Gaceta Parlamentaria, año XVIII, número 4322, miércoles 22 de julio de 2015
De la Mesa Directiva
Presidentes de Comisiones
Presentes
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes a los asuntos turnados a las comisiones siguientes:
1. Educación Pública y Servicios Educativos.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XV Bis al artículo 33 de la Ley General de Educación.
Presentada por la diputada Leticia López Landero, PAN.
Expediente 6877.
Séptima sección.
2. Trabajo y Previsión Social.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Presentada por la diputada Lilia Aguilar Gil, PT.
Expediente 6879.
Segunda sección.
3. Seguridad Social.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 132 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
Presentada por la diputada María Sanjuana Cerda Franco, Nueva Alianza.
Expediente 6880.
Tercera sección.
4. Desarrollo Social.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley General de Desarrollo Social.
Presentada por los diputados Alejandro Rangel Segovia y Roberto Ruiz Moronatti, PRI.
Expediente 6881.
Cuarta sección.
5. Hacienda y Crédito Público.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Presentada por el diputado José Luis Oliveros Usabiaga, PAN.
Expediente 6882.
Quinta sección.
6. Hacienda y Crédito Público.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Presentada por el diputado José Luis Oliveros Usabiaga, PAN.
Expediente 6884.
Séptima sección.
7. Gobernación.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 218 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Presentada por la diputada Esther Quintana Salinas, PAN.
Expediente 6885.
Primera sección.
México, DF, a 22 de julio de 2015.
Atentamente
Diputado Julio César Moreno Rivera (rúbrica)
Presidente
De la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, con la que envía el informe de la participación del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto, en la décima Cumbre de la Alianza del Pacífico
México, DF, a 15 de julio de 2015.
Diputado Eloy Cantú Segovia
Presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores
Presente
Me permito comunicar a usted que en sesión celebrada en esta fecha, se recibió de la Secretaría de Gobernación, oficio por el que remite el Informe de la participación del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto, en la décima Cumbre de la Alianza del Pacífico, celebrada los días 2 y 3 de julio de 2015, en Paracas, Departamento de Ica, República del Perú.
La Presidencia, con fundamento en el artículo 21, fracción III, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dispuso que dicha documentación, misma que se anexa, se remitiera a las Comisiones de Relaciones Exteriores; y de Relaciones Exteriores, América Latina y el Caribe de la Cámara de Senadores; a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados; ya la Segunda Comisión de la Comisión Permanente.
Atentamente
Senador Luis Sánchez Jiménez (rúbrica)
Vicepresidente
México, D.F., a 10 de julio de 2015.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Por este medio hago de su conocimiento que por oficio número DEP/0847/15, el ciudadano Antonio Iván Rojas Navarrete, director general adjunto de la Dirección General de Coordinación Política de la Secretaría de Relaciones Exteriores, remite el informe de la participación del presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, licenciado Enrique Peña Nieto, en la décima Cumbre de la Alianza del Pacífico, celebrada el 2 y 3 de julio de 2015, en Paracas, Departamento de Ica, República del Perú.
Por lo anterior y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la fracción VIII del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido y de su anexo.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)
Subsecretario
De la Secretaría de Gobernación, con la que remite informe sobre los avances en la implantación de las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos
México, DF, a 8 de julio de 2015.
Integrantes de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión
Presentes
Por este medio y en alcance a mi oficio número SELAP/300/1466/15, me permito remitir copia del similar número 113.2015.DGVP.239, signado por el licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, mediante el cual solicita que se haga del conocimiento del honorable Congreso de la Unión el alcance en el porcentaje indicado en la página 4 del informe sobre los avances en la implementación de las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa de la industria de hidrocarburos.
Por lo anterior les acompaño para los fines procedentes, copia del oficio al que me he referido y de sus anexos, para que por su amable conducto sean remitidos a las Cámaras de Senadores y de Diputados, respectivamente, del honorable Congreso de la Unión.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para reiterarles la seguridad de mi consideración distinguida.
Atentamente
Licenciado Felipe Solís Acero (rúbrica)
Subsecretario
México, DF, a 8 de julio de 2015.
Licenciado Felipe Solís Acero
Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos
Secretaría de Gobernación
Presente
En alcance a mi oficio número 113.2015.DGVP.222, fechado el 30 de junio de 2015, mediante el cual se solicitó enviar al honorable Congreso de la Unión el informe sobre los avances en la implementación de las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos, con fundamento en el artículo 125, penúltimo párrafo de la Ley de Hidrocarburos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, me permito solicitarle su amable intervención a fin de que por su conducto se haga del conocimiento del honorable Congreso de la Unión el siguiente alcance en el porcentaje indicado en la página 4 del informe, conforme me fue remitido por la unidad competente, y que se señala a continuación:
Dice:
...
Tercera convocatoria: 25 áreas terrestres...
El contenido nacional para el periodo de exploración será de 20 por ciento y para el de desarrollo de 27 por ciento en el primer año hasta llegar a 38 por ciento en el último año.
Debe decir:
...
Tercera convocatoria: 26 áreas contractuales en campos terrestres para actividades de extracción de hidrocarburos. El contenido nacional para el periodo de evaluación será de 22 por ciento y para el de desarrollo de 27 por ciento en el primer año hasta llegar a 38 por ciento en el último año.
Para facilitar su difusión le envío nuevamente el informe con el alcance antes indicado, con la finalidad de que se haga del conocimiento del honorable Congreso de la Unión, por conducto de la Comisión Permanente.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores (rúbrica)
Director General de Vinculación Política
México, DF, a 6 de julio de 2015.
Licenciado Édgar Alejandro Guerrero Flores
Director General de Vinculación Política
Presente
En alcance al oficio 417.2015.107, de fecha 29 de junio del presente año, por el que se solicita se envíe al honorable Congreso de la Unión el informe sobre los avances en la implementación de las estrategias para el fomento industrial de cadenas productivas locales y para el fomento de la inversión directa en las industrias de hidrocarburos, con fundamento en el artículo 125, penúltimo párrafo, de la Ley de Hidrocarburos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, me permito solicitar su amable intervención ante la Secretaría de Gobernación, a fin de que por su conducto se haga del conocimiento del honorable Congreso de la Unión la siguiente corrección del texto indicado en la página 4 del informe, según se señala a continuación:
Dice:
· .
Tercera convocatoria: 25 áreas Terrestres...
El contenido nacional para el periodo de exploración será de 20 por ciento y para el de desarrollo de 27 por ciento en el primer año hasta llegar a 38 por ciento en el último año.
Debe decir:
· .
Tercera convocatoria: 26 áreas contractuales en campos terrestres para actividades de extracción de hidrocarburos.
El contenido nacional para el periodo de evaluación será de 22 por ciento y para el de desarrollo de 27 por ciento en el primer año hasta llegar a 38 por ciento en el último año.
Para facilitar su difusión le envío nuevamente el informe con la corrección citada, con la finalidad de que se haga del conocimiento del honorable Congreso de la Unión.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
Héctor Márquez Solís (rúbrica)
Jefe de la Unidad de Compras de Gobierno
(Remitida a la Comisión de Energía. Julio 15 de 2015.)
Del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, con la que remite el informe semestral de labores correspondiente al lapso 16 de noviembre de 2014-31 de mayo de 2015
México, DF, a 10 de julio de 2015.
Senador Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta
Presidente de la Mesa Directiva
Cámara de Senadores del Congreso de la Unión
En cumplimiento de la fracción XV del artículo 311 de la Ley de Concursos Mercantiles, presento a esa honorable asamblea, en mi carácter de directora general del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, el informe semestral de labores ordenado en dicha disposición, correspondiente a las actividades del instituto del 16 de noviembre de 2014 al 31 de mayo de 2015.
Atentamente
Licenciada Gricelda Nieblas Aldana (rúbrica)
Directora General
(Remitida a la Comisión de Economía. Julio 15 de 2015.)
De la Comisión Nacional del Agua, con la que remite el informe por entidad federativa correspondiente al segundo trimestre del ejercicio fiscal de 2015 sobre los recursos asignados a municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento inmersos en el Programa de Devolución de Derechos
México, DF, a 8 de julio de 2015.
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
Con relación al Programa de Devolución de Derechos y de acuerdo con lo establecido en el artículo 231-A de la Ley Federal de Derechos, anexo al presente para su conocimiento el informe por entidad federativa correspondiente al segundo trimestre del ejercicio fiscal de 2015 sobre los recursos asignados a municipios y prestadores de los servicios de agua potable y saneamiento inmersos en este programa.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Ingeniero Óscar Hernández López (rúbrica)
Subdirector General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento
(Remitida a las Comisiones Hacienda y Crédito Público, y de Recursos Hidráulicos. Julio 15 de 2015.)
De El Colegio de Sonora, con la que remite el informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula del primer informe semestral de 2015
Hermosillo, Sonora; a 8 de julio de 2015.
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
Con un cordial saludo, me permito enviarle, con el presente, el informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula del primer Informe Semestral 2015 de nuestra institución, realizada por la Asociación Mexicana de Órganos de Control y Vigilancia en Instituciones de Educación Superior, AC (Amocvies, AC) a través de uno de sus miembros asociados.
De conformidad con el tercer párrafo del artículo I y la fracción III del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, me permito enviarle lo siguiente:
Informe de Resultados de la Auditoría a la Matrícula del Primer Informe Semestral 2015
Informe Semestral Específico sobre la ampliación de la matrícula del primer semestre 2015 y su explicación.
Formato Informe de Matrícula emitido por la DGESU/SES/SEP
Sin más por el momento, me permito quedar a sus apreciables órdenes.
Atentamente
Contador Público Armando Valenzuela Ojeda (rúbrica)
Contralor General
Doctora Gabriela Grijalva Monteverde
Rectora de El Colegio de Sonora
Presente
Con base en las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, las consideraciones para el cumplimiento de los artículos del Presupuesto de Egresos de la Federación en relación a la matrícula emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP), y en su solicitud para que la AMOCVIES, AC. auditara el primer Informe Semestral de matrícula 2015 y su variación con respecto al año anterior, la Universidad Popular de la Chontalpa fue designada como auditor externo Amocvies, AC para efectuar la auditoría a la matrícula de El Colegio de Sonora. Al concluir la revisión, presentamos a usted el informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula de su institución.
Objetivo de la auditoría
Verificar la confiabilidad de los datos reportados en los informes de matrícula del primer semestre en cumplimiento de las disposiciones que aplican del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
Alcances de la auditoría externa
Recibida la información de la matrícula conforme a las indicaciones y formatos determinados por la SEP, cuyo contenido es responsabilidad de la Coordinación de Posgrado de El Colegio de Sonora, se analizó de la siguiente manera:
I. El total de matrícula de El Colegio de Sonora es de 72 alumnos y se revisaron el total de los expedientes.
II. La auditoría consistió en la confrontación de la evidencia que soporta las cifras de la matrícula reportadas en el primer informe semestral de matrícula en consideración al artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015, con base en el esquema determinado por la Amocvies, AC, comprometiéndose a presentar los resultados de dicha auditoría externa con todo profesionalismo, imparcialidad y objetividad.
Resultado
Número 1. Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y servicios escolares.
Sin observaciones
Se encontró cien por ciento de concordancia entre las cifras de matrícula reportada en el informe de matrícula SEP (reingreso y matrícula total) con la base de datos de la matrícula de la Coordinación de Posgrado de El Colegio de Sonora.
Número 2. Soporte de aspirantes a la institución.
Sin observaciones
N/A, ya que en el primer semestre no hubo aspirantes.
Número 3. Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y las cifras reportadas por las facultades y escuelas.
Sin observaciones
N/A, debido a que la información de matrícula escolar se encuentra centralizada en la Coordinación de Posgrado.
Número 4. Análisis de duplicidad en alumnos registrados.
Sin observaciones
Cien por ciento de los alumnos registrados (72) no presenta duplicidad. Se detectaron 0 duplicados.
Número 5. Revisión de expedientes de alumnos registrados.
Sin observaciones
Los expedientes de los alumnos de la muestra revisada cuentan con cien por ciento de los documentos señalados en la normativa correspondiente.
Número 6. Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y la Estadística 911.
Sin observaciones
N/A
Número 7. Resumen de matrícula.
Resumen de matrícula con fecha de corte al 30 de marzo de 2015.
Nota: El Colegio de Sonora no oferta programas educativos en los niveles de media superior, TSU/PA, licenciatura y especialidad.
Número 8. Variación de la matrícula.
Se encontró que la variación entre los indicadores de matrícula de El Colegio de Sonora a la fecha de corte con respecto al año anterior (30 de marzo de 2015/30 de marzo de 2014) es por la cantidad de -2 alumnos, como se muestra en el cuadro siguiente:
Porcentaje de variación global de la matrícula -2.70 por ciento.
Conclusión
De acuerdo al objetivo de revisión se desprende que la información emitida por El Colegio de Sonora es razonablemente confiable, determinando en promedio, cien por ciento de concordancia entre los datos contenidos en el primer informe semestral de matrícula 2015 con relación al artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015 y las evidencias presentadas por la Coordinación de Posgrado de El Colegio de Sonora.
Hermosillo, Sonora, a 26 de junio de 2015.
Atentamente
Contador Público Ignacio Gutiérrez Padilla (rúbrica)
Presidente del Consejo Directivo de la Amocvies, AC
Contador Óscar Herrera Rendón (rúbrica)
Comisario de la Universidad Popular de la Chontalpa
Informe de Variación de Matrícula de marzo 2015 respecto a marzo 2014
Porcentaje de variación global de la matrícula -2.70 por ciento.
Maestría : La tabla muestra que existe una variación negativa en los alumnos del nivel de maestría de -2 alumnos, esto se debe a que hubo 2 bajas durante este periodo.
Contador Óscar Salvador Herrera Rendón (rúbrica)
Comisaría de la Universidad de la Chontalpa
Doctora Zulema Trejo Contreras (rúbrica)
Coordinador de Posgrado El Colegio de Sonora
(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 15 de 2015.)
De la Universidad Autónoma de Chiapas, con la que remite el informe de resultados de la auditoría externa al primer informe semestral de matrícula de 2015 de la Universidad Autónoma de Chiapas
Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; a 8 de julio de 2015.
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la LXII Legislatura
Honorable Congreso de la Unión
Presente
Distinguido diputado Moreno:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 , fracción 3o. del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) para el ejercicio de 2015 y para su superior conocimiento, por este medio me permito enviar en anexo el resultado de la auditoría externa de la matrícula universitaria del primer informe semestral 2015 y el informe específico sobre la variación de la matrícula del primer semestral 2015, practicada a esta Universidad por la Asociación Mexicana de Órganos de Control y Vigilancia en Instituciones de Educación Superior, AC (Amocvies).
Sin otro particular por el momento, le envió un cordial saludo.
Atentamente
Maestro Carlos Eugenio Ruiz Hernández (rúbrica)
Rector
Informe de Resultados de la Auditoría Externa al primer informe semestral de matrícula de 2015 de la Universidad Autónoma de Chiapas
Doctor Carlos Eugenio Ruiz Hernández
Rector de la Universidad Autónoma de Chiapas
Presente
Con base en las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio de 2015, las consideraciones para el cumplimiento de los artículos del Presupuesto de Egresos de la Federación en relación con la matrícula emitidos por la SEP y en su solicitud para que la Amocvies, AC, auditara el primer informe semestral de matrícula y su variación respecto al año anterior, la Universidad Veracruzana fue designada como auditor externo Amocvies, AC, para efectuar la auditoría a la matrícula de la Universidad Autónoma de Chiapas. Al concluir la revisión, presentamos a usted el Informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula de su Institución.
Objetivo de la auditoría
Verificar la confiabilidad de los datos reportados en los informes de matrícula del primer semestre en cumplimiento de las disposiciones que aplican del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
Alcances de la auditoría
Recibida la información de la matrícula conforme a las indicaciones y formatos determinados por la SEP, cuyo contenido es responsabilidad de la Dirección de Servicios Escolares, se analizó de la siguiente manera:
I. Se realizó el cálculo de una muestra representativa de los expedientes de alumnos con base en la fórmula proporcionada por la Amocvies, AC. La estratificación se realizó por programa educativo. El total de matrícula de la universidad es de 21 mil 70 alumnos y la muestra que se revisó es de 96 expedientes.
II. La auditoría consistió en la confrontación de la evidencia que soporta las cifras de la matrícula reportadas en el primer informe semestral de matrícula en consideración al artículo 40, fracción III del Presupuesto de Egresos de la Federación 2015, con base en el esquema determinado por la Amocvies, AC, comprometiéndose a presentar los resultados de dicha auditoría externa con todo profesionalismo, imparcialidad y objetividad.
Resultados
Resultado 1: Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y Servicios Escolares
Observación número 1
Se encontró un 99.65 por ciento de concordancia entre las cifras de matrícula reportada en el Informe de matrícula SEP (aspirantes, nuevo ingreso, reingreso y matrícula total), con la base de datos de la matrícula de la Dirección de Servicios Escolares.
Lo anterior obedece a que en la base de datos se localizaron 25 alumnos que están realizando sus estudios mediante movilidad y provienen de otras Instituciones de Educación Superior (IES); asimismo, se identificaron 98 alumnos de la Universidad cursando en otras IES, también a través de movilidad, sin estar contemplados en su base de datos.
Recomendación 1 . En lo sucesivo, la Dirección de Servicios Escolares deberá asignarles un indicador a los alumnos de movilidad con destino a su casa de estudios para identificarlos y excluirlos de su base de datos, con el fin de que no se contabilicen en el Informe de Matrícula. Por el contrario, a los alumnos de origen que realizan estudios mediante movilidad en otras IES, debe integrarlos su base de datos.
Resultado Núm. 2: Soporte de aspirantes
Sin observaciones
Los programas educativos de la Institución cuentan con soporte documental electrónico de los aspirantes registrados.
Resultado Núm. 3: Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y las cifras reportadas por las facultades y escuelas
Sin observaciones
No le aplica debido a la existencia de un sistema escolar centralizado.
Resultado número 4: Análisis de duplicidad en alumnos registrados
Sin observaciones
El 100 por ciento de los alumnos registrados 21 mil 70 no presenta duplicidad.
Resultado Núm. 5: Revisión de expedientes de alumnos registrados
Sin observaciones
Los expedientes de los alumnos de la muestra revisada cuentan con el 100 por ciento de los documentos señalados en la normativa correspondiente.
Resultado Núm. 6: Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y la Estadística 911
Sin observaciones.
No le aplica.
Resultado número 7: Resumen de matrícula.
Resumen de matrícula con fecha de corte al 30 de marzo de 2015
Resultado número 8. Variación de la matrícula.
Se encontró que la variación entre los indicadores de matrícula a la fecha de corte con respecto al año anterior (marzo/marzo) es por la cantidad de 119 alumnos, como se muestra en el cuadro siguiente:
Conclusión
De acuerdo al objetivo de revisión, se desprende que la información emitida por la Universidad Autónoma de Chiapas es razonablemente confiable, determinando, en promedio, un 99.88 por ciento de concordancia entre los datos contenidos en el primer informe semestral de matrícula 2015, en consideración al artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación 2015 y las evidencias presentadas por la Universidad Autónoma de Chiapas.
Xalapa, Veracruz, a 26 de junio de 2015.
CP Delfina Acosta Argüello (rúbrica)
Contralora General de la Universidad Veracruzana
M. en A. Ignacio Gutiérrez Padilla (rúbrica)
Presidente del Consejo Directivo de la Amocvies, AC
De la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, con la que remite resultado de la auditoría a la matrícula del primer informe semestral de 2015
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Cámara de Diputados
LXII Legislatura
Presente
Con fundamento en el capítulo III, sección séptima, artículos 101 y 102 del Estatuto General de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, que otorga a la contraloría general las atribuciones correspondientes como órgano oficial de fiscalización interna de la institución, encargado de diseñar, preparar y procesar la información que permita vigilar, evaluar y confirmar el cumplimiento de las funciones sustantivas y adjetivas de la universidad, me permito hacer de su conocimiento que:
En cumplimiento de lo establecido en la fracción III del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, en el que dispone que las instituciones públicas de educación superior estarán obligadas a la práctica de auditoría externa de su matrícula, debiendo enviar los resultados de ésta, así como un informe semestral específico sobre la ampliación de la misma, tanto a la Cámara de Diputados como a la Secretaría de Educación Pública, entrego a usted: el Informe de la Auditoría Externa a la Matrícula de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, resumen de matrícula y su variación así como el informe de matrícula en el formato establecido por la Dirección General de Educación Superior Universitaria de la Secretaría de Educación Pública, correspondiente al semestre enero- junio 2015.
Agradeciendo su decidido apoyo para el desarrollo de la cultura de transparencia y rendición de cuentas en la vida universitaria, esperamos las indicaciones y observaciones que considere pertinentes y, sin otro particular por el momento, reitero a usted las seguridades de mi consideración.
Atentamente
Amor, orden y progreso
Pachuca de Soto, Hidalgo, julio 8 de 2015.
Maestra Laura Elena Islas Márquez (rúbrica)
Contralora General
Informe de resultados de la auditoría externa al primer informe semestral de matrícula 2015 de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Maestro Humberto Augusto Veras Godoy
Rector de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Presente
Con base en las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, en las consideraciones para el cumplimiento de los artículos del Presupuesto de Egresos de la Federación en relación a la matrícula, emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y en su solicitud para que la Asociación Mexicana de Órganos de Control y Vigilancia en Instituciones de Educación Superior, AC (Amocvies, AC), auditara el primer informe semestral de matrícula y su variación con respecto al año anterior, la Universidad de Guanajuato, fue designada como auditor externo Amocvies, AC, para efectuar la auditoría a la matrícula de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo. Al concluir la revisión, presentamos a usted el informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula de su institución.
Objetivo de la auditoría
Verificar la confiabilidad de los datos reportados en los informes de matrícula del primer semestre en cumplimiento de las disposiciones que aplican del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
Alcances de la auditoría externa
Recibida la información de la matrícula conforme a las indicaciones y formatos determinados por la SEP, cuyo contenido es responsabilidad de la Dirección de Administración Escolar de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, se analizó de la siguiente manera:
I. Se realizó el cálculo de una muestra representativa de los expedientes de alumnos con base en la fórmula proporcionada por Amocvies, AC. La estratificación se realizó por programa educativo. El total de matrícula de la universidad es de 36 mil 441 alumnos y la muestra que se revisó es de 96 expedientes.
II. La auditoría consistió en la confrontación de la evidencia que soporta las cifras de la matrícula reportadas en el primer informe semestral de matrícula en consideración al artículo 40, fracción III del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, con base en el esquema determinado por la Amocvies, AC, comprometiéndose a presentar los resultados de dicha auditoría externa con todo profesionalismo, imparcialidad y objetividad.
