Prevenciones Iniciativas Actas Convocatorias Invitaciones


Prevenciones

De la Mesa Directiva

Presidentes de Comisiones

Presentes

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes de los asuntos que les han sido turnados a las Comisiones siguientes:

1. Minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 22 y 25 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; y 17 de la Ley de la Policía Federal (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 6899.

Primera sección.

2. Minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción IV del artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 6700.

Quinta sección.

3. Minuta con proyecto de decreto que reforma la fracción IX del artículo 31 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 6701.

Tercera sección.

4. Minuta con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a los artículos 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud y 5o. de la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Juventud.

Expediente 6703.

Quinta sección.

5. Minuta con proyecto de decreto que adiciona una fracción IV al artículo 4o. de la Ley Federal del Derecho de Autor (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Cultura y Cinematografía.

Expediente 6704.

Tercera sección.

6. Minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; de la Ley del Registro Público Vehicular y de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Justicia.

Expediente 6707.

Tercera sección.

7. Minuta con proyecto de decreto que reforma el artículo 108 de la Ley General de Cultura Física y Deporte (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Deporte.

Expediente 6708.

Segunda sección.

8. Minuta con proyecto de decreto que reforma el primer párrafo del artículo 110 de la Ley General de Cultura Física y Deporte (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Deporte.

Expediente 6709.

Quinta sección.

9. Minuta con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Cultura Física y Deporte (para los efectos de la fracción D) del artículo 72 Constitución).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Deporte.

Expediente 6710.

Séptima sección.

10. Minuta con proyecto de decreto que adiciona una fracción al artículo 132 y una fracción al 133 de la Ley Federal del Trabajo (en materia de derechos laborales de las personas adultas mayores).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Expediente 6711.

Cuarta sección.

11. Minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. y 10 de la Ley Federal del Trabajo (en materia de armonización de lenguaje incluyente).

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Trabajo y Previsión Social.

Expediente 6712.

Quinta sección.

12. Minuta con proyecto de decreto que establece las características de una Moneda Conmemorativa del Centenario de la Muerte del General Francisco Villa.

Recibida de Cámara de Senadores.

Comisión de Hacienda y Crédito Público.

Expediente 6713.

Sexta sección.

13. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (en materia de rendición de cuentas).

Suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7320.

Quinta sección.

14. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (en materia de vivienda adecuada).

Suscrita por la diputada Lilia Aguilar Gil, PT.

Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, con opinión de la Comisión de Vivienda.

Expediente 7341.

Quinta sección.

15. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional.

Suscrita por el diputado Anuar Roberto Azar Figueroa y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana, con opinión de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Expediente 7363.

Sexta sección.

16. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y de la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural (en materia de aseguramiento agropecuario y rural).

Suscrita por la diputada Anabey García Velasco y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisiones Unidas de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.

Expediente 7371.

Séptima sección.

17. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 42 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Suscrita por el diputado José Alejandro Aguilar López, PT.

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 7376.

Quinta sección.

18. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 4o. de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud (en materia de educación financiera para jóvenes).

Suscrita por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Juventud.

Expediente 7385.

Séptima sección.

19. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Suscrita por la diputada Leticia Zepeda Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 7387.

Segunda sección.

20. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 15 Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

Suscrita por la diputada Martha Barajas García, Morena.

Comisión de Juventud, con opinión de las Comisiones de Pueblos Indígenas y Afromexicanos, y de Atención a Grupos Vulnerables.

Expediente 7400.

Primera sección.

21. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional (en materia de ciberseguridad).

Suscrita por el diputado Marco Antonio Pérez Garibay, Morena.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7405.

Sexta sección.

22. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o., 41 y 58 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Suscrita por la diputada Irma Juan Carlos, Morena.

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con opinión de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos.

Expediente 7471.

Segunda sección.

23. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Suscrita por la diputada Gina Gerardina Campuzano González y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Igualdad de Género, con opinión de la Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7475.

Sexta sección.

24. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y de la Ley Nacional del Registro de Detenciones (en materia del informe policial homologado).

Suscrita por el diputado Marco Antonio Pérez Garibay, Morena.

Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Justicia.

Expediente 7492.

Segunda sección.

25. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 27, 58 y 111 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (en materia de niñez y adolescencia).

Suscrita por el diputado Héctor Saúl Téllez Hernández y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, con opinión de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

Expediente 7520.

Segunda sección.

26. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (en materia de peritos intérpretes).

Suscrita por los diputados Mónica Becerra Moreno, Marco Antonio Armendáriz Puppo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7544.

Quinta sección.

27. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (en materia de perspectiva y paridad de género).

Suscrita por el diputado Miguel Ángel Varela Pinedo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana, con opinión de la Comisión de Igualdad de Género.

Expediente 7557.

Cuarta sección.

28. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Seguridad Aeroportuaria.

Suscrita por el diputado Alberto Anaya Gutiérrez, PT.

Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Comunicaciones y Transportes, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 7566.

Sexta sección.

29. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia (en materia de vivienda adecuada).

Suscrita por la diputada Lilia Aguilar Gil, PT, y diputados integrantes de diversos Grupos Parlamentarios.

Comisión de Seguridad Ciudadana, con opinión de la Comisión de Vivienda.

Expediente 7577.

Tercera sección.

30. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Turismo (en materia de seguridad al turismo).

Suscrita por el diputado Óscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Turismo, con opinión de la Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7656.

Quinta sección.

31. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 5o. de la Ley de Seguridad Nacional (en materia de amenazas a sistemas informáticos que vulneren la democracia y las capacidades del estado).

Suscrita por el diputado Jaime Martínez López, Morena.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7662.

Cuarta sección.

32. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 47 Bis a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (en materia de infraestructura de academias e institutos de profesionalización policial).

Suscrita por el diputado Gerardo Peña Flores, PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7676.

Cuarta sección.

33. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 51 y 85 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (en materia de incentivos monetarios a los policías).

Suscrita por la diputada Mariela López Sosa y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7677.

Quinta sección.

34. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 7o. de la Ley sobre la Celebración de Tratados.

Suscrita por el diputado Noel Mata Atilano y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Relaciones Exteriores.

Expediente 7679.

Séptima sección.

35. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 9o. y 10 de la Ley General de Turismo.

Suscrita por la diputada María Teresa Castell de Oro Palacios y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Turismo, con opinión de la Comisión de Cambio Climático y Sostenibilidad.

Expediente 7747.

Quinta sección.

36. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3 Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

Suscrita por la diputada María Isabel Alfaro Morales, Morena.

Comisión de Juventud.

Expediente 7752.

Tercera sección.

37. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (en materia de seguridad social de los elementos de instituciones policiales).

Suscrita por el diputado Bernardo Ríos Cheno, Morena.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7761.

Quinta sección.

38. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Ciberseguridad.

Suscrita por el diputado Javier Joaquín López Casarín, PVEM.

Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana, y de Ciencia, Tecnología e Innovación, con opinión de las Comisiones de Defensa Nacional, y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 7768.

Quinta sección.

39. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para el Uso de Videovigilancia.

Suscrita por el diputado Pedro Salgado Almaguer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 7772.

Segunda sección.

40. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción VI al artículo 266 Bis del Código Penal Federal.

Suscrita por los diputados María del Carmen Pinete Vargas y Jorge Luis Llaven Abarca, PVEM.

Comisión de Justicia.

Expediente 7873.

Quinta sección.

41. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 5o. de la Ley General de Educación.

Suscrita por la diputada Carolina Beauregard Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Educación.

Expediente 7874.

Sexta sección.

42. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo séptimo al artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Marcelino Castañeda Navarrete, PRD.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Expediente 7875.

Séptima sección.

43. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XVIII Bis al artículo 3o. y un segundo párrafo al artículo 37 de la Ley General de Turismo.

Suscrita por la diputada Carolina Beauregard Martínez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Turismo.

Expediente 7876.

Primera sección.

44. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 3o., 162 y 164 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada Fátima Almendra Cruz Peláez, PVEM.

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Expediente 7877.

Segunda sección.

45. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 419 Ter del Código Penal Federal.

Suscrita por el diputado Marcelino Castañeda Navarrete, PRD.

Comisión de Justicia.

Expediente 7878.

Tercera sección.

46. Iniciativa con proyecto de decreto para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la honorable Cámara de Diputados la leyenda "Al Heroísmo del Personal de la Salud en México".

Suscrita por el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Expediente 7879.

Cuarta sección.

47. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Suscrita por el diputado Marco Antonio Natale Gutiérrez, PVEM.

Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Expediente 7880.

Quinta sección.

48. Iniciativa con proyecto de decreto que deroga el Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación.

Suscrita por la diputada Genoveva Huerta Villegas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Justicia.

Expediente 7881.

Sexta sección.

49. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un Capítulo XI Bis "De los Trabajadores de Plataformas Digitales" al título sexto de la Ley Federal del Trabajo.

Suscrita por el diputado Luis Alberto Martínez Bravo, PVEM.

Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Seguridad Social.

Expediente 7882.

Séptima sección.

50. Iniciativa con proyecto de decreto que deroga la porción normativa del párrafo cuarto del artículo 110 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Suscrita por la diputada Genoveva Huerta Villegas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Seguridad Ciudadana.

Expediente 7883.

Primera sección.

51. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción XIII recorriendo las subsecuentes al numeral 2 del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, PRD.

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.

Expediente 7884.

Segunda sección.

52. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (en materia de debates obligatorios organizados por la autoridad electoral correspondiente).

Suscrita por la diputada Krishna Karina Romero Velázquez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Reforma Política-Electoral.

Expediente 7886.

Cuarta sección.

53. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XXIV Bis al artículo 30 y se reforma el artículo 80 de la Ley General de Educación.

Suscrita por la diputada Lilia Caritina Olvera Coronel y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Educación.

Expediente 7888.

Sexta sección.

54. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los párrafos cuarto y quinto del artículo 325 del Código Penal Federal (en materia de feminicidio con el objetivo de reforzar el marco jurídico sobre este delito).

Suscrita por el diputado Óscar de Jesús Almaraz Smer y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Justicia.

Expediente 7891.

Segunda sección.

55. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley de Autoempleo Mediante el uso de Plataformas Digitales.

Suscrita por el diputado Jorge Triana Tena y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 7892.

Tercera sección.

56. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Fiscalía General de la República.

Suscrita por el diputado Francisco Javier Borrego Adame, Morena.

Comisión de Justicia.

Expediente 7893.

Cuarta sección.

57. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el numeral 1 del artículo 20 de la Ley de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Suscrita por la diputada Elvia Yolanda Martínez Cosío, Movimiento Ciudadano.

Comisiones Unidas de Relaciones Exteriores, y de Gobernación y Población.

Expediente 7894.

Quinta sección.

58. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 3o., 112 y 262 de la Ley General de Salud (en materia de salud bucodental).

Suscrita por la diputada Marina Valadez Bojórquez, Morena.

Comisión de Salud.

Expediente 7895.

Sexta sección.

59. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona las fracciones IV y V, del apartado A, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 7o., las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X y XI, recorriéndose las subsecuentes, al artículo 72 y las fracciones I y II recorriéndose las subsecuentes al artículo 73 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial.

Suscrita por la diputada María Leticia Chávez Pérez, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Movilidad.

Expediente 7896.

Séptima sección.

60. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud (en materia de reproducción humana asistida).

Suscrita por el diputado Emmanuel Reyes Carmona, Morena.

Comisión de Salud.

Expediente 7897.

Primera sección.

61. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica y a la Ley de Transición Energética.

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Comisión de Energía.

Expediente 7898.

Segunda sección.

62. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 30, se adiciona la fracción X del artículo 32, se reforma la fracción II del artículo 33, se reforma el primer párrafo y se adiciona un segundo párrafo al artículo 34 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas; y se reforman los artículos 2o. y 6o. y se adiciona el inciso e) del artículo 9o. de la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en Materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Suscrita por la diputada Melissa Estefanía Vargas Camacho, PRI.

Comisiones Unidas de Derechos Humanos, y de Justicia.

Expediente 7899.

Tercera sección.

63. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción VIII del artículo 4o. de la Ley General de Turismo.

Suscrita por la diputada Alma Anahí González Hernández, Morena.

Comisión de Turismo.

Expediente 7901.

Quinta sección.

64. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 33 y se adiciona un artículo 47 Bis a la Ley de Aviación Civil.

Suscrita por la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, PRI.

Comisión de Comunicaciones y Transportes.

Expediente 7902.

Sexta sección.

65. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (en materia de trabajo igualitario).

Suscrita por la diputada Norma Angélica Aceves García, PRI.

Comisión de Trabajo y Previsión Social, con opinión de la Comisión de Igualdad de Género.

Expediente 7903.

Séptima sección.

Ciudad de México, a 17 de julio de 2023.

Atentamente

Diputado Santiago Creel Miranda (rúbrica)

Presidente



Iniciativas

Que declara el 22 de mayo de cada año como “Día Nacional de la y el Corredor Rarámuri”, recibida de la diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La suscrita, Teresita de Jesús Vargas Meraz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración la Comisión Permanente iniciativa con proyecto de decreto por el que se declara el 22 de mayo de cada año como “Día Nacional de la y el Corredor Rarámuri ”, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

Los tarahumaras se llaman a sí mismos rarámuri, que significa corredores a pie; proviene de los vocablos: rara (pie) y muri (correr), que en conjunto significa corredores a pie, aunque tradicionalmente también se ha aceptado la definición “pies ligeros”, que es como comúnmente se les llama. Sin duda la rapidez de los rarámuris es uno de sus sellos personales. Son conocidos por correr muy rápido y distancias muy largas, además de que lo hacen de una manera muy peculiar pues corren con sandalias e inclusive algunos lo hacen descalzos.

Habitan en la parte de la Sierra Madre Occidental que atraviesa el estado de Chihuahua y el suroeste de Durango y Sonora. Comparten este territorio con los tepehuanes, pimas, guarojíos y mestizos. De los grupos originarios de la región es el más numeroso y habita un espacio más amplio que los demás, por lo que a su territorio también se le denomina Sierra Tarahumara.1

La sierra Tarahumara está formada por elevadas montañas que alcanzan de 2,000 a 3,000 msnm y profundas barrancas. Esta sierra es escabrosa y quebrada, con bruscos desniveles entre elevadas montañas y profundas barrancas. Estas dos situaciones constituyen dos zonas ecológicas distintas. En las partes altas de la sierra los suelos son generalmente muy delgados y están cubiertos de bosques de coníferas. En cuanto estos terrenos son abiertos para el cultivo, la materia orgánica se pierde en poco tiempo, dejando los suelos en condiciones de baja fertilidad.

Las tierras susceptibles de cultivo se localizan en pequeñas laderas y mesetas, donde las labores agrícolas se desarrollan en los meses de clima benigno pues las bajas temperaturas, en algunos casos, menores a los -10°C, se presentan de octubre a marzo. El descenso de las montañas a la zona de barrancas conduce a calores sofocantes desde los meses de abril a septiembre, que alcanzan temperaturas hasta de 50°C.2

Los rarámuris habitan en ranchos; su vivienda consiste en una casa-habitación, un granero y un corral de madera. Las casas se construyen con madera, adobe, cantera o piedra, dependiendo del material que haya en la región. Lo más común es encontrar viviendas hechas de troncos de pino puestos de manera horizontal, uno sobre otro, con techo de canoa o de vigas de dos aguas; los troncos son ensamblados en las esquinas y las rendijas son tapadas con una mezcla de lodo.

Para los tarahumaras la principal actividad para su subsistencia es el cultivo del maíz, alrededor de él se organiza la mayor parte de su vida cotidiana y ceremonial. Las tierras de cultivo se hallan dispersas en pequeñas mesetas y laderas, lo que influye en la dispersión de los asentamientos que se organizan en rancherías. La fragilidad del suelo sólo permite el trabajo agrícola con instrumentos manuales y de tracción animal.

Los rarámuris cuentan con una óptima condición física, debido a que al habitar en una zona geográfica como lo es la sierra tarahumara, tienen que recorrer largas distancias para realizar sus actividades diarias. Es por ello, que su excelente capacidad para correr, han llevado a algunos rarámuris a competencias a nivel mundial obteniendo récords.

Un ejemplo de esto fue durante la competencia internacional Backyard World Championship 2022, donde el equipo mexicano conformado por 14 participantes, seis de los cuales son ultra maratonistas del pueblo rarámuri, se lograron posicionar dentro del top 10 a nivel mundial. Los chihuahuenses Hermilo Gardea, Martín Moreno, Pedro Parra, Miguel Lara, Juan Contreras y Reyes Satebo formaron parte de la delegación mexicana que hizo historia en esta competencia, en donde el ultra maratonista Reyes Giltro Satebo impuso un nuevo récord de 442.2 kilómetros recorridos en 66 horas.3

Entre otros de los atletas rarámuris más reconocidos, se encuentra la familia Ramírez, una familia conformada por Lorena, Juanita, Talina, Mario y Antonio. Estos jóvenes han representado al estado en diversas competencias nacionales e internacionales. Esta familia pertenece a la etnia tarahumara, ellos han ganado diversos premios sin ayuda de nadie, todo lo han logrado gracias a sus veloces pasos, su talento y su perseverancia.

