Con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, las suscritas diputadas y diputados presentamos la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, por el que solicitamos a esta H. Cámara de Diputados, exhortar a la Secretaría de la Función Pública auditar a la Comisión Nacional del Deporte a fin de transparentar el ejercicio de 14,464,000 pesos asignados por la SHCP para apoyos a los medallistas paralímpicos, y por el incumplimiento para crear el fideicomiso de apoyo a los medallistas paralímpicos, y la intervención del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación por posibles actos de discriminación en contra de los medallistas paralímpicos, al tenor de las siguientes
Consideraciones
1ª.- Con fecha del jueves 21 de julio próximo pasado, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a la Ley General de Cultura Física y Deporte, quedando establecido en su artículo 99 párrafo segundo, cito textualmente, "La Conade promoverá y gestionará la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una ó más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos."
2ª.- A ocho meses de la entrada en vigor del citado decreto, informamos a ésta Asamblea, que la Conade no ha cumplido con la Ley para establecer el Fideicomiso de apoyo los Medallistas Paralímpicos, conociendo además, sobre algunas anomalías en el manejo de recursos públicos otorgados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para tal fin, que posiblemente configuren el delito de desvío de fondos públicos.
3ª.- Con fecha del 16 de enero de 2006, mediante el oficio CNAJ/041/2006, la Coordinación de Normatividad y Asuntos Jurídicos de la Conade, informó al Dip. Heliodoro Díaz Escárraga, Presidente de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, que la SHCP le autorizo a la Conade 2,800,000 pesos para cubrir el período agosto-diciembre de 2005 a los medallistas paralímpicos, y un monto de 11,664,000 pesos para cubrir el período enero-diciembre de 2006 a medallistas olímpicos y paralímpicos.
4ª.- Sobre la aplicación de los 2,800,000 pesos, la Conade determinó entregar a 73 medallistas paralímpicos reconocidos por el Comité Paralímpico Internacional, un apoyo de 6,000 pesos mensuales para cubrir el período agosto-diciembre de 2005, solo que en el proceso identificamos las siguientes anomalías:
B) El monto total entregado a cada medallista fue de 30,000 pesos, y si consideramos que son 73 medallistas paralímpicos oficialmente reconocidos, el total ejercido fue de 2,190,000 pesos, lo que nos lleva a preguntarnos ¿Dónde quedó el remanente de 610,000 pesos?.
Esta situación ejemplifica una franca actitud de discriminación, no solo por la discrecionalidad con que la Conade se conduce para entregar a los medallistas paralímpicos los apoyos que se han ganado a base de esfuerzo y dedicación, sino que enfatiza el trato desigual e inequitativo con que son tratadas las personas con discapacidad en este país, porque hasta la fecha no se conocen oficialmente mediciones o criterios que justifiquen una diferencia en el trato económico entre un medallista y otro.
Todos sin excepción, merecen un trato digno, equitativo y de respeto, porque han cumplido una misión con su nación, pero desafortunadamente, estas actitudes de discriminación se repiten continuamente con los deportistas con discapacidad, a quienes consideramos baluartes del deporte nacional por excelentes resultados que siempre han obtenido para México, a pesar de las múltiples limitaciones y carencias que enfrentan.
6ª.- Se debe de cumplir la Ley como está determinado en su artículo 99, y que se cumpla con los requisitos establecidos.
7ª.- Por último, en el citado oficio CNAJ/041/2006 se informa que el profesor Nelson Vargas Basáñez ha instruido a las áreas sustantivas de la Conade hacer las previsiones presupuestales necesarias para constituir el referido fideicomiso, pero en el presupuesto de egresos del ejercicio fiscal 2007, es decir, para cuando haya concluido su responsabilidad como titular de la Conade.
Bajo estos hechos, surgen grandes dudas e interrogantes. Si la SHCP le entregó al profesor Vargas recursos para cubrir los períodos 2005 y 2006, ¿por qué no constituyó los fideicomisos de los medallistas paralímpicos? ¿dónde y cómo están siendo administrados estos recursos? ¿bajo qué criterios y reglas de operación?.
Por lo anterior, los suscritos presentamos a esta honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo de urgente y obvia resolución
Único.- Que la Honorable Cámara de Diputados exhorte a la Secretaría de la Función Pública auditar a la Comisión Nacional del Deporte a fin de transparentar el ejercicio de 14,464,000 pesos asignados por la SHCP para apoyos a los medallistas paralímpicos y por el incumplimiento para crear el fideicomiso de apoyo a los medallistas paralímpicos, y así mismo se solicite la intervención del Consejo Nacional para Prevenir y Eliminar la Discriminación para que se avoque a la investigación de posibles actos de discriminación en contra de los medallistas paralímpicos.
Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados LIX Legislatura a los 6 días del mes de abril de 2006.
Diputados: Laura Elena Martínez Rivera,
Rocío Sánchez Pérez, Luis Maldonado Venegas, Jesús
Porfirio González Schmal (rúbricas).
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN A ENTREGAR UN INFORME DE LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A LA RECONSTRUCCIÓN DE LOS ESTADOS AFECTADOS POR LOS HURACANES EN 2005, A CARGO DEL DIPUTADO DIEGO PALMERO ANDRADE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN
Los suscritos, diputados federales integrantes de diversos grupos parlamentarios de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados y pertenecientes al Grupo de Trabajo para el seguimiento y aplicación de los recursos y programas a las zonas de desastre de los estados afectados, con fundamento en el artículo 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentamos ante esta soberanía el siguiente punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, bajo las siguientes:
Consideraciones
A consecuencia de los desastres naturales ocurridos en nuestro país por causa de los huracanes en esta pasada temporada y las inundaciones ocurridas dañaron seriamente las infraestructuras y afectaron la economía de más de 258 municipios, con ello la población de diversos estados vio gravemente dañados su patrimonio y su calidad de vida.
En gran medida, los daños causados se registraron en asentamientos irregulares permitidos por las autoridades locales y provocados por las zonas de marginación y pobreza de miles de familias, lo que evidencia que no se están cumpliendo la ley federal y la local en la materia, el Programa Nacional ni el Plan de Desarrollo Urbano de los estados.
La falta de ayuda ha derivado en que en las zonas afectadas se obligue a la población a mantenerse en el mismo lugar identificado como zona de alto riesgo, lo que pone en mayor peligro su integridad física y los pocos bienes que aún conservan.
