Gaceta Parlamentaria, año XVII, número 4008-V, jueves 24 de abril de 2014
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Secretaría de Salud a incorporar en la cartilla nacional de vacunación un esquema de detección temprana de la insuficiencia renal crónica, a cargo de los diputados Abel Octavio Salgado Peña, Gabriel Gómez Michel, Leobardo Alcalá Padilla e Isaías Cortés Berumen, de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PAN
Los suscritos, Abel Octavio Salgado Peña, Gabriel Gómez Michel y Leobardo Alcalá Padilla, diputados federales de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; así como del diputado Federal Isaías Cortés Berumen, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, Apartado 1, fracción I; así como en el artículo 79, Apartado 1, fracción II, Apartado 2, fracción I, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, nos permitimos presentar ante esta Soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Un estudio del Centro Nacional de Información para Decisiones en Salud del Instituto Nacional de Salud Pública, señala que la Insuficiencia Renal Crónica (IRC), se define como una pérdida lenta, progresiva e irreversible del filtrado en el riñón, totalmente asintomática en las etapas iniciales, por lo que el organismo pierde gradualmente la capacidad de filtrar las sustancias tóxicas de la sangre, originada por diversas causas.
Estas alteraciones pueden presentarse en las funciones digestivas, hematológicas, cardiovasculares, neurológicas y metabólicas. Si la función renal no se estabiliza, se produce una enfermedad renal terminal.
Luego de la aparición de los primeros síntomas, que generalmente se detectan cuando ya se encuentran en etapas muy avanzadas, (alrededor del 60%), de la Enfermedad Renal Crónica, le siguen las complicaciones propias del síndrome urémico, y se manifiesta mediante alteraciones.
La Insuficiencia Renal Crónica (IRC) es un grave problema de salud pública, ya que 1 de cada 10 mexicanos sufre de algún nivel de lesión renal, generando un alto costo social y económico, en el que se estima que cada año son alrededor de 35,000 pacientes en todo el sistema de salud. La incidencia mundial promedio es de 300 a 400 nuevos casos por millón de habitantes por año, de estos el 20% son menores de 18 años.
Los principales factores de riesgo que influyen para presentar IRC, son prematurez y bajo peso al nacer (terapia intensiva, alimentación parenteral) infecciones urinarias de repetición, historia familiar de enfermedad renal, hipertensión arterial mal controlada, proteinuria persistente, hiperlipidemia, descontrol metabólico, hiperfosfatemia, sobrepeso y obesidad, procesos obstructivos, anemia, dieta hipocalórica e hipercolesterolemia. Además, la diabetes se constituye como la principal causa de Insuficiencia Renal (IR).
Según datos del Instituto Nacional de Salud Pública, la IRC es actualmente, la quinta causa de muerte general en México, y la tercera a nivel hospitalaria.
Junto con la hipertensión y la diabetes, la IRC es una enfermedad silenciosa, que por sus características, el costo de atención por paciente en unidades del sector salud, se encuentra en los 300 mil pesos al año.
Pero no es todo. Actualmente la IRC no es tratada por medio del seguro popular, situación que merma de manera significativa, la economía de las familias que tienen un paciente de estas características.
En septiembre de 2001 la administración del doctor Julio Frenk Mora, entonces Secretario de Salud, publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Plan de Salud, en el que por primera vez se acepta que la enfermedad renal crónica es un problema de salud pública que va en ascenso porque no se tiene la cultura de la prevención..
El método sencillo y no invasivo para detectar datos sugerentes de Insuficiencia Renal Crónica consiste en la realización de un examen general de orina, en el que se pueda observar la posible pérdida de proteínas, lesiones en el riñón, infecciones y demás anormalidades como por ejemplo, la presencia de albumina y cristales. El costo de este examen oscila entre los 40 a 50 pesos.
Otro método complementario para detectar IRC es mediante un examen en sangre llamado de química sanguínea, que arroje la predisposición a ésta y otras enfermedades. El costo de un examen de este tipo oscila en los 400 pesos.
Por tanto, por su importancia y costo, la prueba idónea para detectar tempranamente en los niños(as) manifestaciones de la IRC, es el examen general de orina, realizándolo a los 6 y 12 meses de edad en niños con factores de riesgo mencionados y continuar con un examen anual. Aquellos niños (as) sin factores de riesgo practicarlo a partir del año de edad.
Una vez detectado algún dato de alarma, se le otorgará al familiar asesoría médica para consolidar el diagnóstico y seguimiento del paciente e iniciar tempranamente, el tratamiento adecuado de la Enfermedad Renal Crónica (ERC) para neutralizar el daño, acompañado de una dieta saludable, para evitar factores que puedan aumentar el daño renal.
Además de lo anterior, existen una serie de tratamientos sustitutivos y restitutivos de la función renal, con ventajas e inconvenientes, como por ejemplo, el más utilizado es la diálisis peritoneal intermitente o intrahospitalaria, diálisis peritoneal ambulatoria o diálisis en casa hemodiálisis. El tratamiento sustitutivo de la función renal es mediante el trasplante renal, principalmente. En estos casos el costo es alto, por los implementos a adquirir aunado a que es un gasto de manera permanente para subsistencia del paciente. El costo del trasplante renal definitivamente es muy costoso con el riesgo de que el cuerpo del paciente rechace el órgano donado.
Ahora bien, el examen general de orina que proponemos incorporar al esquema de la cartilla nacional de vacunación o como un tamizaje de detección de lesión renal temprana, ha sido un caso de éxito en otras naciones.
Japón incorporó a su sistema de salud a principios de la década de 1970, el análisis de orina para detectar la enfermedad renal, implementado para todos los trabajadores y niños en edad escolar. Esta política pública trajo consigo la reducción de gastos en tratamiento correctivo de IRC.
Primero, el Ministerio del Trabajo en Japón puso en marcha un programa de examen de salud obligatorio en todo el país que incluía los exámenes de química sanguínea y el general de orina. En 1974 el Ministerio de Educación, Ciencia y Cultura de Japón inició el programa obligatorio en las escuelas públicas, con los alumnos de 6 a 18 años.
Una de las principales estrategias en la implementación de esta política pública en el ámbito escolar, ha sido establecer un sistema de monitoreo para niños, en el que reciben un análisis de orina gratuito, en el programa de exámenes de salud escolar, o bien, lo podríamos solicitar a través de la institución escolar como un requisito a su ingreso y posteriormente solicitarlo de forma anual.
Si al niño le es detectada alguna alteración que en un futuro pueda transformarse en una IRC, es derivado al médico familiar que le corresponda, a efecto de iniciar un tratamiento oportuno con miras a devolver la funcionalidad en un 100 por ciento de sus riñones.
Para el caso de los trabajadores de Japón el análisis anual de orina es gratuito y de presentar alguna anomalía, son derivados a su médico familiar para iniciar el tratamiento que en la mayoría de los casos, es corregible.
Esta política pública tiene como consecuencia, que para el 2010 Japón sea el país con la menor incidencia de IRC en el mundo, con una tasa de 280 casos por millón de habitantes, Estados Unidos con 300 y México presenta más de 500 casos por millón de habitantes hasta el 2011.
Como consecuencia de esta política pública, en 1979 se redujo el gasto en tratamiento correctivo y para 1983 estaba incorporado a la cultura de salud de la ciudadanía de Japón.
Estimaciones de un estudio realizado por la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional Autónoma de México, señala que en 2010 habría unos 120 mil mexicanos con IRC, pero con la necesidad de recibir un trasplante de riñón.
A falta de datos precisos, en la actualidad se afirma que la IRC y otras enfermedades renales, como la nefritis o nefrosis, están entre las 10 principales causas de muerte en México.
Un comparativo del Sistema de Datos Renales de Estados Unidos señala, que la incidencia en México se había duplicado, al pasar de 200 en 2001, a más de 500 en 2011. Este dato se basa en reportes del estado de Jalisco, que la reporta como causa importante de morbi-mortalidad infantil, se incorporan entre 220 a 250 nuevos casos pediátricos en ERC por año, ocupando el onceavo lugar en el grupo de 1 a 4 años y el segundo en el de 10 a 19 años, que es la única entidad federativa que reporta a dicho Sistema norteamericano.
En el mundo, poco a poco la Insuficiencia Renal Crónica avanza como un problema de salud pública. Apenas en julio de 2013, la Organización Mundial de la Salud, hizo la correspondiente declaratoria de las comunidades agrícolas de El Salvador, y así de manera silenciosa, avanza la IRC sobre el humano.
Luego entonces, el objeto de esta proposición, es exhortar a la Secretaría de Salud, a que incorpore en la cartilla nacional de vacunación que se encuentra regulada en la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano, publicada el 28 de septiembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, el esquema correspondiente al examen general de orina, como método de detección temprana de la Insuficiencia Renal Crónica (IRC).
Además, exhortamos a la Secretaría de Salud, a que incorpore la Insuficiencia Renal Crónica (IRC), dentro del catálogo de enfermedades susceptibles de ser atendidas bajo el esquema del seguro popular.
Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, -con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, Apartado 2, Fracción III-, que este asunto sea considerado de urgente y obvia resolución para someterse a la consideración de esta honorable soberanía los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero: Se exhorta a la Secretaría de Salud a que incorpore en la cartilla nacional de vacunación que se encuentra regulada en la Norma Oficial Mexicana NOM-036-SSA2-2002, Prevención y control de enfermedades. Aplicación de vacunas, toxoides, sueros, antitoxinas e inmunoglobulinas en el humano, publicada el 28 de septiembre de 2012 en el Diario Oficial de la Federación, el esquema correspondiente a la práctica de un examen general de orina, como método de detección temprana de la Insuficiencia Renal Crónica (IRC), a los 6 y 12 meses de edad, y posteriormente, una vez al año.
Segundo: Se exhorta a la Secretaría de Salud, a que incorpore la Insuficiencia Renal Crónica (IRC), dentro del catálogo de enfermedades susceptibles de ser atendidas bajo el esquema del seguro popular.
Bibliografía :
Médica Efectiva, Práctica. Volumen 2 Número 6. Junio 2000. Centro Nacional de Información para Decisiones en Salud. Instituto Nacional de Salud Pública. Secretaría de Salud. Consultado el 25 de febrero de 2014 y tomado de internet de http://bvs.insp.mx/articulos/1/13/v2n6.pdf
Diario Oficial de la Federación. Secretaría de Gobernación. Viernes 28 de septiembre de 2012. Consultado el 25 de febrero de 2014 y tomado de internet de http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5270654&fecha=28/09/2012
La enfermedad renal crónica problema de salud pública en México. Centro Universitario de Ciencias de la Salud. Universidad de Guadalajara. Consultado el 25 de febrero de 2014 y tomado de internet de http://www.cucs.udg.mx/principal/noticias/archivo-de-noticias/la-enferm edad-renal-cr-nica-problema-de-salud-p-blica-en-m-xico
Enfermedad renal crónica en las comunidades agrícolas en Centroamérica es un problema grave de salud pública. Organización Panamericana de la Salud. Consultado el 25 de febrero de 2014 y tomado de internet de http://www.paho.org/hq../index.php?option=com_content&view=article&id=9062%3Akidney-disease-of-unknown-causes-in-agricultural-communit ies-in-central-america-is-declared-a-serious-public-health-problem& catid=740%3Anews-press-releases&Itemid=1926&lang=es
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los seis días del mes de marzo de dos mil catorce.
Diputados: Gabriel Gómez Michel, Abel Octavio Salgado Peña, Leobardo Alcalá Padilla, Isaías Cortés Berumen (rúbricas)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al director general de Pemex a considerar la pronta adquisición de una planta coquizadora para la refinería Ingeniero Antonio M. Amor y el traslado del área de llenado de autotanques fuera de la zona urbana de Salamanca, Guanajuato, a cargo del diputado Genaro Carreño Muro, del Grupo Parlamentario del PAN, y suscrita por integrantes de la Comisión Especial de prevención, conservación y, en su caso, restauración del medio ambiente en las entidades federativas donde se ubican las instalaciones de Pemex
Los suscritos, integrantes de la Comisión Especial de prevención, conservación y, en su caso, restauración del medio ambiente en las entidades federativas donde se ubican las instalaciones de Pemex, de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 6, numeral 1, fracción I, 62, 65, 76, 79, 82 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentamos ante esta honorable asamblea, la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución al tenor de las siguientes
Consideraciones
La importancia del sector energético como pieza fundamental y estratégica de la economía de nuestro país, es un tema que se ha venido discutiendo en los últimos meses, y que ha permitido reformar la Constitución en aras de hacer el sector energético más productivo, competitivo y eficiente para el desarrollo del país.
Para el desarrollo de sus actividades y entre la pluralidad de instalaciones, Petróleos Mexicanos (Pemex) cuenta con seis refinerías, operadas por Pemex Refinación, las cuales están ubicadas en Tula, Hidalgo; Salamanca, Guanajuato; Cadereyta, Nuevo León; Ciudad Madero, Tamaulipas; Salina Cruz, Oaxaca, así como en Minatitlán, Veracruz.
La presente proposición con punto de acuerdo es referente a la refinería Ingeniero Antonio M. Amor, localizada en el municipio de Salamanca, en el estado de Guanajuato.
Las inquietudes manifestadas en la presente, son resultado de los trabajos in situ que la Comisión Especial de prevención, conservación y, en su caso, restauración del medio ambiente en las entidades federativas donde se ubican las instalaciones de Pemex; ha llevado a cabo en refinerías y plataformas petroleras de la paraestatal, convocados por la diputada Rocío Abreu Artiñano, presidenta de esta comisión.
El pasado 4 de noviembre de 2013, se realizó una visita de trabajo por parte de los legisladores integrantes de esta comisión especial, a las instalaciones de la refinería Ingeniero Antonio M. Amor, en la cual pudieron ser testigos de sus particularidades y de sus principales problemáticas, referentes a la necesidad de adquisición de una planta coquizadora para procesar residuos de la refinería; y el problema de seguridad que consiste en la reubicación del área de llenado de autotanques, fuera de la refinería y de la zona urbana del municipio.
Dicha refinería, se encuentra en operación desde el año de 1950, y es considerada estratégica para Pemex Refinación, pues actualmente recibe diariamente 197 mil barriles de petróleo , de los cuales 30 por ciento se traduce en gasolina; 19 por ciento en gas; 26 por ciento en diesel y el resto en lubricantes.
La refinería Ingeniero Antonio M. Amor, por sus siglas conocida como RIAMA es la única productora de lubricantes, parafinas y alcohol isopropílico, que se distribuyen en todo el país, además de ser importante por el abastecimiento de hidrocarburos a los estados de Durango, Nayarit, Jalisco, Colima, Michoacán, Guanajuato, Querétaro, Hidalgo, San Luis Potosí, Zacatecas y Aguascalientes.
La Comisión Especial de Pemex, considera prioritario dar puntual seguimiento a la adquisición de la planta coquizadora para esta refinería, que se ha venido postergando en los últimos años, y que está programada en el Plan de Negocios de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios 2014-2018 publicado por Pemex en noviembre de 2013, el cual podrá sufrir modificaciones ante la prontitud de la discusión de las leyes secundarias de la reforma energética en este Congreso de la Unión.
El objetivo número 5 de dicho plan se enfoca en la reconfiguración de la refinería de Salamanca, con el propósito de modernizarla e incrementar su capacidad de procesamiento de crudo y aprovechar las corrientes de residuales en la generación de productos de mayor valor.
Para la refinería, los alcances proyectados para el periodo 2014-2018 consideran la construcción y adecuación, entre otras unidades, de una planta de coquización retardada.
La importancia de la adquisición de una planta coquizadora para la RIAMA, radica en que será de utilidad para el reciclaje de residuos, mediante el proceso de coquización, y su conversión al llamado coque de petróleo que puede ser aprovechado mediante procesos posteriores, para la producción de combustibles.
