DE LA PRESIDENCIA DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, A LA SESION DE CONGRESO GENERAL PARA LA APERTURA DEL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA LIX LEGISLATURA
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 4, párrafos 1 al 3; 5, párrafo 2; 6 y 23, párrafo 1, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se cita a las Diputadas y Diputados Federales y a las Senadoras y Senadores de la República, a la Sesión de Congreso General para la apertura del Segundo Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la LIX Legislatura, que tendrá lugar el próximo lunes 15 de marzo del año en curso, a las 11:00 horas, en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Avenida Congreso de la Unión, número 66, Colonia El Parque, en esta Ciudad.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de marzo de 2004.
Atentamente
Dip. Juan de Dios Castro Lozano (rúbrica)
Presidente de la Cámara de Diputados
DE LA PRESIDENCIA DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, A LA PRIMERA REUNION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA LIX LEGISLATURA
DE LA PRESIDENCIA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, A LA PRIMERA REUNION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO DE LA LIX LEGISLATURA
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 65 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 4, párrafos 1 al 3, y 23, párrafo 1, incisos a) y b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos se cita a las Diputadas y Diputados Federales, a la primera reunión de la Cámara de Diputados del segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LIX Legislatura, que tendrá lugar el próximo 16 de marzo del año en curso, a las 11:00 horas, en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, sito en Avenida Congreso de la Unión, número 66, colonia El Parque, en esta ciudad.
Palacio Legislativo de San Lázaro, 8 de marzo de 2004.
Atentamente
Dip. Juan de Dios Castro Lozano (rúbrica)
Presidente de la Cámara de Diputados
Manuel Pérez Cárdenas, diputado de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del H. Congreso de la Unión la presente iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, con base en las siguientes consideraciones.
Exposición de Motivos
Para atender la solución del problema social que viven miles de ahorradores en el país, el Congreso de la Unión legisló y aprobó la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2000.
La preocupación por parte de los legisladores para apoyar a los ahorradores defraudados y, en general, a los que pudieron ser afectados motivó al Congreso de la Unión a promulgar sendas reformas a la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002 y el 28 de enero de 2004.
Si bien las reformas mencionadas constituyen grandes avances que permiten que el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores pague a un mayor número de ahorradores en circunstancias más ágiles, es necesario realizar ciertas precisiones que permitan que los fines que se persiguen se puedan cumplir en un ámbito de mayor certeza y seguridad jurídicas, a la vez que se generen mecanismos que faciliten a los gobiernos de los estados cumplir la parte que les corresponda.
En función de lo anterior, se propone reformar el artículo 8° a fin de ampliar los plazos para que las sociedades a que se refiere el propio artículo acrediten haber iniciado los trámites para efectuar los trabajos de auditoría contable del 1 de junio de 2004 al 1 de septiembre de 2004, y respecto a los trabajos de consolidación del 31 de marzo de 2004 al 30 de junio de 2004.
En virtud de lo anterior, se propone reformar el primer párrafo de la fracción V del artículo 8° en los siguientes términos:
"Artículo 8º. ...
V. Tratándose de sociedades cuyos ahorradores sean sujetos de apoyo conforme a lo establecido en el artículo 1°, fracción II, de esta ley, éstas deberán acreditar haber iniciado los trámites para efectuar los trabajos de auditoría contable con el propósito de determinar su insolvencia a más tardar el 1° de septiembre de 2004, en el caso de las sociedades señaladas en el artículo 7°, fracción I; en el caso de las sociedades señaladas en la fracción II del citado artículo, éstas deberán acreditar haber iniciado los trabajos de consolidación antes del 30 de junio de 2004.
...
...
...
...
...
VI. ..."
Si bien el objetivo que se persigue con esta reforma es conveniente y legítimo, resulta necesario hacer ciertas precisiones desde el punto de vista técnico-jurídico. Lo anterior, toda vez que pareciera ser que los bienes asegurados pudieran destinarse al Fideicomiso Cajas de Ahorro para el cumplimiento de su objeto, cuando que, en estricto sentido, este tipo de bienes están sujetos a un proceso judicial y, en tal virtud, no pueden afectarse en tanto no cambien su condición jurídica respecto a los mencionados procesos judiciales. Esta reforma es importante especialmente para evitar la posibilidad de amparos que permitan a quienes abusaron de la confianza de los ahorradores mediante fraudes que recuperen sus bienes.
Asimismo, ante la posibilidad de que, cumplidos los fines del Fideicomiso Cajas de Ahorro, existan excedentes de las cantidades aportadas por el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o de las relativas al producto de los bienes decomisados, estos excedentes deben aplicarse no sólo a resarcir el monto aportado por el Fideicomiso sino que debe preverse que, en segunda instancia, se puedan devolver a la Federación.
Por las razones anteriores, y en función de realizar ajustes de técnica legislativa, es conveniente modificar el párrafo cuarto, incluidas sus fracciones I y II, del mencionado segundo transitorio y sustituirlos por tres nuevos párrafos, con lo cual se recorrería en su orden el último párrafo.
La modificación que se propone del segundo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2004, sería en los siguientes términos:
...
...
Adicionalmente, para garantizar la continuidad, sólo por lo que se refiere a los gastos de operación del Fideicomiso Cajas de Ahorro y para la recuperación de los bienes a que se refiere este transitorio, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, y de acuerdo con sus disponibilidades, preverá en el presupuesto correspondiente los recursos cuando no sean suficientes los señalados en el segundo párrafo de este transitorio.
Los bienes decomisados y abandonados, y/o el producto de éstos, relacionados con los procesos judiciales y administrativos que se han instaurado y que se instauren con motivo de ilícitos cometidos en perjuicio de los ahorradores de las 25 cooperativas Cajas Populares de Ahorro a que se refiere el contrato de Fideicomiso Cajas de Ahorro, se destinarán al propio Fideicomiso Cajas de Ahorro para el cumplimiento de su objeto.
En caso de que, cumplidos los fines del Fideicomiso Cajas de Ahorro, existan excedentes de las cantidades aportadas por el Fideicomiso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o de las relativas a los bienes decomisados o abandonados, y/o su producto, se aplicarán en primera instancia a resarcir el monto aportado por el Fideicomiso y, en segunda instancia, se devolverán a la Tesorería de la Federación.
..."
En el caso a que se refiere el párrafo anterior, las aportaciones de la Federación también podrán realizarse en una o varias exhibiciones, según sea la opción que haya elegido la entidad federativa de que se trate.
Para el caso de que los gobiernos estatales no obtengan el financiamiento a que se refiere este transitorio y otorguen la garantía conforme a la legislación aplicable, tendrán que realizar sus aportaciones en los términos previstos en esta ley.
En ningún caso se deberá entender este transitorio en el sentido de que los gobiernos estatales queden eximidos de realizar su aportación."
Por lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de la honorable Cámara de Diputados la siguiente
Iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores
Artículo Unico. Se reforman el primer párrafo de la fracción V del artículo 8° y el párrafo cuarto, incluidas sus fracciones I y II, del segundo transitorio del decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2004, para quedar como sigue:
"Artículo 8º. ...
