Gaceta Parlamentaria, año XXVI, número 6234-III, martes 14 de marzo de 2023
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México a realizar una exhaustiva investigación por el uso de grupos de choque por parte del alcalde de Coyoacán para realizar obras de perforación en la calle Toltecas, colonia Ajusco, sin informar ni consultar a las vecinas y vecinos, a cargo del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción III del Reglamento de la Cámara de Diputados, así como los demás aplicables.
Someto a consideración de esta Honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, por la que se exhorta a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) realice una exhaustiva investigación por el uso de grupos de choque por parte del Alcalde de Coyoacán José Giovani Gutiérrez Aguilar, para realizar obras de perforación en la calle Toltecas, colonia Ajusco, sin informar ni consultar a las vecinas y vecinos, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primero. Los días 6 y 8 de marzo del presente año, grupos de golpeadores relacionados con el alcalde de Coyoacán Giovani Gutiérrez y con el Jefe Delegacional y hoy prófugo de la justicia Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, se apersonaron en las obras de perforación que se realizan en la calle Toltecas, colonia Ajusco para amenazar y golpear a los vecinos de la colonia Ajusco.
Segundo. El primer enfrentamiento se dio el 6 de marzo, en el cual, el grupo de choque los buitres golpearon a vecinos y malhirieron a una mujer de edad avanzada. (Colín, 2023)
Tercera. Las obras que se realizan en la calle Toltecas, colonia Ajusco, tiene como fin dejar sin el vital líquido a los vecinos de dicho lugar, y a pesar de haberse inconformado, no fueron escuchados por el alcalde, quien ordenó que los golpearan, tal como lo relata el diario La Jornada:
Los trabajos que empezaron ayer aceleradamente incluyen la colocación de tomas de agua, de dos a tres, en las casas de los vecinos que aceptaron los calentadores solares y tinacos que entregó la alcaldía, para que no se queden sin agua.
Insistieron en que sólo a base de golpes, empujones y del uso de la fuerza en contra de los vecinos fue como la alcaldía llevó a la calle Toltecas tres retroexcavadoras, una cortadora y 15 patrullas con decenas de policías que hasta después de las 5 de la tarde seguían estacionadas en las calles Rey Topiltzin y Rey Meconetzin.
Al menos una decena de vecinos resultaron lesionados por los golpes tras un enfrentamiento con policías y golpeadores, el cual se registró a las 9 de la mañana; relataron que algunos heridos fueron mujeres, personas de la tercera edad, así como dos menores de edad.
Un colono tuvo que ser llevado al Hospital General Xoco por los golpes que le dieron, pero según los residentes se encuentra en calidad de detenido e incluso se le solicitó 10 mil pesos de mordida para que no lo trasladen al reclusorio . (Bravo, Golpeadores agreden a vecinos de Coyoacán que se oponen a obra, 2023)
Cuarto. Además de mandarlos a golpear, Giovani Gutiérrez ha amenazado y amedrentado a los vecinos ... desde el miércoles funcionarios de la demarcación toman fotografías a sus domicilios, mientras desconocidos pasan por las noches a bordo de motonetas y motocicletas tocando a sus puertas, en acciones con las que la alcaldía busca intimidarnos .
Indicaron que la semana próxima acudirán con legisladores federales y locales a la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México a denunciar lo que definieron como acoso del alcalde y sus funcionarios por estar en contra de la obra, con la que buscan llevarse el agua al nuevo proyecto del estadio Azteca, así como a la zona de las unidades habitacionales ubicadas en el área de Gran Sur, donde se padece escasez .
Refrendaron que no tenían problemas con el servicio de agua, por lo que insistieron en que la obra no es una prioridad, sólo se quieren llevar el líquido . (Bravo, Vecinos acusan a funcionarios de Coyoacán de agresión y acoso, 2023)
Por lo tanto, fundado y motivado en lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único.- La Cámara de Diputados exhorta, de manera respetuosa, a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) realice una exhaustiva investigación por el uso de grupos de choque por parte del Alcalde de Coyoacán José Giovani Gutiérrez Aguilar para realizar obras de perforación en la calle Toltecas, colonia Ajusco, sin informar ni consultar a las vecinas y vecinos.
Bibliografía:
- Bravo, E. M. (09 de marzo de 2023). Golpeadores agreden a vecinos de Coyoacán que se oponen a obra. Obtenido de La Jornada: https://www.jornada.com.mx/2023/03/09/capital/030n1cap
- Bravo, E. M. (11 de marzo de 2023). Vecinos acusan a funcionarios de Coyoacán de agresión y acoso. Obtenido de La jornada: https://www.jornada.com.mx/notas/2023/03/11/capital/vecinos-acusan-a-fu ncionarios-de-coyoacan-de-agresion-y-acoso/
- Colín, J. L. (12 de marzo de 2023). Buscarán revocación de alcalde Coyoacán por presunto uso de grupos de choque. Obtenido de Publimetro: https://www.publimetro.com.mx/noticias/2023/03/12/cdmx-buscaran-revocac ion-de-giovani-gutierrez-por-presunto-uso-de-grupos-de-choque/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez
Con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Tlaxcala a emprender las medidas legislativas necesarias para la creación de una fiscalía general de justicia en el estado, a cargo del diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Éctor Jaime Ramírez Barba, del grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional e integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes
Consideraciones
Primero . La reforma de 2008 a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia procesal penal, implicó el cambio del sistema penal inquisitorio hacia uno de corte acusatorio, basado en los principios de transparencia, presunción de inocencia, equidad entre las partes, oralidad, control de la producción de la prueba y también un mayor control de las instituciones y operadores que intervienen en el proceso penal.
Este cambio de paradigma otorgó un plazo de 8 años, es decir, hasta 2016, para la implementación del nuevo sistema penal en todo el país, según lo establecido en el artículo segundo transitorio del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 18 de julio de 2008,1 mismo que a letra señala:
Segundo . El sistema procesal penal acusatorio previsto en los artículos 16, párrafos segundo y decimotercero; 17, párrafos tercero, cuarto y sexto; 19; 20 y 21, párrafo séptimo, de la Constitución, entrará en vigor cuando lo establezca la legislación secundaria correspondiente, sin exceder el plazo de ocho años, contado a partir del día siguiente de la publicación de este decreto. En consecuencia, la Federación, los Estados y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias, deberán expedir y poner en vigor las modificaciones u ordenamientos legales que sean necesarios a fin de incorporar el sistema procesal penal acusatorio . La Federación, los Estados y el Distrito Federal adoptarán el sistema penal acusatorio en la modalidad que determinen, sea regional o por tipo de delito. En el momento en que se publiquen los ordenamientos legales a que se refiere el párrafo anterior, los poderes u órgano legislativos competentes deberán emitir, asimismo, una declaratoria que se publicará en los órganos de difusión oficiales, en la que señale expresamente que el sistema procesal penal acusatorio ha sido incorporado en dichos ordenamientos y, en consecuencia, que las garantías que consagra esta Constitución empezarán a regular la forma y términos en que se substanciarán los procedimientos penales.
Sin embargo, a pesar del largo período de tiempo que fue otorgado a las entidades federativas ya la federación y de los cuantiosos recursos financieros asignados para capacitar a los operadores en las nuevas reglas del sistema acusatorio, no se prestó la debida atención en tener mejores capacidades para investigar, lo que ha llevado a un fracaso de las políticas de seguridad y justicia y las deficientes capacidades para investigar y perseguir los delitos, lo que ha dado como resultado, que en las entidades federativas exista un altísimo nivel de impunidad en la persecución de los delitos del orden común, cercano al 98 por ciento.
Segundo . El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación,2 decreto por el que se reformaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de crear una Fiscalía General Autónoma, para reemplazar a la Procuraduría General de la República (PGR). Esta reforma fue la primera de varias modificaciones necesarias para la existencia de una verdadera Fiscalía General, que pueda empezar a investigar delitos con verdadera autonomía.
Esta modificación tuvo entre otros, los ejes siguientes:
1) La creación de la Fiscalía General de la República como un órgano público autónomo, que elimina el esquema donde el ministerio público era una oficina del Poder Ejecutivo como el encargado de investigar y perseguir delitos federales.
A diferencia de la extinta Procuraduría General de la República, la Fiscalía es un ente autónomo y estará separada del Poder Ejecutivo. Ello, a fin de darle al fiscal, la autonomía y libertad de investigar, sin influencias o presiones del Ejecutivo, los casos que sea necesarios para reducir la criminalidad, la violencia y la corrupción en el país, incluso, si ello implica investigar a altos funcionarios o políticos, al círculo cercano del presidente, a su partido político y al presidente mismo.
2) Se estableció el plazo de nueve años como duración del cargo de fiscal general. Con la reforma, el fiscal general permanecerá en su cargo, más allá de los cambios en la Presidencia de la República. Este nuevo aspecto de la reforma, es un mecanismo para evitar o dificultar los intentos de control por parte del presidente en investigaciones donde éste, tenga un interés particular.
También, busca dar estabilidad y continuidad al trabajo del fiscal, según cifras de la PGR, en la última década, cada Procurador General de la República en México, ha durado en promedio sólo un año y medio en su cargo3 y de otros funcionarios de la institución, tales como fiscales especializados, titulares de unidades de investigación y procuradores.
En la práctica, las víctimas de delitos y violaciones a derechos humanos, son quienes han sido impactados por los cambios constantes de los funcionarios de la PGR: desde la falta de resultados en las investigaciones, la imposibilidad de llamar a rendir cuentas a funcionarios que de un día para otro abandonan la PGR y la falta de continuidad en las políticas de mediano y largo plazo para combatir los fenómenos criminales.
3) El Senado tiene un papel predominante en la evaluación y selección de los candidatos a fiscal general. Con la reforma, se eliminó la práctica de permitir al presidente, imponer a un candidato único a procurador general de la República. Antes de la reforma al artículo 102 Constitucional, el Senado tenía el poder constitucional de objetar al candidato a procurador general propuesto por el presidente, pero en la realidad jamás ejerció ese poder, ni evaluó seriamente sus méritos, idoneidad, ni mucho menos su independencia del poder político.
Tercero. El día 14 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación,4 decreto para expedir la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República para darle vida a este nuevo ente constitucionalmente autónomo y que entre sus disposiciones señala:
Artículo 1 . Objeto de la ley.
La presente ley tiene por objeto reglamentar la organización, funcionamiento y ejercicio de las atribuciones de la Fiscalía General de la República como órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio a cargo de las funciones otorgadas al Ministerio Público de la Federación, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables.
Artículo 3. Principios rectores
La Fiscalía General de la República regirá su actuación por los principios de autonomía, legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez, respeto a los derechos humanos, perspectiva de género, interculturalidad, perspectiva de niñez y adolescencia, accesibilidad, debida diligencia e imparcialidad.
En todos los casos deberán observarse los principios de equidad, igualdad sustantiva y no discriminación en razón de la condición étnica, migratoria, de género, edad, discapacidad, condición social, salud, religión, opiniones, preferencia, orientación o identidad sexual, estado civil o cualquier otra condición o motivo que atente contra la dignidad humana; o bien, tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte y demás disposiciones aplicables.
Cuarto . Por otra parte, es necesario señalar, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, desde el 2006, con su Informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas,5 ha considerado a los operadores de justicia como una categoría especial de defensores de derechos humanos en situación de indefensión, comprendiendo dentro de esta categoría, no sólo a los jueces y magistrados, sino también a los fiscales y a los defensores públicos.
A su vez, en su segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas,6 realizado en el 2011, dedicó un apartado especial a la independencia e imparcialidad de los operadores de justicia, estableciendo en el párrafo 357, que
En virtud de la garantía de independencia, desde el punto de vista institucional, los juzgadores que hacen parte de la función jurisdiccional del Estado deben ejercer sus funciones sin ser objeto de injerencias indebidas por parte de los poderes ejecutivo y legislativo, las partes del proceso, los actores sociales, y otros órganos vinculados a la administración de justicia.
En dicho informe, también reconoció que la relación de dependencia que puedan tener las fiscalías respecto de otros órganos, puede tener un impacto sobre su actuación independiente, tanto en la efectividad e impulso de la investigación, así como en las implicaciones que tenga en el debido proceso. 7
La propia CIDH ha venido dando especial atención a la situación de la independencia y autonomía de la administración de justicia en sus informes de país, como se aprecia claramente en el Informe Situación de los Derechos Humanos en México emitido en diciembre de 2015, en el que se reconoce una crisis de graves violaciones de derechos humanos y de impunidad generalizada, causada en gran parte por la falta de independencia de la justicia. Asimismo, el primer Informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de Ayotzinapa (GIEI- Ayotzinapa) nombrado por la CIDH, entre sus Recomendaciones generales en torno a la desaparición en México,8 resaltó la necesidad de garantizar la independencia e imparcialidad de las instituciones encargadas de administrar justicia.
Por su parte, en diversos pronunciamientos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos han enfatizado, que uno de los propósitos de la separación de poderes es, precisamente, garantizar la independencia de los órganos del sistema de justicia. A través de diversas sentencias, como en las emitidas en los casos Tribunal Constitucional vs. Perú,9 Palamara Iribarne vs. Chile,10 Apitz Barbera vs. Venezuela,11 y recientemente en el caso López Lone y Otros vs. Honduras,12 por citar algunos, la Corte ha establecido claramente la obligación de los Estados de respetar y garantizar la independencia del sistema de justicia.
La CIDH ha sistematizado los estándares interamericanos en su Informe titulado Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia: hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el Estado de derecho en las Américas,13 de diciembre de 2013, en donde se ha resaltado la importancia de que las investigaciones y, a un nivel más amplio, que las actividades relacionadas con la persecución del delito sean independientes e imparciales como medio para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas del delito .14
Quinto . México, ha emprendido un largo camino de reformas constitucionales y legales para terminar con la falta de autonomía y profesionalización de las agencias encargadas de investigar y perseguir los delitos, ya que esto, es parte de las causas estructurales de la impunidad, lo que obstruye un proceso de investigación integral, exhaustivo y oportuno.
La autonomía es un elemento clave en las instituciones de procuración de justicia para investigar y perseguir hechos delictivos con objetividad, sin importar si comprometen a altos funcionarios . En este sentido, la autonomía de los fiscales resulta clave para:
I) Garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas (especialmente cuando los delitos constituyen a su vez graves violaciones de derechos humanos);
II) Respetar los derechos del imputado en el proceso penal (especialmente, su derecho a la presunción de inocencia); y
III) El cumplimiento del deber estatal de investigar, perseguir y sancionar los delitos y las violaciones a derechos humanos.
La autonomía de los fiscales y las fiscalías es un derecho humano y una condición para el correcto funcionamiento del sistema de justicia, por lo cual, es necesario, que las entidades federativas recojan y plasmen de manera expresa en las normas internas que crean, organizan y regulan la actuación de la Fiscalía General, tanto a nivel constitucional, como a nivel legal y reglamentario.
La posición del fiscal es, con algunas variaciones según el sistema procesal de que se trate, la de actuar en defensa de los bienes jurídicos lesionados por la conducta criminal y, en esa línea, dirigir la investigación o acusar cuando, de acuerdo a su mejor entendimiento de la ley y de los hechos, existan elementos suficientes para hacerlo, o no continuar con el impulso de la acción penal si no hay elementos para ello.
En esa línea, la relatora especial de Naciones Unidas sobre Independencia de Magistrados y Abogados, Gabriela Knaul, ha señalado, que los fiscales deberán tener presente la situación del sospechoso y de la víctima, protegiendo al mismo tiempo el interés público; aunque su labor, no debe concebirse como una labor de protección de los intereses del gobierno, de un partido político o de cualquiera otra institución estatal pues los fiscales deben permanecer ajenos a los intereses - personales o de otra índole- así como a las presiones del público.
La independencia y autonomía de los y las fiscales debe ser garantizada a través de la autonomía de la propia institución y a través de la regulación de varios procesos, procedimientos y criterios que contengan o representen salvaguardas de la autonomía e independencia individual de cada fiscal.
El conjunto de estos procesos, procedimientos y criterios debería también reflejarse adecuadamente en las disposiciones que regulan la organización y funcionamiento de la Fiscalía General. Finalmente, es importante analizar cómo otros procesos necesarios en la institución como la rendición de cuentas y el régimen disciplinario de los y las fiscales, interactúan con la autonomía, sin desvirtuarla.
Quinto . Es el caso que la transformación de la Procuraduría General de la República en una Fiscalía General, autónoma, y su réplica en las entidades federativas, ha llevado al grado que ahora existan fiscalías autónomas en veintinueve de las treinta y dos entidades federativas, entre las que se encuentran:
1) Aguascalientes; 2) Baja California; 3) Campeche; 4) Chiapas; 5) Chihuahua; 6) Ciudad de México; 7) Coahuila; 8) Colima; 9) Durango; 10) Guanajuato; 11) Guerrero; 12) Jalisco; 13) México; 14) Michoacán; 15) Morelos; 16) Nayarit; 17) Nuevo León; 18) Oaxaca; 19) Puebla; 20) Querétaro; 21) Quintana Roo; 22) San Luis Potosí; 23) Sinaloa; 24) Sonora; 25) Tabasco; 26) Tamaulipas; 27) Veracruz, 28) Yucatán; y 29) Zacatecas.
Faltan de realizar esta transición diversos estados, entre ellos Tlaxcala.
El estado de Tlaxcala cobra especial relevancia toda vez que según un informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH),15 el estado de Tlaxcala, es el epicentro de la trata a nivel internacional: en 46 municipios de esta entidad existen familias completas que se dedican a crear y fortalecer redes de captura, traslado y explotación sexual de menores de edad en el país y en el extranjero.
Durante los últimos 20 años diversos informes de la ONU Contra la Droga y el Delito, del Instituto Nacional de Mujeres (Inmujeres) y de la CNDH han dado cuenta de que existe una alta incidencia de este delito, sobre todo en la ruta sur de Tlaxcala, que colinda con Puebla: se le conoce a nivel mundial como el corredor de trata Tlaxcala-Puebla.
Con los años este negocio ilícito se ha diversificado y normalizado dentro de la misma sociedad, al grado de que, en ocasiones, cuando desaparece una niña, sus familiares no levantan una denuncia.
En décadas pasadas los padrotes o tratantes invertían alrededor de seis meses para enganchar o enamorar a sus víctimas; las convencían de irse a vivir con ellos a otros estados o países y, una vez lejos de sus familias, las obligaban a la prostitución. Con este proceso de enamoramiento los tratantes podían alegar ante la ley y ante las familias de sus víctimas, que ellas estaban con ellos por decisión propia.
Hoy en día es tal el grado de impunidad que los padrotes ya no ven la necesidad de enamorar o convencer a la víctima, pues las espían en sus rutinas y las capturan en la calle, muchas veces utilizando sustancias como cloroformo para desmayarlas. ¿Para qué invertir en enamorar, si nadie va investigar? Lo de hoy es el secuestro.
Desaparecer en Tlaxcala es distinto a desaparecer en cualquier otra entidad del país, ya que la mayoría de las desapariciones son de mujeres, y el rango de edad cada vez ha ido disminuyendo más. Los informes de hace 10 años establecen un margen de 18 a 25 años de las víctimas de trata; Sin embargo, a partir del análisis de los distintos casos se da cuenta de que la amplitud y diversificación de las víctimas también se va transformando a partir de los patrones de impunidad, crece el negocio y el perfil de las víctimas.
Según el Índice de Impunidad México 2016, Tlaxcala es una entidad con un grado de impunidad calificado como alto, ubicándose muy cercano al promedio nacional (67.7 vs 67.4), debido a deficiencias en el sistema de justicia funcional. (UDLA, 2016) Tlaxcala registra una cifra negra de delitos no denunciados de 92 por ciento, lo que indica la desconfianza de las víctimas hacia el sistema de justicia.16
Sexto . En Tlaxcala, uno de los grandes pendientes en materia de seguridad pública es contar con una Fiscalía General que sustituya a la Procuraduría General de Justicia, que cuente con un marco jurídico robusto, que sea autónoma y que cuente con una estructura profesional suficiente, con vocación de servicio y adecuada a las circunstancias del estado, pero que al mismo tiempo reciban salarios dignos que les den una estabilidad económica alejada de la precariedad institucional.
La Procuraduría Estatal de Justicia, como institución encargada de llevar a cabo la investigación y la persecución de los delitos, debe transformarse en una Fiscalía Autónoma para alcanzar un desempeño eficaz en el ámbito del sistema penal acusatorio.
En 2016, Tlaxcala ocupaba el quinto lugar nacional con el menor número de personal en la Procuraduría de Justicia, 43.6 por cada 100 mil habitantes. A su vez, es era segundo estado con menor número de ministerios públicos en el país, al contar únicamente con 1.2 agencias por cada 100 mil habitantes. (UDLA, 2016) La entidad tenía seis agentes del ministerio público por cada 1000 delitos registrados. Cada agente, atendía 167 delitos al año y dedica un aproximado de 1.4 días hábiles al año a cada delito. (UDLA, 2016).17
En Tlaxcala, la mejora en la procuración y administración de justicia, dependerá de una adecuada implementación del sistema penal acusatorio y no podrá operar este sistema sino se no se hace la transición hacia la Fiscalía General de Justicia del Estado. La operación de este sistema, implicará resolver problemáticas institucionales importantes como son: Capacitación y profesionalización del personal ministerial delitos, debe profesionalizarse para alcanzar un desempeño eficaz en el ámbito del sistema penal acusatorio.
El que la policía ministerial no comprenda plenamente el cambio de principio de presunción de inocencia, lleva a fallas de procedimiento que impiden una procuración de justicia, eficaz y apegada a derecho. Bajo el sistema de justicia penal acusatorio, se requiere contar con todos los medios de prueba para completar procesos judiciales. Por ello, se hace necesario reforzar la preparación del personal de los ministerios públicos para poder cumplir con los requerimientos de ley.
La Fiscalía debe contar con personal especializado, capaz de atender puntualmente delitos de alto impacto que afectan a la entidad como son secuestros y desaparición de personas, homicidios, asaltos carreteros, robo de vehículos y trata de personas.
Por las razones anteriormente señaladas, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente exhorta al Congreso del estado de Tlaxcala, para que en plena autonomía y en uso de sus atribuciones y facultades, emprenda las medidas legislativas necesarias para la creación de una Fiscalía General de Justicia en el Estado.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, respetuosamente, exhorta a la ciudadana Lorena Cuéllar Cisneros, titular del Ejecutivo del estado de Tlaxcala para que, en uso de sus atribuciones y facultades, envié al Congreso local las propuestas legislativas necesarias para la creación de una Fiscalía General de Justicia en el Estado, con titular diferente a la procuradora general de Justicia de ese estado, ello, a fin de garantizar la autonomía para la cual fue creada la figura jurídica de la Fiscalía.
