En la Ciudad de México, Distrito Federal, en el Palacio Legislativo, siendo las diez horas con quince minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil cuatro, en el salón C del restaurante Los Cristales de esta H. Cámara de Diputados, previo citatorio que fue hecho llegar a sus integrantes y de conformidad con la convocatoria publicada en la Gaceta Parlamentaria, números 1502 y 1504 de fechas veintiuno y veinticinco de abril del año en curso, respectivamente, se realizó la séptima sesión plenaria de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la LIX Legislatura, bajo el siguiente orden del día.
1.- Lista de asistencia y declaración de quórum.
Una vez pasada la lista de asistencia, se contó con la presencia de los CC
Diputados: Francisco Javier Saucedo Pérez (Presidente), José Juan Barcenas González (secretario), Francisco L. Monárrez Rincón(secretario), Huberto Aldaz Hernández, Gaspar Ávila Rodríguez, Concepción Olivia Castañeda Ortiz, Felipe de Jesús Díaz González, David Ferreyra Martínez, Manuel Gómez Morín Martínez del Río, Valentín González Bautista, José Julio González Garza, Manuel González Reyes, José Alfonso Muñoz Muñoz, Daniel Ordóñez Hernández, Sonia Rincón Chanona, Arturo Robles Aguilar, Alfredo Rodríguez y Pacheco, Israel Tentory García, Adrián Villagómez García.
Asimismo se hace constar que los diputados Lino Celaya Luría, Javier Orozco Gómez y Gerardo Ulloa Pérez mandaron un representante en su lugar.
Una vez pasada la lista de asistencia y encontrándose presentes diecinueve diputados, en uso de la voz el Presidente de la Comisión menciona que se cuenta con el quórum legal, dando inicio la sesión.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
Una vez puesto a consideración el orden del día, el Presidente de la Comisión pregunta si existe algún comentario al respecto o, en su caso, la inclusión de otro punto al orden del día que los diputados deseen que se trate; no habiendo ningún comentario al respecto por parte de los asistentes, se aprueba el orden del día.
3. Discusión y aprobación de los dictámenes.
El Presidente de la Comisión, en uso de la voz, diputado Francisco J. Saucedo Pérez, indica que se recibieron dos propuestas de iniciativas de ley: la primera, de fecha veintisiete de abril del año en curso, presentada por el diputado José Juan Barcenas González, de la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional, con número de expediente 1170, turnada a Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Fomento Cooperativo y Economía Social, y la segunda, de fecha veintinueve de abril del año en curso, presentada por el diputado Marcos Morales Torres, de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática, con numero de expediente 1198, turnada a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, señalando que estas dos iniciativas se hicieron llegar con anticipación a esta sesión mediante los oficios CFCyES229 y 264, de fechas 6 y 18 del mes y año en curso, respectivamente, a todos y cada uno de los integrantes de la Comisión con el propósito de que fueran revisados y expresaran los comentarios y sugerencias que consideren pertinentes. A la fecha, únicamente se han recibido los comentarios del diputado Lino Celaya Luría, en relación con estas dos iniciativas, los cuales se agregaron a la carpeta informativa que se hizo llegar al inicio de la presente sesión, y que se darán a conocer en su momento durante la presente discusión. Acto seguido, solicita al secretario técnico que dé lectura a la primera propuesta de dictamen, que a la letra dice:
Dictamen de Comisiones Unidas relativo a la iniciativa que adiciona la fracción XIII del artículo 7 y la fracción XI del artículo 14 de la Ley General de Educación.
Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Fomento Cooperativo y Economía Social, les fue turnada, mediante oficios números D.G.P.L. 59-II-X-XXX y D.G.P.L. 59-II-4-572 de fecha veintisiete de abril del dos mil cuatro, respectivamente, suscrito por los diputados secretarios Marcos Morales Torres y María de Jesús Aguirre Maldonado, por el cual anexaron el expediente número 1170, que contiene la iniciativa que adiciona la fracción XIII del artículo 7 y la fracción XI del artículo 14 de la Ley General de Educación, presentada por el diputado José Juan Bárcenas González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Fomento Cooperativo y Economía Social son legalmente competentes para conocer del presente asunto, conforme a lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numerales 1 y 2, fracciones XI y XIV, 45 numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, motivo por el cual sometemos a la consideración de esta honorable Asamblea el siguiente
Dictamen
I. Antecedentes
Primero: Con fecha trece de abril del año dos mil cuatro, el diputado José Juan Bárcenas González, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, puso a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la iniciativa que adiciona la fracción XIII del artículo 7 y la fracción XI del artículo 14 de la Ley General de Educación, mediante la siguiente exposición de motivos:
II. El 16 de abril de 1982, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de Cooperativas Escolares, sin embargo la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Educación Pública informó que este Reglamento ha dejado de tener aplicación y que en la práctica dichas cooperativas se regulan por disposiciones administrativas.
III. El 3 de agosto de 1994 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Sociedades Cooperativas, vigente a la fecha, la cual no considera el tema de las cooperativas escolares, ni de la promoción y fomento del cooperativismo en las instituciones de educación básica.
IV. El 28 de abril del 2003 la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de la iniciativa de Ley de Sociedades Cooperativas, enviándose la minuta respectiva, misma que hasta la fecha se encuentra en el Senado de la República para su estudio y aprobación. El cual contempla la reforma de diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas y la Ley de Solidaridad Social. En el artículo 102, fracción VI, de esta iniciativa se establece que "la Secretaría de Educación Pública promoverá la educación cooperativa en los programas de estudio y en las actividades escolares de todos los niveles de la educación pública. Asimismo, dirigirá la formación de las cooperativas que se constituyan en sus centros de educación rural o urbano, de conformidad con el Reglamento de Sociedades Cooperativas Escolares", sin embargo, no contempla la obligación de la creación y fomento de las cooperativas escolares.
V. El 20 de junio del 2002, en Ginebra Suiza, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) votó en sesión plenaria la recomendación 193, que sobre educación establece puntualmente lo siguiente: II. Marco Político y Papel de los Gobiernos; 8.1) Las políticas nacionales deberían: f) Promover la educación y la formación en materia de principios y prácticas cooperativos en todos los niveles apropiados de los sistemas nacionales de enseñanza y formación en la sociedad en general.
