Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1892-II, martes 29 de noviembre de 2005.


Dictámenes de primera lectura Proposiciones
 
 
 
 
 
 


Dictámenes

DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA EL CÓDIGO DE COMERCIO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONAN LOS ARTICULOS 78 Y 80 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, presentada por el C. Diputado Francisco Luis Monárrez Rincón del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el 19 de octubre de 2004. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa descrita, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada en esta Cámara de Diputados, el día 19 de octubre de 2004, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Francisco Luis Monárrez Rincón del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Economía".

TERCERO. Mediante oficio CE/1048/04, de fecha 15 de octubre de 2004, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de esta Iniciativa.

CUARTO. El legislador propone lo siguiente:

Adicionar un segundo párrafo al artículo 78 del Código de Comercio, para que "en el caso de que las convenciones mercantiles se realicen entre personas morales que ofrezcan servicios al público no tangibles, tales como servicios de comunicación, o expedición de créditos, la validez del acto comercial dependerá de la aceptación expresa y por escrito de las partes, en donde se deberá establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente y la duración de las obligaciones, así como las sanciones en caso de incumplimiento", y

Reformar el artículo 80 del Código de Comercio, para incluir como objetivo de ley una excepción al supuesto contenido en el artículo en comento.

QUINTO. Que atento al espíritu de la Iniciativa y para efectos de establecer criterios de interpretación y técnica jurídica más claros, esta Comisión Dictaminadora, propone las siguientes:

MODIFICACIONES

PRIMERO. Sobre la adición propuesta por el Legislador, se considera más conveniente que la misma se prevea en el artículo 79 del Código de Comercio, ya que tal disposición es la encargada de regular las excepciones al diverso artículo 78, que establece las reglas generales que le serán aplicables a los contratos mercantiles. En este sentido y atendiendo que el espíritu de la iniciativa obedece a incorporar una excepción a las reglas generales de las convenciones mercantiles, es que se propone la siguiente modificación:

Artículo 79.-......

I. ........

II. .......

III.- Los convenios o contratos mercantiles celebrados por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, que tengan por objeto la prestación de servicios, su validez dependerá de la aceptación expresa y por escrito de las partes, en donde se deberá establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente y la duración de las obligaciones, así como las sanciones en caso de incumplimiento.

En tales casos, los contratos que no llenen las circunstancias respectivamente requeridas, no producirán obligación ni acción en juicio.

SEGUNDO. Sobre el artículo 80 del Código de Comercio, se estima que debe agregarse el "teléfono" como medio para celebrar convenciones mercantiles, así como establecer como excepción al precepto legal citado, lo dispuesto por la fracción III del artículo 79; motivo por el cual se propone la siguiente modificación:

Artículo 80.- Los convenios y contratos mercantiles que se celebren por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, quedarán perfeccionados desde que se reciba la aceptación de la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada, salvo lo dispuesto por la fracción III del artículo 79 de esta ley.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

SEGUNDO. Que el Código de Comercio tiene por objeto, entre otros, el de regular los actos de comercio, los cuales se señalan de manera enunciativa más no limitativa, en el artículo 75 del ordenamiento jurídico mencionado, así como las relaciones contractuales en las que los comerciantes formen parte.

TERCERO. Que el Código de Comercio menciona a las personas que deberán reputarse en derecho "comerciantes", considerando de igual forma, que las personas que accidentalmente realicen alguna operación de comercio, aunque no sean consideradas en derecho "comerciantes", quedan por disposición de la propia ley, sujetas a la aplicación de las leyes mercantiles.

CUARTO. Que tal y como se prevé en el artículo 1794 del Código Civil Federal, uno de los elementos de existencia de un contrato, es el consentimiento, entendido éste como la manifestación de voluntad, expresa o tácita, por la cual se exterioriza el acuerdo de conseguir un fin común determinado, de lo cual se presupone que si falta el elemento de consentimiento en cualquier contrato mercantil, dicha convención es nula de pleno derecho y por tanto no produce efecto jurídico alguno.

QUINTO. Que existen empresas que ofrecen servicios a los particulares sin que estos los hubieren solicitado y que en la gran mayoría de los casos ni siquiera son utilizados, y que no obstante ello, las empresas realizan el cobro de tales servicios, aún y cuando tales convenciones carecen de un elemento esencial de existencia que consiste en el consentimiento, lo cual da origen a una evidente incertidumbre jurídica que permite a las empresas, de forma indiscriminada y unilateral, hacer cobros a los particulares de servicios que no fueron solicitados.

SEXTO. Que debido a un mercado cada vez más globalizado y competitivo, las empresas han tenido que desarrollar mecanismos alternos para captar clientes, cuya legalidad se encuentra seriamente cuestionada, y que han ocasionado infinidad de reclamaciones instauradas por los particulares ante autoridades administrativas y judiciales, de lo que se infiere que estamos en presencia de una importante inseguridad jurídica generada por las prácticas irregulares de las empresas, exponiendo a los particulares al cobro de servicios prestados no solicitados, abusando con ello, del principio consignado en la legislación mercantil que establece que los actos comerciales no dependen de la observancia de formalidades o requisitos determinados.

SÉPTIMO. Que los CC. Diputados que integran la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que resulta indispensable brindar protección a los particulares de cobros por servicios no pactados, mediante la adición dentro de la ley, de la aceptación expresa y por escrito como requisito para la validez de convenciones mercantiles en las que intervienen empresas que prestan servicios al público, así como establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente, duración de las obligaciones, y las sanciones en caso de incumplimiento, motivo por el cual se considera viable la propuesta en los términos del presente dictamen.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta al Pleno de esta Honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA EL CODIGO DE COMERCIO.

Artículo Único. Se adiciona la fracción III al artículo 79 y se reforman el último párrafo del artículo 79 y el artículo 80 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

Artículo 79.- Se exceptuarán de lo dispuesto en el artículo que precede:

I. y II. ............

III.- Los convenios o contratos mercantiles celebrados por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, que tengan por objeto la prestación de servicios, su validez dependerá de la aceptación expresa y por escrito de las partes, en donde se deberá establecer claramente el tipo de servicio, el pago correspondiente y la duración de las obligaciones, así como las sanciones en caso de incumplimiento.

En tales casos, los contratos que no llenen las circunstancias respectivamente requeridas, no producirán obligación ni acción en juicio.

Artículo 80.- Los convenios y contratos mercantiles que se celebren por correspondencia, teléfono, telégrafo, o mediante el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, quedarán perfeccionados desde que se reciba la aceptación de la propuesta o las condiciones con que ésta fuere modificada, salvo lo dispuesto por la fracción III del artículo 79 de este Código.

TRANSITORIO

Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno, secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah (rúbrica), Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (rúbrica), José Manuel Abdala de la Fuente, Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad, Carlos Blackaller Ayala (rúbrica), Juan Manuel Dávalos Padilla (rúbrica), Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz (rúbrica), Yadira Serrano Crespo, Víctor Suárez Carrera, Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).
 
 
 
DE LA COMISIÓN DE ECONOMÍA, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 1056 DEL CÓDIGO DE COMERCIO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, correspondiente a la LIX Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 1056 DEL CODIGO DE COMERCIO, presentada por el C. Diputado Juan Fernando Perdomo Bueno del Grupo Parlamentario Convergencia, el 13 de julio de 2005. Lo anterior, que en ejercicio de la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Economía de la LIX Legislatura, con fundamento en los Artículos 39 y 45 numeral 6 incisos d), e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los Artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis de la Iniciativa referida, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. Que en sesión celebrada en la Comisión Permanente, el día 13 de julio de 2005, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno de la Iniciativa que presentó el C. Diputado Juan Fernando Perdomo Bueno del Grupo Parlamentario Convergencia.

SEGUNDO. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados".

TERCERO. Que mediante oficio CE/1611/05, de fecha 18 de julio de 2005, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión de Economía del contenido de la Iniciativa.

CUARTO. El Legislador propone lo siguiente:

Que los ausentes o ignorados sean representados de acuerdo con las disposiciones señaladas en el Código Civil para el Distrito Federal o el Código Civil Federal, según sea el caso.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Que con base en los antecedentes antes indicados, la Comisión de Economía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar la Iniciativa de referencia.

SEGUNDO. Que la supletoriedad consiste en la aplicación complementaria de una ley respecto de otra, sin embargo, tal supletoriedad solo se aplica para integrar una omisión en la ley o para interpretar sus disposiciones en forma que se integren con principios generales contenidos en otras leyes, con la característica que generalmente se realiza mediante referencia expresa de un texto legal que la reconoce, por lo que debe entenderse que la aplicación de la supletoriedad se hará en los supuestos no contemplados por la primera ley y que la complementará ante posibles omisiones o para la interpretación de sus disposiciones.

TERCERO. Que el artículo 2° del Código de Comercio establece que a falta de disposiciones expresas en dicho ordenamiento, y demás leyes mercantiles, se aplicaran supletoriamente, las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal.

CUARTO. Que el Código de Comercio en el Capítulo II del Título Primero, Libro Quinto denominado "De la Capacidad y Personalidad", previene que los ausentes e ignorados serán representados en los términos que dispone el Código Civil del Distrito Federal, de lo que se infiere que se aplicarían las disposiciones de dicho ordenamiento jurídico y no del Código Civil Federal, a pesar de ser ésta la ley supletoriamente aplicable.

QUINTO. Que tanto el Código Civil para el Distrito Federal como el Código Civil Federal contienen disposiciones idénticas en cuanto a la representación de los ausentes e ignorados, sin embargo, resulta ser el Código Civil Federal la norma adecuada para ser aplicada supletoriamente al Código de Comercio, pues así esta dispuesto en su artículo 2°.

SEXTO. Que los CC. Diputados integrantes de la Comisión de Economía que dictamina, reconocen y concluyen que es de importante trascendencia jurídica que nuestros ordenamientos legales gocen de homogeneidad, coherencia y armonía entre sus disposiciones, razón por la cual resulta conveniente reformar el artículo 1056 del Código de Comercio, a fin de que se establezca que la representación de ausentes e ignorados se regirá por las disposiciones del Código Civil Federal, al ser la norma legal aplicable de forma supletoria.

En virtud de lo anteriormente expuesto, la Comisión de Economía presenta al Pleno de esta Honorable Asamblea para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación, el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 1056 DEL CODIGO DE COMERCIO.

Artículo Único. Se reforma el artículo 1056 del Código de Comercio, para quedar como sigue:

Artículo 1056.- Todo el que, conforme a la ley esté en el pleno ejercicio de sus derechos puede comparecer en juicio. Aquellos que no se hallen en el caso anterior, comparecerán a juicio por medio de sus representantes legítimos o los que deban suplir su incapacidad conforme a derecho. Los ausentes e ignorados serán representados como se previene en el Código Civil Federal.

TRANSITORIO

Artículo Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 22 días del mes de noviembre de 2005.

Diputados: Manuel López Villarreal (rúbrica), Presidente; Jorge Luis Hinojosa Moreno (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández (rúbrica), Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica), Javier Salinas Narváez (rúbrica), Julio Horacio Lujambio Moreno (rúbrica), secretarios; Ricardo Alegre Bojórquez (rúbrica), Francisco Javier Barrio Terrazas (rúbrica), Jaime del Conde Ugarte (rúbrica), José Francisco J. Landero Gutiérrez (rúbrica), Jesús Antonio Nader Nasrallah, Miguel Ángel Rangel Ávila (rúbrica), María Eloísa Talavera Hernández (rúbrica), Elizabeth Oswelia Yáñez Robles, José Manuel Abdala de la Fuente (rúbrica), Fernando Ulises Adame de León, Jorge Baldemar Utrilla Robles, Óscar Bitar Haddad (rúbrica), Carlos Blackaller Ayala, Juan Manuel Dávalos Padilla, Alfredo Gómez Sánchez (rúbrica), Gustavo Moreno Ramos, Eduardo Olmos Castro, José Mario Wong Pérez, Juan José García Ochoa, Isidoro Ruiz Argaiz, Yadira Serrano Crespo (rúbrica), Víctor Suárez Carrera (rúbrica), Jazmín Elena Zepeda Burgos (rúbrica).
 
 
 
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE SALUD, Y DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

HONORABLE ASAMBLEA:

Las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70, 71, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, 45 numeral 6 incisos f) y g) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los integrantes de esta Honorable Asamblea el presente Dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 208 bis y una fracción VII al artículo 260, y se reforma el artículo 464, todos de la Ley General de Salud; se adiciona una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales; y se adiciona una artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

ANTECEDENTES

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en fecha 6 de abril de 2004, la Diputada María Cristina Díaz Salazar, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó la Iniciativa con proyecto de Decreto que adiciona un artículo 208 bis y una fracción VII al artículo 260, y reforma el artículo 464, todos de la Ley General de Salud; adiciona una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales; y adiciona un artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

La Mesa Directiva, en esa misma fecha, mediante oficio número D. G. P. L. 59-II-4-494, acordó se turnara a las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos dicha iniciativa, la cual presenta dictamen al tenor de las siguientes:

CONSIDERACIONES

A. La autora de la iniciativa expresa su preocupación en lo relativo a la falsificación de medicamentos, en razón de que la legislación sanitaria vigente contempla los casos en que debe considerarse que un determinado producto resulta alterado o adulterado, pero no falsificado, que es una conducta totalmente distinta en cuanto a su significado, y que hasta el momento, no se encuentra considerada legalmente. En atención a ello, propone adicionar un artículo 208 bis a la Ley General de Salud, para incluir una definición del término falsificación, entendiéndose como tal cuando el envase o la etiqueta, sin autorización, llevan la marca registrada, el nombre comercial o cualquier otra marca de identificación, el impreso, el emblema o cualquier parecido de los mismos de un fabricante de medicamentos, procesador, empacador o distribuidor distinto a la persona o personas que, de hecho, fabricaron, procesaron, empacaron o distribuyeron ese medicamento, pretendiendo en forma falsa o representando ser el producto que fue empacado o distribuido por otro fabricante, procesador, empacador o distribuidor de medicamentos.

