C. Dr. Ernesto Zedillo Ponce de León
Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
PRESENTE
En mi carácter de Presidente de la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política, órgano de gobierno de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, por este conducto hago de su conocimiento que en reunión de trabajo celebrada en esta fecha, se acordó, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 42 último párrafo, 45 y noveno transitorio, en lo conducente, todos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como por el artículo 89 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, acudir ante usted en
Queja
en contra del titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Lic. José Angel Gurría Treviño, y del Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Lic. Eduardo Fernández García, quienes se han negado en reiteradas ocasiones a proporcionar la información solicitada por el Despacho Galaz, Gómez Morfin, Chavero y Yamazaki, S.C., representante del Señor Michael W. Mackey, coordinador de las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro (FOBAPROA), que ha ordenado esta H. Cámara.
La información que dichas personas se niegan a entregar consiste en un listado de fideicomisos a cargo de Banco Unión, S.A., donde se relacionen los objetivos (fines), fideicomitentes, fideicomisarios, importes de los mismos y en su caso, fechas de vencimiento, al 30 de junio de 1998; toda vez que tanto los funcionarios de referencia, como el interventor-gerente de Banco Unión S.A., se han negado a entregar al citado Despacho la información requerida para la conclusión de las auditorías al mencionado Fondo.
Se basa el presente ocurso en las siguientes consideraciones de hecho y fundamentos de derecho:
PRIMERO.- Con fecha 10 de noviembre de 1998 se establecieron las bases de coordinación entre la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo Federal, relativas al proceso de recepción de la información para la realización de las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, en las que se estableció, de acuerdo con la base Segunda, que el conducto a través del cual se enviará y recibirá la información de referencia por parte del Poder Ejecutivo Federal, será la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Asimismo, en las Bases Tercera y Sexta se estableció la confidencialidad en el manejo de dicha información, de forma tal que no se afecten derechos de terceros.
SEGUNDO.- Con fecha 10 de junio de 1999, el Comité Técnico de Seguimiento a las Auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, creado por esta Soberanía, se dirigió al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público para solicitarle su intervención a efecto de proporcionar a los auditores designados por la H. Cámara de Diputados la información y documentos relacionados con operaciones de Banca Unión S.A. que pudieran haber generado quebranto patrimonial a dicha institución -hoy intervenida-, y que fueron identificadas durante los procesos de auditoría ordenados por esta Cámara en el marco de la ejecución del Programa para la Evaluación Integral de las Operaciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro en el Saneamiento de las Instituciones Financieras de México 1995-1998.
Lo anterior tiene su fundamento en lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo quinto transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario y de acuerdo con lo establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, relativo a la obligación de las Instituciones de Crédito a proporcionar la información y documentos necesarios a los auditores designados por la H. Cámara de Diputados para cumplir con el programa de auditorías en el plazo que marca el transitorio antes invocado.
En el oficio citado, se mencionó que Banco Unión S.A. se ha negado a proporcionar la información y los documentos solicitados por los auditores, bajo el argumento de que se podría incurrir en las responsabilidades que señala el artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito. Al respecto, se le subrayó al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público que la "excepción a lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito prevista en el artículo quinto transitorio de la Ley, es claramente aplicable al caso, en virtud de que la información y documentos solicitados se encuentran dentro de los aspectos sujetos a revisión por los auditores y dentro del marco general de las auditorías previstas en los artículos quinto y séptimo transitorios de la Ley de Protección al Ahorro Bancario".
Además, se le insistió al C. Secretario que Banco Unión S.A. es una institución intervenida por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y que todas sus operaciones activas, pasivas y de servicios, constituyen o pueden llegar a constituir un costo fiscal para el Gobierno Federal.
