Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1484-IV, martes 27 de abril de 2004.

Proposiciones Excitativas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE QUE SE ENVIE UN COMUNICADO A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, ASI COMO AL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA, PARA LA NO EMISION DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL SOBRE LOS EQUIPOS DE CONTROL VOLUMETRICO A QUE HACE REFERENCIA LA FRACCION V DEL ARTICULO 28 DEL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, A CARGO DEL DIPUTADO GONZALO MORENO AREVALO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Dip. Gonzalo Moreno Arevalo, con las facultades que me otorgan el Artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los numerales 55, fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a su consideración, la presente iniciativa de proposición con punto de acuerdo y obvia resolución para que se le envíe comunicado a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público así como al Servicio de Administración Tributaria, para la no emisión de las Reglas de Carácter General sobre los equipos de control volumétrico a que hace referencia la fracción V, del arábigo 28 del Código Fiscal de la Federación, para lo cual me permito hacer la siguiente

Exposición de Motivos

En la pasada sesión del día 13 de los corrientes, se sometió ante el pleno de esta Asamblea, una iniciativa de Ley para reformar el Artículo 28, fracción V, así como la derogación de los numerales 115 bis y la fracción VII 111, del Código Fiscal de la Federación, misma que fue turnada a la Comisión de Hacienda de este Órgano parlamentario. En esta, se evidenciaron una serie de deficiencias que en opinión de un servidor que es quién la presentó, deja muchas dudas para la exacta aplicación de la Ley, además, que pone en descubierto posibles anomalías que pudieran surgir con la aplicación de los mencionados preceptos.

Además de esto, se mostró una total falta de técnica legislativa, ya que en la reforma que entró en vigor el 5 de enero próximo pasado, que es la que dio origen en un principio a la mencionada iniciativa, no se establecieron las disposiciones lo suficientemente claras para que se entienda perfectamente bien el marco conceptual de la misma. Para ahondar en el tema retrocedo un poco, con permiso de Ustedes.

En la reforma hecha al Código Fiscal de la Federación y que entró en vigor a partir del presente año, en donde se anexó o adicionó la fracción V al articulo 28, la VII al 111 y el 115 bis, se evidenciaron una serie de deficiencias, que dieron origen a la iniciativa planteada el 13 de Abril pasado, en las que el marco teórico o conceptual de la reforma queda demasiado confuso, originándose una serie de desconfianzas por parte de los sujetos que son a quienes grava estas reformas. Es decir, no se indica en las mismas a que clase de equipos volumétricos se está haciendo referencia para su instalación, en que procesos de manejo de combustibles es aplicable la multicitada reforma, de que capacidad estamos hablando, cuales serán sus funciones, la certificación certeza volumétrica y otras tantas lagunas que sin lugar a dudas propiciarán problemas reales para una eficiente aplicación de la Ley, o por el contrario, dará lugar a que el Órgano o Poder en que el Estado Mexicano ha depositado su confianza y Jurisdicción para la exacta interpretación y aplicación de Ley, emita un criterio diferente al Espíritu de la reforma y deje sin efectos la misma.

Soy más claro aún, estamos expuestos a que el Poder que tiene el control Constitucional de la Ley, al momento de alguna controversia, encuentre que la reforma al Código Fiscal viola las garantías individuales consagradas en nuestra Carta Magna, de los sujetos que están obligados en el mismo, exhibiendo la falta de investigación jurídica de parte del Poder que se encarga de hacer las Leyes en este País.

Esta serie de elementos, no me queda la menor duda, que serán tomados en cuenta a la hora que la Comisión competente emita su dictamen, pero que no están de más mencionarlos en esta iniciativa para convencerlos de que efectivamente, la presente, es de vital importancia para el sector de energéticos de nuestro País, además, reza el refrán popular, lo que abunda no daña.

Estoy conciente de que una reforma debe de hacerse siguiendo toda una serie de pasos que son los que enriquecen el proceso Legislativo en nuestro País, no podemos estar haciendo reformas al vapor que lo único que exhiben es la falta de técnica legislativa que se debería de seguir en la elaboración de una ley, por eso es que me veo en la necesidad de plantear esta proposición con punto de acuerdo y obvia resolución, esperando que mis argumentos sean lo suficientemente convincentes en el animo de quienes integramos el pleno de esta asamblea.

Por razones de tiempo y metodología, sería imposible que las reformas que se pretenden llevar a cabo, salgan al vapor o carentes de análisis, sin embargo, en lo que reforma o no, la ley vigente, o en este caso, las disposiciones vigentes del Código Fiscal de la Federación, contemplan una serie de sanciones que no se pueden dejar de observar y aplicar para todos, lo lamentable es que en el caso que estoy planteando, contempla penas de hasta diez años de prisión a los empresarios gaseros, gasolineros y conexos, que no tengan una serie de equipos de control volumétrico.

Estos empresarios, son de los contribuyentes que más aportan en la recaudación de impuestos, puesto que ellos se rigen por la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que es uno de los de más alta tasa en la Legislación Fiscal. Desgraciadamente, con estas reformas, pueden tener serios problemas legales, ya que el citado ordenamiento jurídico prevé cárcel a quienes no cuenten con los equipos mencionados líneas arriba, claro en el supuesto de que los argumentos planteados en la iniciativa de reforma, no fueran lo suficientemente contundentes para influir en el ánimo de Ustedes y se quedara el ordenamiento jurídico en comento de la manera en que hasta hoy, sigue vigente.

Esto debiera ser parte de la coerción que tiene el Estado o la potestad para hacer valer la Ley, siempre y cuando la aplicación sea pareja, es decir, como marcan los principios generales del Derecho, en el que define a la Ley como el Conjunto de Ordenamientos jurídicos, de observancia general, vigente, etcétera, aunque en la práctica no es así, sobre todo si analizamos el artículo décimo transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación, en donde se incumple por parte de Petróleos Mexicanos, la obligación de elaborar la Norma Oficial Mexicana que debería de regular la implementación de trazadores, no cumplió tampoco esta paraestatal, con elaborar los procedimientos de cadena de custodia con muestras en planta, auto tanque y descarga, quién tenía un plazo de 60 días para tales objetivos y a la fecha se desconoce si ya lo hizo o no, pero queda claro, que los primeros en incumplir y por lo tanto violentar la normatividad es esta empresa, ya que el plazo previsto en el mencionado transitorio es de 60 días, los cuales se cumplieron el pasado 28 de Febrero del presente año.

Entiendo que la elaboración de una norma no es cosa sencilla, sobre todo si analizamos lo complejo de la materia, pero tampoco es sencillo que mas de 7 mil estaciones tengan que cambiar o adquirir los equipos de control volumétrico, sobre todo por que no están suficientemente claras las reglas con que deberán de operar los mismos.

Además de lo anterior, veo una posición poco comprensible por parte del Servicio de Administración Tributaria, así como de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, al tratar de imponer la Ley del Garrotazo o de sanciones sin antes haberse preocupado por que las reglas para la operación de estas fueran más claras, o que se hubieren publicado previo a estas Normas, las especificaciones técnicas de las gasolinas Magna y Premium y Diesel y que también en eso ha incumplido Petróleos Mexicanos.

Pero independientemente de esto, quiero volver con la inequidad planteada en la exposición de motivos de la reforma que propuse en la pasada sesión del 13 de abril, en donde nada mas se les impone esta sanción a "establecimientos abiertos al público en general", en donde se les da un trato diferente y pudiera ser que hasta deferente a las estaciones de autoconsumo, al excluirlas de toda responsabilidad sino se contaba con los mencionados equipos de control volumétrico. Aquí también nos encontramos con otra gran empresa que se le excluye, que es la de PEMEX refinación, quien si debería de contar con dichos controles. Son varias las razones por las que aseguro que esta paraestatal si debiera de contar con los multicitados equipos.

Primero, es la única empresa que se dedica a la producción de gasolinas, por lo tanto si se quiere atacar la venta ilícita de gasolina, se debe de voltear a los productores, eso es normal, para ver de donde es la fuga, en la calle nada más encontraremos gasolina de la que salió de PEMEX, después de controlar esto, ya pudiéramos ahora si tratar de controlar el siguiente paso.

Siempre nos ha sucedido esto y hoy no es la excepción, queremos volar antes de caminar. Claro, que este proceso nos llevaría cuatro años, en opinión del Director General de PEMEX Refinación, quién declaró en reuniones pasadas con los gasolineros de Occidente que para lograr lo anterior, ese sería el plazo en lo que se pudiera realizar.

Como vemos, Compañeros Diputados, la trascendencia de estas reformas, tienen una implicación que se pudieran reflejar en varias acciones de diversa índole, desde el ejercicio de la acción penal por parte de las autoridades fiscales en contra de los empresarios que no cuenten con los equipos de control volumétrico, la oposición por la vía legal, llámese amparos o juicios de garantías parte de todo el gremio que su giro es el de vender energéticos derivados del petróleo, hasta un paro general de estos, por falta de recursos económicos para la adquisición de equipos que se desconoce sus características, o también en acciones en las que se pudiera ver afectada la recaudación de impuestos por falta de certeza para quienes ostentan esta actividad como empresa.

De manera objetiva se debe considerar lo estipulado en el artículo segundo en su fracción VII de las disposiciones transitorias del Código Fiscal de la Federación, establece que "Para los efectos del artículo 28, Fracción V del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes contarán con un plazo de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto para incorporar los equipos de control volumétrico a que se refiere el precepto citado".

Se deben computar los seis meses a partir del día 6 de enero del 2004, día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de la Federación, han transcurrido cuatro meses y no se conocen hasta el momento las reglas que definan a los controles volumétricos y por lo tanto no se puede dar cumplimiento a lo que no se conoce.

Considerando la imposibilidad técnica y práctica de que las Estaciones de Servicio o Gasolineras, así considerados los establecimientos abiertos al público en general, a que se refiere la Fracción V del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación, den pleno cumplimiento a la instalación de los equipos de control volumétrico y debido a que los Servicios de Administración Tributaria SAT no han emitido ni promulgado en el Diario Oficial de la Federación, las reglas de carácter general.

Por todo lo anterior y en vista de que se encuentra en la Comisión Competente una iniciativa de reforma a los numerales 28, 111 y 115 bis, del Código Fiscal de la Federación, Compañeros Diputados, me permito proponer con las facultades que confiere la Constitución General de la República y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el presente punto de acuerdo:

Uno: Gíresele atento oficio a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como al Servicio de Administración Tributaria, para que no emita las reglas de carácter general, referentes a los equipos de control volumétrico a que hace mención la fracción V, del numeral 28 del Código Fiscal de la Federación, en virtud de que actualmente se encuentra en estudio una iniciativa de Ley, para reformar el numeral mencionado.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal, 27 de abril de 2004

Diputado Gonzalo Moreno Arévalo (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCION IV DEL ARTICULO 74 Y 79 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, Y CON BASE EN LOS ARTICULOS 2, 4 Y 16 DE LA LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION, REVISE LOS FONDOS FEDERALES ASIGNADOS AL ESTADO DE CHIHUAHUA DURANTE LOS EJERCICIOS FISCALES 1999-2003, A CARGO DEL DIPUTADO GUSTAVO ENRIQUE MADERO MUÑOZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta ante esta soberanía una proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en la fracción IV del artículo 74 y 79 que la honorable Cámara de Diputados tiene la facultad de fiscalizar los recursos federales que ejerzan las entidades federativas, los municipios y los particulares.

En efecto, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, de acuerdo con la fracción VI del artículo 2, señala las facultades que tiene la Auditoría Superior de la Federación respecto a los sujetos de fiscalización; entre ellos, las entidades federativas y los municipios, que ejerzan recursos públicos federales y, en general, cualquier entidad, persona física o moral, pública o privada, que haya recaudado, administrado, manejado o ejercido recursos públicos federales.

El ejercicio de los recursos públicos federales por las entidades federativas requiere un proceso que inicia con la solicitud de éstos para destinarlos a determinados fines específicos, y su ejercicio, de serles otorgados, exige cumplir las normas que conlleva el otorgamiento de tales recursos. La rendición de cuentas, por tanto, debe ser clara y precisa: si la rendición de cuentas no es transparente, no deberán otorgarse más recursos y, en su caso, habrán de fincarse las responsabilidades que procedan.

La soberanía estatal se expresa también al informar sobre el manejo de éstos a las entidades que otorgaron los recursos y, particularmente, al Poder Legislativo, que los autorizó, ya que la soberanía no constituye un salvoconducto de inmunidad que permita el ejercicio discrecional e irracional de los recursos públicos federales. El ejercicio, el control y la evaluación de los recursos federales por las entidades federativas, como lo expresa el Presupuesto de Egresos de la Federación, deben realizase conforme a las disposiciones del mismo y las leyes aplicables en la materia.

La Cámara de Diputados, mediante la Auditoría Superior de la Federación, está facultada para investigar si los recursos que se autorizaron fueron entregados puntualmente y si su ejercicio correspondió al monto aprobado, así como el grado de cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales aprobados por esta soberanía en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

La legalidad es fundamental en la vida de las instituciones; su actuación no puede estar fuera de ella. La corresponsabilidad aparece cuando se otorga y no se cuida que los recursos autorizados se destinen a fines ajenos a los que fueron autorizados, ni se cumplan las metas fijadas en los programas. Por ello, a efecto de deslindar responsabilidades ante la ciudadanía y la opinión pública nacional sobre el ejercicio de los fondos federales aprobados por esta soberanía al gobierno del estado de Chihuahua, se propone el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. Que la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados, con fundamento en la fracción IV del artículo 74 y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con base en los artículos 2, 4 y 16 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, practique auditorías a los fondos federales asignados al estado de Chihuahua durante los ejercicios fiscales de 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2004.
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL SECRETARIO DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES A SEPARAR DEL ENCARGO AL DIRECTOR DEL SERVICIO POSTAL MEXICANO, ASI COMO A INVESTIGAR SU DESEMPEÑO COMO FUNCIONARIO PUBLICO, A CARGO DEL DIPUTADO TOMAS CRUZ MARTINEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El que suscribe, Tomás Cruz Martínez, diputado federal por el estado de México, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 42 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 59 y los demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados proposición con punto de acuerdo, de urgente resolución, para hacer un atento exhorto al secretario de Comunicaciones y Transportes a efecto de que, en el ámbito de su competencia, destituya al director general del Servicio Postal Mexicano (Sepomex), Gonzalo Alarcón Osorio, al tenor de las siguientes

Consideraciones

El Sepomex es un sector estratégico para el país, como se establece en Ley del Servicio Postal Mexicano. Desde 1999 se escuchan voces de desacuerdo por su funcionamiento, administración y operación.

Desde hace 15 años, Gonzalo Alarcón Osorio se ha desempeñado como director general del Sepomex. Lejos de que esa permanencia se haya traducido en un eficiente servicio de correo en el país, el resultado ha sido un deterioro en la calidad y, en contrapartida, se ha dado un crecimiento desmedido de servicios privados de mensajería, no sólo apoyados sino impulsados por el funcionario del organismo.