María Lorena Ramírez Hernández es una de las atletas rarámuris más destacadas dentro y fuera del país. Nació en Chihuahua el 1 de enero de 1995, es una corredora de fondo y ultrafondo mexicana. Se hizo conocida mundialmente tras haber ganado en 2017, la UltraTrail Cerro Rojo, una carrera de ultrafondo de 50 kilómetros, en un tiempo de 07:20,00 y por haberlo hecho además con huaraches, sin calzado ni equipamiento deportivos.4 Su primera carrera fuera del país fue “el CajaMar Tenerife Bluetrail” en Europa, el 10 de junio del 2017, en la isla canaria de Tenerife, España, donde había sido invitada directamente por la organización. Sin embargo, en esta prueba tuvo que retirarse por un fuerte dolor de rodilla cuando ya había completado más de la mitad de los casi 100 km de recorrido. En el 2018, Lorena volvió a participar en la Tenerife Bluetrail, finalizó en el tercer lugar de la categoría Sénior. Esta hazaña le dio el reconocimiento internacional como “la Rarámuri que conquistó Tenerife”, sorprendió al mundo participando en una competencia de 102 kilómetros en la isla española.5

Sin duda alguna, Lorena Ramírez es un atleta profesional, quien ha hecho que el deporte nacional tenga una nueva figura, ya que siempre que le es posible, prefiere correr con sandalias y con la ropa tradicional de su comunidad e incluso ha rechazado las ofertas comerciales de importantes marcas para que vista o calce su material deportivo.

A lo largo de su trayectoria, Lorena ha logrado colocarse en los primeros lugares de las carreras más famosas de las Barrancas del Cobre, un sistema de montañas que es parte de la Sierra Madre Occidental, superando a corredoras que contaban con más facilidades de entrenamiento y algunas de las cuales incluso eran patrocinadas por marcas comerciales.

Actualmente, Lorena cuida el ganado de su familia, pero también continúa en la práctica del deporte, este año participará en el “Campeonato Mundial de Trail y Carrera de Montañas 2023” en Austria, junto a sus hermanos Mario, Antonio y Juana Ramírez, además de su primo Onorio Tomás Hernández, ultramaratonistas rarámuris originarios de Guachochi, Chihuahua.

Hasta el momento, Lorena ha triunfado en 16 maratones, los eventos en los que han competido se han desarrollado en México, España, Estados Unidos, Canadá, Japón y la República Checa.6

En octubre del 2019, Lorena apareció en la portada de la revista Vogue, México, edición de aniversario. Incluso Netflix lanzo un documental en honor a ella llamado “Lorena, la de los pies ligeros”, donde muestra el lugar donde vive y cuenta un poco de su historia.

Por ello, considero realmente que los triunfos de los atletas rarámuris son verdaderamente significativos, ya que han puesto en alto el nombre de México, por lo cual, se merecen todo nuestro reconocimiento, ya que su ejemplo influye a que niños rarámuris puedan desarrollarse como corredores en las alturas de la sierra en Chihuahua, además de que inspira a miles de corredores alrededor del país.

Razón por la cual la presente iniciativa propone declarar el 22 de mayo de cada año como el “Día Nacional de la y el Corredor Rarámuri”. Esto en honor a estos grandes atletas que muchas veces no han sido reconocidos como se lo merecen.

Considero que otorga a nuestros corredores rarámuris su propio día nacional hará que se visibilice esta comunidad indígena mexicana, la cual es conocida históricamente por su resistencia y por sus grandes dotes para correr largas distancias. Sin duda alguna son un orgullo mexicano y merecen ser reconocidos.

Decreto. Se declara el 22 de mayo de cada año como el “Día Nacional de la y el Corredor Rarámuri”.

Artículo Único. - El honorable Congreso de la Unión declara el 22 de mayo de cada año como el “Día Nacional de la y el Corredor Rarámuri”.

Transitorio

Único. - El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Etnografía del pueblo tarahumara (rarámuri), “Un vistazo a los rasgos más distintivos de los pueblos indígenas de México”. INPI | Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas | 19 de abril de 2017.

2 https://www.gob.mx/inpi/articulos/etnografia-del-pueblo-tarahumara-rara muri

3 Página del gobierno del estado de Chihuahua, consultado en: https://chihuahua.gob.mx/prensa/impone-nuevo-record-corredor-raramuri-e n-backyard-world-championship-2022

4 https://es.wikipedia.org/wiki/Mar%C3%ADa_Lorena_Ram%C3%ADrez

5 https://www.elheraldodechihuahua.com.mx/deportes/lorena-ramirez-la-corr edora-raramuri-orgullo-de-chihuahua-8677427.html

6 https://quintopoderqrp.com/2023/06/08/raramuris-buscan-la-gloria-en-mar aton-de-austria/

Dado en el Senado de la República, a 11 de julio de 2023.

Diputada Teresita de Jesús Vargas Meraz (rubrica)

(Turnada a la Comisión de Gobernación y Población. Julio 11 de 2023.)

Que reforma el tercer párrafo del artículo 2 y la fracción I del artículo 6, ambos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, recibida de la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La que suscribe, diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 2 y la fracción I del artículo 6, ambos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La protección para niñas, niños y adolescentes requiere de una tutela integral, una atención universal y un seguimiento garante de todos y cada uno de sus derechos humanos, sin exclusión alguna.

En el Semanario Judicial de la Federación, con el registro 2026628, publicado el viernes 9 de junio de 2023, se estableció que en los casos que estén involucrados menores de edad, para imponer las medidas de protección consistentes en la separación inmediata del domicilio y el traslado de la víctima u ofendido a refugios y albergues temporales , contenidas en los preceptos invocados, el Ministerio Público debe atender al Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Infancia y Adolescencia emitido por el Máximo Tribunal, que dispone la participación voluntaria y directa de niñas, niños y adolescentes en el procedimiento judicial en que están inmersos; asimismo, en aras de garantizar su derecho a crecer en un entorno libre de violencia y en respeto al principio de la menor separación respecto de su familia, debe privilegiarse que los menores de edad afectados queden al cuidado de un miembro de su familia nuclear, o bien, de la extensa o ampliada y sólo como último recurso, decretar su alojamiento en un lugar que les sea desconocido.

Bajo esta premisa es que como resultado de las múltiples variables en cuanto a la afectación de derechos de niñas, niños y adolescentes que son o pueden ser separados de su familia de origen como resultado de órdenes de protección siguen generando nuevos criterios de interpretación que hacen énfasis en principios y directrices legales que garanticen sus derechos.

Tomar una determinación en cuanto a ¿cuál será el destino de un menor? requiere de un análisis exhaustivo desde la perspectiva legal, lo que lleva a valorar mediante estudios y actuaciones a cargo de los Sistemas para el Desarrollo Integral de la Familia, ¿cuál es o debe ser el entorno más adecuado para garantizar de manera justa y completa sus derechos?

La lucha y confrontación entre los sistemas DIF y los familiares de niñas, niños y adolescentes separados de su familia o de un familiar de origen es, desde el punto de vista jurídico, una acción necesaria e ineludible, pero también, una actividad que requiere de todas las formalidades posibles y de que se acate y se respete la Ley.

Es así como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, si bien es cierto, precisa un orden de prioridad por cuanto, a el destino de los menores separados de sus familias, el resultado práctico hace énfasis en no dejar duda alguna de cuál es la voluntad del legislador y de la Ley, la que no puede ser otra que:

• Garantizar derechos.

• Consolidar principios obligatorios.

La garantía frente a la separación de un menor o adolescente de su familia debe privilegiar, como lo ha sostenido la Suprema Corte en México: que se atienda y que se juzgue con perspectiva de infancia y adolescencia, lo que involucra el desafío de conseguir la máxima protección a su favor.

Esta misma garantía trasciende hacia la decisión sobre la interrogante: ¿qué pasará con el menor que es separado de su familia y quién quedará a su cargo?; lo que es resuelto en la presente iniciativa mediante la siguiente regla básica:

1. Garantizar que siempre queden al cuidado de un miembro de la familia nuclear o de origen, como primer paso prioritario.

2. Si no es posible en la familia de origen, la alternativa inmediata seria la familia ampliada.

3. Al descartarse estas dos hipótesis, solo se procederá como último recurso el alojamiento en un lugar que le resulte ajeno al menor separado de su familia.

El beneficio de esta reforma implica sujetar estos casos en donde la separación de la niña, niño o adolescente del medio familiar resulta por acción del Estado, a que sea el último recurso que quede en un lugar ajeno y fuera de su entorno familiar - consanguíneo, directo o indirecto.

Resulta Importante que en todos los actos y determinaciones de las autoridades se ejerza la perspectiva de infancia y adolescencia, velando por la salvaguarda de sus derechos y la tutela de sus intereses protegidos.

Asimismo, es necesario establecer como principio rector de esta materia, dentro del artículo sexto de la Ley, el interés superior de la adolescencia, así como el principio de menor separación respecto de su familia, con lo que se refuerza la idea central de esta iniciativa.

