del número necesario para atender a la población afectada.
Por lo anterior debemos de enfatizar esfuerzos y el mes de septiembre Mes de Concientización del Cáncer Infantil nos brinda la oportunidad de cambiar, de promover, de incentivar políticas públicas, programas acciones y medidas que puedan ayudar a la infancia y adolescencia a luchar por sus vidas. Durante todo el mes de septiembre y todos los meses debe existir una lucha contra el cáncer infantil.
El Mes de Concientización del Cáncer Infantil nos recuerda con urgencia el trabajo que tienen que realizar todas las instituciones involucradas para alcanzar políticas públicas y leyes que establezcan un modelo de atención que permita la detección temprana y el acceso a un tratamiento integral y oportuno.
Por ello en septiembre nos vamos a pintar de dorado, y los otros meses enfatizaremos la lucha a favor de los niños y niñas mexicanas con cáncer y muy en especial a los que menos recursos tienen. No queremos que la necesidad y la distancia sean motivo para que un niño pierda la batalla.
Los medicamentos son otra parte fundamental en los tratamientos, y su aplicación no admite retrasos, por lo que los presupuestos y las compras oportunas son importantes para que funcione todo el sistema de atención, dentro y fuera de los hospitales. Existe una falta de recursos, que imposibilita el cumplimiento del derecho a la salud otorgado en el artículo 4°cosntitucional, ya que hay desabasto de medicamentos y retraso en los tratamientos. Aunado a lo anterior, se requiere asegurar la suficiencia de personal especializado, material y equipo médico, y la operación de una red de hospitales locales y regionales para la atención del cáncer infantil; tema aún pendiente.
Como se ha señalado, septiembre es el mes para que hablemos y discutamos sobre estos temas. Por lo anterior a partir de este mes, establezcamos como legisladores soluciones reales contra el cáncer infantil.
En virtud de lo antes expuesto, me permito someter a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Salud y a sus homólogas estatales, para que, en el ámbito de sus facultades, los sistemas de salud cuenten con puntualidad y bajo los criterios de aplicación de medicamentos ya definidos en los protocolos de atención médica para los diferentes padecimientos de cáncer infantil.
Segundo. Se exhorta urgentemente a la Secretaría de Salud para que promueva una campaña nacional de educación, concientización y prevención de los síntomas cáncer de infantil, con la finalidad de informar y crear conciencia sobre la situación real del cáncer infantil en México.
Tercero. Se exhorta respetuosamente a la Secretaria de Salud y a sus homologas, para que se dé acceso a los niños, niñas y adolescentes con cáncer, a una atención médica de calidad; continua y con apego a los tratamientos definidos en los protocolos de atención médica y se otorguen condiciones de calidad que favorezcan a mayores niveles de sobrevida.
Notas
1 Véase, Cáncer Infantil en México, Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, 24 de agosto de 2015. Consultado el 10 de octubre de 2018. Disponible en:
https://www.gob.mx/salud/censia/articulos/cancer-infanti l-en-mexico-130956?state=published
2 Ibídem.
Palacio legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputados: Diputada Ana Patricia Peralta de la Peña (rúbrica), Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Lyndiana Elizabeth Bugarín Cortés, Jesús Sergio Alcántara Núñez, Óscar Bautista Villegas, Marco Antonio Gómez Alcantar, Leticia Mariana Gómez Ordaz, Jorge Francisco Corona Méndez, Zulma Espinoza Mata, Carlos Alberto Puente Salas, Roberto Antonio Rubio Montejo, Jesús Carlos Vidal Peniche, José Ricardo Gallardo Cardona, Lilia Villafuerte Zavala, Nayeli Arlen Fernández Cruz (rúbrica), Érika Mariana Rosas Uribe (rúbrica), Francisco Elizondo Garrido (rúbrica), Alfredo Antonio Gordillo Moreno (rúbrica).
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno de NL a ejercer la facultad establecida en el artículo 71 de la Constitución local para devolver la reforma de la Ley Estatal de Salud aprobada el 15 de octubre de 2019 en el Congreso del estado, a cargo de la diputada Ana Lucía Riojas Martínez
La que suscribe, diputada sin partido Lucía Riojas Martínez en la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en lo dispuesto en los artículo 6, numeral 1, fracción 1 y 79, numeral 1, fracción II, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, eleva a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el cual se exhorta al gobernador constitucional del estado de nuevo león a ejercer la facultad establecida en el artículo 71 de la constitución local para devolver la reforma a Ley Estatal de Salud del Estado de Nuevo León, aprobada el 15 de octubre del presente, a tenor de las siguientes
Consideraciones
I. La objeción de conciencia es un derecho que tiene como contenido la posibilidad de ejercer el derecho al libre ejercicio de la personalidad y la posibilidad de ejercer y practicar doctrinas religiosas y morales, negándose la persona a acatar un mandato legal, basándose en una contradicción entre el deber jurídico y (en su fuero interno) el deber moral. También es conocida como resistencia cívica o desobediencia civil.
II. Las personas ejercen su libertad de conciencia y de religión-espiritualidad, consagrada en los artículos 24 de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 12 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos o Pacto San José.
De esta forma, la regulación de la objeción de conciencia ha sido debatida debido a que en un Estado laico como el nuestro, no se pueden tener regulaciones atenientes a doctrinas religiosas o morales, pero tampoco se puede negar el ejercicio de derecho de las personas de forma total. Por lo anterior, la pugna entre la regulación de conciencia ha tendido a la garantía de los derechos de las personas objetoras y el acceso a servicios y derechos que podrían verse mermados por el ejercicio de la objeción de conciencia.
III. En el caso de la Ley Estatal de Salud, si bien considera la negativa a objetar la práctica en casos de emergencia de algún procedimiento que contravenga principios morales de las personas objetoras|, de facto permite que no se garanticen los derechos de acceso a la salud a la población que lo requiera. El gobierno está haciendo lo que se prevé incorrecto: legislar con preceptos morales que impiden la vigencia de derechos.
Esta modificación legislativa es discriminatoria, violatoria de los derechos humanos de las personas que reciben servicios de salud públicos y que atenta en contra de las poblaciones históricamente vulnerables.
La forma adecuada para garantizar los derechos de ambas partes sería que las instituciones de salud contaran con un porcentaje de personas no objetoras de manera permanente para otorgar los servicios. Otra medida, quizás más drástica, pero que no impediría el ejercicio de ningún derecho, sería la negativa de contratar personal que sea objetora en el sector público, de manera que no exista, por parte del Estado, la situación que obligue a las personas objetoras a situaciones que amenacen su libertad de conciencia y religiosa.