Además, es preciso enfatizar que en términos del artículo séptimo transitorio, todas las operaciones correspondientes a las instituciones intervenidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, pasarán a la titularidad del Instituto de Protección al Ahorro Bancario, siempre y cuando se realicen las auditorías correspondientes, por lo que en tal virtud, Banco Unión S.A. al estar legalmente intervenida por dicho órgano, todas sus operaciones se encuentran sujetas a las auditorías que se realicen con fundamento en la Ley de Protección al Ahorro Bancario. En ese sentido, cualquier acto que impida la realización de las referidas auditorías, es una conducta contraria a las obligaciones que en el régimen de transitorios se imponen al Poder Ejecutivo Federal y a la Cámara de Diputados.
TERCERO.- Con fecha 6 de julio de 1999, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, dirigió a los diputados Fauzi Hamdan Amad, Jorge Silva Morales y Gustavo Pedro Cortés, el oficio Número 102-B-186 , mediante el cual se pretendió dar contestación a la solicitud formulada, manifestando que no puede proporcionarse la información requerida porque ello resultaría conculcatorio del artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito y que de hacerlo tendría que proporcionar información de todos y cada uno de los fideicomisos en que Banco Unión interviene como fiduciario, lo cual "jurídicamente carece de sustento", se afirmó.
La propia Subsecretaría manifestó en dicho oficio diversas consideraciones para sostener que, a su juicio, no procede la auditoría que se pretende realizar sobre las operaciones de Banco Unión. Especial mención merece el hecho de que la respuesta recibida procedió no del Secretario Titular del ramo, sino de un Subsecretario, y no se dirigió a quien suscribió la solicitud, sino a una instancia diversa, lo que representa un atentado contra la investidura constitucional de esta Soberanía.
CUARTO.- Como la negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público viola las disposiciones de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, principalmente en lo dispuesto por los artículos quinto y séptimo transitorios, hace patente la total ausencia de voluntad por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para llevar a buen término las auditorías ordenadas por esta legisladora sobre las operaciones del Fondo Bancario de Protección al Ahorro.
Por otra parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público desestima el hecho de que las operaciones celebradas por las instituciones intervenidas puedan constituir un costo fiscal. Este criterio de la dependencia referida es insostenible ante la realidad del costo que para el pueblo de México está significando la liquidación del Fondo de referencia.
También insistimos en que el secreto fiduciario previsto en el artículo 118 de la Ley de Instituciones de Crédito, tiene la salvedad sobre toda clase de información que solicite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y que las bases de coordinación entre el Poder Ejecutivo Federal y la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión para definir el procedimiento de acceso a la información -en donde se establecen los conductos por los cuales fluirá ésta- así como la confidencialidad de la misma, suponen el acceso a todo tipo de información vía la propia Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Es indiscutible que al haber adquirido el Fondo Bancario de Protección al Ahorro la mayoría de los activos de Banco Unión, S.A., dicha institución queda sujeta al referido proceso de auditorías, de manera que deviene jurídicamente insostenible la pretendida imposibilidad del Banco para proporcionar la información requerida por conducto de los auditores de las operaciones del propio Fondo Bancario de Protección al Ahorro.
QUINTO.- La actitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para negar la información solicitada por el Despacho Galaz, Gómez Morfin, Chavero y Yamazaki S.C., representante del Señor Michael W. Mackey, coordinador de las auditorías al Fondo mencionado, confirma la sospecha de que se pretende ocultar los manejos financieros ilícitos y uso de subterfugios a los que recurrió Banco Unión para evadir la exacta aplicación de la Ley.
Es probable que la actitud del C. Secretario de Hacienda y Crédito Público pudiese constituir algún ilícito sancionado por las disposiciones penales.
Consideraciones ante la negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a proporcionar la información solicitada que ha dado lugar al recurso de referencia:
De ser tal el caso, no habría sido posible integrar averiguación previa alguna en contra de los señores Jorge Lankenau Rocha, Carlos Cabal Peniche o Angel Isidoro Rodríguez, toda vez que dichas averiguaciones se integraron con documentación proporcionada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores a la Procuraduría General de la República. Con base en ello, resulta inexplicable por qué no hubo negativa alguna en su momento ante la Procuraduría, y sí ante los pedimentos realizados por los auditores del Fondo Bancario de Protección al Ahorro.
