Comunicaciones oficiales Reincorporaciones Iniciativas de ley o decreto de senadores


Comunicaciones oficiales

De la Mesa Directiva, sobre modificación de turno de iniciativa

Honorable Asamblea:

La Presidencia de la Mesa Directiva de conformidad con lo que establecen los artículos 73 y 74, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, comunica que se realizó modificación de turno a:

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 41 de la Ley General de Educación, presentada por la diputada Kathia María Solio Pineda, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el 1 de marzo de 2016.

“Se turna a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.”

Ciudad de México, a 15 de marzo de 2016.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva (rúbrica)

Presidente

De los diputados Christián Joaquín Sánchez Sánchez, Eduardo Zenteno Núñez y Moisés Guerra Mota, sobre retiro de iniciativas

Palacio Legislativo, a 10 de marzo de 2016.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

Presidente de la Mesa Directiva

Honorable Cámara de Diputados

Presente

Por este medio me dirijo a usted para comunicarle que, con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, he decidido retirar la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 183 y 184 de la Ley Agraria, presentada al 10 de noviembre de 2015.

Lo anterior, para que esta pueda ser considerada nuevamente por la Comisión de Reforma Agraria, recogiendo diversas observaciones hechas a la misma. Por lo cual le solicito respetuosamente sean borrados todos los registros parlamentarios de la misma.

Sin otro particular por el momento, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Diputado Moisés Guerra Mota (rúbrica)


Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2016.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

Presidente de la Mesa Directiva

Cámara de Diputados

LXIII Legislatura

Presente

Por medio de la presente es un gusto hacerle llegar mis saludos y agradezco de ante mano la atención que se sirva prestar a este oficio, en el que le solicito lo siguiente; con fundamento en artículo 77, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, relativo al derecho que me asiste para retirar una iniciativa, le manifiesto mi interés personal para que sea retirada de los registros parlamentarios la iniciativa con el rubro:

“Proyecto de decreto que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”

Toda vez que esta es de mi autoría, la cual fue presentada el 5 de noviembre de 2015 y turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su debido dictamen, lo anterior para que surta los efectos legales y parlamentarios a que haya lugar.

Sin más por el momento, quedo de usted.

Atentamente

Diputado Eduardo Zenteno Núñez (rúbrica)


Ciudad de México, a 10 de marzo de 2016.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados

Presente

Con fundamento en el artículo 77, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, le solicito respetuosamente el retiro de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.; inscrita en la Gaceta Parlamentaria de la sesión correspondiente al 27 de octubre de 2015.

Sin más por el momento y agradeciendo de antemano las atenciones prestadas a la presente solicitud, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Diputado Christian Joaquín Sánchez Sánchez (rúbrica)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a tomar medidas para evitar la entrada de salmón transgénico en el país

Ciudad de México, 9 de marzo de 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio DGPL 63-II-6-0261 signado por la diputada Daniela de los Santos Torres, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número 112.02.- 159/2016 suscrito por el licenciado Francisco Olvera Acevedo, director general adjunto de Enlace con el Congreso de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como de sus anexos, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por e1 que se exhorta a esa dependencia a tomar las medidas precautorias necesarias, para evitar la entrada de salmón transgénico a nuestro país.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 2 de marzo de 2016.

Maestro Valentín Martínez Garza

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

En atención a su oficio número SELAP/UEL/311/2573/15 de fecha 17 de diciembre de 2015, mediante el cual la diputada Daniela de los Santos Torres, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión remite punto de -acuerdo aprobado en sesión celebrada el 15 de diciembre del 2015, que a continuación transcribo:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo para que a través de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus competencias, tomen las medidas precautorias necesarias para evitar la entrada de salmón transgénico a nuestro país. Segundo. Asimismo, se exhorta a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a reforzar las revisiones en las autorizaciones para la importación de salmón destinados a la alimentación y proceder en consecuencia.

Sobre el particular me permito hacer llegar los comentarios que sobre el tema envían Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, Senasica, y el Instituto Nacional de Pesca, Inapesca, con la cual se da respuesta a la infamación requerida.

Sin más por el momento, le reitero las seguridades de mi distinguida consideración.

Atentamente

Licenciado Francisco Olvera Acevedo (rúbrica)

Director General Adjunto de Estudios Interinstitucionales


Ciudad de México, a 9 de febrero de 2016.

Licenciado Francisco Olvera Acevedo

Director General Adjunto de Estudios Interinstitucionales

Presente

Me refiero a su oficio número 112.2.018/2016, relacionado con la solicitud de comentarios sobre el punto de acuerdo signado por la diputada Daniela de los Santos Torres, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, presentado en la sesión del 15 de diciembre de 2015, que contiene el siguiente resolutivo:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo para que, a través de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus competencias, tomen las medidas precautorias necesarias para evitar la entrada del salmón transgénico a nuestro país.

Sobre el particular, adjunto al presente oficios números B00.03.04.-173/2016 y B00.04.03.02.01.452/2016, mismos que contiene las opiniones de las áreas técnicas y operativas con injerencia en el tema, (Dirección General de Salud Animal y de Inspección Fitozoosanitaria).

Aseguro a usted mi consideración distinguida.

Atentamente

Luis Escobar Aubert (rúbrica)

Director General Jurídico


México, DF, a 8 de febrero de 2016.

Doctor Luis Escobar Aubert

Director General Jurídico

Presente

Hago referencia a su oficio B00.05.-0004/2016 de fecha 20 de enero de 2016, mediante el cual solicita a la brevedad posible opinión técnica al punto de acuerdo signado por la diputada Daniela de los Santos Torres, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de Unión, presentado en la sesión del martes 15 de diciembre de 2015 que contiene el siguiente resolutivo:

Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo para que, a través de las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el ámbito de sus competencias, tomen las medidas precautorias necesarias para evitar la entrada de salmón transgénico a nuestro país.

Al respecto, me permito adjuntar opinión técnica de esta Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera con el fin de que esa Dirección General Jurídica lleve a cabo la integración con la posición de este órgano Administrativo Desconcentrado.

Sin más sobre el particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Médico Veterinario Zootecnista Hugo Fragoso Sánchez (rúbrica)

Director General


Ciudad de México, a 23 de febrero de 2016.

Licenciado Francisco Olvera Acevedo

Director General Adjunto de Estudios Interinstitucionales

Enlace con el Congreso

Sagarpa

Presente

En atención al oficio número 112.02.-020/2016 con fecha 12 de enero de 2016, en el cual se remite copia de oficio SELAP/UEL/311/2573/15 mediante el cual se remite punto de acuerdo aprobado el 15 de diciembre de 2015 y signado por la diputada Daniela de los Santos Torres, vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, me permito hacer llegar los comentarios correspondientes.

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciado Carlos Ferrer Hernández (rúbrica)

Director Jurídico


Comentarios al punto de acuerdo de medidas precautorias para evitar la entrada de salmón transgénico

En relación con el contenido del punto de acuerdo en mención, y derivado de su lectura, revisión y análisis, se emiten los siguientes comentarios:

Las atribuciones de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Sagarpa, en la materia, de conformidad con la fracción XV del artículo 35 de la LOAPF, se centra en proponer el establecimiento de políticas en materia de asuntos internacionales y comercio exterior agropecuario. El artículo 32 Bis de la misma ley establece como competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat, imponer, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades, las restricciones que establezcan las disposiciones aplicables sobre la circulación o tránsito por el territorio nacional de especies de la flora y fauna silvestres procedentes del o destinadas al extranjero, y promover ante la Secretaría de Economía el establecimiento de medidas de regulación o restricción a su importación o exportación cuando se requiera para su conservación u aprovechamiento.

Por otro lado el artículo 39 de la LOAPF señala en su fracción XIII la competencia de la Secretaría de Salud para realizar el control higiénico e inspección sobre preparación, posesión, uso, suministro, importación, exportación y circulación de comestibles y bebidas.1

El 18 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM) en la cual se regulan, entre otras, las actividades de comercialización, importación y exportación de organismos genéticamente modificados2 , OGM, con el fin de prevenir, evitar o reducir los posibles riesgos que estas actividades pudieran ocasionar a la salud humana o al medio ambiente y a la diversidad biológica o a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

Esta misma ley prevé la integración y funcionamiento de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados3 , así como la creación y desarrollo del Sistema Nacional de Información sobre Bioseguridad y el Registro Nacional de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados.

De conformidad con la fracción VII del artículo 2 de la LBOGM, ésta tiene como finalidad establecer el régimen de permisos para la regularización de las actividades de importación de los OGM. El artículo 3 de esta misma ley establece que es la Ssa la que autoriza su comercialización e importación para su comercialización.

Por otro lado, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley General de Salud, es materia de salubridad general el control sanitario de productos y servicios y de su importación y exportación4 , el artículo 17 bis de dicha ley establece el ámbito competencial es esta materia, a cargo de la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Prevención de Registros Sanitarios.

La Secretaría de Salud es la encargada de identificar, comprobar, certificar y vigilar la calidad sanitaria de los productos en materia de importación, cuando éstos no reúnen los requisitos o características, establecidos en la legislación correspondiente, aplicando las medidas de seguridad que correspondan5. En el caso de alimentos, el titular de la Secretaría de Salud determina con base en los riesgos para la salud que productos requieren autorización previa de importación, mediante acuerdo publicado en el DOF.

El artículo 10 de la LOGM establece a las autoridades competentes en materia de bioseguridad, citando a Semarnat, Sagarpa, y Ssa, señalando las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en lo relativo a la importación de los OGM. Los artículos 12 y 13 de la LBOGM excluyen la competencia de Sagarpa, en materia de sanidad humana, restringiendo el ejercicio de sus atribuciones a riesgos que las actividades de los OGM pudieran ocasionar a la sanidad animal, vegetal y acuícola.

En virtud de los comentarios emitidos y a la luz del análisis de las diversas disposiciones analizada, la toma de medidas precautorias para evitar la entrada del salmón transgénico al país no corresponde a Sagarpa, ya que el ejercicio de control sanitario para el salmón transgénico es competencia de la Ssa.

Por último y en lo que compete al Instituto Nacional de Pesca, organismo público descentralizado sectorizado a Sagarpa, de conformidad con la fracción IX del artículo 5 de su Estatuto Orgánico, su atribución en la materia únicamente es para la certificación y registro de las especies acuícolas cuyo genoma hubiera sido manipulado, con el apoyo técnico de las unidades administrativas competentes de la Conapesca. Esta atribución se establece más adelante en la fracción VII del artículo 22 a cargo del titular de la Dirección General, así como del titular de la Dirección General adjunta de Acuacultura, de conformidad con la fracción X del artículo 24 debiendo establecer además los inventarios de especies.

Notas

1 Este control abarca también la preparación, aplicación, importación y exportación de productos biológicos, de acuerdo con la fracción XIII del artículo 39 de la LOAPF.

2 La fracción XXI del artículo 2 de la LOBGM, define como cualquier organismo vivo, con excepción de los seres humanos, que ha adquirido una combinación genética novedosa, generada a través del uso de técnicas de biotecnología moderna, siempre que se utilice técnicas previstas en la LOBGM o en las Normas Oficiales Mexicanas que de ella se deriven.

3 Integrada por los titulares de la Sagarpa, Semarnat, Ssa, así como de las Secretarias de Educación Pública, Hacienda y Crédito Público, Economía y el Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

4 El Titulo Décimo Segundo de la Ley General de Salud define al control sanitario como el conjunto de acciones de orientación, educación, muestreo, verificación y en su caso, aplicación de medidas de seguridad y sanciones a cargo de la Secretaría de Salud con la participación de los productores, comercializadores y consumidores, de conformidad con el artículo 124.

5 Las medidas de seguridad pueden consistir en el aseguramiento y destrucción de productos, mediante su retención o puesta en depósito, de conformidad con el artículo 404 de la LGS.

(Se remite a la Comisión de Pesca, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a ejecutar una campaña nacional de toma de conciencia sobre los riesgos de realizarse tatuajes, micropigmentaciones o perforaciones en establecimientos clandestinos y sin las medidas de salubridad necesarias

Ciudad de México, a 11 de marzo de 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-5-405, signado por la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese Órgano Legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/570/2016, suscrito por el doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a realizar una campaña de concientización, a nivel nacional, sobre los riesgos de realizarse un tatuaje, una micro-pigmentación o una perforación en establecimientos clandestinos y sin las medidas de salubridad necesarias.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


México, Ciudad de México, a 9 de marzo de 2016.

Maestro Valentín Martínez Garza

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio SELAP/UEL/311/2619/15, de fecha 17 de diciembre de 2015, mediante el cual informó que, en la sesión de la Cámara de Diputados, celebrada el día 15 de diciembre del 2015, se aprobó el punto de acuerdo, que a continuación se transcribe:

“Único . Se exhorta a la Secretaría de Salud para que en el ámbito de sus facultades realice una campaña de concientización, a nivel nacional, sobre los riesgos de realizarse un tatuaje, una micro-pigmentación o una perforación en establecimientos clandestinos y sin las medidas de salubridad necesarias.”

Al respecto me permito acompañar oficio CGJC/1/OR/170/2016, suscrito por el licenciado Leonardo Menes Solís, coordinador general jurídico y consultivo de la Cofepris.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta (rúbrica)

Titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social


Ciudad de México, a 3 de marzo de 2016.

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta

Titular de la Unida Coordinadora de Vinculación y Participación social

Presente

Con fundamento en los artículos 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 Bis, fracción II, de la Ley General de Salud; 2, literal C, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud: 3, y 18, fracción II, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y en atención a su oficio número UCVPS/245/2016, mediante el cual solicita a esta Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Comisión Federal o Cofepris) la opinión técnica respecto del punto de acuerdo que exhorta a la Secretaría de Salud para que en el ámbito de sus facultades realice una campaña de concientización, a nivel nacional, sobre los riesgos de realizarse un tatuaje, una micro pigmentación o una perforación en establecimientos clandestinos y sin las medidas de salubridad necesarias, presentado por el diputado José Luis Orozco Sánchez Aldana del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, al respecto se comenta lo siguiente:

Es cierto que existe un alto riesgo para aquellas personas que se realizan un tatuaje o una micropigmemación en establecimientos que no cuentan con las medidas sanitarias básicas, por lo que esta Comisión Federal en el ámbito de su competencia, ha realizado acciones de fomento dirigidas a los establecimientos que se dedican a este tipo de procedimientos, como lo es la publicación y distribución del folleto Solicitud de la tarjera de control sanitario para tatuadores, micropigmentación y perforadores, en la que se especifican, los requisitos sanitarios que deben cumplir dichos establecimientos para obtener la autorización correspondiente (tarjera de control sanitario), en virtud de que este es el primer paso para enfrentar un riesgo a la salud de la población.

Asimismo, esta Cofepris difunde constantemente, a través de si página web, la información de las acciones que se realizan con relación con la verificación y aseguramiento de los establecimiento, de manera que la sociedad conozca el interés de la institución por prevenir este riesgo y la necesidad de contar con su colaboración, fomentando una cultura de prevención de riesgos.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Sufragio efectivo. No Reelección.

Licenciado Leonardo Menes Solís (rúbrica)

Coordinador General Jurídico y Consultivo

(Se remite a la Comisión de Salud, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a implantar campañas de información y toma de conciencia respecto a las afectaciones de la salud humana y, en general, del ambiente provocadas por el uso irracional de automóviles, a desincentivar el uso de automotores e impulsar la movilidad y activación física de la sociedad

Ciudad de México, a 11 de marzo de 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara De Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-5-402, signado por la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese órgano legislativo, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número UCVPS/571/2016 suscrito por el doctor. Ernesto H. Monroy Yurrieta, titular de la Unidad Coordinadora de Vinculación y Participación Social de la Secretaría de Salud, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia a implementar campañas de información y concientización respecto de las afectaciones a la salud humana y, en general, al medio ambiente provocadas por el uso irracional de automóviles; desincentivando el uso de automotores e impulsando la movilidad y activación física de la sociedad.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Titular


México, Ciudad de México, a 9 de marzo de 2016.

Maestro Valentín Martínez Garza

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero al oficio SELAP/UEL/311/2618/15, de fecha 17 de diciembre de 2015, mediante el cual informó que en la sesión de la Cámara de Diputados, celebrada el día 15 de diciembre del 2015, se aprobó el punto de acuerdo, que a continuación se transcribe:

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales y de salud de los diferentes niveles de gobierno, a efecto de que implementen campañas de información y concientización respecto de las afectaciones a la salud humana y, en general, al medio ambiente provocadas por el uso irracional de automóviles; desincentivando el uso de automotores e impulsando la movilidad y activación física de la sociedad.

Al respecto me permito acompañar oficio CGJC/1/OR/100/2016, suscrito por el licenciado Leonardo Menes Salís, coordinador general Jurídico y Consultivo de la Cofepris.

Con base en lo anterior he de agradecer su amable intervención a efecto de remitir esta información al órgano legislativo para su desahogo.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta (rúbrica)

Titular de la Unidad


Ciudad de México, a 3 de marzo de 2016.

Doctor Ernesto H. Monroy Yurrieta

Titular de la Unidad Coordinadora

Vinculación y Participación social

Presente

Con fundamento en los artículos 4, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17 Bis, fracción II de la Ley General de Salud; 2, literal C, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 3, y 18 fracción II del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y en atención a su oficio número UCVPS/357/2016, mediante el cual solicita a esta omisión federal para la protección contra riesgos sanitarios (Comisión Federal o Cofepris) la opinión técnica respecto del punto de acuerdo que exhorta respetuosamente a las autoridades ambientales y de salud de los diferentes niveles de gobierno, a efecto de que implementen campañas de información y concientización respecto de las afectaciones a la salud humana y, en general, al medio ambiente provocadas por el uso irracional de automóviles; desincentivando el uso de automotores e impulsando la movilidad y activación física de la sociedad, presentada por el diputado Jesús Sesma Suárez, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, al respecto se comenta lo siguiente:

De la lectura a los antecedentes y consideraciones del Acuerdo Legislativo de mérito, se observa que lo que pretende el legislador es implantar políticas con el objeto de reducir el uso desmedido de los automóviles que general efectos negativos sobre el medio ambiente y propicia la generación de enfermedades.

En este tener, le comento que dentro de las facultades otorgadas a esta Comisión Federal en el artículo 17 bis de la Ley General de Salud no se encuentran acciones relacionadas con las afectaciones provocadas al medio ambiente por el uso irracional de automóviles, por lo que la atención de la presente iniciativa se considera competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de conformidad con el artículo 32 Bis, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como con el artículo 15, fracciones III, XII y XVI de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, toda vez que es la dependencia encargada de la política ambiental, la cual comprende el derecho de una persona a disfrutar de un ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar, así como el control y la prevención de la contaminación ambiental.