Resultados
Número 1. Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y servicios escolares.
Sin observaciones
Se encontró cien por ciento de concordancia entre las cifras de matrícula reportada en el informe de matrícula SEP (aspirantes, nuevo ingreso, reingreso y matrícula total) con la base de datos de la matrícula de la Dirección de Administración Escolar de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo.
Recomendación: sin recomendaciones.
Número 2. Soporte de aspirantes de la institución.
Sin observaciones
Cien por ciento de los programas educativos de la institución cuentan con soporte electrónico de los aspirantes registrados.
Recomendación: Sin recomendaciones.
Número 3. Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y las cifras reportadas por las facultades y escuelas.
No aplica debido a la existencia de un sistema escolar centralizado.
Número 4. Análisis de duplicidad en alumnos registrados.
Sin observaciones
Cien por ciento de los alumnos registrados en el Sistema de Administración Escolar, 36 mil 441 no presenta duplicidad.
Recomendación: sin recomendaciones.
Número 5. Revisión de expedientes de alumnos registrados.
Sin observaciones
Cien por ciento de los expedientes de los alumnos de la muestra revisada cuentan con los documentos señalados en la normativa correspondiente.
Recomendación: sin recomendaciones.
Número 6. Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y la Estadística 911.
No aplica en este primer semestre.
Número 7. Resumen de la matrícula.
Resumen de matrícula con fecha de corte al 27 de marzo de 2015:
Número 8. Variación de la matrícula.
Se encontró que la variación entre los indicadores de matrícula de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo a la fecha de corte con respecto al año anterior (Marzo 2015-marzo 2014) es por la cantidad de 2 mil 877 alumnos, como se muestra en el cuadro siguiente:
Porcentaje de variación global de la matrícula: 8.6 por ciento.
Conclusión
De acuerdo con el objetivo de la revisión, se desprende que la información emitida por la Dirección de Administración Escolar de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo es razonablemente confiable, determinando, en promedio cien por ciento de concordancia entre los datos contenidos en el primer informe semestral de matrícula 2015, en consideración al artículo 40, fracción III del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015 y las evidencias presentadas por la citada dependencia de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo.
Pachuca de Soto, Hidalgo, a 26 de junio de 2015.
Maestro Ignacio Gutiérrez Padilla (rúbrica)
Presidente del Consejo Directivo Amocvies, AC.
Contador Benito Arturo Silva Lule (rúbrica)
Contralor General de la Universidad de Guanajuato
(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 15 de 2015.)
De la Universidad de Colima, con la que remite el informe de resultados de la auditoría sobre la matrícula del primer informe semestral de 2015
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Mesa Directiva de la LXII Legislatura Federal
Presente
Para dar atención a los requerimientos relacionados con las disposiciones sobre la auditoría de la matrícula y de conformidad con la fracción III del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015, adjunto al presente para su consideración el informe de resultados de la auditoría sobre la matrícula del primer informe semestral de 2015 de la Universidad de Colima, realizada por la Asociación Mexicana de Órganos de Control y Vigilancia en Instituciones de Educación Superior, AC (Amocvies).
Se remite además el formato de informe matrícula e informe semestral específico sobre la variación de matrícula del semestre enero-julio de 2015 vs. enero-julio de 2014.
No omito mencionar que en el marco de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la información relacionada con la auditoría de la matrícula, así como de los proyectos y montos autorizados a la institución que represento, se encuentran disponibles para consulta pública en el sitio web www.ucol.mx/conocenos/rendicion-cuentas/ apartado XXVIII, Otra información.
Confiando que encuentre correcta la presente información, me es grato reiterarle la seguridad de mi consideración y alta estima.
Atentamente
Estudia. Lucha. Trabaja.
Colima, Colima, a 8 de julio de 2015.
Maestro en Actuaría José Eduardo Hernández Nava (rúbrica)
Rector
Maestro en Actuaría José Eduardo Hernández Nava
Rector de la Universidad de Colima
Presente
Con base en las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015, las consideraciones para el cumplimiento de los artículos del Presupuesto de Egresos de la Federación con relación a la matrícula emitidos por la SEP y en su solicitud para que la Amocvies, AC, auditara el primer informe semestral de matrícula y su variación con respecto al año anterior, la Universidad Autónoma de San Luis Potosí fue designada como auditor externo Amocvies, AC, para efectuar la auditoría a la matrícula de la Universidad de Colima. Al concluir la revisión, presentamos a usted el informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula de su institución.
Objetivo de la auditoría
Verificar la confiabilidad de los datos reportados en los informes de matrícula del primer semestre en cumplimiento de las disposiciones que aplican del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
Alcances de la auditoría externa
Recibida la información de la matrícula conforme a las indicaciones y los formatos determinados por la SEP, cuyo contenido es responsabilidad de la Dirección General de Administración Escolar y la Dirección General de Planeación y Desarrollo Institucional, de esa universidad se analizó de la siguiente manera:
I. Se realizó el cálculo de una muestra representativa de los expedientes de alumnos con base en la fórmula proporcionada por Amocvies, AC. La estratificación se realizó por programa educativo. El total de matrícula de la universidad es de 24 mil 251 alumnos y la muestra que se revisó es de 96 expedientes.
II. La auditoría consistió en la confrontación de la evidencia que soporta las cifras de la matrícula reportadas en el primer informe semestral de matrícula en consideración del artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015, con base en el esquema determinado por la Amocvies, AC, comprometiéndose a presentar los resultados de dicha auditoría externa con todo profesionalismo, imparcialidad y objetividad.
Resultados
Resultado número 1, Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y base de datos de matrícula del primer semestre de 2015
Sin observaciones.
Se encontró 100 por ciento de concordancia entre las cifras de matrícula reportada en el informe de matrícula SEP (aspirantes, nuevo ingreso, reingreso y matrícula total) con la base de datos de la matrícula proporcionada por la Dirección General de Administración Escolar.
Resultado número 2, Soporte de aspirantes a la institución
No aplica.
Para semestre enero-julio de 2015, la universidad no reporta aspirantes.
Resultado número 3, Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y las cifras reportadas por las facultades y escuelas
No aplica.
Como resultado de la operación del Sistema de Control Escolar de la Universidad (Siceuc), en el cual se centralizan todos los procesos de admisión que los planteles efectúan.
Resultado número 4, Análisis de duplicidad en alumnos registrados
Sin observaciones.
El 100 por ciento de los 24 mil 251 alumnos registrados no presenta duplicidad.
Resultado número 5, Revisión de expedientes de alumnos registrados
Sin observaciones.
Los expedientes de los alumnos de la muestra revisada cuentan con 100 por ciento de los documentos señalados en la normativa correspondiente.
Resultado número 6, Concordancia entre las cifras del informe de matrícula SEP y la estadística 911
No aplica, toda vez que corresponde al primer semestre de 2015.
Resultado número 7, Resumen de matrícula
Resumen de matrícula del primer semestre con fecha de corte al 30 de marzo de 2015:
Resultado número 8, Variación de la matrícula
Se encontró que la variación entre los indicadores de matrícula de la Universidad de Colima a la fecha de corte con respecto al año anterior (30 de marzo de 2014/30 de marzo de 2015) es por la cantidad de 94 alumnos, como se muestra en el cuadro siguiente:
Conclusión
De acuerdo con el objetivo de revisión, la información emitida por la Universidad de Colima es razonablemente confiable, determinando en promedio 100.00 por ciento de concordancia entre los datos contenidos en el primer informe semestral de matrícula de 2015 en consideración el artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015 y las evidencias presentadas por esta universidad auditada.
Colima, Colima, a 16 de junio de 2015.
Atentamente
Maestro en Actuaría Ignacio Gutiérrez padilla (rúbrica)
Presidente del Consejo Directivo de la Amocvies, AC
Contador Público José León Carlos Silva (Rúbrica)
Contralor General de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí
(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 15 de 2015.)
De la Universidad Autónoma de Tamaulipas, con la que remite resultado de la auditoría a la matrícula del primer informe semestral de 2015
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 7 de julio de 2015.
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
De conformidad con el tercer párrafo del artículo 1 y la fracción III del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015 y con el objeto de participar en el Fondo para Elevar la Calidad de la Educación Superior de las Universidades Públicas Estatales (UPE), especificados en los lineamientos 2015 emitidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP), por este conducto envío a usted:
Informe de Resultados de la auditoría a la matrícula del primer Informe Semestral 2015 de nuestra universidad.
Informe semestral específico sobre la ampliación de la matrícula del primer semestre 2015.
Formato de informe de matrícula emitido por la DGESU/SES/SEP del Primer Semestre de 2015.
Sin otro particular le reitero mis atentas consideraciones.
Atentamente
Contador Público Enrique Etienne Pérez del Río (rúbrica)
Rector
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 10 de julio de 2015.
Contador Público Humberto de la Garza
Almazán
Contralor General
Por este conducto presento a usted, el informe semestral de matrícula correspondiente al primer semestre de 2015.
La diferencia porcentual entre el ciclo que se reporta y el mismo ciclo del año 2014 es de -1.58 por ciento.
La diferencia en la matrícula toral entre ambos periodos se explica por:
a) Suspensión temporal de estudios por alumnos que aprovechan la flexibilidad curricular, sea por razones laborales o de otra índole.
b) Disminución en la demanda en algunos programas.
c) Aprovechamiento de otras opciones educativas en el reglón por los egresados del nivel precedente.
d) Migración o cambio de residencia de estudiantes por diversas razones.
e) En los programas de especialidades médicas avaladas por la Facultad de Medicina Doctor Alberto Romo Caballero y la Facultad de Medicina e Ingeniería en Sistemas Computacionales de Matamoros, el cierre de Inscripciones fue posterior al 30 de marzo por lo que la matrícula que se informa no incluye esos estudiantes que se espera sean 415.
Atentamente
Ingeniero José Andrés Suárez Fernández (rúbrica)
Director
Auditoría de la matrícula del primer semestre 2015 de la Universidad Autónoma de Tamaulipas
Contador Público Enrique Etienne Pérez del Río
Rector de la Universidad Autónoma de Tamaulipas
Presente
Con base en las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, las consideraciones para el cumplimiento de los artículos del Presupuesto de Egresos de la Federación en relación a la matrícula emitidos por la SEP y en su solicitud para que la Amocvies, AC auditara el primer informe semestral de matrícula y su variación con respecto al año anterior, la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez fue designada como auditor externo Amocvies, AC para efectuar la auditoría a la matrícula de la Universidad Autónoma de Tamaulipas. Al concluir la revisión, presentamos a usted el informe de resultados de la auditoria externa a la matrícula de su Institución.
Objetivo de la auditoría
Verificar la confiabilidad de los datos reportados en los informes de matrícula del primer semestre en cumplimiento de las disposiciones que aplican del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
Alcances de la auditoría externa
Recibida la información de la matrícula conforme a las indicaciones y formatos determinados por la SEP, cuyo contenido es responsabilidad de la Dirección de Servicios Escolares se analizó de la siguiente manera:
I. Se realizó el cálculo de una muestra representativa de los expedientes de alumnos con base en la fórmula proporcionada por Amocvies, AC. La estratificación se realizó por programa educativo. El total de matrícula de la universidad es de 34 mil 149 alumnos y la muestra que se revisó es de 173 expedientes.
II. La auditoría consistió en la confrontación de la evidencia que soporta las cifras de la matrícula reportadas en el primer informe semestral de matrícula en consideración al artículo 40, fracción III del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015, con base en el esquema determinado por la Amocvies, AC, comprometiéndose a presentar los resultados de dicha auditoría externa con todo profesionalismo, imparcialidad y objetividad.
Resultados
Número 1 Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y Servicios Escolares.
Sin observaciones.
Se encontró cien por ciento de concordancia entre las cifras de matrícula reportada en el Informe de matrícula SEP con la base de datos de la matrícula de la Dirección de Servicios Escolares.
Número 2 Soporte de aspirantes a la institución.
No aplica
Número 3 Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y las cifras reportadas por las facultades y escuelas.
No aplica debido a la existencia de un sistema escolar centralizado.
Número 4 Análisis de duplicidad en alumnos registrados.
Sin observaciones.
El cien por ciento de los alumnos registrados no presenta duplicidad. Totalizando la matrícula de la institución en 34 mil 149 (treinta y cuatro mil ciento cuarenta y nueve alumnos).
Número 5 Revisión de expedientes de alumnos registrados.
Sin observaciones.
Los expedientes de los alumnos de la muestra revisada cuentan con cien por ciento de los documentos señalados en la normativa correspondiente.
Número 6 Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y la Estadística 911.
No aplica al semestre objeto de la auditoría.
Número 7 Resumen de matrícula .
Resumen de matrícula con fecha de corte al 30 de marzo de 2015.
Número 8 Variación de la Matrícula.
Se encontró que la variación entre los indicadores de matrícula de la Universidad Autónoma de Tamaulipas a la fecha de corte con respecto al año anterior es por la cantidad de 549 (quinientos cuarenta y nueve) alumnos, como se muestra en el cuadro siguiente:
Porcentaje de Variación de la Matricula: -1.58 por ciento
Conclusión
De acuerdo al objetivo de revisión, se desprende que la información emitida por la Universidad Autónoma de Tamaulipas es razonablemente confiable, determinando, en promedio, cien por ciento de concordancia entre los datos contenidos en el primer informe semestral de matrícula 2015 en consideración al artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015 y las evidencias presentadas por la Universidad Autónoma de Tamaulipas.
Tampico, Tamaulipas, a 19 de junio de 2015.
Atentamente
Maestro Ignacio Gutiérrez Padilla (rúbrica)
Contralor Universitario
Universidad Autónoma del Estado de México
Presidente del Consejo Directivo de la Amocvies, AC.
Maestro en Ciencias Eduardo Arturo Lara Hernández (rúbrica)
Contralor General
Universidad Autónoma de Ciudad Juárez
(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 15 de 2015.)
De la Universidad de Guanajuato, con la que remite el informe de matrícula correspondiente al primer semestre de 2015
Guanajuato, Guanajuato, a 15 de julio de 2015.
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la LXII Legislatura
Cámara de Diputados
Presente
Estimado doctor Malo Álvarez:
En cumplimiento del artículo 40, fracción III, del PEF de 2015, con relación a la matrícula de instituciones de educación superior, me permito hacer llegar a usted el informe de matrícula correspondiente al primer semestre 2015, que incluye:
1. Formato: Informe de matrícula con su argumentación correspondiente de la Universidad de Guanajuato.
2. Informe de variación de matrícula con su argumentación correspondiente de la Universidad de Guanajuato.
3. Informe de resultados de auditoría externa, elaborado por auditor externo designado por la Amocvies, AC.
Esperando tenga a bien considerar la presente petición, me despido enviando un cordial saludo.
Atentamente
La verdad nos hará libres
Doctor José Manuel Cabrera Sixto (rúbrica)
Rector General
Informe de resultados de la auditoría externa al primer informe semestral de matrícula de 2015 de la Universidad de Guanajuato
Doctor José Manuel Cabrera Sixto
Rector general de la Universidad de Guanajuato
Presente
Con base en las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio de 2015, las consideraciones para el cumplimiento de los artículos del Presupuesto de Egresos de la Federación en relación con la matricula emitidos por la SEP y en su solicitud para que la Amocvies, AC, auditara el primer informe semestral de matrícula y su variación con respecto al año anterior, la Universidad de Sonora fue designada como auditor externo Amocvies, AC, para efectuar la auditoria a la matrícula de la Universidad de Guanajuato. Al concluir la revisión, presentamos a usted el informe de resultados de la auditoría externa a la matrícula de su institución.
Objetivo de la auditoría
Verificar la confiabilidad de los datos reportados en los informes de matrícula del primer semestre en cumplimiento de las disposiciones que aplican del artículo 40 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015.
Alcances de la auditoria externa
Recibida la información de la matricula conforme a las indicaciones y formato determinados por la SEP, cuyo contenido es responsabilidad de la Dirección de Asuntos Académicos de la institución, se analizó de la siguiente manera:
I. Se realizó el cálculo de una muestra representativa de los expedientes de alumnos con base en la fórmula proporcionada por Amocvies, AC. La estratificación se realizó por programa educativo y nivel escolar. El total de la matrícula de la Universidad de Guanajuato es de 33 mil 331 alumnos y la muestra que se revisó es de 96 expedientes.
II. La auditoría consistió en la confrontación de la evidencia que soporta las cifras de la matrícula reportadas en el primer informe semestral de matrícula en consideración al artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2015, con base en el esquema determinado por la Amocvies, AC, comprometiéndose a presentar los resultados de dicha auditoría externa con todo profesionalismo imparcialidad y objetividad.
Resultados
Resultado número 1
Se encontró un 99.99 por ciento de concordancia entre las cifras de matrícula reportada en el informe de matrícula SEP de 33 mil 331 alumnos (aspirantes, nuevo ingreso, reingreso y matrícula total) con la base de datos de la matrícula de la Dirección de Asuntos Académicos de la Universidad de Guanajuato con 33 mil 332.
Recomendación:
Sin observaciones.
Resultado número 2: Soporte de aspirantes a la Institución
Sin observaciones
El 100 por ciento de los programas educativos de la Institución cuentan con soporte documental electrónico de los aspirantes registrados.
Resultado número 3: Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y las cifras reportadas por las facultades y escuelas
Sin observaciones
No le aplica debido a la existencia de un sistema escolar centralizado.
Resultado número 4: Análisis de duplicidad en alumnos registrados
Sin observaciones
El 100 por ciento de los 33 mil 331 alumnos registrados no presenta duplicidad.
Resultado número 5: Revisión de expedientes de alumnos registrados
Sin observaciones
Los expedientes de los alumnos de la muestra revisada cuentan con el 100 por ciento de los documentos señalados en la normativa correspondiente.
Resultado número 6: Concordancia entre las cifras del Informe de matrícula SEP y la Estadística 911
No aplica en la revisión del primer semestre.
Resultado número 7: Resumen de matrícula.
Resumen de matrícula con fecha de corte al 30 de marzo de 2015
Resultado número 8. Variación de la matrícula.
Se encontró que la variación entre los indicadores de matrícula de la Universidad de Guanajuato a la fecha de corte marzo de 2015 respecto al año anterior marzo de 2014 es por la cantidad de 2 mil 141 alumnos, como se muestra en el cuadro siguiente:
Conclusión
De acuerdo al objetivo de revisión, se desprende que la información emitida por la Universidad de Guanajuato es razonablemente confiable, determinando, en promedio, un 99.99 por ciento de concordancia entre los datos contenidos en el primer informe semestral de matrícula 2015, en consideración al artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación 2015 y las evidencias presentadas por la Universidad de Guanajuato.
Guanajuato, Guanajuato, a 24 de junio de 2015.
CP Claudia María Ortega Bareño (rúbrica)
Contralora General de la Universidad de Sonora
M. en A. Ignacio Gutiérrez Padilla (rúbrica)
Presidente del Consejo Directivo de la Amocvies, AC
(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 15 de 2015.)
De la Universidad Veracruzana, con la que remite el informe de resultados de la auditoría externa sobre el primer informe semestral de 2015 de su matrícula
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
México, DF
Para dar cumplimiento al artículo 40, fracción III, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, me permito enviar a usted, de manera impresa y electrónica el informe de resultados de la auditoría externa sobre el primer informe semestral de 2015 de la matrícula de la Universidad Veracruzana, realizada por la Asociación Mexicana de Órganos de Control y Vigilancia en Instituciones de Educación Superior, AC.
Se anexa el formato informe de matrícula desagregada por nivel y por programa educativo correspondiente al primer semestre, enero-junio, de 2015, con fecha de corte de información al 30 de marzo del año en curso.
Finalmente, se envía el reporte de variación de la matrícula establecida respecto al mismo primer semestre del año anterior.
Es pertinente hacer de su conocimiento que la información correspondiente se encuentra disponible en el portal de transparencia en nuestra página web:
http://www.uv.mx/transparencia/buscador-tematico/institucional-infpu blica/auditorias/
Con mi reconocimiento, reciba saludos cordiales.
Atentamente
Lis de Veracruz: Arte, Ciencia, Luz
Xalapa, Veracruz, a 9 de julio de 2015.
Doctora Sara Ladrón de Guevara (rúbrica)
Rectora
(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 15 de 2015.)
De la diputada Cinthya Noemí Valladares Couoh
Recinto Legislativo de San Lázaro,a 13 de julio de 2015.
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo establecido en el artículo 78, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en lo dispuesto en la fracción XVI del numeral 1 del artículo 6 y el artículo 12 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presento respetuosamente a usted mi solicitud de licencia por tiempo indefinido para separarme del cargo de diputada federal a partir del 13 de julio del año en curso.
Lo anterior con el propósito de que sea sometida a consideración del pleno de la Comisión Permanente de conformidad con lo dispuesto por el artículo 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Sin más por el momento, le reitero la seguridad de mi consideración.
Atentamente
Diputada Cinthya Noemí Valladares Couoh (rúbrica)
(Aprobada en votación económica. Julio 15 de 2015.)
Del diputado Raúl Paz Alonzo
Palacio Legislativo de San Lázaro,a 10 de julio de 2015.
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo establecido en los artículos 62 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción XVI, 12, numeral 1, fracción III, y 13 del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito solicitar por su conducto al pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión licencia temporal a partir del 13 julio de 2015 al 17 de agosto de 2015 para separarme de mi encargo como diputado federal.
Lo anterior, debido a que un servidor participa en un proceso interno por su partido político en Yucatán.
Agradeciendo de antemano su consideración, quedo de usted.
Atentamente
Diputado Raúl Paz Alonzo (rúbrica)
(Aprobada en votación económica; comuníquese. Julio 15 de 2015.)
Que reforma y adiciona los artículos 1068, 1068 Bis y 1069 del Código de Comercio, presentada por Fernando de las Fuentes Hernández, en nombre de Abel Octavio Salgado Peña, diputados del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
El suscrito, Abel Octavio Salgado Peña, diputado federal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman las fracciones V y VI, y se adiciona una fracción VII, al artículo 1068; se adiciona un artículo 1068 BIS, y se reforma el primer párrafo del artículo 1069, todos del Código de Comercio, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El crecimiento y desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación ha permitido transformar diversos aspectos de la vida del ser humano. La facilidad con la que hoy nos comunicamos ha logrado hacer mucho más eficientes los procesos en áreas como la educación y el comercio; ha permitido la difusión de conocimiento, la conservación de la cultura e incluso, ha detonado nuevas formas de entretenimiento.
Desafortunadamente, no hemos tenido el acierto de aplicar en toda su extensión estas ventajas tecnológicas obtenidas en aspectos clave de la vida en sociedad, como es el derecho; en particular, el derecho procesal.
