Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4418-VII, jueves 3 de diciembre de 2015
De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de octubre de cada año, como el Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña
Honorable Pleno:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de octubre de cada año, Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña.
Esta Comisión, con fundamento en los artículos 50 y 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), así como numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; en relación a los diversos 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la minuta de referencia, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
ANTECEDENTES
En sesión plenaria celebrada el 4 de noviembre de 2014, las senadoras Hilda Esthela Flores Escalera, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, María Cristina Díaz Salazar, Claudia Artemiza Pavlovich Arellano, Juana Leticia Herrera Ale del Grupo Parlamentario del PRI y María Elena Barrera Tapia, del Grupo Parlamentario del PVEM, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 25 de octubre de cada año, Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores turnó la mencionada iniciativa a las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos de esa soberanía, para su análisis y dictamen.
El 28 de abril del presente se sometió a primera lectura en el Pleno de la Cámara de Senadores, el dictamen producto de las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos; siendo discutido y aprobado durante segunda lectura de 18 de septiembre, con un total de 90 votos a favor; por lo que en términos de lo dispuesto en el artículo 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado a esta Cámara de diputados para darle continuidad al trámite legislativo.
El expediente con la minuta de mérito fue recibido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y turnado a la Comisión de Gobernación el pasado 24 de septiembre para efectos de su análisis y discusión, siendo recibido en las oficinas de esta Comisión el pasado 8 de octubre.
CONTENIDO DE LA INICIATIVA
La iniciativa materia del presente dictamen tiene por objeto:
Declarar el 25 de octubre de cada año, Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña.
Motivación
Las iniciantes sustentan que desde tiempos antiguos la figura de personas de talla baja ha sido estigmatizada, incomprendida y ridiculizada por diferentes culturas y sociedades, llamándoles bufones, fenómenos y seres mágicos.
Que existe poca conciencia social formada al respecto de sus verdaderas necesidades, como también limitada información seria sobre la real naturaleza del enanismo.
Que las personas de talla baja viven día a día situación de rechazo y discriminación por su condición.
Que un mundo hecho a la medida de personas altas marca una barrera que impide a las personas con enanismo o talla baja, el acceso a fuentes dignas de trabajo, al transporte, a la educación y a la salud.
Que el objetivo es crear y difundir una cultura de respeto, justicia e inclusión digna y plena en todos los sectores hacia las personas con cualquier tipo de enanismo.
En virtud de lo anterior, una vez que han sido establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de la Comisión de Gobernación procedemos a formular las siguientes:
CONSIDERACIONES
Las y los integrantes de la Comisión de Gobernación reconocemos que los trabajos en pro de prevenir y eliminar la discriminación de cualquier tipo, son objetivos fundamentales del Estado mexicano e implican un tema de orden público y de interés social, en tanto que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1º, garantiza a toda persona el pleno reconocimiento a sus derechos humanos, a la vez que prohíbe terminantemente toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Como Comisión somos conscientes de que la discriminación va más allá de los actos o críticas en contra de un grupo de personas, puesto que la discriminación también implica una omisión cuando el resultado de la misma se convierte en un obstáculo, en una restricción o impedimento que en la práctica menoscaba el reconocimiento que nuestra Constitución hace a toda persona de gozar y ejercer plenamente sus derechos humanos y libertades.
Coincidimos con las iniciantes en la necesidad de generar una cultura de respeto, justicia e inclusión digna y plena en todos los sectores hacia las personas con cualquier tipo de enanismo.
En virtud de lo anterior y toda vez que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, corresponde al Estado promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas, los integrantes de la Comisión de Gobernación consideramos que a través del establecimiento de dicha efeméride contribuiremos positivamente en concientizar a la sociedad respecto de las dificultades cotidianas de una persona de talla pequeña, así como al diseño de las estrategias y los mecanismos necesarios para su atención e inclusión.
Así, al declarar el 25 de octubre como Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña, se reafirma el compromiso de México para garantizar la protección a los derechos humanos de todas las personas por igual, y se da un paso adelante respecto a la eliminación de todas las formas de discriminación en contra de otro ser humano.
Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se aprueba la minuta a estudio en el presente dictamen, sometiendo a consideración del Pleno de la Cámara el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DECLARA EL DÍA 25 DE OCTUBRE DE CADA AÑO, COMO EL DÍA NACIONAL DE LAS PERSONAS DE TALLA PEQUEÑA
Artículo Único. El Honorable Congreso de la Unión, declara el 25 de octubre de cada año, Día Nacional de las Personas de Talla Pequeña.
TRANSITORIO
Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notifíquese a la Mesa Directiva para efectos de su programación legislativa.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Avila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica en contra), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara la última semana del mes de abril de cada año como la Semana Nacional de la Seguridad Social
Honorable Pleno:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la minuta con proyecto de decreto por el que se declara la última semana del mes de abril de cada año como la Semana Nacional de la Seguridad Social.
Esta Comisión, con fundamento en los artículos 50 y 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), así como numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; en relación a los diversos 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la minuta de referencia, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
ANTECEDENTES
En sesión plenaria celebrada el 3 de febrero de 2015, el senador Fernando Enrique Mayans Canabal, del Grupo Parlamentario del PRD, presentó iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara la última semana del mes de abril de cada año como la Semana Nacional de la Seguridad Social.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores turnó la mencionada iniciativa a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos de esa soberanía, para su análisis y dictamen.
El 28 de abril del presente se sometió a primera lectura en el Pleno de la Cámara de Senadores, el dictamen producto de las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos; siendo discutido y aprobado durante segunda lectura de 15 de octubre, con un total de 83 votos a favor; por lo que en términos de lo dispuesto en el artículo 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado a esta Cámara de diputados para darle continuidad al trámite legislativo.
El expediente con la minuta de mérito fue recibido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y turnado a la Comisión de Gobernación el pasado 27 de octubre para efectos de su análisis y discusión, siendo recibido en las oficinas de esta Comisión al día siguiente.
CONTENIDO DE LA INICIATIVA
La iniciativa materia del presente dictamen tiene por objeto:
Declarar la última semana del mes de abril de cada año como la Semana Nacional de la Seguridad Social.
Motivación
El iniciante sustenta que con la Constitución de 1917 se plasmaron para la clase trabajadora, los beneficios que deben gozar de la seguridad social, mismos que con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1974, se ampliaron con el seguro de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar no sólo de los trabajadores sino también de campesinos, no asalariados y otros sectores sociales, incluidos sus familiares.
Que hoy en día la seguridad social se concibe como un derecho inalienable e imprescriptible del ser humano, por lo que México al igual que diversos países de América Latina, debe seguir pugnando porque sea una herramienta de justicia social y de promoción de la dignidad humana.
Que el Senado de la República (...) ha celebrado exitosamente en 2013 y 2014, la Semana de la Seguridad Social con el desarrollo de diversas Mesas de Reflexión y Análisis sobre diversos aspectos de la Seguridad Social y del impacto de la reforma de salud en sus principios, en las que participaron servidores públicos, legisladores, especialistas y académicos reconocidos en el ámbito nacional e internacional.
Que la iniciativa de declarar dicha Semana, surge de la Declaración de Guatemala, que oficialmente fue presentada por la Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS), la Organización del Trabajo (OIT), la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS), y el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS), el 3 de noviembre de 2009, en el marco de la Vigésima Quinta Asamblea de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social, realizada en la ciudad de Guatemala.
Que dicha Declaración aspira a atenuar el desconocimiento existente de los principios de la seguridad social, a través de un cambio cultural que sensibilice e involucre a las actuales y futuras generaciones en su conocimiento.
Que la Cámara de Senadores, no puede mantenerse omisa a este exhorto que con dicha Declaración se formula a los Estados para que declaren la última semana de abril de cada año, como la Semana de la Seguridad Social, en honor a la entrada en vigencia de fecha 27 de abril de 1955, del Convenio 102 (Norma Mínima) de la Organización Internacional del Trabajo.
Que al igual que diversos Congresos de países como Colombia, Costa Rica, Ecuador, Paraguay y Uruguay, que ya han declarado dicha Semana y que cuentan con un marco jurídico adecuado; el Congreso mexicano puede y debe mediante Decreto declarar la Semana Nacional de la Seguridad Social, como muestra de una clara política de apoyo a las actividades que incrementan la cultura de la seguridad social en nuestro país.