Pese a los millones de envíos de correspondencia y de paquetes en el país, el Sepomex se ha convertido en una empresa deficitaria, debido a la pérdida de clientes y operaciones. En los últimos tres años, se han tenido que cerrar más de 600 oficinas, traduciéndose esto en que 75 por ciento de los envíos que se realizan en el país es por medio de mensajería y paquetería privada.

En diversas ocasiones, trabajadores del Servicio Postal Mexicano han denunciado por la vía legal y en medios de comunicación las irregularidades en el funcionamiento del organismo, ratificadas en 2001 por la Contraloría General, que detectó que el director general, Gonzalo Alarcón Osorio, se había enriquecido escandalosamente dando un sinfín de permisos a empresas postales privadas que no cumplen los requisitos que marca la ley, además de crear las condiciones para dar preferencia a grandes compañías transnacionales en el manejo de la correspondencia.

De igual forma, el envío de sobres "sin porte pagado" o cobrar de menos por este servicio a corporativos son otras de las irregularidades manifestadas por los trabajadores del organismo.

Ante las denuncias de fraude e ilícitos, los trabajadores han sido sometidos a un "terrorismo administrativo", por lo que han acudido a diversas autoridades para ser escuchados.

Por su parte, los directivos del Sepomex en los últimos años han planteado un programa de modernización y, contradictoriamente, han reportado pérdidas operativas. En general, como se reporta en la Cuenta Pública, sólo 5.78 por ciento del servicio que ofrece el Sepomex es propio.

Los programas de modernización y reingeniería que se han llevado a cabo resultan ineficientes, ya que sólo se han centrado en favorecer una estructura de concesiones del servicio, dando paso al sector privado; cuyas consecuencias económicas y sociales para la mayoría de la población son negativas.

No se puede olvidar que durante 2002 fueron robados alrededor de 12 mil cheques emitidos por la Oficina de Seguridad Social de Estados Unidos, los cuales fueron enviados vía el Servicio Postal Mexicano.

Dichos cheques constituían el pago de las pensiones de ex trabajadores o por devolución de impuestos, hecho denunciado desde la anterior Legislatura, en esta misma tribuna, por el Partido de la Revolución Democrática.

El inadecuado, ilícito y fraudulento actuar del director general del Servicio Postal Mexicano, Gonzalo Alarcón Osorio, no puede permitirse que continúe. Es necesario que nos manifestemos contra ese tipo de actos, que lesionan a la población y el país.

Por lo anteriormente expuesto, propongo el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. Se exhorta al secretario de Comunicaciones y Transportes a analizar la situación que vive el Servicio Postal Mexicano y, en el ámbito de su competencia, destituir al director general del Servicio Postal Mexicano, Gonzalo Alarcón Osorio, para dar transparencia y legalidad a la investigación de los hechos mencionados y llegar a pronta y satisfactoria resolución.

Dip. Tomás Cruz Martínez (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE REQUERIR AL SECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES QUE INFORME SOBRE LAS MEDIDAS TOMADAS POR LA DEPENDENCIA A SU CARGO PARA EL CONFINAMIENTO, EL RECICLAMIENTO Y LA PRESERVACION DE EFECTOS CONTAMINANTES DE LLANTAS DESECHADAS, EN ATENCION AL INCENDIO ACAECIDO EL 8 DE ABRIL DE 2004 EN TULTITLAN, MEXICO, A CARGO DEL DIPUTADO JESUS GONZALEZ SCHMAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE CONVERGENCIA

El que suscribe Diputado Jesús González Schmal, integrante del Grupo Parlamentario de Convergencia, Partido Político, con fundamento en el Artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso de la República, someto a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, conforme a los siguientes:

Considerandos

El artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece las facultades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, entre las que se encuentra la de establecer, con la participación que corresponda a otras dependencias y a las autoridades estatales y municipales, normas oficiales mexicanas sobre la preservación y restauración de la calidad del medio ambiente; y sobre materiales peligrosos y residuos sólidos y peligrosos; y evaluar y dictaminar las manifestaciones de impacto ambiental de proyectos de desarrollo que le presenten los sectores público, social y privado; resolver sobre los estudios de riesgo ambiental, así como sobre los programas para la prevención de accidentes con incidencia ecológica. Asimismo, la Ley General de Equilibrio Ecológico y la protección al Ambiente establece entre las facultades de la Federación, la regulación y el control de las actividades consideradas como altamente riesgosas, y de la generación, manejo y disposición final de materiales y residuos peligrosos para el ambiente o los ecosistemas, atribuciones que deben ser ejercidas en términos del artículo 6º de este último ordenamiento legal, por parte de la referida Secretaría de Estado.

Ahora bien, con fecha 8 de abril del presente año tuvo verificativo un incendio en Tultitlán, Estado de México, el cual inicio alrededor de las 04:00 horas; en el lugar del siniestro se encontraban cerca de 120 mil llantas de automotores de las cuales hacia las 11:00 horas ya se había consumido cerca del 80%, se presentaron elementos del Cuerpo de Bomberos de al menos 12 municipios, del Distrito Federal y miembros del Ejército Mexicano, ante lo cual el director de Protección Civil del Estado de México, Arturo Vilchis Esquivel, señaló que el siniestro no ocasionó daño alguno a viviendas, pero si afectó el medio ambiente, debido al grado de contaminación del humo que desprendieron las llantas consumidas por el fuego.

Lo anterior, resulta preocupante, ya que la incineración de neumáticos genera compuestos considerados cancerígenos y tóxicos que permanecen en el ambiente durante varias décadas, información que dio a conocer Greenpeace México; dioxinas, furanos y metales pesados son los compuestos orgánicos persistentes que se generan a partir de la incineración de residuos, en donde estos pueden afectar diversos sistemas, como el inmunológico, reproductivo, endócrito y neurológico, además de que pueden ocasionar problemas respiratorios y afectar la glándula tiroides, y cuyos efectos pueden ir desde simples dolores de cabeza hasta padecimientos como deficiencia de aprendizaje y cáncer mamario. Resulta igualmente preocupante el hecho de que los residuos de llantas, son incinerados en hornos de cemento, lo que evidentemente no tiene efectos menos agresivos que la quema al aire libre.

De lo antes señalado, se desprende la urgencia de tomar las medidas necesarias para la protección no solo del ambiente, sino de la salud de los habitantes del país, la cual es gravemente dañada con la generación de incendios como al que nos hemos referido, y ante lo cual desconocemos las medidas que ha tomado al respecto la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Por lo expuesto, solicito a esta H. Asamblea la aprobación del siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico: Se exhorta a que comparezca el C. Ing. Alberto Cárdenas Jiménez Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que informe de las medidas que se han tomado respecto al destino de los desechos de neumáticos en el país, así como las prevenciones existentes para evitar los riesgos contaminantes, que implican alteraciones no solo ambientales, sino de salud en perjuicio de los habitantes del país; Asimismo si la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente informó del tiradero clandestino de las mismas y las sanciones aplicadas a los infractores de la Ley de la materia.

Palacio Legislativo de San Lázaro a 22 de abril del 2004.

Dip. Jesús González Schmal (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, RESPECTO AL ACUERDO NACIONAL PARA EL CAMPO, A CARGO DEL DIPUTADO CRUZ LOPEZ AGUILAR, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito Dip. Federal integrante de la LIX Legislatura del Congreso de la Unión del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, Integrante del Sector Agrario y con fundamento a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ante ustedes someto la siguiente Proposición con Punto de Acuerdo.

Al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Evaluación del Acuerdo Nacional para el Campo

El Acuerdo Nacional para el Campo fue producto de la inconformidad de la sociedad rural y se concretó como una respuesta a la movilización de las organizaciones campesinas. A principios del año pasado, al término de la desgravación arancelaria de 20 productos agropecuarios, esta preocupación aglutinó las diferentes fuerzas del movimiento campesino y amortiguó las diferencias políticas, prevaleciendo durante todas las etapas de la negociación de nuestro Acuerdo, los intereses superiores de los habitantes del medio rural.

Pasado un año, en opinión nuestra, en el seno del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural, ha prevalecido el enfoque de evaluación del Acuerdo impuesto por el Gobierno Federal. En estas fechas, surge naturalmente la necesidad de hacer cuentas, de formular o replantear el procedimiento para la medición de los resultados y avances.

Si habláramos de incumplimientos; el numeral 273, reportado por la SAGARPA como concluido, establece la obligación de promover en el ámbito de los Estados, Municipios y Regiones, la más amplia participación de las organizaciones campesinas en el seguimiento y evaluación de las acciones que se derivan de los compromisos del Acuerdo Nacional para el Campo. Esta contraloría social, esta masificación del seguimiento y la evaluación siguen pendientes. El avance se reduce a la constitución de consejos estatales, distritales y municipales, pero poco o nada se conoce de sus deliberaciones sobre la cuantificación y repercusión del Acuerdo a favor de los campesinos y productores rurales.

Un análisis sencillo de lo reportado en su avance por el Gobierno Federal, en el cual registra 128 numerales concluidos, 123 operando conforme a programa y únicamente 4 atrasados, lleva necesariamente a conclusiones lejanas al optimismo oficial.

Yo les pregunto a ustedes:

¿Está concluido el rediseño, la concertación, la instrumentación y la vigilancia en materia de apoyos, subsidios y compensaciones a los productores nacionales como lo señala el numeral 21?.¿Está concluida la promoción para la constitución de los fondos de apoyo a la transformación y comercialización de los productos de mayor impacto social como lo prevee el numeral 101?. ¿Se concluyó la campaña de difusión de los derechos y se facilitó y promovió la organización de los jornaleros agrícolas como lo establece el numeral 175?. ¿Contamos ya con el padrón único de beneficiarios que simplificaría notablemente la operación de los programas gubernamentales comprometido en el numeral 246 del Acuerdo?.

La respuesta es NO; sin embargo en su reporte el Gobierno Federal ya cumplió.

Finiquitar los compromisos contraídos y tener avances parciales son apreciaciones distintas. Los campesinos no percibimos los resultados si éstos se miden con un criterio burocrático, o simplemente su impacto se circunscribe a un escenario imaginario.

Veamos ahora algunas acciones que avanzan conforme a programa, según el reporte gubernamental.

El numeral 24 habla de la elaboración durante el 2003 de una propuesta integral de salud y seguridad social para la población rural, orientada al desarrollo de un sistema universal de acceso. Respecto a tal compromiso, el año pasado terminó sin propuesta y durante 2004, lo concretado se reduce a las nuevas reglas de operación del programa de adultos mayores y a la promesa de operar, a favor de la sociedad rural, el programa del seguro popular.

El numeral 48 menciona la obligación de realizar y convenir con los Estados Unidos y Canadá acuerdos complementarios o anexos al TLCAN. El C. Presidente de la República habló del TLCAN plus; sin embargo prevalece el autismo, la Secretaría de Economía se ha mostrado omisa en la entrega de información, apostando al olvido de lo previsto en el capítulo comercial del Acuerdo.

El numeral 82, señala que el Ejecutivo Federal procederá a la formulación y puesta en marcha de una política de fomento productivo, desarrollo económico y asistencia social, con un soporte presupuestario que impulse la reforma estructural del campo. ¿Cómo puede aceptarse que estas acciones avanzan conforme a programa si en su propuesta de Decreto de Presupuesto 2004, el Gobierno Federal envió un proyecto de presupuesto inferior al del año anterior, violando la Ley de Desarrollo Rural Sustentable y el mismísimo Acuerdo Nacional para el Campo?.

Reconocemos avances en el desarrollo social y combate a la pobreza, así como en regularización de la propiedad rural y en la atención de focos rojos agrarios, aunque estamos lejos de contar con un plan estructurado de acciones para el abatimiento de la pobreza como lo señala el numeral 156 y sin duda en lugar de reducirse, han aumentado los enfrentamientos en el área rural por motivos agrarios.

Las reglas de operación, ni son claras ni sencillas. Para avanzar le proponemos al Gobierno Federal la constitución de una subcomisión, en el marco de la Comisión Intersecretarial, como ventanilla única para la simplificación de la normatividad. De no darse lo anterior, no podemos aceptar la afirmación de que el cumplimiento del numeral 243 mantiene la condición de avance conforme a programa.

El numeral 49 compromete al Ejecutivo Federal a realizar un análisis de los impactos de la Ley de Seguridad Agropecuaria e Inversión Rural 2002 de los Estados Unidos; y en su caso, aplicar todos los instrumentos jurídicos de defensa de la producción nacional contra prácticas desleales. Esta responsabilidad, sin contar aún con resultado alguno, se reporta como concluida.

Si evaluáramos los 282 numerales del Acuerdo, sin duda concluiríamos que los numerales 47, 65 y 241, reportados por la SAGARPA como de mayor atraso, son vitales para el cambio de fondo.

La evaluación del TLCAN comprometido en el numeral 47, dispuesto para su realización con la participación de las organizaciones campesinas y de productores, no se ha tocado. El compromiso no concluye con el estudio encargado al Colegio de México. Por cierto sus conclusiones que exoneran al TLCAN de la crisis rural son inaceptables.

El numeral 65, aceptado como atrasado por el Ejecutivo, habla del combate frontal al contrabando, de la participación en esta tarea de las organizaciones campesinas y de productores, de la vigilancia del ingreso de productos primarios, y de la inspección rojo operativo. Estos compromisos no sólo se han incumplido, el contrabando técnico, bronco, documentado y amparado, ha crecido desmesuradamente de un año a la fecha; la corrupción, la subfacturación, la renta de patentes, la triangulación de productos; son asuntos cotidianos, a tal grado que a este cáncer se le reconoce ya como el mayor peligro de las ramas de producción nacionales.

Aún estamos esperando la propuesta de reordenamiento administrativo en materia de desarrollo rural convenida en el numeral 241, prevista para su entrega por el Gobierno Federal el 30 de junio de 2003.

Estos ejemplos muestran lo innegable. Las organizaciones sociales y de productores rurales observamos y afrontamos de manera distinta el seguimiento y la evaluación del Acuerdo Nacional para el Campo. Para nosotros no hay más programas que los que son ejecutados en los predios de los campesinos. Para nosotros no existe el presupuesto si no se traduce en opciones productivas y empresariales. Para nosotros no existe viabilidad financiera si no tenemos apoyos y subsidios que reduzcan las profundas asimetrías con los socios comerciales.

Insisto, está ordenada la participación nuestra en el seguimiento y evaluación del Acuerdo. Es hora de cambiar el procedimiento, la paciencia tiene límites, es tiempo de cumplir el Acuerdo Nacional para el Campo.

De conformidad con las consideraciones anteriormente vertidas, solicito a esta Presidencia de la H. Cámara de Diputados dar el trámite establecido conforme al Artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de Los Estados Unidos Mexicanos, como de urgente y obvia resolución al tenor del siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero: Se exhorta al Ejecutivo Federal a cumplir con los compromisos establecidos en el Acuerdo Nacional para el Campo.

