Gaceta Parlamentaria, año III, número 545, jueves 29 de junio de 2000


El viernes 30 de junio y el lunes 3 de julio no se publicará la Gaceta Parlamentaria.
El número 546 será el del martes 4 de julio.


Iniciativas
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


Iniciativas

DE REFORMAS A LOS ARTICULOS 7 Y 251, FRACCION II, DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL (SOBRE LA OBLIGACION DE OTORGAR LAS PRESTACIONES CON UN NIVEL QUE SATISFAGA LAS NECESIDADES DEL DERECHOHABIENTE), A CARGO DEL DIPUTADO JOSE ANTONIO ALVAREZ HERNANDEZ, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO ACCION NACIONAL

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55 fracción II y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el suscrito diputado José Antonio Alvarez Hernández, someto a la consideración de esta Honorable Soberanía, la presente iniciativa de reforma a la Ley del Seguro Social, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Cuando hablamos de derechos sociales, hacemos referencia a ciertos bienes o valores (justicia, igualdad, salud, educación, etcétera), y más específicamente, a una serie de pretensiones o demandas para obtener o garantizar dichos bienes o valores que consideramos un medio para obtener aquello que llamamos "justicia social". Jurídicamente hablando, quizá la cuestión más importante y problemática respecto a este tipo de derechos sea la de protegerlos de modo efectivo, de garantizarlos; pero ello supone, desde luego, haber acordado previamente el grado de protección que se les desea dar. Aunque es aquí donde se observan las mayores dificultades teóricas para conseguir después una protección efectiva. El hecho de que la tradición jurídica en nuestro país haya soslayado o, incluso, ocultado y evitado estas discusiones ha contribuido en gran medida a hacer obsoletos muchos de los preceptos que consagran derechos sociales, por lo que un cambio de perspectiva desde el derecho contribuiría a implementar mejores y más efectivas políticas de justicia social.

En 1995 se reformó la Ley del Seguro Social buscando, entre otras cosas, emprender los cambios indispensables para fortalecer al Instituto, mejorar la calidad, eficiencia y oportunidad en el otorgamiento de servicios de salud.

Antes de 1995, se veía con preocupación el deterioro del equilibrio entre ingresos y egresos del Instituto Mexicano del Seguro Social. Se corría el riesgo de que no hubiera recursos suficientes para cumplir con los compromisos legales adquiridos, para continuar expandiendo la infraestructura hospitalaria, extender la protección de la seguridad social y cubrir la creciente demanda de elevación de la calidad de los servicios.

Históricamente, el IMSS ha enfrentado una insuficiencia financiera en el ramo de Enfermedades y Maternidad. Al ser creado este ramo en 1943, su cuota fue calculada sólo para dar protección al trabajador, aunque se protegió desde un principio a los familiares directos, generándose así un desfinanciamiento.

Otros factores que contribuyeron al desfinanciamiento del ramo de Enfermedades y Maternidad son los llamados esquemas modificados de aseguramiento. Estos esquemas que se han ido añadiendo paulatinamente al Instituto, han permitido la incorporación de diversos grupos tales como: trabajadores estacionales del campo; miembros de sociedades locales de crédito ejidal; productores de caña de azúcar y sus trabajadores; henequeneros; tabacaleros; algodoneros; cafeticultores; billeteros de lotería; candelilleros; etc. No obstante, por su condición irregular, ninguno de ellos cuenta con bases de financiamiento que los haga autofinanciables. A través de los años, estos esquemas han tenido déficits muy altos.

Las deficiencias en el ramo de Enfermedades y Maternidad, hicieron urgente una transformación que permitiera garantizar de manera permanente, la suficiencia financiera de este ramo. Aún cuando la cuota inicial, en este ramo, fue modificada en 1948, en 1959, en 1989 y en 1993, los recursos habían sido siempre insuficientes, considerando los factores ya señalados, además de los incrementos en los costos de servicio, dejaban al Instituto en una situación de insuficiencia financiera crónica en este ramo.

Desde la creación del Instituto, los remanentes del ramo de IVCM (Invalidez, Vejez, Cesantía en Edad Avanzada y Muerte) fueron destinados a subsanar el déficit del ramo de Enfermedades y Maternidad, dichos recursos se utilizaron en la construcción de la red de infraestructura para la atención médica y las prestaciones sociales.

De la misma manera, desde 1973, el ramo de Enfermedades y Maternidad se financió con recursos provenientes del ramo de Guarderías, limitando a éste ramo, su capacidad de crecimiento.

Sin embargo, la situación antes descrita terminaría por poner en riesgo la viabilidad financiera del ramo de IVCM.

Ese grave desfinanciamiento en el que se encontraban en 1995 los ramos de IVCM y Enfermedades y Maternidad, fue, entre otras, una de las causas que motivaron la reforma sustancial de la Ley del Seguro Social. Se trataba de evitar, además con la Nueva Ley, que se siguieran transfiriendo recursos de un ramo a otro.

Por otra parte, como ya mencionamos, la problemática financiera, particularmente en el ramo de Enfermedades y Maternidad, propició un deterioro en la eficiencia de la atención a los derechohabientes. El incremento progresivo de los recortes en el abasto de insumos, la falta de "consumibles" necesarios para la utilización de equipos costosos, la falta de mantenimiento, conservación y/o sustitución de equipos, la falta de construcción de nuevas Unidades, llegó a tal grado que empezaba a producirse una parálisis funcional de pequeños estancos institucionales.

