Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1992-III, viernes 21 de abril de 2006.
Informes
-
De la Comisión de Ciencia y Tecnología, semestral
de actividades, referente al lapso septiembre de 2005-febrero de 2006.
-
De la Comisión del Distrito Federal, del primer semestre
del tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura, 1 de septiembre
de 2005-28 de febrero de 2006.
-
De la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, del
primer semestre del tercer año de ejercicio legislativo, septiembre
de 2005-febrero de 2006.
-
De la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
primero semestral de actividades del tercer año de ejercicio, correspondiente
al periodo de septiembre de 2005 a febrero de 2006.
Actas
-
De la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía
Social, de su vigésima tercera sesión plenaria, efectuada
el miércoles 7 de diciembre de 2005.
Informes
DE LA COMISIÓN DE CIENCIA Y
TECNOLOGÍA, SEMESTRAL DE ACTIVIDADES, REFERENTE AL LAPSO SEPTIEMBRE
DE 2005-FEBRERO DE 2006
Introducción
Fundamento legal del funcionamiento de las comisiones
en la Cámara de Diputados
Las Comisiones son órganos constituidos por el
Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes,
informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara
cumpla sus atribuciones constitucionales y legales. Tienen a su cargo tareas
de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio
conforme a lo dispuesto por el artículo 93 constitucional, y su
competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias
y entidades de la Administración Pública Federal (artículo
39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos -LOCGEUM).
Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer
mes de ejercicio de la Legislatura (septiembre). Tendrán hasta treinta
miembros y el encargo de sus integrantes será por el término
de la misma. Los diputados podrán pertenecer hasta tres de ellas;
para estos efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones
jurisdiccional y las de investigación (artículo 43 de la
LOCGEUM).
La Ley Orgánica señala que los miembros
de las comisiones están obligados a acudir puntualmente a sus reuniones
y sólo podrán faltar por causa justificada y debidamente
comunicada. Asimismo, las comisiones contarán para el desempeño
de sus tareas, con el espacio necesario para el trabajo de su Mesa Directiva
y para la celebración de sus reuniones plenarias. Las comisiones
podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo para el cumplimiento
de sus tareas, cuidando que en la constitución de las subcomisiones
se refleje la pluralidad de los grupos parlamentarios representados en
la Comisión (artículo 44 de la LOCGEUM).
Los presidentes de las comisiones ordinarias, con el acuerdo
de éstas, podrán solicitar información o documentación
a las dependencias y entidades del Ejecutivo federal cuando se trate de
un asunto sobre su ramo o se discuta una iniciativa relativa a las materias
que les corresponda atender de acuerdo con los ordenamientos aplicables.
Las comisiones ordinarias cuya materia se corresponde con los ramos de
la Administración Pública Federal harán el estudio
del informe a que se refiere el primer párrafo del artículo
93 constitucional, según su competencia. Al efecto, formularán
un documento en el que consten las conclusiones de su análisis.
En su caso, podrán requerir mayor información
del ramo, o solicitar la comparecencia de servidores públicos de
la dependencia ante la propia Comisión. Asimismo, las comisiones
a que se refiere el párrafo anterior y de acuerdo a su competencia,
darán opinión fundada a la Comisión de Presupuesto
y Cuenta Pública, con base en los informes que rindan el Poder Ejecutivo
federal y las demás entidades fiscalizadas, en los términos
del artículo 79, fracción I, de la Constitución, las
cuales deberán ser enviadas a más tardar sesenta días
después de la recepción de los informes. La opinión
fundada tendrá por objeto hacer aportaciones a esa Comisión
sobre aspectos presupuestales específicos, en relación al
cumplimiento de los objetivos de los programas del correspondiente ramo
de la Administración Pública Federal, y para que sean consideradas
en la revisión de la Cuenta Pública (artículo 45 de
la LOCGEUM).
Las comisiones tendrán las tareas siguientes:
a) Elaborar su programa anual de trabajo;
b) Rendir un informe semestral de sus actividades
a la Conferencia para la Dirección y Programación de los
Trabajos Legislativos;
c) Organizar y mantener un archivo de todos los
asuntos que les sean turnados, que deberá ser entregado a la Legislatura
siguiente;
d) Sesionar cuando menos una vez al mes;
e) Resolver los asuntos que la Mesa Directiva
de la Cámara les turne;
f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas,
proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos
de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección
y Programación de los Trabajos Legislativos; y
g) Realizar las actividades que se deriven de
esta ley, de los ordenamientos aplicables, de los acuerdos tomados por
el Pleno de la Cámara y los que adopten por sí mismas con
relación a la materia o materias de su competencia (artículo
45 de la LOCGEUM).
Integración
Mesa Directiva
Diputados: Julio César Córdova Martínez,
Presidente; Omar Ortega Álvarez, Víctor Manuel Alcérreca
Sánchez, María Eloísa Talavera Hernández, secretarios.
Integrantes: Sheyla Fabiola Aragón Cortés,
Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova
Villalobos, Patricia Elisa Durán Reveles, Germán Martínez
Cázares, Rubén Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena, Rosa
María Avilés Nájera, Dolores del Carmen Gutiérrez
Zurita, Abdallán Guzmán Cruz, Salvador Martínez Della
Rocca, José Luis Medina Lizalde, Fernando Ulises Adame de León,
Roger David Alcocer García, Humberto Francisco Filizola Haces, Moisés
Jiménez Sánchez, José López Medina, Norma Violeta
Dávila Salinas, Alfonso Nava Díaz, Érick Agustín
Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Martín Vidaña
Pérez, Marcela Guerra Castillo, Guadalupe Mendívil Morales.
I. Avance en el cumplimiento del programa anual de
trabajo
Iniciativas de la LIX Legislatura
1. Iniciativa con proyecto de decreto, que adiciona
la fracción V del artículo 23 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Sinopsis: La intención legislativa es
que las becas otorgadas por el Gobierno Federal no tengan que ser retribuidas
en dinero. Fue presentada por el diputado Omar Ortega Álvarez, PRD,
el 14 de junio de 2004 y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Gaceta Parlamentaria, número 1518, lunes 14 de junio de 2004.
Avance: Dictaminada.
2. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los
artículos 100-Bis y 100-Ter, y reforma el artículo 465 de
la Ley General de Salud.
Sinopsis: La intención legislativa es
prohibir la clonación de seres humanos. Fue presentada por la diputada
Ruth Hernández Martínez, PAN, el 2 de julio de 2004 y turnada
a las Comisiones Unidas de Salud y de Ciencia y Tecnología.
Avance: En estudio.
3. Iniciativa que reforma y adiciona los artículos
1 y 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Sinopsis: La intención legislativa es
establecer materia y regular los apoyos, las acciones y el gasto que el
Gobierno Federal está obligado a otorgar para realizar, impulsar,
fortalecer y desarrollar la investigación científica y tecnológica,
así como precisar los mecanismos para impulsar la inversión
en ciencia y tecnología. Fue presentada por el diputado Omar Bazán
Flores, PRI, el 23 de noviembre de 2004 y turnada a la Comisión
de Ciencia y Tecnología. Antecedente.
Avance: Con proyecto de dictamen a discutirse
en la próxima sesión de la Comisión.
4. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Sinopsis: La intención legislativa es
reformar, modificar y adicionar los artículos 4, fracción
IX, 5, 5 Bis, 6, 6 Bis, 7, 8, 9,10, fracción III, 10 Bis, 21, 22,
30, tercer párrafo, y 36 de la Ley de Ciencia y Tecnología
a efecto de crear el Comité Científico y Tecnológico
como órgano de política y Coordinarlo, mejor con las actividades
del Consejo General de Investigación Científica y Desarrollo
Tecnológico. Fue presentada por el diputado Omar Bazán Flores,
PRI, y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Avance: Dictaminada.
5. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman
y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología;
la Ley Federal de Entidades Paraestatales; la Ley de Presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público Federal; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público; y la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos.
Sinopsis: La intención legislativa es
fortalecer y consolidar la figura de los Centros Públicos de Investigación
(CPI) mediante el reforzamiento y perfeccionamiento de su régimen
jurídico especial, incorporar nuevos elementos de simplificación
jurídica para su operación y detonar proyectos de investigación
y apoyo a proyectos productivos. Fue presentada por el diputado Julio César
Córdova Martínez, PRI, el 21 de noviembre de 2004, y turnada
a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología, de Presupuesto
y Cuenta Pública y de Gobernación.
Avance: Dictaminada en la Comisión de Ciencia
y Tecnología y turnada para su estudio y dictamen correspondiente
a las Comisiones de Gobernación, Presupuesto y Cuenta Pública.
6. Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia
y Tecnología.
Sinopsis: La intención legislativa es
modificar los mecanismos y requisitos para la designación del Director
General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Fue presentada
por el diputado Salvador Pablo Martínez Della Rocca, PRD, el martes
19 de abril de 2006.
Avance: Se recopilaron opiniones de la Secretaría
de Gobernación.
7. Iniciativa que reforma la Ley de Bioseguridad de Organismos
Genéticamente Modificados
Sinopsis: La intención legislativa es
proteger los centros de origen del maíz, así como declarar
una moratoria a efecto que los centros de origen sean zonas libres de Organismos
Genéticamente Modificados (OGMs). Fue presentada por el diputado
Víctor Suárez Carrera, del grupo parlamentario del PRD, el
10 de junio de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Agricultura
y Ganadería.
Avance: Se recopilaron opiniones del Comité
de Biotecnología de la Academia Mexicana de Ciencias y de la Secretaría
de Gobernación.
8. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.
Sinopsis: La intención legislativa es
modificar la definición de acuerdo fundamentado previo y del enfoque
de precaución, además tiene la finalidad de incrementar y
fortalecer la intervención de la Secretaría de Hacienda y
otras dependencias en la importación y exportación de los
organismos a los que se refiere esta ley. Fue presentada por el diputado
Omar Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del PRD, el 12 de septiembre
de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos
Naturales; de Agricultura y Ganadería; y de Ciencia y Tecnología.
Avance: Se recopilaron opiniones del Comité
de Biotecnología de la Academia Mexicana de Ciencias.
9. Proposición con punto de acuerdo para exhortar
a la SEP, al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las entidades
federativas y a los consejos estatales de ciencia y tecnología,
apoyar y participar en la realización de la 46a. Olimpiada Internacional
de Matemáticas.
Sinopsis: Fue presentada por la diputada Marisol
Urrea Camarena, el 28 de abril de 2006.
Avance: Dictaminada en sentido negativo.
Iniciativas y puntos de acuerdo turnadas a la Comisión
de Ciencia y Tecnología en el primer semestre del tercer año
de ejercicio de la LIX Legislatura.
1. Iniciativa de Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana.
Sinopsis: La intención legislativa es
crear una agencia que coordine los esfuerzos de investigación espacial
que llevan a cabo dependencias de gobierno, organismos descentralizados
e instituciones de educación superior entre otros, además
de fomentar la vinculación y participación de México
a nivel internacional. Presentada por el diputado Moisés Jiménez
Sánchez y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología,
el jueves 20 de octubre de 2005.
Avance: En estudio.
2. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Sinopsis: Presentada por el diputado Salvador
Martínez Della Rocca y turnada a la Comisión de Ciencia y
Tecnología, el martes 6 de diciembre de 2005.
Avance: En estudio, cabe mencionar que es la misma
iniciativa que presentó el mismo diputado inicialista el martes
19 de abril de 2006.
3) Iniciativa de Ley que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente, General de Vida Silvestre, General para la Prevención
y Gestión Integral de los Residuos, General de Desarrollo Forestal
Sustentable, y de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados;
y del Código Penal Federal.
Sinopsis: La intención legislativa es
establecer un marco regulatorio en materia de responsabilidad ambiental.
Presentada por los diputados Francisco Javier Valdez de Anda, PAN; y Rebeca
Godínez y Bravo, y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Justicia y Derechos
Humanos, el jueves 9 de febrero de 2006.
Avance: En estudio.
4) Proposición con punto de acuerdo para exhortar
a la Sagarpa y al Conacyt, a que restituyan el monto total asignado al
proyecto "Efectos ecológicos de pesca en el ecosistema marino del
Golfo de California".
Sinopsis: Fue presentada por el diputado Adrián
Chávez Ruiz, del PRD, el día 2 de febrero de 2006.
Avance: Con proyecto de dictamen a discutirse
en la próxima sesión de la Comisión.
II. Reuniones de trabajo de la Comisión
a) Reuniones convocadas y celebradas
1- 4 de octubre de 2005.
2-29 de noviembre de 2005.
b) Reuniones convocadas y suspendidas por falta de
quórum
Ninguna.
c) Lista de asistencia de las reuniones celebradas
1-4 de octubre de 2005
Diputados: Julio César
Córdova Martínez, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez,
María Eloísa Talavera Hernández, Omar Ortega Álvarez,
Fernando Ulises Adame de León, Roger David Alcocer García,
Sheyla Fabiola Aragón Cortes, Rosa María Avilés Nájera,
Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova
Villalobos, Benito Chávez Montenegro, Patricia Durán Reveles,
Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, Dolores Gutiérrez
Zurita, Abdallán Guzmán Cruz, Lucio Galileo Lastra Marín,
José López Medina, Salvador Martínez Della Rocca,
José Luis Medina Lizalde, Alfonso Nava Díaz, Érick
Silva Santos, Rubén Alfredo Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena,
Jorge Baldemar Utrilla Robles.
2-29 de noviembre de 2005
Diputados: Julio César
Córdova Martínez, Eloisa Talavera Hernández, Víctor
Manuel Alcérreca Sánchez, Omar Ortega Álvarez, Consuelo
Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos,
Patricia Elisa Durán Reveles, Rubén Torres Zavala, Marisol
Urrea Camarena, Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, Fernando Ulises
Adame de León, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra
Castillo, José López Medina, Alfonso Juventino Nava Díaz,
Érick Agustín Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles,
Martín Remigio Vidaña Pérez.
d) Principales acuerdos y asuntos tratados, resueltos
y atendidos en las reuniones celebradas
1-4 de octubre de 2005
1.1 Aprobación del programa anual de trabajo
del tercer año de ejercicio de la LIX Legislatura.
1.2 Dictamen con proyecto de decreto que adiciona las
fracciones XII y XIV al artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
1.3 Dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona
un último párrafo al artículo 13 de la Ley Orgánica
del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
2-29 de noviembre de 2005
2.1 Dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto
por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de
Ciencia y Tecnología; de la Ley Federal de Entidades Paraestatales;
de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos.
2.2 Dictamen en sentido negativo a la proposición
con punto de acuerdo para exhortar a la SEP, al Consejo Nacional de Ciencia
y Tecnología, a las Entidades Federativas y a los Consejos Estatales
de Ciencia y Tecnología, apoyar y participar en la realización
de la 46a. Olimpiada Internacional de Matemáticas.
III. Dictámenes, opiniones, informes y publicaciones
generados
a) Dictámenes, incluyendo el sentido del
voto de cada uno de los integrantes de la Comisión.
1.- Dictamen con proyecto de decreto que adiciona las
fracciones XII y XIV al artículo 5 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Sentido del voto: Unanimidad.
Diputados: Julio César Córdova
Martínez, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez,
María Eloísa Talavera Hernández, Omar Ortega Álvarez,
Fernando Ulises Adame de León, Roger David Alcocer García,
Sheyla Fabiola Aragón Cortes, Rosa María Avilés Nájera,
Consuelo Camarena Gómez, José Ángel Córdova
Villalobos, Benito Chávez Montenegro, Patricia Durán Reveles,
Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, Dolores Gutiérrez
Zurita, Abdallán Guzmán Cruz, Lucio Galileo Lastra Marín,
José López Medina, Salvador Martínez Della Rocca,
José Luis Medina Lizalde, Alfonso Nava Díaz, Érick
Silva Santos, Rubén Alfredo Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena,
Jorge Baldemar Utrilla Robles.
2.- Dictamen con proyecto de decreto por el que se adiciona
un último párrafo al artículo 13 de la Ley Orgánica
del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Sentido del voto: 17 votos a favor.
Diputados: Julio César Córdova
Martínez, Víctor Manuel Alcérreca Sánchez,
Omar Ortega Álvarez, Fernando Ulises Adame de León, Roger
David Alcocer García, Rosa María Avilés Nájera,
Benito Chávez Montenegro, Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela
Guerra Castillo, Dolores Gutiérrez Zurita, Abdallán Guzmán
Cruz, José López Medina, Salvador Martínez Della Rocca,
José Luis Medina Lizalde, Alfonso Nava Díaz, Érick
Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles.
Sentido del voto: 7 votos en contra.
Diputados: María Eloísa
Talavera Hernández, Sheyla Fabiola Aragón Cortes, Consuelo
Camarena Gómez, José Ángel Córdova Villalobos,
Lucio Galileo Lastra Marín, Rubén Alfredo Torres Zavala,
Marisol Urrea Camarena.
1 abstención, diputada Patricia Durán Reveles.
3.- Dictamen a la iniciativa con proyecto de decreto por
el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciencia
y Tecnología; de la Ley Federal de Entidades Paraestatales; de las
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de
la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Sentido del voto: Unanimidad.
Diputados: Julio César Córdova
Martínez, Eloisa Talavera Hernández, Víctor Manuel
Alcérreca Sánchez, Omar Ortega Álvarez, Consuelo Camarena
Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Patricia
Elisa Durán Reveles, Rubén Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena,
Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, Fernando Ulises Adame de León,
Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, José
López Medina, Alfonso Juventino Nava Díaz, Érick Agustín
Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Martín Remigio Vidaña
Pérez.
4.- Dictamen en sentido negativo a la proposición
con punto de acuerdo para exhortar a la SEP, al Consejo Nacional de Ciencia
y Tecnología, a las entidades federativas y a los consejos estatales
de Ciencia y Tecnología, apoyar y participar en la realización
de la 46a. Olimpiada Internacional de Matemáticas.
Sentido del voto: Unanimidad
Diputados: Julio César Córdova
Martínez, Eloisa Talavera Hernández, Víctor Manuel
Alcérreca Sánchez, Omar Ortega Álvarez, Consuelo Camarena
Gómez, José Ángel Córdova Villalobos, Patricia
Elisa Durán Reveles, Rubén Torres Zavala, Marisol Urrea Camarena,
Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, Fernando Ulises Adame de León,
Humberto Francisco Filizola Haces, Marcela Guerra Castillo, José
López Medina, Alfonso Juventino Nava Díaz, Érick Agustín
Silva Santos, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Martín Remigio Vidaña
Pérez.
IV. Creación y actividades de grupos y subcomisiones
de trabajo
Proyecto: Simplificación administrativa
de los Centros públicos de investigación.
Responsables del proyecto (Al menos dos diputados
por proyecto)
Diputados: Víctor Manuel Alcérreca Sánchez,
Julio César Córdova Martínez.
Proyecto: Acuerdo nacional para la ciencia y Tecnología,
las humanidades y la innovación.
Responsables del proyecto (Al menos dos diputados
por proyecto)
Diputados: Víctor Manuel Alcérreca Sánchez,
Dolores Gutiérrez Zurita, Eloísa Talavera Hernández,
Julio César Córdova Martínez, Lucio Galileo Lastra
Marín.
Proyecto: Promover la investigación desde la
educación básica.
Responsables del proyecto (Al menos dos diputados
por proyecto)
Diputados: Consuelo Camarena Gómez, José
López Medina.
Proyecto: Promover en la educación superior
el desarrollo tecnológico.
Responsables del proyecto (Al menos dos diputados
por proyecto)
Diputado José López Medina.
Proyecto: Que la educación superior y los centros
de investigación conozcan las necesidades del campo.
Responsables del proyecto (Al menos dos diputados
por proyecto)
Diputado Rubén Torres Zavala.
Proyecto: Trabajo legislativo (revisar el marco legislativo
en materia de ciencia y tecnología).
Responsables del proyecto (Al menos dos diputados
por proyecto)
Diputada Marcela Guerra.
V. Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional
1-22 de septiembre de 2005. Tercer Seminario regional
sobre el desarrollo de la competitividad.
2-12 de octubre de 2005. XXXVI Convención Nacional
Anual de Canieti.
3-10 de noviembre de 2005. Foro mundial de ciencia
y tecnología y políticas de innovación.
VI. Reuniones con servidores públicos
1-7 de septiembre de 2005. Reunión de Comisiones
Unidas, Salud y Ciencia y Tecnología, con el director general del
Instituto Nacional de Medicina Genómica, doctor Gerardo Jiménez
Sánchez.
2-27 de septiembre de 2005. Comparecencia con el Secretario
de Educación Pública, doctor Reyes Támez Guerra.
VII. Otras actividades
1-22 de noviembre de 2005. Exposición Cien años
de física en contexto.
2-28 de febrero de 2006. Foro La ciencia y la tecnología
como ejes de la competitividad en México.
Anexo I. Relación del estado que guardan los asuntos
turnados a la Comisión
a) Iniciativas
Iniciativa: Con proyecto de decreto, que adiciona
la fracción V del artículo 23 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Materia: La intención legislativa es que
las becas otorgadas por el Gobierno Federal no tengan que ser retribuidas
en dinero.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar
Ortega Álvarez, PRD, el 14 de junio de 2004 y turnada a la Comisión
de Ciencia y Tecnología. Gaceta Parlamentaria, número 1518,
lunes 14 de junio de 2004.
Estado que guardan según la Comisión:
Dictaminada.
Iniciativa: Con proyecto de decreto que adiciona los
artículos 100-Bis y 100-Ter y reforma el artículo 465 de
la Ley General de Salud.
Materia: La intención legislativa es prohibir
la clonación de seres humanos.
Comisiones conjuntas: Salud.
Antecedentes: Fue presentada por la diputada Ruth
Hernández Martínez, PAN, el 2 de julio de 2004 y turnada
a las Comisiones Unidas de Salud y de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión:
En estudio.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos
1 y 2 de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Materia: La intención legislativa es establecer
y regular los apoyos, las acciones y el gasto que el Gobierno Federal está
obligado a otorgar para realizar, impulsar, fortalecer y desarrollar la
investigación científica y tecnológica, así
como precisar los mecanismos para impulsar la inversión en ciencia
y tecnología.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar
Bazán Flores, PRI, el 23 de noviembre de 2004 y turnada a la Comisión
de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión:
Con proyecto de dictamen a discutirse en la próxima sesión
de la Comisión.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley de Ciencia y Tecnología.
Materia: La intención legislativa es reformar,
modificar y adicionar los artículos 4, fracción IX, 5, 5
Bis, 6, 6 Bis, 7, 8, 9,10, fracción III, 10 Bis, 21, 22, 30, tercer
párrafo, y 36 de la Ley de Ciencia y Tecnología a efecto
de crear el Comité Científico y Tecnológico como órgano
de política y coordinarlo mejor con las actividades del Consejo
General de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar
Bazán Flores, PRI, y turnada a la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión:
Dictaminada.
Iniciativa: Con proyecto de decreto por el que se
reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología;
la Ley Federal de Entidades Paraestatales; la Ley de Presupuesto, Contabilidad
y Gasto Público Federal; la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios del Sector Público; y la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos.
Materia: La intención legislativa es fortalecer
y consolidar la figura de los Centros Públicos de Investigación
(CPI) mediante el reforzamiento y perfeccionamiento de su régimen
jurídico especial, incorporar nuevos elementos de simplificación
jurídica para su operación y detonar proyectos de investigación
y apoyo a proyectos productivos.
Comisiones conjuntas: Gobernación y Presupuesto
y Cuenta Pública.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Julio
César Córdova Martínez, PRI, el 21 de noviembre de
2004, y turnada a las Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología,
de Presupuesto y Cuenta Pública y de Gobernación.
Estado que guardan según la Comisión:
Dictaminada en la Comisión de Ciencia y Tecnología y
turnada para su estudio y dictamen correspondiente a las Comisiones de
Gobernación y Cuenta Pública.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia
y Tecnología.
Materia: La intención legislativa es modificar
los mecanismos y requisitos para la designación del Director General
del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Salvador
Pablo Martínez Della Rocca, PRD, el martes 19 de abril de 2006.
Estado que guardan según la Comisión:
Se recopilaron opiniones de la Secretaría de Gobernación.
Iniciativa: Que reforma la Ley de Bioseguridad de
Organismos Genéticamente Modificados.
Materia: La intención legislativa es proteger
los centros de origen del maíz, así como declarar una moratoria
a efecto que los centros de origen sean zonas libres de Organismos Genéticamente
Modificados (OGMs).
Comisiones conjuntas: Medio Ambiente y Recursos
Naturales, de Agricultura y Ganadería.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Víctor
Suárez Carrera, del grupo parlamentario del PRD, el 10 de junio
de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, de Ciencia y Tecnología, y de Agricultura y Ganadería.
Estado que guardan según la Comisión:
Se recopilaron opiniones del Comité de Biotecnología
de la Academia Mexicana de Ciencias y de la Secretaría de Gobernación.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.
Materia: La intención legislativa es modificar
la definición de acuerdo fundamentado previo y del enfoque de precaución,
además tiene la finalidad de incrementar y fortalecer la intervención
de la Secretaria de Hacienda y otras dependencias en la importación
y exportación de los organismos a los que se refiere esta ley.
Comisiones conjuntas: Medio Ambiente y Recursos
Naturales, de Agricultura y Ganadería.
Antecedentes: Fue presentada por el diputado Omar
Ortega Álvarez, del grupo parlamentario del PRD, el 12 de septiembre
de 2005 y turnada a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, de Agricultura y Ganadería y de Ciencia y Tecnología.
Estado que guardan según la Comisión:
Se recopilaron opiniones del Comité de Biotecnología
de la Academia Mexicana de Ciencias.
Iniciativa: De Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana.
Materia: La intención legislativa es crear
una agencia que coordine los esfuerzos de investigación espacial
que llevan a cabo dependencias de gobierno organismos descentralizados
e instituciones de educación superior entre otros, además
de fomentar la vinculación y participación de México
a nivel internacional.
Antecedentes: Presentada por el diputado Moisés
Jiménez Sánchez y turnada a la Comisión de Ciencia
y Tecnología, el jueves 20 de octubre de 2005.
Estado que guardan según la Comisión:
En estudio.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Materia: La intención legislativa es modificar
los mecanismos y requisitos para la designación del director general
del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Antecedentes: Presentada por el diputado Salvador
Martínez Della Rocca y turnada a la Comisión de Ciencia y
Tecnología, el martes 6 de diciembre de 2005.
Estado que guardan según la Comisión:
En estudio, cabe mencionar que es la misma iniciativa que presentó
el mismo diputado inicialista el martes 19 de abril de 2006.
Iniciativa: De ley que reforma, adiciona y deroga
diversas disposiciones de las leyes Generales del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente, General de Vida Silvestre, General
para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, General
de Desarrollo Forestal Sustentable, y de Bioseguridad de Organismos Genéticamente
Modificados; y del Código Penal Federal.
Materia: Legislar en materia de responsabilidad
ambiental.
Comisiones conjuntas: Medio Ambiente y Recursos
Naturales; de Justicia y Derechos Humanos.
Antecedentes: Presentada por los diputados Francisco
Javier Valdez de Anda, PAN; y Rebeca Godínez y Bravo; y turnada
a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Ciencia
y Tecnología, y de Justicia y Derechos Humanos, el jueves 9 de febrero
de 2006.
Estado que guardan según la Comisión:
En estudio.
Relación del estado que guardan los asuntos turnados
a la Comisión
b) Minutas (ninguna).
c) Proposiciones
Proposición con punto de acuerdo para exhortar
a la Sagarpa y al Conacyt, a que restituyan el monto total asignado al
proyecto Efectos Ecológicos de Pesca en el Ecosistema Marino del
Golfo de California.
Materia: Investigación en materia pesquera.
Comisiones conjuntas: Pesca.
Antecedentes: Presentada por el diputado Adrián
Chávez Ruiz, del PRD. El jueves 2 de febrero de 2006.
Estado que guardan según la Comisión:
Con proyecto de dictamen a discutirse la próxima sesión
de la Comisión.
Proposición con punto de acuerdo para exhortar
al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, a las entidades federativas
y a los consejos estatales de Ciencia y Tecnología, apoyar y participar
en la realización de la 46ª Olimpiada Internacional de Matemáticas.
Materia: Apoyar y participar en la realización
de la 46a. Olimpiada Internacional de Matemáticas.
Comisiones conjuntas: Gobernación.
Antecedentes: Presentada por la diputada Marisol
Urrea Camarena del PAN, el 28 de abril de 2006.
Estado que guardan según la Comisión:
Dictaminada en sentido negativo.
Anexo II. Estadístico
a) Asistencia e inasistencias promedio de las reuniones
de trabajo
Asistencias 22
Inasistencias 6
b) Número de dictámenes generados:
4
c) Votaciones promedio de los dictámenes: 22
d) Número de informes, documentos, opiniones
y publicaciones formulados: 1
e) Número de iniciativas, minutas y proposiciones
con punto de acuerdo, tanto dictaminadas, como pendientes, relacionándolas
en cada caso con el número de las turnadas a la comisión,
desde el inicio de la legislatura y con actualización al periodo
semestral correspondiente:
- Iniciativas recibidas 12
Dictaminadas 4
Pendientes 8
- Minutas recibidas 2
Dictaminadas 2
Pendientes 0
- Proposiciones recibidas 4
Dictaminadas 3
Pendientes 1
f) Número de reuniones con servidores públicos:
2
g) Número de foros, audiencias, consultas,
seminarios y conferencias convocados: 2
DE LA COMISIÓN DEL DISTRITO
FEDERAL, DEL PRIMER SEMESTRE DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO DE LA LIX
LEGISLATURA, 1 DE SEPTIEMBRE DE 2005-28 DE FEBRERO DE 2006
Introducción
En cumplimiento a lo establecido por el inciso b), numeral
6 del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General
de los Estados Unidos Mexicanos, la Comisión del Distrito Federal
de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión rinde
su primer informe semestral de actividades realizadas durante el tercer
año de la LIX Legislatura. En el presente documento, se resumen
las actividades más relevantes que se realizaron durante el periodo
comprendido entre el primero de septiembre de 2005 al 28 de febrero de
2006.
En primer término, en este documento se establece
la base legal que da sustento al ámbito de competencias de esta
Comisión, y se da cuenta de la conformación actual, así
como de los cambios de altas y bajas de los diputados de este órgano
legislativo que se llevaron a cabo durante el periodo que se reporta. De
igual forma, se informa de los avances en el cumplimiento del programa
anual de trabajo. En este sentido, se da conocer el estado general que
guardan las iniciativas de ley y punto de acuerdo, turnadas a esta Comisión
en este periodo.
En cuanto a las reuniones de la Comisión, se informa
sobre lo acontecido en las sesiones del Pleno y de Junta Directiva convocadas
por esta Comisión. Se da cuenta de la integración y miembros
de las subcomisiones creadas en este órgano legislativo.
De igual forma, se da un informe sobre el foro Reforma
institucional de las delegaciones políticas del Distrito Federal,
el cual se organizó durante el periodo que se reporta y se llevó
acabo el 8 y 9 de marzo de 2006.
Finalmente, se incorpora al final de este documento la
relación total de asuntos turnados a la Comisión del Distrito
Federal.
