Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2003.
Honorable Asamblea:
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, con las facultades que le confieren la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, se permite recordar a las ciudadanas diputadas y a los ciudadanos diputados que durante las sesiones del segundo periodo ordinario del tercer año de ejercicio, seguirá aplicable el acuerdo de la Mesa Directiva relativo al sistema electrónico de registro de asistencia, presentado en sesión del Pleno del jueves 31 de octubre de 2002 y publicado en la Gaceta Parlamentaria del viernes 1º de noviembre del mismo año.
Por la Mesa Directiva
Dip. Armando Salinas Torre (rúbrica)
Presidente
Dip. Jaime Vázquez Castillo (rúbrica)
Vicepresidente
Dip. Eric Eber Villanueva Mukul (rúbrica)
Vicepresidente
Dip. Ma. Elena Alvarez Bernal (rúbrica)
Vicepresidenta
Dip. Adela Cerezo Bautista (rúbrica)
Secretaria
Dip. Rodolfo Dorador Pérez Gavilán (rúbrica)
Secretario
Dip. Ma. de las Nieves García Fernández
(rúbrica)
Secretaria
DE LA COMISION PERMANENTE
CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados
Presentes
En sesión celebrada en esta fecha por la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta con la comunicación del Lic. Luis Felipe Bravo Mena, Presidente Nacional del Partido Acción Nacional, por el que informa: "en virtud de la licencia concedida al diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, el diputado Alejandro Zapata Perogordo asumirá la coordinación de su grupo parlamentario en la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados".
La Presidencia dictó el siguiente trámite: "Remítase a la Cámara de Diputados".
México, DF, a 19 de febrero de 2003.
Sen. Yolanda Eugenia González Hernández
(rúbrica)
Secretaria
Dip. José Tomás Lozano y Pardinas (rúbrica)
Secretario
(De enterado, comuníquese. Marzo 18 de 2003.)
DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA
Palacio Legislativo, México, DF, a 17 de marzo de 2003.
Dip. Armando Salinas Torre
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, le envío el "Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se extiende la prórroga de la duración de funcionamiento del Grupo de Trabajo de Cafeticultura de la Comisión de Agricultura y Ganadería de la H. Cámara de Diputados".
Lo anterior, a efecto de que se incluya en la sesión del día martes 18 de marzo del año en curso.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente
ACUERDO DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA, POR EL QUE SE EXTIENDE LA PRORROGA DE LA DURACION DE FUNCIONAMIENTO DEL GRUPO DE TRABAJO DE CAFETICULTURA, DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS
La Junta de Coordinación Política de la H. Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura, con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso b), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de las siguientes
Consideraciones
II. Que con fecha 29 de enero del 2002 la Junta de Coordinación Política suscribió un acuerdo a efecto de solicitar al Grupo de Trabajo de Cafeticultura la presentación de un informe de los trabajos realizados, mismo que fue ratificado por el Pleno el 20 de marzo del mismo año.
III. Que el 26 de marzo del 2002 se presentó ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados el informe de los trabajos realizados por el Grupo de Trabajo de Cafeticultura.
IV. Que el 25 de abril del 2002 la Junta de Coordinación Política acordó otorgar una prórroga a la duración del Grupo de Trabajo de Cafeticultura, hasta el 31 de diciembre del 2002.
V. Que con fecha 16 de enero del 2003, la Junta de Coordinación Política recibió la solicitud del Grupo de Trabajo de Cafeticultura, a efecto de prorrogar la duración del mismo, hasta el 31 de agosto del año 2003.
Acuerdo
Primero.- Se otorga una prórroga a la duración del funcionamiento del Grupo de Trabajo de Cafeticultura, de la Comisión de Agricultura y Ganadería de esta Cámara, hasta el 31 de agosto del 2003, a efecto de que concluya con los trabajos respectivos.
Segundo.- Comuníquese al Grupo de Trabajo de Cafeticultura, por conducto de la Comisión de Agricultura y Ganadería.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 6 días del mes de febrero del 2003.
Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente y Coordinador del Grupo Parlamentario del
Partido de la Revolución Democrática
Dip. Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario
Institucional
Dip. Felipe Calderón Hinojosa (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción
Nacional
Dip. Bernardo de la Garza Herrera (rúbrica)
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Verde
Ecologista de México
Dip. Alberto Anaya Gutiérrez
Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
(Aprobado en votación económica. Marzo 18
de 2003.)
Palacio Legislativo, México, DF, a 17 de marzo de 2003.
Dip. Armando Salinas Torre
Presidente de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente
Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso c), de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, y en atención al "Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, por el que se crea un Grupo de Trabajo para dar seguimiento al proceso de reconstrucción en el estado de Colima, con motivo del sismo ocurrido el pasado 21 de enero", informo a usted que dicho Grupo de Trabajo se integrará con los siguientes diputados:
Dip. Roberto Preciado Cuevas (GPPRI)
Dip. Jesús Dueñas Llerenas (GPPAN)
Dip. Ramón León Morales (GPPRD)
Dip. Julieta Prieto Fuhrken (GPPVEM)
Dip. Jaime Cervantes Rivera (GPPT)
Lo anterior, a efecto de que se incluya en la sesión del día martes 18 de marzo del año en curso.
Sin otro particular, quedo de usted.
Atentamente
Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Presidente
(Aprobado en votación económica. Marzo 18
de 2003.)
Con fundamento en el derecho que me concede el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en atención a lo que se ha expuesto y debatido en los foros sobre el voto de los mexicanos en el extranjero, que se realizaron en la ciudad de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, el 6 de diciembre de 2002; en Chicago, Illinois, el 1º de febrero de 2003 y en Los Angeles, California, el 19 de febrero de 2003, por académicos, políticos, gobernadores, senadores, organizaciones de migrantes, los migrantes mismos de manera individual, la suscrita diputada federal a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, me permito someter a la consideración de esta asamblea la presente iniciativa de reformas y adiciones al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), a fin de regular el voto de los mexicanos en el extranjero, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
Los mexicanos fuera de territorio nacional no ejercen ningún derecho político en nuestro país, lo cual es notoriamente inequitativo para quienes siguen ligados a sus comunidades y lugares de origen por lazos familiares, culturales y comunitarios.
Esto toma una importancia relevante si se considera que más de ocho millones de connacionales residentes en los Estados Unidos de América son nacidos en nuestro país y más de veinte millones son de origen o de familia mexicana. Contribuyen en forma notable y ostensible a su economía, por la aportación de su trabajo y como consumidores integrantes de un mercado cada vez más importante en términos relativos y absolutos.
Hoy en día las fuerzas sociales obligan a los gobiernos a prescindir progresivamente de autoritarismos. México está profundamente imbuido en ese proceso que exige que se universalicen los derechos, que las leyes reconocen y que en el ejercicio político no se ha podido instaurar. Poner en práctica la prerrogativa constitucional para hacer extensivo el derecho al voto, no restringir a nadie sus derechos ciudadanos, no depende simplemente de la voluntad de hacerlo, aunque desde luego, ésta señala el comienzo del proceso.
Los legisladores debemos ser conscientes de que proponer que se les otorgue el voto a los residentes fuera del territorio nacional, no es ciertamente un acto generoso, sino el reconocimiento de un derecho legítimo que hasta ahora se les ha coartado y que debemos reconocer.
No olvidemos que el hecho de que permanecer en otro país, casi siempre por razones económicas de desarrollo personal y familiar, no implica de ninguna manera desarraigo ni desinterés. La cuantiosa aportación monetaria a familias, ejidos, comunidades y municipios, es muestra evidente de su preocupación, del vínculo que mantienen con el país donde están sus raíces, sus ancestros, sus tradiciones y sus afectos.
En concordancia con la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, la Convención Americana de Derechos Civiles de 1969 y el Pacto Internacional de Derechos Civiles de 1976, se llevó a cabo, en 1996, la reforma al artículo 36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de deslindar el derecho y el deber del voto ciudadano de la obligación de residencia en el país.
Esta modificación constitucional hace posible que los no residentes en el territorio nacional participen, directamente o por medio de representantes libremente escogidos, universalizando sin distinciones, el goce de derechos y oportunidades de votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, así como tener acceso en condiciones generales de igualdad a las funciones públicas de su país.
