Artículo 14
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las Reglas de Operación del Fondo de Desastres
Naturales
Fecha límite de cumplimiento: Primer bimestre
Artículo 16
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las Reglas de Operación de los programas
de los Fondos del Ramo 20 Desarrollo Social
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Desarrollo Social
Fecha límite de cumplimiento: 15 de febrero
Artículo 16
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación, escuchando a la Comisión de Desarrollo
Social de la Cámara y al Consejo Consultivo Ciudadano, los mecanismos
públicos de supervisión, de seguimiento y de evaluación
periódica sobre la utilización de los recursos asignados,
así como respecto de los beneficios económicos y sociales
que se generen con el ejercicio de las asignaciones de los programas de
los Fondos del Ramo 20 Desarrollo Social
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Desarrollo Social
Fecha límite de cumplimiento: Primer Bimestre
Artículo 16
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las regiones prioritarias y de atención
inmediata, identificadas por sus condiciones de rezago y marginación
y los indicadores de pobreza para cada región, estado y municipio,
conforme a los cuales se distribuirán los recursos de los programas
de los Fondos del Ramo 20 Desarrollo Social
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Desarrollo Social
Fecha límite de cumplimiento: Primeros
30 días del ejercicio
Artículo 16
Compromiso: Enviar a la consideración de
los Estados los proyectos de Convenio de Desarrollo Social conforme a los
cuales se ejercerán los recursos de los Fondos del Ramo 20 Desarrollo
Social
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Desarrollo Social
Fecha límite de cumplimiento: Primeros
45 días del año
Artículo 16
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación el Convenio de Desarrollo Social suscrito con
cada estado, incluyendo la distribución de recursos por cada programa
que corresponde a cada región y municipios que la conforman, así
como los anexos correspondientes
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Desarrollo Social
Fecha límite de cumplimiento: 15 días
posteriores a que se suscriba
Artículo 20
Compromiso: La Cámara de Diputados por
conducto de su órgano técnico de vigilancia, deberá
coordinarse con las legislaturas locales para el seguimiento del ejercicio
de los recursos que se reasignen a las entidades federativas
Secretaría o dependencia responsable: Contaduría
Mayor de Hacienda
Artículo 21
Compromiso: Enviar a las Entidades Federativas
las propuestas de reasignación de recursos y los proyectos de Convenio
Secretaría o dependencia responsable: Dependencias
y entidades
Fecha límite de cumplimiento: Primeros
30 días del ejercicio
Artículo 21
Compromiso: Procurar formalizar los convenios
mediante los cuales las dependencias y entidades con cargo a sus presupuestos
otorgan recursos federales a las entidades federativas, con el propósito
de transferir recursos presupuestarios y, en su caso, responsabilidades,
recursos humanos y materiales
Secretaría o dependencia responsable: Las
dependencias y entidades
Fecha límite de cumplimiento: 31 de marzo
Artículo 21
Compromiso: La Cámara y las Legislaturas
locales podrán celebrar convenios con el objeto de coordinar acciones
para el seguimiento del ejercicio de los recursos que se reasignen y los
correspondientes al Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas
Secretaría o dependencia responsable: Organos
Técnicos de Vigilancia de las Legislaturas Locales y Contaduría
Mayor de Hacienda
Artículo 23
Compromiso: Remitir a la Cámara, por conducto
de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública
copia de las disposiciones aplicables para continuar con las acciones para
implantar la reforma al sistema presupuestario, así como copia de
la información que envíen las dependencias y entidades por
requerimiento de la SHCP y la SECODAM
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Artículo 25
Compromiso: Informar a la Cámara, por conducto
de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública
de la constitución o incremento del patrimonio de los fideicomisos
a que se refiere la fracción II del artículo 2 del Decreto,
incluyendo los montos con que se constituyan o incrementen
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Artículo 25
Compromiso: Informar a la Entidad Superior de
Fiscalización sobre los fideicomisos en los que participen
Secretaría o dependencia responsable: Poder
Legislativo, Poder Judicial, Instituto Federal Electoral, Comisión
Nacional de Derechos Humanos
Fecha límite de cumplimiento: Primer trimestre
del ejercicio
Artículo 26
Compromiso: Emitir opinión de la información
que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público envíe
