Gaceta Parlamentaria, año XI, número 2450-III, jueves 21 de febrero de 2008


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Dictámenes
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, Y DE SALUD, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA LOS ARTÍCULOS 378 BIS Y 456 BIS DE LA LEY GENERAL DE SALUD

A las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Salud de la LX Legislatura fue turnada, para su estudio y posterior dictamen, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Sanidad Animal, y General de Salud, presentada por los diputados Ector Jaime Ramírez Barba y Francisco Domínguez Servién, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Salud de LX Legislatura, con fundamento en las atribuciones que les otorgan los artículos 39, 44 y 45, y relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 65, 66, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta honorable asamblea el presente dictamen, de acuerdo con la siguiente

Metodología

Las comisiones encargadas del análisis y dictamen de la iniciativa mencionada anteriormente, desarrollan su trabajo conforme el procedimiento que a continuación se describe:

I. En el capítulo de "Antecedentes" se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo, del recibo en turno para el dictamen de la referida iniciativa y de los trabajos previos de las comisiones dictaminadoras.

II. En el capítulo correspondiente a "Contenido", se sintetiza el alcance de la propuesta de reformas en estudio.

III. En el capítulo de "Consideraciones", las comisiones dictaminadoras expresan los argumentos de valoración de la propuesta y de los motivos que sustentan la decisión de respaldar o desechar la iniciativa en análisis.

I. Antecedentes

En sesión celebrada con fecha 1 de marzo de 2007 por la honorable Cámara de Diputados, fue presentada por los diputados Éctor Jaime Ramírez Barba y Francisco Domínguez Servién, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes Federal de Sanidad Animal, y General de Salud.

Con la misma fecha la Mesa Directiva de este honorable órgano legislativo turnó la mencionada iniciativa a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, y de Salud para su estudio y posterior dictamen.

II. Contenido

En su exposición de motivos los promoventes manifiestan su preocupación por el aumento en casos de enfermedades provocadas por el consumo humano de carne bovina a la que se le han administrado sustancias conocidas como betaanálogos y que provocan un riesgo para la salud humana.

Afirman que durante los últimos años las sustancias conocidas como betaagonistas se han utilizado en la alimentación del llamado "ganado de engorda"; sin embargo, algunas de estas sustancias, como el caso del clembuterol, son dañinos para la salud humana.

Asimismo, señalan que según las cifras proporcionadas por la Dirección General de Epidemiología, hasta el mes de mayo de 2006 se presentaron un total de mil 357 casos en el país.

Por este motivo y para evitar que el número siga en incremento, proponen diversas reformas a la Ley de Sanidad Animal y a la Ley General de Salud para dotar tanto a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, así como a la Secretaría de Salud de instrumentos para detener la práctica de engordar al ganado con sustancias dañinas para la salud de los consumidores.

III. Consideraciones

La incidencia de casos de personas afectadas por haber consumido carne de bovino que contiene betaagonistas como el clembuterol, ha sido una preocupación recurrente de los legisladores, que no se limita a esta legislatura, hay un numero significativo de iniciativas tendientes a castigar a quienes se ven beneficiados económicamente con la engorda de animales mediante la administración de estas sustancias.

La iniciativa objeto del presente dictamen difiere con otras que buscan el mismo objetivo en el sentido de que no prohíbe expresamente la importación o el uso de sustancias conocidas como betaanálogos, ya que como lo señala el propio texto de la iniciativa, estos tienen usos medicinales, por ejemplo para enfermedades como el asma.

La iniciativa en comento propone adicionar un artículo 15 Bis a la Ley de Sanidad Animal, en el cual se faculta a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación a emitir, a través de disposiciones generales publicadas en el Diario Oficial de la Federación los nombres de las sustancias que impliquen un riesgo zoosanitario, relacionando directamente este artículo con las acciones que se mencionan en la reforma al artículo 63 de la misma ley y que a la letra dice:

Artículo 63. Al que produzca, manufacture, fabrique, elabore, prepare, acondicione, transporte, trafique, venda, compre, adquiera o enajene, introduzca o extraiga del país, suministre o utilice sustancias que impliquen un riesgo zoosanitario o sustancias que por su naturaleza o desvío de su uso originario ponen en riesgo la salud humana, para ser usadas en alimentos destinados al consumo por animales para el abasto, se le impondrá una pena de cuatro a ocho años de prisión y de trescientos a mil días multa. A pesar de coincidir con el espíritu de la iniciativa, es necesario señalar que con fecha 26 de abril de 2007 fue aprobada la nueva Ley de Sanidad Animal por el Senado de la República, misma que se turnó al Ejecutivo para sus efectos constitucionales, por lo que la reforma a dicho ordenamiento resulta improcedente.