En ese sentido, el implemento de tecnología a la vida cotidiana debe incidir, igualmente, dentro de la impartición de justicia con la finalidad de cumplir cabalmente la esencia de la misma, que radica en las cualidades que dicha impartición debe cumplir, a saber, ser gratuita, pronta y expedita.
En efecto, los litigios al día de hoy se siguen desarrollando con procedimientos de muy largo aliento histórico pero con un empleo escaso, prácticamente tangencial, de las nuevas formas de comunicación.
Esto se ha debido, entre otras razones, a la desconfianza que aún genera este tipo de tecnologías en algunos sectores de juristas. Muchos otros, en cambio, han expresado la necesidad de modernizar la manera cómo se llevan a cabo los procedimientos jurisdiccionales, en aras de reducir costos y tiempo, y que ello se traduzca en una justicia más pronta y expedita como mandata nuestra Constitución Política.
Uno de los más importantes promotores de la necesaria modernización es el Dr. Miguel Carbonell, prolífico miembro del Instituto de Investigaciones Jurídicas quien, desde el año 2002, ha dictado cursos y conferencias sobre Nuevas tecnologías y Globalización, en las que explica la necesidad de incorporar nuevas herramientas informáticas a la enseñanza y aplicación del derecho, como pudiera ser su vertiente procesal.
En el mismo sentido, el abogado postulante y maestro Luis Omar Guerrero Rodríguez,1 advierte el cambio de paradigma que se ha dado desde el año 2000 y señala lo siguiente:
Es importante señalar que en el 2000 nuestro país dio un gran paso con las reformas, principalmente, al Código de Comercio, Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles y Ley Federal de Protección al Consumidor en el sentido de darle validez a los contratos electrónicos y proteger al consumidor al realizar transacciones en línea. Además, en 2003 y 2004 se reformó el Código de Comercio en materia de firmas electrónicas y prestadores de servicios de certificación. Las reformas han sido importantes pero insuficientes. Es necesario continuarlas y llevarlas a un terreno más procesal e, incluso, facilitar que la tarea tradicional que antes se hacía manualmente o con una presencia física intensa en tribunales o en la calle (especialmente notificaciones) se maximice utilizando los medios electrónicos.
Por ejemplo, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo permite realizar avisos de notificaciones por correo electrónico (artículo 65); la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental permite el señalamiento de un correo electrónico en la solicitud de acceso a la información (artículo 40) y en la interposición del recurso de revisión (artículo 55 fracción IV) para recibir promociones y notificaciones. Por su parte, la Ley Federal de Competencia Económica (artículo 34 bis 1) permite sustanciar ciertas promociones por medios electrónicos y la Ley de la Propiedad Industrial (artículo 94 bis-4) permite la recepción de notificaciones vía correo electrónico.
No obstante, aún queda mucho por hacer dada la constante, rápida y en ocasiones imperceptible evolución de la tecnología. De otra forma, corremos el grave riesgo de que la legislación y la práctica profesional se vean ampliamente superadas por la realidad.
Desde luego, algunas de las leyes que refiere el autor, transcritas en los apartes anteriores, han sido sustancialmente modificadas por esta LXII Legislatura, en particular las relacionadas con el derecho a la transparencia y la competencia económica. Sin embargo, en ambos casos se ha garantizado que las disposiciones sobre el empleo de las tecnologías se conserven, e incluso se amplíen en la misma medida que se han desarrollado las mismas.
Un paso fundamental en este sentido, se dio en el año 2008, con la reforma constitucional en materia penal que busca la instauración plena de los juicios orales. El cambio de paradigma sobre la alta demora en los procesos litigiosos, en particular en materia penal, implicó revisar los límites del empleo de históricos, y casi rústicos, métodos para llevar un registro de la actividad procedimental, de las actuaciones judiciales y de la intervención de las partes en los juicios.
De este modo, se está realizando el tránsito a la oralidad, no a partir de la eliminación de la totalidad de los registros en materiales impresos, sino con la incorporación de herramientas que permiten nuevas formas para conservar dichos registros en versiones electrónicas de las actuaciones judiciales. De esta forma, el juez penal se podrá concentrar en la resolución de la materia sustantiva del caso, con cierta celeridad, más allá de verificar que un expediente judicial cuente con todas y cada una de las constancias impresas sobre los dichos de las partes. El acento se movió de un formalismo exacerbado, a la justicia y la búsqueda de la verdad histórica sobre la responsabilidad penal de los gobernados.
Este punto fue tomado en cuenta a plenitud al momento de discutir y aprobar el contenido del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales. Se transcribe el contenido del artículo 82 y 83 de dicho instrumento normativo para mayor claridad en la exposición:
Capítulo V
Notificaciones y citaciones
Artículo 82. Formas de notificación
Las notificaciones se practicarán personalmente, por lista, estrado o boletín judicial según corresponda y por edictos:
I. Personalmente podrán ser:
a) En Audiencia;
b) Por alguno de los medios tecnológicos señalados por el interesado o su representante legal;
c) En las instalaciones del Órgano jurisdiccional, o
d) En el domicilio que éste establezca para tal efecto. Las realizadas en domicilio se harán de conformidad con las reglas siguientes:
1) El notificador deberá cerciorarse de que se trata del domicilio señalado. Acto seguido, se requerirá la presencia del interesado o su representante legal. Una vez que cualquiera de ellos se haya identificado, le entregará copia del auto o la resolución que deba notificarse y recabará su firma, asentando los datos del documento oficial con el que se identifique. Asimismo, se deberán asentar en el acta de notificación, los datos de identificación del servidor público que la practique;
2) De no encontrarse el interesado o su representante legal en la primera notificación, el notificador dejará citatorio con cualquier persona que se encuentre en el domicilio, para que el interesado espere a una hora fija del día hábil siguiente. Si la persona a quien haya de notificarse no atendiere el citatorio, la notificación se entenderá con cualquier persona que se encuentre en el domicilio en que se realice la diligencia y, de negarse ésta a recibirla o en caso de encontrarse cerrado el domicilio, se realizará por instructivo que se fijará en un lugar visible del domicilio, y
3) En todos los casos deberá levantarse acta circunstanciada de la diligencia que se practique;
II. Lista, Estrado o Boletín Judicial según corresponda, y
III. Por edictos, cuando se desconozca la identidad o domicilio del interesado, en cuyo caso se publicará por una sola ocasión en el medio de publicación oficial de la Federación o de las Entidades federativas y en un periódico de circulación nacional, los cuales deberán contener un resumen de la resolución que deba notificarse.
Las notificaciones previstas en la fracción I de este artículo surtirán efectos al día siguiente en que hubieren sido practicadas y las efectuadas en las fracciones II y III surtirán efectos el día siguiente de su publicación.
Artículo 83. Medios de notificación
Los actos que requieran una intervención de las partes se podrán notificar mediante fax y correo electrónico , debiendo imprimirse copia de envío y recibido, y agregarse al registro, o bien se guardará en el sistema electrónico existente para tal efecto; asimismo, podrá notificarse a las partes por teléfono o cualquier otro medio, de conformidad con las disposiciones previstas en las leyes orgánicas o, en su caso, los acuerdos emitidos por los órganos competentes, debiendo dejarse constancia de ello.
El uso de los medios a que hace referencia este artículo, deberá asegurar que las notificaciones se hagan en el tiempo establecido y se transmita con claridad, precisión y en forma completa el contenido de la resolución o de la diligencia ordenada.
En la notificación de las resoluciones judiciales se podrá aceptar el uso de la firma digital.
Como se desprende de los artículos transcritos, el legislador ordinario hizo una distinción clara entre las formas de notificación y los medios de notificación. Las primeras, incluyen la notificación personal (y sus variantes), la lista, estrado o boletín (según el lugar en que se aplique) y la notificación por edictos.
Por otra parte, dentro de los medios de notificación se establece que podrá emplearse el correo electrónico, y otros medios, en los actos que requieran una intervención de las partes, con cuatro particularidades, a saber: (i) la necesidad de anexar copia de envío y recibido, o bien, que se guarde en el sistema electrónico existente para tal efecto; (ii) la posibilidad de notificar a las partes por teléfono o cualquier otro medio, de conformidad con las disposiciones previstas en las leyes orgánicas o, en su caso, los acuerdos emitidos por los órganos competentes, debiendo dejarse constancia de ello; (iii) la obligación de asegurar que las notificaciones se hagan en el tiempo establecido y se transmita con claridad, precisión y en forma completa el contenido de la resolución o de la diligencia ordenada, y (iv) la posibilidad del empleo de la firma digital en la notificación de resoluciones judiciales.
Esta legislación de avanzada, se puede y debe replicar en otros ordenamientos de carácter Federal y aplicación en todo el territorio nacional, como es el caso del Código de Comercio.
En efecto, recordemos que nuestro Código de Comercio, a pesar de haber sufrido una serie de importantes reformas de actualización a lo largo de las últimas décadas, es un instrumento normativo que se promulgó y publicó en 1889, en tiempos de Porfirio Díaz.
Insistimos: con el paso del tiempo el Código se ha modernizado. Incluso, en la última década se incorporó el reconocimiento de la contratación electrónica, sin embargo sigue los mismos y rústicos procedimientos para el desahogo de los procesos jurisdiccionales de carácter contenciosos.
Por ello, consideramos necesario incorporar, a la manera que lo hace el Código Nacional de Procedimientos Penales, mecanismos expeditos, inmediatos y certeros tecnológicamente, para la notificación de actuaciones judiciales, sea a lo largo del proceso o sobre la conclusión del mismo. Salvaguardando, desde luego, la necesidad de la notificación personal de la demanda de un juicio mercantil, sea ordinario o ejecutivo. Esto, en atención a la relevancia toral que reviste dicha notificación y que así lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia de la Nación en diversas ejecutorias:
Formalidades esenciales del procedimiento. Son las que garantizan una adecuada y oportuna defensa previa al acto privativo. 2
La garantía de audiencia establecida por el artículo 14 constitucional consiste en otorgar al gobernado la oportunidad de defensa previamente al acto privativo de la vida, libertad, propiedad, posesiones o derechos, y su debido respeto impone a las autoridades, entre otras obligaciones, la de que en el juicio que se siga se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento. Estas son las que resultan necesarias para garantizar la defensa adecuada antes del acto de privación y que, de manera genérica, se traducen en los siguientes requisitos: 1) La notificación del inicio del procedimiento y sus consecuencias; 2) La oportunidad de ofrecer y desahogar las pruebas en que se finque la defensa; 3) La oportunidad de alegar; y 4) El dictado de una resolución que dirima las cuestiones debatidas. De no respetarse estos requisitos, se dejaría de cumplir con el fin de la garantía de audiencia, que es evitar la indefensión del afectado.
Emplazamiento a juicio ejecutivo mercantil. Es ilegal el practicado en el domicilio señalado en el título de crédito base de la acción, cuando no se respetan las formalidades esenciales del procedimiento, ya que dicho domicilio no debe entenderse como convencional para efectos procesales. 3
Si bien es cierto en materia mercantil el procedimiento convencional resulta preferente y por esto el emplazamiento en el domicilio convencional resulta legal, también lo es que de acuerdo a lo establecido en los artículos 1051, 1052 y 1053 del Código de Comercio dicho procedimiento convencional debe formalizarse en escritura pública, póliza ante corredor o ante el Juez que conozca de la demanda en cualquier estado del juicio, y se respeten las formalidades del procedimiento. Por tanto, resulta ilegal el emplazamiento practicado en el domicilio señalado en el título de crédito base de la acción, cuando no se respetan las formalidades esenciales del procedimiento, es decir si el emplazamiento no fue realizado de conformidad con las reglas que al respecto se establecen, ya que dicho domicilio no debe entenderse como convencional para efectos procesales , pues para ello se requiere cumplir con los requisitos señalados en los preceptos del Código de Comercio ya citados, y por tanto, la única consecuencia que tiene la estipulación del domicilio del suscriptor del título de crédito, es que dicho documento debe presentarse para su cobro en dicho domicilio, pero cuando su pago no se obtiene, y éste se demanda en juicio ejecutivo, debe emplazarse al demandado en el lugar en que tenga su domicilio, hecho que deberá constatar el actuario, cumpliendo las formalidades esenciales del procedimiento, domicilio que podrá ser el señalado en el título de crédito.
Emplazamiento a personas físicas. Si en la razón del actuario sólo señala que el domicilio del demandado es correcto por advertirlo de las nomenclaturas de las calles, número, colonia y ciudad, ello no colma las formalidades esenciales del procedimiento, lo que constituye una violación a las reglas que lo rigen (Legislación del estado de Tamaulipas). 4
El artículo 67, fracción III, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado ordena que el emplazamiento a las personas físicas se realice en el domicilio señalado por la parte que lo pide, el cual debe corresponder con el lugar en donde habita el demandado; por tanto, el actuario, al realizarlo debe cerciorarse de que queden satisfechas esas circunstancias y asentarlo en el acta relativa. En esas condiciones, si en la razón del actuario no se señala que en el domicilio en el que se constituyó para practicar el emplazamiento habita el demandado y, en cambio, sólo refiere que se cercioró de que era correcto por así advertirlo de las nomenclaturas de las calles, número, colonia y ciudad correspondientes, con estas expresiones no se colman las formalidades esenciales del procedimiento , dado que esa información no brinda la seguridad de que ese domicilio sea el lugar donde habita el demandado. Consecuentemente, esa irregularidad constituye una violación a las reglas que rigen el procedimiento de dicha diligencia.
Por ello, a efecto de lograr la prontitud en la tramitación de un procedimiento del orden mercantil, sea éste ejecutivo u ordinario, deberá adicionarse y reformarse el Código de Comercio en su capítulo IV De las notificaciones , a fin de incorporar un mecanismo novedoso de notificaciones vía correo electrónico e implementar un catálogo específico de las notificaciones que deban ser personales.
El antecedente más próximo y fehaciente lo tenemos en las últimas reformas al Código de Comercio, el cual adicionó a los procedimientos mercantiles los juicios orales y con ello el artículo 1390 Bis 10, que refiere que únicamente será notificado personalmente el emplazamiento, permitiendo que las demás determinaciones se notificarán a las partes conforme a las reglas de las notificaciones no personales.
En ese sentido, se considera que dentro de los procedimientos mercantiles tramitados en las vías ejecutiva u ordinaria, respectivamente, la única notificación en forma personal deberá ser, en los ejecutivos mercantiles el requerimiento, embargo y emplazamiento, y en los mercantiles ordinarios, el emplazamiento; en ambos tipos de juicios, en los casos en que el Juez considere pertinente una notificación personal.
Así las cosas, deberá adicionarse dentro del artículo 1068 del Código de Comercio una fracción VII que indique la posibilidad de notificaciones a través de un correo electrónico; así mismo deberá adicionarse un artículo 1068 Bis, dentro del cual se diga que sólo deben ser personales las notificaciones tratándose de los supuestos referidos en el párrafo anterior, y reformar, igualmente, el artículo 1069 del Código de Comercio, estableciendo que en el primer escrito deberá proporcionarse una dirección electrónica, donde se puedan practicar aquellos requerimientos o notificaciones que no deban ser personales a criterio del Juzgador.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto
Único. Se reforman las fracciones V y VI, y se adiciona una fracción VII, al artículo 1068; se adiciona un artículo 1068 Bis, y se reforma el primer párrafo del artículo 1069, todos del Código de Comercio, para quedar como sigue:
Artículo 1068. ...
...
Las notificaciones en cualquier procedimiento judicial serán:
I.
II.
III.
IV.
V. Por correo certificado;
VI. Por telégrafo certificado, y
VII. Por correo electrónico.
Artículo 1068 Bis. Será notificado en forma personal, en el domicilio de los contendientes en el procedimiento únicamente:
I. El requerimiento, embargo y emplazamiento a la parte demandada en los juicios ejecutivos mercantiles;
II. El emplazamiento en el juicio mercantil ordinario, y
III. Los demás casos que el Juez así lo considere.
Artículo 1069. Todos los litigantes, en el primer escrito o en la primera diligencia judicial, deben designar domicilio ubicado en el lugar del juicio para que se les hagan las notificaciones y se practiquen las diligencias que sean necesarias; asimismo deberán proporcionar una dirección electrónica para que les sean practicadas las notificaciones de carácter personal que el juez considere . Igualmente deben designar el domicilio en el que ha de hacerse la primera notificación a la persona o personas contra quienes promueven.
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1. Reformas Pendientes Al Código de Comercio. Conferencia impartida el 26 de junio de 2008 en el edificio las Flores del Poder Judicial Federal, dentro del Foro de Análisis a la Reforma Procesal Mercantil y la necesidad de actualizar el Proceso Civil Federal, organizado por la Asociación de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, AC. (Visible en: http://www.ijf.cjf.gob.mx/publicaciones/revista/26/RIJ26-07AGuerrero.pd f ; consultado: 7 de julio de 2015).
2. Época: Novena Época; Registro: 200234; Instancia: Pleno; Tipo de Tesis: Jurisprudencia; Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; Tomo II, Diciembre de 1995; Materia(s): Constitucional, Común; Tesis: P./J. 47/95; P. 133.
3. Época: Novena Época; Registro: 193025; Instancia: Primera Sala; Tipo de Tesis: Jurisprudencia; Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; Tomo X, Noviembre de 1999; Materia(s): Civil; Tesis: 1a./J. 53/99; P. 157
4. Época: Novena Época; Registro: 162858; Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito; Tipo de Tesis: Jurisprudencia; Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta; Tomo XXXIII, Febrero de 2011; Materia(s): Civil; Tesis: XIX.1o. J/10; P. 2044
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, julio 15 de 2015.
Diputado Abel Octavio Salgado Peña, Juan Pablo Adame (rúbricas).
(Turnada a la Comisión de Economía. Julio 15 de 2015.)
Que adiciona diversas disposiciones a la Ley de la Industria Eléctrica, recibida de la diputada María Sanjuana Cerda Franco, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
La que suscribe, María Sanjuana Cerda Franco, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de la Industria Eléctrica, al tenor del siguiente
Planteamiento del problema
El sector energético es un área estratégica para el desarrollo y crecimiento económico de un país, pues la energía conforma un insumo indispensable para la realización de las diferentes actividades económicas de cualquier nación, así como para satisfacer las necesidades cotidianas de su población.
En esta LXII Legislatura, se llevó a cabo una de las reformas estructurales más importantes de la historia moderna de México: la reforma energética. Así, el 20 de diciembre de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reformó y se adicionó diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía; y el 11 de agosto de 2014 se publicaron los decretos sobre las leyes secundarias de la reforma energética.
En materia de energía eléctrica, la reforma estructural consistió básicamente en permitir la participación de la iniciativa privada en la generación de energía eléctrica y su comercialización; conservando el Estado el monopolio sobre el servicio público de transmisión y distribución de la electricidad, así como la operación del sistema eléctrico nacional.
El Grupo Parlamentario de Nueva Alianza votó a favor de la reforma a la industria eléctrica, porque la apertura del mercado energético mexicano a la participación de la iniciativa privada en la producción y comercialización de la energía eléctrica, era el camino idóneo para el desarrollo competitivo de nuestro país.
Sin embargo, para que dicha transformación se desarrolle dentro de pautas eficientes de colaboración público-privada, a efecto de lograr el mayor beneficio económico y social para la nación, Nueva Alianza considera que es indispensable que la participación de la iniciativa privada en el sector eléctrico, se rija por el principio de la transparencia, ya que nuestro grupo parlamentario nunca ha estado, ni estará, a favor de la opacidad.
Ahora bien, en ese sentido, México tiene mucho camino que recorrer para lograr el establecimiento de una gestión transparente y responsable de sus recursos. Tráfico de influencia, actos de corrupción y una laxa vigilancia del cumplimiento de las normas han desembocado en problemas que afectan las finanzas públicas, el tejido social y la cultura de la legalidad en el país.1
Muestra de la importancia de la corrupción en la agenda nacional es la creciente atención que sirve por parte de los medios: entre 1996 y 2014 el número de notas sobre corrupción en la prensa tuvo un crecimiento de más de cinco mil por ciento. Pasó de 502 a 29 mil 505 notas en 18 años.2
Tal y como lo señalaron el IMCO y el CIDE en su publicación conjunta México: Anatomía de la corrupción. Desde un punto de vista local, ninguna entidad federativa se escapa de la corrupción, en el sector público. En Querétaro, el estado mejor calificado, el 65 por ciento de las personas cree que existe corrupción, señala el estudio, y el promedio de las 32 entidades fue de 85 por ciento de percepción.
Por otra parte, este estudio informa que las instituciones que se perciben como más corruptas son, en el siguiente orden: los partidos políticos (91 por ciento); la policía (90 por ciento); los funcionarios públicos (87 por ciento); el poder legislativo (83 por ciento); el poder judicial (80 por ciento).3
Sin embargo, es importante señalar que el mencionado informe destaca que la corrupción no es un mal exclusivo del sector público ya que recae también en el sector privado y en la ciudadanía en general. En efecto, la corrupción consiste en un problema de oferta y demanda, en donde los actos de corrupción son ofertados por ciudadanos a las autoridades, a cambio de una compensación que son los pagos extraoficiales (sobornos) o mediante el tráfico de influencia.
Según el informe del IMCO y el CIDE, el 44 por ciento de las empresas en México reconoció haber pagado un soborno, lo cual nos ubica justo por debajo de Rusia. Además, el estudio también indica que los encuestados respondieron que el 75 por ciento de los pagos extraoficiales que hacen las empresas mexicanas se utiliza para agilizar trámites y obtener licencias y permisos; y que una tercera parte de estos pagos se entregan a dependencias municipales.
Como puede observarse, si bien el tema de la corrupción es un campo en donde no se puede contar con datos cuantitativos precisos, sí es posible realizar una estimación de corte cualitativo, basada en la percepción de la misma.
Ahora bien, en el caso de la industria eléctrica en México, medir de manera precisa el nivel de corrupción en el sector es más difícil aún. Sin embargo, es posible tener una percepción de la situación basándonos en la importancia que las notas periodísticas le dan al problema de la corrupción.
Muy frecuentemente en los medios de comunicación se da a conocer la existencia de diversas denuncias por actos de corrupción de funcionarios y servidores públicos del sector eléctrico; soslayándose el hecho de que en cada acto de este tipo siempre existe una contraparte y que muy comúnmente se trata de personas físicas o empresas que ofrecen sobornos.
Cuando la iniciativa privada soborna a la autoridad, la primera se erige como oferente del acto de corrupción; y cuando la iniciativa privada se pliega a pagar una mordida, entonces eso la convierte en receptor y demandante pasivo de la misma.
