Gaceta Parlamentaria, año XVI, número 3731-IX, martes 19 de marzo de 2013
De la Comisión de Transportes, con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, le fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen correspondiente la iniciativa que reforma los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, presentada por las diputadas María del Rosario de Fátima Pariente Gavito y Judit Magdalena Guerrero López, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.
La Comisión de Transportes, con las atribuciones que le confieren los artículos 39, numerales 1 y 2, y 45, numerales 6, incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 80, numeral 1; 81, numeral 2; 82, numeral 1; 84, numeral 1; y 85 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes
Antecedentes
1. En sesión ordinaria del pleno de la Cámara de Diputados, celebrada el martes 18 de diciembre de 2012, las diputadas María del Rosario de Fátima Pariente Gavito y Judit Magdalena Guerrero López, integrantes del Grupo Parlamentario Partido Verde Ecologista de México, presentaron iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
2. Con fecha 18 de diciembre de 2012, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, dictó el trámite túrnese a la Comisión de Transportes para dictamen.
3. En reunión de la Comisión de Transportes, celebrada el 11 de diciembre de 2012, se aprobó el programa para desahogar los asuntos en cartera.
4. Durante las dos primeras semanas de enero de 2013, se llevó a cabo la investigación documental para allegarse de los elementos necesarios a efecto de elaborar el dictamen respectivo.
5. Durante las dos últimas semanas de enero de 2013, se convocó a quienes estuvieran interesados en esta iniciativa, a enviar los comentarios respectivos.
6. El 31 de enero de 2013, en la Gaceta Parlamentaria se publicó la prevención emitida por la Presidencia de la Mesa Directiva, a efecto de presentar el dictamen correspondiente a la presente iniciativa.
7. Con fecha 31 de enero de 2013, el pleno de la Comisión de Transportes acordó turnar a las Subcomisiones de Transporte Terrestre de Carga, y de Pasaje, para la elaboración del predictamen correspondiente a la presente iniciativa.
Exposición de Motivos
El autotransporte de carga es una actividad estratégica para la economía nacional. En 2010 movilizo alrededor de 470 millones de toneladas, y está relacionada con más de 71 actividades económicas, generando más de 4 millones de empleos directos e indirectos, por lo que se le considera un sector precursor del desarrollo nacional.
El autotransporte de carga cuenta con una amplia gama de normas oficiales mexicanas, cuya supervisión y vigilancia se hacen depender de la actuación y recursos de diversas dependencias del Ejecutivo Federal que resultan ser muchas veces insuficientes. Ante esta situación, es prioritario fortalecer el cumplimiento voluntario de los sectores productivos y de servicios mediante la autorregulación, dotándola de un reconocimiento que propicie incluso acuerdos interinstitucionales entre las diversas dependencias involucradas, de tal manera que se incentive su adopción como una alta muestra de responsabilidad social claro está, siempre bajo el monitoreo de la autoridad responsable por lo que se propone su incorporación a nivel de ley.
No obstante la importancia económica y social del autotransporte de carga, el parque vehicular de este medio de transporte padece una obsolescencia de más de 17.5 años de antigüedad, lo que representa una desventaja competitiva respecto de nuestros principales socios comerciales que oscila entre 5 y 6 años de antigüedad.
La falta de una disposición clara a nivel de ley que establezca el año modelo que como limite debe observarse, tanto para el ingreso a los servicios de autotransporte de carga y transporte privado, así como el señalamiento de un límite de años en operación referenciado al año modelo de fabricación, ha contribuido a que unidades cuya vida útil está superada, sigan circulando en carreteras con el consecuente riesgo que esto representa para la seguridad vial, el cuidado al medio ambiente y el deterioro acelerado de la flota vehicular nacional.
En materia de cuidado al medio ambiente, es urgente implementar políticas públicas de largo alcance pues el autotransporte es responsable del 22 por ciento de las emisiones de CO2 que equivale a 36 mil 457 toneladas anuales, donde el autotransporte de carga participa con el 77 por ciento es decir, genera 28 mil 39 toneladas de emisiones según cifras calculadas al 2010. En lo que respecta a consumo de energía de 2 mil 247.7 petajoules que se consumieron en 2010, el autotransporte de carga participó con el 92. Por ciento, por lo que es el subsector que mayor cantidad de energía utiliza. Si consideramos que la cantidad de vehículos con 21 o más años de antigüedad a 2010 creció en un 22 por ciento a lo observado en 2005, esto refleja una tendencia a la alza en el envejecimiento de la flota vehicular tan solo en este segmento donde se encuentran más de 147 mil 500 unidades motrices. Más aún el porcentaje de camiones con más de 25 años de antigüedad es del orden del 30 por ciento del total de la flota vehicular que también a 2010 fue de 408 mil 567 unidades motrices, por lo que es prioritario establecer el umbral de antigüedad de la flota vehicular tanto en su ingreso como en su operación.
El no contar con un límite de ingreso y años de operación, contribuye también a que los programas de chatarrización sean insuficientes y torna más atractiva la importación o contrabando de unidades de procedencia extranjera; así como el mercado negro de partes y refacciones, por lo que es urgente se introduzca dicha reforma de manera similar a como existe en el sector de pasaje y turismo.
