Gaceta Parlamentaria, año IV, número 713, jueves 22 de marzo de 2001

          Base de Datos  de Iniciativas
         Iniciativas          del primer periodo de sesiones del primer año de la LVIII Legislatura.
         Dictámenes      del primer periodo de sesiones del primer año de la LVIII Legislatura.
          Iniciativas         Presentadas en la Cámara de Senadores, septiembre-diciembre de 2000

Orden del Día de la sesión del jueves 22 de marzo de 2001

Proyecto de Acta

Comunicaciones Iniciativas Proposiciones Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Orden del Día
SESION DEL JUEVES 22 DE MARZO DE 2001

Lectura del acta de la sesión anterior.

Comunicaciones

De los Congresos de los estados de: Morelos y Nayarit.

De la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, II Legislatura.

De la Junta de Coordinación Política.- (Para aumentar el número de secretarías en diversas comisiones).

De la Junta de Coordinación Política.- (Cambios de integrantes de comisiones).

De la Cámara de Senadores

Inicio del segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura, que funcionará del 15 de marzo al 30 de abril.

Efemérides

Sobre el natalicio de Benito Juárez García, a cargo de los grupos parlamentarios.

Iniciativas del Ejecutivo

Que reforma el diverso que aprueba el Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y que Establece Bases para su Ejecución en México. (Turno a Comisión).

Por el que se reforma el artículo 2 de la Ley que Establece las Bases para la Ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento. (Turno a Comisión).

Iniciativas de ciudadanos diputados

De reformas al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del dip. Pedro Miguel Rosaldo Salazar, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

Que adiciona el artículo 4º de la Ley Federal de Competencia Económica, a cargo del dip. Raúl Cervantes Andrade, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

Que expide la Ley de los Husos Horarios de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).

Proposiciones

Con Punto de Acuerdo para organizar un Congreso Nacional de Entidades para discutir la política fiscal y presupuestaria nacional, a cargo de la dip. Miroslava García Suárez, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión)

Con Punto de Acuerdo con relación al diálogo con el EZLN, a cargo del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Urgente resolución).

Con Punto de Acuerdo para dar inicio al diálogo con el EZLN, a cargo del grupo parlamentario del Partido del Trabajo. (Urgente resolución).

Con Punto de Acuerdo para solicitar la intervención del Gobierno Mexicano ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, por el asesinato de nuestro connacional Roberto Chávez Reséndiz en Arizona, a cargo del dip. David Penchyna Grub, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

Con Punto de Acuerdo para que la Cámara de Diputados vigile la organización y beneficios comunitarios de la Cumbre Tajín 2001, a cargo del dip. Elías Martínez Rufino, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

Con Punto de Acuerdo relativo al presupuesto del Colegio de Posgraduados, a cargo del dip. Jaime Larrázabal Bretón, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. (Turno a Comisión).

Con Punto de Acuerdo en relación a las reformas del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a cargo del dip. Neftalí Salvador Escobedo Zoleto, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional. (Turno a Comisión).

Con Punto de Acuerdo que exhorta a la Semarnat y Sectur, para que establezcan criterios para mitigar y prevenir cualquier impacto social y ambiental en el proyecto denominado "Escalera Náutica" a cargo del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. (Turno a Comisión).

Excitativa

A la Junta de Coordinación Política, a cargo del dip. Elías Martínez Rufino, del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática. (Turno a Comisión).

Agenda política

Pronunciamiento sobre el Día Mundial del Agua, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

Posicionamiento en relación a las cajas populares en el estado de Jalisco, a cargo del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.
 
 

















Proyecto de Acta

DE LA MESA DIRECTIVA DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, QUE SE SOMETERA A CONSIDERACION DEL PLENO EL JUEVES 22 DE MARZO DE 2001

ACTA DE LA SESION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNION, CELEBRADA EL MARTES VEINTE DE MARZO DE DOS MIL UNO, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO, DE LA QUINCUAGESIMA OCTAVA LEGISLATURA.

Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes

En el Palacio Legislativo de la capital de los Estados Unidos Mexicanos, con la asistencia de trescientos veinticuatro diputados, a las once horas con treinta y cinco minutos, el Presidente declara abierta la sesión.

La Secretaría da lectura al orden del día y la Asamblea aprueba el acta de la sesión anterior en sus términos, en votación económica.

Invitación del Poder Ejecutivo Federal a la ceremonia conmemorativa del centésimo nonagésimo quinto aniversario del natalicio del licenciado Benito Juárez García. La Mesa Directiva asistirá a este acto.

Invitación del Instituto de Cultura de la Ciudad de México, al centésimo nonagésimo quinto aniversario del natalicio de don Benito Juárez García. Se designa Comisión para representar a la Cámara de Diputados.

Comunicaciones de los congresos de los estados de:

Coahuila, informando de actividades de su legislatura. De enterado.

Guerrero, a la que adjunta acuerdo parlamentario con el que se pronuncia en contra del incremento de tasas impositivas y tarifas de agua potable anunciadas por las autoridades federales. Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Guerrero, con acuerdo relativo al atentado en contra de la familia del senador Armando Chavarría Barrera. De enterado.

Hidalgo, con la que informa del acuerdo que tomaron en relación con la marcha del Ejército Zapatista de Liberación Nacional. De enterado.

Jalisco, con iniciativa de acuerdo económico, con la que se suma a los esfuerzos del Gobierno Federal en pro de la paz y en beneficio de las comunidades indígenas; y solicita que el Congreso de la Unión, en caso de ser procedente, apruebe la iniciativa de reforma constitucional en materia de derechos indígenas enviada por el Ejecutivo Federal al Senado de la República. De enterado.

México, Morelos y Quintana Roo, informando de actividades propias de sus legislaturas. De enterado.

Oficio de la Comisión Permanente con el que remite informe sobre las actividades desarrolladas en el Primer Receso del Primer Año de Ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura. De enterado

Comunicación del diputado Juan Manuel Carreras López, por la que informa del interés de ciudadanos potosinos, para que se inscriba en los muros de honor de la Cámara de Diputados, el nombre de don Rafael Nieto Compeán. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, para aumentar el número de secretarías de las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda. Se aprueba en votación económica. Publíquese en la Gaceta Parlamentaria y realícense los trámites correspondientes.

Oficios de los diputados Martí Batres Guadarrama y Silvano Aureoles Conejo, del Partido de la Revolución Democrática, quienes solicitan que las observaciones enviadas por el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos al proyecto de Ley de Desarrollo Rural, se turnen a las comisiones unidas de Agricultura y Ganadería y de Desarrollo Rural.

El Presidente rectifica el turno a dicho documento de acuerdo a lo solicitado.

Oficio de la Secretaría de Economía, con el que remite el Proyecto de Indicadores de Evaluación y de Gestión de Fondos y Programas. Se turna a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública y se ordena su publicación en la Gaceta Parlamentaria.

Oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el que remite el informe de Aseguradora Agrícola Mexicana, Sociedad Anónima. Se turna a las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, de Hacienda y Crédito Público, de Agricultura y Ganadería, y de Desarrollo Rural, para su conocimiento.

Para referirse al aniversario de la Expropiación Petrolera, hablan los diputados: Roque Joaquín Gracia Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional; María Teresa Gómez Mont y Urueta, del Partido Acción Nacional; Jesús Garibay García, del Partido de la Revolución Democrática;

(Al cierre del sistema electrónico de asistencia, se registran cuatrocientos cuarenta y un diputados.)

y Sara Guadalupe Figueroa Canedo, del Partido Verde Ecologista de México.

Presidencia del diputado Eloy Cantú Segovia

El diputado José Bañales Castro, de la subcomisión de Artesanías de la Comisión de Comercio y Fomento Industrial, habla sobre el día del artesano.

Presidencia del diputado Eric Eber Villanueva Mukul

Se presentan las siguientes iniciativas:

Del diputado Rubén García Farías, del Parido Revolucionario Institucional, con proyecto de decreto que reforma el artículo cuarenta y cuatro de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes

Se turna a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Del diputado José Feliciano Moo y Can, del Partido Revolucionario Institucional, de reformas al artículo quinto de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Del diputado Luis Miguel Barbosa Huerta, del Partido de la Revolución Democrática, de reformas al artículo siete de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Se turna a la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Del diputado José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia, Partido Político Nacional, de reformas a diversas disposiciones fiscales.

Presidencia del diputado Eloy Cantú Segovia

Se turna a la Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Se presentan las siguientes excitativas:

A la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, de la diputada Norma Patricia Riojas Santana, del Partido de la Sociedad Nacionalista, en relación con la iniciativa de reformas a diversas disposiciones del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presentada el dieciséis de noviembre de dos mil.

A las comisiones de Gobernación y Seguridad Pública y de Puntos Constitucionales, del diputado Javier Chico Goerne Cobián, del Partido Acción Nacional, en relación con la iniciativa para reformar diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, presentada el diez de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes A las comisiones de Puntos Constitucionales y de Presupuesto y Cuenta Pública, del diputado Eric Eber Villanueva Mukul, del Partido de la Revolución Democrática, en relación con la iniciativa de reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, presentada el doce de octubre de dos mil. En cada uno de los casos, el Presidente hace la excitativa correspondiente, y en el caso presentado por el diputado Villanueva Mukul, fija el veintinueve de marzo de dos mil uno para que las comisiones presenten el dictamen correspondiente.

Dictamen de la Comisión de Juventud y Deporte, con puntos de acuerdo en relación con la seguridad y la no violencia en las actividades y espectáculos deportivos.

Sube a la tribuna la diputada Olga Patricia Chozas y Chozas, del Partido Verde Ecologista de México, a nombre de la Comisión, para fundamentar el dictamen. La Asamblea aprueba los puntos de acuerdo presentados, en votación económica. La Mesa Directiva hará las comunicaciones pertinentes.

Se presentan las siguientes proposiciones:

Del diputado Auldárico Hernández Gerónimo, con punto de acuerdo, respecto al diálogo entre el Ejército Zapatista de Liberación Nacional y el Poder Legislativo Federal. Sobre el mismo tema, hablan los diputados: Rosalía Peredo Aguilar, del Partido del Trabajo; Nicasia García Domínguez, del Partido Verde Ecologista de México; Héctor Sánchez López, del Partido de la Revolución Democrática; Armando Salinas Torre, del Partido Acción Nacional; Miguel Bortolini Castillo, del Partido de la Revolución Democrática; Roger Antonio González Herrera, del Partido Acción Nacional; José Antonio Calderón Cardoso, del Partido de la Alianza Social;

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

Ricardo Francisco García Cervantes, del Partido Acción Nacional;

Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes

Juan Manuel Carreras López, del Partido Revolucionario Institucional; José Manuel del Río Virgen, de Convergencia por la Democracia, Partido Político Nacional; y Martí Batres Guadarrama, del Partido de la Revolución Democrática.

La Asamblea considera suficientemente discutido el tema, pero ante la duda de algunos legisladores, el Presidente otorga el uso de la palabra al diputado José Jacobo Nazar Morales, del Partido Revolucionario Institucional.

Presidencia del diputado Eric Eber Villanueva Mukul

Se turna la proposición del diputado Auldárico Hernández Gerónimo a la Junta de Coordinación Política.

