Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6377-IV-7, martes 3 de octubre de 2023
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas dependencias federales a implementar y, en su caso, fortalecer mecanismos para garantizar a las personas migrantes los servicios básicos de salud y protección integral de sus derechos humanos, a cargo de la diputada Fabiola Rafael Dircio, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, diputada Fabiola Rafael Dircio, integrante del Grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
Que, la representación de la delegación mexicana encabezada por la secretaria de Relaciones Exteriores, Alicia Bárcena en el 78 período de sesiones de la Asamblea General de la ONU, reconoció que estamos atravesando un fenómeno migratorio sin precedentes que debe ser atendido.
Lo anterior deber ser atendible pues el mismo Instituto Nacional de Migración resaltó que, entre enero y febrero de ese año fueron registrados 70 mil 526 eventos de personas en situación migratoria irregular en México, 54.6 por ciento más que en 2022. 1
Con datos del INM se conoce que en lo que va de 2023, se han detenido a más de 1 millón de personas migrantes y deportado a 788 mil.
La canciller también manifestó que más de 8, 000 personas están arribando diariamente a la frontera norte de México, esperando pasar a Estados Unidos.
Asimismo, se conoce que una particularidad de este suceso migratorio radica en una diferencia muy marcada, anteriormente las personas migrantes solicitaban orientación y apoyo en materia jurídica, a discrepancia de la actualidad en donde se exacerbo la solicitud de agua, comida, atención médica y cuidados básicos.
Ante estas cifras el gobierno mexicano anunció una serie de medidas para contener el flujo de personas migrantes.
Por ejemplo, manifestó que a través del Instituto Nacional de Migración de México se establecerán 15 puntos en coordinación con autoridades locales para evitar que sean usados los trenes de carga para atravesar el país y llegar a la frontera con Estados Unidos.
Otra medida tomada sería despresurizar las ciudades que limitan con El Paso, San Diego y Eagle Pass, Texas, donde se ha declarado estado de emergencia por el alto flujo de personas que intentan cruzar y que fue detonante para cerrar temporalmente el puente internacional y detener el sistema de trenes de carga de nuestro país.
Para poder alcanzar un proceso de repatriación, la cancillería en México propuso llevar a cabo negociaciones con los Gobiernos de Venezuela, Brasil, Nicaragua, Colombia y Cuba para fortalecer la recepción de sus ciudadanos deportados desde la frontera entre Estados Unidos y México.
Es importante dejar de manifiesto que nuestro país siempre ha sido considerado de tránsito y destino para las personas migrantes, particularmente de América Central, migración que es impulsada por la falta de oportunidades en su lugar de origen o por la violencia.
Sin embargo, también es menester reconocer que esa migración les conlleva riesgos significativos, como la explotación, el tráfico de personas, accidentes, hoy en día hasta enfrentarse al crimen organizado de nuestro país.
Justo estos grupos criminales han sembrado una mayor zozobra en las personas migrantes, evidenciando la violación a sus derechos humanos, sobre todo por las violaciones, abusos y la violencia ejercida contra este grupo de personas migrantes.
Es por ello que como país el cual está altamente considerado como un corredor migratorio y quizá, el más transitado del mundo, al ser Estados Unidos de América el principal destino de la migración mundial actualmente es tarea atender la situación.
Buscando a toda costa la consecución del pleno respeto a los derechos humanos, de las personas migrantes, garantizando la protección de sus libertades fundamentales y su dignidad, protegerlas de situaciones y amenazas críticas.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente;
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, exhorta de una manera respetuosa, a la Secretaria de Relaciones Exteriores, al Instituto Nacional de Migración, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y a la Secretaría de Salud para que, en el ámbito de sus respectivas competencias y de forma coordinada, implementen y, en su caso, fortalezcan mecanismos para garantizar a las personas migrantes los servicios básicos de salud y protección integral de sus derechos humanos.
Nota
1 https://www.gob.mx/segob/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 3 de octubre de 2023.