a la Cámara cuando las adecuaciones presupuestarias y resignación
de programas y de recursos humanos, financieros y materiales entre dependencias
y entidades, representen individualmente una variación mayor al
10 por ciento en alguno de los ramos de este Presupuesto, o representen
un monto mayor al 1 por ciento del gasto programable con motivo de las
adecuaciones presupuestarias
Secretaría o dependencia responsable: Cámara
de Diputados, por conducto de la Comisión de Programación,
Presupuesto y Cuenta Pública
Artículo 27
Compromiso: Enviar a la Cámara, por conducto
de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública,
copia de los calendarios de gasto de las dependencias y entidades
Fecha límite de cumplimiento: 15 días
después de que sean emitidos
Artículo 35
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación la estimación trimestral de los ingresos
para el Ejercicio Fiscal del 2000, desagregando el artículo 1 de
la Ley de Ingresos de la Federación en la fracción I "Impuestos":
ISR, IVA, IESPS, Impuesto a la importación y otros impuestos; en
la fracción IV "Derechos": los derechos sobre la extracción
de petróleo, derecho extraordinario sobre la extracción de
petróleo, derecho adicional sobre la extracción de petróleo
y otros; en la fracción VII "Aprovechamientos": desincorporaciones,
rendimientos excedentes de Pemex, remanente de operación del Banco
de México y otros; fracción II "Aportaciones a Seguridad
Social" y fracción IX " Otros Ingresos" por entidad;
y, otros ingresos
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 31 de enero
Artículo 36
Compromiso: Cuando los ingresos a que se refiere
el artículo 1 de la Ley de Ingresos, disminuyan en un monto superior
al 1 por ciento y hasta 5 por ciento de los ingresos a que se refiere la
fracción I del artículo 1 de la Ley de Ingresos de la Federación,
se deberá enviar a la Cámara de Diputados un informe que
contengan el monto de gasto programable a reducir y la composición
de dicha reducción por dependencia y entidad
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 15 días
hábiles siguientes a la disminución
Artículo 36
Compromiso: Cuando la disminución de los
ingresos a que se refiere el artículo 1 de la Ley de Ingresos represente
una reducción equivalente a un monto superior al 5 por ciento de
los ingresos a que se refiere la fracción 1 del artículo
1 de la Ley de Ingresos, enviar a la Cámara de Diputados el monto
de gasto programable a reducir, y una propuesta de composición de
dicha reducción por dependencia y entidad
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 15 días
hábiles siguientes a la disminución
Artículo 36
Compromiso: Proponer modificaciones a la composición
de la reducción que por dependencia y entidad proponga la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, cuando la disminución
de los ingresos a que se refiere el artículo 1 de la Ley de Ingresos
represente una reducción equivalente a un monto superior al 5 por
ciento de los ingresos a que se refiere la fracción 1 del artículo
1 de la Ley de Ingresos
Secretaría o dependencia responsable: Cámara
de Diputados, Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta
Pública
Fecha límite de cumplimiento: 10 días
hábiles
Artículo 37
Compromiso: Enviar a la Cámara de Diputados
para su análisis y, en su caso, opinión, un informe sobre
las propuestas para disolver, liquidar, extinguir, fusionar y enajenar,
o transferir entidades paraestatales con base en el dictamen que la Comisión
Intersecretarial de Desincorporación emita sobre la propuesta
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Gobernación
Artículo 38
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las erogaciones previstas en el Presupuesto que
no se encuentren devengadas al 31 de diciembre del 2000
Secretaría o dependencia responsable: Poder
Legislativo y Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión
Nacional de los Derechos
Fecha límite de cumplimiento: 15 febrero
del 2001
Artículo 38
Compromiso: Concentrar en la Tesorería
de la Federación los recursos que no se encuentren devengados al
31 de diciembre del 2000
Secretaría o dependencia responsable: Poder
Legislativo y Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión
Nacional de los Derechos
Fecha límite de cumplimiento: 28 de febrero
del 2001.
Artículo 39
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las normas y los lineamientos generales para los
gastos en publicidad
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Gobernación
Fecha límite de cumplimiento: 31 de enero
Artículo 39 y Sexto Transitorio
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las disposiciones en materia de racionalidad,
austeridad y disciplina presupuestaria
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de la Contraloría
y Desarrollo Administrativo
Fecha límite de cumplimiento: 29 de febrero.