Por otro lado, por lo que hace a la implementación de campañas de información y concientización respecto de las afectaciones a la salud humana provocadas por el uso de automóviles, esta Cofepris considera pertinente consultar a la Subsecretaria de Prevención y Promoción de la Salud, en virtud de que es el área encargada de poner al Secretario las políticas en las materias de prevención y promoción de la salud y de control de enfermedades, de conformidad con el artículo 10, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

Sufragio efectivo. No Reelección

Licenciado Leonardo Menes Solís (rúbrica)

Coordinador General Jurídico y Consultivo

(Se remite a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República a abrir otra línea de investigación por el delito de desaparición forzada de personas en perjuicio del ciudadano Manuel Serrano Vallejo

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 63-II-8-0135, signado por la diputada María Bárbara Botello Santibáñez, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de ese Órgano Legislativo, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGPPVCI7DV/0196/2016, suscrito por el maestro Íñigo Fernández Baptista, director general de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, mediante el cual responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa Procuraduría para que abra otra línea de investigación por el delito de desaparición forzada de personas, en perjuicio del ciudadano Manuel Serrano Vallejo, realizando las investigaciones correspondientes contra quienes han sido señalados como responsables, sin importar el cargo que desempeñen o hayan desempeñado; así como para que el ,proceso penal del ciudadano Manuel Serrano Vallejo se separe, se conozca y se desahoguen pruebas de manera individual.

Sin otro particular aprovecho la ocasión para reiterarles 1a seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 7 de marzo de 2016.

Maestro Valentín Martínez Garza

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Estimado maestro Martínez Garza:

En atención al contenido de su oficio SELAP/UEL/311/2039/15, por el que se comunica a esta Procuraduría el punto de acuerdo aprobado por el honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el día 6 de octubre del 2015, que en su parte resolutiva señala:

“Primero. La Cámara de Diputados exhorta a la Procuraduría General de la República para que abra otra línea de investigación por el delito de desaparición forzada de personas, en perjuicio del ciudadano Manuel Serrano Vallejo, realizando las investigaciones correspondientes contra quienes han sido señalados como responsables, sin importar el cargo que desempeñen o hayan desempeñado.

”Segundo. La Cámara de Diputados exhorta a las autoridades competentes, Procuraduría General de la República, Poder Judicial del Estado de México y Poder Judicial de la Federación, para que el proceso penal del ciudadano Manuel Serrano Vallejo se separe, se conozca y se desahoguen pruebas de manera individual.” (sic)

En virtud de lo anterior, con fundamento en el artículo 89, fracciones X y XI del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, hago de su conocimiento que la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo comunicó a esta área a mi cargo que:

“...la indagatoria instruida en contra del antes referido en la Delegación de la Procuraduría General de la República en el Estado de México, fue declinada por especialidad a la Fiscalía Especializada en Búsqueda de Personas Desaparecidas siendo única y exclusivamente de su competencia.”

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Maestro Íñigo Fernández Baptista (rúbrica)

Director General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional

(Se remite a la Junta de Coordinación Política, para su atención.)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, para que se atienda de forma oportuna, eficaz y con total transparencia el proceso de donación de los activos remanentes propiedad de Ferrocarriles Nacionales de México, en Liquidación, y se revisen la pertinencia y viabilidad de favorecer al municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio DGPL 63-II-5-552 signado por el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, entonces presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes copia del similar número 1.3.1.005/2016 suscrito por la licenciada Violeta Sepúlveda Mendoza, directora general de Vinculación con Gobiernos Locales de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa dependencia para que atienda de forma oportuna, eficaz y con total transparencia, el proceso de donación de todos los activos remanentes propiedad de Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación, y revise la pertinencia y viabilidad para que se vea favorecido el municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Titular


Ciudad de México, a 4 de marzo de 2016.

Maestro Valentín Martínez Garza

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo
Secretaría de Gobernación

Me refiero al punto de acuerdo aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 28 de enero, por el cual se exhorta a esta secretaría para que en el ámbito de su competencia atienda de forma oportuna, eficaz y con total transparencia el proceso de donación de todos los activos remanentes propiedad de Ferrocarriles de México en Liquidación, y revise la pertinencia y viabilidad para que se vea favorecido el municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca.

Al respecto, me permito adjuntar el oficio 4.3.0.4.-210/201 del director de Asuntos Legales de la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal, por el cual remite el informe elaborado por el Liquidador de Ferrocarriles Nacionales de México (FNML), en el cual encontrará las acciones y gestiones efectuadas en el citado municipio.

Hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Licenciada Violeta Sepúlveda Mendoza (rúbrica)

Directora General de Vinculación con Gobiernos Locales


Ciudad de México, a 23 de febrero de 2016.

Maestro Mario de la Vega Grajales

Director General de Vinculación

Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Presente

En relación al oficio DGV/MVG/13-055/2016, de fecha 2 de febrero del año en curso, mediante el cual hace referencia al similar SELAP/UEL/311/163/16, por el cual la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación remite el punto de acuerdo aprobado por e1 pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión en sesión del pasado 27 de enero, cuyo resolutivo expone:

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que en el ámbito de sus respectivas competencias atiendan de forma oportuna, eficaz y con total transparencia, el proceso de donación de todos los activos remanentes propiedad de Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación y revise la pertinencia y viabilidad para que se vea favorecido el municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca, conforme a la solicitud de donación presentada en apego a los riesgos de donación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2015.

Sobre el particular y a efecto de emitir la respuesta que se considere conveniente, me permito informar a usted lo siguiente:

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) a través de esta Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal (DGTFM), solicitó al Liquidador de Ferrocarriles Nacionales de México (FNML), proporcionar a elementos sobre el asunto en comento, toda vez que en esta dependencia no se contaba con antecedentes del mismo, por lo que en ese sentido dicho organismo remitió a esta DGTFM el informe detallado de las acciones realizadas con relación a la solicitud formulada por parte del municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca, las cuales fueron manifestadas mediante reunión de fecha 10 de febrero del año en curso, al municipio en cuestión.

En ese orden de ideas, adjunto al presente me permito enviar a usted el informe antes referido con la finalidad de que por su amable conducto se haga del conocimiento del honorable Congreso de la Unión.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.


Licenciado Fernando de la Rosa Medina (rúbrica)

Director


Informe para atender el punto de acuerdo de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión

Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, para que en el ámbito de su respectivas competencias, atiendan de forma oportuna, eficaz y con total transparencia, el proceso eje donación de todos los activos remanentes propiedad de Ferrocarriles Nacionales de México en Liquidación, y revise le pertinencia y viabilidad para que se vea favorecido el municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca, conforme a la solicitud de donación presentada en apego a las reglas de donación publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de junio de 2015.

Antecedentes

• El 24 de julio de 2015 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las Reglas para la Donación de Activos Remanentes propiedad de Ferrocarriles Nacional de México en Liquidación (Reglas).

• El 5 de noviembre de 2015 se acordó la creación de un grupo de trabajo interinstitucional, en materia de destino de inmuebles, para que se diseñe una estrategia que, en su caso, permita dar destino entre las entidades federativas a los bienes de Ferrocarriles Nacionales de México en liquidación (FNML).

• El 12 y 13 de enero de 2016, autoridades del municipio de Matías Romero Avendaño, Oaxaca, (municipio), ingresaron vía el portal institucional, la solicitud de donación respecto de cuatro activos remanentes por cerca de 500 mil metros cuadrados.

• El 10 de febrero de 2016 se celebró reunión de trabajo con los representantes del municipio y del Senado de la República (reunión de trabajo), recibiéndose información complementaria para atender la solicitud de los cuatro inmuebles referidos en el punto anterior y adicionan requerimiento por 9 activos remanentes en ese municipio.

Situación actual

En la reunión de trabajo se presentó la siguiente información con la que cuenta FNML sobre los activos remanentes solicitados por el municipio:

• Durante 2004 a 2006, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía realizó un levantamiento topográfico de los inmuebles propiedad de FNML, del que resultaron 12 inmuebles que se localizan en el perímetro del municipio, con una superficie en conjunto de aproximadamente 500 mil metros cuadrados.

• El 7 de septiembre de 2007, se emplazó a FNML como tercero perjudicado dentro del juicio de garantías promovido por el comisario ejidal del municipio, ante el juzgado séptimo de distrito en el estado de Oaxaca, por “la ilegal” Resolución Presidencial de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales publicada en el DOF el 16 de marzo de 1967, mediante la cual el Ejecutivo federal le confirmó a la comunidad agraria Santa María Petapa, de Oaxaca, una superficie que coincide con la del municipio.

• El 7 de mayo de 2015, dicho juzgado emitió resolución que ampara y protege a la comunidad quejosa de1 municipio, a efecto de restituir el pleno goce de sus garantías individuales violadas.

• El 22 de julio de 2015, FNML, como tercero perjudicado dentro del juicio de garantías, interpuso recurso de revisión en contra de la resolución citada, ya que la misma no establece la delimitación de los terrenos que son propiedad de FNML, el cual se encuentra pendiente de resolver.

Considerando lo anterior, se acordó la suscripción de un contrato de comodato entre FNML y el municipio, a fin de que éste último, en su carácter de comodatario, disponga de los bienes e inicie diversas acciones que permitan a ambas partes dotar de certeza jurídica sobre los activos remanentes que efectivamente sean susceptibles de darle el destino que corresponda, en apego a la normativa y la estrategia de liquidación, así como a la situación jurídica de los bienes solicitados.

(Se remite al Promovente.)

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, por el que se exhorta al Instituto Nacional de Antropología e Historia a remitir un informe sobre las zonas arqueológicas que tienen plan de manejo y su estado actual, e informar sobre las que no cuentan con él; coadyuvar con los encargados del manejo y la operación de las zonas arqueológicas para que en un plazo no mayor de 365 días tengan el documento concluido, aprobado y en ejecución; e inspeccionar y vigilar las zonas arqueológicas para revisar que se cumplan los planes de manejo y los programas operativos anuales

Ciudad de México, a 9 de marzo de 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número DGPL 63-II-1-0473 signado por la senadora Ivonne Liliana Álvarez García, entonces vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número DGJ/0657/2016 suscrito por el licenciado Luis Norberto Cacho Pérez, director general jurídico de la Secretaría de Cultura, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo por el que se exhorta al Instituto Nacional de Antropología e Historia para que remita un informe sobre las zonas arqueológicas que tienen plan de manejo y su estado actual, informe sobre las que no cuentan con dicho plan coadyuve con los responsables del manejo y operación de las zonas arqueológicas para que en un p1azo no mayor de 365 días, tengan el documento concluido, aprobado y en ejecución,; así como realizar inspección y vigilancia en las zonas arqueológicas para revisar que se cumpla lo establecido en los planes de manejo y en los programas operativos anuales.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 8 de marzo de 2016.

Maestro Valentín Martínez Garza

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo

Subsecretaría de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos

Secretaría de Gobernación

Presente

Me refiero a su oficio SELAP/UEL/311/161/16 de fecha 28 de enero del presente año, mediante el cual informa que la senadora Ivonne Liliana Álvarez García, vicepresidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión comunicó el punto de acuerdo aprobado por ese órgano legislativo en sesión celebrada el 27 de diciembre de 2015, y que señala:

Primero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de Antropología e Historia, para que remita a esta soberanía un informe sobre las zonas arqueológicas que tienen plan de manejo y su estado actual. Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de Antropología e Historia, a informar a esta soberanía sobre las zonas arqueológicas que no tienen plan de manejo; asimismo, le solicita que coadyuve con los responsables del manejo y operación de zonas arqueológicas para que en un plazo no mayor de 365 días tengan el documento concluido, aprobado y en ejecución. Tercero. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de Antropología e Historia, a realizar inspección y vigilancia en las zonas arqueológicas para revisar que se cumpla lo establecido en los planes de manejo y en los programas operativos anuales.”

Sobre el particular, hago de su conocimiento el informe que al respecto emitió el Instituto Nacional de Antropología e Historia, a. través de su Coordinación Nacional de Asuntos Jurídicos:

1. Consideraciones generales

• La investigación, conservación, restauración, protección, recuperación, promoción y difusión de patrimonio arqueológico de la Nación está garantizado en términos del marco normativo que rige las actividades del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

En ese contexto, la salvaguarda del patrimonio arqueológico del país está determinada en los artículos 6, fracción VIII y 7, fracción XII, de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o., 27 y 28 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, que señalan que los monumentos arqueológicos son propiedad de la nación, inalienables e imprescriptibles, cuya investigación, protección, conservación, restauración y recuperación es considerada como de utilidad pública.

• Por otra parte, la competencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia está determinada por los artículos 3o., fracción IV y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, así como en su Ley Orgánica, la cual señala que sus objetivos generales son la investigación científica sobre antropología e historia, relacionada principalmente con la población del país y con la conservación y restauración del patrimonio cultural arqueológico e histórico, así como el paleontológico; la protección, conservación, restauración y recuperación de ese patrimonio y la promoción y difusión de las materias y actividades que son de la competencia de dicho Instituto, para lo cual se establece una serie de funciones a cumplir.

• Además de lo anterior, el artículo 30 de la Ley General de Bienes Nacionales señala que la Secretaría de Cultura será competente para poseer, vigilar, conservar, administrar y controlar los inmuebles federales considerados como monumentos arqueológicos conforme a la ley de materia, así como las zonas de monumentos arqueológicos.

• Cabe señalar que han sido declaradas por el Ejecutivo federal, 48 zonas de monumentos arqueológicos, en términos de los dispuesto en los artículos 37, 38 y 39 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; en cuyos decretos presidenciales se establecieron las medidas de salvaguarda para cada una de las zonas a cargo del Instituto Nacional de Antropología e Historia, conjuntamente. .con las autoridades locales, conforme lo establezca a decreto.

• En ese sentido, debe resaltarse que el Instituto Nacional de Antropología e Historia cumple con las funciones institucionales de investigación, protección y difusión de los monumentos arqueológicos, por mandato de ley, así como de aplicar los criterios establecidos en instrumentos normativos internacionales, a través de diferentes planes, estrategias y acciones institucionales, las cuales tienen indicadores de gestión y metas a cumplimentar.

2. En relación con el numeral primero del punto de acuerdo, se señala lo siguiente:

• En cumplimiento a la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural de 1972 de la UNESCO, ratificada por México en 1984, el Instituto Nacional de ‘Antropología e Historia desarrolla permanentemente una serie de esfuerzos interdisciplinarios para la elaboración de planes de manejo desde el año de 1993.

La formulación de los planes de manejo es el resultado de un proceso de planeación y análisis especializados de modelos estratégicos de gestión, de 1994 a 2010 se elaboraron 24 planes de manejo, entre ellos, los de las zonas arqueológicas de Sierra de San Francisco, Monte Albán, Palenque, Xochicalco, Cacaxtle-Xochitécatl y Tlatelolco.

• Ante el cumplimiento institucional de los preceptos de la UNESCO señalados previamente, el Instituto Nacional de Antropología e Historia ha desarrollado una serie de procesos que cumplen con lo establecido en el marco normativo internacional referente al manejo del patrimonio arqueológico, adaptando diferentes lineamientos y consideraciones al contexto institucional mexicano.

Este proceso se institucionaliza a través de los Lineamientos para el Manejo y Operación de Zonas Arqueológicas con Uso Público, aprobados en el año de 2006 como marco normativo de referencia, y a través de la implementación del Programa de Fortalecimiento y Regulación de Zonas Arqueológicas (Proforeza), el cual surge en el año de 2010 como una necesidad para sistematizar a mediano y largo plazo las acciones tendientes a consolidar la presencia de dicho Instituto en la política y práctica del manejo de operación de las zonas arqueológicas con uso público. Entre éstas, las acciones de planeación son de crucial importancia ya que a partir de ellas se generan los programas y acciones específicos para cada zona arqueológica.

• De acuerdo a los lineamientos mencionados previamente, “el manejo y operación de una zona arqueológica sólo se pueden llevar a cabo en un marco de planeación, por lo cual las actividades y proyectos que se realicen en una zona arqueológica deben ser el producto de un proceso de planeación a largo plazo, en el que se contemple el manejo y operación de la zona en relación con su contexto local, estatal, nacional e internacional.”

• En ese sentido, surgió la necesidad de instrumentar los denominados “planes de manejo”, instrumentos estratégicos en los cuales se integran los preceptos institucionales que norman la protección del patrimonio arqueológico, las disposiciones que se deben cumplir institucionalmente, así como la guía planificada de los proyectos y acciones que se deberán llevar a cabo para garantizar la protección y preservación del patrimonio arqueológico de la zona en cuestión, a corto, mediano y largo plazo.

• En los Lineamientos para el Manejo y Operación de Zonas Arqueológicas con Uso Público se identifica al “plan de manejo” como el documento resultado de un proceso de planeación que dirige, organiza y regula la ejecución de estrategias, proyectos y actividades encaminadas a la conservación integral, uso responsable y manejo racional de zona arqueológica a largo plazo.

En ese sentido, el Instituto Nacional de Antropología e Historia considera que el objetivo general de un plan de manejo es el de disponer de una herramienta de gestión que garantice, mediante políticas, estrategias y acciones específicas, la atención a las problemáticas apremiantes que comprometen la conservación integral y la difusión de los valores de la zona arqueológica en un horizonte de largo plazo, al tiempo de fomentar la acción concertada entre los sectores públicos, privados y la sociedad civil, para lograr un mayor compromiso y participación en la salvaguarda del patrimonio cultural.

• A partir de 2011, y como resultado de la Auditoria de Desempeño: 10-0-11D00-07-0109 realizada al Instituto Nacional de Antropología e Historia por la Auditoría Superior de la Federación, la Coordinación Nacional de Arqueología en atención al Resultado Núm. 18. 10-0-11D00-07-0109-07-038. Recomendación al Desempeño: Para que el Instituto Nacional de Antropología e Historia elabore e instrumente un programa de trabajo de corto, mediano y largo plazo, a fin de que todas las zonas arqueológicas abiertas al público cuenten con planes de manejo que garanticen la conservación integral del patrimonio arqueológico, implementó el Programa de Elaboración de Planes de Manejo 2012-2018.

• Resulta indispensable reconocer que el proceso especializado implica la elaboración de los documentos mencionados, las metas de ese programa se enfocan en la elaboración de un promedio de 20 planes de manejo por año, por lo que se tiene contemplado que para el año 2018, todas las zonas arqueológicas que están abiertas al público cuenten con un Plan de Manejo. Para enero de 2016, el INAH cuenta con 123 planes de manejo elaborados (ANEXO 1).

3. Respecto al numeral Segundo del Punto de Acuerdo, se informa lo siguiente:

• El Instituto Nacional de Antropología e Historia cuenta actualmente con una cobertura de 67.95 por ciento de zonas arqueológicas con plan de manejo elaborado. Cabe aclarar que para 2010, 181 zonas abiertas a la visita pública contarán con un plan de manejo, en virtud que la zona Sierra de San Francisco está compuesta por un conjunto de 7 sitios abiertos al público por lo que todo conjunto se considera como una zona arqueológica. De esta manera, se tendrán cubiertas las 187 zonas arqueológicas que conforman la Red del Instituto Nacional de Antropología e Historia.

• En seguimiento a lo planificado en el Programa de Elaboración de Planes de Manejo 2012-2018, se ha programado que para 2016 se elaborarán 22 documentos más para 2017, 20 y para 2010, 22. Con lo que se atenderá la recomendación emitida por la Auditoría Superior de la Federación (Anexo 2).

• Para estar en posibilidad de cumplir con la elaboración de los 58 planes de manejo pendientes hacía 2018, se debe tomar en consideración una serie de requerimientos técnicos especializados, determinados por diversas condiciones y circunstancias administrativas e institucionales, que implican la evaluación de ciertas particularidades y situación contextual específica de cada zona arqueológica, para así proponer estrategias oportunas y de carácter prioritario, reforzando las tareas sustantivas del Instituto Nacional de Antropología e Historia para la investigación, protección, conservación, restauración y difusión del patrimonio arqueológico del país.