II. Por otro lado, el artículo Octavo transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, establece que "el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México, realizará los actos necesarios para la extinción de los Fideicomisos a que se refieren los artículos 122 de la Ley de Instituciones de Crédito y 89 de la Ley del Mercado de Valores", por lo que, si tomamos en cuenta que tales Fideicomisos sólo pueden extinguirse una vez que hayan concluido las auditorías sobre sus operaciones, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se encuentra obligada a realizar todos aquellos actos necesarios para que las auditorías lleguen a buen término, y con ello concluir la operación de los citados Fideicomisos.
A mayor abundamiento, el artículo Quinto transitorio de dicha Ley establece que "el Ejecutivo Federal y la Cámara de Diputados tomarán las medidas pertinentes para que las auditorías concluyan en un plazo máximo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la Ley".
Por ello, se concluye que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está obligada a proporcionar la información necesaria para la correcta conclusión de las auditorías a los programas de saneamiento financiero, toda vez que de lo contrario se contravendrá lo dispuesto por la citada Ley de Protección al Ahorro Bancario.
III. En ese mismo sentido, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en su artículo 17 establece que los órganos desconcentrados (como es el caso, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores), se hallan jerárquicamente subordinados a las Secretarías de Estado, por lo que resulta infundado lo afirmado por el Subsecretario de Hacienda en el sentido de no poder instruir a la Comisión para que entregue la información solicitada, toda vez que entre la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público existe, como ya se acreditó, una relación de subordinación.
Asimismo, la Ley de Instituciones de Crédito en su artículo 118, establece que únicamente la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, -órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público- podrá solicitar información a las instituciones de crédito sin que éstas incurran en responsabilidad de carácter civil ni penal. A mayor abundamiento, vale la pena manifestar que dicho numeral es, al efecto, expreso: "Con la salvedad de toda clase de información que sea solicitada por la Comisión..."
IV. Considerando que el cabal cumplimiento de la Ley de Protección al Ahorro Bancario está supeditado al óptimo funcionamiento del Instituto de Protección al Ahorro Bancario -creado por virtud de dicha Ley-, y que dicho Instituto no podrá operar debidamente sino hasta la total conclusión de las auditorías practicadas a las operaciones efectuadas por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro, resulta indispensable proporcionar la información solicitada por los auditores de las operaciones del referido Fondo, por lo que la inobservancia de la requisición planteada, representa no solo un desacato a los procedimientos acordados, sino también un acto de grave y absoluta irresponsabilidad política.
V. No se quisiera dejar de lado la consideración de que el acto que ha dado lugar a la presente Queja no es de naturaleza mercantil o bancaria, sino estrictamente parlamentaria y por lo tanto, de interés público; toda vez que el mismo no se funda en disposiciones relativas a operaciones bancarias o a las instituciones de crédito, sino en la normatividad que rige orgánicamente la actividad del Congreso de la Unión; es decir, los artículos 42 último párrafo y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos en concordancia con el noveno transitorio del mismo ordenamiento en lo conducente; así como 89 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
UNICO.- De conformidad con lo establecido en los artículos 42 último párrafo y 45 en relación con el noveno transitorio, en lo conducente, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 89 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en la argumentación expuesta en el cuerpo del presente escrito y en las disposiciones legales invocadas, se acude ante usted en formal QUEJA y se le solicita gire las instrucciones conducentes al C. Secretario de Hacienda y Crédito Público a efecto de proporcionar al Despacho Galaz, Gómez Morfin, Chavero y Yamazaki, S.C., representante del Sr. Michael W. Mackey, coordinador de las auditorías al Fondo Bancario de Protección al Ahorro, la información solicitada para estar en condiciones de concluir las mismas.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México, Distrito Federal a los catorce días del mes de julio de mil novecientos noventa y nueve.