Ante esta situación los tres niveles de gobierno se comprometieron a cumplir los instrumentos jurídicos y las políticas establecidas para atender con urgencia a los habitantes de las zonas afectadas por los fenómenos naturales, así como no seguir permitiendo la presencia de los afectados en dichas zonas y desarrollar una cultura preventiva en el marco del Programa de Desastres Naturales en Zonas Urbanas y Rurales.
En respuesta a esta grave situación el Ejecutivo Federal en octubre de 2005, por Decreto publicado en el DOF crea el gabinete de reconstrucción, presidido por el Presidente de la República e integrado por 11 secretarías y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas así como El Titular de la Oficina de la Presidencia para las Políticas Públicas, Coordinados por la Secretaria de Gobernación.
El Pleno de esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, acordó integrar un Grupo de Trabajo plural, para dar seguimiento y evaluar la aplicación de programas de auxilio y atención a la población, derivados de los instrumentos del Fondo de Desastres Naturales en las zonas devastadas por los fenómenos meteorológicos, así como de la aplicación de recursos financieros y programas institucionales de las distintas dependencias del Gobierno Federal, para la reconstrucción de las zonas afectadas en las siguientes directrices: Restitución de bienes, Reconstrucción de la actividad económica de las zonas devastadas, Reconstrucción de infraestructura dañada, Restitución del ingreso a todas las familias damnificadas para que vuelvan a la normalidad, Reconstrucción de todas las viviendas así como el Pleno acceso a la restitución de bienes.
A cuatro meses de lo acontecido, vemos con preocupación que importantes localidades del sureste mexicano aún se encuentran en franco deterioro y la ayuda obligada por parte de las autoridades correspondientes está lejos de satisfacer las necesidades más urgentes de gran parte de los ciudadanos afectados.
A pesar de la implementación de diversos programas y de la instrucción presidencial de ofrecer los apoyos necesarios, como resultado los huracanes se puede constatar el atraso en los trabajos de reconstrucción en diversas localidades y la marginación que la población afectada por este fenómeno natural aún sufre.
El Fondo Nacional de Desastres Naturales es creado como un instrumento financiero con el objetivo de atender los efectos de los desastres naturales cuya magnitud rebase la capacidad financiera de las dependencias y entidades para hacer frente a la catástrofe, sin embargo por la magnitud del daño fue necesario reasignar una partida extraordinaria para atender las afectaciones.
Finalmente por los medios de comunicación nos hemos enterado, que se establecieron sanciones a varios funcionarios del Fondo y la inhabilitación para ocupar cargos públicos a su ex titular lo que ha generado cierta incertidumbre sobre el destino de los recursos.
Por lo anteriormente expuesto, presento a consideración de esta honorable soberanía el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único.- Se exhorta a la Secretaria de Gobernación para que a la brevedad posible entregue un informe detallado de la aplicación de los recursos ordinarios y extraordinarios asignados para la reconstrucción de los estados afectados por la temporada de huracanes 2005, así como los avances en cada una de sus directrices.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los seis días del mes de abril del año dos mil seis.
Dip. Diego Palmero Andrade (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SCJN A NOMBRAR A UNO DE SUS INTEGRANTES PARA INVESTIGAR LOS HECHOS QUE PUEDEN CONSTITUIR AGRAVIO O VIOLACIÓN DEL DERECHO A LA INFORMACIÓN DEL PUEBLO DE MÉXICO POR LA TRANSMISIÓN DE PROMOCIONALES SOBRE LOS PROGRAMAS SOCIALES DEL EJECUTIVO FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA CLARA MARINA BRUGADA MOLINA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
La que suscribe legisladora federal, Clara Brugada Molina, integrante de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto ante esta Comisión Permanente la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera. Que la Suprema Corte de Justicia de la Nación en resolución cuya tesis LXXXIX/96 fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, junio 1996, p. 513, establece que el derecho a la información, estrechamente vinculado con el derecho a conocer la verdad, exige que las autoridades se abstengan de dar a la comunidad información manipulada, incompleta o falsa, so pena de incurrir en violación grave a las garantías individuales en términos del artículo 97 constitucional, segundo párrafo, "pues su proceder conlleva a considerar que existe en ellas la propensión de incorporar a nuestra vida política, lo que podríamos llamar la cultura del engaño, de la maquinación y de la ocultación, en lugar de enfrentar la verdad y tomar acciones rápidas y eficaces para llegar a ésta y hacerla del conocimiento de los gobernados."
Segunda. Que desde enero pasado, el gobierno de Vicente Fox transmite una serie de promocionales sobre los programas sociales en los que podemos identificar información manipulada e incompleta que veda la posibilidad de conocer la verdad de la situación que enfrentan millones de compatriotas que viven en pobreza y pobreza extrema, al presentar logros de gobierno que son inexistentes.
Tercera. Que, por ejemplo, desde enero pasado y hasta la fecha, en los promocionales del gobierno de Vicente Fox sobre los programas sociales se afirma que:
Quinta. Que los 2,200 millones destinados al Programa Retiro para Población en Oportunidades aprobados por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2006, únicos recursos presupuestales para tal fin, serán "destinados a un componente adicional, mediante el cual se brindará un flujo de ingresos a los adultos mayores de 70 años", de acuerdo con la Estrategia Programática Sectorial presentada por el Ejecutivo federal y aprobada por las y los legisladores (Presupuesto de Egresos de la Federación 2006, Estrategia Programática Sectorial, Ramo 20, Desarrollo Social, p.4).
Por lo tanto, no se aprobaron recursos presupuestales para financiar la parte que al gobierno le correspondería aportar dentro del Mecanismo de Ahorro para el Retiro Oportunidades destinado a beneficiarios de Oportunidades de entre 30 y 69 años.
Es de llamar la atención que el gobierno de Vicente Fox desde hace casi tres meses afirma que las personas entre 30 y 69 años podrán abrir una cuenta de ahorro para su retiro, donde "Por cada 50 pesos que ahorran al mes, el gobierno federal pone otro tanto en su cuenta personal", vale la pena preguntarnos con qué recursos se va llevar a cabo ese financiamiento.
