Gaceta Parlamentaria, año IV, número 876, viernes 9 de noviembre de 2001

Iniciativas Base de datos de Gaceta Parlamentaria, incluye la 57 legislatura 
Nueva Hacienda Pública Distributiva, incluye iniciativas enviadas al Senado, actualizado al 11 de octubre
Votaciones registradas en el sistema de votación electrónico de la Cámara de Diputados, desde septiembre de 2001

Comunicaciones

Iniciativas Proposiciones Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 


Comunicaciones

DE LA JUNTA DE COORDINACION POLITICA

Palacio Legislativo de San Lázaro, México DF, 8 de noviembre de 2001.

Dip. Beatriz Paredes Rangel
Presidenta de la Mesa Directiva
H. Cámara de Diputados
Presente

Con fundamento en el artículo 34, numeral 1, inciso d), de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, por este conducto envío el Anteproyecto de Presupuesto Anual de la Cámara de Diputados para el Ejercicio Fiscal 2002, a efecto de que sea presentado a la consideración del pleno de esta H. Cámara de Diputados en la sesión ordinaria a desarrollarse el día de hoy.

Lo anterior, para lo conducente.

Sin más por el momento, quedamos de usted.

Atentamente

Dip. Felipe Calderón Hinojosa (rúbrica)
Presidente y Coordinador del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional

Dip. Rafael Rodríguez Barrera (rúbrica)
Coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional

Dip. Martí Batres Guadarrama (rúbrica)
Coordinador del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática

Dip. Bernardo de la Garza Herrera (rúbrica)
Coordinador del grupo parlamentario del Partido del Partido Verde Ecologista de México

Dip. Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica p.a.)
Coordinador del grupo Parlamentario del Partido del Trabajo
 

(Sin que motive debate, en votación económica, se aprueba. Noviembre 8 de 2001.)
 
 






Iniciativas

DE REFORMAS A LOS ARTICULOS 73 Y 89 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PARA OTORGARLE AL CONGRESO FEDERAL LA FACULTAD DE LEGISLAR EN MATERIA DE SEGURIDAD NACIONAL, Y AL TITULAR DEL EJECUTIVO FEDERAL FACULTADES EN MATERIA DE SEGURIDAD NACIONAL, PRESENTADA POR EL DIPUTADO OMAR FAYAD MENESES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

El suscrito diputado federal, integrante del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, de la LVIII legislatura del H. Congreso de la Unión, en ejercicio de la facultad que otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este Honorable Pleno la presente iniciativa de decreto de reformas a la fracción XXVIII del artículo 73 y a la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgarle al Congreso Federal la facultad de legislar en materia de Seguridad Nacional, y al titular del Ejecutivo Federal facultades en materia de Seguridad Nacional, de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

Garantizar la seguridad, la defensa y soberanía del territorio de un Estado, y mantener la estabilidad de las instituciones que conforman su sistema político, económico y social, son conceptos que desde hace algún tiempo, se han venido identificando con el significado de la Seguridad Nacional.

Desde principios de los años ochenta, se han percibido esfuerzos importantes por desarrollar y esclarecer el concepto de Seguridad Nacional.

Durante un largo periodo, la noción de seguridad tuvo un uso secundario, que derivo en un abandono teórico, lo que provocó que posteriormente fuera descartada por su imprecisión.

En América Latina, como en otras partes del mundo, el fin de la Guerra Fría modificó y amplió de manera importante la discusión en torno a la Seguridad Nacional, que se ha venido alejando de las concepciones tradicionales que la anclaban a los aspectos militares, para incorporarla a un horizonte más amplio dentro de la vida de un Estado.

Así, actualmente en Argentina se concibe al término de Seguridad Nacional como la situación en la que un Estado se encuentra resguardado contra agresiones militares, presiones políticas o coerciones económicas significativas, otorgándole libertad de acción para proseguir su propio desarrollo y progreso.

En Chile se define como la condición alcanzada por un país como consecuencia del desarrollo armónico de su poder nacional, y de haber adoptado previsiones y acciones tendientes a atenuar o eliminar sus vulnerabilidades, de modo que se pueda asegurar el logro de los objetivos nacionales, pese a los riesgos y amenazas internas y externas.

Para Costa Rica, la Seguridad Nacional se ve descrita en el precepto de la Ley General de Policía que dice "Al Presidente de la República y al Ministro del Ramo, les corresponde tomar las medidas necesarias para garantizar el orden, la defensa y la seguridad del país, así cómo las que aseguren la tranquilidad y el libre disfrute de las libertades públicas".

También el empeño en conseguir una adecuada concepción de Seguridad Nacional entre los países desarrollados, no ha cedido. Así, para los Estados Unidos el concepto de Seguridad Nacional significa la defensa nacional y de las relaciones exteriores, la cual, estaba conformada por un sistema de seguridad llamado Consejo de Seguridad Nacional presidido por el Director de la Agencia Central de Inteligencia (CIA), oficina creada desde el año de 1947. Esta situación, ha cambiado sustancialmente después de los ataques del pasado 11 de septiembre, los que evidenciaron, que esta superpotencia del mundo, no era inmune a la vulneración de su seguridad nacional.

Como reacción a estos lamentables sucesos, los Estados Unidos se vieron forzados a realizar diversas reformas en materia de seguridad nacional, para renovar urgentemente lo que llamaron las "armas anticuadas" con las que trabajaban las fuerzas de seguridad de ese país, ya que, según aseveraron, sus leyes en la materia, no guardaron ninguna relación con los avances de la tecnología, lo que supuso un enorme obstáculo para hacer frente a los hechos que se suscitaron en su territorio.

Las acciones que implementaron, incluyeron la creación en su gabinete, de la Oficina de Seguridad Interna que ahora coordinará las labores de seguridad a nivel nacional, incluyendo los servicios de inteligencia del FBI y de la CIA, junto con los militares, los responsables de los servicios de emergencia, y los gobiernos estatales y locales; la aprobación de una ley de visas para informantes; de la ley sobre seguridad aérea; y de la ley antiterrorista, que entre otras cosas, permite mayores facultades de acción al Servicio de Inmigración y Naturalización y elimina restricciones a los procedimientos de acceso a la información, escuchas telefónicas y ordenes de arresto, situaciones que al no haberse previsto con anticipación y por la celeridad con las que se aprobaron, fueron calificadas por algunos congresistas estadounidenses como atentatorias de las libertades civiles.

Para España, el concepto de Seguridad Nacional se traduce en la protección al conjunto de bienes y condiciones que integran a la nación, en su Constitución señala que "corresponde a las Fuerzas Armadas, constituidas en Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército de Aire, garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional".

En Australia, la Seguridad Nacional se define como la protección del Estado y de las personas, así como de otras entidades y territorios en contra de: I. Espionaje; II. Sabotaje; III. Violencia políticamente motivada; IV. Provocación de violencia comunitaria, y V. Actos de interferencia extranjera.

En México, el tratamiento que se le ha dado al tema, no ha sido homogéneo, lo que ha dado como consecuencia el arraigo en concepciones parciales o erróneas sobre la naturaleza y alcances de la Seguridad Nacional.

Desde la génesis de nuestra actual Constitución, en el año 1917, el espíritu del Constituyente no contempló estas ideas que esbozan la conceptualización moderna de la Seguridad Nacional, debido a obvias razones que tenían que ver con la priorización de temas que preocupaban con mayor intensidad a los legisladores, y que enmarcaban el momento histórico que vivía nuestra patria.

De 1929, año en el que encontramos el primer antecedente de un mecanismo que permitía monitorear y analizar los problemas que pudieran afectar la conducción del país, y hasta el día de hoy, la definición y la práctica de la Seguridad Nacional, se han manejado como subsidiarias de la seguridad del Estado.

La falta de una política real de Seguridad Nacional, a lo largo de los años, ha provocado que se desatiendan verdaderas amenazas que han permitido el crecimiento de la delincuencia organizada, la corrupción, el desarrollo regional desequilibrado, la desigualdad social y la destrucción ambiental, entre otros aspectos importantes que merecen mayor seguimiento y atención.

De estos fenómenos, que han crecido a la par de conflictos y rezagos políticos, económicos, sociales y culturales, por su impacto en la sociedad, el más notable ha sido la gran dosis de violencia e inseguridad pública que se ha generado debido a un incremento inédito de la delincuencia y de las manifestaciones violentas asociadas a la misma.

Delitos como el narcotráfico, secuestro, robo de vehículos, tráfico de armas, entre otros, constituyen un grave atentado a la vida social, y son delitos que hoy, no conocen fronteras, y que han cobrado tal incidencia en nuestro país y en muchos otros, que actualmente están mereciendo un tratamiento de Seguridad Nacional en las estrategias desarrolladas por las instituciones de Seguridad Pública, lo que también ha propiciado que ambos conceptos sean confundidos y muchas veces equiparados.

Pero si a la Seguridad Nacional la entendemos como aquella que deberá preservar las condiciones de paz, libertad y justicia en que se sustenta el orden jurídico constitucional, permitiendo el desarrollo soberano de un país, se deduce que ambos temas, el de la Seguridad Pública y el de la Seguridad Nacional, son distintos, pero están íntimamente relacionados, ya que la Seguridad Pública viene a ser una arista más de las que conforman el ámbito de competencia de la Seguridad Nacional.

Los diversos acontecimientos que durante los últimos años, y recientemente, se han suscitado en el plano nacional e internacional, hacen que en México sea aún más patente la necesidad de conceptuar, delimitar y regular, todos aquellos aspectos relacionados con la Seguridad Nacional.

Los movimientos sociales en Chiapas, Oaxaca y Guerrero, el crecimiento del narcotráfico, los incidentes sobre las intervenciones telefónicas, así como los recientes acontecimientos que pusieron en evidencia la fragilidad de los sistemas de seguridad nacional del país más poderoso del mundo, hacen urgente que nuestro país cuente con una sólida estructura jurídica en materia de Seguridad Nacional, que le permita corregir y hacer frente a situaciones que pongan en peligro las condiciones de paz, libertad y justicia en que se sustenta el orden jurídico constitucional, así como su sano desarrollo democrático y soberano.

En México la ausencia de un concepto definido y de un adecuado y suficiente marco normativo en la materia, abre la posibilidad de que se presente un alto grado de discrecionalidad en la estrategia de la defensa de la Seguridad Nacional y en la toma de las decisiones derivada de esta situación, las qué de no cuidarse, podrían incurrir en violaciones flagrantes a las garantías individuales y a los derechos humanos.

Es precisamente en este tema, el de la Seguridad Nacional, en el que no debemos permitir, y nunca debe ocurrir, que ésta vele por la seguridad del régimen en turno y por proteger intereses particulares vinculados al poder. Debemos evitar caer en la confusión entre el interés nacional y el interés de grupos, que puede pervertir la función de los organismos encargados de identificar los riesgos que afectan la seguridad de nuestra nación.

Es en agosto de 1985, cuando el Ejecutivo federal crea la Dirección General de Investigación y Seguridad Nacional (Disen), la cual opera hasta 1989, fecha en que se establece el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen), ambas oficinas dependientes de la Secretaría de Gobernación y que, por lo menos, en su nombre, ya albergaban el concepto de Seguridad Nacional.

Actualmente el organismo con algunas facultades normativas específicas, que desarrolla actividades de inteligencia para la seguridad de nuestra nación, es precisamente el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen).

Dicho organismo desconcentrado, según el artículo 33 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, tiene como atribución, el establecer y operar un sistema de investigación e información para la seguridad del país; recabar y procesar la información generada por el sistema señalado, determinar su tendencia, valor, significado e interpretación específica y formular las conclusiones que se deriven de las evaluaciones correspondientes; realizar los estudios de carácter político, económico y social que se relacionen con sus atribuciones, y realizar encuestas de opinión pública sobre asuntos de interés nacional.

Estas importantes atribuciones, de las cuales, actualmente ningún país puede prescindir de ellas, encuentran su marco jurídico y normativo, sólo en la fracción XXIX del artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que se refiere a las funciones de la Secretaría de Gobernación y en el ya referido artículo 33 y el 34 del Reglamento Interior de esta misma Secretaría.

También de alguna manera, inherente a sus atribuciones, dependencias como la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República, vienen realizando funciones de investigación e inteligencia ligadas a la Seguridad Nacional.

Pero de manera especifica, no encontramos en ninguna parte de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la referencia al término Seguridad Nacional, lo que pone de manifiesto que en México, nos estamos quedando rezagados y al margen de la evolución jurídica que ha impulsado los acontecimientos nacionales y mundiales, por lo menos en los últimos diez años.

Estos organismos que realizan funciones de Seguridad Nacional, actúan dentro de un vacío constitucional, que es imperativo llenar, para acabar y evitar distorsiones y deformaciones estructurales y funcionales que puedan derivar en la posible arbitrariedad y absoluta discrecionalidad en su operación.

En el artículo 89 constitucional, que se refiere a las facultades y obligaciones del Presidente de la República, la fracción VI le otorga al presidente la facultad de "disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente o sea del ejército terrestre, de la Marina de Guerra y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación".

Pero cómo se deriva de los conceptos vertidos en esta exposición de motivos, la visión contemporánea de la Seguridad Nacional se refiere a aspectos más amplios que sólo al ámbito militar; abarca la protección de los elementos constitutivos del Estado: Gobierno, Territorio y Población, frente a las agresiones externas o internas que lesionan o ponen en peligro la soberanía y la estabilidad o el desarrollo armónico de las instituciones sociales y políticas. La Seguridad Nacional, ahora se integra de una visión amplia y consistente que se basa en la democracia y en la estabilidad, en la convivencia pacífica y en la concordancia social; incluyendo también un modelo económico que ofrezca un sistema productivo que promueva el desarrollo sostenido.

No obstante que el Ejecutivo Federal deriva sus facultades en esta materia a través de los artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de los del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, a los que se hizo referencia, consideramos necesario incluir, dentro de las facultades y obligaciones del Presidente de la República, la facultad de preservar la Seguridad Nacional, lo que vendría a fortalecer y dar fundamento constitucional a las funciones que en la materia realizan las dependencias del Ejecutivo.

Como hemos explicado, los conceptos que abarca la Seguridad Nacional, como seguridad económica y financiera, la seguridad ecológica y ambiental, la seguridad alimentaria, el terrorismo internacional, la proliferación de armas de destrucción masiva, el narcotráfico, el crimen organizado y la contra inteligencia, implican una enorme responsabilidad en la que todos los mexicanos debemos ser copartícipes.

Como han demostrado claramente los acontecimientos internacionales, ni la integridad territorial, ni la paz social están garantizadas permanentemente, ya que en cualquier momento, pueden verse vulneradas por situaciones internas o externas; por lo que trabajar ahora en el fortalecimiento del fundamento y marco jurídicos de la Seguridad Nacional, es avanzar en la reducción de los riesgos que implica el afrontar situaciones y actividades que puedan afectar los intereses de nuestra nación.

En México, debemos aspirar a desarrollar verdaderos procedimientos de investigación y análisis de inteligencia estratégica, táctica y operativa que genere información privilegiada para la toma de decisiones.

Esto supone, en principio, que a través de la regulación normativa de la Seguridad Nacional logremos mejorar las capacidades del sistema, y en particular, del control de las actividades de búsqueda de información y de contrainteligencia, de la coordinación en inteligencia estratégica, de la calidad de los análisis, de la racionalidad en el uso del presupuesto, de la optimización de la formación y de la capacitación del personal dedicado a esas tareas.

En esta labor, el Poder Legislativo Federal, no puede mantenerse al margen.

Esta Soberanía, en la que se encuentra representada la voluntad popular, no puede, ni debe, estar ajena a la problemática que en México presenta el tema de la Seguridad Nacional; en la que de manera urgente se requiere que todos participemos en la conformación de un sólido marco normativo y de una legislación moderna y especializada para enfrentar los dinámicos riesgos a los que nos enfrenta la vida nacional e internacional contemporáneas.

Debido a que la Seguridad Nacional tiene un carácter eminentemente estratégico para la continuidad y desarrollo de la nación, se hace indispensable otorgar la facultad de legislar en materia de Seguridad Nacional al Poder Legislativo, anteponiendo el principio del equilibrio entre poderes, como una de las condiciones para garantizar la consolidación democrática y el fortalecimiento del Estado de derecho en el que vivimos los mexicanos.

Estamos convencidos que únicamente con el balance entre poderes, se puede garantizar un ejercicio de gobierno responsable en materia de Seguridad Nacional, capaz de satisfacer las nuevas expectativas sociales que en esta materia, esperan los mexicanos.

En México, las labores de inteligencia se han regulado en decretos y reglamentos administrativos. En otros países, la tendencia es cambiar este tipo de instrumentos por reformas y legislaciones que dan permanencia, legitimidad y legalidad a tan importante función.

Otorgar facultades en materia de Seguridad Nacional a nivel constitucional a los poderes Legislativo y Ejecutivo, es la gran oportunidad que tiene la LVIII legislatura de esta Cámara, de dar el primer paso necesario e indispensable para crear la base donde se inicie la edificación jurídica sólida que dé certidumbre a México y a los mexicanos en este, cada vez más delicado e importante, tema de la Seguridad Nacional.

Por lo anteriormente expuesto, y con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en la fracción II del artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, someto a la consideración de este honorable pleno el presente proyecto de decreto de reformas a la fracción XXVIII del artículo 73 y a la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgarle al Congreso Federal la facultad de legislar en materia de Seguridad Nacional, y al Presidente de la República facultades en materia de Seguridad Nacional.

Artículo Primero. Se reforma la fracción XXVIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 73. ...........

XXVIII. Para legislar en materia de seguridad nacional. Artículo Segundo. Se reforma la fracción VI del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue:

Artículo 89. ..........

VI. Preservar la seguridad nacional y disponer de la totalidad de la fuerza armada permanente o sea del ejercito terrestre, de la marina de guerra y de la fuerza aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la federación.

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dip. Omar Fayad Meneses (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Noviembre 8 de 2001.)
 