Con esta reforma desapareció el requisito de la residencia en un distrito electoral determinado. La fracción III del artículo 36 constitucional establece, sin más precisiones, entre las obligaciones del ciudadano de la República: "votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley".
Lo que está en discusión no es el derecho de los mexicanos a votar fuera del territorio, sino cómo instrumentar ese derecho constitucional. Para ello, es necesario que al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) se le hagan adiciones que otorguen atribuciones al Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) para regular el voto fuera del país, para especificar por cuáles autoridades pueden emitir el voto y las formas de operación en el procedimiento electoral.
Es necesario considerar las modalidades para favorecer la universalidad, equidad, transparencia y confiabilidad del sufragio, así como la cobertura cierta del universo de electores potenciales en el extranjero. Corresponde a nosotros los legisladores asumir el compromiso de legislar para permitir el voto de los mexicanos que se encuentran más allá de las fronteras y lograr una democracia más amplia y participativa.
Somos conscientes de que el ejercicio de este derecho necesita de una intensa y extensa actividad. También de un financiamiento que no es el menor obstáculo, que tendremos que prever, que será un recurso considerable, pero que los partidos debemos poner la voluntad en su aprobación.
La actividad electoral es compleja y especializada, el Instituto Federal Electoral ha trabajado intensamente en ello. Con las reformas y adiciones que proponemos al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales queremos conferirle facultades para que organice y lleve a cabo el proceso electoral y el ejercicio del derecho de voto de los mexicanos fuera del territorio nacional.
En los foros que se realizaron en Oaxaca, en Chicago, Illinois, y en Los Angeles, California, organizados por el gobierno de Oaxaca y por los diputados federales de la entidad, se oyeron las voces de nuestros paisanos, de las organizaciones de mexicanos en el vecino país, que representan a millones de migrantes, que demandaron a los legisladores y a los partidos se les garantice el ejercicio de sus derechos políticos, a votar y ser votados.
Es en cumplimiento de nuestro compromiso con ellos, en la observancia de nuestra palabra que estamos presentando esta iniciativa de decreto con reformas y adiciones a la ley electoral, en el conocimiento que no será fácil crear nuevos distritos, nuevas formas de sufragio, distintos representantes en las mesas electorales, disponer normatividades para instalar casillas, definir normas para el escrutinio y los resultados.
Creemos que el mejor camino es darle facultades al Instituto Federal Electoral, organismo técnico conocedor del proceso, para que dentro de un plazo a definir, pueda estar en condiciones de operar esta nueva modalidad del sufragio ciudadano, incluyente y universal. Conocemos de sus tareas y compromisos, constituyen un procedimiento altamente especializado, al que aportamos nuestra voluntad política y apoyo legislativo.
En atención a lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del Pleno el siguiente proyecto de
Decreto por el que se reforman y adicional diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Artículo Unico. Se reforman el numeral 2 del artículo 6 y el artículo 69, numeral 1, inciso d); se adiciona un numeral 3 al artículo 82 y un inciso e) al numeral 2 del artículo 223, todos del Código Federal de Instituciones y Procedimiento Electorales, para quedar como sigue:
Artículo 6. ...
1. ...
2. En cada distrito electoral uninominal el sufragio se emitirá en la sección electoral que comprenda al domicilio del ciudadano, salvo en los casos de excepción expresamente señalados por este código, o de la emisión del voto fuera del territorio nacional, cuya regulación acordará el Consejo General del Instituto Federal Electoral.
Artículo 69. Son fines del Instituto:
d) Asegurar a los ciudadanos, dentro y fuera del territorio nacional, el ejercicio de los derechos político-electorales reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y vigilar el cumplimiento de sus obligaciones.
e) a g) ...
1. ......
2. ........
3. El Consejo General del Instituto Federal Electoral determinará la regulación relativa a la instrumentación para el ejercicio del voto de los mexicanos en el extranjero, de conformidad con las siguientes bases:
2ª. El Consejo General del Instituto Federal Electoral determinará:
a) Los países y ciudades en que se podrá
emitir el voto en el extranjero.
b) La ubicación de los centros receptores del
voto, así como la conformación de sus respectivas mesas directivas.
c) Los mecanismos de producción, resguardo, distribución
y recolección del material electoral.
d) Los lineamientos para la celebración de los
convenios de colaboración que sean necesarios con la Secretaría
de Relaciones Exteriores.
e) Las funciones específicas en materia electoral
con las que se investirá a los cónsules mexicanos para el
proceso de emisión del voto de ciudadanos mexicanos en los Estados
Unidos de América.
f) Las reglas específicas a que se sujetarán
los actos preparatorios de las elecciones en el extranjero, en concordancia
con lo que determina este código respecto a las elecciones que se
celebran en el territorio nacional.
3ª. El Instituto Federal Electoral mantendrá un registro permanente de ciudadanos mexicanos que residan en el extranjero.
4ª. Los candidatos y partidos políticos podrán hacer campañas en el extranjero, a través de medios electrónicos o electromagnéticos o en los lugares que previamente sean convenidos con los gobiernos de otros países por conducto de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
5ª. Los recursos financieros o materiales que sean otorgados a los candidatos en el extranjero, serán aplicados en el lugar en donde se otorguen, quedando estrictamente prohibida la introducción de recurso alguno al territorio nacional mexicano, pero serán computados para el efecto de los montos de financiamiento y topes de campañas de los partidos y los candidatos.
6ª. El voto de los mexicanos en los Estados Unidos de América, se sujetará a las reglas especiales que al efecto determine el Instituto Federal Electoral con la opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para lo cual se investirá a los cónsules mexicanos en ese país de autoridad electoral con funciones específicas.
7ª. Los recursos judiciales que conforme a la ley de la materia procedan en una elección con participación de mexicanos en el extranjero, serán tramitados ante la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
1. ...
2. ...
e) Los nacionales mexicanos que el día de la jornada electoral de una elección federal se encuentren fuera del territorio nacional de manera transitoria o permanente, podrán votar en las elecciones federales de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, así como de diputados y senadores por el principio de representación proporcional, de conformidad con las disposiciones que al efecto acuerde el Consejo General del Instituto Federal Electoral.
4. ...
Transitorios
Primero. Las presentes reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales entrarán en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y serán aplicables en las elecciones federales de 2006.
Segundo. El Instituto Federal Electoral acordará la regulación relativa a la instrumentación para el ejercicio del voto de los mexicanos en el extranjero, a más tardar en el mes de marzo de 2005.
Palacio Legislativo, a 18 de marzo de 2003.
Diputados: Irma Piñeyro Arias (rúbrica), Abel Trejo González (rúbrica), Jaime Larrazábal Bretón (rúbrica), Lilia Mendoza Cruz (rúbrica), Ildefonso Zorrilla Cuevas, Cándido Coheto Martínez, Miguel Angel Moreno Tello (rúbrica), Angel Artemio Meixueiro González (rúbrica), José Soto Martínez (rúbrica), Edith Escobar Camacho (rúbrica), Francisco Castro González (rúbrica), Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica), César Duarte Jáquez, Manuel Añorve Baños (rúbrica), José Feliciano Moo y Can (rúbrica), José Antonio Arévalo González (rúbrica), Jaime Alcántara Silva (rúbrica), Araceli Domínguez Ramírez (rúbrica), Jaime Barrón Fonseca (rúbrica), Luis Rubio Valdez (rúbrica), Jaime Vázquez Castillo (rúbrica), Víctor M. Gandarilla Carrasco (rúbrica), Martha Ofelia Meza Escalante (rúbrica), Patricia Aguilar García, Rosario Oroz Ibarra (rúbrica), Martha Silvia Sánchez González (rúbrica), Alejandro García Sainz (rúbrica), Arturo León Lerma (rúbrica), Enrique Priego Oropeza (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo (rúbrica), María Elena Chapa Hernández (rúbrica), Adela del Carmen Graniel Campos (rúbrica), Adela Cerezo Bautista, Benito Vital Ramírez, Olga Haydeé Flores Velázquez (rúbrica).
