Diputados Secretarios de la Honorable Cámara
de Diputados
Presentes
La Secretaría de Cultura del Gobierno del Distrito Federal ha programado la ceremonia cívica conmemorativa del 179 Aniversario Luctuoso de Josefa Ortiz de Domínguez, el domingo 2 de marzo a las 10 horas, en el monumento erigido a su memoria, Plaza de Santo Domingo, ubicada en República del Brasil y Belisario Domínguez, delegación Cuauhtémoc.
Por lo anterior, me permito solicitar a ustedes, los nombres de los diputados de esa honorable Cámara que asistirán a la ceremonia de referencia.
Agradezco las atenciones que se sirvan prestar a la presente y le reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.
Atentamente
Licenciada María Guadalupe Lozada León
Coordinadora
DEL CONGRESO DE TAMAULIPAS
Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 21 de febrero de 2008.
Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Presidenta de la Comisión Permanente
Honorable congreso de la Unión
México, Distrito Federal
Por instrucciones del Presidente de la Mesa Directiva, nos permitimos comunicarle que en sesión celebrada en esta fecha, el honorable Congreso del estado determinó aprobar el punto de acuerdo número LX-12, mediante el cual se crea la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución Mexicana.
Al respecto, me permito anexar copia del punto de acuerdo referido.
Sin otro particular, nos es grato reiterarle las seguridades de nuestra consideración más distinguida.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Diputada María Magdalena Peraza Guerra (rúbrica)
Secretaria
Diputado Gelacio Márquez Segura (rúbrica)
Secretario
La Sexagésima Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en uso de las facultades que le confiere el artículo 58, fracción I, de la Constitución Política local; y el artículo 119 de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del estado de Tamaulipas, tiene a bien expedir el siguiente:
Punto de acuerdo número LX-12
Mediante el cual se crea la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y del centenario de la Revolución Mexicana
Artículo Primero. Se crea la Comisión Especial de apoyo a los festejos del bicentenario de la Independencia y el centenario de la Revolución Mexicana de la Sexagésima Legislatura constitucional del honorable Congreso del estado, que tendrá vigencia hasta la conclusión de dichos festejos, en el año 2010.
Artículo Segundo. La Comisión Especial a que se refiere el artículo anterior tendrá como finalidad el análisis y difusión de los procesos históricos de la Independencia y de la Revolución, así como la organización de los eventos conmemorativos por parte del Congreso del estado.
Artículo Tercero. La Comisión Especial motivo del presente acuerdo será presidida por el diputado Juan Carlos Alberto Olivares Guerrero; fungirá como secretaria la diputada Norma Cordero González; y como vocales los diputados María Magdalena Peraza Guerra, Cuitláhuac Ortega Maldonado, María de la Luz Martínez Covarrubias y José Raúl Bocanegra Alonso.
Artículo Cuarto. La comisión especial realizará las actividades necesarias para la consecución de sus fines, dentro de las cuales estarán incluidas:
b) La organización de conferencias alusivas a estos
movimientos;
c) La promoción de obra editorial sobre dichos
acontecimientos;
d) Exposiciones artísticas alusivas al tema; y
e) La organización de ciclos de cine y presentación
de obras de teatro cuya temática sean las gestas históricas
que se celebran.
Transitorios
Artículo Primero. El presente punto de acuerdo entrará en vigor a partir de su expedición, y deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado.
Artículo Segundo. Comuníquese el presente punto de acuerdo a la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión; al titular del Poder Ejecutivo del estado; al presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado; a los gobernadores de las entidades federativas, al jefe de Gobierno del Distrito Federal; y a los ayuntamientos del estado.
Salón de sesiones del honorable Congreso del estado.- Ciudad Victoria, Tamaulipas, a 21 de febrero de 2008.
Diputados: Salvador Treviño Garza, presidente;
María Magdalena Peraza Guerra, Gelacio Márquez Segura, secretarios
(rúbricas).
DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
México, DF, a 20 de febrero de 2008.
Diputada Ruth Zavaleta Salgado
Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara
de Diputados
Poder Legislativo Federal
Presente
Me refiero a su oficio número D.G.P.L. 60-II-2-1319, expediente número 1908, de fecha 14 de febrero de 2008, mediante el cual se notifica a este instituto el punto de acuerdo, aprobado en la sesión celebrada en la misma fecha por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a través del cual se exhorta al suscrito, en su carácter de titular del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, a acatar y dar cumplimiento al fallo que ordena activar el pago de las diferencias en favor de las pensiones que perciben desde enero de 1993 hasta la fecha, así como el incremento a que tienen derecho los trabajadores jubilados agrupados en la Asociación Estatal de Jubilados y Pensionados del ISSSTE, AC, de Culiacán, Sinaloa.
