Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, número 990-II, martes 30 de abril de 2002

Dictámenes presentados en la sesión del lunes 29 de abril


Dictámenes
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Dictámenes
DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES Y DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO, Y LA LEY FEDERAL DE DERECHOS

Honorable Asamblea

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 55, fracción II del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la C. Diputada Federal Heidi Storsberg Montes, en representación del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, así como el C. Diputado Federal Eddie Varón Levy, en representación del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional y con el apoyo de varios legisladores de otros Grupos Parlamentarios, sometieron el pasado 25 de octubre del año en curso a la consideración de esta Cámara de Diputados la Iniciativa con proyecto de "Decreto que adiciona una fracción X al artículo 2º de la Ley del Servicio Exterior Mexicano", misma que fue turnada a las Comisiones de Relaciones Exteriores, de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública para su análisis y dictamen. Trámite del cual se excusó la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

En cumplimiento de esta responsabilidad, se procedió al dictamen de la iniciativa en comento, realizando para ello diversas consultas con representantes de las Secretarías competentes en la materia, con base en las cuales los miembros de estas Comisiones Unidas elaboraron y presentaron a esta Honorable Asamblea el dictamen del caso, mismo que fue aprobado el 14 de diciembre de los corrientes y remitido al Senado de la República para el dictamen correspondiente.

De manera coincidente en el tiempo, el Senado de la República aprobó modificaciones mayores a la Ley del Servicio Exterior, a partir de la iniciativa que el titular del Ejecutivo envió a esa Cámara, con fecha 29 de Noviembre. Entre ellas, el Senado aprobó una modificación a la misma fracción X de su artículo 2, con lo cual se provocó que el mencionado artículo creciera de diez a doce fracciones.

Siendo las nuevas fracciones complementarias y materia del mismo dictamen, el Senado de la República remitió a la Cámara de Diputados el oficio No I-829 que contiene MINUTA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONA LA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO Y LA LEY FEDERAL DE DERECHOS, para los efectos de lo dispuesto por el inciso e) del Artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La presidencia de esta H. Cámara presentó al Pleno y aprobó la Ley del Servicio Exterior Mexicano con sus respectivas modificaciones, sin embargo la Ley Federal de Derechos respectiva no fue incluida.

Consideraciones de las Comisiones Unidas

De acuerdo a lo anterior, las que dictaminan reiteran que están conformes con el cambio correlativo de referencia en los artículos 20, 22 y 23 de la Ley Federal de Derechos y solicitan sea incluida en el próximo Período Ordinario de Sesiones.

En tal virtud, las que Dictaminan se permiten someter a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la aprobación del siguiente:

Decreto por el que se reforma la
Ley Federal de Derechos

Artículo Unico.- Se adiciona último párrafo al artículo 20; último párrafo al artículo 22 y último párrafo al artículo 23 de la Ley Federal de Derechos, para quedar de la siguiente forma:

"Artículo 20. .........

I a VIII. ......

Los derechos que se obtengan por concepto de las fracciones anteriores se destinarán a la integración del fondo a que se refiere la fracción XI del artículo 2º de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

...............

I a IV. ...........

Los derechos que se obtengan por concepto de las fracciones anteriores se destinarán a la integración del fondo a que se refiere la fracción XI del artículo 2º de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con excepción de los que sean prestados en territorio nacional.

Artículo 23. .......... I a VIII. .........

..........

Los derechos que se obtengan por concepto de las fracciones anteriores se destinarán a la integración del fondo a que se refiere la fracción XI del artículo 2º de la Ley del Servicio Exterior Mexicano."

Transitorio

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1º de enero de 2002, debiéndose fijar las reglas de operación por parte de las Dependencias competentes del Ejecutivo Federal.

Sala de Comisiones de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión.

Comisión de Relaciones Exteriores:

Diputados: Gustavo Carvajal Moreno, Presidente (rúbrica); Francisco Javier Sánchez Campuzano, secretario (rúbrica); Tarcisio Navarrete Montes de Oca, secretario (rúbrica); José Carlos Borunda Zaragoza, secretario (rúbrica); Erika Elizabeth Spezia Maldonado, secretaria (rúbrica); Sergio Acosta Salazar; Samuel Aguilar Solís, (rúbrica); Alberto Anaya Gutiérrez; Hilda Josefina Amalia Anderson Nevárez (rúbrica); Eduardo Arnal Palomera (rúbrica); Edilberto J. Buenfil Montalvo (rúbrica); Raúl Covarrubias Zavala; María Elena Chávez Palacios (rúbrica); Jorge Alejando Chávez Presa; Víctor Emanuel Díaz Palacios; Lucio Fernández González; Adrián Salvador Galarza González (rúbrica); Augusto Gómez Villanueva; Raúl Gracia Guzmán (rúbrica); Efrén Leyva Acevedo; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica); Miguel Angel Moreno Tello; José Luis Novales Arellano (rúbrica); Bernardo Pastrana Gómez (rúbrica); Ma. de los Angeles Sánchez Lira; Heidi Gertud Storsberg Montes (rúbrica); Emilio Ulloa Pérez; Eddie Varón Levy (rúbrica); José Socorro Velázquez Hernández; Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica); Gustavo Riojas Santana.
 

Comisión de Hacienda y Crédito Público:

Diputados: Aguilar Borrego, Enrique Alonso, PRI (rúbrica); Agundis Arias, Francisco, PVEM; Añorve Baños, Manuel, PRI; Araujo Sánchez, Enoch, PAN (rúbrica); Arizpe Jiménez, Miguel, PRI (rúbrica); Calderón Hinojosa, Felipe de Jesús, PAN; Castro López, Florentino, PRI (rúbrica); Chávez Presa, Jorge Alejandro, PRI; De la Madrid Cordero, Enrique Octavio, PRI; De Silva Ruiz, Francisco de Jesús, PAN (rúbrica); Fuentes Domínguez, Roberto Javier, PRI; Hernández Santillán, Julián, PAN (rúbrica); Hinojosa Aguerrevere, Diego Alonso, PAN (rúbrica); Hopkins Gámez, Guillermo, PRI (rúbrica); Levín Coppel, Oscar Guillermo, PRI (rúbrica); López Hernández, Rosalinda, PRD (rúbrica); Magallanes Rodríguez, José Antonio, PRD (rúbrica); Minjares Jiménez, José Manuel, PAN (rúbrica); Monraz Sustaita, César Alejandro, PAN (rúbrica); Narro Céspedes, José, PT (rúbrica); Pazos de la Torre, Luis Alberto, PAN; Ramírez Avila, Francisco Raúl, PAN (rúbrica); Riojas Santana, Gustavo, PSN (rúbrica); Rocha Díaz, Salvador, PRI; San Miguel Cantú, Arturo, PAN (rúbrica); Silva Beltrán, Reyes Antonio, PRI (rúbrica); Tamayo Herrera, Yadhira Ivette, PAN (rúbrica); Ugalde Montes, José Luis, PRI (rúbrica); Ulloa Pérez, Emilio, PRD (rúbrica); Yunes Zorrilla, José Francisco (rúbrica), PRI; Zepeda Berrelleza, Hugo Adriel, PAN (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE LE CONCEDE AUTORIZACION AL CIUDADANO VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA AUSENTARSE DEL TERRITORIO NACIONAL DEL 8 AL 9 DE MAYO DE 2002

Honorable Asamblea

A la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados, le fue turnado para su estudio y posterior elaboración de Dictamen, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por la que se concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 8 al 9 de mayo de 2002, a fin de que participe en el Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas para el seguimiento de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia y realizar una visita de trabajo a la Ciudad de Nueva York, en los Estados Unidos de América.

Los Diputados Federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 88 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 39 de la Ley Orgánica del Congreso General; 88 y 93 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y con base al análisis de la Iniciativa de Decreto presentada a ésta Comisión, sometemos a la consideración de la H. Asamblea el siguiente DICTAMEN:

Antecedentes

1. En sesión celebrada por ésta Cámara de Diputados el día 25 de abril de 2002, los CC. Secretarios de la misma dieron cuenta al Pleno de la iniciativa que se describe en el presente dictamen.

2. La Mesa Directiva acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores de ésta Cámara de Diputados".

3. Los Diputados integrantes de la Comisión de Relaciones Exteriores, emitieron el Dictamen.

Exposición de Motivos

En la Iniciativa a estudio se señala que el Presidente Vicente Fox solicita autorización para ausentarse del territorio nacional a fin de participar en el Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas para el Seguimiento de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, que tendrá lugar en la ciudad de Nueva York los días 8 y 9 de mayo del 2002.

La participación de México en el tema de la infancia es relevante, pues además de ser uno de los promotores de la convocatoria a la Cumbre Mundial está de acuerdo en la instrumentación de acciones, no sólo en el interior de nuestro país, sino también en coordinación con las naciones que conforman la comunidad internacional.

México fue uno de los seis países convocantes de esta Reunión Cumbre y uno de los primeros países en ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada en 1990 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Además, aprobó en diciembre del 2001 la adhesión de México a los dos Protocolos Facultativos a la Convención, relativos a la participación de niños en conflictos armados y a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Los instrumentos de ratificación de esos instrumentos fueron depositados ante la Secretaría General de la ONU en marzo de este año.

El Período Extraordinario de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la Infancia debió haberse celebrado del 19 al 21 de septiembre del 2001, pero fue pospuesto por decisión de la propia Asamblea General de las Naciones Unidas, luego de los trágicos acontecimientos del 11 de septiembre de ese año. Este Período Extraordinario tiene como propósito evaluar los logros y los obstáculos que existen a diez años de haberse celebrado la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, así como renovar el compromiso político de la comunidad internacional sobre la materia y adoptar un Plan de Acción para los años venideros.

La Declaración y el Plan de Acción Mundial que se adoptarán se orientarán a cuatro aspectos:

I) Creación de un Mundo que defienda los intereses de los niños;

II. Objetivos, estrategias y actividades (promoción de una vida sana, acceso a una educación de calidad, necesidad de proteger a los niños de los malos tratos, la explotación y la violencia y lucha contra el VIH/SIDA);

III) Movilización de recursos; y

IV) Actividades complementarias y seguimiento.

La Iniciativa presentada señala que el Presidente de la República, el Licenciado Vicente Fox Quesada en Nueva York pretende sostener una reunión con autoridades de la ciudad, en especial con el nuevo Alcalde, Michael Bloomberg, con quien promoverá los intereses de nuestros connacionales en aquella ciudad, afectados tras los trágicos atentados del 11 de septiembre pasado. También participará en una cena que ofrece el Consejo de las Américas, ocasión favorable para propiciar un nuevo dinamismo a los vínculos de México con esa organización particularmente influyente en los ámbitos político, económico y académico de Estados Unidos.

Por lo antes expuesto y, estimando que la presencia del Presidente de la República en estos compromisos resulta de importancia, proponemos a la asamblea la aprobación del siguiente:

Proyecto de Decreto

Artículo Único.- Se concede autorización al ciudadano Vicente Fox Quesada, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, para ausentarse del territorio nacional del 8 al 9 de mayo de 2002, a fin de que participe en el Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de la Naciones Unidas para el Seguimiento de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, y realizar una visita de trabajo a la ciudad de Nueva York, en los Estados Unidos de América.

Transitorio

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Comisión de Relaciones Exteriores:

Diputados: Gustavo Carvajal Moreno, Presidente (rúbrica); Francisco Javier Sánchez Campuzano, secretario; Tarcisio Navarrete Montes de Oca, secretario (rúbrica); José Carlos Borunda Zaragoza, secretario (rúbrica); Erika Elizabeth Spezia Maldonado, secretaria; Sergio Acosta Salazar; Samuel Aguilar Solís, (rúbrica en abstención); Alberto Anaya Gutiérrez; Hilda Josefina Amalia Anderson Nevárez (rúbrica); Eduardo Arnal Palomera (rúbrica); Edilberto J. Buenfil Montalvo (rúbrica); María Elena Chávez Palacios (rúbrica); Jorge Alejando Chávez Presa; Víctor Emanuel Díaz Palacios (rúbrica); Lucio Fernández González (rúbrica); Adrián Salvador Galarza González; Augusto Gómez Villanueva; Raúl Gracia Guzmán (rúbrica); Efrén Leyva Acevedo; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica); Miguel Angel Moreno Tello; José Luis Novales Arellano (rúbrica); Bernardo Pastrana Gómez (rúbrica); Ma. de los Angeles Sánchez Lira; Heidi Gertud Storsberg Montes (rúbrica); Emilio Ulloa Pérez (rúbrica); Eddie Varón Levy (rúbrica); José Socorro Velázquez Hernández; Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica); Gustavo Riojas Santana.
 
 
 

DE LA COMISIÓON DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL, INSTRUYA A LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, ESTABLEZCA LA VEDA DEL BORREGO CIMARRON, EN SU SUBESPECIE OVIS CANADENSIS CREMNOBATES EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, DE FORMA INMEDIATA Y POR TIEMPO INDEFINIDO

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para que el titular del Poder Ejecutivo Federal, instruya a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establezca la veda del borrego cimarrón, en su subespecie Ovis canadensis cremnobates en el Estado de Baja California, de forma inmediata y por tiempo indefinido, presentada por el C. Dip. Juvenal Vidrio Rodríguez, a nombre de integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 20 de marzo del año 2002.

Esta Comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 40, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 58, 60, 93 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente Punto de Acuerdo de conformidad con los siguientes:

I. Antecedentes

1. El día 20 de marzo del año 2002, ante el Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el C. Dip. Juvenal Vidrio Rodríguez presentó la Proposición con Punto de Acuerdo para que el titular del Poder Ejecutivo Federal, instruya a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establezca la veda del borrego cimarrón, en su subespecie Ovis canadensis cremnobates en el Estado de Baja California, de forma inmediata y por tiempo indefinido.

2. En 1986, la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) con base a estudios realizados a las poblaciones de Ovis canadensis cremnobates recomendó el establecimiento de una veda en forma inmediata y por tiempo indefinido.

3. En 1990, la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE), estableció la veda del aprovechamiento de la especie del borrego cimarrón en su subespecie cremnobates, para el estado de Baja California, vigente para la temporada 1990-1991.

4. En 1992, la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) realizó un estudio poblacional y de hábitat en un área de 900 km2, entre las sierras de Juárez, Tinajas y las Pintas, al norte del estado. Se contaron 120 individuos de borrego cimarrón con una densidad de ejemplares por kilómetro cuadrado, de 0.20 y 0.14 en verano y otoño respectivamente, aunque no se estimó el número de ejemplares para el resto del Estado.

5. De 1990 a 1996, se realizaron otros cuatro censos. Para 1998 y 1999, la entonces Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) otorgó permisos para cazar borrego cimarrón en la isla Tiburón.

6. En octubre de 1999, se realizó otro censo aéreo por iniciativa del Instituto Nacional de Ecología y del Gobierno del Estado, en éste participaron la Universidad Autónoma de Baja California, el Centro de Investigaciones Científicas y Estudios Superiores de Ensenada y a los ejidatarios que tienen UMA?s registradas. En este censo se revisaron las mismas áreas que habían sido censadas en años anteriores, y se observaron 282 ejemplares.

7. En febrero de 2000, la Dirección General de Vida Silvestre, entonces dependiente del Instituto Nacional de Ecología, publicó el proyecto para la conservación, manejo y aprovechamiento sustentable del borrego cimarrón (Ovis canadensis) en México.

8. El día 20 de marzo del año 2002, turnada la Proposición con Punto de Acuerdo para que el titular del Poder Ejecutivo Federal, instruya a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que establezca la veda del borrego cimarrón, en su subespecie Ovis canadensis cremnobates en el Estado de Baja California, de forma inmediata y por tiempo indefinido, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales procedió al análisis e investigación de su viabilidad técnica y jurídica para una mejor instrumentación de la política de conservación de la biodiversidad en nuestro país.

A partir de estos antecedentes, los miembros de la Comisión que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

II. Consideraciones

1. En primer lugar, para comprender el interés que motivó la propuesta formulada en el punto de acuerdo, es indispensable exponer las características particulares la especie Ovis canadensis cremnobates (Borrego cimarrón).

El borrego del desierto, o cimarrón, pertenece al orden de los artiodáctilos, familia de los bóvidos, (antílopes, bisontes, gacelas, ovejas, vacunos, etc.) la cual comprende 45 géneros y 124 especies. La comunidad científica reconoce siete subespecies basándose en la distribución geográfica y en medidas corporales, de éstas, tres subespecies se corresponden con el borrego de montaña y cuatro con el de desierto. En México se encuentran tres de las siete subespecies reconocidas, todas ellas se corresponden con la variedad del desierto:

El Borrego Cimarrón es un animal de tamaño relativamente grande (hasta 95 cm de altura a los hombros) y cuyo peso está entre los 60 y 140 kg en los machos adultos (de 33 a 90 kg en hembras). El color del pelaje del dorso es pardo (de pardo oscuro o grisáceo a pardo bronceado claro). Característicamente tienen el rostro de color muy claro, en contraste con la frente que es de color más oscuro, semejante al de los lados de la cabeza. El vientre es claro, al igual que el área cercana a la cola. Los cuernos de los machos tienen la base muy ancha y pueden dar una vuelta completa, pero sus puntas no se dirigen notoriamente hacia afuera. Las hembras tienen cuernos cortos y delgados.

2. Desde el punto de vista zoogeográfico, en América se le puede localizar al sur de la Columbia Británica y el suroeste de Alberta; al sur hasta Baja California, Sonora, Chihuahua y Coahuila. Las poblaciones de México (que son las protegidas por la CITES) se agrupan en tres subespecies: Ovis canadensis mexicana (O.c.mexicana) en Sonora; Ovis canadensis cremnobates (O.c.cremnobates) en el tercio superior de la Península de Baja California y Ovis canadensis weemsi (O.c.weemsis) en casi toda la mitad sur de la Península de Baja California.

3. Desde 1986, la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) realizó una evaluación en torno a la población existente de borrego cimarrón en Baja California, resultado de ella el avistamiento de tan sólo 180 ejemplares. Por esta razón, la UABC recomendó desde ese entonces el establecimiento de una veda inmediata y por tiempo indefinido.

4. Durante el periodo de 1990 a 1996, la UABC llevó a cabo la inspección de 900 km2 en 1992, encontrando solamente 140 ejemplares de borrego cimarrón, lo cual significa una densidad poblacional de tan sólo 0.15 borregos por km2, cifra menor a la registrada en 1986 cuando era de 0.50 borregos por km2. Un último censo, realizado arrojó el resultado de 0.006 borregos en un área de 10 mil km2 de tal manera que la población de borregos decreció significativamente.

5. En octubre de 1999, se realizó otro censo aéreo por iniciativa del Instituto Nacional de Ecología y del Gobierno del Estado, que reunió a los actores estatales interesados en la especie, la Universidad Autónoma de Baja California, el Centro de Investigaciones Científicas y Estudios Superiores de Ensenada y a los ejidatarios que tienen UMA registrada. En este censo se revisaron las mismas áreas que habían sido censadas en años anteriores, se emplearon 21.2 horas de vuelo y se observaron 282 ejemplares, con una densidad de 13.3 individuos por hora. La estimación a partir de estos datos brinda una población de 705 ejemplares, únicamente para las sierras y sitios censados. Esta información puede ser verificada en la siguiente tabla de datos:

6. A lo largo de la historia el aprovechamiento del borrego cimarrón se llevó acabo con fines alimenticios y religiosos, pero para finales del siglo XIX, también comenzó a explotase de forma creciente como trofeo de caza, actividad que continúa hasta el presente.

Además de lo mencionado, otras acciones humanas ponen en riesgo la sobre vivencia de la especie, éstas son la explosión demográfica y por ende, el incremento de las fronteras agropecuarias y urbanas fragmentaron, y deterioraron progresivamente el hábitat de esta especie; aunado a lo anterior, la introducción de especies exóticas, también amenaza la conservación de los hábitats y ecosistemas de esta especie, poniendo es peligro su existencia.

Como ejemplo de lo mencionado está la evidente fragmentación, aislamiento y apresurada reducción de las poblaciones, en los Estados de Coahuila, Nuevo León y Chihuahua ha desaparecido la subespecie Ovis canadensis mexicana.

Es sabido que la mengua en el número de especimenes y el aislamiento de las poblaciones provoca consanguinidad y endogamia, que termina por menoscabar la diversidad genética y poner en riesgo su viabilidad.

7. Salvo la protección en el apéndice II que la Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES) ofrece a las poblaciones mexicanas de Ovis canadiensis, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) no considera que la especie como tal se halle en peligro inminente.

El considerar a las poblaciones mexicanas de Ovis canadiensis dentro del apéndice II de la CITES implica suponer que no están necesariamente amenazadas de extinción pero que podrían llegar a estarlo de no tomar las medidas adecuadas.

8. El magno fundamento legal del presente Punto de Acuerdo se ubica en el párrafo tercero del precepto 27 constitucional, pues éste registra como derecho de la Nación, la regulación del aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación y el cuidado de su conservación.

9. También le dan sustento los artículos 15 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y 5° de la Ley General de Vida Silvestre. En el primer caso, es un precepto que se refiere a los principios generales que deben ser observados para la formulación y conducción de la política ambiental en nuestro país, en sus fracciones II y VII se precisa que los ecosistemas y sus elementos deben ser aprovechados de manera sostenible y compatible con su equilibrio e integridad y que el aprovechamiento de los recursos naturales renovables debe realizarse asegurando su diversidad y renovabilidad.

El apartado 5° de la Ley General de Vida Silvestre es concreto al expresar que "El objetivo de la política nacional en materia de vida silvestre y su hábitat, es su conservación mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de aprovechamiento sustentable, de modo que simultáneamente se logre mantener y promover la restauración de su diversidad e integridad, así como incrementar el bienestar de los habitantes del país.". Y en la fracción II, del mismo artículo, se exige a las autoridades advertir con medidas necesarias el mantenimiento de las condiciones que propician la evolución, viabilidad y continuidad de los ecosistemas, hábitats y poblaciones, y que bajo ninguna circunstancia la falta de certeza científica se podrá argumentar como justificación para evitar estas medidas.

10. Con lo relativo a la propuesta de establecer una veda total e indefinida, el artículo 81 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente reza que las vedas de flora y fauna silvestres tendrán como "?finalidad la preservación, repoblación, propagación, distribución, aclimatación o refugio de los especimenes, principalmente de aquellas especies? amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial.".

En este mismo sentido, en el artículo 71 de la Ley General de Vida Silvestre podemos encontrar que "Las vedas podrán establecerse, modificarse o levantarse a solicitud de las personas físicas o morales interesadas?", esta petición está sujeta a lo establecido por el reglamento de la Ley. Empero, el reglamento aludido no existe a la fecha.

11. Por otra parte, en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-2001, que entrará en vigor a partir del 5 de mayo del año en curso, se considera al borrego cimarrón como una especie sujeta a protección especial.

La protección especial es una categoría de riesgo, dada por el artículo 58 de la Ley General de Vida Silvestre, y se refiere a "Aquellas especies o poblaciones que podrían llegar a encontrarse amenazadas por factores que inciden negativamente en su viabilidad, por lo que se determina la necesidad de propiciar su recuperación y conservación o la recuperación y conservación de poblaciones de especies asociadas."

Lo anterior indica que los resultados de la evaluación de los criterios de la NOM-059-ECOL-2001 referentes a la amplitud de la distribución del taxón en México, el estado del hábitat con respecto al desarrollo de este taxón, su vulnerabilidad biológica intrínseca y el impacto de la actividad humana sobre éste, son tales que hacen necesaria la vigilancia del aprovechamiento y manejo de la especie y su población, para que se observe lo establecido en el artículo 87 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y en los artículos 85 y 87 y demás aplicables de la Ley General de Vida Silvestre.

12. Aún cuando la cacería deportiva en nuestro país, se considera un aprovechamiento extractivo sustentable -conforme a lo establecido en los preceptos 82 y 83 de la Ley General de Vida Silvestre- según la fracción III del artículo 3° de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, el aprovechamiento sustentable está definido como la utilización de los recursos naturales considerando su integridad funcional y capacidades de carga de los ecosistemas que conforman, por periodos indefinidos de tiempo. Ello supone que la cacería deportiva del borrego cimarrón, y de otras especies, no debe nunca de poner en riesgo la estructura y funcionalidad de las poblaciones y comunidades que conforman.