4. En relación con el numeral tercero del punto de acuerdo, se informa que:

• Además de las acciones anteriormente descritas, el Programa Anual de Trabajo del Instituto Nacional de Antropología e Historia, implementado desde 2012, es un instrumento de verificación de las acciones que se ejecutan en materia sustantiva institucional para el patrimonio arqueológico, las cuales consisten en tareas de investigación, conservación, restauración, difusión, protección y preservación del patrimonio arqueológico en el país.

• El programa anual de trabajo incluye zonas arqueológicas que cuentan con un plan de manejo, o que está en proceso de elaboración. Estas medidas son los procesos de evaluación y verificación del cumplimiento de metas de los planes de manejo, como parte de las estrategias para el fortalecimiento de la operación en zonas arqueológicas con vivista pública.

• La Coordinación Nacional de Arqueología del Instituto Nacional de Antropología e Historia, trabaja en la elaboración de 22 planes de manejo para el año en curso, y en el desarrollo de las estrategias para fortalecer los procesos de planeación estratégica para la evaluación y actualización de los planes de manejo de las zonas arqueológicas prioritarias.

Atentamente

Licenciado Luis Norberto Cacho Pérez (rúbrica)

Director General Jurídico

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, por el que se exhorta a la Procuraduría General de la República a castigar con todo el rigor de la ley a los responsables del asesinato de Gisela Raquel Mota Campo, presidenta municipal de Temixco, Morelos

Ciudad de México, a 10 de marzo 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L.63-II-8-0601, signado por el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, entonces presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir, para los fines procedentes, copia del similar número DGPPVCI/DV/0197/2016, suscrito por el maestro Íñigo Fernández Baptista, director de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, mediante el cual responde el punto de acuerdo por el que se exhorta a esa Procuraduría para que se castigue con todo el rigor de la ley a los responsables del asesinato de Gisela Raquel Mota Ocampo, presidenta municipal de Temixco, Morelos.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Maestro Valentín Martínez Garza (rúbrica)

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo


Ciudad de México, a 7 de marzo de 2016.

Maestro Valentín Martínez Garza

Titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación

Presente

Estimado maestro Martínez Garza:

En atención al contenido de su oficio SELAP/UEL/311/011/16, por el que comunica a esta Procuraduría, el punto de acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, en sesión celebrada el día 7 de enero del año en curso, que en su parte resolutiva señala:

“Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión condena el asesinato de Gisela Raquel Mota Ocampo, Presidenta Municipal de Temixco, Morelos.

”Segundo. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos a reforzar y mantener la coadyuvancia y coordinación con las autoridades federales en la investigación y esclarecimiento de este crimen, para que en el ámbito de las facultades de los órganos de procuración de justicia, entre ellos la Procuraduría General de la República, se castigue con todo el rigor de la ley a los responsables de este artero crimen y así evitar que quede en la impunidad.” (sic)

En virtud de lo anterior, con fundamento en el artículo 89 fracciones X y XI del Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, hago de su conocimiento, que la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo, comunicó a esta área a mi cargo que:

“...fue turnado a la Delegación de la Procuraduría General de la República en el estado de Morelos, para que actuara conforme a derecho corresponda; la cual instruyó al agente del Ministerio Público de la Federación Supervisor de la Unidad de Atención Inmediata de esa Delegación Estatal para que actuara en consecuencia.”

Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para reiterarle la seguridad de mi distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección

Maestro Íñigo Fernández Baptista (rúbrica)

Director General Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional

De la Secretaría de Gobernación, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Comisión Permanente, por el que se solicita exhibir la manifestación de impacto ambiental presentada por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo correspondiente a las construcciones en el malecón de Tajamar, en Benito Juárez, Quintana Roo, así como rendir un informe de los términos y las condiciones de la autorización del proyecto citado respecto a la prohibición en materia de mangle prevista en el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2016.

Integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presentes

En respuesta al oficio número D.G.P.L. 63-II-1-0464, signado por el Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, entonces Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, me permito remitir para los fines procedentes, copia del similar número SPPA/0377/2016, suscrito por el doctor Rodolfo Lacy Tamayo, subsecretario de Planeación y Política Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como de su anexo, mediante los cuales responde el punto de acuerdo donde se solicita a esa secretaría exhiba la manifestación de impacto ambiental presentada por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, correspondiente a las construcciones en el malecón de Tajamar, municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, así como rendir un informe de los términos y condicionantes de la autorización del proyecto citado en relación con la prohibición en materia de mangle prevista en el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.

Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos


Ciudad de México, a 8 de marzo de 2016.

Licenciado Felipe Solís Acero

Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación

Presente

Hago referencia a su oficio número SELAP /300/234/16, mediante el cual informó que a través del oficio número D.G.P.L.63-II-1-0464, el diputado José de Jesús Zambrano Grijalva, presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, comunicó a esa secretaría el acuerdo aprobado por el pleno de ese órgano legislativo, el cual se cita:

“Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que exhiba la manifestación de impacto ambiental presentada por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo, correspondiente a las construcciones en el malecón de Tajamar, municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, y rinda un informe pormenorizado de los términos y condicionantes’ de la autorización del proyecto citado en relación con la prohibición en materia de mangle prevista en el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre; y al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, para que informe puntualmente sobre las medidas de rescate y protección de la fauna silvestre y el cumplimiento de la autorización que le fue otorgada.”

Al respecto, hago de su conocimiento que dentro del ámbito de sus atribuciones, la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental emitió el Oficio número SGPA/045/2016, anexo al cual se presentó en medio electrónico la documentación relacionada con la manifestación de impacto ambiental y el cambio de uso de suelo del malecón Tajamar en el estado de Quintana Roo. Se anexa copia simple del oficio señalado y 2 discos compactos.

Lo anterior, para que sea remitido un disco compacto a la Cámara de Senadores y otro a la Cámara de Diputados y puedan dar a conocer dicha información a sus integrantes.

Sin otro asunto en particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Doctor Rodolfo Lacy Tamayo (rúbrica)

Subsecretario de Planeación y Política Ambiental


Ciudad de México, a 3 de marzo de 2016.

Doctor Rodolfo Lacy Tamayo

Subsecretario de Planeación y Política Ambiental

Presente

Por este conducto se hace entrega en medio electrónico de la documentación relacionada con la manifestación de impacto ambiental y el cambio de uso de suelo de malecón Tajamar en el estado de Quintana Roo, con la atenta solicitud de hacerla llegar a los Presidentes de las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Senado de la República y de la honorable Cámara de Diputados.

Se anexa índice del contenido.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Química Farmacobióloga Martha Garciarivas Palmeros (rúbrica)


Anexo

Relación de ubicación de la información relativa a manifestación de impacto ambiental, autorización, desmonte, cambio de uso de suelo, e informes presentados relativos a diversos puntos de acuerdo publicado en la Gaceta Parlamentaria por senadores de la República, así como diputados federales pertenecientes a diversos Grupos Parlamentarios predio conocido como malecón de Tajamar, en Cancún, Quintana Roo.

1. En referencia a puntos de acuerdo por los cuales exhorta a la Semarnat para informar al Senado de la República ya la Cámara de Diputados si las resoluciones emitidas en el 2005 y 2006 al Proyecto malecón Cancún Tajamar, estuvieron vinculadas con el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana NOM-022-SEMARNA T:

a) Se anexa la resolución

S.G.P.A./DGIRA.DEI.1855.05 del proyecto, se encuentra escaneada en la carpeta tomo II, en los archivos (*.pdf):

23QR2005T0007 VI

23QR2005T0007 V

b) La vinculación del proyecto con respecto de la NOM-022-SEMARNAT-2003 (Resolutivo 2005), quedó asentada en los siguientes archivos y páginas:

Archivo 23QR2005T0007 V

Páginas

64/84, 67/84.68/84.80/84,81/84,82/84,83/84

Archivo 23QR2005T0007 VI

Página 9/79

c) De la resolución emitida en 2006 (ampliación de plazo de la vigencia del resolutivo), obra lo siguiente:

Petición ingresada por Fonatur, en las páginas 1/91 a 12/91 (archivo 23QR2005T0007 III.) y 81/82 y 82/82 (archivo 23QR2005T0007 II)

d) La resolución emitida (ampliación de plazo) contenida en las páginas 77/82.78/82 y 79/82, la cual no asentó vinculación con la NOM-022-SEMARNAT-2003, debido a que dicha resolución sólo se refiere a la ampliación del término, por lo que todas las condicionantes quedan como se especificó en la resolución del 2005.

2. Sobre los puntos de acuerdo por los cuales se solicita información, así como la exhibición de la manifestación de impacto ambiental en referencia al proyecto Cancún-Tajamar e informe los términos y condicionantes de la autorización del proyecto citado en relación con la prohibición del mangle prevista en el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre; y sobre las medidas de rescate y protección de la fauna silvestre y el cumplimiento de la autorización que le fue otorgada. Al respecto, me permito informar:

a) La manifestación de impacto ambiental modalidad particular del proyecto, se encuentra en la carpeta tomo I, en los siguientes archivos:

23QR2005T0007

23QR2005T0007 I

23QR2005T0007 II

23QR2005T0007 III

23QR2005T0007 IV

Los planos anexos de la manifestación de impacto ambiental, se encuentra en la carpeta planos , tomo I, imágenes (*.jpg) 1, 2, 3, 4.

b) La resolución S.G.P.A./DGIRA.DEI.1855.05 del proyecto, se encuentra escaneada en la carpeta tomo II, en los archivos (*.pdf):

23QR2005T0007 VI

23QR2005T0007 V

• Sin embargo, la resolución en materia de impacto ambiental no fue vinculada con lo establecido por el artículo 60 Ter de la Ley General de Vida Silvestre, ya que la reforma a la Ley General de Vida Silvestre adicionando el artículo 60 Ter fue publicado en el D.O.F el primero de febrero del año 2007, dos años posteriores a la fecha de ingreso de la manifestación de impacto ambiental al procedimiento de evaluación en materia de impacto ambiental, así como de emitida la resolución en materia de impacto ambiental correspondiente.

e) Las medidas de rescate y protección de la fauna silvestre, conforme a los términos y condicionantes a los cuales se sujetó el proyecto, quedaron asentadas en la condicionante número 2 del oficio resolutivo, la cual se lee en la carpeta tomo II, archivo 23QR2005T0007 VI, páginas 15/79 y 16/79.

Los documentos en su momento presentados en la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, para el cumplimiento de dicha condicionante, fueron atendidos a través de los siguientes oficios:

• S.G.P.A./DGIRA.DEI.0840.06 de fecha 3 de mayo de 2006, en la carpeta tomo II, archivo 23QR2005T0007 V, páginas 5/84 a 11/84.

• S.G.P.A./DGIRA.DEI.1144.06 de fecha 08 de junio de 2006, en la carpeta tomo II, archivo 23142005T0007 IV, páginas 49/103 a 54/103.

• S.G.P.A./DGIRA/DESPyS/0391/07 del 13 de abril de 2007, en la carpeta tomo II, archivo 23QR200ST0007, páginas 62/83 y 63/83

• S.G.P.A./DGIRA.DEI.1128.08 del 10 de abril de 2008, en la carpeta tomo II, archivo 23QR200ST0007 1, páginas 13/100 a 17/100.

• S.G.P.A./DGIRA/DESPyS/0821/08 del 21 de junio de 2008, en la carpeta tomo IV, archivo 23QR2005T0007 VI.

• S.G.P.A./D.G.I.R.A./D.G./1967 del 07 de marzo de 2012, en la carpeta tomo IV, archivo 23QR2005T0007, páginas 3/121 a 4/121

3. En lo que respecta a solicitar información a la Semarnat sobre cambio de uso de suelo:

• La autorización del cambio de uso de suelo, se asienta en el oficio SGPA/DGGFS/712/0196/06 del 07 de febrero de 2006, contenido en el tomo II, archivo 23QR2005T0007 V, páginas 13/84 a 24/84.

4. Adicionalmente se incluyen las opiniones recibidas durante el procedimiento de evaluación en materia de impacto ambiental:

• Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental del estado de Quintana Roo (INIRAQROO) Tomo II, archivo 23QR2005T0007 VII, páginas 25/64 y 26/.64.

• Dirección General de Política Ambiental e Integración Regional y Sectorial. Dirección de Ordenamiento Ecológico (DGPAIRS) tomo II, archivo 23QR2005T0007 VII, páginas 18/64 a 23/64

• Honorable ayuntamiento de Benito Juárez. Dirección de Ecología (ayuntamiento), tomo II, archivo 23QR2005T0007 VII, páginas 15/64 y 16/64

• El análisis de las resoluciones recibidas se encuentra en tomo II, archivo 23QR2005T0007 VI, páginas 1/79 a 5/79, y 83/84 a 84/84.

Del DIF de Guanajuato, con la cual remite contestación a punto de acuerdo, aprobado por la Cámara de Diputados, por el que se exhorta al DIF a realizar inspecciones continuas en los albergues y las instituciones dedicados al alojamiento de niños

Guanajuato, Guanajuato, a 14 de enero del 2016.

Diputado Edmundo Javier Bolaños Aguilar

Vicepresidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Por este conducto doy atención a su oficio D.G.P.L.63-II-2-252, por el que comunica a la señora María Eugenia Carreño de Márquez, Presidenta del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del estado de Guanajuato, el contenido del único acuerdo aprobado en la sesión de la Cámara de Diputados, celebrada el día 15 de diciembre de 2015.

En dicho acuerdo, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia de la entidades federativas para que, a través de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de cada entidad federativa y, cuando sea necesario, en coordinación con la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Desarrollo Social, realicen las inspecciones y visitas de supervisión periódicas que mandata la ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a los alberges e institucionales público y privadas dedicadas, al alojamiento y cuidado alternativo de niñas, niños y adolescentes y ejerciten las acciones legales que correspondan para la regulación de los servicios que prestan los establecimientos de asistencia social que así lo requieran.

En ese sentido me permito comunicarle que el pasado 11 de septiembre de 2015 fue publicada en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Guanajuato, número 146, segunda parte, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; en ese entendido, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Guanajuato, comprometido principalmente con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes de nuestro estado, y con el objetivo de cumplir en tiempo y forma con lo dispuesto por los artículo tercero y séptimo transitorios de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato ha trabajado en conjunto con diversas instancias del Poder Ejecutivo del Estado de Guanajuato para la creación de la Procuraduría Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, así como de la Secretaría Ejecutiva de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

Es importante hacer de su conocimiento que en nuestro estado se encuentra vigente la Ley de Organizaciones de Asistencia Social para el Estado de Guanajuato, publicada el 10 de junio de 2014 en el Periódico Oficial, número 92, segunda parte, cuyo objeto es regular el funcionamiento de las instituciones, casas hogar, refugios y albergues que tengan bajo su custodia a personas en estado de vulnerabilidad y sean sujetos de asistencia social, teniendo como finalidad, en el marco de respeto a los derechos humanos, el garantizar la seguridad y el desarrollo integral físico, emocional y jurídico de los menores, personas con discapacidad, adultas mayores, mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, omisas de cuidados, expósitos o en abandono y, en general, toda aquella persona que requiere de la asistencia social y se encuentren bajo el resguardo de centros de asistencia social, instituciones, casas hogar, refugios y albergues.

La aplicación y seguimiento de la citada ley, corresponde entre otras autoridades, también al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, el cual, tiene entre sus atribuciones promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de los residentes en las organizaciones de asistencia social; hacer del conocimiento de la autoridad competente las irregularidades que, en el ejercicio de sus atribuciones, detecte en el funcionamiento de las organizaciones de asistencia social; así como designar al personal que le esté adscrito a efectos de realizar visitas de verificación, en el ámbito de su competencia.

Adicionalmente, este organismo descentralizado a través de la Coordinación de Fortalecimiento a la Organización de la Sociedad Civil de la Dirección de Protección Jurídica Familiar, otorga apoyos económicos para los gastos de operación, así como capacitación para la mejora de la atención y operación de las organizaciones, entre otras, que otorguen servicios de albergue a menores de edad en situación vulnerable o de riesgo psicosocial como lo son las casas cunas o casa hogar; teniendo como responsabilidad revisar de las organizaciones beneficiarias los siguientes aspectos: infraestructura, recursos humanos, empleados y voluntarios de la asociación; recursos materiales, equipamiento y bienes con los que cuenta la asociación; gastos realizados con el apoyo económico; número de personas beneficiarias atendidas y expedientes integrados de los mismos y capacitación para la mejora de su atención y operación, revisión que se realiza a través de las visitas de seguimiento.

Del mismo modo realiza también las llamadas visitas multidisciplinarias, cuyo objetivo es supervisar a las organizaciones en la revisión del expediente legal, médico, educativo y psicológico de los beneficiarios y el seguimiento que se le da a cada uno; la revisión psicológica de por lo menos tres personas que estén siendo atendidas en la asociación; en caso de ser necesario se realizarán pruebas psicológicas a las personas atendidas en la asociación; y por último la revisión de los aspectos sociales dentro de la dinámica de atención en la institución revisada.

Informo lo anterior, además, con la competencia que me confieren los articulas 31, fracciones VI y XII de la Ley sobre el Sistema de Asistencia Social y 54, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado Libre y Soberano de Guanajuato.

Atentamente

José Alfonso Borja Pimentel (rúbrica)

Director General

(Se remite a la Comisión de Derechos de la Niñez, para su conocimiento.)

De la Secretaría de Educación Pública, con la cual remite información complementaria de las unidades responsables sobre el destino de los recursos federales que reciben las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior correspondiente al cuarto trimestre del ejercicio 2015

Ciudad de México, a 10 marzo de 2016.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de diputados

Presente

En alcance al oficio 710.2016.20.3-0798 de fecha 27 de enero del presente y en sujeción a lo establecido en el artículo 42 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, en el cual se indica que los recursos federales que reciban las universidades e instituciones públicas de educación medio superior y superior, incluyendo subsidios, estarán sujetos a la fiscalización que realice la Auditoría Superior de la Federación en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se rendirá cuenta sobre el ejercicio de los mismos en los términos de las disposiciones aplicables.

Al respecto, se remite disco compacto con información correspondiente al cuarto Trimestre del Tecnológico de Estudios Superiores de Jocotitlan, enviada por la subsecretaría de Educación Media superior, con diverso número 205X10000/0195/2016 recibido en esta dirección General el 9 de marzo del año en curso.

Lo anterior, con fundamento a lo dispuesto por los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 65 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 7 de su Reglamento; 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Luis Mariano Hermosillo Sosa (rúbrica)

Director general



Reincorporaciones

De la diputada Gina Andrea Cruz Blackledge

México, DF, a 10 de marzo de 2016.

Diputado José de Jesús Zambrano Grijalva

Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados

Presente

Estimado presidente:

Por medio de la presente y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 16, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito dirigirme a usted para informarle mi reincorporación al cargo de diputada federal de la LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, por la primera circunscripción, de Baja California, a partir del jueves 10 de marzo del presente año.