Sobre el particular, me permito exponer a la honorable Cámara de Diputados el estado en que se encuentran los expedientes relativos a los juicios interpuestos por los trabajadores jubilados agrupados en la Asociación de Jubilados y Pensionados del ISSSTE, AC, de Culiacán, Sinaloa.
1. Álvarez Meza, Salvador.
Cédula de Notificación de fecha 6 de junio de 2007.
2. Oficio número SP/00750/07 de fecha 18 de mayo de 2007, dirigido a Ramón Arnulfo Anzures Arana, así como cédula de notificación de fecha 6 de junio de 2007, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión, así como un saldo a su favor y el procedimiento para solicitarlo al instituto.
3. Oficio número SP/028 de fecha 31 de agosto de 2004, dirigido a Jesús Astudillo Quiroz, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
4. Oficio número SP/02035 de fecha 29 de noviembre de 2004, dirigido a Humberto Bruschetta y Flores, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
5. Oficio número SP/0372/08 de fecha 30 de enero de 2008, dirigido a Jesús Morales Campos, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
6. Oficio número SP/0374/08 de fecha 30 de enero de 2008, dirigido a Álvaro Cervantes Zúñiga, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
7. Oficio número SP/01466/07 de fecha 10 de julio de 2007, dirigido a Teodoro Garnica Esparza, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
8. Oficio número SP/01359/07 de fecha 11 de julio de 2007, dirigido a José Guerrero Osuna, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
9. Oficio número SP/01359/07 de fecha 11 de julio de 2007, dirigido a Héctor Ramón Gutiérrez Ibarra, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
10. Oficio número SP/0371/08 de fecha 30 de enero de 2008, dirigido a Raúl Ismael Vega, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
11. Oficio número SP/0370/08 de fecha 6 de febrero de 2008, dirigido a Paulino Jiménez Rosales, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
12. Oficio número SP/0375/08 de fecha 30 de enero de 2008, dirigido a Guadalupe Machado Sicarios, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
13. Oficio número SP/01256/07 de fecha 11 de julio de 2007, dirigido a Aristeo Manjarrez Quintero, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
14. Oficio número SP/2163/07 de fecha 25 de octubre de 2007, dirigido a Medina Zazueta Leopoldo, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión, así como un saldo a su favor y el procedimiento para solicitarlo al instituto.
15. Oficio número SP/01267/07 de fecha 10 de julio de 2007, dirigido a Rómulo Mejía Castañeda, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
16. Oficio número SP/01487/07 de fecha 15 de agosto de 2007, dirigido a César Moreno Quiroz, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión, así como un saldo a su favor y el procedimiento para solicitarlo al instituto. Asimismo se anexa oficio número JSAD/DCR/3924/07, de fecha 14 de noviembre de 2007, mediante el cual el jefe de servicios de Asignación de Derechos de este instituto solicita al jefe de servicios de Operación de Pagos y Presupuesto sean radicados los fondos a la delegación estatal del ISSSTE, en Sinaloa, por la cantidad resultante a favor de Moreno Quiroz César.
17. Oficio número SP/0373/08 de fecha 30 de enero de 2008, dirigido a Enrique Valdez Villa, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
18. Oficio número SP/01260/07 de fecha 16 de julio de 2007, dirigido a Jesús Valencia, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión, así como un saldo a su favor y el procedimiento para solicitarlo al instituto. Asimismo se anexa oficio número JSAD/DCR/3922/07, de fecha 14 de noviembre de 2007, mediante el cual el jefe de servicios de Asignación de Derechos de este instituto solicita al jefe de servicios de Operación de Pagos y Presupuesto sean radicados los fondos a la delegación estatal del ISSSTE, en Sinaloa, por la cantidad resultante a favor de Valencia Jesús.
19. Oficio número SP-00939 de fecha 28 de junio de 2004, dirigido a Francisco Velarde Padilla, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
20. Oficio número SP/0368/08 de fecha 5 de febrero de 2008, dirigido a Alfredo Velázquez Velázquez, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
21. Oficio número SP-01051 de fecha 21 de julio de 2004, dirigido a Reynaldo Velázquez Velázquez, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
22. Oficio número SP/01907/07 de fecha 25 de septiembre de 2007, dirigido a Villegas Yuriar César, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
23. Oficio número SP/01264/07 de fecha 11 de julio de 2007, dirigido a Manuel Medina, por el que se notifica el incremento de su cuota diaria de pensión.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Licenciado Miguel Ángel Yunes Linares (rúbrica)
Director General
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto por el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo décimo cuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presentan los diputados Carlos Altamirano Toledo del Grupo Parlamentario, del Partido de la Revolución Democrática, Jorge Toledo Luis y Patricia Villanueva Abraján, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación a emitir la declaración de desastre natural correspondiente para liberar recursos y agilizar la ayuda necesaria para la atención a los daños causados por el sismo del 12 de febrero en Oaxaca.
Palacio Legislativo, a 27 de febrero de 2008.
Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Acción Nacional
Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática
Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Revolucionario Institucional
Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México
Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez
(rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva
Alianza
Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa
Socialdemócrata
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN
POLÍTICA, POR EL QUE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO
DE LA UNIÓN EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A RETIRAR POR CONDUCTO
DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES LA PROPAGANDA REFERIDA A LA DETENCIÓN
DE ALFREDO BELTRÁN LEYVA PARA EVITAR QUE SE AFECTE LA IMAGEN DE
CULIACÁN Y DE SINALOA
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativo a la materia objeto del presente, que remite a este órgano de gobierno, el diputado federal Manuel Cárdenas Fonseca, del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, por lo que se somete a la consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LX Legislatura, exhorta al Poder Ejecutivo federal, a efecto de que, bajo las reglas y estrategia que impongan la inteligencia policial y las circunstancias de cada caso específico, se informe a la ciudadanía de los resultados de las acciones emprendidas en contra de la delincuencia organizada, sin menoscabo ni en detrimento de las instituciones estatales y municipales, bajo la redefinición y el redimensionamiento de su política de comunicación social en materia de seguridad pública. Entendiendo que el lugar de la detención que en su caso resulte, no ha lugar para que se permanezca en el tiempo, publicitándola cual mercadeo de productos consumibles, en un afán de confundir a la sociedad.
Segundo. Se exhorta al gobierno federal a eliminar cualquier anuncio publicitario de sus actuaciones que conculquen la imagen y dañen el entorno de quienes vivimos en municipios colmados de gente de bien, que no acepta campañas que estereotipan por una mala o pésima comunicación social desde cualquier orden de gobierno. En el municipio de Culiacán, en el estado de Sinaloa, en el país, somos más las gentes de bien que rechazamos el que se generen estereotipos equivocados. En Sinaloa tenemos y somos gente trabajadora, honesta, que vemos por el turismo y la inversión privada de capitales nacionales y extranjeros, en las diversas actividades económicas, de investigación, agropecuarias y pesqueras que han comenzado a condicionar su participación y estadía en el estado de Sinaloa y, en especial.
Asimismo, se evite en un futuro reincidir en estos esquemas de mercadotecnia equivocados y que puedan dañar a otra región del país.
Tercero. La Cámara de Diputados nuevamente expresa su plena disposición a coadyuvar, en el marco de sus competencias y responsabilidades, en la lucha integral y permanente del Estado mexicano para combatir el delito y mejorar las condiciones de seguridad pública y respeto al estado de derecho, en todo el país.
Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 26 de febrero de 2008.
Diputado Héctor Larios Córdova
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Acción Nacional
Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática
Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional
Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México
Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez
(rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva
Alianza
Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa
Socialdemócrata
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN
POLÍTICA, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A DECRETAR
EL 1 DE MARZO COMO DÍA NACIONAL DE LA EDUCACIÓN INTERCULTURAL
BILINGÜE PARA TODOS LOS MEXICANOS
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en lo dispuesto en el inciso b), numeral 1, del artículo 34 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo decimocuarto del acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos relativo al orden del día de las sesiones, las discusiones de los dictámenes y la operación del sistema electrónico de votación, hace suya la proposición con punto de acuerdo relativa a la materia objeto del presente, que presenta el diputado Wenceslao Herrera Coyac del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, por lo que se somete a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta al Ejecutivo federal a decretar el 1 de marzo como Día Nacional de la Educación Intercultural Bilingüe para todos los Mexicanos.
Segundo. Establecer un mecanismo de acción coordinada entre las dependencias y entidades de la administración pública federal y las entidades federativas que concurren en la atención educativa de los pueblos indígenas y que sus avances puedan ser evaluados, año con año, en la celebración de Día Nacional de la Educación Intercultural Bilingüe para Todos los Mexicanos.
Palacio Legislativo, México, Distrito Federal, a 27 de febrero de 2008.
Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Acción Nacional
Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática
Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional
Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México
Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez
(rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza
Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario de Alternativa
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN
POLÍTICA, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS LINEAMIENTOS PARA REALIZAR
EXPOSICIONES ARTÍSTICAS Y MUESTRAS ARTESANALES EN EL PALACIO LEGISLATIVO
DE SAN LÁZARO
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de las siguientes
Consideraciones
II. Que con fecha 2 de junio de 2005 entró en vigor el acuerdo de este órgano de gobierno por el que se expidieron los lineamientos para la realización de exposiciones artísticas y muestras artesanales en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.
III. Que mediante acuerdo de fecha 1 de marzo de 2007, se modificaron los lineamientos citados en el considerando anterior en sus artículos 3o., numeral III, 5o., y el inciso a) del artículo 20.
IV. Que mediante acuerdo de fecha 26 de noviembre del año 2007 se reformaron los multicitados lineamientos, adicionándose los artículos 5o. con un segundo párrafo, y 16, con un segundo párrafo.
