Los suscritos diputados federales de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión e integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta asamblea la siguiente iniciativa que reforma el primer párrafo de la fracción XXVIII del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; adiciona el inciso i), de la fracción I del artículo 2-A y deroga la fracción III del artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de acuerdo con la siguiente
Exposición de Motivos
En estos momentos, los editores mexicanos se encuentran en una situación delicada, desde el punto de vista económico-financiero, que se agrava con el acto en el cual las autoridades fiscales derogan un convenio celebrado con la industria editorial desde 1998, que les permitía a los editores tributar con la tasa 0% en el impuesto al valor agregado.
Considero necesario mencionar que este acuerdo entre el Ejecutivo y los editores mexicanos, no debió celebrarse al margen de la ley, porque su práctica deteriora la aplicación de las leyes en un estado de derecho y socava la seguridad jurídica de los contribuyentes, por lo tanto, no podemos permitirlo, ni impulsarlo.
Por otro lado, debemos recordar que el gobierno actual, desde que envió su iniciativa de reforma fiscal para el presente ejercicio, contemplaba gravar los libros con el impuesto al valor agregado. La propuesta no se aprobó, sin embargo quedó el antecedente de las intenciones del gobierno en este renglón.
Siguiendo con la política de aplicar la tasa general del impuesto al valor agregado a los editores mexicanos, el Ejecutivo a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deroga esta disposición en los últimos días de mayo, fecha en que expiraba la vigencia del convenio que permitía a estos contribuyentes la aplicación de la tasa 0%.
Los editores recibieron la noticia de que deberían cobrar el IVA en sus facturas a partir del día 1 de junio del presente. Las repercusiones económicas serían el incremento de los precios, en la misma proporción que aumenta la tasa de aplicación de este impuesto indirecto; la baja de las ventas y la pérdida de fuentes de trabajo.
Los resultados de corto plazo se verían reflejados en una contracción de la demanda de libros, afectando las ventas de editores que repercutirá en los impresores, ya que los costos de impresión en el país se incrementarían en la misma proporción que el impuesto no recuperado y los editores buscarían imprimir las publicaciones en el extranjero, lo que posiblemente causaría efectos negativos en la industria papelera nacional.
Esta circunstancia, con toda seguridad nos conduciría a la pérdida de empleos en las industrias de impresión y editorial; desde obreros hasta traductores, correctores, diseñadores y revisores técnicos.
Asimismo, debemos tomar en cuenta que en los últimos doce años han cerrado 185 compañías editoriales como consecuencia de las condiciones económicas, pasando de 423, que existían en 1990, a 238 que existen actualmente, lo que representa una caída de 40%.
Con todos los apoyos fiscales para la industria editorial, no se pudo sostener una tasa constante de crecimiento, entonces, nos preguntamos: ¿que pasará en condiciones menos favorables de operación? La respuesta es obvia, porque sabemos que la propuesta que el gobierno nos hace a través de la Secretaría de Hacienda, condena a las editoras mexicanas a desaparecer considerando que las medidas compensatorias que ha anunciado la Secretaría de Hacienda para restablecer la pérdida de la devolución a las editoras, son inciertas.
Se publicó el pasado miércoles 26 un decreto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que se otorga un estímulo fiscal en el impuesto al valor agregado a las personas dedicadas a la enajenación de libros, periódicos y revistas, y de acuerdo con el artículo primero se dice que es "consistente en una cantidad igual al impuesto al valor agregado que no puedan acreditar y que les hubiera sido trasladado o que ellos hubiesen pagado con motivo de la importación de bienes y servicios, en el periodo o en el ejercicio correspondiente identificado con las erogaciones destinadas a la realización de la citada actividad."
Podemos analizar de este artículo del decreto que la intención de las autoridades fiscales es no volver al esquema anterior de acreditamiento y recuperación del saldo a favor del impuesto, en virtud de que nos indican que el estímulo fiscal es "consistente en una cantidad igual al impuesto al valor agregado que no puedan acreditar y que les hubiera sido trasladado."
Deja indeterminado cual será ese estímulo y así nos lo confirma en artículo cuarto del mismo, el cual señala que "El Servicio de Administración Tributaria expedirá las reglas de carácter general necesarias para la correcta y debida aplicación del estímulo a que se refiere el presente decreto."