Por lo anterior, le solicito atentamente hacer del conocimiento del pleno del Congreso de la Unión mi reincorporación, así como instruir a quien corresponda para que se realicen los trámites parlamentarios y administrativos para los efectos conducentes.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Diputada Gina Andrea Cruz Blackledge (rúbrica)



Iniciativa de ley o decreto de senadores

Con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 18-A de la Ley Federal de Derechos y 19 de la Ley de Migración, presentada por la senadora Ana Gabriela Guevara Espinosa, del Grupo Parlamentario del PT

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2016.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presente

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Ana Gabriela Guevara, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, presentó Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos y el artículo 19 de la Ley de Migración.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a) y 67, párrafo 1, inciso b) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 174, 175 párrafo 1, 176, 177, párrafo 1 y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha Iniciativa, misma que se anexa, se turnara a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senadora Rosa Adriana Diaz Lizama (rúbrica)

Vicepresidenta


La suscrita, senadora Ana Gabriela Guevara Espinoza integrante de esta LXIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 8, fracción 11; 76, fracción IX, 276, y demás aplicables del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración de esta soberanía, la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 18-A de la Ley Federal de Derechos, así como el artículo 19 de la Ley Migración con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

1. Que con fecha 11 de febrero de 2014, en el foro que se llevó acabo en el Senado de la Republica, denominado “Migración con Rostro Humano: Fortalecimiento Institucional”. En éste, se dio voz a varios de los actores de la migración en México, participaron los senadores Ana Gabriela Guevara Espinoza, Adriana Dávila, Layda Sansores San Román, Mariana Gómez del Campo, Humberto Mayans y Marcela Guerra y representantes del Poder Ejecutivo, Mercedes del Carmen Guillén Vicente, subsecretaria de Asuntos Migratorios , Religiosos y Población de la Secretaría de Gobernación y el licenciado Ornar de la Torre, titular de la Unidad de Política Migratoria de la Secretaría de Gobernación. Así como un nutrido grupo de organizaciones civiles y expertos en materia de normativa migratoria.

En este foro se vertieron las necesidades que reclama la sociedad civil y los usuarios de los Servicios Migratorios en México, que a través del Instituto Nacional de Migración, INM, el Estado tiene la obligación de proveer. Se recalcó sobre la deficiencia de infraestructura en las instalaciones migratorias, la falta de capacitación de los servidores públicos, etc.

Estos actores coincidieron en que para tomar medidas cabales antes es necesario partir de una visión integral de lo que significa el Instituto Nacional de Migración. Por ejemplo, “un Instituto Nacional de Migración que no tenga recursos suficientes para hacer su trabajo, tampoco va a servir de mucho como institución no le sirve a los mexicanos y mucho menos a nuestros migrantes” recalcó la senadora Adriana Dávila.

Ernesto Rodríguez, ex titular de la Unidad de Política Migratoria y académico del Instituto Tecnológico Autónomo de México, mencionó en este foro que “la nueva dinámica rebasa con mucho las competencias y las actuaciones del instituto, sobre todo en temas que tienen que ver con la seguridad de los migrantes” y señaló que ...se tendría que destacar algunos cambios importantísimos que han ocurrido en los últimos 10 años y muchas veces toda la discusión sobre el Instituto Nacional de Migración es mucho más reactiva que proactiva y no toma en cuenta lo que está ocurriendo realmente en el país”.

Entre los temas en que debe ocuparse actualmente el INM, están las protección de todos los migrantes que transitan por México, sin importar si son turistas o indocumentados así como de adultos y menores mexicanos retornados, repatriados o devueltos. Es decir en este foro se reconoció que la dinámica de la migración en México ha cambiado y como consecuencia de ello es inminente que las estructuras del Estado se adecuen para atender el fenómeno migratorio.

Se hizo un llamado de atención para que se mejorará el sistema de documentación migratoria. Así también mencionó que el Instituto Nacional de Migración, en los últimos 10 años, ha respondido a una dinámica de los flujos migratorios en el momento que se creó, pero que para que lo siga haciendo es necesario invertir no solamente en lo normativo, sino también en las estructuras, en las instalaciones físicas , en el personal, en algunos aspectos de la capacitación, en los problemas del control de confianza , en la creación de grupos de protección al migrante, en la generación de estadística sistematizada, etcétera.

Se puntualizó en que la ampliación de capacidades en recursos humanos no solamente tiene que ver con el incremento del personal, con la profesionalización definitiva de los funcionarios del Instituto de Migración. Donde esté vinculado a los procesos de capacitación y ello tiene que ver con los recursos financieros.

Como lo mencionó Ornar de la Torre, titular de la Unidad de Política Migratoria, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 contempla la importancia de la migración en México y así la creación de un Programa Especial de Migración, que se plantea a partir de 5 objetivos principales, y de ahí derivan las estrategias hacia líneas de acción y por supuesto hacia una medición de indicadores básicos.

La subsecretaria Mercedes Guillén Vicente asumió que el fenómeno migratorio es el tema del siglo XXI y reiteró su disposición y la del Secretario de Gobernación de trabajar para mejorar la gestión migratoria a través de mejores instituciones. Así mismo aceptó que el nuevo reto de México no tiene nada que ver con el que existía hace 20 años. Que México tiene una gran labor al incorporar a las personas repatriadas no sólo en el ámbito social, sino educativo y laboral. Y reconoció “que en los siguientes años México tenga el gran reto respecto a los repatriados. Y tenemos que responder de alguna manera”.

Dijo que el reto institucional del Instituto de Migración es, como se ha dicho aquí también, un reto de imagen institucional. Es decir, de alguna manera tenemos que trabajar todos juntos para hacer un replanteamiento y hacerlo mucho más fuerte.

Mencionó que durante 2013, el Instituto rescató a 9 mil 900 menores. Y que muchos de estos rescates son por vía aérea por la seguridad que esta vía provee, y ello con las limitaciones presupuestales con que cuenta el instituto, puntualizó. En este mismo tenor mencionó que las estaciones migratorias también hacen lo necesario con el mismo presupuesto, pero aseguró que pese a ello los extranjeros, recibieron los servicios establecidos en la ley. La Subsecretaria mencionó que se atendieron 662 solicitudes de alerta en el marco del Programa Ángel Guardián, de la agencia estadounidense de Migración y del Programa de Alerta Ámber , “...con instrucciones precisas del señor secretario de Gobernación , licenciado Miguel Ángel Osorio Chong, se dispuso que en política migratoria delineáramos un cambio cualitativo de fondo y de gran calado para que el Estado mexicano pueda responder más eficazmente a los diversos rostros y desafíos de la migración”, concluyó.

Es decir, en este foro se vertieron diversas áreas en las que el Instituto Nacional de Migración, órgano encargado de ejecutar la política migratoria en nuestro país, debe transformarse entre ellos el fortalecimiento de valores, de principios vinculados a la convivencia democrática, la transparencia, la rendición de cuentas, la certeza jurídica, la profesionalización de sus servidores públicos, y sobre todo en el financiamiento. Se reconoció que México tiene una infraestructura institucional para atender el fenómeno migratorio, pero hay deficiencias y hay desafíos.

Bajo tales argumentos, los presentes se comprometieron a trabajar para fortalecer institucionalmente al Instituto Nacional de Migración, reconociendo la limitación de capacidades y recursos humanos, misma que ha acarreado una serie de deficiencias.

A consecuencia de lo anterior, en esa fecha los senadores Ana Gabriela Guevara Espinoza, Mariana Gómez del Campo Gurza, Layda Sansores San Román, Marcela Guerra Castillo, Adriana Dávila Fernández, Zoe Robledo Aburto y Humberto Domingo Mayans Canabal suscribieron un punto de acuerdo en el que se exhortó Al Instituto Nacional de Migración, a través de su titular, para que se realice mediante una institución educativa pública un diagnóstico que permita identificar las necesidades administrativas, financieras y profesionales así como, el uso y el destino de los recursos presupuestales que recibe dicho instituto.

Derivado de este punto de acuerdo el Instituto Nacional de Migración firmó un convenio con el Instituto Politécnico Nacional a fin de que se diera cabal cumplimiento al punto de acuerdo mencionado en el párrafo anterior.

2. Derivado del punto expuesto, el Instituto Politécnico Nacional, realizó un diagnóstico administrativo al Instituto Nacional de Migración partiendo desde la administración pública federal y el contexto que ocupa el INM en ésta y así determinar los objetivos del análisis. Saber de dónde se parte y hacia dónde se dirige.

Contextualizando que la globalización no es un fenómeno actual dentro de los aspectos económicos. La economía mundial estaba globalizada desde hace décadas dado que es un proceso que se ha desarrollado a lo largo de los siglos, es el resultado de las tecnologías y la innovación humana. Por lo que refiere a la creciente integración de las economías de todo el mundo, especialmente a través del comercio internacional y los flujos financieros. En casos particulares este término se refiere al desplazamiento de personas, mano de obra y la transferencia de conocimientos, la tecnología, por lo que todo está altamente integrado.

La globalización toca aspectos culturales, políticos y ambientales. Sin embargo, nunca antes el comercio y los servicios financieros han estado tan desarrollados e integrados, tal es el caso del desplazamiento de capitales en todo el mundo. Por lo que este proceso de integración de los mercados financieros, que ha sido posible gracias a las comunicaciones electrónicas actuales.

La sociedad y la economía mundial que resultan en un incremento importante del comercio internacional y el intercambio cultural. El término fue empleado en primera instancia en 1985, por Theodore Levitt en “The Globalization of Markets”1 para describir las transformaciones que venía sufriendo la economía internacional desde mediados de la década del 60. La globalización es el proceso que se da por la creciente comunicación e interdependencia entre los países del mundo, dado que une los mercados, las sociedades y culturas, a través de una serie de transformaciones sociales, económicas y políticas que les dan un carácter global. Así, los modos de producción y de movimientos de capital se configuran a escala planetaria, mientras los gobiernos van perdiendo atribuciones ante lo que se ha denominado la sociedad en red. En este marco se registra un gran incremento del comercio internacional y las inversiones, debido a la caída de las barreras arancelarias y la interdependencia de las naciones. En los ámbitos económicos y comerciales representados por empresas, el término se utiliza para referirse casi exclusivamente a los efectos mundiales del comercio internacional y los flujos de capital, y particularmente a los efectos de la liberalización y desregulación del comercio y las inversiones, lo que a su vez suele denominarse como libre comercio. En el siglo XX el crecimiento económico casi quintuplicó el producto interno bruto, PIB, mundial per cápita. Sin embargo, este crecimiento no fue regular, ya que la mayor expansión se concentró en la segunda mitad del siglo, período de rápida expansión del comercio exterior a la par de un proceso de liberalización comercial y, en general un poco más tarde, de la liberalización de los mercados bursátiles.

Durante el período entre las dos guerras mundiales, el mundo cambió a la internacionalización o la globalización como se la llama actualmente y los países cerraron su economía y adoptaron medidas proteccionistas y un control generalizado de los capitales. Este fue el principal factor determinante de los devastadores resultados de ese período: el crecimiento del ingreso per cápita se redujo a menos del 1 por ciento entre 1913 y 1950. Durante el resto del siglo, aunque la población creció a un ritmo extraordinario, el aumento del ingreso per cápita superó el 2 por ciento, principalmente durante la fase de expansión de que disfrutaron los países industriales después de la guerra. El siglo pasado tuvo un notable crecimiento del nivel medio de ingresos, pero los datos muestran que el crecimiento no estuvo repartido de manera igual. La brecha entre los países ricos y los países pobres, y entre los sectores ricos y pobres dentro de cada país, se amplió. Para la cuarta parte de la población mundial más rica el PIB per cápita casi se sextuplicó durante el ·siglo, en tanto que para la cuarta parte más pobre no llegó a triplicarse. Sin duda, la desigualdad de ingresos se ha agravado. Sin embargo, cabe señalar que el PIB per cápita no explica totalmente la situación.

Modernización administrativa

Modernización significa adaptación al entorno actual y a la realidad presente. Un entorno sometido a permanente cambio en el que surgen nuevos retos y expectativas. Por tanto, el concepto de modernización es aplicable a cualquier tipo de organización, pública o privada, si bien podemos definirlo en el contexto de las administraciones públicas y la administración local en particular, como la transición de un sistema burocrático a otro de gestión, capaz de definir objetivos, optar por la mejor forma de alcanzarlos y evaluar los resultados obtenidos.

Así, la modernización debe entenderse como transformación, desde una perspectiva organizativa y cultural.

Este cambio implica un cambio en la cultura administrativa que ha de afectar necesariamente a las formas de gestión, siendo sus valores fundamentales:

• Obtener resultados.

• Participación y motivación.

• Estimulo de la responsabilidad.

• Prioridad del servicio al ciudadano.

• Crear conciencia de costos.

• Favorecer el cambio, la innovación y la mejora continua.

• El ciudadano como cliente.

Mediante la modernización y la aplicación de la Nueva Gestión Pública se pretende conseguir:

I. Una Administración receptiva: que atiende las demandas y necesidades de los ciudadanos y organiza sus servicios de acuerdo con éstas, dentro de su ámbito de competencia.

II. Una Administración fácil para el ciudadano: próxima, menos complicada, más ágil en la respuesta, etc.

III. Una Administración eficaz, pero también eficiente: que planifica sus actividades y obtiene resultados, un costo razonable, como garantía de que el dinero de los ciudadanos está siendo bien empleado.

IV. Una Administrac ión que hace un buen uso de las nuevas tecnologías : no solo para mejorar los procesos de trabajo internos, sino también para relacionarse con los ciudadanos .

V. Una Administración profesional, formada por personal capacitado , con directivos competentes y un equipo político de gobierno comprometido .

Uno de los enfoques otorga importancia central al desarrollo de la teoría de sistemas, que produjo un efecto fundamental en el enfoque de la administración. Esta teoría, desarrollada por Bertalanfy y otros en el campo de la biología, invadió las ciencias sociales e impuso sus principios por varias décadas. Sólo en la última década ha habido una crítica a este enfoque en administración que se fundamenta en que los sistemas corresponden a “formas naturales”, mientras que los fenómenos sociales y humanos corresponde a “artificial form” , que no pueden estar regidos en todos sus aspectos por el sistema. La crítica se centró en el concepto de sistema cerrado, lo que se intentó superar desarrollando la teoría en el campo de los llamados “sistemas abiertos” en los cuales quedaría ubicada la empresa y la administración pública.

La administración pública de la actualidad

Actualmente se requiere un Estado procurador del desarrollo humano, fortalecedor de la democracia , capaz de producir eficiencia, competitividad , calidad, crecimiento, promovedor de la participación ciudadana en las actividades productivas y en las tareas gubernamentales , capaz de enfrentar con efectividad los desafíos que caracterizan a este nuevo siglo, y capaz de gobernar a la sociedad y de cumplir con decisión y objetividad el rol de coordinador de los esfuerzos privados y públicos. Con un Estado fuerte, dimensionado, eficiente y predecible es posible desarrollar un ámbito público competitivo.

El Estado moderno

La sociedad espera efectivamente un Estado responsable en determinadas funciones , como educación, salud, justicia social, medio ambiente; y una buena gestión de la cosa pública, mediante su propia estructura estatal: la administración pública.

La administración pública y su utilidad

La administración pública es un instrumento a través del cual se debería lograr la satisfacción de derechos, necesidades y la promoción del crecimiento del ser humano; y en consecuencia, debe estar orientada hacia el ciudadano. Desde una concepción funcional, el objetivo primario de la administración pública con relación a sus acciones, no es la realización de actividades, sino más bien la satisfacción de las necesidades. También se pueden resumir en: brindar servicios, resolver problemas, satisfacer necesidades, favorecer el progreso y el desarrollo. De acuerdo con esta perspectiva, el curso de la acción tomada reviste relevancia; es decir, las interrelaciones que se establecen entre los ciudadanos, la administración pública y el aparato burocrático.

La administración pública promotora de políticas públicas

La administración pública es la organización del Estado encargada de implementar las políticas públicas y de satisfacer las demandas de la ciudadanía. Si el diseño de la administración no es funcional a ambos objetivos, es porque la misma se ha burocratizado. Los diseños administrativos deben ser permeables, abiertos y flexibles a los cambios de políticas. Las tecnologías de la información y la comunicación pueden originar aumentos considerables de productividad para la administración pública. Para ello, deben cumplirse varias condiciones, como por ejemplo un cambio profundo en las relaciones entre el Estado, la administración pública y los ciudadanos, partiendo de una fuerte voluntad política, capaz de mantener la vista en el objetivo y consciente de que en ciertos momentos será necesario “caminar a ciegas”. Si los cambios son meramente superficiales o aparentes y no inciden en las relaciones sustanciales con los ciudadanos, entonces no sólo serían insuficientes sino también probablemente perniciosos. Debe formularse una política que establezca prioridades, abarcando un período lo suficientemente amplio, más allá de los tiempos políticos o los plazos electorales que pueden sobrevenir antes de que los cambios se consoliden.

Las políticas públicas y su función

Si bien las funciones del Estado se han reducido, debe continuar prestando una serie de servicios a la sociedad, tales como salud, educación, seguridad social, etc. Es importante lograr una acción conjunta con el fin de diseñar e implementar políticas en un entorno incierto donde diferentes grupos, tanto dentro como fuera de la organización, pueden tener objetivos diferentes. Existen diversos mecanismos para acomodar la propia institucionalidad del sector público a las políticas que se desarrollan, enfatizando la necesaria flexibilidad organizativa y la especialización de funciones. Pero es una tarea difícil en un sector público tan rígido como el que se tiene.

Se puede entender que política pública es un instrumento de trabajo mediante el cual se pretende alcanzar, desde el Estado, en forma sistemática y coherente, ciertos objetivos de interés para el bienestar de toda la sociedad civil. Cuando desde el Estado se plantean propuestas hacia la sociedad, existe la necesidad de diseñar y ejecutar programas y proyectos para cumplir los objetivos de interés social, y en ese nivel las políticas públicas desempeñan un rol fundamental. Una política es una declaración de carácter general que informa cursos de acción.

Así es que una vez ubicados los contextos de la administración pública, se delimitaron los objetivos para el diagnóstico aplicado al INM, siendo estos los siguientes:

• Realizar un análisis-diagnóstico y recomendaciones sobre la ejecución presupuestaria del INM, su ejercicio y gasto.

• Proponer encomiendas del uso más eficiente de los ingresos, por parte de Secretaría de Gobernación, mediante el INM, para lograr una eficiencia en las operaciones del propio instituto, abriendo con ello la calidad de los programas existentes al igual que sus actividades actuales.

Se identificaron las necesidades y sus funciones relacionadas con la modificación del ingreso del INM por parte de los autogenerables.

Se elaboró el análisis Foda de las áreas y programas del INM, para analizar y clasificarlos de acuerdo a su importancia operacional, incluyendo su zona fronteriza, su objetivo, fecha de implementación, actualización, en su caso y personal involucrado, así mismo como su impacto presupuestario.

Se revisaron los procedimientos administrativos, especialmente su objeto, aspectos técnicos y operativos, como son su programación presupuestal.

Se analizaron los programas prioritarios que son el “ser” del instituto y que se originaron por una disposición jurídica, normativa o derivados de disposiciones fiscales, para ello se determinó su vigencia.

Para la operación del INM se analizaron los procesos de control, procedimientos o administración de programación, presupuestario o registro contable donde se definió el área que los opera o administra, las áreas usuarias internas y externas y su interrelación horizontal y transversal con los demás procesos internos del INM, y con otros procesos externos.

