Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 4097, lunes 25 de agosto de 2014
Anexo I Autorizaciones de prórrogas
Anexo II Convocatoria de la Comisión Especial para dar seguimiento a la problemática generada por el derrame de diversas sustancias contaminantes en el río Sonora, a la reunión de instalación, que se llevará a cabo el martes 26 de agosto, a las 10:00 horas
De la Mesa Directiva
Presidentes de Comisiones
Presentes
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes de los asuntos turnados a las comisiones siguientes:
1. Trabajo y Previsión Social.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 5, 22, 22 Bis, 23, 174, 175 Bis, 176, 362 y 988 de la Ley Federal del Trabajo y el artículo 35 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Presentada por el diputado José Everardo Nava Gómez, PRI.
Expediente 4729.
Segunda sección.
2. Competitividad.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
Presentada por la diputada Dora María Talamante Lemas, NA.
Expediente 4730.
Tercera sección.
México, DF, a 25 de agosto de 2014.
Atentamente
Diputado José González Morfín (rúbrica)
Presidente
De la Mesa Directiva
Presidentes de Comisiones
Presentes
La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes de los asuntos turnados a las comisiones siguientes:
1. Unidas de Derechos Humanos y de Justicia, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.
Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Reglamentaria del Artículo 29 constitucional en materia de Estado de Excepción y Suspensión del Ejercicio de los Derechos y las Garantías; y reforma el artículo 5o. de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentada por el diputado Javier Orozco Gómez, PVEM.
Expediente 2858.
Cuarta sección.
2. Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentada por el diputado Luis Armando Córdova Díaz, PRI.
Expediente 3523.
Quinta sección.
México, DF, a 25 de agosto de 2014.
Atentamente
Diputado José González Morfín (rúbrica)
Presidente
De la Junta de Coordinación Política
Palacio Legislativo.- México, DF, a 21 de agosto de 2014.
Diputado José González Morfín
Presidente de la Mesa Directiva
Honorable Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 34, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo de este órgano de gobierno, por el que se establece el procedimiento para procesar internamente los cambios y sustituciones en la integración de comisiones, comités, grupos de amistad y delegaciones internacionales, le solicito que se dé cuenta del siguiente movimiento solicitado por el diputado Manuel Añorve Baños, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional:
Que el diputado José Sergio Manzur cause baja como integrante de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Que el diputado Fernando Charleston Hernández cause alta como integrante en la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Que el diputado Ángel Abel Mavil Soto cause baja como secretario de la Comisión de Protección Civil.
Que el diputado Fernando Charleston Hernández cause alta como secretario en la Comisión de Protección Civil.
Que el diputado Ángel Abel Mavil Soto cause baja como integrante de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Que el diputado Fernando Charleston Hernández cause alta como integrante en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Que el diputado Ángel Abel Mavil Soto cause baja como integrante de la Comisión de Reforma Agraria.
Sin otro particular, reitero a usted mi más alta y distinguida consideración.
Atentamente
Diputado Silvano Aureoles Conejo (rúbrica)
Presidente
De la Secretaría de Educación Pública, con la que remite informe relativo a los recursos federales recibidos por universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior correspondiente al segundo trimestre del ejercicio fiscal de 2014
México, DF, a 13 de agosto de 2014.
Diputado José González Morfín
Presidente de la Mesa Directiva
Cámara De Diputados
Presente
En apego a lo establecido en el artículo 43 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, en el cual se indica que los recursos federales que reciban las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior, incluyendo subsidios, estarán sujetos a la fiscalización que realice la Auditoría Superior de la Federación en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se rendirá cuenta sobre el ejercicio de los mismos en los términos de las disposiciones aplicables.
Al respecto, con fundamento en los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 7 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 7 de su Reglamento; así como 35 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, se remite copia de la información correspondiente al segundo trimestre del Ejercicio Fiscal de 2014, enviada por el Tecnológico de Estudios Superiores de Jocotitlán, en el estado de México.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Rodolfo Demetrio Alor Muñoz (rúbrica)
Director General
Jocotitlán, estado de México, a 31 de julio de 2014.
Contador Público Rodolfo Demetrio Alor Muñoz
Director General de Presupuesto y Recursos Financieros
Secretaría de Educación Pública
Presente
Por este medio, me permito enviar a usted información referente al artículo 43 del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, correspondiente al segundo trimestre del ejercicio de 2014.
1. Los programas a los que se destinan los recursos y el cumplimiento de las metas correspondientes;
2. El costo de la nómina del personal docente, administrativo y manual, identificando las distintas categorías y los tabuladores de remuneraciones por puesto, responsabilidad y su lugar de ubicación.
3. Desglose del gasto corriente destinado a su operación.
4. Los estados de la situación financiera, analítico, así como el de origen y aplicación de recursos públicos federales; y
5. La información sobre matrícula de inicio y fin de cada ciclo escolar.
Sin otro particular de momento, le reitero la seguridad de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Licenciado José Luis Guillermo González Rodríguez (rúbrica)
Director General
(Remitido a las Comisiones de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 20 de 2014.)
De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite información relativa al pago de participaciones a las entidades federativas correspondiente a julio de 2014
México, DF, a 15 de agosto de 2014.
Senador Raúl Cervantes Andrade
Presidente de la Comisión Permanente
Congreso de la Unión
Presente
Con el propósito de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 107, tercer párrafo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito anexar la información relativa al pago de las participaciones a las entidades federativas correspondiente al mes de julio de 2014, desagregada por tipo de fondo de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal y por entidad federativa, efectuando la comparación correspondiente al mes de julio de 2013.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Fernando Aportela Rodríguez (rúbrica)
Subsecretario
(Remitido a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 20 de 2014.)
De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite informe de mercancías destinadas por el SAT por conducto de las aduanas
México, DF, 18 de agosto de 2014.
Senador Raúl Cervantes Andrade
Presidente de la Comisión Permanente del Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional del Honorable Congreso de la Unión
Presente
Por medio del presente y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 145, penúltimo párrafo, de la Ley Aduanera vigente, le informo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) , a través de las aduanas, como las unidades competentes para dar destino a las mercancías de comercio exterior, durante el mes de julio de 2014, únicamente destinaron mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y aquellas que no son transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).
Entre los bienes que fueron destinados por el SAT, por conducto de las aduanas, se encuentran los siguientes:
Alimentos y bebidas sin alcohol; artículos de limpieza y aseo; pinturas, barnices, solventes y lubricantes; productos farmacéuticos y material de curación; productos agrícolas y agropecuarios; productos químicos, entre otros.
El total de bienes destinados en el mes de julio de 2014 fue de 97 mil 889 bienes, los cuales se encuentran contabilizados en unidades de medida, tales como pieza, kilogramo y litro. Se anexa al presente el informe respectivo.
Sin otro asunto por el momento, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Maestro Juan Carlos Garduño Gamboa (rúbrica)
Administrador Central de Destino de Bienes
(Remitida a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial. Agosto 20 de 2014.)
Del Banco de México, con la que remite los indicadores económicos del trimestre abril-junio de 2014
Ciudad de México, Distrito Federal, a13 de agosto de 2014.
Secretarios de la Comisión Permanente
Honorable Congreso de la Unión
Presentes
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51, fracción II, de la Ley el Banco de México, me complace enviar a la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el informe en el que se analiza la inflación, la evolución económica y el comportamiento de los indicadores económicos del país en el trimestre abril-junio de dos mil catorce, así como la ejecución de la política monetaria y, en general, las actividades del Banco de México durante dicho periodo, en el contexto de la situación económica nacional e internacional.
Ruego a ustedes dar el trámite que corresponda en los términos establecidos por los ordenamientos aplicables.
Atentamente
Doctor Agustín Guillermo Carstens Carstens (rúbrica)
Gobernador del Banco de México
(Remitido a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 20 de 2014.)
De la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con la que remite información de programas y acciones destinados a atender a pueblos y comunidades afromexicanas
México, DF, a 14 de agosto de 2014.
Diputado José González Morfín
Presidente de Mesa Directiva de la Cámara de Diputados
Presente
De conformidad a mi anterior oficio DG/2014/0F/060, del día 31 de marzo del presente año, mediante el cual se informó el avance al mes de marzo, de los programas y acciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, que atienden a pueblos y comunidades afromexicanas en cumplimiento de lo establecido en el artículo décimo quinto transitorio del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2014, que señala: La Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas deberá informar a la Cámara de Diputados, a más tardar el último día hábil del mes de marzo, sobre los programas y acciones que atiendan a pueblos y comunidades afromexicanas.
Al respecto, conforme a lo señalado en nuestro anterior oficio, le informo la actualización de las acciones que nuestros programas realizarán en el presente ejercicio fiscal en beneficio de los pueblos y comunidades afromexicanas.
Infraestructura indígena
Se ejecutarán: 4 obras de infraestructura hidráulica, 2 obras de alcantarillado sanitario y saneamiento, y la modernización y ampliación de la carretera Iguala-Chilixtlahuaca-Alacatlatzal, con una inversión total de 59 millones de pesos, en beneficio de 10 mil 294 personas, en el estado de Guerrero.
Mejoramiento de la producción y productividad indígena
Se autorizaron, un total de 23 proyectos productivos con una inversión de 3.10 millones de pesos, en beneficio de 157 personas, en los estados de Guerrero y Oaxaca.
Derechos indígenas
Se han considerado, 5 proyectos en materia de derechos indígenas, con una inversión de 1.37 millones de pesos, en beneficio de 106 personas, en los estados de Guerrero, Oaxaca y Veracruz.
El detalle de cada una de las obras de infraestructura y acciones señaladas, se acompañan en documento anexo al presente oficio.
Sin otro particular, aprovecho la oportunidad para enviarle un cordial saludo.
Atentamente
LC Nuvia Magdalena Mayorga Delgado (rúbrica)
Directora General
(Remitida a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 20 de 2014.)
Que adiciona los artículos 8 y 71 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 13 de agosto de 2014
El proponente, Ricardo Mejía Berdeja, y el suscrito, Ricardo Monreal Ávila, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de las Estados Unidos Mexicanos, someten a consideración del pleno iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 8, ordenándose alfabéticamente y recorriendo las subsecuentes, y se adiciona la fracción VIII al artículo 71 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, al tenor del siguiente:
Planteamiento del problema
La crisis económica en el país ha tenido un efecto social grave, que se ha reflejado en el deterioro en la calidad del empleo, el incremento de la pobreza y en el surgimiento de diferentes necesidades de la población, donde la clase trabajadora se ha transformado. Hoy, las mujeres tienen una presencia más activa en el campo laboral, la estructura y la dinámica de las familias es diferente; por tanto, las necesidades también lo son.
En concreto, debemos prestar atención a las particularidades de los niños cuyos padres trabajan, y cuentan con la prestación laboral o social de guarderías o estancias infantiles, ya que ante el aumento de usuarios y de los lugares que prestan este servicio, debemos hacer hincapié en una protección y regulación integral de estos centros de .atención, cuidado y desarrollo infantil, públicos o privados, de manera que garanticen un correcto funcionamiento, velando siempre por el interés superior de la niñez.
La operación satisfactoria de dichos centros implica un estudio minucioso sobre las necesidades de los infantes de manera transversal. Sin embargo, del lado administrativo, los centros minimizan las medidas referentes a un óptimo registro de asistencia de los niños a los centros de atención, de ahí la preocupación por implantar en dicha ley un registro de asistencia y desarrollo, que contenga los datos básicos de los infantes, así como de su desarrollo cognitivo, con la información de padres o tutores y de las personas quienes se encargan del ingreso y egreso de ellos.
De acuerdo con la Convención sobre los Derechos del Niño, en el artículo 3 se establece como base fundamental el interés superior del niño, especialmente en la prestación de servicios de cuidado o protección de los niños, que al respecto señala:
1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
2. Los Estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.
3. Los Estados parte se asegurarán de que las instituciones, los servicios y los establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.
La Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil señala en el artículo 9 lo siguiente:
Niñas y niños tienen derecho a recibir los servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil en condiciones de calidad, calidez, seguridad, protección y respeto de sus derechos, identidad e individualidad, a fin de garantizar el interés superior de la niñez.
Entre los criterios de calidad y seguridad es menester considerar dicho registro de asistencia y desarrollo, con los datos completos del menor. Esto dará seguridad y protección al menor, a padres o tutores y, de igual manera, a los prestadores de dicho servicio. De manera colateral, irá en beneficio de los avances de los infantes, acorde con su expediente de asistencia, trazando objetivos en pro de un desarrollo integral.
Los datos de la tabla siguiente fueron extraídos del informe de la evaluación de los programas sociales correspondiente a 2012, del Consejo Nacional de Evaluación (Coneval), donde se muestran el nombre de la institución, la modalidad, la población atendida y sus características, la cantidad de centros de atención, y los niños atendidos:
Fuente: Coneval. Informe de evaluación de la política de desarrollo social en México, 2012. Se sugiere consultar la siguiente liga: http://www.coneval.gob.mx/Informrs/Evaluacion/IEPDS2012/Pages-IEPDSMex2012-12nov-VFinal_lowres6.pdf
Por lo anterior, el efecto de dicha reforma tendría un beneficio en la población antes expuesta. De ahí la importancia de que los centros de atención cuenten con dicho registro, a fin de dotarlos de un mejor cuidado, dando seguimiento en cada una de las áreas cognitivas. Lo anterior se refuerza en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil, que denomina a los niños como sujetos de servicio, señalando que la atención hacia ellos debe hacerse con un enfoque integral, resaltando las condiciones de calidad, seguridad, protección y respeto de sus derechos.
Sin embargo, la realidad actual permite identificar que los servicios otorgados no sólo buscan el beneficio directo del niño sino, también, atender las necesidades de la madre o padre trabajadores, o tutor.