Competencia
La Comisión del Distrito Federal es una Comisión
ordinaria con naturaleza jurídica sui generis, que no se encuentra
enlistada en el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que su labor no incide
en ninguno de los ramos de la administración pública federal,
y, por lo tanto, carece de la facultad de control evaluatorio. Sin embargo,
la misma ley le confiere las otras dos facultades destinadas a las Comisiones
ordinarias: de dictamen legislativo e información.
En tal sentido, el fundamento legal que da origen a la
constitución, integración y función de las comisiones
para la consecución de las atribuciones constitucionales y legales
de la Cámara de Diputados, lo encontramos en el numeral 1 del artículo
39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos
Artículo 39.
1. Las comisiones son órganos constituidos por
el Pleno, que a través de la elaboración de dictámenes,
informes, opiniones o resoluciones, contribuyen a que la Cámara
cumpla sus atribuciones constitucionales y legales.
En términos de lo que disponen los numerales 1 y 3
del artículo 40, de la Ley Orgánica de la materia, la competencia
de la Comisión del Distrito Federal se encuentra reducida al desarrollo
de tareas específicas de dictamen legislativo y de información.
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados
Unidos Mexicanos
Artículo 40.
1. Las comisiones ordinarias que se establecen en este
artículo desarrollan las tareas específicas que en cada caso
se señalan.
2. (.......)
3. La Comisión del Distrito Federal tiene a su
cargo tareas de dictamen legislativo y de información para el ejercicio
de las atribuciones de la Cámara previstas en el apartado A del
artículo 122 constitucional.
Lo anterior nos remite al apartado A del artículo
122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
que relaciona los asuntos de competencia de la Cámara de Diputados
en el Gobierno del Distrito Federal, razón por la cual son de considerarse
los puntos enumerados en este apartado, que determinan de manera enunciativa
la competencia de los trabajos legislativos de la Cámara, y en específico
de esta Comisión, a saber:
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos
Artículo 122.
Apartado A. Corresponde al Congreso de la Unión:
I. Legislar en lo relativo al Distrito Federal, con
excepción de las materias expresamente conferidas a la Asamblea
Legislativa;
II. Expedir el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;
III. Legislar en materia de deuda pública del
Distrito Federal;
IV. Dictar las disposiciones generales que aseguren el
debido, oportuno y eficaz funcionamiento de los poderes de la Unión,
y
V. Las demás atribuciones que le señala
esta Constitución.
Integrantes
Junta Directiva
Presidente: José Agustín Ortiz Pinchetti,
del grupo parlamentario del PRD; secretarios: Ernesto Herrera Tovar, del
grupo parlamentario del PAN; Margarita Saldaña Hernández,
del grupo parlamentario del PAN; Marco Antonio Gutiérrez Romero,
del grupo parlamentario del PRI; Alfredo Gómez Sánchez, del
grupo parlamentario del PRI (licencia); Fernando Espino Arévalo,
del grupo parlamentario del PVEM.
Miembros de la Comisión
Por el grupo parlamentario del PAN: Rubén Maximiliano
Alexander Rábago (licencia), Roberto Colín Gamboa, Federico
Döring Casar, Magdalena A. González Furlong, Miguel Ángel
Toscano Velasco, Jorge Triana Tena. Por el grupo parlamentario del PRI:
Filemón Primitivo Arcos Suárez, Pablo Bedolla López
(licencia), Fernando Fernández García, Víctor Ernesto
González Huerta, Fidel René Meza Cabrera, Claudia Ruiz Massieu
Salinas, Roberto Javier Vega y Galina. Por el grupo parlamentario del PRD:
Nancy Cárdenas Sánchez, Francisco Diego Aguilar, Susana Guillermina
Manzanares Córdova, Horacio Martínez Meza, Dolores Padierna
Luna. Por el grupo parlamentario del PVEM: Jorge Legorreta Ordorica.
En este momento la Comisión del Distrito Federal
está conformada por un total de 25 diputados.
Cambios en la conformación de la Comisión
Durante el periodo que se reporta, mediante comunicado
de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, se dieron a conocer
los siguientes movimientos en esta Comisión:
1 de enero de 2006
Licencia del diputado Pablo Bedolla López
2 de enero de 2006
Licencia del diputado Alfredo Gómez Sánchez
10 de enero de 2006
Licencia del diputado Rubén Maximiliano Alexander
Rábago; se reincorporó el 14 de marzo de 2006.
I. Avance en el cumplimiento del programa anual de
trabajo
Durante el periodo que se reporta, no se dictaminaron
las iniciativas de ley y proposiciones con punto de acuerdo, turnados a
esta Comisión, toda vez que en este órgano legislativo no
se han podido instalar formalmente las subcomisiones correspondientes para
el análisis y discusión de estos asuntos. De igual forma,
esta Comisión no ha contado con el quórum formal necesario
para deliberar sobre el proceso legislativo a seguir, en cada una de estas
iniciativas y puntos de acuerdo. Sin embargo, esta Junta Directiva, en
su reunión del 25 de octubre de 2005, acordó que cada grupo
parlamentario integrante de esta Comisión haga las consultas necesarias,
con el propósito de definir una agenda legislativa de Reforma Política
del Distrito Federal, y de esta forma poder avanzar en estos asuntos.
En este órgano legislativo se formaron las subcomisiones:
Reforma Política del Distrito Federal, Reforma al Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal y Relación con los Órganos de Gobierno
del Distrito Federal. Hasta el momento no se ha dado su instalación
e integración, toda vez que esta Junta Directiva ha decidido definir
una agenda de reforma política del Distrito Federal, a fin de turnar
a cada subcomisión los asuntos que por materia serían de
su competencia.
Se organizó el foro Reforma institucional de
las delegaciones políticas del Distrito Federal, y el 8 y 9
de marzo de 2006 se llevó a cabo.
II. Reuniones de trabajo de la Comisión del Distrito
Federal
2.1 Reuniones Plenarias
28 de octubre de 2005
El 18 de octubre de 2005 se publicó en Gaceta
Parlamentaria la convocatoria a sesión plenaria.
El 20 de octubre de 2005 se envió a los diputados
miembros de la Comisión, mediante oficio PCDF.-904.05, un recordatorio
de la convocatoria a sesión plenaria.
Por acuerdo de la Junta Directiva, en su reunión
del 25 de octubre de 2005, se acordó la cancelación de esta
sesión plenaria.
El 26 de octubre de 2005 se publicó en Gaceta
Parlamentaria la cancelación de esta sesión.
El 26 de octubre de 2005 se envió a los diputados
miembros de la Comisión, mediante oficio PCDF.-909.05, la cancelación
de esta sesión plenaria.
14 de diciembre de 2005
El 5 de diciembre de 2005, mediante oficio PCDF.939.05,
se envió a los diputados miembros de la Comisión un recordatorio
de la convocatoria a sesión plenaria.
El 6 de diciembre de 2005 se publicó en Gaceta
Parlamentaria la convocatoria a sesión plenaria.
Orden del día
Bienvenida.
Lista de asistencia y verificación de quórum.
Agenda legislativa de la reforma política del
Distrito Federal.
Temas pendientes a turnar en subcomisión.
Asuntos generales.
Clausura.
Esta reunión contó con la asistencia de
los diputados: José Agustín Ortiz Pinchetti, Jorge Legorreta
Ordorica y Filemón P. Arcos Suárez.
El diputado Roberto Vega y Galina solicitó que
le sea justificada su inasistencia a esta reunión.
No se contó con el quórum suficiente.
2.2 Reuniones de Junta Directiva
25 de octubre de 2005
El 20 de octubre de 2005, mediante oficio PCDF. 905.05,
se envió a los diputados secretarios de la Comisión un recordatorio
de la convocatoria a reunión de Junta Directiva.
El 21 de octubre de 2005 se publicó en Gaceta
Parlamentaria la convocatoria a reunión de Junta Directiva.
Orden del día
1. Bienvenida.
2. Verificación de quórum.
3. Asuntos pendientes.
4. Clausura.
Esta reunión contó con la asistencia de
los diputados: Margarita Saldaña Hernández, Ernesto Herrera
Tovar, Alfredo Gómez Sánchez y José Agustín
Ortiz Pinchetti.
Acuerdos:
1. Se cancela la sesión plenaria de la Comisión
convocada para el día 28 de octubre de 2005.
2. Los integrantes de esta Junta Directiva se comprometen
a consultar con sus respectivos grupos parlamentarios los temas de una
agenda para la Reforma Política del Distrito Federal, con el propósito
de darle una mayor solidez a los trabajos legislativos de la Comisión.
3. El Presidente de esta Comisión se compromete
a convocara a una próxima sesión plenaria, en cuanto los
secretarios de la Comisión hagan de su conocimiento los resultados
de sus consultas al interior de sus respectivos grupos parlamentarios.
III. Dictámenenes, opiniones, informes y publicaciones
Durante este periodo que se reporta a la Comisión
del Distrito Federal le fueron turnados los siguientes asuntos:
9 iniciativas de ley.
8 proposiciones con punto de acuerdo.
Durante el periodo que se reporta no se dictaminó
alguno de los asuntos turnados a esta Comisión.
Iniciativas de Ley turnadas en el periodo que se reporta
Origen: Senador David Jiménez Guzmán,
PRI. 7 de septiembre de 2005.
Asunto: Minuta con proyecto de decreto que remite
la H. Cámara de Senadores, por el que se reforman los artículos
123, 124, 125 y 129, se adiciona un párrafo segundo y tercero al
artículo 124 y un párrafo segundo al artículo 125
del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, PAN. 27 de septiembre
de 2005.
Asunto: Iniciativa que adiciona la fracción
XXIX Bis del artículo 42 y la fracción IX Bis del artículo
67 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Hugo Rodríguez Díaz,
PRI. Se amplió turno a la Comisión del Distrito Federal el
30 de septiembre de 2005.
Asunto: Iniciativa que reforma y adiciona los
artículos 76 y 122 de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Turno: Comisiones de Puntos Constitucionales y
del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Senadora Dulce María Sauri Riancho,
PRI. 6 de octubre de 2005.
Asunto: Minuta con proyecto de decreto que remite
la H. Cámara de Senadores, mediante el cual se deroga la fracción
III de la Base Primera del apartado C del artículo 122, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y se reforma el artículo
37 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisiones de Puntos Constitucionales,
y del Distrito Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, PAN. 6
de octubre de 2005.
Asunto: Iniciativa que reforma el artículo
132 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
13 de octubre de 2005.
Asunto: Iniciativa que reforma el artículo
39 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Senador David Jiménez González,
PRI. 24 de noviembre de 2005.
Asunto: Iniciativa que reforma los artículos
116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, y el 121 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales
y del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputada Angélica de la Peña
Gómez, PRD. 18 de enero de 2006.
Asunto: Iniciativa que reforma y adiciona diversas
disposiciones del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal.
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación
y del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Iván García Solís,
PRD. 1 de febrero de 2006.
Asunto: Iniciativa que reforma los artículos
116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Turno: Comisión de Puntos Constitucionales,
con opinión de la Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio,
del grupo parlamentario del PAN. 13 de septiembre 2005.
Asunto: Punto de acuerdo para exhortar a la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal a reformar los artículos 2317 y
2320 del Código Civil de su competencia, a efecto de facilitar la
adquisición de una vivienda digna a un mayor número de habitantes.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Ramón Galindo Noriega, del
grupo parlamentario del PAN. 13 septiembre 2005.
Asunto: Punto de acuerdo para exhortar a la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal para que se aboque a derogar los artículos
925 y 925-A del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, PAN. 10 de noviembre
de 2005.
Asunto: Punto de acuerdo para exhortar al Gobierno
del Distrito Federal y a la jefa delegacional en Tláhuac a interceder
a favor de la escuela primaria Narciso Reyes Galicia para evitar que siga
siendo afectada en sus instalaciones.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputados de los grupos parlamentarios del
PVEM y el PRI. 22 de noviembre de 2005.
Asunto: Punto de acuerdo para que la SCT en coordinación
con los Gobiernos del Distrito Federal y del Estado de México, lleven
a cabo la ampliación de la línea tres del Sistema de Transporte
Colectivo Metro hacia el municipio de Ecatepec, estado de México.
Turno: Comisiones Unidas de Transporte y el Distrito
Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Horacio Martínez Meza del
grupo parlamentario del PRD. 8 de diciembre de 2005.
Asunto: Punto de acuerdo para exhortar al Gobierno
del Distrito Federal, que a través de de la Secretaría de
Finanzas, libere la asignación de los recursos financieros para
el cumplimiento del artículo séptimo transitorio del presupuesto
de egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2005.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Jorge Triana Tena, del grupo parlamentario
del PAN. 25 de enero de 2006.
Asunto: Punto de acuerdo para exhortar al Gobierno
del Distrito Federal informe si los servicios certificados con la norma
(ISO) que prestan las delegaciones, cuentan con las condiciones mínimas
requeridas para ser considerados servicios de calidad.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Pablo Bedolla López, del grupo
parlamentario del PRI. 2 de febrero de 2006.
Asunto: Punto de acuerdo que exhorta a los Gobiernos
del Estado de México y del Distrito Federal a suscribir un convenio
de participación y coordinación de acciones en materia de
transporte.
Turno: Comisiones del Distrito Federal y de Desarrollo
Metropolitano.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
Origen: Diputado Emiliano V. Ramos Hernández,
del grupo parlamentario del PRD. 21 de febrero de 2006.
Asunto: Punto de acuerdo relativo al comercio
informal y ambulantaje en el Sistema de Transporte Colectivo Metro.
Turno: Comisión del Distrito Federal.
Estado que guarda: Se ha hecho el análisis
correspondiente para la elaboración de un proyecto de dictamen.
Se ha solicitado la opinión del Gobierno del Distrito
Federal.
IV. Creación y actividades de grupos y subcomisiones
de trabajo
Por acuerdos de la Junta Directiva de la Comisión
del Distrito Federal del 27 de mayo y 24 de agosto de 2004, se crearon
las subcomisiones de 1) Reforma Política del Distrito
Federal, 2) Reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito
Federal y 3) Relación con los órganos de Gobierno
del Distrito Federal.
4.1. Reforma Política del Distrito Federal
Creación
Esta subcomisión se creó por acuerdo de
la Junta Directiva de esta Comisión, el 27 de mayo de 2004, y se
refrendo en la sesión de Pleno del 21 de septiembre.
Composición
Esta subcomisión está integrada por 11
miembros, con la siguiente representación parlamentaria:
Partido Acción Nacional
Diputados: Margarita Saldaña Hernández,
Ernesto Herrera Tovar y Miguel Ángel Toscano Velasco.
Partido Revolucionario Institucional
Diputados: Marco Antonio Gutiérrez Romero, Jorge
Ortiz Alvarado, Roberto Campa Cifrián y Alfredo Villegas Arreola.
Partido de la Revolución Democrática
Diputados: Nancy Cárdenas Sánchez, Lizbeth
Rosas Montero, José Agustín Ortiz Pinchetti.
Partido Verde Ecologista de México
Diputado: Fernando Espino Arévalo.
Instalación
Ha quedado pendiente la fecha de su instalación.
4.2. Reforma al Estatuto de Gobierno del Distrito Federal
Creación
Esta Subcomisión se creó por acuerdo de
la Junta Directiva de esta Comisión, el 27 de mayo de 2004, y se
refrendo en la sesión de Pleno del 21 de septiembre.
Composición
Se acordó que la Subcomisión esté
integrada por 11 diputados: 4 del PRI, 3 del PAN, 3 del PRD y 1 del PVEM.
Posteriormente, se definirán los nombres de los diputados integrantes.
Instalación
Ha quedado pendiente la fecha de su instalación.
Noción.
4.3. Subcomisión de Relaciones con los Órganos
de Gobierno del Distrito Federal
Creación
Esta subcomisión se creó por acuerdo de
la Junta Directiva de esta Comisión, el 24 de agosto de 2004, y
se refrendo en la sesión de Pleno del 21 de septiembre.
Composición
Posteriormente, los diferentes grupos parlamentarios
representados en esta Comisión acordaron hacer llegar a la Presidencia
de la Junta Directiva, de manera formal, los nombres de los integrantes
de esta Subcomisión.
Instalación
En una próxima reunión se definirá
la fecha de su instalación.
V. Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional
En este periodo que se reporta no se llevó a cabo
ningún viaje de carácter nacional.
VI. Reuniones con servidores públicos
En este periodo que se reporta no se llevó a cabo
reuniones con servidores públicos.
VII Otras actividades
La Comisión del Distrito Federal durante el periodo
que se reporta organizó el foro Reforma institucional de las
delegaciones políticas del Distrito Federal.
7.1 Foro Reforma Institucional de las Delegaciones
Políticas del Distrito Federal
Sede: Auditorio Benito Juárez de la Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, Plaza de la Constitución número
7, Mezzanine, colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc.
Fecha: 8 y 9 de marzo de 2006.
Duración: 4 horas por sesión, de
las 16:30 a las 20:30.
Destinado: Público en general e interesados
en el estudio de este tema.
Estructura del foro
Objetivos:
Crear un espacio político y académico
para el análisis y discusión de la naturaleza jurídica
de las delegaciones políticas del Distrito Federal.
Analizar el diseño institucional de las relaciones
entre las delegaciones y el Gobierno del Distrito Federal.
Estudiar las consecuencias y posibles beneficios de dotar
de personalidad jurídica a las delegaciones.
Revisar el régimen patrimonial y la situación
de la administración de las finanzas públicas de las demarcaciones.
Evaluar la posibilidad de un régimen de coordinación
fiscal en las demarcaciones del Distrito Federal.
Analizar el diseño de los órganos de control
y evaluación de gestión de las delegaciones.
Plantear propuestas a favor de un diseño institucional
que brinde mayor certidumbre jurídica y eficacia en la administración
pública de las delegaciones del Distrito Federal.
Analizar la opción institucional del cabildo delegacional.
El foro se dividió en dos mesas:
1. La naturaleza jurídica y el diseño
de gobierno de las delegaciones políticas del Distrito Federal.
En esta mesa se analizará el diseño institucional
y de gobierno actual de las delegaciones políticas del Distrito
Federal, así como las consecuencias y propuestas en torno a cambiar
esta naturaleza jurídica.
2. Análisis del impacto del diseño
institucional de las delegaciones en la gestión e instrumentación
de políticas públicas.
En esta mesa se analizarán temas como el régimen
patrimonial y la administración de recursos, la prestación
de servicios públicos, así como el control y evaluación
de la gestión pública delegacional.
Ponentes
Mesa 1
Diputado Roberto Carlos Reyes Gámiz, Presidente
de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa del DF.
Diputado Manuel Jiménez Guzmán, de la Asamblea
Legislativa del DF.
Diputado Roberto Colín Gamboa, por el grupo parlamentario
del PAN.
Licenciada Ruth Zavaleta Salgado, jefa delegacional en
Venustiano Carranza.
Ingeniero César Buenrostro Hernández, secretario
de Obras Públicas y Servicios del GDF.
Doctor David Arellano Gault, profesor e investigador
del CIDE y, director de la revista Gestión y Política Pública.
Mesa 2
Licenciado Arturo Herrera Gutiérrez, secretario
de Finanzas en el GDF.
Doctor Francisco José Díaz Casillas, subsecretario
de Participación Ciudadana y Prevención del Delito de la
Secretaría de Seguridad Pública del GDF.
Maestro Ulises Lara López, director general del
GDF.
Maestro Leonardo Jorge Torres Góngora, maestro
del CIDE y asesor parlamentario.
Maestro Ricardo Álvarez Arredondo, secretario
parlamentario de grupo parlamentario del PRD.
Doctor Enrique Cabrero Mendoza, director general del
CIDE.
Doctor Aldo Muñoz Armenta, profesor en la Universidad
Iberoamericana.
Maestro Mario Garza Salinas, profesor en la Universidad
Iberoamericana.
Atentamente
Diputados: José Agustín Ortiz Pinchetti,
Presidente (rúbrica); Margarita Saldaña Hernández,
secretaria (rúbrica); Ernesto Herrera Tovar, secretario (rúbrica);
Marco Antonio Gutiérrez Romero, secretario (rúbrica); Alfredo
Gómez Sánchez, secretario (rúbrica); Fernando Espino
Arévalo secretario.
DE LA COMISIÓN DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS, DEL PRIMER SEMESTRE DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO
LEGISLATIVO, SEPTIEMBRE DE 2005-FEBRERO DE 2006
Introducción
La Comisión de Justicia y Derechos Humanos, se
encuentra regulada por los artículos 71, párrafo primero,
72 y 77, fracción II, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 43, 44, 45 y demás relativos
de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos;
65, 66, 76, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno
Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. El 8 de
octubre de 2003 quedó legalmente instalada la Comisión de
Justicia y Derechos Humanos de la LIX Legislatura de la Cámara de
Diputados del H. Congreso de la Unión, y con ello sus integrantes
asumimos la encomienda parlamentaria de desempeñar nuestro trabajo
de manera profesional y responsable. En tal sentido, consideramos que la
actividad parlamentaria se encuentra íntimamente relacionada con
la rendición de cuentas, pues ello implica dar a conocer a nuestros
representados las actividades que se han impulsado para su beneficio.
Con fundamento en lo anterior, y con el propósito
de dar cumplimiento a lo que establece la Ley Orgánica del Congreso
General de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 45, apartado
6, inciso b), los diputados integrantes de la Comisión de Justicia
y Derechos Humanos, sometemos a su consideración este primer informe
semestral de actividades del tercer año de ejercicio de la Cámara
de Diputados de la LIX Legislatura, correspondiente al periodo comprendido
de septiembre de 2005 a febrero de 2006.
En este documento, se hace un recuento de las actividades
desarrolladas por esta Comisión durante el periodo señalado,
pretendiendo dar continuidad de esta forma al trabajo legislativo ya iniciado,
al que estamos obligados por mandato constitucional. Pero nuestra labor
va más allá, ya que lejos de sólo cumplir con nuestra
Carta Magna, sentimos una ineludible responsabilidad social, porque nos
encontramos inmersos en una nación que requiere de nuestro apoyo
incondicional para resolver la problemática que a todos atañe,
como mexicanos. Es por ello que asumimos tan alta encomienda con gran honor,
y con el único fin de contribuir a tener un marco jurídico
que satisfaga las necesidades y exigencias que la sociedad reclama, reconociendo,
desde luego, que aún falta mucho por hacer, lo cual nos compromete
a seguir trabajando.
En tal sentido, con la presentación de este informe,
hacemos público un trabajo cuya raíz y esencia es muestra
de la incuestionable capacidad de diálogo, de consenso, pero sobre
todo, de disposición por quienes así lo hemos asumido. No
podemos dejar de mencionar que los logros obtenidos, también se
han gestado bajo un marco de absoluto respeto a las diferentes posiciones
ideológicas que, por supuesto, enriquecen la pluralidad de convicciones,
no sólo de esta Comisión, sino de la propia Cámara
de Diputados como entidad soberana. La Comisión de Justicia y Derechos
Humanos se integra de la siguiente forma:
Mesa Directiva
Diputados: Rebeca Godínez
y Bravo (PRI), Presidenta; Leticia Gutiérrez Corona (PRI) secretaria;
Francisco Javier Valdéz de Anda (PAN), secretario; Amalín
Yabur Elías (PRI), secretaria; Miguel Ángel Llera Bello (PAN),
secretario, Miguelángel García-Domínguez (PRD), secretario;
José Luis Mazoy Kuri (PVEM), secretario.
Diputados integrantes: María
de Jesús Aguirre Maldonado, PRI; Federico Barbosa Gutiérrez,
PRI; Mario Carlos Culebro Velasco, PRI; José Luis García
Mercado, PRI; Martha Laguette Lardizábal, PRI; Gema Isabel Martínez
López, PRI; Consuelo Muro Urista, PRI; Mayela María de Lourdes
Quiroga Tamez, PRI; Jorge Leonel Sandoval Figueroa, PRI; Bernardo Vega
Carlos, PRI; Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, PAN; Ernesto Herrera Tovar,
PAN; Sergio Penagos García, PAN; Fernando Antonio Gúzmán
Pérez Peláez, PAN; Leticia Userralde Gordillo, PAN; Marisol
Vargas Bárcena , PAN; Margarita Zavala Gómez del Campo, PAN;
Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara, PRD; Angélica
De la Peña Gómez, PRD; Francisco Diego Aguilar, PRD; Eliana
García Laguna, PRD; Jaime Miguel Moreno Garavilla, Convergencia.
Avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo
A continuación, se presenta el estado que guardan
las iniciativas, minutas y proposiciones con puntos de acuerdo, turnadas
a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, en el primer semestre
del tercer año de ejercicio legislativo de esta Cámara de
Diputados, correspondiente al periodo comprendido de septiembre de 2005
a febrero de 2006.
Iniciativas
Número y fecha de presentación: 315,
12 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
del Código Federal de Procedimientos Penales y del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado Raúl Chavarría
Salas (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación:
316, 12 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona diversas disposiciones del
Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos
Penales.
Presentada por: Diputado René Meza Cabrera
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez,
Adolescencia y Familias y de Atención a Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación:
317, 12 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputados Integrantes de la Comisión
de Radio, Televisión y Cinematografía.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación:
318, 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Con Proyecto de Decreto que reforma el
artículo 171 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Omar Bazán Flores
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 319,
13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 306 y
308 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Presentada por: Diputado Juan Perdomo Bueno (Convergencia).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 320,
13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un Título Décimo
Segundo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Presentada por: Diputado. José Porfirio
Alarcón Hernández (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno
de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de
2005.
Dictamen aprobado por el Pleno de la Cámara de
Diputados el 8 de diciembre de 2005.
Número y fecha de presentación: 321,
13 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 52 y
54 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada Angélica de la
Peña Gómez (PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 322,
20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 308 del
Código Civil Federal.
Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 323,
20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
y de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal.
Presentada por: Diputada Eliana García
Laguna (PRD).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales,
de Gobernación, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 324,
20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y
de la Ley de Amparo.
Presentada por: Diputado Antonio Marrufo Torres
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 325,
20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 259 Bis
del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Omar Ortega Álvarez
(PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación:
326, 20 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 40 del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y el
artículo 13 de la Ley General de Medios de Impugnación en
Materia Electoral.
Presentada por: Diputado Gonzalo Moreno Arévalo
(PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación,
y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 327,
22 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones del Código Penal Federal y del Código Federal
de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado José Alberto
Aguilar Iñárritu, en nombre de las diputadas Laura Martínez
Rivera y Claudia Ruiz Massieu Salinas (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 328,
22 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona una fracción VI al
artículo 5 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Luis Antonio González
Roldán (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 329,
22 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del
Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley General que
Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad
Pública.
Presentada por: Diputado Roger David Alcocer
García (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos
Humanos, y de Seguridad Pública.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 331,
27 de septiembre de 2005.
Iniciativa: Iniciativa de Ley de Remesas y que adiciona
las fracciones VI, VII y VIII al artículo 253 del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado Fernando Álvarez
Monje (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Población,
Fronteras y Asuntos Migratorios, de Hacienda y Crédito Público,
y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 333,
4 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 246 del
Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Francisco Javier Bravo
Carbajal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 334,
4 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 25 del
Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado José Mario Wong
Pérez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación:
335, 4 de octubre de 2005.
Iniciativa: Iniciativa que adiciona el artículo
85 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi
Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 337,
6 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 74 de la
Ley de Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Presentada por: Diputado Marcos Morales Torres
(PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 338,
6 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que deroga los artículos 12 de
la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y 133 del Código
Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado José Porfirio
Alarcón Hernández (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación:
339, 6 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que deroga diversas disposiciones del
Código Civil Federal.
Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 340,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 221 Bis
al Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado René Meza Cabrera
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 341,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños
y Adolescentes y de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi
Macari (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos
Humanos, y de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión
de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 342,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 12 de la
Ley General del sistema de Medios de Impugnación, en Materia Electoral.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi
Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 343,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones
del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada María de Jesús
Aguirre Maldonado (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos, Modificación de trámite (19 de octubre de 2005):
Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión de la
Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 344,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona la fracción 420 Bis
del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado José Antonio
Cabello Gil (PAN)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 345,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 336 Ter
y 337 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputados del PRD, PRI, PAN,
PVEM y Convergencia.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos, con opinión de la Comisión de Atención a
Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 346,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 9 de la
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Presentada por: Diputado Juan Fernando Perdomo
Bueno (Convergencia).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos
Humanos, y de Gobernación.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 347,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 24 del
Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada Angélica de la
Peña Gómez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 348,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un artículo 307 Bis
al Código Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado Hugo Rodríguez
Díaz (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 349,
11 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del
Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Luis Maldonado Venegas
(Convergencia).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 350,
13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 36 del
Código Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado Porfirio Alarcón
Hernández (PRI)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 351,
13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Iniciativa por la que se reforman, adicionan
y derogan diversas disposiciones de la Leyes General de Equilibrio Ecológico
y Protección al ambiente, General de vida Silvestre, General para
la Prevención y Gestión Integral de Residuos, General de
Desarrollo Forestal Sustentable, de Bioseguridad de Organismos Genéticamente
Modificados, y del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Cuauhtémoc Ochoa
Fernández (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, de Agricultura y Ganadería, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 352,
13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 150 y
154 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada Marcela Guerra Castillo
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 353,
13 de octubre de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona el Código
Penal Federal y la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Presentada por: Diputado Ángel
Pasta Muñuzuri (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia
y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 354, 13 de octubre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado Luis Antonio González Roldán
(PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 356, 20 de octubre de
2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones
del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Pedro Vázquez González (PT).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 358, 20 de octubre de
2005.
Iniciativa: Que reforma el párrafo segundo del artículo
195 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 359, 25 de octubre de
2005.
Iniciativa: Que reforma el último párrafo y se adiciona
una fracción XIII al artículo 215 del Código Penal
Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Número y fecha de presentación: 360, 3 de noviembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción IV, del artículo
15 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 361, 3 de noviembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 288, 292 y 311 del
Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 362, 3 de noviembre de
2005.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo segundo al artículo
105 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada Angélica de la Peña Gómez
(PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 363, 4 de noviembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 141, 145, 164, 191
y 208 Bis del Código Fiscal de la Federación y 11 de la ley
Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de
Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 364, 4 de noviembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 1 y 3 de la Ley de
Responsabilidad Civil por Daños Nucleares.
Presentada por: Diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández
(PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Medio
Ambiente y Recursos Naturales.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 365, 4 de noviembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma el párrafo primero y adiciona los
incisos a), b), c), d) y e) a la fracción III del artículo
366 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Raúl Rogelio Chavarría Salas
(PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión
de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 366, 4 de noviembre de
2005.
Iniciativa: Iniciativa que reforma los artículos 78 y 82
y deroga el artículo 79 del Código Civil Federal.
Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal (PRI)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 367, 10 de noviembre
de 2005
Iniciativa: Que reforma y adiciona el artículo 400 Bis del
Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 369, 11 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 343 Bis, 343 Ter y
343 Quáter del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 370, 11 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que adiciona las fracciones IV y V al artículo
70 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado José Mario Wong Pérez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 371, 11 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 2 de la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada y 420 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Isidro Camarillo Zavala (SP).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad
Pública, con opinión de la Comisión de Pesca.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 372, 11 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código
Civil Federal.