 
 

QUE ADICIONA UN ARTICULO 100-BIS Y REFORMA EL ARTICULO 465 DE LA LEY GENERAL DE SALUD, PARA PROHIBIR LA CLONACION DE SERES HUMANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO FRANCISCO SALVADOR LOPEZ BRITO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Los suscritos diputados del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del artículo 71 constitucional y el artículo 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable Cámara la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona un artículo 100-Bis y se reforma el artículo 465 de la Ley General de Salud con la finalidad de prohibir la clonación humana, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Es un hecho universalmente aceptado, que a través de los conocimientos científicos y tecnológicos surgidos de la medicina y la biología del desarrollo, el hombre ha sido capaz de modificar genéticamente las características de los organismos vivos, que el conocimiento generado y acumulado le ha posibilitado lograr en experimentos genéticos, la obtención de animales y plantas con mayor producción, mayor resistencia al trabajo, resistencia a las plagas y otras cualidades que han permitido generar mayores alimentos y de mejor calidad.

Asimismo, que en los últimos lustros, gracias al conocimiento generado por el descubrimiento de la estructura molecular de los genes y los mecanismos de duplicación y transmisión de los caracteres hereditarios, y con esto la capacidad de modificar la expresión de las proteínas, se ha logrado la posibilidad de modificar y manipular los genes.

Que los avances de las ciencias biomédicas y la biotecnología, posibilitan el mejorar la calidad de la vida y de la salud de los seres humanos, pero que también estos logros pueden ser utilizados en contra de la vida humana, de la dignidad de la persona y de los derechos humanos, lo que obliga a todos, pero especialmente a los legisladores, en la responsabilidad que el voto de los ciudadanos les ha conferido, el generar las leyes y normas jurídicas que por un lado propicien la investigación clínica y la investigación científica, que apoyen el desarrollo de las técnicas y las tecnologías biológicas para contribuir a elevar los niveles de calidad de vida y salud, atendiendo a conductas éticas y deontológicas de clínicos e investigadores y que en este marco se establezcan métodos que permitan valorar las posibles consecuencias que deriven del conocimiento científico y sus aplicaciones.

Derivado de todo lo anterior, a continuación se sentarán las bases jurídicas, científicas, tecnológicas y éticas, para prohibir que se practique este procedimiento en seres humanos.

La clonación humana es una forma de reproducción asexual, éste procedimiento se basa en la transferencia de material nuclear de una célula somática, en un óvulo enucleado, la cual será implantada. Es decir, en la clonación, no intervienen la presencia de los dos gametos; el óvulo y el espermatozoide.

De lo cual se puede entender, que sin la presencia de dos gametos, que aportan igual número de cromosomas, y dan como resultado que el ser formado, tenga una información genética proporcionada casi en partes iguales por cada uno de los progenitores, mientras que un animal clonado resulta ser, casi una réplica de su antecesor.

Esta última precisión es imprescindible para entender que en la clonación la información genética proporcionada al nuevo ser, resulta en que como ya ha sido señalado, éste sea, casi una réplica del donador, ya que es quien aporta casi la totalidad de la información, tan sólo hay que recordar que el ácido desoxirribonucleico (DNA) nuclear contiene una información de 3000 millones pares de bases y el DNA mitocondrial del óvulo o célula receptora tiene tan sólo 16596 pares de bases.

La evolución de la clonación en mamíferos, tiene solamente un antecedente, la clonación de una oveja, por un grupo de científicos en Escocia, encabezados por Ian Wilmut, este experimento demostró que el proceso de especialidad por diferenciación que sufren todas las células, puede a su vez desdiferenciarse y dar origen a una célula totipotencial, y que el ser producido a través de este procedimiento es casi una réplica de su antecesor, salvo la poca información contenida en las mitocondrias de la célula receptora. El procedimiento se realizó, utilizando células somáticas de un animal adulto, que han estado expuestas a carcinógenos, radiaciones y otros elementos agresivos, lo que explica el porqué en los experimentos, se presentaron mutaciones, malformaciones, embarazos anormales y en el único producto logrado, predisposición a enfermedades que no tuvo su antecesora.

Es preciso entender que aún y cuando teóricamente es posible la clonación en seres humanos usando las mismas técnicas y tecnologías, que anteriormente fueron utilizadas en otros mamíferos, la eficiencia de este procedimiento es bajísima, ya que para el único éxito de clonación registrado en mamíferos, se requirieron 277 intentos, de los cuales 248 terminaron en abortos, y de los 29 que se convirtieron en embriones, sólo uno nació aparentemente sano, pero que sin llegar a la adultez, padeció enfermedades que no tuvo su antecesora, que todos los animales, hembras, que se requirieron para igual número de intentos, en este experimento, tuvieron que ser sometidas a intensos cambios hormonales y alteración de la fisiología normal, durante un largo periodo, desde antes del intento de clonación y durante todo el tiempo de éste, lo que sin duda provocó cambios de la fisiología normal en toda la vida de estos animales.

Con todas las anteriores consideraciones, resulta necesario establecer que:

De entre los argumentos científicos que hay qué destacar para prohibir la clonación, está el hecho irrefutable de que la evolución y especialización de las especies, se ha dado por diversos factores, sobresaliendo de entre todos, el principio del azar genético, éste constituye para los biólogos y antropólogos, el elemento esencial de la naturaleza de los seres vivos y, en el caso específico de los seres humanos, es con el que se logran, la hominización (paso de la simple animalidad a la racionalidad) y la humanización, con lo cual explican además los biólogos, que la evolución obedece a un plan de la naturaleza, en que la mezcla armónica de material génico favorece la evolución de las especies.

No parece haber ninguna duda en que la investigación científica y tecnológica, deba ser apoyada por todos, gobierno y sociedad, y que los legisladores deben asumir su parte en ésta, que es una responsabilidad social, pero, el apoyar su expansión y progreso, debe darse en un contexto de respeto a los derechos humanos y a la dignidad de la persona, por lo que la responsabilidad y ética de los legisladores no les puede permitir que renuncien al análisis de todos los factores, no tan sólo científicos y tecnológicos, sino culturales, éticos y morales de todos los mexicanos.

Por lo tanto, es preciso preservar y defender la dignidad humana y los derechos humanos y el consiguiente valor de la vida, sobre todo en sus características de unicidad, éstas son las tareas y actividades esenciales y el objetivo principal y permanente de la actividad legislativa, y en este sentido es obligación ética de asentarlo en la legislación de nuestro país.

Una vez confrontado el procedimiento con criterios científicos, tecnológicos, éticos y legales, procediendo a los principios del interés general y del bien común, respondiendo a los anteriores puntos y de conformidad con los preceptos constitucionales, puede ser asumida con responsabilidad y pleno conocimiento de que la permisión de la clonación humana vulnera las normas constitucionales.

Respetar la dignidad humana es reconocer el proyecto vital de cada individuo, es hacer referencia al bienestar individual, es defender y preservar la integridad genética de cada individuo, lo que constituye su individualidad biológica, es respetar los derechos del hombre desde su gestación, los anteriores enunciados no se oponen a diversas concepciones filosófico-jurídicas, ya que en todas las formas de interpretación de la realidad, se asume la libertad del hombre y su preeminencia sobre cualquier interés colectivo.

Así, entonces tenemos que, las principales consideraciones en contra de la clonación humana son de carácter filosófico-jurídico, humanísticas, éticas y culturales, a las que hay que añadir las de carácter científico y tecnológico, así como las objeciones que resultan de las normas constitucionales y del análisis de la Ley General de Salud, la cual establece la obligación del Estado a la protección y acrecentamiento de los valores que coadyuven al disfrute de condiciones de salud.

Así entonces, en el análisis legislativo, las consideraciones emanadas de diversas concepciones e interpretaciones de la realidad, ya sean por razones que argumentan diferentes religiones y culturas con criterios sociales o morales, no pueden ser obviados, ni desestimados, mucho menos denostados.

Congruente con lo anterior, el 11 de noviembre de 1997 la UNESCO señala en la Declaración Universal del Genoma Humano, en su artículo 11, al cual se ha adherido nuestro país: "No deben permitirse las prácticas que sean contrarias a la dignidad humana, como la clonación de seres humanos ?".

Por las consideraciones anteriormente expuestas, y en ejercicio de nuestras facultades constitucionales, los suscritos diputados de Acción Nacional a la LVIII Legislatura de la Cámara de Diputados sometemos ante esta Asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona un artículo 100-Bis y se reforma el artículo 465 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 100-Bis.- Toda investigación, manipulación o intervención que tenga como fin realizar cualquier tipo y forma de clonación humana, se considerará contraria a esta ley.

Se entenderá por clonación humana: la reproducción asexual a través de la introducción de material nuclear de una célula somática humana dentro de un oocito fertilizado o sin fertilizar cuyo núcleo haya sido removido o inactivado para producir un organismo vivo en cualquier etapa de su desarrollo.

Artículo 465.- Al profesional, técnico o auxiliar de las disciplinas para la salud y, en general, a toda persona relacionada con la práctica médica que realice actos de investigación, manipulación o intervención clínica en seres humanos o células, tejidos o fluidos humanos, sin sujetarse a lo previsto en el Título Quinto de esta Ley, se le impondrá prisión de uno a ocho años, suspensión en el ejercicio profesional de uno a tres años y multa por el equivalente de cien a dos mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate. Si la conducta se lleva a cabo con menores, incapaces, ancianos, sujetos privados de libertad o, en general, con personas que por cualquier circunstancia no pudieran resistirse, la pena que fija el párrafo anterior se aumentará hasta en un tanto más.

Transitorios

Artículo Primero. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo. El Ejecutivo Federal en un plazo no mayor de 60 días realizará las adecuaciones correspondientes en las disposiciones reglamentarias.

Diputados: Alcocer Flores Juan, Alvarez Bruneliere Silvia, Escobedo Zoletto Salvador, Esquivel Martínez Hilario, Galván Antillón María Eugenia, Orozco Garza Manuel Wistano, Orozco Martínez Rafael, López Brito Francisco Salvador, Martínez Macías Martha Patricia, Santibáñez García Luis Miguel, Valenzuela Cabrales Carlos A., Vidrio Rodríguez Juvenal (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Salud. Noviembre 8 de 2001.)
 
 
 
 

DE REFORMAS AL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE ANTONIO MAGALLANES RODRIGUEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

El que suscribe, diputado José Antonio Magallanes Rodríguez, integrante del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LVIII Legislatura, en ejercicio de la facultad que me otorga la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 56, 62 y 63 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante el pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, la iniciativa de reformas al Código Fiscal de la Federación, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Para el Partido de la Revolución Democrática, es claro que las características que debe reunir un buen sistema tributario están asociadas con los principios de equidad, justicia, eficiencia, neutralidad, sencillez administrativa y diseño eficiente de la política impositiva.

Dentro del marco de propuestas que ha presentado el PRD en materia de reforma fiscal integral, se inscribe ahora la iniciativa de reformas al Código Fiscal de la Federación, misma que tiene como principal eje reducir la evasión fiscal a través de la simplificación administrativa, cumpliendo con el principio de simplicidad y claridad.

Los problemas político-administrativos del sistema tributario mexicano están asociados con la elevada cantidad de trámites que se deben cubrir, la dificultad para llenar las formas fiscales y el tiempo que se emplea. Asimismo, la provisión de bienes y servicios públicos de cuestionada calidad asociada con la alta corrupción y falta de transparencia en el manejo de los recursos públicos, también inciden negativamente en la recaudación fiscal.

El sistema tributario mexicano ha incurrido en ineficiencias en la recaudación. Sólo por citar el ejemplo del IVA, las pérdidas que generan las exenciones y excepciones significan que de cada peso que se podría recaudar, sólo se ingresa al erario 52 centavos. En el caso del impuesto sobre la renta, cada año dejan de ingresar al erario cerca de 180 mil millones de pesos.

Otro problema que debe enfrentarse de manera permanente es el de la elusión fiscal, por medio de la cual algunos contribuyentes buscan encontrar en los textos legales una interpretación conceptual distinta a la intención del legislador, todo ello con el ánimo de obtener un beneficio económico.

Tanto la evasión como la elusión, junto con otros problemas estructurales de nuestro sistema impositivo, obligan a una reforma fiscal integral, pero una en la que no se dependa del consumo de las mayorías para obtener más recursos. Una que no dependa del IVA en alimentos y medicinas. Recordemos que la cifra que pretende recaudar el Ejecutivo por concepto de IVA es casi equivalente a la que se evade por el pago del mismo impuesto: cerca de 120 mil millones de pesos.

Nuestra propuesta de reformas al Código Fiscal de la Federación busca también propiciar que el contribuyente no quede en un estado de indefensión por un acontecimiento ajeno a él y con ello se pretende dar cumplimiento al principio de seguridad jurídica.

Otra parte de la propuesta tiene un carácter más bien económico, pues busca eliminar la iniquidad que existe en la devolución de contribuciones, pues cuentan con una tasa de interés que hace más atractivo para algunas empresas invertir en el fisco que en activos productivos.

Estas propuestas son trascendentes, considerando que son el principio para reformar nuestro sistema tributario, acorde con las necesidades del país y con el objetivo de obtener mayores ingresos para el Estado. Asimismo, el sistema tributario mexicano ha incurrido en ineficiencias en la recaudación. Sólo por citar el ejemplo del IVA: las pérdidas que generan las exenciones y excepciones significan que de cada peso que se podría recaudar, sólo se ingresa al erario 52 centavos, propiciando en los contribuyentes incentivos para que sigan invirtiendo en nuestro país.

En materia fiscal, los plazos son fatales, ya que en caso de siniestro o emergencia se suspenden las labores en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; sin embargo, los mismos se consideran sin modificación, lo que reduce el margen de días que tienen los contribuyentes para presentar una promoción y pagar su adeudo en tiempo y forma. Por tal motivo, la propuesta de reforma del artículo 12 del Código Fiscal de la Federación tiene como finalidad propiciar que el contribuyente no quede en estado de indefensión por un acontecimiento ajeno a él y con ello se daría cumplimiento al principio de seguridad jurídica.

El artículo 18-A resulta violatorio del principio de simplicidad y claridad, ya que para hacer una consulta prevé demasiados requisitos, lo que también resulta contrario al derecho de petición consagrado en el artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por lo tanto, podemos afirmar que la autoridad no cumple con lo establecido en el artículo 33, fracción I, de este mismo ordenamiento, en el que se señala la obligación de proporcionar asistencia al contribuyente.

Asimismo, la aplicación del índice nacional de precios al consumidor es contraria a la garantía de legalidad tributaria. Sobre el particular, encontramos una jurisprudencia emitida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia, en la que se observa que este cálculo no precisa los componentes, las bases, los criterios o las reglas que deberían considerarse para formular el citado índice y deja en manos del Banco de México la determinación de uno de los elementos que los contribuyentes deben considerar para calcular la base en el monto de los recargos, siendo que esta facultad es exclusiva del legislador.

El párrafo séptimo del artículo 20 es contrario al principio de simplicidad y claridad, porque algunos contribuyentes tienen dificultades generadas por causas en ocasiones fortuitas, que llegan a caer dentro de los límites establecidos por la ley para que se efectúe el pago a través de transferencia electrónica. Por lo tanto, se propone cambiar la palabra "deberán" por la palabra "podrán", con la finalidad de que el contribuyente esté en aptitud de cumplir en forma simplificada con sus obligaciones fiscales.

La aplicación de la actualización desde el momento en que el contribuyente no cumple al presentar alguna obligación, genera una indemnización al fisco por el daño causado por la falta de pago oportuno. El procedimiento de indexación aplicado a las cantidades adeudadas genera una duplicidad con los recargos, por lo tanto, este párrafo del artículo 21 es inconstitucional.

El artículo 22 no cumple con los principios de simplicidad y claridad; además, resulta confuso y absurdo, porque la autoridad exige del contribuyente la presentación de una garantía equivalente al monto de la devolución solicitada, apercibido de que, en caso de no cubrir este requisito, se le tendrá por desistido. Como podemos observar, resulta contradictoria la exigencia de una garantía, cuando se trata del reclamo de un derecho, ya que la misma es exigible sólo en caso del incumplimiento de obligaciones.

Este procedimiento no es legal. En la práctica, sucede que cuando el contribuyente solicita la devolución de un saldo a favor, la autoridad ejerce sus facultades de inspección o auditoría con fundamento en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y exige la exhibición de libros, además de papeles de trabajo, para comprobar que se han aplicado las disposiciones fiscales al solicitar el crédito. La autoridad debe sujetarse a las leyes respectivas y a las formalidades prescritas para cateos, y no dejar al contribuyente a merced de las facultades discrecionales de la autoridad.

Se busca la reforma administrativa para simplificar los trámites de devolución en saldos a favor, pero también se prevé la sanción en caso de que el reclamo por parte del contribuyente sea improcedente. Se pretende con esta medida crear en el ciudadano una conciencia de pago y se avanza para que existan disposiciones menos complicadas de entender y de aplicar.

La compensación entre diferentes impuestos debe establecerse, porque muchos contribuyentes se encuentran en la situación de tener un adeudo de impuesto al valor agregado y un saldo a favor en impuesto sobre la renta. De llegarse a aprobar esta reforma, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendría probablemente un costo menor por el manejo de la recaudación. Siendo la compensación una de las formas de extinción de las obligaciones fiscales, no existe un argumento que contravenga su aplicación.

Sucede que en muchas ocasiones el desconocimiento por parte del contribuyente de las leyes tributarias, no le permite utilizar sus tres oportunidades para presentar declaraciones complementarias y con la presente reforma, se le permitiría regularizar su situación fiscal.

Con objeto de dar cumplimiento a la garantía de información consagrada en la última parte del artículo 6º de la Constitución y con el fin de coadyuvar en el mejoramiento de la administración tributaria y de la aplicación de la legislación fiscal, proponemos que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público difunda la información y orientación necesarias que permitan crear una auténtica conciencia del cumplimiento fiscal entre la sociedad.

Considerando que en el Estado de México existe la figura de la afirmativa ficta, proponemos que se autorice en la Federación. Cabe destacar que la autoridad fiscal no aplica el actual artículo 37 de este ordenamiento jurídico y deja pasar el tiempo para que se configure la negativa ficta sin resolver las peticiones que le son requeridas.

Encontramos incongruencia en la redacción del artículo 41-A, ya que por un lado se señala que las facultades de comprobación se inician con la solicitud de informes y documentos, y, por otro lado, que no se considerará este ejercicio de facultades de comprobación cuando únicamente se soliciten los datos, informes y documentos. Por lo tanto, proponemos que la redacción se cambie para decir que el ejercicio de dichas facultades podrá continuar después de solicitar datos, documentos e informes y con ello se lograría salvaguardar la garantía de seguridad jurídica consagrada en el artículo 14 de nuestra carta magna.

