Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1981-II, martes 4 de abril de 2006.


Proposiciones Excitativas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Proposiciones
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LAS SECRETARÍAS DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, Y DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO LA REVISIÓN DE LAS BASES DE REGULACIÓN DE LAS TARIFAS DE PEAJE EN LAS AUTOPISTAS NACIONALES, A CARGO DEL DIPUTADO FERNANDO ALBERTO GARCÍA CUEVAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Los que suscriben, CC. diputados federales Fernando Alberto García Cuevas y Arturo Alcántara Rojas, integrantes del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LIX Legislatura al Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y demás relativos, someten a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, fundada en los siguientes antecedentes y consideraciones.

Antecedentes

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone en sus artículos 25 y 27 que dentro de las responsabilidades del Estado se encuentran: planear, coordinar y orientar la actividad económica nacional de acuerdo con el interés general, regulando y fomentando el desarrollo del país bajo criterios de equidad social y productividad Asimismo, establece que es a la Nación a quien corresponde originalmente la propiedad de las tierras yaguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, y una facultad del Estado es transferir la propiedad a los particulares de acuerdo a la modalidad que dicte el interés público.

En este orden de ideas, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 36, establece las atribuciones y el despacho de los asuntos competencia de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y en la fracción XII del citado artículo señala como una de sus responsabilidades "... 2. Fijar normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes y las tantas para el cobro de los mismos... y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la Administración Pública Federal de comunicaciones y transportes".

Por su parte, la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en sus artículos 5, fracción VIII, y 15, fracción VIII, señala como facultad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes establecer las bases generales para el cobro de las cuotas en las carreteras y puentes, las cuales deberán estar contenidas en los correspondientes títulos de concesión. Además, que la citada dependencia será responsable de definir las bases de regulación tarifaria para las autopistas de cuota concesionadas.

En la actualidad, México cuenta con 114 vialidades, de las cuales 73 son autopistas y 41 son puentes nacionales e internacionales, que forman en total una longitud de mas de 6 mil kilómetros; toda esa infraestructura es manejada y administrada por una de las siguientes tres figuras jurídicas: 1. El Fideicomiso de Apoyo al Rescate de Autopistas Concesionadas (FARAC), que cuenta con 43 autopistas y 4 puentes nacionales e internacionales; 2. Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), con 3 autopistas y 29 puentes nacionales e internacionales; y 3. Otros concesionarios en los que se incluyen particulares, instituciones financieras y gobiernos estatales los cuales tienen concesionados 27 autopistas y 8 puentes nacionales e internacionales. Únicamente las 29 concesiones a particulares suman un total de 3,488 kilómetros.

En ese sentido, es del dominio público que las carreteras de peaje muestran enormes diferencias en sus cobros, y, por supuesto, en el tamaño y calidad de los servicios que brindan. Existen autopistas en pésimo estado, sin un solo sanitario, sin servicios de asistencia mecánica de emergencia o sin formas de auxilio.

Además, las tarifas que pagamos los mexicanos por circular en las carreteras varían en forma desproporcionada y por demás inexplicable, dependiendo si se trata de caminos concesionados, operados por el FARAC o bien por Capufe, llegando la diferencia a ser tan elevada que mientras que tramos carreteros operados por Capufe tienen un costo promedio de 0.86 pesos por kilómetro para los automóviles, en el caso de los operados por concesionarios el costo es hasta de 1.83 por kilómetro. Es el caso de la autopista México-Toluca.

Resulta absurdo que por un trayecto de tan sólo 22 kilómetros un automóvil deba pagar 80 pesos, su costo por kilómetro es de 3.84 pesos, cifra que contrasta con los peajes de otras autopistas de similares extensiones y características, como sería el tramo de la autopista de Ecatepec a las Pirámides, que tiene un costo total de 36 pesos.

No obstante el fracaso evidente del esquema de concesiones, que ha derivado en múltiples y costosos rescates carreteros, así como en el establecimiento de fideicomisos públicos, dichas medidas han terminado por perjudicar aún más a la ciudadanía, ya que las tarifas no solo no han disminuido sino que se han incrementado de manera exorbitante.

Consideraciones

1. El país requiere para su desarrollo una infraestructura carretera cuyo costo sea accesible para la mayoría de los usuarios de la red de autopistas federales de cuota.

2. Por su ubicación estratégica en todo el territorio nacional y por el impacto social y económico que representan, las autopistas que cobran peaje deben operar en un esquema de tarifas adecuado a la realidad económica.

En mérito a lo expuesto y fundado, solicitamos la aprobación de los siguientes

Punto de acuerdo

De urgente y obvia resolución

Primero. Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, cada una en el ámbito de sus atribuciones, un informe sobre las bases y normas que regulan las tarifas de peaje en las autopistas nacionales, y también un diagnóstico sobre opciones para disminuir las cuotas de peaje en las autopistas.

Segundo. Una vez que las dependencias responsables den respuesta a la solicitud de esta soberanía, que se realice una reunión de trabajo entre la Comisión de Transportes y los funcionarios responsables de fijar los criterios para el establecimiento de las tarifas y cobro en los caminos y puentes federales, con la finalidad de ampliar y precisar la información remitida.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a cuatro de abril del año dos mil seis.

Diputados: Fernando Alberto García Cuevas, Arturo Alcántara Rojas (rúbricas).
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A DECLARAR, A TRAVÉS DEL INAH, ZONA DE MONUMENTOS HISTÓRICOS EL MUNICIPIO DE LERDO, DURANGO, A CARGO DE LA DIPUTADA MARÍA SALOMÉ ELYD SÁENZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a través de la suscrita, diputada María Salomé Elyd Sáenz, perteneciente a la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo conforme a las siguientes

Consideraciones

El paso del hombre a través del tiempo se guarda en los archivos de la historia.

El origen de la sociedad y la evolución, auge y decadencia de las civilizaciones, son tema de la cultura colectiva, parte de nuestro patrimonio nacional.

A lo largo de la tradición constitucional de nuestro país, se ha protegido al patrimonio cultural de la nación mexicana y acorde con este principio, el Congreso de la Unión ha emitido una Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de mayo de 1972, en la que se determinó como de utilidad pública, la protección, conservación y recuperación de nuestro patrimonio cultural.

Esta misma ley declara como monumentos históricos, los bienes vinculados con la historia de la nación a partir del establecimiento de la cultura hispánica en nuestro país. Señala en su artículo 41, que la zona de monumentos históricos es el área que comprende varios monumentos relacionados con un suceso nacional o la que se encuentre vinculada a hechos pasados de relevancia para el país.

Es una prioridad del gobierno mexicano realizar todas las acciones tendientes a la difusión del patrimonio cultural y las que garanticen la recuperación y conservación de los monumentos arqueológicos, artísticos o históricos.

De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, la política cultural del Gobierno Federal se orientará a encontrar un nuevo equilibrio en el país que impulse el desarrollo de las regiones y sus habitantes.

Dadas las consideraciones anteriores podemos decir que la ciudad de Lerdo, en el estado de Durango, ocupa la región que era lugar de recreo desde tiempos del Marquesado de Aguayo, en la Comarca Lagunera.

En 1598 se funda San Juan de Casta (León Guzmán); en 1731 se solicita a la Real Audiencia se deslinden las tierras del Reino de Vizcaya por su compra al Marqués de Aguayo. En 1836 don Juan Nepomuceno Flores adquiere estas tierras logrando un imperio agrícola con el cultivo del algodón, ganadero con industria metalúrgica y minera.

Lerdo se erigió como villa en el año de 1867 y recibió el título de ciudad en 1875.

La ciudad de Lerdo ayuda a conservar y engrandecer la identidad nacional, histórica, arquitectónica, monumental y urbanística con antiguos testigos mudos que datan en su mayoría de los siglos XIX y principios del XX como lo son: la capilla del Sagrado Corazón de Jesús, el quiosco de la Plaza de las Armas, los monumentos a la Madre, a Benito Juárez, al General Francisco Villa y al piloto aviador Francisco Sarabia Tinoco, el sitio de ejecución de Ladislao López, los Chalets Tarín y el Gorosave, la hacienda de la iglesia De la Goma, la iglesia de Villa Juárez y casas habitación, entre otros.

El exhorto va dirigido respetuosamente al Ejecutivo federal para que declare una zona de monumentos históricos en la ciudad de Lerdo Durango, ya que consideramos que es de interés y trascendencia nacional el que nos aboquemos a recuperar, proteger y conservar el patrimonio cultural perteneciente a la nación.

Por lo anteriormente expuesto compañeras y compañeros legisladores, se inscribe este punto de acuerdo que pongo a su consideración.

Punto de Acuerdo

Primero: Que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo federal para que a través del Instituto Nacional de Antropología e Historia declare una zona de monumentos históricos en la ciudad de Lerdo, municipio del mismo nombre, en el estado de Durango, de acuerdo al perímetro y características anexos a esta proposición.

Segundo: Que la Cámara de Diputados exhorte al Ejecutivo federal para que inscriba la declaratoria en el registro correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y la publique en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. María Salomé Elyd Sáenz (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL Y A DIVERSOS GOBIERNOS ESTATATALES, ATENDER LAS RECOMENDACIONES EMITIDAS EN LOS VEREDICTOS DEL TRIBUNAL LATINOAMERICANO DEL AGUA DEL PASADO 20 DE MARZO DE 2006, SUSCRITA POR LOS DIPUTADOS ISRAEL TENTORY GARCÍA Y PASCUAL SIGALA PAEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Los suscritos diputados federales, integrantes de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a hacer del conocimiento del pleno una proposición con punto de acuerdo con fundamento en los siguientes

Antecedentes

El Tribunal Latinoamericano del Agua es una instancia internacional, autónoma e independiente. Sus orígenes se remontan a 1998 con la creación del Tribunal Centroamericano del Agua. En palabras de sus directivos es un espacio alternativo de justicia en materia ambiental, ya que ante la crisis de la legalidad y la insuficiente capacidad de respuesta de las instancias gubernamentales en la resolución de conflictos ambientales, se percibe un estado de impunidad ambiental.

El momento del Cuarto Foro Mundial del Agua fue propicio para que el Tribunal participara y llevara al debate algunos de los casos más emblemáticos en materia de usos y eventuales abusos de los recursos hídricos en toda América Latina.

El Tribunal al ser una instancia civil, es un tribunal ético, es decir emite resoluciones que son morales y no vinculantes desde el punto de vista legal o administrativo. Sin embargo, las audiencias como la recientemente, celebrada del 13 al 20 de marzo del 2006 en la Ciudad de México, DF, tienen un procedimiento muy formal, en el que las partes presentan sus puntos de vista ante un jurado.

Los casos fueron elegidos minuciosamente por una comisión científico-técnica compuesta por profesionales y técnicos involucrados en la temática.

La parte acusadora como las comunidades afectadas u alguna organización no gubernamental presentan su caso muy bien fundamentado. Con antecedentes, y pruebas científicas y técnicas que den sustento al caso. La parte acusada es notificada de la acusación y recibe un legajo completo del expediente. Por supuesto, es invitada a participar en la audiencia.

La parte acusadora presenta el caso ante un jurado integrado, en este caso, por ocho personas de reconocido prestigio, pertenecientes a 6 distintos países, no necesariamente juristas, quienes también oyen el alegato de la defensa, cuando esta se hace presente.

La resolución del Tribunal más que una condena, recomienda alternativas para la solución de la controversia. Aunque, si el caso lo amerita, se emiten también condenas a instituciones o empresas ante la inequidad, ecocidio y gestión gubernamental inapropiada en el aprovechamiento y conservación del recurso hídrico en América Latina.

Aunque la dirección del Tribunal reconoce, que hay una tendencia en los casos de que la parte denunciada desconozca la jurisdicción del Tribunal por ser este de carácter ético y no gubernamentalmente constituido. También han señalado, que en anteriores audiencias en Centroamérica, si ha existido respuesta a través de comunicados institucionales, empresariales o ministeriales.

En la Audiencia de México se presentaron 13 casos de afectación ambiental e hídrica de 10 países latinoamericanos, de éstos, México presento 6 casos. Los veredictos fueron dados a conocer el pasado lunes 20 de marzo y se encuentran en la página oficial del Tribunal Latinoamericano del Agua www.tragua.com/tla1.htm. A continuación se presenta un resumen de los veredictos de los 6 casos mexicanos, presentados en el Boletín "Gota a Gota" del martes 22 de marzo, y que es editado por la Alianza Mexicana por una Nueva Cultura del Agua.

1) Trasvase de agua de la región del sistema Cutzamala a la cuenca México Distrito Federal: Se resolvió que es inadecuada la construcción de grandes obras de trasvase para importar agua de lugares lejanos, con el consiguiente despojo de los pobladores locales.

Se resuelve recomendar cancelar la cuarta etapa del Sistema Cutzamala.

2) Proyecto hidroeléctrico La Parota sobre el río Papagayo en el estado de Guerrero: Se resolvió que los derechos agrarios de las comunidades afectadas y el control del territorio y sus recursos naturales deben ser garantizados como la marca la Constitución, por lo que debe respetarse la diversidad cultural, la existencia de comunidades indígenas y sus derechos agrarios, formas de gobierno, usos y costumbres. Recomendó que el proyecto hidroeléctrico debe suspenderse, ya que no se demuestran los beneficios a la población local, su contribución al desarrollo regional ni la protección del medio ambiente.

3) Contaminación y Afectación costero/marina en la Bahía de Zihuatanejo: Se determinó que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional del Agua y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente han cometido negligencias y omisiones al controlar las actividades potencialmente degradatorias y prevenir el impacto ambiental en la Bahía de Zihuatanejo.

Se recomendó a la Alcaldía de Zihuatanejo, entre otras cosas, convocar una mesa permanente de "Resolución de conflictos ambientales", en la que participen organizaciones de la sociedad civil.

4) Afectación de la Cuenca Lerma-Chapala-Santiago-Pacífico. Estados de México, Querétaro, Guanajuato, Aguascalientes, Durango, Michoacán, Jalisco, Nayarit y Zacatecas: Se exhortó a las autoridades competentes a que ordenen suspender la construcción de la presa del Arcediano en la barranca de Juanacatlán, hasta que no se realice un estudio integral sobre sus implicaciones para la salud humana y se estudien alternativas de manejo hidráulico que respeten los ecosistemas.

También se recomendó implementar un programa para reducir los volúmenes de agua requeridos y estimular la reutilización del recurso hídrico; que garanticen que los vertimientos de actividades agropecuarios, industriales y agroindustriales se ajusten a los parámetros nacionales y/o la normatividad internacional; que se organicen mesas de negociación de conflictos ambientales y que, en la medida de lo posible, se devuelvan las aguas a sus causes naturales, asegurando el nivel mínimo del lago.

En el caso de Jalisco y Guadalajara deben desarrollar un programa de rehabilitación de cuencas y financiar las acciones de las comunidades que aseguren la viabilidad a largo plazo de la cuenca.

5) Contaminación industrial en los ríos Atoyac y Xochiac. Estados de Tlaxcala y Puebla: Se determinó que las industrias asentadas en el parque industrial "Quetzacoatl" que descargan sus aguas residuales en el río Atoyac, son responsables por su contaminación. Se señalo que las instituciones gubernamentales violaron la legislación mexicana al no controlar debidamente los vertidos de estas industrias.

Se resolvió que las empresas, junto con la autoridad ambiental y las organizaciones civiles, deben participar en el diseño y desarrollo de un plan de rehabilitación de la cuenca del río Atoyac.

6) Derrame petrolero en Río y Playa Coatzacoalcos, Veracruz: Se señalo que Pemex ha violado leyes nacionales e internacionales con el inadecuado manejo de emergencias ambientales con materiales peligrosos en la cuenca del río Coatzacoalcos.

Se determinó que la paraestatal debe elaborar un plan de contingencia y difundirlo entre las poblaciones aledañas, para guiar a los habitantes en caso de emergencia; debe adoptar medidas adecuadas de prevención y mantenimiento de maquinaria y equipo, y capacitar a su personal y a la población en su área de influencia para la implementación de dicho plan.

Pemex y la industria petroquímica deben reportar al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes todas sus descargas de sustancias tóxicas al agua, aire y suelo.

Al revisar los veredictos de los 6 casos de México, resulta que prácticamente las recomendaciones emitidas por el Tribunal tendrían que ser atendidas en su totalidad por dependencias y empresas públicas del Gobierno Federal, media docena de gobiernos estatales, así como un número similar de gobiernos municipales, y en algunos casos empresas privadas. Esto puede llevarnos a una conclusión básica, no habría este tipo de conflictos si se considerara verdaderamente, con profesionalismo, y mayor conocimiento al tema ambiental en las políticas públicas.