Al tiempo, para los prestadores de dicho servicio el buen mantenimiento en los registros de asistencia y los datos que se encuentren en la base de datos que se pretende hacer obligatoria los harán garantizar el mejoramiento progresivo y el fortalecimiento de sus servicios.
Consideramos que cuando haya mal manejo, manipulación, alteración o falsificación delos registros de asistencia y estancia de los menores, los centros de atención se harán merecedores de la suspensión temporal de la autorización.
Dicha reforma abonaría a que el marco legal garantice que los niños tengan lugares seguros donde puedan estar mientras sus familias se ocupan de las actividades diarias, sin el riesgo de ser sustraídos por ninguna persona que no se encuentre autorizada, así como mantener los registros válidos del progreso de los menores.
Fundamento legal
La iniciativa se presenta con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 77 y78 del Reglamento de la Cámara de Diputados.
Por lo fundado y expuesto, sometemos a consideración de esta asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se adiciona una fracción al artículo 8, ordenándose alfabéticamente y recorriendo las subsecuentes, y se adiciona la fracción VIII al artículo 71 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil
Único. Se adiciona una fracción al artículo 8, ordenándose alfabéticamente y recorriendo las subsecuentes, y se adiciona la fracción VIII al artículo 71 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
Artículo 8. Para los efectos de esta ley se entenderá por
I. a V. ...
VI. Registro de estancia y desarrollo: Base de datos detallada que contiene el nombre, edad, estado de salud, físico y psicológico, así como perfil y avance de nutrición, psicomotricidad, aprendizaje y leguaje de cada uno de los infantes asistentes a los centros de atención. Incluye fecha de ingreso, la asistencia con hora de entrada y salida, así como los datos completos de la persona que hace entrega y retira al menor y los datos de identificación de las personas que ejerzan la custodia, tutela o patria potestad del infante.
XVI. ...
Artículo 71. Son causas de...
I. a VII. ...
VIII. Cuando exista mal manejo, manipulación, alteración o falsificación de los registros de estancia ya sea ingreso o salida, así como de los avances de los menores.
Transitorio
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Cámara de Senadores, a 13 de agosto de 2014.
Diputado Ricardo Mejía Berdeja (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez. Agosto 13 de 2014.)
Que modifica diversos artículos de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, sobre pluralidad sindical, recibida de la diputada Luisa María Alcalde Luján, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2014
Luisa María Alcalde Luján, integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el en artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del pleno de esta asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que modifica los artículos 68, 69, 71, 72 y 73 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La libertad de asociación es un elemento esencial característico de toda democracia moderna. Por medio de asociaciones, los ciudadanos pueden incidir de forma más directa en las decisiones importantes de su comunidad, defender intereses colectivos, realizar trabajo conjunto y participar en la creación de lo que la sociología ha denominado capital social. El propio Tocqueville planteó hace casi 180 años que el derecho de asociación es casi tan inalienable por su naturaleza como la libertad individual; el legislador no puede limitar, restringir o destruir este derecho sin atacar a la sociedad misma.1
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce la libertad de asociación en su artículo 9o. al señalar que no se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito. No cabe duda de que este derecho fundamental se refiere al derecho de asociación como la libertad que tienen todos los habitantes para conformar todas las personas morales privadas que deseen, ya sean asociaciones, sociedades civiles, sociedades mercantiles, sociedades cooperativas o sindicatos.
La libertad sindical es corolario natural del derecho de asociación y debe ser leído en consonancia con las fracciones XVI y X, apartados A y B respectivamente, del artículo 123 constitucional:
XVI (A). Tantos los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarse en defensa de sus respectivos intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etcétera.
X (B). Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes....
De estos dos textos constitucionales se desprende la garantía social de libertad sindical como un derecho inalienable de los trabajadores, así como la obligación estatal de no coartar este derecho ni condicionarlo a requisitos o limitaciones arbitrarias que impidan su libre ejercicio.
A continuación nos referimos a aquellas declaraciones e instrumentos internacionales de los que México es parte en donde se reafirme el derecho a la libertad sindical, recordando que éstos no sólo forman parte de la Ley Suprema de toda la Unión conforme al artículo 133 constitucional sino que, al incluir disposiciones relativas a los derechos humanos, complementan nuestro sistema normativo en materia laboral y determinan su adecuada interpretación convencional de conformidad con el artículo 1o. de nuestra Carta Magna:
A pesar de que libertad sindical se encuentra plenamente reconocida en nuestro texto constitucional y en diversos tratados internacionales, las leyes reglamentarias del trabajo regulan este derecho de forma diferenciada: mientras que la Ley Federal del Trabajo garantiza para los trabajadores del apartado A el derecho a constituir, afiliarse o renunciar a los sindicatos que estimen convenientes, sin limitaciones, obstáculos ni consecuencias para el trabajador que así lo decida, no sucede lo mismo con los trabajadores al servicio del Estado comprendidos dentro del apartado B; aunque el texto constitucional consagra su derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional (ley burocrática) limita injustificadamente esta libertad fundamental al permitir únicamente la existencia de un sindicato por dependencia, impidiendo así la existencia de sindicatos minoritarios y coartando el derecho de los trabajadores a pertenecer o renunciar a un sindicato, lo cual es violatorio de la Constitución y de importantes instrumentos internacionales de derechos humanos de los que México es parte.
Es evidente que para hablar de libertad sindical tenemos que reconocer también la pluralidad sindical y entenderla como el derecho que tienen los trabajadores de constituir varios sindicatos para una misma actividad profesional, y la obligación que tiene el Estado de garantizar la igualdad de todos los sindicatos, otorgándoles los mismos derechos y obligaciones. Lamentablemente este principio se encuentra en franca contradicción con nuestro derecho positivo; así lo ha reconocido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al declarar la inconstitucionalidad del artículo 68 de la Ley en comento mediante la jurisprudencia P/J 43/99, misma que a continuación se transcribe:2
Sindicación única. Las leyes o estatutos que la prevén, violan la libertad sindical consagrada en el artículo 123, apartado B, fracción X, constitucional.
El artículo 123 constitucional consagra la libertad sindical con un sentido pleno de universalidad, partiendo del derecho personal de cada trabajador a asociarse y reconociendo un derecho colectivo, una vez que el sindicato adquiere existencia y personalidad propias. Dicha libertad debe entenderse en sus tres aspectos fundamentales: 1. Un aspecto positivo que consiste en la facultad del trabajador para ingresar a un sindicato ya integrado o constituir uno nuevo. 2. Un aspecto negativo, que implica la posibilidad de no ingresar a un sindicato determinado y la de no afiliarse a sindicato alguno y 3. La libertad de separación o renuncia de formar parte de la asociación. Ahora bien, el mandamiento de un solo sindicato de burócratas por dependencia gubernativa que establezcan las leyes o estatutos laborales, viola la garantía social de libre sindicación de los trabajadores prevista en el artículo 123, apartado B, fracción X, de la Constitución Federal de la Republica, toda vez que al regular la sindicación única restringe la libertad de asociación de los trabajadores para la defensa de sus intereses.
Esta jurisprudencia es acorde con los antecedentes históricos de las diversas reformas que ha sufrido el artículo 123 constitucional en los últimos cincuenta años en lo relativo a la libertad sindical3, donde se advierte que ha sido intención de los legisladores consagrar la libertad sindical con un sentido pleno de universalidad, partiendo del derecho personal de cada trabajador a asociarse, pertenecer y dejar de formar parte de sindicatos.
En la exposición de motivos de la reforma que creó el apartado B (1959), los legisladores reconocieron expresamente que en los anales del movimiento obrero mundial y de las instituciones del derecho del trabajo... la libertad de asociación fue una de las garantías primeramente reconocidas, la cual, por definición, implica la libertad de los trabajadores para organizarse en sindicatos y federaciones, principio sustantivo del sindicalismo que permite a los servidores del Estado disfrutar de los derechos necesarios para el desarrollo de sus fuerzas populares.
Asimismo, en la exposición de motivos de la reforma de 1978 se afirmó la obligación del Estado de respetar la libertad de los campesinos, trabajadores, profesionistas y empresarios para organizarse en sindicatos, federaciones y confederaciones en defensa de sus intereses, mismos que deben funcionar con verdadera democracia interna sin intervención del Estado, mientras que en la exposición de motivos de la reforma de 1993 se reafirmó los alcances del Convenio 87 de la OIT en el sentido de que el Estado debe respetar la decisión de los trabajadores a constituir las organizaciones que estimen pertinentes.
Así las cosas, resulta a todas luces evidente la inconstitucionalidad de los artículos 68, 69, 71, 72 y 73 de la Ley Burocrática, mismos que establecen la existencia de un sindicato único por dependencia, la prohibición de los trabajadores de renunciar a un sindicato, la condición de que no exista otra agrupación sindical en una misma dependencia para que los sindicatos minoritarios aspiren al registro, y la cancelación automática del registro de un sindicato cuando otro adquiera la mayoría.
La presente iniciativa pretende armonizar la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en sus artículos relativos a la sindicación única con la jurisprudencia 43/99 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con el propósito de garantizar el ejercicio pleno de los derechos colectivos de los trabajadores, en particular el de crear, participar o renunciar a los sindicatos que elija, y de ese modo desaparecer de una buena vez el reducto corporativista que hasta la fecha ha sobrevivido en nuestra ley, y que ha impedido que los trabajadores al servicio del Estado ejerzan plenamente sus derechos fundamentales en materia laboral.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto
Único. Se reforman los artículos 68, 69, 71, 72 y 73 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, para quedar como sigue:
Artículo 68. En cada dependencia los trabajadores tendrán derecho de constituir los sindicatos que estimen convenientes, con la sola condición de observar en sus estatutos las disposiciones legales aplicables a los sindicatos. Si dentro de una misma dependencia existen varios sindicatos de trabajadores que pretendan celebrar la negociación colectiva, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje otorgará el reconocimiento al mayoritario.
Artículo 69. Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte del sindicato de su elección o a no formar parte de él.
Cualquier estipulación que establezca multa o sanción convencional en caso de separación del sindicato o que desvirtúe de algún modo la disposición contenida en el párrafo anterior, se tendrá por no puesta.
Artículo 71. Los sindicatos deberán constituirse con veinte trabajadores en servicio activo por lo menos. Para la determinación del número mínimo de trabajadores se tomarán en consideración aquellos cuya relación de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del período comprendido entre los treinta días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro del sindicato y la fecha en que se otorgue éste.
Artículo 72. Los sindicatos serán registrados por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, a cuyo efecto remitirán a este, por duplicado, los siguientes documentos:
I a IV. ...
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, al recibir la solicitud de registro, comprobará por los medios que estime más prácticos y eficaces si existen otras asociaciones sindicales dentro de la dependencia de que se trate. Si no existen, se procederá al registro del sindicato. En caso de que existan dos o más asociaciones que se adjudiquen la mayoría de los trabajadores se procederá a hacerse el recuento correspondiente.
Artículo 73. El registro del sindicato podrá cancelarse únicamente:
I. En caso de disolución; y
II. Por dejar de tener los requisitos legales.
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje resolverá acerca de la cancelación de su registro.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje expedirá las disposiciones reglamentarias acordes con el presente decreto en los 30 días posteriores a su publicación.
Cuadro comparativo
Texto vigente
Artículo 68. En cada dependencia sólo habrá un sindicato. En caso de que concurran varios grupos de trabajadores que pretendan ese derecho, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje otorgará el reconocimiento al mayoritario.
Texto propuesto
Artículo 68. En cada dependencia sólo habrá un sindicato. En caso de que concurran varios grupos de trabajadores que pretendan ese derecho. En cada dependencia los trabajadores tendrán derecho de constituir los sindicatos que estimen convenientes, con la sola condición de observar en sus estatutos las disposiciones legales aplicables a los sindicatos. Si dentro de una misma dependencia existen varios sindicatos de trabajadores que pretendan celebrar la negociación colectiva, el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje otorgará el reconocimiento al mayoritario.
Texto vigente
Artículo 69. Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte del sindicato correspondiente, pero una vez que soliciten y obtengan su ingreso, no podrán dejar de formar parte de él, salvo que fueren expulsados.
Texto propuesto
Artículo 69. Todos los trabajadores tienen derecho a formar parte del sindicato correspondiente de su elección o a no formar parte de él, pero una vez que soliciten y obtengan su ingreso, no podrán dejar de formar parte de él, salvo que fueren expulsados.
Cualquier estipulación que establezca multa o sanción convencional en caso de separación del sindicato o que desvirtúe de algún modo la disposición contenida en el párrafo anterior, se tendrá por no puesta.
Texto vigente
Artículo 71. Para que se constituya un sindicato, se requiere que lo formen veinte trabajadores o más, y que no exista dentro de la dependencia otra agrupación sindical que cuente con mayor número de miembros.
Texto propuesto
Artículo 71. Para que se constituya un sindicato, se requiere que lo formen veinte trabajadores o más, y que no exista dentro de la dependencia otra agrupación sindical que cuente con mayor número de miembros. Los sindicatos deberán constituirse con veinte trabajadores en servicio activo por lo menos. Para la determinación del número mínimo de trabajadores se tomarán en consideración aquellos cuya relación de trabajo hubiese sido rescindida o dada por terminada dentro del período comprendido entre los treinta días anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de registro del sindicato y la fecha en que se otorgue éste.
Texto vigente
Artículo 72. Los sindicatos serán registrados por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, a cuyo efecto remitirán a este, por duplicado, los siguientes documentos:
I a IV. ...
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, al recibir la solicitud de registro, comprobará por los medios que estime más prácticos y eficaces, que no existe otra asociación sindical dentro de la dependencia de que se trate y que la peticionaria cuenta con la mayoría de los trabajadores de esa unidad, para proceder, en su caso, al registro.