V. Tratándose de sociedades cuyos ahorradores sean sujetos de apoyo conforme a lo establecido en el artículo 1°, fracción II, de esta ley, éstas deberán acreditar haber iniciado los trámites para efectuar los trabajos de auditoría contable con el propósito de determinar su insolvencia a más tardar el 1 de septiembre de 2004, en el caso de las sociedades señaladas en el artículo 7°, fracción I; en el caso de las sociedades señaladas en la fracción II del citado artículo, éstas deberán acreditar haber iniciado los trabajos de consolidación antes del 30 de junio de 2004.
...
...
...
...
...
VI. ...
...
...
Adicionalmente, para garantizar la continuidad, sólo por lo que se refiere a los gastos de operación del Fideicomiso Cajas de Ahorro y para la recuperación de los bienes a que se refiere este transitorio, el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y de acuerdo con sus disponibilidades, preverá en el presupuesto correspondiente los recursos cuando no sean suficientes los señalados en el segundo párrafo de este transitorio.
Los bienes decomisados y abandonados, y/o el producto de éstos, relacionados con los procesos judiciales y administrativos que se han instaurado y que se instauren con motivo de ilícitos cometidos en perjuicio de los ahorradores de las 25 cooperativas Cajas Populares de Ahorro a que se refiere el contrato de Fideicomiso Cajas de Ahorro, se destinarán al propio Fideicomiso Cajas de Ahorro para el cumplimiento de su objeto.
En caso de que, cumplidos los fines del Fideicomiso Cajas de Ahorro, existan excedentes de las cantidades aportadas por el Fideicomiso, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, o de las relativas a los bienes decomisados o abandonados, y/o su producto, se aplicarán en primera instancia a resarcir el monto aportado por el Fideicomiso y, en segunda instancia, se devolverán a la Tesorería de la Federación.
..."
Transitorios
Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Los gobiernos estatales que participen en el programa de apoyo a ahorradores podrán realizar su aportación en una o varias exhibiciones. Los gobiernos estatales podrán contratar financiamiento para sus aportaciones siempre que el mismo se garantice con las participaciones federales que les correspondan, durante la vigencia del mismo, en los términos y con las modalidades que dispongan sus respectivas Constituciones Políticas y su legislación local.
En el caso a que se refiere el párrafo anterior, las aportaciones de la Federación también podrán realizarse en una o varias exhibiciones, según sea la opción que haya elegido la entidad federativa de que se trate.
Para el caso de que los gobiernos estatales no obtengan el financiamiento a que se refiere este transitorio y otorguen la garantía conforme a la legislación aplicable, tendrán que realizar sus aportaciones en los términos previstos en esta ley.
En ningún caso se deberá entender este transitorio en el sentido de que los gobiernos estatales queden eximidos de realizar su aportación.
Dip. Manuel Pérez Cárdenas (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito
Público. Marzo 10 de 2004.)
Honorable Asamblea:
A la Comisión que suscribe, le fue turnada para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente, una proposición con punto de acuerdo de la senadora Cecilia Romero Castillo, del grupo parlamentario del PAN, en relación con el Memorándum de Entendimiento en materia de repatriación, firmado por las autoridades mexicanas y estadounidenses el 20 de febrero del año en curso.
Con fundamento en el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y a partir del análisis del documento referido, nos permitimos someter a la consideración de esta honorable asamblea, el presente dictamen que se sustenta en los siguientes antecedentes.
Los integrantes de la Comisión analizamos el contexto de las repatriaciones durante las últimas décadas del siglo XX. Tomamos en cuenta el papel que jugó en su momento la Convención Consular México-Estados Unidos de 1942, en especial, la mecánica sobre deportaciones y repatriaciones de connacionales cuyo número y flexibilidad correspondieron a los ciclos de la economía estadounidense.
En los años noventa surgen los llamados Mecanismos de Consulta al Interior, foros que permitieron mejorar la comunicación entre las autoridades del Servicio de Inmigración de los Estados Unidos de América y los cónsules de México y un mayor control sobre las deportaciones y los programas de repatriaciones seguras y ordenadas, iniciados en 1996, como resultado de los acuerdos bilaterales a nivel federal y regional.
Quienes integramos la Comisión recordamos los acuerdos locales entre autoridades del entonces Servicio de Inmigración y Naturalización -INS- y los Consulados mexicanos a lo largo de la frontera común que permitió en su momento, la repatriación de mexicanos de manera más segura y ordenada, por lugares y en horarios determinados, con presencia de autoridades migratorias mexicanas, todo lo cual facilitó la protección de los derechos humanos y la integridad física y patrimonial de los migrantes y evitó en gran medida la separación de familias.
Quienes integramos esta Comisión reconocimos la firma y operación en el pasado del Memorándum de Entendimiento sobre la Protección de Nacionales de Estados Unidos y de México de 1996, así como el Memorándum de Entendimiento sobre los Mecanismos de Consulta sobre funciones del SIN y Protección Consular suscrito en 1998. A partir de estos fue posible repatriar mexicanos desde el interior de Estados Unidos hacia la frontera, con el fin de reforzar las tareas de protección y acceso consular durante todo el trayecto, incluso el establecimiento de sistemas de videoconferencia que permitieron enlazar los consulados mexicanos en Estados Unidos de América con los centros de detención migratoria de ese país.
Con ello se redujo también reducir la vulnerabilidad del tránsito del migrante, en buena medida también de sus derechos humanos, al definirse horarios y lugar específicos para estas repatriaciones, permitiendo además a los consulados constatar que nuestros connacionales que eran detenidos por la Patrulla Fronteriza, retornaran al país de forma digna, segura y ordenada.
Estos han sido pasos importantes en materia de repatriación. Sin embargo, el progresivo endurecimiento de la política migratoria de los Estados Unidos, especialmente en los últimos tres años, hicieron más críticas las condiciones a las que se ven sujetos los migrantes indocumentados que cruzan la frontera con ese país, particularmente por zonas geográficas de alto riesgo y por regiones en las que la acción de grupos racistas es particularmente grave.
Esta Comisión considera que el más reciente instrumento en la materia, el Memorándum de Entendimiento entre la Secretaría de Gobernación y la Secretaría de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos de América, sobre la Repatriación Segura, Ordenada, Digna y Humana de Nacionales Mexicanos, firmado el 20 de febrero, busca mejorar sustantivamente las condiciones bajo las cuales las autoridades migratorias del vecino país, ejecutan las repatriaciones de mexicanos indocumentados, evitando medidas unilaterales y atentatorias del derecho internacional.
El Memorándum menciona compromisos relacionados con la observancia de los derechos humanos de los migrantes y la necesidad de preservar la unidad familiar al momento de repatriar. Asimismo, el arreglo tiene prevista, entre otras, la atención especial a las personas incapacitadas, los menores de edad no acompañados y otras personas vulnerables, garantizando su repatriación en horario diurno para garantizar su seguridad. Igualmente abre la oportunidad para transmitir quejas por maltrato o violaciones a los derechos humanos de los migrantes indocumentados.