Dada la importancia de la seguridad vial en el autotransporte, se propone la incorporación también en esta ley de los elementos necesarios para robustecer la operación segura de las unidades dedicadas al transporte de carga ligada al año, modelo de fabricación, las condiciones de peso bruto vehicular máximo, y los elementos de seguridad vial que deberán cumplir todo tipo de configuraciones vehiculares para su tránsito seguro, amen de regular o controlar la velocidad máxima.
La reforma que se propone tiene la virtud de introducir las bases para que vía Norma Oficial Mexicana, se establezcan los elementos mínimos de seguridad vial para el transporte de carga, construir indicadores de causas de siniestralidad a nivel internacional por cada tipo de configuración, y dotar de información clave para encauzar políticas públicas y también brindar las bases para exceder dichos estándares bajo Normas Mexicanas u otros instrumentos de calidad.
Contenido de la iniciativa
La iniciativa presentada por las ciudadanas diputadas, propone reformar el párrafo segundo del artículo 35, de igual manera se reforma el primer párrafo y se adicionan un segundo y tercer del artículo 39, y se reforma el primer párrafo del artículo 50, todos ellos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 35. ...
Las empresas que cuenten con los elementos técnicos conforme a la norma oficial mexicana respectiva, podrán ellas mismas realizar la verificación técnica de sus vehículos. La secretaría promoverá con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas.
Artículo 39. Los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, deberán cumplir con las condiciones de antigüedad de acuerdo al año modelo de fabricación, con las condiciones de peso bruto vehicular máximo y sus elementos de seguridad vial, dimensiones, capacidad y otras especificaciones, así como con los límites de velocidad en los términos que establezcan los reglamentos respectivos. Asímismo, están obligados a contar con dispositivos de control gráficos o electrónicos para regular la velocidad máxima.
Las unidades motrices y de arrastre que ingresen al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberán tener una antigüedad no mayor a cinco años a partir de su año modelo de fabricación.
Las unidades del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, tanto motrices como de arrastre, sólo podrán transitar un máximo de veinte años a partir de su año modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas respectivas.
Artículo 50. El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, siempre y cuando la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria, articulada o doblemente articulada no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas y a su vez cumpla con los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
Consideraciones de la comisión
Una de las razones fundamentales que inspiran a los legisladores integrantes de la Comisión de Transportes para reformar la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal (LCPAF), es la consideración de que México vive una etapa de transición en la que se hace necesaria una revisión de las normas y procedimientos que rigen el funcionamiento de diversas instituciones del Estado.
Ante dicha realidad existe además la imperiosa necesidad de formular políticas públicas que fomenten, sin demora, el desarrollo nacional.
En ese marco, el autotransporte federal se presenta como un sector de la economía que adquiere un carácter esencial para el crecimiento y el desarrollo económico, social y cultural de un país.
En ese sentido, del análisis que los miembros de esta Comisión realizaron a la exposición de motivos de la iniciativa en estudio, para fortalecer el sector del autotransporte federal, se determinó en primera instancia, que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal vigente, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1993, buscó promover la disponibilidad en todo el territorio nacional de los diferentes servicios de autotransporte.
Por ello, la dictaminadora considera conveniente señalar que esta ley introdujo nuevos procedimientos para dar mayor transparencia a los procesos de otorgamiento de permisos, los cuales son superados por la actual situación, toda vez que se necesita contar con mayor certidumbre jurídica al momento de otorgar permisos, siendo la seguridad el bien jurídicamente tutelado lo que se busca guardar.
Asimismo, la que dictamina estima que las reformas a la Ley de la materia brindarán las herramientas necesarias para hacer frente a los nuevos retos que enfrenta el país, ante un mercado en competencia de un mundo globalizado y los rezagos que existen en la penetración de los servicios de autotransporte federal para que todos los mexicanos puedan acceder a la transportación.
Es claro que nuestro país requiere reforzar sus instituciones jurídicas en materia de autotransporte, mediante una reforma integral de su marco legal, que permita responder a las necesidades de la población en nuestro país, a fin de que el autotransporte federal tenga una mayor penetración y ofrezcan a la población la diversidad de sus servicios.
La comisión que suscribe reconoce plenamente que la iniciativa que se dictamina busca mejorar las condiciones del autotransporte, su operación y calidad en el servicio, garantizando certidumbre jurídica y seguridad para los usuarios.
Las buenas leyes también están medidas por la oportunidad con la que se promulgan, y más cuando se trata de materias tan dinámicas como el transporte, cuya desatención ocasionaría que muy pronto se profundicen las diferencias en las oportunidades de desarrollo humano de millones de mexicanos, además de que provocaría un rezago inaceptable en la competitividad de nuestra economía a nivel internacional.