Se analizaron los productos que generan dichos recursos autogenerables, o los servicios que proporcionan al interior del INM, a los diferentes sectores, y al público en general.

Se estudió la fecha y condiciones de creación, de los productos que generan dichos recursos autogenerables, o los servicios y del monto que recaudan año con año y de su impacto en las funciones del INM.

3. Partiendo del surgimiento a la vida jurídica del Instituto Nacional de Migración, no debemos perder de vista que surge como un órgano técnico desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Gobernación (Diario Oficial de la Federación, 19 de octubre de 1993).

Artículo 1o. Se crea el Instituto Nacional de Migración como órgano técnico desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Gobernación.

Primero. Reconocimiento

Finalmente, el 18 de mayo de 2005 mediante acuerdo es reconocido como instancia de seguridad nacional.

Lo anterior se fundamenta en lo dispuesto en el Plan Nacional de Desarrollo 2001- 2006, y considera “...la seguridad nacional tiene como metas principales velar por la protección y preservación del interés colectivo, evitando en lo posible o minimizando cualquier riesgo o amenaza a la integridad física de la población y de las instituciones...” y propone “concebir la seguridad nacional desde una visión amplia destinada a prever y hacer frente a situaciones que amenacen la paz, la vigencia del orden jurídico, el bienestar y la integridad física de la población y que pongan en riesgo la permanencia de las instituciones o vulneren la integridad del territorio”.

Donde el marco jurídico de aplicación refiere a la Ley de Seguridad Nacional, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2005, bajo la tutela del Consejo de Seguridad Nacional como una Instancia para la coordinación de acciones orientadas a preservar la Seguridad Nacional, que establece y articula la política a seguir en la materia.

Por lo que la ley citada contempla como amenazas de seguridad nacional, principalmente las siguientes:

- Los actos tendentes a consumar espionaje.

- Sabotaje o terrorismo.

- Interferencia extranjera en los asuntos nacionales que puedan implicar una afectación al Estado Mexicano.

- Los tendentes a consumar el tráfico ilegal de materiales nucleares, de armas químicas, biológicas y convencionales de destrucción masiva.

- Los tendentes a obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contra inteligencia.

Siendo dos los motivos principales por los que se le otorga al Instituto Nacional de Migración la calidad de Institución de Seguridad Nacional.

1o. En términos de la Ley de Seguridad Nacional, menciona que, por Instancias e instituciones y autoridades que en función de sus atribuciones participan directa o indirectamente en la Seguridad Nacional, donde se determinó que, de acuerdo con las facultades operativas del Instituto Nacional de Migración. Menciona en su Decreto de creación que es un órgano técnico desconcentrado de la Secretaría de Gobernación que tiene por objeto la planeación , ejecución , control, supervisión y evaluación de los servicios migratorios, así como el ejercicio de la coordinación con las diversas dependencias y entidades de la administración pública federal en materia migratoria, lo que lleva a depender en decisión de ejercicio presupuesta! para dar cumplimiento a autorización de la Secretaría de Gobernación , sin poder hacer uso directo de los recursos autogenerados en materia de inversión en sus diferentes recursos donde representen una amenaza a la Seguridad Nacional, entre ellos, los sistemas de resguardo y manejo de información así como la localización y seguimiento de las actividades del personal a cargo de dicha información.

2o. Se otorga, el 6 de abril de 2005 a través del Consejo de Seguridad Nacional, el reconocimiento como Instancia de Seguridad Nacional al Instituto Nacional de Migración por las atribuciones y funciones que realiza, al mismo tiempo indica que:

“Se instruye al Secretario Ejecutivo del Consejo, a emitir el acuerdo de reconocimiento correspondiente y proveer lo necesario a fin de incorporar las bases de datos y sistemas del Instituto Nacional de Migración que resulten pertinentes a la Red Nacional de Investigación, y que el Secretario Ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional tiene la obligación de promover en todo tiempo la efectiva coordinación y funcionamiento del Consejo”...(sic)

No debemos dejar de ver que la naturaleza jurídica del INM, limita su actuar presupuestal, al no poder disponer del ejercicio de sus recursos asignados , así como en el ejercicio de recursos autogenerados , lo cual representa una carencia en la inversión de tecnologías y desarrollo de personal, atención a los usuarios y la propia seguridad nacional, ya que al no disponer de capital de inversión suficiente en el fortalecimiento de sus actividades institucionales repercute en la violación o falta de aplicación en la Ley de Seguridad Nacional y Ley General de Población, entre otras secundarias de aplicación en la materia.

3o. De acuerdo con el decreto del miércoles 18 de mayo de 2005 publicados en el Diario Oficial de la Federación, (DOF), indica que el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, da razón de actuar, límites y funciones del INM, por lo que hace alusión a:

“Que las atribuciones del Instituto Nacional de Migración tienen relación directa con la Seguridad Nacional ... de acuerdo con la Ley General de Población y el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, dicho instituto tiene la facultad y responsabilidad de proteger y tutelar la seguridad nacional a través dela restricción de la emigración de nacionales cuando el interés nacional así lo exija ; organizar y coordinar los distintos servicios migratorios; vigilar la entrada y salida de los nacionales y extranjeros, y revisar la documentación de los mismos; negar a los extranjeros la entrada al país o el cambio de calidad o característica migratoria cuando lo exija el equilibrio demográfico nacional o se estime lesivo para los intereses económicos de los nacionales; suspender o prohibir la admisión de extranjeros cuando así lo determine el interés nacional; expulsar a los extranjeros en casos de que se atente en contra de la soberanía o la seguridad nacional; así como señalar el periodo durante el cual el extranjero no deberá reingresar al país; tramitar y resolver sobre la internación, legal estancia y salida del país de los extranjeros, así como la cancelación, cuando el caso lo amerite de las calidades migratorias otorgadas; instruir lo necesario para el cumplimiento de arraigos judiciales ordenados respecto a nacionales o extranjeros ; investigar si los extranjeros cumplen con las obligaciones migratorias establecidas, y en caso de violación a las disposiciones sobre la materia, presentarlos ante las autoridades competentes; así como operar y controlar los archivos de la documentación migratoria...

“Que para una adecuada realización de sus actividades y, con el fin de que éstas se encaminen dentro del contexto de la seguridad nacional, es necesario que exista una colaboración con el Centro de Investigación y Seguridad Nacional para que éste se constituya como la institución rectora de la Red Nacional de Investigación y por lo tanto funja como órgano de coordinación, definición y articulación de las acciones tendentes a la constitución y operación de la Red Nacional de Investigación”.

1o. Donde los requisitos que debe cumplir una instancia de seguridad nacional y establecer esa coordinación de trabajo, menciona el decreto:

Artículo Tercero. A fin de instrumentar la Red Nacional de Información de Seguridad Nacional, el Instituto Nacional de Migración compartirá sus bases de datos y sistemas de información pertinentes y otorgará la cooperación técnica necesaria para que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional tenga la posibilidad técnica de acceder directamente a dichos sistemas.

Como se puede observar la normatividad que hoy día aplica al INM, no ha sufrido modificación alguna, aun cuando el fenómeno migratorio ha variado desde la creación del mismo, razón por la cual es necesario una tranformación que permita abordar la migración de una manera transversal pero bien dotada del presupuesto suficiente y necesario, a continuación se expone como se integra y el destino éste.

Previo a la integración del presupuesto del INM, debemos revisar la Misión, Visión y Líneas de acción del propio instituto, que sin lugar a dudas son acordes a lo que sociedad civil busca sin embargo, no se aplican al cien por ciento debido a la deficiencia presupuesta! del desconcentrado.

Misión

Fortalecer la protección de los derechos y la seguridad de los migrantes nacionales y extranjeros , reconociéndolos como sujetos de derecho, a través de una gestión migratoria eficiente, con base en el marco legal y con pleno respeto a la dignidad humana.

Visión

Ser la entidad del gobierno federal que brinda servicios migratorios de manera eficiente, honesta y segura, y que, con base en el pleno respeto a los derechos humanos, favorece el desarrollo y seguridad nacional, y participa armónicamente en el concierto internacional.

Objetivos Estratégicos:

1. Facilitar los flujos migratorios legales

Líneas de acción:

1.1. Ampliar y modernizar la infraestructura para la facilitación de la entrada, estancia y salida de los flujos migratorios.

1.2. Simplificar los trámites migratorios para brindar un mejor servicio a los usuarios.

1.3. Promover acuerdos y tratados internacionales para establecer nuevos mecanismos que incrementen y faciliten las entradas regulares de extranjeros al país.

2. Fortalecer la gestión de regulación, control y verificación

Líneas de acción:

2.1. Incrementar la capacidad operativa del proceso de verificación migratoria.

2.2. Modernizar las delegaciones y subdelegaciones del INM para mejorar los servicios migratorios.

2.3. Modernizar las estaciones y estancias migratorias para el alojamiento y atención de extranjeros conforme a los requerimientos de ley, con la creación de infraestructura y dotación de equipamiento de última generación.

2.4. Coadyuvar en el combate a la trata y el tráfico de personas.

2.5. Mejorar los mecanismos de registro de extranjeros.

2.6. Impulsar acciones en coordinación con los tres niveles de gobierno para reducir los ingresos irregulares en la frontera sur.

2.7. Fortalecer la relación bilateral y multilateral con países centroamericanos para facilitar el ingreso legal de sus connacionales al país.

2.8. Crear puntos de control interno con la participación de los organismos de seguridad federal y estatal, aduanas y control fitosanitario.

2.9. Fomentar la cultura de legalidad migratoria con países centroamericanos que propicie un flujo migratorio documentado, ordenado y seguro hacia México.

3. Actualizar el marco jurídico

Líneas de acción:

3.1. Actualizar las disposiciones legislativas y reglamentarias en materia migratoria de acuerdo a las necesidades prácticas que en materia de servicios y trámites se presentan.

3.2. Actualizar la normatividad interna.

4. Modernizar la gestión institucional

Líneas de acción:

4.1. Hacer más eficiente la atención en el control y verificación de entradas de extranjeros para consolidar una cultura de calidad en la prestación de los servicios migratorios.

4.2. Consolidar el servicio profesional de carrera y crear la academia de capacitación para el desarrollo y profesionalización de los servidores públicos.

4.3. Desarrollar el trabajo sustantivo y administrativo del Instituto bajo una visión de procesos.

4.4. Aplicar mecanismos de control de confianza para combatir la corrupción y mejorar la selección y promoción de los servidores públicos del INM.

4.5. Fortalecer los procesos de evaluación para el ingreso, permanencia y promoción en el INM conforme a las disposiciones legales.

4.6 Implementar el uso de tecnologías de la información y comunicaciones para mejorar la eficiencia de las funciones del instituto.

5. Garantizar el respeto de los derechos de los migrantes

Líneas de acción:

5.1. Fortalecer y ampliar los grupos de protección a migrantes.

5.2. Fortalecer los grupos de protección al migrante en las fronteras norte y sur, y crear nuevos grupos.

5.3. Impulsar la capacitación, profesionalización y certificación de los integrantes de los grupos de protección al migrante.

5.4. Revisar y renegociar permanentemente los Arreglos Locales de Repatriación con el gobierno norteamericano.

5.5. Construir en puntos de repatriación la infraestructura para la atención y organización de traslados a comunidades de origen de los repatriados.

5.6. Fortalecer la coordinación intersectorial e interinstitucional, para el otorgamiento de apoyos a los connacionales repatriados.

5.7. Impulsar iniciativas que permitan la creación de fuentes de empleo e incorporación de mano de obra calificada de connacionales repatriados.

5.8. Fortalecer las relaciones con los tres niveles de gobierno, sector privado y sociedad civil para incrementar las acciones de protección a migrantes.

5.9. Otorgar a los Grupos Beta, Oficiales de Protección a la Infancia y Paisano el estatus de Programa, con presupuesto propio.

5.10. Incrementar la participación de los DIF en las fronteras norte y sur para la atención de menores de edad nacionales y extranjeros repatriados y asegurados.

5.11 Certificar albergues civiles que contribuyen al auxilio de migrantes y otorgamiento de apoyos presupuestales del gobierno federal.

4. EI diagnóstico determina que el INM, integra sus recursos en dos vías, lo asignado a través del Presupuesto de Egresos de la Federación y a través de los autogenerados por los servicios migratorios.

Acorde a la naturaleza jurídica del INM, el diagrama de integración de sus autogenerados es el siguiente:

Resulta de vital importancia reflejar el análisis realizado entre el presupuesto 2014 con el inmediato anterior 2013, resultando lo siguiente:

El Presupuesto de Egresos 2014 contempla solamente un aumento de 10 por ciento con respecto a 2013 en el Instituto Nacional de Migración (INM).

La dependencia, en la actualidad carece de un incremento en sus activos monetarios, como se lo observó el análisis de estatus financiero, realizado por el Instituto Politécnico Nacional, denota la falta de dichos recursos para una eficiente operación en cada uno de sus programas, los cuales, en orden prioritario acorde a las necesidades cambiantes de la población migratoria en el territorio nacional, se encuentran los siguientes:

• Oficiales de Protección Infantil.

• Repatriación

• Grupos Beta.

• Paisano.

Por lo que respecta a los autogenerados, éstos encuentran su fundamento legal en lo dispuesto en la Ley Federal de Derechos:

Artículo 8. Ley Federal de Derechos

“Por la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia se pagará derechos conforme a las siguientes cuotas...”

1. Visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas $ 305.56...

Artículo 18- A.

Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción I del artículo 8. De la presente ley, (Ley Federal de Derechos), por lo que se refiere a los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en un 20 por ciento al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y en un 80 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México, para la promoción turística del país, el cual transferirá el 10 por ciento de la recaudación total del derecho al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, para los estudios, provectos y la inversión en infraestructura que se determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos. (Sic).

Ahora bien, la sumatoria de estos dos rubros integran el presupuesto del INM, traducido en números, se aprecia que la asignación presupuestal para 2014 fue de 2 millones 102.08 pesos, ahora bien, particularmente por concepto de “visitantes sin permiso”, se ha recaudado un total de 2 mil 386 millones 50 mil 859 pesos bajo el mecanismo de retorno implementado por la Tesofe, al INM se le asignó 20 por ciento los cuales deben ser utilizados en la mejora de instalaciones, más no en programas prioritarios.

5. Gastos de operación

Las siguientes observaciones, son parte del estudio realizado por el IPN y fueron realizadas y revisadas en su conjunto con los agentes económicos en materia de bienes y servicios otorgados

Derivado del estudio que realizó el IPN se pudo observar que el INM destina la mayor parte del presupuesto asignado a pagar Servicios Profesionales e Impuestos sobre nómina. Y solamente 14.47 por ciento de éste su presupuesto se usa para los gastos operativos de delegaciones, subdelegaciones locales y los diferentes programas.

El siguiente cuadro representa un resumen del presupuesto, en el que se identifican los antes mencionados rubros: Gastos de Operación y Presupuesto de Servicios Personales e Impuestos sobre Nómina.

Las delegaciones y subdelegaciones federales, delegaciones y subdelegaciones locales en las entidades federativas del INM, antes referidas, atienden programas en materia de migración de acuerdo a las circunscripciones territoriales. Esos programas son:

• Grupo de Oficiales de Protección al Infante. Que atiende de forma perzonalizada, desde 2007 a niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados nacionales y extranjeros. Cabe mencionar que hacen una importante labor con los niños repatriados Estados Unidos de América.

Sus principales funciones son:

1. Salvaguardar la integridad física y mental de los menores.

2. Brindarles de manera inmediata los servicios básicos de salud, alimento, vestido y descanso.

3. Facilitarles el contacto con sus familiares a través de llamadas telefónicas gratuitas.

4. Mantener informado al menor sobre su situación migratoria, utilizando lenguaje amable y acorde con su edad.

5. Acompañarlos durante su proceso de repatriación.

Los OPI, como son llamados, cuentan con apenas 543 elementos dispersos en las 32 delegaciones federales, y cumplen con el perfil diseñado por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia. Es importante destacar que de acuerdo con el INM, cada año alrededor de 40 mil niños y niñas son repatriados desde Estados Unidos de América y por lo menos 18,000 viajan solos. El estado mexicano, a través del INM, traslada a los niños de origen centroamericano a su país de origen, en 2007 fueron 5,771 niños centroamericanos.

El estudio arrojó que con el esquema actual, México difícilmente podrá enfrentar la actual crisis que viven los niños y adolescentes no acompañados debido a que la atención directa, especifica y personalizada que brindan los OPI, apenas puede cubrir con 16.9 elementos, por Delegación divididos en 3 turnos, es decir a 5.6 por turno . Apenas se podría atender a 15 niños por día, cifra que de ninguna forma se acerca a la disipación de la crisis humanitaria.

La actuación de los OPI, están fundados en el artículo 112 de la Ley de Migración, y tienen la obligación de “Cuando un niño, niña o adolecente migrante no acompañado sea puesto a disposición del INM quedará bajo la responsabilidad de los OPI, para garantizar el respeto, de sus derechos humanos”, por esta razón el INM, pretende replicar el modelo OPI a lo largo de América Latina, y ya se cuenta con avances en el Salvador , Guatemala, Nicaragua, Honduras y República Dominicana, donde bajo el modelo ACNUR , y en coordinación con el DIF y la SRE. Ya que México como país de tránsito, ha convertido a la infancia migrante en victimas de otros abusos en sus trayectos, entre ellos, violación sexual, robos, secuestros , entre otros.

Este programa, concluye el estudio realizado por el IPN, será prioritario para dar atención a los menores migrantes, lo que se transmite en una necesidad de inversión y re direccionamiento de presupuesto en su favor.

La siguiente tabla representa a los niños, niñas y adolescente mexicanos que fueron beneficiados con este programa durante 2006, y la siguiente los niños, niñas y adolescentes centroamericanos que fueron llevados a su país de origen durante 2007:

Programa Repatriación. Este es otro de los programas que opera el INM, y su objetivo general es procurar mejores condiciones de vida a mexicanos, repatriados o deportados, por los Estados Unidos de América, en coordinación de los tres órdenes de gobierno, organizaciones de la sociedad civil, organismos internacionales e iniciativa privada.

Dentro de las actividades que se ocupa, se encuentra la elaboración de una guía denominada PRIM, donde aporta una serie de apoyos a recibir por los repatriados, agua alimentos. comunicaciones consulares, asistencia médica y psicológica, canalización a albergues, traslados a albergues, vacunación , oficinas de gobierno, comedores y estaciones de transporte, las cuales son desarrolladas por 9 estaciones de repatriación a lo largo de la frontera norte de nuestro país en colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones, OIM.

El siguiente esquema da cuenta de los módulos de repatriación humana de los que se comentó con antelación:

Bienvenido a casa Paisano. Este es un programa permanente que tiene como finalidad establecer políticas, estrategias y acciones preventivas que garantiza el ingreso, tránsito y salida de connacionales bajo la plena garantía de los derechos humanos y seguridad tanto de los bienes como de las personas.

Con una figura de Comisión Intersecretarial de 21 dependenc ias de Gobierno en periodos vacacionales de mayor importancia y afluencia en México y con la colaboración de tres mil participantes voluntarios de niveles estatales y municipales en mayor cantidad que federales.