Conviene destacar finalmente que la Ley, materia de la presente iniciativa, en lo que respecta al principio regulado por la fracción I del artículo 6, es omisa en cuanto a la protección como principio de la adolescencia y, en cuanto a ambos, esto es menores y adolescentes, el establecimiento enfático y categórico del principio de la menor separación respecto de su familia.

Por lo antes expuesto y con fundamento en las disposiciones señaladas, se presenta a consideración de esta honorable asamblea, iniciativa con proyecto de decreto que reforma el tercer párrafo del artículo 2 y, la fracción I del artículo 6, ambos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en los términos siguientes:

Articulo Único. - Se que reforma el tercer párrafo del artículo 2 y la fracción I del artículo 6, ambos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar como sigue:

Artículo 2. ... ( ... )

I. a III. ... ( ... )

( ... )

Cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales, en todo caso, las autoridades atenderán a la perspectiva de infancia y adolescencia, privilegiando que siempre queden al cuidado de un miembro de la familia nuclear o de origen, ampliada y sólo como último recurso su alojamiento en un lugar que le resulte ajeno.

( ... )

( ... )

Artículo 6. Para efectos del artículo 2 de esta ley, son principios rectores los siguientes:

I. El interés superior de la niñez y adolescencia, así como de la menor separación respecto de su familia;

II. a XV. ... ( ... )

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia. Julio 11 de 2023.)

Que reforma y adiciona diversas disposiciones en materia de violencia filio-parental, recibida del diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

Con fundamento en los artículos 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 y 122 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 55 y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto por los artículos octavo y décimo segundo del acuerdo de la Mesa Directiva para el Funcionamiento de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, el suscrito, Brígido Ramiro Moreno Hernández, diputado del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, de esta LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, pone a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones en materia de violencia filio-parental, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La presente iniciativa plantea incorporar a nuestra legislación nacional la figura de la violencia filio-parental. Se trata de un tema que pudiera considerarse tabú, atendiendo a la especial característica de las familias mexicanas, así como al recelo que muchas veces provoca el ámbito privado de lo que se entiende por la “familia”.

Sin embargo, el largo desarrollo de cuestiones como los derechos fundamentales ha puesto en evidencia que existen ciertos aspectos que, aunque pudiéramos considerarlos propios de la idiosincrasia, no deberían de seguir permitiéndose en nuestra sociedad. Algunos casos son el machismo, la concentración de poder en el padre de familia, los modelos de educación autoritarios e, incluso, los golpes y otras formas de violencia que con antelación eran sumamente frecuentes de los padres hacía los hijos.

Sin embargo, hay otro fenómeno que también se presenta en las familias, aunque en menor medida, conocido como violencia filio-parental. Esto es, la violencia que los hijos, hijas y/o ambos pueden ejercer en contra de sus padres. Esto se presenta bajo diversos modelos, como señala el doctor Alfredo Abadías Selma, presidente de la Asociación Española para el Estudio de la Violencia Filio-parental, experto con el que se ha trabajado de la mano para la elaboración de la presente iniciativa.

El experto señala que hay algunos modelos en los que la violencia filio-parental puede presentarse. Uno de ellos es el del menor que se encuentra sumamente consentido y que, con el paso del tiempo, plantea más y más demandas hacía padres que son sumamente complacientes e incapaces de sentar límites en los procesos de la crianza. En algunos casos, las demandas pueden venir acompañadas de episodios de chantaje, presión y/o incluso violencia para poder acceder a esas demandas que, en el pasado, siempre han sido concedidas.

Otro modelo sería el de aquellos adolescentes que, naturalmente, en los procesos de transición y cambio que se experimentan dentro de esta difícil etapa, pueden ser moldeados por grupos de partes e influencias de los medios de comunicación en los que se difunde el consumo de alcohol, drogas, estilos de vida con conductas disruptivas y, claramente, de alta violencia (como la que se difunde en la televisión, internet y videojuegos). En estos casos, el menor asocia por vía diferencial ciertos comportamientos que asume “naturales”, incluyendo la violencia que puede proyectarla hacia sus padres y demás familiares.

En otros casos más, pueden ser episodios de graves carencias económicas, traumas familiares (divorcios, padres que a su vez son violentos), rupturas emocionales u otros eventos de shock los que desencadenen conductas que pudieran ser catalogadas como violentas. Y qué decir de fenómenos extraordinarios como el ocurrido con la pandemia de Covid-19, que obligó a destinar muchas más horas de convivencia familiar en ambientes reducidos y en contextos de estrés, así como de no pocas carencias de múltiples factores. Existe evidencia que, con motivo de estos episodios, el número de eventos de violencia filio-parental aumentó de manera considerable.1

Frente a estos casos, en el que nos referimos a menores de edad, el doctor Abadías Selma recuerda que el menor es ante todo una persona, un ser humano, un niño o niña y que los eventos de violencia que le rodean encuentran sus causas fundamentalmente en factores que son ajenos al propio menor. Esto es, se trata de una persona que bien puede ser considerada una víctima de las condiciones que le generan violencia. Del mismo modo, son también víctimas de esta situación sus padres, tíos, abuelos y demás familiares que pueden convivir en el entorno familiar.

Como bien señala nuestra normativa nacional, en estos casos no debemos perder de vista el perfil de derechos humanos que debe guiar toda medida a aplicarse respecto de los y las menores de edad, pero tampoco debe perderse de vista que estas conductas pueden colocar en riesgo bienes jurídicos como la integridad física o inclusive la vida de los miembros en la familia. En consecuencia, resulta necesario ejercitar una ponderación e incorporar medidas que sean idóneas, necesarias y proporcionales en sentido estricto.

Como podemos observar, con la pandemia por Covid-19 se evidenció esta problemática ante el considerable aumento de casos de violencia filio-parental ejercida por menores. Sin embrago, no sólo ellos son autores de este tipo de violencia, por lo tanto, no debemos perder de vista ni minimizar los casos en los que dicha violencia es ejercida por personas adultas, ya que representan un porcentaje importante en casos de violencia filio-parental.

Basta dar una somera lectura a las noticias existentes en el buscador de Google para dar cuenta que este fenómeno se presenta en México, como ejemplo sirvan algunos encabezados: “Hijos e hijas, principales violentadores de adultos mayores:

Consejo de seguridad de la Ciudad de México”,2

“Violencia familiar en Hermosillo no da tregua, hijos amenazan de muerte a padres y madres”,3 “Hijos maltratando a sus padres, la violencia silenciosa”,4 “Hijos agreden a sus padres en Hermosillo, reportan cuatro casos en menos de 24 horas”,5 “Violencia vicaria: la manipulación de los hijos para ejercer violencia familiar”.6

En este supuesto, las víctimas son personas adultas mayores que dependen de sus hijos ante la imposibilidad para trabajar ya sea por su avanzada edad, porque padecen alguna enfermedad crónica o viven con alguna discapacidad. Ante tales circunstancias, los hijos consideran a sus padres una carga y suelen aprovecharse de la situación de vulnerabilidad en que se encuentran, ejerciendo sobre ellos violencia física, psicológica y/o económica, que en un primer momento se traduce en golpes e insultos, que posteriormente van escalando al punto de dejar de atender las necesidades básicas que garanticen de manera digna la integridad de sus padres, tales como alimentación y atención médica. Además de sufrir el descuido por parte de sus hijos, las personas adultas mayores que sufren de violencia filio-parental, en muchos casos son despojados de sus bienes, propiedades y del apoyo económico que les brinda el Estado por mandato constitucional, quedando en total desamparo.

En casos extremos de violencia filio-parental, los hijos han llegado a abandonar a sus padres en las calles, pues al no poder valerse por sí mismos los consideran una carga, atentando contra su dignidad, integridad personal y hasta su vida. Para darnos cuenta de la existencia de dicho fenómeno basta con observar nuestro entorno, pues cada vez son más los adultos mayores que se observan en las calles y cruceros pidiendo limosna, en las carreteras y estaciones de transporte público, constantemente se encuentran pidiendo ayuda debido a que han sido abandonados por sus hijos. Algunos ejemplos de ello se pueden observar en noticias como: “Abandonan a 35 adultos mayores en 3 años y 8 meses”,7 “Abandonan a adulto mayor de 80 años en carretera de Tabasco”,8 “Vecinos encaran a familiares de abuelita maltratada en Tlalpan”9

A pesar de sufrir tales niveles de violencia, la mayoría de las veces ni siquiera se llega a las instancias judiciales, debido a que se tienen sentimientos de miedo y culpabilidad de los progenitores para declarar contra sus hijos violentos y estos sean sujetos a procesos en juzgados debido a sus actuaciones. Esto se debe en gran medida a que temen sufrir represalias por parte de sus hijos, aunado al amor que sienten por ellos.10

Por lo tanto, la violencia filio-parental no es un fenómeno que debamos tomar a la ligera ni que deba pasar desapercibido. Pues se trata de un tipo de violencia que produce una afectación grave a los derechos fundamentales de las víctimas, conllevando al deterioro o pérdida de la salud física y mental, además de la afectación a la calidad de vida de las víctimas.