(Turnada a la Comisión de Gobernación y
Seguridad Pública, con opinión de la Comisión Especial
para la Reforma del Estado. Marzo 18 de 2003.)
QUE REFORMA LA FRACCION X DEL ARTICULO 89 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA QUE EL SENTIDO DEL VOTO DE NUESTRO PAIS ANTE ORGANISMOS INTERNACIONALES SEA SOMETIDO A LA APROBACION DEL SENADO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO AUGUSTO GOMEZ VILLANUEVA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MARTES 18 DE MARZO DE 2003
En nuestro carácter de diputados federales a la LVIII Legislatura, nos permitimos presentar a la consideración de la Cámara de Diputados una iniciativa con proyecto de reformas a la Constitución Política de la República, que tiene por objeto precisar el sentido y alcance de la representación nacional en la toma de decisiones de los organismos internacionales en que nuestro país tiene acreditada su representación.
Esta iniciativa la presentamos en ejercicio de la facultad que nos otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política y con fundamento en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
En ese sentido, sometemos a la consideración de este honorable Pleno la presente iniciativa con proyecto de decreto, que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que el sentido del voto de México ante los organismos internacionales donde el Estado mexicano se encuentre debidamente acreditado sea sometido a la aprobación del Senado de la República.
Exposición de Motivos
Para garantizar la seguridad, defensa y soberanía del Estado, así como para mantener el equilibrio de las instituciones que forman el sistema político, desde hace algún tiempo se incorporó a la Constitución la responsabilidad de conducir la política exterior conforme a los principios y valores establecidos en la propia Ley Fundamental.
Cabe recordar que el 12 de mayo de 1988 entró en vigor la reforma de la fracción X del artículo 89 constitucional, mediante la cual se incorporaron a nuestro Código Fundamental los principios esenciales de nuestra política exterior.
De esa manera, el poder revisor de la Constitución, integrado por el Congreso de la Unión y por los Congresos de los estados de la República, procuró dar jerarquía a los principios que orientan nuestra conducta ante el mundo y que México reitera en todos los foros que se ocupan de la búsqueda de la paz y la seguridad internacionales.
Los principios de nuestra política exterior corresponden a una sana convivencia con las demás naciones del mundo y recogen el sentimiento general del pueblo de México.
Estos principios se han ido configurando desde el momento de su nacimiento como nación libre y soberana.
En efecto, la doctrina internacional mexicana es fruto de nuestro pasado histórico y de las experiencias que de él hemos aprendido. Por consiguiente, las ideas que rigen nuestra política exterior surgen de la misma realidad que hemos vivido.
Dicho en otras palabras: son principios que defendieron los padres fundadores de la independencia, los defensores de la República y los caudillos de la Revolución.
La defensa del Presidente Benito Juárez que "levanta la fuerza de la ley ante la fuerza de las armas" sólo se explica por la validez de nuestra doctrina y el apoyo popular que entonces surgió en la voluntad de cada uno de los mexicanos.
La resistencia de la República ante la intervención extranjera representa en la historia moderna una de las primeras actitudes anticolonialistas que habrían de extenderse años más tarde en América, Asia y Africa.
Por su parte, Venustiano Carranza, como defensor de la Constitución y depositario de la voluntad popular expresada en la Ley Suprema, contribuyó a configurar la versión actual de la doctrina internacional.
Carranza no sólo defendió y enriqueció el pensamiento político de los mexicanos, sino que rechazó la intervención de otras potencias y proclamó la igualdad jurídica de los Estados.
Al hacer el recuento del pensamiento de Juárez, de Carranza y, después, de Cárdenas, así como de cada uno de los presidentes que fueron responsables del Poder Ejecutivo durante el periodo histórico vinculado al proyecto de la Revolución Mexicana, se advierte que la doctrina internacional de México es firme, constante y comprometida por su empeño decidido en que se aplique en las relaciones entre los pueblos.
Sin embargo, era necesario que estos principios ingresaran como normas obligatorias en nuestra Constitución, por eso era importante que la Constitución contara con una disposición donde se hiciera referencia a los principios que han orientado y deben seguir orientando nuestra política exterior: la autodeterminación de los pueblos, la no intervención, la solución pacífica de controversias, la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales, la igualdad jurídica de los Estados, la cooperación internacional para el desarrollo, y la lucha por la paz y la seguridad internacionales.
A la vez, en el artículo de referencia se ha dado mayor y más importante participación al Poder Legislativo, representado por el Senado de la República, para aprobar los nombramientos de los ministros, agentes diplomáticos y cónsules generales.
Aprobar, mediante una ley, la autorización al Presidente para declarar la guerra en nombre de los Estados Unidos Mexicanos.
Para terminar, por el artículo de referencia se otorga al Ejecutivo la facultad, pero también la obligación, de dirigir la política exterior y celebrar los tratados internacionales bajo dos condiciones: primero, observar los principios normativos de la política exterior; y, después, someter los acuerdos y los convenios a la aprobación del Senado de la República.
En este proyecto proponemos extender la facultad del Senado para aprobar el sentido de los votos que el gobierno emita en los foros y organismos internacionales, lo cual implica consultas previas y deliberaciones de este cuerpo y, por su alta jerarquía como representante de la Federación, su consecuente aprobación o rechazo, a fin de asegurar el adecuado equilibrio de poderes.
Esta iniciativa se sustenta además en los artículos 76, 89 y 133 de la Constitución Política, que establece las facultades del Senado para analizar la política exterior, ratificar los nombramientos de los ministros y agentes diplomáticos, permitir o denegar la salida de tropas nacionales, disponer de la Guardia Nacional fuera de sus respectivos estados y ratificar los tratados que estén de acuerdo con la Constitución y que se celebren por el Presidente de la República.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, sometemos a la consideración de este honorable Pleno el siguiente
Proyecto de Decreto
Que reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que el sentido del voto de México ante los organismos internacionales donde el Estado mexicano se encuentre debidamente acreditado sea sometido a la aprobación del Senado de la República.
Artículo Unico. Se reforma la fracción X del artículo 89 de la Constitución Política, para quedar como sigue:
Artículo 89
Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:
Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo, a 18 de marzo de 2003.
Diputados: Augusto Gómez Villanueva, Hilda Anderson Nevárez, Edilberto Buenfil Montalvo, Luis Miguel G. Barbosa Huerta, Melitón Morales Sánchez, José Elías Romero Apis, Miguel Angel Moreno Tello, Felipe Solís Acero, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, Alberto Anaya Gutiérrez, Eduardo Andrade Sánchez, Elba Arrieta Pérez (rúbricas).
Senador Fidel Herrera Beltrán (rúbrica).
(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales.
Marzo 18 de 2003.)
QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSOS ARTICULOS DE LA LEY GENERAL DE SALUD, CON EL PROPOSITO DE EVITAR LA DISCRIMINACION DE LAS PERSONAS CONTAGIADAS POR EL VIH, PRESENTADA POR LA DIPUTADA ADELA DEL CARMEN GRANIEL CAMPOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 18 DE MARZO DE 2003
La suscrita diputada a la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, someto a la consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa de reformas y adiciones a diversos artículos de la Ley General de Salud, bajo la siguiente
Exposición de Motivos
La salud constituye un derecho humano fundamental y un componente básico del bienestar social y del desarrollo humano. Por lo tanto, la salud es un bien social, que el Estado debería garantizar para toda la sociedad, con criterios de equidad y universalidad.
Las ideas que prejuzgan y estigmatizan conducen a las personas a hacer algo que niegue o entorpezca la prestación de servicios o derechos a otra persona. Por ejemplo, pueden impedir que los servicios de salud sean utilizados por una persona que vive con sida, o bien cesarla en su empleo, esto es discriminación.
Esta enfermedad se ha convertido en un fenómeno social íntimamente relacionado con los derechos humanos, pues la falta de información veraz y los prejuicios han fomentado un ambiente de discriminación en el que los derechos individuales y colectivos de las personas afectadas, son frecuentemente violados.
Debido al estigma y la discriminación relacionados con el VIH/sida, a menudo los derechos de las personas que viven con la enfermedad y los de sus familias resultan violados. Esta violación de derechos dificulta la respuesta a la epidemia y aumenta su impacto negativo.
