Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes de la Cámara de Diputados, correspondientes a la LVIII Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen el Acuerdo Parlamentario por el que solicita que se estudien y analicen las facultades que la Ley de Vías Generales de Comunicación atribuye a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que remite el Congreso del Estado de Baja California, presentada el 19 de Agosto de 1998.
Por lo anterior, estas Comisiones Dictaminadoras con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, Párrafo 3; 45 párrafo 6, incisos e) y f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente dictamen, a partir de los siguientes:
I. Antecedentes
2. En sesión celebrada en fecha 19 de Agosto de 1998, por la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se dio cuenta del oficio del Congreso del Estado de Baja California, por el que remite el Acuerdo Parlamentario citado en el proemio del presente dictamen. La Presidencia de la Comisión Permanente dictó el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Comunicaciones y Transportes del Senado de la República y a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes de la Cámara de Diputados", el Acuerdo parlamentario que nos ocupa, a efecto de que se elabore el dictamen correspondiente.
3. Los miembros integrantes de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes de la H. Cámara de Diputados correspondientes a la LVIII Legislatura, procedieron al estudio del Acuerdo parlamentario en cuestión, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la proposición que se discute, sobre la base del siguiente:
Afirman los legisladores del Congreso del Estado de Baja California, que el artículo 1°, fracción IX de la Ley de Vías Generales de Comunicación consigna que son vías generales de comunicación, entre otras, las líneas telefónicas dentro de los Estados Unidos Mexicanos conectadas entre si o con las líneas generales de concesión federal o de otros países que operen con permiso, contrato o concesión de la Federación.
El artículo 3° de la Ley referida estipula que quedan sujetos exclusivamente a los Poderes Federales - Legislativo, Ejecutivo y Judicial -, la explotación, concesión, permisos, tarifas, inspección, vigilancia, infracciones y toda cuestión de carácter administrativo relacionada con las vías generales de comunicación y medios de transporte, el Ejecutivo ejercerá sus facultades por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
El artículo 8° consigna que para construir, establecer o explotar vías generales de comunicación, o cualquier clase de servicios conexos a éstas, será necesario tener concesión o permiso del Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con sujeción a esta Ley y sus Reglamentos.
El artículo 10° establece que el Gobierno Federal tendrá facultad para construir o establecer vías generales de comunicación por si mismo o en cooperación con las autoridades locales o encomendarlo a particulares en los términos del artículo 134 de la Constitución Federal.
Conforme al artículo 49 compete, exclusivamente, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes el estudio, aprobación, revisión, modificación, cancelación o registro, en su caso, de itinerarios, horarios, reglamentos de servicio, tarifas y sus elementos de aplicación y demás documentos que los prestadores de servicios de vías generales de comunicación sometan a su estudio, en cumplimiento de esta Ley y su Reglamento.
El artículo 54 estipula que las empresas de Vías Generales de Comunicación podrán explotar los servicios o parte de ellos, conjuntamente con otra u otras empresas nacionales y extranjeras, no comprendidas en las disposiciones de esta Ley, celebrando arreglos o convenios necesarios que se someterán, previamente, a la aprobación de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
El artículo 68 estipula que las empresas que exploten vías generales de comunicación en combinación con otras nacionales o extranjeras, expedirán tarifas unidas, cuyas cuotas para las empresas nacionales no serán mayores que la suma de las que cada una empresas cobraría si hiciera el servicio independientemente.
El artículo 70 obliga a las empresas que exploten las vías generales de comunicación a tener, invariablemente en sus estaciones y oficinas a disposición del público para consulta gratuita ejemplares de las tarifas y elementos de su aplicación el precio aprobado por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes.
Con excepción del artículo 3° ningún otro artículo, de los 592 que conforman la Ley de Vías Generales de Comunicación, hace mención a las facultades de los otros dos Poderes; si embargo se entiende que el Poder Judicial interviene para dirimir los conflictos de intereses suscitados entre las autoridades y los permisionarios o concesionarios o entre éstos últimos, mientras que el Poder Legislativo interviene para adecuar la propia Ley mediante iniciativas de reforma, adición y derogación de artículos, si de la aplicación de la misma y de las demandas sociales resultan perjuicios para el bien general.
El artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, versa sobre la prohibición de monopolios de nuestro país y aclara cuáles áreas, bienes y servicios del territorio e interés nacional, por ser prioritarios, son exclusivos del Estado mexicano y no constituirán monopolios, no obstante prevé que el Estado - Legislativo, Ejecutivo y Judicial -, sujetándose a las Leyes no podrá en casos de integres general, concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso y aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación, salvo las excepciones que las mismas prevengan. Las Leyes fijarán las modalidades y condiciones que aseguren la eficacia de la prestación de los servicios y utilización social de los bienes y evitarán fenómenos de concentración que contraríen el interés público.
De un sistema económico mixto donde el Estado tenía monopolizados muchos campos de la economía nacional sustentada en el Estatismo, transitamos hacia a una economía de mercado sustentada en la libre competencia y en la Ley de la oferta y la demanda; sin embargo en esta transición se han creado con la complacencia del Estado, mediante ventajosas concesiones y permisos, oligarquías y monopolios que cobran lo que quieren por los servicios públicos privatizados con la aprobación de servidores públicos designados por el titular del Poder Ejecutivo y poca y ninguna intervención de los Diputados que son los legítimos y auténticos representantes y defensores de los usuarios.
Las concesiones de los servicios públicos y propiedades de la Nación - el pueblo mexicano -, deben ser estrictamente regulados por el Poder Ejecutivo y, en segunda instancia, por el Poder Legislativo, a efecto de que su explotación sea racional y con un justo y equitativo beneficio para los concesionarios, es tiempo de que los índices de utilidad de las empresas concesionarias obedezcan a parámetros económicos nacionales y guarden proporción y equidad principalmente con los salarios y el poder adquisitivo de nuestra moneda, ya que ahora los precios se fijan con índices internacionales; la gasolina es un ejemplo claro de ello, mientras el precio del petróleo y sus derivados bajan en el resto del mundo, los mexicanos siendo dueñas de cuantiosas reversas petroleras la pagamos cada mes más cara; las tarifas telefónicas se incrementan mensualmente para acumular incrementos anuales muy superiores a los incrementos salariales.
Pero volvamos al asunto que hoy nos ocupa, la telefonía que es uno de estos servicios públicos concesionados; mientras el gobierno tuvo su administración, los servicios fueron insuficientes, ineficientes e ineficaces y las empresas paraestatales responsables funcionaron con números rojos, eran verdaderos elefantes blancos que servían como "cajas chicas" y fuentes de empleos, para fomentar el "chambismo" y las "aviadurías", para colocar familiares, amigos y condiscípulos de escuela para la clase política y los sindicatos; es cierto que ahora que están en manos de particulares son más eficientes, tienen mayor capacidad de repuesta y aparecen en revistas de negocios internacionales como empresas de alta rentabilidad, gracias a las tarifas que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes aprueba sin mayores estudios ni consideración alguna para la raquítica economía de las familias mexicanas.
Recientemente se abrió el mercado de largas distancias a compañías extranjeras, empero salió más caro el remedio que la enfermedad, toda vez que Teléfonos del Noreste, para compensar la fuga de clientes otrora cautivos, elevó indiscriminada e inexplicablemente el servicio medido; mientras que las tarifas de las nuevas compañías son tan costosas o más, como Teléfonos del Noreste, puesto que utilizan la infraestructura de esta última y la de otras compañías del extranjero.
Durante los dos últimos años -1996 y 1996- los primeros dos del sexenio que prometía bienestar para la familia, la renta de la línea telefónica registró incrementos del 21.13 y 60.74%; el servicio medido, cuya medición es desconocida para los usuarios, aumentó 22.58 y 58.84%; las llamadas de larga distancia aumentaron en 34.84 y 18.00%; los incrementos globales fueron del 26.15 y 49.05% respectivamente.
En lo que respecta a la larga distancia internacional, el costo de un minuto en horario reducido de Tijuana a Los Angeles, Ca. U.S.A. es de $4.60, en tanto que de Tijuana a Mejicali es de $1.13, es decir cuatro veces más; las llamadas por cobrar son otro filón de oro para las compañías, por ejemplo de Chula Vista a Tijuana el costo por minuto es de $9.43 y de Las Vegas a Tijuana es de $15.58; al respecto cabe preguntar si las empresas se están apegando al artículo 68 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, que estipula que cuando presten el servicio en combinación con otras nacionales o extranjeras, sus tarifas no serán mayores que la suma de las que cada una de las empresas cobraría si prestara el servicio independiente, toda vez que Teléfonos del Noreste se niega a proporcionar la distribución de los altos costos que cobran.
En el caso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes está facultada para aprobar, discrecionalmente y a su libre albedrío, las cuotas y tarifas de las compañías telefónicas, sin que intervenga para nada la Cámara de Diputados; el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos estipula que el poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y no podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo de la Unión conforme a lo dispuesto en el artículo 29; en ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar.
El artículo 73, fracción XVII de la Carta Magna, estipula que "El Congreso tiene facultad para dictar leyes sobre las vías generales de comunicación y sobre postas y correos; para expedir leyes sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal". El orden que nuestra Ley de Leyes da a los Poderes de la Unión no es accidental ni causal; ese orden obedece a que el Poder Legislativo tiene una preponderancia política y representativa intrínseca, tácita y expresa, cuyas facultades constitucionales son superiores a la de los otros dos Poderes; esto significa que Diputados y Senadores tienen, como cuerpo colegiado plural una proporción mayor de la Soberanía del Estado y una gran responsabilidad para complementar, vigilar, supervisar, fiscalizar y sancionar los actos de los servidores públicos de los otros poderes, mirar con muchos más ojos y oír con más oídos por el bien del Nación Mexicana: el pueblo mexicano que los eligió para cuidar el interés nacional.
Esta exposición no es, de ninguna manera, una lección de Derecho Constitucional ni de la Ley de Vías Generales de Comunicación, sino simplemente exposición de las atribuciones que nuestra Ley de Leyes impone a los servidores públicos de elección popular, a la luz de las cuales podemos ver como los Presidentes de México, con anuencia de los Diputados y Senadores de otros tiempos, se han subrogado facultades del Poder Legislativo, atribuyendo a sus colaboradores los servidores públicos de designación, las facultades de Diputados y Senadores.
De esta forma, la H. XV Legislatura Constitucional del Estado de Baja California propone lo siguiente:
Segundo.- Que esta XV Legislatura solicite A LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION que cite, con base en lo estipulado en el artículo 93 de la Carta Magna, al titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes a efecto de que les dé cuenta de las tarifas autorizadas, los resultados financieros de las concesiones de telefonía y de los beneficios que la incursión de empresas extranjeras de larga distancia ha traído para usuarios los mexicanos.
III. Considerandos
Los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras, hemos estudiado el contenido y alcances del Acuerdo Parlamentario por el que solicita que se estudien y analicen las facultades que la Ley de Vías Generales de Comunicación atribuye a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que remite el Congreso del Estado de Baja California, a fin de que se formule iniciativa de Decreto para hacer las reformas necesarias a la Ley de Vías Generales de Comunicación, a efecto de que las tarifas y cuotas de los servicios públicos concesionados sean aprobados anualmente y revisados cuando sea necesario por esta H. Cámara de Diputados, de la siguiente manera:
El artículo 1º, fracción IX de la Ley de Vías Generales de Comunicación fue derogado por el segundo transitorio que decreta la Ley Federal de Telecomunicaciones, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de Junio de 1995.
Por lo tanto, la Ley de Vías Generales de Comunicación ya no regula las líneas telefónicas incluyéndose ahora en la Ley Federal de Telecomunicaciones en su artículo 4 que a la letra dice: "Para los efectos de esta ley, son vías generales de comunicación el espectro radioelectrónico, las redes de telecomunicaciones y los sistemas de comunicación vía satélite". Es decir, la telefonía pasa al ámbito supletorio al ser regulada por la Ley Federal de Telecomunicaciones.
Por otro lado, las tarifas generadas por los servicios de telefonía se encuentran reguladas por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, así lo establecen las atribuciones señaladas a dicha Secretaría en la Ley Federal de Telecomunicaciones y en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Respecto a la Ley Federal de Telecomunicaciones tenemos:
Artículo 63.- La Secretaría estará facultada para establecer al concesionario de redes públicas de telecomunicaciones, que tengan poder sustancial en el mercado relevante de acuerdo a la Ley Federal de Competencia Económica, obligaciones específicas relacionadas con tarifas, calidad de servicio e información.
La regulación tarifaria que se aplique buscará que las tarifas de cada servicio, capacidad o función, incluyendo las de interconexión, permitan recuperar, al menos, el costo incremental promedio de largo plazo.
Artículo 64.- La Secretaría llevará el registro de Telecomunicaciones, en el que se inscribirán:
VII. Las tarifas al público de los servicios de telecomunicaciones.
I. Regular, inspeccionar y vigilar los servicios públicos de correos y telégrafos y sus servicios diversos; conducir la administración de los servicios federales de comunicaciones eléctricas y electrónicas y su enlace con los servicios similares públicos concesionados con los servicios privados de teléfonos, telégrafos e inalámbricos y con los estatales y extranjeros; así como del servicio público de procesamiento remoto de datos.