Texto propuesto
Artículo 72. Los sindicatos serán registrados por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, a cuyo efecto remitirán a este, por duplicado, los siguientes documentos:
I a IV. ...
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, al recibir la solicitud de registro, comprobará por los medios que estime más prácticos y eficaces, que no existe otra asociación sindical si existen otras asociaciones sindicales dentro de la dependencia de que se trate y que la peticionaria cuenta con la mayoría de los trabajadores de esa unidad, para proceder, en su caso, al registro. Si no existen, se procederá al registro del sindicato. En caso de que existan dos o más asociaciones que se adjudiquen la mayoría de los trabajadores se procederá a hacerse el recuento correspondiente.
Texto vigente
Artículo 73. El registro de un sindicato se cancelará por disolución del mismo o cuando se registre diversa agrupación sindical que fuere mayoritaria. La solicitud de cancelación podrá hacerse por persona interesada y el Tribunal, en los casos de conflicto entre dos organizaciones que pretendan ser mayoritarias, ordenará desde luego el recuento correspondiente y resolverá de plano.
Texto propuesto
Artículo 73. El registro de un del sindicato se cancelará por disolución del mismo o cuando se registre diversa agrupación sindical que fuere mayoritaria. La solicitud de cancelación podrá hacerse por persona interesada y el Tribunal, en los casos de conflicto entre dos organizaciones que pretendan ser mayoritarias, ordenará desde luego el recuento correspondiente y resolverá de plano podrá cancelarse únicamente:
I. En caso de disolución; y
II. Por dejar de tener los requisitos legales.
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje resolverá acerca de la cancelación de su registro.
Notas
1 Alexis de Tocqueville; La democracia en América; Fondo de Cultura Económica, México, 2003, página 210
2 Jurisprudencia. Novena Época; Registro 191348; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XII, agosto de 2000, Tesis: P. CXXVII/2000, página 149
3 En particular la reforma de 1959, que distingue a los trabajadores en general y los que están al servicio del Estado, y crea los apartados A y B; la reforma de diciembre 1978, y; la reforma de junio de 1993.
Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 20 de agosto de 2014.
Diputada Luisa María Alcalde Luján (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Trabajo. Agosto 20 de 2014.)
Que reforma el artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Fernando Belaunzarán Méndez, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2014
Justificación
El segundo párrafo del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la facultad que tiene el Ejecutivo de expulsar del país a las personas que tengan la calidad de extranjeras, para lo cual no especifica ningún motivo o causa que ameriten tal expulsión.
El procedimiento para poder llevar a cabo tal expulsión, se traslada a una Ley secundaria que hasta la fecha no se ha expedido aún, lo cual produce un vacío jurídico que en los hechos permite que ese acto se ejecute de manera arbitraria, lo cual permite que se configuren actos que violenten los derechos humanos de las personas extranjeras en nuestro país.
Cualquier persona que se encuentre en territorio nacional, ya sea ciudadano mexicano o extranjero, debe estar sometido al estado de derecho y, por tal motivo, cuando se constituyan delitos, debe ser el sistema de justicia el que se encargue de aplicar las sanciones correspondientes a todas las personas que violen las leyes de este país sin importar su nacionalidad.
Por tal motivo, se propone reformar el artículo 33 de la Constitución, a fin de evitar que se cometan actos unilaterales y arbitrarios.
Planteamiento del problema
Desde 1917, año en el que se promulgó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 33, solo ha sido reformado en una ocasión.
El texto original de éste artículo, que se mantuvo vigente hasta la reforma de 2011, establecía la facultad unilateral y exclusiva que tenía el Ejecutivo para hacer abandonar del territorio nacional a todo extranjero sin causa alguna ni posibilidades para que las personas extranjeras pudiesen apelar a dicha decisión en un juicio, bastaba solamente con la decisión del Ejecutivo para que la expulsión se ejecutara de manera inmediata.
Tal disposición era claramente violatoria de los derechos humanos, por eso en la reforma del 2011, se adicionó el derecho de audiencia para todos aquellos extranjeros que el Ejecutivo pretendiera expulsar del país, solo que remite el procedimiento administrativo a una ley secundaria, que hasta la fecha aún no ha sido expedida y por lo tanto prevalece la indefinición al respecto y las prácticas arbitrarias que abusan del vacío legal.
El artículo 1o. de la Constitución incorpora el principio pro persona a nuestro marco jurídico, lo cual significa que en la interpretación de las leyes, se deberá aplicar la norma que garantice la protección más amplia para las personas, en nuestro caso tal interpretación se debe hacer conforme al primer capítulo de la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.
Por tal motivo y con el fin de no dejar lugar a controversias constitucionales entre los artículos 1 y 33, se suprime la disposición que establece que el Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.
Lo anterior, a fin de que en caso de que se configure la comisión de algún delito por parte de las personas extranjeras, éstas tengan todas las garantías del sistema de justicia de nuestro país, así como del derecho internacional.
Por todo lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa.
Fundamento Legal
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, y del artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía, la presente Iniciativa con Proyecto de decreto por el que se reforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Proyecto de Decreto
Único. Se suprime el párrafo segundo y el párrafo tercero del artículo 33 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:
Artículo 33.- Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución.
Se suprime
Se suprime
Transitorios
Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, una vez agotado el procedimiento previsto por el artículo 135 constitucional.
Recinto de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 20 de agosto de 2014.
Diputado Fernando Belaunzarán Méndez (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Agosto 20 de 2014.)
Que reforma los artículos 2, fracción III Bis, y 41, fracción III, inciso C), y último párrafo; y adiciona un inciso W) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, recibida de la diputada Alliet Mariana Bautista Bravo, del Grupo Parlamentario del PRD, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2014
Alliet Mariana Bautista Bravo, diputada a la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del PRD, con fundamento en las atribuciones que le confieren los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55 fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2 fracción III Bis y 41 fracción III inciso c) y su último párrafo y adiciona un inciso w) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue
Planteamiento del problema
La necesidad de establecer una estrategia presupuestal específica para impulsar el desarrollo del sector social de la economía se deriva de la importancia que éste tiene y que se le reconoce claramente en el artículo 25 de nuestra Constitución.
Artículo 25. ...
....
Al desarrollo económico nacional concurrirán, con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado, sin menoscabo de otras formas de actividad económica que contribuyan al desarrollo de la nación.
...
Asimismo podrá participar por sí o con los sectores social y privado, de acuerdo con la ley, para impulsar y organizar las áreas prioritarias del desarrollo.
Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente.
La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.
...
En este artículo 25, nuestra Carta Magna reconoce claramente en el sector social de la economía, a un sector que tiene la misma importancia que el sector público o el sector privado. No obstante, hasta ahora no se le ha dado el impulso institucional necesario para que se fortalezca y sea un sector más, un sector fundamental, junto con el público y el privado, para el desarrollo de la economía nacional.
En ese sentido, se puede afirmar que si bien en la estructura presupuestaria se incluyen algunos programas de los que se podrían beneficiar algunos de los grupos integrantes del sector social, como son los ejidatarios, cooperativas pesqueras y comuneros, como parte de los respectivos programas agropecuarios y pesqueros de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) y de la Secretaría de Economía (SE).
Esos programas en sí mismos no tienen un diseño integral y suficiente en monto y tiempo, para propiciar el fortalecimiento sostenible de las unidades productivas que se busca beneficiar, sean pequeñas propiedades o de integrantes del sector social. Esto se debe a deficiencias en el diseño o la ejecución de esos programas, que no superan el carácter asistencialista, pero también, en lo que se refiere al sector social, a que falta consolidar el reconocimiento que tiene como un sector que participa y contribuye con la economía nacional y no lo hace de manera marginal.
Esa situación se refleja en que, muchas veces se incurre en el error de suponer que el apoyo al sector social se resuelve mediante la atención a las necesidades sociales de educación y salud. Cabe aclarar que esas necesidades sociales afectan a todos los sectores y la atención debe ser general. No se puede asumir que eso beneficia sólo al sector social. Y, sin embargo, es necesario señalar que, por ejemplo, en el caso de las cooperativas, los servicios que ofrecen en materia de salud y en algunos casos en educación de sus socios, sustituye el gasto del estado, como sucede también en algunos estratos del sector privado.
Así, se puede decir que, a pesar de que el sector social es uno de los pilares de la estructura económica de nuestro país, como lo define el artículo 25 constitucional mencionado, eso no se ha reflejado de manera tripartita en la políticas públicas y, en consecuencia, en la evolución del presupuesto. Como no se le considera un sector propiamente productivo, que requiere apoyos para producir y desarrollarse, en paralelo pero también compitiendo con el sector privado, entonces no se le contempla en la asignación de recursos y en el diseño de programas presupuestales. A diferencia de la atención que se proporciona a la actividad del sector privado y al apoyo que requiere el sector público, no se toma en cuenta la aportación que puede, hace y podría llevar a cabo específicamente el sector social a la economía.
Es por eso que se considera necesario esta reforma al artículo 2 fracción III Bis y demás disposiciones complementarias de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con el propósito de establecer criterios de asignación de recursos y evaluación de programas para la atención del tercer sector, el sector social de la economía nacional.
Argumentos que lo sustentan
El desarrollo de la economía social en México
En México el desarrollo de la economía social ha tenido diversos momentos. Desde el reconocimiento de la propiedad comunal en tiempos de la Colonia hasta su institucionalización, junto con el ejido, en el México postrevolucionario. Sin duda, son formas de propiedad y de organización social y productiva que confirman la existencia, importancia y viabilidad del sector social de la economía.
Incluso formas asociativas del sector, como el cooperativismo, también contribuyeron a la historia del desarrollo del sector social de la economía en nuestro país. Por ejemplo, se dice que el primer vestigio de cooperativismo primitivo en nuestro país, se desarrolló en los pueblos hospitales fundados por el obispo Vasco de Quiroga, en Michoacán en el siglo XVI1 . Posteriormente, algunos de los registros que se tienen apuntan que la primera cooperativa en México se fundó en 1872, por un grupo de tejedores de rebozos. En paralelo con el desarrollo del cooperativismo a escala mundial, se constituyeron nuevas cooperativas. En 1873 se fundó el taller cooperativo del Círculo Obrero de México, como cooperativa de consumo y en 1882 se fundó en Veracruz la primera cooperativa de crédito2 .
Es así como nacen las primeras cooperativas en México, que obtienen reconocimiento legal en 1889 cuando en el Código de Comercio se les reconoce como unidades económicas, con características de organización y funcionamiento diferentes a las de la empresa privada.
No obstante, al iniciarse el siglo XX, las actividades cooperativas en México estaban poco desarrolladas. Se considera que los años de dictadura política de Porfirio Díaz frenaron los ideales cooperativos. En ese contexto, sobresale la constitución del Centro Mutuo Cooperativo de México, cuyos miembros eran decididos partidarios de Francisco I. Madero, lo que significó un antecedente revolucionario del cooperativismo. Posteriormente, al triunfo de la Revolución Mexicana, el movimiento cooperativo encontró condiciones adecuadas para su crecimiento. Durante la época postrevolucionaria, de 1911 a 1926, el cooperativismo empezó a crecer a pesar de no contar con un marco jurídico propio3 .
En ese sentido, destaca la inclusión en la Constitución de 1917, de la fracción XXX en el artículo 123, en el que se considera de utilidad pública el cooperativismo de vivienda para los trabajadores.
Para el 1o. de octubre de 1929 a las 10 de la mañana se inauguró el Primer Congreso Cooperativista Nacional en Tampico, con 5 mil delegados de distintas cooperativas de la nación, donde se creó el Departamento Autónomo de Fomento Cooperativo y el Consejo Técnico de Cooperativas4 .
El presidente Plutarco Elías Calles, está considerado como el pionero del cooperativismo mexicano, por promulgar la primera Ley Cooperativa en 1927 y crear el marco jurídico para esta actividad. Seis años después, en 1933, el presidente Abelardo L. Rodríguez promulgó la segunda Ley Cooperativa, con la intención de mejorar el sentido social de la primera ley. El presidente Lázaro Cárdenas, considerado el gran promotor del cooperativismo mexicano, promulgó en 1938 una revolucionaria Ley General de Sociedades Cooperativas, que originó un enorme desarrollo social y económico del nuevo cooperativismo mexicano.
Con ese contexto, en 1930 se crea el Banco del Trabajo bajo el mandato del presidente provisional de los Estados Unidos Mexicanos, Emilio Portes Gil. Este banco, constituido de forma autónoma tenía el mandato de financiar entre otros sujetos económicos a las cooperativas de trabajadores y el crédito popular, así como fomentar el ahorro principalmente entre las clases trabajadoras. En los años treinta de este siglo se fundaron las cooperativas más grandes y que aún funcionan, la productora de cemento Cruz Azul y las de los periódicos Excélsior y La Prensa.
En 1937, durante el gobierno del presidente Lázaro Cárdenas se creó el Banco Nacional Obrero de Fomento Industrial. Sus esfuerzos estarían orientados a establecer un sistema de crédito para fomentar la actividad productiva de los sectores económicamente débiles y contribuir al desenvolvimiento industrial del país.
Como consecuencia de las limitaciones que tenía el Banco Nacional Obrero de Fomento Industrial, porque su margen de acción era muy estrecho y no tenía capacidad financiera para auxiliar con el crédito a los organismos con los que debía operar (cooperativas y grupos de trabajadores), en junio de 1941, durante la administración del presidente Manuel Ávila Camacho, se crea el Banco Nacional de Fomento Cooperativo. A partir de los años cincuenta se desarrollan las cajas populares, que la ley actual ya les confiere el carácter de cooperativas.