Por lo tanto, podemos afirmar que se avanzó solamente en la publicación de un decreto de ley con vigencia indeterminada, sin embargo, éste no contempla los alcances de aplicación fiscal concreta para los contribuyentes del sector, por lo que desde el punto de vista fiscal, siguen aplicando los artículos vigentes de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
El incentivo que disponían los artículos 13 y 143 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en el ejercicio fiscal 2001, que permitía a los editores de libros disminuir el 50% de sus ingresos para determinar la base gravable de renta, se derogaron dejando a esta industria en una situación muy difícil.
Sin embargo, la diputada Miroslava García Suárez de nuestro grupo parlamentario, presentó una iniciativa que adiciona los artículos 13-A y 190-A y deroga la fracción LXVII del artículo segundo transitorio de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con la finalidad de restituirle a los editores la facilidad fiscal para aplicar la disminución del 50% de sus ingresos para determinar su base gravable en el pago de este impuesto.
La presente iniciativa resulta complementaria a la propuesta de la diputada García Suárez ya que ambas señalan la necesidad de impulsar a la industria editorial de nuestro país para hacer más accesible los libros a un número mayor de mexicanos
Por otro lado, las medidas compensatorias anunciadas en el decreto citado anteriormente, están siendo contempladas fuera de tiempo ya que las autoridades fiscales sabían de antemano que el convenio no se ratificaría, pero no consideraron para el momento oportuno las medidas compensatorias, por lo tanto, debemos de tener claro que hasta este instante se obliga a los editores a tributar en la tasa general del impuesto al valor agregado.
Como podemos observar, la situación legal es incierta y los contribuyentes están obligados a cumplir con las leyes, pero estas deben a cambio otorgarles seguridad jurídica, por lo que hago un llamado a las autoridades fiscales para enmendar esta situación.
Por lo que se refiere al impuesto sobre la renta, los diputados de esta LVIII Legislatura, votamos por la fracción XXVIII, del artículo 109, limitando la exención de los ingresos a dos salarios mínimos para la industria editorial, por la intransigencia de la diputación panista de condicionar la aprobación del paquete fiscal a ésta y otras medidas.
Sin poder recuperar el impuesto al valor agregado y con el aumento de la base gravable en el impuesto sobre la renta, el gobierno del Presidente Vicente Fox, está preparando las condiciones para que esta industria desaparezca del mercado.
Estas medidas fiscales tienen una repercusión directa en el costo del papel y por lo tanto los precios de las publicaciones y libros se verán afectados hasta que no nos enteremos de las medidas compensatorias que nos permita hacer un análisis de la repercusión de las mismas. Y en tanto esto no sucede seguirá la tendencia en los aumentos de precios de los insumos y maquilas que necesita esta industria por encima de la inflación, como ha sucedido durante estos últimos años.
El resultado económico en la industria editorial será muy negativo y pondrá en peligro su existencia si en los próximos días no se expiden las reglas que le den los elementos fiscales para su expansión y fortalecimiento económico.
El comportamiento de la recaudación tributaria por estos conceptos no es muy significativa. Su influencia en el porcentaje que representa con respecto del producto interno bruto es muy baja. Se estima que Hacienda captará por concepto de impuesto al valor agregado la cantidad de 400 millones de pesos, de los cuales el Estado tendría que pagar la cantidad de 150 millones de pesos de las compras que realiza de los libros de texto. Consideramos este panorama siempre y cuando no cambie el régimen fiscal en impuesto al valor agregado con las reglas que promete el decreto.
De tal suerte que contaremos con una recaudación neta de aproximadamente 250 millones de pesos, los cuales significan el 0.0012% con respecto del estimado para el ejercicio de 2002 de 207, 236.5 millones de pesos.
Ante estas circunstancias tendríamos que preguntarnos ¿vale esta medida como para sacrificar a la industria editorial de nuestro país que está compuesta de micros, pequeñas y medianas empresas?
Estas empresas además padecen el problema de la falta de liquidez, circunstancia que no les permite un desarrollo sostenido
Nosotros, los diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, apoyamos la tesis, en el sentido de que es necesario establecer los lineamientos legales sólidos, que otorguen seguridad jurídica a los contribuyentes de la industria editorial, con la finalidad de apoyar sus actividades, que a su vez, beneficien el desarrollo y el acceso a la cultura de la mayoría de los mexicanos.