A pesar de lo anterior y para contribuir al combate del uso indebido de las sustancias conocidas como betaagonistas, la iniciativa busca facultar a la Secretaría de Salud para sancionar con una pena de cuatro a diez años de prisión y con cuatrocientos a mil días multa al que con fines de lucro produzca, manufacture, fabrique, elabore, prepare, acondicione, trafique, venda, compre o adquiera, enajene, suministre, introduzca o extraiga del país, administre, distribuya, almacene o posea animales destinados al consumo humano a los que se les hayan administrado las sustancias a las que se refiere el artículo 378 Bis de esta Ley, o productos o subproductos de los mismos, destinados al consumo humano que contengan dichas sustancias.

La adición del artículo 378 Bis a la Ley General de Salud, otorga a la secretaría facultades para emitir los nombres de las sustancias que se consideran como dañinas para la salud humana.

La iniciativa de mérito busca de esta manera facultar a la Secretaría, tanto de Salud para no sólo regular los productos y subproductos de origen animal, así como los productos biológicos, químicos, farmacéuticos y alimenticios, para uso en animales o consumo por ellos que constituyan un riesgo sanitario; sino para sancionar el uso inadecuado de dichas sustancias, colaborando así con la erradicación de estas prácticas.

La necesidad de detener a quienes utilizan betaagonistas como método de engorda de animales de consumo humano, es inminente ya que, como se señala en la exposición de motivos de la iniciativa, la incidencia de casos es muy significativa; tan sólo en el estado de Jalisco, uno de los más afectados por estas prácticas, entre 2003 y 2006 se presentaron 608 casos, cuando a nivel nacional la incidencia excede los mil 300; lo anterior sólo es una muestra de la importancia que tiene este problema en algunas entidades federativas y nuestra responsabilidad de otorgar a las autoridades las herramientas jurídicas necesarias para impedir las practicas ganaderas a que nos hemos referido.

Por estos motivos las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería y de Salud de la LX Legislatura, coincidimos con el texto de la reforma planteada y con las atribuciones que otorgan los artículos 73, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 45, numeral 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ponen a su consideración el siguiente proyecto de

Decreto que adiciona los artículos 378 Bis y 456 Bis a la Ley General de Salud.

Artículo Único. Se adicionan los artículos 378 Bis y 456 Bis a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 378 Bis. La Secretaría podrá emitir, a través de disposiciones generales publicadas en el Diario Oficial de la Federación, los nombres de las sustancias que por su naturaleza o desvío de su uso originario pongan en riesgo la salud humana, sin que la falta de dicha publicación sea motivo para no perseguir a los probables responsables de las conductas delictivas previstas en el artículo 456 Bis de esta ley.

Artículo 456 Bis. Será sancionado con una pena de cuatro a diez años de prisión y con cuatrocientos a mil días multa al que con fines de lucro produzca, manufacture, fabrique, elabore, prepare, acondicione, trafique, venda, compre o adquiera, enajene, suministre, introduzca o extraiga del país, administre, distribuya, almacene o posea animales destinados al consumo humano a los que se les hayan administrado las sustancias a las que se refiere el artículo 378 Bis de esta Ley, o productos o subproductos de los mismos, destinados al consumo humano que contengan dichas sustancias.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Segundo. La Secretaría de Salud contará con un plazo de 30 días hábiles a partir de la publicación del presente decreto para emitir las disposiciones respectivas.

