Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría del Bienestar y a la Sader a otorgar mayores apoyos a los productores de frijol, maíz y otras actividades elegibles del estado de Zacatecas, a través del Programa Producción para el Bienestar, a cargo de la diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Amalia Dolores García Medina, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

Obligación del estado de Apoyar al Campo

El artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere que el Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, garantizando así el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos.1

Por su parte, el Plan Nacional de Desarrollo 2019 – 2024 en el Eje III Economía; establece como prioritaria la Autosuficiencia Alimentaria y el Rescate al Campo.

Asimismo, La Ley de Desarrollo Rural Sustentable en su artículo 5 fracción II establece como uno de sus objetivos el corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable.2

Por otra parte, en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se faculta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para formular, conducir y evaluar la política de desarrollo rural; a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentes, así como participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el fomento de la producción rural.3

Es de mencionar que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria en su artículo 77 dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, y que deberán sujetarse a reglas de operación, con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia y que en el segundo párrafo del referido artículo, se establece que las dependencias o entidades serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal que corresponda o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y dictamen de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria.

En ese tenor, con fecha 30 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se dan a conocer las reglas de operación del Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio fiscal 2023.

La Problemática del Campo Zacatecano

La agricultura impulsa la economía de la mayoría de los países en desarrollo. Históricamente, muy pocos países han experimentado un rápido crecimiento económico y una reducción de la pobreza que no hayan estado precedidos o acompañados del crecimiento agrícola. Entre otras importantes contribuciones no monetarias de la agricultura cabe citar el hábitat y el paisaje, la conservación del suelo, la ordenación de las cuencas hidrográficas, la retención de carbono y la conservación de la biodiversidad.4

Zacatecas es una entidad primordial en el desarrollo agropecuario del país, y la búsqueda de la soberanía alimentaria.

Zacatecas produce por año un volumen agropecuario de más de 7 millones y medio de toneladas, aportando al PIB del sector primario más de 13 mil quinientos millones de pesos. 5 Los cultivos que sobresalen por su contribución a la producción nacional son: frijol, uva, lechuga, guayaba, cebolla, chile, maíz y avena entre otros, por lo que es destacable a nivel nacional por su producción en diversos alimentos.

Sin embargo, en los últimos años, el campo zacatecano ha venido enfrentando una serie de problemáticas y dificultades que han afectado la productividad y los ingresos de las familias que tiene como fuente de ingreso el campo, tales como factores climáticos, el alto costo de los insumos, así como la inseguridad.

Al iniciar la administración del gobierno local en Zacatecas, se dijo que “El campo es la solución no el problema”, que se reconstruiría el campo. Sin embargo, lejos de eso, la situación actual del campo en el Estado está en serios problemas, que se han agravado por la falta de lluvias y la sequía marcada desde hace varios años, por lo que al día de hoy se tiene una grave crisis en este sector.

Lo anterior, hace necesario que se aumente el monto de los apoyos o subsidios directos al campo, para que el ingreso de las familias no se vea gravemente afectado, sobre todo en las regiones de mayor rezago y que se han visto gravemente afectadas por la sequía y otros factores.

El Programa Producción para el Bienestar

El Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio fiscal 2023 tiene por objetivo, otorgar un apoyo económico directo a productores de pequeña o mediana escala preferentemente de granos como maíz, frijol, trigo y arroz, entre otros, mediante apoyos directos.

Dichos apoyos se otorgan a los productor de pequeña o mediana escala que declaren producir alguno de los cultivos elegibles y estén registrados en el Padrón del Programa Producción para el Bienestar y consisten en un apoyo directo que se otorga de manera anual y que en el caso de productores de granos pequeña escala,6 es por un monto de seis mil pesos por hectárea, mientras que tratándose de productores de granos de mediana escala,7 un apoyo de mil doscientos pesos por hectárea.

Dicho programa es operado por la Dirección General de Apoyos Productivos Directos de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural como unidad responsable y las delegaciones de programas para el desarrollo de la Secretaría del Bienestar como instancias operadoras, con apoyo del Banco del Bienestar como instancia dispersora de apoyos.

La emergencia por la sequía.

El problema de la sequía este año se ha intensificado, ya que abarca a los productores no tienen como alimentar a su ganado, hasta los agricultores los cuales no pudieron sembrar y no tendrán cultivos por falta del agua.8

Jesús Padilla Estrada, titular de la Secretaría del Campo (Secampo), indicó que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) esperará hasta finales de noviembre para poder declarar a Zacatecas como zona de desastre por la sequía, ya que, pese a que la solicitud por parte del gobierno fue ingresada en tiempo y forma, la Conagua debe esperar el registro de lluvias. Sin embargo, el secretario mencionó que “viene un momento crítico para los productores, pues no tendrán agua para el consumo animal y también carecerán de alimento, lo que representa un gran riesgo para el sector pecuario”.9 Al mismo tiempo, puntualizó que la dependencia a su cargo deberá crear un programa de apoyo que incluya alimentos que se distribuyan entre los ganaderos y productores afectados.

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), hizo la promesa de otorgar un apoyo al sector hasta por 8.5 millones de pesos, y hasta ahora solo se han recibido 4 millones. Este apoyo es insuficiente ya que parte de la zona más afectada es la frijolera, la cual ha tenido grandes pérdidas al igual que el resto de ganaderos y agricultores de la zona.

En virtud de lo anterior y de la importancia de atender y dar solución al problema de la pérdida de ingresos de las familias que se dedican al campo zacatecano, y siendo ésta una situación extraordinaria, resulta necesario tomar medidas adicionales en apoyo al campo, en especial a los pequeños y medianos productores, por lo que someto a consideración de esta asamblea del honorable Congreso de la Unión la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. Se exhorta a la Secretaría del Bienestar a que se otorguen mayores apoyos a los productores de frijol, maíz y otros productos elegibles del estado de Zacatecas a través del Programa Producción para el Bienestar de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para el ejercicio fiscal 2023.

Segundo. Se exhorta a la Secretaría del Bienestar a que otorgue una ampliación presupuestal para el Programa Producción para el Bienestar y se realicen las modificaciones correspondientes a las reglas del programa, para efecto de aumentar la cobertura y monto del mismo para los productores del estado de Zacatecas.

Tercero. Se exhorta al titular de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), para que otorgue un apoyo mayor a los 8.5 millones, para apoyar a agricultores y ganaderos afectados por la sequía en Zacatecas.

Cuarto. Se exhorta a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), para que agilice la entrega de la declaratoria como zona de desastre en Zacatecas, para que pueda acceder a recursos para la recuperación de los agricultores y ganaderos de la zona.

Notas:

1 XX. El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina el bienestar y su participación e incorporación en el desarrollo nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo, expedirá la legislación reglamentaria para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público. El desarrollo rural integral y sustentable a que se refiere el párrafo anterior, fines que el Estado garantice el abasto suficiente y oportuno de los alimentos básicos que la ley establezca.

2 Artículo 5o.- En el marco previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Estado, a través del gobierno federal y en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y municipales, impulsará políticas, acciones y programas en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo del país y que estarán orientados a los siguientes objetivos: II. Corregir disparidades de desarrollo regional a través de la atención diferenciada a las regiones de mayor rezago, mediante una acción integral del Estado que impulse su transformación y la reconversión productiva y económica, con un enfoque productivo de desarrollo rural sustentable;

3 Artículo 35.- A la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Formular, conducir y evaluar la política general de desarrollo rural, a fin de elevar el nivel de vida de las familias que habitan en el campo, en coordinación con las dependencias competentesXVIII. Participar con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la determinación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos fiscales y financieros necesarios para el fomento de la producción rural, así como evaluar sus resultados;

4 Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. FAO. La Importancia de la Agricultura en la actualidad. fao.org/3/a0015s/a0015s04.htm

5 Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural. Zacatecas: un campo lleno de producción | Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural | Gobierno | gob.mx (www.gob.mx). 30 de noviembre de 2020

6 Pequeña escala de granos, hasta 3 hectáreas

7 Productor de mediana escala de granos, de 5 y hasta 20 hectáreas.

8 NTR (2023), Hasta noviembre, emergencia por sequía. https://ntrzacatecas.com/?p=99166

9 Ídem.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputada Amalia Dolores García Medina (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE a fortalecer los programas en favor del desarrollo económico de las mujeres mexicanas a fin de reducir la brecha de género, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La que suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

La Agenda 2030 es un plan de acción mundial a favor de las personas, el planeta y la prosperidad, que desde el año 2015 todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas aprobaron con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Es una oportunidad histórica y un compromiso universal adquirido tanto por países desarrollados como en desarrollo que tienen como propósito la erradicación de la pobreza extrema, la reducción de la desigualdad en todas sus dimensiones, un crecimiento económico inclusivo con trabajo decente para todos, ciudades sostenibles, cambio climático, fortalecer la paz universal dentro de un concepto más amplio de la libertad, entre otros.

El objetivo número 5: “Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas”, de la Agenda 2030 es uno de los más importantes de tomar en cuenta actualmente, ya que la mujer ha tomado un valor muy importante para la sociedad y la economía del país, existe El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.1

Fue adoptada por las Naciones Unidas en 1979, el CEDAW es el tratado de derechos humanos más importante para las mujeres del mundo y es una herramienta sobre los derechos humanos de las mujeres y niñas. Así como existe este comité que respalda a las mujeres del mundo, existen diferentes en cada país, con el mismo fin que es poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas, erradicar la desigualdad y violencia de género, e igualdad de recursos económicos, etc.

Una de las metas más sobresalientes e importantes del objetivo 5, es emprender reformas que otorguen a las mujeres igualdad de derechos a los recursos económicos y de oportunidades de liderazgo, actualmente según datos recientes, se estima que el porcentaje de mujeres que se dedican al emprendimiento en México es del 42 por ciento; esto significa que hay más de 2.6 millones de mujeres emprendedoras en el país. Por lo que darles herramientas y facilidades para financiar sus emprendimientos ayuda a impulsar el crecimiento económico y promover el desarrollo social.2

Que México cuente con políticas acertadas y leyes aplicables para promover la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres, ayuda a que las mujeres mexicanas tengan un crecimiento en la iniciativa del emprendimiento, ya que, según el Inegi, en el 2017 existían 1.3 millones de mujeres emprendedoras y para el 2019 el número ha aumentado significativamente.3

Las unidades económicas con predominio femenino, tienden a pertenecer a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPyMES), además de que la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad, aprobó un dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, donde se va a fomentar la iniciativa, creatividad y formación de los emprendedores; Además de que la Secretaría de Economía promoverá esquemas para facilitar el acceso al financiamiento público y privado a las MIPyMES, en igualdad de oportunidades para las mujeres y los hombres, poniendo especial énfasis en garantizar el acceso a dicho financiamiento para la mujeres.4

Como parte de las acciones del gobierno de México y en el marco de una estrecha colaboración con la Secretaría de Economía (SE), la presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Nadine Gasman Zylbermann presentó en la conferencia de prensa del informe diario sobre créditos, realizada en Palacio Nacional, la “Estrategia Integral para promover el empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres”.5

Este programa va encaminado a fortalecer la dinámica interinstitucional en la materia que visualice todas las acciones que se están desarrollando para impulsar la autonomía económica de las mujeres, uno de los principios fundamentales de este programa es reconocer a las mujeres como titulares de derechos: sociales, económicos y culturales, y por supuesto garantizar derechos sociales de las mujeres relacionados con el empleo, productividad, comercialización, financiamiento, así como para acceder a servicios de cuidados como guarderías o comedores, e iniciar a través de esto, procesos de empoderamiento como una condición para el ejercicio y goce de derechos.6

Desde el Inmujeres y en conjunto con otras organizaciones se han potencializado diferentes actividades para atender la insuficiencia y limitación en la que viven miles de mujeres en nuestro país, fomentando el aumento de la participación de las mujeres en el mundo de los negocios, creando nuevas oportunidades para ellas como son los programas o entidades de apoyo para ayudarlas a obtener los recursos necesarios, desde económicos y materiales hasta intelectuales, disminuir la brecha digital y atender de raíz las desigualdades con políticas y normas que incidan en la igualdad y no discriminación para las mujeres en las empresas y sus emprendimientos.

Las mujeres mexicanas han demostrado una gran capacidad de ingenio y creatividad para desarrollar sus negocios. Existen muchos ejemplos de mujeres emprendedoras que han logrado el éxito a través de su trabajo y esfuerzo. Por ello el gobierno de México ha impulsado apoyos a mujeres empresarias sin importar el tipo de negocio que una mujer emprendedora esté planeando lanzar.

Un ejemplo de ellos es; Mujeres RIF – Crezcamos Juntas (Nacional) , que busca impulsar los negocios ya existentes de mujeres mexicanas que tributen bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), Financiamiento para Mujeres Emprendedoras y Empresarias (CDMX) , este programa pretende impulsar la autonomía económica de las mujeres y reducir la brecha de género en materia de desarrollo económico, el Fondo para el Desarrollo Social (Fondeso) , apoyan a mujeres con un microcrédito para el emprendimiento, creación o consolidación de negocios, este financiamiento puede ser desde 5 mil pesos hasta 25 mil en 5 niveles diferente, Crece Mujer Emprendedora (Hidalgo) , brinda créditos para reforzar el emprendimiento femenino, dando prioridad a jefas de familia, mujeres con alguna discapacidad física y mujeres que viven (o vivieron) una situación de violencia, Fondo de Mujeres Emprendedoras (Aguascalientes), otorga incentivos para inversión y capacitación en proyectos de emprendedoras, MICRO YUC Mujeres (Yucatán) , ofrece diversos programas de financiamiento para emprendedores y apoya a negocios administrados en su totalidad o en su mayoría por mujeres, Programa Hecho por Mujeres (Jalisco) , busca contribuir al desarrollo brindando apoyo a grupos de mujeres para que abran sus propios negocios y mejoren su calidad de vida, Programa Mujeres PYME , este programa busca el desarrollo y consolidación de micro, pequeñas y medianas empresas lideradas por mujeres, con acceso a financiamiento preferencial y a herramientas de desarrollo empresarial, entre otros.7

Estos programas han servido de mucho a través de los años ya que las mujeres emprendedoras y empoderadas en México tienen un rol cada vez más importante, siendo fundamentales por el gran aporte que realizan tanto a nivel social como económico; De acuerdo con el Imco (Instituto Mexicano para la Competitividad), un 26 por ciento de todas las mujeres que trabajan son emprendedoras, es decir, han montado su propio negocio.8

En el 2021, la institución reportó sobre el alza en el aporte de las mujeres en la economía mexicana, resultando en que la tasa creció 15.7 puntos porcentuales en diez años. Es decir, que su impacto en la economía pasó de 33.3 por ciento en 2010 a 49 por ciento en el 2020 gracias a los emprendimientos e innovaciones de las mujeres.9

Sin embargo, estos programas deben seguir impulsando y apoyando a las mujeres que lo necesitan, junto con las políticas públicas adecuadas y leyes aplicables para ir mejorando el beneficio de las emprendedoras y tener una mayor creación y participación de los emprendimientos femeninos, es fundamental que México siga progresando con la participación de mujeres en roles de liderazgo, reflejando así la disminución de la desigualdad de género y el empoderamiento femenino.

Por otra parte, contamos con el Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género, que tiene como objetivos coordinar y supervisar el análisis, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, así como de los presupuestos y el gasto etiquetado para mujeres; ofrecer información que permita a los y las legisladoras cumplir con sus atribuciones de aprobación del presupuesto y vigilancia del ejercicio del gasto, buscando mayor equidad de género en su distribución.