Por lo anteriormente expuesto, se somete a esta soberanía la aprobación de la siguiente

Proposición con Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal, y de manera respetuosa a los Gobiernos de los estados del Distrito Federal, Guerrero, Jalisco, México, Puebla, y Tlaxcala, para que a través de las dependencias y empresas públicas consideradas en los seis casos de México sujetos a juicio por el Tribunal Latinoamericano del Agua se atiendan las recomendaciones emitidas en sus veredictos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Israel Tentory García (rúbrica)

Dip. Pascual Sigala Páez (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL, INSTRUYA AL SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES, PROMUEVA EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO Y DEBIDA IMPLEMENTACIÓN DEL TRATADO DE CARTAGENA EN MATERIA DE BIOSEGURIDAD, A CARGO DEL DIPUTADO JESÚS AGUILAR BUENO

Jesús Aguilar Bueno, diputado federal por el estado de Chihuahua con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ante esta Honorable Asamblea, me permito someter a la consideración de las señoras y señores legisladores el presente punto de acuerdo, basándome para ello, en las siguientes

Consideraciones

México es parte del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad, suscrito y ratificado por México en 1992.

El objetivo de dicho Protocolo, de conformidad con su artículo 1°, "es contribuir a garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos".

Conforme al propio Protocolo, en su artículo 2, las partes "velarán porque el desarrollo, la manipulación, el transporte, la utilización, la transferencia y la liberación de cualesquiera organismos vivos modificados se realicen de forma que se eviten o se reduzcan los riesgos para la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana".

Para lograr lo anterior, se establece un sistema de información obligatorio para las partes, para que por conducto del Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología, previsto en el propio Protocolo notifiquen cualquier decisión respecto del uso, incluida su colocación en el mercado, de un organismo vivo modificado que puede ser objeto de un movimiento transfronterizo para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento.

Los conocedores y especialistas sobre el tema coinciden en que este sistema de información es condición insoslayable para garantizar la eficiente y oportuna aplicación del Protocolo de Cartagena.

Los medios de comunicación masiva internacionales, periodísticos e Internet, reseñan la celebración de una reunión internacional en Curitiba, Brasil, en la que se están discutiendo reglas y procedimientos relacionados con el Protocolo de Cartagena y refieren que la Delegación Mexicana está promoviendo que las delegaciones latinoamericanas acepten recibir sólo información irrelevante sobre los transgénicos que ingresan a sus países.

Las organizaciones defensoras del medio ambiente y la ecología, denuncian que "la delegación mexicana ha sido muy participativa y activa para defender los intereses comerciales de Estados Unidos y Canadá (principales países productores de transgénicos, socios comerciales de México y que no han signado el Protocolo), antes que sus propios derechos y obligaciones; México es uno de los principales países importadores de granos, país megadiverso y signatario del Protocolo. Sin embargo, antes que demandar que los embarques de granos sean acompañados con información clara, precisa y completa de qué tipo de transgénicos y en qué cantidad se encuentran en dichos embarques; México está impulsando que los exportadores de transgénicos sólo informen que sus envíos "pueden contener" transgénicos y que envíen al Centro de Información de Seguridad un poco más de datos".

Es claro que sin esa información completa, clara y precisa, los países importadores de transgénicos en términos absolutos, como son los países latinoamericanos y entre ellos México, no contarán con datos suficientes y adecuados para conocer, controlar y establecer mecanismos eficientes de bioseguridad, en perjuicio de la alimentación y la salud de sus habitantes.

México debe responder responsablemente a sus compromisos internacionales, en defensa de los mejores intereses nacionales y de manera alguna inclinarse por los intereses de las corporaciones biotecnológicas transnacionales; su principal deber es la defensa de los mexicanos y de todos los habitantes del orbe que tenemos derecho a saber si los alimentos que ingerimos contienen transgénicos.

En mérito de lo expuesto, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento del Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con el carácter de urgente resolución, someto a la consideración del Pleno de esta Honorable Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero: Se exhorta respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal para que instruya a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, en el ámbito de su competencia, promueva el estricto cumplimiento y debida implementación del Convenio de Cartagena sobre Transgénicos, particularmente en lo referente a que los países Parte requieran de la información completa, clara y precisa de los productos transgénicos, incluyendo la documentación y notificaciones obligatorias para los embarques transfronterizos correspondientes.

México deberá ratificar su posición, vinculada íntima y directamente con su categoría de país importador de productos transgénicos, de priorizar la defensa de los consumidores de estos productos, por razones de supervivencia y de salud.

Segundo: Se solicita de la Secretaría de Relaciones Exteriores que informe a la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, de las acciones realizadas y medidas adoptadas para el cumplimiento del punto anterior, dentro de los sesenta días siguientes a la notificación de este punto de acuerdo.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Aguilar Bueno (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL COMITÉ TÉCNICO QUE ADMINISTRA EL FIDEICOMISO DE APOYO SOCIAL PARA TRABAJADORES MIGRANTES MEXICANOS A REABRIR EL PADRÓN DE 2003 PARA LOS TRABAJADORES EX BRACEROS QUE LABORARON ENTRE 1942 Y 1964 EN ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y QUE NO REALIZARON EL TRÁMITE DE COMPENSACIÓN, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ MANUEL ABDALÁ DE LA FUENTE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Los que suscriben, José Manuel Abdalá de la Fuente y Francisco Luis Monárrez Rincón, diputados federales del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución donde se exhorta al Comité Técnico que Administra el Fideicomiso de Apoyo Social para Trabajadores Migrantes Mexicanos integrado por representantes de las Secretarías de Gobernación, de Relaciones Exteriores, de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo Social y de la Función Pública para que se reabra el padrón de 2003 y puedan registrarse aquellos trabajadores ex braceros que laboraron entre 1942 y 1964 en Estados Unidos de América, para recibir la compensación correspondiente.

Considerandos

Que en 2003 la Secretaría de Gobernación implementó una medida para incluir a todos aquellos mexicanos que laboraron en Estados Unidos de América en el periodo comprendido entre 1942 y 1964, para que recibieran una compensación de 38 mil pesos en años posteriores, sin embargo la falta de difusión a través de los medios de comunicación, impidió que muchos de ellos lograran registrarse.

Que de acuerdo a datos estadísticos que se tienen, se estiman que cerca de 5 millones de mexicanos fueron los que tuvieron la oportunidad de prestar sus servicios en Estados Unidos de América, de los cuales sólo han podido empadronarse cerca de 105 mil trabajadores, para recibir tal compensación.

A partir del 1 de noviembre de 2005 al 10 de marzo de 2006, fue el plazo otorgado por dicho Comité para que los ex braceros que lograron registrarse en el 2003, recibieran su pago, pero además en él se recibió documentación a aquellos que no lo habían realizado, quedando pendientes para próximas fechas el pago correspondiente.

Que el reclamo por parte de los ex braceros es cada vez mayor, ya que solicitan un periodo más de tiempo para realizar sus trámites, esto debido a muchos factores como la falta de información, la edad avanzada con la que cuentan muchos de ellos, que les impide trasladarse a la capital de los estados para presentar los requisitos previamente solicitados, entre otros.

Que este programa ha tenido un gran impacto positivo dentro de este grupo de personas que reconocen con este programa un estímulo al esfuerzo después de tantos años, por lo que es necesario reabrir este padrón y puedan ser beneficiados la mayor cantidad de personas que acrediten que desempeñaron su labor en Estados Unidos de América en el periodo antes mencionado.

Por lo antes fundamentado, presento ante esta soberanía el siguiente punto de acuerdo de urgente y obvia resolución:

Único: se exhorta al Comité Técnico que Administra el Fideicomiso de Apoyo Social para Trabajadores Migrantes Mexicanos integrado por representantes de las Secretarías de Gobernación, de Relaciones Exteriores, de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Desarrollo Social y de la Función Pública para que se reabra el padrón de 2003 para aquellos trabajadores ex braceros que laboraron entre 1942 y 1964 en Estados Unidos de América y que no realizaron el trámite de compensación, para que se registren y reciban el pago correspondiente.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de marzo de 2006.

Dip. José Manuel Abdalá de la Fuente (rúbrica)

Dip. Francisco Luis Monárrez Rincón (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBIERNO DEL ESTADO DE PUEBLA Y AL AYUNTAMIENTO DE ATZITZIHUACAN A ENTREGAR LOS RECURSOS QUE CORRESPONDAN A LA JUNTA AUXILIAR DE SAN JUAN TEJUPA, A CARGO DEL DIPUTADO ROGELIO ALEJANDRO FLORES MEJÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta honorable asamblea punto de acuerdo, bajo las siguientes

Consideraciones

La legislación en el estado de Puebla contempla la figura denominada "juntas auxiliares". El artículo 224 de la Ley Orgánica Municipal del estado señala que las juntas auxiliares están integradas por un presidente electo a través de un plebiscito, y cuatro miembros propietarios, esto, dice el citado artículo, para el gobierno de los pueblos.

Tales autoridades se encuentran políticamente subordinadas a las autoridades municipales en la cuan se encuentra geográficamente el pueblo constituido como junta auxiliar.

Es el caso de la Junta Auxiliar de San Juan Tejupa, perteneciente al municipio de Atzitzihuacan, en el estado de Puebla. Con una población aproximada de 5 mil habitantes, la presidencia auxiliar está obligada a dotarlos de servicios públicos a través de la coordinación con las autoridades municipales.

Para ello, el artículo 43 de la Ley para el Federalismo Hacendario del estado de Puebla dispone que las juntas auxiliares deben recibir de los ayuntamientos los recursos provenientes de las participaciones federales de acuerdo con la proporción directa al número de habitantes de cada junta auxiliar.

Asimismo, el artículo 100 de la Ley del Federalismo Hacendario del estado de Puebla establece: "Las infracciones en que incurran los servidores públicos estatales o municipales a las disposiciones de esta ley y su reglamentación se sancionarán por los órganos de control y supervisión del estado de conformidad con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del estado de Puebla y demás ordenamientos aplicables".

De igual manera, el artículo 102 del citado ordenamiento jurídico establece: "En caso de que los ayuntamientos no ministren los recursos que conforme a esta ley corresponden a sus juntas auxiliares, el gobierno del estado los liquidará directamente".

No obstante, la Junta Auxiliar de San Juan Tejupa, del municipio de Atzitzihuacan, en el estado de Puebla, desde noviembre de 2005 hasta la fecha de presentación del presente punto de acuerdo no ha recibido las participaciones que por ley le corresponden.

Además del ayuntamiento, el Ejecutivo estatal, a través de sus dependencias y entidades competentes, también es responsable de administrar, distribuir, ejercer y supervisar los recursos que corresponden a las juntas auxiliares, de acuerdo con la Ley para el Federalismo Hacendario del estado de Puebla.

Sin las participaciones económicas, la Junta Auxiliar de San Juan Tejupa está inhabilitada para proporcionar los servicios públicos básicos que requiere dicha comunidad. Por ello, y en virtud de lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto ante esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

De urgente y obvia resolución

Primero. Que la Cámara de Diputados exhorte al gobierno del estado de Puebla para que ministre de manera directa los recursos derivados de las participaciones que corresponden a la Junta Auxiliar de San Juan Tejupa, perteneciente al municipio de Atzitzihuacan, de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Ley del Federalismo Hacendario del estado de Puebla.

Segundo. Que la Cámara de Diputados exhorte a la presidencia municipal de Atzitzihuacan, en el estado de Puebla, a que entregue los recursos presupuestales que por ley corresponden a la Junta Auxiliar de San Juan Tejupa, en el estado de Puebla.

Tercero. Que esta soberanía exhorte a los órganos de control y supervisión del estado de Puebla para que, con base en el artículo 100 de la Ley del Federalismo Hacendario del estado de Puebla, realicen las investigaciones que correspondan para sancionar a los funcionarios públicos que han impedido la entrega de los recursos que corresponden a la Junta Auxiliar de San Juan Tejupa, del municipio de Atzitzihuacan, Puebla.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Rogelio Alejandro Flores Mejía (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA MESA DIRECTIVA DE ESTA SOBERANÍA, INVESTIGUE LAS RELACIONES DE TRABAJO Y LAS CONDICIONES LABORALES DE LOS TRABAJADORES QUE CUMPLEN TAREAS DE ASEO EN ESTA H. CÁMARA DE DIPUTADOS, A CARGO DEL DIPUTADO ABDALLÁN GUZMÁN CRUZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

Con fundamento en los artículos 53 y 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos el que suscribe, diputado Abdallán Guzmán Cruz, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, someto a esta soberanía, con carácter de urgente y obvia resolución, la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se solicita exhortar a la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados para que realice una investigación sobre las relaciones de trabajo y las condiciones laborales de los trabajadores que cumplen tareas de aseo en esta H. Cámara de Diputados, para poner fin a diversas violaciones que sufren en sus derechos.

Consideraciones

1.- Que esta H. Cámara de Diputados contrata con empresas externas la prestación de las tareas de aseo y mantenimiento, por cuya razón cerca de quinientos trabajadores y trabajadoras prestan sus servicios en estas instalaciones sin la protección de este Poder de la Unión.

2.- Que en adición a lo anterior, esta H. Cámara de Diputados cambia frecuentemente las empresas con las que subcontrata tales servicios de limpia y mantenimiento lo que agrava la precariedad de las condiciones laborales de estos trabajadores y trabajadoras a quienes se les desconoce su antigüedad, por lo que jamás gozan de vacaciones ni del pago de prima vacacional y quienes prestan sus servicios sin las más mínimas medidas de seguridad e higiene, ingiriendo sus alimentos sentados en el suelo o en los prados, sufriendo además irregularidades en materia de su afiliación al Seguro Social y al Infonavit, así como se les bloquea su derecho de libertad sindical, entre otros abusos. Aquí, frente a nosotros se violan abiertamente las disposiciones sobre sustitución laboral, seguridad social y otras normas aplicables del derecho social

3.- Que al parecer, por oscuros manejos burocráticos, son despojados de una parte del salario que legítimamente les corresponde, recibiendo pagos quincenales de 925 pesos. Conviene resaltar que los trabajadores y las trabajadoras deberían recibir sus sueldo semanalmente y no cada quincena y que, según han denunciado, la cantidad que les ofrecieron pagar inicialmente era de 1,250 pesos mensuales y no de 925 pesos.

4.- Que el 5 de noviembre de 2005 uno de estos trabajadores de nombre Mario Rojas Martínez perdió la vida frente a las instalaciones de esta H. Cámara cuando se trasladaba a prestar sus servicios, sin que haya claridad sobre el respeto a los derechos que amparen a sus deudos.

5.- Que es inconcebible que este Poder de la Unión, que debe velar por el respeto a los derechos de todos los mexicanos, mediante la elaboración de las leyes permita frente a sus ojos, la violación flagrante de los derechos de este grupo de trabajadores cuyas tareas de aseo y mantenimiento son esenciales para el eficaz desempeño del trabajo parlamentario.

6.- Que si bien esta H. Cámara se vale del desprestigiado e ilegal sistema de outsourcing o subcontratación para reducir costos, al hacerlo afecta las prestaciones de los trabajadores y las trabajadoras. Recordemos que en el marco del derecho laboral, esta H. Cámara tiene responsabilidad solidaria respecto a los derechos de este grupo de trabajadores, razón por la cual debe velar porque las empresas subcontratistas respeten los derechos de los trabajadores de limpieza y mantenimiento, de lo contrario deberá de reconocerles de manera plena su calidad de trabajadores de esta H. Cámara de Diputados.

En base a lo expuesto someto a esta H. Cámara de Diputados con el carácter de urgente y obvia resolución la siguiente

Proposición con Punto de Acuerdo

Único: Se exhorte a la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados para que realice una investigación sobre las relaciones de trabajo y condiciones laborales de los trabajadores y las trabajadoras que cumplen las labores de aseo y mantenimiento dentro de sus instalaciones, con el objeto de poner fin a las intolerables violaciones legales que sufren en sus derechos, especialmente en materia salarial, de antigüedad, de vacaciones, de prima vacacional, de seguridad e higiene, de espacios limpios y dignos para su alimentación, libertad sindical, afiliación al IMSS e Infonavit, entre otros, de manera que esta H. Cámara de Diputados asuma con plenitud su carácter de patrón solidario con las empresas subcontratistas. Debiendo vigilar que estas empresas externas cumplan sus obligaciones laborales conforme a derecho, de lo contrario esta H. Cámara les deberá reconocer de manera plena su carácter de trabajadores burocráticos. Ya que es inaceptable que en el espacio en que se elaboran las leyes con un propósito de justicia para todos los mexicanos, se sigan permitiendo situaciones de absoluta inequidad laboral en contra de estos trabajadores; adicionalmente esto, para lo futuro evitará complicaciones laborales a esta H. Cámara en su carácter de patrón. Paralelamente se constate el respeto pleno a los derechos de los familiares del trabajador Mario Rojas Martínez fallecido el pasado cinco de noviembre de 2005 frente a las instalaciones de esta H. Cámara cuando se trasladaba de su domicilio a ésta a la prestación de sus servicios de aseo y mantenimiento.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Abdallán Guzmán Cruz (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A PROCEDER A LA UNIFICACIÓN CURRICULAR DE LA EDUCACIÓN BÁSICA, A CARGO DEL DIPUTADO MOISÉS JIMÉNEZ SÁNCHEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La educación impartida por el Estado, a través de los jardines de niños, para los niños de 3 a 6 años, se identifica como preescolar, término compuesto con el prefijo de latín prae, "anterioridad local o temporal", y escolar, de scholaris, "perteneciente o relativo al estudiante o a la escuela", por lo que educación preescolar puede entenderse como aquella educación en función de la que el alumno asiste a la escuela para recibir una enseñanza anterior a la propiamente formal y escolarizada.