En la práctica, la autoridad amplía los plazos para continuar con las auditorías fundamentándose principalmente en presunciones, por lo que el contribuyente queda en estado de indefensión, y en consecuencia, se viola la garantía antes mencionada.

De acuerdo con lo anteriormente dicho, es necesario que la autoridad reconsidere sus métodos sobre el particular y cumpla con todas las formalidades del procedimiento. Existen lagunas en la ley que fomentan el estado de indefensión del contribuyente, por lo que consideramos necesario corregir a la brevedad posible esta situación anómala.

Es común que al inicio de las facultades de comprobación, la Secretaría de Hacienda encuentre documentos que no estén registrados: por ejemplo, libros o sistemas contables. Cuando esto sucede, los documentos en estas condiciones no son tomados en consideración. Al respecto, cabe hacer mención de que las autoridades tienen oportunidad de hacer compulsas para verificar la autenticidad de los documentos, independientemente de las sanciones que pueden imponer por la falta de registro; de tal manera, el cruce de información permite determinar la omisión en caso de existir y, por lo tanto, estos documentos deben considerarse como auxiliares en la revisión.

El actual texto del artículo 52 resulta ser violatorio de la garantía de libertad de trabajo o profesión contenido en el artículo 5º de la Constitución. La propuesta que hacemos sobre el artículo 66 de este código tiene su fundamento en el principio de capacidad contributiva contenida en la fracción IV del artículo 31 constitucional, misma que debe tomarse en consideración en virtud de que existe una estrecha relación entre la capacidad contributiva y la exigencia de las garantías, lo cual ocasiona una pesada carga al contribuyente.

Con el fin de uniformar los plazos, es necesario considerar que cuando la autoridad ejerza sus facultades de comprobación se sujete a las mismas condiciones que tiene el contribuyente, es decir, de acuerdo con lo estipulado en el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 67 de este ordenamiento.

El fin primordial de esta propuesta es otorgar facilidades al contribuyente que voluntaria y espontáneamente cumple sus obligaciones fiscales. Por otra parte, es necesario que se valore el dictamen fiscal en razón de los requisitos que se exigen para que un contador público obtenga su primera certificación para ejercer su profesión, que es el título profesional, y pueda hacer dictámenes. Resulta absurdo que un dictamen al final de cuentas no tenga ningún valor y sea un gasto infructuoso para el contribuyente que lo realiza.

Sucede en muchas ocasiones que los contribuyentes omiten el pago de sus impuestos por diversos motivos, como son el desconocimiento de la ley, lo complicado de la misma o por error. Por esa razón se propone que la secretaría, antes de elaborar denuncia o querella, compruebe que la omisión fue cometida con dolo, aun cuando el desconocimiento de las leyes no exime de su cumplimiento. Es menester hacer notar que por lo compleja que resulta la aplicación de la ley fiscal, ni el más experto profesionista puede afirmar que la conoce perfectamente.

En consecuencia, sería conveniente que la autoridad, además de valorar si existe o no el dolo, valore la situación del contribuyente, respecto del conocimiento de la misma. La adición del artículo 29-C es una propuesta del sector involucrado y conviene resaltar su voluntad por convencimiento propio de solidarizarse en el pago de sus impuestos, generando las condiciones para que el principio de cumplimiento voluntario consagrado en la exposición de motivos del Código Fiscal de la Federación de 1982 sea una realidad.

Se propone derogar el artículo 17-A, porque no cumple con los requisitos para que un impuesto tenga validez constitucional, y éstos son los siguientes:

Primero. Que sea establecido por ley.

Segundo. Que sea proporcional y equitativo.

Tercero. Que sea destinado al pago de los gastos públicos.

En el caso de la actualización, lo que establece el Código Fiscal no es de ninguna manera proporcional y equitativo. Si consultamos la Ley de Ingresos de la Federación, observamos que no está considerado algún rubro referente a la misma; por lo tanto, se cree que no se destina a cubrir los gastos públicos y, en consecuencia, no cumple con los requisitos de validez constitucional para generar un recurso hacia la Federación. Incluso, existe una jurisprudencia emitida por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde se declara inconstitucional la aplicación del índice nacional de precios al consumidor.

Estas propuestas son importantes, considerando que son el principio para reformar nuestro sistema tributario, acorde con las necesidades del país y con el objetivo de obtener mayores ingresos tributarios para el Estado, propiciando en los contribuyentes incentivos para que sigan invirtiendo en nuestro país. Por las razones anteriores expuestas se presenta el siguiente

Proyecto de decreto

Artículo primero.- Se reforman el primer párrafo del artículo 12; el séptimo párrafo del artículo 20; los párrafos primero y segundo del artículo 21; los párrafos cuarto, séptimo y décimo del artículo 22; el primer párrafo del artículo 23; el primer párrafo del artículo 32; el inciso e de la fracción I del artículo 33; el párrafo primero del artículo 37; el segundo párrafo del artículo 41-A; el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 46; el segundo párrafo del artículo 46-A; el primer párrafo del artículo 47; la fracción VI del artículo 48; el inciso a de la fracción I del artículo 52; el sexto párrafo de la fracción IV del artículo 67; el párrafo primero, la fracción I, y el tercer y cuarto párrafos, así como el inciso d del quinto párrafo del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 12.- En los plazos fijados en días no se contarán los sábados, los domingos, los días que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no labore, ni el 1 de enero, el 5 de febrero, el 21 de marzo, el 1 y 5 de mayo, el 1 y 16 de septiembre, el 20 de noviembre, el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transición del Poder Ejecutivo federal, y el 25 de diciembre.

..........

Artículo 20.-

.............

Se aceptarán como medios de pago, los cheques certificados o de caja, los giros postales, telegráficos o bancarios y las transferencias de fondos reguladas por el Banco de México; los cheques personales únicamente se aceptarán en los casos y con las condiciones que establezca el reglamento de este código. Los contribuyentes obligados a presentar pagos provisionales mensuales de conformidad con las leyes fiscales respectivas, podrán efectuar el pago de sus contribuciones mediante transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación, de conformidad con las reglas de carácter general que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La citada dependencia podrá autorizar a otros contribuyentes a efectuar el pago de sus contribuciones mediante transferencia electrónica de fondos.

I a IV. ............. Artículo 21.- Cuando no se cubran las contribuciones o los aprovechamientos en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, además deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno. Dichos recargos se calcularán aplicando al monto original de las contribuciones o de los aprovechamientos por el periodo a que se refiere este párrafo, la tasa que resulte de sumar las aplicables en cada año para cada uno de los meses transcurridos. La tasa de recargos para cada uno de los meses de mora será la que resulte de incrementar en 50 por ciento a la señalada en la Ley de Ingresos de la Federación.

Los recargos se causarán hasta por el periodo de un año, salvo en los casos a que se refiere el artículo 67 de este código.

.........

Artículo 22.-

............

Las autoridades fiscales, para verificar la procedencia de la devolución podrán requerir al contribuyente, en un plazo no mayor de veinte días posteriores a la presentación de la solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que consideran al promovente a fin de que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado apercibido que de no hacerlo dentro de dicho plazo se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución correspondiente. Cuando la autoridad requiera al contribuyente los datos, informes o documentos antes señalados, el periodo transcurrido entre la fecha en que se hubiera notificado el requerimiento de los mismos y la fecha en que éstos sean proporcionados en su totalidad por el contribuyente, no se computará en la determinación de los plazos para la determinación de la devolución antes mencionada. No se considerará que las autoridades fiscales inicien el ejercicio de sus facultades de comprobación cuando solicite los datos, informes y documentos a que se refiere este párrafo pudiendo ejercerlas en cualquier momento.

...........

Si la devolución no se efectuare dentro de los plazos indicados, computados en los términos del párrafo anterior, las autoridades fiscales pagarán intereses que se calcularán a partir del día siguiente al del vencimiento de dichos plazos, según se trate, conforme a una tasa que será igual a la prevista para los recargos por mora, en los términos del artículo 21 de este código, que se aplicará sobre la devolución. Cuando el fisco federal deba pagar intereses sobre las cantidades que deba devolver, pagará dichos intereses conjuntamente con la cantidad principal objeto de la devolución.

..............

Cuando las autoridades fiscales procedan a la devolución de cantidades señaladas como saldo a favor en las declaraciones presentadas por los contribuyentes, sin que medie más trámite que el requerimiento de datos, informes o documentos adicionales a que se refiere el tercer párrafo de este artículo o la simple comprobación de que se efectuaron los pagos de contribuciones que el contribuyente declara haber hecho, la orden de devolución no implicará resoluciones favorables al contribuyente. Si la devolución se hubiera efectuado y no procediera, se causarán recargos en los términos del artículo 21 de este código sobre las cantidades tanto por las devueltas indebidamente, como por las de los posibles intereses pagados por las autoridades fiscales, a partir de la fecha de la devolución.

...........

Artículo 23.- Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención de terceros aun y cuando no deriven de una misma contribución, incluyendo sus accesorios. Al efecto bastará que efectúen la compensación de dichas cantidades presentando para ello el aviso de compensación correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a aquél en que la misma se haya efectuado.

..........

Artículo 32.- Las personas obligadas a presentar declaraciones tienen el derecho de presentar declaraciones complementarias, modificando los datos de la original. Este derecho puede ser ejercido durante los cinco años siguientes a la fecha en que se hubiera presentado la original.

Artículo 33.-

I. ..............

a) a d) .............

e) Difundir entre los contribuyentes los derechos y medios de defensa que se pueden hacer valer contra las resoluciones de las autoridades fiscales, asimismo, para uniformar los criterios entre las diversas disposiciones planteadas a través de los medios de defensa. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público se encargará de difundir, a través de un órgano oficial informativo, las diversas resoluciones que se refieran a los medios de defensa, para el conocimiento de los contribuyentes.

f) y g) ............

II. ...........

Artículo 37.- Las instancias o peticiones que se formulen a las autoridades fiscales deberán ser resueltas en un plazo de tres meses; transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, el interesado podrá considerar que la autoridad resolvió positivamente.

Artículo 41-A.-

Se considerará que las autoridades fiscales inician el ejercicio de sus facultades de comprobación, cuando soliciten los datos, informes y documentos a que se refiere este artículo, pudiendo continuarlas en cualquier momento.

Artículo 46.-

I a III .............

IV. ..............

Cuando en el desarrollo de una visita las autoridades fiscales conozcan hechos u omisiones que puedan entrañar incumplimiento de las disposiciones fiscales, los consignarán en forma circunstanciada en actas parciales. También se consignarán en dichas actas los hechos u omisiones que se conozcan de terceros. En la última acta parcial que al efecto se levante se hará mención expresa de tal circunstancia y entre ésta y el acta final, deberán transcurrir, cuando menos veinte días, durante los cuales el contribuyente podrá presentar los documentos aún no registrados, libros o registros que desvirtúen los hechos u omisiones, así como optar por corregir su situación fiscal. Cuando se trate de más de un ejercicio revisado o fracción de éste, se ampliará el plazo por quince días más, siempre que el contribuyente presente aviso dentro de veinte días.

V a VII ................

Artículo 46-A.-

El plazo a que se refiere el párrafo anterior, podrá ampliarse por periodos iguales hasta por dos ocasiones, siempre que el oficio mediante el cual se notifique la prórroga correspondiente haya sido expedido, en la primera ocasión por la autoridad o autoridades fiscales que ordenaron la visita o revisión y, en la segunda, por el superior jerárquico de la autoridad o autoridades fiscales que ordenaron la citada visita o revisión, salvo cuando el contribuyente durante el desarrollo de la visita domiciliaria o de la revisión de la contabilidad, cambie de domicilio fiscal, supuesto en el que serán las autoridades fiscales que correspondan a su nuevo domicilio las que expedirán, en su caso, los oficios de las prórrogas correspondientes. En su caso, dicho plazo se entenderá prorrogado hasta que transcurra el término a que se refiere el segundo párrafo de la fracción IV del artículo 46 de este código. Sólo podrán ampliarse los plazos, si existen pruebas contundentes de alguna omisión y detallándose las anomalías detectadas por la autoridad en el ejercicio de sus facultades.

Artículo 47.- Las visitas en los domicilios fiscales ordenadas por las autoridades fiscales podrán concluirse anticipadamente en los siguientes casos.

Artículo 48.-

I a V ...........

VI. El oficio de observaciones a que se refiere la fracción IV, se notificará cumpliendo con lo señalado en la fracción I de este artículo y en el lugar especificado en esta última fracción. El contribuyente o responsable solidario contará con un plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a aquél en el que se le notificó el oficio de observaciones, para presentar los documentos aún no registrados, libros o registros que desvirtúen los hechos u omisiones asentados en el mismo, así como para optar por corregir su situación fiscal. Cuando se trate de más de un ejercicio revisado o fracción de éste, se ampliará el plazo por quince días más, siempre que el contribuyente presente aviso dentro del plazo de veinte días.

VII a IX ................

Artículo 52.- I. ............

a) Las personas de nacionalidad mexicana que tengan título de contador público registrado ante la Secretaría de Educación Pública, previa presentación de la constancia de actualización fiscal emitida por una institución educativa de reconocido prestigio en la materia por la misma secretaría.

b) .............

II y III ..........

Artículo 67.- I a III ........

IV ............

En todo caso, el plazo de caducidad que se suspende con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación, adicionado con el plazo por el que no se suspende dicha caducidad, no podrá exceder de cinco años. Tratándose de visitas domiciliarias y de revisión de la contabilidad en las oficinas de las propias autoridades, en que las mismas estén sujetas a un plazo máximo de tres meses para su conclusión y dos ampliaciones por periodos iguales, el plazo de caducidad que se suspende con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación, adicionado con el plazo por el que no se suspende dicha caducidad, no podrá exceder de cinco años.

...........

Artículo 108.- Comete el delito de defraudación fiscal con dolo comprobado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público quien omita total o parcialmente el pago definitivo de alguna contribución o del impuesto del ejercicio concluido una vez cumplidos los plazos establecidos en los términos de las disposiciones fiscales.

El delito de defraudación fiscal se sancionará con las penas siguientes:

...............

I. Con multa equivalente a 50 por ciento del monto defraudado, siempre y cuando este monto no exceda de $500,000.00.

II y III ...............

Cuando no se pueda determinar la cuantía de lo que se defraudó, la pena será equivalente a la del monto debidamente comprobado.

El delito de defraudación fiscal será calificado cuando éste se origine por:

a) a c) ............

d) No llevar los sistemas o registros contables a que esté obligado conforme a las disposiciones fiscales o asentar datos en dicho sistema o registro, cuando el monto de lo defraudado exceda de $500,000.00

e) ............

Artículo segundo.- Se adicionan el artículo 29-C, la fracción I y II del artículo 47, el segundo párrafo del inciso b de la fracción I del artículo 52, un tercer párrafo en la fracción II del artículo 66, el artículo 92-A y el segundo párrafo del artículo 108, para quedar como sigue:

Artículo 29-C.- Para las operaciones que no cuenten con documentos de origen que realice el sector de recicladores se podrá generar autofactura que será comprobante con los requisitos fiscales señalados en este artículo para su deducción fiscal.

La autofactura mencionada deberá tener los siguientes requisitos:

1. Nombre, razón o denominación social, domicilio fiscal, clave del registro federal de contribuyentes y número de folio, los cuales deberán estar impresos.

2. Nombre del vendedor, ubicación de su negocio o domicilio, la firma del mismo o quien reciba el pago y en su caso, la clave del registro federal de contribuyentes.

3. Nombre del bien objeto de la venta, número de la unidad, precio unitario, precio total, lugar y fecha de expedición.

4. En su caso, el número del cheque con el que se efectúa el pago, y nombre del banco contra el cual se libra.

Los comprobantes a que se refiere esta fracción deberán ser impresos en establecimientos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria y cumplir con los requisitos establecidos.

En todo caso, la aplicación de lo previsto en este artículo podrá ser 100 por ciento del total de la compra.

Artículo 47.-

I. Cuando el visitado, antes del inicio de la visita, hubiere presentado aviso ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público manifestando su deseo de presentar estados financieros dictaminados por contador público autorizado, a que se refiere el artículo 32-A antepenúltimo párrafo de este código, siempre que dicho aviso presentado y cumpliendo con los requisitos que, al efecto, señale el Reglamento de este código.

II. En el caso de conclusión anticipada a que se refiere este artículo se deberá levantar acta en la que se señale esta situación.

Artículo 52.- I ..............

a) ..........

b) ...........

Además deberán cumplir con los requisitos que marca el inciso a) de este artículo.

II y III ............

Artículo 66.- I. .............

II. .............

Los contribuyentes con adeudos fiscales, hasta por un monto original de $251,485.00 no tendrán la obligación de garantizar el interés fiscal.

III ...........

Artículo 92-A.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público se abstendrá de presentar querella, denuncia de hechos o declaratoria ante el ministerio público, de que el fisco ha sufrido o pudo sufrir perjuicio, en los casos de aquellos contribuyentes que hayan dictaminado sus estados financieros y hubieran manifestado en el informe de situación fiscal, los gravámenes, periodos y montos de los adeudos. Tampoco se considera que hay delito fiscal en los casos en que el contribuyente se encuentra dentro del supuesto establecido en el primer párrafo de este artículo o que hubiesen acudido a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en los siguientes casos: a) Para ofrecer daciones en pago.

b) Cuando se hubiese adherido a cualquiera de los esquemas o programas de apoyo a deudores del fisco.

c) Cuando se encuentra perfectamente garantizado el interés fiscal sobre el monto de lo adeudado.

d) Cuando no existía el dolo en la conducta del contribuyente, que lo llevó a la omisión total o parcial de la contribución.

Artículo 108.-

En el caso de los pagos provisionales no enterados en tiempo y forma que señala el artículo sexto se aplicará la sanción que se establece en la fracción IV del artículo 81.-

Artículo tercero. Se derogan los artículos 17-A, 18-A, el segundo párrafo del artículo 20 y el artículo 109, para quedar como sigue:

Artículo 17-A.- Derogado.

Artículo 18-A.- Derogado.

Artículo 20 ............

(Segundo párrafo). Derogado.

...............

Artículo 109. Derogado.

Transitorio

Unico. La presente reforma que adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, entrará en vigor a partir del 1º de enero del año 2002. Publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente
Dip. José Antonio Magallanes Rodríguez

(Túrnese a la Comisión de Hacienday Crédito Público. Noviembre 8 de 2001.).
 