Del diputado César Horacio Duarte Jáquez, del Partido Revolucionario Institucional, con punto de acuerdo en relación con las observaciones que emitió el Presidente de la República, Vicente Fox Quesada, a la Ley de Desarrollo Rural. Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes

Al respecto, opinan los diputados: Rosalía Peredo Aguilar, del Partido del Trabajo; Francisco Ortiz Esquivel, del Partido Acción Nacional y contesta una interpelación del diputado Víctor Manuel Díaz Palacios;

Presidencia de la diputada María Elena Alvarez Bernal

Eric Eber Villanueva Mukul, del Partido de la Revolución Democrática; Silvano Aureoles Conejo, del mismo Partido;

Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes

Melitón Morales Sánchez, del Partido Revolucionario Institucional;

Presidencia del diputado Eloy Cantú Segovia

y Petra Santos Ortiz, del Partido de la Revolución Democrática.

Presidencia del diputado Ricardo Francisco García Cervantes

Se turna la proposición del diputado Duarte Jáquez a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Desde su curul, el diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, solicita que se suspenda la sesión para poder trabajar en las diversas reuniones de comisiones.

A las dieciséis horas con cuarenta y cinco minutos, el Presidente, previa aprobación de la Asamblea, decreta un receso, para continuar la sesión a las once horas del miércoles veintiuno de marzo de dos mil uno.

A las once horas con treinta y un minutos del veintiuno de marzo de dos mil uno, con la asistencia de trescientos doce diputados, se reanuda la sesión.

Se presentan las siguientes proposiciones:

Del diputado José Francisco Yunes Zorrilla, del Partido Revolucionario Institucional, con punto de acuerdo en relación con el voto de censura a Cuba, de la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Del diputado Ricardo Tarcisio Navarrete Montes de Oca, del Partido Acción Nacional, con punto de acuerdo relativo al voto de censura que la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, hizo en contra de la República de Cuba. Se turna a la Comisión de Relaciones Exteriores.

Sobre el mismo tema, hablan los diputados: Rosalía Peredo Aguilar, del Partido del Trabajo; y Sergio Acosta Salazar, del Partido de la Revolución Democrática. Del diputado Angel Enrique Herrera y Bruquetas, del Partido de la Revolución Democrática, con punto de acuerdo sobre la necesidad de darle justo valor a la investidura presidencial. Se turna a la Junta de Coordinación Política.

De la diputada Hortensia Aragón Castillo, del Partido de la Revolución Democrática, con punto de acuerdo relacionado con el Secretario de Trabajo y Previsión Social y las políticas de género.

La Asamblea considera que no es de urgente resolución, pero ante la oposición de algunos legisladores, se da lectura al artículo cincuenta y nueve del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. El Presidente hace aclaraciones al respecto y, desde su curul, el diputado Felipe de Jesús Calderón Hinojosa respalda el trámite, sin prejuzgar sobre el punto de acuerdo.

Se abre el sistema electrónico de votación que da un resultado de ciento noventa y ocho votos en pro y ciento ochenta y tres en contra, por lo que no se considera de urgente resolución.

Sobre el mismo tema, expresan sus opiniones los diputados: Concepción González Molina, del Partido Revolucionario Institucional; Silvia Alvarez Bruneliere, del Partido Acción Nacional y contesta a una interpelación del diputado Félix Salgado Macedonio; Rafael Hernández Estrada, del Partido de la Revolución Democrática y contesta interpelaciones de los diputados Adrián Rivera Pérez y Alba Leonila Méndez Herrera; María Cristina Moctezula Lule, del Partido Verde Ecologista de México; Rosa Delia Cota Montaño, del Partido del Trabajo; María de los Angeles Sánchez Lira, del Partido de la Revolución Democrática; y Beatriz Cervantes Mandujano, del Partido Revolucionario Institucional.

Se da lectura al artículo al artículo treinta y cuatro de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y se turna la proposición de la diputada Hortensia Aragón Castillo a la Junta de Coordinación Política.

Del diputado Ramón León Morales, del Partido de la Revolución Democrática, con punto de acuerdo sobre los controles en alimentos destinados al ganado bovino. Se turna a la Comisión de Agricultura y Ganadería. Sobre el mismo tema se pronuncian los diputados: Silverio López Magallanes, del Partido Revolucionario Institucional, quien presenta una proposición con punto de acuerdo que se turna a la misma Comisión que el anterior; Francisco Javier Flores Chávez, del Partido Acción Nacional;

Presidencia del diputado Eloy Cantú Segovia

y Arturo Bonifacio de la Garza Tijerina, del Partido Revolucionario Institucional.

De la diputada Erika Elizabeth Spezia Maldonado, del Partido Verde Ecologista de México, con punto de acuerdo en el que solicita la intervención de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en la situación que se observa en la laguna de La Ilusión de Ciudad Madero, Tamaulipas. Se turna a las comisiones de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de Salud. Habla sobre el mismo tema el diputado Gustavo González Balderas, del Partido Revolucionario Institucional.

Agotados los asuntos en cartera, la Secretaría da lectura al orden del día de la próxima sesión y el Presidente clausura la de hoy a las catorce horas con trece minutos, citando para la que tendrá lugar el jueves veintidós de marzo de dos mil uno, a las once horas.
 
 

















Comunicaciones
DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MORELOS

Cuernavaca, Mor., a 22 de febrero del 2001.

C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
PRESENTE

Por instrucciones del C. dip. Tito César Sagahón Velasco, Presidente de la Diputación Permanente del Congreso del estado, y por acuerdo de sesión celebrada hoy, se determinó remitir a la Cámara que usted preside, una Excitativa a fin de que los legisladores del Congreso de la Unión, conminen al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, así como al Director Nacional de Aserca, al estricto cumplimiento del artículo 76 del Presupuesto de Egresos de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de diciembre de 1999.

Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

El C. Oficial Mayor del Congreso del estado
Dr. Armando Ramírez Saldívar (rúbrica)
 

Honorable Asamblea:

Con fundamento en lo señalado por los artículos 58 y 59 del Reglamento Interior para el Congreso del estado de Morelos, los abajo firmantes, diputados de esta XLVIII Legislatura del estado,

Considerando

Como es sabido, el arroz del estado de Morelos es el mejor arroz del mundo y esto no es casual, se debe a la técnica de cultivo, su proceso lleva consigo el esfuerzo y el trabajo manual de nuestros agricultores, razón por la cual debería ser considerado con valor agregado. Sin embargo, a pesar de las técnicas descritas, su precio es equiparable al arroz de cultivo intensivo.

En el año de 1991, el Ejecutivo Federal emitió el Decreto que crea el organismo denominado Aserca (Apoyos y Servicios a la Comercialización Agropecuaria), encargado de apoyar a los productores en la comercialización de sus productos, desde hace algunos años, los productores de arroz de todo el país han sido beneficiados con estos apoyos.

El pasado mes de enero los productores de arroz de las empresas Flor India del Municipio de Emiliano Zapata y del molino de arroz San José de Jojutla, se entrevistaron con el C. lic. Víctor Sánchez Trujillo, Secretario de Desarrollo Agropecuario del Gobierno del Estado, con el objeto de consultarle acerca de los estímulos económicos que anualmente reciben por conducto de Aserca; informándoles que estos apoyos económicos no estaban autorizados para el ciclo 2000, en virtud de que no habían sido aprobados por la Federación, proponiéndoles que en el futuro se reuniría con el titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), lic. Javier Usabiaga, a fin de precisar la existencia del recurso.

El viernes 16 se reunieron los integrantes de los tres molinos de arroz en el estado; Buena Vista de Cuautla, San José de Jojutla y San Vicente de Emiliano Zapata, con el Ingeniero Pedro Alejandro Díaz Hartz, Presidente de la Federación Nacional de Productores de Arroz (Fenaparroz) y con el C. Tomás Peralta, Presidente del Comité Estatal del Arroz, éstos les manifestaron que habían estado con el licenciado Usabiaga, titular de la Sagarpa y que hasta el momento no había una respuesta concreta.

Los dueños de los molinos relatan que se trasladaron a las oficinas del Gobernador del estado, Sergio Estrada Cajigal, solicitando audiencia, ahí les indicaron que el señor Gobernador no los recibiría, que dejaran sus datos y que posteriormente los llamarían para darles una cita.

Ante estas evasivas de las autoridades responsables del cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Manual de Normas Presupuestarias estos productores del arroz acuden a esta Soberanía, para reclamar lo que legítimamente les corresponde, de acuerdo al artículo 76 de la Ley de Egresos de la Federación, el cual establece:

El programa de apoyos a la comercialización de mercados regionales buscará primordialmente el fomento de los mercados regionales, la reconversión de cultivos, la promoción de la agricultura por contrato, las exportaciones y el desarrollo de las cadenas agroalimentarias para, a través de ello, mejorar el ingreso de los productores, adecuando los patrones de cultivo a las demandas de los mercados regionales. El programa también podrá apoyar la comercialización de hasta 2,680,000 toneladas de trigo, 1,200,000 de sorgo, 3,965,000 de maíz y 308,000 toneladas de arroz. Los montos máximos de toneladas a apoyar, en su caso, en cada entidad federativa de todos los cultivos antes señalados prevén para el estado de Morelos 30,000 toneladas.

De lo anterior podemos observar que tratándose de programas prioritarios como los proporcionados por Aserca, las reglas operativas aseguran que estos apoyos se apliquen efectiva y oportunamente para alcanzar los objetivos y metas de los programas autorizados, así como a los sectores o población objetivo, sobre todo tratándose de disposiciones de orden público y prioritarias cuyo incumplimiento trae como consecuencia las sanciones previstas por la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y las demás disposiciones aplicables.

En mérito a lo anterior, nos permitimos someter a la opinión de esta Honorable Diputación Permanente la siguiente:

Excitativa

Primero.- Que esta Diputación Permanente emita Excitativa a los legisladores del Congreso de la Unión, a fin de que se dé cumplimiento puntual al pago de los apoyos económicos a los arroceros, previstos en el artículo 76 de la Ley de Egresos de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 31 de diciembre del año 1999.

La solicitud a los diputados del Congreso de la Unión, va encaminada para que éstos conminen al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, lic. Javier Usabiaga, y al Director Nacional de Aserca, el estricto cumplimiento de la Ley de Egresos de la Federación y como consecuencia el pago puntual de los apoyos para los arroceros de Morelos.

Segundo.- Que el presente asunto sea considerado como de urgente y obvia resolución, previo el voto de esta Honorable Diputación Permanente.

Cuernavaca, Mor., a 22 de febrero de 2001.

Atentamente
Dip. Esteban Hernández Franco (rúbrica)
 

Cuernavaca, Mor., a 27 de febrero del 2001.

C. Presidente de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
PRESENTE

Por instrucciones del C. dip. Tito César Sagahón Velasco, Presidente de la Diputación Permanente del Congreso del estado, y por acuerdo de sesión celebrada hoy, se determinó remitir a la Cámara que usted preside, una excitativa a fin de que ese H. Congreso revise la política de incremento a los precios de los energéticos en particular del gas butano, una vez que su alto costo menoscaba la economía familiar.

Sin otro particular, reitero a usted la seguridad de mi consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.

El C. Oficial Mayor del Congreso del estado
Dr. Armando Ramírez Saldívar (rúbrica)
 

Diputación Permanente del Congreso del estado de Morelos

Los suscritos diputados Jorge Vicente Messeguer Guillén, Víctor Hugo Manzo Godínez, Sergio Alvarez Mata, integrantes de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, del Congreso del estado de Morelos, presentamos la siguiente Iniciativa, de la que se desprenden las siguientes:

Consideraciones

1.- Que la diputación permanente de la LVIII Legislatura del estado de Guanajuato, remitió el Acuerdo por el que solicita al titular del Poder Ejecutivo Federal, Secretarios de Hacienda, de Energía; supriman la política de aplicar incrementos mensuales al precio del gas para uso doméstico en virtud de los impactos negativos a la economía de la sociedad, particularmente la de la población más desprotegida.