Es de reconocerse que el Instituto ha efectuado diversos proyectos, basados en las corrientes teóricas y metodológicas, buscando procesos integradores de esfuerzos de superación que fortalezcan sus estrategias de servicio, haciendo partícipes de ello a sus trabajadores, quienes determinan con su forma de ser y laborar la calidad del organismo.

También reconocemos que, precisamente los trabajadores del Instituto, son el eje fundamental en la prestación de los servicios, la calidad del acto médico y la efectividad de sus servicios curativos no está en duda, sabemos que la falta de oportunidad en la atención, el diferimiento de servicios, insuficiencia de insumos y medicamentos, la falta de equipos e instalaciones, son totalmente ajenos a los trabajadores, quienes día con día viven los aumentos en las cargas de trabajo, jornadas laborales injustas, falta de reconocimientos y estímulos y, a pesar de ello, han mantenido al Instituto como el pilar fundamental de la Seguridad Social en nuestro país.

El IMSS creó en 1966 un sistema de capacitación y desarrollo del personal, teniendo como eje la escuela de relaciones humanas y la mística de la seguridad social; vino después, de 1974 a 1978, un programa de Desarrollo Organizacional para una administración participativa; en el período comprendido de 1988 a 1992 se establecieron en todas las unidades del Instituto Círculos de Calidad; posteriormente se autorizó el Programa de Desarrollo para la Alta Dirección.

En 1990 se constituyó el Comité de Calidad del IMSS que inició sus actividades con un seminario ejecutivo sobre mejoramiento continuo; en 1994 se concibió el Programa de Modernización Delegacional.

Todos los programas citados se pueden considerar simplemente, buenos esfuerzos por tratar de mejorar la atención que se presta a los usuarios de los servicios que presta el Instituto, solo que, dichos planes, no han tenido la continuidad que se requiere para que muestren resultados ya que, en la mayoría de los casos, ha sido cada uno de ellos, el Programa que implementa el Director en turno, sin tomar en cuenta los avances que se hubieran logrado con los programas de sus predecesores.

Finalmente, en 1998, se puso en marcha, el Plan Integral de Calidad 1998-2000, en el que participan el Instituto y el Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social. Este Programa condensa las acciones institucionales y sindicales que impulsan la cultura de la calidad para garantizar el mejoramiento interno de las interrelaciones de los procesos, para asegurar el cumplimiento de los estándares de calidad de los servicios que satisfagan las necesidades de los derechohabientes, estimulando y reconociendo la importante participación de los trabajadores del Instituto en este proceso.

Con el Plan Integral de Calidad, se busca dar respuesta a la atención particular de las necesidades detectadas en cada una de las regiones, permitir a la institución mejorar en su desempeño en términos de calidad y oportunidad en la prestación de los servicios, así como mejorar el nivel de satisfacción de los usuarios.

Conforme a las demandas expresadas por los derechohabientes a través de las encuestas que periódicamente realiza el IMSS, los usuarios exigen un mejor trato, mayor oportunidad, información y suficiencia de insumos alrededor de la atención médica. Creemos que este es un Programa que puede lograr los objetivos planteados dado que participa, de manera importante, la base trabajadora en coordinación con su dirigencia sindical.

El Instituto Mexicano del Seguro Social atendía en 1994 a 36.5 millones de derechohabientes con 11.5 millones de asegurados y, de acuerdo al último informe presentado por su Director General ante la LXXXVI Asamblea General Ordinaria, el pasado 28 de febrero, al cierre de 1999 se tienen 14.6 millones de asegurados y 44.5 millones de derechohabientes, es decir, que en 5 años se ha incrementado el número de derechohabientes en 8 millones (22% más que en 1994).

Es de destacarse, que su infraestructura y personal de servicio se han mantenido prácticamente constantes y que sus acciones tanto médicas como comunitarias se han incrementado considerablemente, en detrimento de la calidad en la prestación de los servicios.

Hoy se dice que: "La bandera, la consigna y el compromiso del Instituto es la calidad."

La presente iniciativa pretende que la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios esté contenida en la Ley, garantizando de esta forma que el servicio se de en forma uniforme y equitativa para todos los derechohabientes, sin que el Instituto se abstenga de prestarlo o dé un trato preferencial y no sea una moda o tan solo un enunciado.

Con el fin de dar continuidad a los Programas de Modernización y Capacitación y, considerando siempre los conocimientos, experiencia, dedicación y creatividad de los trabajadores del Instituto, en esta modificación se incluye a los fines del Instituto, la obligación de otorgar las prestaciones que establece la Ley del Seguro Social, con un nivel de calidad que satisfagan las necesidades de los derechohabientes, sin dejar de lado que la atención deberá prestarse con trato amable y espíritu solidario.

Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, propongo a ustedes esta reforma a los artículos 7 y 251 fracción II de la Ley del Seguro Social, en los siguientes términos:

Proyecto de decreto

Artículo primero.- Se reforma el artículo 7 de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue:

"Artículo 7. El Seguro Social cubre las contingencias y proporciona los servicios que se especifican a propósito de cada régimen particular, mediante prestaciones en especie y en dinero, con espíritu solidario, trato amable y un nivel de calidad que satisfagan las necesidades de los derechohabientes, en las formas y condiciones previstas por esta Ley y sus reglamentos."

Artículo segundo.- Se reforma la fracción II del artículo 251 de la Ley del Seguro Social para quedar como sigue:

"Artículo 251. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las facultades y atribuciones siguientes:

I.-...

II.- Satisfacer las prestaciones que se establecen en esta Ley con espíritu solidario, trato amable y un nivel de calidad que satisfagan las necesidades de los derechohabientes;"

Transitorios

Artículo único.- El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones del H. Congreso de la Unión, a 27 de abril del 2000.