Gaceta Parlamentaria, año IV, número 810, jueves 9 de agosto de 2001

Nueva Hacienda Pública Distributiva, incluye iniciativas enviadas al Senado

Iniciativas      presentadas del 15 de marzo al 30 de abril de 2001.
Dictámenes   presentados del 15 de marzo al 30 de abril de 2001
Incluyen la fecha de publicación en el Diario Oficial, actualizado al 4 de junio de 2001

  Iniciativas Convocatorias
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Iniciativas

DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS LEYES FEDERALES EN MATERIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA PARA EL FORTALECIMIENTO DE PETROLEOS MEXICANOS, PRESENTADA POR EL DIPUTADO MANUEL MEDELLIN MILAN, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, EN LA SESION DE LA COMISION PERMANENTE DEL MIERCOLES 8 DE AGOSTO DE 2001

El suscrito, diputado federal Manuel Medellín Milán, miembro de la fracción del PRI a la LVIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en la fracción II del Artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, propone la presente iniciativa de decreto que reforma diversas leyes federales en materia fiscal y administrativa, con el propósito de fortalecer a Petróleos Mexicanos en el cumplimiento de la alta misión encomendada por la Constitución y las leyes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Petróleos Mexicanos, la empresa más importante de México, debe ser fortalecida.

Es urgente que el Congreso de la Unión se aboque a estudiar y modificar un conjunto de leyes federales que permitan e impulsen el fortalecimiento de Pemex, como un asunto de la mayor prioridad nacional.

Aunque nadie duda del tamaño y la importancia de Pemex, conviene referir algunos datos y cifras para no perder de vista su dimensión absoluta y relativa.

Pemex tiene el encargo de ejercer el "dominio directo de la nación" dispuesto por la Constitución para "el petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos". Y la ley reglamentaria precisa las funciones de Pemex y sus organismos subsidiarios para cada una de las ramas de la industria petrolera. Su ley orgánica crea las cuatro subsidiarias y dice que Pemex administrará su patrimonio conforme a las disposiciones legales aplicables y a los presupuestos y programas que apruebe su órgano de gobierno.

Pemex tiene un corporativo con más de 17,500 personas con las que conduce y presta servicios al resto de las industria petrolera estatal; tiene activos del orden de 60 mil millones de dólares, un patrimonio de 16 mil millones de dólares, y es considerada como la quinta empresa petrolera mundial. Pemex Exploración y Producción emplea a 42 mil personas, organizadas en cuatro regiones; ocupa el séptimo lugar mundial en reservas de crudo y el cuarto en producción; así como el décimo lugar en reservas de gas y el octavo en producción. Cada día, genera más de tres millones de barriles de crudo y de 5 mil millones de pies cúbicos de gas.

Pemex Refinación tiene seis refinerías con una capacidad de 1.5 millones de barriles diarios y el onceavo lugar mundial; cuenta con más de 6 mil trabajadores.

Pemex Gas y Petroquímica Básica emplea 11,600 personas en 10 centros de procesamiento; y Pemex Petroquímica cuenta con 15 mil plazas y 7 empresas filiales. Por su parte PMI, dedicada al comercio exterior emplea casi 300 personas y se hace cargo de todas las exportaciones. El Instituto Mexicano del Petróleo, el brazo tecnológico, cuenta con más de 4,200 empleos y activos por más de 260 millones de dólares. Los impuestos que Pemex paga en un año superan el valor de las ventas totales de Phillips Petroleum.

Si no acudimos a su rescate, la industria petrolera mexicana será, dentro de pocos años, un conjunto de instalaciones obsoletas, como ya ocurre con sus complejos petroquímicos.

Pemex está sometida a un proceso de deterioro permanente, que se refleja en un demérito brutal de su patrimonio, en una falta de crecimiento, en el incumplimiento de su misión, una balanza comercial deficitaria y una astringencia financiera que le impide crecer.

El crecimiento de Pemex debe asegurar, como mínimo, su eficiente desempeño en tres dimensiones,

1) Como pilar de la suficiencia energética nacional.
2) Como motor del desarrollo de la mediana empresa nacional.
3) Como el principal contribuyente al ingreso fiscal del país.
Para lograrlo, el esfuerzo del Congreso debe orientarse y realizar las reformas legales necesarias para permitir que Pemex tenga: 1. La autonomía de gestión que le permita crece, ser una empresa estatal de mercado, moderna, eficiente y próspera.

2. Un esquema tributario que incremente su valor, que no sea confiscatorio, que incentive la productividad y que, en el mediano plazo, mejore su capacidad contributiva.

3. Un régimen operativo que le libere de ataduras innecesarias y le permita fomentar la creación de nuevas y mejores empresas medianas mexicanas en las actividades conexas a la petrolera.

El esquema normativo al que Pemex está sujeto permite que varios funcionarios federales de las secretarías de energía, hacienda o contraloría decidan por encima de las direcciones de Pemex y de su Consejo de Administración. Hay mucho control externo en los procedimientos, pero no hay un esquema de rendición de cuentas de alto nivel.

Su régimen tributario no sólo le quita todo margen de maniobra y le retira todo remanente posible, sino que le hace pagar impuestos más allá del 100% de sus utilidades y se come su patrimonio. Es autoderrotante porque ni siquiera le garantiza los recursos de exploración para mantener un nivel de reservas probadas, le secuestra el flujo necesario para cumplir financieramente, le impide fondear su sistema de pensiones, le quita todo sustento de planeación y ni siquiera le garantiza el ejercicio de su presupuesto por que éste depende de factores externos.

Pemex paga derechos, no sólo por las actividades extractivas que corresponden a la naturaleza de ese tributo, sino por actividades industriales y comerciales que ya no implican la explotación de recursos de la nación y que deberían estar sujetas a un régimen ordinario de tributación industrial.

El caso más absurdo es el de los impuestos especiales sobre producción y servicios, donde el impuesto depende de un precio de referencia internacional que nada tiene que ver con los costos de Pemex, sujeto a la volatilidad de precios externos y al tipo de cambio; y con riesgo de confiscarle recursos destinados a la producción.

Fortalecer a Pemex es hoy una responsabilidad del Congreso. No lo hará el Ejecutivo espontáneamente, como no lo ha hecho en el pasado, porque no hay acuerdo posible en el gabinete. Aunque algunos reconocen la gravedad de la situación, ninguno quiere perder su pedazo de poder en la paraestatal; no quieren confiar en Pemex ni en sus órganos de gobierno, no se deciden a sacrificar un poco de ingresos fiscales para garantizar el futuro y el crecimiento de nuestra industria petrolera. Y algunos, tal vez, le apuesten a su desaparición, porque esto les permitiría llevar adelante su proyecto de fragmentarlo, empequeñecerlo o liquidarlo para entregárselo definitivamente al capital privado o, más probablemente extranjero.

Tiene que ser el Congreso el que le cumpla a Pemex. Y Pemex, por su dimensión y prioridad, debe rendirle cuentas al Congreso.