Si bien las plantas de coquización retardada realizan un proceso muy similar al de la planta U-10 de la refinería de Salamanca, en la cual a todos los subproductos de desecho se les somete a presión y alta temperatura para convertirlos en petróleo, su adquisición aumentaría significativamente el procesamiento de los residuos a la par de las refinerías de Madero y Cadereyta, de manera más eficiente y moderna. Con la adquisición de la planta coquizadora, se podrán procesar cada 24 horas otros 40 mil barriles de petróleo, es decir cerca de 240 mil barriles en total.
En cuanto a seguridad en la refinería, el problema radica en la Terminal de Almacenamiento y Reparto (TAR) específicamente donde se ubican las denominadas llenaderas de autotanques; pues se considera que este procedimiento genera un importante riesgo para la población aledaña, ya que el ingreso a la TAR se realiza a través de la zona urbana del municipio, específicamente en la calle Héroes de Cananea.
En las reuniones de trabajo de esta comisión especial, los legisladores han puesto de manifiesto el tema de la seguridad en las instalaciones de la RIAMA, así como para el municipio de Salamanca, en especial el diputado Genaro Carreño Muro, quien es testigo de las condiciones de seguridad, y de las afectaciones que los trabajos de la paraestatal generan al municipio.
Por lo que se considera urgente que la paraestatal considere la reubicación del área de las llenaderas de autotanques fuera de la refinería y de la zona urbana del municipio, para con ello evitar accidentes que pudieran suscitarse en las instalaciones; y librar el ingreso de pipas que representan un riesgo latente para los habitantes de la ciudad.
Actualmente las pipas ingresan a las instalaciones de la refinería, en particular a la estación de llenaderas por la puerta 5, para cargar combustóleo, aceite, asfalto, gasóleo, azufre, parafinas, etcétera. El tránsito de las pipas en la puerta 5 siempre será de riesgo porque se encuentra cerca del sector del separador de aceites, lo que representa un riesgo latente para la población ante una situación de emergencia.
Si bien Pemex cuenta con normas, códigos y especificaciones que regulan sus organismos subsidiarios, así como con planes de seguridad para los procesos de la industria petrolera en sus instalaciones, es necesario considerar una efectiva reconfiguración de las instalaciones de la RIAMA, que permita adecuarlas a los nuevos procesos y a las nuevas consideraciones en seguridad y medio ambiente, sin poner en riesgo a los habitantes de las zonas cercanas al centro de trabajo.
Es por ello, que resulta de suma importancia, que en el marco del plan de negocios 20142018 de Pemex, y considerando sus posibles modificaciones con motivo de la reforma energética, se considere la pronta adquisición de la planta de coquización retardada para la refinería de Salamanca; y dar un mejor uso y mayor aprovechamiento de desechos. De igual forma, resulta primordial el tema de la seguridad de sus instalaciones, en particular, la reubicación de las llenaderas fuera de la TAR, por constituir un riesgo para los trabajadores de las instalaciones locales, así como para los habitantes del municipio.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, nos permitimos someter a la consideración de esta soberanía los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero . Se exhorta respetuosamente al titular de Petróleos Mexicanos, se concrete, a la brevedad posible, la adquisición de una planta de coquización retardada, para la refinería Ingeniero Antonio M. Amor, con la finalidad de dar un mejor uso y mayor aprovechamiento a los residuos de la industria en estas instalaciones.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al titular de Petróleos Mexicanos, a considerar la reubicación del área de llenado de autotanques fuera de la zona urbana del municipio de Salamanca; lo anterior, en beneficio de los trabajadores y habitantes de la región y para preservar la seguridad de los mismos durante la carga de materiales de la refinería.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2014.
Diputados: Genaro Carreño Muro (rúbrica), María Concepción Navarrete Vital (rúbrica), Rocío Adriana Abreu Artiñano (rúbrica), Adriana González Carrillo (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Delfina Elizabeth Guzmán Díaz (rúbrica), María de Jesús Huerta Rea (rúbrica), María Guadalupe Moctezuma Oviedo, María Isabel Ortiz Mantilla (rúbrica), Delvim Fabiola Bárcenas Nieves (rúbrica), Mirna Esmeralda Hernández Morales (rúbrica), Nelly del Carmen Vargas Pérez (rúbrica), Carol Antonio Altamirano (rúbrica).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la comisionada presidenta de la Comisión Federal de Competencia Económica a investigar sobre las condiciones de competencia en el mercado agroalimentario, especialmente respecto a los productos básicos y estratégicos señalados en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, a cargo del diputado José Antonio León Mendívil, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito, diputado José Antonio León Mendívil, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolución Democrática de la LXII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 79, numeral 1, fracción II; numeral 2, fracciones I y III, del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Competencia Económica, para que lleve a cabo una investigación sobre las condiciones de competencia en el mercado agroalimentario, relativo especialmente a la producción de los productos básicos y estratégicos señalados en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; al acopio, la determinación de precios y condiciones de compra para dichos productos; a la distribución y precios de insumos, así como la determinación de precios de comercialización de productos de origen nacional y los de importación, y sus ventas al menudeo.
Lo que está ocurriendo en estos momentos con los mercados del sector agropecuario debe preocuparnos a todos, y no solamente a los integrantes de esta honorable Cámara de Diputados, sino al Ejecutivo federal y a las autoridades locales y municipales por igual.
En las regiones productoras, se desplomó el precio del frijol a 6 pesos el kilogramo; el maíz a 2.80 pesos el kilogramo; el litro de leche a 4.00; el sorgo a 2 mil 500 pesos tonelada. Igual ocurre con el precio del trigo y de la caña de azúcar; y como sabemos, para el caso de la manzana simplemente la situación es de ruina completa, al grado que algunos productores optaron por derrumbar sus plantaciones para usar los árboles como leña.
En el otro extremo de la cadena, las cosas no están mejor para los millones de consumidores de los productos agropecuarios. El consumidor final está pagando a más de 20 pesos el kilogramo de frijol, a 15 pesos el kilogramo de tortilla; a 30 pesos el kilogramo de manzana; a 15 pesos el litro de leche; a 100 pesos el kilogramo de carne y hasta 60 pesos el kilogramo de limón.
Sé que en esta honorable asamblea legislativa, ya no es ninguna novedad decir que el campo mexicano se encuentra devastado y en ruinas; pero no por eso el hecho es menos cierto. Y más ahora cuando al fracaso de las políticas institucionales de las dos últimas décadas y a los desastres naturales, se suma el desplome de los precios de prácticamente todos los productos agropecuarios.
Hay en el país 14 millones de mexicanos con hambre, por no poder pagar los precios prohibitivos de los alimentos; y en el medio rural, 18 millones viven en la pobreza por el abandono en que tenemos las unidades productivas y por los precios de ruina que recibe el campesino en la venta de sus productos.
¿Qué está ocurriendo en la producción y en el mercado del sector agropecuario? ¿A dónde van a parar los 336 mil millones de pesos del programa especial concurrente aprobados por esta Cámara para el campo?
Del presupuesto público se construye infraestructura carretera y grandes sistemas de riego en el campo, se dan incentivos al acopio y la comercialización, se pagan coberturas de precios, se brindan tarifas arancelarias flexibles para incentivar la exportación y las importaciones agropecuarias, se aplican incentivos indirectos a través del fisco; y sin embargo, el campo no se levanta, no se capitaliza, no se incrementa la producción, seguimos importando para el consumo nacional casi el 50 por ciento de los productos agropecuario y, sobre todo, los precios al consumidor final no bajan.
¿Por qué se dificulta la comercialización de las cosechas de granos en un mercado con millones de personas con hambre?
¿Por qué a pesar de la gran cantidad de recursos fiscales invertidos no se puede transitar a un mercado competitivo y eficiente?
¿Por qué los campesinos reciben precios bajos y los consumidores pagan precios caros de los alimentos? ¿A dónde va a parar ese diferencial de precios?
¿Por qué, si tenemos mecanismos reguladores en otros mercados, no se logra regular el mercado agropecuario?
La respuesta es que se han impuesto en el campo mexicano a lo largo de más de dos décadas, procedimientos de concentración del crédito, de la producción, de los servicios, de los mercados, de la información privilegiada, del acopio y de la distribución.
La respuesta es que la mayor parte de los subsidios al campo y el enorme margen de comercialización y de ganancias ilegítimas, se lo están llevando un puñado de acopiadores y comercializadores que actúan impunemente en el mercado de los alimentos. Este grupo de grandes empresas agropecuarias, integran la cadena verticalmente desde el surco hasta el consumidor final, arruinando al productor y abusando sistemáticamente del consumidor, muchas veces especulando con los alimentos y siempre estableciendo precios de acaparadores.
En las condiciones de monopolio, los miles de millones de pesos del presupuesto federal orientados al sector, solo sirven para apuntalar a los oligopolios que elevan en forma insultante sus ganancias ilegales.
Esta estructura ineficiente y perversa, segmenta al mercado, es decir que aleja a los miles de productores de granos, de los millones de consumidores finales, dejando en unos pocos actores dominantes, que agregan poco o ningún valor pero se apropian de una proporción indebida del manejo de los mercados.
No obstante que esta situación es del dominio público y de sobra conocida por las autoridades del sector, no se toman medidas eficaces para evitar las prácticas monopólicas y ordenar los mercados; inclusive la mayoría de las veces las mismas autoridades se vuelven cómplices de quienes manipulan los precios, al permitir la importación de productos agropecuarios en plena cosecha de la producción nacional.
En razón de lo anteriormente expuesto y motivado, someto a la consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
De urgente y obvia resolución:
Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Competencia Económica, para que lleve a cabo una investigación sobre las condiciones de competencia en el mercado agroalimentario, relativo especialmente a la producción de los productos básicos y estratégicos señalados en la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; al acopio, la determinación de precios y condiciones de compra para dichos productos; a la distribución y precios de insumos; así como la determinación de precios de comercialización de productos de origen nacional y los de importación, y sus ventas al menudeo.
Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Comisión Federal de Competencia Económica a que, como resultado de dicha investigación, formule recomendaciones a las autoridades de los ramos competentes a fin de mejorar la competencia en ese sector y evitar prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados, incluyendo, según corresponda, ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de abril de 2014.
Diputado José Antonio León Mendívil (rúbrica).
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los gobiernos y a los congresos locales a armonizar su legislación civil en materia de adopción plena, a cargo de la diputada Elvia María Pérez Escalante, del Grupo Parlamentario del PRI
La suscrita, Elvia María Pérez Escalante, Diputada Federal de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Que con fecha 21 de febrero de 2013, ante el pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión aprobó con 422 votos a favor la minuta recibida por la Cámara de Senadores con fecha 6 de septiembre de 2011, que contiene proyecto de decreto, que reforma y deroga diversas disposiciones del Código Civil Federal, en materia de adopción plena, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 8 de abril del 2013.
Que en sesión celebrada con fecha 23 de abril del 2013 el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó con 450 votos a favor el proyecto ~e decreto presentado por la Comisión de Justicia que reforma los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612; y deroga el 88,157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal que elimina del Código Civil Federal la figura de adopción simple y parentesco civil.
Que con fecha 12 de noviembre de 2013 la Cámara de Senadores aprobó con 98 votos a favor la minuta enviada por la Cámara de Diputados que reforma los artículos 86, 87, 133, 292, 395 y 1612; y deroga el 88,157, 295, 394, 1613 y 1620 del Código Civil Federal que elimina del Código Civil Federal la figura de adopción simple, siendo la reforma del Diario Oficial de la Federación con fecha 24 de diciembre de 2013, con lo cual cobró vigencia a nivel federal.
Que en virtud de esta reforma, la figura de la adopción simple quedó derogada, reconociendo a la adopción plena como figura jurídica por medio de la cual el hijo adoptado queda en igualdad de derechos respecto de los descendientes consanguíneos.
Uno de los propósitos de esta reforma al Código Civil Federal es la de instituir de manera general y definitiva la denominada adopción plena, y con ello, extender y sistematizar los vínculos, los derechos y los deberes propios de relaciones entre padres e hijos.
Otro de los propósitos consiste en garantizar al adoptado su incorporación integral y absoluta a la familia del adoptante, reconociéndole los mismos derechos y deberes de, un hijo consanguíneo.
Se buscó instituir un instrumento legal útil que realmente pone al servicio de la sociedad, soluciones justas con sustento en los derechos humanos, en la culminación de un procedimiento de derecho familiar que ha sido considerado como un complejo problema social.
El reconocimiento de la adopción plena, ahora establece los vínculos de filiación que hacen posible la integración total y definitiva en el núcleo familiar de niñas, niños o adolescentes como si se tratara de un descendiente consanguíneo, con los mismos derechos y deberes que a éstos correspondan, no únicamente frente a sus adoptantes, sino también, frente a la familia y, en general, el núcleo social de su: ámbito de convivencia y el de la sociedad en general.
Entre las razones de esta reforma se encuentra el hecho de que se estima que la adopción plena es la más conveniente al interés superior del menor.
La adopción simple ha representado un procedimiento de mayor facilidad en la tramitación en algunos estados y por ello se buscaba transitar por esta vía, aún y cuando que esto representa una menor protección legal para el adoptado.
Por tal motivo, es conveniente, uniformar los criterios en las legislaciones locales para contar con tipos de adopción iguales y procedimientos similares, incluso se menciona la creación de un único modelo de adopción en todas las entidades federativas, para asegurar un mejor desarrollo social y humano en la familia mexicana.
Por todo lo antes expuesto, es que considero oportuno, conveniente y útil que esta Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, apruebe y expida este punto de acuerdo para exhortar muy respetuosamente a los gobiernos de los estados y sus Congresos Estatales, a armonizar su legislación civil en materia de adopción plena.
Por lo antes expuesto someto a la consideración de esta soberanía, la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a los Gobiernos de los Estados y sus Congresos Estatales a armonizar su legislación civil en materia de adopción plena.
Palacio Legislativo de San Lázaro a 10 de abril de 2014.
María Pérez Escalante (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a definir por la Semarnat los procedimientos y las estrategias de asistencia técnica para elaborar los programas estatales de cambio climático, a cargo de la diputada Tania Margarita Morgan Navarrete, del Grupo Parlamentario del PAN
Quien suscribe, Tania Margarita Morgan Navarrete, diputada a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, artículo 79, numeral 1, fracción II y numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo; al tenor de las siguientes:
Consideraciones
En todo el mundo se ha ido desarrollando desde hace varias décadas, y cada vez con mayor rapidez, el fenómeno conocido como cambio climático . Este cambio de clima está atribuido directa o indirectamente a la actividad humana que altera la composición de la atmósfera mundial y que suma a la variabilidad natural del clima observada durante periodos de tiempo comparables.1
En otras palabras, se refiere a cualquier cambio en el clima a largo plazo, ya sea por causas naturales o como resultado de la actividad humana2 .
El promedio global de la temperatura de la superficie terrestre ha aumentado desde la Revolución Industrial, más notablemente en los últimos 50 años; si se continúa en la generación de emisiones mundiales de gases y carbono, además de compuestos de efecto invernadero, para 2100 el incremento de la temperatura podría llegar hasta 4 grados centígrados.3
Ámbito internacional
Existe 90 por ciento de confianza de que el calentamiento global del siglo XX se debe al aumento de las concentraciones de los gases de efecto invernadero (GEI) derivados de las actividades humanas.
La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) fue adoptada en Nueva York en 1992 y entró en vigor dos años después. Su objetivo es lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático. México firmó la Convención y la ratificó en 1993.
En 1997, se realizó una adición al tratado conocida como Protocolo de Kyoto. Su objetivo es conseguir reducir las emisiones de gases de efecto invernadero globales. Estos son tres gases de efecto invernadero de origen humano como dióxido de carbono (CO2), metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales fluorados: hidrofluorocarbonos (HFC), perfluorocarbonos (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6)). México firmó en 1998 y ratificó en febrero de 2005.