El Memorándum de Entendimiento contempla el establecimiento de un Grupo de Trabajo Técnico de repatriación bilateral para una mejor coordinación el cual evaluará, recomendará y supervisará la instrumentación del Memorando en cuestión.
Cabe señalar que a la par de este Memorando ambos gobiernos acordaron un Plan de Acción para la Cooperación para la Seguridad Fronteriza, orientado a mejorar la seguridad fronteriza y la seguridad pública entre la frontera de ambos países, dentro del que se establece como objetivo específico el aseguramiento de repatriaciones seguras y ordenadas de mexicanos y la exploración conjunta de mecanismos para la repatriación de mexicanos a sus lugares de origen. Señala además acciones relacionadas para evitar los cruces por zonas de alto riesgo, el tráfico de personas, la atención de emergencias, acciones de prevención de violencia fronteriza.
Con base en lo anterior, y en virtud del avance que significará la puesta en marcha de este instrumento, la Comisión que suscribe somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente Punto de
Acuerdo
Artículo Unico. La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Relaciones Exteriores, instrumente las medidas necesarias para la divulgación eficiente entre la comunidad de mexicanos en Estados Unidos de América, del contenido y alcances del Memorando de Entendimiento entre la Secretaría de Gobernación y de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos y el Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos de América, sobre la repatriación segura, ordenada, digna y humana de nacionales mexicanos, firmada el 20 de febrero del presente.
Sala de Comisiones de la H. Comisión Permanente.- México, DF, a 2 de marzo del 2004.
Sen. Silvia Hernández Enríquez (rúbrica), Presidenta; Sen. Cecilia Romero Castillo (rúbrica), secretaria; Dip. Carlos Flores Rico (rúbrica), secretario; Dip. Consuelo Muro Urista (rúbrica), Dip. Rogelio Rueda Sánchez, Dip. David Hernández Pérez (rúbrica), Sen. Ernesto Gil Elorduy, Sen. Miguel Sadot Sánchez Carreño (rúbrica), Dip. Yolanda Valladares Valle, Sen. Juan José Rodríguez Prats, Dip. Federico Döring Casar, Sen. César Jáuregui Robles, Sen. Demetrio Sodi de la Tijera, Sen. Rafael Melgoza Radillo (rúbrica), Sen. Jorge Emilio González Martínez.
(Aprobado. Marzo 10 de 2004.)
CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE SOLICITAR AL EJECUTIVO FEDERAL ATENDER LA URGENCIA DE CREAR UNA COMISION INTERSECRETARIAL A EFECTO DE QUE ESTA SE ABOQUE AL CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES ACTUALES DE LA FRONTERA SUR Y DAR PUNTUAL SEGUIMIENTO PARA QUE SE REESTABLEZCA EL ORDEN SOCIAL, MIGRATORIO Y DE SEGURIDAD A LAS PERSONAS, POR LA PENETRACION EN NUESTRO PAIS Y EXPONENCIAL CRECIMIENTO DEL GRUPO DELICTIVO DENOMINADO "MARA SALVATRUCHA", PRESENTADA POR EL DIPUTADO JUAN ANTONIO GUAJARDO ANZALDUA, EN NOMBRE DE INTEGRANTES DE LA COMISION DE POBLACION, FRONTERAS Y ASUNTOS MIGRATORIOS, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 10 DE MARZO DE 2004
La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios de esta honorable Cámara de Diputados no puede pasar por alto un día más la gravísima situación que se presenta en la frontera sur, toda vez que es evidente la infiltración e ilícita migración que por dicho punto geográfico realiza la organización criminal denominada "Mara Salvatrucha", cuyos integrantes crecen en forma exponencial y transitan de diversos países centroamericanos, particularmente de la República de El Salvador, a nuestro país, toda vez que los países que de donde son originarios han promulgado y puesto en vigor legislaciones que sancionan la conducta que se traduce en el tatuaje del cuerpo humano elevado a la categoría de delito y si bien pudiera pensarse que tal conducta no puede sancionarse por sí sola, desde el punto de vista de ilícito penal, ello ha ocasionado la migración de las personas que presentan tatuajes en diversas partes del cuerpo a nuestro país, cuyo sistema relacionado con ilícitos penales no contempla el simple tatuaje en el cuerpo como delito. Sin embargo, diversas conductas ilícitas asociadas al requisito del tatuaje corporal, como el secuestro, asalto y otras conductas relacionadas con la delincuencia organizada, son la tarjeta de presentación de los integrantes de esta organización criminal, cuya denominación, aparentemente, se compone del vocablo mara, sinónimo de marabunta y, a la vez, de grupo constituido por muchos integrantes; Salva, sílabas iniciales de salvadoreños; y trucha, que significa "pez de aguzado perfil".
De acuerdo con lo anterior, los integrantes de la Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios y de otras comisiones, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, en sus tres fracciones, 59 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, presentamos a la consideración de la asamblea de esta Cámara de Diputados el presente punto de acuerdo, para los correspondientes efectos, que se soporta en los siguientes
Antecedentes
Primero. Es fama pública y hecho notorio que, a raíz de diversos fenómenos naturales que han destruido la agricultura y otras fuentes de abastecimiento de alimentos y generación de empleos en Centroamérica y, particularmente, en la República de El Salvador, se ha motivado una migración desordenada de sus habitantes a otros países a los que ellos ven como solución a sus problemas de alimentación o empleo. Sin embargo, más alarmante lo es el hecho de que la organización criminal se conforma por niños de 10 años en adelante, pues esta edad es inicio para ingresar en la organización y la prueba inicial consiste en cometer un ilícito, desde el robo hasta el homicidio, como "examen de admisión" y demostración de valentía como opción de ingreso.
Segundo. El decreto número 158 de la Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, de fecha 9 de octubre del año 2003, publicada al día siguiente en el Diario Oficial número 188, tomo número 361, contiene la denominada "Ley Anti Maras", cuyo objeto, fines y ámbito de aplicación giran en torno a establecer un régimen especial y temporal para el combate legal de las agrupaciones conocidas como "maras" o "pandillas" y para efectos de la citada ley se considera como asociación ilícita a la que actúa para alterar el orden publico, atentar contra el decoro y las buenas costumbres, que se reúnen habitualmente y que tengan señas o símbolos como medios de identificación que se marquen en el cuerpo con cicatrices o tatuajes, conducta delictiva que por sí sola motiva el arresto del infractor, aun y cuando sea menor de edad, por un periodo de 180 días. Mas si fuese sorprendido portando cualquier tipo de arma blanca, consistente ésta en objeto cortante, punzocortante o cortocontundente, la sanción aumenta de 2 a 6 años; y si se solicita dinero o dádiva en forma intimidatoria mostrando tatuajes, la sanción es de 2 a 4 años de prisión. La ley en cuestión consta de 49 artículos y estará en vigor hasta el 10 de abril del 2004, dada la posible inconstitucionalidad, más las elevadas sanciones que se establecen. Lo que al parecer ha logrado la República de El Salvador con el inicio de vigencia del mencionado ordenamiento legal ha sido la fuga masiva de los maras tatuados; es decir, jóvenes delincuentes en su país, que han encontrado en nuestra frontera sur innumerables filtros y posibles cómplices que permitieron y permiten el acceso a México de estos apátridas que, con justificación o sin ella, se dedican a iniciarse en el crimen organizado, en perjuicio de la seguridad y del patrimonio de los que habitamos este país y en perjuicio de la seguridad nacional de no poner remedio inmediato y acciones conjuntas de los órganos de gobierno competentes dotados de fuerza pública, facultades específicas y presupuesto asignado para este fin.