La Comisión de Salud

Diputados: Ector Jaime Ramírez Barba (rúbrica), José Antonio Muñoz Serrano (rúbrica), Adriana Rebeca Vieyra Olivares (rúbrica), Efraín Morales Sánchez (rúbrica), María Oralia Vega Ortiz (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica), Juan Abad de Jesús (rúbrica), Margarita Arenas Guzmán (rúbrica), Efraín Arizmendi Uribe (rúbrica), Ricardo Cantú Garza, Maricela Contreras Julián, María Mercedes Corral Aguilar (rúbrica), Joaquín Conrado de los Santos Molina, Daniel Dehesa Mora, Nemesio Domínguez Domínguez (rúbrica), Ángel Humberto García Reyes, Beatriz Eugenia García Reyes (rúbrica), Yolanda Mercedes Garmendia Hernández, Tomás Gloria Requena, Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica), Holly Matus Toledo, Fernando Enrique Mayans Canabal (rúbrica), Roberto Mendoza Flores, Elizabeth Morales García, Miguel Ángel Navarro Quintero (rúbrica), Gilberto Ojeda Camacho (rúbrica), Jorge Quintero Bello (rúbrica), José Ignacio Alberto Rubio Chávez, María Gloria Guadalupe Valenzuela García, Patricia Villanueva Abraján.

La Comisión de Agricultura y Ganadería

Diputados: Héctor Padilla Gutiérrez (rúbrica), presidente; Pedro Armendáriz García (rúbrica), Armando Jesús Félix Holguín (rúbrica), Íñigo Antonio Laviada Hernández (rúbrica), Héctor Narcia Álvarez, Celso Pulido Santiago (rúbrica), Daniel Pérez Valdés, Isael Villa Villa (rúbrica), secretarios; Ramón Barajas López (rúbrica), Andrés Bermúdez Viramontes (rúbrica), Amador Campos Aburto, Osiel Castro de la Rosa (rúbrica), Francisco Domínguez Servién (rúbrica), José Rubén Escajeda Jiménez (rúbrica), Gerardo Antonio Escaroz Soler (rúbrica), Anuario Luis Herrera Solís, David Lara Compeán (rúbrica), Jorge Mario Lescieur Talavera (rúbrica), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado, Irineo Mendoza Mendoza, Susana Monreal Ávila (rúbrica), José Nicolás Morales Ramos (rúbrica), Francisco Javier Plascencia Alonso, Carlos Rojas Gutiérrez (rúbrica), José Antonio Saavedra Coronel, José Víctor Sánchez Trujillo (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO

Honorable Asamblea

A la Comisión de Relaciones Exteriores fue turnada para su análisis y elaboración del dictamen respectivo la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 19 y 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

Esta comisión, con fundamento en las facultades que le confieren los artículos 71, fracción II, y 72, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, fracciones I y III, y 45, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 60, 65, 87, 88, 93 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, habiendo analizado el contenido de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 19 y 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, somete a la consideración de los integrantes de esta honorable asamblea el presente

Dictamen

Antecedentes

1. Con fecha 4 de diciembre de 2007, el diputado Jesús Sesma Suárez, integrante de la LX Legislatura del Congreso de la Unión y del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 19 y 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

2. En la misma fecha, dicha iniciativa fue turnada a la Comisión de Relaciones Exteriores de la LX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, iniciándose el proceso de análisis y consulta a efecto de elaborar el presente dictamen, de conformidad con las siguientes consideraciones:

Contenido de la iniciativa

La iniciativa que se dictamina pretende reformar los artículos 19 y 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para quedar como sigue:

Capítulo IV
De los Embajadores y Cónsules Generales

Artículo 19. Sin perjuicio de lo que dispone la fracción III del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la designación de embajadores y cónsules generales la hará el presidente de la república, entre los funcionarios de carrera de mayor competencia, categoría y antigüedad en la rama diplomático-consular, otorgando prioridad a los miembros del servicio exterior mexicano que tengan probada experiencia.

Artículo 20. Para ser designado embajador o cónsul general se requiere ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, ser mayor de 30 años de edad, ser prioritariamente miembro de carrera del servicio exterior mexicano con probada experiencia y reunir los méritos suficientes para el eficaz desempeño de su cargo.