Así por ejemplo, una modalidad frecuente de corrupción es el pago de comisiones para conseguir algún contrato de obra pública, compras o servicios. El famoso diezmo, los famosos moches, han subido en algunos estados y pueden llegar hasta 25 por ciento o 30 por ciento del valor de una licitación. Es un fenómeno tan extendido que muchos contratistas se sorprenden cuando no les piden comisión. Dar soborno se considera en ocasiones un seguro de acceso, parte de los costos de transacción. En algunas entidades son los parientes del gobernador quienes negocian los moches o intermediarios de gran confianza del mandatario. Algunos empresarios se quejan en privado pero los organismos empresariales no hacen nada al respecto. 4 Asimismo, otra modalidad de corrupción rutinaria es el otorgamiento de permisos y concesiones. 5
Ahora con la apertura de la iniciativa privada al mercado eléctrico nacional, habrá una mayor cantidad de participantes que serán no solamente entidades públicas sino también agentes de la iniciativa privada (generadores, comercializadores, suministradores, usuarios calificados, proveedores, contratistas, etcétera), por lo que habrá una mayor exposición a sobornos y moches que pudieran menoscabar la competitividad que se busca con la privatización del sector eléctrico mexicano.
Por otro lado, la industria eléctrica también se ve afectada por el robo de energía eléctrica por la población, los famosos diablitos o colgados. Las tomas clandestinas de electricidad por parte de empresas y particulares, la política del no pago y el costo de los insumos para producir la energía eléctrica basada en el combustóleo, han hecho que la luz en México sea 30 por ciento más cara, en promedio, que en cualquier otra parte del mundo. 6 Las cifras oficiales admiten que los costos por las ineficiencias de la CFE en la generación eléctrica, y el uso de los diablitos para robar energía a través del medidor y quienes se cuelgan de los cables, impactan al 22 por ciento de su operación.
Tanto actos de corrupción, como robos de energía eléctrica, colusión entre agentes o participantes de la industria eléctrica, entre otros actos contrarios a la ley en la materia y demás disposiciones jurídicas, amarran la competitividad en la industria eléctrica mexicana, lo cual tendría como efecto aumentar el costo de la energía eléctrica y, por ende, afectaría directamente a las y los mexicanos.
Ahora bien, este contexto de oferta-demanda de corrupción es posible gracias a un imperante clima de impunidad que permite que este vicio se fortalezca para perjuicio de la sociedad. Según datos arrojados por el citado informe, en México sólo el 2 por ciento de los delitos de corrupción son castigados, siempre los cometidos por mandos inferiores. Además, de las 444 denuncias presentadas por la Auditoría Superior de la Federación desde 1998 hasta 2012, sólo 7 fueron consignadas, es decir, 1.5 por ciento.
Nueva Alianza considera que para que esta colaboración público-privada de la industria eléctrica se dé en un ambiente de transparencia, legalidad y en beneficio de la nación, es importante fortalecer el control y fiscalización de las disposiciones jurídicas en la materia, incluyendo la participación de la ciudadanía mediante la figura de la denuncia pública.
Argumentación
Como se mencionó en la sección anterior, el sector de la industria eléctrica no se ha visto inmune al lastre de la corrupción, el cual se ha manifestado en el pago de sobornos para ignorar e incumplir la normatividad en materia de energía eléctrica.
Sin embargo, esta industria también se ve afectada por transgresiones a las leyes por parte de los particulares cuando algunos de ellos roban energía eléctrica. Asimismo, con la apertura del mercado eléctrico a agentes de la iniciativa privada, existe un mayor riesgo de colusión entre estos para esquivar las leyes.
La falta de una estricta vigilancia del cumplimiento de la ley, en un contexto de impunidad para quienes la transgreden, han sido las condiciones idóneas para una mayor corrupción en la gestión de la energía eléctrica en el país.
Por tal razón, consideramos que es necesario combatir la corrupción con una mayor transparencia en los asuntos públicos; dándole a la sociedad civil un mayor control sobre estos asuntos; y permitiéndole defenderse contra los abusos en los que pudiera incurrir la autoridad administrativa en el ejercicio de su gestión.
Para alcanzar una mayor transparencia en la gestión de la energía eléctrica, será necesario incluir una mayor participación ciudadana en las tareas de control y vigilancia de la ley, mediante un mecanismo que le permita reportar cualquier acto violatorio a las normas en la materia, sea éste corrupción, robo, entre otros; así como permitirle resolver contiendas en la materia mediante mecanismos alternos de solución de controversia y, en su caso, por la vía de medios de defensa ante la misma autoridad o ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.7
La participación ciudadana como coadyuvante de la autoridad administrativa para vigilar el estricto cumplimiento de la ley, tendrá como efecto una mayor democratización de la gestión de la energía eléctrica en el país, el cual es un asunto de interés nacional, por lo que la intervención de la sociedad en el control de la industria eléctrica está totalmente justificado y más que justificado es deseado.
La participación ciudadana en los procesos de gestión de la administración pública tiene su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos con base en los siguientes artículos: el derecho de acceso a la información (artículo 6); derecho de petición (artículo 8); derecho de asociación (artículo 9); y participación en la planeación del desarrollo (artículo 26); todos consagrados en la Carta Magna.8
La participación ciudadana puede darse en diferentes etapas de la gestión pública, desde la planeación, mediante consultas públicas; hasta el monitoreo y vigilancia de los procesos administrativos, mediante la denuncia pública.9
En el caso de la presente iniciativa, se busca incluir la participación ciudadana en el segmento referente a la contraloría de la industria eléctrica, la cual es inexistente en la presente Ley de la Industria Eléctrica.
Los actos de corrupción que impiden una gestión transparente de la energía eléctrica en el país, se fortalecen en un contexto dentro del cual la administración pública se ve rebasada y/o relajada respecto a la vigilancia del cumplimiento de la normatividad correspondiente.
Por eso, consideramos pertinente, justo y necesario que con base en la Carta Fundamental, específicamente los derechos de petición y participación social, se incluya en la Ley de la Industria Eléctrica un mecanismo de participación ciudadana para la vigilancia del cumplimento de los instrumentos, leyes y normas que regulan este sector: la denuncia pública.
La denuncia pública es la manifestación de la persona mediante la cual hace del conocimiento a la autoridad, actos u omisiones que repercuten en la adecuada marcha de la administración pública, pero en este supuesto no le significan afectación directa a sus intereses como gobernado. Es el medio a través del cual, el servidor público cumple la obligación de hacer del conocimiento del Órgano de Control competente, actos u omisiones realizados contrarios a los principios que rigen la administración pública.
En la administración pública federal, la atención ciudadana fue entendida por años como sinónimo de atender peticiones y, más específicamente, las quejas y denuncias que presentara la ciudadanía. Al amparo del artículo 8 constitucional, que lo consagró como una garantía individual, los funcionarios y empleados públicos están obligados a respetar el ejercicio del derecho de petición, a condición de que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa, y a toda petición debe recaer un acuerdo escrito de la autoridad a la que se hubiera dirigido, la cual tiene que hacerlo del conocimiento del peticionario en breve término.
Bajo este precepto legal, se reconoce entonces a la ciudadanía el derecho de pedir a la autoridad que atienda sus sugerencias, solicitudes y planteamientos en general, los que engloban desde luego a probables quejas sobre servicios públicos y posibles denuncias [negrita nuestra].10
Así pues, la participación ciudadana mediante la denuncia pública de algún acto u omisión contrarios a las leyes relativas al sector eléctrico mexicano, es una figura jurídica que debe ser incluida en la ley de la materia para potenciar una observación y ejecución más estricta de la misma.
De este modo, se asegura el involucramiento de la sociedad como coadyuvante de la administración pública en el control, vigilancia y monitoreo de la gestión de la energía eléctrica y su mercado, para que este sea acorde a la ley.
Del mismo modo, mediante la presente iniciativa se incluye expresa y específicamente el derecho de los particulares que se vean afectados directamente en sus intereses, por algún acto, omisión o resolución de la administración pública, para interponer un recurso administrativo y/o una demanda contenciosa administrativa con el fin de defender sus intereses y no quedar en estado de indefensión.
La Ley de la Industria Eléctrica vigente no contempla expresamente ningún medio de defensa que permita al particular impugnar los actos, hechos u omisiones de la autoridad en la materia, que le perjudicaran directamente en sus intereses. Tal legislación sólo establece las conductas que serán consideradas infracciones a la ley en cuestión, así como sus correspondientes sanciones, para cuyo particular procedimiento de imposición remite a la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.
Dado que la Ley de la Industria Eléctrica omite por completo establecer concretamente el derecho de los particulares para impugnar los actos y resoluciones emitidas por las autoridades administrativas que le causaren perjuicio; en Nueva Alianza consideramos oportuno, justo y necesario que se incluya específicamente, en las disposiciones de la ley en comento, dos medios de impugnación, es en aras de fortalecer la justicia cotidiana en nuestro país.
Es imprescindible que no quepa duda alguna en la sociedad, respecto a los medios de defensa con los que cuenta para acceder a la justicia.
En el Grupo Parlamentario de Nueva Alianza consideramos que establecer expresamente el derecho del ciudadano para defenderse mediante un recurso administrativo y/o una demanda contenciosa administrativo fortalece el Estado de derecho en nuestro país.
Por último, en la presente iniciativa con proyecto de decreto, también se busca establecer expresa y concretamente desde la ley de base la obligación para la autoridad administrativa correspondiente de promover la utilización de mecanismos alternos, tales como el arbitraje, la conciliación y la mediación, entre otros, para solucionar controversias que se susciten en el desarrollo de actividades de la industria eléctrica, como mecanismos alternos a los medios de defensa tradicionales.
Para tal efecto, la presente iniciativa pretende establecer como obligación para la autoridad administrativa competente la promoción de la conformación de centros de métodos alternos especializados en materia de energía eléctrica, así como la capacitación técnica de sus integrantes, a efecto de contar con especialistas que estén en posibilidad de proponer las mejores soluciones, respetando en todo caso las disposiciones de esta Ley, su reglamento y demás disposiciones que resulten aplicables.
Entonces, en conclusión, esta iniciativa con proyecto de decreto busca adicionar diversas disposiciones a la Ley de la Industria Eléctrica, con el fin de establecer un mecanismo de participación ciudadana en el control y seguimiento del correcto cumplimiento de la normatividad relativa; esto mediante la denuncia pública.
Esta propuesta se inscribe en la preocupación del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza para promover la participación de la sociedad civil en la vigilancia del cumplimiento de la ley, lo cual brindará una mayor democratización a la gestión pública federal.
Por otro lado, el establecimiento expreso de medios de defensa y de mecanismos alternos de solución de controversias en pro de los particulares, es una propuesta mediante la cual nuestro grupo parlamentario busca combatir la impunidad existente en la gestión de la energía eléctrica.
Por ende, esta iniciativa con proyecto de decreto tiene como finalidad democratizar y transparentar la gestión de la administración pública federal en la industria eléctrica mexicana, mediante una mayor participación de la sociedad como ente coadyuvador de la autoridad.
Con la presente iniciativa se mejorará el desempeño del gobierno en la gestión de la res publicae y, en consecuencia, se garantizará que el país cuente con un servicio de energía eléctrica de mejor calidad y a mejores precios, lo cual asegurará un mejor desarrollo de las actividades económicas de nuestra nación.
Una mayor vinculación entre gobierno y sociedad permitirá combatir más eficazmente la corrupción y asegurar el funcionamiento efectivo del marco legal correspondiente. Esto tendrá como efecto el fortalecimiento del estado de derecho y un desarrollo sustentable, óptimo e inteligente de nuestro país.
Fundamento legal
Por las consideraciones expuestas, en mi calidad de Diputado Federal integrante del Grupo Parlamentario Nueva Alianza de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del Pleno de esta Soberanía, la Iniciativa con proyecto de
Decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley de la Industria Eléctrica
Artículo Único. Se adicionan los artículos 170, 171, 172, 173y 174 a la Ley de la Industria Eléctrica, para quedar como sigue:
Capítulo Tercero
De los Medios de Defensa
Artículo 170. En contra de las resoluciones emitidas por las autoridades administrativas en ejecución de esta ley, los interesados afectados podrán interponer recurso de revisión, en los términos previstos en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, o intentar el juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en los términos que disponga la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Capítulo Cuarto
De la Denuncia Pública
Artículo 171. Cualquier persona física o moral podrá denunciar ante la Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, según corresponda, las omisiones, actos o hechos que violenten esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones administrativas aplicables; a fin de que la autoridad administrativa realice, en el ámbito de su competencia, los actos de control y vigilancia necesarios para garantizar el debido cumplimiento de lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
En su caso, derivado de los actos de control y vigilancia, la autoridad dará inicio al procedimiento administrativo correspondiente y aplicará las medidas de seguridad y sanciones necesarias para la correcta observancia de los citados ordenamientos.
Artículo 172. Para el ejercicio de la denuncia pública bastará un escrito, que no se sujetará a formalidad especial alguna, el cual deberá contener:
I. Nombre, domicilio y copia simple de una identificación oficial del denunciante;
II. Los datos que permitan la localización de los hechos y/o la identificación delos denunciados;
III. La relación de los hechos que se denuncian, señalando las disposiciones legales que se considere estén siendo violadas, acompañada de los medios probatorios de que se disponga; y
V. En su caso, la solicitud de la suspensión del acto denunciado conforme a los preceptos que para tales efectos establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 173. La Secretaría de Energía o la Comisión Reguladora de Energía, según corresponda, deberán publicar en sus sitios de internet y en el Diario Oficial de la Federación, las resoluciones que dicten con motivo de sus investigaciones. Además, deberán notificar personalmente al denunciante, sobre el curso del trámite, el resultado de la verificación de los hechos, las medidas de seguridad impuestas, las sanciones aplicadas y la resolución de la denuncia popular planteada.
Cuando las omisiones, hechos u actos jurídicos que motiven una denuncia popular hubiesen causado daños o perjuicios, los interesados o afectados podrán solicitar a la autoridad administrativa correspondiente un dictamen técnico-jurídico, para ofrecerlo como prueba en la acreditación de daños y perjuicios en las vías judiciales correspondientes, con la finalidad de que se obtenga la reparación de los mismos; sin perjuicio de las sanciones, responsabilidades civiles, penales o administrativas en que hubiere incurrido la persona física o moral, pública o privada, que haya ejecutado los actos o las acciones denunciadas.
Capítulo Quinto
De los Medios Alternos de
Soluciónde Controversias
Artículo 174. Para la solución de controversias que se susciten en el desarrollo de actividades de la industria eléctrica, conforme a las disposiciones de esta ley, se promoverá la utilización de métodos alternos para la solución de controversias.
La Secretaría de Energía promoverá la conformación de centros de métodos alternos especializados en materia de energía eléctrica, así como la capacitación técnica de sus integrantes, a efecto de contar con especialistas que estén en posibilidad de proponer las mejores soluciones, respetando en todo caso las disposiciones de esta ley, su reglamento y demás disposiciones que resulten aplicables.
Artículo Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Ugalde, LC (febrero 1, 2015). Porqué más democracia significa más corrupción?. NEXOS. Disponible en http://www.nexos.com.mx/?p=24049
2 CIDE; IMCO. (2015). México: Anatomía de la Corrupción. Disponible en http://www.cide.edu/mexico-anatomia-de-la-corrupcion-maria-amparo-casar /
3 Ibídem.
4 Ugalde, LC (febrero 1, 2015). Porqué más democracia significa más corrupción?. Nexos. Disponible en http://www.nexos. com.mx/?p=24049
5 Íbidem.
6 Vanguardia (junio 21, 2015). Hay actos corruptos en la Comisión Federal de Electricidad. Disponible en http://www.vanguardia. com.mx/hayactoscorruptosenlacomisionfederaldeelectricidad-2132361.html
7 Cárdenas, J (2010). Herramientas para enfrentar la corrupción Disponible en http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2770/5.pdf
8 CITCC. (2008). Participación ciudadana... ¿Para qué? Hacia una política de participación ciudadana en el gobierno federal. Disponible en http://www.oic.sep.gob.mx/portal3/doc/Participacion%20ciudadana.pdf y CIDE Anexo 6.- Marco legal-Participación ciudadana y rendición de cuentas. Disponible en http://www.rendiciondecuentas.cide.edu/documentos/Pardo-Ejecutivo_Feder al_anexo6.pdf
9 Contraloría General del DF. Queja o Denuncia. Disponible en http://cgservicios.df.gob.mx/contraloria/cursos/MARCOJURIDICO/paginas/q d.php
10 SFP. (2005). El enfoque actual de la atención ciudadana. Disponible en http://www.funcionpublica.gob.mx/pt/obligaciones_transparencia_art_7/sf p/doctos/DoctoBasico1AtencionCiudadana.pdf
Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 15 de julio de 2015.
Diputada María Sanjuana Cerda Franco (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Energía. Julio 15 de 2015.)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Héctor Ireneo Mares Cossío, de la agrupación política Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
El que suscribe, Héctor Ireneo Mares Cossío, diputado de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión e integrante de la agrupación política Morena, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 62, 63, 64, 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Un principio de las democracias representativas como la que tenemos en México sostiene que la soberanía de la nación reside en el pueblo, del cual emanan los poderes públicos, y la ejerce por medio de sus representantes electos.
Es decir, cuando menos en teoría, nosotros los mexicanos somos los propietarios del poder político de la nación y por medio del voto libre, secreto y directo, emitido en elecciones periódicas elegimos a los que nos representarán en las instituciones del poder legislativo, o aquellos que estarán al frente de la administración pública, tanto a nivel nacional, como estatal y municipal.
De lo anterior, se debería de desprender que los funcionarios electos siempre deberían conducirse en sus tareas en apego a lo que conviene a los intereses de la mayoría de nosotros, obedeciendo el sentir del pueblo, estando en constante contacto y cercanía con sus electores. Buscando en todo momento que las políticas públicas sean las que traigan mayor beneficio a todos y que nuestras leyes sean las que la mayoría considere sean las más justas.
Pero en nuestro país, bajo el marco jurídico actual, cuando elegimos nuestros gobernantes o representantes de elección popular, dejamos de tener el control sobre la mencionada soberanía, pasamos a ser meros espectadores, sin tener los mecanismos adecuados para remover de su cargo al representante que defrauda nuestra confianza.
Si bien, existe el juicio político como mecanismo para remover a los funcionarios electos, en la práctica, ha sido más frecuente que esta figura jurídica se emplee con un trasfondo político, a manera de eliminar contrincantes incomodos. En contraparte existe otra figura jurídica, hasta el momento excluida de nuestra legislación, que viene a ser la de la revocación del mandato, la cual se basa en la falta o perdida de representatividad del funcionario designado por votación popular.
De hecho, si un representante popular traiciona la confianza en el depositada en las urnas, los representados nos tenemos que resignar cuando menos hasta el siguiente periodo electoral, y entonces, ¿dónde quedó nuestra autoridad como soberanos?
Si nosotros, el pueblo, realmente tuviéramos en todo momento la potestad de soberanos, podríamos, con base en reglas claras, plasmadas en nuestra Constitución, en leyes emanadas de la misma y en el marco jurídico de todas las entidades federativas, la posibilidad de remover a los representantes que consideráramos no están obrando de manera adecuada.
Para lo anterior, propongo comenzar por reformar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin que nuestra Carta Magna contemple la figura de la revocación del mandato. Es decir, que nuestra Constitución posibilite el procedimiento mediante el cual los ciudadanos podamos destituir mediante el voto al funcionario público electo, que obre en contra de los deseos de la mayoría de los ciudadanos.
Esta figura, la de la revocación del mandato, se tiene contemplada en democracias más consolidadas que la nuestra, por ejemplo, en constituciones estatales, como la de Wisconsin, y la de Alaska, EUA existe desde hace tiempo. Países hermanos, como lo son Venezuela y Colombia, a nivel nacional han instituido este medio de controlar a sus representantes. En nuestro país, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua dando ejemplo al resto del país, contempló la figura de revocación del mandato, pero, de manera incomprensible está fue derogada hace apenas unos cuantos años.
El contar con la posibilidad de la revocación del mandato empodera a los ciudadanos y conlleva al pleno reconocimiento de que ellos son la fuente de la soberanía. Si en los ciudadanos reside la soberanía y la ejercen a través de sus representantes, lo lógico es que también puedan destituirlos mediante una votación libre.
Por lo anterior, se intensificará la cercanía entre los representantes y sus electores, a la par de convertirse en una oportunidad para que la sociedad recupere la posibilidad de influir en sus representantes, reivindicando el poder ciudadano de ratificarlos o removerlos de manera democrática.
Además, propiciará que los ciudadanos se mantengan vigilantes de las acciones de sus gobernantes, se mantengan informados y den seguimiento al actuar de sus representantes, con lo cual, los ciudadanos adquirirán un nuevo rol en los procesos de gobierno, pasando de espectadores a actores.
Por otra parte, derivada de la posibilidad de ser removidos por medio de la revocación del mandato, es de esperarse que los que resulten electos a un cargo de elección popular tomen su responsabilidad más en serio, que realmente busquen hacer efectivas las promesas que hayan hecho en su campaña política, es decir, la revocación del mandato puede llevarnos a que nuestra clase política asuma actitudes más comprometidas con la palabra empeñada e incentive que las promesas se hagan de manera más seria y responsable.
A manera de conclusión, la revocación del mandato transforma la arquitectura del sistema representativo tradicional, más no lo suprime, lejos de eso, lo fortalece, ya que encuentra su sustento en la idea de que los elegidos toman decisiones y la ciudadanía va a juzgar dichas decisiones retrospectivamente, ya sea para aprobarlas o rechazarlas.
Además, si el sistema representativo pretende reflejar la voluntad mayoritaria, la institución de la revocación del mandato incentiva dicha posibilidad. El temor de ser removido o tener que someterse al escrutinio en las urnas, motivará en los representantes una actitud más apegada a los anhelos ciudadanos.
En atención a lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de este honorable pleno la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman la fracción III del artículo 36; la fracción XXIX-U del artículo 73; se adicionan la fracción IX al artículo 35; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo Único: Se reforman la fracción III del artículo 36; la fracción XXIX-U del artículo 73; se adicionan la fracción IX al artículo 35; todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 35. Son derechos del ciudadano:
I. a VIII. ...
IX. Votar en los procesos sobre revocación de mandato, para la remoción de los representantes de elección popular, entre los que se incluyen, presidente de la República, senadores, diputados federales, gobernadores de los estados, diputados locales, presidentes municipales, regidores y síndicos, así como del jefe de gobierno, los titulares de los órganos político-administrativos y miembros de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Las leyes en la materia determinarán los casos y los procedimientos en que procederá llevar a cabo los procesos para la revocación de mandato.
Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:
I y II...
III. Votar en las elecciones, procesos de revocación de mandato y en las consultas populares, en los términos que señale la ley;
IV...