V. Que es pertinente garantizar que las exposiciones que se llevan a cabo en el recinto legislativo cumplan los propósitos de difusión de los valores que representan.
VI. Que es propósito de este órgano de gobierno, en cumplimiento de las atribuciones que le confiere el artículo citado en el considerando I de este acuerdo, adoptar las acciones que aseguren la debida utilización de las instalaciones del Palacio Legislativo y, asimismo, dictar las disposiciones pertinentes para preservar la imagen del propio recinto.
Acuerdo por el que se modifican los lineamientos para la realización de exposiciones artísticas y muestras artesanales en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.
Artículo 3. ...
I. …
II. …
III. Procurar la debida imagen de la Cámara de Diputados, quedando prohibida la autorización de venta de artículos, en virtud de tratarse de un apoyo exclusivo para eventos que difundan el arte mexicano.
Artículo 5. La Comisión de Cultura será responsable de evaluar en cada caso específico las solicitudes presentadas para las exposiciones artísticas y muestras artesanales, así como dar curso a la petición para su realización.
…
Artículo 20. ...
a) Artesanales: Hasta una semana, tanto en casos de periodo ordinario de sesiones como de receso.
b) ...
Artículo 21. No se permitirá la venta de ningún tipo de artículo. Para estos efectos se faculta a la Secretaría General con el auxilio de la Dirección General de Resguardo y Seguridad, para tomar las medidas pertinentes, inclusive la cancelación de exposiciones.
Artículo 23. Queda estrictamente prohibida la instalación de bazares comerciales o actividades cuyo fin sea lucrativo, en las instalaciones del Palacio Legislativo.
Primero. El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Parlamentaria.
Segundo. Salvo las modificaciones previstas en este acuerdo, subsistirá íntegramente el diverso publicado en la Gaceta Parlamentaria del 2 de junio de 2005 y su reforma publicada el 27 de noviembre de 2007 en el mismo órgano de difusión.
Tercero. Se deja sin efectos el acuerdo de la Junta de Coordinación Política de fecha 1 de marzo de 2007, por el cual se modificaron los lineamientos para la realización de exposiciones artísticas y muestras artesanales en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro.
Palacio Legislativo, México, DF, a 27 de febrero de 2008.
Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Acción Nacional
Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática
Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional
Diputado Alejandro Chanona Burguete (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México
Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez
(rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva
Alianza
Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa
Socialdemócrata
DE LA JUNTA DE COORDINACIÓN
POLÍTICA, POR EL QUE HACE SUYO EL DOCUMENTO POLÍTICAS
DEL CONSEJO EDITORIAL DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, LX LEGISLATURA,
SIGNADO POR ESE CONSEJO
La Junta de Coordinación Política, con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso g), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y al tenor de las siguientes:
Consideraciones
II. Que con fecha 12 de diciembre de 2007, los integrantes del Consejo Editorial suscribieron el documento titulado Políticas del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados, LX Legislatura, cuyo objetivo es sistematizar en un solo cuerpo normativo los criterios para la ejecución de los trabajos de este órgano y regular los servicios de impresión de obras editoriales que proporcionan los Talleres Gráficos de la Cámara, así como la autorización de trabajos externos de impresión y los que se realizan en coedición para apoyar el desarrollo de las actividades legislativas, con base en criterios de austeridad y racionalidad de los recursos y en apego a la normatividad en la materia.
III. Que esta Junta de Coordinación Política conoció y analizó el documento referido, en el cual el Consejo Editorial ha recopilado y actualizado las disposiciones que hasta el día de hoy se encuentran vigentes, a saber: los Lineamientos para el servicio de los Talleres Gráficos y trabajos externos de impresión de la Cámara de Diputados, aprobados por el Pleno de la Cámara y vigentes desde el 22 de abril de 2006, y los Criterios para la publicación de obras por parte de la Cámara de Diputados, ratificados el 18 de diciembre de 2006 por el Consejo Editorial.
IV. Que este órgano de gobierno considera pertinente hacer suyo el documento referido en el considerando segundo, dado que permitirá a esta Cámara actualizar y contar con un marco regulatorio que redunde en mayor claridad y certidumbre en la materia, a efecto de que el Consejo Editorial tenga mejores condiciones para ejercer de forma idónea las tareas que le han sido delegadas.
Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que hace suyo el documento Políticas del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados, LX Legislatura signado por el Consejo Editorial.
Artículo Primero. La Junta de Coordinación Política hace suyo el documento llamado Políticas del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados, LX Legislatura, signado por el Consejo Editorial el 12 de diciembre de 2007, mismo que se anexa al presente.
Artículo Segundo. El documento Políticas del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados, LX Legislatura, objeto del presente acuerdo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Parlamentaria, previa aprobación por el Pleno, quedando sin efectos las disposiciones anteriores en la materia.