2.- Nuestro país al estar en un contexto económico globalizado, el cual obliga, que los precios de los energéticos estén sujetos a un constante cambio, originado principalmente por la oferta y la demanda, sin embargo, este factor está supeditado a otros de naturaleza demográfica, política entre otros. Por lo anterior, quienes sufren de manera directa el incremento de los referidos energéticos como el gas natural o butano son los consumidores. Pero ello no es todo, pues debido a la crisis económica por la que atraviesa nuestro país y en particular nuestra entidad, quienes más resienten los incrementos son precisamente las clases económicamente marginadas.

3.- En días anteriores, se presentó ante este Congreso una delegación de ciudadanos integrantes de la asociación civil denominada El Barzón, quienes realizaron algunas propuestas en relación a la alza del precio del gas doméstico. Propuestas que son incorporadas al presente una vez, que por su importancia deben ser analizadas detenidamente.

4.- Por lo anterior, y en mérito a que nuestra nación cuenta con este recurso energético, es viable explorar la posibilidad de ejercer una política que permita ejercer un control de precios en el mercado interno y dejar otro a la fluctuación del mercado exterior; lo cual de ser experimentado, previo estudio global y un cuidado escrupuloso, lo que traería sin lugar a dudas un beneficio a las familias mexicanas.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, fracción LVII; 42, fracción II, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos; 38, inciso n), de la Ley Orgánica del Congreso del estado de Morelos, y 57 del Reglamento Interior del Congreso del estado, sometemos a la consideración la siguiente:

Excitativa al Congreso de la Unión

Articulo Unico.- La diputación permanente del Congreso del Estado de Morelos, solicita al Congreso de la Unión se revise la política de incremento a los precios de los energéticos en particular al gas butano, una vez que su alto costo menoscaba la economía familiar.

Transitorios

Artículo Unico.- Remítase la presente a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Artículo Segundo.- Una vez que sea aprobada la presente, publíquese en el órgano informativo del H. Congreso del estado.

Recinto Legislativo, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil uno.

La Comisión de Régimen Interno y Concertación Política ante la XLVIII Legislatura del estado de Morelos

C. Dip. Jorge V. Messeguer Guillén (rúbrica)
Presidente

C. Dip. Víctor Hugo Manzo Godínez (rúbrica)
Secretario

C. Dip. Sergio Alvarez Mata (rúbrica)
Vocal
 
 
 

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE NAYARIT

C. Diputado Ricardo García Cervantes
Presidente de la Mesa Directiva de la Diputación Permanente del Honorable Congreso de la Unión
PRESENTE

Comunico a usted que el Constituyente local aprobó el Decreto 8303 publicado el 24 de enero de 2001, por el cual se derogan los artículos 5º y 115 bis y se reforman los artículos 47, fracciones II y VII; 49, fracción IV; 69, fracción XXIX; 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 114 y 115 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit, con relación al régimen municipal, adecuándose a lo dispuesto por el Decreto de reformas que en esa misma materia fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999. Asimismo, al inicio del segundo periodo ordinario de sesiones que comprende del 18 de marzo al 17 de mayo del año en curso, la XXVI Legislatura procederá prioritariamente al estudio y adecuación de las leyes que tienen relación con el régimen municipal de la entidad, dando cumplimiento a los términos que obligan a llevar a cabo las reformas legales.

Para ese efecto se adjunta ejemplar del Periódico Oficial y copia certificada de la minuta del antecedente referido.

Me es propicio reiterarle mi más alta y distinguida consideración.

Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
Tepic, Nayarit, marzo 1º de 2001.

El Presidente de la Diputación Permanente
Dip. Raúl Mejía González (rúbrica)
 

Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales; Administración Pública; y Asuntos Municipales.

Dictamen y Proyecto de Decreto que deroga los artículos 5º y 115 Bis y reforma y adiciona los artículos 47, 49, 69, 106 al 112, 114 y 115, de la Constitución Política del estado de Nayarit.

HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA:

A las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales; Administración Pública y Asuntos Municipales, fueron turnadas para su estudio y dictamen las iniciativas que proponen reformas a la Constitución Política del Estado en materia municipal, presentadas por diputados de los grupos parlamentarios del PRD, PRI y PAN, en diversas fechas, cada una de las cuales, indistintamente, comprendieron los artículos 5º, 47, 49, 69, 106 al 112, 114, 115 y 115 Bis del citado ordenamiento.

Las dictaminadoras, con fundamento en las facultades que confieren la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y el Reglamento de Gobierno Interior y del Proceso Legislativo, someten a consideración de esta Honorable Asamblea, el Dictamen de procedencia, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES

1.- Las Iniciativas objeto de este Dictamen, proponen reformar y adicionar los artículos de la Constitución local del estado de Nayarit ya citados, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el decreto de reformas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999, cuyos alcances jurídicos obligan a los Congresos de las entidades federativas, a adecuar sus respectivas legislaciones en materia municipal, con motivo de haberse reformado integralmente el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2.- En tal sentido, sin excepción, las iniciativas que se dictaminan proponen otorgar una mayor participación a la sociedad en las tareas y decisiones comunitarias; precisar la Autonomía y capacidad administrativa y por ende la eficacia del Municipio en su relación y coordinación con el Gobierno Estatal; revisar las atribuciones y facultades de los miembros del Ayuntamiento para que en su unidad orgánica optimicen recursos y mejoren la calidad en la prestación de los servicios públicos; plantear nuevas reglas en la rendición de cuentas del ejercicio del gasto público y en los informes de Gobierno Municipal; y redistribuir su competencia con arreglo a lo dispuesto por la reciente reforma a la Constitución Federal en materia municipal.

Igualmente, recogen la experiencia de la Reforma Municipal cuyo antecedente de mayor trascendencia data de 1983 y el más reciente del 28 de diciembre de 1999, junto con las aportaciones y el interés en ese sentido de los diversos sectores de la sociedad, de los académicos y estudiosos, de los partidos políticos, de los legisladores, especialmente de quienes viven y realizan sus actividades cotidianas en la comunidad municipal, a través de la Mesa de Diálogo para la Reforma del Estado, instaladas por convocatoria de la XXVI Legislatura del Congreso del Estado.

3.- La Iniciativa presentada por integrantes del grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática propuso integralmente lo siguiente: adicionar el artículo 5º, agregando la obligación de los Ayuntamientos a prestar los servicios públicos conforme a las leyes federales y estatales; se incorpore la potestad de prestar dichos servicios con el concurso de otros gobiernos municipales. Un nuevo procedimiento de elección de los integrantes de los Ayuntamientos por planillas; el Presidente será quien la encabece, los Regidores se elegirán por el principio de representación proporcional, y por un procedimiento especial el Síndico; se plantea revisar la función de cada uno de ellos, así como la definición de funciones legislativas y jurisdiccionales. La realización de la glosa del Informe Municipal aprobando conclusiones y resoluciones conforme a la ley; y disposiciones aplicables a los municipios que no cuenten con bandos, reglamentos y otros instrumentos normativos.

4.- La Iniciativa presentada por el Partido Acción Nacional en sus aspectos fundamentales, coincide y resume el actual contenido del Título Sexto de la Constitución local y del artículo 115 de la Constitución federal. Propone: Derogar el artículo 5º de la Constitución del Estado, trasladando su contenido al 115, fracción II, de la Iniciativa; dispone que los Ayuntamientos remitan los documentos de su Cuenta Pública al Congreso a través del Órgano Superior de Fiscalización; y se incremente de cinco a veinte días el plazo para la presentación de la Cuenta Pública del mes anterior, pormenorizando los aspectos más importantes de la reforma federal.

5.- La Iniciativa presentada por diputados del Partido Revolucionario Institucional propone: la derogación del artículo 5º; la elección del Presidente y Síndico de manera directa por mayoría relativa, y de los regidores mediante representación proporcional; integración a la Constitución de las autoridades y organismos auxiliares; nueva definición de las funciones de los integrantes del Ayuntamiento; que la planeación pública municipal sea congruente con el sistema estatal y regional; que el Informe municipal sea evaluado y supervisado por el Ayuntamiento dándose cuenta a los Poderes constitucionales; nuevos requisitos para ser Presidente, Síndico y Regidor; potestad de los Ayuntamientos para establecer sus órganos de control presupuestal y financiero; facultar al gobierno municipal para celebrar convenios o autorizar concesiones a particulares para la prestación de ciertos servicios públicos y la prioridad del gasto público participable en comunidades indígenas y zonas marginadas

En tres reuniones de trabajo celebradas por las comisiones, se llegó al acuerdo de no dictaminar respecto a la nueva integración de los Ayuntamientos, debido a que el tema político-electoral se examinará con vista a una reforma integral, luego que la legislatura lleve a cabo foros y audiencias específicas a principios del año entrante.

Las dictaminadoras coincidieron en la redacción de un proyecto que finalmente resume la totalidad de aspectos constitucionales, relacionados directamente con la vida municipal, mismos que fueron revisados cuidadosamente haciéndolos coincidir con la reforma a la Constitución General de la República.

Nuestro dictamen se funda, a su vez, en la siguiente

Exposición de Motivos

En 83 años, a partir de la regulación del municipio por el artículo 115 de la Constitución General de la República de 1917, los esfuerzos realizados para fortalecer la autonomía administrativa y financiera, la eficacia de los asuntos y tareas públicas del gobierno municipal han sido insuficientes. La realidad de este nivel de gobierno, nunca ha coincidido con e1 texto y las disposiciones normativas. Frente a las instancias de la Administración Pública Federal y Estatal su desventaja es notoria al extremo de que a pesar de ser el responsable de atender los servicios básicos de la comunidad, sus facultades en materia hacendaria, reglamentaria y de justicia administrativa además de limitadas no corresponden a la elevada misión que le confiere el ordenamiento constitucional.

Por esa razón, las comisiones encargadas de estudiar y analizar la procedencia de las iniciativas presentadas para la Reforma Municipal en el estado de Nayarit, en un ejercicio plural, atendiendo al interés general de la sociedad y a lo que todos pensamos debe ser el Municipio, base de integración territorial y política de la Nación.

Tomando como base las diversas propuestas que éstas contienen, hemos elaborado un proyecto de Dictamen de Reforma Constitucional para el Régimen Municipal que contempla conservar por el momento la integración de los Ayuntamientos; eficientar y darle eficacia a su estructura; consolidar la autonomía interna como órgano Colegiado de Gobierno; otorgar mayor participación a la sociedad. Pero sobre todo, precisar la organización y la capacidad administrativa, financiera, reglamentaria y de justicia del gobierno municipal en relación y coordinación con el gobierno estatal; revisar para redefinir las funciones de los integrantes del Ayuntamiento con el objetivo de optimizar recursos y mejorar la calidad de los servicios públicos; nuevas reglas en la rendición del Informe de Gobierno y en la cuenta pública, y una redistribución competencial del Poder Público con apego a la reciente reforma constitucional federal en material municipal.

Se impulsa una profunda reforma municipalista con la finalidad de incorporar las nuevas disposiciones de carácter federal que transforman la estructura de primer nivel de gobierno y mejoran el funcionamiento orgánico. Particularmente, se establecen mandatos normativos para atender las premisas del federalismo, estableciendo condiciones que aseguran un verdadero equilibrio en las instancias de Gobierno y en los órganos del Poder Público, que haga del Municipio la persona jurídica de Derecho Público que la sociedad reclama: una entidad política regulada desde nuestro documento jurídico fundamental, ubicándola en la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, a fin de que cumpla cabalmente con la misión de atender las necesidades básicas de la comunidad y de los personas.