Notas:
1 DOF. 18 de junio 2008. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_180_18jun08.p df
2 DOF.10 de febrero de 2014. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_216_10feb14.p df
3 Procuraduría General de la República, Hacia un nuevo modelo de procuración de justicia. Diagnóstico y Plan de trabajo, febrero de 2017. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/239861/INFORME_PGR.pdf
4 DOF: 14/12/2018 Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República.
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5546647&f echa=14/12/2018
5 CIDH. Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev. 1, 7 de marzo de 2006. http://www.cidh.org/countryrep/Defensores/DEFENDERS.SPANISH.pdf
6 CIDH. Segundo informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, Doc.66, 31 de diciembre de 2011. https://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/defensores2011.pdf
7 Ibid, párr. 37.
8 Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes de Ayotzinapa. Informe Ayotzinapa: investigación y primeras conclusiones de las desapariciones y homicidios de los normalistas de Ayotzinapa, p. 359
https://www.oas.org/es/cidh/actividades/giei/GIEI-Inform eAyotzinapa1.pdf
9 Corte IDH. Caso del Tribunal Constitucional Vs. Perú. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de enero de 2001. Serie C No. 71, párrs. 64, 73, 74, 75
10 Corte IDH. Caso Palamara Iribarne Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 22 de noviembre de 2005. Serie C No. 135, párrs. 145, 155, 156.Véase también, Corte IDH. Caso Lori Berenson Mejía Vs. Perú. Fondo Reparaciones y Costas. Sentencia de 25 de noviembre de 2004. Serie C No. 119, párr. 141; Caso 19 Comerciantes Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de julio de 2004. Serie C No. 109, párr. 167; y Caso Las Palmeras Vs. Colombia. Fondo. Sentencia de 6 de diciembre de 2001. Serie C No. 90, párr. 52.
11 Corte IDH. Caso Apitz Barbera y otros (Corte Primera de lo Contencioso Administrativo) Vs. Venezuela. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de agosto de 2008. Serie C No. 182, párrs. 43, 55, 84, 138.
12 Corte IDH. Caso López Lone y otros Vs. Honduras. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 5 de octubre de 2015. Serie C No. 302, párrs. 170, 171, 190 a 201.
13 CIDH. Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del acceso a la justicia y el estado de derecho en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, Doc. 44, 5 de diciembre de 2013. https://www.oas.org/es/cidh/defensores/docs/pdf/operadores-de-justicia- 2013.pdf
14 CIDH. Segundo informe..., nota 2 supra, párr. 36.
15 Diagnóstico sobre la Situación de la Trata de Personas 2019. https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-08/DIAGNOST ICO_SITUACION_TDP_2019.pdf
16 Plan Estatal de Desarrollo 2017-2021 (PED) del Estado de Tlaxcala. pag 167.https://prensa.tlaxcala.gob.mx/2017/Junio/PED%202017-2021/PED%2017% 2021%20HD.pdf
17 Ibid.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Éctor Jaime Ramírez Barba (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades, con objeto de abrir a la actividad pesquera la zona de seguridad para la navegación y sobrevuelo en las inmediaciones de las instalaciones petroleras de la sonda de Campeche, a cargo del diputado Pedro Armentía López, del Grupo Parlamentario del PRI
El suscrito, Pedro Armentía López, diputado de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del PRI, con fundamento en el arti?culo 6, numeral 1, fracción I; y en el artículo 79, numeral 1, fraccio?n II, y numeral 2, fracciones III y VI, del Reglamento de la Ca?mara de Diputados, someto a consideracio?n del pleno la presente proposicio?n con punto de acuerdo de urgente y obvia resolución , al tenor de las siguientes:
Exposición de Motivos
La Sonda de Campeche esta? ubicada en un poli?gono delimitado entre las longitudes 91°39 ?54 W y 92° 50 ?34 W y las latitudes 18° 48 ?58 N y 20° 52 ? 50 N, la Sonda de Campeche forma parte de la plataforma continental del noroeste de la Peni?nsula de Yucata?n y el sur del Golfo de Me?xico, con una profundidad ma?xima de 200 m partiendo desde la li?nea de costa (Yan?ez-Arancibia, 1986).
La Sonda de Campeche es una zona importante por su potencial para el aprovechamiento de recursos pesqueros y acuícolas así como para la exploración y explotación de hidrocarburos. Se considera que ambas actividades económicas pueden coexistir bajo reglas y medidas que armonicen su adecuado desarrollo.
En la década del 69 al 79, la pesca de camarón rosado de la Sonda de Campeche representó un importante desarrollo económico y social para la región.
A medida que la industria de extracción de hidrocarburos incrementó en la Sonda de Campeche y derivado de los acontecimientos terroristas del 11 de septiembre de 2001 a Estados Unidos de América, la Sonda de Campeche fue establecida por el gobierno nacional como una de las Zonas de Prevención por ser considerada como zona de desarrollo energético.
El argumento fue que: la Sonda de Campeche es considerada una de las áreas vitales y de mayor importancia en la economía del país, por la explotación de hidrocarburos y a su vez requiere de medidas de protección efectivas para evitar la contaminación marina por derrames de hidrocarburos.1
El 11 de octubre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establecen zonas de seguridad para la navegación y sobrevuelo en las inmediaciones de las instalaciones petroleras y para el aprovechamiento integral y sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas en zonas marinas mexicanas.2
Este acuerdo tenía como principales consideraciones:
Que busca elevar la productividad del país como medio para incrementar el crecimiento potencial de la economía y así el bienestar de las familias. Para lo cual prevé una estrategia a implementarse en los diversos ámbitos de acción, con miras a consolidar la estabilidad macroeconómica, promover el uso eficiente de los recursos productivos, fortalecer el ambiente de negocios y establecer políticas sectoriales y regionales para impulsar el desarrollo, y que las zonas marinas mexicanas, entre las que destaca la denominada Sonda de Campeche, son de especial importancia en la economía del país, ... por el amplio potencial para el aprovechamiento de recursos pesqueros y la acuacultura, actividades que en esa y en otras regiones del país pueden coexistir bajo reglas claras y la adopción de medidas efectivas que armonicen su adecuado desarrollo.
Es de suma importancia destacar que en el acuerdo emitido y publicado en 2016 por las Secretarías de Marina, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Energía, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y de Comunicaciones y Transportes; tuvo un artículo 4 transitorio con la siguiente disposición:
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con el auxilio del Instituto Nacional de Pesca y en coordinación con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, efectuará dentro de los 180 días naturales siguientes a la publicación del presente acuerdo, las investigaciones pesqueras y acuícolas que correspondan para sustentar, con la opinión técnica que emita y basada en la mejor evidencia científica disponible, las decisiones que en la materia adopte la autoridad pesquera para la adecuada implementación de este instrumento.
Por lo tanto, el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura al llevar a cabo las investigaciones pesqueras y acuícolas, determinó -en 2017-, que las afectaciones de esta zona de prevención ha aquejado de diversa magnitud la pesquería de especies aprovechables. Además, el instituto afirmó, que debido a la presión social y económica sobre el aprovechamiento de recursos pesqueros, principalmente de camarón en la región, Petróleos Mexicanos permitió recientemente-, es decir, un periodo de tiempo cercano a 2017; el ingreso de la flota pesquera de altura para la captura de camarón rosado en algunos sitios de esa zona.
A grandes rasgos, el Informe de los resultados derivados de las actividades de investigaciones de los 180 días efectuadas en la Sonda de Campeche emitió una serie de recomendaciones para explorar a fondo la explotación de recursos pesqueros de importancia comercial.3
Como se hace mención previamente, el estudio determinó que el área es de un alto potencial comercial, por lo que era posible abrirlas, no obstante, representantes de sociedades cooperativas mencionaron que uno de los argumentos de Petróleos Mexicanos para no abrir la Sonda de Campeche, es que hay altos índices delictivos en la zona, esto a pesar de que se les ha prometido durante años, la apertura de la zona.4
Es importante destacar que a inicios de la presente administración, la Armada de México aumentó la vigilancia y el patrullaje en la Sonda de Campeche para erradicar los actos de piratería, el robo, el tráfico ilícito de combustible, los asaltos en contra de buques pesqueros, así como el fortalecimiento de la protección de las instalaciones estratégicas ubicadas en dicha zona marina,5 por lo tanto, no resulta un argumento verosímil el que da la autoridad sobre que hay altos índices delictivos en la zona.
Por lo anteriormente expuesto y fundamentada, presento ante esta soberanía, la siguiente proposición, de obvia y urgente resolución, con:
Punto de Acuerdo
Único.- Se exhorta, respetuosamente, a las Secretarías de Marina; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Energía; de Agricultura y Desarrollo Rural; y de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; para que de manera urgente, emitan un acuerdo actualizado, con base en las recomendaciones del Informe de los resultados derivados de las actividades de investigaciones de los 180 días efectuadas en la Sonda de Campeche de 2017, con el objeto de abrir a la actividad pesquera, la zona de seguridad para la navegación y sobrevuelo en las inmediaciones de las instalaciones petroleras de la Sonda de Campeche.
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de marzo del año 2023.
Notas:
1 DOF - Diario Oficial de la Federación. (s/f). Gob.mx. Recuperado el 7 de marzo de 2023, de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=690229&fecha=11/09/2 003
2 DOF - Diario Oficial de la Federación. (s/f-b). Gob.mx. Recuperado el 7 de marzo de 2023, de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5456197&fecha=11/10/ 2016
3 INFORME DE LOS RESULTADOS DERIVADOS DE LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACIONES DE LOS 180 DÍAS EFECTUADAS EN LA SONDA DE CAMPECHE. (s/f). Gob.mx. Recuperado el 7 de marzo de 2023, de https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/349555/INFORME_EN_EXTENS O_1.pdf
4 Herrera, G. G. (2022, enero 26). Basurero industrial impide liberación de áreas de pesca en Sonda de Campeche. La Jornada Maya. https://www.lajornadamaya.mx/campeche/188824/basurero-industrial-impide -liberacion-de-areas-de-pesca-en-sonda-de-campeche
5 Global Energy. (2021, julio 16). La piratería en la Sonda de Campeche: una amenaza para los buques y las plataformas petroleras. Global Energy. https://globalenergy.mx/noticias-especiales/columnas/la-pirateria-en-la -sonda-de-campeche-una-amenaza-para-los-buques-y-las-plataformas-petrol eras/
Diputado Pedro Armentía López (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SRE a incluir el hidrógeno verde dentro del programa de atención climática de carácter regional con Estados Unidos de América, a cargo del diputado Javier López Casarín, del Grupo Parlamentario del PVEM
El suscrito, diputado Javier López Casarín, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes:
Consideraciones
En la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP-27), realizada en Egipto, nuestro país confirmó su promesa de acelerar la reducción de sus emisiones de gases de efecto invernadero hacia el año 2030 con una inversión de 48 mil millones de dólares.
En primer lugar, las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés) son los compromisos de los países que forman parte de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y los cuales deben llevar a cabo para intensificar sus acciones, ya sea para reducir las emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) a través de acciones de mitigación o para adaptarse a los impactos producidos por ese fenómeno. Las contribuciones de cada país son establecidas en función de sus circunstancias nacionales y sus respectivas capacidades.
El conjunto de las Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC) de cada país debería contribuir al cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París de mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2 ° centígrados. En ese sentido, el presidente Andrés Manuel López Obrador decidió aumentar de 22 a 35 las NDC de México, para acelerar la transición energética en América del norte.1
La ejecución de este plan puede significar nuevos empleos, y como consecuencia se promoverá la economía verde de México, garantizando las necesidades de energía limpia para las exportaciones de nuestro país, la cual sería la única forma de satisfacer esas necesidades en el futuro.
Ante un escenario que obliga a una transición energética global y la necesidad de reducir el volumen de emisión de gases de efecto invernadero (GEI), se vuelve fundamental incrementar el uso de energías renovables e integrarlas a los diferentes sectores.
El uso del hidrógeno es una solución, gracias a que este elemento químico almacena grandes cantidades de energía y puede transportarse de manera eficiente. El hidrogeno se utiliza en: a) la refinación de petróleo, en la industria de producción de amoníaco y fertilizantes; b) se utiliza en el transporte vehicular mediante celdas de combustible; y c) las celdas que generan electricidad.
Una de las principales ventajas de este método es que, al utilizar hidrógeno como combustible, la única emisión producida es vapor de agua.
Si México ha asumido el compromiso de generar 35 por ciento de su electricidad, como se señaló previamente, con energías limpias, el uso de hidrógeno verde como combustible sostenible es una alternativa que puede garantizar el logro de esta meta.
La economía del hidrógeno trae grandes beneficios para la manufactura, la generación de negocios y empleos tanto a nivel local como regional, aunado a que mitiga el cambio climático y fortalece la economía del país.
De acuerdo con un estudio realizado por H2 México (Asociación Mexicana de Hidrógeno) con apoyo de PwC (PricewaterhouseCoopers), los resultados indican que México podría invertir alrededor de 60 mil millones de dólares de 2025 a 2050 en producción de hidrógeno verde, generando tres millones de empleos.2
Se estima que para 2050 la industria del hidrógeno verde podrá reducir 53 millones de toneladas de dióxido de carbono; lo que equivale a una reducción del 14 por ciento, comparado con el año base 2019 y fortaleciendo el desarrollo económico del país.
En ese sentido, para conseguir los objetivos climáticos establecidos en el Acuerdo de París, muchos países alrededor del mundo se están centrando en el hidrógeno verde. Las industrias como la siderúrgica, química o aeronáutica desempeñan una función importante en la descarbonización de la economía.
El hidrógeno verde cobra cada vez mayor importancia para conseguir los objetivos climáticos en dichas industrias. De ahí la importancia de este punto de acuerdo, porque para desarrollar el mercado en nuestro país se requiere un apoyo específico para mostrar procesos de producción y aprovechamiento económicos, identificar posibles proyectos y desarrollar modelos de negocio.
Para alcanzar las metas del Acuerdo de París y contribuir a acelerar la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero hacia el año 2030 consideramos oportuno exhortar, respetuosamente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que incluya al hidrógeno verde dentro del paquete de promoción de energías renovables en el contexto del cumplimiento de metas NDC regional con los Estados Unidos de América; y a las Secretarías de Energía y de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que establezcan un programa de acción sobre la implementación y desarrollo de esta tecnología que incluya los beneficios asociados para la mitigación de GEI y que refleje la atención que nuestro país presta a lucha contra el cambio climático global.
Por lo antes expuesto y fundamentado, someto respetuosamente a la consideración de esta honorable asamblea la presente proposición con:
Punto de Acuerdo
Primero. - La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Relaciones Exteriores para que, dentro de sus facultades y atribuciones, incluya el hidrógeno verde dentro del programa de atención climática de carácter regional con Estados Unidos de Norteamérica.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Energía y a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que refuercen las estrategias y mecanismos orientados al establecimiento de un programa para el fomento y desarrollo de hidrógeno verde en México.
Notas:
1 Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (NDC, por sus siglas en inglés) son reducciones previstas de las emisiones de gases de efecto invernadero en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC).
2 Juan Pablo Rodríguez, Director Comercial de SUEZ-Water Technologies & Solutions México, La economía del hidrógeno regirá tendencias mundiales, Especificar TMB Publications México, consultado por última vez el 14 de noviembre de 2022 en https://especificarmag.com.mx/la-economia-del-hidrogeno-regira-tendenci as-mundiales/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Javier López Casarín (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SHCP a ejercer los recursos del programa presupuestal Expansión de la Educación Media Superior y Superior, y realizar las acciones necesarias para el cumplimiento progresivo de la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior, a cargo del diputado Alfredo Femat Bañuelos, del Grupo Parlamentario del PT
Quien suscribe diputado Alfredo Femat Bañuelos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, en la LXV Legislatura de la Honorable Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 79 y 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ejerza los recursos del programa presupuestal U079 Expansión de la Educación Media Superior y Superior y realice las acciones necesarias para el cumplimiento progresivo de la obligatoriedad y gratuidad de le Educación Superior al tenor de las siguientes
Consideraciones
Primera. El 15 de mayo de 2019, se reformó el artículo 3o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), con alcances trascendentales en el ámbito de la Educación Superior.
De dicha reforma se deriva que la educación superior, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica. La obligatoriedad de la educación Superior se circunscribe a lo establecido en la fracción X de dicho artículo, que dice:
Artículo 3o. Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado -Federación, Estados, Ciudad de México y Municipios- impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.
X. La obligatoriedad de la educación superior corresponde al Estado. Las autoridades federal y locales establecerán políticas para fomentar la inclusión, permanencia y continuidad, en términos que la ley señale. Asimismo, proporcionarán medios de acceso a este tipo educativo para las personas que cumplan con los requisitos dispuestos por las instituciones públicas.
Una vez reconocida la gratuidad de la Educación Superior en el texto Constitucional, como derecho humano, debemos entenderla a la luz de lo que establece el artículo 1o de nuestra Carta Magna, que derivado de la reforma en materia de derechos humanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011, es claro que todas las autoridades del país están obligadas a velar por su cumplimiento.
Segunda. La Ley reglamentaria del artículo 3o Constitucional, en cuanto a la materia del presente punto de acuerdo, es la Ley General de Educación Superior, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 2021, que establece en los artículos 6, fracciones VII y VIII; 62 y 66, el mandato de obligatoriedad de la Educación Superior y al principio de gratuidad mediante el Fondo Federal Especial para la Obligatoriedad y gratuidad de la educación superior:
Artículo 6. Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:
VII. Fondo, al Fondo Federal Especial para la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior;
VIII. Gratuidad, a las acciones que promueva el Estado para eliminar progresivamente los cobros de las instituciones públicas de educación superior a estudiantes por conceptos de inscripción, reinscripción y cuotas escolares ordinarias, en los programas educativos de técnico superior universitario, licenciatura y posgrado, así como para fortalecer la situación financiera de las mismas, ante la disminución de ingresos que se observe derivado de la implementación de la gratuidad;
Artículo 62. La Federación y las entidades federativas concurrirán en el cumplimiento progresivo, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria, del mandato de obligatoriedad de la educación superior y al principio de gratuidad en la educación en términos de lo establecido en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
...
...
Artículo 66. La transición gradual hacia la gratuidad, en ningún caso afectará el cumplimiento de los fines previstos en el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ni las finanzas de las instituciones públicas de educación superior. Para tal efecto, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión y los congresos locales de las entidades federativas, respectivamente, deberán destinar los recursos en el Presupuesto de Egresos de cada ejercicio fiscal.
Las universidades e instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, a partir de la disponibilidad presupuestaria derivada del financiamiento previsto en esta Ley, con el apoyo de las autoridades educativas federal y de las entidades federativas, propondrán mecanismos para la transición gradual hacia la gratuidad de los servicios educativos , sin que en ningún caso se afecte el cumplimiento de sus fines ni las finanzas institucionales.
El artículo 6 de la Ley General de Educación Superior, si bien, forma parte de las voces de la Ley, la fracción VII establece que el Estado debe tomar acciones encaminadas a eliminar progresivamente los cobros de las instituciones públicas de Educación Superior , pero sin dejar de lado el fortalecimiento de la situación financiera de las mismas, ante la disminución de ingresos que se observe derivado de la implementación de la gratuidad.
Los citados artículos establecen la concurrencia de la Federación y las entidades federativas para el cumplimiento progresivo de la gratuidad y obligatoriedad de la Educación Superior.
Por citar un ejemplo, la Universidad Autónoma Benito Juárez del Estado de Oaxaca, que cuenta con un subsidio estatal por debajo de la media nacional de entre el 10 y 11% de lo que debiera otorgarse, y aun cuando el Convenio de Apoyo Financiero establece una aportación del 50% por cada orden de gobierno, han manifestado su compromiso con el avance en el cumplimiento del artículo 62 de la Ley, al presentar al Gobernador Constitucional del Estado, una Propuesta económica para la creación del Fondo Federal Especial para la obligatoriedad y gratuidad de la educación superior, así como el procedimiento para alcanzar el presupuesto paritario respecto del estatal1 :
El documento es una muestra de lo que las Universidades en las diferentes entidades federativas podrían proponer en cada estado para avanzar juntos y hacer realidad lo planteado en la Ley. Sin embargo, es responsabilidad de los Congresos Locales, conforme lo establece el artículo 66 de la Ley, incluir en sus presupuestos una partida para avanzar en la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Superior.
Tercera. La concurrencia a que hace referencia el artículo 62 para el cumplimiento progresivo de la obligatoriedad y gratuidad de la educación, debe ser conforme a la disponibilidad presupuestaria.
Al respecto, de manera histórica, para el ejercicio fiscal 2020 , en el Presupuesto de Egresos de la Federación se asignó al Programa Presupuestal U079 Expansión de la Educación Media Superior y Superior (Ampliaciones determinadas por la Cámara de Diputados) un monto de $350,000,000.00 (Trescientos cincuenta millones de pesos 00/100 m.n.), programa al que se estableció se destinarían los recursos para avanzar en la gratuidad, sin embargo, dichos recursos no fueron ejercidos.
En contraste, en el ejercicio fiscal 2021 no se asignaron recursos para la gratuidad en la educación superior.
Para el ejercicio fiscal 2022 , se autorizó a la Subsecretaría de Educación Superior en el Programa Presupuestal E010 Servicios de Educación Superior y Posgrado un monto de $752,964,981.00 (Setecientos cincuenta y dos millones novecientos sesenta y cuatro mil novecientos ochenta y un pesos 00/100 m.n.) para avanzar gradualmente en la gratuidad de los servicios educativos que ofrecen las Instituciones Públicas de Educación Superior (IEPS), y en el otorgamiento de apoyos económicos para la expansión de la infraestructura, la diversificación y ampliación de la oferta educativa y de manera gradual dar cumplimiento al compromiso de la obligatoriedad de los servicios educativos.
Por otra parte, en el mismo Ejercicio Fiscal, se autorizó un monto de 9,500 millones de pesos, para la implementación de Leyes Secundarias, sin embargo, en ese año 2022 hubo una adecuación presupuestal anunciada por la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros (DGPyRF) de la SEP, quedando el monto disponible en $452,964,981.00 (Cuatrocientos cincuenta y dos millones novecientos sesenta y cuatro mil novecientos ochenta y un pesos 00/100).
Aunado a lo anterior, el pasado 10 de agosto de 2022, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público anunció un mecanismo específico para la constitución del Fideicomiso para la administración de los recursos del Fondo de gratuidad . Sin embargo, al día de hoy, la Subsecretaría de Educación Superior se encuentra en la integración de los requisitos.
Es clara la voluntad del Legislativo Federal de avanzar en la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Superior, al asignar recursos para ello, sin embargo, no se ha materializado, y es precisamente esa la principal preocupación del presente punto de Acuerdo, dado que en el Presupuesto de Egresos de la Federación del presente ejercicio fiscal 2023 , se autorizó un monto de $795,104,358.00 (Setecientos noventa y cinco millones ciento cuatro mil trescientos cincuenta y ocho pesos 00/100 m.n.) para el Programa Presupuestal U079 Expansión de la Educación Media Superior y Superior , por lo que resulta imperante que se ejerzan estos recursos para lo que fueron destinados.
Cuarta. La fracción V del artículo Tercero Transitorio de la Ley General de Educación Superior establece que:
V. El Fondo al que se refiere el artículo 64 de este Decreto, deberá contenerse en el Proyecto y el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022, sin menoscabo de las previsiones de gasto que se realicen con la entrada en vigor de este Decreto, hasta en tanto se aseguren a largo plazo los recursos económicos necesarios para garantizar la obligatoriedad de la educación superior, así como la plurianualidad de su infraestructura , el Proyecto y el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal deberá preverlo, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria. Una vez establecido, la autoridad correspondiente, emitirá sus disposiciones normativas atendiendo lo establecido en la presente Ley, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás normatividad aplicable.