Segundo: En materia de Reglas de Operación, sugerimos la constitución de una subcomisión interinstitucional para la simplificación y el ejercicio expedito de las mismas.

Tercero: Replantear el procedimiento de seguimiento y evaluación del Acuerdo, prevaleciendo en su diseño y operación los resultados a nivel de campo.

Palacio Legislativo, a 22 de abril de 2004.

Dip. Cruz López Aguilar (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DE PUEBLA A CORREGIR LAS FINANZAS PUBLICAS DE ESA ENTIDAD Y A DISMINUIR EL EXCESIVO ENDEUDAMIENTO PUBLICO, A CARGO DEL DIPUTADO ROGELIO ALEJANDRO FLORES MEJIA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo establecido en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta honorable asamblea un punto de acuerdo, conforme a las siguientes

Consideraciones

A finales de este año, los poblanos celebraremos elecciones para renovar el Poder Legislativo, las 217 presidencias municipales y la gubernatura.

A escasos meses del cambio de poderes en la entidad, y de acuerdo con los datos y las estadísticas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el saldo de la deuda pública en el estado de Puebla casi se triplicó: pasó de 1 mil 1.8 millones de pesos en diciembre 2002 a 2 mil 829.9 millones en diciembre de 2003.

Esto coloca a Puebla en el segundo lugar nacional con mayor incremento de la deuda en proporción de un año a otro, después del estado de Michoacán.

La cifra incluye obligaciones inscritas de organismos paramunicipales y paraestatales, de las que el gobierno del estado es aval, de organismos que son su responsabilidad directa.

La deuda pública representa hoy 1.2 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB) del estado, mientras que en 2002 la participación era de 0.5 por ciento.

Proporcionalmente, la deuda pública estatal ha crecido más que su PIB. Con cifras nominales del periodo que va de 1993 a 2001, se advierte que cada año la deuda se incrementó a una tasa de 32.5 por ciento en promedio, mientras que el producto lo hizo a 23.6 por ciento.

El propósito de un endeudamiento gubernamental racional debería ser crear obras de infraestructura que promuevan la competitividad y el crecimiento económico a una tasa mayor que el endeudamiento. El desequilibrio negativo entre crecimiento económico y endeudamiento desmesurado sugiere ineficacia en la obra pública en cuanto a la aportación de las capacidades productivas, y que un monto importante de la deuda simplemente se ha destinado a gasto corriente.

Pese a que la administración actual elevó el endeudamiento, el gobierno del estado de Puebla ha reconocido que, a escasos meses de concluir su administración, no le dará tiempo ni le alcanzará el presupuesto para terminar obras importantes para el estado.

Algunas obras públicas que quedarán inconclusas han sido catalogadas como prioritarias. Son los casos del rescate de la cuenca de Necaxa; la autopista que va de Tlaxco, Tlaxcala, a Huauchinango, Puebla; el rastro intermunicipal de Tehuacán; dos hospitales integrales en Vicente Guerrero y Mecapalapa; más de 50 vialidades urbanas; y la construcción de un puente en la presa de Valsequillo, lo que habría facilitado la comunicación hacia las juntas auxiliares y los municipios del sur de la ciudad de Puebla.

De acuerdo con el gobernador, los proyectos ejecutivos inconclusos tendrá que concluirlos su sucesor, por falta de recursos.

Si la economía regional no crece, simplemente no tiene ninguna razón de ser elevar el endeudamiento.

Conocemos de sobra las consecuencias del endeudamiento irracional. Hemos vivido las peores épocas por causa del mal manejo en las cuentas del gobierno. Así pasó con la crisis de la deuda externa en 1982, que vulneró la capacidad de pago, incrementó la inflación y devaluación de nuestra moneda y afectó de manera permanente la capacidad de crecimiento en el país.

El endeudamiento excesivo y la expansión del gasto público son signos inequívocos de los gobiernos populistas. En general, ese tipo de políticas difícilmente permiten sostener los recursos de la hacienda pública sin afectar el gasto de inversión para cubrir el costo financiero de la deuda.

A escasos meses de renovar el gobierno del estado de Puebla, se corre el riesgo de legar a la siguiente administración la deuda pública estatal acumulada a la fecha.

Por lo expuesto y mencionado, someto a la consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. Que esta honorable asamblea exhorte al gobernador constitucional de Puebla a corregir, en virtud de sus facultades, las finanzas públicas del estado y disminuir el excesivo endeudamiento público gubernamental.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2004.

Dip. Rogelio Flores Mejía (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL SECRETARIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Y AL TITULAR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA A DETENER LOS EMBARGOS PRECAUTORIOS CONTRA LAS COOPERATIVAS CAMPECHANAS DEDICADAS A LA PESCA RIBEREÑA HASTA QUE NO SE REALICE UNA INVESTIGACION SERIA SOBRE LA IMPOSIBILIDAD DE CUMPLIR LAS OBLIGACIONES FISCALES POR LAS COOPERATIVAS CAMPECHANAS, A CARGO DEL DIPUTADO ABRAHAM BAGDADI ESTRELLA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El que suscribe, Abraham Bagdadi Estrella diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y con fundamento en lo dispuesto el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito presentar a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo conforme a la siguiente:

Exposición de Motivos

Durante distintitas oportunidades hemos advertido con puntualidad que la pesca en Campeche esta en una profunda crisis que puede llevar en el peor de los casos a un estallido social por parte de los ciudadanos campechanos que forman parte de este sector productivo histórico en Campeche.

Asimismo, en esta soberanía diputados de diversos grupos parlamentarios han hecho eco de la voz de los pescadores campechanos que sufren día a día los embates cobardes por parte de ciertas autoridades federales que tal parecería que dichas actitudes tienen como fin principal hacer de la pesca en Campeche una actividad artesanal mas que empresarial.

Primero, fue el intento por parte de la las Secretarías de Marina; de Comunicaciones y Transportes; y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación las cuales a través de un acuerdo intersecretarial en el cual pretendían evitar que los campechanos diéramos cuenta de la gran contaminación en nuestro litoral por parte de petróleos mexicanos, esto bajo el pretexto de la seguridad nacional.

Sin embargo gracias a la unión de todos los actores políticos y sociales del Estado dicho acuerdo ya fue modificado en un acto de presión de los campechanos más que por un acto de voluntad política del titular del Ejecutivo de nuestro país.

Lo que hoy me trae ante esta honorable Asamblea es denunciar la nueva ofensiva del gobierno federal en contra de los pescadores campechanos cuya orquestación esta a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, a través del Servicio de Administración Tributaria, las cuales pretenden embargar mas de la mitad de la flota pesquera ribereña del estado afectando a miles de familias de pescadores bajo el argumento de el incumplimiento de una obligación fiscal consignada en la ley del impuesto sobre la renta.

El artículo 31 párrafo primero contiene la obligación de acaparar las deducciones autorizadas con cheques nominativos cuando estas excedan de dos mil pesos.

En virtud de dicha obligación las cooperativas pesqueras de Campeche, pero muy en particular en el municipio del Carmen han intentado cumplir dicha normatividad, sin embargo las concesionarias de gasolina del municipio del Carmen se niegan a recibir los pagos con cheque nominativo, haciendo con esta acción imposible el cumplimiento de obligación fiscal, ante esta negativa las cooperativas del sector pesquero han acudido ante el Servicio de Administración Tributaria con el fin de solucionar este problema, dicha problemática ha sido constatada por fedatarios públicos de Campeche e inclusive por las autoridades hacendarías, no obstante lo anterior hoy pesa sobre estas cooperativas la amenaza de embargar sus propiedades por parte de las autoridades hacendarías delegadas en Campeche, lo que constituye un verdadero atraco ya que en lugar de fincar responsabilidades en contra de los concesionarios de la distribución de gasolina del Estado el fisco federal prefiere cortar por el hilo mas delgado cargando su actuación únicamente en contra de los pescadores ribereños campechanos.

Es claro en base a lo anterior que nunca los pescadores ribereños de Campeche han evadido sus obligaciones fiscales, ellos mismos han solicitado la intervención de las autoridades hacendarías en Campeche para solucionar esta problemática que recae en la irresponsabilidad de los concesionarios del servicio de gasolina en Campeche, sin embargo en este momento pesa sobre las cooperativas campechanas la amenaza de que en cualquier momento serán embargados, poniendo en riesgo con esta acción el modo de vida de miles de familias de Campeche que depende de la pesca, es por lo anteriormente expuesto que propongo ante esta H. Asamblea el siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y del Servicio de Administración Tributaria a que detengan los embargos precautorios en contra de las cooperativas campechanas que se dedican a la pesca ribereña hasta que no se realice una investigación seria en cuanto a la imposibilidad del cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de las cooperativas antes mencionadas.

Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y del Servicio de Administración Tributaria a que investiga la actuación por parte de los miembros del Servicio de Administración Tributaria en Campeche y en caso de encontrar responsabilidades inicie procedimientos de responsabilidades.

Tercero.- La Cámara de Diputados exhorta a los titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y del Servicio de Administración Tributaria a que informen a esta soberanía a la mayor prontitud de las investigaciones antes mencionadas.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 27 de abril de 2004.

Dip. Abraham Bagdadi Estrella (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL SECRETARIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO A FIJAR CON LA MAYOR BREVEDAD EL ESQUEMA DE OPERACION DEL APOYO ECONOMICO A LOS PRODUCTORES DE AGAVE TEQUILENA WEBER AZUL, AGAVE QUE MARCA LA NORMA OFICIAL MEXICANA, AGAVE FOURCROYDES IEM, DASYLIRION SPP O AGAVE AUGUSTIFOLIA (ESPADIN AZUL), PARA SER UTILIZADO EN LA ELABORACION DE TEQUILA, MEZCAL, BEBIDA DE HENEQUEN O SOTOL, A CARGO DEL DIPUTADO JOSE MANUEL CARRILLO RUBIO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el que suscribe, diputado José Manuel Carrillo Rubio, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LIX Legislatura, someto a consideración de esta honorable Asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, de urgente y obvia resolución, por el que se exhorta al ciudadano Secretario de Hacienda y Crédito Público, Francisco Gil Díaz, a efecto de que fije a la brevedad el esquema de operación del apoyo económico a los productores de agave tequilana weber azul, agave que marca la norma oficial mexicana, agave fourcroydes iem, dasylirion spp o agave augustifolia (espadín azul), para ser utilizado en la elaboración del tequila, mezcal, bebida de henequén o sotol, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Es innegable la realidad que viven y padecen miles de campesinos a lo largo y ancho de nuestro país. Pobreza, marginación, exclusión... son algunas de las constantes a las que se enfrentan hoy por hoy nuestros hermanos y hermanas, quienes hacen de la tierra su única forma de subsistencia.

Ante la falta de oportunidades, y ante un gobierno incapaz de cristalizar el viejo anhelo de una mejor vida, no han encontrado una vía más idónea que la migración hacia un país que con sus reglas migratorias se burla y recrudece las hostilidades de quien intenta hacer realidad el mal llamado " Sueño Americano".

Hace aproximadamente una década en algunas regiones del país se empezó a vislumbrar la posibilidad de reconvertir la situación de muchos productores agrícolas, quienes ante el auge de la bebida tradicional mexicana, y ante la falta de competidores en la siembra de agave, muchos de ellos decidieron cambiar el maíz por un producto que a la larga ofrecía altas ganancias y poca inversión.

Fueron varios los productores que se beneficiaron de la poca producción de agave y la gran demanda de la planta. El negocio duro muy poco pues hoy en día el precio del kilo de agave se cotiza por debajo de los 2 pesos, aunado a eso la situación no parece tener una pronta solución, ya que existe una sobre oferta del producto y por consiguiente un bajo precio.

Esta H. Cámara de Diputados al conocer la demanda de quienes se dedican a la producción de agave, para ser utilizado en la elaboración de la bebida más representativa de México como es el Tequila, entre otras. Propuso y así lo aprobó en el artículo 17 fracción XIV de la Ley de Ingresos de la Federación, un estimulo económico que consiste básicamente en apoyar directamente a los productores de agave tequilana weber azul, agave que marca la norma oficial mexicana, agave fourcroydes iem, dasylirion spp o agave augustifolia (espadín azul), para ser utilizado en la elaboración del tequila, mezcal, bebida de henequén o sotol, por cada kilo que vendan de la planta.

Es por ello, que en un afán de cristalizar el espíritu del legislador en su artículo 17, fracción XIV, de la Ley de Ingresos de la Federación, al otorgarle un subsidio a los productores de agave, quienes corren el riesgo de perder hasta su inversión, es necesario exhortar al Poder Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que se expida a la brevedad el esquema de operación del estímulo a los productores de agave tequilana weber azul, agave que marca la norma oficial mexicana, agave fourcroydes iem, dasylirion spp o agave augustifolia (espadín azul), para ser utilizado en la elaboración del tequila, mezcal, bebida de henequén o sotol.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, elevo a la consideración de esta soberanía, para que se dicte el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico.- Se exhorta al Secretario de Hacienda y Crédito Público, Francisco Gil Díaz, a efecto de que fije a la brevedad el esquema de operación del estimulo económico a los productores de agave tequilana weber azul, agave que marca la norma oficial mexicana, agave fourcroydes iem, dasylirion spp o agave augustifolia (espadín azul), para ser utilizado en la elaboración del tequila, mezcal, bebida de henequén o sotol.

Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión al día 22 de abril de 2004.

Dip. José Manuel Carrillo Rubio (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR AL CONGRESO DE PUEBLA A CUMPLIR LA OBLIGACION DE LEGISLAR EN MATERIA DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL, A CARGO DEL DIPUTADO ROGELIO ALEJANDRO FLORES MEJIA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El suscrito, diputado federal a la LIX Legislatura, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo estipulado por los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo, bajo las siguientes:

Consideraciones

En México, el derecho a la información es una garantía constitucional consagrada en el artículo sexto, independientemente que en términos del artículo 133 de la Carta Magna y de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados estas disposiciones del derecho internacional precisen su vigencia en el territorio nacional.

El acceso a la información es universalmente reconocido como un derecho inherente del sistema democrático, como lo consignan los principales instrumentos del derecho internacional:

La Convención Americana de los Derechos Humanos, precisa en su artículo 13 la libertad de pensamiento y expresión, que incluye la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole; la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, consigna en su artículo IV la libertad de investigación, de opinión y de expresión y de difusión del pensamiento por cualquier medio; la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 19 establece el derecho individual de investigar y recibir informaciones y opiniones; y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos contempla en su artículo 19, la libertad de toda persona a buscar, recibir y difundir informaciones de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito, o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento de su elección.

El derecho a la información, en tanto garantía fundamental que toda persona posee para atraerse información, informar y ser informada, implica además el derecho al acceso a los archivos, registros y documentos públicos; el derecho a la decisión de qué medio se lee, se escucha o se contempla; el derecho de informar, que incluye las libertades de expresión y de imprenta, y el de constitución de sociedades y empresas informativas; y el derecho a ser informado que incluye las facultades de recibir información objetiva y oportuna, la cual debe ser completa; es decir, el derecho a enterarse de todas las noticias y, con carácter universal, o sea, que la información es para todas las personas sin exclusión alguna.