Existe evidencia contundente de pérdida acelerada de hielo en la Antártida, determinada con mediciones satélites de gravedad. De proseguir ese derretimiento, las proyecciones de incremento de nivel medio del mar del AR4, del orden de decenas de centímetros, se verían rebasadas.
Ámbito nacional
En el estudio del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) Trabajo de cambio climático y estadística oficial , se señalan algunos cambios observados en México, en el estudio se señalan tres variables importantes que son la temperatura, la precipitación y el nivel medio del mar. Con respecto a los dos primeros puntos, cabe destacar la poca información con la que se cuenta de nuestro país, y los datos sobre temperatura muestran que una gran extensión del país se está calentando, siendo mayor en el noroeste de México.
Ante los efectos irreversibles en los sistemas naturales se deben tomar las acciones necesarias y estipuladas para que el conjunto de ellas moderen el cambio climático.
Sobre los impactos que genera el cambio climático en la economía mexicana, cada año México pierde 7 por ciento del producto interno bruto (PIB), por lo cual cabe destacar que hasta el año 2100 representarán alrededor de 7.68 por ciento del PIB actual del país.4
En el estudio realizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) La economía del cambio climático en México, se señala la importancia de construir escenarios prospectivos sobre la evolución de la economía mexicana para los próximos cien años. Entre las principales conclusiones destaca que el cambio climático tiene y tendrá efectos significativos, crecientes en la economía mexicana; los costos económicos de los impactos climáticos para 2100 son al menos tres veces superiores que los costos de mitigación de 50 por ciento de las emisiones de GEI de México; los costos de inacción son más elevados que la participación en un acuerdo internacional equitativo, que reconozca las responsabilidades compartidas pero diferenciadas de los países, y que es indispensable una acción inmediata y decidida para abatir los peores impactos del cambio climático; así como la economía mexicana tendrá que transitar a una trayectoria de crecimiento de baja intensidad de carbono como el resto de las economías del mundo, al mismo tiempo que realiza un proceso de adaptación que minimice los impactos del cambio climático.
Marco jurídico
Todo habitante del territorio nacional cuenta con el derecho humano a un medio ambiente sano como nuestra Constitución lo prevé en el artículo 4: Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El estado garantizará el respeto a este derecho.
La publicación de la Ley General de Cambio Climático, es un referente internacional, dado que en otros países no se han llegado a acuerdos para la generación de sus propias leyes en la cuestión de mitigación y adaptación al cambio climático; por lo cual, viene siendo un instrumento que ordena y regula, entre otras varias cuestiones, la elaboración de planes y programas para la mitigación y adaptación al cambio climático.
El artículo 8o., fracción IV, de la ley en cuestión, se establece la atribución de las entidades federativas de elaborar e instrumentar su programa en materia de cambio climático, promoviendo la participación social, escuchando y atendiendo a los sectores público, privado y sociedad en general.
El artículo 7 de la misma ley, establece las atribuciones de la federación, en la fracción XXI, se establece colaborar con las entidades federativas en la instrumentación de sus programas para enfrentar al cambio climático mediante la asistencia técnica requerida y establecer acciones regionales entre dos o más entidades federativas; y en su artículo 38 se establece el objeto del Sistema Nacional de Cambio Climático:
La federación, las entidades federativas y los municipios establecerán las bases de coordinación para la integración y funcionamiento del Sistema Nacional de Cambio Climático, el cual tiene por objeto:
I. Fungir como un mecanismo permanente de concurrencia, comunicación, colaboración, coordinación y concertación sobre la política nacional de cambio climático;
II. Promover la aplicación transversal de la política nacional de cambio climático en el corto, mediano y largo plazo entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias;
III. Coordinar los esfuerzos de la federación, las entidades federativas y los municipios para la realización de acciones de adaptación, mitigación y reducción de la vulnerabilidad, para enfrentar los efectos adversos del cambio climático, a través de los instrumentos de política previstos por esta ley y los demás que de ella deriven, y
IV. Promover la concurrencia, vinculación y congruencia de los programas, acciones e inversiones del gobierno federal, de las entidades federativas y de los municipios, con la estrategia nacional y el programa.
El Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, como organismo público descentralizado de la administración pública federal, tiene como una de sus atribuciones la de la fracción X del artículo 22 de la LGCC: fomentar la construcción de capacidades de las entidades federativas y de los municipios, en la elaboración de sus programas e inventarios de emisiones.
El porcentaje de estados de la república que cuentan con un programa estatal de cambio climático es muy bajo, tomando en consideración que la ley fue publicada en 2012.
Algunos de los estados que cuentan con dicho programa son Hidalgo, Tamaulipas, Quintana Roo, Coahuila, Chiapas, Distrito Federal, Guanajuato, Puebla, Tabasco, Veracruz, Michoacán, Nuevo León.
El 9 de abril de 2013 se llevó a cabo una reunión con la Semarnat, autoridades estatales y ambientales, así como la Asociación Nacional de Autoridades Ambientales Estatales (ANAAE), donde participaron los titulares de medio ambiente de 29 entidades federativas y nueve procuradores ambientales. El resultado a que llegaron con dicha reunión, cabe destacar, es el acuerdo para una mayor coordinación entre los estados y el gobierno federal, de las acciones conjuntas en materia ambiental; el establecimiento de una agenda ambiental única para cada entidad federativa; el compromiso de apoyar y asesorar técnicamente a los estados en proyectos ambientales; y el establecimiento de reuniones periódicas con la ANAAE.5
En el ámbito estatal, resalta la importancia de la participación de los gobiernos locales para abordar temas como los efectos del cambio climático y la integración de acciones dirigidas al desarrollo sustentable, mitigación y adaptación al cambio climático. En que éstos cuenten con la ley en la materia, con los programas estatales de cambio climático, así como la necesidad de que estos programas se implementen en sus respectivos ámbitos de aplicación.
Concluimos con la necesidad de información por parte de los estados del desarrollo y de la implementación de los planes estatales de cambio climático, asimismo que la federación implemente cabalmente la Estrategia Nacional de Cambio Climático para que los mexicanos gocen del derecho a un medio ambiente sano; y esto se logrará en cierta parte con la mitigación y adaptación al cambio climático, por lo cual los estados de la república, como partes integrantes de la federación, deben colaborar a los resultados que arroje el Estado mexicano sobre los avances que se obtengan en la mitigación y adaptación al cambio climático.
Ya que al Estado mexicano le cuesta cada año 7 por ciento del PIB, y los costos económicos de los impactos climáticos irán en aumento, he ahí la importancia de que se tomen las medidas contra estos cambios , ya que son menores los costos en la mitigación que los costos de inacción que son mucho más elevados.
Por todo lo ya mencionado, se propone a esta soberanía, el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que en coordinación con el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y el Sistema Nacional de Cambio Climático, a partir de los objetivos establecidos en el artículo 38 de la Ley General de Cambio Climático, se definan claramente los mecanismos y estrategias de asistencia técnica para la elaboración de los programas estatales de cambio climático.
Referencias y fuentes de información
Artículo 1 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 1992.
Glosario de términos en cambio climático. Traducción de los glosarios del Tercer Reporte de Evaluación del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático, 2001.[ http://cambioclimatico.inecc.gob.mx/glosario.html#C ]
Panel Intergubernamental de Cambio Climático.
Inegi. Trabajo de cambio climático y estadística oficial
La economía del cambio climático en México (SEMARNAT-SHCP, 2009).
[ www2.inecc.gob.mx/publicaciones/libros/615/mitigar.pdf ]
Primer informe de labores de la Semarnat 2012-2013. p. 119. [http://www.semarnat.gob.mx/archivosanteriores/programas/informes/Docum ents/2012-2018/1er%20Informe%20de%20Labores%20Completo.pdf ]
Notas
1. Artículo 1 de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático de 1992.
2. http://cambioclimatico.inecc.gob.mx/glosario.html#C Glosario de términos en cambio climático. Traducción de los glosarios del Tercer Reporte de Evaluación del Panel Intergubernamental sobre Cambio Climático, 2001.
3. Panel Intergubernamental de Cambio Climático.
4. La economía del cambio climático en México (Semarnat-SHCP, 2009).
5. http://www.semarnat.gob.mx/archivosanteriores/programas/informes/Documents/2012-2018/1er%20Informe%20de%20Labores%20Completo.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.
Diputada Tania Margarita Morgan Navarrete (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la titular de la Sedesol a transparentar los recursos del programa Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, a cargo del diputado José Luis Muñoz Soria, del Grupo Parlamentario del PRD
El suscrito diputado federal José Luis Muñoz Soria, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad otorgada por los artículos 3o., fracción XIX; 6o., numeral 1, fracción I; 65, numeral 4; 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y III; y, 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social, transparente los recursos del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras e implemente las acciones que garanticen que las estancias infantiles que cooperan en la red de dicho programa funcionen en cumplimiento a las normas oficiales mexicanas respecto de la calidad que deben tener los servicios de cuidado, atención y alimentación infantil en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como de las prácticas de higiene que deben observar en el proceso de los alimentos; al tenor de los siguientes:
Antecedentes
A) Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras
El Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social se creó a principios de 2007 con el objeto de contribuir a abatir el rezago en el acceso y permanencia en el trabajo de padres solos y madres que trabajan, buscan empleo o estudian, con hijos entre 1 y 3 años 11 meses, o entre 1 y hasta 5 años 11 meses en casos de niños con alguna discapacidad. Lo logra ofreciendo servicios de cuidado y atención infantil que contribuyen al desarrollo de niñas y niños al brindar el servicio a beneficiarios que pertenecen a hogares con ingresos que no rebasan la línea de bienestar económico y no tienen acceso al servicio de cuidado infantil a través de instituciones públicas de seguridad social u otros medios. Brinda el apoyo mediante tres modalidades: apoyo a madres trabajadoras y padres solos, impulso a los servicios de cuidado y atención infantil, e incorporación a la red de estancias infantiles.
B) En cuanto al presupuesto asignado y ejercido por el programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras, se observa que en los últimos años ha ido incrementando, como se muestra a continuación:
Consideraciones
A) En los resultados de la Auditoría Financiera y de Cumplimiento número 384, la Auditoría Superior de la Federación determinó en el Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras, las inconsistencias siguientes:
Errores en la información financiera por 11,000.00 miles de pesos.
Falta de comprobación de una diferencia por 1,035.3 miles de pesos.
Las Reglas de Operación del Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras para el ejercicio 2012 no incluyeron disposiciones contempladas en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y su reglamento, requisitos que se establecen en las Normas Oficiales Mexicanas respecto de la calidad que deben tener los servicios de cuidado, atención y alimentación infantil en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como de las prácticas de higiene que deben observar en el proceso de los alimentos.
En la Cuenta Pública 2012, la entidad fiscalizada reportó que tres de sus indicadores rebasaron la meta establecida; sin embargo, los porcentajes de cumplimientos no fueron reales.
En el indicador índice de Desarrolló Infantil no se programaron metas y la meta modificada no se determinó en función del método de cálculo ni del medio de verificación (Reporte del DIF Nacional).
En algunos casos, las personas responsables incumplieron con sus obligaciones y no observaron los requisitos contenidos en las reglas de operación del programa respecto de los elementos de seguridad, tales como contar con un programa interno de protección civil actualizado y aprobado por la autoridad local; seguridad en escaleras, rampas y salidas de emergencia; así como en instalaciones de gas, eléctricas e hidráulicas; identificación de las rutas de evacuación y puntos de encuentro; botiquines de primeros auxilios y capacitación para el manejo de extintores.
En algunas estancias infantiles no cumplieron con las prácticas de higiene para la preparación de los alimentos, limpieza del inmueble y mobiliario de la estancia infantil; contar con material didáctico suficiente y en condiciones de uso.
De las 207 estancias infantiles afiliadas a la red del programa en 2012, en 57 casos, no contaron con la licencia de uso de suelo y funcionamiento prevista en la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.
B) En cuanto a la asignación presupuestal, se detecta que el presupuesto autorizado al Programa de Estancias Infantiles para Apoyar a Madres Trabajadoras, en los últimos años ha ido incrementando, sin embargo dicho incremento no se ve reflejado en el impacto de cobertura y calidad de los servicios; asimismo, se observa que en 2012 presenta subejercicio.
C) El artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que los recursos económicos se administrarán con eficiencia y eficacia economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.
Los resultados del ejercicio de dichos recursos serán evaluados por las instancias técnicas que establezcan, respectivamente, la Federación, los estados y el Distrito Federal, con el objeto de propiciar que los recursos económicos se asignen en los respectivos presupuestos en los términos del párrafo anterior.
D) La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental en su artículo 7 fracción IX, indica que la información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución, en los términos que establezca el Presupuesto de Egresos de la Federación. En el caso del Ejecutivo Federal, dicha información será proporcionada respecto de cada dependencia y entidad por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la que además informará sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública, en los términos que establezca el propio presupuesto; asimismo la fracción XVII; señala que con excepción de la información reservada o confidencial, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar, la información de utilidad o que se considere relevante, además de la que con base a la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.
También se proporcionara la información a que se refiere el artículo anterior en su segundo párrafo la cual deberá publicarse de tal forma que facilite su uso y comprensión por las personas, y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.
E) Adicionalmente, en el Artículo 9 de la misma Ley señala que la información que refiere el artículo anterior será disposición del público a través de medios remotos o locales de comunicación electrónica. Los sujetos obligados deberán tener a disposición de las personas interesadas equipo de cómputo, a fin de que éstas puedan obtener la información, de manera directa o mediante impresiones. Asimismo, éstos deberán proporcionar apoyo a los usuarios que lo requieran y proveer todo tipo de asistencia respecto de los trámites y servicios que presten.
Por lo anteriormente fundado y motivado, solicito sea aprobado de urgente y obvia resolución el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Desarrollo Social, C. Rosario Robles Berlanga, transparente los recursos del Programa de estancias infantiles para apoyar a madres trabajadoras e implemente las acciones que garanticen que las estancias infantiles que cooperan en la red de dicho programa funcionen en cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas respecto de la calidad que deben tener los servicios de cuidado, atención y alimentación Infantil en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como de las prácticas de higiene que deben observar en el proceso de los alimentos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2014.
Diputado José Luis Muñoz Soria (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a garantizar por la Semarnat, la Profepa y la SE el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales al emitir concesiones mineras en Chiapas, a cargo de la diputada Lourdes Adriana López Moreno, del Grupo Parlamentario del PVEM
Lourdes Adriana López Moreno, diputada por el primer distrito electoral federal de Chiapas, a la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, fracción I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La reserva de la biosfera El Triunfo, ubicada en lo alto de la Sierra Madre de Chiapas y declarada hace 23 años área natural protegida, está en peligro ante el número de concesiones mineras otorgadas por la federación en Chiapas; de 111, de ellas 7 se encuentran en el área natural protegida de 119 mil hectáreas, cuya preservación nos ocupa y nos preocupa.
A dos kilómetros del polígono de la reserva de la biosfera El Triunfo, comprendida en territorios de los municipios de Ángel Albino Corzo, Acacoyagua, La Concordia, Escuintla, Mapastepec, Montecristo de Guerrero, Pipijiapan, Siltepec y Villa Corzo, hay seis proyectos mineros en fase de exploración: Las Golondrinas, Los Cacaos, Titán, La Libertad, Cristina y Nueva Francia; proyectos en fase de exploración que serán destinados a la extracción de titanio, oro, cobre y barita.
La reserva de la biosfera El Triunfo es hábitat de especies en peligro de extinción y algunas endémicas, entre ellas el quetzal y el pavón. El tucancillo verde, el jaguar, el puma y el tapir, reptiles como la nauyaca, varios anfibios y salamandras conviven entre enormes helechos arborescentes, bromelias, orquídeas y palmas.