Presentada por: Diputado Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 373, 11 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción VII del artículo
73 de la Ley de Amparo.
Presentada por: Diputado Roger David Alcocer García (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 374, 11 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal
para Prevenir y Eliminar la Discriminación, de la Ley de Asistencia
Social, de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, de
la Ley de Instituto Mexicano de la Juventud, de la Ley del Instituto Nacional
de las Mujeres, de la Ley General de Derechos Lingüísticos
de los Pueblos Indígenas y de la Ley General de Educación.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 375, 11 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que adiciona las fracciones VII, VIII y IX al artículo
444 del Código Civil Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 376, 22 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma y deroga diversas disposiciones del Código
Civil Federal.
Presentada por: Diputada Martha Laguette Lardizábal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 377, 22 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción VII del artículo
15, del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 378, 22 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones del Código
Penal Federal, de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y del Código
Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado Manuel Velasco Coello (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Defensa Nacional, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 30 de noviembre de 2005.
Dictamen aprobado por el Pleno de la Cámara de Diputados el
1 de diciembre de 2005.
Número y fecha de presentación: 379, 22 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado José Mario Wong Pérez (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 380, 24 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo al artículo 77
y un artículo 77 Bis a la Ley de Amparo.
Presentada por: Congreso del estado de Baja California.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 381, 24 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un tercer párrafo al artículo
41 y un último párrafo al artículo 193 del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado Antonio Francisco Astiazarán Gutiérrez
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 382, 24 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción XIV del artículo
311 de la Ley de Concursos Mercantiles.
Presentada por: Diputado Ángel Alonso Díaz-Caneja (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 383, 24 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 384, 24 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de
la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de
la Ley de Amparo.
Presentada por: Diputado Jorge Luis Hinojosa Moreno (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia
y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 385, 24 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma el párrafo segundo del artículo
108 de la Ley de Amparo.
Presentada por: Diputado Sergio Vázquez García (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 386, 24 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos 73, 124
y 134 de la Ley de Amparo.
Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 387, 29 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 37 de la Ley Reglamentaria
de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentada por: Diputado Francisco Javier Bravo Carbajal (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 388, 29 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley para el Tratamiento de Menores Infractores para el Distrito Federal
en Materia Común y para toda la República en Materia Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI)
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad
Pública.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 389, 29 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma la fracción III del artículo
3 y el párrafo segundo del artículo 5 de la Ley Federal de
Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.
Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 390, 29 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo cuarto al artículo
113 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 391, 29 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que adiciona diversas disposiciones al Código
Federal de Procedimientos Penales, al Código de Comercio, a la Ley
Federal del Trabajo y al Código Federal de Procedimientos Civiles.
Presentada por: Diputado Hugo Rodríguez Díaz (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 392, 29 de noviembre
de 2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 2, 3 y 5, de la Ley
Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Presentada por: Diputado Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 394, 1 de diciembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Amparo.
Presentada por: Diputado Jorge Legorreta Ordorica (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 395, 1 de diciembre de
2005
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código
Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General
del Sistema de Medios de Impugnación Electoral.
Presentada por: Diputado Antonio Morales de la Peña (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 396, 1 de diciembre de
2005
Iniciativa: Que adiciona los artículos 210 Bis 4 y 205 Bis
del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputada Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 399, 6 de diciembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y
de la Ley de Amparo.
Presentada por: Diputado Roger David Alcocer García (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia
y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 400, 6 de diciembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma los artículos 14 y 34 y que adiciona
los artículos 34 Bis y 34 Ter a la Ley Federal Contra la Delincuencia
Organizada.
Presentada por: Diputada Patricia Garduño Morales (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 401, 6 de diciembre de
2005.
Iniciativa: Que reforma el artículo 20 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos y reforma diversas disposiciones
del Código Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado Alejandro Agundis Arias (PVEM).
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia
y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 403, 4 de enero de 2006.
Iniciativa: Que reforma el artículo 59 del Código
Federal de Procedimientos Civiles.
Presentada por: Congreso del estado de Nuevo León.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 404, 4 de enero de 2006
Iniciativa: Que reforma y adiciona el artículo 215 del Código
Penal Federal.
Presentada por: Congreso del estado de Jalisco.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: Dictamen aprobado por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Número y fecha de presentación: 405, 11 de enero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona un artículo 415 Bis al Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado Mario Zepahua Valencia, suscrita por el diputado
Jorge Leonel Sandoval Figueroa (PRI)
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 406, 11 de enero de 2006.
Iniciativa: Iniciativa por la que se expide la Ley Federal de Justicia
Penal para Adolescentes y se adicionan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Orgánica
de la Procuraduría General de la República y de la Ley Federal
de Defensoría Pública.
Presentada por: Diputada Adriana González Furlong, suscrita
por los diputados Margarita Zavala Gómez del Campo y Guillermo Tamborrel
(PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Modificación
de trámite (2 de febrero de 2005): Comisión de Justicia y
Derechos Humanos, con opinión de la Comisión Especial de
la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 407, 11 de enero de 2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 67 de la Ley General
de Salud y 22 de la Ley para la Protección de los Derechos de los
Niños, Niñas y Adolescentes.
Presentada por: Diputada Rebeca Godínez y Bravo, suscrita por
la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia y Derechos Humanos,
con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia
y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 408, 18 de enero de 2006.
Iniciativa: Que reforma la fracción II del artículo
70 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Roberto Antonio Marrufo Torres (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 409, 18 de enero de 2006.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 397 del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputada Irma Figueroa Romero (PRD).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 411, 2 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que expide la Ley General de Acceso de las Mujeres a
una Vida Libre de Violencia.
Presentada por: Diputadas Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI),
Marcela Lagarde y de los Ríos y Angélica de la Peña
Gómez (PRD).
Turno: Comisiones Unidas de Equidad y Género, y de Justicia
y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 412, 2 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado Jesús Martínez Álvarez
(Convergencia).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 413, 2 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que adiciona un párrafo a los artículos
375, 382 y 386 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Uscanga Escobar (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 414, 2 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos 75, 76 y
77 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia
Electoral.
Presentada por: Diputada María Angélica Ramírez
Luna (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 415, 2 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 41, 148, 151, 631 y
2999 del Código Civil Federal.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 416, 2 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona los artículos 1, 4 y 6
de la Ley para el Tratamiento de Menores Infractores, para el Distrito
Federal en Materia Común y para toda la República en Materia
Federal.
Presentada por: Diputado Roger David Alcocer García (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 417, 2 de febrero de
2006.
Iniciativa: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
y de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Presentada por: Diputado Manlio Fabio Beltrones Rivera y José
Luis García Mercado (PRI).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Gobernación.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 418, 7 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que adiciona diversas disposiciones a la Ley para la
Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
Presentada por: Diputado Alfonso Moreno Morán (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención
a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión Especial
de la Niñez, Adolescencia y Familias
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 419, 9 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que adiciona el artículo 43 Bis a la Ley para
la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños
y Adolescentes.
Presentada por: Diputada Cristina Portillo Ayala (PRD).
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Atención
a Grupos vulnerables, con opinión de la Comisión Especial
de la Niñez, Adolescencia y Familias.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 420, 9 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que adiciona los artículos 49A, 49B, 49C y 49D
de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Presentada por: Diputada Consuelo Camarena Gómez (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 421, 9 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley
General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente,
de la Ley General de Vida Silvestre de la Ley General para la Prevención
y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley General de Desarrollo
Forestal Sustentable, de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente
Modificados y del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Francisco Javier Valdéz de Anda (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de
Ciencia y Tecnología, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 422, 9 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y del Código
Penal Federal.
Presentada por: Diputado Juan Bárcenas González (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 423, 14 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la
Ley de Instituciones de Crédito, del Código Federal de Procedimientos
Penales y de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Presentada por: Diputado Manuel López Villarreal (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público,
y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 424, 14 de febrero de
2006.
Iniciativa: Iniciativa de Ley Reglamentaria del Título Cuarto
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentada por: Diputado Álvaro Elías Loredo (PAN).
Turno: Comisiones Unidas de Gobernación, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 425, 21 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 19 y 27 de la Ley de
Amparo.
Presentada por: Diputado Jorge Antonio Kahwagi Macari (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 426, 23 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma y adiciona el artículo 201 Bis del
Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado René Meza Cabrera (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión
de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 427, 23 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma el artículo 52 de la Ley de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos.
Presentada por: Diputado Jesús Aguilar Bueno (PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 428, 23 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que reforma los artículos 399 y 399 Bis del Código
Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Diputado Jorge Legorreta Ordorica (PVEM).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Número y fecha de presentación: 429, 23 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que deroga los artículos 350, 351, 352, 353,
354 y 355 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Heliodoro Carlos Díaz Escárraga
(PRI).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con opinión
de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 430, 23 de febrero de
2006.
Iniciativa: Que adiciona los artículos 168 Bis 1, 168 Bis
2 y 168 Bis 3 del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Ricardo Alegre Bojórquez, suscrita
por el diputado Manuel Gómez Morín (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 431, 23 de febrero de
2006.
Iniciativa: Iniciativa que adiciona el artículo 168 Bis 1,
del Código Penal Federal.
Presentada por: Diputado Ricardo Alegre Bojórquez, suscrita
por el diputado Manuel Gómez Morín (PAN).
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 310, 7 de septiembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se adiciona al Libro
Segundo, el Título Vigésimo Séptimo, "De los Delitos
Deportivos", del Código Penal Federal.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 311, 7 de septiembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General
que Crea el Sistema Nacional de Prevención, Protección, Asistencia
y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y las Niñas.
Presentada por: Senado de la República
Turno: Comisiones Unidas de Equidad y Género, de Gobernación,
y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 312, 7 de septiembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan
y derogan diversas disposiciones del Código Penal Federal.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 313, 7 de septiembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal
de Ejecución de Sanciones Penales, se adiciona la fracción
IV al artículo 50, y el artículo 50 Quáter a la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se reforma
el artículo 30 Bis, fracción XXIII, de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Seguridad
Pública.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 314, 7 de septiembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo
tercero del artículo 18, la fracción IX del apartado A, las
fracciones I y V del apartado B, del artículo 20, y el primer párrafo
del artículo 21, todos de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, y de Justicia
y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 330, 27 de septiembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que reforma la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 332, 4 de octubre de
2005.
Minuta: Con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley Orgánica
de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda
y Crédito Público.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 336, 6 de octubre de
2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan
diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 355, 18 de octubre de
2005.
Minuta: Con Proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos
50 y 51 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zona Arqueológicas,
Artísticos e Históricos.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios
Educativos, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 357, 20 de octubre de
2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan
diversas disposiciones de la Ley de Concursos Mercantiles, y se reforman
los artículos 50 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
del Sector Público y 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las mismas.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Gobernación.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 368, 10 de noviembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan
los artículos 15 de la Ley Reglamentaria del artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo, 253 y 368 Quáter
del Código Penal Federal, y 194 del Código Federal de Procedimientos
Penales.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Energía, y de Justicia y Derechos
Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 393, 30 de noviembre
de 2005.
Minuta: Con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan
y derogan diversas disposiciones de la Ley de Extradición Internacional.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Relaciones Exteriores, con opinión
de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 397, 6 de diciembre de
2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo
323 del Código Penal Federal.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 398, 6 de diciembre de
2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman diversas
disposiciones del Código Penal Federal, del Código Federal
de Procedimientos Penales, de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada,
de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, de la Ley
de Sociedades de Inversión, de la Ley del Mercado de Valores, de
la Ley Federal de Instituciones de Finanzas, de la Ley General de Instituciones
y Sociedades Mutualistas de Seguros y de la Ley General de Organizaciones
y Actividades Auxiliares del Crédito.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda
y Crédito Público.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 402, 13 de diciembre
de 2005.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan
y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código
Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Salud, y de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 410, 1 de febrero de
2006.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se adicionan la Ley Federal
contra la Delincuencia Organizada, el Código Federal de Procedimientos
Penales y se expide la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Estado actual: En estudio.
Número y fecha de presentación: 432, 23 de febrero de
2006.
Minuta: Con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción
I del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo.
Presentada por: Senado de la República.
Turno: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, y de Hacienda,
y Crédito Público.
Estado actual: En estudio.
No hay puntos de acuerdo registrados en el periodo que nos ocupa.
Reuniones de trabajo de la Comisión
Reuniones de la Mesa Directiva de la Comisión
La Mesa Directiva está integrada por la Presidenta, Diputada
Rebeca Godínez y Bravo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional, y 6 secretarios: diputada Leticia Gutiérrez Corona
y diputada Amalín Yabur Elías, del Partido Revolucionario
Institucional, diputado Miguel Ángel Llera Bello y diputado Francisco
Javier Valdez de Anda, del Partido Acción Nacional, diputado Miguelángel
García-Domínguez, del Partido de la Revolución Democrática,
y diputado José Luis Mazoy Kuri, del Partido Verde Ecologista de
México.
En la Mesa Directiva de la Comisión, se abordan los asuntos que
son turnados, los que existen de las anteriores legislaturas, y las comunicaciones
que realiza cada integrante, en su caso, para posteriormente someterlos
a consideración del pleno de la Comisión, dentro de los asuntos
que conoce se encuentran:
Discusión sobre dictámenes elaborados por la Comisión.
Calendarización de las sesiones de Mesa Directiva y del pleno
de la Comisión.
Programación de reuniones de servidores públicos.
Revisión de actas de sesiones de la Comisión.
Calendarización de actividades a desarrollar por la Comisión.
Aprobación de puntos de acuerdo.
La Mesa Directiva de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos
se reunió en tres ocasiones durante el primer semestre del tercer
año de ejercicio legislativo de esta Cámara de Diputados,
sometiendo a consideración de sus integrantes los asuntos que a
continuación se señalan:
18 de octubre de 2005
Minuta con proyecto de decreto por el que se adiciona el Código
Federal de Procedimientos Penales y el Código Penal Federal.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Título Décimo
a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 208
Bis y reforma el artículo 464 de la Ley General de Salud, adiciona
una fracción XV al artículo 194 del Código Federal
de Procedimientos Penales y un artículo décimo transitorio
a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo
de la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Iniciativa con proyecto de decreto que adicional el artículo
424 Quáter al Código Penal Federal.
9 de noviembre de 2005
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el Código Penal
Federal, el Código Federal de Procedimientos Penales y la Ley Federal
Contra la Delincuencia Organizada.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos
222, 222 Bis, 223 y 224 del Código Penal Federal, y adiciona un
inciso a la fracción I del artículo 194 del Código
Federal de Procedimientos Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Título Vigésimo
Séptimo al Código Penal Federal y reforma el artículo
50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones
al Código Penal Federal y al Código Federal de Procedimientos
Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el inciso n) a la fracción
I del artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de
la Federación.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo
del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación.
Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la
Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos por el
Delito.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1401
del Código de Comercio.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1407
del Código de Comercio.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción
XIII y un último párrafo al artículo 215 del Código
Penal Federal.
7 de febrero de 2006
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción
VIII del artículo 2 del Código Federal de Procedimientos
Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 133
del Código Federal de Procedimientos Penales.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 364
del Código Penal Federal.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el Título Vigésimo
Séptimo al Código Penal Federal y reforma el artículo
50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 1407
del Código de Comercio.
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción
XIII y un último párrafo al artículo 215 del Código
Penal Federal.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores
Públicos.
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 266
Bis del Código Penal Federal.
Sesiones ordinarias del pleno de la Comisión
Durante el primer semestre de trabajo del tercer año de ejercicio
legislativo de esta Cámara de Diputados, la Comisión de Justicia
y Derechos Humanos llevó a cabo cuatro sesiones ordinarias, en las
que se discutieron y, en su caso, se aprobaron los asuntos acordados por
la Mesa Directiva. El pleno de la Comisión se reunió en las
siguientes fechas:
18ª sesión ordinaria, de fecha 13 de septiembre de 2005.
19ª sesión ordinaria, de fecha 25 de octubre de 2005.
20ª sesión ordinaria, prevista para el día 29 de
noviembre de 2005. Fue cancelada el 28 del mismo mes.
21ª sesión ordinaria, de fecha 30 de noviembre de 2005.
22ª sesión ordinaria, de fecha 14 de febrero de 2006.
Dictámenes, opiniones, informes y publicaciones generados
Esta Comisión no reporta opiniones ni informes generados en el
periodo que nos ocupa. En lo relativo a dictámenes, la información
correspondiente es la que a continuación se describe:
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona un Título Décimo
Segundo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 8 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma diversas disposiciones
del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Armas de Fuego y
Explosivos y del Código Federal de Procedimientos Penales.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 30 de noviembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 1 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 133
del Código Federal de Procedimientos Penales.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 266
Bis del Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma, adiciona y deroga diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 12 de diciembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 13 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona el artículo 424
Quáter al Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 10 de
noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el último párrafo
y se adiciona una fracción XIII al artículo 215 del Código
Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo primero
del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de
octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma la fracción II
del artículo 123, la fracción II y el segundo párrafo
del artículo 124, de la Ley de Amparo.
Fecha de aprobación: Aprobado por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 22 de
noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma los párrafos primero
y tercero del artículo 3 Bis de la Ley de Amparo.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 18 de
octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 364
del Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma la fracción VIII
del artículo 2 del Código Federal de Procedimientos Penales.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma los artículos 8,
párrafo quinto, 9, párrafo tercero, 10, 11, 12, 15, párrafo
segundo, 16 párrafo tercero, 17, 18, párrafos tercero y cuarto,
19, párrafo primero, 20, párrafo segundo, 21, párrafo
tercero, 23, párrafo segundo, 25, 29, 30, 31, 35, párrafo
primero y numerales I, II, III, y IV, 36, 37 y 41, párrafo segundo,
de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona los artículos
150 Bis y 150 Ter a la Ley de Amparo.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de
octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma los artículos 124
y 135 de la Ley de Amparo.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 22 de noviembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona un párrafo tercero
al artículo 211 Bis 1, del Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona tres párrafos
y cinco numerales al artículo 400, del Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de
octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 199
Bis del Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 13 de
octubre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el segundo párrafo
de la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 22 de
noviembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona una fracción XIII
y un párrafo al artículo 215 del Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Iniciativa/Minuta: Minuta que adiciona la Ley de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos.
Fecha de aprobación: Aprobado por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el Código Civil
Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 3 de noviembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley de la Propiedad Industrial, del Código Penal Federal y
de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Fecha de aprobación: Aprobada por la Comisión de Justicia
y Derechos Humanos el 13 de diciembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la H. Cámara de Diputados el 14 de
diciembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona un artículo 208
Bis y reforma el artículo 464 de la Ley General de Salud, adiciona
una fracción XV al artículo 194 del Código Federal
de Procedimientos Penales y un artículo décimo transitorio
a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 1 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo segundo
del artículo 50 Ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial
de la Federación.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de diciembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 14 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo segundo
del artículo 14 y el párrafo cuarto del artículo 22
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley Federal de Correduría Pública.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 14 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que adiciona el cuarto párrafo
del artículo 21 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el párrafo quinto
del artículo 22 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Iniciativa/Minuta: Minuta que adiciona un segundo párrafo
al artículo 1o. de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 25 de octubre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 6 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma el artículo 1068
del Código de Comercio.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 13 de septiembre de 2005.
Aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados el 1 de diciembre
de 2005.
Iniciativa/Minuta: Iniciativa que reforma y adiciona el artículo
215 del Código Penal Federal.
Fecha de aprobación: Aprobada por el pleno de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos el 14 de febrero de 2006.
Creación y actividades de grupos y subcomisiones de trabajo
Subcomisión de examen previo
Por disposición legal, las Comisiones de Gobernación y
de Justicia y Derechos Humanos deben integrar la Subcomisión de
Examen Previo, la cual se encarga de conocer de las denuncias de juicio
político. Cabe mencionar que dicha Subcomisión se integra
con catorce diputados, siete de la Comisión de Gobernación
y siete de la de Justicia y Derechos Humanos, copresidida por los Presidentes
de ambas.
La Subcomisión de Examen Previo, en el primer semestre de trabajo
del tercer año de ejercicio legislativo, ha realizado las siguientes
actividades:
1. Recepción de 13 denuncias de Juicio Político, con
documentación anexa, para la integración de los expedientes
respectivos.
2. Sesión ordinaria de trabajo de fecha 29 de septiembre de 2005,
para la discusión y, en su caso, aprobación, de 43 proyectos
de resolución. En dicha sesión, cabe destacar que fueron
aprobados, en sus términos, los 43 proyectos sometidos a consideración,
por lo que la Subcomisión de Examen Previo procedió al engrose
de las resoluciones respectivas, concluyendo el procedimiento señalado
por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos,
con la notificación personal de cada asunto, y el archivo de los
expedientes.
Viajes oficiales de trabajo de carácter nacional
Durante el periodo comprendido para el presente informe, se tiene registrado
sólo un viaje oficial de trabajo de carácter nacional, que
se efectuó el día 7 de diciembre de 2005, por parte de la
diputada Rebeca Godínez y Bravo, Presidenta de la Comisión
de Justicia y Derechos Humanos. Fue invitada como ponente, a participar
en el Foro Internacional del Migrante, celebrado en la Ciudad de Tijuana,
Baja California. Dicho Foro fue organizado por el ayuntamiento de Tijuana,
Baja California, por la Universidad Autónoma de Baja California,
Campus Tijuana, y por el Tribunal Superior Agrario Federal. La diputada
Godínez tuvo su intervención en la mesa redonda que trató
el tema "regiones y movimientos migratorios. La experiencia de América
del Norte, Centro y Sur".
Reuniones con servidores públicos
El 4 de octubre de 2005, en el marco de la Glosa del V Informe de
Gobierno, ante las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos, de
Gobernación, de Seguridad Pública y Especial para conocer
y dar Seguimiento a las Investigaciones Relacionadas con los Feminicidios
en la República Mexicana y a la Procuración de Justicia Vinculada,
compareció el licenciado Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández,
procurador general de la República. En dicho evento, los diputados
integrantes de los distintos grupos parlamentarios de todas las comisiones
involucradas, formularon al servidor público mencionado, diversos
cuestionamientos, relativos al rubro de su competencia.
El 18 de octubre de 2005, las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos
Humanos y de Seguridad Pública, se reunieron con el Secretario de
Seguridad Pública Federal, licenciado Eduardo Medina Mora, y con
el procurador general de la República, licenciado Daniel Francisco
Cabeza de Vaca Hernández, cuyo objetivo primordial fue la instalación
de grupos de coordinación, en materia de Gestión Institucional
y de Enlace Legislativo.
El 15 de febrero de 2006, las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos
Humanos, de Seguridad Pública y de Salud, sostuvieron una reunión
de trabajo con presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, secretarios
de Seguridad Pública y procuradores generales de Justicia de los
estados de la República y del Distrito Federal. La reunión
tuvo como propósito fundamental el análisis y la discusión
del contenido de la minuta enviada por el Ejecutivo federal, sobre la figura
de la concurrencia para combatir el narcomenudeo.
El 28 de febrero de 2006, las Comisiones Unidas de Justicia y Derechos
Humanos, de Seguridad Pública y de Salud, llevaron a cabo una reunión
de trabajo con el titular de la Procuraduría General de la República,
licenciado Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, con el propósito
de analizar y discutir el contenido de la minuta enviada por el Ejecutivo
Federal, sobre la figura de la concurrencia para combatir el narcomenudeo.
Otras actividades
Foros
Los días 2 y 3 de septiembre de 2005, las Comisiones Unidas
de Justicia y Derechos Humanos, de Equidad y Género y Especial de
la Niñez, Adolescencia y Familias, llevaron a cabo la conferencia
contra la explotación sexual comercial Infantil, en la ciudad de
Cancún, Quintana Roo.
Atención ciudadana
En aras de atender las peticiones solicitadas por parte de la ciudadanía,
en lo relativo al rubro de nuestra competencia, durante el primer semestre
del tercer año de ejercicio legislativo, los colaboradores de la
Comisión de Justicia y Derechos Humanos registraron y documentaron
la visita de 193 personas a las instalaciones de la propia Comisión,
en las que plantearon diversos problemas, requiriendo nuestra intervención
ante instancias y dependencias de los gobiernos federal, estatales y municipales,
así como organismos de protección de los derechos humanos.
En todos los casos, las personas fueron asesoradas y canalizadas a los
órganos competentes, para la solución de su problemática.
DE LA COMISIÓN DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS
NATURALES, PRIMERO SEMESTRAL DE ACTIVIDADES DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO,
CORRESPONDIENTE AL PERIODO DE SEPTIEMBRE DE 2005 A FEBRERO DE 2006
Introducción
Con fundamento en el inciso b) del numeral 6, del artículo 45
de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales presenta el primer
informe de actividades, correspondiente al periodo del 1 de septiembre
de 2005, al 28 de febrero de 2006.
Mesa Directiva
Diputados: Jacqueline Guadalupe Argüelles Guzmán, PVEM;
Roberto Aquiles Aguilar Hernández, PRI;
Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, PRI; Francisco Javier Lara Arano,
PAN; José Luis Cabrera Padilla, PRD.
Integrantes
Ernesto Alarcón Trujillo, PRI; Víctor Manuel Alcerreca
Sánchez, PRI; Miguel Amezcua Alejo, PRI; Alfredo Bejos Nicolás,
PRI; Irene Herminia Blanco Becerra, PAN; Nancy Cárdenas Sánchez,
PRD; Raúl Rogelio Chavarría Salas, PAN; Adrián Chávez
Ruiz, PRD; Mario Ernesto de San Alberto Magno Dávila Aranda, PAN;
Óscar Félix Ochoa, PRI; Maximino Alejandro Fernández
Ávila, PVEM; María Guadalupe García Velasco, PAN;
María del Rosario Herrera Ascencio, PRD; Bernardo Loera Carrillo,
PAN; Roberto Antonio Marrufo Torres, PRI; Julián Nazar Morales,
PRI; Raúl Leonel Paredes Vega, PAN; Óscar Rodríguez
Cabrera, PRI; Jacobo Sánchez López, PRI; Pascual Sigala Páez;
PRD; Carlos Hernán Silva Valdés, PRD; Guillermo Enrique Marcos
Tamborrel Suárez, PAN; Lorena Torres Ramos, PAN; Vázquez
Saut Regina, PAN.
I. Avance en el cumplimiento del programa anual de trabajo.
La Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara
de Diputados del H. Congreso de la Unión en su programa anual de
trabajo se fijó como objetivo general:
Procurar el bienestar, la equidad y la justicia a través del
fomento y la instrumentación del desarrollo sustentable, fortaleciendo
el orden constitucional y preceptos legales reglamentarios en materia de
medio ambiente y recursos naturales. Analizar, deliberar y dictaminar,
con criterios incluyentes, las iniciativas de ley y de decreto que sean
turnadas para tal efecto a esta Comisión.
Aunado a ello como objetivos específicos:
1. Analizar y reforzar el marco jurídico en materia de medio
ambiente y recursos naturales vigente, promoviendo su difusión,
así como la eficiente operatividad del mismo.
2. Fortalecer la presencia y gestión de la Comisión con
un claro enfoque sustentable.
3. Vigilar la actuación del Poder Ejecutivo federal en materia
de medio ambiente y recursos naturales.
4. Promover y apoyar estudios e investigaciones científicas y
tecnológicas, así como instrumentos y acciones tendientes
a minimizar los impactos al medio ambiente y recursos naturales, provocados
por las actividades económicas y del crecimiento demográfico.
5. Apoyar el desarrollo sustentable en la adopción de procesos
productivos y tecnológicos acorde con las necesidades ambientales
del país.
6. Desarrollar y promover los mecanismos que aseguren la participación
y corresponsabilidad de la sociedad en la protección, conservación
y aprovechamiento responsable del medio ambiente y recursos naturales.
7. Atención y canalización de las demandas ciudadanas
en el ámbito de su competencia.
8. Estudiar y comparar la legislación de otros Estados y/o Naciones,
que pudieran aportar elementos de provecho para la legislación nacional.
9. Elaborar estrategias para la protección y sustentabilidad
de la zona marítimo-terrestre.
Asimismo como acciones a realizar, las siguientes:
I. Revisar y reforzar el marco jurídico en materia de medio
ambiente y recursos naturales vigente, promoviendo su difusión,
y la eficiente operatividad de las mismas.
a) Analizar y promover la actualización de la legislación
ambiental y relacionada.
b) Promover la variable ambiental como obligatoria en la definición
de las estrategias económicas y sociales del país.
c) Promover que en los tratados internacionales que celebre nuestro
país se observe el principio normativo de la protección al
medio ambiente para el desarrollo sustentable, así como que los
ya signados sean cumplidos.
d) Proteger los elementos bióticos y abióticos de las
áreas naturales protegidas.
e) Fomentar la creación de mercados ambientales que favorezcan
la sustentabilidad.
f) Incluir los asuntos que requieran legislación.
II. Fortalecer la presencia y gestión de la Comisión con
un claro enfoque sustentable.
a) Revisión y atención de los asuntos legislativos pendientes
de trámite (dictámenes, denuncias y quejas).
b) Fortalecimiento de los enlaces de comunicación, intercambio
de información e interrelación con las entidades de los Poderes
Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de los tres niveles de gobierno (federal,
estatal y municipal).
c) Gestionar la instrumentación de un sistema de manejo ambiental
para reducir el impacto negativo en el ambiente de las operaciones de las
actividades gubernamentales y en específico del Poder Legislativo.
d) Elaboración del informe semestral de actividades a presentarse
al Pleno de la Conferencia para la Dirección y Programación
de los Trabajos Legislativos en términos de lo establecido en el
artículo 45, sección 6, inciso b, de la Ley Orgánica.
e) Actualización de la página de Internet de la Comisión
para la difusión constante de los trabajos desempeñados.
g) Realización de foros y conferencias dirigidas a los legisladores,
autoridades y público en general, para su sensibilización
en la problemática ambiental.
III. Vigilar la actuación del Poder Ejecutivo federal en materia
de medio ambiente y recursos naturales.
a) El impulso al fortalecimiento del Presupuesto de Egresos de la
Federación para el año 2006 en los renglones destinados a
medio ambiente y recursos naturales.
b) Evaluación periódica del Plan Nacional de Desarrollo
y los programas sectoriales en materia de medio ambiente y recursos naturales.
c) El análisis anual del estado general que guarda la administración
pública federal en el rubro de las instituciones de medio ambiente
y recursos naturales a partir del informe que rinde el titular del Poder
Ejecutivo.
d) Apunte y opinión en la Revisión Anual de la Cuenta
Pública de la Hacienda Federal en lo que respecta a los recursos
destinados a las instituciones, planes y programas de medio ambiente y
recursos naturales.
e) Seguimiento y vigilancia en la aplicación de los recursos
federales destinados a planes y programas específicos en esta materia.
f) Vigilancia y evaluación de las actividades relacionadas con
medio ambiente y recursos naturales del resto de las instituciones de la
Administración Pública Federal.