Sexta. Que apenas se están sentando las bases jurídicas para la operación de tal sistema de ahorro. Hace, tan sólo una semana, el 27 de marzo, se publicó el decreto por el que se establece el Mecanismo de Ahorro para el Retiro Oportunidades; además de que todavía se encuentran en revisión, dentro de la Comisión de Mejora Regulatoria, las reglas generales a las que deben sujetarse las administradores y empresas operadoras de la base de datos nacional Sistema de Ahorro para el Retiro Oportunidades, reglas totalmente indispensables para la operación del Mecanismo de Ahorro para el Retiro. El día 3 de abril se presentó un nuevo anteproyecto de las mismas.
Séptima. Que, por otra parte, en relación con la afirmación de que desde enero ha hecho el gobierno federal de que "más de un millón de adultos mayores, cuentan con la pensión Oportunidades que mejoran su calidad de vida", es importante mencionar: primero, el gobierno federal solicitó recursos para apoyar sólo a 682 mil personas a través del Programa de Retiro en Oportunidades y, segundo, los apoyos comenzaron a entregarse a partir del primero de marzo y no de enero como sugiere el Presidente Fox en sus promocionales transmitidos desde el principio del año.
Octava. Que las reglas de operación 2006 del programa Oportunidades establecen que es hasta tal mes que comenzarían a entregarse los apoyos para adultos mayores dentro del Programa. Como se anota en el artículo Tercero Transitorio:
A pesar de lo anterior, desde enero se transmiten promocionales diciendo:
Décima. Que los 2,2000 millones de pesos para del Programa retiro para la población en Oportunidades, únicos recursos presupuestales aprobados para tal fin, no alcanzan a cubrir el apoyo de 250 pesos mensuales, a lo largo de un año, para un millón de adultos mayores, para ello se hubiera requerido solicitar 3,000 millones de pesos, sin considerar los gastos de administración.
Décima Primera. Que con todo lo anterior se puede presuponer la transmisión de información falsa y desvirtuada en los promocionales transmitidos por el Ejecutivo federal desde enero pasado, afectando el derecho a la información del pueblo de México.
Por lo expuesto, solicito, como asunto de obvia y urgente resolución, a esta soberanía la aprobación de la siguiente:
Punto de Acuerdo
Único: Esta soberanía pide al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con fundamento en el segundo párrafo del artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que nombre a alguno de sus integrantes para que averigüe los hechos que presuntamente pueden constituir un agravio y violación del derecho a la información del pueblo de México, por la transmisión de información falsa en los promocionales sobre los programas sociales del gobierno de Vicente Fox
Dip. Clara M. Brugada Molina (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A INSTRUIR A LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES PARA QUE INFORME SOBRE EL DESVÍO DE VUELOS EN EL AEROPUERTO DE LA CIUDAD DE CHIHUAHUA, A CARGO DEL DIPUTADO JESÚS AGUILAR BUENO
Jesús Aguilar Bueno, diputado federal por el estado de Chihuahua, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito, ante esta honorable asamblea, se permite someter a la consideración de las señoras y señores legisladores el presente punto de acuerdo, basándome para ello en las siguientes
Consideraciones
Con fecha 21 de marzo de 2006 fueron desviados más de seis vuelos nacionales e internacionales del aeropuerto internacional de Chihuahua, General Roberto Fierro, debido a una falla eléctrica registrada en la pista de aterrizaje, con lo cual se vieron afectados cientos de pasajeros.
Entre los aviones que tuvieron que desviar su ruta se encontraba uno de American Airlines, procedente de Houston, Texas, otro de Aerolitoral, de Mexicana de Aviación y otros de Aeroméxico y Aerocalifornia.
De acuerdo con las versiones de los afectados, por instrucciones de la torre de control del aeropuerto internacional de Chihuahua las aeronaves se vieron obligadas a trasladarse a Ciudad Juárez, Hermosillo, Torreón y Ciudad Obregón.
Un avión de Aeroméxico permaneció alrededor de media hora sobrevolando la ciudad, debido a que no existían condiciones propicias para aterrizar, básicamente porque la pista estaba completamente apagada.
Indicaron también que esa aeronave posteriormente tuvo que volar a la ciudad de Hermosillo, Sonora, para abastecerse de combustible.
Asimismo, informaron que muchos de los vuelos finalmente pudieron aterrizar en esta ciudad capital entre las 12 de la noche, y la 1 de la madrugada del martes 21 de marzo de 2006. Las autoridades del aeropuerto internacional de Chihuahua no ofrecieron la información suficiente a sus familiares, razón por la cual provocaron que el ambiente se tensara por varias horas. En el hangar del gobierno del estado indicaron que ésta no es la primera vez que la energía eléctrica se pierde en ese lugar.
Posteriormente, el 24 de marzo de 2006 se informó que la falta de luces en la pista de aterrizaje del aeropuerto internacional de Chihuahua, General Roberto Fierro, ocurrida el pasado día 21 de marzo de 2006, se debió al recalentamiento de la línea de conducción de energía eléctrica y luego un cortocircuito a la hora que llegaban los vuelos, algunos de ellos tuvieron que ser desviados de ruta, informaron las fuentes allegadas a la terminal aérea.
Mario Molinar Varela, jefe de Servicios Aéreos del gobierno del estado, manifestó que ésta es la segunda ocasión que sucede un percance de esa naturaleza; este hecho fue calificado por Molinar Varela como un incidente grave, ya que la pista de aterrizaje se quedó sin energía eléctrica y, por ende, varios vuelos fueron desviados por varias horas, dejando así a cientos de pasajeros afectados; que al momento las autoridades del aeropuerto están trabajando para detectar la falla y posteriormente repararla.
En mérito de lo expuesto, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento del Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la honorable Cámara de Diputados el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al titular del Poder Ejecutivo federal que instruya a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para que informe a esta Cámara de Diputados de lo siguiente:
b) La determinación de las causas que motivaron las fallas eléctricas mencionadas.
c) La prosecución de las medidas correctivas y preventivas que se hayan adoptado o se vayan a adoptar sobre el particular.
d) Solicitar un informe a Operadora Mexicana de Aeropuertos, SA, concesionaria del mencionado aeropuerto en el inciso a) del presente punto de acuerdo sobre los avances de las obras de remodelación, incluyendo en éste la fecha de conclusión de las mismas.
e) Se solicita que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes entregue la información a que se refieren los incisos anteriores, dentro de un plazo que no excederá de 30 días, contados a partir de la fecha de la notificación correspondiente.