13. En el año 2000, el Proyecto para la conservación, manejo y aprovechamiento sustentable del borrego cimarrón, fue desarrollado por numerosas instituciones gubernamentales, académicas y civiles, que integrados en el Subcomité Técnico Consultivo para la Recuperación del Borrego Cimarrón participaron en la elaboración y revisión del mismo. Este documento establece las estrategias para integrar los mecanismos de financiamiento para la conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de la especie, la regionalización de las provincias naturales de manejo, y su articulación con el Sistema de Unidades para la Conservación, Manejo y Aprovechamiento Sustentable (SUMA), y con el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SINAP) así como, la creación de santuarios, la reintroducción de la especie y el manejo en criaderos.

14. En otro sentido, es necesario hacer saber que derivado de los linimientos para la caza deportiva en México 2001-2002, el calendario cinegético establece de noviembre a marzo, como las épocas hábiles autorizadas para el aprovechamiento cinegético del borrego cimarrón en los estados de Baja California Sur y Sonora.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta Comisión nos permitimos poner a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico. Se exhorta al Ejecutivo Federal, para que establezca una veda total y por tiempo indefinido para la especie Ovis canadensis cremnobates, hasta que no se tengan censos actualizados y estudios que demuestren que la especie se ha recuperado y está fuera de riesgo de extinguirse.

Sala de Comisiones, México, Distrito Federal a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil dos.

Diputados: Dip. Diego Cobo Terrazas, Presidente (rúbrica); Miguel Angel Gutiérrez Machado, secretario (rúbrica); Gustavo Lugo Espinoza, secretario; Jesús Garibay García, secretario (rúbrica); Jesús de la Rosa Godoy, secretario (rúbrica); Ramón Ponce Contreras (rúbrica); José María Tejeda Vázquez; Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica); Raúl Gracia Guzmán (rúbrica); Francisco Arano Montero (rúbrica); Sergio García Sepúlveda (rúbrica); Rómulo Garza Martínez (rúbrica); Carlos Pallares Bueno (rúbrica); Rafael Ramírez Agama; Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica); Miguel Angel Torrijos Mendoza (rúbrica); Librado Treviño Gutiérrez; José María Guillén Torres (rúbrica); Pedro Manterola Sainz; José Jacobo Nazar Morales (rúbrica); José Manuel Díaz Medina; Héctor Pineda Velásquez; Silvano Aureoles Conejo; Miguel Bortoloni Castillo; Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica); Jaime Rodríguez López; Albino Mendieta Cuapio; Julio Cesar Vidal Pérez; Vitálico Cándido Coheto Martínez (rúbrica); Raúl Efrén Sicilia Salgado (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES Y DE TURISMO, CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO AL PROYECTO DENOMINADO ESCALERA NAUTICA DEL MAR DE CORTES

Honorable Asamblea:

A las Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales les fue turnada para su análisis y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para que se realicen los estudios correspondientes de factibilidad en el proyecto denominado Escalera Náutica del Mar de Cortés, a fin de evitar con ello un impacto negativo en las zonas proyectadas para los puertos, y en el que se busque la participación de las comunidades interesadas, organizaciones sociales y diferentes sectores de gobierno local y federal, para concretar un proyecto apoyado por toda la sociedad mexicana, presentada por el Diputado Federal Diego Cobo Terrazas, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, párrafo 1; 45, párrafo 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los diversos numerales 60, 87, 88, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, estas Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados emiten el siguiente dictamen, al tenor de los antecedentes y consideraciones siguientes:

Antecedentes

1.- Con fecha 27 de marzo de 2001, el Diputado Federal Diego Cobo Terrazas, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó una Proposición con Punto de Acuerdo para que se realicen los estudios correspondientes de factibilidad en el proyecto denominado Escalera Náutica del Mar de Cortés, a fin de evitar con ello un impacto negativo en las zonas proyectadas para los puertos, y en el que se busque la participación de las comunidades interesadas, organizaciones sociales y diferentes sectores de gobierno local y federal, para concretar un proyecto apoyado por toda la sociedad mexicana

2.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 23, fracción f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, en esa misma fecha, acordó turnar la Proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa para su análisis y dictamen a las Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

3.- De igual forma y en la fecha señalada en el antecedente inmediato anterior, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, acordó turnar a estas Comisiones de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la intervención del Diputado Federal Jesús Garibay García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, relativa a que se cite a los titulares de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Dr. Víctor Lichtinger Wasman, y del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, Lic. John McCarthy, al seno de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados, para que amplíen la información sobre el proyecto Escalera Náutica y los probables daños ambientales a las áreas de reserva que han denunciado ciudadanos y grupos ambientalistas, y para que se acuerde conformar una Subcomisión de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados que se aboque al estudio de las implicaciones ambientales del citado proyecto; y a su vez se acordó incorporar a la proposición con Punto de Acuerdo presentada por el Diputado Federal Diego Cobo Terrazas, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, a fin de que se dictamine junto con ésta.

4.- Con el objeto de dar el debido seguimiento a la Proposición con Punto de Acuerdo que se dictamina, la Comisión de Turismo de la Honorable Cámara de Diputados solicitó al Lic. John McCarthy, Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, un informe detallado sobre el proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés, así como de los avances y resultados obtenidos a la fecha; la cual fue atendida a través del oficio número DG/01-065, fechado el 8 de mayo del año en curso, suscrito por el propio Lic. McCarthy, Director General de dicho Fideicomiso, y en el que nos proporciona un ejemplar del documento correspondiente a la "Primera Reunión de Seguimiento del Proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés", celebrada el pasado 3 de mayo en Teacapán, Sinaloa, en la cual se contó con la participación de gobernadores, presidentes municipales, funcionarios de los estados y municipios participantes en el proyecto, empresarios y representantes del sector académico y social.

5.- En términos de lo que disponen los artículos 39, párrafo 1; 45, párrafo 6, inciso f), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los diversos numerales 60, 87, 88, y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a estas Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la H. Cámara de Diputados corresponde emitir el presente dictamen; por lo que en base en lo expuesto en el presente capítulo de antecedentes, los integrantes de estas Comisiones Unidas formulamos los siguientes:

Considerandos

I.- Que, en síntesis, la Proposición con Punto de Acuerdo señala que el esfuerzo del Gobierno de México para impulsar el desarrollo portuario del país, no sólo se limita a los puertos comerciales, sino que también se ha planteado explotar el potencial del turismo náutico que es una ventaja competitiva en la zona noroeste del país, así como por el enorme potencial turístico que brinda la región del Mar de Cortés; que el proyecto de la Escalera Náutica del Mar de Cortés tiene como objetivo impulsar el turismo de veleros y yates privados, con la finalidad de captar divisas, generar empleos y desarrollar regionalmente la zona de la península de Baja California, Sonora y Sinaloa; proyecto que contempla la construcción de puertos de abrigo, un "puente terrestre" para el traslado de embarcaciones del Océano Pacífico al Mar de Cortés, rutas de internación para embarcaciones remolcables y aeródromos de apoyo, así como un sistema de abastecimiento de combustibles a todos los puertos; y que dichas obras concluirían en el año 2010, permitiendo la internación de 143,000 turistas náuticos.

No obstante lo anterior, el Diputado Federal Cobo Terrazas señala en la Proposición con Punto de Acuerdo en cuestión, que el proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés no está diseñado de manera integral, pues considera que únicamente involucrará el desarrollo de marinas y servicios complementarios, dejando para un segundo término el desarrollo sustentable de la región, al no establecerse en el proyecto la realización de estudios de impacto social y ecológico. Para ello, considera el Diputado Federal Cobo Terrazas, se debe tomar en cuenta la opinión de los pobladores de las regiones donde se piensa establecer estos puertos, y atender la situación de que algunos de los sitios proyectados se localizan en reservas naturales y de la biosfera, así como también en parques marinos; asimismo, señala, que si bien la oferta de marinas y servicios náuticos permitirán elevar la captación actual de turistas en ocho veces para el año 2010 y alcanzar un total de un millón de turistas náuticos anuales en ese año, el proyecto podría convertirse en un "elefante blanco", por la similitud del proyecto que se desarrolló en el Estado de California de los Estados Unidos de Norteamérica, el cual durante los años noventa, obtuvo resultados infinitamente inferiores, y que por tanto toda actividad turística en nuestro país se debe concretar con la participación de todos los niveles de gobierno, de las comunidades anfitrionas involucradas, en el que se cuide que los recursos no tengan un deterioro mayor por el desarrollo de dicha actividad, observando lo que establecen los artículos 28 y 35 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, cuando sea el caso, en cuanto al aprovechamiento, conservación y restauración de los recursos propios de la región.

Por su parte, la intervención del Diputado Federal Jesús Garibay García, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, dispone que en ocasión de la firma del Convenio para la Promoción y el Desarrollo Turístico de 2000, suscrito por la Secretaría de Turismo y el Gobierno del Estado de Baja California, se señaló que dicha entidad federativa representaba el 51% del total del turismo fronterizo, y que gracias a la inversión de la Secretaría del ramo y del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, se estaba llevando a cabo el proyecto Escalera Náutica, cuya inversión federal sería de 140 millones de pesos durante el año y con un financiamiento público a seis años, a partir del 2001, de 2 mil 211 millones de pesos.

Sin embargo, el Diputado Federal Jesús Garibay García señala que el desarrollo de este proyecto turístico puede causar daños ecológicos incalculables, pues, afirma, es conveniente recordar que tal región es un sitio que concentra el 40% de las áreas protegidas de México; que de acuerdo con el Director de Areas Naturales Protegidas de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se requiere una serie de acciones para atenuar su impacto ecológico en la zona de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, lugar en donde se encuentran las reservas de las Islas del Golfo, Nacional Bahía de Loreto, El Vizcaíno y el Alto Golfo, cuya conservación depende de dicha Secretaría de Estado, misma que también ha sostenido que, de entrada, se debe prohibir la construcción de infraestructura en las Islas del Golfo de California, debido a que son ecosistemas muy frágiles, además que se debe elaborar un diagnóstico sobre la capacidad de carga del Golfo de California, es decir, del número de embarcaciones que pueden navegar por él sin alterar el entorno, y, luego, supeditar el proyecto a dicho análisis.

De igual forma, el Diputado Federal Jesús Garibay García considera que, en términos de lo que señala la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, los desarrolladores de puertos turísticos deberán garantizar que alrededor de éstos existan áreas de preservación ecológica, a fin de evitar posibles surgimientos de manchas urbanas sin planeación. De igual forma, estima que la puesta en marcha de la Escalera Náutica del Mar de Cortés ha provocado ya el rechazo de diversos grupos ambientalistas, los que han señalado que el Mar de Cortés, "el acuario natural más grande del mundo" (sic) y el hábitat de ballenas, se verían irremediablemente dañados, y que, en suma, de no aclararse y discutirse los problemas planteados por los funcionarios de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y por los grupos ambientalistas, estaríamos frente a lo que ya se ha definido como la puesta en marcha de un proyecto "ecocida" en la península de Baja California.

En consideración de los elementos y manifestaciones anteriormente señalados, el Diputado Federal Jesús Garibay García manifiesta que el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática se suma al Punto de Acuerdo presentado por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, que también ha quedado precisado

II.- Que habiendo este órgano legislativo efectuado un análisis al caso, encontró que, en efecto, el Proyecto de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, creado por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), pretende detonar el crecimiento del turismo náutico como una de las ramas de más rápido crecimiento con relevancia mundial, y con ello, elevar la afluencia de turistas, la captación de divisas y la generación de empleos, el cual contribuirá -señala el proyecto- al mejoramiento social, al tiempo que aprovecha en forma racional los recursos naturales, tomando en cuenta los factores ambientales y contribuye a la conservación de la naturaleza.

En ese sentido, FONATUR sustenta y avala que el proyecto de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, pretende aprovechar la infraestructura ya existente para brindar una oferta mundial de servicios de apoyo náutico, carretero y aéreo, así como facilitar los aspectos administrativos y de seguridad que permitan la internación de embarcaciones turísticas a la región, abriendo oportunidad a la inversión y la captación de divisas.

En materia financiera, el proyecto señala que se iniciará con una inversión de 2,211 millones de pesos para el período 2001-2006, tendente a aprovechar el enorme potencial turístico que la región tiene respecto del mercado del suroeste de los Estados Unidos de Norte América, ya que en Estados de la Unión Americana como California, Oregon, Washington, Arizona, Nuevo México y aún Colorado, existen aproximadamente unas 52 mil embarcaciones de diversos tipos y tamaños que están en posibilidad de navegar en aguas mexicanas, pues hoy sólo recibimos ocho mil embarcaciones, de ellas, dos mil bajan por vía marítima y seis mil entran por la frontera en remolques.

En materia ambientalista, FONATUR señala que el proyecto en cuestión garantiza la protección de las Islas del Golfo y el Pacífico, las áreas naturales protegidas y la biodiversidad y, en las ciudades, previene el deterioro urbano, para lo cual expertos del Fideicomisio han realizado diversos estudios al respecto.

Con relación a la operación del mencionado desarrollo turístico, se destaca que el FONATUR y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) crearán un sistema de franquicias para, primero: garantizar altos estándares de calidad; segundo: tener un sistema de reservaciones; tercero: contar con condiciones de seguridad de clase mundial; y, como cuarto punto: hacer una promoción internacional especializada con el apoyo del Consejo de Promoción Turística de México. Es decir, que bajo una misma marca, se conservará la naturaleza, se integrará una amplia cadena de servicios e instalaciones náuticas, aéreas y turísticas, que permitirá una eficaz promoción internacional y la más alta calidad y excelencia en los servicios, así como se brindará seguridad al viajero, y se facilitará su internación al país mediante una sola ventanilla de acceso.

Dentro de este proceso de normatividad, se asienta que quien tenga la franquicia contará con promoción y publicidad nacional e internacional; seguro de cobertura total a personas, embarcaciones e instalaciones a un costo menor; asistencia técnica; manuales de operación e imagen; "marketing" y comercialización de productos y servicios; acceso a una red de proveedores de insumos, productos y servicios de auxilio y emergencia; supervisión y capacitación. También, se prevé que quien use la franquicia podrá organizar mejor su viaje y contará con un sistema de reservaciones para atraque en paraderos turísticos y marinas; traslado de embarcaciones a través del "puente terrestre"; reservaciones adicionales como campos de golf, pesca deportiva, cruceros, tours y otros; gestión migratoria, servicios de aduana, seguro de cobertura total para turistas, embarcaciones e instalaciones y todo tipo de información que pueda requerir el turista; permitiéndose, entonces, que el sistema de franquicias incorpore un amplio número de empresas, inversionistas y prestadores de servicios turísticos.

En materia de infraestructura, el Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, consistirá en el encadenamiento de 22 puertos de las costas de Sonora, Sinaloa y los dos Estados de la Península de Baja California. En consecuencia, cada puerto estará distante 120 millas náuticas, en promedio, uno de otro. En ellos se encontrarán servicios básicos a los navegantes, tales como atraque, suministro de combustible, avituallamiento, reparaciones menores, radiocomunicación, entretenimiento, marina seca, auxilio en casos de emergencia y alojamiento.

En el proyecto materia del presente dictamen, se integrarán los puertos turísticos de Ensenada, Cabo San Lucas, La Paz, Guaymas - San Carlos y Mazatlán, con San Carlos (en Baja California Sur), Puerto Loreto, Mulegé, Santa Rosalía, San Felipe, Puerto Peñasco, y Topolobampo; y se complementará con diez paradores ubicados en Cabo Colonet, Puerto Canoas, Santa Rosalillita, Bahía de Tortugas, Punta Abreojos, San Juanico, Bahía de los Angeles, San Luis Gonzaga, Bahía Kino y Altata. Asimismo, Santa Rosalillita, en el Pacífico, se unirá a Bahía de los Angeles, en el Mar de Cortés, mediante un "puente terrestre" para trasladar embarcaciones del océano al golfo, sin tener que navegar hasta el extremo sur de la península.

El proyecto destaca que otra importante obra de infraestructura será la red de 20 aeropuertos y aeródromos, así como un sistema de distribución de combustibles a lo largo de las costas del Océano Pacífico y del Mar de Cortés.

En suma, este órgano colegiado encontró que el Proyecto Turístico Escalera Náutica del Mar de Cortés, espera captar en los próximos 14 años 5 millones de turistas náuticos, generar divisas por 1,100 millones de dólares al año en promedio, desarrollar más de 20 mil nuevas posiciones de atraque en marinas turísticas, construir más de 10 mil cuartos de alojamiento con una inversión cercana a los 1,700 millones de dólares y crear alrededor de 50 mil empleos permanentes.

Asimismo, y de acuerdo a la información obtenida, estas Comisiones observaron que como resultado de la "Primera Reunión de Seguimiento del Proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés", celebrada el día 3 de mayo del año en curso en Teacapán, Sinaloa, y en la que estuvieron presentes gobernadores, presidentes municipales y diversos funcionarios de los Estados participantes, se aprecia que los avances y resultados obtenidos a la fecha tendrán como alcance el aprovechamiento ecológico de los recursos naturales; brindará nuevas oportunidades para el crecimiento económico, generación de empleos y educación; mejorará las condiciones de vida de las comunidades turísticas y pesqueras; establecerá medidas administrativas y fiscales para facilitar la internación de embarcaciones, equipos y turistas náuticos; brindará mayor seguridad en las vías de acceso marítimo y terrestre; y estimulará la inversión en marinas, hoteles, campos de golf, muelle de cruceros y servicios turísticos.

En la citada reunión, se informó que en lo que respecta a la inversión programada para los años 2001-2006, consistente en 2,211 millones de pesos, se acordó implementar un 38% de dicho presupuesto (851 millones de pesos) para infraestructura náutica, en los siguientes términos: 50 millones de pesos para el programa de manejo en islas, protección, vigilancia y aprovechamiento; 30 millones de pesos para estudios y proyectos; para adquisición de reservas territoriales, 235 millones de pesos; 361 millones para construcción de nuevos paradores náuticos; para complementación de instalaciones náuticas existentes, 82 millones de pesos; para promoción y publicidad, 80 millones; 10 millones de pesos para instrumentación de franquicia; y para gastos de operación y fiduciarios, 3 millones de pesos. El 62% del presupuesto programado (1,360 millones de pesos), se destinará de la siguiente forma: 1,264 millones para obras carreteras; y para mejoramiento de aeródromos, 96 millones de pesos, previéndose la posibilidad de obtener un crédito del Banco Interamericano de Desarrollo.

Con relación a lo avances obtenidos, el titular del Ejecutivo Federal atestiguó la firma del "Convenio Marco" que suscribieron el Gobierno Federal, los Gobiernos Estatales de Baja California, Baja California Sur, Sonora y Sinaloa, los Municipios involucrados y representantes de la iniciativa privada, para poner en marcha el proyecto turístico que nos ocupa, el cual une en un mismo objetivo a los gobiernos involucrados y las autoridades de 22 Municipios costeros, con las Secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Turismo (SECTUR), Comunicaciones y Transportes (SCT), Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Defensa, Marina, y Reforma Agraria, y con dependencias como Petróleos Mexicanos, el propio FONATUR, el Consejo de Promoción Turística de México, el Consejo Nacional Empresarial Turístico y la Asociación Mexicana de Marinas Náuticas. De igual forma, se creó el "Grupo de Trabajo del Proyecto Escalera Náutica", en la Comisión Ejecutiva de Turismo; se conformó también, el "Grupo de Trabajo Federal SEMARNAT-SECTUR-FONATUR"; y se suscribió un Convenio de Coordinación con el Estado de Sinaloa.

Debe considerarse también que dentro de los avances presentados, se analizaron esquemas comerciales y financieros, a fin de incorporar a empresarios privados.

En el caso de las reservas territoriales, el Gobierno del Estado de Baja California recibió en donación 5 hectáreas para el nuevo puerto de Santa Rosalillita; con la intervención del Gobierno del Estado de Sinaloa, la empresa Desarrollo Nuevo Altata, S.A. de C.V., donó 5 hectáreas a FONATUR para el nuevo puerto de abrigo; y se recibió una propuesta de asociación con inversionistas privados para desarrollar los paradores náuticos de Bahía de los Angeles y San Luis Gonzaga, en Baja California; el Gobierno del Estado de Sonora ofreció aportar un predio de 4 hectáreas en Bahía Kino; se gestionó con los Gobiernos Estatales y la Secretaría de la Reforma Agraria la adquisición (gratuita u onerosa en caso necesario) de predios en Cabo Colonet y Punta San Carlos, B.C., en Bahía de Tortugas, Punta Abreojos y San Juanico, Baja California Sur.

En otro sentido, se realizó un estudio de mercado del turismo náutico en el Suroeste de los Estados Unidos, tomando en cuenta la factibilidad para incorporar puertos existentes al Proyecto, criterios para el dimensionamiento de los paradores náuticos, y Proyecto ejecutivo del nuevo parador náutico en Santa Rosalillita, BC, estudio para la creación de una franquicia de la Escalera Náutica del Mar de Cortés.

En cuanto a las obras realizadas y por realizar, se destacó que en octubre del año 2000 se inició la construcción del "puente terrestre" entre Santa Rosalillita y Bahía de los Angeles, BC, para lo cual FONATUR transfirió recursos a SCT, y actualmente se encuentran suspendidos por falta de presupuesto y sujetas a la aprobación de la Manifestación de Impacto Ambiental; por lo que de contar con los recursos presupuestales y la autorización correspondientes, SCT estima su terminación en 18 meses.

Con relación a la creación de los Grupos de Trabajo, se crearon los de Estrategia General del Proyecto, y el de Seguimiento, Coordinación Institucional y Ejecución de Acciones en cada Estado. Los firmantes del "Convenio Marco", al cual se ha hecho alusión en este considerando, son los participantes en el primer grupo de trabajo, y como órgano rector del mismo, tiene como funciones principales la gestión de recursos presupuestales y crediticios; la coordinación de acciones de política turística, ambiental y social; y la promoción y difusión nacional e internacional, y para tal efecto sostendrán reuniones trimestrales. En el segundo grupo de trabajo participan el Gobierno del Estado involucrado, Municipios, Delegaciones Federales y FONATUR, teniendo como principales funciones la programación de acciones e inversiones; la obtención de reservas territoriales; proyectos ejecutivos y obras; y la instrumentación de la política ambiental y social, reuniéndose para tal efecto de manera bimestral.

Como estrategia ambiental, se realizó un diagnostico que tuvo como resultado el cuestionamiento por algunos grupos ambientalistas, la falta de información suficiente y oportuna sobre la sustentabilidad ambiental, el desconocimiento en general de los alcances del proyecto por los grupos ambientalistas y la comunidad, y riesgo de politización; para lo cual se han tomado las siguientes medidas ambientales: se acordó con SEMARNAT incorporar el proyecto al "Programa de Desarrollo Sustentable del Mar de Cortés", y cumplir con disposiciones de programas de manejo Valle de los Cirios, El Vizcaino, Parque Nacional Bahía de Loreto e Islas del Golfo; realizar las Manifestaciones de Impacto Ambiental de instalaciones náuticas e infraestructura regional; cumplir con las medidas de prevención, mitigación y compensación de impactos ambientales, a través de plantas de tratamientos de aguas, recolección y disposición de desechos sólidos, plantas desaladoras, monitoreo de la calidad de agua, e implementación de programas de atención de contingencias ambientales; monitoreo de embarcaciones en travesía mediante la franquicia y con tecnología de punta; regular visitas a las áreas naturales protegidas, en particular en las Islas del Golfo, en función de su capacidad de carga; y brindar información al turista sobre las disposiciones ambientales aplicables y sanciones.

Se han tomado asimismo como medidas sociales, la planeación urbana en localidades receptoras del proyecto; mejoramiento de servicios públicos e imagen de los pobladores; programas de vivienda y equipamiento básico; mejoramiento de infraestructura regional; generación de empleos y arraigo de población; capacitación para su incorporación al empleo generado; fomentar la creación de pequeñas y medianas empresas turísticas, en servicios complementarios; y la realización de programas de desarrollo comunitario.