Al respecto, las Comisiones que hoy dictaminan consideramos importante la adición propuesta, y concordamos con la autora de la iniciativa en la necesidad de la inclusión de una descripción del término "falsificación", ya que de acuerdo a los argumentos vertidos por la Dip. Cristina Díaz Salazar, adulteración, alteración, contaminación y falsificación son términos totalmente distintos, y este último no se encuentra contemplado en la Ley General de Salud, por lo que los actos relacionados con la falsificación de medicamentos, han estado fuera del marco jurídico, lo cual no significa que no sea una realidad tangible que sucede día con día, si tomamos en consideración que la salud pública de todo mexicano en este aspecto es vulnerable, por lo que la adición propuesta puede aventajar este problema que cada día crece en perjuicio de la salud pública mexicana. Sin embargo, estas Comisiones Dictaminadoras estiman que, siguiendo la estructura de la vigente Ley General de Salud, el nuevo artículo 208 bis debe referirse a "productos" de tal forma que, por un lado se tenga una secuencia lógica en la definición o descripción de términos que hoy tiene ese ordenamiento cuando en los artículos 206, 207 y 208 se habla de adulteración, contaminación y alteración, y ahora en el 208 bis de falsificación, y por otra parte, al referirse a "productos" queden incluidos no solo los medicamentos, sino otros artículos de consumo humano.

B :En la iniciativa se propone también la adición de la fracción VII al artículo 260 de la Ley General de Salud, a efecto de que sea obligación de los responsables sanitarios de los establecimientos que se destinen al proceso de los productos, incluyendo su importación y exportación, contar con un libro de control autorizado por la Secretaría de Salud y firmado por el responsable sanitario, incluyendo nombre del medicamento, número de lote y su procedencia, facultando a la Secretaría para realizar verificaciones respecto de los datos declarados. Lo anterior se estima inviable, ya que por una parte, dicho precepto se enfoca a establecer los requisitos para ser responsable sanitario de establecimientos y no para establecer requisitos sobre el funcionamiento de éstos, por otro lado, el artículo 261 en vigor prevé una responsabilidad solidaria de las sanciones, por el responsable del establecimiento y el propietario del mismo, en los casos en que resulten afectados, por acción u omisión, la identidad, pureza, conservación, preparación, dosificación o manufactura de los productos.

C. La autora de la iniciativa manifiesta que, a fin de hacer coherentes las adiciones propuestas, resulta necesario reformar el artículo 464 de la precipitada ley, para prever la conducta de falsificación de medicamentos. El texto propuesto es el siguiente:

"Artículo 464.- En materia de medicamentos se aplicarán las penas que a continuación se mencionan, a la persona o personas que realicen las siguientes conductas delictivas:

I.- Quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos para uso o consumo humanos o fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta ley, se le aplicará de uno a nueve años de prisión y multa equivalente a cien mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

II.- Quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, sus leyendas, información que contengan o números o claves de identificación, se le aplicará de uno a cinco años de prisión y multa equivalente a cincuenta mil días e (sic) salario mínimo general de la zona económica de que se trate.

III.- Quien venda u ofrezca en venta, comercie, o distribuya medicamentos o fármacos, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o de cualquier forma intervenga en el proceso de comercialización o distribución o en el transporte, a sabiendas de que son falsificados, alterados o adulterados, o bien a sabiendas de que los materiales y sus leyendas, información que contengan o números o claves de identificación se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta la misma pena señalada en el párrafo anterior. Se presumirá que el sujeto tuvo conocimiento, cuando adquiera o revenda medicamentos o fármacos a precios notoriamente inferiores a los vigentes en el mercado.

IV.- Quien comercie con medicamentos o fármacos de los autorizados por la Secretaría de Salud, para ser distribuidos en forma gratuita, únicamente como muestras médicas, se le aplicará de uno a tres años de prisión y multa de veinticinco mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

Para los efectos del presente artículo, se entenderá por medicamento, fármaco, materia prima, aditivo y material, lo preceptuado en las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 221 de esta Ley; y se entenderá por adulteración, contaminación, alteración y falsificación, lo previsto en los artículos 206, 207, 208 y 208 bis (sic) de esta ley.

Las penas señaladas en los párrafos anteriores se aplicarán con independencia de aquellas señaladas por la ley, cuando se trate de tráfico de estupefacientes o psicotrópicos.

Las penas mencionadas en los párrafos anteriores, se aplicarán independientemente de que alguna persona o personas sufrieran lesiones o la muerte, al responsable, le serán aplicadas, además, las penas que señale la legislación común en materia penal".

En lo relativo a dicha reforma, estas Comisiones Unidas coincidimos plenamente. Además, es importante destacar que entre más precisa sea una ley, más elementos tendrá la autoridad encargada de investigar y sancionar los delitos, para emitir una resolución justa, debidamente fundada y motivada, excluyendo la posibilidad de que actúe conforme a su criterio, lo que en algunos casos resulta necesario debido a los vacíos que presentan algunas legislaciones. En la fracción III del nuevo artículo 464 ter se hacen algunos ajustes de redacción para la adecuada formulación del tipo.

Por lo anterior, la reforma en comento se considera lo suficientemente clara y por supuesto el texto propuesto se estima mucho más completo que el actual.

También es necesario hacer mención de que la reforma contempla supuestos delictivos que actualmente no se encuentran en la ley de la materia, lo que evidentemente fortalece el marco jurídico y el estado de derecho que debe imperar, ya que contempla todos los supuestos, en que puede incurrir un sujeto dedicado a la falsificación, adulteración, alteración o contaminación de medicamentos, tomando en consideración todas sus etapas, desde su producción hasta su comercialización.

Ahora bien, se sugiere que en la fracción II se incluya la palabra "vigente" para hacer referencia a la multa que se impondrá, de conformidad con el salario mínimo, y cambiar "de" por "en" la zona económica de que se trate, para mejorar la redacción.

No obstante lo anterior, se advierte que la reforma deja de lado lo referente a alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia de uso o consumo humano, lo que es de suma importancia que siga siendo regulado tal y como lo prevé el artículo 464 en vigor, al repercutir directamente en la salud, de igual forma que en materia de medicamentos, por lo que se propone eliminar del texto del artículo 464 actual a los medicamentos, e incluir la reforma en estudio como la adición del artículo 464 ter, considerando que existe un numeral 464 bis, en obvio de no recorre la numeración actual.

En otro orden de ideas, se considera que la fracción IV que propone la legisladora, no debe incluirse en el artículo en estudio, en razón de que se trata de un tema distinto, como lo es la venta de muestras médicas gratuitas, por lo que al abordarse en este numeral conductas relacionadas con la adulteración, falsificación, contaminación y alteración de medicamentos, el contenido de dicha fracción no guarda relación alguna con la problemática que se aborda.

D. Asimismo, la autora propone adicionar una fracción XV al artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para que se consideren como delitos graves las conductas precisadas en el numeral 208 bis que pretende adicionar, así como las contenidas en el artículo 464 propuesto. Al respecto consideramos que la comisión de los delitos previstos en las fracciones I, II y III del artículo 464 ter de la Ley General de Salud entrañan dolo para su comisión, con lo que se pone en riesgo y la vida de quien llegue a consumir los medicamentos falsificados.

En virtud de lo anterior y a efecto de dar cumplimiento a la fracción I del artículo 20 constitucional, se considera procedente que las conductas antes mencionadas sean consideradas como graves dentro del catálogo legal contenido en el artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, por lo que en consecuencia se deberá adicionar una fracción XV al citado dispositivo para que se incluyan las conductas previstas en las fracciones I, II y III del artículo 464 ter de la Ley General de Salud.

E:- Finalmente, la iniciativa propone adicionar una artículo décimo transitorio a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a efecto de prever la constitución de una Unidad Especializada de Investigación de Delitos Sanitarios, que esté facultada para instruir a los agentes de la Policía Federal Investigadora y peritos que le estén adscritos, sobre los elementos o indicios que deban ser investigados o recabados, así como sobre otras acciones que fueren necesarias para la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado.

Sobre el particular, resulta importante destacar que en razón de que la Procuraduría General de la República, a través de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, ha hecho importantes detenciones con motivo de los ilícitos cometidos por personas u organizaciones que se dedican al tráfico, falsificación, transportación y comercialización de productos de uso o consumo humano, estas Comisiones estimamos que la creación de la Unidad referida no es necesaria, ya que actualmente existe un órgano dedicado a la persecución de este tipo de delitos.

Por lo anteriormente expuesto, las Comisiones Unidas de Salud y de Justicia y Derechos Humanos someten a la consideración de esta Asamblea el presente:

PROYECTO DE DECRETO POR QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL DE SALUD Y DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES.

Artículo Primero.- Se reforma el Artículo 464 y se adicionan los Artículos 208 Bis y 464 Ter a Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 208 Bis.- Se considera falsificado un producto cuando se fabrique, envase o se venda haciendo referencia a una autorización que no existe, utilizando una otorgada legalmente a otro o imitando al legalmente fabricado y registrado.

Artículo 464.- A quien, adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de alimentos, bebidas no alcohólicas, bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia o producto de uso o consumo humano, con peligro para la salud, se le aplicará de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de cien a mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

Artículo 464 Ter.- En materia de medicamentos se aplicarán las penas que a continuación se mencionan, a la persona o personas que realicen las siguientes conductas delictivas:

I.- A quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta Ley, se le aplicará una pena de uno a nueve años de prisión y multa equivalente a cien mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate;

II.- A quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, sus leyendas, la información que contengan o sus números o claves de identificación, se le aplicará una pena de uno a cinco años de prisión y multa equivalente a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate, y

III.- A quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados o adulterados, ya sea en establecimientos o en cualquier otro lugar, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contengan o números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de uno a cinco años de prisión y multa equivalente a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.

Para los efectos del presente artículo, se entenderá por medicamento, fármaco, materia prima, aditivo y material, lo preceptuado en las fracciones I, II, III, IV y V del artículo 221 de esta Ley; y se entenderá por adulteración, contaminación, alteración y falsificación, lo previsto en los artículos 206, 207, 208 y 208 bis de esta Ley.

Artículo Segundo.- Se adiciona la fracción XV al Artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales, para quedar como sigue:

Artículo 194.- Se califican como delitos graves, para todos los efectos legales, por afectar de manera importante valores fundamentales de la sociedad, los previstos en los ordenamientos legales siguientes:

I. a XIV. .......

XV. De la Ley General de Salud, los previstos en las fracciones I, II y III del artículo 464 Ter.

TRANSITORIO

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Por la Comisión de Salud

Diputados: José Ángel Córdova Villalobos (rúbrica), José Javier Osorio Salcido, Pablo Anaya Rivera (rúbrica), María Cristina Díaz Salazar (rúbrica), Rafael García Tinajero Pérez (rúbrica), Raúl Rogelio Chavarría Salas (rúbrica), María del Rocío Jaspeado Villanueva (rúbrica), Gisela Juliana Lara Saldaña (rúbrica), Lucio Galileo Lastra Marín (rúbrica), Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Rojas Toledo, María Salomé Elyd Sáenz, Jesús Aguilar Bueno, Marco Antonio García Ayala, Jaime Fernández Saracho (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Alfredo Bejos Nicolás, Isaías Soriano López (rúbrica), Rosa Hilda Valenzuela Rodelo, Martha Palafox Gutiérrez (rúbrica), Martín Remigio Vidaña Pérez (rúbrica), Ivonne Aracelly Ortega Pacheco (rúbrica), José Porfirio Alarcón Hernández, María Angélica Díaz del Campo, Julio Boltvinik Kalinka, Martha Lucía Mícher Camarena (rúbrica), Irma Sinforina Figueroa Romero, José Luis Naranjo y Quintana, Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), María Angélica Ramírez Luna.

Por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos

Diputados: Rebeca Godínez y Bravo (rúbrica), Félix Adrián Fuentes Villalobos, Miguelángel García-Domínguez, Leticia Gutiérrez Corona (rúbrica), Miguel Ángel Llera Bello (rúbrica), Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica, en abstención), Amalín Yabur Elías (rúbrica), María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica), Diana Rosalía Bernal Ladrón de Guevara (rúbrica), Mario Carlos Culebro Velasco (rúbrica), Angélica de la Peña Gómez, Gustavo Adolfo de Unanue Aguirre, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Francisco Diego Aguilar (rúbrica), José Luis García Mercado (rúbrica), Eliana García Laguna, Blanca Estela Gómez Carmona (rúbrica), Fernando Antonio Guzmán Pérez Peláez (rúbrica, en abstención), Ernesto Herrera Tovar (rúbrica,), María Martha Celestina Eva Laguette Lardizábal, Jaime Miguel Moreno Garavilla, Consuelo Muro Urista (rúbrica), Sergio Penagos García (rúbrica, en abstención), Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez (rúbrica), María Sara Rocha Medina, Jorge Leonel Sandoval Figueroa (rúbrica), Leticia Socorro Userralde Gordillo (rúbrica), Marisol Vargas Bárcena (rúbrica), Bernardo Vega Carlos, Margarita Zavala Gómez del Campo.
 
 
 
DE LA COMISIÓN DE REGLAMENTOS Y PRÁCTICAS PARLAMENTARIAS, CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados

PRESENTES:

La Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias recibió mediante turno, la Iniciativa que ha quedado señalada en el acápite del presente documento, misma que fue presentada por el Diputado Víctor Hugo Islas Hernández, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

Esta Comisión se abocó a la formulación del presente dictamen, de conformidad con lo siguiente:

I.- ANTECEDENTES.

A) En la sesión ordinaria de la Cámara de diputados, realizada el 25 de octubre de 2005, el Diputado Víctor Hugo Islas Hernández, presentó la iniciativa que motiva el presente dictamen.

B) Dicha iniciativa se publicó en la Gaceta Parlamentaria # 1864 del martes 18 de octubre de 2005.

C) La Presidencia de la Comisión Permanente determinó "Túrnese a la comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias".

II.- CONTENIDO.

La iniciativa propone adicionar la fracción XVII al artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Conforme a la exposición de motivos de la propia iniciativa, los argumentos en que sustenta su propuesta son:

1. En la actualidad, se demanda resultados de todas las instituciones, la legitimidad de los público se mide por su capacidad de atender las necesidades en el menor tiempo posible, al menor costo y atendiendo a lo realmente prioritario para la sociedad.

2. El desarrollo de la función pública está directamente relacionado con el nivel de democracia de las instituciones del Estado.

3. La vigilancia sobre las instituciones y los actos del poder y la denuncia de las prácticas corruptas en las mismas, son los mejores elementos para detonar un desarrollo vigoroso de la función pública.