VI. El 21 de octubre del 2003, en San Juan, Puerto Rico, la Alianza Cooperativa Internacional celebró el Primer Encuentro de Parlamentarios Americanos, en el marco de la XIII Conferencia Regional Aci-Américas, en la que se firmó un pronunciamiento que manifiesta, de parte de los legisladores de América, lo siguiente: su especial interés y el compromiso para adelantar, entre otras, las siguientes acciones en pro del movimiento cooperativo: estimular en cada uno de sus países de origen la promoción, protección y ejercicio del modelo cooperativo, como instrumento de desarrollo social y económico, con base en los principios adoptados por la Alianza Cooperativa Internacional."
Sin embargo, el dictamen que reforma la Ley General de Sociedades Cooperativas que fue aprobado por la Quincuagésima Octava Legislatura de la Cámara de Diputados el veintiocho de abril del dos mil tres, minuta que se encuentra en el Senado de la República, establece la promoción de la educación cooperativa, debiendo prever en la Ley General de Educación que las instituciones educativas tengan la obligación de fomentar los principios que inspiran las cooperativas para efecto de fomentar el cooperativismo.
Segundo: Mediante oficios números D.G.P.L. 59-II-X-XXX y D.G.PL. 59-II-4-572, de fecha veintisiete de abril del dos mil cuatro, la Mesa Directiva de la Quincuagésima Novena Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados turnó el expediente número 1170 a las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos y de Fomento Cooperativo y Economía Social, respectivamente, la iniciativa que adiciona la fracción XI del artículo 7 y la fracción XI del artículo 14 de la Ley General de Educación, presentada por el diputado federal José Juan Bárcenas González.
II. Consideraciones de las dictaminadoras
Primero.- Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Fomento Cooperativo y Economía Social consideran que uno de los principales problemas de las cooperativas escolares en México, es que dicha figura no se encuentra contemplada en la Ley General de Educación, publicada el trece de julio de mil novecientos noventa y tres, motivo por el cual, se deja de manera discrecional el funcionamiento de las cooperativas escolares generando problemas graves, debiéndose implementar, de manera inmediata, instrumentos jurídicos que regulen las actividades desarrolladas por dichas cooperativas.
El cooperativismo en México, no ha podido desarrollarse como debiera ser, por falta de apego a los principios de solidaridad, esfuerzo propio, ayuda mutua y otros, en contraste en países como Alemania, España, Canadá, Costa Rica, Argentina y Colombia, en las que dichas entidades asociativas han logrado avanzar de manera significativa, promoviendo eficientemente los intereses comunes de sus asociados.
Segundo.- Las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Fomento Cooperativo y Economía Social consideran que la propuesta de iniciativa presentada por el diputado federal Juan Bárcenas González que adiciona la fracción XIII del artículo 7 y la fracción XI del artículo 14 de la Ley General de Educación, por su forma y contenido, constituye una iniciativa de reforma legislativa, altamente pertinente en virtud de ser una propuesta que señala aspectos sustantivos que aquejan actualmente tanto al sector cooperativo como al sistema educativo de México.
En consecuencia, estas Comisiones Unidas consideran adecuado retomar el planteamiento de la problemática que contiene la iniciativa de mérito, por tratarse de un problema que atañe a todo el territorio nacional, motivo por el cual se requiere un compromiso social serio que permita sentar las bases jurídicas para inculcar en las nuevas generaciones valores éticos sustentados en los principios cooperativos de solidaridad, ayuda mutua y demás relativas.
Tercero-. No obstante lo anterior, estas dictaminadoras discrepan de la opinión del promovente de la iniciativa que reforma diversos artículos de la Ley General de Educación, en el sentido de que el Reglamento de Cooperativas Escolares puede considerarse derogado.
Como es sabido, históricamente las cooperativas escolares se fundamentaron en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el Reglamento de Cooperativas Escolares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de abril de mil novecientos ochenta y dos, que derivó de la Ley Federal de Educación y en la Ley General de Sociedades Cooperativas publicada en el año mil novecientos treinta y ocho.
Ahora bien, cabe destacar que las leyes Federal de Educación y General de Sociedades Cooperativas, fueron abrogadas, la primera por la Ley General de Educación que entró en vigor el trece de julio de mil novecientos noventa y tres, que en sus artículos segundo y tercero transitorio señala lo siguiente:
Se derogan las demás disposiciones que se opongan a la presente ley.
Tercero.- Las disposiciones normativas derivadas de las leyes mencionadas en el artículo segundo anterior se seguirán aplicando, en lo que no se opongan a la presente ley, hasta en tanto las autoridades educativas competentes expidan la normatividad a que se refiere esta ley."
En efecto, el Reglamento de Cooperativas Escolares publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintitrés de abril de mil novecientos ochenta y dos, aunque ambiguo y superado en muchas de sus disposiciones normativas, se sigue aplicando por ser una necesidad real, siendo la Secretaría de Educación Pública la facultada para registrar, regular y supervisar las cooperativas escolares, particularmente las que se han constituido al seno del sistema de educación tecnológica agropecuaria.
Cuarto. La experiencia internacional de los países como Canadá, Francia y Chile, demuestra que las cooperativas escolares pueden desempeñar un papel destacado en la formación técnica y científica de los profesionistas mexicanos para el desarrollo de nuestro país.
Por ello, las Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Fomento Cooperativo y Economía Social valoran positivamente la necesidad de reforzar la eficacia jurídica creando una norma de observancia general en toda la República Mexicana, que regule las cooperativas escolares.
Respecto a la presente iniciativa que adiciona la fracción XIII del artículo 7 y la fracción XI del artículo 14 la Ley General de Educación, las dictaminadoras resuelven:
Decreto que adiciona la fracción XIII del artículo 7 y la fracción XI del artículo 14, ambos de la Ley General de Educación.
Artículo 7.- La educación que imparte el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios tendrá, además de los fines establecidos en el segundo párrafo del artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
XIII.- Fomentar los valores y principios del cooperativismo universal.
XI.- Promover practicas cooperativas de ahorro, producción y consumo, de acuerdo con lo establecido en la ley de la materia y el Reglamento de Cooperativas Escolares.
XI pasa a ser XII.
Primero.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- La Secretaria de Educación Pública deberá expedir nuevo Reglamento de Cooperativas Escolares dentro del plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor de este decreto.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil cuatro.