Una Iniciativa de Decreto para fortalecer a Pemex es un acto de responsabilidad política, de ejercicio legislativo y de convicción, para un diputado priísta. No se trata de hacerle la tarea al Ejecutivo, pues ni siquiera podemos identificar en su política energética una propuesta firme de consolidar la industria petrolera del Estado. Sin embargo, sí hay muchos mexicanos, dentro y fuera de Pemex, dentro y fuera del gobierno federal, que comparten la inquietud de darle certidumbre a la mayor empresa del país, sin olvidar que jamás ha dejado de proveernos combustible a los mexicanos, a lo largo de más de 20 mil días de desempeñarse como nuestro único explotador de hidrocarburos.

La consecuencia de que hayamos hecho de Pemex la caja grande de nuestro sistema recaudatorio, más que un organismo productivo, es que su patrimonio tan sólo en los últimos ocho años se ha reducido a menos de la mitad, perdiendo más de 200 mil millones de pesos y que, al final de esta caída, su patrimonio ya no llega ni al 27% de sus activos.

La estamos obligando a recurrir mayoritariamente al endeudamiento que, en un lapso de 8 años, se multiplicó a partir de 35 mil millones hasta casi 300 mil millones de pesos. La resultante es que la deuda documentada representó hasta el 80% del endeudamiento total en ese periodo.

No todo es cuestión de desequilibrio en los balances. También tenemos una problemática con la reserva laboral, ya que prácticamente no fue fondeada en todos esos años, terminando con un saldo de 103 mil millones. Los recursos de depreciación no se destinan a mantener el valor de la inversión física.

En el informe de la situación financiera de Pemex publicado el día de antier (6 de agosto de 2001) el organismo informa que al 30 de junio sus activos totales son del orden de 60 mil millones de dólares y su patrimonio del orden de 16 mil millones de dólares. Eso significa que, al día de hoy, Pemex sólo es dueño de la cuarta parte de sus activos y todo lo demás es deuda. En doce meses el endeudamiento creció 7 mil millones de dólares. También se informa que en este primer semestre se pagaron impuestos y derechos por 138,500 millones de pesos, cifra que supera en 7,500 millones el rendimiento neto del periodo; es decir, la tasa real del impuesto global sobre rendimientos es mayor al 100%.

Toda esta situación financiera, de la que sólo destacamos algunos aspectos, ha sido causada principalmente por el régimen fiscal aplicado a Pemex.

Estamos hablando de un esquema tributario que, definitivamente, no es sostenible en el mediano plazo ni para Pemex ni para el Gobierno Federal. No habrá más remedio que otorgar mayores recursos financieros a la empresa. O lo hacemos por la vía de modificar su régimen tributario para permitirle que conserve los recursos indispensables, o se los devolvemos a través de incrementos a su presupuesto. La disyuntiva es darle el espacio para que genere sus propios recursos, incremente incentivos a la eficiencia y se auto sostenga; o que la sigamos secando, quitándole todo lo que genera y dejando en manos de la burocracia que proponga un presupuesto a la medida de su propia visión y después le aplique recortes, escatime ministraciones o la orille a endeudarse para usar su dinero en otras cosas.

Seguir así es poner en riesgo la viabilidad económica de Pemex y, por lo tanto, su capacidad contributiva. Al día de hoy, Pemex obtiene más utilidades que la mayoría de las grandes petroleras del mundo, aporta la tercera parte del presupuesto de la federación y es una de las empresas que paga individualmente los impuestos más cuantiosos a nivel internacional. Pero si no crece, si no recompone sus indicadores financieros, si no asegura cuando menos sus inversiones en exploración, también está en riesgo su capacidad para mantener y no se diga para incrementar su potencial contributivo.

No tiene ningún sentido que la empresa, sus trabajadores y empleados, hagan un esfuerzo por reducir costos y obtener ahorros, desde la óptica institucional, porque hasta el último peso de excedentes queda capturado en la red fiscal y acaba en la tesorería de la federación. Si un nuevo esquema tributario le permite conservar el flujo que provenga de su eficiencia, entonces estaremos planteando el reto de la productividad y el crecimiento. La ley de ingresos vigente para el año 2001, le aplica a Pemex un derecho sobre la extracción de petróleo, un derecho extraordinario y también un derecho adicional sobre la misma extracción de petróleo; un impuesto sobre rendimientos petroleros; un derecho sobre hidrocarburos que ajusta todos los anteriores en un diseño confiscatorio; y además, impuestos especiales sobre enajenación ó importación de gasolinas diesel y gas natural; sin considerar también que como cualquier otra empresa paga el IVA sobre sus insumos y servicios y los derechos a que está sujeto cualquier otro contribuyente, por sus importaciones, sus nóminas, aprovechamientos y cualquier otra actividad gravada. Sólo por derechos e impuestos especiales, Pemex paga más que la suma de lo que pagan por la renta todas las empresas y personas del país.

El impuesto especial sobre producción y servicios se calcula sobre una base referida a precios fluctuantes de productos similares en el extranjero que no permiten planificar. El esquema fiscal que se propone en esta iniciativa responde a la naturaleza de estas actividades y a los costos y precios propios de Pemex.

El esquema propuesto para los derechos, también induce a una explotación más racional de nuestros yacimientos, la que no siempre tiene que coincidir con la maximización impositiva. Pemex debe seguir siendo el principal contribuyente, pero no bajo un diseño de maximización tributaria, sino un esquema equilibrado que le permita desarrollarse para maximizar el valor de nuestros recursos petroleros en el largo plazo y, finalmente, pagar más impuestos como resultado de su tamaño y su eficiencia, y no a costa de su patrimonio y sus reservas.

Este esquema tiene tres vertientes:

1ª. El pago de derechos sobre la extracción de petróleo, que es una regalía por la explotación de un recurso de la nación.
2ª. Un impuesto sobre los rendimientos petroleros, por las utilidades de Pemex en su actividad industrial, y
3ª. Un impuesto especial sobre la comercialización de combustibles.


REFORMAS TRIBUTARIAS

Lo primero que hay que reformar es la Ley de Ingresos. Es necesario sustituir la denominada "red fiscal", que captura prácticamente todos los recursos disponibles de Pemex y que frecuentemente los supera. En lugar de los distintos derechos sobre petróleo e hidrocarburos que contempla la ley vigente, se propone sólo uno, sobre la extracción de petróleo, diferenciado territorialmente. Este derecho funciona como una regalía que el organismo petrolero paga sobre barril extraído a quienes son sus propietarios, es decir, a todos los mexicanos, por tratarse de un recurso de la nación.

Esta regalía es variable, porque no todo el petróleo tiene el mismo valor en el subsuelo, sino que depende de cuánto cuesta su extracción, en función de la ubicación de los yacimientos, su tamaño, su profundidad, sus características geológicas y las tecnologías disponibles y aplicables en cada caso. Una vez que el petróleo está en la superficie, dentro de un recipiente, el valor puede ser el mismo para los crudos de las mismas características físico-químicas. Sabemos que hay crudos pesados y ligeros, entre otras clasificaciones, que pueden ser más o menos difíciles de procesar, más o menos costosos en su refinación. También son distintos los volúmenes, calidades y precios de los productos que generan .