Como se advierte, la situación no es extraña en nuestro país, aunque sí que es extraña su referencia desde el punto de vista normativo ya que no existe una disposición jurídica en lo específico para el ámbito nacional que permita, en primer término, reconocerla como una modalidad propia y autónoma de violencia y, en segundo lugar, que permita disponer acciones concretas para poder hacerle frente.

Según datos de la Sociedad Psicoanalítica de México (SPM), en nuestro país la violencia ejercida de hijos a padres siempre ha estado presente, aunque es un fenómeno pobremente estudiado. No se cuenta con un panorama nacional sobre la violencia familiar, y menos aún para la violencia de hijo a padre. El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) reporta que en 30.4 por ciento de las viviendas en México se sufre algún tipo de maltrato.11

Pero al no existir distinción de la violencia filio-parental, se invisibiliza el fenómeno impidiendo con ello que se tomen las medidas pertinentes para prevenir y sancionar dicha conducta.

Por lo que hace al marco normativo internacional, la violencia-filio parental ataca los derechos a la vida y a la integridad personal consagrados en los artículos 4 y 5 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, pues se atenta contra la integridad física, psíquica y moral de las personas adultas mayores víctimas de este tipo de violencia, quienes a causa de las agresiones que sufren llegan a perder la vida.

Asimismo, al no existir un tipo penal que permita distinguir a la violencia filio parental de forma independiente, se vulnera lo dispuesto por los artículos 1o. y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues al no contar con las bases legales necesarias, las víctimas de este fenómeno ven coartado su derecho para acceder a la justica y exigir que se respeten sus derechos humanos.

Un primer paso, sin embargo, pasa por reconocer este fenómeno de violencia, por comenzar a discutirlo en el ámbito público, por deconstruir la imagen de familia como espacio exclusivamente privado y, más bien, como un ámbito en el que la tutela de los derechos fundamentales debe también permear. A partir de ello, se plantea generar acciones legislativas que permitan ofrecer oportunidades de acción.

Con base en lo anterior y en aras de garantizar los derechos consagrados, tanto en el marco normativo internacional, como en nuestra Carta Magna, la presente iniciativa plantea sugerir que se reconozca el fenómeno de violencia filio-parental en la legislación penal federal, secundando la remisión que se hace a la ley en materia de justicia penal para adolescentes. A la par, desde Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con un carácter preventivo y tutelar se plantea dejar claro que frente a este fenómeno, cuando se encuentren involucrados menores, se privilegiarán aquellas medidas dirigidas a la protección del menor de edad, que le permitan reintegrarse eficazmente a la familia y a la sociedad, teniendo como último recurso las medidas punitivas de internamiento y semi-internamiento previstas en la Ley.

A continuación, se plantea el reconocimiento expreso de la figura de la violencia filio-parental en el Código Penal Federal, concretamente mediante la adición de un capítulo noveno y un artículo 343 quinquies del referido ordenamiento. Dicho capítulo estaría integrado por el artículo 343 quinquies en el cual se definiría qué se entiende por violencia filio-parental y las medidas concretas que habrían de aplicarse ante los eventuales casos de esta violencia que pudieran presentarse. Así mismo, proponemos establecer que aquel que comenta violencia filio-parental, perderá los derechos de herencia y donación por parte la víctima al tratarse de una acción de ingratitud.

Por consiguiente, se propone adicionar a la fracción V del artículo 316 de la ley adjetiva, que también se considere ventaja cuando el activo sea una persona superior en fuerza física y el pasivo una persona de sesenta años o más, por lo que hace a la fracción VI del artículo de referencia, se plantea incorporar el supuesto de violencia filio-parental.

Por lo que hace a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, se plantea recalcar el carácter no punitivo de las medidas aplicadas a los menores, así como la imperante necesidad de involucrar a la familia y los centros educativos, así como a las propias autoridades públicas del Estado.

Por último, se plantea como último recurso la aplicación de las medidas de internamiento y semi-internamiento para los menores que ejerzan violencia-filio parental, mediante la reforma de los artículos 96 y 164 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Para una mejor comprensión de la propuesta, adjuntamos los siguientes cuadros con la redacción que proponemos:

Se estima que esta reforma puede ser un primer acercamiento al fenómeno de la violencia filio-parental y una primera aproximación normativa que permita, como se ha dicho, tomar en primer lugar conciencia del fenómeno y, en segundo término, comenzar a delimitar acciones concretas para atender el mismo.

En consecuencia y derivado de todo lo anterior, propongo ante esta honorable asamblea, el siguiente proyecto de

Decreto

Primero. Se reforman las fracciones V y VI del artículo 316 Código Penal Federal, además, se adiciona un capítulo noveno y un artículo 343 quinquies de dicho ordenamiento, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 316. Se entiende que hay ventaja:

I.-IV. ...

V. El activo sea una persona superior en fuerza física y el pasivo una mujer, persona menor de dieciocho años o adulto mayor de sesenta años.

VI. El homicidio y las lesiones se ocasionen en situaciones de violencia familiar o violencia filio-parental; y

VII. ...

Capítulo Noveno
Violencia Filio-Parental

343 Quinquies. Comete el delito de violencia filio-parental quien ejerza toda forma de violencia física, psicológica y/o económica reiterada en contra de sus padres y/o madres o ascendientes directos en línea recta, así como en contra de sus tutores o quienes ocupen su lugar.

A quien cometa el delito de violencia filio-parental se le impondrá de uno a seis años de prisión y perderá los derechos de herencia y donación por parte la víctima. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado.

El Ministerio Público exhortará al probable responsable para que se abstenga de cualquier conducta que pudiere resultar ofensiva para la víctima y acordará las medidas preventivas necesarias para salvaguardar la integridad física, psicológica y económica de la misma. La autoridad vigilará el cumplimiento de estas medidas. En todos los casos el Ministerio Público deberá solicitar las medidas precautorias que considere necesarias.

Segundo. Se adiciona una fracción VII al artículo 86 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 86. ...

I.-VI. ...

VII. Se privilegiará toda medida fundada en la cooperación familiar, en centros educativos y en la sociedad en general.

Tercero. Se reforma el artículo 96 y se adiciona el inciso k) al artículo 164 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, para quedar de la siguiente manera:

Artículo 96. Violencia familiar y Filio-Parental

Los acuerdos reparatorios no procederán en los delitos de violencia familiar y filio-parental, o su equivalente en las entidades federativas.

Artículo 164. ...

a)-j) ...

k) En casos de violencia filio-parental cuando se ponga en peligro la vida de la víctima.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 20 minutos, Alertan del aumento de caso de violencia filio-parental durante la pandemia, disponible en: https://www.20minutos.es/noticia/4590519/0/alertan-del-aumento-de-casos -de-violencia-filio-parental-durante-la-pandemia/

2 Pie de página, Hijos e hijas principales violentadores de adultos mayores, consejo de seguridad de CDMX, disponible en: https://piedepagina.mx/hijos-e-hijas-principales-violentadores-de-adult os-mayores-consejo-de-seguridad-de-cdmx/

3 El Sol de Hermosillo , Violencia familiar en Hermosillo no da tregua, hijos amenazan de muerte a padres y madres, disponible en: https://www.elsoldehermosillo.com.mx/policiaca/violencia-familiar-en-he rmosillo-no-da-tregua-hijos-amenazan-de-muerte-a-padres-y-madres9953067 .html#:~:text=Jornadas%20por%20la%20paz%20llega,domicilio%20ubicado%20s obre%20Villa%20Clara

4 El Universal , Hijos maltratando a sus padres: violencia silenciosa, disponible en: https://www.eluniversal.com.mx/opinion/josefina-vazquez-mota/hijos-malt ratando-sus-padres-la-violencia-silenciosa/

5 El Imparcial , Hijos agreden a sus padres en Hermosillo reportan cuatro casos en menos de 24 horas, disponible en: https://www.elimparcial.com/sonora/hermosillo/Hijos-agreden-a-sus-padre s-en-Hermosillo-reportan-cuatro-casos-en-menos-de-24-horas-20230421-002 5.html

6 El Sol de Sinaloa , violencia vicaria la manipulación para ejercer violencia familiar, disponible en: https://www.elsoldesinaloa.com.mx/local/violencia-vicaria-la-manipulaci on-de-los-hijos-para-ejercer-violencia-familiar-9639393.html

7 La Voz de la Frontera “Abandonan a 35 adultos mayores en 3 años y 8 meses” disponible en https://www.lavozdelafrontera.com.mx/local/abandonan-a-35-adultos-mayor es-en-3-anos-y-8-meses-10222609.html consultado 20 de junio de 2023.