Diputada Fabiola Rafael Dircio (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a acatar la suspensión definitiva del amparo que ordenó la verificación de los procedimientos legales que llevaron a la edición, impresión y entrega de los libros de texto gratuitos para el ciclo escolar 2023-2024, a cargo de la diputada María Macarena Chávez Flores, del Grupo Parlamentario del PRD
La que suscribe, diputada Macarena Chávez Flores, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y 79 del reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la SEP a acatar la suspensión definitiva del amparo que ordenó la verificación de los procedimientos legales que llevaron a la edición, impresión y entrega de los libros de texto gratuito para el ciclo escolar 2023-2024. Con base en la siguiente
Exposición de Motivos
El juicio de amparo, herramienta jurídica que, en su creación, esta, estuvo enfocada a beneficiar a los gobernados del Estado mexicano, y que, en su calidad de herramienta, tiene por finalidad el respeto a los imperativos constitucionales en beneficio de aquellos, esto expresado como sus garantías individuales.
El juicio de amparo en México está constituido como la última instancia en caso de ser necesaria la impugnación ente la mayoría de los procedimientos judiciales, los administrativos y los de carácter legislativo, por lo que, ejerce tutela sobre el orden jurídico nacional en contra de las violaciones realizadas por cualquier autoridad, ya sea de acto o de omisión, para lo cual el requisito sine qua non es que esas infracciones se traduzcan en una afectación actual, personal y directa a los derechos de una persona jurídica, sea individual o colectiva.
La controversia constitucional es por su parte y de acuerdo a la definición plasmada en la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
La Controversia Constitucional es el juicio que resuelve la Corte cuando uno de los Poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno considera que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional. Pueden promoverla: Los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los Estados.
Por lo que se extrae de lo anterior que, esta es una herramienta para el uso en el caso que nos ocupa, de dominio de los gobiernos estatales. Ahora bien, las dos herramientas mencionadas renglones arriba, tienen pertinencia en el presente ocurso por su presencia en las quejas y demandas en cuanto a la corrección de los trabajos de la Secretaría de Educación Pública por su mala planeación en cuanto a los materiales destinados a la educación básica.
En el caso de los libros de texto gratuito, y ante las fallas que estos presentan; las cuales son evidentes y se encuentran sustentadas por simples revisiones a manos de los padres de familia y aun por análisis más estructurados por parte de expertos en la materia; se encontró la fuente de controversias en lo general en contra de estos materiales, es decir, los textos de estos libros se encuentran plagados de errores y de sesgos en cuanto a los principios y valores contenidos en nuestra constitución y en otros documentos generados por los grandes pensadores mexicanos y por los padres de nuestra nación, y sustituidos estos por pensamientos e ideologías que lo único que hacen es vulnerar la célula más básica de nuestra sociedad; la familia mexicana, generando la necesidad de acudir en unos casos, a juicios de amparo por particulares y de manera colectiva en otros, lo anterior sin dejar de lado las mismas controversias promovidas en estados como Nuevo León.
Ante estos acontecimientos y circunstancias en las que los gobiernos estatales no afines al partido en el poder, han debido tomar una posición frente al inminente ejercicio de reparto y entrega de los Libros de Texto Gratuito a los alumnos en las escuelas de todo el país, se ha llegado a la promoción de las llamadas Controversias Constitucionales para frenar este reparto de libros.
Como resultado el gobierno federal aceleró lo publicado por la entonces Secretaria de Educación Pública, Delfina Gómez Álvarez, en la página de la SEP en fecha del 2 de junio de 2022, mediante el Boletín SEP 127, el cual dice;
Modelo curricular entrará en vigor en el ciclo escolar 2023-2024: Delfina Gómez Álvarez
Y que, intentando presentar una secuencia coherente de las publicaciones en forma de decreto que la SEP publicó en relación a este tema a continuación planteo a través de sus encabezados;
Acuerdo número 06/08/23 por el que se modifica el diverso número 14/08/22 por el que se establece el plan de estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria
Acuerdo número 07/08/23 por el que se determina el currículo nacional aplicable a la educación inicial: programa sintético de la fase 1
Acuerdo número 08/08/23 por el que se establecen los programas de estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria: programas sintéticos de las fases 2 a 6
Con los cuales se somete a los maestros a utilizar los actuales libros de texto gratuito de manera obligatoria sin considerar que dicha disposición en forma de decreto constituye una violación al derecho básico de acceso a una educación adecuada, lo que, en nuestra carta magna reza;
Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.