Una vez concluida la lectura del dictamen de referencia, el Presidente de la Comisión pone a consideración de los presentes la discusión y, en su caso, aprobación de este predictamen, recalcando que la presidencia recibió el oficio de fecha 20 de mayo del año en curso, suscrito por el diputado Lino Celaya Luría, integrante de la Comisión en el cual manifiesta con respecto a esta iniciativa lo siguiente: "en cuanto a la reforma a los artículos 7 y 14 de la Ley General de Educación, que presentó el diputado José Juan Barcenas González; le señalo que estoy a favor del dictamen, porque considero que debemos fomentar la cultura del cooperativismo desde el ámbito educativo, no obstante esto, sugiero que en la propuesta de la fracción XI del artículo 14 se elimine la frase "de acuerdo con lo establecido en la Ley General de Sociedades Cooperativas y el Reglamento de Cooperativas Escolares". A fin de evitar que esto sea limitativo y, por consiguiente, no sea restrictivo". Acto seguido los diputados integrantes de la Comisión, Manuel Gómez Morín Martínez del Río, Sonia Rincón Chanona, Concepción Olivia Castañeda Ortiz, Huberto Aldaz Hernández, entre otros, señalan las siguientes consideraciones:
El reconocimiento que tiene la propuesta presentada, ya que el tema de las cooperativas escolares es importante y hay que ver las formas o cauces para estimular que existan cooperativas en las escuelas, asimismo es importante que se den a conocer los valores y principios del cooperativismo, lo cual no implica necesariamente que se tenga que reformar la Ley Federal de Educación.
Revisar exhaustivamente el artículo 7 de la Ley de Educación y ver cuál de esos valores están ya incluidos, valorando la posibilidad de incluirlos exclusivamente como valores o como principios, sin hacer referencia al término cooperativismo.
Tratándose de cooperativas en un sistema educativo, fundamentalmente se tendría que trabajar en la Ley General de Educación y en cuanto a reformar las fracciones de los artículos 7 y 14, no tiene en sí mucha relevancia, ya que solamente se refuerza la existencia de algo que ya está establecido.
Hay que basarse en el segundo transitorio, ya que es fundamental para definir las reglas vigentes de la operación de las cooperativas en cuanto a los niveles educativos de que se trate en la formación de cooperativas.
Es importante mencionar que el promovente de esta iniciativa de ley no busca propiamente reformar sino adicionar concretamente la fracción XII, que dice: "fomentar actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar general", por lo que únicamente se tendrían que adecuar las fracciones.
Finalmente es importante recalcar que si no se hace la reforma al artículo 14, el segundo artículo transitorio no tendría ningún sentido.
El cooperativismo es un modelo socioeconómico que genera muchísimos valores hacia la sociedad y los seres humanos, la única intención de estas reformas es darle un poco de vida al cooperativismo como una solución integral y no tanto darle un matiz ideológico.
Si queremos fomentar el cooperativismo necesariamente tendremos que modificar leyes, que es la función principal de los diputados.
Esta iniciativa no es una iniciativa personal, es el resultado de escuchar a cientos de cooperativistas por toda la República Mexicana, con los que he tenido la oportunidad de conversar y de dialogar.
Ciertamente las fracciones del artículo 14 repiten lo que menciona el artículo 7º, ello se debe a que el artículo 7º contiene líneas generales de principios de educación y el artículo 14 se refiere a la puesta en práctica.
En uso de la voz, el Presidente de la Comisión menciona que todos y cada uno de los comentarios vertidos por los diferentes diputados integrantes de la Comisión, siempre que procedan, se integrarán al proyecto de dictamen para que, a su vez, se envíe a la Comisión de Educación, para que ésta haga lo conducente y estar en posibilidad de sesionar de manera conjunta y sea finalmente discutido y aprobado por las Comisiones Unidas, tal como lo marcan los ordenamientos legales aplicables, No habiendo más comentarios en referencia a la propuesta de dictamen.
Se aprueba por unanimidad de los diputados presentes el dictamen presentado por la Presidencia y aprobado en la reunión de la Junta Directiva del 17 de mayo del año en curso, con las adecuaciones vertidas en esta reunión, se acuerda enviarlo a la Comisión de Educación para que haga lo conducente y, posteriormente, en sesión de Comisiones Unidas, sea aprobado el dictamen de referencia.
Continuando con el desahogo de los dictámenes pendientes, el Presidente de la Comisión solicita al secretario técnico que dé lectura a la segunda propuesta de dictamen que a la letra dice:
Dictamen relativo a la iniciativa que reforma los artículos 12, 89, 90, 92 y 93, y deroga el artículo 32, de la Ley General de Sociedades Cooperativas
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social le fue turnada, mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-1-522, de fecha veintinueve de abril del dos mil cuatro, suscrito por los diputados Secretarios Marcos Morales Torres y Amalín Yabur Elías, de la Mesa Directiva correspondiente a la Quincuagésima Novena Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, el expediente número 1198, que contiene la iniciativa que reforma los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas.
La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social es legalmente competente para conocer del presente asunto, conforme a lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39, numerales 1 y 2, fracción XIV; 45, numeral 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, motivo por el cual somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente
Dictamen
I. Antecedentes
Primero: Con fecha veintinueve de abril del dos mil cuatro, el diputado federal Marcos Morales Torres, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, puso a consideración de esta honorable Cámara de Diputados la iniciativa que reforma los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, mediante la siguiente exposición de motivos:
La recomendación 193 de la Organización Internacional del Trabajo sobre promoción de cooperativas del 3 de junio del 2002 establece en su punto 6, inciso a), como obligación de los gobiernos:
Establecer un marco institucional que permita proceder al registro de las cooperativas de la manera más rápida, sencilla, económica y eficaz posible.
También el punto 8, sección 2, inciso a), establece que las políticas nacionales para apoyar a las cooperativas deberían:
Descentralizar hacia los niveles regional y local, cuando proceda, la formulación y aplicación de políticas y disposiciones legales sobre las cooperativas;
La exposición de motivos de la Ley General de Sociedades Cooperativas vigente, que sustituyó a la ley de 1938, señala que se busca que la ley fuera ágil, entendiendo esto como reducir el articulado y aclarar los conceptos. Además, se comparó este ordenamiento con la ley marco que establece la Organización de Cooperativas de América.
También define a la sociedad cooperativa como una forma de organización social; y se establecen los principios cooperativos como obligatorios.
Aun así, a la ley en comento le falta ser más flexible en cuanto a la autentificación de las firmas para la constitución de sociedades cooperativas. Como lo establece el artículo 12:
Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir la sociedad cooperativa y de ser suyas las firmas o las huellas digitales que obran en el acta constitutiva, ante notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la misma materia de fuero común, presidente municipal, secretario o delegado municipal del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.
Falta en esta redacción considerar a los titulares de los órganos político administrativos del Distrito Federal tal como lo establece el artículo 122, Base Tercera, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Omisión importante si están contemplados los delegados municipales, que para su ejercicio son nombrados por el presidente municipal, que pueden autentificar firmas; a diferencia de los titulares de los órganos político-administrativos del Distrito Federal, que son electos por la ciudadanía, tal como lo establece nuestro máximo ordenamiento.