La zona núcleo, con extensión de 25 mil hectáreas, se concentra la mayoría de las especies protegidas de la reserva. El resto comprende 29 ejidos, una zona comunal y 300 pequeñas propiedades, esto es la zona de amortiguamiento, donde la mayoría de la población está dedicada al cultivo de café, cuyas prácticas, través de los años han sido reorientadas hacia la sustentabilidad.
La reserva de la biosfera El Triunfo es hábitat de casi la mitad de las especies de Chiapas y de aproximadamente el 24 por ciento de éstas en el país; además, es un regulador climatológico que evita la erosión y los deslaves en la cadena montañosa y capta alrededor del 33 por ciento del agua de condensación de niebla y de la precipitación pluvial en México, recursos con los que alimenta, entre otros, las tres plantas hidroeléctricas de los ríos Grijalva y La Angostura.
La Comisión Nacional de la Biodiversidad, Conabio, elaboró un estudio que indica los avances respecto a la información disponible sobre la minería metálica en Chiapas, en particular en la Sierra Madre de Chiapas. La relevancia de la biodiversidad potencialmente vulnerable a la actividad minera en Chiapas, sobre todo a cielo abierto en la sierra, se fundamenta en que de acuerdo a la Conabio, en la sierra se encuentran las regiones terrestres prioritarias 132 Selva Zoque-La Sepultura, 133 El Triunfo-La Encrucijada-Palo Blanco, 134 El Mozotal y 135 Tacaná-Boquerón.
Conforme al citado estudio, resultan de gran importancia la acelerada pérdida y modificación de los sistemas naturales que en México se han presentado durante las últimas décadas, problema que requiere con urgencia del fortalecimiento de los esfuerzos en pro de la conservación de las regiones con alta biodiversidad, como es el caso de la reserva de la biosfera El Triunfo, en Chiapas.
En este contexto, el Programa Regiones Prioritarias para la Conservación de la Biodiversidad de la Conabio se orienta a la detección de áreas, cuyas características físicas y bióticas favorezcan condiciones particularmente importantes desde el punto de vista de la biodiversidad.
El Proyecto Regiones Terrestres Prioritarias, en particular, tiene como objetivo general la determinación de unidades estables desde el punto de vista ambiental en la parte continental del territorio nacional, que destaquen la presencia de una riqueza ecosistémica y específica comparativamente mayor que en el resto del país, así como una integridad ecológica funcional significativa y donde, además, se tenga una oportunidad real de conservación.
El área natural protegida El Triunfo ha sido determinada por la Conabio como región terrestre prioritaria, debido, específicamente a su riqueza ecosistémica. Además, en la misma Sierra Madre de Chiapas, se encuentran las reservas de la biosfera La Sepultura y Volcán Tacaná, el área de protección de recursos naturales La Frailescana y la reserva estatal Pico de Loro-Paxtal.
Por lo anterior, resulta indispensable reconocer las amenazas recientes de aprovechamientos mineros en regiones prioritarias que con dichas actividades podrían verse afectadas de forma irreversible, en cuanto a los recursos naturales y los servicios ambientales que brinda la biodiversidad y los ecosistemas que albergan el área natural protegida denominada El Triunfo.
En efecto, son varias las amenazas que representa la minería para una región como la Sierra Madre de Chiapas. Evidentemente, la eliminación de la cubierta vegetal, del mismo suelo y la remoción del subsuelo representan una importante pérdida no sólo de flora y fauna, sino de carbono, que será prácticamente imposible de volver a capturar, por lo que esa actividad significa un retroceso en los esfuerzos de nuestro país por mitigar el cambio climático.
En este orden de ideas, es importante mencionar que la minería a cielo abierto es una actividad de alto impacto económico, ecológico y social que consisten en la extracción de minerales cuando estos se encuentran dispersos en el subsuelo, sin formar grandes vetas.
En términos generales los trabajos de minería comienzan con la fase de exploración, por medio de la cual se detecta la presencia de minerales cuya explotación sea económicamente rentable, una vez que se tiene la certeza de la existencia de estos minerales, se comienzan a construir los caminos de acceso al lugar seleccionado, dichos caminos deben de ser transitables todo el año, pues son la vía de acceso para llevar el equipo, insumos y personal necesario para la operación de las minas, y a la vez, de salida de los metales o minerales extraídos; en sentido estricto, se trata de carreteras que causan un impacto ambiental adicional al generado por la explotación minera, impactos que deben de ser previa y debidamente evaluados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Pero el deterioro ambiental ocasionado por la minería, incluido el causado por la construcción de los caminos de acceso, no son los únicos impactos adversos al medio ambiente.
Con frecuencia, el lugar seleccionado por las empresas mineras para desarrollar sus actividades se encuentra en zonas apartadas de los centros de población, salvo aquellos casos en que una mina quede ubicada en un área natural protegida; sin embargo, en general se requiere preparar el sitio de trabajo, lo que lleva a desbrozar el terreno y hasta deforestar el terreno para construir las áreas de trabajo en que alojarán al personal y el equipamiento.
Aun antes de que el terreno sea minado, las actividades asociadas con la preparación y desbroce del lugar pueden tener impactos ambientales significativos, especialmente si estos se encuentran al interior o colindante de las zonas ecológicamente sensibles.
Las operaciones propias de la extracción de los minerales son de gran impacto ambiental, y más aún si la mina es a cielo abierto o a tajo abierto. La minería a tajo abierto es un tipo de minería de profundidad, en terrenos donde el mineral metálico se encuentra disperso en la tierra en bajas concentraciones, por lo que se requiere la remoción de capas de excedente, es decir, la tierra y roca que está sobre y junto con el metal buscado. En la mayoría de los casos, antes de remover el excedente se requiere retirar del terreno la capa superficial de tierra orgánica que permite el crecimiento de vegetación en la superficie, a la vez de la tala de árboles y desbroce o quema de vegetación que se encuentra sobre el yacimiento. El uso de maquinaria pesada, usualmente excavadoras y camiones de carga, es la forma más frecuente de retirar el excedente.
Por este sistema de mina a cielo abierto que requiere el uso intensivo de explosivos y maquinaria pesada se forman cráteres de más de 2 kilómetros de diámetro con profundidades que sobrepasan los 500 metros y no es inusual que lleguen a los 800 metros; aún sobre un acuífero y sobrepasando la profundidad de éste se llevan a cabo las operaciones extractivas, es decir, debido a que la minería a tajo abierto se emplea para depósitos de mineral a gran profundidad bajo la superficie del suelo, usualmente comprende la creación de un tajo abierto que excede la profundidad del acuífero. Cuando este es el caso, el agua subterránea es bombeada para permitir el minado. Usualmente se forma un lago en el tajo al término de las operaciones de minado y después que cesa el bombeo del agua subterránea.
Conforme se extraen las rocas que contienen los minerales buscados generalmente éstas son finamente molidas para pasar después al proceso de beneficio, que consiste en la separación del mineral de interés comercial del resto del material. Los procesos de beneficio incluyen técnicas de separación física-química tales como concentración por gravedad, separación magnética, separación electrostática, flotación, extracción por solventes, proceso de electroobtención o electrowinning lixiviado, precipitación, y amalgamación (frecuentemente con mercurio), los desechos de estos procesos incluyen desechos de roca, relaves, desechos del lixiviado en el caso de las operaciones de oro y plata.
Sobre el proceso de lixiviado, este merece particular mención, ya que consiste en agrupar el material molido en forma de pilas, que vienen a ser montículos del material extraído, por lo cual también se les llama montones o terreros, los cuales llegan a tener una base de 25 metros de diámetro y una altura de 16 metros. Una vez formada la pila comienza lo que propiamente es el proceso de lixiviado, el cual consiste en irrigar de forma continua con agua a la que previamente se le ha agregado algunas sustancias altamente tóxicas a la pila del material, por ejemplo, para la recuperación de oro, plata y cobre, al agua se le agrega cianuro, para otros minerales lo que se agrega puede ser ácido sulfúrico, plomo u otros metales pesados.
El lavado de la pila se lleva a cabo por varios días, para algunos metales llega a ser de 60 días, por lo que a esto se le conoce como relave y de él resulta una agua en la cual se encuentra en suspensión el metal buscado, además de fuertes concentraciones del tóxico agregado al líquido, esta mezcla altamente venenosa es conducida hacia la planta de procesamiento, donde se separará el metal y dependiendo del mineral de que se trate al final pasará a un horno eléctrico u otro proceso final, el agua utilizada en parte se perderá por evaporación en el proceso y del agua que llega al final de éste, aproximadamente el 20 por ciento, se queda en el depósito de desecho, formando millones de metros cúbicos de desechos líquidos y barros altamente contaminados, y el resto del agua se reciclará.
Todo en la minería a cielo abierto es de grandes dimensiones, como ya se mencionó las dimensiones de los tajos fosas son enormes, de kilómetros de diámetro y cientos de metros de profundidad, la maquinaria empleada y los camiones para acarrear el material son de dimensiones tales que en algunos casos retienen 50 metros cúbicos de roca y las excavadoras que los llenan son las más grandes que se pueden adquirir en el mercado.
También se emplean explosivos, agua y sustancias tóxicas, en cantidades extraordinarias, aunque este volumen parezca extraño, se emplean entre 40 a 80 toneladas de explosivos diarios, causando el efecto de un temblor de 4.1 a 5 grados en la escala de Richter en el sitio de las explosiones, de igual manera, y aún tomando en cuenta que parte del agua se recicla en el proceso, cantidades del orden de los 32 a más de 100 millones de litros al día suelen ser necesarios, de igual manera los tóxicos empleados son utilizados con singular prolijidad, por ejemplo, la Minera San Xavier, para sus operaciones extractivas en el Cerro de San Pedro, emplea 32 millones de litros de agua diarios mezclados con 16 toneladas de cianuro, y esta mina no es de las de gran tamaño. En la mina La Alumbrera el consumo diario llega 100 millones de litros diarios y para el proceso de lixiviado se utilizan 6 toneladas de cianuro; 400 kilogramos de ácido clorhídrico; 400 kilogramos de sosa cáustica; 46 kilogramos de litargirio; 23 mil 300 kilogramos de cal y 2 mil 500 kilogramos de azufre.
Entonces, todo en la minería a cielo abierto es de grandes dimensiones, paralelamente es igual de grandes y peligrosos son los residuos que deja esta actividad extractiva, para empezar, el retiro de la flora y fauna de los sitio donde se ubica el tajo, las pilas de lixiviado, los depósitos de los lodos resultantes del proceso, así como las filtraciones al subsuelo, forma áreas de cientos de hectáreas de ecosistemas totalmente destruidos, el cráter para extraer el mineral y las montañas de escombros que quedan después del lixiviado transforma por completo el paisaje, simplemente, para obtener un gramo de oro se necesita remover hasta tonelada y media de material, el cual queda como un residuo de alta peligrosidad. Por las cantidades de agua que requiere y las cantidades de tóxicos que se le añaden a la misma, los volúmenes de lodos altamente tóxicos también son enormes.
Para mantener la operación de camiones, excavadoras, cintas transportadoras, bombas para el agua, hornos eléctricos, etc., las cantidades de combustibles, lubricantes y electricidad tienen que ser colosales, por lo que algunos especialistas en el tema aseguran que tan sólo el 10% de las minas en funcionamiento generan 70 millones de toneladas de gases de efecto invernadero.
En cuanto al polvo generado, un estudio de impacto ambiental realizado en la mina Meridian Gold de Argentina, reveló que un día de explotación supone el uso de 7 toneladas de explosivos para volar 42 mil toneladas de roca lo que genera alrededor de 14 toneladas de partículas en suspensión diaria; este polvo, dependiendo de las condiciones de la zona y las condiciones meteorológicas pude llegar a viajar hasta 200 kilómetros por hora, con efectos nocivos sobre las plantas y animales, contaminando el agua, el aire y el suelo, incrementando el índice de cáncer y otras enfermedades crónicas o fatales.
El cianuro se descompone cuando es expuesto al aire, sin embargo, una vez que la solución de cianuro contamine el agua freática puede quedarse allí por largos períodos de tiempo, en la mayoría de los casos, el agua subterránea resulta contaminada cuando la solución de cianuro se filtra por los forros protectores debajo de la plataforma de lixiviación o de los embalses de almacenamiento.
Por ello, la minería a cielo abierto es una actividad de alto impacto económico, social y ambiental, pero este impacto es negativo y sólo beneficia a un pequeño número de accionistas de las grandes empresas mineras, algunas de estas empresas extranjeras, y dentro de estos impactos podemos mencionar los siguientes:
Afectación de las aguas subterráneas o freáticas: aguas contaminadas con aceite usado, con reactivos, con sales minerales provenientes de las pilas o botaderos de productos sólidos residuales de los procesos de tratamiento, así como aguas de lluvia contaminadas con contenidos de dichos botaderos, que pueden llegar a las aguas subterráneas. Además, puede haber un descenso significativo en los niveles de estas aguas subterráneas cuando son fuente de abastecimiento de agua fresca para operaciones de tratamiento de minerales.
Impacto sobre las poblaciones: puede provocar conflictos por derechos de utilización de la tierra y agua, dar lugar al surgimiento descontrolado de asentamientos humanos ocasionando una problemática social y destruir áreas de potencial turístico. Puede provocar una disminución en el rendimiento y la producción de las labores de pescadores y agricultores debido a envenenamiento y cambios en el curso de los ríos debido a la elevación de nivel por sedimentación. Por otra parte, la minería a cielo abierto puede provocar un impacto económico negativo por el desplazamiento de otras actividades económicas locales actuales y/o futuras.
Impacto sobre la fauna: la fauna se ve perturbada y ahuyentada por el ruido y la contaminación del aire y del agua. Además, puede darse también envenenamiento por reactivos residuales contenidos en aguas provenientes de la zona de explotación.
Impacto sobre la flora: implica la eliminación de la vegetación en el área de las operaciones mineras, así como una destrucción parcial o una modificación de la flora en el área circunvecina, debido a la alteración del nivel freático.
Contaminación del aire: el aire puede contaminarse con impurezas sólidas, por ejemplo polvo y combustibles tóxicos o inertes, capaces de penetrar hasta los pulmones, provenientes de diversas fases del proceso. También puede contaminarse el aire con vapores o gases de cianuros, mercurio, dióxido de azufre contenidos en gases residuales, procesos de combustión incompleta o emanaciones de charcos o lagunas de aguas no circulantes con materia orgánica en descomposición.
Afectación de la superficie: devasta la superficie, modifica severamente la morfología del terreno, apila y deja al descubierto grandes cantidades de material estéril, produce la destrucción de áreas cultivadas, puede alterar cursos de aguas y formar grandes lagunas para el material descartado.
Afectación de los suelos: eliminación del suelo en el área de explotación, y produce una desecación del suelo en la zona circundante, así como una disminución del rendimiento agrícola y agropecuario, también suele provocar hundimientos y la formación de pantanos en caso de que el nivel de las aguas subterráneas vuelva a subir. Además, provoca la inhabilitación de suelos por apilamiento de material sobrante.
Afectación de las aguas superficiales: los residuos sólidos finos provenientes del área de explotación pueden dar lugar a una elevación de la capa de sedimentos en los ríos de la zona; diques y lagunas de oxidación mal construidas o indebidamente mantenidos, o inadecuado manejo, almacenamiento o transporte de insumos, como combustibles, lubricantes, reactivos químicos y residuos líquidos que pueden conducir a la contaminación de las aguas superficiales.