IV. Es necesario mencionar que el dictamen se sustenta en la armonización derivada de la reforma a la Ley General de Salud reforma publicada el 11 de mayo de 2018. Sin embargo, esta reforma ha sido controvertida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Dicha reforma, de la misma manera, fue criticada por el Fondo de Población de las Naciones Unidas, la Entidad de la ONU para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de la Mujer y la Oficina de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU, declarando que la objeción de conciencia no debe significar un obstáculo o retroceso para el ejercicio efectivo de los derechos humanos.
Debido a lo anterior y acorde al trámite legislativo correspondiente, la manera de detener este atropello en contra de los derechos de las personas es que el Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, Jaime Rodríguez Calderón, ejerza las facultades de veto, consagradas en el artículo 71 de la Constitución del estado soberano de Nuevo León.
De esta manera, se emite el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta se exhorta al gobernador constitucional del estado de Nuevo León a ejercer la facultad establecida en el artículo 71 de la constitución local para devolver la reforma a Ley Estatal de Salud del Estado de Nuevo León, aprobada el 15 de octubre del presente por el Congreso del estado de Nuevo León.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil diecinueve.
Diputada Lucía Riojas Martínez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades de BC a cambiar el nombre del bulevar Díaz Ordaz por Memoria 2 de Octubre, a cargo de la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, de la LXIV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, con la finalidad de solicitar al municipio de Tijuana, Baja California; a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, al ayuntamiento de Tijuana, de Baja California; así como al Consejo de Nomenclatura del Municipio de Tijuana, BC, a cambiar el nombre del boulevard Gustavo Díaz Ordaz, para ser nombrado como Boulevard 2 de octubre, por ser violatoria a la memoria histórica de los asesinatos brutalmente masacrados durante el movimiento estudiantil de 1968 ocurrida el día dos de octubre de aquel año, durante el gobierno del presidente Gustavo Díaz Ordaz, bajo el razonamiento de las siguientes:
Consideraciones
La masacre cometida el dos de octubre de 1968 en la Ciudad de México durante el gobierno del presidente Gustavo Díaz Ordaz ha manchado al Estado mexicano y lo ha colocado el periodo de la guerra sucia como uno de los más vergonzosos de la historia mexicana. El Movimiento Estudiantil de 1968 que se levantó el 2 de octubre acumulaba reclamos de décadas previas, agrupando no sólo estudiantes sino también médicos, doctoras, artistas, poetas, obreros y obreras, enfermeros y enfermeras y en general, un gran número de inconformes con el viejo sistema autoritario. Las injusticias, desapariciones forzadas, abusos y malas prácticas construyeron un enojo social que se encausó en el Consejo Nacional de Huelga, comenzando con protestas desde finales de septiembre. Sin embargo, el día de la masacre y por instrucciones del presidente Díaz Ordaz, el Ejército ocupó las instalaciones de la UNAM y el IPN, y no logró contener el movimiento agrupado en el Consejo Nacional de Huelga. Recordemos que el rector de la Universidad Nacional, Javier Barros Sierra, renunció en protesta por la invasión a la autonomía universitaria. El movimiento fue contenido hasta la tarde del 2 de octubre de forma violenta, armada y bestial. Ese día se había convocado una nueva marcha de protesta que partiría de la Plaza de las Tres Culturas en Tlatelolco. Cientos de soldados rodearon el sitio. Cuando los estudiantes anunciaban que se cancelaba la caminata para evitar violencia, inició una balacera contra la multitud. Dispararon a quemarropa, sin piedad. Cincuenta y un años después, aún no está claro dónde empezaron los disparos. Tampoco se sabe realmente cuántas personas murieron o fueron heridas. El acto represor incluyó que muchas y muchos estudiantes fueran desnudados y alineados para ser asesinados, tal como lo relatan cronistas de la época. El ataque se convirtió en un parteaguas en la historia del país. Desde el 2 de octubre de 1968 México fue otro, social y políticamente distinto al del día anterior. La noche del miércoles 2 de octubre de 1968 marcó un hito en la historia moderna de México. Fue cuando ocurrió la matanza de estudiantes y civiles, que se habían reunido en Tlatelolco, por parte de militares y policías que actuaron por órdenes de las más altas esferas del gobierno mexicano. El pliego petitorio de 6 puntos al gobierno de Gustavo Díaz Ordaz se convirtió en la peor de las masacres. Los actos incluyeron medidas reservadas a una guerra, como cuando aquel día se relata que
... a las 6:10 de la tarde, un helicóptero lanzó una bengala sobre la plaza. Entonces, comenzaron a surgir disparos desde lo alto de los edificios. Ante ello, los miembros del Ejército que resguardaban la concentración una práctica usual en la época optaron por repeler la agresión y dispararon contra la multitud.
Ante el intercambio de fuego, la multitud se dispersó y varias personas buscaron refugiarse en alguno de los edificios que rodean a la plaza. Sin embargo, en las horas siguientes al inicio de la masacre, agentes militares y policíacos realizaron cateos y detenciones ilegales de manifestantes dentro de varios departamentos de Tlatelolco.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente al Municipio de Tijuana, Baja California; a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, al ayuntamiento de Tijuana, Estado de Baja California; así como al Consejo de Nomenclatura del Municipio de Tijuana, BC , a cambiar el nombre del actual Boulevard Gustavo Díaz Ordaz para ser nombrado como Boulevard Memoria 2 de octubre por ser violatorio el actual nombre a la memoria histórica de las y los asesinados brutalmente, masacrados durante el Movimiento Estudiantil de 1968, suceso ocurrido el día dos de octubre de aquel año, durante el gobierno del Presidente Gustavo Díaz Ordaz.
Ciudad de México, San Lázaro, a veinticuatro de octubre de dos mil diecinueve.
Diputada Martha Patricia Ramírez Lucero (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a liberar por la SSPC y la SHCP los recursos del Fonden en Lázaro Cárdenas y Aquila, Michoacán, ante los efectos destructivos de la tormenta tropical Narda, a cargo del diputado Adolfo Torres Ramírez, del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, diputado Adolfo Torres Ramírez, y las y los diputados pertenecientes a esta LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esa soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El pasado 29 de septiembre de 2019, a las 14:00 horas, la Secretaria de Medio Ambiente en colaboración con la Comisión Nacional del Agua y el Servicio Meteorológico Nacional emitieron el siguiente aviso número 37 19:
El centro de la Tormenta Tropical Narda : Se ubicó sobre tierra, en Michoacán Generará lluvias torrenciales en regiones de Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán y Nayarit. A las 13:00 horas, tiempo del centro de México, se actualizó la información sobre la Tormenta Tropical Narda, su centro se ubicó sobre tierra aproximadamente en las inmediaciones de Coalcomán y La Chihihua, a 130 kilómetros (km) al noroeste de Lázaro Cárdenas, Michoacán y a 160 km al este-sureste de Manzanillo, Colima. El sistema presenta vientos máximos sostenidos de 65 kilómetros por hora (km/h), rachas de 85 km/h y desplazamiento hacia el noroeste a 26 km/h.