II. Otorgar concesiones y permisos previa opinión de la Secretaría de Gobernación, para establecer y explotar sistemas y servicios telegráficos, telefónicos, sistemas y servicios de comunicación inalámbrica por telecomunicaciones y satélites, de servicio público de procesamiento remoto de datos, estaciones radio experimentales, culturales y de aficionados y estaciones de radiodifusión comerciales y culturales; así como vigilar el aspecto técnico del funcionamiento de tales sistemas, servicios y estaciones;
XII. Fijar las normas técnicas del funcionamiento y operación de los servicios públicos de comunicaciones y transportes y las tarifas para el cobro de los mismos, así como otorgar concesiones y permisos y fijar las tarifas y reglas de aplicación de todas las maniobras y servicios marítimos, portuarios, auxiliares y conexos relacionados con los transportes o las comunicaciones; y participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el establecimiento de las tarifas de los servicios que presta la Administración Pública Federal de Comunicaciones y Transportes;
Por otro lado, el artículo 73 constitucional en su fracción XVIII establece: "El Congreso tiene facultad para dictar leyes sobre vías generales de comunicación y sobre postas y correos, para expedir leyes sobre el uso y aprovechamiento de las aguas de jurisdicción federal".
La comunicación vía satélite y los ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional en los términos del artículo 25 de ésta constitución, el Estado al ejercer en ella su rectoría protegerá la seguridad y la soberanía de la Nación y al otorgar concesiones o permisos mantendrá o establecerá el dominio de las respectivas vías de comunicación de acuerdo con las leyes de la materia.
Estos artículos establecen claramente que es el sector público (Estado), es el encargado de impulsar y organizar las áreas prioritarias -en las que por supuesto incluimos a la telefonía- con la participación de los sectores social y privado. Por lo tanto, es el Estado quien tiene a su cargo la explotación de la telefonía pudiendo participar el sector privado a través de la figura de la concesión.
Concatenado a lo anterior, se menciona el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal que establece: "En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo encomendados al poder Ejecutivo de la Unión, habrá las siguientes dependencias de la Administración Pública Centralizada:
I. Secretarías de EstadoAsimismo, el artículo 11 de dicha ley menciona: "Los titulares de cada Secretaría de Estado y Departamentos Administrativos ejercerán las funciones de su competencia por acuerdo del Presidente de la República".
II. Departamentos Administrativos y
III. Consejería Jurídica"
El artículo 12 establece: "Cada Secretaría de Estado o Departamento administrativo formulará, respecto de los asuntos de su competencia, los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República".
De acuerdo a lo anterior, el Poder Ejecutivo, a través de sus Secretarías concede ciertas facultades a las mismas y no sería conveniente se le atribuyeran al Congreso de la Unión facultades que ya fueron atribuidas a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Además, debe atenderse al principio de división de poderes que se establece en el artículo 49 constitucional que dice:
1. En toda organización estatal tiene que existir una actividad encaminada a formular las normas generales que deben, en primer término estructurar al Estado y, en segundo término, reglamentar las relaciones entre el Estado y los ciudadanos y las relaciones de los ciudadanos entre sí. Esto es, necesariamente, en todo Estado existe una función legislativa.
2. Además, todo Estado debe tener una función encaminada a tutelar el ordenamiento jurídico definiendo la norma precisa que debe aplicar a los casos particulares. Es la función jurisdiccional.
3. Por último, una tercera función esencial del Estado es actuar promoviendo la satisfacción de las necesidades de los ciudadanos y fomentando el bienestar y progreso de la colectividad. Se trata de la función administrativa, en la cual se encuentra comprendida la función gubernamental o de alta dirección del Estado, con los caracteres que le hemos asignado. Montesquieu basó sus estudios sobre la división de poderes en la observación histórica de distintos sistemas utilizados en la época, por países como Inglaterra y Francia, buscó un mayor equilibrio entre los poderes, aun cuando consideraba que siempre debería haber mayor predominio del legislativo.
De acuerdo con Montesquieu, son muchas las ventajas que se derivan de ese sistema, encontrándose entre las principales la eliminación del peligro de que un órgano ignore cual es el campo preciso de sus atribuciones y lo desborde. Esto puede suscitarse sobre todo en el Ejecutivo, que podría absorber las funciones del legislativo, convirtiéndose en éste.
Repartida la soberanía entre varios órganos, correspondiendo a distintos órganos dentro del Estado ejercitar la Soberanía dentro de un mismo plano de igualdad, se puede obtener un equilibrio que se traduzca en un prudente ejercicio del poder, en un balance de poderes, en el que un poder sirva de freno y de control al otro.
Un poder vigila y controla la actividad del otro, en atención a su recíproca vigilancia, en virtud de que estando perfectamente delimitados sus campos, cada uno dentro de su propia esfera evitará salirse de ella y que los otros poderes puedan también inmiscuirse dentro de su correspondiente esfera de competencia.
Debemos precisar que el poder del Estado o Soberanía es único e indivisible, simplemente se distribuye en diversos órganos para su ejercicio repartiéndose la competencia.
El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos ejerce funciones de control y vigilancia sobre el Ejecutivo. Es el caso, desde luego, de la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación, y de la revisión de la Cuenta Pública, facultades que corresponden a la Cámara de Diputados. Respecto de la revisión de la Cuenta Pública, la Constitución establece: "que tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados en el presupuesto y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas".
Por su parte, los artículos 110 y 111 de la Constitución, facultan con funciones separadas a las dos cámaras del Congreso en materia de juicio político con respecto de funcionarios al servicio del Ejecutivo, miembros del Poder Judicial y del propio Poder Legislativo, entre otros. Al respecto, le asignan a la Cámara de Diputados la función de parte acusadora ante la de Senadores, siempre y cuando así lo decidan los diputados por mayoría absoluta de votos. Y a la Cámara de Senadores le corresponde erigirse en jurado de sentencia y aplicar las sanciones que correspondan mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en sesión.
En otro orden, el Congreso, a través del Senado, aprueba o rechaza los Tratados Internacionales y Convenciones Diplomáticas que celebre el Ejecutivo, y ratifica o deniega diversos nombramientos de funcionarios, entre otras funciones que limitan las facultades del Ejecutivo.
El Poder Judicial participa también de manera importante en las relaciones entre los otros Poderes dado que corresponde a la Suprema Corte de Justicia conocer y resolver sobre las controversias constitucionales que se susciten, entre otros casos, entre el Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión; aquél y cualquiera de las cámaras de éste o, en su caso, la Comisión Permanente.
Con todas estas facultades, es importante no perder de vista que, en su formulación clásica, la división de poderes es un principio constitucional que está asociado a la idea de la colaboración política y tiene que ver con los mecanismos ideados por el constituyente del 17 para procurarla y hacerla posible. A tal grado que el principio de la división de poderes no corresponde solamente a la parte dogmática de la Constitución, sino que se concretiza con su parte orgánica.
Como se puede observar, toda esta corresponsabilidad de atribuciones y facultades, se desprenden de la Constitución. Incluso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha interpretado que cuando se establezcan facultades u obligaciones que se relacionen entre los Poderes de la Unión, éstas deben establecerse expresamente en el texto constitucional, a saber:
Del análisis de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se advierte, por una parte, que en su artículo 49 establece como nota característica del Gobierno Mexicano, el principio de división de poderes al señalar expresamente que "El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.". Determinando en su segundo párrafo, como regla general, que no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, lo que sustenta el principio complementario de autonomía de cada poder. Por otra parte, también se aprecia que ambos principios no implican que los poderes tengan que actuar siempre y necesariamente separados, pues si bien cada uno tiene señaladas sus atribuciones (73, Congreso de la Unión; 74, facultades exclusivas de la Cámara de Diputados; 76, facultades exclusivas de la Cámara de Senadores; 77, facultades de ambas Cámaras en que no requieren de la intervención de la otra; 78, atribuciones de la Comisión Permanente; 79, facultades de la autoridad de fiscalización superior de la Federación; 89, facultades y obligaciones del presidente de la República; 99, facultades del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; 103, 104, 105, 106 y 107, facultades de los tribunales del Poder Judicial de la Federación), del examen de las mismas se aprecia que en varios casos se da una concurrencia de poderes, como ocurre, por ejemplo, en la designación de Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en que participan el Poder Legislativo, a través de la Cámara de Senadores, que hace la designación, y el presidente de la República, titular del Poder Ejecutivo, que presenta ternas para que de ellas se seleccione a quienes se designe. Conforme al principio de supremacía constitucional, cabe inferir que cuando se está en presencia de facultades u obligaciones de cada uno de los poderes que se relacionan con otro poder, las mismas deben estar expresamente señaladas en la propia Constitución y si bien el Congreso de la Unión tiene dentro de sus atribuciones dictar leyes, ello no puede exceder lo establecido en el artículo 49 de la Constitución, ni lo expresamente señalado en las disposiciones especificadas, relativas a las facultades y deberes de cada poder. Por consiguiente, las fracciones XXIV y XXX del artículo 73, que precisan como facultades del Congreso de la Unión la de "... expedir la ley que regule la organización de la entidad de fiscalización superior de la Federación y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión..."; y la de "... expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de hacer efectivas las facultades anteriores, y todas las otras concedidas por esta Constitución a los Poderes de la Unión.", deben interpretarse enmarcadas y limitadas por los principios referidos, es decir, salvaguardando el de división de poderes y el de autonomía de cada uno y regulando, en detalle, las facultades y obligaciones que a cada poder señala la propia Constitución, pero sin introducir atribuciones u obligaciones que no estén consignadas en la misma y que supusieran no ajustarse a ella, vulnerando los repetidos principios.
P. CIVIII/2000
Varios 698/2000.-PI.-Ministro Genaro David Góngora Pimentel, en su carácter de Presidente del Consejo de la Judicatura Federal.- 25 de septiembre de 2000.Unanimidad de nueve votos.- El señor Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano formuló salvedades respecto de algunas consideraciones.- Ausentes: Genaro David Góngora Pimentel y José Vicente Aguinaco Alemán.-Ponente: Mariano Azuela Güitrón.-Secretaría: María Estela Ferrer Mae Gregor Poisot.
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada hoy veinticinco de septiembre en curso, aprobó, con el número CLVIII/2000, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial.-México, Distrito Federal, a veinticinco de septiembre de dos mil.
Instancia: Pleno. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Epoca: Novena Epoca. Tomo XII, Septiembre de 2000. Tesis: P. CLVIII/2000 Página: 33. Tesis Aislada...."
Respecto a la solicitud para que se de cuenta de las tarifas autorizadas, se aclara en el artículo 60 de la Ley Federal de Telecomunicaciones que establece: "Los concesionarios y permisionarios fijarán libremente las tarifas de los servicios de telecomunicaciones en términos que permitan la prestación de dichos servicios en condiciones satisfactorias de calidad, competitividad, seguridad y permanencia".
Asimismo, el artículo 61 de la multicitada Ley destaca que: " Las tarifas deberán registrarse ante la Secretaría previamente a su puesta en vigor. Los operadores no podrán adoptar prácticas discriminatorias en la aplicación de las tarifas autorizadas".
Finalmente, el artículo 63 de la Ley en comento señala que: "La Secretaría estará facultada para establecer al concesionario redes públicas de telecomunicaciones, que tenga poder substancial en el mercado relevante de acuerdo a la Ley Federal de Competencia Económica, obligaciones específicas relacionadas con tarifas, calidad en el servicio e información.
La regulación tarifaría que se aplique buscará que las tarifas de cada servicio, capacidad o función, incluyendo la de interconexión, permita recuperar, al menos, el costo incremental promedio del largo plazo".
La Ley exige el registro tarifario con el propósito de llevar un control y verificación de la aplicación de las mismas, así como para impedir prácticas discriminatorias y subsidios cruzados.
Todas aquellas tarifas aplicadas y cobradas por los concesionarios se encuentran debidamente registradas ante la Secretaria. Esta información se encuentra disponible para consulta del público en general, en la página de la Comisión Federal de Telecomunicaciones en internet, cuya dirección electronica es www.cft.gob.mx. En este sentido, no ha lugar para que el titular de la Secretaría sea citado para que comparezca, ante esta Soberanía.
En atención a todas las consideraciones que se han expresado en el cuerpo del presente dictamen los suscritos, miembros de las Comisiones Dictaminadoras con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 40, inciso b), 45, punto cinco, inciso e), y demás concordantes de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la aprobación de esta Alta Tribuna se dictamine en el siguiente sentido:
IV. Resolutivos
Primero. Respecto de la solicitud en el sentido de estudiar y analizar las facultades que la Ley de Vías Generales de Comunicación atribuye a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, que remite el Congreso del Estado de Baja California, a fin de que se formule iniciativa de Decreto para hacer las reformas necesarias a la Ley de Vías Generales de Comunicación, a efecto de que las tarifas y cuotas de los servicios públicos concesionados sean aprobados anualmente y revisados cuando sea necesario por esta H. Cámara de Diputados, se considera que al tratarse de la materia de telecomunicaciones, corresponde a la Secretaría su aplicación y ejecución de conformidad con lo establecido en la legislación aplicable a la materia, por lo que la revisión de las facultades de la Secretaría, como lo solicita la H. XV Legislatura Constitucional del Estado de Baja California atentaría en contra del principio constitucional consagrado en el artículo 49 de nuestra máxima Ley, y demás leyes a que se han hecho referencia.