Si bien en el sector se considera que el ambiente favorable para el movimiento cooperativo fue menguando ya para finales de los sesentas y principios de los setentas del siglo pasado, debido a la posición apolítica adoptada por la mayoría de las cooperativas, entre ellas las de ahorro y préstamo, en ese entonces cajas populares, lo cierto es que en 1972, durante el gobierno de Luis Echeverría se observó un fuerte impulso.
A las cooperativas pesqueras se les aseguró la explotación de las especies marinas de mayor valor comercial. Estas cooperativas supieron capitalizar con creces su permanencia, aprovechando la estrategia alimentaria de ese gobierno que se propuso incluir al pescado a la dieta de los mexicanos, mediante un apoyo decidido a la industria pesquera representada ampliamente por un sector cooperativo pesquero.
En 1978, durante el gobierno de José López Portillo, se creó la Comisión Intersecretarial para el Fomento Cooperativo y especial mención merece la incorporación, en 1983, de la definición fundamental de la economía tripartita contenida en el artículo 25 de nuestra Constitución. Además, en 1986 se crea el Banco Nacional Pesquero y Portuario, en sustitución del Banco Nacional de Fomento Cooperativo.
Importancia actual de la economía social
Actualmente, las cifras que se tienen acerca de la economía social en México, sugieren que su magnitud es poco importante en comparación con el tamaño de la economía nacional. De acuerdo con el Censo Económico 2008, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), al cierre de ese año en México había 4.1 millones de empresas, que dieron empleo a 27.7 millones de trabajadores. En contraste, según ese censo, las cooperativas sumaron sólo 9 mil 767 unidades económicas, las cuales dieron empleo a 182 mil 928 personas. En conjunto reportaron un valor agregado de 16 mil 280 millones de pesos y una producción bruta total de 30 mil 600 millones de pesos, que representaron, respectivamente, 0.13 por ciento y 0.25 por ciento del producto interno bruto (PIB) de ese año.
Asumir esos datos de manera simplista nos llevarían a concluir que la economía social no es importante. No obstante, es necesario señalar la probabilidad de que, debido a la falta de atención que se da a al sector social, los datos no consideren otros aspectos de la importancia del sector social. Por ejemplo, el Fondo de Protección de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, informó que en el país hay 617 de estas unidades económicas, que en total cuentan con activos por 89 mil 234 millones de pesos y están formadas por 5.8 millones de socios.
Además, no se puede perder de vista que una gran parte del sector social de la economía es el sustento del trabajo en el campo y que, de entrada, ahí se deben incluir los 5.6 millones de ejidatarios y comuneros que reportó el censo ejidal 2007. De acuerdo con cifras de Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria (Aserca), las unidades de producción con menos de cinco hectáreas aportan 34 por ciento de los granos básicos que se producen en el país. Asimismo, se debe tener en cuenta que la participación de los bienes que producen es fundamental para atender la demanda del mercado interno y que, lejos de reconocer esa aportación, se permite que intermediarios actúen como oligopolios imponiéndose condiciones de intercambio desventajosas, lo que impide la capitalización de esos productores del sector social.
Por otra parte, en relación con el compromiso que tiene este sector con la economía nacional, se pueden mencionar las cifras que se disponen acerca de su contribución a las finanzas públicas. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT)5 , una de las figuras asociativas del sector social de la economía, el de cooperativas, en 2013 incrementó en 12.6 por ciento en términos reales su contribución a los ingresos tributarios, alcanzando 4 mil 151.6 millones de pesos, casi tres veces el crecimiento que reportó el conjunto de la economía, que fue de sólo 4.4 por ciento.
Por su parte, la aportación de las cooperativas en los que se refiere al Impuesto al Valor Agregado (IVA) creció 5.4 por ciento, hasta 2 mil 281.2 millones de pesos, en un año en el que la recaudación por IVA en el conjunto de la economía no creció, sino que cayó 7.5 por ciento.
Así, es innegable que el sector social existe y es parte nuclear de la economía social y puede y debe desempeñar el papel que le corresponde en el pacto constitucional, sobre todo si se considera la condición de debilidad estructural en la que se ha situado a la economía nacional en la que, de acuerdo con el Inegi, la informalidad contribuye o capta 25 por ciento del PIB. Además, el fortalecimiento de la economía social es una necesidad que deriva de las experiencias comunitarias de la historia del país, de su papel en la etapa actual del desarrollo, en el que la producción de alimentos para el mercado interno y la actividad económica en regiones marginadas sería incomprensible sin el aporte de las pequeñas unidades familiares, básicamente ejidales, comunidades y cooperativas.
A eso se agrega el reconocimiento que ha alcanzado la economía social en las últimas décadas en Europa y América, y en particular las nuevas respuestas diseñadas por la economía social a partir de la crisis de 2008. Como lo han demostrado las sociedades de esos países, la sostenibilidad de una economía se potencia cuando cuenta con un mercado interno sustentado en un sector social que promueve, contribuye y se basa en el desarrollo y fortalecimiento de la asociatividad de las personas en organizaciones y empresas de carácter solidario, sin ánimo de especulación, las cuales reinvierten socialmente sus excedentes y riqueza generada, apostando por el trabajo digno y decente de sus asociados.
Esa aspiración general de la humanidad ya se expresa en logros concretos en diferentes países del mundo, de acuerdo, en particular, con el desarrollo de una de las figuras asociativas de la economía social, el cooperativismo.
Las cooperativas en el plano internacional
Por lo que respecta a su influencia en la sociedad, las cifras de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI)6 apuntan que, por ejemplo, en 2010, en Canadá, 4 de cada 10 personas, es decir 40 por ciento de su población, eran socias de al menos una cooperativa, mientras que en la provincia de Quebec esa cifra se elevó a 70 por ciento. En Japón, una de cada 3 familias es cooperativista, mientras que en la India, los miembros de cooperativas superan los 240 millones de personas.
Asimismo, su importancia económica es innegable. En el año 2011, en Uruguay, las cooperativas eran responsables de 90 por ciento de la producción de leche, 34 por ciento de la miel y 30 por ciento en el caso del trigo. En Brasil, en el año 2009, las cooperativas aportaron 37.2 por ciento del PIB agrícola y 5.4 por ciento del PIB global. En el año 2011, las 6 mil 600 cooperativas vinculadas a la Organización de las Cooperativas Brasileñas tenían cerca de 10 millones de socios cooperativistas y dieron empleo directo a casi 300 mil personas. En 2008, en Argentina, había 13 mil cooperativas registradas, con 9.4 millones de socios y dieron empleo directo a más de 265 mil personas. Además, las cooperativas agropecuarias argentinas son responsables de más de 20 por ciento del total nacional de las exportaciones de trigo.
En El Salvador y Costa Rica las cooperativas de ahorro y préstamo administraban poco menos del 10 por ciento de los activos del sistema financiero de cada uno de esos países. Incluso en Estados Unidos, el país que pregona el predominio de la propiedad privada y el capital, en 2010 las cooperativas agropecuarias contribuyeron con 28 por ciento del procesamiento y la comercialización de la producción agrícola. En ese mismo país, las cooperativas eléctricas rurales atendieron a más de 42 millones de usuarios residentes en 47 estados, lo que representó administrar 42 por ciento de las líneas de transmisión. En Bélgica las cooperativas farmacéuticas tienen una participación en el mercado de 19.5 por ciento. En Corea las cooperativas agrícolas reúnen a más de 2 millones de productores rurales, cerca de 90 por ciento del total y facturan anualmente una cifra superior a los 11 mil millones de dólares, a eso se agrega que sus cooperativas pesqueras registraron una participación en el mercado de 71 por ciento.
En Finlandia las cooperativas son responsables de la producción de 74 por ciento de los alimentos, 96 por ciento de los lácteos, 50 por ciento de la producción de huevo, 34 por ciento de la producción forestal y manejan 34 por ciento de los depósitos en el sistema financiero. En Noruega las cooperativas producen 99 por ciento de la leche y derivados, las cooperativas de consumo manejan 25 por ciento del mercado, las pesqueras son responsables de 8.7 por ciento de las exportaciones nacionales y las forestales tienen una participación de 76 por ciento en el sector. Uno de cada 3 habitantes del país es miembro de una cooperativa.
En el plano mundial las cooperativas también registran logros importantes. En 2012, las cooperativas contaban con casi mil millones de socios y generaron 100 millones de empleos, una cifra superior en 20 por ciento a lo producido por las firmas multinacionales. Además, las ventas de las 300 empresas cooperativas más grandes del mundo sumaron 1.1 trillones de dólares, importe comparable al PIB de algunas de las economías nacionales más importantes.
Por esa razón, se considera que se debe poner atención a este sector y porque además, se requiere desarrollar un mercado interno sostenido por una red de organizaciones sociales con posibilidades de dar una respuesta real y sustentable a la demanda interna de bienes y servicios básicos. Ese debería ser uno de los objetivos del actual proceso de desarrollo social en nuestro país. En Europa, contar con esas redes les permitió sortear con menos daño social la grave crisis iniciada en 2008.
Como ya se ha dicho en otras ocasiones, la economía social no es una moda, no es lo novedoso, tampoco es lo marginal o lo que requiere de acciones asistencialistas. Es la mejor solución para el futuro de la humanidad porque sus unidades económicas son sostenibles y compiten sin incurrir en costos sociales; es la que mejor cuida el ambiente, la única que puede garantizar el suministro de bienes básicos; la que mejor puede contribuir a reducir la desigualdad, la pobreza y el hambre.
Obviamente, hacen falta políticas públicas que reconozcan su papel, la fortalezcan y le permitan operar, como dice la ley, en las condiciones del trabajo socialmente necesario, en condiciones de productividad y competencia que le permitan sobrevivir.
La preocupación multinacional
Cabe señalar la semejanza en la concepción de la conformación de la economía social, en el artículo 25 de nuestra Constitución y el informe de 2011 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que describió la economía social y solidaria como un concepto que se refiere a las empresas y organizaciones, en particular las cooperativas, mutualidades, asociaciones, fundaciones y empresas sociales, que producen específicamente los bienes, servicios y conocimientos, al tiempo que impulsan la búsqueda de objetivos económicos y sociales y el fomento de la solidaridad. En particular, en 2010 la Comisión Europea consideró a la economía social como aquélla la conformada por cooperativas, mutualidades, asociaciones sin ánimo de lucro, fundaciones y empresas sociales.
Esa cercanía en los conceptos se puede comprender aún más si se toma en cuenta la importancia que dan las organizaciones multinacionales a la economía social. Vale recordar que bajo el lema Las empresas cooperativas ayudan a construir un mundo mejor la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el 2012 como el Año Internacional de las Cooperativas y resaltó La contribución de las cooperativas al desarrollo económico y social, especialmente su impacto en la reducción de la pobreza, la creación de empleos y la integración social. Ban Ki-moon, secretario general de las Naciones Unidas, destacó además, que con su distintivo énfasis en los valores, las cooperativas han demostrado ser un modelo empresarial versátil y viable, que puede prosperar incluso en épocas difíciles. Su éxito ha contribuido a impedir que muchas familias y comunidades caigan en la pobreza7 .
En esa línea, también conviene tener en cuenta le Recomendación R193, sobre la promoción de las cooperativas, que adoptó en 2002 la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la que reconoce la importancia de las cooperativas para la creación de empleos, la movilización de recursos y la generación de inversiones, así como su contribución a la economía. Asimismo, destaca su desempeño en la promoción de la más completa participación de toda la población en el desarrollo económico y social. Si bien advierte que la mundialización ha creado presiones, problemas, retos y oportunidades nuevas y diferentes para las cooperativas, considera que se precisan formas más enérgicas de solidaridad humana en el plano nacional e internacional para facilitar una distribución más equitativa de los beneficios de la globalización8 .
Siguiendo en el mismo tipo de preocupaciones, a finales de 2013 la Organización de la ONU para la Alimentación y la Agricultura (FAO) lanzó el Año Internacional de la Agricultura Familiar 2014 para destacar el enorme potencial de los agricultores familiares para erradicar el hambre y conservar los recursos naturales. Las explotaciones familiares son las que dependen principalmente de miembros de una familia para la gestión y mano de obra. Según la Organización de la ONU para la Alimentación y la Agricultura (FAO), tanto en países desarrollados como en desarrollo, más de 500 millones de agricultores familiares producen alimentos que nutren a miles de millones de personas9 .
El Plan Nacional de Desarrollo incluye al sector social
Siguiendo esa preocupación, en el Plan Nacional de Desarrollo 2013 -2018 se retoma el objetivo de fortalecer al sector social como uno de los tres pilares de la economía nacional. En el Capítulo IV.2, correspondiente a las acciones que se adoptarán para eliminar las trabas que limitan el potencial productivo del país, se propone desarrollar una política de fomento económico con el fin de crear un mayor número de empleos, desarrollar los sectores estratégicos del país y generar más competencia y dinamismo en la economía. Para lo cual, se buscará incrementar la productividad de los sectores dinámicos de la economía mexicana de manera regional y sectorialmente equilibrada. Y agrega el siguiente párrafo para ello, se fortalecerá el mercado interno, se impulsará a los emprendedores, se fortalecerán las micro, pequeñas y medianas empresas, y se fomentará la economía social a través de un mejor acceso al financiamiento10 .
Más específicamente, en la Estrategia 4.8.5., denominada Fomentar la economía social, entre las líneas de acción propone Realizar la promoción, visibilización, desarrollo y cooperación regional e intersectorial de las empresas de la economía social, para mitigar las diferentes formas de exclusión económica y productiva destacando la necesidad de fortalecer las capacidades técnicas, administrativas, financieras y gerenciales de las empresas de la economía social11 .
Con esas dos disposiciones, que forman parte de las acciones y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo, se hace un reconocimiento explícito a la necesidad de impulsar al sector social de la economía.