Esta omisión provoca que los habitantes del Distrito Federal no tengan las facilidades de los habitantes de los estados para constituir sociedades cooperativas, lo que ayudaría a ser fuentes de empleo. Aun cuando la población de la ciudad tiene altas tasas de desempleo abierto, del orden del 4 por ciento, según los resultados del INEGI del último trimestre del 2003, por lo que es necesario dar facilidades para la constitución de las sociedades cooperativas.
Las ventajas que tienen las sociedades cooperativas sobre otras formas de asociarse son muchas. La racionalización del trabajo encuentra su mejor forma de aplicación en el cooperativismo, al ser posible la reunión de cientos de personas en una sola empresa, cuyo objeto no es en beneficio de una sola persona, sino que beneficiaría a todos los trabajadores de la misma, pudiendo participar directamente de la plusvalía, lo que resulta en una mejor distribución de la riqueza."
Segundo: Mediante oficio número D.G.P.L. 59-II-1-522, de fecha veintinueve de abril del dos mil cuatro, la Mesa Directiva de la Quincuagésima Novena Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, turnó el expediente número 1198 que contiene la iniciativa que reforma los artículos 12, 32, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, presentada por el diputado federal Marcos Morales Torres.
II. Consideración general de la dictaminadora
Único.- La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social considera adecuada la propuesta de iniciativa para reformar los artículos 12, 89, 90, 92 y 93 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, en virtud de que dicho ordenamiento legal no contempla la organización de la administración pública en el Distrito Federal, a través de sus órganos político-administrativos en cada una de las demarcaciones territoriales en que se encuentra dividida el Distrito Federal, de conformidad con lo establecido por el artículo 122, Base Tercera, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Efectivamente, la Ley General de Sociedades Cooperativas en su artículo 12, contempla que para que se constituyan las sociedades cooperativas, los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constitución ante el notario público, corredor público, juez de distrito, juez de primera instancia en la materia del fuero común, presidente municipal, secretario o delegado municipal del lugar en donde la sociedad cooperativa tenga su domicilio.
Asimismo, en los artículos 89, 90, 92 y 93 del ordenamiento legal anteriormente citado, establecen, respectivamente, que los gobiernos federal, estatal y municipal, participaran lo siguiente:
Apoyar a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa;
Apoyar en la labor que en este sentido realicen las universidades o instituciones de educación superior del país;
Tomar en cuenta la opinión, según sea el caso, de las federaciones, uniones, confederaciones nacionales y del Consejo Superior del Cooperativismo, en los programas que incidan en la actividad cooperativa mexicana; y
Apoyar, en el ámbito territorial a su cargo y en la medida de sus posibilidades, el desarrollo del cooperativismo.
Por ese motivo, la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social propone derogar el artículo 32 de la Ley General de Sociedades Cooperativas, preservando de ese modo el principio de autonomía e independencia y colocando en un plano de igualdad la relación Estado-sociedades cooperativas.
Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social someten a consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen con proyecto de decreto, que reforma y deroga diversos artículos de la Ley General de Sociedades Cooperativas:
Artículo Único. Se reforman los artículos 12, 89, 90, 92 y 93 y se deroga el artículo 32, todos de la Ley General de Sociedades Cooperativas, para quedar como sigue:
Artículo 12. La constitución de las sociedades cooperativas deberá realizarse en asamblea general que celebren los interesados, y en la que se levantará un acta, que contendrá:
II. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones; y
III. Las bases constitutivas.
Artículo 32. Son sociedades cooperativas de participación estatal las que se asocien con las autoridades federales, estatales, municipales o los órganos político-administrativos del Distrito Federal, para la explotación de unidades productoras o de servicios públicos, dados en administración, o para financiar proyectos de desarrollo económico a niveles local, regional o nacional.
Artículo 89. Los organismos cooperativos deberán colaborar en los planes económico-sociales que realicen los gobiernos federal, estatal, municipal o de los órganos político-administrativos del Distrito Federal y que beneficien o impulsen de manera directa el desarrollo cooperativo.
Artículo 90. Los órganos federal, estatal, municipal y órganos político-administrativos del Distrito Federal apoyarán a las escuelas, institutos y organismos especializados en educación cooperativa que establezca el movimiento cooperativo nacional. Asimismo, apoyarán la labor que en este sentido realicen las universidades o instituciones de educación superior en el país.
Artículo 92. En los programas económicos o financieros de los gobiernos federal, estatal, municipal y los órganos político-administrativos del Distrito Federal que incidan en la actividad cooperativa mexicana se deberá tomar en cuenta la opinión, según sea el caso, de las federaciones, uniones, confederaciones nacionales y del Consejo Superior del Cooperativismo.
Artículo 93. Los gobiernos federal, estatal, municipal y los órganos político-administrativos del Distrito Federal apoyarán, en el ámbito territorial a su cargo y en la medida de sus posibilidades, el desarrollo del cooperativismo.
Artículos Transitorios
Único. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Sede del Honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil cuatro.
Una vez concluida la lectura del dictamen de referencia, el Presidente de la Comisión pone a consideración de los presentes la discusión y, en su caso, aprobación de este predictamen, recalcando que la Presidencia recibió el oficio de fecha 10 de mayo del año en curso suscrito por el diputado Lino Celaya Luría, integrante de la Comisión, en el cual manifiesta respecto a esta iniciativa cinco consideraciones, que se encuentran a detalle en la carpeta de información. Una vez escuchados todos y cada uno de los comentarios de los diputados asistentes y dada la importancia de aprobar el presente dictamen, toda vez que éste fue enviado exclusivamente a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social y siendo necesario por los términos legales autorizar o desechar el presente dictamen, no habiendo más comentarios a la propuesta de dictamen, se hace constar el voto en contra en lo particular del diputado Lino Celaya Luría, que con la mayor brevedad hará llegar a la Secretaría Técnica por escrito el sentido de su voto. Se aprueba por mayoría de los diputados presentes el dictamen presentado por la Presidencia y aprobado en la reunión de la Junta Directiva celebrada el día 17 de mayo del año en curso.