Segundo. Por lo que respecta a la solicitud de que el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes sea citado a comparecer, con base en lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para que se de cuenta dé las tarifas autorizadas, se estima que no ha lugar acordar de conformidad lo solicitado, en vista de que todas aquellas tarifas aplicadas y cobradas por los concesionarios se encuentran debidamente registradas ante la Secretaria. Esta información se encuentra disponible para consulta del público en general, en la página de la Comisión Federal de Telecomunicaciones en internet, cuya dirección electronica es www.cft.gob.mx.
Tercero. Se gire atenta comunicación a la H. XV Legislatura Constitucional del Estado de Baja California, donde se informe del contenido del dictamen a su acuerdo parlamentario.
Cuarto. Se ordene archivar el expediente como asunto concluido. Publíquese en Gaceta Parlamentaria.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 27 días del mes de Agosto de dos mil dos.
Por la Comisión de Transportes:
Diputados: Juan Manuel Duarte Dávila (rúbrica), Presidente; Raúl Cervantes Andrade (rúbrica), Elías Dip Rame (rúbrica), Orestes Eugenio Pérez Cruz (rúbrica), José Rodolfo Escudero Barrera (rúbrica), secretarios; Alejandro Enrique Gutiérrez Gutiérrez (rúbrica), Esteban Sotelo Salgado (rúbrica), Francisco Raúl Ramírez Avila (rúbrica), José Tomás Lozano y Pardinas (rúbrica), Víctor Manuel Ochoa Camposeco, Francisco Patiño Cardona (rúbrica), Arturo B. de la Garza Tijerina (rúbrica), Gustavo Alonso Donis García (rúbrica), Ismael Estrada Colín, Edgar Consejo Flores Galván, José de Jesús Orozco Alfaro (rúbrica), Manuel Payán Novoa (rúbrica), José Soto Martínez (rúbrica), Jesús Adelfo Taracena Martínez (rúbrica), Adolfo Zamora Cruz (rúbrica), José Ramón Soto Reséndiz (rúbrica), Noé Navarrete González (rúbrica), Alonso Ulloa Vélez, Arturo San Miguel Cantú, Jaime Mantecón Rojo (rubrica), Luis Eduardo Jiménez Agraz (rúbrica), Emilio Ulloa Pérez, Mercedes Hernández Rojas, Emilio Goicoechea Luna, Jaime Larrazábal Bretón (rúbrica), Alejandro Guriérrez Gutiérrez (rúbrica), Víctor Manuel Ochoa Camposeco (rúbrica).
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 19 días del mes de noviembre de dos mil dos.
Por la Comisión de Comunicaciones:
Diputados: Jesús Orozco Alfaro, Presidente
(rúbrica), César Horacio Duarte Jáquez, secretario
(rúbrica), Emilio R. Goicoechea Luna, secretario (rúbrica),
Alonso Ulloa Vélez, secretario (rúbrica), Alejandro García
Sáinz Arena, secretario (rúbrica), Edilberto Jesús
Buenfil Montalvo (rúbrica), Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica),
Raúl Cervantes Andrade (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica),
Javier García González (rúbrica), Marcos Paulino López
Mora (rúbrica), Lorena Martínez Rodríguez (rúbrica),
Angel Meixueiro González (rúbrica), Roberto Preciado Cuevas
(rúbrica), Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica),
Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica), Manuel Castro
y del Valle (rúbrica), Tereso Martínez Aldana (rúbrica),
Noé Navarrete González (rúbrica), Orestes Eugenio
Pérez Cruz (rúbrica), Francisco Ramírez Cabrera (rúbrica),
José Rivera Carranza (rúbrica), Arturo San Miguel Cantú
(rúbrica), Martín Hugo Solís Alatorre (rúbrica),
José Ramón Soto Reséndiz (rúbrica), Felipe
Velasco Monroy (rúbrica), Bonifacio Castillo Cruz (rúbrica),
Enrique Herrera y Bruquetas (rúbrica), Bertha Alicia Simental García
(rúbrica).
DE LAS COMISIONES DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, Y DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, DEL PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL CONGRESO DE LA UNION QUE AUTORICE UNA PRORROGA AL PLAZO QUE ESTABLECE LA LEY PARA LA INSCRIPCION DE VEHICULOS EXTRANJEROS (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A las Comisiones de Comercio y Fomento Industrial y de Hacienda y Crédito Público, de la H. Cámara de Diputados, correspondientes a la LVIII Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen, el punto de acuerdo por el que solicitan al Congreso de la Unión que autorice una prórroga al plazo que establece la Ley para la Inscripción de Vehículos Extranjeros, enviada por el Congreso del estado de Durango, turnada a esta Comisión el 15 de agosto de 2001.
A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnado para su estudio y dictamen, el punto de acuerdo por el que solicita a las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, se expida nueva Ley para la Inscripción de Vehículos Extranjeros, enviada por el H. Congreso del Estado de Zacatecas, que en ejercicio de la fracción III, del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del honorable Congreso de la Unión.
La Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45, párrafo sexto, incisos d, e y f; así como en el tercero transitorio fracción IV, inciso a, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo descrito, al tenor de los siguientes
Antecedentes
Primero. En sesión celebrada por la Comisión Permanente el día 15 de agosto de 2001, los CC. secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno del punto de acuerdo que envió el Congreso del estado de Durango. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones de Comercio y Fomento Industrial, y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, y de Comercio y Fomento Industrial, y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores".
Segundo. En sesión celebrada por la Comisión Permanente, el día 11 de diciembre de 2001, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno del punto de acuerdo que envió el Congreso del Estado de Zacatecas. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial."
Tercero. Mediante oficio número CCFI/00868/2001, de fecha 12 de noviembre de 2001, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión del contenido de los mencionados puntos de acuerdo.
Considerando
Primero. Con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar los puntos de acuerdo de referencia.
Segundo. La Ley de Inscripción de Vehículos Extranjeros fue publicada el día 12 de marzo de 2001 en el Diario Oficial de la Federación y en su articulado contemplaba una vigencia de la misma, la cual era de 120 días, contados a partir de su entrada en vigor. Ese término es fatal y ya feneció.
Tercero. Que la única forma de modificar la ley es con la presentación de una iniciativa, misma que tendría que seguir todo el proceso legislativo establecido para su observancia, conforme lo marca la Constitución federal.
Cuarto. Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial que dictamina, reconocen y coinciden en que el procedimiento para la ampliación del plazo establecido en la Ley de Inscripción Vehicular no es mediante un punto de acuerdo.
Resultando
Unico. En base a los considerandos, se desechan los puntos de acuerdo descritos en el cuerpo del presente dictamen.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2002.
Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere (rúbrica),
Presidente; Jesús Mario Garza Guevara (rúbrica), Ildefonso
Guajardo Villarreal (rúbrica), R. Antonio Silva Beltrán (rúbrica),
Francisco Agundis Arias (rúbrica), secretarios; José Bañales
Castro (rúbrica), Orlando Alfonso García Flores (rúbrica),
Sergio García Sepúlveda (rúbrica), Moisés Alcalde
Virgen (rúbrica), José Ramón Mantilla y González
de la Llave (rúbrica), Francisco Javier Ortiz Esquivel (rúbrica),
María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge Urdapilleta Núñez
(rúbrica), Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica),
Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica), Miguel Castro Sánchez,
Elías Dip Rame, María Luisa Domínguez Ramírez
(rúbrica), Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica),
Jaime Hernández González, Julián Luzanilla Contreras
(rúbrica), Hermilo Monroy Pérez (rúbrica), Manuel
Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles (rúbrica), Jorge Schettino
Pérez, Adolfo Zamora Cruz, Miroslava García Suárez,
Rafael Servín Maldonado (rúbrica), Gregorio Urías
Germán (rúbrica), Norma Patricia Riojas Santana (rúbrica).
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, Y DE DESARROLLO SOCIAL, DEL PUNTO DE ACUERDO PARA QUE SE CANCELEN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION DE LA AUTOPISTA DE ALTA VELOCIDAD PARA LA SERIE CART (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Desarrollo Social, de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para que se cancelen las obras de construcción de la autopista de alta velocidad para la Serie Cart, presentada por el Diputado José Manuel del Río Virgen del Partido Convergencia por la Democracia, el día 28 de noviembre del 2000.
Estas Comisiones con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 45 en su numeral 6, incisos e), f) y g), y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 58, 60, 87 y 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente Punto de Acuerdo de conformidad con los siguientes
Antecedentes
2) La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados turnó a las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Desarrollo Social, la propuesta con Punto de Acuerdo para que se cancelen las obras de construcción, en los terrenos del Parque Fundidora en Monterrey, el día 28 de noviembre del 2000.
Consideraciones
2) Que fundado en el acuerdo de la Junta de Coordinación Política del 27 de febrero de 2001 por el que se autoriza a las Comisiones el envío de asuntos no resueltos al archivo, y con voto unánime de los integrantes de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Desarrollo Social se determinó no someter a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados el Punto de Acuerdo para que se cancelen las obras de construcción de la autopista de alta velocidad para la serie Cart, asimismo se remita para su archivo a la oficina administrativa correspondiente.
Punto de Acuerdo
Primero. Se desecha el Punto de Acuerdo para que se cancelen las obras de construcción de la autopista de alta velocidad para la serie Cart, tomando en cuenta. que a la fecha el proyecto de la autopista Cart en el terreno Parque Fundidora ha sido terminado e inaugurado, consumado así la petición del diputado José Manuel del Río Virgen del Partido Convergencia por la Democracia, no es de aprobarse el Punto de Acuerdo para que se cancelen las obras de construcción de la autopista de alta velocidad para la serie Cart.
Segundo. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados.
Tercero. Archívese como asunto definitivamente concluido.
Sala de comisiones, México, Distrito Federal, a 18 de mayo de 2002.
Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales:
Diputados: Diego Cobo Terrazas, Presidente (rúbrica); Miguel Angel Gutiérrez Machado, secretario (rúbrica); Gustavo Lugo Espinoza, secretario (rúbrica); Jesús Garibay García, secretario (rúbrica); Jesús de la Rosa Godoy, secretario (rúbrica); Raúl Gracia Gumán, Ramón Ponce Contreras (rúbrica), Juan Carlos Sáinz Lozano (rúbrica), José María Tejeda Vázquez (rúbrica), Francisco Arano Montero (rúbrica), Sergio García Sepúlveda (rúbrica), Rómulo Garza Martínez (rúbrica), Carlos Pallares Bueno (rúbrica), Rafael Ramírez Agama (rúbrica), Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica), Miguel Angel Torrijos Mendoza (rúbrica), Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica), José María Guillén Torres, Pedro Manterola Sáinz, José Jacobo Nazar Morales (rúbrica), José Manuel Díaz Medina (rúbrica), Héctor Pineda Velázquez (rúbrica), Donaldo Ortiz Colín (rúbrica), Miguel Bortolini Castillo (rúbrica), Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica), Jaime Rodríguez López, Manuel Garza González (rúbrica), Julio César Vidal Pérez (rúbrica), Vitalico Cándido Coheto Martínez (rúbrica), Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica).
Por la Comisión de Desarrollo Social:
Diputados: Víctor León Castañeda,
Presidente (rúbrica); David Penchyna Grub, secretario (rúbrica);
Alberto Amador Leal, secretario (rúbrica); Luis Fernando Sánchez
Nava (rúbrica), Esteban D. Martínez Enríquez, secretario;
Francisco Javier Cantú Torres, Alba Leonila Méndez Herrera
(rúbrica), María Teresa Romo Castillón (rúbrica),
Juan de la Cruz A. Cano Cortesano (rúbrica), Bernardo Pastrana Gómez,
María Isabel Velasco Ramos (rúbrica), Apuleyo Viniegra Orta
(rúbrica), Francisco Luis Treviño Cabello (rúbrica),
Sara G. Figueroa Canedo (rúbrica), Aarón Irízar López
(rúbrica), J. Jaime Barrón Fonseca (rúbrica), Nemesio
Domínguez Domínguez, Celestino Bailón Guerrero, Irma
Piñeyro Arias, Hortensia Enríquez Ortega, José Ignacio
Mendicuti Pavón, Armín José Valdez Torres (rúbrica),
Maricruz Montelongo Gordillo, Adela del Carmen Granel Campos (rúbrica),
Rosalía Peredo Aguilar (rúbrica), Alejandra Barrales Magdaleno
(rúbrica), Hilario Esquivel Martínez (rúbrica).
DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, SOBRE EL PUNTO DE ACUERDO POR MEDIO DEL CUAL SE SOLICITA QUE ESTE H. CONGRESO SE PRONUNCIE A FAVOR DE LA REESTRUCTURACION DE PASIVOS DEL GRUPO TEXTIL COVARRA Y SOLICITE A LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNION PARA QUE SE INSTRUYA EL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura, le fue turnada para su estudio y dictamen, el punto de acuerdo por medio del cual se solicita que este H. Congreso se pronuncie a favor de la reestructuración de pasivos del Grupo Textil Covarra y solicite a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión para que se instruya el procedimiento legislativo correspondiente, presentada el 3 de octubre de 2002, por el Congreso del Estado de Morelos, que en ejercicio de la fracción III del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.
La Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, así como en el tercero transitorio fracción IV, inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo descrito, al tenor de los siguientes:
Antecedentes
Primero. En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el día 3 de octubre de 2002, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno del punto de acuerdo enviado por el Congreso del Estado de Morelos
Segundo. El C. Presidente de la Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial".
Tercero. Mediante oficio número CCFI/001982/2002, de fecha 9 de octubre de 2002, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión, del contenido del mencionado Punto de Acuerdo.