IV. Promover y apoyar estudios e investigaciones científicas,
así como instrumentos y acciones tendientes a minimizar los impactos
al medio ambiente y recursos naturales, provocados por las actividades
económicas y del crecimiento demográfico.
a) Recomendar la implantación de instrumentos económicos
que busquen el desarrollo sustentable.
b) Promover a través de una adecuada legislación que los
beneficios derivados de los servicios ambientales lleguen efectivamente
a las comunidades y poseedores de los recursos naturales.
c) Promover convenios de trabajo conjunto con diversas instituciones
y organizaciones especializadas en temáticas relacionadas con el
desarrollo sustentable.
d) Promover el uso de tecnologías amigables con el ambiente.
V. Desarrollar y promover los mecanismos que aseguren la participación
y corresponsabilidad de la sociedad en la protección, conservación
y aprovechamiento sustentable del medio ambiente.
a) Gestión y asesoría para todos los solicitantes, sin
importar la filiación política o ideológica con el
único requisito de que exista una petición por escrito.
b) Realización de audiencias, consultas populares, foros, visitas,
giras de trabajo nacionales e internacionales, entrevistas, convocatorias
a particulares y comparecencias de servidores públicos cuando fuere
necesario, con objeto de identificar líneas generales de estrategias
y proponer acciones específicas.
c) Participación en foros, reuniones y eventos a nivel nacional
e internacional que contribuyan al mejor conocimiento de la problemática
ambiental.
Por lo que durante este semestre se llevaron a cabo un 70% de las acciones
que se tienen programas para lograr la tarea legal y constitucional encomendada,
ya sea a través de gestión directa o por medio de la dictaminación
y presentación de puntos de acuerdo ante el Pleno de la Cámara,
lo que represento un gran avance en el cumplimiento del programa de actividades.
Otro rubro dentro del programa anual de actividades fue el de temas
específicos para lograr instrumentos de políticas públicas
ambientales, durante este periodo se logró la dictaminación
sobre las siguientes materias:
Que los recursos que la Semarnat obtenga por derechos y aprovechamientos
se entreguen para realizar el gasto en materia de restauración y
conservación ambiental.
Impulsar la legislación en materia de educación ambiental.
Incluir criterios de sustentabilidad y responsabilidad ambiental en
el Plan Nacional de Desarrollo.
Promover la legislación ambiental, con el objetivo de actualizar
la normatividad ambiental a la realidad de la sociedad mexicana.
Actualizar la legislación nuclear e incluir disposiciones y
criterios ambientales.
Crear un sector eléctrico sustentable, ambientalmente amigable
y basado en energías eficientes limpias y renovables.
Deterioro ambiental que ha ocasionado la paraestatal Pemex, en las
costas mexicanas y realizar la legislación pertinente para que rinda
informes reales acerca del destino de los residuos.
Promover la plantación de árboles y evitar la tala de
árboles.
Promover legislación en materia de responsabilidad por daño
y deterioro ambiental.
Revisar y actualizar la legislación en materia de auditoria ambiental.
Asignación de presupuesto a la Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales.
Disminución de costos económicos por degradación
ambiental.
Atención a áreas naturales protegidas (inspección,
vigilancia y monitoreo).
Vida silvestre.
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
Comisión Nacional Forestal.
Comisión Nacional del Agua.
Instrumentos económicos.
Instrumentos de política.
II. Reuniones de trabajo de la Comisión
Durante el periodo comprendido del 1 de septiembre de 2005 al 28
de febrero de 2006, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
a) Las reuniones de trabajo convocadas fueron las siguientes:
1. XIX Reunión de trabajo con el doctor Adrián Fernández,
director del Instituto Nacional de Ecología. 7 de septiembre de
2005.
2. XX reunión plenaria. 12 de septiembre de 2005.
3. XXI reunión plenaria. 27 de septiembre de 2005.
4. Comparecencia del secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
28 de septiembre de 2005.
5. Reunión de trabajo con funcionarios de la Comisión
Nacional del Agua. 13 de octubre 2005.
6. XXII reunión plenaria. 19 de octubre 2005.
7. XXIII reunión plenaria. 27 de octubre 2005.
8. XXIII reunión plenaria. 30 de noviembre de 2005
9. XXIII reunión plenaria. 1 de diciembre 2005.
10. XXIV reunión plenaria. 7 de diciembre 2005.
11. XXIV reunión plenaria. 1 de febrero 2006.
12. Reunión con el director general de Banobras. 15 de febrero
2006.
13. Reunión de trabajo con el Consejo Coordinador Empresarial.
21 de febrero 2006.
b) Las reuniones convocadas y celebradas fueron las siguientes:
1. XIX Reunión de trabajo con el doctor Adrián Fernández,
director del Instituto Nacional de Ecología. 7 de septiembre de
2005.
2. XX reunión plenaria. 12 de septiembre de 2005.
3. XXI reunión plenaria. 27 de septiembre de 2005.
4. Comparecencia del Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
28 de septiembre de 2005.
5. Reunión de trabajo con funcionarios de la Comisión
Nacional del Agua. 13 de octubre 2005.
6. XXII reunión plenaria. 19 de octubre 2005.
7. XXIII reunión plenaria. 1 de diciembre 2005.
8. XXIV reunión plenaria. 1 de febrero 2006.
9. Reunión de trabajo con el director general de Banobras. 15
de febrero 2006.
10. Reunión de trabajo con el Consejo Coordinador Empresarial.
21 de febrero 2006.
c) Las reuniones convocadas y suspendidas por falta de quórum
fueron las siguientes:
1. XXIII reunión plenaria. 27 de octubre 2005.
2. XXIII reunión plenaria. 30 de noviembre de 2005.
3. XXIV reunión plenaria. 7 de diciembre 2005.
e) Asuntos tratados y dictaminados durante las reuniones celebradas.
Se llevó a cabo la discusión y aprobación de
los siguientes dictámenes a iniciativas:
1. Iniciativa que reforma la fracción V del artículo 60
y el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006, en sentido
negativo.
2. Iniciativa que crea la ley general de educación ambiental.
Aprobado en lo general en sesión ordinaria el 27 de septiembre
de 2005.
Aprobado definitivamente en sesión ordinaria el 1 de febrero
de 2006.
3. Iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar diversas
disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la protección
al ambiente.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Aprobado en sentido negativo.
4. Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en
materia de servicios ambientales)
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
5. Iniciativa que reforma el artículo 35 Bis 1, de la Ley General
del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
6. Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (159 Bis,
159 Bis 1, 159 Bis 3, 159 Bis 4 y 159 Bis 5).
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006, en sentido
negativo.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
7. Iniciativa que adiciona una fracción II al artículo 7
de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y una fracción
II al artículo 3 de la Ley General de Vida Silvestre.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
8. Iniciativa que reforma el artículo 169 de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
9. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción
32 Ter al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos
Penales.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 12 de
octubre de 2005.
10. Iniciativa que reforma el artículo 53 de la Ley General de Vida
Silvestre.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2005.
11. Iniciativa por la que se expide la Ley de Responsabilidad Civil por
el Daño y Deterioro Ambiental y se deroga el artículo 203,
de la LGEEPA.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de diciembre 2005.
Se llevó a cabo la discusión y aprobación de los
siguientes dictámenes a proposiciones con punto de acuerdo:
1. Proposición con punto de acuerdo, para que se exhorte a la
Semarnat a que realice una evaluación de los daños al ecosistema
en las costas de Acapulco.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
2. Proposición con punto de acuerdo, para que la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diseñe y financie un programa
especial para el rescate integral de las áreas naturales protegidas,
en delegación Tlalpan, DF.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
3. Punto de acuerdo, en relación con el proyecto de planta de reciclaje
y confinamiento de residuos peligrosos en el municipio de Chapantongo,
estado de Hidalgo.
Aprobada en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
4. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a las Comisiones
Unidas de Agricultura y Ganadería, de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, y de Ciencia y Tecnología, a cumplir con el numeral 226
del Acuerdo Nacional para el Campo, en relación con proceso de elaboración
del dictamen relacionado con la minuta proyecto de decreto por la que se
expide la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente modificados.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviada a la Mesa Directiva el 15 febrero 2006.
5. Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a la Comisión
de Investigación para el daño ecológico y social generado
por Pemex, considere y tome acciones pertinentes para atender la problemática
social y ambiental ocasionada por Petróleos Mexicanos, en el municipio
de Reforma del estado de Chiapas.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado en sentido negativo.
6. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Semarnat, a realizar de inmediato los trabajos para la remediación
de la zona afectada por la empresa Metaclad Corporation.
Aprobada en sesión ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
7. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Semarnat a llevar a cabo las gestiones necesarias ante la Convención
de Importancia Internacional (Ramsar), para establecer un esquema de financiamiento
dirigido a la ejecución de los programas de protección y
aprovechamiento sustentable del humedal "sistema lacustre de Xochimilco
y San Gregorio Atlapulco", en el Distrito Federal.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
8. Punto de acuerdo, para solicitar a la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Recursos Hidráulicos, Pesca y Alimentación,
por conducto de la Comisión Nacional del Agua (CNA), de la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de la Procuraduría
Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que informen sobre
la tala inmoderada, nulas acciones de reforestación y poda drástica
realizada en el municipio de Jiménez, Chihuahua.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Aprobado en sentido negativo.
9. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Secretaría de Pesca, a la Semarnat y a la Profepa, a intervenir
para solucionar los conflictos de Zihuatanejo, Guerrero, por la pesca ilegal
con trasmallos y cimbras de pez vela, marlín, dorado y tortugas
marinas.
Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
10. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Semarnat a diseñar y desarrollar los estudios necesarios para declarar
como zona de restauración ecológica al sistema lagunar Julivá-Santa
Anita, en tabasco.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
11. Proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita reconstruir
y habilitar el bordo de contención de la laguna en la ciénaga
de Chapala.
Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
12. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Semarnat y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales
a realizar observaciones y tomar medidas necesarias para la recuperación
y mantenimiento del río Suchiate en el estado de Chiapas.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
13. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Comisión Ambiental Metropolitana a actualizar el programa de contingencias
atmosféricas de la Zona Metropolitana del Valle de México,
a fin de reducir de manera gradual y progresiva el nivel de disparo o activación.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 9 de diciembre de 2005 por las dos Comisiones.
14. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Conanp a establecer medidas
de protección coordinadas que permitan detener las acciones ilegales
de desmonte y alteración ambiental en el cerro "El Molcajete" del
municipio de Zitacuaro.
Aprobado en sesión ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
15. Proposición con punto de acuerdo, para solicitar a diversas
secretarías a revisar el incumplimiento de Pemex y sus empresas
contratistas, de contar con adecuados planes de protección civil
y seguridad industrial, así como realizar las investigaciones conducentes
y fincar responsabilidades administrativas y penales a que haya lugar.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
16. Proposición con punto de acuerdo, para que se cite a comparecer
al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
para que informe las causas que originaron el incendio, la situación
que guarda el siniestro y las medidas que se tomaron para combatir los
incendios en el bosque de La Primavera, en el estado de Jalisco.
Aprobado en sesión ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
17. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat,
a través de la Profepa a investigar el daño ambiental y que
finque responsabilidades por el accidente causado por la fuga de amoniaco
en los ayuntamientos de Nanchital, Coatzacoalcos y Minatitlán, en
el estado de Veracruz.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
18. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar los estudios de impacto
ambiental en la zona que abarca el poblado de Santa Teresa 1ª, 2ª
y 3ª secciones, y la ranchería Mundo Nuevo Arriba, en el Municipio
de Juárez, en el estado de Chiapas.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
19. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Semarnat y a la Sagarpa a integrar en el Programa Nacional De Normalización
2005 LA NOM-CCA-002-ECOL/1993 y la NOM-015SEMARNAP-SAGAR-1997, con el objeto
de que sean actualizadas.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Enviado a la Comisión de Agricultura y Ganadería el 12
de octubre de 2005.
20. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al titular
del Ejecutivo federal a instruir a diversas secretarías de Estado
y a diversos gobernadores para que sus dependencias responsables de los
asuntos de medio ambiente y equilibrio ecológico acaten las normas
ambientales y coordinen sus acciones para hacer eficiente el ejercicio
de sus funciones.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Gobernación el 12 de octubre
de 2005.
21. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Presidente
de la República a revisar, a través de la Semarnat, el expediente
relativo a la autorización emitida por dicha Secretaría al
proyecto denominado "planta de tratamiento término de todos los
residuos contenidos en la NOM-052-ECOL-1993.
Aprobado en sesión ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
22. Proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta a la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a implementar
un programa emergente de rescate y conservación de humedales, en
zonas metropolitanas
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
23. Proposición con punto de acuerdo para solicitar a la Profepa
que verifique e inspeccione las instalaciones de la planta de Pemex Satélite
Oriente.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
24. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos
de los estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco, Querétaro,
Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León
y Tamaulipas a implementar un programa permanente de verificación
vehicular.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
25. Proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo
federal, por conducto de la Semarnat, a realizar los estudios necesarios
a efecto de que decrete área natural protegida el parque ecológico
Cubitos, en Hidalgo.
Aprobado en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
III. Dictámenes, informes y publicaciones
a) Dictámenes que se aprobaron por unanimidad en la Comisión:
Materia: Iniciativa que reforma la fracción v del artículo
60 y el artículo 65 de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Ambiente.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1100, 22 de abril de 2004.
Diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006. Aprobado en sentido negativo.
Materia: Iniciativa que crea la Ley General de Educación
Ambiental.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Educación Pública
y Servicios Educativos, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1192, 29 de abril de 2004.
Diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en lo general
en sesión ordinaria el 27 de septiembre de 2005.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado definitivamente
en sesión ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar
diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico
y la Protección al Medio Ambiente.
Comisión de Medio Ambiente.
Antecedentes: 318, 18 de agosto de 2004.
Diputado David Hernández Pérez, PRI.
Comisión Permanente.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Aprobado en sentido negativo.
Materia: Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones
de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente (en materia de servicios ambientales).
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1688, 28 de septiembre de 2004.
Diputado Carlos Manuel Rovirosa, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa que reforma el artículo 35 Bis 1, de
la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2100, 9 de noviembre de2004.
Diputado Manuel Velasco Coello, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
(159 Bis, 159 Bis 1, 159 Bis 3, 159 Bis 4 y 159 Bis 5).
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2525, 3 enero 2005.
Diputado Leonardo Álvarez Romo, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Aprobado en sentido negativo
Materia: Iniciativa que adiciona una fracción II al artículo
7 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y una fracción
II al artículo 3 de la Ley General de Vida Silvestre.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 30 de marzo de 2005.
Diputado Luis Antonio González Roldán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa que reforma el artículo 169 de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3377, 6 de mayo de 2005.
Diputada Jacqueline G. Argüelles Guzmán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción
32 Ter al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos
Penales.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Justicia y Derechos Humanos,
y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 523, 26 de mayo de 2005.
Diputado Leonardo Álvarez Romo, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos el 12 de
octubre de 2005.
Materia: Iniciativa que reforma el artículo 53 de la Ley
General de Vida Silvestre.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 4218, 3de noviembre de 2005.
Diputado Luis Antonio González Roldán, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2005.
Materia: Iniciativa por la que se expide la Ley de Responsabilidad
Civil por el Daño y Deterioro Ambiental, y se deroga el artículo
203, de la LGEEPA.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 4489, 29 de noviembre de 2005.
Diputado Jorge Kahwagi Macari, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de diciembre 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para que se exhorte
a la Semarnat a que realizar una evaluación de los daños
al ecosistema en las costas de Acapulco.
Comisiones conjuntas: Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
de Seguridad Pública y de Defensa Nacional.
Antecedentes: 228, 30 de octubre 2003.
Diputada María Ávila Serna, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para que la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, diseñe y financie un programa
especial para el rescate integral de las áreas naturales protegidas,
en delegación Tlalpan, DF.
Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 290, 11 de noviembre de2003.
Diputada Susana Manzanares Córdova.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Punto de acuerdo, en relación con el proyecto de
planta de reciclaje y confinamiento de residuos peligrosos en el municipio
de Chapantongo, estado de Hidalgo.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 1063, 20 de abril de 2004.
Diputado José Luis Cabrera Padilla, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobada en sesión
ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar
a las Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería, de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, y de Ciencia y Tecnología, a cumplir con el
numeral 226 del Acuerdo Nacional para el Campo, en relación con
el proceso de elaboración del dictamen relacionado con la minuta
proyecto de decreto por la que se expide la Ley de Bioseguridad de Organismos
Genéticamente Modificados.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería,
de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Ciencia y Tecnología.
Antecedentes: 1698, 28 de septiembre de 2004.
Diputado Víctor Suárez Carrera, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviada a la Mesa Directiva el 15 febrero 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para solicitar
a la Comisión de Investigación para el daño ecológico
y social generado por Pemex que considere y emprenda acciones pertinentes
para atender la problemática social y ambiental ocasionada por Petróleos
Mexicanos, en el municipio de Reforma, estado de Chiapas.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2405, 8 de diciembre de 2004.
Diputada Maria Elena Orantes López, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado en sentido negativo.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Semarnat a realizar de inmediato los trabajos para la remediación
de la zona afectada por la empresa Metaclad Corporation.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2826, 1 de marzo de 2005.
Diputados integrantes del PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: aprobada en sesión
ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Semarnat a llevar a cabo las gestiones necesarias ante la
Convención de Importancia Internacional (Ramsar), para establecer
un esquema de financiamiento dirigido a la ejecución de los programas
de protección y aprovechamiento sustentable del humedal "sistema
lacustre de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco", en el Distrito Federal.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 2835, 1 de marzo de 2005.
Diputada Nancy Cárdenas Sánchez, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Punto de acuerdo, para solicitar a la Secretaría
de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación,
por conducto de la Comisión Nacional del Agua (CNA), de la Secretaría
de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y de la Procuraduría
Federal de Protección al Ambiente (Profepa), que informen sobre
la tala inmoderada, nulas acciones de reforestación y poda drástica
realizada en el municipio de Jiménez, Chihuahua.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería,
de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3039, 1 de abril de 2006.
Diputado Jesús Aguilar Bueno, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Aprobado en sentido negativo.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Secretaría de Pesca, a la Semarnat y a la Profepa,
a intervenir para solucionar los conflictos de Zihuatanejo, Guerrero, por
la pesca ilegal con trasmallos y cimbras de pez vela, marlin, dorado y
tortugas marinas.
Comisiones conjuntas: Comisión de Pesca, y Medio Ambiente y
Recursos Naturales.
Antecedentes: 3069, 6 de abril de 2006.
Diputado Jesús Martínez Álvarez, convergencia.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Semarnat a diseñar y desarrollar los estudios necesarios
para declarar como zona de restauración ecológica el sistema
lagunar Julivá-Santa Anita, en Tabasco.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3446, 12 de mayo de 2005.
Integrantes del grupo parlamentario del PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
solicita reconstruir y habilitar el bordo de contención de la laguna
en la ciénaga de Chapala.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, y de Recursos Hidráulicos.
Antecedentes: 3396, 12 de mayo de 2005.
Diputado Miguel Amezcua Alejo, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Semarnat y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos
Naturales a realizar observaciones y tomar medidas necesarias para la recuperación
y mantenimiento del río Suchiate en el estado de Chiapas.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3428, 12 de mayo de 2005.
Diputado Roberto Aquiles Aguilar, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Comisión Ambiental Metropolitana a actualizar el Programa
de Contingencias Atmosféricas de la Zona Metropolitana del Valle
de México, a fin de reducir de manera gradual y progresiva el nivel
de disparo o activación.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, y de Salud.
Antecedentes: 3419, 12 de mayo de 2005.
Diputado Guillermo Suárez, PAN.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 9 de diciembre de 2005, por las dos
comisiones.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar
a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Conanp
a establecer medidas de protección coordinadas que permitan detener
las acciones ilegales de desmonte y alteración ambiental en el cerro
El molcajete, del municipio de Zitacuaro.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3459, 12 de mayo de 2005.
Diputado Pascual Sigala Páez, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria del 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para solicitar
a diversas secretarias a revisar el incumplimiento de Pemex y sus empresas
contratistas, de contar con adecuados planes de protección civil
y seguridad industrial, así como realizar las investigaciones conducentes
y fincar responsabilidades administrativas y penales a que haya lugar.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, Gobernación y de Trabajo y Previsión Social.
Antecedentes: 3472, 12 de mayo de 2005.
Diputado Francisco Carrillo Soberón, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para que se cite
a comparecer al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, para que informe las causas del incendio, la situación
que guarda el siniestro y las medidas que se tomaron para combatir los
incendios en el bosque de la primavera en el estado de Jalisco.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3527, 12 de mayo de 2005.
Diputado Francisco Javier Guízar Macías, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 19 de octubre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 29 de noviembre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 6 de diciembre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar
a la Semarnat, a través de la Profepa, a investigar el daño
ambiental y que finque responsabilidades por el accidente causado por la
fuga de amoniaco, en los ayuntamientos de Nanchital, Coatzacoalcos y Minatitlán
en el estado de Veracruz.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3487, 12 de mayo de 2005.
Integrantes del PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar
a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a realizar
los estudios de impacto ambiental en la zona que abarca el poblado de Santa
Teresa 1ª, 2ª y 3ª secciones y la ranchería Mundo
Nuevo Arriba, en el municipio de Juárez, en el estado de Chiapas.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3514, 12 de mayo de 2005.
Diputada María Elena Orantes López, PRI.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Semarnat y a la Sagarpa, a que integren en el Programa Nacional
de Normalización 2005 la NOM-CCA-002-ECOL/1993 y la NOM-015SEMARNAP-SAGAR-1997,
con el objeto de que sean actualizadas.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Medio Ambiente, y de Agricultura
y Ganadería.
Antecedentes: 3470, 17 de mayo de 2005.
Diputado Francisco Javier Lara Arano, PAN.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobada en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviada a la Mesa Directiva el 17 de enero 2006.
Enviada a la Comisión de Agricultura y Ganadería el 12
de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta al titular del Ejecutivo federal a instruir a diversas secretarías
de Estado y a diversos gobernadores para que sus dependencias responsables
de los asuntos de medio ambiente y equilibrio ecológico acaten las
normas ambientales y coordinen sus acciones para hacer eficiente el ejercicio
de sus funciones.
Comisiones conjuntas: Comisiones Unidas de Gobernación, y de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3385, 17 de mayo de 2005.
Diputado Humberto Cervantes Vega.
Diputados integrantes de la Comisión Especial de la Cuenca de
Burgos.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Comisión de Gobernación el 12 de octubre
de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta al Presidente de la República para que a través de
la Semarnat se revise el expediente relativo a la autorización emitida
por dicha Secretaría al proyecto denominado "planta de tratamiento
término de todos los residuos contenidos en la NOM. 052-ECOL-1993.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Antecedentes: 3510, 17 de mayo de 2005.
Diputado Rogelio Franco Castán, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 12 de septiembre de 2005.
Enviado a la Mesa Directiva el 12 de octubre de 2005.
Aprobado por el Pleno el 18 de octubre de 2005.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, por el que se
exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a
implementar un programa emergente de rescate y conservación de humedales,
en zonas metropolitanas.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 3855, 7 de septiembre de 2005.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para solicitar
a la Profepa que verifique e inspeccione las instalaciones de la planta
de Pemex Satélite Oriente.
Antecedentes: 3918, 13 de septiembre de 2005.
Diputada Guadalupe Morales Rubio, PRD.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar
a los gobiernos de los estados de Zacatecas, Michoacán, Jalisco,
Querétaro, Guanajuato, Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila,
Nuevo León y Tamaulipas a implementar un programa permanente de
verificación vehicular.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Antecedentes: 4232, 4 de noviembre de 2005.
Diputado Guillermo Velasco Rodríguez, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
Enviado a la Mesa Directiva el 20 de febrero de 2006.
Materia: Proposición con punto de acuerdo, para exhortar
al Ejecutivo federal, por conducto de la Semarnat, a realizar los estudios
necesarios a efecto de que decrete el parque ecológico Cubitos,
en Hidalgo, como área natural protegida.
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Antecedentes: 4442, 22 de noviembre de 2005.
Diputado Cuauhtémoc Ochoa Fernández, PVEM.
Estado que guarda según la Comisión: Aprobado en sesión
ordinaria el 1 de febrero de 2006.
b). Publicaciones Generadas. En este rubro se llevó acabo
la publicación del informe de actividades de la Comisión
de Medio Ambiente y Recursos Naturales del primero y segundo años
de ejercicio de la LIX Legislatura.
IV. Viajes oficiales de trabajo
Durante este periodo se realizaron las siguientes giras de trabajo:
Viaje internacional: 10, 11 y 12 de noviembre de 2005, Parlamentarios
por el Hábitat, en la ciudad de Rabat, Marruecos, a dicho foro asistieron
los siguientes legisladores: diputados Carlos Manuel Rovirosa Ramírez,
del PRI; Francisco Javier Lara Arano, del PAN; José Luis Cabrera
Padilla, del PRD, y Maximino Alejandro Fernández Ávila, del
PVEM. Se participó en los foros sobre legislación para el
mejor desarrollo sustentable de las actividades, asimismo se compartieron
experiencias de políticas públicas ambientales, logrando
con ello los objetivos planteados por la Comisión como lo fueron
el compartir programas exitosos en otros países para la generación
y fomento de protección y manejo de los ecosistemas, programas públicos
que fomentan el uso y reciclado de elementos durante los procesos de gestión
que realiza el gobierno, eficientar energías y tiempos, lo que se
ve reflejado en economía de las instituciones y eficacia.
Viaje nacional: 22, 23 y 24 de febrero de 2006. Se realizó una
gira de trabajo por el municipio de Perote, en el estado de Veracruz, a
está gira acudieron los diputados: Jacqueline G. Argüelles
Guzmán, José Luis Cabrera Padilla, Francisco Javier Lara
Arano, Ernesto Alarcón Trujillo, Regina Vázquez Saut, Alfredo
Bejos Nicolás, Maximino Alejandro Fernández Ávila.
Se realizaron reuniones con las personas que viven en el municipio para
conocer la problemática ocasionada por la instalación de
granjas porcícolas en la región, asimismo se realizaron recorridos
por las granjas con las personas afectadas, por otra parte se realizó
un recorrido por el interior de una de las granjas para conocer el método
a través del cual se realiza la producción masiva de cerdos
para abasto y comercialización.
V. Reuniones con servidores públicos
- Reunión de trabajo con el doctor Adrián Fernández,
director del Instituto Nacional de Ecología.
7 de septiembre de 2005.
- Comparecencia del Ing. José Luis Luege Tamargo, secretario
de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en el Palacio Legislativo.
28 de septiembre de 2005.
- Reunión de trabajo con funcionarios de la Comisión Nacional
del Agua.
13 de octubre 2005.
- Reunión con el C. Luis Alberto Pazos de la Torre, director
general de Banobras.
15 de febrero 2006.
Anexos
Anexo I*
Los turnos que se recibieron de la Comisión durante el periodo
comprendido del 1 de septiembre de 2005 al 28 de febrero de 2006 en el
siguiente orden:
a) Iniciativas
b) Minutas
c) Proposiciones con punto de acuerdo
Anexo II*
Dictámenes aprobados durante el mismo periodo
11 a iniciativas, 25 a proposiciones con punto de acuerdo
Actas
DE LA COMISIÓN DE FOMENTO COOPERATIVO
Y ECONOMÍA SOCIAL, DE SU VIGÉSIMA TERCERA SESIÓN PLENARIA,
EFECTUADA EL MIÉRCOLES 7 DE DICIEMBRE DE 2005
En la Ciudad de México, Distrito Federal, en el
Palacio Legislativo de San Lázaro, siendo las diez horas con treinta
minutos del día miércoles siete de diciembre del año
dos mil cinco, en el salón E del restaurante Los Cristales
de esta H. Cámara de Diputados, previo citatorio que fue hecho llegar
a sus integrantes y de conformidad con la convocatoria publicada en la
Gaceta Parlamentaria números 1896 y 1899 de fechas dos y siete de
diciembre del año en curso, se realizó la vigésima
tercera sesión plenaria de la Comisión de Fomento Cooperativo
y Economía Social de la LIX Legislatura, bajo el siguiente orden
del día:
1.- Lista de asistencia y declaración del quórum
Una vez pasada la lista de asistencia, se contó
con la presencia de los diputados Francisco Javier Saucedo Pérez,
Presidente; Belizario Iram Herrera Solís, secretario; Francisco
L. Monárrez Rincón, secretario; Concepción Olivia
Castañeda Ortiz, Luis Felipe Madrigal Hernández, Javier Orozco
Gómez, Sonia Rincón Chanona, Israel Tentory García.
Asimismo, se hace constar que los diputados Lino Celaya
Luría, Felipe de Jesús Díaz González, José
Julio González Garza y Cesar Amín González Orantes,
enviaron un representante.
Una vez pasada la lista de asistencia y encontrándose
presentes ocho diputadas y diputados, toda vez que actualmente la Comisión
cuenta con veintinueve integrantes, en uso de la voz, el Presidente de
la Comisión, menciona que no se cuenta con el quórum legal,
proponiendo a los presentes, llevar acabo en este acto una reunión
de trabajo e información, con el orden del día preestablecido,
estando de acuerdo los presentes.
2.- Lectura y aprobación del orden del día
Una vez puesto a consideración el orden del día,
el Presidente de la Comisión pregunta si existe algún comentario
al respecto o, en su caso, la inclusión de otro punto al orden del
día que los diputados deseen que se trate, no habiendo ningún
comentario al respecto por parte de los asistentes, se aprueba el orden
del día.
3.- Anteproyecto de dictamen, relativo a la minuta
proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas,
se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de
Ahorro y Crédito Popular, misma que remitió el Senado de
la República a la Cámara de Origen
El Presidente de la Comisión, en uso de la voz
y remitiéndose a los acuerdos adoptados por el pleno de la Comisión
en su vigésima sesión plenaria ordinaria de fecha 28 de septiembre
del año en curso, concretamente para la elaboración de mesas
de trabajo de discusión y análisis de la minuta de la Ley
de Sociedades Cooperativas aprobada por el Senado de la República
a la presentación del presente proyecto se realizaron cuatro reuniones
de trabajo de trabajo y una de conclusiones, de fechas 04, 11, 18, 24 de
octubre y 6 de diciembre del año en curso, todas las minutas de
trabajo publicadas en la Gaceta Parlamentaria, con la participación
en general de los diputados integrantes de la Comisión, Francisco
Javier Saucedo Pérez, Presidente; los secretarios Juan José
Barcenas González, Francisco L. Monárrez Rincón, Belizario
Iram Herrera Solís, los Diputados Alfredo Rodríguez y Pacheco,
Israel Tentory García así como los representantes de los
diputados integrantes de la Comisión Gerardo Ulloa Pérez,
Sonia Rincón Chanona, José Julio Gonzalez Garza, Gaspar Ávila
Rodríguez, Concepción Olivia Castañeda Ortiz, María
Concepción Fajardo Muñoz, José Alfonso Muñoz
Muñoz, Lino Celaya Luria y el equipo técnico de la Comisión,
es importante señalar que el proyecto de dictamen recoge todas y
cada una de las observaciones realizadas por los diputados integrantes
de la Comisión, mismas que se asentaron en las minutas de trabajo
que sobre cada reunión se realizaron de igual manera se recibieron
las sugerencias de diversos organismos comprometidos con el sector, en
esencia se incluyeron todas las opiniones emitidas por los diferentes actores
dentro del cooperativismo para finalmente presentar por el equipo técnico
de la Comisión el presente proyecto de dictamen, solicitando al
secretario técnico de lectura del mismo, que a la letra dice:
HONORABLE ASAMBLEA:
A las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía
Social y de Gobernación, les fue turnado el oficio de fecha primero
de febrero de dos mil cinco, suscrito por integrantes de la Mesa Directiva
de la Honorable Cámara de Diputados, mediante el cual se dio cuenta
del oficio de la Honorable Cámara de Senadores, con el que remite
para los efectos de lo dispuesto en el inciso e) del artículo 72
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
la Minuta Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Sociedades
Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la ley Orgánica
de la Administración Pública Federal y se reforman diversas
disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía
Social y de Gobernación son legalmente competentes para conocer
del presente asunto, conforme a lo dispuesto por los artículos 39
numerales 1 y 2 fracciones XV y XVII, 45 numeral 6 inciso f) de la Ley
Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 57
y demás relativos aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, motivo por el cual
someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:
DICTAMEN
ANTECEDENTES
PRIMERO. Con fecha tres de abril de dos mil tres,
diputados integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía
Social de la Quincuagésima Octava Legislatura de la Honorable Cámara
de Diputados suscribieron la iniciativa con proyecto de decreto por el
que se expide la Ley General de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas
disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal y se abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, misma que
se turnó a dicha Comisión para su estudio y dictamen, el
diez del mes y año señalado, mediante el oficio número
D.G.P.L. 58-II-1-1407.