Por otro lado, la Comisión de Transportes consideró adecuado incluir su opinión jurídica, la que presenta en el siguiente
Planteamiento
La iniciativa pretende reformar el segundo párrafo del artículo 35, de igual manera reformar el primer párrafo y adicionar un segundo y tercer párrafo al artículo 39 y reformar el primer párrafo del artículo 50, todos ellos de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Las consideraciones de la propuesta, se basan en incentivar el cumplimiento voluntario de los sectores productivos, a través de la autorregulación dotándose de reconocimiento por medio de los acuerdos interinstitucionales de las dependencias involucradas como una muestra de responsabilidad social, bajo la supervisión de la autoridad responsable.
Por otra parte, la iniciativa plantea que deben de establecerse un límite para el ingreso y años de operación de los vehículos de carga que prestan un servicio, a fin de abatir en gran medida el grado de antigüedad de los vehículos que prestan un servicio a terceros o que transportan sus propios productos, desalentando la importación o contrabando de unidades de procedencia extranjera que ya cumplieron su vida útil, y que afectan la seguridad vial en el autotransporte, esta propuesta busca alentar la modernización del parque vehicular y crear condiciones de competencia en el mercado.
Para hacer factible esta propuesta de iniciativa, será necesario considerar un Programa de Modernización que contemple dos aspectos: la repotenciación del Programa de Chatarrización, apoyado con uno de Financiamiento por parte de la Banca de Desarrollo que permita sustituir las unidades en operación, obsoletas e inseguras, con vehículos de modelo más reciente y que cumplan con condiciones de seguridad en la operación de los servicios. Así también será necesario establecer en artículos transitorios que los vehículos actualmente en operación mayores de veinte años no podrán ser sujetos de dicha disposición de reforma, porque se estaría dando efectos retroactivos en perjuicio de las unidades actualmente en operación.
En relación a la propuesta de adición y modificación de los articulos materia de la iniciativa se señala lo siguiente:
Se estima necesario modificar el segundo párrafo del artículo 35 de la iniciativa, a fin de que se precise que tanto las empresas como las personas físicas, que cuenten con elementos técnicos conforme a la Norma Oficial Mexicana, podrán realizar la verificación técnica de sus vehículos y de los de terceros .
Para este efecto, se propone adicionar que la verificación podrán llevarla a cabo, las personas físicas y las personas morales, y que estos servicios podrán también prestarse a terceros.
Por lo que se refiere al artículo 39 es congruente que se establezca un límite en cuanto a la antigüedad de los vehículos que se den de alta ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cuya antigüedad no deberá ser mayor a cinco años a partir del año modelo de su fabricación, con un límite de operación de veinte años a partir del modelo de su fabricación, esta modificación permitirá abatir la antigüedad de los vehículos que prestan el servicio de carga y transporte privado de carga, con la salvedad de no dar efecto retroactivo a las unidades en operación.
Finalmente, la propuesta al artículo 50 es congruente al análisis vertido, toda vez que se pretende establecer que las unidades en operación no excederán el peso bruto ni las dimensiones que establezcan las Normas Oficiales Mexicanas.
A efecto de garantizar la imparcialidad y que el establecimiento de los pesos y dimensiones máximos obedezcan estrictamente a condiciones técnicas y de seguridad, se considera agregar a la iniciativa un párrafo que precise la obligación de consultar a los expertos, sin conflicto de intereses en la materia.
Será necesario establecer dos artículos transitorios, uno que señale que los vehículos actualmente en operación, no podrán ser materia de esta reforma, en virtud de no tener efecto retroactivo para las unidades de más de veinte años que actualmente están autorizadas. Además deberá establecerse que las Secretaría de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Hacienda y Crédito Público, así como la Banca de Desarrollo, deberán estructurar y presentar un Programa de Modernización del Autotransporte de Carga, que incorpore, tanto los estímulos para la chatarrización de unidades que vayan cumpliendo la antigüedad de veinte años, como el Programa de Financiamiento respectivo.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Artículo Único. Se reforman los artículos 35, párrafo segundo; 39; 50, primer párrafo y se adicionan un tercer párrafo al artículo 35; y un tercer párrafo, recorriéndose el actual en su orden, al artículo 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:
Artículo 35. ...
Las personas morales y las personas físicas que cuenten con los elementos técnicos conforme a la norma oficial mexicana respectiva, podrán ellas mismas realizar la verificación técnica de sus vehículos y, en su caso, de terceros.
La secretaría promoverá con otras dependencias del Ejecutivo federal y estatal, el reconocimiento de la autorregulación para el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas.
Artículo 39. Los vehículos destinados al servicio de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, deberán cumplir con las condiciones de antigüedad de acuerdo al año modelo de fabricación, con las condiciones de peso bruto vehicular máximo y sus elementos de seguridad vial, dimensiones, capacidad y otras especificaciones, así como con los límites de velocidad en los términos que establezcan los reglamentos respectivos. Asimismo, están obligados a contar con dispositivos de control, gráficos o electrónicos, para regular la velocidad máxima.
Las unidades motrices y de arrastre que ingresen al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado, deberán tener una antigüedad no mayor a cinco años a partir de su año modelo de fabricación.
Las unidades del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, tanto motrices como de arrastre, solo podrán transitar un máximo de veinte años a partir de su año modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas respectivas.
