Gaceta Parlamentaria, año III, número 476, viernes 24 de marzo de 2000


Proposiciones


Convocatorias


Avisos


 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Proposiciones
CON PUNTO DE ACUERDO PARA LA CREACION DE UNA COMISION PLURAL PARA QUE SE ABOQUE A DAR SEGUIMIENTO AL PAGO DE LOS PENSIONADOS Y JUBILADOS FERROCARRILEROS DE ANTES DE 1982, A CARGO DEL C. DIP. GONZALO ROJAS ARREOLA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCION DEMOCRATICA. (PRESENTADA EN LA SESION DEL JUEVES 23 DE MARZO DE 2000)

Exposición de Motivos

1. El 13 de noviembre de 1997, el grupo parlamentario del PRD, por conducto de la dip. Socorro Aubry Orozco, presentó al Pleno de la Cámara de Diputados una proposición que consistía en solicitar a las Comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social, el examen de la situación de los jubilados de antes de 1982 de la empresa Ferrocarriles Nacionales de México, con el objeto de que ambas comisiones coadyuvaran a la solución definitiva de sus demandas.

Como fue expuesto en aquel momento, antes de 1982 estaban registrados 26 mil jubilados ferrocarrileros. El 30 de septiembre de 1981, en respuesta a la solicitud de este sector, por disposición del entonces Presidente de la República, lic. José López Portillo, fue suscrito un convenio entre la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, Ferrocarriles Nacionales de México y el Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, en el que se establecieron las bases a las que se sujetaría la incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de todos los trabajadores ferrocarrileros, tanto en activo como jubilados.

En dicho convenio, del 30 de septiembre de 1981, se precisa la incorporación de los trabajadores ferrocarrileros en activo y jubilados al régimen obligatorio del Seguro Social y, en el caso particular de los jubilados, al régimen de continuación voluntaria, comprometiéndose en ese acto Ferrocarriles Nacionales de México a pagar en favor de aquéllos las cuotas obrero patronales correspondientes.

De esta manera, el pago de los capitales constitutivos necesarios para el goce de una pensión de los ferrocarrileros jubilados antes de 1982 correría a cargo del gobierno federal. No obstante, al IMSS sólo le fue cubierto el importe correspondiente a 150 semanas de cotización tanto para jubilados como para trabajadores en activo. Es decir, fue incumplido el convenio que obligaba al gobierno federal a cubrir la totalidad de las 500 semanas de cotización exigidas por la ley, necesarias para que los jubilados pudieran tener derecho a una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez. A casi 20 años de la firma del convenio referido, el problema no se ha resuelto.

2. Motivado por lo anterior, el grupo parlamentario del PRD presentó el 4 de noviembre de 1999, nuevamente por conducto de la dip. Ma. del Socorro Aubry, un punto de acuerdo en el marco de la discusión del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2000. El punto de acuerdo, turnado a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, consistió en solicitar que esta Comisión, en el análisis, discusión y aprobación del dictamen relativo al Presupuesto de Egresos de la Federación del 2000, incluyera una partida en el ramo correspondiente de aportaciones a la seguridad social, con el propósito de cubrir el equivalente a las restantes 350 semanas de cotización para que los jubilados ferrocarrileros pudieran tener derecho a todos los seguros y prestaciones del régimen del Seguro Social, como fue establecido en el convenio del 29 de diciembre de 1981.

3. De conformidad con sus atribuciones constitucionales, la Cámara de Diputados analizó, discutió y aprobó con importantes modificaciones el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del 2000, enviado por el titular del Poder Ejecutivo en noviembre de 1999. Después de intensos debates y negociaciones, en un periodo extraordinario, fue aprobado el decreto respectivo. Como resultado de la pluralidad que se vive en la Cámara de Diputados, la oposición consiguió una reasignación de 15 mil 500 millones de pesos, además de modificaciones al decreto orientadas a transparentar el ejercicio del presupuesto; de este monto una parte sustantiva se destinó al gasto social. De los recursos reasignados, 3 mil millones de pesos servirían para incrementar las pensiones mínimas del IMSS, así como para pagar una pensión a los jubilados ferrocarrileros de antes de 1982.