Toxicidad del cianuro, para las plantas y los animales, el cianuro es extremadamente tóxico: derrames de cianuro pueden matar la vegetación e impactar la fotosíntesis y las capacidades reproductivas de las plantas. En cuanto a los animales, el cianuro puede ser absorbido a través de la piel, ingerido o aspirado. Concentraciones en el aire de 200 partes por millón de cianuro de hidrógeno son letales para los animales, mientras que concentraciones tan bajas como 0.1 miligramos por litro son letales para especies acuáticas sensibles, concentraciones subletales también afectan los sistemas reproductivos, tanto de los animales como de las plantas.
Contribución al cambio climático: uno de los efectos es la contribución al cambio climático, porque se trata de una actividad industrial que requiere una gran cantidad de energía para su ejecución, proveniente en general de la quema de combustibles fósiles (carbón, gas o diésel), cuyas emisiones son responsables del cambio climático.
Por lo anterior, y con el objeto de evitar la proliferación de la minería en El Triunfo, con el consecuente daño ambiental que genera así como el daño a la salud pública de las comunidades afectadas anteriormente descrito en el presente documento varias organizaciones ambientalistas y académicas crearon la Alianza Sierra Madre de Chiapas, una organización no gubernamental, sin fines de lucro cuyo objeto es proteger las áreas naturales protegidas, como El Triunfo y los corredores biológicos entre esas áreas, de las actividades mineras concesionadas recientemente.
La organización Alianza Sierra Madre de Chiapas considera que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales no puede aplicar las mismas normas en todo el país para aprobar proyectos mineros, pues los ecosistemas son muy distintos en reservas como El Triunfo, La Sepultura, La Encrucijada y el volcán Tacaná, son particularmente distintas a otras localidades en las que se puede concesionarse la extracción de metales; sin embargo, las mencionadas reservas de la biosfera no admiten ser objeto de concesiones para la extracción de metales, pues estarían expuestas a su exterminio como tales.
Dicha organización considera indispensable aplicar el principio precautorio previo al otorgamiento de concesiones mineras en El Triunfo y la zona aledaña de la Sierra Madre de Chiapas y en virtud de que le parece importante considerar la irreversibilidad de los impactos de la minería, no sólo en el sitio donde ésta se practica, sino cuenca abajo, en virtud de los servicios ecosistémicos que brinda hacía varias regiones de Chiapas, así como al resto del país. En efecto, el Área Natural Protegida denominada El Triunfo se trata de una de las regiones más lluviosas del país, ya que desde su parteaguas, se originan numerosos cuerpos de agua, que se distribuyen en 14 subcuencas. En cada subcuenca se asientan comunidades humanas, tanto en la parte alta como en las partes bajas, afuera de la Reserva. Cualquier actividad minera, necesariamente afectará manantiales, ríos y arroyos que son utilizados para consumo humano, uso doméstico, agrícola y otros.
Respecto de la mina La Libertad, desde junio del 2012 se autorizó la actividad de exploración; la cual al no cumplir con la normatividad ambiental, mantiene suspendida dicha extracción minera metálica ubicada en la zona de influencia de la reserva de la biósfera El Triunfo, en la Sierra Madre de Chiapas. De igual manera, resulta preocupante la presencia de otras exploraciones mineras como la mina denominada Nueva Francia, la cual también ha sido suspendida en sus actividades por no contar con la manifestación de impacto ambiental correspondiente.
En Nueva Francia, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, entre el 31 de julio y 2 de agosto del presente año, hizo la consulta de la manifestación de impacto ambiental (MIA) de esta explotación planeada para una década, que abarca 4 mil 500 hectáreas. En este caso, la organización Alianza Sierra Madre expresó su rechazo al plan que prevé la extracción anual de 60 mil toneladas de titanio, porque pone en riesgo flora y fauna de la región. La citada organización, advierte que el ejido Nueva Francia está en el corredor biológico entre las reservas de la biosfera El Triunfo y La Encrucijada, por lo que el impacto ambiental del aprovechamiento minero, amenaza a las especies que se movilizan entre estas dos áreas protegidas de importancia global.
Finalmente, es de observarse que la actividad minera no se encuentra descrita en el Programa Estatal de Ordenamiento Ecológico Territorial, ni en el Plan de Desarrollo Municipal de Escuintla, Chiapas.
Derivado de lo anterior, es importante destacar que en México la conservación de la riqueza biológica es una tarea que se encuentra ligada a las posibilidades de aprovechar de manera sustentable el capital natural con el que cuenta el país, la diversidad biológica que alberga se caracteriza por una elevada riqueza de especies, endemismos, acuíferos, aunada a la heterogeneidad del mosaico de paisajes en las que se distribuye; presenta retos de gran envergadura para su conservación, además, prácticamente todos los ecosistemas del país han sido ampliamente afectados por las actividades humanas, con lo cual se han deteriorado considerablemente, con consecuencias negativas en la calidad y en la cantidad de los bienes y servicios ambientales que ellos nos proporcionan, lo que ha causado impactos desde el punto de vista económico y social que afecta negativamente a la población y como respuesta a estos irregulares cambios al ambiente, se ha conformado una política ambiental con criterios de protección y conservación, con lo cual se han consolidado instrumentos estatales y federales, como el de las Áreas Naturales Protegidas, pero más significativo son los procesos necesarios para mantener la funcionalidad de los ecosistemas, y la mayoría de los servicios ambientales que nos prestan no están restringidos a las áreas protegidas.
Por lo expuesto y fundado, someto a la consideración del honorable pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se revisen y en su caso de ser procedente se cancelen las autorizaciones otorgadas en materia de cambio de uso de suelo y en materia de impacto ambiental a los proyectos mineros ubicados en la Sierra Madre de Chiapas, dentro de áreas naturales protegidas, así como los denominados Las Golondrinas, Los Cacaos, Mina Titán, La Libertad, Cristina y Nueva Francia.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, realice las inspecciones y dictámenes ambientales en las áreas donde actualmente se realiza la explotación y aprovechamiento minero y en su caso la autoridad competente inicie los procedimientos correspondientes y en su caso solicite la reparación del daño ambiental causado, una vez debidamente integrados los contenidos de referencia, proceder a la formulación de denuncia penal ante la Procuraduría General de la República, a efecto de iniciar expedita averiguación previa correspondiente, por la probable comisión de delitos ambientales.
Tercero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Economía, establezca dentro de su procedimiento para la emisión de permisos, autorizaciones o concesiones mineras, instrumentos de la política ambiental que permitan garantizar un aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, cumpliendo así con la normatividad ambiental aplicable en la materia.
Cuarto. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que, a través de la Secretaría de Economía, se proceda a la revisión de las concesiones otorgados en Chiapas, obsequiándole prioridad a las concesiones de los proyectos mineros ubicados en la Sierra Madre de Chiapas, que se encuentran dentro de áreas naturales protegidas, así como los denominados Las Golondrinas, Los Cacaos, Mina Titán, La Libertad, Cristina y Nueva Francia, y en caso de observar anomalías, se proceda en consecuencia a la cancelación de las concesiones correspondientes.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México, a 24 de abril de 2014.
Diputada Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al gobernador de Veracruz a implantar una operación de seguridad permanente para proteger la integridad de los migrantes en el estado, suscrita por los diputados Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila, diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presentan a esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes
Consideraciones
La Ruta de la Muerte inicia en las ciudades de Tenosique, en Tabasco, o Tapachula, en Chiapas y cruza ciudades como Córdoba y Orizaba antes de llegar a la Ciudad de México, para después pasar por San Luis Potosí y la ciudad de Saltillo.
Ya en el norte de México, en Monterrey, cruza el Libramiento Ferroviario trazado sobre los municipios de Escobedo y García.
Esta ruta es la que día con día recorren las personas migrantes abordo de La Bestia, un tren de carga que atraviesa de sur a norte el territorio mexicano y que es utilizado por las personas migrantes indocumentadas para llegar a la frontera México-Estados Unidos.
Para comenzar el viaje las personas migrantes cuentan con varias opciones, pues hay quienes deciden tomar la ruta Atlántica para llegar a Estados Unidos por Tamaulipas o quienes prefieren ir al Distrito Federal de donde se parte para llegar a otras fronteras como Piedras Negras en Coahuila, Ciudad Juárez en Chihuahua, Tijuana en Baja California; Nogales, Agua Prieta o el Sásabe en Sonora. La única constante en el viaje son los peligros que enfrentan en su intento por llegar a Estados Unidos.
De acuerdo con cifras extraoficiales que manejan diversos diarios mexicanos, cuando La Bestia parte del sur de México, puede llegar a transportar entre mil y mil 500 migrantes.1
Según datos del Instituto Nacional de Migración de nuestro país (INM) cada año son repatriados aproximadamente 250 mil centroamericanos y, entre personas muertas y mutiladas durante el viaje, suman mil 300.2
Los indocumentados centroamericanos que atraviesan el territorio nacional en su ruta hacia Estados Unidos lo arriesgan todo. Saben que su itinerario está plagado de peligro: secuestros, extorsiones, asaltos, sobre todo para quienes recorren la llamada ruta del Golfo. Pese a ello, siguen saliendo de sus países, principalmente de Honduras y El Salvador.
Ante este fenómeno surgió El Vía Crucis del Migrante, dirigido por Fray Tomás y Rubén Figueroa, del Movimiento Migrante Mesoamericano, que desde hace 4 años exige que se ponga un alto a las agresiones y violencia que se cometen contra las personas migrantes que están obligadas a viajar a bordo de La Bestia.
La principal preocupación de quienes integran El Vía Crucis es evitar que a bordo del tren los migrantes continúen siendo objeto de vejaciones y sigan arriesgando su vida, por el simple hecho de aspirar a conseguir un empleo que les permita tener una vida mejor, ante la falta de oportunidades en sus países de origen.
Sin embargo, en México se ha dado otro nuevo golpe en contra de las personas migrantes, pues el gobierno de Javier Duarte presentó una denuncia penal3 en la Procuraduría General de la República (PGR) en contra de las compañías ferroviarias Ferrosur y Kansas City Group.
La demanda tiene como principal queja que las ferroviarias permiten subir a sus trenes a migrantes centroamericanos que van en busca del sueño americano acusándolas de no asumir su responsabilidad en torno a lo que les sucede en su trayecto.
Según Duarte, dichas empresas no asumen su responsabilidad de lo que les sucede a los migrantes en su trayecto hacia la frontera norte.
El pasado jueves 27 de marzo dos hondureños perdieron la vida y cinco más resultaron heridos en un ataque perpetrado por el crimen organizado en el municipio de Jaltipan, al sur de la entidad.
Sin embargo, el gobernador de dicha entidad afirma que Son las compañías ferroviarias (quienes) permiten subir a los migrantes, con lo que se genera la violencia contra éstos, creemos que se debe hacer un deslinde de responsabilidades, dijo Duarte.
Es importante recalcar lo antes mencionado: las personas migrantes son víctimas de agresiones constantes en su recorrido -en el caso que nos atañe- en su paso por Veracruz, estado que se ha caracterizado por la falta de acciones en contra de la violencia que enfrentan los migrantes, convirtiendo esta en algo institucionalizado, pues el gobierno promueve su continuidad debido a la impunidad que existe ante los grupos de delincuencia organizada.
El corredor migratorio del estado de Veracruz es uno de los segmentos en los que se ha detectado mayor abuso por parte de la delincuencia organizada y por parte del gobierno en contra de las personas migrantes.
Por tal razón, esta zona ha sido objeto de la intervención humanitaria civil, lo que ha generado frecuentemente conflictos que las autoridades han tolerado y en ocasiones incluso provocado.
El deslinde de responsabilidades aunado a la prohibición implementada por Javier Duarte para que las personas migrantes transiten en Veracruz a bordo de trenes, generará más violencia en contra de ellas, pues si bien se han documentado accidentes severos, estos mismos han sido a consecuencia de la falta de garantías y constantes violaciones a sus derechos humanos, que en México que han ido en aumento, muestra clara es que las organizaciones internacionales lo califican como una crisis humanitaria
Esta crisis humanitaria pone en evidencia los grandes desafíos que representa para el país; un Estado que cada vez pierde mayor terreno frente al crimen organizado, niveles crecientes de impunidad, corrupción que limitan la garantía de los derechos humanos y el acceso de la justicia, así como violencia generalizada e institucionalizada. Estos factores convierten el tránsito por México en un viaje sumamente peligroso.
Es el gobierno del estado de Veracruz, y no las ferroviarias, el encargado de brindar seguridad y mejorar las condiciones de los migrantes con el objetivo de aminorar su vulnerabilidad ante un contexto hostil, asumir responsabilidades y actuar con la diligencia debida para proteger, respetar y garantizar los derechos de los migrantes, incluso cuando los abusos sean individuos particulares, como el crimen organizado.
Fundado y motivado en las consideraciones antes expuestas, sometemos a su consideración el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión exhorta al Gobernador del Estado de Veracruz doctor Javier Duarte de Ochoa, a implementar cuanto antes un operativo de seguridad permanente, con el objeto de proteger la integridad de las y los migrantes en el territorio del estado, a fin de prevenir y disuadir la criminalización, intimidación y la violación de sus derechos, mediante acciones permanentes de vigilancia, resguardo y patrullaje, garantizando en todo momento sus derechos humanos.
Notas
1 Migrantes centroamericanos: miles suben a la bestia, disponible en: http://www.jornada.unam.mx/2012/05/12/oja-miles.html
2 Eventos de retorno asistido de centroamericanos, según país de nacionalidad y sexo, 2013, disponible en: http://www.politicamigratoria.gob.mx/es_mx/SEGOB/Extranjeros_alojados_y _devueltos_2013
3 Demanda Javier Duarte a ferroviarias por transportar a migrantes http://www.proceso.com.mx/?p=368553
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.
(rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el cual se solicita que se cree una comisión especial para dar seguimiento al caso Mexicana de Aviación, a cargo del diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del PT
El que suscribe, diputado José Arturo López Candido, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo en la LXII Legislatura, en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 6, y demás relativos y aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, para somete a la consideración de pleno de esta Cámara de Diputados y para turno a la Junta de Coordinación Política, la creación de la Comisión Especial para el Caso de Mexicana de Aviación.
Considerandos
El 4 de diciembre de 1998, Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV, solicitó por escrito a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el otorgamiento de la Concesión para prestar el servicio público de transporte aéreo nacional regular de pasajeros, carga y correo; por lo que una vez que Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV, acreditó debidamente las capacidades técnica, financiera, jurídica y administrativa a que se refiere el artículo 9 de la Ley de Aviación Civil y 19 del Reglamento de la Ley de Aviación Civil, el 16 de marzo de 2000 el gobierno federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, otorgó el título de concesión con clave TAN-OR-MXA, para la prestación de servicio público de transporte aéreo nacional regular de pasajeros, carga y correo, por un plazo de treinta años.
En uso de sus atribuciones, la Dirección General de Aeronáutica Civil practicó a Mexicana diversas verificaciones técnico-administrativas durante los años del 2001 al 2005, 2007, 2009, realizando la última el 14 de septiembre de 2011. Lo anterior, como parte de la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones de la Concesionaria, siendo el objeto de la última visita, comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el numeral 11.5 de la Concesión TAN-OR-MXA por parte de esa línea aérea.
Como resultado de la verificación realizada, se les apercibió sobre unos documentos en relación a la capacidad técnica-administrativa, los cuales fueron subsanados. Del resultado obtenido en las verificaciones practicadas, si bien la Dirección General de Aeronáutica Civil realizó observaciones diversas sobre cuestiones técnico-administrativas, no detectó que se pusieran en riesgo la seguridad de las operaciones, al constatar que las operaciones de MXA se realizaban conforme a los estándares de calidad y seguridad y que el personal técnico aeronáutico estaba debidamente capacitado, adiestrado y contaba con sus respectivas licencias vigentes.