Narda generará lluvias intensas a puntuales torrenciales en regiones de Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán y Nayarit; viento con rachas superiores a 70 km/h en Colima, Jalisco y Michoacán. Se recomienda a la población que se encuentra en zonas de influencia del sistema, extremar precauciones y atender las recomendaciones de las autoridades del Sistema Nacional de Protección Civil, ya que, debido a las lluvias, podrían registrarse deslaves, deslizamientos de laderas, desbordamientos de ríos y arroyos o afectaciones en caminos y tramos carreteros, así como inundaciones en zonas bajas y saturación de drenajes en sitios urbanos. La navegación marítima deberá extremar precauciones.1
Por lo anterior, el Gobierno del Estado de Michoacán sufrió la embestida de Narda y por los desastres que realizó en la región el Estado de Michoacán, hoy planteo pedir de manera formal, la declaratoria de emergencia para el municipio de Lázaro Cárdenas y Aquila en donde esta fenómeno natural dejó muchas familias afectadas, así como al sector empresarial, que sólo está declarada zona de desastre; por lo que, en este momento se requiere el apoyo por parte del Gobierno Federal, ya que hasta el momento este ha sido intermitente e insuficiente.
En este contexto la Secretaria de Seguridad Pública, el 03 de octubre de 2019, dio a conocer el Boletín con folio BDE-055-2019, el cual mencionó que se emite declaratoria de emergencia para dos municipios en el estado de Michoacán de Ocampo, con esta acción se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias (Fonden).
Por lo anterior, el Fonden se activó a partir de la emisión de dicho Boletín, pero los esfuerzos no son suficientes ya que el sector empresarial, sobre todo las micro y medianas empresas fueron seriamente golpeadas por este fenómeno natural, al grado de que los propietarios perdieron parte o la totalidad del patrimonio invertido en sus negocios, quedando sin sustento económico muchas de las familias de los municipios de Lázaro Cárdenas y Aquila.
En esta tesitura, quiero resaltar que a la fecha no se han entregado los recursos del Fonden al 100 por ciento que solicito el Estado el cual se desconocen las causas, a pesar de que se generó y está publicado en la página de la Secretaria de seguridad publica el Boletín el 03 de octubre de 2019 con folio BDE-055-2019, el cual mención que se emite declaratoria de emergencia para dos municipios en el estado de Michoacán de Ocampo, con esta acción se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias.
Con esta acción se activan los recursos del Fondo para la Atención de Emergencias.
Es por lo anterior, el espíritu de este punto de acuerdo es solicitar que el Fonden se aplique al 100 por ciento a los municipios de Lázaro Cárdenas y Aquila ya que, la Secretaría de Turismo del Estado de Michoacán, realizó el impacto presupuestal en las Mipymes siniestradas de la Costa, afectadas por la tormenta Narda, tiene un impacto a 127 Mipymes siniestradas de este numero 79 pertenecen al Municipio de Lázaro Cárdenas y 48 en el Municipio de Aquila.
Es por lo anterior, que el Estado de Michoacán se dio a la tarea de realizar un censo y el promedio de apoyo por empresa es de $25 mil pesos, pero en muchos casos se requiere de una cantidad mayor de dinero, por lo que, se tendría que mandar a peritos expertos en el tema.
En este contexto es imperante la ayuda a las Mipyme en los municipios de Lázaro Cárdenas y Aquila, ya que nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 25, establece que: Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante el fomento del crecimiento económico; asimismo impone al Estado el fomento de las actividades que demande el interés general y la concurrencia al desarrollo económico nacional, con responsabilidad social, de los sectores público, privado y social.
Por lo antes fundado y motivado, me permito someter a la elevada consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo para que, a través de los titulares de las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana y de Hacienda y Crédito Público liberen los recursos del Fondo de Desastres Naturales en su totalidad, en los municipios de Lázaro Cárdenas y Aquila, del estado de Michoacán, ante los efectos destructivos ocasionados por la tormenta tropical Narda.
Nota
1 https://smn.conagua.gob.mx/files/pdfs/comunicados-de-prensa/Aviso37-19. pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputado Adolfo Torres Ramírez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al gobierno federal a fortalecer por la Ssa las acciones para garantizar estabilidad laboral, certeza jurídica y salario justo a los químicos del Sistema Nacional de Salud, suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Los que suscriben, diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de la honorable asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Los químicos constituyen parte fundamental en el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud y en el fomento y protección de la salud, sin su trabajo se pondría en riesgo la atención de calidad y la integridad física de los pacientes, por tanto, debemos garantizar condiciones adecuadas para su trabajo y el respeto de sus derechos laborales.
No podemos permitir que sus derechos laborales básicos sean vulnerados, como recibir una remuneración justa por su trabajo, sobre todo, siendo especialistas en su materia, que corresponda a las actividades que realizan y al grado de dificultad y responsabilidad que desempeñan.
Lamentablemente no hay datos oficiales que estimen el número de profesionistas de esta área de estudio en el país; no obstante, la certeza y estabilidad laboral son elementos centrales para su desarrollo y desempeño profesional.
A pesar de la relevancia de este asunto, actualmente, no se les otorgan los códigos laborales que les corresponden de acuerdo con su perfil académico y con las actividades que llevan a cabo, ya que su remuneración es como técnico laboratorista o auxiliar de laboratorio.
Se ha documentado que por lo menos 22 entidades federativas presentan estas irregularidades, ya que a los químicos se les paga como si fueran técnicos, cuando se les exige un título y una cédula profesional para ejercer su actividad.
Estas trasgresiones son graves, particularmente porque la diferencia salarial es significativa, toda vez que mientras el técnico laboratorista y el auxiliar de laboratorio reciben por su trabajo alrededor de seis mil pesos mensuales, el sueldo de un trabajador con la categoría de químico A es de 20 mil, es decir, el impacto económico es significativo no sólo para ellos, sino también, para sus familias.
Durante sus manifestaciones públicas han sostenido que otra problemática es que para el próximo ejercicio fiscal no se cuenta con presupuestos para mejorar sus condiciones laborales y garantizar un salario justo.
Para el Grupo Parlamentario del PRI, es un acto de congruencia apoyar al Frente Nacional de Químicos Profesionales que desde hace un año solicitan modificar el tabulador salarial. Todo este tiempo han estado en la incertidumbre laboral e injusticia con sus estudios, generando mayores desigualdades.
Actualmente, el perfil de puesto de un químico es considerado dentro un nivel técnico, razón por la cual muchos otros profesionistas que no lo son, desempeñan y asumen responsabilidades y riesgos de igual forma que el personal con código de químico. Ante esta situación, la Secretaría de Salud federal debe realizar las adecuaciones pertinentes a efecto de que el personal cumpla con el perfil de puesto que le corresponde.
Esta recodificación para el personal homologado, formalizado y regularizado debe significar el reconocimiento a la labor que realizan los profesionistas químicos de México.