Para cumplir con lo establecido en este artículo Transitorio y en general con la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Superior, la Secretaría de Educación Pública, a través de la Subsecretaría de Educación Superior entregó en abril de 20212 , a la Dirección General de Planeación, Programación y Estadística Educativa y a la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros, ambas de la SEP, el documento que contiene la Propuesta técnica para crear en la estructura programática del Presupuesto de Egresos de la Federación, el Fondo Federal para la Obligatoriedad y Gratuidad de la Educación Superior.
De acuerdo con lo publicado por la SEP, el documento cumplió con la metodología establecida por la SHCP y el CONEVAL, y atendió las observaciones y sugerencias indicadas en su momento por las áreas revisoras de la SEP. Sin embargo, no se incluyó el Fondo Federal Especial para la Obligatoriedad y Gratuidad de la Educación Superior en la estructura programática del PEF 2022, ni de 2023.
Quinta. Es importante mencionar que los recursos asignados al programa U079 Expansión de la educación media superior y superior habilitado en 2022 para operar los recursos destinados a la obligatoriedad de la Educación Superior, en tanto se realiza la constitución del fideicomiso, no fueron ejercidos con este propósito.
En este sentido, se ha planteado que probablemente la denominación del programa haya obstaculizado el ejercicio de los recursos en pro de la gratuidad y obligatoriedad de la Educación Superior, por lo que la SEP, a través del documento publicado en mayo de 2022, -Propuesta técnica de la Secretaría de Educación Pública para modificar la denominación del programa presupuestario U079 Expansión de la oferta de educación media superior y superior, a Programa presupuestario fondo federal para la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Superior3 , hizo un planteamiento, según detalla el documento, a sugerencia de la propia SHCP, modificando el programa presupuestario existente en el ramo 11, que permita iniciar de esa forma la operación del Fondo Federal para la Obligatoriedad y Gratuidad de la Educación Superior.
Propuesta que se pretende impulsar a través del presente punto de Acuerdo, en aras de materializar el mandato constitucional y legal.
Sexta. La Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunció en octubre de 2017 sobre la obligación del Estado Mexicano de implantar progresivamente la gratuidad de la Educación Pública Superior a través de la Jurisprudencia 1a./J. 84/2017 (10a.).
Dicho posicionamiento fue previo a la reforma constitucional del artículo 3o en 2019, y por ende, a la Ley General de Educación Superior, sin embargo, aun cuando el artículo 3o de la Constitución no establecía en aquél momento que el Estado Mexicano debía proveerla de manera gratuita, sino sólo promoverla para lograr distintos objetivos colectivos necesarios para el desarrollo de la Nación, el Máximo Tribunal Constitucional afirmó que con la reforma Constitucional de 2011 en materia de Derechos Humanos, el Estado Mexicano asumió la obligación de extender la gratuidad también a la educación superior , de acuerdo con el principio de progresividad previsto en el artículo 1o. constitucional y en las diversas normas internacionales, así como en el compromiso asumido en el artículo 13, número 2, inciso c), del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales , y en el artículo 13, numeral 2, inciso c), del Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales , Protocolo de San Salvador, que establecen que debe implantarse progresivamente la enseñanza superior gratuita.
Lo anterior, acentúa con mayor énfasis la responsabilidad del Estado mexicano de proveer la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Superior conforme a lo que establece la Constitución, los Instrumentos Internacionales y la Ley General de Educación Superior.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta soberanía, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ejerza los recursos destinados al Programa Presupuestal U079 Expansión de la Educación Media Superior y Superior para avanzar en el cumplimiento progresivo de la obligatoriedad y gratuidad de le Educación Superior, en términos de lo que establecen los artículos 3o Constitucional, 62, 66 y Tercero transitorio, fracción V, de la Ley General de Educación Superior.
Segundo. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a considerar y dar respuesta a la Propuesta técnica de la Secretaría de Educación Pública para modificar la denominación del programa presupuestario U079 expansión de la oferta de educación media superior y superior, a Programa presupuestario fondo federal para la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Superior, y publicar en su portal electrónico oficial, la determinación.
Tercero. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta a los gobiernos de las Entidades Federativas y a los Congresos Locales, a que en la integración de los Proyectos de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2024, destinen recursos para la transición gradual a la obligatoriedad y gratuidad de la Educación Superior, proponiendo una cantidad mínima de 18 mil millones de pesos.
Cuarto. La Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al titular de la Secretaría de Educación Pública, haga del conocimiento público en su portal electrónico oficial, el estatus de la integración de los requisitos establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para constituir el fideicomiso para la administración de los recursos del Fondo de gratuidad.
Notas:
1. http://www.uabjo.mx/propuesta-para-la-creacion-del-fondo-federal-especi al-para-la-obligatoriedad-y-gratuidad-de-la-educacion-superior
2. file:///F:/AFB/punto%20de%20Acuerdo/diagnostico_U079%20documento%20SEP. pdf
3. file:///F:/AFB/punto%20de%20Acuerdo/diagnostico_U079%20documento%20SEP. pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
(Rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Congreso de Durango y a diversas autoridades de dicha entidad a hacer público un informe sobre las diversas denuncias presentadas por la presunta desviación de recursos públicos en el municipio de Gómez Palacio, a cargo del diputado Omar Enrique Castañeda González, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
El suscrito, Omar Enrique Castañeda González, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento por lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de la honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes:
Considerandos
Primero. En México, el gobierno federal constantemente promueve las acciones que realiza sobre la eliminación de todas las formas de corrupción en los distintos niveles de gobierno. Es tan relevante el combate a la corrupción que el propio Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024, dentro de la Fracción I. Política y gobierno, establece como acción erradicar la corrupción, el dispendio y la frivolidad.1 Así pues, define a la corrupción como: (...) la forma más extrema de la privatización, es decir, la transferencia de bienes y recursos públicos a particulares (...), y establece como uno de los objetivos centrales del sexenio el erradicar la corrupción del sector público.
La Convención Interamericana Contra la Corrupción, adoptada por la Conferencia Especializada sobre Corrupción de la Organización de los Estados Americanos, el 29 de marzo de 1996, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre del mismo año,2 señala en el artículo VI, numeral 1, como actos de corrupción los siguientes:
a. El requerimiento o la aceptación, directa o indirectamente, por un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para si? mismo o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas;
b. El ofrecimiento o el otorgamiento, directa o indirectamente, a un funcionario público o a una persona que ejerza funciones públicas, de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios como dádivas, favores, promesas o ventajas para ese funcionario público o para otra persona o entidad a cambio de la realización u omisión de cualquier acto en el ejercicio de sus funciones públicas;
c. La realización por parte de un funcionario público o una persona que ejerza funciones públicas de cualquier acto u omisión en el ejercicio de sus funciones, con el fin de obtener ilícitamente beneficios para si? mismo o para un tercero;
d. El aprovechamiento doloso u ocultación de bienes provenientes de cualesquiera de los actos a los que se refiere el presente; y
e. La participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere el presente.
Segundo. Para el caso específico del estado de Durango, el Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango en el Subtítulo Tercero establece aquellos delitos por hechos y/o actos de corrupción. Los mismos que a continuación se enlistan:
I. Intimidación, art. 321.
II. Desaparición forzada de personas, art. 321. Bis.
III. Enriquecimiento ilícito, art. 322.
IV. Operaciones con recursos de procedencia ilícita, art. 324. Bis.
V. Incumplimiento, ejercicio indebido y abandono del servicio público, arts. 325 al 330.
VI. Uso ilegal de la fuerza pública y abuso de autoridad, arts. 331 al 332.
VII. Coalición de servidores públicos, art. 333.
VIII. Uso indebido de atribuciones y facultades, art. 334.
IX. Negación del servicio público, art. 336.
X. Tráfico de influencia, art. 337.
XI. Cohecho, art. 338.
XII. Extorsión, art. 338 Bis.
XIII. Peculado, art. 339.
XIV. Concusión, art. 340.
XV. Ejercicio abusivo de funciones, art. 340 Bis.
Tercero. El artículo 50 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango (en adelante Constitución local) establece que el estado de Durango tiene al municipio libre como base de su división territorial y su organización política y administrativa. En ese sentido, el estado de Durango tiene en su integración al Municipio de Gómez Palacio, tal y como lo establece el artículo 51 de la Constitución local.
Cuarto. El municipio de Gómez Palacio, al día de hoy, es el segundo municipio más importante del estado de Durango; en él se concentra el 20.33 por ciento de la población total del estado3 y su extensión territorial representa solamente el 0.7 por ciento de la superficie del estado.4
Adicionalmente, el municipio de Gómez Palacio reporta el 18.5 por ciento de los nacimientos registrados en la entidad (27,988), seguido solamente por el municipio de Durango que reporta el 33.3 por ciento de nacimientos en el 2020.5 Por último, en el municipio de Gómez Palacio se encuentran 10,583 unidades económicas con las que se cuenta un personal ocupado que asciende a 96,045, resultando en una producción bruta total igual a 86,610 millones de pesos.6
Quinto. El párrafo segundo, del artículo 1, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, establece que: (...) los municipios y sus entes públicos (...) administrarán sus recursos con base en los principios de legalidad, honestidad, eficacia, eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas.
En ese sentido, resulta necesario traer a colación las diversas irregularidades sobre el uso de las finanzas municipales presentadas en la administración 2019 2022 del municipio de Gómez Palacio. Dichas irregularidades han sido denunciadas por el gobierno del estado y la actual administración municipal7 sobre distintos hechos que presumen la posible comisión de delitos en contra de los recursos y el patrimonio municipal.
Del mismo modo, es del conocimiento público que han sido presentadas las denuncias correspondientes en contra de aquellas personas ex servidoras públicas8 por los posibles delitos que resulten de las investigaciones realizadas por actos cometidos en la pasada administración del municipio de Gómez Palacio.
Sexto. En su momento, el suscrito realizó una serie de posicionamientos que derivaron, consecuentemente, en la denuncia por desvío de recursos por más de 50 millones de pesos. La denuncia concluía con los hechos atribuibles a diversos programas municipales, una red de internet inconclusa e inoperante compra de despensas con costos elevados, calderas sin el funcionamiento adecuado, la supuesta impresión de gacetas municipales y el aumento desmedido en el uso de combustible para vehículos automotores.9
Séptimo. Al día de hoy, el Cabildo de Gómez Palacio ha rechazado nuevamente la cuenta pública del ejercicio 2022 al no tener una justificación razonable sobre el endeudamiento realizado en el año, mismo que se originó por la no percepción de 183 millones de pesos que corresponden a participaciones federales que el gobierno del estado fue omiso en entregar al municipio.10
Octavo. El artículo 170 de la Constitución local es claro al señalar que la fiscalización superior es una facultad exclusiva del Congreso del Estado que se ejerce a través de la entidad de Auditoría Superior del Estado que tiene por objeto evaluar el desempeño de la gestión gubernamental (...).
Por su parte, sobre la facultad de fiscalización y evaluación de desempeño, el artículo 85 de la Constitución local establece lo siguiente:
Artículo 85.- La Entidad de Auditoría Superior del Estado es el órgano del Congreso del Estado, con autonomía técnica y de gestión (...), encargado de fiscalizar y evaluar el desempeño de la gestión gubernamental de (...) los municipios, sus entidades y dependencias (...), y cualquier otro ente público en materia de fondos, recursos locales y deuda pública.
Ahora bien, la Entidad de Auditoría Superior del Estado (en adelante EASE) cuenta con las facultades previstas en el artículo 86 de la Constitución local entre las que destacan -para efectos del presente punto de acuerdo- las siguientes:
I. Fiscalizar los ingresos y egresos, el manejo, la custodia y la aplicación de recursos que ejerzan las entidades fiscalizadas.
II. Revisar los procesos concluidos que las entidades fiscalizadas reporten en los informes de avance de gestión financiera. De igual manera, derivado de denuncias que presuman daño a la hacienda pública o al patrimonio de las entidades fiscalizadas, la auditoría superior podrá requerir a estas procedan a la revisión, durante el ejercicio fiscal en curso, de los hechos motivo de la denuncia y le rindan un informe.
III. Entregar al Congreso del Estado los informes del resultado de la revisión de la Cuenta Pública, a más tardar el último día hábil del mes de julio del año de su presentación.
IV. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, control, administración y aplicación de recursos públicos que ejerzan las entidades fiscalizadas.
V. Derivado de sus investigaciones y sin perjuicio de la competencia de la Auditoría Superior de la Federación, promoverá las responsabilidades que sean procedentes ante el Tribunal de Justicia Administrativa y la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, para la imposición de las sanciones que correspondan a los servidores públicos y a los particulares.
En ese sentido, la Ley de Fiscalización Superior del estado de Durango establece lo siguiente:
Artículo 2. La Entidad de Auditoría Superior del Estado es el órgano del Congreso del Estado con autonomía técnica y de gestión, en el ejercicio de sus atribuciones (...), encargado de la fiscalización de los recursos públicos que ejerzan los poderes y los municipios, sus entidades y dependencias (...).
Noveno. En suma, resulta trascendental la determinación de realice este honorable pleno pues los recursos de las y los mexicanos, que deben destinarse para la obtención de servicios públicos de calidad, están siendo aprovechados para fines e intereses particulares y que benefician los bolsillos de unos cuantos. Es nuestra labor como representantes de la ciudadanía atender sus intereses y luchar por que siempre obtengan el mayor beneficio posible.
Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al honorable Congreso del estado de Durango, a la Entidad de Auditoría Superior del Estado de Durango y a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del estado de Durango, para que con base en sus atribuciones, hagan público un informe sobre las diversas denuncias presentadas, y el avance correspondiente, por la presunta desviación de recursos públicos en el municipio de Gómez Palacio y por la presunta comisión de delitos por hechos de corrupción.
Notas:
1 DOF. Plan Nacional de Desarrollo 2019 2024. Disponible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/ 2019#gsc.tab=0
2 SCJN. Sistema de Consulta de Ordenamientos. Disponible en: https://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/wfOrdenamientoDetalle. aspx?q=zmlkJ/89AXJJKRY4OR4AdHHKDYmYQZOzX7KhVdnETQQULI9nE+NjkOGbznJi6FRC
3 INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020
4 INEGI. Marco Geoestadístico 2021. Disponible en: https://www.inegi.org.mx/temas/mg/#Mapa
5 INEGI. Estadísticas de Natalidad 2020.
6 INEGI. Censos Económicos 2019. Consulta al Sistema Automatizado de Información Censal (SAIC). Disponible en: https://www.inegi.org.mx/app/saic/default.html
7 Milenio Digital. Isis Rábago, 2023. Disponible en: https://www.milenio.com/estados/durango-gomez-palacio-denuncia-administ racion-desvio-recursos
8 El Sol de Durango. Carlos Mendoza, 2022. Disponible en: https://www.elsoldedurango.com.mx/local/municipios/ayuntamiento-de-gome z-palacio-denuncia-a-10-funcionarios-de-la-pasada-administración-899630 2.html
9 Periódico Victoria, 2022. https://periodicovictoria.mc/laguna/destapan-corrupcion-en-gomez-palaci o/
10 El Sol de Durango. Carlos Mendoza, 2023. Disponible en: https://www.elsoldedurango.com.mx/local/municipios/reprueba-cabildo-de- gomez-palacio-durango-la-cuenta-publica-de-pasada-administracion-969570 8.html
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los trece días del mes de marzo del año 2023.
Diputado Omar Enrique Castañeda González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a analizar los problemas ambientales y de salud posiblemente generados por la central termoeléctrica Plutarco Elías Calles, a cargo de la diputada Fabiola Rafael Dircio, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, la diputada Fabiola Rafael Dircio, integrante del Grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente:
Consideraciones
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4, párrafo quinto a la letra dice;
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.1
Que en un sentido juicioso el medio ambiente se entiende como el espacio en el que se desarrolla todo tipo de vida, permitiéndose la interacción entre ellos, lo que significa que, es el entorno que condiciona la vida en un lugar y momento determinado.
Que, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Semarnat, dentro de su visión dicta que; Un país en el que la ciudadanía abrigue una auténtica preocupación por proteger y conservar el medio ambiente y utilizar sustentablemente los recursos naturales conciliando el desarrollo económico, la convivencia armónica con la naturaleza y la diversidad cultural.2
Sin embargo, en la comunidad de Petacalco, municipio de La Unión, en el estado de Guerrero, hace 30 años se inauguró la Central Termoeléctrica Plutarco Elías Calles, misma que ha voz de los habitantes produce altos grados de contaminación y enfermedades, esto como consecuencia de las altas emisiones de carbón que daña al medio ambiente.
Es por ello que los pobladores, principalmente quienes se dedican a la pesca y el campo de la comunidad de Petacalco, constantemente se han pronunciado contra las actividades de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y al gobierno federal, por la inacción para encontrar soluciones al daño cada vez más acentuado generado por la termoeléctrica.
Que, el daño generado es alto no obstante de que se trata de una central eléctrica de ciclo combinado que además de carbón puede quemar combustóleo pesado y diesel, utiliza como energético primario el carbón.
Este mineral, carbón, según lo indica Greenpeace es;
El combustible fósil que más contribuye al cambio climático a nivel mundial y las centrales térmicas de carbón son la mayor fuente de emisiones de CO2 producidas por el ser humano. Además, la contaminación atmosférica por gases tóxicos procedentes de la combustión del carbón está destruyendo los medios de vida y matando gente.3
Ahora bien, si partimos de que la Central Termoeléctrica Plutarco Elías Calles, es la que más energía genera al año en todo el país, estimaciones refieren un promedio de 15 mil 817 gigavatios por hora, también es la que más consumo de carbón tiene, en promedio 7 millones de toneladas, por lo cual es inaplazable atender las necesidades de la Comunidad de Petacalco.
Por su parte, la Organización Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) dio a conocer que de un total de 176 fallecimientos reportados, cuando menos 56 tienen como causas tumores, anemias o linfomas (22), padecimientos respiratorios (14), infartos cerebrales o enfermedades del sistema nervioso (11) y padecimientos en el hígado o riñón (9) y según registros de la Secretaría de Salud que de todas las muertes ocurridas en Petacalco entre 2012 y 2020, casi un tercio están relacionadas con padecimientos ligados a la contaminación ambiental.4
El mes de febrero del año en curso la comunidad de Petacalco instaló un comité ciudadano con la finalidad de sumar un esfuerzo más y que sean representados ante las instancias correspondientes y responsables de atender las necesidades de la comunidad guerrerense.
Los habitantes comentaron que los analizadores de oxígeno son obsoletos y no funcionan, que los problemas de salud se están acentuando, alergias, problemas respiratorios, de la piel e incluso cáncer, son cada vez más evidentes como consecuencia de la contaminación de la termoeléctrica.
Si además resaltamos que la producción de electricidad con carbón se disparó en 61 por ciento, esto se convierte en un círculo de afectación general.
Por lo anteriormente señalado, la suscrita presenta el siguiente;
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta, respetuosamente, a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) Secretaría de Salud (Salud), la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y al gobierno del estado de Guerrero, para que, con base en sus atribuciones y facultades, se analicen los problemas ambientales y de salud posiblemente generados por la Central Termoeléctrica Plutarco Elías Calles y, en su caso, se ofrezca solución inmediata en favor de la los habitantes de Petacalco, municipio de La Unión, en el estado de Guerrero.
Notas:
1 https://www.diputados.gob.mx/
2 https://www.gob.mx/semarnat/
3 https://es.greenpeace.org/es/
4 https://contralacorrupcion.mx/
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de marzo de 2023.
Diputada Fabiola Rafael Dircio (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Cultura a evaluar la pertinencia de iniciar el procedimiento de inscripción de las festividades de La Guelaguetza en la lista representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, así como ser considerada en el inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de México y del estado de Oaxaca, a cargo del diputado Azael Santiago Chepi, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Azael Santiago Chepi , diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79 numeral 2, fracción II del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, la siguiente proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural reafirma que la cultura debe ser considerada el conjunto de los rasgos distintivos espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o a un grupo social y que abarca, además de las artes y las letras, los modos de vida, las maneras de vivir juntos, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias y que la cultura se encuentra en el centro de los debates contemporáneos sobre la identidad, la cohesión social y el desarrollo de una economía fundada en el saber. Por lo que, en sus reflexiones, establece como orientación número 13: Elaborar políticas y estrategias de preservación y realce del patrimonio natural y cultural, en particular del patrimonio oral e inmaterial y combatir el tráfico ilícito de bienes y servicios culturales.
La Recomendación sobre la Salvaguardia de la Cultura Tradicional y Popular de la UNESCO del 15 de noviembre de 1989, considera que la cultura tradicional y popular forma parte del patrimonio universal de la humanidad y que es un poderoso medio de acercamiento entre los pueblos y grupos sociales existentes y de afirmación de su identidad cultural, y sabe de su importancia social, económica, cultural y política, de su papel en la historia de los pueblos, y del lugar que ocupa en la cultura contemporánea.
Define a la cultura tradicional y popular como el conjunto de creaciones que emanan de una comunidad cultural fundadas en la tradición, expresadas por un grupo o por individuos y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad en cuanto expresión de su identidad cultural y social; las normas y los valores se transmiten oralmente, por imitación o de otras maneras. Sus formas comprenden, entre otras, la lengua, la literatura, la música, la danza, los juegos, la mitología, los ritos, las costumbres, la artesanía, la arquitectura y otras artes.
Por ello, recomienda, entre otras, privilegiar las formas de presentar las culturas tradicionales y populares que realzan los testimonios vivos o pasados de esas culturas (emplazamientos históricos, modos de vida, conocimientos materiales o inmateriales), como medios de salvaguarda, conservación, difusión, protección y cooperación internacional.
El patrimonio cultural no se limita a los bienes materiales con un significado o valor excepcional, como las zonas arqueológicas, los monumentos, los centros históricos o las obras de arte. También comprende al acervo de conocimientos, valores y expresiones culturales heredadas de nuestros antepasados y que transmitimos a nuestros descendientes: el patrimonio cultural inmaterial.
El patrimonio cultural inmaterial se manifiesta en la lengua y la tradición oral, tradiciones culinarias artes del espectáculo, juegos tradicionales, rituales, actos festivos, conocimientos y prácticas relativos a la naturaleza y el universo, en la música y danza tradicional, en saberes y técnicas vinculados a la artesanía tradicional, en modos de vida; estas son expresiones culturales que cambian con el tiempo adaptándose a las nuevas realidades, pero que contribuyen a darnos un sentimiento de identidad y continuidad al crear un vínculo entre el pasado y el futuroi .
El Patrimonio Cultural Inmaterial o patrimonio vivo lo define la UNESCO como aquellas prácticas, expresiones, saberes o técnicas transmitidos por las comunidades de generación en generación que proporciona a las comunidades un sentimiento de identidad y de continuidad.