SEGUNDO. El veinticuatro de abril de dos mil tres
se publicó en la Gaceta Parlamentaria el dictamen de primera lectura
con relación al proyecto de decreto por el que expide la Ley de
Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal y se abroga la Ley de
Sociedades de Solidaridad Social, mismo que aprobó la Comisión
de Fomento Cooperativo y Economía Social.
TERCERO. En sesión celebrada el veintiocho
de abril de dos mil tres, la Honorable Cámara de Diputados aprobó
por mayoría la minuta con proyecto de decreto por el que se expide
la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas disposiciones de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
y se abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad Social, misma que se turnó
al Senado de la República para los efectos legislativos correspondiente.
CUARTO. Mediante los oficios con número
II-1108; II-1109 y II-1110, de fecha veintinueve de abril de 2003, el Senador
Carlos Chaurand Arzate, informó a las Comisiones de Fomento Económico,
de Gobernación y de Estudios legislativos, Primera, respectivamente,
que el Senado de la República recibió la minuta proyecto
de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman
diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y se abroga la Ley de Sociedades de Solidaridad
Social, misma que se turnó para los efectos legislativo que correspondían.
QUINTO. Con fecha treinta de junio de dos mil tres,
la Senadora Leticia Burgos Ochoa, Presidenta de la Comisión de Desarrollo
Social solicitó la ampliación de turno de la minuta de mérito
al Senador Enrique Jackson Ramírez, Presidente de la Mesa Directiva
del Senado de la República, mismo que se concedió en sesión
celebrada el dos de septiembre del año dos mil tres.
SEXTO. Mediante oficio número II-132, de
fecha catorce de octubre de dos mil tres, el Senador Raymundo Cárdenas
Hernández, Vicepresidente de la Mesa Directiva, informó al
Senador Ricardo Gerardo Higuera, Presidente de la Comisión de Relaciones
Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales Internacionales, que se había
ampliado el turno a su Comisión de la minuta proyecto de decreto
en cuestión.
SÉPTIMO. El veintinueve de junio de dos
mil cuatro, las Comisiones Unidas de Fomento Económico, de Gobernación,
de Comercio y Fomento Industrial, de Estudios Legislativos, Primera, de
Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales Internacionales
y el ocho de diciembre del mismo año, la Comisión de Desarrollo
Social, todas del Senado de la República, aprobaron el dictamen
con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas,
se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de
Ahorro y Crédito Popular, las cuales resolvieron eliminar el Artículo
Tercero Transitorio de la Minuta proyecto de decreto aprobada por la Honorable
Cámara de Diputados, misma que contemplaba abrogar la Ley de Sociedades
de Solidaridad Social.
OCTAVO. En sesión celebrada en la Honorable
Cámara de Senadores el catorce de diciembre de dos mil cuatro, se
aprobó por mayoría el dictamen descrito en el punto anterior;
asimismo, en la misma fecha se aprobó en votación económica
la adición de la fracción IV del artículo 18 y la
adición del artículo 20 A de la minuta proyecto de decreto
que expide la Ley de Sociedades Cooperativas.
NOVENO. Mediante oficio número II-1219,
de fecha catorce de diciembre de dos mil cuatro, suscrito por el Senador
Cesar Jáuregui Robles, Presidente en turno de la Mesa Directiva
del Senado de la República, remitió a la Colegisladora la
minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas,
se reforman diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de
Ahorro y Crédito Popular, para los efectos de lo dispuesto en el
inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
Sobre el particular, la Cámara Revisora modificó
y adicionó cuarenta y siete (47) artículos, de un total de
ciento siete (107) artículos de la minuta proyecto de decreto que
expide la Ley de Sociedades Cooperativas, no realizó modificación
ni adición alguna al proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones
de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
y reformó 4 artículos del proyecto de decreto de la Ley de
Ahorro y Crédito Popular.
DÉCIMO. A través de los oficios D.G.P.L.
59-II-3-1235 y D.G.P.L. 59-II-3-1236, ambos de fecha primero de febrero
de dos mil cinco, diputados secretarios de la mesa directiva de la Honorable
Cámara de Diputados de la quincuagésima novena legislatura,
remitieron a las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía
Social y de Gobernación la minuta proyecto de decreto señalada
en el punto que antecede.
DÉCIMO PRIMERO. En fecha veintiocho de septiembre
de dos mil cinco, se celebró reunión plenaria de la Comisión
de Fomento Cooperativo y Economía Social, en la que se acordó
llevar a cabo reuniones de trabajo para efecto de analizar minuciosamente
la minuta que remitió el Senado de la República.
DÉCIMO SEGUNDO. Con fecha cuatro de octubre
de dos mil cinco, se llevó a cabo la primera reunión de trabajo,
publicada en Gaceta Parlamentaria el diecisiete del mes y año mencionado,
en la cual se analizaron los artículos 2, 4, 10, y 11, correspondientes
a los capítulos I y II, los que modificó la Honorable Cámara
de Senadores a través de la minuta en cuestión.
DÉCIMO TERCERO. Con fecha once de octubre
de dos mil cinco, se celebró la segunda reunión de trabajo
el la que se publicó el veinte del mes y año señalado
en la Gaceta Parlamentaria, en la que se analizaron los capítulos
III, IV y V, con relación a los artículos 25, 26, 27, 29,
31, 34, 35, 46, 47, 52 y 55, respecto a la minuta que envió la Cámara
Revisora.
DÉCIMO CUARTO. El día dieciocho de
octubre de dos mil cinco, se llevó a cabo la tercera reunión
de trabajo, misma que se publicó en la Gaceta Parlamentaria el primero
de noviembre del año en curso, en la que se hicieron observaciones
a los artículos 58, 64, 66, 67, 70, 72, 73, 75 y 88, correspondientes
a los capítulos VI, VII, y VIII, relativos a la minuta que el Senado
de la República modificó.
DÉCIMO QUINTO. Con fecha veinticinco de
octubre de dos mil cinco, se llevó a cabo la cuarta reunión
de trabajo, publicada en la Gaceta Parlamentaria el veinticinco de noviembre
del año en curso, en la cual se analizaron los artículos
91, 92, 94, 99 y 100 correspondientes a los capítulos IX, X y XI,
mismos que modificó la Honorable Cámara de Senadores a través
de la minuta en cuestión.
DÉCIMO SEXTO. La Presidencia de la Comisión
de Fomento Cooperativo y Economía Social, recibió ocurso
el día siete de noviembre de dos mil cinco, suscrito por José
Luis Ruiz Cerda, Presidente del Consejo de Administración de la
"Sociedad Cooperativa Trabajadores de Pascual, S.C.L.", quien señaló
entre otras cosas que: "? se observa de entrada que en la minuta desaparece
o se omite la palabra "General", que desde nuestro punto de vista resta
peso jurídico a dicha ley, lo que consideramos es importante que
se incluya, ya que esta ley es el punto de partida para legislar en materia
de economía social ?"; asimismo, realizó observaciones
a los artículos 2, 4, 12, 74, 88 y 101 del proyecto de decreto que
envió el Senado de la República.
DÉCIMO SÉPTIMO. El día quince
de noviembre de dos mil cinco, se llevó a cabo la quinta reunión
de trabajo, misma que se publicó en la Gaceta Parlamentaria el XXX
de noviembre del presente año, en la que se hicieron observaciones
a los artículos 101, 102 y 103, capítulo XI, relativo a la
minuta con proyecto de decreto de la Ley de Sociedades Cooperativas que
el Senado de la República modificó; de igual forma, se analizaron
las modificaciones que realizó dicha Cámara Revisora a los
artículos correspondientes al proyecto de decreto de la Ley de Ahorro
y Crédito Popular y al artículo XXX transitorio de
la minuta de mérito.
DÉCIMO OCTAVO. Mediante escrito de fecha
quince de noviembre del año en curso, suscrito por la Unión
de Cooperativas de Actividades Diversas del Distrito Federal y otras, ponen
a consideración del Diputado Heliodoro Díaz Escárraga,
Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados,
la posición con relación a la minuta proyecto de decreto
por el que expide la nueva Ley de Sociedades Cooperativas aprobada por
el Senado de la República.
Efectivamente, las Uniones señalan que las organizaciones
de segundo nivel, uniones y federaciones de cooperativas, en los Estados
de Chiapas, Sinaloa, Michoacán, Guerrero, Coahuila, Distrito Federal,
Nayarit, Jalisco, Veracruz y Querétaro, manifestaron su inconformidad
mediante siete escritos de fechas quince de agosto, diecinueve y veintiuno
de julio, todos del año dos mil tres y a través de diversos
correos electrónicos, dirigidos al Senado de la República
con relación a la nueva Ley de Sociedades Cooperativas.
Lo anterior, en virtud que la Cámara de Senadores
mantuvo la intención de acercar el perfil de las cooperativas a
las mercantiles; además de no corregir contradicciones serias y
errores de técnica legislativa y que solo consideró opiniones
de organismos cúpula, sin tomar en cuenta a las bases de las cooperativas.
DÉCIMO NOVENO. Con fecha dos de diciembre
de dos mil cinco, el licenciado Rafael Martínez Ponce, Presidente
de la Alianza Cooperativa Nacional, A. C., presentó ocurso dirigido
a los Diputados Heliodoro Díaz Escárraga, María Marcela
González Salas y Preticioli, Francisco Agustín Arroyo Vieyra,
María Sara Rocha Medina, Patricia Garduño Morales y Marcos
Morales Torres, integrantes de la Mesa Directiva de esta Cámara
de Diputados, a quienes se les solicitó tuvieran a bien recibir
la comisión que se constituyó para representar los intereses
del movimiento cooperativo integrado por cooperativas de diversos Estados
de la República.
Al respecto, el objeto de dicha comisión fue para
efecto de presentar su rechazo a la aplicación de la Ley de Ahorro
y Crédito Popular y la minuta proyecto de decreto por el que se
expide la Ley de Sociedades Cooperativas, en virtud que la esencia de dichos
marcos normativos es destruir a las sociedades cooperativas.
Además, informaron a la Mesa Directiva de la situación
que vive la Cooperativa de Trabajadores Pascual, en virtud que con la sentencia
que dictó la Suprema Corte de Justicia de la Nación se crea
precedente en el sentido que deja por encima al derecho privado que al
social, violando la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Motivo por el cual, el Movimiento Cooperativa Mexicano,
a través de la Alianza Cooperativa Nacional, hace la siguiente petición:
1) detener la aprobación de la minuta con proyecto de decreto por
el que expide la Ley de Sociedades Cooperativas; 2) organi1zar un proceso
de consulta estatal conjuntamente con las organizaciones nacionales del
sector cooperativo de ahorro y préstamo, conforme a lo establecido
por la Carta Magna, y 3) Promover la iniciativa que reforma al artículo
33 de la Ley General de Sociedades Cooperativas o artículo 21 de
la Ley de Sociedades Cooperativas.
VIGÉSIMO. El día XXX Las Comisiones
Unidas de Fomento Cooperativo y Economía Social y de Gobernación
tuvieron su pleno el
CONSIDERACIONES
PRIMERO.- Atendiendo al movimiento cooperativo mexicano,
estas dictaminadoras estiman necesario hacer un recuento general con relación
al sector cooperativo.
Sobre el particular, en lo que respecta al significado
o trascendencia de la labor legislativa en materia de cooperativismo, conviene
distinguir que una cosa es que existan leyes destinadas a las cooperativas
y otra, muy diferente, es la existencia de una ley de naturaleza eminentemente
cooperativa.
Desde nuestro punto de vista, una ley que se precie
de ser cooperativista, sólo lo puede ser en la medida en que sus
disposiciones normativas reflejen fielmente los principios, valores y prácticas
asociativas y empresariales propias de las cooperativas. En este sentido,
la legislación cooperativa debe verse como una expresión
más de la cultura económica o empresarial de las cooperativas
y no como algo ajeno, contradictorio o contrapuesto con los fines supremos
que el cooperativismo como movimiento social, de cobertura internacional
y de esencia profundamente humanista, debe perseguir.
Por ello, estimamos que se comete un gran error
cuando al legislar en materia cooperativa se procede por el camino fácil
de la simple copia de la legislación que se aplica a otras figuras
asociativas, particularmente a las figuras mercantiles, vicio en el que
se ha incurrido con bastante frecuencia en los últimos 20 años,
concretamente en el terreno de la legislación para las cooperativas
de ahorro y crédito con la aprobación de la Ley de Ahorro
y Crédito Popular en abril de 2001.
Tampoco es aconsejable, trasladar mecánicamente
la legislación cooperativa de otros países, aunque en dichas
latitudes el cooperativismo exhiba una gran fortaleza económica
y social. Definitivamente, las condiciones históricas, económicas,
políticas, demográficas y sociales de cada país son
distintas y también lo son las condiciones en que se desenvuelve
el cooperativismo, por lo que sus necesidades, aspiraciones y demandas
pueden ser radicalmente diferentes.
Así, encontramos que en la legislación
cooperativa de los países altamente desarrollados normalmente se
promueve la necesidad de la competencia abierta y la no sujeción
o dependencia de las cooperativas respecto del estado, todo lo cual se
justifica en razón del grado de desarrollo alcanzado por las empresas
cooperativas, cuyo posicionamiento en el mercado les permite competir directamente
con las empresas de los sectores público y privado sin ningún
tipo de salvaguarda.
En cambio, en nuestros países y particularmente
en México, el escaso desarrollo del movimiento cooperativo se explica,
en buena medida, como producto del sistemático abandono del que
han sido objeto por parte de las políticas públicas y como
resultado de la existencia de un entorno económico y político
absolutamente desfavorable al surgimiento y consolidación de las
cooperativas por lo que, al margen de nuestros deseos personales, las condiciones
objetivas en que surgen y se desarrollan las cooperativas determina que
la ley en la materia deba distinguirse por un fuerte sesgo hacia el fomento
y la protección. Ello, además, se justifica, como una estrategia
necesaria para hacerle frente al creciente proceso de involución
jurídica que se aprecia en nuestro país, en los últimos
20 años, en el sentido de reducir al mínimo o de plano eliminar
los componentes sociales de la Constitución mexicana, lo que se
traduce en que, a la fecha, el saldo legislativo, pueda evaluarse como
desfavorable a los intereses históricos del cooperativismo.
Expresión concreta de este saldo legislativo
desfavorable lo constituye el tratamiento meramente mercantil al que se
pretende sujetar a las cooperativas de ahorro y crédito en los marcos
de la llamada Ley de Ahorro y Crédito Popular, y la falta de compromiso
social del estado mexicano, en términos de su responsabilidad en
la promoción del sector social de la economía, tal como lo
señala el artículo 25 de nuestra Constitución Política.
En este sentido, lo que la experiencia histórica
enseña es que el mejor camino para legislar en materia de cooperativas,
en el entendido de la formulación de leyes que se distingan por
su indiscutible naturaleza cooperativista y que logren efectivamente recuperar
las experiencias exitosas de dichas empresas sociales, no es otro que el
de hacerlo de frente y con el concurso de los directamente afectados, esto
es, con la participación de los cooperativistas a través
de sus organismos de integración y representación. De esta
suerte, no se puede acertar a emitir una legislación adecuada a
las cooperativas, si no se conoce su doctrina filosófica y si se
desconocen sus prácticas asociativas y empresariales, así
como los factores clave de los que ha dependido su éxito como empresas
no lucrativas y como asociaciones democráticas y solidarias. Todo
lo cual sólo puede lograrse en estrecho contacto con las cooperativas,
haciendo un esfuerzo por conocerlas desde adentro y desarrollando una especial
sensibilidad para identificar sus necesidades reales, así como sus
limitantes y potencialidades.
Así, partiendo del marco de referencia para
el trabajo legislativo en materia de cooperativismo, esbozado líneas
arriba, la pregunta que salta a la vista es la siguiente: Frente al mandato
de elaborar el dictamen relativo a la Minuta con Proyecto de Decreto por
el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se reforman diversas
disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal y se reforman diversas disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular aprobado por el Senado de la República, ¿Debemos
simplemente aprobarlo con algunas modificaciones no sustanciales como si
se tratará de un simple trámite administrativo formal o debemos
tomarlo como un insumo más para la elaboración de una Ley
General de Sociedades Cooperativas más acorde a la realidad económica,
política y social de nuestro país y, sobre todo, más
apegada a los principios, valores y prácticas empresariales y asociativas
de las cooperativas mexicanas?
Erróneamente, algunos han afirmado que la
minuta aprobada por el Senado de la República representa un proyecto
legislativo avanzado, moderno e innovador que permitirá a las cooperativas
aprovechar las oportunidades que el actual proceso de globalización
de la economía mundial ofrece, por lo que debe ser aprobada sin
mayores modificaciones, sometida a un período de prueba y posteriormente
irle haciendo las adecuaciones o reformas que se estimen convenientes.
Frente a esta visión optimista que oculta
la naturaleza mercantilista y anticooperativa de dicha minuta, cuyo contenido
y orientación lleva a las cooperativas hacia la competencia abierta
en el mercado, sin que exista responsabilidad social del estado; en el
presente documento queremos demostrar que lejos de representar un avance,
la aprobación de la minuta en sus términos, constituiría
un retroceso con respecto a la Ley General de Sociedades Cooperativas de
1994, pues aunque con la minuta se intentan superar algunas lagunas o vacíos
presentes en aquella ley, la forma en que se abordan los problemas no es
el adecuado, por lo que las soluciones o disposiciones normativas están
insuficientemente desarrolladas o inadecuadamente planteadas o estipuladas.
La minuta del Senado tampoco representa un ordenamiento
jurídico innovador y actualizado respecto a la realidad actual del
cooperativismo mundial, en tanto deja de lado muchos cabos sueltos y no
incorpora diversas medidas legislativas que, de acuerdo con la experiencia
internacional reciente, contribuirían al desarrollo y consolidación
del cooperativismo mexicano.
Aunado a lo anterior, la minuta del Senado está
plagada de errores de técnica legislativa y de inconsistencias formales,
siendo a todas luces evidente la falta de coherencia de diversas disposiciones
que es imprescindible corregir o subsanar.
Pero, al margen de estas limitaciones que tienen
que ver con la forma o el enfoque, lo más importante es que de aprobarse
la minuta en sus términos, se estaría aceptando que las sociedades
cooperativas no son otra cosa más que una modalidad cualquiera de
sociedad mercantil y que, por consiguiente, su regulación y tratamiento
fiscal debe hacerse de la misma forma como se hace con cualquier otra figura
mercantil, con lo que se desconoce, en los hechos, la naturaleza eminentemente
social de las cooperativas y se pisotean los valores y principios que animan
a este tipo de empresas sociales.
En virtud de lo anterior, el dictamen que al respecto
elabore la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social
no puede consistir en un simple trámite administrativo que apruebe
en sus términos la minuta enviada por el Senado de la República,
debido a las siguientes razones:
* Una buena parte de las disposiciones contenidas
en la minuta son violatorias de los principios universales del cooperativismo,
por lo que su puesta en vigor implicaría de hecho una absoluta incompatibilidad
funcional con los principios cooperativos.
* No da cabida a la inclusión o creación
de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo de Vínculo
cerrado o exclusivo, condenando a todos los organismos financieros solidarios
del país a sujetarse a las disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular.
* De este modo, se ignora la realidad nacional al
no reconocer la gran pluralidad y diversidad de condiciones en las que
surgen y se desarrollan las cooperativas de ahorro y préstamo en
nuestro país. Al forzarlas a adscribirse obligatoriamente a la Ley
de Ahorro y Crédito Popular se les impone un tratamiento como intermediarios
financieros que no corresponde con su naturaleza exclusivista y eminentemente
social. Como ha sido reconocido por propios y extraños, el acceso
a la LACP y el sostenimiento en ella a largo plazo resulta excesivamente
caro y prácticamente imposible para las cooperativas pequeñas
o medianas, particularmente las que desenvuelven su actividad empresarial
en el medio rural, cancelando de hecho la posibilidad de constituir nuevos
organismos financieros de naturaleza cooperativa en el futuro y dejando
en manos de agentes económicos emergentes (SOFIPOS, Banco Azteca,
Coopel, etc.) del sector privado el control de los mercados de las finanzas
populares en México.
* En suma, la conversión de las cooperativas
de ahorro y préstamo en intermediarios financieros lucrativos, representa
un duro golpe al sector cooperativo en su conjunto en la medida en que
se debilita a su subsector o componente mayoritario (cerca de tres millones
de asociados) y el cual experimenta las mayores tasas de crecimiento y
exhibe el mayor potencial de expansión en el corto plazo. Peor aún,
se decreta la virtual desvinculación de la actividad financiera
cooperativa respecto del resto de las actividades económicas que
realizan las cooperativas de producción, consumo y servicios, con
lo cual se extingue la base financiera actual y futura para el desarrollo
del cooperativismo mexicano como un actor con influencia macroeconómica
real.
* Aprobar la minuta en sus términos implicaría
dejar de lado un conjunto de medidas legislativas importantes que podrían
incidir positivamente en el desarrollo del sector cooperativo mexicano
y que la experiencia internacional reciente ha ratificado como acertadas.
La meta debe ser lograr elaborar un ordenamiento jurídico integral
que responda no sólo a las necesidades actuales del desarrollo del
sector cooperativo mexicano, sino, en la medida de lo posible, que sea
capaz de prever su ulterior desarrollo durante las próximas décadas.
* Visto desde el punto de vista técnico,
la minuta contiene diversos errores de técnica legislativa, de falta
de coherencia y deficiencias formales que es imprescindible corregir.
* La minuta aprobada por el Senado de la República
no ha sido sometida al escrutinio público. A la fecha su contenido
se ha procesado o consensado en círculos limitados y cupulares en
tanto que la inmensa mayoría de los socios, de las cooperativas
de base y de los organismos de integración de segundo y tercer grado,
han sido marginados de su discusión abierta. Al respecto conviene
recordar que diversos estudios realzados en fechas recientes, entre los
que pueden citarse a Rojas, 2002; UNAM, 2003 y STPS, 2004, coinciden en
señalar que por término medio el 60% de los socios de las
cooperativas mexicanas desconocen el contenido normativo de la LGSC de
1994, en base a lo anterior ¿Cómo puede afirmarse que el
proyecto de reforma de la LGSC de 1994 ya está suficientemente consensado
y goza del visto bueno de la mayor parte del sector cooperativo nacional?.
Una vez abordado el análisis de la minuta en
sus aspectos más generales y esenciales, pasemos a continuación
a realizar el análisis del contenido de la citada minuta atendiendo
a una visión más particular, que incluirá los siguientes
aspectos: a) reformas que intentan subsanar diferentes vacíos o
lagunas legislativas presentes en la LGSC de 1994, pero que están
insuficientemente desarrollados o inapropiadamente planteados; b) disposiciones
que afectan la naturaleza social y los fines solidarios y distributivos
de la riqueza de las sociedades cooperativas; c) disposiciones que atentan
contra los siete principios del cooperativismo universal; d) disposiciones
que contienen errores de técnica legislativa y que requieren diversas
adecuaciones de carácter formal, y e) una serie de disposiciones
que hace falta incluir a fin de lograr elaborar un ordenamiento jurídico
que sea realmente vanguardista y, al mismo tiempo, objetivo y realista.
Un ordenamiento jurídico de avanzada en el que todas las relaciones
(de los socios con la cooperativa, de los socios y de las cooperativas
entre sí, así como del sector cooperativo con el estado y
otros agentes económicos, políticos o sociales) estén
basadas en principios éticos y en la convicción de que las
cooperativas más que un fin en si mismo constituyen un medio para
el desarrollo, por lo que su mandato fundamental consiste en promover los
intereses económicos, sociales y culturales de sus asociados y de
la comunidad en la que se hallan insertas.
SEGUNDO.- Estas Comisiones Unidas determinan que
antes de entrar al estudio de las adiciones y reformas que aprobó
el Senado de la República respecto a la minuta proyecto de decreto
en cuestión, se estima necesario hacer un balance general del expediente
que nos fue turnado para su dictaminación correspondiente.
Al respecto, la iniciativa con proyecto decreto,
enunciaba que se expediría la Ley General de Sociedades Cooperativas;
sin embargo, el dictamen que elaboró y en su oportunidad aprobó
la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la
LVIII legislatura, eliminó en dicho proyecto la palabra "General",
para quedar que se otorgaría la Ley de Sociedades Cooperativas,
sin exponer en sus consideraciones el motivo por el cual se eliminaba la
generalidad de la citada ley, por ello y aprobada la minuta, se remitió
al órgano legislativo revisor.
Por lo anterior, la Cámara de Senadores aprobó
la minuta correspondiente, eliminando en su encabezado la generalidad del
marco normativo respectivo.
Ahora bien, estas dictaminadoras consideran que
la razón por la que se eliminó la palabra "General" fue por
un error, toda vez que en el instrumento legislativo no existió
motivo ni fundamento para eliminar dicha palabra.
Por lo anterior y en virtud que del contenido de
la minuta proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades
Cooperativas es regular y fomentar la organización, constitución
y funcionamiento de dichas sociedades, se arriba a la conclusión
que es un marco normativo de carácter general.
TERCERO.- Las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo
y Economía Social y de Gobernación, estiman conveniente analizar
el dictamen correspondiente a la minuta proyecto de decreto que expide
la Ley de Sociedades Cooperativas que aprobó la Cámara de
Senadores en sesión plenaria de fecha catorce de diciembre de dos
mil cuatro:
Sobre el particular, se transcribirán los
artículos que modificó y adicionó la Cámara
Revisora (lo señalado con negrita y cursiva) con relación
a la minuta aprobada y los razonamientos por los cuales se hicieron dichos
cambios en el dictamen respectivo.
Por lo que respecta al artículo 1 de la minuta,
aunque no sufrió modificación ni adición alguna por
parte del Senado de la República, estas dictaminadoras estiman necesario
hacer un análisis respecto a lo que consideró la colegisladora,
misma que a la letra dice:
"En el proyecto de Decreto original, anterior
al Dictamen de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía
Social de la Cámara de Diputados, existía un segundo párrafo
que señalaba:
"En lo no previsto por esta ley, se aplicará
como legislación supletoria la Ley General de Sociedades Mercantiles,
en lo que se oponga a la naturaleza, organización y funcionamiento
de las sociedades cooperativas"
En el dictamen de esa Comisión este párrafo
se elimina, fundamentando su decisión en que las sociedades cooperativas
ya son reconocidas en el artículo primero de la Ley General de Sociedades
Mercantiles vigente como una especie de sociedad mercantil.
En reuniones de estas Comisiones, diversas organizaciones
manifestaron que lo que se indica en el artículo primero de la Ley
General de Sociedades Mercantiles, parece sentencia que impide el desarrollo
de un marco jurídico propio del cooperativismo, siendo que existen
argumentos para legitimar y legalizar la diferenciación entre los
actos cooperativos y los actos mercantiles.
Entendemos que una diferencia formal entre los actos
anteriores, implicaría una diferenciación formal entre los
sectores a los que pertenecen, tal sea el caso del sector social y del
sector privado enmarcados en el Artículo 25 Constitucional, por
lo que solutiva sería la elaboración de una Ley Reglamentaria
del Artículo 25 Constitucional.
Las Comisiones consideran esta posibilidad, sin
embargo se reconoce por una parte, la urgencia de legislar para la promoción
del movimiento cooperativo en el país, y por la otra, la importancia
sobre la elaboración de una reglamentación similar.
Por tal, y considerando que los señalamientos
expresados por las diferentes organizaciones, fueron atendidos con la derogación
del segundo párrafo en cuestión en el Dictamen de la Cámara
de Diputados, independientemente de las razones que lo motivaron, se acepta
la redacción propuesta por la legisladora."
De lo anteriormente señalado, estas dictaminadoras
consideran adecuada la eliminación al segundo párrafo que
establecía la supletoriedad con la Ley General de Sociedades Mercantiles,
en el sentido que efectivamente las sociedades cooperativas y las mercantiles,
sus actos jurídicos son distintos, en virtud que la primera de ellas,
su objeto principal no es el lucro y la segunda si lo es.
Motivo por el cual, se estudiará la posibilidad
de derogar a las sociedades cooperativas de una legislación mercantil,
para efecto de asentar las bases jurídicas del cooperativismo, misma
que se sustenta del sector social de la economía y no del sector
privado, tal y como se desprende del séptimo párrafo del
artículo 25 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos que a la letra establece:
"artículo 25
(......)
La ley establecerá los mecanismos que faciliten
la organización y la expansión de la actividad económica
del sector social: de los ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas,
comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los
trabajadores y, en general, de todas las formas de organización
social para la producción, distribución y consumo de bienes
y servicios socialmente necesarios.
(.......)"
En efecto, del citado artículo se desprende,
que la ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización
y la expansión de la actividad económica del sector social
y por ende del cooperativismo, estimando correcto estas dictaminadoras
lo señalado por el órgano legislativo revisor, ya que por
una parte, se podría apreciar que este marco normativo pueda ser
reglamentario del artículo 25 de la Constitución en materia
cooperativa, tal como el caso de la Ley Agraria, que en su artículo
primero establece que es reglamentaria del artículo 27 constitucional
en materia agraria, dando cabal cumplimiento al artículo 25 de nuestra
Carta Magna.
* Con relación al artículo 2
de la minuta aprobada por la colegisladora, establece lo siguiente:
"Artículo 2. Definición de Sociedad Cooperativa.
La sociedad cooperativa es una organización
social autónoma integrada por personas unidas voluntariamente con
base en intereses comunes no lucrativos, de conformidad con las
leyes fiscales vigentes, con el propósito de satisfacer sus
necesidades y aspiraciones económicas, sociales y/o culturales,
por medio de una empresa de propiedad compartida y gobernada democráticamente."