Esta nomenclatura plantea el problema, sobre todo desde noviembre de 1992 en que este nivel educativo se integró a la primaria y la secundaria como parte integral del tipo educativo básico, obligatorio, de proveerle de un significado que genere en la sociedad un sentido de status de igualdad en importancia respecto a los otros niveles educativos, y del rol que juegan sus instituciones en el proceso educativo.

Este problema de identidad de todo un nivel educativo, proviene desde su origen en nuestro país, cuando en 1880 el ayuntamiento constitucional aprobó la apertura de una "escuela de párvulos" para atender a hijos de obreros; en 1882 la Secretaria de Justicia e Instrucción Pública reformó estas escuelas y empezó a impulsar la idea de una en que los "párvulos" a través del juego comenzaran a recibir lecciones instructivas y preparatorias que más tarde se perfeccionarían en la primaria y en 1903 se organizaron las primeras con el nombre de "kindergarten", que en 1928 castellanizaron su nombre traduciéndolo literalmente como "jardín de niños", bajo el Departamento de Jardines de Niños que más tarde se convirtió en Dirección General de Educación Preescolar, asumiendo ese nombre toda la educación que se imparte en este nivel.

Esta nomenclatura se mantuvo en la reforma del 12 de noviembre de 2002 a los artículos 3° y 31° de la Constitución, que plantea que la educación preescolar, la educación primaria y educación secundaria, forman parte de la educación básica obligatoria, y en consecuencia mantiene esta nomenclatura en los ordenamientos que se refieren al régimen jurídico aplicable a la educación básica obligatoria, que sin embargo, no dan razón actualmente a criterios educativos, ni organizacionales de la educación básica, y sí en cambio llevan implícitas consecuencias de sentidos y significados sociales, e implicaciones políticas, jurídicas, económicas y sociales y educativas, que no siempre resultan evidentes.

En lo que hace a la educación denominada preescolar, se identifica como la dirigida a niños de 3 a 6 años, constituida por tres grados educativos que se cursan en años lectivos, en que ocurren procesos de construcción, comprensión y conceptualización colectiva de referentes que constituyen una educación formal y escolar de todo derecho.

El nivel educativo denominado "preescolar", ha superado desde hace mucho los límites de la concepción generada por su nomenclatura, sobre todo a partir de su obligatoriedad, por lo que es necesario definir su estatus en el nuevo esquema constitucional, legal y pedagógico de la educación básica. Una necesidad que, además de semiótica, exige el replanteamiento de su rol y estatus, a la luz del contexto actual, para legitimarlo y justificarlo en el sistema educativo nacional, adjudicándole una nomenclatura que responda a su práctica, naturaleza, función y finalidades sociales y educativas.

Esta circunstancia fue prevista por el Legislativo, cuando al incorporar este nivel educativo como parte integral de la educación básica constitucionalmente obligatoria, estableció en el artículo segundo transitorio, que "la autoridad educativa federal deberá, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, instalar comisiones técnicas y de consulta con las demás autoridades educativas del país que resulten pertinentes, para iniciar un proceso tendiente a la unificación estructural, curricular y laboral de los tres niveles constitucionales obligatorios, en un solo nivel de educación básica integrada", obligación para la que, hasta ahora, el Ejecutivo federal ha sido omiso.

Por ello, el que suscribe, profesor Moisés Jiménez Sánchez, diputado federal de la LIX Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; propongo a esta soberanía, la adopción del siguiente

Punto de Acuerdo

Único: Se exhorta al Ejecutivo federal para que, en uso de sus facultades constitucionales y legales, proceda a iniciar el proceso de unificación estructural, curricular y laboral de los tres niveles de la educación básica en un solo nivel integrado, como lo dispone y le ordena lo dispuesto en el artículo segundo transitorio de la reforma a los artículos 3º y 31 de la Constitución Política de los Estados Mexicanos publicada en el Diario oficial de la Federación el 12 de noviembre de 2002.

Dip. Moisés Jiménez Sánchez (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LOS TITULARES DE LA SRE, DE LA SEMARNAT Y DE LA CONAGUA QUE RINDAN UN INFORME PORMENORIZADO SOBRE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL REVESTIMIENTO DEL CANAL TODO AMERICANO, A CARGO DEL DIPUTADO NORBERTO ENRIQUE CORELLA TORRES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal Norberto Enrique Corella Torres a la LIX Legislatura e integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta asamblea punto de acuerdo por el que se cita a comparecer a los titulares de las Secretarías de Relaciones Exteriores, y del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y al encargado de la Comisión Nacional del Agua, para que presenten a esta H. Cámara de Diputados un informe pormenorizado sobre las recientes pláticas binacionales que se han llevado a cabo entre las autoridades del gobierno norteamericano y las mexicanas sobre el tema del revestimiento del canal Todo Americano, razonado en las siguientes

Consideraciones

En el año de 1998, el Congreso norteamericano aprobó el revestimiento del canal Todo Americano, bajo el argumento de poder dotar de agua las zonas localizadas al sur del estado de California.

Este canal se deriva del río Colorado, mismo que tiene su afluente en las Montañas Rocallosas, de ese estado americano, y recorre 2 mil 334 kilómetros, hasta desembocar en el mar de Cortés, entre los estados de Baja California y de Sonora.

El proyecto surgió durante 2002, con la aprobación de productores y autoridades del vecino país, sin tomar en consideración las posibles afectaciones del lado mexicano.

Ante el reconocimiento de que tal obra representa una facultad inherente del ejercicio de la soberanía del pueblo norteamericano, también es en el escenario internacional que afectar a otro país en beneficio propio no es una situación correcta, ya que no responde a un principio elemental de respeto y reciprocidad.

Más aún cuando con la construcción de tal obra se estarían violentando los tratados de agua signados entre ambos países.

El concierto armónico de las relaciones bilaterales, y del derecho internacional se construye en los sólidos cimientos del respeto irrestricto de otros Estados.

Al revestir con cemento el canal Todo Americano, se afectará de manera preocupante a los productores del valle de Mexicali, y se desatará una afectación en el entorno ecológico, con daños irreversibles a la flora y la fauna de la región, las cuales comenzarían a morir en el plazo de unos cuantos meses.

Según estudios de reconocidos investigadores, este proyecto contempla revestir 37 kilómetros del canal, con lo que se evitaría que lleguen a Mexicali alrededor de 85 millones de metros cúbicos de agua, mermando la subsistencia de los humedales existentes al pie de la mesa de Andrade y provocando con ello desastrosas consecuencias.

Asimismo, con este revestimiento el gobierno estadounidense pretende recuperar 233 millones de metros cúbicos que cada año se filtran al suelo mexicano, que son indispensables para la subsistencia del entorno ecológico de nuestro país.

De igual manera, se afectará a más de 3 mil productores y sus respectivas familias, y más de 14 mil hectáreas que se abastecen con 192 pozos que se alimentan de los escurrimientos del canal.

En la actualidad, el abastecimiento de agua para el estado de Baja California representa un alarmante problema para los habitantes y los sectores productivos de la región.

Cabe recordar que su servidor presentó a este órgano colegiado dos puntos de acuerdo, el primero de ellos el 11 de noviembre de 2004, por el que se exhortaba al Ejecutivo federal a atender el caso del revestimiento del canal Todo Americano, y uno más de fecha 14 de febrero de 2005.

El tema preocupa a los habitantes de Baja California, pero muy particularmente a los del valle de Mexicali, pero también debe preocupar a esta asamblea, que tiene en sus manos la representación del pueblo mexicano.

Por todo lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de la honorable Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se cite a comparecer a los titulares de las Secretarías de Relaciones Exteriores, y del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y al encargado de la Comisión Nacional del Agua para que presenten a la H. Cámara de Diputados un informe pormenorizado sobre las recientes pláticas binacionales que se han llevado a cabo entre las autoridades del gobierno norteamericano y las mexicanas sobre el tema del revestimiento del canal Todo Americano.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los cuatro días del mes de abril de 2006.

Dip. Norberto Enrique Corella Torres (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, REVISE DE MANERA PUNTUAL LA FORMA EN QUE SE ESTÁ INSTRUMENTANDO POR PARTE DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, LA LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA BEATRIZ MOJICA MORGA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

La que suscribe Beatriz Mojica Morga, diputada federal en la LIX Legislatura, e integrante del grupo parlamentario de la Revolución Democrática con fundamento en lo establecido en la fracción III del artículo 78, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto ante el Pleno, con carácter de urgente y obvia resolución, el siguiente punto de acuerdo por el que se solicita a la Secretaría de la Función Pública la revisión puntual de la forma en que se está instrumentando la Ley del Servicio Profesional de Carrera en el Gobierno Federal bajo las siguientes consideraciones

Consideraciones

1.- Que el 10 de abril de 2003 se expidió la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal cuyo objeto es establecer las bases para la organización, funcionamiento y desarrollo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera en las Dependencias de la Administración Pública Federal.

2.- Que la Ley de Servicio Civil de Carrera establece la permanencia de los servidores públicos en sus puestos y está subordinada a que acrediten sus capacidades, no sus conocimientos.

3.- La Ley diferencia la capacitación como el proceso para la adquisición de conocimientos, y la certificación de capacidades como el proceso para la evaluación de conocimientos, habilidades, actitudes y aptitudes, expresados en comportamientos.

4- Que si bien el 16 de diciembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la norma relativa a la descripción, evaluación y certificación de capacidades, la Secretaría de la Función Pública inició el procedimiento de identificación de capacidades y contratación de herramientas con anterioridad a la existencia de dicha normatividad, con lo cual se observa una clara violación a la lógica que debe llevar el propio proceso.

5.- Que la Ley señala, en el artículo tercero transitorio, que previo a la certificación los servidores públicos deben recibir capacitación por un periodo de dos años. Tal capacitación no se ha dado, tampoco se ha emitido la norma relativa a la descripción de capacidades, con base en la cual tendrían que darse tanto la capacitación como la certificación.

6.- Que el servicio profesional de carrera se pensó como un sistema flexible, de instrumentación gradual y descentralizada, a fin de que cada dependencia lo adecuara a sus necesidades y características, sin embargo la Secretaría de la Función Pública ha terminado por centralizar las decisiones y asumir atribuciones legales que competen a los Comités de cada dependencia que, por norma, son los encargados de diseñar y desarrollar los procesos de capacitación, certificación de capacidades y de ingreso con lo cual el proceso se halla absolutamente centralizado por dicha dependencia, ejemplo de ello son los contratos celebrados con Ceneval, en los que de manera unilateral define las características de la capacitación.

7.- Que las instituciones académicas contratadas para impartir la capacitación manejan metodologías y programas diversos, incluso para un mismo curso, lo que tiene un impacto importante en el proceso de certificación, pues la capacitación que se ofrece no tiene correspondencia con las evaluaciones que está practicando Ceneval para certificar a los servidores públicos en funciones. En otras palabras, los contenidos de la capacitación no son tomados en cuenta para la elaboración de los exámenes.

8.- Que en los puntos expuestos se observan violaciones en el proceso de implementación de la Ley que, eventualmente, podrían favorecer a los funcionarios que se encuentran desempeñando un cargo de los propios del Sistema de Servicio Profesional.

9.- Que en la actualidad se considera que el universo total de servicios públicos sujetos de la Ley es de alrededor de 43 mil, con el efecto de garantizar su permanencia por un plazo mínimo de cinco años, aun cuando no cuenten con las capacidades para desempeñarse en el puesto, por lo que ello podría representar una gran obstrucción para el gobierno entrante, ya que la certificación así, adulterada, lleva a la permanencia en el cargo al margen de criterios de índole profesional.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta soberanía:

Único.- Se mandata a la Auditoría Superior de la Federación realizar una auditoría, a fin de revisar de manera puntual la forma en que se está instrumentando, por parte de la Secretaría de la Función Pública, la Ley del Servicio Profesional de Carrera en el Gobierno Federal, e indique si ya se realizó un estudio sobre el impacto presupuestario que éste tendrá, con el propósito de que se lleven a cabo las correcciones pertinentes y, mientras tanto, se detenga el proceso de certificación e ingreso.

Salón de Sesiones de la H. Cámara de Diputados, al cuarto día del mes de abril de 2006.

Dip. Beatriz Mojica Morga (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SHCP A ESTABLECER MEDIANTE LA DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE PRECIOS Y TARIFAS DEL SECTOR PETROLERO DE LA SUBSECRETARÍA DE INGRESOS UN PRECIO TOPE A LAS GASOLINAS PEMEX MAGNA Y PREMIUM PARA EL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, QUINTANA ROO, A CARGO DEL DIPUTADO VÍCTOR MANUEL ALCERRECA SÁNCHEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El que suscribe, diputado Víctor M. Alcérreca Sánchez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que a través de la Dirección General Adjunta de Precios y Tarifas del Sector Petrolero de la Subsecretaría de Ingresos, establezca en el municipio de Othón P. Blanco, del restado de Quintana Roo, un precio tope a las gasolinas Pemex Magna y Premium, de manera que en ningún caso el precio de este combustible en dicha zona pueda ser superior al precio en el resto del país, considerando una tasa del Impuesto al Valor Agregado de 10 por ciento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. de la ley respectiva, al amparo de los siguientes

Considerandos

Durante la pasada sesión del día 28 de marzo del presente año, ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados se aprobó un punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución propuesto por el diputado José Manuel Abdalá de la Fuente y que la Junta de Coordinación Política hizo suyo, donde se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer en la frontera norte de México, a través de la Dirección General Adjunta de Precios y Tarifas del Sector Petrolero de la Subsecretaría de Ingresos, un precio tope a la gasolina Pemex Magna.

En dicha sesión el diputado José Manuel Abdalá de la Fuente posicionó su propuesta, misma que también el que suscribe hizo suya, expresando en tribuna, que esta circunstancia unilateral viola acuerdos establecidos con anterioridad y afecta también a la frontera sur del estado Quintana Roo, en el municipio de Othón P. Blanco, ya que en el transcurso del presente mes en 4 ocasiones sucesivas semanalmente se ha incrementado el precio de las gasolinas Magna y Premium hasta alcanzar valores de 7.18 y 7.74 por litro respectivamente, los que exceden en alrededor de un peso los vigentes en el resto del estado y del país; tal circunstancia afecta las actividades económicas en esta región que ha requerido de siempre un tratamiento especial desde el punto de vista fiscal y de programas especiales para compensar diferencias con el norte del estado y el resto del país, ya que de otra manera se provocan serios daños al desarrollo de esta franja fronteriza, afectando a sus habitantes, así como a los concesionarios de Petróleos Mexicanos (Pemex), y dando lugar a la fuga de divisas, la pérdida de empleos, el contrabando y adulteración de combustibles; situación que se refleja en la falta de recaudación de impuestos a favor del Gobierno Federal y en el estancamiento del desarrollo económico y social de la zona.

De acuerdo con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 73, fracción X, establece las materias en las cuales el Congreso de la Unión, tiene facultades de legislar en materia de hidrocarburos y específicamente, en la fracción XXIX, párrafo quinto, inciso c), relativa al establecimiento de impuestos especiales sobre gasolina y otros productos derivados del petróleo.

A pesar de la importancia del sureste mexicano y en especial el estado de Quintana Roo tienen para México y su economía no gozan de los beneficios fiscales y económicos que los estados fronterizos del norte tienen.

Los recientes acontecimientos ocurridos en el estado de Quintana Roo, por los fenómenos meteorológicos, han dejado una economía vulnerable y desecha, por lo que el incremento a las gasolinas Magna y Premium constituye además un impacto adicional en los costos de operación de los sectores productivos del estado y consecuentemente tienen un impacto negativo en la economía de las familias del municipio de Othón P. Blanco.

Que el 1 de diciembre de 2002 entró en vigor la homologación del precio de la gasolina Pemex Magna en la región fronteriza norte de México, y uno de los factores que mayormente influyó para que esta medida se implementara fue la fuga de divisas que se estaba presentando en esta región, ya que con el pretexto de cargar gasolina los residentes fronterizos cruzaban hacia Estados Unidos y gastaban en promedio 35 dólares por familia en la compra de artículos de primera necesidad, situación similar que privaba en Quintana Roo.

Que la Dirección General Adjunta de Precios y Tarifas del Sector Petrolero de la Subsecretaría de Ingresos, en concordancia con los lineamientos establecidos para la política económica del ejercicio fiscal para 2004 y 2005 se autorizó a Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios aplicar a partir del 1 de enero de cada año un tabulador de precios, tomando en cuenta la inflación. Sin embargo, para 2006 no sólo se carece de un tabulador, sino además el precio por litro de la gasolina Pemex Magna en ambas fronteras ha venido en aumento, al grado de rebasar considerablemente el precio que rige en el interior del país.