V...
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. a XXIX-T. ...
XXIX-U. Para expedir las leyes generales que distribuyan competencias entre la federación y las entidades federativas en materias de partidos políticos; organismos electorales, y procesos electorales, procesos de revocación de mandato de los representantes de elección popular, de conforme a las bases previstas en esta Constitución.
XXIX-V. a XXX. ...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Congreso de la Unión deberá expedir la legislación reglamentaria en la materia en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto.
Tercero. Los congresos de los estados deberán de realizar las adecuaciones a su constitución y expedir la ley reglamentaria en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de la legislación reglamentaria en la materia que expida el Congreso de la Unión.
Cuarto. Se derogan las disposiciones que se opongan a este decreto.
Dado en el edificio del Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, del honorable Congreso de la Unión, a 15 de julio de 2015.
Diputado Héctor Ireneo Mares Cossío (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Asuntos Constitucionales. Julio 15 de 2105.)
Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, recibida del diputado José Guillermo Anaya Llamas, del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
José Guillermo Anaya Llamas, diputado de la LXII Legislatura del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en ejercicio de la facultad conferida en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con base en la siguiente
Exposición de Motivos
Para los mexicanos el tema de la seguridad pública sigue siendo uno de los más preocupantes en nuestro entorno, pues hemos visto con alarma el incremento en el número y en la intensidad de los hechos violentos en diversas partes del país, aumentando en los ciudadanos la percepción de inseguridad.
Es de todos sabido que, enfrentar el problema dela inseguridad requiere de políticas públicas serias, diseños institucionales que respondan a las necesidades y busquen solución en lo inmediato pero también a mediano y largo plazo.
Del año 2000 al 2012, existió la Secretaría de Seguridad Pública. Se contemplaba en la Ley Orgánica dela Administración Pública Federal como la dependencia encargada de atender todo lo relacionado con esta materia y lo referente al sistema penitenciario, pues se buscaba despolitizar el tema de seguridad pública y que esta fuera vista con criterios científicos y técnicos, no políticos; se pretendió profesionalizar y certificar a todos los elementos que participan en el ámbito de la seguridad pública, dotándolos de las herramientas jurídicas que hicieran posible su trabajo.
Con la creación dela Secretaría de Seguridad Pública en el año 2000 se pretendió que el Secretario de Gobernación dejara de ocuparse de la seguridad pública y lo relativo al sistema penitenciario para atender eficazmente la política interior y la gobernabilidad del país. Ese diseño, sin duda dio buenos resultados, pues el tema fue separado de los muchos otros que son atendidos por la Secretaría de Gobernación, y que obedecen más a su propósito original de atender la política interior de la República.
Sin embargo, con la reforma planteada en 2012 por parte del titular del Ejecutivo Federal se propuso regresar las cosas a como se encontraban en el año 2000, doce años antes. Al momento de discutirse dicha reforma el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores apoyo la propuesta con la finalidad de demostrar ante la opinión pública su esencia de preocupación por los temas nacionales y nunca privilegiando la mezquindad o el sentido obstruccionista al nuevo gobierno, sino buscando apoyar sus esfuerzos desde un inicio, ya que la propuesta de la administración que empezaba se planteó como parte de una estrategia integral de seguridad pública.
Por ese motivo apoyamos esos cambios. Pues el Partido Acción Nacional jamás será obstáculo para que el Ejecutivo federal cumpla adecuadamente sus funciones. Señalamos que en esa responsabilidad, cuente con los instrumentos jurídicos y los diseños institucionales que considere necesarios para gobernar. Sin embargo, a dos años de que desapareció la Secretaría de Seguridad Pública y de que sus funciones hayan sido asumidas por la Secretaría de Gobernación vemos que el tema de la seguridad pública se ha complicado, los resultados no están siendo como se esperaban y muy lejos de lo que se prometió a los ciudadanos. Vemos con preocupación y alarma como en todo el país se presenta una sensación de inseguridad en constante incremento, lo que hace que padres de familia no realicen con tranquilidad sus actividades, que los pequeños y medianos empresarios tengan el temor ante los robos que puedan padecer sus negocios, que las autoridades de los diversos órdenes de gobierno solo atinen a decir que están trabajando al respecto, pero sin comprometerse a señalar fecha precisa en que los resultados serán percibidos por la ciudadanía.
Por estas consideraciones se propone reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la finalidad de reestablecer la Secretaría de Seguridad Pública, misma que existió desde el año 2000 hasta el año 2012, como se ha señalado, asignándole por lo tanto, las facultades de la materia de seguridad pública que se encuentran actualmente atribuidas a la Secretaría de Gobernación en el artículo 27 de la Ley citada, y dejando en la Secretaría de Gobernación lo relativo al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Lo anterior, podemos analizarlo de acuerdo a la incidencia delictiva de los cuatro delitos de mayor impacto en la vida cotidiana de los mexicanos que son (Homicidio Doloso, Secuestro, Robo con Violencia, Extorsión).
De la gráfica anterior podemos concluir que en el periodo que lleva extinta la Secretaría de Seguridad Pública, hay una tendencia a la alza de estos cuatro delitos que afectan a la ciudadanía en su esfera más importante que es su familia, esto puede ser un indicativo que la Secretaría de Gobernación ha sido superada o que la seguridad pública ha dejado de ser una prioridad a estar en un segundo plano en la implementación de políticas públicas.
Para mejor ilustrar la iniciativa se presenta a continuación un cuadro comparativo entre los artículos vigentes y la propuesta de reforma que se presenta:
Consideramos que con esta reforma se fortalecerá a la Secretaría de Gobernación y se le permitirá concentrarse en las demás tareas que tiene encomendadas por la ley.
Por las consideraciones expuestas y fundadas, se propone la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Único. Se reforma el artículo 26, 27 y se adiciona un artículo 30 Bis a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:
Artículo 26. Para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el Poder Ejecutivo de la Unión contará con las siguientes dependencias:
Secretaría de Gobernación
Secretaría de Relaciones Exteriores
Secretaría de la Defensa Nacional
Secretaría de Marina
Secretaría de Seguridad Pública
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Desarrollo Social
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Energía
Secretaría de Economía
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Secretaría de Educación Pública
Secretaría de Salud
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
Secretaría de Turismo
Consejería Jurídica del Ejecutivo federal
Artículo 27. A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. ...
II. ...
III. ...
IV. ...
V. ...
VI....
VII. ...
VIII. ...
IX. ...
X. ...
XI. ...
XII. Derogado
XIII. ...
XIII Bis. ...
XIV. Derogado
XV. Derogado
XVI. Proponer al presidente de la República el nombramiento del secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los términos que establece el párrafo final de este artículo;
XVII. ...
XVIII. Promover la celebración de convenios entre las autoridades federales, y de éstas, con las estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, en aras de lograr la efectiva coordinación y funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y el combate a la delincuencia; así como establecer acuerdos de colaboración con instituciones similares, en los términos de los tratados internacionales, conforme a la legislación;
XIX. Derogado
XX. Derogado
XXI. Derogado
XXII Derogado
XXIII. Derogado
XXIV. Derogado
XXV. Impulsar a través del secretario ejecutivo del Consejo de Seguridad Nacional, la efectiva coordinación de éste, así como la celebración de convenios y bases de colaboración que dicho consejo acuerde;
XXVI. ...
XXVII. ...
XXVIII. ...
XXIX. ...
XXX. ...
XXXI. Derogado
XXXII. ...
XXXIII. ...
XXXIV. ...
XXXV. ...
XXXVI. ...
XXXVII. ...
XXXVIII. ...
XXXIX. ...
XL. ...
XLI. ...
XLII. ...
XLIII. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
En el ejercicio de las facultades a que se refieren las fracciones XIII Bis, XVII, XVIII, XXV, XXVII, XXVIII y XXIX de este artículo, el secretario de Gobernación se auxiliará del secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
El secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública será nombrado por el titular del Poder Ejecutivo federal con la ratificación del Senado de la República.
Artículo 30 Bis. A la Secretaría de Seguridad Pública corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Formular y ejecutar las políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación y de sus habitantes;
II. Proponer al Ejecutivo federal la política criminal y las medidas que garanticen la congruencia de ésta entre las dependencias de la administración pública federal;
III. Comparecer cada seis meses ante las comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública tanto de la Cámara de Diputados como de la Cámara de Senadores para presentar la política criminal y darle seguimiento cuando ésta se apruebe o se modifique;
IV. Coadyuvar a la prevención del delito;
V. Ejercer el mando sobre la fuerza pública para salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, preservar las libertades, el orden y la paz públicos, y proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales;
VI. Presidir la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública, nombrar y remover a su Secretario Técnico y designar tanto a quien presidirá, como a quien fungirá como Secretario
Técnico de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
VII. Organizar, dirigir y supervisar bajo su adscripción a la Policía Federal, garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen disciplinario;
VIII. Proponer en el seno del Consejo Nacional de Seguridad Pública, políticas, acciones y estrategias de coordinación en materia de prevención del delito y política criminal para todo el territorio nacional;
IX. Auxiliar a las autoridades federales, estatales, municipales y del Distrito Federal competentes, que soliciten apoyo en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la protección de la integridad física de las personas y la preservación de sus bienes, reforzando la tarea policial y de seguridad de los municipios y localidades rurales y urbanas que lo requieran por medio de convenio y a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, e intervenir ante situaciones de peligro cuando se vean amenazados por aquellas que impliquen violencia o riesgo inminente;
X. Auxiliar al Poder Judicial de la Federación y a la Procuraduría General de la República, cuando así lo requieran, para el debido ejercicio de sus funciones, así como a otras dependencias, órganos de gobierno, entidades federativas y municipios; y cuando así lo requiera, a la Procuraduría General de la República en la investigación y persecución de los delitos, en cuyo caso los cuerpos de policía que actúen en su auxilio estarán bajo el mando y conducción del Ministerio Público; y disponer de la fuerza pública en términos de las disposiciones legales aplicables;
XI. Proponer al Consejo Nacional de Seguridad Pública el desarrollo de políticas orientadas a prevenir el delito y reconstituir el tejido social de las comunidades afectadas por fenómenos de delincuencia recurrente o generalizada, y aplicarlas en coordinación con las autoridades competentes federales, estatales y municipales;
XII. Fomentar la participación ciudadana en la formulación y evaluación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, en coordinación con el Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los delitos del fuero común
XIII. Promover y facilitar la participación social para el desarrollo de actividades de vigilancia sobre el ejercicio de sus atribuciones, y atender de manera expedita las denuncias y quejas ciudadanas con relación al ejercicio de estas atribuciones;
XIV. Coordinarse con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para coadyuvar con la atención integral a víctimas en la esfera de sus atribuciones;
XV. Diseñar, actualizar y publicar por medio de una página electrónica específica un registro de datos generales de los reportes de desapariciones de personas en el País, donde se clasifiquen las mismas de acuerdo a edad, sexo, y si se considera o no que la desaparición cuenta con los elementos para considerarse como forzada de acuerdo al Código Penal Federal. La información deberá ser pública y permitir que la población en general pueda aportar información sobre el paradero de las mujeres y niñas desaparecidas. Esta página deberá actualizarse de forma permanente;
XVI. Ejecutar las penas por delitos del orden federal y administrar el sistema penitenciario federal y de justicia para adolescentes, en términos de la política especial correspondiente y con estricto apego a los derechos humanos; así como organizar y dirigir las actividades de apoyo a liberados;
XVII. Participar, conforme a los tratados respectivos, en el traslado de los reos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 18 constitucional;
XVIII. Otorgar las autorizaciones a empresas que presten servicios privados de seguridad en dos o más entidades federativas, supervisar su funcionamiento e informar periódicamente al Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre el ejercicio de esta atribución; y
XIX. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.
Tercero. La Secretaría de Gobernación en un término de tres meses a la entrada en vigor del presente decreto deberá de transferir en su totalidad los asuntos que son competencia de la Secretaría de Seguridad Pública.
Cuarto. Todos los recursos humanos, materiales y financieros que maneje la Secretaría de Gobernación pasarán a formar parte de la Secretaría de Seguridad Pública una vez que entre en vigor el presente decreto.
Los trabajadores por ningún motivo sufrirán menoscabo de sus derechos laborales con motivo de la entrada en vigor del presente decreto.
Senado de la República, sede de la ComisiónPermanente, a 15 de julio de 2015.
Diputados: José Guillermo Anaya Llamas, Juan Pablo Adame Alemán (rúbricas).(Turnada a la Comisión de Gobernación. Julio 15 de 2015.)
Que reforma el artículo 35 y deroga el artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo, recibida del diputado Danner González Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
Danner González Rodríguez, diputado a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta asamblea el presente proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 35 y se deroga el artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Los principios del derecho del trabajo son aquellos postulados de la política jurídico-laboral que aparecen expresa o tácitamente consagrados en sus normas, y respecto a este tema existen diversas opiniones, que se consideran verdaderamente una influencia determinante en la materia.
La idea del trabajo como un derecho y un deber social es un principio que está reconocido expresamente en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil..., además, también se encuentra consagrado en el artículo 3o. de la Ley Federal del Trabajo que dice: el trabajo es un derecho y un deber sociales....
La sociedad tiene el derecho de exigir de sus miembros el ejercicio de una actividad útil y honesta, el trabajador, a su vez, tiene el derecho de reclamar a la sociedad la seguridad de una existencia compatible con la dignidad de la persona.
Las autoridades gubernamentales, como expresión fiel del mandato popular y como representantes de la sociedad, deben garantizar un trabajo digno y estable a la clase trabajadora y crear las condiciones que permitan a ésta el desarrollo de sus actividades y el ejercicio pleno de sus derechos.
Así como el individuo tienen la libertad de trabajo, también posee plena libertad para escoger la actividad que más le acomode, sin más restricción que la licitud, idea que ha sido plasmada en el primer párrafo del artículo 5o. de la Constitución federal, que refiere: a ninguna persona podrá impedírsele que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos....
La igualdad sin la libertad no pueden existir y ésta no florece donde falta aquella. Ambos son principios fundamentales que se complementan y que en materia laboral constituyen su razón de ser.
Por eso, ante todo debe prevalecer la absoluta igualdad en el trato a todos los trabajadores, sin ninguna distinción resultante de la naturaleza del trabajo. Este principio se puede desdoblar en dos subprincipios que son: para trabajo igual, salario igual; y para trabajo igual, prestaciones iguales. Este segundo subprincipio se sustenta bajo las mismas directrices que el primero, de ahí que le sean aplicables las mismas disposiciones, con la salvedad de que bajo este último no sólo se hace referencia al salario propiamente dicho, sino a todas aquellas prestaciones que en función del trabajo se deben entregar al trabajador.
El planteamiento es sencillo, la estabilidad en el empleo, en tanto detentador del carácter permanente de la relación de trabajo y que hace depender su disolución únicamente de la voluntad del trabajador y sólo excepcionalmente del patrón por incumplimiento grave de las obligaciones del trabajador y de las circunstancias ajenas a la voluntad de los sujetos de la relación, que hagan imposible su continuación, tiene por finalidad proteger a los trabajadores, a fin de que tengan lo que necesiten y así lo deseen, una permanencia más o menos duradera. Sin este principio los postulados de igualdad, libertad y el trabajo como un derecho y un deber sociales, quedan sin sustento.
Desafortunadamente este principio laboral no se cumple del todo por un fenómeno recurrente y constante de la economía mexicana: el desempleo. Muchas veces este fenómeno es involuntario, tanto del lado de los individuos como del lado del patrón. Se trata de una especie de círculo vicioso, ya que las personas que desean emplearse no son contratadas y las empresas, al existir desempleo, no reciben los ingresos que serían posibles si hubiese pleno empleo o si el desempleo fuera menor.
La falta de empleo provoca una pérdida inmediata de ingreso y producción. Estas pérdidas son devastadoras para las personas que lo sufren, pero el impacto trasciende el ámbito individual, toda vez que el desempleo puede causar consecuencias sociales negativas como: delincuencia, mayor presión fiscal para pagar los subsidios y el incremento de la pobreza.
Dentro de los diferentes tipos de desempleo destaca el que es producto de fricción, es decir, de aquel que surge por la rotación del trabajo como consecuencia de un contrato temporal e inestable, práctica usual y desleal que muchas veces es usada por los patrones para impedir que sus trabajadores tengan antigüedad y, con ello, toda la serie de prestaciones y derechos que les corresponden.
Precisamente el objeto de esta iniciativa es buscar que las relaciones de trabajo sean por tiempo indeterminado y de acuerdo a su naturaleza pudieran ser para obra o tiempo determinado, eliminando con ello el margen de discrecionalidad y arbitrariedad que concede actualmente al patrón las figuras de empleos que están sujetos a prueba o a capacitación inicial.
Si hay trabajo inestable o temporal, tendremos una economía inestable y temporal. Si hay empleo habrá ingresos, si hay ingresos habrá consumo, si hay consumo la economía se fortalece y si la economía se fortalece habrá bienestar social. Es momento de contribuir al establecimiento de un orden social justo.
Por lo anterior, someto a consideración del pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforma el artículo 35 y se deroga el artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo
Único. Se reforma el artículo35 y se deroga el artículo 39 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:
Artículo 35. Las relaciones de trabajo deben ser por tiempo indeterminado y de acuerdo a su naturaleza pueden ser por temporada y por obra o tiempo determinado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
Artículo 39. Se deroga
Transitorios
Primero. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 15 de julio de 2015.
Diputado Danner González Rodríguez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Trabajo y Previsión Social. Julio 15 de 2015.)
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, recibida de la diputada Graciela Saldaña Fraire, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
La suscrita, Graciela Saldaña Fraire, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Reglamento de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con base en el siguiente
Planteamiento del problema
La presente propuesta tiene como fin modificar los artículos 45 y 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de que los Senadores y Diputados podamos solicitar información a los poderes de la Unión, esto, adicional a los supuestos que la ley vigente en la materia rige para el Congreso mexicano.
Se pretende garantizar por cualquier vía el acceso a la información para la toma de decisiones. Además, con esto proponemos armonizarlo con lo que establece la fracción VIII del artículo 8o. del Reglamento de la Cámara de Diputados, donde señala como obligación de éstos
...
VIII. Guardar reserva de todo lo que se trate y resuelva en las sesiones secretas, así como de la información a la que tenga acceso y que, conforme a lo dispuesto por las leyes respectivas, sea reservada o confidencial;
...
Adicionalmente, aludimos al principio de unidad de las leyes, al modificar la Ley Orgánica del Congreso tanto para los diputados como para los senadores, con el objeto de que las normas que rigen al Congreso de la Unión estén en una relación de coherencia evitando la incompatibilidad entre ellas, que su interpretación sea objetiva.
Es decir, para que un ordenamiento se de la unidad no pueden existir contradicciones, antinomias, entre las normas que lo integran, en su temporalidad, espacio, persona y materia, evitando así, soluciones contradictorias y en la medida de lo posible conflictos entre criterios.
Exposición de Motivos
La función de información puede considerarse una de las potestades más importantes del parlamento, ya que el ejercicio de ésta es necesario para que el órgano legislativo realice muchas de las otras funciones que tiene asignadas, además de que es necesaria para mantener el estrecho vínculo que debe haber entre las asambleas representativas y la opinión pública.
Luis López Guerra señala que el control parlamentario es una extensión de la información de los defectos de la actuación gubernamental en comparación con un desiderátum que la oposición representaría. Ello supone llegar quizá a un Mediterráneo ya descubierto, el de que la función de control representa, sobre todo, una función de información y que es en la difusión informativa donde reside la efectiva capacidad controladora del parlamento, o para ser más exactos, de la minoría en la oposición.1
El control parlamentario está estrechamente ligado a la obligación de informar a los ciudadanos, es decir, con las críticas y valoraciones que hacemos los legisladores al desempeño del gobierno es como la sociedad puede percatarse del trabajo que realiza el gobierno y el mismo Congreso. En este tema cabe señalar la creación del Canal de Televisión del Congreso de la Unión, que trasmite en tiempo real las sesiones del pleno, trabajos en comisión, foros, etcétera, con esto se ha avanzado en la función y difusión de la información, pero, este es un paso de los muchos más que debe dar el Estado.
La doctora Cecilia Mora investigadora de la UNAM señala en un análisis exhaustivo:
En nuestro ámbito parlamentario no existe una ley específica en la materia y su regulación en las leyes orgánicas ha sido muy tímida y esto deja en franca desventaja al Congreso para ejercer con eficacia sus funciones parlamentarias que entraña desde luego la facultad de control. Por ejemplo, el Reglamento del Congreso General en su artículo 89 autoriza a las comisiones para que a través de su presidente solicite a los archivos y oficinas de la nación la información y copia de documentos que requiera para el despacho de sus negocios, siempre que el asunto a que se refiere no sea de los que deban conservarse en secreto, los que deberán ser proporcionados en términos de ley. La negativa a entregarlos en los plazos pertinentes, autorizará a las comisiones para dirigirse en queja al titular de la dependencia o al presidente de la república. El vigente artículo 45 de la Ley Orgánica, de 3 de septiembre de 1999, también reconoce esta facultad como propia de los presidentes de las comisiones ordinarias y señala que el titular de la dependencia o entidad (a quien se le ha solicitado la información) está obligado a proporcionarla en un plazo razonable, y de igual manera, si la misma no es proporcionada, podrá presentarse queja ante el titular de dicha dependencia o ante el presidente de la República.
...
Con todo lo dicho hasta aquí queda claro que la información es, sin duda, el motor que mueve la maquinaria de eso que denominamos control parlamentario; si la información es abundante y rigurosa los resultados que ofrezcan los instrumentos de control serán buenos, pero si dicha información es insuficiente, escasa o incluso denegada los resultados serán desastrosos. Sobre este tema hay que hacer especial hincapié pues se evidencia la necesidad de una regulación específica en la materia, que coloque al Congreso mexicano, y en particular a sus cámaras, en un mejor escenario para desarrollar de una manera más eficaz las labores que constitucionalmente se le han encomendado.2
El Congreso mexicano debe ser el que lleve la batuta de la información y no relegarse a la información que los medios de comunicación publican este sería un camino que implicaría obligar a escuchar lo que las Cámaras tienen que ilustrar a la opinión pública y sobre todo a los ciudadanos, debe informar sobre los problemas fundamentales y las propuestas de solución que den los legisladores, sobre todo en los asuntos nacionales que apremian.
Esta propuesta no limita a una de las Cámaras para cumplir sus fines, sino que busca que el Congreso en su conjunto realice debates formales con discusiones ricas en elementos certeros que por ende conseguirán la atención de los representados acercándolos a la realidad del país.
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 45 y 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Único . Se reforman y adicionan los numerales 1, 2 y 3 del artículo 45 y los numerales 1, 2 y 3 del artículo 97 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 45.
