Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 1235-I, martes 22 de abril de 2003.

Dictámenes negativos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes negativos
DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, DE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO CON EXHORTO A LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA PARA QUE GARANTICE QUE EL SISTEMA NACIONAL DE TELESECUNDARIAS CUENTE CON MEDICO ESCOLAR, UN ESPECIALISTA EN TRABAJO SOCIAL Y UN PSICOLOGO QUE IMPARTA ORIENTACION VOCACIONAL Y ATIENDA LA PROBLEMATICA PSICOSOCIAL INHERENTE A LA POBLACION ESCOLAR

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativo presenta el Dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo con exhorto a la Secretaría de Educación Pública para que garantice que el Sistema Nacional de Telesecundarias cuente con médico escolar, un especialista en trabajo social, un psicólogo que imparta orientación vocacional y que atienda la problemática psicosocial inherente a la población escolar, presentado, por el Dip. Miguel Bortolini Castillo.

I. ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día 30 de abril de 2002, El Dip. Miguel Bortolini Castillo, presentó el punto de acuerdo con exhorto a la Secretaría de Educación Pública para que garantice que el Sistema Nacional de Telesecundarias cuente con médico escolar, un especialista en trabajo social, un psicólogo que imparta orientación vocacional y que atienda la problemática psicosocial inherente a la población escolar.

SEGUNDO.- En la fecha de presentación del Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Cámara turnó el mismo a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

TERCERO.- Para el análisis y dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos creó la Subcomisión correspondiente.

II. CONSIDERACIONES

PRIMERA.- La propuesta precisa que actualmente el acceso universal a la educación secundaria en México es todavía una asignatura pendiente. No obstante el importante crecimiento en la matricula que se ha dado en las últimas décadas, todavía uno de cada 10 adolescentes en edad escolar, se encuentra sin posibilidad de acceder a la educación.

SEGUNDA.- De igual forma señala que el Subsistema de Educación Telesecundaria, es considerablemente menos costoso que el sistema convencional y que mediante su implementación a lo largo de tres décadas, se pudo garantizar el acceso a la educación a la población de zonas marginadas, apostando más a la cobertura de ese nivel educativo, que a la calidad ofertada.

TERCERA.- En tal sentido, la propuesta refiere dos problemas estructurales que inciden en el correcto desarrollo de las Telesecundarias en nuestro país, el primero de ellos concerniente a la pertinencia de su programación curricular, y el segundo a las condiciones de trabajo en la que se encuentran sus docentes.

CUARTA.- Al respecto se subrayan las precarias condiciones de en las que operan las Telesecundarias, las cuales, expresa el Punto de Acuerdo, presentan carencias en mobiliario y talleres, escasez de materiales didácticos y de apoyo pedagógico, así como de personal de apoyo especializado tales como médico escolar, trabajador social y psicólogo.

III. VALORACIÓN

PRIMERO.- La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos reconoce la grave situación por la que atraviesan distintos niveles educativos, para ofrecer con calidad, equidad y cobertura, la educación que el país necesita, motivo por el cual y desde el punto de vista presupuestal, se pronunció por la reforma al Artículo 25 de la Ley General de Educación, con objeto de destinar el 8% del Producto Interno a la educación pública nacional.

SEGUNDO.- Los distintos diagnósticos educativos realizados por la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos reflejan la necesidad de contar con un número mayor de docentes que atiendan dicho nivel educativo y la necesidad urgente de mejorar las condiciones laborales y salariales de los que atienden dicho subsistema.

TERCERO.- Por lo anterior y sin dejar de reconocer el objeto descrito en el Punto de Acuerdo para destinar recursos para la contratación de médicos escolares, trabajadores sociales y psicólogos como personal de apoyo en las Telesecundarias, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos emite el siguiente:

RESOLUTIVO

PRIMERO.- En razón de los distintos pronunciamientos y actividades realizadas por la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos dentro de la LVIII Legislatura, para impulsar la calidad en nuestro Sistema Educativo Nacional, se resuelve no aprobar la proposición con Punto de Acuerdo por el cual se exhorta a la Secretaría de Educación Pública para que garantice que el Sistema Nacional de Telesecundarias cuente con:

a) Médico escolar;
b) Un especialista en trabajo social;
c) Un psicólogo que imparta orientación vocacional y que atienda la problemática psicosocial inherente a la población escolar.
SEGUNDO.- Se solicita a la Presidencia de ésta Cámara de Diputados, se archive el expediente del Punto de Acuerdo como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2003.

Diputados: Enrique Meléndez Pérez (rúbrica), Jorge Luis García Vera (rúbrica), Alfonso Vicente Díaz (rúbrica), Oscar Ochoa Patrón (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo, Rosa Elena Baduy Isaac, Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arroyo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinosa (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel D. Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán (rúbrica), Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo G. Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo, Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Berta Alicia Simental García.
 
 
 

DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, DE DOS PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PARA CREAR EL INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACION EDUCATIVA

Honorable Asamblea

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativo presenta el DICTAMEN A DOS PROPOSICIONES CON PUNTO DE ACUERDO PARA LA CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE EVALUACIÓN EDUCATIVA con base en los siguientes:

I.- ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día 15 de noviembre de 2001, el Dip. Eduardo Rivera Pérez a nombre del Partido Acción Nacional, presentó el Punto de Acuerdo para solicitar al Titular del Poder Ejecutivo Federal, la creación del Instituto de Evaluación para la Educación.

SEGUNDO.- En sesión celebrada por la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, el día 13 de marzo de 2002, el Dip. José Rodolfo Escudero Barrera presentó a nombre del Partido Verde Ecologista de México el Punto de Acuerdo para exhortar a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados a retomar la propuesta de la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa.

TERCERO.- En las fechas de presentación de los Puntos de Acuerdos la Mesa Directiva de la Cámara turnó los mismos a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

CUARTO.- Para el análisis y dictamen de las proposiciones con Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos creó la Subcomisión correspondiente.

II.- VALORACIÓN

PRIMERO.- Mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación publicado con fecha 8 de agosto de 2002, el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 1o., párrafo tercero, 3o., fracción I, 31, 37 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 14 y 15 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 12 fracción XI, 29, 30 y 31 de la Ley General de Educación, creó el Instituto Nacional de Evaluación Educativa.

SEGUNDO.- El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación se creó como un organismo público descentralizado, de carácter técnico, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

TERCERO.- El Instituto tiene por objeto ofrecer a las autoridades educativas de naturaleza federal y locales así como al sector privado, las herramientas idóneas para hacer la evaluación de los diferentes elementos que integran sus correspondientes sistemas educativos. Es objeto de los programas, servicios y acciones del Instituto la educación de tipo básico, en sus niveles de preescolar, primaria y secundaria y la de tipo medio superior de bachillerato o profesional, tanto en modalidad escolar, en escuelas públicas y privadas, urbanas y rurales, como en las modalidades no escolarizada y mixta, incluyendo la educación para adultos, la educación especial, la indígena y la comunitaria. La educación superior no será objeto de la actividad del Instituto.