Que desde nuestra Constitución de 1917, se previó originalmente el deber de las instituciones de seguridad social para infundir e inculcar la previsión social, mismo que hay que rescatar.
En virtud de lo anterior, una vez que han sido establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de la Comisión de Gobernación procedemos a formular las siguientes:
CONSIDERACIONES
Las y los integrantes de la Comisión de Gobernación reconocemos que los trabajos en pro de sensibilizar e involucrar a las actuales y a futuras generaciones respecto a los derechos que la sociedad mexicana ha materializado, entre ellos el de la Seguridad Social, merecen ser celebrados y difundidos, pues si bien son logros alcanzados, también es necesario reconocer que aún queda mucho camino por recorrer en el ejercicio de estos derechos.
Coincidimos con el iniciante en la necesidad de rescatar los principios basados en el fomento y la difusión de la previsión social como un derecho de los trabajadores, en el que se garantice la protección integral del trabajador como persona y de su familia mediante servicios como la asistencia médica, la pensión por jubilación, la cobertura de incapacidades, por mencionar algunos derechos.
De igual manera celebramos la aceptación internacional en la materia, así como la generación de una mayor cultura en torno a este importante tema, en beneficio de los mexicanos, a la vez que reconocemos el esfuerzo que el Estado mexicano ha materializado durante el último siglo en la consecución de esquemas de seguridad social que atiendan las necesidades más básicas del ser humano.
Instituciones como el ISSSTE, el IMSS o el ISSFAM, por mencionar algunos de ellos, han respaldado a la sociedad mexicana y han velado por sus Derechos Humanos, garantizando la salud del trabajador y la de los suyos.
En virtud de lo anterior, esta Comisión considera pertinente denominar a la última semana del mes de abril de cada año como la Semana Nacional de la Seguridad Social, reafirmando así el compromiso del Congreso de la Unión en la protección integral del trabajador y de su familia, así como de mantener una permanente concientización y promoción a la cultura de la seguridad social en nuestro país.
Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se aprueba la minuta a estudio en el presente dictamen, sometiendo a consideración del Pleno de la Cámara el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE DECLARA LA ÚLTIMA SEMANA DEL MES DE ABRIL DE CADA AÑO COMO LA SEMANA NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ARTÍCULO ÚNICO. El H. Congreso de la Unión declara la última semana del mes de abril de cada año, como la Semana Nacional de la Seguridad Social.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Dentro del plazo de 120 días contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, el Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores, promoverá en el ámbito de sus atribuciones las acciones correspondientes para adherirse formalmente a la Declaración de Guatemala de 2009.
Notifíquese a la Mesa Directiva para efectos de su programación legislativa.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Avila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara el 28 de mayo de cada año, Día Nacional por la Salud de la Mujer
Honorable Pleno:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la minuta con proyecto de decreto por el que el Honorable Congreso de la Unión declara el 28 de mayo de cada año, Día Nacional por la Salud de la Mujer.
Esta Comisión, con fundamento en los artículos 50 y 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), así como numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; en relación a los diversos 157, numeral 1 , fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la minuta de referencia, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
ANTECEDENTES
En sesión plenaria celebrada el 5 de marzo de 2015, las senadoras María Elena Barrera Tapia del Grupo Parlamentario del PVEM, Hilda Esthela Flores Escalera, María Cristina Díaz Salazar, Diva Hadamira Gastélum Bajo, Itzel Sarahí Ríos de la Mora, Lilia Guadalupe Merodio Reza, Angélica Araujo Lara, del Grupo Parlamentario del PRI y Maki Esther Ortiz Domínguez, del Grupo Parlamentario del PAN, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 28 de mayo como Día Nacional por la Salud de la Mujer.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores turnó la mencionada iniciativa a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de esa soberanía, para su análisis y dictamen.
El 23 de abril del presente se sometió a primera lectura en el Pleno de la Cámara de Senadores, el dictamen producto de las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos; siendo discutido y aprobado durante la segunda lectura de 30 de abril, con un total de 66 votos a favor; por lo que en términos de lo dispuesto en el artículo 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado a esta Cámara de diputados para darle continuidad al trámite legislativo.