 


 

DE REFORMAS A LA LEY DE COORDINACION FISCAL, PRESENTADA POR EL DIPUTADO VICTOR EMANUEL DIAZ PALACIOS, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracciones I, IV y V, y 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como el 55, fracción II, y demás relativos del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, Víctor Emanuel Díaz Palacios, a nombre de los diputados federales de la LVIII Legislatura, integrantes del grupo parlamentario del PRI, sometemos a consideración de esta soberanía la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Uno de los grandes retos del México contemporáneo sigue siendo consolidar un auténtico federalismo fiscal. A pesar de los esfuerzos de varias generaciones de mexicanos por avanzar en la construcción de un sistema federal de coordinación fiscal equilibrado, aún persisten inercias y lastres producto del peso de la tradición centralista heredada del México colonial y postrevolucionario.

Durante décadas hemos sido testigos de una verdadera lucha entre estados y municipios, y el gobierno federal por una redistribución federalista más justa y equitativa de los recursos fiscales. De hecho, no fue sino hasta los años 80 y 90 que la asignación de estos recursos comenzó a realizarse con base en esquemas técnicos objetivos, sustentados en criterios estratégicos de desarrollo.

Los grandes momentos de esta lucha por un sistema de coordinación fiscal moderno, comienzan, como sabemos, en 1925, con las Convenciones Nacionales Fiscales. Después de más de 100 años de anarquía tributaria, el México postrevolucionario se planteó la necesidad de poner orden y establecer las bases de un sistema coordinado de tributación y distribución de recursos fiscales que sentara las bases del desarrollo nacional. Este proceso, que pasa por la creación de la Ley que Regula el Pago de Participaciones en Ingresos Federales a las Entidades Federativas elaborada en 1948 y por la Ley de Coordinación Fiscal entre la Federación y los Estados de 1953; culmina con el apoyo de las entidades federativas y el gobierno federal a la Ley de Coordinación Fiscal de 1980 que es, con algunas adecuaciones y modificaciones, la que actualmente nos rige.

Sin embargo, a pesar de que esta Ley constituye un gran avance, aún no hemos logrado conformar un sistema de coordinación fiscal plenamente federalista. Esto debido a que todavía buena parte de los ingresos fiscales y del gasto público, siguen estando bajo la responsabilidad exclusiva de la Federación y no de las haciendas estatales y municipales.

Como sabemos, la recaudación federal participable está integrada por dos componentes: los impuestos federales y los derechos sobre la extracción de petróleo. A partir de 1996 se establece que el Fondo General de Participaciones se integraría con el 20 por ciento de la recaudación participable, recursos éstos agrupados en el Ramo 28. Estos ingresos son considerados como propios de las haciendas de los estados y municipios, y su distribución al interior de cada entidad federativa reproduce el esquema federal 80/20. Es decir, 16 por ciento corresponde a la entidad federativa y 4 por ciento se canaliza a los municipios.

Posteriormente, tiene lugar otro gran avance en el proceso de consolidación del federalismo fiscal. En 1997, se crea el Ramo 26, que en 1998 se transforma en Ramo 33, con el que se define un esquema de transferencias federales de gasto bajo la forma de Aportaciones Federales a Entidades Federativas y Municipios.

También estos recursos son considerados como propios de las haciendas estatales y municipales, aún cuando la federación los etiqueta con el fin de garantizar su uso adecuado de acuerdo con las estrategias de desarrollo social y superación de la pobreza vigentes.

De esta forma, participaciones (Ramo 28) y transferencias (Ramo 33), representan poco más del 50 por ciento de la recaudación federal participable, lo cual, sin duda, constituye un gran avance en el proceso de descentralización y fortalecimiento del federalismo. Sin embargo, las crecientes necesidades de desarrollo de los estados y municipios han demandado nuevos esfuerzos presupuestales para complementar el desarrollo local y regional.

Por ello se han desarrollado esquemas como los Convenios de Descentralización y, más recientemente (en el 2000), el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (PAFEF), agrupado en el Ramo 23 denominado Provisiones Salariales y Económicas, que incluye además un fondo de desastres naturales y otro salarial.

Si sumamos los recursos que estos esquemas aportan en conjunto, la federalización total de recursos fiscales (ramos 28 y 33, más recursos del ramo 23 y convenios de descentralización) llega a representar alrededor del 60 por ciento de la recaudación federal participable. Sin embargo, no hay que perder de vista que sólo los recursos provenientes de los ramos 28 y 33 son considerados como propios de las haciendas estatales y municipales. Y es aquí donde radica el problema.

Si bien las aportaciones de recursos fiscales del Ramo 23 PAFEF, y de los Convenios de Descentralización, representan un apoyo extraordinario al gasto estatal y municipal, estos recursos, en especial los del PAFEF, no contribuyen necesariamente a fortalecer la capacidad hacendaria de nuestras entidades federativas y municipios.

No hay que olvidar que la decisión de que los recursos de los ramos 28 y 33 fueran considerados como propios de las haciendas estatales y municipales constituyó una de las reformas más trascendentes en el proceso de consolidación del federalismo fiscal. El manejo de estos recursos como propios eleva sustancialmente la capacidad de planeación y programación del desarrollo de estados y municipios, permite atender necesidades sociales prioritarias con oportunidad, y coadyuva a consolidar esquemas estratégicos de mediano plazo orientados al ámbito local y regional.

En el caso de los recursos provenientes de los Convenios de Descentralización, que son básicamente los recursos de la Alianza para el Campo y de Educación Media y Superior, el camino para su eventual federalización resulta aún en extremo complejo. Sin embargo, este no es el caso de los recursos provenientes del PAFEF.

De acuerdo con lo establecido en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2001:

"Los recursos previstos para el Programa de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas se destinarán exclusivamente para saneamiento financiero; apoyo a los sistemas de pensiones de las entidades federativas, prioritariamente a las reservas actuariales, así como a la inversión en infraestructura de las entidades federativas. Dichos recursos no podrán destinarse para erogaciones de gasto corriente y de operación, salvo en el caso de dichos sistemas de pensiones." El hecho de que estos recursos puedan ser utilizados como inversión en infraestructura en las entidades federativas ha significado, en los hechos, su orientación casi exclusiva para este fin. Tal es el caso del estado de Puebla. El destino de gran parte de los recursos aportados por el PAFEF han sido canalizados, como marca la ley, hacia inversiones en infraestructura, obras de vialidad, comunicaciones, además de aportaciones para el saneamiento financiero de esta entidad. Incluso parte de estas aportaciones ha sido destinada al apoyo del Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado de Puebla (SOAPAP).

El problema que subyace, reitero, es que estos recursos no pueden ser manejados con entera autonomía por las haciendas estatales y municipales. Lo que impide su distribución eficiente y oportuna hacia los programas de inversión en infraestructura que resultan prioritarios para los gobiernos estatales y municipales. De ahí la necesidad y la pertinencia de reubicar estos recursos en el PEF con el fin de que pasen a ser recursos propios de las haciendas locales

Esto se podría lograr a partir de la creación de un nuevo fondo en el Ramo 33 denominado: Fondo de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas (Fondo III), mismo que vendría a complementar, como de hecho ocurre en la práctica, a los fondos de Aportaciones para la Infraestructura Social y para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal.

Por otro lado, es necesario reconocer la realidad política y social mexicana el papel de la medicación que deben cumplir los Diputados Federales, además de su labor legislativa, ante la permanente exigencia de la ciudadanía que representan por la atención a un cúmulo de problemas de diverso tipo. En tal virtud, la iniciativa propone que un 10 por ciento de este Fondo sea destinado por los Estados y el Distrito Federal, a la atención de las prioridades que propongan los Diputados Federales. La distribución de este Fondo sería de manera equitativa entre los distritos uninominales de cada entidad y del DF

Por lo anterior y considerando:

Que el desarrollo local y regional del país depende en gran medida de la consolidación de un sistema de coordinación federal eficiente;

Que el fortalecimiento de las haciendas estatales y municipales está relacionado directamente con su capacidad real de gestión y administración autónoma de los recursos fiscales de que disponen;

Que la experiencia indica que los recursos del Ramo 23 correspondientes al PAFEF han sido utilizados primordialmente como gasto de inversión en infraestructura estatal y municipal;

Que la Ley de Coordinación Fiscal, en su Capítulo V de los Fondos de Aportaciones Federales, establece en su apartado 25 a las aportaciones Federales, como recursos que la Federación transfiere a las Haciendas Públicas de los Estados, Distrito Federal, y en su caso de los Municipios, condicionando su gasto a la consecución y cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece esta Ley;

Por lo antes expuesto y de conformidad con las disposiciones invocadas en el proemio, someto a la consideración del pleno la siguiente iniciativa de reforma y adiciones a diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

Artículo Unico

Se reforman y adicionan los artículos 25, 32, 33 y 34 del capítulo V, De los Fondos de Aportaciones Federales, de la Ley de Coordinación Fiscal, para quedar como sigue:

Capítulo V.

Artículo 25- ...

I. ............

II. ............

III. Fondo de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas

IV. .............

V. ..........

VI. .........

VII. ..........

VIII. ...

Artículo 32. El Fondo de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia, al 0.814% de la recaudación federal participable a que se refiere el artículo 22 de esta ley, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto, con base en lo que al efecto establezca la Ley de Ingresos de la Federación para ese ejercicio

Artículo 33. Las aportaciones que se realicen con cargo al Fondo de Apoyos para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, se destinarán exclusivamente para saneamiento financiero, apoyo a los sistemas de pensiones de las entidades federativas, prioritariamente a las reservas actuariales; así como a la inversión en infraestructura de cualquier naturaleza de las entidades federativas. Dichos recursos no podrán destinarse para erogaciones de gasto corriente y de operación, salvo en el caso de dichos sistemas de pensiones

El 10 por ciento de este Fondo será ejercido por los Estados y el Distrito Federal, de acuerdo a las prioridades propuestas por los Diputados Federales. La distribución de esta porción del Fondo será, por partes iguales, a cada uno de los distritos uninominales que integren la representación nacional en cada Estado y en el DF.

Artículo 34.- El Fondo de Apoyo para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas se distribuirá entre las entidades federativas de acuerdo a las asignaciones y reglas que se establezcan en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2002.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se opongan al presente decreto.

Diputados: Víctor Emanuel Díaz Palacios, José Manuel del Río Virgen, Manuel Añorve Baños, Maricruz Cruz Morales, Raúl Sicilia Salgado, Jesús Garibay García, Salvador Castañeda Salcedo, Gustavo Lugo Espinoza, Librado Treviño Gutiérrez, Enrique Meléndez Pérez, Simón Villar Martínez, Raúl González Villalba, Concepción González Molina, Benito Vital Ramírez, Jaime Alcántara Silva, Jaime Vázquez Castillo, Miguel Castro Sánchez, José Jaimes García, José Hernández Fraguas, María del Rosario Oroz Ibarra, Mario Cruz Andrade, Héctor Esquilano Solís, Araceli Domínguez Ramírez, Guillermo Díaz Gea, Víctor León Castañeda, Erika Spezia Maldonado, Celia Martínez Bárcenas, Norma Patricia Riojas Santana (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Noviembre 8 de 2001.)
 
 
 

QUE ADICIONA EL APARTADO C DEL ARTICULO 37, DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JAIME VAZQUEZ CASTILLO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos presentar, como integrantes del grupo de diputados del PRI en los trabajos de la Reforma del Estado, a la honorable asamblea una iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con la siguiente:

Exposición de Motivos

El apartado C del artículo 37 constitucional establece los supuestos por los que puede perderse la ciudadanía, entre los que se encuentran el prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero, aceptar o usar condecoraciones extranjeras y admitir títulos o funciones del gobierno de otro país. Sin embargo, estos tres supuestos son superables si median permisos previos en los dos primeros casos y licencia en el último, otorgados por el Congreso de la Unión, o por su Comisión Permanente.

Los ciudadanos, por tanto, deben dirigirse al Congreso de la Unión para solicitar la licencia o permiso referidos, según sea el caso, solicitud que sigue el trámite de cualquier iniciativa, es decir, es turnada a la comisión competente, la cual elabora un dictamen con proyecto de decreto en el que se resuelve el permiso o licencia, mismo que pasa a la discusión y en su caso aprobación de la Asamblea, en la Cámara de origen, siguiendo igual procedimiento en la revisora.

Durante la LVII Legislatura de esta Cámara y lo que va de la LVIII, el Pleno ha aprobado 233 dictámenes que en esta materia ha emitido la Comisión correspondiente, en el primer caso y 45 en el segundo, los cuales no han merecido ninguna discusión significativa, incluso dichas aprobaciones se han realizado en conjunto, en aras del ahorro en el tiempo de las sesiones, pues se considera que únicamente de manera excepcional podrían negarse los permisos o rechazarse las solicitudes de licencia.

En todo tiempo, y desde luego en el momento actual, ha existido el propósito de lograr economía de tiempos en los trámites y en el desarrollo de las sesiones, a fin de dar curso a asuntos de debate sobre iniciativas y proposiciones de interés general, que por lo regular exigen lapsos más prolongados para su desahogo y solución; esto es más apremiante, en la medida en que se acercan las fechas finales de los periodos de sesiones ordinarias y particularmente en el primer periodo de cada año, en el que se realizan la glosa y las comparecencias relativas al Informe de Gobierno y se resuelven asuntos de tanta relevancia como las leyes fiscales y el Presupuesto de Egresos de la Federación.

A mayor abundamiento, la tendencia de reforma institucional del Congreso, apunta hacia la más racional programación de los trabajos de cada Cámara y a la erradicación de los llamados rezagos legislativos, mediante el impulso al trabajo de las comisiones durante el receso, a fin de que en el inicio del periodo siguiente se conozcan los dictámenes de iniciativas de leyes y decretos y la Asamblea se ocupe de su discusión y votación oportuna.

En este orden de ideas, los diputados que suscribimos la presente iniciativa consideramos que una adición al artículo 37 constitucional, en la que se precise la facultad de ambas Cámaras del Congreso para resolver dichas solicitudes de conformidad con sus disposiciones legales y reglamentarias, permitiría que en el reglamento de debates, o a través de acuerdos parlamentarios aprobados con base en el artículo 77 constitucional, se normara la aprobación de dichos trámites sin necesidad de que se congestione el trabajo del Pleno, responsabilizándose de ellos a las Comisiones respectivas.

Los proponentes de la reforma constitucional que contiene la presente iniciativa, consideramos que, dichos trámites no deben constituirse en factores que atrasen el trabajo legislativo; que es procedente por ello propiciar que la reforma constitucional permita delegar el procedimiento completo a las comisiones, y reservado para el Pleno cada vez que sea necesario, a juicio de la Mesa Directiva.

En caso de que se apruebe la reforma constitucional de referencia, se pretende que la legislación interna del Poder Legislativo, establezca la facultad del Pleno, por conducto de la Presidencia de la Mesa Directiva de cada Cámara, de delegar en la o las comisiones específicas, la atribución de decidir al respecto, sometiéndose a la votación de la Asamblea solamente aquellos casos que la propia Comisión determine necesarios, por constituir excepciones sobresalientes.

A mayor abundamiento, afirmamos los signantes, que la propuesta contenida en la presente iniciativa favorecerá igualmente el hecho de que todo ciudadano que se encuentre en condiciones de ser empleado por gobiernos extranjeros, o de recibir de los mismos alguna distinción, vea en el Congreso Mexicano a una institución de servicio que los atiende con prontitud y eficacia, y con ello se eviten posibles evasiones o inobservancias a la Constitución.

Por lo anteriormente expuesto, nos permitimos someter a la consideración de la Honorable Asamblea el siguiente decreto por el que se adiciona el artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

UNICO. Se adiciona un último párrafo al artículo 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 37. ...........

A) ..........

B) ............

C) ...........

I. a VI. ...........

..............

Los permisos y licencias a que se refiere este artículo, podrán ser otorgados por el Congreso de la Unión a través de las comisiones ordinarias de ambas Cámaras, o por su Comisión Permanente, de conformidad con lo establecido en las leyes, reglamentos o acuerdos parlamentarios que constituyan su normatividad interna.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 7 de noviembre de 2001.

Diputados: Juan Manuel Martínez Nava, Víctor Manuel Gandarilla Carrasco, Jaime Vázquez Castillo, Enrique Garza Tamez, Víctor Roberto Infante González, Alma Carolina Viggiano Austria, Juan Manuel Carreras López, Ranulfo Márquez Hernández, José Elías Romero Apis, José Francisco Yunes Zorrilla, Ney González Sánchez, María Elena Chapa Hernández, Manuel Garza González, Roberto Zavala Echavarría, Jesús A. Cruz Gutiérrez, Juan Manuel Sepúlveda Fayad, Manuel Galán Jiménez (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Noviembre 8 de 2001.)
 
 
 

CON PROYECTO DE DECRETO QUE ADICIONA UN PARRAFO SEGUNDO AL ARTICULO 41 Y UNA FRACCION VI AL ARTICULO 53, DE LA LEY DEL SERVICIO EXTERIOR MEXICANO, A FIN DE QUE LOS MIEMBROS DEL SERVICIO SE ABSTENGAN DE REALIZAR CUALQUIER TIPO DE PROSELITISMO ELECTORAL O ACTIVIDAD PARTIDISTA, ASI COMO EFECTUAR DECLARACIONES QUE COMPROMETAN LA ESTABILIDAD POLITICA DEL PAIS, PRESENTADA POR LA DIPUTADA HEIDI STORSBERG MONTES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Los suscritos Diputados de distintos grupos parlamentarios de esta LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en la Fracción II del artículo 71, así como el artículo 55 Fracción II, 56 y 62 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de la Cámara de Diputados a efecto de que se turne de inmediato para dictamen a la Comisión correspondiente, la iniciativa de decreto que adiciona un párrafo segundo al artículo 41 y una fracción VI al artículo 53 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, tomando en consideración lo siguiente:

Exposición de Motivos

A lo largo de la historia, México ha experimentado una serie de transformaciones y cambios en su marco legal de acorde a las necesidades y reclamos más señalados por la sociedad. El ámbito de legislación del Servicio Exterior no ha sido la excepción.

La Ley del Servicio Exterior Mexicano de 1994, ha sido objeto de diversas discusiones e innumerables reflexiones. Precisamente con la llegada del Proyecto de Reforma a la Ley y al Reglamento vigente que envía el Poder Ejecutivo a esta soberanía nos obliga a evaluar con profundidad y a detalle la forma y el contenido de la propuesta así como a enfrentar el reto de desarrollar nuestra capacidad propositiva con el fin de profesionalizar y eficientar el Servicio Exterior Mexicano.