4. Informe del Grupo de Trabajo Memorial de Particulares (estado de Jalisco).
El Presidente de la Comisión, en uso de la voz, solicita al diputado federal Alfredo Rodríguez y Pacheco, coordinador del grupo de trabajo relativo al Memorial de Particulares correspondiente al estado de Jalisco, dé lectura al informe de los trabajos realizados por el grupo de referencia, en el cual se destaca la visita a la ciudad de Guadalajara, Jalisco, los días 2 y 3 de mayo del año en curso y que a la letra dice:
Informe de trabajo relativo al Memorial de Particulares formulado por el Consejo Nacional de Ahorradores del estado de Jalisco
Integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la honorable Cámara de Diputados:
Los diputados federales Alfredo Rodríguez y Pacheco, David Ferreyra Martínez y César Amín González Orantes formamos parte del grupo de trabajo que constituyó la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, mediante acuerdo de fecha treinta y uno de marzo de dos mil cuatro, para efecto de investigar la situación precaria en que se encuentran los ahorradores defraudados en el estado de Jalisco, según lo señalado por el Memorial de Particulares formulado por el Consejo Nacional de Ahorradores y la Comisión de Ahorradores Afectados en el estado de Jalisco. De igual modo, se nos encomendó solicitar información al gobernador del estado y los diputados Esparza Vázquez Juvenal, Benito Manuel Villagómez Rodríguez, Roberto López González y Jorge Urdapilleta Núñez, integrantes de la Comisión Especial que formó el honorable Congreso local, presidido por el primero de los señalados, ambos poderes de dicha entidad federativa, ante ustedes con el debido respeto comparecemos para informar lo siguiente:
Mediante oficio número CFCyES/160404-201, de fecha dieciséis de abril del año en curso, los suscritos diputados solicitamos al diputado Presidente, Francisco Javier Saucedo Pérez, pusiera a consideración del pleno de esta Comisión una prórroga para rendir el presente informe, que fue concedida para apersonamos en el estado de Jalisco del dos al cuatro de mayo del presente año, a través de la sexta reunión plenaria, celebrada el veintiocho de abril de dos mil cuatro.
Cabe hacer mención de que, adicionalmente, mediante ocurso recibido el dieciséis de abril de dos mil cuatro, suscrito por el licenciado José Luis Sánchez Martínez, secretario general del Consejo Nacional de Ahorradores y la Comisión de Ahorradores Afectados en el estado de Jalisco, solicitó se investigue el funcionamiento y estado actual del Fideicomiso Cajas de Ahorro (Ficam).
Por se motivo, el diputado Francisco Javier Saucedo Pérez solicitó, a través de los oficios números CFCyES/190404-203 y CFCyES/190404-204, dirigidos al Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y al comisionado del Fideicomiso que Administra el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores (Fideicomiso Pago), respectivamente, que en un término prudente proporcionaran a esta Comisión, el primero de los mencionados, el objeto de la creación del Fideicomiso Cajas de Ahorro (Ficah); el porcentaje y los montos de participación; la forma de su extinción y el estado actual que prevalece en dicho fideicomiso; y al segundo, si el Fideicomiso Pago contempla aportar recursos federales al Ficah para el pago de ahorradores en la República Mexicana y qué tipo de relación tienen ambos fideicomisos.
Al respecto, el licenciado Guillermo Barnés García, comisionado del Fideicomiso Pago, informó mediante oficio número FAFOSCAP/CFP/055/2004, da fecha veintiuno de abril de dos mil cuatro, lo siguiente:
No obstante lo anterior, mediante decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 2004, específicamente el artículo segundo transitorio, señala que, a efecto de que el Fideicomiso Cajas de Ahorro cuente con los recursos necesarios para la recuperación de los bienes relacionados con los procesos judiciales y administrativos que se han instaurado y que se instauren con motivo de los ilícitos cometidos en perjuicio de los ahorradores de las 25 cooperativas cajas populares de ahorro a que se refiere el contrato del Fideicomiso Cajas de Ahorro, por mandato de ley, el Fideicomiso Pago le deberá aportar con cargo a su patrimonio recursos hasta por un monto de 16 millones de pesos durante el año 2004."
Reuniones de trabajo con distintos actores sociales e instituciones en Guadalajara, Jalisco.
Primera. El grupo de trabajo de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social se constituyó en el estado de Jalisco en fecha dos de mayo de dos mil cuatro, con excepción del diputado federal César Amín González Orantes, por problemas de índole personal y de trabajo, motivo por el cual y con objeto de coadyuvar a los trabajos encomendados asistió el diputado federal Francisco Javier Saucedo Pérez.
Cabe señalar que, previamente a la reunión con los ahorradores defraudados en el estado de Jalisco, el grupo de trabajo de esta Comisión se reunió el día tres de mayo de dos mil cuatro con los diputados Esparza Vázquez Juvenal y Benito Manuel Villagómez Rodríguez en la oficina de este último en el honorable Congreso del estado, quienes señalaron principalmente que estaban estudiando la posibilidad de ajustar el Presupuesto de Egresos de dicha entidad federativa para hacer frente al problema que aqueja a los ahorradores defraudados.
Ahora bien, siendo las nueve horas del día señalado con anterioridad, el grupo de trabajo se reunió con los representantes y unos doscientos cincuenta ahorradores defraudados aproximadamente, en uno de los pasillos del honorable Congreso del estado, en que el grupo de trabajo señaló -entre otras cosas- lo siguiente:
Que el interés fundamental es escuchar a los ahorradores defraudados y que la solución no radica solamente en formalizar un convenio con el gobierno del estado, sino que el problema es más complejo, siendo prácticamente de carácter financiero, ya que se tendrían que destinar $106,000,000.00 (ciento seis millones de pesos 001100 m.n.) para dar cumplimiento, lo cual generaría la reducción de otras partidas presupuestarías destinadas a otros beneficios sociales y que, por tanto, la solución no consiste sólo en que los ahorradores afectados reciban su dinero, sino que se deberá evitar que en el futuro se presenten problemas similares.
Que, a raíz del problema, muchos de ellos tuvieron diversas enfermedades; otros tuvieron que sacar a sus hijos de escuelas particulares para inscribirlos en escuelas oficiales por falta de recursos; asimismo, existen ahorradores que limitan su alimentación de costumbre; que algunos ahorradores que por su edad tuvieron que jubilarse y los recursos que obtuvieron por las pensiones que otorga la ley correspondiente las habían ahorrado en las cajas populares, sin que tuvieran recursos para sostenerse; que el gobernador del estado ve con desprecio a los ahorradores y que, en lugar de buscar la solución al problema, les cierran las puertas, sin que haya suscrito el convenio con el Fideicomiso Pago, entre otros reclamos.