Estas comisiones consideran que la Reforma del Estado en su expresión de reforma constitucional y del Poder Público, tiene que pasar por el Municipio, toda vez, que en esa instancia de gobierno, es donde se inicia la actividad política, social y económica de la sociedad y es el espacio en el cual las personas tienen trato directo con su gobierno.

Reivindicando a los municipios, fortaleceremos la democracia y estableceremos las bases para acceder a mejores condiciones de vida comunitaria.

Por estos motivos, proponemos se modifiquen los artículos 5º, 47, 49, 69, 106 al 112, 114, 115 y 115 bis de la Constitución Política del estado de Nayarit, sobre el régimen municipal, destacando lo siguiente:

I. Se deroga el artículo 5º y su contenido se incluye en el 110, agrupando en un solo Título y Capítulo todo lo correspondiente a la regulación de los asuntos de gobierno y administración de los municipios.

II. El artículo 47 se reforma para adicionar la fracción II, facultando al Congreso del Estado para establecer las normas mediante las cuales se diriman los conflictos entre los municipios, y de éstos con el gobierno estatal con motivo de los convenios para la prestación de servicios públicos, para asociarse y coordinarse con Ayuntamientos de otros entidades limítrofes buscando el mejor aprovechamiento de los recursos en los servicios y funciones públicas. La fracción VII se modifica, dándole concreción y claridad a los procesos de fiscalización y presentación de la cuenta pública.

III. El artículo 49 se reforma sustituyendo el término administración por el de Gobierno, para conferir un mayor alcance y precisión al ejercicio del derecho de iniciativa en asuntos municipales.

IV. En cuanto al artículo 69 sobre las facultades y obligaciones del Gobernador, en la fracción XXIX se establece que el Ejecutivo cuidará la conservación del orden público disponiendo de las corporaciones de seguridad pública del Estado.

V. Respecto al artículo 106, el nuevo texto determina la institución que gobierna en el Municipio, el tipo de elección y las figura jurídico-políticas que integran el Ayuntamiento, preservando la disposición de que entre el Gobierno Municipal y el Estado no habrá autoridad intermedia, como principio político de carácter fundamental.

VI. El artículo 107 preserva el principio de no reelección, prevé la desaparición de Ayuntamientos, la integración de los Consejos Municipales y los requisitos de sus miembros, dejando sin modificación las cuestiones relacionadas con la integración electoral de los Ayuntamientos, por lo motivos ya expuestos y eleva a rango constitucional la existencia de las autoridades y organismos auxiliares del Municipio.

VII. En el artículo 108 se determina la naturaleza normativa de las funciones de los miembros del Ayuntamiento: la representación política, la dirección administrativa y la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento estarán a cargo del Presidente Municipal, y a los regidores y Síndico les corresponderá la debida colegiación de los asuntos y las cuestiones de orden jurídico y de control, respectivamente, disponiéndose, por separado, que en ningún caso el Ayuntamiento como cuerpo colegiado asumirá las funciones del Presidente Municipal, y ni éste por sí solo las del Ayuntamiento, lo cual asegurará atender una adecuada colaboración de funciones internas de los gobiernos municipales.

VIII. Del artículo 109 se sustituye el texto vigente, con el objeto de establecer una tipología de requisitos para que los miembros de los Ayuntamientos puedan ser electos, de manera congruente con las exigencias de la ciudadanía.

IX. En el artículo 110, se sustituye la totalidad del texto vigente por otro que precisa en incisos y en párrafos ordenados, las funciones y servicios públicos del municipio, siendo al efecto una de las aportaciones técnicas más adecuadas, toda vez que, concomitantemente, el proyecto propone se derogue el actual artículo 5º constitucional, porque no es en éste artículo -que se ubica dentro del capítulo geográfico-, donde deben ser regulados los servicios municipales.

X. El texto del artículo 111 define la naturaleza jurídica y las facultades administrativas, hacendarias y reglamentarias del Gobierno Municipal. En tanto que en el 112 regula la obligatoriedad del Informe municipal que anualmente presenta el Presidente Municipal, confiriéndole un nuevo formato para hacerlo congruente con los avances del Plan Municipal de Desarrollo, documento que en su oportunidad debe ser revisado y evaluado por los miembros del órgano Colegiado y puesto del conocimiento de los poderes constitucionales.

XI. El texto del artículo 114 incorpora las disposiciones sobre fiscalización y de la presentación de la Cuenta Pública Municipal por medio del órgano Superior de Fiscalización; y faculta a los Ayuntamientos a establecer sus propios órganos de control presupuestal y financiero, en respeto a su autonomía.

XII. Los artículos 115 y 115 bis se integran en un solo precepto, regulando la libre administración de la Hacienda municipal y los conceptos que la constituyen, así como las exenciones y en qué casos. Señala las modalidades a las que se someterán las participaciones federales, y la potestad para celebrar convenios con el Gobierno del Estado para que éste se encargue de la recaudación de algunas contribuciones; así como para que apruebe su presupuesto de egresos con base en los ingresos disponibles. Establece el principio de que en la distribución de los recursos las comunidades indígenas y zonas marginadas tendrán prioridad. Finalmente, determina que los bienes del dominio público municipal son inalienables, imprescriptibles e inembargables, en tanto no se modifique su situación jurídica.

En resumen, el proyecto conjuga las proposiciones de los tres grupos parlamentarios y hace acopio de las aportaciones ciudadanas presentadas en los foros temáticos organizados por la legislatura dentro de la Reforma del Estado.

Por lo expuesto, con fundamento en el artículo 131 de la Constitución local, los correlativos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado y el Reglamento de Gobierno Interior y del proceso legislativo, sometemos a esta Honorable Asamblea para su discusión y aprobación en su caso, y en su oportunidad a los Honorables Ayuntamientos de la entidad, el siguiente

Complemento de dictamen

Se hace constar que en las reuniones de comisiones a que hace referencia el presente dictamen, el diputado Juan Alfredo Castañeda Vázquez, hizo alusión a la iniciativa por él suscrita, en el sentido de considerar la inclusión de los nuevos requisitos para ocupar los cargos del Ayuntamiento, dentro de la cual considera medularmente el de "comprobar con documentación oficial, que ha recibido la educación básica establecida en la fracción III del artículo 9º" de la Constitución.

Respecto de este asunto, los integrantes de las comisiones consideraron que el tema aludido requiere un examen más detenido debido a los alcances profundos que tiene en la composición política de los gobiernos municipales, por lo que, previa votación particular, fue desechado. Al respecto, el iniciador se reserva su derecho para, una vez que se implemente la reforma político-electoral, proponer nuevamente iniciativa sobre el mismo tópico.

Proyecto de Decreto que modifica diversos artículos de la Constitución Política del Estado, con relación al régimen municipal

ARTICULO PRIMERO.- Se derogan los artículos 5º y 115 bis de la Constitución Política del Estado de Nayarit.

Artículo 5.- Se deroga.

Artículo 115 Bis.- Se deroga.

ARTICULO SEGUNDO.- Se reforman los artículos 47, fracción II y VII, 49, fracción IV, 69, fracción XXIX, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 114, 115 de la Constitución Política del Estado de Nayarit, para quedar como sigue:

Artículo 47.- Son atribuciones de la Legislatura:

II. Expedir las leyes a las que deberán sujetarse los Ayuntamientos y en especial, de manera enunciativa y no limitativa, legislar sobre:

a) Las facultades del Congreso para, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, suspender Ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato de sus miembros por alguna de las causas graves que las leyes locales prevengan, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacer los alegatos que a su juicio convengan;

b) Las bases generales de la administración pública municipal y del procedimiento administrativo, incluyendo los medios de impugnación y los órganos para dirimir las controversias entre la administración y los particulares, con sujeción a los principios de igualdad, publicidad, audiencia y legalidad.

c) Los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros del Ayuntamiento para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o para celebrar convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al del periodo del Ayuntamiento.

d) Las normas que establezcan los procedimientos mediante los cuales se resolverán los conflictos que se presenten entre los municipios y el gobierno estatal, o entre aquéllos con motivo de la celebración de convenios a que hacen referencia los incisos c) y d) de la fracción II del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

e) Los procedimientos y las normas a que deberán sujetarse los Ayuntamientos que pretendan coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de sus funciones públicas, con municipios de otras entidades;

f) Para determinar las bases, montos y plazos en que la Federación deberá cubrir a los municipios sus participaciones por conducto del gobierno estatal;

g) Las relaciones de trabajo entre el Estado y Municipio con sus trabajadores, con base en lo dispuesto por el apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

h) Todos los aspectos previstos por las Constituciones federal, local y leyes que de ellas emanen.

VII. Aprobar las leyes de ingresos de los municipios, revisar y fiscalizar sus cuentas públicas.

Artículo 49.- El derecho de iniciar leyes compete: I a III.- ............

IV.- A los Ayuntamientos en lo relativo al gobierno municipal.

Artículo 69.- Son facultades y obligaciones del Gobernador: XXIX.- Cuidar de la conservación del orden público, disponiendo al efecto de las corporaciones de seguridad pública del estado. Artículo 106.- Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente Municipal, un Síndico y el número de Regidores que la ley determine. La competencia que esta Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el gobierno del Estado.

Artículo 107.- Los Ayuntamientos se renovarán en su totalidad cada tres años y sus integrantes, electos popularmente por elección directa, no podrán ser reelectos para el periodo inmediato.

Los miembros de las corporaciones municipales serán electos popularmente y su elección será directa en los términos que prescribe la Ley Electoral del Estado.

Los miembros de los Ayuntamientos se elegirán conforme al siguiente procedimiento: el Presidente Municipal, Síndico y los Regidores serán electos por planillas, por votación mayoritaria relativa. En todos los casos y bajo el procedimiento que establezca la Ley Electoral del Estado, se integrará a los Ayuntamientos el número de Regidores que les corresponda, bajo el principio de representación proporcional.

Las personas que por elección indirecta o por nombramiento o designación de alguna autoridad competente, desempeñen las funciones propias de esos cargos, cualquiera que sea la denominación que se les dé no podrán ser reelectos para el periodo inmediato.

Todos los funcionarios antes mencionados, cuando tengan el carácter de propietarios, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes, pero los que tengan el carácter de suplentes si podrán ser electos para el periodo inmediato como propietarios a menos que hayan estado en ejercicio.

Si alguno de los miembros dejare de desempeñar su cargo será sustituido por su suplente, o se procederá según lo disponga la ley.

En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni se celebren nuevas elecciones, la legislatura del Estado designará de entre los vecinos a los miembros de los Concejos Municipales que concluirán los periodos respectivos; estos Concejos estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos en esta Constitución y la ley.

Las autoridades y organismos auxiliares, así como las instituciones municipales dotadas de autonomía, se elegirán y funcionarán conforme lo establezca la ley.

Artículo 108.- La representación política y dirección administrativa, así como la ejecución de los acuerdos y resoluciones del Ayuntamiento, corresponderá al Presidente Municipal. A los Regidores compete el análisis y vigilancia colegiada de los ramos municipales y al Síndico la representación jurídica, el registro y revisión de la hacienda del Municipio.

En ningún caso los Ayuntamientos, como cuerpos colegiados, podrán desempeñar las funciones del Presidente Municipal, ni éste por sí solo las de aquéllos.