Así como dar seguimiento al presupuesto asignado al Anexo 13; “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, actividad sustantiva y permanente de la Dirección de Estudios Sociales de la Posición y Condición de las Mujeres y la Equidad de Género”. Este es un rubro que se encarga de distribuir el dinero público en programas y acciones que garanticen la igualdad entre mexicanos y mexicanas y erradiquen la violencia contra las mujeres.

En nuestro país, los recursos presupuestales que se destinan y distribuyen para promover la Igualdad sustantiva entre mujeres y hombres se etiquetan en un anexo del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, que se ha denominado, a partir del año 2015, como se mencionó anteriormente el Anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”; este tuvo como antecedente, la integración del primer anexo en la materia en el año 2006, y que evolucionó hasta consolidarse como lo conocemos actualmente.

- Para el ejercicio fiscal del año 2018 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 47,918,431,176 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

- Para el ejercicio fiscal del año 2019 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 63,209,834,775 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

- Para el ejercicio fiscal del año 2021 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 128 353.63 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

De acuerdo con el Informe Sobre la Situación Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública correspondiente al primer trimestre del año, el presupuesto autorizado anual del anexo 13 fue de 127 436.47 mdp lo que da cuenta de una diferencia de -917.16mdp respecto al presupuesto aprobado por las y los diputados, es decir, muestra una reducción del 0.71 por ciento.

Cabe mencionar que en el informe no se observan Ramos eliminados, pero si se observa, que un programa del Ramo 10 Economía fuese sectorizado al Ramo 20 Bienestar, se trata del Programa de Microcréditos para el Bienestar (conserva su presupuesto de 1 152.00 mdp), y se observa que el presupuesto de un programa del Ramo 12 Salud fue reducido a ceros, Prevención y atención contra las adicciones (tenía un presupuesto aprobado de 51.85 mdp).

Adicionalmente se visualiza un programa distinto a los pertenecientes al anexo 13 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, se trata de un programa del Ramo 09 Comunicaciones y Transportes denominado Actividades de Apoyo Administrativo (1.0 mdp). De los 60 289.72 mdp autorizados para el periodo, se gastaron 59 160.22 mdp, quedando pendiente la ejecución de 129.50 mdp.

La creciente participación de los recursos destinados a la promoción de la igualdad de género en el gasto público muestra el interés por apoyar esta política social y los programas que la sustentan, generando más áreas de oportunidad para mejorar su distribución entre la atención de las necesidades básicas y los intereses estratégicos de las mujeres, para lograr una mayor igualdad sustantiva y el empoderamiento efectivo de las mujeres.

En el presupuesto total aprobado 2023, en el Anexo Transversal 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, concurren recursos de 28 Ramos Presupuestales, contra 27 Ramos que contribuyeron con recursos en el ejercicio de 2018.

Es importante hacer mención de que, la asignación presupuestal por Ramo del anexo se conforma considerando la Metodología para la elaboración de los Anexos Transversales, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP publica luego de la aprobación del presupuesto, y en la cual se determinan, ya sea por los porcentajes de asignación o por la cantidad que se establecen para consolidar el gasto que conforma el anexo.

Sí bien, en el desglose de los recursos aprobados del anexo 13, por dependencia, entre el 2018 y 2023, se identificó que, los Ramos que determinaron la expansión de 41.5 por ciento en promedio anual del presupuesto dirigido para la intención de este anexo fueron: 11 “educación pública” (73.5 por ciento); 20 “bienestar” (51.9 por ciento). y 15 “desarrollo agrario, territorial y urbano” (21.6 por ciento), todas con importantes tasas de crecimiento medio real anual.10

Mientras que, de manera particular, cuando se analiza el presupuesto por Ramo para el año 2018, los Ramos que hacen las mayores aportaciones para la atención del anexo 13 fueron: 20 bienestar (20,050.1 mdp); 08 agricultura y desarrollo rural (7,843.3 mdp); 12 salud (5,510.2 mdp), y 11 “educación pública” (4,507.3 mdp); cuatro Ramos que de forma conjunta representan el 79.1 por ciento en el total del anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”.

Mientras que en el PEF 2023, la mayor contribución la realizan dos Ramos: 20 bienestar, con 208 mil 024.2 mdp, y 11 educación pública, con 90 mil 775.5 mdp, que de forma conjunta aportan 85.8 por ciento al total del Anexo.

Cabe precisar que en el artículo 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en su último párrafo, se menciona que “no se podrán realizar reducciones a los programas presupuestarios ni a las inversiones dirigidas a la atención de la igualdad entre mujeres y hombres, al Programa de Ciencia, Tecnología e Innovación; las erogaciones correspondientes al Desarrollo Integral de los Pueblos Indígenas y Comunidades Indígenas y la Atención a Grupos Vulnerables, salvo en los supuestos establecidos en la presente Ley y con la opinión de la Cámara de Diputados”.

Para el ejercicio fiscal del año 2023 la honorable Cámara de Diputados aprobó, para el anexo 13, un presupuesto de 348,362,409,335 millones de pesos (mdp), con el cual se llevarían a cabo las actividades de 28 Ramos y 88 programas presupuestarios (PP).

El monto asignado para el anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres” creció de manera considerable en el periodo de análisis, 2018-2023, lo que se revela no solo es sus montos crecientes, sino también en su participación dentro del gasto programable.

En 2018, se aprobó un monto de 47 mil 918.4 millones de pesos (mdp) para el Anexo 13, que representó 1.3 por ciento del gasto programable total, el cual ascendió a 3 billones 803 mil 164.5 mdp. Luego, para el ejercicio fiscal 2023, al Anexo 13 se le han aprobado 348 mil 362.4 mdp, cantidad que representa 5.8 por ciento del gasto programable; lo que implica que los recursos que se dirigen a la promoción de la igualdad de género casi se han quintuplicado, en términos de su proporción del gasto programable, y septuplicado, en términos de sus montos, entre los años citados.

Como se observa, en todo el periodo el gasto destinado al anexo 13 muestra una tendencia creciente, con una tasa media de 41.5 por ciento real, en tanto que, el gasto programable lo hizo a un ritmo de 4.1 por ciento, el PIB observó un marginal incremento equivalente a 0.8 por ciento real.

Es importante hacer mención de que, la asignación presupuestal por Ramo del anexo se conforma considerando la Metodología para la elaboración de los Anexos Transversales, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SHCP publica luego de la aprobación del presupuesto, y en la cual se determinan, ya sea por los porcentajes de asignación o por la cantidad que se establecen para consolidar el gasto que conforma el anexo.

Sí bien, en el desglose de los recursos aprobados del anexo 13, por dependencia, entre el 2018 y 2023, se identificó que, los Ramos que determinaron la expansión de 41.5 por ciento en promedio anual del presupuesto dirigido para la intención de este anexo fueron: 11 “educación pública” (73.5 por ciento); 20 “bienestar” (51.9 por ciento). y 15 “desarrollo agrario, territorial y urbano” (21.6 por ciento), todas con importantes tasas de crecimiento medio real anual.

Mientras que, de manera particular, cuando se analiza el presupuesto por Ramo para el año 2018, los Ramos que hacen las mayores aportaciones para la atención del anexo 13 fueron: 20 bienestar (20,050.1 mdp); 08 agricultura y desarrollo rural (7,843.3 mdp); 12 salud (5,510.2 mdp), y 11 “educación pública” (4,507.3 mdp); cuatro Ramos que de forma conjunta representan el 79.1 por ciento en el total del Anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”.

Mientras que en el PEF 2023, la mayor contribución la realizan dos Ramos: 20 Bienestar, con 208 mil 024.2 mdp, y 11 educación pública, con 90 mil 775.5 mdp, que de forma conjunta aportan 85.8 por ciento al total del anexo.

En el comparativo del aprobado para el anexo 13 en los años 2022 y 2023, el crecimiento real observado es de 42.0 por ciento real. Al interior, se observó que el Ramo 20 “Bienestar” es el más representativo y muestra una variación real del 41.5 por ciento.

En el análisis del anexo por programa presupuestario (Pp) resalta que, en el año 2018, el Anexo 13 instrumentó 113 Pp´s, de los cuales 94 operaron con recursos presupuestales y 19 con recursos propios de las entidades (extrapresupuestarios); en tanto que, para el ejercicio 2023 de un total de 109 Pp´s, 94 tienen recursos federales aprobados y 15 se reportaron para operar con recursos propios.

Cabe mencionar que en 2023 dos Pp’s del ramo 20 Bienestar se re-sectorizaronal Ramo 04 Gobernación, mismos que son: el Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF) y el Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus hijas e hijos. Esto de conformidad con el Convenio marco de colaboración, así como el Acuerdo de traspaso de recursos presupuestarios que celebraron las Secretarías de Bienestar y de Gobernación por el que se re-sectorizan estos programas, a fin de que sean operados a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.

Asimismo, importa mencionar que los 5 Pp´s que son los más significativos al interior del Anexo 13, son considerados como Programas Prioritarios en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en materia de Desarrollo Social y son los siguientes:

- “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”

- “Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez”

- “Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez”

- “Jóvenes Construyendo el Futuro”, y

- “Sembrando Vida”

Mismos que de forma conjunta aportaron en el año 2020 el 73.2 por ciento, en tanto que, para 2023 dicha participación fue de 75.5 por ciento.

De todos los Pp´s mencionados en el párrafo anterior, el programa que tiene la mayor aportación presupuestal es el “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” del Ramo 20 bienestar, que en el año 2022 contó con un presupuesto de 127 mil 175.5 mdp y para el ejercicio 2023 se le aprobó un monto de 193 mil 424.6 mdp, mayor en 66 mil 249.1 mdp, aumento que propició un crecimiento real de 44.9 por ciento, cuando el total del anexo 13 creció a una tasa de 42.0 por ciento real.

Con los recursos mencionados para el ejercicio 2023 y un presupuesto de 14 mil 658.6 mdp en el año 2018, el “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” registró una TMCA de 59.4 por ciento.

Los otros tres programas significativos tienen asignación presupuestal a partir del año 2020, son el “Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez” del Ramo 11 Educación Pública, el Programa “Jóvenes Construyendo el Futuro” del Ramo 14 Trabajo y Previsión Social y el “Programa Sembrando Vida” del Ramo 20 Bienestar, que contaron con recursos aprobados en el año 2022 por 26 mil 453.9 mdp, 10 mil 719.4 mdp y 9 mil 499.3 mdp y para el ejercicio fiscal 2023 tuvieron un aprobado de 27 mil 818.0 mdp, 11 mil 143.8 mdp y 11 mil 883.7 mdp, respectivamente; motos con los cuales registraron tasas reales de 0.2, -1.0 y 19.2 por ciento, en el mismo orden (véase cuadro anexo).

Al recapitular respecto del presupuesto correspondiente al Anexo 13 “Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres”, por dependencia, encontramos que, en 2018 concurrieron 27 Ramos, en tanto que, para el año 2023 fueron 28. A su interior, en 2018 se ubica un total de 113 Pp´s, de los cuales 94 operaron con recursos presupuestales y 19 son con recursos propios; en tanto que, para 2023 de un total de 109 Pp´s, 94 tienen recursos federales aprobados y 15 se reportan para funcionar con recursos propios.

Por su representatividad, en los años de estudio, destacan los Ramos 20 bienestar y el 11 educación pública. En el primero, la mayor aportación la tiene el “Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores” y el “Programa Sembrando Vida” que se incorpora a partir del año 2020; en el segundo Ramo, tanto el Pp “Beca Universal para Estudiantes de Educación Media Superior Benito Juárez”, con recursos presupuestales a partir de 2019 como el “Programa de Becas de Educación Básica para el Bienestar Benito Juárez” con recursos a partir del año 2020 son significativos.12

Es de resaltar que, todos los programas mencionados son considerados como sustantivos en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 en materia de Desarrollo Social.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al Poder Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Economía y sus homologas en las entidades federativas fortalezcan los programas y líneas de acción para seguir impulsando y apoyando a las mujeres que lo necesitan, junto con las políticas públicas adecuadas y las leyes aplicables para el beneficio de las emprendedoras y tener una mayor creación y participación de los emprendimientos femeninos en favor del desarrollo económico de las mujeres mexicanas con la finalidad de reducir la brecha de género y cumplir con los ordenamientos legales y tratados internacionales.

Notas:

1 OHCHR. (s. f.). Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. https://www.ohchr.org/es/treaty-bodies/cedaw

2 Agatone, S. (2023). ¿Cuántas mujeres emprendedoras hay en México? JOBATUS. https://www.jobatus.mx/noticias/cuantas-mujeres-emprendedoras-hay-en-me xico

3 Agatone, S. (2023). ¿Cuántas mujeres emprendedoras hay en México? JOBATUS. https://www.jobatus.mx/noticias/cuantas-mujeres-emprendedoras-hay-en-me xico

4 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/247_130819.pdf

5 De Las Mujeres, I. N. (s. f.). Inmujeres impulsa estrategia para promover el empoderamiento y la autonomía económica de las mujeres. gob.mx. https://www.gob.mx/inmujeres/prensa/inmujeres-impulsa-estrategia-para-p romover-el-empoderamiento-y-la-autonomia-economica-de-las-mujeres

6 https://www.semujeres.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Politicas/Programa_ Empoderamiento_Autonomia_CDMX_2016.pdf

7 Reyes, K. (2022, 17 noviembre). Apoyo a mujeres emprendedoras en México - Tiendanube. Blog del E-commerce. https://www.tiendanube.com/mx/blog/apoyo-a-mujeres-emprendedoras/#:~:te xt=Mujeres%20RIF%20%E2%80%93%20Crezcamos%20Juntas%20es,menos%20un%20a%C 3%B1o%20de%20operaci%C3%B3n

8 BBVA MEXICO & BBVA. (2023, 6 septiembre). La importancia de las mujeres emprendedoras en México. BBVA. https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/mujeres-emprendedoras-en- mexico.html

9 BBVA MEXICO & BBVA. (2023, 6 septiembre). La importancia de las mujeres emprendedoras en México. BBVA. https://www.bbva.mx/educacion-financiera/blog/mujeres-emprendedoras-en- mexico.html

10 LFPRH Art 42 Fracción VI. 20 días naturales después de publicado el PEF en el DOF se hace entrega de los Tomos y Anexos del PEF Aprobado. 4 SHCP. Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado para el ejercicio fiscal 2023.

11 LFPRH Art 42 Fracción VI. 20 días naturales después de publicado el PEF en el DOF se hace entrega de los Tomos y Anexos del PEF Aprobado. SHCP. Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado para el ejercicio fiscal 2023

12 Centro de Estudios de las Finanzas Públicas, 10 de abril de 2023, Anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2018-2023 https://www.cefp.gob.mx/publicaciones/nota/2023/notacefp0302023.pdf

Dado en el Salón de Sesiones, a 18 de 2023.

Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y al Inmujeres a velar y salvaguardar la salud mental de las mujeres mexicanas, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

Quien suscribe, Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II; y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El concepto de salud puede vislumbrarse desde dos ámbitos distintos, aunque complementarios: el primero en el sentido individual y el segundo en el social. La primera acepción concibe a la salud como el buen funcionamiento biológico del organismo y la ausencia de enfermedades. La segunda, como explica la Organización Mundial de la Salud (OMS), trasciende el aspecto individual para abarcar un estado completo de bienestar físico, mental y social.1

Se calcula que en México alrededor del 30 por ciento de las personas padece algún trastorno mental a lo largo de su vida, y más del 60 por ciento de la población que sufre alguno de ellos, no recibe tratamiento.2

A nivel mundial, los dos trastornos mentales más frecuentes son la ansiedad y la depresión, siendo las mujeres más propensas que los hombres a desarrollarlos.3 Esta diferencia de género ha sido abordada desde hipótesis biológicas, socioculturales, y de factores de amplificación artificial de las diferencias de género. Dichas hipótesis no son excluyentes entre sí, y probablemente se complementen, mostrando indicios que sustentan que las mujeres experimentan más factores sociales precipitantes y son más vulnerables a determinados factores sociales.4

En el marco de la conmemoración del Día Mundial para la Prevención del Suicidio, que se llevó a cabo el pasado 10 de septiembre, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó datos que registran un aumento de la tasa de mortalidad por suicidio en el continente americano, dejando ver una alarmante situación; pues mientras en las demás regiones del mundo se observa una disminución, América es el único territorio que registra un incremento de esta tasa de mortalidad.5

El vínculo que existe entre el suicidio y los trastornos mentales cuenta, con una amplia documentación, y es en el suicidio en donde también se puede observar una marcada diferencia en razón de género, pues si bien es cierto que el 79 por ciento de los suicidios en América ocurre entre hombres, los intentos de suicidio son tres veces más frecuentes entre las mujeres.6

En razón de esta evidente asimetría, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) destaca la importancia de tener en cuenta los determinantes sociales del suicidio específicos de cada sexo al elaborar intervenciones de reducción del riesgo y estrategias de prevención.7

La salud es más que una noción médica: es un concepto predominantemente social porque se vincula con las costumbres, tradiciones, actitudes y juicios de valor de los diversos grupos de una sociedad, y porque involucra la participación de todos los agentes de la comunidad.

Las instituciones y el sistema jurídico mexicano han enfatizado la importancia de impulsar la salud pública, a la que confieren un significado similar al de la Organización Panamericana de la Salud. Para este organismo, la salud pública es una ciencia un arte y una filosofía cuyo objetivo final es la prevención, promoción y protección de la salud de la población bajo una visión colectiva, tanto del Estado como de la sociedad civil, encaminada a proteger y mejorar la salud de las personas.8

Una de las situaciones más importantes para una persona es la salud mental, en donde esta puede definirse como un estado de bienestar mental que permite a las personas hacer frente a los momentos de estrés de la vida, desarrollar todas sus habilidades, poder aprender y trabajar adecuadamente y contribuir a la mejora de su comunidad.

Según el Instituto Mexicano de Seguro Social, la salud mental es el estado de equilibrio que debe existir entre las personas y el entorno socio-cultural que los rodea, incluye el bienestar emocional, psíquico y social e influye en cómo piensa, siente, actúa y reacciona una persona ante momentos de estrés. La salud mental es la base para el bienestar y funcionamiento efectivo de una persona y su comunidad.

La salud mental es más que la mera ausencia de trastornos mentales. Se da en un proceso complejo, que cada persona experimenta de una manera diferente.

Las mujeres, son un fuerte pilar de la sociedad y su salud mental es importante, se creía que esta estaba determinada por el ciclo menstrual, sin embargo, a partir de los estudios e investigaciones sabemos que entre las mujeres se observa una mayor prevalencia de depresiones, ansiedad, somatizaciones y trastornos del comportamiento alimentario que está condicionado por los factores psicosociales de género.

La mujer es vulnerable a la falta de salud mental debido a los roles que la sociedad le adjudica, como lo es el trabajo doméstico y la familia en donde no se le reconoce ni remunera todo lo que hace, pero principalmente, la sociedad ha creado estándares en donde la mujer debe ser bonita, delgada y sexy y que solo así podrá ser una mujer triunfadora.

Se les olvida recordar que aceptar, disfrutar y valorar nuestro cuerpo es necesario para sentirnos bien: escuchar nuestro cuerpo para saber cómo nos sentimos y qué necesitamos.

Finalmente, la maternidad en la mujer juega un rol muy importante; educar y guiar a una criatura también conlleva una gran responsabilidad y renuncias personales y más aún en la sociedad actual que sigue siendo sexista y no existe una corresponsabilidad social.

Además que se deja de lado los cambios drásticos hormonales tanto en el embarazo como después de, en donde la mujer dependerá del entorno y el apoyo que tenga y buscarán aquello que respete nuestras necesidades sin sentirnos culpables por ello.

La sociedad le da un papel muy importante a los roles de género, a los estereotipos, a la salud mental en adolescentes por los cambios que sufren, pero dejan de lado la salud mental de la mujer, en donde es en ella en quien recae la mayoría de los estereotipos impuestos por la sociedad y mentalmente esta impuesta a cubrir con ellos para poder tener una satisfacción personal.

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Salud para que, en coordinación con el Instituto Nacional de las Mujeres impulsen, desarrollen y difundan eventos para todas las mujeres con la finalidad de visibilizar, velar y salvaguardar su salud mental.

Notas:

1 Cámara de Diputados. (s/a) Disponible en: http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Comisiones/d_sal ud.htm#_ftnref1

2 IMS (2023). La punta del iceberg. Disponible en:https://www.gob.mx/imss/articulos/la-punta-del-iceberg

3 INEGI (2021). Presenta INEGI resultados de la primera Encuesta Nacional De Bienestar Autorreportado (ENBIARE) 2021. Disponible en:https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/EstS ociodemo/ENBIARE_2021.pdf

4 SOM Salud Mental. ¿Por qué las mujeres tienen más trastornos depresivos que los hombres? Disponible en:https://depresion.som360.org/es/monografico/mujer-salud-mental/artic ulo/mujeres-tienen-mas-trastornos-depresivos-hombres

5 OPS (2023). Día mundial para la Prevención del Suicidio 2023. Disponible en:https://www.paho.org/es/campanas/dia-mundial-prevencion-suicidio-202 3

6 Sanz Fuentes, Antonio; Ruiz Lorenzo, Valeria (2023). Pensamiento e intento suicida en mujeres y su relación con la violencia de género. Revista Española de Investigaciones Sociológicas. Disponible en: https://reis.cis.es/REIS/PDF/REIS_181_051669886678885.pdf

7 OPS (2023). Un nuevo estudio pone de relieve los factores contextuales asociados al suicidio en las Américas. Disponible en: https://www.paho.org/es/noticias/23-2-2023-nuevo-estudio-pone-relieve-f actores-contextuales-asociados-al-suicidio-americas

8 Cámara de Diputados. (s/a) Disponible en: http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Comisiones/d_sal ud.htm#_ftnref1

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de Septiembre de 2023.

Diputada Ma. Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conavim a hacer del conocimiento público el ejercicio y seguimiento de los recursos públicos transferidos al estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género, a cargo de la diputada Jéssica María Guadalupe Ortega de la Cruz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

La suscrita, diputada Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración de esta soberanía la presente “proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno federal y al gobierno del estado de Morelos, hagan del conocimiento público a través de sus medios oficiales de comunicación, el ejercicio y seguimiento de los recursos públicos transferidos al estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género”, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

I. Violencia contra mujeres y niñas

1. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia como “El uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga mucha probabilidad de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones”.1

Los patrones de violencia son causados por diversos factores sociales, culturales, económicos y políticos; sin embargo, estos patrones de conducta no deben promoverse, al contrario, deben de erradicarse en su totalidad.

A más de 40 años de la lucha contra la violencia de género, actualmente las mujeres y niñas continúan siendo el sector más vulnerable a los diversos hechos de violencia que se viven en México.

2. La Organización de las Naciones Unidas (ONU), considera que la violencia contra mujeres y niñas es una de las violaciones más generalizadas y recurrentes de los derechos humanos en el mundo,2 aunado a las graves consecuencias que trae consigo.

En el caso particular de las mujeres y niñas, se encuentran expuestas a diversas situaciones de violencia por su género, por mencionar algunas: económica, psicológica, emocional, física, sexual, digital, que cada vez van más en aumento hasta llegar al feminicidio.

3. El Instituto Nacional de las Mujeres3 ha informado a través de su página oficial de internet que, a la fecha se han emitido 25 Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres en 22 entidades federativas que incluyen 643 municipios: Estado de México, Morelos, Michoacán, Chiapas, Nuevo León, Veracruz, Sinaloa, Colima, San Luis Potosí, Guerrero, Quintana Roo, Nayarit, Zacatecas, Oaxaca, Durango, Campeche, Jalisco, Puebla y Baja California.

En el caso particular de Morelos, la Alerta se declaró el 10 de agosto de 2015, para ocho municipios: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jilotepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec.4

De las 18 entidades federativas evaluadas, se desprende que solo el 9 por ciento de las medidas recomendadas han sido cumplidas por los gobiernos estatales.

4.De la información sobre violencia contra las mujeres presentado por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública,5 se desprende que, al 31 julio de 2023, se tiene un registro de 75,140 presuntos hechos delictivos cometidos en agravio de mujeres (lesiones dolosas, lesiones culposas, delitos que atentan contra la libertad personal, delitos que atentan contra la vida y la integridad corporal, homicidio culposo, extorsión, homicidio doloso, corrupción de menores, delitos cometidos contra la sociedad, feminicidio, trata de personas, secuestro, rapto, tráfico de menores, etc).

En el caso de los delitos que atentan contra la vida y la integridad corporal6 se tiene un registro de 500 por feminicidio; 1,516 por homicidio doloso; 2,298 por homicidio culposo; 41 mil 531 por lesiones dolosas, y; 13 mil 707 por lesiones culposas.

Asimismo, se desprende que, al 31 de julio de 2023, el Estado de Morelos se posicionó en sexto lugar a nivel estatal y en primer lugar por cada 100 mil mujeres en presuntos delitos de feminicidio.7

I. Derechos humanos y protección de las mujeres contra todo tipo de violencia.

1. La Organización de las Naciones Unidas ha definido los derechos humanos como: “derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de raza, sexo, nacionalidad, origen étnico, lengua, religión o cualquier otra condición”.8

2. El 10 de junio de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “decreto por el que se modifica la denominación del Capítulo I del Título Primero y reforma diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, en materia de derechos humanos.9

Dicha reforma tuvo como objetivo reconocer a nivel constitucional los derechos humanos de las personas, así como establecer las garantías para lograr su apropiada protección.

De las modificaciones realizadas al artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), se destaca el reconocimiento de los derechos humanos, mediante el principio pro persona como rector de la interpretación y aplicación de la norma jurídica y, en segundo lugar, la prohibición de todo tipo de discriminación.

En ese sentido, de conformidad con los artículos 1 y 133 de la Carta Magna, el Estado mexicano tiene la obligación de observar los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, en los que sea parte.

3. En el caso de los derechos humanos de las mujeres, México forma parte de diversos instrumentos internacionales para su protección, entre ellos:

- Carta de las Naciones Unidas (1945).

- Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).

- Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966).

- Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966).

- Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).

- Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979).

- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer “Convención de Belém Do Pará” (1994).

4. Por lo que respecta a la CPEUM, como ya se mencionó, el artículo 1, establece la prohibición de todo tipo de discriminación y garantiza los derechos humanos de las mujeres.

II. Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

1. La Secretaría de Gobernación (Segob) es una dependencia integrante de la administración pública centralizada del Poder Ejecutivo federal y cuenta con 27 atribuciones10 establecidas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), entre ellas:

“I. a VI. ...

VII. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país; coordinar, en vinculación con las organizaciones de la sociedad civil, la promoción y defensa de los derechos humanos y dar seguimiento a la atención de las recomendaciones que emitan los organismos competentes en dicha materia, así como dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto

VII Bis. Formular y coordinar la política de prevención social del delito, cultura de paz y de legalidad, mediante programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación o vulnerabilidad de grupos sociales, así como diseñar e instrumentar programas para la atención integral a víctimas y coadyuvar en la celebración de acuerdos de colaboración con otras instituciones del sector público y privado;

VIII. a XXIII. ...

XXIV Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.”

2. Para el desempeño de sus funciones, la Segob se auxilia, entre otros, de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), creada mediante decreto publicado el 1 de junio de 2009 en el DOF.11

De conformidad con el artículo 2, apartado C, fracción V del Reglamento Interior de la Segob,13 la CONAVIM, es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.

La Conavim tiene por objeto, ejercer las atribuciones previstas en su decreto de creación, así como aquellas que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) y su reglamento le confieren a la Segob, en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres en nuestro país.

3. Conforme a su artículo 1, la LGAMVLV tiene por objeto:

“... Establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y mecanismos para el pleno acceso a una vida libre de violencias, así como para garantizar el goce y ejercicio de sus derechos humanos y fortalecer el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.13

El artículo 2 de la LGAMVLV recoge la figura de interpretación conforme al establecer que, para garantizar los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, se hará a la luz de aquella y de los tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, ratificados por el Estado mexicano.

III. Instituto Nacional de las Mujeres

1. Conforme al artículo 2 de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres,14 el Instituto (INMUJERES), es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines.

2. Conforme al artículo 4 de dicha ley, el INMUJERES tiene por objeto:

“Promover y fomentar las condiciones que posibiliten la no discriminación, la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros; el ejercicio pleno de todos los derechos de las mujeres y su participación igualitaria en la vida política, cultural, económica y social del país...”15

Lo anterior, bajo los criterios de transversalidad, federalismo y fortalecimiento de vínculos con los poderes legislativo y judicial de los distintos órdenes de gobierno.

3. La fracción VIII del artículo 38 de la LGAMVLV, establece que el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres debe contener acciones con perspectiva de género para “Vigilar que los medios de comunicación no fomenten la violencia contra las mujeres y que favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia, para fortalecer el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las mujeres”.

IV. Recursos públicos federales para la erradicación de la violencia contra las mujeres.

1. El 28 de noviembre de 2022 se publicó en el DOF,16 el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023 (PEF 2023). En el anexo 13 “Erogaciones para la igualdad entre mujeres y hombres”, se establecieron los siguientes programas presupuestarios:

2. El 30 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2021-2024.22

Entre los objetivos prioritarios del programa se encuentran:

- Disminuir las violencias contra las mujeres, mediante la implementación de medidas preventivas de los factores de riesgo;

- Promover servicios de atención integral especializada, con enfoque interseccional e intercultural para mujeres víctimas de la violencia;

- Fomentar la procuración e impartición de justicia con perspectiva de género para asegurar la sanción, reparación del daño y la no repetición, con las instancias competentes a nivel nacional; y

- Impulsar acciones de coordinación que permitan institucionalizar en el Estado mexicano la erradicación de la violencia contra las mujeres.

Los recursos de dicho programa son subsidiados para el fortalecimiento de los centros de justicia para mujeres y para alertas de violencia de género contra las mujeres.

3. El 28 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2023.23

El objetivo general del programa es empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de orientación y atención especializada en las unidades apoyadas por el PAIMEF, para una vida libre de violencia.

Entre sus objetivos específicos se encuentran:

- Realizar acciones para el fortalecimiento de la institución en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres;

- Realizar acciones para prevenir la violencia contra las mujeres en coordinación con instituciones públicas y sociales; y

- Otorgar servicios de orientación y atención integral: de trabajo social, psicológica y jurídica, incluyendo el seguimiento jurisdiccional, y servicios específicos para el empoderamiento de las mujeres en situación de violencia, en coordinación con los tres órdenes de gobierno, instituciones públicas y sociales.

4. El 22 de marzo de 2023, se publicó en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023.24

El objetivo general del programa es brindar protección y atención integral y especializada, mediante refugios especializados y centro externo de atención, a mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso, sus hijas e hijos.

Entre sus objetivos específicos se encuentran:

- Apoyar la operación de refugios especializados para mujeres víctimas de violencia de género, y en su caso sus hijas e hijos y sus centros externos de atención, brindar atención eficiente y de calidad a las mujeres usuarias, sus hijas e hijos.