En el año de 1977 se adicionó el artículo 6° de nuestra Carta Magna para consagrar en su texto, de acuerdo a la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de 1948, el derecho a la información, como una garantía individual. Desde esta adición, la última parte de este artículo establece que "el derecho a la información será garantizada por el Estado.

En virtud de ello, en el año 2002, el Congreso de la Unión aprobó la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal.

A nivel local, es oportuno señalar que varios estados de la República, como son los estados de Jalisco, Sinaloa, Colima y el Distrito Federal, cuentan ya con una legislación reglamentaria que garantiza este derecho.

En el estado de Puebla, no contamos con una ley reglamentaria en esta materia, pese a que durante varios meses se ha hecho un esfuerzo por parte de diputados locales y organizaciones de la sociedad civil por elaborar un proyecto de ley de acceso a la información pública.

Recientemente, el Congreso del estado de Puebla aprobó reformas a la Constitución Política local para introducir el derecho de acceso a la información pública, a efecto de brindarle mayor jerarquía jurídica al derecho a saber.

La fracción VII del artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, a la letra dice: "Las leyes se ocuparán de garantizar el acceso a la información pública gubernamental, en los términos que establezca la ley en la materia".

Sin embargo, el gobernador poblano, Melquiades Morales Flores, dio instrucciones a la mayoría priísta en el Congreso estatal para confeccionar un dictamen que legaliza el secreto y deja como excepción el derecho de acceso a la información pública.

El dictamen ordenado por el gobernador del estado, desnaturaliza el sentido de los órganos reguladores independientes. En Puebla se pretende establecer en la ley una Comisión de Acceso para la Información Pública cuyos tres miembros serían nombrados y removidos por el gobernador del estado, sin pasar por la ratificación mínima del Congreso del estado.

A esta figura jurídica, a la que de manera inverosímil se denomina "órgano auxiliar del Poder Ejecutivo del estado", únicamente para efecto de sus resoluciones, no estará subordinada a autoridad alguna. Además, la comisión de referencia sólo podría emitir "recomendaciones" y sólo abarca a la administración pública estatal.

De manera por demás demagógica, el dictamen propone la creación de "órganos análogos" en los sujetos distintos del Poder Ejecutivo; es decir, Poder Legislativo, Poder Judicial, órganos autónomos y ayuntamientos, con lo cual, en Puebla se tendrían más de 220 organismos por su número de municipios.

Los ciudadanos a quienes representamos, y a los cuales nos debemos, tienen derecho al acceso de la información pública gubernamental. Garantizar la publicidad de los actos gubernamentales y la rendición de cuentas, sin duda, contribuye a la consolidación del sistema democrático y promueve la eficiencia en la organización, clasificación, manejo y transparencia de los documentos públicos.

Por ello, es imprescindible que en el estado de Puebla se cuente con una ley que garantice el acceso a la información pública.

Es importante dar este paso en nuestro estado en virtud de que la información responde a la necesidad básica que tiene el hombre de expresarse y de saber lo que los demás han expresado, es una exigencia que responde al derecho fundamental que tenemos todos los seres humanos de expresarnos, de informar y de informarnos, facultad que deberá estar garantizada por el Estado y ser defendida por la sociedad civil.

Legislar en esta materia, sin duda, contribuye a construir un Estado más democrático y justo, otorgando una herramienta indispensable para que el gobernado pueda llevar a cabo un control social de los órganos del Estado y así poder evaluar a sus gobernantes, contando con elementos objetivos de juicio para hacerlo. Con trasparentar la información pública y permitir el libre acceso a ésta, sin duda, se estará fomentando que la administración pública sea más eficiente y se facilite el combate a la corrupción. Con esto, también, la rendición de cuentas al ciudadano se hará en forma permanente.

Por lo anteriormente expuesto y fundamentado, someto a la consideración de esta Honorable Soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico: Que esta honorable asamblea exhorte al Congreso del estado de Puebla a que expida a la brevedad una Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para dicha entidad federativa.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el día 27 de abril de 2004.

Dip. Rogelio Flores Mejía (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE QUE LAS SECRETARIAS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, DE ECONOMIA, Y DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION BUSQUEN INSTRUMENTOS Y MECANISMOS CON LA ASOCIACION MEXICANA DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ A EFECTO DE QUE LOS AGRICULTORES DE MENORES INGRESOS INSCRITOS EN EL PADRON DEL PROCAMPO Y GANADEROS HASTA CON 50 UNIDADES ANIMAL TENGAN ACCESO A PRECIOS PREFERENCIALES EN LOS COSTOS DE CAMIONETAS NACIONALES PARA SUS LABORES DEL CAMPO, DISMINUYENDO ASI LA POSIBLE ADQUISICION DE VEHICULOS IMPORTADOS, A CARGO DEL DIPUTADO RAFAEL CANDELAS SALINAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD

El suscrito, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter ante esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo al tenor de las siguientes:

Consideraciones

Durante los últimos años hemos sido testigos del incremento de vehículos de procedencia extranjera que circulan en el país de manera irregular, los llamados "autos chocolate", con el consecuente abuso por parte de los intermediarios y autoridades. Por otra parte, observamos que en la actualidad la mayoría de los compradores son agricultores de escasos recursos, quienes en su mayoría han sido engañados por los traficantes de vehículos ilegales, cuyo único fin es lucrar con la necesidad y la buena voluntad de éstos.

Durante años, los tres órdenes de Gobierno han estado realizando -infructuosamente- esfuerzos importantes para que la población no adquiera los llamados "autos chocolates", ya que en la actualidad no existe un instrumento legal que atienda tal situación. Sin embargo, también es cierto que la crisis económica en la que nos hemos visto envueltos los mexicanos durante los últimos años, tampoco abona a la posibilidad de que las clases más desprotegidas del país, particularmente los campesinos, tengan acceso a la adquisición de vehículos nuevos, que coadyuven al desarrollo rural integral, particularmente en el aumento de la productividad, rentabilidad, competitividad, transformación y comercialización de sus productos.

Para nadie es extraño, que el encarecimiento de los vehículos adquiridos en nuestro país se debe, en gran medida, al alto costo de la carga impositiva que se genera al respecto.

En ese sentido, de acuerdo con cifras de la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), en el país se han internado más de dos millones doscientas mil camionetas provenientes de los Estados Unidos de América, adquiridos en su mayoría por agricultores, quienes tienen derecho a importar una camioneta pick-up de peso total con carga máxima inferior o igual a tres mil doscientos kilogramos y cuyo número de serie, año o modelo sea diez años anterior a la fecha de adquisición.

A su vez, la AMIA estima que además de las camionetas que fueron autorizadas, se introducen en forma ilegal al país otros quinientos mil vehículos al año, esto debido a sus bajos costos de adquisición en el exterior.

Por lo general, estos vehículos son la chatarra en el vecino país del norte, por lo cual los particulares que los adquieren sufren dificultades con los mismos. Dificultándoseles la adquisición de refacciones, ya que varios modelos no se comercializan legalmente en la República.

A lo anterior habría que señalar el alto impacto que representa la importación y el contrabando que genera este problema social, pues no sólo afecta a este sector del cual dependen más de 40 ramas industriales y más de 5 millones de empleos directos e indirectos en nuestro país (según la AMIA), sino que ni siquiera representa un beneficio real a la gente de bajos ingresos que compra uno de estos vehículos, ya que al realizar dicha operación mercantil se convierten automáticamente en presa fácil de la cooptación política, de las autoridades de tránsito, de la Policía Federal Preventiva, de la burocracia gubernamental, de la corrupción, de la extorsión y por si fuera poco, el tiempo y el dinero que gastan en los talleres y en conseguir las refacciones, en ocasiones es tanto que terminan por desistir y abandonarlos.

No debemos dejar de tomar en consideración que muchos de estos vehículos representan un peligro para sus conductores y para otras familias en las carreteras; tampoco el daño que generan al medio ambiente.

Nuestra responsabilidad es generar mejores condiciones de vida para nuestros representados, pero siempre, observando el Estado de Derecho.

Sin duda alguna que los campesinos de México están esperando de nosotros aportaciones que abonen a mejores niveles de desarrollo, pero también, esos 5 millones de familias que directa o indirectamente dependen de la industria automotriz en nuestra República.

Ante este problema el 27 de diciembre del 2000, el Congreso de la Unión aprobó la Ley de Inscripción de Vehículos de Procedencia Extranjera, misma que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo del 2001 y el día 6 de abril del mismo año se publicó el Reglamento correspondiente emitido por la Secretaría de Economía.

En los meses de marzo y mayo del 2000, el titular del Poder Ejecutivo, con evidentes tintes electorales, expidió dos decretos de regularización.

Es evidente que ninguno de estos instrumentos ha resultado suficiente ni mucho menos eficiente, nada de esto ha podido detener la importación ilegal de estos vehículos y el contrabando de refacciones; es claro que un nuevo decreto para regularizar los "autos chocolate" difícilmente tendrá efectos positivos; el decir que será la última vez, que ya no habrá otra tampoco los detendrá, por el contrario, sólo alentará la codicia de quienes de este problema social hacen su modus vivendi.

El Estado de Derecho reclama respeto, los agricultores mexicanos una solución. En ella debemos participar todas las instancias y todos los niveles de gobierno, de manera importante, es necesario revisar los impuestos que se cobran a los vehículos de trabajo para campesinos de escasos recursos.

Por qué no pensar -incluso- en la producción de un vehículo de trabajo austero, a bajo costo, al cual pudieran tener acceso los agricultores de menores ingresos que se encuentran inscritos en el padrón de Procampo y para los ganaderos hasta con 50 unidades animal.

Compañeras y compañeros legisladores, es necesario encontrar los mecanismos necesarios para que sea posible que los productores de escasos recursos puedan adquirir vehículos de procedencia nacional. Pues son los agricultores y ganaderos de escasos recursos quienes principalmente utilizan estos medios de transporte para comercializar sus productos directamente al consumidor, y con esto buscan, ya no depender del intermediarismo.

Por lo anteriormente expuesto someto a su consideración la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero: Que las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Economía, y de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación busquen los instrumentos y mecanismos con la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz, para que los agricultores de menores ingresos económicos que se encuentran inscritos en el padrón del Procampo y los ganaderos con hasta 50 unidades animal, tengan acceso a precios preferenciales en los costos de camionetas nacionales, para sus labores del campo. Disminuyendo así la posible adquisición de vehículos importados.

Segundo: Podrá adquirirse solamente un vehículo por persona inscrita en el Procampo y por ganadero con hasta 50 unidades animal.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2004.

Dip. Rafael Candelas Salinas (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A CUMPLIR LA OBLIGACION QUE LE IMPONE LA FRACCION I DEL ARTICULO 89 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN VIRTUD DE LO ORDENADO POR EL ARTICULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY PARA EL DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA; Y EXPEDIR EL REGLAMENTO DE LEY, PUES EL TERMINO DE 180 DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA EXPEDICION DE ESTA, HA TRANSCURRIDO EN EXCESO, A CARGO DEL DIPUTADO PABLO ANAYA RIVERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito dip. Dr. Pablo Anaya Rivera, en representación de la diputación federal veracruzana, de la fracción parlamentaria del PRI, con fundamento en el numeral 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, me permito someter al pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo.

La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, significó una esperanza real para los micro empresarios de nuestro país, ya que promueve el desarrollo económico y su participación en los mercados comerciales, pero desgraciadamente es letra muerta, por tener un gran impedimento para su aplicación, hasta el momento no se ha expedido el Reglamento correspendiente, a pesar de lo ordenado en el articulo cuarto transitorio de esta Ley, que estipula que la expedición del mismo deberá realizarse dentro de los 180 días contados a partir de la entrada en vigor del ordenamiento legal.

El artículo 89 fracción I de nuestra Carta Magna, establece una de las facultades y obligaciones del Presidente de la República, que es el de promulgar y ejecutar las Leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia, mandamiento constitucional que se le ha hecho caso omiso, toda vez que esta Ley entró en vigor desde el 31 de diciembre del año 2002, esto quiere decir que el Reglamento debió expedirse hace un año, consecuentemente los únicos afectados son las micro, medianas y pequeñas empresas de México.

La viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad de las microempresas corren un serio riesgo por no tener la forma de aplicar la ley que de tanta ayuda les haría, siendo urgente que el ejecutivo federal, cumpla con su obligación constitucional y obedezca con lo ordenado en el artículo transitorio de referencia, el cual ha transcurrido en exceso el término establecido.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, la diputación federal veracruzana del grupo parlamentario del PRI somete a consideración el siguiente

Punto de acuerdo

Unico: Se exhorte al Ejecutivo federal a cumplir su obligación constitucional que le impone la fracc. I del art. 89 de nuestra Carta Magna, en virtud a lo ordenado por el artículo cuarto transitorio de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, y se expida el Reglamento de Ley, toda vez que el término de 180 días contados a partir de la expedición de la misma, ha transcurrido en exceso.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días del mes de abril de 2004.

Dip. Pablo Anaya Rivera (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE EXHORTAR A LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD Y A LA COMISION NACIONAL DEL AGUA A INCLUIR EL FACTOR HUMEDAD EN LOS CRITERIOS PARA LA APLICACION DE TARIFAS ELECTRICAS; Y DE SOLICITAR A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO LA APLICACION DE LA TARIFA IF EN LA REGION SUR DEL ESTADO DE SINALOA, A CARGO DEL DIPUTADO ALEJANDRO HIGUERA OSUNA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Con fundamento en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acudo a esta máxima tribuna, en representación del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar el siguiente punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Comisión Federal de Electricidad y a la Comisión Nacional del Agua a incluir el factor humedad en los criterios para la aplicación de tarifas eléctricas; y al Ejecutivo federal, mediante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a ajustar a la baja la tarifa eléctrica en la región sur del estado de Sinaloa durante el verano, conforme a las siguientes

Consideraciones

Compañeros legisladores: en este Pleno hemos sido testigos de los puntos de acuerdo y posicionamientos que han presentado los diferentes grupos parlamentarios y que tienen como objetivo evidenciar las altas temperaturas que existen en algunas regiones de nuestro país y cómo éstas han afectado a la población. Permítanme presentarles hoy el caso de la región sur del estado de Sinaloa.

En días pasados, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), con base en estudios realizados por esa paraestatal junto con la Comisión Nacional del Agua, determinó aplicar la tarifa de energía eléctrica 1F en la región norte y centro del estado de Sinaloa. Con la nueva tarifa, los usuarios de la región se beneficiarán de contar con un precio subsidiado por el consumo de hasta 2 mil 500 kilowattshora mensuales.

La CFE señala que, para que la tarifa 1F pueda aplicarse, es necesario que se registre una temperatura promedio de 33 grados centígrados por dos meses consecutivos en un lapso de tres años. Sin embargo, el factor humedad, que afecta considerablemente la región sur del estado de Sinaloa, no es considerado para el establecimiento de las tarifas eléctricas. En febrero de 2002, al reestructurarse las tarifas de energía eléctrica, la CFE omitió el factor humedad para su cálculo.