Se produce discriminación cuando a una persona se le hace una distinción que tiene como resultado un trato injusto o desleal basado en su pertenencia, o en la creencia de que pertenece, a un grupo particular. Esto repercute en la situación de atención de la salud en general y del VIH/sida en particular, ya que la epidemia registra un marcado crecimiento y un cambio de su perfil epidemiológico, incrementando su prevalencia en la población joven y pobre.
En México, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) apuntó que las instituciones de salud ocuparon en 2002, el segundo lugar en materia de denuncias por presuntas violaciones a los derechos humanos. El año pasado el IMSS fue la institución que recibió más recomendaciones de ese organismo.
Por lo que las dependencias que han sido señaladas como responsables de discriminación y violación a los derechos humanos de las personas infectadas con VIH son: IMSS, ISSSTE, Secretaría de Salud, Sedena y Pemex.
De acuerdo con un estudio elaborado por la CNDH, de las denuncias recibidas de 1996 al 2001, el Distrito Federal, los estados de México, Jalisco y Nuevo León sumaban el 67.7 por ciento de las quejas por violaciones a derechos de los enfermos de sida. Es en este contexto que, según el Centro de Prevención y Control del Sida, el 50 por ciento de las violaciones se dan en lo laboral, y la CNDH atribuye el 40 por ciento a la mala atención médica.
Es importante destacar que, para la Fundación Mexicana para la Lucha Contra el Sida, de los casi 57 mil enfermos de sida en México, sólo el 30 por ciento tiene acceso a medicamentos. Mientras que debido a la falta de asistencia médica por parte de las instituciones de salud pública, aproximadamente 20 mil enfermos de sida de diversos estados de la República son atendidos al año por asociaciones civiles.
Uno de los más graves padecimientos que enfrenta la sociedad es el sida, que en el ámbito nacional ya es considerado como el problema más complejo de salud pública entre los jóvenes, al ser la tercera causa de muerte de hombres de entre 25 y 34 años y la sexta entre mujeres de la misma edad.
Se calcula que aproximadamente un 90 por ciento de los 30 millones de personas infectadas por el VIH en el mundo está en el grupo de edad económicamente productiva. Esta cifra demuestra claramente la incidencia que tiene el sida en el área del trabajo. Bajo una supuesta intención humanitaria se postulan exámenes masivos de la población con fines "preventivos". Exámenes preocupacionales que cierran las puertas del exiguo mercado laboral a los infectados de VIH.
La discusión gira en torno a la pertinencia de promover exámenes masivos a los trabajadores. Si bien la mayoría de las empresas se han pronunciado contrarias a su realización por el carácter discriminatorio y estigmatizante, no hay acuerdo general en este punto y se han verificado diversos casos de expulsión del trabajo o impedimentos para ingresar a una determinada empresa en quienes se prueba la condición de portador del VIH.
En el plano de las políticas públicas se pone en evidencia la discusión acerca de quién asumirá los costos de la atención de los afectados por sida. En momentos en que el Estado se desentiende cada vez más de funciones que hasta no hace mucho se reconocían como indelegables, hoy se privatizan amplios aspectos de la vida social, los gastos que demanda la atención del sida se inscriben en una suerte de "tierra de nadie". Cabal ejemplo lo constituyen los sistemas de medicina prepagada que no cubren tales servicios y el desmantelamiento de la cada vez más comprimida estructura sanitaria pública.
Mientras la Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 133 y 134, permite al empleador solicitar las pruebas que considere necesarias a la persona que busca trabajo para detectar el virus, la Norma Oficial Mexicana que garantiza los derechos de los enfermos con este mal, establece que ese examen debe ser voluntario y confidencial.
Existe un vacío legislativo muy amplio y existen contradicciones. El único documento que garantiza los derechos de enfermos de VIH/sida se anula en este campo de la voluntad y confidencialidad con la prueba.
Los casos de discriminación laboral por sida son incontables, y crecen cada día de manera exponencial. El ser portador del VIH/sida no es razón para que a alguien se le niegue el acceso al trabajo, o se le despida. Sin embargo, las violaciones en ese sentido se dan en el país de manera cotidiana.
Uno de los aspectos más graves de la discriminación por padecer VIH está vinculado con el campo laboral, de acuerdo con lo que afirman tanto especialistas en la lucha contra la discriminación como los pacientes, los médicos y los psicólogos que trabajan en esta área.
No obstante, es difícil de constatar porque cuando echan de una empresa a una persona que está infectada, nunca invocan el tema del VIH. Muchas veces esto aparece ya en los exámenes preocupacionales. La mayoría de los exámenes preocupacionales incluyen el examen de VIH, aunque por ley no está autorizado; ninguna empresa lo dice pero sabemos que lo hacen, una persona que tiene VIH es muy posible que no consiga trabajo si pasa por un examen preocupacional.
En el ámbito laboral se han incrementado los niveles de discriminación porque se ha incrementado la desocupación, ante lo cual los empleadores, como tienen más posibilidades de elegir, buscan lo que supuestamente es menos problemático.
Y en el ámbito de la salud también se incrementó por la misma crisis del sistema, y nos encontramos con dificultades y retrasos en la entrega de medicamentos, que deben ser proveídos por ley a cualquiera que no tenga acceso, por condiciones económicas, al tratamiento.
Se debe subrayar que el enfermo de sida está mal tratado, no tiene apoyo para sobrellevar la enfermedad, y además destacan las diferencias sociales de los infectados. Un infectado rico tiene mayor posibilidad de sobrellevar la enfermedad que uno pobre.
Otro aspecto es la estigmatización que conlleva el sida, y si bien muchos de los mitos que se vivían con pánico han sido superados, siguen existiendo prejuicios y rechazos sociales, aunque no tan acentuados. En ese sentido, la enfermedad sigue teniendo una cuota de estigma importante; el sida es un factor de vulnerabilidad.
Por su parte, el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre Sida (Onusida) considera que el estigma y la discriminación figuran entre los principales obstáculos para la prevención y atención eficaces de la epidemia y que el éxito de superarla depende de quitar esos obstáculos. El organismo internacional señala que el estigma causa vergüenza, depresión, abandono, inutilidad y culpa, aísla a las personas de atención y apoyo, con lo cual empeora el impacto de la infección.
Si bien el acto de discriminar se reitera a lo largo de los años, las formas concretas en que el mismo se expresa van variando. Hoy no se postula para los enfermos de sida el aislamiento externo que condenaba a los leprosos fuera de las ciudades medievales. La segregación opera con mecanismos más sutiles pero igualmente inhabilitantes.
La discriminación afecta profundamente a las personas. Ella conduce a la pérdida de autoestima, así como a sentimientos de culpa y vergüenza. A menudo las personas con sida se apartan por sí mismas de la asistencia que necesitan debido al temor a reacciones negativas de los otros. El aislamiento aumenta el sentimiento de "ser el único con sida". Por lo que la ansiedad, depresión y suicidio pueden ser los resultados.
La discriminación de ciertos grupos lo obliga a esconderse. La comunicación, el contacto y la existencia llegan a ser difíciles y la transmisión del VIH se facilita. La discriminación de las personas infectadas por el VIH es un obstáculo serio en la lucha para combatir la transmisión de la enfermedad.
La discriminación tiene muchas facetas:
Por lo que es muy importante conocer bien la enfermedad, saber su forma de actuar, su modo de contagio, qué se puede hacer y qué no. También es muy importante referirse a las personas con el virus de manera adecuada, utilizando los términos correctos, que no contengan ninguna clase de tono despectivo.
La discriminación de las personas infectadas por el síndrome de inmunodeficiencia adquirida no se ubica únicamente en el prejuicio, sino también en el terror al contagio y en la construcción social de mitos y leyendas que logran afirmar la peligrosidad de quien padece el estigma, para justificar la segregación, el aislamiento.
La sociedad, poco a poco, va formando y catalogando "grupos de riesgo", como lo son los homosexuales o los drogadictos. Los integrantes de estos grupos están condenados a ser prejuzgados por la sociedad, sin importar cuánto afán pongan en demostrar que toman las precauciones necesarias para no contraer ni transmitir la enfermedad (de manera que si es drogadicto, no compartir jeringas; si es homosexual, usar preservativo).