8 Milenio “Abandonan a adulto mayor de 80 años en carretera de Tabasco” disponible en https://www.milenio.com/estados/abandonan-adulto-80-anos-carretera-taba sco consultado el 20 de junio de 2023.

9 Excélsior “Vecinos encaran a familiares de abuelita maltratada en Tlalpan” disponible en https://www.excelsior.com.mx/comunidad/vecinos-encaran-a-familiares-de- abuelita-maltratada-en-tlalpan/1432174 consultado20 de junio de 2023...

10 La violencia intrafamiliar. Disponible en: Vista de La violencia intrafamiliar. | Boletín Mexicano de Derecho Comparado (unam.mx). Consultado el día 12 de diciembre de 2022.

11 Cuando los hijos atemorizan a sus padres. Disponible en: Cuando los niños atemorizan a sus padres (eleconomista.com.mx). Consultado el 6 de diciembre de 2022.

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputado Brígido Ramiro Moreno Hernández (rúbrica)

(Turnada a las Comisiones Unidas de Justicia, y de Derechos de la Niñez y Adolescencia. Julio 11 de 2023.)

Que reforma el artículo 19 de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, recibida de la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La que suscribe, diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, en la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los articulas 71, fracción II, y 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Nada justifica el uso excesivo de la fuerza ni de la autoridad, la tortura está prohibida en México y es resultante de un reclamo social.

Con la reforma en materia de derechos humanos de 2011, se produjeron nuevos paradigmas de tutela jurídica para toda persona que siguen evolucionando constantemente para alcanzar la mayor plenitud posible .

A pesar de los avances en materia de tutela de éstos, siguen existiendo en la legislación residuos protectores de arbitrariedades que hacen que una autoridad pueda causar un daño y quedar impune.

Uno de estos residuos lo es el texto del artículo 19 de la Ley General materia de este instrumento legislativo, que a la letra dispone:

Articulo 19.- No se considerará tortura los dolores o sufrimientos físicos o psicológicos que sean únicamente consecuencia de medidas legales impuestas por autoridad competente, o las inherentes o incidentales a éstas, o de las derivadas del uso legítimo de la fuerza, de conformidad con lo previsto en la legislación nacional e internacional aplicable.

Del anterior texto se deduce que las medidas legales impuestas por autoridad competente que causen dolores o sufrimientos físicos o psicológicos no son tortura. Asimismo, que el uso legítimo de la fuerza cuando cause dolores o sufrimientos físicos o psicológicos no serán considerados tortura por mandato de la Ley.

Aun así, el numeral 24 de la Ley General explica cuando se comete el delito de tortura, partiendo de la hipótesis de que el servidor público que, con el fin de obtener información o una confesión, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medio de coacción, como medida preventiva, o por razones basadas en discriminación, o con cualquier otro fin (fracción I) Cause dolor o sufrimiento físico o psíquico a una persona, lo que es sancionado por el artículo 26, el que a su letra expone:

Articulo 26.- Se le impondrá una pena de diez a veinte años de prisión y de quinientos a mil días multa, al servidor público que incurra en alguna de las conductas previstas en el artículo 24 de la presente Ley.

Tratándose del particular a que se refiere el artículo 25 de esta Ley, se le impondrá una pena de seis a doce años de prisión y de trescientos a seiscientos días multa.

Adicionalmente, cuando el sujeto activo tenga el carácter de servidor público, se le impondrá destitución e inhabilitación para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión públicos hasta por el mismo lapso de la privación de la libertad impuesta, la cual empezará a correr una vez que se haya cumplido con la pena privativa de la libertad.

Es así como, en congruencia con el principio constitucional de protección amplia, se estima necesario armonizar este criterio normativo, a efecto de establecer una clara señal autentica y verdadera en cuanto a la prohibición absoluta de la tortura.

El uso de la fuerza y el ejercicio de la autoridad deben tener un parámetro de control legal, de manera tal que se extinga toda probabilidad de exceso.

En un Estado de derecho no existe permisibilidad para cualquier tipo de abuso.

De hecho, la propia Ley General en referencia detalla en su numeral 27 que las penas por este delito se aumentarán hasta una mitad más en casos concretos en cuyo suceso sería impensable la impunidad a que alude el actual artículo 19, estos casos o supuestos operan cuando:

I. La victima sea niña, niño o adolescente;

II. La victima sea una mujer gestante;

III. La victima sea una persona con discapacidad;

IV. La victima sea persona adulta mayor;

V. La victima sea sometida a cualquier forma de violencia sexual;

VI. La condición de persona migrante o afrodescendiente, la pertenencia a un pueblo o comunidad Indígena de la víctima, o cualquier otro equiparable, sea la motivación para cometer el delito;

VII. La condición de periodista o de persona defensora de derechos humanos de la víctima sea la motivación para cometer el delito;

VIII. La identidad de género o la orientación sexual de la víctima sea la motivación para cometer el delito; o

IX. Los autores o participes cometan el delito de tortura, con el propósito de ocultar información o impedir que las autoridades competentes tengan conocimiento sobre los hechos que conduzcan a la investigación de otro delito.

Bajo estas premisas, esta iniciativa logra adecuar la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, a efecto de armonizarla con el principio de protección amplia previsto por el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Su objetivo general es modificar la excepción expresa para el caso de tortura causada a través de dolores o sufrimientos físicos o psicológicos causados en ejercicio de las funciones de la autoridad.

De esta manera se desprenden los siguientes propósitos específicos:

1. Que sea considerada como tortura cuando una autoridad cause dolores o sufrimientos físicos o psicológicos como consecuencia de medidas impuestas por la autoridad, cuando estas sean ilegales.

2. Que sea considerada como tortura cuando una autoridad cause dolores o sufrimientos físicos o psicológicos como resultado del uso de la fuerza empleada.

3. Que, en ambos casos, la tortura causada por una autoridad, que fuere a través de dolores o sufrimientos físicos o psicológicos, haya sido acreditada ante la autoridad judicial y que fuera ésta ilegal y/o ilegitima.

Por lo antes expuesto y con fundamento en las disposiciones señaladas, se presenta a la consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en los términos siguientes:

Articulo Único. - Se que reforma el artículo 19 de la Ley General para prevenir, investigar y sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, para quedar como sigue:

Articulo 19.- Se considerará tortura los dolores o sufrimientos físicos o psicológicos que sean consecuencia de medidas impuestas por la autoridad, o las inherentes o incidentales a éstas, o de las derivadas del uso de la fuerza, siempre y cuando haya sido acreditado por la autoridad judicial su ilegalidad e ilegitimidad.

Transitorio

Único: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción. Julio 11 de 2023.)

Que reforma el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, recibida del diputado José Alejandro Aguilar López, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

El suscrito, diputado José Alejandro Aguilar López, en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 38, fracción I, incisos a) y d), y fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La iniciativa que someto a consideración de este honorable pleno de la Cámara de Diputados tiene el propósito de adecuar diversas disposiciones del artículo 38, fracción I, incisos a y d y fracción V, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para que esté en concordancia con los cambios legislativos que se han producido recientemente.

En el caso del inciso a, de la fracción I, propongo que se incluya a la Educación Inicial en dicho inciso, ello por considerar que el 15 de mayo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas a los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia educativa.

En el caso del primer párrafo del artículo 3o. constitucional se incluyó a la educación inicial como parte de la educación básica y que es obligatoria su prestación para el Estado mexicano.

Por lo tanto, al ser ya la educación inicial parte de la educación básica es procedente la reforma planteada a este inciso a, de la fracción I, para que esté en plena armonía con lo que mandata el artículo 3o. constitucional.

De igual forma, hay que reformar el inciso d de la fracción I del artículo 38, ya que ahí se menciona a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por la de Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural para que el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal sea acorde a la reforma de esta misma ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, por el que se reformaron, entre otros, los artículos 26 y 35 para establecer la nueva denominación de la dependencia citada.

Razón por la cual también es procedente el cambio propuesto.

En el caso de la fracción V, también propongo que se incluya a la educación inicial entre los niveles educativos que la Secretaría de Educación Pública está obligada a vigilar que se observen y cumplan las disposiciones legales que tienen que ver con la educación básica.