De acuerdo con algunos estudios de la Universidad Autónoma de Sinaloa y del Instituto del Mar, la temperatura y la humedad se incrementan sustancialmente en el verano. De hecho, en el municipio de Mazatlán, Sinaloa, la humedad relativa en el verano llega a incrementarse hasta 70 por ciento, que es la más alta de todo el país.

Con ese nivel de humedad en el aire, la evaporación del sudor en el cuerpo se dificulta, lo que hace necesario el empleo de abanicos y de aire acondicionado. El incremento del uso de estos aparatos eléctricos provoca mayor consumo de energía eléctrica durante todo el periodo que dura ese fenómeno. Ello ocasiona que mayor proporción del ingreso familiar tenga que destinarse al pago del recibo de energía eléctrica, dañando considerablemente el bienestar de las familias de la región.

No sólo las familias se ven afectadas por el incremento de la temperatura y la humedad. Los comercios, restaurantes y hoteles, que destinan aproximadamente 50 por ciento de su gasto operativo al pago del recibo de energía eléctrica, llegan a verse afectados con incrementos de hasta 300 y 400 por ciento en el pago del recibo de electricidad durante el verano.

Más grave es el problema que enfrenta la población del sur de Sinaloa si se considera que en el verano una de las principales fuentes de ingreso disminuye dramáticamente, en virtud de que la pesca de camarón se suspende en los municipios de Rosario, Escuinapa y Mazatlán por la veda establecida.

Compañeras y compañeros diputados: es nuestra responsabilidad, como legisladores y como representantes de la sociedad, llevar a cabo las acciones necesarias para apoyar a la sociedad mexicana.

Ya he expresado los motivos que fundamentan la imperante necesidad de que a la región sur del Estado de Sinaloa también se aplique la tarifa de energía eléctrica 1F. No podemos y no debemos dejar en el abandono a la población cuando nos solicita apoyo.

La aplicación de esa tarifa en la región sur del estado de Sinaloa permitirá que las familias, sobre todo las más necesitadas, tengan un respiro en su economía familiar y dispongan de más recursos para sobrevivir.

Por las consideraciones expuestas, someto a la consideración del Pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Comisión Federal de Electricidad y a la Comisión Nacional del Agua a incluir el factor humedad en los criterios para la aplicación de tarifas eléctricas.

Segundo. Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la aplicación de la tarifa 1F en la región sur del estado de Sinaloa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2004.

Dip. Alejandro Higuera Osuna (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE QUE SE EXHORTE A LA COMISION NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO Y A LA COMISION NACIONAL PARA LA PROTECCION Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS A EVITAR LAS DIVERSAS IRREGULARIDADES EN EL PROCESO DE TRASPASO DE CUENTAS ENTRE ADMINISTRADORAS DE FONDOS PARA EL RETIRO, A CARGO DEL DIPUTADO OSCAR MARTIN RAMOS SALINAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, Oscar Martín Ramos Salinas, Diputado Federal Integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se permite someter a esta Soberanía el presente punto de acuerdo conforme a las siguientes:

Consideraciones

1. El Sistema de Ahorro para el Retiro, originado en 1992 como seguro complementario a los regímenes de pensiones para los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, constituye el componente fundamental del régimen de pensiones derivado de la Ley del Seguro Social aprobada en 1995 y vigente desde 1997, y se mantiene como esquema complementario en el ISSSTE. No obstante los problemas que enfrenta en su operación y las dudas que existen sobre la suficiencia del sistema para garantizar pensiones dignas sin la dependencia fiscal implícita en el modelo anterior, actualmente administra recursos por casi 418 mil millones de pesos respectivos a las cuentas de retiro y aportaciones voluntarias de los casi 32 millones de trabajadores registrados (además de los recursos de vivienda y del SAR-92). Estas cifras, por sí mismas, obligan a los actores con responsabilidad pública a vigilar de cerca su desempeño, incentivar la conducción en apego a los principios de seguridad, transparencia y legalidad que han estado presentes desde el diseño y puesta en operación del sistema, y a buscar los mecanismos que eviten desviaciones que afecten el patrimonio de los trabajadores.

2. Asimismo, es de la mayor relevancia recordar que las prioridades del régimen de inversión en el sistema, de acuerdo con el artículo 43 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, son otorgar la mayor seguridad y rentabilidad de los recursos que los trabajadores acumulan durante su vida activa, a fin de que con ellos se puedan financiar las pensiones para la etapa de retiro.

3. Sin embargo, a las dificultades que enfrenta el sistema por la duplicación de cuentas, la concentración de recursos en papel de deuda emitidos por el Gobierno, las elevadas comisiones y el impacto sobre los rendimientos que de manera efectiva llegan a los trabajadores, se han agregado en fechas recientes una serie de problemas relacionados con los traspasos de cuentas entre Afores y la posible comisión de irregularidades en estos procesos.

4. De acuerdo con cifras recientemente publicadas por la CONSAR, en marzo de 2004, el volumen de traspasos históricos se ha ubicado en el orden de los 2 millones 611 mil casos. Cifra que si la comparamos con el crecimiento en el número de afiliados registrado en el último año (un millón 800 mil nuevos trabajadores), sugiere que la competencia entre las administradoras ya no se enfocaría tanto a la inscripción de nuevos trabajadores, sino a la incentivación del cambio de los ya existentes a otras Afores, como lo han hecho ver diversos analistas.

5. Esta situación, que de suyo podría referir el beneficio final de los trabajadores, vía una competencia por traspasos sustentada en el mejoramiento de los rendimientos, la disminución de las comisiones y demás instrumentos relacionados con la calidad del servicio, en los hechos se ve limitada por las condiciones de operación en un mercado donde la información es altamente compleja, los indicadores no son de fácil lectura y demandan conocimientos especializados fuera del alcance del común de los trabajadores; lo que incide en la confianza y certidumbre con que toman sus decisiones. Esto, a la inversa, abre márgenes a promotores, Administradoras y empresas comercializadoras de bases de datos, para el desarrollo de estrategias con información alterada, sin que los trabajadores puedan validarla, como un caso claro de selección adversa y riesgo moral en la operación del sistema. La misma CONSAR ha reconocido la gravedad de esta situación y la necesidad de encontrar formas para atenuarla y prevenirla.

6. Sin prejuzgar, la información que recientemente se ha hecho pública sobre posibles anomalías en la promoción de traspasos entre Afores, que incluye la compraventa de Estados de Cuenta, alteración de documentos y mal uso de información personal, obliga a esta H. Cámara, en cumplimiento de sus funciones, a revisar esta situación y velar porque se respeten los derechos de los trabajadores como sujeto principal del sistema y como agente sometido a una relación asimétrica, en donde la información necesaria y las condiciones de su interpretación no siempre están a su alcance.

7. Por otra parte, se debe tener en cuenta que es responsabilidad de la CONSAR como autoridad reguladora, vigilar el buen funcionamiento del sistema, sancionar irregularidades y emitir las reglas necesarias para prevenir la comisión de actos en perjuicio de los trabajadores, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2; 5, fracciones I, VII y IX; 8, fracción VII; 16, fracciones II y X; 90 y 93 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, así como las Reglas Generales a las que deberán sujetarse los agentes promotores de las Administradoras de Fondos para el Retiro, establecido en la Circular CONSAR 05-5, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2002.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, se pone a consideración de esta H. Asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico. Que la Cámara de Diputados exhorte a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) y a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) para evitar las diversas irregularidades que se han venido presentando en la instrumentación de los procedimientos de los traspasos entre Afores.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, Sede de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a 20 de abril de 2004.

Dip. Oscar Martín Ramos Salinas (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE SOLICITA A ESTA SOBERANIA QUE CONSIDERE EN EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL DE 2005 UNA PARTIDA PRESUPUESTARIA SUFICIENTE PARA EL CONTROL Y ERRADICACION DE LA RABIA PARALITICA BOVINA, PRINCIPALMENTE EN LAS ZONAS DONDE SE PRESENTA CON MAYOR FRECUENCIA, A CARGO DEL DIPUTADO EDMUNDO GREGORIO VALENCIA MONTERRUBIO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

Con fundamento en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior, presenta el diputado Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el siguiente punto de acuerdo por el que se solicita a esta soberanía contemplar dentro del proyecto de presupuesto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el Ejercicio Fiscal 2005, una partida presupuestaria suficiente para el control y erradicación de la rabia paralítica bovina, principalmente en las zonas donde se presenta con mayor frecuencia bajo las siguientes

Consideraciones

La rabia en murciélagos es un problema de gran magnitud, ya que es una enfermedad que puede presentarse tanto en especies hematófagas como en las no hematófagas. En nuestro país, al menos el 30% de las 13 especies de murciélagos son portadoras de la rabia.

La rabia en murciélagos hematófagos constituye un importante foco de transmisión de esta enfermedad en América Latina, contagiando a los animales domésticos al momento de alimentarse. La infección ha sido comprobada en tres especies de murciélagos hematófagos: Desmodus rotundus, Dphylla ecaudata y Diaemus youngii, las cuales se encuentran restringidas a América tropical y subtropical. De éstas, el murciélago común Desmodus rotundus es la especie más abundante y de más amplia distribución en México.

Se encuentra a lo largo de las costas del golfo y Pacífico de México, desde el norte de Tamaulipas, Sonora, hasta los estados de Tabasco, Veracruz, Chiapas, Península de Yucatán, centro de Hidalgo y San Luis Potosí. Su distribución se extiende hasta Centroamérica y Sudamérica, al norte de Argentina y Chile, y se alimenta principalmente de mamíferos domésticos, y ocasionalmente de mamíferos silvestres y aves.

Esta especie es responsable de pérdidas considerables en la ganadería, ya sea directamente a través de la transmisión de la rabia paralítica bovina o indirectamente al debilitar al animal por la continua pérdida de sangre y de las heridas que constituyen una puerta de entrada a otras infecciones.

Se estima que en áreas marginales de México, la mortalidad anual es de 50 mil cabezas de ganado, cifra que se incrementa al considerar las pérdidas indirectas por mordeduras de murciélagos (carne, leche y devaluación de pieles), causando un total aproximado de 50 millones de dólares anuales.

La incidencia de la rabia transmitida por estos mamíferos se ha incrementado conforme ha aumentado el desarrollo de la ganadería en el país. Aunque se han realizado numerosos esfuerzos para controlar esta enfermedad en los animales domésticos, muchas de las medidas tomadas para el control han sido inadecuadas, lo que ha llevado a pérdidas económicas y patrimoniales y al exterminio de otras especies de quirópteros benéficos para los ecosistemas, sin necesariamente controlar el ciclo silvestre de la enfermedad.

Esta situación representa un grave riesgo para la salud de los mexicanos, ya que el ser humano puede ser contagiado por esta enfermedad tanto por contacto directo como por aerosoles, cuando el virus se disemina en las cuevas o sitios de percha y se transmite por vía aerógena.

Acción Nacional considera la salud de la población como una prioridad. Por ello, nos preocupa que este tipo de padecimientos no sólo afecten a los productores desde el punto de vista económico, debido al ganado que resulta afectado, sino que existe la posibilidad de que la salud de nuestros productores y de sus familias se encuentren en riesgo mientras no logre erradicarse por completo este tipo de padecimientos.

En este sentido es que consideramos necesario reforzar las medidas sanitarias que realiza la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con el objeto de prevenir y controlar de manera eficiente la rabia paralítica bovina en el territorio nacional.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, pongo a consideración de esta honorable soberanía el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico.- Se solicita a esta soberanía contemplar dentro del proyecto de presupuesto de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2005, una partida presupuestaria suficiente para el control y erradicación de la rabia paralítica bovina, principalmente en las zonas donde se presenta con mayor incidencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2004.

Dip. Edmundo Gregorio Valencia Monterrubio (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA EXHORTAR A LAS TELEVISORAS ABIERTAS DE CADENA NACIONAL A CONTRIBUIR AL FORTALECIMIENTO DEL NIVEL CULTURAL Y EDUCATIVO EN MEXICO, A CARGO DE LA DIPUTADA KENNY DENISSE ARROYO GONZALEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La suscrita, Diputada Federal a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, Kenny Denisse Arroyo González, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, someto a la consideración de esta Soberanía el siguiente Punto de Acuerdo, en base a las siguientes:

Consideraciones

I. Que la televisión constituye una actividad de interés público, por lo tanto el Estado debe protegerla y vigilarla para el debido cumplimiento de su función social, de acuerdo con lo que señala el Artículo 4 de la Ley Federal de Radio y Televisión.

II. Que la televisión tiene la función social de coadyuvar al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, procurando para tal efecto contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana. Lo anterior de conformidad con lo que dispone el Artículo 5 del ordenamiento legal citado en el considerando que antecede.

III. Que el contenido de la programación diaria que difunden actualmente las televisoras abiertas con cadena nacional carece de calidad cultural y educativa.

IV. Que dada la gran influencia que ejercen los medios de difusión televisiva en la sociedad actual, se hace necesaria e indispensable la transmisión de programas de divulgación con fines de orientación social, cultural y cívica que auxilien a elevar la calidad de vida del pueblo mexicano. Lo anterior para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6 de la referida Ley.

V. Que para elevar la calidad de vida de la sociedad, es importante fomentar los valores a través de programas de carácter educativo y recreativo, así como también programas de interés cultural y cívico.

VI. Atendiendo a todo lo anterior es preciso que el Congreso de la Unión gire una recomendación a las televisoras abiertas con cadena nacional y a la Secretaría de Gobernación, por conducto de la Subsecretaría de Normatividad de Medios, a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía, para que contribuyan al fortalecimiento del nivel cultural y educativo en México, mediante la promoción y vigilancia de la producción de programas, y la introducción de segmentos en los programas ya existentes, con contenido cultural y formativo que conlleven al mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad mexicana.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, solicito se someta a la consideración de este Honorable Cuerpo Legislativo, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. Este H. Congreso de la Unión exhorta a las televisoras abiertas de cadena nacional a que contribuyan al fortalecimiento del nivel cultural y educativo en México, a través del contenido de su programación diaria.

Segundo. Así mismo, este H. Cuerpo Legislativo solicita a la Secretaría de Gobernación, para que por conducto de la Subsecretaría de Normatividad de Medios, a través de la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía vigile y promueva la producción de programas, y la introducción de segmentos en los programas ya existentes, con contenido cultural y educativo que conlleven al mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad mexicana. Lo anterior con fundamento en el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.

Salón de Sesiones del H. Congreso de la Unión, a los 27 días del mes de abril del año dos mil cuatro.