Artículo 50. El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, siempre y cuando la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria, articulada o doblemente articulada no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas y a su vez cumpla con los elementos básicos de seguridad vial. Las normas oficiales mexicanas, establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
...
Para la definición de los límites máximos de pesos y dimensiones con los que puedan circular los vehículos por los caminos y puentes de jurisdicción federal, el Comité de Normalización respectivo, deberá obtener la opinión de expertos en la materia, acreditados por las principales instituciones de educación superior de nuestro país.
...
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. El tercer párrafo del artículo 39, no aplica para las unidades, que a la entrada en vigor del presente decreto, se encuentren en operación, registradas ante la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y tengan una antigüedad mayor a los veinte años a partir del año modelo de su fabricación.
Tercero. Las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público, y la instituciones que integran la banca de desarrollo, deberán presentar, en un plazo máximo de 8 meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el programa para la modernización del parque vehicular del autotransporte federal de carga.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de febrero de 2013.
La Comisión de Transportes
Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez (rúbrica), presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández (rúbrica), Jesús Tolentino Román Bojórquez (rúbrica), Miguel Sámano Peralta (rúbrica), María Rebeca Terán Guevara (rúbrica), Francisco Alberto Zepeda González (rúbrica), Jorge Rosiñol Abreu (rúbrica), Luis Manuel Arias Pallares (rúbrica), Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (rúbrica), Rafael Acosta Croda (rúbrica), José Angelino Caamal Mena (rúbrica), Marco Antonio Calzada Arroyo (rúbrica), Fernando Cuéllar Reyes (rúbrica), Catalino Duarte Ortuño, Raúl Santos Galván Villanueva (rúbrica), Víctor Rafael González Manríquez, Francisco Grajales Palacios (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Javier Filiberto Guevara González, María del Rosario Merlín García (rúbrica), Jesús Morales Flores (rúbrica), Nabor Ochoa López (rúbrica), Jesús Oviedo Herrera (rúbrica), Germán Pacheco Díaz (rúbrica), Humberto Armando Prieto Herrera (rúbrica), Hugo Mauricio Pérez Asueto, Francisco Tomás Rodríguez Montero, José Soto Martínez, Jorge Terán Juárez (rúbrica).
De la Comisión de Transportes, en la que se proponen modificaciones al dictamen
Acta de la Comisión de Transportes relativa a la quinta sesión ordinaria, efectuada el martes 5 de marzo de 2013
Siendo las 18:00 horas del martes 5 del mes de marzo de 2013, en el salón E del Edificio G, ubicado en Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, de la Cámara de Diputados, se reunieron los legisladores integrantes de la Comisión de Transportes, de conformidad con la convocatoria de fecha 28 de febrero del presente año, para el desahogo del siguiente orden del día:
1. Lista de asistencia.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sesión anterior.
4. Presentación y, en su caso, aprobación de los proyecto de dictámenes de las siguientes iniciativas:
a. Dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y se adiciona un segundo párrafo al numeral dos, del artículo 33 de la Ley General de Educación. Presentada por el diputado Roberto Pérez de Alba Blanco, del Partido Nueva Alianza.
b. Dictamen en sentido negativo, de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Presentada por el diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Partido Movimiento Ciudadano.
c. Dictamen en sentido negativo, del proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Presentada por el diputado Jesús Gerardo Cortés Mendoza, del Partido Acción Nacional.
d. Dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil. Presentada por la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Partido Nueva Alianza.
e. Dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 33 y 87 de la Ley de Aviación Civil. Presentada por el diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Partido Nueva Alianza.
5. Asuntos generales
A) Reuniones de las Subcomisiones de Transporte.
1. Registro de asistencia
Para dar cumplimiento al primer punto del orden del día, se paso lista mediante el registro de firmas, encontrándose presentes 22 diputadas y diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez, presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández, Jesús Tolentino Román Bojórquez, Miguel Sámano Peralta, María Rebeca Terán Guevara, Jorge Rosiñol Abreu, Luis Manuel Arias PalIares, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (secretarios); Rafael Acosta Croda, José Angelino Caamal Mena, Marco Antonio Calzada Arroyo, Fernando Cuellar Reyes, Raúl Santos Galván Villanueva, Francisco Grajales Palacios, Abel Guerra Garza, Javier Filiberto Guevara González, María del Rosario Merlín García, J. Jesús Oviedo Herrera, Germán Pacheco Díaz, Humberto Armando Prieto Herrera, Francisco Tomás Rodríguez Montero, Jorge Terán Juárez.
Contando con el quórum reglamentario, el presidente, Juan Carlos Muñoz Márquez, dio por iniciada la reunión y procedió a dar lectura al orden del día.
2. Lectura y aprobación del orden del día
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Le pido al señor secretario que pregunte a los compañeros si están por la afirmativa la orden del día.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la presidencia, y en votación económica, se pregunta a los señores diputados si están por aprobar esta orden del día. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo del modo ... Los que estén por la negativa. Aprobado, señor presidente.
3. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario.