Resolutivo

PRIMERO.- Dado que el Titular del Ejecutivo Federal en funciones creó el 8 de agosto de 2002, el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos considera sobreseídas las Proposiciones con Punto de Acuerdo motivo del presente.

SEGUNDO.- Se solicita a la Presidencia de ésta Cámara de Diputados, se archiven los expedientes de los Puntos de Acuerdo como asuntos totalmente concluidos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2003.

Diputados: Enrique Meléndez Pérez (rúbrica), Jorge Luis García Vera (rúbrica), Alfonso Vicente Díaz (rúbrica), Oscar Ochoa Patrón (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arroyo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinosa (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel D. Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán, Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo G. Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo, Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Berta Alicia Simental García.
 
 
 

DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, DE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR AL INSTITUTO NACIONAL PARA LA EVALUACION DE LA EDUCACION QUE SEAN EVALUADOS EL PROGRAMA Y EL SUBPROGRAMA VIGENTES DE EDUCACION FISICA IMPARTIDOS EN LA EDUCACION BASICA

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos presenta el Dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo para solicitar al Instituto Nacional para Evaluación de la Educación, sean evaluados el programa y el subprograma vigentes de educación física impartidos en la educación básica, presentado por el Dip. Mario Sandoval Silvera, integrante del Partido Acción Nacional.

I. ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por la Cámara de Diputados, el día 17 de octubre de 2002, el Diputado Mario Sandoval Silvera, presentó el punto de acuerdo para solicitar al Instituto Nacional para Evaluación de la Educación, sean evaluados el programa y el subprograma vigentes de educación física impartidos en la educación básica.

SEGUNDO.- En la fecha de presentación del Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Cámara turnó el mismo a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

TERCERO.- Para el análisis y dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos creó la Subcomisión correspondiente.

II. CONSIDERACIONES

PRIMERA.- El Punto de Acuerdo señala que en el ciclo lectivo 2002-2003, se habrá registrado una matrícula de 24 millones 27 mil alumnos en educación básica (preescolar, primaria y secundaria), y que desafortunadamente no todos reciben una educación integral como lo marca el artículo 3º Constitucional, pues no existe una correcta atención en los programas relacionados con la educación física que deben impartirse en las más de 200 mil escuelas de la educación básica.

SEGUNDA. La proposición menciona que la falta de aplicación de programas de educación física, contribuye a que los educandos no desarrollen armónicamente todas sus facultades, lo cual impide alcanzar un estado de salud óptimo que les permita asimilar a los educandos las enseñanzas de los docentes.

TERCERA.- El Punto de Acuerdo indica que en el diagnóstico realizado por el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte 2001-2006, se señala que el 80% de los niños y jóvenes mexicanos no realizan actividades físicas suficientes que les permita desarrollar su óptima capacidad física, lo que trae como consecuencia un inadecuado crecimiento intelectual.

CUARTA.- Se señala en el contenido de la propuesta, que la educación física que se imparte en el Sistema Educativo Nacional, no está siendo considerada en la integración del Sistema Nacional de Evaluación Educativa que se propone en el Programa Nacional de Educación 2001-2006.

QUINTA.- La proposición indica que es necesario identificar las acciones que permitan evitar que los educandos sigan sin realizar actividades físicas suficientes que les permitan tener un adecuado crecimiento y desarrollo físico e intelectual, solicitando sean considerando en los programas, servicios y acciones que realiza el Instituto Nacional de Evaluación Educativa los siguientes aspectos:

1. Evaluación del programa vigente de la educación física que se imparte en la educación básica:

En sus contenidos pedagógicos
En su metodología aplicada
En las teorías pedagógicas
En las corrientes didácticas
En los sustentos científicos
En los materiales didácticos de apoyo
En los procesos de capacitación y actualización en su aplicación directa a los alumnos
En sus métodos de investigación

2. Evaluación del deporte escolar:

Subprogramas:
Juegos deportivos
Avance deportivo (AVANDEP)
Extensión deportiva
Deportes básicos
Proyectos varios

SEXTA.- En adición a lo anterior la proposición solicita se incluyan en el sistema de indicadores que le corresponde desarrollar y mantener al Instituto, indicadores que permitan valorar en forma objetiva la calidad de la educación física que se imparte en la educación de tipo básico.

III. VALORACION

PRIMERO.- La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos ha pugnado por que la evaluación del Sistema Educativo Nacional se lleve al cabo, con la finalidad de impulsar la calidad educativa que los mexicanos anhelamos, así lo refrendan las distintas actividades celebradas en la presente Legislatura para consensuar las distintas propuestas que en materia existían y que culminaron con la creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa.

SEGUNDO.- De conformidad con lo que dispone la Ley General de Educación, es atribución exclusiva de la autoridad educativa federal, evaluar al sistema educativo nacional y fijar los lineamientos generales de la evaluación que las autoridades locales deban realizar.

TERCERO.- En el decreto de creación del Instituto Nacional de Evaluación Educativa se establece como objeto del mismo, ofrecer a las autoridades educativas de naturaleza federal y locales así como al sector privado, las herramientas idóneas para hacer la evaluación de los diferentes elementos que integran sus correspondientes sistemas educativos, para lo cual deberá diseñar instrumentos y sistemas de evaluación educativa adecuados a los diferentes tipos, niveles, grados y áreas de los currículos; apoyar en su aplicación o, en su caso, supervisar la aplicación.

CUARTO.- De igual forma el decreto de creación del Instituto, señala como responsabilidad de éste, el desarrollar y mantener en operación un sistema de indicadores que permita valorar en forma objetiva la calidad del sistema educativo nacional, en los niveles que le corresponden.

QUINTO.- En razón de que las solicitudes objeto de la proposición con Punto de Acuerdo motivo del presente se encuentran contempladas en las obligaciones y responsabilidades que el Instituto deberá realizar para la evaluación integral de la educación nacional, la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos emite el siguiente:

Resolutivo

PRIMERO.- No es de aprobarse la proposición con Punto de Acuerdo por el cual se solicita al Instituto Nacional para Evaluación de la Educación, sean evaluados el programa y el subprograma vigentes de educación física impartidos en la educación básica.

SEGUNDO.- Se solicita a la Presidencia de ésta Cámara de Diputados, se archive el expediente del Punto de Acuerdo como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2003.

Diputados: Enrique Meléndez Pérez (rúbrica), Jorge Luis García Vera (rúbrica), Alfonso Vicente Díaz (rúbrica), Oscar Ochoa Patrón (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Norma Enriqueta Basilio Sotelo (rúbrica), Juan Nicolás Callejas Arroyo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinosa (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel D. Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán, Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos (rúbrica), Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo G. Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo, Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Berta Alicia Simental García.
 