Con el objeto de que la población en su conjunto conozca, apoye, participe y difunda los beneficios ambientales y sociales del proyecto turístico de Escalera Náutica del Mar de Cortés, los desarrolladores presentaron una propuesta de estrategia de comunicación, teniendo como objetivos el informar a la población, organizaciones sociales, conservacionistas, gremios, comunidad académica y medios de comunicación en qué consiste el proyecto; realizar campañas de promoción nacional e internacional con el apoyo del Consejo de Promoción Turística de México; informar oportunamente a líderes de opinión y medios de comunicación nacionales e internacionales; informar sistemáticamente a organizaciones conservacionistas locales e internacionales; incorporar a universidades e institutos de investigación locales como órganos de consulta; informar a líderes empresariales y sindicales; utilizar internet para difundir y recibir opiniones y recomendaciones; difundir cápsulas informativas en los medios de comunicación; realizar ruedas de prensa; publicitar anuncios en radio, periódicos, folletos y vialidades; celebrar concursos infantiles de carteles; realizar conferencias y documentales en escuelas y centros de reunión comunitaria; y distribuir recuerdos y motivos alusivos.

III.- Que del análisis obtenido, estas Comisiones Unidas consideran que si bien el Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés resulta ser un proyecto importante que tenderá invariablemente a impulsar una de las ramas turísticas de más dinámico crecimiento, como lo es el turismo náutico, y que el mismo posicionará a México en un lugar preponderante ante la alta competitividad internacional en este sector, permitiendo con ello elevar la afluencia de turistas, la captación de divisas y la generación de más y mejores empleos, contribuyendo también al mejoramiento social; este órgano legislativo que hoy dictamina coincide con la Proposición con Punto de Acuerdo que nos ocupa, así como también con la intervención relativa, en cuanto a que no se establece en el proyecto turístico, de manera clara y precisa, la realización de los estudios de impacto ambiental y social correspondientes, a través de la respectiva Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), que tenga como objetivo identificar los efectos que pueda causar el proyecto turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés sobre el medio ambiente, estimar la magnitud de tales efectos y prevenir los efectos sobre el medio y evitarlos o atenuarlos en caso que sea negativo, para así obtener la autorización de SEMARNAT.

De lo anterior, se determina que mediante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se establezcan las condiciones a las que se sujetará la realización de las obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente, en los términos que dispone el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), ya que de no hacerse así, el desarrollo del Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés podría ocasionar problemas de anarquía urbana y deterioro ambiental en los Municipios a los que se pretende incorporar al mencionado desarrollo turístico, y más en las Areas Naturales Protegidas en el Mar de Cortés, como lo son las reservas del las Islas del Golfo, Nacional Bahía de Loreto, El Vizcaíno y el Alto Golfo, y en sí la biodiversidad en su conjunto.

En efecto, este órgano colegiado considera que para el análisis de la propuesta vertida en el punto de acuerdo materia de presente dictamen legislativo, y tomando en consideración la magnitud del proyecto propuesto por FONATUR, así como las características generales de la región en que pretende insertarse, es necesario analizar de manera preventiva las posibles implicaciones del mismo, tomando como base la disposición rectora del desarrollo nacional, contenida en el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en específico en su párrafo tercero, que establece que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable, de manera que, entre otras cosas, los sectores público, social y privado concurran con responsabilidad social al desarrollo económico nacional.

En este sentido, aunque en el precepto constitucional citado se establece que bajo criterios de equidad social y productividad, se apoye a las empresas de los sectores social y privado de la economía, el párrafo sexto del mismo dispone también que los mismos deberán sujetarse a "las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente".

Con fundamento en lo anterior, para la realización del Proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés, es necesario llevar a cabo, de manera preventiva, un análisis completo de las implicaciones del mismo para el desarrollo integral y sustentable de la región del Mar de Cortés, considerando las características, actividades y expectativas particulares de cada región que puede ser impactada, y atendiendo no únicamente a los aspectos económicos o sociales del Proyecto desde la perspectiva del turismo, sino atendiendo a las actuales estructuras y organizaciones de trabajo, producción y explotación de los recursos naturales que tradicionalmente se han llevado a cabo en los diferentes Estados sedes del proyecto turístico mencionado.

De esta forma, para la realización de un proyecto turístico como el que se propone, debe necesariamente garantizarse la concurrencia de todos los sectores involucrados. En este punto, vale la pena mencionar que el mismo artículo 25 constitucional determina en su párrafo séptimo que el sector social está integrado por "ejidos, organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios".

Como un ejemplo de la importancia de la concurrencia de los sectores público, privado y social en el desarrollo de la Región del Mar de Cortés, puede citarse la situación de las diversas cooperativas pesqueras que tradicionalmente han constituido la principal fuente de sustento de comunidades enteras en Baja California Sur, que pueden ser directamente afectadas por un proyecto que sea excluyente o se realice sin considerar las características particulares de la economía y explotación de recursos naturales en las distintas zonas de los Estados que abarca la Escalera Náutica del Mar de Cortés.

Además, también por determinación del artículo 25 constitucional, la protección del medio ambiente deberá ser un elemento fundamental dentro del análisis sobre la factibilidad del proyecto turístico en estudio. Las implicaciones ecológicas de un proyecto de esta magnitud deben ser determinantes para resolver sobre su procedencia, ya que se relacionan directamente con la sustentabilidad del desarrollo de la Región del Mar de Cortés, y necesariamente se verán reflejadas en un ámbito de actividades y consecuencias que trascienden el turismo náutico, ya que, como se señala en el Punto de Acuerdo que origina este dictamen, el planteamiento del proyecto únicamente en términos del desarrollo de infraestructura náutica y servicios complementarios a la misma, no ofrece alternativas para el crecimiento equitativo y sustentable de la Región.

En el ámbito de la legislación secundaria aplicable a la Escalera Náutica del Mar de Cortés, en materia ambiental corresponde a SEMARNAT determinar la factibilidad del proyecto propuesto por FONATUR, concretamente mediante el procedimiento de evaluación del impacto ambiental de la totalidad de las obras y actividades tendentes al desarrollo del mismo, previstas en diversas fracciones del artículo 28 de la LGEEPA, como son la fracción I (vías generales de comunicación como carreteras, aeropuertos y aeródromos), IX (desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros), y X (obras y actividades en humedales, manglares, lagunas, ríos, lagos y esteros conectados con el mar, así como en sus litorales o zonas federales).

Derivado de lo anterior, la SEMARNAT deberá analizar la factibilidad del desarrollo progresivo de la Escalera Náutica del Mar de Cortés en base a la presentación de la MIA, que de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento de la LGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental deberá presentarse en modalidad regional, y dentro de un procedimiento de evaluación en el que las autoridades competentes lleven a cabo las gestiones necesarias para asegurar la presentación de toda la información necesaria para la evaluación integral de las obras y actividades planteadas, considerando los usos directos (estructurales), indirectos (funcionales) y futuros (opcionales) de los bienes ambientales involucrados.

En este inciso, es fundamental destacar en todo momento que el análisis que sobre la procedencia del Proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés se lleve a cabo, debe necesariamente resolver sobre la totalidad de las obras y actividades relativas a la construcción del mismo en sus diferentes etapas en un contexto integral, considerándose que, como lo establece el artículo 35 de la LGEEPA, dentro del procedimiento de la evaluación del impacto ambiental correspondiente se evalúen "los posibles efectos de dichas obras y actividades en el o los ecosistemas de que se trate, considerando el conjunto de los elementos que los conforman y no únicamente los recursos que, en su caso, serían sujetos de aprovechamiento o afectación".

Además de lo anterior, durante la evaluación del impacto ambiental del Plan Maestro de la Escalera Náutica del Mar de Cortés que se presente, así como de cada uno de sus componentes, específicamente debe atenderse también a la viabilidad del proyecto en relación con otros dos incisos primordiales: i) las posibilidades reales de crecimiento social y económico para la Región del Mar de Cortés; y, ii) los mecanismos para garantizar una inversión extranjera controlada.

Por otra parte, no debe dejar de soslayarse que hasta la fecha, la Región del Mar de Cortés no cuenta con un programa de ordenamiento ecológico del territorio, ya que únicamente existe un programa de ordenamiento ecológico local en el Estado de Baja California, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 8 de septiembre de 1995.

Tomando en consideración que de acuerdo a lo que dispone el numeral 3°, fracción XXIII de la LGEEPA, el objeto del ordenamiento ecológico del territorio es el de "regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos"; por lo que la ausencia de una planeación ambiental del territorio de la Región del Mar de Cortés, pone de manifiesto nuevamente la importancia de una evaluación preventiva e integral del impacto ambiental que la realización de un proyecto de la magnitud de la Escalera Náutica del Mar de Cortés puede causar en los ecosistemas de la zona.

En este sentido, la inducción de los usos de suelo y la regulación de las actividades productivas permitidas, así como el diagnóstico de las condiciones ambientales y análisis de las tendencias de deterioro de los ecosistemas terrestres y marinos de la Región del Mar de Cortés, debe considerarse una cuestión prioritaria frente a la presentación inminente del proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés. La planeación ambiental del territorio es un instrumento fundamental para garantizar el crecimiento integral y sustentable de la región, que permitiría además diseñar, mediante la adecuada regulación de las de las obras y actividades permitidas en cada sitio, una estrategia eficaz para garantizar la protección del medio marino que será permanentemente impactado durante la construcción y operación del proyecto en sus diferentes etapas.

En virtud de lo anterior, debe considerarse prioritario impulsar el diseño e implementación de un programa de ordenamiento ecológico regional en escala 1:100,000 del área de interés del Proyecto Escalera Náutica del Mar de Cortés.

También, dentro del proceso de evaluación que sobre la viabilidad del proyecto propuesto por FONATUR se lleve a cabo, la participación social debe considerarse un elemento fundamental para determinar su compatibilidad con las necesidades, expectativas y actividades de las diferentes comunidades que se verán involucradas en el mismo.

En este aspecto, independientemente de las consultas públicas que eventualmente lleguen a solicitarse por los miembros de las distintas comunidades establecidas en las zonas de influencia de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 34, fracción III de la LGEEPA, y en coordinación con las autoridades locales, pueden organizarse reuniones públicas de información en las que los promoventes del proyecto expliquen los aspectos técnicos ambientales de las obras y/o actividades planeadas, involucrando así realmente a las comunidades que se verán directamente relacionadas con el desarrollo de las mismas, y a las organizaciones sociales, y gobiernos federal y locales, sustentando además la legitimidad de la evaluación que la SEMARNAT lleve a cabo.

Finalmente, es también necesario señalar que la evaluación sobre la factibilidad de la Escalera Náutica del Mar de Cortés debe también determinarse a partir del análisis puntual del marco jurídico integral aplicable a la misma, dentro del que están, entre otras, las disposiciones contenidas en la Ley General de Bienes Nacionales; Ley de Aguas Nacionales; Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar; Ley de Puertos; Norma Oficial Mexicana NOM-059-ECOL-1994, que Determina las Especies y Subespecies de Flora y Fauna Silvestres Terrestres y Acuáticas en Peligro de Extinción, Amenazadas, Raras, y las Sujetas a Protección Especial y que establece las Especificaciones para su Protección.

Por consiguiente, estas Comisiones Unidas concluyen considerar procedente se exhorte a la Secretaría de Turismo, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, como desarrollador, al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, para que realicen los estudios correspondientes de factibilidad en el Proyecto Turístico denominado Escalera Náutica del Mar de Cortés, y se evite con ello un impacto social y ambiental negativo en las zonas proyectadas para los puertos, y se busque la participación de las comunidades interesadas, organizaciones sociales y diferentes sectores de los gobiernos local y federal, para sí concretar un proyecto apoyado por amplios sectores de la sociedad mexicana, pues no obstante que, como se ha señalado en el considerando inmediato anterior, se han tomado diversas medidas ambientales y sociales, como lo son las que SEMARNAT incorpore el proyecto al "Programa de Desarrollo Sustentable del Mar de Cortés", y cumplir con disposiciones de programas de manejo Valle de los Cirios, El Vizcaino, Parque Nacional Bahía de Loreto e Islas del Golfo; realizar las Manifestaciones de Impacto Ambiental de instalaciones náuticas e infraestructura regional; cumplir con las medidas de prevención, mitigación y compensación de impactos ambientales, a través de plantas de tratamientos de aguas, recolección y disposición de desechos sólidos, plantas desaladoras, monitoreo de la calidad de agua, e implementación de programas de atención de contingencias ambientales; monitoreo de embarcaciones en travesía mediante la franquicia y con tecnología de punta; regular visitas a las áreas naturales protegidas, en particular en las Islas del Golfo, en función de su capacidad de carga; y brindar información al turista sobre las disposiciones ambientales aplicables y sanciones; planeación urbana en localidades receptoras del proyecto; mejoramiento de servicios públicos e imagen de los pobladores; programas de vivienda y equipamiento básico; mejoramiento de infraestructura regional; generación de empleos y arraigo de población; capacitación para su incorporación al empleo generado; fomentar la creación de pequeñas y medianas empresas turísticas, en servicios complementarios; y la realización de programas de desarrollo comunitario, estas Comisiones Unidas consideran que no se establece en el proyecto turístico, de manera clara y precisa, la realización de los estudios de impacto ambiental y social correspondientes, a través de la respectiva MIA, que tenga como objetivo identificar los efectos que pueda causar el proyecto turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés sobre el medio ambiente, estimar la magnitud de tales efectos y prevenir los efectos sobre el medio y evitarlos o atenuarlos en caso que sea negativo.

Asimismo, estas Comisiones dictaminadoras consideran procedente que en términos de lo que disponen los artículos 93, párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 39, párrafo 3, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se cite al Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo y al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a fin de que ante el Pleno de las Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta H. Cámara de Diputados, amplíen la información sobre el Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, las medidas sociales que se han tomado y los probables daños ambientales que el desarrollo del proyecto pudiera ocasionar; de igual forma, para que informen sobre cómo se incorporará el proyecto turístico multicitado al "Programa de Desarrollo Sustentable del Mar de Cortés," y para que informen los avances realizados en los Grupos de Trabajo que para el efecto fueron creados.

Por último, este cuerpo colegiado considera procedente también instruir a la Subcomisión de Contaminación e Impacto Ambiental, de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que realice un estudio sobre las implicaciones ambientales del Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, considerándose procedente asimismo instruir a la Subcomisión de Turismo Alternativo, de la Comisión de Turismo, a que de un puntual seguimiento a los avances del desarrollo turístico en referencia; las cuales elaboraran los informes correspondientes a las actividades realizadas, que serán rendidos ante las Comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Turismo, respectivamente, de esta Honorable Cámara de Diputados, de cuyos resultados se tomen las medidas conducentes, siempre dentro del ámbito de sus competencias y facultades constitucionales.

Por lo anteriormente expuesto, los integrantes de las Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, se permiten someter a la consideración del Pleno de la Honorable Cámara de Diputados el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Se exhorta a la Secretaría de Turismo y al Fondo Nacional de Fomento al Turismo, para que realicen los estudios correspondientes de factibilidad en el Proyecto Turístico denominado Escalera Náutica del Mar de Cortés, mismos que deberán abarcar de manera global y específica la zona de influencia del proyecto dentro de los estados que pretende desarrollarse, y se evite con ello un impacto social y ambiental negativo en las zonas proyectadas para los puertos; y, se busque la participación de las comunidades interesadas, organizaciones sociales y diferentes sectores de los gobiernos local y federal, para así concretar un proyecto apoyado por amplios sectores de la sociedad mexicana.

SEGUNDO.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a llevar a cabo un exhaustivo procedimiento de evaluación de impacto ambiental del mencionado proyecto turístico, solicitando la información necesaria para realizar una evaluación integral del mismo, a partir del análisis de los estudios que al efecto se presenten.

TERCERO.- Cítese a comparecer al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, ante el Pleno de las Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a fin de que se sirva informar sobre las medidas sociales que se han tomado y los probables daños ambientales que el desarrollo del Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés pudiera ocasionar, de igual forma para que informe sobre cómo se incorporará este proyecto turístico al "Programa de Desarrollo Sustentable del Mar de Cortés", y para que informe los avances realizados en los Grupos de Trabajo que para el efecto fueron creados.

CUARTO.- Cítese a comparecer al Director General del Fondo Nacional de Fomento al Turismo, a fin de que ante el Pleno de las Comisiones Unidas de Turismo y de Medio Ambiente y Recursos Naturales de esta H. Cámara de Diputados, amplíe la información sobre el Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés, las medidas sociales que se hayan tomado y los probables daños ambientales que el desarrollo del proyecto pudiera ocasionar; y para que informe los avances realizados en los Grupos de Trabajo que para el efecto fueron creados.

QUINTO.- Se instruye a la Subcomisión de Contaminación e Impacto Ambiental, de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a que realice un estudio sobre las implicaciones ambientales del Proyecto Turístico de la Escalera Náutica del Mar de Cortés; así como también, se instruye a la Subcomisión de Turismo Alternativo, de la Comisión de Turismo, a que de un puntual seguimiento a los avances del desarrollo turístico en referencia.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a los once días del mes de diciembre de dos mil uno.

Por la Comisión de Turismo:

Diputados: Ernesto H. Rodríguez Escalona, PRI, Presidente (rúbrica); Jaime Arturo Larrazabal Bretón, PRI, secretario (rúbrica); Mercedes Hernández Rojas, PAN, secretaria (rúbrica); Luis Alberto Villarreal García, PAN, secretario (rúbrica); Rafael Servín Maldonado, PRD, secretario (rúbrica); Flor Añorve Ocampo, PRI (rúbrica); Edilberto Jesús Buenfil Montalvo, PRI (rúbrica); Salvador Cosío Gaona, PRI; Héctor Nemesio Esquiliano Solís, PRI (rúbrica); Ismael Estrada Colín, PRI (rúbrica); Jaime Hernández González, PRI (rúbrica); Jaime Mantecón Rojo, PRI (rúbrica); Enrique Martínez Orta Flores, PRI (rúbrica); José Manuel Quintanilla Rentería, PRI (rúbrica); Federico Granja Ricalde, PRI (rúbrica); Miguel Vega Pérez, PRI (rúbrica); Pablo de Jesús Arnaud Carreño, PAN; Roberto Eugenio Bueno Campos, PAN (rúbrica); Jesús Mario Garza Guevara, PAN (rúbrica); Victoria Ruth Sonia López Macías, PAN (rúbrica); José R. Mantilla y González de la Llave, PAN (rúbrica); María Cruz Martínez Colín, PAN (rúbrica); Clemente Padilla Silva, PAN (rúbrica); Dip. Esteban Sotelo Salgado, PAN (rúbrica); Fernando Ugalde Cardona, PAN (rúbrica); Víctor Hugo Círigo Vázquez, PRD (rúbrica); Elías Martínez Rufino, PRD (rúbrica); Juan Ignacio García Zalvidea, PVEM; Norma Patricia Riojas Santana, PSN.

Por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

Diputados: Diego Cobo Terrazas, PVEM, Presidente (rúbrica); Jesús de la Rosa Godoy, PRI, secretario (rúbrica); Gustavo Ligo Espinoza, PRI, secretario; Miguel Angel Gutiérrez Machado, PAN, secretario (rúbrica); Jesús Garibay García, PRD, secretario (rúbrica); Francisco Arano Montero, PAN (rúbrica); Miguel Bortolini Castillo, PRD (rúbrica); Cándido Coheto martínez Vitalico, PRI (rúbrica); Rosa Delia Cota Montaño, PT (rúbrica); José Manuel Díaz Medina, PRI; Sergio García Sepúlveda, PAN (rúbrica); Rómulo Garza Martínez, PAN (rúbrica); Raúl Gracia Guzmán, PAN (rúbrica); José María Guillén Torres, PRI (rúbrica); Pedro Manterola Sáinz, PRI; Albino Mendieta Cuapio, PRI; José Jacobo Nazar Morales, PRI (rúbrica); Juan Carlos Pallares Bueno, PAN (rúbrica); Héctor Pineda Velázquez, PRI (rúbrica); Ramón Ponce Contreras, PAN (rúbrica); Rafael Ramírez Agama; PAN; Rafael Ramírez Sánchez, PAN (rúbrica); Jaime Rodríguez López, PRI; Juan Carlos Sáinz Lozano, PAN (rúbrica); Raúl Efrén Sicilia Salgado, PRI (rúbrica); José María Tejeda Vázquez, PAN; Miguel Angel Torrijos Mendoza, PAN (rúbrica); Librado Treviño Gutiérrez, PRI; Julio César Vidal Pérez, PRI.
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CANCELE LOS PERMISOS DE CORTE DE ARBOLES, IMPLEMENTE PROGRAMAS QUE RESTABLEZCAN EL EQUILIBRIO DE LA FLORA Y FAUNA, Y SE FOMENTE LA CULTURA DE CONSERVACION DE LOS RECURSOS NATURALES EN LA REGION IZTAPOPO QUE ABARCA LOS ESTADOS DE PUEBLA, MEXICO Y MORELOS

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen, la Proposición con Punto de Acuerdo para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cancele los permisos de corte de árboles, implemente programas que restablezcan el equilibrio de la flora y fauna, y se fomente la cultura de conservación de los recursos naturales en la región Iztapopo que abarca los estados de Puebla, México y Morelos, presentada por el C. Dip. Víctor León Castañeda, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el día 30 de octubre del año 2001.

Esta Comisión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 40, y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 58, 60, 93 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente Punto de Acuerdo de conformidad con los siguientes:

I. Antecedentes

1. El día 30 de octubre del año 2001, ante el Pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, el C. Dip. Víctor León Castañeda presentó la Proposición con Punto de Acuerdo para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cancele los permisos de corte de árboles, implemente programas que restablezcan el equilibrio de la flora y fauna, y se fomente la cultura de conservación de los recursos naturales en la región Iztapopo que abarca los estados de Puebla, México y Morelos.

2. Esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales procedió al análisis de la Proposición con Punto de Acuerdo señalada, y a investigar su viabilidad técnica y jurídica para una mejor instrumentación de la política ambiental en nuestro país.

A partir de estos antecedentes, los miembros de la Comisión que suscriben el presente dictamen, exponemos las siguientes:

II. Consideraciones

1. En primer lugar, para comprender el interés que motivó la propuesta formulada en el punto de acuerdo, es indispensable exponer la las características particulares del Parque Nacional Izta-Popo, ya que a pesar de su pequeña extensión, es sumamente relevante desde el punto de vista fitogeográfico y botánico. Ello se debe a su ubicación dentro del Eje Neovolcánico Transversal, que incluye las montañas más altas de México, y el marcado gradiente atitudinal que presenta. La combinación de estos factores es propicia para el desarrollo de diversos tipos de vegetación que representan una riqueza florística importante.

En la comparación de las diferentes comunidades vegetales, los bosques de coníferas y encinos (altamente representados en los volcanes mencionados), son los biomas que tienen mayor número de especies. Otra comunidad muy importante por la abundancia de endemismos que se ubica en la zona, es la vegetación alpina.

Si consideramos el área de influencia del parque dentro de las cotas de los 2 500 a los 2 800 metros sobre el nivel del mar, tenemos otra de las comunidades vegetales importantes de nuestro país: el bosque mesófilo de montaña, que sólo se presenta en manchones discontinuos y en condiciones ambientales muy especiales. En estas comunidades se localizan tanto especies holárticas como neotropicales. Resultado de esta diversidad de comunidades, es que en la zona existe el 44.13% de las 2071 especies reconocidas para el Valle de México.

2. Aunado a lo anterior, desde el punto de vista zoogeográfico, el parque es un punto de contacto y de transición entre faunas neárticas y neotropicales. La historia evolutiva de la fauna en el Valle de México y por lo tanto de la Sierra Nevada donde se localiza el Parque Nacional Izta-Popo, ha tenido una influencia notable por las características fisiográficas propias. Esto se refleja en una alta diversidad de especies en la región que representan hasta el 30 por ciento del total de mamíferos existentes en el país.

Con respecto a la situación más específica de la Sierra Nevada, ésta contiene en sus ambientes naturales a casi la mitad de las especies que existen en la parte central del Eje Neovolcánico Transversal.

En cuanto a ornitofauna, la zona destaca por el alto número de especies residentes (75%) y porque funciona como un punto de transición de las rutas migratorias del Pacífico y del Golfo.

3. En concreto, la importancia de conservar la zona responde a las siguientes razones:

4. Desde el punto de vista ecológico, la zona representa una importante área de captación de agua, tanto para la cuenca del Valle de México como para la zona este del estado de Puebla que incluye la Cuenca Alta del Balsas. La vegetación que cubre las laderas de los volcanes aumenta significativamente la capacidad de retención de agua. Esto sucede, principalmente, porque la cubierta vegetal presenta obstáculos al escurrimiento superficial lo cual facilita la penetración del agua al suelo y subsuelo y evita, al mismo tiempo, la erosión de los suelos.