De la misma forma le pido al señor secretario que nos dispense de la lectura, de la aprobación del acta de la sesión anterior, ya que fue remitida con anterioridad a cada uno de los miembros. Le pido, señor secretario, que solicite la dispensa.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Se somete a consideración por instrucciones de la presidencia, la dispensa de la ... acta de la sesión anterior y su aprobación de la lectura, en su caso aprobación del acta de la sesión anterior. Los que estén por la afirmativa, sírvanse manifestarlo, levantando la mano. Los que estén por la negativa. Aprobado, señor presidente.
4. Presentación y, en su caso, aprobación de los proyecto de dictámenes de las siguientes iniciativas
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario; Asimismo, presentamos, en su caso y someteremos a la aprobación de los proyectos de las siguientes iniciativas. Le pido a la secretaría técnica, que de una manera muy breve... perdón, al secretario técnico, que de una manera muy breve nos dé solo los datos principales y si alguien tuviese alguna duda, podemos ampliar cualquier circunstancia.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Buenas tardes, señor presidente. Nada más aclarando que ya los cinco proyectos de dictamen que se someten a su consideración, fueron abordados por las subcomisiones respectivas y aprobados en sus términos por unanimidad. Las comisiones están representadas por las diferentes fracciones parlamentarias.
Por obvio de tiempo, si ustedes me permiten, nos iríamos a la parte de conclusiones de cada uno de los dictámenes y los puntos de acuerdo que se someten en cada uno.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Perfecto.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López : El primer dictamen es proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueban la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 12, de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Y se adiciona un segundo párrafo al numeral dos del artículo 33 de la Ley General de Educación.
Las conclusiones son las siguientes. Si bien la iniciativa contiene un espíritu positivo, ya que... áreas básicas para las personas con situaciones marginales, pretende atender políticas públicas con el patrimonio de los particulares al intentar garantizar el derecho a que los gobernados reciban educación. Que la Constitución lo prevé como una obligación del Estado.
Del planteamiento del problema se advierte que el asunto fundamental no es la transportación de los usuarios en situaciones de marginación, sino la dispersión de las comunidades con respecto a las escuelas. La iniciativa no se aboca a la obligación del Estado, de acercar dichos centros a las comunidades de difícil acceso, lo cual evitaría el complicado traslado de la población campesina, como se denomina en el propio proyecto a los centros urbanos.
Finalmente, de aprobarse la iniciativa, originaria un incremento en las tarifas, ya que el costo de las exenciones se trasladaría a los usuarios del servicios que no fueran beneficiados con ellas.
En todo caso sería conveniente considerar la posibilidad de una partida presupuestaria específica destinada al transporte de los educandos, en zonas marginadas, lo cual no afectaría a los usuarios del auto transporte federal ni a los permisionarios.
Por lo expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea, los siguientes acuerdos:
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un párrafo segundo al artículo 12 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Y se adiciona un segundo párrafo, numeral dos del artículo 33 de la Ley General de Educación. Presentada por el diputado Roberto Pérez de Alba Blanco, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a la consideración de ustedes este proyecto de dictamen.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias. ¿Alguien tiene algún comentario al respecto de este dictamen en sentido negativo? Si nadie tiene algún comentario, le paso al señor secretario para que promueva su votación en sus términos.
El secretario diputado: Por instrucciones del presidente, se pregunta en votación económica si es de aprobarse el dictamen relativo en sus términos.
Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano. Los que estén por la negativa. Aprobado en sus términos, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario; solicito al secretario técnico José Refugio Muñoz López.
Cuco, nuevamente, exponga el segundo dictamen, por favor.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: El siguiente es el proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por el que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos y Autotransporte Federal.
Conclusiones. Las modificaciones que se pretenden realizar a la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se refieren en todo momento a concesiones y no a permisos y autorizaciones, que es lo aplicable en materia de autotransporte federal.
En espíritu es loable el esfuerzo que se pretende por atender la problemática de un grupo social que ha sido desmeritado a lo largo del tiempo, sin embargo en lo tocante a los accesos en las terminales de autobuses de pasajeros ya se contemplan acciones en pro de personas con discapacidad, a efecto de facilitar la transportación vía terrestre.
Esto se establece en el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, en su artículo 42 B, fracción 11, incisos A, B y C.
Con relación a las unidades de autotransporte federal autobuses, es menester comentar que la realización de cambios estructurales para facilitar la accesibilidad de personas con discapacidad, debe ser direccionado a las empresas armadoras de dichos autobuses a efecto de que desde su fabricación cuenten con las adecuaciones pertinentes.
Para ello deben revisarse las normas oficiales correspondientes.
Finalmente, se considera que la reforma propuesta sobre regularidad a la actividad, ya que para los efectos deseados se cuenta con la Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad, misma que contiene un capítulo expreso denominado transporte público y comunicaciones.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes, someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes acuerdos:
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Presentada por el diputado José Francisco Coronato Rodríguez, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: muchas gracias, señor secretario técnico. Si alguien tiene un comentario en este sentido. Señor secretario.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la Presidencia se pregunta en votación económica si es de aprobarse en sus términos el dictamen del que se ha dado cuenta. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Entrando al tercer dictamen. Señor Muñoz.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: El siguiente proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Conclusiones
El marco jurídico que rige a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes no la faculta a exigir a los propietarios de los vehículos particulares a que cumplan con determinadas obligaciones, como es el caso de la contratación de un seguro, aún y cuando circulen por las vías generales de comunicación y tampoco tiene atribuciones para imponer sanciones como la propuesta en la fracción II, del artículo 74 Bis de la ley en estudio.