Diputado Jorge Emilio González Martínez
Presidente (rúbrica)
Al personal profesional, técnico y operativo de dependencias y organismos gubernamentales, organizaciones privadas, sociales, instituciones académicas y grupos altruistas voluntarios, vecinales y no-gubernamentales, que desarrollan tareas de, o afines a la protección civil, interesadas en el tema, al Foro Nacional
Hacia la Construcción del Marco Jurídico de Protección Civil Mexicana
Que se verificará abordando los temas: Planeación de la Protección Civil; Financiamiento de la Protección Civil; Educación, Capacitación y Adiestramiento para la Protección Civil; Información, Difusión y Divulgación para la Protección Civil; Operación de la Protección Civil; Participación Social en la Protección Civil: Grupos Voluntarios, Vecinales y No-Gubernamentales; Investigación y Desarrollo Tecnológico; Intercambio Internacional; La Responsabilidad del Servidor Público en la Planeación y Operación de la Protección Civil; e Interacción y Delimitación de la Protección Civil y otras Políticas Públicas.
El desarrollo de la consulta se materializará en las siguientes sedes y fechas correspondiendo a la primera y la última las ceremonias de inauguración y clausura, y a las restantes la consulta propiamente dicha:
Fechas y Sedes
El Foro se llevará a cabo en reuniones plenarias,
que se desarrollarán de las 9:00 a las 15:00, con arreglo al siguiente
procedimiento:
2. Las aportaciones, comentarios y sugerencias que las personas u organizaciones determinen elaborar y presentar, tanto de manera directa en las sesiones de trabajo, como por los medios electrónicos mencionados, deberán enfocarse al contenido de dicho documento, a efecto de centrar la discusión, aunque dado que su carácter no es limitativo, podrán entregarse aquellos que se estimen como importantes para enriquecer el análisis y discusión del tema.
3. En el desarrollo de las sesiones, se procederá, entre las 10:00 y las 12:30 horas, a dar lectura al referido documento base, y posteriormente se dará paso a las intervenciones de especialistas en la materia, seguidas de un panel de reflexión entre los referidos ponentes, y sesiones de preguntas y respuestas, entre ellos y el público asistente; posteriomente, de las 12:30 a las 14:30 horas, se realizará la lectura de todos los trabajos libres que sean inscritos durante el periodo de registro de la reunión, por parte de sus autores. de las 14:30 a las 15:00 horas se leerán las conclusiones y se procederá a la clausura del evento. Los trabajos libres que no alcanzaran a leerse se incorporarán, en todos los casos, al proceso de análisis y elaboración del documento final de la consulta.
Los asuntos relativos a esta convocatoria, su contenido, el programa de trabajo y sus eventuales ajustes y/o modificaciones, así como cualquier otro tocante al tema serán resueltos en acuerdo por la Comisión de Protección Civil.
Por la Comisión de Protección Civil
Atentamente
Dip. Noemí Guzmán Lagunes
Presidenta
Dip. Martín Matamoros Castillo
Secretario
Estrella Vázquez Osorno
Secretaria
Oscar Aguilar González
Secretario
 
DE LA COMISION INVESTIGADORA DE LA CFE Y LUZ Y FUERZA DEL CENTRO
A su quinta reunión plenaria que se llevará a cabo el jueves 15 de julio a las 9 horas en el salón Presidentes del edificio H, segundo nivel.
Orden del Día
1. Lista de asistencia.
2. Lectura del acta anterior.
3. Informe de actividades del presidente actual.
4. Elección del nuevo presidente.
5. Mensaje del presidente entrante.
6. Asuntos generales.
Atentamente
Dip. Domingo Yorio Saqui
Presidente
DE LA COMISION DE EQUIDAD Y GENERO
Al Primer Taller Nacional sobre Legislación en Violencia Intrafamiliar y su Aplicación.
El Primer Taller Nacional sobre Legislación en Violencia Intrafamiliar y su Aplicación, nos permitirá el diálogo entre los actores principales en su solución para poder establecer líneas generales comunes como federación sobre la violencia intrafamiliar, su legislación y aplicación.