Artículo Tercero. Los casos no previstos en dichas Políticas, serán resueltos por los órganos de gobierno, de conformidad con sus competencias.
Artículo Cuarto. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria.
Palacio Legislativo, México, DF, a 27 de febrero de 2008.
Diputado Héctor Larios Córdova (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido Acción Nacional
Diputado Javier González Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la
Revolución Democrática
Diputado Emilio Gamboa Patrón (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional
Diputado Alejandro Chanona Burguete
Coordinador del Grupo Parlamentario de Convergencia
Diputada Gloria Lavara Mejía (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México
Diputado Ricardo Cantú Garza (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Miguel Ángel Jiménez Godínez
(rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Nueva
Alianza
Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Alternativa
Socialdemócrata
Consejo Editorial
Políticas del Consejo Editorial de la Cámara
de Diputados
LX Legislatura
Justificación:
Las disposiciones que rigen la labor del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados están contenidas principalmente en los Lineamientos para el servicio de los Talleres Gráficos y trabajos externos de impresión de la Cámara de Diputados y en los Criterios del Consejo Editorial para la publicación de obras por parte de la Cámara de Diputados, estos últimos, ratificados el 18 de diciembre de 2006 por los integrantes del Consejo Editorial de la LX Legislatura en el documento Criterios para la publicación de obras por parte de la Cámara de Diputados.
La reunión de estas disposiciones en un solo documento –que podría ser incluido en las Normas y Lineamientos en Materia Administrativa de la Cámara de Diputados– le permitirá al Consejo Editorial contar un marco regulatorio claro para desarrollar su labor, y ejercer las atribuciones que le confiere el Acuerdo por medio del cual se constituye el Consejo Editorial de la Cámara de Diputados a efecto de contar con una instancia responsable de definir la normatividad editorial de este Órgano Legislativo y de apoyar a que se cumpla la misma y que son: "Diseñar e implantar una política editorial objetiva y eficiente"; "Establecer los criterios básicos para la evaluación de las publicaciones cuya edición se solicita a la Cámara" y "Encauzar la política editorial de la Cámara".
Consejo Editorial de la Cámara de Diputados
LX Legislatura
MISIÓN
Aprobar el Programa Editorial anual.
Establecer la imagen editorial de la H. Cámara de Diputados.
Dictaminar la calidad de los materiales propuestos, así como la factibilidad de ser publicados dentro de las colecciones y series.
Supervisar las etapas del proceso editorial, tanto en soporte de papel como electrónico: redacción, corrección, diseño, impresión y distribución.
Proponer la colaboración editorial (coedición) con otras instituciones públicas o privadas.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1. El presente instrumento establece los criterios para la ejecución de los trabajos del Consejo Editorial de la Cámara de Diputados. Su objetivo es regular los servicios de impresión de obras editoriales que proporcionan los Talleres Gráficos de la Cámara así como la autorización de trabajos externos de impresión y los que se realizan en coedición para apoyar el desarrollo de las actividades legislativas, con base en criterios de austeridad y racionalidad de los recursos, y en apego a la normatividad aplicable en la materia.
Artículo 2. Para los efectos del presente instrumento se entenderá por:
II. CÁMARA. A la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.
III. ÓRGANOS DE GOBIERNO. A la Mesa Directiva, a la Junta de Coordinación Política y a la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.
IV. ÓRGANOS DE APOYO LEGISLATIVO. A las Comisiones y Comités.
V. GRUPOS PARLAMENTARIOS. Al conjunto de diputadas y diputados según su afiliación de partido.
VI. UNIDADES ADMINISTRATIVAS. A los Órganos que conforman la estructura administrativa de la Cámara.
VII. INSTANCIAS SOLICITANTES. A los Órganos de Gobierno, de Apoyo Legislativo, Grupos Parlamentarios y Legisladores que requieran servicios de impresión a los Talleres Gráficos de la Cámara.
CAPÍTULO II
Del Consejo Editorial
Artículo 4. El Consejo Editorial es la instancia técnica-académica que tiene en atribuciones:
b) Diseñar una política editorial que regule la temática, el contenido, el formato, la calidad, el tiraje y los mecanismos de distribución de las publicaciones de la Cámara de Diputados sometidas a su consulta.
c) Evaluar y aprobar el programa editorial anual.
d) Evaluar la reestructuración o suspensión de las colecciones y series existentes, y aprobar la creación de nuevas colecciones de textos para el desempeño de la labor legislativa.
e) Proponer la publicación de obras facsimilares y de ediciones especiales y conmemorativas.
f) Establecer convenios de coedición con otras instituciones.
g) Realizar las convocatorias para la publicación de obras.
h) Vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia administrativa establecidas en la normatividad interna de la Cámara, que se relacionen con el ámbito de actuación del Consejo Editorial.