Cuarto. El Comunicado, establece lo siguiente:
Es por eso que los que conformamos la XLVIII Legislatura con plena conciencia de la importancia que para el Estado de Morelos tiene el lograr la reincorporación plena y satisfactoria a la vida económica del Estado, pedimos su intervención a efecto de que las autoridades inherentes al ramo intervengan a favor del Grupo Covarra a efecto de que se pueda dar la reestructuración de sus pasivos, conscientemente pedimos que permitan que el gobierno federal solicite a las Instituciones que conforman el aparato gubernamental analicen e1 caso, (como lo hemos venido haciendo por nuestra parte) y al percatarse de la viabilidad del proyecto, la agilidad en el retorno de la inversión permitan su intervención."
Primero. Con base en los antecedentes indicados, la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, con las atribuciones antes señaladas se abocó a dictaminar el punto de acuerdo de referencia.
Segundo. Que el artículo 73 de la Constitución Política, establece las facultades del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y el artículo 74 las facultades reservadas para esta H. Cámara de Diputados.
Tercero. Que en ninguno de estos artículos se contempla que la Cámara de Diputados esté facultada para colaborar en la reestructuración de pasivos de las empresas, toda vez que estos procedimientos están regulados por la Ley de Concursos Mercantiles, aprobada por esta Cámara en el año 2000.
Cuarto. Que si bien es cierto, que este tipo de empresas representan en gran medida, una de las fuentes económicas, más importantes para nuestro país, el Gobierno Federal, carece de los recursos necesarios para capitalizar todas aquellas empresas que se encuentren en dificultades financieras.
Quinto. Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial que dictamina, consideran que no se cuenta con las facultades Constitucionales necesarias para la resolución favorable de este Punto de Acuerdo.
Resultandos
Primero. Que esta Comisión comprende la problemática por la que atraviesa el Grupo Covarra, sin embargo y debido a que constitucionalmente no se cuenta con las facultades necesarias para su intervención en la reestructuración de los pasivos de esta empresa, se desecha el Punto de Acuerdo.
Segundo. Archívese el presente asunto, como total y definitivamente concluido.
Tercero. Envíese copia del presente al Congreso del Estado de Morelos para su conocimiento
Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 30 días del mes de octubre de 2002.
Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, Presidente
(rúbrica); José Ramón Mantilla y González de
la Llave (rúbrica), Jesús Mario Garza Guevara (rúbrica),
Ildefonso Guajardo Villarreal (rúbrica), R. Antonio Silva Beltrán,
Francisco Agundis Arias, secretarios; José Bañales Castro,
Orlando Alfonso García Flores (rúbrica), Moisés Alcalde
Virgen (rúbrica), Jaime Salazar Silva (rúbrica), Francisco
Javier Ortiz Esquivel (rúbrica), Francisco Luis Treviño Cabello
(rúbrica), María Teresa Tapia Bahena (rúbrica), Jorge
Urdapilleta Núñez (rúbrica), Carlos Nicolás
Villegas Flores (rúbrica), Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica),
Miguel Castro Sánchez, Elías Dip Rame, María Luisa
Domínguez Ramírez, Rubén Benjamín Félix
Hays, Jaime Hernández González (rúbrica), Julián
Luzanilla Contreras, Hermilio Monroy Pérez (rúbrica), Manuel
Payán Novoa, Roberto Ruiz Angeles, Jorge Schettino Pérez,
Adolfo Zamora Cruz (rúbrica), Miroslava García Suárez,
Rafael Servín Maldonado, Gregorio Urías Germán, Norma
Patricia Riojas Santana (rúbrica).
DE LA COMISION DE SALUD, DEL ACUERDO DE LA LX LEGISLATURA DE CHIHUAHUA POR EL QUE SE SOLICITA QUE SE REALICEN LAS ACCIONES PERTINENTES A FIN DE GARANTIZAR EL DERECHO A LA PROTECCION DE LA SALUD DEL PUEBLO DE MEXICO (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Salud le fue turnado para su estudio y dictamen, el Acuerdo No. 259/02 II P. O. de la LX Legislatura del estado de Chihuahua, por el que se solicita que se realicen las acciones pertinentes a fin de garantizar el derecho a la protección de la salud del pueblo de México, de fecha 7 de agosto de 2002.
Los integrantes de esta Comisión dictaminadora, con fundamento en las atribuciones que le otorgan los artículos 39, numerales 1º y 3º, 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de los miembros de la Honorable Asamblea, el presente dictamen de conformidad con los siguientes
Antecedentes
1. En sesión celebrada por el Pleno de la Comisión Permanente, el 7 de agosto de 2002, se recibió del Congreso del estado de Chihuahua, oficio con el que remite acuerdo por el que solicita que se realicen las acciones pertinentes a fin de garantizar el derecho a la protección de la salud del pueblo de México.
2. La Mesa Directiva, en la misma fecha acordó turnarlo a la Comisión de Salud de la H. Cámara de Diputados, correspondiente a la LVIII Legislatura.
3. En el cuerpo del oficio antes citado se solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal, así como a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, que se realicen las acciones pertinentes a fin de garantizar el derecho a la protección de la Salud del pueblo mexicano.
Consideraciones
Desde el año de 1978, la Conferencia Internacional sobre Atención Primaria a la Salud (OMS-UNICEF), apuntó una conceptualización de la salud que ha generado una influencia importante en el enfoque normativo de las legislaciones de los estados, al entender la misma como: "El estado de completo bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades; es un derecho fundamental y el logro del grado más alto posible de la misma es un objetivo social importantísimo en el mundo." Bajo similar óptica, el legislador mexicano, en congruencia con el sentido social de nuestra Constitución, enriqueció el catálogo de derechos tendientes a fortalecer la protección de la salud en el texto del artículo 4º de la Ley Fundamental, mediante la adición del actual párrafo cuarto promulgado por decreto del 3 de febrero de 1983, mismo que señala: "Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución."
El contenido que entraña este enunciado en un marco de seguridad a la familia y protección de la sociedad, comprende el bienestar físico y mental del ser humano, la asistencia para el adecuado desarrollo desde antes del nacimiento de los seres concebidos por éste, y el mejoramiento de su calidad de vida, de ahí que este párrafo pueda caracterizarse desde un punto de vista jurídico como una declaración en donde convergen garantías individuales y sociales, que para el logro de su eficacia requieren de la participación concurrente del individuo, la sociedad y el Estado, entendiendo que la protección de la salud como un elemento de asistencia armónica solamente es factible en la medida del aseguramiento de otros derechos asistenciales básicos asociados a ella, como el derecho a la vivienda, la alimentación y la educación.
Justamente por la responsabilidad compartida que implica, por su vinculación al desenvolvimiento de otros derechos, por las posibilidades realistas de nuestro desarrollo y, finalmente, porque la salud en sentido estricto puede protegerse pero no garantizarse por el Estado, desde la iniciativa misma se planteó como una norma programática.
Mediante el espíritu del nuevo concepto constitucional de salud, se pretendió modificar el contenido reflejado en las disposiciones normativas y políticas del Estado en la materia, muchas de las cuales provenían de principios de siglo y cuyo sentido principal era que el concepto de salubridad y los servicios médicos asistenciales definían íntegramente a la salud.
Dejando a la ley secundaria la definición formal de la naturaleza y alcance del derecho a la protección de la salud, el párrafo establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la delimitación de la competencia en materia de salubridad general entre la federación y las entidades federativas.
En este sentido, la iniciativa que impulsó este párrafo responde al propósito de revestir la tendencia centralizadora de la acción del Estado en la materia, que llevó a que la Federación asumiera responsabilidades que por su naturaleza corresponden a los ámbitos locales y municipales, con la consecuente inequidad entre diversas regiones del país y un dispendioso manejo de los recursos federales asignados para la atención de la salud de la población, independientemente de la desarticulación evidente entre la calidad de los servicios otorgados por instituciones de seguridad social del Sector Público y la atención otorgada en el campo de la salubridad general con recursos fiscales. Con la finalidad de coadyuvar a la efectividad del preceptor contenido en este párrafo, el 7 de febrero de 1984 apareció publicada la Ley General de Salud, que en su artículo 2º precisa las finalidades de la declaración constitucional del derecho a la protección de la salud, completándose con la Ley sobre el Sistema Nacional de asistencia, publicada el 9 de enero de 1986, cuyo artículo 1º alude al propósito de promover la presentación de servicios de asistencia social establecidos por la Ley General de Salud, definiendo mecanismos para la coordinación y accesos a los mismos, con lo que se garantiza la concurrencia y colaboración de la Federación, entidades federativas y los sectores social y privado.
En este esquema, la Ley General de Salud precisó 27 ámbitos de la salubridad general estableciendo cuáles serán responsabilidad de los estados y cuáles quedan a cargo de la Secretaría Salud.
Después de la breve reseña que se ha hecho en párrafos anteriores Los integrantes de esta Comisión dictaminadora consideramos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y La Ley General de Salud, establecen claramente el derecho a la protección de la salud, por lo que la petición hecha por la LX Legislatura del estado de Chihuahua no procede.
Por lo anteriormente expuesto con fundamento en los artículos 45 numeral 6 de la Ley Orgánica del congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión emite el siguiente
Resolutivo
Unico. Se desecha la petición materia de este dictamen.
Los diputados de la Comisión de Salud:
Ma. Eugenia Galván Antillón, Presidenta
(rúbrica); Eduardo A. Leines Barrera (rúbrica), Rafael Orozco
Martínez (rúbrica), Adela del C. Granel Campos (rúbrica),
Héctor Esquiliano Solís (rúbrica), secretarios; Samuel
Aguilar Solís, Juan Alcocer Flores, Francisco J. Cantú Torres,
Celia Martínez Bárcenas, Ma. Luisa Araceli Domínguez
Ramírez, Neftalí S. Escobedo Zoletto (rúbrica), María
de las Nieves García Fernández (rúbrica), Federico
Granja Ricalde, Policarpo Infante Fierro (rúbrica), Arturo León
Lerma (rúbrica), Francisco S. López Brito (rúbrica),
Santiago López Hernández, Enrique Meléndez Pérez,
Magdalena Núñez Monreal, Felipe Olvera Nieto, Manuel Wistano
Orozco Garza, Julieta Prieto Fuhrken (rúbrica), Víctor Antonio
García Dávila (rúbrica), Pedro Miguel Rosaldo Salazar
(rúbrica), Luis Miguel Santibáñez García (rúbrica),
Ernesto Saro Boardman, Olga M. Uriarte Rico (rúbrica), Carlos A.
Valenzuela Cabrales (rúbrica), José S. Velázquez Hernández,
Juvenal Vidrio Rodríguez (rúbrica).
 
 
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, SOBRE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE LA CAMARA DE DIPUTADOS SE MANIFIESTE POR EL FIN DEL EMBARGO ECONOMICO QUE EL GOBIERNO DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA IMPUSO AL PUEBLO CUBANO, Y SE EXHORTE A LA REPRESENTACION DE MEXICO ANTE LA ONU A PRONUNCIARSE EN EL MISMO SENTIDO DURANTE LA PROXIMA ASAMBLEA GENERAL QUE SE LLEVARA A CABO EN EL MES DE NOVIEMBRE DE 2001 (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura le fue turnada para su estudio y posterior elaboración de dictamen la proposición con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados se manifieste por el fin del embargo económico que el Gobierno de los Estados Unidos de América impuso al pueblo cubano, y se exhorte a la representación de México ante la ONU, a pronunciarse en el mismo sentido durante la próxima Asamblea General que se llevará a cabo en el mes de noviembre de 2001.
Los diputados federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos: 39 y 40 de la Ley Orgánica del Congreso General, fracción y artículos 56, 57,59, 60, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la H. Asamblea, el siguiente dictamen por las siguientes
Consideraciones
Que el día 7 de noviembre de 2001 le fue remitida a esta Comisión de Relaciones Exteriores por la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Diputados una proposición con punto de acuerdo con Oficio No: D.G.P.L. 58-II-3-477, presentada por el diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, en la que se solicita:
El pueblo cubano ha tenido que pagar un alto costo injusto e inhumano, resultado de sus formas de gobierno y su política ideológica adoptadas por el gobierno revolucionario, en aras de recuperar las riquezas del país y colocarlas al servicio del pueblo cubano. Dicha forma de gobierno e ideología afectaron los intereses monopólicos norteamericanos, que durante más de medio siglo dominaron a la nación cubana y saquearon las riquezas de ese país.
Estados Unidos de América está obligado a entender que la hermana República de Cuba nunca renunciará a su pensamiento y jamás modificará de ninguna forma las concesiones de su soberanía y la dignidad de su pueblo.
El gobierno norteamericano ha mantenido e implementado durante 40 años diversas estrategias económicas, políticas, sociales y culturales, tratando de esta manera de doblegar a la isla, con el objetivo de lograr un aislamiento que provoque severas carencias al pueblo de Cuba y con esto derrumbar su gobierno revolucionario.
Entre los daños de este bloqueo impuesto por Estados Unidos de América a la hermana República de Cuba se encuentran los siguientes:
2. En lo político y social, Estados Unidos de América han utilizado a los grupos opositores al gobierno del Presidente Fidel Castro, con el objetivo de intensificar las políticas anticubanas, con el fin de generar como ya se había dicho un aislamiento a está isla, provocando con esto fuertes carencias a la República de Cuba. Tratando de generar un levantamiento civil-militar que logre derrumbar a su gobierno revolucionario.