Objetivo general
Realizar un taller nacional sobre violencia intrafamiliar, su legislación y aplicación nos permite ofrecer un espacio de diálogo, trabajo y propuestas entre los poderes legislativos, judicial y ejecutivo, y la ciudadanía organizada de los diferentes estados, en donde se puedan tener como resultado líneas comunes para todo el país en relación a la legislación sobre la violencia intrafamiliar y su aplicación.
Objetivos específicos
Ofrecer un espacio de diálogo entre la ciudadanía organizada, los poderes legislativos, judicial y ejecutivo de los estados de la República y a nivel federal sobre las legislaciones sobre violencia intrafamiliar y su aplicación; procesos y propuestas.
Realizar un diagnóstico de la legislación
sobre violencia intrafamiliar y su aplicación en el país.
Experiencias y resultados de los procesos legislativos
y de aplicación realizados en el país.
Detectar líneas básicas convenientes sobre
la legislación de violencia intrafamiliar y su aplicación
para el país.
Fortalecer los vínculos entre la ciudadanía organizada, los poderes legislativos, judicial y ejecutivo de los estados de la República y a nivel Federal en el trabajo para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia intrafamiliar en México.
Participantes
Legisladoras y legisladores federales y de las legislaturas locales, en especial integrantes de las Comisiones de Equidad y Género, o en su caso de Derechos Humanos o Asistencia Social.
Magistradas y magistrados, jueces de los Poderes Judiciales locales y federales, en especial quienes estén en el área civil y penal relacionados a cuestiones familiares.
Procuradores de justicia o las personas responsables de las direcciones o agencias de atención a víctimas del delito, de delitos sexuales o entre familiares.
Directivos de los sistemas DIF nacional y estatales, en especial a las personas responsables de procuradurías para el menor y la familia.
Ciudadanos y ciudadanas integrantes de organizaciones civiles o redes civiles especializadas en el tema, así como quienes en lo individual trabajan o investigan el tema.
Ponentes magistrales
C. Guadalupe Gómez Maganda, coordinadora general
de la Comisión Nacional de la Mujer. México.
Dra. María de la Luz Lima Malvido, coordinadora
general del Comité Nacional de Consulta y Participación de
la Comunidad.
Datos de inscripción
Teléfono y E-mail para mayor información y confirmaciones (3) 616 00 10 E-mail: tallereg@yahoo.com
El presente taller es posible gracias al patrocinio y colaboración de autoridades estatales y municipales, Congreso Federal, Local y Organizaciones civiles.
Por lo que la cuota de recuperación será
de 300.00 pesos que deberán ser depositados en:
Cuenta: 55200729-9
Banco: Grupo Financiero BANORTE
El pago de esta cuota de recuperación permitirá la edición del material previo y será requisito, con la ficha de inscripción, para participar. Agradecemos que se manden estos datos antes del 20 de Julio.
Programa
Viernes 23
9:00 horas. Registro de participantes.
9:30 horas. Acto inaugural.
10:00 horas. Conferencia magistral a cargo de la lic.
Guadalupe Gómez Maganda, coordinadora general de la Comisión
Nacional de la Mujer.
12:00 horas. Receso.
12:15 horas. Presentación e integración
de grupos interdisciplinarios y desarrollo del tema, conforme a los siguientes
conceptos o ejes:
14:00 horas. Receso.
15:45 horas. Grupos interdisciplinarios de trabajo.
17:15 horas. Receso.
17:30 horas. Continúan los trabajos de los grupos
interdisciplinarios.
19:00 horas. Conclusión de actividades del día.
19:30 horas. Cena.
Sábado 24
9:30 horas. Conferencia Magistral a cargo de la dra. María
de la Luz Lima Malvido, coordinadora general del Comité Nacional
de Consulta y Participación de la Comunidad.
11:45 horas. Receso
12:00 horas. Conclusiones
14:00 horas. Ceremonia de Clausura. Comida.