Al respecto, el Senado de la República señaló,
entre otras cosas, lo siguiente: (fojas 9 y 13 del dictamen)
"El espíritu de esta definición
se encuentra contenido en el numeral 2 de la "Recomendación 193,
Sobre la promoción de las Cooperativas" de la Organización
Internacional del Trabajo, tal como se señala en la Exposición
de Motivos de la ley original y en el Dictamen de la Comisión de
Fomento Cooperativo y Economía Social?
.........
El marco fiscal que en la actualidad prevé
la Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículo 95, fracciones VII,
VIII y XIII, reconoce a las sociedades cooperativas como "personas morales
con fines no lucrativos", Lo anterior representa beneficios fiscales para
las sociedades cooperativas y por ende para sus socios, entendible por
ser estas integrantes del sector social de la economía y por el
contexto de su objeto social. En contrasentido, este beneficio no tiene
bases para ser aplicado a cualquier figura jurídica con fines de
lucro, incluso si estas figuras fuesen socios de una sociedad cooperativa.
Con base en lo anteriormente expuesto, y considerando
el objeto central de la tesis del "acto cooperativo" en el ámbito
internacional, estas comisiones convienen adicionar el siguiente texto
(?)".
De lo anterior, se desprende que la adición que pretende
el Senado de la República es importante, en virtud que establece
a las sociedades cooperativas como personas morales no lucrativas, motivo
por el cual, ambas Comisiones aprueban la adición que realizó
el Senado de la República.
Sin embargo, las Comisiones Unidas no quieren dejar pasar,
para que sea integral la adición de mérito, que sería
indispensable presentar una iniciativa que excluya a éstas personas
morales de la Ley General de Sociedades Mercantiles, toda vez que las sociedades
que se encuentran enunciadas en dicha normatividad, buscan un fin lucrativo.
* Respecto al artículo 3 de
la minuta en cuestión, señala:
Artículo 3. Valores Cooperativos
Las sociedades cooperativas se basan en los valores
de autoayuda y ayuda mutua, responsabilidad, democracia, igualdad, equidad
y solidaridad, y una ética fundada
en la honestidad, transparencia, responsabilidad social e interés
por los demás.
Al respecto, el Senado de la República consideró
lo siguiente: (foja 14 del dictamen)
""El numeral 3, fracción a) de la "Recomendación
193, Sobre la Promoción de las Cooperativas" dice: (?) a) los valores
cooperativos de autoayuda, responsabilidad personal, democracia, igualdad,
equidad y solidaridad, y una ética fundada en la honestidad, transparencia,
responsabilidad social e interés por los demás (?)
Conforme al espíritu de esta reforma, no
hay razón para excluir los valores éticos que complementan
la identidad de las sociedades cooperativas, independientemente de que
la norma jurídica y la norma moral (aspectos doctrinales) sean distintas.
Por tal, se propone adicionar al artículo propuesto?"
De la anterior descripción, se desglosa que
la adición que se pretende, trata de rescatar la recomendación
193 que emitió la Organización Internacional del Trabajo
(OIT) e incorporarla al marco jurídico mexicano, para efecto de
alentar el desarrollo y fortalecimiento de la identidad de las cooperativas,
aunque dicha adición sea subjetiva e ideológica.
En efecto, el ánimo de estas Comisiones Unidas,
es rescatar el espíritu cooperativista dentro de la sociedad mexicana;
motivo por el cual, se ratifica la adición que aprobó el
órgano legislativo revisor.
* Por lo que respecta a la fracción IX del
artículo 4, que modificó la Cámara de Senadores
en su minuta, quedó como sigue:
Artículo 4. Principios Cooperativos
(........):
I - VIII (......)
IX. Promoción de la cultura ambiental sostenible,
y
X. (...)
(...)
Al respecto, el Senado de la República consideró
lo siguiente: (fojas 17 y 18 del dictamen)
"(.....) han existido inconformidades por la eliminación
del concepto plasmado en la fracción VIII del artículo 6
de la Ley General de Sociedades Cooperativas vigente, respecto a la "Promoción
de la Cultura Ecológica". Si bien tal promoción podrá
también enmarcarse dentro del concepto genérico de educación
propuesto, estas Comisiones consideran conveniente plasmarlo categóricamente
en la ley en cuestión, recordando que tal concepto esta previsto
en el artículo 25 de la Carta Magna, apreciado con anterioridad.
Así, se considera adicionar una nueva y actualizada
fracción IX, que recorre la actual a una fracción X, del
artículo 4 en cuestión, (....)"
Estas Comisiones estiman conveniente la adición
que proyecta el Senado de la República.
Asimismo, es menester señalar que en la declaración
sobre la identidad cooperativa que dictó la Alianza Cooperativa
Internacional (ACI) en el año mil novecientos noventa y cinco, reconoce
los siguientes principios:
1. Adhesión voluntaria y abierta;
2. Gestión democrática por parte
de los socios;
3. Participación económica de los
socios;
4. Autonomía e independencia;
5. Educación, formación e información;
6. cooperación entre cooperativas, y
7. Interés por la comunidad.
Motivo por el cual, estas dictaminadoras consideran
que estos principios establecidos por la Alianza Cooperativa Internacional
son complementarios con los principios estipulados en la minuta que aprobó
el Senado de la República y esta Honorable Cámara de Diputados.
* En cuanto a la adición del texto respecto
al artículo 7 que aprobó el Senado de la República
a través de la minuta en cuestión, el cual resultó
como sigue:
Artículo 7. Actos Cooperativos
Se consideran actos cooperativos los relativos a
la organización y el funcionamiento interno de las sociedades cooperativas,
los realizados entre las cooperativas y sus socios o por las cooperativas
entre sí, así como las actividades desarrolladas por sus
organismos de integración y los actos que éstos realizan
entre sí, en cumplimiento de su objeto social.
Sobre este artículo, la colegisladora consideró
en el dictamen: (fojas 24 y 25)
"(......) En otras palabras, el acto cooperativo
es aquel que se realiza entre el asociado y su cooperativa, constituyendo
un acto interno en donde ni el asociado pretende lucrar con su cooperativa,
ni la cooperativa con su asociado.
Por definición, si la sociedad cooperativa
no persigue fines de lucro, el acto cooperativo tampoco.
En otro aspecto y para los fines de esta ley, se
considera conveniente complementar la definición del "Acto Cooperativo",
previendo cubrir el espectro relativo a las actividades desarrolladas por
los Organismos de Integración Cooperativa y los actos que estos
organismos realizan entre sí.
Por tal, se estima conveniente añadir al
texto del artículo?"
Sobre el particular, estas comisiones hacen suyas las
observaciones realizadas por la Honorable Cámara de Senadores; motivo
por el cual, se aprueba la adición señalada con anterioridad.
* Con relación a la adición del artículo
10 que aprobó mediante la minuta el Senado de la República,
quedó como sigue:
Artículo 10. Determinación de la Simulación
de Sociedades Cooperativas
La autoridad competente, evaluará la procedencia
de la nulidad de pleno derecho de una sociedad por la simulación
de una sociedad cooperativa, sólo en casos graves y aplicando los
siguientes determinantes:
I. Incumplimiento reincidente de lo establecido por
esta ley, incluyendo lo señalado por las bases constitutivas de
la sociedad cooperativa;
II. Perjuicio directo o indirecto para la sociedad cooperativa
por los actos financieros, económicos, mercantiles y jurídicos
que la persona moral realice al tiempo de ser socio de la misma.
Respecto a esta adición, se consideró
en el dictamen lo siguiente: (fojas 26 y 27)
"Estas comisiones consideran importante el tema
de la simulación, proponiendo reformas para la determinación
de la misma y la especificación del mecanismo y elementos necesarios
para la determinación de responsabilidades al interior de la sociedad
cooperativa.
Es por tal, considerar la prudencia de establecer
en este dictamen, una reglamentación precautoria para la participación
sana de personas morales en las sociedades cooperativas.
Para que una sociedad se haga merecedora de nulo
derecho por la simulación de una sociedad cooperativa, aplicarán
de manera condicionada los siguientes criterios:
I. Incumplimiento reincidente de lo establecido
por esta ley, incluyendo lo señalado por las bases constitutivas
de la sociedad cooperativa;
II. Perjuicio directo o indirecto para la sociedad
cooperativa por los actos financieros, económicos, mercantiles y
jurídicos que la persona moral realice al tiempo de ser socio de
la misma.
Por tal, se considera conveniente adicionar en el
sentido anterior un nuevo artículo 10, que recorre la numeración
en el Dictamen, titulado (.....)"
De lo anterior, se desprende que el Senado de la República
no es claro a lo que pretende, toda vez que existe diferencia entre las
nulidades absoluta, relativa y de pleno derecho, ya que las primeras deberán
ser declaradas por autoridad judicial previo el procedimiento formal correspondiente
y la segunda opera por el simple hecho de encontrarse dentro del supuesto
de la norma, motivo por el cual, la minuta confunde ambos términos,
es decir, sí la autoridad evalúa la procedencia de la nulidad
de una sociedad por simulación, correspondería una nulidad
absoluta y no de pleno derecho.
Para consolidar lo anterior, se sustenta en la jurispridencia
con número de registro: 217,856; Octava Época; Instancia:
Tribunales Colegiados de Circuito; Fuente: Gaceta del Semanario Judicial
de la Federación; Tomo: 59, Noviembre de 1992; Tesis: VI.2o. J/222;
Página: 67, que a la letra señala:
"NULIDAD. NO EXISTE DE PLENO DERECHO. Si no hay
disposiciones expresas en las leyes y para los casos que ellas comprendan,
nuestra legislación no autoriza que se reconozca la existencia de
nulidades de pleno derecho, sino que las nulidades deben ser declaradas
por la autoridad judicial, en todos los casos, y previo el procedimiento
formal correspondiente."
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo en revisión 532/91. Javier Ramírez
Maldonado y otro. 26 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente:
José Galván Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
Amparo en revisión 63/92. Ambrosio Saloma García.
11 de febrero de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván
Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
Amparo directo 72/92. Salvador Macías Acevedo.
11 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel.
Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Amparo directo 208/92. Gregoria Morales Aguilar. 29 de
mayo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario:
Humberto Schettino Reyna.
Amparo en revisión 262/92. Santiago Morales Osorno.
10 de septiembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: José Galván
Rojas. Secretario: Armando Cortés Galván.
De igual forma, sirve de apoyo la tesis jurisprudencial con
número de registro: 340,179; Materia(s):Civil; Quinta Época;
Instancia: Tercera Sala; Fuente: Semanario Judicial de la Federación;
Tomo: CXXIV; Tesis: Página: 1316,
"NULIDAD DE PLENO DERECHO. La legislación
mexicana no autoriza que se reconozca la existencia de nulidades de pleno
derecho, sino que las nulidades deben ser declaradas por la autoridad judicial."
Amparo civil directo 3927/54. Iturbe Francisco F. de.
30 de junio de 1955. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Gabriel García
Rojas no votó por las razones que constan en el acta del día.
Relator: Mariano Ramírez Vázquez.
En este sentido, la nulidad que declare el poder judicial
traerá como consecuencia la invalidez del acto constitutivo de una
sociedad cooperativa que simuló actividades; siendo que dicha sociedad
es una persona jurídica que nace a través de su constitución,
por lo que no puede declararse nula, ya que la nulidad alcanza a los actos
jurídicos, no a las personas.
En efecto, el acto constitutivo de una sociedad
da lugar a la creación de una persona jurídica y ésta
celebra actos con terceros que traen consecuencias similares, por lo que
si se declara la nulidad de una sociedad, implicaría declarar que
terceros no contrataron con dicha sociedad.
Por otra parte, estas comisiones no quieren dejar
pasar por desapercibido el artículo 9 de la minuta en cuestión,
sin que sea motivo de discusión del presente dictamen, mismo que
se encuentra relacionado con el artículo 10 de la minuta, ya que
establece que las sociedades cooperativas que simulen funcionar como tal,
con el objeto de eludir responsabilidades y exigencias de otras disposiciones
legales o para engañar a sus socios o a terceros con ánimo
de obtener ventajas, "serán nulas de pleno derecho."
Al respecto, con relación a que dichas sociedades
quieran evitar responsabilidades a otras disposiciones legales, la Ley
del Impuesto sobre la Renta establece hipótesis normativas respecto
a la simulación y con relación a querer engañar a
sus socios o a terceros, serán éstos que formulen demanda
ante la autoridad judicial para que sea ésta la que declare la nulidad
de actos jurídicos, no a la sociedad, en razón de lo expresado
en párrafos que anteceden, en virtud que no podrá ser de
pleno derecho como lo establece dicho precepto o denunciar ante el Ministerio
Público por la comisión de algún tipo penal, de quien
o quienes celebraron actos jurídicos, por lo que en su oportunidad
se deberá presentar iniciativa que reforme el citado artículo
9 de la minuta.
Efectivamente, la simulación puede considerarse
como causa de inexistencia por falta de consentimiento sobre un objeto
real, adecuado, sin que éste signifique que, en todo caso, puedan
invocar los fingidores la simulación del acto respectivo, ya que
deben distinguirse tres situaciones diversas: a) la simulación opuesta
entre las partes que han simulado el acto; b) la misma simulación,
cuando la hacen valer los terceros perjudicados o el Ministerio Público
y c) el caso que también puede presentarse, en que los simuladores
opongan la simulación a los terceros.
Sobre el particular, la primera y última
hipótesis no cabria la posibilidad de poder hacerse valer ante cualquier
autoridad, en virtud que existe dolo por parte de quien simule el acto,
por lo que en el segundo supuesto la norma jurídica debería
expresar esa facultad a los terceros para poder ejercitar ante la autoridad
competente cualquier acción para que declare la nulidad del acto
simulado, siempre y cuando exista una afectación directa.
Sirve de sustento la tesis jurisprudencial con número
de registro: 356,626; Tesis aislada; Materia(s):Civil; Quinta Época;
Instancia: Tercera Sala; Fuente: Semanario Judicial de la Federación;
Tomo: LVII; Tesis: Página: 2800, misma que señala lo siguiente:
"SIMULACION EN EL DERECHO MEXICANO. La interpretación
de nuestra ley, en todo lo relativo a la simulación de los contratos,
debe inspirarse en la doctrina de los autores italianos, y de ninguna manera
en la doctrina francesa, que ni siquiera admite la simulación como
causa de nulidad de las obligaciones. En nuestro Código Civil, la
simulación puede considerarse como causa de inexistencia del contrato
simulado, por falta de consentimiento sobre un objeto real, adecuado, sin
que éste signifique que, en todo caso, puedan invocar los simuladores
la simulación del contrato respectivo, ya que deben distinguirse
tres situaciones diversas: la simulación opuesta entre las partes
que han simulado el acto; la misma simulación, cuando la hacen valer
los terceros perjudicados o el Ministerio Público, y el caso que
también puede presentarse, en que los simuladores opongan la simulación
a los terceros. En el primer supuesto, no cabe alegar que la parte que
opone la simulación a su contratante, aprovecha su propio dolo,
pues entre los simuladores no puede decirse que hay dolo, ya que no se
engañan ni se mantienen en el error mediante el acto simulado, sino
que con pleno conocimiento fingen o simulan tal acto; en el segundo caso,
también procede la simulación, puesto que la ley expresamente
ha facultado a los terceros para ejercitar la acción tendiente a
la anulación de un acto simulado que los perjudique; y finalmente,
en el último supuesto, los simuladores no pueden oponer la simulación
a los terceros, porque con relación a ellos, sí cabe considerar
que han procedido con dolo, y sabido es que nadie puede invocar en derecho,
su propia falta."
Amparo civil directo 722/37. Begdadi Moisés. 12
de septiembre de 1938. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis
Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Por todo lo anteriormente expuesto, estas comisiones
arriban a la conclusión de reprobar la adición del artículo
10 que proyectó el Senado de la República, ya que con ésta
se podría dejar en completo estado de indefensión a los socios
de las sociedades cooperativas o a los terceros que celebraron actos jurídicos
con la sociedad; motivo por el cual, la minuta con proyecto de decreto
deberá recorrer la numeración correspondiente.
* Ahora bien, relativo a la adición del artículo
11 de la minuta en cuestión, misma que aprobó la Colegisladora,
mediante la siguiente composición:
Artículo 11. Constitución
La constitución de la sociedad cooperativa deberá
realizarse cuando menos por cinco personas físicas, para
las sociedades cooperativas de consumidores será de diez personas
cuando éstas no comprueben que en su mayoría estarían
integradas por jefes de familia, mediante la suscripción de un acta
constitutiva que será ratificada ante fedatario público o
ante jueces de primera instancia del fuero común, presidente, secretario
o delegado municipal, o jefes delegacionales en el caso del Distrito Federal,
los que deberán informar al organismo de integración de mayor
representación en la localidad correspondiente sobre esta constitución.
El acta constitutiva contendrá:
I. - VII. (......)
Los socios fundadores deberán acreditar su identidad
y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de
ser suyas las firmas o las huellas digitales que obren en el acta constitutiva,
ante la autoridad a través de la cual se haya constituido la sociedad
cooperativa conforme a lo establecido en el artículo 11 de esta
ley.
De la anterior reforma que sufrió este precepto
legal, el Senado de la República consideró lo siguiente:
(fojas 28, 29, 30 y 31)
"En segundo término, en la iniciativa se
establece que serán los notarios y corredores públicos los
que podrán intervenir en la constitución de las sociedades
cooperativas y sus organismos de integración, dejando de lado a
los jueces de primera instancia del fuero común, presidente, secretario
o delegado municipal?
(.....) Lo cual no es del todo apreciado principalmente
por pequeñas sociedades cooperativas del interior del país,
que ante los escasos recursos para constituirse, debieron acudir a alguna
de las instancias eliminadas.
(.....)
(....) estas Comisiones propondrán reformas?
considerando que la conformación de sociedades cooperativas de pequeño
tamaño y con impacto esencialmente local se vería desincentivada
si se limita la ratificación del acta constitutiva solo ante fedatarios
públicos, estas comisiones convienen en mantener la participación
de los jueces de distrito de primera instancia del fueron común,
y del presidente, secretario o delegado municipal en este acto, solo si
en la localidad de origen no existiese fedatario público, o si la
sociedad por conformar no tuviese la capacidad financiera para absorber
los costos de constitución relativos al transporte y al pago de
la ratificación ante el fedatario público, para lo que habrán
de constituirse ante los agentes contemplados que deberán informar
a el organismo de integración correspondiente sobre la conformación
de una sociedad con estas características?".
De lo anterior, estas comisiones unidas se adhieren
a los razonamientos expresados por la colegisladora, en el sentido de que
la intención y objeto principal de este precepto legal, es fomentar
que se constituyan sociedades cooperativas dentro de la República
mexicana, en la que muchas de éstas iniciarán con escasos
recursos para la operación de su organización social, por
lo que se deberán dar opciones para su constitución sin que
genere costo para su constitución.
Sin embargo, la redacción que propone el
órgano revisor a través de la minuta, es incorrecta, toda
vez que la suscripción del acta correspondiente no podrá
ser ratificada por jueces de primera instancia del fuero común,
en virtud que éstos no se encuentran envestidos de fe pública,
empero si los secretarios de acuerdos quienes se encuentran facultados
para poder actuar a través de la instauración del procedimiento
correspondiente; siendo para el caso en particular, que los socios puedan
ratificar el acta constitutiva de la sociedad, mediante la petición
de jurisdicción voluntaria ante los tribunales superiores de justicia
de cada Entidad Federativa, que comprende esencialmente que todos los actos
en que por disposición de la ley o por solicitud de los interesados,
se requiera de la intervención del órgano judicial.
Además, si se modifica la redacción
propuesta por el senado, cabría la posibilidad de ampliar la facultad
para que conozcan los jueces de paz y/o jueces mixtos de paz, según
corresponda, que se encuentran jurisdiccionalmente divididos en cada Entidad
federativa y se cumpliría con el propósito que pretende el
Senado de la República.
De igual forma, es importante precisar que el término
"jefes delegacionales para el caso del Distrito Federal" no se encuentra
contemplado en nuestra Carta Magna, en virtud que la fracción II,
Base Tercera, del artículo 122, establece que la organización
de la administración pública local en el Distrito Federal,
corresponderá a los órganos políticos-administrativos
en cada una de las demarcaciones territoriales en que se divida.
Motivo por el cual, no es factible considerar un
término que no establece la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, ya que estaríamos adicionando un
término inexistente al proyecto de decreto en cuestión; además
de violar normas de carácter local que regulan la organización
interna de la administración pública del Distrito Federal.
Por lo anteriormente expuesto, las dictaminadoras
desaprueban la redacción que pretende el Senado de la República
en la adición en cuestión; por lo que estas comisiones unidas
de esta legislatura, plantean la siguiente redacción:
"(.....); mediante la suscripción de un acta
constitutiva que será ratificada ante fedatario público o
mediante petición a los tribunales superiores de justicia de cada
Entidad Federativa que corresponda, vía jurisdicción voluntaria;
presidente, secretario o delegado municipal o los titulares de los órganos
político-administrativos del Distrito Federal, (?)"
Por otra parte y siguiendo con el análisis del artículo
11 de la minuta, en la parte final del último párrafo de
dicho artículo, establece lo siguiente: "... conforme a lo establecido
en el artículo 11 de esta ley.", debiendo decir: "conforme
a lo establecido en este artículo"; por lo que estas dictaminadoras
consideran fue un error de forma, por lo que lo modifican sin cambiar el
sentido del artículo.
* Por lo que respecta a la adición del artículo
12 de la minuta de mérito, misma que aprobó el Senado de
la República a través de la siguiente redacción:
Artículo 12. Socios
(.....)
La participación de los socios extranjeros
se sujetará a lo señalado en la Ley de Inversión Extranjera,
además de que deberán cumplir con lo preceptuado en la fracción
I del Artículo 27 Constitucional.
De la anterior adición que sufrió este
precepto legal, el Senado de la República consideró lo siguiente:
(foja 32)
"(......)
Sin embargo, por la importancia de esta participación,
estas Comisiones Unidas consideran esencial plasmar en la ley una remisión
directa a una regulación básica y vigente, agregando un párrafo
último al artículo 11 de la ley en minuta (artículo
12 del dictamen), que se leería:".
Estas dictaminadoras consideran adecuada la adición
que pretende la colegisladora, motivo por el cual, se ratifica dicha adición.
* En cuanto al artículo 13 de la minuta
en estudio, se modificó lo siguiente:
Artículo 13. Registro y Publicidad
Las sociedades cooperativas deberán inscribirse
en el Registro Público de Comercio que corresponda a su domicilio
social, así como las modificaciones a sus bases constitutivas.
(.......)
(......) la ratificación de
la constitución de la misma ante la autoridad correspondiente, conforme
a lo establecido en el artículo 11 de esta ley, cualquier
socio podrá demandar dicho registro vía jurisdicción
voluntaria.
De la anterior adición, el órgano legislativo
revisor consideró lo siguiente: (fojas 33 y 34)
"....artículo 1° del Reglamento del
Registro Público de Comercio se señala: .....
En el Registro Público de Comercio se inscriben
todos los actos mercantiles, así como aquellos que se relacionan
con las sociedades mercantiles y los comerciantes, que conforme a la legislación
sea obligatoria.
En la redacción del artículo 12 de
la ley en minuta (artículo 13 en Dictamen), estas Comisiones consideran
conveniente añadir el siguiente texto dentro de su párrafo
primero, con el objeto de complementar acorde con la actual legislación
de registro mercantil y con el artículo 16 de esta ley en minuta
comentada (artículo 17 en dictamen)".
Al respecto, única y exclusivamente se consideró
con relación a la adición del párrafo primero del
citado artículo, en el sentido que todas las sociedades mercantiles
deberán registrar todos sus hechos o actos jurídicos en el
registro público, a razón del artículo 1° del
Reglamento del Registro Público de Comercio, sin señalar
que Entidad Federativa corresponde, ya que los registros públicos
se encuentran ubicados en todos los Estados de la República, con
legislación propia.
Sin embargo, estas comisiones unidas consideran,
que el motivo por el cual deberán estar inscritas las modificaciones
de las bases constitutivas de las sociedades cooperativas en el registro
público, es porque los hechos o actos jurídicos que celebren
podrán afectar a los propios socios o a terceros, dando certeza
legal de las actuaciones de dichas sociedades dicho registro.
Razón por la cual, se aprueba la adición
que realizó el Senado de la República; de igual forma, se
aprueba la modificación que hizo al último párrafo,
en virtud de ser complementaria.
* Relativo al artículo 25 de la minuta
en cuestión, quedó como sigue: (foja 40)
Artículo 25. Obligaciones
Los socios tendrán las siguientes obligaciones:
I. Respetar y practicar lo señalado en el
artículo 3º de esta ley;
II-VII (.......)
VII. Apegarse a las Bases
Constitutivas de la Sociedad Cooperativa, y
VIII. Observar las demás obligaciones
sociales, económicas y de trabajo que establece esta Ley.
Sobre las adiciones que realizó la Cámara
de Senadores, consideró lo siguiente:
"Estas Comisiones, enmarcando el espíritu
del artículo 3° de esta normatividad y del propio dictamen,
proponen añadir una fracción I que recorre en una unidad
el actual fraccionamiento?
Independientemente de que dentro del contenido de
las bases constitutivas (artículo 16 de la ley dictaminada, fracción
VI, ya se señale necesario, el integrar los valores y principios
cooperativos contenidos en esta ley.
Asimismo, se señaló como necesario
expresar como obligación de los socios, cumplir con el contenido
de las bases constitutivas. En este dictamen, se estima necesario dividir
la fracción VI, ahora fracción VII de este artículo
en el siguiente sentido?"
Al respecto, la adición respecto a la fracción
I del precepto en análisis, se considera adecuada, por lo que se
aprueba la misma.
Por lo que respecta a la fracción VII de
dicha norma jurídica, se deberá incluir como obligación
la asistencia de los socios a la Asamblea General.
Motivo por el cual, estas dictaminadoras proponen
adicionar en la fracción VII de dicho precepto legal lo siguiente:
VII. Apegarse a las Bases Constitutivas de la Sociedad
Cooperativa, misma que contendrá la obligación de los
socios para que asistan a la Asamblea General.
Por lo anterior, se aprueba la adición del Senado
de la República, siempre y cuando se tome en consideración
la presente adición.
En cuanto a la fracción VIII, del precepto
en análisis, la palabra "observar" no obliga, en virtud que la relación
de vínculo o de tensión para conseguir un fin económico-social,
determinada por las partes y cuyo objeto es dar, hacer o no hacer alguna
cosa, por lo que se deberá sustituir la palabra observar por "cumplir",
por lo que se rechaza la adición que pretende la colegisladora.
* Con relación al artículo 26
de la minuta que aprobó el órgano legislativo revisor, se
estableció la adición que a la letra dice:
Artículo 26. Causas de Exclusión de
un Socio
Las causas de exclusión de un socio enmarcadas
en las bases constitutivas de la sociedad, tomarán en consideración,
por lo menos, los siguientes motivos:
I. Por desempeñar sus labores sin cumplir con
los parámetros que la sociedad define;
II. Incumplimiento en forma reiterada a cualquiera
de sus obligaciones establecidas en el artículo 25 de esta ley;
Por infringir en forma reiterada las disposiciones
de esta ley o del reglamento de la sociedad cooperativa, las resoluciones
de la Asamblea General o los acuerdos del Consejo de Administración
o de sus gerentes o comisionados.
Al respecto, el Senado de la República consideró
lo siguiente en el dictamen de mérito: (fojas 41, 42)
"En la minuta, se deja abierta, como parte del contenido
de las bases constitutivas o como decisión de la Asamblea Ordinaria,
esta normatividad a criterio de las sociedades cooperativas.
Esta delimitación faltante podría generar
importantes controversias al interior de la sociedad cooperativa.
En el actual artículo 38 de la Ley General de
Sociedades Cooperativas se señala que: .....
Adicionalmente, en el primer párrafo del artículo
25 comentado se señala: .......
......Estas Comisiones consideran prudente conservar
a manera de guión, lo señalado en el artículo 38 de
la ley vigente en el siguiente sentido: .....
Siendo lo anterior un nuevo artículo 26 titulado
"Causas de Exclusión de un Socio", que recorre el propuesto en la
minuta a un artículo 27 en el dictamen.
De la anterior consideración, se desprende que
efectivamente lo que había aprobado la Cámara de Diputados
de la LVIII legislatura, no contempla hipótesis por las que se excluya
a los socios de las sociedades cooperativas, por lo que se les dejaría
en completo estado de indefensión, en virtud que era discrecional
la toma de decisión para la exclusión.
Efectivamente, la colegisladora retoma las hipótesis
establecidas en el artículo 38 de la ley vigente para plasmarlas
en la minuta en estudio, eliminando sus dos últimos párrafos
que contemplan el proceso de exclusión.
Sin embargo, el artículo 27 de la minuta en cuestión,
sin que sea motivo de aprobación o rechazo de este precepto, establece
una incongruencia, en virtud que la decisión de suspensión
o exclusión estará a cargo del órgano de administración
y ratificada por la asamblea general, empero surtirá sus efectos
desde el momento mismo en que dicho órgano de administración
determine dicha suspensión o exclusión sin que la asamblea
general haya ratificado la decisión del órgano de administración,
es decir, si la Asamblea no ratifica la decisión, surtió
sus efectos la determinación de dicho órgano.
En efecto, el órgano de administración
es juez y parte para que el socio manifieste por escrito su inconformidad
respecto a la decisión de suspensión o exclusión,
debiendo ser otro órgano de la sociedad el que conozca del asunto
para que determine la procedencia o no de la decisión del órgano
de administración.
Por lo anterior, se pone a consideración
del Senado de la República rectifique en modificar el artículo
27 de la minuta, en virtud que esta Cámara de Diputados no tiene
facultades legales en esta etapa del procedimiento legislativo para modificar
este precepto legal.
Ahora bien, regresando al análisis del artículo
26 de la minuta, en donde establece "sin cumplir con los parámetros
que la sociedad define", en primer lugar, el significado de parámetro
corresponde a la variable que sirve para identificar ciertos elementos
mediante un valor numérico y en el supuesto sin conceder que se
enuncie así, cuales son esos parámetros, además, en
segundo lugar, la sociedad no define, enuncia hipótesis normativas
que deben cumplir los socios.
Siguiendo con el análisis de dicho norma
jurídica, donde establece "en forma reiterada", esta frase establece
que un socio podrá incumplir en más de dos ocasiones, siendo
lo idóneo que única y exclusivamente se establezca la reincidencia
en el incumplimiento de alguna obligación.
De lo anterior, se desprende que la redacción
que propone el órgano legislativo revisor no es adecuada, por lo
que se reprueba el artículo 26, proponiendo la siguiente redacción.
Artículo 26. Causas de Exclusión de un
Socio
Las causas de exclusión de un socio enmarcadas
en las bases constitutivas de la sociedad, tomarán en consideración,
por lo menos, los siguientes motivos:
I. Por desempeñar sus labores sin cumplir con los
ordenamientos que la sociedad establezca;
II. Reincidir en el incumplimiento a cualquiera
de sus obligaciones establecidas en el artículo 25 de esta ley;
III. Por infringir en forma reiterada las disposiciones
de esta ley o del reglamento de la sociedad cooperativa, las resoluciones
de la Asamblea General o los acuerdos del Consejo de Administración
o de sus gerentes o comisionados.