El expediente con la minuta de mérito fue recibido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y turnado a la Comisión de Gobernación el pasado 3 de septiembre para efectos de su análisis y discusión, siendo recibido en las oficinas de esta Comisión el pasado 8 de octubre.
CONTENIDO DE LA INICIATIVA
La iniciativa materia del presente dictamen tiene por objeto:
Declarar el 28 de mayo de cada año, Día Nacional por la Salud de la Mujer.
Motivación
Las iniciantes sustentan que la finalidad de declarar el día nacional por la salud de la mujer es continuar con las acciones que garanticen los derechos tutelados por la Constitución mexicana y trabajar para un mejor desarrollo integral de los servicios de salud para la mujer.
Que de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, OMS, el enfoque de salud pública basado en el género, parte del reconocimiento de las diferencias entre el hombre y la mujer.
Que de acuerdo con datos a nivel mundial de la OMS, las mujeres viven de 6 a 8 años más que los hombres, en 2007 la esperanza de vida aumentó para las mujeres en 35 países, elevándose a 85 años de vida, no obstante, en países del continente africano, esta esperanza de vida se reduce a tan solo 54 años de vida.
Que la igualdad de condiciones en materia de atención a la salud, se debe evaluar a partir del desarrollo de la vida de hombres y mujeres.
Que en México, de acuerdo con un ensayo mayor del Instituto Nacional de Salud Pública, denominado Educación y Salud de la Mujer. Reflexiones desde una Perspectiva de Género, señala que las mujeres enferman y mueren de una manera diferente a los hombres.
Que la finalidad de emprender acciones a favor de la salud del género femenino, debe entenderse no con el propósito de obtener más que los hombres, sino que a partir del rezago que la materia tiene por los años que no se estructuró un sistema con perspectiva de género, igualar las condiciones y oportunidades a que todas y todos los mexicanos tienen derecho.
Que estas acciones (...) generan mayor concientización entre los creadores de políticas públicas y los programas para incluir cambios con perspectiva de género que beneficien la salud de las mexicanas; generan la medición y evaluación de políticas y reorientación y formulación de nuevas, con base en los resultados obtenidos; así como promoción del respeto de los derechos de las mujeres.
Que la importancia de eliminar la desigualdad entre los hombres y las mujeres en la diferenciación de las enfermedades por género, implica una mejor atención, diagnóstico oportuno y programación de recursos conforme a las afecciones propias de los grupos poblacionales de que se trate, logrando el más alto nivel de salud posible en nuestro país.
En virtud de lo anterior, una vez que han sido establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de la Comisión de Gobernación procedemos a formular las siguientes:
CONSIDERACIONES
Las y los integrantes de la Comisión de Gobernación reconocemos que la mujer tiene derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, puesto que tal derecho es esencial para el desarrollo pleno de su personalidad.
Consideramos que es necesario fomentar la protección a su salud en un entorno de bienestar, para estar en posibilidades de participar en igualdad de condiciones dentro de todas las esferas de la vida pública y privada.
Coincidimos con las iniciantes en la necesidad de mantener a las políticas públicas con perspectiva de género dentro de la agenda nacional, en beneficio de las mujeres mexicanas.
De igual manera y ahondando en el terna, hacemos nuestras las consideraciones de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing en lo referente a que la salud no es sólo la ausencia de enfermedades o dolencias, sino un estado de pleno bienestar físico, mental y social; y que esta se determina tanto por factores biológicos como por el contexto social, político y económico en que se vive.
Por ello coincidimos en que mediante el establecimiento de este tipo de efemérides, se contribuye a fomentar conciencia en la población sobre la necesidad de avanzar en las condiciones de igualdad de oportunidades a que todas y todos los mexicanos tienen derecho, comenzando por temas tan elementales como la salud humana.
Así, al declarar el 28 de mayo como Día Nacional por la Salud de la Mujer, se reafirma el derecho de todas las mujeres a recibir la atención médica y los servicios conexos a que tienen derecho, contribuyendo en la promoción e integración de este sector de la población desde una visión de Estado con perspectiva de género.