Dip. Jesús Aguilar Bueno (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A REALIZAR EN COORDINACIÓN CON LAS SECRETARÍAS DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, Y DE TURISMO UN PROGRAMA DE DIFUSIÓN DE LA REFORMA DEL ARTÍCULO 74 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, A CARGO DEL DIPUTADO FRANCISCO JAVIER BRAVO CARBAJAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI
El suscrito diputado federal a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo por la que se exhorta al titular del Ejecutivo, a efecto de que en coordinación con las Secretarías del Trabajo y de Turismo, realicen un programa de difusión de la reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
En fecha 17 de enero de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
Es del conocimiento de todos la intención y finalidad de esa reforma. De su exposición de motivos y consideraciones para aprobación se desprende claramente que esta reforma tendría un efecto directo e inmediato a favor de la industria del turismo, con la implementación de los llamados fines de semana largos.
De igual forma se estableció que las mismas empresas se verían beneficiadas con la eliminación de los conocidos puentes que se generaban cuando los días de descanso obligatorios se daban a media semana, afectando la productividad y el ánimo de los trabajadores.
Otro de los puntos que se vieron como positivos para la aprobación de esta reforma fue que se fomentaría directamente la convivencia familiar de los mexicanos.
En efecto y a grandes rasgos esos fueron los argumentos que trajeron como consecuencia que los Legisladores aprobáramos dicha reforma, esos argumentos pesaron en el animo de todos y con esa visión expresamos el voto favorable.
Ahora bien, en este caso estamos ante la posibilidad casi única de analizar en corto plazo la utilidad de una reforma aprobada por nosotros y de revisar los resultados de forma inmediata. En efecto, acaba de pasar el primero de estos llamados fines de semana largo y los medios de información nos otorgan de manera más o menos precisa los primeros resultados.
Así tenemos que en efecto el primer fin de semana largo que se da como resultado de esta reforma, -del cuatro al seis de febrero del presente año- trajo un balance que debe ser estudiado por nosotros, para determinar si los argumentos de la reforma se reflejan en la realidad, encontrando que si bien la demanda de servicios turísticos se elevó no se tuvo la ocupación esperada, que se insiste aunque si mejoró, pudo ser superior.
Es decir, no se tiene un balance tan positivo como el que se hubiera esperado y cabe señalar que esto podemos atribuirlo en gran parte al desconocimiento general de esta nueva disposición, desconocimiento que tuvo efectos negativos respecto a cada uno de los argumentos que repasamos.
Debemos señalar que por la falta de publicidad de esta reforma, no se cumplieron las expectativas proyectadas, que si bien fueron ambiciosas, también eran justificadas.
Debemos señalar que la derrama económica evidentemente fue considerable, pero pudo ser mejor. El problema real lo vemos cuando analizamos más a fondo el problema, es decir, hubo hogares en donde ambos padres trabajan y se dio el caso de que a uno de ellos si les respetaron en su fuente de trabajo este nuevo derecho, pero al otro no, impidiendo a la familia, disfrutar plenamente los beneficios de esta disposición. De esta forma uno de los razonamientos que fueron señalados no se cumplió, pues no se promovió la convivencia familiar.
De igual forma un segundo problema a considerar es que las empresas por ese mismo desconocimiento tendrán que pagar una prima adicional, al haber obligado a sus trabajadores a trabajar en un día que por ley es de descanso obligatorio; y por último debemos de señalar la inconformidad y malestar de los trabajadores que tuvieron que trabajar en un día de descanso obligatorio, nuevamente por mero desconocimiento de la esta nueva disposición.
Así, vemos que esta reforma trajo innegables beneficios al sector turístico, pero definitivamente encontramos que hubo un problema en la difusión de la reforma que contribuyó a que estos beneficios no fueran generales.
Concluimos que con la difusión adecuada, esta disposición, beneficiará aún más al sector turístico y a los trabajadores.
Ahora bien, es de señalarse que es competencia del Poder Ejecutivo no solo promulgar y ejecutar las leyes, sino además tomar las providencias para que estas sean observadas, motivo por el que consideramos adecuado que sea el Poder Ejecutivo el que realice un programa de difusión de esta norma, a través de las Secretarias del Trabajo y del Turismo, con lo que obtendríamos un doble beneficio, es decir, el respeto a los derechos de los trabajadores como lo es el otorgamiento de los días de descanso obligatorio a que se refiere el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, así como la promoción del turismo nacional a través de los fines de semana largos.
Por lo anteriormente expuesto el suscrito diputado Francisco Javier Bravo Carbajal, someto a la consideración de esta honorable Asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único: Se exhorta al titular del Ejecutivo, a efecto de que en coordinación con las Secretarías del Trabajo y de Turismo, realicen un programa de difusión de la reforma al artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
Dip. Francisco Javier Bravo Carvajal (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL, AL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO Y A DIVERSOS GOBIERNOS MUNICIPALES A FORTALECER EL PLAN OPERATIVO DEL VOLCÁN POPOCATÉPETL, A CARGO DE LA DIPUTADA SHEYLA FABIOLA ARAGÓN CORTÉS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN
Proposición con punto de acuerdo que suscribe la diputada federal del Estado de México por la quinta circunscripción, Sheyla Fabiola Aragón Cortés, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de esta LIX Legislatura, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para exhortar al Ejecutivo federal, al gobierno del estado de México y diversos gobiernos municipales a fortalecer el Plan Operativo del Volcán Popocatépetl, bajo las siguientes
Consideraciones
El Plan Operativo del Volcán Popocatépetl, es un instrumento de planeación del Gobierno del Estado de México, diseñado para atender a la población expuesta al riesgo volcánico, tiene el propósito fundamental de establecer la normatividad que permita la ejecución de acciones de protección a la comunidad y sus bienes, incorporando a las dependencias del sector público en sus tres niveles de Gobierno, así como a los sectores social y privado del Estado de México. A través de él se enfatizan los esfuerzos para brindar la mayor seguridad a la población asentada en las zonas de peligro o riesgo del volcán. La coordinación de la emergencia recae en el Consejo Estatal de Protección Civil, que incorpora un esquema de organización participativa en el que se activan las funciones que deberán ejecutarse a fin de responder con mayor prontitud y eficacia a las emergencias que pudieran presentarse con motivo de una erupción del Volcán.