4. En tiempos recientes, parte de esta labor de supervisión, fiscalización y control ha sido asumida por el parlamento.

5. En materia de la función pública, existe un área relevante del mayor interés público y legislativo, que carece de un órgano camaral capaz de dar seguimiento, monitoreo y colaboración, tanto en la construcción de la política pública, como en la vigilancia de las acciones realizadas y los recursos que se apliquen en la misma.

6. La actual norma para la creación de comisiones ordinarias, expresa en la Ley Orgánica, señala la necesaria correlatividad entre un ente de la administración pública y el órgano cameral.

7. Esta rama de la administración pública, genera una importante normatividad como la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, Ley Federal de Bienes Nacionales, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas y Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, entre otras, cuyo proceso legislativo, análisis, reforma y valoración actualmente corren a cargo de otras comisiones que las abordan de manera tangencial o accesoria al no ser esta su materia principal de competencia.

III.- CONSIDERACIONES Y ANÁLISIS A) La iniciativa presentada cumple con los requisitos formales que exige la práctica parlamentaria: se formuló por escrito, se presentó con un título, contiene el nombre y la firma del proponente, contiene un apartado expositivo de los motivos que la animan, presenta el texto legal que propone, señala los artículos transitorios que darían vigencia al decreto, establece la fecha de presentación y cumplió con su publicidad en el tiempo legal debido.

B) La Cámara de Diputados está facultada y tiene competencia para conocer y resolver la iniciativa en comento, de conformidad con lo que establece el segundo párrafo del artículo 70 constitucional;

C) Compete a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias emitir dictamen a esta propuesta, conforme a lo que dispone el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

D) El problema planteado en la iniciativa se podría resumir de la siguiente manera:

La regla general establecida en el párrafo 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica vigente, es que para el ejercicio de las funciones de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio, la Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias de dictamen cuya competencia se corresponde con la otorgada a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Desde la expedición de la Ley Orgánica el 3 de diciembre de 1999 a la fecha, la Cámara de Diputados no ha tenido ninguna comisión cuya competencia se corresponda con las funciones que realizaba la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo (en adelante SECODAM), para estos efectos.

Con la reforma al artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal -publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de abril de 2003-, el Gobierno Federal cambió el nombre de la SECODAM, por el de Secretaría de la Función Pública, otorgándole a esta las facultades de aquella pero ampliando estas potestades en materia dirección, organización y operación del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; planeación y administración de personal; reivindicación de bienes propiedad de la nación; formulación y conducción de la política de la Administración Pública Federal para la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información y finalmente para la promoción de las estrategias para establecer políticas de gobierno electrónico.

En tal razón, la Cámara de Diputados no había destinado a un órgano específico, el cumplimiento de las tareas legislativa, de información y de control evaluatorio que se correspondieran con esa dependencia y sus acciones.

E) Efectivamente el problema planteado es real, No es apremiante pero podría serlo en ciertos aspectos, es un problema susceptible de atenderse por la vía legislativa y es esta la única vía de resolución. La propuesta es oportuna y aunque la opinión pública en este momento parece no inmiscuirse en el tema, la inactividad de la Cámara de Diputados, podría generar una opinión pública adversa al momento en que se analice el cumplimiento de las funciones informativa y de control evaluatorio en esta materia. Recordemos que hace 5 o 6 años, los medios de comunicación trajeron a la discusión el tema del costo que representaba esta función de "autovigilancia del Poder Ejecutivo" frente a los magros beneficios obtenidos, concluyendo de manera generalizada la inutilidad de la dependencia, la exigencia de su desaparición para economizar recursos y la evidencia del incumplimiento del Congreso, como el principal obligado a vigilar al vigilante.

F) Los argumentos esgrimidos, son válidos. No presentan la solidez deseada ni tienen una línea argumental clara, pero sí corresponden a la idea propuesta y bastan para inducir a la comprensión del punto de conflicto.

G) La propuesta pretende reformar una fracción del artículo 39 de la Ley Orgánica, para crear la Comisión de la Función Pública, como órgano ordinario de dictamen. La enunciación jurídica propuesta es suficiente y acorde para alcanzar el objetivo que se plantea.

H) La propuesta concuerda con las disposiciones constitucionales y no existen antinomias con las leyes vigentes.

I) La comisión que dictamina considera adecuado reformar el proyecto de decreto, destinando el artículo primero exclusivamente a las reformas y el segundo a las adiciones, tal y como los clásicos de la técnica legislativa lo han dejado establecido (Sempé Minvielle; Sáenz, Arroyo Et. Al).

J) Respecto al contenido del artículo primero del decreto, la dictaminadora consideró necesario precisar que los cambios son en las fracciones XVIII a XXXVIII del segundo párrafo del artículo 39, toda vez que su contenido varía con la propuesta y en tal virtud decidió expresar íntegramente la nueva formulación de estas fracciones.

K) Por cuanto al contenido del artículo segundo, los diputados que integran este órgano, estimaron necesario expresar aquí , primero el acto de creación de la nueva fracción XXIX y segundo su contenido que sería precisamente el contenido de la fracción XXVIII del ordenamiento vigente, toda vez que no puede darse contenido a una fracción que no se ha creado.

IV.- CONCLUSIONES Y PROPUESTAS

La Comisión que dictamina considera que es de aprobarse la iniciativa presentada con las modificaciones expuestas por las razones previstas y por lo tanto propone a esta soberanía el siguiente:

PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA EL ARTÍCULO 39 DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Artículo Único.- Se adiciona una nueva fracción XVII, al Numeral 2, del Artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 39. .........

1. .......

2. ...

I. a XVI. .........

XVII. Función Pública;

XVIII. Gobernación;

XIX. Hacienda y Crédito Público;

XX. Justicia y Derechos Humanos;

XXI. Juventud y Deporte;

XXII. Marina;

XXIII. Medio Ambiente y Recursos Naturales;

XXIV. Participación Ciudadana;

XXV. Pesca;

XXVI. Población, Fronteras y Asuntos Migratorios;

XXVII. Presupuesto y Cuenta Pública;

XXVIII. Puntos Constitucionales;

XXIX. Radio, Televisión y Cinematografía;

XXX. Recursos Hidráulicos;

XXXI. Reforma Agraria;

XXXII. Relaciones Exteriores;

XXXIII. Salud;

XXXIV. Seguridad Pública;

XXXV. Seguridad Social;

XXXVI. Trabajo y Previsión Social;

XXXVII. Transportes;

XXXVIII. Turismo, y

XXXIX. Vivienda.

3. .............

Transitorio

Único.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Así lo resolvieron los integrantes de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias en noviembre del año dos mil cinco.

Diputados: Iván García Solís (rúbrica), Presidente; Raúl José Mejía González (rúbrica), secretario; Adrián Víctor Hugo Islas Hernández (rúbrica), secretario; Jorge Luis Preciado Rodríguez (rúbrica), secretario; Sergio Álvarez Mata (rúbrica), Federico Barbosa Gutiérrez (rúbrica), Sami David David (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Pablo Gómez Álvarez (rúbrica), José González Morfín (rúbrica), Jaime Miguel Moreno Garavilla (rúbrica), Rafael Sánchez Pérez (rúbrica), Salvador Sánchez Vázquez, Pedro Vázquez González (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO AL CIUDADANO PORFIRIO ALEJANDRO MUÑOZ LEDO Y LAZO DE LA VEGA PARA ACEPTAR Y USAR LA CONDECORACIÓN DE LA ORDEN DEL QUETZAL, EN GRADO DE GRAN CRUZ, QUE LE OTORGA EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de conformidad con lo que establece la fracción III, del apartado C), del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Único.- Se concede permiso al ciudadano Porfirio Alejandro Muñoz Ledo y Lazo de la Vega, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 11 de noviembre de 2005.

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO AL CIUDADANO EMBAJADOR CARLOS RODRÍGUEZ Y QUEZADA PARA ACEPTAR Y USAR LA CONDECORACIÓN DE LA ESTRELLA YUGOSLAVA DE PRIMER GRADO, QUE LE OTORGA EL GOBIERNO DE SERBIA Y MONTENEGRO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano embajador Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar la condecoración de la Estrella Yugoslava de Primer Grado, que le otorga el Gobierno de Serbia y Montenegro.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III, del apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Único.- Se concede permiso al ciudadano embajador Carlos Rodríguez y Quezada, para aceptar y usar la condecoración de la Estrella Yugoslava de Primer Grado, que le otorga el Gobierno de Serbia y Montenegro.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 11 de noviembre de 2005.

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez (rúbrica), Claudia Ruiz Massieu Salinas (rúbrica), Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS VERÓNICA SOLÍS PESQUERA Y ENRIQUE GUTIÉRREZ CARMONA PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA DE LA REPÚBLICA CHECA Y EN LA DELEGACIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA EN MÉXICO, RESPECTIVAMENTE

Honorable Asamblea:

En oficios fechados los días 8 de noviembre y 25 de octubre del año en curso, la Secretaría de Gobernación, solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Verónica Solís Pesquera y Enrique Gutiérrez Carmona, puedan prestar servicios como ayudante de limpieza y asistente administrativo, en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea, en México, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 22 de noviembre, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con las copias certificadas de sus actas de nacimiento.

b) Que los servicios que los propios interesados, prestarán en la Embajada de la República Checa y en la Delegación de la Comisión Europea, en México, serán como ayudante de limpieza y asistente administrativo, respectivamente, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C), del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Primero.- Se concede permiso a la ciudadana Verónica Solís Pesquera, para prestar servicios como ayudante de limpieza, en la Embajada de la República Checa en México.

Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano Enrique Gutiérrez Carmona, para prestar servicios como asistente administrativo, en la Delegación de la Comisión Europea, en México.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión. México, DF, a 23 de noviembre de 2005.

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS LUIS ANTONIO MORÁN MORA, LUZ DEL CARMEN SALCEDO VAUDRECOURT, TEODORA MARÍA LÓPEZ NORIEGA Y MERCEDES GONZÁLEZ GUTIÉRREZ PARA PRESTAR SERVICIOS EN LA EMBAJADA Y EN LOS CONSULADOS DE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN MÉXICO, HERMOSILLO, SONORA, Y MONTERREY, NUEVO LEÓN, RESPECTIVAMENTE

Honorable Asamblea:

En oficio de fecha 7 de noviembre de 2005, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Luis Antonio Morán Mora, Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, Teodora María López Noriega y Mercedes González Gutiérrez, puedan prestar servicios de carácter administrativo, en la Embajada y en los Consulados de los Estados Unidos de América, en México, Hermosillo, Sonora y Monterrey, Nuevo León, respectivamente.

En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el 22 de noviembre del año en curso, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.

Considerando

a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada del acta de nacimiento;

b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en la Embajada y en los Consulados de los Estados Unidos de América, en México, Hermosillo Sonora y Monterrey, Nuevo León, serán de carácter administrativo, y

c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II, del apartado C), del artículo 37 constitucional y al artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Por lo expuesto, esta Comisión se permite someter a la consideración de la honorable Asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Luis Antonio Morán Mora, para prestar servicios como inspector de Mantenimiento Residencial, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo Segundo.- Se concede permiso a la ciudadana Luz del Carmen Salcedo Vaudrecourt, para prestar servicios como asistente en la Sección de Recursos Humanos, en la Embajada de los Estados Unidos de América en México.

Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana Teodora María López Noriega, para prestar servicios como asistente de Visas, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Hermosillo, Sonora.

Artículo Cuarto.- Se concede permiso a la ciudadana Mercedes González Gutiérrez, para prestar servicios como empleada del Departamento de Ciudadanía, en el Consulado de los Estados Unidos de América en Monterrey, Nuevo León.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 23 de noviembre de 2005.

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.
 
 
 

DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN, CON PROYECTO DE DECRETO QUE CONCEDE PERMISO A LOS CIUDADANOS FELIPE CAMELO SCHWARS, MIGUEL GONZÁLEZ CALETTE, SALVADOR MELÉNDEZ MENA, JOSÉ SAÚL JUÁREZ VEGA, MIGUEL HAKIM SIMÓN, JUAN BENITO ARTIGAS HERNÁNDEZ Y RAÚL SERGIO ARROYO GARCÍA, PARA ACEPTAR Y USAR LAS CONDECORACIONES QUE LES CONFIEREN LOS GOBIERNOS DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, DEL REINO DE DINAMARCA, DE LA REPÚBLICA FRANCESA, DEL REINO DE ESPAÑA, DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR Y DE LA REPUBLICA DE PANAMÁ, RESPECTIVAMENTE

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Gobernación que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Felipe Camelo Schwars, Miguel González Calette, Salvador Meléndez Mena, José Saúl Juárez Vega, Miguel Hakim Simón, Juan Benito Artigas Hernández y Raúl Sergio Arroyo García, para aceptar y usar las condecoraciones que les confieren los Gobiernos de la República de Guatemala, del Reino de Dinamarca, de la República Francesa, del Reino de España, de la República de El Salvador y de la República de Panamá, respectivamente.

La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional y el artículo 60, segundo párrafo, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la aprobación de la honorable Asamblea, el siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Primero.- Se concede permiso al C. Felipe Camelo Schwarz, cónsul honorario de Guatemala en Monterrey, Nuevo León, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden del Quetzal, en grado de Gran Oficial, que le otorga el Gobierno de la República de Guatemala.

Artículo Segundo.- Se concede permiso al C. Miguel González Calette, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Dannebrog, en grado de Caballero, que le confiere el Gobierno del Reino de Dinamarca.

Artículo Tercero.- Se concede permiso al C. Salvador Meléndez Mena, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de las Palmas Académicas en grado de Caballero, que le otorga el ministro de Educación Nacional del Gobierno de la República Francesa.

Artículo Cuarto.- Se concede permiso al C. José Saúl Juárez Vega, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

Artículo Quinto.- Se concede permiso al C. Juan Benito Artigas Hernández, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

Artículo Sexto.- Se concede permiso al C. Dr. Miguel Hakim Simón, para que pueda aceptar y usar la condecoración José Matías Delgado, en grado de Gran Cruz Placa de Plata, que le otorga el Gobierno de la República de El Salvador.

Artículo Séptimo.- Se concede permiso al C. Dr. Miguel Hakim Simón, para que pueda aceptar y usar la condecoración Vasco Núñez de Balboa, en grado de Gran Cruz, que le otorga el Gobierno de la República de Panamá.