3. En lo Cultural, Cuba se ha visto afectada con las sanciones al turismo que en la administración pasada norteamericana se le hicieron a este país, lo que generó la cancelación de los vuelos charter a la isla, medida que apenas hace algunos días se flexibilizó con la llegada de un charter de la línea American Airlines. Pero esto no acaba ahí, en virtud de que Estados Unidos de América prohíbe a sus ciudadanos gastar dinero en Cuba, limitando el flujo turístico, aunque admite los viajes de académicos, periodistas, deportistas, artistas y cubanos que hayan obtenido una visa de ingreso o salida de su territorio.
México ha tenido que sufrir y resentir fuertemente los estragos generados por este bloqueo hacia Cuba por parte de Estados Unidos de América. Por otra parte la Ley Helms-Burton, no permite a nuestro país invertir con plena libertad en la isla. México, a mediados de 1994, a pesar de la fuerte oposición de los Estados unidos de América, invirtió 1400 millones de dólares en la Hermana República de Cuba, para adquirir el 49% del sistema telefónico.
Esta política estadounidense de mantener un embargo comercial en contra de la isla cubana ha generado distintas reacciones que condenan dicha política, entre ellas: la Unión Europea y países como Canadá, Rusia y Japón entre otros, condenan y rechazan la extraterritorialidad de las leyes norteamericanas, que dañan fuertemente el interés de terceros y por ende violentan el espíritu del derecho Internacional.
Estas protestas y manifestaciones de rechazo en contra del bloqueo hacia Cuba, se dan cada vez más en diferentes foros internacionales.
Fue hasta 1992 cuando 52 países votaron a favor de una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas solicitando el fin del embargo. Y para 1995 el número de gobiernos que apoyó la resolución saltó a 117. Ya en el 2000 la Asamblea General respaldó con 155 votos el fin del embargo.
Hoy en día, el gobierno estadounidense se encuentra totalmente solo en sus esfuerzos por aumentar el bloqueo político-económico regional hacia Cuba.
México como país latinoamericano y como parte de la Comunidad Internacional, no puede, ni debe ser indiferente, ante este tipo de políticas que transgreden y violentan las soberanías de los pueblos.
Nuestro país tiene la obligación, de pugnar y vigilar porque la actual crisis que viven las relaciones internacionales no se conviertan en un reacomodo de las grandes hegemonías, ni violenten las soberanías de los países de la comunidad internacional.
México no puede invadir el ámbito de competencia de otros países, pero pude condenar actos que considere violatorios de las garantías a que todo ser humano tiene derecho y debe de pugnar siempre por el respeto irrestricto de todas las soberanías, velando siempre por el respeto y la aplicación del derecho internacional, para que esta sea justa y equitativa en todas las naciones.
En base a las consideraciones antes vertidas y al análisis de la proposición con punto de acuerdo para que la Cámara de Diputados se manifieste por el fin del embargo económico que el Gobierno de los Estados Unidos de América impuso al pueblo cubano, y se exhorte a la representación de México ante la ONU a pronunciarse en el mismo sentido durante la próxima asamblea general que se llevará a cabo en el mes de noviembre de 2001. La Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura sometemos a la consideración de ésta honorable Asamblea el siguiente:
Dictamen
Artículo Unico. El numeral marcado como único de la proposición con punto de acuerdo en comento se desecha, en virtud de que la petición hecha por el diputado Pedro Miguel Rosaldo Salazar, en el sentido de que la representación de México ante la ONU se pronuncie por el fin del Embargo Económico que el Gobierno de los Estados Unidos de América impuso al Pueblo Cubano, durante la Asamblea General del mes de noviembre de 2001, ya no esta en tiempo, por encontrarnos ya en el 2002, ya no es posible darle trámite a la misma. En virtud de que dicha reunión de la Asamblea General de la ONU ya se llevo a cabo.
Palacio Legislativo, San Lázaro, a 12 de diciembre de 2002.
Diputados: Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica),
Presidente; Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica),
Tarcisio Navarrete Montes de Oca (rúbrica), José Carlos Borunda
Zaragoza (rúbrica), Erika Elizabeth Spezia Maldonado (rúbrica),
secretarios; Sergio Acosta Salazar (rúbrica), Samuel Aguilar Solís
(rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Hilda Josefina Amalia
Anderson Nevárez (rúbrica), Eduardo Arnal Palomera (rúbrica),
Edilberto J. Buenfil Montalvo (rúbrica), Raúl Covarrubias
Zavala, María Elena Chávez Palacios, Jorge Alejandro Chávez
Presa, Víctor Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), Lucio
Fernández González, Adrián Salvador Galarza González,
Augusto Gómez Villanueva, Raúl Gracia Guzmán (rúbrica),
Efrén Leyva Acevedo (rúbrica), José Ramón Mantilla
y González de la Llave (rúbrica), Miguel Angel Moreno Tello
(rúbrica), José Luis Novales Arellano (rúbrica), Bernardo
Pastrana Gómez (rúbrica), Gustavo Riojas Santana, Ma. de
los Angeles Sánchez Lira (rúbrica), Heidi Gertud Storsberg
Montes (rúbrica), Emilio Ulloa Pérez, Eddie Varón
Levy (rúbrica), José Socorro Velázquez Hernández.
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, SOBRE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADA POR LA DIPUTADA MAGDALENA NUÑEZ MONREAL, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, MEDIANTE EL CUAL SE SOLICITA A ESTA SOBERANIA QUE SE ENVIE UN EXHORTO AL EJECUTIVO FEDERAL PARA QUE LA OFICINA PRESIDENCIAL PARA MEXICANOS EN EL EXTERIOR SEA ELEVADA AL RANGO DE INSTITUCION CON PERSONALIDAD JURIDICA PROPIA (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LVIII Legislatura le fue turnada para su estudio y posterior elaboración de dictamen la proposición con punto de acuerdo, presentada por la diputada Magdalena Núñez Monreal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, mediante el cual se solicita a esta soberanía se envíe un exhorto al Ejecutivo federal para que la Oficina Presidencial Para Mexicanos en el Exterior sea elevada al rango de institución con personalidad jurídica propia.
Los diputados federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59, 60, 87 y 88 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen, por las siguientes
Consideraciones
Que en fecha 24 de julio de 2002 le fue turnada a esta Comisión de Relaciones Exteriores la proposición con punto de acuerdo antes mencionada.
De acuerdo con las disposiciones vigentes tanto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Comisión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión es competente para estudiar, analizar y dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Magdalena Núñez Monreal, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, presentada el 24 de julio del 2002.
En la presente Administración del licenciado Vicente Fox Quesada se creó la Oficina Presidencial para los Mexicanos en el Exterior. Esta oficina fue creada para atender a los millones de mexicanos y mexicano-americanos que viven en Estados Unidos de América como ciudadanos, residentes, trabajadores temporales o como indocumentados, su principal tarea es la dignificación de los migrantes.
Esta Oficina Presidencial funciona como una instancia de interlocución y acción que reconoce la importancia social, política y económica de los migrantes mexicanos y fue creada en respuesta a la demanda de un gran número de organizaciones de migrantes, sobre todo en Estados Unidos de América.
Las organizaciones de migrantes agrupan a millones de connacionales que han abandonado el país buscando mejores niveles de vida para ellos y sus familias.
Estos migrantes han aportado a nuestro país un enorme caudal de recursos, que en muchos casos representan el mayor ingreso para algunas entidades, como es el caso de Zacatecas. Asimismo, representan una fuerza de trabajo que ha beneficiado a la economía de varias entidades de nuestro vecino país.
Desde hace ya varios años, los migrantes organizados vienen luchando porque en nuestro país se les reconozca este aporte y que, igualmente, les sean reconocidos sus derechos políticos, sociales y económicos, y han demandado a nuestras autoridades una acción congruente y eficaz que les permita lograr el respeto a su dignidad como personas y la defensa de sus derechos en Estados Unidos de América.
La Oficina Presidencial en comento, argumentan, representa un avance en esta dirección y un compromiso de la Presidencia por impulsar una agenda binacional, con la participación activa de los propios migrantes, esto con el fin de normalizar el flujo migratorio, logrando así que los migrantes no encuentren en la frontera y más allá, la discriminación, la explotación y la muerte.
Recientemente, la Secretaría de Relaciones Exteriores anunció la desaparición de esta oficina para que sea integrada a dicha Secretaría. En la presente proposición con punto de acuerdo se manifiesta que la desaparición de dicha oficina representaría un retroceso político, ya que según los argumentos de este punto de acuerdo, se reduce la importancia que los migrantes tienen en la agenda de gobierno y se supedita la interlocución que se estaba construyendo a un ámbito burocrático más, de menor nivel, en el que se corre el riesgo de diluir la importancia de la compleja problemática de la migración mexicana hacia los Estados Unidos, principalmente.
Con la decisión que toma el Gobierno Federal de cerrar la Oficina Presidencial para Mexicanos en el Exterior, se han generado protestas de los líderes hispanos de Estados Unidos de América. En una carta que envía el Concilio Hispano al Presidente de la República Mexicana, el licenciado Vicente Fox Quesada, "le reclaman que cuando buscaba sus votos los llamó héroes, pero los sigue tratando como si fueran la sirvienta".
Al cerrar dicha oficina, se crearía un Consejo Nacional para los Migrantes en el Exterior y éste dependería directamente de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Es evidente que la Secretaría de Relaciones Exteriores es la encargada de ejecutar la política exterior de México, incluyendo a los migrantes, luego entonces esa oficina tendría desde un principio que haber dependido directamente de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Si bien es cierto que la actual oficina tuvo en su administración algunas deficiencias, éstas se produjeron por la falta de una correcta infraestructura, de recursos, personal y presupuesto. Por otro lado, el que dicha Secretaría absorba la Oficina Presidencial para Mexicanos en el Exterior, generaría de inmediato un mayor control de los migrantes y el respeto a sus derechos, toda vez que el interés y apoyo de un Presidente sobre un tema en particular, no depende de si tiene oficinas especiales en la presidencia, sino de las instrucciones que éste le da a los secretarios para cumplir sus prioridades políticas.
Por lo tanto, no es posible que dicha oficina sea elevada al rango de institución dependiente directamente del Ejecutivo federal, con base legal, personalidad jurídica y patrimonio. En virtud de que esta oficina se anexaría a la Secretaría de Relaciones Exteriores, desempeñando las funciones que poseía, pero siendo más eficaz en el cumplimiento de sus obligaciones.
El simple hecho de desaparecer esta oficina y crear un consejo, no significa un retroceso político o una falta de interés del gobierno, puesto que el gobierno deberá definir sus prioridades políticas y tendrá que instruir directamente a la Secretaría sobre el trabajo a realizar.
Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión el siguiente
Dictamen
Artículo Unico. Se desecha la proposición con punto de acuerdo presentada por la diputada Magdalena Núñez Monreal, en virtud de que la Oficina Presidencial para Mexicanos en el Exterior seguirá cumpliendo sus funciones dentro de la Secretaría de Relaciones Exteriores, que es la encargada históricamente de llevar las funciones de política exterior en nuestro país y por ende lleva la labor de defensa y protección de los migrantes, por lo que no es posible elevar dicha oficina al rango de institución dependiente directamente del Ejecutivo federal, con base legal, personalidad jurídica y patrimonio propio.
Palacio Legislativo, San Lázaro,
a 12 de diciembre de 2002.
Diputados: Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica),
Presidente; Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica),
Tarcisio Navarrete Montes de Oca (rúbrica), José Carlos Borunda
Zaragoza (rúbrica), Erika Elizabeth Spezia Maldonado (rúbrica),
secretarios; Sergio Acosta Salazar (rúbrica), Samuel Aguilar Solís
(rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Hilda Josefina Amalia
Anderson Nevárez (rúbrica), Eduardo Arnal Palomera (rúbrica),
Edilberto J. Buenfil Montalvo (rúbrica), Raúl Covarrubias
Zavala, María Elena Chávez Palacios, Jorge Alejandro Chávez
Presa, Víctor Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), Lucio
Fernández González, Adrián Salvador Galarza González,
Augusto Gómez Villanueva, Raúl Gracia Guzmán (rúbrica),
Efrén Leyva Acevedo (rúbrica), José Ramón Mantilla
y González de la Llave (rúbrica), Miguel Angel Moreno Tello
(rúbrica), José Luis Novales Arellano (rúbrica), Bernardo
Pastrana Gómez (rúbrica), Gustavo Riojas Santana, Ma. de
los Angeles Sánchez Lira (rúbrica), Heidi Gertud Storsberg
Montes, Emilio Ulloa Pérez, Eddie Varón Levy (rúbrica),
José Socorro Velázquez Hernández.
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, SOBRE EL PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR EL DIPUTADO SERGIO ACOSTA SALAZAR, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN EL QUE SE SOLICITA QUE SE EXHORTE AL EJECUTIVO FEDERAL A QUE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES REMUEVA DE SUS RESPONSABILIDADES AL DR. JORGE G. CASTAÑEDA COMO SECRETARIO DE RELACIONES EXTERIORES (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen el punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a que en uso de sus atribuciones remueva de sus responsabilidades al Dr. Jorge G. Castañeda como secretario de Relaciones Exteriores.