Dip. Kenny Denisse Arroyo González (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A RESOLVER CON LA MAYOR BREVEDAD, MEDIANTE LA COMISION NACIONAL DEL AGUA, LAS IRREGULARIDADES QUE SE PRESENTAN EN LA CONCESION Y EXPLOTACION DE LOS ACUIFEROS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA; Y ESTABLECER LA ESTRATEGIA PARA RECUPERAR LOS ACUIFEROS SOBREEXPLOTADOS, A CARGO DEL DIPUTADO FERNANDO ALVAREZ MONJE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El desarrollo de las regiones afectadas por la sobreexplotación de acuíferos es limitado y se agravará aún más de persistir la tendencia climática de los últimos años, caracterizada por sequías más severas y prolongadas, las cuales tendrán un impacto negativo en la disponibilidad de agua superficial y la recarga de acuíferos.

Por otra parte, en amplias zonas de riego los niveles del agua subterránea se han abatido decenas de metros, incrementándole costo de extracción, puesto se requieren motores más potentes y mayor consumo de energía, lo que encarece la producción de los cultivos tradicionales.

En el caso particular de Chihuahua, no se han cumplido los fines del Plan Nacional Hidráulico; ni siquiera han intentado las autoridades correspondientes su aplicación. Por esa razón, los Comités Técnicos de Aguas Subterráneas (Cotas) de los acuíferos Ascensión, Casas Grandes y Janos a finales de 2002 presentaron denuncias ante la Gerencia Estatal de la Comisión Nacional del Agua a fin de hacerle saber una serie de irregularidades, consistentes en la perforación de pozos sin el permiso ni la concesión correspondientes, generándose en consecuencia la sobreexplotación de aguas subterráneas.

Igualmente, suceden irregularidades en el acuífero Delicias-Meoqui, donde el padrón de usuarios de la Conagua tiene concesionados 964 pozos para uso publico-urbano y sólo 640 pozos agrícolas en una zona eminentemente agrícola.

Eso se repite en el acuífero Jiménez-Camargo, donde fueron omitidos en la publicación del Diario Oficial de la Federación del 31 de enero de 2003, donde se publica la disponibilidad de agua de 188 acuíferos del país, todo esto violando los artículos 1, 2, 3, 6, 9, fracción IX, 20, 21, 23 y 24 de la Ley de Aguas Nacionales.

Por otra parte y debido a que la Gerencia Estatal de la Comisión Nacional del Agua no hizo el menor caso a estas denuncias, las directivas de los tres Cotas, por escrito de fecha 7 de mayo de 2003, se dirigieron al licenciado Cristóbal Jaime Jáquez, director general de la Comisión Nacional del Agua, para hacerle saber de esas irregularidades, violatorias de la Ley de Aguas Nacionales, además de denunciar la corrupción patente y pública de las autoridades de estado de Chihuahua encargadas de la administración de las aguas nacionales, ante la negativa absoluta a proporcionar información y por comportamiento déspota y negligente en su trato con los usuarios de las aguas subterráneas de la entidad.

Esas cifras demuestran en forma indiscutible una confusión total y absoluta por parte de la Conagua Chihuahua, confusión que implica un riesgo, con un peligro eminente, que consiste en el agotamiento de los acuíferos; y, en consecuencia, condenar en un plazo no lejano a dichas áreas de producción agrícola y a los pueblos y asentamientos humanos que obtienen el vital liquido para subsistir.

Deberá instaurarse una estrategia específica para recuperar los acuíferos fuertemente sobreexplotados, como los de Ascensión, Buenaventura, Casas Grandes, Cuauhtémoc, Chihuahua-Sacramento y Jiménez-Camargo, Chihuahua.

Punto de Acuerdo

Unico. Se exhorta al Ejecutivo federal a resolver con la mayor brevedad, mediante la Comisión Nacional del Agua, las irregularidades presentes en la concesión y explotación de los acuíferos del estado de Chihuahua y, asimismo, a establecer la estrategia para llevar a cabo la recuperación de los acuíferos sobreexplotados.

Dip. Fernando Alvarez Monje (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, POR EL QUE SE PRONUNCIA CONTRA LOS CONSTANTES ERRORES COMETIDOS Y LA NEGLIGENCIA QUE SE HA PRESENTADO EN LA REFINACION DE HIDROCARBUROS POR PARTE DE PETROLEOS MEXICANOS, A CARGO DE LA DIPUTADA KENNY DENISSE ARROYO GONZALEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

La suscrita Diputada Federal a la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, Kenny Denisse Arroyo González, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, someto a la consideración de esta H. Soberanía el siguiente Punto de Acuerdo, en base a los siguientes:

Antecedentes y Consideraciones

I. En los meses de Julio, Agosto y Octubre del 2003, cientos de vehículos en el norte del país sufrieron costosos daños por la utilización de gasolina de baja calidad, derivada de un adulteramiento en el potencial hidrógeno de dicho hidrocarburo, proveniente de la Refinería ubicada en Cadereyta, Nuevo León, ocasionando no sólo el descontento de los propietarios, quienes recibieron la correspondiente indemnización ocho meses después, sino la falta de confianza en Petróleos Mexicanos, única opción nacional para la adquisición del combustible.

II. Tras dicha falla en el proceso de refinación del hidrocarburo, Petróleos Mexicanos se vio obligado a pagar, tan sólo en el Estado de Chihuahua, la cantidad de dos millones de pesos, provenientes precisamente del pueblo mexicano.

III. Meses más tarde, a finales de Febrero y principios de Marzo del presente año, nuevamente los consumidores de la gasolina proveída por PEMEX sufrieron el mismo problema: cientos de vehículos dejaron de funcionar por graves daños en sus bombas de gasolina, cuya reparación oscila entre los cinco y quince mil pesos, gasto que debe ser erogado por los propietarios de los automotores en tanto Petróleos Mexicanos asume su responsabilidad y responde por los daños ocasionados.

IV. Chihuahua, Durango, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas, principalmente, han sido los estados con mayor afectación, en los que particulares, vehículos oficiales tanto de los municipios como de los gobiernos estatales, y prestadores del servicio público de transporte, han visto menoscabado su patrimonio por la ineficiencia de Petróleos Mexicanos en su área de refinería, al elaborar gasolina de muy baja calidad que impide el buen funcionamiento de los automotores con los que, principalmente, las personas suelen trasladarse a sus lugares de trabajo, los gobiernos cumplen sus funciones públicas, los municipios se hacen cargo de la seguridad pública y los transportistas cumplen su objeto social, reduciéndose todo a una simple aceptación de responsabilidad por el descentralizado federal, el pago de una indemnización y el comienzo de otra historia similar, sin que se tomen, al parecer, las medidas correspondientes para solucionar de raíz el problema y evitar su futura repetición.

V. Son los usuarios de los combustibles de PEMEX, quizás unos de los consumidores más indefensos de nuestro país, dado el monopolio que por mandato constitucional, en el Artículo 27, tiene este organismo público descentralizado respecto del petróleo y los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos existentes en nuestra Nación, por lo que dicho organismo tiene un compromiso mayor, considerando precisamente el hecho de que constituye el único proveedor del combustible, además de la enorme relevancia que este último tiene en el buen funcionamiento de la dinámica social, derivado de la premisa de que son los medios de transporte actualmente los que determinan en gran medida la buena marcha de una comunidad.

VI. Atendiendo a los hechos y razonamientos anteriores, resulta esencial que Petróleos Mexicanos Refinería, no sólo eleve sus estándares de calidad, sino que cumpla responsablemente con los ya establecidos, dada la trascendencia que hasta ahora han tenido sus fallas, errores y negligencia a nivel nacional.

VII. Sin embargo, considerando que el Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el ramo del Petróleo, en sus Artículos 46 y 49, determina que la Secretaría de Energía ejercerá la vigilancia de los trabajos petroleros, de la cual podrá derivar la necesidad de efectuar modificaciones en la manera de desarrollar los trabajos, se concluye que es también responsabilidad de esta Secretaría cumplir cabalmente con esa función para la solución del problema, precisamente por lo apremiante que resulta el requerimiento de evitar futuros daños a los bienes de los particulares, con todas las consecuencias que estos generan.

VIII. Ciertamente, la Procuraduría Federal del Consumidor, ha actuado de manera tal que ha sido posible el resarcimiento de los daños ocasionados a los consumidores del combustible, sin embargo, eso no basta para la solución final del problema, el cual lastima la confianza de los mexicanos en sus instituciones y los servicios que prestan, ya no sólo demorando trámites o resoluciones, sino ocasionándoles un menoscabo patrimonial, acto que resulta por demás penoso si se considera que deriva de las autoridades cuya premisa fundamental es la solución de las necesidades de toda una colectividad.

IX. Atendiendo a lo expuesto en los numerales que anteceden, es menester que el Congreso de la Unión, como representante popular de la Nación Mexicana, exteriorice un firme pronunciamiento a Petróleos Mexicanos Refinería, en virtud de los graves errores cometidos en el proceso de refinación de los hidrocarburos, que han ocasionado consecuencias lamentables que repercuten en el patrimonio de sus usuarios.

X. De igual forma, se considera necesario exhortar a la Secretaría de Energía a fin de que ejerza sus facultades de vigilancia de los trabajos petroleros, con el propósito de constituirse en un candado para evitar la repetición de este vergonzoso fenómeno.

XI. Finalmente, se invita a la Procuraduría Federal del Consumidor a continuar desahogando de manera rápida y eficiente, los procedimientos correspondientes para la reparación del daño a los consumidores a nivel nacional, ya que éste organismo representa el canal más idóneo para el cumplimiento de tal responsabilidad.

Atendiendo a los motivos y fundamentos anteriores, someto a la consideración del H. Congreso de la Unión, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- El Congreso de la Unión, emite un firme pronunciamiento en contra de los constantes errores cometidos y la negligencia que se ha presentado en la refinación de hidrocarburos por parte de Petróleos Mexicanos, lo cual ha traído como consecuencia que innumerables propietarios de automotores, principalmente en el norte del país, sufran daños patrimoniales que resquebrajan su economía, impidiéndose además, que los diversos órdenes de gobierno puedan cumplir eficientemente con su encomienda pública, dañándose tanto el patrimonio estatal como el municipal.

Segundo.- Se exhorta a Petróleos Mexicanos Refinería, a realizar sus trabajos ajustándose de manera estricta a los estándares de calidad, desempeñándose además con eficiencia y responsabilidad en su encomienda legal.

Tercero.- Se sugiere a la Secretaría de Energía que se comprometa a proteger los intereses de los mexicanos consumidores de combustible nacional, a través del ejercicio de la vigilancia que le compete respecto de los trabajos petroleros, tomándose las medidas correctivas necesarias para que el combustible contaminado, adulterado o de baja calidad, no vuelva a ser generado o puesto en el mercado, ocasionando desperfectos mecánicos costosos a todos los usuarios del mismo.

Cuarto.- Se recomienda a la Procuraduría Federal del Consumidor que continúe actuando de manera rápida y eficaz como intermediario entre los consumidores afectados y Petróleos Mexicanos, a fin de que se cumpla cabalmente con la reparación del daño correspondiente.

Dado en el salón de sesiones del H. Congreso del Unión, a los 27 días del mes de Abril del año Dos Mil Cuatro.

Dip. Kenny Denisse Arroyo González (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE SOLICITAR A LA ENTIDAD DE FISCALIZACION SUPERIOR DE LA FEDERACION QUE AUDITE EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS PUBLICOS FEDERALES ASIGNADOS A LOS 11 MUNICIPIOS DE AGUASCALIENTES EN LOS EJERCICIOS 2000-2003, A CARGO DEL DIPUTADO FRANCISCO JAVIER VALDEZ DE ANDA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

En mi carácter de diputado federal y como integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional de la H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración de esta soberanía, una proposición con punto de acuerdo de urgente resolución con base en los siguientes antecedentes y preceptos de Ley.

Antecedentes

Primero.- El artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejaran su patrimonio conforme a la ley.

Segundo.- El artículo 79 de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece también que la entidad de fiscalización superior de la Federación de la Cámara de Diputados estará facultada para fiscalizar los recursos federales que ejerzan los municipios, entre otros.

Que es fundamental el conocer por esta soberanía la aplicación estricta de los recursos federales por parte de los municipios del país y en congruencia con la petición que se ha hecho en la sesión del pasado martes 20 de abril del presente año para fiscalizar los recursos federales por parte de los gobiernos de los estados y en particular la petición que hicieron los diputados del Partido Revolucionario Institucional para fiscalizar el ejercicio de dichos recursos por parte del gobierno del estado de Aguascalientes, en congruencia con dicho acuerdo realizado por esta H. Cámara de Diputados se ordene también auditar los ejercicios de los recursos federales para los años 2000, 2001, 2002 y 2003 por parte de los once municipios del estado de Aguascalientes.

Tercero.- Siendo competente la Auditoría Superior de la Federación de acuerdo con lo dispuesto por la fracción VI del artículo 2 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación para auditar, entre otras entidades, a los municipios del país, es la razón por la cual someto a consideración de esta H. Asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico.- Se ordena a la entidad de fiscalización superior de la Federación de esta H. Cámara de Diputados para que realice auditorías a los once municipios del Estado de Aguascalientes respecto de los ejercicios de los años 2000, 2001, 2002 y 2003 en la aplicación del ejercicio de los recursos federales que les fueron asignados en dichos periodos, debiendo informar oportunamente a esta soberanía el resultado de dichas auditorías.

Palacio Legislativo de San Lázaro; México, DF, a los veintisiete días del mes de abril del año dos mil cuatro.

Dip. Francisco Javier Valdéz de Anda (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION FISCALICE LOS FONDOS FEDERALES ASIGNADOS AL ESTADO DE CHIAPAS DURANTE LOS EJERCICIOS FISCALES 2001-2003, A CARGO DEL DIPUTADO MARIO CARLOS CULEBRO VELASCO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Los suscritos, diputados federales de Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentan ante esta Soberanía la presente proposición con punto de acuerdo, con fundamento en las siguientes:

Consideraciones

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en sus artículos 74 y 79 que esta Honorable Cámara de Diputados, tiene la facultad de fiscalizar los recursos federales que ejerzan las entidades federativas, los municipios y los particulares.

La Ley de Fiscalización Superior de la Federación señala las facultades que tiene la Auditoria Superior de la Federación respecto a los sujetos de fiscalización superior de la cuenta pública; entre ellas, las entidades federativas que ejerzan recursos públicos federales, de acuerdo con el artículo segundo, fracción VI de la citada ley.

El uso de fondos federales por las entidades federativas, presupone un proceso que se inicia con la solicitud de éstos para destinarlos a fines específicos y su ejercicio, de serles concedidos, debe cumplir todas las normas que conlleva la aceptación de tales fondos y deberá comprobarse en los términos de las disposiciones aplicables.

Por lo tanto, la rendición de cuentas debe ser precisa; en consecuencia, si la rendición de cuentas no fuese transparente, no debe otorgarse más recursos.

Así, la Cámara de Diputados, a través de su entidad de fiscalización, esta obligada a investigar si el proceso de destino de los recursos federales se cumpla puntualmente; si su aplicación correspondió en monto, tiempo y forma a lo aprobado en el presupuesto de egresos de la federación, para cumplir el fin determinado.