En tanto no se publiquen no será aplicable lo dispuesto en los artículos
51 y 52 del Decreto (estímulos)
Artículo 39
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las disposiciones que en materia de racionalidad,
austeridad y disciplina presupuestaria emitan sus órganos competentes
Secretaría o dependencia responsable: Poder
Legislativo, Poder Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos
Fecha límite de cumplimiento: 29 de febrero,
de lo contrario no será aplicable lo previsto en el artículo
55 (estímulos)
Artículo 51
Compromiso: Emitir y publicar en el Diario
Oficial de la Federación las disposiciones a las que se sujetará
el otorgamiento de los estímulos por productividad, eficiencia y
calidad en el desempeño a los servidores públicos de la Administración
Pública Federal
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Artículo 53
Compromiso: Informar sobre la totalidad de las
percepciones monetarias netas de los servidores públicos, incluyendo
sueldos, estímulos al desempeño y demás compensaciones
que formen parte de sus remuneraciones
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: En la Cuenta
de la Hacienda Pública Federal respectiva
Artículo 55
Compromiso: Emitir y publicar en el Diario
Oficial de la Federación las disposiciones a las que se sujetará
el otorgamiento de los estímulos por productividad, eficiencia y
calidad en el desempeño a personal
Secretaría o dependencia responsable: Poder
Legislativo, Poder Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos
Fecha límite de cumplimiento: En tanto
no se publique no podrá otorgarse estímulo alguno
Artículo 55
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación información detallada de cada rubro de
las percepciones netas que se cubran a los Diputados y Senadores al Congreso
de la Unión, Ministros de la SCJN; Magistrados y Jueces del Poder
Judicial y Consejeros de la Judicatura Federal; Consejero Presidente, Consejeros
Electorales y Secretario Ejecutivo del IFE; Presidente y Consejeros de
la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; así como los
demás servidores públicos de mandos medios y superiores u
otros grupos jerárquicos homólogos, incluyendo los límites
máximos netos mensuales de estímulos por puesto, así
como las demás compensaciones y cualquier otro tipo de ingresos
que formen parte de sus remuneraciones
Secretaría o dependencia responsable: Poder
Legislativo, Poder Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos
Fecha límite de cumplimiento: 15 de febrero
Artículo 55
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación los analíticos de plazas que contengan
la integración de los recursos aprobados en el capítulo de
servicios personales, con la desagregación de su plantilla total,
incluidas las plazas a que se refiere el punto anterior, junto con las
del personal de mandos medios y superiores, personal operativo, eventual
y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifiquen
los siguientes rubros: nivel salarial, número de plazas por nivel
salarial, sueldo compactado, compensación garantizada, despensa,
previsión social múltiple, ayuda de transporte, sistema de
Ahorro para el retiro, prima vacacional, gratificación de fin de
año, aportaciones de seguridad social, seguros y los impuestos aplicables,
así como otras prestaciones que se otorguen con base en disposiciones
emitidas por sus órganos competentes
Secretaría o dependencia responsable: Poder
Legislativo, Poder Judicial, el Instituto Federal Electoral y la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos
Fecha límite de cumplimiento: 15 de febrero
Artículo 56
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las disposiciones que establezcan el contenido
informativo, la metodología y los formatos, a los que deberán
sujetarse las dependencias y entidades para la entrega de información
en materia de servicios personales, que requiera la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público con motivo del término
de la presente administración
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 29 de septiembre
Artículo 73
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las reglas de Operación de los Programas
a que se refiere el artículo 74 del Decreto, las cuales deberán
estar autorizadas por la Secretaría
Secretaría o dependencia responsable: Dependencias
y entidades
Fecha límite de cumplimiento: 15 de marzo.
De lo contrario no podrán continuar ejerciendo los recursos correspondientes
Artículo 73
Compromiso: Las Comisiones de la Cámara
de Diputados podrán emitir opinión de las Reglas de Operación
correspondientes a los programas que sean ámbito de su competencia,
enviando éstas a las dependencias correspondientes
Secretaría o dependencia responsable: Comisiones
legislativas de la Cámara de Diputados
Fecha límite de cumplimiento: 31 de enero
Artículo 73
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las modificaciones a las Reglas de Operación
que se realicen por circunstancias extraordinarias o no contempladas al
principio del ejercicio y que presenten problemas en la operación
de los programas
Secretaría o dependencia responsable: Dependencias
y entidades
Artículo 73
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación la calendarización de los recursos y la
distribución de la población objetivo por estado de los siguientes
programas: CONAFE, INEA, PAC, IMSS-Solidaridad; de Atención a Personas
a Discapacidad con cargo del DIF; PROBECAT; PRODEFOR; VIVAH; FIDELIST;
PROGRESA
Secretaría o dependencia responsable: Las
dependencias que tengan a su cargo la ejecución de los programas
Fecha límite de cumplimiento: Primer Bimestre
Artículo 73
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación una aproximación de la calendarización
de los recursos y la distribución de la población objetivo
por estado del Programa de Empleo Temporal
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Desarrollo Social
Fecha límite de cumplimiento: Primer Bimestre
Artículo 73
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación el número de beneficiarios por estado y
municipio del Programa de Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Desarrollo Social
Fecha límite de cumplimiento: Primer Bimestre
Artículo 73
Compromiso: Enviar a la Cámara de Diputados,
por conducto de las comisiones correspondientes, informes semestrales sobre
el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en las Reglas de