* Por lo que respecta al artículo 29 de
la minuta en análisis, con relación a su último párrafo,
en donde estable:
"Artículo 29. Trabajadores
(.....)
La relación entre las sociedades cooperativas
y sus trabajadores asalariados no socios estará sujeta
a la legislación laboral. Para los efectos del reparto de utilidades
a estos trabajadores, previsto en la legislación laboral,
los rendimientos de las sociedades cooperativas serán considerados
como utilidades.
El Senado de la República, llegó a la
siguiente consideración para añadir lo anteriormente asentado:
(foja 43 del dictamen)
"Organizaciones diversas han coincidido sobre
la incompatibilidad del concepto de utilidades con el cooperativismo, pues
se habla de excedentes al ser empresas no lucrativas.
Estas Comisiones, sin embargo, consideran adecuada
la relación propuesta entre las sociedades cooperativas y sus trabajadores
asalariados con la respectiva determinación de utilidades amparada
por la legislación laboral, que tiene repercusiones directas en
materia de captación de impuestos para el Erario Público.
Se considera prudente distinguir en beneficio de
las sociedades cooperativas entre los sólo asalariados de
la sociedad cooperativa para los que el sentido del párrafo en cuestión
quedaría igual, y los trabajadores asalariados convertidos
en socios para los que se aplicaría la facultad de la sociedad
cooperativa para la determinación de rendimientos y pérdidas
con base en esta ley dictaminada (fracción XXII del artículo
16 del "Contenido de las bases Constitutivas"; fracción VII del
artículo 24 "Derechos"; fracción VIII del artículo
35 "Asamblea General Ordinaria").
Añadiendo entonces al párrafo en cuestión
las frases "no socios" y "a estos trabajadores", quedando (.....)"
Sobre el particular, estas comisiones se adhieren a
las consideraciones de la colegisladora, en el sentido de que efectivamente
existen trabajadores asalariados no socios, quienes según lo establecido
por los artículos 2, 3, 122 y 127 de la Ley Federal del Trabajo,
señalan que las normas de trabajo tienden a conseguir el equilibrio
y la justicia social en las relaciones entre trabajadores y patrones, ya
que el trabajo es un derecho y un deber social y quien lo ejerce tiene
derecho a recibir, entre otros, el reparto de utilidades a través
de diversas hipótesis.
Motivo por el cual, se considera bueno hacer la
diferencia entre los trabajadores asalariados no socios con los trabajadores
socios, en virtud que los primeros deberán recibir una prestación
contemplada en la legislación laboral, puesto que se trata del marco
jurídico aplicable para los trabajadores.
Por lo anteriormente señalado, se considera
viable la adición que aprobó el Senado de la República.
* Con relación al artículo 31
de la minuta en estudio, quedó como sigue:
Artículo 31. Asamblea General
(.....)
La Asamblea General de socios podrá ser ordinaria
o extraordinaria. Ambas se celebrarán en la localidad contemplada
como domicilio social y solo podrán llevarse a cabo en un
lugar distinto si así lo solicitan dos terceras partes de los socios
conforme al procedimiento establecido en el párrafo tercero del
artículo 33 de esta ley, o en caso fortuito o de fuerza mayor.
Por la adición que aprobó el Senado,
se consideró lo siguiente: (foja 44 del dictamen)
"No debe obligarse a las cooperativas por organizar
sus asambleas "en la localidad contemplada como domicilio social" señalando
que sin este requisito serían nulas.
Tal sede debe de marcarse en todo caso por los socios
de la sociedad cooperativa, de acuerdo con sus posibilidades y necesidades.
No obstante y con el objeto de hacer más ordenado el establecimiento
de una sede formal para la realización de una Asamblea General,
se pretende una modificación en el siguiente sentido: (........)"
Sobre el particular, estas dictaminadoras estiman correcto
que la celebración de las asambleas generales podrán llevarse
a cabo en la localidad contemplada en el domicilio social, ya que podrán
desarrollarse cerca de éste y en la zona, siendo adecuado establecer
candados para que no se celebren fuera de la localidad, ya que podría
acarrear vicios de difícil reparación, en el sentido de que
para dicho supuesto (lugar distinto) será a petición de las
dos terceras partes de los socios que integren la sociedad cooperativa.
Sin embargo, estas dictaminadoras razonamos en el
sentido de que es un exceso qua dicha petición sea por las dos terceras
partes, en virtud que la mayoría deberá ser simple, es decir,
el cincuenta por ciento más uno; sino complicaría la vida
interna de la sociedad cooperativa para convocar fuera de su localidad,
siendo que el artículo 33 de la minuta, establece que será
el órgano de administración que convoque sin la necesidad
de poner a consideración de la asamblea (dentro de la localidad).
Por lo anterior, se arriba a la conclusión
que se desaprueba la adición que pretende el Senado de la República;
sin embargo, con el ánimo de no obstaculizar la decisión
de la colegisladora, se pone a consideración la siguiente redacción,
misma que reduciría el número de socios para hacer la petición
correspondiente:
Artículo 31. Asamblea General
(......)
La Asamblea General de socios podrá ser ordinaria
o extraordinaria. Ambas se celebrarán en la localidad contemplada
como domicilio social y solo podrán llevarse a cabo en un lugar
distinto si así lo solicita el quórum de los socios conforme
al procedimiento establecido en el párrafo tercero del artículo
33 de esta ley, o en caso fortuito o de fuerza mayor.
* Por lo que respecta al artículo 34 de la minuta
proyecto de decreto, relacionado con los artículos 16 fracción
XVI y 47 fracción III, de los que a la letra señalan:
Artículo 34. Presidente y Secretario de la Asamblea
General
Los cargos de Presidente y Secretario de la Asamblea General
serán designados por los socios conforme a lo establecido
en sus bases constitutivas.
Cualquier modificación al precepto anterior implicará
acuerdo previo, entre los socios presentes, a la realización de
la Asamblea General. De no existir tal, el Presidente del Órgano
de Administración será quien presida.
Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas
XVI. Organización y funcionamiento del Órgano
de Administración, del Órgano de Vigilancia y de
la Asamblea General;
Artículo 47. Funciones del Órgano
de Administración
El órgano de Administración tendrá,
entre otras, las siguientes funciones que podrá ejercer directamente
o en forma delegada:
III. Organizar, convocar y en su caso presidir,
por conducto de su Presidente, la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria;
Sobre las adiciones que aprobó el Senado de
la República, se consideró lo siguiente: (fojas 45 y 46)
"(......) se corre el riesgo de provocar desorden
desde la instalación de la Asamblea General. Para evitarlo se proponen
las siguientes reformas para establecer quiénes presidirán
o dirigirán la Asamblea General bajo los cargos de Presidente y
Secretario de la misma, dando preferencia al Órgano de Administración
establecido y previamente aprobado por los socios.
Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas
(.......)
El artículo 32 de la ley en minuta (artículo
34 del dictamen) quedaría: (......)
Complementando:
Artículo 47. Funciones del Órgano
de Administración (......)"
Al respecto, estas dictaminadoras consideran indispensable
señalar con relación al segundo párrafo del artículo
34 de la minuta, donde establece: "cualquier modificación al
precepto anterior indicará acuerdo previo", siendo que el primer
párrafo se refiere a las bases constitutivas que designen los cargos
correspondientes, por lo tanto, el Senado de la República con la
adición que pretendió no es clara, en virtud que no se sabe
si se refiere a las bases constitutivas y/o a los cargos; además,
señala "acuerdo previo", cuando éste supuesto se refiere
a que sea antes de que se celebre la asamblea, por lo que de igual forma
se deja un vacío legal al precepto analizado.
Además, se estima con la consideración
del órgano legislativo revisor, que no se corre ningún tipo
de riesgo, ni se provocaría desorden para la instalación
de la asamblea general, en virtud que ésta es el órgano supremo
de la sociedad cooperativa y está facultada para resolver los asuntos
relacionados con la misma (artículo 31 de la minuta), por lo que
el órgano de administración no está, ni estaría
por encima de dicho órgano, como lo pretende el Senado de la República.
Motivo por el cual, la adición aprobada por
la colegisladora del precepto estudiado no es viable, por consecuencia
se reprueba dicha adición, quedando como lo había aceptado
la Cámara de Diputados de la LVIII legislatura, mediante la siguiente
redacción:
"Los cargos de Presidente y Secretario de la Asamblea
General serán designados por los socios presentes en la misma Asamblea
General."
Sin embargo, se considera viable la adición
de la fracción XVI del artículo 16 de la minuta, en virtud
que sí es indispensable que las bases constitutivas señalen
la organización y funcionamiento de las asambleas generales; no
así, la fracción III del artículo 47 de la minuta,
en virtud que no se considera que el presidente del órgano de administración
presida la asamblea general, ya que éste cuenta con facultades en
forma excesiva, por lo que se elimina la adición del Senado de la
República, con relación a lo siguiente:
"III. (......) y en su caso presidir, por conducto
de su Presidente, (........)"
Por otra parte y sin que sea motivo de análisis
o estudio de las adiciones que realizó el Senado de la República,
se hace la siguiente observación con relación a las fracciones
VII y VIII del artículo 47 de la minuta, en el sentido que se le
dan facultades descomunales al órgano de administración,
toda vez que deberá la asamblea general que admita, suspenda o excluya
a los socios, no dejándole esta facultad a dicho órgano de
administración, ya que si nos resignamos con éste precepto
legal sin que exista alguna reflexión, acarreará problemas
graves a los socios, dejándolos en completo estado de indefensión,
por lo que proponemos que la colegisladora realice una revisión
exhaustiva a estas fracciones.
* Ahora bien, respecto al artículo 42
de la minuta, titulado "representación de los socios ante la
asamblea general", del que no sufrió adición o modificación
por parte de la colegisladora, el dictamen respectivo lo relaciona con
el artículo 16 fracción XV, para adicionar lo siguiente:
Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas
XV. El procedimiento para convocar y formalizar
las Asambleas Generales, definiendo si se acepta o se rechaza el
mecanismo de representación expreso en el artículo 42 de
esta ley;
De la anterior adición, el Senado consideró
lo siguiente: (foja 46 del dictamen)
"Ante estas Comisiones, se expresó la problemática
que se genera en una Asamblea General, porque gran parte de los asistentes
a la misma tienen cartas poder con las que representan a otro socio.
Lo que se presenta a decisiones en Asamblea no necesariamente
de general acuerdo, y a una sobre representación en la misma.
Estas Comisiones, consideran pertinente no violentar
este mecanismo usado comúnmente por las sociedades cooperativas,
sin embargo, con el afán de darle la capacidad a la propia sociedad
de solucionar conflictos particulares que lo anterior podría ocasionar,
propone adicionar el siguiente texto en la fracción XV del artículo
16 de la ley dictaminada: (?)"
Al respecto, estas comisiones unidas consideran que
efectivamente al momento de llevarse a cabo la asamblea general, es asistida
por socios en representación de otros, por lo que se estima viable
que las sociedades cooperativas precisen en las bases constitutivas si
se acepta o rechaza la representación establecida en la hipótesis
del artículo 42 de la minuta en estudio, para efecto de que sean
éstas que expresen su potestad al respecto, tratando de inhibir
la representación, ya que es obligación de los socios asistir
a la asamblea.
Motivo por el cual, se acepta la adición
de la fracción XV del artículo 16 de la minuta de mérito.
* Por lo que toca a los artículos 45,
48 y 52 de la minuta, que señalan a la letra lo siguiente:
Artículo 45. Órgano de Administración
El Órgano de Administración es el
órgano ejecutivo de la sociedad cooperativa y tendrá la representación
y la firma social de la sociedad cooperativa. Deberá constituirse
conforme a lo establecido por esta ley y por
un número impar de socios, reunidos en un Consejo de Administración
que estará integrado por lo menos, por un Presidente, un Secretario
y un Vocal, cada uno con su respectivo suplente, o bien,
(.....).
Artículo 48. Acuerdos del Órgano de Administración
Los acuerdos del Órgano de Administración,
cuando éste sea un Consejo de Administración, se tomarán
en forma colegiada por la mayoría de sus miembros.
Artículo 52. Órgano de Vigilancia
El Órgano de Vigilancia es el órgano
supervisor de la sociedad cooperativa. Deberá actuar de
manera colegiada, así como constituirse conforme a lo establecido
por esta ley y por un número impar de socios, reunidos en
un Consejo de Vigilancia que estará integrado por lo menos, por
un Presidente, un Secretario y un Vocal, cada uno con su respectivo
suplente, o bien, (?)
Respecto a las modificaciones que realizó la
colegisladora en los tres artículos, fueron consideradas bajo los
siguientes razonamientos: (fojas 47 y 48 del dictamen)
"Estas Comisiones tienen los siguientes considerandos:
resultaría conveniente estipular en estos artículos la necesidad
de que los miembros del órgano de Administración tuviesen
suplentes; asimismo se defina explícitamente que este órgano
actúe de manera colegiada, quedando entonces: (.....)
Artículo 43 de la ley minuta (artículo
45 de dictamen), (......)
Y para el artículo 46 (artículo 48
de dictamen), (......)
Adicionalmente, se considero conveniente reafirmar
la forma en que se integra dicho órgano conforme a lo establecido
en este dictamen, en sus respectivos artículos 16 fracción
XI; 24 fracción II; 25 fracción IV; y 35 fracción
IV. Por lo que se añade el texto "conforme a o establecido por
esta ley" en el artículo 43 anteriormente comentado (artículo
45 del dictamen).
En los términos anteriores, se añade
en el lugar que corresponde del artículo 50 de la ley en minuta
(artículo 52 de dictamen), relativo al "Órgano de Vigilancia"
los mismos textos anteriores."
De la anterior descripción, se desprende básicamente
que los socios que ocupan los cargos de los órganos de administración
y vigilancia, deberán de contar con socios suplentes, respectivamente
a cada cargo y se agregó que deberán constituirse dicho órganos
conforme a lo establecido por la ley en estudio y los acuerdos serán
tomados en forma colegiada.
Al respecto, estas dictaminadoras estiman conveniente
la adición que aprobó el Senado de la República, por
lo que se aprueban las mismas.
* En cuanto a los artículos 46 y 52 de la minuta,
quedaron como sigue:
Artículo 46. Duración del Órgano
de Administración
La duración del cargo en el Órgano de Administración
será por un periodo que no excederá de tres años y
podrá ser reelecto hasta en dos ocasiones.
En el supuesto de que algún integrante del Órgano
de Administración concluya con su período y no se haya electo
otro que lo sustituya, el integrante original seguirá en funciones
en tanto la Asamblea se reúna para tal efecto.
Artículo 52. Órgano de Vigilancia
"(......) La duración del cargo en el Órgano
de Vigilancia será por un periodo que no excederá de tres
años y podrá ser reelecto una sola vez.
El órgano legislativo revisor, consideró
para la adición lo siguiente: (fojas 48 y 49 del dictamen)
"(....)
Ciertamente, bajo los "Valores Cooperativos" enmarcados
en el artículo 3° de esta ley, relativos a democracia, igualdad
y equidad; resulta demasiado tiempo la potencialidad de 10 años
de duración del cargo en el Órgano de Administración.
Lo anterior limita una rotación de los socios
en los cargos de dirigencia, aunque su intención puede ser profesionalizar
a los integrantes del Órgano de Administración.
Por lo anterior, estas comisiones consideran adecuado
modificar la duración del cargo en dicho órgano a tres años,
con la posibilidad de reelección hasta en dos ocasiones. Con lo
que se favorece una profesionalización con evaluación más
continua.
En el mismo sentido se modifica en el lugar que
corresponde del artículo 52 de la ley en dictamen, relativo al "Órgano
de Vigilancia" respecto de la temporalidad considerada. No así los
períodos de reelección, incentivando una vigilancia más
objetiva.
En otro sentido, a estas Comisiones se les ha expresado
la preocupación de que no quede definido en la ley, el procedimiento
a seguir en caso de que los integrantes del Órgano de Administración
concluyan con su período y aún no se haya otros electos.
(sic)
Estas dictaminadoras resuelven añadir un
segundo párrafo al artículo 44 en cuestión (artículo
46 de dictamen), aún cuando lo anterior quedaba cubierto con la
supletoriedad definida en la Ley General de Sociedades Mercantiles, en
el siguiente sentido: (?)"
Se desglosa de lo anterior, en primer término,
la temporalidad de los órganos de administración y vigilancia,
siendo este último reelecto por una sola ocasión con diferencia
del primero, que podrá ser reelecto en dos ocasiones, ambos por
un periodo que no exceda de tres años.
Dicha diferencia, versa única y exclusivamente
para incentivar a cumplir cabalmente con su función principal del
órgano de vigilancia con el de administración, sin señalar
la colegisladora a que atiende esa objetividad.
Ahora bien, estas dictaminadoras valoran que al
recortar la duración del órgano de vigilancia, independientemente
de respetar lo principios del cooperativismo, es para efecto de que cumplida
la duración de éste, sea nombrado el órgano con innovaciones
para supervisar al órgano de administración en su último
periodo de gestión y se eviten vicios si no es removido el órgano
de administración.
Por otra parte, con relación a la adición
correspondiente al último párrafo del artículo 46
de la minuta, se establece la hipótesis de que algún integrante
del órgano de administración haya concluido con el periodo
de gestión y no se haya nombrado el que lo sustituya.
Sin embargo, se excluye a los integrantes del órgano
de vigilancia para cuando terminen su gestión y no se haya nombrado
a quien lo sustituya, motivo por el cual, se deja un vacío legal
para los miembros de dicho órgano.
Por lo anteriormente expuesto, se aprueban las adiciones
efectuadas por parte del Senado de la República y se adiciona un
párrafo al artículo 52 de la minuta en estudio para quedar
como sigue:
"En el supuesto de que algún integrante del
Órgano de Vigilancia concluya con su período y no se haya
electo otro que lo sustituya, el integrante original seguirá en
funciones en tanto la Asamblea se reúna para tal efecto."
* Por otro lado, respecto al artículo 55 con relación
a la fracción VII del artículo 38 de la minuta, se aprobaron
por el Senado de la República como sigue:
Artículo 55. Derecho de Veto del Órgano
de Vigilancia
(.....) Si la totalidad de los miembros del Órgano
de Vigilancia lo considera estrictamente necesario, podrá convocar
a una Asamblea General Extraordinaria
para que se aboque a resolver el conflicto, la cual deberá celebrarse
dentro de los veinte días hábiles siguientes a la decisión
vetada, en los términos de esta Ley y de sus Bases Constitutivas.
Artículo 38. Asamblea General Extraordinaria
La Asamblea General Extraordinaria conocerá y resolverá
en exclusiva de los siguientes asuntos:
I. - VI. (.......);
VII. Cuando sea convocada en los términos
del artículo 55 de esta ley; y
VIII. (.......)
(........)
La colegisladora consideró en el dictamen respectivo,
lo que a la letra señala: (fojas 49 y 50)
"Por la naturaleza del acto, estas comisiones
consideran el complementar que el conocimiento y resolución de este
asunto sea considerado como facultad exclusiva de una Asamblea General
Extraordinaria. Por lo que se propone añadir en éste artículo,
donde corresponde, el término Extraordinario; así
como una fracción VII que recorre la actual, del artículo
38 de la ley dictaminada, en los términos siguiente: (.....)"
Al respecto, estas dictaminadoras se adhieren a las
consideraciones del Senado de la República, siendo adecuada la adición
que pretendió, por tal, se aprueba el mismo.
Sin embargo y sin que sea motivo de discusión del
presente instrumento legislativo, se hace la observación al artículo
55 de la minuta, en donde establece que será la "totalidad de
los miembros del Órgano de Vigilancia" para convocar a una Asamblea
General Extraordinaria, ya que debería ser por la mayoría
de los miembros y no por la totalidad, toda vez que se violaría
flagrantemente el principio de democracia, establecido en el artículo
3 de la minuta a estudio.
Por lo anterior, se solicita al órgano legislativo
revisor, considere la posibilidad de modificar este precepto, en el sentido
que sea convocada la asamblea general extraordinaria por mayoría
simple de los integrantes del órgano de vigilancia, para efecto
de no violentar el principio de democracia de las sociedades cooperativas.
* Con relación al artículo 64
de la minuta, se aprobó como sigue:
Artículo 64. Reembolso de Aportaciones Obligatorias
El reembolso de las aportaciones obligatorias estará
condicionado a lo dispuesto en las bases constitutivas, a
la posibilidad financiera de la sociedad cooperativa y se hará conforme
al informe financiero del cierre del ejercicio social en el que se pierda
la calidad de socio. En caso de muerte del socio, el reembolso se hará
a sus beneficiarios.
(......)
(.......)
Respecto a la adición que aprobó el Senado
de la República, se consideró lo siguiente en el dictamen
a estudio: (fojas 50 y 51)
"Del artículo 62 (artículo 64 de
dictamen), una recomendación gira en torno a la necesidad de adecuar
y complementar a la participación de cada cooperativa, el mecanismo
de reembolso de las aportaciones obligatorias.
Por tal, estas Comisiones consideran prudente complementar
el artículo antes presentado, adicionando el siguiente texto: (?)
Que remite directamente a la normatividad previa
y necesaria para la conformación de las bases constitutivas de una
sociedad cooperativa, anteriormente dispuesta en la fracción IX
del artículo 16 de esta ley dictaminada, además de estar
plasmado como un derecho de los socios en la fracción VIII del artículo
24.
Del artículo 63 (artículo 65 de dictamen),
sociedades cooperativas consideran por una parte injusto que un socio que
cause baja reciba ganancias a costa de los demás. Por otra, se reconoce
lo indebido de mantener por un tiempo que pudiera llegar a ser de hasta
tres años, el monto de las aportaciones obligatorias que éste
hubiera aportado a la sociedad.
Estas Comisiones mediando en el equilibrio de esta
ley, consideran adecuado mantener la redacción propuesta, siendo
las sociedades cooperativas las que definirán, de acuerdo con el
artículo 62 reformado y el presente 63 de la ley en minuta, el tiempo
de devolución de las aportaciones voluntarias y de las pendientes
de reembolso."
Estas dictaminadoras hacen suyas las consideraciones
realizadas por la colegisladora.
Sin embargo, la única observación
es que por prelación sería que el reembolso de las aportaciones
le correspondería a la posibilidad financiera de la sociedad cooperativa
y después a lo dispuesto en las bases constitutivas, por lo que
se propone como a continuación se establece:
Artículo 64. Reembolso de Aportaciones Obligatorias
El reembolso de las aportaciones obligatorias estará
condicionado a la posibilidad financiera de la sociedad cooperativa y se
hará conforme al informe financiero del cierre del ejercicio social
en el que se pierda la calidad de socio y posterior a ello se evaluará
conforme a lo dispuesto en las bases constitutivas. En caso de muerte
del socio, el reembolso se hará a sus beneficiarios.
Por lo tanto, se rechaza la adición de la colegisladora
respecto al artículo 64 de la minuta y se aprueba la anterior redacción.
* En lo relativo al artículo 67 con relación
a la fracción X del artículo 47 de la minuta en cuestión,
se aprobó por la colegisladora en el siguiente sentido:
Artículo 67. Fondos Sociales Obligatorios
Las sociedades cooperativas deberán constituir
los siguientes fondos sociales obligatorios que serán administrados
por el Órgano de Administración con la aprobación
del Órgano de Vigilancia:
I. - IV. (.....)
Artículo 47. Funciones del Órgano de Administración
El Órgano de Administración tendrá,
entre otras, las siguientes funciones que podrá ejercer directamente
o en forma delegada:
I. - IX.. (.....);
X. Manejar los fondos de la sociedad cooperativa,
bajo la supervisión señalada en esta ley, por parte del Consejo
de Vigilancia;
XI. - XII. (......)
De las adiciones que aprobó el Senado de la
República, se consideró lo que a la letra establece: (fojas
52 y 53 del dictamen respectivo)
"Se hicieron planteamientos a estas Comisiones
sobre la no mención de quien o quienes administrarán este
fondo. El artículo 56 de la Ley General de Sociedades Cooperativas
vigente indica: (......)
Es por lo anterior, que se recibió la recomendación
de adicionar un último párrafo al artículo 65 de esta
ley en minuta (artículo 67 en dictamen) relativo a los "Fondos Sociales
Obligatorios", en el tono siguiente: (......)
Estas Comisiones coinciden en que debe ser el Órgano
de Administración quien administre no sólo este fondo sino
los cuatro fondos considerados en esta ley, de común acuerdo con
el Órgano de Vigilancia, con el objeto de establecer responsabilidades
eficientemente al tiempo de una administración profesional de estos
recursos de las cooperativas.
Lo anterior ya ha sido establecido en esta normatividad
dictaminada, en la fracción X del artículo 47 de las "Funciones
del Órgano de Administración".
Estas Comisiones, consideran entonces, únicamente
complementar la fracción antes citada para quedar como sigue. (....)"
De lo anterior, se desprende que la colegisladora consideró
para la adición que deberá ser el Órgano de Administración
quien administre los cuatro fondos considerados en esta ley, de común
acuerdo con el Órgano de Vigilancia.
Sin embargo, el órgano de administración
cuenta con facultades excesivas, tal y como se había observado relativo
al artículo 27 de la minuta en estudio, por lo que deberá
ser la Asamblea General quien determine la administración de dichos
fondos, para abrir la posibilidad de constituir comisiones para tales efectos,
según lo establecido por el artículo 30 de la minuta.
Por lo anterior, se arriba a la conclusión de reprobar
la adición del artículo 67 y la fracción X del artículo
47, respetando lo aprobado por la cámara de origen de la LVIII legislatura.
* Por lo que toca a las modificaciones del párrafo
tercero del artículo 70 y artículo 71, ambos de
la minuta que aprobó el órgano legislativo revisor, los que
quedaron como siguen:
Artículo 70. Fondo de Previsión Social
(.....)
(.....)
El fondo de previsión social se constituirá
con la aportación anual del porcentaje que sobre los ingresos
netos del ejercicio social determinen las Bases Constitutivas o la
Asamblea General y su importe no podrá ser limitado. El porcentaje
anual destinado al fondo de previsión social podrá ser aumentado
de acuerdo a la capacidad económica de la sociedad cooperativa.
Artículo 71. Fondo de Educación y Formación
Cooperativa
En el presupuesto anual de gastos deberá constituirse
un fondo de educación y formación cooperativa con el porcentaje
que establezcan las Bases Constitutivas o la Asamblea General, el cual
no podrá ser menor al dos por ciento de los rendimientos.
Respecto de las adiciones señaladas con anterioridad,
se consideró lo siguiente: (fojas 53 y 54)
"Uno de los aspectos más comentados de
esta ley en dictamen, es la viabilidad de los diferentes fondos que se
proponen, los que tienen como característica común el estar
todos establecidos sobre los rendimientos del ejercicio social.
Para el caso de la conformación del Fondo
de Previsión Social, diversas sociedades cooperativas consideran
conveniente la precisión de que sea determinado sobre los ingresos
netos y no sobre el término rendimiento.
Para el caso del Fondo de Educación y Formación
Cooperativa se establece la conveniencia de que sea considerado en el presupuesto
anual de gasto de la sociedad y no sobre los rendimientos.
Estas Comisiones consideran lo propuesto, por lo
que proponen adecuar los artículos anteriores en los sentidos descritos."
De las anteriores consideraciones, estas dictaminadoras
en obvio de repeticiones las hacen suyas; por lo que se aprueban las adiciones
al párrafo tercero del artículo 70 y artículo 71.
* Con relación al artículo 73
de la minuta a estudio, se adicionó lo siguiente:
Artículo 73. Emisión de Obligaciones
Las sociedades cooperativas podrán emitir
obligaciones mediante acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria. Para
estos efectos, será aplicable el Capítulo V del Título
Primero de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
con excepción de lo relacionado a la emisión de obligaciones
convertibles en acciones.
De la adición en cuestión, el Senado
de la República consideró lo que a la letra dice: Foja 54
del dictamen)
"Se sugiere especificar que el Capítulo
V de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito al
que se está refiriendo este artículo, corresponde al Título
primero de la mencionada ley."
Sobre la sugerencia de la colegisladora, se aprecia
que es correcta la adición al artículo 73 de la minuta, en
virtud que efectivamente corresponde al capítulo V del título
primero de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito;
motivo por el cual se aprueba la misma.
* Relativo al artículo 75, con relación
a la fracción XVII del artículo 91 de la minuta en análisis,
se aprobaron por el órgano legislativo revisor como sigue.
Artículo 75. Contabilidad y Libros Sociales
(......)
Además deberán llevar los siguientes libros
sociales, que deberán ser certificados por los organismos
de integración o en caso de no estar federadas por las autoridades
señaladas en el artículo 11 de la presente ley:
I.- III. (.......)
(........)
Artículo 91. Funciones
Los organismos de integración de las sociedades
cooperativas podrán dedicarse a cualquier actividad lícita
y complementaria a las actividades de sus integrantes y tendrán,
entre otras, las siguientes funciones:
I. - XVI. (.....)
XVII. Certificar los libros sociales de sus sociedades
cooperativas integradas; y
XVIII. (....)
Sobre el particular, la colegisladora consideró
lo siguiente en su dictamen respectivo: (fojas 54 y 55)
"Estas Comisiones consideran pertinente añadir,
que los libros sociales deberán de ser certificados por los organismos
de integración o por las autoridades municipales o estatales correspondientes
señaladas en el artículo 11 de la ley dictaminada.
Así, por una parte se incentivará
un mejor conocimiento local de la situación del movimiento cooperativo
en el país; por otra, una mejor regulación de las actividades
cotidianas de las sociedades cooperativas.
Por lo anterior, se adiciona el siguiente texto
en el artículo dictaminado: (....)"
En cuanto a las consideraciones antes descritas, estas dictaminadoras
observan que los órganos de integración no podrán
certificar ningún tipo de documento, en virtud de no ser autoridades
envestidas de fe pública, sino única y exclusivamente son
personas morales con la finalidad de integrar y en su caso unificar al
sector social.
De igual forma, en el supuesto de no estar integradas
a una federación los libros sociales, deberán según
las adiciones, ser certificadas por autoridades, en esta hipótesis,
las sociedades cooperativas tendrían que erogar de manera constante,
ya que permanentemente celebran asambleas generales, los órganos
registran actas y socios, por lo que son gastos innecesarios, ya que lo
más importante es que las cooperativas lleven su contabilidad con
las disposiciones legales aplicables.
Además, con esta disposición se homologa
a los organismos de integración con los fedatarios y autoridades,
ya que tendrían la misma facultad sin serlo; motivo por el cual,
se desaprueba el artículo 75 y la fracción XVII del artículo
91.
* Respecto al artículo 82 de la minuta
que aprobó el órgano legislativo revisor, quedó como
a continuación se establece:
Articulo 82. Obligaciones del Órgano de Administración
frente a los Liquidadores
Hecho el nombramiento de los liquidadores, el Órgano
de Administración entregará a los liquidadores y
ante Fedatario Público, todos los bienes, libros y documentos
de la sociedad cooperativa en un plazo máximo de cinco días
hábiles, levantándose en todo caso un inventario del activo
y pasivo.