Mediante escrito de 23 de septiembre de 2009, Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV, informó al director general de Aeronáutica Civil que derivado de las repercusiones financieras que tuvieron las líneas aéreas con motivo de las medidas de emergencia tomadas por la epidemia de influenza A-H1N1, el gobierno federal dispuso la apertura de una línea de crédito hasta por 3 mil millones de pesos, por lo que Bancomext aprobó una línea de crédito para esa Compañía dentro del programa de apoyo de financiamiento para empresas y negocios afectados por la emergencia, otorgando eventualmente a Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV un crédito por 991.7 millones de pesos, donde la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no intervino en el proceso, excepto por el hecho de solicitar que los créditos solo podrían ser otorgados a empresas que presentasen un plan de negocios viable y que no presentasen adeudos con el Estado y además ofrecer garantías y fuentes de pago.
Para el ejercicio 2009, Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV. cumplió con sus obligaciones de entregar sus estados financieros anuales y trimestrales en tanto para el 2010 sólo presentó informes económico-estadísticos trimestrales; sin embargo, presentó pérdidas del ejercicio, el costo de personal y el gasto de combustible se incrementaron ocasionando una disminución en la utilidad operativa, sus activos disminuyeron y sus pasivos aumentaron.
El 5 de agosto de 2010, el Juez del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal notificó a la Dirección General Aeronáutica Civil la solicitud de Concurso Mercantil de Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV, decretando en acuerdo de 4 de agosto de 2010, diversas medidas Precautorias.
El 27 de agosto de 2010, Compañía Mexicana de Aviación, SA de CV, por conducto de su apoderado, informó a la Dirección General de Aeronáutica Civil que no le era posible continuar prestando con el servicio de transporte aéreo nacional regular de pasajeros, carga y correo.
Así al 22 de octubre de 2012, la Concesionaria se encuentra en suspensión total de operaciones, además de continuar sujeta a Concurso Mercantil en el que aún no se llega a un convenio con los acreedores reconocidos.
Después de casi cuatro años en un Concurso Mercantil por demás atípico por parte de la juez de la causa en el juzgado Decimo Primero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal, la honorable Cámara de Diputados en la LXII legislatura exhorto a través del punto de acuerdo de la Junta de Coordinación Política al titular de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, para crear una mesa de diálogo y negociación con los trabajadores en activo y jubilados de Mexicana de Aviación, pilotos sobrecargos y personal de tierra, para alcanzar una solución respecto a sus derechos laborales y seguridad social ,partiendo de la preservación de la fuentes de trabajo. Asimismo a la Auditoria Superior de la Federación y a la Secretaria de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones a fin de que se proceda a investigar las irregularidades en torno a Mexicana de Aviación.
El Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil, con fecha 4 de abril de 2014 declaró de plano en estado de quiebra a la empresa Mexicana de Aviación así como la separación de la base de mantenimiento del concurso mercantil, el cual se da por concluido.
Con fundamento en los artículos 34, inciso c), y 43, numerales 3 y 4, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 205, 207 y 208 del Reglamento de la Cámara de Diputados someto a la consideración del pleno el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados creara la Comisión Especial de Investigación del Caso Mexicana de Aviación con la finalidad de que sean investigados todos y cada unos de los procesos, de adquisición de la empresa en 2005 por parte del Ejecutivo federal al Grupo Posadas Encabezado por Gastón Azcárraga
Segundo. La Comisión Especial investigara y dará seguimiento a todas y cada una de las líneas de investigación de manera coadyuvante con las autoridades competentes a fin, de fincar las responsabilidades, correspondientes en el orden civil, penal y demás que resulten, en la comisión de delitos tipificados en la legislación vigente.
1) La Comisión Especial dará seguimiento a la venta de las acciones de Nuevo Grupo Aeronáutico, SA de CV, por parte de Tenedora K a Med Atlántica, en donde sin que oficialmente ni la Secretaria de Comunicaciones y Transportes ni la Dirección General de Aeronáutica Civil hayan sido notificadas. Ya que se encontraron dos principales inconsistencias relacionadas con la falta de evidencia documental, siendo la primera una discrepancia entre las denominaciones de Grupo Mexicana de Aviación, SA de CV, y Nuevo Grupo Aeronáutico, SA de CV y la segunda sobre la enajenación de acciones a favor de Tenedora K, SA de CV; y de las cuales, la Concesionaria manifestó en su oportunidad que en su concepto, no está obligada a presentar aviso por el cambio de denominación ya que no fueron modificados los estatutos sociales, ni el capital social.
2.) Se investigue la razón por la cual Mexicana de Aviación omitió exhibir la documentación que acredite su solvencia económica y disponibilidad de recursos financieros y fuentes de financiamiento, en términos de lo dispuesto por el artículo 19, fracción II, inciso a) del Reglamento de la Ley de Aviación Civil, en virtud de que con la información y documentación presentada en sus escritos de fechas 29 de junio y 5 de julio ambos de 2012, ya que la Dirección General Aeronáutica Civil no se encuentro en posibilidad de verificar la capacidad financiera de Mexicana, ya que no exhibió la documentación que acredite su solvencia económica, ni la disponibilidad de recursos financieros, así como tampoco las fuentes de financiamiento y menos aún sus estados financieros auditados y porque omitió explicar y justificar en forma detallada, desde el punto de vista financiero, administrativo, comercial y operativo, el crecimiento en la flota, proyectado en su modelo de negocios para el primer año de 6 a 44 aeronaves.
Tercero. Que de acuerdo con lo señalado por el artículo 43 numerales 3 y 4 de la Ley Orgánica, para la integración de las comisiones, la Junta de Coordinación Política tomará en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y formulará las propuestas correspondientes, con base en el criterio de proporcionalidad entre la integración del pleno y la conformación de las comisiones, cuidando que al hacerlo se incorpore a los diputados pertenecientes a los distintos Grupos Parlamentarios.
Cuarto. La Comisión Especial de Investigación para el caso de Mexicana de Aviación tendrá una vigencia a partir de la publicación del acuerdo relativo en la Gaceta Parlamentaria y hasta el término de sus tareas o de la presente legislatura.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.
Diputado José Arturo López Candido
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta a los titulares de la Ssa, del DIF y del Inapam a impulsar la creación de casas hogar, albergues y residencias de día gratuitos para personas de la tercera edad de escasos recursos económicos, a cargo de la diputada María del Carmen Ordaz Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, diputada María del Carmen Ordaz Martínez, por el Estado de Yucatán, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXII Legislatura de la honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 42, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 79, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados presenta proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Antecedentes
El Estado fue creado para regular a través de la Ley, la convivencia social, así como aplicar la norma jurídica la cual otorga deberes y derechos al individuo, pero también debe pugnar para que la propia sociedad logre alcanzar cada día mejores niveles de bienestar, ahí la importancia de la rectoría del Estado dentro de la convivencia social.
En la medida en que el Estado cumple esa importante responsabilidad apegado a los valores que dan rumbo a nuestra vida, se genera la confianza de la propia población hacia él. La correcta aplicación de la norma así como la adecuada supervisión de su cumplimiento dan certeza a la propia sociedad y surge la congruencia entre lo que quiere la sociedad y hace el Estado.
Hay un tema dentro de los muchos que forman parte de la situación actual de nuestra sociedad, que considero importante tocar, lo anterior surge al revisar el ciclo del ser humano, encontrándose dentro de éste el correspondiente a la tercera edad, etapa de nuestra vida que no deja de ser importante, aquella en donde el ser humano debe ser revalorado por la propia sociedad, pues ésta se encuentra llena de experiencias y conocimientos, los mismos que hemos obtenido a lo largo de la existencia, y en donde se pueden apreciar los resultados de su andar en ella, por lo que importante es la protección de las condiciones para su bienestar físico y mental con el fin de que pueda disfrutar plenamente sus capacidades, y se fomente siempre la cultura de aprecio y respeto hacia él.
Precisamente en esa etapa de vida, el ser humano requiere de una mayor atención del Estado, de la sociedad y desde luego de su familia ya que son muchas las personas adultas mayores que necesitan con mayor frecuencia los servicios de salud, así como nuevos servicios, los cuales con anterioridad no demandaban como son: los asistenciales y las casas hogar, albergues y residencias de día, mismos que deben cumplir todos los requisitos de Ley para su apertura y funcionamiento, debiendo prestar la atención necesaria tanto para su cuidado como en la atención a su salud y desde luego la preservación de su dignidad y el fortalecimiento de su autoestima.
Situación actual de las personas adultas mayores
Como lo señalé en mi Iniciativa de reforma al artículo 4o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos misma que presente a esta Honorable Cámara de Diputados este mes de abril del año en curso, el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 1 nos marca las directrices a seguir para el desarrollo del país, explica con toda claridad las estrategias para lograr un México incluyente, así como delinea las acciones a emprender para revertir la pobreza, y sin exclusiones, donde se vele por el bienestar de las personas con discapacidad, los indígenas, los niños y los adultos mayores,2 y también contiene el plan de acción para integrar una sociedad con equidad, cohesión social e igualdad de oportunidades.3
Todo lo anterior al concretizarse contribuiría a la transformación positiva de nuestra Nación, este valioso instrumento demuestra el interés del Gobierno de la República por el bienestar de las personas más vulnerables, entre las que se encuentran las personas adultas mayores, y delinea también las acciones para alcanzar dicho fin.
También me referí a las Estadísticas presentadas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), presentadas con motivo del día Internacional de Personas de Edad,4 el día primero de octubre del año dos mil trece, las cuales nos señalan que son 10.9 millones las personas de 60 años y más, mismas que representan el 9.3 % de la población total, según datos nacionales.5 También el Consejo Nacional de Población (Conapo) nos dice que en México la situación de pobreza se refleja en 53.3 millones de personas que viven en esa situación, según su comunicado de prensa no. 003, de fecha 9 de julio de 2013,6 y de estos, 9.7% de la población de adultos mayores de sesenta y cinco años vive en situación de pobreza extrema y 36.1% en pobreza moderada.7
Por su parte la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), nos dice respecto a los adultos mayores, en sus comunicados de prensa lo siguiente: en el CGCP/009/13, de fecha 9 de enero del año 2013 afirma que es necesario reforzar las políticas públicas encaminadas a garantizar a los adultos mayores de las comunidades indígenas una vida digna, con el goce pleno de sus derechos humanos, también se refiere de que a medida que pasan los años en la vida de una persona, ésta se encuentra más propensa a contraer enfermedades, a depender de alguien para su manutención y a requerir apoyo para satisfacer sus necesidades básicas;8 Lo anterior representa la realidad haciéndose necesaria una mayor intervención del Estado sobre todo en ésta época en que se requiere fortalecer los valores que dan rumbo a nuestra vida y en donde debemos siempre fijar la mirada hacia las personas adultas mayores.
La misma CNDH, en su comunicado de fecha 17 de marzo del 2013,número CGCP/078/13, declara que es fundamental promover entre los servidores públicos y la sociedad, el conocimiento de los derechos humanos de los adultos mayores para erradicar situaciones de maltrato, desigualdad, abuso y discriminación, entre otros aspectos nos dice de los casos de abandono y discriminación los cuales muchas veces se originan en el ámbito familiar y que afectan por igual a mujeres y hombres, así nos comenta que 18 de cada 100 mujeres adultas mayores reciben algún tipo de maltrato y que la violencia física, psicológica, económica o sexual que padecen proviene de una persona de su entorno familiar y que en el caso de hombres la relación es de 12 por cada 100 y que ellos sufren maltrato y discriminación de personas ajenas a su familia;9 de igual forma un tercer comunicado CGCP/272/13, de fecha 21 de septiembre del 2013, se refiere a la urgencia de emprender acciones efectivas para erradicar todo tipo de maltrato;10 nuevamente como ya he dicho la intervención del Estado es imprescindible.
También considero apropiado destacar que dicha Comisión Nacional, editó una publicación en abril del 2012, denominada Derechos de los Adultos Mayores,11 en la que se señala que al igual que las demás personas, los adultos mayores tienen todos los derechos que se encuentran reconocidos tanto en nuestra Constitución Política y los ordenamientos jurídicos que de ella se derivan, como en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.12
La citada comisión menciona como derechos: la no discriminación, el ejercicio de derechos en condiciones de igualdad, recibir apoyo de instituciones, ser protegidas y defendidas, atención y protección por parte de la familia y de la sociedad, mantener las relaciones con su familia, vivir en lugares seguros, dignos y decorosos, expresar su opinión con libertad y participar en el ámbito familiar y social. Frente a las autoridades ser tratadas con dignidad y respeto, contar con asesoría gratuita y oportuna, realizar su testamento con toda libertad, así también en dicha publicación se trata lo referente a la protección de la salud, educación y trabajo.13
De igual forma el citado organismo, en la referida publicación, en el renglón que titula Recordemos, entre otros puntos nos señala: Una persona adulta mayor es una persona útil y capaz de tener una vida propia e independiente.14
Como hemos observado en dicha publicación se tocan importantes aspectos en la vida de las personas adultas mayores, mismos que se deben de difundir permanentemente, con la intención de crear una verdadera cultura de respeto y aprecio a dichas personas, así como se debe fortalecer la supervisión de las autoridades competentes en la materia para verificar el respeto a sus derechos.
Con relación al derecho de las personas adultas mayores de vivir en lugares seguros, dignos y decorosos, en los que puedan satisfacer sus necesidades y requerimientos, mismo que fue señalado por la propia CNDH, observamos que en el DENUE, Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas, del INEGI,15 datos recabados durante la Actualización de Unidades Económicas 2013, refiere que en el territorio nacional se cuenta con setecientos veintitrés Asilos y otras residencias para el cuidado de ancianos, sin distinguir públicos y privados,16 observándose que dicho número es totalmente insuficiente de acuerdo con los datos antes referidos de la Conapo.
Por lo que considero importante destacar la necesidad de incrementar el número de centros asistenciales gratuitos para las personas adultas mayores de escasos recursos económicos que lo requieran, ya que son muchas las personas de la tercera edad, que dada su precaria situación económica y la de sus familias no pueden ingresar a los centros asistenciales de carácter privado, los cuales en muchas ocasiones cobran elevadas sumas de dinero, y en el caso de aquellos que cobran cantidades más o menos módicas se encuentran en muchas ocasiones con cupo completo, no pudiendo por tanto recibirlos, y las que carecen por completo de recursos económicos, no tienen la oportunidad de ingresar a los pocos centros asistenciales gratuitos que existen porque en la mayoría de las veces se encuentran también al límite de su capacidad, originando que muchos adultos mayores en esa condición deambulen por las calles viviendo de la caridad pública o que permanezcan con enormes carencias en sus viviendas o en alojamientos improvisados, poniendo en esos casos en peligro su vida.
Otra situación que puede darse es que existan albergues o casas hogar que trabajen fuera de la Ley y por supuesto sin vigilancia alguna y que a pesar de que cobran una mensualidad por la atención y cuidado de la persona adulta mayor no la atienden y en muchas ocasiones atropellan sus más elementales derechos así como su dignidad.
Marco jurídico
También necesario es mencionar que los requisitos para la apertura de las casas hogar, albergues y residencias de día, los establece la Norma Oficial Mexicana NOM-31-SSA3-2012, Asistencia Social. Prestación de servicios de asistencia social a adultos y adultos mayores en situación de riesgo y vulnerabilidad 17 publicada por la Secretaria de Salud.
Con relación al apartado de Recursos Humanos que menciona dicha Norma Oficial, ésta nos señala que en establecimientos de asistencia social permanentes para personas adultas y adultas mayores se debe contar preferentemente con el personal responsable sanitario del establecimiento, médico, psicólogo, terapeuta ocupacional, enfermera, cuidador, trabajador social, dietista, cocinera, intendente y vigilante, éste las 24 horas del día; en establecimientos de asistencia social temporal para personas adultas y adultas mayores se debe contar preferentemente, con el personal responsable sanitario del establecimiento, trabajador social, terapeuta ocupacional, promotor de la salud, cocinera, intendente, cuidador y vigilante, éste las 24 horas del día. De igual forma dice que las instituciones de asistencia social de los sectores público, social y privado, por medios propios o a través de terceros, serán responsables de capacitar al personal en temas relacionados con el proceso de envejecimiento y la vejez y educación continua en la materia, preferentemente una vez al año.