Que la ley no contempla la Caja del Arbolito, siendo imposible su pago, por lo que se propone como la solución a este problema que se acuerde entre los ahorradores la venta de diversos bienes muebles e inmuebles y cuentas bancarias para saldar los ahorros, como se hizo en el caso de las cajas de Sonora y de Sinaloa;
Que la caja Cosmotel fue una pirámide grande, constituida entre familiares, y que ninguno de los ahorradores quiso formular la demanda o denuncia correspondiente;
Que el gobierno estatal está dispuesto a pagar a los ahorradores en tres exhibiciones; es decir, de $40,000,000.00 por año, hasta cubrir el monto de $106,000,000.00; y que para el segundo rescate no hay recursos para pagar;
Que el Fideicomiso Cajas de Ahorro (Ficah) se creó para administrar los bienes decomisados a Cirilo Ocampo Verdugo, pero que no se puede disponer de ellos en virtud de estar a disposición de la Procuraduría General de la República y que, de acuerdo con la Ley que Crea el Fideicomiso Pago, no se pueden liberar dichos bienes, toda vez que está pendiente la resolución judicial en contra de Ocampo Verdugo;
Con relación a la caja popular denominada "Aviso de Guadalajara", la cual es administrada por José Luis Espinoza Flores, se afirma que no está constituida legalmente, amén de que algunos títulos de crédito están suscritos por el administrador y otros por persona moral distinta, además de que no obran en dichos títulos de crédito firmas autógrafas sino en facsímil, motivo por el cual no cumplen los requisitos de ley;
Que existen movimientos de protesta, habiendo elementos de control y que cualquier enfrentamiento no soluciona ningún problema, por ello el grupo de trabajo que formó la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de la honorable Cámara de Diputados federal quiere interceder con el gobernador del estado para encontrar la solución más expedita para este problema que aqueja a los ahorradores.
Cuarta. Los suscritos nos constituimos a las nueve horas del día cuatro de mayo de dos mil cuatro en el Palacio de Gobierno, a efecto de reunirnos con el licenciado Francisco Javier Ramírez Acuña, gobernador del estado de Jalisco, previa cita que tuvo lugar con su secretario particular, sin que estuviera presente y en su lugar nos atendió el licenciado Venustiano Ramos Ibarra, coordinador de Información Regional de la Subsecretaría de Gobierno para Asuntos del Interior, y el licenciado Guillermo Ramírez Bañuelos, representante estatal del Fideicomiso Pago, quienes manifestaron que la voluntad del gobierno estatal es pagar a los ahorradores.
De igual forma, dichos servidores públicos señalaron
que el gobierno del estado tiene una propuesta para pagar a los ahorradores
defraudados en dicha entidad federativa (se anexa propuesta), mediante
el siguiente proceso de pago:
Quinta. Por último, el grupo de trabajo se reunió a las trece horas del día cuatro de mayo del dos mil cuatro, con María Vera Millán, quien dijo ser representante de la caja popular "Avisos de Guadalajara" y manifestó a grandes rasgos la necesidad de que la honorable Cámara de Diputados federal intervenga en el caso tan complejo de la caja que representa. Cabe mencionar que ésta caja se desprende del grupo formado por el licenciado Vizcarra, quien falleció en la lucha de los ahorradores defraudados y había constituido al Consejo Nacional de Ahorradores.
Por lo anteriormente expuesto, a ustedes CC. diputadas y diputados, integrantes de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social, solicitamos lo siguiente:
ÚNICO.- Tener por presentado el informe en tiempo y forma, en términos de lo establecido por el acuerdo dictado en fecha treinta y uno de abril del año en curso, por el pleno de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de esta honorable Cámara de Diputados.
Una vez concluida la lectura, el Presidente de la comisión pone a consideración de los presentes el informe presentado por el grupo de trabajo relativo al Memorial de Particulares del estado de Jalisco. No habiendo ningún comentario en referencia al informe presentado por los asistentes, se aprueba por unanimidad de los diputados presentes aceptar como presentado en tiempo y forma y en los términos del resolutivo del pleno de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social de fecha 30 de abril del año en curso, el Informe de Actividades del Grupo de Trabajo Relativo al Memorial de Particulares del estado de Jalisco.
5. Memorial de Particulares (estado de Morelos).
El Presidente de esta Comisión, en uso de la palabra hace del conocimiento a de los presentes que se recibió escrito de fecha treinta y uno de marzo del dos mil cuatro, recibido en la honorable Cámara de Diputados el primero de abril del mismo año, suscrito por el licenciado Bernardino Lavín Flores, referente al caso de los ahorradores defraudados en 25 cajas de ahorro, el cual se hizo llegar con anticipación a todos y cada uno de los integrantes de la Comisión para los comentarios y sugerencias que consideraran pertinentes, pidiendo al secretario técnico dé lectura a la propuesta de acuerdo relativo al Memorial de Particulares formulado por el licenciado Bernardino Lavín Flores que a la letra dice:
Acuerdo relativo al Memorial de Particulares formulado por el licenciado Bernardino Lavín Flores.
La Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social es legalmente competente para conocer del presente asunto, conforme a lo dispuesto por los artículos 8 y 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 numerales 1 y 2 fracción XIV, 45 numeral 6 inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 61 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, motivo por el cual, esta Comisión señala los siguientes:
Antecedentes
PRIMERO.- Mediante escrito de fecha treinta y uno de marzo del dos mil cuatro, recibido en la honorable Cámara de Diputados el primero de abril del mismo año, suscrito por el licenciado Bernardino Lavín Flores, promoviendo por su propio derecho y señalando como domicilio para recibir y oír toda clase de notificaciones, el número 111 de la Privada de la Estación, colonia Amatitlán, Código Postal 62410, Cuernavaca, Morelos, señala entre otros antecedentes, que en el año mil novecientos noventa y siete, Cirilo José Ocampo Verdugo constituyó veinticinco sociedades cooperativas cajas populares con el carácter de gerente, operando con casi cinco mil socios y se les pagaba el 3.75% de interés mensual.
De igual forma, señala que por información de la Procuraduría General de la República se detuvo a Ocampo Verdugo por lavado de dinero, previo a ello retiró alrededor de $8,000,000,000.00 (ocho mil millones de pesos 00/100), de más de un millón de ahorradores de las veinticinco sociedades cooperativas.