4. En el Decreto, que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1999, se establece que serán reasignados 3 mil millones de pesos al Ramo General 19, Aportaciones a la Seguridad Social, suma de la que deberán distribuirse 2 mil 910 millones de pesos para incrementar el monto mínimo de las pensiones y jubilaciones del IMSS, y 90 millones de pesos para el pago de las pensiones a los ferrocarrileros jubilados antes de 1982. No obstante, de acuerdo con los cálculos actuariales que el propio Instituto Mexicano del Seguro Social realizó el año pasado, el costo del capital constitutivo para el pago de las pensiones de cesantía en edad avanzada o vejez de los jubilados antes de 1982 ascendía a 986 millones 631 mil 926 pesos. Es decir, que la Cámara de Diputados solo aprobó para este sector la cantidad de 90 millones de pesos, que servirán para cubrir el pago de las pensiones y jubilaciones de los 6 mil ferrocarrileros durante el año 2000. Ello significa que en los futuros ejercicios fiscales la Cámara de Diputados deberá autorizar nuevos recursos para pagar las pensiones hasta que se cubra el compromiso en su totalidad.

5. A las comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública y Seguridad Social de esta Cámara han llegado cientos de solicitudes de intervención ante las autoridades hacendarias y del Seguro Social, signadas por jubilados ferrocarrileros antes de 1982, con el propósito de que se cumpla con el el pago de las pensiones correspondientes, hasta la fecha no realizado. Asimismo, tenemos conocimiento de que las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social, a solicitud expresa de los jubilados ferrocarrileros, han aducido que nunca se han rehusado a otorgar la pensión que pudiera corresponderle a dichos trabajadores, siempre y cuando la entidad contratante (Ferronales) cubra los capitales constitutivos que son imprescindibles para asumir la responsabilidad del pago.

6. La solución al pago de las pensiones a jubilados ferrocarrileros de antes de 1982 es más urgente que nunca, por cuanto el 6 de diciembre de 1999, el Presidente de la República, dr. Ernesto Zedillo Ponce de León, envió al Senado una iniciativa para decretar la extinción de Ferrocarriles Nacionales de México.

En efecto, la política neoliberal asumida durante los últimos tres sexenios ha propiciado la venta, liquidación, extinción, fusión o transferencia de activos públicos. La magnitud de ese proceso queda patente en las propias cifras oficiales. En 1982 el sector estatal estaba conformado por mil 155 empresas; para 1991 sólo quedaban 239. La enajenación ha abarcado desde ingenios hasta hoteles, líneas aéreas, bancos, la industria del acero o bien la privatización de recursos y activos de áreas consideradas dentro de la Constitución como estratégicas, es el caso de los ferrocarriles y las telecomunicaciones. Este proceso ha conducido a una creciente participación de la inversión privada nacional y extranjera en la conducción estratégica de nuestra economía. Lo anterior ha provocado no pocos conflictos laborales, por la manera en que son transferidos los activos públicos y el llamado "pasivo laboral" a sus nuevos dueños privados.

El caso de los trabajadores ferrocarrileros jubilados y pensionados de la empresa Ferrocarriles Nacionales de México, es el ejemplo de una de las injusticias y aberraciones que se han cometido en nuestro país en contra de los trabajadores, en el que la letra escrita de nuestra Carta Magna pareciera letra muerta, y la atención de la demanda justificada de los ciudadanos y ciudadanas que reclaman su derecho es sólo trasladada de sexenio a sexenio. En el caso los jubilados y pensionados, siendo éstas personas de mayor edad, la injusticia y aberración son mayores, dado que por causas naturales y en razón del aumento de las tasas de mortandad, disminuye la cifra de sobrevivientes, con lo que de manera calculada se "reduce" el problema a su menor repercusión presupuestal.