1. Los presidentes de las comisiones ordinarias y los diputados en lo individual podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate de un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables, la cual deberá ser contestada en un término no mayor de 15 días naturales a partir de su recepción.
2. ...
3. El titular de la dependencia o entidad estará obligado a proporcionar la información en el plazo establecido en el numeral 1del presente artículo ; si la misma no fuere remitida, el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados podrá dirigirse oficialmente en queja al titular de la dependencia o al C. Presidente de la República.
4. a 7. ...
Artículo 97.
1. Los presidentes de las comisiones ordinarias y los senadores en lo individual, podrán solicitar información o documentación a las dependencias y entidades del Ejecutivo Federal cuando se trate un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relacionada a las materias que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos que las rigen, la cual deberá ser contestada en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.
2. ...
3. El titular de la dependencia o entidad estará obligado a proporcionar la información en el plazo establecido en el numeral 1del presente artículo ; si la misma no fuere remitida, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados podrá dirigirse oficialmente en queja al titular de la dependencia o al presidente de la República.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 López Guerra, Luis. La función de control de los parlamentos: problemas actuales, en Garrorena Morales, Ángel (editor), Tecnos, Madrid, 1990, página 239.
2 Cecilia Mora-Donatto, Instrumentos constitucionales para el control parlamentario, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Dado en la sede de la Comisión Permanente,a 15 de julio de 2015.
Diputada Graciela Saldaña Fraire (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias. Julio 15 de 2015.)
Que adiciona un segundo párrafo al artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, recibida del diputado Ernesto Germán Sánchez Jiménez, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
El suscrito, Ernesto Germán Sánchez Jiménez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a tenor delo siguiente
Planteamiento del problema
Sin duda, en la última década y con la ayuda de la difusión en los medios de comunicación, nos enteramos del grado de violencia que se ejerce en contra del género femenino: la mujer.
En el mundo se realizan aún prácticas que vulneran los derechos humanos de las mujeres. Prácticas que van desde los usos y costumbres en las comunidades, los que tienen que ver con la cuestión cultural y religiosa; y las que tiene que ver con la violencia física, psicológica y laboral en las grandes ciudades.
Esta iniciativa pretende contribuir, en la ayuda a que se emita la declaratoria de alerta de violencia de genero contra las mujeres, sin tener que esperar a que la Secretaría de Gobernación, crea o no permitente emitir dicha alerta, y que deje de hacer oídos sordos ante los organismos de derechos humanos a escala nacional o de las entidades federativas, los organismos de la sociedad civil u organismos internacionales.
Exposición de Motivos
Los hechos de violencia contra las mujeres constituyen una violación de los derechos humanos y dan origen a obligaciones específicas de los Estados de acuerdo con el derecho internacional. Los Estados de América Latina y el Caribe han contraído compromisos con la comunidad internacional, estipulados en diversos instrumentos de derechos humanos, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los tratados específicos sobre las mujeres. Son en particular relevancia la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, su Protocolo Facultativo y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer.
Los tratados se complementan con una importante y creciente jurisprudencia sobre la violencia de género, tanto desde la Corte como desde la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Todos los anteriores instrumentos y otros más se han convertido en un cúmulo de recomendaciones a los gobiernos, a los organismos del Estado y a la sociedad civil para garantizar los derechos humanos de las mujeres que son víctimas de distintas formas de violencia.
Las Naciones Unidas definen la violencia contra las mujeres como todo acto de violencia basado en la pertinencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privatización arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.1
Paso a paso, quizá lento pero constante, a partir de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos realizada en Viena en 1993 y de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en Beijing en 1995, la violencia en contra de las mujeres ha ido marcando la agenda internacional de los derechos humanos. Desde antes y hasta ese momento se comenzó con un movimiento de mujeres que han, no sólo levantado la voz, sino se han hecho escuchar por todo el mundo, han dado difusión masiva lo que estaba sucediendo y de lo que nadie hablaba abiertamente.
El reconocimiento de la violencia contra las mujeres como un tema internacional. En los instrumentos internacionales y regionales que sirven de marco para las legislaciones nacionales se distinguen distintas formas de violencia contra las mujeres. En el Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer: Informe del Secretario General (2006) 2 se identifica una amplia variedad de modalidades bajo las cuales se presenta la violencia, y se diferencian los ámbitos en los que ocurre.
Formas y manifestaciones de violencia contra la mujer en diversos escenarios, según clasificación de las Naciones Unidas (2006) 3
Escenario de violencia Ámbito en que se produce Caracterización de hechos de violencia Violencia contra la mujer dentro de la familia. Violencia por parte de la pareja o expareja íntima. Actos sexual, psicológica y físicamente coercitivos practicados contra mujeres adultas y adolescentes por una pareja actual o anterior, sin el consentimiento de la mujer. Prácticas tradicionales nocivas. Infanticidio de niñas y selección prenatal del sexo. Matrimonio precoz. Violencia relacionada con la dote. Ablación o mutilación genital femenina. Crímenes cometidos en nombre del honor y maltrato de viudas. Violencia contra la mujer en la comunidad. Feminicidio/feminicidio. Homicidio de la mujer por razones de género. Violencia sexual por parte de una agresor que no es la pareja o expareja. Perpetrada por parientes, amigos, conocidos, vecinos, compañeros de trabajo o extraños. Incluye iniciación sexual forzada y violencia sexual en citas. Acoso sexual y violencia en el lugar de trabajo, instituciones educativas o espacios deportivos. Acoso sexual o comportamiento sexual no deseado. Explotación sexual y acoso por parte de entrenadores, espectadores, representantes, miembros de la familia o de la comunidad. Trata de mujeres. Involucra a numerosos actores, incluso la familia, intermediarios locales, redes internacionales delictivas y autoridades de inmigración. Puede tener fines de explotación sexual o laboral. Violencia contra la mujer cometida o consentida por el Estado. Violencia en situaciones de privación de la libertad. Actos de violencia sexual, acoso, atentados al pudor. Vigilancia inadecuada en la intimidad de las mujeres privadas de libertad. Acoso sexual verbal. Torturas, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Esterilización forzada. Uso de esterilización para controlar el comportamiento reproductivo de la población femenina o de un subgrupo determinado. Violencia contra la mujer en conflictos armados. Violencia física, sexual y psicológica, cometida por actores estatales y no estatales. Homicidios, torturas y otros crueles, inhumanos o degradantes. Raptos, mutilaciones y desfiguraciones. Reclutamiento forzado de mujeres combatientes. Violencia sexual, violaciones, esclavitud sexual, explotación sexual. Desapariciones forzadas, prisiones arbitrarias. Matrimonios forzados, prostitución forzada, abortos forzados, embarazos forzados esterilización compulsiva. Violencia contra la mujer y discriminación múltiple. Factores que pueden determinar discriminaciones múltiples. Raza, origen, étnico, casta, clase. Condición de migrante, refugiada. Edad, religión, orientación sexual, estado matrimonial, discapacidad. Condición de portadora o no de VIH Diana Russell y Jane Caputi dieron a conocer el término en el artículo Speaking the unspeakable, publicado originalmente en la revista Ms, 1990. Es el asesinato de mujeres realizado por hombres motivado por odio, desprecio, placer o un sentido de propiedad de las mujeres. En 1992, Diana Russell y Jill Radford lo defendieron como el asesinato misógino de mujeres cometido por hombres.
El feminicidio entendido como la muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal, en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión; ha despertado la alarma en diversos espacios de la comunidad internacional. A partir del fenómeno que hizo conocido en países de Centroamérica y México, un concepto originalmente de las ciencias sociales fue permeando en la opinión pública hasta llegar a los ordenamientos jurídicos.
Los países que han generado leyes o articulados penales específicos en la región no tienen un tipo único de feminicidio. Hasta el año 2011, siete países había tipificado el feminicidio: Chile, Costa Rica, Guatemala, El Salvador, México, Nicaragua y el Perú; y tres habían construido una agravación para el homicidio: Argentina, Colombia y Venezuela. Para el 2014, cuatro países más han legislado: Bolivia, Ecuador, Honduras y Panamá.
En enero de 1993 fue encontrado el cadáver de Alma Chavira Farel en Ciudad Juárez, Chihuahua. Tenía 16 años. Presentaba golpes en su cuerpo; señales de violación. Fue estrangulada. Hasta hoy nadie sabe quién o quiénes fueron los autores del crimen. Se trata del primer caso del conjunto de más de 700 asesinatos que hoy, a más de 20 de distancia conocemos como las Muertas de Juárez y que abrió a nivel internacional el debate sobre la violencia contra las mujeres en el país.
La ONU informó que entre 2006 y 2012, los feminicidios en México aumentaron en 40 por ciento y que 95 por ciento de ellos quedaron en la impunidad. Y no sólo eso: en varias entidades el asesinato de mujeres es 15 veces más alto que el promedio mundial.
En 6 años, más de mil 900 mujeres y niñas fueron asesinadas de manera violenta, casi la mitad de ellas con armas de fuego. Lo anterior sitúa al país entre los 25 con la mayor tasa de feminicidios.4
De acuerdo con el documento, en promedio 60 mil mujeres pierden la vida en circunstancias violentas. Y de acuerdo con éste, la opacidad es uno de los problemas. En el periodo 2007-2012 se cometieron mil 909 feminicidios en el país (ya comprobados y verificados). El país fue entre 2011 y 2014 el quinto con el mayor crecimiento en su tasa de feminicidios.
El maltrato hacia la mujer en el país es casi cultural. La mujer ha sido sometida durante décadas: en los hogares, en la sociedad, en el ámbito laboral. Y también muchas mujeres han logrado impulsar e impulsarse ellas mismas y contagiarlo a otras mujeres. Estas mujeres son quienes desde sus puestos logran cambios en cuanto a la violencia y la cultura que existe.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vidal Libre de Violencia, considera parte del proceso de atención de las mujeres víctimas de violencia la creación de un banco nacional de datos e información sobre casos de violencia contra las mujeres.5 En un inicio a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública y actualmente de la Secretaría de Gobernación. Sin embargo, de la página oficial6 no es posible acceder al enlace de acceso a información pública.
Ahora bien, cuando un hecho delictivo deriva en una denuncia penal, es porque en éste caso en particular, la mujer que ha sido violentada tomó la seguridad necesaria de presentar la denuncia. No es nada nuevo el trato que reciben cuando se acercan al ministerio público. Ni nada nuevo es tampoco el trato que reciben de la sociedad en general: pareciera que una mujer violentada, merece la violencia de la que es presa. Por lo que es imperante que los funcionarios públicos que laboran en las instituciones responsables de atender, prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres, en perspectiva de género y violencia contra las mujeres; deben aplicar la NOM 0467 y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de cada entidad.
El feminicidio muchas de las veces es el punto final a algún acoso o abuso. Detrás de un hombre que comete éste acto ilícito, se encuentra un hombre que vigilaba, que maltrataba psicológicamente y físicamente, un verdugo mordaz, que aprendió en algún momento de su vida a fingir hasta que su presa se encontrara sometida, y entonces iniciar el abuso. La mayoría de las mujeres que se ven inmersas en una relación conflictiva (emocional, psicológica, física y en ocasiones laboral), tienden a ser más vulnerables. Comienza en ellas a vivir el miedo por lo que pueda pasar.
El feminicidio cometido de manera sorpresiva. Cuando la víctima no conoce a su agresor, también es un acto despreciable. En cualquiera de los casos no sólo la victima sufre incapacidad de defensión, sino también sus familiares. Porque como Estado no estamos cumpliendo con el mandato de otorgar seguridad.
En la procuración de justicia falta la capacidad técnica y de conocimientos sobre legislación, género y violencia por parte de los servidores públicos, así como la re-victimización hacia las mujeres a través de acciones de muchos funcionarios que culpabilizan a las mujeres que van a denunciar a sus agresores.
Cuando se habla de crímenes asociados al odio de género, no estamos hablando de un simple homicidio. El feminicidio se refiere al asesinato de mujeres por parte de hombres que las matan por el hecho de ser mujeres. Los feminicidios son asesinatos motivados por la misoginia, porque implican el desprecio y el odio hacia las mujeres. Expresan situaciones contra las mujeres y niñas.
Pero no estoy abordando, lamentablemente, un tema que sea desconocido para los legisladores o para la ciudadanía en general. Al contrario. Es bien sabido que las cifras de feminicidios en el país no han disminuido y que pareciera que desde hace tiempo comenzara a haber una epidemia que va contagiando.
Lo preocupante es que los feminicidios en México siguen a la alza en su forma más cruel y dolorosa. Los ocho estados en que más cifras hay son Chihuahua, Distrito Federal, Baja California, Jalisco, Michoacán, Veracruz y todos ellos son encabezados por el estado de México. Aquí se tiene 20 por ciento de los feminicidios que se cometen en el país, de los que se concentran en tres ayuntamientos: Ecatepec (12.4 por ciento), Nezahualcóyotl (7.6) y Toluca (5.2).
Cabe hacer hincapié en que se carece de estadísticas oficiales reales, debido a que la mayoría de los casos se documenta con el trabajo que realizan organismos no gubernamentales, observatorios estatales y medios de comunicación. Muchas de las denuncias presentadas por los familiares ni siquiera son perseguidas de origen por feminicidio, ya sea porque la victima está desaparecida o porque sólo se persigue el delito de homicidio. De lo anterior es que no se pueda tener con certeza una cifra oficial.
De acuerdo con Estadísticas del feminicidio en México, 8 publicación realizada por el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género, tenemos los siguientes datos:
Los mayores números de homicidios lo tienen el estado de México (388), Chihuahua (269) y Guerrero (237).
Y el informe presentado por el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio y la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos de las Mujeres, en el estado de México han sido denunciados 922 homicidios dolosos de mujeres entre 2005 y 2010.9 Esta cifra coloca al estado de México en una incidencia superior a Ciudad Juárez.
Aun cuando organismos de la sociedad civil y miles de activistas han solicitado que se emita la alerta de género en el estado de México y otros estados, hasta ahora, la Secretaría de Gobernación sigue siendo omisa.
Lo preocupante es que nuestra sociedad está acostumbrándose a vivir el día a día con los feminicidios. Niñas desaparecidas y luego encontradas muertas comienzan a tomar las primeras planas de periódicos internacionales.10 Pero, aún más allá de lo que nos deba preocupar la opinión pública internacional, es nuestro deber implementar acciones que verdaderamente auxilien, no sólo a la justicia o a los servidores públicos a castigar éste tipo de actos ilícitos, sino también dar a conocer a la sociedad en general, que nuestro país de ninguna manera seguirá permitiendo que sigan sucediendo éste tipo de acciones en contra de las mujeres.
Basta ser testigo de que hasta hoy, 9 de julio de 2015, el gobernador del estado de México, solicitó de manera oficial se emita la alerta de género para los once municipios mexiquenses más poblados. Cinco años, es lo que se tardó el gobernador de ese estado en hacer dicha solicitud.
No podemos permitir que la alerta de género tarde tanto. Siendo un tema sumamente vulnerable y grave.
Por todo lo expuesto y con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 6, fracción I, 77, 78 y 102 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo al artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Único. Se adiciona un segundo párrafo al artículo 25 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para quedar como sigue:
Artículo 25. Corresponderá al gobierno federal a través de la Secretaría de Gobernación declarar la alerta de violencia de género y notificará la declaratoria al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate.
En caso de que exista cualquiera de las tres fracciones en el artículo anterior, para la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres, y la Secretaría de Gobernación no la emita; el pleno de la Cámara de Diputados por mayoría simple podrá aprobar que se emita la declaratoria y notificará al Poder Ejecutivo de la entidad federativa de que se trate, así como a la Secretaría de Gobernación, para que se cumpla el capítulo V de esta ley.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Notas
1 Naciones Unidas, Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, resolución 48/104 de la Asamblea General, 20 de diciembre de 1993.
2 http://www.cepal.org/mujer/noticias/paginas/1/27401/InformeSecreGeneral .pdf
3 Fuente: Natalia Gherardi, La violencia contra las mujeres en la región, en Si no se cuenta, no cuenta. Información sobre la violencia de las mujeres, Cuadernos de la Cepal, número 99 (LC/G.2510-P), Diane Alméras y Coral Calderón (coordinadoras),Santiago de Chile, Comisión Económica para América Latina y el Caribe, 2012. Publicación de Naciones Unidas.
4 http://www.genevadeclaration.org/measurability/global-burden-of-armed-violence/global-burden-of-armed-violence-2015.html
5 https://www.mujereslibresdeviolencia.gob.mx/
6 https://www.mujereslibresdeviolencia.gob.mx/
7
http://www.inm.gob.mx/static/Autorizacion_Protocolos/SSA/
Violencia_familiar_sexual_y_contra_las_mujeres_criterios_par.pdf
8 http://www3.diputados.gob.mx/camara/content/download/327427/1155322/fil e/EFM_VEREJ.pdf
9 Cacho, Lydia (2011). El estado de México: feminicidios ignorados, Consultado el 20 de febrero de 2011.
10 http://www.proceso.com.mx/?p=401355
Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 15 de julio de 2015.
Diputado Ernesto Germán Sánchez Jiménez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Igualdad de Género. Julio 15 de 2015.)
Que reforma el inciso a) de la fracción III y adiciona un último párrafo a dicha fracción del artículo 37 de la Ley de Migración, recibida de la diputada Gloria Bautista Cuevas, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
Gloria Bautista Cuevas, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma la el inciso a) de la fracción III y adiciona un último párrafo a dicha fracción del artículo 37 de la Ley de Migración, con base en el siguiente
Planteamiento del problema
Los flujos turísticos internacionales representan uno de los activos más importantes que cada país puede tener, porque además de ser un sector estratégico y prioritario genera un número importante de empleos de todo tipo y se potencian las comunidades y localidades que dependen del turismo.
En el Plan Nacional de Desarrollo se estableció la estrategia 4.11.2, la cual fija que para el aprovechamiento del potencial turístico de México, se debe impulsar la innovación de la oferta y elevar la competitividad del sector turístico a través del fortalecimiento de la infraestructura y la calidad de los servicios y de los productos turísticos.
Pese a que desde 2013 se instauró el programa sectorial de turismo, el desarrollo turístico no ha despegado y sigue estancado a razón de 13 mil millones de dólares en ingresos obtenidos anualmente por esta actividad, muy lejos del billón de dólares que existe en el contexto mundial.
El turismo de playa sigue siendo el principal destino en la recepción de turismo internacional y nacional, dejando relegado la potenciación de otros destinos de carácter natural y cultural tan diverso que existe a escala nacional.
El programa nacional de turismo señala dentro de sus estrategias la actualización del marco jurídico vigente y para ello se debe pensar en formas innovadoras para generar beneficios directos a las comunidades, más allá de las operadoras turísticas y empresas transnacionales.
Argumentación
La Ley de Migración de relativamente reciente creación, establece una serie de disposiciones que provienen de la Ley General de Población que contenía las categorías sobre internación al país de las y los extranjeros que acuden a nuestro país por diversos motivos.
Que uno de ellos es el de visitante que establece el artículo 40 de la mencionada ley que menciona lo siguiente: I. Visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, que autoriza al extranjero para presentarse en cualquier lugar destinado al tránsito internacional de personas y solicitar su ingreso a territorio nacional, con el objeto de permanecer por un tiempo ininterrumpido no mayor a ciento ochenta días, contados a partir de la fecha de entrada.
México no solicita visa de turista para nacionales de 100 países de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Migración, sin embargo en algunos de ellos no hay acuerdos de reciprocidad para que ocurra lo mismo a nacionales mexicanos que acuden a esos países.
La ley dispone actualmente en el artículo 37 que no requieren visado quienes se encuentren en el siguiente supuesto: nacionales de países con que se haya suscrito un acuerdo de supresión de visas o que no se requiera de visado en virtud de una decisión unilateral asumida por el Estado mexicano.
Sin embargo, se requiere también incluir los supuestos en que otro Estado no solicite el visado por su decisión unilateral, además de que no quedará sujeta la autorización de entrada al país de un nacional que presente visado de otra nación. Lo que importa aquí es fortalecer la soberanía nacional, hacerla cada vez más fuerte y no estar a expensas de las leyes migratorias de otros países, principalmente los países occidentales eurocentristas y de Estados Unidos, porque nos genera codependencia e imposibilita nuestra no alineación en el concierto de naciones.
Además, debe propiciarse la celebración de un número cada vez mayor de convenios de supresión de visados con la mayoría de países posible de manera que nos permita incrementar el número de turistas que pueda llegar al país, su diversidad, los recursos para llenar por lo menos a la media mundial de ingresos generados y mejorar nuestras relaciones internacionales.
En virtud de lo anterior y con base en las disposiciones legales mencionadas se presenta ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de
Decreto que reforma el inciso a) de la fracción III y se adiciona un último párrafo a dicha fracción del artículo 37 de la Ley de Migración
Único. Se reforma el inciso a) de la fracción III, y se adiciona un último párrafo a dicha fracción del artículo 37 de la Ley de Migración, para quedar como sigue:
Artículo 37. Para internarse en el país, los extranjeros deberán
I. y II. ...
III. No necesitan visa los extranjeros que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
a) Nacionales de países con los que se haya suscrito un acuerdo de supresión de visas o que no se requiera de visado en virtud de una decisión unilateral asumida por el Estado mexicano o que otro Estado no lo solicite por su decisión unilateral. En ningún caso se sujetará la autorización de entrada en el país de un nacional que presente visado de otra nación;
...
Para los efectos de lo dispuesto en el inciso a) de esta fracción la Secretaría de Relaciones Exteriores suscribirá acuerdos de supresión de visados con el mayor número de naciones posible que permita el incremento de turistas al país.
Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 15 de julio de 2015.
Diputada Gloria Bautista Cuevas (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Asuntos Migratorios. Julio 15 de 2015.)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública a asignar más recursos, en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al sector salud, recibida del diputado Luis Armando Córdova Díaz, de Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 15 de julio de 2015
Luis Armando Córdova Díaz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 6o., numeral 1, fracción I, 79 numeral 1, fracción II, 113 y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta Soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo por el que la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura a asignar mayores recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016 al sector salud para la adquisición de prótesis, al tenor de las siguientes
Consideraciones
De conformidad con el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo tiene el derecho a la protección de su salud.
Sin duda, este derecho, el de la protección a la salud, está vinculado directamente con el estado de bienestar completo de las personas en lo referente a sus aspectos físico y mental, ya que estas condiciones le permiten el ejercicio pleno de sus capacidades.