Artículo Octavo.- Se concede permiso al C. Raúl Sergio Arroyo García, para que pueda aceptar y usar la condecoración de la Orden de Isabel la Católica, en grado de Encomienda, que le otorga el Gobierno del Reino de España.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 23 de noviembre de 2005.

Diputados: Julián Angulo Góngora (rúbrica), Presidente; Yolanda Guadalupe Valladares Valle, David Hernández Pérez, Claudia Ruiz Massieu Salinas, Daniel Ordóñez Hernández (rúbrica), Maximino Alejandro Fernández Ávila, secretarios; José Porfirio Alarcón Hernández (rúbrica), Fernando Álvarez Monje, Omar Bazán Flores, Pablo Bedolla López, José Luis Briones Briseño (rúbrica), Socorro Díaz Palacios (rúbrica), Luis Eduardo Espinoza Pérez, Miguelángel García-Domínguez (rúbrica), Jesús Porfirio González Schmal (rúbrica), Héctor Humberto Gutiérrez de la Garza, Alonso Adrián Juárez Jiménez (rúbrica), Pablo Alejo López Núñez (rúbrica), Federico Madrazo Rojas (rúbrica), Guillermo Martínez Nolasco (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica), Consuelo Muro Urista (rúbrica), José Eduviges Nava Altamirano, José Agustín Roberto Ortiz Pinchetti (rúbrica), Hugo Rodríguez Díaz (rúbrica), Margarita Saldaña Hernández, José Sigona Torres (rúbrica), Sergio Vázquez García (rúbrica), Mario Alberto Rafael Zepahua Valencia.
 
 











Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO A ESTABLECER UN MECANISMO PARA RECUPERAR EL IMPORTE DE LOS DESCUENTOS A LOS USUARIOS DE GAS NATURAL DE USO DOMÉSTICO Y APLICAR EN LA REGIÓN DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA, LOS BENEFICIOS QUE OTORGAN LOS DECRETOS DE FECHAS 16 DE MAYO Y 12 DE SEPTIEMBRE DE 2005, A CARGO DEL DIPUTADO JESÚS MARÍA RAMÓN VALDÉS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, diputado federal Jesús María Ramón Valdés, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional correspondiente a la LIX Legislatura, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a establecer el mecanismo para recuperar el importe de los descuentos a los usuarios de gas natural de uso doméstico de bajo consumo que otorguen los distribuidores por cuenta del Gobierno Federal, asimismo se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a aplicar extensiva y retroactivamente a la región de Piedras Negras, Coahuila, los beneficios que otorgan los decretos de fechas 16 de mayo y 12 de septiembre de 2005.

Antecedentes

Con fecha del 16 de mayo del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación decreto que establece un descuento a los usuarios de gas natural doméstico de bajo consumo aplicable retroactivamente al 18 de abril del año en curso; sin embargo, en virtud de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no ha establecido el mecanismo para recuperar el importe de los descuentos que otorguen los distribuidores por cuenta del Gobierno Federal, la población del área de Piedras Negras, Coahuila, se ha visto severamente afectada en sus presupuestos familiares al tener que pagar el gas natural a precios de mercado internacional.

Con fecha 12 de septiembre del año en curso se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que modifica la fórmula para la determinación del precios de venta de primera mano del gas natural que comercializa Pemex Gas, Petroquímica Básica y sus empresas filiales, dicha fórmula deja fuera a los pobladores de la región de Piedras Negras, Coahuila, simplemente porque Petróleos Mexicanos dejó de producir gas natural en la zona obligando a su importación a precios de mercado internacional.

Con fecha del 16 de enero de 2001 la Secretaría de Energía emitió un comunicado mediante el cual se beneficiaba a los todos los consumidores de gas natural con el esquema de 4 x 3 que significa gas a precio fijo de 4,00 dólares por MMBTU; y una bonificación del 25% sobre el gas pagado del mes de agosto de 2000, sin embargo este beneficio nunca se aplicó en la región de Piedras Negras, lo cual constituye una clara discriminación y desigualdad fiscal con respecto a los habitantes del resto del país.

En el año 2004 nuevamente la Secretaría de Energía ofreció el apoyo de tomar la cobertura del precio del gas en un parámetro de 4,50 a 4,80 dólares por MMBTU por el periodo de enero de 2004 a diciembre de 2005 dejando fuera de este beneficio a la región de Piedras Negras.

Lo anteriormente descrito constituye un claro trato discriminatorio a mexicanos que constitucionalmente deben tener igualdad de derechos, a quienes por el simple hecho de radicar en una región diferente se les niegan los beneficios otorgados a mexicanos en las mismas condiciones de otras latitudes del país.

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer el mecanismo para recuperar el importe de los descuentos a los usuarios de gas natural de uso doméstico de bajo consumo que otorguen los distribuidores por cuenta del Gobierno Federal.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a aplicar extensiva y retroactivamente a la región de Piedras Negras, Coahuila, los beneficios que otorgan los decretos de fechas 16 de mayo y 12 de septiembre de 2005.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de noviembre de 2005.

Dip. Jesús María Ramón Valdés (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA A LA SAGARPA Y A LA SECRETARÍA DE MARINA A VERIFICAR QUE LAS EMBARCACIONES PESQUERAS QUE OPERAN EN EL ESTADO DE QUINTANA ROO CUENTEN CON LOS PERMISOS CORRESPONDIENTES, A CARGO DEL DIPUTADO VÍCTOR MANUEL ALCERRECA SÁNCHEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El que suscribe diputado federal Víctor Manuel Alcérreca Sánchez, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 23, numeral 1, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos; se permite poner a la consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución conforme a los siguientes

Considerandos

En Quintana Roo, la base de la economía de los pescadores artesanales agrupados en cooperativas lo constituyen en orden de importancia la captura de la langosta y el caracol, este último se captura como una alternativa de ingresos durante dos de los cuatro meses de veda de la langosta (marzo a junio).

De noviembre a febrero, cuando los pescadores capturan tanto langosta como caracol, este último se pesca en Banco Chinchorro sólo dos o tres días al mes y cinco días al mes en Cozumel; los días restantes se dedican a la captura de langosta.

La langosta espinosa (Panulirus argus) se distribuye en todo el Caribe, siendo la especie más capturada a nivel mundial. Por su parte, México ocupa el séptimo lugar como productor de langosta espinosa y es considerado el décimo séptimo en la captura mundial de langostas.

En cuanto a captación de divisas del extranjero, la langosta ocupa el cuarto lugar entre los crustáceos, después del camarón, el langostino y la jaiba según lo reportado por la entonces Semarnap en 1998. Asimismo, la captura registrada en Yucatán y Quintana Roo contribuye con el 23% de la producción nacional.

De 1982 a 1988, la producción alcanzó un máximo de 751 toneladas por año, para descender en el periodo 1992-1996 y aumentar hasta alcanzar una producción de 676.5 toneladas por año en 1995. A partir de este año y hasta la fecha las capturas han descendido a la mitad de la producción, 354 toneladas por año.

Para capturar el recurso en Quintana Roo, se utilizan embarcaciones que no rebasan los 10 metros de eslora con motores fuera de borda. Las artes de pesca empleadas son selectivas y van desde buceo libre o autónomo (Scuba) hasta el empleo de trampas.

De las 35 sociedades cooperativas de producción pesquera en Yucatán y Quintana Roo que capturan langosta, 15 cuentan con concesión y con áreas de operación bien delimitadas; las demás, continúan haciéndolo por medio de permisos.

En Quintana Roo, la pesquería de estas especies ha entrado en un periodo de deterioro, mientras que en Yucatán el efecto de la pesca ha sido menor y la producción ha mantenido el mismo comportamiento.

La Norma Oficial Mexicana NOM-006-PESC-1993, contiene los apartados para el manejo y regulación de la pesca de langosta en el Golfo de México y la península de Yucatán. De acuerdo con esta norma existen tres medidas de regulación; dos actúan en forma indirecta para controlar el esfuerzo: la talla mínima legal y la prohibición de capturar hembras ovígeras, y la veda; medida que actúa en forma directa sobre el recurso.

En resumen, en Quintana Roo la pesquería de langosta esta en fase de sobreexplotación y se refleja en que su captura ha descendido en 50% menos que en la década de los ochenta, por lo que urge establecer las medidas que permitan recuperar el recurso a niveles más rentables, reduciendo el esfuerzo pesquero y condicionando la adquisición de embarcaciones y equipos nuevos e incrementando la vigilancia para evitar la pesca furtiva.

Con respecto al caracol, se comenzó a explotar comercialmente en las costas de la península de Yucatán a partir de la década de los cincuenta y en 1986 esta pesquería se dirigía al caracol rosado, blanco y trompillo. Quintana Roo ocupa el quinto lugar de producción en el Mar Caribe y tuvo al menos un valor de dos millones de pesos durante la temporada 1996 a 1997, según lo reportado por el Instituto Nacional de la Pesca. Sin embargo, la actividad fue cancelada de 1990 a 1996; y en Yucatán continúa en veda desde entonces, por lo que es Quintana Roo el que actualmente sostiene la pesquería, capturando únicamente caracol rosado (Strombus gigas) en dos bancos de pesca: Banco Chinchorro y Cozumel.

Los pescadores de caracol están agrupados en sociedades cooperativas y participan entre 115 y 130 pescadores en Banco Chinchorro y de 45 a 55 en Cozumel. El método de pesca depende de la profundidad y es con buceo libre o scuba y la captura se realiza a mano, en una pesca absolutamente dirigida a la especie por lo que no hay pesca incidental ni descartes de otras especies.

La captura de caracol se rige por la NOM-013-PESC-1994, decretada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de abril de 1995. Esta norma establece talla mínima de captura, método de pesca autorizado, cuotas para limitar la captura y cantidad de equipos autorizados.

El caracol rosado es una especie muy vulnerable a la pesca, lo cual la hace susceptible a una declinación de sus poblaciones al incrementarse el esfuerzo de pesca. El Instituto Nacional de la Pesca ha declarado que en Banco Chinchorro son mayores los efectos de la pesca clandestina, los cuales se pudieron observar en corto tiempo. Asimismo investigadores del INP mencionan que de los dos bancos de caracol explotados en Quintana Roo: Cozumel y Banco Chinchorro, el primero tiene un nivel de aprovechamiento adecuado pero no puede incrementarse el esfuerzo de pesca y debe limitarse, por ello sugieren programas de vigilancia para garantizar una real disminución de la explotación del recurso.

Desafortunadamente estas dos pesquerías en el estado de Quintana Roo están sufriendo los efectos de la pesca ilegal, que incluye una serie de actividades inconvenientes como: pescar sin permiso fuera de temporada, no respetar las cuotas de captura y no declarar o dar información falsa sobre el peso y las especies de la captura.

La pesca ilegal, quebranta significativamente los esfuerzos de gestión sostenible para esta actividad; ya que los recursos que la Federación asigna a las labores de inspección y vigilancia son insuficientes; el casi nulo proceso de vigilancia afecta al pescador que cuenta con permisos y se esfuerza por cumplir la normatividad. Por ello es conveniente analizar opciones de manejo y reestructurar el sistema de vigilancia incluyendo la participación de los pescadores regularizados.

En Quintana Roo hemos recibido recientemente numerosas denuncias de los pescadores organizados, quienes han manifestado que en los últimos años se ha observado la incursión de pescadores ilegales y de embarcaciones, a lo largo de toda la entidad, extrayendo toda clase de especies marinas principalmente las de mayor valor comercial como la langosta y el caracol, las cuales son capturadas en toda las épocas del año, provocando con ello un daño que difícilmente podrá ser reversible.

Los denunciantes han manifestado también que desde la desaparición de la Secretaría de Pesca y el desmantelamiento de sus oficinas se ha presenciado una menor vigilancia, lo que ha permitido un incremento considerable en la pesca no autorizada, convirtiéndose entonces en una práctica común a lo largo de todo el litoral de Quintana Roo. También enfatizan que los infractores cuando se identifican y detienen no han recibido penas administrativas y penales que los desalienten en la práctica.

Los pescadores manifiestan también, que según los estudios e investigaciones realizadas por el Centro Regional de Investigaciones Pesqueras de Puerto Morelos (CRIP), las zonas de capturas para ambas especies se encuentran en un punto que no soportan un esfuerzo de pesca mayor al actual y por ello, en varias ocasiones, se han implementado "auto vedas" para conservar el recurso aún contando con los permisos de extracción para el caracol rosado.

Por otro lado, la investigadora del Colegio de la Frontera Sur (Ecosur), Arce Ibarra, menciona que en la península de Yucatán, y en particular en las costas de Quintana Roo, la pesca ilegal, la llevan a cabo diversos grupos que incluyen, entre otros:

a) Personas que han dejado el campo (agricultura) y que en algunos casos han decidido buscar su subsistencia en recursos naturales de fácil acceso tales como la pesca, y

b) Aquellos que en forma temporal (o permanente) migran de comunidades de estados como Veracruz, Tabasco, Yucatán y Campeche (quienes se asientan en campamentos temporales en lugares como Chiquilá y Hol Box); hacia las costas de la península, dado que la vigilancia sobre los recursos pesqueros es escasa o nula; y

c) los pescadores organizados en cooperativas, con permiso de pescar langosta y caracol, pero no respetan la temporada de veda.

Asimismo, Arce Ibarra destaca que en los últimos años Quintana Roo ha tenido un amplio desarrollo en turismo nacional e internacional, y que es precisamente el turismo el que da lugar a que la demanda de langosta y caracol sea alta durante casi todo el año, por tanto los pescadores ilegales tienen diversos lugares para comercializar su producto fuera de temporada.

Por lo anterior, es necesario implementar programas permanentes de vigilancia en los sitios antes mencionados y así evitar la comercialización del producto y desalentar esta práctica que daña a los pescadores que actúan legalmente, ya que los productos participan en los mismos mercados, constituyendo de esta forma una competencia desleal, además de la repercusión en el medioambiente, y que no se respeten las medidas técnicas de conservación y gestión.