Los diputados federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59, 60 , 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la H. Asamblea el siguiente dictamen, por las siguientes
Consideraciones
Que a la Comisión de Relaciones Exteriores le fue turnado el día 20 de septiembre del 2001 el punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal, para que en uso de sus atribuciones remueva de sus responsabilidades al Dr. Jorge G. Castañeda, como secretario de Relaciones Exteriores, presentado por el diputado federal Sergio Acosta Salazar, del Partido de la Revolución Democrática.
Que en lo dispuesto por la fracción II del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que el titular del Poder Ejecutivo es el único facultado para nombrar y remover libremente a los secretarios de despacho, por lo que a los diputados federales de la LVIII Legislatura no les corresponde dicha atribución. Por lo tanto los diputados federales no se encuentran facultados para entrar en el ámbito de competencia del representante del Ejecutivo federal.
En estos razonamientos se observa que el Ejecutivo federal tiene la facultad exclusiva de remover a sus secretarios de despacho, por lo tanto como representantes del Legislativo nos compete esta función.
No obstante, como representantes de los intereses y derechos del pueblo de México podemos exhortar al secretario de Relaciones Exteriores para que dirija la política exterior mexicana conforme a lo dispuesto por nuestra Constitución.
Por lo expuesto, la Comisión de Relaciones Exteriores somete a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:
Dictamen
Artículo Unico. El punto de acuerdo presentado por el diputado Sergio Acosta Salazar, miembro de esta Comisión, en donde solicita que se exhorte al Presidente de la República a fin de que remueva de sus responsabilidades al secretario de Relaciones Exteriores, el Dr. Jorge Castañeda, se desecha, en virtud de que carece de fundamentación que legitime dicho pedimento y excede el ámbito de competencia de ésta Cámara de Diputados.
Palacio Legislativo, San Lázaro, a 12 de diciembre de 2002.
Diputados: Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica),
Presidente; Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica),
Tarcisio Navarrete Montes de Oca (rúbrica), José Carlos Borunda
Zaragoza (rúbrica), Erika Elizabeth Spezia Maldonado (rúbrica),
secretarios; Sergio Acosta Salazar (rúbrica), Samuel Aguilar Solís
(rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez, Hilda Josefina Amalia
Anderson Nevárez, Eduardo Arnal Palomera (rúbrica), Edilberto
J. Buenfil Montalvo (rúbrica), Raúl Covarrubias Zavala, María
Elena Chávez Palacios, Jorge Alejandro Chávez Presa, Víctor
Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), Lucio Fernández González,
Adrián Salvador Galarza González, Augusto Gómez Villanueva,
Raúl Gracia Guzmán (rúbrica), Efrén Leyva Acevedo
(rúbrica), José Ramón Mantilla y González de
la Llave (rúbrica), Miguel Angel Moreno Tello (rúbrica),
José Luis Novales Arellano (rúbrica), Bernardo Pastrana Gómez
(rúbrica), Gustavo Riojas Santana, Ma. de los Angeles Sánchez
Lira (rúbrica), Heidi Gertud Storsberg Montes (rúbrica),
Emilio Ulloa Pérez, Eddie Varón Levy (rúbrica), José
Socorro Velázquez Hernández.
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, DE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADO POR EL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PT PARA EXHORTAR AL EJECUTIVO FEDERAL A QUE SUS EXPRESIONES ANTE ACONTECIMIENTOS POLITICOS OCURRIDOS EN OTRAS NACIONES SE MANEJEN BAJO LOS PRINCIPIOS MARCADOS POR NUESTRA CARTA MAGNA (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura le fue turnada para su estudio y posterior elaboración de dictamen la proposición con punto de acuerdo para exhortar al Ejecutivo federal a que sus expresiones ante acontecimientos políticos ocurridos en otras naciones se manejen bajo los principios marcados por nuestra propia Carta Magna.
Los diputados federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 58, 59, 60 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la H. Asamblea el siguiente dictamen, por las siguientes
Consideraciones
El 30 de abril del año en curso fue turnada por la Presidencia de la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados, la proposición con punto de acuerdo presentada por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo para exhortar al Ejecutivo federal a que sus expresiones ante acontecimientos políticos ocurridos en otras naciones se maneje bajo los principios marcados por nuestra Carta Magna.
Dentro del punto de acuerdo en estudio se señala una serie de acusaciones en contra de Estados Unidos de América, por su actitud intervencionista para derrocar aquellos gobiernos que no se han sometido a sus caprichos o que incluso, señalan, han afectado a los capitales de sus condicionales. En el caso concreto se refieren a la situación política vivida en Venezuela, donde señala el grupo parlamentario del Partido del Trabajo que Estados Unidos de América no respeta los principios de política exterior marcados en la Doctrina Estrada, mismos que son el respeto a los derechos humanos, la libre autodeterminación de los pueblos y el cumplimiento de la democracia. Esto, en razón que este grupo parlamentario señala que en los actos violentos vividos en Venezuela, que dieron lugar a la muerte de civiles, se debieron a la actitud injerencista del imperio norteamericano:
Haciendo el estudio de la presente proposición con punto de acuerdo se llegó a la siguiente conclusión:
En primer lugar, cada país tiene su propia forma de gobierno y tiene la libertad de dirigir su política interna, manteniendo con esto dentro su territorio su propia estabilidad política.
Esto es en el caso específico de Venezuela, donde los movimientos que se generaron en contra del régimen de Chávez constituyen únicamente movimientos políticos internos de este país, por lo que no es posible hacer aseveraciones basadas únicamente en opiniones personales como las hechas por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo en el sentido de que fue Estados Unidos de América quien, según ellos, influyó e inclusive intervino en estos movimientos, actuando bajo sus propios intereses.
Para hacer este tipo de afirmaciones es necesario que éstas se encuentren debidamente fundamentadas y motivadas y que no constituyan solamente elementos de opinión.
Por otra parte, este grupo parlamentario manifiesta que la posición que debe de tener nuestro país en los sucesos ocurridos en Venezuela está claramente asentada en los principios de política exterior que se señalan en el artículo 89, fracción X, así como en la Doctrina Estrada, a la cual aludió nuestro Presidente Vicente Fox en su intervención en ocasión de su visita a la República de Costa Rica, durante la reunión del Grupo de Río y que fue la postura oficial del gobierno mexicano respecto al tema.
De lo anterior el grupo parlamentario del Partido del Trabajo solicita que esta Cámara de Diputados se pronuncie a favor de que se haga un atento exhorto al Ejecutivo federal para que sus expresiones ante acontecimientos políticos ocurridos en otras naciones se manejen bajo los principios marcados por nuestra Carta Magna, fundamentalmente, por lo estipulado en el artículo 89, fracción X.
Siguiendo el estudio del punto de acuerdo en comento y en razón de lo anterior, el Ejecutivo federal de nuestro país, en sus declaraciones que realizo en San José, Costa Rica, el día 12 de abril de 2002, se apegó a los principios marcados en nuestra Constitución Política y en ningún momento se salió del marco de legalidad que señalan los principios de política exterior marcados en nuestra Constitución, específicamente en la fracción X del artículo 89 y la Doctrina Estrada, por esa razón no es posible aprobar dicha solicitud que presenta el grupo parlamentario del Partido del Trabajo.
Esto es que nuestro país en ningún momento esta violentando sus principios de política exterior y ello no le impide elevar pronunciamientos positivos o negativos sobre algún tema de política exterior en el mundo. Es decir, que mientras no se violente el Estado de derecho y no se invada el ámbito de competencias de otras naciones, los posicionamientos u opiniones de un gobierno no contravienen lo estipulado ni en la Doctrina Estrada, ni en el caso particular de nuestro país en su Carta Magna.
Como representantes del pueblo de México, exhortamos a que nuestro Gobierno se dirija conforme a nuestra Carta Magna y en cuanto a política exterior se respete siempre lo estipulado en la fracción X del artículo 89 de nuestra Constitución federal y a los principios marcados en la Doctrina Estrada.
Por lo antes expuesto y fundado, sometemos a la consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión el siguiente
Dictamen
Artículo Unico.- Se desecha la proposición con punto de acuerdo presentada por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, en virtud de que ésta carece de fundamentación y debido a que la solicitud que ellos presentan no se apega a las declaraciones vertidas por el Ejecutivo federal sobre la situación de Venezuela, llevadas a cabo el día 12 de abril del 2002, en San José, Costa Rica. Es decir que mientras no se violente el estado de derecho y no se invada el ámbito de competencias de otras naciones, los posicionamientos u opiniones de un gobierno no contravienen lo estipulado ni en la Doctrina Estrada, ni en el caso particular de nuestro país su Carta Magna.
Palacio Legislativo, San Lázaro, a 12 de diciembre de 2002.
Diputados: Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica),
Presidente; Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica),
Tarcisio Navarrete Montes de Oca (rúbrica), José Carlos Borunda
Zaragoza Erika Elizabeth Spezia Maldonado (rúbrica), secretarios;
Sergio Acosta Salazar (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica),
Alberto Anaya Gutiérrez, Hilda Josefina Amalia Anderson Nevárez,
Eduardo Arnal Palomera (rúbrica), Edilberto J. Buenfil Montalvo
(rúbrica), Raúl Covarrubias Zavala, María Elena Chávez
Palacios, Jorge Alejandro Chávez Presa, Víctor Emanuel Díaz
Palacios, Lucio Fernández González, Adrián Salvador
Galarza González, Augusto Gómez Villanueva, Raúl Gracia
Guzmán (rúbrica), Efrén Leyva Acevedo (rúbrica),
José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica),
Miguel Angel Moreno Tello (rúbrica), José Luis Novales Arellano
(rúbrica), Bernardo Pastrana Gómez (rúbrica), Gustavo
Riojas Santana, Ma. de los Angeles Sánchez Lira (rúbrica),
Heidi Gertud Storsberg Montes, Emilio Ulloa Pérez, Eddie Varón
Levy (rúbrica), José Socorro Velázquez Hernández.
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, SOBRE LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO PRESENTADA POR EL DIPUTADO AUGUSTO GOMEZ VILLANUEVA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, PARA SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DE LA UNION QUE ESTABLEZCA RELACIONES DIPLOMATICAS CON LA REPUBLICA DE TIMOR ORIENTAL (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea
A la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del honorable Congreso de la Unión, le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Augusto Gómez Villanueva, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para solicitar al Poder Ejecutivo de la Unión que establezca relaciones diplomáticas con la República de Timor Oriental.
Los diputados federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59, 60, 87 y 88 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la honorable asamblea el siguiente dictamen, por las siguientes
Consideraciones
Que el día 26 de junio de 2002 la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión turnó a esta Comisión de Relaciones Exteriores la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Augusto Gómez Villanueva del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
En sesión de trabajo de la Comisión de Relaciones Exteriores, se analizó y discutió la presente proposición con punto de acuerdo para formar e integrar el presente dictamen.
El motivo de esta proposición con punto de acuerdo es solicitar al Poder Ejecutivo de la Unión, que establezca relaciones diplomáticas con la República de Timor Oriental.
De acuerdo con las disposiciones vigentes tanto en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso, esta Comisión de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión es competente para estudiar, analizar y dictaminar la presente proposición con punto de acuerdo, presentada por el diputado Augusto Gómez Villanueva del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
El 20 de mayo de 2002 nace el Estado número 192: Timor Oriental, el Estado más joven, logra su independencia gracias a la colaboración entre la ONU, la comunidad internacional y los actores políticos locales.
Basado en una economía agrícola de subsistencia, Timor Oriental es potencialmente autosuficiente en arroz y maíz y está en vías de convertirse en un país próspero ante la riqueza comprobada de los yacimientos de petróleo y gas encontrados en sus aguas.
Los mayores retos del nuevo país son la lucha contra la pobreza, el fortalecimiento de las instituciones jurídicas y administrativas y la viabilidad económica.
El Gobierno de México expresó su beneplácito por la independencia de Timor Oriental. En un comunicado, el Gobierno de México: "se une a las celebraciones por este trascendente acontecimiento", resultado de un gran esfuerzo de participación del pueblo y los líderes de ese país.
Timor Oriental representa el país más pobre de Asia, y que dentro de sus prioridades se encuentran la educación, mejorar las condiciones de vida y promover la democracia y el papel de las mujeres y la sociedad civil.
Nuestro país en estricto apego al espíritu de la Doctrina Estrada, otorga el reconocimiento diplomático mediante el establecimiento de relaciones políticas formales entre los gobiernos.
Los principios de política exterior de nuestro país, que se encuentran establecidos en la fracción X del artículo 89 en nuestra Carta Magna, se fundamentan en el principio de la libre autodeterminación de los pueblos.
México reconoce el nacimiento de la nación más joven del planeta, es una lección al mundo sobre los principios y valores que la comunidad internacional busca que prevalezca en aras de la coexistencia pacífica y el respeto por la dignidad humana.
El establecimiento de relaciones diplomáticas con la República de Timor carece de un sustento o viabilidad económica derivada de la baja presupuestal de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Además, habría que considerar que la representación diplomática de México en ese país, recientemente formado, representaría un largo proceso debido a que Timor Oriental todavía tendrá que recorrer un enorme camino en el fortalecimiento de sus instituciones jurídicas, administrativas y su viabilidad económica, lo que vuelve poco sustentable la propuesta para el establecimiento de una representación diplomática en ese país.
Por otra parte, la independencia de Timor es favorable a los países consumidores de petróleo pues en el futuro podrán negociar directamente con las autoridades locales en lugar de hacerlo con Indonesia o la antigua Metrópoli Portuguesa.