El 10 de marzo del presente, el doctor Pedro Luna Tovar, director general adjunto de Precios y Tarifas de la Subsecretaría de Hacienda, emitió un comunicado donde se establece eliminar el techo en el cálculo de los precios homologados de las gasolinas en las zonas fronterizas, debido a que los precios internacionales de los derivados del petróleo se han incrementado considerablemente en el último año y a que una parte considerable de los combustibles que se expanden en dichas zonas es importada, lo que implica un gasto importante de recursos para Petróleos Mexicanos, mantener una diferencial de precios incentiva a que los extranjeros se pasen a nuestro país a adquirir el combustible barato, echando por la borda el acuerdo existente entre la SHCP y Pemex cuando establecieron que, en ningún caso, el precio del litro de gasolina Pemex Magna en las zonas fronterizas de México puede ser superior al precio en el resto del país. En el caso de Quintana Roo, las ventas en el municipio de Othón P. Blanco solo significa 0.02 por ciento en las ventas nacionales y a pesar de los precios vigentes los volúmenes de venta no se han modificado recientemente.

Por lo antes expuesto me permito solicitar al Pleno de esta honorable Cámara de Diputados que se apruebe, como urgente y obvia resolución, el siguiente

Punto de Acuerdo

Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que, a través de la Dirección General Adjunta de Precios y Tarifas del Sector Petrolero de la Subsecretaría de Ingresos, establezca en el municipio de Othón P. Blanco, del estado de Quintana Roo, un precio tope de las gasolinas Pemex Magna y Premium, de manera que en ningún caso el precio de este combustible en dicha zona pueda ser superior al precio del resto del país, considerando una tasa del Impuesto al Valor Agregado de 10 por ciento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2o. de la ley respectiva.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Víctor Manuel Alcérreca Sánchez (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A INVESTIGAR Y SUPERVISAR MEDIANTE LA SHCP, LA CNBV, LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA, EL BANCO DE MÉXICO, LA CONDUSEF Y LA PROFECO LAS EMPRESAS DEDICADAS AL PRÉSTAMO DE DINERO EN EFECTIVO Y DE SERVICIOS CREDITICIOS A LA POBLACIÓN EN GENERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA CARLA ROCHÍN NIETO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

La que suscribe, Carla Rochín Nieto, diputada federal por la quinta circunscripción de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo mediante el cual se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Secretaría de Economía, el Banco de México, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y la Procuraduría Federal del Consumidor, para que investiguen y supervisen la constitución, operación, funcionamiento y proliferación de empresas en el supuesto de ilegalidad dedicadas al préstamo de dinero en efectivo y de servicios crediticios a la población en general, conforme a lo siguiente

Exposición de Motivos

Ante la falta de posibilidades de la población mexicana para ingresar en diversos servicios o planes crediticios, como préstamos personales, hipotecarios, entre otros, para cubrir sus necesidades básicas, de salud y de vivienda, el sector más bajo de ingresos de la población se ha visto obligado a recurrir a diversas empresas que proporcionan servicios de préstamos y planes crediticios en condiciones en apariencia sumamente favorables, sin que necesariamente estas empresas pertenezcan a algún grupo bancario o financiero.

Estas instituciones de préstamo de dinero en efectivo y de servicios crediticios se presentan a simple vista como una opción viable, segura, sencilla y sin mayores trámites, lo que sin duda alienta a las personas a contratar este tipo de créditos, sin tener información suficiente sobre las condiciones del mismo, entre otros factores.

En diversos casos, los servicios de estas empresas llegan a ser fraudulentos, en otros, las empresas habiendo obtenido algún depósito en efectivo de la gente ante la promesa de liberación del crédito, desaparecen quedándose con los recursos de las personas. En algunas situaciones en las que sí se ejerce el servicio, las empresas otorgan contratos con cargos que dificultan su pago, sobre todo con relación a los cargos por moratorias. En su forma jurídica, estas empresas se constituyen o registran como sociedades financieras de objeto limitado, uniones de crédito, cajas de ahorro popular, sociedades cooperativas, entre otros regímenes.

Por lo anterior, resulta necesario implementar acciones tendentes a obligar a estas empresas para que proporcionen mayor información sobre su constitución, su operación, sobre el tipo de créditos que proporcionan, los contratos con sus cláusulas de cobro de intereses y los montos que se deberán pagar, aunado a que cumplan los requisitos establecidos por ley.

De manera adicional, se considera necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores apliquen sus atribuciones para la revisión en la conformación de dichas empresas, así como la supervisión en su operación y funcionamiento.

Por último, sería prudente que se iniciara el proceso con una fase preventiva de información y difusión de las condiciones de las mencionadas empresas de préstamos, así como de los peligros y las inseguridades que encontrarían las personas al solicitar dichos servicios.

Por ello, con base en el fundamento expuesto con anterioridad y con la finalidad de contribuir a la supervisión en la formación y operación de las empresas que ofrecen los servicios de préstamos, se propone a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta al Ejecutivo, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Secretaría de Economía, el Banco de México, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros y la Procuraduría Federal del Consumidor, para que investiguen y supervisen la constitución, operación, funcionamiento y proliferación de empresas en el supuesto de ilegalidad dedicadas al préstamo de dinero en efectivo y de servicios crediticios a la población en general.

Dip. Carla Rochín Nieto (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA AL GRUPO DE TRABAJO DE SEGUIMIENTO A LAS AGRESIONES CONTRA PERIODISTAS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS QUE INVESTIGUE LAS AGRESIONES DE QUE FUERON OBJETO REPORTEROS DEL PERIÓDICO LA CRÓNICA DE HOY, A CARGO DEL DIPUTADO JORGE TRIANA TENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, diputado Jorge Triana Tena, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, conforme a los siguientes

Antecedentes

El periódico La Crónica de Hoy ha sufrido en las últimas semanas distintas manifestaciones de hostigamiento por parte de funcionarios perredistas del Distrito Federal, y de radicales grupos y organizaciones porriles ligadas al PRD en la Ciudad de México.

El acoso que ha sufrido este medio de comunicación se ha incrementado a raíz de dos notas publicadas en el último mes, la primera, fue la del 8 de marzo de 2006, en la que el reportero Francisco Reséndiz dio a conocer, a través de un reportaje bien documentado y ampliamente investigado, que grupos bolivarianos, promotores de un denominado "eje Caracas-La Habana-México" y vinculados con el ex embajador de Venezuela en México Vladimir Villegas, operan en 10 centros logísticos en la Ciudad de México en la promoción de la candidatura de López Obrador.

La respuesta a este "atrevimiento" por parte del diario, fue que una semana después, el 15 de marzo de 2006, unas 300 personas activistas de estos grupos bolivarianos, integrantes del Frente Popular Francisco Villa y militantes del PRD, se manifestaron y cerraron las oficinas de aquel diario por más de una hora, entre consignas que pretendían amedrentar a ese periódico, tales como "De norte a sur, de este a oeste, cobraremos esta afrenta, cueste lo que cueste?", "Si Zapata viviera, en su madre les pusiera?", "si el Peje estuviera, en su madre les pusiera?", o "No se apendeje, vote por el peje".

La segunda nota fue publicada el 28 de marzo de 2006; en ésta, la reportera Airamsol Martínez dio a conocer que el diputado perredista Rafael Hernández Nava (irónicamente integrante de la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Urbano de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal), violó los sellos de clausura que la delegación Álvaro Obregón le impuso al inmueble de cuatro pisos que edificaba sin permisos en la colonia Lomas de Tetelpan. Ante tal evidencia, este personaje perredista apenas pudo excusarse diciendo que los sellos "los quitó la lluvia; fue mi padre; me atacan ?vecinas riquillas?".

Pero el asunto no quedó ahí, pues esa misma reportera y el fotógrafo Nicolás Tavira, fueron invitados por el director de Obras y Desarrollo Urbano de Álvaro Obregón (Jorge Alanís Rodríguez, a través de Marco Antonio Vázquez, coordinador de Comunicación Social de la demarcación), a atestiguar la verificación y reposición de los sellos de clausura que el legislador había violado.

El 29 de marzo de 2006, los dos periodistas acudieron a la cita y se asignó a un trabajador de la Dirección de Obras de esa delegación, quien los trasladó al lugar a bordo de un vehículo Atos color azul. Ya frente a la casa del diputado, dos verificadores (de nombres Carlos Almaraz y Ernesto Calzada) los invitaron a ingresar al patio del domicilio, aún en construcción, para constatar la colocación de los sellos de clausura. Unos minutos después, hasta ese lugar llegó Belén Hernández Rosas -hija del diputado en cuestión- acompañada de su pareja, para reclamar a los reporteros el que se encontraran en "su casa", en tanto que azuzaron a una decena de vecinos con el argumento de que los trabajadores de Crónica estaban allanando su propiedad. Ante la tensión que generó la mujer, los reporteros optaron por salir y evitar una agresión mayor. Pero afuera fueron rodeados por los vecinos e insultados por un hombre con aliento alcohólico, quien empujó al fotógrafo buscando impedir que siguiera tomando imágenes y hasta trató de despojarlo de su cámara.

Llegó Homero Villavicencio, asistente del legislador, quien empujando al fotógrafo se abrió paso mientras gritaba: "¿Qué hacen aquí, quiénes son ustedes? ¡Identifíquense!" Los reporteros mostraron sus credenciales que los acreditan como trabajadores de ese diario, pero eso no le bastó, pues amenazó al fotógrafo: ¡Ahorita vas a ver cabrón, pinche escuincle pendejo! Minutos después llegaron tres patrullas al lugar y los más de diez vecinos, encabezados por la hija del diputado, acusaron los dos reporteros de agredirlos. Los policías, sin más, decidieron subirlos a la unidad con el número AOB315881 y remitirlos a la agencia 53 del Ministerio Público, donde se les informó que estaban acusados de "allanamiento de morada".

El agente del Ministerio Público, Gerardo Olvera García, los presionó para que rindieran su declaración sin contar con un abogado. Les indicó que el "delito" por el que se les acusaba ameritaba hasta cuatro años de prisión. Pero los comunicadores no accedieron.

Y aún más. Mientras los reporteros permanecían detenidos, Hernández Nava buscó "negociar" con el director de ese diario, Pablo Hiriart, a quien le solicitaban parar "los golpes" contra el diputado, a cambio del "perdón" a sus reporteros; y alternadamente, diputados perredistas se comunicaron al periódico solicitando que Hiriart le llamara por teléfono a Hernández para arreglar el asunto.

Ahí mismo, dos sujetos de cerca de 1.85 y 1.70 metros, morenos, que actuaban como guardaespaldas de la hija del diputado, se paseaban por la agencia, entraban a donde querían, incluso a áreas restringidas. Uno de ellos se acercó al reportero de Crónica que se encontraba en el sitio reportando los hechos, y amagó: "¿qué me ves cabrón, quieres que te rompa la madre?", mientras el otro se dedicaba a seguir de cerca a la fotógrafa Luz Moreno.

Y no fue sino hasta las 18:51, cuando la noticia ya era comentada en varios espacios radiofónicos, cuando David Hernández Nava, hermano del diputado, anunció que otorgarían el "perdón" a los reporteros y dijo que lo hacía en nombre del legislador.

Compañeras y compañeros legisladores, ha quedado de manifiesto, una vez más, que la camarilla que gobierna la Ciudad de México sólo respeta la libertad de expresión mientras no se atrevan a criticarlos. Estos hechos dejan en claro que todo aquel que pretenda publicar algo en contra de los gobernantes y legisladores perredistas del Distrito Federal, puede sufrir las consecuencias del uso faccioso de la fuerza pública para ser amedrentados.

Ese es el verdadero rostro de los perredistas del Distrito Federal, el rostro de la cobardía, de la intolerancia contra la crítica, de la violación al Estado de derecho para su conveniencia, de la manipulación y mal uso de las instituciones públicas para su beneficio.

"Que nadie se atreva a pensar diferente de nosotros, porque de menos serán calificados de chachalacas y aprehendidos de ser necesario", ese es el mensaje que da a los habitantes de la ciudad el Gobierno del Distrito Federal con sus actitudes.

La denuncia que hacemos a través de este instrumento, no es una cosa menor, pues de confirmarse el apoyo del gobierno de Venezuela en la campaña de López Obrador, no es excesivo pensar que este candidato pretenda silenciar permanentemente a todos aquellos que se atrevan a criticarlo, tal como lo ha hecho su amigo Hugo Chávez en Venezuela al haber iniciado una persecución política en contra de la prensa libre, tal como lo hace López Obrador cuando dice "cállate chachalaca", y tal como lo hace el gobierno del Distrito Federal y sus grupos de presión como los "Panchos Villas" en contra del diario Crónica.

Ante tan deleznable actitud de los gobernantes perredistas del Distrito Federal, esta soberanía debe condenar el hostigamiento a los periodistas, y debe alentar el respeto irrestricto a la libertad de expresión garantizada en nuestra Carta Magna.

Por ello, no está demás decirles a aquellos periodistas que se atreven a criticar a los malos gobiernos perredistas, que abanderando con gallardía y convicción la lucha por la justicia y la verdad, nunca habrá poder político que los amedrente, porque, parafraseando a Ibéyise Pacheco -periodista venezolana perseguida por el gobierno autoritario de Hugo Chávez-, la prisión de cualquier periodista es la de toda la ciudadanía y de la misma democracia.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita al Grupo de Trabajo de seguimiento a las agresiones a periodistas y medios de comunicación de la Cámara de Diputados, realice las investigaciones necesarias a efecto de conocer y, en su caso, iniciar las denuncias penales en contra de los responsables de las agresiones de que fueron objeto los reporteros del periódico La Crónica de Hoy Francisco Reséndiz el 15 de marzo de 2006, y Airamsol Martínez y Nicolás Tavira el 29 de marzo de 2006.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los cuatro días del mes de abril de dos mil seis.

Dip. Jorge Triana Tena (rúbrica)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA EL EJECUTIVO FEDERAL, AL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO Y AL MUNICIPIO DE NAUCALPAN A ATENDER LA SITUACIÓN DEL RÍO HONDO Y DE LA POBLACIÓN QUE HABITA EN LOS MÁRGENES DE ÉSTE, A CARGO DE LA DIPUTADA CONCEPCIÓN CRUZ GARCÍA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el numeral 58 de su Reglamento para el Gobierno Interior, la suscrita, diputada federal Concepción Cruz García, del Partido Acción Nacional, solicita que se turne a las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Recursos Hidráulicos, y de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión la siguiente proposición con punto de acuerdo, para exhortar al Gobierno Federal, al gobierno del estado de México y al municipio de Naucalpan a realizar las acciones necesarias con el fin de atender la situación del río Hondo y de la población que habita en los márgenes del mismo.

Lo anterior se solicita con fundamento en los siguientes

Considerandos

El río Hondo tiene gran importancia para el municipio de Naucalpan, estado de México, no sólo por su caudal, de aproximadamente 5,700 litros de agua por segundo, sino por el impacto que tiene en la calidad de vida de las personas que viven al margen del mismo y que actualmente no sólo sufren las molestias derivadas por los malos olores generados por las aguas negras del río, sino también de diversas enfermedades de tipo infeccioso.

Este problema ha crecido de forma constante debido al desbordamiento de asentamientos humanos irregulares sobre la ribera del río Hondo. En esta zona federal, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales, es difícil encontrar un lugar que no haya sido invadido por estos asentamientos humanos, los cuales de vez en vez sufren por el desbordamiento del río ante la ocurrencia de lluvias extraordinarias.

El número de familias ubicadas en los márgenes de este río desde hace décadas, auspiciado por la tolerancia oficial, se cuenta por miles. Esta aglomeración de personas ha hecho imposible su reubicación, a pesar de intentos fallidos del pasado, y ha propiciado la contaminación que sufre el río por dos causas principalmente, siendo la primera el vertido de aguas negras crudas que hacen las comunidades; y la segunda, el vertido de basura en el cauce.

La dolorosa realidad de esta gente por vivir en áreas calificadas de "alto riesgo" se ve agravada por las visitas ocasionales de la Comisión Nacional del Agua (CNA) que impone sanciones cuantiosas a una que otra persona, lo cual es una injusticia social inconmensurable, toda vez que la sanción debería ser general, tal y como se ha tratado de establecer soluciones a este problema. Ante tal situación, por demás antisocial, queda la alternativa técnica de sanear el río en sus dos modalidades: construir colectores marginales que conduzcan las aguas negras a plantas de tratamiento y entubar el cauce para que no le arrojen basura.

Respecto a la primera medida, se tiene conocimiento de que el municipio de Naucalpan, con la participación del Organismo de Agua Potable, ha previsto la construcción de colectores pluviales que van a descargar todas las aguas de las tomas domiciliarias. Sin embargo, entendemos que esta medida es sólo una solución parcial a un problema complejo.

El río Hondo nace en una delegación del Distrito Federal y también atraviesa por Huixquilucan, arrastrando sus aguas negras, lo que obliga a que una obra de limpieza del mismo requiera forzosamente el apoyo de otras esferas de gobierno, ya que no basta colectar las aguas negras, sino que también es necesario que el agua que se capta en la parte alta del municipio de Huixquilucan vaya a las zonas de control que se tienen, como la presa El Sordo, para que pueda nutrir y fortalecer los mantos acuíferos que hay en el municipio de Naucalpan.