La legalidad es fundamental en la vida de las instituciones, su actuación no debe estar fuera de ella; la corresponsabilidad aparece cuando se otorga; y no se cuida, el fin para el que fue otorgado; por ello, a efecto de deslindar ante los ojos de la ciudadanía el ejercicio cuidadoso los fondos que a cada instancia corresponde, se propone el siguiente;

Punto de Acuerdo.

Unico. Que la Auditoria Superior de la Federación, de acuerdo al artículo 74, Fracción IV y 79 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos y con base igualmente en los artículos 2, 4, y 16 de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, practique auditorias a los fondos federales asignados al Estado de Chiapas, durante los ejercicios fiscales de los años 2001, 2002,2003.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 22 de abril de 2004.

Diputados: Jorge Baldemar Utrilla Robles, María Elena Orantes López, Juan Antonio Gordillo Reyes, Julián Nazar Morales, Florencio Collazo Gómez, Roberto A. Aguilar Hernández, Francisco Grajales Palacios, Mario carlos Culebro Velasco, Belisario Iram Herrera Solís, César Amín González Orantes, Carlos Osvaldo Pano Becerra, Sonia Rincón Chanona, Sami David David, José Eduviges Nava Altamirano, Felipe Medina Santos, José García Ortiz, Abel Echeverría Pineda, Marco Antonio Torres Hernández, Carlos Manuel Rovirosa Ramírez, Martín Remigio Vidaña Pérez, Víctor Flores, Laura Reyes Retana, Laura Elena Martínez Rivera, Adrián Villagómez García, Carlos Mireles Morales, Mayela María de Lourdes Quiroga Tamez, Fernando Donato de las Fuentes Hernández, Ady García López, Campos Eugenio Mier y Concha, Gaspar Avila Rodríguez, Pablo Bedolla López, Alfredo Gómez Sánchez, Isaías Soriano López, Consuelo Muro Urista, Jesús Zúñiga Romero, Rogelio Rodríguez Javier, Sofia Castro Ríos, José Guzmán Santos, Elpidio Desiderio Concha Arellano, Jacobo Sánchez López, Ilegible, Álvaro Burgos Barrera, Marcelo Tecolapa Tixteco, Gonzalo Ruíz Cerón, Heliodoro Carlos Díaz Escarraga, Jesús Angel Díaz Ortega, Fernando Alberto García Cuevas, Guillermo Martínez Nolasco, Marco Antonio Gutiérrez Romero, Roberto Antonio Marrufo Torres, Wintilo Vega Murillo, Roger David Alcocer García, Angel Paulino Canul Pacab, Filemón Primitivo Arcos Suárez Peredo, José Porfirio Alarcón Hernández, Alfredo Villegas Arreola, Miguel Amezcua Alejo, Oscar Rodríguez Cabrera, Pablo Pavón Vinales, Rafael Alejandro Moreno Cárdenas, Jorge Ortiz Alvarado, Francisco Cuauhtémoc Frías Castro, Francisco Javier Bravo Carbajal, Juan Manuel Dávalos Padilla, Rogelio Humberto Rueda Sánchez, José Manuel Carrillo Rubio, Ilegible, Quintín Vázquez García, Jorge Leonel Sandoval Figueroa, Evelia Sandoval Urbán, María Esther de Jesús Scherman Leaño, Lázaro Arias Martínez, Enrique Ariel Escalante Arceo, María del Consuelo Rafaela Rodríguez de Alba, Nora Elena Yu Hernández, Kenny Denisse Arroyo González, Lorenzo Miguel Lucero Palma, Jorge de Jesús Castillo Cabrera, Guillermo del Valle Reyes, Carlos Blackaller Ayala, Gonzalo Alemán Migliolo, Cruz López Aguilar, Luis Antonio Ramírez Pineda, Sergio Arturo Posadas Lara, Alfonso Juventino Nava Díaz, Humberto Francisco Filizola Haces, Oscar Martín Ramos Salinas.
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE QUE SE EXHORTE A LA COMISION REGULADORA DE ENERGIA, A LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Y A LA COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD A AGILIZAR LOS TRAMITES PARA EL OTORGAMIENTO DE LOS PERMISOS DE IMPORTACION DE ENERGIA ELECTRICA CORRESPONDIENTES A 17 EMPRESAS DEL MUNICIPIO DE MEXICALI, BAJA CALIFORNIA, A EFECTO DE RECUPERAR LA COMPETITIVIDAD REGIONAL Y SALVAGUARDAR LAS FUENTES DE EMPLEO, AL DISMINUIR EN GRAN MEDIDA LOS GASTOS POR CONCEPTO DE ESTE SERVICIO QUE, POR SU CUANTIA, PERJUDICAN LA PRODUCTIVIDAD, A CARGO DEL DIPUTADO HIDALGO CONTRERAS COVARRUBIAS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

El que suscribe, diputado federal por el municipio de Mexicali, estado de Baja California, Hidalgo Contreras Covarrubias, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presenta el siguiente punto de acuerdo para que se exhorte a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en los trámites que les correspondan, a agilizar y facilitar el procedimiento para el otorgamiento de los permisos para la importación de energía eléctrica a 17 empresas del municipio de Mexicali, estado de Baja California, con lo cual recuperarán la competitividad regional, así como salvaguardar las fuentes de empleo al aminorar los gastos por concepto de consumo de este servicio que por sus altos precios perjudican su productividad.

Antecedentes

En 1992 se reforma la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica con el objetivo de ampliar y definir la participación de particulares en actividades de generación, exportación e importación de energía eléctrica, en su artículo 3º define cinco actividades que no se consideran servicio público:

1.- Generación de energía eléctrica para autoabastecimiento, cogeneración o pequeña producción.

2.- Generación de energía eléctrica que realicen los productores independientes para su venta a la CFE.

3.- Generación de energía eléctrica para su exportación derivada de la cogeneración, producción independiente y pequeña producción.

4.- Importación de energía eléctrica para el uso de abastecimiento propio.

5.- Generación de energía eléctrica destinada al uso en emergencias derivadas de interrupciones en el servicio público.

Para realizar estas actividades, los particulares requieren de un permiso, salvo en los casos siguientes (artículo 39 de la ley): - La generación destinada al uso de emergencias derivadas de interrupciones en el servicio publico, y

- El autoabastecimiento cuya capacidad no exceda de 0.5 MW y que no se destine a pequeñas comunidades rurales.

En 1993 se publica el Reglamento de la Ley del Servicio de Energía Eléctrica que, entre otros temas, desarrolla los criterios que rigen las actividades de generación, exportación e importación de energía eléctrica de los particulares.

La ley y el reglamento definen seis tipos de permisos para las actividades que no se consideran servicio público:

Autoabastecimiento, cogeneración, producción independiente, pequeña producción, exportación e importación, y establecen las condiciones bajo las cuales serán otorgados cada uno de los permisos (artículo 36 de la ley).

En 1995 la Ley de la Comisión Reguladora de Energía le confiere a esta Comisión, entre otras las siguientes:

a) Otorgar y revocar los permisos y autorizaciones para cada una de las actividades o para ejercer varias;

b) Autorizar la transferencia de los derechos derivados de los permisos y

c) Establecer las condiciones pertinentes en los permisos de acuerdo con lo previsto en la ley y su reglamento.

La CRE otorga los permisos considerando los criterios y lineamientos de la política energética nacional, oyendo la opinión del suministrador (CFE o LFC), cuidando el interés general así como la seguridad, eficiencia y estabilidad del servicio publico (Artículo 36 de la ley).

Exposición de Motivos

Por lo anteriormente expuesto y considerando que la ciudad de Mexicali tiene durante cinco meses del año las temperaturas más altas del país, con un promedio de 47 grados centígrados y tomando en cuenta que su ubicación en la frontera norte es estratégica para la inversión, un grupo de empresarios decide importar energía eléctrica de Estados Unidos de América con el fin de abatir los altos costos que por el concepto de consumo de este servicio enfrentan.

Las condiciones climatológicas de la región y los precios desequilibrados de la energía eléctrica, han propiciado que 17 empresas de este municipio hayan realizado los trámites correspondientes para obtener los permisos legales para llevar a cabo dicha actividad.

Los estudios realizados para conocer la factibilidad de utilizar energía eléctrica de importación, han arrojado que los costos del servicio disminuyen entre un 30 y un 60% en su facturación, esto beneficia indiscutiblemente el impulso de la competitividad de las empresas en la región y garantiza la permanencia de los 15,000 empleos que generan.

Cumpliendo con todos los requisitos solicitados por la CRE, SHCP y CFE, se han encontrado una serie de condiciones que impiden que dichos permisos sean liberados con agilidad y certeza debido al burocratismo que se ha presentado en estas dependencias federales; aun así, las empresas han cumplido cabalmente con la documentación solicitada y los tiempos establecidos por las mismas, teniendo un estatus a la fecha del trámite en orden.

Estas empresas demandan la importación de 95 megawats de los 150 que la CFE tiene como capacidad de infraestructura actualmente; hoy en Mexicali existen 25 empresas en lista de espera para iniciar sus trámites de importación. Esta energía que sería importada de EU y transmitida mediante la red de Comisión Federal de Electricidad, será utilizada del 1º de mayo al 31 de octubre que es el periodo de verano con temperaturas sumamente altas y en un horario considerado como horas pico de las 12 a 18 horas del día.

Actualmente, el problema mayor para que se concreten estos permisos y las empresas inicien con la importación de la energía eléctrica, lo tiene la Comisión Federal de Electricidad por la falta de definición del contrato de interconexión para transmitir la energía a través de su red. Ellos han determinado no perder por la venta de energía y recuperarse vía el cobro de servicios conexos, penalizaciones y cargos por porteo que prácticamente hacen incosteable la importación, situación en la que no estamos de acuerdo y rechazamos con firmeza.

Por estos motivos, y considerando que estas empresas constituyen una fuente importante de empleo a los ciudadanos y que les permite sostener un ingreso para el desarrollo de sus familias; que dichas empresas se enfrentan a una competitividad que las pone en desventaja por el hecho de que el costo de energía eléctrica es muy alto a diferencia de los precios de la energía de Estados Unidos, que son evidentemente bajos, y tomando en cuenta que la CRE, SCHP y la CFE son las dependencias federales que tienen la facultad de revisar los requisitos, establecer condiciones y, en su caso, autorizar los permisos de importación de energía eléctrica, someto a consideración de la asamblea el siguiente

Punto de Acuerdo

"Unico: Se exhorta a los titulares de la Comisión Reguladora de Energía, de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Federal de Electricidad a que agilicen el otorgamiento de los permisos correspondientes de importación de energía eléctrica a las empresas: AMP Industrial Mexicana; Bimbo, SA de CV; Compañía Productora de Hielo; Compañía Siderúrgica de California; Daewoo Orion Mexicana; Emermex; Fabrica de Papel San Francisco; Fevisa Industrial; Industrias Zahorí; Kenworth Mexicana; Kwng Sung Electronics México; Pimsa, SA de CV; Rheem Mexicali; Sony Mexicali; Thomson Display Mexicana; Wabash Technologies de México; y Sky Works Solutions; lo que va a permitir la recuperación de la competitividad regional, así como mantener la permanencia de los 15,000 empleos que generan, aminorando los altos costos por concepto de consumo de energía eléctrica."

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, el 27 de abril de 2004.

Dip. Hidalgo Contreras Covarrubias (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE EXHORTAR A LA SECRETARIA DE MARINA A REALIZAR LOS TRAMITES CORRESPONDIENTES PARA QUE EL HOSPITAL NAVAL SITUADO EN FRONTERA, MUNICIPIO DE CENTLA, TABASCO, FORME PARTE DEL PATRIMONIO DEL GOBIERNO DE ESA ENTIDAD Y PUEDA PRESTAR ASI SERVICIOS DE SALUD A LA POBLACION ABIERTA, A CARGO DEL DIPUTADO FRANCISCO HERRERA LEON, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ordena que, corresponde al Estado la rectoría del desarrollo Nacional para garantizar que este sea integral y sustentable, que fortalezca la soberanía nacional y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales.

Esta Cámara, como parte del Estado, en el marco de sus competencias no puede bajo ese imperativo Constitucional, ser indiferente ante lo que suceda en cada región del país, por el contrario, debe desplegar los recursos jurídicos e institucionales para atender las necesidades más apremiantes de la población, y orientar en su ejercicio al Poder Ejecutivo Federal.

La situación objeto de esta proposición, que exige nuestra intervención, es la que se presenta en el municipio de Centla, Tabasco, en el que anualmente se están realizando 757 traslados a hospitales de Villahermosa, Tabasco, cifra registrada que definitivamente es mayor, con los riesgos a la salud que estos implican y la erogaciones adicionales para las familias y el gobierno del estado, siendo que en la cabecera municipal del municipio de Centla, el Gobierno Federal a través de la Secretaría de Marina cuenta con un hospital para atenderlos ahí.

Este hospital de la Secretaría de Marina fue construido en 2001 para atender a una población de 9 mil habitantes, cuenta con instalaciones modernas con tecnología de punta, 24 camas censables, 10 consultorios médicos, dos quirófanos, sala de expulsión, terapia intensiva, laboratorio, rayos X, planta de tratamiento de aguas residuales, etc.

Llama la atención, que en 2001 con la regionalización de los servicios de la armada, 4 mil marinos además de sus familias fueron trasladados a Campeche, quedando las instalaciones del Hospital Naval en un estado de subutilización, frente a grandes carencias en servicios de atención a la salud que padece la población del municipio de Centla.

Por todo lo expuesto y bajo las siguientes consideraciones:

Primera

Que de los 88 mil habitantes con que cuenta el municipio de Centla, Tabasco, el 74% es población no derechohabiente. Y que la salud es un valor fundamental e indispensable para el bienestar de las comunidades humanas y condición indispensable para su desarrollo.

Segunda

Que el municipio de Centla, Tabasco, sólo cuenta con un Centro de Salud que data de 1955, y presta únicamente servicios de laboratorio, rayos X, odontología, consulta externa y vacunación.

Tercera

Que la población del municipio de Centla, Tabasco, requiere de las 24 horas del día de quirófanos, laboratorio, rayos X, y los servicios de las cuatro especialidades básicas: ginecoobstetricia, cirugía general, medicina interna y pediatría.

Cuarta

Que el estado de Tabasco es el que más invierte en materia de salud, y que el gobierno del estado donó el terreno y construcción de la V zona y club de pesca Naval, y es tiempo que el Gobierno Federal retribuya ante la particular circunstancia que se está presentado.

Quinta

Que este mismo hospital, perfectamente puede prestar atención médica a la población adscrita a la Secretaría de Marina que radica en el municipio de Centla, Tabasco, en las mismas condiciones.

Por todo lo anterior, los diputados priístas que suscribimos, proponemos el siguiente

Punto de Acuerdo

Unico:

Que la Secretaría de Marina, realice los trámites correspondientes a efecto de que el Hospital Naval, ubicado en el municipio de Centla, Tabasco, pase a formar parte del patrimonio del gobierno del estado de Tabasco y así pueda prestar servicios de salud a la población abierta.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 27 de abril de 2004.