Corresponde al Estado la rectoría de la educación, la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.
Párrafo tercero. Se deroga.
La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva. Tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a todos los derechos, las libertades, la cultura de paz y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia; promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.
El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.
Atendiendo además a lo que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en cuyo cuerpo normativo nos señala que;
Capítulo Décimo Primero
Del Derecho a la
Educación
Artículo 57. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad que contribuya al conocimiento de sus propios derechos y, basada en un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, que garantice el respeto a su dignidad humana; el desarrollo armónico de sus potencialidades y personalidad, y fortalezca el respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, en los términos del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás disposiciones aplicables.
Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, tendrán derecho a intervenir en la educación que habrá de darse a niñas, niños y adolescentes, en términos de lo previsto por el artículo 103 de esta Ley.
Resultaría redundante mencionar la importancia de estos valores contenidos en la legislación mexicana y su establecimiento como fundamento en cuanto al cuidado que la educación básica requiere para cuidar de las virtudes que nuestra niñez merece como parte de su educación tanto en casa como en las aulas, la cual debe ser protegida por el Estado Mexicano, y que en la realidad resulta vulnerada por este mismo.
Es así que por voz de maestros y padres de familia, se tiene la certeza de que los modelos curriculares de anteriores administraciones presentaban congruencia con los valores y virtudes promovidos por nuestra constitución, toda vez que estos modelos valoraban el peso de las familias mexicanas como componentes de la formación y educación en la niñez y a su vez honraban la su posición como la dupla encargada de allegar a los alumnos una educación que abonara a formar ciudadanos mexicanos útiles al país.
Es por esto que, de acuerdo al parecer de las asociaciones de padres de familia y de maestros de nivel básico a nivel nacional, contamos con la total convicción de que lo más conveniente y adecuado ante las controversias presentadas en forma de juicio de amparo y de controversia constitucional, las cuales en el primer caso fueron presentadas por asociaciones de padres de familia y en el segundo caso por gobiernos estatales, quienes se muestran refractarios a los contenidos de los libros de texto gratuitos presentados por la llamada cuarta transformación, de mano del Jefe del Ejecutivo y a través de la Secretaría de Educación Pública, es justo regresar, por lo menos al anterior modelo curricular el cual estuvo presente durante el sexenio de 2012-2018 o de lo contario acatar la voluntad del amparo que a continuación expongo.
Es pertinente mencionar que en caso de encontrarse avanzado el ciclo escolar mencionado, entonces lo mínimo que la sociedad mexicana espera, es que la Secretaría de Educación Pública acate la suspensión definitiva resultado del juicio de amparo 784/2023, dictada el 29 de junio del presente año mediante la cual se ordenó la verificación de los procedimientos legales que llevaron a la edición, impresión y entrega de los libros de texto gratuito, los cuales han constituido discrepancia y desacuerdo por parte de los padres de familia, asociaciones de la sociedad civil y expertos en el tema de la docencia, y que recientemente, previó al inicio del ciclo escolar, fueron manifestados por estos.
Por lo tanto y con base en los argumentos expuestos, es que someto a consideración de esta honorable soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados de la LXV Legislatura exhorta a la SEP a acatar la suspensión definitiva del amparo, que ordenó la verificación de los procedimientos legales que llevaron a la edición, impresión y entrega de los libros de texto gratuito para el ciclo escolar 2023-2024.
Fuentes
1 https://www.gob.mx/sep/articulos/boletin-sep-no-127-modelo-curricular-e ntrara-en-vigor-en-el-ciclo-escolar-2023-2024-delfina-gomez-alvarez
2 www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
3 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5698663&fecha=15/08/ 2023#gs c.tab=0
4 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5698664&fecha=15/08/2023 #gsc.tab=0
5 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5698665&fecha=15/08/ 2023#gsc.tab=0
6 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro a 3 de octubre de 2023.
Diputada Macarena Chávez Flores (rúbrica)