Ficha de inscripción
Es importante para darte una mejor atención y poder programar las mesas de trabajo mandar esta ficha de inscripción antes del 20 de Julio al tel/fax (3) 6 16 00 10*
Nombre
Institución
Mesa de trabajo
Dirección
Teléfono
Fax
Número de ficha de depósito
* El original deberá ser entregado el primer día
del evento
Nombre del hotel donde se reservó lugar
Estadísticas
El Banco Mundial estima que la discapacidad que produce la violencia contra la mujer y dentro de la familia, en el mundo es mayor que las producidas por todos los tipos de cáncer, los accidentes de vehículos de motor, la guerra y la malaria.
Investigaciones latinoamericanas muestran que una de cada cuatro niñas y uno de cada ocho niños serán sexualmente abusados antes de llegar a los 16 años. En más del 90 por ciento de los casos el abusador será masculino y en más del 80 por ciento de los casos será una persona conocida por el niño o la niña.
Cada 15 segundos una mujer es golpeada en su propio hogar.
El 60 por ciento de las violaciones a menores que se denuncian ocurren en el seno familiar.
De cada dos hogares, uno vive violencia.
La inseguridad pública se gesta en la violencia intrafamiliar.
Las consecuencias generales de la violencia intrafamiliar en cada uno de sus sujetos son:
Debilitación gradual de sus defensas físicas
y psicológicas, lo cual se traduce en un incremento de los problemas
de salud (enfermedades psicosomáticas, depresión, etc.).
Disminución en el rendimiento laboral (ausentismo,
dificultades en la concentración, etc.).
Trastornos de conducta escolar y dificultades en el aprendizaje
en los niños, niñas y personas adolescentes, que son víctimas
o testigos de la violencia intrafamiliar.
Asesinatos y lesiones graves ocurridos entre miembros
de una familia son el desenlace de situaciones crónicas de violencia
doméstica.
Es un factor criminógeno, es decir, personas con
conductas delictivas provienen de hogares donde han sido víctimas
o testigos de violencia crónica.
Reproducción de modelos de relación violentos
y perpetuación del problema
¿Podemos dar respuesta a esta situación?
¿Cómo podemos aportar desde nuestros espacios
profesionales para terminar con esta situación?
¿Cómo unir esfuerzos dentro de nuestros
estados y a nivel nacional para optimizar a atención?
Material previo
En esta misma página se incluye un análisis de las legislaciones sobre violencia intrafamiliar que ya han sido aprobadas en los diversos estados de la República, en especial legislaciones en el ámbito de la prevención y la atención.
Se incluye este análisis en la página para poder presentar desde un inicio un panorama de la situación nacional, los principales contrastes y preparar el trabajo que se realizará en las cuatro mesas de trabajo, facilitando el conocimiento en el estado actual de la situación que se tiene en el país.
Este análisis se enriquecerá con la información que se mande de acuerdo a los datos del diagnóstico que sean proporcionados por los mismos participantes y se editará en el material que se entregará a quienes participen.
Material de análisis
Cuadro síntesis de las legislaciones por estados y federales que se tienen sobre violencia intrafamiliar bajo los criterios de finalidad, definiciones, personas involucradas, titular de la acción, políticas públicas de prevención, asistencia y atención, órganos competentes, tipo de procedimientos, medidas cautelares, plazos, tipos de resolución, alcances de la resolución, infracciones y sanciones, derechos procesales de las víctimas, datos relevantes.
Esto de acuerdo a las legislaciones de prevención y atención de la violencia intrafamiliar de los siguientes estados que ya la tienen vigente: Colima, Coahuila, Morelos, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Veracruz, Distrito Federal.
La primera Ley sobre Asistencia y prevención a
la violencia intrafamiliar se aprobó en 1996, a la fecha hay 10
estados de 32 que han legislado al respecto.
DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MEXICO
Al Foro de Análisis: Cambio Climático: el Reto del Tercer Milenio, que se llevará a cabo los días 2 y 3 de agosto, en el salón Verde del Palacio Legislativo de San Lázaro.
El Foro tratará los siguientes temas
2 de agosto:
El Fenómeno del Cambio Climático.
Acciones para el Combate del Cambio Climático.