7. La demanda de los jubilados ferrocarrileros de antes de 1982 requiere ser atendida de inmediato con una visión de política social. Por ello no caben interpretaciones al decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2000, que desvirtúen el sentido social que tuvieron las bancadas de oposición al aprobar en la fracción VI de su artículo 84, un monto de 90 millones de pesos para el pago de pensiones a los ferrocarrileros jubilados antes de 1982. El espíritu del legislador fue destinar esa cantidad al pago de una pensión o de una modalidad equivalente, exigible en forma permanente como prestación de seguridad social, con inicio en su aplicación en el año 2000, pretender convertirla en un pago único o gratificación anual desvirtúa el espíritu y la letra del Decreto aprobado. No está por demás señalar que la intención de convertir el pago de un seguro obligatorio vitalicio, en una gratificación anual, fue derrotada en la sesión histórica del 28 de diciembre del año pasado, día en que se aprobó el presupuesto para el año 2000. Por lo que insistir en que se aplique esta partida para finiquitar el adeudo histórico que se tiene con los jubilados ferrocarrileros antes de 1982 en una exhibición y por única vez, no solo es perverso sino violatorio del Decreto aprobado en esta Cámara en diciembre del año pasado.

Por lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 58 y 59 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, presento, señor Presidente de la Mesa Directiva de esta Cámara, a consideración del Pleno el siguiente:

Punto de acuerdo

Primero.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita en forma respetuosa a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, proceda a entregar a la institución pública que con los beneficiarios acuerde, la cantidad de 90 millones de pesos, para el pago de pensiones a ferrocarrileros jubilados antes de 1982, monto previsto en la fracción VI del artículo 84 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2000.

Segundo.- La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión se pronuncia porque el pago a los jubilados ferrocarrileros de antes de 1982 se haga por concepto de pensión jubilatoria con la institución designada.

Tercero.- Que el pago por concepto de pensión a los jubilados ferrocarrileros de antes de 1982, se realice en doce mensualidades o bien en una sola exhibición, según el interés de los beneficiarios, con la institución correspondiente.

Cuarto.- Que se conforme una comisión plural de diputados integrantes de las Comisiones de Seguridad Social, Trabajo y Previsión Social y Hacienda y Crédito Público de esta Cámara con el objeto de dar seguimiento al pago de las pensiones jubilatorias ante las autoridades respectivas.

Quinto.- Los diputados integrantes de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión se pronuncian porque la LVIII y las subsiguientes Legislaturas de la Cámara de Diputados autoricen los recursos suficientes en los ejercicios presupuestales, con el objeto de resolver en definitiva el pago de las pensiones a los jubilados ferrocarrileros de antes de 1982, así como a sus beneficiarios.

Dip. Gonzalo Rojas Arreola

Turnada a la Junta de Coordinación Política.
 
 
 

CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LAS LISTAS DEL INSTITUTO DE PROTECCION AL AHORRO BANCARIO, A CARGO DEL C. DIP. FAUZI HAMDAN AMAD, A NOMBRE DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL. (PRESENTADA EN LA SESION DEL JUEVES 23 DE MARZO DE 2000)

C. Dip. Francisco José Paoli Bolio
Presidente de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Diputados
LVII Legislatura
PRESENTE

Los infraescritos diputados integrantes de la LVII Legislatura,

Considerando

1. Que el pasado día 19 de enero de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Protección al Ahorro Bancario, que señala en sus artículos Quinto y Séptimo Transitorios, la facultad de la Cámara de Diputados para ordenar las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa), respecto de los programas de capitalización y compra de cartera, y de saneamiento financiero.

2. Que dentro de este contexto se determinó llevar a cabo las auditorías coordinadas por el sr. Michael W. Mackey en la ejecución del Programa para la Evaluación Integral de las Operaciones del Fobaproa en el Saneamiento de las Instituciones Financieras de México 1995-1998.