A los químicos profesionistas les decimos que aquí estamos siendo su voz en este Congreso, es terrible que quienes cuentan con cédula profesional, a veces de posgrados, sean tratados y pagados como técnicos o auxiliares de laboratorio.
Bajo estas consideraciones, es necesario que el gobierno federal a través de la Secretaría de Salud y las demás instituciones involucradas, fortalezcan sus acciones con el objetivo de garantizar estabilidad laboral, certeza jurídica y salario justo a los químicos del Sistema Nacional de Salud.
No debemos olvidar que la química aporta avances fundamentales que impactan el desarrollo de áreas del conocimiento e influyen en la vida de la humanidad. Contar con conocimientos básicos de esta materia nos puede ayudar a todos a tomar decisiones importantes en nuestras actividades cotidianas.
Con el objetivo de crear conciencia de la importancia de la química para el planeta, la Asamblea de las Naciones Unidas y la Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) declararon 2019 como el Año Internacional de la Tabla Periódica de los Elementos Químicos (IYPT2019, por sus siglas en inglés, lo cual fue apoyado por la Unión Internacional de Física Pura y Aplicada, IUPAC, por sus siglas en inglés), la Asociación Europea para la Ciencia Química y Molecular, el Consejo Internacional para la Ciencia, la Unión Internacional Astronómica y por la Unión Internacional de Historia y Filosofía de la Ciencia y la Tecnología.1
La intención de este Año Internacional de la Tabla Periódica es acercarnos a la química, y familiarizarnos con la tabla periódica, es una manera de recordarnos su presencia en nuestras vidas y asociarla con nuestra cotidianeidad.2
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno federal para que, a través de la Secretaría de Salud, garantice la estabilidad laboral, certeza jurídica y salario justo a los químicos del Sistema Nacional de Salud, debido a que se han documentado diversas irregularidades entre ellas pagos inadecuados y la implementación de códigos laborales que no corresponden con el desempeño de sus funciones, preparación y experiencia, en detrimento de sus derechos laborales y percepciones económicas.
Notas
1 https://www.gaceta.unam.mx/2019-ano-internacional-de-la-tabla-periodica -de-los-elementos-quimicos/
2 https://news.un.org/es/story/2019/09/1461402
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al IMSS a reforzar los procesos de atención a pacientes con diabetes mellitus, a cargo de la diputada Maiella Gómez Maldonado, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La suscrita, diputada Maiella Gómez Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXIV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, así como el artículo 79, numeral 1, fracción III, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Exposición de Motivos
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas, define en su objetivo 3.4 como meta el reducir en un tercio la mortalidad prematura por enfermedades no transmisibles mediante la prevención y el tratamiento y promover la salud mental y el bienestar. 1
El pasado 26 de julio de 2019, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación No. 47/2019 de rubro Sobre el caso de violaciones al derecho humano a la protección de la salud por negligencia médica por omisión y a la información en materia de salud en agravio V, en distintos hospitales del IMSS , dirigida al maestro Zoé Alejandro Robledo Aburto, director general del Instituto Mexicano del Seguro Social,2 con motivo de distintas omisiones en las que incurrieron autoridades médicas del citado instituto en perjuicio de la integridad física y consecuente estado de salud de un ciudadano mexicano, tal como se expone a continuación.
Los hechos que motivaron la emisión de la recomendación, tal como se desprende del apartado de hechos de la misma, fueron notificados a la CNDH el 7 de mayo de 2018 por un ciudadano mexicano de 38 años de edad (cuyo nombre reservó la misma autoridad nacional y que se denomina en este documento como víctima ) y que padece de diabetes mellitus tipo II, de 12 años de evolución, y consisten en la violación al derecho a la protección de la salud de la víctima por autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social, de acuerdo a diversas negligencias en las que incurrió el personal médico en materia de atención inmediata a personas con dicho padecimiento.
Las negligencias señaladas, mismas acreditadas por la CNDH, consistieron en que el personal médico no brindó la atención prioritaria requerida por la víctima; de la relación de hechos y apartado de responsabilidades de la recomendación en comento se advierte, primero, una inadecuada integración del expediente clínico de la víctima, y segundo, que aquella requería un internamiento clínico así como un procedimiento quirúrgico necesario de manera inmediata, situación que no aconteció sin existir justificación alguna, lo que llevó a la víctima a acudir a servicios de salud de carácter privado y derivó en una posterior amputación de los dedos índices y medio de la mano derecha debido a la dilación en la aplicación del tratamiento requerido.
En términos de la recomendación aludida:3
V. Responsabilidad.
79. Como ha quedado acreditado en la presente Recomendación AR1, AR2, AR3 y AR4 incurrieron en responsabilidad en el desempeño de sus funciones, de acuerdo a las negligencias ya descritas, consistentes en violación al derecho a la protección de la salud por la omisión de AR1 y AR4 de proporcionar la atención inmediata que V requería al no realizar un internamiento clínico en el Hospital Magdalena de las Salinas, aunado a que AR2 y AR3, adscritas al Centro Médico La Raza, no efectuaron el procedimiento quirúrgico necesario, a pesar de las condiciones clínicas de V; pues dichos médicos tenían conocimiento de su padecimiento crónico y no realizaron las acciones prioritarias requeridas, lo que generó una negligencia médica por omisión que contribuyó al deterioro de su estado de salud y posterior amputación de los dedos índices y medio de la mano derecha.
La CNDH, en el apartado final de determinación de responsabilidades, acreditó que la víctima justamente se convirtió en tal al haber sufrido un daño en su integridad física sin estar obligado a soportarlo, lo cual generó en lo subsecuente la obligación del Instituto Mexicano del Seguro Social de indemnizarle por el menoscabo sufrido imputable a dicha autoridad.
En idéntico sentido se ha pronunciado nuestro Poder Judicial Federal, a saber:4
Responsabilidad patrimonial del estado. Corresponde al particular que pretende la indemnización relativa, la carga de probar los daños materiales inherentes a gastos de hospedaje, traslado y alimentación que afirma realizaron sus familiares a fin de que recibiera la atención médica idónea, así como el nexo causal entre la erogación de dichos gastos y el daño que la actividad irregular de un instituto de seguridad social ocasionó en su salud, como consecuencia de la deficiente atención médica que le proporcionó.