 
 

DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS, DE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO DEL CONGRESO DE BAJA CALIFORNIA POR EL CUAL SE SOLICITA QUE SE DECRETE 2003 COMO "EL AÑO DEL CENTENARIO DE LA EDUCACION PREESCOLAR EN MEXICO"

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los artículos 65, 66, 85, 87, 88 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativo presenta el Dictamen de la Proposición con Punto de Acuerdo del Congreso del Estado de Baja California por el cual se solicita que en el ámbito de las facultades de la Cámara de Diputados, se decrete al año 2003, como "El Año del Centenario de la Educación Preescolar en México", a efecto de que todas las dependencias y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación agreguen en toda correspondencia y documentos oficiales que emitan durante el año 2003, la leyenda "100 Años de la Educación Preescolar en México".

I.- ANTECEDENTES

PRIMERO.- En sesión celebrada por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, el día 17 de julio de 2002, se recibió oficio del Congreso del Estado de Baja California, mediante el cual se notifica el punto de acuerdo económico por el cual se solicita que en el ámbito de las facultades de la Cámara de Diputados, se decrete al año 2003, como "El Año del Centenario de la Educación Preescolar en México", a efecto de que todas las dependencias y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación agreguen en toda correspondencia y documentos oficiales que emitan durante el año 2003, la leyenda "100 Años de la Educación Preescolar en México".

SEGUNDO.- En la fecha de presentación del Punto de Acuerdo, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión Cámara turnó el mismo a la Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para su estudio y dictamen.

III.- VALORACIÓN

PRIMERO. La Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos reconoce el interés del Congreso del Estado de Baja California por emprender acciones que permitan ofrecer el justo reconocimiento a los trabajadores de la educación que dieron inicio a la educación preescolar en nuestro país.

SEGUNDO.- Esta Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos observa que la aprobación de un Punto de Acuerdo de esta naturaleza, implicaría erogaciones presupuestales no contempladas como prioritarias para las distintas instancias referidas en el contenido de la solicitud hecha por el Congreso del Estado de Baja California a esta Cámara de Diputados por lo que nos permitimos emitir el siguiente:

RESOLUTIVO

PRIMERO.- No es de aprobarse la proposición con Punto de Acuerdo por el cual se solicita que en el ámbito de las facultades de la Cámara de Diputados, se decrete al año 2003, como "El Año del Centenario de la Educación Preescolar en México", a efecto de que todas las dependencias y organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación agreguen en toda correspondencia y documentos oficiales que emitan durante el año 2003, la leyenda "100 Años de la Educación Preescolar en México".

SEGUNDO.- Se solicita a la Presidencia de ésta Cámara de Diputados, se archive el expediente del Punto de Acuerdo como asunto totalmente concluido.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 2 de abril de 2003.

Diputados: Enrique Meléndez Pérez (rúbrica), Jorge Luis García Vera (rúbrica), Alfonso Vicente Díaz (rúbrica), Oscar Ochoa Patrón (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Norma Enriqueta Basilio Sotelo, Juan Nicolás Callejas Arroyo (rúbrica), Cutberto Cantorán Espinosa (rúbrica), José Manuel Correa Ceseña, Miguel Angel D. Moreno Tello, José Ramírez Gamero, Gerardo Sosa Castelán, Olga Margarita Uriarte Rico (rúbrica), Celita Trinidad Alamilla Padrón (rúbrica), Luis Artemio Aldana Burgos, Silvia Alvarez Bruneliere (rúbrica), José Carlos Luna Salas (rúbrica), Héctor Méndez Alarcón (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Rodolfo G. Ocampo Velázquez, José María Tejeda Vázquez, Fernando Ugalde Cardona (rúbrica), María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Hortensia Aragón Castillo, Ramón León Morales, Alberto Anaya Gutiérrez, José del Carmen Soberanis González (rúbrica), María Cristina Moctezuma Lule, Nahúm Ildefonso Zorrilla Cuevas, Bertha Simental García.
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE DEFENSA NACIONAL, DE MARINA, Y DE SEGURIDAD SOCIAL, DE LA PROPOSICION POR LA QUE SE CONSIDERA MODIFICAR LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

HONORABLE ASAMBLEA:

A las Comisiones unidas de Defensa Nacional, de Marina y de Seguridad Social, les fue turnado para su estudio y dictamen por la mesa directiva de la H. Cámara de Diputados, la Proposición, por la que se considera modificar la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. La presente Proposición, fue presentada ante el Pleno de la H. Cámara de Diputados el día 26 de marzo de 1998, por el ciudadano Diputado Samuel Lara Villa, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVII Legislatura, en ejercicio de la facultad que le confiere la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Las Comisiones en comento, de conformidad con las facultades que les confieren los artículos 39, 40 y 45 numeral 6 incisos e y f de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 60, 65, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen, de acuerdo con los siguientes:

ANTECEDENTES

I.- Con fecha 26 de marzo de 1998, mediante expediente con número 339, Indice "P", foja 111, Libro I, de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados se turnó a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, de Marina y de Seguridad Social, la Proposición que modifica la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, presentada por el ciudadano Diputado Samuel Lara Villa del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

II.- En la misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados, dispuso el turno de Iniciativa de Ley a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, de Marina y de Seguridad Social para los efectos correspondientes.

III.- En reunión Plenaria de trabajo de la Comisión de Defensa Nacional de fecha 22 de Marzo del presente año, la Presidencia dio cuenta del Acuerdo que envió la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, por el que se Autoriza a las Comisiones el envío de asuntos no resueltos al archivo, de fecha 27 de febrero del año 2001.

IV.- Por acuerdo del Pleno de esta Comisión con esa misma fecha se turnó a la Subcomisión número 3, la Iniciativa en comento para su estudio y análisis, para luego ser sometida en Comisiones Unidas de Defensa Nacional, de Marina y de Seguridad Social, en su próxima reunión de trabajo.

V.- La Subcomisión responsable del análisis y estudio de la presente Iniciativa de Ley, presentó ante el Pleno de las Comisiones Unidas en comento, un Proyecto de Dictamen para su discusión y en su caso aprobación.

VI.- Las Comisiones Unidas Dictaminadoras en reunión de trabajo de fecha 30 de abril del año 2002 y de acuerdo con los antecedentes citados, expresamos las siguientes:

CONSIDERACIONES

1.- En relación a la iniciativa de reformas y adiciones a la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, este cuerpo colegiado, se permite hacer algunas consideraciones a la luz de la legislación vigente del Instituto, que señala sus facultades y obligaciones, así como a la de los recursos que conforman el patrimonio del mismo, sin perder de vista en ningún momento el espíritu con que fue creado este organismo de seguridad social para las fuerzas armadas mexicanas y sus derechohabientes.

2.- Esta Comisión esta consciente de la preocupación manifiesta en las propuestas citadas basadas en las necesidades del personal militar retirado, sus derechohabientes, y pensionistas, así como en la importancia de otorgarles las prestaciones a que tengan derecho con oportunidad, y con los recursos económicos disponibles para el efecto.