Eso tiene una gran importancia, considerando que el artículo 26 establece que el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.
Y añade que los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución determinarán los objetivos de la planeación y será democrática, es decir, mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporarlas al plan y los programas de desarrollo.
Se crean instituciones específicas
En el mismo sentido de fortalecer al sector social de la economía, el 23 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Séptimo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía, la cual transforma al Fondo Nacional de Apoyo para las Empresas de Solidaridad y crea el Instituto Nacional de la Economía Social como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía.
Como lo establece la ley, el Instituto tiene como objeto instrumentar políticas públicas de fomento al sector social de la economía, con el fin de fortalecer y consolidar al sector como uno de los pilares de desarrollo económico del país, a través de la participación, capacitación, investigación, difusión y apoyo a proyectos productivos del sector. Adicionalmente, este mismo año, el 11 de junio, se publicaron importantes reformas con la expectativa de hacer más eficiente la administración de las funciones del Instituto Nacional de la Economía Social.
Antecedentes en la Cámara de Diputados
Además de lo anterior, como parte del trabajo de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, el 28 de octubre de 2013 envió a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, la Opinión aprobada por la mayoría de los integrantes de la Comisión, sobre modificaciones a diversas disposiciones del Proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, en lo correspondiente al Gasto del Sector Social de la Economía.
Conviene señalar que esta propuesta se apoya en un estudio que presentó en 2013 el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP), sobre los Programas Federales para la Economía Social y el Cooperativismo. Ese trabajo constituye un primer acercamiento acerca de lo que puede ser un anexo específico de presupuesto transversal, es decir, de todos los programas que en los diferentes ramos administrativos se destinan a fortalecer al sector social de la economía.
De hecho, en el trabajo realizado por los investigadores del Centro se encuentran, además de los programas que opera el INAES, 23 programas que de acuerdo a sus reglas de operación están orientados preferentemente o específicamente a beneficiar al Sector Social de la Economía. Como criterio, consideraron todos los Programas Federales que apoyan al Sector Social, lo cual incluyó la revisión de sus Reglas de Operación y/o lineamientos, según correspondió, verificando la población objetivo, incluyendo a todos aquellos programas que apoyan a cualquiera de los agentes, que conforme a la Constitución conforman al sector social.
En el presupuesto de 2013, ese conjunto de programas sumaron poco menos de 50 mil millones de pesos; en el presupuesto de 2014 se eliminaron algunos y a otros se les reubicó.
Quedando el proyecto de anexo, en los siguientes términos:
Se requiere decisión institucional
Sin duda, la construcción precisa de este anexo, que contenga el total y el destino específico de los recursos y de los diferentes programas dirigidos al sector social de la economía deberá hacerse mediante la participación de las diferentes dependencias bajo la coordinación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que es la dependencia responsable de coordinar el desarrollo administrativo integral. Conviene mencionar el papel que en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se le asigna a esta secretaría:
En la fracción I del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se dice que a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público le corresponde, entre otros asuntos:
I. Proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo y elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente;
Como se mencionó anteriormente, en el Plan Nacional de Desarrollo hay disposiciones específicas dirigidas al sector social de la economía.
Además, en las fracciones XIV y XV se hace referencia a las obligaciones de la Secretaría de Hacienda en materia de presupuesto, pero, especialmente la fracción XVII se refiere a que debe:
XVII. Llevar a cabo las tramitaciones y registros que requiera el control y la evaluación del ejercicio del gasto público federal y de los programas y presupuestos de egresos, así como presidir las instancias de coordinación que establezca el Ejecutivo Federal para dar seguimiento al gasto público y sus resultados;
Esa disposición bien se puede referir a la construcción de anexos especiales, presupuestos transversales, en función de la necesidad de llevar el control y la evaluación del ejercicio del gasto público federal y de los programas y presupuestos de egresos. Esas disposiciones se fortalecen con lo establecido en la fracción XIX, que señala que la Secretaría de Hacienda debe:
XIX. Coordinar la evaluación que permita conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales, así como concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal la validación de los indicadores estratégicos, en los términos de las disposiciones aplicables;
Y, para terminar, la fracción XXIII apunta que le corresponde:
XXIII.Vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación nacional, así como de programación, presupuestación, contabilidad y evaluación;
Por otra parte, la posibilidad y la necesidad de construir un anexo que concentre los diferentes programas destinados a fortalecer al sector social de la economía también encuentra sustento legal en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que en su artículo 2, fracción III Bis define:
III Bis. Anexos Transversales: anexos del Presupuesto donde concurren Programas Presupuestarios, componentes de éstos y/o Unidades Responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los siguientes sectores: Igualdad entre Mujeres y Hombres; Atención de Niños, Niñas y Adolescentes; Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas; Desarrollo de los Jóvenes; Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable; Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; Atención a Grupos Vulnerables; y los Recursos para la Mitigación de los efectos del Cambio Climático;
A lo que se añade lo que al respecto se establece en el artículo 23:
Artículo 23. En el ejercicio de sus presupuestos, las dependencias y entidades se sujetarán estrictamente a los calendarios de presupuesto autorizados a cada dependencia y entidad en los términos de las disposiciones aplicables, atendiendo los requerimientos de las mismas.
...
...
...
...
La Secretaría deberá elaborar los calendarios de presupuesto, en términos mensuales, de los Anexos Transversales a que se refiere el artículo 41, fracción II, incisos j), o), p), q), r), s), t) y u) de esta Ley y deberá publicarlos en el Diario Oficial de la Federación a más tardar 15 días hábiles posteriores a la publicación del Presupuesto en el propio Diario Oficial de la Federación.
...
...
...
...
Además que el artículo 41 define que los anexos informativos contendrán la metodología, los factores, variables y fórmulas utilizadas para la elaboración de los anexos transversales:
Artículo 41.- El proyecto de Presupuesto de Egresos contendrá:
I. a II. ...
III. Los anexos informativos, los cuales contendrán:
a) a b) ...
c) La metodología, factores, variables y fórmulas utilizadas para la elaboración de los Anexos Transversales a los que se refieren los incisos j), o), p), q), r), s), t) y u) de la fracción anterior, estableciendo con claridad los porcentajes o cuotas que del presupuesto de los Programas Presupuestarios y/o de las Unidades Responsables son considerados para la integración de dichos Anexos. En caso de que existan modificaciones en la metodología con respecto a la utilizada en el ejercicio fiscal anterior, se deberá incluir un apartado donde se explique y justifique plenamente el motivo de dichas modificaciones, y
d ) ..
...
Esto es, los anexos transversales son aquéllos donde concurren programas presupuestarios, componentes de éstos y/o unidades responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los sectores que reciben la atención específica de diferentes ramos, en los porcentajes y la participación establecida por los programas.
Además, es innegable que por necesidad de administrar lo mejor posible el presupuesto destinado a sectores fundamentales, como es el sector social de la economía, se requiere la identificación de los recursos que se destinan a un mismo sector en los diferentes ramos, con el propósito de llevar a cabo un seguimiento transversal de su asignación, administración y ejecución. Eso permite programar y anticipar el comportamiento probable que desde diferentes ramos administrativos tendrán los recursos que se destinan a un mismo fin.
Por una omisión histórica, hasta ahora no se había intentado desarrollar el seguimiento en una visión transversal de los recursos que se destinan al fortalecimiento del sector social de la economía, uno de los tres pilares del desarrollo, como lo establece el artículo 25 de nuestra Constitución.
Cabe recordar que la opinión que se envió a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, acerca del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para 2014, aprobada por la mayoría de los integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía, incluía la propuesta de desarrollar un anexo transversal para el sector social de la economía, el cual tenía el objetivo de potenciar su capacidad de desarrollo y de influir positivamente en la reconstrucción del tejido social y productivo, la derrama de beneficios que proporciona y la generación de empleos productivos.
Por esa razón, el contexto, la inminente presentación del Paquete Económico para 2015, que incluye el proyecto de presupuesto para el próximo año, es un momento en el que cobra especial importancia promover la determinación de los recursos presupuestales que se destinan al sector social de la economía mediante los diferentes programas, lo que permitiría avanzar en su evaluación de resultados específicos, abriendo la posibilidad de rediseños y mejoras para impulsar el fortalecimiento del sector.
Explicación de la iniciativa
Se propone el desarrollo de un presupuesto transversal que permita desglosar y conocer los montos y características de los programas que se destinan al sector social de la economía, desde los diferentes ramos administrativos.
Para ello se propone reformar los artículos 2, fracción III Bis, y 41, fracción IV inciso c) y su último párrafo y adiciona un inciso w) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Responsabilidad Hacendaria para quedar como sigue:
Fundamento legal
Por lo expuesto, y con fundamento en las atribuciones que le confiere el artículo 71, fracción II y 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en lo señalado en el presente proyecto se somete a esta soberanía el siguiente proyecto de
Decreto que reforma los artículos 2 fracción III Bis y 41 fracción III inciso C) y su último párrafo y adiciona un inciso W) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Responsabilidad Hacendaria
Artículo Único. Se reforma los artículos 2 fracción III Bis y 41, fracción III inciso c) y su último párrafo y adiciona un inciso w) a la fracción II del artículo 41 de la Ley Federal de Responsabilidad Hacendaria, para quedar como sigue:
Artículo 2. Para efectos de esta ley, se entenderá por:
I. a III. ...
III Bis. Anexos transversales: anexos del presupuesto donde concurren programas presupuestarios, componentes de éstos y/o unidades responsables, cuyos recursos son destinados a obras, acciones y servicios vinculados con el desarrollo de los siguientes sectores: sector social de la economía; Igualdad entre Mujeres y Hombres; Atención de Niños, Niñas y Adolescentes; Desarrollo Integral de los Pueblos y Comunidades Indígenas; Desarrollo de los Jóvenes; Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable; Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; Atención a Grupos Vulnerables; y los Recursos para la Mitigación de los efectos del Cambio Climático;
IV. a LVII. ...
...
Artículo 41. El proyecto de Presupuesto de Egresos contendrá:
I. ...
II. El proyecto de decreto, los anexos y tomos, los cuales incluirán:
a) a v) ...
w) Las previsiones de gasto que correspondan a los programas específicos para el sector social de la economía;
III. Los anexos informativos, los cuales contendrán:
a) ...
b) ...
c) La metodología, factores, variables y fórmulas utilizadas para la elaboración de los Anexos Transversales a los que se refieren los incisos j), o), p), q), r), s), t), u), v) y w) de la fracción anterior, estableciendo con claridad los porcentajes o cuotas que del presupuesto de los programas presupuestarios y/o de las unidades responsables son considerados para la integración de dichos Anexos. En caso de que existan modificaciones en la metodología con respecto a la utilizada en el ejercicio fiscal anterior, se deberá incluir un apartado donde se explique y justifique plenamente el motivo de dichas modificaciones, y
d) ...
Las previsiones de gasto a las que se refieren los incisos j), o), r), t) y w) de la fracción II del presente artículo, en congruencia con los ingresos previstos en la iniciativa de Ley de Ingresos deberán contar, al menos, con la misma proporción del gasto programable con las que fueron aprobadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior, siempre y cuando se hubiere cumplido con los objetivos y metas que para tal efecto se hayan definido en el Sistema de Evaluación del Desempeño para el Presupuesto de dicho ejercicio fiscal.
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. En términos de la presente ley, la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y la comisión ordinaria competente, con apoyo del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, diseñarán para su publicación en el Presupuesto de Egresos de la Federación, el anexo transversal en lo referente a los programas y montos dirigidos al sector social de la economía.
Dicho anexo se revisará e integrará en ejercicios subsecuentes con la participación de los diferentes ramos de la administración pública que desarrollen programas y asignen recursos al sector social de la economía.
Notas
1. El Cooperativismo en México. http://www.cruzazul.com.mx/2008/lacruzazul/cooperativismoMexico.aspx.
2. http://cooperativasdeproduccion.blogspot.mx/2009/12/datos-de-la-histori a-del-cooperativismo.html. Emilio Lozada.
3. El Cooperativismo en México. http://www.cruzazul.com.mx/2008/lacruzazul/cooperativismoMexico.aspx.
4. http://cooperativasdeproduccion.blogspot.mx/2009/12/datos-de-la-histori a-del-cooperativismo.html. Emilio Lozada.
5. Comparación del informe que envió el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, con las cifras trimestrales dadas a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
6. Los datos sobre las cooperativas en el mundo son de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI), una organización no gubernamental independiente que reúne, representa y sirve a organizaciones cooperativas en todo el mundo. http://www.aciamericas.coop/
7. Información de la ONU. http://www.un.org/es/events/coopsyear/
8. OIT. Recomendación R193.
9. Página de la Organización para la Agricultura y la Alimentación de la Organización de las Naciones Unidas (FAO) http://www.un.org/spanish/News/story.asp?NewsID=28084#.U-0Eo_mSws8
10. Plan Nacional de Desarrollo, 2013-2018, página 87.
11. Plan Nacional de Desarrollo, 2013-2018, página 140.
Senado de la República, a 20 de agosto de 2014.
Diputada Alliet Mariana Bautista Bravo (rúbrica)
(Turnado a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Agosto 20 de 2014.)
Con punto de acuerdo, por el que la Comisión Permanente exhorta a la Secretaría de Medio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al organismo descentralizado de la administración pública federal, Comisión Nacional del Agua, a realizar de forma coordinada estudios técnicos, económicos y sociales para establecer acciones que protejan el ecosistema El Manantial, recibida del diputado Francisco González Vargas, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2014
El suscrito, Francisco González Vargas, diputado federal a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 establece en su apartado VI. Objetivos, estrategias y líneas de acción, Sección VI.4. México Próspero, Objetivo 4.4. Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo.