- Dar seguimiento a la operación de refugios especializados para mujeres víctimas de violencia de género, en su caso sus hijas e hijos y sus centros externos de atención apoyados por el programa.

5. El programa presupuestario fortalecimiento de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres tiene como objetivo contribuir al logro de la igualdad sustantiva y erradicar la violencia contra las mujeres, mediante la incorporación de la perspectiva de género en la planeación, programación y presupuestación de la administración pública federal.25

6. El 26 de diciembre de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo por el que se emiten las reglas de operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres para el ejercicio fiscal 2023.26

7. Los programas presupuestarios señalados con anterioridad son recursos que la federación subsidia a las entidades federativas.

Aunque en los últimos años los gobiernos, tanto federal como locales, han intentado implementar políticas públicas que garanticen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, bajo los criterios de prevención, atención, investigación, sanción y erradicación; los esfuerzos han sido inútiles, sobre todo cuando el ciclo de las políticas públicas es incompleto y carece de evaluación de resultados y seguimiento a las acciones.

Este problema de evaluación incompleta se agrava cuando los gobiernos locales y municipales, por diferentes causas, no logran obtener el recurso que estaba destinado para ellas debido a una incorrecta planeación de proyectos, tal es el caso de distintas dependencias que no serán beneficiarias en 2023. Se hace llegar el reconocimiento a aquellas que si lo lograron, permitiendo con ello el beneficio de las mujeres morelenses que se encuentran en medio de distintas violencias.

Lamentablemente estos hechos de violencia contra las mujeres y niñas afectan su dignidad y valor humano, su integridad y la igualdad en el ejercicio de los demás derechos humanos.

Por lo anterior, es necesario que en los presupuestos de egresos de las entidades federativas se consideren recursos suficientes para la igualdad entre mujeres y hombres, así como la conformación de un grupo de trabajo interinstitucional y multidisciplinario para analizar y determinar las acciones pertinentes para combatir la violencia de género, especialmente en materia de violencia feminicida.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, someto a consideración de esta honorable soberanía, la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el ejercicio que ha realizado de los recursos públicos asignados en el ejercicio fiscal 2023, destinados para atender la problemática de violencia de género en el estado de Morelos, así como el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el seguimiento de los recursos públicos transferidos en el ejercicio fiscal 2023 a los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil del estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género, así como el cumplimiento de metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, realice mayor difusión del subsidio para las alertas de violencia de género, sobre todo a los municipios; así como brindar mayor claridad en los lineamientos para ser entes públicos beneficiarios, principalmente en la identificación precisa de quienes pueden intentar participar para dicho fondo.

Cuarto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el ejercicio que ha realizado de los recursos públicos asignados en el ejercicio fiscal 2023, destinados para atender la problemática de violencia de género en el estado de Morelos, así como el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Quinto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el seguimiento de los recursos públicos transferidos en el ejercicio fiscal 2023 a los entes públicos y organizaciones de la sociedad civil del estado de Morelos, destinados para atender la problemática de violencia de género, así como el cumplimiento de metas e indicadores de dichos programas presupuestarios.

Sexto. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al Instituto Nacional de las Mujeres, impulse la incorporación de la perspectiva de género en la planeación nacional del desarrollo, programación y presupuesto de egresos de la federación.

Séptimo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos, a través del Instituto de la Mujer del estado de Morelos y a los gobiernos municipales del estado de Morelos, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, los recursos que les han sido transferidos por el gobierno federal en el ejercicio fiscal 2023, para atender la problemática de violencia de género, así como el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores.

Octavo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos, a través del Instituto de la Mujer del Estado de Morelos y a los gobiernos municipales del estado de Morelos, haga del conocimiento público, a través de sus medios oficiales de comunicación social, el ejercicio eficaz y eficiente de los recursos públicos que le han sido transferidos por el gobierno federal en el ejercicio fiscal 2023, destinados a atender la problemática de violencia de género.

Noveno. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta al gobierno del estado de Morelos, a través del Instituto de la Mujer para el estado de Morelos y a los gobiernos municipales del estado de Morelos, para que planifiquen y diseñen proyectos motivados y fundamentados que nos permitan a las morelenses ser beneficiarias del subsidio para las alertas de violencia de género administrado por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, evitando con ello que algunas dependencias queden fuera nuevamente en años posteriores.

Décimo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Congreso del estado de Morelos para que, en el marco de la discusión y aprobación del Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2024, considere los recursos necesarios para la implementación de políticas, programas y acciones con perspectiva de género a efecto de garantizar la seguridad de las mujeres y niñas en la entidad federativa.

Décimo primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al Ejecutivo del estado de Morelos para que, implemente las acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar y abatir la violencia feminicida, así como para que considere los recursos necesarios en la planeación y programación del Proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2024, para hacer frente a la alerta de violencia de género contra las mujeres.

Décimo segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta al titular del Poder Ejecutivo del estado de Morelos para que, en el ámbito de su competencia y en coordinación con el gobierno federal y los gobiernos municipales, conformen un grupo de trabajo interinstitucional y multidisciplinario para analizar y determinar las acciones pertinentes para combatir la violencia de género, especialmente en materia de violencia feminicida.

Notas:

1 Informe Mundial Sobre la Violencia y la Salud. Organización Mundial de las Naciones Unidas. Ed. 2002. Pág. 3. https://www.who.int/violence_injury_prevention/violence/world_report/en /abstract_es.pdf Consultado: 20 de febrero de 2023.

2 Organización Mundial de las Naciones Unidas. Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas. https://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/faq s/types-of-violence Consultado: 13 de septiembre de 2023.

3 Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres. Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Disponible en https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/831585/AVGM_DECLARADAS_F INAL_12.06.23.pdf Consultado: 13 de septiembre de 2023.

4 Instituto Nacional de las Mujeres. Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres. Disponible en https://www.gob.mx/inmujeres/acciones-y-programas/alerta-de-violencia-d e-genero-contra-las-mujeres-80739 Consultado: 13 de septiembre de 2023.

5 Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Información sobre violencia contra las mujeres. https://drive.google.com/file/d/1B9WFgTZzBybiIR4UacUeEszzI3X7cn3T/view Consultado: 13 de septiembre de 2023.

6 Ibidem.

7 Ibidem.

8 Organización de las Naciones Unidas. Derechos Humanos. ¿Qué son los Derechos Humanos? https://www.un.org/es/global-issues/human-rights#:~:text=Los%20derechos %20humanos%20son%20derechos,religi%C3%B3n%20o%20cualquier%20otra%20cond ici%C3%B3n. Consultado: 13 de septiembre de2023.

9 Cámara de Diputados. Reforma 194: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_194_10jun11.p df Consultado: 13 de septiembre de 2023.

10 Cámara de Diputados. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Artículos 1, 2, 26 y 27. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LOAPF.pdf Consultado: 13 de septiembre de 2023.

11 DOF. Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Disponible en https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5092144&fecha=01/06/2009 #gsc.tab=0 Consultado: 14 de febrero de 2023.

12 DOF. Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5561631&fecha=31/05/ 2019#gsc.tab=0 Consultado: 14 de septiembre de 2023.

13 Cámara de Diputados. Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf Consultado: 14 de septiembre de 2023.

14 Cámara de Diputados. Ley del Instituto Nacional de las Mujeres. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/88_200521.pdf Consultado: 14 de septiembre de 2023.

15 Ibidem.

16 Cámara de Diputados. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023. Disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf Consultado: 14 de septiembre de 2023.

17 Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023. Disponible en https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/atbnZdy0/PEF2023/ktp8ldcM/d ocs/04/r04_afpe.pdf Consultado: 15 de septiembre de 2023.

18 Ibidem.

19 Ibidem.

20 Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2023. Disponible en https://www.pef.hacienda.gob.mx/work/models/atbnZdy0/PEF2023/ktp8ldcM/d ocs/47/r47_hhg_afpefe.pdf Consultado: 15 de septiembre de 2023.

21 Ibidem.

22 Diario Oficial de la Federación. Programa integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres 2021-2024. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5639746&fecha=30/12/ 2021#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023

23 Diario Oficial de la Federación. Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas (PAIMEF), para el ejercicio fiscal 2023. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675915&fecha=28/12/ 2022#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

24 Diario Oficial de la Federación. Lineamientos de Operación del Programa de Apoyo para Refugios Especializados para Mujeres Víctimas de Violencia de Género, sus Hijas e Hijos, para el ejercicio fiscal 2023. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5683406&fecha=22/03/ 2023#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

25 Instituto Nacional de las Mujeres. Fortalecimiento de la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres. Disponible en https://www.gob.mx/inmujeres/documentos/programa-de-fortalecimiento-de- la-igualdad-sustantiva-entre-mujeres-y-hombres-196687 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

26 Diario Oficial de la Federación. Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Adelanto, Bienestar e Igualdad de las Mujeres para el ejercicio fiscal 2023. Disponible en https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675524&fecha=26/12/ 2022#gsc.tab=0 Consultado: 15 de septiembre de 2023.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputada Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Segob, al INM y a la CNDH a tomar medidas necesarias a fin de transparentar la información del acuerdo de cooperación bienal con el Ministerio de Salud Pública de Cuba, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, diputado federal de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral I, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

En 2020 el Ministerio de Salud Pública de Cuba firmó diferentes versiones del Acuerdo de Cooperación Bienal con la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, la de Tabasco, la de Veracruz y la de Quintana Roo. Lo hicieron con el objetivo de colaborar en el tratamiento de covid-19.1 Por lo cual llegaron 585 profesionistas de Cuba a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo.2

En febrero de 2023 el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, detalló que 610 médicos especialistas cubanos están distribuidos en 12 entidades federativas y que laboran en 83 hospitales operados por el Plan de Salud IMSS-Bienestar.3 Asimismo, el 23 de mayo de 2023 el actual titular de la presidencia de la República señaló que 700 médicos cubanos trabajan en hospitales mexicanos.4

Sin embargo, los procesos para reclutar al personal médico cubano que trabajan en hospitales mexicanos han tenido poca transparencia, además ha desembocado en violaciones migratorias y de derechos humanos (DDHH) poniendo en riesgo al personal médico cubano, así como a las y los pacientes.

- Falta de transparencia y migración irregular

El gobierno federal, así como los gobiernos de las entidades federativas, fueron omisos en transparentar la información y hacer públicos los acuerdos sostenidos con Cuba. De este modo, son desconocidos cada uno de los acuerdos que se llevaron a cabo.

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” con fecha de 29 de marzo de 2022, elaborada por la Secretaría de Relaciones Exteriores,5 contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano. Sin embargo, no se mencionan los acuerdos bienales en comento, ni se hace alusión a las misiones médicas. Esto mismo ocurre con la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba”, del 30 de marzo al 2 de abril de 2022, la cual sí menciona las misiones médicas, pero no hace alusión a los acuerdos bienales, ni a la llegada de militares, químicos y técnicos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas.6

Por otro lado, al no encontrar información específica sobre los acuerdos, se hicieron diversas peticiones de información por medio de los Servicios de Información y Análisis Especializados (SIAE) de la Cámara de Diputados, al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP) y por solicitudes de acceso a la información en la Plataforma Nacional de Transparencia.

El SIAE informó el 5 de octubre del 2022, en el oficio DSIAE/SRE/LXV/091/22 que no se encontró nada al respecto de dichos acuerdos:

Se hizo una búsqueda exhaustiva en diarios oficiales de las entidades federativas en comento, en los informes de gobierno, en los boletines informativos y portales institucionales de las secretarías de salud, así como boletines de comunicación de los gobiernos ejecutivos estatales.7

También se le solicito información al CEDIP de la Cámara de Diputados, el cual reporto el 7 de octubre de 2022, expediente 349/2022, dicho centro tampoco encontró información al respecto.

El estudio no obtuvo resultados con respecto a la existencia de acuerdos de cooperación bienal entre la SecretarÍa de Salud del Estado de Tabasco, la Secretaría de Salud del estado de Veracruz, y el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba.8

Por su parte, las solicitudes de acceso a la información hechas directamente a los gobiernos federal y estatales mediante la Plataforma Nacional de Transparencia fueron infructíferos, en las cuales se pidieron los acuerdos bienales. Particularmente, con respecto a las respuestas emitidas a las solicitudes con folio 331000122001526 y 330018022028649, hechas a la Presidencia de la República y al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), respectivamente. En ambas, dichos órganos federales resolvieron que no es su competencia proporcionar los acuerdos.

Finalmente, es relevante mencionar que, aunado a la poca transparencia del proceso, el estatus migratorio de las y los ingresantes cubanos es incierta. La asociación civil Prisoners Defenders dio a conocer que en los meses de abril y mayo de 2020 arribaron 585 médicos y enfermeros a la Ciudad de México, 40 a Tabasco, 174 a Veracruz y 7 a Quintana Roo.9 Sin embargo, entre las irregularidades que existen se encuentra que ciertos profesionales de la salud provenientes de Cuba ingresaron al país en aviones militares de las fuerzas áreas mexicanas que aterrizaron en aeropuertos militares , sin llevar a cabo ninguno de los procedimientos migratorios, como la revisión obligatoria.10 Incluso se les quitó el pasaporte, lo cual consta en las denuncias interpuestas en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19).

Asimismo, diversos gobiernos se han posicionado en el tema. El Informe sobre Tráfico de Personas de junio de 2023 del Departamento de Estado del gobierno de Estados Unidos coincide con las denuncias interpuestas, ya que señala que a los médicos cubanos que integran las misiones se les prohíbe portar su pasaporte además de que tuvieron una migración irregular.11

- Personal no especializado y no médico

Los reportes que mencionan la llegada del personal médico cubano refieren a la recepción de personal “médico especializado” para mejorar la respuesta gubernamental ante la contingencia generada por la pandemia del covid-19.12 Un ejemplo de esto lo encontramos en la Carpeta informativa, XVII Reunión Interparlamentaria México–Cuba:

En marzo de 2020, alrededor de 124 colaboradores de la brigada médica cubana del Contingente de Médicos Especializados en Situaciones de Desastres y Graves Epidemias Henry Reeve.13

Sin embargo, la asociación civil Prisoners Defenders recopiló diferentes reportes de hospitales y personal médico, así como entrevistas de gobiernos locales, en donde señalan que entre los supuestos médicos especialistas que llegaron había personas de diversas profesiones, como químicas y químicos e incluso militares de la Inteligencia Cubana , a quienes se les pidió practicar cirugías resultando en malas prácticas y muertes.14

La “Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba” contiene una sección en la que señala el marco jurídico y especifica que se tienen 44 constructos internacionales vigentes con el gobierno cubano, pero en ninguno de estos se establece que en las misiones medicas lleguen militares de la Inteligencia Cubana o G2.15 Por su parte, en la “Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México-Cuba”, tampoco se hace alusión a la llegada de militares cubanos a territorios mexicanos. En cambio, especifica que llegaron médicos especialistas de Cuba16 y no menciona la llegada de militares de la Inteligencia Cubana. Javier Larrondo, presidente de Prisoners Defenders International, explicó que la dictadura de Miguel Díaz-Canel teme que los médicos cubanos deserten de las misiones y soliciten asilo por lo cual se optó por mandar a militares .17

Referente a que los médicos cubanos son especialistas, la organización Prisioners Defenders recopiló información mediante entrevistas a personal médico, de enfermería y técnico, en las cuales afirman que casi ninguno de los cooperantes tenía experiencia probada ni conocimientos suficientes para afrontar la pandemia en México, donde la tecnología y capacitación son diferentes a los utilizados en Cuba. Este hecho no sólo ha limitado el trabajo del personal médico, sino que ha puesto en riesgo a las y los pacientes.18 Agregado a la falta de transparencia que existe con respecto a los acuerdos y el intercambio de personal médico, es imposible asegurar que todas las personas que han entrado al país cuentan con la capacitación necesaria para ejercer la práctica.