3.- Sobre el particular las Comisiones Unidas consideran que:

Referente al sobrehaber, la fracción III del artículo 61 del reglamento de la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público federal, prevé esta percepción únicamente para militares en activo, con motivo del desempeño de comisiones en cumplimiento de ordenes recibidas, considerando las características de las diferentes zonas geográficas, por lo que en base al citado ordenamiento se estima difícil la factibilidad de incluir este beneficio para la integración de los haberes de retiro; ya que, el personal jubilado de otras instituciones de la administración pública federal tampoco cuenta con esta prestación, ya que por la situación económica del país, no se estaría en posibilidades de absorber un gasto que representaría una gran erogación; independientemente de que el militar al pasar a situación de retiro, de acuerdo a sus capacidades económicas y sus propios intereses, elige el lugar de su residencia, al no estar sujeto al cumplimiento de ordenes relativas al servicio.

Sin embargo, y sin estar contemplado en la ley del ISSFAM, a partir del 1º de enero de 1998, se otorgo en forma vitalicia el beneficio de ayuda para militares retirados, que en esencia, es el equivalente al sobrehaber mínimo vigente para los miembros de las fuerzas armadas en el activo, siendo a la fecha del 60%, el cual fue otorgado con el propósito de lograr a favor del personal militar retirado, un beneficio que le ayudara a solventar sus necesidades mas apremiantes en forma proporcional al tiempo de servicios prestados y ala jerarquía reconocida para efectos de retiro, todo ello, resultado de un análisis que ha permitido incrementar las prestaciones de seguridad social para los miembros de las fuerzas armadas, acorde con la situación económica del país y medios disponibles. ahora bien, en relación a la posibilidad de hacer extensivo este beneficio a los derechohabientes al fallecimiento del militar, de absorber y prolongar este beneficio a los pensionados, el número de estos iría aumentando en una proporción tal, que no se contaría con recursos para materializarlo; sin embargo ya se están realizando los estudios a fin de determinar la factibilidad de esta propuesta, misma qué esta sujeta a factores que influyen en su materialización.

4.- En cuanto a la asignación de técnico, la fracción iv del artículo 61 del reglamento de la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público federal dispone: "Las asignaciones de mando, de técnico, de técnico especial, de vuelo, de comisiones especiales, serán concedidas a los integrantes de las fuerzas armadas que satisfagan los requisitos previstos en las disposiciones que al efecto dicten las secretarías de la defensa nacional y de marina". Así mismo la fracción II del numeral citado señala: Las modificaciones al importe de haberes, sobrehaberes y asignaciones correspondientes a los miembros de las fuerzas armadas, durante el ejercicio presupuestal, salvo disposición expresa del ejecutivo federal, requerirán de la conformidad de la secretaría de hacienda y crédito público. 5.- De acuerdo a las disposiciones legales antes transcritas, se pone de manifiesto que para estar en posibilidad de reconocer y otorgar cualquier tipo de asignaciones es necesario que los militares en activo satisfagan los requisitos que para el efecto hayan emitido las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, por tal motivo el texto vigente del artículo 29 de la Ley del ISSFAM, prevé que para sumar al haber de retiro las asignaciones de técnico, es necesario que el militar las venga percibiendo al darse la causal de retiro y en virtud de que el artículo en mención, no es limitativo en cuanto a especificar las causas por las cuales se otorga la asignación de técnico, por lo que se considera que para modificar el texto vigente, en un principio se tendría que otorgar al personal del activo y después considerar la posibilidad de incluir este beneficio al personal que pase a situación de retiro, por otra parte y por norma únicamente se puede autorizar una sola asignación al personal militar, ya que estas no son acumulativas; en el concepto de que actualmente se otorga la asignación de técnico únicamente a nivel licenciatura.

Respecto a la propuesta de reforma, en el sentido que se disponga que los conceptos que integran el haber de retiro se modifiquen en la misma proporción en el momento en que se autoricen incrementos para el personal militar en servicio activo, el artículo 21 de la ley de la materia señala que los haberes de retiro así como las pensiones se incrementaran al mismo tiempo y en igual proporción en que aumenten los haberes de los militares en activo.

6.- Es necesario hacer notar que los incrementos se aplican sobre el beneficio otorgado y no por cada uno de los conceptos que se tomaron en cuenta para su calculo, ya que dichas percepciones se integran en un solo concepto que se denomina haber de retiro; al respecto cabe invocar el contenido de la fracción ii del artículo 61 del reglamento de la ley de presupuesto, contabilidad y gasto público federal, en el que se señala que las modificaciones al haber, sobrehaber y asignaciones durante el ejercicio presupuestal requieren la conformidad de la secretaría de hacienda, es decir el personal militar en situación de retiro no se encuentra comprendido en el ejercicio presupuestal de las secretarías de la defensa nacional y de marina, ya que los haberes de retiro son con cargo al erario federal.

Sin embargo, los incrementos autorizados al haber del militar en activo se aplican también a los retirados repercutiendo en la misma proporción sobre el haber de retiro ya globalizado sin considerar los conceptos que sirvieron para la integración del haber de retiro.

Con respecto al recibo de pago desglosado por conceptos, por lo anteriormente expuesto, no se especifican los porcentajes y cantidades de cada uno de los conceptos que se tomaron en cuenta para calcular el haber de retiro, sin embargo, en los recibos de pago que se entregan se encuentran especificados, de acuerdo a las percepciones que reciben los militares en situación de retiro, tales como:

a) haber de retiro
b) ayuda para militares retirados
c) previsión social múltiple
d) gratificación de fin de año (cuando proceda).
7.- Del análisis anterior, la propuesta de reforma presentada, no incluye las prestaciones ya existentes, además que de acuerdo a la normatividad vigente, los mecanismos que propone no se ajustan a lo establecido, por lo que se otorgo el beneficio de "ayuda para militares retirados" bajo un concepto distinto al sobrehaber que percibe el personal militar en activo.

8.- Sobre este artículo, las Comisiones Unidas en comento consideran:

El ISSFAM por disposición constitucional y en respeto a la soberanía de cada entidad federativa, esta impedido para realizar convenios con los gobiernos federal, estatales y municipales, para que a favor del personal militar retirado se autoricen exenciones de impuestos de cualquier naturaleza, toda vez que el artículo 28 de la constitución política de los estados unidos mexicanos, dispone:

"En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las practicas monopólicas, los estancos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes..."

asimismo es de señalarse que la fracción IV del artículo 31 del invocado ordenamiento jurídico prevé como obligación del mexicano: "contribuir para los gastos públicos así de la federación como del distrito federal o del estado o municipio donde resida de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes" por otra parte cabe mencionar que el artículo 115 de la propia carta magna señala, en su parte correspondiente, lo siguiente: "..: los municipios administraran libremente su hacienda, la cual se formara con los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que las legislaturas establezcan a su favor y en todo caso:

a. percibirán las contribuciones incluyendo tasas adicionales, que establezcan los estados sobre la propiedad inmobiliaria de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

c. los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

9.- Las leyes federales no limitaran la facultad de los estados para establecer las contribuciones a que se refieren los incisos a) y c), ni concederán exenciones en relación con las mismas. Las leyes locales no establecerán exenciones o subsidios respecto de las mencionadas contribuciones, en favor de personas físicas o morales, ni de instituciones oficiales o privadas, solo los bienes del dominio público de la Federación, de los estados o de los municipios, estarán exentos de dichas contribuciones. dentro de las contribuciones a las que se refiere el inciso a) se encuentran las que se establezcan en los estados sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora, así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles. Como puede observarse, el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas ajustándose a derecho, no cuenta con facultades para gestionar ante las diversas estructuras de gobierno la exención del pago de obligaciones fiscales relacionadas con bienes inmuebles.