La propia Ley General de Salud, establece como uno de sus principales propósitos, atender bajo la asistencia social principalmente a los menores, ancianos y personas con discapacidad, esto con el fin de fomentar su bienestar y propiciar su incorporación a una vida equilibrada en lo productivo es decir en lo económico y en lo social.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en México el 6.6 de la población tiene algún tipo de discapacidad, es decir en 19 de cada 100 hogares hay algún miembro con discapacidad.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aceptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2006, de conformidad con su artículo primero estipula que se debe proteger y garantizar que las personas con discapacidad tengan acceso al disfrute de todos los derechos humanos y el respeto a su dignidad.
En dicha convención se reconoce que las discapacidades incluyen aquellas diferencias que van desde físicas, mentales, intelectuales y sensoriales como son los casos de ceguera, sordera, el deterioro de la movilidad y las que tienen que ver con el desarrollo físico.
Esto quiere decir que el tema de la discapacidad ha sido abordado a nivel internacional por ser considerado un problema de salud pública, entendiendo que las dificultades y barreras que enfrentas las personas con discapacidad afectan su vida en general, por lo que tanto sociedad como instituciones gubernamentales han adoptado acciones para mejorar sus condiciones de vida.
En México, desde el Poder Legislativo en el 2011, se aprobó la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, ley reglamentaria del artículo 4° Constitucional, estableciéndose en dicho ordenamiento que el Estado debe promover, proteger y asegurar los derechos humanos y libertades fundamentales de toda persona con discapacidad y buscar su incorporación a una vida social, plena y productiva.
Muchas personas con algún tipo de discapacidad requieren de prótesis para poder conseguir su bienestar físico, así lo reconoce el artículo 174 de la Ley General de Salud, al mencionar que la atención integral de las personas con discapacidad incluye la adaptación de las prótesis, órtesis y ayudas funcionales que requieran.
Entendiéndose por prótesis, órtesis y ayudas funcionales: aquellos dispositivos destinados a sustituir o complementar una función, un órgano o un tejido del cuerpo humano. Es decir, es una extensión artificial que reemplaza una parte del cuerpo que falta, por el contrario, aporta un suplemento al cuerpo, las prótesis son típicamente utilizadas para reemplazar partes perdidas del cuerpo ocasionadas por heridas (traumáticas) o que faltan de nacimiento (congénitas) supliendo partes inexistentes.
Las prótesis permiten aumentar las expectativas de vida, al facilitar algunos movimientos del cuerpo como son las más frecuentes en las articulaciones de cadera y rodilla.
Las instituciones de salud en México, en particular aquellas especializadas en traumatología y ortopedia, tienen amplia experiencia en implantes articulares, destacando los de cadera y rodillas, pese a ello, no cuentan con las suficientes prótesis para atender la demanda de quienes las necesitan.
Cabe mencionar que nuestro país como otros países del mundo, el uso de las prótesis son consecuencia de los estudios e investigaciones en cuanto a los alcances en salud. En México desde la década de los años cuarenta, la Clínica Primavera y el Grupo de Ferrocarriles Nacionales de México, impulsaron y patrocinaron la fundación de los primeros talleres en diseñar y fabricar prótesis.
Con el paso de los años, ha sido la Universidad Nacional Autónoma de México, específicamente en la Facultad de Ingeniería, donde se desarrolla la prótesis inteligente para brazo y mano, auto programable y con movimiento de las falanges de los dedos, la muñeca y el codo funcionando con señales dieléctricas y de voz, aplicación que ha beneficiado a muchas personas con prótesis.
Resulta oportuno destacar, que toda persona con discapacidad o la necesidad de contar con una prótesis deben ser atendidas, ya que esta población enfrenta mayores retos en cuanto a su entorno físico, mermando así, su propio desarrollo y su propia convivencia social.
Finalmente, hace falta dotar de mayores recursos económicos a las instituciones de salud para que las personas que necesiten todo tipo de prótesis auditivas, dentales, oculares, de cadera, andaderas y apoyos como bastones y/ o sillas de ruedas, puedan tener el acceso a ellos, y puedan mejorar su calidad de vida.
Por lo expuesto, someto a la consideración de esta Soberanía la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados de la LXIII Legislatura, para que asigne mayores recursos en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2016, al sector salud para la adquisición de prótesis.
Dado en el Senado de la República, sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 15 de julio de 2015.
Diputado Luis Armando Córdova Díaz (rúbrica)
De la Comisión Especial de programas sociales, cuarto semestral de actividades
Antecedentes
De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que se integran las comisiones especiales que funcionarán durante la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, de fecha 21 de diciembre de 2012, publicado en la Gaceta Parlamentaria el 24 de diciembre de 2012, y con los artículos 42 de la Ley Orgánica del Congreso General y 146, numeral 1, 205, 207 y 208 del Reglamento de la Cámara de Diputados se aprobó la constitución de la Comisión Especial de programas sociales, la cual se encuentra integrada de forma plural.
Su actuación para despachar los asuntos que le competan se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como por la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y su Reglamento para el Gobierno Interior y los acuerdos parlamentarios complementarios que aprueba el pleno.
Marco legal del informe
De conformidad con los artículos 34, numeral 1, inciso c), y 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 207, numerales 1 y 2, y 208, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, se acordó por el pleno constituir comisión.
Por lo anterior, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 164 y 165, numerales 1 y 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión Especial de programas sociales de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, rinde el informe semestral de actividades, correspondiente al periodo 1 de marzo de 2014-30 de abril de 2015.
Introducción
El presente documento contiene el informe de las actividades realizadas por los integrantes de la Comisión Especial de programas sociales, en el periodo 1 de marzo-30 de abril de 2015, en el que para el cumplimiento de los objetivos se llevaron a cabo reuniones ordinarias en las que sus integrantes concretaron acuerdos y toma de decisiones a fin de coadyuvar en el avance y cumplimiento de los objetivos planteados en el programa de trabajo autorizado.
La integración de la comisión se dio a conocer por medio del oficio número DGPL 62-II-8-1159 de fecha de 7 de marzo de 2013 de la Mesa Directiva por el que se dio cuenta del oficio número JCP/ HAC/ HCHM/ AMF/ 0099/ 07032013, de fecha 7 de marzo de 2013, por el cual se confirmó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política aprobado el 21 de diciembre de 2012.
Constitución y objetivos de la comisión
Como se mencionó, la constitución de la comisión, fue autorizada por acuerdo de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados el 21 de diciembre de 2012.
Asimismo, con el oficio número JCP/ HAC/ HCHM/ AMF/ 00578/ 110213, de fecha 11 de febrero de 2013, la Junta de Coordinación Política hizo del conocimiento del presidente de la comisión el acuerdo correspondiente que adiciona a los objetivos originales, los relacionados con el seguimiento a los procesos electorales que habrán de celebrarse durante la presente legislatura.
Por lo anterior, para el desarrollo del programa de trabajo de la comisión se asumieron dos objetivos trascendentales como ejes rectores de ésta. El primero es vigilar el adecuado funcionamiento de los programas sociales y el uso debido y legal de los recursos que tales programas sociales tienen asignados. El segundo objetivo es el seguimiento de los procesos electorales que habrán de celebrarse durante la presente legislatura.
La Comisión Especial de programas sociales se ha ceñido a un programa de trabajo que fue autorizado en el pleno de la segunda reunión ordinaria, celebrada el 9 de abril de 2013, el cual fue proyectado en función de los objetivos dictados por la Junta de Coordinación Política y del pleno de la Cámara de Diputados, dichos objetivos están formados en dos vertientes:
Programas sociales; y
Procesos electorales.
De los objetivos presentados, es importante destacar que se han ido atendiendo por medio de las acciones que la comisión ha emprendido a lo largo de los períodos que se describen en el presente documento en sus diversas secciones y apartados.
1. Integrantes de la comisión
Diputados: José Francisco Coronato Rodríguez, presidente; José Alejandro Montano Guzmán, Francisco Tomás Rodríguez Montero, secretarios; Carol Antonio Altamirano, Darío Badillo Ramírez, Juan Francisco Cáceres de la Fuente, Cristina Olvera Barrios, Héctor Hugo Roblero Gordillo, Leonor Romero Sevilla, Jessica Salazar Trejo, Víctor Serralde Martínez, Alma Marina Vitela Rodríguez.
Por grupo parlamentario
PRI: 3 (25 por ciento).
PAN: 3 (25 por ciento).
PRD: 3 (25 por ciento).
PVEM: 0 (0 por ciento).
Movimiento Ciudadano: 1 (8.3 por ciento).
PT: 1 (8.3 por ciento).
Nueva Alianza: 1 (8.3 por ciento).
Morena: 0 (0 por ciento).
Total: 12.
Fecha de aprobación: 21 de diciembre de 2012
Fecha de instalación: 14 de marzo de 2013.
Vigencia: -
Secretario técnico: Ingeniero Rodolfo Palafox Vázquez.
2. Reuniones ordinarias
En el periodo 1 de marzo-30 de abril de 2015 se celebraron la decimosexta y decimoséptima reuniones ordinarias, de las que más adelante se darán los detalles.
Asimismo, se han llevado a cabo diversas actividades que durante el periodo del informe, se desarrollaron como complemento a los acuerdos que en el seno de las reuniones ordinarias se aprobaron para el cumplimiento de los objetivos generales y particulares del programa de trabajo autorizado para la actuación de la comisión.
Informe de actividades por el periodo 1 de marzo de 2015-31 de mayo de 2015
2.1. Decimosexta reunión ordinaria
A la decimosexta reunión ordinaria corresponde el siguiente orden del día:
2.1.1. Decimosexta reunión ordinaria
Que se llevará a cabo 24 de marzo de 2015, a las 16:30 horas, en el mezzanine norte del edificio A, de este recinto legislativo, con el siguiente orden del día:
1. Lista de asistencia.
2. Declaratoria de quórum.
3. Lectura y aprobación del orden del día.
4. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
5. Presentación y en su caso aprobación, de la Iniciativa de Ley con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General los Estados Unidos Mexicanos, que tiene la finalidad de elevar a ordinaria la Comisión Especial de programas sociales.
6. Presentación y, en su caso, aprobación del punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público con objeto de que en consideración a que las estancias infantiles, que operan al amparo del programa social Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social; se revisen sus obligaciones fiscales tomando en cuenta su importante objetivo social.
7. Asuntos generales.
8. Clausura y cita para la siguiente reunión.
2.1.2. Resumen de la decimosexta reunión ordinaria
En la decimosexta reunión ordinaria de la comisión llevada a cabo el 24 de marzo de 2015, se presentó para su aprobación, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene la finalidad de elevar a ordinaria la Comisión Especial de programas sociales, de la cual se presentaron la exposición de motivos en los que se destacaron la ausencia de una comisión ordinaria que se encargue en la actualidad de esos temas trascendentales para el país y su ciudadanía y las funciones que tendría la comisión ordinaria propuesta.
Asimismo, se presentó un punto de acuerdo por el que se exhorta al secretaria de Hacienda y Crédito Público con objeto de que en consideración a que las estancias infantiles, que operan al amparo del programa social denominado estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social; queden exentas de sus obligaciones fiscales tomando en cuenta su importante objetivo social.
Se concretó por unanimidad la intención de invitar para la decimoséptima reunión a la coordinadora general del Programa Nacional del Financiamiento (Pronafim), de la Secretaría de Economía. Comentando que esta dependencia opera el Pronafim, y el Fondo de Microfinanciamiento a Mujeres Rurales, Fommur, que pertenecen al sector que atiende la Secretaría de Economía.
De acuerdo con este programa y según las cifras del mismo, ha atendido a más de un millón y medio de beneficiarios, apoyándolos en sus proyectos por medio de microfinanciamiento. A través de dos subprogramas: el Pronafim, que apoya a personas de ambos sexos para que por medio de financieras se les otorguen microcréditos para proyectos productivos que fomenten el autoempleo. Y Fommur, apoyo a mujeres rurales que otorga microcréditos para proyectos productivos.
El acta de la reunión se tramitó por medio del oficio número HCD/CEPS/070/15, del 24 de abril de 2015.
2.1.3. Acuerdos e información tratados en la decimosexta reunión ordinaria
Acuerdo I. Se aprobó por unanimidad la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene la finalidad de elevar a ordinaria la Comisión Especial de programas sociales.
Acuerdo II. Se aprobó por unanimidad el punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público con objeto de que en consideración a que las estancias infantiles, que operan al amparo del programa social Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social; queden exentas de sus obligaciones fiscales tomando en cuenta su importante objetivo social.
Acuerdo III. Se aprobó por unanimidad la invitación a la coordinadora general del Programa Nacional del Financiamiento, de la Secretaría de Economía.
2.1.4. Seguimiento y cumplimiento de los acuerdos de la decimosexta reunión ordinaria
Para el cumplimiento de los acuerdos se llevaron a cabo las siguientes acciones:
Acuerdo I. La iniciativa se tramitó para turno y dictamen ante la Junta de Coordinación Política por medio del oficio número HCD/ CEPS/ 056/ 15, de fecha 25 de marzo de 2015.
Acuerdo II. El punto de acuerdo se tramitó para turno y dictamen ante la Junta de Coordinación Política por el oficio número HCD/CEPS/057/15, de fecha 25 de marzo de 2015.
Acuerdo III. Se iniciaron los trámites y la logística para la invitación oficial y formal de la coordinadora general del Programa Nacional del Financiamiento de la Secretaría de Economía.
2.2. Decimoséptima reunión ordinaria
A la decimoséptima reunión ordinaria, llevada a cabo el 21 de abril de 2015, a las 16:30 horas, en el salón C del edificio G de este recinto legislativo, correspondió el siguiente orden del día:
1. Lista de asistencia.
2. Declaratoria de quórum.
3. Lectura y aprobación del orden del día.
4. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.
5. Presentación del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario (Pronafim), por su coordinadora general, licenciada Elenitza Canavati Hadjópulos, en las siguientes vertientes o subprogramas:
Pronafim: apoyo a personas de un sexo y otro a fin de otorgarles, mediante microfinancieras, microcréditos para proyectos productivos.
Fommur: Apoyo a mujeres Rurales, que otorga microcréditos para proyectos productivos.
6. Asuntos generales.
7. Clausura y cita para la siguiente reunión.
2.2.2. Resumen de la decimoséptima reunión ordinaria
En la decimoséptima reunión ordinaria, llevada a cabo el 21 de abril de 2015, se contó con la presencia del licenciado Julio César Lorenzo Delgado, director general adjunto del Pronafim, quien se hizo acompañar de la maestra Gabriela Zamira Barragán Sandoval, consultora encargada de fortalecimiento y desarrollo institucional; del licenciado Sergio Adrián Raymundo Sánchez, consultor de promoción; del maestro Édgar Alejandro Guerrero Flores, director general de Vinculación Política de la Secretaría de Economía, así como del licenciado Jorge Andrés Cervantes Aguirre, director de Enlace con la Cámara de Diputados de la Secretaría de Economía, todos ellos funcionarios de la Secretaría de Economía, sean todos bienvenidos.
Hicieron la presentación del programa y sus dos subprogramas: el Pronafim, que apoya a personas de ambos sexos para que por medio de financieras se les otorguen microcréditos para proyectos productivos que fomenten el autoempleo. Y Fommur, apoyo a mujeres rurales que otorga microcréditos para proyectos productivos. Así como de las reglas de operación que regulan la actuación de los programas en mención.
Nota: En la reunión no se tomaron acuerdos debido a que se trató de una reunión de trabajo con corte preponderantemente informativa.
Nota: Todas las actas de las reuniones descritas se encuentran disponibles en el micrositio de la comisión en la opción Actas en la siguiente liga:
http://www3.diputados.gob.mx/camara/001_diputados/012_comisioneslxii /02_especiales/05_programas_sociales/04_actas
3. Otras actividades del periodo
3.1. Elaboración de la memoria de las actividades y los logros de la comisión
Se elaboró un documento que contiene el compendio de actividades y logros obtenidos por los integrantes de la Comisión Especial de programas sociales, en el periodo comprendido del 14 de marzo de 2013 al 30 de abril del 2015, en el que para el cumplimiento de los objetivos se llevaron a cabo la reunión de instalación, así como 17 reuniones ordinarias y una reunión de junta directiva.
En el apartado 4, Reuniones de la Comisión Especial de Programas Sociales, de la memoria se presenta el contenido de las 19 reuniones mencionadas, así como de los acuerdos, su seguimiento y cumplimiento, que han significado la satisfactoria consecución de los objetivos planteados, motivo de la presentación de la presente memoria.
Todas las estrategias descritas para la atención de los objetivos planteados para la comisión se atendieron puntualmente y de la forma más adecuada por los integrantes, las que fueron origen de los 37 acuerdos aprobados en las 19 reuniones que se sostuvieron en las que también es menester destacar, la presentación de cuatro iniciativas de reformas de ley, un punto de acuerdo y un exhorto a las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, los que se muestran en este testimonio.
3.2. Informe gráfico sobre los programas sociales federales sujetos a reglas de operación, más consultados por los ciudadanos mediante el SIPS
Se elaboró este documento en seguimiento y cumplimiento de los objetivos planteados en el programa de trabajo autorizado por los integrantes de la Comisión Especial de programas sociales y como producto del módulo que se integró al Sistema de Información de Programas Sociales (SIPS), denominado módulo de visitas y consultas al SIPS, que tuvo como objetivo detectar las incidencias de consulta a los programas sociales que la ciudadanía llevó a cabo al entrar en el SIPS.
Enseguida se presentan de forma gráfica los programas más consultados por medio del Sistema de Información de Programas Sociales en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2013 al 30 de abril de 2015, que son producto de la información censada por el propio SIPS y que surge al procesar los datos obtenidos, mismos que representan elementos que han permitido la interpretación de las tendencias.
En otras palabras, las gráficas muestran el comportamiento de las consultas realizadas por la ciudadanía a la información de los programas sociales federales sujetos a reglas de operación por medio del SIPS, para lo cual se presenta:
Antecedentes
El Sistema de Información de Programas Sociales inició su operación en agosto de 2013 con el acopio, selección y carga de información de 109 programas sociales que para ese ejercicio se autorizaron en el PEF de 2013 y su liberación y puesta en marcha para el uso de la población en general fue a partir del 1 de octubre de 2013, fecha en la que se inició con el monitoreo y mantenimiento de bases de datos que a la fecha se ha llevado a cabo.
Para difundir la información de los programas sociales por medio del SIPS y micrositio de la comisión, se solicitó la elaboración de promocionales para radio y televisión, los cuales se transmitieron en cadena nacional de acuerdo a los tiempos oficiales que determinó la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, adscrita a la Secretaría de Gobernación. Así como por medio del Canal del Congreso.
La difusión descrita se llevó a cabo en tres momentos distintos (tres campañas), en los que gracias a métodos estadísticos fue posible monitorear el comportamiento de las consultas que se muestran en las siguientes gráficas:
Monitoreo de las consultas del SIPS, 1 de octubre de 2013-17 de junio de 2014
Efecto de los promocionales (señalado con círculos)
Primer promocional: del 8 de diciembre de 2013 al 26 de enero de 2014 (1 mes 18 días), incidió en 8 mil 927 consultas al sistema (entre el 9 de diciembre de 2013 y el 16 de marzo de 2014).
Segundo promocional: del 16 de abril al 27 de mayo de 2014 (1 mes 11 días), incidió en 42 mil 554 consultas al sistema en el mismo periodo.
Tercer promocional: del 1 de febrero de 2015 al 15 de marzo de 2015, que contribuyó con mil 625 consultas al SIPS en el periodo mencionado.
Conclusión
El efecto de la difusión de los programas sociales en el micrositio por medio de los promocionales de radio y televisión, se calificó como muy positivo , ya que los incrementos acumulados a las consultas de información en los periodos de transmisión de los promocionales, se asocian perfectamente a las fechas de su transmisión.
Comportamiento estadístico de las visitas al SIPS, tras las 2 primeras campañas de difusión de 2013 y 2014
A partir del análisis de los datos posteriores a las dos campañas, de junio de 2014 al 29 de enero de 2015, el comportamiento ha sido como se muestra en la gráfica siguiente:
En la gráfica anterior se nota que todavía en la semana del 2 al 8 de junio de 2014 se percibió un nivel de consultas del orden de mil 246 en esa semana, producto de que la información distribuida por medio de los spots todavía quedaba en la mente de la ciudadanía, sin embargo conforme fueron pasando los días y las semanas, se fue presentando una tendencia a la baja que se nota claramente en la gráfica anterior.
El acumulado al 30 de abril de 2015 y desde el 1 de octubre de 2013 asciende a la cantidad de 59 mil 726 consultas a programas sociales y una cifra mínima en el periodo del 19 al 29 de enero de 2015 de 127 consultas. Ello muestra que si bien la población siguió visitando el SIPS y el micrositio de la comisión constantemente, los momentos en que se transmitieron los promocionales influían de una forma definitiva y eficiente para la difusión de los programas sociales ante la población mexicana.
La siguiente gráfica muestra el comportamiento histórico mensual de las consultas por el SIPS:
3.3. Resumen e informe final
Informe de actividades en el periodo 14 de marzo de 2013-30 de abril de 2015
Informe final de actividades y objetivos alcanzados
Introducción
El presente documento contiene el informe de las actividades realizadas por los integrantes de la Comisión Especial de programas sociales, en el periodo comprendido del 14 de marzo de 2013 al 30 de abril de 2015, en el que para el cumplimiento de los objetivos se llevaron a cabo reuniones ordinarias en las que sus integrantes concretaron acuerdos y toma de decisiones a fin de coadyuvar en el avance y cumplimiento de los objetivos planteados en el programa de trabajo autorizado.
En el marco del cumplimiento de los objetivos consignados en el programa de trabajo aprobado por los integrantes de la comisión en la segunda reunión ordinaria y de los acuerdos alcanzados en las 17 reuniones ordinarias, se presenta este documento, que muestra los avances logrados respecto al programa de referencia.
La Comisión Especial de programas sociales, entre otros, tiene como compromiso fundamental el cumplimiento de las tareas encomendadas por el pleno de la Cámara de Diputados, las que están en función de sus principales encomiendas y objetivos sustantivos en torno a lo establecido en los diversos acuerdos emitidos por los órganos de gobierno de esta Cámara de Diputados para llevar a cabo la vigilancia del uso debido y legal de los programas sociales en todo momento inclusive en tiempos electorales, como se consigna en el acuerdo de la Junta de Coordinación política, que con el oficio número JCP/ HAC/ HCHM/ AMF/ 00578/ 110213, de fecha 11 de febrero de 2013, se dio a conocer a esta comisión, en el sentido de que la Comisión Especial de programas sociales se hiciera cargo de dar seguimiento a los procesos electorales que habrán de celebrarse durante la presente legislatura.