La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), aprobó el 17 de octubre de 2003, la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (Convención), un acuerdo firmado por 158 países, en el que se comprometen a trabajar en la salvaguardia de estas expresiones culturales. En México fue aprobada por la Cámara de Senadores el 27 de octubre de 2005, publicado en el DOF el 29 de noviembre de 2005, ratificado por el Ejecutivo federal el 30 de noviembre de 2005, depositado ante la UNESCO el 14 de diciembre de 2005 y Promulgado en el DOF el 28 de marzo de 2006.
La Convención ha logrado que la protección del patrimonio cultural inmaterial quede asentada en el derecho internacional y se ha convertido en un punto de referencia clave para los Estados Partes signatarios con respecto al diseño de las leyes y políticas públicas. Tiene un carácter prácticamente universal, ya que ha sido ratificada por más del 90% de los Estados Miembros de la UNESCOii .
En la Convención, actualmente existe un reconocimiento generalizado de la importancia de salvaguardar las prácticas vivas, expresiones y conocimientos teóricos y prácticos que las sociedades valoran y reconocen como patrimonio cultural, lo cual debe lograrse mediante la implicación plena y activa de las propias comunidades. Reconociendo que las comunidades, en especial las indígenas, los grupos y en algunos casos los individuos desempeñan un importante papel en la producción, la salvaguardia, el mantenimiento y la recreación del patrimonio cultural inmaterial, contribuyendo con ello a enriquecer la diversidad cultural y la creatividad humana.
Define como patrimonio cultural inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.
La Convención declaró que éste se manifiesta en particular en 5 ámbitos:
1. Tradiciones y expresiones orales (incluido el idioma como vehículo de transmisión)
2. Artes del espectáculo
3. Usos sociales, rituales y actos festivos
4. Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo
5. Técnicas artesanales tradicionales.
Para asegurar la identificación con fines de salvaguardia, los Estados parte de la Convención deberá identificar y definir los distintos elementos del patrimonio cultural inmaterial presentes en su territorio, con participación de las comunidades, los grupos y las organizaciones no gubernamentales pertinentes, a través de uno o varios inventarios .
Los inventarios forman parte integrante de la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial porque pueden sensibilizar al público respecto de dicho patrimonio y de su importancia para las identidades individuales y colectivas. Además, el proceso de inventariar el patrimonio cultural inmaterial y poner los inventarios a disposición del público puede promover la creatividad y la autoestima de las comunidades y los individuos en los que se originan las expresiones y los usos de ese patrimonio. Por otra parte, los inventarios pueden servir de base para formular planes concretos de salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial inventariado.
Según el Artículo 11 de la Convención, incumbe a cada Estado Parte adoptar las medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial presente en su territorio y hacer que las comunidades, los grupos y las organizaciones no gubernamentales pertinentes participen en la identificación y definición de los elementos de ese patrimonio cultural inmaterial . Por identificación se entiende el proceso consistente en describir uno o varios elementos específicos del patrimonio cultural inmaterial en su contexto propio y distinguirlos de los demás. Este proceso de identificación y definición es lo que en la Convención se llama confeccionar un inventario para asegurar la salvaguardia, o sea, que la confección de un inventario no es una operación abstracta sino funcional. Así pues, si se han identificado ya un cierto número de elementos del patrimonio cultural inmaterial, los Estados pueden decidir que se empiecen a poner en marcha proyectos piloto para salvaguardar esos elementos.
Al admitir que los Estados utilizarán diferentes métodos para preparar los inventarios, la Convención dispone que los Estados Partes deberán confeccionar uno o varios inventarios del patrimonio inmaterial presente en sus territorios y actualizarlos regularmente (Artículo 12).
Para el caso de México, este inventario está a cargo de la Secretaria de Cultura, nombrado Inventario del patrimonio cultural inmaterial publicado a través del Sistema de Información Culturaliii con 319 recursos descritos de 30 entidades federativas (exceptuando Tamaulipas y Tlaxcala) y 3 nacionales.
Para dar a conocer mejor el patrimonio cultural inmaterial, lograr que se tome mayor conciencia de su importancia y propiciar formas de diálogo que respeten la diversidad cultural, el Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (Comité), a propuesta de los Estados Partes interesados, mediante su identificación y registro se crearán tres Listas:
1. La Lista representativa del patrimonio cultural inmaterial de la humanidad , en la que se incluyen las expresiones que ilustran la diversidad del patrimonio inmaterial con el fin de contribuir a una mayor consciencia de su importancia.
2. La Lista del patrimonio cultural inmaterial que requiere medidas urgentes de salvaguardia : se compone de elementos que las comunidades y los países consideran que necesitan medidas de salvaguardia urgentes para asegurar su trasmisión. Las inscripciones en esta Lista contribuyen a movilizar la cooperación y la asistencia internacionales para que los actores interesados puedan tomar medidas de salvaguardia adecuadas.
3. El Registro de las mejores prácticas de salvaguardia se compone de programas, proyectos y actividades que mejor reflejen los principios y objetivos de la Convención.
Del rico y diverso patrimonio cultural inmaterial de México, la UNESCO ha reconocido a 7 expresiones como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad y ha seleccionado a 1 programa para la salvaguardia del patrimonio cultural inmaterial :
1. Las fiestas indígenas dedicadas a los muertos (2008)
2. Lugares de memoria y tradiciones vivas de los Otomís-Chichimecas de Tolimán (2009)
3. La Ceremonia ritual de los Voladores (2009)
4. La Pirekua, canto tradicional de los Purhépechas (2010)
5. Los Parachicos en la fiesta tradicional de Chiapa de Corzo (2010)
6. La cocina tradicional mexicana, cultura comunitaria, ancestral, y viva. El paradigma de Michoacán (2010)
7. El Mariachi, música de cuerdas, canto y trompeta (2011)
Programas o proyectos para la salvaguardia del patrimonio que reflejen del modo más adecuado los principios y objetivos de la Convención: Xtaxkgakget Makgkaxtlawana: el Centro de Artes Indígenas del pueblo totonaca de Veracruz, México 2012.
La asistencia internacional que se conceda se regirá por un acuerdo entre el Estado Parte beneficiario y el Comité, que puede constar de las siguientes formas:
a) estudios relativos a los diferentes aspectos de la salvaguardia;
b) servicios de expertos y otras personas con experiencia práctica en patrimonio cultural inmaterial;
c) formación de todo el personal necesario;
d) elaboración de medidas normativas o de otra índole;
e) creación y utilización de infraestructuras;
f) aporte de material y de conocimientos especializados;
g) otras formas de ayuda financiera y técnica, lo que puede comprender, si procede, la concesión de préstamos a interés reducido y las donaciones.
Para ello se establece un Fondo para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial.
El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos , promueve y protege el ejercicio de los derechos culturales, ya que establece que toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado en la materia, así como el ejercicio de sus derechos culturales e indica la obligación del Estado para promover los medios para la difusión y desarrollo de la cultura, atendiendo a la diversidad cultural en todas sus manifestaciones y expresiones con pleno respeto a la libertad creativa.
Así también, la Ley General de Cultura y Derechos Culturales indica que las manifestaciones culturales son los elementos materiales e inmateriales pretéritos y actuales, inherentes a la historia, arte, tradiciones, prácticas y conocimientos que identifican a grupos, pueblos y comunidades que integran la nación, elementos que las personas, de manera individual o colectiva, reconocen como propios por el valor y significado que les aporta en términos de su identidad, formación, integridad y dignidad cultural, y a las que tienen el pleno derecho de acceder, participar, practicar y disfrutar de manera activa y creativa.
Y replica la obligatoriedad constitucional del Estado en la materia en su artículo 15: la Federación, las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, en el ámbito de su competencia, desarrollarán acciones para investigar, conservar, proteger, fomentar, formar, enriquecer y difundir el patrimonio cultural inmaterial, favoreciendo la dignificación y respeto de las manifestaciones de las culturas originarias, mediante su investigación, difusión, estudio y conocimiento. Pera esto en los artículos posteriores indica mecanismos de coordinación y cooperación entre entidades y sectores.
LA GUELAGUETZA
La palabra Guelaguetza, de origen zapoteco, significa cooperar y forma parte de los cultos populares a la Virgen del Carmen, razón por la cual se celebra los dos lunes más cercanos a la festividad católica de esta advocación mariana (el 16 de julio). También se conoce con el nombre de los Lunes del Cerro, puesto que el corazón de la festividad es el cerro del Fortín, que domina el centro de la ciudad de Oaxacaiv .
El verdadero significado de la Guelaguetza tiene que ver con que los miembros de una comunidad se reúnan y compartan su patrimonio cultural y todas las cosas que los hacen únicos. La fiesta recuerda una actitud humana con la que se nace, que invita al amor al prójimo y se comparte la naturaleza y la vida.
En esta fiesta tradicional participan las delegaciones representativas de las ocho regiones que conforman el estado de Oaxaca (La Costa, Cañada, Tuxtepec, Mixteca, Sierra Sur, Sierra Norte, Valles Centrales e Istmo) y muestran sus distintas tradiciones y costumbres de diversas regiones. Los eventos y actividades del festival son sobre todo momentos en el que la gente se reúne y disfruta de la presencia, la cultura, la comida, los bailes, las tradiciones.
Es el festival étnico y cultural más grande del estado de Oaxaca; durante todo el mes de julio, Oaxaca se desborda en todo tipo de eventos artísticos y culturales, como presentaciones gastronómicas, desfiles de las delegaciones participantes, espectáculos de música, danza y artes plásticas y la fiesta de los convites (la calenda o convite es una tradición que ya suma varios siglos, atribuida a los inicios del periodo colonial, cuando los españoles la introdujeron como preámbulo o anuncio de alguna celebración religiosa. Se trataba de un baile carnavalesco que a modo de comparsa llamaba a los vecinos, quienes alegres recorrían las callejuelas invitando a otros a su paso. Ésta terminaba por lo común en el atrio de la iglesia o en casa del mayordomo). Los convites en Oaxaca se acompañan con bandas de viento tocando Sones y Chilenas, ya sean de la Sierra, del Istmo o de la Costa, o Jarabes del Valle, poco atrás le llevan el ritmo las marmotas o mojigangas, enormes muñecos de carrizo y cartón vestidos según la costumbre. Enseguida sobresalen las mujeres de trenzas y atuendos multicolores, blusas bordadas, huipiles tejidos y enaguas con listones y encajes, algunas con canastas o cantaros de curado o de mezcal, a su lado van los hombres, de huaraches, pantalón y camisa de manta o satín. Con el fin de compartir con las personas en la calle, de la fiesta y la alegría de las costumbres y la tradición del pueblo oaxaqueñov .
La raíz de la Guelaguetza se halla en los antiguos zapotecas y las ofrendas que realizaban a los dioses agrícolas en agradecimiento por sus cosechas. Guelaguetza es un mote impuesto a este convite en la década de los 30 del siglo pasado, es de origen prehispánico y se tomó del nombre de una de las instituciones de ayuda mutua de los pueblos originarios de Oaxaca que hace latente su sentido de comunidad.
El vocablo zapoteco guendalezaa que significa ofrenda, presente o cumplimiento hace referencia a los obsequios de cortesía que se intercambian entre las familias de una comunidad y tiene profundos sentidos de respeto y colaboración. Asimismo, este término se utiliza a partir de la época de la Colonia, en que se acostumbraba que los hacendados españoles recibieran de los pueblos indígenas que les cultivaban las tierras, el obsequio el presente de las primicias cosechadas en los campos, llamadas de esa maneravi .
El ambiente festivo, lleno de baile, música, comida, artesanías, exposiciones y vestimentas de gala, es el que caracteriza a la Guelaguetza, una celebración anual que se instauró oficialmente en Oaxaca en 1932 a manera de homenaje racial . Muestra las expresiones artísticas de las ocho regiones de Oaxaca, haciéndolo un mosaico cultural que congrega las costumbres y tradiciones de todas las comunidades del estadovii .
Si bien su oficialización se registra en 1932, algunas investigaciones históricas sugieren que los orígenes más lejanos de esta fiesta se encuentran en la época prehispánica. La raíz se halla en los antiguos zapotecas y las ofrendas que realizaban a los dioses agrícolas Pitao Cocijo y Pitao Cozobi en agradecimiento por sus cosechas. El lugar en el que se hacían estos ofrecimientos era el Dani Lao Nayaalaoni, lugar sagrado para los zapotecas que también es conocido como el cerro de Bella Vista. Las ofrendas se desarrollaban a mediados de julio e incluían música, danza, alimentos y la compartición de los primeros frutos de la siembra en la comunidad.
Los festejos honraban a Centéotl, Chicomecóatl o Xilonen e Ilamatecuhtli (deidades representantes del maíz impuestas a los zapotecas en el predominio mexica), pero tras la llegada de los españoles, las costumbres de los antiguos pobladores pasaron por la conquista y la conversión al catolicismo y con el tiempo, se formó un sincretismo y este ritual involucró la veneración a la Virgen del Carmen, celebrada el 16 de julio. Los festejos a la virgen implicaban un gran jolgorio y con el pasar de los años fueron conocidos como Los lunes del cerro, pues, tal como lo indicaba la tradición católica, si la festividad no caía en domingo se realizaba el lunes siguiente con una segunda celebración a los ocho días posteriores.
Durante años la tradición tuvo mucha fuerza; sin embargo, para la segunda mitad del siglo XIX su práctica decayó considerablemente hasta que el 25 de abril de 1932, en el marco de la conmemoración del IV centenario de la elevación de Oaxaca a ciudad, de acuerdo a la cedula expedida por el Rey V de España, en medina de Ocampoviii y como una estrategia posrevolucionaria de reafirmación de la identidad nacional de México, el gobierno estatal realizó un homenaje racial con un programa con elementos tradicionales de cada una de las entonces siete regiones: la Costa, la Cañada, la Mixteca, la Sierra, el alto Papaloapan, el Istmo y los Valles Centrales.
La ciudad de Oaxaca estaba representada por Margarita Santaeolla señorita Oaxaca, los bailes y danzas tradicionales, los productos característicos de su tierra como frutas y artesanías se regalaban a la homenajeada y al público, al final de cada actuación, a las faldas del cerro del Fortínix , así se le conoce actualmente, antes conocido como el cerro de Bella Vista, lugar sagrado para los zapotecas y hacían ofrecimientos, conocido en la época prehispánica como Dani Lao Nayaalaoni.
Este programa fue bautizado como Guelaguetza y desde entonces diversas delegaciones de comunidades indígenas del estado participan año con año. Así esta tradición se convirtió en un espectáculo cultural que despliega hermosas y únicas expresiones que forman parte de la identidad cultural de los pueblos indígenas de Oaxaca.
En la década de los años 30 y 40 las festividades se fueron desarrollando en un sentido de continuidad y de pertenencia a lo que distinguía ser oaxaqueño del resto del país. Éste fue un proceso largo, a cuyo término se logró que la fiesta concentrara las características propias, convirtiéndose de esta forma en un símbolo, ya que refería a la legitimación de que gozaba su característica de ancestral y la visión de los actores sociales de ser sus herederos y continuadoresx .
En el período que va de 1930 a 1950, cuando los tintes regionalistas tomaron carta de naturalización en los Lunes del Cerro, este conjunto de elementos no sólo indicaba una versión construida de la cultura local, sino también se constituyó en el representativo de una forma de ser del oaxaqueño. La fiesta condensó en sí misma un núcleo de representaciones sobre las que giraba la esencia de los actores y el alma oaxaqueña como fue llamada desde esa época. Como cualquier otro conjunto simbólico, comunicaba ideas y valores o, dicho de otro modo, refería a lo que el oaxaqueño es, tanto de forma ideológica como de manera axiomáticaxi .
Durante los años que van de 1951 a 1980 la celebración de la Guelaguetza continuó con su proceso de consolidación como símbolo. Eran conjuntos de ideas, concretadas en elementos culturales, que fueron valorados positivamente, de tal forma que la esencia de lo oaxaqueño estaba relacionada de manera indisoluble con la bondad y la belleza. En el transcurso de estos años, la Guelaguetza llegó a ser calificada como la máxima fiesta de los oaxaqueños, no sólo por ser la más folklórica y vistosa de las que se celebraban en la ciudad, sino porque también era su expresión simbólica. Es decir, con ella había finalizado, momentáneamente, la búsqueda de la idea de continuidad como grupo social, a pesar de las discontinuidades, los cruces y cambios de rumbos que en el proceso histórico local se habían experimentado. De ahí que fuera tomada como sustento de las identidades sociales, en contextos plenamente definidos, porque fue construida como la expresión de un pueblo cuya grandeza está plasmada en este inolvidable espectáculoxii .
Es por ello que, en 1951, fueron convocados para realizar la fiesta oaxaqueña, las representaciones auténticas de los pueblos y comunidades indígenas de las 7 regiones, cuya presencia en la ciudad en esas fechas se encuentra totalmente aceptada y legitimada. De esta manera, la ciudad de Oaxaca se convirtió en celosa guardián de sus fiestas tradicionales, en ella, los bailes, danzas, vestuario, música de los grupos indígenas habían sido objeto de un proceso de selección y revalorizaciónxiii .
En julio de 1981, el entonces Gobernador de Oaxaca, Pedro Vásquez Colmenares, se refirió a la festividad como patrimonio cultural: Esta fue una demostración de la riqueza espiritual y cultural de nuestra entidad de la que todos los oaxaqueños debemos sentirnos profundamente orgullosos. Esto constituye parte del patrimonio cultural de la nación: expresa la riqueza de la cultura de nuestros antepasados, que debemos tratar de conservar con más fuerza .xv
La Guelaguetza también se realiza en pueblos del interior del estado, siguiendo por lo general, la misma estructura que se desarrolla en la ciudad. Son momentos de convivencia comunitaria, realizados a través de festivales en los que se elige a una señorita de la localidad para ser investida como Reina de la Azucena, o bien, como Diosa Centéolt, y en el que participaban bandas de música locales que, como conclusión de la fiesta, ofrecían un baile popular o un concierto.
Todas estas representaciones de la festividad que tiene la celebración de la Guelaguetza, año con año se expone ante la asistencia del turismo nacional e internacional, reivindicando no sólo un aspecto sociocultural de esta región del país, sino creando identidad, arraigo y orgullo de las tradiciones en México.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Cultura a evaluar la pertinencia de iniciar el procedimiento de inscripción de las festividades de la Guelaguetza del estado de Oaxaca , en la Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad ante el Comité Intergubernamental para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con pleno respeto a la división de poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Cultura a iniciar el procedimiento de identificación y definición de las festividades de la Guelaguetza del estado de Oaxaca , a fin de ser consideradas en el Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de México .
Notas:
i. Patrimonio inmaterial. Expresiones mexicanas del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad. Secretaria de Cultura. https://patrimonioculturalyturismo.cultura.gob.mx/patrimonio_inmaterial /#:~:text=El%20patrimonio%20cultural%20inmaterial%20se,y%20t%C3%A9cnica s%20vinculados%20a%20la
ii. Textos Fundamentales de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de 2003. Edición 2018. UNESCO. Francia 2018. Página 6.
iii. Disponible en el sitio: https://sic.cultura.gob.mx/index.php?table=frpintangible
iv. Secretaria de Relaciones Exteriores. https://embamex.sre.gob.mx/vaticano/index.php/noticias/771-la-guelaguet za
v Los convites en Oaxaca. https://convitemezcal.com/los-convites-en-oaxaca/#:~:text=Se%20trataba% 20de%20un%20baile,o%20en%20casa%20del%20mayordomo.
vi. Indefensión Jurídica de la Guelaguetza como bien cultural intangible. Jaime Allier Campuzano. Revista del instituto de la Judicatura Federal, número 45. Enero junio 2018.
vii. La Guelaguetza o la fiesta de la comunalidad de los pueblos de Oaxaca. Secretaria de Cultura. https://www.gob.mx/cultura/articulos/la-guelaguetza-o-la-fiesta-de-la-c omunalidad-de-los-pueblos-de-oaxaca?idiom=es
viii. IBIDEM Jaime Allier Campuzano.
ix. IBIDEM
x. Las fiestas como patrimonio. Jesús Lizama. https://www.tdx.cat/bitstream/handle/10803/8415/r.Texto-Simbolica.pdf;j sessionid=D6A87915D66FF00D6F1FD84D3EBBB263?sequence=19
xi. IBIDEM
xii. IBIDEM (El imparcial, lunes 31 de julio de 1972).
xiii. IBIDEM pag. 418
xiv. IBIDEM (El Imparcial, martes 28 de julio de 1981)
Dado en el salón de sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Azael Santiago Chepi (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a informar a la opinión pública, a través de sus medios oficiales de comunicación, las razones por las que se dejaron de implementar los protocolos para atender el abuso sexual en las escuelas de nivel básico, a cargo del diputado Héctor Saúl Téllez Hernández, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, Héctor Saúl Téllez Hernández, diputado federal en la LXV Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y el artículo 79, numerales 1, fracción II, y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, somete a la consideración del pleno, proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública a que informe a la opinión pública, a través de sus medios oficiales de comunicación, las razones por las que se dejaron de implementar los protocolos para atender el abuso sexual en las escuelas de nivel básico, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
En las últimas dos décadas, la Secretaría de Educación Pública (SEP) y las autoridades educativas de los estados acumularon al menos 5 mil 110 casos con denuncias de abuso sexual en planteles de preescolar, primaria y secundaria de escuelas públicas y privadas del país,1 de acuerdo con información recabada a partir de solicitudes de información, recomendaciones de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), registros hemerográficos y consulta con especialistas y organizaciones de la sociedad civil. Entre los casos denunciados se encuentran acusaciones de pederastia y pornografía, y en la mayoría los presuntos victimarios son maestros, personal auxiliar y conserjes.
Sin embargo, ni las autoridades educativas, ni institución alguna del país, tiene un registro de las agresiones que ocurren al interior de las escuelas hacia los menores de edad, mucho menos de los agresores y los procedimientos legales que se siguieron en su contra, en el caso de que se hayan iniciado.
El único dato proporcionado al respecto por la SEP responde a la última década y a una sola entidad: apenas 19 maestros, directivos, administrativos y conserjes fueron cesados por acusaciones de connotación sexual en escuelas públicas y privadas de la Ciudad de México, sin especificar qué significa eso.
Pero el problema crece. En un informe de la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia, A. C. (ODI), Es un secreto. La explotación sexual infantil en las escuelas,2 elaborado a partir de 18 casos que ha litigado, la organización identificó patrones de abuso sexual en las escuelas con testimonios de víctimas que tienen entre 3 y 7 años y que acreditan abusos cometidos en planteles de la Ciudad de México, Baja California, Estado de México, Jalisco, Morelos, San Luis Potosí y Oaxaca.
Ante el incremento de las denuncias de violencia sexual en los centros escolares y por la intervención de la CNDH, la SEP elaboró protocolos para la prevención de la violencia sexual escolar que en principio debieron entrar en operación a partir del ciclo escolar 2020-2021, los cuales fueron pospuestos a raíz de la pandemia de covid-19. El antecedente a estos protocolos es la Unidad para la Atención al Maltrato y Abuso Infantil (UAMASI) creada en 2003, la cual funcionó hasta 2012.