La indemnización a que se refiere el párrafo segundo del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene como finalidad dejar indemne al sujeto activo de la relación, del daño que resintió en sus bienes o derechos con motivo de la actividad administrativa irregular, compensándolo económicamente, de manera que restaure la integridad del patrimonio afectado. En consecuencia, es el particular que pretende ser indemnizado quien tiene la carga de probar, y la autoridad jurisdiccional deberá analizar si quedaron demostrados los daños materiales inherentes a gastos de hospedaje, traslado y alimentación que -afirma- realizaron sus familiares a fin de que recibiera la atención médica idónea, así como el nexo causal entre la erogación de dichos gastos y el daño que la actividad irregular de un instituto de seguridad social ocasionó en su salud, como consecuencia de la deficiente atención médica que le proporcionó, para lo cual debe hacerse una interpretación sistemática del bloque de constitucionalidad, a través de un sentido más favorable para la efectividad del derecho fundamental previsto en el precepto constitucional citado, lo cual se traduce en interpretar que el derecho proviene del principio indemnizatorio, donde la autoridad debe responder por sus actividades irregulares que causen daños a los bienes y derechos de los particulares, que no tengan obligación de soportar y que puede provenir no sólo de hechos, sino también de actos, además de que el particular tiene la posibilidad de reclamarlos en vías diferentes (en atención al principio de libre opción de instauración de reclamo).
(...)
Por dicha acreditación de responsabilidad de la CNDH, la misma emitió ocho recomendaciones específicas, resultando a consideración nuestra como más importante la primera , consistente en reparar integralmente el daño ocasionado a la víctima.
En estrecha conexión, el artículo 63.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) mandata que al momento de confirmar la autoridad una violación de derechos fundamentales, la Corte Interamericana de Derechos Humanos velará por que:5
(...) Se garantice al lesionado en el goce de su derecho o libertad conculcados. (...) que se reparen las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y el pago de una justa indemnización a la parte lesionada. (...).
Por lo que es una máxima de derecho internacional la obligación ya referida de indemnización al particular cuando ha sufrido un daño imputable a un actuar administrativo irregular del Estado. En la misma línea argumentativa, la CNDH recomendó en lo particular:6
VII. Recomendaciones
Primera. Reparar integralmente el daño ocasionado a V, misma que deberá incluir el pago de la indemnización, con motivo de las acciones y omisiones en que incurrió el personal médico involucrado en los hechos referidos en la presente Recomendación, y en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, se le inscriba en el Registro Nacional de Víctimas, para que tengan acceso al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral, en términos de la Ley General de Víctimas, y se envíen a esta Comisión Nacional las constancias con que se acredite su cumplimiento.
Atendiendo al contenido citado y en sintonía con la CADH, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha estipulado jurisprudencialmente que los Estados, tratándose de reparación del daño a sus ciudadanos con motivo de su actuar administrativo irregular, pero sobre todo en el aspecto de rehabilitación , deben brindar de manera inmediata y gratuita a las víctimas en comento el tratamiento médico y psicológico que sea requerido para poder volver a incorporarse en las actividades comunes de su vida diaria, exigiendo, además, que dichas medidas de reparación del daño se garanticen aún a través de instituciones de carácter privado si el Estado no pudiere cumplir la obligación en cita de manera inmediata por la razón que fuere.7
En continuidad con los argumentos expuestos, es preocupación de este poder legislativo, primero, que todos los mexicanos puedan realizar sus actividades diarias en apego a su proyecto de vida cuando la afectación que motivó el obstáculo en su disfrute se generó por las mismas instituciones que en principio son garantes de su salud, y segundo, que las autoridades en materia de salud incrementen su eficacia y calidad en la prestación de los servicios propios del ramo.
En tal virtud, es de suma importancia que las recomendaciones señaladas, pero sobre todo la que se incorpora en cita, sean cumplidas a la brevedad y de manera idónea, puesto que ello es una de las vías para satisfacer las preocupaciones manifestadas en el párrafo previo.
Adicional a lo manifestado, el interés de la adecuada prestación del servicio médico con relación a esta enfermedad tiene particular relevancia dadas las características demográficas en México.
La OMS ha calificado a la diabetes en general como una enfermedad crónica no transmisible de grave preocupación, tanto por el impacto económico que representa para un Estado su prevención y tratamiento oportuno, así como en los aspectos económicos que dicho padecimiento provoca la esfera familiar y/o personal, ya que puede llevar a quien la padece, así como a sus familiares o personas sentimentalmente cercanas a un estado económico de pobreza.8
Paralelamente, una persona que padece diabetes es más vulnerable que otra sana a padecer de otra enfermedad, por lo que la vulneración del derecho a la salud de esta población en específico representa una mayor gravedad al poder desembocar en consecuencias de mayor impacto para su economía y salud, como la discapacidad o bien, como se manifestó, la pobreza.
Por lo previamente manifestado, con la única pretensión de garantizar de manera más eficiente y eficaz el acceso al derecho fundamental a servicios de salud idóneos a la población mexicana, circunstancia indispensable para el disfrute de otros derechos fundamentales, es que someto a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Por el que se exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social, a que refuerce los procesos de atención a pacientes con padecimiento de diabetes mellitus, y a cumplir la recomendación número 47/2019, emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social a que cumpla a cabalidad las 8 recomendaciones específicas generadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, previstas en la recomendación número 47/2019 sobre el caso de violaciones al derecho humano a la protección de la salud por negligencia médica por omisión y a la información en materia de salud en agravio V, en distintos hospitales del IMSS, emitida el pasado 26 de julio de 2019 al titular de dicho instituto.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Instituto Mexicano del Seguro Social a que refuerce la observancia de la normatividad que rige los procesos de atención a pacientes con padecimiento de diabetes mellitus, particularmente las Guías de Práctica Clínica del Centro de Excelencia Tecnológica en Salud y la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010 Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
Notas
1. Cfr. United Nations. The 2030 Agenda for sustainable development. A/RES/70/1, adoptada en la 70º reunión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrada el 21 de octubre de 2015.
2. Vid. Comisión Nacional De Los Derechos Humanos. (26 de julio de 2019). Recomendación número 47/2019, Sobre el caso de violaciones al derecho humano a la protección de la salud por negligencia médica por omisión y a la información en materia de salud en agravio V, en distintos hospitales del IMSS. CNDH. Recuperado de:
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2 019-08/Rec_2019_47.pdf
3. Vid. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Op. Cit. Pág. 24
4. Vid. Suprema Corte de Justicia de la Nación. Época: Décima Época. Registro: 2010201. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Tipo de Tesis: Aislada. Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 23, octubre de 2015, Tomo IV. Materia(s): Administrativa. Tesis: XI.1o.A.T.57 A (10a.). Página: 4087
5. Vid. Convención Americana Sobre Derechos Humanos. (1969) (B-32), San José, Costa Rica. 7 al 22 de noviembre de 1969. Consúltese:
https://www.oas.org/dil/esp/tratados_B32_Convencion_Amer icana_sobre_Derechos_Humanos.htm Negritas e itálica modificación del proponente.