Para cumplir con las funciones ejecutivas la organización del Plan inicia desde el Consejo Nacional de Protección Civil a través del marco rector del Comité de Auxilio y Recuperación, el que está integrado por las Secretarías de Gobernación, Defensa Nacional, Marina, Comunicaciones y Transportes y Salud, la presencia de este Comité garantiza la participación del Gobierno Federal en las labores de atención a la población expuesta al riesgo volcánico.
El cumplimiento de las funciones técnicas corresponde al Comité de Planeación, que se encuentra integrado por las Direcciones Generales de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, y de los Estados de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala con el apoyo del Centro Nacional de Prevención de Desastres, quien a través del Consejo Técnico Asesor y apoyado en la red de monitoreo del Volcán emite la información sobre el comportamiento de éste para lograr tomar decisiones oportunas por parte de las autoridades de Protección Civil.
El Centro Nacional de Prevención de Desastres, es el órgano responsable de la operación de la red de monitoreo volcánica la cual se encuentra constituida por estaciones sismológicas, de inclinometría y una red de prismas, con los cuales es posible detectar sismos volcánicos, deformaciones en la estructura del edificio y la lectura de la emanación de gases en la fumarola; así mismo el Centro tiene la responsabilidad de elaborar los mapas de peligros que permitan identificar las zonas de alto, mediano y bajo riesgo; una responsabilidad vital del Centro es la notificación de la emergencia una vez que se ha detectado una actividad importante en el Volcán, lo que requiere modificar los colores del Semáforo de Alerta Volcánica.
La Coordinación General de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, como responsable de la operación del Sistema Nacional, tiene la facultad de evaluar los planes operativos de las Entidades Federativas involucradas, buscando homogeneidad en los procedimientos operativos, apoyando con los recursos federales necesarios los programas de capacitación y difusión, y eventualmente otorgando la respuesta a la comunidad afectada con recursos materiales proporcionados por el Fondo de Desastres Naturales.
El apoyo logístico, proporcionado por la Secretaría de la Defensa Nacional a través del mando unificado en la 6ª Región Militar, y con la participación de la 37ª Zona Militar ubicada en Santa Lucía, es fundamental para el desarrollo de las acciones propuestas en el Plan Operativo Popocatépetl.
Para el Estado de México estas funciones son responsabilidad del Consejo Estatal de Protección Civil máximo órgano de consulta en el Plan Operativo, desde donde se establecerán las normas de operación que permitan la correcta aplicación de las responsabilidades encomendadas a cada una de las secciones de trabajo. A su vez se incorporan al Sistema Estatal de Riesgos, que es definido como el elemento que integra y procesa información cartográfica y de bases de datos. Un sistema de información geográfica que está integrado por personal, metodología, hardware, software, información espacial y atributos.
Con la finalidad de contar con espacios adecuados desde donde puedan tomarse las decisiones que permitan atender a la población expuesta al riesgo volcánico, se ha instrumentado un Centro de Operaciones primario ubicado en el Municipio de Chalco, en la Escuela de Artes y Oficios de ese municipio. Un aspecto relevante del Plan Operativo, es la instrumentación del Comité de Reconstrucción, órgano propuesto para que desarrolle los estudios previos, que permitan elaborar una adecuada evaluación de daños y con esto presentar los programas que garanticen el pronto restablecimiento de las áreas afectadas.
El Sistema Estatal de Riesgos lógica y conceptualmente se basa en el modelo de estudio y atención de los riesgos que se estructuran por tres subsistemas denominados Perturbador, Afectable y Regulador en el territorio del Estado de México; los resultados que se obtienen de dicho sistema, son elementos fundamentales para la elaboración de Programas de Prevención y Auxilio.
Uno de los primeros resultados obtenidos de la implementación y operación del Sistema Estatal de Riesgos es el Atlas Estatal de Riesgos, documento constituido por un conjunto de mapas a nivel estatal con representación de información de la distribución, situación y relaciones de los distintos fenómenos de carácter natural y antropogénico que pueden representar un peligro o riesgo para el desarrollo de la sociedad en los municipios que conforman el Estado de México.
A partir de información contenida en el Atlas de Riesgos del Estado de México, y en coordinación con el área científica del Centro Nacional de Prevención de Desastres, se identificaron las zonas de alto, mediano y bajo riesgo con el fin de establecer la zona de planeación del Plan Operativo Popocatépetl. La participación de los Ayuntamientos ubicados en las inmediaciones del Volcán, se da en dos niveles de acuerdo a la información contenida en el mapa de peligros; las poblaciones ubicadas en la zona de alto riesgo, pertenecen a los Municipios de Amecameca, Atlautla, Ecatzingo, Ozumba y Tepetlixpa; por lo que corresponde a los municipios localizados en la zona de mediano riesgo, estos son: Localidades de Amecameca y Tlalmanalco, y en la zona de bajo riesgo las poblaciones de Juchitepec y Tenango del Aire; en total estas comunidades representan 191,515 habitantes, de los cuales 68,286 se encuentran en una zona de alto riesgo, 52,938 se encuentran en riesgo medio, y 70,291 en bajo riesgo. En relación a los municipios que aportan su apoyo a través de instalaciones donde serán ubicados los refugios temporales estos corresponden en una primera etapa a Chalco, Valle de Chalco, Ixtapaluca, La Paz, Nezahualcóyotl y Ecatepec. De ahí la necesidad de contar con medidas adecuadas para mitigar el riesgo y contemplar acciones encaminadas a atender la emergencia de forma expedita.
Derivado de lo anterior se consolidaron los Atlas Municipales de Riesgos, como una herramienta esencial en el estudio y ubicación de los riesgos a nivel municipal; para lo cual se desarrollaron y establecieron estándares que permiten la homologación e integración de información en un documento que es el diagnóstico de riesgos con que el municipio debe contar para realizar una mejor planeación encaminada a la seguridad de la población en materia de protección civil; la información plasmada en los atlas municipales de riesgos forma parte del Sistema Estatal de Riesgos.
Para proporcionar apoyo a los municipios en la elaboración de sus Atlas de Riesgos, el gobierno debe de implementar un programa anual de asesorías personalizadas a las Unidades municipales de protección civil de los 125 municipios del Estado de México, que ha dado como resultado la integración de 50 Atlas Municipales de Riesgos, mismos que se han elaborado en forma coordinada.