Pero tristemente lo anterior quedó en letra muerta ya que la campaña para aplicar protocolos para prevenir y atender los miles de casos de abuso y acoso sexual en las escuelas de preescolar, primaria y secundaria públicas y privadas en el país quedó en suspenso primero por la pandemia de Covid-19 y luego porque la SEP canceló el presupuesto para el programa de convivencia escolar.3
En los últimos cuatro años, este programa de convivencia, en donde se desarrollaban las acciones con el Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) para arrancar con los protocolos, vio disminuido su presupuesto hasta desaparecer.
Tuvo asignados 350 millones de pesos en 2016, luego 223 millones de pesos en 2020, y en el año 2021 no tuvo recursos etiquetados.
El programa contaba con diversas acciones que iban desde colocar un buzón escolar de denuncia del abuso sexual, hasta que el personal adulto utilice baños diferentes a los de los alumnos, al considerarse un lugar de riesgo para los niños. Las medidas incluían realizar un diagnóstico de la infraestructura escolar para identificar otras zonas de riesgo como bodegas, espacios cerrados o lo que queda bajo llave sin supervisión y finalmente crear mecanismos de vigilancia permanente en cada plantel.
Los protocolos, hasta ahora suspendidos, buscaban identificar esas zonas de riesgo. El plan también abordaba que directivos y maestros estarían obligados a levantar actas de hechos, notificar a padres de familia y autoridades educativas, e incluso llegar hasta el ministerio público y darle seguimiento para no incurrir en responsabilidades.
En un listado de 25 acciones preventivas también se incluyó que los maestros tendrían que dirigirse con respeto, evitar apodos o sobrenombres de cualquier tipo, más aún, los de connotación sexual, así como evitar palabras con contenido sexual, lascivos o de enamoramiento.
En todo momento se deben evitar insinuaciones, miradas lascivas que atenten contra la dignidad y la libertad sexual, no acariciarlos, rozarlos, pegarles, tocarles los senos, las piernas, darles masajes, saludos de beso, entre otras, que impliquen acciones dolosas con sentido lascivo. Ello incluye invitarlos a salir o relacionarse fuera de la escuela bajo cualquier pretexto.
Como los protocolos se desarrollaron previo a la pandemia se prohibía que tuvieran contacto con los niños y adolescentes en sus celulares o en el Facebook u otras redes sociales, así como entablar comunicación a través de esos medios.
Todo lo que se ha desarrollado previamente y que dejó de implementarse, toma otra magnitud al saber que solo en 2023 se han registrado diversos casos de abuso sexual en distintos planteles educativos de nuestro país, como son los casos del Colegio Carmel de México4 y el Colegio Ana Pavlova5 en la Ciudad de México.
De igual modo, en el Estado de México la situación es sumamente alarmante ya que de acuerdo con datos proporcionados por el secretario de Educación, Gerardo Monroy Serrano, se cuentan actualmente con más de 200 profesores y directivos de escuelas del Edomex que han sido denunciados por acoso y abuso sexual.6
Es preocupante que la SEP no esté haciendo nada para combatir la violencia sexual en las escuelas, y que permita que niñas y niños corran riesgo de ser una cifra más de los casos de abuso sexual en instituciones educativas; la inacción de esta dependencia en dicha problemática no deja de reflejar lo poco que a este gobierno le importa la infancia.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición con:
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la secretaria de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya, a que informe a la opinión pública a través de sus medios oficiales, las razones por las que se dejaron de implementar los protocolos para la prevención de la violencia sexual escolar.
Segundo-. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la secretaria de Educación Pública, Leticia Ramírez Amaya, a que informe a la opinión pública a través de sus medios oficiales, las acciones que están llevando a cabo para combatir la violencia sexual escolar que acontece en los planteles educativos.
Notas:
1 https://www.animalpolitico.com/sociedad/violencia-sexual-escuelas-casos -autoridades
2 https://www.animalpolitico.com/2021/05/odi-abuso-sexual-ninas-ninos-esc uelas
3 https://www.animalpolitico.com/sociedad/sep-programas-protocolos-abuso- sexual-escuelas
4 https://www.excelsior.com.mx/comunidad/papas-acusan-abuso-sexual-y-omis iones-en-escuela-privada-dela-cdmx/1572175
5 https://www.publimetro.com.mx/noticias/2023/02/16/cdmx-exigen-justicia- por-10-presuntos-casos-de-abuso-sexual-infantil-en-la-gam/
6 https://www.excelsior.com.mx/comunidad/edomex-suman-220-maestros-acusad os-de-acoso-y-abuso-sexual/1572984
Palacio Legislativo de San Lázaro, a los 14 días del mes de marzo de 2023.
Diputado Héctor Saúl Téllez Hernández (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Sedena, a la Semar y a la GN a promover y asegurar los derechos de los elementos caninos al servicio de la nación, a cargo de la diputada Ana Laura Bernal Camarena, del Grupo Parlamentario del PT
La suscrita, Ana Laura Bernal Camarena, diputada integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo de la LXV Legislatura de este H. Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, así como 113 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
La interacción con los animales ha sido parte de la actividad humana desde los comienzos de la misma, es evidente que los seres humanos conviven día a día con animales de diferentes especies, razas y tamaños. Aún cuando todos estos son importantes, los llamados animales domésticos o de compañía, son con los que los humanos tienen un mayor grado de integración y convivencia.
De acuerdo con cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en México hay 25 millones de hogares con mascotas, es decir el 69.8 % del total de hogares en México. Con un total de 80 millones de mascotas, 43.8 millones de ellas son caninos, 16.2 millones son felinos y 20 millones una variedad miscelánea de otras mascotas.1
Esta misma encuesta, arrojó datos importantes con respecto al cuidado de los animales; la encuesta captó 85.7% de la población adulta con alguna manifestación de empatía con la vida no humana, lo que quiere decir, que ha hecho algo para evitar la crueldad o el sufrimiento animal y/o cuidar plantas y árboles en su entorno; en tanto que 73.4% declaró cohabitar con mascotas.2
Los animales de compañía han sido en muchas ocasiones un apoyo tanto físico como emocional, desde aquellos perros de asistencia, guías, entre otros, que más allá de ser una mascota, se convierten en un miembro más de la familia o del grupo de personas que los acompañan.
La Federación Mexicana de Instituciones de Perros de Asistencia (FEMEIPA) nos ilustra para identificar a los perros de asistencia. Los tipos de perros de asistencia entrenados en México son:
Perro de asistencia: Término genérico para perro de servicio o guía entrenado específicamente para realizar más de una tarea para mitigar los efectos de la discapacidad de una persona.
Perro Guía: Un perro que guía a personas ciegas o con discapacidad visual.
Perro Señal: Un perro que alerta a las personas sordas o con problemas de audición sobre sonidos específicos.
Perro de Servicio: Un perro que trabaja para persona con discapacidades distintas de la ceguera o la sordera. Están capacitados para realizar una amplia variedad de tareas que incluyen, entre otras; tirar de una silla de ruedas, sujetar, recuperar, alertar sobre una crisis médica y brindar asistencia en una crisis médica.
Perro de terapia: un perro entrenado para brindar afecto, consuelo y amor a muchas personas en diferentes entornos y proporcionar intervenciones asistidas con perros.
Perro de la instalación: un perro especialmente entrenado que trabaja con un voluntario o profesional que está entrenado por un programa. El trabajo de un perro de la instalación puede incluir visitas o terapia profesional en uno o más lugares.
Perro de apoyo emocional: un perro que solo brinda apoyo emocional a una persona con una condición de salud mental o trastorno emocional. Un perro de apoyo emocional es un animal de compañía que por la presencia del perro brinda consuelo a una persona con discapacidad. El perro de apoyo emocional no realiza tareas para mitigar la discapacidad de una persona.3
Un grupo de perros en específico que ha destacado recientemente, es el de los canes al servicio de las secretarías como la Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA), la Secretaría de Marina, la Guardia Nacional y demás.
Estos canes han puesto su vida y su seguridad al servicio de la Nación, para así salvaguardar la integridad física de las y los mexicanos, así como de las personas de otras nacionalidades; cuando estos forman parte de equipos en misiones especiales como lo son las de búsqueda y rescate ante los muchos fenómenos y siniestros que ocurren en el mundo.
Un ejemplo de ello es Proteo, el perro pastor alemán que se robo la atención en el tan lamentable terremoto recientemente ocurrido en Turquía. Este ejemplar canino viajó junto a las fuerzas especiales del Ejército y Fuerza Aérea de México para cumplir con sus labores de rescate en aquel país y haciendo una tan excelente labor que le llevo a obtener el reconocimiento no solo de todo el pueblo mexicano, sino del mundo entero, que elogió el trabajo realizado por Proteo.
Y es que este perrito tenía 10 años de edad cuando sirvió al país y a la humanidad en general, hasta el último momento de su vida, dejando su último suspiro en su territorio de trabajo.
Proteo llegó a rescatar hasta 22 personas en su larga trayectoria, participó en tareas de rescate en 2015 en Guatemala, cooperó en el sismo de Ecuador de 2016, auxilió en la búsqueda de pobladores de Chiapas en el deslave del 2017, buscó supervivientes en el terremoto de la Ciudad de México en 2017 y también cuando el huracán Agatha azotó Oaxaca en 2022.4
No podemos olvidar la gran labor que realizó Frida, la perrita de raza labrador quien fuera un valioso elemento de la Secretaria de Marina, con un entrenamiento especializado en estructuras colapsadas.
Mediante un comunicado de prensa, la Secretaria de Marina señaló que las habilidades de Frida destacaron desde sus primeros meses de vida, siendo una labradora de color miel que, en el año 2010, participó en las brigadas internacionales de apoyo a la población civil en Haití, posterior a un terremoto que dejo grandes daños a esa isla.
Además, también de participar en los grupos de apoyo para la localización de personal civil atrapadas bajo escombros y estructuras colapsadas, debido a una explosión ocurrida en la Torre de Pemex.
En 2017 trabajó junto a Proteo, el elemento de raza pastor alemán, en la búsqueda y rescate de personas atrapadas bajo escombros en el país de Ecuador después de un deslave.
Sus últimas participaciones operativas como perro rescatista, fueron en el estado de Oaxaca y otro en la Ciudad de México durante los terremotos de 2017, logrando encontrar en toda su trayectoria a una gran cantidad de personas sumando un total de 55 (12 personas vivas y 43 sin vida).5
El reconocer a nuestros héroes ha sido siempre una acción implementada por las y los mexicanos, desde aquellos que nos dieron la patria, quienes lucharon por nuestra libertad, aquellos que dejaron un legado como lo son nuestras leyes, garantes de nuestros derechos humanos, quienes pelearon para defender la soberanía de nuestra Nación ante el ataque de enemigos extranjeros.
Los elementos caninos a la disposición de la seguridad de nuestro país, son también héroes y al igual que todas las mujeres y todos los hombres que hoy gozan de este honor, deben ser reconocidos como tales.
El otorgarles las más posibles y mejores condiciones de vida, el derecho de ser incluso jubilados, cuando hayan servido a la Nación con valentía, lealtad y también de ser adoptados. Es también de suma importancia dar una preferencia de adopción a aquellos que se desempeñaron como sus entrenadores, adiestradores y compañeros de misiones, como lo son los elementos humanos que integran junto con elementos los animales, a los llamados binomios caninos.
Esto sería solo una respuesta al tan valioso trabajo de estos elementos caninos que han sido leales a las y los mexicanos y nos han representado tan destacablemente ante el mundo.
Asegurar sus derechos es no solo un acto de patriotismo, sino de humanidad.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de este pleno de la Honorable Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único.- La Honorable Cámara del Congreso de la Unión, exhorta al General Luis Cresencio Sandoval González, Titular de la Secretaría de Defensa Nacional, al Almirante José Rafael Ojeda Durán, Titular de la Secretaría de Marina y, al Comandante General David Córdova Campos, Titular de la Guardia Nacional, a promover y asegurar los derechos de los elementos caninos al servicio de la nación.
Notas:
1. CFR, Primera Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (ENBIARE) 2021, año 202, [En línea], https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/EstSoci odemo/ENBIARE_2021.pdf, [Consulta el 01 de marzo, 2023].
2. In Bidem.
3. ¿Cómo identificar los perros de asistencia?, [En línea], https://www.femeipa.org/tipos-de-perros, [Consulta el 03 de marzo, 2023].
4. ¡Muchas gracias campeón!, cumpliste la misión Proteo, SEDENA, 2023, [vídeo en línea], https://www.facebook.com/SEDENAmxOficial/videos/muchas-gracias-campeón- cumpliste-la-misión-proteo/1256709955257346?locale=es_LA, [Consulta el 03 de marzo, 2023].
5. Hasta siempre a nuestra heroína Frida, ¡Buena mar y mejores vientos!, 2022, [en línea], https://www.gob.mx/semar/prensa/hasta-siempre-a-nuestra-heroina-frida-b uena-mar-y-mejores-vientos, [Consulta el 28 de febrero, 2023].
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputada Ana Laura Bernal Camarena (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua y a los Organismos de Cuenca y direcciones locales a diseñar e implementar mecanismos de prevención que eviten la sobreexplotación del agua, así como a desarrollar estudios técnicos para evaluar el uso de fuentes alternativas en materia hídrica, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
La que suscribe, Ma Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada federal integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura en la Cámara de Diputados, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en la siguiente:
Exposición de Motivos
El agua es fundamental para el desarrollo sostenible y el desarrollo socioeconómico, la producción de alimentos, la energía, los ecosistemas y la supervivencia humana, además que, a medida que la población mundial crece se genera una necesidad creciente de ajustar la oferta y demanda de los recursos hídricos para que las ciudades y comunidades tengan lo suficiente para satisfacer sus necesidades.
El problema del agua es una cuestión que nos confiere a todo el mundo, ya que, según datos del Sistema de Naciones Unidas, al día de hoy 2 millones de personas carecen de acceso a servicios de agua potable, 4 mil millones no disponen de servicios de saneamiento gestionados de manera segura y 2 mil millones de personas viven en países que sufren escasez, por tanto, se calcula que unas 829 mil personas mueren cada año de diarrea como consecuencia de la insalubridad del agua, o un saneamiento insuficiente.1
Además, que, la OMS ayuda a los países a aplicar las directrices para la calidad del agua mediante la elaboración de materiales de orientación práctica y la prestación de apoyo directo, por lo que, los últimos acuerdos clave se incluyen en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, la Agenda de Acción de Addis Abeba 2015 sobre la Financiación para el Desarrollo y el Acuerdo de París 2015 dentro del Marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.2
En México, el acceso al agua potable y el saneamiento es un derecho fundamental y a través de una reforma constitucional al párrafo sexto del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, menciona que:
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.3
Las autoridades, en el ámbito de sus competencias están obligados a promover, respetar, proteger y garantizar los derechos de las personas, pero en este caso México está cada vez más lejos de poder garantizarlo ya que durante los últimos años, las regiones centro y norte del país han vivido escasez de agua debido al aumento de sequías. Asimismo, más de la mitad del territorio nacional se encuentra en una situación de muy alto estrés, es decir, que la demanda supera al 80 por ciento de la disponibilidad natural, mayormente hablando del noreste.4
De acuerdo con datos del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco),5 en el país, la disponibilidad de agua anual por persona ronda los 3.2 mil m3 colocándose entre los países con baja disponibilidad. Por consiguiente, la Comisión Nacional del Agua (COnagua) menciona que en México 42.11 por ciento de los acuíferos ya no tienen disponibilidad de agua, lo mismo sucede con 13.73 por ciento de las cuencas del país. Además, que, existen tres municipios que tienen menos del 30 por ciento de cobertura de acceso al agua potable y debido a la variación climática que se ha presentado, estados del norte presentan sequias extremas por falta de lluvias.6
La meteoróloga Domínguez Sarmiento, menciona que la gravedad de la sequía en México se mantendrá año con año y en la temporada de lluvias entre julio y agosto, se espera que las precipitaciones aumenten gradualmente y disminuya la extensión de la sequía actual. Aunque destaca que para estados como Chihuahua, Coahuila, Sonora y Nuevo León dependen de que exista algún ciclón tropical que toque tierra y deje alta cantidad de lluvias, solo de esta forma podría terminar la sequía.7
Por tanto y debido a la gravedad, el 22 de julio del 2022, el gobierno federal firmó un decreto para formalizar y reforzar las acciones contra la crisis hídrica en el estado de Nuevo León, una de las regiones más golpeadas por la sequía. Con dichas medidas se aspira a garantizar el abastecimiento durante los próximos ocho o diez años. Al mismo tiempo se incluyó financiamiento para la construcción del acueducto El Cuchillo II y la finalización en 2023 de la Presa Libertad, algo que activistas ambientales consideraron una buena solución a mediano plazo.8
No obstante, cerca del 40 por ciento del total de agua que se extrae para uso humano es directamente de acuíferos y el 64 por ciento de los acuíferos con agua en México solo tienen entre 0.1 y 10 hectómetros cúbicos, lo cual no significa que haya una completa ausencia de agua, pero sí que se está extrayendo más de lo que se está recargando. El investigador Eduardo Cejudo menciona que lo más recomendable es ya no brindar más concesiones y esperar que las condiciones ambientales permitan que se mantenga en un balance.9
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2025 la mitad de la población mundial vivirá en zonas de escasez de agua. En el caso de México, si la población sigue concentrándose en los principales centros urbanos del país, para el año 2030 habrá escasez en las cuencas debido a que se sobrexplotaran aún más los mantos acuíferos y según estimaciones del Consejo Nacional de Población (Conapo), entre 2012 y 2030 la población del país se incrementará en 20.4 millones de personas lo que ocasionará la disminución del agua renovable per cápita a nivel nacional, el deterioro de los cuerpos de agua descenderá hasta 3 mil 430 metros cúbicos por habitantes anualmente.10
Para que se alcance la cobertura universal de servicios básicos de agua potable para 2030 sería necesario duplicar las tasas de progreso registradas hasta ahora, hacer frente al cambio climático, al aumento de la escasez de agua, al crecimiento de la población, a los cambios demográficos y a la urbanización, lo que supone ya un desafío para los sistemas de abastecimiento de agua. Las fuentes de abastecimiento de agua para consumo humano seguirán evolucionando, y cada vez será necesario utilizar aguas subterráneas y aguas de fuentes alternativas, como las aguas residuales.11
Por otro lado, el Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco) menciona que, para garantizar la demanda futura de agua potable, el Estado mexicano requiere actualizar los marcos legales y regulatorios que rigen el manejo del agua, así como modernizar la infraestructura hidráulica del país, tomando en consideración las distintas características técnicas y desafíos que presenta actualmente el país en materia hídrica, tales como el aumento poblacional, la evolución de sequías, la variación en las precipitaciones, entre otras.12
Conviene subrayar, que el Día Cero es el momento en el que una ciudad, región o país se queda sin la suficiente agua para satisfacer plenamente las necesidades principales para subsistir o desarrollarse y para la Organización Mundial de la Salud (OMS), México podría quedarse sin agua y llegar al Día Cero en el año 2028, debido a las múltiples necesidades de cobertura y acceso al agua en cantidad y calidad para toda la población y el mantenimiento de la infraestructura existente.13
En consecuencia, México debe abordar la problemática del agua con datos y evidencia, los desafíos que impone el agua a largo plazo son de gran complejidad, pero son superables si se actúa con determinación, y de forma consistente y continuada. De igual manera, el agua no puede seguir siendo vista como un recurso inagotable, porque ya es, y lo será mayormente en el futuro, previsto como un bien escaso y costoso que se debe manejar responsablemente como elemento indispensable y para beneficio de las actuales y futuras generaciones.
Por lo anteriormente expuesto propongo ante esta honorable asamblea la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. - La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a transparentar la información sobre el estado actual de las cuencas del país, así como a diseñar un mecanismo de prevención que evite la sobreexplotación de este importante recurso líquido vital.
Segundo. - La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y a los Organismos de Cuenca y Direcciones Locales, en el ejercicio de sus facultades y atribuciones, a realizar los estudios correspondientes para detectar y evaluar el uso del agua de fuentes alternativas, así como las residuales.
Tercero. - La honorable Cámara de Diputados exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) a revisar la infraestructura hidráulica del país tomando en consideración las distintas características técnicas y estratégicas que presenta actualmente el país en materia hídrica.
Notas:
1 OMS. (2022). Agua para consumo humano. [En línea] Disponible en Internet: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/drinking-water
2 ONU. Desafíos globales. Agua. [En línea] Disponible en Internet: https://www.un.org/es/global-issues/water#:~:text=Los%20desaf%C3%ADos%2 0del%20agua,(OMS%2FUNICEF%202020).
3 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (2022) [En línea] Disponible en Internet: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
4 López, R. (2017). México experimenta escasez de agua y falta de equidad en su distribución. [En línea] Disponible en Internet: https://www.gaceta.unam.mx/mexico-experimenta-escasez-de-agua-y-falta-d e-equidad-en-su-distribucion/
5 IMCO. (2023). Situación del agua en México. [En línea] Disponible en Internet: https://imco.org.mx/situacion-del-agua-en-mexico/#:~:text=En%202021%20s e%20registraron%208%2C491,en%20embalses%2C%20arroyos%20y%20pozos
6 Serendipia. (2022). Escasez de agua en México afecta ya a 40% del país: Conagua. [En línea] Disponible en Internet: https://serendipia.digital/investigacion/escasez-de-agua-en-mexico-afec ta-ya-a-40-del-pais-conagua/
7 González, M. (2022). 4 factores que explican la histórica sequía que afecta al norte de México y cuanto puede durar. [En línea] Disponible en Internet: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-62359729#:~:text=La%2 0sequ%C3%ADa%20que%20sufre%20el,los%20vientos%20y%20las%20precipitacion es.
8 González, M. (2022). 4 factores que explican la histórica sequía que afecta al norte de México y cuanto puede durar. [En línea] Disponible en Internet: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-62359729#:~:text=La%2 0sequ%C3%ADa%20que%20sufre%20el,los%20vientos%20y%20las%20precipitacion es
9 Serendipia. (2022). Escasez de agua en México afecta ya a 40% del país: Conagua. [En línea] Disponible en Internet: https://serendipia.digital/investigacion/escasez-de-agua-en-mexico-afec ta-ya-a-40-del-pais-conagua/
10 INFOBAE. (2020). Escasez de agua en México: expertos advierten grave crisis para 2030. [En línea] Disponible en Internet: https://www.infobae.com/america/mexico/2020/09/03/escasez-de-agua-en-me xico-expertos-advierten-grave-crisis-para-2030/#:~:text=Se%20estima%20q ue%20para%202030,c%C3%BAbicos%20por%20habitante%20por%20a%C3%B1o.
11 OMS. (2022). Agua para consumo humano. [En línea] Disponible en Internet: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/drinking-water
12 IMCO. (2023). Situación del agua en México. [En línea] Disponible en Internet: https://imco.org.mx/situacion-del-agua-en-mexico/#:~:text=En%202021%20s e%20registraron%208%2C491,en%20embalses%2C%20arroyos%20y%20pozos
13 Martínez, D. (2022). Ante Probabilidad de alcanzar el día cero en 2028. [En línea] Disponible en Internet: https://www.reporteindigo.com/reporte/ante-probabilidad-de-alcanzar-el- dia-cero-en-2028-congreso-cdmx-prepara-nueva-ley-hidrica/amp/
Dado en el Salón de Sesiones del Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputada Ma Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo y a la Mesa Directiva a adquirir un mastógrafo para la realización de pruebas de prevención y diagnóstico del cáncer de mama, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
El cáncer de mama o seno es aquel que se forma en las células mamarias y se origina por un crecimiento descontrolado de éstas. Este tipo de cáncer se puede presentar tanto en hombres como en mujeres, aunque es mucho más común en el segundo caso. Entre los síntomas o signos que puede tener una persona son la presencia de pequeños bultos en el busto; cambio en la forma y tamaño; cambios en la piel del seno como la formación de hoyuelos o la inversión del pezón; descamación, enrojecimiento de la piel; entre otros.