6. Vid. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Op. Cit. Pág. 31
7. Vid. Calderón, Jorge F. (2013) La reparación integral en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: estándares aplicables al nuevo paradigma mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Suprema Corte de Justicia de la Nación, Fundación Konrad Adenauer. Pág. 176. Recuperado de: http://www.corteidh.or.cr/tablas/r33008.pdf
8. Vid. OMS. (2006). Detener la epidemia mundial de enfermedades crónicas: una guía práctica para la promoción exitosa de la causa. Suiza. OMS. p. 8. Así citado en: Comisión Nacional De Los Derechos Humanos. (26 de julio de 2019). Op. Cit.
Cámara de Diputados del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a 24 de octubre de 2019.
Diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Cultura a levantar un nuevo censo y dar a conocer tanto las condiciones de los monumentos históricos como los criterios para considerarlos patrimonio cultural, a cargo del diputado Valentín Reyes López, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado Valentín Reyes López, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXIV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, fracción 1, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Cultura a realizar un nuevo censo y dar a conocer sobre las condiciones en las que se encuentran los monumentos históricos que existen en la República Mexicana, así como los criterios para ser considerados patrimonio cultural.
Exposición de Motivos
México es un país grande en cultura, gastronomía e historia, aunque lamentablemente en el último algo olvidado.
En nuestro país existen recordatorios constantes de nuestro pasado que debe ser preservado según datos del INAH, dice que existen 110 mil monumentos históricos, 29 mil sitios arqueológicos.
Ante la UNESCO existen 27 ciudades y monumentos patrimonio de la humanidad, 6 escenarios culturales patrimonios, 2 patrimonios mixtos (cultural- natural), 7 patrimonios culturales inmateriales.
En este contexto manifestamos que existe mucho de lo cual sentirnos orgullosos, ser de los países con más cultura que debe ser conservado, con zonas arquitectónicas que deben ser mantenidas y para ello consideradas, el trabajo que se hace debe ser en conjunto es por ello que dar a conocer el censo que tiene la Secretaria de Cultura, así como los requisitos que deben de cumplir para aumentar el número de monumentos históricos, para que estos no se pierdan y que también fomenten el turismo.
Haré mención en el estado de Veracruz existen muchos edificios, municipios completos que datan de nuestros ancestros, lo que fuimos y lo que somos , aunque lamentablemente olvidados, esto debido a que hay partes de historia que han sido olvidadas mientras otras que no se encuentren en esta lista son actualmente inexistentes.
En el distrito XVII que represento existe también historia que está plasmada en nuestros edificios los cuales necesitan la ayuda de mantenimiento y difusión, ser parte de esta lista para su conservación, restauración y mantenimiento; mencionaré uno en particular como ejemplo uno que no está considerado y existen en mi distrito, claro ejemplo que un nuevo censo servirá para ampliar el padrón de lo que puede ser considerado patrimonio cultural, doy a conocer:
La Parroquia de San Martín de Tours, Basílica Liberiana, Santuario de La Virgen de la Concepción.
La Parroquia de San Martín de Tours fue una construcción de mediados del siglo XIX, también conocida como La Basílica Liberiana, es un centro de oración de la grey católica y santuario de la Virgen de la Concepción Señora de Cosamaloapan, este es el principal templo de la ciudad y fue una de las últimas obras realizadas bajo la administración virreinal.
Su construcción se inició en 1806, bajo los auspicios del virrey José Iturrigaray y Aróstegui; como arzobispo, Francisco Javier de Lizana y Beaumont. Es una obra de estilo neoclásico y grandes dimensiones, con diseño original del eminente arquitecto Manuel Tolsá, famoso por grandes obras como el Palacio de Minería, la Catedral de la Ciudad de México y la Estatua Ecuestre de Carlos IV (El Caballito).
Esta se construyó bajo la dirección del arquitecto Antonio de Santa María Incháurregui. Fue abierta al culto en 1869. Presenta una planta arquitectónica en forma de cruz latina, con cúpula central y bóveda de medio punto, constituye un testimonio único en Cosamaloapan. Sobresalen la imagen de la Virgen de la Concepción, los evangelistas, incluso la bóveda y la cúpula, así como el retablo principal, donde se encuentra la Virgen de la Concepción.
Hoy necesita ser restaurada y rehabilitada, ya que es una monumento histórico, con gran valor estético y artístico, con más de 2 siglos de antigüedad.
Con el paso de los años y las inclemencias del tiempo, como lluvias, inundaciones y el más reciente temblor de septiembre de 2017, dañaron su cúpula y se desprendieron aplanados de las paredes interiores y exteriores, por lo que existe un riesgo de que si no se rehabilite el daño sea mayor e incluso, se pierda, así como estas existen más edificios que necesitan uno ser conocidos, dos verificar el estado de el mismo y tres buscar los mecanismos a actuar para su rescate y conservación.
El estado de Veracruz cuenta con 212 municipios donde tiene 500 años la importancia de prevalecer la historia y con ella el turismo sea atraído, son parte de las acciones que ayudarán a la derrama económica local.
Es por ello que, por lo antes fundado y expuesto, me permito someter a la elevada consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único: La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Cultura a realizar un nuevo censo y dar a conocer sobre las condiciones en las que se encuentran los monumentos históricos que existen en la República Mexicana, así como los criterios para ser considerados patrimonio cultural.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputado Valentín Reyes López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de crear un grupo de trabajo para las actividades relativas a la conmemoración de los cien años de la Escuela Rural Mexicana, a cargo del diputado Manuel Huerta Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, diputado Manuel Huerta Martínez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la honorable Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, de conformidad con las siguientes
Consideraciones
A la consumación del descubrimiento de América en el año de 1492, los españoles implementan estrategias para la evangelización de los nativos a través de las catequesis de las diferentes órdenes de frailes enviados por el rey de España. Hacia el año de 1535 llegaron a la Nueva España siete representantes de la orden de San Agustín. En 1553, arribaron dieciocho sacerdotes para complementar los trabajos de los anteriores. Estas medidas, generaron la comunicación entre dichos personajes y los habitantes de las colonias para aprender los dialectos de las regiones por evangelizar a los indios de la Gran Tenochtitlán. Este es el primer indicio que se tiene registrado de la educación rural en México, que mostró, a través de la historia, el nacimiento del proceso educativo que planteaba en ese entonces la mediatización de todo tipo de educación a través de la religión; ya que los frailes españoles cumplieron una primera labor educativa en oficios de carpintería, hilados, cultivos, etcétera, así como leer y escribir, sin dejar de lado que imponían la orientación de la doctrina y de la moral cristianas y la adopción de la pedagogía humanista a niños, jóvenes y adultos, para transmitir los hábitos y costumbres de la sociedad para extender el dominio de los conquistadores por medio de la educación; que se impartía por príncipes convertidos en maestros que marcaron una serie de atropellos, irregularidades y barbarie que obligaron al proceso cambiante de la sociedad y crearon una ruptura social que daría acceso a fenómenos políticos, económicos, educativos, etcétera, y a partir de ahí, la educación pasó a manos del gobierno, quien separándola de las catequesis, la entregó a la iglesia.