Compañeras y compañeros legisladores, como se advierte, dos de los cambios propuestos tienen que ver con la inclusión de la educación inicial en las atribuciones de la Secretaría de Educación Pública ya que para el Partido del Trabajo y sus distintos grupos parlamentarios en esta Cámara de Diputados, la educación a todos sus niveles es una prioridad, pero más aquella, la inicial, en donde se dota a los educandos de las bases educativas que en niveles posteriores les resulten de utilidad para el desarrollo de sus potencialidades, en educación inicial los niños aprenden a desarrollar sus capacidades neuronales y cognitivas de una forma sobresaliente, es por lo que someto a su consideración la presente iniciativa de reformas al artículo 38, fracción I, incisos a y d y fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Decreto

Artículo Único. Se reforman los incisos a y d de la fracción I del artículo 38 y la fracción V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para quedar como sigue:

Artículo 38. ...

I. ...

a) La enseñanza inicial, preescolar, primaria, secundaria y normal, urbana, semiurbana y rural.

b) a c) ...

d) La enseñanza agrícola, con la cooperación de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;

e) a f) ...

II. al IV. ...

V. Vigilar que se observen y cumplan las disposiciones relacionadas con la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, técnica y normal, establecidas en la Constitución y prescribir las normas a que debe ajustarse la incorporación de las escuelas particulares al sistema educativo nacional;

VI. al XXXIV. ...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputado José Alejandro Aguilar López (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Gobernación y Población. Julio 11 de 2023.)

Que adiciona un segundo párrafo al artículo 99 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, recibida de la diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La que suscribe, diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II y 78, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía la iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 99 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En materia de responsabilidades administrativas como en todos los aspectos de la vida de las personas, el tiempo resulta un principal factor que se necesita y se debe aprovechar.

Al suceder una falta administrativa resultante de un proceso de auditoría queda claro que los auditores realizaron una revisión exhaustiva, integral y pormenorizada de una cuenta pública.

Dentro de los papeles de trabajo de las auditorías, los auditores se hacen llegar de toda la documentación probatoria que sustenta tanto cumplimientos como inobservancias por parte de la dependencia o entidad auditada, focalizadas en quién, cuándo, dónde, por qué y cómo se verificó la irregularidad.

Esto significa que las auditorías superiores integran un expediente que se convierte en volúmenes con una inmensidad y diversidad de documentales que fueron parte sustancial del análisis en donde se identifican circunstancias de tiempo, modo, lugar y ocasión respecto a conductas que deben ser materia de indagatoria.

Lamentablemente en la práctica, al encontrar elementos para acreditar una falta administrativa, las auditorías superiores solo remiten un oficio haciendo del conocimiento a los órganos internos de control, el resumen o extracto de lo encontrado que se precalifica como una posible o probable falta pero sin incorporar los elementos objetivos y subjetivos, así como los datos y medios de prueba necesarios para que las autoridades investigadores integren su expediente el cual, además de la documental pública que remite los datos preliminares, debería incorporar los elementos que tuvo a su alcance el auditor que le llevaron a concluir la existencia de una conducta prevista como presunta responsabilidad administrativa.

Dentro de los documentos que las unidades de auditoría recaban y se abstienen de remitir están: las constancias que determinan que las personas auditadas son servidores públicos, las funciones, facultades y atribuciones que tienen a su cargo, los documentos que fueron solicitados sobre la materia o materias revisadas, los requerimientos formulados, las omisiones detectadas, las posibles respuestas o réplicas de los responsables del acto u omisión, los análisis practicados y resultados alcanzados, todo lo cual constituyen elementos valiosos para que de remitirse a una autoridad investigadora optimice sus tiempos de indagatoria y requerimiento para poder ser más eficaces en el resultado del trabajo de los órganos internos de control el cual se resume en prevenir, corregir, resarcir y en su caso sancionar la falta administrativa encontrada.

Sin embargo, al no hacer esta colaboración documental en la especie las autoridades investigadoras tienen que descubrir, requerir y obtener cada uno de estos documentos base de la acción, lo que dilata, demora y retarda la efectividad del procedimiento de responsabilidades administrativas.

Bajo estas premisas, la presente iniciativa busca consolidar desde la perspectiva legislativa hacia la operatividad práctica los siguientes objetivos específicos:

a) Optimizar tiempos de investigación, haciendo más eficaces las actuaciones de los Órganos Internos de Control y de la Secretarías o Sindicaturas, según se trate.

b) Mejorar las comunicaciones entre las auditorías superiores y las autoridades prevenidas por la Ley.

c) Evitar el desaprovechamiento de tiempos, medios y recursos para las autoridades investigadoras, partiendo de la premisa de las auditorías superiores en ejercicio de sus revisiones recaba los elementos suficientes que son necesarios para sustentar los expedientes de investigación.

d) Precisar la necesidad de remitir los documentos datos, indicios que presumen, acreditan y demuestran la existencia de una conducta que pudiera ser constitutiva de falta administrativa.

e) Inhibir la práctica de remitir por parte de las auditorias superiores conductas sin elementos y sin las precisiones documentales suficientes a efecto de brindar más productividad y resolutividad al sistema de responsabilidades.

f) Generar una nueva cultura de trabajo en materia de investigaciones administrativas sustentadas en resultados y concretadas en la aplicación de medidas preventivas, correctivas o sanciones procedentes.

g) Propiciar que en las entidades federativas se desarrolle similar legislación que permita prevenir, corregir y en su caso tener más efectividad en la remisión de auditorías a las autoridades investigadoras.

Por lo antes expuesto y con fundamento en las disposiciones señaladas, se presenta a la consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 99 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en los términos siguientes:

Articulo Único. - Se adiciona un segundo párrafo al artículo 99 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, para quedar como sigue:

Artículo 99. ... ( ... )

La vista a que refiere el párrafo anterior se formulará, remitirá y notificará formalmente a la autoridad competente, debiendo adjuntar los datos, medios y documentos de prueba los que deberán contener cuando menos los siguientes elementos:

I. Señalamiento de presuntos responsables, precisando nombres, apellidos, cargos y periodos circunstanciados de la presunta irregularidad.

II. Descripción de la acción u omisión detectada, precisando circunstancias de tiempo, modo, lugar y ocasión.

III. Indicación justificada y documentada en instrumentos públicos respecto de la normatividad infringida.

IV. Copia certificada de los documentos, instrumentos, actuaciones y diligencias con los que se acredita la acción u omisión detectada.

Transitorio

Único: El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputada Julieta Andrea Ramírez Padilla (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción. Julio 11 de 2023.)

Que reforma el artículo 16 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, recibida de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La suscrita, diputada Araceli Celestino Rosas en la LXV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en relación con el artículo 6, numeral 1, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable soberanía iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 16, fracciones I y III de la Ley de Infraestructura de la Calidad, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

La iniciativa que someto al conocimiento del honorable pleno de la Cámara de Diputados tiene la intención de actualizar las fracciones I y III del artículo 16 de la Ley de Infraestructura de la Calidad a los cambios normativos que se han dado en otros ordenamientos jurídicos.

En la fracción I se hace mención, entre otras dependencias, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Sin embargo, para sustentar la propuesta que se presenta, debemos considerar que mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 2021 se reformaron los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para modificar la denominación de la dependencia, pasando hacer Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes .

Razón por la cual es atendible la propuesta sometida a su conocimiento.

Para el caso de la fracción III, propongo la sustitución en la denominación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología por el de Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías , que es el nombre actual con el que cuenta el organismo y que se desprende del contenido de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, misma que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2023 y en cuyo artículo transitorio segundo se establece: “se abrogan la Ley de Ciencia y Tecnología y la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, ambas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2022”.

Como se advierte, resulta atendible la propuesta a la fracción III del artículo 16 de la ley materia de la presente iniciativa.

Decreto

Artículo Único. Se reforman las fracciones I y III del artículo 16 de la Ley de Infraestructura de la Calidad, para quedar como sigue.

Artículo 16. ...

...

I. Las personas titulares de las Subsecretarías correspondientes de las Secretarías de Gobernación, Seguridad y Protección Ciudadana, Hacienda y Crédito Público, Bienestar, Medio Ambiente y Recursos Naturales, Energía, Economía, Agricultura y Desarrollo Rural, Infraestructura , Comunicaciones y Transportes, Educación Pública, Salud, Trabajo y Previsión Social, Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, Turismo y Marina, o las que las sustituyan, así como otras dependencias que tengan competencia en materia de normalización, según esa competencia sea reconocida por la propia Comisión;

II. ...

III. Las personas titulares de las Direcciones Generales, o su equivalente del Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías , del Centro Nacional de Metrología y de los Institutos Designados de Metrología, o los que los sustituyan;

IV. al VI. ...

...

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputada Araceli Celestino Rosas (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad. Julio 11 de 2023.)

Que reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

El que suscribe, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

El Poder Judicial es hoy, de los tres Poderes de la Unión, el más opaco, el que menos está bajo el escrutinio público y, por ende, el más corrupto. Casos que ejemplifican lo que aquí se menciona, sobran, entre ellos se puede mencionar el caso que implica al ministro Luis María Aguilar Morales:

“Investigaciones del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y la Fiscalía General de la República (FGR) empiezan a develar hechos de corrupción que involucrarían al expresidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar Morales, quien aun despacha como ministro del máximo tribunal del país.