Sin embargo, para el mismo tipo de crudo su valor en el subsuelo es distinto y puede decirse que ese valor depende de la diferencia entre su precio en la superficie y el costo de extracción. Por lo tanto, si nuestros crudos tienen distintos valores en el subsuelo, de un yacimiento al otro, y generan distintas utilidades, resulta lógico que los derechos de extracción sean distintos en cada campo petrolero. También es cierto que cada campo produce sus propias mezclas y esta producción tiene también precios diversos.

Además de lógico, también resulta conveniente para el país que el legislador señale distintos impuestos para cada campo, porque esto induce a una explotación más racional de nuestros yacimientos de petróleo y de gas natural. En las condiciones actuales no sólo se le exprimen a Pemex todos los recursos, sino que no tiene incentivos para explotar los campos más costosos, porque los impuestos son parejos. Lo correcto es diferenciar la carga tributaria por campo petrolero, inducir una explotación racional, fijar un impuesto que no capture todos los excedentes, sino que deje en Pemex los recursos necesarios, cuando menos y por lo pronto para:

- Garantizar un presupuesto de exploración y
- Recomponer gradualmente su demeritada situación financiera.
Por esto se propone modificar la fracción I del Artículo 4º de la Ley de Ingresos y establecer un derecho sobre la explotación de petróleo distinto para cada uno de los 17 campos petroleros vigentes, más alto donde los costos son menores y más bajo donde los costos son mayores, reservando para Pemex un dólar por barril para un fondo de exploración y otro dólar por barril para mejorar la situación financiera del organismo.

Aunque en esta iniciativa se propone una reforma a la Ley de Ingresos, en estricto sentido se trata de incorporar este impuesto, en lugar de los vigentes, a partir del año 2002 en la próxima Ley de Ingresos, por tratarse de un instrumento de vigencia anual. En los años sucesivos, según la experiencia del primer año, podrían hacerse adecuaciones para conseguir mejor los objetivos propuestos. Ciertamente se reducirá el ingreso por derechos petroleros, pero no se trata de maximizar el tributo, sino de maximizar el valor de nuestro petróleo para todos los mexicanos. Sin duda, incrementar las reservas probadas garantiza la producción; racionalizar la explotación de los yacimientos, contribuye a maximizar el valor de los recursos; y ambas cosas ayudan a conseguir en el mediano plazo una mayor contribución de Pemex al erario, sobre todo una posición más sólida como contribuyente. Mantener el esquema actual demerita el valor de nuestros recursos petroleros y pone en riesgo su permanencia.

Por lo tanto, la iniciativa propone que la Secretaría de Hacienda, en acuerdo con Pemex y dándole intervención a un auditor internacional experimentado y reconocido, determine, al principio de cada año, los costos de operación de cada uno de los 17 campos petroleros. Este costo, adicionado de dos dólares por barril, será el que determine el impuesto al restarle dicha suma al valor de las ventas de cada activo petrolero, según la mezcla de calidades que produce cada uno de los 17 campos. Se entiende por "activo petrolero" las instalaciones de explotación que funcionan sobre cada campo petrolero.

Establecer un solo derecho evitará también que parte de estos ingresos se sustraigan del fondo participable, como ocurre ahora con el llamado "derecho extraordinario sobre la extracción del petróleo".

También se incluye un cambio a la Fracción II del mismo Artículo 4º de la Ley de Ingresos, que mantiene el impuesto a los rendimientos petroleros, pero reduce la tasa del 35 al 32% y exceptúa de este impuesto a Pemex Exploración y Producción por ser esta subsidiaria la contribuyente del derecho sobre extracción. En la ley de Ingresos de 2001 la previsión para este impuesto aparece en ceros igual que el derecho sobre hidrocarburos.

El impuesto a los rendimientos es nulo porque no hay rendimientos netos en virtud de que los derechos se consideran costos y dejan a Pemex sin base para tributar. El derecho sobre hidrocarburos no genera ingresos bajo este rubro porque la ley prevé que si el cálculo de este derecho arroja ingresos, éstos se canalizan modificando las tasas establecidas en la propia ley de ingresos para los derechos de extracción. Por lo tanto, en esta iniciativa, al desaparecer el derecho sobre hidrocarburos no deriva en un sacrificio fiscal, pues éste se reduce a las reservas de 20 pesos por barril.

Por otra parte, también resulta indispensable modificar el IEPS, es decir, el impuesto especial sobre producción y servicios, contemplado en la fracción VI del mismo Artículo 4º de la Ley de Ingresos y en los Artículos 2-A, 2.B y 2-C de la ley relativa al IEPS.

Como dijimos antes, este impuesto a la comercialización de gasolinas, diesel y gas natural se determina en base a un precio de referencia en la costa del Golfo de los Estados Unidos.

La Secretaría de Hacienda consideró que estos precios "spot", los más bajos y competitivos del mundo deberían ser la referencia para medir la eficiencia de Pemex. Así lo aconsejaron sus consultores extranjeros. Las refinerías del denominado Ship Chanel de Houston, por donde circulan todos los crudos del mundo y en las que privan las más eficientes tecnologías, son nuestro punto de comparación para fijar nuestros precios y los impuestos sobre las ventas de combustibles. Se trata de precios volátiles que provocan que sea imposible predeterminar los impuestos y que se requiera una enorme burocracia para calcularlos. Además, por principio, es inaceptable que nuestras leyes definan impuestos de los mexicanos y particularmente de Pemex, en base a precios de otros países, de otras empresas y otros productos, que nada tienen que ver con nuestra realidad.

Lo que se propone en esta iniciativa es establecer una tasa fija para la comercialización de combustibles, basada en la experiencia y que, además, incentive la productividad en Pemex. Tasa fija supone también precios fijos y establecidos sobre nuestra realidad de costos, evitando fluctuaciones en el precio final al consumidor.

Al establecer las tasas del IEPS, se proponen igualarlas para los distintos tipos de gasolinas y de diesel, se hace una excepción para el diesel utilizado en vehículos marinos y se ajusta el de gas para natural moderar el desequilibrio que se presenta como combustible alterno en uso automotriz.

Para que Pemex pueda invertir necesita recursos propios y capacidad de endeudamiento, además de asignaciones presupuestales. Lo menos que debemos garantizarle es la exploración con recursos propios, así como su recomposición financiera. Además de la vía presupuestal, Hacienda ha promovido los denominados PIRIDEGAS, que algunos funcionarios han querido utilizar hasta para financiar la exploración, lo que resulta absurdo por el nivel de riesgo. Actualmente se está usando para los programas de gas y permite registrar sólo parcialmente los pasivos, según la ley de deuda pública, al consignar sólamente las amortizaciones de dos años. Oculta pasivos dentro del Presupuesto de Egresos, pero finalmente Pemex debe revelarlos cuando emite bonos en mercados extranjeros de capitales.