La aplicación de estas medidas, junto con obras complementarias para impedir el arrastre de arena proveniente de minas areneras localizadas aguas arriba y un desazolve intensivo, ayudaría a las familias de esa zona densamente poblada, a vivir sin el riesgo de sufrir las consecuencias de un desbordamiento futuro del río.

Asimismo, es necesario crear conciencia en la ciudadanía de no tirar basura en el río, ya que ello ocasiona tanto problemas de salud como el desbordamiento del mismo y la pérdida de vidas humanas, por lo que es necesario establecer esa responsabilidad entre gobierno y ciudadanía.

Finalmente, se debe establecer un programa para promover de forma gradual la reubicación de la población que actualmente vive en dicha zona, particularmente la que se encuentra en las zonas de mayor riesgo, con el compromiso de la CNA para dejar de imponer sanciones a las personas allí asentadas durante la ejecución de dicho programa.

En el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional sabemos que el saneamiento de los ríos representaba una cuestión fundamental y debería ser una de las principales acciones del Gobierno Federal, del estatal y del municipal, por lo que someto a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero. Exhortar al Gobierno Federal, al gobierno del estado de México y al ayuntamiento de Naucalpan para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, lleven a cabo la construcción de los colectores marginales del río Hondo a lo largo de todo el municipio de Naucalpan, así como las medidas necesarias para limpiar las aguas del río Hondo y protegerlo del arrojamiento de basura que padece actualmente.

Segundo. Exhortar al Gobierno Federal, al gobierno del estado de México y al ayuntamiento de Naucalpan para que establezcan un programa de reubicación de las personas asentadas alrededor de la ribera del río Hondo, principalmente las que se encuentran en zonas de alto riesgo, con el compromiso de que la Comisión Nacional del Agua no les imponga sanciones durante el proceso de ejecución del programa de reubicación.

Dip. Concepción Cruz García (rúbrica)
 
 









Excitativas
A LA COMISIÓN DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, A SOLICITUD DEL DIPUTADO FERMÍN TRUJILLO FUENTES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicito, que en uso de la facultad que me confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara de Diputados, a la Comisión de Hacienda, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el suscrito en la sesión que tuvo verificativo el jueves 17 de febrero del año en curso, al tenor de los siguientes.

Antecedentes

Primero. El presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme a la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara, a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado, por ende, si no se presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que el asunto en cuestión sea delegado a otra comisión.

Segundo. Es el caso, que el día 17 de febrero del año en curso, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Hacienda, la iniciativa que reforma y adiciona la Ley de Coordinación Fiscal, cuyo objetivo fue fortalecer la economía de los municipios ubicados en las zonas fronterizas con otros países, a efecto de que se pueda avanzar en la atención de la problemática ocasionada por el flujo de población migrante.

Tercero. Es importante destacar que ha transcurrido más de un mes y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Consideraciones

La presente iniciativa de reforma tiene el objetivo de modificar la base de cálculo para la distribución de las participaciones a los municipios fronterizos, a efecto de que se considere y cuantifique a la población migrante en tránsito a los Estados Unidos de Norte América, así como a quienes se encuentren en estado de repatriación, especificando las causas que fundamentan la petición y el destino de los recursos que se asignen para tal efecto.

Esta nueva fórmula permitiría contar con recursos para implementar programas institucionales de atención a la población migrante, brindar una mejor calidad de vida a las personas residentes en la frontera y fortalecer la capacidad de creación de infraestructura urbana, ante la insuficiencia presupuestal de los municipios fronterizos, que hace virtualmente imposible detener, en su situación actual, la proliferación del hacinamiento urbano, la drogadicción, la delincuencia, la prostitución y sus secuelas de enfermedades transmisibles, la falta de programas de incentivación del empleo, la falta de servicios urbanos indispensables, entre otros.

Nuestra frontera norte está en riesgo de convertirse en un espacio de desigualdad y marginación extendida, a pesar de ser una zona que produce una elevada proporción de la riqueza nacional, sino encontramos las fórmulas políticas y administrativas que permitan dar respuesta a un fenómeno contemporáneo creciente e impactante como es el de las migraciones.

Las personas en tránsito demandan y emplean diferentes servicios y las que son deportadas a los diferentes puertos fronterizos que después se desplazan de manera horizontal a lo largo de la frontera, ante la falta de recursos para retornar a sus localidades y/o países de origen, y muchas veces estimulados por la presencia de las maquiladoras, agravan dramáticamente la situación financiera de los municipios.

Efectivamente, la emigración a la unión americana se ha incrementado en magnitud e intensidad, tanto documentada como indocumentada. Entre el año 2001 y el 2003, el flujo de trabajadores temporales ascendió a 437 000 personas al año, haciendo una diferencia de más de 100 000 personas respecto a la disminución lograda en la última década del siglo XX.

Entre los migrantes sin autorización para cruzar a Estados Unidos las cifras han llegado hasta un 75% del total en el periodo 2001-2003. Este fenómeno ha llevado a reforzar el control fronterizo en los puntos tradicionales de ingreso, como San Diego y el Paso, lo cual llevó a cambiar las rutas migratorias, propiciando que los migrantes indocumentados se trasladen a otros puntos de mayor riesgo y costo. Por eso, en los últimos años, Tijuana, Ciudad Juárez y Nuevo Laredo han perdido importancia en cuánto puntos preferenciales de cruce de los migrantes, bajando también, Reynosa y Piedras Negras como localidades de cruce significativo.

En contraste, Agua Prieta, Matamoros, o comunidades como el Sásabe, en Sonora, han adquirido relevancia, lo que evidencia el fenómeno de que los migrantes se trasladan ahora prácticamente a todo lo largo y ancho de la frontera con Estados Unidos.

En cuanto a la repatriación, tan sólo el año pasado se dieron más de 550 000 eventos, los cuales se distribuyeron de la siguiente forma: Coahuila 313 395, Tamaulipas 50 558, Chihuahua 84 136, Sonora 201 974 y Baja California 209 886.

Ello demuestra la extensión territorial del fenómeno migratorio y hace comprensible el hecho de la imposibilidad material del municipio fronterizo de canalizar recursos para atender a los migrantes deportados y a quienes finalmente se quedan a residir en ellos, por la carencia de partidas específicas para este fin.

Los migrantes temporales demandan todos los servicios públicos y obligan a reforzar específicamente los de seguridad pública, servicios asistenciales, salud y albergues, entre otros.

Los deportados necesitan transportación a sus lugares de origen, consumen los servicios anteriores y generan la necesidad de apoyarles para su reintegración familiar. En muchos casos, los municipios han debido absorber los gastos funerarios y de traslado, en el caso de la lamentable pérdida de vidas humanas.

Asimismo, los que se quedan a residir en esos municipios, elevan la demanda de terrenos, vivienda, agua, luz, drenaje, educación, empleos, salud preventiva y curativa, entre otras.

El fenómeno del flujo migratorio en la zona norte se ve todos los días en todos los sitios públicos y genera la necesidad de elevar los servicios de seguridad pública, para reforzar unidades móviles y equipamiento, dado el incremento de los índices delictivos y de conductas antisociales.

Más de la mitad de los presupuestos municipales se gastan en servicios públicos, infraestructura urbana y seguridad pública, que llevan a desproteger a la población fija y a debilitar los programas de atracción y arraigo de la inversión extranjera, toda vez que las fronteras son un punto atractivo de intercambio financiero y de ubicación de maquiladoras que requieren infraestructura y condiciones atractivas para su operación. El rubro de las maquiladoras genera importantes recursos fiscales, derivados de la importación y exportación de productos y que se recaudan directamente por la federación, sin posibilidad de que los municipios los aprovechen para su desarrollo y problemática migratoria.

En ese sentido, considerando que la Ley de Coordinación Fiscal establece la distribución de las participaciones hacia los estados y municipios, fija las reglas de coordinación administrativa entre las diversas autoridades fiscales y establece los criterios para su asignación, se propone reformar su artículo 25 para crear el Fondo de Aportación para Municipios Fronterizos y adicionar un artículo 45 bis para que el factor poblacional que se emplea para la asignación de los recursos contemple a la población migrante, toda vez que llega a representar hasta un 40% en promedio del total de habitantes de un municipio.

En efecto, en la normatividad vigente, tanto para la operación como para la distribución del fondo general de participaciones hasta ahora no se incluye como un parámetro o variable para efectos de cálculo la presencia de "población flotante" en los municipios o entidades fronterizas. Únicamente se incluye un pequeño porcentaje de 0.136% de la recaudación federal participable para aquellos municipios colindantes con la frontera o los litorales por los que se realice la entrada o salida de bienes que se importen o se exporten, menospreciando la existencia de dicha "población flotante", para la cual la única disposición es en el sentido de celebrar convenios con la federación en materia de introducción ilegal al territorio de mercancías de procedencia extranjera.

En cuanto al fondo de aportaciones para el fortalecimiento municipal establecido en el artículo 38 de la Ley de Coordinación Fiscal, aparecen como criterios de distribución los factores "población residente" y "población flotante". Sin embargo, se emplean únicamente para definir la distribución de recursos para las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, excluyendo a las entidades federativas que también presentan un alto flujo de población flotante por su vecindad geográfica fronteriza con otros países, en particular frente al polo de atracción que significan los Estados Unidos.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21 fracción XVI del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Hacienda para que presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma y adiciona una fracción VIII al artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal, cuyo objetivo es fortalecer la economía de los municipios ubicados en las zonas fronterizas con otros países, a efecto de que se pueda avanzar en la atención de la problemática ocasionada por el flujo de población migrante, presentada por un servidor.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Fermín Trujillo Fuentes (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DEL DISTRITO FEDERAL, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JORGE TRIANA TENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, Jorge Triana Tena, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, propone a esta Presidencia que formule excitativa a la Comisión del Distrito Federal para que, de conformidad con el artículo 45, apartado 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, dictamine acerca de la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Distrito Federal a que informe si los servicios certificados con la norma ISO que prestan las delegaciones cuentan con las condiciones mínimas requeridas para ser considerados servicios de calidad, en razón de los siguientes

Antecedentes

I. En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados celebrada el 25 de enero de 2006 fue publicada en la Gaceta Parlamentaria y turnada a Comisión por el Presidente de la Cámara de Diputados, una proposición con punto de acuerdo para exhortar al Gobierno del Distrito Federal a que informe si los servicios certificados con la norma ISO que prestan las delegaciones cuentan con las condiciones mínimas requeridas para ser considerados servicios de calidad, con la firma del suscrito.

II. La iniciativa en comento fue turnada a la Comisión del Distrito Federal para su dictamen, mismo que a la fecha no ha sido presentado por lo que me presento ante esta Soberanía para expresar las siguientes

Consideraciones

Primero. En la actualidad a nivel mundial las normas ISO 9000 e ISO 14000 son requeridas, debido a que garantizan la calidad de un producto mediante la implementación de controles exhaustivos, asegurándose de que todos los procesos que han intervenido en su fabricación operan dentro de las características previstas. La normalización es el punto de partida en la estrategia de la calidad, así como para la posterior certificación de la empresa.

Segundo. Todo en la organización, esta orientado hacia el consumidor. La norma ISO 9001 trata de adaptarse a la realidad de que las empresas y las instancias certificadas dependen de la aceptación y consumo de sus productos por parte de los consumidores, en el caso de la delegación los usuarios que obtienen el servicio.

Esta necesidad da origen al principio de la orientación hacia el consumidor de toda la actividad productiva de la empresa u organización.

Tercero. Es necesario conseguir la satisfacción del consumidor, cubrir sus necesidades, y satisfacer sus expectativas, a cambio, el consumidor se identificará con la organización, y estará predispuesto a mantener su nivel de implicación hacia la organización, que en el caso que nos ocupa estamos hablando de los habitantes de todo el Distrito Federal.

Éste es el punto más importante de la norma, en cuanto es el motivo de su origen.

El resto de principios, lo único que hacen es intentar satisfacer esta necesidad mediante el cumplimiento y aplicación del resto de los puntos. Cumpliendo los demás principios, es posible cumplir este primer principio de visión orientada hacia el consumidor.

Cuarto. Se supone que dado que la técnica de la maquinaria, procesos y miembros de la organización están siempre muy próximos al óptimo es necesario mejorar la calidad del producto o servicio con otros procedimientos, como mejorar la organización y mejorando y consolidando los aspectos sociales de la organización, se consigue una mayor calidad final del producto o servicio. De modo que se cubran las necesidades y expectativas presentes y futuras del consumidor o usuario en un proceso de mejora continua del funcionamiento de la organización y sus resultados.

Quinto. Estas normas fueron escritas con el espíritu de que la calidad de un producto no nace de controles eficientes, si no de un proceso productivo y de soportes que operan adecuadamente.

De esta forma es una norma que se aplica a la empresa u organización y no a los productos de esta. Su implementación asegura al cliente que la calidad del producto que él esta comprando se mantendrá en el tiempo.

En la medida que existan empresas u organizaciones que no hayan sido certificadas constituye la norma una diferenciación en el mercado. Sin embargo, con el tiempo se transformará en algo habitual y se comenzará la discriminación hacia empresas u organizaciones no certificadas.

Esto ya ocurre hoy en países desarrollados en donde los departamentos de abastecimiento de grandes corporaciones exigen la norma a todos sus proveedores.

Sexto. En un afán de certificar las oficinas de gobierno con la finalidad de tratar de mostrar la transparencia y la eficiencia de los servicios se ha buscado alcanzar la certificación ISO 9001 para algunas áreas, y en algunos casos se busca la recertificación.

Séptimo. Un caso interesante es de la delegación Gustavo A. Madero, la cual es el hogar de 1 mil 235 mil 552 personas y por su tamaño e importancia se requiere que los servicios que en ella se prestan deben ser de la más alta calidad y operación.

Octava. La Delegación Gustavo A. Madero ostenta una cuestionable certificación ISO 9001:2000 en su Unidad de Licencias y Control Vehicular, pues las fallas frecuentes del sistema de Licencias y Trámites vehiculares, el carente y deficiente mobiliario, el atraso tecnológico de los equipos con que opera, la falta de capacitación del personal que atiende al público usuario, la falta de medidas de seguridad, la discutible limpieza de sus áreas, la incompresible ausencia de medidas de protección civil, la completa ineficiencia en el servicio que a veces hace perder horas a los usuarios esperando que haya sistema, falta de mobiliario adecuado para la espera pues actualmente se tienen unas riesgosas sillas de plástico que ocasionan constantes accidentes, y lo más importante la falta de ética y adecuada capacitación de sus empleados hablan por sí mismos.

Novena. La norma ISO 9001, es un método de trabajo, que se considera tan bueno, que es el mejor para mejorar la calidad y satisfacción de cara al consumidor. La versión actual de certificación que ostenta en la Unidad de Licencias y Trámites y Control Vehicular en Gustavo A. Madero, es del año 2000 ISO 9001:2000, misma que ha sido adoptada como modelo a seguir para obtener la certificación de calidad. Y es a lo que tiende, y debe de aspirar toda empresa o instancia que brinde servicios de forma competitiva y que quiera permanecer y sobrevivir en el exigente mercado actual.

Décima. Estos principios básicos de la gestión de la calidad, son reglas de carácter social encaminadas a mejorar la marcha y funcionamiento de una organización mediante la mejora de sus relaciones internas. Estas normas han de combinarse con los principios técnicos para conseguir una mejora de la satisfacción del consumidor.

Como es difícil mejorar la técnica, se recurren a mejorar otros aspectos en la esperanza de lograr un mejor producto de calidad superior.

Undécima. La norma ISO 9001 mejora los aspectos organizativos de una empresa, que es un grupo social formada por individuos que interaccionan, sin embargo en la Unidad de Licencias y Trámites y Control Vehicular en Gustavo A. Madero éste no es el caso, pues el servicio esta sumamente lejos de cubrir este aspecto.

Duodécima. Sin calidad técnica no es posible ser productivo, una mala organización, genera un producto de deficiente calidad que no sigue las especificaciones de la dirección, puesto que la calidad técnica se presupone el ISO 9001 propone unos sencillos y probados principios para mejorar la calidad final del producto o servicio mediante sencillas mejoras en la organización de la empresa que a todos benefician.

Toda mejora redunda en un beneficio de la calidad final del producto, y de la satisfacción del consumidor, que es lo que pretende quien adopta la norma como guía de desarrollo empresarial.

Décima Tercera. Sin embargo, los equipos de fotografía, Cómputo, aditamentos e impresoras no cubren ni en número ni en tecnología las necesidades de servicio e imagen pública que se requieren para alcanzar el nivel de certificación, incluso el deficiente mantenimiento de los mismos hace que el servicio sea sumamente deficiente en esta delegación.

No existen sanitarios en dicha Unidad de Licencias para el público usuario y los que existen para los servidores públicos son ridículos pues ambos están situados en una superficie de 2.20 metros por 1.20 metros aproximadamente, y tiene que dar servicio a los mas de 40 servidores públicos que ahí laboran, estos datos nos demuestran que no es posible que se haya concedido una certificación de manera normal pues son aspectos que se deben de cubrir muy puntualmente.