Operación publicadas en el Diario Oficial de la Federación
de los Programas a que se refiere el artículo 74 del Decreto
Secretaría o dependencia responsable: Dependencias
Fecha límite de cumplimiento: Semestral
Artículo 73
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación los convenios o acuerdos de coordinación
interinstitucional que celebren las dependencias y entidades que participen
en ellos, a fin de dar congruencia a la orientación del gasto a
través de criterios homogéneos de selectividad, objetividad,
transparencia, temporalidad y publicidad, en la planeación, ejecución
de las acciones derivadas del PND y el Programa para superar la Pobreza
1995-2000
Secretaría o dependencia responsable: Dependencias
participantes
Fecha límite de cumplimiento: 15 días
posteriores a que se suscriban
Artículo 76
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación los productos materia de apoyo que convenga con
los gobiernos de las entidades federativas, y el uso de los recursos para
los fines señalados y en su caso, los montos máximos y la
distribución del total de toneladas a apoyar en cada entidad federativa
entre los cuatro cultivos señalados
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Fecha límite de cumplimiento: 30 de enero
Artículo 76
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación los criterios redistributivos convenidos con cada
entidad federativa del Programa de Apoyos a la Comercialización
y Desarrollo de Mercados Regionales
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural
Fecha límite de cumplimiento: Previo al
otorgamiento de los apoyos
Artículo 76
Compromiso: Publicar los beneficiarios y montos
de apoyo recibidos del Programa de Apoyos a la Comercialización
y Desarrollo de Mercados Regionales
Secretaría o dependencia responsable: En
los diarios de mayor circulación de las entidades federativas
Artículo 79
Compromiso: Informar trimestralmente a la Cámara
sobre la ejecución del Presupuesto, así como la situación
económica y las finanzas públicas del ejercicio
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 45 días
después de terminado el trimestre de que se trate
Artículo 79
Compromiso: Publicar la distribución programática,
sectorial y/o funcional del gasto, desagregada por dependencia y entidad,
función, subfunción, programa sectorial, programa especial,
actividad institucional, unidad responsable y proyecto conforme al Presupuesto
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 28 de febrero
Artículo 81 BIS
Compromiso: Proporcionar, a solicitud de los diputados,
por conducto de la Comisión de Programación, Presupuesto
y Cuenta Pública, los datos estadísticos e información
que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tenga
disponibles y que puedan contribuir a una mejor comprensión de la
evolución de gasto. La información deberá entregarse
en ocho ejemplares impresos y, en lo posible, en ocho medio magnéticos
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 30 días
hábiles siguientes a la solicitud
Artículo 84
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación la información mas reciente de Financiamiento
Educativo Estatal para elaborar el calculo de distribución de los
recursos del Programa de Apoyo para el Fortalecimiento de las Entidades
Federativas
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Educación Pública
Artículo 84
Compromiso: Publicar la información más
reciente de la población total del país para elaborar el
calculo de distribución de los recursos del Programa de Apoyo para
el Fortalecimiento de las Entidades Federativas
Secretaría o dependencia responsable: Instituto
Nacional de Estadística, Geografía e informática
Fecha límite de cumplimiento: 25 de enero
Artículo Séptimo Transitorio
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación el Manual de Sueldos y Prestaciones para los Servidores
Públicos de Mandos Medios y Superiores de la Administración
Pública Federal
Secretaría o dependencia responsable: Secretaría
de Hacienda y Crédito Público
Fecha límite de cumplimiento: 31 de enero
CONTENIDOS EN LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2000
Artículo 1
Compromiso: Informar al Congreso de los ingresos
pagados en especie o en servicios por contribuciones, así como en
su caso el destino de los mismos
Responsable: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Artículo 1
Compromiso: Informar al Congreso trimestralmente,
sobre los ingresos percibidos por la Federación en el ejercicio,
en relación con las estimaciones señaladas en el artículo
1
Responsable: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Fecha límite de cumplimiento: 45 días
siguientes al trimestre vencido
Artículo 2
Compromiso: Informar al Congreso de la Unión,
de los empréstitos contratados durante el Ejercicio Fiscal del año
2000
Responsable: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Fecha límite de cumplimiento: Ultimo día
de marzo del 2001
Artículo 2
Compromiso: Informe de la emisión de valores
en moneda nacional, la contratación de empréstitos, la contratación
de créditos y la emisión de valores en el exterior. Especificar
las características de las operaciones realizadas
Responsable: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Fecha límite de cumplimiento: Trimestralmente,
45 días después del trimestre
Artículo 2
Compromiso: Informar lo referente a aquellos pasivos
contingentes que se hubieren asumido con la garantía del Gobierno
Federal, durante el ejercicio fiscal
Responsable: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Fecha límite de cumplimiento: Trimestralmente
Artículo 2
Compromiso: Informar al Congreso de la Unión
sobre el estado de la deuda pública del Distrito Federal y el ejercicio
del monto autorizado
Responsable: Distrito Federal
Fecha límite de cumplimiento: Trimestralmente
DERIVADOS DE LA LEY DE COORDINACION FISCAL
Artículo 43
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las fórmulas para la distribución
de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Educación Tecnológica
y de Adultos
Responsable: Secretaría de Educación
Pública
Artículo 44
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación la fórmula con la que se distribuya el
Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y
del Distrito Federal y el resultado de su aplicación con los montos
que corresponderán para cada Estado y el Distrito Federal
Responsable: Secretaría de Gobernación.