Necesitamos secar y comprimir gas, construir dos refinerías, mantener y actualizar la planta existente, procesar, endulzar, comprimir y transportar gas. De la petroquímica, ni hablar, se ha quedado del mismo tamaño que en 1975 y se han dado más pasos hacia atrás que hacia delante. En los años setentas, México era ejemplo mundial en petroquímica porque teníamos reservas, plantas de Pemex y del sector privado, consumo interno creciente, tecnologías asimiladas y buenos esfuerzos en el IMP. Pero dejamos de invertir, abandonamos espacios que no ha cubierto el sector privado y ahora dependemos de las importaciones. No buscamos alianzas estratégicas en el mundo y ni siquiera aceptamos ofertas del sector privado mexicano para financiar nuevas plantas de Pemex y cobrarse en especie.

Es tiempo de replantearnos el despegue de nuestra mayor empresa, que sirva para detonar muchas otras. No se trata de que Pemex crezca solo, sino que sea el resorte de muchas empresas medianas a su alrededor.

AUTONOMIA DE GESTION

Pemex y sus subsidiarias forman parte del sector energético, no sólo como actividad económica, sino en el sentido de dependencia por su adscripción al sector administrativo del Gobierno Federal encabezado por la Secretaría de Energía. La relación entre Pemex y el Ejecutivo Federal se ha considerado siempre "asunto de casa" que sólo interesaba al presidente, al gabinete y al Director de Pemex. El poder legislativo sólo ha intervenido en las reformas legislativas y en las comparecencias derivadas del informe anual del presidente y, muy excepcionalmente, por otros motivos, principalmente el ambiental.

Ha sido siempre el gobierno federal, a instancias de las Secretarías de Hacienda, Energía y, en sus tiempos, la de Programación y Presupuesto, quienes han definido el marco regulatorio de Pemex en lo administrativo y en lo tributario. Del ejecutivo han provenido las iniciativas y, en general, la forma en que se han regulado las relaciones de Pemex con el gobierno.

Sin embargo, el poder legislativo debe tomar cartas en este asunto, porque está en juego la vida de nuestra institución petrolera, que se encuentra inmersa en una maraña reglamentaria que estorba y detiene las decisiones, sobre todo las urgentes, con un control excesivo, en donde muchos de los protagonistas del control son funcionarios de rango medio que hacen muy lentas las decisiones, que se tardan en analizarlas, que siempre piden información adicional y que carecen de la habilidad ejecutiva que requiere una empresa productiva.

Además, cualquier decisión importante en Pemex, siempre se expresa en cientos o miles de millones de pesos, lo que seguramente aumenta la cautela de los funcionarios que piensan más de dos veces en otorgar su firma en autorizaciones tan cuantiosas que los involucran y los hacen corresponsables de decisiones que sólo se deben tomar adentro de Pemex.

Estudios internos de Pemex demuestran que el excesivo control burocrático difiere decisiones estratégicas de inversión, de organización y de gastos que ocasionan pérdida de oportunidades, ausencia de incentivos e inhibición de la creatividad. Sus administradores se enfrentan con la permanente desconfianza de las autoridades, sobre todo cuando sus planteamientos suponen gastos cuantiosos y se modifican con el tiempo. La característica cambiante de los mercados obliga a reaccionar a ritmos empresariales que no corresponden con el ritmo de autorizaciones de los funcionarios en las dependencias centrales. Además, mientras Pemex busca optimizar rendimientos y activos, la burocracia busca apretar el gasto y supeditarlo a parámetros globales de las finanzas públicas.

La solución está en modificar algunas leyes, pero también un sinnúmero de normas reglamentarias expedidas por Hacienda, Banco de México, la Contraloría, Energía y Economía. Algunos reportes indican que hay más de 900 artículos, en 42 ordenamientos distintos que facultan a 49 unidades administrativas de esas dependencias para tomar decisiones administrativas sobre Pemex.

Esas decisiones tienen que ver, no sólo con inversiones, sino con aprobación individual de proyectos, fijación de precios, condiciones de los créditos, realización de contratos, montos de endeudamiento, condiciones específicas de los instrumentos financieros, estructuras de organización, plazas y remuneraciones, adquisiciones, avalúos, arrendamientos, derechos de paso, etc., etc. Adicionalmente, además de leyes, reglamentos, normas y procedimientos, está de por medio el criterio de cada funcionario, que suele ser poco flexible, desconfiado y usado en exceso de la norma.

En su dimensión temporal, los controles se ejercen antes, durante y después de cada proceso. Existen autorizaciones previas, controles sobre el ejercicio y revisiones posteriores que suponen enormes gastos tanto de Pemex como del gobierno y demoras de semanas, meses y hasta años para tomar decisiones y ejecutarlas. Todo el ejercicio de recursos, sea de ingresos propios o fiscales, está sujeto al régimen de programación y presupuestación; y dado que todos sus excedentes se convierten en impuestos, también todas sus disposiciones se consideran como recursos fiscales.

Su órgano superior de gobierno, el Consejo de Administración, no asume el alcance pleno de su autoridad y, por lo tanto, de su responsabilidad en el manejo del organismo.

Se han hecho públicos algunos cálculos sobre el enorme costo del control externo o burocrático de Pemex. Se estima que sólo en tres años se han perdido más de 9 mil millones de dólares por diferir proyectos, por cancelarlos, por aprobarlos parcialmente o por suspenderlos. El mayor costo lo representa la pérdida de oportunidades por intentos que nunca pudieron culminarse. Esta pérdida de ingresos supone también una pérdida en impuestos del orden de 6 mil millones de dólares. Esta es la demostración más clara de que una reforma es necesaria y de que lo fiscal y lo administrativo son parte de un mismo problema. Si nos preocupamos más por maximizar el valor y las utilidades de Pemex, en lugar de los impuestos y le quitamos camisas de fuerza, el resultado será que también tendremos más impuestos.

El retraso en los proyectos también supone estructura y equipos subutilizados y afectaciones irreversibles en los yacimientos. El comportamiento geológico de los campos sí es autónomo y no espera a las decisiones de la burocracia. Imposible saber cuánto valor se ha perdido en los crudos y los gases que ya no podrán ser extraídos, que se han quemado, que dejaron de aprovecharse, por reacciones inoportunas.

El control de obras y adquisiciones, mediante leyes cuya eficacia está en duda para el sector central, la banca de desarrollo, gobiernos locales y otras entidades, en el caso de Pemex tiene consecuencias mayores. La industria petrolera tiene más de 1,300 proveedores y contratistas, contrata lo mismo compras esporádicas que otras de largo plazo y compite con empresas mundiales en calidad y oportunidad de suministros. Las cancelaciones por recortes convierten a Pemex en un cliente de segunda. Las fianzas y otros requisitos de los concursos elevan los costos, subsidian a las compañías afianzadoras y dejan fuera a muchas empresas mexicanas sobre todo medianas que no pueden cumplir requisitos pero sí podrían mejorar las ofertas. Pero lo más grave es que son reglas ineficaces para los propósitos que deben buscarse.

Estas regulaciones deben corregirse, otorgar mayor responsabilidad a los órganos de gobierno, revisarse en función de los propósitos de fondo y no de forma o de plano exceptuar a Pemex de su aplicación. Muchos coinciden en que es preferible sustituir estas leyes por normas internas que sean autorregulables. Si la solución fuera vigilar ¿quién vigila a los vigilantes?. La solución es decidir en cuerpos colegiados y dejar constancia del porqué de cada decisión y luego rendir cuentas sobre resultados, no sobre procedimientos.