Artículo 109.- Para ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor de los Ayuntamientos, se requiere:

I. Ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad;

II. Ser ciudadano nayarita en pleno ejercicio de sus derechos; originario del municipio o contar con residencia efectiva en su territorio no menor de cinco años anteriores al día de la elección;

III. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso;

IV. No haber sido funcionario de la administración pública federal, estatal o municipal durante los seis meses anteriores al día de la elección ordinaria, o a partir del quinto día posterior a la publicación de la convocatoria para la elección extraordinaria; ni pertenecer al Ejército permanente ni tener mando de fuerzas en el municipio; y

V. No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito intencional que amerite pena privativa de la libertad.

Artículo 110.- Los Ayuntamientos tendrán a su cargo las siguientes funciones y servicios públicos municipales: a) Agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales;
b) Alumbrado público;
c) Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d) Mercados y centrales de abasto;
e) Panteones;
f) Rastros;
g) Construcción, mantenimiento y equipamiento de calles, parques y jardines;
h) Seguridad pública, policía preventiva municipal y tránsito;
i) Protección Civil;
j) Promoción y organización de la sociedad para la planeación del desarrollo urbano, cultural, económico y del equilibrio ecológico;
k) Salud pública;
l) Catastro;
m) Registro Civil; y
n) Las demás que la legislatura determine según las condiciones: territoriales, socioeconómicas y la capacidad administrativa y financiera de los municipios.
La policía preventiva municipal estará al mando del Presidente Municipal, en los términos del reglamento correspondiente. Aquélla acatará las órdenes que el Gobernador del Estado le transmita en los casos que éste juzgue como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

Sin perjuicio de su competencia, en el desempeño de la prestación de los servicios a su cargo, los municipios observarán lo dispuesto por las leyes federales y estatales.

Los municipios, previo acuerdo entre sus Ayuntamientos, podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan en los términos de la fracción III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Los Ayuntamientos podrán celebrar convenios o autorizar concesiones a los particulares, para que éstos se hagan cargo temporalmente de la ejecución, la operación de obras y la prestación de servicios municipales en los términos que señale la ley.

La planeación pública municipal será congruente con el sistema estatal y regional de planeación para el desarrollo.

Cuando dos o más centros urbanos situados en territorios de dos o más municipios del estado, formen o tiendan a formar una continuidad demográfica, el Estado y los municipios respectivos, en el ámbito de sus competencias, planearán y regularán de manera conjunta y coordinada, el desarrollo de dichos centros con apego a las leyes de la materia.

Artículo 111.- Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley.

En todo caso los Ayuntamientos tendrán facultades para:

I. Aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal, los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.

II. En el ámbito de su competencia, proponer al Congreso del Estado las cuotas, tasas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.

III. En los términos de las leyes federales y estatales:

a) Aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal;
b) Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;
c) Autorizar, controlar y vigilar las licencias y usos de suelos en sus jurisdicciones territoriales;
d) Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana;
e) Otorgar licencias y permisos para construcciones;

f) Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas; y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en esta materia;

g) Participar en la formulación de programas de desarrollo regional, los cuales deberán estar en concordancia con los planes generales de la materia. Cuando el Estado elabore proyectos de desarrollo regional deberá incluir la participación de los municipios;

h) Intervenir en la formulación y aplicación de programas del transporte público de pasajeros cuando afecten su ámbito territorial; y
i) Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales.

En lo conducente y de conformidad con los fines señalados en el párrafo tercero del artículo 27 de la Constitución Federal, expedirán los reglamentos y disposiciones administrativas que fueren necesarias.

Artículo 112.- El presidente municipal presentará anualmente en sesión solemne del Ayuntamiento, un informe escrito sobre el estado que guarda la administración pública municipal, así como de los avances del Plan Municipal de Desarrollo. Dicho informe será revisado y evaluado por los miembros del Ayuntamiento, en los términos que señale la ley.

Artículo 114.- Los Ayuntamientos remitirán al Congreso del Estado, para su revisión y fiscalización por medio del Órgano Superior de Fiscalización, todas sus Cuentas Públicas en los términos que establece esta Constitución y la ley de la materia.

Los Ayuntamientos establecerán sus propios órganos internos de control presupuestal y financiero, los cuales desarrollarán sus funciones de conformidad con lo que establezca la ley.

Artículo 115. Los municipios administrarán libremente su hacienda, la cual se formará de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan, así como de las contribuciones y otros ingresos que la legislatura establezca a su favor, y en todo caso:

a) Percibirán las contribuciones, incluyendo tasas adicionales, que establezca el Congreso del Estado sobre la propiedad inmobiliaria, de su fraccionamiento, división, consolidación, traslación y mejora así como las que tengan por base el cambio de valor de los inmuebles.

Los Municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de esas contribuciones.

b) Las participaciones federales serán cubiertas por la Federación a los Municipios con arreglo a las bases, montos y plazos que anualmente se determinen por el Congreso del Estado;

c) Los ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo.

Las leyes no establecerán exenciones o subsidios en favor de persona o institución alguna respecto de dichas contribuciones. Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados o los Municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.

Los presupuestos de egresos serán aprobados por los Ayuntamientos con base en sus ingresos disponibles. Los recursos que integran la hacienda municipal serán ejercidos en forma directa por los Ayuntamientos, o bien, por quien ellos autoricen, conforme a la ley.

En la distribución de los recursos que asigne el Congreso a los municipios, serán consideradas de manera prioritaria, las comunidades indígenas y zonas marginadas. Esta distribución se realizará con un sentido de equidad, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y las necesidades de dichas comunidades y zonas, considerando la incorporación de representantes de éstas a los órganos de planeación y participación ciudadana en los términos de la ley.

Los bienes del dominio público municipal son inalienables, imprescriptibles e inembargables, mientras no varíe su situación jurídica en los términos y procedimientos que señale la ley.

Transitorios

Artículo Primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Organo del Gobierno del Estado.

Artículo Segundo.- Los Ayuntamientos deberán adecuar y, en su caso, expedir los bandos de policía y buen gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general, que se refieran a la organización de la administración pública y del gobierno, municipal, a la regulación de las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y a garantizar la participación ciudadana y vecinal, de conformidad con las leyes en materia municipal que expida el Congreso, a más tardar en seis meses a partir de la entrada en vigor de dichas leyes.

En tanto se expiden los bandos y reglamentos y se realizan las adecuaciones a que se refiere el párrafo anterior, los Ayuntamientos aplicarán en sus municipios respectivos, las disposiciones que al efecto expida el Congreso del Estado.

Mientras no se adecuen las leyes locales en materia municipal conforme a lo que se dispone en este Decreto y a lo se establece en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se continuarán aplicando las disposiciones vigentes en lo que no la contravengan.

Artículo Tercero.- Para equiparar los valores unitarios de suelo que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria al de los valores de mercado, el Congreso procederá, inmediatamente después a la entrada en vigor de este Decreto, a coordinarse con los Ayuntamientos del estado a fin de realizar los estudios y las acciones necesarias, en coordinación con las instancias del Poder Ejecutivo correspondientes, para garantizar que antes del 31 de agosto del año 2001 e hayan realizado dichas adecuaciones.

Artículo Cuarto.- Se entienden por reproducidos los artículos transitorios del decreto de reformas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 1999, que al efecto corresponda.

Artículo Quinto.- En su oportunidad, y de resultar aprobado por esta Asamblea Legislativa en funciones de constituyente, túrnese la minuta a los H. Ayuntamientos de los Municipios del Estado, para los efectos a que se refiere el artículo 131 de la Constitución Política del Estado de Nayarit.

Dado en la Sala de Comisiones "General Esteban Baca Calderón" del Congreso del estado, a los cuatro días del mes de noviembre de 2000, en la ciudad de Tepic, capital del Estado de Nayarit.

Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales

Diputados: Juan Alfredo Castañeda Vázquez, Presidente; N. Alonso Villaseñor Anguiano, vicepresidente; Raúl Mejía González, secretario; J. Isabel Campos Ochoa, vocal (rúbricas).

Comisión de Administración Pública

Diputados: Francisco Piña Herrera, Presidente; Mario F. Munguía Macías, vicepresidente; J. Isabel Campos Ochoa, secretario; Margarita Basto Paredes, vocal (rúbricas).

Comisión de Asuntos Municipales

Diputados: Javier Tovar Rodarte, Presidente; Gilberto Padilla Peña, vicepresidente; Roberto Pérez Gómez, secretario; Francisco Piña Herrera, vocal (rúbricas).
 
 
 

DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, II LEGISLATURA

Recinto Legislativo, a 14 de marzo de 2001.

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
PRESENTE

Por este conducto, me permito comunicar a usted que, la Mesa Directiva que coordinará los trabajos durante el segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, II Legislatura, correspondiente al periodo comprendido del 15 al 31 de marzo del 2001 quedó integrada por los siguientes diputados:

Presidente: Dip. Camilo Campos López

Vicepresidente: Dip. Yolanda Torres Tello
Vicepresidente: Dip. Miguel Angel Toscano Velasco
Vicepresidente: Dip. Cuauhtémoc Velasco Oliva
Vicepresidente: Dip. Héctor Gutiérrez de Alba

Secretario: Dip. Federico Mora Martínez
Secretario: Dip. Santiago León Aveleyra

Prosecretario: Dip. Margarita González Gamio
Prosecretario: Dip. Bernardino Ramos Iturbide

Sin otro particular, reitero a usted mi consideración atenta y distinguida.

Por la Mesa Directiva

Dip. Raúl Armando Quintero Martínez (rúbrica)
Presidente
 
 
 

DE LA CAMARA DE SENADORES

CC. Secretarios de la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión
PRESENTES

Para conocimiento de esa H. Colegisladora, nos permitimos comunicar a ustedes, que en sesión ordinaria celebrada en esta fecha, dio inicio el segundo periodo de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la Quincuagésima Octava Legislatura, que funcionará del 15 de marzo al 30 de abril del actual.

Reiteramos a ustedes las seguridades de nuestra atenta y distinguida consideración.

México, DF, a 15 de marzo de 2001.

Sen. Yolanda González Hernández (rúbrica)
Secretaria

Sen. Rita María Esquivel Reyes (rúbrica)
Secretaria
 
 
















Iniciativas

DEL EJECUTIVO FEDERAL, QUE REFORMA EL DIVERSO QUE APRUEBA EL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA CORPORACION INTERAMERICANA DE INVERSIONES Y QUE ESTABLECE BASES PARA SU EJECUCION EN MEXICO

CC. Secretarios de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión

Para los efectos constitucionales y por instrucciones del C. Presidente de la República, con el presente envío a ustedes las siguientes Iniciativas:

Proyecto de decreto que reforma el diverso que aprueba el Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y que establece bases para su ejecución en México.

Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 2 de la Ley que establece las bases para la ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento.

Documentos que el propio Primer Magistrado de la Nación propone por el digno conducto de ustedes.

Reitero las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, DF, 20 de marzo de 2001.

Por acuerdo del C. Secretario
El Director Gneral de Gobierno
Sergio Orozco Aceves (rúbrica)
 

C. Dip. Ricardo Francisco García Cervantes
Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
PRESENTE

La Corporación Interamericana de Inversiones (CII) es un organismo filial del Banco Interamericano de Desarrollo, cuyo Convenio Constitutivo se aprobó el 19 de noviembre de 1984, por treinta y cuatro países, entre ellos México, iniciando sus operaciones en 1989 con el objetivo de promover el desarrollo económico de sus países miembros en América Latina y el Caribe a través del financiamiento de la pequeña y mediana empresa privada de la región, complementando las actividades del Banco Interamericano de Desarrollo.