Como se recordará, el Canciller Jorge G. Castañeda, en su discurso de toma de posesión, anunció el establecimiento de la Comisión de Reforma del Servicio Exterior con el mandato de llevar a cabo una evaluación objetiva y de largo alcance de los mecanismos de ingreso, ascenso, rotación, capacitación y depuración del Servicio Exterior Mexicano, a fin de que el Estado cuente con un cuerpo diplomático a la altura de las necesidades y retos que enfrenta el México actual.

El primer artículo de la Ley vigente estipula que el Servicio Exterior Mexicano es el cuerpo permanente de funcionarios del Estado, encargado específicamente de representarlo en el extranjero y responsable de ejecutar la política exterior de México. Ello significa que el Servicio Exterior debe encontrarse al servicio del Supremo Poder de la Federación (Estado) que se divide para su ejercicio en el poder legislativo, ejecutivo y judicial.

Tomando en consideración lo que establece el citado artículo, podemos inferir que a diferencia de los funcionarios de la administración pública federal, los funcionarios del Servicio Exterior Mexicano son representantes de la totalidad de los órganos del Estado, aún cuando dependen del Poder Ejecutivo no son representantes de un aparato u órgano en particular. Por lo que la diplomacia como un instrumento del Estado para diseñar, planear y ejecutar la política exterior debe estar basada en el interés colectivo de la Nación.

Tradicionalmente se ha considerado que una de las tareas centrales de la diplomacia es la representación de un Estado frente a otro, así lo confirma la Convención de Viena sobre relaciones diplomáticas (1961) y la Convención de Viena sobre relaciones consulares (1967) de la cual nuestro país forma parte. Las funciones de una misión diplomática consisten principalmente en representar al Estado acreditante ante el Estado receptor, proteger en el Estado receptor los intereses del Estado acreditante y los de sus nacionales, dentro de los límites permitidos por el derecho internacional, y fomentar el desarrollo de las relaciones económicas, comerciales, culturales y científicas entre el Estado que envía y el Estado receptor.

En base a Tratados y Convenciones Internacionales y de acuerdo con la legislación del Servicio Exterior Mexicano, un embajador o cónsul general no representa sólo a su jefe de Estado o a su gobierno, sino a la totalidad de su Nación y en consecuencia actúa en nombre de ella. Es claro en consecuencia, que la diplomacia como instrumento esencial del Estado moderno y como motor de sus relaciones internacionales, debe abrigar intereses de Estado y no del Partido en el poder. El Servicio Exterior Mexicano debe entregarse a la defensa y promoción de intereses nacionales por lo que debe mantenerse distante de las pasiones partidarias y de excluir cualquier actividad o ideología partidista en el cumplimiento de sus responsabilidades.

Es ineludible que se entienda a cabalidad que en la diplomacia profesional un representante diplomático no debe actuar como un hombre de partido y que sus simpatías políticas deben corresponder al ámbito de su vida privada; es precisamente de ahí de donde emana su credibilidad como mensajero de Estado o interlocutor autorizado.

Resulta imprescindible que los miembros del Servicio Exterior Mexicano y todas aquellas personas que cumplen funciones regidas por esta Ley, guarden imparcialidad política y partidaria cuando estén en funciones.

Los miembros del Servicio Exterior Mexicano, deberán recibir y coadyuvar también con los distintos representantes de los partidos políticos, sin olvidar que la función del Servicio Exterior Mexicano, es institucional y representativa.

Por ello, debemos procurar por todos los medios posibles priorizar el concepto y la puesta en práctica de la diplomacia profesional sobre la de una posible diplomacia proselitista, para que un funcionario del Servicio Exterior Mexicano no pueda incurrir en actos políticos de interés particular.

Con mayor razón, resulta imperioso que los miembros del Servicio Exterior Mexicano guarden imparcialidad política si se considera la posibilidad de introducir la modalidad del sufragio de ciudadanos que residen fuera del territorio nacional y si consideramos la vinculación política y partidaria de los representantes de embajadas y consulados en la actualidad.

De hacer posible el voto de los ciudadanos mexicanos residentes en el extranjero, se despertarían grandes inquietudes sobre las lealtades de las autoridades mexicanas residentes en el extranjero. Ello resulta de vital importancia porque se podría poner en entredicho la transparencia y limpieza de los comicios que se celebren más allá de nuestras fronteras. El temor y la preocupación reside en la posibilidad de que embajadores y cónsules de carrera así como de personal temporal se conviertan en un instrumento al servicio de los diferentes partidos y en auténticos agentes de promoción política y propagandista en detrimento de los intereses de la Nación.

Por esta vía, los diputados que suscribimos esta iniciativa ratificamos nuestro compromiso y consideración con los intereses de la Nación y volvemos a dar testimonio de lucha para que esta propuesta junto con algunos esfuerzos legislativos que la anteceden se conviertan en letra escrita, a fin de que la diplomacia mexicana se convierta no en una herramienta partidista sino en un componente profesional al servicio de la Nación.

En base a lo expuesto, los diputados de distintos grupos parlamentarios, expresamos que nos encontraríamos lejos de contribuir al perfeccionamiento de nuestra democracia, si no se sanciona la práctica proselitista de carácter político - partidista de miembros del Servicio Exterior.

Por último, reiteramos que ni la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ni el Código Penal para el Distrito Federal en materia del fuero común y para toda la República son suficientes para guardar el principio de imparcialidad político - partidista en el ejercicio del Servicio Exterior. Ni en esta Legislación, ni en el Proyecto de Reforma que envía el poder Ejecutivo se particulariza la obligación de los miembros del Servicio Exterior Mexicano a guardar imparcialidad de tipo político- partidista en el desempeño de su empleo, cargo u comisión, por ello resulta indispensable propiciar las modificaciones necesarias a la Ley y al Reglamento que se nos presenta con el fin de responder a los recientes requerimientos que nos impone la realidad nacional y los nuevos tiempos políticos.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, nos permitimos someter a la consideración de esta Soberanía, por conducto de la Honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa de

Reformas a los Artículos 41 y 53 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

ARTICULO UNICO. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 41 y una fracción VI al artículo 53, para quedar como sigue:

Art. 41. ...

Asimismo abstenerse de realizar cualquier tipo de proselitismo electoral o actividad partidista, así como efectuar declaraciones que comprometan la estabilidad política del país.

Art. 53. ...

I a V. ...

VI. Por violar lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 41 del presente ordenamiento.

TRANSITORIOS

ARTICULO UNICO. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo, a los 8 días de noviembre de 2001.

Diputados: Heidi Storsberg Montes, Eddie Varón Levy, Carlos Borunda Zaragoza, Efrén Leyva Acevedo, Tarcisio Navarrete Montes de Oca, Eduardo Arnal Palomera, Adrián Galarza González, Lucio Fernández González, José Lozano y Pardinas, Raúl Gracia Guzmán, Martí Batres Guadarrama, José Manuel del Río Virgen, Gustavo Carvajal Moreno, Hortensia Aragón Castillo, Gustavo Riojas Santana, Víctor Gandarilla Carrasco, Víctor Díaz Palacios, Alejandro Zapata Perogordo, Abel Cuevas Melo, Ramón Mantilla González, Ricardo García Cervantes, Bernardo de la Garza Herrera, José Luis Novales Arellano, Enrique Herrera y Bruquetas, José Chávez Presa, Erika Spezia Maldonado, María de los Angeles Sánchez Lira, Félix Castellanos Hernández, Jaime Cervantes Rivera, José Calderón Cardoso, Lionel Funes Díaz, Humberto Mayans Canabal (rúbricas).
 
 







Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO PARA QUE LA CAMARA DE DIPUTADOS SOLICITE AL EJECUTIVO FEDERAL, HAGA UN LLAMADO A LA SOLIDARIDAD Y APOYO HUMANITARIO CON EL PUEBLO CUBANO, CON MOTIVO DE LOS DESASTRES PROVOCADOS POR EL HURACAN MICHELLE, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JOSE NARRO CESPEDES, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO, Y APROBADO EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, diversos grupos parlamentarios someten a la consideración de esta H. Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, por medio de la cual se solicita al Presidente de la República que en su carácter de jefe de Estado provea lo indispensable para apoyar al pueblo y el gobierno cubano ante los desastres causados por el huracán Michelle, bajo las siguientes:

Consideraciones

Una vez más la tragedia se ha cernido en el pueblo cubano. El huracán Michelle toco tierras cubanas el domingo pasado dejando una estela de destrucción y muerte.

Según la información periodística ha sido el meteoro más devastador desde el ocurrido el 18 de octubre de 1944. Afectó las provincias de Matanzas, Cienfuegos, Pinar del Río, Sancti Spiritus y la Isla de la Juventud.

Los daños ocasionados por el huracán Michelle han sido cuantiosos, afectando viviendas y cultivos agrícolas. Hasta el momento no se tiene una cuantificación económica precisa de los daños, sin embargo, estamos seguros de que el monto será muy grande.

El pueblo de México siempre ha sido solidario con las tragedias de otros pueblos, aún si consideramos que en muchas ocasiones las posibilidades económicas de los mexicanos no han sido las mejores, siempre el sufrimiento y la tragedia hermana a los pueblos, prueba de ello es la ayuda que el pueblo y gobierno de México han brindado a Nicaragua, El Salvador, Colombia, Honduras, Turquía y otros países.

Por supuesto, que los mexicanos también hemos sido apoyados por la comunidad en nuestras desgracias, tal es el caso de los sismos de 1985, los huracanes Gilberto, Paulina y el que afectó severamente al sureste de nuestro país.

Por ello, el grupo parlamentario del Partido del Trabajo y Convergencia por la Democracia consideran que pese a las dificultades por las que nuestro pueblo atraviesa, debemos hacer un esfuerzo para apoyar a nuestros hermanos cubanos.

México y Cuba son dos países cuyos pueblos tienen en común muchas cosas, para nadie es un secreto el reconocimiento de los cubanos hacia México por la ayuda y solidaridad que siempre hemos tenido para con ellos. Hoy, que la tragedia se ha cernido sobre este pueblo hermano, los mexicanos debemos ayudarlos.

En tal virtud, y con independencia de que la sociedad civil mexicana se organice para brindar ayuda a Cuba, los diputados integrantes del grupo parlamentario del Partido del Trabajo y Convergencia por la Democracia consideramos que resulta indispensable que el titular del Ejecutivo federal disponga lo necesario para apoyar a un estado de la comunidad internacional tan cercano en nuestro afecto.

Compañeras y compañeros diputados

Nuestro grupo parlamentario solicitó respetuosamente a la Junta de Coordinación Política se agendara este punto como de urgente resolución, en virtud de que la ayuda que el gobierno y la sociedad mexicana puedan dar al pueblo de Cuba requiere que se otorgue de manera inmediata.

Por ello solicitamos, compañeras y compañeros legisladores su solidaridad con la proposición que presentamos, votando a favor de su admisión con el carácter que sugerimos y su voto favorable con el contenido de la misma.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo que se dispone en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a su consideración la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Artículo Unico.- Las diputadas y los diputados de la 58 Legislatura del H. Congreso de la Unión solicitamos, respetuosamente, al Presidente constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, ciudadano Vicente Fox Quesada, que disponga la ayuda humanitaria para apoyar al pueblo y gobierno cubanos en la difícil situación en la que actualmente se encuentran con motivo del fenómeno meteorológico en comento.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 8 días del mes de noviembre de dos mil uno.

Por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo

Diputados: Alberto Anaya Gutiérrez (rúbrica), coordinador; José Narro Céspedes (rúbrica), vicecoordinador; Rosalía Peredo Aguilar, Jaime Cervantes Rivera (rúbrica), Rosa Delia Cota Montaño, Víctor Antonio García Dávila, Juan Carlos Regis Adame (rúbrica).

Diputados de otros grupos parlamentarios: Jorge Carlos Ramírez Marín, PRI; Rafael Rodríguez Barrera, PRI; Martí Batres Guadarrama, PRD; Erika Spezia Maldonado, PVEM; Jaime Martínez Veloz, PRI; José Manuel del Río Virgen, CDPPN; Humberto Mayans Canabal, Independiente; Ricardo García Cervantes, PAN; Tarcisio Navarrete Montes de Oca, PAN; José A. Calderón Cardoso, PAS (rúbricas)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO RESPECTO AL INFORME QUE SOBRE LA SITUACION ECONOMICA, LAS FINANZAS PUBLICAS Y LA DEUDA PUBLICA, CORRESPONDIENTE AL TERCER TRIMESTRE DEL AÑO 2001, PRESENTO LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, ASI COMO RESPECTO DEL RECORTE PRESUPUESTAL ANUNCIADO POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL EL 5 DE NOVIEMBRE DE 2001, PRESENTADA POR EL DIP. DAVID PENCHYNA GRUB, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente punto de acuerdo de conformidad con los siguientes:

Antecedentes

El pasado 5 de noviembre esta soberanía recibió de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el Informe sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública correspondiente al tercer trimestre de 2001, dando cumplimiento con lo dispuesto en la Ley General de Deuda Pública, así como en lo dispuesto por el decreto aprobatorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el año del 2001, y la Ley de Ingresos de la Federación.

El citado informe, al igual que los de los pasados 2 trimestres centra su atención en describir el comportamiento de las principales variables macroeconómicas: como la producción, los servicios, el empleo, y continúa omitiendo analizar las causas, es decir, no hay una vinculación entre los resultados y las decisiones de la política económica nacional.

En este ejercicio tenemos que recordar que responsabilizar de todo el éxito o fracaso a la institución presidencial de la evolución de la economía nacional sería una muestra de escasa seriedad con los mexicanos; pero por el contrario no efectuar un balance objetivo y profesional por parte del Congreso, sería incumplir con nuestra obligación constitucional de vigilar el cumplimiento del presupuesto que nosotros mismos aprobamos y con ello conformar un auténtico y legítimo contrapeso que cuestione y sobre todo disuada mediante la critica todo exceso del poder Ejecutivo federal.

En este sentido señoras y señores diputados, que el Informe de Finanzas Públicas de la Secretaría de Hacienda se constituye en la evidencia más clara que demuestran que el Poder Ejecutivo federal y no así el Poder Legislativo, es responsable de la agudización de la recesión económica en la que esta inmerso nuestro país.

El Informe mismo es la confesión de la falta de planeación y falta de capacidad que el Gobierno Federal en su Poder Ejecutivo ha tenido en el manejo de nuestra economía, al no ejecutar políticas públicas pertinentes y acertadas con los ciclos económicos que estamos viviendo los mexicanos y el mundo entero.

Este informe revela como el gasto corriente ha crecido en términos reales un 11.4%.

Lo referente al gasto en suministro y materiales ha crecido en términos reales 15% y en contraste con estos dos conceptos se revela como el gasto de inversión ha caído 2.4% también en términos reales.

Esta direccionalidad que el Ejecutivo federal le ha dado al gasto público restringe el margen de maniobra para el ejercicio presupuestal de ejercicios subsecuentes, ya que aumentando el gasto corriente y bajando el gasto de inversión, aumentan las obligaciones laborales, engrosando la burocracia y restan eficacia a la activación económica sedienta de crecimiento y de políticas eficientes para generar empleo.

Es en este mismo contexto abundo en señalar otras consideraciones del informe de la Secretaría de Hacienda:

De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el nivel de ingresos captados ascendió a más de 961 mil 149 millones de pesos, cifra superior en 2.8 por ciento en términos reales a la del mismo periodo del año 2000.

El Impuesto al Valor Agregado, presentó una variación real favorable del 4.2 por ciento respecto al año anterior, mientras que el ISR tuvo una variación del 8.4 por ciento.

También se menciona la reducción tan dramática que ha vivido nuestra economía en el número de desempleados registrados en el Instituto Mexicano del Seguro Social, cifra que aunque aumenta a 220 mil empleos perdidos se contrapone con lo que establece el informe del Banco de México donde se señalan 403 mil empleos perdidos. A este respecto no es posible que el Ejecutivo pretenda ocultar esta lamentable situación del desempleo maquillando y contradiciendo cifras. Yo me pregunto: ¿es este un ejemplo de la política de trasparencia que tanto defienden desde la Presidencia de la República?

No se menciona la tasa de desempleo abierto que en otros informes se venía presentando.

Otra inconsistencia que nos refleja el informe son los conceptos que influyeron en la variación del Gasto Programable (pagina 17), donde se mencionan diversos programas de gasto de inversión de los que sólo Pemex y CFE variaron en su comportamiento, es decir programas de inversión como SCT, Salud, Sagarpa, Vivienda, Conagua, etc., no reflejan variaciones favorables en su gasto.

Lamentamos los subejercicios que en entidades de la Administración Pública Federal se presentan en este tercer trimestre, como ejemplo: Comunicaciones y Transportes menos 4,629 millones de pesos.
Educación Pública menos 1,594 millones de pesos.
Aportaciones a la Seguridad Social menos 3,788 millones de pesos.
Sedesol menos 1,370 millones de pesos.
Capufe menos 1,349 millones de pesos.
En particular advertimos también los graves subejercicios en programas de inversión que a octubre se presentan también, sólo por mencionar algunos:


Respecto a los recursos con los que actualmente cuenta el Fondo de Estabilización de los Ingresos Petroleros, se anota en el informe que su saldo al 30 de septiembre es de 8,966 millones de pesos, monto menor 7.3% al reportado en el trimestre previo, derivado en su mayor parte por los gastos asociados con la adquisición de coberturas.

Me pregunto si estas coberturas se refieren a los contratos que Pemex firmó con diversas empresas nacionales que optaron por esta mecánica ante el incremento que se registró en el precio del gas natural y que utilizan de forma importante en sus procesos productivos.

No obstante ello, nos preocupa que ahora que, una vez realizado estos gastos en función a los convenios signados, las empresas particulares quieran ahora cancelar los contratos de coberturas de futuros ya que el precio actual les resulta más cómodo para situarse en menos de los 4 dólares el millón de BTU?s.

Reporta el informe que el costo financiero de la deuda pública en los primeros nueve meses se redujo en términos reales en 0.5%, con lo cual su participación dentro del gasto neto del sector público fue de 16.3%, esto es, 0.7 puntos porcentuales menos que el año anterior.