- Aplicación de las leyes cubanas en México

Entre los problemas de la llegada de supuesto personal médico cubano a México se encuentran la aplicación de leyes laborales cubanas en territorio mexicano, ya que su estatus laboral está regulado por Cuba y no por México. A los colaboradores cubanos se les aplican diversos ordenamientos jurídicos, los cuales no forman parte del ordenamiento jurídico mexicano, y son violatorios del mismo. Cabe destacar entre los ordenamientos jurídicos cubanos la “Ley de los 8 años”.

Ley de los 8 años: Es una regulación interna del Ministerio del Interior que está protegida por la Ley de Secreto de Cuba (lo que implica que no es pública, pero se ejerce), aunque diversos certificados consulares la mencionan19 como la ley por la que:

El ciudadano cubano que es declarado como desertor por las autoridades competentes cubanas, pierde su residencia en Cuba de manera automática y se le deniega la entrada a Cuba por un periodo de 8 años a partir de la fecha que se declaró el abandono de la misión estatal. Esta es una regulación interna del Ministerio del Interior de Cuba.20

El hecho de que a los colaboradores cubanos se les aplican leyes cubanas, es una violación a la soberanía, la cual esta plasmada en la Carta Magna.

Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental.21

De igual manera, se establece en la siguiente tesis:

Novena Época. Registro digital: 180240. Instancia: Primera Sala. Tipo: Jurisprudencia. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XX, Octubre de 2004, página 264. Materias(s): Constitucional. Tesis: 1a./J. 80/2004

Supremacía constitucional y orden jerárquico normativo, principios de interpretación del artículo 133 constitucional que los contiene.

(...) lo dispuesto en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los estados que constituyen la República son libres y soberanos, dicha libertad y soberanía se refiere a los asuntos concernientes a su régimen interno, en tanto no se vulnere el Pacto Federal, porque deben permanecer en unión con la Federación según los principios de la Ley Fundamental , por lo que deberán sujetar su gobierno, en el ejercicio de sus funciones, a los mandatos de la Carta Magna, de manera que si las leyes expedidas por las Legislaturas de los Estados resultan contrarias a los preceptos constitucionales, deben predominar las disposiciones del Código Supremo y no las de esas leyes ordinarias, aun cuando procedan de acuerdo con la Constitución Local correspondiente, pero sin que ello entrañe a favor de las autoridades que ejercen funciones materialmente jurisdiccionales, facultades de control constitucional que les permitan desconocer las leyes emanadas del Congreso Local correspondiente, pues el artículo 133 constitucional debe ser interpretado a la luz del régimen previsto por la propia Carta Magna para ese efecto.

Finalmente, cabe mencionar que por las restricciones que establece esta “ley”, fue interpuesta una denuncia el 16 de junio de 2022 ante el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, las observaciones de dicho órgano al gobierno cubano fueron:

Preocupa al Comité: (...)

La prohibición de facto para los padres que terminaron un contrato civil en el extranjero de reunirse con sus hijos, a veces durante hasta ocho años, y el impacto que tienen en la salud y el bienestar de los niños los años de separación de sus padres;

(...) y recomienda al Estado parte que: (...)

(c) Ponga fin a toda separación de niños de sus padres por la decisión de estos de terminar un contrato laboral, y modifique el artículo 135, párrafo 1, del Código Penal a fin de eliminar todos los obstáculos que impiden la reunificación familiar”.22

En tales denuncias quedó asentado que uno de los lugares en los que se cometieron las violaciones es México. Cabe mencionar el Informe sobre Tráfico de Personas de junio de 2023 coincide con las denuncias interpuestas ya que señala que a las personas cubanas que integran las misiones se les amenazó con que si desertaban no podrían regresar a Cuba por ocho años porque esta ley así lo establece.23

- Violaciones a los DDHH y derechos laborales

Otro de los problemas que se tiene por la llegada del personal médico de Cuba es la violación de DDHH de los cuales han sido víctimas. La Ley Fundamental establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los Tratados Internacionales, así como gozarán de todas las garantías.

Artículo 1o. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.24

A pesar de lo anterior, las y los colaboradores cubanos fueron víctimas de diversas violaciones a sus derechos humanos . Entre ellas, se encuentran el haber sido obligadas y obligados a participar en dichas misiones. Uno de los testimonios dice que “Si no te enrolabas en misión no te dejaban salir a más ningún lado , además siempre ejercen presión y no te dejan escoger nada”, mientras que otro de los participantes mencionó que

Las misiones médicas son un acto de coacción por muchas vías, si te niegas eres marcado y/o discriminado , obligado a asumir los peores trabajos y la peor ubicación laboral sin tener en cuenta ni tu capacidad ni tu desempeño. Básicamente puedes ser muy buen profesional, pero si no aceptas sus condiciones eres castigado tanto abiertamente como de manera solapada por las autoridades del Ministerio de salud que obviamente responden al gobierno.25

Esto viola al derecho a elegir empleo libremente, el cual está consagrado en el artículo 5 de la Carta Magna:

Artículo 5: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.26

También se encuentra plasmado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Artículo 23: 1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.27

Por otro lado, a las y los colaboradores cubanos se les negaron las condiciones mínimas de trabajo. En lugar de un trabajo digno, fueron sometidas y sometidos a condiciones denigrantes, esclavistas y obligados a falsificar información . Entre los testimonios, se encuentra el siguiente:

Yo puse 11 horas, pero hay días que se llega a trabajar hasta 12h especialmente en puertos donde montan muchísimas personas, esas horas no son pagas. El trabajo es extremadamente agotador e inhumano porque no tienes si quiera un día de descanso ...28

Esto viola el derecho al descanso establecido en las fracciones I y IV, apartado A y en las fracciones I y II del apartado B del artículo 123 de la Carta Magna.

Artículo 123 ...

A. Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de una manera general, todo contrato de trabajo :

I. La duración de la jornada máxima será de ocho horas . (...)

IV. Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso , cuando menos. (...)

B. Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores:

I. La jornada diaria máxima de trabajo diurna y nocturna será de ocho y siete horas respectivamente...

II. Por cada seis días de trabajo, disfrutará el trabajador de un día de descanso , cuando menos, con goce de salario íntegro.29

Ya sea que a los trabajadores cubanos se rijan por el apartado A o por el apartado B, estos tienen derecho al descanso, lo cual les fue negado y se violentó la Ley Fundamental. La Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños se manifestaron al respecto de este tema, señalando que esto es explotación laboral.

Al respecto, la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, emitieron el siguiente mandato:

Los médicos trabajarían 48 horas por semana más 16 adicionales de guardia, lo cual aumenta a un total de 64 horas semanales , muchas veces incluyendo sábados y domingos. El exceso de horas trabajadas ilustra la explotación laboral a la cual estarían sometidos los médicos cubanos en el exterior...30

Por otro lado, tampoco se les otorgan condiciones dignas de trabajo, al respecto de esto se rescata el siguiente testimonio.

...Debí complementar guardias médicas no remuneradas cada 4-5 días en áreas de difícil acceso sin las menores condiciones y sin transporte sin derecho a reclamaciones so pena de perder el derecho a la misión internacionalista.31

Esto viola la Ley Federal del Trabajo, ya que atenta contra el trabajo digno:

Artículo 2o.- (...) Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador ; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, condición migratoria , opiniones, preferencias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social y se percibe un salario remunerador; se recibe capacitación continua para el incremento de la productividad con beneficios compartidos, y se cuenta con condiciones óptimas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo. (...).32

Artículo 3o.- El trabajo es un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta (...). Debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes...33

A los trabajadores cubanos les fue quitado entre el 75 por ciento y el 90 por ciento de su salario para que este fuera entregado al gobierno cubano, lo cual es violatorio del derecho al salario plasmado en el artículo 5 y fracción V del apartado B del artículo 123.

Artículo 5o. ... Nadie puede ser privado del producto de su trabajo , sino por resolución judicial.

(...)

Nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, salvo el trabajo impuesto como pena por la autoridad judicial, el cual se ajustará a lo dispuesto en las fracciones I y II del artículo 123.34

Artículo 123. ...

B. ...

V. A trabajo igual corresponderá salario igual , sin tener en cuenta el sexo;35

Al respecto de esto se manifestaron la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, las cuales señalaron los siguiente.

El gobierno de Cuba recibiría una suma de dinero de los gobiernos anfitriones y pagaría a los trabajadores una parte de dichos fondos. Sin embargo, el gobierno de su Excelencia retendría un porcentaje significativo del salario que los países anfitriones pagan por los profesionales cubanos que hacen parte de una misión de internacionalización. En los países donde el gobierno anfitrión paga directamente al trabajador cubano, éste debe devolver al gobierno de Cuba un porcentaje de su salario que aumentaría al 75 por ciento o hasta el 90 por ciento de su salario mensual. En muchos casos, el salario entregado a los trabajadores médicos no permitiría vivir dignamente; Además, el gobierno de Cuba estaría “congelando” una parte del salario que los médicos pueden acceder únicamente tras su regreso al país, pero, según información recibida, muchas veces no reciben de la totalidad del monto que les corresponde...36

Por su parte, el 30 de julio de 2023, en el marco del Día Contra la Trata de Personas, el Subsecretario de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental de Estados Unidos, Brian Nichols, condenó la explotación y el trabajo forzoso en contra de las personas cubanas.37

Por último, es pertinente mencionar que hubo casos de mujeres pertenecientes a la delegación cubana que fueron víctimas de violencia sexual, como mencionó una de las víctimas:

Tuve la mala experiencia de vivir acoso sexual por parte del jurídico de mi estado y al no ceder a lo que él quería me sancionó dos veces, me cambio del lugar donde estaba y me hicieron un escarmiento público en presencia de todos los jefes del estado en aquel momento. Fue una experiencia horrible.38

Debido a las graves violaciones a los derechos humanos, el 8 y 10 de mayo de 2019 se interpusieron denuncias en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19),39 y el 24 de agosto de 2020 en la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional (Referencia del caso OTP-CR-208/19).40 Dichas denuncias forman en conjunto un único cuerpo de denuncia en contra del trabajo forzado y la esclavización. Ambos constituyen crímenes de lesa humanidad, según el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.

Al respecto, la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, y la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños, emitieron el siguiente mandato:

Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños.

(...)

Si un profesional decide retirarse del trabajo en el exterior, se califica como “abandono de misión de trabajadores civiles” bajo del Código Penal de Cuba que en su artículo 135 (1) estipula que “el funcionario o empleado encargado de cumplir alguna misión en un país extranjero que la abandone, o, cumplida ésta, o requerido en cualquier momento para que regrese, se niegue, expresa o tácitamente, a hacerlo, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años”. Las mismas sanciones son aplicadas a profesionales que después de cumplir una misión en el extranjero deciden establecerse en otro país. Como consecuencia, muchas familias están separadas lo cual tiene un fuerte impacto negativo en su bienestar. Los médicos considerados desertores no están autorizados de regresar a Cuba durante ocho años y los familiares que permanecen en Cuba estarían sujetos a señalamientos y repercusiones por parte de entidades gubernamentales. Según anunció el vicepresidente del Consejo de Estado de Ministros, Roberto Morales Ojeda en febrero de 2019, el retorno de los médicos que se quedaron en Brasil desde la descontinuación del Programa Más Médicos está autorizado. Sin embargo, muchos de los profesionales afectados temen represalias si vuelven a Cuba.

Muchos profesionales reportaron recibir amenazas regulares por parte de funcionarios estatales de Cuba en los países de destino y mujeres médicas han sufrido acoso sexual mientras se encontraban participando en misiones de internacionalización.41

El Poder Legislativo no debe de permanecer indiferente ante las violaciones cometidas que afectan tanto al personal médico como a las y los pacientes. Asimismo, violentan la soberanía y la seguridad nacional y a las garantías constitucionales.

Por lo expuesto, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Gobernación y a la Secretaría de Salud, para que, con base en sus atribuciones, revisen los perfiles profesionales del personal médico cubano que se encuentran en México derivado del Acuerdo de Cooperación Bienal y que con base a ello actualicen su estatus migratorio

Notas:

1 Acuerdo de Cooperación Bienal que celebran, por una parte, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México a la que en adelante se le denominara “SEDESA”, representada por su Titular la Dra. Olivia López Arellano, asistida por el Lic. Jesús ANTONIO Garrido Ortigosa, Director General de Administración y Finanzas en la Secretaría de Salud de la Ciudad de México, a la que en adelante se le denominara “DGAF” y, por la otra, el Ministerio de Salud Pública de la República de Cuba, representado por el C. Pedro Nuñez Mosquera, embajador extraordinario y plenipotenciario de la República de Cuba en los Estados Unidos Mexicanos que en adelante se le denominará “LAS PARTES”, de conformidad con los siguientes antecedentes, declaraciones y clausulas:

2 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders. https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar-detras- de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

3 IMSS (2023), “IMSS-Bienestar cuenta con 610 médicos cubanos desplegados en 12 estados del país: Zoé Robledo”. Gobierno Federal, No. 072/2023. Consultado el 1 de agosto del 2023, en: http://www.imss.gob.mx/prensa/archivo/202302/072

4 Jiménez, Néstor y Alonso Urrutia (2023). “Participan ya 700 médicos especialistas en IMSS Bienestar: AMLO”. La Jornada. Consultado el 1 de agosto del 2023, en: https://www.jornada.com.mx/notas/2023/05/23/politica/participan-ya-700- medicos-especialistas-cubanos-en-imss-bienestar-amlo/

5 Secretaría de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

6 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/assets/docu mentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

7 SIAE, oficio DSIAE/SRE/LXV/091/22

8 CEDIP, expediente 349/2022

9 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders. https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar-detras- de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

10 Ibid.

11 Departamento de Estado (2023). Trafficking in Persons Report, June 2023. Gobierno de Estados Unidos. Consultado el 11 de agosto del 2023, en: https://www.state.gov/wp-content/uploads/2023/06/2023-TIP-Report.pdf

12 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/assets/docu mentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

13 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/assets/docu mentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

14 Ibidem.

15 Secretaría de Relaciones Exteriores (2022) Carpeta País, Relación Bilateral México-Cuba.

16 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/assets/docu mentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

17 Infobae (2022). “La dictadura cubana envía a México militares en lugar de médicos por temor a las deserciones”. Infobae. Consultado el 11 de agosto del 2023, en: https://www.infobae.com/america/mexico/2022/08/25/la-dictadura-cubana-e nvia-a-mexico-militares-en-lugar-de-medicos-por-temor-a-las-deserciones /

18 Senado de la República (2022). Carpeta Informativa XVII Reunión Parlamentaria México- Cuba. Recuperado el 6 de octubre de 2022, de https://infosen.senado.gob.mx/sgsp/gaceta/65/1/2022-04-26-1/assets/docu mentos/Informe_Reunion_Cuba_Mexico.pdf

19 Embajada de la República de Cuba (2020). Certificado Consular Ampliado. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://drive.google.com/file/d/1T90Y_C44vTcbJChlx77EVB18G9GOfxka/view

20 Canal, D. (2022). La verdad militar detrás de las misiones médicas cubanas en México. Prisoners Defenders. https://www.prisonersdefenders.org/2022/08/25/la-verdad-militar-detras- de-las-misiones-medicas-cubanas-en-mexico/

21 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 40).