En cuanto a que se cancele el pago de impuestos a nivel nacional al personal señalado, de acuerdo a la situación económica individual es de señalarse que a los militares retirados y pensionados no se les hace ninguna deducción por concepto de impuesto sobre la renta y respecto a otro tipo de impuestos, se considera que es competencia de las dependencias gubernamentales federales, estatales y municipales su otorgamiento, aun cuando en forma unilateral algunas entidades otorgan descuentos a los jubilados.

10.- Por cuanto se refiere al servicio del agua, de acuerdo a lo previsto en la fracción III del artículo 115 de la constitución de la república, dicho servicio esta a cargo de los municipios y los ingresos que se obtengan de la prestación del servicio, conformarán su hacienda, por tal motivo los estados tienen la facultad de establecer la contribución que resulte de la prestación del servicio, y por mandato constitucional tiene la prohibición de conceder exenciones con respecto a dichas contribuciones.

Respecto a los descuentos en el pago de los servicios que se enuncian en la propuesta en comento, tales como luz eléctrica, teléfono, gas, y otros, se encuentran a cargo de empresas paraestatales o en su caso concesionados a particulares, de lo cual resulta difícil convenir con dichos prestadores de servicios un descuento obligatorio del 50% como se señala en la propuesta, a favor de los miembros de las fuerzas armadas:

Además, al considerar que se establezca en la ley como un imperativo el establecimiento de convenios con los prestadores de servicios públicos o privados, el convenio solo se celebraría si las partes que intervienen manifiestan su voluntad de llevarlo a cabo y de obligarse en los términos del mismo, y no tan solo porque sea obligatorio concederlo para el instituto, toda vez que el convenio es un instrumento en el que se manifiestan voluntades. Sobre la propuesta de modificación a los dos artículos anteriores, esta Comisión estima lo siguiente:

11.- En virtud de que las propuestas de reforma a los artículos 152 y 155 de la ley de la materia, tienen como finalidad regular la atención médica quirúrgica a los miembros de las fuerzas armadas y sus derechohabientes, es posible realizar su análisis en forma conjunta.

el artículo 164 de la ley vigente dispone:

"...se faculta al instituto para celebrar convenios con las secretarías de la defensa nacional y de marina, así como con los institutos de seguridad y servicios sociales de los trabajadores del estado y mexicano del seguro social, a efecto de prestar el servicio médico subrogado, que comprenderá: asistencia médica-quirúrgica, obstétrica, farmacéutica y hospitalaria, así como los aparatos de prótesis y ortopedia que sean necesarios". 12.- En ejercicio de la facultad que la ley le confiere al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas y ante la falta de una infraestructura integral, dicho organismo ha celebrado con las Secretarías de la Defensa Nacional y de marina convenios para la prestación del servicio médico integral subrogado dentro de los cuales, las secretarías en mención se han obligado a proporcionar al personal retirado del ejercito, fuerza aérea y armada de méxico y a sus derechohabientes, atención médica en todos sus escalones sanitarios y en el caso de que algún beneficiario requiera atención especializada y el escalón sanitario no cuente con ella, con autorización expresa de las secretarías, podrán acudir a instituciones públicas o privadas nacionales que cuenten con los medios necesarios en cuyo caso dichas secretarías cubrirán los gastos previa justificación. Asimismo para la atención de los beneficiarios las secretarías proporcionaran las prótesis internas o externas, medicamentos y suministros médicos que sean necesarios.

Por lo anteriormente señalado no sería necesario adicionar la ley en estudio bajo los lineamientos que se plantean en la propuesta de reforma, ya que de hecho, existe un instrumento legal que prevé y regula todos y cada uno de los términos en la prestación del servicio médico integral, el cual a la fecha se esta proporcionando de manera completa y eficiente.

El ISSFAM, en coordinación con las Secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, consciente de la preocupación por mejorar las condiciones de vida y bienestar del personal militar en activo, en retiro y sus derechohabientes y pensionistas, se encuentra revisando y actualizando la ley del ISSFAM vigente, proponiendo las modificaciones y reformas necesarias, incluyendo, además beneficios que aunque no están previstos actualmente en la multicitada ley ya se están otorgando, en el concepto de que esta revisión y actualización se esta haciendo en forma integral en cuanto a su contenido, ajustándose a los tiempos actuales, a las necesidades de los miembros de las fuerzas armadas y sus familias, y a la capacidad económica del país que pueda hacer factible su materialización.

Por lo anteriormente expuesto las Comisiones Unidas de Defensa Nacional, Marina y de Seguridad Social, presenta a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:

DICTAMEN

UNICO. En términos de los considerandos y conclusiones del presente dictamen, la proposición que pretende modificar la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, se considera improcedente, en tal sentido, archívese el expediente como un asunto total y definitivamente concluido.

Comisión de Defensa Nacional:

Diputados: Alfredo Ochoa Toledo (rúbrica), Presidente; José Alvaro Vallarta Ceseña (rúbrica), secretario; Francisco de Jesús de Silva Ruiz (rúbrica), secretario; José Benjamín Muciño Pérez (rúbrica), secretario; Enrique Herrera y Bruquetas (rúbrica), secretario, Jaime Alcántara Silva (rúbrica), Oscar Alvarado Cook (rúbrica), Oscar Alfonso del Real Muñoz (rúbrica), César H. Duarte Jáquez (rúbrica), Guillermo Díaz Gea, Manuel Garza González (rúbrica), Miguel Ortiz Jonguitud (rúbrica), Laura Pavón Jaramillo, Carlos Rodolfo Soto Monzón, Marcelo García Morales, José Antonio Hernández Fraguas (rúbrica), José A. Botello Montes (rúbrica), Gustavo C. Jesús Buenrostro Díaz, Alfonso Guillermo Bravo y Mier (rúbrica), Manuel B. Martínez Ramírez, Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Javier Rodríguez Ferrusca (rúbrica), Mauricio Enrique Candiani Galaz (rúbrica), Nestor Villarreal Castro (rúbrica), Vicente Pacheco Castañeda, Félix Salgado Macedonio, Rufino Rodríguez Cabrera (rúbrica), Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Gustavo Riojas Santana (rúbrica).