Por lo anterior, el Senado de la República consideró
lo que a la letra dice: (foja 56 del dictamen)
"En la búsqueda de certidumbre jurídica,
se coincide sobre la necesidad de que dicha entrega sea ante un Notario
o Corredor Público. Por lo que se propone adicionar al artículo
en cuestión lo siguiente: (.....)"
De la consideración antes descrita, se arriba
a la aprobación de la adición que la colegisladora dispuso.
* Con relación al artículo 88
de la minuta, quedo como sigue:
Artículo 88. Transformación
Las sociedades cooperativas podrán transformarse
en cualquier otra persona jurídica, de conformidad con las normas
que señalen sus Bases Constitutivas y cubriendo los requisitos
establecidos en el marco jurídico correspondiente.
De la anterior adición, el Senado de la República
consideró en el dictamen respectivo lo siguiente: (foja 56)
"Al respecto, se considera que las sociedades
cooperativas que busquen cambiar su naturaleza en razón de su objetivo,
lo haga en el marco de las disposiciones aplicables, cubriendo los requisitos
y lineamientos establecidos en el marco jurídico correspondiente.
Es por tal el añadir al final de este artículo
el texto siguiente:"
Sobre el particular, se considera adecuada la adición
de la colegisladora en razón de sus argumentos, por lo que se aprueba
la misma.
* Continuando con el análisis, respecto al
artículo 99 con relación a la fracción IX del artículo
35 de la minuta, los que se aprobaron en el siguiente sentido:
Artículo 99. Informe de Auditoría
El informe de auditoría será presentado
ante la Asamblea General Ordinaria, celebrada anualmente
por la sociedad cooperativa o por el organismo de integración
y deberá quedar a disposición de los socios, a través
del Órgano de Administración o de quien determine la Asamblea.
Artículo 35. Asamblea General Ordinaria
La Asamblea General Ordinaria conocerá y resolverá
respecto de los siguientes asuntos, entre otros:
I. - VIII. (.....)
El dictamen de auditoría y designación
de auditores y su remuneración;
X. - XII. (.....)
De lo anterior, la colegisladora consideró lo
siguiente: (foja 57 del dictamen)
"Deber precisarse, conforme a lo establecido en
la fracción IX del artículo 35 de la ley dictaminada, como
una facultad de la Asamblea General Ordinaria celebrada anualmente."
Al respecto, la adición que aprobó el
órgano legislativo revisor es adecuada, por lo que se aprueba lo
relativo a dichos artículos.
* Respecto a los artículos 100, 101 y
104 se aprobaron como a continuación se señalan:
Artículo 100. Promoción y Fomento de
las Sociedades Cooperativas
El Gobierno Federal, de manera subsidiaria y corresponsable,
deberá promover y fomentar la constitución, operación
y desarrollo de las sociedades cooperativas y de sus organismos de integración,
así como la difusión de los valores y principios en que se
sustentan. Para ello proveerá la asistencia técnica y financiera
que permita alcanzar el desarrollo competitivo de las actividades que
desarrollan las sociedades cooperativas, una mayor participación
de la población en las actividades económicas, el impulso
del empleo digno y sostenible, el desarrollo del país y la equidad
de género.
Los gobiernos estatales y municipales, en
los términos de su legislación interna, podrán
formular los programas que consideren adecuados para contribuir
a los efectos del párrafo anterior. El Gobierno Federal podrá
celebrar convenios con los Estados y Municipios de la República
Mexicana con el objeto de que los tres niveles de gobierno coordinen
las acciones de Fomento Cooperativo que lleven a cabo. En
todo caso la participación del Gobierno será respetuosa de
la autonomía de las sociedades cooperativas y de sus organismos
de integración.
En la identificación de las características
específicas de las acciones de fomento cooperativo adecuadas a cada
sector, localidad y región del país, se tomarán en
cuenta particularmente la opinión de los Estados, los municipios
y los organismos de integración de las sociedades cooperativas.
Los apoyos de fomento cooperativo previstos en este artículo
se canalizarán preferentemente a través de los organismos
de integración de las sociedades cooperativas, sin perjuicio de
que puedan llevarse a cabo directamente con estas cuando no pertenezcan
a ningún organismo de integración.
Los apoyos que se concedan a las sociedades cooperativas
no deberán ser menores a los que se otorguen a otras figuras jurídicas.
Artículo 101. Tipos de Apoyo
Los apoyos que el Gobierno Federal provea a las sociedades
cooperativas y a sus organismos de integración por iniciativa
propia y a propuesta de los estados, municipios y organismos de integración,
deberán consistir entre otros y dependiendo de los
programas específicos que se impulsen y el presupuesto anual aprobado
para este objeto en:
I. - XVI. (.....)
(......)
Artículo 104. Dependencias y entidades competentes
en el Fomento Cooperativo
Las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal deberán implementar
acciones de apoyo a las sociedades cooperativas de acuerdo con las
reglas de operación, en el ámbito de sus respectivas
competencias. En particular realizarán, además
de lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, las siguientes actividades:
I. - VIII. (.....)
Ahora bien, de las anteriores adiciones, el Senado
de la República consideró lo siguiente en su dictamen: (foja
57)
"En el Capítulo XI de esta ley, titulado
"del Fomento Cooperativo", se establece el marco en el que se desarrollarán
las relaciones entre el Gobierno Federal y las sociedades cooperativas,
las cuales se desarrollarán en un ambiente en el que la autoridad
reconoce la aportación significativa que las sociedades cooperativas
hacen para combatir al desempleo, para provocar el desarrollo de las capacidades
de autogestión y empresariales de las personas que se organizan
en torno a ella y para generar espacios de trabajo en escenarios auténticamente
democráticos, por lo que el Estado se obliga a proporcionar apoyos
y auxilios a las sociedades cooperativas que no sean menores a los que
se otorgan a otras figuras jurídicas.
La autoridad federal se obliga a fomentar y promover
a la sociedad cooperativa en un esquema de respeto a su autonomía
y a los principios y valores cooperativos que la respaldan, de acuerdo
con la normatividad internacional establecida.
Argumentos anteriores previstos en la exposición
de motivos de la iniciativa original, que estas Comisiones hacen suyos
y para lo cual proponen las siguientes reformas que puntualizan de manera
precisa la participación del Gobierno Federal en el fomento, constitucionalmente
avalado, de las sociedades cooperativas, integrantes del sector social
de la economía: (....)"
De lo anterior, se desprende que las colegisladoras
contemplan en forma general, que el marco jurídico reconoce que
las autoridades deberán fomentar a través de apoyos para
la constitución, organización y desarrollo de las sociedades
cooperativas, para efecto de combatir el desempleo.
Sin embargo, no justifica la razón por la
que se reforman los artículos 100, 101 y 104 de la minuta en estudio,
sino lisa y llanamente modifica la redacción de dichos preceptos.
Ahora bien, por lo que corresponde a las modificaciones
del artículo 100, en su párrafo primero, en donde establece:
"?alcanzar el desarrollo competitivo de las actividades que desarrollan
las sociedades cooperativas, una mayor participación de la población
en las actividades económicas", se considera adecuada, por lo
que se aprueba dicha adición, proponiendo a la colegisladora ampliar
lo siguiente en dicha frase: "? y fomentar la protección del
medio ambiente, ?", a razón de dar eficacia al principio que
adicionó el Senado de la República en la fracción
IX del artículo 4 de la minuta.
Por lo que toca al segundo párrafo del artículo
100, se observó que se debería agregar después de
los gobiernos estatales y municipales, al Gobierno del Distrito Federal
y a los órganos políticos administrativos del Distrito Federal,
en virtud que éstos se encuentran excluidos.
Por otra parte y siguiendo con el párrafo segundo
del artículo 100, se deberá sustituir la palabra "niveles"
por "ordenes" de gobierno, en virtud que la Carta Magna
establece como voluntad del pueblo mexicano en constituirse en una República
representativa, democrática y federal, compuesta de Estados libres
y soberanos y éstos adoptaran para su régimen interior, la
forma de gobierno teniendo como base su división territorial y de
organización política y administrativa el municipio libre,
no estando supeditado uno del otro, por lo que no corresponde la palabra
"niveles", sino "ordenes" de gobierno.
De lo anteriormente expuesto, estas dictaminadoras
aprueban las adiciones que realizó el órgano legislativo
revisor en el artículo 100 de la minuta, agregando en sus párrafos
primero y segundo para quedar como siguiente:
Artículo 100. Promoción y Fomento
de las Sociedades Cooperativas
El Gobierno Federal, de manera subsidiaria y corresponsable,
deberá promover y fomentar la constitución, operación
y desarrollo de las sociedades cooperativas y de sus organismos de integración,
así como la difusión de los valores y principios en que se
sustentan. Para ello proveerá la asistencia técnica y financiera
que permita alcanzar el desarrollo competitivo de las actividades que desarrollan
las sociedades cooperativas, una mayor participación de la población
en las actividades económicas y fomentar la protección
del medio ambiente, el impulso del empleo digno y sostenible, el
desarrollo del país y la equidad de género.
Los gobiernos estatales y municipales, el
gobierno del Distrito Federal y los órganos político-administrativos
del Distrito Federal, en los términos de su legislación
interna, podrán formular los programas que consideren adecuados
para contribuir a los efectos del párrafo anterior. El Gobierno
Federal podrá celebrar convenios con los Estados y Municipios de
la República Mexicana con el objeto de que los tres
órdenes de gobierno coordinen las acciones de Fomento
Cooperativo que lleven a cabo. En todo caso la participación del
Gobierno será respetuosa de la autonomía de las sociedades
cooperativas y de sus organismos de integración.
(......)
En cuanto a los últimos tres párrafos
del artículo 100 y los artículos 101 y 104 de la minuta,
estas dictaminadoras no hacen observación alguna por considerarlos
adecuados, motivo por el cual son aprobadas las adiciones.
* Por otra parte y siguiendo con el análisis
de las adiciones que aprobó el Senado de la República en
la minuta correspondiente, se desprende que sufrieron cambios el párrafo
segundo y último párrafo del artículo 14, el último
párrafo del artículo 15, las fracciones XXIV y XXVI del artículo
16, artículo 17, artículo 51, la fracción III del
artículo 53, párrafo primero del artículo 58, artículo
66, la fracción I del artículo 91, último párrafo
del artículo 102 y la fracción IV del artículo 104.
Sin embargo, en el dictamen que aprobaron las Comisiones
Unidas de la colegisladora, con relación a algunos artículos
no se efectuó ningún tipo de razonamiento, o bien, en otros
se señala muy someramente el porque del cambio, sin motivar la circunstancia.
Al respecto y concluido el análisis respectivo,
se desglosa de los artículos en cuestión, que no sufrieron
cambios sustantivos, por lo que estas dictaminadoras los consideran adecuados,
motivo por el cual, se aprueba las adiciones realizadas, con excepción
del artículo 58 y la fracción XXIV del artículo 16.
* Lo anterior, en virtud que dichos preceptos quedaron
en la minuta como sigue:
Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas
Las Bases Constitutivas de las sociedades cooperativas
contendrán, al menos:
I. - XXIII. (.......)
XXIV. Procedimiento para regular la transmisión
de certificados entre socios y hacia los familiares;
XXV. - XXVII (.......)
Artículo 58. Aportaciones
Las aportaciones serán obligatorias o voluntarias.
Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes, derechos, servicios
o trabajo. Estarán representadas por certificados de aportación
que serán nominativos, indivisibles, inembargables, no negociables,
intransmisibles y de igual valor. Los certificados de aportación
sólo serán transferibles entre los socios y hacia los
familiares, previo acuerdo del Órgano de Administración,
según el procedimiento establecido en las Bases Constitutivas.
(......)
(......)
Al respecto, el órgano legislativo revisor adicionó
"y hacia los familiares", abriendo la posibilidad a los socios que
quieran transferir sus certificados de aportación, no solo entre
los propios socios, sino a los familiares; sin embargo, el término
familia según el Código Civil para el Distrito Federal establece
la vinculación con el matrimonio, parentesco y concubinato, siendo
que el parentesco reconoce los de consanguinidad, afinidad y civil y en
otras Entidades Federativas, en sus respectivos códigos, la familia
se establece en forma distinta, lo que generaría que se pudiera
excluir a alguien del que se quiera transferir sus certificados.
Motivo por el cual, se arriba a la conclusión que
la intención de la colegisladora es correcta; sin embargo, no es
adecuada, por lo que se reprueba la misma, proponiéndose la siguiente
redacción:
Artículo 16. Contenido de las Bases Constitutivas
Las Bases Constitutivas de las sociedades cooperativas
contendrán, al menos:
I. - XXIII. (....)
XXIV. Procedimiento para regular la transmisión
de certificados entre socios y a quien determine;
Artículo 58. Aportaciones
Las aportaciones serán obligatorias o voluntarias.
Las aportaciones podrán hacerse en efectivo, bienes, derechos, servicios
o trabajo. Estarán representadas por certificados de aportación
que serán nominativos, indivisibles, inembargables, no negociables,
intransmisibles y de igual valor. Los certificados de aportación
sólo serán transferibles entre los socios y a quien determine,
previo acuerdo del Órgano de Administración, según
el procedimiento establecido en las Bases Constitutivas.
(......)
(......)
CUARTO.- Siguiendo con el estudio de la minuta proyecto
de decreto por el que expide la Ley de Sociedades Cooperativas, se aprecia
que se aprobó en votación económica la adición
de la fracción IV del artículo 18 y se adiciona el artículo
20A, sin que se haya contemplado en el dictamen respecto.
Respecto a dichas adiciones, quedaron como siguen:
Artículo 18. Clases de Sociedades Cooperativas
Las sociedades cooperativas se clasifican en:
I.-III. (......)
IV. Sociedades cooperativas universitarias.
Artículo 20 A. Sociedades Cooperativas Universitarias
Son sociedades Cooperativas Universitarias aquéllas
que se constituyan con el propósito de participar en el desarrollo
educativo nacional mediante el impulso del ejercicio de las distintas carreras
de los niveles educativos medio superior y superior, con la intervención
directa de las Universidades e Instituciones de educación Superior,
sus estudiantes; y opcionalmente las autoridades federales o locales, trabajadores
universitarios y particulares interesados. Las Sociedades Cooperativas
Universitarias podrán dedicarse a cualesquier actividad lícita
con las condiciones y limitaciones que establezcan las disposiciones jurídicas
correspondientes de acuerdo a la actividad de que se trate.
Al respecto, estas dictaminadoras estiman adecuadas
las adiciones descritas con anterioridad, por lo que se aprueban las mismas.
QUINTO.- Una vez concluido el estudio y análisis
de las adiciones y reformas de la minuta proyecto de decreto que expide
la Ley de Sociedades Cooperativas que aprobó la Honorable Cámara
de Senadores; estas dictaminadoras entran al estudio del artículo
segundo de la minuta, con relación a la reforma de la fracción
X del artículo 34 y fracción X del artículo 40 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Al respecto, el órgano legislativo revisor no
adicionó, ni reformó los preceptos legales anteriormente
señalados, por lo que ya fueron aprobados por ambas Cámaras,
no siendo materia de discusión, ni aprobación por parte de
este instrumento legislativo.
SEXTO.- Relativo al artículo tercero de la minuta
que aprobó el Senado de la República, se desprende que se
reformaron el artículo 4; la fracción I del artículo
8, artículo 138 y Sexto Transitorio de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular; sin que se haya aprobado en la cámara de origen, para quedar
la minuta correspondiente como sigue:
Artículo 4 Bis.
No se considerará que realizan operaciones de
ahorro y crédito popular, en los términos del artículo
4o. de esta ley, las asociaciones y sociedades civiles, los grupos de personas
físicas y las sociedades cooperativas que tengan por objeto
exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes para
su colocación entre éstos, que cumplan con los siguientes
requisitos:
I a VII. ..........
VIII. Deberán establecer de forma destacada,
en toda la documentación que utilicen para instrumentar las operaciones
a que se refiere este artículo, que no son Entidades de Ahorro y
Crédito Popular, Sociedades Financieras Populares o Sociedades
Cooperativas de Ahorro y Préstamo, así como que no
están sujetas a la autorización de la Comisión, ni
a la inspección y vigilancia de ninguna Federación, y que
no cuentan con el Fondo de Protección a que se refiere esta Ley.
Las asociaciones y sociedades civiles, los grupos
de personas físicas y las sociedades cooperativas,
que cumplan con los requisitos a que se refiere este artículo podrán
operar sin sujetarse a los requisitos exigidos por la presente Ley. Asimismo,
no se considerará que se ubican en la prohibición establecida
en el artículo 103 de la Ley de Instituciones de Crédito.
Artículo 8.
En lo no previsto por la presente Ley, a los sujetos
de la misma se les aplicarán en el orden siguiente:
I. La Ley de Sociedades Cooperativas,
únicamente para las Cooperativas y en todo lo que no se oponga a
la presente Ley;
II a VI. ...
Artículo 138.
Los consejeros, funcionarios y administradores de
las asociaciones y sociedades civiles, sociedades cooperativas
y personas físicas que capten recursos en contravención a
lo señalado en el artículo 4 Bis de esta Ley, así
como la persona física, consejeros, funcionarios y administradores
de las personas morales que capten recursos del público en contravención
de lo dispuesto por el artículo 7o. de esta Ley, serán sancionados
en términos de lo dispuesto por el artículo 111 de la Ley
de Instituciones de Crédito.
Artículo Sexto Transitorio del Decreto publicado
en el Diario Oficial de la Federación del 27 de enero de 2003.
Concluido el plazo anterior, las asociaciones y
sociedades civiles, los grupos de personas físicas y las
sociedades cooperativas, que no se sujeten a lo establecido por el
artículo 4-Bis de esta Ley, deberán abstenerse de captar
recursos, en caso contrario se ubicarán en los supuestos de infracción
previstos por la Ley de Ahorro y Crédito Popular y por las disposiciones
que resulten aplicables.
De lo anterior, el Senado de la República consideró
en su dictamen reformar los artículos señalados, con relación
al artículo 20 de la minuta relativo a la Ley de Sociedades Cooperativas,
mediante los siguientes razonamientos: (fojas 34, 35, 36, 37 y 39)
"El artículo 20 de la ley en minuta, relativo
a las "Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo"
(....)
Estas Comisiones, por diferentes reuniones desarrolladas
con personas (sic) organizaciones e instituciones relacionadas o interesadas
en el movimiento cooperativo del país, han recabado diversos señalamientos.
La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía
Social en la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, modificó
en los términos anteriores el artículo que originalmente
se leía:
(.....)
La inconformidad, manifestada por grupos del sector
cooperativo, es por la aplicación de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular para el desenvolvimiento y desarrollo de las sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo, siendo la discusión en torno a conflictos
que generaría la estructura actual de esa normatividad en este tipo
de sociedades cooperativas; especialmente en las pequeñas y en las
no federadas, que sin tener aspiraciones pero con características
para ser considerados intermediarios financieros, tendrían que regularse
por una ley que así lo catalogaría, dado el proceso de intermediación
financiera que efectivamente desarrollan, argumentando que no podrán
cumplir con la reglamentación ahí enmarcada y tendrían
una tendencia por la desaparición. Lo que afectaría el papel
social y muy específico de las pequeñas sociedades cooperativas
de este tipo en sus comunidades, comúnmente no cubiertas por sistemas
comerciales de ahorro y financiamiento.
Estas comisiones están concientes de que
la operación que interesa regular en la Ley de Ahorro y Crédito
Popular es la captación de recursos, con independencia de las partes
que intervengan, brindando los mecanismos de regulación de la actividad
en sí misma, así como de seguridad de los recursos a favor
de los ahorradores. Basado en antecedentes que expusieron la vulnerabilidad
del sector ante actos fraudulentos, en perjuicio del ahorro de millones
de personas en el país.
Asimismo, se reconoce la necesidad de que dicha
regulación y supervisión se lleve a cabo por entes con experiencia
y capacidad técnica suficiente.
Se considera además, que cualquier modificación
a este artículo por el objeto y el espectro de aplicación
de esta ley en dictamen sería limitada, en todo caso, se deben encontrar
mecanismos y promover reformas no a esta normatividad turnada, sino a la
ley de Ahorro y crédito Popular, con el objeto de analizar y ponderar
el impacto real por la aplicación de la misma a las sociedades cooperativas
de ahorro y préstamo.
Estas Comisione han recabado señalamientos
diversos, que consideran la existencia de opciones solutivas al conflicto
planteado, como la elaboración por parte del Gobierno Federal de
un programa de transformación o fusión de las pequeñas
cooperativas de ahorro y préstamo, a cooperativas con capacidad
para el sostenimiento de sus operaciones ante la aplicación de la
normatividad cuestionada; o una regulación especifica para las sociedades
cooperativas de ahorro y préstamo pequeñas y no federadas,
considerando bajo supuestos financieros y criterios que no permitan en
el futuro experimentar problemas relacionados con el ahorro y el crédito
popular.
Resulta importante señalar que la Ley que
crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento
de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus
Ahorradores prevé apoyos económicos para aquellas sociedades
cooperativas con secciones de ahorro y préstamo que pretenden apegarse
a la Ley de Ahorro y Crédito Popular y someterse a alguno de los
procesos de transformación o fusión señalados.
Estas Comisiones, no obstante el alcance definido
de la ley que se dictamina, reconocen que existen varios grupos que por
limitaciones en su escala de operación, les resulta complicado sujetarse
a los lineamientos de una regulación y supervisión como la
que se establece en la Ley de Ahorro y crédito Popular, incluso
para ser ubicados en el Nivel de Operaciones más bajos.
Considerando que el 27 de enero de 2003, se publicó
una reforma a la Ley de Ahorro y Crédito Popular en donde se adiciona
un Artículo 4-Bis, que permite a las asociaciones y sociedades civiles,
así como a los grupos de personas físicas que tengan por
objeto exclusivamente la captación de recursos de sus integrantes
para su colocación entre estos (impacto financiero únicamente
societario), siempre que no sobrepasen los 250 integrantes y que sus activos
no sean superiores a 350,000 UDIS (es decir, se trate de sujetos de pequeño
tamaño), además de cubrir otros requisitos, el poder operar
y captar ahorro sin la obligación de cumplir con el marco jurídico
que norma el sector.
Estas Comisiones, con base en lo anterior proponen
reformar, dentro de este Proyecto de Decreto, la Ley de Ahorro y Crédito
Popular en su artículo 4-Bis, ampliando el régimen de excepción
de manera explícita hacia las sociedades cooperativas de ahorro
y préstamo.
Por todo lo anterior, se resuelve reformar dentro
del Artículo Tercero de este Proyecto de Decreto, el artículo
4-Bis de la Ley de Ahorro y Crédito Popular para quedar como sigue:
(....)
Adicionalmente, conforme a lo establecido en el
artículo 8 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, en lo no
previsto por esa normatividad, a los sujetos de la misma se le aplicará
la Ley General de Sociedades Cooperativas (únicamente para cooperativas
y en todo lo que no se oponga a la Ley de Ahorro y crédito Popular).
En el sentido anterior, y con el objeto de actualizar
el espectro legal de la Ley de Ahorro y crédito Popular, se propone
modificar el citado Artículo 8 eliminando de su contenido "Ley General
de Sociedades Cooperativas" por el de "Ley de Sociedades Cooperativas".
Es reconocimiento de esta Soberanía, el esfuerzo
por entablar un diálogo solutivo entre las partes involucradas,
de parte de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía
Social de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura. Por lo que,
estas Comisiones expresan el total apoyo para que se continúe desarrollando
el proceso emprendido en la búsqueda de un entorno consensuado y
por mayoría para el marco jurídico del ahorro y el crédito
popular en el país. Acuerdo media sobre el actual establecimiento
de mesas de trabajo entre el Gobierno Federal y todo el sector cooperativo
de ahorro y préstamo para revisar propuestas que reformarían
la Ley de Ahorro y Crédito Popular y su regulación prudencial.
Creemos en este proceso y esperamos las conclusiones
alcanzadas, las que serán consideradas siempre que vengan signadas
por la mayoría del sector y del Gobierno Federal.
Las reformas que estas Comisiones proponen, sientan
las bases de una certidumbre jurídica de mayor alcance en beneficio
de todo el movimiento cooperativo del país."
Al respecto, el órgano legislativo revisor consideró
no modificar o reformar el artículo 20 de la minuta con relación
a la Ley de Sociedades Cooperativas, en virtud que sería más
adecuado reformar diversos artículos de la Ley de Ahorro y Crédito
Popular, toda vez que es importante contemplar a las sociedades cooperativas
en la hipótesis de excepción contemplado en el artículo
4-bis del ordenamiento legal citado, siempre que se cumplan con diversos
requisitos para no sujetarse al mismo.
Ahora bien, estas dictaminadoras estiman conveniente
que se deberá analizar más a fondo la Ley de Ahorro y Crédito
Popular para efecto de encontrar un equilibrio entre el sector social de
la economía y las sociedades mercantiles.
Sin embargo, con las reformas que aprobó
la colegisladora, son para efecto de incluir a las sociedades cooperativas
dentro del marco legal en materia de ahorro y crédito popular, a
razón de la nueva Ley de Sociedades cooperativas, motivo por el
cual, se aprueban dichas reformas.
SÉPTIMO.- Por otra parte, la Comisión
de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LVIII legislatura
de esta Honorable Cámara de Diputados, en su dictamen y posterior
minuta, se aprobó abrogar la Ley de Sociedades de Solidaridad Social,
a través del artículo Tercero Transitorio.
Sin embargo, el Senado de la República resolvió
en su dictamen (fojas 59 y 60) eliminar el artículo tercero transitorio
a razón de lo siguiente:
"abrogar la Ley de Sociedades de Solidaridad Social,
publicada en el Diario Oficial de la Federación en mayo de 1976.
Expresando que las Sociedades de ese tipo constituidas a la fecha de publicación
del presente Decreto continuarán rigiéndose conforme a las
disposiciones de la Ley de Sociedades de Solidaridad Social.
Asimismo se señala que la Secretaría
de economía promoverá las facilidades que permitan la transformación
de estas sociedades en sociedades cooperativas, y recibirá de parte
de la Secretaría de la Reforma Agraria y la secretaría del
Trabajo y Previsión Social los registros de Sociedades de Solidaridad
en su poder, para que sena integradas en el Padrón Nacional Cooperativo.
Sin embargo, es importante señalar que la
Ley de Sociedades de Solidaridad Social ha permitido la existencia de un
gran número de pequeñas organizaciones de trabajo asociado,
especialmente en los pueblos marginados. Aproximadamente 14,100 sociedades
inscritas en el Registro Agrario Nacional, más aquellas registradas
por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se verían
desincentivadas; además, quedaría cerrada la posibilidad
de constituir nuevas sociedades bajo esta figura idónea para la
economía social, lo cual contradice el espíritu del artículo
25 constitucional. Lo anterior, es especialmente delicado en un momento
en el que en nuestro país enfrenta serios problemas de desempleo,
ya que el artículo 2° de la Ley de Sociedades de Seguridad Social
establece textualmente que el objeto de estas sociedades es, en primer
lugar, "la creación de fuentes de trabajo".
En todo caso, para estas Comisiones no queda claro
cual es el propósito de desaparecer un esquema de organización
social para sustituirlo por el de cooperativas, conforme a lo establecido
en el Artículo Tercero Transitorio de esta Minuta en dictamen."
De lo anterior, se desprende que efectivamente no es
adecuado eliminar a las sociedades de solidaridad social, en virtud que
esta figura jurídica es utilizada principalmente en materia agraria,
de la que depende el sector social de la economía de nuestro país,
al igual que las sociedades cooperativas y otras figuras jurídicas.
En efecto, estas dictaminadoras en obvio de repeticiones
se adhieren a las conclusiones de la colegisladora, en el que resolvieron
eliminar el artículo tercero transitorio, que establecía
abrogar la Ley de Sociedades de Solidaridad Social.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, estas
dictaminadoras RESUELVEN lo siguiente:
PRIMERO. Concluido el análisis correspondiente,
arriban a la conclusión que fueron aprobadas las modificaciones
y adiciones con relación a la minuta que aprobó el Senado
de la República, siendo los artículos 2, 3, 4, 7, 12, 13,
14, 15, 16, 17, 18, 20 A, 27, 29, 35, 38, 45, 46, la fracción XI
del artículo 47, 51, parcialmente el artículo 52, 53, 55,
64, 66, 70, 71, 73, 82, 88, 94, 99, parcialmente el artículo 100,
101, 102 y 104 del proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades
Cooperativas.
De igual forma, se aprueban las adiciones realizadas
a las diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
SEGUNDO. Se desaprueban los artículos 10,
11, fracción XXIV del artículo 16, 25, 26, 31, 34, fracción
III del artículo 47, parcialmente el artículo 52, 58, 67,
75, fracción XVII del artículo 91, 92 y parcialmente el artículo
100 del proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas,
por lo que se solicita muy respetuosamente a la Honorable Cámara
de Senadores tome en consideración las razones por las cual se desecharon
los artículos anteriormente señalados, de conformidad con
lo establecido por el inciso e) del artículo 72 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Además, se solicita a la colegisladora tome
en consideración las observaciones realizadas a los artículos
9, 27, fracciones VII y VIII del artículo 47, artículo 55
del proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Sociedades Cooperativas,
haciendo la aclaración que dichos preceptos no fueron motivo de
aprobación y rechazo por parte del presente instrumento legislativo.
De lo anterior, se aprueba por mayoría de
los integrantes de las Comisiones Unidas de Fomento Cooperativo y Economía
Social y de Gobernación, quienes someten a consideración
de la Honorable Asamblea el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS,
SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA FEDERAL Y SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE
AHORRO Y CRÉDITO POPULAR.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se expide la siguiente:
LEY DE SOCIEDADES COOPERATIVAS
Una vez concluida la lectura por el secretario técnico,
el Presidente de la Comisión, toda vez que por falta de quórum,
no se puede poner a consideración el presente proyecto de dictamen,
pregunta si existe algún comentario al respecto, en uso de la voz
el diputado José Juan Barcenas González, menciona que independientemente
del quórum, a su parecer todavía habrá que pulir dicho
documento, proponiendo en sesión próxima se apruebe en lo
general dicho dictamen, y se revise en lo particular casos concretos, el
Presidente de la Comisión aclara que el presente dictamen recoge
todas las sugerencias que los diputados externaron en las diferentes mesas
de trabajo inclusive se cuenta con las minutas correspondientes para su
consulta, en base a lo anterior, propone que el proyecto de dictamen sea
analizado meticulosamente por parte de los integrantes y en una reunión
próxima se presente pudiéndose implementar las reuniones
de trabajo que sean necesarias, estando de acuerdo los presentes en la
sugerencia vertida por el Presidente.
4.- Asuntos generales.
No habiendo más asunto que tratar se da por agotada
la presente sesión, siendo las trece horas con cuarenta minutos
del día y la hora en que se actúa.
Palacio Legislativo, a 7 de diciembre del año 2005.
Dip. Francisco Javier Saucedo Pérez (rúbrica)
Presidente