En las diversas estrategias y líneas de acción que integra el capítulo VI.4 se establece: Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono; impulsar la planeación integral del territorio, considerando el ordenamiento ecológico y el ordenamiento territorial para lograr un desarrollo regional y urbano sustentable; así mismo señala ampliar la cobertura de infraestructura y programas ambientales que protejan la salud pública y garanticen la conservación de los ecosistemas y recursos naturales.
El artículo 1o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para, entre otros:
Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar;
La preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente;
La preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas;
El aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas;
Garantizar la participación corresponsable de las personas, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente;
Así mismo, los artículos 78 y 78 Bis de la ley en comento, establecen: En aquellas áreas que presenten procesos de degradación o desertificación, o graves desequilibrios ecológicos, la Secretaría deberá formular y ejecutar programas de restauración ecológica, con el propósito de que se lleven a cabo las acciones necesarias para la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propicien la evolución y continuidad de los procesos naturales que en ella se desarrollaban.
En aquéllos casos en que se estén produciendo procesos acelerados de desertificación o degradación que impliquen la pérdida de recursos de muy difícil regeneración, recuperación o restablecimiento, o afectaciones irreversibles a los ecosistemas o sus elementos, la Secretaría, promoverá ante el Ejecutivo federal la expedición de declaratorias para el establecimiento de zonas de restauración ecológica. Para tal efecto, elaborará previamente, los estudios que las justifiquen.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, dispone también, entre otras, la preservación de los ecosistemas y ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas más frágiles, así como sus funciones, para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos; salvaguardar la diversidad genética de las especies silvestres de las que dependen la continuidad evolutiva, así como asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional.
En particular, establece preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial; asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, sus elementos, y sus funciones.
La Ley de Aguas Nacionales establece en su artículo 1o.: La presente ley es reglamentaria del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de observancia general en todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable.
Con base en este marco legal, se presentan los siguientes
Antecedentes
En el municipio de Tizayuca, estado de Hidalgo, debido a sus características de medio físico, los cuerpos de agua son escasos, por lo que cuenta con muy poca vegetación y la existente está en peligro debido al crecimiento y expansión urbana industrial en la región, integrada a la zona metropolitana del valle de México.
Ante tal circunstancia, las autoridades municipales y diversas organizaciones de la sociedad civil, han conjuntado esfuerzos para rescatar, proteger y preservar el entorno ecológico de la presa El Manantial para beneficio de la comunidad y de los visitantes que acuden a ella.
La protección de esta área natural, permitirá contar con diversos servicios ambientales para los habitantes de la región, además de proveer un espacio de conservación de flora y fauna silvestre endémica de la región.
Cabe destacar que este espacio se constituye como lugar de descanso y reproducción de aves migratorias.
La presa El Manantial se ubica en la zona noreste del territorio municipal es considerada el cuerpo de agua más importante, sin embargo esta no constituye una parte significativa dentro del municipio, Tizayuca no posee cobertura vegetal significativa y la mayor superficie está destinada a actividades humanas productivas, modificando aún más el medio físico, con las alteraciones que esto representan y la potencialización de peligros, por ejemplo inundaciones.
La situación en la que actualmente se encuentra la presa es preocupante ya que por una parte recibe descargas de drenaje domésticos e industriales que contribuyen en gran medida a incrementar los índices de contaminación de la región; por consiguiente esta presa, en el estado en que se encuentra constituye además un problema de salud pública un conflicto de intereses por la falta de ordenamiento en el uso del terreno adyacente.
Por lo anteriormente expuesto, elevo a la consideración de esta Soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta, atentamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a la Comisión Nacional del Agua, para que de forma coordinada realicen los estudios técnicos, económicos y sociales, en el ámbito de sus respectivas competencias, que permitan establecer un plan rector de acciones públicas, privadas y sociales, para la protección del ecosistema denominado El Manantial, ubicado en el municipio de Tizayuca, Hidalgo.
Segundo. Solicitar respetuosamente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, realizar las acciones procedentes para declarar Santuario de Aves Migratorias la presa El Manantial.
Salón de sesiones del Senado de la República, a 12 de agosto de 2014.
Diputado Francisco González Vargas (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Agosto 20 de 2014.)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal a reponer el proceso de la licitación pública nacional EA-909005977-N7-2014, referente al programa Iluminamos tu ciudad, recibido del diputado Ricardo Mejía Berdeja, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2014
Ricardo Mejía Berdeja, diputado integrante de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, fracción I y 79, numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
El pasado mes de junio, Miguel Ángel Mancera, jefe del gobierno de la Ciudad de México, anunció el programa Iluminemos tu ciudad, con la que se iluminarán 330 mil puntos de mil 500 colonias de la ciudad con una inversión superior a los dos mil millones de pesos.1
Para alcanzar dicha meta, el titular del gobierno local, precisó que se contaría con una inversión de más de dos mil 600 millones de pesos y que se emitiría una convocatoria para llevar a cabo una licitación y concretar los objetivos del programa en el periodo de un año.
De tal forma que el 29 del pasado mes de julio se emitió la convocatoria a la licitación pública nacional (EA-909005977-N7-2014), estableciendo que los resultados se darían el 12 del presente mes con la finalidad de tener la primera entrega de luminarias a finales del mismo; es decir que tan sólo 13 días fueron necesarios para que se emitiera el fallo.
Al respecto, el periódico Reforma publicó la siguiente información:
La compra masiva de luminarias para renovar el alumbrado público se concretará [...] con una licitación donde no hubo competencia. En la presentación de propuestas, las únicas tres empresas que entregaron documentación completa y fianzas fueron Sola Basic; Axanti Internacional y Diseño Tecnológico.
Pero no compiten entre ellas, pues presentaron propuestas para rubros distintos. La empresa Sola Basic va sola para que le sea adjudicada la partida más jugosa. Su propuesta fue de 614 millones 160 mil pesos para cuatro partidas (1, 3, 4 y 5) que representan la venta de 128 mil 589 luminarias y conjuntos lumínicos [...].
Otra empresa participante es Axanti Internacional que concursa sólo en la partida 2 para vender 9 mil 780 lámparas en 62 millones 688 mil 301 pesos. Y la tercera es Diseño Tecnológico que va por los elementos de soportes metálicos de las lámparas, descritos en las partidas 9, 10, 11, 12 y 13, por 22 millones 378 mil 917 pesos.2
Aunado a ello, diversos interesados en la materia como el licenciado Alfonso Vázquez, director general de Avetronics SA de CV, ha señalado algunas cuestiones que impiden poder hablar de una competencia justa y equitativa:
Dentro de los requisitos indispensables, se solicitó que los equipos tuvieran pruebas de laboratorio certificadas por el propio laboratorio del Gobierno del DF, lo que coartaba a los fabricantes nacionales con interés en participar aún con pruebas de laboratorios equivalentes avaladas por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).
Se solicitaron constancias originales de los certificados de cumplimiento de las normas y pruebas, de cada uno de los componentes de los luminarios, (lámparas, balastros, luminario), siendo que éstos son propiedad del fabricante y para su uso exclusivo, y que por lo tanto, no estaban a disposición de todos los participantes, y menos en tiempos tan cortos. Se solicitaron muestras físicas de equipos de especificaciones especiales que era imposible tener disponibles y certificadas en apenas 3 días. 3
En el mismo sentido:
Para Gabriel Torres Aguilar, especialista y consultor en iluminación, sólo compañías como Sola Basic; American Electric Lighting; Philips Lighting y Americana Cooper Lighting estarían en posibilidad de participar y ganar el contrato. Los tiempos del concurso, dijo, implican que las empresas que vayan a ganar el martes, día del fallo, ya tienen en bodegas los conjuntos lumínicos.4
Por último, cabe señalar que, pese a los tiempos establecidos en la licitación en cuestión, no se conoce a los ganadores o en su defecto, las razones por las cuales no hay información al respecto.
Es por ello que, buscando que la Ciudad de México cuente con los mejores estándares, debiendo prevalecer la justa competencia entre prestadores de servicios, alejándose así de situaciones de corrupción, tráfico de influencias o cumplir con intereses personales; presentamos a esta honorable asamblea el siguiente resolutivo con
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal a reponer el proceso de la licitación pública nacional EA-909005977-N7-2014 referente al programa Iluminamos tu ciudad, con la finalidad de garantizar la justa competencia e imparcialidad.
1. El Financiero Anuncia Mancera el programa Iluminamos tu ciudad, [en línea], México, Dirección URL: http://bit.ly/1oXx6cB
2. Reforma Concursan a modo por la luminarias, [en línea], México, Dirección URL: http://busquedas.gruporeforma.com/reforma/Libre/Imprimir.aspx?id=159870 2-1066&md5=89f15971921541eb4eaf6464fcf731b5#ixzz3AEeddA3f
3. Fragmento de la carta enviada por el Lic. Alfonso Vázquez, Director General de Avetronics S.A. de C.V., al Dr. Miguel Ángel Mancera, Jefe de Gobierno de la Ciudad de México el día 12 de agosto del presente año.
4. AM Licita GDF luminarias en fasttrack, [en línea], México, Dirección URL: http://www.am.com.mx/notareforma/62758
Senado de la República, a 20 de agosto de 2014.
(Rúbricas)
(Turnado a la Comisión del Distrito Federal. Agosto 20 de 2014.)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a través de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Economía a instaurar mecanismos y programas que ayuden a reactivar el mercado interno y que las micro, pequeñas y medianas empresas sean las proveedoras del gobierno, recibida del diputado Juan Pablo Adame Alemán, en nombre del Grupo Parlamentario del PAN, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2014
El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, de conformidad con lo establecido los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración del pleno de la Comisión Permanente, la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, al tenor de los siguientes
Antecedentes
El pasado 23 de mayo del presente año, el Inegi dio a conocer los resultados sobre el crecimiento del producto interno bruto (PIB) para el primer trimestre del presente año, en donde se observó un bajo y pobre crecimiento de la economía.
De acuerdo con el Inegi, el producto interno bruto (PIB) creció 0.28 por ciento durante el trimestre enero-marzo de 2014 respecto al trimestre previo. Por componentes, las Actividades Terciarias fueron mayores en 0.20 por ciento y las Secundarias en 0.07 por ciento; en tanto que las Actividades Primarias disminuyeron (-) 0.01 por ciento frente al trimestre anterior.
Así mismo, el Inegi precisó que en la comparación anual el PIB avanzó 1.8 por ciento en el primer trimestre de este año con relación a igual lapso de 2013
Con dichos resultados, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público recortó el pronóstico de crecimiento económico del país de 3.9 por ciento a 2.7 por ciento para este año.
Cabe mencionar que en los últimos 5 trimestres la economía mexicana ha crecido en promedio a solo 1.2 por ciento por trimestre, lo que ha representado romper con la tendencia de crecimiento económico que dejó la administración del Presidente Calderón, en donde la tasa de crecimiento por trimestre era de 4.3 por ciento en promedio de los últimos tres años de su administración.
Bajo este contexto, el Gobernador del Banco de México ha señalado la necesidad de que las economías emergentes, dentro de las cuales se encuentra nuestro país, a que no caigan en la complacencia. Lo cual se refiere a que las economías emergentes no pueden depender de que las economías avanzadas crezcan más deprisa, por lo que se debe crecer internamente, y por tanto es necesario generar las condiciones internas para impulsar el crecimiento económico.
En este sentido, es que consideramos que un mecanismo que puede detonar el crecimiento del mercado interno es a través del sector de las micro, pequeñas y medianas empresas, las Mipyme, en la medida que se fortalezca este sector, se tendrán mejores expectativas de crecimiento en el corto, mediano y largo plazo.
Recordemos que el sector de las Mipyme, concentra el 99.8 por ciento de las unidades económicas en el país, generando poco más del 70 por ciento del empleo y más de la mitad del producto interno bruto.
En consecuencia, si la presente administración enfoca de manera efectiva y acertada sus esfuerzos para el impulso de este sector, estamos ciertos que el factor multiplicador que tiene la inversión en este sector traerá importantes beneficios para el país, se detonará el crecimiento económico, y por lo tanto dependeremos en menor medida del nivel de crecimiento que tengan las grandes economías.
Consideramos que el apoyo a las Mipyme debe tener como principal objetivo, el que estas generen mayor valor agregado y se integren en los diversos eslabones de las cadenas productivas.
Bajo un escenario económico en donde se depende en gran medida del crecimiento económico de las grandes economías, lo que debemos hacer es aportar por un crecimiento económico interno, que este sustentado en el fortalecimiento del sector de las Mipyme.
Es por ello, que en Acción Nacional estamos seguros de que una de las claves para impulsar el crecimiento económico está en el sector de las Mipyme, por lo que someto a consideración de ésta honorable Comisión Permanente el siguiente punto de acuerdo
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a través de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, a instrumentar mecanismos y programas que ayuden a la reactivación del mercado interno en nuestro país, así como también, promover el que las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales sean las proveedoras de las grandes empresas y del Gobierno Federal.
Segundo. Se exhorta al titular de la Secretaría de Economía a que en la instrumentación del Fondo Nacional del Emprendedor se destinen mayores recursos a los proyectos que tiendan a detonar el mercado interno y promuevan la generación de mayor valor agregado.
Dado en la sede de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 20 de agosto de 2014.
(Turnada a la Comisión de Economía. Agosto 20 de 2014.)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente al secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a atender la problemática de los productores de maíz ante el riesgo por la sobreproducción mundial del grano, recibida del diputado Ossiel Omar Niaves López, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 20 de agosto de 2014
El que suscribe, Ossiel Omar Niaves López, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante la Comisión Permanente el presente punto de acuerdo conforme a la siguiente
Exposición de Motivos
En las últimas dos décadas, el proceso de comercialización de maíz ha venido utilizando diversos medios financieros y contractuales. La situación por la que atraviesan los productores del grano más importante para la alimentación de la población, ha presentado inconsistencias debido a que los esquemas que operan actualmente están propensos a las alteraciones que sufre el mercado internacional, como ocurre con la política de cobertura de precios.