Tenemos que insistir en que el sida no se transmite por abrazar, besar, compartir vasos y tampoco por compartir el lugar de trabajo o salón de clase, utilizar el mismo baño o dormir en su misma cama. Tampoco los insectos lo transmiten; ni el sudor, o las lágrimas de quienes padecen esta infección. En una palabra, querer y apoyar a una persona infectada no trae riesgos; al contrario, tiene efectos positivos en su salud y en quienes lo rodean.
En algunos países, el sida afectó principalmente a grupos que ya estaban marginados, y como consecuencia aumentó la discriminación (homosexuales y drogadictos). Esto alienta la discriminación, ya que ciertos grupos no son considerados dignos de ser protegidos contra el VIH.
Las estructuras socioeconómicas en el mundo promueven la pobreza de ciertas comunidades y grupos, haciendo más vulnerables a la difusión del sida a aquellos que no tienen privilegios. La lucha contra el sida es por lo tanto una lucha contra la pobreza, el analfabetismo, la prostitución, la drogadicción y todas las formas de desigualdad social. Por lo que la falta de información o si es tendenciosa también contribuyen a la discriminación.
En resumen, la convivencia con una persona con sida es totalmente posible, por lo cual no existe razón alguna para el abandono o el aislamiento de la persona infectada. Lamentablemente descubrimos que, si bien se está haciendo un esfuerzo sobrehumano por parte de las organizaciones internacionales en lucha contra el sida por erradicar tanto la enfermedad como la discriminación que ésta trae, en la actualidad la pandemia está en increíble ascenso y la epidemia está lejos de ser erradicada.
Esto nos lleva a pensar seriamente en el tema, y a preguntarnos: ¿qué pasará si en un futuro la cantidad de infectados llega a igualar o incluso superar la cantidad de personas libres de sida? Si los prejuicios sociales que hoy existen llegasen a mantenerse, ¿es azaroso pensar en que se llevarían a cabo medidas extremas, como el aislamiento de aquellos que se encuentran enfermos?
La presente iniciativa es una propuesta dirigida a impulsar acciones tendientes a que las autoridades de salud consideren la posibilidad de mejorar la atención médica de las personas infectadas con este virus, así como a evitar la discriminación de que son víctimas.
En ese sentido, es necesario establecer mecanismos modernos que brinden servicios de salud eficientes y de calidad, pues además del aspecto social, esta enfermedad representa un grave problema de salud pública. Por lo que considero pertinente y necesario que el sistema de cobertura ofrezca un paquete adecuado de medicamentos y servicios a toda la población, en el sentido que se busque llevar los servicios de salud y los medicamentos a más mexicanos, que no son derechohabientes.
El Estado tiene la obligación de respetar, proteger y observar los derechos humanos. En relación con el estigma y la discriminación, por ejemplo, la obligación de respetar exige que no se discrimine directa o indirectamente en su legislación, su política o sus prácticas.
La atención de las personas que viven con el VIH/sida, así como del diagnóstico, asesoramiento y control de la epidemia, es responsabilidad de la Secretaría de Salud. La partida para este rubro está incluida en el presupuesto de salud. En los últimos años las organizaciones no gubernamentales y las personas que viven con sida han comenzado a plantear reclamos más enérgicos por la insuficiencia del presupuesto para la atención de los enfermos de sida.
Por otra parte, la obligación de proteger insta al gobierno a adoptar medidas que impidan a las terceras partes discriminar, y la obligación de observar exige que se adopten las medidas legislativas, presupuestarias, judiciales, de promoción y de otra índole apropiadas para asegurar que se desarrollen las estrategias, políticas y programas que abordan la discriminación.
Para las personas con VIH/sida, no existen suficientes garantías de acceso a la atención de su salud y a tratamiento adecuado, debido a que dichas garantías no siempre se cumplen, y no todas las personas con sida gozan de un conocimiento adecuado acerca de los derechos que las asisten. De allí que la difusión de los instrumentos legales que garantizan el derecho de acceso a la atención y tratamiento, constituye un aspecto central en la lucha contra la epidemia.
Las resoluciones 1999/49 y 2001/51 de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas establecen de forma inequívoca que "debería interpretarse que la expresión ?o cualquier otra condición? de las disposiciones sobre la no discriminación de los textos internacionales de derechos humanos abarca el estado de salud, incluido el VIH/sida", y confirman que "la discriminación basada en la situación relativa al VIH o el sida, real o presunta, está prohibida por las actuales normas internacionales de derechos humanos".
Los derechos humanos son una conquista moral de la humanidad, su cumplimiento y respeto constituyen la existencia de la ciudadanía misma. Es urgente asegurar el respeto a los derechos civiles, políticos y sociales y concebirlos como partes integrantes de la dignidad de las personas.
La discriminación contra las personas que viven con sida, o contra las que se piensa que están infectadas, constituye por tanto una clara violación de sus derechos humanos. Por estigma y discriminación, las personas con sida no acuden a los servicios de salud porque las rechazan, mientras que en lo laboral tienen un trato diferenciado.
Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en las disposiciones invocadas en el proemio, presento la siguiente
Iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Salud, con el propósito de evitar la discriminación de las personas infectadas por el sida.
Artículo Primero. Se reforma el artículo 53 bis de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 53 bis.
La Secretaría de Salud deberá garantizar asistencia y tratamiento especializado, eficaz y humano a toda aquella persona que padezca el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, misma garantía deberá observarse con las personas que sean únicamente portadoras del virus.
Lo anterior será a través de programas, planeación y optimización de los recursos, sin que ésta pueda traducirse en ningún momento en situaciones que escatimen o nieguen servicios o medicamentos.
Elevar la calidad de vida de las personas con VIH/sida es una prioridad del Sistema Nacional de Salud, por lo que el Estado deberá prever y proveer los recursos suficientes para una atención accesible, adecuada, oportuna y humana.
Artículo Segundo. Se adiciona el párrafo IV del artículo 104 a la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 104.
Tanto la persona portadora como aquella en la que se ha manifestado el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, tendrán el pleno derecho a recibir y solicitar información específica sobre su condición.
Artículo Tercero. Se adiciona el artículo 130 bis de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 130 bis.
A toda persona que contravenga la disposición anterior le será fincada la responsabilidad administrativa conducente.
El ejercicio de acciones de carácter administrativo no afectará de ningún modo el derecho del paciente a recurrir a los tribunales civiles y penales para la demanda o denuncia correspondiente a hechos constitutivos de faltas o delitos.
II. Queda estrictamente prohibido imponer cualquier tipo de aislamiento, cuarentena, confinamiento o incomunicación que contravenga la voluntad, libertad o autonomía de los pacientes con VIH/sida.
Las prevenciones para evitar el contagio deberán respetar en todo momento la disposición anterior además de basarse en los derechos humanos inherentes a toda persona.
Artículo 136 bis.
Los exámenes de detección y diagnóstico del síndrome de inmunodeficiencia adquirida sólo podrán practicarse a las personas que de forma personal los soliciten. La información recabada de estos exámenes será entregada únicamente al solicitante o a la persona autorizada por éste, por escrito, procurando en todo momento que el solicitante cuente con la asistencia médica y psicológica que el caso amerite.
Bajo ningún motivo podrán hacerse públicos los resultados de estos exámenes por aquellos que participaron de alguna manera en su realización. La contravención a esta disposición será considerada revelación de secretos y sancionada de acuerdo al artículo 211 del Código Penal Federal.
Transitorio
Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2003.
Diputados: Adela del C. Graniel Campos, Hortensia Aragón Castillo, Magdalena Núñez Monreal, Manuel Duarte Ramírez, Rosalía Peredo Aguilar, José Narro Céspedes, José Socorro Velázquez Hernández, Eduardo A. Leines Barrera (rúbricas).
(Turnada a la Comisión de Salud. Marzo 18 de 2003.)