Tercero. Esta conducta delictiva y antisocial ha sido objeto de estridente publicidad mediática que, en lugar de provocar soluciones, ha motivado imitaciones, habida cuenta de que, lamentablemente, la frontera sur es sinónimo de corrupción, violación de los derechos humanos y facilidad en el cruce fronterizo por ausencia de vigilancia permanente, habida cuenta de las dimensiones de nuestra frontera sur, por lo que existen ya en nuestro país bandas imitadoras de la Mara Salvatrucha, como lo son la coreana y la imitadora Zara-Salmaruchan, de cuya existencia dan cuenta revistas de publicación semanal y medios electrónicos. Y ante el desdén o contundencia de acciones por parte de quienes por disposición legal deben afrontar la realidad anterior, así como su constante reproducción e incremento en el índice delictivo de los delitos en cuestión, lo menos que debe hacerse es solicitar, como se propone la Comisión Intersecretarial con el estatus, integrantes y función específica por realizar en el siguiente
Punto de Acuerdo
Unico. Solicitar al Poder Ejecutivo federal atender la urgencia de establecer una comisión intersecretarial a efecto de que ésta se aboque al conocimiento de las condiciones actuales de la frontera sur y dé puntual seguimiento para que se reestablezca el orden social, migratorio y de seguridad a las personas e instituciones, habida cuenta de la penetración en nuestro país y exponencial crecimiento del grupo delictivo denominado "Mara Salvatrucha", cuyos integrantes, de manera enunciativa, lo serían: Secretaría de Gobernación, Instituto Nacional de Migración, Secretaría de Relaciones Exteriores, Procuraduría General de la República, Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Marina, Secretaría de la Defensa Nacional, Secretaría de Desarrollo Social y Secretaría de la Reforma Agraria, comisión que -entre otros objetivos primordiales ya señalados- analizaría la posibilidad de celebrar acuerdos con gobiernos estatales y municipales.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2004.
La Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios
Diputados: Juan Antonio Guajardo Anzaldúa (rúbrica), Presidente; Lino Celaya Luría (rúbrica), Emilio Badillo Ramírez (rúbrica), Ruth Trinidad Hernández Martínez, Rosa María Avilés Nájera (rúbrica), secretarios; Fernando Alvarez Monje, María Avila Serna, Julio César Córdova Martínez, Heliodoro Carlos Díaz Escárraga, Blanca Judith Díaz Delgado, Marco Antonio Gama Basarte, Eliana García Laguna, Alfonso González Ruiz, Ana Lilia Guillén Quiroz, Francisco Herrera León (rúbrica), Laura Elena Martínez Rivera (rúbrica), Francisco Mora Ciprés (rúbrica), Gonzalo Moreno Arévalo, Alfonso Moreno Morán (rúbrica), Carlos Osvaldo Pano Becerra, Roberto Pedraza Martínez, Homero Ríos Murrieta, Jorge Roberto Ruiz Esparza Oruña, María Guadalupe Suárez Ponce (rúbrica), José Isabel Trejo Reyes, Enrique Torres Cuadros, Elpidio Tovar de la Cruz (rúbrica), Juan Manuel Vega Rayet, (rúbrica), Nora Elena Yu Hernández, Jesús Zúñiga Romero (rúbrica).
(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Marzo 10 de 2004.)
CON PUNTO DE ACUERDO, CON MOTIVO DE LA MUERTE DE MANUEL FRANCISCO ORTEGA GONZALEZ, SUSCRITA POR LAS DIPUTADAS ELIANA GARCIA LAGUNA Y DOLORES PADIERNA LUNA, Y PRESENTADA POR LA DIPUTADA MINERVA HERNANDEZ RAMOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 10 DE MARZO DE 2004
La suscrita, diputada federal de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete ante este Pleno la siguiente proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
El día 27 de marzo del año 2003 asesinaron a Manuel Francisco Ortega González en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas. Hasta el momento la percepción de los familiares directos de la víctima y de la sociedad del estado de Zacatecas, así como de importantes sectores de la opinión pública nacional es que el caso está impune.
Es necesario tener presente que al momento del atentado, Manuel Ortega González se desempeñaba como subsecretario de Audiencia y Concertación Ciudadana del gobierno del estado de Zacatecas, y que estaba comisionado por el gobierno del estado de Zacatecas para atender y dar cauce de solución al conflicto de tierras en Bernalejo.
La hermana de la víctima, la señora Edith Ortega González, le ha dado seguimiento al caso para su esclarecimiento total. Ella refiere que con fecha 31 de marzo de 2003, el gobernador del estado de Zacatecas le informó que ya había solicitado la remoción del delegado de la PGR y que dicha institución federal había aceptado atraer el caso; el 1° de abril se hace pública a través de los medios esa circunstancia. Adicionalmente refiere que el lunes 7 de abril del año 2003, recibió una llamada del gobernador donde le refirió que ya tenía a los responsables del homicidio de su hermano, además que el secretario general de Gobierno le entregaría un Informe completo del caso, el cual nunca recibió.
La familia de la víctima solicitó a la PGR que se le entreguen los documentos donde se establece la solicitud del gobernador del estado de Zacatecas para que dicha institución federal ejerciera su facultad de atracción. Posteriormente, los días 21 de abril y 7 de mayo de nueva cuenta la Procuraduría General de la República niega la información sobre la solicitud de la familia para que dicha institución se imponga del caso.
El 11 de julio de 2003 se envía un escrito de respuesta del subprocurador Carlos Javier Vega Memije de la Procuraduría General de la República al senador Jesús Ortega Martínez, en donde se refiere que a la señora Edith Ortega no se le podrá entregar copia de las actuaciones en el caso del homicidio del señor Manuel Ortega, porque se vulneraría el sigilo con el que debe de actuar el Ministerio Público de la Federación en sus actuaciones, sólo que debe considerarse que quién solicita la copia es hermana del occiso y, por tanto, familiar de la víctima, en consecuencia, es parte interesada y tiene derecho a coadyuvar en la investigación del caso.
El 19 de febrero de los corrientes recibí de la PGR la negativa por escrito a intervenir, toda vez que su facultad de atracción del caso sólo procedería, me informan, "en la etapa de averiguación previa".
Algunas de las preguntas que la familia Ortega González se formula son las siguientes: ¿por qué no se ha tomado con seriedad la línea de investigación que tiene que ver con el conflicto del ejido Bernalejo de la Sierra y Pajaritos? ¿Por qué no se ha llamado a declarar al diputado local Carlos Pinto, quien al parecer fue testigo de los hechos?