3. Que el 23 de julio de 1999 el consultor Michael W. Mackey entregó a la Cámara de Diputados, por conducto del Comité Técnico de Seguimiento a las Auditorías al Fobaproa el informe de resultados sobre el Programa para la Evaluación Integral de las Operaciones del Fobaproa en el Saneamiento de las Instituciones Financieras de México 1995-1998, mismo que, en cumplimiento a lo previsto por los artículos Quinto y Séptimo Transitorios de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, fue entregado al Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) para los efectos legales conducentes.

4. Que el día 22 de septiembre de 1999 el auditor Michael W. Mackey entregó al Comité Técnico de Seguimiento a las Auditorías al Fobaproa, un disco compacto con cinco claves confidenciales que contiene la lista completa de operaciones reportables identificadas durante la ejecución del Programa para la Evaluación Integral de las Operaciones al Fobaproa, información que a la fecha ha sido considerada como confidencial.

5. Que las citadas operaciones reportables fueron clasificadas por el auditor, en tres distintas categorías: a) créditos que no satisficieron los criterios originales establecidos para los créditos que debían ser adquiridos por Fobaproa a través del Programa de Capitalización y Compra de Cartera; b) transacciones en las que los bancos otorgaron financiamientos a partes con las que tenían alguna relación o afiliación, y c) transacciones que hayan sido o estén siendo revisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y/o ciertos bancos, mismas que se determinó que eran ilegales o que pueden clasificarse como una violación a las leyes y reglamentos aplicables a las instituciones financieras.

6. Que de acuerdo a la Ley de Protección al Ahorro Bancario el IPAB tiene la encomienda de investigar la ilegalidad o ilicitud de las citadas operaciones reportables y proceder en consecuencia a ejercitar las acciones legales a que haya lugar para el fincamiento de las responsabilidades jurídicas y económicas que en su caso procedan.

7. Que no obstante que el IPAB ha enviado diversos informes a la Cámara de Diputados en cumplimiento de los Puntos de Acuerdo sobre el tratamiento de las operaciones reportables que den lugar a acciones judiciales, aprobados por el Pleno de esta H. Cámara de Diputados el pasado día 4 de noviembre de 1999, dicha información no ha sido de la entera satisfacción de los legisladores y debido a ello se ha generado una gran expectativa no sólo por parte de los legisladores, sino también por parte de la opinión pública y de la sociedad en su conjunto para conocer la lista de operaciones clasificadas como reportables.

8. Que en el ánimo de que exista una mayor claridad y transparencia sobre este asunto y con la finalidad de que los diputados integrantes de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión cuenten con la información total y completa sobre el resultado del informe de auditoría, específicamente el de operaciones reportables, con fundamento en los artículos 58, 59 y 60 del Reglamento para el Gobierno Interior del Gobierno General de los Estados Unidos Mexicanos, se propone al Pleno de esta H. Cámara de Diputados los siguientes

Puntos de Acuerdo

Primero.- Se aprueba que la Comisión de Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda entregue a la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados la lista completa de las operaciones clasificadas como reportables en la ejecución del Programa para la Evaluación Integral de las Operaciones del Fobaproa en el Saneamiento de las Instituciones Financieras de México 1995-1998, para que ésta, a su vez, la haga del conocimiento de los diputados integrantes de la LVII Legislatura del Congreso de la Unión.

Segundo.- La entrega de la lista nominal se hace con la salvedad de que la Cámara de Diputados no califica que dichas operaciones reportables se encuentren viciadas de ilegalidad o ilicitud, toda vez que esto es facultad exclusiva del Instituto de Protección al Ahorro Bancario, de conformidad con lo dispuesto por los artículos Quinto y Séptimo Transitorios de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, además de que corresponde a este organismo ejercer las acciones legales que procedan conforme a derecho. En consecuencia, esta Cámara de Diputados no prejuzga sobre la legalidad o ilegalidad de las operaciones calificadas como reportables y, por ende, queda a juicio y responsabilidad personal de los señores diputados si revelan o no al público en general dicha información.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los veintitrés días del mes de marzo del dos mil.