Como se puede apreciar, la utilidad en cuanto a los servicios ambientales del Parque Nacional Izta-Popo radica en la riqueza biológica y ecológica, que sin lugar a dudas debe ser estudiada más profundamente. También cabe destacar a los beneficios que generan sus procesos biogeoquímicos para el mantenimiento en el ciclo hidrológico y la absorción de contaminantes.

5. En otro sentido, el potencial recreativo del parque es muy elevado, como lo demuestra el estudio realizado en 1990 por Elizabeth Boo para el Fondo Mundial para la Vida Silvestre (WWF). En dicho estudio la autora destaca al montañismo y el alpinismo como atractivos importantes que motivan la afluencia de los visitantes. Así mismo, explica que los visitantes del parque, según su sondeo, lo encuentran atractivo desde los siguientes puntos de vista:

Si bien es ya tradicional el uso recreativo del parque, su potencial debe ser aprovechado totalmente y por lo tanto deberán diseñarse propuestas específicas para rescatar este beneficio. Otros elementos "potenciales" del área natural protegida es el ecoturismo y la educación ambiental. En ambos casos, se aprovechan las bellezas paisajísticas y la convivencia con la naturaleza como recurso para lograr importantes beneficios de conservación.

Por otro lado, se hace indispensable considerar los impactos socioculturales del turismo ecológico hacia las comunidades cercanas a las áreas protegidas, principalmente por la posibilidad de integrar a las poblaciones locales a esta actividad. Ello es muy importante debido a la cercanía de la zona metropolitana de la Ciudad de México. La gran afluencia de visitantes que acuden al parque con fines recreativos puede representar una importante fuente de ingresos. Para lograrlo hace falta diseñar las estrategias que canalicen adecuadamente estos ingresos.

A pesar de estos beneficios potenciales, sin la planeación adecuada resultará desfavorable que el parque se encuentre en una región forestal tan cercana a la Zona Metropolitana de la Ciudad de México. En esta ciudad se concentra la mayor parte de las actividades administrativas gubernamentales y es una de las zonas industriales más importantes del país.

6. Las principales actividades humanas que se llevan a cabo dentro de la zona se manifiestan en dos grandes procesos: la expansión urbana y la explotación agropecuaria y forestal. Cualquier esfuerzo de conservación del área debe considerar el control del crecimiento de los asentamientos humanos y la regulación y el reordenamiento de las actividades productivas. Todo lo anterior conceptual izado dentro de un programa de manejo integral de recursos naturales, que considere la conservación de los mismos y los valores culturales del parque, así como el desarrollo social regional.

7. La mancha urbana de la Zona Metropolitana de la Ciudad de México se está extendiendo tanto sobre la superficie forestal como sobre la agrícola, y existe un desplazamiento del área forestal por la apertura de nuevos terrenos a la agricultura y la tala. En el caso particular del Parque Nacional Izta-Popo, la superficie agrícola del área de influencia ha aumentado en casi 50% en los últimos 15 años (31,452 hectáreas, estimadas a partir de una imagen de satélite de 1990). Esto último ha provocado no sólo la disminución de la superficie forestal sino también su fragmentación. Es decir, la formación de "islas" de vegetación que afecta negativamente sobre todo a las poblaciones animales por la reducción de su hábitat real. En este sentido, el poder conservar un área natural protegida como el Parque Nacional Izta-Popo, permite amortiguar este efecto de fragmentación de hábitats.

8. Existen otras situaciones que influyen en la modificación de las condiciones óptimas para el desarrollo de las diferentes poblaciones vegetales y animales. Nos referimos a la presencia de plagas, los incendios y el pastoreo, la extracción clandestina de madera, el ocoteo, la extracción de pastos y suelo, y por último la cacería. Hay que considerar que dependiendo de la intensidad de estas actividades, pueden dar como resultado también la fragmentación del hábitat.

9. Históricamente, el primer esfuerzo por conservar el área de los volcanes Iztlaccíhuatl y Popocatépetl se realizó en 1929 con la creación de la reserva forestal de los bosques de las Haciendas de Zoquiapan en el Estado de México y la de Ixtlahuacan en Puebla.

10. Sin embargo, el reforzamiento legal para la protección de la región se da en octubre de 1939 cuando el entonces Presidente Lázaro Cárdenas decretó una expropiación para la creación del Parque Nacional de las Montañas Iztaccíhuatl y Popocatépetl, que abarcan parte de los estados de México, Puebla y Morelos, con un límite inferior en la cota de los 3 000 metros sobre el nivel del mar y una extensión de 59 913 hectáreas.

11. Después, el 11 de febrero de 1948 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación de los linderos del Parque, reduciendo la cota principal de los 3,000 metros sobre el nivel del mar a los 3 600 metros sobre el nivel del mar, dejando sin protección a una superficie considerable que según algunas estimaciones es de 37 350 hectáreas.

12. La procedencia legal de la Proposición con Punto de Acuerdo presentada, tiene sus bases en el párrafo tercero del artículo 27 constitucional; en éste se expresa la Nación regulará el "aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa?" y "?cuidar su conservación?", también dictará las medidas necesarias para "preservar y restaurar el equilibrio ecológico".

Además, del artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente se desprende el estatus de Área Natural Protegida del Parque y por lo tanto con base a la fracción II del artículo 3° del mismo precepto es considerada una "?zona del territorio nacional? en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o requieren ser preservadas y restauradas? "

La trascendencia de lo anterior radica en que con fundamento en el artículo 45 de la Ley en comento, las Áreas Naturales Protegidas tiene por objeto "Preservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas"; "Asegurar el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas y sus elementos" y "Generar, rescatar y divulgar conocimientos, prácticas y tecnologías, tradicionales o nuevas que permitan la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional";

Aunado a lo anterior, en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente encontramos al artículo 64 BIS 1, éste reza que la Federación, los Estados, los Municipios y el Distrito Federal, en el ámbito de sus competencias, pueden otorgar "?concesiones, permisos o autorizaciones para la realización de obras o actividades en las áreas naturales protegidas?". Y la Ley Forestal en sus artículos 11 y 12 sienta las bases para el aprovechamiento forestal por medio de la autorización de programas de aprovechamiento.

Por ello, con respecto a la petición del Punto de Acuerdo para retirar los permisos de tala, es necesario seguir los procedimientos jurídicos que se marcan en el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en su artículo 36, referente a las atribuciones de sus Delegaciones Federales descritas en la fracción IX inciso d. Para tal efecto es necesario contar con la información necesaria que funde el procedimiento.

13. Sujetar con éste estatus de conservación a los lugares que reúnan las condiciones para ello, tiene implicaciones en cuanto a las actividades que ahí se pueden realizar ya que el párrafo segundo del artículo 50 del precepto mencionado deja en claro que "En los parques nacionales solo podrá permitirse la realización de actividades relacionadas con la protección de sus recursos naturales, el incremento de su flora y fauna y en general, con la preservación de los ecosistemas y de sus elementos, así como con la investigación, recreación, turismo y educación ecológicos." Por ello, después de la modificación de los linderos del parque por el decreto del 48, se permiten otras actividades a las mencionadas por debajo de la cota de los 3 600, siendo la franja de los 3 000 a los 3 600 una zona de amortiguamiento del Área Natural Protegida.

14. La Proposición con Punto de Acuerdo expresa la necesidad de implementar medidas para conservar integralmente los recursos y beneficiar a las comunidades

El artículo 65 establece que en el plazo de una año a partir de la publicación de la declaratoria en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales formulará el programa de manejo. Además, el mentado artículo reza que para la formulación de dicho programa debe de darse "?participación a los habitantes, propietarios y poseedores de los predios?" incluidos en el Área Natural Protegida, así como a "?las demás dependencias competentes, los gobiernos estatales, municipales y del Distrito Federal, en su caso, así como a organizaciones sociales, públicas o privadas y demás partes interesadas"

Actualmente, la dirección del Área Natural Protegida está desarrollando el Programa Integral de Manejo de los Recursos Naturales del Parque Nacional Iztaccíhuatl- Popocatépetl y ha manifestado su interés de buscar consensos con los sectores involucrados para tener a la brevedad posible dicho programa. Es por ello que el Punto de Acuerdo está en el animo de contribuir a la mejor conformación del Programa.

15. Otro aspecto que considera la Proposición con Punto de Acuerdo es lo relacionado con la educación, capacitación y fomento de una cultura ambiental y forestal sustentable. Así, la fracción XV del artículo 5 de la Ley Forestal reza que es facultad de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales "Promover, en coordinación con las autoridades competentes, programas y proyectos de educación, capacitación, investigación, comunicación y difusión, orientados a la promoción de la cultura forestal."

Igualmente, en sus artículos 41 y 42 se determina claramente que es responsabilidad de la Secretaría de Medio Amiente y Recursos Naturales, así como de la Secretaría de Educación Pública y demás Dependencias de la Administración Pública Federal, coordinarse para llevar las siguientes acciones en materia de cultura forestal, educación y capacitación:

"Promover, coordinar y realizar campañas permanentes de difusión y eventos especiales orientados al logro de la participación de la sociedad en programas inherentes al desarrollo sostenido de la actividad forestal"

"Promover la actualización de los programas educativos en materia de conservación, protección, restauración y aprovechamientos forestales en el sistema educativo nacional, con el fin de que se fortalezca y fomente la cultura forestal"

"Propiciar la divulgación, el uso y reconocimiento de métodos y prácticas culturales tradicionales de aprovechamiento forestal sustentable"

"Promover programas de educación y capacitación para propietarios, poseedores y pobladores de regiones forestales, en materia de conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de recursos forestales, así como de prevención, control y combate de incendios o de plagas y enfermedades forestales"

16. La misma Ley Forestal en su artículo 28 da el mandato a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para supervisar, coordinar y ejecutar "? acciones para la prevención, combate y control de los incendios forestales?" y promover "?la asistencia, para dichos efectos, de las demás dependencias de a administración pública federal y, en su caso, de los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los Municipios?".

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta Comisión nos permitimos poner a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

PRIMERO. Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de celeridad a los trabajos requeridos para terminar el Programa Integral de Manejo de los Recursos Naturales del Parque Nacional Iztaccíhuatl- Popocatépetl.

SEGUNDO. Que en la formulación del Programa Integral de Manejo de los Recursos Naturales del Parque Nacional Iztaccíhuatl- Popocatépetl se incluya un componente para fomentar una cultura de conservación de los recursos naturales en los pobladores de la región y se diseñen las acciones necesarias para fomentar el ecoturismo, y planes para prevenir y mitigar incendios forestales.

TERCERO. Se exhorta a los Gobiernos de los estados de Morelos, Puebla y México para que participen de manera activa en la formulación del Programa Integral de Manejo de los

Recursos Naturales del Parque Nacional Iztaccíhuatl- Popocatépetl, y que en conjunto con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con participación de su órgano desconcentrado Comisión Nacional Forestal, diseñen un plan de financiamiento para la implantación de dicho programa.

CUARTO. Se exhorta a la Secretaría de Educación Pública y a la de Medio Ambiente y Recursos Naturales, coordinen trabajos con la finalidad de promover programas de educación y capacitación a los pobladores de la región Iztaccíhuatl- Popocatépetl, en materia de conservación, protección, restauración y aprovechamiento sustentable de recursos forestales, así como de prevención, control y combate de incendios o de plagas y enfermedades forestales. Y que dichos trabajos se integren al Programa de Manejo Integral para que sean de carácter permanente.

QUINTO. Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, envíe a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de esta H. Cámara, la información de la zona Iztaccíhuatl- Popocatépetl concerniente a las autorizaciones y los programas de aprovechamiento forestal autorizados, referidos en los preceptos 11 y 12 de la Ley Forestal, los datos de los aprovechamientos maderables del área mencionada, la información de la eficiencia en los mecanismos de auditoria para los programas de aprovechamiento, y los registros de los aserraderos y la industria maderera de la zona.

Sala de Comisiones, México, Distrito Federal a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil dos.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Diego Cobo Terrazas, Presidente (rúbrica); Miguel Angel Gutiérrez Machado, secretario; Gustavo Lugo Espinoza, secretario; Jesús Garibay García, secretario (rúbrica); Jesús de la Rosa Godoy, secretario (rúbrica); Ramón Ponce Contreras (rúbrica); José María Tejeda Vázquez; Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica); Raúl Gracia Guzmán (rúbrica); Francisco Arano Montero (rúbrica); Sergio García Sepúlveda (rúbrica); Rómulo Garza Martínez (rúbrica); Carlos Pallares Bueno (rúbrica); Rafael Ramírez Agama (rúbrica); Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica); Miguel Angel Torrijos Mendoza (rúbrica); Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica); José María Guillén Torres (rúbrica); Pedro Manterola Sainz; José Jacobo Nazar Morales (rúbrica); José Manuel Díaz Medina; Héctor Pineda Velásquez; Silvano Aureoles Conejo; Miguel Bortoloni Castillo; Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica); Jaime Rodríguez López; Albino Mendieta Cuapio; Julio Cesar Vidal Pérez; Vitálico Cándido Coheto Martínez (rúbrica); Raúl Efren Sicilia Salgado (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE SALUD Y DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LOS PROBLEMAS QUE GENERA LA EMPRESA MET-MEX PEÑOLES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

Honorable Asamblea:

A las Comisiones de Salud y de Medio Ambiente y Recursos Naturales correspondientes a la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, fueron turnados para su estudio y dictamen dos Propuestas de Punto de Acuerdo, presentadas el 23 de noviembre y el 7 de diciembre del año próximo pasado, por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, respectivamente, para que las Comisiones Unidas requieran a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y al Secretario de Salud para que informen sobre el problema de la contaminación que genera la empresa Met-Mex Peñoles, y asimismo que la SEMARNAP y la Secretaría de Salud se aboquen a resolver el grave problema de contaminación de plomo y salud pública en el municipio de Torreón, Coahuila.

Los integrantes de esas Comisiones Unidas, con fundamento en las atribuciones que le otorgan los artículos 39 numerales 1º y 3º; 43, 44 y 45 y demás relativos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, 56, 60, 87, 88, 89, 93 y 94 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de los miembros de esta Honorable Asamblea, el presente dictamen de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

1.- En sesiones ordinarias celebradas el 23 de noviembre y 7 de diciembre del año 2000, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y del Partido del Trabajo, con fundamento en el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentaron al pleno de la H. Cámara de Diputados, el Punto de Acuerdo, para que las Comisiones Unidas gestionen lo propio ante las autoridades competentes para resolver el grave problema de contaminación de plomo y salud pública en el municipio de Torreón.

2.- La presidencia de este H. Órgano Legislativo, con fundamento en el citado artículo 23 de su Ley Orgánica, turnó dicha iniciativa a las Comisiones Unidas, mismas que de manera independiente, analizaron y estudiaron la Iniciativa motivo del presente dictamen, para posteriormente cotejar resultados, unificar criterios y presentar, con apoyo en los artículos 39 numeral 1 y 40 numeral 1 de dicha Ley Orgánica, el presente documento.

3.- La Comisión de Salud, y la de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el marco de su Ley orgánica efectuaron diversas entrevistas y reuniones de trabajo en donde los diputados integrantes de las Juntas Directivas de las Comisiones de Medio Ambiente, así como de la Subcomisión de Medio Ambiente de la Comisión de Salud, se entrevistaron con ciudadanos afectados por la contaminación emitida por la Metalúrgica Met-Mex Peñoles, así como autoridades sanitarias y ambientales estatales y federales, académicos y funcionarios involucrados en la problemática de salud pública y contaminación en el Municipio de Torreón, Coahuila, a efecto de abocarse a la elaboración conjunta de un anteproyecto de dictamen.

Por lo expuesto y fundado, las Comisiones Unidas que dictaminan formulan las siguientes:

Consideraciones

En primer término las Comisiones Unidas vierten las consideraciones que sustentan los Puntos de Acuerdo del 23 de noviembre de 2000, así como del 7 de diciembre de los 2000 consistentes, entre otras:

A) Que en México, desde hace muchos lustros, se ha observado la contaminación ambiental por plomo y sus potenciales efectos nocivos a la salud.

B) Que la mitad del plomo que se produce se libera como contaminante.

C) Que la Empresa MET-MEX PEÑOLES, ubicada en Torreón, Coahuila, con más de 2018 empleados, genera con fines comerciales plata, oro, zinc, cobre, plomo y ácido sulfúrico, entre otros, en cuyo proceso se arrojan al medio ambiente cientos de toneladas de contaminantes, que afectan a los habitantes de 20 colonias.

D) Que los niveles de contaminación de plomo en sangre de los habitantes de 20 colonias aledañas a la minera, se encuentran muy por encima de los valores aceptados.

E) Que los cálculos realizados señalan que el número de personas que padece este problema es de alrededor de 65 mil, de los que destaca un grupo de niños menores de 12 años que presentan altos niveles de plomo en la sangre.

F) Que el plomo tiene efectos tóxicos en muchos órganos, sistemas y procesos fisiológicos. El aspecto de mayor gravedad es el desarrollo del sistema nervioso central.

G) Que existen normas oficiales mexicanas para medir la exposición de metales pesados, como el plomo, pero refieren categorías con niveles y rangos de permisibilidad mayores a los de la norma internacional, y acciones menos importantes de las que señala ésta.

H) Que es necesario que la empresa, con vigilancia de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, logre abatir las emisiones de plomo y provea de atención médica a los afectados por la contaminación, así como que se establezcan instrumentos para medir la calidad del aire, por lo cual resulta inaplazable la realización de un estudio para saber cuál es la afectación al ambiente por parte de la empresa; la instrumentación de un plan de contingencia ambiental, que contemple la reducción paulatina del nivel de operación de los procesos generadores de bióxido de azufre; la operación intensiva y sistemática de una red de aspersión de agua a los montículos de concentrados de plomo, y un precipitador electrostático.

I) Que es en extremo cuestionable que la Empresa MET-MEX PEÑOLES haya disminuido sus niveles de contaminación, y que las acciones de la Procuraduría de Protección al Medio Ambiente hayan tenido la eficacia requerida en esta particularidad; así pues, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México somete a la consideración el siguiente Punto de Acuerdo.

Derivado de las consideraciones antes mencionadas, se dictó y se turnó a las Comisiones de Salud y de Medio Ambiente y Recursos Naturales el siguiente Punto de Acuerdo:

ÚNICO.- Se instruye a las Comisiones de Salud y Medio Ambiente y Recursos Naturales, de esta Cámara de Diputados, para que requieran, por conducto de sus respectivas presidencias, en términos de los que establece la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, la información de los registros de morbilidad general infantil y mortalidad general, infantil, materna perinatal preescolar y escolar en los trabajadores y sus familias; resultados de la vigilancia epidemiológica, manifestaciones de Impacto Ambiental de las recientes ampliaciones de la planta, el Convenio de Concertación de Acciones que incluyó el Plan de Acción a realizar por parte de la empresa compuesto de 117 actividades, y cuales ha cumplido a la Secretaría de Salud y a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente respectivamente; y asimismo para que requieran la presencia ante las citadas Comisiones de esta Cámara de diputados; del C. Antonio Azuela de la Cueva, actual Titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; y del C. José Antonio González Fernández, Secretario de Salud; en términos de lo que establece el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 45 numeral 4º de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y el artículo 90 de su Reglamento para el Gobierno Interior.

Por otra parte, respecto al Punto de Acuerdo de fecha 7 de diciembre de 2000, estas Comisiones analizaron las consideraciones en que se sustenta, y cita, entre otras, las siguientes reflexiones:

A. Que recientemente se incorporó como derecho constitucional el de un medio ambiente adecuado y que este derecho subjetivo es incumplido, muestra de ello es la exacerbada contaminación causada por la Empresa Met-Mex Peñoles, en el Municipio de Torreón, Coahuila, generando de manera irracional elevados niveles de plomo y cadmio, entre otros contaminante dañinos para la salud de adultos y menores.

B. Que es necesario referir que la intoxicación por plomo que se hace patente en el Municipio de Torreón, es grave, provocando daños irreversibles en el sistema nervioso central y periférico, sobre todo en niños. Este metal se absorbe por ingestión o inhalación, y con altos niveles en sangre, puede provocar encefalopatía aguda e incluso la muerte.

C. Que es de vital importancia la construcción de una sociedad ecológica con una cultura preventiva en pro del medio ambiente, que evite la contaminación y el deterioro del ambiente.

D. Que en Torreón los valores aceptables de plomo en la sangre son elevados, y sobrepasan en mucho los valores permisibles en normas internacionales.

E. Que actualmente no existe una norma oficial vigente que establezca los criterios para determinar los niveles de concentración de plomo en sangre, y que el proyecto de Norma Oficial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de mayo del presente año, no es vigente.

F. Que los desatinos en la implementación de políticas públicas en las áreas de medio ambiente y salud pública, obstaculizan la aplicación de sanciones a las fuentes emisoras de contaminantes.

G. Que las intoxicaciones de las que son víctimas los habitantes de este municipio son provocadas por altas emisiones de plomo, y de otros contaminantes, tales como arsénico o cadmio.

H. Que es prioritario que la problemática que subsiste en el municipio de Torreón sea resuelta, pues la infancia en esa región es susceptible de tener daños irreversibles.

Derivado de lo anterior, se turnó a las Comisiones de Salud y de Medio Ambiente y Recursos Naturales el siguiente Punto de Acuerdo:

ARTÍCULO PRIMERO.- Que las Comisiones Ordinarias de Medio Ambiente y la de Salud en ejercicio de su facultad de control evaluatorio, establecida en el numeral 3 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se inste a las Secretarías de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, así como a la Secretaría de Salud, para que en conjunto inspeccionen, evalúen y en su caso sancionen a las fuentes generadoras de los altos índices de contaminación por residuos peligrosos, así como la emisión del plomo, arsénico y cadmio que provocan daños irreversibles en la salud pública, en el Municipio de Torreón, Coahuila.

ARTÍCULO SEGUNDO.- De igual manera estas Comisiones exhorten a las instancias correspondientes para que se agilice el procedimiento para la aprobación del proyecto de Norma Oficial Mexicana para establecer los criterios para determinar los niveles de concentración de plomo en la sangre, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de mayo del presente año. Asimismo que los Secretarios de la Administración Pública Federal competentes para dar solución al grave problema de contaminación ambiental y salud pública, comparezcan ante el pleno de las comisiones unidas referidas, para exponer las medidas que se implementarán, con el fin de erradicar los altos índices de emisión de contaminantes en Torreón, Coahuila.

I. El artículo 4º Constitucional, en su párrafo 5º, preceptúa que "Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar". Asimismo en el párrafo 7º del mismo artículo constitucional se establece que "Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Finalmente en los artículos 8º y 9º Constitucionales se observa que: "(?) El Estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos", "El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez"

II. Diversos estudios emitidos por las autoridades de Medio Ambiente y de Procuración de Protección al Ambiente, así como Autoridades Sanitarias del Estado de Coahuila han determinado que entre los principales impactos ambientales de las instalaciones de la Empresa Siderúrgica Met-Mex Peñoles, ubicada en la ciudad de Torreón, Coahuila; "están las emisiones de bióxido de azufre, y de partículas suspendidas con alto contenido de plomo, las cuales son las que han provocado el impacto más importante a la salud pública en las cercanías de la planta. Durante décadas, la falta de control fundamentalmente en el manejo de concentrados de plomo y el proceso de su fundición"1 dieron como resultado lo siguiente :

1. Hecho un muestreo más de los 10,000 niños menores de 12 años por los servicios de salud del Estado de Coahuila, residentes en los dos kilómetros a la redonda de la Siderúrgica Met Mex-Peñoles, en la Ciudad de Torreón, presentan intoxicación crónica y acumulativa en diferentes órganos de cuerpo humano2. Por lo menos por 5 elementos y sustancias químicas que son producidas por dicha empresa. (plomo, cadmio, arsénico, zinc y dióxido de azufre)

2. Entre los elementos y las sustancias químicas emitidas por la Empresa Met-Mex Peñoles y sus afectaciones en la salud pública, en especial de la población infantil antes referida se encuentran los siguientes:

A. Plomo.- los niveles de plomo en sangre en la población infantil antes referida, se elevan a mas de 10 microgramos por decilitro de sangre3, cuando para la Academia Norteamericana de Pediatría los daños en la salud se presentan desde el momento en que se acumulan mas de 2 microgramos por decilitro de sangre.