México ante el Cambio Climático.
3 de agosto:
Sumideros Naturales de los Gases de Efecto Invernadero.
Energía y Cambio Climático.
Alternativas Energéticas.
Iniciativa de Ley para la Prevención y Control
del Cambio Climático de los Estados Unidos Mexicanos.
Panel de Conclusiones.
Para mayores informes, comunicarse a la Coordinación
de Asesores del Partido Verde Ecologista de México, en la Cámara
de Diputados del H. Congreso de la Unión, tel/fax: 5420-1826, e-mail:
diputadosverdes@hotmail.com
DE LA COMISION DE EDUCACION
En coordinación con las Comisiones de Educación de las legislaturas locales, invita a los CC. legisladores federales y locales, a las autoridades educativas de los distintos niveles de gobierno, trabajadores de la educación, instituciones académicas, y de investigación, organizaciones sociales, sindicales, padres de familia, y a todos los interesados en el ámbito educativo, a participar en el Foro Nacional: La Educación Básica ante el Nuevo Milenio, a celebrarse los días 5, 6 y 7 de agosto en Guadalajara, Jalisco.
Objetivos
l. Impulsar un proceso de consulta, con la participación
amplia y plural de la sociedad, que dé cuenta de la realidad educativa
en las distintas regiones del país.
2. Integrar las propuestas y opiniones de los actores
educativos y la sociedad en general, respecto a la cobertura, equidad,
pertinencia y calidad de la educación básica nacional.
3. Analizar alternativas y definir criterios para el
trabajo legislativo, respecto al marco jurídico y normativo de la
educación básica nacional con calidad.
4. Evaluar el Acuerdo Nacional para la Modernización
de la Educación Básica.
5. Atender los retos y desafíos de la educación
básica del Siglo XXI.
BASES
Primera. Las legislaturas locales podrán convocar en sus respectivas entidades, bajo las modalidades que mejor se adecuen a sus necesidades, eventos de consulta en relación a la presente convocatoria.
Segunda. En el foro nacional se presentarán las síntesis de los puntos del temario que hayan sido abordado en los eventos estatales, así como las ponencias individuales o colectivas que se registren y cubran los requisitos.
Las síntesis y las ponencias deberán entregarse a la Comisión de Educación de la H. Cámara de Diputados, personalmente o por correo certificado a más tardar el día 23 de julio en:
Comisión de Educación, Foro Nacional La Educación Básica en el Nuevo Milenio.
Av. Congreso de la Unión número 66, edificio
F, 4to piso, col. El Parque, delegación Venustiano Carranza,
CP 15969, México, Distrito Federal. Teléfonos
(01) 56281300 exts. 1832, 6508, 6518, y (01) 54201832,
e-mail comedul@cddhcu.gob.mx y lpiza@cddhcu.gob.mx
Tercera. Los documentos deberán entregarse en tres formatos:
Cuarta. Las ponencias recibidas serán seleccionadas para ser presentadas en el Foro, por un comité designado para tal efecto por la Comisión Organizadora.
Quinta. Los participantes podrán presentar ponencia, a título personal o colectivo, para su discusión en mesas de trabajo organizadas por tema. Las mesas de trabajo versarán sobre cinco temas, orientados a proponer elementos que enriquezcan el marco jurídico para la educación básica con calidad.
1. Federalismo Educativo
Por la Comisión de Educación
Dip. Armando Chavarría Barrera
Presidente
Dip. Cupertino Alejo Domínguez
Secretario
Dip. Carmen Escobedo Pérez
Secretaria
Dip. Ricardo Fernández Candia
Secretario
DEL COMITE DE BIBLIOTECA E INFORMATICA
A la presentación del disco compacto Acervo Documental del Movimiento Estudiantil de México en 1968: Documentos Oficiales Inéditos y Públicos, que se llevará a cabo el 5 de agosto a las 11 horas, en el salón Verde de Palacio Legislativo.
Atentamente
Dip. Francisco Javier Loyo Ramos
Presidente