La investigación de la Procuraduría de Justicia del estado de Zacatecas no fue lo suficientemente amplia, profunda y, sobre todo, no consideró todas y cada una de las líneas de investigación que el caso exige, además existe la fuerte presunción de la familia de la víctima de que el atentado que sufrió está relacionado con su participación en la solución del conflicto de Bernalejo y considerar que es del conocimiento público que dicha zona es influenciada poderosamente por intereses tanto de talamontes como del narcotráfico. Recordar también que el señor Manuel Ortega vivió dos meses en dicha zona, antes de su ejecución; qué información sabía y tenía, qué nombres y hechos conoció que pudieran afectar intereses muy fuertes en la región.
Deseamos insistir en que el licenciado Manuel Francisco Ortega González tuvo una participación sumamente importante en el gobierno de su estado, toda vez que fue el principal representante gubernamental en las negociaciones para resolver el litigio en la frontera entre los estados de Durango y Zacatecas.
Se ha insistido también en que el operativo y las armas utilizadas en el mismo fortalecen la hipótesis de la venganza y escarmiento por parte de los grupos que presuntamente estarían detrás de los reclamos de los comuneros tepehuanos; grupos con fuertes intereses económicos en los ilegales negocios de tala de bosques y del narcotráfico en la región.
La forma en la que fue privado de la vida Manuel Francisco Ortega González, sus altas responsabilidades políticas encomendadas a través de las actividades que realizaba en la Subsecretaría de Gobierno del estado de Zacatecas, su participación directa en el muy difícil conflicto de Bernalejo, los fuertes intereses ilícitos en juego con los que tuvo que lidiar, todos estos factores conjugados y mirados en conjunto, nos mueve a presumir seriamente que su artero homicidio es resultado del trabajo realizado a favor del pueblo de su estado natal y que para su total aclaración, es indispensable contar con una investigación rigurosa, completa e imparcial que no deseche ninguna línea de investigación.
Por lo anterior, sometemos a esta soberanía la siguiente propuesta con
Punto de Acuerdo
Unico: Que esta Comisión Permanente del Congreso de la Unión solicite a la Procuraduría General de la República que, de manera expedita, ejercite su facultad de atracción en el caso del homicidio del señor Manuel Francisco Ortega González, con la finalidad de atender todas las líneas de investigación, incluido el narcotráfico, consignar ante el Poder Judicial Federal al o los responsables materiales e intelectuales de dicho ilícito penal.
Dip. Eliana García Laguna (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos.
Marzo 10 de 2004.)
CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL, A LAS SECRETARIAS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Y DE ENERGIA, ASI COMO A LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA, A REPLANTEAR LA FORMULA DEL PRECIO DEL GAS NATURAL EN MEXICO, PRESENTADA POR LA DIPUTADA MARCELA GUERRA CASTILLO DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 10 DE MARZO DE 2003
La que suscribe, Marcela Guerra Castillo, diputada federal de la LIX Legislatura de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, bajo el tenor de los siguientes
Antecedentes
1. El gas natural es una mezcla gaseosa en condiciones normales de presión y temperatura. No tiene olor ni color, y por lo general se encuentra en forma natural mezclado con otros hidrocarburos fósiles. Al momento de su extracción, el gas natural contiene impurezas como agua, ácido sulfhídrico, dióxido de carbono y nitrógeno, que tienen que ser removidas antes de su transporte y comercialización.
2. Como medida de seguridad, la legislación relativa estipula que los distribuidores deberán adicionar un odorizante al gas natural para que se pueda percibir su presencia en caso de posibles fugas durante su manejo y distribución al consumidor final.
3. El gas natural se encuentra generalmente en depósitos subterráneos profundos formados por roca porosa o en los domos de los depósitos naturales de petróleo crudo. Dependiendo de su origen, el gas natural se clasifica en dos tipos:
Gas no asociado: Es el que se encuentra en depósitos que contienen únicamente este combustible.
Conforme a esta ley, la explotación, procesamiento, construcción y operación de ductos de gas natural, incluyendo el almacenamiento y la comercialización (excepto distribuidoras), habían sido actividades reservadas al Estado, a través de su empresa Pemex Exploración y Producción, entidad responsable de la exploración y extracción de petróleo crudo y gas.
5. La normatividad de esas actividades se había sujetado a lo establecido por la Secretaría de Energía y Pemex, mientras que la entidad encargada de vigilar las actividades relacionadas con la venta de gas natural había sido la Secretaría de Comercio.
6. Las funciones de regulación se asignaron a la
Comisión
Reguladora de Energía a través de la expedición,
en octubre 1995, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía.
Esta Ley transformó a la Comisión Reguladora de Energía;
de ser un órgano consultivo en materia de electricidad, como lo
estableció su decreto de creación en 1993, a uno desconcentrado
de la Secretaría de Energía, con autonomía
técnica y operativa, encargado de la regulación de gas natural
y energía eléctrica en México.
Consideraciones
1. Actualmente, Pemex Gas y Petroquímica Básica ocupa una posición estratégica, al tener la responsabilidad del procesamiento del gas natural y sus líquidos, así como del transporte, comercialización y sus productos.
2. Pemex Gas, de acuerdo con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, es un organismo público descentralizado de carácter técnico, industrial y con personalidad jurídica propia.
Este organismo está facultado para realizar las actividades relacionadas directa o indirectamente con su objeto legal, el cual consiste en el procesamiento del gas natural, líquidos del gas natural y el gas artificial; almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de estos hidrocarburos; así como de derivados que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas.
3. La Comisión Reguladora de Energía debe contribuir a salvaguardar la prestación de los servicios públicos, fomenta una sana competencia, proteger los intereses de los usuarios, propicia una adecuada cobertura nacional y atender la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y la prestación de los servicios.
4. En el ámbito internacional en el año 2002, Pemex Gas se situó como la 8ª empresa procesadora de gas natural, con un volumen procesado cercano a los 4,000 millones de pies cúbicos diarios (mmpcd), y como la 3ª empresa productora de líquidos, con una producción de 418 mil barriles diarios (mbd). Cuenta con una extensa red de gasoductos, a través de la cual se transportaron poco más de 4,000 mmpcd de gas natural, lo que la ubicó en el 10° lugar entre las principales empresas transportistas de este energético en Norteamérica.
5. En México, en el año 2002 Pemex Gas se posicionó como la 8ª empresa más grande del país por su nivel de ingresos, cercanos a los 9,000 millones de dólares, con activos del orden de 6,230 millones de dólares. Adicionalmente, Pemex Gas constituye una fuente importante de trabajo, al emplear a poco más de 12,000 trabajadores.
6. México es uno de los países con mayores
reservas probadas de gas natural, las cuales se calculan en 22 billones
de pies cúbicos (equivalentes a 4,460 millones de barriles de petróleo
crudo) que al ritmo de producción actual son suficientes para satisfacer
la demanda de gas natural del país durante los próximos 22
años.