Décima Cuarta. El estado de sus instalaciones eléctricas, sanitarias, sus escaleras, techos y pisos se alejan por mucho de los estándares mínimos requeridos para la obtención de la certificación, las ventanas, puertas y en general la estructura del área se alejan por mucho del mínimo requerido para brindar una adecuada seguridad pues en esta oficina no solo se resguarda importante información sino que también se resguardan miles de placas, engomados, tarjetas de circulación, documentos de altas y bajas vehiculares, permisos de circulación y los registros de las licencias de conducir, no existen medidas de seguridad que brinden certeza de que no se ocuparán estos importantes documentos de mala forma o bien resulta imposible el asegurar que se encuentran bajo un adecuado resguardo pues estos pueden ser robados o destruidos en momentos en que se encuentre vacías las instalaciones debido a las deficientes medidas de seguridad.

Décima Quinta. El riesgo de que sean robadas las placas o la documentación de circulación por un individuo o un grupo con la finalidad de delinquir es latente y no existe en estos momentos algún dispositivo que brinde la certeza de que esto no suceda.

Las placas, los engomados y las tarjetas de circulación que aún no han sido entregados y se encuentran bajo el resguardo de esa unidad son los elementos de identificación vehicular mas notorios y necesarios para que un vehículo circule, de ser extraviados o robados cualquier persona puede instalarlos en un vehículo de características similares al que describe la tarjeta de circulación y circular o bien delinquir a bordo de ese vehículo, y como ha sido tan ineficiente el reparto de estas placas y engomados por parte del Gobierno del Distrito Federal el número de placas y engomados que aún están en resguardo son más de 2000 juegos mismos que ni siquiera tienen una bodega o un adecuado lugar en donde se puedan proteger, situación que nos debe provocar una profunda preocupación, pues analizando a conciencia el caso que nos ocupa resulta sumamente cuestionable que con todos los problemas que aquí se han señalado la delegación ostente dicha certificación y más aún si se busca una nueva recertificación es necesario corregir estas deficiencias de una forma transparente.

Décima Sexta. El día 24 de marzo de 2006, el periódico La Jornada da cuenta de lo que a continuación cito textualmente "por extorsión y falsificación de licencias de conducir y documentos oficiales, autoridades capitalinas determinaron el cierre de los centros de control vehicular, de Cuauhtémoc y Gustavo A. Madero..."

Del mismo modo, el día 26 de marzo de 2006, el periódico El Universal, en su primera plana, de la sección DF, menciona que el titular de la Secretaría de Transporte y Vialidad, licenciado Francisco Garduño, reconoció corrupción, falsificación de sellos y el no reporte de ingresos a la Tesorería del DF, por lo que 76 empleados están sometidos a un proceso de investigación y anuncio el cierre de las oficinas de expedición de licencias de conducir de las delegaciones Cuauhtémoc y Gustavo A. Madero; es decir, las autoridades del Distrito Federal están reconociendo plenamente el problema de corrupción que existe en estas áreas y es necesario que se realicen las investigaciones correspondientes y se le informe a la ciudadanía el estado que guardan dichas oficinas.

Décima Séptima. En el caso de la delegación Gustavo A. Madero hay que recordar el pasado de corrupción encarnado en Octavio Flores y ahora con la jefa delegacional Patricia Ruiz Anchondo, quien no llegó por el voto popular, sino por recomendación expresa del anterior jefe del Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, recomendación que fue avalada plenamente por la mayoría perredista en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal supuestamente para que ella junto con su equipo de gobierno terminarán con la corrupción que prevalecía en esta delegación, y con estos hechos vemos el rotundo fracaso de su administración y de quien la recomendó.

Dentro de esta administración está demostrado que existen en la delegación Gustavo A. Madero fraudes gigantescos y redes de corrupción que al parecer están siendo fomentadas por el propio gobierno delegacional y solapados por el Gobierno del Distrito Federal, por lo que hago un llamado a esta soberanía para que se solicite de forma inmediata que se investigue a fondo al gobierno delegacional en Gustavo A. Madero y se presenten los resultados a esta H. Cámara de Diputados a la brevedad y se le informe a la ciudadanía el pésimo actuar de las autoridades locales así como que se castigue a quienes resulten responsables de ilícitos y delitos, tanto de acción como de omisión.

Por lo expuesto y habiéndose cumplido con exceso el plazo que establece el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a usted C. Presidente de la Mesa Directiva, atentamente solicito:

Único. En los términos del artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión del Distrito Federal para que formule el dictamen correspondiente a la propuesta mencionada.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 4 días del mes de abril de dos mil seis.

Dip. Jorge Triana Tena (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, A SOLICITUD DE LA DIPUTADA MARBELLA CASANOVA CALAM, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

La suscrita Marbella Casanova Calam, diputada integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del articulo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos a que presente el dictamen de la iniciativa que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, presentada por el diputado Omar Ortega Álvarez del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la sesión de la H. Cámara de Diputados el día 20 de septiembre del 2005, al tenor de las siguientes.

Consideraciones

Primera.- El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del articulo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda.- Es el caso, que el día 20 de septiembre del 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, la iniciativa que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal cuyo objetivo es que la conducta tipificada como hostigamiento sexual no sólo se considere de superior hacia inferior jerárquico, ni solamente en el ámbito de las relaciones laborales.

Tercera.- El acoso u hostigamiento sexual que se presenta en las relaciones laborales perpetrado por un superior jerárquico hacia las mujeres como en los hombres en el ámbito laboral ha ido en aumento, y cada día resulta más común el observar, como este tipo de conductas provocan en los subordinados desesperación y amenaza para la salud laboral de los trabajadores hombres y mujeres, ya que se erige como una forma de violencia que puede causar trastornos psicológicos en las victimas, agrava enfermedades físicas y provoca en los casos más agudos hasta secuelas permanentes. Esta conducta delictiva, que hasta el día de hoy cobra poca importancia para los estudiosos del derecho y los doctrinarios jurídicos, requiere que se le dé un nuevo impulso a través de la legislación existente.

Cuarta.- En los próximos años, y de no realizarse importantes acciones de difusión, identificación, prevención, sanción penal y laboral de dichas prácticas, muchas personas engrosarán las ya alarmantes cifras de víctimas de acoso en el medio laboral, que la Organización Internacional del Trabajo y los estudios realizados por diferentes instituciones mencionan.

Quinta.- Es de señalarse que han transcurrido 182 días, es decir, un total de 6 meses 9 días y la Comisión referida, no han presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Excitativa

Único.- Excite a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a que presente el dictamen correspondiente a la iniciativa que reforma el artículo 259 Bis del Código Penal Federal, presentada por la que suscribe, en términos del Reglamento, emplazándola para un día determinado y, si ni así se presentare el dictamen, proponga a la Cámara que pase a otra comisión.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Marbella Casanova Calam (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente del día 9 de noviembre del año 2004, al tenor de los siguientes.

Antecedentes

Primera.- El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda.- Es el caso, que el día 9 de noviembre del año 2004, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Gobernación, la iniciativa que adiciona un segundo parrafo al Artículo 52 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, cuyo objetivo es, puntualizar en la Ley de Fiscalización Superior el tiempo que tendrán los entes fiscalizados para cumplir con las observaciones derivadas de las Revisiones de la Cuenta Pública.

Tercera.- Es de señalarse que han transcurrido 1 año y 3 meses, y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

A lo largo de la historia la rendición de cuentas de los gobiernos a las sociedades ha sido un elemento presente en el desarrollo de las instituciones que intervienen en los procesos que otorgan la gobernabilidad a las naciones.

De hecho la rendición de cuentas se ha convertido en el elemento central de las democracias, convirtiéndose en uno de los principales instrumentos para controlar el abuso del poder garantizando con ello, que los gobernantes cumplan su mandato con transparencia, honestidad y eficacia.

El proceso de rendición de cuentas, requirió cada vez más de modificar los esquemas rígidos de revisión y evaluación de los resultados presentados, por procesos ágiles y flexibles que permitiesen el diseño y de indicadores que permitiesen medir el desempeño cualitativo de la gestión gubernamental.

Si bien es cierto que la evaluación cuantitativa de la hacienda pública continúa permaneciendo como un indicador muy importante en la revisión de la gestión gubernamental, un nuevo elemento; la evaluación cualitativa ha cobrado cada vez más importancia en la rendición de cuentas de los gobiernos en el mundo, principalmente en las democracias modernas.

Estas nuevas exigencias han obligado a modificar los procesos de revisión, análisis y evaluación de la gestión gubernamental yendo más allá de la propia hacienda pública.

El concepto rígido de la "cantidad del gasto" se ha ido modificando y apunta cada vez más hacia la "calidad del gasto"; esto ha obligado a introducir en los procesos de revisión y de evaluación de la gestión gubernamental, indicadores que midan la eficiencia y la eficacia de las obligaciones que tienen los gobiernos y que llevan a cabo con el ejercicio de los recursos públicos.

Esta nueva concepción ha llevado a modificar el objetivo mismo, de la fiscalización, que es el acto mediante el cual "se determina y califica esta gestión gubernamental, obligando a la nueva fiscalización a convertirse en una acción dinámica que continuamente este desarrollando procesos que permitan dar sustento a la evaluación eficaz y eficiente de los gobiernos y de sus órganos gubernamentales.

De esta manera, en noviembre de 1995 el Ejecutivo federal presentó una iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuya finalidad consistía en crear un nuevo órgano fiscalizador de la gestión gubernamental, en sustitución de la Contaduría Mayor de Hacienda, el cual se denominaría Auditoría Superior de la Federación.

Entre algunos de los objetivos de la iniciativa destacaron: la modernización en su función pública; el ejercicio de la transparencia y la puntualidad en la rendición de cuentas del uso de los recursos públicos; fungir como un auténtico órgano de auditoria superior independiente del Ejecutivo, con autonomía técnica e imparcialidad en sus decisiones y que fuera reconocido por la ciudadanía en general. En otras palabras, la nueva Ley de Fiscalización Superior exige nuevas formas para medir la eficiencia y la eficacia de la fiscalización sobre la gestión pública, estableciendo la posibilidad de que la propia Auditoria Superior de la Federación inicie procedimientos administrativos y querellas contra aquellos funcionarios públicos que no cumplan con las observaciones de la entidad fiscalizadora.

Sin embargo la actual Ley de Fiscalización Superior no establece claramente el tiempo que tendrán los entes fiscalizados para cumplir con las observaciones derivadas de las Revisiones de la Cuenta Pública. Si bien es cierto que el articulo 52 de la Ley en comento establece un plazo improrrogable de 45 días para la solventación de las observaciones del Auditor Superior, el conteo de este plazo se suspende cuando una entidad fiscalizada "atiende" aunque de manera incompleta los señalamientos del ente fiscalizador.

Esta pequeña indefinición jurídica ha permitido que a la fecha existan observaciones que la ASF ha realizado desde 1999 y que aún están pendientes de atender, prueba de ello son los más de 44 mil 556.2 millones de pesos, de observaciones pendientes de solventación como resultado de la Revisión de la Cuenta Pública del 2001, y más de 109 pliegos de observaciones sin solventar derivados de las revisiones a las Cuentas Públicas de 1994 al 2000.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Gobernación para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que adiciona un segundo párrafo al Artículo 52 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, con la finalidad de puntualizar en la Ley de Fiscalización Superior el tiempo que tendrán los entes fiscalizados para cumplir con las observaciones derivadas de las Revisiones de la Cuenta Pública, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del grupo parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LAS COMISIONES DE GOBERNACIÓN, Y DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 15 de marzo del año 2005, al tenor de los siguientes.

Antecedentes

Primera.- El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda.- Es el caso, que el día 15 de marzo del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a las Comisiones de Gobernación, Justicia y Derechos Humanos, la iniciativa que, reforma el numeral 4 del articulo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, cuyo objetivo es, incorporar de manera explícita en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos como una obligación del servidor público, la de entregar al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública el informe que elaboren los servidores públicos.

Tercera.- Es de señalarse que han transcurrido 1 año, y las Comisiones referidas, no han presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece como un derecho de los ciudadanos, el de acceder a la información y diversas disposiciones normativas derivadas de nuestra Carta Magna, establecen que el gobierno y los funcionarios públicos rindan cuentas a la sociedad sobre sus actos y sobre el uso y destino de los recursos públicos.

En este sentido y particularmente durante los últimos años, se han hecho grandes esfuerzos en esta Cámara de Diputados por promover y mejorar los mecanismos de rendición de cuentas y de accesos a la información.

Estos avances pueden observarse tanto, en los mayores controles sobre el gasto e ingresos públicos que se han incorporado en la Ley de Ingresos y en el Decreto de Presupuesto de Egresos, como en la creación de ordenamientos jurídicos como la Ley de Fiscalización Superior y la Ley Federal de Acceso a la Información

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha expresado su opinión sobre lo que debe entenderse por derecho a la información, así como las acciones que el Poder Legislativo debe llevar a cabo con relación al mismo.

La Suprema Corte de Justicia amplió el alcance del derecho a la información y estableció que éste exigía "que las autoridades se abstengan de dar a la comunidad información manipulada, incompleta o falsa, so pena de incurrir en una violación grave a las garantías individuales, en términos del artículo 97 constitucional" (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo III, junio 1996, p. 503).

Posteriormente, a través de otros casos, la Suprema Corte "ha ampliado la comprensión de este derecho entendiéndolo también como garantía individual limitada, como es lógico, por los intereses nacionales y los de la sociedad, así como por el respeto de los derechos de terceros" (Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Pleno, novena época, tomo IX, abril de 2000, p. 72).

De esta manera y de conformidad con la interpretación del máximo órgano jurisdiccional, el derecho a la información es una garantía individual que tiene diversas manifestaciones.

Una de ellas es claramente el derecho de acceso a la información pública, que ha sido garantizado por el Estado a través de una legislación específica, la Ley Federal de Acceso a la Información Pública.

Un importante intento en el pasado por mantener una memoria de la gestión de los servidores públicos, la podemos encontrar en el Decreto Presidencial del 2 de septiembre de 1988, que estableció que los titulares de las dependencias de la Administración Pública Federal y servidores públicos hasta el nivel de director general, están obligados a rendir un informe sobre los asuntos de su competencia y entregar los recursos financieros, humanos y materiales que hubiesen tenido asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales.

El espíritu jurídico, social y ético de este mandato fue retomado por la Ley Federal de Accesos a la Información Pública, que particularmente en su artículo 12 establece que

"Los sujetos obligados deberán hacer pública toda aquella información relativa a los montos y las personas a quienes entreguen, por cualquier motivo, recursos públicos, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos". Sin embargo, el objetivo de informar a la sociedad para mejorar la rendición de cuentas no puede estar completo, mientras que no se establezca de manera explícita dentro de las obligaciones de los servidores públicos, la obligación de informar a la sociedad sobre su gestión.

Es por ello, que la iniciativa que se presenta busca incorporar de manera explícita en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos como una obligación del servidor público, la de entregar al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública el informe que elaboren los servidores públicos, en términos de lo dispuesto por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de septiembre de 1988 y firmado por el presidente Miguel de la Madrid Hurtado.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a las Comisiones de Gobernación, Justicia y Derechos Humanos para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma el numeral 4 del articulo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, cuyo objetivo es, incorporar de manera explícita en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos como una obligación del servidor público, la de entregar al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública el informe que elaboren los servidores públicos, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del grupo parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 11 de mayo del año 2005, al tenor de los siguientes.

Antecedentes

Primera.- El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda.- Es el caso, que el día 11 de mayo del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Puntos Constitucionales, la iniciativa que modifica el artículo 73, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objetivo es, otorgarle explícitamente la facultad de revisión al Congreso la deuda pública, directa o indirecta.

Tercera.- Es de señalarse que han transcurrido 10 meses, y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 73, fracción VIII, establece claramente como una facultad exclusiva del Congreso la de sentar las bases sobre las cuales el Ejecutivo federal puede celebrar empréstitos sobre el crédito de la nación.

El mismo ordenamiento establece que es el Congreso de la Unión el único poder facultado para aprobar la deuda pública, para reconocerla y por lo tanto para mandar pagar la deuda nacional.

Es importante destacar que la Constitución determina claramente la atribución del Congreso para "mandar pagar la deuda nacional".

Sin embargo, esta atribución no puede estar completa sino establecemos clara y explícitamente la capacidad del Congreso para revisar y entonces poder así, reconocer y mandar pagar la deuda nacional.

Hay que recordar que bajo la modalidad del término de "pasivos contingentes" se han llevado a cabo operaciones que han endeudado a la economía.

La mayoría de este endeudamiento "contingente" fue contraído con el único objeto de rescatar a grandes inversionistas y grandes deudores, como fueron el rescate bancario, el carretero y el de la banca de desarrollo.

De hecho tal parece que el término "contingente" en nuestro país se ha asociado al ocultamiento de información, a la falta de transparencia y a la carencia absoluta de rendición de cuentas.

Este manejo discrecional del endeudamiento público por parte del Ejecutivo federal, necesariamente tiene que ser revisado por el Congreso, en virtud de que el Poder Legislativo no puede y no debe ejercer su facultad de "reconocer y mandar pagar la deuda pública" si no conoce los términos, condiciones, situaciones y objetivos por los que ésta fue contratada.