Análisis de la iniciativa

La iniciativa presentada por el diputado Jesús Sesma Suárez tiene como objetivo principal permitir que los profesionales de carrera del servicio exterior mexicano tengan prioridad de ser elegidos para dirigir la política exterior mexicana conforme a su preparación y conocimientos especializados.

Dentro de los argumentos utilizados en la exposición de motivos de la iniciativa se señala que el personal de carrera, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Servicio Exterior Mexicano, es permanente y su desempeño se basa en los principios de preparación, competencia, capacidad y superación constante, a fin de establecer un servicio permanente para la ejecución de la política exterior de México.

En este sentido, es necesario mencionar que el artículo 19 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (SEM) establece que, "sin perjuicio de lo que dispone la fracción III del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la designación de embajadores y cónsules generales la hará el presidente de la república, preferentemente entre los funcionarios de carrera de mayor competencia, categoría y antigüedad en la rama diplomático-consular".

Sin embargo, el promovente considera que el término preferentemente es el que ha otorgado al Ejecutivo federal la prerrogativa de designar ciudadanos que no han pasado por el servicio exterior mexicano, por lo que es necesario que el nombramiento de dichos funcionarios se dé prioritariamente entre los miembros de ese cuerpo profesionalizado.

Por otra parte, el artículo 20 de la misma ley establece que "para ser designado embajador o cónsul general se requiere ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, ser mayor de 30 años de edad y reunir los méritos suficientes para el eficaz desempeño de su cargo".

En este sentido, el diputado promovente considera que es de vital importancia que, además de reunir los requisitos anteriores, se otorgue prioridad a los que son miembros del servicio exterior mexicano.

La Comisión de Relaciones Exteriores coincide con el espíritu general de la propuesta, que es permitir que los profesionales de carrera del servicio exterior mexicano sean elegidos para dirigir la política exterior mexicana.

Por lo expuesto, la Comisión de Relaciones Exteriores somete a consideración de esta soberanía el siguiente

Decreto

Artículo Único. Se reforma el párrafo primero del artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, para quedar como sigue:

Artículo 20. Para ser designado embajador o cónsul general se requiere ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad, estar en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, ser mayor de 30 años de edad, ser preferentemente miembro de carrera del servicio exterior mexicano y reunir los méritos suficientes para el eficaz desempeño de su cargo.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Honorable Cámara de Diputados, Comisión de Relaciones Exteriores, a 13 de febrero de 2008.

La Comisión de Relaciones Exteriores

Diputados: Gerardo Buganza Salmerón (rúbrica), presidente; María Eugenia Campos Galván (rúbrica), Óscar Miguel Mohamar Dainitín (rúbrica), Cuauhtémoc Sandoval Ramírez (rúbrica), Mario Enrique del Toro (rúbrica), Antonio de Jesús Díaz Athié (rúbrica), Alejandro Olivares Monterrubio (rúbrica), Rodolfo Solís Parga (rúbrica), secretarios; Samuel Aguilar Solís, Alliet Mariana Bautista Bravo, César Octavio Camacho Quiroz, María Elena Álvarez Bernal (rúbrica), Ariel Castillo Nájera, Alejandro Chanona Burguete, Felipe Díaz Garibay (rúbrica), Édgar Mauricio Duck Núñez (rúbrica), María Dolores González Sánchez, José Jacques y Medina (rúbrica), Alejandro Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Sesma Suárez (rúbrica), José Murat, José Edmundo Ramírez Martínez (rúbrica), Miguel Ángel Peña Sánchez, Cruz Pérez Cuéllar (rúbrica), Lourdes Quiñones Canales (rúbrica), Laura Angélica Rojas Hernández (rúbrica), Luis Fernando Rodríguez Ahumada (rúbrica), Antonio Soto Sánchez, Artemio Torres Gómez (rúbrica), Jesús Humberto Zazueta Aguilar (rúbrica).
 