Con fecha 10 de enero de 1986, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual el H. Congreso de la Unión aprobó la suscripción del Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y que establece bases para su ejecución en México, mismo que fue promulgado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 3 de octubre de 1986.

Las actividades de la CII consisten en reunir y proporcionar financiamiento para proyectos en forma de préstamos, inversiones de capital, líneas de crédito e inversiones en fondos de inversión local y regional, concentrando sus actividades en empresas pequeñas y medianas que tienen dificultades para obtener financiamiento de otras fuentes.

El financiamiento aportado por la CII sirve de catalizador para captar recursos adicionales, tecnología y conocimientos especializados. Estos recursos se movilizan a través de operaciones de cofinanciamiento y sindicación de fondos por parte de inversionistas privados, apoyo a suscripciones de valores e identificación de socios para la formación de empresas conjuntas.

En los diez años que lleva operando la CII, ha canalizado recursos a más de 1,350 compañías que se desenvuelven en los sectores productivos y de servicios. Gracias a los 530'000,000 (quinientos treinta millones) de dólares de los Estados Unidos de América en financiamiento proporcionado por la corporación en forma de créditos e inversiones de capital, además de los 400'000,000 (cuatrocientos millones) de dólares de los Estados Unidos de América en recursos movilizados por la institución a través de acuerdos de cofinanciamiento, se han emprendido proyectos cuyo costo agregado supera los 3,000'000,000 (tres mil millones) de dólares de los Estados Unidos de América. Se estima que por cada dólar que la Corporación ha invertido, se destinan 6 dólares de los Estados Unidos de América adicionales a compañías que están creando empleos y generan divisas.

La CII inició sus operaciones con un capital de 200'000,000 (doscientos millones) de dólares de los Estados Unidos de América. En diciembre de 1999, la Asamblea de Gobernadores de la CII, aprobó un nuevo aumento de capital por 500'000,000 (quinientos millones) de dólares de los Estados Unidos de América, a través de la emisión de 50,000 (cincuenta mil) acciones con un valor nominal de 10,000 (diez mil) dólares de los Estados Unidos de América cada una.

Con este incremento, la CII continuará su labor de fomento al desarrollo de la región, a través del financiamiento de un programa de inversiones que canalizará 2,100'000,000 (dos mil cien millones) de dólares de los Estados Unidos de América, en inversiones de capital y 5,300'000,000 (cinco mil trescientos millones) de dólares de los Estados Unidos de América en préstamos a la pequeña y mediana empresa en un periodo de diez años, asimismo, permitirá a la institución recibir la clasificación de apta para la inversión, lo que le otorgará la posibilidad de captar recursos por medio de emisiones de bonos y otros vehículos de financiamiento similares para fondear sus operaciones en condiciones favorables para sus prestatarios.

De esta nueva emisión de acciones, México ha sido invitado a suscribir 3,502 (tres mil quinientas dos) acciones hasta por un monto de 35'020,000 (treinta y cinco millones veinte mil) dólares de los Estados Unidos de América, con las cuales, en caso de merecer la aprobación del H. Congreso de la Unión, la participación de nuestro país en el capital social de la CII estaría representada por 5,000 (cinco mil) acciones por un importe total de 50'000,000 (cincuenta millones) de dólares de los Estados Unidos de América.

El periodo para el pago de la primer cuota comenzó el 31 de octubre de 1999 y terminó el 31 de octubre de 2000 de acuerdo a lo establecido por el Directorio Ejecutivo. Los periodos de pago subsecuentes, de doce meses cada uno, comenzaron el lº de noviembre de cada uno de los años 2000 a 2006 y terminarán el 31 de octubre de cada uno de los años 2001 a 2007, o en las fechas posteriores que determine el Directorio Ejecutivo.

El pago de la cuota de este año, por un monto de 4'377,500 (cuatro millones trescientos setenta y siete mil quinientos) dólares de los Estados Unidos de América, se encuentra debidamente presupuestado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2001. Cabe señalar que el pago de las cuotas de los años de 1999 y 2000 se harán en conjunto con la correspondiente a la de 2002.

La CII ha proporcionado asistencia a México, mediante financiamiento y asesoría técnica a un segmento empresarial que hasta el momento ha tenido un acceso limitado a los mercados de capital. Este apoyo ha sido importante para el desarrollo de la pequeña y mediana empresa de nuestro país y se espera que para la próxima década, con el incremento de capital propuesto, la Corporación pueda aumentar sus actividades en México, principalmente a través de una mayor movilización de capital privado, el desarrollo del mercado de valores en beneficio de la pequeña y mediana empresa, así como su apoyo crediticio a proyectos productivos.

En nuestro país, más de veinte empresas han obtenido recursos de la CII por un importe ligeramente superior a los 100'000,000 (cien millones) de dólares de los Estados Unidos de América, distribuidos principalmente en los ramos financiero, turístico, y la industria de la transformación. Esta cifra es aproximadamente siete veces superior a la suscripción actual de México en este organismo, misma que asciende a casi 15'000,000 (quince millones) de dólares de los Estados Unidos de América. Adicionalmente, una de las formas en que la Corporación persigue sus objetivos de desarrollo en México, es a través de una gama de intermediarios financieros privados para canalizar sus recursos a la pequeña y mediana empresa, con la finalidad de que estas empresas cuenten con mayores oportunidades de acceder al crédito.

Por lo expuesto y con fundamento en el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos someto a la consideración del Honorable Congreso de la Unión, por el digno conducto de usted ciudadano Presidente, la siguiente Iniciativa de

Decreto

Artículo Primero.- Se reforma el artículo 2 del Decreto que aprueba el Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y que establece bases para su ejecución en México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1986, para quedar como sigue:

"Artículo 2.- Se autoriza al Ejecutivo Federal para que, por conducto del Banco de México, haga la suscripción de 3,502 (tres mil quinientas dos) acciones o partes sociales de la Corporación Interamericana de Inversiones, hasta por un monto, de 35'020,000 (treinta y cinco millones veinte mil) dólares de los Estados Unidos de América, que sumada a la realizada anteriormente por nuestro país, hace un total de 5,000 (cinco mil) acciones por la suma de 50'000,000, (cincuenta millones) de dólares de los Estados Unidos de América." Artículo Segundo.- Se autoriza al Ejecutivo Federal para efectuar la suscripción adicional de acciones de la Corporación Interamericana de Inversiones que a México corresponda hasta por los montos máximos autorizados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo primero anterior y para aceptar las enmiendas correspondientes a fin de cumplimentar la citada autorización.

Transitorio

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Reitero a usted, ciudadano Presidente, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Palacio Nacional, a los veinte días del mes de marzo de dos mil uno.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
Vicente Fox Quesada (rúbrica)
 
 

DEL EJECUTIVO FEDERAL, POR EL QUE SE REFORMA EL ARTICULO 2 DE LA LEY QUE ESTABLECE LAS BASES PARA LA EJECUCION EN MEXICO, POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DE LA ASOCIACION INTERNACIONAL DE FOMENTO

C. Dip. Ricardo Francisco García Cervantes
Presidente de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión
PRESENTE

La Asociación Internacional de Fomento (AIF), es un organismo financiero filial del Banco Mundial, creado en el año de 1960 con el objetivo de ayudar a elevar el nivel de vida de los países en desarrollo más pobres, que sean miembros de dicho Banco a través del otorgamiento de asistencia financiera y técnica en términos concesionales. La AIF se ha constituido durante estos últimos años como el mecanismo más importante de financiamiento concesionario a los países en desarrollo de bajo ingreso.

La asistencia de la AIF beneficia a los habitantes de los países que tienen un producto nacional bruto per cápita anual de 895 dólares de los Estados Unidos de América o menos, por lo que actualmente, casi 80 países con una población mayor a 3,000'000,000 de personas son elegibles de recibir fondos conforme a este criterio.

En este sentido, cabe mencionar que actualmente la AIF mantiene una cartera de aproximadamente 900 proyectos distribuidos principalmente en Africa, sur de Asia y en algunos países latinoamericanos como es el caso de Bolivia, Haití, Honduras y Nicaragua. La mayor parte de estas operaciones están dirigidas al combate a la pobreza extrema, el fortalecimiento de las instituciones de desarrollo nacional, y proyectos sociales en rubros como salud, educación y servicios básicos de infraestructura.

México ha sido miembro de dicha Asociación desde su establecimiento y sus relaciones con la misma quedaron señaladas en la Ley que establece bases para la ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de dicha Asociación de fecha 30 de diciembre de 1960, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre del mismo año.

La suscripción inicial de México fue de 8'740,000 (ocho millones setecientos cuarenta mil) dólares de los Estados Unidos de América, quedando abierta la posibilidad de aumentarse por acuerdo de la Asamblea de Gobernadores de este organismo; actualmente México ha aportado 155'925,291 (ciento cincuenta y cinco millones novecientos veinticinco mil doscientos noventa y un) dólares de los Estados Unidos de América.

A la fecha se han realizado once reposiciones de recursos. Para la primera y segunda sólo se solicitó la aportación de algunos países industrializados. En la tercera y cuarta reposición se invitó a los países en desarrollo, miembros de la Asociación, para que efectuasen contribuciones adicionales. Sin embargo, en estas ocasiones México no consideró pertinente participar.

Fue a partir de la quinta reposición que México ha participado en las siguientes reposiciones autorizadas por el H. Congreso de la Unión por decretos del 27 de diciembre de 1980, 21 de diciembre de 1981, 11 de octubre de 1983; 21 de noviembre de 1984, 22 de diciembre de 1987, 14 de julio de 1990, 6 de julio de 1993 y 16 de abril de 1997; publicados en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1981, 28 de diciembre de 1981, 4 de noviembre de 1983, 24 de diciembre de 1984, 19 de enero de 1988, 26 de julio de 1990, 16 de julio de 1993 y 7 de mayo de 1997, respectivamente.

Es importante señalar que a partir de la sexta reposición, la AIF ha venido otorgando sus créditos en derechos especiales de giro, en tanto que las aportaciones de los países, en su mayoría, se solicitaban en moneda nacional; circunstancia que originó la erosión del valor real de las reposiciones, debido a las fluctuaciones cambiarias de las monedas de los países aportantes. Por ello la AIF solicitó el apoyo de los países para denominar sus contribuciones en derechos especiales de giro para evitar la pérdida de valor real de las contribuciones, así como brindar un marco de referencia estable para sus operaciones de financiamiento.

Ante la necesidad de recursos adicionales para dar continuidad a su mandato de reducir la pobreza extrema, la Asamblea de Gobernadores de la AIF, mediante resolución número 194 aprobó la duodécima reposición de recursos de este organismo, cuyo monto será de 8,640'000,000 (ocho mil seiscientos cuarenta millones) de derechos especiales de giro equivalentes a 11,578'464,000 (once mil quinientos setenta y ocho millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil) dólares de los Estados Unidos de América a un tipo de cambio de 1.3401 derechos especiales de giro por un dólar de los Estados Unidos de América, mismos que serán utilizados para cubrir sus compromisos de operación durante el periodo comprendido entre el 1º de julio de 1999 y el 30 de junio de 2002.

México negoció con la Asociación el pago de 4'084,000 (cuatro millones ochenta y cuatro mil) derechos especiales de giro en cuatro aportaciones que equivalen, según el tipo de cambio previamente señalado, a 5'472,968.4 (cinco millones cuatrocientos setenta y dos mil novecientos sesenta y ocho punto cuatro) dólares de los Estados Unidos de América, correspondientes al 0.05 por ciento del valor total de este nuevo incremento de recursos.