Los servidores públicos que pertenecen a este programa deben contar con vocación de servicio ya que tienen trato directo con los connacionales. Este programa hace uso y distribución de herramientas administrativas, publicitarias y de información en las cuales se plasma principalmente información necesaria para el ingreso a territorio Nacional, tanto de mercancías que pueden ingresar, impuestos por pagar e importaciones de vehículos.

Esta información es crucial para proteger a mexicanos, pues facilita los procesos administrativos que se deben llevar a cabo, como son las obligaciones a su paso por el país. Así mismo emite una guía para la emisión de quejas o abusos de autoridades nacionales. Actualmente esta información se encuentra también en una APP para dispositivos móviles que da a conocer entre otros puntos, una ruta segura de viaje.

El IPN detectó que en los puntos operativos para este programa en el territorio nacional, se detectó, un alza en la distribución de información con relación a años pasados. En este sentido, las encuestas realizadas por el IPN al usuario, detectaron que tienen más presente este programa que otros que realiza la institución incluso a nivel internacional. Sin embargo, existe la percepción de que “el único inconveniente que le ven es el de no tener facultados a efectivos del INM para asuntos de seguridad, además del uso constante de voluntarios”.

• Grupos Beta. Este programa tuvo como primer fin el combate a la delincuencia y abatimiento de los crímenes de los cuales eran víctimas los migrantes en Baja California en 1994. Hoy está presente en 9 Estados de la República, con representación e integración de los tres niveles de Gobierno, en un esfuerzo por garantizar la seguridad de las personas y la seguridad nacional. Su objetivo es proteger y salvaguardar los derechos de los migrantes sin importar su nacionalidad o situación migratoria durante el tránsito por nuestro país y durante su repatriación, en cumplimiento con el artículo 71 de la Ley de Migración y el 188 del Reglamento de la Ley de Migración.

Dentro del diagnóstico, se apreció la distribución, acción y reacción de los Grupos Beta, y se notó la falta de una base de datos y una deficiente coordinación intersecretarial, como se estipula en el programa paisano. Así pues, se observó la necesidad de fortalecer la capacidad autónoma de dispersión de recursos, inversión en tecnología a fin de que el INM tenga un sistema diseñado para el registro, captación y control del flujo migratorio en las zonas donde atienden a estos grupos.

Mapa de localización de los Grupos Beta

Los cambios en el tema de la migración de personas, en la actualidad, representa la firmeza de atención de los gobiernos a nivel internacional, en el caso de México, ya se nombran cifras por diversos organismos en las cuales se maneja un aumento significativo en la población de infantes y mujeres, lo que conlleva a una mayor demanda de servicios otorgados por el propio INM en cada una de sus estaciones migratorias, casas de atención a menores y personas con capacidades diferentes, que también aunque pocos casos, migran con el auxilio de sus familiares en la búsqueda de mejores horizontes.

Se puede considerar que la demanda de un bien o servicio en particular, será determinada por la conducta de quienes lo requieren, de tal modo que el beneficio se ve afectado por las restricciones existentes o regulaciones que en el caso del INM, tienden a ser los jurídico-institucionales, tomando en consideración el ingreso con el que cuentan y la cantidad que se destina en la operación y manejo de los migrantes, en la praxis, a mayor tránsito de personas por el territorio nacional, mayor será la necesidad del Instituto para cubrir las necesidades, de atención, retención, manejo y repatriación segura de migrantes, que en caso especial, los infantes obtienen un trato internacionalmente regulado bajo un estándar.

Dentro de este análisis estructural, jurídico, operativo y funcional, el INM, requiere de una asignación óptima de los recursos considerando el aumento del flujo migratorio al igual que las reacciones a las que se enfrenta como Institución de Seguridad Nacional, en el marco de sus atribuciones.

En la actualidad, el INM, requiere de personal altamente calificado, para poder ayudar a solucionar el problema creciente de la migración infantil, otra detección de necesidades es la de un centro de selección, reclutamiento, capacitación y adiestramiento especializado en formar Oficiales de Seguridad Migratoria de primer nivel, en función del acompañamiento de un sistema de servicios regulatorios para el ingreso y egreso de visitantes, legales e ilegales a territorio nacional.

Ante las deficiencias, se observa que la necesidad pública de atención efectiva tiene repercusiones sociales, sin importar el volumen de trabajo o acciones intermedias que se realizan para lograr un esfuerzo palpable en la materia, que conlleva a la responsabilidad de ejecutar los trabajos y lograr resultados a cargo de la entidad ejecutora , en donde se permitirá dar una definición de acción y actuación certera bajo la utilización de recursos propios, direccionados , en este caso a los Oficiales de Protección de la Infancia.

En el esquema de promedio simple se optó por realizar la ponderación de junio, con la finalidad de observar el flujo de comportamientos en el mes inmediato siguiente, y realizar un análisis financiero de comportamiento de presupuestos contra captación de auto generado.

Realizando la totalización de los montos se obtuvo que:

a) En los primeros 5 meses del año se capta el 88% del recurso que otorga la federación al INM.

b) El recurso otorgado por el PEF al INM, solo atiende las necesidades básicas de sueldos, insumos de limpieza, alimentación y viáticos del personal por un lapos de 3 a 4 meses aproximadamente, por lo que se deja sin atención a los programas prioritarios.

c) La atención a niños migrantes, puede ser aún más efectiva bajo el cambio de asignación de recursos directamente a los Oficiales de Protección de la Infancia.

6. Para tener una visión más clara de lo expuesto el Instituto Politécnico Nacional expone lo siguiente:

II. Ingresos obtenidos por concepto de derechos de enero a mayo de 2014

Los ingresos, al igual que el presupuesto derivan de actividades , ya sea por la captación hacendaria o bien por el pago de derechos para recibir bienes, productos o servicios por parte del Estado direccionados hacia los ciudadanos de un país, en la instrumentación del análisis financiero, del cual se desprende el razonamiento financiero , se debe dejar en claro, que el Instituto Nacional de Migración ofrece bajo su catálogo de trámites y servicios ciertas formas migratorias correspondientes a regularizar la estancia de los visitantes en territorio nacional.

Por las cuales, se paga una cantidad la cual está determinada bajo la Ley Federal de Derechos, que en este caso, se consideran recursos autogenerables del propio INM, sin embargo, estos recursos son captados por la Tesorería de la Federación, y repartidos en un 80 por ciento al Consejo de Promoción Turística y en 20 por ciento para el propio INM.

Después de haber analizado a detalle la operación .del INM se sobre entiende que la falta de este 80 por ciento bien podría ser destinados al Programa Oficiales de Protección de la Infancia, OPI, en donde a nivel internacional, es de suma importancia atender a la población migratoria en estado de indefensión por propia naturaleza de la edad y condiciones sociales.

La segmentación y asignación de este recurso financiero, merma la operatividad y efectividad en la atención a migrantes, lo que prolonga su estadía en territorio nacional y en ocasiones llegan a convertirse en problemas de salud en las estaciones migratorias por las condiciones en que realizan su travesía a lo largo y ancho del territorio mexicano.

Ahora bien, el ejercicio presupuestal, de conformidad con la Ley Federal de Derechos, el Consejo de Promoción Turística, debe hacer uso de ese 80 por ciento para la promoción de destinos turísticos, mientras que el INM debe atender acciones propias relacionadas con la migración de personas con tan sólo el 20 por ciento, de manera tal que es insuficiente de acuerdo con los programas, estructura y actividades estudiadas en el principio del diagnóstico.

“El planteamiento nacional coordinado, en que la iniciativa la toma principalmente el gobierno, es una técnica relativamente moderna. Como depende mucho de la doctrina social y política de un país, puede estar muy centralizado o descentralizado. Esta centralizado cuando los planes detallados se preparan en el centro del país y la ejecución de los planes está estrechamente vigilada por las autoridades centrales”.

El análisis de relación presupuestaria con que cuenta el INM, se aprecia en la gráfica siguiente, donde la lectura de los datos indican que tan sólo en el 2014, en el periodo comprendido de enero-mayo, por concepto general de autogenerados, han ingresado, 3 mil 186 millones 365 mil 916 pesos, bajo el monto total que dictan los rubros de la Ley de Derechos en diversos artículos.

7. Sin embargo, es de hacerse notar que

a) Se rebasa el monto del presupuesto otorgado por la federación al instituto dentro de los primeros 5 meses, que es de 2 mil 102 millones 142 mil 765. Para ejercicio presupuestal anual.

b) La correspondencia entre lo asignado y lo captado, se muestra abismal, por lo que se estima que el INM, se queda sin presupuesto dentro de los primeros 3 meses del año.

c) Se observa un punto de flotación en sus operaciones hasta el cierre del año fiscal, con el buen manejo de recursos autogenerados.

Total del presupuesto de PEF 2014: 2 mil 102 millones 142 mil 765 pesos

Total de Ingresos Autogenerados: 2 mil 744 millones 266 mil 348 pesos

Los montos ejercidos han sido calculados bajo el promedio estándar de acuerdo a la temporalidad marcada, lo que arroja un consumo total del presupuesto antes de los 4 primeros meses aproximadamente , con lo que queda un remanente destinado a operaciones bajo el uso y aplicación de los recursos auto generados. Para la estimación del cálculo se tomaron como base los 5 primeros meses del año I los montos reportados tanto en el PEF 2014 como en la sumatoria sólo de los montos correspondientes al Artículo 8 fracción 1 de la Ley Federal de Derechos.

Correspondencia y acotación gráfica de los montos totales, de acuerdo con el ejercicio de 2014 en el periodo comprendido enero-mayo.

a) Se observa la variación en las cantidades de concentración en alto grado de importancia para el INM, bajo el esquema del artículo 8, fracción I, de la Ley Federal de Derechos.

8. Ahora bien, un punto que también se detectó en el diagnóstico de fortalecimiento al Instituto Nacional de Migración, es la naturaleza jurídica de que goza , por lo que se recomienda que se transforme de un órgano desconcentrado a un organismo descentralizado, con la factibilidad de hacer uso, destino y aplicación de sus recursos autogenerados en la atención de sus programas principales en orden de prioridades de acuerdo a las circunstancias específicas del momento que se vive, atendiendo así a los grupos vulnerables de migrantes en el territorio nacional. Y considerando que tiene el sustento jurídico como institución de seguridad nacional, resulta de vital importancia dotar de recursos suficientes y necesarios al INM, pero de igual manera dotarlo de las atribuciones necesarias para que puedan ejercerlo de manera más eficiente, eficaz, transparente y oportuna.

Derivado de esto último, el IPN, recomienda la creación de un cuerpo especializado y un área de capacitación en donde el personal del actual INM, recurra y sea inducido y capacitado mediante un proceso detallado para el desempeño de sus funciones como agentes migratorios, conformando un Centro de Capacitación y Adiestramiento Migratorio, en lo relativo a los agentes migratorios, grupo Beta y OPI.

Se detectan necesidades claras de inversión en el INM, algunas de ellas se enlistan a continuación.

• Sistema eficiente de comunicación o control de personal.

• Unidades físicas y móviles o trasiego de información.

• Registro de extranjeros.

• Reforzar puntos de acceso y reportes en momento real o desarrollo y aplicación de TIC (nuevas tecnologías).

El IPN, recomienda la modificación de la naturaleza jurídica del INM, en razón de que 100 por ciento de lo que recaude será destinado a la operación de los programas que se definan, en beneficio de los migrantes y a los servidores públicos al mejorar las condiciones bajo las cuales realizan su trabajo , incrementando sustancialmente la calidad de servicios.

Principio de descentralización

Para el derecho administrativo es una forma jurídica en que se organiza la administración pública mediante la creación de entes públicos por el legislador, dotados de personalidad jurídica y patrimonios propios, y responsables de una actividad específica de interés público.

La descentralización como forma de organización administrativa, y en relación con el procedimiento administrativo , surge de la necesidad de imprimirle dinamismo a ciertas acciones gubernamentales mediante el ahorro de los pasos que implica el ejercicio del poder jerárquico de los entes centralizados2 .

Órganos descentralizados

A través de esta forma de organización y acción administrativa, se atienden fundamentalmente servicios públicos.

Consiste de confiar la realización de algunas actividades administrativas a órganos que guardan con la administración central una relación que no es la jerarquía.

Órganos desconcentrados

Son partes de la centralización administrativa cuyas atribuciones los ejercen en forma local, fuera del centro geográfico en que tiene su sede las instancias académicas centrales. Luego puede desconcentrarse las distintas administraciones.

Es aquel principio jurídico de organización administrativa en virtud del cual se confiere con carácter exclusivo una determinada competencia a uno de los órganos encuadrados dentro de la jerarquía administrativa.

Diferencias entre descentralización y desconcentración

Descentralización

• Están sujetos al poder jerárquico.

• No están sujetos a la administración central.

• Los empleados gozan de autonomía orgánica.

Desconcentración

• Están fuera de la relación jerárquica del poder central.

• Son parte de la centralización.

• No se goza de autonomía ya que el superior mantiene un poder sobre las decisiones del órgano subordinado.

Características

Órganos desconcentrados

• Está dentro del cuadro de la centralización

• Las atribuciones las ejerce en forma local, fuera del centro geográfico en que tiene su sede las instancias académicas centrales.

• Se puede desconcentrar en distintas administraciones.

• Prestan servicios o desarrollan acciones en distintas regiones del territorio del país.

• Su objetivo es doble, acerca la prestación de servicios al lugar o domicilio del usuario, con economía para este, y descongestionan la instancia central.

• Se confiere con carácter exclusivo una determinada competencia a uno de los órganos encuadrados dentro de las jerarquías.

Órganos descentralizados

• Se confía la realización de algunas actividades administrativas a órganos que guardan relación con la administración central.

• No están sujetos a los poderes jerárquicos.

• Los empleados y funcionarios que lo integran gozan de autonomía orgánica.

• Se organiza la administración pública mediante la creación de entes públicos

• Los entes públicos son dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio.

• Atiende fundamental mente servicios públicos.

• Se conserva el poder central

Importancia

Órganos desconcentrados

La importancia que tiene este órgano es que la administración centralizada con organismos o dependencias propias, prestan servicios en distintas regiones del país; y su finalidad es acercar la prestación del servicio al lugar o domicilio del usuario y descongestionar la instancia central.

Órganos descentralizados

La importancia que tiene este órgano es que debido a la descentralización de actividades se puede agilizar o realizar más rápidamente, evitándole los problemas menores al órgano superior; ya que el órgano encargado goza de autonomía o poder para tomar las decisiones correctas en cualquier situación que se presente.

Beneficios para el INM

1. Transferencia de competencias desde la administración central a nuevos entes morales o jurídicos

2. El Estado dota de entidad jurídica al órgano descentralizado.

3. Se le asigna un patrimonio propio y una gestión independiente de la administración central.

4. El Estado sólo ejerce tutela sobre éstos.

5. Se basa en un principio de autoabastecimiento.

Tipo de descentralización

Descentralización funcional, que consiste en el reconocimiento al órgano correspondiente de competencias o delimitadas sólo a un sector de actividad; es decir, el Estado asigna una función técnica o de servicio a una entidad gestora que dispone de personalidad jurídica y patrimonio propio.

Fuente: derechoadministrativopedro.blogspot.com

Necesidad del manejo de la migración de una forma descentralizada

El objetivo prioritario de presentar una iniciativa de reforma, que fortalezca y acelere, a través de políticas públicas integrales, la respectiva inclusión de los diversos grupos de desarrollo, evitando toda índole de discriminación.

De esta forma, se mantendrá la atribución y el deber de atender de forma específica y concisa las necesidades de los migrantes y de nuestro país.

Lo anterior, ante la imperiosa necesidad de categorizar adecuadamente las atribuciones de los diversos organismos descentralizados que se encargan de la atención a los sectores sociales; por lo que se redefinirán los procesos de atención de mecanismos de decisión correspondientes al Instituto Nacional de Migración, para que de esta forma el gobierno federal pueda llevar a cabo una gestión sustentada en la coordinación y en la orientación de resultados.

El espíritu de esta reforma es incluyente, puesto que se evitará la dispersión de políticas públicas de atención a grupos específicos para impulsar, con sentido integral e impacto directo, los temas sociales que requieren esfuerzo coordinado, combatiendo eficazmente la pobreza y fortaleciendo la cohesión institucional para que exista justicia social.

9. De las necesidades detectadas y propuestas sobresalen las siguientes:

A. Establecer una academia de formación migratoria en la que se impartan tanto los cursos de formación inicial como los cursos de capacitación permanente, a fin de que los futuros y actuales servidores públicos del INM, en todos los niveles, tengan los conocimientos requeridos desde su ingreso al instituto.

B. Diseñar e implementar un sistema de supervisión que permita un efectivo control del personal en servicio, independientemente de la labor realizada y el lugar de operación, para que los mandos medios y super iores estén enterados, en todo momento, de las acciones de sus subordinados y, si fuera necesario, puedan tomar las medidas necesarias.

C. Fortalecer el sistema de promoción laboral, para que este deje de ser casi exclusivamente de movilidad y sea, principalmente, de ascenso en función de cualidades y capacitación.

D. Crear un protocolo que regule el uso de la fuerza por parte de los agentes migratorios e impartir la capacitación correspondiente para que el personal del Instituto Nacional de Migración esté debidamente instruido en la prevención de conflictos.

E. Diseñar e implementar un sistema de rendición de cuentas más holístico que permita una colaboración efectiva entre los mecanismos internos y externos.

F. El cambio de naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Migración, manteniéndolo como un organismo descentralizado sectorizado a la Secretaría de Gobernación, lo que permitiría:

1) La profesionalización de mandos medios y superiores.

2) La transparencia y la responsabilidad de los administradores públicos ante la sociedad.

3) La descentralización de la ejecución de servicios públicos.

4) En el caso de las actividades exclusivas del Estado que permanezcan a cargo del gobierno central, la administración debe basarse en la desconcentración organizacional, pero siempre teniendo en cuenta que debe existir una separación funcional entre las estructuras responsables de la formulación de políticas y las unidades descentralizadas y autónomas ejecutoras de los servicios.

5) El control de los resultados, contrariamente al control paso a paso de las normas y procedimientos, como se hace en el modelo burocrático weberiano. Vale decir, que ello redunda en una modificación de las premisas que guiaron a la administración burocrática. En efecto, con el control a posteriori de los resultados: en primer lugar, la premisa orientadora es la confianza limitada y no la desconfianza total en relación con los funcionarios públicos; en segundo lugar, obliga a la organización a definir claramente sus objetivos, analizados en sus aspectos sustanciales y no como procesos administrativos, y en tercer lugar, esto se convierte en un instrumento técnico capaz de hacer que las organizaciones aprendan de sus errores y a partir de ello elaboren sus estrategias futuras.

Ahora bien, el control de resultados requiere la presencia de algunos mecanismos esenciales. El primero de estos mecanismos es el establecimiento de un modelo contractual entre el organismo central y las agencias descentralizadas. Es el denominado contrato de gestión, que tiene como base metas cuantitativas definidas a priori y posteriormente evaluadas. El contrato de gestión también debe definir qué hacer después de la evaluación, en términos de sanciones, premios u otras formas de corregir los errores.