Los atlas municipales de riesgos, son instrumentos de la planeación que deben ser actualizados y enriquecidos constantemente, de tal modo que sean un reflejo real de la situación actual que prevalece en el territorio municipal; en este contexto, los resultados del análisis de la información contenida en dicho documento, es aplicable a diversas áreas tales como:
Ubicación de albergues temporales
Ubicación de instancias del subsistema regulador
Desarrollo urbano y obras públicas
Ubicación de zonas delictivas
Programas de Verificación
Planes de contingencias
Se emiten reportes en base a la información proporcionada por el Cenapred semanales, mensuales, extraordinarios y anuales sobre la actividad del volcán Popocatépetl dirigidos a las autoridades del Estado de México que participan en el Plan Operativo. Asimismo Se incluyen en ellos, gráficas de las exhalaciones, de la actividad sísmica y de los tremores que se registran, además de fotografías aéreas del domo de crecimiento en la parte interna del cráter que proporciona la Dirección General de Carreteras Federales de la SCT.
A pesar de que el Instituto reportó durante 2004 haber llevado a cabo 461 reuniones de trabajo con personal de los ayuntamientos, en conjunto con la Secretaría de Gobierno del Estado de México, es necesario intensificarlas en cada uno de los municipios, para asesorar a autoridades municipales sobre trabajos para la protección civil; no solamente informar de los peligros y riesgos que amenazan al territorio, sino satisfacer constantemente las necesidades de capacitación del personal de los ayuntamientos y de los diversos sectores involucrados en caso de alguna contingencia del volcán, incluyendo la infraestructura de albergues y rutas de evacuación.
Los habitantes de las comunidades dentro de la zona de influencia del Volcán se encuentran preocupados por el abandono tanto de refugios como de las rutas de evacuación. El aparente control que existe en el monitoreo de la actividad volcánica del Popocatépetl, provoca que las autoridades de los distintos niveles de gobierno, disminuyan las acciones preventivas establecidas en el Plan. Esto alerta a la población, pues la atención gubernamental ha ido progresivamente disminuyendo a lo largo de estos años.
Las autoridades encargadas de la toma de decisiones en los niveles federal, estatal y municipal deben no solamente implementar rápidamente planes de prevención, auxilio y recuperación que permitan evitar, disminuir y/o mitigar los efectos de los desastres y restablezcan el orden, sino también mantenerlos, pues la incertidumbre de alguna eventualidad no es ajena. Y ello, solo puede lograrse con el conocimiento de las posibles amenazas y el impacto que puede generarse, así como, de los recursos con que cuentan los sectores público, privado y social para hacer frente a las mismas.
Por lo anteriormente expuesto, solicito a esta H Asamblea tenerme por presentada la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero: Se exhorta al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Gobernación y al Gobierno del Estado de México a fortalecer las acciones contempladas en el Plan Operativo del Volcán Popocatépetl, y actualizar el Atlas de Riesgo en la zona de influencia.
Segundo: Se exhorta a los municipios de Amecameca, Atlautla, Ecatzingo, Ozumba, y Tepetlixpa, Amecameca, Tlalmanalco, Juchitepec y Tenango del Aire; en el Estado de México a implementar planes y programas de contingencia, así como elaborar, o en su caso, actualizar el Atlas Municipal de Riesgos respectivo para proteger a las comunidades ante el riesgo de actividad del Volcán Popocatépetl.
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 30 días del mes de marzo de 2006.
Dip. Sheyla Fabiola Aragón Cortés (rúbrica)
CON PUNTO DE ACUERDO, A EFECTO DE QUE LA SUBCOMISIÓN DE EXAMEN PREVIO DE ESTA SOBERANÍA RESUELVA LA DENUNCIA DE JUICIO POLÍTICO INTERPUESTA CONTRA EL GOBERNADOR DE PUEBLA PARA ESTAR EN POSIBILIDAD DE CONTINUAR LA SUBSTANCIACIÓN DE ESTE PROCEDIMIENTO DE ORDEN PÚBLICO, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS ROGELIO ALEJANDRO FLORES MEJÍA, MARÍA ANGÉLICA RAMÍREZ LUNA, FELIPE DE JESÚS DÍAZ GONZÁLEZ, ÁNGEL ALONSO DÍAZ-CANEJA Y MYRIAM ARABIAN COUTTOLENC (PAN), ROSA MARÍA AVILÉS NÁJERA (PRD) Y JOSÉ GUILLERMO ARÉCHIGA SANTAMARÍA (SIN PARTIDO)
Los suscritos, diputados federales integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional en la LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos y demás relativos y aplicables, nos permitimos presentar a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo (de urgente resolución), para que la Subcomisión de Examen Previo de la Cámara de Diputados resuelva con la mayor brevedad la denuncia de juicio político interpuesta contra el gobernador del estado de Puebla, Mario Marín Torres, por la realización de actos que constituyen una violación grave de la Constitución General de la República, así como a diversas leyes federales, para estar en posibilidad legal de continuar la substanciación de este procedimiento de orden público, al tenor de los siguientes
Antecedentes
I. Que con fecha 13 de marzo de 2006, fue presentada ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados una denuncia de juicio político en contra del gobernador constitucional del estado de Puebla, Mario Marín Torres, por la realización de actos que constituyen una violación grave de la Constitución General de la República, así como a diversas leyes federales emanadas de ésta, relacionada con los abusos, arbitrariedades y la violación de las garantías, así como de la división de poderes en el estado de Puebla, derivados del caso de la periodista Lydia Cacho Ribeiro. Dicha denuncia fue presentada por los ciudadanos poblanos Eduardo García Suárez, Ricardo Villa Escalera, Carlos Lois Llorens y José Antonio Andreu Marín, cumpliendo al efecto todos los requisitos legales exigibles en este caso concreto.
II. Que la denuncia de juicio político señalada en el apartado anterior se viene a unir a otra denuncia de juicio político presentada sólo unos días antes, concretamente el día 16 de febrero, también en contra del gobernador constitucional del estado de Puebla, Mario Marín Torres, relacionada con los mismos hechos. Dicha denuncia actualmente obra en poder de la Subcomisión de Examen Previo.