Cabe señalar que el pago de la aportación de este año, por un monto de 1'021,000 (un millón veintiún mil) derechos especiales de giro, equivalentes a 1'368,242.1 (un millón trescientos sesenta y ocho mil doscientos cuarenta y dos punto un) dólares de los Estados Unidos de América, se encuentra debidamente presupuestado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2001.

La aportación de nuestro país a la duodécima segunda reposición de recursos de este organismo, constituye un elemento importante dentro de las relaciones globales de México con el Grupo del Banco Mundial, además de representar una medida concreta de apoyo al fortalecimiento de la asistencia que brindan las instituciones financieras multilaterales, es un factor determinante en la generación de una corriente de recursos financieros concesionales que favorecen el proceso de desarrollo de los países que carecen de acceso a recursos financieros en los mercados internacionales en términos razonables.

Adicionalmente, la participación de México en la AIF es una muestra importante de solidaridad con los países de menor grado de desarrollo económico y contribuye a lograr una mayor integración y cooperación de la comunidad internacional. Sin embargo, se hace hincapié en que los países en desarrollo, como es el caso de México, no se encuentran en condiciones de otorgar recursos en cantidades que permitan sustituir a las contribuciones de los países industrializados.

Asimismo, mediante la aportación de recursos a la AIF, nuestro país tiene la posibilidad de participar en las licitaciones internacionales derivadas de las operaciones de crédito que realice dicho organismo.

Por último, es importante subrayar que la AIF constituye un elemento fundamental dentro de la iniciativa del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional para apoyar el Programa de Reducción de la Deuda de los Países Pobres Altamente Endeudados, ya que la ejecución de este programa de alivio financiero se lleva a cabo a través de este organismo.

Por las razones anteriores el Ejecutivo Federal a mi cargo, en el ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 71, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del H. Congreso de la Unión por el digno conducto de usted, ciudadano Presidente, la siguiente iniciativa de

Decreto

Artículo Primero.- Se reforma el artículo 2 de la, Ley que establece bases para la ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1960, para quedar como sigue:

"Artículo 2.- Se autoriza al Gobierno Federal para que por conducto del Banco de México, se realice la aportación de nuestro país correspondiente a la duodécima reposición de recursos de la Asociación Internacional de Fomento, hasta por el equivalente de 4'084,000 (cuatro millones ochenta y cuatro mil) derechos especiales de giro, cantidad que se adicionará a las suscripciones anteriores efectuadas por nuestro país." Artículo Segundo.- Se autoriza al Ejecutivo Federal para actualizar las aportaciones a que se refiere la Ley que establece las bases para la ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.

Transitorio

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Reitero a usted, ciudadano Presidente, las seguridades de mi atenta y distinguida consideración.

Palacio Nacional, a los veinte días del mes de marzo de dos mil uno.

Sufragio Efectivo. No Reelección.
El Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
Vicente Fox Quesada (rúbrica)
 
 














Proposiciones

CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION A LAS REFORMAS DEL ARTICULO 115 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A CARGO DEL DIP. NEFTALI SALVADOR ESCOBEDO ZOLETO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

Con fundamento en lo establecido por los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento ante Ustedes el siguiente Punto de Acuerdo, con relación a diversas reformas y adiciones al Artículo 115 de la Constitución General de la República, aprobadas por el Congreso General en el año de 1999, de conformidad con las siguientes consideraciones:

Fundado en la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución General de la República, y previa la aprobación de la mayoría de las Honorables Legislaturas Estatales, el Congreso General de la República declaró las siguientes reformas y adiciones al artículo 115 Constitucional, mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 23 de Diciembre de 1999:

"Se reforman los párrafos primero, cuarto y quinto de la fracción I; se reforma el párrafo segundo y se adicionan un párrafo tercero y uno cuarto a la fracción II; se reforma el párrafo primero y sus incisos a), c), g), h), e i), el párrafo segundo y se adiciona un párrafo tercero a la fracción III; se reforman los párrafos segundo y tercero, y se adicionan los párrafos cuarto y quinto a la fracción IV; y se reforman las fracciones V y VII; todas del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos". Dichas reformas y adiciones fueron el resultado del análisis y dictamen previo de las iniciativas presentadas como sigue: el 23 de octubre de 1997 por el grupo parlamentario del Partido del Trabajo, el 13 de noviembre de 1997 por el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional; el 11 de diciembre de 1997 por Diputados del Partido del Trabajo; el 31 de marzo de 1998 por la diputación del Partido Acción Nacional; el 2 de abril de 1998 por el Partido de la Revolución Democrática; con fecha 23 de abril de 1998 por el grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; el 11 de diciembre de 1998 el Partido Revolucionario Institucional interviene; el 30 de abril de 1999 nuevamente por el Partido de la Revolución Democrática; y el 26 de mayo de 1999 por el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

El estudio de las iniciativas mencionadas desembocó en un dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de esta Cámara de Diputados, con fecha 17 de junio de 1999, el cual retoma las consideraciones que consisten en reformar y adicionar el artículo 115 constitucional con objeto de ampliar las facultades que actualmente tienen los Ayuntamientos en México y lograr con ello el fortalecimiento municipal, de acuerdo a las siguientes consideraciones:

1. El municipio es la célula básica de organización política, social, territorial y administrativa en nuestro país.

2. Diversas circunstancias de orden político y económico, han propiciado que el municipio presente carencias de tipo financiero, así como debilidad política y jurídica en relación con los órganos federales y de las entidades federativas, que han impedido su funcionamiento autónomo y libre.

3. Se detectó la necesidad de reformar el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para propiciar el fortalecimiento del municipio en México, municipios con mayor libertad y autonomía serán fuentes de creatividad y de nuevas iniciativas; municipios con mayores responsabilidades públicas serán fuente de mayores gobiernos.

4. El municipio es el eje de desarrollo nacional. Y es por conducto de la consolidación del municipio como se logrará el impulso al desarrollo regional.

5. Se partió de la intención de reconocer expresamente el carácter del municipio como un ámbito de gobierno.

6. Asimismo, se pretende que en el ámbito de gobierno del municipio se ejerzan competencias exclusivas a favor del Ayuntamiento; lo que supone la exclusión, no solo de autoridades intermedias entre el gobierno del Estado y el ayuntamiento.

7. Se concluyó que es urgente fortalecer al ámbito de competencia municipal y las facultades de su órgano de gobierno.

8. Se estableció, para el ámbito reglamentario, todo lo relativo a su organización y funcionamiento interno y de la administración pública municipal; mientras que las leyes estatales en materia municipal, contemplarán lo referente al procedimiento administrativo.

9. Se establecieron los medios de impugnación y los órganos correspondientes, para dirimir controversias entre los particulares y la administración publica municipal, y se deja a salvo para cada Ayuntamiento decidir las formas y procedimientos de participación ciudadana y vecinal.

10. Se estableció que la ley deberá prever el requisito de mayoría calificada de los miembros de un Ayuntamiento en las decisiones relativas a la afectación de su patrimonio inmobiliario y la firma de convenios que por su trascendencia lo requieran.

11. Las leyes estatales incluirán normas de aplicación general para la celebración de convenios de asociación entre dos o más municipios, entre uno o varios municipios y el estado.

12. La ley estatal contemplará el procedimiento y las condiciones para que el Ayuntamiento transfiera la prestación de un servicio público.

13. Las legislaturas estatales expedirán las normas aplicables a los municipios que no cuenten con los reglamentos correspondientes, las cuales tendrán observancia temporal.

14. Las legislaturas estatales establecerán las normas de procedimiento para resolver los conflictos entre los gobiernos estatales y los municipios.

15. En relación a la materia de agua potable y alcantarillado se le agrega drenaje, tratamiento y disposición de aguas residuales.

16. Al contemplar el servicio de limpia, se precisa que se trata también de los servicios para recolectar, trasladar, tratar y disponer de residuos.

17. Al concepto de calles, parques y jardines, se le agrega el equipamiento, mobiliario e infraestructura.

18. Se establece que la Seguridad Pública será exclusiva del ámbito municipal, lo cual incluye a la policía preventiva municipal y el tránsito municipal.

19. Todo lo anterior se trata de funciones y servicios del ámbito municipal, para que se ejerzan o se presten exclusivamente por su órgano de Gobierno: el ayuntamiento y la administración Pública Municipal.

20. En las materias que tienen regulación federal o estatal especial, los municipios observarán las leyes de la materia sin que éstas, puedan desvirtuar la competencia del municipio al efecto.

21. Los municipios se podrán asociar libremente si son de un mismo Estado, y si son de dos o más Estados tendrán que acudir a la legislatura para su aprobación.

22. Se realizaron las modificaciones correspondientes en relación a la prohibición para exentar u otorgar subsidios respecto de las contribuciones municipales.

23. Se garantizan leyes de ingresos municipales en las que anualmente las legislaturas estatales, fijen las tasas cuotas y tarifas a propuesta del Ayuntamiento interesado.

24. Se confirma la tarea exclusiva de las legislaturas no solo de "revisar" sino de fiscalizar las cuentas públicas de los ayuntamientos.

25. La libertad de hacienda implica un ejercicio exclusivo de sus recursos por parte de los Ayuntamientos, sin perjuicio de que autoricen a terceros para ello.

26. Serán incompatibles con el nuevo precepto constitucional los actos de cualquier órgano legislativo o ejecutivo distinto al ayuntamiento, que se comprometan o predeterminen cualquier elemento de su presupuesto de egresos, incluso dietas o salarios de los miembros de los ayuntamientos o sus funcionarios.

27. Se faculta al municipio para no sólo controlar y vigilar el uso de suelo sino para autorizarlo; podrá elaborar y aplicar programas de transporte urbano, y participar en lo relativo a la materia ecológica y de protección ambiental, así como en la planeación regional.

28. Se resuelve otorgar en todo caso el mando de las policías preventivas municipales a los presidentes municipales. Dichos mandos policíacos deberán acatar las órdenes del Gobernador que corresponda en los casos que bajo su responsabilidad, califique como de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

29. Como resulta evidente, las reformas y adiciones al Artículo 115 Constitucional dan como resultado inmediato el fortalecimiento real del Municipio, razón por la cual se deberán realizar las reformas correspondientes a nivel estatal.

Por lo anterior y considerando la fecha de publicación de las mencionadas reformas y adiciones al Artículo 115 de la Constitución General de la República, así como lo establecido en los artículos transitorios anteriormente señalados, se concluye que los plazos de entrada en vigor de las mismas quedaron como sigue: a. La entrada en vigor de las reformas al artículo 115 constitucional tuvo como plazo el 23 de marzo del año 2000.

b. El plazo para que los Estados adecúen sus Constituciones y leyes a las nuevas disposiciones comprende el período entre el 23 de marzo de 2000 y el 23 de marzo del 2001, próximo a cumplirse y,

c. El plazo para que las legislaturas estatales, en coordinación con los Municipios, adopten las medidas necesarias para que los valores unitarios del suelo que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria sean equiparables a los valores del mercado, se deberá cumplir antes del inicio del ejercicio fiscal de 2002.

Así pues, se observa que algunos Estados de la Federación no han cumplido con aquella determinación.

Con estos antecedentes en mi carácter de Diputado federal a la LVIII Legislatura, a nombre de Ciudadanos Diputados Integrantes de la Comisión de Fortalecimiento del Federalismo, me permito a poner a consideración de esta Cámara de Diputados el siguiente:

Punto de Acuerdo

Unico.- Que la Cámara de Diputados exhorte a las Legislaturas de los Estados, para que aquellos que no han cumplido en forma plena el Decreto emitido por el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 23 de diciembre de 1999, lo hagan a la brevedad posible.