En cuanto la concentración y los depósitos en suelo de partículas4 emitidas por la planta con alto contenido de plomo (medidos en partes por millón (ppm)), así como los niveles aceptados como no dañinos a la salud en Canadá encontramos que la Agencia de Protección de Medio Ambiente tiene establecidos como máximo concentraciones de 500 ppm de plomo en suelo, mientras que en Estados Unidos la EPA ha determinado concentraciones hasta de 400 ppm de plomo en suelo. La Academia Norteamericana de Pediatría ha establecido que las áreas contaminadas donde habiten niños deben ser menores de 200 ppm de plomo en suelo. En la actualidad en la Ciudad de Torreón, Coahuila en un estudio realizado por la Universidad de Dartmouth5 (junio, 2000) en coordinación con la Universidad de Barcelona, tomando muestras en puntos específicos en los alrededores de la Planta de Met-Mex Peñoles, y utilizando un modelo de información satelital y de espectrofotometría reveló que los índices de plomo en suelo en una distancia de 2 Km a la redonda de la planta se encuentran entre (+ -)3500 ppm. Lo anterior implica de acuerdo a la regla de proporción "partes por millón" en suelo, con relación a niveles de sangre, es que 1000 ppm de plomo en suelo equivalen a 13 mcg/dl de plomo en sangre. Por lo que las concentraciones de plomo en la sangre de los habitantes de dicha área deben encontrarse en un rango entre (39-52) mcg de plomo su sangre.6

Lo anterior significa, según la Academia Norteamericana de Pediatría que "las personas que habitan en esta área están afectadas en todas las células y órganos corporales, en diferentes grados, en la medida de su intoxicación, pero que representa en daño neuropsicológico una pérdida de coeficiente intelectual (Integración acertada de ideas) de 16.5 a 22 + - 6 puntos en la evaluación de coeficiente intelectual".7 Cabe señalar que el daño en menores de 12 años se presenta en la conformación estructural nerviosa, y por lo tanto el daño es irreversible ocasionando que los niños por lo regular aunque asistan a escuelas de educación especial no logren acceder a estudios intermedios y superiores; reduciendo su capacidad y por lo tanto no rebasarán los conocimientos y el entrenamiento que se adquieren mas allá de la educación media.

B. Arsénico.- De 1,500 muestras realizadas por los servicios de salud del Estado a niños menores de 12 años, residentes de la zona aledaña a Met-Mex Peñoles y que presentaron niveles elevados de plomo en sangre (agosto 2000) el 25% (375 niños) mostraron niveles tóxicos de arsénico, en estudios realizados en orina de 24 hrs. con niveles por arriba de 100 mg8 y que se encuentran fuera de normatividad. Referente a las concentraciones de arsénico en suelos (ppm) la normatividad vigente recomienda que no deben excederse a mas de 200 ppm, ya que empieza a presentar efectos perjudiciales sobre la salud. Sin embargo en el muestreo realizado por el Laboratorio Ecología Industrial S.A. de C.V. el día 8 de febrero del 2000, ante Notario Público, se encontró que la media aritmética resultó en 290 ppm, lo cual corrobora la existencia de suelos contaminados, con los consecuentes riesgos a la salud ya referidos

C. Cadmio.- Según el muestreo realizado existe una incidencia en el 25.9% de los niños menores de 12 años que presenta niveles elevados de este elemento químico, según estudios realizados por el Dr. Gonzalo García Vargas (agosto, 2000)

D. Dióxido de azufre.- De acuerdo con los datos publicados por PROFEPA9 (septiembre, 1999) la empresa operaba dentro de los parámetros aceptados por la normatividad de dióxido de azufre debido a la aplicación de la Fase I del Plan de Contingencias, ya que antes de su instrumentación "la norma relativa a bióxido de azufre se violaba con mucha frecuencia y afectaba a la población de manera ostensible".10 Sin embargo para el mes de febrero del 2000 ya se había levantado la Fase I del Plan de Contingencias. Por otro lado para noviembre del 2000 no se habían logrado controlar las emisiones fugitivas, que de acuerdo con PROFEPA11 " las emisiones fugitivas son de difícil cuantificación, sin embargo se sabe que fueron las principales responsables de los impactos en el ambiente y la salud."12 (PROFEPA: noviembre 2000).

Cabe resaltar que a la fecha los habitantes aledaños a la planta siguen percibiendo el olor característico e irritable de la metalúrgica.

III. Hasta el 25 de junio de 1999 no existía una norma que determinara los niveles permisibles no dañinos a la salud de los seres humanos por concentraciones de plomo en sangre, por lo que dada la urgencia por el problema de salud pública que se presentaba en la población aledaña a la empresa Met-Mex Peñoles en Torreón, se emitió la Norma Oficial Mexicana de Emergencia (NOM-EM-004-SSA1-1999, Salud Ambiental. Criterios para la Determinación de los niveles de concentración de plomo en la sangre. Acciones para Proteger la Salud de la Población no expuesta por su ocupación. Métodos de Prueba, Diario Oficial de la Federación, 25 de junio de 1999) la cual estuvo vigente por un período de seis meses con la intención de elaborar y emitir el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-1999-SSA1-2000, Salud Ambiental. Criterios para la Determinación de los niveles de concentración de plomo en la sangre. Acciones para Proteger la Salud de la Población no expuesta por sus ocupaciones. Métodos de Prueba, Diario Oficial de la Federación, 30 de mayo del 2000.

Es importante resaltar que en dicho proyecto de norma en la sección segunda correspondiente a acciones básicas de protección a mayores de 15 años, en el rango de microgramos por decilitro de plomo (de 25 a 44 microgramos) la NOM oficial emergente indicaba que habiendo individuos con niveles de plomo en sangre entre 25 y 44 microgramos de plomo en sangre debería eliminarse la fuente de contaminación, (hecho concordante con la Academia Norteamericana de Pediatría y de la Agencia de Control de Enfermedades de Estados Unidos de América (CPDC 1991), en el nivel III correspondiente a 20-44 microgramos por decilitro de sangre). Sin embargo en el Proyecto de Norma Oficial Mexicana (199-SSA1-2000) dicha consideración se sustituye y se agrega: "la autoridad sanitaria debe identificar la o las fuentes de exposición y gestionar las medidas para su control y su eliminación". Lo anterior contraviene las disposiciones médicas clásicas, las cuales estipulan que ante tales concentraciones tóxicas de plomo en sangre la fuente contaminante de manera obligada debe eliminarse.

De emitirse el proyecto de norma oficial (199-SSA1-2000) dicha norma podría poner en riesgo la salud de millones de mexicanos ante una situación de emergencia epidemiológica potencial, como la que actualmente existe en Torreón y que ya fue corroborada por las instancias de salud municipal, estatal, federal y privadas. Estas Comisiones Dictaminadoras consideran que el mismo Proyecto de Norma se contradice debido a que si bien en la categoría I definida en el Proyecto, correspondiente a 10 mcg/dcl, refieren que no se debe establecer acción específica. Sin embargo en el mismo Proyecto en la parte correspondiente a la Introducción se hace referencia a textual: "que los estudios realizados en México en 1997 y 1999 respectivamente, existen daños a partir de 5mcg de plomo en sangre ocasionando una baja de peso de los niños al nacer (González y Cossio:1997) y un aumento en el riesgo de aborto a partir de 5 mcg/dcl sangre, aumentando un 13% por cada mcg/dcl sangre (Borja-Aburto 1999)".

Por lo anterior este Proyecto de Norma debe contemplar que el daño a la salud empieza antes de 5 mcg/dl de plomo en sangre (González y Cossio:1997; Borja-Aburto 1999), y debajo de 2 mcg/dcl de plomo en sangre, según la Academia Norteamericana de Pediatría, de tal manera que se prevengan los daños a la salud.

IV. Con el fin de conocer la problemática actual de contaminación y salud pública, las Comisiones Unidas, por conducto de la Comisión de Salud, el 18 de diciembre de 2000, solicitaron a la Secretaría de Salud información sobre el seguimiento y cumplimiento de las recomendaciones que esa Dependencia instruyó a la Secretaría de Salud de Coahuila, en torno a la problemática generada por la Empresa Met-Mex Peñoles, S.A. de C.V.; y con fecha 19 de diciembre de 2000, solicitaron al Secretario del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Procurador Federal de Protección al Ambiente, la información correspondiente a partir del 5 de julio de 2000 a la fecha, respecto a las medidas que quedaron pendientes en relación con el reporte denominado "Evolución Reciente de la Contaminación Generada por la Empresa Met-Mex Peñoles en Torreón", así como de cualquier otra información de importancia y trascendencia que juzgue pertinente en torno del presente asunto.

Por lo anterior, las Comisiones que dictaminan consideran que la grave problemática de salud pública en Torreón, Coahuila, es generada por la emisión de contaminantes de la Empresa Met-Mex Peñoles, que requiere con urgencia de atención médica y de la reubicación de personas afectadas, es un problema de fondo, motivo por el cual es necesario que los Secretarios de Salud, Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como el Procurador Federal de Protección al Ambiente, comparezcan ante el Pleno de las mismas y rindan informe pormenorizado y actualizado del presente asunto, en el que den a conocer la evaluación de las acciones y/o medidas instrumentadas hasta el momento en sus respectivos ámbitos de competencia, con el objeto de determinar las soluciones al grave problema que se analiza en el presente documento, para minimizar y erradicar los altos índices de emisión de contaminantes y por otra parte, apoyar y brindar atención médica suficiente y oportuna a la población afectada.

Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos 45 numeral 6, incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, 87 y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de las Comisiones de Salud y Medio Ambiente y Recursos Naturales emiten los siguientes:

Resolutivos

PRIMERO: Ténganse por dictaminados los Puntos de Acuerdo de referencia, en los términos del presente documento.

SEGUNDO: Se requiere la comparecencia del Secretario de Salud, del Secretario del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y del Procurador Federal de Protección al Ambiente, en los términos solicitados en los puntos de acuerdo.

TERCERO: Se solicita de los funcionarios antes citados, informen acerca de los daños a la salud y al medio ambiente que se han provocado, así como las medidas adoptadas para la restauración de la salud de los ciudadanos y del medio ambiente.

CUARTO: Solicitar a los funcionarios compromisos a corto plazo, con el fin de solucionar el problema de contaminación y salud pública, generados por la empresa Met-Mex Peñoles, S.A. de C.V.

QUINTO.- Que las autoridades correspondientes, así como la empresa responsable proporcionen los recursos necesarios para resarcir los daños tanto a la salud de los ciudadanos como del medio ambiente, provocados en la población de Torreón por el cúmulo de contaminantes emitidos por la Empresa Met-Mex Peñoles. Éstas acciones deberán iniciarse a más tardar a los 60 días contados a partir del día que esta soberanía notifique su resolución.

Los resultados y los procesos de dichas acciones serán vigilados directamente por la H. Cámara de Diputados con la participación de académicos e investigadores con amplia experiencia al respecto.

Así lo acordaron y firmaron los diputados que integran estas Comisiones

Comisión de Salud:

Diputados: Ma. Eugenia Galván Antillón, Presidenta (rúbrica); Eduardo A. Leines Barrera, Secretario (rúbrica); Rafael Orozco Martínez, Secretario (rúbrica); Adela del C. Graniel Campos, Secretaria; Héctor Esquiliano Solís, Secretario; Samuel Aguilar Solís; Juan Alcocer Flores (rúbrica); Francisco J. Cantú Torres (rúbrica); Celia Martínez Bárcenas (rúbrica); María L. A. Domínguez Ramírez; Neftalí S. Escobedo Zoletto; María de las Nieves García Fernández; Federico Granja Ricalde (rúbrica); Policarpo Infante Fierro (rúbrica); Arturo León Lerma (rúbrica); Francisco S. López Brito (rúbrica); Santiago López Hernández; Enrique Meléndez Pérez; Magdalena Nuñez Monreal; Felipe Olvera Nieto; Manuel Wistano Orozco Garza (rúbrica); Julieta Prieto Fuhrken; Víctor Antonio García Dávila (rúbrica); Pedro Miguel Rosaldo Salazar (rúbrica); Luis Miguel Santibáñez García (rúbrica); Ernesto Saro Boardman; Olga M. Uriarte Rico; Carlos A. Valenzuela Cabrales (rúbrica); José S. Velázquez Hernández; Juvenal Vidrio Rodríguez (rúbrica).

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales:

Diputados: Diego Cobo Terrazas, PVEM, Presidente (rúbrica); Miguel Angel Gutiérrez Machado, PAN, secretario (rúbrica); Gustavo Ligo Espinoza, PRI, secretario (rúbrica); Jesús Garibay García, PRD, secretario; Jesús de la Rosa Godoy, PRI, secretario (rúbrica); Raúl Gracia Guzmán, PAN (rúbrica); Ramón Ponce Contreras, PAN; Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica), PAN; José María Tejeda Vázquez, PAN; Francisco Arano Montero, PAN (rúbrica); Sergio García Sepúlveda, PAN (rúbrica); Rómulo Garza Martínez, PAN (rúbrica); Juan Carlos Pallares Bueno, PAN (rúbrica); Rafael Ramírez Agama; PAN; Rafael Ramírez Sánchez, PAN (rúbrica); Miguel Angel Torrijos Mendoza, PAN (rúbrica); Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica), PRI; José María Guillén Torres, PRI (rúbrica); Pedro Manterola Sáinz, PRI; ; José Jacobo Nazar Morales, PRI; José Manuel Díaz Medina, PRI; Héctor Pineda Velázquez, PRI (rúbrica); Silvano Aureoles Conejo, PRD; Miguel Bortolini Castillo, PRD; Rosa Delia Cota Montaño, PT; Jaime Rodríguez López, PRI; Albino Mendieta Cuapio (rúbrica), PRI; Julio César Vidal Pérez, PRI; Vitálico Cándido Coheto Martínez, PRI; Raúl Efrén Sicilia Salgado, PRI.

Bibliografía Consultada

Estas Comisiones citan algunos de los documentos e informes que sirvieron de apoyo para tener un conocimiento más amplio en cuanto a la problemática planteada en los puntos de acuerdo que se dictaminan, y son los siguientes:

Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-004-SSA 1-1999, Salud Ambiental.

Criterios para la determinación de los niveles de concentración de plomo en la sangre.

Acciones emprendidas por la Profepa en el caso de la "Empresa Met-Mex Peñoles, en Torreón", presentada por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (febrero 2000).
Anotaciones críticas al documento "Evolución reciente de la contaminación atmosférica generada por la empresa Met-Mex Peñoles, en Torreón, suscrita por el Dr. Francisco Valdés Pérezgasga, en defensa del Ambiente, A.C. Torreón, Coahuila (febrero 2000).
Solicitud de intervención en el caso "Contaminación generada por la empresa Met-Mex Peñoles", y por la ausencia de normas mexicanas de emergencia que impactan la Salud Pública, firmada por el Dr. José Manuel Velasco Gutiérrez, pediatra (7 de abril de 2000).
Información de SEMARNAP, PROFEPA, "Contaminación por plomo en la Ciudad de Torreón, Coahuila" (abril de 2000).
"Revisión del Caso de Contaminación por Plomo en Torreón" (17 de mayo de 2000), documento de la Secretaría de Salud.
"Evaluación de Riesgo, Niveles de Plomo en Sangre en Niños de la Ciudad de Torreón, Coahuila (16 de abril de 1999).
Documentación proporcionada por el Dr. Víctor Sergio Rodríguez Camacho a estas comisiones.
Carpeta Negra I. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, LVIII Legislatura. (Auditoria Ambiental: Evolución de la Contaminación atmosférica generada por Met-Mex Peñoles, Peñoles; Oficios en general).
Carpeta Negra II. Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, LVIII Legislatura. (Información en general).
SEMARNAP-PROFEPA, Met-Mex Peñoles y el plomo en Torreón: Acciones de la Profepa de 1999 a 2000, Profepa, México D.F., 2000.
SEMARNAP-PROFEPA, Carpeta blanca PEÑOLES: Acciones Emprendidas por la PROFEPA en el Caso de la Empresa Met-Mex Peñoles en Torreón, Oficios e información en general. 1999-2000.
Secretaría de Salud, Subsecretaria de Regulación y Fomento Sanitario, Dirección General de Salud Ambiental, Met-Mex Peñoles, Torreón Coahuila, México 1999 (incluye tarjetas informativas: 23 de junio 1999).
Estado de Coahuila de Zaragoza, SSA. Coahuila: Exposición crónica al plomo: La experiencia de Coahuila, Saltillo, 2000.
Instituto de Salud, Ambiente y Trabajo, Situación y Manejo del Plomo: apuntes adicionales.
Departamento de Salud Humana y Servicios de los E.U.A.; Servicio de Salud Pública, Agencia para las Sustancias tóxicas y el Registro de Enfermedades(Traducción de la M. en C. Ana Rosa Moreno y Dr. Fernando Díaz Barriga), Evaluación de Riesgos en Salud por la Exposición a Residuos Peligrosos, Atlanta, Georgia, marzo 1992.
Met-Mex Peñoles, S.A. de C.V. Una empresa comprometida con el medio ambiente y la comunidad, (Panfleto informativo).

Notas:

1 SEMARNAP, PROFEPA, "Met-Mex Peñoles y el Plomo en Torreón, Acciones de la Profepa de 1999 a 2000", México, 2000)
2 En cuanto al plomo (Pb) éste se deposita principalmente en hueso, y una vez que el organismo madura el período de eliminación hacia la sangre es de 33 años, lo que lo hace particularmente dañino pues puede depositarse en otras vías de eliminación como son riñón e hígado.
3 Según reportes de la SSA. y el Gobierno de Coahuila, (Exposición Crónica al Plomo, "La experiencia de Coahuila", 1 de noviembre del 2000), la zona de impacto por las actividades y emisiones contaminantes de la empresa Met Mex Peñoles afecta a 26 colonias, compuesta por 692 manzanas; 12,184 familias y aproximadamente 60, 000 habitantes.
4 Las dificultades para llevar a cabo un diagnóstico clínico por interrogatorio y/o exploración para identificar la posibilidad de intoxicación por plomo, se encuentran en el hecho de que este metal no es perceptible ni por el gusto, la vista, el oído, el tacto ni el olfato de ahí que no sea posible establecer una correlación directa entre signos-síntomas y la intoxicación por plomo. De lo anterior surge la necesidad de solicitar que niños menores de 12 años y mujeres embarazadas lleven a cabo estudios de niveles de concentración de plomo en sangre, como se vienen realizando por ley en los Estados Unidos de Norteamérica desde 1976.
5 Información proporcionada por el Dr. Francisco Valdez Perezgasga (noviembre, 2000)
6 Según datos proporcionados por el Dr. Gustavo Olaiz Fernández el día 31 de mayo de 1999, en el oficio 5156 de la SSA dirigido al Subprocurador de Verificación Industrial de PROFEPA Ing. Alfredo Fuad David Gidi.
7 The American Academy of Pediatrics, "Lead poisoning: From screening to primary prevention", en. Pediatrics (1SSN oo314005), Committee on Environmental Health, 1992-1993, National Institute of Environmental Health Sciences, 1993.

Hasta la fecha (1º de diciembre, 2000) no han recibido respuesta por escrito de las autoridades correspondientes, así como el hecho de que la norma correspondiente no ha entrado en vigor.

8 Fuente: Toxicólogo Dr. Gonzalo García Vargas.
9 en el reporte "Evolución de la Contaminación Atmosférica generada por Met-Mex Peñoles"
10 op cit, "Met-Mex Peñoles y el Plomo en Torreón, Acciones de la Profepa de 1999 a 2000", México, 2000
11 ib dem "Evolución de la Contaminación (...) Met-Mex Peñoles" p. 5
12 op cit "Met-Mex Peñoles y el Plomo en Torreón (...)" p. 14
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA ESTABLECER MEDIDAS DE PROTECCION COORDINADAS CON LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS DE MEXICO Y MICHOACAN, PARA SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LA MARIPOSA MONARCA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales correspondiente a la LVIII legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, fue turnada para su dictaminación, la proposición con punto de acuerdo relativo a: "exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a establecer medidas de protección coordinada con los Gobiernos de los Estados de México y Michoacán, para salvaguardar la integridad de la mariposa Monarca".

La Presidencia de este H. Organo Legislativo, con fundamento en el artículo 23, fracción f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, turnó a esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales dicha proposición, la cual fue analizada y dichos elementos tomados en cuenta para la elaboración del presente documento.

Con fundamento en los artículos 39 y 45 fracción f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 87,88 y 89 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión se abocó al estudio y análisis de la propuesta con Punto de Acuerdo motivo del presente estudio, labor de la que se da cuenta, de acuerdo con los siguientes:

Antecedentes

En sesión celebrada el día 21 de noviembre del 2001 en la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la Diputada María Teresa Campoy Ruy Sánchez a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó proposición con Punto de Acuerdo, "para exhortar a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales a establecer medidas de protección coordinada con los Gobiernos de los Estados de México y Michoacán, para salvaguardar la integridad de la Mariposa Monarca".

En el cual se exhorta:

PRIMERO: A la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Poder Ejecutivo Federal a establecer medidas de protección coordinadas con los Gobiernos del Estado de México y Michoacán, que permitan salvaguardar la integridad de la mariposa Monarca en su próximo arribo.

Así como, establezca medidas de contingencia en los próximos meses en las zonas núcleos de la mariposa monarca con el fin de proteger las zonas de hibernación de la mariposa monarca, y declare en esta próxima temporada zona emergente de amortiguamiento de la mariposa monarca. Estableciendo como mínimo un guardabosques por cada diez visitantes que acudan en esta próxima temporada de hibernación.

SEGUNDO: Que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del Poder Ejecutivo Federal establezca casetas de vigilancia mucho antes de las zonas de amortiguamiento que permitan orientar a la población sobre el comportamiento y las medidas que se deberán adoptar en el área.

Así mismo, que la Secretaría asuma su responsabilidad de proteger el medio ambiente y promueva una mayor vigilancia aérea y terrestre que permita salvaguardar la integridad de la zona con apoyo de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, o solicite la ayuda a la Secretaría de la Defensa Nacional.

Por lo expuesto, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que dictamina formula las siguientes:

Consideraciones

1.- Tomando en cuenta que la Reserva de la Biosfera de la Mariposa Monarca, cuenta con ecosistemas únicos y teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 48 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que a la letra dice:

"Las Reservas de la Biosfera se constituirán en áreas biogeográficas relevantes a nivel nacional, representativas de uno o mas ecosistemas no alterados significativamente por la acción del ser humano o que requieran ser preservados y restaurados, en los cuales habiten especies representativas de la biodiversidad nacional, incluyendo a las consideradas endémicas, amenazadas o en peligro de extinción.

En tales reservas podrá determinarse la existencia de la superficie o superficies mejor conservadas, o no alteradas, que alojen ecosistemas, o fenómenos naturales de especial importancia, o especies de flora y fauna que

requieran protección especial, y que serán conceptuadas como zona o zonas núcleo.

En ellas podrá autorizarse la realización de actividades de preservación de los ecosistemas y sus elementos, de investigación científica y educación ecológica, y limitarse o prohibirse aprovechamientos que alteren los ecosistemas .

En las propias reservas deberá determinarse la superficie o superficies que protejan la zona núcleo del impacto exterior, que serán conceptuadas como zonas de amortiguamiento, en donde sólo podrán realizarse actividades productivas emprendidas por las comunidades que ahí habiten al momento de la expedición de la declaratoria respectiva o con su participación, que sean estrictamente compatibles con los objetivos, criterios y programas de aprovechamiento sustentable, en los términos del decreto respectivo y del programa de manejo que se formule y expida, considerando las previsiones de los programas de ordenamiento ecológico que resulten aplicables".

2.- La reserva tiene una superficie de 56,259 hectáreas divididas en tres zonas núcleo, con una superficie total de 13,551,55,20.445 hectáreas, y una zona de amortiguamiento, con una superficie total de 42,707,49,86.830 hectáreas.

Es una importante área de captación de agua de lluvia, que alimenta numerosos cuerpos de agua en los estados de Michoacán y de México, que abastecen a los centros urbanos y localidades de la región, así como a las ciudades de México y Toluca.

3.- El área referida forma parte de una zona de enorme biodiversidad. Se tienen registradas 493 especies de plantas vasculares, así como 49 especies de hongos, entre otras.

Alberga cinco tipos de vegetación: Bosques de oyamel que se caracterizan por la predominancia de abies religiosa y constituye el hábitat característico de la mariposa Monarca; Bosque de pino; Bosque de encino y bosque de cedro.