Por lo anteriormente expuesto, pongo a su consideración la siguiente iniciativa de decreto que reforma el primer párrafo de la fracción XXVIII del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; adiciona el inciso i), de la fracción I del artículo 2-A y deroga la fracción III del artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, para quedar como sigue:
Iniciativa de decreto
Artículo Primero.- Se reforma el primer párrafo de la fracción XXVIII del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para quedar como sigue:
Artículo 109.- No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
XXVIII.- Los que obtengan por permitir a terceros la publicación de obras escritas de su creación en libros, periódicos o revistas, o bien, la reproducción en serie de grabaciones de obras musicales de su creación, siempre que los libros, periódicos o revistas, así como los bienes en los que se contengan las grabaciones, se destinen para su enajenación al público por la persona que efectúa los pagos por estos conceptos y siempre que el creador de la obra expida por dichos ingresos el comprobante respectivo que contenga la leyenda "ingreso percibido en los términos de la fracción XXVIII, del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta".
Artículo 2-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa 0% a los valores a que se refiere esta ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:
a) a la h). ............
i). Libros, periódicos y revistas, así como el derecho para usar o explotar una obra que realice su autor
Artículo 9.- No se pagará el impuesto en la enajenación de los siguientes bienes:
III.- Derogada
Artículo Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de julio de 2002.
Dip. Luis Miguel Barbosa Huerta (rúbrica)
Dip. Uuc-kib Espadas Ancona (rúbrica)
(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito
Público. 3 de julio de 2002.)
Al Primer encuentro de legisladoras federales con presidentas y expresidentas de los DIF municipales del estado de Chiapas, el viernes 12 de julio, a partir de las 10 horas, en el salón Legisladores de la República (Salón Verde).
Programa
8:30 horas: Reunión de integración
de diputadas federales y presidentas de los DIF municipales en el estado
de Chiapas.
10:50 horas: Visita guiada a las instalaciones
de la Cámara de Diputados.
11:30 horas: Inauguración del evento a cargo
de la diputada federal Patricia Aguilar García.
11:45 horas: Intervención de legisladoras
en representación de las fracciones parlamentarias del PRI, PAN,
PRD, PVEM y PT.
16:00 horas: Participación del Comité
de Información, Gestoría y Quejas:
Dip. Víctor León Castañeda, Presidente.
Dip. Lorena Martínez Rodríguez, integrante.
17:30 horas: Participación con los enlaces
con el Congreso de las dependencias del gobierno federal.
19:00 horas: Clausura
Atentamente
Dip. Víctor León Castañeda
Presidente
DE LA COMISION DE MARINA
A la reunión de la Subcomisión de Dictamen de la iniciativa de ley que modifica la Ley de Navegación, el miércoles 17 de julio, a las 14 horas, en el salón F del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Lectura del orden del día.
3. Lectura y aprobación del acta de la reunión
anterior.
4. Informe de la secretaría técnica de
la publicación de los títulos cuarto y quinto del proyecto
del predictamen.
5. Lectura, dicusión y, en su caso, aprobación
de la publicación de los títulos quinto y sexto del proyecto
del predictamen de la iniciativa que modifica la Ley de Navegación.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Vicente Pacheco Castañeda
Coordinador
DE LA COMISION DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMIA SOCIAL
A la reunión de trabajo (comida) de su Mesa Directiva, el miércoles 17 de julio, a las 15 horas, en las oficinas de la Comisión.
Orden del Día
Atentamente
Dip. Herbert Taylor Arthur
Presidente
DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
A la comparecencia del Dr. Víctor Lichtinger Waisman, secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y del Lic. John McCarthy, director general de Fonatur, ante las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Turismo, el martes 23 de julio, a partir de las 11 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.
Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Al foro de consulta pública Reforma a la Ley General de Vida Silvestre, que se realizará, a través de la Subcomisión de Biodiversidad, el viernes 26 y el sábado 27 de julio, en la ciudad de Jalapa, Veracruz.
Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
La dirección donde se llevará a cabo el Foro de Consulta Sobre Derechos Lingüísticos, que se realizará el sábado 13 de julio, de las 9 a las 15 horas, es:
Centro de Convenciones Siglo XXI
Salón Valladolid
Calle 60 Norte, número 299 E
Col. Revolución
Excomplejo de Cordemex
Carretera Mérida-Progreso
CP 97118
Mérida, Yucatán
Tel 01 99 99 42 19 00
Atentamente
Dip. Héctor Sánchez López
Presidente
DE LA COMISION DE ASUNTOS INDIGENAS
La dirección donde se llevará a cabo el Foro de Consulta Sobre Derechos Lingüísticos, que se realizará el martes 16 de julio, de las 9 a las 15 horas, es:
Parque Temático del Tajín
Espacio Cumbre del Tajín, Papantla, Veracruz
Entre Papantla y Poza Rica
Atentamente
Dip. Héctor Sánchez López
Presidente