Con el fin de proteger a los productores nacionales de la volatilidad de las cotizaciones, en la mayoría de los países del orbe se utilizan instrumentos financieros, que se negocian en bolsas de futuros organizadas, para administrar los riesgos del mercado, lo que procura evitar pérdidas y en ocasiones maximizar ganancias.
En nuestro país, entre 1992 y 1993, con el fin de brindar una alternativa para la administración del riesgo de precio, y con ello buscar proteger el precio de las cosechas nacionales de maíz, trigo, sorgo, soya y algodón, surge el Programa de Cobertura de Precios de Productos Agrícolas en los Mercados Internacionales.1
En el transcurso de los años, los apoyos se han dividido en tres ejes a saber: 1. Pagos directos al
Productor; 2. Subsidios para la adquisición de equipo e infraestructura productiva y 3. Ayudas para la comercialización. Estos se han enfocado a proteger a los productores, organizaciones, empresas compradoras de granos de los riesgos de fluctuaciones en los precios internacionales.
De acuerdo a un estudio de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO por sus siglas en Ingles), la volatilidad es una característica intrínseca de los mercados de productos agrícolas. A corto plazo, su causa es el desfase temporal entre la oferta (que es estacional) y la demanda (que lo es mucho menos); este desfase impone la necesidad de almacenar los productos agrícolas, almacenamiento que solo podrá ser rentable si los precios varían a lo largo del año.
En el estudio realizado por la FAO se advierte que a largo plazo, si el incremento de la producción alimentaria no se mantiene a la par con el crecimiento de la demanda, los precios deberán aumentar; esto estimulará a los agricultores a aumentar la oferta y será un incentivo para que el sector privado dedique más esfuerzos a la investigación y desarrollo, a la vez que dará la señal al sector público para un incremento del gasto en bienes públicos que respalden la producción agrícola y los mercados.2
En este orden de ideas, la volatilidad de los precios de los alimentos podría incrementarse debido a los vínculos entre los mercados agrícolas y energéticos, así como a la mayor frecuencia de las perturbaciones climáticas causadas por fenómenos meteorológicos, los cuales inciden en una mayor o menor productividad, según corresponda.
De acuerdo con datos publicados por la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de
Mercados Agropecuarios (ASERCA) en el último año se ha observado una tendencia al alza de los inventarios de maíz a nivel mundial.3 Los inventarios de este grano al 1 de marzo de 2014 totalizaron 7,010 millones de bushels (178.1 millones de tm), 30 por ciento más que los reportados el 1o. de marzo 2013, según el último Reporte Trimestral de Inventarios del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA por sus siglas en ingles), publicado en marzo del año en curso. Esto evidentemente ha repercutido en la tendencia a la baja de los precios de futuros de la bolsa de Chicago, como se muestra en la siguiente gráfica:
Como se demuestra en los datos presentados por ASERCA y USDA, el precio del maíz ha mostrado el peor desplome con respecto al año pasado. Este panorama ha originado que bajen las expectativas en la comercialización del maíz por parte de los productores, ya que resienten con un alto impacto este comportamiento del mercado, y al mismo tiempo ha provocado una incertidumbre en cuanto al justo precio que ha de pagarse por su producto.
En México, debido a que las coberturas de riesgo para maíz, tanto la adquisición como la liquidación de las coberturas de riesgo, son realizadas en dólares, el éxito de utilizar una cobertura, para asegurar hoy el precio al que se va a vender el maíz en el futuro, dependerá no sólo del comportamiento de los precios en el mercado de futuros, sino también de la cotización del peso frente al dólar.4
Dentro de las reglas de operación Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Sagarpa para este 2014, se contemplan los Incentivos para la Administración de Riesgos de Mercado. Con estos apoyos la dependencia cuenta con instrumentos institucionales para hacer frente a los problemas del mercado que pueden perjudicar a los productores del maíz.
Por ello instamos al titular de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) a que tome medidas pertinentes dentro del marco de sus atribuciones para que intervenga en esta problemática de la volatilidad de los precios, ya que con base a la información sobre las tendencias y pronósticos, es necesario hacer frente a estas contingencias. Estos mecanismos de defensa pueden aplicarse tanto a priori, es decir, antes de que la volatilidad se produzca, como a posteriori.
Es por ello que se debe realizar una gestión de riesgo oportuna por parte del Gobierno Federal que permita paliar el embate del desplome de precios del maíz, que contemple una solución que más se adapte a las circunstancias propias de cada entidad federativa, y que desde luego proteja el ingreso de los productores.
Por todo lo anterior, se somete a la consideración esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación del Gobierno Federal, a que en el ámbito de sus atribuciones legales, atienda la problemática de los productores de maíz, ante el desplome de precios provocado por la sobreproducción mundial del grano del año en curso.
Notas
1 Chapingo, Revista Mexicana de ecología, Agricultura y de los recursos naturales volumen III, número 2, julio-diciembre, 2010, página 70.
2 FAO, El estado de la inseguridad alimentaria en el mundo, consultado en http://www.fao.org/docrep/014/i2330s/i2330s00.htm, el 31 de julio de 2014.
3 ASERCA, Histórico del Informe de Inventarios y Acres sembrados, Marzo 2014, consultado en: http://www.infoaserca.gob.mx/analisis/Trimestral/inventar-20140331.pdf
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro a 20 de agosto de 2014.
Diputado Ossiel Omar Niaves López (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego. Agosto 20 de 2014.)
De la Comisión de Fortalecimiento al Federalismo
A la duodécima reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 2 de septiembre, a las 16:00 horas, en la sala E del edificio G.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Verificación y declaratoria de quórum.
3. Aprobación del orden del día.
4. Aprobación del acta de la sesión anterior.
5. Presentación y discusión de las iniciativas formuladas por la comisión en los temas siguientes:
Coordinación de programas sociales de los 3 niveles de gobierno.
Participación municipal en la recaudación del ISR de nuevos contribuyentes.
Pago del impuesto predial sobre bienes de dominio público.
6. Asuntos generales.
7. Clausura.
Atentamente
Diputado José Arturo Salinas Garza
Presidente
De la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos
A la reunión con la Junta de Gobierno del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación que se llevará a cabo el miércoles 3 de septiembre, a las 11:00 horas, en el salón de protocolo del edificio A.
Atentamente
Diputado Jorge Federico de la Vega Membrillo
Presidente
De la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, al proceso de presentación de aspirantes a recibir la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913, correspondiente al tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura
La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el Reglamento de la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913
Convoca
A la Cámara de Senadores, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Presidencia de la República, a las secretarías de Estado, a los gobiernos de las entidades federativas, a los organismos autónomos, a las universidades nacionales públicas y privadas, a las asociaciones civiles, técnicas, científicas y culturales, y demás instituciones representativas de la sociedad, para que propongan candidatos con méritos suficientes para recibir la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913.
Dicha presea fue instituida para reconocer a aquel ciudadano o ciudadana que se haya distinguido de manera relevante, sirviendo a la colectividad nacional, a la República y a la humanidad, destacando por sus hechos cívicos, políticos o legislativos.
Lo anterior, por el acuerdo que tome la Cámara de Diputados en sesión pública y en atención al dictamen que presente la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, conforme a las siguientes
Bases
1. Las propuestas deberán presentarse por escrito, a través de una carta dirigida a los secretarios de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, sita en avenida Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, delegación Venustiano Carranza, código postal 15969, México, DF, edificio A, segundo piso, con teléfono 5628-1300 extensiones 2283 y 8315.
Dicha carta deberá estar firmada por el titular o titulares de la institución o instituciones que propongan a una candidata o candidato y deberá contener lo siguiente:
I. Datos generales de la institución promovente:
a) Nombre,
b) Domicilio para recibir y oír notificaciones,
c) Teléfono, y
d) Dirección de correo electrónico y página de Internet, en caso de contar con ellos.
II. Datos generales de la candidata o candidato:
a) Nombre,
b) Edad,
c) Profesión o actividad que desempeña,
d) Domicilio para recibir y oír notificaciones,
e) Teléfono, y
f) Dirección de correo electrónico y página de Internet, en caso de contar con ellos.
III. Motivos por los que se promueve la candidatura.
IV. Los documentos que deberán anexarse a la carta propuesta son los siguientes:
1. Acta de nacimiento original,
2. Currículum vitae,
3. Copia de comprobante del último grado de estudios, y
4. Documentos o pruebas fehacientes que avalen los motivos de la candidatura.
V. Sólo podrán registrar candidatos las instituciones convocadas o las personas físicas, siempre y cuando sean por lo menos tres las que propongan a alguna ciudadana o ciudadano.
VI. Serán aceptadas las propuestas que se envíen por correo certificado o mensajería, con acuse de recibo, siempre y cuando lleguen a las oficinas de la Mesa Directiva antes de que concluya el plazo establecido en la convocatoria.
2. La recepción de candidaturas estará comprendida desde el día de publicación de la presente convocatoria y hasta el 31 de agosto de 2014.
3. Una vez que la Mesa Directiva reúna y valide los expedientes de los proponentes, los enviará a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la cual dictaminará y seleccionará al ganador de la Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913.
4. La Medalla al Mérito Cívico Eduardo Neri y Legisladores de 1913 será entregada en sesión solemne de la Cámara de Diputados en octubre de 2014.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de junio de 2014.
Diputados: José González Morfín (rúbrica), presidente; Marcelo de Jesús Torres Cofiño (rúbrica), Francisco Arroyo Vieyra (rúbrica), Aleida Alavez Ruiz (rúbrica), Maricela Velázquez Sánchez (rúbrica), vicepresidentes; Angelina Carreño Mijares (rúbrica), Xavier Azuara Zúñiga (rúbrica), Ángel Cedillo Hernández (rúbrica), Javier Orozco Gómez (rúbrica), Merilyn Gómez Pozos (rúbrica), Magdalena Núñez Monreal (rúbrica), Fernando Bribiesca Sahagún (rúbrica), secretarios.
Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias
A las quintas Jornadas de derecho parlamentario México-España que, con el tema Representación política y calidad de la democracia, se llevará a cabo del lunes 25 al miércoles 27 de agosto, de las 9:30 a las 15:30 horas, en el salón de protocolo del edificio C.
Ponentes: Excelentísimo señor don Javier Barrero López (vicepresidente segundo del Congreso de los Diputados), excelentísimo señor don Ignacio Gil Lázaro (secretario primero de la Mesa del Congreso de los Diputados), excelentísima señora doña Teresa Cuniliera Mestres (secretaria segunda de la Mesa del Congreso de los Diputados), excelentísimo señor don Carlos Aragonés Mendiguchía (presidente de la Comisión de Cooperación Internacional al Desarrollo del Congreso de los Diputados), excelentísima señora doña Piedad García-Escudero Márquez (jefa del departamento de Estudios Jurídicos del Congreso de los Diputados y letrada de las Cortes), doctor José Tudela Aranda (secretario general de la Fundación para Estudios Parlamentarios y del Derecho Autonómico Manuel Giménez Abad), doctora Carmen Rubio de Val (letrada de las Cortes de Aragón y profesora de derecho constitucional), diputado Gustavo Adrián Espinoza Mármol (Partido Colorado de la Cámara de Representantes de Uruguay), doctor Pablo Sciarra Blanco (coordinador de la Escuela de Gobierno en Montevideo), diputado Francisco Arroyo Vieyra (vicepresidente de la Mesa Directiva), diputado Luis Antonio González Roldán (integrante del Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigación Parlamentaria, CEDIP), diputada Ruth Zavaleta Salgado (integrante del Comité del CEDIP), diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (presidente de la Comisión de Justicia), diputado Alfredo Rivadeneyra Hernández (integrante del Comité del CEDIP), diputado Jorge Herrera Delgado (presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial), licenciado Sami David David (director general del CEDIP), doctor Luis Mendoza Cruz (director de Estudios Parlamentarios del CEDIP), doctor Héctor Fix Fierro (director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM), el doctor Diego Valadés Ríos (investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM), el doctor Daniel Armando Barceló Rojas (investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM), y el doctor José Gamas Torruco (director del Museo de las Constituciones de la UNAM).
Programa
- Lunes 25
I. Inauguración
Diputado José González Morfín, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Excelentísimo señor don Javier Barrero López, Vicepresidente Segundo del Congreso de los Diputados.
Licenciado Sami David David, director general del CEDIP.
II. Conferencia inaugural Representación Política y Calidad de la Democracia
Magistrado Manuel González Oropeza, de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
III. Diálogo temático El sistema de partidos
Excelentísimo señor don Ignacio Gil Lázaro, primer secretario de la Mesa del Congreso de los Diputados.
Diputado Luis Antonio González Roldán, integrante del Comité del CEDIP.
Diputado Gustavo Adrián Espinoza Mármol, Cámara de Representantes de Uruguay.
IV. Diálogo temático Los grupos de interés y su representación o presencia en el Parlamento
Excelentísima señora doña Teresa Cunillera Mestres, secretaria tercera del Congreso de los Diputados.
Diputada Ruth Zavaleta Salgado, integrante del Comité del CEDIP.
Diputado Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, presidente de la Comisión de Justicia.
V. Conferencia Problemas de la flexibilidad constitucional en México. La necesidad de la contención
Doctor Héctor Fix Fierro, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas, IIJ, de la UNAM.
VI. Conferencia Gobierno de coalición y sistema representativo
Doctor Diego Valadés, presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional e Investigación del IIJ de la UNAM.