Cuenta con una gran diversidad de fauna silvestre representada por 198 especies de vertebrados, de los cuales 4 son anfibios y 6 reptiles, 132 de aves y 56 de mamíferos, destacando el coyote y el venado.

Además de la mariposa Monarca, la reserva alberga especies que se encuentran catalogadas bajo diferentes categorías de protección, como la Amanita muscaria que se encuentra amenazada; la Tilia mexicana que se encuentra en peligro de extinción; la Acer negundo var. Mexicanum que es endémica, solo por mencionar algunas .

4.- Y por último es el sitio de hibernación y reproducción anual de millones de mariposas Monarcas, la cual es una especie migratoria, de tal manera que los factores que parecen desencadenar el fenómeno migratorio en la mariposa Monarca son la reducción del fotoperiodo en las latitudes septentrionales que habita y la progresiva presencia de las masas de aire polar que abaten drásticamente la temperatura en su rango de distribución al este de las montañas Rocallosas en Canadá y los Estados Unidos.

Además tomando en cuenta que los recursos alimenticios de la mariposa atraviesan por un periodo de crisis total, ya que, las diferentes plantas de cuyas flores dependen las monarcas, entran a un periodo de letargo invernal, por lo que la disponibilidad de néctar se abate durante seis o siete meses, debido a lo anterior las poblaciones de mariposa monarca empiezan a migrar hacia el sur a través de tres rutas bien definidas.

Como respuesta al fenómeno migratorio la mariposa Monarca experimenta una serie de adaptaciones, por ejemplo, incrementa su resistencia al frío y a la fricción de las ráfagas de viento, establece una diapausa reproductiva, desarrolla habilidades para el vuelo, la orientación y el planeo lo que le permite conservar sus recursos energéticos, asimismo desarrolla la capacidad de almacenar nutrientes en forma de lípidos y modifica su temperatura corporal con el propósito de incrementar su tiempo de desplazamiento sin disminuir su masa lipídica. Cabe resaltar que la actitud migratoria de las monarcas es específicamente diurna y también se ha reportado que la migración puede desarrollarse ante la presencia de llovizna pertinaz.

Existen dos distintas poblaciones norteamericanas de la Monarca. Una hiberna en California, cerca de Pacific Grove, extendiéndose en el verano hacia el este, donde se localizan las montañas rocallosas . La población oriental hiberna en la región central de México y emigra hacia el norte de los estados Unidos y Canadá en el verano.

El ciclo de vida de la mariposa Monarca esta dividido en fases o etapas a cada una de las cuales corresponde una forma física diferente, por ésta razón se le considera como un insecto holometábolo. El tiempo que requiere para madurar durante su desarrollo se correlaciona en forma inversamente proporcional con el fotoperíodo, duración de horas luz en el día, y con la temperatura, es decir, durante la primavera y el verano cuando las horas del día son mas y las temperaturas mayores el tiempo de vida de las monarcas es menor, mientras que su periodo vital se alarga en otoño e invierno cuando las horas de luz disminuyen y las temperaturas descienden, de tal manera que la permanencia de la etapas en cada ciclo de vida varían en función del clima y de la región en donde se desarrollen los individuos.

El tiempo total para el desarrollo, desde el huevo hasta la eclosión del adulto, se ha calculado entre cuatro y cinco semanas. El tiempo de vida de los adultos es aproximadamente igual al que requiere para su desarrollo, es decir, cuatro a

cinco semanas para las generaciones que pasan toda su vida en el norte, generaciones de primavera y verano. Las generaciones que eclosionan en los meses de septiembre y principios de octubre dan origen a los adultos de invierno, cuyo periodo de vida se incrementa hasta de ser de seis a siete meses. Esta marcada diferencia se debe a dos tipos de respuesta fisiológicamente distinguibles, entre los adultos de primavera y verano y los adultos de invierno; los primeros maduran sexualmente a partir de que han transcurrido tres días después de la eclosión de la pulpa, mientras que los últimos, interrumpen su proceso de madurez sexual durante seis a siete meses aproximadamente hasta que el fotoperiodo y la temperatura se incrementan.

La Monarca, además de otras 156 especies, pertenece aun grupo conocido como las mariposas algodoncillenses, que se alimentan de la planta algodoncillo en el transcurso de la etapa larval. De este conjunto solo cuatro se encuentran en Norteamerica, de las cuales la Monarca es la única que emigra. El algodoncillo no solo proporciona alimentación a la Monarca durante su etapa larval, sino que la protege de la depredación avícola durante toda su vida.

El algodoncillo contiene glucósidos cardiacos, veneno que se almacena en los tejidos de las mariposas y causa molestias en el aparato digestivo de las aves predadoras .

Dicha reserva se localiza entre los Estados de México y Michoacán; se encuentra comprendida dentro de los municipios mexiquenses de Temascalcingo, San Felipe del Progreso, Donato Guerra y Villa Allende y los michoacanos de Contepec, Senguio, Angangueo, Ocampo, Zitacuaro y Aporo.

5.- Los principales problemas que afectan a la reserva son:

a) Deterioro, pérdida de recursos naturales, en especial de bosques de oyamel y pino, que son los lugares de hibernación de la mariposa Monarca.

b) Pocas oportunidades de empleo en la zona

c) Incendios forestales causados principalmente por actividades agropecuarias.

d) Deforestación por cambios de uso de suelo, como se menciona en el plan de manejo.

e)Tala clandestina.de árboles . Dentro de la Reserva existen zonas criticas de ilícitos forestales. En el estado de Michoacán los principales ejidos donde se comete este ilícito son: Ejido la Rondanilla, Municipio de Angangueo; Ejido Emiliano Zapata y Asoleadero, Municipio. Ocampo. - Comunidad Cresencio Morales, Lomas de Aparicio, Localidades la Dieta, Macho de agua y Ejido y Comunidad Nicolás Romero, todos ellos en el Municipio. Zitacuaro. Por el Estado de México se encuentran Concepción del Monte; Rosa de Palo Amarillo, San Felipe de Jesús, Municipio. San Felipe del Progreso; Cuesta del Carmén, Municipio. Villa de Allende; El Capulín y San Juan Xoconusco, Municipio. Donato Guerra.

f) Plagas y enfermedades forestales.

g) Fuerte presión sobre los recursos naturales debido a la marginalidad, pobreza y una alta densidad de población.

h) Poca participación comunitaria en actividades de conservación y desarrollo sustentable.

i) Incremento en el número de visitantes y actividades turísticas en torno a las colonias de mariposas en forma desordenada.

j) Falta de servicios para la población.

k) Cierre de fuentes de empleo y falta de ordenamiento de las actividades mineras.

l) Necesidad de una mayor coordinación interinstitucional.

m) Falta de canales adecuados de comunicación con los diferentes grupos que habitan en la Reserva.

6.- Debemos tomar en cuenta que aunado a todo esta problemática se encuentra la de asignación de recursos para vigilancia tanto de manera material como humana, ya que según el programa de Inspección en la Reserva de la Biosfera de la Mariposa Monarca, los recursos se encuentran repartidos de la siguiente manera:

La Reserva cuenta con 23 inspectores para el cuidado de la misma, estos aportados de la siguiente manera: 6 PROFEPA Estado de México; 6 PROFEPA Michoacán; 8 Gobierno del Estado de México; 3 Gobierno. Estado de Michoacán; 0 PFP; 0 SEDENA.

13 vehículos
6 Módulos de Inspección y Vigilancia
8 Comités de Vigilancia
35 guardabosques ( los cuales son aportados todos por el Estado de México)
6 radios móviles
11 Radios portátiles
4 radios bases
Presupuesto 600,000 ( los cuales son aportados por PROFEPA Michoacán).
Tomando en cuenta lo anterior queda muy claro que hace falta más recursos para la inspección y vigilancia de la reserva, ya que un solo inspector en este caso, tendría que vigilar 2,446 hectáreas, situación que resulta ineficiente.

Por otro lado también en cuanto al equipo material con el que se cuenta es escaso, para la amplia zona que se tiene que vigilar, ya que se menciona que uno de los problemas mas fuertes es la tala ilegal, esto hace que se agrave el deterioro de pérdida de los recursos, hablando de manera especial de los bosques de oyamel y pino que son los lugares de hibernación de la mariposa monarca.

Aunado a esto los incendios forestales los cuales son causados principalmente por actividades agropecuarias, y sin dejar de mencionar la deforestación por cambio de uso de suelo, esto solo por mencionar algunos argumentos necesarios para implementar mas personal de vigilancia en la zona; así como aumentar mas casetas de vigilancia para que reforzaran la actividad conjunta del personal de inspección.

Por otra parte la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), creada por decreto el día 4 de abril del 2001, plantea en su artículo 3° lo siguiente: " La Comisión tendrá por objeto desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y de restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de planes y programas y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.

En su artículo 4° fracción V a la letra dice: " Apoyar la ejecución de programas de bienes y servicios ambientales que generen los recursos forestales". En el mismo artículo 4° fracción X comenta lo siguiente: " Participar con las autoridades competentes en la promoción y definición de acciones y programas de investigación, educación y cultura forestal".

Dentro de la visión de la Comisión Nacional Forestal encontramos que a la letra dice lo siguiente: ........" se habrá contribuido al fortalecimiento de la seguridad nacional ya que disminuirá la tala clandestina y otras actividades ilícitas, ......... Se contará con el ordenamiento territorial para establecer el uso de suelo de acuerdo a su vocación natural".

Por lo expuesto y fundado en los puntos anteriores, la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales que dictamina, somete a consideración de pleno de la H. Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

PRIMERO.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a la Comisión Nacional Forestal, para que con base en las argumentaciones anteriores realice las siguientes acciones: aumente el número de inspectores, al menos al doble de lo que esta estipulado en el programa de inspección y vigilancia de la PROFEPA .

Así como aumente el número de casetas de vigilancia, al menos a 12 de lo que esta en el mismo programa de inspección y vigilancia de la PROFEPA.

SEGUNDO.- Se exhorta al Gobierno del Estado de Michoacán para que iguale en sus zonas boscosas la presencia de guardabosques, que mantiene el Estado de México, realizando así un trabajo conjunto para salvaguardar el ecosistema.

TERCERO:- Que se lleven de manera estricta las acciones que se proponen en el plan de manejo, en cuanto a regular y ordenar la actividad turística en los santuarios de la mariposa monarca a efecto de evitar el deterioro de los bosques de oyamel.

CUARTO.- Que realmente se difunda durante el año la información y que se establezcan de manera efectiva las señalizaciones necesarias para orientar y lograr el buen comportamiento de los visitantes de la Reserva.

QUINTO.- Se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y a la Comisión Nacional Forestal, para que en conjunto con los Gobiernos de los Estados involucrados realicen un mayor esfuerzo en materia de restauración y reforestación de los bosques de oyamel y pino, para conservación del hábitat de la mariposa monarca.

SEXTO.- Exhortar a las autoridades Federales, Estatales, y municipales competentes para que no se permitan mas cambios de uso de suelo.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Diego Cobo Terrazas, Presidente (rúbrica); Miguel Angel Gutiérrez Machado, secretario; Gustavo Lugo Espinoza, secretario; Jesús Garibay García, secretario (rúbrica); Jesús de la Rosa Godoy, secretario (rúbrica); Ramón Ponce Contreras (rúbrica); José María Tejeda Vázquez; Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica); Raúl Gracia Guzmán (rúbrica); Francisco Arano Montero (rúbrica); Sergio García Sepúlveda (rúbrica); Rómulo Garza Martínez (rúbrica); Carlos Pallares Bueno (rúbrica); Rafael Ramírez Agama (rúbrica); Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica); Miguel Angel Torrijos Mendoza (rúbrica); Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica); José María Guillén Torres (rúbrica); Pedro Manterola Sainz; José Jacobo Nazar Morales (rúbrica); José Manuel Díaz Medina; Héctor Pineda Velásquez; Silvano Aureoles Conejo; Miguel Bortoloni Castillo; Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica); Jaime Rodríguez López; Albino Mendieta Cuapio; Julio Cesar Vidal Pérez; Vitálico Cándido Coheto Martínez (rúbrica); Raúl Efren Sicilia Salgado (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION CON EL IMPACTO AMBIENTAL GENERADO POR LA EXTRACCION DE MATERIALES PETREOS DE LOS CAUSALES DE LOS ARROYOS EN EL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales correspondiente a la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, fue turnada para su dictaminación, la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se propone exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y a las autoridades del Estado de Baja California para que realicen las diligencias necesarias a fin de controlar los problemas ambientales generados por la extracción de materiales pétreos presentada por la Diputada Erika Spezia Maldonado del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

Antecedentes

1.- En la sesión pública del Pleno de la Cámara de Diputados de la LVIII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, celebrada el día 1 de agosto de dos mil uno, la C. Diputada Erika Especia Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México presento la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se propone exhortar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, y a las autoridades del Estado de Baja California para que realicen las diligencias necesarias a fin de controlar los problemas ambientales generados por la extracción de materiales pétreos.

2.- La Presidencia de este H. Órgano Legislativo, con fundamento en el artículo 23, fracción f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, turnó a esta Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales dicha proposición, la cual fue analizada y dichos elementos tomados en cuenta para la elaboración del presente dictamen.

Con fundamento en los artículos 39 y 45 fracción f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, esta Comisión se abocó al estudio y análisis de la Propuesta con Punto de Acuerdo motivo del presente dictamen, labor de la que se da cuenta, de acuerdo con las siguientes:

Consideraciones

1.- De la cuidadosa lectura y correcta interpretación del párrafo quinto del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se desprende por exclusión que la explotación de Bancos de Materiales de Construcción, no son de naturaleza distinta de los componentes de la tierra que los componentes de los terrenos que los contienen, por lo cual no se encuentran clasificados como del dominio de la Federación.

2.- La Ley Minera en su artículo 5, fracción IV; exceptúa del régimen de aplicación federal a los materiales de construcción consistentes en rocas o productos de descomposición que sólo se utilicen para la fabricación de materiales como en piedra, arena, tierra, cantera, jal y similares.

3.- En lo que hace a la Legislación ambiental, es meritorio destacar que la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, prevé como "ley marco", un sistema de competencias afines y diferenciadas para los tres niveles de gobierno, y para la especie se señala:

ARTICULO 7º.- Corresponden a los Estados, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:

II.- La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia,

X.- La prevención y el control de la contaminación generada por el aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federación, que constituyan depósitos de naturaleza similar a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos de su descomposición que sólo puedan utilizarse para la fabricación de materiales para la construcción u ornamento de obra;

XVI.- La evaluación del impacto ambiental de las obras o actividades que no se encuentren expresamente reservadas a la Federación, por la presente Ley y, en su caso, la expedición de las autorizaciones correspondientes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 BIS 2 de la presente Ley;

XXI.- La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación.

A mayor abundamiento, vale explicar que en materia de aplicación de instrumentos de política ambiental locales, se debe entender que el Congreso Local, vía la expedición de la nueva ley o de alguna reforma a la existente y por último la fracción XXI del mismo artículo 7º, como "cláusula residual", otorga la facultad a los Estados de legislar cualquier asunto que no se le haya otorgado a la Federación y que tenga concordancia con el cumplimiento de los objetivos de la ley en materia de preservación al equilibrio ecológico y protección al ambiente.

4.- No obstante que la materia de la proposición con Punto de Acuerdo motivo del presente dictamen es, en apariencia, de competencia local, es de resaltar y tomar en cuenta la preocupación de los diputados promoventes, en el sentido de exhortar a las autoridades ambientales federales para que, en el ejercicio de las facultades que la ley de la materia les confiere, se determine si, en su caso, la explotación de materiales pétreos que nos ocupa se realiza en contravención de la legislación federal aplicable y si dicha actividad no está afectando cuerpos y cursos hidráulicos de competencia federal. Por ello, el exhorto respectivo se deberá realizar en ese sentido, a fin de no vulnerar las facultades de las autoridades locales y municipales competentes en lo que se refiere única y exclusivamente a la actividad misma; más no a los efectos que esta pueda estar teniendo en el medio ambiente.

5.- Asimismo, es conveniente destacar que, con independencia de cuestiones competenciales, a toda petición formulada en términos de artículo 8° de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, debe recaer una respuesta por escrito fundada y motivada a sus promoventes, por lo que la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente no puede, válidamente abstenerse de cumplir con dicho mandato constitucional.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta Comisión nos permitimos poner a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

UNICO.- En los términos de las consideraciones vertidas, se exhorta a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y a la Comisión Nacional del Agua, para que informen a esta Soberanía sobre las acciones que se están realizando en materia ambiental federal, respecto de la denuncia popular presentada ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente respecto a la explotación de materiales pétreos en el Municipio de Ensenada, Baja California, así como de las circunstancias competenciales y ambientales bajo las cuales se otorgó, o se otorgaron la o las concesiones para la explotación de dichos materiales en los cauces de los arroyos en el municipio de Ensenada.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 29 de abril de 2002.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Diego Cobo Terrazas, Presidente (rúbrica); Miguel Angel Gutiérrez Machado, secretario (rúbrica); Gustavo Lugo Espinoza, secretario; Jesús Garibay García, secretario; Jesús de la Rosa Godoy, secretario (rúbrica); Ramón Ponce Contreras (rúbrica); José María Tejeda Vázquez; Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica); Raúl Gracia Guzmán (rúbrica); Francisco Arano Montero (rúbrica); Sergio García Sepúlveda (rúbrica); Rómulo Garza Martínez (rúbrica); Carlos Pallares Bueno (rúbrica); Rafael Ramírez Agama (rúbrica); Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica); Miguel Angel Torrijos Mendoza (rúbrica); Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica); José María Guillén Torres (rúbrica); Pedro Manterola Sainz; José Jacobo Nazar Morales (rúbrica); José Manuel Díaz Medina; Héctor Pineda Velásquez; Silvano Aureoles Conejo; Miguel Bortoloni Castillo; Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica); Jaime Rodríguez López; Albino Mendieta Cuapio; Julio Cesar Vidal Pérez; Vitálico Cándido Coheto Martínez (rúbrica); Raúl Efren Sicilia Salgado (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE EL EJECUTIVO FEDERAL DECRETE UN PROGRAMA INTEGRAL DE RECUPERACION Y CONSERVACION DE LA CUENCA HIDROLOGICA LERMA-CHAPALA

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, fue turnada para su estudio y dictamen, las Proposiciones con Punto de Acuerdo para que se requiera al Ejecutivo Federal decrete un programa integral de recuperación y conservación de la Cuenca Hidrológica Lerma -Chapala y del Comunicado del Congreso del Estado de Jalisco con el que se remite acuerdo económico pronunciándose a favor de hacer una solicitud a la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que intervengan y tomen medidas urgentes y jurídicas, para salvar el Lago de Chapala, así como las pertinentes en la administración del agua, presentada por la Diputada María Cristina Moctezuma Lule del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México y por el Congreso Local de Jalisco los días 7 de febrero del 2001 y el 19 de abril del 2001; las Proposiciones con Punto de Acuerdo para que se requiera al Ejecutivo Federal decrete un programa integral de recuperación y conservación de la Cuenca Hidrológica Lerma -Chapala y del Comunicado del Congreso del Estado de Jalisco con el que se remite acuerdo económico pronunciándose a favor de hacer una solicitud a la Secretaria de Medio Ambiente, Recursos Naturales y a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que intervengan y tomen medidas urgentes y jurídicas, para salvar el Lago de Chapala, así como las pertinentes en la administración del agua.

Estas Comisiones con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, 45 en su numeral 6 incisos e), f), y g), y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como por los artículos 58, 60, 87 y 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea el presente Punto de Acuerdo de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

1) Ubicado en la parte sur de la Altiplanicie Mexicana, el Lago Chapala es el más grande de la República Mexicana y el tercero en tamaño en América Latina. Abasteciéndose en un 50 % de su capacidad por el desagüe del Río Lerma, este Lago es el vaso regulador de la Cuenca Hidrológica formada por los ríos Lerma, Santiago y Pacífico y abarca aproximadamente 129, 263 kilómetros cuadrados dentro de los Estados de Querétaro, Estado de México, Guanajuato, Michoacán, Aguascalientes, Jalisco y Nayarit, siendo la fuente principal de suministro de agua para varios millones de personas, miles de industrias, hectáreas de riego y ciudades enteras de los estados señalados.

2) El ecosistema existente en la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala presenta características físicas y climáticas de gran importancia para la agricultura, ganadería y pesca, además de ser el hábitat de numerosas especies de fauna y flora entre las que se encuentran especies en peligro de extinción, amenazadas o endémicas de cuya subsistencia depende el equilibrio ecológico de la región entera, tales como la polluela amarilla (Coturnicops noveboracensis), el pachachirri (Geothlypis speciosa), el ajolote del Lerma (Ambystoma lermaense), o el pescado blanco (Chirostoma rioja); además de quince especies de plantas endémicas. También debe destacarse que esta región, por su propia naturaleza es el hábitat invernal de más de veinte especies de patos y cercetas migratorias, las cuales conforman una de las mayores concentraciones del Altiplano Central

De manera genérica, puede establecerse que las principales amenazas para este ecosistema actualmente son las siguientes:

Los altísimos índices de contaminación del agua y los mantos acuíferos de toda la Cuenca Hidrológica, derivados de la excesiva acumulación de nutrientes, químicos persistentes y metales pesados, que provienen de menor a mayor escala, de los usos domésticos y urbanos de todas las poblaciones aledañas, de los plaguicidas y fertilizantes utilizados en las actividades agrícolas y ganaderas de la región y de las descargas descontroladas de aguas residuales de las múltiples industrias (petroquímicas, textiles, metalúrgicas, curtiduras, etc), que como consecuencia de una deficiente planeación del desarrollo urbano, se han asentado alrededor de toda la cuenca.

La deshidratación progresiva y creciente del Lago Chapala, ocasionada en gran medida por los avanzados procesos de eutroficación, que se dan como consecuencia de la descarga de grandes cantidades de material orgánico y químico en las aguas de la cuenca, que además favorecen la aparición de maleza acuática y plagas incontrolables como los lirios, que a su vez ocasionan diversas enfermedades y la evaporación innecesaria de enormes volúmenes de agua.

3) Por otra parte, el análisis del caso que motiva el presente punto de acuerdo, debe situarse dentro del contexto de uno de los más grandes problemas nacionales, consistente en la escasez de agua en un número cada vez más creciente de regiones del país, en las que no coincide la disponibilidad del recurso con la ubicación geográfica de las poblaciones, el crecimiento demográfico y la satisfacción de necesidades humanas directas, las actividades productivas, y el mantenimiento de los ecosistemas. La disparidad entre la oferta y la demanda de este recurso indispensable para la vida humana y el desarrollo del país, ha llevado cada vez más a una sobre-explotación insostenible de los mantos acuíferos, que provoca daños irreversibles en las cuencas hidrológicas de México, debido a la intrusión salina, la presencia de arsénico en los suelos, el hundimiento de tierras y costos energéticos y de extracción inaceptables.

En la región que nos ocupa para el análisis y atención de la problemática apuntada, existe desde el 28 de enero de 1993 el Consejo de Cuenca Lerma-Chapala y desde el 2 de Septiembre de 1998 la Comisión de la Cuenca del Lago de Chapala.

4) Finalmente, debe mencionarse que desde hace muchos años, se han interpuesto varias acciones legales en diversas vías y en distintos estados de la República, promovidas por diferentes sectores sociales, que demandan la solución urgente a la problemática de la devastación de la Cuenca Lerma-Chapala. Entre las acciones intentadas por varias comunidades, existen algunas denuncias penales de grupos campesinos y pescadores ante la Procuraduría General de la República, denuncias populares ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente y quejas presentadas ante las Comisiones Nacional y Locales de Derechos Humanos de los diferentes estados afectados por la destrucción de este ecosistema.

No obstante lo anterior, frente a la compleja y creciente problemática de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala las medidas que hasta ahora se han tomado para intentar frenar los procesos de deterioro han sido parciales e insuficientes: En materia ambiental existe un decreto de Área Natural Protegida mediante el cual la región conocida como "Ciénegas del Lerma" en el Estado de México, fue declarada zona de protección de recursos naturales por ser un ecosistema de una alta diversidad biológica y una gran fragilidad ambiental, representativo de los últimos humedales del Altiplano Central. Sin embargo, esta protección abarca únicamente una parte de la cuenca, cuya conservación debe buscarse de manera integral.