Asimismo, señala que la Ley que Crea el Fideicomiso que Administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores, no consideró como se iba a reparar el daño de aquellas personas que sus ahorros ascendían a lo establecido por dicha ley; además de que el gobernador del estado de Morelos no ha firmado el convenio que establece el Fideicomiso Pago, por lo que no se ha dado respuesta a dicho fideicomiso ni a los ahorradores, motivo por el cual, solicita a la honorable Cámara de Diputados el siguiente Memorial de Particulares:
SEGUNDO. Tan pronto se tengan los elementos, la entidad fiscalizadora, presente la demanda correspondiente al procurador general de la República, en función de las erogaciones que hizo el gobierno federal a través de los dos fideicomisos mencionados, señalando al responsable como agente del delito de fraude maquinado en contra de la federación y de los ahorradores;
TERCERO. Con la obtención de la reparación del daño, reintegrar a la Federación lo gastado, a los ahorradores que ya cobraron, la recuperación del 30% de sus ahorros y, el pago al cien por ciento a los ahorradores con cantidades mayores al tope ya indicado; y
CUARTO. Transparentar todo lo sucedido, para. limpiar el nombre del Congreso de la Unión que es quien ha autorizado las erogaciones por parte de la Federación y a las 25 entidades federativas que han sacrificado sus recursos para contribuir a pagar las culpas de Cirilo José Ocampo Verdugo; informar a todos los ahorradores en general como ocurrieron realmente los hechos y al pueblo en general, porque el dinero gastado debió ser destinado a resolver necesidades de carácter social."
SEGUNDO.- A través del oficio número 23035, de fecha primero de febrero del dos mil cuatro, con el turno número LIX/01572, el licenciado Cristian Alarcón Ojeda, secretario técnico de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, por instrucciones del diputado federal Juan de Dios Castro Lozano, Presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados, turnó a la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social el ocurso descrito en el antecedente anterior.
ÚNICO. - El pleno de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social considera que la petición formulada por el licenciado Bernardino Lavín Flores, no es procedente por lo que no se considera conveniente turnarla a la entidad de Fiscalización Superior de la Federación de esta honorable Cámara de Diputados, para que investigue todo lo relacionado con las veinticinco sociedades cooperativas que fueron administradas por Cirilo José Ocampo Verdugo.
Lo anterior es así, en virtud de que la Auditoría Superior de la Federación de esta honorable Cámara de Diputados, no es competente para auditar recursos de particulares y más si se encuentra en proceso de una investigación por parte del Poder Judicial de la Federación.
Asimismo, las sociedades cooperativas a que se refiere el promovente, no cuentan con ningún tipo de subsidio otorgado por la Federación, por las entidades federativas o por los municipios con cargo a recursos federales, de conformidad a lo establecido por el artículo 79 interpretado a contrario sensu de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 4, 33 y 36 interpretados a contrario sensu y demás relativos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.
Por lo anteriormente expuesto, el pleno de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social aprueba el siguiente
Acuerdo
ÚNICO. - No ha lugar acordar de conformidad lo solicitado por el licenciado Bernardino Lavín Flores, en virtud de que la entidad de Fiscalización Superior de la Federación no es competente para auditar a las veinticinco sociedades cooperativas que fueron administradas por Cirilo José Ocampo Verdugo, de conformidad a lo establecido por el artículo 79 interpretado a contrario sensu de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 4, 33 y 36 interpretados a contrario sensu y demás relativos aplicables de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.
Se reservan los derechos del promovente, para que los haga valer ante otra instancia competente.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede del honorable Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil cuatro.
Una vez concluida la lectura por el secretario técnico, el presidente de la Comisión pone a consideración de los presentes el Acuerdo presentado por la Presidencia de la Comisión y aprobado por la Junta Directiva, en la reunión de trabajo realizada el 17 de mayo del año en curso. No habiendo ningún comentario en relación al acuerdo presentado, se aprueba por unanimidad de los diputados presentes el acuerdo relativo al Memorial de Particulares formulado por el licenciado Bernardino Lavín Flores.
6.- Evaluación del Consejo Consultivo.
El Presidente de la Comisión informa a los asistentes que el pasado 25 de mayo del año en curso se realizó una reunión de trabajo con el Consejo Consultivo de la Comisión de Fomento Cooperativo y Economía Social con la finalidad de analizar la Conveniencia de Reformar la Ley de Ahorro y Crédito Popular, entre otras iniciativas legislativas. Dicha reunión fue altamente productiva dándose la posibilidad de que las diferentes organizaciones representadas expresaran sus inquietudes y sugerencias. Asimismo es importante mencionar que se contó con la presencia de las siguientes organizaciones, instituciones y personalidades: Escuela de Cooperativismo UAQ, Consejo de Telefonistas, COMACREP, Secretariado Social Mexicano, Caja Popular Florencio Rosas de Querétaro, Caja Popular Jesús Meza Sánchez SCL, Confederación Nacional de Cooperativas de Actividades Diversas, ALCONA, Consejo Cooperativo de Querétaro, Caja de Ahorro de los Telefonistas, Presbítero Manuel Velásquez así como diputados integrantes de la Comisión.
7.- Inicio del programa radiofónico "Voces Cooperativas". 19 de mayo del año en curso. El Presidente de la Comisión informa a los asistentes que el pasado 19 de mayo del año en curso inició la transmisión del programa radiofónico "Voces Cooperativas", el cual se transmitirá los días miércoles y viernes de las 10:00 a la 11:00 horas a través del 560 de AM, cito en Avenida Chapultepec, numero 473 séptimo piso, con los teléfonos en cabina 52 11 07 38, 52 11 28 56 y 52 11 75 34 Fax, bajo la conducción del periodista Ángel Bejarano Ortiz, dicho programa tiene como única finalidad abrir espacios para el fomento del cooperativismo y la economía social, creando un espacio plural de reflexión, análisis y difusión de la historia, el quehacer y las perspectivas del movimiento cooperativo mexicano, con el objeto de fortalecer y animar sus procesos de articulación y de integración sectorial, así como la difusión de los fundamentos epistemológicos de la doctrina cooperativa y la ingeniería social de la administración democrática y autogestionaria de las empresas sociales, como instrumentos del apoderamiento organizacional de los sectores excluidos por el actual modelo de desarrollo capitalista; discutir la relevancia del sistema cooperativo y evaluar sus logros a nivel económico, social y cultural como base y condición para obtener un mayor reconocimiento social para este tipo de empresas y valorar el papel de la organización solidaria y cooperativa en la construcción de una nueva base social, con umbral de ciudadanía, que impulse el cambio institucional y el desarrollo social.
8.- Asuntos generales.