Otra cosa que distingue los procesos administrativos de Pemex respecto de sus competidores mundiales es que son discontinuos y casuísticos y los de otras empresas petroleras tienen orden y continuidad. Además, Pemex carece de una asamblea de accionistas que en cualquier otra empresa supone el mayor nivel jerárquico. Es por eso que se propone que el informe de mayor rango se haga ante el Congreso de la Unión, que es la institución que representa a todos los mexicanos quienes son, en estricto sentido, los propietarios y accionistas de la empresa.

En el Consejo de Administración se confunden las políticas gubernamentales con los lineamientos de desempeño de Pemex. Sus integrantes a menudo se reservan su derecho de voto y después lo ejercen desde una posición de autoridad a través de los funcionarios que encabezan las unidades administrativas, que son las que finalmente deciden. Mientras otras empresas petroleras se toman menos de 30 días para decidir contratos de adquisiciones y menos de 60 para los de obras, Pemex necesita cuando menos el triple de tiempo para determinar sus contratos. Las decisiones están atadas casi exclusivamente a los precios más que a los beneficios por tiempo y calidad.

Por lo tanto, no hay posibilidad de desarrollar proveedores y ésto, lejos de ser un asunto interno de Pemex, afecta a toda la nación porque no le permite aprovechar una de las grandes misiones de nuestra industria petrolera que es la de impulsar empresas medianas, pequeñas y grandes, dentro del país, que redundan en empleos, desarrollo tecnológico y producto interno.

Un caso reciente y grave es el programa estratégico de gas (PEG) que en su propia denominación conlleva un sentido de urgencia puesto que, lo sabemos todos, el gas se está convirtiendo en el cuello de botella de la generación de energía eléctrica, de la producción petroquímica y de la industria pesada en general. Este programa fue autorizado en septiembre del 2000, y estaba incluido en el presupuesto 2001; en Hacienda lo mandaron a PIDIREGAS; su techo financiero fue informado a Pemex en febrero; pero hasta mayo se reautorizó el programa, porque, según se dijo, no valía la autorización del gobierno anterior y tuvo que repetirse. Pero ya terminó el mes de julio y todavía no hay luz verde para ejercer el programa emergente, que ya fue aprobado dos veces.

En estas condiciones es absolutamente imposible que Pemex reaccione oportunamente, como cualquier empresa debe hacerlo. Sus órganos de gobierno -y todos los que conocemos esta situación- compartimos el criterio de que Pemex debe actuar pronto e invertir mucho para afrontar el problema del gas. Pero eso no basta: todos tenemos que esperar a que las dependencias emitan sus oficios para que Pemex pueda empezar a trabajar en los campos de gas, no obstante que desde principios de año ahí están la gente y los equipos, costándonos a todos los mexicanos y sin poder hacer nada.

Es claro que esta problemática ya no es "un asunto de casa" en el que los legisladores y la sociedad no podamos opinar, sino esperar a que Pemex y el gobierno se entiendan, a ver si lo hacen, en un proceso más racional de control y regulación. Debemos responsabilizar del manejo de Pemex a sus directivos y a su Consejo, dentro de un proyecto autorizado por el Congreso y sólo revisado por el propio Congreso una o dos veces por año, para que Pemex se mueva con agilidad dentro de metas preestablecidas y lograr los propósitos que el país le señale.

Por ello, junto a una reforma tributaria es indispensable una reforma regulatoria que ponga las cosas en su lugar, que decidan y operen los que tienen la responsabilidad y que rindan cuentas ante quienes representamos a la sociedad. Sin ataduras intermedias; sin carreras de obstáculos en la pista de la burocracia, donde los que demoran no rinden cuentas.

Seguramente algunos pensarán que desregular a Pemex en aspectos sustantivos de su régimen interno puede ser inconveniente por la magnitud del organismo y el monto de los recursos que maneja. También podría argumentarse que no hay razones de fondo para aplicar un trato diferenciado a Pemex respecto de otras entidades, como la Comisión Federal de Electricidad ; sin embargo, sí hay una diferencia de fondo: Pemex como empresa y los sectores petrolero y petroquímico como actividades económicas están inmersos en un proceso de globalización o mundialización, mucho antes de que esto ocurriera para otras actividades económicas. Desde los años setentas, si no antes, se ha dado una complementariedad internacional y una competencia mundial a las que no ha escapado México, y que obedece a un dinamismo tecnológico, comercial e industrial particularmente intenso. La competencia cotidiana con el resto del mundo exacerba las complicaciones derivadas de un exceso de control externo y burocrático y hace que las limitaciones a la autonomía de gestión a la que está sometido Pemex le afecten más que a cualquier otro organismo descentralizado.

Desregular a Pemex, nos va a ahorrar mucho dinero a los mexicanos; recursos que hoy gastamos en el sueldo de miles de personas en hacienda, contraloría y Pemex que llenan formularios, satisfacen apetitos informativos, autorizan todo lo autorizable y, al final de cuentas, descargan toda responsabilidad en los ejecutores.

Por ello se plantean reformas a la Ley Orgánica de Pemex, a la Ley Federal de Entidades Paraestatales, a la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y a la Ley General de Deuda Pública. En su iniciativa de reforma hacendaria, el Presidente Fox propuso que toda la banca de desarrollo quede excluida de las Leyes de Obras y Adquisiciones. Si esto se justifica para la banca, con mayor razón para Pemex, en donde se requieren decisiones más empresariales.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, me permito proponer a la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, el siguiente proyecto de
 

DECRETO

que reforma diversas leyes federales para el fortalecimiento de Petróleos Mexicanos.

ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el artículo 4º y se adiciona un segundo párrafo al artículo 16º de la Ley de Ingresos de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 4º. Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios estarán obligados al pago de contribuciones y sus accesorios, de productos y de aprovechamientos, excepto el impuesto sobre la renta, de acuerdo con las disposiciones que los establecen y con las reglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, conforme a lo siguiente:

I. Derecho Sobre Extracción de Petróleo.

Petróleos Mexicanos y Pemex Exploración y Producción pagarán el derecho que establece esta fracción por cada barril de petróleo y su equivalente en gas natural y condensados que extraigan del subsuelo mexicano. El derecho por barril se determinará restando al precio promedio de venta de la mezcla de hidrocarburos obtenidos en cada activo en un mes, el costo de operación correspondiente para ese activo para el mes en cuestión; así como la cantidad de diez pesos por barril de petróleo crudo equivalente extraído, que se destinará a la constitución de un fondo de inversión para exploración de Petróleos Mexicanos; y de diez pesos por barril de petróleo crudo equivalente extraído, destinado a mejorar la situación financiera de Petróleos Mexicanos. Los costos a considerar para el ejercicio del año 2002 serán los que determine la Secretaría de Hacienda y Crédito Público al 1 de enero de dicho año, deberán incluir las erogaciones necesarias para mantener la capacidad instalada, el valor de los activos y para mejorar la productividad. En la determinación de estos costos, participará un experto de reconocimiento internacional por parte de la Secretaría de Energía.