 


DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE LOS CIUDADANOS EDUARDO GONZÁLEZ CAUDILLO, GABRIELA CRISTINA RENDÓN DÁVILA, MARÍA CHRISTINA FERNÁNDEZ MOLINS, ANA BALBINA MACÍAS MORALES, KARLA ALEJANDRA REVILLA MIMIAGA Y ALEJANDRO CACHU ORTIZ PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN MÉXICO Y EN SUS CONSULADOS EN CIUDAD JUÁREZ, CHIHUAHUA; Y TIJUANA, BAJA CALIFORNIA

Honorable Asamblea:

En oficios fechados el 5 de febrero del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Eduardo González Caudillo, Cristina Rendón Dávila, Maria Christina Fernández Molins, Ana Balbina Macias Morales, Karla Alejandra Revilla Mimiaga y Alejandro Cachu Ortiz, puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México y en sus consulados en Ciudad Juárez, Chihuahua y en Tijuana, Baja California, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el día 12 de febrero del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de los Estados Unidos de América en México y en sus consulados en Ciudad Juárez, Chihuahua y en Tijuana, Baja California, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del Apartado C) del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Eduardo González Caudillo, para prestar servicios como asistente de inmigración en el Departamento de Inmigración, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Gabriela Cristina Rendón Dávila, para prestar servicios como analista política Senior en la Consejería de Asuntos Políticos, en la Embajada de Estados Unidos de América en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso a la ciudadana María Christina Fernández Molins, para prestar servicios como coordinadora de Capacitación e Idiomas en la Sección de Recursos Humanos, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Ana Balbina Macías Morales, para prestar servicios como auxiliar de visas, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Ciudad Juárez, Chihuahua.

Artículo Quinto. Se concede permiso a la ciudadana Karla Alejandra Revilla Mimiaga, para prestar servicios como asistente en la Oficina Consular, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

Artículo Sexto. Se concede permiso al ciudadano Alejandro Cachu Ortiz, para prestar servicios como asistente consular, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Tijuana, Baja California.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de febrero de 2008.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares, Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia, José Jesús Reyna García, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE LOS CIUDADANOS GUILLERMO FLORES GRAJALES, ANGÉLICA DONAJÍ ATRISTAIN MICHEL, MARÍA LUISA CASTANEDO ROBLES, GABRIELA CAPÓ RAMÍREZ, YADIRA ESTRADA GUEVARA, JOSÉ IGNACIO ESTRELLA GARAY, EILEEN HERNÁNDEZ CHÁVEZ, JUAN CARLOS HERNÁNDEZ AZUELA, HÉCTOR JOSÉ HUERTA HUITZIL Y PATRICIA EVELYN GROUNDS REYNOLDS PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE EN MÉXICO

Honorable Asamblea:

En oficio fechado 5 de febrero del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Guillermo Flores Grajales, Angélica Donají Atristáin Michel, María Luisa Castanedo Robles, Gabriela Capó Ramírez, Yadira Estrada Guevara, José Ignacio Estrella Garay, Eileen Hernández Chávez, Juan Carlos Hernández Azuela, Héctor José Huerta Huitzil y Patricia Evelyn Grounds Reynolds puedan prestar servicios en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el día 12 de febrero de 2008 se turnó a la suscrita comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán a la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del Apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al segundo párrafo, del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Guillermo Flores Grajales para prestar servicios como director de Administración y Finanzas en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Angélica Donají Atristáin Michel para prestar servicios como asesora cultural en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso a la ciudadana María Luisa Castanedo Robles para prestar servicios como gerente de Apoyo a Proyectos en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Gabriela Capó Ramírez para prestar servicios como gerente de Proyectos Gubernamentales en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Quinto. Se concede permiso a la ciudadana Yadira Estrada Guevara para prestar servicios como asesora de Eventos Académicos en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Sexto. Se concede permiso al ciudadano José Ignacio Estrella Garay para prestar servicios como gerente de sitio Web en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Séptimo. Se concede permiso a la ciudadana Eileen Hernández Chávez para prestar servicios como gerente de Planta y Logística en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Octavo. Se concede permiso al ciudadano Juan Carlos Hernández Azuela para prestar servicios como gerente de Promoción Educativa en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Noveno. Se concede permiso al ciudadano Héctor José Huerta Huitzil para prestar servicios como gerente de Promoción y Relaciones Públicas en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Décimo. Se concede permiso a la ciudadana Patricia Evelyn Grounds Reynolds para prestar servicios como gerente de Proyectos Especiales en el Depart mento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 13 de febrero de 2008.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Camacho Quiroz (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares, Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia, José Jesús Reyna García, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE LOS CIUDADANOS ADRIANA MARÍA DEL SOCORRO REBOLLO PHILIPPE, MARIO ROMERO BUSTOS, SUSANA ELIZABETH SOLANO FLORES, MÓNICA TERÁN AGUILAR, ELVIRA ADRIANA ALONSO IZAGUIRRE, CARLA PAOLA BALDERAS RAMÍREZ, PEDRO BALLEZA HERNÁNDEZ, ROCÍO ANGÉLICA BERMEJO DEL VILLAR, ENCARNACIÓN MIREYA CAMPOS LUNA Y GABRIEL ALBERTO CEBALLOS RODRÍGUEZ PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE EN MÉXICO