El consumo de gas natural en México es en promedio de 5,300 millones de pies cúbicos por día (mpcd), su utilización se distribuye de la siguiente manera:
7. Es incongruente que en México el gas natural tenga uno de los precios más altos del mundo y al mismo tiempo cuente con amplias reservas probadas de gas natural.
México, siendo país productor e importador de gas natural cuenta con precios por encima de otros países, incluso no productores. En contraste, a pesar de este aumento de precios no se ha logrado aumentar la producción de gas natural, ni mejorar la calidad del suministro.
8. Actualmente la política de precios del gas natural en México reconoce el precio del producto en su mercado internacional relevante corno un indicador adecuado de su costo de oportunidad. Debido a que el gas mexicano tiene que competir en el mercado norteamericano, especialmente con el sur de Texas, se ha considerado que el precio en aquel mercado es una aproximación adecuada del costo marginal en un entorno de mercado abierto.
9. La referencia de precio en la frontera que se ha utilizado para el gas de origen nacional es la canasta compuesta por el promedio de los índices para el sur de Texas de los gasoductos de Texas Eastern Transmision (TETCO) y El Paso Gas Transmision (EPGT Texas Pipeline, L.P.), que se dan a conocer mensualmente en publicaciones especializadas de la industria y el mercado del gas.
10. Los precios en México están alineados con la estructura de precios del gas natural que prevalece en el resto de América del Norte. Puede afirmarse que Pemex Gas carece de poder discrecional en la formación del precio del gas, toda vez que éste se determina en el mercado de Norteamérica y las tarifas de transporte son reguladas por la Comisión Reguladora de Energía.
11. La existencia de una política general formulada a nivel del Gobierno Federal, elimina la discrecionalidad que Pemex pueda tener como productor único. Adicionalmente, en el caso particular del gas natural existe, desde 1995, una regulación específica que establece principios y reglas que refuerzan la transparencia y los límites a los que debe sujetarse la política de precios.
12. El precio al público del gas natural se calcula mensualmente para cada uno de los sectores de precios; los conceptos que lo integran son:
Precio techo.- Este instrumento es equivalente a un seguro contra un precio máximo, en donde por el pago de una prima la empresa fija el precio máximo al cual está dispuesta a pagar el gas natural.
Precio túnel.- Este es muy parecido al precio techo, con la diferencia de que la empresa, a fin de bajar el costo de la prima por el precio techo, cobra una prima por establecer un precio piso.
Una vez aprobado este catálogo en su versión inicial, la Comisión supervisa las actualizaciones que Pemex Gas haga del mismo en función de las condiciones del mercado.
Lo anterior de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, fracción II, de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; artículo 3º, fracción VII, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía; artículos 8, 9, 10, 11 y 12 del Reglamento de Gas Natural.
15. La actual regulación, además de promover la participación del sector privado, nacional e internacional en la industria del Gas Natural de México, propone la desagregación de las actividades involucradas en el suministro a los adquirentes.
De esta manera, como la producción del Gas Natural sigue reservada al Estado, las ventas del producto a la salida de las plantas se reservan a Pemex Gas. Sin embargo, en las actividades de almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de gas natural, la normatividad promueve la entrada de nuevos participantes buscando mayor competitividad.
16. Es menester retomar el debate del precio de los hidrocarburos, sobre todo el del precio del gas natural, cuyo incremento ha ocasionado el cierre de miles de empresas de los sectores químico, petroquímico, textil, de aceites, vidrio y siderúrgico, entre otros.
Incrementándose aún más el desempleo, agravando la situación actual del empleo en México, cuya incapacidad del secretario de Trabajo y Previsión Social, el señor Carlos Abascal Carranza, no ha podido solucionar.
En el norte de México es donde más ha impactado el incremento del precio del gas natural, lo que ha desembocado en una menor inversión, por ello debemos reflexionar sobre esta temática para otorgar mejores posibilidades de desarrollo a la industria nacional.
17. En el considerando de que el gas natural es el principal energético del sector industrial, estamos obligados a garantizar un suministro confiable, así como costos y calidad competitivos.
18. Pemex obtiene 6,000 millones de dólares en ventas anuales de gas natural y produce 4,400 millones de pies cúbicos diarios de los cuales 3,096 millones de pies cúbicos diarios es gas asociado a la extracción de petróleo.
19. En los últimos 5 años, el precio medio
anual del gas natural ha fluctuado entre 2 y 4 dólares por millar
de pies cúbicos. En lo que va de este año, 2004, se ha mantenido
un precio de 6 dólares por millón de BTU.
20. Desafortunadamente el Gobierno Federal ve como única opción de política energética la reforma constitucional que permita la explotación legal de estos recursos nacionales, por parte de empresas privadas extranjeras. Invocándose como justificación, la no distracción de los recursos presupuestales destinados a salud y educación.
Cabe mencionar que en su última comparecencia ante miembros de la Primera Comisión de la Comisión Permanente, el pasado 9 de febrero del año en curso, el secretario de Energía, licenciado Felipe Calderón Hinojosa, manifestó estar de acuerdo en revisar el tema de la fórmula que fija los precios actuales del gas natural.
Por lo que cito textualmente las palabras del secretario: "...desde luego, diputada, que yo me pongo a sus órdenes, porque seguimos revisando este tema de la fórmula? pero con mucho gusto buscaremos siempre las fórmulas mejores siempre y cuando no impliquen una perdida para Pemex y siempre y cuando no impliquen una distorsión aún mayor a las propias referencias, que creo que el mercado debe señalar??. (9 de febrero de 2004, T 9, hoja 5 rpq)
21. No estamos de acuerdo en que nos vendan como opción alternativa para generar mayor cantidad de gas natural los denominados Contratos de Servicios Múltiples, que han sido definidos por Pemex como la herramienta encaminada a reducir las importaciones de gas natural y aprovechar los recursos naturales para transformar a México en un país autosuficiente.
La realidad es que aun con estos Contratos de Servicios Múltiples, México seguirá importando gas, además tales contratos ponen en entredicho la soberanía del Estado mexicano y su derecho de exclusividad en la exploración y explotación de hidrocarburos que determina el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
22. Lo que debemos hacer es modificar la situación fiscal de Pemex para darle mayor libertad operativa, que le permita invertir en sus programas de exploración y producción de gas natural. Así como replantear la fórmula actual que sirve de base para el cálculo del precio del gas natural.
23. El alza en los precios del gas natural se contrapone a los objetivos que persigue la Secretaría de Energía, a quien compete conducir la política energética del país; dentro del marco constitucional vigente, para garantizar el suministro competitivo, suficiente, de alta calidad, económicamente viable y ambientalmente sustentable de energéticos que requiere el desarrollo de la vida nacional.
24. No debemos olvidar que un tercio de los ingresos federales actualmente son aportados por los remanentes de Pemex, aportando al fisco anualmente 40,000 millones de dólares, situación que la hace a todas luces rentable, siendo recuperable el 100% de la inversión, de maximizarse la explotación del gas natural por parte del gobierno a través de Pemex se asegurarían ingresos futuros muy cuantiosos para beneficio de los mexicanos.