( Consejo Nacional de Seguridad Pública)
Fecha límite: 28 de febrero
PENDIENTES DERIVADOS DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1999
Artículo 40
Compromiso: Publicar en el Diario Oficial de
la Federación las erogaciones previstas en el Presupuesto de
1999 no devengadas al 31 de diciembre de ese año
Responsable: Poder Legislativo, Poder Judicial,
Instituto Federal Electoral
Fecha límite: 28 de febrero del 2000
PENDIENTES DERIVADOS DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 1999
Artículo 2
Compromiso: Informar al Congreso de la Unión
de los empréstitos contratados durante el ejercicio fiscal de 1999
Responsable: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Fecha límite: 31 de marzo del 2000
Artículo 13
Información: El Ejecutivo Federal informará
de las amortizaciones de deuda pública que realice hasta por un
monto equivalente al financiamiento derivado de colocaciones de deuda,
en términos nominales
Artículo 25
Información: Se dará informe de
la constitución o incremento del patrimonio de los fideicomisos
a que se refiere la fracción II del artículo 2 del Decreto,
y de la participación en las empresas, sociedades o asociaciones
civiles o mercantiles que el Ejecutivo autorice, ya sea en su creación
o para aumentar su capital o patrimonio o adquiriendo todo o parte de éstos
Artículo 26
Información: Informar de las adecuaciones
presupuestarias y reasignación de programas y de recursos humanos,
financieros y materiales entre dependencias y entidades cuando representen
individualmente una variación mayor al 10 por ciento en alguno de
los ramos del Presupuesto, o representen un monto mayor al 1 por ciento
del gasto programable
Artículo 27
Información: Informar de las adecuaciones
a los calendarios de gasto que el Ejecutivo realice conforme al artículo
27 del Decreto
Artículo 31
Información: Informar sobre la ejecución
de los convenios de seguimiento financiero que la SHCP y SECODAM, en el
seno de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento, con
la correspondiente dependencia coordinadora de sector, celebren con las
entidades que la Comisión Intersecretarial, a propuesta de la SHCP
seleccione a mas tardar el 31 de marzo, con el objeto de establecer compromisos
de balance de operación, primario y financiero, mensual y trimestral
a nivel devengado y pagado. Deberá informar también de las
medidas adoptadas para el cumplimiento de los Convenios
Artículo 33
Información: Información del seguimiento
del cumplimiento de los compromisos establecidos en los convenios y bases
de desempeño que la SHCP y la SECODAM, con la participación
de la correspondiente dependencia coordinadora de sector, con la aprobación
de la Comisión Intersecretarial de Gasto Financiamiento suscriban
con las entidades y los órganos administrativos desconcentrados
de las dependencia con el objeto de establecer compromisos de resultados
y medidas presupuestarias que promuevan un ejercicio mas eficiente y eficaz
del gasto público o cuando en su caso, se requiera establecer acciones
de fortalecimiento o saneamiento financiero
Artículo 35
Información: Informar, en un apartado especial,
de los ingresos excedentes que se generen conforme al artículo 35
del Decreto y la aplicación de los mismos
Artículo 36
Información: Informar de las acciones llevadas
a cabo como consecuencia de la disminución de los ingresos a que
se refiere el artículo 1 de la Ley de Ingresos de la Federación
Artículo 38
Información: Informar de los montos presupuestarios
no devengados y su aplicación
Artículo 39
Información: Informar sobre las erogaciones
destinadas a los rubros de publicidad, propaganda, publicaciones oficiales
y en general, las relacionadas con actividades de comunicación social,
incluyendo el uso del tiempo oficial, las cuales deberán limitarse
exclusivamente al desarrollo de las actividades de difusión, información
o promoción de los programas de las dependencias o entidades
Artículo 41
Información: Informar cuando las reducciones,
diferimientos o cancelaciones de programas y conceptos de gasto de las
dependencias y entidades, superen el 10 por ciento de los respectivos presupuestos,
anexando la estructura programática modificada
Artículo 79
Información: Proporcionar la información