QUE ADICIONA EL ARTICULO 3º DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA ESTABLECER COMO MATERIA DE SALUBRIDAD GENERAL LA PREVENCION Y TRATAMIENTO DEL CANCER DE MAMA, PRESENTADA POR LA DIPUTADA ESPERANZA SANTILLAN CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL MARTES 18 DE MARZO DE 2003
La suscrita, Esperanza Santillán Castillo, diputada federal integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que me confieren los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo establecido en los numerales 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XVII al artículo 3°, recorriéndose las actuales XVII y siguientes de la Ley General de Salud, de conformidad con la siguiente
Exposición de Motivos
Antecedentes
Entre las garantías sociales tuteladas en nuestra Constitución, la protección a la salud es una de las más relevantes, cuya finalidad es la de hacer efectivo el derecho a la prevención y detección de enfermedades que pueden ser malignas, mortales y, en muchas ocasiones, dejan secuelas que inciden en el aspecto físico de los individuos.
Hoy en día, las mujeres mexicanas se encuentran ante una amenaza silenciosa que pone en riesgo su vida, esa amenaza es el cáncer de mama, que por descuido o desconocimiento llega a detectarse en un avanzado estado de incurabilidad, ubicando a la paciente al borde de la muerte, enfermedad que puede contraerse a temprana, mediana o madura edad, que no respeta clase, rango social o cultural, que en la actualidad lacera a un gran número de mujeres mexicanas que han rebasado la edad de 40 años, enfermedad que ha crecido en los últimos 15 años y que se prevé para el año 2010 su incremento y riesgo de mortalidad, como lo tiene documentado el Instituto Nacional de Salud Pública, según investigación elaborada en el Centro de Investigación en Salud Poblacional, pues en 1979 era de 13.94 por cada 100 mil mujeres, para 1994 aumentó a 21.28 por cada 100 mil mujeres; y, según la Secretaría de Salud, durante el año de 1999 el cáncer de mama fue detectado en un alto número de mujeres de entre 45 y 49 años de edad, que incluso tuvieron que someterse a tratamientos de quimioterapia, situaciones que representaron peligro de muerte para nuestras compatriotas.
Las estadísticas oficiales, tanto nacionales como internacionales, reportan que en el mundo por cada mujer que muere de sida, mueren 2 de cáncer de mama y que en México durante el año 2000, la neoplasia mamaria ocasionó el deceso de más de 3,000 mujeres, cifra que arroja un promedio de muerte de 9 mujeres por día, índice de mortalidad que puede incrementarse en proporciones alarmantes, si no es atendido con toda oportunidad, por eso el cáncer de mama se encuentra ubicado como la segunda causa de fallecimiento de mujeres en edad productiva, superado por el cáncer cérvico-uterino, de ahí la importancia del aspecto preventivo de los servicios de salud.
Este tipo de enfermedad, que es detectable en su etapa inicial, es previsible en las mujeres de entre 25 y 40 años de edad y en su madurez, a través de autoexploración individual, de un examen clínico de mama y de una mastografía, tal y como atinadamente lo recomiendan el Canadian National Breast Sreening Study-2 (Estudio Nacional Canadiense para la Evaluación de la Mama); American College of Obstetricians and Gynecologists (el Colegio Americano de Ginecología y Obstetricia) y la American Cancer Society (la Sociedad Americana de Cáncer), lo que hace necesario recomendar y promover una educación permanente para que toda mujer acuda oportunamente a recibir orientación y tratamiento médico especializado, pues el no hacerlo representa que para el año 2010 la tasa de mortalidad sea ascendente y el número de defunciones anuales podría aumentar a un número superior a las 4,500 personas, de ahí la importancia de que se establezca un verdadero y exhaustivo programa de prevención y control de cáncer de mama, que se hagan más efectivos los que existen en la actualidad destacando la importancia del cuidado de la salud de las mujeres.
Considerando
Que la salud debe ser atendida no sólo como un valor biológico sino como un bien social y cultural, tutelado por nuestra Constitución, regulado por la Ley General de Salud y vigilado por el Sistema Nacional de Salud, se hace necesario e indispensable una eficaz campaña de prevención y detección de este mal, por medio de folletos, campañas permanentes y pláticas de orientación médica especializadas gratuitas, destacando la importancia del cuidado de la salud, que se fomente el interés y bienestar social de toda mujer mexicana desde la más joven hasta la más adulta, sin distingo de clase social; que se encauce no sólo a la mujer de la ciudad, a la profesionista, a la empleada o desempleada, sino también aquellas que viven en el campo, a la analfabeta, a la de escasos recursos socioculturales y económicos, pues las enfermedades no hacen distingos, independientemente de que como garantía social se debe hacer efectivo el derecho a la atención médica especializada y gratuita cuando así sea necesario.
Compañeros diputados, la presente iniciativa tiene como objeto fomentar la prevención y detección de una de las más severas enfermedades de nuestra actualidad, causante de la muerte de un gran número de mujeres, y como una inquietud y reclamo de todas aquellas mujeres mexicanas a quienes representamos.
Por lo anteriormente expuesto, la suscrita presenta a la consideración de esta representación nacional el siguiente
Proyecto de Decreto
Por el que se adiciona una fracción XVII al artículo 3° de la Ley General de Salud.
Primero. Se adiciona una fracción XVII al artículo 3°, recorriéndose las actuales XVII y siguientes de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:
Artículo 3º. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general:
XVII. La prevención y tratamiento de cáncer de mama;
XVIII. a XXIX. ...
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2003.
Dip. Esperanza Santillán Castillo (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Salud. Marzo 18 de 2003.)
QUE EXPIDE LA LEY PARA EL FINANCIAMIENTO EXTRAORDINARIO AL CAMPO MEXICANO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO MARTI BATRES GUADARRAMA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 18 DE MARZO DE 2003
El suscrito, diputado integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, y 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de Ley para el Financiamiento Extraordinario al Campo Mexicano.
Exposición de Motivos
Desde hace más de veinte años el campo mexicano ha padecido una apertura indiscriminada a la competencia exterior, acompañada de un abandono cada vez mayor, de políticas públicas de fomento y apoyo al mismo.
Una cosa ha acompañado a la otra. Mientras más apertura, más abandono. Se trata de algo que no parece tener lógica y que, sin embargo, tiene estructura, tiene método y tiene resultados atroces para el país.
En este gobierno se ha continuado esa misma política económica. Es la política neoliberal, que ha generado más de 60 millones de pobres y que en el caso del campo ha venido extinguiendo las posibilidades de supervivencia para su población.
Los gobiernos neoliberales tienen una clara vocación antisocial.
En estos momentos, con el cumplimiento de los plazos desregulatorios del TLC en materia agropecuaria, los riesgos se potencializan, pues lo muy poco que todavía se produce en territorio nacional puede ser desplazado de manera irreversible por los productos norteamericanos.
Esto no es una abstracción, ni se trata de una "defensa romántica" de lo nacional, sobre lo extranjero.
Los resultados de esta realidad son pobreza y marginación que tiende a exacerbarse aceleradamente a partir del 1º de enero del año en curso, con consecuencias concretas para el país: significa más pobreza, más tensión política y más pérdida de soberanía alimentaria del país.
En México, tenemos más de 29,000 ejidos y comunidades agrarias, son cinco millones de familias, que constituyen más de 25% de la población total del país.
En lo que va del presente año, se han recibido por parte del Gobierno Federal, sólo por la variación del precio de petróleo, más de 4,000 millones de pesos adicionales. De acuerdo con la proyección de analistas económicos, de llegar el precio del petróleo este año a 30 dólares por barril, se recibirán casi 90 mil millones de pesos adicionales por este concepto.
La Ley de Ingresos de la Federación correspondiente al ejercicio fiscal de 2003, 25% debe destinarse al fondo de estabilización petrolera; 25% para reducir déficit fiscal, y el 50% para la infraestructura de los estados. Aquí proponemos que se destinen para la infraestructura agrícola de los estados.
En un país como México, con las carencias que lo caracterizan, no gastar en programas para abatir el rezago social, el dinero que se presupuesta o que se recibe de manera adicional a lo establecido en la Ley de Ingresos es una negligencia injustificable.