Para los efectos de esta fracción, se estará a lo siguiente:

a) Las mermas por derramas o quema de petróleo o gas natural se considerarán como ventas de exportación.

b) Los activos son el conjunto de pozos petroleros ubicados en un área geográfica específica que tienen centros de resultados con responsabilidades técnicas, operativas y económicas individuales. Los activos vigentes para los que se determinarán costos promedio anual, son los siguientes:

ACTIVOS

Cantarell
Ku-Mallob-Zaap
Ek-Balam
Abkatun
Pol-Chuc
Litoral Tabasco
Cinco Presidentes
Samaria-Sitio Grande
Bellota-Chinchorro
Jujo-Tecominoacan
Chilapilla-Colomo
Muspac
Luna
Reynosa
Altamira
Poza Rica
Veracruz

c) Pemex-Exploración y Producción considerará los pagos efectuados por el derecho que establece esta fracción como un costo de producción.

Pemex-Exploración y Producción enterará diariamente, incluyendo los días inhábiles, anticipos a cuenta de este derecho como mínimo, por 150 millones de pesos durante el año. Además, Pemex-Exploración y Producción enterará el primer día hábil de cada semana un anticipo de 1,000 millones de pesos.

El derecho se calculará y enterará mensualmente por conducto de Pemex-Exploración y Producción mediante la presentación de la declaración correspondiente ante la Tesorería de la Federación, a más tardar el último día hábil del segundo mes posterior a aquél al que correspondan los pagos provisionales. Contra el monto del derecho que resulte a su cargo en la declaración mensual, Pemex-Exploración y Producción podrá acreditar los anticipos efectuados por el mes de que se trate en los términos del párrafo anterior, sin que causen recargos las diferencias que, en su caso, resulten. Las diferencias que resulten a cargo de Pemex-Exploración y Producción con posterioridad a la presentación de la declaración del pago provisional de que se trate, deberán enterarse mediante declaración complementaria que presentará ante la Tesorería de la Federación, incluyendo la actualización aplicable en los términos del Código Fiscal de la Federación.

Pemex-Exploración y Producción calculará y enterará el monto del derecho sobre la extracción de petróleo que resulte a su cargo por ejercicio fiscal de 2002, mediante declaración que presentará ante la Tesorería de la Federación a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2003. Contra el monto que resulte a su cargo, Pemex-Exploración y Producción podrá acreditar los pagos provisionales efectuados durante el año en los términos de esta fracción.

II. Impuesto a los rendimientos petroleros.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, salvo Pemex Exploración y Producción, pagarán el impuesto a los rendimientos petroleros, de conformidad con lo siguiente:

a) Cada organismo deberá calcular el impuesto a que se refiere esta fracción aplicando al rendimiento neto del ejercicio la tasa del 32%. El rendimiento neto a que se refiere este párrafo, se determinará restando de la totalidad de los ingresos del ejercicio, el total de las deducciones autorizadas que se efectúen en el mismo, siempre que los ingresos sean superiores a las deducciones. Cuando el monto de los ingresos sea inferior a las deducciones autorizadas, se determinará una pérdida neta.

b) Cada organismo efectuará dos anticipos a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el último día hábil de los meses de agosto y noviembre de 2002 aplicando la tasa del 32% al rendimiento neto determinado conforme al apartado anterior, correspondiente a los periodos comprendidos de enero a junio, en el primer caso y de enero a septiembre, en el segundo caso. El monto de los pagos provisionales efectuados durante el año se acreditará contra el monto del impuesto del ejercicio, el cual se pagará mediante declaración que presentará ante la Tesorería de la Federación, a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2003.

c) Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios podrán determinar el impuesto a que se refiere esta fracción en forma consolidada. Para tal efecto, Petróleos Mexicanos calculará el rendimiento neto o la pérdida neta consolidados aplicando los procedimientos que establecen las disposiciones fiscales y las reglas específicas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Para el cumplimiento de lo dispuesto en esta fracción se aplicarán, en lo conducente, las disposiciones fiscales y las reglas de carácter general expedidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de ingresos, deducciones, cumplimiento de obligaciones y facultades de las autoridades fiscales.

III.- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios, por la enajenación de gasolinas y diesel, enterarán por conducto de Pemex-Refinación, diariamente, incluyendo los días hábiles, anticipos por un monto de 200 millones de pesos, a cuenta del impuesto especial sobre producción y servicios, mismos que se acreditarán contra el pago provisional que establece la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, correspondiente al mes por el que se efectuaron los anticipos. El pago provisional de dicho impuesto deberá presentarse a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél al que corresponda el pago, mismo que podrá modificarse mediante declaración complementaria que se presentará a más tardar el último día hábil del tercer mes siguiente a aquél en que se presentó la declaración que se complementa, sin que se causen recargos por las diferencias que, en su caso, resulten, siempre que éstas no excedan del 3% del impuesto declarado. Cuando estas últimas diferencias excedan a dicho porcentaje, se pagarán recargos por el total de las mismas. Todas estas declaraciones se presentarán en la Tesorería de la Federación.

Por lo que se refiere a la enajenación de gas natural para combustión automotriz, Petróleos Mexicanos y sus organismos subsidiarios por conducto de Pemex-Gas y Petroquímica Básica deberán efectuar los pagos provisionales de este impuesto a más tardar el último día hábil del mes posterior a aquél que corresponda el pago, mismo que podrá modificarse mediante declaración complementaria que se presentará a más tardar el último día hábil del tercer mes siguiente a aquél en que se presentó la declaración que se complemente, sin que se causen recargos por las diferencias que, en su caso, resulten, siempre que éstas no excedan del 3% del impuesto declarado. Cuando estas últimas diferencias excedan a dicho porcentaje, se pagarán recargos por el total de las mismas. Todas estas declaraciones se presentarán en la Tesorería de la Federación.

Cuando en un lugar o región del país se establezca un sobreprecio al precio de la gasolina, no se estará obligado al pago del impuesto especial sobre producción y servicios por dicho sobreprecio en la enajenación de este combustible.

IV. Otras obligaciones.

Petróleos Mexicanos será quien cumpla por si y por cuenta de sus subsidiarias las obligaciones señaladas en esta Ley, excepto la de efectuar pagos provisionales diarios y semanales cuando así se prevea expresamente. Para tal efecto, Petróleos Mexicanos será solidariamente responsable del pago de contribuciones, aprovechamientos y productos que correspondan a sus organismos subsidiarios.

Petróleos Mexicanos presentará conjuntamente con su declaración anual del impuesto a los rendimientos petroleros, declaración informativa sobre la totalidad de las contribuciones causadas o enteradas durante el ejercicio anterior, por sí y por sus organismos subsidiarios.

Petróleos Mexicanos descontará de su facturación a las estaciones de servicio, por concepto de mermas, el 0.74% del valor total de las enajenaciones de gasolina PEMEX Magna y PEMEX Premium, que realice a dichas estaciones de servicio. El monto de ingresos que deje de percibir Petróleos Mexicanos por este concepto, podrá ser disminuido de los pagos mensuales que del impuesto especial sobre producción y servicios debe efectuar dicho organismo en los términos del artículo 2ºA de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Artículo 16.-

. . .