Asimismo la citada Norma Oficial, en la parte referente a la Infraestructura , señala que para ofrecer servicios de asistencia social de calidad, se debe contar con infraestructura e instalaciones planeadas y diseñadas con los espacios requeridos por las personas adultas y adultas mayores, que les permitan llevar una vida digna, segura y productiva; el diseño y construcción deberá incluir los elementos necesarios para lograr un ambiente confortable en las diferentes áreas que lo integran, de acuerdo a la función, mobiliario, equipo y condiciones climáticas de la región, con materiales y distribución adecuados para adaptarse al medio ambiente, como son, área física con dimensiones suficientes, ventilada e iluminada para albergar el área administrativa que comprende dirección, recepción, vestíbulo, acceso y sanitarios de acuerdo a la capacidad del establecimiento y su estructura.
Las áreas a que se refiere dicha Norma Oficial son, entre otras: área de descanso, área para artículos de aseo y depósito de basura, áreas físicas necesarias para la atención de las personas adultas mayores, que comprendan entre otros, lo siguiente: acceso principal que brinde seguridad y protección al público usuario, acceso al área de servicios generales independiente del acceso principal, consultorios médicos para la atención de la salud, debe tener pasamanos próximos a la cama de cada uno de ellos, así como sistemas de alarma de emergencia contra incendios y médica, los pisos deben ser uniformes, con material antiderrapante de fácil limpieza, con iluminación y ventilación natural, en áreas comunes de usos múltiples evitar desniveles en el piso y pasillos, para el adulto mayor colocar pasamanos tubulares de 5 cm de diámetro en muros a una altura de 75 cm sobre el nivel de piso terminado, igualmente en seguridad se deben considerar entre otros factores lo siguiente: Prevención contra incendios de acuerdo a las disposiciones en materia de seguridad y siniestros, vigentes en la entidad federativa o localidad, sistema de alarma de emergencia sonoro, puertas de salida de emergencia.
En cuanto al registro e información, nos señala la referida Norma Oficial, que toda institución que brinde servicios de asistencia social para personas adultas y adultas mayores, debe llevar para sus controles un expediente administrativo por cada usuario, o en su caso expediente clínico, así como los índices de mortalidad, reporte de enfermedades infectocontagiosas a la Secretaría de Salud en términos de las disposiciones aplicables.
Entre la Legislación Federal vigente, relativa a las personas adultas mayores, como en los aspectos dedicados a su cuidado, subsistencia y atención se encuentran:
La Ley General de Salud ,18 la cual establece en su artículo 2o., el derecho a la protección a la salud y sus finalidades entre las que se observan el disfrute de los servicios de salud y de asistencia social que satisfagan oportunamente las necesidades de la población.
Nos señala también dicho ordenamiento en su artículo 13, que le corresponde al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Salud, vigilar y controlar la creación y funcionamiento de todo tipo de establecimientos de servicios de salud, y fijar las Normas Oficiales Mexicanas a las que deberán sujetarse.
Entre las actividades básicas de Asistencia Social mencionadas en el artículo 168, de la Ley antes citada se encuentran: en su fracción I la atención a personas que por sus carencias económicas o por su condición de discapacidad se vean impedidas para satisfacer sus requerimientos básicos de subsistencia y desarrollo; en su fracción II la atención en establecimientos especializados a menores y ancianos en estado de abandono o desamparo y personas con discapacidad sin recursos. Señala también en su fracción III la promoción del bienestar del senescente y el desarrollo de acciones de preparación de la senectud, así como en su fracción V la prestación de servicios de asistencia jurídica y de orientación, especialmente a menores, ancianos y personas con discapacidad sin recursos.
Destaca la mencionada Ley en su artículo 171, que los integrantes del Sistema Nacional de Salud, deberán dar atención preferente e inmediata a menores y ancianos sometidos a cualquier forma de maltrato que ponga en peligro su salud física y mental. Al igual que darán esa atención a quienes hayan sido sujetos pasivos de la comisión de delitos que atenten contra la integridad física o mental o el normal desarrollo psicosomático de los individuos, estableciendo que en estos casos las instituciones de salud, podrán tomar las medidas inmediatas que sean necesarias para la protección de la salud de los menores y ancianos, sin perjuicio de la intervención a las autoridades competentes.
La Ley de Asistencia Social ,19 + establece en su artículo 9, que la Secretaría de Salud, en su carácter de autoridad sanitaria, y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, en su carácter de coordinador del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada tendrán respecto de la asistencia social las atribuciones que en dicho ordenamiento se mencionan entre las que destacan: formular las Normas Oficiales Mexicanas que rijan la prestación de los servicios de salud en materia de asistencia social, a fin de garantizar la calidad de los servicios, y los derechos de los sujetos que dicha Ley señala; así como la difusión y actualización de las mismas entre los integrantes del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Nacional de Asistencia Social Pública y Privada. También se refiere dicha Ley a certificar que los servicios que presten en la materia las instituciones de los sectores públicos y privado, cumplan con lo estipulado en la Normas Oficiales Mexicanas señaladas en ese ordenamiento. Destaca también dentro de éste mismo artículo la supervisión de la debida aplicación de las Normas Oficiales Mexicanas que rijan la prestación de los servicios de salud en la materia, así como evaluar los resultados de los servicios asistenciales que se presten conforme a las mismas. Se establece también el coordinar un Sistema Nacional de Información en materia de Asistencia Social en colaboración con el INEGI.
El artículo 22 de la citada Ley, se refiere a los integrantes del Sistema Nacional de Asistencia Social, pública y privada.
Los artículos 27 y 28, de dicho ordenamiento nos señalan respectivamente, que el Sistema Nacional para el Desarrollo de la Familia es el organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio a que se refiere el artículo 172 de la Ley General de Salud y el artículo 28 establece que el organismo será el coordinador del Sistema, así como menciona sus funciones.
A su vez el artículo 44 del referido ordenamiento menciona que con el propósito de asegurar la adecuada coordinación de acciones en el ámbito de la prestación de los servicios de asistencia social y con el objeto de favorecer prioritariamente a los grupos sociales más vulnerables, en los términos del Sistema Nacional de Planeación, de la Ley de Asistencia Social, el organismo en este caso el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia celebrará acuerdos y concertará acciones con los sectores público, social y privado; y en su caso, con las autoridades de las diferentes comunidades indígenas de las entidades federativas.
El artículo 63, de la citada Ley nos dice que las instituciones de asistencia social deberán ajustar su funcionamiento a lo dispuesto por las Normas Oficiales Mexicanas, que al efecto se expidan por la Secretaría de Salud, y el Consejo Nacional de Normalización y Certificación, para normar los servicios de salud y asistenciales.
A su vez el artículo 65 de la misma Ley nos habla de la supervisión y vigilancia para el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, el cual corresponde a la Secretaría de Salud a través del organismo, en éste caso el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y a las autoridades locales.
Como se puede apreciar, tanto la Ley General de Salud como la Ley de Asistencia Social, abordan aspectos importantes para la atención de las personas adultas mayores, al igual que en forma específica trata la Ley que a continuación me referiré.
La Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores ,20 nos dice que entre las atribuciones del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores , mismas que se establecen en el artículo 28 de esa Ley, se encuentran realizar visitas de inspección y vigilancia a instituciones públicas y privadas, casas hogar, albergues, residencias de día o cualquier centro de atención a las personas adultas mayores, para verificar las condiciones de funcionamiento, capacitación de su personal, modelo de atención y condiciones de la calidad de vida. Así como hacer del conocimiento de las autoridades competentes, de las anomalías que se detecten durante las visitas realizadas a los lugares que se mencionaron, así como podrá también hacer del conocimiento público dichas anomalías. Entre sus atribuciones se encuentra también analizar, organizar, actualizar, evaluar y difundir la información sobre las personas adultas mayores relativa a los diagnósticos, programas, instrumentos, mecanismos y presupuestos que estarán para su consulta y que se coordinarán con el INEGI y la Conapo. Menciona también un aspecto fundamental, que es el crear un registro público obligatorio de todas las instituciones públicas y privadas de casas hogar, albergues y residencias de día o cualquier centro de atención a las personas adultas mayores. Al analizar lo anterior siento la necesidad de señalar que se requiere fortalecer a éste Instituto Nacional para que pueda incrementar sus acciones dirigidas a las personas adultas mayores.
Al realizar este trabajo me he percatado que tanto el Estado como la sociedad, debemos unir esfuerzos a favor de las personas adultas mayores, en especial de las carentes de recursos económicos, por lo que todos los mexicanos debemos reflexionar sobre éste tema para construir una sociedad más justa e igualitaria en donde se dé el pleno respeto a la persona adulta mayor, cuidando su completa integración en todas las actividades de nuestra comunidad, ya que no es solamente como se ha dicho una persona útil y capaz de tener una vida propia e independiente, sino que también es aquella que posee un cumulo de experiencias, que con toda seguridad al ser apreciadas tanto en los sectores público como privado, se obtendrían resultados positivos, independientemente que merecen por su alta vulnerabilidad, nuestra total atención.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a su elevada consideración el presente
Punto de Acuerdo
Único . La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, exhorta de manera respetuosa a la Secretaría de Salud del gobierno federal, al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y al Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, para que impulsen la creación de casas hogar, albergues y residencias de día públicos de carácter gratuito, para las personas de la tercera edad de escasos recursos económicos que lo requieran, así como fortalecer la supervisión de los ahora existentes para que cumplan eficientemente con la normatividad establecida y el respeto a los derechos de las personas adultas mayores.
Notas
1 Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
http://pnd.gob.mx/
2 Ibídem. Pág. 9
3 Ibídem. Pág. 53
4 Estadísticas a Propósito del Día Internacional De
Las Personas De Edad. Datos Nacionales.
http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/Contenidos/esta
disticas/2013/adultos0.pdf
5 Ibídem. Pág. 1
6 Conapo Pág. 1
http://web.coneval.gob.mx/Informes/Coordinacion/Pobreza_2012/COMUNICADO_PRENSA_003_MEDICION_2012.pdf
7 Ibídem Pág. 10
8 CNDH Comunicado de Prensa CGCP/009/13 México D. F.,
a 9 de enero de 2013
http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Comu
nicados/2013/COM_2013_009.pdf
9 CNDH Comunicado de Prensa CGCP/078/13 México D. F.,
a 17 de marzo de 2013
http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Comu
nicados/2013/COM_2013_078.pdf
10 CNDH Comunicado de Prensa CGCP/272/13.México D.F., a 21 de septiembre de 2013
http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/Comunicados/2013/COM_2013_272.pdf
11 Derechos de los Adultos Mayores.
http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/cartillas/9%20cartilla%20Derechos%20adultos%20mayores.pdf
12 Ibídem. Pág. 5
13 Ibídem. Págs. 5-9
14 Ibídem. Pág. 9
15 Denue
http://www3.inegi.org.mx/sistemas/mapa/denue/default.aspx
16 Ibídem
http://www3.inegi.org.mx/sistemas/mapa/denue/Cuantificar.aspx
17 Diario Oficial de la Federación.
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5267965
18 Ley General de Salud. Reformada 2-04-2014,
artículos 2o., 13, 168 y 171
19 Ley de Asistencia Social. Reformada 23-04-2013,
artículos 9o., 22, 27, 28, 44, 63 y 65.
20 Ley de los Derechos de las Personas Adultas
Mayores. Reformada 25-04-2012. Artículo 28.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril del año 2014.
Diputada María del Carmen Ordaz Martínez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a emitir un decreto a fin de incorporar en las formas de tributación vigentes un esquema simplificado para los comerciantes, a cargo de la diputada Margarita Licea González y suscrita por integrantes del Grupo Parlamentario del PAN
Los que suscriben, integrantes de la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 6, fracción I, 79, numeral 2, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo federal para que con base en la facultad extraordinaria establecida en el artículo 39, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, emita un decreto para incorporar a las formas de tributación vigentes un esquema simplificado para las personas que se dediquen al comercio, retomando el esquema ya probado que contempla la sección III del Capítulo II del Título IV, denominado De los Pequeños Contribuyentes, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, al tenor de los siguientes
Considerandos
Primero. Con las reformas del 11 de Diciembre del año 2013 al Código Fiscal y la expedición de una nueva del Impuesto sobre la Renta, el Ejecutivo federal planteó desaparecer el régimen de pequeños contribuyentes o llamados Repecos, para incorporar un nuevo régimen más estricto denominado de incorporación fiscal, el cual a todas luces viola los principios Constitucionales de legalidad, de equidad y proporcionalidad tributaria consagradas en el artículo 31 fracción IV de la Constitución.
Con la aprobación de esta Reforma Hacendaria que presentó el Ejecutivo federal al día de hoy los sujetos a este régimen de incorporación fiscal se encuentran con impedimentos para el cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. La eliminación del régimen de pequeños contribuyentes ocasiona un perjuicio a la competitividad del país debido a que ocasiona un agravio directo al sector de la economía de los pequeños empresarios.
Segundo. Debemos recordar que el régimen de Repecos nace de la necesidad de ubicar en un plano diferente a los pequeños negocios de aquellas medianas y grandes empresas, pues los primeros cuenta con sus características especiales que impiden que sean tratados de manera igualitaria a las personas que tributan en el régimen general. Por lo que la eliminación de este régimen en la Ley del Impuesto sobre la Renta implica una violación al principio de equidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución.
De acuerdo con cifras de la Secretaría de Economía existen más de 4 millones de unidades empresariales de las cuales el 98 por ciento son micro y pequeñas empresas y estas aportan el 52 por ciento del Producto Interno Bruto y el 72 por ciento del empleo del país; en la Ley del Impuesto sobre la Renta ha afectado en una medida importante al sector que tributaba en el régimen de pequeños contribuyentes.
Tercero. Con la entrada en vigor de la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta, quién tributaba bajo el régimen de pequeños contribuyentes, hoy tributará bajo el régimen de incorporación fiscal el cual prevé mayores cargas en comparación con el antiguo régimen, pues aunque la actual ley prevé un lapso de incorporación de diez años, la realidad es que a partir del segundo año se pagarán impuestos de manera progresiva, sin dejar de mencionar que al termino de estos diez años tributando en el régimen de incorporación fiscal se pasará a tributar al régimen general.
Aún más, las cargas administrativas que se exigen a los contribuyentes del nuevo régimen les son aplicables aun cuando por estos primeros dos años se les exima de no pagar impuestos, lo que constituye la mayor preocupación de este sector derivado de las dificultades que tienen para su cabal cumplimiento y el temor por la imposición de sanciones derivado de dicha situación.
De las nuevas obligaciones que tienen los pequeños contribuyentes está el de enterar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), lo que implica emitir factura digital de todas las ventas y solicitar de todas las compras y gastos facturas digitales también; además de estar enviando su contabilidad vía internet cada bimestre, lo que se traduce en una alta carga administrativa para los pequeños negocios que tienen que incursionar.
Cuarto. Debemos ser precisos que con la aplicación del régimen de incorporación fiscal se creó automáticamente el riesgo latente de que aproximadamente casi cuatro millones de pequeños negocios que operaban bajo el régimen de pequeños contribuyentes no pueden cumplir con sus obligaciones fiscales impuestas por la ley, en virtud de que no cuentan con la capacidad económica, tecnológica y administrativa que se requiere para cumplirlas, como lo tienen las medianas y grandes empresas.