Dada esta argumentación, tendría que haber una modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a efecto de facultad a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a la Policía Federal para que establecieran la obligatoriedad del seguro en carreteras y en el caso de incumplimiento, la sanción a cargo de la Policía Federal. Por lo cual, se considera que la iniciativa no es consistente jurídicamente.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, presentada por el diputado Jesús Gerardo Cortés Mendoza, del Partido Acción Nacional.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración este proyecto de dictamen.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias. ¿Algún comentario al respecto a este dictamen? Señor secretario, pregunte al recinto.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la Presidencia, se pregunta en votación económica si es de aprobarse en sus términos el dictamen en comento.
Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Adelante, señor Refugio, nuevamente, con el siguiente dictamen.
El secretario técnico José Alfredo Muñoz López: El cuarto proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes, que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil.
Conclusiones
En los ordenamientos citados ya se establece que el monto del pago por los daños a los pasajeros se fija de manera individualizada, atendiendo la naturaleza del daño causado y a las posibilidades de rehabilitación y el grado de invalidez del afectado y se calcula, tomando como base el cuádruple del salario mínimo diario más alto en vigor en la región, sin que la indemnización correspondiente, en caso alguno, sea menor del triple de lo que resulte aplicable a cada persona atendiendo a sus particularidades.
Por otro lado, la mencionada indemnización prevé el pago por atención médica que cubre los siguientes conceptos: asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación, hospitalización cuando el caso lo requiera, medicamentos, material de curación y aparatos de prótesis y ortopedia.
Se considera improcedente establecer la indemnización por daños a pasajeros, con base en el entorno económico de éstos, toda vez que el objetivo de dicha indemnización es resarcir el daño sufrido, independientemente del entorno económico de los afectados. A mayor abundamiento, la iniciativa no precisa en qué forma se consideraría el entorno económico, es decir, si recibiría una indemnización mayor el pasajero con mejor o peor entorno.
Respecto a aumentar la cobertura de la indemnización para incluir servicios psicológicos, se considera que no es materia del artículo 62 de la Ley de Aviación Civil, en todo caso, corresponde establecerlo en el Reglamento de la Ley de Aviación Civil, mismos que considera la cobertura mínima de los seguros de responsabilidad de pasajeros.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 62 de la Ley de Aviación Civil, presentada por la diputada Lucila Garfias Gutiérrez, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración, señores diputados.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Es de preguntar si alguien tiene algún comentario. Si nadie tiene algún comentario, señor secretario, favor de...
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández:, se pregunta a los señores de la comisión, en votación económica, si es de aprobarse en sus términos el dictamen en comento. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Por último, el último dictamen, señor Refugio, por favor.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Quinto y último proyecto de dictamen de la Comisión de Transportes que contiene puntos de acuerdo por los que no se aprueba la iniciativa que reforma los artículos 33 y 87 de la Ley de Aviación Civil.
Conclusiones
El mencionado tercer párrafo del artículo 33 de la ley en cita, constituye una protección para las personas con cualquier tipo de discapacidad, no sólo visual. En ese sentido, el párrafo que se pretende adicionar restringiría el alcance del mencionado tercer párrafo, al proveer como medida de cumplimiento de dicho artículo sólo el apoyo a las personas con discapacidad visual, medida que corresponde, en su caso, al ámbito reglamentario y no al legislativo.
Por otro lado, a nivel reglamentario, ya existe una disposición que garantiza a las personas con discapacidad visual su ingreso con perros. guías a la cabina de pasajeros de las aeronaves civiles.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Transportes someten a la consideración de la honorable asamblea los siguientes
Acuerdos
Primero. \Se desecha la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 33 y 87 de la Ley de Aviación Civil, presentada por el diputado René Ricardo Fujiwara Montelongo, del Grupo Parlamentario Nueva Alianza.
Segundo. Archívese el expediente como asunto total y definitivamente concluido.
Está a su consideración.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si alguien tiene algún comentario al respecto. Adelante, señor secretario.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones de la Presidencia y en votación económica, se pregunta a los miembros de la comisión si es de aprobarse en sus términos el dictamen en comento. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación).
Aprobado, señor presidente.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Habiendo agotado los dictámenes, entramos en el quinto punto del orden del día que son asuntos generales. Si alguien tiene algún asunto que tratar. Es el tema de las reuniones de Subcomisiones de Transportes.
Adelante, Cuco, si nos haces favor de proceder a este punto.
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Sí, en la parte de asuntos generales es informarles, en principio que todavía tenernos por dictaminar 17 diferentes asuntos, seis de ellos corresponden a la Subcomisión de Transporte Carretero de Carga; uno a la Subcomisión de Transporte Carretero de Pasaje; siete a la Subcomisión de Transporte Aéreo; dos a la Subcomisión de Transporte Marítimo, y uno que recientemente llegó, que sería para la Subcomisión Transporte Ferroviario.