Dip. Francisco Herrera León (rúbrica)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO, A FIN DE EXHORTAR A LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A CAMINOS Y PUENTES FEDERALES Y A PETROLEOS MEXICANOS A OPERAR UN PROGRAMA DE ACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN CARRETERAS FEDERALES, AUTOPISTAS DE CUOTA Y AUTOSERVICIOS DE GASOLINERAS, POR LO QUE SE REFIERE A SERVICIOS DE USO SANITARIO, A CARGO DEL DIPUTADO FRANCISCO JAVIER BRAVO CARBAJAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

Consideraciones

La red carretera nacional comunica a casi todas las regiones y comunidades del País, a través de 333 mil kilómetros de caminos de todo tipo, la cual es atendida en su totalidad por el Gobierno Federal. En esta red se registran la mayor parte de los desplazamientos de pasajeros y carga entre ciudades y canaliza los recorridos de largo itinerario, los relacionados con el comercio exterior y los productos por los sectores económicos del País. De esta gran red carretera, 5,933.1 kilómetros de longitud corresponden a autopistas de cuota, que son carreteras con características especiales y que dado lo elevado de sus cobros por el uso de ellas, se debería suponer que garantizan al usuario servicios de calidad, comodidad y seguridad en sus recorridos. No obstante que las autopistas de México, cuentan con uno de los sistemas más extenso del mundo y con niveles de aforo importantes, se han olvidado de un importantísimo sector de la población como son las personas con discapacidad. Observamos que en forma excepcional y no general, en las autopistas del país, se tienen sanitarios y accesos para discapacitados, lo que obliga lamentablemente, que para hacer uso de este servicio se tienen que bajar de la silla de ruedas, cargarlo por otra persona para acceder a un sanitario, o solicitar apoyo para pasar una banqueta a la tienda de autoservicio; misma situación se ve en las diferentes carreteras federales libres. Hoy cuando en nuestro país, viven 10 millones de personas con discapacidad y 150 tipos de discapacidad, no podemos tolerar esta deficiencia, que afecta a esta población.

Lo anteriormente señalado ante esta soberanía es el reclamo más sensible de personas y organismos sociales.

En virtud de lo expuesto, presento a esta Soberanía, la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Primero.- Se exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, para que se establezcan servicios para discapacitados en accesibilidad y sanitarios en los paraderos de la red carretera libre.

Segundo.- Se exhorte a (Capufe), Caminos y Puentes Federales, al Fideicomiso de Apoyo para el Rescate de Autopistas Concesionadas y las concesionadas a particulares y gobiernos estatales, con carácter de urgente, para que se establezca un Programa de Accesibilidad para Discapacitados en servicios de acceso en rampa y sanitarios.

Tercero.- Se exhorte al organismo público descentralizado Petróleos Mexicanos, para que toda factibilidad otorgada para la instalación de centros de servicios gasolineros, sea obligatoria la construcción de rampas y sanitarios con características especiales para personas con discapacidad.

Dado en el Palacio Legislativo, el día 27 de abril de 2004.

Dip. Francisco Javier Bravo Carbajal (rúbrica)
 
 










Excitativas
A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Y DE ENERGIA, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JORGE DE JESUS CASTILLO CABRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, solicita respetuosamente, por este conducto, a la Presidencia de esta H. Cámara, tenga a bien formular Excitativa a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía, de conformidad con lo establecido en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en razón de los siguientes

Antecedentes

Uno. Con fecha 03 de marzo de 2004 fue presentada ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, por el suscrito, una Proposición con Punto de Acuerdo para solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la reforma del "Acuerdo que autoriza la modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica", que entró en vigor el 09 de agosto de 2003, a efecto de que, en el cálculo del Límite de Energía Anual (LEA) para la aplicación de la tarifa 9-N, se conceda un volumen de extracción de agua adicional del 40% en el 2004, y un 20% para el 2005.

La Presidencia turnó la Proposición a la Tercera Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente.

Dos. En sesión de la Comisión Permanente celebrada el 23 de marzo de 2004, se dio cuenta con el inventario de los asuntos que dicha Comisión remitió a la Cámara de Diputados y la Presidencia de esta última dictó el turno a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía. Hasta la fecha no se ha publicado o presentado ante el Pleno el Dictamen correspondiente.

Consideraciones

1. La Proposición tiene por objeto exhortar respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que reforme el "Acuerdo que autoriza la modificación y reestructuración a las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica", que entró en vigor el 09 de agosto de 2003, a efecto de que en el cálculo del Límite de Energía Anual (LEA) para la aplicación de la tarifa 9-N se conceda para todo el país un volumen de extracción de agua adicional del 40% en el 2004, y un 20% para el 2005, tomando como base el déficit de sobreexplotación de los acuíferos más críticos.

2. La expedición de la Ley de Energía para el campo fue una respuesta ante el desmesurado incremento que han sufrido los insumos y el decrecimiento de los precios de los productos del campo en los mercados.

En dicho ordenamiento jurídico se establece, en su artículo 1°, párrafo segundo, que está orientado a coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y competitividad, como medidas de apoyo tendientes a reducir las asimetrías con respecto a otros países. En el Capitulo II se establece que será el Poder Ejecutivo Federal quien establecerá, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los precios y tarifas de estimulo de los energéticos agropecuarios.

3. Con base en lo anterior, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público emitió el 06 de agosto de 2003, el Acuerdo que autoriza la modificación y reestructuración de las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica.

En el Acuerdo antes citado se establece la tarifa 9-N que se aplica a los servicios en baja o media tensión que destine la energía eléctrica exclusivamente para bombeo de agua, hasta por el volumen que es utilizado en el riego de tierras dedicadas al cultivo, y para el local donde se encuentre instalado el equipo de bombeo.

De conformidad con lo anterior, para la determinación de Limite de Energía Anual (LEA) se toman en cuenta diversas constantes y se establece que la energía eléctrica consumida que exceda del LEA será facturada con los cargos de la tarifa para servicio para bombeo de agua para riego agrícola en baja o media tensión, tarifa 9 o 9-N, según corresponda.

4. Diversos productores de las regiones agrícolas del estado de Chihuahua han planteado su preocupación de que el sistema tarifario que se aplica en la entidad, sobre todo tratándose de acuíferos sobre explotados, se da el caso de que el volumen de extracción de agua no coincide con el realmente extraído, muchas veces en razón de que las condiciones climáticas extremas del estado, que se traducen en doce años de intensa sequía, así lo demandan o bien por un error administrativo en el volumen concesionado, cuando aquel fue regularizado ante la Comisión Nacional del Agua.

Por ello se solicitó una disposición transitoria para el año 2004, relativa al incremento del volumen concesionado del 40%, mismo que se reduciría al 20% para el año 2005.

En virtud de que ha trascurrido con exceso el término establecido en el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y tomando en cuenta que la Proposición con Punto de Acuerdo en cuestión se orienta a apoyar la producción de los ciclos agrícolas de los años 2004 y 2005, consideramos oportuno que se proceda enviar excitativa en los términos reglamentarios a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Publico y de Energía, para que emitan su dictamen a la mayor brevedad.

En mérito de lo expuesto a usted C. Presidente de la Cámara de Diputados en la LIX legislatura del H. Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva:

Único. En los términos de lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite, remitiendo el presente documento, a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía a fin de que presenten el dictamen correspondiente a la Proposición con Punto de Acuerdo que se identifica en esta Excitativa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal, a los 27 días del mes de abril de 2004.

Dip. Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica)
 
 
 

A LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Y DE ENERGIA, A SOLICITUD DEL DIPUTADO JORGE DE JESUS CASTILLO CABRERA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El suscrito, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, solicita respetuosamente, por este conducto, a la Presidencia de esta H. Cámara, tenga a bien formular excitativa a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, de conformidad con lo establecido en la fracción XVI del artículo 21 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en razón de los siguientes

Antecedentes

Único. Con fecha 1 de abril de 2004 fue presentada ante esta soberanía una proposición con punto de acuerdo para exhortar al titular del Poder Ejecutivo que gire sus instrucciones a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, así como a la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro para que establezcan nuevas tarifas al suministro y venta de electricidad a los productores de Chihuahua; y la creación de una tarifa preferencial para uso agrícola y otra para uso ganadero en el mismo estado.

La Presidencia turnó la proposición a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía.

Consideraciones

1. La proposición tiene por objeto exhortar al titular del Poder Ejecutivo que gire sus instrucciones a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Energía, así como a la Comisión Federal de Electricidad y a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro para que establezcan nuevas tarifas al suministro y venta de electricidad a los productores de Chihuahua; y la creación de una tarifa preferencial para uso agrícola y otra para uso ganadero en el mismo Estado.

Consecuente con lo anterior, se exhorta al titular del Poder Ejecutivo, con la intervención de las Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, procedan a abrogar el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo publicado en el Diario Oficial de la Federación 4 de diciembre de 2003 y a la consecuente publicación, entrada en vigor y aplicación del reglamento aprobado en el Marco del Acuerdo Nacional para el Campo.

Para los efectos anteriores se solicita que se establezcan mesas de diálogo y concertación, con la participación de los representantes de las organizaciones y movimientos sociales involucrados en le conflicto, para que se busque una solución adecuada y equitativa al problema de las tarifas eléctricas de los, pozos agrícolas en el estado de Chihuahua y para que en la búsqueda de la solución relativa se privilegie el diálogo y los acuerdos.

2. En el Diario Oficial de la Federación de 30 de diciembre de 2002 fue publicada la Ley de Energía para el Campo que tiene el objeto expreso de coadyuvar al desarrollo rural del país, estableciendo acciones de impulso a la productividad y a la competitividad como medidas de apoyo tendientes a reducir las asimetrías con respecto a otros países.

No obstante que la Ley de Energía para el Campo fue votada por unanimidad por el Congreso de la Unión la misma no ha sido cumplida cabalmente y no ha producido los beneficios que de ella se esperaban.

3. Fue hasta el 4 de diciembre de 2003 en que apareció publicado en le Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley de Energía para el Campo. La aplicación de este reglamento contradice el texto y el espíritu de la Ley de Energía para el Campo y ha producido más problemas de los que ha resuelto.

4. En el Acuerdo Nacional para el Campo, los productores convinieron con los representantes de la Federación en un proyecto de Reglamento de la Ley de Energía para el campo que no afecta ni técnica ni económicamente a Pemex ni a la Comisión Federal de Electricidad y establece apoyos y estímulos reales a los productores agropecuarios, por lo cual fue firmado por el Presidente de la República y las asociaciones de productores del país.

5. En los acuerdos de la Secretaria de Hacienda se incluyó una fórmula denominada Límite de Energía Anualizada (LEA) que provoca que el cobro de la energía eléctrica sea más caro por considerarse excedente.

Las medidas anteriores provocaron la respuesta inmediata de los diferentes congresos estatales y del Congreso de la Unión. Los productores campesinos y las organizaciones que lo representan han manifestado su decisión de privilegiar el diálogo y los acuerdos que permitan el impulso a la productividad y rentabilidad en las actividades del campo.

6. El sistema de tarifas eléctricas de la Comisión Federal de Electricidad es un serio problema para el desarrollo del campo, puesto que son aplicadas a discreción y no cuentan con una regulación adecuada, ocasionando que una gran cantidad de campesinos se encuentren con enormes adeudos por este concepto, Motivando el cierre de pozos por parte de dicha Comisión.

En virtud de que ha trascurrido con exceso el término establecido en el articulo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y tomando en cuenta que la proposición con punto de acuerdo en cuestión se orienta a apoyar las condiciones de competitividad y rentabilidad de la producción agrícola, consideramos oportuno que se proceda enviar excitativa en los términos reglamentarios a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Energía, para que emitan su dictamen a la mayor brevedad.

En mérito de lo expuesto a usted C. Presidente de la Cámara de Diputados en la LIX Legislatura del H. Congreso de la Unión, atentamente pido se sirva:

Unico. En los términos de lo dispuesto en el artículo 21, fracción XVI, del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, excite, remitiendo el presente documento, a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Energía a fin de que presenten el dictamen correspondiente a la proposición con punto de acuerdo que se identifica en esta excitativa.

Palacio Legislativo de San Lázaro, Distrito Federal, a los 27 días del mes abril de 2004.

Dip. Jorge de Jesús Castillo Cabrera (rúbrica)
 
 
 

A LA COMISION DE GOBERNACION, A SOLICITUD DEL DIPUTADO EDUARDO ALONSO BAILEY ELIZONDO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI

El que suscribe, Eduardo Alonso Bailey Elizondo, diputado federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LIX Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en la fracción XVI del artículo 21 y el artículo 87 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicita a ésta Presidencia tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Gobernación a fin de elaborar el dictamen correspondiente a:

Punto de Acuerdo por el que:

Primero: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se pronuncia porque el titular del Ejecutivo federal instituya el día nacional de las personas zurdas.

Segunda: Asimismo esta soberanía se propone respetuosamente que se declare el 13 de agosto día nacional de las personas zurdas.

Antecedentes

Las estimaciones internacionales consideran en un 13 por ciento la población mundial con las características de ser zurdo, que para el caso específico de nuestro país, de acuerdo con el censo de la población del año 2000, representa una población de 12 millones 675 mil personas zurdas.

Estas personas zurdas en muchos aspectos de su vida cotidiana se ven afectados por esta condición, en la medida que el entorno está preconfigurado para la mayoría que es diestra, lo que implica la necesidad de desarrollar habilidades adicionales para interactuar en este ambiente adverso.

En este sentido, con la finalidad de crear una mayor conciencia social, respecto de la problemática que enfrenta este grupo de personas, el día jueves 4 de diciembre del 2003, el C. Diputado Emilio Serrano Jiménez presentó un punto de acuerdo que tiene como finalidad esta conscientización.

Este punto de acuerdo, siguiendo el trámite legislativo, fue turnado a la Comisión de Gobernación de esta Cámara de Diputados, a fin de que se emitiera el dictamen correspondiente.

Recientemente se han acercado a esta Coordinación de la Diputación Federal por Nuevo León diversas agrupaciones sociales interesadas en el tema, en busca apoyo para que se escuche su voz y se dictamine favorablemente este punto de acuerdo, toda vez que ya internacionalmente el día 13 de agosto es festejado como el día del zurdo, no existiendo en nuestro país legislación o disposición alguna al respeto.

Por lo anteriormente expuesto, y atendiendo a que ha transcurrido el término a que se refiere el artículo 87 del Reglamento Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, solicito respetuosamente a esta Presidencia tenga a bien formular excitativa a la Comisión de Gobernación para la elaborar el dictamen correspondiente al punto de acuerdo por el que:

Primero: La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se pronuncia porque el titular Ejecutivo federal Instituya el día Nacional de las personas Zurdas.

Segundo: Asimismo, esta soberanía se propone respetuosamente que se declara el 13 de agosto como el día nacional de las personas zurdas.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días del mes de abril de 2004.

Dip. Eduardo Alonso Bailey Elizondo (rúbrica)