6) La complementación de la mayor autonomía gerencial de las agencias y de sus gestores con nuevas formas de control: a. El control de resultados, realizado a partir de indicadores de desempeño estipulados de forma precisa en los contratos de gestión. b. El control contable de costos, que abarcará no sólo el control de los gastos realizados, sino también el descubrimiento de formas más económicas y eficientes de hacer cumplir las políticas públicas. c. El control por competencia administrada o por cuasimercados, en los cuales las diversas agencias buscan ofrecer el mejor servicio a los usuarios. d. Por último, el control social por medio del cual los ciudadanos evaluarán los servicios públicos o participarán en la gestión de los mismos.

7) El reconocimiento de la existencia de un espacio público no estatal, que comprende la capacidad de la sociedad para actuar en asociación con el Estado en el suministro de servicios públicos, ya sea en el control, en la producción, siempre y cuando aquél continúe actuando en la formulación general, la regulación y el financiamiento de las políticas sociales y de desarrollo científico y tecnológico.

8) La orientación de suministros hacia el usuario, lo que se pone de relieve en la necesaria participación de éstos, tanto en la evaluación como en la gestión de las políticas públicas.

9) El aumento de la responsabilidad del servidor público en tres aspectos: a. Ante la sociedad, tornando la administración pública más transparente y orientada a la rendición de cuentas; b. Ante los políticos electos en términos de la democracia representativa, sean del gobierno o sean de la oposición y c. Ante los representantes formales o informales de la sociedad, que estén actuando en el ámbito de la esfera pública no estatal.

Recomendaciones de cambio en la figura jurídica, razones y beneficios

En México las dependencias de Gobierno, a nivel Federal o Gobierno Local, incluyendo el Distrito Federal, son consideradas dentro del sector servicios en el ramo público de la Administración , donde, se encuentran , compuestas por oficinas denominadas unidades departamentales bajo los esquemas de organigramas lineo funcionales en su mayoría, en los cuales se destaca el área responsable , tramo de control y actividad de cada departamento de forma específica y en general de cada entidad, independientemente del ejecutor o responsable de la acción.

En el caso concreto del Instituto Nacional de Migración se observó, en el análisis diagnóstico realizado por el Instituto Politécnico Nacional, que su organigrama representa una alta concentración de áreas, que oscila en los 350 departamentos. De ahí que se requiere avanzar con cambios estructurales contundentes acordes a la situación del país y sus funciones operativas, administrativas y de control de migrantes; ésta debe ser lo suficientemente completa para el logro de sus metas y que le permitan ser congruentes con su misión, visión y objetivos; particularmente en relación con la atención a los usuarios del servicio otorgado en los límites territoriales nacionales así como la garantía de seguridad nacional en sistemas con herramientas contundentes que garanticen información oportuna de llegada y abandono de nuestro país. Tales condiciones serían posibles de contar con una autonomía relativa que le evite estar sometiendo sus decisiones al comité que preside la Secretaría de Gobernación, de igual manera permitiría realizar cambios para que su operación sea eficaz y eficiente.

Del análisis sobre el marco teórico de los entes públicos desconcentrados y descentralizado, complementado con la investigación de campo, se obtuvieron datos que han permitido conocer tanto fortalezas, debilidades, oportunidades y amenazas en cada uno de los sistemas que lo integran , tales como, el financiero, presupuestario , contable, administrativo, operativo y de control electrónico que engloba la seguridad de los datos, la prontitud y certeza en la ubicación de los migrantes en cuanto entrada, estancia y abandono del territorio nacional por cada uno de los puntos de arribo.

En efecto, el principal propósito de la realización de esta investigación fue reflejar de manera sencilla, clara, y lo más completa, tanto la situación de la estructura organizacional como de la situación de los distintos departamentos que conforman al INM, tomando como base de referencia la información proporcionada por la propia dependencia , misma que fue requerida por el Instituto Politécnico Nacional, para el desarrollo del análisis correspondiente , donde se desprenden diferentes propuestas de mejora, con la salvedad de aplicación a consideración del INM.

Análisis general

El Instituto Nacional de Migración, desde sus orígenes cuenta con una serie de cambios en sus funciones , fundamentos legales y reglas de operación para atención de migrantes en el país, donde, actualmente , basa parte de esa creación mediante un decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación, de fecha 19 de octubre de 1993, que le da vida a la dependencia como un órgano técnico desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Gobernación, bajo, los estatutos , ejercicio y facultades que confiere la Carta Magna en su artículo 89, fracción I, al igual que la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en los artículos 17 y 27, en el mandato del entonces presidente de la República Mexicana, licenciado Carlos Salinas de Gortari.

Posteriormente, se le dictamina como Institución de Seguridad nacional, de acuerdo con lo entonces descrito en el Plan Nacional de Desarrollo 2001 - 2006 en el 18 de mayo del 2005.

Sin embargo , de acuerdo con la partición de recursos autogenerables, los cuales se obtienen a través de lo estipulado en la Ley Federal de Derechos, en la obligatoriedad dictada bajo el Artículo 18 -A , del propio ordenamiento, y en el encuadre del Artículo 8, fracción 1, donde relata la exactitud a la que corresponde las cantidades destinadas, así como los montos y porcentajes respectivos en ambos artículos, cuya publicación vigente data del 11 de diciembre del 2013 , y su última reforma, en 13 de junio del 2014, no hace mención alguna para la modificación de aplicación o ejecución en porcentajes para el Instituto Nacional de Migración y el Consejo de Promoción Turística de México, de los cuales se extracta.

Artículo 18-A. Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción I del artículo 80. de la presente Ley, se destinarán en un 20 por ciento al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona , y en 80 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México para la promoción turística del país, el cual trasferirá el 10 por ciento de la recaudación total del derecho al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios, proyectos y la inversión en infraestructura que éste determine con el objeto de mejorar los destinos turísticos del país.

Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en los artículos 8, fracciones II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 9, 10, 12, 13, 14 y 14-A de esta ley, serán destinados a programas de modernización, equipamiento e infraestructura para mejorar el control fronterizo en la línea divisoria internacional del sur del país y a mejorar las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios en materia migratoria que presta el Instituto Nacional de Migración.

Donde, derivado del análisis del texto y redacción de la propia ley, tendremos que:

Promoción

La palabra proviene del latín promotio, es la acción y efecto de promover, impulsar ya sea un proceso o una cosa, haciendo referencia a la toma de iniciativa para que un grupo determinado de personas o población objetivo conozca de un bien, servicio o producto en particular, el cual se pone a la venta.

Turístico

Se define al término como las actividades que pueden o desarrollan los seres humanos en conjunto o individualmente con motivo de esparcimiento, relajación o bien viajes de placer y descanso, ya sea en periodos establecidos o bien por lapsos breves de tiempo, donde para ello se requiere contar con instalaciones adecuadas al tema, que generalmente son propiedad de los particulares o empresas privadas en su mayoría.

Promoción Turística

Se entiende la alusión a la difusión de uno o varios lugares o destinos físicos de descanso y relajamiento para personas que representan una derrama económica favorable, para las empresas y el país destino, en ese estricto orden de captación de recursos.

Campaña Publicitaria

Se dice que son todo tipo de ideas creativas desarrolladas por una o varias personas con el claro objetivo de vender un producto, bien o servicio, mediante la captación de la atención de un público al cual se le crea la necesidad a partir de un campo de oportunidad donde puede penetrar dicho bien, servicio o producto sin tanta dificultad mediante la fijación del producto en la mente del consumidor bajo mecanismos de persuasión.

Siendo así, de acuerdo con la Ley Federal de Derechos, la Promoción Turística que marca el destino del 80 por ciento de los recursos para el Consejo de Promoción Turística de México, el cual es generado a través de trámites X servicios derivados de la operación del propio Instituto Nacional de Migración de acuerdo a sus facultades, y recaudado por medio de la TESOFE, el concepto de “promoción turística”, que no explica la propia ley en comento, se sobre entiende que se destina a promover destinos o atracciones turísticas no del todo gubernamentales , lo que abre la posibilidad de que sea una promoción de actividades de recreo del sector privado con inyección financiera del gobierno federal bajo el concepto que indica el artículo 8o., fracción I, de dicho ordenamiento legal, en el precepto de...

Artículo 8o. Por la expedición del documento migratorio que acredita la condición de estancia se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

1. Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas $305.65

Las campañas publicitarias, forman parte del mecanismo de satisfacción de necesidades de una sociedad o grupo de personas, a partir de la injerencia en mercados poco explotados o sobre explotados, ya sea con mucho o poco recurso, el impacto real y el éxito de una campaña publicitaria reaccionan a la exposición del bien, producto o servicio al que se ha expuesto a esa población objetivo, no necesariamente a la cantidad de recursos inyectados, el objetivo es en concreto, generar elementos tales como fascinación, deseo, identificación y sensación de pertenencia.

En el sentido estricto de que el Instituto Nacional de Migración realiza funciones de seguridad nacional y parte de estas es, la vigilancia y control de las zonas fronterizas del país, este fundamento legal sólo le otorga la captación, uso y destino de 20 por ciento de ese recurso financiero, por lo que se contrapone con el párrafo segundo del artículo 18 - A, en donde menciona...

Los ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en los artículos 8, fracciones II, III, IV, V, VI, VII y VIII, 9, 10, 12, 13, 14 y 14-A de esta ley, serán destinados a programas de modernización, equipamiento e infraestructura para mejorar el control fronterizo en la línea divisoria internacional del sur del país y a mejorar las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios en materia migratoria que presta el Instituto Nacional de Migración.

Un punto crucial del análisis, demuestra la incertidumbre y baja de recursos conforme a la distribución económica recaudada y destinada sólo a la frontera sur del territorio nacional, dejando en actividad poco segura a las fronteras norte, este y oeste del país: de tal forma que la operatividad, mantenimiento, equipamiento, mobiliario y sistemas de calidad o control fronterizo, no aportan la calidad integral de los servicios en materia migratoria. Esta brecha propicia que se caiga en el incumplimiento de la propia ley en cuestión por falta de activos financieros. En función de ello, es recomendable solicitar la modificación de porcentajes de asignación a favor del INM, tanto para garantiza r el desarrollo de actividades así como la calidad de servicios en materia migratoria.

10. Como se puede apreciar en el dictamen que emite el IPN, el Instituto Nacional de Migración, no ha tenido un despunte en el Presupuesto de Egresos de la Federación , teniendo que mitigar mayormente con los autogenerados sus necesidades dé atención y política migratoria que emite la Secretaría de Gobernación.

Consideramos que al incluir ambos apartados, además de destinar más recursos al INM y a otras dependencias (como las secretarías de Salud y Educación) para implementar los compromisos del Estado a raíz de la Ley de Migración, el Poder Legislativo dará un paso fundamental para combatir la opacidad del Ejecutivo en materia migratoria. Adicionalmente, permitirá avanzar en el proceso de rendición de cuentas entre poderes favoreciendo un sistema de evaluación sobre el destino del gasto en materia de protección a personas migrantes. Hecho que representará un avance en la protección y garantía de los DDHH de las personas migrantes mexicanas y extranjeras en nuestro país4 .

11. Recomendaciones

Siguiendo el fondo del exhorto para que el INM, realizara un diagnóstico que permita identificar las necesidades administrativas, financieras y profesionales así como, el uso y el destino de los recursos presupuestales, el IPN, determina lo siguiente y en las prioridades que se citan:

1. Redistribuir los recursos autogenerados del INM, el IPN, sugiere revertir el 80-20 en favor del INM en 100 por ciento, con respecto al pago de los derechos, con la intención de mejorar la calidad en el servicio y la eficacia en los proyectos.

Sin embargo, se considera que llevarlo a la paridad de 50 por ciento al INM, le permitirá en el mediano plazo atender de fondo el fenómeno migratorio.

2. Cambio de la naturaleza jurídica del Instituto, de desconcentrado a descentralizado, toda vez que aún y cuando se redistribuya el recurso, la estructura jurídica del mismo impediría la disposición inmediata de éste y a través de autonomía financiera permitiría una atención eficiente y eficaz al fenómeno migratorio.

Cabe precisar que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia el INM, será un organismo autónomo, en todo momento contará con una cabeza de sector y ésta será la Secretaría de Gobernación, al ser quien de acuerdo a la Ley de Migración determine la política migratoria del país.

3. Fortalecer y renovar las acciones tecnológicas en favor del INM. (Creando un Software especializado para tener en tiempo real la información de quién y cómo entran al país, así mismo que se pueda enlazar con otras instancias de inteligencia y seguridad).

4. Capacitar y certificar al personal del INM, para que el mismo se apegue a los protocolos de derechos humanos y sistematizar el trabajo realizado en las delegaciones federales a efecto de homologar el mismo entre sí.

5. Mejorar las condiciones de la estación migratoria del Distrito Federal y en general todas, conforme a la visita realizada, se observó y constataron la presencia de menores de edad, las cuales oscilan entre los 0 y 17 años, que por motivos de seguridad y protección al derecho del migrante, no tuvimos acceso a realizar un archivo fotográfico de las instalaciones y condiciones generales que presenta dicha estación, así como tampoco nos fue permitido realizar entrevistas con los viajeros sin permiso, concentrados en los espacios físicos destinados por el INM.

Sin embargo, en el recorrido, presenciamos que de la población observada , destaca la particularidad de la persona adulta, adulta mayor, mujeres, mujeres en estado de gestación y hombres en diferentes edades y condiciones.

La observación y la visita, permitió experimentar un incremento considerablemente visible de jóvenes y niños no acompañados por un adulto, en donde se apreció la carencia de recursos para atender, en primera instancia, mínimo 10 dietas especialmente diseñadas por día, bajo los siguientes parámetros de variación.

Población infantil Alimentación.

• Fluctuación de edades de 0 a 6 meses. Su consumo principal radica en dos dietas:

• Líquidos y semisólidos

- Líquidos. Alimentación por dieta especial para mantener los niveles de nutrición correspondiente e hidratación, ya que carecen de dentadura no pueden acceder al mismo tipo de alimentación que los de mayor edad, además de ser con periodos más repetitivos mínimo 5 veces por día.

- Semisólidos. Alimentación variada entre frutas semi blandas, lácteos especiales y genéricos, de contenido energético y calórico adecuado para mantener los niveles de temperatura adecuados que corresponden a la facilidad de pérdida de calor que invariablemente afecta a los menores en esas etapas.

• Edad de 1 a 3 años.

- Sólidos y lácteos especiales.

• Sólidos, ya la dieta es un poco más genérica, similar a la del grueso de la población, sin embargo , aún se realizan dietas especiales para el caso de pequeños con capacidades diferentes que llegan a estar en las estaciones migratorias, además de los que llegan a presentar intolerancia o alergias a ciertos condimentos o alimentos.

• Lácteos especiales, por lo general aún dentro del 1 al 1.5 años de edad requieren la intervención de tomas de fórmulas especiales, además de la problemática de intolerancia a la lactosa, cuestiones que repercuten en el ejercicio presupuesta! para la atención y protección del migrante, no solo en materia de alimentación, sino en medicamento y atenciones médicas especializadas.

• Mujeres y mujeres en gestación.

- Ya requieren de alimentación general, salvo los casos especiales de enfermedades que requieren control especifico como cáncer, o diabetes , lo que se traduce en consideración de la elaboración de 3 raciones diarias con contenidos 3 o 4 contenidos diferentes y diversas formas de preparación.

• Adulto y adulto mayor

- En casos especiales, el adulto mayor requiere de la elaboración de comidas especiales, o de diferente contenido, al igual que la población adulta en general, por lo que representa la elaboración de otras 2 dietas de preparaciones diversas, en 3 tiempos de abastecimiento.

En materia de salud.

La estación migratoria del DF, da atención médica general, médica odontológica, atención psicológica, y traslado a hospitales de convenio como el Doctor Manuel Gea González, para lo cual se requiere hacer traslados especiales, en donde tiene que ser acompañado por personal de Migración y personal de Custodios que garanticen la seguridad del migrante en todo momento.

Dentro del tema de las transportaciones, el INM, en especial la estación migratoria del DF, cuenta con la transportación vía aérea, nacional e internacional y terrestre, en donde en un autobús sólo se destina 10 por ciento de personal como custodio del cupo total, (parametrado, el cual no se revela por motivos de seguridad, aunque si se aportaron los datos correspondientes)

Mientras que en la transportación aérea se destina el doble de lo que representan el envío de migrantes, por lo que el impacto al desabastecimiento de personal en la atención de las repatriaciones eleva la desprotección de las estaciones migratorias por falta de personal, en donde se tiene que recurrir al desplazamiento y comisión del personal de seguridad para apoyo con las repatriaciones.

En materia de seguridad y atención a los menores, se ha registrado que un solo OPI llega a tender en promedio 15 niños, siendo completamente insuficiente, por lo que la baja de personal asignado, puede representar situaciones de perdida de seguridad y control en el manejo y cuidado de los migrantes, que a su vez puede generar también riesgo para los agentes migratorios.

De los agentes migratorios, se realizaron varias entrevistas a distintos niveles jerárquicos, en diferentes áreas de operación y administración, encontrando la particularidad de requerir con carácter de urgente 3 elementos básicos en el desempeño de sus funciones .

6. Contar con un Instituto de Formación y Capacitación para Agentes Migratorios.

- En términos generales, la inquietud radica en la constante migración de grupos delictivos quienes no identifican cual es la labor y el trabajo de un agente migratorio, con el de un agente de policía, ya sea Federal, Estatal o Municipal, por lo que el personal de migración no cuenta con la capacitación mínima de acción y reacción para auto defensa y protección personal.

- Enfrentamiento o dispersión de motines, de los cuales pudieran ser víctimas en el traslado vía terrestre o aérea, e incluso en las propias instalaciones de las estaciones migratorias del país.

- Detección, control y evaluación de situaciones de riesgo.

- Atención, seguridad y primeros auxilios básicos y especializados que refuercen tanto las actividades como el servicio para el cual se encuentran desempeñando sus funciones dentro del INM, sin importar el área en la que se encuentren o la división a la que pertenezcan.

7. Fortalecer las áreas de atención al menor migrante.

- Los OPI, son Oficiales de Protección Infantil, los cuales se encargan de atender a los menores durante su estadía, en el territorio nacional, por lo que con el incremento de esta actividad en el flujo migratorio y en especial en este rango de edades, ya es insuficiente el personal con el que se cuenta, debido a que no tienen la misma preparación a detalle como la de un Agente Migratorio, o bien la capacitación del personal de Grupos Beta, donde ambos grupos de personal, tampoco son numerosos para las operaciones que se realizan en el día a día del INM, por lo que poco a poco se verán rebasados en demanda vs operación y efectividad del cumplimiento de las acciones establecidas.

- De acuerdo con el incremento y la ponderación estimada del flujo de migrantes no acompañados y menores de edad, que se reflejan en las gráficas presentadas líneas arriba del propio diagnóstico, se estima que la operación de las OPI, Beta y Agentes Migratorios, será rebasada dentro de los 2 a 3 próximos años si no se incrementa, y refuerza la formación de los agentes migratorios.

8. Sin embargo, otro factor es la remuneración y re tabulación del personal, en donde deberán considerarse, capacitación, .desempeño , preparación académica, experiencia, puesto actual y puesto inmediato superior de estimulación mínimo de 2 a 3 niveles, que garantice y continúe asegurando la operación bajo la línea de rectitud con que son vistos los agentes migratorios a nivel nacional e internacional .