Para ello estamos proponiéndoles llevar a cabo las siguientes reuniones de las subcomisiones. Sería el 12 de marzo de 2013 a las 13:00 horas, sería la Subcomisión de Transporte Marítimo en la sala de juntas de la propia comisión. El mismo 12 de marzo a las 15:00 horas, la Subcomisión de Transporte Aéreo, también, en la sala de juntas de la propia comisión; y a las 17:00 horas las Subcomisiones Unidas de Transporte Carretero, tanto de carga y pasaje, en el salón E del edifico G, para estar en condiciones de desahogar los siguientes dictámenes, predictámenes, perdón.
De esta manera, restaría también poner a su consideración, para avanzar en el rezago de los asuntos que traemos, convocar también a reuniones del pleno de la comisión exclusivamente para desahogar los proyecto de dictamen de estos asuntos que tenernos pendientes, una sería el 19 de marzo de 2013 a las 16:00 horas, en un lugar que estaría por asignarse. La otra sería el 16 de abril de 2013, a las 16:00 horas, también en un lugar que está todavía pendiente por asignar.
Ésa es la propuesta de calendario para desahogar en lo que resta de este periodo de sesiones los asuntos que traernos todavía en cartera.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si me permiten, nada más, adicionar. Si se fijan; estamos metiendo otra sesión de esta comisión para este mes. Tenernos una intención muy clara. Antes de que llegue el receso, tenernos que dejar limpia toda la chamba. Entonces estamos proponiendo que se sesione lo más seguido posible, que hagamos la chamba, inclusive, nos daría oportunidad, si el 16 de abril no sacásemos toda la chamba, todavía nos quedaría un buen lapso para tratar de sacarla.
Lo sometemos a su consideración y como lo hemos venido trabajando, Cuco. También llamar a los asesores, hacer el trabajo previo con los asesores, que participen en cada una de las subcomisiones para que no lleguemos en blanco a las reuniones de subcomisión.
Someto a su consideración el calendario de actividades, los que estén por la afirmativa ... Señor secretario, ya le ando robando la chamba.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones del presidente, se pregunta en votación económica a los miembros de la comisión si es de aprobarse el quinto punto del orden del día en asuntos generales. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación). Aprobado, señor presidente, en sus términos.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Por último, si alguien tiene otro asunto...
El secretario técnico losé Refugio Muñoz López: Hay otro punto que sometemos a su consideración en asuntos generales. Nos llegó recientemente, la Mesa Directiva turnó a la comisión recomendaciones de la Auditoría Superior de la Federación para que la honorable Cámara de Diputados, por medio de las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Transportes, evalúe la conveniencia de presentar iniciativas relacionada con la Ley Federal de Derechos, mismas que por el carácter de las dos iniciativas se turnarían a la Subcomisión de Transporte Marítimo.
Tiene que ver con los derechos para utilizar los muelles, en tino Pero como son observaciones que hace la Auditoría Superior de la Federación y tenernos un tiempo perentorio de 30 días para desahogarlas. Serían dos asuntos adicionales que se le agregarían a la Subcomisión de transporte marítimo.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Aquí le pediría al señor Pacheco, que es el que la preside, para que estemos al pendiente de ese tema y lo podamos subir en el mismo calendario en el que ya lo tienen programado.
¿Algún otro tema, señor secretario técnico? Ahora sí les pregunto a los diputados si hay algún otro tema que quisieran subir. Adelante, señor Pacheco.
El diputado Germán Pacheco Díaz: Dos puntos. Uno, la Subcomisión de Multimodal no aparece aquí, presidente. Tenemos la de Carretero y Carga, Carretero y de Pasaje, Aéreo, Marítimo y Ferroviario.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Lo que pasa es que no hay ningún tema para sesionar. No hay ningún tema que le corresponda a esa subcomisión, por eso no aparece en el...
El diputado Germán Pacheco Díaz: El otro punto es la sesión que tuvimos el jueves pasado, Javier. ¿Sí, verdad? Ya nos paramos, nos fuimos la mayoría y nada más para decirles el calendario. Si no me equivoco es son 15 y 16 de marzo en que va a hacer la visita al puerto de Tampico, al puerto de Altamira, a la primera zona naval y astilleros.
La salida todavía está pendiente, si vamos a salir el jueves o el viernes en la mañana. El viernes en la mañana salimos. Entonces, lo que habíamos comentado, presidente, extender la invitación para estar el día 15. Estaríamos en el Puerto de Tampico en la primera zona naval y astilleros.
El sábado 16, que es marzo, en la mañana, estaríamos en el puerto de Altamira. Al regreso, terminando la visita, la presentación del director de API de Altamira, del licenciado José Julián Dip, de ahí mismo nos trasladamos al aeropuerto.
El presidente Juan Carlos Muñoz Márquez: ¿Algún otro tema, señor secretario técnico?