Por último, investigadores del área recomiendan analizar la pertinencia y las implicaciones de elevar la pena tanto a los practicantes de la pesca ilegal, como a los compradores de caracol y langosta fuera de temporada; la elaboración de programas de conservación y manejo para especies pesqueras comerciales con la participación de todos los sectores y que se analice la pertinencia de reconocer a todos los actores que juegan un papel importante en las pesquerías de langosta y caracol, de tal forma que se les pueda asignar responsabilidades (formales) de manejo de recursos pesqueros a los mismos, incluyendo a los grupos de pescadores y/o a cooperativas. Tales asignaciones pueden enmarcarse dentro de lo que internacionalmente se le denomina como co-manejo que en México no se aplica; y en vista de los limitados recursos económicos y humanos para vigilancia de los recursos pesqueros, el co-manejo permite que los usuarios de los recursos tengan algún grado de participación en la observancia de las reglas y las normas locales, lo cual, reduce costos de vigilancia pero también redunda en un beneficio de la producción pesquera.

Por lo anteriormente expuesto, propongo a esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y a la de Marina para que en el ámbito de sus respectivas competencias, verifiquen que las embarcaciones pesqueras que operan en el estado de Quintana Roo capturando langosta y caracol posean los correspondientes permisos que avalan la actividad y en caso de no contar con ellos, les impongan la sanción correspondiente como se estipula en la Ley de Pesca vigente.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a que a través de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente verifique las actividades de extracción en las áreas naturales protegidas del estado de Quintana Roo.

Tercero. Se exhorta a los integrantes de la Comisión de Pesca de la LIX Legislatura para que en la iniciativa de Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables contemplen sanciones administrativas y penales más severas con respecto a la actual Ley de Pesca, con el objeto de desalentar la pesca ilegal de especies comerciales.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos el día 29 de noviembre de 2005.

Dip. Víctor Manuel Alcerreca Sánchez (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, PARA SOLICITAR A LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN QUE REVISE LOS RECURSOS FEDERALES CORRESPONDIENTES A LOS FONDOS DEL RAMO 33 RELATIVOS A EDUCACIÓN, SALUD E INFRAESTRUCTURA SOCIAL EJERCIDOS EN 2004 POR LOS MUNICIPIOS DE ACAPULCO DE JUÁREZ, CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, TAXCO DE ALARCÓN, IGUALA DE LA INDEPENDENCIA, AJUCHITLÁN DEL PROGRESO Y TECOANAPA, GUERRERO, A CARGO DEL DIPUTADO ÁNGEL PASTA MUÑUZURI, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión, Ángel Pasta Muñuzuri, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento al Pleno de la Cámara Diputados una proposición con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución bajo las siguientes

Consideraciones

Por el derecho que me corresponde de hablar por Guerrero, el estado del sur rico en patria, en naturaleza, en historia, allí donde surgen los Sentimientos de la Nación, donde la pobreza duele más, los ciudadanos demandan conocer la verdad, en que se aplicó los recursos de la Federación dados a nuestro estado en el año de 2004.

El presente punto de acuerdo es para requerir a la Auditoría Superior de la Federación, a su titular el CP Arturo González de Aragón, audite en Guerrero el ejercicio fiscal del año próximo pasado, determine el denominado Ramo 33, correspondiente a las aportaciones federales para entidades federativas y municipios. Se requiere revisión urgente, puntual y transparente en los rubros de educación, salud e infraestructura social.

Esta auditoría tendrá por objeto fiscalizar, verificar la distribución, administración ejercicio y destino de los recursos federales asignados al estado para el ejercicio fiscal 2004, pues es necesario que los recursos federales que ejerció el Gobierno estatal y los municipios sean fiscalizados estrictamente. El 20 de enero del actual se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Desarrollo Social que establece que los gobiernos de la entidades federativas instituirán un sistema de planeación de desarrollo social, formularán, aprobarán y aplicarán los programas de éste en los términos de la Ley Planeación y de manera coordinada con el Gobierno Federal vigilará que los recursos aprobados se ejerzan con honradez, oportunidad, transparencia y equidad, por ello es deber y facultad de la Secretaría de la Función Publica para que en el ámbito de sus facultades realice la inspección y vigilancia de los recursos federales ejercidos en Guerrero.

Por todo esto y lo que resulte es urgente se realice una auditoría integral en Guerrero, por lo que corresponde al ejercicio fiscal del año próximo pasado, así como lo que va del presente, correspondiente a 2005, determine el denominado Ramo general 33, correspondiente a las aportaciones federales para entidades federativas y municipios.

Por lo expuesto y con apoyo en lo establecido en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se exhorta a la Auditoría Superior de la Federación para que en términos de lo que establece la ley de Fiscalización Superior de la Federación solicite la fiscalización de los recursos federales correspondiente a los fondos del Ramo 33, relativos a educación, salud e infraestructura social, ejercidos por los municipios de Acapulco de Juárez, Chilpancingo de los Bravo, Taxco de Alarcón, Iguala de la Independencia, Ajuchitlán del Progreso y Tecoanapa durante el ejercicio de 2004.

Palacio Legislativo de San Lázaro, noviembre 22 del 2005.

Dip. Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL SECRETARIO DE GOBERNACIÓN A ATENDER LO ESTABLECIDO EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y EN LA LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PÚBLICO EN MATERIA DE PREFERENCIAS RELIGIOSAS, A CARGO DEL DIPUTADO RAFAEL GARCÍA TINAJERO PÉREZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito diputado federal Rafael García Tinajero Pérez, integrante del GPPRD, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta H. Asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes

Consideraciones

Nuestra Constitución política es el entramado en el que se sustenta el Estado mexicano. Es producto de la síntesis histórica de las luchas del pueblo mexicano.

En nuestra Constitución y en las leyes que de ella emanan se han establecido una serie de derechos y obligaciones que todos los mexicanos, independientemente de sus preferencias y creencias, tenemos la obligación de respetar.

Ceñir nuestros actos, incluso nuestros dichos, a lo que establecen las disposiciones constitucionales y las leyes reglamentarias, contribuyen a garantizar la estabilidad y gobernabilidad política.

En días recientes, hemos podido constatar el activismo con tintes políticos de algunos integrantes de la alta jerarquía católica, que se han hecho acompañar de mensajes y declaraciones de algunos funcionarios públicos federales responsables de aplicar la ley en materia de asociación religiosa y culto público. Me refiero específicamente al titular de la secretaría de Gobernación. Desde aquí hago un llamado a Carlos María Abascal Carranza a contribuir a mantener la laicidad del Estado mexicano. A nadie conviene, ciudadano secretario, revivir viejas heridas con supuestos llamados de buena voluntad para enterrar de un solo plumazo la historia de nuestro país, que ha quedado plasmada en los libros de historia, pero sobre todo en el subconsciente colectivo del pueblo mexicano.

En política, escribía un estudioso del liberalismo mexicano, don Jesús Reyes Heroles, "la forma es fondo" y es muy delicado, preocupante y grave que el secretario de Gobernación, el funcionario responsable de actuar de manera imparcial en materia de culto público se haga presente en un acto y en un día que, por los hechos históricos que representan para el pueblo de México, constituyen una agravante para el momento político y la coyuntura electoral que estamos enfrentando. Dos hechos confirman nuestra petición en este punto de acuerdo.

El domingo 13 de noviembre del presente año, el presidente de la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) y obispo de León, José Guadalupe Martín Rábago, advirtió -desconociendo lo que establece la ley en la materia, específicamente el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público- que "la Iglesia católica participará de manera abierta en los comicios presidenciales de 2006 e incluso orientará a los ciudadanos para que emitan su voto".

La participación de la Iglesia católica, de los ministros de culto, debe circunscribirse a lo que mandata nuestra Constitución política y la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

Para el PRD es fundamental preservar la laicidad del Estado mexicano. Tenemos que ser respetuosos de la separación del Estado y las iglesias y el papel de éstas como responsables de la fortaleza espiritual de los individuos.

Porque a la sociedad civil, a la sociedad política, competen los asuntos del Estado. El Art. 130 constitucional, inciso e), es claro en ese sentido: establece que "los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o contra candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos de culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios.

Y cuando el obispo habla de que se orientará a los ciudadanos para que emitan su voto, ya está infringiendo el artículo constitucional 130 y el 29 de la ley reglamentaria, que en su fracción I establece la prohibición para realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o contra candidato, partido o asociación política algunos.

Es decir, que cuando el obispo habla de la idea de que la Iglesia católica participará en los comicios presidenciales de 2006 orientando a sus feligreses, que no son pocos porque hay que recordar que nuestro país tiene una población aproximada de 80% que profesan el catolicismo, estamos viendo entonces que sus deseos de participar podrían romper con el equilibrio constitucional que establece nuestras leyes, pero también terminar con la imparcialidad que se requiere en esta elección.

Porque al decir orientará, también puede decir emplazará, y con ello está diciendo que podrá hablar a favor o contra de algún candidato o de algún determinado partido. Y en ese sentido el PRD está preocupado y haría un llamado al secretario de Gobernación, como responsable de aplicar la ley en comento, de estar vigilante de la decisión de la Iglesia católica de participar en el proceso electoral de 2006.

Para la revista Desde la Fe la democracia no es tarea exclusiva del IFE, nosotros aquí tenemos una valoración distinta: Si bien la participación de los ciudadanos en los comicios debe ser tarea de todos, existen organizaciones religiosas, a los que no podemos aplicarles el mismo criterio, es decir, no pueden hacer llamados desde el púlpito para convocar a votar por uno u otro candidato o partido político.

Cuando señala que las leyes electorales no le dan al IFE facultades exclusivas para promover la participación ciudadana está vulnerando a una institución que nos ha costado a todos los mexicanos construir y creer en él. Es de vital importancia entender que el IFE es hoy de las pocas instituciones en las que creen los mexicanos. Por lo tanto la Iglesia no puede arremeter contra ella, sobre todo, cuando a juicio de los integrantes del consejo general del IFE, la Iglesia está rebasando sus facultades y pasando por alto lo que establece nuestra Constitución.

Obviamente que la situación de que la Secretaría de Gobernación no atienda el llamado del IFE y apoye la participación de la Iglesia se da porque desde el nombramiento del secretario de Gobernación se dijo hasta el cansancio que por su preferencia religiosa, por su conservadurismo religioso, la más beneficiada sería precisamente la jerarquía católica, que tendría manga ancha para buscar incidir en temas de interés nacional.

Y el domingo 20 de noviembre fuimos testigos de ello. Vimos con preocupación que el responsable de los asuntos internos del país, el mismo que tiene que mantener una actitud de imparcialidad frente a las preferencias religiosas de los mexicanos, avale con su presencia un acto de la naturaleza de la beatificación en una fecha tan importante como lo es el 20 de noviembre para el pueblo de México. Porque lo hizo desconociendo la historia posrevolucionaria, de aquellos militantes que se levantaron en armas contra el Estado mexicano.

¿En calidad de qué fue a dicho acto? ¿Como secretario de Gobernación o como un simple ciudadano católico? Para este viaje ¿utilizó los recursos de la Secretaría a su cargo? ¿Se movió en un vuelo comercial o en algún transporte de la Secretaría de Gobernación?

Por otra parte, en temas donde el Estado ha fijado una postura clara, como la píldora del día siguiente, el secretario de Gobernación no ha podido hacer a un lado su preferencia religiosa y le ha ganado en su postura para criticar lo que el propio secretario de Salud ha venido apoyando como una decisión de Estado.

Porque con los talleres de participación ciudadana que promueve la Iglesia católica nadie estará convencido de que en éstos no se ataque o se descalifique a algún candidato o partido político, y de ahí el interés y preocupación del IFE por garantizar que la Iglesia no influya en la decisión de los electores.

Estamos de acuerdo con la Iglesia cuando habla de la necesidad de fortalecer y difundir los valores morales de la sociedad, esos valores los tiene que hacer en efecto en la Iglesia y son los valores cristianos, pero no puede ni debe difundir valores políticos mezclados en dichos valores morales, porque entonces no estaría cumpliendo con su misión.

Por las anteriores consideraciones, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos me permito someter a la consideración de esta H. soberanía la siguiente

Proposición con Punto de Acuerdo

Primero: Se exhorta a Carlos María Abascal Carranza a reservarse su asistencia a eventos de culto público en su calidad de Secretario de Gobernación, porque con su presencia en dichos actos contraviene con su responsabilidad y obligación de aplicar lo dispuesto por la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y afecta con su conducta las relaciones entre el Estado mexicano y las Iglesias del país.

Segundo: Se exhorta a dicho funcionario a aplicar lo dispuesto en la ley en comento y reconvenga a los miembros de la jerarquía eclesiástica católica para que se ciñan a lo que establece la ley en la materia y se abstengan de manifestar sus preferencias políticas y de llamar, orientar o inducir a los feligreses para votar por determinado partido político o candidato.

Dip. Rafael García Tinajero (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL GOBIERNO DE SAN LUIS POTOSÍ A REVISAR EL OTORGAMIENTO DE CONCESIONES DE TAXIS, A CARGO DE LA DIPUTADA TATIANA CLOUTHIER CARRILLO

Tatiana Clouthier Carrillo, diputada federal de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, 77, fracción I, y 92 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 56, 58, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a la consideración de esta soberanía punto de acuerdo para exhortar al gobierno de San Luis Potosí a revisar el otorgamiento de concesiones de taxis, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

El 21 de mayo de 2003, el ex gobernador de San Luis Potosí licenciado Fernando Silva Nieto convocó para el otorgamiento de 300 concesiones del servicio de autotransporte en ruleteo en la ciudad de San Luis Potosí y su zona conurbada con el H. ayuntamiento de Soledad de Graciano Sánchez, SLP, culminando dicho procedimiento con el otorgamiento de las mismas el 28 de agosto de ese año.

Dicho acto derivó con una gran inconformidad en el medio por no haberse respetado por parte de las autoridades del transporte el procedimiento (ver copia de Periódico Oficial del 21 de mayo y 28 de agosto del 2003).

Acto seguido, el 26 de septiembre de 2003, cuando tomó posesión el nuevo gobernador, contador público Jesús Marcelo de los Santos Fraga, vuelve a convocar al otorgamiento de nuevas concesiones de taxis con fecha 3 de noviembre de 2003, y las otorga el 4 de enero de 2004, de manera aparentemente irregular según hacen constar los que se inconforman e impugnan el proceso (ver convocatoria del 3 de noviembre de 2003).