Actualmente el cáncer de mama es la neoplasia que a nivel mundial se presenta con más frecuencia, lo que la ha vuelto la primera causa de muerte entre mujeres. De igual forma la tendencia de mortalidad ha tenido un importante crecimiento, esto como resultado del aumento de la esperanza de vida, el estilo de vida y la obesidad, entre otros factores. México no es la excepción de esta situación.
Como ocurre a nivel mundial, en nuestro país el cáncer de mama representa la primera causa de muerte por cáncer en mujeres y cada año se observa un aumento en el número de casos. De acuerdos con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), se tienen las siguientes cifras con respecto al cáncer de mama:
En 2021 se registraron 7,973 muertes por cáncer de mama, de las cuales 99.4% fueron mujeres y 0.6%, hombres.
La tasa nacional de mortalidad por cáncer de mama fue de 18 defunciones por cada 100 mil mujeres de 20 años y más.
La tasa más alta de defunciones por cáncer de mama se registró en las mujeres de 60 años y más, con 48.24 defunciones por cada 100 mil mujeres de 20 años y más.
Los estados con las tasas más altas de defunción fueron: Colima (26.94), Tamaulipas (24.49), Sonora (23.59), Chihuahua (23.07)
Las entidades con las menores tasas de defunción fueron: Ciudad de México (22.73). Tlaxcala (10.36), Chiapas (11.65), Guerrero (11.69), Quintana Roo (12.19) y Oaxaca (12.66)1 .
Tal como pasa con muchas enfermedades, estas muertes pudieron evitarse de haberse detectado a tiempo, de ahí la importancia de la prevención como una vía para ayudar a tener tratamientos más exitosos. Si bien la autoexploración, como el llevar una alimentación sana son medidas adecuadas para la prevención, actualmente la mejor vía para el diagnóstico de cáncer de mama es la realización de mastografías o mamografías, como también se le conoce a esta prueba.
La mastrografia es un estudio radiológico que se realiza en los senos o mamas a través de un mastógrafo. Este estudio consiste en la toma de dos proyecciones, un céfalo caudal y otro medio lateral oblicua, dicho de otra forma, se realizan dos radiografías de cada seno, una de lado y otra de arriba hacia abajo.
Gracias a esta prueba es posible observar el tejido, la piel y grasa que constituye el seno, de igual forma permite identificar vasos sanguíneos, ductos y microcalcificaciones y, por supuesto, lesiones que pudieran representar algún indicio de una neoplasia o cáncer de mama.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) recomienda realizar esta prueba en promedio cada dos años a partir de los 40 años y aproximadamente hasta los 69 años, esto con fines preventivos y así poder detectar posibles anomalías que a simple vista no podrían detectarse. La prueba si bien causa ligeras molestias, estas son tolerables y su ejecución no dura más de 15 minutos.
Actualmente existen dos tipos de mastografías:
La mastografía de detección oportuna, también conocida como de tamizaje, que se usa en mujeres que no tienen signos ni síntomas de cáncer de mama.
La mastografía diagnóstica, se recomienda en mujeres después de que se detecta alguna bolita, abultamiento o algún otro signo de cáncer de mama, por ejemplo, cambios en la consistencia o color de la piel, hundimientos, aumento de tamaño de alguno de los senos, secreción por el pezón, dolor, entre otros2 .
En la Cámara de Diputados con el fin de garantizar el derecho a la salud del personal que trabaja en esta institución, durante la actual legislatura se han celebrado dos ferias de la salud en la cual se han realizado mastografías al personal que aquí labora. Estos eventos se realizaron con apoyo de las instituciones de salud del país, como es el caso del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Gracias a estas acciones se han podido practicar 70 pruebas que han permitido tomar medidas preventivas y, más importante aún, detectar casos que pongan en riesgo la salud de las personas. Gracias a estas pruebas en la primera feria fue posible detectar tres casos de personas que padecían cáncer de mama; en la última feria, realizada en el marco de la conmemoración del día internacional de la lucha contra el cáncer de mama, se tuvo un caso identificado.
La salud es un bien fundamental de toda persona y el Estado a través de sus instituciones debe realizar todas las medidas necesarias para garantizarla, especialmente cuando se trata de enfermedades con un impacto tan grande en la salud como lo es el cáncer de mama. No obstante, existen varios factores que impiden una adecuada atención de la salud, como es el hecho de tener horarios laborales que dificultan poder acudir a una consulta médica.
Es por eso que desde esta Cámara de Diputados se vuelve prioritario tomar acciones que permitan la prevención y diagnóstico del cáncer de seno, una de ellas y que consideramos esencial es la adquisición de un mastógrafo, el cual sería fundamental para realizar diagnósticos precisos a todo el personal que día a día trabaja y concurre a este recinto legislativo.
Finalmente, es importante señalar que está Cámara de Diputados ya ha tomado acciones en favor de la salud de todo el personal que aquí labora, como lo es la existencia de un consultorio médico y dental, por lo cual la obtención de un mastógrafo sería un excelente complemento para continuar con este compromiso en favor de la salud.
La Comisión de Salud de esta LXV Legislatura de la Cámara de Diputados que tengo el honor de presidir, se ha propuesto como uno de sus objetivos fundamentales contribuir, a través de todas las acciones a nuestro alcance, a garantizar la salud de las y los mexicanos.
Esta labor no excluye al personal que labora en esta Cámara, al contrario, nos obliga más aún porque sin este personal ninguna de las diversas actividades que se realizan en este espacio podrían llevarse a cabo. En este sentido la mejor forma de retribuir y agradecer a los trabajadores es acercándoles los medios para el cuidado de su salud.
Por lo anterior, y con base en lo antes señalado, se somete a consideración la proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política, la Mesa Directiva y el Comité de Administración de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura, a adquirir un mastógrafo para la realización de pruebas de prevención y diagnóstico del cáncer de mama en la Cámara de Diputados.
Notas:
1. Estadísticas a propósito del Día Internacional de la Lucha Contra el Cáncer de Mama (19 de Octubre). Disponible en: https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/EAP_CA NMAMA22.pdf
2. La mastografía. Documento en línea en: https://www.imss.gob.mx/salud-en-linea/cancer-mama/mastografia
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, en relación con las políticas públicas y programas de acción en materia de migración de retorno, a cargo de la diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, del Grupo Parlamentario del PAN
La que suscribe, diputada Joanna Alejandra Felipe Torres, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta honorable asamblea, proposición con punto de acuerdo, en materia de migración de retorno, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
La migración mexicana hacia Estados Unidos constituye un caso único en la historia de la migración internacional debido a que la vecindad e historia compartida entre estos dos países han desencadenado flujos de inmigrantes mexicanos que se dirigen al norte.1
El fenómeno migratorio entre México y Estados Unidos se caracteriza por ser único en el mundo, ya que son países que guardan una vecindad geográfica de más de 3 mil kilómetros, además, a ello se agrega que el intercambio de flujos migratorios predominantemente de México hacia Estados Unidos ha sido sostenido por más de 100 años, con una alta intensidad y, sobre todo, sin interrupción (Durand y Massey, 2003). Lo que ha hecho que la vida económica, social, política y cultural esté estrechamente relacionada entre dichos países.
La relación de interdependencia entre países tiene una amplia implicación en temas económicos, sociales y culturales, por lo que los comportamientos y desempeño de la economía de Estados Unidos afectan directamente a México. La migración suele seguir estos comportamientos cíclicos, por lo que en algunos momentos favorece la emigración y en otros se hace presente el retorno.
De acuerdo a la Nueva Política Migratoria del Gobierno de México 2018-2024, se establece la necesidad de contar con mecanismos internacionales que permitan atender los fenómenos de desplazamiento humano con metodologías compartidas.
México se adhirió al Pacto Mundial para una migración segura, ordenada y regular, con lo que estableció el compromiso de diseñar una política migratoria de respeto al Estado de derecho y al reconocimiento de los derechos humanos de las personas migrantes. Esto se vincula con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que motiva a los gobiernos de las distintas naciones a reorientar políticas públicas, con la finalidad de generar resultados que dignifiquen el trato hacia las personas migrantes, reconociendo la contribución positiva que éstas ofrecen a los países de destino, tránsito y retorno.2
En este sentido, resalto la migración de retorno, que está considerada en el punto 2.6. Integración y reintegración de personas migrantes contenido en el capítulo 2 de la visión ejecutiva de la política migratoria. Al respecto, señala que los gobiernos locales son los encargados, en un primer momento, de llevar a cabo acciones de integración y reintegración. A nivel nacional, existen oficinas estatales de atención a migrantes que coadyuvan principalmente en la reintegración de las personas de origen mexicano que retornan a los estados; asimismo, mantienen comunicación con las y los connacionales que se encuentran principalmente en Estados Unidos y les vinculan con sus comunidades de origen ....
Si bien, existen avances significativos en los esfuerzos para reinsertar a la población retornada, el gobierno federal no ha entregado resultados de sus políticas públcas, ni un diagnostico de las necesidades de reintegración de los connacionales que retornan a México.
De acuerdo al Análisis de la situación de la migración de retorno a México desde Estados Unidos, elaborado por el Fondo de Población de Naciones Unidas, el retorno ha seguido una distribución geográfica muy ligada a la historicidad del fenómeno migratorio, es decir, que aquellas entidades con más larga data de tener presencia de emigración son las que mayor porcentaje de retorno representan.
No es de extrañarse entonces que las entidades que más tiempo han sostenido su migración hacia Estados Unidos sean las que más migrantes de retorno registran, independientemente de su tamaño de población. El contexto nacional de la distribución del fenómeno en cuestión a lo largo de distintos periodos. Para el año 2000, las entidades que mayores porcentajes registraron fueron Jalisco, Michoacán y Guanajuato; pertenecientes a la región histórica de migración, en el tercer lugar se posiciona también Baja California, que pertenece a la región fronteriza y que esta fuertemente influenciada por el papel que ha tenido Tijuana como punto de cruce hacia Estados Unidos.
De acuerdo con los datos contenidos en la tabla elaborada con datos del Inegi, podemos observar que los índices de retorno van en aumento y ante esto se hace necesario atender este fenómeno de manera coordinada con otras acciones de desarrollo en cada contexto y sobre todo en los programas de asistencia social. La realidad de la migración es que no siempre son casos de éxito, muchas de las veces un retorno voluntario trae consigo una apuesta fallida en la vida de los migrantes, a lo que se le suma un estigma social al no regresar como migrantes exitosos, pero si calificados, ya que adquirieron experiencias, conocimientos, estudios y competencias laborales con una gran ventaja competitiva y comparativa.
Un ejemplo de ello, son los mexiquenses que han regresado a México. De acuerdo con un estudio denominado La migración internacional de retorno en el Estado de México realizado por académicos mexiquenses y publicado por El Colegio de Sonora, mexiquenses que migraron a Estados Unidos, desde su retorno, 86 por ciento de los migrantes ha trabajado en más de una actividad productiva (atienden sus negocios, son asalariados, ejercen sus profesiones y oficios), los demás mencionan desempleo, estudiar, ser pensionados. La mitad de quienes atienden su negocio, desempeñan tareas calificadas (dirigen restaurantes, son dueños de carnicerías); lo mismo ocurre con 38 por ciento de los asalariados (funcionarios, obreros especializados); también tres de cada cuatro que ejecutan oficios independientes (mecánicos, pintores), y todos los profesionistas (profesores).
Si bien esta muestra no es un mapeo completo, se puede apreciar un efecto positivo de la migración porque antes apenas un tercio de las personas desempeñaba labores calificadas; y al volver son más quienes ocupan puestos como funcionarios, directores, comerciantes, agentes de ventas, trabajadores artesanales y prestan servicios personales, son profesionistas, son más los que hablan inglés, hay más cocineros y ayudantes de cocina, más trabajadores de construcción que manejan oficios nuevos (detallar y hacer casas de madera, colocar techos, plomería, electricidad, herrería); pero también es visible que no todos encuentran dónde, ni cómo ejercer sus conocimientos laborales, por lo que muchos caen en desuso. En el Estado de México solo el 13 por ciento de los retornados aplica todo lo que sabe hacer y vive de dichas habilidades, otro 47 por ciento aplica solo ciertas hablidades o conocimientos, pero los demás emplean sus conocimientos para uso propio y en el hogar, pero no en forma productiva. Esta es la queja más sentida de los migrantes: no vivir de lo que saben hacer.
Ante lo expuesto y fundado, someto a la consideración de esta honorable asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Primero.- Se exhorta a los titulares de la Secretaría de Gobernación y del Instituto Nacional de Migración, a hacer pública la información sobre las políticas públicas y programas de acción en materia de migración de retorno; así como a elaborar una base de datos sobre la información de quienes regresan y las habilidades que les acompañan, para poder insertarlos en trabajos que sean acordes a su capital humano, garantizando siempre la protección de datos personales.
Segundo.- Se exhorta a la titular de la Secretaría de Educación Pública a hacer pública la información sobre las políticas públicas y programas para la inserción educativa de quienes retornan desde Estados Unidos, principalmente a hijos de mexicanos, con modelos de inserción inmediata y no sujeto a contar con trámites exhaustivos.
Tercero.- Se exhorta al Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (Conocer), de la Secretaría de Educación Pública (SEP), el Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME) de la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Instituto de Migración (INM) de la Secretaría de Gobernación, hagan pública la información sobre los resultados de la estrategia México Reconoce tu experiencia.
Notas:
1 Tres premisas para entender y explicar la migración México-Estados Unidos. J. Durand, Relaciones. Estudios de historia y sociedad, XXI: 1-11, 2000
2 http://portales.segob.gob.mx/es/PoliticaMigratoria/Nueva_Politica_Migra toria
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputada Joanna Alejandra Felipe Torres (rúbrica)
Con punto de acuerdo, por el que esta soberanía rechaza categóricamente las expresiones intervencionistas realizadas por diversos legisladores estadounidenses pertenecientes al Partido Republicano, suscrita por los diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, del Grupo Parlamentario del PT
Los suscritos, diputados Benjamín Robles Montoya y Maribel Martínez Ruiz, integrantes del Grupo Parlamentario del PT a la LXV Legislatura, de conformidad con lo establecido por los artículos 62 numeral 3 y 79 numeral 2, fracciones III Y IV del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a la consideración de esta soberanía la presente proposición con punto de acuerdo de urgente u obvia resolución, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Como es del conocimiento público, el pasado 3 de marzo, cuatro ciudadanos estadounidenses fueron secuestrados por hombres armados en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, hecho que tuvo gran impacto mediático a partir de la reacción del gobierno del vecino país que calificó el hecho como inaceptable.
En los días posteriores fueron saliendo a la luz videos e información sobre el caso, y se logró la localización de los ciudadanos norteamericanos, dos de ellos con vida y los otros dos lamentablemente fallecidos.
Sin duda, este tipo de actos ilícitos deben ser combatidos y castigados y es claro que las autoridades de todos los órdenes de gobierno deben seguir trabajando para poner fin a la violencia e ilegalidad generada por los cárteles de la droga.
Sin embargo, las posturas de diversos congresistas republicanos resultan no solamente deleznables, sino plagadas de un peligroso fundamentalismo ideológico que ponen en evidencia su supina ignorancia, así como sus decimonónicas concepciones imperialistas.
Entre estos legisladores, Lindsey Graham, con absoluta insolencia y arrogancia, se atrevió a lanzar una amenaza, al decir: Pondría a México sobre aviso. Si continúas brindando refugio a los traficantes de drogas de fentanilo, entonces eres un enemigo de Estados Unidos.
Por su parte, James Comer, creyendo que su país puede hacer lo que le venga en gana en territorio de otro país, expresó que fue un error no bombardear a los cárteles mexicanos.
Uno más, Dan Crenshaw, en una muestra de medievalismo y haciendo el papel de remedo de Winfield Scott, propuso que militares estadounidenses entren, sin más ni más, a territorio mexicano a combatir a los cárteles. Ver para creer, el mismo Crenshaw que condenó la invasión rusa a Ucrania, propone que su país invada México; el colmo de la incongruencia, la irresponsabilidad y la esquizofrenia ideológica con tintes electoreros. De pena ajena.
Ante semejantes despropósitos y disparates de estos legisladores republicanos, la respuesta del Presidente Andrés Manuel López Obrador, como era de esperarse, fue de dignidad y defensa de nuestra soberanía nacional, rechazando categóricamente los dislates de los congresistas estadounidenses, quienes con sus aseveraciones hicieron alarde de un profundo desconocimiento de la problemática real del tráfico de drogas entre ambos países.
Por lo visto, dichos legisladores republicanos ignoran que el problema de las drogas no es un mero asuntos de policías y delincuentes, sino que su dinámica responde a una lógica económica como cualquier negocio transnacional, es decir, a las leyes de la oferta y la demanda. Si en México existe producción y tráfico es porque en Estados Unidos existe una altísima demanda, pero en sus arranques armamentistas creen que lanzando balazos y misiles, o invadiendo un país en contravención al derecho internacional, terminarán por arte de magia con el narcotráfico y también por arte de magia dejará de haber adictos en su país. Una aberración.
Resulta curioso que nada hayan dicho sobre la alta demanda en su país, que es la que posibilita la producción, y que hayan dejado de lado por completo el aspecto de la salud pública, que debería ser un aspecto fundamental dentro de una adecuada y sensata estrategia bilateral, sobre todo en la Unión Americana que representa el gran mercado para el fentanilo y otras drogas.
O ignoran la problemática, o la conocen y decidieron utilizar a México como pretexto de un discurso con tintes electorales, lo cual también resulta reprobable y esta Cámara de Diputados debe rechazar categóricamente, tal y como lo ha hecho el Presidente López Obrador.
Pero como si sus desvaríos bélicos no hubiesen sido suficientes, Crenshaw hizo un video dirigido al Presidente López Obrador en el que, haciendo gala de pobreza intelectual, hace un llamado al presidente para aceptar la ayuda de Estados Unidos contra los cárteles, pero por otro lado se atreve a aseverar que el Presidente defiende a los cárteles.
Ver para creer; en su distorsionada visión de la realidad, Crenshaw cree que invadir o lanzar misiles a nuestro territorio nacional es ayudar a México. En su descomunal incoherencia cuestiona que López Obrador proteja cárteles y luego le ofrece ayuda para combatirlos. Si de verdad cree que los protege ¿por qué entonces le propone trabajar juntos contra ellos?
Afortunadamente, por el bien de la relación bilateral y haciendo gala de sensatez y madurez política, la Casa Blanca rechazó las propuestas de los legisladores republicanos, postura que fue compartida por la propia DEA.
Las expresiones y propuestas abiertamente intervencionistas realizadas por los referidos Legisladores Republicanos constituyen una falta de respeto a la independencia y soberanía de México y a la dignidad del pueblo mexicano, amén de que erosionan la relación bilateral entre dos naciones amigas, socias y vecinas.
El Congreso de la Unión, como institución fundamental del Estado mexicano que encarna uno de los Poderes de la Unión y cuya función forma parte del ejercicio de la Soberanía Nacional, no puede pasar por alto ninguna agresión, sea material o verbal, en contra de la propia soberanía, la independencia y la dignidad nacionales. Por ello, la Cámara de Diputados debe expresar un enérgico rechazo a las propuestas y aseveraciones intervencionistas de los legisladores republicanos.
Por lo antes expuesto, sometemos a la consideración de este pleno el presente punto de acuerdo en los siguientes términos
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión rechaza categóricamente las expresiones realizadas por diversos legisladores estadounidenses pertenecientes al Partido Republicano, que reflejan una postura intervencionista, constituyen una falta de respeto a la independencia y soberanía de México, agreden la dignidad del pueblo mexicano y lastiman la relación bilateral entre ambas naciones.
Segundo. La Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión hace un atento llamado al Congreso de los Estados Unidos de América para que el respeto mutuo a la soberanía de ambas naciones sea el cimiento de una relación bilateral fructífera que abone a la prosperidad de nuestros pueblos.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 14 de marzo de 2023.
Diputados: Benjamín Robles Montoya, Maribel Martínez Ruiz (rúbricas)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Secretaría de Desarrollo y Bienestar Social y a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, ambas del estado de Guerrero, a implementar las acciones necesarias para brindar atención inmediata a los pescadores de la localidad de La Cañada, perteneciente al municipio de Cutzamala de Pinzón, quienes se ven imposibilitados de continuar con su actividad productiva, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del grupo parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
En la localidad de La Cañada, perteneciente al municipio de Cutzamala de Pinzón, en el Estado de Guerrero, se encuentra la presa denominada Presa del Gallo, la cual destaca por ser el centro económico de los pobladores de la zona gracias a la pesca y la crianza de mojarra tilapia. Esta localidad, en donde habitan aproximadamente 550 habitantes, se encuentra alejada de la mancha urbana, pues está a 55 kilómetros de Ciudad Altamirano, así como a 86.5 km de Tejupilco, Estado de México, las cuales son las entidades urbanizadas más cercanas.
Dentro de los límites de la presa hay un grupo de pescadores que se han dedicado desde hace cinco años a la cría de mojarra tilapia. Aproximadamente cada persona que se dedica a esta actividad produce en promedio de 3.5 a 4 toneladas de mojarra en seis meses, para lo cual siembran de 6,000 a 7,000 alevines, nombre que se le da a las crías de tilapia.
Pero además de los requerimientos de cuidado y alimentación, la producción de tilapia también requiere de otros factores muy importantes como condiciones climatológicas. En este sentido, para producir las toneladas mencionadas se requieren las siguientes condiciones ambientales:
Temperatura: Los rangos óptimos de temperatura oscilan entre 20-30° C, pueden soportar temperaturas menores, sin embargo, a temperaturas menores de 15° C no crecen. La reproducción se da con éxito a temperaturas entre 26-29° C.
Oxígeno Disuelto: Soporta bajas concentraciones, aproximadamente 1 mg/l, e incluso en períodos cortos valores menores. A menor concentración de oxígeno el consumo de alimento se reduce, por consiguiente, también se reduce el crecimiento de los peces. Lo más conveniente son valores mayores de 2 o 3 mg/l, particularmente en ausencia de luz.
pH: Los valores óptimos de pH son entre 7 y 8. No pueden tolerar valores menores de 5, pero sí pueden resistir valores alcalinos de 11.
Luz o Luminosidad: La radiación solar influye considerablemente en el proceso de fotosíntesis de las plantas acuáticas, dando origen a la productividad primaria, que es la cantidad de plantas verdes que se forman durante un período de tiempo1 .