El secretario técnico José Refugio Muñoz López: Hay otro punto que sometemos a su consideración en asuntos generales, en relación al dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, se detectaron errores en la captura del documento que se entregó y que hoy fue publicado en la Gaceta Parlamentaria.
Esta Secretaría Técnica plantea la necesidad de presentar una fe de erratas al dictamen en comento, toda vez que al momento de elaborarlo se identificaron errores en la redacción, así como algunos conceptos técnico-operativos y jurídicos que deben diferenciarse para evitar fallas en su interpretación.
Tal es el caso de la necesidad de separar las unidades motrices (camiones y tractocamiones) de las unidades de arrastre (remolques y semirremolques), ya que estos últimos no son motivo de la iniciativa. Por otro lado, se considera que las configuraciones vehiculares están definidas en la norma correspondiente y no son materia de esta Ley. Finalmente estimamos adecuado utilizar en el tercero transitorio el concepto de acciones, en lugar de programa, ya que el primero presenta la posibilidad de incorporar, de manera concertada, los compromisos de las distintas dependencias.
Por lo anteriormente expuesto Señor Diputado Presidente, presento a Usted la propuesta de corrección al dictamen, bajo la siguiente:
Fe de Erratas
Artículo 39, párrafo segundo:
Dice:
Las unidades motrices y de arrastre que ingresen al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberán tener antigüedad no mayor a 5 años a partir de su año modelo de fabricación.
Debe decir:
Las unidades motrices que ingresen por primera vez al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberán tener antigüedad no mayor a 5 años a partir de su año modelo de fabricación.
Artículo 39, párrafo tercero:
Dice:
Las unidades del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, tanto motrices corno de arrastre, sólo podrán transitar un máximo de 20 años a partir de su año-modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas correspondientes.
Debe decir:
Las unidades motrices del servicio de autotransporte federal de carga y el transporte privado, sólo podrán transitar un máximo de 20 años a partir de su año-modelo de fabricación, siempre y cuando cumplan con las verificaciones periódicas que establezcan las normas correspondientes.
Artículo 50:
Dice:
El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal, siempre y cuando la configuración vehicular que corresponda ya sea unitaria articulada o doblemente articulada no exceda el peso bruto vehicular máximo y dimensiones permitidas y a su vez cumpla con los elementos básicos de seguridad vial. Las normas oficiales mexicanas, establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
Debe decir:
El permiso de autotransporte de carga autoriza a sus titulares para realizar el autotransporte de cualquier tipo de bienes en todos los caminos de jurisdicción federal. Las normas oficiales mexicanas establecerán los elementos mínimos de seguridad vial que los permisionarios, sus unidades y operadores deban de cumplir así como las bases para su autorregulación.
Artículo Tercero Transitorio
Dice:
Las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público y la instituciones que integran la banca de desarrollo, deberán presentar, en un plazo máximo de 8 meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el Programa para la Modernización del Parque Vehicular del Autotransporte Federal de Carga.
Debe decir:
Las Secretarías de Comunicaciones y Transportes, de Economía, del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Hacienda y Crédito Público y la instituciones que integran la banca de desarrollo, deberán presentar, en un plazo máximo de 8 meses, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, las acciones para la modernización del parque vehicular del autotransporte federal de carga.
Ésa es la propuesta señor presidente, para que de autorizarlo el pleno de esta Comisión de Transportes, se estaría enviando a la Mesa Directiva, la fe de erratas a fin de corregir el citado dictamen que esta por subirse al Pleno.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si me permiten, el punto aquí es que se detectó una falla que habrá que corregir de inmediato y si la fe de erratas lo soluciona, pues debemos actuar en consecuencia, por lo que si les parece bien, someto a su consideración de el pleno de la Comisión de Transportes, la fe de erratas presentada por la Secretaría Técnica para presentarla ante la Mesa Directiva y solicitar se consideren los cambios ahí definidos al dictamen de la diputada Pariente Gavito, señor secretario, si es tan amable, de someterlo a votación.
El secretario diputado Fernando Alfredo Maldonado Hernández: Por instrucciones del presidente, se pregunta en votación económica a los miembros de la comisión si es de aprobarse las correcciones al dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, que se publicó el día de hoy en la Gaceta Parlamentaria. Los que estén por la afirmativa sírvanse manifestarlo levantando la mano (votación). Los que estén por la negativa (votación). Aprobado, señor presidente, en sus términos.
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Muchas gracias, señor secretario. Por último, si alguien tiene otro asunto...
El presidente diputado Juan Carlos Muñoz Márquez: Si no hay otro asunto más que discutir, damos por terminada la sesión a las 19:20 horas, señores. Muchas gracias. Fue un día muy productivo. Felicidades a todos.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de marzo de 2013.
La Junta Directiva de la Comisión de Transportes
Diputados: Juan Carlos Muñoz Márquez, presidente; Fernando Alfredo Maldonado Hernández, Jesús Tolentino Román Bojórquez, Miguel Sámano Peralta, María Rebeca Terán Guevara, Francisco Alberto Zepeda González, Jorge Rosiñol Abreu, Luis Manuel Arias Pallares, Valentín González Bautista, María del Rosario de Fátima Pariente Gavito, secretarios (rúbricas).