Al respecto, no se aclara de manera adecuada por qué al mes de septiembre se cumple con el presupuesto aprobado para todo el año en materia del Programa de Apoyo a Ahorradores por un monto de 39,759 millones de pesos, lo que incluso implica un sobregiro a lo autorizado de 1.5%. Asimismo, esto nos lleva a pensar que para el caso del financiamiento del IPAB, por no haber remanente que ejercer, el citado Instituto tiene forzosamente que recurrir a la emisión de mayores Bonos de Protección al Ahorro Bancario.

Finalmente, si uno observa la contracción tan importante que se da en el costo financiero del sector paraestatal de un 20.8% respecto del Gobierno Federal, el ahorro aparente no sólo podría ser derivado de las reducciones en las tasas de interés y otras economías en gastos asociados, sino más bien pueden responder al rezago que muestra el financiamiento de los proyectos de inversión, ante su menor ritmo de construcción, lo cual demanda a su vez un menor volumen de recursos, sin que implique un verdadero ahorro.

Por el otro lado el día 5 de noviembre también se anuncia el recorte al presupuesto presentado por el Ejecutivo, tercero implementado por esta administración; esto nos da muestra de la falta de capacidad y de imaginación del Ejecutivo federal para implantar programas que aminoren los impactos de la situación económica que prevalece, el gobierno toma el camino fácil de recortar el gasto argumentando la caída en los ingresos, producto de una deficiente calendarización realizada por la Secretaría de Hacienda, ya que no la efectuó de acuerdo al comportamiento histórico observado en ejercicios anteriores.

Según datos de la propia Secretaría de Hacienda, publicados en algunos medios de comunicación (y tengo que recurrir a esta fuente toda vez que a la fecha el Poder Ejecutivo no ha comunicado de manera oficial a esta soberanía el recorte que efectúo el pasado 5 de noviembre) el recorte afecta a áreas estratégicas del desarrollo nacional tales como:

Educación con más de 9,000 millones.
Seguridad Social con más de 967 millones.
Comunicaciones y Transportes con más de 801.7 millones.
Sagarpa con más de 250 millones.
Salud con más de 230 millones.
Asimismo comunica ampliaciones presupuestales a estados y municipios, a provisiones salariales y entre otras dependencias que por su naturaleza no ejercen gasto de inversión, amplía presupuesto a la oficina de la Presidencia de la República, Economía y la propia Secretaría de Hacienda.

Habrá que preguntarnos también en base a qué facultades la Secretaría de Hacienda realizó ampliaciones líquidas al Presupuesto, cuando éstas de manera expresa las prohíbe el Presupuesto de Egresos que por consenso aprobó esta Cámara de Diputados.

El recorte no contempla programas de reactivación de la economía, no contempla programas emergentes de empleo, no contempla transferencias a programas de combate a la pobreza y sí contempla graves reducciones a sectores prioritarios.

¿Qué se pretende con estas políticas si se anuncia incluso la posibilidad de un cuarto recorte a escasos 52 días de terminar el ejercicio 200l?

Ciudadanas y ciudadanos legisladores:

Lo hemos señalado en diversas ocasiones, un presupuesto no ejercido a su debido tiempo son oportunidades de desarrollo que se pierden.

Exigimos que se cumpla lo establecido en el PEF, no es valido ni mucho menos legítimo atesorar los recursos que tienen como destino invertir en obras para los mexicanos.

La actual administración ha reprimido al gasto público, situación que ha impactado negativamente la industria, pero lo más grave es que esta política insensible ha incrementado la pobreza en el país al retener programas o no saber ejecutar, es decir se está contribuyendo a exacerbar el ciclo económico.

Queda claro a la luz del Informe de Finanzas Públicas y de la realidad que advertimos en los hechos a que, todo apunta a que el Ejecutivo federal quiere hacer creer que está efectuando un recorte al Gasto Público, cuando en la realidad trata de sacar provecho del subejercicio un recorte al Presupuesto, por su incapacidad de hacer uso adecuado de los recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados en los distintos programas y proyectos.

En este Congreso de la Unión, en esta casa de las ideas, de las propuestas, en esta la más alta tribuna de la Nación, se dejarán escuchar siempre las voces de la razón, del consenso y la verdad sin prejuicios de ideología o partido, aquí será donde se resuelva y apruebe el Presupuesto de Egresos del 2002 y se vigilará su estricta observancia y aplicación, que sepa el Ejecutivo y que sepa la nación, que el Congreso asumirá responsablemente su obligación, le corresponde al Ejecutivo cumplir con el mandato del Congreso y del pueblo de México.

Por lo anteriormente expuesto con fundamento en el artículo 58 del Reglamento Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el decreto aprobatorio de Presupuesto de Egresos de la Federación y Ley de Ingresos 2001, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- Se solicita que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público dé cumplimiento al mandato de esta soberanía, que a través de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, mediante dictamen aprobado el 22 de agosto del año en curso solicitó que en los próximos informes sobre la Situación Económica, las Finanzas y la Deuda Pública, se presenten de acuerdo a lo establecido en el decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y la Ley de Ingresos, es decir presentando información clara, comparada, desagregada con calendarios de gasto, con elementos que permitan realizar un análisis responsable y con herramientas para tomar decisiones acertadas de políticas económicas.

Segundo.- Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informe a esta soberanía el monto del recorte presupuestal, los programas y entidades que fueron objeto de dicho recorte y los criterios utilizados para elaborar el ajuste anunciado recientemente.

Tercero.- Se solicita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informe a esta soberanía si dicho recorte presupuestal considera ampliaciones líquidas a otras entidades, como diferentes medios de comunicación lo hicieran del conocimiento público.

Cuarto.- Se solicita se cite a comparecer a funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ante las comisiones de Hacienda, y de Presupuesto y Cuenta Pública de esta Cámara de Diputados, para que aclaren ante esta soberanía la marcha del programa económico y esclarezcan las confusiones y dudas que sus propios informes han generado.

Quinto.- Que en la presentación de los criterios generales de política económica, miscelánea fiscal y proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2002, próximos a ser presentados por el Ejecutivo federal, se acompañen los saldos de programa por programa, de aquellos recursos que no se ejercieron en las diferentes entidades del Poder Ejecutivo federal y las razones de la no ejecución de estos recursos.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 8 de noviembre del 2002.

Dip. David Penchyna Grub (rúbrica)

((Túrnese a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública. Noviembre 8 de 2001.)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE EL RESCATE DEL CENTRO HISTORICO DE LA CIUDAD DE MEXICO, PRESENTADA POR EL DIPUTADO DANIEL RAMIREZ DEL VALLE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Antecedentes

A principios del mes de julio del año en curso, el Ejecutivo federal y el jefe de gobierno del Distrito Federal firmaron un acuerdo a favor del rescate del Centro Histórico. Del mismo se desprende, la instalación de un Consejo Consultivo Amplio integrado, por parte del Gobierno Federal, por un representante de Conaculta y un representante de la Secretaría de Turismo; por parte del Gobierno del Distrito Federal, estará un representante de las secretarías de Desarrollo Urbano y Vivienda, Turismo y Desarrollo Económico; y, finalmente, por parte de la sociedad civil, el Ing., Carlos Slim Helú, Jacobo Zabludovsky, Alfonso Durazo, Guillermo Tovar y de Teresa y el cardenal Norberto Rivera Carrera. Su función será la coordinación de acciones de remodelación, desarrollo urbano, reestructuración de uso de suelo, promoción de inversiones y el diseño de incentivos fiscales.

Del mismo modo que el anterior, se creó un Comité Ejecutivo, cabeza y dirigente del Consejo Consultivo Amplio, integrado por el Ing. Carlos Slim Helú, Jacobo Zabludovzky y un representante de Conaculta, sus funciones serán, la dirección de los acuerdos del Consejo Consultivo, encabezar al mismo y convocar a reuniones.

Considerandos

El acuerdo firmado por el Ejecutivo federal y el jefe de gobierno del Distrito Federal para el rescate del Centro Histórico, sin duda es un avance muy importante para lograr el rescate de lo que en 1980 se declaró como zona de monumentos, y que en 1987 la UNESCO la hiciera merecedora de la denominación Patrimonio Cultural de la Humanidad. Sin embargo, existen zonas aledañas que también forman parte del Centro Histórico, que también son patrimonio de la humanidad y que quedaron fuera de este programa. Tal es el caso del perímetro B del Centro Histórico o mejor conocido como zona de la Merced.

En la zona de la Merced, se encuentran ubicados una casa habitación del siglo XVIII, así como dos capillas y seis iglesias del mismo siglo una de las cuales está en uso.

En este perímetro resalta una gran inseguridad a partir de las 16:00 horas debido a la subutilización del espacio público, ya que sólo se cuenta con un 20% de uso habitacional siendo el resto mixto o comercial.

La actividad termina cuando el comercio cierra sus puertas y la zona se convierte en un perímetro de alta inseguridad, enfrentándose graves problemas de drogadicción, alcoholismo, niños de la calle, prostitución, etc.

En un estudio que realizó la delegación Venustiano Carranza dirigido a la Presidencia de la República, se reporta que los mercados públicos tienen en su mayoría deficiencias en instalaciones hidráulicas y eléctricas, falta de mantenimiento, anexos de locales que obstaculizan áreas comunes y sanitarios en mal estado.

La Merced alberga 78 giros de "alto impacto social" y entre loncherías, restaurantes-bar, cervecerías, pulquerías, baños públicos y 12 hoteles en los que trabajan las sexoservidoras.

Sumado a lo anterior, también se ubican en este zona, 5 mil 750 ambulantes, 600 sexoservidoras, 150 niños de la calle, 100 indigentes y 600 indígenas que viven en extrema pobreza.

Como podemos deducir es una zona que ha perdido sus valores e identidad así como los elementos que la conformaban, este es el caso de la plaza de la parroquia de la Candelaria de los Patos, Las Atarazanas, el hospital San Lázaro, y la estación de ferrocarriles San Lázaro, para convertirse en una zona de gran inseguridad y fomento para la comisión de delitos.

La zona de la Merced es parte esencial de la historia de nuestra ciudad de México, encierra nuestra cultura y tradiciones, ha sido testigo de la evolución de la capital de nuestro país. Es por ello que debe tomarse en cuenta para incluirla en el Programa de Rescate del Centro Histórico.

Por las consideraciones antes expuestas, los integrantes de la Comisión del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten al pleno de esta H. Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- Que el Gobierno de la Ciudad de México a través de sus representantes en el Consejo Consultivo para el Rescate del Centro Histórico, someta a consideración de este último la necesidad de incorporar a dicho programa el perímetro B del Centro Histórico.

Segundo.- Que el Gobierno Federal a través de sus representantes en Consejo Consultivo para el Rescate del Centro Histórico someta a consideración de este último la necesidad de incorporar a dicho programa al perímetro B del Centro Histórico.

Tercero.- De ser procedente la incorporación, que se fomente la pronta remodelación de los monumentos históricos, y se sumen esfuerzos para reactivar el perímetro como zona de uso habitacional y terminar de este modo con la delincuencia.

Cuarto.- De no ser procedente que el Gobierno de la Ciudad de México a través de las autoridades competentes, ponga mayor interés en solucionar los problemas que afectan a dicha zona.

Dado en el Palacio Legislativo, a 8 del mes de noviembre de 2001.

Diputados: Carlos Alberto Flores Gutiérrez, Jorge Lara Rivera, Raúl García Velázquez, Celita Alamilla, Franciso Ramírez Cabrera, Tomás Ríos, Jesús Dueñas, Máximo Soto, José Tomás Lozano Pardinas, Miguel Angel Torrijos, Benjamín Muciño, José Antonio Arévalo del Partido Verde Ecologista, José Escudero del Partido Verde Ecologista, Samuel Yoselevitz y un servidor Daniel Ramírez del Valle (rúbricas).

(Túrnese a las comisiones del Distrito Federal y de Cultura. Noviembre 8 de 2001.)
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION CON EL LLAMADO IMPUESTO TOBIN, PRESENTADA POR EL DIPUTADO RAFAEL HERNANDEZ ESTRADA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRD, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

La especulación en los mercados financieros ha alcanzado en los últimos años un nivel sin precedentes en la historia económica mundial. El abandono en 1971 del sistema internacional de cambios, producto de los acuerdos de Bretton Woods, provocó un aumento considerable de los flujos financieros y monetarios que han pasado en los últimos treinta años de 70 mil millones de dólares a más del 1 billón y medio de dólares diarios. La mayor parte de estos flujos no corresponde al intercambio real de mercancías ni a las inversiones productivas que se realizan en el mundo, sino a la búsqueda de beneficios financieros inmediatos, a menudo considerables.

Esta disociación entre los mercados financieros especulativos y la economía real ha provocado una gran inestabilidad e incertidumbre en todo el mundo, pues ha sido una de las causas más importantes de la desviación o caída de las inversiones productivas y por lo tanto de la creación de empleos. Ha provocado también una mayor concentración del poder económico y un aumento de la pobreza y la desigualdad a nivel mundial.

Esta dinámica ha resultado nefasta para la humanidad entera. La sucesión de graves y contagiosas crisis económicas que se han producido en diversas economías del mundo, como la de México en 1994, diversos países del sudeste asiático en 1997, Rusia en 1998 y Brasil en 1999, muestran cómo en pocos días, se acaba con el trabajo productivo de muchos años. Las naciones se ven obligadas a tratar de ganarse la confianza de los inversionistas otorgando concesiones para atraer capitales y ganancias cada vez más elevadas, a costa de millones de trabajadores, ciudadanos y a costa del medio ambiente.

La libertad irrestricta de circulación de capitales se ha convertido en un factor de inestabilidad de la vida democrática de las naciones. Por esa razón, es de capital importancia fijar mecanismos regulatorios. Uno de ellos es el impuesto Tobin, nombre del Premio Nobel de Economía, el norteamericano James Tobin, quien desde 1978 propuso una pequeña tasa a todas las transacciones financieras internacionales para desalentar la especulación y, además, procurar ingresos a la comunidad internacional. Con sólo un 0.05 por ciento de gravamen a estas operaciones, se obtendrían entre 150 y 300 mil millones de dólares al año, recursos que podrían ser empleados para estabilizar los mercados monetarios, para el desarrollo económico, para financiar ayuda humanitaria a las naciones más pobres, o para paliar las crisis nacionales o internacionales de las economías del mundo.

Numerosas organizaciones no gubernamentales, sindicatos, asociaciones sociales y ecologistas, están actuando coordinadamente con sus propios gobiernos y parlamentos para poner en marcha impuestos del tipo de la tasa Tobin.

Los parlamentarios del mundo deben responder al llamado de esas organizaciones y a una creciente preocupación de la opinión pública mundial sobre los daños que ha provocado la especulación financiera. Se requieren urgentemente nuevos niveles de cooperación multilateral para regular esta especulación y para obtener ingresos que sirvan para las necesidades locales y globales más urgentes.

El impuesto Tobin ha sido apoyado favorablemente por los Parlamentos de Canadá y Bélgica. Una moción parecida ha sido propuesta sin haber sido votada, en los Congresos de la República Argentina y los Estados Unidos de América. Hace unas cuantas semanas, se presentó en la Cámara de los Comunes del Reino Unido de la Gran Bretaña, recibiendo el apoyo inmediato de parlamentarios de los tres partidos más importantes y de la ministra de Desarrollo Económico del gobierno laborista. En el Parlamento Europeo, recibió la adhesión de 225 eurodiputados.

Tomando en cuenta que, actualmente, se discuten diversas propuestas de reforma fiscal, resulta de la mayor importancia discutir en México la adopción del impuesto Tobin o uno similar.

Por lo anterior, diputados de México, proponemos al Congreso de la Unión y al Gobierno de la República, que se promueva la adopción de un impuesto similar a la tasa Tobin para que, en coordinación con esfuerzos similares que se realizan en otros parlamentos nacionales, se avance en su adopción a nivel mundial y sirva como punto de partida para explorar y acordar otras opciones para reformar el sistema financiero internacional.

Considerando lo planteado en la carta de adhesión de diputados mexicanos a la campaña mundial a favor de la tasa Tobin, formulamos el siguiente

Punto de Acuerdo

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos acuerda:

Primero. Manifestar su apoyo a la campaña mundial a favor del impuesto Tobin.

Segundo. Solicitar al Poder Ejecutivo Federal que manifieste, ante el Consejo Económico y Social de la Organización de Naciones Unidas, ante los organismos financieros internacionales, la Organización Mundial de Comercio, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, entre otros, el apoyo de nuestro país para que se establezcan medidas de cooperación multilateral que regulen y graven la especulación financiera internacional.

Tercero. Enviar a otros Congresos del mundo una invitación para actuar juntos ante los gobiernos nacionales y los organismos financieros mundiales, para que, de manera coordinada, se acuerde un mecanismo internacional para la aplicación del impuesto Tobin y se exploren otras medidas para reformar el sistema financiero y monetario internacional.

Diputados: María Alejandra Barrales Magdaleno, Ma. de los Angeles Sánchez Lira, Jaime Cervantes Rivera, Víctor Hugo Círigo Vázquez, María de las Nieves García Fernández, María Elena Chapa Hernández, Bertha Alicia Simental García, Beatriz Patricia Lorenzo Juárez, José Manuel del Río Virgen, José Antonio Calderón Cardoso, José Antonio Hernández Fraguas, José Antonio Magallanes Rodríguez, Arturo Escobar y Vega, David Augusto Sotelo Rosas, Martí Batres Guadarrama, Miguel Bortolini Castillo, Tomás Torres Mercado, Alfredo Hernández Raigosa, Auldárico Hernández Gerónimo, José Delfino Garcés Martínez, Hortensia Aragón Castillo, Rafael Servín Maldonado, Sergio Acosta Salazar, Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, Juan Carlos Regis Adame, Rosa Delia Cota Montaño, José Narro Céspedes, Eric Eber Villanueva Mukul, Adela del Carmen Graniel Campos, María Miroslava García Suárez, Bonifacio Castillo Cruz, Rodrigo Carrillo Pérez, María del Rosario Tapia Medina, Rosalinda López Hernández, Ricardo Moreno Bastida, Magdalena del Socorro Núñez Monreal, Francisco Agundis Arias, Concepción Salazar González, María Teresa Campoy Ruy Sánchez, Erika Elizabeth Spezia Maldonado, Rubén Aguirre Ponce, Petra Santos Ortíz, Manuel Duarte Ramírez, Raquel Cortés López, Pedro Miguel Rosaldo Salazar, J. Félix Salgado Macedonio, Martha Angélica Bernardino Rojas, Emilio Ulloa Pérez, Esteban Daniel Martínez Enríquez, Rogaciano Morales Reyes, Alejandro Gómez Olvera, Gregorio Urias Germán, Luis Herrera Jiménez, Cuauhtémoc Montero Esquivel, Angel Enrique Herrera y Bruquetas, Jaime Cleofas Martínez Veloz, Bernardo De la Garza Herrera, José Antonio Arévalo González, Alfonso Oliverio Elías Cardona, Arturo Herviz Reyes, Juan Manuel Martínez Nava, Uuc-Kib Espadas Ancona, Héctor Sánchez López, Ramón León Morales, J. Jesús Garibay García, Mario Cruz Andrade, Alberto Anaya Gutiérrez, Gustavo Riojas Santana, Jaime Vázquez Castillo, Orestes Eugenio Pérez Cruz, Norma Patricia Riojas Santana, Diego Cobo Terrazas, Olga Patricia Chozas y Chozas, José Rodolfo Escudero Barrera, Lorenso Rafael Hernández Estrada, Augusto Gómez Villanueva, Librado Treviño Gutiérrez, Efrén Nicolás Leyva Acevedo, Fernando Ortíz Arana (rúbricas).