Comisión de Seguridad Social:

Diputados: Cuauhtémoc Rafael Montero Esquivel (rúbrica), Samuel Aguilar Solís, Francisco Javier López González (rúbrica), José María Rivera Cabello (rúbrica), Carlos Humberto Aceves del Olmo (rúbrica), Rosa Elena Baduy Isaac (rúbrica), Rubén García Farías (rúbrica), María de las Nieves García Fernández (rúbrica), Rodolfo Gerardo González Guzmán (rúbrica), Rafael Orozco Martínez (rúbrica), Ramón Paniagua Jiménez (rúbrica), Alicia Concepción Ricalde Magaña (rúbrica), Verónica Sada Pérez (rúbrica), Francisco Ricardo Sheffield Padilla (rúbrica), Carlos Alberto Valenzuela Cabrales (rúbrica), Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Pedro Miguel Rosaldo Salazar (rúbrica), Rosalía Peredo Aguilar (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas, Víctor Roberto Infante González (rúbrica), Albino Mendieta Cuapio, José del Carmen Soberanis González, Juan Manuel Sepúlveda Fayad, Benito Vital Ramírez (rúbrica), José Manuel Quintanilla Rentería (rúbrica), Arcelia Arredondo García (rúbrica), Hilario Esquivel Martínez (rúbrica), Felipe Olvera Nieto (rúbrica), Manuel Wistano Orozco Garza (rúbrica).

Comisión de Marina:

Diputados: César Patricio Reyes Roel (rúbrica), Presidente; José A. Vallarta Ceceña (rúbrica), secretario; Julio C. Lizárraga López (rúbrica), secretario; María Luisa Araceli Domínguez (rúbrica), secretaria; Miguel Barbosa Huerta, José J. Barrón Fonseca (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), Gustavo Carvajal Moreno, Raúl Covarrubias Zavala, Guillermo Díaz Gea (rúbrica), Neftalí Escobedo Zoletto (rúbrica), Héctor N. Esquiliano Solís (rúbrica), Carlos A. Flores Gutiérrez (rúbrica), Gustavo González Balderas (rúbrica), Mercedes Hernández Rojas (rúbrica), José Tomás Lozano y Pardinas (rúbrica), Manuel Martínez Ramírez (rúbrica), Ricardo Ocampo Fernández, Manuel Narváez Narváez (rúbrica), Alfredo Ochoa Toledo (rúbrica), Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Vicente Pacheco Castañeda (rúbrica), Rufino Rodríguez Cabrera (rúbrica), Rigoberto Romero Aceves (rúbrica), Héctor Sánchez López, José R. Escudero Barrera (rúbrica), Eréndira Olimpia Cova Brindis (rúbrica), Angel A. Meixueiro González (rúbrica), Martha Silvia Sánchez González (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE ENERGIA, DE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA LA CONFORMACION DE UNA COMISION QUE SE ABOQUE AL ESTUDIO DEL COMPORTAMIENTO DE LA TARIFA 09, RELATIVA AL SERVICIO PARA BOMBEO DE AGUA PARA RIEGO AGRICOLA EN BAJA TENSION

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Energía, de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnado para su estudio y dictamen la proposición de Punto de Acuerdo presentada el 29 de septiembre de 2000 por el diputado Juan Carlos Regis Adame. Lo anterior en ejercicio de lo dispuesto en el artículo 58, Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Energía de la LVIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral seis, incisos e y f y en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del comunicado, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 29 de septiembre de 2000, el diputado Juan Carlos Regis Adame hizo uso de la palabra para presentar una proposición con Punto de Acuerdo a fin de crear una comisión que se aboque al estudio de la tarifa eléctrica 09, relativa al servicio de bombeo de agua para riego agrícola de baja tensión.

SEGUNDO. La Presidencia de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Energía."

TERCERO. En la primera reunión de trabajo de la Comisión de Energía, se dio cuenta a sus integrantes del contenido del expediente respectivo.

CUARTO. El Punto de Acuerdo en cuestión fue presentado en los siguientes términos:

"Artículo Único. Se solicita la conformación de una comisión que se aboque al estudio del comportamiento de la tarifa 09 relativa al servicio para bombeo de agua para riego agrícola en baja tensión, con objeto de que se hagan los ajustes necesarios para que los campesinos cuenten con un subsidio suficiente y oportuno, que les permita desarrollar sus actividades productivas de manera óptima y hacerlos más competitivos en el mercado, con productos más baratos." CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Energía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar el comunicado de referencia.

SEGUNDO. Que en la exposición de motivos del Punto de Acuerdo propuesto se interponen los siguientes argumentos:

- Que la energía eléctrica es un insumo importante para la producción en el campo mexicano.

- Que en los últimos años, la tarifa 09 ha tenido incrementos exorbitantes que han provocado alzas en los costos de producción en las actividades productivas en que se aplican.

- Que a partir del 1° de enero de 2000, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió un acuerdo por el que cada mes se aplica un factor de 1.008 a las tarifas del servicio eléctrico, medida que contradice la necesidad de apoyar sectores estratégicos como el agrícola.

- Que considerando la alta volatilidad de los precios de los cultivos, países como Canadá, Estados Unidos y la Unión Europea mantienen altos subsidios a sus sectores agropecuarios.

- Que a lo anterior se agregan acciones que han dañado las actividades agrícolas desde hace varias décadas, como son: políticas agropecuarias indiscriminadas, falta de apoyos a la comercialización, elevación excesiva de los precios de otros insumos, etcétera.

TERCERO. Que este Poder Legislativo Federal, no es ajeno a los problemas del campo, y en especial, a lo referente a los precios de los insumos energéticos. Por lo anterior, todas las fracciones parlamentarias representadas al interior de esta Cámara de Diputados trabajaron e impulsaron la creación de una nueva Ley que permita el acceso a precios competitivos para los insumos energéticos de las actividades agropecuarios, la Ley de Energía para el Campo, misma que fue dictaminada el 4 de diciembre de 2002 por las comisiones unidas de Energía y Desarrollo Rural.

CUARTO. Que con fecha 30 de diciembre de 2002, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley de Energía para el Campo, con el objetivo de ser un instrumento jurídico que permita dotar de insumos a este sector a precios competitivos, que favorezcan la producción y la productividad, asegurando la viabilidad y la competitividad del sector agropecuario.

QUINTO. Que el Artículo 4° y 5° de la Ley de Energía para el Campo establece que, el Poder Ejecutivo Federal deberá proveer de estímulos al campo mediante precios y tarifas preferenciales en gasolinas, diesel, combustóleo y energía eléctrica, empleados directamente en la producción agropecuaria:

"Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo Federal establecerá el programa, mediante precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios.

El Poder Ejecutivo Federal incluirá dentro del proyecto de Ley de Ingresos y del proyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, las previsiones necesarias para atender la operación del programa.

Artículo 5°.- En los términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, los precios y tarifas de estímulo que se otorguen a los productores en cumplimiento de lo establecido en este ordenamiento, impulsarán la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 31 fracción X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establecerá los precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios, considerando las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional.

También se observarán las disposiciones señaladas en los artículos 12 fracciones VI y VII y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Los precios y tarifas de estímulo que se autoricen para las diferentes actividades agropecuarias, serán iguales para todos los productores del país."

SEXTO. Los diputados integrantes de la Comisión de Energía que dictamina, consideran que con la promulgación de la Ley de Energía para el Campo, se ha generado un instrumento jurídico que permite otorgar precios y tarifas preferenciales para los energéticos que son empleados en la producción agropecuaria, con el propósito de disminuir las asimetrías del campo mexicano respecto al de nuestros principales socios comerciales.