25. Es necesario, por ende, reorientar la política energética en México y para ello se requiere de la corresponsabilidad de todos los actores políticos involucrados en el tema energético como son:
Por lo anteriormente expuesto, y en atención a que la fórmula actual incentiva la escasez para maximizar precio en detrimento de los consumidores, nos permitimos proponer las siguientes fórmulas:
1. Considerar ponderar gas nacional y de importación (toma en cuenta el balance nacional de importación).
Precio=PNAL x Prod +PIMP x ImMP
----
-----
Cons
Cons
2. Netback de exportación (esta metodología considera el impacto que tendrían las exportaciones mexicanas en la reducción del precio Henry Hub menos el netback a la frontera y después a los centros productores).
PNAL=PHB - TST - Netback
3. Costo total incluyendo impuestos y regalías apropiados y retorno razonable que permita reinversión (cost-plus) (se basa en ponderar zonas productoras de gas en México).
PNAL=CP + RI +UT
4. Banda de precio con piso que garantice retorno de inversión considerando costos eficientes y régimen fiscal apropiado y techo que permita competir a empresas intensivas en consumo de energía (según programa de inversiones de la prospectiva del mercado del gas natural).
6. Establecer para la fracción de México un esquema de precios por fases que le dé a Pemex una utilidad razonable considerando costos de producción eficientes bajo un marco fiscal apropiado y permita, por otro lado, competir a los sectores productivos del país.
En consecuencia, por los antecedentes y las consideraciones expresadas se propone a esta representación el siguiente:
Punto de Acuerdo
Se exhorta al Ejecutivo federal, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a la Secretaría de Energía y a la Comisión Reguladora de Energía:
Unico: A replantear la fórmula para obtener un precio México, a fin de contar con precios más competitivos; consciente de la responsabilidad compartida que esto implica, tengo a bien presentar ante esta Comisión Permanente las fórmulas antes planteadas y para mayor precisión anexo al presente la documentación correspondiente donde se precisa la aplicación de cada una de ellas.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 10 días del mes de marzo de 2004.
Dip. Marcela Guerra Castillo (rúbrica)
(Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito
Público, y de Energía. Marzo 10 de 2004.)
La que suscribe, Eliana García Laguna, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 21 y 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a esta Presidencia que tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos para elaborar el dictamen correspondiente al punto de acuerdo sobre la situación prevaleciente en el municipio de Unión Hidalgo, Oaxaca, suscrita por diputados de los grupos parlamentarios del PRD, del PT y de Convergencia y presentada por la diputada María del Rosario Herrera Ascencio, del grupo parlamentario del PRD, en la sesión del martes 23 de septiembre de 2003.
Antecedentes
En el referido punto de acuerdo se consignaron los hechos relacionados con la lucha emprendida por un grupo de habitantes de Unión Hidalgo, municipio de Juchitán, Oaxaca, para demandar transparencia en el uso de los recursos municipales y el consiguiente enfrentamiento y represión de que fueron objeto, además del esclarecimiento de la muerte de Carlos Sánchez López, diputado local y abogado defensor de los presos unihidalguenses.
Por medio de este punto de acuerdo se solicita a la Cámara de Diputados que manifieste su preocupación por la integridad física de los habitantes de Unión Hidalgo, el destino de los recursos públicos federales radicados en ese municipio y la actuación de las autoridades estatales ante la situación ahí generada.
Asimismo, hace un respetuoso llamado al Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca para que, con la mayor brevedad, atienda las solicitudes de auditoría sobre el ejercicio de recursos municipales de Unión Hidalgo y de desaparición de poderes de éste, presentada por ciudadanos de la localidad.
Se solicita además información a la Procuraduría General de Justicia estatal sobre la situación de ciudadanos contra quienes se libraron órdenes de aprehensión por su participación en el conflicto.
A cinco meses de su lectura ante el Pleno de la Cámara de Diputados y su turno a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, ésta no ha emitido el dictamen correspondiente.
Consideramos oportuno que la Comisión mencionada se pronuncie en algún sentido, toda vez que continúan vigentes órdenes de aprehensión contra 27 personas por delitos de los que se declaran inocentes, además de que se están librando nuevas órdenes, como es el caso de los ciudadanos Héctor Ordaz Matus y Leti Zárate Regalado, miembros del Consejo Ciudadano Unihidalguense. Con estas acciones queda de manifiesto que la situación prevaleciente en aquella comunidad poco ha variado desde que se presentó el punto de acuerdo antes referido.
La propia Comisión Estatal de Derechos Humanos de Oaxaca reconoce violación del derecho de petición de ciudadanos de Unión Hidalgo por parte de la LVIII Legislatura del Congreso local, por lo que el problema que dio origen al conflicto entre autoridades y ciudadanos de esa localidad no se ha resuelto.
La Secretaría de Gobernación afirma que mantiene comunicación constante y directa con las autoridades oaxaqueñas a fin de recabar información necesaria para responder a las solicitudes de información de organismos nacionales e internacionales de derechos humanos, así como una interlocución entre habitantes de Unión Hidalgo y el Poder Ejecutivo de Oaxaca, con objeto de instaurar una mesa de diálogo y buscar soluciones de manera conjunta, en un marco de negociación.
La propia secretaría manifiesta que no ha recibido respuesta por parte del gobierno encabezado por José Murat Casab.
A pesar de que no han existido hechos violentos desde agosto de 2003, cuando fue asesinado el diputado Carlos Sánchez López, la incertidumbre y la zozobra privan en Unión Hidalgo. Las demandas que dieron origen al conflicto permanecen incólumes y, por tanto, se hace necesaria la participación del Congreso federal para contribuir a su solución.
No esperemos a que de nueva cuenta la violencia se haga presente para mediar entre autoridades y gobernados, como sucedió en Tlalnepantla, Morelos, o en la propia comunidad de Unión Hidalgo.
Por ello solicitamos a esta Presidencia que envíe la presente excitativa a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, a fin de que se elabore el dictamen correspondiente sobre el punto de acuerdo referido.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de marzo de 2004.
Dip. Eliana García Laguna (rúbrica)
(Se excita a la Comisión de Justicia y Derechos
Humanos para que emita el dictamen correspondiente. Marzo 10 de 2004.)
A LAS COMISIONES DE GOBERNACION, DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, Y DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES DE LA CAMARA DE SENADORES, A SOLICITUD DE LA DIPUTADA DOLORES DEL CARMEN GUTIERREZ ZURITA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD
La suscrita, diputada federal Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el artículo 21, fracción XVI, y el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicito a esta presidencia tenga a bien formular excitativa al Senado de la República, a efecto de que a la brevedad las Comisiones dictaminadoras del Senado envíen la minuta ante el Pleno de este órgano legislativo, referente a la iniciativa con proyecto de decreto de Ley de Radio y Televisión.
Antecedentes
La reforma a los medios de comunicación electrónicos es un tema pendiente de la reforma del Estado, y como objeto la consolidación de nuestro sistema democrático, que no sólo busca una actualización y adecuación de la ley vigente, sino la modernización de los medios masivos de comunicación.