22 Órganos de tratados. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.as px?symbolno=CRC%2fC%2fCUB%2fCO%2f3-6&Lang=en

23 Departamento de Estado (2023). Trafficking in Persons Report, June 2023. Gobierno de Estados Unidos. Consultado el 11 de agosto del 2023, en: https://www.state.gov/wp-content/uploads/2023/06/2023-TIP-Report.pdf

24 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 1)

25 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano – UN. pdf , de https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSEa/view

26 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 5).

27 (Declaración Universal de los Derechos Humanos, art. 23).

28 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano – UN. pdf , de https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSEa/view

29 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 123, apartado A, fracciones I y IV y apartado B fracciones I y II)

30 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

31 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano – UN. pdf , de https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSEa/view

32 (Ley Federal del Trabajo, art. 2).

33 (Ley Federal del Trabajo, art. 3).

34 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 5).

35 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, art. 123, apartado B, fracción V).

36 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

37 Declaraciones en X por Brian A. Nichols (2023). Consultado el 11 de agosto del 2023, en: https://twitter.com/WHAAsstSecty/status/1685629312450588672

38 ES - Caso- Profesionales cubanos VS. Gobierno Cubano – UN. pdf , de https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSEa/view https://drive.google.com/file/d/1YZDxtLHGN755aWeTaqvmqbNwoQy4yAVZ/view

39 COMUNICACION PROCEDIMIENTO ESPECIAL NACIONES UNIDAS 3.0.pdf . Recuperado el 4 de octubre de 2022, de https://drive.google.com/file/d/12Zcf9idaIVESXZAbuJGI0Mx5SV887CeE/view

40 ES - caso de denuncia - 622 médicos cubanos contra el gobierno cubano v5.0.pdf , de https://drive.google.com/file/d/1tgHZRBE6y29yiXDMbP_-Aq5pQOwHgSEa/view

41 Mandatos de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias; y de la Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños. Fecha de publicación: 6 de noviembre de 2019.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa y la SE a incluir en el sistema de etiquetado frontal al glutamato monosódico, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

La desnutrición en México es un problema que tiene que atenderse. Aunque el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad esté reconocido en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 23.4 millones de personas en nuestro país no tenían acceso a una alimentación nutritiva en 2022.1 Por tanto, es importante impulsar propuestas que promuevan una alimentación saludable, como lo es este Punto de Acuerdo que pide añadir un sello en los productos que tengan añadido glutamato monosódico, el cual incrementa el consumo de los alimentos con bajo contenido nutricional.

Glutamato monosódico y los riesgos para la salud

La Clínica Mayo menciona que el glutamato monosódico (GMS) es un potenciador del sabor que se añade a la comida de restaurantes, a las verduras enlatadas, sopas, carnes procesadas y demás alimentos”.2 Es un compuesto que se deriva del ácido glutámico, uno de los aminoácidos no esenciales (lo que significa que el propio cuerpo lo produce) más abundantes en la naturaleza.3 Es de uso común en alimentos procesados, según la Procuraduría Federal del Consumidor, y su función es hacer que la lengua sea más receptiva al sabor de la comida.4

Sin embargo, además de potenciar el sabor, también provoca diversos riesgos a la salud. Jesús Velasco, nutricionista del Hospital Victoria Eugenia Cruz Roja, explica que el aumento en el consumo del GMS puede inducir a un consumo más descontrolado de los productos que la contienen, al momento de consumirlos y al repetir su consumo . Por tanto, menciona, se ha incrementado su uso con el paso de los años, desfavoreciendo al consumidor.5

El problema no es el GMS en sí mismo, explica Marta Crespo, nutricionista clínica de Endocrinología y Nutrición de la Fundación Jiménez Díaz, sino su adición en abundancia a los alimentos no saludables. Por tanto, al consumirlos aumenta involuntariamente el deseo de ingerirlos y se genera un ciclo vicioso que termina en graves problemas de la salud, como desnutrición, dolor de cabeza crónico o hipertensión.6 La doctora María Rocío Carbonero en su obra “Glutamato monosódico: La trampa de los alimentos sabrosos” explicó que las personas con trastornos de compulsión alimenticia tienen un umbral de percepción y palatabilidad más alto a la presencia de los sabores que tiene glutamato, por lo cual tienden a consumir mayor cantidad de comestibles que contengan este aditivo.7

Así, la Profeco ha indicado que existen personas que presentan síntomas adversos debido al consumo de glutamato . Los síntomas son: dolor de cabeza, sofocación, taquicardia, sensación de presión, adormecimiento, dificultad en la cara de la boca para respirar, sudoración, dolor de pecho, o debilidad.8

Asimismo, hay personas expertas que aseguran que el GMS genera daños neurológicos. El doctor Carlos Beas Zárate también abordado el daño neuronal que genera, indicando que el consumo excesivo de glutamato monosódico tiene como uno de sus efectos daño al sistema nervioso .9 Por su parte, José Carlos Dávila,10 profesor de biología celular en la Universidad de Málaga, explica que la sobreactividad de los receptores para el N-metil-D-aspartato, causada por el glutamato monosódico puede generar daño por excitotoxicidad , debido a que se produce apertura a la liberación de iones de calcio que pueden producir daño neurodegenerativo , además de afectar las zonas hipotalámicas.

Por su parte, la Universidad de Alcalá menciona que el GMS daña diversos órganos y especifica que los órganos dañados son el cerebro, el hígado y el riñón. Mientras que la Universidad de Guadalajara explica que el consumo de GMS a largo plazo y frecuente está ligado a enfermedades cardiacas y a la hiperglucemia que es cuando los niveles de glucosa en sangre están elevados lo cual es sumamente peligroso para personas diabéticas. Además, menciona de que está ligado a problemas de aprendizaje, de memoria, depresión y ansiedad.11

La Universidad de Yale coincide con lo dicho por la Universidad de Guadalajara, pues la universidad norteamericana ha documentado cuadros de depresión severa y tendencias suicidas en jóvenes que consumen GMS.12 En una investigación realizada por Bita Moghaddam y Barbara W. Adams, del Departamento de Psiquiatría en la Escuela de Medicina de la Universidad de Yale, se señala que el consumo del GMS está relacionado con la esquizofrenia.13

Debido al aumento del uso de GMS y con el objeto de enriquecer esta propuesta, se solicitó al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión un estudio en derecho comparado sobre el uso alimenticio del glutamato monosódico, correspondiente al expediente 057/2023, en el que señaló que:

El consumo global de este aditivo alimenticio en la comida procesada ha aumentado considerablemente en los últimos 50 años , por lo que existe preocupación sobre los posibles efectos adversos a largo plazo (...).

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria evaluó en 2017 la seguridad de diversos glutamatos utilizados como aditivos alimentarios. El comité estimó que la exposición a los glutamatos agregados a los alimentos en la mayoría de los casos excede la ingesta diaria admisible.14 El GMS se usa con frecuencia en alimentos en los cuales es complicado regular la cantidad de glutamato que se ingiriere, sumado a que regularmente éste es acompañado de altas porciones de colorantes, saborizantes y sal.

Un ejemplo son las sopas instantáneas, para las cuales México ocupa el segundo lugar en Latinoamérica de consumo, debido a su bajo costo y fácil preparación.15 El problema radica en que el sistema de etiquetado frontal no advierte que las sopas instantáneas contienen GMS.16 En este y muchos ejemplos ilustrativos, la falta de sellos de advertencia hace que la persona que consume no sea consciente de la cantidad de GMS que contiene el producto y lo nocivo que puede ser para su salud.

Medidas tomadas por países para advertir sobre el consumo de GMS

Chile permite que el uso de GMS. Sin embargo, este solo puede ser bajo un límite máximo, además de que establece que es obligatorio que los productos rotulen los aditivos que usan en orden decreciente según las proporciones.17

Por su parte, Francia tiene un decreto específicamente para regular las condiciones de comercialización de GMS para uso alimentario. Por medio de éste, se autorizan las condiciones de comercialización de GMS. Igualmente, establece que todos los alimentos que contengan glutamato deberán establecer en sus envases y embalaje un etiquetado en el que se especifique el porcentaje del glutamato que contiene, el cual no puede rebasar una dosis fija, además de que debe de estar exento de cualquier impureza.

México: NOM-051-SCFI/SSA1-2010 y el sistema de etiquetado frontal

La Ley General de Salud, en el artículo 195 que la Secretaría de Salud está facultada para emitir Normas Oficiales Mexicanas (NOM) sobre productos.

“Artículo 195. La Secretaría de Salud emitirá las normas oficiales mexicanas a que deberá sujetarse el proceso y las especificaciones de los productos a que se refiere este título.”18

En armonía con esto, el Art. 210 de la Ley General de Salud faculta a la Secretaría de Salud para expedir NOM sobre etiquetado de productos alimenticios.

Artículo 210. Los productos que deben expenderse empacados o envasados llevarán etiquetas que deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas o disposiciones aplicables, y en el caso de alimentos y bebidas no alcohólicas, éstas se emitirán a propuesta de la Secretaría de Salud, sin menoscabo de las atribuciones de otras dependencias competentes.

Haciendo uso de esta facultad la Secretaría de Salud en conjunto con la Secretaría de Economía, emitió la NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010, la cual fue modificada y es de carácter definitivo .19

Con dicha NOM y en conjunto con los artículos 210, 212, 213 y 214 de la Ley General de Salud, dio origen al sistema de etiquetado frontal que la Organización Panamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud definen como:

Herramienta simple, práctica y eficaz para informar al público sobre los productos que pueden dañar la salud y ayudar a orientar las decisiones de compra”.20

Por su parte, la Secretaría de Salud señala que el sistema de etiquetado frontal es una valiosa herramienta que fomenta mejores elecciones de los consumidores y colabora en la mejora de los productos por parte de la industria alimenticia.21

Sin embargo, esto no ocurre con el glutamato monosódico a pesar de que si este es usado en exceso es dañino para la salud sin embargo el sistema de etiquetado frontal no advierte en ninguno de sus sellos 22 que los alimentos contienen glutamato monosódico lo cual es contradictorio al objeto de dicha NOM.

“Establecer la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final... determinar las características de dicha información y establecer un sistema de etiquetado frontal, el cual debe advertir de forma clara y veraz sobre el contenido de nutrimentos críticos e ingredientes que representan riesgos para su salud en un consumo excesivo ”.23

También es contradictorio del apartado considerando que a la letra señala:

“Que es responsabilidad del gobierno federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de información comercial para lograr una efectiva protección al consumidor .

...

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establecen que las Normas Oficiales Mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para determinar la información comercial y sanitaria que deben cumplir las etiquetas de los alimentos y bebidas no alcohólicas para dar información al consumidor ... ”24

En este caso, al consumidor no se le esta brindando la información comercial necesaria para su efectiva protección, lo cual lo deja en una situación vulnerable al tiempo que se pone en riesgo la salud del consumidor ya que no se cumple la función del sistema de etiquetado frontal.

Asimismo, la Secretaría de Salud señala que los beneficios del etiquetado son los siguientes:

• Ayuda a tomar una decisión de compra informada, para decidir si es sano o no consumir un producto en específico.

• Informa de manera fácil, rápida y verídica sobre los nutrimentos.

• Permite comparar el contenido específico de un nutrimento (o el contenido global de nutrimentos) de un producto, con uno o más productos similares.

• Advierte de ingredientes dañinos para la salud25

Ninguno de estos beneficios se cumple en el caso de los alimentos que contienen glutamato monosódico, a pesar de que usado en exceso es dañino para la salud.

Cabe mencionar que en el numeral 4.5.3.2 de la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010, se establecen los productos que quedan exceptuados de la información nutrimental complementaria, en ninguna de estas cinco hipótesis se enmarca el glutamato monosódico por lo cual este aditivo puede ser incluido en el sistema de etiquetado frontal que establece la propia norma.

Si bien es viable y necesario que el glutamato monosódico forme parte del etiquetado frontal las autoridades que elaboraron dicha NOM, la Secretaría de Salud y la Secretaría de Economía fueron omisas al no incluir en el sistema de etiquetado frontal al glutamato monosódico.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único.- La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Salud y al titular de la Secretaría de Economía para que, con base en sus atribuciones, modifiquen la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, preenvasados-Información comercial y sanitaria, publicada el 5 de abril de 2010 a fin de que ésta incluya en su sistema de etiquetado frontal al añadido de glutamato monosódico.

Notas:

1 CONEVAL (2023). MEDICIÓN DE LA POBREZA. Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Paginas/Pobreza_2022.aspx

2 Zeratsky, Katherine (2022). “¿Qué es el glutamato monosódico? ¿Es malo?”. Clínica Mayo. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://www.mayoclinic.org/es-es/healthy-lifestyle/nutrition-and-health y-eating/expert-answers/monosodium-glutamate/faq-20058196

3 C. Fanjul, Sergio (2017). “El aditivo que hace que comamos más”. El País. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://elpais.com/elpais/2017/12/04/buenavida/1512412154_265808.html

4 Redacción (2022). “Glutamato monosódico ‘hasta en la sopa’: ¿Qué es y por qué Profeco advierte sobre su consumo?”. El Financiero. Consultado el 12 de abril del 2023 en:https://www.elfinanciero.com.mx/food-and-drink/2022/10/26/que-es-el- glutamato-monosodico-y-que-danos-causa/

5 Velasco, Jesús (2023). “Glutamato Monosódico, ¿Es seguro consumirlo?”. Cruz Roja. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://hospitalveugenia.com/nutricionista-sevilla/glutamato-monosodico -e621-potenciador-del-sabor-aditivo/

6 C. Fanjul, Sergio (2017). “El aditivo que hace que comamos más”. El País. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://elpais.com/elpais/2017/12/04/buenavida/1512412154_265808.html

7 Carbonero-Carreño, Rocío (2013). “Glutamato monosódico ‘la trampa de los alimentos sabrosos’”. Trastornos de la conducta alimentaria Núm. 17 Pág. 1863-1876. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6250647

8 Redacción (2022). “Glutamato monosódico ‘hasta en la sopa’: ¿Qué es y por qué Profeco advierte sobre su consumo?”. El Financiero. Consultado el 12 de abril del 2023 en:https://www.elfinanciero.com.mx/food-and-drink/2022/10/26/que-es-el- glutamato-monosodico-y-que-danos-causa/

9 Lara González, Iván (2019). “Glutamato agregado a algunos alimentos está asociado con daños en la salud”. Universidad de Guadalajara. Consultado el 12 de abril del 2023 en: http://www.cucba.udg.mx/noticia/glutamato-agregado-algunos-alimentos-es ta-asociado-con-danos-en-la-salud

10 Dávila, José Carlos. “NMDA, un receptor polifacético”. Universidad de Málaga. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://www.uma.es/estudios/centros/Ciencias/publicaciones/encuentros/e ncuentros83/nmda.html

11 Cruz, Ariadna (2023). “Riesgos del glutamato monosódico, común en alimentos procesados”. El Universal. Consultado el 11 de agosto del 2023, en: https://www.eluniversal.com.mx/menu/riesgos-del-glutamato-monosodico-co mun-en-alimentos-procesados/

12 Rojas, Juan Carlos (2018). “El aditivo del sabor, una polémica fuente de placer”. El Tiempo. Consultado el 11 de agosto del 2023, en: https://www.eltiempo.com/salud/el-aditivo-del-sabor-llamado-glutamato-n o-le-hace-bien-al-cuerpo-y-causa-obesidad-192272

13 Rodríguez, Ramsés (2023). “¿La dosis hace al veneno? Los peligros escondidos del Glutamato monosódico”. Vanguardia. Consultado el 11 de agosto del 2023, en: https://vanguardia.com.mx/vida/la-dosis-hace-al-veneno-los-peligros-esc ondidos-del-glutamato-monosodico-GN6960282

14 EFSA (2017). “EFSA reviews safety of glutamates added to food”. Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Consultado el 12 de abril del 2023 en:

https://www.efsa.europa.eu/es/press/news/170712.