VII. Diálogo temático Las relaciones entre el Ejecutivo y el Legislativo
Excelentísimo señor don Carlos Aragonés Mendiguchía, presidente de la Comisión de Cooperación Internacional al Desarrollo del Congreso de los Diputados.
Diputado Alfredo Rivadeneyra Delgado, presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial.
- Martes 26
I. Conferencia La calidad de la democracia en México
Doctor Luis Mendoza Cruz, director de Estudios Parlamentarios del CEDIP.
II. Conferencia Problemas de la rigidez constitucional en España
Doctora Carmen de Val, letrada de las Cortes de Aragón y profesora de derecho constitucional.
III. Conferencia La calidad de la democracia representativa en la comunidades autónomas
Doctor José Tudela Arana, secretario general de la Fundación para Estudios Parlamentarios y del Derecho Autonómico Manuel Giménez Abad.
IV. Conferencia La calidad de la democracia representativa de los estados de la República Mexicana
Doctor Daniel Armando Barceló Rojas, investigador del IIJ de la UNAM.
V. Conferencia El parlamentario individual como representante
Excelentísima señora doña Piedad García Escudero Márquez, jefa del Departamento de Estudios Jurídicos en la Secretaría General del Congreso de los Diputados y letrada de las Cortes Generales de España.
VI. Presentación del libro Derecho del Turismo, un estudio comparado desde España e Iberoamérica
Doctor José Tudela Aranda, secretario general de la Fundación para Estudios Parlamentarios y del Derecho Autonómico Manuel Giménez Abad.
Licenciado Sami David David, director general del CEDIP.
- Miércoles 26
Sede: Museo de las Constituciones
Calle del Carmen número 31, esquina con San Ildefonso, Centro Histórico, Ciudad de México.
I. Presentación del libro Diario de sesiones de las Cortes generales y extraordinarias de Cádiz. Proceso de creación de la Constitución Política de la Monarquía Española de 1812 vigente en las provincias mexicanas, coedición del Congreso de los Diputados de España, el CEDIP y el IIJ de la UNAM.
Para confirmar asistencia, comunicarse con la maestra Marla Gil Yáñez, a la extensión 58134.
Atentamente
Licenciado Sami David David
Director General
De la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social
Al segundo Encuentro de Mujeres Cooperativistas, que se llevará a cabo el martes 26 de agosto, a las 10:00 horas, en el auditorio Aurora Jiménez de Palacios, sito en la planta baja del edificio E.
Programa
10:00-10:10 horas.
Inauguración
Palabras de bienvenida en nombre de la Cámara de Diputados.
Diputado Silvano Aureoles Conejo, presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados.
Bienvenida
10:10-10:15 horas.
Diputada Alliet Mariana Bautista Bravo, presidenta de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social.
Ponencia magistral
10:15-10-30 horas.
Licenciada Inés González.
La red de mujeres sindicalistas en el espectro de la lucha por reivindicaciones de género
Síntesis de estatutos
10:30-10:35 horas.
Diputada Silvia Márquez Velasco, secretaria de la comisión.
Resumen del proyecto de estatutos de la Red de Mujeres Cooperativistas
Síntesis de la declaración de principios
10:35-10:40 horas.
Diputada Mariana Dunyaska García Rojas, secretaria de la comisión.
Resumen del proyecto de la Declaración de Principios de la Red de Mujeres Cooperativistas
Síntesis del plan de acción
10:40-10:45 horas.
Diputada María del Rosario Merlín García, secretaria de la comisión.
Resumen del proyecto del plan de acción de la Red de Mujeres Cooperativistas
Receso
10:45-11:00 horas.
Mesas de trabajo
Sede: Vestíbulo del edificio E.
11:00-14:00 horas.
1. Discusión del proyecto de Estatutos de la Red de Mujeres Cooperativistas.
Moderadora: diputada Silvia Márquez Velasco.
2. Discusión del proyecto de la Declaración de Principios de la Red de Mujeres Cooperativistas.
Moderadora: diputada Mariana Dunyaska García Rojas.
3. Discusión del proyecto del plan de acción de la Red de Mujeres Cooperativistas.
Moderadora: diputada María del Rosario Merlín García.
Comida
Sede: Auditorio Aurora Jiménez de Palacio.
16:00-18:00 horas.
Desahogo del orden del día en plenaria.
Atentamente
Diputada Alliet Mariana Bautista Bravo
Presidenta
De la Comisión de Deporte
En coordinación con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, a través de la División de Educación Continua y Vinculación, al diplomado Políticas públicas, legislación y administración deportiva, que se realizará los viernes (de las 14:00 a las 19:00 horas) y sábados (de las 9:00 a las 14:00) del 19 de septiembre al 13 de diciembre en el Palacio Legislativo de San Lázaro.
Informes e inscripciones: Del 12 de agosto al 12 de septiembre de 2014, de 10:00 a 15:00 horas, en los teléfonos 50360000, extensiones 67109 y 55028; 04455 23094730, 04455·35240879 y 04455 36665185; en el correo-e diplomado.camara.deporte@outlook.com; página web http://diptomadocamara.wix.com/deporte
Así como en la Comisión de Deporte, situada en el tercer piso del edificio F del Palacio Legislativo de San Lázaro.
Cupo limitado
Dirigido a legisladores, asesores parlamentarios, políticos, estudiantes e investigadores (de ciencia política, educación, física, pedagogía, administración pública, derecho, sociología, economía, relaciones internacionales, antropología), funcionarios públicos de los tres niveles, académicos y personas relacionadas con la investigación, el servicio público, la organización y liderazgo político y partidista, la participación ciudadana y, en general, el comportamiento, cultura, actores, tendencias y estudios en materia deportiva, en cualquiera de sus ámbitos, que deseen ampliar sus conocimientos y desarrollar sus habilidades en la gestión del derecho y las políticas públicas del deporte amateur, profesional y de alto rendimiento en los ámbitos nacional e internacional.
Objetivo general: Impulsar el conocimiento sistemático y científico de todos los elementos, públicos y privados, nacionales e internacionales que fomentan la profesionalización del deporte en México a través de la difusión de sus bases y principios, enfocándose a conocer su organización, principios, estudios comparados, evaluación de la competitividad nacional e internacional, métodos de entrenamiento y financiamiento, marco jurídico, apoyos económicos y presupuesto, fortalezas y debilidades, deportes tradicionales y nuevas disciplinas, integralidad de la formación humana, derechos humanos, estructura laboral y social.
El participante, al concluir el diplomado, tendrá habilidades para desarrollar sus conocimientos en los campos de la organización, promoción, administración, emprendimiento, análisis e investigación de todo tipo de disciplina deportiva.
Se otorgará constancia con valor curricular.
Programa
Módulo I. Elementos fundamentales de las políticas deportivas y el sistema de deporte.
19, 20, 26 y 27 de septiembre
I. El deporte y desarrollo humano.
II. El deporte como valor cultural, económico y social.
III. Concepto de derecho y derecho deportivo.
IV. El deporte como derecho social.
V. Responsabilidad social en el deporte.
VI. Proyectos sociales en el deporte.
VII. Empresas deportivas socialmente responsables.
VIII. El deporte sustentable.
IX. Historia del deporte en México.
Módulo II. Análisis y adecuación de la legislación en materia deportiva.
3, 4, 10 y 11 de octubre
I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
II. Ley General de la Administración Pública Federal.
III. Ley General de Cultura Física y Deporte.
IV. Ley de Juventud.
V. Ley de Premios Estímulos y Recompensas Civiles.
VI. El marco jurídico estatal y municipal.
VII. Reglamento de la ley General de Cultura Física y Deporte.
VIII. Regulación deportiva en el ámbito internacional.
IX. Tribunales internacionales en materia de deporte.
Módulo III. La política del deporte en México.
17, 18, 24 y 25 de octubre.
I. Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018.
II. Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte.
III. Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte.
IV. Los sistemas estatales y municipales de promoción deportiva.
V. Comisión Nacional de Apelación y Arbitraje del Deporte.
VI. El Programa de Infraestructura Deportiva.
VII. Financiamiento, rendimiento y competitividad.
VIII. La fiscalidad del deporte.
IX. Patrocinios deportivos
X. Políticas públicas, presupuesto y resultados de la gestión pública del deporte.
Módulo IV. El deporte amateur, profesional y de alto rendimiento.
7, 8, 14 y 15 de noviembre
I. El Comité Olímpico Internacional y los organismos internacionales del deporte.
II. El Comité Olímpico Nacional y los organismos privados y sociales del deporte nacional.
III. Las federaciones deportivas nacionales.
IV. México en los Juegos Olímpicos.
V. México en el deporte internacional.
VI. México en los nuevos deportes globales.
VII. Educación y deporte.
VI. Nuevos negocios en el deporte.
Módulo V. Violencia y educación social en el deporte.
21, 22, 28 y 29 de noviembre
I. Violencia en eventos deportivos.
I. Discriminación deportiva.
III. Acoso sexual en instituciones deportivas.
IV. Dopaje y procedimientos jurídicos.
V. El deporte como alternativa al bullyng y el conflicto social.
VI. La globalización en el deporte.
VII. Propuestas de regulación y armonización.
VIII. Responsabilidad civil en el deporte.
Módulo VI. Taller de habilidades y emprendedurismo en materia deportiva.
5, 6, 12 y 13 de diciembre
I. Planeación estratégica de negocios deportivos.
II. Administración y dirección de entidades deportivas.
III. Agentes deportivos.
IV. Formas de financiamiento del deporte.
V. Emprendedor deportivo.
Atentamente
Diputado Felipe Muñoz Kapamas
Presidente
Del Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género
Al primer premio nacional de investigación Derechos humanos de las mujeres y la igualdad de género, con el objetivo de fortalecer la investigación en materia de derechos humanos de las mujeres para el trabajo legislativo, así como para fomentar el conocimiento de género.
La fecha límite para la recepción de trabajos es el 30 de septiembre.
Informes en el teléfono 5036 0000 extensión 59225.
Convocatoria y bases completas: http://ceameg.diputados.gob.mx
Atentamente
Licenciada María Isabel Velasco Ramos
Directora General
De la Comisión de Puntos Constitucionales
En coordinación con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, al diplomado Análisis político y reforma política en México, que se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes comprendidos hasta el 10 de octubre, de las 8:00 a las 10:00 horas, en el Palacio Legislativo de San Lázaro.
El diplomado está dirigido a legisladores, asesores parlamentarios y políticos, estudiantes e investigadores (de ciencia política, administración pública, derecho, sociología, economía, relaciones internacionales y antropología), funcionarios públicos de los tres niveles, académicos y personas relacionadas con la investigación, el servicio público, la organización y liderazgo político y partidista, la participación ciudadana y en general, el comportamiento, cultura actores, tendencias y estudios en materia política, en cualquiera de sus ámbitos, que deseen ampliar sus conocimientos y desarrollar sus habilidades en la gestión del cambio político.
Objetivo general
Proveer los conceptos fundamentales, elementos de análisis, interpretación, prognosis, estrategia y formación de habilidades teóricas y prácticas para la interacción con los procesos políticos y para impulsar el desarrollo y cambio de instituciones, organizaciones y actores de la vida pública, en cualquiera de sus manifestaciones, procurando metodologías objetivas y científicas, a partir del estudio sistemático y documentado, sustentado en las investigaciones más actualizadas en el campo de la ciencia política y de la administración pública.
Metodología
Se desarrollarán 6 módulos, en 60 sesiones de trabajo los lunes, miércoles y viernes, de 8 a 10 de la mañana, en el Palacio Legislativo de San Lázaro.
Los ponentes que participarán en el diplomado serán investigadores, profesores de educación superior, funcionarios públicos y responsables de organismos no gubernamentales, con la idea de generar una discusión multidisciplinaria sobre los temas antes descritos.
Evaluación: 80 por ciento de asistencia como mínimo y las evaluaciones aplicadas en cada módulo.
Programa
25 de agosto al 17 de septiembre
(excepto 1 y 15 de septiembre)
Módulo V. Formación de ciudadanía y capital social
Nuevos movimientos ciudadanos
Ciudadanía y gobernabilidad
Modelos de participación ciudadana
Las candidaturas ciudadanas
Referéndum, plebiscito, revocación de mandato e iniciativa popular
La terciarización económica y social en el mundo
Organización social y empresas sociales
El desarrollo de los organismos no gubernamentales
Mecanismos de participación ciudadana en las políticas públicas
Valores cívicos y democracia
Organización y dirección de asociaciones de la sociedad civil
19 de septiembre al 8 de octubre
Módulo VI. Taller de análisis comparado coyuntural y estructural de participación política, opinión pública y comunicación política
Branding, marketing, ensayo político, comunicación y oratoria política, encuestamiento y muestreo, medición de la opinión pública, análisis del discurso, organización y dirección de campañas políticas, análisis político comparado.
10 de octubre
Ceremonia de clausura
Programación sujeta a cambios
Atentamente
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente
De la Comisión de Puntos Constitucionales
A estudiantes de la licenciatura en derecho, que cursen en instituciones educativas públicas o privadas, se les invita a inscribirse y participar en la consulta universitaria de ensayos y propuestas de reformas constitucionales Tú, como estudiante en derecho, ¿qué propones?
Los seleccionados serán invitados al honorable Congreso de la Unión, con traslado y viáticos pagados, para exponer su ensayo en una mesa de debate.
Para mayor información comunicarse a los teléfonos 5036 0000 o 01800 1226 272, extensión 58126; al correo electrónico
propuestasconstitucionales@yahoo.com.mx;
o en el sitio
http://www3.diputados.gob.mx/camara/001_diputados/012_c omisioneslxii/01_ordinarias/067_puntos_constitucionales
Atentamente
Diputado Julio César Moreno Rivera
Presidente