• El Secretario General de la Cámara de Diputados, que actúa como Secretario Ejecutivo,
• El Secretario de Servicios Parlamentarios de la Cámara de Diputados,
• Las Directoras y los Directores Generales de los Centros de Estudios de la Cámara de Diputados y
• El Director General del Centro de Documentación, Información y Análisis de la Cámara de Diputados.
Artículo 7. Para que el Consejo Editorial sesione, el quórum válido requerido será la presencia de los consejeros que representen la mitad más uno de los votos de las legisladoras o legisladores.
Artículo 8. Las diputadas o diputados integrantes del Consejo Editorial tendrán voz y voto; cuando por causas de fuerza mayor asista un representante del titular, éste únicamente tendrá voz.
Artículo 9. El Consejo Editorial se deberá reunir una vez al mes, de acuerdo con el calendario anual aprobado, y cuando se requiera, de manera extraordinaria, a solicitud de su presidente y a petición de una tercera parte de las consejeras o consejeros con el fin de desahogar los trabajos atrasados.
Artículo 10. Las funciones del Consejo Editorial serán las siguientes:
b) Presentar el plan de trabajo anual.
c) Diseñar un calendario anual de sesiones con una agenda de temas establecidos.
d) Aprobar la publicación de libros, revistas, informes de la Cámara y vigilar que sean de utilidad para los trabajos de este Órgano Legislativo en general.
e) Determinar el tiraje que tendrá cada una de las publicaciones, de acuerdo con las características de las mismas.
f) Vigilar que las solicitudes cuenten con el presupuesto necesario para la elaboración de los trabajos.
g) Precisar la normatividad general para determinar en qué caso los trabajos se deben desarrollar en los talleres gráficos de la Cámara o mediante empresas externas.
h) Proponer a la Junta de Coordinación Política y, en su caso, al Comité de Administración la formalización de contratos de coedición y vigilar que éstos sean benéficos para la Cámara y coadyuvar a que se cumplan de acuerdo con lo convenido.
i) Informar semestralmente a la Junta de Coordinación Política y, en su caso, al Comité de Administración del avance de las actividades bajo su responsabilidad y de las publicaciones que autorice, y presentar un informe detallado de la forma en que se ha ejercido el presupuesto destinado al Consejo Editorial.
j) Conformar y resguardar un archivo con la documentación que se genere en relación con las solicitudes y publicaciones, y con la actividad del Consejo en general, para entregarlo a la siguiente presidencia y, al final de la Legislatura, a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, que dispondrá su envío al CEDIA para enriquecer el Archivo General.
Artículo 11. La presidencia del Consejo Editorial o el Secretario General de la Cámara de Diputados, en su calidad de secretario del Consejo, constituyen las dos únicas vías para la recepción de solicitudes de edición. Las propuestas que de acuerdo con la normatividad vigente cumplan con los requisitos para la recepción de solicitudes, serán sometidas a dictamen por parte del Consejo Editorial.
Artículo 12. Podrán solicitar la publicación de una obra:
b) Los comités o comisiones de la Cámara de Diputados, a través de sus mesas directivas, cuando ya no cuenten con techo presupuestal;
c) Las ciudadanas diputadas y los ciudadanos diputados; los Grupos Parlamentarios y
d) Los titulares de la Secretaría General y de las Secretarías de Servicios.
En el caso de que en la obra participe más de un autor, se les solicitará que definan por escrito el orden en que deberán aparecer los créditos en la publicación,
El título de la obra,
El formato (libro, folleto, revista, soporte electrónico o cualquier otro),
El género (ensayo, análisis, biografía, u otro),
El número de cuartillas de texto,
La cantidad de material gráfico (fotografías, diagramas, cuadros, gráficas),
El tiraje, y cualquier otra información que se requiera para la cotización de los trabajos de edición e impresión,
Una sinopsis de la obra,
Copia certificada del documento que acredite el derecho de autor o bien en defecto de ello un escrito en el cual, de manera expresa, bajo protesta de decir verdad y con conocimiento de las penas en que incurren quienes declaran falsamente ante autoridad se manifieste la autoría original de la obra, o que, en su caso, se encuentra en trámite el registro respectivo,
Breve presentación de la trayectoria académica del autor o autores y de su bibliografía. Dicha información deberá precisarse a través del formulario de solicitud de publicación que está disponible en la página electrónica de la Cámara de Diputados,
A la solicitud de publicación deberá acompañarse una carta mediante la cual el proponente manifieste que se hace responsable de cualquier obligación o compromiso con terceros que se hubiere adquirido con anterioridad a la fecha de su solicitud, en todo lo relacionado con la edición y distribución de la obra cuya publicación aprobare el Consejo Editorial, y
Deberá entregarse un número de copias originales de la obra en papel o en medio magnético, que corresponda al número de integrantes del Consejo Editorial.