III. Que con fecha 13 de marzo de 2006, fue ratificada ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados la denuncia de juicio político señalada en el numeral I del presente apartado, por lo que una vez cumplidos los requisitos legales exigidos al efecto, la Secretaría General de la Cámara de Diputados procedió a enviar dicha denuncia a la Subcomisión de Examen Previo de la Cámara de Diputados para continuar con la substanciación del procedimiento.
IV. Que hasta la fecha, continua el expediente de juicio político en contra del gobernador Mario Marín Torres, en la Subcomisión de Examen Previo, en espera de que dicha instancia emita la resolución correspondiente, y de esta manera se pueda estar en posibilidades legales de continuar el procedimiento.
Consideraciones
Durante el mandato del gobernador Mario Marín Torres, la ciudadanía ha experimentado una serie de excesos en el uso del poder político que pervierten y rebasan las atribuciones que constitucionalmente corresponden al titular del Poder Ejecutivo estatal.
Ello quedó comprobado con los actos de corrupción, intimidación, fragrante violación a los derechos humanos, así como a la división constitucional de poderes del estado de Puebla, mostrados a la luz pública en el caso de la periodista Lydia Cacho Ribeiro. Sin duda este lamentable caso es claro manifiesto de la represión, prepotencia, arbitrariedad e impunidad con que se conduce el gobernador Mario Marín en el ejercicio de gobierno, en detrimento directo de la sociedad poblana a la cual se debe y tiene la obligación de rendir cuentas.
En efecto, coincidimos con los promoventes de la denuncia de juicio político en el sentido de que el caso de la periodista Lydia Cacho es un claro ejemplo que entraña un grave atentado no sólo contra la integridad física y moral de la persona afectada, sino además un típico ejemplo de la parcialidad y exceso de como se manejan y utilizan las agencias del Estado en provecho del gobernador de Puebla, debiendo por ello afrontar la responsabilidad política en que ha incurrido.
Por ello, las organizaciones sociales que han promovido el mencionado juicio político en contra de Mario Marín Torres, expresan a través de dicha denuncia, la demanda legítima y generalizada de diversos sectores de la sociedad poblana, cansados del abuso de autoridad, prepotencia, corrupción y falta de respeto a las garantías de todos los ciudadanos que predominan e invaden la vida cotidiana en esa entidad, cuya tranquilidad, desarrollo y gobernabilidad se encuentra en crisis.
Ello se corrobora con las diversas marchas ciudadanas realizadas en la ciudad Puebla, en este último par de meses, en donde miles de poblanos de manera pacífica han exigido la dimisión del gobernador Mario Marín Torres, por los excesos de su gobierno.
En efecto, son ya muchos los ciudadanos en el estado de Puebla que consideran que el titular del Poder Ejecutivo estatal, lejos de trabajar a favor del bien colectivo y dentro del marco legal establecido, lleva a la vida diaria una serie de prácticas contrarias al correcto ejercicio de la función pública que les fue encomendada, excesos que rayan en actos gangsteriles y de intimidación social.
Prueba de ello son los probables actos de espionaje, realizados en perjuicio del frente cívico poblano, por agentes del Consejo Estatal de Seguridad Pública de Puebla, mismos que inclusive se presentaron días después de la denuncia de juicio político presentada ante esta Soberanía -concretamente el 22 de marzo del presente año-, como una situación adicional que viene a confirmar la procedencia del referido juicio político en contra del gobernador Marín.
Así las cosas, tomando en cuenta que los diputados somos los encargados de dar testimonio del esfuerzo ciudadano para consolidar el Estado de derecho, la democracia, la legalidad, las instituciones y la justicia; al ser esta soberanía, no sólo la encargada de la creación del ordenamiento jurídico, sino un órgano de control político -el cual es indispensable para el normal funcionamiento de las instituciones del Estado-, surge la obligación legal de resolver a la mayor brevedad la procedencia del juicio político solicitado en contra de Mario Marín Torres, gobernador del estado de Puebla, por las realización de los actos de todos conocidos.
Por ello, considerando que la resolución del procedimiento de juicio político en contra del gobernador Marín, se erige como un verdadero acto de conciencia legislativa, al ser una importante forma válida ante la sociedad de dar cumplimiento a sus legítimas exigencias: transparencia, rendición de cuentas, apego a la legalidad, participación activa y democracia real; es que a través del presente punto de acuerdo procedemos a solicitar a esta soberanía, compela a la Subcomisión de Examen Previo de la Cámara de Diputados, para que en términos del artículo 12 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, resuelva en el ámbito de su competencia y a la mayor brevedad, las denuncias de juicio político interpuestas en contra del gobernador del estado de Puebla, Mario Marín Torres, por la realización de actos que constituyen una violación grave a la Constitución General de la República, así como a diversas leyes federales, para de esta forma estar en posibilidad de continuar con la substanciación legal de este procedimiento de orden público.
Sin duda, por ser las resoluciones de juicio político asuntos de gran trascendencia para la vida democrática del país, por encontrarse estas íntimamente vinculadas con la transparencia en la función pública y las responsabilidades de los servidores públicos que emanan de nuestra Constitución, estamos convencidos de la gran responsabilidad que se nos ha confiado como diputados, es por ello que sometemos a la consideración de esta H. asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. El Pleno de la Cámara de Diputados instruye a la Subcomisión de Examen Previo de la Cámara de Diputados para que, en términos del artículo 12 y demás relativos y aplicables de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, resuelva en el ámbito de su competencia y con la mayor brevedad las denuncias de juicio político interpuestas contra el gobernador del estado de Puebla, Mario Marín Torres, por la realización de actos que constituyen una violación grave a la Constitución General de la República, así como de diversas leyes federales, para de esta forma estar en posibilidad legal de continuar la substanciación de este procedimiento.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 6 de abril de 2006.
Diputados: Rogelio Alejandro Flores Mejía
(rúbrica), María Angélica Ramírez Luna (rúbrica),
Felipe de Jesús Díaz González (rúbrica), Ángel
Alonso Díaz-Caneja (rúbrica), Myriam Arabian Couttolenc,
Rosa María Avilés Nájera, Guillermo Aréchiga
Santamaría.