(Túrnese a la Comisión de Relaciones Exteriores . Noviembre 8 de 2001.)
 
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LA FUNCION 14 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JUAN IGNACIO GARCIA ZALVIDEA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PVEM, Y APROBADO EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Los diputados que firman al calce, de la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 58 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, ocurrimos a solicitar se turne a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados en la LVIII Legislatura del H. Congreso de la Unión el siguiente punto de acuerdo.

Consideraciones

Lograr un desarrollo sustentable, a través de la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales es una de las prioridades planteadas dentro del Plan Nacional de Desarrollo. Asimismo, en la plataforma electoral de Alianza por el Cambio, se planteó lograr, a través de un marco institucional para el desarrollo sustentable, la adecuación de la estructura y actividades gubernamentales con un enfoque ecologista. Se prometió la integración de un consejo intersectorial con el objeto de tener una política regulatoria transversal y coordinada, así el esfuerzo en defensa del medio ambiente no sería de una sola Secretaría, sino de todas.

En su comparecencia ante esta soberanía, el secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, nos dijo que su gran reto es dar solución al grave deterioro que sufren nuestros ecosistemas y el medio ambiente y lograr armonía entre el crecimiento económico y la naturaleza.

Para enfrentar este reto, nos dijo, "el Presidente Fox se ha comprometido plenamente con la agenda ambiental, formando un gobierno y presentando un proyecto de nación que retorna como principio fundamental el desarrollo sustentable, en su más amplio sentido y significación como una política de Estado".

"Desde el primero de diciembre del año 2000", continúa, "el medio ambiente adquirió una nueva dimensión en la estructura y funcionamiento del Gobierno Federal. De ser un asunto sectorial, restringido a la política social, pasó a ser un tema transversal, inserto en las agendas de trabajo de las tres comisiones del Poder Ejecutivo federal que atienden prioridades nacionales".

Sin embargo, para los legisladores del Partido Verde, esta nueva estructura no existe, y prueba de ello era que ni siquiera se incluyó a un ambientalista en el Consejo de Administración de Pemex, que es una de las empresas con mayor impacto en la ecología. Sin embargo, afortunadamente el día de ayer fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Gobernación de esta H. Cámara la posibilidad de incluir a un representante del Estado para velar por los intereses relacionados con el medio ambiente dentro del Consejo de Administración de Pemex. De esta manera, se demuestra que el Congreso está trabajando por desarrollar una verdadera política ambiental transversal.

El tema ambiental debe ser considerado como una de las prioridades nacionales, y se hace necesaria una coordinación gubernamental, que en principio, asegure a los mexicanos un gobierno limpio y preocupado por la salud ambiental.

El gasto es también una expresión real de la importancia que en la gestión gubernamental se le otorga a estos temas. Por lo que es preocupante que el costo total por agotamiento y degradación ambiental sobrepase por mucho al gasto en medio ambiente que realiza el país. Creemos que el gasto del sector público en materia ambiental debe ser un instrumento clave para orientar y fortalecer el mercado de bienes y servicios relacionado con asuntos de medio ambiente.

Durante el año 2000, la función 14, Medio Ambiente y Recursos Naturales, recibió solamente el 1.19 por ciento del Gasto Programable en Clasificación Funcional, siendo la Semarnat y Pemex las únicas instituciones que destinaron recursos a esta función por apenas 10 mil 405 millones de pesos. Del presupuesto total de la Semarnat, solamente el 51.8 por ciento se destina a esta función.

Los recursos destinados al cuidado del medio ambiente y los recursos naturales se ven disminuidos por los subejercicios que recurrentemente se presentan, el año pasado Pemex redujo los recursos en este rubro en 693.7 millones de pesos.

Aunado a lo anterior, esta el hecho de que México sea catalogado en el Informe de Población 2001 de la ONU como un claro ejemplo de la forma en que el hombre ha destruido su equilibrio ecológico, señalando sus altos índices de urbanización, tala inmoderada en el sur del país, sobreexplotación de los mantos acuíferos y su falta de agua potable en los cinturones de pobreza de las ciudades. No es posible que sólo en la ciudad de México se emitan 3.1 millones de toneladas de contaminantes cada año.

Es fundamental que los representantes de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como el sector privado y la sociedad, asuman una posición activa en la defensa del ambiente y en la preservación de los recursos para satisfacer las necesidades de futuras generaciones. La responsabilidad es de todos y sólo a través del esfuerzo común se logrará avanzar para hacer frente a la problemática ambiental.

Es necesario que exista algún mecanismo eficaz de coordinación de la Semarnat con otras secretarías para lograr implementar medidas que contribuyan a lograr las promesas de campaña y que realmente existan incentivos para que el gobierno contribuya al mejoramiento del medio ambiente en su quehacer cotidiano y en la orientación de su presupuesto hacia el desarrollo sustentable.

Ha llegado el momento de que quienes tienen esa responsabilidad cumplan con su trabajo, y para ello es urgente tomar medidas al respecto.

El Partido Verde Ecologista de México, ha querido presentar este punto de acuerdo para que a través de la función 14 del Presupuesto de Egresos de la Federación, el tema ambiental y de los recursos naturales sea realmente considerado por el Poder Ejecutivo como un asunto transversal y que se vea reflejado en los programas de trabajo de todas las instancias federales.

Por lo anteriormente expuesto con fundamento en el artículo 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los diputados del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México abajo firmantes, nos permitimos someter a consideración de esta honorable asamblea el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- Sugerir al Ejecutivo Federal que para el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002 tenga a bien enviar a esta honorable Cámara, se identifique en el mismo de forma específica la distribución del gasto en materia ambiental, tradicionalmente ubicados en la función 14.

Segundo.- Recomendar al Ejecutivo federal que en la previsiones de gasto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002, en todas las dependencias y entidades de la administración pública federal, se incluyan e identifiquen de manera clara las asignaciones destinadas en materia ambiental.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, sede de la H. Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, a los 8 días del mes de noviembre del año 2001.

Diputados: Bernardo de la Garza Herrera (rúbrica), coordinador; Esveida Bravo Martínez (rúbrica), Olga Patricia Chozas y Chozas (rúbrica), Alejandro Rafael García Sainz Arena (rúbrica), Juan Ignacio García Zalvidea, Concepción Salazar González (rúbrica).
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION AL INCUMPLIMIENTO SOBRE EL APOYO A LA COMERCIALIZACION DE GRANOS A PRODUCTORES AGRICOLAS EN SINALOA Y A OTRAS ENTIDADES FEDERATIVAS, POR PARTE DE SAGARPA, PRESENTADA POR EL DIPUTADO JESUS BURGOS PINTO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PRI, EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los suscritos diputados de diversos grupos parlamentarios, ponemos a consideración de la honorable asamblea de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con punto de acuerdo para resolver la grave problemática que enfrentan los productores agrícolas de los estados de Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Chihuahua, ante el incumplimiento del Gobierno Federal de sus compromisos de apoyo a la comercialización de las cosechas del periodo otoño-invierno 2000-2001, y primavera-verano del 2001.

El Gobierno Federal a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, sigue fallando estrepitosamente en el cumplimiento de sus compromisos con los productores agrícolas del país, en particular con los de las referidas entidades federativas.

El Gobierno Federal desde el inicio de su gestión planteó un presupuesto de egresos insuficiente, comprometiéndose a obtener un precio de 1,600 pesos por tonelada de maíz.

La realidad ha sido otra, ya que a partir de que esta Cámara modificó el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2001, se incrementó la partida del programa de apoyos para la comercialización de productos agrícolas de 3,426 millones de pesos proyectados, a 4,700 millones de pesos aprobados, es decir, con un aumento de 37% respecto del proyecto presidencial; sin embargo, el Gobierno Federal sólo logró 1,550 pesos por tonelada de maíz, faltando a los compromisos establecidos con los productores agrícolas y los gobiernos estatales.

Pero la práctica del incumplimiento sigue vigente. Hoy en día en el estado de Sinaloa, sigue pendiente el pago de apoyos a la comercialización, a los productores, por las cosechas de los ciclos otoño-invierno y primavera-verano inmediatos anteriores, en los siguientes rubros:

Sorgo: 18,200 toneladas, a razón de 220 pesos de apoyo por tonelada suman: $40 millones 40 mil pesos; soya:20 mil toneladas, a razón de 1,000 pesos de apoyo por tonelada suman: $20 millones de pesos; maíz blanco: 300 mil toneladas, a razón de 450 pesos de apoyo por tonelada suman: $135 millones de pesos; así, la suma de los apoyos pendientes de pago a los productores de Sinaloa por estos tres conceptos, es de 195 millones 40 mil pesos.

Por otro lado, a los productores de cártamo se les prometió el pago de 1,100 pesos de apoyo por tonelada y sólo les han pagado 400 pesos por tonelada.

Por lo que respecta al estado de Tamaulipas, el titular de Sagarpa, el 5 de mayo del presente año acordó apoyar un programa de reconversión o de cambio del uso de suelo para evitar la sobreproducción de sorgo, con una aportación federal de 30 millones de pesos, que a la fecha no se ha entregado.

En cuanto al programa de apoyos a la comercialización de los cultivos del ciclo otoño-invierno 2000-2001, en el mismo estado de Tamaulipas, aunque hay avances con pagos aproximados del 80% en los diferentes cultivos, al día de hoy está pendiente el pago de apoyos por la cantidad de 29 millones 137 mil pesos, con la amenaza latente de diferir dicho faltante para su pago, con cargo al presupuesto de 2002.

Por lo que respecta al estado de Sonora, se encuentran pendientes los pagos de apoyos de 55 mil toneladas de trigo y un volumen muy importante de canela y algodón.

En el estado de Chihuahua tampoco se ha cumplido con el pago de los apoyos a los productores por las cosechas de maíz amarillo, maíz blanco, sorgo, algodón y cacahuate.

El incumplimiento permanente y constante de los compromisos asumidos por el Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, provoca en los productores agrícolas una gran inconformidad que se manifiesta con las tomas de oficinas públicas, tal como sucede actualmente en el estado de Sinaloa; pero más grave aún, es la insatisfacción de sus necesidades más apremiantes, derivada de la falta de pago de los apoyos que, legítima y legalmente, les corresponde.

La persistencia del Gobierno Federal en la desatención de sus compromisos con la gente del campo, provoca la intranquilidad del sector rural y, en consecuencia amenaza la paz social y la tranquilidad y gobernabilidad de los estados.

La insensibilidad del Ejecutivo federal y la falta de atención a las demandas de los productores, deviene en desesperación e irritación de los campesinos y puede desembocar en movilizaciones sociales de efectos lamentables.

Por lo anterior expuesto, proponemos el siguiente:

Punto de Acuerdo

La Cámara de Diputados solicita:

Unico.- Que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realice las transferencias presupuestales necesarias y ponga a disposición de la Sagarpa los recursos suficientes para que ésta dé cumplimiento inmediato a los compromisos establecidos con los productores agrícolas, pagándoles los apoyos a la comercialización de productos agrícolas correspondientes a los ciclos otoño-invierno 2000-2001 y primavera-verano del 2001.

Palacio Legislativo San Lázaro, ocho de noviembre de dos mil uno.

Diputados: Jesús Burgos Pinto (rúbrica) (PRI), Hortensia Enríquez Ortega (rúbrica) (PRI), Víctor M. Gandarilla Carrasco (PRI), Víctor Antonio García Dávila (rúbrica) (PT), Julián Luzanilla Contreras (rúbrica) (PRI), María del Rosario Oroz Ibarra (rúbrica) (PRI), Librado Treviño Gutiérrez (rúbrica) (PRI), Roberto Zavala Echavarria (rúbrica) (PRI), Simón Villar Martínez (rúbrica) (PRI), Jorge Esteban Sandoval Ochoa (rúbrica) (PRI), Juan Carlos Regis Adame (rúbrica) (PT), Petra Santos Ortiz (rúbrica) (PRD), Gregorio Urías Germán (rúbrica) (PRD).

(Túrnese a la Comisión de Agricultura y Ganadería. Noviembre 8 de 2001.)
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO SOBRE LAS MUJERES ASESINADAS EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, PRESENTADA POR LA DIPUTADA SILVIA LOPEZ ESCOFFIE, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN, A NOMBRE DE DIPUTADOS Y DIPUTADAS DE DIVERSOS GRUPOS PARLAMENTARIOS, Y APROBADO EN LA SESION DEL JUEVES 8 DE NOVIEMBRE DE 2001

Los suscritos abajo firmantes de diferentes grupos parlamentarios representados en esta H. Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Orgánica y 58 del Reglamento para el Gobierno Interior, ambos del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, sometemos a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo para crear una Comisión Especial que conozca dé seguimiento de la situación actual sobre las investigaciones de los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua ocurrimos a partir de 1993 al tenor de las siguientes.

Consideraciones

Hace apenas unas cuantas horas nos hemos enterado del más reciente hallazgo de ocho cuerpos de mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua, las cuales presumiblemente fueron violadas y asesinadas en distintas fechas. De acuerdo con la información periodística.

Estos hechos nos preocupan y nos consternan, puesto que se inscribe dentro de una larga serie de ominosos asesinatos que han tenido lugar desde 1993 en esta ciudad fronteriza.

De acuerdo con una investigación realizada hace un par de años, la historia de los crímenes perpetrados en contra de mujeres en Ciudad Juárez resulta más atroz por la vulnerabilidad y el número de sus víctimas: a la fecha se cuentan alrededor de 240 casos de mujeres que se reportan como desaparecidas y existen distintas versiones y listas de mujeres que fueron asesinadas por distintas causas durante este periodo.

Nos parece que más allá de las posiciones de partido es necesario reflexionar sobre este grave asunto, pues de acuerdo con estas cifras representa un abierto e impune fenómeno de violencia hacia las mujeres.

Los reportes oficiales indican que hasta el momento han sido detenidos integrantes de dos bandas de delincuentes: Los Rebeldes y Los Ruteros y el egipcio Abdel Latif Sharif Sharif. Este último sujeto supuestamente les pagaba a integrantes de las dos bandas para que atacaran a mujeres jóvenes, las violaran y las asesinaran.

El ambiente que ha rodeado estos casos y la calidad de las investigaciones que se han realizado dejan mucho que desear, pues hasta el momento el culpable o los culpables de buena parte de los asesinatos no han sido capturados. A los individuos que se encuentran en la cárcel y sujetos a proceso penal no se les ha podido comprobar efectivamente su participación en dichos asesinatos, e incluso algunos de ellos han obtenido su libertad. El sospechoso y ya sentenciado Abdel Latif Sharif tiene una condena de 30 años por el asesinato de una sola mujer: Elizabeth Castro, de la que se encontró su cuerpo en agosto de 1995.

En el cúmulo de investigaciones que se han realizado no se ha podido demostrar fehacientemente la participación de asesinos seriales o bandas organizadas, lo cual muestra que nos encontramos ante un conjunto de hechos sobre los cuales las instituciones policiacas y de justicia han mostrado sus limitaciones.

Estos crímenes han suscitado la atención internacional, la movilización de los familiares de las víctimas, la condena de organizaciones de derechos humanos, e incluso de instituciones internacionales de justicia. No obstante lo anterior, las investigaciones y sus resultados parecen confirmar la misma situación de impunidad y violencia. El hallazgo de los tres cuerpos de mujeres asesinadas encontradas el martes pasado y cinco más encontrados el día de ayer, parecen confirmarlo; pues muestran que quien o quienes estén cometiendo estos aberrantes crímenes, andan sueltos.

En 1998, estos casos suscitaron la atención de Robert Ressler, el más famoso de los agentes del FBI, quien fue llamado por las autoridades de Chihuahua con el propósito de que su experiencia permitiera el esclarecimiento de estos crímenes. Este investigador señaló en aquel momento que estos casos no se podrían resolver sin el apoyo de la comunidad, pero también dijo que no descartaba la presencia de un asesino serial que aprovecha las circunstancias de la frontera para actuar con toda impunidad del lado mexicano, que su experiencia al visitar los lugares donde fueron abandonadas las víctimas eran muy solitarios y previno sobre las condiciones de inseguridad de las obreras de maquiladora, quienes de madrugada se ven en la necesidad de caminar por zonas peligrosas.

Otros investigadores han igualmente externado sus puntos de vista sobre estos casos, pero sus opiniones no son concluyentes y apuntan sobre la posibilidad de que exista uno o varios asesinos seriales, o bandas de asesinos que posiblemente trafiquen con órganos de las víctimas, realicen películas o videos snuff o que utilicen a sus víctimas dentro de la industria de la pornografía y la prostitución.

Lo cierto, señoras y señores legisladores, es que estos asesinatos y desapariciones se han dado en un clima de violencia social que pone como uno de sus principales objetivos a las mujeres, mujeres jóvenes, muchas de ellas migrantes que trabajan en las maquiladoras.

No se puede negar que estos hechos son prueba de la barbarie perpetrada contra la vida humana, particularmente de las mujeres. Estos acontecimientos dañan y ponen en peligro bienes y valores de la mayor importancia para la comunidad social. Es preciso que sociedad y el Estado enfrenten con vigor y rigor, capacidad y voluntad enérgica, tan deplorables conductas, y hacerse con todos los medios a la mano del orden jurídico vigente.