Como resultado de los cambios climatológicos que se han vivido en los últimos años de manera global, el Estado de Guerrero vivió el año pasado varios problemas de frentes fríos, situación que genera que el agua pierda oxígeno, proceso denominado agua anóxica y que se refiere a que el oxígeno disuelto en el agua está agotado. Este fenómeno ha causado que se tengan niveles inferiores de oxígeno a los recomendados para la supervivencia de la mojarra. Lamentablemente el problema del agua anóxica se sigue presentando, lo cual se ha reflejado en la muerte de toneladas de mojarra en la Presa del Gallo.
Debido a esta condición climatológica las cosechas de este lugar fueron y son fuertemente golpeadas, generando grandes pérdidas económicas en la comunidad de La Cañada, afectando así las condiciones de vida de cientos de personas.
Esta situación ha dañado la actividad productiva de los trabajadores de la pesca y la acuacultura, sobre todo de aquellos que se encuentran en las zonas rurales. De igual forma también afecta su salud pues se cuenta con pocos productos para garantizar una adecuada alimentación de las personas, sin mencionar que no tienen los recursos económicos para poder adquirir los alimentos necesarios.
Con base en lo antes señalado, se somete a consideración la proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo y Bienestar Social y a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural del Estado de Guerrero para que implementen las acciones necesarias para brindar atención inmediata a los pescadores de la localidad de La Cañada, perteneciente al municipio de Cutzamala de Pinzón, quienes derivado de las afectaciones climatológicas que ha vivido la entidad se han visto imposibilitados de continuar con su actividad productiva.
Nota:
1. https://www.gob.mx/inapesca/acciones-y-programas/acuacultura-mojarra-ca starrica
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Emmanuel Reyes Carmona
Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a garantizar el derecho humano a la seguridad ciudadana realizando las acciones necesarias y efectivas para que la federación contribuya al fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y sus municipios, a cargo del diputado Román Cifuentes Negrete, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Román Cifuentes Negrete, diputado federal integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por lo establecido en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción III; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta soberanía la proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al presidente de la República para que en su carácter de jefe de Estado garantice el derecho humano a la seguridad ciudadana realizando las acciones necesarias y efectivas para que la Federación contribuya al fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y sus municipios, al tenor de las siguientes:
Consideraciones
De conformidad a lo que establecen los párrafos noveno a décimo tercero del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la seguridad pública es una función de Estado a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios; su función es la de salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social.
Dicho precepto constitucional es el fundamento del Sistema Nacional de Seguridad Pública en el que por mandato del Constituyente Permanente las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno deben coordinarse para cumplir los fines proclamados en la Carta Magna.
El citado Sistema Nacional está sujeto a bases mínimas entre los que se encuentra el relativo a los fondos de ayuda federal que deben ser aportados por la Federación a las entidades federativas y sus municipios.
Como sabemos, también por mandato constitucional la Federación por conducto de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana debe formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública que debe ser presentada por el presidente de la República para su aprobación ante el Senado de la República en el primer año de su mandato, debiendo informar anualmente sobre su desarrollo, ello de conformidad a lo dispuesto por los artículos 69 tercer párrafo y 76 fracción XI de la Constitución.
En la Estrategia Nacional de Seguridad Pública aprobada por el Senado de la República1 el Poder Ejecutivo asumió su responsabilidad para formular y ejecutar políticas, programas y acciones tendientes a garantizar la seguridad pública de la nación y la de sus habitantes con el objeto de mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado mexicano, y el mantenimiento del orden constitucional y reconoció la obligación a cargo del Estado de responder las demandas ciudadanas a través de políticas públicas que se puedan llevar a cabo mediante acciones que aseguren que la sociedad disfrute del respeto a sus derechos y que cuente con mejores condiciones de vida. En forma adicional el presidente de la República señaló que el eje fundamental de la corporación de seguridad pública a su cargo es la coordinación con los Estados y municipios en pleno respeto a su soberanía en el marco del Sistema Nacional de Seguridad Pública y estableció los objetivos en la materia en un total de ocho puntos a los que adicionó 9 estrategias específicas, que se enumeran a continuación para mayor referencia:
Objetivos de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública
1. Erradicar la corrupción y reactivar la procuración de justicia
2. Garantizar empleo, educación, salud y bienestar
3. Pleno respeto y promoción de los derechos humanos
4. Regeneración ética de la sociedad
5. Reformular el combate a las drogas
6. Emprender la construcción de la paz
7. Recuperación y dignificación de los Centros Penitenciarios
8. Seguridad pública, seguridad nacional y paz
Estrategias específicas
A). Nuevo modelo policial
B). Prevención del delito
C). Estrategias focalizadas en las regiones y participación ciudadana
D). Nuevos criterios de distribución de los recursos federales en materia de seguridad
E). Estrategia de combate al mercado ilícito de hidrocarburos
F). Estrategia de combate al uso de operaciones con recursos de procedencia ilícita (mejor conocido como lavado de dinero o lavado de activos), defraudación fiscal y finanzas de la delincuencia organizada, así como el papel de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en el abatimiento de estos delitos
G). Estrategia para agilizar los procedimientos de extinción de dominio y utilización social de los bienes confiscados a la delincuencia
H). Estrategia para combatir el Robo a autotransporte y pasajeros en carreteras
I). Estrategia para abatir el tráfico de armas2
Como podrá observarse en ninguno de los objetivos y estrategias específicas señala o refiere el fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y municipios, no lo hace en su denominación mucho menos en su contenido.
Por su parte, el Sistema Nacional de Seguridad Pública se integra, organiza y funciona de conformidad a lo que dispone su Ley General la que también establece la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los municipios. En lo relativo a los fondos de ayuda federal, el artículo 142 del citado ordenamiento señala que se componen con los recursos destinados a la seguridad pública previstos en los fondos que establece el artículo 25, fracciones IV y VII, de la Ley de Coordinación Fiscal, esto es, el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal creado el 29 de diciembre de 19973 (Fortamun) y el Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal incorporado en la Ley de Coordinación Fiscal el 31 de diciembre de 19984 (FASP).
Es necesario señalar que los recursos del Fortamun por disposición expresa del artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal se deben destinar a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua, descargas de aguas residuales, a la modernización de los sistemas de recaudación locales, mantenimiento de infraestructura, y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes, esto es, de manera primordial la ayuda federal se destina al cumplimiento de obligaciones financieras, lo que en muchos casos impide que los Municipios puedan cubrir necesidades esenciales en materia de seguridad pública.
En el caso del FASP se señala en el artículo 44 que se constituye con cargo a recursos federales que se determinan anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación, en donde la propuesta de integración está a cargo de las Secretarías de Gobernación y de Hacienda y Crédito Público.
Se destaca el hecho de que ambos fondos son recursos que en cumplimiento al pacto fiscal el gobierno federal entrega a las entidades y municipios como compensación a la contribución de estos a la economía nacional, por lo que no pueden considerarse como concesiones del gobierno federal.
En el caso del FASP el recurso asignado a cada entidad federativa busca atender los ejes estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública:
I. Mejorar las condiciones de seguridad pública en las regiones del territorio nacional para construir la paz.
II. Fortalecer el diseño e implementación de la política pública en materia de prevención de la violencia y el delito en coordinación con dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, sector privado, sociedad civil organizada y no organizada, así como organismos internacionales con un enfoque diferencial y basado en los derechos humanos.
II. Impulsar la reinserción social de las personas privadas de la libertad en centros penitenciarios con enfoque de respeto a los derechos humanos, inclusión y perspectiva de género,
IV. Fortalecer la capacidad tecnológica que permita a las instituciones de seguridad de los tres órdenes de gobierno el intercambio seguro de la información en la generación de inteligencia, prevención y persecución del delito.5
Los enunciados fueron los que en su momento fueron determinados al inicio de la presente administración y que posteriormente se actualizaron como lo veremos más adelante.
Los ejes estratégicos del 2019 se orientaron a los denominados Programas de Prioridad Nacional:
1. Desarrollo de capacidades en las instituciones locales para el diseño de políticas públicas destinadas a la prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana en temas de seguridad pública.
2. Desarrollo, profesionalización y certificación policial.
3. Tecnologías, infraestructura y equipamiento de apoyo a la operación policial.
4. Implementación y desarrollo del sistema de justicia penal y sistemas complementarios.
5. Fortalecimiento al sistema penitenciario nacional y de ejecución de medidas para adolescentes.
6. Desarrollo de las ciencias forenses en la investigación de hechos delictivos.
7. Sistema nacional de información para la seguridad pública.
8. Sistema nacional de atención de llamadas de emergencia y denuncias ciudadanas.
9. Fortalecimiento de capacidades para la prevención y combate a delitos de alto impacto.
10. Especialización de las instancias responsables de la búsqueda de personas.
En donde el eje estratégico: Mejorar las condiciones de seguridad pública en las regiones del territorio nacional para construir la paz se encuentra alineado con los programas de prioridad nacional. Desarrollo de capacidades en las instituciones locales para el diseño de políticas públicas destinadas a la prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana en temas de seguridad pública; Desarrollo, profesionalización y certificación policial y Tecnologías, infraestructura y equipamiento de apoyo a la operación policial a través de los Subprogramas que se expresan en el siguiente cuadro ilustrativo:6
Es necesario destacar que los Programas y subprogramas de prioridad nacional, fueron actualizados mediante el Acuerdo 06/XLVIII/22, Actualización de los Programas con Prioridad Nacional el cual fue aprobado durante la Cuadragésima Octava Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación del día 23 de diciembre de dos mil veintidós,7 ante ello desde el pasado 24 de diciembre, los nuevos programas prioritarios son:
I. Dignificación del personal de las instituciones de seguridad pública y Procuración de Justicia conforme al Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica.
II. Certificación, capacitación y profesionalización de los elementos policiales de las instituciones de seguridad pública conforme al Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica.
III. Infraestructura de las instituciones de seguridad pública e instancias de procuración e impartición de justicia conforme al Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica.
IV. Sistema de estándares de trabajo y rendición de cuentas.
V. Prevención de la violencia y del delito conforme al Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica.
VI. Prevención y atención de la violencia contra las mujeres con perspectiva de género.
VII. Fortalecimiento del Sistema Penitenciario Nacional y de Ejecución de Medidas para Adolescentes.
VIII. Sistema Nacional de Información.
Resalta el hecho que para el eje estratégico: Mejorar las condiciones de seguridad pública en las regiones del territorio nacional para construir la paz, ya no sea una prioridad nacional el Equipamiento de las Instituciones de Seguridad Pública como se puede constatar del siguiente cuadro tomado del Acuerdo 06/XLVIII/22:
No obstante, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública mantiene para el presente año el Subprograma: Equipamiento del Personal de las Instituciones de Seguridad Pública y Procuración de Justicia8 a través del cual solamente se dotará a las instituciones de seguridad pública Vestuarios y prendas de seguridad, en el correspondiente al Fortalecimiento de Capacidades para la Prevención y Combate de Delitos de Alto Impacto9 se otorgarán recursos para la compra de fundas para arma y piernera para cargador de arma larga y en el denominado Infraestructura y equipamiento de las Instituciones de Seguridad Pública y Procuración de Justicia10 habrán de otorgarse recursos para la construcción, mejoramiento o ampliación de las instalaciones de las corporaciones, lo que de ninguna forma contribuye al fortalecimiento del Estado de fuerza, la capacidad de reacción de las instituciones de seguridad pública, ni al cumplimiento de los objetivos planteados en el Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica.
En el referido Modelo Nacional11 se plasman de forma objetiva las necesidades y realidades de las policías municipales y estatales, se establecen líneas de acción específicas y se reconoce que son varias las problemáticas que se tienen que afrontar por parte de la Federación, entidades federativas y municipios para su adecuada articulación.
Por ejemplo, se reconoce que la policía municipal es uno de los actores del Estado con mayor interacción directa con la población. Sin embargo, actualmente este vínculo se encuentra seriamente deteriorado. Para que la acción policial tenga como resultado la pacificación del país, que se manifieste en la reducción del delito y la violencia, así como en mejoras sensibles en la percepción de la seguridad y la confianza en esta autoridad, es necesario transformar la forma en la que opera la policía en México planteando para ello un cambio de paradigmas que permita hacer el tránsito de una visión de la policía vista como un cuerpo represivo del Estado para convertirse en un verdadero facilitador de la vida social.
Ese cambio en el modelo policial tiene su fundamento en el fortalecimiento de las policías municipales y estatales, así como la articulación efectiva entre dichos cuerpos con la Guardia Nacional y las Procuradurías o Fiscalías Generales, a fin de prevenir el delito, disminuir la incidencia delictiva, mejorar la percepción de seguridad, e incrementar la confianza en las instituciones de seguridad pública.
Para ello el propio Modelo Nacional de Policía y Justicia Cívica reconoce la necesidad de construir un sistema de financiamiento adecuado y sostenible que permita policías profesionales, con estados de fuerza suficientes, un salario policial competitivo y equipamiento e infraestructura para desarrollar adecuadamente su función en cada municipio y entidad.
El diagnóstico realizado en su momento todavía refleja, desafortunadamente, la realidad que hoy en día se vive en las policías estatales y municipales que no tienen el estado de fuerza necesario para cubrir adecuadamente los turnos y los sectores de vigilancia en sus ciudades y regiones; lo expresado en el modelo nacional sigue siendo una aspiración y demanda de las y los habitantes de la República Mexicana y de las y los integrantes de las corporaciones de seguridad, al igual que una demanda constante de los gobiernos estatales y municipales para aumentar el estado de fuerza de sus elementos, lo que no se ha logrado alcanzar en atención a diferentes restricciones, que van desde el método de reclutamiento, el costo de los exámenes de control y confianza, el costo de la academia, las becas para los reclutas, la tasa de reprobación y la elevada rotación del personal en las diferentes policías.
El obstáculo sigue siendo la fuente financiamiento. Las limitaciones presupuestales impiden a los estados el incremento de su estado de fuerza, la creación de un salario policial homologado, ofrecer un adecuado equipamiento, capacitación, entre otros aspectos que son indispensables para la conformación y desarrollo de una policía profesional, efectiva y eficiente. Al día de hoy las corporaciones de seguridad pública estatales y municipales han funcionado en gran parte gracias a los recursos que cada entidad federativa ha destinado de su presupuesto estatal a los que se suman los correspondientes a los fondos de ayuda federal consignados en las fracciones IV y VII del artículo 25 de la Ley de Coordinación Fiscal que como se dijo se sustentan en la asignación que se propone por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el Presupuesto de Egresos de la Federación y que ha ido en detrimento de la profesionalización y equipamiento de las policías, lo que ha permitido el crecimiento del crimen organizado y puesto en riesgo no solamente la seguridad de las personas sino también ha dejado en completo estado de indefensión a las y los integrantes de las corporaciones de seguridad pública que se ven superados por las bandas criminales ante la ausencia, en muchos casos, de la Guardia Nacional.
Sirva de ejemplo para dar cuenta del nulo apoyo de la Federación en la asignación de recursos a través del Presupuesto de Egresos de la Federación, el análisis que respecto del aprobado en 2019 se realiza en el documento inicial del modelo nacional:
Es decir, una parte del monto del Fondo IV (83,654,544,355 pesos en PEF 2019) podrá utilizarse en seguridad pública, sin embargo, no se establece un porcentaje que permita una policía suficiente y profesional. Por ello el artículo 7 del (PEF 2019), en el párrafo segundo de la Fracción IX, establece que por lo menos 20 por ciento de los recursos de dicho fondo se destinen a la atención de necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública sin embargo, debido a la amplitud del concepto constitucional de seguridad pública, esto no necesariamente implica gasto en el crecimiento del Estado de fuerza, en la profesionalización o equipamiento de las policías.
Por su parte, el subsidio Fortaseg de 3,930,824,098.00 pesos permite a 252 municipios financiar algunos capítulos de gasto, sin embargo, es insuficiente para la meta de tener policías suficientes, profesionales y adecuadamente equipadas en el país . Por ello es indispensable revisar los fondos para seguridad pública y establecer porcentajes fijos que permitan el financiamiento del Modelo Nacional de Policía en el largo plazo.12
En lo que se refiere al Fondo VII (FASP) de 7,210 millones de pesos, el artículo 45 de la Ley de Coordinación Fiscal señala que se debe destinar a la profesionalización, en el otorgamiento de percepciones extraordinarias, equipamiento, en la construcción de bases de datos y en telecomunicaciones, construcción y mejoramiento de instalaciones en las academias de policía y en los centros de control y confianza.
Es importante mencionar, respecto de este monto, que las percepciones extraordinarias para los policías no son regularizables por lo que la carga de los salarios de los policías recae en el presupuesto de los estados .
Por lo anterior, para sostener un estado de fuerza suficiente, el equipamiento y capacitación necesarios para que lleven a cabo su función con eficacia es imperativo establecer un sistema de financiamiento estable y predecible para las policías .
En este sentido, el artículo séptimo transitorio del decreto de reformas constitucionales que crea la Guardia Nacional establece lo siguiente:
Séptimo. Los ejecutivos de las entidades federativas presentarán ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en un plazo que no podrá exceder de 180 días a partir de la entrada en vigor del presente decreto, el diagnóstico y el programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de sus respectivos cuerpos policiales estatales y municipales.
Para la ejecución del programa, se establecerán las previsiones necesarias en los presupuestos de Egresos de la Federación y de las entidades federativas, sobre la base de la corresponsabilidad a partir del ejercicio fiscal de 2020.
Un año después de haberse emitido el programa referido, el Ejecutivo local enviará anualmente a la Legislatura de la entidad federativa correspondiente y al Consejo Nacional de Seguridad Pública, la evaluación integral del mismo con el informe sobre los avances en los objetivos señalados y su cumplimiento en un horizonte de seis años. Los resultados de la evaluación serán considerados para el ajuste del programa y su calendario de ejecución, por los órganos correspondientes.
Con base en este artículo, es importante que el cumplimiento de este mandato no sólo incorpore claridad en las funciones y estructura de las policías en cada nivel de gobierno, sino que también desarrolle junto con gobernadores y presidentes municipales, sistemas de financiamiento que hagan posible la meta del Modelo Nacional de Policía.
Finalmente, vale la pena señalar que algunas entidades federativas han incrementado las tasas de cobro de impuesto a la nómina para crear fideicomisos que en conjunto con organizaciones ciudadanas con el fin de financiar equipamiento y profesionalización de policías estatales y municipales .
Con base en dicho análisis se da cuenta de que los fondos de ayuda federal y los esfuerzos realizados por algunas entidades federativas han resultado insuficientes para la construcción y consolidación de una policía profesional, efectiva y eficiente, al carecerse de sistema de financiamiento estable, en atención a que por lo menos de dos de los fondos (FASP Y Fortamun) que se utilizan para su sostenibilidad pueden variar de un año a otro impidiendo una adecuada planeación del desarrollo policial, ésta última afirmación resulta ser del todo cierta si analizamos la evolución del Presupuesto de Egresos de la Federación en los rubros correspondientes a dichos fondos.
De conformidad a lo que establece el artículo 74, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados el aprobar cada año el Presupuesto de Egresos de la Federación el que debe ser enviado por el presidente de la República a más tardar el día 8 de septiembre en el que debe distribuir el destino de los recursos públicos entre los que se encuentran las aportaciones federales a las entidades federativas y municipios que en el caso particular son el FASP, el Fortamun y el nuevo fondo que hemos denominado Artículo Quinto Transitorio.
A lo largo de la administración del presidente López Obrador el recurso público destinado a fondos de ayuda federal son los siguientes y en los que es evidente un pobre crecimiento en cuanto a su monto:
Como es sabido la presente administración se ha cerrado al diálogo y con su mayoría en la Cámara de Diputados ha impedido la modificación del Presupuesto de Egresos de la Federación el que no ha otorgado a las entidades federativas y municipios un fondo estable que coadyuve a una adecuada planeación del desarrollo policial lo que es, sin duda, un factor en el incremento de la inseguridad que impera en el territorio nacional, lo que ha puesto en alto riesgo la vida y las libertades de las personas, no se ha logrado conservar el orden y la paz pública y ha debilitado a las fuerzas civiles de seguridad estatales y municipales, lo que ha facilitado el avance y crecimiento del crimen organizado.
Dos cuestiones adicionales deben considerarse en materia presupuestaria, la primera de ellas un retroceso y que guarda relación con el subsidio para el fortalecimiento del desempeño en materia de seguridad pública a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México o Fortaseg creado a partir del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 201625 que estaba destinado al fortalecimiento institucional y de capacidades de un total de 252 municipios distribuidos en las 32 entidades federativas y que a partir del PEF 2021 tuvo nula asignación de recursos lo que implicó la pérdida de continuidad y consolidación de diversas acciones relacionadas con la seguridad pública en esos municipios que se caracterizaban por concentrar en promedio más del 75 por ciento de los delitos de alto impacto.26 La cancelación de este subsidio da cuenta del nulo interés del gobierno federal para fortalecer las capacidades de las corporaciones estatales y municipales de seguridad pública.
En el siguiente cuadro descriptivo se señala la evolución del gasto en el caso del multicitado subsidio:
Fondo Artículo Quinto Transitorio, PEF 2023 33
En segundo lugar tenemos el creado a partir del decreto por el que se reforma el Artículo Quinto Transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019, que se publicó en el referido órgano de difusión el pasado 18 de noviembre de dos mil veintidós,34 que entre otros aspectos amplió a nueve años la participación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública y en la parte conducente de su Artículo Segundo Transitorio dispuso la creación de un fondo para el fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y municipios:
Segundo.- ...
A partir del ejercicio fiscal 2023 el Ejecutivo federal establecerá un fondo permanente de apoyo a las entidades federativas y municipios destinado al fortalecimiento de sus instituciones de seguridad pública. Dicho fondo se establecerá de forma separada e identificable respecto de cualquier otro ramo o programa destinado a otros propósitos en el Presupuesto de Egresos de la Federación, y no podrá ser inferior en términos porcentuales al incremento que reciba la Fuerza Armada permanente y la Guardia Nacional para tareas de seguridad pública cada año. Los recursos de dicho fondo no podrán ser utilizados para otro fin.
El fondo a que se refiere el párrafo anterior se distribuirá en proporción directa al número de habitantes con que cuente cada entidad federativa, de acuerdo con la información estadística más reciente que al efecto emita el Instituto Nacional de Estadística y Geografía. Hasta un veinticinco por ciento de dicho fondo se asignará a las entidades federativas con mejores resultados en materia de seguridad pública, conforme los indicadores que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública.
En adición a los recursos federales establecidos en el presente artículo transitorio, los titulares de los poderes ejecutivos de las entidades federativas establecerán anualmente un fondo de apoyo a las instituciones de seguridad pública de los municipios, en especial aquellos con menor población o mayor grado de marginación. Los recursos que se asignen por cada entidad federativa deberán ser al menos en una proporción uno a uno respecto de los recursos federales a que se refiere este mismo artículo transitorio.
En cumplimiento a este nuevo mandato constitucional el presidente de la República y Morena le asignaron en el PEF 2023, Ramo 36, al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública la cantidad de 1,000,000,000 pesos de pesos,35 esto es, el equivalente al 25 por ciento del recurso total asignado al Fortaseg en el PEF 2020 que como ya se dijo se distribuía en 252 municipios del país y que habrá de entregarse con base en los lineamientos que emita el Secretariado Ejecutivo en los términos que señala el artículo décimo cuarto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2023, monto y criterio de distribución que no contribuyen al fortalecimiento del estado de fuerza, equipamiento y capacitación de las fuerzas de seguridad pública de las entidades federativas y municipios.