Algunos rasgos de la escuela rural mexicana se dieron en 1920, con una importante integración con la vida real del pueblo y sin ser institución, se insertó a los problemas cotidianos en las comunidades naturales enriqueciéndolas con conocimientos al servicio de los proyectos de la gente, de sus luchas y de sus esfuerzos por resolver sus problemas. Por ello, se entiende un primer concepto de la proyección de la escuela rural como Una institución encargada de presentar e instruir al campesino en los hechos de la vida real, de los mejores medios de vida en el propio ambiente, sano y con el dominio pleno de sus problemas, y, sobre todo los relacionados con su salud, su vida doméstica, sus métodos de trabajo y el aprovechamiento racional y sabio de sus recursos naturales, del enriquecimiento de su comunidad y el conocimiento de formas de su cultura, siendo esto de una importancia especial. En el año de 1912 se fundaron informalmente las primeras escuelas en pequeños poblados, específicamente destinadas a la atención de campesinos e indígenas, cuyo objeto inicial fue el de incorporar al progreso y a planos más satisfactorios de desarrollo y aprendizaje a estas personas, con el afán de enseñarles acerca de los primeros rudimentos como leer, escribir y contar, no sólo a las niñas y niños, sino a la comunidad entera para que la educación se acercara a los rincones más pequeños y lejanos de las zonas rurales.
Paralelamente a la creación de la Secretaría de Educación Pública, el maestro José Vasconcelos Calderón instaura oficialmente las Misiones Culturales, que en primera instancia fueron ejecutadas por seis misioneros que iniciaron la lucha para combatir el analfabetismo que existía en México, siendo necesario coadyuvar a ello con la puesta en funciones de la Dirección General de las Misiones, cuyo papel fue fundamental para sacar adelante a la gente más pobre y sin posibilidad de enseñanza.
La escuela rural nacía. Era el año de 1921, en ese entonces era de una importancia especial: Había que fundar escuelas en todos los pueblos y rancherías, pues se carecían de ellas, y, por otro lado, se tenía que integrar a los adultos y a los niños a esta tarea educativa. Por eso se les denominó La Casa del Pueblo. Éstas eran edificadas con el esfuerzo y financiamiento de la comunidad y aprovechando que las enseñanzas inducían a los adultos, llegaron a ser consideradas más allá del programa escolar tradicional. A la alfabetización que ofrecían estas escuelas, se agregó la castellanización, las pláticas instructivas de todo tipo para chicos y grandes, la práctica de la agricultura, de pequeños oficios, de la atención a la economía doméstica y al desarrollo de la vida social. Su avance fue vertiginoso de 1921 a 1929.
Para la década de 1930 a 1940, la escuela rural sufrió una lenta metamorfosis. Las metas que la Secretaría de Educación Pública había definido desde su creación en 1921 de enriquecer la vida doméstica del pueblo y civilizar o imponer un patrón de vida occidental, homogéneo y uniforme a los grupos étnicos, se había diluido.
Para finales de 1922 estaban funcionando 309 escuelas indígenas de esta clase que impartían educación a 17 mil 925 alumnos en 309 comunidades en las que estaban instaladas. Para los años 1923 y 1924, dichas escuelas se reorganizaron y mejoraron notablemente, alcanzando la cifra de mil 89. Sin embargo, en la década en comento disminuyó la fecunda actividad de los planteles que años atrás funcionaban a toda su capacidad, en las 309 comunidades como casas del pueblo. Posteriormente, estas casas se convirtieron en Escuelas Rurales Indígenas, estando alojadas en el mejor inmueble del poblado y levantadas muy frecuentemente con los esfuerzos y sacrificios de la comunidad.
Bajo este esquema de organización, para coadyuvar y complementar la formación propuesta por la escuela rural, en 1926 fue creada la Escuela Central Agrícola, para brindar capacitación en el campo a los hijos de los campesinos. Esta institución fue concebida para satisfacer las necesidades de las regiones. Ofrecía tres años de preparación práctica y de experiencia para 200 estudiantes de comunidades rurales. Para 1928, esta entidad educativa contaba con 583 estudiantes.
A principios del año de 1929, otra de las escuelas sobresalientes de esta época fue la llamada Casa del Estudiante Indígena. Era una institución en la que se enseñaba a los nativos acerca de los valores económicos y sociales de México. En ella, se matriculó a 200 candidatos de varios grupos étnicos, con el propósito de prepararlos adecuadamente para contribuir al progreso material de los diversos grupos indígenas. Esta escuela gozaba de mucha simpatía de los círculos oficiales y recibía muy buen apoyo económico de ellos.
Aparece otra escuela que se denominó Escuela de Circuito. Éstas eran pequeñas y estuvieron costeadas por las comunidades para todo lo que requerían. Su eje rector y su ejemplo consistían en un plantel matriz controlado por la Secretaría de Educación Pública. En dos años se crearon más de dos mil unidades dedicadas a intensificar las campañas contra el analfabetismo y en teoría, a sustituir a las escuelas rurales porque el presupuesto que se les asignaba ya era muy alto y estaba haciendo imposible su operación. Para el año de 1930 la Asamblea Nacional de Educación cambió de nombre a este género de escuela, llamándola Escuelas Comunales de Tipo Económico, que por sus características limitadas y los compromisos que significaban para las comunidades, desapareció dos años después.
Otra de las escuelas de finales de 1932, fue la Escuela Regional Campesina, cuyo fin era el de transformar las técnicas de producción y la mentalidad de los campesinos. Consistía en un internado para alumnos de ambos sexos. Aquí, siendo secretario de Educación Narciso Bassols, impulsó dentro de este programa de enseñanza, la participación de la mujer. Cabe destacar, que esta escuela incorporó por primera vez a dos institutos de investigación y servicio social destinados a un plan general de acción y cooperación para la educación campesina y el fomento rural. Con el actuar y la ruta de los dos institutos, las Escuelas Regionales Campesinas reemplazaron a los tres organismos: la normal rural, la central campesina y las misiones culturales. Esta área educativa, a pesar de que logró influir eficazmente en la transformación de los medios de producción en el campo, en el desarrollo de su acción social y de que su éxito fue ocasionado por las respuestas que dio a los intereses políticos del gobierno, desapareció en 1941.
Después de un largo peregrinar por diversas instituciones educativas de prueba, de práctica y de experiencias, finalmente, todas estas escuelas y corrientes se dieron cita hasta concluir con la estructuración formal de la Escuela Rural Mexicana, que se constituyó como la principal agencia del mejoramiento social y económico de las comunidades del país, y, de ella irradian las luces para alumbrar los caminos de la redención del pueblo mexicano.