SÉPTIMO. Que el pasado día 7 de enero de 2003, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió el Acuerdo por el que autoriza el ajuste y reestructuración de las tarifas para suministro y venta de energía eléctrica, cuyo propósito es apoyar a los productores agrícolas mediante el establecimiento de un beneficio adicional a través de las tarifas para servicio de bombeo para riego agrícola en baja y media tensión.

RESULTANDOS

PRIMERO. Con fundamento en los considerandos vertidos en el presente Dictamen, se concluye que la proposición del diputado Juan Carlos Regis Adame queda sin materia en virtud de que ha sido satisfecho el propósito que la animó, al publicarse la Ley de Energía para el Campo en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 2002.

SEGUNDO. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 2 días del mes de abril de 2003.

Diputados: Noé Navarrete González (rúbrica), Roque Joaquín Gracia Sánchez (rúbrica), Marco Antonio Dávila Montesinos (rúbrica), Javier Julián Castañeda Pomposo (rúbrica), Rosario Tapia Medina (rúbrica), Jaime Aceves Pérez (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal, Manuel de Jesús Espino Barrientos, Mauricio Enrique Candiani Galaz (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante, Juan Camilo Mouriño Terrazo, Juan Manuel Duarte Dávila, Manuel Medellín Milán, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Orlando Alfonso García Flores, Gustavo Adolfo González Balderas (rúbrica), Humberto Mayans Canabal (rúbrica), Rafael López Hernández, Marcos Paulino López Mora (rúbrica), Lorena Beaurregard de los Santos (rúbrica), José María Rivera Cabello (rúbrica), Carlos Antonio Romero Deschamps, Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica), José del Carmen Soberanis González (rúbrica), Héctor Taboada Contreras (rúbrica), Jesús Adelfo Taracena Martínez, Rosalía Peredo Aguilar, Francisco Raúl Ramírez Avila (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE ENERGIA, DE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE LOS DIRECTORES GENERALES DE LFC Y DE LA CFE COMPAREZCAN ANTE LAS COMISIONES UNIDAS DE ENERGIA DE LAS CAMARAS DE DIPUTADOS Y DE SENADORES

A la Comisión de Energía, le fue turnada para su estudio y dictamen la proposición con punto de acuerdo para que se citen a comparecer ante las Comisiones de Energía de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores, al Director General de Luz y Fuerza del Centro y al Director de General de la Comisión Federal de Electricidad, a efecto de que estos funcionarios expliquen el contenido y alcance de los mecanismos de inversión privada nacional e internacional.

Dicho punto de acuerdo fue presentado por el Dip. Martí Batres Guadarrama del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, que en ejercicio del artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración de la Comisión Permanente el 15 de agosto de 2001.

Esta comisión con fundamento en el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, pone a consideración de los miembros de esta H. Asamblea el presente dictamen:

En su único punto resolutivo, motivado por diversos asuntos en torno a la operación, inversión y organización de las entidades del sector eléctrico, el diputado Batres Guadarrama propone citar para comparecer ante las Comisiones de Energía de la Cámara de Diputados y de la Cámara de Senadores al Director General de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, y al Director General de la Comisión Federal de Electricidad para explicar el contenido y alcance de los mecanismos de inversión privada nacional e internacional que a la fecha han implementado las empresas públicas a su cargo.

Considerandos

Primero.- Que el 22 de agosto de 2001, durante los trabajos de la VII Reunión Plenaria de la Comisión de Energía, se contó con la comparecencia del Lic. Alfonso Caso Aguilar, en aquel entonces Director General de Luz y Fuerza del Centro.

Segundo.- Que el 12 de febrero de 2002, de conformidad con el acuerdo aprobado por la Comisión Permanente del 30 de enero del mismo año, comparecen ante la Tercera Comisión y Comisiones de Energía de la Cámara de Diputados y Senadores, el ingeniero Ernesto Martens Rebolledo, Secretario de Energía; licenciado Francisco Gil Diaz, Secretario de Hacienda y Crédito Público; así como el ingeniero Alfredo Elías Ayub y el licenciado Alfonso Caso Aguilar, directores de la Comisión Federal de Electricidad y de Luz y Fuerza del Centro, respectivamente.

Tercero.- El 7 de octubre de 2002, comparecieron en Reunión Plenaria de la Comisión Energía el licenciado Luis de Pablo Serna, Director de la Compañía de Luz y Fuerza del Centro y el ingeniero Alfredo Elías Ayub, Director de la Comisión Federal de Electricidad.

En las mencionadas comparencias, el director de la Comisión Federal de Electricidad y los directores en turno de Luz y Fuerza del Centro expusieron e intercambiaron puntos de vista con los diputados y senadores sobre una amplia gama de temas del sector eléctrico nacional. Específicamente, se trataron cuestiones con la situación financiera, administrativa y operativa de ambas paraestatales; con los programas de inversión y los procesos de modernización de dichas empresas; con los acuerdos suscritos con sus sindicatos para elevar la productividad, reducir las pérdidas de suministro eléctrico y para incrementar los índices de cobranza; con las repercusiones sociales y económicas derivadas de la disminución parcial de los subsidios; con los pasivos laborales; con la facturación y la cartera vencida; con los programas de regularización para el alumbrado público municipal, entre otros temas de especial relevancia.

Resultando

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de esta Comisión de Energía que suscribe sometemos a la consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente punto de acuerdo:

Primero. En virtud de que a partir de la fecha de la proposición con punto de acuerdo en comento, han comparecido en dos ocasiones el titular de la Comisión Federal de Electricidad y en tres ocasiones el titular de Luz y Fuerza del Centro ante los diputados de esta Comisión de Energía, y en una de ellas ambos funcionarios lo hicieron ante la Comisión de Energía de la Cámara de Senadores. Asimismo, dado que en estas comparecencias se trataron entre otros temas, los que propone el punto de acuerdo, esta Comisión de Energía considera que, por el momento, ya no es procedente citar a comparecer a dichos funcionarios.

Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 2 días del mes de abril de 2003.