• Ser dotados de los implementos y herramientas necesarias para la atención, manejo y control en el desempeño de sus funciones.

- En materia de seguridad, existe la percepción de ser contemplados y llamados agentes, mientras que en realidad cuentan con las facultades que tiene un “agente” de cualquier otra institución de seguridad, en donde también el INM es Institución de Seguridad Nacional reconocida, y sin embargo, el personal no realiza actividades, o capacitación o formación relacionada con la seguridad, ni nacional ni personal.

11. En virtud de lo anterior se concluye que:

Todo extranjero que ingrese al territorio mexicano estará al amparo de alguno de los programas que tiene a su cargo el INM. Y que se debe priorizar el bienestar y seguridad de quienes transitan, retornan, salen y se establecen en México.

Que en virtud de las actuales crisis que en materia migratoria presenta México es primordial que se tomen medidas inmediatas para evitar la vulnerabilidad de los derechos humanos internacionales del infante, quienes en todo momento deben ser protegidos por el Estado mexicano.

Que no todas las personas que ingresan a México como “visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas” son turistas meramente. Tal es el caso de estudiantes que vienen a cursos, seminarios, etcétera.

Que debido a que hoy en día el Sector Turístico en México ha crecido de una manera importante y consistente, puede generar recursos propios para autopromoverse, por lo cual resulta viable que los recursos autogenerados puedan destinarse al INM, con el fin de mejorar las instancias y servicios que complementan al sector mencionado.

Que para que el turismo continúe en crecimiento, es necesario que México sea percibido como un país seguro y fiable para los extranjeros. Con un trato digno y con un total respeto a los Derecho Humanos. De hecho la seguridad es una de las principales pautas de valoración que una persona toma para elegir un destino turístico. De hecho la Organización Mundial del Turismo ha definido la seguridad turística como “la protección de la vida, de la salud, de la integridad física, psicológica y económica de los visitantes, prestadores de servicios y miembros de las comunidades receptoras”. Y en esta, como ya se ha puesto en evidencia el Instituto Nacional de Migración juega un papel central, por lo que es primordial fortalecerlo.

La migración en México ha tenido bemoles, en donde el Estado mexicano debe poner atención pues ante los acontecimientos desafortunados en territorio mexicano, un destino turístico puede presentar una imagen en el mercado de “destino inseguro”, posicionamiento que podría causar una desvalorización de México como destino vacacional.

Por todo lo anterior, se somete a consideración de este Senado, las reformas al artículo:

Ley Federal de Derechos

Texto vigente

Artículo 18-A. Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción 1 del artículo 8o. de la presente ley, por lo que se refiere a los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en 20 por ciento al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona, y en 80 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México para la promoción turística del país, el cual transferirá 10 por ciento de la recaudación total del derecho al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios , proyectos y la inversión en infraestructura que éste determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.

Los demás ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en esta Sección, serán destinados a programas de modernización, equipamiento e infraestructura para mejorar el control fronterizo en la línea divisoria internacional del sur del país y a mejorar las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios en materia migratoria que presta el Instituto Nacional de Migración.

Los ingresos que se destinen al Fondo Nacional de Fomento al Turismo de conformidad con el primer párrafo de este artículo podrán ser utilizados para pago de adeudos generados con motivo de los financiamientos contratados para las inversiones en infraestructura a que se refiere dicho párrafo.

Propuesta

Artículo 18-A. Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción 1 del artículo 8o. de la presente ley, referente a los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en 50 por ciento al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona; y en 50 por al Consejo de Promoción Turística de México para la promoción turística del país, el cual transferirá el 10 por ciento al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios, proyectos y la inversión en infraestructura que éste determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.

Los demás ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en esta Sección, serán destinados a programas de capacitación, modernización tecnológica, equipamiento e infraestructura para mejorar el control migratorio, las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios y programas que dependen del Instituto Nacional de Migración.

Para efectos de lo establecido en el párrafo que antecede, también serán considerados los ingresos obtenidos por el Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas sin fines turísticos.

Los ingresos que se destinen al Fondo Nacional de Fomento al Turismo de conformidad con el primer párrafo de este artículo podrán ser utilizados para pago de adeudos generados con motivo de los financiamientos contratados para las inversiones en infraestructura a que se refiere dicho párrafo.

Texto vigente

Artículo 19. El instituto es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que ex ida la misma Secretaria.

Propuesta

Artículo 19. El Instituto es un órgano administrativo descentralizado de la secretaría, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la misma secretaría.

Proyecto de Decreto

Primero. Artículo 18-A. Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho establecido en la fracción 1 del artículo 8o. de la presente ley, referente a los visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas que ingresen al país con fines turísticos, se destinarán en 50 por ciento al Instituto Nacional de Migración para mejorar los servicios que en materia migratoria proporciona; y en 50 por ciento al Consejo de Promoción Turística de México para la promoción turística del país, el cual transferirá 10 por ciento al Fondo Nacional de Fomento al Turismo para los estudios, proyectos y la inversión en infraestructura que éste determine con el objeto de iniciar o mejorar los destinos turísticos del país.

Los demás ingresos que se obtengan por la recaudación de los derechos establecidos en esta Sección, serán destinados a programas de capacitación, modernización tecnológica, equipamiento e infraestructura para mejorar el control migratorio, las instalaciones, equipos, mobiliario, sistemas y la calidad integral de los servicios y programas que dependen del Instituto Nacional de Migración.

Para efectos de lo establecido en el párrafo que antecede, también serán considerados los ingresos obtenidos por el Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas sin fines turísticos.

Los ingresos que se destinen al Fondo Nacional de Fomento al Turismo de conformidad con el primer párrafo de este artículo podrán ser utilizados para pago de adeudos generados con motivo de los financiamientos contratados para las inversiones en infraestructura a que se refiere dicho párrafo.

Segundo. Artículo 19. El instituto es un órgano administrativo descentralizado de la secretaría, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la misma secretaría.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Ejecutivo federal, dentro de los 90 días siguientes a la publicación de este decreto, en el ámbito de sus atribuciones y facultades, realizará las modificaciones correspondientes a los reglamentos correspondientes.

Tercero. La Secretaría de Gobernación dentro de los 120 días siguientes a la publicación del presente decreto, realizará las modificaciones que corresponda a los lineamientos y disposiciones generales administrativas que al caso correspondan.

Notas

1 Levitt Theodore, The marketing imagination. Nueva York: The free press, 1986.

2 http://biblio.ju ridicas.unam.mx/LIBROS/4/1594/12.PDF

3 Para 2012 el monto es el contenido en el proyecto de decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.

4 http//www.letraese.org mx/2011/11/ hoja-informativa-5-opacidad-en-el-instituto-nacional-de-migracion/

Senadoras: Ana Gabriela Guevara Espinoza (rúbrica), Adriana Dávila Fernández, Layda Sansores Sanromán (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica).

Con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 74 y 180 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por la senadora Luisa María Calderón Hinojosa, del Grupo Parlamentario del PAN

Ciudad de México, a 10 de marzo de 2016.

Secretarios de la Cámara de Diputados
Presentes

Me permito comunicar a ustedes que en sesión celebrada en esta fecha, la senadora Luisa María Calderón Hinojosa, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 74 y 180 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

La Presidencia, con fundamento en los artículos 66, párrafo 1, inciso a), y 67, párrafo 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 174, 175, párrafo 1, 176, 177, párrafo 1, y 178 del Reglamento del Senado, dispuso que dicha iniciativa, que se anexa, se turnase a la Cámara de Diputados.

Atentamente

Senadora Rosa Adriana Díaz Lizama (rúbrica)

Vicepresidenta


La suscrita, Luisa María Calderón Hinojosa, senadora de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 8, numeral 1, fracción I, y 164 del Reglamento del Senado de la República, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 74 y 180 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El sector agrícola mexicano enfrenta retos y oportunidades que deben ser resueltos para que sea competitivo y para favorecer un desarrollo nacional equitativo. El campo ha sido escenario de intereses políticos que dificultan el bienestar tanto de los productores como de los trabajadores. Existe una marcada separación entre la actividad productiva y las cadenas de valor que responden a las preferencias del consumidor. La cadena de valor privilegia la plusvalía de los eslabones de mayor cercanía con el consumidor y no hay mecanismos eficientes para trasladar el valor hacia los eslabones iniciales de la cadena, es decir, hacia el sector primario. Esto resulta en un campo subcapitalizado, particularmente entre los productores más pobres y más pequeños, que no perciben beneficios claros como resultado de su inversión y por lo tanto prefieren, de manera racional, invertir sus escasos recursos en la migración hacia las ciudades o el extranjero. Esta descapitalización tiene además consecuencias importantes al concentrar la población en centros urbanos y el despoblamiento creciente de las zonas rurales.

En México no se ha pensado en el establecimiento de cooperativas como instrumento para captar el valor de comercialización de los productos agropecuarios con el propósito de impulsar al sector primario y hacer atractiva su inversión y crecimiento. Como consecuencia de los obstáculos para el establecimiento de cooperativas agrarias u otros mecanismos de integración del sector primario para acercarlo al consumidor, en México hay una carencia de organizaciones intermedias de productores y transformadores y por tanto pocos incentivos para la capitalización del campo. Aunque jurídicamente existe la figura de la cooperativa en la legislación mexicana, ésta es vista más como un modelo de organización laboral, que como un modelo de organización de la producción, lo que ha devenido en que sea utilizada como instrumento de control político que promueve la politización de la figura jurídica.

El objetivo se traduce en crear mecanismos rentables de participación en el sector que permitan la integración de la cadena de valor, incentivar la inversión productiva e incrementar el valor patrimonial de la propiedad rural, en cualquiera de sus formas, para el establecimiento de agroindustrias altamente competitivas y rentables.

El modelo de cooperativas o asaciones empodera a los pequeños agricultores y les permite, producir, comprar y comerciar como grupo ordenado. Les favorece en su desarrollo de habilidades, tener una sola voz, enfrentar retos en conjunto y aumentar su poder de negociación para influir en la formulación de políticas.

A escala internacional, el desempeño económico de las asociaciones o cooperativas es altamente rentable; el caso de las cooperativas agrarias es el más fuerte. Esto significa que no sólo tienen un impacto importante por país, sino que sus resultados son muy favorables para sus miembros, de las principales 533 asociaciones agrarias mundiales que se encuentran en 30 países, su facturación supera 600 mil millones de dólares.1

Como ejemplo internacional, en Japón 90 por ciento de los productores agropecuarios son socios de cooperativas que, en conjunto, facturan anualmente una cifra superior a 90 mil millones de dólares. En Estados Unidos, 30 por ciento de la producción agrícola nacional es procesada y comercializada a través de cerca de 3 mil 500 cooperativas activas en todo el país.2

En América Latina cabe destacar, que de su producto total sólo 20 por ciento proviene de la actividad agrícola, a pesar de que 50 por ciento de la población económicamente activa se concentra en el sector agropecuario. El número total de cooperativas agropecuarias en América Latina rebasa 10 mil, con más de 500 mil afiliados.

Para 2050, la población mundial alcanzará 9 mil millones de habitantes por lo que la producción agropecuaria deberá de incrementarse en 60 por ciento para poder alimentar a este incremento en el número de personas. La producción actual de las cooperativas agrícolas a escala global representa 32 por ciento de la producción agraria, por lo que su creciente importancia refleja enormes ventajas frente a los productores agrícolas individuales.3

La participación organizada en los mercados de insumos y de productos agropecuarios les facilita mejorar su capacidad competitiva, elevar sus estándares de calidad y participar en su función como sujetos colectivos organizados en la influencia sobre las políticas públicas a fin de obtener apoyos, subvenciones, créditos, tratamiento fiscal benigno, además de influir en los poderes locales y ser factores dinamizadores del desarrollo comunitario y local.

Se propone cambiar el artículo 74 de la LISR para extender el régimen preferencial a toda la cadena de valor. El actual artículo 74 excluye la comercialización y distribución al otorgar exclusivamente la preferencia a los productores. Excluye la integración de productores primarias para proveerse de insumos, para mejorar los procesos de beneficio, la producción conjunta, el transporte, el manejo, el procesamiento y la comercialización, así como la distribución. Esto ocasiona un distanciamiento entre consumidores y productores que no favorece el desempeño de las cadenas de valor.

El objetivo es justamente incluir la comercialización y las demás tareas de valor agregado con el fin de acabar con la discriminación que implica distanciar al productor primario de los eslabones más valiosos de la cadena. Para lograr esto, se proponen dos adiciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta; primero al artículo 74, del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras y al artículo 180, relativo a los precios de transferencia.

En este tenor, el artículo 74, la propuesta específica que quedaría sujeta a cumplir con sus obligaciones fiscales conforme al régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras del ISR, las personas a las que se refiere este artículo, que se integren en una sociedad para procesar, transportar y comercializar sus productos agrícolas, pecuarios o pesqueros. Además, se detalla que estas sociedades podrán trasladar el precio final de venta menos los costos del proceso productivo, de transporte y de comercialización a sus socios manteniendo el régimen fiscal agropecuario si 80 por ciento de operaciones es con ellos.

Las propias condiciones de productividad del sector agropecuario, que dependen de si existen lluvias, heladas, inundaciones o escasez de agua, variaciones de precios de insumos y productos, por mencionar tan sólo algunos factores, reclaman que el régimen especial de ISR para el campo, se extienda hasta el consumo final de bienes primarios o transformados, de manera proporcional a la contribución de cada participante. Al integrarse la cadena, se establece un balance entre los altos riesgos de la producción primaria, y la demanda de los consumidores finales por productos de calidad y disponibilidad adecuada, lo que se refleja en una mayor rentabilidad y demanda consistente en los últimos eslabones de la cadena.

También, se presenta una propuesta de adición al artículo 180 con el fin de favorecer el funcionamiento del sector agropecuario en su conjunto y evitar la brecha entre productores y consumidores. Respecto a dicho artículo, con la finalidad de que el régimen sea verdaderamente simplificado y se eviten ambigüedades de interpretación, se establece que dichas sociedades no estarán sujetas a las reglas aplicables por las guías sobre precios de transferencia para las empresas multinacionales y las administraciones fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos en 1995, o las que las sustituyan.

Con estos cambios, los productores primarios de las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras podrían extender el régimen preferencial del propio artículo 74 a la comercialización y la distribución; es decir, hacia los procesos de beneficio, la producción conjunta, el transporte, el manejo, el procesamiento y la comercialización.

El régimen fiscal actual no fomenta la integración de los productores primarios a la cadena de valor de tal suerte que las preferencias del consumidor se vean reflejadas en su costo, y no incentiva la inversión al obstaculizar que el mercado de los productos terminados impacte la valoración que recibe el productor primario. Sin embargo, con un cambio de régimen fiscal, se permitiría que los productores primarios se asocien con otros para la transformación y la comercialización de sus productos, y no solo para la producción de los bienes primarios.

Actualmente y uno de los mayores retos que enfrenta el sector agrario, es la falta de incentivos, hoy en día no existe un incentivo suficientemente atractivo para que la parte de mayor valor agregado sea compartida con la producción primaria. De ahí que se generen pocos casos de sinergia entre el sector primario y la industria agroalimentaria. Uno de los principales problemas del campo mexicano, tal y como se reconoce en los Programas Sectoriales, es que con frecuencia existe una separación entre la actividad productiva y las cadenas de valor que responden a las preferencias del consumidor.

Por otro lado, se requiere buscar un término diferente para la figura de las cooperativas que permita entenderlas no como se ha utilizado en México sino como funcionan en el ámbito internacional. De esta manera, serán una solución para mejorar la situación en el sector agropecuario del país.

En esta propuesta de iniciativa se busca incentivar la inversión productiva e incrementar la productividad para que el valor agregado de la cadena de producción le favorezca en mayor grado al productor primario. Este objetivo fiscal será estratégico para México, es la oportunidad de tener un campo productivo, competitivo, rentable, sustentable y justo.

Con la modificación del artículo 74 de la LISR, el modelo obtendrá como resultado que el punto de equilibrio se encuentre en el cincuenta y cuatro por ciento de los precios. Esto permite formalizar al cien por ciento el sector agropecuario. Con este aumento, todos los miembros del sector tienen un incentivo para formalizarse. Ésta sería una acción concreta que promueva modelos de asociación que articulen a los pequeños productores con empresas agroindustriales integradoras.

En consecuencia, al implantar esta propuesta se obtiene un escenario de ganar-ganar para todos, gobierno, productores y consumidores. Los logros, sin embargo no serán inmediatos, sino paulatinos, en la medida que los pequeños agricultores se van familiarizando con el esquema, En este esquema las asociaciones integradoras pueden promover el esquema y efectivamente hacer de las cooperativas modelos de asociación más productivas y competitivas.

Se busca encontrar la manera más eficiente de lograr ese objetivo. Esta es incentivar la asociación de cadenas de valor para que se llegue a la meta con un sistema de preferencias fiscales, de esta manera logra evitar el esquema que se mantiene hasta ahora, en el que los productores no producen lo que se consume, ni se consume lo que se produce. Lo anterior es indispensable para lograr uno de los grandes objetivos estratégicos del crecimiento del sector agropecuario pase del uno punto ocho por ciento promedio anual, a la tasa de 3 por ciento que la Sagarpa se estableció como meta. Así, es congruente con el objetivo de promover modelos de asociación que generen economías de escala y mayor valor agregado en el sector.

Decreto

Artículo 1. Se reforman los artículos 74 y 180 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para quedar como sigue:

Artículo 74. Deberán cumplir sus obligaciones fiscales en materia del impuesto sobre la renta conforme al régimen establecido en el presente capítulo los siguientes contribuyentes:

I. a III. ...

...

I. a III. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

Cuando dos o más personas a las que se refiere este artículo se integren en una sociedad para proveerse de insumos, para mejorar los procesos de beneficio, la producción conjunta, el transporte, el procesamiento, la comercialización y otras actividades de valor agregado, podrían trasladar , durante los primeros 5 años de su constitución como persona moral, al precio final de venta menos los costos de las actividades referidas a sus socios manteniendo el régimen fiscal expresado por este artículo, siempre y cuando al menos 80 por ciento de insumos agrícolas, pesqueros o pecuarios sean producidos por las personas asociadas.

Artículo 180. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 179 de esta ley, los contribuyentes deberán aplicar los siguientes métodos:

I. a VI. ...

...

...

...

...

...

Para los efectos de este artículo y del artículo 179 de esta ley, los ingresos, costos, utilidad bruta, ventas netas, gastos, utilidad de operación, activos y pasivos, se determinarán con base en las normas de información financiera.

A las sociedades a que se hace referencia el artículo 74 de esta ley, no les serán aplicables las guías sobre precios de transferencia para las empresas multinacionales y las administraciones fiscales, aprobadas por el Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos de 1995, o las que las sustituyan.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que contravengan el presente decreto.

Notas

1 World Cooperative Monitor, 2014. En https//dl.dropboxusercontent.com/u/24617037/QRcode/WCM2014.pdf (Consulta: 2016.)

2 Ibídem

3 International Cooperative Alliance, en http:/_/ica-coop/en/co-operatives-foster-food-security (Consulta: 2016.)

Dado en el salón de sesiones del Senado de la República, a 10 de marzo de 2016.

Senadora Luisa María Calderón Hinojosa (rúbrica)