El presente análisis deja en claro que la administración que encabeza Andrés Manuel López Obrador ha abandonado a su suerte a las corporaciones de seguridad pública de las entidades federativas y sus municipios. En la programación, ejecución y asignación de los recursos públicos que por ministerio constitucional y legal les corresponden, se han aplicado criterios de naturaleza política y de una aparente austeridad republicana con la única finalidad de centralizar el recurso público para fortalecer la capacidad operativa de la Defensa Nacional y de la Guardia Nacional lo que contraviene el texto constitucional y es contrario a los fines de un Estado federal.
El recurso público se ha utilizado también para satisfacer ideales personales que se han reflejado en obras innecesarias, costosas y que al día de hoy no son funcionales, tales como el Aeropuerto Felipe Ángeles, la Refinería de Dos Bocas y el Tren Maya, cuyos recursos en parte pudieron ser destinados entre otros aspectos fundamentales a salvaguardar y proteger la vida y las libertades de cada una de las personas que habitan el territorio nacional y para preservar y conservar el orden y la paz públicas a través del fortalecimiento de las fuerzas estatales y municipales de seguridad pública a cuyos integrantes por esa omisión también quedaron en estado de indefensión, son personas públicas que por la falta de equipamiento y capacidad numérica para atender las distintas obligaciones que implica su labor están en un constante riesgo, muchas de ellas han perdido la vida y libertades, no sólo en el cumplimiento de su labor, sino en la mayoría de los casos cuando se encuentran francas momento en el que son más vulnerables, desde el inicio del mandato de Andrés Manuel López Obrador al 9 de febrero del año en curso han sido asesinados más de 1,884 policías.36
El nulo apoyo del gobierno del presidente de la República ha mermado el Estado de fuerza y la capacidad de reacción de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y de los municipios al no contar con los recursos necesarios para su fortalecimiento. Esa omisión vulnera desde nuestro punto de vista el derecho humano a la seguridad ciudadana, el que de acuerdo a lo establecido por nuestra Carta Magna debe ser respetado en primer lugar y grado por el jefe de Estado, función que recae en el titular del Poder Ejecutivo federal.
Está claro que México no puede depender de una sola institución de seguridad pública para combatir y prevenir el delito, es necesaria la participación de las corporaciones de seguridad pública de los estados y municipios pero para ello es necesario que el gobierno federal aporte los recursos suficientes para que cuenten con un fondo estable que coadyuve a una adecuada planeación del desarrollo policial, nuestra obligación como legisladoras y legisladores es obedecer los mandatos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la que nos constriñe a salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas, así como contribuir a la generación y preservación del orden público y la paz social y eso solamente se logrará si las entidades federativas y los municipios cuentan con policías profesionales, equipadas y capacitadas.
Por lo anteriormente expuesto, consideramos oportuno que se exhorte al presidente de la República para que en su carácter de jefe de Estado garantice el derecho humano a la seguridad ciudadana realizando las acciones necesarias y efectivas para que la Federación contribuya al fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y sus municipios, por lo que me permito someter a la consideración de esta soberanía la proposición con:
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión con pleno respeto al principio de división de poderes exhorta al presidente de la República para que, en su carácter de jefe de Estado, garantice el derecho humano a la seguridad ciudadana realizando las acciones necesarias y efectivas para que la Federación contribuya al fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública de las entidades federativas y sus municipios.
Notas:
1 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5560463&fecha=16/05/2019 #gsc.tab=0
2 Tomado de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.
3 https://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?cod_diario=209832&pagi na=126&seccion=2
4 https://www.dof.gob.mx/nota_to_imagen_fs.php?codnota=4905698&fecha= 31/12/1998&cod_diario=209845
5 Acuerdos del Consejo Nacional de Seguridad Pública, aprobados en su Cuadragésima Quinta Sesión Ordinaria, celebrada el 18 de diciembre de 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 10 de enero de 2020, visible en:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5583703&fecha=10/01/2020#gsc.tab=0
6 Idem.
7 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5675407&fecha=23/12/ 2022#gsc.tab=0
8 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/798877/2_equipamiento.pd f
9 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/792001/5._b_FICHA_DEL_SU BPROGRAMA_ALTO__IMPACTO_FASP__1_.pdf
10 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/791902/5._a_Subprograma_ 5_Equipamiento_Institucional.pdf
11 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/542605/DOC_1._MODELO_NAC IONAL_DE_POLIC_A_Y_JC.pdf
12 El subsidio ya no se asignó a partir del Presupuesto de Egresos de la Federación de 2021.
13 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2018.pdf
14 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2019.pdf
15 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2020.pdf
16 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2021.pdf
17 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2022.pdf
18 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf
19 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2018.pdf
20 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2019.pdf
21 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2020.pdf
22 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2021.pdf
23 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2022.pdf
24 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf
25 https://secretariadoejecutivo.gob.mx//docs/pdfs/normateca/Reglamentos/D ocumento1.pdf
26 https://onc.org.mx/public/rednacionaldeobservatorios/public/onc_site/up loads/Gasto-Publico-Reporte.pdf
27 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2018.pdf
28 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2019.pdf
29 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2020.pdf
30 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2021.pdf
31 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupue sto/DecretosPEF/Decreto_PEF_2022.pdf
32 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf
33 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf
34 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5671829&fecha=18/11/2022 #gsc.tab=0
35 Recursos para dar cumplimiento a las disposiciones que deriven de la reforma al Artículo Quinto Transitorio del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019
36 https://causaencomun.org.mx/beta/registro-de-policias-asesinados-2023/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Román Cifuentes Negrete (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Jucopo y a la Mesa Directiva a emprender campañas informativas sobre la importancia del cuidado de la salud mental y crear un consultorio que brinde una atención integral en materia de salud mental al personal que labora en esta institución, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo con base en la siguiente
Exposición de Motivos
De acuerdo con la Organización Mundial de Salud (OMS) la salud mental es definida como un estado de bienestar mental que permite a las personas hacer frente a los momentos de estrés de la vida, desarrollar todas sus habilidades, poder aprender y trabajar adecuadamente y contribuir a la mejora de su comunidad1 . Por su parte el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la define como el estado de equilibrio que debe existir entre las personas y el entorno socio-cultural que los rodea, incluye el bienestar emocional, psíquico y social e influye en cómo piensa, siente, actúa y reacciona una persona ante momentos de estrés2 .
La OMS ha reconocido a la salud mental como un derecho humano fundamental para el individuo, toda vez que es un factor fundamental para desarrollar una adecuada capacidad para interactuar y desarrollarse como parte de la sociedad, así como para establecer mejores y más adecuadas relaciones humanas y con nuestro entorno.
De igual forma ha señalado que la salud mental es una parte integral de la salud y va más allá de la ausencia de trastornos mentales, por eso su abordaje requiere enfoques multidisciplinarios, dirigidos siempre por expertos en la materia. Especialistas han observado que existen varios factores que pueden menoscabar la salud mental de las personas, como lo son la inseguridad, experiencias personales, problemas que afectan la salud física, experiencias familiares o laborales, entre otros.
La Clínica Mayo ha indicado que la falta de una adecuada salud mental puede derivar en enfermedades mentales como esquizofrenia, trastorno bipolar (maniaco-depresivo), depresión severa y otras que pueden generar varias complicaciones emocionales, físicos y conductuales como:
Infelicidad y disminución de la alegría de vivir
conflictos familiares
problemas de pareja
aislamiento social
problemas vinculados al consumo de tabaco, alcohol o drogas
ausentismo u otros problemas relacionados con el trabajo o la escuela
problemas económicos y financieros
pobreza y falta de vivienda
daños a sí mismo y a otros, incluso suicidio u homicidio
debilitamiento del sistema inmunitario que dificulta al cuerpo resistir las infecciones
enfermedad cardíaca y otras afecciones3 .
De acuerdo con datos de la OMS en 2019 una de cada ocho personas en el mundo (lo que equivale a 970 millones de personas) padecían un trastorno mental. Los más comunes son la ansiedad y los trastornos depresivos, que en 2020 aumentaron considerablemente debido a la pandemia de COVID-19. Además de estos padecimientos se tienen también trastornos de ansiedad, depresión, trastorno bipolar, trastorno de estrés postraumático, esquizofrenia, trastornos del comportamiento alimentario, trastornos disruptivo y social y trastornos del neurodesarrollo4 .
En el caso de México si bien no existen datos al respecto, diversos especialistas calculan que alrededor del 70% de los mexicanos requieren ayuda psicológica pero no reciben ningún apoyo. Por su parte la OMS estimaba que en México el 75% de la fuerza laboral padecía estrés, cifra que aumentó tras la pandemia, pues es innegable que este hecho tuvo importantes estragos en la salud mental de los trabajadores.
Para tener claridad sobre el número de personas afectadas que existen en nuestro país, consideremos que durante el tercer trimestre de 2022, de acuerdo con datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, elaborada por el INEGI, la Población Económicamente Activa (POA) del país fue de 60.6 millones de personas, de las cuales 58.9 millones de personas (97.2 %) estuvieron ocupadas durante noviembre pasado. Esto significa que alrededor de 44 millones de personas tuvieron algún tipo de enfermedad mental.
Para apoyar a la salud mental de las personas, en abril de 2022 se aprobaron por parte del Congreso de la Unión diversas reformas a la Ley General de Salud en materia de salud mental. Estas reformas buscan priorizar dentro de las políticas de salud la salud mental para que las personas puedan recibir una atención adecuada y así también poder respetar y garantizar sus derechos humanos.
Con este mismo fin se propone que ésta H. Cámara de Diputados realice las acciones necesarias para fomentar el cuidado y atención de la salud mental de todo el personal que labora en esta institución. Entre estas medidas se propone la creación de un consultorio que cuente con especialistas en las áreas necesarias para poder brindar una atención integral en materia de salud mental a quien lo requiera. De aprobarse esta propuesta se podrá servir a los quinientos legisladores, así como a todo el personal administrativo, sin importar su régimen laboral, que día a día acude a este recinto.
Esta acción se debe considerar un deber primordial para las autoridades de esta Cámara, ya que contribuirá a la prevención y atención de enfermedades mentales, lo que ayudará a reducir las afectaciones a la salud y crear entornos laborales más sanos. Asimismo ayudaría a sensibilizar sobre los temas de salud mental y la importancia de su atención; modificar los factores de riesgo del estrés en el trabajo; facilitar el acceso a la atención para quien lo requiera, tener una mayor empatía con las necesidades de los empleados y generar un dialogo abierto y sin estigmas sobre la salud mental en el trabajo.
Esta acción permitiría también contribuir a generar una mejor salud mental laboral la cual puede definirse como un estado de bienestar que permite al empleado ser consciente de sus propias aptitudes, manejar el estrés inherente de su puesto o sitio de trabajo para mantener su productividad y así contribuir a la empresa, sin descuidar su propio desarrollo5 .
Para enfatizar la importancia de la atención de la salud mental de los trabajadores y su atención por parte de las autoridades de esta H. Cámara de Diputados se recupera a continuación lo dicho por la OMS: la promoción y protección de la salud mental en el trabajo es una esfera de interés creciente, que puede favorecerse mediante la legislación y la reglamentación, estrategias organizacionales, capacitación de gerentes e intervenciones dirigidas a los trabajadores6 .
Con base en lo antes señalado, se somete a consideración la proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política y la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura a emprender campañas informativas, en las instalaciones de este recinto legislativo, que orienten sobre la importancia del cuidado de la salud mental y las acciones que se pueden seguir para ello.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetuosamente a la Junta de Coordinación Política, la Mesa Directiva y el Comité de Administración de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura a crear un consultorio que brinde atención integral en materia de salud mental al personal que labora en esta Cámara de Diputados.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2022.
Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a las instituciones integrantes del sistema de salud federal y estatal a intervenir en el reemplazo de medicamento Octralin (Tacrolimus) para pacientes renales trasplantados y a destinar recursos al abastecimiento de fármacos sustitutos adecuados, así como a la Cofepris a investigar y, en su caso, sancionar al laboratorio proveedor de este fármaco, a cargo del diputado Alejandro Carvajal Hidalgo, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, Alejandro Carvajal Hidalgo, diputado integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
Derivado de diversas denuncias que pacientes renales trasplantados presentaron ante autoridades del sector salud, en fecha 13 de febrero de este año, la COFEPRIS emitió ALERTA SANITARIA sobre la restricción de uso del producto Octralin (tacrolimus) de 1.0 mg y 5.0 mg, el cual es utilizado como inmunosupresor; cuyo titular del registro sanitario es el Laboratorio Raam de Sahuayo, S.A. de C.V., con número de registro 434M2008 SSA IV.1
En dicho comunicado, la autoridad sanitaria señala que esta medida de seguridad preventiva se deriva de los reportes presentados a esta Cofepris, referente a bajos niveles de concentración del Tacrolimus en sangre, lo cual manifiesta la ineficacia terapéutica del medicamento y que puede dar como resultado un rechazo del órgano trasplantado, y que en ese sentido se instruye a los profesionales de la salud a no utilizar ni prescribir el producto Octralin (tacrolimus) de 1.0 mg y 5.0 mg, hasta en tanto esta autoridad sanitaria concluya la investigación. Lo anterior en apego al artículo 397, 404 fracciones X, XII y XIII y 414 de la Ley General de Salud 2
Con la inmovilización de este fármaco, se busca proteger la salud de los pacientes suspendiendo su uso hasta en tanto las autoridades sanitarias investiguen y determinen lo correspondiente, sin embargo, debido a que las instituciones no cuentan medicamentos sustitutos, las de personas con trasplante renal quedan en una situación mucho más vulnerable ya que los deja desprotegidos, sin tratamiento, pues la fórmula que requieren los pacientes renales con un trasplante es Tracolimus, pero afirman que aún no existe un sustituto de calidad en el sector público para la marca Octralin, del laboratorio Raam, desde febrero pasado 3 .
Ante la falta del medicamento, los pacientes renales tienen que enfrentar fuertes gastos, que para la mayoría incosteables, o al riesgo de perder la vida en una lucha contra reloj. Organizaciones como la Sociedad Mexicana de Trasplantes (SMT), Asociación de Enfermos Renales y Trasplantados de Puebla y la Asociación de Pacientes Renales y Trasplantados, entre otras, hacen un llamado urgente a las autoridades sanitarias y en materia de salud, pues no sólo es problema el abasto de medicamento, si no que éste sea de calidad, pues la ineficiencia terapéutica del fármaco denunciado ya cobró la vida de un joven 4 .
Es inconcebible que las personas que han logrado un trasplante, después tengan que vivir en la angustia de perder su vida por falta de medicamentos, pues lograr un trasplante de órgano implica no sólo ubicar a una persona compatible con quien lo recibirá -lo cual ya es en principio un enorme paso-, sino conjuntar una serie de esfuerzos coordinados de distintas áreas hospitalarias, aparte de los costos para la institución que lo ejecuta que representan no menos de $200,000 pesos por intervención y una vez conseguido el desafío de un trasplante, es primordial cuidar al paciente trasplantado que requiere tomar inmunosupresores por el resto de su vida para evitar que su organismo rechace al órgano recibido. Los inmunosupresores son imprescindibles para el paciente y bajo ningún concepto debe dejar de tomarse o modificar las dosis, repiten los nefrólogos cada vez que hablan del tema ; al momento en que Cofepris emitió la alerta sanitaria relativa a Octralin, dicha marca de inmunosupresor ya llevaba 50 reportes de ineficiencia terapéutica; 50 pacientes cuyos trasplantes estaban en riesgo desde hace meses, costando 60 vidas afectadas y una muerte 5 .
El daño y muerte que los pacientes renales trasplantados atribuyen a la mala calidad del medicamento, no puede quedar impune; es facultad del gobierno llevar a cabo las investigaciones pertinentes y hacer valer la regulación al respecto, de manera que la empresa farmacéutica asuma las responsabilidades que, en su caso, determine la autoridad en la materia, sea la revocación o sanción administrativa al laboratorio.
Proteger y garantizar el derecho humano a la salud, es proteger la vida misma, el mayor bien que todo Estado puede tutelar; es necesario dar certeza a todos estos pacientes, sobre las alternativas de tratamiento que podrán seguir, conforme a los medicamentos que en reemplazo determinen las instituciones de salud y las autoridades en la materia, por lo que se tiene que informar sobre las acciones y medidas a implementar para asegurar el abasto, suficiente y de calidad, de medicamentos para lo cual, indudablemente, se tiene que destinar presupuesto.
Por todo lo anteriormente expuesto, hago un llamado a las y los diputados de esta Cámara, a efecto de que emitan su voto a favor de la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta respetosamente a los titulares de la Secretaría de Salud del gobierno federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, y de los Sistemas Estatales de Salud de las 32 entidades federativas, a implementar acciones y medidas urgentes para la sustitución del medicamento Octralin (tacrolimus) de 1.0 mg y 5.0 mg , a partir de la Alerta Sanitaria sobre la restricción de uso de dicho producto, emitida por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, COFEPRIS, el 13 de febrero de 2023, a fin de dar garantizar el derecho humano a la salud, dando certeza a la población afectada sobre la atención y el tratamiento a los que podrán tener acceso.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta respetosamente a los titulares de la Secretaría de Salud del gobierno federal, del Instituto Mexicano del Seguro Social, IMSS, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, y de los Sistemas Estatales de Salud de las 32 entidades federativas, a destinar recursos de su presupuesto aprobado para el presente ejercicio fiscal, a la compra de fármacos sustitutos de Octralin (tacrolimus) de 1.0 mg y 5.0 mg, a fin de garantizar el adecuado abasto de medicamento y tratamiento de los pacientes renales trasplantados.
Tercero. La Cámara de Diputados exhorta respetosamente al titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, COFEPRIS, a que en el ámbito de sus facultades y atribuciones agilice la investigación y, en su caso, sanción al laboratorio proveedor del medicamento Octralin (tacrolimus) de 1.0 mg y 5.0 mg , a fin de proteger el derecho humano a la salud garantizando que los fármacos sean los adecuados para el mejor tratamiento de los pacientes.
Notas:
1. Una alerta sanitaria es un comunicado de riesgo que se refiere a que un producto, competencia de la COFEPRIS, que es procesado, comercializado, distribuido, acondicionado, o elaborado en México o en otros países, que por su uso o consumo representa un riesgo para la salud del consumidor mexicano, que puede tener trascendencia social y frente a la cual hay que tomar medidas en salud pública de manera urgente y eficaz. Se puede consultar en https://www.gob.mx/cofepris/documentos/alertas-sanitarias-de-medicament os
2. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/803272/Alerta_Sanitaria_ Tacrolimus_13022023.pdf
3. https://aristeguinoticias.com/0903/mexico/mexicanos-denuncian-riesgo-en -sus-transplantes-de-rinon-por-falta-de-medicina/
4. https://www.e-consulta.com/nota/2023-02-27/salud/octralin-desabasto-pon en-en-riesgo-pacientes-renales-en-puebla
5. https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Tacrolimus-de-mala-calidad-y-pa cientes-renales-afectados-20230226-0089.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo de 2023.
Diputado Alejandro Carvajal Hidalgo (rúbrica)
Con motivo del 21 de marzo, Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, a cargo de la diputada Ana Karina Rojo Pimentel, del Grupo Parlamentario del PT
Nadie nace odiando a otra persona por el color de su piel. La gente aprende a odiar. También se le puede enseñar a amar. El amor llega más naturalmente al corazón humano que lo contrario
Nelson Mandela
El 21 de marzo conmemoramos el Día Internacional de la Eliminación de la Discriminación Racial, con el fin de luchar contra un fenómeno que desafortunadamente se ha vuelto cotidiano y, que impide el progreso y desarrollo de millones de personas en todo el mundo. El racismo, la intolerancia y la discriminación son el ingrediente negativo que adopta ciertos inconvenientes, como es la negación a los principios básicos de igualdad y de respeto de las personas que incluso, logra destruir vidas y fraccionar comunidades.
Por esta razón, evocamos la masacre de Sharpeville, Sudáfrica que tuvo lugar el 21 de marzo de 1960, cuando la policía disparó y mató a 69 personas por el solo hecho de realizar una manifestación pacífica que negaba los derechos y libertades de cualquier persona que no fuera considerada blanca bajo el sistema de segregación racial Apartheid; racismo que ha sido y sigue siendo una de las formas más atroces de discriminación y violación a los derechos humanos.
Históricamente, las mujeres pertenecientes a grupos afrodescendientes y de diversas comunidades indígenas han sufrido desigualdad por género y por el color de su piel. De ahí la relevancia en este día por conseguir la tan anhelada igualdad sustantiva entre mujeres y hombres.
El 20 de febrero de 1975, se encuentra uno de los primeros antecedentes, donde México ratificó la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, además de reconocer la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial el 15 de marzo de 2002, para recibir y examinar quejas así sean individuales o de grupos que aleguen ser víctimas de violaciones de los derechos estipulados en la Convención. Por lo tanto, el Estado mexicano está obligado al cumplimiento de los tratados internacionales y sus disposiciones, a través de diversas acciones que garanticen el cumplimiento de dichos instrumentos.
De esta manera, el 12 de marzo de 2012 el Comité emitió sus más recientes Observaciones al Estado mexicano (CERD/C/MEX/CO/16-17), documento compuesto por un total de 16 recomendaciones en materia de salud, educación, participación política, seguridad, sistema jurídico indígena, acceso a la justicia, derecho a la consulta, legislación y políticas públicas, que buscan la protección de diversos grupos de la población, pueblos y comunidades indígenas, pero también se incluye a la población afrodescendiente y migrante en México.
Estas recomendaciones refieren a aspectos generales sobre la necesidad de tipificar la discriminación racial, haciendo necesaria una reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación e incorporar el término de discriminación racial, recomendación que fue cumplida con la reforma a la ley publicada el 20 de marzo de 2014.
También es importante la participación de México como precursor de la agenda contra la discriminación a nivel internacional, ejemplo de ello es la ratificación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en la ONU. Actualmente existe un marco normativo e institucional antidiscriminatorio que ha ido fortaleciéndose y ampliándose progresivamente desde el año 2001, en la que se establece la obligación del Estado de prohibir la discriminación en todas sus formas y expresiones.
La Asamblea General de las Naciones Unidas reitera que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, con capacidad de contribuir de manera constructiva al desarrollo y bienestar de la sociedad.
La lucha contra el racismo es una cuestión prioritaria para la comunidad internacional y epicentro de una ardua labor que tiende a desarrollar la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos.
Desde su fundación, las Naciones Unidas han mostrado su interés por esta cuestión, por lo que la prohibición de la discriminación racial ha quedado consagrada en todos los instrumentos internacionales básicos de derechos humanos. Estos seguimientos solicitan a los Estados obligaciones y tareas destinadas a erradicar la discriminación y adoptar medidas especiales para eliminar condiciones que lo causen o propician.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de marzo 2023
Diputada Ana Karina Rojo Pimentel