Por lo anterior, a fin de dar cumplimiento a las tareas encomendadas por conducto de la Mesa Directiva y la Junta de Coordinación Política, esta Comisión Especial de Programas Sociales, desde su creación e instalación, ha llevado a cabo 19 reuniones, de las cuales una fue la reunión de instalación, otra fue reunión de junta directiva y 17 reuniones ordinarias, mismas en las que se han presentado los temas relacionados con los 2 objetivos sustantivos o ejes rectores, de los que el primero consiste en ser un instrumento que permita vigilar el funcionamiento de los diferentes programas sociales que la federación ejecuta por conducto de diversas dependencias e incluye por supuesto su difusión a los miembros de la sociedad mexicana, lo que se hizo a través del micrositio de la comisión, así como de los promocionales transmitidos por medios de difusión masiva; y el segundo, dar seguimiento a los procesos electorales de manera que se induzca a la desvinculación del uso de los programas sociales a favor de cualquier objetivo electoral ya sea particular o de grupo.
De los 37 acuerdos alcanzados por los integrantes de la comisión en las reuniones ordinarias destacan los siguientes:
La aprobación del programa de trabajo 2012-2015.
La aprobación del programa de trabajo para el proceso electoral de 2013.
La logística de las giras de trabajo a 15 estados de la república donde se llevaron a cabo elecciones en 2013.
La entrega de volantes de procesos electorales a los ciudadanos tanto en las 15 entidades federativas donde se llevaron a cabo comicios en 2013 como a 17 estados en 2015.
La instalación y operación de un centro de monitoreo de los procesos electorales de 2013.
La difusión de los programas sociales federales sujetos a reglas de operación por medio de promocionales de radio y televisión abierta y canal del congreso.
La implantación del micrositio de la comisión, como medio de contacto y difusión de las acciones legislativas e informativas con la sociedad mexicana.
El diseño y desarrollo de un sistema de información de programas sociales.
La elaboración y presentación de cuatro iniciativas de ley.
La elaboración y presentación de un punto de acuerdo para exhortar a la SHCP a mejorar las condiciones fiscales de las estancias infantiles del programa para apoyo a madres trabajadoras.
La elaboración y presentación de exhortos, uno a las comisiones ordinarias a fin de que emitieran sus observaciones con respecto a las reglas de operación de los programas sociales relacionados con sus atribuciones.
La aprobación de la participación de los integrantes de la comisión en la publicación de la revista Cámara número 33 año 3.
Reunión de trabajo y acuerdo de colaboración con el comisionado federal de Mejora Regulatoria (Cofemer).
Reunión de trabajo y acuerdo de colaboración con el presidente ejecutivo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval).
La aprobación para compartir mutuamente de forma bilateral, las ligas electrónicas de las páginas web y micrositio tanto de Coneval como de la comisión. Como se constata en las siguientes ligas electrónicas:
http://www3.diputados.gob.mx/camara/001_diputados/012_comisioneslxii/02_especiales/05_programas_sociales/
http://www.coneval.gob.mx/Evaluacion/Paginas/inventario_nacional_de_programas_y_acciones_sociales.aspx
La aprobación y el envío de los informes de actividades semestrales de la comisión a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.
La aprobación del envío de comunicados a autoridades en los 17 estados de la república donde se celebrarán comicios electorales en 2015.
La presentación en junta de trabajo con funcionarios del Programa Nacional de Financiamiento al Microempresario, operado por la Secretaría de Economía.
Todo lo anterior se encuentra consignado en las actas correspondientes, mismas que han sido publicadas en las gacetas parlamentarias respectivas y que forman parte del informe que se entregó en su momento a la Junta de Coordinación Política, para la evaluación de los informes y gestión de las comisiones especiales, entregado para atender la siguiente instrucción que por acuerdo se solicitó:
Primero. En el marco de los dispuesto en los artículos 33 y 34 de la Ley Orgánica del Congreso y 207 del Reglamento de la Cámara de Diputados, se solicita a las comisiones especiales vigentes de la cámara de diputados, remitan a esta Junta de Coordinación Política, copia de sus informes y/o reportes de trabajo y actividades generados en el transcurso de su gestión conforme lo dispuso su acuerdo de creación y el artículo 207 del Reglamento antes referido.
Actividades relacionadas con los objetivos del programa de trabajo y que fueron atendidas con las acciones y acuerdo referidos en párrafos anteriores
Las actividades están asociadas con los objetivos planteados en el programa de trabajo autorizado por los integrantes de la comisión a fin de cumplir los dos ejes rectores mencionados.
Dichas actividades incluyen las siguientes:
Acciones de difusión.
Acciones de vinculación:
- Con autoridades electorales estatales y federales.
- Con dependencias del Ejecutivo federal.
- Con autoridades judiciales de diferentes órdenes de gobierno.
- Con los congresos de los estados.
- Con miembros de la academia.
- Con organizaciones de la sociedad civil.
- Con la ciudadanía.
- Con los centros de estudios de la Cámara de Diputados.
- Con la Cámara de Senadores.
- Con comisiones ordinarias.
Acciones de supervisión y vigilancia.
Giras de trabajo a entidades federativas.
Entrega de volantes de procesos electorales.
Acciones de análisis de estudios presentados por terceros.
Acciones legislativas.
Actualización de la información en el Sistema de Información de Programas Sociales
Cada año, las dependencias del Ejecutivo federal llevan a cabo la revisión regulatoria y ajustes en las reglas de operación de los programas sociales sujetos a estas, por lo que cada ejercicio, son refrendados tanto los programas sociales como sus reglas de operación por lo que es común, que de ejercicio a ejercicio, cambien el número de programas sociales y en algunos casos el nombre o denominación de algunos de estos así como la fusión o eliminación de otros, dichos programas por ejemplo en el ejercicio de 2013 fueron un total de 109 y se publicaron en el anexo 24 del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), para el ejercicio 2014 se publicaron en el mismo anexo pero sumaron 102 y para el presente ejercicio, la lista de los 96 programas sociales que serán operados por cada dependencia del Ejecutivo federal se publicó en anexo 25 del PEF de 2015. Es decir, cada año cada secretaría de Estado que opera programas sociales, publica en el Diario Oficial de la Federación, las reglas de operación por lo que es necesaria la difusión los mismos, lo cual se lleva a cabo por medio del micrositio de la comisión en la página de la Cámara de Diputados. Por ejemplo, enseguida se señalan como información adicional los cambios para 2015 respecto al ejercicio de 2014:
Cambio de denominación de algunos programas
De la Secretaría de Salud: el Programa Caravanas de Salud, cambia a Unidades Médicas Móviles y el Integral para la Calidad Médica cambia a Calidad en Atención Médica.
Asimismo, de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano cambia de nombre el Programa Futuras Empresas Rurales a Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores Agrarios.
Por otro lado los programas que serán operados al mismo tiempo por diversas dependencias federales a la vez en 2015:
Dos programas sociales serán operados por diferentes dependencias a la vez, el primero es el programa Prospera (programa de inclusión social), operado principalmente por la Secretaría de Desarrollo Social, que sustituyó el programa de Oportunidades.
El segundo programa que se opera en 2015 por distintas dependencias es el de Empleo Temporal, el cual será ejecutado por las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Trabajo y Previsión Social, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Desarrollo Social.
Uno de los objetivos fundamentales de la Comisión Especial de programas sociales, reitero, consiste en ser un instrumento que nos permita difundir la existencia e información de los programas sociales federales con el fin de que la sociedad mexicana pueda ejercer a través de ésta información, el derecho que les asiste para ser posibles beneficiarios suyos, en tal virtud es menester mencionar que ésta comisión cuenta con un sistema informático que permite publicar la información básica de los programas en mención, Sistema de Información de Programas Sociales, el cual se encuentra alojado en el micrositio de la Comisión Especial de programas sociales en la página de la Cámara de Diputados.
Aunado a lo anterior, esta comisión en 2014 y 2015 se dio a la tarea de actualizar la información referida en el sistema de información de programas sociales y procedió a la difusión de la misma a los integrantes del Congreso de la Unión, por lo que se ha solicitado el envío de forma electrónica a los 500 diputados y los 128 senadores, por conducto de la Mesa Directiva esta Soberanía, con el fin de que como representantes populares coadyuvemos en la difusión de esta información entre nuestros representados, destacando que es un acto inédito en la Cámara de Diputados.
Asimismo, en materia de difusión, desde el año 2013 se ha solicitado la elaboración y transmisión de promocionales, a fin de difundir a la ciudadanía del país la existencia de los programas sociales federales sujetos a reglas de operación, por lo que es importante señalar que los spots se han transmitido en tres diferentes campañas, dos por televisión abierta y recientemente se inició la transmisión de la tercera por el Canal del Congreso.
Como complemento de las actividades descritas, la comisión también lleva a cabo una tarea de vinculación con la ciudadanía de nuestro país, en la que se da asesoría a las personas por medio de la secretaría técnica, quién atiende a la ciudadanía orientándola en la búsqueda de datos y reglas de operación de los distintos programas sociales que existen. Por lo que se ha puesto al servicio de la población en general, los números telefónicos 5036-0000 y el 01800-122-62-72, ambos con la extensión 58106.
En materia de procesos electorales, desde un principio, los integrantes y junta directiva de esta Comisión, hemos venido trabajando en ese sentido y en esta ocasión, me permito informarle de forma respetuosa que en la decimocuarta reunión ordinaria, llevada a cabo el 25 de noviembre de 2014, hemos implantado acciones encaminadas a cumplir el programa de trabajo 2012-2015 autorizado por los integrantes en materia de programas sociales y procesos electorales, a fin de dar seguimiento al proceso electoral que inició el 7 de octubre de 2014 y que llevará a las urnas a la ciudadanía el día de la jornada electoral el 7 de junio de 2015, y que de acuerdo con información del Instituto Nacional Electoral tiene como fecha de finalización el día 23 de julio de 2015; aprobando en dicha reunión el envío de comunicados a autoridades de la 17 entidades federativas en donde se llevarán a cabo comicios electorales este año, información de la que se envió una copia impresa a la Junta de Coordinación Política por medio del oficio número HCD/CEPS/016/15.
En la planeación para dar seguimiento al procesos electoral mencionado en el párrafo anterior, la comisión tiene planteado instalar un centro de monitoreo de procesos electorales, como se llevó a cabo en 7 de julio de 2013, con el objeto de servir como canalización de denuncias ante autoridades competentes a partir del 7 de junio del presente año, así como la entrega del volante Por un voto libre y secreto en las entidades donde se llevarán a cabo elecciones en 2015, el que también fue distribuido en el proceso electoral de 2013.
Informes de la comisión
En materia de cumplimiento con la entrega de informes semestrales por cada año legislativo, es importante recalcar que el primer informe semestral que se publicó en la Gaceta Parlamentaria número 4067, del 17 de julio de 2014, el segundo informe semestral que se publicó en la Gaceta Parlamentaria número 4116, del 22 de septiembre de 2014, el complemento a los informes primero y segundo que se publicó en la Gaceta Parlamentaria número 4161, del 24 de noviembre de 2014, así como el tercer informe semestral, que se tramitó con el oficio número HCD/ CEPS/ 037/ 15, todos fueron enviados a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos así como el informe que consta de dos tomos que contiene las acciones emprendidas en materia de procesos electorales y que se rindió en su momento y fue publicado en la Gaceta Parlamentaria número 3848, del 29 de agosto de 2013.
En dichos informes se incluyen las iniciativas y los puntos de acuerdo promovidos por los integrantes de la comisión, y se describen enseguida:
Trabajo legislativo
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 69-E de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que tiene como objetivo, la mejora de las Reglas de Operación de los Programas Sociales.
Estatus: Pendiente de dictaminar en la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que tiene como finalidad que los sujetos obligados cumplan la actualización y transparencia de los padrones de beneficiarios de los programas sociales.
Estatus: Pendiente de dictaminar en la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que tiene como finalidad precisar los requisitos mínimos que deberán cumplir los aspirantes a ocupar el puesto de delegado de las dependencias del Ejecutivo federal que operan programas sociales.
Estatus: Pendiente de dictaminar en la Comisión de Transparencia y Anticorrupción.
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatus: Pendiente de dictaminar en la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Punto de acuerdo por el que se exhorta al secretario de Hacienda y Crédito Público con objeto de que en consideración a que las estancias infantiles, que operan al amparo del programa social Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social; queden exentas de sus obligaciones fiscales tomando en cuenta su importante objetivo social.
Estatus: Pendiente de dictaminar en la Comisión de Hacienda y Crédito Público.
Seguimiento a las acciones de seguimiento del proceso electoral 2014-2015.
Estatus: En proceso.
Los informes semestrales presentados, entre otras cosas describen cada una de las reuniones ordinarias con la siguiente estructura:
Reuniones ordinarias:
El orden del día
El desarrollo de cada reunión (resumen)
Los acuerdos alcanzados
El seguimiento para el cumplimiento de los acuerdos
Actividades y acciones legislativas como:
- La elaboración y presentación de iniciativas
- Exhortos
- Difusión de programas sociales spot
- Análisis de informes de terceros relacionados con programas sociales
- Soporte de elaboración de Iniciativas
- Análisis solicitados al Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública
- Informes gráficos
- Acuerdos
- Enlaces de referencia a contenidos electrónicos
Publicación de actas
En la comisión tenemos muy claro y somos sensibles a la necesidad de coadyuvar en la estadística positiva referente a la atención del volumen de trabajo tanto legislativo como de gestión que lleva a cabo el Congreso de la Unión, lo que a nuestro juicio representa una obligación y la responsabilidad de invertir lo mejor que esté de nuestra parte para llevar a buen puerto los objetivos planteados en beneficio de la población del país.
La Comisión Especial de programas sociales, inédita en la Cámara de Diputados, la cual cumple una función trascendente para el desarrollo social del país, la que a nuestro juicio deberá ser elevada a rango de ordinaria, propuesta que ya ha sido presentada ante los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados.
Deseamos reiterar la función que la comisión continuará desempeñando con motivo del próximo proceso electoral a efecto de coadyuvar en la inhibición de la incorrecta utilización de los programas sociales en el proceso electoral que se llevará a cabo en el presente año, incluyendo la recepción de quejas antes, durante y posterior a la jornada electoral, con objeto de ser el instrumento que incida en la investigación y en su caso, sanción a los responsables, cumpliendo así con uno de los objetivos encomendados a la comisión.
Atentamente
Integrantes de la Comisión Especial
de Programas Sociales
4. Aplicación y destino final de los recursos económicos asignados y utilizados por la comisión para el desempeño de sus actividades sustantivas
(Recursos asignados por el Comité de Administración)
A continuación se muestran los montos y comentarios correspondientes a este apartado, en concordancia con el artículo 165, numeral 3, fracción XIII, del Reglamento de la Cámara de Diputados:
Como se nota en la figura 1, respecto del presupuesto ejercido en las partidas presupuestales de los capítulos 2000 y 3000 del clasificador por objeto del gasto, se ejercieron recursos en las partidas que se ilustran.
Ejercicio presupuestal 2014-2015
Cifras conciliadas con la Dirección General de Programación, Presupuesto y Contabilidad
En enero de 2015 se ejercieron 209 mil 465 del capítulo 1000.
Telefonía celular y equipo de comunicación
La comisión tiene asignado un teléfono celular, que es de uso y custodia del, del cual nunca se ha excedido del crédito de tiempo aire autorizado.
Equipo de cómputo
A la comisión fue asignado un equipo de cómputo, un scanner, un no break y una impresora, los que se encuentran en funcionamiento y al servicio de la elaboración de todos los documentos y comunicaciones electrónicas de la comisión y lo relacionado con sus objetivos.
Vales para alimentos
Los vales para alimentos asignados a la comisión han sido distribuidos entre el personal adscrito a ella, por lo que se cuenta con la documentación comprobatoria de dicha distribución.
Vehículos y combustibles
Se hace constar que la comisión no tiene vehículos asignados ni gasto por concepto de combustible en el periodo del informe.
Espacio físico de la comisión
Desde su instalación, la comisión no tiene un espacio físico asignado para el desarrollo de sus actividades de gestión y trabajo técnico.
Papelería
Para los documentos que la comisión genera producto de sus actividades tanto de reuniones ordinarias, comunicados, informes, oficios internos y externos entre otros, esta Comisión hace uso del material de papelería que mensualmente se solicita por medio del formato de requisición institucional.
Atentamente
Diputado José Francisco Coronato Rodríguez
Presidente
Del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, de coyuntura
De la Comisión de Asuntos Indígenas
A la vigésima reunión ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 22 de julio, a las 10:00 horas, en el salón E del edificio G.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura, discusión y aprobación del orden del día.
3. Lectura, discusión y aprobación del acta correspondiente a la decimonovena reunión ordinaria celebrada el 23 de abril de 2015.
4. Informes a discusión, votación y en su caso aprobación:
a) Primer semestral de actividades correspondiente al periodo comprendido del 1 de septiembre de 2014 al 28 de febrero de 2015.
b) Segundo semestral de actividades correspondiente al periodo comprendido del 1 de marzo al 31 de mayo de 2015.
c) Final de actividades correspondiente al periodo 30 de octubre de 2012 al 31 de julio de 2015.
5. Asuntos generales.
6. Clausura de la reunión.
Atentamente
Diputada Eufrosina Cruz Mendoza
Presidenta
De la Comisión de Juventud
A la vigésima cuarta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 4 de agosto, a las 17:00 horas, en la sala de juntas de la convocante, situada en el edificio D, primer piso.
Orden del Día
1. Lista de asistencia, verificación y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la vigésima tercera reunión ordinaria.
4. Lectura, presentación y, en su caso, aprobación del sexto informe semestral de la comisión.
5. Lectura, presentación y, en su caso, aprobación del informe final de la comisión.
6. Presentación de los resultados del foro Alcances y retos de la juventud mexicana desde la perspectiva legislativa.
7. Asuntos generales.
Atentamente
Diputado José Luis Oliveros Usabiaga
Presidente
De la Comisión de Asuntos Migratorios
Al diplomado Migración México-Estados Unidos: retos y perspectivas de atención, que se llevará a cabo los viernes y los sábados comprendidos hasta el 1 de agosto, de las 16:00 a las 21:00 horas y de las 9:00 a las 14:00, respectivamente, en la galería Raúl Anguiano de la Universidad de las Californias Internacional, situada en bulevar Federico Benítez López 460, Los Españoles, 22104, Tijuana, Baja California.
Módulo VI. Taller de diseño de políticas públicas de excelencia en materia migratoria
Fechas: 24, 25 y 31 de julio y 1 de agosto
Ejes Temáticos:
Formulación de diagnóstico y problematización de tópicos asociados a la migración, políticas públicas o mecanismos de intervención.
Planteamiento y selección de alternativas de intervención.
Negociación e implementación del proyecto prototipo.
Evaluación y mejora continua.
Se otorgará constancia con valor curricular.
Atentamente
Diputada Amalia García Medina
Presidenta
De la Comisión de Puntos Constitucionales
Al diplomado Análisis político y campañas electorales que, con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México, División de Educación Continua y Vinculación, se realizará los lunes, miércoles y viernes comprendidos hasta el 3 de agosto, de las 8:00 a las 10:00 horas.
Módulos y temario
Fechas: 17, 20, 22, 24, 27, 29 y 31 de julio.
Módulo VI. Taller de estrategias de debate, marketing y comunicación política en las campañas
Conceptualización de la opinión pública
El esquema general de una campaña
Investigación de opinión pública y estrategia (war room)
Diseño de cuestionario
Introducción al diseño de cuestionario
Principales sesgos y efectos que deben evitarse
Tipos de encuestas y sus límites
Orden de las preguntas y su influencia entre ellas
Preguntas abiertas y cerradas
Importancia del fraseo en las preguntas
El problema de la no respuesta
Concepto de la no opinión
Introducción al muestreo
Diseño y análisis de encuestas por muestreo
Muestreo aleatorio simple
Muestreo aleatorio estratificado
Muestreo por conglomerados
Muestreo sistemático
Encuestas:
Encuesta panel
Trackings
Encuesta de salida
La logística
Planificación de exit polls
Tipos de muestras adecuadas
Transmisión y captura de datos
Procesamiento de la información
Imagen:
Comunicación, marketing e imagen institucional
Imagen deseada y gestión de imagen
Construcción de la imagen pública
Mensajes clave
Lenguaje verbal
Lenguaje no verbal
Discurso
Persuasión y opinión pública
Fecha: 3 de agosto.
Ceremonia de clausura.
Programación sujeta a cambios.
Atentamente
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública
Al tercer Concurso de textos para la creación de una obra conmemorativa del centenario de la promulgación de la Constitución de 1917.
La fecha límite para recibir trabajos es el 3 de agosto.
Atentamente
Doctor Rafael Aréstegui Ruiz
Director General
De la Comisión de Juventud
Al foro Alcances y retos de la juventud mexicana desde la perspectiva legislativa, que se llevará a cabo el martes 4 de agosto, a las 9:00 horas, en los auditorios norte y sur del edificio A, segundo piso.
Programa
Registro de participantes, 9:00 a 10:00 horas.
Inauguración, 10:00 a 10:20 horas.
Diputado José Luis Oliveros Usabiaga.
Autoridades de la honorable Cámara de Diputados.
Diputados de la Comisión de Juventud.
Mesa 1. Balance del trabajo de Comisión de Juventud de la LXII Legislatura, 10:20 a 11:20 horas.
Diputado José Luis Oliveros Usabiaga.
Diputada Laura Guadalupe Vargas Vargas.
Diputado Rene Fujiwara Montelongo
Diputada Crystal Tovar Aragón.
Licenciada Alejandra Silva Soriano.
Moderador: Doctor Luis Felipe García y Barragán.
Mesa 2. Situación actual de los jóvenes en México y los retos de la próxima legislatura, 11:20 a 13:20 horas.
Doctora Leonor Calderón Artieda.
Doctora María del Pilar Hernández.
Doctor Luis Carlos Ugalde.
Maestro Roy Campos.
Moderador: Por confirmar.
Clausura, 13:20 a 13:30 horas.
Atentamente
Diputado José Luis Oliveros Usabiaga
Presidente
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública
A participar en el quinto Premio Nacional de Investigación Social y de Opinión Pública.
Recepción de trabajos hasta el viernes 28 de agosto.
Atentamente
Doctor Rafael Aréstegui Ruiz
Director General
Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública
La película forma parte del ciclo Tardes de cineclub, que se celebra el primer miércoles de cada mes, de las 15:00 a las 17:00 horas, en la sala audiovisual del Museo Legislativo, situado en el edificio C.
Tardes de cineclub es organizado con la Secretaría de Servicios Parlamentarios mediante la Dirección General de Servicios de Documentación, Información y Análisis y el Museo Legislativo Los Sentimientos de la Nación.
Atentamente
Doctor Rafael Aréstegui Ruiz
Director General