Al final, la obra de don José Vasconcelos Calderón fue la gran visión global que tuvo para conocer y resolver los problemas que aquejaban a la educación en México, su interés primordial era la alfabetización del pueblo y la fundación de instituciones que promovieron el desarrollo equilibrado del sistema educativo y que sirvieron para coordinar las acciones gubernamentales en materia de educación, hasta la actualidad. Al concluir su gestión en la Secretaría de Educación Pública, deja instaurada, desde la creación de dicha Secretaría, a la Escuela Rural Mexicana, con 722 casas del pueblo, 62 misioneros y mil 48 maestros rurales, que funcionaban exactamente donde él había sentado los cimientos de un innovador objetivo de la educación fundamental, que integró el desarrollo de los aspectos sociales y comunitarios del educando.
Lo anterior permite rememorar los datos importantes para la proyección de los motivos para la realización del presente y, en conclusión, la finalidad de esta proposición con punto de acuerdo es la de crear un grupo de trabajo para las actividades de la conmemoración de los cien años de la Escuela Rural Mexicana y llevar a cabo las actividades concernientes a destacar dicho aniversario.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Educación Pública a la creación de un grupo de trabajo para las actividades de la conmemoración de los cien años de la Escuela Rural Mexicana, con las siguientes características:
El objeto del grupo de trabajo será el de programar, organizar y llevar a cabo actividades como: encuentros de maestros, catedráticos, historiadores, intelectuales y cronistas; difusión masiva del tema, lecturas públicas, exposiciones artísticas y demás similares, en torno a la escuela rural mexicana.
El grupo de trabajo estará integrado por los miembros que determine la Junta de Coordinación Política, en forma proporcional a la representación en la Cámara de Diputados.
La vigencia será desde la aprobación de su creación y hasta el 30 de agosto de 2021, debiendo entregar un programa de trabajo y un informe final de actividades y resultados.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputado Manuel Huerta Martínez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob a nombrar 2021 como Año de la Secretaría de Educación Pública y la Escuela Rural Mexicana, a cargo del diputado Manuel Huerta Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Manuel Huerta Martínez, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con base en lo que dictan los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción III, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía, para su resolución, la presente proposición con punto de acuerdo, que guarda como finalidad que se exhorte a la Secretaría de Gobernación para que autorice que 2021 sea considerado Año de la Secretaría de Educación Pública y la Escuela Rural Mexicana, de conformidad con las siguientes
Consideraciones
En 1921, el licenciado José Vasconcelos Calderón inició con la responsabilidad de ser el primer ministro de Educación Pública, cargo que desempeñó durante dos años y ocho meses, hasta renunciar para proyectarse como candidato al gobierno de su estado natal, Oaxaca.
El maestro Vasconcelos destacó en varias actividades: fue literato, historiador, político y educador. Este último rubro lo inició cuando era rector de la Universidad de México hasta 1920, a través de un nutrido discurso en el que manifestó sus ideas claras y precisas sobre la enseñanza y enfatizó que los principales problemas de la nación eran la pobreza y la ignorancia. Se centró en atender el segundo, por ser al que a él le correspondía resolver.
En ese tiempo, la universidad era requerida para que trabajara para el pueblo y para que no existiera el contraste entre un absoluto desamparo y una sabiduría intensa, ya que esto conduciría a que el Estado fuera injusto, cruel y rematadamente bárbaro. Vasconcelos visualizó la necesidad de emprender una cruzada de educación pública nacional y de inspirar un entusiasmo cultural semejante al fervor que siempre había puesto nuestra raza en los asuntos religiosos y de la conquista.
Ello marcó la pauta para que incidiera en la creación de las Misiones Culturales como primer enlace educativo con los indígenas y de la campaña contra el analfabetismo, al afirmar que se necesitaba una enseñanza directa de parte de los que saben algo en favor de los que nada saben; proponiendo la organización del Ejército de constructores que sustituyera al de los destructores.
José Vasconcelos fue creador del sistema filosófico al que denominó monismo estético, basado en tres principios:
1. La belleza es una forma de energía;
2. La forma más apropiada para entender a la naturaleza de las cosas es mediante la emoción estética; y
3. El universo no sólo se está agotando, también se está fortaleciendo, se hace más y más bello.
Para él, la estética era la síntesis y el fin de su sistema, porque describía que era una orientación del movimiento de nuestra alma hacia el estado de divinidad, era el arte puro a través del cual trataba de abarcar a todo el hombre, no solo a su inteligencia, sino también a su sensibilidad, a su emotividad, a su unión mística con el absoluto.
En su obra La raza cósmica decía: Nos hemos educado bajo una filosofía humillante de nuestros enemigos. Por ello, ahora que inicia una nueva fase de la historia, se hace necesario reconstruir nuestra ideología y organizar de acuerdo a una innovadora doctrina étnica, toda nuestra vida continental.
Siguiendo la esencia del pensamiento del maestro Vasconcelos, quien se manifestó como uno de los más firmes partidarios de dar a la educación el carácter de Federal, nace la formulación práctica del proyecto de crear la Secretaría de Educación Pública y al mismo tiempo fortalecer la enseñanza indígena a través de la Escuela Rural Mexicana, emprendiendo diversas medidas para reunir a los distintos niveles educativos, depurando las direcciones de los planteles y con la idea de que la institución adquiriera una estructura departamental organizada.
Para esto creó un área dedicada a la educación indígena, a las campañas de alfabetización y a la perspectiva de vinculación de la escuela con la realidad social.
De ahí surge la afirmación de que al manejar el término educación, se refería a una enseñanza que sirviera para aumentar la capacidad productiva de cada mano que trabaja, de cada cerebro que piensa, del trabajo útil, del trabajo productivo, de la acción noble y del pensamiento alto, como nido de nuestros propósitos. La Escuela Rural Mexicana formará al campesino bajo nuestra guarda y enseñémosle a centuplicar el total de su producción por medio del empleo de mejores útiles y mejores métodos. Esto resultará más importante que distraerlos en la conjugación de los verbos, pues la cultura es el fruto del desarrollo económico y personal.
Desde sus inicios, la actividad de la Secretaría de Educación Pública se caracterizó por su amplitud e intensidad hacia la enseñanza indígena: organización de cursos, apertura de escuelas rurales, edición de libros y fundación de bibliotecas. Todas ellas, medidas que fortalecieron un proyecto educativo nacionalista que recuperó prontamente las mejores tradiciones de la cultura universal.
Todo lo anterior permite sentar las bases para la exposición de motivos en torno a esta proposición y, en conclusión, expresar que su finalidad estriba en que dentro del marco de la conmemoración de los 100 años de la Secretaría de Educación Pública como institución federalizada, 2021 sea destacado como Año de la Secretaría de Educación Pública y la Escuela Rural Mexicana.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación a nombrar 2021 como Año de la Secretaría de Educación Pública y la Escuela Rural Mexicana.
Otorgado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de octubre de 2019.
Diputado Manuel Huerta Martínez (rúbrica)