CAPÍTULO IV
De las publicaciones sujetas a la autorización
del Consejo
Artículo 15. La publicación de libros, folletos, revistas y otros materiales en soporte de papel o en medios electrónicos que realice la Cámara por sí o en coedición, está sujeta a la autorización del Consejo Editorial, con excepción de las siguientes:
II. El Marco Jurídico del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
II. La obra esté totalmente terminada y escrita en español o en cualquiera de las lenguas indígenas que integran la Nación Mexicana, con la respectiva traducción al español, salvo excepción debidamente justificada;
III. No se trate de una obra ofensiva o discriminatoria hacia alguna nación, grupo o persona, a fin de evitar que se continúen reproduciendo estereotipos que afecten a uno o varios grupos de la sociedad,
IV. Tratándose de una biografía, que la publicación sea póstuma;
V. La obra no se publique bajo seudónimo;
VI. Se firme autorización para incluir la publicación en la Biblioteca Digital de la Cámara de Diputados;
VII. Se cuente con la certeza de la propiedad de los derechos de autor correspondientes, así como con la autorización explícita de los autores para realizar la edición bajo estos criterios.
Artículo 18. Cuando el Consejo Editorial estime que es necesario recabar mayor información para autorizar la publicación de una obra, podrá acordar reunirse con el autor o autores de ésta y/o solicitar la opinión de especialistas en la materia.
Artículo 19. En el caso de que el dictamen emitido por el Consejo contenga observaciones de forma o de fondo, éstas se harán del conocimiento del autor por escrito, para que en el término de cinco días hábiles conteste si las acepta, comunicando al Consejo Editorial la fecha en que entregará la nueva versión. El Consejo Editorial podrá definir un plazo perentorio para ello. Si el autor rechaza las observaciones, tendrá que aportar argumentos suficientes que justifiquen su posición, a efecto de que en este supuesto el propio Consejo Editorial analice la resolución y se tome la determinación final. En este último caso, si el Consejo determina que las observaciones de fondo son insalvables y no las acepta el autor, esta resolución dejará sin efectos la aprobación de la publicación.
Artículo 20. En materia de corrección de estilo y sólo en caso necesario, se podrá solicitar el apoyo de la Dirección del Diario de los Debates.
Artículo 21. El acuerdo del Consejo Editorial que autorice la publicación precisará los trabajos de edición autorizados (formato, diseño, calidad del papel, etc.); las características técnicas de la edición y el tiraje, el cual deberá ser el estrictamente necesario con el objeto que persigue y la disponibilidad presupuestal; las etapas del proceso de edición y su duración, así como las reglas de su distribución.
Artículo 22. Las publicaciones autorizadas por el Consejo Editorial deberán apegarse a la imagen institucional de la Cámara.
CAPÍTULO V
De la impresión de las obras
Artículo 23. Autorizada la publicación de una obra, el Consejo Editorial ordenará la edición del material, y en caso de no ser elaborada por los Talleres Gráficos de la Cámara, el Consejo podrá autorizar la contratación de prestadores de servicios externos para la edición, siempre y cuando exista suficiencia presupuestal para ello, debiendo sujetarse a lo previsto en la Norma de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Cámara de Diputados.
Artículo 24. Las publicaciones de la Cámara de Diputados podrán realizarse en coedición con instituciones públicas o privadas, para lo cual dichas propuestas deberán presentarse a la Junta de Coordinación Política y, en su caso, al Comité de Administración, con objeto de que éstas sean formalizadas.
Artículo 25. Cuando el Consejo Editorial autorice la coedición de publicaciones, se deberán suscribir los convenios correspondientes.
Artículo 26. Previo a la realización de los trabajos autorizados para ser impresos en los Talleres Gráficos de la Cámara, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios presentará a las instancias solicitantes una propuesta de los materiales y sistemas de impresión a utilizar, de acuerdo con las disponibilidades existentes y las características técnicas con que se cuenta.
Artículo 27. No se autorizará la elaboración en los Talleres Gráficos ni tampoco su impresión a través de servicios externos, de los siguientes trabajos:
II. Informes personales de la gestión del Legislador.
b) Se cuente con la autorización del autor;
c) Se haga sin modificaciones en el título, nombre del autor o contenido;
d) La composición tipográfica sea la original, y sólo se modifique la calidad de los materiales gráficos;
e) Se cuente con un adecuado plan de distribución de la obra y
f) Exista suficiencia presupuestal.
Artículo 29. Cuando por alguna razón el servicio de impresión autorizado requiera ser cancelado, la instancia solicitante deberá comunicarlo de inmediato y justificarlo por escrito a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios.
Artículo 30. En casos de urgencia y plenamente justificados se podrán efectuar reembolsos por servicios de impresión, siempre y cuando se cuente con la autorización de la Junta de Coordinación Política y, en su caso, del Comité de Administración.