De tal manera resulta necesario modificar el artículo 73, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgarle explícitamente la facultad de revisión al Congreso la deuda pública, directa o indirecta.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Puntos Constitucionales para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que modifica el artículo 73, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objetivo es, otorgarle explícitamente la facultad de revisión al Congreso la deuda pública, directa o indirecta, presentada por el dipuatdo Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del grupo parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 25 de mayo del año 2005, al tenor de los siguientes.

Antecedentes

Primera.- El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda.- Es el caso, que el día 25 de mayo del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Puntos Constitucionales, la iniciativa que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objetivo es, establecer una relación directa del Sistema de Planeación Democrática con el Presupuesto de Egresos de la Federación y fijar con claridad que la planeación es un proceso de la sociedad y del Estado mexicanos en su conjunto y no de un sólo órgano de gobierno.

Tercera.- Es de señalarse que han transcurrido 10 meses, y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

La planeación del desarrollo es uno de los instrumentos más importantes de las políticas públicas.

Planear el desarrollo es sinónimo de coordinación de esfuerzos para contribuir a la elevación de los niveles de bienestar de la sociedad en el ámbito que la Constitución y sus leyes señalan al Gobierno Federal.

En este sentido, cuando la democracia es eficaz y funcional actúa como un mecanismo para desplazar institucionalmente lo que no sirve o que no proporciona resultados satisfactorios.

Cuando el Estado a través de la planeación gubernamental resuelve los problemas de escasez de recursos, creando las condiciones para una distribución equitativa de la riqueza, la sociedad avanza a un nivel de desarrollo superior.

Actualmente, la planeación en el orden federal está prevista en la Ley de Planeación, que se publicó en 1983. La ley pretende sistematizar la planeación del país a través de procedimientos vinculados entre sí en el denominado Sistema Nacional de Planeación Democrática.

El Sistema Nacional de Planeación Democrática contemple las relaciones que establecen las dependencias y las entidades del sector público federal con la sociedad y con los demás órdenes de gobierno para planear, ejecutar y evaluar la agenda del desarrollo nacional. El Sistema Nacional de Planeación Democrática consta de un proceso de planeación, una estructura institucional y una infraestructura de apoyo.

Para efectos de planear el desarrollo del país se toman en consideración la participación de los sectores público, social y privado, en el marco de los principios de la economía mixta que contempla nuestra Constitución. Así, el PND es un documento fundamentalmente de contenido social, con objetivos concretos, pero no los que fijen los gobernantes en turno, sino los que se apeguen al mandato constitucional del artículo 26, que establece: "Los fines del proyecto nacional contenidos en esta Constitución, determinarán los objetivos de la planeación".

Aunque el Sistema Nacional de Planeación Democrática es un proceso coherente entre sí, tiene varias debilidades; la más importante es que fue diseñado para otro contexto político. Cuando se estableció en la Constitución la planeación del desarrollo no se contemplaron mecanismos claros de participación para el Congreso de la Unión, especialmente, para la Cámara de Diputados.

La pluralidad democrática y la competencia política actuales, obligan necesariamente a revisar el sistema en su conjunto, en su relación con las nuevas realidades de la Nación. Una de ellas es que el Ejecutivo federal ya no ocupa el papel protagónico que solía tener sino que los otros poderes, especialmente el Legislativo, y los demás órdenes de gobierno han venido ganando espacios de participación en la toma de decisiones del país.

Otra debilidad del sistema de planeación es la evidente desarticulación institucional entre el PND y el Presupuesto de Egresos y Ley de Ingresos. En el primer caso, el Congreso de la Unión sólo participa con una opinión, en tanto que en el segundo y tercero, le corresponde su aprobación, o sea, la representación nacional autoriza las consecuencias monetarias de la planeación pero interviene marginalmente en las decisiones que las originan.

Por ello, si el Congreso de la Unión tuviera una participación más clara en la formulación del PND, se estaría facilitando con ello la aprobación del PEF y la LIF, instrumentos de la planeación que concretan anualmente los objetivos del PND.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Puntos Constitucionales para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma el artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objetivo es, establecer una relación directa del Sistema de Planeación Democrática con el Presupuesto de Egresos de la Federación y fijar con claridad que la planeación es un proceso de la sociedad y del Estado mexicanos en su conjunto y no de un sólo órgano de gobierno, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del grupo parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 8 de junio del año 2005, al tenor de los siguientes.

Antecedentes

Primera.- El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda.- Es el caso, que el día 8 de junio del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Puntos Constitucionales, la iniciativa que reforma al artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objetivo es, adicionar dos principios al artículo 126 Constitucional con el fin de fortalecer la administración de las finanzas públicas, a través de la elaboración de dictámenes de impacto presupuestario y por medio de la creación de fondos y reservas. Adicionalmente, poner un tope definitivo al gasto corriente y superfluo del Estado.

Tercera.- Es de señalarse que han transcurrido 9 meses, y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazará para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

El espíritu de la Constitución en el ámbito de las finanzas públicas se basa en principios de responsabilidad y disciplina fiscales. La Constitución, al establecer primero la discusión de los ingresos para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación, en la fracción IV del artículo 74, y prever la autorización de empréstitos para proyectos de inversión, en la fracción VII del artículo 73, está determinando un presupuesto equilibrado en el tiempo. La correspondencia entre ingresos y egresos tiene dos repercusiones, una de corto plazo y otra de largo plazo.

Es un hecho que ningún gobierno puede estar permanentemente gastando más de lo que recibe. Sin embargo, también es muy cierto que no es lo mismo un déficit de gasto corriente, que un déficit ocasionado por la inversión pública.

Al respecto cabe mencionar que a pesar de la importancia que tiene la discusión entre un mayor gasto público o una astringencia presupuestaria, nuestra Constitución no prevé principios de responsabilidad fiscal tan importantes como la correspondencia que deben guardar las iniciativas de ley que se aprueben por el Congreso de la Unión, respecto a los medios económicos que harán posible su cumplimiento.

En los últimos años, se han aprobado numerosas modificaciones legales, cuya concreción tendrá un fuerte impacto en el gasto público, sin haberse contemplado la fuente de ingresos que permitirá llevarlas a cabo, un ejemplo de ello es el ya famoso 8% del PIB para educación. La falta de cumplimiento de la ley debilita al Estado de derecho.

Por ello, no podemos continuar incrementando las obligaciones del Estado sin establecer los mecanismos que nos permitan cumplirlas a cabalidad. Asimismo, la ejecución de los programas y proyectos del PEF están sujetos a una gran incertidumbre, porque no se han creado mecanismos que den estabilidad al ejercicio del gasto público.

De tal manera, esta iniciativa propone adicionar dos principios al artículo 126 Constitucional con el fin de fortalecer la administración de las finanzas públicas, a través de la elaboración de dictámenes de impacto presupuestario y por medio de la creación de fondos y reservas.

De manera adicional, la iniciativa pretende establecer un monto máximo al déficit gubernamental, para que se evite utilizar de manera indiscriminada el gasto público, pero sobre todo para que se ponga un tope definitivo al gasto corriente y superfluo del Estado.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Puntos Constitucionales para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma al artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuyo objetivo es, adicionar dos principios al artículo 126 Constitucional con el fin de fortalecer la administración de las finanzas públicas, a través de la elaboración de dictámenes de impacto presupuestario y por medio de la creación de fondos y reservas. Adicionalmente, poner un tope definitivo al gasto corriente y superfluo del Estado, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del grupo parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE COMUNICACIONES, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de Iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 8 de marzo del año 2005, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda. Es el caso, que el día 8 de marzo del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Comunicaciones, la Iniciativa que reforma el artículo 30 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, cuyo objetivo es, establecer una real y tangible certeza jurídica, ya que, nuestros órganos competentes como la Cofetel, contarán con un criterio y punto de partida sólido en la interpretación y resolución de controversias en materia de concesiones y acuerdos de voluntades celebrados para la transmisión de señales vía satélite.

Tercera. Es de señalarse que ha transcurrido 1 año y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

La Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), como organismo en el que los gobiernos y el sector privado coordinan las redes y los servicios mundiales de telecomunicaciones, tiene dentro de sus labores la de efectuar un registro ordenado de las posiciones asignadas por los países a los satélites geoestacionarios.

En su esfera de competencia, la UIT esta encargada de la reglamentación y planificación de las telecomunicaciones en todo el mundo, del establecimiento de normas para el funcionamiento de equipos y sistemas, de la coordinación y difusión de los datos necesarios para la planificación y explotación de los servicios de telecomunicaciones y de la promoción y la contribución al desarrollo de las telecomunicaciones e infraestructuras afines.

Las concesiones en materia satelital pueden ser para ocupar órbitas satelitales, sean geoestacionarias (órbita circular sobre el Ecuador que permite al satélite girar a la velocidad de rotación de la Tierra) o no lo sean. La UIT a través de su Sector de Radiocomunicaciones (UIT-R) desempeña un papel fundamental en la gestión del espectro de frecuencias radioeléctricas y de las órbitas satelitales. Dichos recursos limitados son demandados por operadores de los servicios fijos, móviles, de radiodifusión, de radioaficionados, de investigación espacial y de meteorología, así como por sistemas mundiales de posicionamiento, de observación del medio ambiente y de servicios de comunicaciones de seguridad en el mar y en el aire.

La UIT-R tiene a su cargo, entre otras actividades, efectuar la atribución, adjudicación y registro de las asignaciones de las posiciones orbitales asociadas en la órbita de los satélites geoestacionarios, así como coordinar los esfuerzos para eliminar las interferencias perjudiciales entre las estaciones de radiocomunicación de los diferentes países. La UIT-R lleva a cabo los procedimientos de coordinación e inscripción de los sistemas espaciales y las estaciones terrenas. Además se encarga de la recopilación, procesamiento y publicación de los datos y lleva a cabo exámenes de las notificaciones de asignaciones de frecuencias presentadas por las administraciones nacionales para su inclusión en los procedimientos de coordinación formales o su inscripción en el Registro.

Internacional de Frecuencias (MIFR). También es responsable de controlar los procedimientos de los planes de asignaciones espaciales o aquellos de adjudicaciones espaciales. La asignación espacial ocurre cuando la solicitud de la posición orbital se apoya en los planes espaciales, los cuales tienen "preasignadas" determinadas posiciones orbítales. La adjudicación espacial acontece cuando la posición orbital no está comprendida en dichos planes espaciales.

Los anteriores procedimientos de asignaciones o adjudicaciones espaciales tienen básicamente cuatro fases: Publicación Anticipada, Coordinación, Notificación y Registro. En la primera etapa, la administración nacional solicita la asignación o adjudicación de la posición orbital y exhibe diversa información de carácter técnico. La UIT-R publica un aviso sobre dicha solicitud de manera que las administraciones nacionales tengan conocimiento de la misma y para que puedan presentar, en su caso, objeciones a la asignación o adjudicación. El siguiente paso consiste en que la administración solicitante se coordina con la UIT-R para definir con precisión los detalles técnicos de la solicitud o, en su caso, llevar a efecto modificaciones a la misma. En esta etapa la UIT-R lleva a cabo estudios de afectación para determinar si existe la posibilidad de que ocurran interferencias perjudiciales. Terminada la etapa de coordinación, se procede a notificar la asignación o adjudicación espacial. El procedimiento concluye con el registro de la asignación o adjudicación en el Registro Internacional de Frecuencias.

Una vez obtenida la asignación o adjudicación espacial, conforme a la LFT, las concesiones para ocupar y explotar posiciones orbítales se otorgan mediante el procedimiento de licitación pública.

Existen satélites extranjeros cuyas órbitas han sido asignadas por la UIT a otro país, que pueden cubrir y prestar servicios en territorio nacional. Para que una persona pueda explotar derechos de emisión y recepción de señales de las bandas de frecuencias asociadas a sistemas satelitales extranjeros, deben obtener concesión del Gobierno Mexicano. Para ello, deben ser personas constituidas conforme a las leyes mexicanas y debe existir un tratado con el país donde se origine la señal en el que se establezca el principio de reciprocidad.

Lo anterior nos hace ver que el origen de la señal del satélite no puede ser punto de partida para establecer los criterios en la celebración de tratados y concesión sobre derechos de la misma, sino que, más bien debe establecerse ese derecho de acuerdo al país que tenga registrado el satélite ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), como punto de partida.

La utilidad que genera esta reforma al artículo 30 de nuestra Ley Federal de Telecomunicaciones, se traduce en una real y tangible certeza jurídica, ya que, nuestros órganos competentes como la Cofetel, contarán con un criterio y punto de partida sólido en la interpretación y resolución de controversias en materia de concesiones y acuerdos de voluntades celebrados para la transmisión de señales vía satélite. Es decir, esta precisión a la redacción del artículo 30 generará una solución para evitar futuros problemas de interpretación jurídica, partiendo del punto de que los países como México que tengan registrado un satélite ante la UIT, como órgano competente para ello, tendrán mayor eficacia en la celebración de acuerdos y tratados con otros países y de manera interna.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Comunicaciones para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma el artículo 30 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, cuyo objetivo es, establecer una real y tangible certeza jurídica, ya que, nuestros órganos competentes como la Cofetel, contarán con un criterio y punto de partida sólido en la interpretación y resolución de controversias en materia de concesiones y acuerdos de voluntades celebrados para la transmisión de señales vía satélite, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE COMUNICACIONES, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el Diputado Jesús Emilio. Martínez Álvarez en la Sesión de la Comisión Permanente el día 11 de abril del año 2004, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda. Es el caso, que el día 11 de abril del año 2004, la Presidencia de la Mesa Directiva turnó a la Comisión de Comunicaciones, la iniciativa que reforma el artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, cuyo objetivo es otorgar a la Comisión referida la facultad de sancionar directamente cada una de las infracciones, ya que actualmente es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes quien sanciona por recomendación de la Cofetel, lo cual resulta absurdo.

Tercera. Es de señalarse que han transcurrido 2 años y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

1. La Ley Federal de Telecomunicaciones es el instrumento legal que permite al Estado mexicano promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones, así como el establecimiento de las reglas que permitan a los diferentes prestadores de servicios concurrir en una sana competencia, a fin de que cada una de las empresas presten una mejor calidad y diversidad en el servicio con los mejores precios y tarifas para el público usuario.

2. La Ley Federal de Telecomunicaciones, como lo establece su artículo primero, es una norma de orden público y tiene por objeto regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, de las redes de telecomunicaciones, y de la comunicación vía satélite. En correspondencia, el Estado debe ejercer la rectoría en esta materia, a cuyo efecto protegerá la seguridad y la soberanía de la nación.

3. La evolución de las telecomunicaciones en nuestro país, sin duda alguna, es el reflejo de los avances tecnológicos en el ámbito internacional. Los retos no han sido fáciles de superar, donde el Estado ha jugado un papel protagónico para el desarrollo de los servicios del sector. La importancia económica de las telecomunicaciones ha sido fundamental en el desenvolvimiento de la economía nacional, representando para 2002 el 3.18% del producto interno bruto, generando ingresos del sector público por un porcentaje de 11.7% y alcanzando un crecimiento anual de 8.7%.

4. La expedición de la Ley Federal de Telecomunicaciones y la correspondiente anulación de disposiciones de prácticas monopólicas, ha permitido contar con un nuevo esquema pro competitivo que fomenta la sana competencia entre las empresas. Sin embargo, en la realidad se siguen presentando situaciones que violentan el espíritu de una competencia con equidad que la ley establece expresamente.

5. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, dicta disposiciones administrativas en materia de telecomunicaciones a fin de regular y promover el desarrollo eficiente de las telecomunicaciones. Todo ello con la finalidad de hacer frente a las necesidades de una industria dinámica por excelencia, que permita alcanzar altos niveles de convergencia tecnológica y el aseguramiento de mejores servicios de calidad.

6. La Ley Federal de Telecomunicaciones entró en vigor en 1995 y la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) fue creada en agosto de 1996, por eso hasta la fecha toda la normatividad de las funciones transcendentales que debe desempeñar este organismo son regulados por una legislación anterior a su creación. Por ello, es de suma importancia que por lo menos, de manera gradual, la Cofetel cuente con el apoyo legal suficiente que le permita actuar como un órgano desconcentrado, con autonomía técnica y operativa, con el objeto de que pueda funcionar con mayor eficiencia en el área de su competencia.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Comunicaciones para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma el artículo 71 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, y cuyo objetivo es otorgar a la Comisión referida la facultad de sancionar directamente cada una de las infracciones, ya que actualmente es la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la que sanciona por recomendación de la Cofetel, lo cual resulta absurdo, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE COMUNICACIONES, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de Iniciativa, presentado por el diputado Jesús E. Martínez Álvarez en la Sesión de la Comisión Permanente el día 13 de abril del año 2004, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda. Es el caso, que el día 13 de abril del año 2004 la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Comunicaciones la iniciativa que reforma el articulo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, cuyo objetivo es, contribuir a que la Comisión Federal de Telecomunicaciones, cuente con una más de las facultades que le permita ejercer su mandato con mayor autonomía respecto de la secretaría del ramo, sin que ello implique su autonomía plena en relación con las políticas determinadas por el Estado mexicano.