15 PROFECO (2021). “Hay de sopas a sopas”. Revista del Consumidor, #536, oct. 2021. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://www.profeco.gob.mx/revista/RevistaDelConsumidor_536_Octubre_202 1.pdf

16 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010

17 (Código Sanitario Chile, Art. 136)

18 (Ley General de Salud, Art. 195)

19 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010

20 OPS (2023). “Etiquetado frontal”. Organización Panamericana de la Salud. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://www.paho.org/es/temas/etiquetado-frontal#:~:text=El%20etiquetad o%20frontal%20es%20una,orientar%20las%20decisiones%20de%20compra

21 Gobierno de México (2021). “Etiquetado frontal de alimentos y bebidas”. Gobierno de México. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://www.gob.mx/promosalud/acciones-y-programas/etiquetado-de-alimen tos

22 Numeral 4.5.3.4 de la MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010

23 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010.

24 MODIFICACIÓN a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales deetiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria,publicada el 5 de abril de 2010.

25 Gobierno de México (2021). “Etiquetado frontal de alimentos y bebidas”. Gobierno de México. Consultado el 12 de abril del 2023 en: https://www.gob.mx/promosalud/acciones-y-programas/etiquetado-de-alimen tos

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sagarpa a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación a fin de apoyar a productores en beneficio de la producción de calabaza, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El cultivo de la calabaza en México es importante, ya que es un cultivo prehispánico, un alimento integral y de fácil acceso para la población, además de que produce una importante derrama económica para el país. Sin embargo, diversos factores como el cambio climático han puesto en riesgo su producción, afectando a las y los mexicanos.

La importancia de la producción de calabaza

En México se producen 131 mil 292 toneladas de calabaza, en 20 de los 32 estados de la República, dando así el sexto lugar mundial en producir este alimento. 1 No sólo porque sea uno de los tres principales ingredientes en México, sino también por el beneficio que ofrece a sus productores. La producción de calabaza es considerada como una opción de comercio rentable debido a la importante derrama económica que genera, siendo una producción de bajo costo,2 y porque se puede cultivar casi en cualquier lugar debido a su adaptabilidad a diversos climas y terrenos se puede cultivar tanto a nivel del mar como en valles altos.3

En 2021 productores en Zacatecas manifestaron su preocupación alrededor del tema de cambio climático, debido a que está causando que se pierdan cultivos de calabazas. Principalmente, por el exceso de lluvias en la región, la cual es una de las principales causas de las plagas.4 Hasta ese momento, se habían perdido 8 mil hectáreas de cultivos . Esto es algo que debe de atenderse porque, además, estas plagas pueden afectar a otros cultivos en la región.5

Cambio climático

Considerando estos datos, es de suma importancia proteger la producción de calabaza en nuestro país de factores externos como el cambio climático. A nivel mundial existe una crisis ambiental que ha ido incrementando en las últimas décadas, afectando a todas las especies que habitamos el planeta. Por ende, es urgente realizar una transformación en el entorno.

Debido a estos factores, la calidad de cultivos y su producción se ven seriamente afectadas y podrían reducir el consumo interno del producto. Por tal motivo, los cultivos de calabaza necesitan nuevas e innovadoras biosoluciones que ayuden a producir más, así como a mejorar su calidad y de esta forma satisfacer la necesidad de los consumidores.

Es de suma importancia impulsar el cultivo de calabacita, hortalizas y productos agroalimentarios en el país. No sólo para el consumo doméstico, sino para su potencial como producto de exportación y las implicaciones para la balanza comercial.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, con base a sus atribuciones, implemente acciones que impulsen el cultivo de la calabaza en nuestro país y genere nuevas estrategias agroalimentarias de innovación con el fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de calabaza, y que comunique de los próximos planes, programas y proyectos que desarrollará para el cultivo, conservación y aprovechamiento de la calabaza en México.

Notas:

1 Comercio Inteligente para el Agropecuario (2019). “México es el cuarto lugar en la producción de calabacitas”. Comercio Inteligente para el Agropecuario. Consultado el 17 de agosto de 2023, en: https://smattcom.com/blog/m%C3%A9xico-es-el-6to-lugar-mundial-en-la-pro ducci%C3%B3n-de-calabacitas

2 Conoce Hidroponía (2016). “Calabaza uno de los principales cultivos en México”. Hidroponía. Consultado el 17 de agosto de 2023, en:https://hidroponia.mx/calabaza-uno-de-los-principales-cultivos-en-me xico/

3 Gobierno federal (2020). “La calabacita, que rica, que fresca, que suave...”. Gobierno federal. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: https://www.gob.mx/agricultura/articulos/la-calabacita-que-rica-que-fre sca-que-suave?idiom=es#:~:text=La%20calabacita%20tambi%C3%A9n%20se%20co noce,%2C%20alfarer%C3%ADa%2C%20pinturas%20y%20grabados.&text=Al%20l ado%20del%20ma%C3%ADz%20y,calabacita%20constitu%C3%ADa%20un%20alimento% 20b%C3%A1sico

4 DM Plast (2023). “Condiciones para el cultivo de calabaza en México”. DM Plasta. Consultado el 17 de agosto de 2023, en: https://dmplast.mx/condiciones-para-el-cultivo-de-calabaza-en-mexico/

5 Zacatecas Online (2021). “Lluvias causan crisis de plaga en el campo; productores piden apoyo”. Zacatecas Online. https://zacatecasonline.com.mx/noticias/local/79622-lluvias-crisis-plag a-campo.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sagarpa a generar nuevas estrategias agroalimentarias de innovación a fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de papa, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

El cultivo de la papa en México es importante, ya que es un alimento de fácil acceso para la población y una buena base para la alimentación de los mexicanos, y cuya producción le da sustento a más de 77 mil familias. Sin embargo, diversos factores como el cambio climático han puesto en riesgo su producción, afectando a las y los mexicanos.

La importancia de la producción de papa

En la actualidad, la papa es el cuarto cultivo más importante del mundo , detrás del trigo, maíz y el arroz, siendo México el productor número 31 del mundo.1 Esto se debe a que este tubérculo contiene almidón, vitamina C y unas de las vitaminas del complejo B, pequeñas porciones de proteína y varios minerales.2

En México la papa es cultivada en 22 de las 32 entidades federativas, liderado por Sonora y Sinaloa.3 Del mismo modo, la papa ocupa el lugar 14 en orden de importancia por superficie sembrada (0.3 por ciento del total nacional), el lugar 17 por su producción y el séptimo lugar (3.3 por ciento) por su valor de la producción.4 El 29 por ciento de la producción nacional de papa se destina a la industria, el 56 por ciento es para consumo en fresco y el 15 por ciento se utiliza para la producción de semilla.5

Por estos motivos, este cultivo tiene un fuerte impacto económico en las en las zonas rurales donde se desarrolla. La papa genera 8 mil 700 productores de papa, 77 mil 800 familias dependientes del sector, 17 mil 500 empleos directos, 51 mil 600 empleos indirectos y 7,000,000 de jornales al año.6 Sin embargo, ha habido una disminución en su producción por la falta de apoyos, afectando a las mexicanas y mexicanos.

Los cultivos en el primer trimestre de 2022 sufrieron un menor valor en términos reales en comparación con el mismo periodo de 2021, resaltando la papa, cuyo cambio fue de 8.3 por ciento.7 Principalmente, se corre riesgo por las plagas que atacan a los cultivos. La producción de papa debe ser controlada rigurosamente para asegurar su éxito y que los agricultores no pierdan el 40 por ciento de sus cosechas por causa de las plagas y otras enfermedades, afirmó la directora ejecutiva de CultiVida, Mirna Zuzunaga Bedón,8 en promedio, a escala mundial, entre el 10 por ciento y el 28 por ciento de la producción de cultivos se pierde a causa de las plagas.

Considerando estos datos es de suma importancia proteger la producción de papa en nuestro país de factores externos. Entre los agravantes se encuentra el cambio climático, el cual lamentablemente ha incrementado en los últimos años y ha generado una variación global del clima causado por razones humanas. El cambio climático perjudica a este tubérculo, ya que es una planta muy sensible cuyas condiciones de cultivo no están adaptadas a climas extremos. Igualmente, debido a que la variabilidad climática ha generado un aumento de plagas y enfermedades, amenazando a los agricultores y a la seguridad alimentaria.

Debido a estos factores la calidad de cultivos y su producción se ven seriamente afectadas y podrían reducir el consumo interno del producto. Por tal motivo los cultivos de papa necesitan nuevas e innovadoras bio-soluciones que ayuden a producir más, así como a mejorar su calidad y de esta forma satisfacer la necesidad de los consumidores.

Por lo anteriormente expuesto, sometemos a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para que, con base a sus atribuciones, implemente acciones que impulsen el cultivo de la papa en nuestro país y genere nuevas estrategias agroalimentarias de innovación con el fin de apoyar a productores en el combate del cambio climático en beneficio de la producción de papa, y que comunique de los próximos planes, programas y proyectos que desarrollará para el cultivo, conservación y aprovechamiento de la papa en México.

Notas:

1 Haro, Luis Fernando (2019). “Importancia de la producción de Papa en México”. El Sol de México. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/importancia-de-la-produccion- de-papa-en-mexico-3433659.html

2 Sistema de Información de Organismos Vivos Modificados (2023). Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: http://www.conabio.gob.mx/conocimiento/bioseguridad/pdf/20914_sg7.pdf

3 Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (2019). “LA PAPA, EL CUARTO CULTIVO DE MAYOR PRODUCCIÓN EN EL MUNDO”. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural” Consultado el 17 de agosto de 2023, en:https://www.gob.mx/siap/articulos/la-papa-el-cuarto-cultivo-de-mayor -produccion-en-el-mundo

4 Alonso, Jorge Luis (2014). “Consumo y mercadeo de la papa en México”. Consumo y Mercado de Papa. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: https://consumoymercadodepapa.wordpress.com/2014/11/28/consumo-y-mercad eo-de-la-papa-en-mxico/#:~:text=En%20cuanto%20al%20consumo%20total,et%2 0al%20.%2C%202012

5 Haro, Luis Fernando (2019). “Importancia de la producción de Papa en México”. El Sol de México. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: https://www.elsoldemexico.com.mx/analisis/importancia-de-la-produccion- de-papa-en-mexico-3433659.html

6 Papa Fresca Mexicana (2020). “La papa en México”. Papa Fresca Mexicana. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: https://vamosapapearnos.com/la-papa-en-mexico/

7 Servicio de información agroalimentaria y pesquería (2022). “ANÁLISIS DEL COMPORTAMIENTO DEL PIB AGROALIMENTARIO DEL PRIMER TRIMESTRE DE 2022”. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural”. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/730480/ANA_LISIS_PIB_1ER _TRIMESTRE_2022.pdf

8 Agencia Agraria de Noticias (2023). “El 40 por ciento del rendimiento productivo de la papa se pierde por plagas y enfermedades”. Agencia Agraria de Noticias. Consultado el 17 de agosto del 2023, en: https://agraria.pe/noticias/el-40-del-rendimiento-productivo-de-la-papa -se-pierde-por-pl-13952

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SSPC, a la FGR, a la Semarnat y al INPI a tomar las medidas necesarias para prevenir la violencia en contra de las personas medioambientalistas, en poblaciones indígenas y en situación de vulnerabilidad, apegándose al acuerdo de Escazú, a cargo del diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano

El suscrito, diputado Salvador Caro Cabrera, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXV Legislatura, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración del pleno de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:

Exposición de Motivos

De 2021 a 2022, México fue el país con más agresiones y asesinatos de activistas medioambientales en el mundo por tercer año consecutivo. Por lo tanto, es una prioridad para las y los mexicanos prevenir los asesinatos de las personas medioambientalistas y apegarse al Acuerdo de Escazú, al permitir los derechos de acceso en asuntos ambientales de la ciudadanía mexicana, particularmente de las poblaciones indígenas y los grupos en situación vulnerable.

Contexto nacional

El número de asesinatos a medioambientalistas en México en 2022, 24 lamentables casos, y las 582 agresiones en su contra representan una terrible realidad en el país. Según el Reporte de Defensores Ambientales de la organización Global Witness:

En los últimos diez años, el país [México] se ha convertido rápidamente en uno de los lugares más peligrosos para las personas defensoras de la tierra y del medio ambiente, con 154 casos documentados durante este período. La mayoría de los asesinatos (131) ocurrieron solo entre 2017 y 2021.1

Asimismo, según el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), 2021 también el año con más violencia en contra de los medioambientalistas , ya que hubo un total de 108 eventos de agresión2 registrados, 64 por ciento más que en 2020. Entre los tipos de agresiones con mayor repetición en el país se encuentran la intimidación, el hostigamiento y las amenazas,3 como se muestra a continuación:

Esto afecta principalmente a las personas que pertenecen a grupos en situación vulnerable, como las mujeres, las cuales siendo activistas también son víctimas de violencia por razón de género, o las personas provenientes de pueblos indígenas, cuyas tradiciones y espiritualidad tienen base en la tierra y su protección.

Medioambientalistas indígenas en riesgo

Las personas indígenas y de comunidades rurales se encuentran en una situación particularmente vulnerable, ya que al dañar la tierra en que habitan se ven en la necesidad inmediata de moverse y dejar su vida atrás, volviéndolas también los grupos más involucrados en la lucha. Por lo cual, representan el grupo más agredido de activistas por el medio ambiente.4 Global Witness documentó que más de 40 por ciento de las personas medioambientalistas asesinadas en 2021 eran indígenas, de las cuales más de un tercio vivió desaparición forzada.5 Del mismo modo, el Cemda identificó que, de las 238 agresiones individuales registradas, 98 fueron en contra de integrantes o comunidades indígenas.6

Impunidad y colusión con el narco

Un problema que enfrentan las personas víctimas de crímenes en el país es la impunidad y la falta de acción de las instituciones gubernamentales, ya que de cada 100 delitos que se denuncian sólo 14 son resueltos. Esto se debe a omisiones e ineptitud de las instituciones a cargo, o a la colusión de éstas con los grupos delictivos.7

Como un ejemplo de esto se encuentra el caso de Celedonio Monroy Prudencio, Integrante del Consejo Consultivo de la Comisión Estatal Indígena de Jalisco, quien fue víctima de desaparición forzada en octubre de 2012, por oponerse a la misma industria minera que José Santos Isaac Chávez. De la investigación que produjo su desaparición, actores independientes llegaron a la conclusión de que las operaciones mineras de la Planta Peña Colorada se mantienen gracias a la colusión de los diferentes gobiernos regionales con el narcotráfico y los empresarios.8

Al cumplirse un año de su secuestro, se inició el juicio de amparo 1645/2013,9 en el cual el Juez Segundo de Distrito concedió la suspensión de plano de los actos reclamados consistentes en la extracción violenta e ilegal y la desaparición forzada del señor Monroy, así como la violación de los artículos 1°, 14°, 16°, 18°, 19° y 22° Constitucionales por parte de las autoridades responsables, donde se establece que las personas tienen derecho de no ser privadas de su libertad, de no ser víctimas de tortura y de tener pleno acceso a sus derechos humanos.