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público autorizará los precios de gasolinas y diesel para sus distintas aplicaciones, oyendo la opinión de la Secretaría de Energía. Los precios de todos los demás productos que comercialice Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, ya sea que provengan de su producción propia o de importaciones, serán establecidos por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos.
 

ARTICULO SEGUNDO.- Se reforma la fracción I del artículo 2 y se derogan los Artículos 2-A, 2-B y 2-C de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, para quedar como sigue:

Artículo 2.- Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas siguientes:

I. En la enajenación o, en su caso, en la importación de los siguientes bienes:

A) Bebidas alcohólicas fermentadas ...........25%

Se dará el tratamiento de bebidas alcohólicas fermentadas que señala el presente Título a los bienes siguientes: oporto, vermouth o vermouth vino generoso y jerez o xerés.

B) Cervezas y Bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de hasta 6º G.L. .............25%

C) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 6º y hasta 13.5º G.L. ..............................................................25%

D) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 13.5º y hasta 20º G.L. ............................................................. 30%

E) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. ........60%

F) Alcohol y alcohol desnaturalizado ..........60%

G) Tabacos labrados:

1. Cigarros ..................................................100%

2. Cigarros populares sin filtro elaborados con tabacos obscuros con tamaño máximo de 77 milímetros de longitud, cuyo precio máximo al público al 1º de enero de cada año, no exceda la cantidad que establezca el Congreso de la Unión, así como puros y otros tabacos labrados. .........20.9%

H) Gasolinas ...............................................50%

I) Diesel automotriz e industrial 40% para vehículos marinos .....................................0.5%

J) Gas natural para combustión automotriz .................................................................20%

Artículo 2-A.-

(Se deroga)

Artículo 2-B.-

(Se deroga)

Artículo 2-C.-

(Se deroga)
 

ARTICULO TERCERO.- Se reforman los Artículos 6, 7 y 8; y se adicionan un segundo párrafo al Artículo 8 y un tercer párrafo al artículo 10 y se adiciona la fracción V del Artículo 13, pasando la actual fracción V a ser la VI y los artículos 16 y 17, de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, para quedar como sigue:

Artículo 6. Petróleos Mexicanos será dirigido y administrado por un Consejo de Administración, que será el órgano superior de gobierno de la industria petrolera, sin perjuicio de la autonomía de gestión de los organismos. El Director General será nombrado por el Ejecutivo Federal y ratificado por el Consejo de Administración.

Artículo 7.

. . .

Seis representantes del Estado designados por el Ejecutivo Federal y cinco representantes del Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, que deberán ser miembros activos de dicho Sindicato y trabajadores de planta de Petróleos Mexicanos. Los representantes del Estado serán los titulares de la Secretaría de Energía, quien lo presidirá, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de Economía, de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, del Banco de México y de la Comisión Reguladora de Energía.

. . .

. . .

Artículo 8. Cada uno de los organismos subsidiarios será dirigido y administrado por un Consejo de Administración y por un Director General nombrado por el Ejecutivo Federal, de una terna propuesta por el Director General de Petróleos Mexicanos.

Artículo 10.

. . .

. . .

Las decisiones del Consejo de Administración que se adopten por nueve o más de sus miembros, incluidos al menos cinco de los representantes del Estado, se entenderán aprobados también por estos últimos en su carácter de titulares de las dependencias respectivas y, por lo tanto, surtirán los efectos correspondientes a la autorización que, de acuerdo con las leyes, pudiera corresponder a cada una de dichas dependencias en sus atribuciones de control sobre el organismo. En todo caso, los organismos entregarán a las unidades administrativas correspondientes la información requerida que se derive de los acuerdos tomados por el Consejo de Administración.

Artículo 13.

...

...

...

...

...

V.- Comparecer anualmente, en el mes de abril, ante la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión para presentar un informe anual de resultados el organismo y sus subsidiarias atendiendo a sus objetivos, estrategias, logros, inversiones, producción, comercialización y aspectos tributarios; y destacando el monto de sus reservas, el valor de sus activos y patrimonio; su situación financiera y de pensiones; el aprovechamiento de los yacimientos; el avance de obras físico y financiero y los incrementos de productividad.

VI.- Las demás que le confieran las leyes y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 16.- No serán aplicables al organismo las disposiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Artículo 17.- Las adquisiciones, enajenaciones de bienes, arrendamientos, obra inmobiliaria y prestaciones de servicios se llevarán a cabo a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones solventes con la correspondientes firma autógrafa de los licitantes o sus apoderados, en sobre cerrado que será abierto públicamente a fin de asegurar las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

El Consejo de Administración establecerá las bases, procedimientos, reglas, requisitos, políticas, lineamientos y normas, conforme a las cuales los organismos deberán contratar sus adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos, obras y servicios, que acreditarán la economía, eficacia, imparcialidad y transparencia que aseguren las mejores condiciones para el Estado, ya sea mediante licitaciones públicas o por otro método, cuando las licitaciones no sean idóneas para asegurar dichas condiciones.
 

ARTICULO CUARTO.-

Se adiciona en artículo 4 bis, a Ley Federal de Entidades Paraestatales, para quedar como sigue:

Artículo 4 bis.- Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios se regirán por su Ley Orgánica y su Estatuto, en materia de organización, funcionamiento, evaluación y regulación, teniendo como órgano superior de gobierno a un Consejo de Administración que sólo rinde cuentas ante la Cámara de Diputados, por conducto de su Director General.

Los acuerdos que adopte su Consejo de Administración por nueve votos o más, incluidos al menos cinco de los consejeros representantes del Estado, se entenderán aprobados también por éstos últimos en su carácter de titulares de las dependencias respectivas y, por lo tanto, surtirán los efectos de autorización que, de acuerdo con esta ley y otras disposiciones legales aplicables, pudieran corresponder a esas dependencias en sus atribuciones de control sobre el Organismo.
 

ARTICULO QUINTO.- Se adiciona un tercer párrafo al artículo 16 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, para quedar como sigue:

Artículo 16.-

. . .

. . .

Atendiendo a la naturaleza y el volumen de sus operaciones, Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios incluirán en sus previsiones de gasto para el Presupuesto de Ingresos de la Federación, solamente los relativos a inversión física, que podrán ser financiados en distintas proporciones con recursos propios y recursos fiscales, quedando fuera de dicho presupuesto y sus respectivos controles todos los demás gastos que deberán cubrirse con recursos propios de estos organismos provenientes de los ingresos que generen por la comercialización de sus bienes.
 

ARTICULO SEXTO.- Se reforman la fracción III del artículo 4º, la fracción IV del artículo 5º y el segundo párrafo del artículo 17 y se adiciona el párrafo cuarto al Artículo 22 de la Ley General de Deuda Pública, para quedar como sigue.

Artículo 4º

III.- Autorizar a las entidades paraestatales para gestionar y contratar financiamientos externos, a través de su representante en los órganos de gobierno, estableciendo las condiciones que se deberán observar en cada uno de ellos. Artículo 5º

IV.- Autorizar a las entidades paraestatales para la contratación de financiamientos externos, a través de su representante en el órgano de gobierno respectivo.