La suscrita, diputada Presidenta de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias a la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita que, en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables, a que presenten dictamen de la iniciativa que adiciona un inciso H) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a cargo de la diputada Irma Figueroa Romero y suscrita por la diputada Angélica de la Peña Gómez, del grupo parlamentario del PRD, en la Comisión Permanente del día 18 de enero del año 2006, al tenor de los siguientes:
Antecedentes
Primero: Con fecha 18 de enero de 2006, en nombre de las y los integrantes de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias, se presentó ante la Comisión Permanente la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso H) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y es fecha en que no se ha emitido el dictamen correspondiente.
Segundo: El mismo día de su presentación ante la Comisión Permanente, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente, fue turnada a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Socia, y de Atención a Grupos Vulnerables, con opinión de la Comisión Especial de la Niñez, Adolescencia y Familias para su estudio y dictamen.
Consideraciones
Primera. Nuestro país consagra en el artículo 4o. constitucional que las niñas y los niños tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.
Segunda: La Ley Federal del Trabajo, en el artículo 123, prohíbe el trabajo de personas menores de 14 años, pero la realidad en México es otra porque niñas, niños y adolescentes, quienes deberían ocuparse principalmente en estudiar y jugar, son privados de estos derechos, ya que tienen que incorporarse al trabajo a tempranas edades.
Tercera: El Comité de Vigilancia en el Cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de la Niñez (CDN) señala que la explotación económica sigue siendo uno de los principales problemas de la infancia de México.
Cuarta. La Organización Internacional de Trabajo, considera que el trabajo infantil doméstico es uno de los más extendidos y a la vez uno en los que menos se conocen los peligros y riesgos a los que se expone la población infantil, además, el carácter oculto del trabajo infantil doméstico repercute en el escaso conocimiento de la magnitud y complejidad del mismo, así como del nivel de participación de los niños, niñas y adolescentes en la ejecución de las tareas y actividades.
Quinta: Estudios realizados por la OIT y su programa IPEC, han encontrado vacíos y contradicciones legales además de deficiencias en la aplicación de la legislación.
Sexta: El Trabajo Infantil Doméstico, es considerado como un trabajo peligroso ya que se desempeña bajo condiciones de explotación económica y realizan tareas que ponen en riesgo su integridad física, psíquica o moral.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted, C. Presidenta de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, atentamente solicitamos se sirva:
Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción LIX, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Atención a Grupos Vulnerables, para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un inciso H) a la fracción I del artículo 175 de la Ley Federal del Trabajo, y un artículo 21 Bis a la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes suscrita por la diputada Angélica de la Peña Gómez del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 5 de abril de 2006.
Dip. Angélica de la Peña Gómez (rúbrica)
A LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES, A SOLICITUD DE LA DIPUTADA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
La suscrita, diputada integrante del grupo parlamentario del PRD de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita que, en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite a nombre de la Cámara a la Comisión de Relaciones Exteriores a que presente dictamen del punto de acuerdo que exhorta al gobierno mexicano a que ratifique el Convenio 138 de la OIT, sobre la edad mínima de admisión en el empleo, presentado por la diputada Angélica de la peña Gómez, en la sesión de la honorable Cámara de Diputados del 7 de octubre del año 2003, al tenor de las siguientes
Antecedentes
Primero. Con fecha 7 de octubre de 2003, en nombre del grupo parlamentario del PRD, presenté ante el Pleno de esta cámara el punto de acuerdo que exhorta al gobierno mexicano a que ratifique el Convenio 138 de la OIT, sobre la edad mínima de admisión en el empleo, y es fecha en que no se ha emitido el dictamen correspondiente.
Segundo. El mismo día de su presentación ante el Pleno, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Relaciones Exteriores el punto de acuerdo que exhorta al gobierno mexicano a que ratifique el Convenio 138 de la OIT, sobre la edad mínima de admisión en el empleo.
Consideraciones
Primera. El trabajo infantil ha aumentado en nuestro país, en virtud de los crecientes niveles de pobreza que abaten a millones de familias mexicanas, lo que obliga a las niñas y los niños a contribuir al ingreso familiar en edades cada vez más tempranas. Ello se conjuga con una alta tolerancia de las autoridades laborales, quienes han sido incapaces de hacer respetar la legislación que prohíbe la utilización del trabajo de las personas menores de catorce años y condiciona el trabajo de quienes comprenden las edades entre 14 y 16 años. Esta circunstancia se complementa con la visión equivocada e insultante de que el trabajo infantil beneficia la socialización y formación laboral de la niñez.
Segunda. Si bien es cierto que nuestra constitución en la fracción III del apartado A del artículo 123, establece la edad mínima para el trabajo, la edad de 14 años, el Convenio 138 sobre la edad mínima de la Organización Internacional del Trabajo establece en su primer artículo que quien ratifique este convenio, se compromete a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de niñas, niños y adolescentes, elevando progresivamente el más completo desarrollo físico y mental de niñas, niños y adolescentes.
Tercera. El cuarto párrafo del artículo segundo del Convenio 138 de la OIT, menciona que el Estado interesado en la ratificación del Convenio en comento, cuya economía y medios de educación estén insuficientemente desarrollados podrán, previa consulta especificar inicialmente una edad mínima de catorce años.
Cuarta. Tanto el Poder Legislativo como el Ejecutivo estamos obligados a tomar todas las medidas necesarias para adoptar la edad mínima para trabajar, hasta alcanzar el objetivo de erradicar por completo el trabajo infantil en nuestro país. Estas medidas legales deben ser acompañadas de políticas públicas para atender el universo de necesidades de niñas, niños y adolescentes que sustenten su desarrollo pleno.
Quinta. No hay que dejar de reconocer la importancia que tiene en el ámbito internacional el Convenio 138 de la OIT, ya que fue concebido como un instrumento para remplazar gradualmente todos los convenios anteriores sobre la edad mínima aplicables a sectores económicos limitados, con miras a lograr la total abolición del trabajo infantil en cualquiera de sus formas, implica una política nacional.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted, C. Presidenta de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva:
Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción LIX, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Relaciones Exteriores para que se presente el dictamen respectivo al punto de acuerdo para exhortar al gobierno mexicano a que ratifique el Convenio 138 de la OIT, sobre la edad mínima de admisión en el empleo, presentado el 7 de octubre de 2003 en nombre del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.
Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 6 de abril de 2006.
Dip. Angélica de la Peña Gómez (rúbrica)