En la sentencia del juicio de amparo con número de expediente 1645/ 2013 señala:

Asimismo, se les requiere para que en caso de que sea procedente, se lleve a cabo la reparación a las víctimas, toda vez que conforme al marco de los artículos 1, numeral 1, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los familiares de las víctimas tienen el derecho, y los Estados la obligación, a que los hechos sean efectivamente investigados por las autoridades estatales y, en ese sentido, a conocer la verdad de lo sucedido; en este contexto, el derecho a conocer la verdad en casos de desaparición forzada de personas, implica el derecho de los familiares de la víctima de conocer cuál fue el destino de ésta y, en su caso, dónde se encuentran sus restos; el derecho a la verdad se encuentra subsumido en el derecho de la víctima o de sus familiares a obtener de los órganos competentes del Estado el esclarecimiento de los hechos violatorios y las responsabilidades correspondientes , a través de la investigación y el otorgamiento de una justa reparación.

Ante este problema, al cual se enfrentan diferentes países de América latina y el Caribe, se propuso un acuerdo regional que promoviera la justicia ambientalista y trabajara por el bienestar de las personas de la región.

Papel del gobierno y el Acuerdo de Escazú

El 22 de abril de 2021 entró en vigor el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América latina y el Caribe, también conocido como el Acuerdo de Escazú. Es el primer tratado regional ambiental y de derechos humanos en América latina y el Caribe, y el primer instrumento legalmente vinculante en el mundo que incluye disposiciones sobre personas defensoras ambientales.10 Se originó en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible conocido como Rio+20, y se fundamenta en el principio 10 de la Declaración de Desarrollo Sostenible sobre el Medio Ambiente de 1992, también conocida como Declaración de Rio:

Principio 10. El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados , en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.11

El Acuerdo de Escazú garantiza el derecho de acceso en asuntos ambientales , lo que implica acceder a la información, el derecho a la participación pública en los procesos de toma de decisiones y el derecho al acceso a la justicia. Asimismo, requiere a los Estados que prevengan e investiguen los ataques contra las personas defensoras ambientales.12

Artículo 9. Defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales

1. Cada Parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad .

2. Cada parte tomará las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos los derechos de los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente, así como su capacidad para ejercer los derechos de acceso, teniendo en cuenta las obligaciones internacionales de dicha Parte en el ámbito de los derechos humanos, sus principios constitucionales y los elementos básicos de su sistema jurídico.

3. Cada parte tomará medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente acuerdo.13

Si bien México ratificó el Acuerdo de Escazú en enero de 2021, existe poca capacidad estatal y disposición de las autoridades para apoyar a las personas defensoras, disminuyendo la probabilidad de que las personas y las comunidades obtengan acceso a la justicia y reparación.14 El gobierno federal ha negado en diferentes ocasiones los derechos de las personas medioambientalistas y ha deslegitimado su lucha actuando en contra de los intereses comunes:

• El presidente López Obrador se ha pronunciado en contra de las personas activistas, al declarar que “el neoliberalismo alentó al feminismo y el ecologismo” y acusar a los movimientos sociales de haber impulsado derechos humanos para desviar la atención de las personas sobre la corrupción.15

• Se disminuyó el presupuesto para mitigar el cambio climático por cuatro Presupuestos de Egresos de la Federación consecutivos, como plantea la organización Causa Natura:

Ya en la administración de Andrés Manuel López Obrador, el presupuesto disminuyó aún más en 2019 y 2020. El presupuesto ambiental de 2020, que fue de 29 mil 869 millones de pesos, representó apenas el 43 por ciento del monto asignado en 2015. En el 2021, tras la pandemia, hubo una recuperación mínima, al alcanzar 31 mil 020 millones, mientras que para el 2022 se alcanzaron 40 mil 945 millones de pesos.16

Si bien en 2022 se alcanzaron los niveles previos a la Cuarta Transformación, para el Presupuesto de Egresos 2023 se tiene contemplado el monto más alto en la historia para el rubro ambiental. Sin embargo, los recursos se concentrarán en la Comisión Nacional de Agua, la cual recibirá 49 por ciento más presupuesto para la inversión de infraestructura pública, principalmente de presas,17 los cuales son megaproyectos que ponen en riesgo a la ciudadanía.

• Se publicó el acuerdo por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional del 22 de noviembre del 2021,18 mediante el cual se negaron de iure los derechos al territorio y la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades. Del mismo modo, se negaron mecanismos construidos para garantizar los derechos de información y participación, como es la Evaluación de Impacto Ambiental.19

• Se anunció la desaparición del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) y del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA) el 17 de diciembre del 2021 como parte de una reforma administrativa que se mantiene en curso.20 Ante esto, diversas organizaciones de la sociedad civil manifestaron su descontento en un comunicado, al defender que se perderá capacidad de investigación para mitigar el cambio climático.21

• Se publicó el comunicado: ¿Dónde estaban los pseudoambientalistas cuando hace años empezó la verdadera devastación del sureste de México? por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales el 25 de marzo del 2022, el cual es claramente violento hacia las personas activistas, ya que las responsabiliza de diversas atrocidades medioambientales en el Sureste de México,22 buscando cierta legitimidad para su propio megaproyecto.

Derecho Internacional

En la Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, la cual fue ratificada por el Estado mexicano se establece el derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza .

Principio 1. (...) Tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza.23

Sumado a lo anterior el Principio 10 establece que la mejor manera de gestionar los asuntos ambientales es contar con la participación de todos los ciudadanos.24

La declaración también prevé la participación específica de grupos de la sociedad en defensa del medio ambiente.

Principio 20. Las mujeres desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo . Es, por tanto, imprescindible contar con su plena participación para lograr el desarrollo sostenible.25

Principio 22. Las poblaciones indígenas y sus comunidades , así como otras comunidades locales, desempeñan un papel fundamental en la ordenación del medio ambiente y en el desarrollo debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. Los Estados deberían reconocer y apoyar debidamente su identidad, cultura e intereses y hacer posible su participación efectiva en el logro del desarrollo sostenible .26

Por su parte, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, adoptó la Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”27 y que para su resolución se fundamentan en la Carta de las Naciones Unidas; la Declaración Universal de Derechos Humanos; los Pactos Internacionales de Derechos Humanos; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; el Acuerdo de París; el Convenio sobre la Diversidad Biológica; la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo; la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de septiembre de 2015; la resolución 53/144 de la Asamblea General, de 9 de diciembre de 1998, resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 22/6, de 21 de marzo de 2013; entre otras.

La Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1; reconoce el trabajo de las personas activistas medioambientales, destacando su importante contribución, e incluso señala que estos son los más expuestos y los que corren mayores riegos.

Reconociendo que los defensores de los derechos humanos hacen una contribución positiva, importante y legítima a la promoción y protección de los derechos humanos relativos al disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, y profundamente preocupado porque los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones relativas al medio ambiente, conocidos como defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, figuran entre los que están más expuestos y corren mayores riesgos (...).

Alarmado por el hecho de que los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, incluidas las mujeres y las personas indígenas, y los defensores de los derechos humanos que se ocupan de cuestiones relacionadas con los derechos sobre la tierra, así como sus familiares, comunidades, asociados y representantes legales, son cada vez más víctimas de asesinatos, actos violentos, incluidos actos de violencia de género, amenazas, actos de acoso, intimidaciones, campañas de difamación, actos de criminalización y acoso judicial, desalojos forzosos y desplazamientos , según han informado la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos y otros procedimientos especiales (...)28

Ante la alarmante situación que viven los activistas medioambientales la misma resolución señala:

2. Destaca que debe garantizarse a los defensores de los derechos humanos, incluidos los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente, un entorno seguro y propicio que les permita llevar a cabo su labor sin obstáculos ni inseguridad, en reconocimiento de que prestan una ayuda importante a los Estados para que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del Acuerdo de París y lleven a la práctica la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (...)29

14. Exhorta a los Estados a que:

(...)

f) Promuevan un entorno seguro y propicio en el que los individuos , los grupos y los órganos de la sociedad, incluidos los que se ocupan de los derechos humanos y las cuestiones ambientales, incluida la diversidad biológica, puedan actuar sin violencia, amenazas, trabas ni inseguridad ;30

En concordancia con la resolución anterior, el “Informe del Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible”,31 señalo que los Estados deben prestar especial atención a los defensores del medio ambiente por lo tanto deben dar prioridad a las medidas que tengan que protejan a los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente estableciendo normas que atajen las causas fundamentales de la violencia contra estos y apoyen su labor.

Derecho Nacional

En primer lugar, es importante señalar que el derecho a un medio ambiente sano está consagrado en la Carta Magna.

Artículo 4o.- (...)

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. (...)32

Aunado a lo anterior, al ser un derecho humano, su protección también se encuentra prevista en el Artículo 1 de la Carta Magna, en el que también se establecen las obligaciones generales y específicas de todas las autoridades del Estados mexicano.

Por otro lado, a partir de 2012 el Estado mexicano cuenta con la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en la cual se subraya que al ser el medio ambiente sano un derecho humano elevado a rango constitucional, las personas que lo defienden son sujetos de derecho de esta ley, la cual tiene por objeto:

Artículo 1.- (...) tiene por objeto establecer la cooperación entre la federación y las entidades federativas para implementar y operar las medidas de prevención, medidas preventivas y medidas urgentes de protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos , y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.

Esta ley crea el mecanismo de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas, para que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos.33

Si bien la citada ley crea mecanismo de protección para personas defensoras de derechos humanos y periodistas, lo cuestionable de esto es si dicho mecanismos ha servido o sólo es una simulación que poco ha hecho para defender y proteger a los activistas medioambientalistas.

Cabe mencionar que el artículo 20 Bis 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente establece que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales promueve el proceso de consulta y participación de las comunidades indígenas y afromexicanas .

Artículo 20 Bis 8.- La secretaría promoverá el proceso de consulta previa, libre e informada y la participación de las comunidades indígenas y afromexicanas, las comunidades equiparables y de los propietarios y poseedores de la tierra en los procesos de elaboración, observancia, revisión y modificación de los ordenamientos ecológicos territoriales, ordenamientos ecológicos regionales y ordenamientos ecológicos locales.34

Solución al problema

De este modo, la honorable Cámara de Diputados puede intervenir de forma significativa al exigir a los titulares de Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Fiscalía General de la República, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas a tomar las medidas necesarias para prevenir los asesinatos de las personas medioambientalistas, al apegarse al Acuerdo de Escazú y permitir los derechos de acceso en asuntos ambientales de la ciudadanía mexicana, particularmente de las poblaciones indígenas.

Por lo expuesto anteriormente, se somete a su consideración el siguiente:

Punto de Acuerdo

Primero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a los titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y de la Fiscalía General de la República, a que promuevan el trato digno a las personas medioambientalistas y se apegue al artículo 9 del Acuerdo de Escazú, el cual establece en su inciso 3 que se deberán tomar las medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones hacia las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.

Segundo. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, con base en sus respectivas atribuciones, restablezcan el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático y el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, con la finalidad de apegarse al artículo 6 del Acuerdo de Escazú, el cual establece en su inciso 3 que se deberán de contar con sistemas de información ambiental actualizados y promover la investigación.

Tercero. La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al titular del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, para que, con bases en sus respectivas atribuciones, establezcan un proceso único que sea justo, transparente y replicable en la realización de consultas indígenas.

Notas:

1 Global Witness (oct, 2022). “Una década de resistencia. Diez años documentando el activismo por la tierra y el medio ambiente en el mundo”. Global Witness. Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de: https://www.globalwitness.org/es/decade-defiance-es/

2 Un “evento de agresión” implica un conjunto de agresiones realizadas en un mismo espacio y tiempo. CEMDA (2022). “Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México, 2021”. CEMDA Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/cemda-infor me-2021/

3 Ibid.

4 CEMDA (2022). “Informe sobre la situación de las personas y comunidades defensoras de los derechos humanos ambientales en México, 2021”. CEMDA. Recuperado el 5 de diciembre del 2022 de: https://www.cemda.org.mx/publicaciones-y-estudios-del-cemda/cemda-infor me-2021/

5 Global Witness Op. cit.

6 CEMDA Op. cit.

7 Impunidad Cero (2022). “El tamaño de la impunidad en México”. Impunidad Cero. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de: https://www.impunidadcero.org/impunidad-en-mexico/#/

8 Zamora, Pedro (2021). “La desaparición de Celedonio Monroy: Reminiscencias de la Guerra Sucia”. Interpretextos, 25/Primavera de 2021, pp. 101-122. Consultado el 9 de diciembre del 2022, de: http://ww.ucol.mx/interpretextos/pdfs/575_inpret2510.pdf

9 Sentencia recaída al Amparo 1645/2013, Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Colima, 19 de abril de 2016.

10 Global Witness, Op. cit.

11 (Declaración de Desarrollo Sostenible sobre el Medio Ambiente, Principio 10)

12 (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe)

13 (Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, art. 9)

14 Global Witness Op. cit.

15 Morán, Carmen (29 de octubre, 2021). “López Obrador abre una nueva polémica: ‘El neoliberalismo alentó el feminismo y el ecologismo’”. El País. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de: https://elpais.com/mexico/2021-10-30/lopez-obrador-abre-una-nueva-polem ica-el-neoliberalismo-alento-el-feminismo-y-el-ecologismo.html

16 Castro, Alejandro (3 de octubre, 2022). “México: crece la crisis ambiental, pero cae el presupuesto”. Causa Natural. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de: https://causanatura.org/periodismo-cn/mexico-crece-la-crisis-ambiental- pero-cae-el-presupuesto#:~:text=El%20presupuesto%20ambiental%20de%20202 0,mil%20945%20millones%20de%20pesos.

17 Causa Natura Op. cit.

18 (ACUERDO por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional)

19 CEMDA (16 de diciembre, 2021). “Desaparecer al INECC y el IMTA debilita aún más la capacidad de México para proteger el medio ambiente y combatir el cambio climático”. CEMDA. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de: https://www.cemda.org.mx/desaparecer-al-inecc-y-el-imta-debilita-aun-ma s-la-capacidad-de-mexico-para-proteger-el-medio-ambiente-y-combatir-el- cambio-climatico/

20 SEMARNAT (17 de diciembre, 2021). “SEMARNAT impulsa reforma administrativa”. SEMARNAT. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de: https://www.gob.mx/semarnat/prensa/semarnat-impulsa-reforma-administrat iva

21 CEMDA Op. cit.

22 SEMARNAT (25 de marzo, 2022). “¿Dónde estaban los pseudoambientalistas cuando hace años empezó la verdadera devastación del sureste de México?”. SEMARNAT. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de: https://www.gob.mx/presidencia/prensa/donde-estaban-los-pseudoambiental istas-cuando-hace-anos-empezo-la-verdadera-devastacion-del-sureste-de-m exico

23 (Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 1).

24 (Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 10).

25 (Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 20).

26 (Declaración de Rio sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Principio 22).

27 CEPAL (20 de marzo del 2019). “Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprueba histórica resolución sobre los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente”. CEPAL. Consultado el 8 de diciembre del 2022, de: https://www.cepal.org/es/notas/consejo-derechos-humanos-naciones-unidas -aprueba-historica-resolucion-defensores-derechos

28 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”

29 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”.

30 Resolución A/HRC/40/L.22/Rev.1 “Reconocimiento de la contribución que hacen los defensores de los derechos humanos relacionados con el medio ambiente al disfrute de los derechos humanos, la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible”

31 Consejo de Derechos Humanos (28 de febrero, 2022). “Derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible: el medio ambiente no tóxico”. Asamblea General, 49º periodo de sesiones, tema 3 de la agenda. Consultado el 10 de diciembre del 2022, de: https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G22/004/51/PDF/G2200451.p df?OpenElement

32 (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, art. 4, párrafo quinto).

33 (Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, primer párrafo, art.1).

34 (Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, artículo 20 BIS 8).

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 19 de septiembre de 2023.

Diputado Salvador Caro Cabrera (rúbrica)