Por ello planteo que, en concordancia con el artículo 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sea este Congreso de la Unión el que defina en qué gastar esos ingresos, y que esa decisión se dirija hacia nuestro campo mexicano, pues nuestros productores agrícolas son quienes están enfrentando más adversidades por la irresponsable negociación que en este terreno se hizo del TLC con los Estados Unidos.
Planteamos actuar con oportunidad para poder aplicar alrededor de 40 mil millones al campo, pues de no hacerlo las consecuencias pueden ser desastrosas.
Estados Unidos tiene una clara y contundente política de subsidios a su producción agrícola.
Tan sólo en la presente administración de aquel país se han destinado por subsidios en este terreno más de 111 mil millones de dólares, por sólo 500 millones de dólares en México. Sólo con la recién aprobada Ley Agrícola, aquel país va a destinar de forma adicional en este año más de 18 mil millones de dólares como subsidio, y plantea otorgar una cantidad igual cada año, hasta completar diez.
¿Podemos nosotros como país competir en esas condiciones?
En México hay escasez de recursos, y sobre todo una falta de definición o perversión, de las prioridades que debemos tener como país.
La pobreza se ha nutrido estos últimos años de los desplazados del campo mexicano.
La propuesta que presento deriva en un apoyo concreto, en los hechos, más allá de discursos y blindajes que nadie ve, pues están ausentes de contenido y son huecos.
Nuestro campo mexicano es un sector abandonado a las fuerzas del mercado, bajo el mayor engaño neoliberal de que precisamente el mercado determina el mejor reparto de capital.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, presento la siguiente iniciativa para quedar como sigue:
Artículo Unico. Se expide la Ley para el Financiamiento Extraordinario al Campo Mexicano; para quedar como sigue:
Artículo 1.- La presente ley es de orden público e interés social, y tiene por objeto destinar un monto equivalente al 50% de los ingresos derivados de la variación del precio del petróleo, para infraestructura agrícola de los estados, a favor de los productores del país.
Artículo 2.- Los mecanismos para la distribución y vigilancia de dichos recursos se definirán de forma común entre el Ejecutivo y el Legislativo, de tal forma que resulten equitativos, distributivos y oportunos.
Artículo 3.- Para el caso de quienes siembren por ciclos de temporal y de riego, la inversión se hará sin distinción de tiempo, buscando proteger de manera especial a quien más lo necesite.
Artículo 4.- Los principios que se buscará salvaguardar con el ejercicio de los recursos serán inequívocamente la preservación de la soberanía alimentaria de nuestro país, el respeto a las costumbres y a la cultura de las zonas de que se trate y la dieta del mexicano.
Los criterios de sustitución agrícola no se observarán para condicionar los subsidios.
Artículo 5.- El ejercicio de los recursos a que se refiere esta ley será independiente y adicional a cualquier apoyo económico que actualmente se entrega a los productores agrícolas.
Transitorios
Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- La definición de los mecanismos a que se refiere el artículo 2 de esta ley y su ejecución, se llevará a cabo a más tardar a los treinta días naturales de la entrada en vigor de este ordenamiento.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 18 días del mes de marzo de 2003.
Diputados: Martí Batres Guadarrama, Rogaciano Morales Reyes (rúbricas).
(Turnada a las Comisiones de Hacienda y Crédito
Público, y de Agricultura y Ganadería, con opinión
de la Comisión de Desarrollo Rural. Marzo 18 de 2003.)
Recientemente, el vicepresidente de Estados Unidos de América, Dick Cheney, presentó un ambicioso plan de inversiones en las industrias eléctrica, del petróleo, petroquímica y de gas natural licuado, denominado "Plan Cheney".
El propósito del plan es aumentar la producción de energía para ese país en condiciones altamente ventajosas, que tienen en el gobierno mexicano a uno de sus mejores voceros: el secretario de Energía, Ernesto Martens, que ya ubica en 60 mil millones de dólares la inversión extranjera, que incrementaría en 26,280 megavatios la generación y distribución eléctricas.
Destaca la preocupación del señor Martens por contribuir a la autosuficiencia eléctrica estadounidense, ya que ni un solo kilowatt de los generados por las cuantiosas inversiones aprobadas hasta ahora de un reducido número de empresas privadas estadounidenses en Baja California sería para el consumo nacional; íntegramente se dedicaría a la demanda de ese país.
Compañeras y compañeros diputados, demando de ustedes sólo una cosa: el cumplimiento de la Constitución de la República para impedir que se perjudique a Baja California y a la nación. El párrafo sexto del artículo 27 constitucional establece: "Corresponde exclusivamente a la nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines".
No hay confusión posible: permitir la realización de este proyecto es violatorio de la Constitución. En todo caso, es el Presidente de la República el que propicia la confusión con declaraciones desde el extranjero, donde acusa a los diputados de ser movidos por intereses personales y partidistas, en franca confrontación con esta soberanía.
El insuficiente esclarecimiento de las fuentes de financiamiento de la campaña presidencial de Vicente Fox sigue siendo fuente de suspicacias y las pretensiones de instalar plantas generadoras de energía en Baja California para atender la demanda estadounidense insinúan que a Vicente Fox llegó la hora de pagar a los inversionistas extranjeros los apoyos recibidos durante su campaña presidencial.
En todo caso, ésas serían deudas y compromisos de Vicente Fox que sólo a él toca saldar, sin involucrar ni comprometer los intereses de la nación mediante decisiones abiertamente anticonstitucionales.
Es necesario advertir que declaraciones imprecisas, campañas mercadotécnicas y derroches publicitarios no pueden suplir exitosamente la sentencia de los hechos consumados. Demando el respeto de la Constitución de la República.
El 22 de octubre de este año, el diputado Amador Rodríguez Lozano y el de la voz presentamos ante esta soberanía un punto de acuerdo, que se turnó a la Junta de Coordinación Política, con el propósito de que se acuerde una resolución para que el Pleno de esta soberanía apruebe presentar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación un juicio de controversia constitucional por la instalación de plantas de generación de energía eléctrica de exportación y terminales de gas natural licuado para Estados Unidos de América en territorio de Baja California. Pido a mis compañeros diputados que dictaminen con la mayor brevedad este punto de acuerdo y sea puesto a consideración del Pleno de esta soberanía.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 18 de marzo de 2003.
Dip. Jaime Martínez Veloz (rúbrica)
(Se excita a la Junta de Coordinación Política
para que emita el dictamen correspondiente. Marzo 18 de 2003.)
A LAS COMISIONES DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, Y DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RAMON LEON MORALES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL MARTES 18 DE MARZO DE 2003
El 23 de enero del presente año presenté ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión una iniciativa para crear la Ley del Sistema Nacional para la Evaluación de la Educación, otra que modifica la Ley General de Educación y una más que busca reformar la Ley Federal de Entidades Paraestatales, las cuales en conjunto tienen como objetivo crear un marco legal que institucionalice la función de evaluación en el sistema educativo nacional. Nuestra propuesta plantea la necesidad de contar con un Sistema Nacional de Evaluación de la Educación, que sirva como base normativa para la actuación del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, que fue creado a partir de un limitado decreto presidencial en agosto de 2002.
El motivo principal que impulsa ese conjunto de iniciativas es el de sentar las bases para que la evaluación de la educación funcione como guía, que retroalimente, rectifique y promueva el desarrollo de estrategias que impacten efectivamente en la calidad de la labor educativa. Esta pretensión es totalmente indispensable en México, en virtud de que el proceso de construcción de dispositivos institucionales nacionales que atiendan acciones sistemáticas y periódicas de evaluación educativa se encuentra aún en ciernes.
Desde 1976, la evaluación se centró en el nivel primario y se caracterizó por enfocarse en los aprendizajes de los alumnos, dejando de lado otros niveles educativos y toda consideración sobre los múltiples factores endógenos y exógenos al conjunto del sistema que influyeran en el proceso educativo.
Ese esquema fue el que prácticamente predominó durante los años ochenta y principios de los noventa, a pesar de un intento de reforma educativa que puso énfasis en la planeación y en la descentralización, condiciones ambas que deberían partir de un diagnóstico y un proceso de reflexión continuo desde el propio esquema educativo.