sobre la ejecución del Presupuesto por dependencia y entidad
Artículo 79
Información: Señalar los avances
de los programas sectoriales y especiales mas relevantes dentro del Presupuesto,
así como las principales variaciones en los objetivos y en las metas
de os mismos, así como la información que permita dar un
seguimiento al Presupuesto en el contexto de la nueva estructura programática
Artículo 79
Información: Informar sobre los convenios
de seguimiento financiero, así como sobre los convenios y las bases
de desempeño que en el periodo hayan sido firmado con entidades
o, en su caso, con órganos administrativos desconcentrados, en los
términos de los artículos 31 y 32 del Decreto
Artículo 79
Información: Los conceptos de ingreso desagregando
el artículo 1 de la Ley de Ingresos de la Federación en la
fracción I "Impuestos": ISR, IVA, IESPS, Impuesto a la importación
y otros impuestos; en la fracción IV "Derechos": los derechos
sobre la extracción de petróleo, derecho extraordinario sobre
la extracción de petróleo, derecho adicional sobre la extracción
de petróleo y otros; en la fracción VII "Aprovechamientos":
desincorporaciones, rendimientos excedentes de Pemex, remanente de operación
del Banco de México y otros; fracción II "Aportaciones
a Seguridad Social" y fracción IX " Otros Ingresos" por
entidad; y, otros ingresos
Artículo 79
Información: Informar sobre las disposiciones
de deuda que se realicen en los términos de la fracción I
del artículo 36 del Decreto
Artículo 79
Información: Los recursos no devengados
del Ramo 24 Deuda Pública, en los términos del artículo
38 del Decreto
Artículo 79
Información: Operaciones activas y pasivas
del Instituto de Protección al Ahorro Bancario, así como
de su posición financiera, incluyendo aquéllas relativas
a la enajenación de bienes, colocación de valores y apoyos
otorgados
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 122 de la Ley Orgánica del Congreso General, y 94 y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someto a consideración la presente
Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 76, fracción I, y 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para otorgar al Senado de la República la facultad de aprobar los acuerdos, convenios y memoranda internacionales en materia de narcotráfico o de cualquier área de la seguridad nacional y de la seguridad pública, con base en la siguiente:
Exposición de motivos
Durante el último mes los mexicanos hemos sido azorados testigos del desarrollo de un operativo conjunto entre la Procuraduría General de la República, la Secretaría de la Defensa Nacional y el Buró Federal de Investigaciones de Estados Unidos para extraer cadáveres de probables cementerios clandestinos del narcotráfico en Ciudad Juárez.
Los legisladores del Partido de la Revolución Democrática observamos con preocupación la multitud de contradicciones en que han incurrido los funcionarios responsables del asunto de las "narcofosas"; la ausencia de fundamento legal de ese operativo; la falta de coordinación con las autoridades locales para su realización; que no se haya recurrido a instituciones mexicanas para solicitar el apoyo requerido. En fin, ya tendrá tiempo el procurador Jorge Madrazo de dar cuenta de estos hechos al Senado de la República el día de mañana, y esperemos que próximamente también a la Cámara de Diputados.
Por lo pronto, sólo concierne hacer frente a nuestra preocupación de que este Congreso siga siendo observador pasivo de la ilegal presencia de agentes estadunidenses en territorio mexicano, así como de la política antinacional que el gobierno federal ha implementado para combatir al narcotráfico.
Desde 1987, cuando el Congreso estadunidense decidió darse la facultad de calificar la política antinarcóticos de, entre otros países, el nuestro, las autoridades mexicanas se han dedicado a satisfacer las pretensiones de Estados Unidos.
Aunque, en el discurso, ha descalificado el proceso de certificación, en los hechos, no le importa pasar sobre nuestra Constitución, los tratados aprobados por el Senado y los acuerdos suscritos por el propio presidente, para cumplir al pie de la letra las recomendaciones, en realidad instrucciones, de nuestros vecinos del norte.