Honorable asamblea:

En oficio de fecha 5 de febrero de 2008, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario a los ciudadanos Adriana María del Socorro Rebollo Philippe, Mario Romero Bustos, Susana Elizabeth Solano Flores, Mónica Terán Aguilar, Elvira Adriana Alonso Izaguirre, Carla Paola Balderas Ramírez, Pedro Balleza Hernández, Rocío Angélica Bermejo del Villar, Encarnación Mireya Campos Luna, Gabriel Alberto Ceballos Rodríguez, para prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 12 de febrero del año en curso, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del Apartado C) del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo, del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana Adriana María del Socorro Rebollo Philippe, para prestar servicios como gerente de proyectos en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso al ciudadano Mario Romero Bustos, para prestar servicios como gerente de sistemas en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso a la ciudadana Susana Elizabeth Solano Flores, para prestar servicios como gerente de Becas e Intercambios en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso a la ciudadana Mónica Terán Aguilar, para prestar servicios como asesora de Servidos Educativos el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Quinto. Se concede permiso a la ciudadana Elvira Adriana Alonso Izaguirre, para prestar servicios como asistente de proyectos de gobernabilidad en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Sexto. Se concede permiso a la ciudadana Carla Paola Balderas Ramírez, para prestar servicios como asistente de Servicios Educativos en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Séptimo. Se concede permiso al ciudadano Pedro Balleza Hernández, para prestar servicios como asistente de sistemas en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Octavo. Se concede permiso a la ciudadana Rocío Angélica Bermejo del Villar, para prestar servicios como asistente cultural en el Departamento Cultural, en la embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Noveno. Se concede permiso a la ciudadana Encarnación Mireya Campos Luna, para prestar servicios como asistente general en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Artículo Décimo. Se concede permiso al ciudadano Gabriel Alberto Ceballos Rodríguez, para prestar servicios como asistente de Mercadotecnia Educativa en el Departamento Cultural, en la Embajada del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte en México.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de febrero de 2008.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia, José Jesús Reyna García, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE LOS CIUDADANOS MARÍA CONCEPCIÓN AMADOR MARISCAL, LILIANA CAPETILLO DELGADO, OLIVIA CATALÁN CALVILLO, ÉDGAR IVÁN CHÁVEZ SÁNCHEZ, OMAR DOMÍNGUEZ MEDINA, AÍDA VERÓNICA FERREIRA OLMEDO, GABRIELA HERNÁNDEZ MERINO, RAMÓN HERRERA GONZÁLEZ, MARIANA NOVO CATALÁ, ROBERTO GUATIMOC OROZCO GUTIÉRREZ, YOLANDA RODRÍGUEZ CAMACHO, MARÍA DOLORES ROJAS ALMANZA, VANIA JOCELYN SALGADO HERNÁNDEZ, JAIME LIRA MEDINA Y CARLOS ADRIÁN POMPA GONZÁLEZ PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DE CANADÁ EN MÉXICO Y EN SU CONSULADO EN MONTERREY, NUEVO LEÓN

Honorable Asamblea:

En oficio fechado el martes 5 de febrero del año en curso, la Secretaría de Relaciones Exteriores a través de la de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos María Concepción Amador Mariscal, Liliana Capetillo Delgado, Olivia Catalán Calvillo, Édgar Iván Chávez Sánchez, Omar Domínguez Medina, Aída Verónica Ferreyra Olmedo, Gabriela Hernández Merino, Ramón Herrera González, Mariana Novo Catalá, Roberto Guatimoc Orozco Gutiérrez, Yolanda Rodríguez Camacho, María Dolores Rojas Almanza, Vania Jocelyn Salgado Hernández, Jaime Lira Medina y Carlos Adrián Pompa González, puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada de Canadá en México y en el Consulado de Canadá en Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el martes 12 de febrero, se turnó a la suscrita comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada de Canadá, en México y en el Consulado de Canadá en Monterrey, Nuevo León, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II) del Apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso a la ciudadana María Concepción Amador Mariscal, para prestar servicios como asistente de inmigración, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Liliana Capetillo Delgado, para prestar servicios como asistente administrativa de la Sección Política, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso a la ciudadana Olivia Catalán Calvillo, para prestar servicios como asistente de integridad migratoria, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso al ciudadano Édgar Iván Chávez Sánchez, para prestar servicios como delegado comercial adjunto, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Quinto. Se concede permiso al ciudadano Omar Domínguez Medina, para prestar servicios como asistente administrativo, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Sexto. Se concede permiso a la ciudadana Aída Verónica Ferreyra Olmedo, para prestar servicios como jefa de Recursos Humanos, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Séptimo. Se concede permiso a la ciudadana Gabriela Hernández Merino, para prestar servicios como asistente de biblioteca, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Octavo. Se concede permiso al ciudadano Ramón Herrera González, para prestar servicios como gerente de cancillería, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Noveno. Se concede permiso a la ciudadana Mariana Novo Catalá, para prestar servicios como administradora en México de Export Development, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Décimo. Se concede permiso al ciudadano Roberto Guatimoc Orozco Gutiérrez, para prestar servicios como administrador de la Sección Comercial, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Undecimo. Se concede permiso a la ciudadana Yolanda Rodríguez Camacho, para prestar servicios como asistente de la sección de Asuntos Públicos, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Decimosegundo. Se concede permiso a la ciudadana María Dolores Rojas Almanza, para prestar servicios como asistente de la Propiedad, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Decimotercero. Se concede permiso a la ciudadana Vania Jocelyn Salgado Hernández, para prestar servicios como asistente de la Unidad de Enlace con el Congreso, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Decimocuarto. Se concede permiso al ciudadano Jaime Lira Medina, para prestar servicios como chofer, mensajero y de mantenimiento, en el Consulado de Canadá en Monterrey, Nuevo león.

Artículo Decimoquinto. Se concede permiso al ciudadano Carlos Adrián Pompa González, para prestar servicios como delegado general adjunto, en el Consulado de Canadá en Monterrey, Nuevo León.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de febrero de 2008.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Octavio Camacho Quiroz (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares (rúbrica), Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia, José Jesús Reyna García, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola (rúbrica), Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE LOS CIUDADANOS MANUEL ERNESTO MEDINA LÓPEZ, NATALIA IMELDA SOTO PAREDES, TERESA DE JESÚS BASTO PAREDES Y EVARISTO MEDRANO GONZÁLEZ PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN LOS CONSULADOS DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN NOGALES, SONORA; GUADALAJARA, JALISCO; Y MATAMOROS, TAMAULIPAS

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 5 de febrero de 2008, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Manuel Ernesto Medina López, Natalia Imelda Soto Paredes, Teresa de Jesús Basto Paredes y Evaristo Medrano González puedan prestar servicios de carácter administrativo en los Consulados de Estados Unidos de América en Nogales, Sonora; en Guadalajara, Jalisco, y en Matamoros, Tamaulipas; respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión el 12 de febrero del año en curso se turnó a la suscrita comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en los Consulados de Estados Unidos de América en Nogales, Sonora; Guadalajara, Jalisco, y en Matamoros, Tamaulipas, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y en el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta comisión se permite someter a consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Manuel Ernesto Medina López para prestar servicios como asistente consular, en el Consulado de Estados Unidos de América en Nogales, Sonora.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Natalia Imelda Soto Paredes para prestar servicios como auxiliar en la Sección Consular, en el Consulado de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Artículo Tercero. Se concede permiso a la ciudadana Teresa de Jesús Basto Paredes para prestar servicios como asistente administrativa en el Área de Servicios Generales, en el Consulado de Estados Unidos de América en Guadalajara, Jalisco.