Sin embargo, el punto más sensible radica en el ejercicio de las facultades de recaudación que el SAT pretende realizar a través de medios tecnológicos sin contar con la infraestructura adecuada y eficiente, pues es ampliamente sabido a través de los diferentes medios informativos que durante los meses de enero, febrero y marzo la alta demanda generada por la desaparición del régimen de pequeños contribuyentes y el plazo para tributar en el régimen de incorporación fiscal colapsaron la capacidad de atención, asesoría, actualización de información e inscripción en el SAT, al punto de que una parte de los servicios que presta por internet no se encuentran actualmente funcionando.
Esta situación ocasionó y sigue ocasionado que en estos meses se inhabilitará el módulo de presentación de declaraciones mensuales de personas físicas dejando a los contribuyentes sin poder acceder a una cita, por no encontrarse disponibles en la página de internet del SAT. Más aún los servicios que presta el SAT a través de internet siguen sin funcionar al ciento por ciento a la fecha, lo que ocasiona una grave incertidumbre a los contribuyentes, por ejemplo el día de hoy, 22 de abril a las 12:00 horas, la página del SAT se encontraba sin funcionamiento, luego entonces ¿cómo pretende el Estado hacer frente a sus facultades de recaudación sin contar siquiera con una infraestructura adecuada que permita dar a los contribuyentes la certidumbre jurídica y la tranquilidad de una situación fiscal sana?
Aunado a los problemas con el uso de las herramientas tecnológicas por parte del SAT, también debe de tomarse en cuenta lo que se ha mencionado reiteradamente: nuestro país presenta niveles muy bajos en cuanto a la penetración del mismo y los servicios financieros; el uso de este servicio en el país es de alrededor del 37 por ciento, cuando en el país existe un universo de 166 mil 154 comunidades de hasta 2 mil 500 habitantes sin acceso a internet, lo que dificultad el cumplimento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.
La desaparición del régimen de pequeños contribuyentes ha traído consigo un serie situaciones que han desalentado a un sector de la economía tan importante como son las Pyme, por ejemplo, de conformidad con medios de información locales y nacionales, en estados como Oaxaca, Zacatecas y Jalisco se han presentado el cierre de pequeños negocios como tiendas de abarrotes y pequeñas papelerías por no poder cumplir con todos los requisitos que establece la ley.
Quinto. La desaparición del régimen de Repecos viola los principios constitucionales de legalidad, de equidad y proporcionalidad tributaria consagradas en el artículo 31 fracción IV de la constitución. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido los criterios con carácter de jurisprudencia, en el sentido de que el tratamiento referido al régimen de pequeños contribuyentes no viola el principio de equidad tributaria a que se refiere el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en ese sentido, el tratamiento diferenciado a este grupo de contribuyentes, existente hasta 2013 habría conservado su constitucionalidad de coexistir con el régimen de incorporación fiscal establecido en la actual Ley del Impuesto sobre la Renta ya que ambos sujetos poseen características propias suficientes para clasificarlos en distintas categorías, atendiendo a sus diversas capacidades administrativas y operativas.
Dado que el régimen de pequeños contribuyentes establecía un mecanismo especial de tributación que durante su vigencia no propició discriminaciones y desigualdades, que a su vez, atendía a la naturaleza de las actividades de los contribuyentes contemplados en el mismo, su volumen de ingresos o el momento y forma de sus operaciones, así como su capacidad administrativa, resulta necesario atender a las exigencias que estos contribuyentes han manifestado ante la aparición del nuevo régimen de incorporación fiscal previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta, con la finalidad de alentar el desarrollo económico de los empresarios y su proyección en el mercado.
Desde esa perspectiva, deben establecerse mecanismos través de los cuales se logre la integración y simplificación de las obligaciones fiscales que les correspondan diverso a aquel que se aplica en el régimen general.
En tal virtud, resulta conveniente poner a consideración del Ejecutivo federal, en el ejercicio de la facultad extraordinaria prevista en el artículo 39, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, a efecto de que emita un decreto en el que se retomen las disposiciones relativas al régimen de pequeños contribuyentes, establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013; ello con la finalidad de que no se continué con el cierre de establecimientos comerciales y se siga afectando la economía del país.
Por lo anteriormente expuesto, sometemos a la atención de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo federal para que en uso de la facultad extraordinaria establecida en el artículo 39 fracción I del Código Fiscal de la Federación, emita un decreto para incorporar a las formas de tributación vigentes un esquema simplificado para las personas que se dediquen al comercio, retomando el esquema ya probado que contempla la sección III del Capítulo II del Título IV, denominado De los Pequeños Contribuyentes, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013.
Dado en Palacio Legislativo, a 24 de abril de 2014
Diputada Margarita Licea González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Ejecutivo federal a intervenir y dar seguimiento por la Semarnat, la Profepa y la Conanp al abandono de ejemplares de la vida silvestre derivado del cierre de la concesión del parque Amikúu, en el área natural protegida Cañón del Sumidero, Chiapas, a cargo de la diputada Lourdes Adriana López Moreno, del Grupo Parlamentario del PVEM
Lourdes Adriana López Moreno, diputada por el primer distrito electoral federal de Chiapas a la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de este pleno proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 1980 se declaró con la categoría de parque nacional el área denominada Cañón del Sumidero que, con una superficie de 217 894 190.00 metros cuadrados, se sitúa en Tuxtla Gutiérrez, San Fernando, Osumacinta, Soyalo, Ixtapa y Chiapa de Corzo, Chiapas, por ser uno de los lugares con mayor belleza natural en el país, el cual reúne condiciones singulares por su variedad de vegetación, fauna y flora silvestre, clima, topografía y el alto valor geológico que representa.
El decreto presidencial de referencia no sólo fue declarativo sino además expropiatorio de la superficie comprendida dentro de la poligonal correspondiente, razón por la cual el Ejecutivo federal realizó pago indemnizatorio a quienes legalmente acreditaron tener derecho y en virtud de ello no puede existir ninguna forma de propiedad dentro del área sujeta a conservación, únicamente es posible otorgar concesiones.
De los antecedentes anteriores, en 2003 se otorgó una concesión al centro ecoturístico Amikúu, que diseñó y puso en funciones el parque Amikúu, como centro de diversión y esparcimiento, en este parque se introdujeron diversas especies de fauna silvestre, como parte de los bienes y de las funciones que ofrecía dicho centro Eco-turístico, mismo que se encuentra dentro del parque nacional Cañón del Sumidero.
Posteriormente y derivado de múltiples llamadas telefónicas realizadas por habitantes de Chiapa de Corzo, Chiapas, a las oficinas del parque nacional Cañón del Sumidero, denunciaron que el parque cerró sus puertas desde finales de 2013, y los animales quedaron en estado de abandono y manifestaron su preocupación sobre el estado de salud de diversas especies de fauna sujetas a protección especial, los cuales se encontraban en el centro ecoturístico Amikúu, por lo que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) y la Secretaría de Medio Ambiente de Chiapas intervinieron inmediatamente al conocer las citadas denuncias ciudadanas.
En efecto, el 31 de enero de 2014, personal adscrito a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), a la Profepa y al zoológico Miguel Álvarez del Toro (Zoomat), realizaron un recorrido en las instalaciones del centro ecoturístico Amikúu con la finalidad de inspeccionar y verificar el estado de salud y condiciones en general de los ejemplares de vida silvestre que se encontraban en cautiverio en dichas instalaciones. El resultado de esta supervisión fue que el gobierno del estado rescató a 54 animales abandonados en el parque ecológico Amikúu, los cuales se trasladaron con sus respectivas precauciones a las instalaciones del Zoomat, de Tuxtla Gutiérrez por personal especializado de la Secretaría del Medio Ambiente e Historia Natural, en donde se incluyeron en un proceso de cuarentena, siendo sujetos a un tratamiento especial con la finalidad de establecer los protocolos veterinarios en los cuidados y observaciones que cada ejemplar requiera a efecto de alcanzar su recuperación total.
Entre la fauna rescatada en el citado parque ecológico establecido en el parque nacional Cañón del Sumidero, se encuentran aves, tortugas, cocodrilos, víboras, monos araña, ocelotes y jaguares, entre ellos una hembra llamada Balam (de 19 años), la que se cercenó la cola por el estrés y el hambre, a la que estuvieron irregularmente sometidos, esto en virtud de que solamente eran alimentados cada 10 días, desde noviembre pasado, esto a consecuencia de la loable iniciativa y de acuerdo a la capacidad y organización de los habitantes aledaños a la zona, así como por integrantes de la organización Esteriliza San Cristóbal de Las Casas.
De las especies encontradas en el parque Amikúu, nueve están en alguna categoría de riesgo según la NOM-059-SEMARNAT-2010, entre las cuales se mencionan las siguientes:
Cuatro especies se encuentran en la categoría de amenazadas, nomenclatura A :
- Ara macao;
- Crax rubra;
- Boa constrictor; y
- Lampropeltis triangulum.
Dos se encuentran en la categoría de sujetas a protección especial, nomenclatura Pr:
- Agkistrodon bilineatus; y
- Crocodylus acutus
Tres se encuentran en la categoría de peligro de extinción, nomenclatura P:
- Panthera onca;
- Leopardus pardalis; y
- Ateles geoffroyi.
Como consecuencia de lo anterior, se observó que las condiciones de los encierros, jaulas, estanques, los pocos recursos humanos para la mantenimiento de la infraestructura de los mismos, aunado a la falta de personal capacitado para atender a estos animales, así como el repentino abandono y el irregular cierre de las instalaciones sin que se notificara a la autoridad reguladora en la materia; pusieron en peligro la vida de estos ejemplares de fauna silvestre que allí se encontraban, no obstante el estado de gravedad de su salud, en el que se encuentran actualmente; además de que la mayoría de ellos están bajo alguna categoría de riesgo, de conformidad con la citada NOM-059-SEMARNAT-2010.
La conservación de la riqueza biológica es una tarea que se encuentra ligada a las posibilidades de aprovechar de manera sustentable el capital natural con el que cuenta el país, la diversidad biológica que alberga se caracteriza por una elevada riqueza de especies y endemismos, aunada a la heterogeneidad del mosaico de paisajes en las que se distribuye; presenta retos de gran envergadura para su conservación, además, prácticamente todos los ecosistemas del país han sido ampliamente afectados por las incorrectas actividades humanas, con lo cual se han deteriorado considerablemente, con consecuencias negativas en la calidad y en la cantidad de los bienes y servicios ambientales que ellos nos proporcionan, lo que ha causado impactos desde el punto de vista económico y social que afecta negativamente a la población y como respuesta a estos irregulares cambios al ambiente, se ha conformado una política ambiental con criterios de protección y conservación, con lo cual se han consolidado instrumentos estatales y federales.
Por todo lo expuesto y fundado, me permito someter a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, en atención del recorrido de inspección y vigilancia realizado por la propia Procuraduría Federal de Protección al Ambiente al centro ecológico Amikúu, mediante la cual se constató la existencia de graves contravenciones a la legislación ambiental federal, consistentes en afectaciones a la fauna silvestre en peligro de extinción y en riesgo, se le impongan al responsable, las sanciones correspondientes de conformidad con la legislación vigente, y se realice el aseguramiento preventivo, precautorio o ambos de la fauna silvestre, con la finalidad de evitar se continúe con el maltrato y se evite con ello la pérdida de dichos ejemplares y en su caso se proceda al expedito seguimiento que corresponda.
Segundo. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente a efecto de que de vista al agente del Ministerio Público Federal correspondiente, con la finalidad de que se ejercite acción penal en contra de quien o quienes resulten responsables por la probable comisión de los delitos ambientales que resulten de los hechos descritos en el presente documento, y se solicite la reparación del daño ocasionado al parque nacional Cañón del Sumidero y a la fauna silvestre citada.
Tercero. Se exhorta respetuosamente al Ejecutivo federal para que a través de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, a efecto de que rescinda el convenio de concesión otorgado a la empresa Parque Ecoturístico Cañón del Sumidero, SA de CV (Centro Ecoturístico Amikúu), derivado de los incumplimientos al convenio por el cierre del parque y por las afectaciones a la fauna silvestre en peligro de extinción y en riesgo, que se encontraba en las instalaciones del citado Parque y se ejecute este convenio en todas sus partes, se consideren estas instalaciones a efecto de promover en coordinación con las comunidades aledañas, la planeación y desarrollo de proyecto turístico y ecológico que sea viable y fomente la conservación ambiental.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro.- México, DF, a 24 de abril de 2014.
Diputada Lourdes Adriana López Moreno (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el cual se exhorta a los titulares de la Semarnat y de la Conafor a llevar a cabo acciones de prevención y eliminación de la plaga descortezadora que amenaza los bosques de México, a cargo del diputado Jesús Morales Flores, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Jesús Morales Flores, diputado federal de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracciones I y II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta a esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Los bosques, principales pulmones de la tierra, no sólo brindan un magnifico paisaje, sino también se encargan de llevar a cabo la conversión del dióxido de carbono en oxígeno, elemento éste último indispensable para la vida, al igual que fungen como regulador del clima.
De acuerdo a datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, México cuenta con una de las 10 mayores superficies de bosques primarios en el mundo, lo que significa que de una extensión de 1 millón 964 mil 375 kilómetros cuadrados de territorio, el 18 por ciento corresponde a bosques, lo que también nos coloca como la cuarta nación en cuanto a riqueza de especies.
A consecuencia del cambio climático, se han suscitado periodos prolongados de sequía en diversos Estados de la República, situación que facilita la presidencia de plagas, mismas que afectan a los árboles, generando un gran daño ecológico, al cual tenemos que prestarle atención.
Una de las plagas más dañinas y que se ha manifestado en número en las últimas fechas, son los insectos descortezadores, pequeños escarabajos de tan sólo 4.77 milímetros de tamaño, los cuales afectan a diversas especies de árboles, ya que cuando se presentan en forma epidémica, arrasan con grandes superficies arboladas.
Los insectos descortezadores son organismos que se desarrollan bajo las cortezas de los árboles debilitándoles y ocasionándoles la muerte, las cuales pueden afectar desde un espécimen hasta miles de ellos, degradando así miles de hectáreas. De igual forma afecta especies consideradas para la economía de la industria maderera del país.
De acuerdo con el Estudio de Distribución de Plagas y Enfermedades de 2012 realizado por la Comisión Nacional Forestal la plaga de insectos descortezadores afectó a más de 18 mil 660 hectáreas de bosques, siendo las zonas más afectadas las situadas en Aguascalientes, Chiapas, Chihuahua, Coahuila, Durango, estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas, Zacatecas, esto a consecuencia de las sequías que se generaron en dichas entidades federativas.
Es por esto que proponemos se exhorte a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal para que con base en sus atribuciones lleven a cabo acciones de prevención y eliminación de la plaga descortezadora que amenaza los bosques del país, con la finalidad de revertir la deforestación generada.
Es conveniente mencionar que el pasado 5 de noviembre de 2013, la honorable Cámara aprobó diversas reformas a la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, mediante la cual se establece que se deberán de llevar a cabo acciones de prevención, detección y evaluación de plagas y enfermedades forestales; sin embargo el dictamen se encuentra todavía en discusión en la Cámara de Senadores.
Por tal motivo, y a consecuencia de la importancia que representa el cuidado de nuestros bosques, no podemos esperar a que las reformas que acabo de comentar sean aprobadas, tenemos que llevar el daño que se ha estado generando a consecuencia de la plaga ya citada.
Es de vital importancia proteger nuestros recursos naturales de cualquier amenaza, ya sea esta natural o generada por el ser humano.
Por lo expuesto, elevo a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso exhorta a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal, para que con base en sus atribuciones lleven a cabo acciones de prevención y eliminación de la plaga descortezador que amenaza los bosques del país.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 24 de abril de 2014.
Diputado Jesús Morales Flores (rúbrica)