Cabe destacar que el ejercicio de acciones para la defensa de los recursos naturales de esta importante cuenca hidrológica, ha trascendido el ámbito nacional, toda vez que incluso existe una petición suscrita en 1997 por miembros de la comunidad de la rivera del Lago de Chapala al Secretariado de la Comisión del Acuerdo de Cooperación Ambiental de los gobiernos de México, Estados Unidos y Canadá (ACAAN), reclamando con fundamento en los artículos 14 y 15 de dicho Acuerdo la aplicación efectiva de la legislación ambiental en la región Lerma - Chapala.

A partir de estos antecedentes narrados, los miembros de las Comisiones Unidas de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Pesca que suscriben el presente punto de acuerdo, exponemos las siguientes:

Consideraciones

1) A efecto de determinar la viabilidad de la propuesta vertida en el presente punto de acuerdo resulta procedente analizar en primer término las bases constitucionales y legales en que podría sustentarse el requerimiento al Ejecutivo Federal de decretar un Programa Integral de Recuperación y Conservación de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala.

Con fundamento en el párrafo tercero del artículo 27 constitucional se establece que deberán dictarse las medidas necesarias para establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de las tierras, aguas y bosques que constituyen la propiedad originaria de la Nación, a efecto de, entre otras cosas, regular la conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población, así como preservar y restaurar el equilibrio ecológico.

Derivado de lo anterior y con fundamento en el artículo 7º fracciones II y IV de la Ley de Aguas Nacionales reglamentaria de dicho precepto constitucional, se declara de utilidad pública la protección, mejoramiento y conservación de las cuencas, acuíferos, cauces, vasos y demás depósitos de propiedad nacional, así como el restablecimiento del equilibrio hidrológico de las aguas nacionales. También, en el artículo 85 de dicha Ley se declara de interés público la promoción y ejecución de las medidas y acciones necesarias para proteger la calidad del agua.

Por otra parte, con fundamento en el artículo 4º de la Ley de Aguas Nacionales se establece que la autoridad y administración de las aguas nacionales y sus bienes públicos corresponde al Ejecutivo Federal; que podrá ejercerla directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua, órgano que por disposición expresa del artículo 86 fracción II de dicho ordenamiento tiene a su cargo "formular programas integrales de protección de los recursos hidráulicos en cuencas hidrológicas y acuíferos, considerando las relaciones existentes entre los usos de suelo y la cantidad y calidad del agua".

A efecto de garantizar una protección completa para la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala resulta viable y procedente requerir a la autoridad competente para hacerlo, la expedición de un programa integral de protección de los recursos hidráulicos de dicha Cuenca Hidrológica, resultando fundamental para lo anterior, atender en primer lugar a los usos de suelo que actualmente prevalecen en la región y de los que depende la realización de las diversas actividades antrópicas agrícolas, industriales y urbanas, que definen en gran medida la calidad de agua de toda la zona de influencia de este ecosistema.

2) Además de lo antes expuesto y fundado existen dentro de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento otras figuras legales que resultan aplicables a la problemática de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala, que deben considerarse para diseñar una propuesta integral tendiente a frenar y revertir el proceso de deterioro de dicho ecosistema, como son el establecimiento de zonas reglamentadas, de veda o reserva, que pueden establecerse con fundamento en el artículo 38 de la Ley citada y 73, 74, 76, 77 y 78 de su Reglamento y que pueden decretarse entre otras causas para prevenir o remediar la sobre-explotación de los acuíferos y para proteger o restaurar un ecosistema.

Ahora bien, como lo establecen los preceptos citados de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, la declaración de una zona reglamentada o de veda dependerá de la realización de estudios técnicos que debe elaborar y publicar la Comisión Nacional del Agua, mismos que, por disposición expresa del artículo 73 del Reglamento señalado, deberán realizarse con la participación de los usuarios de los servicios hidráulicos de la región, que deberá darse a través de los Consejos de Cuenca.

3) También, para el diseño de una estrategia integral para la protección, conservación y restauración de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala, deben analizarse las diversas disposiciones aplicables que existen dentro de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente toda vez que dentro de la misma se prevén diversos mecanismos y figuras legales que resultan aplicables de manera complementaria a un programa integral para la protección de las cuencas hidrológicas y a la declaración de una zona reglamentada o de veda para la protección de los recursos hidráulicos amenazados.

En este sentido, puede requerirse la declaración de alguna de estas dos figuras legales:

a) Área de Protección de Recursos Naturales: Previstas por el artículo 53 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Estas zonas de protección pueden constituirse en aquellas áreas destinadas a la preservación de las cuencas hidrográficas. Se consideran dentro de esta categoría las zonas de protección de ríos, lagos, y demás cuerpos de aguas nacionales destinados al abastecimiento de aguas para el servicio de las poblaciones.

Cabe destacar que el Área Natural Protegida en las Ciénagas del Lerma que se menciona en el antecedente número 4 del presente dictamen es de este tipo. Sin embargo, el decreto al que se ha hecho alusión, protege únicamente una parte de la Cuenca Lerma-Chapala dentro del Estado de México, que como antes se mencionó abarca otros seis estados de la República por lo que resulta de gran importancia implementar las medidas necesarias para garantizar la protección, conservación y restauración integral de este ecosistema de forma integral, atendiendo a la diversidad del mismo, de las actividades productivas, industriales y urbanas que se llevan a cabo en su zona de influencia y partiendo de un análisis real y completo del estado actual de cada región de dicha Cuenca Hidrológica.

b) Zona de Restauración Ecológica: De acuerdo con el artículo 78 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en los lugares en que existan procesos acelerados de degradación que impliquen la pérdida de recursos naturales de difícil regeneración, o afectaciones irreversibles a los ecosistemas y sus elementos, pueden decretarse estas zonas protegidas. Deberán formularse y ejecutarse programas de restauración que determinen las acciones necesarias para la recuperación y restablecimiento de las condiciones que propicien la continuidad y evolución de los procesos naturales que en ellas se desarrollaban. De esta manera, resulta también procedente requerir al Ejecutivo Federal, para complementar la propuesta vertida en el punto de acuerdo motivo del presente dictamen, que con fundamento en el artículo 5º fracciones VIII y XX de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente que se refieren respectivamente a las facultades de la Federación para el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas de su competencia, así como para la atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico de dos o mas entidades federativas, se lleven a cabo los estudios previstos en los artículos 58 y 78 BIS de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para justificar la declaración de un Área Natural Protegida, zona de protección de recursos naturales que garantice la protección integral de las zonas más frágiles y deterioradas de la Cuenca Hidrológica Lerma-Santiago, así como para decretar dentro de la misma, las zonas de protección ecológica que resulten necesarias para su recuperación y conservación.

Debe atenderse con especial cuidado a la elaboración de los programas de manejo de Áreas Naturales Protegidas que se decreten, considerando dentro de los mismos la formulación y ejecución de los programas de restauración ecológica que deban implementarse en las áreas mas afectadas, mismos que pueden incluirse como subcomponentes de dichos programas de manejo.

4) Finalmente, considerando que además de la existencia de las diversas acciones legales que a nivel nacional se han interpuesto por diferentes miembros de las comunidades afectadas, para demandar la atención urgente de las autoridades competentes para la problemática que atraviesa la Cuenca Hidrológica Lerma Chapala, existe una petición suscrita al Secretariado de la Comisión de Cooperación Ambiental de América del Norte. Debe también analizarse el contenido de este.

Dentro del Acuerdo de Cooperación Ambiental de América del Norte existen tres objetivos principales que se refieren a: I) derivado de la concepción de un ecosistema compartido por los tres países parte de este Acuerdo, se busca la cooperación mutua para conservar, proteger y mejorar el medio ambiente incluidas la flora y fauna silvestres; II) a la necesidad de evitar distorsiones y barreras al comercio; y III) a promover la aplicación y observancia efectiva de la legislación ambiental interna.

En este contexto, considerando que en el presente caso hay varios antecedentes del ejercicio de diferentes acciones en el ámbito nacional para demandar la aplicación efectiva de la legislación de protección y conservación de los recursos naturales, mismas que no han sido resueltas como puede comprobarse de la situación de grave deterioro de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala, resulta evidente que existe una pauta persistente de omisiones de la legislación ambiental por parte de nuestro País, que podrían dar origen a la elaboración de un expediente de hechos previsto por el artículo 15 del Acuerdo antes citado o incluso al procedimiento de solución de controversias del artículo 22 del mismo tratado internacional a efecto de buscar una solución eficaz para la atención de la compleja problemática que ha motivado este dictamen legislativo.

En virtud de lo anterior, se considera también procedente requerir de las autoridades ambientales competentes, información sobre las diversas peticiones y acciones ante ellas presentadas para la protección de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala, con la finalidad de estar en posibilidades de analizar si en el caso concreto se está frente a una pauta persistente de violación de las normas ambientales aplicables y por lo tanto, como se señala en la propuesta con punto de acuerdo en que se basa este dictamen, pueden buscarse diversas soluciones para la problemática de dicha región mediante la cooperación internacional con los países parte de este importante tratado internacional.

Por las consideraciones expuestas, los integrantes de esta Comisión nos permitimos poner a la consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, el siguiente:

Punto de Acuerdo

PRIMERO. Se solicita a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, una extensa y completa copia del Programa Integral de Protección de la Cuenca Hidrológica Lerma Chapala.

SEGUNDO. Que en complemento al requerimiento antes señalado, se requiera al Ejecutivo Federal, mediante la Comisión Nacional del Agua, la realización de los estudios técnicos necesarios para determinar la procedencia de decretar en la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala una zona reglamentada o de veda.

TERCERO. Se determina también procedente requerir al Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales se lleven a cabo los estudios técnicos necesarios para justificar la emisión de una declaratoria de área de protección de recursos naturales en adición a la ya existente en la región, así como para evaluar la necesidad de formular y ejecutar programas de restauración ecológica en las zonas mas degradadas de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala, o en aquellas en riesgo de desequilibrio ecológico.

CUARTO. Se determina también procedente requerir a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, información sobre la existencia de un procedimiento relacionado con la omisión de una aplicación efectiva de la legislación ambiental nacional dentro de la Cuenca Hidrológica Lerma-Chapala.

Sala de Comisiones, México, Distrito Federal a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil dos.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Diputados: Diego Cobo Terrazas, Presidente (rúbrica); Miguel Angel Gutiérrez Machado, secretario (rúbrica); Gustavo Lugo Espinoza, secretario; Jesús Garibay García, secretario; Jesús de la Rosa Godoy, secretario (rúbrica); Ramón Ponce Contreras (rúbrica); José María Tejeda Vázquez; Juan Carlos Sainz Lozano (rúbrica); Raúl Gracia Guzmán (rúbrica); Francisco Arano Montero (rúbrica); Sergio García Sepúlveda (rúbrica); Rómulo Garza Martínez (rúbrica); Carlos Pallares Bueno (rúbrica); Rafael Ramírez Agama (rúbrica); Rafael Ramírez Sánchez (rúbrica); Miguel Angel Torrijos Mendoza (rúbrica); Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica); José María Guillén Torres (rúbrica); Pedro Manterola Sainz; José Jacobo Nazar Morales (rúbrica); José Manuel Díaz Medina; Héctor Pineda Velásquez; Silvano Aureoles Conejo; Miguel Bortoloni Castillo; Rosa Delia Cota Montaño (rúbrica); Jaime Rodríguez López; Albino Mendieta Cuapio; Julio Cesar Vidal Pérez; Vitálico Cándido Coheto Martínez (rúbrica); Raúl Efren Sicilia Salgado (rúbrica).
 
 
 

DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES, CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION CON LA RESOLUCION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, CON RESPECTO A LOS TRABAJADORES EN SITUACION MIGRATORIA IRREGULAR

Honorable Asamblea

A la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados le fue turnado para su estudio y dictamen el punto de acuerdo remitido por el Congreso de Zacatecas, en el cual solicita se emita un pronunciamiento similar de condena de la resolución de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, con respecto a los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

Los Diputados Federales de la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados, miembros de la Comisión de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58, 59, 60, 87, y 88 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la H. Asamblea el siguiente dictamen, por las siguientes:

Consideraciones

En fecha 11 de abril de 2002, se turnó a esta Comisión el punto de acuerdo presentado por el Congreso de Zacatecas, en el cual se solicita se emita un pronunciamiento similar de condena de la resolución de la Suprema Corte de los Estados Unidos de América, con respecto a los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

En razón de que las autoridades laborales de los Estados Unidos de América recientemente han resuelto sobre la inexistencia de derechos de nuestros connacionales, que por años y aún por generaciones, han construido la economía estadounidense, ha sentado un precedente negativo y han provocado que se acentúen las prácticas discriminatorias, en perjuicio de los trabajadores mexicanos.

Estas resoluciones perjudican las relaciones entre nuestro país y los Estados Unidos de América que tienen, en común, no solamente extensos kilómetros de frontera, sino actividades económicas sometidas a un tratado internacional que equipara, el valor y calidad del trabajador mexicano al esa nación.

Esta resolución trae consigo la violación de los Derechos Humanos de nuestros connacionales, debido a que se pone a disposición de cualquier empleador norteamericano, a nuestros compatriotas que fácilmente pueden ser despedidos o sometidos a jornadas y actividades que lesionan sus Derechos Humanos, su integridad física y su seguridad personal y familiar.

Como país, no podemos ni debemos permanecer pasivos ante la demanda de los migrantes mexicanos debido a la injusticia y arbitrariedad a la que se encuentran sujetos. Como Diputados, tenemos la obligación de repudiar enérgicamente estas actitudes y violaciones flagrantes a los derechos del hombre, para que se ratifique el sentido de esta resolución, en un marco de mutuo respeto de una relación internacional, que no puede ser socavada por decisiones unilaterales y violadoras de los legítimos derechos de los mexicanos.

México y los Estados Unidos de América, discuten frecuentemente diversas agendas bilaterales de trabajo con temas económicos, políticos, sociales y migratorios, por lo que es conveniente que en dichas agendas bilaterales, se discuta el valor real del trabajo de los mexicanos y que, de ninguna manera sean los empleadores, quienes otorguen un valor económico al producto del trabajo de nuestros connacionales.

Por lo antes expuesto y fundado sometemos a la consideración del pleno de esta soberanía el siguiente:

Dictamen

ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba el artículo segundo del punto de acuerdo en estudio, para quedar como sigue: La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de la LVIII Legislatura, condena la resolución unilateral de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos de América, cuyas consecuencias sociales tienen, implícitamente, la violación sistemática de los derechos humanos y laborales de los trabajadores mexicanos en situación migratoria irregular.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se aprueba el artículo tercero del punto de acuerdo en comento en los términos vertidos, quedando de la siguiente forma: Se exige la suspención de los efectos de una resolución como la señalada e instalar a la brevedad posible, a través de organizaciones de mexicanos en el extranjero, de especialistas en la materia, de académicos, de parlamentarios y legisladores, amplias mesas de trabajo en las que se discuta y se propongan alternativas que permitan el reconocimiento legítimo de los derechos de los mexicanos indocumentados, que salvaguarden con integridad, sus derechos como trabajadores.

ARTÍCULO TERCERO.- En razón del artículo cuarto de este punto de acuerdo, nos damos por enterados.

Palacio Legislativo San Lázaro,
a 24 de abril de 2002.

Diputados: Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica), Presidente, PRI; Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica), secretario, PRI; Tarcisio Navarrete Montes de Oca (rúbrica), secretario, PAN; José Carlos Borunda Zaragoza (rúbrica), secretario, PAN; Erika Elizabeth Spezia Maldonado, secretaria, PVEM; Sergio Acosta Salazar, PRD; Samuel Aguilar Solís (rúbrica), PRI; Alberto Anaya Gutiérrez, PT; Hilda Josefina Amalia Anderson Nevárez (rúbrica), PRI; Eduardo Arnal Palomera (rúbrica), PAN; Edilberto J. Buenfil Montalvo (rúbrica), PRI; Raúl Covarrubias Zavala, PAN; María Elena Chávez Palacios, PAN; Jorge Alejando Chávez Presa, PRI; Víctor Emanuel Díaz Palacios (rúbrica), PRI; Lucio Fernández González (rúbrica), PAN; Adrián Salvador Galarza González, PAN; Augusto Gómez Villanueva, PRI; Raúl Gracia Guzmán (rúbrica), PAN; Efrén Leyva Acevedo (rúbrica), PRI; José Ramón Mantilla y González de la Llave (rúbrica), PAN; Miguel Angel Moreno Tello, PRI; José Luis Novales Arellano (rúbrica), PAN; Bernardo Pastrana Gómez (rúbrica), PAN; María de los Angeles Sánchez Lira (rúbrica), PRD; Heidi Gertrud Storsberg Montes, PAN; Emilio Ulloa Pérez (rúbrica), PRD; Eddie Varón Levy (rúbrica), PRI; José Socorro Velázquez Hernández (rúbrica), PRI; Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica), PRI.
 
 
 

DE LA COMISION DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION CON LA IMPORTACION DE BIENES DESTINADOS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la H. Cámara de Diputados, correspondientes a la LVIII Legislatura, le fue turnado para su estudio y dictamen, el PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, PARA QUE PERMITA LA IMPORTACIÓN DE CUALQUIER AUTO QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES PERMITAN A LOS DISCAPACITADOS CONDUCIR CON MAYOR SEGURIDAD, presentada por la Dip. Esveida Bravo Martínez, del Partido Verde Ecologista de México, que en ejercicio de la fracción II, del artículo 71, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sometió a la consideración del Honorable Congreso de la Unión.

La Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la LVIII Legislatura, con fundamento en los artículos 39 y 45 párrafo sexto incisos d, e y f, así como en el tercero transitorio fracción IV inciso a), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 58, 60, 87, 88 y 94, del Reglamento Interior para el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocó al estudio y análisis del punto de acuerdo descrito, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

PRIMERO.- En sesión celebrada en esta H. Cámara de Diputados, el día 14 de noviembre de 2000, los CC. Secretarios de la misma, dieron cuenta al pleno del punto de acuerdo presentado por la Dip. Esveida Bravo Martínez.

SEGUNDO.- El C. Presidente de la Mesa Directiva, acordó dar el siguiente trámite: "Túrnese a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial".

TERCERO.- Mediante oficio número CCFI/0079/2000, de fecha 15 de Diciembre de 2000, se dio cuenta a los integrantes de la Comisión, del contenido de los mencionados puntos de acuerdo.

CUARTO.- El punto de acuerdo presentado por la Dip. Esveida Bravo Martínez, se establece que un gran número de mexicanos sufren de algún tipo de discapacidad física, quienes requieren en muchas ocasiones de equipos e instalaciones especiales, que muchas veces solo se encuentran en autos de origen extranjero.

Considerando

PRIMERO. Que en fecha 30 de marzo de 2001, la Secretaría de Economía, publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CRITERIOS PARA DICTAMINAR Y OPINAR SOBRE PERMISOS DE IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS ESPECIALES.

SEGUNDO. Que este acuerdo establece los criterios aplicables a la emisión de permisos de importación de vehículos especiales nuevos o usados sujetos al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría.

TERCERO. Que en este acuerdo se establecen las reglas para permitir la importación de vehículos nuevos o usados con dispositivos integrados para el transporte o uso de personas discapacitadas que permitan suplir o disminuir la discapacidad, siempre y cuando, éstos cuenten con alguno de los dispositivos siguientes: Rampa hidráulica o sistema de control manual, mismos que no deberán ser removidos del vehículo.

CUARTO. Que la Secretaría de Economía, integró la "Subcomisión para la promoción e integración social para personas con discapacidad", en la cual, se creó la mesa de trabajo de simplificación de importación de bienes destinados a personas con discapacidad. Dentro de sus objetivos se encuentran:

Agilizar y simplificar los trámites para la importación de sus vehículos adaptados.

Permitir que terceras personas importen, mediante exención de los impuestos aplicables, productos para el beneficio de personas con alguna discapacidad.

QUINTO. Los miembros integrantes de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial que dictaminan, reconocen y coinciden en que basados en la publicación en el Diario Oficial de la Federación del 30 de marzo de 2001, de los criterios para dictaminar y opinar sobre permisos de importación de vehículos especiales, así como en estas mesas de trabajo que se encuentra realizando la Secretaría de Economía, ha. quedado resuelta la solicitud expresada en el Punto de Acuerdo objeto del presente dictamen, sin embargo se exhorta a la Secretaría de Economía a tomar en consideración las opiniones vertidas en el cuerpo del Punto de Acuerdo motivo del presente dictamen, en el desarrollo de las mismas.

Resultando

ÚNICO: Exhórtese a la Secretaría de Economía a tomar en consideración las opiniones vertidas en el cuerpo del Punto de Acuerdo motivo del presente dictamen, en el desarrollo de la mesa de trabajo de simplificación de importación de bienes destinados a personas con discapacidad.

Dado en Palacio Legislativo de San Lázaro, a 20 de febrero de 2002.

Comisión de Comercio y Fomento Industrial:

Diputados: Diego Alonso Hinojosa Aguerrevere, Presidente (rúbrica); Jesús Mario garza Guevara, secretario (rúbrica); Ildefonso Guajardo Villarreal, secretario (rúbrica); Reyes Antonio Silva Beltrán, secretario (rúbrica); Francisco Agundis Arias, secretario (rúbrica); José Bañales Castro (rúbrica); Orlando Alfonso García Flores (rúbrica); Sergio García Sepúlveda (rúbrica); Moisés Alcalde Virgen (rúbrica); José R. Mantilla y González de la Llave (rúbrica); Francisco Javier Ortíz Esquivel (rúbrica); María Teresa Tapia Bahena (rúbrica); Jorge Urdapilleta Núñez (rúbrica); Carlos Nicolás Villegas Flores (rúbrica); Samuel Yoselevitz Fraustro (rúbrica); Miguel Castro Sánchez; Elías Dip Rame; María Luisa Domínguez Ramírez (rúbrica); Rubén Benjamín Félix Hays (rúbrica); Jaime Hernández González; Julián Luzanilla Contreras (rúbrica); Hermilo Monroy Pérez (rúbrica); Manuel Payán Novoa; Roberto Ruíz Angeles (rúbrica; Jorge Schettino Pérez; Adolfo Zamora Cruz; María Miroslava García Suárez; Rafael Servín Maldonado (rúbrica); Gregorio Urías Germán (rúbrica); Norma Patricia Rojas Santana (rúbrica).
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE COMUNICACIONES Y DE TRANSPORTES, A LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA A LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, LA INFORMACIÓN RELATIVA A LA CONCESION Y OPERACION DE LOS GRUPOS AEROPORTUARIOS EN EL PAIS Y SE CONVOQUE, A TRAVES DE LA COMISION DE TRANSPORTES DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, A MESAS DE TRABAJO EN CADA UNA DE LAS REGIONES CONCESIONADAS

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes, les fue turnada para su estudio y dictamen la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, la información relativa a la concesión y operación de los grupos aeroportuarios en el país y se convoque, a través de la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, a mesas de trabajo en cada una de las regiones concesionadas, presentada por el Diputado Alonso Ulloa Vélez y signada por diputados de las distintas fracciones parlamentarias.

Revisada, discutida y analizada la Proposición con punto de acuerdo de referencia, las Comisiones Dictaminadoras en ejercicio de las facultades que les confieren los artículos 39, 40, punto dos, inciso b), 45, punto cinco, inciso e), y demás concordantes de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los artículos 58, 60, 87, 88 y demás aplicables, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, emiten el siguiente dictamen al tenor de los siguientes:

I.- Antecedentes

1.- Con fecha 25 de octubre de 2001, el Diputado Federal Alonso Ulloa Vélez, integrante de la Fracción Parlamentaria del Partido Acción Nacional presentó una Proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, la información relativa a la concesión y operación de los grupos aeroportuarios en el país y se convoque, a través de la Comisión de Transportes a mesas de trabajo en cada una de las regiones concesionadas.

2.- En la misma fecha de su presentación, la Presidencia de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23 fracción f) de la Ley orgánica que rige el citado Congreso, acordó turnar la Proposición con punto de acuerdo a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes, para su estudio y dictamen.