Por lo antes expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se aprueba la minuta a estudio en el presente dictamen, sometiendo a consideración del Pleno de la Cámara el siguiente:
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE EL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN DECLARA EL 28 DE MAYO DE CADA AÑO, DÍA NACIONAL POR LA SALUD DE LA MUJER
Artículo Único . El Honorable Congreso de la Unión, declara el 28 de mayo de cada año, Día Nacional por la Salud de la Mujer
TRANSITORIO
Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notifíquese a la Mesa Directiva para efectos de su programación legislativa.
Palacio Legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Avila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).
De la Comisión de Gobernación, con proyecto de decreto por el que se declara el día 28 de noviembre como Día Nacional del Artista Intérprete o Ejecutante
Honorable Pleno:
A la Comisión de Gobernación fue turnada para su estudio, análisis y dictamen, la minuta con proyecto de decreto por el que se declara el 28 de noviembre, Día Nacional del Artista Intérprete.
Esta Comisión, con fundamento en los artículos 50 y 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 y 45, numeral 6, incisos e) y f), así como numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; en relación a los diversos 157, numeral 1, fracción I; 158, numeral 1, fracción IV y 167, numeral 4 del Reglamento de la Cámara de Diputados, habiendo analizado el contenido de la minuta de referencia, somete a consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, basándose en los siguientes:
ANTECEDENTES
En sesión plenaria celebrada el 10 de diciembre de 2014, los senadores Mariana Gómez del Campo Gurza del Grupo Parlamentario del PAN, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz del Grupo Parlamentario del PRI, Miguel Barbosa Huerta y Zoé Robledo Aburto del Grupo Parlamentario del PRD, presentaron iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 28 de noviembre, Día Nacional del Artista Intérprete.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores turnó la mencionada iniciativa a las Comisiones Unidas de Cultura y de Estudios Legislativos de esa soberanía, para su análisis y dictamen.
El 28 de abril del presente se sometió a primera lectura en el Pleno de la Cámara de Senadores, el dictamen producto de las Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables y de Estudios Legislativos; siendo discutido y aprobado durante segunda lectura de 15 de octubre, con un total de 82 votos a favor; por lo que en términos de lo dispuesto en el artículo 72, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fue turnado a esta Cámara de diputados para darle continuidad al trámite legislativo.
El expediente con la minuta de mérito fue recibido por la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados y turnado a la Comisión de Gobernación el pasado 27 de octubre para efectos de su análisis y discusión, siendo recibido en las oficinas de esta Comisión al día siguiente.
CONTENIDO DE LA INICIATIVA
La iniciativa materia del presente dictamen tiene por objeto:
Declarar el 28 de noviembre, Día Nacional del Artista Intérprete.
Motivación
Los iniciantes sustentan que la Declaración Universal sobre Diversidad Cultural de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), señala que la cultura debe ser considerada como el conjunto de rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan una sociedad o un grupo social y comprende, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, el sistema de valores, las tradiciones y las creencias.
Que la cultura adquiere formas diversas a través del tiempo y del espacio, diversidad que se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades que caracterizan a los grupos y a las sociedades que componen la humanidad.
Que la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 33ª reunión celebrada en París en 2005, emitió la convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, en donde se afirma que la diversidad cultural es una característica esencial de la humanidad que acrecienta una gama de posibilidades y nutre las capacidades y valores humanos, constituyendo así, uno de los principales motores del desarrollo sostenible de las comunidades, los pueblos y las naciones, destacando la necesidad de incorporar la cultura como elemento estratégico a las políticas de desarrollo nacionales e internacionales.
Que nuestra Constitución Política en sus artículos 2°, 3°, 4° y 73 establece las bases para desarrollar la política cultural, a fin de que se nutran los proyectos y concepciones liberales y de su permanente vinculación con la comunidad internacional, sus ideales, instituciones y convenios, lo cual permite a la nación fortalecer su identidad reconociendo su composición pluricultural.
Que México es un país generador de grandes y talentosos artistas intérpretes con trayectorias reconocidas tanto a nivel nacional e internacional.