La Ley Federal de Radio y Televisión vigente es de 1960, su última reforma se dio el 30 de noviembre de 2000, la cual es hasta el momento insuficiente para adecuar la ley a la nueva realidad que la sociedad demanda.
Desde 1977, la reforma a la Ley Federal de Radio y Televisión es parte central de discusiones en diferentes ámbitos, como el legislativo, el académico y de la sociedad civil en general.
El 5 de marzo de 2001, la Secretaría de Gobernación instauró una mesa de diálogo para la revisión integral de la legislación de los medios electrónicos, con el objeto de definir una propuesta de reforma integral de la legislación de los medios electrónicos.
El 10 de diciembre de 2002, el Poder Ejecutivo publicó en el Diario Oficial el reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión.
El 12 de diciembre de 2002, los senadores Raymundo Cárdenas Hernández y Javier Corral Jurado, del grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y del Partido Acción Nacional, presentaron una iniciativa con proyecto de Ley Federal de Radio y Televisión, que fue turnada para su estudio a las Comisiones de Gobernación, de Estudios Legislativos, y de Comunicaciones y Transportes de la H. Cámara de Senadores del Congreso de la Unión.
La iniciativa tiene por objeto dotar al Estado de un proyecto sólido en materia de medios de comunicación electrónicos, en el que no se privilegie exclusivamente la explotación comercial del espectro sino que incluya a los medios de comunicación como un factor de cohesión social, instrumento de educación y desarrollo, a través del fortalecimiento de las opciones alternativas.
La iniciativa tiene como principio la pluralidad y democracia en el acceso a los medios, contra la concentración y discriminación existente. Busca garantizar el respeto a los derechos humanos de todos los individuos en especial de las minorías y los grupos vulnerables.
La iniciativa plantea flexibilizar el otorgamiento de permisos de transmisión a organizaciones sin fines de lucro, definir la finalidad social de los medios bajo explotación directa del Estado y dotarlos de una estructura orgánica congruente. Así como corregir formas discrecionales en la administración y operación de la relación de los medios y el Estado.
Por lo antes expuesto, solicito a esta Presidencia que envíe la presente excitativa a las Comisiones de Gobernación, de Estudios Legislativos, y de Comunicaciones y Transportes del Senado de la República a efecto de que a la brevedad las comisiones dictaminatorias envíen ante el pleno de la Cámara de Diputados la minuta con proyecto de decreto de Ley de Radio y Televisión.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 25 de febrero de 2004.
Dip. Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita (rúbrica)
(Se excita a las Comisiones de Gobernación, de
Estudios Legislativos, y de Comunicaciones y Transportes de la Cámara
de Senadores para que emitan el dictamen correspondiente. Marzo 10 de 2004.)
Al Segundo foro regional de difusión del Presupuesto de Egresos de la Federación 2004 para el sector rural, que tendrá lugar el jueves 11 de marzo, a las 10 horas, en el centro de convenciones de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
La convocatoria se hace extensiva a los integrantes de la Comisión de Agricultura y Ganadería, legisladores federales y locales y a funcionarios de diferentes dependencias de los gobiernos federal, estatal y municipal responsables de los programas de desarrollo rural, así como a organizaciones de campesinos y productores rurales de los estados de Chiapas, Oaxaca, Yucatán, Tabasco, Campeche y Quintana Roo.
Atentamente
Dip. Cruz López Aguilar
Presidente
DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS
A su reunión de trabajo con el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, doctor José Luis Soberanes Fernández, que se efectuará el lunes 15 de marzo, a las 9 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Javier Manzano Salazar
Presidente
DE LA COMISION DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMIA SOCIAL
A la reunión de su Mesa Directiva, que se llevará a cabo el lunes 15 de marzo, a las 10 horas, en las oficinas de la Comisión (edificio F, primer piso).
Orden del Día
DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO
A la reunión de su Mesa Directiva, que se realizará el lunes 15 de marzo, a las 13 horas, en la sala de juntas de la Comisión.
Atentamente
Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo
Presidenta
DE LA COMISION DE GOBERNACION
A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el lunes 15 de marzo, a las 13 horas, en la sala de juntas de la Comisión.
Orden del Día
4. Discusión y aprobación, en su caso, de
los proyectos de dictamen siguientes:
a) Dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley
General de Bienes Nacionales.
b) Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma
el primer párrafo del artículo 32, el segundo párrafo
del artículo 33 y el artículo 36; y se adicionan los párrafos
segundo, tercero y cuarto, recorriéndose el orden de los subsecuentes,
del artículo 32 de la Ley General de Protección Civil.
c) Dictamen con proyecto de decreto que deroga la fracción
I del artículo 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental.
d) Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman
y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos
y Recompensas Civiles, en donde se propone la creación del Premio
Nacional de Trabajo y Cultura Indígena; de Derechos Humanos; de
Preservación del Medio Ambiente y el de Seguridad Pública,
así como para establecer las distinciones correspondientes al Premio
Nacional de la Juventud.
e) Dictamen con proyecto de decreto por el que se resuelve
en sentido negativo la iniciativa de reformas y adiciones a diversas disposiciones
del Códiogo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales
(quedó sin materia), relativas a los requisitos para constituir
partidos políticos.
5. Presentación y aprobación, en su caso,
del programa anual de trabajo 2003-2004.
6. Asuntos varios.
DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO
A la reunión de su Mesa Directiva, que tendrá verificativo el lunes 15 de marzo, a las 13:30 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio F, cuarto nivel).
Orden del Día
DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO
A su reunión plenaria, que se efectuará el martes 16 de marzo, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo
Presidenta
DE LA COMISION DE VIVIENDA
A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva con el grupo de industriales de la construcción y el Colegio de Ingenieros Civiles del estado de Quintana Roo, que se llevará a cabo el martes 16 de marzo, a las 10 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Roberto Pedraza Martínez
Presidente
DE LA COMISION DE ECONOMIA
A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 16 de marzo, a las 17 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Manuel López Villarreal
Presidente
DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS
A su reunión de trabajo, que se realizará el martes 16 de marzo, a las 17 horas, en la sala de juntas de la Comisión (edificio F, cuarto nivel).
Orden del Día
DE LA COMISION DE TRANSPORTES
A su sesión ordinaria de trabajo, correspondiente al mes de marzo, que se llevará a cabo el miércoles 17, a las 11 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA
A su reunión ordinaria, que se efectuará el miércoles 17 de marzo, a las 14 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Cruz López Aguilar
Presidente
DE LA COMISION DE SALUD
A la décima reunión de su Mesa Directiva, que tendrá lugar el miércoles 17 de marzo, a las 19 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL
A su tercera reunión plenaria, que se verificará el miércoles 24 de marzo, a las 12 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE SALUD
A su octava reunión plenaria, que se realizará el miércoles 24 de marzo, a las 14 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL
A su tercera reunión plenaria, que se llevará a cabo el jueves 25 de marzo, a las 13 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE SALUD
Al foro La fibrosis quística, diagnóstico y tratamiento en México, que se efectuará el miércoles 14 de abril, de las 9:30 a las 13 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde).
Atentamente
Dip. José Angel Córdova Villalobos
Presidente