En 1997, la Cámara de Representantes de Estados Unidos descertificó a México y emitió seis condiciones que debía cumplir para que se le otorgara la certificación. Estas condiciones eran: incrementar el número de agentes de la DEA, y otorgarles permiso para portar armas y participar en operativos policiacos en México; acelerar las extradiciones de los capos de la mafia mexicana; establecer medidas contra el lavado de dinero; autorizar la penetración de aviones norteamericanos en el espacio aéreo mexicano para perseguir aviones de los narcos, y establecer severas medidas anticorrupción en los organismos encargados del combate al narcotráfico.
El entonces canciller José Angel Gurría respondió que la certificación era "ilegítima" e "intervencionista". El propio presidente Zedillo dijo: "Con los Estados Unidos vamos a pintar la raya".
Pero tres años después tenemos que se han acelerado las extradiciones de los capos de la mafia mexicana, incluso contraviniendo la Ley de Extradiciones y el Tratado de Extradición México-Estados Unidos, el cual obliga a que el inculpado en cuestión fuera juzgado y cumpliera su sentencia en México para después proceder a la extradición.
Igualmente, en estos últimos tres años se han aprobado más de 60 reformas en materia de justicia, casi todas provenientes del Ejecutivo, para homologar el derecho penal mexicano con el estadunidense, no sólo en materia de lavado de dinero o contra la corrupción en los organismos encargados del combate al narcotráfico, sino para imitar a la justicia estadunidense en la centralización, procedimientos y actuación de los cuerpos de seguridad mexicanos, como la todavía infuncional Policía Federal Preventiva o la militarización misma de la seguridad pública, o la conversión indiscriminada de delitos ordinarios en graves, como si atentaran contra las garantías individuales.
De la posible autorización de que aeronaves norteamericanas realicen persecuciones en el espacio aéreo mexicano aún no sabemos nada. Esperemos que no lo haya autorizado nuestro Ejecutivo.
Y de la voluntad de incrementar el número de agentes de la DEA en México, y otorgarles permiso para portar armas y participar en operativos policiacos en México, como lo solicitó Estados Unidos, qué mejor muestra de voluntad de obediencia que no haber impugnado el operativo Casablanca o la ya abierta autorización y hasta complacencia por la intervención del FBI en el operativo de Ciudad Juárez, así como la admisión de que agentes de la DEA protegen a testigos en nuestro territorio.
El procurador Jorge Madrazo ha aducido la suscripción de acuerdos, convenios y memoranda que permiten el ingreso de agentes extranjeros a México, para justificar el operativo de Ciudad Juárez, olvidando que nuestra Constitución y los Tratados aprobados por el Senado de la República no lo autorizan ni a él ni al presidente de la República a suscribir acuerdo alguno en ese sentido.
Por esa razón, presento esta iniciativa de reforma mediante la cual se dota al Senado de la República de la facultad de aprobar acuerdos, convenios y memoranda que suscriba nuestro gobierno con cualquier otro en materia de colaboración en el combate al narcotráfico o cualquier área de la seguridad pública o la seguridad nacional.
Este Congreso tiene actualmente el reto ya no sólo de enfrentar nuestros propios problemas en materia de lucha contra el tráfico de drogas y de inseguridad pública con independencia nacional, sino también el de sujetar a nuestras autoridades a la soberanía de los poderes nacionales.
En realidad, no estamos planteando algo nuevo. Ya el senador Fernando Solana Morales, presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores del Senado de la República, planteó en 1997 estar trabajando un proyecto que tenía como propósito obligar a la Secretaría de Relaciones Exteriores, en lo particular, y al Gobierno Federal, en lo general, a que cada uno de los acuerdos o compromisos que se hagan con un gobierno extranjero en materia de narcotráfico y asuntos jurídicos, fuesen ratificados por el pleno del Senado.
Por todas esas razones, someto a consideración la presente
Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma los artículos 76, fracción 1, y 89, fracción X, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo Unico.- Se reforma la fracción I del artículo 76 y la fracción X del artículo 89 constitucionales para quedar como sigue:
Artículo 76.- Son facultades exclusivas del Senado:
Unico.- Se turne la presente iniciativa a las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Justicia de la Cámara de Diputados, conforme a los preceptos citados.
Palacio Legislativo, 19 de enero de 2000.
Dip. Lenia Batres Guadarrama, sen. Alejandro García
Acevedo, sen. Rodolfo Arteaga G., dip. Angélica de la Peña
Gómez, dip. Isael Petronio Cantú Nájera, dip. José
Luis Sánchez Campos (rúbricas).
DE LA COMISION DE SEGURIDAD SOCIAL
A su reunión ordinaria, el jueves 20 de enero, a las 9 horas, en el salón B del restaurante Los Cristales.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y verificación del quórum.
2. Desahogo de asuntos turnados a la Comisión
de Seguridad Social.
3. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Gonzalo Rojas Arreola
Presidente
DE LA COMISION DE SALUD
A su reunión ordinaria de trabajo, el martes 25 de enero, a las 11 horas, en el salón de usos múltiples del edificio F, primer nivel.
Orden del Día
1. Registro de asistencia y comprobación del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Lectura y aprobación en su caso, del acta de
la sesión anterior.
4. Discusión y aprobación en su caso, del
programa de actividades de la Comisión hasta el mes de agosto de
2000.
5. Asuntos generales.
6. Clausura de la reunión.
Atentamente
Dip. Santiago Padilla Arriaga
Presidente
DE LA COMISION DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS
Al seminario internacional El constitucionalismo latinoamericano del siglo XXI, los días 31 de enero, 1, 2, 3 y 4 de febrero del presente año, a las 11 horas, en el salón Legisladores de la República, bajo el siguiente programa:
Inauguración a cargo del dr. Diego Valadés Ríos, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM
Conferencias
Guatemala
Dr. Jorge Mario García
1 de febrero
Colombia
Dr. Carlos Restrepo
2 de febrero
Argentina
Germán Bidart Campos
3 de Febrero
Perú
Domingo García Belunde
4 de febrero
Perú
Dr. José F. Palomino
4 de febrero
Dr. Miguel Carbonell Sánchez
Constitución y minorías
1 de febrero
Dr. Diego Valadés Ríos
Constitución y poder
2 de febrero
Dr. José Ramón Cossío
Constitución y democracia
3 de febrero
Dr. Héctor Fix Zamudio
Control de constitucionalidad
4 de febrero
De igual forma se realizará en el vestíbulo principal del Palacio Legislativo, con la colaboración del Archivo General de la Nación, la Exposición fotográfica y documental del Constituyente de Querétaro 1916-17.
Atentamente
Dip. Enrique Ibarra Pedroza
Presidente
DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS AL DIPLOMADO EN DERECHO PARLAMENTARIO
Al Diplomado en Derecho Parlamentario, segunda generación, organizado por el Instituto de Investigaciones Legislativas de la H. Cámara de Diputados y la Dirección de Educación Continua y el Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, plantel Santa Fe, que se impartirá en las instalaciones del recinto legislativo:
Para esta segunda generación no se realizará examen de admisión para los interesados.
El costo total del diplomado será de $5,950.00 (cinco mil novecientos cincuenta pesos 00/100 mn) por inscripción y seis mensualidades por la misma cantidad.
Para mayores informes comunicarse con el señor Francisco J. Palomino Ortega, coordinador académico del diplomado y secretario técnico del Instituto de Investigaciones legislativas a los teléfonos 56-28-13-00, extensión 3127, y 56-28-14-21, o acudir al Comité del Instituto, ubicado en avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, México, DF, edificio B, planta baja, cubículo 15.
Teoría de instituciones políticas
Lic. Alan García Campos.-IFE
Teoría del derecho parlamentario
Dip. fed. mtro. Bernardo Bátiz Vázquez
Historia de las relaciones ejecutivo-legislativo en
México
Mtra. Gloria Villegas Moreno.- Inst. Inv. Hist. UNAM
Derecho constitucional parlamentario mexicano
Dr. Miguel Carbonell Sánchez.- Inst. Inv. Jur.
UNAM
Legislación sobre la función de control
del Poder Legislativo
Dra. Ma. de la Luz Mijangos Borja.- Inst. Inv. Jur. UNAM
Normatividad Interna del Congreso de la Unión
Dra. Susana T. Pedroza de la Llave.- Inst. Inv. Jur.
UNAM
Derecho procesal legislativo
Lic. Alfredo del Valle Espinosa.- Director de Servicios
Parlamentarios de la H. Cámara de Diputados
Técnica legislativa
Lic. Miguel Angel Camposeco Cadena.- Pdte. Acad. Mex.
de Der. Parlam. Mex.
Negociación y Concertación
Dr. Jaime Domingo López Buitrón.- Departamento
de Derecho de la UIA
Inscripciones
Entregar antes del 7 de febrero en sobre cerrado dirigido al lic. Francisco J. Palomino Ortega, curriculum vitae que detalle preparación académica y experiencia profesional, así como copia del documento que acredite el máximo grado de estudios comprobable.
Además, e incluido en este sobre, adjuntar carta que contenga exposición de motivos por los cuales el aspirante está interesado en cursar este diplomado.
Se les recuerda que como en esta ocasión no se realizará examen de selección para el ingreso, las inscripciones se cerrarán cuando el cupo máximo sea alcanzado.
Atentamente
Dip. Bernardo Bátiz Vázquez
Presidente