Diputados: Noé Navarrete González (rúbrica), Roque Joaquín Gracia Sánchez (rúbrica), Marco Antonio Dávila Montesinos (rúbrica), Javier Julián Castañeda Pomposo (rúbrica), Rosario Tapia Medina (rúbrica), Jaime Aceves Pérez (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal, Manuel de Jesús Espino Barrientos, Mauricio Enrique Candiani Galaz (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante, Juan Camilo Mouriño Terrazo, Juan Manuel Duarte Dávila, Manuel Medellín Milán, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Orlando Alfonso García Flores, Gustavo Adolfo González Balderas (rúbrica), Humberto Mayans Canabal (rúbrica), Rafael López Hernández, Marcos Paulino López Mora (rúbrica), Lorena Beaurregard de los Santos (rúbrica), José María Rivera Cabello (rúbrica), Carlos Antonio Romero Deschamps, Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica), José del Carmen Soberanis González (rúbrica), Héctor Taboada Contreras (rúbrica), Jesús Adelfo Taracena Martínez, Rosalía Peredo Aguilar, Francisco Raúl Ramírez Avila (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE ENERGIA, DE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO POR EL CUAL SE SOLICITA QUE SE INVESTIGUEN LOS PRECIOS DE LA GASOLINA EN LA FRONTERA NORTE Y SE RECOMIENDA AL PODER EJECUTIVO FEDERAL CONSIDERAR LA IMPLANTACION DE UN MECANISMO TRANSITORIO QUE IMPIDA EL ALZA DE DICHO COMBUSTIBLE

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Comisión de Energéticos, de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVII Legislatura, le fue turnado para su estudio y dictamen la proposición con Punto de Acuerdo presentada el 13 de abril de 1999 por el Dip. Adalberto Balderrama Fernández. Lo anterior que en ejercicio de lo dispuesto en el artículo 58, Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

La Comisión de Energéticos, hoy de Energía de la LVIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, numeral seis, incisos e y f en los artículos 58,60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del comunicado, al tenor de los siguientes:

ANTECEDENTES

PRIMERO. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el 13 de abril de 1999, el diputado Adalberto Balderrama Fernández, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una proposición con Punto de Acuerdo para la revisión de los precios de la gasolina, en la frontera norte.

SEGUNDO. La Presidencia de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, Comercio, Energéticos y Asuntos Fronterizos".

TERCERO. El Punto de Acuerdo en cuestión fue presentado en los siguientes términos:

PRIMERO.- Se instruye a las Comisiones de Energéticos y de Asuntos fronterizos, tomar las providencias y acciones necesarias para investigar los precios de las gasolinas automotrices en la frontera norte de los Estados Unidos Mexicanos.

SEGUNDO.- Se solicita a la Presidencia que exhorte a las Comisiones referidas anteriormente, para que puedan recabar la información necesaria, y una vez concluida la investigación, previa discusión en su seno, informen a este pleno del resultado de la misma.

TERCERA.- Se recomienda al Poder Ejecutivo Federal considerar la implementación de un mecanismo transitorio que no permita que se apliquen más aumentos a los precios de las gasolinas de las fronteras.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. Que con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Energía, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar el comunicado de referencia.

SEGUNDO. Que en la exposición de motivos del Punto de Acuerdo propuesto se interponen los siguientes argumentos:

- Que son totalmente notorias las condiciones de desigualdad en que se encuentran las zonas de la frontera norte, para competir con las grandes compañías norteamericanas, en cuanto a los precios de las gasolinas expresadas en un diferencial de precios que en algunas ocasiones excede hasta el 50%.

- Que los niveles de ventas de la gasolina por el diferencial en el precio de nuestro país vecino han bajado de manera sustancial.

- Que como resultado de lo anterior, se aprecia un desplazamiento de consumidores mexicanos hacia Estados Unidos, que no sólo consumen gasolina sino también artículos en general, de los que destacan los de consumo.

- Que al reducir las ventas del lado mexicano, provoca que se dejen de percibir ingresos fiscales, mismo que los norteamericanos están capitalizando de manera muy exitosa.

- Que entre 1991 y 1994, se ofrecieron precios estrechamente competitivos con los del otro lado de la frontera (con reducciones de precios y ajustes semanales). Ampliando la capacidad comercial y mejorando perspectivas.

- Que actualmente (1999) se tienen ajustes anuales e incrementos mensuales programados con el consecuente estancamiento de las ventas y la búsqueda de mejores precios en el exterior.

TERCERO. Que el problema económico y social se extiende a la nociva práctica de introducir y expender combustible estadounidenses de manera clandestina e ilegal en territorio nacional.

CUARTO. Que la venta clandestina de gasolina es un problema grave, cuya solución involucra a las autoridades federales y locales.

QUINTO. Que de acuerdo con información de la Secretaría de Energía con fecha 1 de diciembre de 2002 el precio de la gasolina PEMEX Magna fue homologado en la frontera norte con el de su similar de Estados Unidos de Norteamérica.

SEXTO. Que el precio al público de la Gasolina PEMEX Magna, en pesos por litro, será similar al precio promedio semanal de la gasolina Unleaded Regular de 87 octanos que obtenga cada siete días la encuesta que realice una empresa especializada en las zonas correspondiente de Estados Unidos de Norteamérica.

SÉPTIMO. Que la disminución en el precio de la gasolina PEMEX Magna se aplicará en las estaciones de servicio que se encuentran a no más de 20 kilómetros al sur de dicha frontera de las ciudades de Tijuana, Mexicali, Nogales, San Luis Río Colorado, Ciudad Juárez, Matamoros, Reynosa y Nuevo Laredo.

OCTAVO. Que para este mecanismo de precios se considerará el promedio del tipo de cambio para obligaciones de moneda extranjera que publica cada lunes el Banco de México en el Diario Oficial, por lo que el precio para las seis zonas comprendidas en este programa se dará a conocer los martes de cada semana.

NOVENO. Que los beneficios esperados por esta decisión son, entre otros, reducir sustancialmente el contrabando de gasolina generado por el diferencial de precios; evitar el cierre de estaciones de servicio; disminuir los cruces en la frontera; avanzar en el proceso de recuperación de clientes, no sólo de gasolina sino también de comercio en general, y apoyar la competitividad que los gobiernos estatales buscan en la zona.

RESULTANDOS

PRIMERO. Con fundamento en los considerandos vertidos en el presente Dictamen, se concluye que la proposición del diputado Adalberto Balderrama Fernández queda sin materia en virtud de que ha sido satisfecho el propósito que la animó, al homologarse los precios de la gasolina PEMEX Magna en la frontera norte del país a partir del 1 de diciembre de 2002.

SEGUNDO. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 2 días del mes de abril de 2003.

Diputados: Noé Navarrete González (rúbrica), Roque Joaquín Gracia Sánchez (rúbrica), Marco Antonio Dávila Montesinos (rúbrica), Javier Julián Castañeda Pomposo (rúbrica), Rosario Tapia Medina (rúbrica), Jaime Aceves Pérez (rúbrica), Narcizo Alberto Amador Leal, Manuel de Jesús Espino Barrientos, Mauricio Enrique Candiani Galaz (rúbrica), Andrés Carballo Bustamante, Juan Camilo Mouriño Terrazo, Juan Manuel Duarte Dávila, Manuel Medellín Milán, Sara Guadalupe Figueroa Canedo, Orlando Alfonso García Flores, Gustavo Adolfo González Balderas (rúbrica), Humberto Mayans Canabal (rúbrica), Rafael López Hernández, Marcos Paulino López Mora (rúbrica), Lorena Beaurregard de los Santos (rúbrica), José María Rivera Cabello (rúbrica), Carlos Antonio Romero Deschamps, Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica), José del Carmen Soberanis González (rúbrica), Héctor Taboada Contreras (rúbrica), Jesús Adelfo Taracena Martínez, Rosalía Peredo Aguilar, Francisco Raúl Ramírez Avila (rúbrica).