El Presidente de la Comisión, hace del conocimiento de los asistentes que se recibió el oficio número JCP/SE/167/04 de fecha 17 de mayo del año en curso suscrito por el doctor Alfredo Salgado Loyo, secretario ejecutivo de esta H. Cámara, en el cual da contestación puntual a la solicitud para atender invitaciones formuladas por organismos del cooperativismo internacional, de igual manera se informa que se recibieron dos invitaciones, la primera, del Consejo Cooperativista del estado de Morelos para asistir al foro denominado Análisis y debate para un sustento cooperativo, a celebrarse en el salón Alegros del Hotel Suites Paiso los días 28 y 29 del mes y año en curso a partir de las diez horas en la ciudad de Cuernavaca, Morelos y la segunda de la Unión de Cooperativas de Tacambaro SCL. a su XIII Congreso Anual de Dirigentes Cooperativista a celebrase el próximo domingo, 30 de mayo del año en curso a partir de las nueve horas en Tacambaro, Michoacán. Por último informa que a la brevedad se hará llegar el informe relativo a la Quincuagésima Asamblea General de Socios SOCOADA, celebrada el pasado 16 de mayo del año en curso, en Caborca, Sonora, los informes a detalle de lo anteriormente mencionado se encuentran en la carpeta informativa que se hizo llegar al inicio de la sesión a los integrantes de la comisión.
No habiendo más asuntos que tratar, siendo las catorce horas con quince minutos de la fecha y año en que se actúa, se declaró finalizada la reunión.
Diputados: Francisco Javier Saucedo Pérez, Presidente; José Juan Bárcenas González, Belizario Iram Herrera Solís, Francisisco L. Monárrez Rincón, secretarios (rúbricas).
Palacio Legislativo, a 26 de mayo de 2004.
A su reunión plenaria, que se realizará el jueves 24 de junio, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo
Presidenta
DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA
A la mesa redonda 3 La organización campesina y las nuevas formas de asociación en el campo -del ciclo de mesas redondas El México agrario del siglo XXI-, la cual tendrá lugar el jueves 24 de junio, a las 10 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. T. Manuel García Corpus
Presidente
DE LA COMISIÓN ESPECIAL PARA EL CAMPO
A la continuación de su segunda reunión ordinaria, que se efectuará el jueves 24 de junio, a las 15 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
6. Someter a discusión y aprobación, en
su caso, el calendario y la metodología para la realización
de foros regionales de la Comisión.
7. Aprobar, en su caso, las reuniones de trabajo con
los titulares de las dependencias federales a que compete cumplir los compromisos
del Acuerdo Nacional para el Campo ante el pleno de la Comisión.
8. Someter a discusión y aprobación, en
su caso, el calendario y el formato de las reuniones de trabajo con los
titulares de las dependencias federales.
9. Someter a discusión y aprobación la
propuesta de metodología para la evaluación y el seguimiento
de los compromisos pactados en el Acuerdo.
10. Someter a discusión y aprobación, en
su caso, la propuesta para que las dirigencias de las organizaciones firmantes
del Acuerdo estén presentes durante las comparecencias de los funcionarios
federales.
11. Someter a discusión y aprobación la
edición de 10 mil ejemplares del Acuerdo Nacional para el Campo.
12. Informar a los integrantes de la Comisión sobre
la designación de un enlace con las instituciones de estudios y
de investigación.
13. Asuntos generales.
14. Clausura.
15. Reunión de trabajo con el secretario de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.
DE LA COMISION DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
A la reunión de trabajo que, en Comisiones Unidas con la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República, efectuará con representantes de Amnistía Internacional el jueves 24 de junio, a las 17 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Rebeca Godínez y Bravo
Presidenta
DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE
A su reunión plenaria extraordinaria, que se verificará el lunes 28 de junio, a las 9:30 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A la reunión de su Mesa Directiva, que se efectuará el martes 29 de junio, a las 9 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Miguel Alonso Raya
Presidente
DE LA COMISION DE DESARROLLO RURAL
A la reunión de su Mesa Directiva, que tendrá verificativo el martes 29 de junio, a las 9:30 horas, en las oficinas de la Comisión (edificio D, cuarto piso).
Atentamente
Dip. Miguel Luna Hernández
Presidente
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A su reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 29 de junio, a las 11 horas, en el salón Libertadores.
Orden del Día
DE LA COMISION DE TRANSPORTES
A su reunión mensual de trabajo, que se realizará el martes 29 de junio, a las 11 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
A su reunión plenaria, que tendrá lugar el martes 29 de junio, a las 13:30 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA
A la reunión de trabajo en Comisiones Unidas de Reforma Agraria, y de Asuntos Indígenas con representantes de las tribus yaqui del estado de Sonora, que tendrá verificativo el martes 29 de junio, a las 14 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. T. Manuel García Corpus
Presidente de la Comisión de Reforma Agraria
Dip. Javier Manzano Salazar
Presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas
DE LA COMISION DE DESARROLLO RURAL
A su reunión ordinaria de trabajo, que tendrá lugar el martes 29 de junio, a las 14:30 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Miguel Luna Hernández
Presidente
DE LA COMISION ESPECIAL SUR-SURESTE
A su quinta reunión ordinaria de trabajo, que se realizará el miércoles 30 de junio, a las 10 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL
A su sexta reunión plenaria, que se verificará el jueves 29 de julio, a las 13 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales, en consideración de que no hubo quórum en la sesión plenaria que se convocó para el jueves 17 de junio.
Se recuerda a los CC. diputados integrantes de la Comisión que, de acuerdo con la práctica que se sigue en esta Comisión, se da un término de 20 minutos de espera para que haya quórum y, en su caso, iniciar la sesión, bajo el siguiente
Orden del Día
5. Dar cuenta de los proyectos de modificación
de la iniciativa que adiciona una Base Sexta al Apartado C) del artículo
122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
6. Dar cuenta del proyecto de modificación del
Estatuto del Distrito Federal para dotar de personalidad jurídica
y patrimonio a las delegaciones.
7. Dar cuenta de la propuesta con punto de acuerdo mediante
la cual la Asamblea Legislativa del Distrito Federal solicita que se realicen
acciones que incrementen sustancialmente el presupuesto de salud asignado
al Gobierno del Distrito Federal.
8. Dar cuenta del punto de acuerdo de la Asamblea Legislativa
del Distrito Federal relativo a la desconcentración educativa integral
para el Distrito Federal, para que no sólo se transfieran a las
entidades locales los servicios educativos, sino también la administración
de los recursos financieros necesarios para una educación pública
de calidad.
9. Fecha de instalación y programa de trabajo para
las diversas subcomisiones.
10. Metodología para integrar los trabajos y hacer
más eficiente su desempeño.
11. Informe sobre el Foro de reforma política
del Distrito Federal.
12. Asuntos generales.
13. Clausura.