Entre esas herramientas están la debida y adecuada procuración de justicia, mediante la integración de las indagatorias respectivas, que conduzcan a encontrar y sancionar al o los responsables de estos delitos. Porque la seguridad y la tranquilidad social constituyen el escudo más firme del ciudadano y la democracia, lo cual no se permeará en el estado de Chihuahua, si tales hechos violentos quedaran impunes o que en las investigaciones ministeriales no precisaran los rostros y nombres de los responsables, y estar conforme con la identidad de las víctimas asesinadas, nada más lamentable para un Estado de derecho.

Ahora bien, las legisladoras y los legisladores, no hacemos caso omiso a los inhumanos acontecimientos en contra de las mujeres, por ello refrendamos una vez más que la persona humana y como presupuesto de ésta, la vida, tienen una inminente e intrínseca dignidad y un destino propio y trascendente que cumplir; en este contexto seguiremos luchando y pugnando por el respeto irrestricto a este supremo valor.

La vida humana tiene un valor universal e igualitario, no obstante existen grupos que se encuentran de cierta manera en una situación de desventaja social, política, económica, o como en el desafortunado caso que nos ocupa, por razón de género, ellas, son más proclives a ser victimizadas de manera brutal; cuando esto ocurre; cuando se ve vulnerado lo más preciado que se tiene, la sociedad clama justicia.

Es entonces cuando el Estado, y nosotros como parte de él, nos encontramos con la impostergable obligación de proteger como función primaria, esencial e indispensable, la vida de cada uno de los integrantes de la población; es de elemental humanidad y más aún en nuestra calidad de representantes sociales, levantar la voz y hacer todo lo que esté de nuestra parte para que se esclarezcan los homicidios perpetrados en Ciudad Juárez, pero sobretodo para impedir que se sigan cometiendo.

Por las consideraciones antes expuestas proponemos el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero.- Que se constituya una Comisión Especial para que conozca y dé seguimiento a las investigaciones relacionadas con los homicidios de las mujeres perpetrados en Ciudad Juárez, Chihuahua, ocurridos desde 1993 hasta el día de hoy.

Segundo.- Dicha Comisión Especial para el cumplimiento de su objetivo, podrá allegarse de la información que considere pertinente; así como reunirse cuando lo considere necesario con las autoridades federales, estatales y municipales; responsables de la investigación de estos ilícitos, particularmente con el Fiscal Especial de la Procuraduría General de Justicia del estado de Chihuahua. Además, dicha Comisión también podrá tener reuniones con organizaciones civiles de protección, difusión, respeto, reconocimiento y garantía de los derechos humanos cuya atención esté enfocada a los homicidios de mujeres en Chihuahua, y en general, cualquier otra acción para el cumplimiento de su objetivo.

Tercero.- Dicha comisión deberá quedar integrada de manera tal que en ella se represente la pluralidad de partidos políticos que impera en esta H. Cámara de Diputados.

Cuarto.- Que los primeros resultados y conclusiones a los que llegue dicha comisión, sean presentados ante el pleno a más tardar el día 15 de diciembre del año en curso y de mantener periódicamente informado al pleno o la comisión permanente, según lo amerite.

En virtud, de la importancia que tiene este caso, y dada la continuidad de estos trágicos homicidios, solicitamos que con fundamento en lo dispuesto por el artículo 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, se solicita que se considere de urgente y obvia resolución en los términos de los artículos 58 y 59 del mismo Reglamento y se le dé el trámite legislativo respectivo.

Diputados: María Elena Chapa, Nelly Campos Quiroz, Pedro Cepeda Sierra, Olga Haydeé Flores Velásquez, Silvia Romero Suárez, Griselda Ramírez Suárez, Alba Méndez Herrera, Martha Martínez Herrera, Rafael Rodríguez Barrera, María de los Angeles Sánchez Lira, Gustavo Buenrostro Díaz, Martha Sánchez González, José Manuel del Río Virgen, Rosario Tapia Medina, Juan Carlos Regis Adame, Benjamín Muciño Pérez, María de las Nieves García, Rocío García Gaytán, Alejandro Zapata Perogordo, Silvia Alvarez Bruneliere, Laura Pavón Jaramillo, Hortensia Aragón Castillo, Bernardo de la Garza Herrera, Beatriz Leyva Juárez, Celita Alamilla Padrón, José Narro Céspedes, Tomás Torres Mercado, Félix Castellanos Hernández, Jaime Cervantes Rivera, Norma Riojas Santana, Bertha Alicia Simental, David Rodríguez Torres, Martí Batres Guadarrama, Concepción González Molina (rúbricas).

(Leída la proposición con punto de acuerdo por la diputada Silvia López Escoffie, se aprueba por unanimidad. Noviembre 8 de 2001.)
 
 






Convocatorias
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A los trabajadores afiliados y sus beneficiarios, funcionarios y personal del ISSSTE, pensionados y jubilados, académicos e investigadores al foro nacional La Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado. ISSSTE: Salud Vivienda y Pensiones, que se realizará el 9 y 23 de noviembre.

El Poder Legislativo federal considera que el derecho a la seguridad social se ha convertido en tema crucial de la agenda nacional. El análisis sobre la normatividad y funcionamiento de las instituciones de seguridad social, como lo es el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), se torna imprescindible para una sociedad que demanda cada vez más, mayor calidad en la prestación de los servicios, así como en las condiciones socioeconómicas de sus trabajadores, derechohabientes y pensionados. Por lo anterior y porque para el legislador es fundamental escuchar la opinión de sus representados y, en particular, de los sectores directamente involucrados en los asuntos que analiza, la Comisión de Seguridad Social convoca al foro nacional

La Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado. ISSSTE: Salud, Vivienda y Pensiones

Temas

Tema 1. El ISSSTE en salud. Financiamiento, cobertura y beneficios: situación actual y propuestas para su fortalecimiento.
Tema 2. FOVISSSTE. Financiamiento, cobertura y beneficios: situación actual y retos.

Sedes

Acapulco, Guerrero:
9 de noviembre, hotel Fiesta Americana Condesa Acapulco, Av. Costera Miguel Alemán número 97, CP 39690, Acapulco, Gro.

México, Distrito Federal:
23 de noviembre, salón Legisladores de la República (antes salón Verde), Palacio Legislativo de San Lázaro, Avenida Congreso de la Unión número 66; Colonia El Parque; CP 15969.

Bases

1. Los foros iniciarán a las 9:00 horas y se desarrollarán de la siguiente manera: con intervenciones de diputados de la Comisión de Seguridad Social y ponencias magistrales de funcionarios del ISSSTE, directivos de la FSTSE y del SNTE; tres mesas de trabajo que iniciarán con una conferencia magistral, seguida de ponencias a cargo de los participantes sobre los temas indicados.

2. Podrán participar en las mesas de trabajo quienes así lo deseen, presentando su ponencia por escrito con una extensión máxima de 10 cuartillas a doble espacio y un resumen de tres cuartillas que será leído en las mesas de trabajo. Para su publicación, la ponencia deberá presentarse en un disquete de tres y media pulgadas, en procesador de texto Word, letra arial a 12 puntos. Tiempo límite para recibir ponencias: tres días antes de la celebración de cada una de las etapas del foro.

3. Se otorgará constancia de participación.

4. Todo asunto no previsto será resuelto por la Junta Directiva de la Comisión.

Informes, inscripciones y recepción de ponencias, en la Comisión de Seguridad Social, Palacio Legislativo, Avenida Congreso de la Unión número 66; Colonia El Parque; CP 15969; Teléfono y Fax. (01) (5) 420 1875; lada sin costo 01 800 718 4291, extensiones 1220, 1221 y 1875.

Junta Directiva de la Comisión de Seguridad Social, diputados: Cuauhtémoc Montero Esquivel, Presidente; Samuel Aguilar Solís, secretario; Francisco López González, secretario; Ernesto Saro Boardman, secretario; José María Rivera Cabello, secretario.
 
 
 

DE LA COMISION DE ATENCION A GRUPOS VULNERABLES

A su reunión plenaria, que se llevará a cabo el martes 13 de noviembre, a las 10 horas, en el salón de usos múltiples del edificio D, planta baja.

Orden del Día

1. Registro de asistencia.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Discusión del dictamen que reforma y adiciona el artículo 201 del Código Penal Federal en materia de pornografía infantil en Internet.
4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Arcelia Arredondo García
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE FOMENTO COOPERATIVO Y ECONOMIA SOCIAL

A su reunión de trabajo, que se llevará a cabo el martes 13 de noviembre, a las 16 horas, en el salón de usos múltiples ubicado en la planta baja del edificio D.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Presentación y análisis de un proyecto de trabajo para el estudio del sector cooperativo.
3. Propuesta de integración de subcomisión de trabajo.
4. Propuesta para invitar al secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez, a una reunión con el pleno de la Comisión.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Herbert Taylor Arthur
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE VIGILANCIA DE LA CONTADURIA MAYOR DE HACIENDA

A su reunión ordinaria de trabajo, que tendrá lugar el martes 13 de noviembre, a las 17 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Asistencia y declaratoria de quórum.
2. Lectura del acta de la reunión anterior y, en su caso, aprobación.
3. Asuntos turnados por la Mesa Directiva de la Cámara.
4. Proyecto de informe semestral de actividades de la Comisión.
5. Recepción y trámite del informe previo sobre la revisión de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal del año 2000.
6. Comentarios sobre la propuesta del presupuesto anual de la Unidad de Evaluación y Control.
7. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Manuel Galán Jiménez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE INVESTIGACION DE LA PLANTA NUCLEOELECTRICA DE LAGUNA VERDE, VERACRUZ

A su reunión de instalación, que se efectuará el miércoles 14 de noviembre, a las 9 horas, en el salón F del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Héctor González Reza
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

En coordinación con la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, y organismos de la sociedad civil, al Foro por la Equidad y Transparencia en los Presupuestos Públicos, que tendrá verificativo el miércoles 14 de noviembre, de las 9:30 a las 18 horas, en el patio sur del Palacio Legislativo.

Atentamente
Dip. Concepción González Molina
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE RADIO, TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA

A la reunión-comida de su Junta Directiva, que se llevará a cabo el miércoles 14 de noviembre, a las 14 horas, en la sala de juntas de la Comisión, ubicada en el edificio D, tercer nivel.

AtentamenteDip.
Lionel Funes Díaz
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION ESPECIAL SUR-SURESTE

A su reunión de trabajo-comida, que se llevará a cabo el miércoles 14 de noviembre, a las 14:30 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior y de la relatoría de la presentación del Plan Puebla-Panamá.
4. Presentación del plan de trabajo preliminar. (Explicación de base de datos, a cargo del maestro Javier Gala).
5. Propuesta de integración de subcomisiones.
6. Proyecto de viaje.
7. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Salvador Escobedo Zoletto
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A su reunión plenaria, que se realizará el miércoles 14 de noviembre, a las 15 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Presentación del análisis de avances y resultados del FAIS del Ramo 33, por parte del Lic. Carlos Montemayor Guerrero, director general de Medición y Seguimiento de Programas de Desarrollo Social.
3. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Fancisco Javier Cantú Torres
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

A los secretarios técnicos, secretarios particulares y asistentes de los CC. diputados, al Seminario Taller sobre Agua y Desarrollo Sustentable, que se está llevando a cabo los días miércoles de las 9:30 a las 12 horas.

Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
 
 
 

DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS

Al concurso de oposición abierto para ocupar puestos del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 49, fracción III, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y a los acuerdos parlamentarios que crean e integran el Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, aprobados por el pleno de la Cámara de Diputados, el 7 de noviembre de 2000 y el 30 de abril de 2001, respectivamente, y al acuerdo por el que se determina el procedimiento para el reclutamiento y selección y, en su caso, designación de funcionarios que ocupen las plazas de directores de proyecto e investigadores adscritos a los Centros de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, Sociales y de Opinión Pública y de la Unidad de Estudios de Finanzas Públicas y con base en la solicitud del Comité del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias para proveer el trámite administrativo para la contratación de personal que formará parte del servicio de investigación adscrito a dicho Centro, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por conducto de la Secretaría de Servicios Parlamentarios y la Dirección General de Recursos Humanos

Convoca

Al concurso de oposición abierto para ocupar dos puestos de director de proyecto y cuatro de investigador "A"

Requisitos Generales

Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.
No ser dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
No estar inhabilitado legalmente para ocupar cargos en el servicio público y no haber sido condenado por delito grave que haya ameritado pena privativa de la libertad.
Haber cumplido veinticinco años de edad al día de la designación
Director de proyecto (1): Acreditar escolaridad mínima de especialidad o maestría en derecho con título profesional;
Contar con conocimientos amplios en el ámbito legislativo;
Participación en programas y proyectos de investigación;
Impartición de cursos, conferencias o seminarios, y
Dominio del idioma francés.
Director de proyecto (2): Acreditar escolaridad mínima de especialidad o maestría en derecho con título profesional;
Contar con conocimientos amplios en el ámbito legislativo;
Participación en programas y proyectos de investigación;
Impartición de cursos, conferencias o seminarios, y
Dominio del idioma inglés.
Investigador "A": Acreditar escolaridad mínima de licenciatura en derecho con título profesional;
Experiencia de dos años en el desempeño de puestos similares;
Participación en programas y proyectos de investigación;
Manejo de fuentes de información y
Dominio del idioma inglés o francés.
Los aspirantes deberán presentar por escrito una solicitud que acredite su intención de participar, así como su currículum vitae, anexando la documentación y constancias expedidas originales que respalden el cumplimiento de los requisitos.

Los aspirantes serán sometidos a un proceso de preselección para determinar que se acreditan los requisitos de la presente convocatoria y se sujetarán a una evaluación de carácter técnico y otra de carácter psicométrico.

Un jurado calificador, cuyo nombramiento recaerá en personas de reconocido prestigio profesional o académico en el área de derecho e investigación parlamentaria, revisará los expedientes de los candidatos y realizará las pruebas que considere pertinentes para la selección de los aspirantes.

Las inscripciones se llevarán a cabo en el Centro de Capacitación de la Cámara de Diputados, ubicado en el Palacio Legislativo (Av. Congreso de la Unión No. 66, Col. El Parque, Delegación Venustiano Carranza, CP 15969), edificio F, planta baja, del 23 al 25 de octubre del año en curso, en un horario de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.

Para mayor información comuníquese al teléfono 5628 1300, extensión 4245 o 4265.

Palacio Legislativo, octubre de 2001.

Atentamente

Lic. Alfredo del Valle Espinosa
Secretario de Servicios Parlamentarios

Lic. Enrique Lozano Botello
Director General de Recursos Humanos
 
 
 

DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS

Al concurso de oposición abierto para ocupar puestos del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 49 fracción 3 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a los Acuerdos Parlamentarios que crean e integran el Comité del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública, aprobados por el pleno de la Cámara de Diputados, el 7 de noviembre de 2000 y el 30 de abril de 2001, respectivamente, y al Acuerdo por el que se determina el procedimiento para el reclutamiento y selección y, en su caso, designación de funcionarios que ocupen las plazas de Directores de proyecto e Investigadores adscritos a los Centros de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, Sociales y de Opinión Pública y de la Unidad de Estudios de Finanzas Públicas y con base en la solicitud del Comité del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública para proveer el trámite administrativo para la contratación de personal que formará parte del servicio de investigación adscrito a dicho Centro, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, por conducto de la Secretaría de Servicios Parlamentarios y la Dirección General de Recursos Humanos

Convoca

Al concurso de oposición abierto para ocupar dos puestos de Director de Proyecto, tres de Investigador "A" y un Subdirector de Análisis y Procesamiento de Datos.

Requisitos Generales

Ser mexicano en pleno ejercicio de sus derechos.
No haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político durante los últimos tres años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
No estar inhabilitado legalmente para ocupar cargos en el servicio público y no haber sido condenado por delito grave que haya ameritado pena privativa de la libertad.
Haber cumplido veinticinco años de edad al día de la designación
Preferentemente dominio del idioma inglés
Director de proyecto: Acreditar estudios mínimos de Maestría en el área de Ciencias Sociales o de Opinión Pública.
Acreditar la participación en programas o proyectos de investigación en el área de Ciencias Sociales o de Opinión Publica.
Acreditar experiencia académica o docente en el área de Ciencias Sociales o de Opinión Pública.
Acreditar la participación en cursos, conferencias o seminarios.
Contar con experiencia profesional mínima de tres años
Investigador "A": Contar con estudios mínimos de licenciatura en el área de Ciencias Sociales o de Opinión Pública.
Acreditar la participación en programas o proyectos de investigación en el área de Ciencias Sociales o de Opinión Pública.
Acreditar experiencia académica en cursos, conferencias o seminarios.
Contar con experiencia profesional mínima de dos años.
Subdirector de análisis y procesamiento de datos: Contar con estudios mínimos de Ingeniería o licenciatura en Sistemas Computacionales o Informática.
Acreditar experiencia académica o docente en el área de informática.
Acreditar la participación en cursos, conferencias o seminarios.
Tener experiencia mínima de tres años en el área de procesamiento de datos.
Los aspirantes deberán presentar por escrito una solicitud que acredite su intención de participar, así como su curriculum vitae, anexando la documentación y constancias expedidas originales que respalden el cumplimiento de los requisitos.

Los aspirantes serán sometidos a un proceso de preselección para determinar que se acreditan los requisitos de la presente Convocatoria y se sujetarán a una evaluación de carácter técnico y otra de carácter psicométrico.

Un jurado calificador cuyo nombramiento recaerá en personas de reconocido prestigio profesional o académico en el área de Social y de Opinión Pública revisará los expedientes de los candidatos y realizará las pruebas que considere pertinentes para la selección de los aspirantes.

Las inscripciones se llevarán a cabo en el Centro de Capacitación de la Cámara de Diputados, ubicado en el Palacio Legislativo (Av. Congreso de la Unión No. 66, Col. El Parque, Delegación Venustiano Carranza, C.P. 15969) Edificio "F" PB. del 7 al 12 de noviembre del año en curso, en un horario de 10.00 a 14.00 y de 16.00 a 18.00 horas.

Para mayor información comuníquese al teléfono 56.28.13.00 ext. 4245 o 4265

Palacio Legislativo, octubre de 2001.

Atentamente

Lic. Alfredo Del Valle Espinosa
Secretario Servicios Parlamentarios

Lic. Enrique Lozano Botello
Director General de Recursos Humanos