Atentamente

Diputados: Carlos Medina Plascencia, Margarita Pérez Gavilán, Ma. Gloria B. Ocampo Aranda, Julio Faesler Carlisle, Alvaro Elías Loredo, J. Salvador Olvera Pérez, Juan Bueno Torio, Patricia Espinosa Torres, Espiridión Sánchez López, Trinidad Escobedo Aguilar, Marco Antonio Adame Castillo, Rogelio Sada Zambrano, María Elena Cruz Muñoz, Rocío Morgán F., Javier Algara Cossío, Samuel Gustavo Villanueva, Manuel Peñúñuri, José Armando Jasso Silva, Efraín Arizmendi V., Javier Castelo Parada (rúbricas).
 
 











Convocatorias
DE LA COMISION DE PATRIMONIO Y FOMENTO INDUSTRIAL

A la sesión ordinaria de trabajo, el 29 de marzo, a las 8:30 horas, en el salón B, del restaurante Los Cristales,

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración de quórum.
2. Lectura del acta anterior.
3. Informe de la Presidencia.
4. Informe de la gira de trabajo para analizar experiencias exitosas en torno al fomento de la micro, pequeña y mediana industria, en España e Italia.
5. Presentación de proyectos de dictamen:

7º, y reforma los incisos a) y b) de la fracción XXIX de la Ley Federal de Variedades Vegetales.

Atentamente
Dip. Juan Bueno Torio
Presidente
 
 
 

DE LA COMISION DE FORTALECIMIENTO MUNICIPAL

A su décima sexta reunión ordinaria, el miércoles 29 de marzo de 2000, de 12 a 13:30 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día

1. Lista de asistencia y declaración del quórum legal.
2. Lectura y, en su caso, aprobación de la minuta correspondiente a la sesión anterior.
3. Programación de foros de difusión en el territorio nacional sobre reformas al artículo 115 constitucional.
4. Asuntos generales.

Atentamente
Lic. Edgardo Flores Campbell
Secretario técnico
 
 
 

DE LA COMISION DE SALUD

A su reunión ordinaria de trabajo, el 30 de marzo, a las 9 horas, en el salón E del restaurante Los Cristales.

Orden del Día
(Tentativo)

1. Registro de asistencia y comprobación del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior.
4. Información en relación al encuentro del grupo de seguimiento de parlamentarios latinoamericanos Por un mundo libre de tabaco.
5. Información en relación a las iniciativas pendientes de dictamen.
6. Asuntos generales.
7. Clausura de la reunión.

Atentamente
Ing. C. Ernesto Gamboa Ramírez
Secretario técnico














Avisos
DE LA COMISION DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS

Informa al público que ya está disponible en Internet un espacio donde se podrán conocer las actividades que la comisión ha desarrollado a lo largo de este periodo.

En esta página podremos encontrar:

El contenido de las 1,216 propuestas de las 753 ponencias presentadas y sus autores que participaron en el Foro de estudios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Información sobre las exposiciones fotográficas y documentales.

Todo lo referente a los encuentros académicos realizados con la colaboración de importantes instituciones educativas nacionales e internacionales.

La dirección es: www.cddhcu.gob.mx/comisiones/estudios

La Junta Directiva de la Comisión

Dip. Enrique Ibarra Pedroza
Presidente

Dip. Marlene Catalina Herrera Díaz
Secretaria

Dip. Enrique Santillán Viveros
Secretario

Dip. Ramón María Nava González
Secretario

Secretaría técnica

Lic. José Luis Herrera
Secretario técnico

Lic. María Claudia Monreal Avila
Asesora

Lic. Alfonso Labastida Cerezo
Asesor