Artículo 31. Las solicitudes de reembolso deberán ser tramitadas por el titular o persona acreditada ante la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios, debiendo justificar la urgencia o razón por las que se realizaron, así como acompañarlas de un ejemplar del trabajo efectuado y del original de la factura correspondiente, conforme a los requisitos fiscales y de acuerdo la normatividad vigente, a efecto de valorar su pertinencia y, de ser procedente, someterla a la autorización de la Junta de Coordinación Política y, en su caso, del Comité de Administración.
Artículo 32. Los pagos de los reembolsos autorizados por concepto de servicios de impresión deberán tramitarse por la instancia solicitante ante la Dirección General de Finanzas.
CAPÍTULO VII
De la comercialización y mecanismos de distribución
de las obras
Artículo 33. Cuando la edición no esté destinada a la venta al público, el autor o autores deberán firmar un documento en el que consientan que su única retribución consistirá en el cinco por ciento de los ejemplares impresos, y quedarán a salvo los derechos de autor para efectuar futuras ediciones de la misma obra con la casa editorial de su elección.
De tratarse de un tiraje destinado a la venta al público, se precisará en el acuerdo de autorización respectivo, que la retribución que obtengan el autor o autores podrá consistir en el cinco por ciento de los ejemplares impresos o hasta el 10 por ciento del precio de venta al público multiplicado por la cantidad de ejemplares impresos.
Artículo 34. De toda publicación que autorice el Consejo Editorial se reservarán 40 ejemplares para ser distribuidos por la instancia solicitante de la siguiente manera: uno a la biblioteca de cada Congreso Local y la de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; dos al Archivo General de la Nación; dos a la Biblioteca "Melchor Ocampo" del Senado de la República; y, a efecto de cumplir con la normatividad relativa depósito legal, dos ejemplares a la Biblioteca Nacional y dos a la Biblioteca del Congreso de la Unión (Biblioteca Legislativa del Centro de Documentación, Información y Análisis de a Cámara). Asimismo, se reservará un ejemplar para cada una de las instituciones con las que la Cámara tenga convenio de intercambio bibliográfico.
CAPÍTULO VIII
De la promoción y fortalecimiento editorial de
la Cámara de Diputados
Artículo 35. A efecto de fortalecer y promover el trabajo editorial de la Cámara de Diputados, el Consejo Editorial podrá emprender acciones tales como:
b) Realizar la presentación de las obras editadas en foros públicos, académicos y culturales.
c) Efectuar exposiciones bibliográficas en las instalaciones de la Cámara.
d) Establecer un programa de donación de libros a bibliotecas públicas e instituciones culturales, educativas, empresariales, políticas, etcétera.
e) Promover convocatorias a concursos de ensayo sobre temas que sean de valor para el fortalecimiento de las instituciones.
f) Desarrollar actividades de divulgación a través de convenios con instituciones de educación superior, aprovechando sus espacios académicos y publicaciones.
Artículo 36. Son de observancia para el presente instrumento las disposiciones:
2) Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados.
3) Lineamientos para la Formulación, Revisión y Validación de Contratos, Convenios y Acuerdos Institucionales de la Cámara de Diputados y
4) Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información Pública de la H. Cámara de Diputados.
Diputada María de las Nieves Noriega Blanco Vigil
(rúbrica)
Presidenta
Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional
Diputado José Alfonso Suárez del Real y
Aguilera (rúbrica)
Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución
Democrática
Diputada María del Carmen Pinete Vargas (rúbrica)
Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
Diputado Diego Cobo Terrazas
Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México
Diputado Elías Cárdenas Márquez
Grupo Parlamentario de Convergencia
Diputado Joaquín Humberto Vela González
(rúbrica)
Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
Diputado Humberto Dávila Esquivel (rúbrica)
Grupo Parlamentario del Partido Nueva Alianza
Diputada Aída Marina Arvizu Rivas (rúbrica)
Grupo Parlamentario del Partido Alternativa Socialdemócrata
Doctor Guillermo Haro Bélchez (rúbrica)
Secretario General
Licenciado Emilio Suárez Licona (rúbrica)
Encargado de Despacho de la Secretaría de Servicios
Parlamentarios
Doctor Francisco Luna Kan (rúbrica)
Director General del Centro de Documentación,
Investigación y Análisis
Doctor Édgar Nolasco Estudillo (rúbrica)
Director General del Centro de Estudios de las Finanzas
Públicas
Doctor Alfredo Salgado Loyo
Director General del Centro de Estudios de Derecho e
Investigaciones Parlamentarias
Doctor José Sergio Barrales Domínguez (rúbrica)
Director General del Centro de Estudios para el Desarrollo
Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria
Doctor Francisco Javier Guerrero Aguirre
Director General del Centro de Estudios Sociales y de
Opinión Pública
Maestra María de los Ángeles Corte Ríos
Directora del Centro de Estudios para el Adelanto de
las Mujeres y la Equidad de Género