Señor Presidente, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los estados Unidos Mexicanos, solicito dar curso a la presente propuesta y ponerla a consideración del pleno de manera inmediata, por ser un asunto de urgente y obvia resolución.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro a los 22 días del mes de marzo del año 2001.

Diputados: Neftalí Salvador Escobedo Zoletto (rúbrica), Enoch Araujo Sánchez (rúbrica), Eduardo Arnal Palomera (rúbrica), José Francisco Blacke Mora (rúbrica), José Alfredo Botello Montes (rúbrica), José Antonio Calderón Cardoso (rúbrica), Feliciano Calzada Padrón (rúbrica), Cuahutémoc Cardona Benavides (rúbrica), Juan Manuel Carreras López (rúbrica), Beatriz Cervantes Mandujano (rúbrica), Abel Guerra Garza (rúbrica), Josefina Hinojosa Herrera (rúbrica), José Gaudencio León Castañeda (rúbrica), Rogaciano Morales Reyes (rúbrica), Marcos Pérez Esquer (rúbrica), Ulises Ramírez Núñez (rúbrica), Jaime Tomás Ríos Bernal (rúbrica), Adrián Rivera Pérez (rúbrica), José Roque Rodríguez López (rúbrica), César Augusto Santiago Ramírez (rúbrica), César Nava Vázquez (rúbrica), Mauro Huerta Díaz (rúbrica), Alfonso Vicente Díaz (rúbrica), Abel Cuevas Malo (rúbrica), Armando Salinas Torre (rúbrica), Fanny Arellanes (rúbrica), Ricardo Torres Origel (rúbrica).
 
 

















Convocatorias

DE LA COMISION DE RADIO TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA

A su reunión de trabajo, el jueves 22 de marzo, a las 8:30 horas, en el salón de usos múltiples ubicado en el edificio F, primer piso.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura del orden del día.
4. Presentación, análisis, discusión y votación del proyecto de Dictamen con Punto de Acuerdo relativo a la programación televisiva de los programas talk shows y el proyecto con Punto de Acuerdo referidos a la programación infantil.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Lionel Funes Díaz
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE CULTURA

A su reunión de trabajo, el jueves 22 de marzo, a las 9 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Verificación de quórum.
3. Ley Federal Derechos de Autor.
4. Ley de Fomento a la Lectura y el Libro.
5. Resolutivos de asuntos legislativos.
6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. José Manuel Correa Ceseña
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PARTICIPACION CIUDADANA

A su reunión plenaria, el jueves 22 de marzo, a las 9 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura y aprobación, en su caso, de las actas de las reuniones celebradas el 28 de febrero y el 14 de marzo de 2001.
3. Información sobre proyectos del Foro Nacional de Participación Ciudadana.
4. Foros sobre Participación Infantil.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Miguel Gutiérrez Hernández
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión extraordinaria, el jueves 22 de marzo, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior.

4. Presentación, análisis, discusión y votación del Proyecto de Acuerdo relativo a las iniciativas: a) de reforma y adiciones a los artículos 3, 19, 56, 153-E y 995 de la Ley Federal del Trabajo; b) de Ley Federal sobre la readaptación profesional y el trabajo para personas con discapacidad; c) de adición de un capítulo XVIII al Título VI de la Ley Federal del Trabajo; y d) de reforma a los artículos 23, 34, 41, 121, 132, 133, 153-A, 155, 183, 250, 251, 277, 353-Ñ, 358, 431, 432, 512-D y 923 de la Ley Federal del Trabajo, turnadas a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social, y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión.

5. Presentación, análisis, discusión y votación del Proyecto de Dictamen relativo a la Iniciativa de Decreto que reforma la fracción XI del artículo 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, turnada a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados de la LVII Legislatura del H. Congreso de la Unión.

6. Comentarios acerca de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas.
7. Asuntos generales.
8. Clausura de la reunión.

Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL

A su reunión plenaria, el jueves 22 de marzo, a las 10 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y verificación de quórum.
2. Lectura del acta de la sesión anterior y, en su caso, aprobación.
3. Lectura y, en su caso, aprobación del informe semestral de esta Comisión.
4. Aprobación del Programa Anual de Trabajo de esta Comisión.
5. Designación de quién fungirá ante el Subcomité de Enlace con comisiones y comités de las Cámaras de Diputados y Senadores, del Comité de Información, Gestoría y Quejas.
6. Acuerdo de la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.
7. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Gral. Alfredo Ochoa Toledo
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES

A su quinta reunión ordinaria de trabajo, el jueves 22 de marzo, a las 15 horas, en el salón C del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Gustavo Carvajal Moreno
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE EDUCACION PUBLICA Y SERVICIOS EDUCATIVOS

A su reunión de trabajo, el viernes 23 de marzo, a las 10 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Pase de presentes.
2. Lectura del acta anterior.
3. Lectura de la correspondencia recibida.
4. Informe de las subcomisiones.
5. Informe del congreso Pedagogía 2001 e informe del Coloquio Nacional, Universidad de Colima.
6. Anteproyecto de la realización de foros regionales.
7. Foro La Educación Tecnológica Pública: Un Reto de Calidad para México.
8. Lectura del Informe Semestral de la Comisión que se entregará de conformidad con el artículo 45, numeral 6, de la Ley Orgánica del Congreso.
9. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Enrique Meléndez Pérez
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A la reunión de su Junta Directiva, el martes 27 de marzo a las 9 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

A la reunión de trabajo de su Mesa Directiva, el martes 27 de marzo, a las 10:30 horas, en la sala de juntas de la Comisión.

Atentamente
Dip. Diego Cobo Terrazas
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES

A su reunión de trabajo con la Delegación de España, el martes 27 de marzo, a las 11 horas, en el salón Protocolo, ubicado en el edificio A, planta baja.

Atentamente
Dip. Gustavo Carvajal Moreno
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A la reunión de su Junta Directiva, el martes 27 de marzo, a las 12 horas, en las oficinas de la Comisión.

Orden del Día

1. Declaración de quórum.
2. Elaboración de propuestas para la integración de subcomisiones.
3. Calendarización de reuniones con la Sedesol.
4. Punto de Acuerdo para que se promuevan las propuestas de esquemas de planeación a la problemática de los grupos armados en los estados de Chiapas y Oaxaca.

Atentamente
Dip. Francisco J. Cantú Torres
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE REGLAMENTOS Y PRACTICAS PARLAMENTARIAS

A su tercera sesión ordinaria de trabajo, el martes 27 de marzo, a las 18 horas, en el salón de usos múltiples del edificio F, primer nivel.

Orden del Día

1. Declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación del acta de la segunda sesión ordinaria.
4. Análisis y discusión del Plan de Trabajo. (Votación)
5. Análisis y discusión de la propuesta de integración de las subcomisiones temáticas y los asuntos turnados a las mismas. (Votación)
6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Augusto Gómez Villanueva
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL

A su reunión ordinaria correspondiente a marzo, el miércoles 28 de marzo, a las 9 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la reunión anterior.
4. Presentación de los invitados a la reunión.
5. Intervención del C. dip. QFB Cuauhtémoc Montero Esquivel, Presidente de la Comisión.
6. Intervención del C. Gral. de División DEM Alfredo Hernández Pimentel, Director del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas.
7. Preguntas y comentarios de los CC. diputados integrantes de la Comisión de Seguridad Social y respuestas del Director del ISSFAM.
8. Asuntos generales.
9. Clausura de la reunión.

Atentamente
Dip. Cuauhtémoc Montero Esquivel
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

A la reunión de trabajo, el miércoles 28 de marzo, a partir de las 8:30 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales, con los integrantes de las Mesas Directivas de:

Comisión de Ciencia y Tecnología
Comisión de Energía
Comisión de Recursos Hidráulicos
Comisión de Transportes
Comisión de Vivienda

Como invitados especiales, autoridades del Colegio de Ingenieros Civiles de México, AC.

Atentamente
Dip. Silvia Alvarez Bruneliere
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DEL DISTRITO FEDERAL

A su reunión ordinaria, el miércoles 28 de marzo, a las 12 horas, en el patio sur de ésta H. Cámara de Diputados.

Atentamente
Dip. Jorge Alberto Lara Rivera
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE DESARROLLO SOCIAL

A su reunión de trabajo, el miércoles 28 de marzo, a las 17 horas, en el salón D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Declaración de quórum.
2. Lectura, discusión, y en su caso, aprobación del acta de la sesión anterior.
3. Integración de las subcomisiones de trabajo.
4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Francisco J. Cantú Torres
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE MARINA

Al Foro de Consulta del Noroeste de México para la reactivación de la Marina Mercante Nacional, en apoyo a la elaboracion del Plan Nacional de Desarrollo, que se llevará a cabo, los días 30 y 31 de marzo de 2001.

Temas

Transporte Marítimo, Servicios Portuarios y Turismo Náutico

La Comisión de Marina de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión a través de la Subcomisión Plural para el Estudio del Estado que Guarda la Marina Mercante Nacional, conjuntamente con los Colegios de los Estados de Sinaloa, Sonora, Ensenada y la Asociación de Oficiales de la Marina Mercante en Baja California Sur, invitan a los sectores del país: académico, gubernamental, empresarial, social e interesados en general, al Foro de Consulta del Noroeste de México para la reactivación de la Marina Mercante Nacional, en apoyo a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo.

Se contará con la participación de miembros de las Comisiones de Transportes, Turismo y Comunicaciones de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión.

Fecha y sede
30 y 31 de marzo de 2001

Programa

30 de marzo: Mazatlán, Sinaloa. Casa del Marino con domicilio en Paseo Clausen y Jabonería de las 9:00 a la 13:30 horas.

Transbordador Coromuel navegando del Puerto de Mazatlán a la ciudad de la Paz, Baja California, Sur, de las 16 a las 19 horas.

31 de marzo: La Paz, Baja California Sur Centro de Convenciones El Caimancito con domicilio en Carretera Pichilingue Km 3.4 de las 10 a las 14 horas.

Objetivos

1.- Abrir un espacio de comunicación entre las distintas Comisiones asistentes y los diversos sectores de la Industria
2.- Conocer las distintas opiniones de cada uno de los sectores marítimos para proponer una política pública en la materia.
3.- Recopilar la información presentada por cada uno de los diferentes sectores de la población.
4.- Elaborar un documento cuyo contenido presente un diagnostico del sector, estrategias a seguir y alternativas de solución.
 

Registro y entrega de propuestas

Bases

Los participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

La participación puede ser individual o de grupo.

Las propuestas se entregaran en extenso y para su lectura se presentará un resumen de las mismas, que no deberán exceder de 5 cuartillas a doble espacio.

El registro de participación deberá dirigirse a la Comisión de Marina.

a) Vía electrónica, a la siguiente dirección: cmarina@cddhcu.gob.mx

b) Por correo: Comisión de Marina, Av. Congreso de La Unión No. 66, Edif. D, Nivel 4; Col. El Parque; Delegación Venustiano Carranza; CP 15969 México, DF.

Las propuestas deberán ser remitidas antes del día 28 de marzo de 2001, así como la confirmación de su asistencia a los siguientes telefonos: Gratuito: 01-800-718-4291, Conmutador: 56 28 13 00 exts. 1359 y 1623, Directo: 56 28 13 59, Fax ext. 1621.

Atentamente
Dip. César Patricio Reyes Roel
Presidente de la Comisión de Marina

Dip. José Tomas Lozano y Pardinas
Coordinador de la Subcomisión