Ante los hechos mencionados, el 10 de julio de 2004 el gobierno del estado de San Luis Potosí, a través del subsecretario de Gobernación, celebró reunión y minuta con el grupo Taxistas Unidos por la Transparencia, capítulo 1 del Frente por la Transparencia de la Administración Pública, AC, representados en el acto por el licenciado Gerardo Arturo de la Rosa Jourdan, donde el gobierno se comprometía a revisar los concesiones de taxi mencionadas, por haber sido mal otorgadas y hacerlo de la manera correcta al grupo en mención.

Tristemente, según los quejosos, el acto no se ha llevado a cabo y, por tanto, se pide respetuosamente al gobierno de San Luis Potosí lo siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Que el gobierno de San Luis Potosí cumpla la minuta, del 10 de julio de 2004, donde se compromete a reponer el proceso de otorgamiento de las 355 licencias de taxis.

México, DF, a 29 de noviembre de 2006.

Minuta de trabajo que recoge los acuerdos a que se llega con el grupo denominado Frente por la Transparencia de la Administración Pública AC, Capítulo Taxistas Unidos por la Transparencia, representados en este acto por el licenciado Gerardo Arturo de la Rosa Jourdan, así como por la comisión de personas que más adelante se detallan, y por parte del gobierno del estado, el licenciado Walter Alfonso Espinoza Huerta, subsecretario de Gobernación, la que se suscribe bajo el tenor siguiente:

Primero. Derivado de las reuniones sostenidas por quienes suscriben la presente minuta, tanto el representante de gobierno del estado como el grupo señalado acuerdan mantenerse en diálogo permanente a efecto de buscar soluciones a los siguientes planteamientos:

1. Revisión por parte de la Contraloría del otorgamiento de las 355 concesiones a que se ha referido el grupo mencionado.

2. Revisión de la documentación que cada uno de los integrantes del grupo presentó en el proceso de las 50 concesiones, a efecto de establecer las razones por las que les fue negada la concesión solicitada.

3. Revisión de la documentación de los integrantes del grupo, a efecto de determinar con cada uno de ellos y en su caso obtener un certificado o constancia de antigüedad como operador del servicio público, así como de los solicitantes.

4. Revisión de la propuesta formulada por el grupo, consistente en obtener concesiones en beneficio de los interesados participantes del grupo, a partir de las cancelaciones que actualmente existan o que pudieran existir por la denuncia de estos mismos.

Segundo. Las partes acuerdan que la revisión documental se hará atendiendo al marco normativo vigente al momento del otorgamiento de las concesiones.

Tercero. Se acuerda que las mesas de trabajo deberán manejarse con el mayor dinamismo posible, a efecto de encontrar y obtener soluciones a los puntos de agenda en el menor tiempo posible.

Cuarto. El grupo manifiesta suspender las acciones de resistencia civil iniciadas hasta en tanto no concluyan los trabajos relativos a los puntos señalados en el segundo de estos acuerdos y, en todo caso, antes de retomar tales acciones a denunciar ante el secretario general de Gobierno el avance o estatus en que se encuentre el análisis iniciado.

Aceptan

Lic. Walter Alfonso Espinoza Huerta (rúbrica)
Subsecretario de Gobernación
 

Yo, licenciado Martín Osvaldo Zavala Muñoz, notario adscrito a la notaría treinta y cinco de esta ciudad y su distrito, en ausencia de su titular.

Certifico

Que la presente copia fotostática, que consta de dos fojas útiles, las cuales están impresas sólo por su anverso y concuerdan exactamente con el documento original que se tuvo a la vista, con la que fue debidamente cotejada para constancia de esta fecha, quedó asentada bajo el número mil ochocientos cuarenta y uno del registro de cotejos de esta notaría, agregándose copia debidamente certificada al apéndice del mismo, se extiende la presente a solicitud de Gerardo Arturo de la Rosa Jourdan, quien es del personal conocimiento del suscrito notario expidiéndosele una copia certificada del referido documento.- En virtud de lo cual sello y firma la presente certificación en la ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí, a cuatro días del mes de noviembre del año dos mil cinco.- Doy fe.

Lic. Martín Osvaldo Zavala Muñoz (rúbrica)
Notario Adscrito a la Notaría Treinta y Cinco

Lic. Gerardo Arturo de la Rosa Jourdan (rúbrica)
Representante de Taxistas Unidos por la Transparencia

La Comisión: Roberto Lara Castañeda, Cristóbal Martínez Orocio, José Raúl Ulibarri Menchaca, José Corpus García, David Rodríguez Ramírez (rúbricas).

San Luis Potosí, SLP, julio 10 de 2004.

Las firmas de esta hoja pertenecen a la minuta de trabajo celebrada entre el gobierno del estado de San Luis Potosí y el grupo denominado Frente por la Transparencia de la Administración Pública, AC, capítulo Taxistas Unidos por la Transparencia.
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA AL SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y AL ADMINISTRADOR GENERAL DE ADUANAS QUE INFORMEN SOBRE LA SUPUESTA PRIVATIZACIÓN DE LA FISCALIZACIÓN ADUANAL, A CARGO DE LA DIPUTADA MARCELA GUERRA CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La que suscribe, diputada federal de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a consideración del Pleno de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución al tenor de las siguientes

Consideraciones

El servicio de aduanas del país es considerado oficialmente como parte de la seguridad nacional desde hace cien años, pero el pasado 11 de octubre el Sistema de Administración Tributaria publicó en el Diario Oficial de la Federación la convocatoria para autorizar a empresas privadas la fiscalización de mercancías, revisión de importación, clasificación arancelaria, verificación del valor, así como su origen, con la cual se estarían violando los artículos 25 y 131 constitucionales, ya que en éstos se consagra la rectoría del estado en el desarrollo nacional y la facultad privativa de la Federación para gravar las mercancías que se importen o exporten como unas de las principales funciones de la soberanía del Estado.

Esta privatización podría ser considerada como "el negocio transexenal del presidente Vicente Fox, por conducto de la familia Sahagún", ya que presuntamente se quiere favorecer a la empresa suiza Societè Génerale de Survilliance (SGS), con la cual integrantes de la familia Sahagún ya han hecho negocios. Se estima que las operaciones aduanales superan los tres mil millones de dólares anuales.

Ahora se presume que están licitando para su privatización, lo que es inconstitucional y muy riesgoso para la soberanía nacional, ya que al no tener un control estricto de las aduanas se corre el riesgo como en otros países donde han traficado con desechos tóxicos como el uranio empobrecido, con sustancias tóxicas y hasta con desechos radioactivos.

No hay indicios de que desde que se entregó a empresarios privados la inspección del segundo patio aduanal se haya reducido el tráfico de mercancías de contrabando.

De acuerdo con ex funcionarios aduanales, con esta convocatoria el gobierno a través del Sistema Administración Tributaria intenta "diluir las pruebas y acusaciones hacia los actuales funcionarios de la Administración General de Aduanas (AGA), entre los que destacan José Guzmán Montalvo, quien presuntamente es cómplice en el escándalo existente en el contrabando de mercancías de procedencia oriental que han sido consignadas por comisiones legislativas y por la prensa nacional", en el cual ha sido mencionado Manuel Bribiesca, hijo mayor de Martha Sahagún.

Es del todo ostensible que la introducción de mercancías ilegales ha ido en aumento en los últimos cinco años. Asimismo no se entiende cómo se lleva a cabo el proceso de licitaciones, y especialmente las que favorecen a Societè Génerale de Survilliance (SGS) y a la empresa Logistik Free Trade Zone, a la cual se le otorgó la concesión para operar el Recinto Fiscalizador Estratégico en San Luis Potosí, que es administrado por Juan Carlos López Rodríguez, ex funcionario de la AGA, quien apenas hace un año fue sancionado y suspendido por 12 años como director de la Administración Central de Investigación Aduanera por tráfico de productos chinos y se le considera el operador de Manuel Bibriesca Sahagún.

Se conoce que la Administración General de Aduanas, dirigida por José Guzmán Montalvo, otorgó a Societè Génerale de Survilliance el contrato de un servicio llamado Valunet, el cual consiste en auditar en el extranjero el valor de las facturas o pedimentos aduanales por "supuesta" subvaluación en las mercancías de importación en México por empresas de Oriente, sobre todo de productos chinos triangulados a través de Estados Unidos.

Por dicho contrato, la Societè Génerale de Survilliance cobró a Aduanas de México entre 8 y 12 millones de dólares, pero con base en la opinión de ex agentes aduanales este servicio privado de una segunda revisión de facturas de productos extranjeros, principalmente chinos, se reportan más baratos que lo signado oficialmente, por lo que no ha podido detener el contrabando y, en consecuencia, ha resultado ser un "fraude" que va en aumento.

Asimismo, algunos legisladores han informado que la llamada "segunda revisión" ya era operada por una empresa privada desde hace varios años. Sin embargo, por "alguna razón" se le revocó el contrato y de ahí que haya convocado a un segundo proceso de licitación el Gobierno Federal. Por lo que éste debe transparentar y rendir cuentas del proceso de licitación y explicar claramente su actuar.

En nuestro carácter de legisladores, guardianes de los intereses de la nación y en ejercicio de las facultades de control y supervisión que otorga en exclusiva a la Cámara de Diputados la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debemos conocer todos los elementos relacionados con la licitación a que hemos hecho referencia con anterioridad. Consecuentemente con fundamento en el artículo 93, también de nuestra Carta Magna, debemos requerir al secretario de Hacienda y Crédito Público y al director general de Aduanas, para que proporcionen toda la información relacionada con los antecedentes, la convocatoria, el sustento jurídico y técnico de la pretendida privatización de la fiscalización aduanal.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Se solicita, con fundamento en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al secretario de Hacienda y Crédito Público y al administrador general de Aduanas para que proporcionen a esta Cámara de Diputados toda la información relacionada con los antecedentes, la convocatoria, el sustento jurídico y técnico de la pretendida privatización de la fiscalización aduanal, así como del desarrollo del o de los procesos de licitación realizados con ese propósito.

Palacio Legislativo a 29 de Noviembre de 2005.

Dip. Marcela Guerra Castillo (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A INSTAURAR EL 14 DE AGOSTO COMO DÍA DEL CINE MEXICANO, A CARGO DEL DIPUTADO JOSÉ ANTONIO CABELLO GIL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe diputado José Antonio Cabello Gil, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la LIX Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al titular del Poder Ejecutivo a que se instaure el 14 de agosto como el Día del Cine Mexicano al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

I. El cine llegó a México casi ocho meses después de su triunfal aparición en París. La noche del 6 de agosto de 1896, el presidente Porfirio Díaz, su familia y miembros de su gabinete presenciaban asombrados las imágenes en movimiento que dos enviados de los Lumière proyectaban en uno de los salones del Castillo de Chapultepec.

El éxito del nuevo medio de entretenimiento fue inmediato. Don Porfirio había aceptado recibir en audiencia a Claude Ferdinand Bon Bernard y a Gabriel Veyre -los proyeccionistas enviados por Louis y Auguste Lumière a México- debido a su enorme interés por los desarrollos científicos de la época. Además, el hecho de que el nuevo invento proviniera de Francia, aseguraba su aceptación oficial en un México que no ocultaba su gusto "afrancesado".

Después de su afortunado debut privado, el cinematógrafo fue presentado al público el 14 de agosto en el sótano de la Droguería Plateros, en la calle del mismo nombre (hoy Madero) de la Ciudad de México. El público abarrotó el sótano del pequeño local -curiosa repetición de la sesión del sótano del Gran Café de París donde debutó el cinematógrafo- y aplaudió fuertemente las vistas mostradas por Bernard y Veyre. La Droguería Plateros se convirtió, al poco tiempo, en la primera sala de cine de nuestro país: el Salón Rojo.

Bernard y Veyre formaban parte de un pequeño ejército de camarógrafos reclutados por los Lumière para promocionar su invento alrededor del mundo. El cinematógrafo había recibido aplausos en Europa y se lanzaba a la conquista de América. La estrategia de mercado de los Lumière era muy acertada: Los camarógrafos-proyeccionistas solicitaban audiencia ante los jefes de Gobierno de los países que visitaban, apoyados por el embajador francés en el lugar. De esta manera el cinematógrafo hacía su entrada por la puerta grande ante reyes, príncipes y presidentes ansiosos de mostrarse modernos.

II. México fue el primer país americano que disfrutó del nuevo medio, ya que la entrada del cinematógrafo a los Estados Unidos había sido bloqueada por Edison. A principios del mismo 1896, Thomas Armant y Francis Jenkins habían desarrollado en Washington el vitascope, un aparato similar al cinematógrafo. Edison había conseguido comprar los derechos del vitascope y pensaba lanzarlo al mercado bajo el nombre de biograph. La llegada del invento de los Lumière significaba la entrada de Edison a una competencia que nunca antes había experimentado.

Se puede considerar a Porfirio Díaz como el primer actor del cine mexicano. La primera película filmada en nuestro país, el Presidente de la República paseando a caballo en el Bosque de Chapultepec (1896) resultaba indicativa de otra característica del nuevo invento: mostrar a los personajes famosos en sus actividades cotidianas y oficiales. La coronación de Nicolás II de Rusia había inaugurado esta tendencia pocos meses antes.

Durante 1896, Bernard y Veyre filmaron unas 35 películas en la ciudad de México y Guadalajara. Entre otras cosas, los franceses mostraron a Díaz en diversos actos, registraron la llegada de la Campana de Dolores al Palacio Nacional y filmaron diversas escenas folclóricas y costumbristas que muestran ya una tendencia hacia el exotismo que acompañaría al cine mexicano a lo largo de su historia.

El mismo año llegó también el vitascope norteamericano; sin embargo, el impacto inicial del cinematógrafo había dejado sin oportunidad a Edison de conquistar al público mexicano.

III. El surgimiento de los primeros cineastas mexicanos no obedeció a un sentido nacionalista, sino más bien al carácter primitivo que tenía el cine de entonces: películas breves, de menos de un minuto de duración, que provocaban una necesidad constante de material nuevo para exhibir.

Al irse Bernard y Veyre, el material traído por ellos de Francia y el que filmaron en México fue comprado por Bernardo Aguirre y continuó exhibiéndose por un tiempo. Sin embargo, las demostraciones de los Lumière por el mundo cesaron en 1897 y a partir de entonces se limitaron a la venta de aparatos y copias de las vistas que sus enviados habían tomado en los países que habían visitado. Esto provocó el rápido aburrimiento del público, que conocía de memoria las vistas que hacía pocos meses causaban furor.