Artículo Cuarto. Se concede permiso al ciudadano Evaristo Medrano González para prestar servicios como mecánico de mantenimiento, en el Consulado de Estados Unidos de América en Matamoros, Tamaulipas.

Sala de comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 13 de febrero de 2008.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Camacho Quiroz (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares, Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia, José Jesús Reyna García, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE LOS CIUDADANOS ÁNGEL MENDOZA GARCÍA, THALÍA ISABELLA SAENGER PEDRERO, ROGELIO MARTÍNEZ GUZMÁN Y MARTÍN ESTEVA SÁNCHEZ PUEDAN PRESTAR SERVICIOS EN LAS EMBAJADAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, DE CANADÁ, DEL REINO DE ESPAÑA Y DE LA REPÚBLICA ÁRABE DE EGIPTO EN MÉXICO, RESPECTIVAMENTE

Honorable Asamblea:

En oficios fechados el 5 de febrero del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Ángel Mendoza García, Thalía Isabella Saenger Pedrero, Rogelio Martínez Guzmán y Martín Esteva Sánchez puedan prestar servicios de carácter administrativo en las Embajadas de la República Popular China, de Canadá, del Reino de España, y de la República Árabe de Egipto en México, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 14 de febrero del año en curso se turnó a la suscrita comisión, para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en las Embajadas de la República Popular China, de Canadá, del Reino de España, y de la República Árabe de Egipto en México, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del Apartado C) del artículo 37 constitucional y al segundo párrafo del artículo 60, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente

Proyecto de Decreto

Artículo Primero. Se concede permiso al ciudadano Ángel Mendoza García para prestar servicios como chofer en la Embajada de la República Popular China en México.

Artículo Segundo. Se concede permiso a la ciudadana Thalía Isabella Saenger Pedrero, para prestar servicios como asistente de Pasaportes en la Sección Consular, en la Embajada de Canadá en México.

Artículo Tercero. Se concede permiso al ciudadano Rogelio Martínez Guzmán para prestar servicios como subalterno en la Embajada del Reino de España en México.

Artículo Cuarto. Se concede permiso al ciudadano Martín Esteva Sánchez para prestar servicios como mensajero en la Embajada de la República Árabe de Egipto en México.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 15 de febrero de 2008.

La Comisión de Gobernación

Diputados: Diódoro Carrasco Altamirano (rúbrica), presidente; Juan Enrique Barrios Rodríguez (rúbrica), Rogelio Carbajal Tejada (rúbrica), Valentina Valia Batres Guadarrama, Narciso Alberto Amador Leal (rúbrica), Alfonso Rolando Izquierdo Bustamante (rúbrica), Manuel Portilla Diéguez (rúbrica), Layda Elena Sansores San Román (rúbrica), secretarios; Carlos Armando Biebrich Torres (rúbrica), César Camacho Quiroz (rúbrica), Ricardo Cantú Garza (rúbrica), Ariel Castillo Nájera (rúbrica), Jesús de León Tello (rúbrica), María del Carmen Fernández Ugarte (rúbrica), Javier Hernández Manzanares, Juan Darío Lemarroy Martínez, Miguel Ángel Monraz Ibarra (rúbrica), Mario Eduardo Moreno Álvarez (rúbrica), Adolfo Mota Hernández (rúbrica), María del Pilar Ortega Martínez (rúbrica), Luis Gustavo Parra Noriega (rúbrica), Raciel Pérez Cruz, Gerardo Priego Tapia, Salvador Ruiz Sánchez (rúbrica), Francisco Javier Santos Arreola, Rosa Elva Soriano Sánchez, Alberto Vázquez Martínez (rúbrica), Gerardo Villanueva Albarrán, Javier Martín Zambrano Elizondo (rúbrica).