Artículo 17

. . .

La Entidades mencionadas en las fracciones IV a VI del Artículo 1º de esta Ley, sólo podrán contratar financiamientos externos con la autorización previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las Entidades mencionadas en la fracción III podrán contratar financiamientos externos con la autorización de su órgano de gobierno, incluyendo el voto favorable del representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En cuanto a los financiamientos internos bastará con la aprobación de sus órganos de gobierno, procediéndose en los términos del Artículo 6º de este ordenamiento.

Artículo 22

. . .

. . .

. . .

Los financiamientos externos de las Entidades mencionadas en la fracción IV del artículo 1º de esta Ley, serán autorizados en los términos y condiciones que haya aprobado su órgano de gobierno, con el voto favorable del representante de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y una vez que se hayan comunicado dichas características, citando todos los datos pertinentes, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Dip. Manuel Medellín Milán

(Turnada a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Energía de la Cámara de Diputados).
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Convocatorias
DE LA COMISION DE RELACIONES EXTERIORES

A su sexta reunión ordinaria, el jueves 9 de agosto, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Gustavo Carvajal Moreno
Presidente
 
 
 
 

DE LA COMISION DE RADIO, TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA

A la reunión de trabajo de la Subcomisión de Dictamen, el jueves 9 de agosto, a las 11 horas, en la sala de juntas de la Comisión, ubicada en el edificio D, tercer nivel.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Declaración de quórum.
3. Lectura del orden del día.
4. Lectura y análisis del Dictamen con proyecto de Decreto que reforma la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley General de Salud, de la LVII Legislatura.
5. Lectura y análisis del proyecto de Dictamen de reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión y la Ley General de Salud, de la Comisión de Salud de la LVIII Legislatura.
6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Lionel Funes Díaz
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO

A su reunión plenaria de trabajo, el jueves 9 de agosto, a las 16 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.

Atentamente
Dip. Concepción González Molina
Presidenta
 
 
 

DE LA COMISION DE GOBERNACION Y SEGURIDAD PUBLICA

Conjuntamente con la Asociación Juvenil de Interacción Social, a todos los jóvenes, estudiantes, profesionistas, investigadores, servidores públicos y a la ciudadanía en general a participar en el Foro Juvenil de Seguridad Pública, el cual se desarrollará del 6 al 10 de agosto de 2001, de las 17 a las 19 horas, en el salón Legisladores de la República (salón Verde) del Palacio Legislativo de San Lázaro, bajo el siguiente esquema:

Jueves 9: Participación Juvenil y la Seguridad Pública.

* Lic. Cristian Castaño Contreras: Participación de los jóvenes en las políticas públicas.
* Dip. Guillermo Anaya Llamas: La seguridad pública en las próximas generaciones.
* Dip. Arturo Escobar y Vega: Seguridad pública e inquietudes de los jóvenes.

Moderador: Dip. Víctor Manuel Gandarilla Carrasco.
 

Viernes 10: Política Criminal y el Sistema Nacional de Seguridad Pública.

* Dr. Moisés Moreno: La política criminal.
* Lic. Mayolo Medina: El Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Moderador: Dip. José Guillermo Anaya Llamas. Clausura:

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados:
Dip. Ricardo García Cervantes
 

Comisión de Gobernación y Seguridad Pública:
Dip. Armando Salinas Torre, Presidente; Dip. José A. Hernández Fraguas, Secretario; Luis Miguel Barbosa Huerta, Secretario; Dip. Víctor Manuel Gandarilla Carrasco, Secretario; Dip. Guillermo Anaya Llamas, Secretario.
 
 

DE LA COMISION DE RADIO, TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA

A la reunión de la Comisión de Enlace, el miércoles 15 de agosto, a las 11 horas, en la sala de juntas de la Comisión.

Orden del Día

1. Lista de asistencia.
2. Lectura del orden del día.
3. Propuesta de programa de trabajo.
4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Lionel Funes Díaz
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE RADIO, TELEVISION Y CINEMATOGRAFIA

A la reunión de su Mesa Directiva, el miércoles 15 de agosto, a las 13 horas, en la sala de juntas de la Comisión, ubicada en el edificio D, tercer nivel.

Atentamente
Dip. Lionel Funes Díaz
Presidente
 
 

DEL COMITE DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE DERECHO E INVESTIGACIONES PARLAMENTARIAS

A su reunión desayuno, el 16 de agosto, a las 9 horas, en el salón A del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Elaboración de propuestas de reglamento que regule el funcionamiento del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias.
4. Informe sobre la solicitud dirigida a la Secretaría de Servicios Parlamentarios a efecto de que nos proporcione información sobre el estado que guardó el Instituto de Investigaciones Legislativas que funcionó hasta la LVII Legislatura, así como la solicitud de que se dicten las medidas administrativas correspondientes, para que la documentación que haya pertenecido a dicho Instituto sea puesta a disposición de este Comité y del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias.
5. Informe sobre la solicitud dirigida a la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros a efecto de que nos proporcione la información sobre las plazas, modo de cubrirlas, espacios físicos y techo presupuestal que se tiene previsto en el presente ejercicio para la creación del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias, así como para el funcionamiento propio de este Comité.
6. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Juan Manuel Carreras López
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA

A su reunión plenaria, el jueves 16 de agosto, a las 12 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Verificación de quórum.
2. Entrega e informe de documentos desahogados y por desahogar de la Comisión, así como del seguimiento de los Compromisos del Ejecutivo Federal, derivados del PEF 2001.
3. Visita del Lic. Javier Usabiaga Arroyo, titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para tratar temas acerca de los compromisos derivados del Presupuesto de Egresos de 2001, así como el informe del ejercicio del gasto del PEF 2001 en dicha dependencia.
4. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Luis Pazos de la Torre
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES

A su reunión de trabajo, el martes 21 de agosto, a las 11 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Informe sobre el turno de las cinco iniciativas que reforman la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, relativas a la reforma presupuestaria.
4. Acuerdo sobre las iniciativas de dictamen preferente que señalen los grupos parlamentarios.
5. Asuntos generales.

Atentamente
Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente
 
 
 

DE LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES Y DE PRESUPUESTO Y CUENTA PUBLICA

A su reunión de trabajo, el martes 21 de agosto, a las 13 horas, en los salones C y D del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Recepción formal en Comisiones Unidas de las cinco iniciativas que coinciden en proponer la reforma de la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma presupuestaria.
4. Integración de la Subcomisión de Estudio y Dictamen.
5. Asuntos generales.

Atentamente

Dip. Salvador Rocha Díaz
Presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales

Dip. Luis A. Pazos de la Torre
Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública
 
 

DE LA COMISION DE CIENCIA Y TECNOLOGIA

Al foro nacional La Opinión de los Investigadores Jóvenes, que se realizará el 22 de agosto de 2001, a partir de las 10 horas, en el salón Legisladores de la República.

Atentamente
Dip. Silvia Alvarez Bruneliere
Presidenta