El reconocimiento jurídico de Timor le permitirá a ese país disponer de los mecanismos necesarios para la solución pacífica de controversias e integrarse a un sistema jurídico internacional que favorecerá la estabilidad en la región.
Una consideración importante a tomar en cuenta es que la República de Timor Oriental no cuenta con el reconocimiento de Indonesia, socio comercial de México en el Mecanismo de Cooperación Asia Pacífico APEC, del que nuestro país será anfitrión en el mes de noviembre. Por lo que habría que valorar qué incidencia tendría para nuestra nación el establecimiento de relaciones diplomáticas con Timor Oriental en las negociaciones en ese foro de cooperación económica.
Por lo antes expuesto nos podemos dar cuenta que no es el mejor momento para establecer relaciones diplomáticas con Timor Oriental, debido a nuestra falta de presupuesto para la formación de las mismas, como por el amplio análisis y estudio que se requiere para formar, fortalecer y analizar la creación de relaciones diplomáticas con cualquier país del mundo.
De acuerdo con los antecedentes indicados y con las atribuciones antes señaladas la Comisión de Relaciones Exteriores, presenta a consideración de esta honorable soberanía el presente:
Dictamen
Artículo Primero. Se desecha, la proposición con punto de acuerdo presentada por el diputado Augusto Gómez Villanueva, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, en donde solicita que el Poder Ejecutivo de la Unión tome las medidas pertinentes a efecto de que se establezcan con la mayor brevedad las relaciones diplomáticas entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Democrática de Timor Oriental. Toda vez que dicho pedimento no es sustentable por carecer de viabilidad económica derivada de la baja presupuestal de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Además de que requiere de un profundo análisis por parte del Gobierno Federal para poder determinar, independientemente de la viabilidad económica, los parámetros necesarios que den sustento al establecimiento de relaciones diplomáticas.
Artículo Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión de la LVIII Legislatura expresa su apoyo al recién nacido Estado independiente de Timor Oriental dado el 20 de mayo del 2002.
Palacio Legislativo, San Lázaro, a 12 de diciembre de 2002.
Diputados: Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica),
Presidente; Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica),
secretario; Tarcisio Navarrete Montes de Oca (rúbrica), secretario;
José Carlos Borunda Zaragoza (rúbrica), secretario; Erika
Elizabeth Spezia Maldonado (rúbrica), secretaria; Sergio Acosta
Salazar (rúbrica), Samuel Aguilar Solís (rúbrica),
Alberto Anaya Gutiérrez, Hilda Josefina Amalia Anderson Nevárez
(rúbrica), Eduardo Arnal Palomera (rúbrica), Edilberto J.
Buenfil Montalvo (rúbrica), Raúl Covarrubias Zavala, María
Elena Chávez Palacios, Jorge Alejandro Chávez Presa, Víctor
Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), Lucio Fernández González,
Adrián Salvador Galarza González, Augusto Gómez Villanueva,
Raúl Gracia Guzmán, Efrén Leyva Acevedo (rúbrica),
José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica),
Miguel Angel Moreno Tello (rúbrica), José Luis Novales Arellano
(rúbrica), Bernardo Pastrana Gómez (rúbrica), Gustavo
Riojas Santana (rúbrica), Ma. de los Angeles Sánchez Lira
(rúbrica), Heidi Gertud Storsberg Montes (rúbrica), Emilio
Ulloa Pérez, Eddie Varón Levy (rúbrica), José
Socorro Velázquez Hernández.
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, SOBRE EL PUNTO DE ACUERDO PARA SOLICITAR AL SENADO DE LA REPUBLICA QUE ACELERE LOS TRAMITES NECESARIOS A FIN DE QUE MEXICO RATIFIQUE LO ANTES POSIBLE EL ESTATUTO DE ROMA, CON LO CUAL SE DARA LUGAR A LA INSTAURACION DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (EN SENTIDO NEGATIVO)
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Relaciones Exteriores de esta Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de dictamen el punto de acuerdo para solicitar al Senado de la República que acelere los trámites necesarios a fin de que México ratifique lo antes posible el Estatuto de Roma, con lo cual se dará lugar a la instauración de la Corte Penal Internacional.
Los diputados federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39; 45, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 56, 57, 59, 60, 87, 88 y 89 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la asamblea, el siguiente dictamen, por los siguientes
Antecedentes
El 25 de marzo de 2002, el diputado José Antonio Calderón Cardoso, del Partido Alianza Social, presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados una proposición con punto de acuerdo en donde solicita:
Se exhorta al Senado de la República para acelerar los trámites necesarios a fin de que ratifique lo antes posible el Estatuto de Roma, con lo cual se dará lugar a la instauración de la Corte Penal Internacional.
Consideraciones
En la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en su fracción X, parte primera del artículo 89, se establece: Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la fracción I del artículo 76 de la antes mencionada ley se señala: Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el secretario del despacho correspondiente rindan al Congreso; además, aprobar los tratados internacionales y convenios diplomáticos que celebre el Ejecutivo de la Unión.
El Estatuto de Roma fue celebrado el 17 de Julio de 1998 en Italia, por votación de 120 países a favor, 21 abstenciones y 7 en contra, durante la Conferencia Diplomática de Plenipotenciarias de las Naciones Unidas sobre el establecimiento de la Corte Penal Internacional.
El 7 de septiembre de 2000 se firmó este instrumento, pero falta la ratificación del Senado mexicano para que nuestro país lo acepte, sin embargo el artículo 15 de nuestra Constitución señala una garantía de seguridad jurídica para los gobernados, no autoriza la celebración de tratados en la que se alteren las garantías y derechos establecidos por esta Constitución; si el Senado ratificara el Estatuto de Roma, violaría el principio de supremacía del artículo 133 de la Constitución, ya que el tratado no está de acuerdo con las garantías individuales que señala la Constitución.
La Ley Sobre la Celebración de Tratados, en su artículo 2, fracción I, párrafo 2, indica: de conformidad con la fracción I del artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados deberán ser aprobados por el Senado y serán ley suprema de toda la Unión cuando estén de acuerdo con la misma, en los términos del artículo 133 de la propia Constitución. En la fracción IV: aprobación: el acto por el cual el Senado aprueba los tratados que celebra el Presidente de la República; la fracción V señala que: ratificación, adhesión o aceptación: el acto por el cual los Estados Unidos Mexicanos hacen constar en el ámbito internacional su consentimiento en obligarse por un tratado.
Por lo tanto no señala la Ley Sobre la Celebración de Tratados un término para que apruebe un tratado, ya que debe seguir un procedimiento la aprobación de un tratado; así lo establece el artículo 4 de la Ley Sobre la Celebración de Tratados: los tratados que se sometan al Senado para los efectos de la fracción I del artículo 76 de la Constitución, se turnarán a comisión en los términos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para la formulación del dictamen que corresponda, en su oportunidad, la resolución del Senado se comunicará al Presidente de la República.
Los tratados, para ser obligatorios en el territorio nacional deberán haber sido publicados previamente en el Diario Oficial de la Federación.
Una vez fundado el punto de acuerdo llegamos a la conclusión que la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura no puede exhortar al Senado de la República para acelerar la aprobación del Estatuto de Roma, ya que no es parte de nuestras facultades hacer la petición que hace el diputado José Antonio Calderón Cardoso.
Por lo expuesto y fundado, las Comisiones dictaminadoras someten a consideración del Pleno de esta Cámara de Diputados el siguiente
Dictamen
Artículo Unico. Se desecha la proposición con punto de acuerdo en estudio, toda vez que la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura no puede exhortar al Senado de la República para acelerar la aprobación del Estatuto de Roma, ya que no es parte de nuestras facultades hacer la petición que hace el diputado José Antonio Calderón Cardoso. Por lo tanto, esta solicitud se encuentra fuera del ámbito de nuestras facultades y de nuestra competencia.
Palacio Legislativo, San Lázaro, a 12 de diciembre de 2002.
Diputados: Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica),
Presidente; Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica),
secretario; Tarcisio Navarrete Montes de Oca (secretario), José
Carlos Borunda Zaragoza (rúbrica), secretario; Erika Elizabeth Spezia
Maldonado (rúbrica), secretaria; Sergio Acosta Salazar (rúbrica),
Samuel Aguilar Solís (rúbrica), Alberto Anaya Gutiérrez,
Hilda Josefina Amalia Anderson Nevárez (rúbrica), Eduardo
Arnal Palomera (rúbrica), Edilberto J. Buenfil Montalvo (rúbrica),
Raúl Covarrubias Zavala, María Elena Chávez Palacios,
Jorge Alejandro Chávez Presa, Víctor Emanuel Díaz
Palacios (rúbrica), Lucio Fernández González, Adrián
Salvador Galarza González, Augusto Gómez Villanueva, Raúl
Gracia Guzmán (rúbrica), Efrén Leyva Acevedo (rúbrica),
José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica),
Miguel Angel Moreno Tello (rúbrica), José Luis Novales Arellano
(rúbrica), Bernardo Pastrana Gómez (rúbrica), Gustavo
Riojas Santana, Ma. de los Angeles Sánchez Lira (rúbrica),
Heidi Gertud Storsberg Montes (rúbrica), Emilio Ulloa Pérez,
Eddie Varón Levy (rúbrica), José Socorro Velázquez
Hernández.
DE LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, DOS POR LOS QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN ACEPTAR Y USAR CONDECORACIONES QUE LES CONFIEREN GOBIERNOS EXTRANJEROS
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública, con fecha 12 de abril de 2003, le fue turnada para su estudio y dictamen la solicitud de permiso constitucional necesario para que el ciudadano Alejandro Reyes Silvestre, pueda aceptar y usar la Medalla de la Orden de Río Branco que le confiere el Presidente de la República Federativa del Brasil.
La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional, se permite someter a la aprobación de la honorable asamblea, el siguiente
Proyecto de Decreto
Artículo Unico.- Se concede permiso al ciudadano Alejandro Reyes Silvestre para aceptar y usar la Medalla de la Orden de Río Branco que le confiere el Presidente de la República Federativa del Brasil.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 2 de abril de 2003.
Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica), Presidente; José Antonio Hernández Fraguas, Víctor Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez (rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica), secretarios; Manuel Añorve Baños, José Francisco Blake Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica), Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica), María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada (rúbrica), Efrén Nicolás Leyva Acevedo (rúbrica), María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica), Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro Céspedes, Ricardo Augusto Ocampo Fernández (rúbrica), Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini Pérez (rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica), Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor Villarreal Castro (rúbrica), Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).
Honorable Asamblea:
A la Comisión de Gobernación y Seguridad Pública que suscribe, el 3 de abril de 2003 le fue turnado para su estudio y dictamen el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Adalberto Javier Ramones Martínez para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional José Matías Delgado en grado de Comendador que le confiere el Gobierno de la República de El Salvador.
La Comisión considera cumplidos los requisitos legales necesarios para conceder el permiso solicitado y en tal virtud, de acuerdo con lo que establece la fracción III del apartado C) del artículo 37 constitucional, se permite someter a la consideración de la honorable asamblea, el siguiente
Proyecto de Decreto
Artículo Unico.- Se concede permiso al ciudadano Adalberto Javier Ramones Martínez para aceptar y usar la condecoración de la Orden Nacional José Matías Delgado en grado de Comendador que le confiere el Gobierno de la República de El Salvador.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 4 de abril de 2003.
Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica),
Presidente; José Antonio Hernández Fraguas, Víctor
Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez
(rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica),
secretarios; Manuel Añorve Baños, José Francisco Blake
Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica),
Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica),
María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico
Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada
(rúbrica), Efrén Nicolás Leyva Acevedo (rúbrica),
María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón
Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica),
Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro
Céspedes, Ricardo Augusto Ocampo Fernández (rúbrica),
Beatriz Elena Paredes Rangel, Germán Arturo Pellegrini Pérez
(rúbrica), José Jesús Reyna García (rúbrica),
Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez,
David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor Villarreal Castro,
Roberto Zavala Echavarría (rúbrica), Cecilia Laviada Hernández
(rúbrica).
DE LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, DOS POR LOS QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN PRESTAR SERVICIOS DE CARACTER ADMINISTRATIVO EN REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS DE GOBIERNOS EXTRANJEROS
Honorable Asamblea:
En oficio de fecha 25 de marzo del año en curso, la Secretaría de Gobernación solicita el permiso constitucional necesario para que los ciudadanos Oscar Rafael Pintos Franzone, Daniel Humberto Maya Guerrero y Claudia Fernanda Trejo Angulo puedan prestar servicios de carácter administrativo en el Consulado de Canadá en Acapulco, Guerrero, y en la Embajada de Canadá, en México.
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el día 1 de abril, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.
Considerando
b) Que los servicios que los propios interesados prestarán en el Consulado de Canadá en Acapulco, Guerrero, y en la Embajada de Canadá en México serán de carácter administrativo, y
c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y el segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Proyecto de Decreto
Artículo Primero.- Se concede permiso al ciudadano Oscar Rafael Pintos Franzone para prestar servicios como asistente consular en el Consulado de Canadá en Acapulco, Guerrero.
Artículo Segundo.- Se concede permiso al ciudadano Daniel Humberto Maya Guerrero para prestar servicios como chofer mensajero en la Embajada de Canadá en México.
Artículo Tercero.- Se concede permiso a la ciudadana Claudia Fernanda Trejo Angulo para prestar servicios como asistente comercial en la Embajada de Canadá en México.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 2 de abril de 2003.
Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica),
Presidente; José Antonio Hernández Fraguas, Víctor
Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez
(rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica),
secretarios; Manuel Añorve Baños, José Francisco Blake
Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica),
Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica),
María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico
Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada
(rúbrica), Efrén Nicolás Leyva Acevedo (rúbrica),
María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón
Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica),
Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro
Céspedes, Ricardo Augusto Ocampo Fernández (rúbrica),
Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini
Pérez (rúbrica), José Jesús Reyna García
(rúbrica), Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago
Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor
Villarreal Castro, Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).
Honorable Asamblea:
En oficio de fecha l de abril del año en curso, la honorable Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a los ciudadanos Nuria Iveth Sauer Calvo y Víctor Hugo Espinosa Ahedo para prestar sus servicios como oficial en visas y como auditor interno, respectivamente, en la Embajada de Australia en México.
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, el día 3 de abril, se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.
Considerando
a) Que los peticionarios acreditan su nacionalidad mexicana con la copia certificada de su acta de nacimiento.
c) Que las solicitudes se ajustan a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional y el segundo párrafo del artículo 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
Proyecto de Decreto
Artículo Unico.- Se concede permiso a los ciudadanos mexicanos Nuria Iveth Sauer Calvo y Víctor Hugo Espinosa Ahedo, para que puedan prestar sus servicios como oficial en visas y como auditor interno, respectivamente, en la Embajada de Australia en México.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 4 de abril de 2003.
Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica),
Presidente; José Antonio Hernández Fraguas, Víctor
Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez
(rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica),
secretarios; Manuel Añorve Baños, José Francisco Blake
Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica),
Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica),
María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico
Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada
(rúbrica), Efrén Nicolás Leyva Acevedo (rúbrica),
Cecilia Laviada Hernández (rúbrica), María Guadalupe
López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón Rojo (rúbrica),
Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica), Rodrigo David Mireles
Pérez (rúbrica), José Narro Céspedes, Ricardo
Augusto Ocampo Fernández (rúbrica), Beatriz Elena Paredes
Rangel, Germán Arturo Pellegrini Pérez (rúbrica),
José Jesús Reyna García (rúbrica), Jorge Esteban
Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago Ramírez, David Augusto
Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor Villarreal Castro, Roberto
Zavala Echavarría (rúbrica).
DE LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA, DOS POR LOS QUE CONCEDE EL PERMISO CONSTITUCIONAL NECESARIO PARA QUE CIUDADANOS PUEDAN DESEMPEÑAR EL CARGO DE AGENTE CONSULAR DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA EN ACAPULCO, GUERRERO, Y COZUMEL, QUINTANA ROO
Honorable Asamblea:
La honorable Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso al ciudadano Alexander Richards Young para desempeñar el cargo de agente consular de Estados Unidos de América en Acapulco, con circunscripción consular en el estado de Guerrero.
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen, el expediente relativo.
Considerando
b) Que los servicios que el propio interesado prestará al Gobierno de Estados Unidos de América serán de carácter estrictamente consular, y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Proyecto de Decreto
Artículo Unico.- Se concede permiso al ciudadano Alexander Richards Young para desempeñar el cargo de agente consular de los Estados Unidos de América, en Acapulco, con circunscripción consular en el estado de Guerrero.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 20 marzo de 2003.
Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica),
Presidente; José Antonio Hernández Fraguas, Víctor
Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez
(rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica),
secretarios; Manuel Añorve Baños, José Francisco Blake
Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica),
Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica),
María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico
Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada
(rúbrica), Efrén Nicolás Leyva Acevedo (rúbrica),
María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón
Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica),
Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro
Céspedes, Ricardo Augusto Ocampo Fernández (rúbrica),
Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini
Pérez (rúbrica), José Jesús Reyna García
(rúbrica), Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago
Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor
Villarreal Castro (rúbrica), Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).
Honorable Asamblea:
La Honorable Cámara de Senadores remite el expediente con la minuta proyecto de decreto que concede permiso a la ciudadana Anne Rosenstein Harris, para desempeñar el cargo de agente consular de Estados Unidos de América, en Cozumel, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo.
En sesión celebrada por la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión se turnó a la suscrita Comisión para su estudio y dictamen el expediente relativo.
Considerando
b) Que los servicios que la propia interesada prestará en el Consulado General de Estados Unidos de América en Cozumel, con circunscripción en el estado de Quintana Roo, serán de carácter estrictamente consular, y
c) Que la solicitud se ajusta a lo establecido en la fracción II del apartado C) del artículo 37 constitucional.
Proyecto de Decreto
Artículo Unico.- Se concede permiso a la ciudadana Anne Rosenstein Harris, para desempeñar el cargo de agente consular de Estados Unidos de América, en Cozumel, con circunscripción consular en el estado de Quintana Roo.
Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.- México, DF, a 20 marzo de 2003.
Diputados: Tomás Coronado Olmos (rúbrica),
Presidente; José Antonio Hernández Fraguas, Víctor
Manuel Gandarilla Carrasco (rúbrica), Eduardo Rivera Pérez
(rúbrica), Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (rúbrica),
secretarios; Manuel Añorve Baños, José Francisco Blake
Mora (rúbrica), Gabriela Cuevas Barrón (rúbrica),
Arturo Escobar y Vega (rúbrica), Omar Fayad Meneses (rúbrica),
María Teresa Gómez Mont y Urueta (rúbrica), Federico
Granja Ricalde (rúbrica), Lorenso Rafael Hernández Estrada
(rúbrica), Efrén Nicolás Leyva Acevedo (rúbrica),
María Guadalupe López Mares (rúbrica), Jaime Mantecón
Rojo (rúbrica), Miguel Angel Martínez Cruz (rúbrica),
Rodrigo David Mireles Pérez (rúbrica), José Narro
Céspedes, Ricardo Augusto Ocampo Fernández (rúbrica),
Beatriz Elena Paredes Rangel (rúbrica), Germán Arturo Pellegrini
Pérez (rúbrica), José Jesús Reyna García
(rúbrica), Jorge Esteban Sandoval Ochoa, César Augusto Santiago
Ramírez, David Augusto Sotelo Rosas (rúbrica), Néstor
Villarreal Castro (rúbrica), Roberto Zavala Echavarría (rúbrica).
A su reunión plenaria, que se realizará el martes 8 de abril, a las 9 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE SALUD
A la inauguración de la exposición Los accidentes y su atención en México, que se llevará a cabo el martes 8 de abril, a las 9 horas, en el patio sur de la Cámara de Diputados.
La muestra permanecerá del 8 al 10 de abril.
Atentamente
Dip. María Eugenia Galván Antillón
Presidenta
DE LA COMISION DE SALUD
Al foro Los accidentes y su atención en México, que se llevará a cabo el martes 8 de abril, de las 9:30 a las 16 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde).
La Prevención de Accidentes
9:30 a 10:10
Mortalidad, morbilidad y repercusiones económicas
y sociales de los accidentes.
(Secretaría de Salud).
10:10 a 10:30
Programa de Atención y Coordinación para
la Atención de Accidentes.
Sistema Nacional de Protección Civil.
10:30 a 11:00
Acciones de prevención de accidentes laborales.
(Secretaría del Trabajo).
11:00 a 11:30
Los accidentes y su impacto en la productividad.
Coordinación de Salud en el Trabajo (IMSS).
11:30 a 12:00
La prevención de los accidentes en el transporte.
(SCT).
12:00 a 12:15
Receso
La Atención Médica Prehospitalaria
12:15 a 13:00
Modelo de atención médica prehospitalaria.
13:00 a 13:30
Organización de los servicios de atención
médica prehospitalaria en México.
Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas
(ERUM).
13:30 a 13:50
La atención del paciente politraumatizado en los
servicios de urgencia al arribo al hospital.
Hospital de Traumatología "Victorio de la Fuente
Narváez".
13:50 a 14:10
Programas de capacitación para la atención
de accidentes.
Cruz Roja Mexicana.
Rehabilitación y Tratamiento
14:10 a 14:35
Prevención de la discapacidad.
Promoción e integración social para personas
con discapacidad.
Presidencia de la República.
14:35 a 14:55
Integración al ambiente laboral de personas con
discapacidad posterior a un accidente.
Dirección de Equidad y Desarrollo Laboral para
Personas con Discapacidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social.
15:00 a 15:25
Programas de rehabilitación.
Unidad de Medicina Física y Rehabilitación,
Región Norte, IMSS.
15:30
Clausura y entrega de constancias.
DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 8 de abril, a las 10 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
 
DE LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES
A su sesión plenaria, que se llevará a cabo el martes 8 de abril, a las 11 horas, en la sala de juntas de la Comisión.
Atentamente
Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente
 
DE LA COMISION DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
A su sesión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 8 de abril, a las 12 horas, en el salón Libertadores.
Orden del Día
DE LA COMISION DE COMUNICACIONES
A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el martes 8 de abril, a las 15 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
I. Lista de asistencia y verificación de quórum.
II. Lectura y, en su caso, aprobación del orden
del día.
III. Lectura, y en su caso, aprobación del acta
de la sesión anterior.
IV. Informe de asuntos turnados por la Mesa Directiva
de la Comisión Permanente y por la Mesa Directiva del H. Congreso
de la Unión.
V. Aprobación de la propuesta de calendario de
reuniones ordinarias de la Comisión para el periodo enero-agosto
de 2003.
VI. Discusión y, en su caso, aprobación
de proyectos de dictámenes de asuntos turnados a la Comisión.
VII. Solicitud de la Dip. Alejandra Barrales Magdaleno,
para citar a comparecer al Arq. Pedro Cerisola y Weber, secretario de Comunicaciones
y Transportes.
VIII. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. César H. Duarte Jáquez
Presidente
DE LA COMISION DE JUVENTUD Y DEPORTE
A su reunión plenaria, que se efectuará el martes 8 de abril, a las 16:30 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE LA REFORMA AGRARIA
A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 8 de abril, a las 16:30 horas, en el salón Libertadores.
Orden del Día
DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL
A la reunión de la Subcomisión de Asentamientos Humanos y Desarrollo, que se llevará a cabo el miércoles 9 de abril, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A su reunión ordinaria, que se llevará a cabo el miércoles 9 de abril, a las 9 horas, en la zona C del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL
A su reunión ordinaria de trabajo, que se llevará a cabo el miércoles 9 de abril, a las 11 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
3. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa que reforma y adiciona una fracción V al artículo 7 Bis de la Ley de Propiedad Industrial, presentada por el C. diputado Rubén Aguirre Ponce, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el día 3 de diciembre de 2002.
4. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Firma y Comercio Electrónicos, Mensajes de Datos y Servicios de la Sociedad de Información, presentada por el C. diputado Miguel Barbosa Huerta, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, el día 8 de mayo de 2002.
5. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones y se adiciona una fracción V al artículo 16 del Código de Comercio, presentada por el C. diputado Moisés Alcalde Virgen, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 25 de marzo de 2002.
6. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa que reforma los artículos 362 y 363 del Código de Comercio; 174, párrafo segundo, de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y 2395 y 2397 del Código Civil Federal, presentada por los CC. diputados Víctor León Castañeda y Sergio Vaca Betancourt, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 12 de diciembre de 2002.
7. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa que reforma el artículo 6º de la Ley de Inversión Extranjera, presentada por el C. diputado Raúl Cervantes Andrade, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el día 10 diciembre de 2002.
8. Análisis de la minuta con proyecto de decreto de la Ley de Protección de Datos Personales, presentada el día 5 de septiembre de 2002.
9. Análisis de la minuta con proyecto de decreto de la Ley Sobre la Aprobación de Tratados Internacionales en Materia Económica, presentada el día 13 de diciembre de 2002.
10. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa que reforma los artículos 23, 26 y 27 de la Ley Federal de Competencia Económica, para conferir autonomía a la Comisión Federal de Competencia Económica, presentada por los CC. diputados Raúl Cervantes Andrade, Ildefonso Guajardo Villarreal, y Antonio Silva Beltrán, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Francisco Agundis Arias del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Rafael Servín Maldonado, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y la C. diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista, el día 5 de marzo de 2003.
11. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen de la iniciativa de la Ley para la Inscripción y Regularización de Vehículos Automotores de Carga de Procedencia Extranjera, presentada por el C. diputado Cesar Horacio Duarte Jáquez, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, el día 4 febrero de 2003.
12. Análisis, discusión y, en su caso, aprobación
de dictámenes de proposiciones con punto de acuerdo.
13. Asuntos generales.
DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL
A la reunión de trabajo de la Subcomisión de Análisis Legislativo, que se llevará a cabo el miércoles 9 abril, a las 12 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Víctor León Castañeda
Presidente
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES Y DEL DISTRITO FEDERAL
A su reunión, que se llevará a cabo el jueves 10 de abril, a las 11 horas, en el salón C, del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
3. Recepción formal del dictamen donde la H. Cámara
de Senadores resolvió desechar en su totalidad la minuta que contiene
proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos
73, 76, 89, 108, 109, 110, 111 y 122 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
4. Discusión y, en su caso, aprobación
del dictamen con proyecto de decreto por el que s e reforman y adicionan
los artículos 73, 76, 89, 108, 109, 110, 111 y 122 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
5. Asuntos generales.
Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales
Dip. Jorge Alberto Lara Rivera
Presidente de la comisión del Distrito Federal