Tercera. Es de señalarse que han transcurrido 2 años y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

1. El pasado 13 de abril presentamos una primer iniciativa de reforma en materia de telecomunicaciones. En dicha iniciativa señalamos por qué es fundamental y apremiante que la Comisión Federal de Telecomunicaciones cuente con la mayor autonomía técnica y financiera en sus funciones. Destacábamos la necesidad de que dicha Comisión tenga la facultad de sancionar cada una de las infracciones que la Ley de Telecomunicaciones establece.

2. En lo que respecta a la presente iniciativa de reforma, ésta tiene el objeto de darle mayor autonomía a las resoluciones de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) como órgano regulador de las telecomunicaciones. Se trata que la Comisión cuente con la facultad de resolver los recursos de revisión que se presenten contra los dictámenes del pleno de la misma.

3. Es de suma importancia considerar que para declarar la revocación de las concesiones y permisos, y la imposición de las sanciones previstas por la Ley de Telecomunicaciones se considere el espíritu del artículo 28 constitucional que establece la prohibición de las prácticas monopólicas y la necesidad de que éstas se sancionen conforme a derecho.

4. Se trata, como lo establece el artículo 2 de la Ley Federal de Competencia Económica, de proteger el proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención y eliminación de monopolios, prácticas monopólicas y demás restricciones al funcionamiento eficiente de los mercados de bienes y servicios. Para la aplicación de este precepto se incluyen todos los agentes económicos, sin distinción alguna: personas físicas o morales, dependencias o entidades de la administración pública federal, estatal o municipal, asociaciones, agrupaciones de profesionistas, fideicomisos o cualquier otra forma de participación en la actividad económica.

5. A diferencia de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Federal de Competencia (Cofeco) tiene previsto resolver los recursos administrativos que se presentan en contra de las resoluciones de su pleno. Esto le permite, desde luego, una mayor autonomía en la toma de sus decisiones. Entonces así, todo recurso de reconsideración tiene por objeto no sólo de revocar o modificar, sino también de confirmar la resolución reclamada.

6. No obstante los logros alcanzados con la Ley Federal de Telecomunicaciones, es ineludible un proceso de reformas de la misma con la finalidad de alcanzar, entre otros fines, una mayor certeza jurídica tanto para la autoridad emisora como para los gobernados. Se necesita contar con una ley que enfrente y supere los nuevos retos que enfrenta el país en el contexto de una economía globalizada; una nueva norma que supere los rezagos en materia de telecomunicaciones para que todos los mexicanos tengan acceso a las más variadas tecnologías de la información.

Excitativa

Ünico En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Comunicaciones para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma el articulo 74 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, y cuyo objetivo es, contribuir a que la Comisión Federal de Telecomunicaciones, cuente con una más de las facultades que le permita ejercer su mandato con mayor autonomía respecto de la secretaría del ramo, sin que ello implique su autonomía plena en relación con las políticas determinadas por el Estado mexicano, presentada por el diputado Jesús Emilio. Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE RECURSOS HIDRÁULICOS, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el diputado. Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 29 de junio del año 2005, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda. Es el caso, que el día 29 de junio del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Recursos Hidráulicos la iniciativa que reforma el articulo 29 bis de la Ley de Aguas Nacionales, cuyo objetivo es afianzar nuestra legislación apruebe reformas provechosas en la búsqueda de un medio ambiente acorde con las necesidades de salud de la humanidad.

Tercera. Es de señalarse que han transcurrido 9 meses y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

Un importante y alto porcentaje de la contaminación por aguas residuales vertidas a la zona costera emana de los ríos y arroyos que desembocan al mar, lo cual llama a la atención de la población en la incesante búsqueda del equilibrio ambiental.

Consideramos que la posible solución para resolver algunos de los más fundamentales problemas de contaminación generados por el desecho de aguas residuales, de manera desproporcionada y bajo mecanismos no regulados, encuentra cabida en la coordinación de los tres niveles de gobierno para vigilar los procedimientos de tratamiento de aguas residuales, y nos hace concluir que nuestros ordenamientos deben ser más severos y contener una redacción más tajante que detenga el irreparable daño que se está generando al medio ambiente en México.

Sabemos también que las aguas residuales son consecuencia de la humanidad, y, que difícilmente se podría evitar su presencia, no obstante ello, el daño que se genera en su procedimiento de desecho y posible reuso podría verse disminuido de manera considerable, atendiendo al riesgo de enviar los desechos residuales a los ríos.

La tecnología avanza día con día y ello se constituye en una herramienta útil para detener el impacto negativo que se genera en el medio ambiente, derivado de actividades en las que el propio Estado interviene, como es la extracción en el uso y explotación de los recursos petroleros, entre otras diversas.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Recursos Hidráulicos para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma el articulo 29 bis de la Ley de Aguas Nacionales, y cuyo objetivo es, afianzar nuestra legislación apruebe reformas provechosas, en la búsqueda de un medio ambiente acorde con las necesidades de salud de la humanidad, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE SALUD, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de Iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 4 de octubre del año 2005, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda- Es el caso, que el día 4 de octubre del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Salud la Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, con relación a enfermedades degenerativas, cuyo objetivo es que las enfermedades mencionadas en la misma sean consideradas en el texto de nuestra Ley General de Salud, debido a que se trata de un asunto de salud pública que debe ser promovido, con el fin de mantenernos en la vanguardia de la investigación y del conocimiento científico.

Tercera. Es de señalarse que han transcurrido 5 meses y la Comisión referida no ha presentado al Pleno de esta Cámara el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

México es un país que se mantiene en lucha para fortalecer sus instituciones clínicas y para posicionarse en la vanguardia de la investigación y la promoción de la salud.

Tenemos el caso de tres enfermedades de las cuales se ha tenido conocimiento que guardan estrecha relación y que pueden constituirse como un reto para las instituciones médicas en general.

La espondilitis anquilosante, conocida como espondiloartropatía cero negativa, la enfermedad del CROHN (en honor al investigador que la descubrió) y la del CUCI (colitis ulcerativa crónica inespecífica), son enfermedades degenerativas del estómago y de los huesos que presentan síntomas diversos, no constantes, relacionados entre sí y evolutivos.

No se cuenta con medicamentos que representen una cura para dichas enfermedades, de modo que lo único que existe es una gama de medicamentos que contrarrestan la sintomatología que presentan cada una de ellas.

Estas enfermedades no son muy conocidas en México, pero presentan un riesgo, ya que, aunque no se presentan como una epidemia, sí son peligrosas y al no tenerse conocimiento suficiente de las mismas, desconocemos su factor de expansión o contagio, si es que ello es factible.

Algunos hospitales como la Clínica Mayo han generado avances importantes en la investigación de estas enfermedades, lo cual debe hacerse también en nuestro país. Por ejemplo, en el caso de la espondilitis anquilosante, su detección es complicada y sólo algunos hospitales cuentan con el equipo necesario para ello, tal es el caso del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias en México, mismo que cuenta con un área de inmunología donde se puede practicar el estudio respectivo.

El grupo parlamentario de Convergencia considera que estas enfermedades no son un asunto menor y que deben ser consideradas en el texto de nuestra Ley General de Salud, debido a que se trata de un asunto de salud pública que debe ser promovido, con el fin de mantenernos en la vanguardia de la investigación y del conocimiento científico.

Excitativa

Ünico. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Salud para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Salud, con relación a enfermedades degenerativas, y cuyo objetivo es, que las enfermedades mencionadas en la misma sean consideradas en el texto de nuestra Ley General de Salud, debido a que se trata de un asunto de salud pública que debe ser promovido, con el fin de mantenernos en la vanguardia de la investigación y del conocimiento científico, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario del Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de Iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 18 de octubre del año 2005, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda..Es el caso, que el día 18 de octubre del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, la iniciativa que reforma el Artículo 27 de la Ley General de Educación, en materia de recursos para el sistema educativo, cuyo objetivo es lograr un ordenamiento claro y sólido en materia de educación, en el que se establezca, aun como punto de partida la obligación de que los recursos sean crecientes en materia de educación y dicho crecimiento se sustente en las necesidades regionales.

Tercera. Es de señalarse que han transcurrido 5 meses y la Comisión referida no ha presentado al Pleno de esta Cámara el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

La Ley General de Educación es uno de los principales instrumentos con que se cuenta para establecer el ámbito de responsabilidad del Estado para proveer los recursos y distribuirlos de manera adecuada, a efecto de que, en un ámbito de coordinación, se satisfagan las necesidades educacionales en las entidades federativas.

México cuenta con serias deficiencias en materia de educación y es evidente que los recursos en muchos casos no se distribuyen adecuadamente. La educación sigue siendo un rubro centralizado, tanto en el ámbito privado, como en el público.

Se requiere un ordenamiento claro y sólido en materia de educación, en el que se establezca, aun como punto de partida, la obligación de que los recursos sean crecientes en materia de educación y dicho crecimiento se sustente en las necesidades regionales.

Los fines del desarrollo nacional no pueden ser otros que los relacionados con la cultura y la educación. México es un país que tienen sus grandes problemas, a una notoria deficiencia en materia de educación.

El grupo parlamentario de Convergencia estima oportuno, aprovechar la tarea legislativa en beneficio de la población y adecuar los ordenamientos en la materia, para hacerlos acordes con las necesidades de la población y dar respuesta a las carencias que flagelan a nuestro país.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma el Artículo 27 de la Ley General de Educación, en materia de recursos para el sistema educativo, con relación a enfermedades degenerativas, y cuyo objetivo es, lograr un ordenamiento claro y sólido en materia de educación, en el que se establezca, aun como punto de partida, la obligación de que los recursos sean crecientes en materia de educación y dicho crecimiento se sustente en las necesidades regionales.

Presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de Iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la sesión de la Comisión Permanente el día 3 de agosto del año 2005, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, si ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda. Es el caso, que el día 3 de agosto del año 2005, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos la iniciativa que reforma la Ley Federal de Derechos de Autor, cuyo objetivo es, concientiziar que la red como herramienta de nuestro quehacer cotidiano es un instrumento que pone a prueba la creatividad de los individuos y expone las ideas que se considera necesario proteger.

Tercera. Es de señalarse que han transcurrido 7 meses y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

En México contamos con una ley que protege los derechos de autor de manera estable y en cumplimiento de los extremos que se requieren para garantizar el ejercicio de regulación de las creaciones a nivel artístico e intelectual.

Sin embargo, se considera que la ley debe ser acorde con los avances que ha generado la sociedad de nuestros días, por lo que hace a creaciones que van más allá de la expresión de ideas y del desarrollo del arte en medios que estamos acostumbrados a conocer.

La tecnología avanza y coloca en la vanguardia a nuestra cultura mexicana como un universo que debe ser regulado de manera más precisa, para garantizar la autenticidad en el desarrollo de las expresiones humanas.

La red como herramienta de nuestro que hacer cotidiano es un instrumento que pone a prueba la creatividad de los individuos y expone las ideas que se considera necesario proteger.

El grupo parlamentario de Convergencia, consciente de que Internet actualmente aumenta de manera diaria el número de portales y páginas creativas que sugieren algún servicio, producto, o una simple expresión de ideas a nivel intelectual o artístico, estima necesario que ello se vea protegido en el marco de la Ley Federal de Derechos de Autor, sin perjuicio de las estipulaciones que contiene la Ley Federal de Telecomunicaciones.

No obstante que se cuenta con apartados específicos que protegen los programas de cómputo, se considera que este tipo de creaciones no obedecen a lo que se conoce como software, sino que se trata de un soporte universal, consultable a nivel mundial, en el que se encuentran plasmadas obras producto del talento humano.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para que se presente el dictamen respectivo a la iniciativa que reforma la Ley Federal de Derechos de Autor, y cuyo objetivo es, concientiziar que la red como herramienta de nuestro quehacer cotidiano es un instrumento que pone a prueba la creatividad de los individuos y expone las ideas que se considera necesario proteger, presentada por el diputado Jesús Emiliio Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISIÓN DE REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JESÚS EMILIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario de Convergencia a la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, respetuosamente le solicita, que en uso de la facultad que le confiere la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite en nombre de la Cámara, a la Comisión de Gobernación, a que presente dictamen de iniciativa, presentado por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez en la Sesión de la Comisión Permanente el día 23 de noviembre del año 2004, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

Primera. El Presidente de la Mesa Directiva tiene la facultad, conforme al XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de excitar a las Comisiones a nombre de la Cámara a que presenten dictamen si han transcurrido cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Segunda. Es el caso, que el día 23 de noviembre del año 2004, la Presidencia de la Mesa Directiva turno a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, la Iniciativa de decreto, para imponer al Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de "Presidente Benito Juárez", en honor del licenciado Benito Juárez García, presidente de México y Benemérito de las Américas, cuyo objetivo es, realizar las acciones encaminadas a impulsar la cultura cívica de todos los sectores sociales.

Tercera. Es de señalarse que han transcurrido 1 año y 3 meses y la Comisión referida, no ha presentado al Pleno de esta Cámara, el dictamen respectivo, incumpliendo así con lo establecido por el Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que establece cinco días hábiles después de aquél en que se les turne un asunto, y si no fuere suficiente, la emplazara para día determinado y, sí ni así presentare el dictamen, propondrá a la Cámara que pase a otra comisión.

Consideraciones

Consumada la independencia nacional, ya las fuerzas opositoras a nuestra autonomía, acaudilladas por Agustín de Iturbide incluían en el Plan de Iguala el establecimiento de un gobierno monárquico y la exigencia de que el clero secular y regular conservara todos sus fueros y propiedades, lo que significaba el mantenimiento de la vieja estructura económica y política de Nueva España.

Cerrado el capítulo del pretendido imperio de Agustín de Iturbide se abre un debate entre aquellos que deseaban organizar el Estado nacional, de acuerdo con los principios de la democracia representativa como única autoridad de la nación, otorgando iguales derechos a los ciudadanos, sin fueros ni privilegios para nadie y por otra parte, la fracción conservadora que habiendo luchado hasta el último momento por evitar la independencia de México quería hacer del Estado un poder subordinado en la práctica al poder eclesiástico, un Estado-Iglesia diametralmente opuesto a las ideas renovadoras de la época.

Más de 30 años duró la lucha entre liberales y conservadores, periodo durante el cual se fraguó el espíritu de toda una generación que tendrá uno de sus momentos culminantes en la movilización vigorosa iniciada en Ayutla en 1854 y que derrotara a la fracción conservadora al convocar al Congreso que dio vida a la Carta Magna de 1857.

De ese grupo de liberales entre los que se encontraban personajes de la talla de Ignacio Ramírez, Guillermo Prieto, Melchor Ocampo, Ignacio Manuel Altamirano, Sebastián Lerdo de Tejada y Manuel Doblado, entre muchos más, descolló la figura de Benito Juárez, a quien se deben muchas de las aportaciones que le dieron forma a nuestra estructura jurídica y política como nación independiente y a la configuración de un Estado orientado al servicio de las grandes mayorías nacionales.

Las Leyes de Reforma, la Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos y la Ley del Matrimonio Civil, fueron tres de las disposiciones esenciales impulsadas por Juárez para acabar con el poder político de la Iglesia y para hacer posible el desarrollo de las fuerzas productivas y favorecer la implantación de una educación que permitiera que el pueblo alcanzara sus metas y su desarrollo integral.

Ante la intervención extranjera llena de avaricia, Juárez nunca perdió de vista su convicción de luchar por la restauración de la República y nada le impidió llevar a cuestas el peso de la institución presidencial por los caminos de México, de tal suerte que llegó a declarar que estaba dispuesto a "subir a la cumbre del cerro más inaccesible, más alto, más árido y allí moriré de sed envuelto en la bandera de la República".

Esta tenaz perseverancia en los principios hizo que cuando el 15 de mayo de 1867, el triunfo de la República significara el mantenimiento de nuestra soberanía, la supremacía de los principios de no intervención en nuestros asuntos internos y la consolidación de nuestra independencia nacional.

Así, el sacrificio que Juárez y los liberales realizaron padeciendo pobreza, la cárcel, la persecución, el destierro, la calumnia y la infamia, demostró que además de heroicos en el hacer, eran también iluminados en el pensar y perfilaron una luminosa lección histórica que muchos mexicanos de las siguientes generaciones han tomado como referente y como fuerza que ha guiado sus actos.

Excitativa

Único. En los términos de lo dispuesto por el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite y envíe el presente documento a la Comisión de Reglamentos y Prácticas parlamentarias para que se presente el dictamen respectivo a la Iniciativa de decreto, para imponer al Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro el nombre de "Presidente Benito Juárez", en honor del licenciado Benito Juárez García, presidente de México y Benemérito de las Américas, y cuyo objetivo es, realizar las acciones encaminadas a impulsar la cultura cívica de todos los sectores sociales, presentada por el diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez a nombre del Grupo Parlamentario de Convergencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 4 de abril de 2006.

Dip. Jesús Emilio Martínez Álvarez (rúbrica)