Algunos entusiastas, como Aguirre, habían comprado equipo y películas a los Lumière para exhibirlas en provincia. La determinación de los Lumière de dejar de filmar y dedicarse a la venta de copias provocó el surgimiento de los primeros cineastas nacionales.

En 1898 se inició como realizador el ingeniero Salvador Toscano, quien se había dedicado a exhibir películas en Veracruz. Su labor es una de las pocas que aún se conservan de esa época inicial del cine. En 1950, su hija Carmen editó diversos trabajos de Toscano en un largometraje titulado Memorias de un mexicano en 1950. Toscano testimonió con su cámara diversos aspectos de la vida del país durante el porfiriato y la Revolución. Inició, de hecho, la vertiente documental que tantos seguidores ha tenido en nuestro país.

Si se tiene como cine de ficción aquel que emplea actores para contar un argumento, habría que remontarnos hasta 1896 para encontrar el primer ejemplo de ello en nuestro cine. Un duelo a pistola en el Bosque de Chapultepec (1896) fue filmada en ese año por los franceses Bernard y Veyre, en base a un hecho real ocurrido poco tiempo antes entre dos diputados en el Bosque de Chapultepec.

IV. La Revolución marcó un gran paréntesis en la realización de filmes de ficción en México. Con la finalización oficial del conflicto, en 1917, pareció renacer esta vertiente cinematográfica, ahora en la modalidad del largometraje. De hecho, se considera que entre 1917 y 1920 hubo en México una época de oro del cine mudo, que nunca se volvió a repetir sino hasta los años cuarenta.

Es curiosa la coincidencia de que la mejor época del cine mudo mexicano se inicie durante los años de la Primera Guerra Mundial, mientras que la mejor época de nuestro cine sonoro coincida con la Segunda Guerra. En ambas situaciones se presentó una disminución en la importación de películas, resultado natural de la disminución en el número de filmes producidos por los países en guerra durante esos años.

En 1917, la principal importación de filmes hacia México provenía de Europa. Estados Unidos no terminaba de afianzarse como un gran centro productor cinematográfico, aunque Hollywood ya comenzaba a perfilarse como la futura Meca del cine.

Además, las relaciones tirantes entre México y Estados Unidos, junto con la imagen estereotipada del mexicano bandido en muchos de los filmes norteamericanos, provocaba un rechazo, tanto oficial como popular, hacia muchas de las películas estadunidenses de la época.

Francia e Italia fueron los patrones a seguir para la "reinauguración" del cine mexicano de ficción en 1917. Ese año se estrenó en México Il Fuoco, filme italiano interpretado por Pina Menichelli, actriz que logró gran popularidad en nuestro país y que introdujo el concepto de diva del cine, anteriormente sólo utilizado para el teatro o la ópera.

Il Fuoco (1915) inauguró una tendencia romántica-cursi que hizo furor en México y que influyó al cine de otros países, incluyendo Estados Unidos. El universo de las divas se componía de ingredientes que pronto se asimilaron en otras cinematografías: mujeres voluptuosas, escenarios suntuosos, historias pasionales y atrevidas. La propuesta italiana planteaba un cambio en la mentalidad de la época, producto inmediato de la guerra.

La luz, tríptico de la vida moderna (1917), es el título del primer largometraje -oficial- del cine mexicano. Digo "oficial" porque pocos autores mencionan el trabajo de los yucatecos Carlos Martínez de Arredondo y Manuel Cirerol Sansores quienes un año antes filmaron 1810 ó Los libertadores de México (1916), probablemente el primer largometraje de ficción nacional.

V. A pesar de que el sonido se incorporó al cine en 1927, no fue sino hasta 1931 cuando se realizó la primera cinta sonora mexicana: una nueva versión de Santa, dirigida por el actor español-hollywoodense Antonio Moreno, e interpretada por Lupita Tovar. Santa (1931) fue, eso sí, la primera película mexicana que incorporó la técnica del sonido directo (grabado en una banda sonora paralela a las imágenes en la misma película).

La industria del cine mexicano nació en una época de gran efervescencia social, política y cultural en nuestro país. La Revolución comenzaba a ser una etapa de la historia, aunque sus protagonistas todavía regían el destino político de la nación.

En este ambiente, no es extraña la tendencia que siguió el cine mexicano una vez establecidas las bases de la industria cinematográfica nacional. Política y arte apuntaban hacia la Revolución como tema principal y ese fue el camino que siguió la nueva industria.

La naciente industria del cine mexicano produjo, entre 1932 y 1936, unas cien películas.

En pocos años la cinematografía mexicana se afianzó en el gusto nacional y comenzó, inclusive, a exportarse a los países de lengua española. 1936 marcaría el inicio de la completa internacionalización del cine mexicano, con la filmación de Allá en el Rancho Grande (1936) de Fernando de Fuentes.

La Revolución Mexicana contribuyó enormemente al desarrollo del cine en nuestro país. Por circunstancias cronológicas, la Revolución fue el primer gran acontecimiento histórico totalmente documentado en cine. Nunca antes un evento de tal magnitud había sido registrado en movimiento. La Primera Guerra Mundial iniciada cuatro años después del conflicto mexicano fue documentada siguiendo el estilo impuesto por los realizadores mexicanos de la Revolución.

VI. Los verdaderos años dorados corresponderían a los coincidentes con la Segunda Guerra Mundial (1939-1945). En estos años, factores políticos influyeron enormemente en el desarrollo del cine mexicano. Uno de ellos fue la postura del gobierno mexicano ante la guerra. En 1942, tras el hundimiento de barcos petroleros mexicanos por submarinos alemanes, el presidente Manuel Ávila Camacho declaró la guerra a las potencias del Eje (Alemania, Italia y Japón). Esta postura oficial nos colocó en medio del conflicto, de parte de los Aliados.

La decisión de Ávila Camacho salvó, colateralmente, a nuestro cine de la extinción. La guerra había causado una disminución en la producción de muchos bienes de consumo, el cine incluido. Los materiales con que se fabricaban las películas y el equipo de cine se consideraban importantes para la fabricación de armamento (la celulosa, por ejemplo). Esto racionó la producción cinematográfica norteamericana, además de que el cine europeo sufría porque la guerra se desarrollaba en su terreno.

En 1942, la industria de cine mexicano no era la única importante en español. Argentina y España poseían ya un lugar dentro del cine de habla hispana. Ambos países se declararon neutrales durante el conflicto (España acababa de salir de su propia guerra civil). Sin embargo, en la práctica, las dos naciones mantuvieron vínculos más que ligeros con Alemania e Italia.

La decisión de alinearse con los Aliados trajo para México un estatus de nación favorecida. El cine mexicano nunca tuvo problemas para obtener el suministro básico de película virgen, dinero para la producción y refacciones necesarias para el equipo. España y Argentina nunca tuvieron un apoyo semejante por parte de Alemania o Italia, y el curso de la guerra marcó también el curso de las cinematografía de estos países.

En el panorama nacional, la situación de guerra también benefició al cine mexicano porque se produjo una disminución de la competencia extranjera. Aunque Estados Unidos se mantuvo como líder de la producción cinematográfica mundial, muchos de los filmes realizados en ese país entre 1940 y 1945 reflejaban un interés por los temas de guerra, ajenos al gusto mexicano. La escasa producción europea tampoco representó una competencia considerable.

En esos años, el cine mexicano abordó más temas y géneros que en ninguna otra época. Obras literarias, comedias rancheras, películas policíacas, comedias musicales y melodramas, formaron parte del inventario cinematográfico mexicano de aquellos años.

Se llama la Época de Oro (1936-1957) del Cine Mexicano a los años en que se produjeron las mejores películas del cine mexicano. En ésta época se incluye exclusivamente largometrajes cuya producción haya sido total o mayoritariamente mexicana.

La Época de Oro del Cine Mexicano creó un universo lleno de astros y luminarias, cuyos límites se extendieron más allá de nuestras fronteras.

VII. Los setenta fueron años de renovación para las viejas estructuras de la industria fílmica nacional. Frescos en la memoria los sucesos de 1968, el cine mexicano de los setenta incorporó a sus filas a una nueva generación de directores, una parte importante de ellos egresados del Centro Universitario de Estudios Cinematográficos (CUEC). Esta nueva generación buscó hacer un cine comprometido con la nueva realidad social del país y en su empeño logró varias de las mejores cintas del cine mexicano.

Políticamente bastó un sexenio para que la industria cinematográfica apoyada por el Estado se desplomara, ante la inercia e indiferencia de los nuevos funcionarios encargados de continuar con la labor cinematográfica. En 1976, el presidente José López Portillo nombró a su hermana Margarita como directora de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC). La labor de ésta al frente del destino de los medios de comunicación en México fue completamente desastrosa.

Con la idea de "propiciar un retorno al cine familiar" y "regresar a la Época de Oro" la administración de López Portillo desmanteló las estructuras de la industria cinematográfica estatal creadas un sexenio antes. Se trató de internacionalizar al cine mexicano trayendo a directores extranjeros a filmar a nuestro país. Se dejó de apoyar a los directores que habían producido filmes de éxito en el sexenio anterior. A final de cuentas, el presupuesto oficial para el cine mexicano desapareció en el mar de la deuda externa.

VIII. Al asumir la Presidencia en 1982, Miguel de la Madrid heredaba un país sumido en la más profunda de las crisis económicas y sociales. Al creciente aumento de la deuda externa se sumaron tragedias como la de la explosión en San Juan Ixhuatepec, en 1984, y el terremoto de la ciudad de México, en 1985. El gobierno mexicano se olvidó casi por completo del cine, una industria poco importante en tiempos de crisis.

Si la producción cinematográfica mexicana no se extinguió en esos años, fue debido al auge de la producción privada -plagada de ficheras y cómicos albureros- y por las escasas producciones independientes que encontraron en el sistema cooperativo la forma de producir escasas muestras de cine de calidad.

La exhibición del cine mexicano se tornó en otro problema grave. Por un lado, la ley que obligaba a los exhibidores a destinar un cincuenta por ciento del tiempo de pantalla a películas nacionales nunca se cumplió cabalmente. Por otro, la mala calidad de los filmes mexicanos y el desinterés del público por verlos provocaron que las escasas muestras de cine de calidad fueran exhibidas en salas de tercera categoría.

A pesar de este panorama desolador, es durante el sexenio de Miguel de la Madrid en el cual se pueden encontrar las raíces de la recuperación que ha experimentado el cine mexicano en años recientes. En 1983, se creó el Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine), entidad pública encargada de encaminar al cine mexicano por la senda de la calidad. El Imcine quedó supeditado a la dirección de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación hasta 1989, cuando pasó a ser coordinado por el nuevo Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta).

IX. A principios de agosto de 1992, la prensa capitalina de espectáculos anunció que Como agua para chocolate (1992), de Alfonso Arau, había impuesto récord de permanencia en el cine Latino de la ciudad de México, una sala dedicada generalmente a exhibir películas norteamericanas. Al mismo tiempo, la prensa regiomontana anunció que este mismo filme era el más taquillero del año en Monterrey.

Para el público mexicano de los noventa, títulos como La tarea (1990), de Jaime Humberto Hermosillo; Danzón (1991), de María Novaro; La mujer de Benjamín (1991), de Carlos Carrera; Sólo con tu pareja (1991), de Alfonso Cuarón; Cronos (1992), de Guillermo del Toro, o Miroslava (1993), de Alejandro Pelayo, poseen un significado de alta calidad muy distinto al que se le atribuía al cine mexicano hace pocos años. Las nuevas películas mexicanas están haciendo que el cine vuelva a formar parte activa de la cultura de nuestro país.

En general, el cine mexicano está experimentado un feliz reencuentro con su público. La asistencia a las salas de cine para ver películas mexicanas ha aumentado considerablemente entre 1990 y 1992.

X. Como se puede observar el cine, como medio de expresión artística, refleja el estado de la sociedad que lo produce. Un cine mexicano en ascenso es un buen síntoma del estado general de nuestro país.

El cine, desde sus orígenes, ha sido un medio de proyección de imágenes para el entretenimiento social. La manera en que el público se expone al medio cinematográfico es radicalmente distinta a la que usa para exponerse a los medios electrónicos. Asistir al cine es una actividad social que implica salir del hogar y exponerse conscientemente al medio. Escuchar la radio, o ver la televisión, son actividades que se llevan a cabo dentro del hogar, sin que la persona realice mucho esfuerzo para seleccionar el mensaje al cual exponerse.

Al trasladar la supervisión del cine de la Secretaría de Gobernación al nuevo organismo para la cultura, el gobierno mexicano actuó de manera congruente con la naturaleza del medio cinematográfico. El cine está más relacionado con las actividades propias de un ministerio de cultura, que con las de una secretaría política. En países como Francia, España o Argentina, donde el cine está de algún modo supervisado por el gobierno, es el ministerio de cultura el encargado de llevar a cabo esta labor. Este cambio en la política gubernamental con respecto al cine ha permitido que, desde 1988, el futuro del cine mexicano se vislumbre con mayor esperanza.

Los objetivos que pretende cumplir el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes para apoyar a la industria cinematográfica son: crear circuitos alternos de exhibición para las películas mexicanas de calidad; apoyar el trabajo de las escuelas de cine; producir y coproducir una decena de películas al año; participar en festivales internacionales de cine; y conservar los estudios Churubusco y América.

XI. En la última década del siglo, y en medio de una crisis que se antoja eterna, una nueva generación de cineastas mexicanos ha comenzado a emerger con gran empuje. A diferencia de otras generaciones, los cineastas del llamado "nuevo cine mexicano" buscan combinar el compromiso social con el éxito comercial y algunos de ellos se han colocado en la escena internacional.

México ocupa el segundo lugar en importancia en cuanto a presencia estatal en la producción y comercialización cinematográfica a través del Instituto Mexicano del Cine (Imcine) que maneja las empresas productoras Conacine y Conacine 2 de la cual forman parte los trabajadores de la industria. El Imcine controla la más poderosa estructura del cine en el continente, está formada por los Estudios Churubusco-Azteca y América, Películas Mexicanas, la Cía. Operadora de Teatros y promotoras y empresas de publicidad. Existe un concurso llamado Imcine donde el sindicato de trabajadores de la producción proporciona equipo y servicios para la producción de largometrajes. Además de esto, existen alrededor de 300 empresas privadas que se dedican a la producción sobresaliendo el grupo Televisa a través de Televicine.