En este contexto, a raíz de los acuerdos para la modernización de la educación básica y de la expedición de la Ley General de la Educación de 1993, en materia de evaluación la principal iniciativa fue el fortalecimiento de las bases de la gestión del sistema. Prueba de ello es que para la evaluación se estableció un apartado específico, que se denomina justamente "De la Evaluación del Sistema Educativo Nacional". En el Capítulo II, Sección Cuarta, artículos 29, 30 y 31, al delimitar las responsabilidades del Ejecutivo federal y de las entidades federativas, se pretendió hacer de esa función sustantiva una actividad "sistemática y permanente" que sirviera como base para adoptar las "medidas procedentes".
No obstante esa pretensión, hoy día la función de evaluación del sistema educativo no cumple los requisitos básicos que en la ley se establecen. El Programa de Instalación y Fortalecimiento de las Areas Estatales de Evaluación no tiene acciones de amplio impacto en el marco de la gestión escolar que se desarrolla en los estados. Por otro lado, el Programa de Carrera Magisterial, el cual es aplicado en la figura del docente, al estar asociado a estímulos económicos extrasalariales que en realidad se han vuelto sustitutivos de éste, no ha generado la colaboración plena del personal docente.
Al día de hoy, la función evaluativa no es una actividad sistemática y permanente, por lo que -como consecuencia- no existe una cultura de la evaluación entre los actores de la educación, lo que -entre otras cosas- ha generado un manejo poco transparente de los resultados de las mismas. De la misma manera, esos resultados generalmente no son tomados en cuenta para corregir el rumbo porque no hay un esquema de gestión institucional que permita adoptar las medidas conducentes.
Esta es la realidad que busca contribuir a transformar nuestra iniciativa, la cual -de manera resumida- se despliega en tres dimensiones: primera, buscamos crear la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de la Educación para regular todo lo relativo en esa materia y en cuyo marco se instaure el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación; segunda, se propone reformar la Ley General de la Educación, a fin de dar la congruencia necesaria a la nueva normatividad con que rige al conjunto del sistema educativo nacional; y tercera, se busca reformar la Ley Federal de Entidades Paraestatales, a fin de garantizar mayor autonomía de la institución que se crea.
En virtud de que han transcurrido prácticamente dos meses sin que hayan iniciado su análisis las comisiones a que fueron turnadas las iniciativas, es decir, la de Educación Pública y Servicios Educativos y la de Gobernación y Seguridad Pública, me permito, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21, fracción XVI, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, solicitar respetuosamente a la Presidencia de esta Cámara tenga a bien formular una excitativa a dichas Comisiones, a fin de que dictaminen las iniciativas en comento.
Dip. Ramón León Morales (rúbrica)
(Se excita a las Comisiones de Gobernación y Seguridad
Pública, y de Educación Pública y Servicios Educativos
para que emitan el dictamen correspondiente. Marzo 18 de 2003.)
A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva, que se llevará a cabo el miércoles 19 de marzo, a las 8:30 horas, en las oficinas de la Comisión.
Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
DE LA SECCION INSTRUCTORA
A la reanudación de los trabajos de su sesión permanente, que se realizará el miércoles 19 de marzo, a las 8:30 horas, en las instalaciones de la Sección Instructora (edificio F, primer nivel).
Atentamente
Dip. Ricardo Moreno Bastida
Presidente
DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO
A la decimonovena reunión de trabajo de su Mesa Directiva, que se llevará a cabo el miércoles 19 de marzo, a las 9 horas, en la sala de juntas de la Comisión.
Orden del Día
1. Lista de asistencia y declaración de quórum
legal.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden
del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta
de la decimoctava reunión de Junta Directiva.
4. Aprobación del orden del día de la vigésima
sexta reunión ordinaria.
5. Presentación de los proyectos de dictamen y opinión de los siguientes asuntos legislativos, presentados como documentos de trabajo en la decimoctava reunión de Junta Directiva:
a) Estado que guardan los asuntos legislativos turnados a la Comisión:
b) Opinión de la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo sobre la iniciativa presentada por el diputado Rogaciano Morales Reyes.
c) Iniciativa para promulgar la Ley que Crea la Comisión de Estado para el Federalismo de la Hacienda Pública, presentada en nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional por el diputado Jorge Alejandro Chávez Presa.
Atentamente
Dip. Enoch Araujo Sánchez
Presidente
DE LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS
A su XII sesión de trabajo, que se realizará el miércoles 19 de marzo, a las 9 horas, en el salón F del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A su reunión ordinaria de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 19 de marzo, a las 9 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, Y DEL DISTRITO FEDERAL
A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 19 de marzo, a las 10 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales
Dip. Jorge Alberto Lara Rivera
Presidente de la Comisión del Distrito Federal
DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
A su reunión ordinaria de trabajo con la comparecencia del Lic. Jorge Amigo Castañeda, director general del Instituto General de la Propiedad Industrial, el miércoles 19 de marzo, a las 11 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere
Presidente
DE LA COMISION DE SALUD
A la reunión de su Mesa Directiva, que se efectuará el miércoles 19 de marzo, a las 12 horas, en el edificio F, segundo piso.
Atentamente
Dip. María Eugenia Galván Antillón
Presidenta
DE LA COMISION DE AGRICULTURA Y GANADERIA
A su vigésima quinta reunión plenaria, que se efectuará el miércoles 19 de marzo, a las 14 horas, en el salón de usos múltiples del edificio D (planta baja).
Orden del Día
DE LA COMISION DE SALUD
A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el miércoles 19 de marzo, a las 14 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. María Eugenia Galván Antillón
Presidenta
DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL
A su reunión plenaria y presentación de las Reglas de Operación 2003 por parte de la Secretaría de Desarrollo Social, que se efectuará el miércoles 19 de marzo, a las 14:30 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Víctor León Castañeda
Presidente
DEL COMITE DE INFORMACION, GESTORIA Y QUEJAS
A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el jueves 20 de marzo, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Esteban Daniel Martínez Enríquez
Presidente
DE LA COMISION ESPECIAL PARA LA REFORMA DEL ESTADO
A su reunión plenaria, por efectuarse el jueves 20 de marzo, a las 11 horas, en el salón Protocolo del Palacio Legislativo.
Atentamente
Dip. Uuc-kib Espadas Ancona
Presidente
DE LA COMISION ESPECIAL SUR-SURESTE
A la reunión de su Mesa Directiva, que se efectuará el jueves 20 de marzo, a las 11 horas, en el café Independenzza, ubicado en el basamento del edificio A.
Atentamente
Dip. N. Salvador Escobedo Zoletto
Presidente
DE LA COMISION DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
A su reunión plenaria, que se efectuará el martes 25 de marzo, a las 17 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Silvia Alvarez Bruneliere
Presidenta
DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
A su sesión ordinaria de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 26 de marzo, a las 9 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE REFORMA AGRARIA
A su XX reunión plenaria, que se llevará a cabo el miércoles 26 de marzo, a las 10 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO DEL FEDERALISMO
A su vigésima sexta reunión ordinaria, que tendrá lugar el miércoles 26 de marzo, a las 11 horas, en el salón Libertadores (edificio H, primer nivel).
Orden del Día
1. Lista de asistencia y declaración de quórum
legal.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden
del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta
de la vigésima quinta reunión ordinaria.
4. Presentación de los proyectos de dictamen y
opinión de los siguientes asuntos legislativos:
a) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma
el artículo 2-A de la Ley de Coordinación Fiscal, a fin de
incorporar una nueva fórmula para la distribución del 1%
de la Recaudación Federal Participable.
b) Opinión de la Comisión de Fortalecimiento
del Federalismo sobre la iniciativa presentada por el diputado Rogaciano
Morales Reyes.
c) Iniciativa para promulgar la Ley que Crea la Comisión
de Estado para el Federalismo de la Hacienda Pública, presentada
en nombre del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional
por el diputado Jorge Alejandro Chávez Presa.
5. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Enoch Araujo Sánchez
Presidente
DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
A su reunión ordinaria de trabajo con la comparecencia del Lic. Fernando Canales Clariond, secretario de Economía, el miércoles 2 de abril, a las 11 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere
Presidente