3.- Con el fin de dar cumplimiento al mandato de la Mesa Directiva de esta H. Cámara de Diputados, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 39 párrafo 3, 45 párrafo 6 en los incisos e) y f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como en los numerales 60, 85, 87, 88 y demás relativos aplicables del reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, éstas Comisiones Unidas se abocaron al análisis detallado de la proposición para emitir el presente dictamen en atención al siguiente:

II.- Contenido de la proposición

1.- La proposición con punto de acuerdo en cuestión señala como antecedentes en la exposición de motivos, que desde 1995, aeropuertos de gran importancia como los de: Guadalajara, Monterrey, Tijuana, Puerto Vallarta, Cancún, Acapulco y Ciudad de México, observan problemas de saturación en pistas y en edificios terminales.

2.- Que no obstante el nivel de infraestructura alcanzado, se requería urgentemente un proceso de modernización; desde entonces se hacía impostergable la generación de inversión en el sector.

3.- De igual modo señala que desde ese año, los problemas de mayor incidencia han sido la saturación y falta de mantenimiento en salas y edificios, la carencia de vías de acceso eficientes en los principales aeropuertos, las deficiencias en la señalización de la información sobre los vuelos, la falta de capacidad en plataformas, tanto de pasajeros como de carga, falta de servicios asociados a la operación de los aeropuertos como el suministro de combustible para los vehículos de tierra, sistemas eficientes de seguridad, servicios adecuados de almacenaje y manejo de mercancías por lo que en 1995 se promulgó la nueva Ley de Aeropuertos, que establece las reglas que brindan seguridad jurídica a la inversión privada, en la construcción, explotación, operación y administración de los aeródromos civiles siendo de igual modo creado el Comité de Reestructuración del Sistema Aeroportuario Mexicano, que tenía como facultad definir la estrategia a seguir en las diferentes fases del proceso de reestructuración, así como informar a la Comisión Intersecretarial de desincorporación sobre el avance del proceso.

4.- De igual forma, el punto de acuerdo señala que el proceso de apertura implicó la integración de cuatro grupos regionales en los que se agruparon 35 terminales que, de acuerdo a la nueva Ley de Aeropuertos que fueron concesionados al sector privado y que sin embargo, a casi siete años del inicio del proceso de reestructuración y modernización del sistema, la situación sigue siendo la misma, tal vez incluso peor.

5. En concreto, se propone que se solicite a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes toda la información relativa a la concesión y operación de los grupos aeroportuarios en el país, en la que incluya, al menos: a. Los títulos de concesión; b. Las modificaciones a los mismos, si las hubiere; c. Los anexos relativos a los documentos anteriores; d. Los planes maestros de desarrollo y demás compromisos que los concesionarios hubieren adquirido; y e. Las evaluaciones que la Secretaría haya realizado sobre el cumplimiento de dichos compromisos.

6. Asimismo, propone se convoque, a través de la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, a mesas de trabajo en cada una de las regiones concesionadas, en las que se invite a participar a las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y de Economía, a los concesionarios, a Aeropuertos y Servicios Auxiliares, a los Gobiernos Estatales, a los organismos empresariales, a los prestadores de servicios dentro de los aeropuertos y a las líneas aéreas, con objeto de establecer compromisos de cada uno de los actores involucrados en la correcta operación de los aeropuertos como polos de desarrollo regional.

Las Comisiones Dictaminadoras se abocan al estudio y dictamen de la presente proposición con punto de acuerdo tomando en cuenta los siguientes:

III.- Considerandos

1.- Que se tiene conocimiento que en la generalidad de nuestro territorio nacional los industriales, prestadores de servicios turísticos, líneas aéreas así como gobiernos estatales y municipales expresan cada vez con más frecuencia y preocupación quejas sobre las deficiencias en el servicio del sistema aeroportuario.

2.- Que el objetivo del proceso de privatizar los aeropuertos consistía en lograr inversiones importantes para crecer sustancialmente la infraestructura y con ello mejorar el servicio, tanto a los pasajeros, como a los usuarios de los servicios de carga.

3.- Que la participación de la inversión privada en sectores estratégicos que constituyen, como en este caso, un monopolio natural, no puede dejarse al libre juego de la competencia ya que es responsabilidad del gobierno la vigilancia de la correcta operación de este tipo de concesiones.

4.- Que es de gran impacto en el desarrollo de las regiones del país el eficiente servicio que presten los aeropuertos tanto a la ciudadanía que busca transportarse como al desarrollo de la industria.

5.- Y que es responsabilidad del Poder Legislativo, evaluar el cumplimiento y avance de los compromisos adquiridos por los concesionarios y permisionarios en el pasado, presente y futuro de una industria importante para el desarrollo nacional, y al mismo tiempo, ser factor decisivo en la construcción de los acuerdos que permitan, hacia el futuro, contar con una red aeroportuaria que sea un factor determinante para el desarrollo económico y social de todas las regiones de nuestro país.

En atención a todas las consideraciones que se han expresado en el cuerpo del presente dictamen los suscritos, miembros de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39, 40, inciso b), 45, punto cinco, inciso e), y demás concordantes de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como 58, 60, 87, 88 y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la aprobación de esta Alta Tribuna se dictamine en el siguiente sentido:

PRIMERO: Con respecto a que se solicite a la Secretaria de Comunicaciones y Transportes toda la información relativa a la concesión y operación de los grupos aeroportuarios en el país, en la que incluya, al menos, los títulos de concesión, las modificaciones a los mismos, si las hubiere, los anexos relativos a los documentos anteriores, los planes maestros de desarrollo y demás compromisos que los concesionarios hubieren adquirido, y las evaluaciones que la Secretaría haya realizado sobre el cumplimiento de dichos compromisos. Esta comisión dictamina que es procedente esta proposición.

SEGUNDO: Con relación a que se convoque, a través de la comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, a mesas de trabajo en cada una de las regiones concesionadas, en las que se invite a participar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a la Secretaría de Economía, a los concesionarios, a Aeropuertos y Servicios Auxiliares, a los Gobiernos Estatales, a los organismos empresariales, a los prestadores de servicios dentro de los aeropuertos y a las líneas aéreas, con objeto de establecer compromisos de cada uno de los actores involucrados en la correcta operación de los aeropuertos como polos de desarrollo regional. Esta comisión considera que es también procedente realizar las citadas acciones.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los ocho días del mes de noviembre de dos mil uno.

Comisión de Comunicaciones:

Diputados: Jesús Orozco Alfaro (rúbrica), Presidente (PRI); Bulmaro Rito Salinas, secretario (PRI); Emilio R. Goicoechea Luna (rúbrica), secretario (PAN); Alonso Ulloa Vélez (rúbrica), secretario (PAN); Alejandro García Sáinz Arena (rúbrica), secretario (PVEM); Edilberto Jesús Buenfil Montalvo (rúbrica) (PRI), Gustavo Carvajal Moreno (rúbrica) (PRI), José Gerardo de la Riva Pinal (rúbrica) (PRI), César Horacio Duarte Jáquez (rúbrica) (PRI), Omar Fayad Meneses (rúbrica) (PRI), Javier García González (rúbrica) (PRI), Jaime Arturo Larrázabal Bretón (rúbrica) (PRI), Marcos Paulino López Mora (rúbrica) (PRI), Roberto Preciado Cuevas (rúbrica) (PRI), Jorge Carlos Ramírez Marín (rúbrica) (PRI), Francisco Javier Sánchez Campuzano (PRI), Manuel Castro y del Valle (rúbrica) (PAN), Tereso Martínez Aldana (PAN), Noé Navarrete González (rúbrica) (PAN), Orestes Eugenio Pérez Cruz (PAN), Francisco Ramírez Cabrera (rúbrica) (PAN), José Rivera Carranza (rúbrica) (PAN), Arturo San Miguel Cantú (rúbrica) (PAN), Martín Hugo Solís Alatorre (rúbrica) (PAN), José Ramón Soto Reséndiz (rúbrica) (PAN), Felipe Velasco Monroy (rúbrica) (PAN), Alejandra Barrales Magdaleno (rúbrica) (PRD), Bonifacio Castillo Cruz (rúbrica) (PRD), Enrique Herrera y Bruquetas (PRD), Bertha Alicia Simental García (rúbrica) (PSN).

Comisión de Transportes:

Diputados: Juan Manuel Duarte Dávila, PAN, Presidente (rúbrica); Raúl Cervantes Andrade, PRI, secretario; Elías Dip Rame, PRI, secretario (rúbrica); Orestes Eugenio Pérez Cruz, PAN, secretario (rúbrica); José Rodolfo Barrera Escudero, PVEM, secretario (rúbrica); Salvador Cosío Gaona, PRI; Arturo Bonifacio de la Garza Tijerina, PRI; Gustavo Alonso Donis García, PRI (rúbrica); Ismael Estrada Colín, PRI (rúbrica); Edgar Consejo Flores Galván, PRI; Alonso Ulloa Vélez, PAN; Emilio Rafael Goicoechea Luna, PAN; Alejandro Enrique Gutiérrez Gutiérrez, PAN (rúbrica); Mercedes Hernández Rojas, PAN (rúbrica); José Tomás Lozano y Pardinas, PAN; Jaime Mantecón Rojo, PRI (rúbrica); Noé Navarrete González, PAN; Jesús Orozco Alfaro, PRI; Francisco Patiño Cardona, PRD (rúbrica); Manuel Payán Novoa, PRI; Francisco Raúl Ramírez Avila, PAN; Arturo San Miguel Cantú, PAN (rúbrica); Esteban Sotelo Salgado, PAN (rúbrica); José Soto Martínez, PRI; José Ramón Soto Reséndiz, PAN (rúbrica); Jesús Adelfo Taracena Martínez, PRI (rúbrica); Emilio Ulloa Pérez, PRD; Adolfo Zamora Cruz, PRI.
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE COMUNICACIONES Y DE TRANSPORTES, A LA PROPOSICION CON PUNTO DE ACUERDO, PARA QUE LAS COMISIONES DE COMUNICACIONES Y DE TRANSPORTES DE LA CAMARA DE DIPUTADOS, RECIBAN A LOS TRANSPORTISTAS MEXICANOS Y SOLICITAR A LOS TITULARES DE LAS SECRETARIAS DE COMUNICACIONES Y DE TRANSPORTES Y A LA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL, INFORMES DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON AMERICA DEL NORTE

Honorable Asamblea:

A las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes de la Cámara de Diputados, correspondientes a la LVIII Legislatura, les fue turnada para su estudio y dictamen la Proposición con Punto de Acuerdo, para que las Comisiones de Comunicaciones y de Transporte de la Cámara de Diputados, reciban a los transportistas mexicanos y solicitar a los Titulares de las Secretarías de Comunicaciones y Transportes y a la de Comercio y Fomento Industrial, informes del Tratado de Libre Comercio con América del Norte, presentada el 26 de octubre del año 2000, por el Ciudadano Diputado Francisco Patiño Cardona, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Los integrantes de las Comisiones Dictaminadoras, con fundamento en los artículos 39, 45 y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como los artículos 60, 65, 87, 88 y demás relativos y aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se abocaron al estudio y análisis de la proposición descrita, al tenor de los siguientes:

Antecedentes

1. En sesión celebrada en fecha 26 de octubre de 2000, por esta Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: "Túrnese a las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes", la proposición que nos ocupa, a efecto de que se elabore el dictamen correspondiente.

2. El día 24 de noviembre de 2000, se giro oficio al Arquitecto Pedro Cerisola y Weber, Secretario de Comunicaciones y Transportes, a efecto de que proporcione información a las Dictaminadoras, sobre el permiso para operar dentro del territorio nacional otorgado a la empresa de Transportes de carga EASO, S.A. de C.V.

3. El día 8 de diciembre de 2000, por conducto del Dr. Aarón Dychter Poltolarek, Subsecretario del Ramo, se informa a estas Comisiones Dictaminadoras, sobre los permisos otorgados a la empresa de Autotransporte EASO, S.A. de C.V.

4. Los miembros integrantes de las Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes de la H. Cámara de Diputados correspondientes a la LVIII Legislatura, procedieron al estudio de la proposición aludida, habiendo efectuado múltiples razonamientos sobre la aplicación de los conceptos contenidos en la proposición que se discute, mismos que se tomaron en consideración para la elaboración del presente dictamen.

Contenido de la Proposición

I. Que el legislador en su exposición de motivos señala que existen actos arbitrarios, indebidos e ilegales, contrarios al espíritu del texto de la Ley de Inversión Extranjera, la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal y al Tratado de Libre Comercio para América del Norte, cometidos por el Dr. Herminio Blanco Mendoza, en ese entonces, Secretario de Comercio y Fomento Industrial, al causar daños a los transportistas de carga en cabotaje, producto del privilegio que a la empresa de carga denominada EASO, S.A. de C.V., le otorga el Titular de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial cuando, con inversión extranjera, le autoriza incremento a su capital. Asimismo, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes le concede permiso para operar, cubriendo el 85% del movimiento en el mercado doméstico, en franca violación a las Leyes anteriormente mencionadas.

II. Para fundamentar el anterior razonamiento, el legislador proponente invoca los principios que norman el funcionamiento del autotransporte de carga. Por una parte, expone que la Ley de Inversión Extranjera, en la fracción I de su artículo 6°, precisa que "?. Están reservadas de manera exclusiva a mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros?.El transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga?.Sic". A su vez, la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, en sus artículos 8º, fracción I y 9º, establece que se requiere permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para la operación de carga, y que estos permisos sólo se otorgarán a mexicanos o sociedades constituidas conforme a las leyes mexicanas. Por su parte, el Tratado de Libre Comercio para América del Norte, en el anexo I: Reservas en relación con medidas, para el sector Transporte, Subsector Terrestre, en el cuadro de descripción, señala: "4.- Sólo los nacionales mexicanos y las empresas mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros, utilizando equipo registrado en México, que haya sido construido en México o legalmente importado y con conductores que sean nacionales mexicanos, podrán obtener permiso para prestar servicios de camión?.. para transportar bienes entre dos puntos en el territorio de México".

III. En este sentido, el legislador proponente señala que si la Ley lo prohíbe ¿Por qué el Titular de Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, en ese entonces, Dr. Herminio Blanco Mendoza, autoriza que la empresa de transporte EASO, S.A. de C.V., incremente su capital con inversión extranjera y de sus estatutos modifique la cláusula de extranjería, según aparece en la inscripción del Registro Público de Comercio del Distrito Federal, de fecha 26 de junio de 1995?. Asimismo, señala que existe una situación de favoritismo que la empresa EASO, S.A. de C.V., acepta en su Carta Abierta de fecha 20 de octubre del 2000, justificando en ella que la inversión extranjera tiene la modalidad de inversión neutra.

IV. Por otra parte, el legislador proponente destaca que el transporte de carga de cabotaje se constituye en un área estratégica del Gobierno Federal y que existe un sector de inversionistas que para manifestar su desacuerdo, están unidos y dispuestos a manifestarse públicamente.

V. Así también, señala la necesidad de conocer directamente de los funcionarios las razones que justifican estos actos administrativos que, contrarios a la Ley para el transporte de cabotaje, admiten inversión extranjera y con ello, que en la empresa Transporte EASO, S.A. de C.V., monopolicen la concentración del 85% de los movimientos de carga en el mercado doméstico nacional, según informes del Director General del Autotransporte Federal, en esa época, José Aguilar Alserreca. Por otro lado, en el transporte internacional, en el ámbito del Tratado de Libre Comercio para América del Norte, informen cuál es el estado que a la fecha que guardan las negociaciones, no obstante que han transcurrido cinco años desde que se planteó la controversia y cómo se piensa resarcir a los transportistas mexicanos por sus pérdidas durante todo este tiempo.

VI. En conclusión, el legislador solicita que las Comisiones de Transportes y de Comunicaciones de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, reciban en audiencia a los representantes de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga y soliciten entrevista con los Titulares de las Secretarías de Comunicaciones y Comercio y Fomento Industrial a fin de allegarse de elementos para el análisis de los hechos expuestos en la presente proposición.

Con base a lo anterior, los miembros de estas Comisiones Dictaminadoras exponemos los siguientes:

Considerandos

Coincidimos con el legislador, en el sentido de la necesidad de consolidar un régimen de seguridad jurídica en las inversiones y operaciones del autotransporte de carga de cabotaje para el desarrollo comercial y el fortalecimiento de las empresas mexicanas.

Estas Dictaminadoras han valorado la información proporcionada por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, por conducto del Dr. Aarón Dychter Poltolarek, Subsecretario del Ramo, respecto a la legalidad de los permisos otorgados a la empresa Autotransporte EASO, S.A. de C.V.

La Ley de Inversión Extranjera de 1993, es independiente del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), pero las leyes anteriores a la puesta en vigor del Tratado no pueden disminuir su liberación, solamente incrementarla.

La figura de inversión neutra es aquella que no se contabiliza en el capital social de las empresas y que no tiene injerencia en las decisiones corporativas de las mismas; en consecuencia, no se puede equiparar la inversión neutra con la inversión extranjera, toda vez que cada una tiene una naturaleza jurídica diferente. La inversión neutra es indiferente al origen del capital, de manera que es irrelevante si los títulos respectivos los detentan nacionales o extranjeros.

Asimismo, las sociedades mexicanas que cuenten con inversión neutra pueden adoptar la cláusula de admisión de extranjeros, ya que la Ley de Inversión Extranjera permite la participación de la inversión neutra, que puede ser detentada por extranjeros o mexicanos en actividades de transporte terrestre nacional de carga, según lo interpreta la Dirección General de Inversión Extranjera de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (SECOFI). Sobre estas bases, con la autorización correspondiente de la SECOFI y después de haber cumplido con todos los requisitos que fija la legislación del autotransporte, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), otorgó los permisos a la empresa Autotransporte EASO, S.A. de C.V.

La SECOFI, ha autorizado hasta la fecha cuatro inversiones neutras en empresas de autotransporte de carga, una de las cuales es Autotransporte de carga EASO, S.A. de C.V.; que fue creada en 1972, obtuvo la autorización de inversión neutra en 1994 y opera actualmente con vehículos propios y arrendados.

La SCT ha realizado varias inspecciones operativas a la empresa Autotransportes EASO S.A. de C.V., como las que se practican a cualquier empresa del servicio público federal, la última de las cuales identificó diferentes anomalías respecto a la legislación del autotransporte, mismas que serán sancionadas de acuerdo a lo que señala el artículo 74 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

Los integrantes de estas Comisiones Dictaminadoras, habiendo efectuado un análisis al espíritu de la proposición, estima que en el artículo 6° de la Ley de Inversión Extranjera que invoca el legislador se precisa claramente en su último párrafo la participación de las sociedades extranjeras en el transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga, pues, al señalar que: ? salvo por lo dispuesto en el Título Quinto de la propia Ley.", nos remite a la figura de la inversión neutra, por lo que las actividades económicas y las sociedades a que hace alusión el artículo no son meramente reservadas ni exclusivas a mexicanos o a sociedades mexicanas.

En consecuencia, no existe ilegalidad alguna sobre los permisos para operar dentro del territorio nacional otorgado a la empresa de Autotransporte de carga EASO, S.A. de C.V., en razón de que para contar con recursos del exterior mediante el mecanismo de inversión neutra previsto originalmente en el Reglamento de la Ley para promover la Inversión Mexicana y Regular la inversión Extranjera, se favorezca a las sociedades mexicanas que, debido a sus volúmenes y montos de operación, no pueden cotizar en el mercado bursátil.

La Ley de Inversión Extranjera prevé que estas sociedades puedan también hacer uso de la inversión neutra (artículos 18, 19, 20 y 22 de la Ley de Inversión Extranjera). En este orden de ideas, tal como lo señaló la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial se autorizó en el marco de la legalidad cuatro inversiones neutras en empresas de autotransporte de carga, una de las cuales es Autotransporte de carga EASO S.A. de C.V., creada en 1972, obtuvo la autorización de inversión neutra en 1994 y opera actualmente con vehículos propios y arrendados.

En este sentido, la empresa de Autotransportes de Carga EASO S.A. de C.V., tiene el derecho de operar en todo el territorio Nacional, independientemente de que la figura de la Inversión Neutra se presuma contrario a derecho.

No obstante lo ya señalado, existe interés legitimo para que estas Comisiones Unidas de Comunicaciones y de Transportes, reciban en audiencia a los representantes de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga, a fin de allegarse de información y propuestas para dar solución a la posible desigualdad jurídica que existe en la figura de la inversión neutra.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes de las Dictaminadoras presentan a consideración de esta Honorable Asamblea se aprueben los siguientes:

Puntos de Acuerdo

PRIMERO. Que la Subcomisión de Infraestructura Carretera y Autotransportes de la Comisión de Transportes, conjuntamente con la Subcomisión de Carreteras de la Comisión de Comunicaciones de la H. Cámara de Diputados, reciban en audiencia a los representantes de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga, a fin de allegarse de información y propuestas para dar solución a la posible desigualdad jurídica que existe en la figura de la inversión neutra.

SEGUNDO. Una vez cumplimentado el punto anterior, se realicen las acciones necesarias en el ámbito competencia del Poder Legislativo, para dar seguimiento a las demandas de los transportistas nacionales ante las Secretarías e instancias correspondientes del Ejecutivo Federal.

TERCERO. En consecuencia, se ordene archivar el asunto como totalmente concluido.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 29 días del mes de abril de dos mil dos.

Por la Comisión de Comunicaciones

Diputados: Jesús Orozco Alfaro (rúbrica), Presidente (PRI); Bulmaro Rito Salinas (rúbrica), secretario (PRI); Emilio R. Goicoechea Luna (rúbrica), secretario (PAN); Alonso Ulloa Vélez (rúbrica), secretario (PAN); Alejandro García Sáinz Arena (rúbrica), secretario (PVEM); Edilberto Jesús Buenfil Montalvo (PRI), Gustavo Carvajal Moreno (PRI), José Gerardo de la Riva Pinal (rúbrica) (PRI), César Horacio Duarte Jáquez (rúbrica) (PRI), Omar Fayad Meneses (rúbrica) (PRI), Javier García González (rúbrica) (PRI), Jaime Arturo Larrázabal Bretón (rúbrica) (PRI), Marcos Paulino López Mora (rúbrica) (PRI), Roberto Preciado Cuevas (rúbrica) (PRI), Jorge Carlos Ramírez Marín (PRI), Francisco Javier Sánchez Campuzano (rúbrica) (PRI), Manuel Castro y del Valle (PAN), Tereso Martínez Aldana (PAN), Noé Navarrete González (PAN), Orestes Eugenio Pérez Cruz (PAN), Francisco Ramírez Cabrera (PAN), José Rivera Carranza (rúbrica) (PAN), Arturo San Miguel Cantú (rúbrica) (PAN), Martín Hugo Solís Alatorre (PAN), José Ramón Soto Reséndiz (rúbrica) (PAN), Felipe Velasco Monroy (rúbrica) (PAN), Víctor Manuel O. Camposeco (PRD), Bonifacio Castillo Cruz (PRD), Enrique Herrera y Bruquetas (PRD), Bertha Alicia Simental García (PSN).

Por la Comisión de Transportes:

Diputados: Juan Manuel Duarte Dávila, PAN, Presidente (rúbrica); Raúl Cervantes Andrade, PRI, secretario; Elías Dip Rame, PRI, secretario (rúbrica); Orestes Eugenio Pérez Cruz, PAN, secretario (rúbrica); José Rodolfo Barrera Escudero, PVEM, secretario (rúbrica); Salvador Cosío Gaona, PRI; Arturo Bonifacio de la Garza Tijerina, PRI; Gustavo Alonso Donis García, PRI (rúbrica); Ismael Estrada Colín, PRI (rúbrica); Edgar Consejo Flores Galván, PRI; Alonso Ulloa Vélez, PAN; Emilio Rafael Goicoechea Luna, PAN; Alejandro Enrique Gutiérrez Gutiérrez, PAN (rúbrica); Mercedes Hernández Rojas, PAN (rúbrica); José Tomás Lozano y Pardinas (rúbrica), PAN; Jaime Mantecón Rojo, PRI (rúbrica); Noé Navarrete González, PAN; Jesús Orozco Alfaro, PRI; Francisco Patiño Cardona, PRD (rúbrica); Manuel Payán Novoa, PRI; Francisco Raúl Ramírez Avila, PAN; Arturo San Miguel Cantú, PAN (rúbrica); Esteban Sotelo Salgado, PAN (rúbrica); José Soto Martínez, PRI; José Ramón Soto Reséndiz, PAN (rúbrica); Jesús Adelfo Taracena Martínez, PRI (rúbrica); Emilio Ulloa Pérez, PRD; Adolfo Zamora Cruz, PRI.