Que dada la importancia de un sinnúmero de artistas intérpretes en la sociedad mexicana, instaurar el 28 de noviembre de cada año como el Día Nacional del Artista Intérprete, en reconocimiento a la destacada labor que a lo largo de la historia no sólo de nuestro país sino a nivel regional ha realizado este gremio, particularmente, dada su importante contribución para estrechar los lazos de hermandad entre nuestro país y los pueblos del mundo, en especial, con los de Iberoamérica.
En virtud de lo anterior una vez que han sido establecidos los antecedentes y el contenido de la iniciativa, los integrantes de la Comisión de Gobernación procedemos a formular las siguientes:
CONSIDERACIONES
Las y los integrantes de la Comisión de Gobernación coincidimos con las Comisiones Unidas de Cultura y de Estudios Legislativos del Senado, respecto a que el arte y la cultura son las expresiones más sensibles de los pueblos y naciones; pues efectivamente, a través de ellas podemos conocer la profundidad de sus tradiciones, valores y aspiraciones.
Ello pues tanto el arte como la cultura de un país, son el reflejo de las vivencias que a diario se presentan en una sociedad, siendo los artistas intérpretes, los ejecutores y expositores de esa pluralidad de ideas, sentimientos y reflexiones.
México no es ajeno a este fenómeno, todo lo contrario, pues desde hace siglos ha producido inmensidad de obras artísticas que encuentran distintos canales de expresión, de entre los que podemos destacar la pintura, la música, la literatura, pero también a grandes actores y directores por mencionar algunos casos.
En este sentido, México se ha adherido a instrumentos internacionales enfocados a la protección y al fomento a la cultura, y en el caso particular, a la Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión de 1961, ratificada por México el 17 de febrero de 1964.
Por lo anterior esta Comisión considera pertinente declarar el 28 de noviembre, Día Nacional del Artista Intérprete, ya que los artistas intérpretes forman parte importante de la cultura que se genera en el mundo, por lo que con la celebración de mérito se reafirma el compromiso del Congreso de la Unión en la promoción a la cultura como motor de cambio en nuestro país, lo cual es de suma importancia para fomentar el desarrollo positivo de la sociedad mexicana a través de la expresión humana.
En virtud de lo anterior y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 82, 84 y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se aprueba la minuta a estudio en el presente dictamen, sometiendo a consideración del Pleno de la Cámara el siguiente:
POR EL QUE SE DECLARA AL DÍA 28 DE NOVIEMBRE COMO DÍA NACIONAL DEL ARTISTA INTÉRPRETE O EJECUTANTE
ARTÍCULO ÚNICO. El Honorable Congreso de la Unión declara Día Nacional del Artista Intérprete o Ejecutante, el día 28 de noviembre de cada año.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notifíquese a la Mesa Directiva para efectos de su programación legislativa.
Palacio legislativo, 18 de noviembre de 2015.
La Comisión de Gobernación
Diputados: Mercedes del Carmen Guillén Vicente (rúbrica), presidenta; Juan Manuel Cavazos Balderas (rúbrica), César Alejandro Domínguez Domínguez (rúbrica), Erick Alejandro Lagos Hernández (rúbrica), David Sánchez Isidoro (rúbrica), Karina Padilla Avila (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena, David Gerson García Calderón (rúbrica), Rafael Hernández Soriano (rúbrica), Jesús Gerardo Izquierdo Rojas (rúbrica), José Clemente Castañeda Hoeflich, Macedonio Salomón Tamez Guajardo (rúbrica en contra), Norma Edith Martínez Guzmán (rúbrica), secretarios; Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), Eukid Castañón Herrera (rúbrica), Sandra Luz Falcón Venegas (rúbrica), Martha Hilda González Calderón (rúbrica), Sofía González Torres (rúbrica), Marcela González Salas y Petricioli (rúbrica), Álvaro Ibarra Hinojosa, David Jiménez Rumbo (rúbrica), María Guadalupe Murguía Gutiérrez, Norma Rocío Nahle García, Claudia Sánchez Juárez (rúbrica), Carlos Sarabia Camacho (rúbrica), Jesús Sesma Suárez, Miguel Ángel Sulub Caamal (rúbrica), Jorge Triana Tena (rúbrica), Luis Alfredo Valles Mendoza (rúbrica), Benjamín Medrano Quezada (rúbrica).