A diferencia de otras generaciones, los cineastas del llamado "nuevo cine mexicano" buscan combinar el compromiso social con el éxito comercial y algunos de ellos se han colocado en la escena internacional.

XII. El cine a lo largo de su historia, poco más de un siglo, ha vivido un desarrollo vertiginoso, mucho mayor en comparación a cualquier otra disciplina artística. Empezando como una inquietud científica pasando por los circos y las carpas, el cine está constituido hoy como uno de los medios más importantes de comunicación, formador de opinión pública y expresión de nuestra sociedad moderna y, no menos importante, como una industria altamente productiva y redituable. Siendo por ejemplo en México una de las industria más importantes y con mayor derrama en la llamada Época de Oro del Cine Mexicano.

El cine es pues pilar central de nuestra sociedad moderna, tan mediática e intercomunicada como lo es en un plano internacional. No lo olvidemos el cine entraña la identidad de un pueblo y materializa sus expectativas. Aún en los peores momentos del cine mexicano podemos decir de él, que fue espejo fiel de la realidad social del país. El mismo Programa Nacional de Cultura 2001-2006 recalca esto como uno de sus objetivos "Plan: Fortalecer al cine mexicano como una de nuestras manifestaciones culturales de mayor presencia e influencia nacional y de mayor reconocimiento en el extranjero". Es decir, se debe de entender y proteger al cine mexicano como un fenómeno artístico y cultural.

El cine no es sólo una anécdota que se transmite a través de una pantalla. Es una perspectiva histórica que siempre ha sido un espejo fiel del país que somos. La perspectiva que da el tiempo confirma que el cine se vuelve un referente importante dentro de una sociedad que se reconoce a sí misma en la pantalla.

La historia del cine mexicano es, en parte, la historia de la cultura de nuestro país, la búsqueda de la identidad, la construcción y reconstrucción nacional, la difusión interna y externa, el deseo de tener un lugar propio y sobre todo autonomía. El evento social realizado ese día 14 de agosto de 1896 sin duda se puede considerar como la siembra de una semilla que posteriormente se transformaría en un fruto llamado Cine Mexicano.

XIII. En nuestro país los sectores y actores sociales relacionados con la industria cinematográfica ya se han expresado públicamente con relación a que se instaurara en México un día oficial dedicado a la promoción y exhibición de películas nacionales, así como a reconocer las trayectorias de las personas y organizaciones que han impulsado y han contribuido al desarrollo del cine en nuestro país.

Entre las organizaciones civiles que han impulsado fuertemente la propuesta arriba mencionada se encuentra la Fundación Salón Rojo. Esta organización se integró con el objetivo principal de "promocionar la difusión de la música, las artes plásticas, las artes dramáticas, la danza, la literatura, la arquitectura y las artes cinematográficas"; además, dicha organización realiza actividades tendientes a la "protección, conservación, restauración y recuperación del patrimonio cultural cinematográfico de la nación, entre otras más relacionadas con el tema de la cultura y la cinematografía".

XIV. En el ámbito internacional, y particularmente en países hispano parlantes, se tiene la experiencia de que se han instaurado la celebración del día del cine nacional. Por ejemplo, en Chile el día nacional del cine se celebra el 19 de octubre, y entre las actividades que se llevan a cabo está la reducción de los precios en todas las taquillas durante ese día; en Perú se celebra el 21 de noviembre con bajos costos en las entradas al cine en todo el país, la industria cinematográfica peruana promueve, en esa fecha, la exhibición de películas nacionales; en Colombia el 2 de marzo se celebra el día del Cine Colombiano, en ese día se promueve la entrada al cine de dos personas con un boleto, y el Ministerio de Cultura realiza actividades de muestra y promoción del cine nacional; en Venezuela se celebra el 29 de octubre, y se realizan jornadas de análisis sobre el cine venezolano y se proyectan películas venezolanas; y, por último, en España se celebra el 21 de septiembre el día del Cine Vasco con la proyección de largometrajes y cortometrajes nacionales.

Por lo antes fundado y expuesto me permito someter a la elevada consideración de esta H. soberanía la siguiente

Proposición con Punto de Acuerdo

Primero. Esta honorable soberanía exhorta al Poder Ejecutivo Federal a que considere decretar el 14 de agosto como el Día del Cine Mexicano a partir del año de 2006.

Segundo. Que como parte de las actividades conmemorativas del día del Cine Mexicano se exhorta al Poder Ejecutivo Federal a que, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el organismo público descentralizado Servicio Postal Mexicano, se sume a los festejos del 110 aniversario de la primera proyección cinematográfica realizada en nuestra país mediante la emisión para el año 2006 de un timbre postal conmemorativo de dicho suceso.

Tercero. Se exhorta al Poder Ejecutivo Federal a que, a través del organismo descentralizado de la Administración Pública Federal Lotería Nacional para la Asistencia Pública, se gestione la emisión para el año 2006 de un billete conmemorativo como parte de los festejos por el Día del Cine Mexicano y en el marco del 110 aniversario de la existencia de nuestro cine nacional.

Cuarto. Por último, se exhorta al Poder Ejecutivo Federal, a través del Conaculta, a que facilite, dentro de su disponibilidad, recursos materiales, humanos y financieros tendientes a crear, en coordinación con los actores sociales y privados involucrados en el ámbito cinematográfico, un Museo Nacional del Cine Mexicano.

Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, noviembre de 2005

Dip. José Antonio Cabello Gil (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A ADELANTAR EL PAGO DEL APOYO DEL PROGRAMA DE ESTÍMULOS AL CAMPO, O PROCAMPO, CONSIDERANDO LAS SEVERAS AFECTACIONES CLIMÁTICAS OCURRIDAS EN VARIOS ESTADOS DE LA REPÚBLICA, A CARGO DEL DIPUTADO RAFAEL FLORES MENDOZA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito diputado federal a la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acudo ante esta soberanía a presentar punto de acuerdo bajo las siguientes:

Consideraciones

1. En el mes de octubre del año en curso varios estados de la República sufrieron los efectos adversos de los huracanes Stan y Wilma, ocasionando una situación de emergencia en el sur del país que rebasó todas las expectativas sobre su impacto. Por lo que obviamente es improrrogable continuar instrumentando acciones expeditas para dar apoyo solidario a la población damnificada, en particular a los que menos recursos tienen.

2. La capacidad devastadora de los huracanes ha hecho que la respuesta de las instancias gubernamentales se haya concentrado en atenuar los efectos de los huracanes, sin embargo, otros estados han enfrentado otro tipo de fenómenos meteorológicos, como lo es la sequía atípica, principalmente en entidades como Zacatecas, Durango y Nuevo León.

3. Sin duda es necesario que los recursos públicos se destinen preferentemente a la reconstrucción de la infraestructura pública, de la vivienda, de escuelas y hospitales, pero también a la reactivación económica de las zonas afectadas. No se debe perder de vista la atención a los productores agrícolas en los estados dañados por otro tipo de fenómenos climáticos, cuyos efectos han siniestrado innumerables cultivos agrícolas, tanto de riego como de temporal en una superficie considerable de la que dependen muchas familias campesinas dedicadas a la producción de maíz, fríjol, avena y otros productos.

4. En este contexto es necesario diversificar la atención de manera inmediata a los productores del campo afectados, de lo contrario no tendrán semilla para autoconsumo y siembra el próximo ciclo agrícola primavera-verano 2006.

5. Como una medida inicial para atenuar esta situación de emergencia de los productores agrícolas afectados por los fenómenos climáticos, el adelanto del apoyo del Programa de Estímulos al Campo Procampo a la totalidad de la superficie y productores elegibles, independientemente de la superficie que posean, contribuirá en mejorar la situación de la población afectada.

6. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales de representación social, así como de control parlamentario al Ejecutivo Federal, está obligada a coadyuvar en la gestión de apoyos para la población damnificada, con acciones concretas destinadas a la reactivación económica de las zonas afectadas.

7. Por lo anterior y conforme a la normatividad del Procampo, única y exclusivamente considerando la situación de emergencia y excepción, debido a las circunstancias descritas, resultaría de suma utilidad el pago adelantado de los apoyos del Programa de Estímulos al Campo en consideración a las severas afectaciones climatológicas, pagándolos de manera normal y continua en forma adelantada a la fecha de siembra del cultivo predominante de las zonas afectadas por los fenómenos climáticos.

8. Con estas acciones los productores afectados tendrían las condiciones económicas que les permitan ir preparando y/o rehabilitando sus tierras, adquirir las semillas necesarias, entre otros insumos.

Por lo anteriormente expuesto someto a la consideración de esta honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el siguiente

Punto de Acuerdo

Único. Exhórtese al Ejecutivo Federal a través de las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que adelanten el pago del apoyo del Programa de Estímulos al Campo Procampo a la totalidad de la superficie y productores elegibles, independientemente de la superficie que posean, para que de manera normal y continua se realicen los pagos en forma adelantada a la fecha de siembra del cultivo predominante en los estados y las zonas afectadas por los fenómenos climáticos.

Dip. Rafael Flores Mendoza (rúbrica)
 
 
 
CON PUNTO DE ACUERDO, PARA INCLUIR EL TEMA DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR TANTO EN LAS AGENDAS DE LOS FOROS BILATERALES, REGIONALES E INTERNACIONALES COMO EN LOS ENCUENTROS ENTRE GRUPOS DE AMISTAD Y DEMÁS INSTANCIAS EN QUE PARTICIPE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN, A CARGO DEL DIPUTADO SALVADOR SÁNCHEZ VÁZQUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Los que suscribimos, integrantes de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo bajo las siguientes:

Consideraciones

La fiscalización y la rendición de cuentas son principios fundamentales de las democracias modernas; su observancia permite elevar la credibilidad social sobre las instituciones, fortalecer el marco institucional y jurídico del Estado, favorecer la probidad y eficiencia en el quehacer público y refrendar la vocación democrática de la ciudadanía.

Además de ser una de las principales figuras del Estado para dar viabilidad a la cultura de la rendición de cuentas, la fiscalización es vital para comprobar si las entidades públicas o privadas que reciben recursos públicos, los administran, manejan y asignan conforme a lo establecido en las leyes, planes y programas de gobierno, y si se cumplen los objetivos para los cuales fueron asignados.

Este hecho implica que las entidades de fiscalización están llamadas a jugar un rol determinante en la lucha contra la corrupción y sus múltiples mecanismos de reproducción y depuración, pero además como mecanismo de prevención e incentivos para lograr un gobierno de calidad que utilice de manera eficiente los recursos públicos.

En diversas latitudes del orbe, la fiscalización está incidiendo en la eficiencia de las instituciones públicas, en razón de que sus resultados no sólo están fomentando un ejercicio de acuerdo con lo comprometido, sino que están cerrando las brechas a la corrupción y, además, influyen en la orientación de la inversión pública y, en general, del gasto público, para que éste contribuya al logro de los grandes propósitos nacionales, como el crecimiento económico y la distribución más equitativa de los frutos del progreso entre la ciudadanía.

Aunque podemos afirmar que en los años recientes, y particularmente a partir de las reformas constitucionales de 1999, la fiscalización superior es uno de los campos en el cual México ha logrado avances fundamentales, existen muchos asuntos pendientes que nos obligan a continuar reflexionando y a redoblar esfuerzos para hacer de nuestro sistema fiscalizador un instrumento altamente útil para la administración pública.

La intención es que el trabajo legislativo pueda traducirse en líneas de acción que permitan mejorar el desempeño del órgano técnico encargado de revisar la cuenta pública, pero también para perfeccionar el marco jurídico de la fiscalización superior, consolidar los canales de comunicación y coordinación con la Cámara de Diputados, y hacer de éste un ejercicio permanente, que impulse una mejora continua de la fiscalización superior, fomente la cultura de la rendición de cuentas e induzca gestiones públicas de calidad.

En el mundo globalizado que hoy vivimos, la fiscalización es un tema recurrente y del mayor interés nacional, pues juega un papel preponderante en el objetivo de llevar al terreno de lo posible la rendición de cuentas. Debe estar entre las principales políticas de Estado pues constituye su principal herramienta institucional para combatir el dispendio, la ineficiencia, la negligencia y las irregularidades que atentan contra la disponibilidad y el buen uso de los recursos públicos.

La demanda social por mejorar la calidad de la oferta de los servicios públicos, reducir el dispendio y combatir la corrupción, son argumentos para reflexionar sobre la orientación del sistema de fiscalización superior en el país y sobre los derroteros que debe tomar para fomentar una eficiente utilización de los recursos públicos. De ahí la relevancia de brindar mayores espacios para captar elementos que permitan al Poder Legislativo avanzar en este proyecto.

Por lo anteriormente expuesto, los suscritos proponemos a esta honorable soberanía el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. Que el tema de fiscalización superior se incluya en las agendas de los foros bilaterales, regionales e internacionales en los cuales participamos y de los encuentros entre grupos de amistad.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de noviembre de 2005.

Por la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

Diputados: Salvador Sánchez Vázquez (rúbrica), Guillermo Zorrilla Fernández (rúbrica), Alfonso Nava Díaz (rúbrica), Rafael Sánchez Pérez (rúbrica), Salvador Vega Casillas, María de los Dolores Padierna Luna (rúbrica), Guillermo Velasco Rodríguez (rúbrica), Joel Padilla Peña (rúbrica), Jesús Emilio Martínez Álvarez, Ángel Heladio Aguirre Rivero, César Antonio Chávez Castillo, José Luis Flores Hernández (rúbrica), Blanca Amelia Gámez Gutiérrez, Víctor Ernesto González Huerta, Marcela Guerra Castillo (rúbrica), Francisco Javier Guizar Macías, Edelmira Gutiérrez Ríos, Guillermo Huízar Carranza, Mario Moreno Arcos, Eduardo Olmos Castro, Arturo Osornio Sánchez, Ángel Pasta Muñuzuri (rúbrica), Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica), Jorge Luis Preciado Rodríguez, Miguel Ángel Rangel Ávila, Laura Reyes Retana Ramos (rúbrica), Jorge Romero Romero, Gabriela Ruiz del Rincón, Javier Salinas Narváez y Carlos Hernán Silva Valdés.