A partir de esas pesquisas ha salido a la luz que durante la gestión de Aguilar Morales al frente del Poder Judicial Federal (2015-2019), se vendieron exámenes para acceder a cargos de jueces federales, muchos de los cuales, junto con algunos magistrados, operaron redes de corrupción para tramitar asuntos en los tribunales, liderados por el magistrado Jorge Camero; se licitaron a modo contratos de telefonía a sobreprecio; y hasta se toleró que cárteles del narcotráfico dieran protección institucional a jueces y magistrados federales en Jalisco. Todo lo anterior como resultado de las investigaciones que la actual administración del Consejo de la Judicatura Federal ha llevado a cabo” (Cortés, 2021).

Por otro lado, en los casos de corrupción al interior del Poder Judicial también se han visto involucrados altos funcionarios del Consejo de la Judicatura Federal:

“El viernes pasado fueron encontradas y congeladas cuentas de uno de los exfuncionarios del CJF: Francisco Javier Pérez Maqueda, quien fungió como director general de Inmuebles y Mantenimiento del Poder Judicial” (Cortés, 2021).

Lo más grave es que el caso del ciudadano Francisco Javier Pérez Maqueda sucedió mientras Luis María Aguilar Morales era presidente de la SCJN y presidente del CJF.

“La corrupción en el Poder Judicial mexicano tiene muchos precedentes, tal es el caso de la construcción a sobrecosto de salas de juicios orales.

Cuando Luis María Aguilar Morales fue presidente de la Suprema Corte, de 2015 a 2018, se registraron daños al erario público, uno de ellos por más de 34 millones de pesos.

Con recursos provenientes del fideicomiso de Administración e Inversión para el Desarrollo, el entonces director de inmuebles y mantenimiento del Consejo de la Judicatura, Francisco Javier Pérez Maqueda, designado directamente por el ministro Morales, realizó obras con sobrecostos, mediante engañosas cotizaciones.

Todo esto fue posible mediante el fideicomiso que se constituyó para implementar la reforma constitucional en materia penal, que estableció en nuevo sistema penal acusatorio, poniendo en marcha los juicios orales” (Méndez, 2023).

Los escándalos de este ministro no paran. En días recientes Luis María Aguilar Morales volvió a las primeras planas por intentar otorgarle un amparo a Gustavo Cárdenas Fuentes, tío de Luis Cárdenas Palomino. “Cárdenas Fuentes ha sido señalado por no pagar 163 millones de pesos de impuestos, desde el año 2015. El monto se incrementa al hacer los cálculos a la fecha y corresponden a 342 millones de pesos” (Once noticias, 2023).

Otro de los escándalos vergonzosos de corrupción en el Poder Judicial, fue la venta de exámenes que se hizo desde el Consejo de la Judicatura Federal a aspirantes a jueces de distrito.

“...el director de Informática del Instituto de la Judicatura Federal (IJF), José Alfredo Sánchez López, entregó el examen para jueces de distrito para que fuera vendido a postulantes.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) investigó y constató dicho acto, que es el escándalo más grave del Poder Judicial de la Federación de los últimos años. Los reactivos fueron ofrecidos en distintas tarifas que iban desde 25 mil, 50 mil y hasta 186 mil pesos” (Velázquez, 2022).

En fechas recientes se han dado a conocer decisiones judiciales de distintos juzgadores que, bajo el mandato de Norma Piña, ministra de la SCJN y presidenta del CJF, se han dedicado a proteger o encubrir a delincuentes, tal es el escándalo de las cuentas de la esposa de Genaro García Luna.

“El Décimo Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de la Ciudad de México revocó la sentencia del Juzgado Décimo Segundo con la que se había negado a Pereyra Gálvez el amparo por su inclusión en la Lista de Personas Bloqueadas del 9 de diciembre de 2019” (Monroy, 2023).

Es por ello que consideramos urgente iniciar un proceso real y profundo de transformación del Poder Judicial y esa transformación debe iniciar desde el Consejo de la Judicatura Federal. El Poder Judicial no tiene contrapesos en su interior, lo que sí sucede en el Poder Legislativo y su autoridad sancionadora (el Consejo de la Judicatura Federal) está presidida por el o la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien se convierte en juez y parte y por ello el combate de la corrupción al interior del Poder Judicial se convierte en una farsa, a todo esto, debemos añadir la opacidad que rodea a dicho poder.

Argumentado lo anterior, a continuación se presenta un cuadro comparativo con las reformas propuestas al artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Texto normativo propuesto

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante el pleno de esta soberanía el siguiente

Decreto que reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 100. El Consejo de la Judicatura Federal será un órgano del Poder Judicial de la Federación con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones.

El Consejo se integrará por siete miembros, de los cuales tres consejeros deberán ser designados por el pleno de la Corte, por mayoría de cuando menos ocho votos, de entre los magistrados de Circuito y Jueces de Distrito; dos Consejeros designados por el Senado, y uno por el Presidente de la República.

El o la presidenta del Consejo de la Judicatura Federal deberá ser elegido mediante voto popular directo y universal.

Para los efectos anteriores, el INE emitirá una convocatoria pública abierta que contendrá las etapas completas para llevar a cabo el proceso de selección de los o las candidatas a la presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un Comité Técnico de Evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio e intachable calidad moral.

El Comité Técnico de Evaluación será temporal y honorífico y sesionará de manera pública en la Cámara de Diputados observando el principio de transparencia y máxima publicidad.

El Congreso General a través de sus Juntas de Coordinación Política y de las Comisiones de Justicia, realizará las consultas necesarias a los poderes de la Unión y a la Comunidad Jurídica Nacional, para que, a partir de ese ejercicio, el Congreso General seleccione 3 miembros del Comité Técnico. Por su parte, el Pleno de la Suprema Corte y la persona titular del Ejecutivo Federal propondrán 2 miembros cada uno, los cuales podrán, si así lo desean, seleccionarlos de las consultas con la Comunidad Jurídica Nacional.

El Comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo de presidente o presidenta del Consejo de la Judicatura Federal, seleccionará a los mejor evaluados formando una quinteta de aspirantes, cuidando que se cumplan los principios de paridad de género e inclusión de los grupos sociales históricamente excluidos.

Una vez realizado el procedimiento descrito en el párrafo inmediato anterior, se enviará la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Diputados, quien a su vez la dará a conocer en la sesión convocada para tal efecto y la deberá remitir, de forma inmediata, al Instituto Nacional Electoral.

Recibida la relación de candidatos a la presidencia del Consejo de la Judicatura Federal, el Instituto Nacional Electoral ordenará, en un plazo no mayor a tres meses, la realización del proceso electoral en el cual toda aquella persona mexicana que reúna los requisitos para votar participará y votará por el candidato de su elección. En dicho periodo deberá también organizar por lo menos tres debates en los cuales los candidatos expondrán de cara a la nación su proyecto y plan de trabajo en caso de resultar electos. Dichos debates deberán transmitirse en cadena nacional.

Cuando el proceso de elección del Presidente o Presidenta del Consejo de la Judicatura Federal coincida con un proceso electoral federal, deberán realizarse ambas elecciones el mismo día.

Será nombrado Presidente o Presidenta del Consejo de la Judicatura Federal el candidato que cuente con el mayor número de votos en el proceso electoral enunciado, previa resolución de las impugnaciones que se pudiesen presentar.

En todo el proceso descrito en el presente artículo deberá observarse el principio de transparencia y máxima publicidad.

(...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Bibliografía

- Cortés, R. R. (18 de enero de 2021). La corrupción en la Corte que no vio el ministro Luis María Aguilar. Obtenido de El Universal: https://www.eluniversal.com.mx/opinion/raul-rodriguez- cortes/la-corrupcion-en-la-corte-que-no-vio-el-ministro-luis-maria-agui lar/

- Méndez, L. (13 de marzo de 2023). El sobrecosto de las salas de juicios orales en el Poder Judicial. Obtenido de Once noticias: https://oncenoticias.digital/nacional/el-poder-judicial-ha-sido-victima -de-actos-de-corrupcion/236329/

- Monroy, J. (21 de febrero de 2023). Tribunal ordena desbloquear cuentas bancarias de Linda Cristina Pereyra, esposa de García Luna. Obtenido de El Economista: https://www.eleconomista.com.mx/politica/Tribunal-ordena-desbloquear-cu entas-bancarias- de-Linda-Cristina-Pereyra-esposa-de-Garcia-Luna-20230221-0058.html

- Once noticias. (junio de 2023). SCJN niega amparo a tío de Luis Cárdenas Palomino. Obtenido de Once noticias: https://oncenoticias.digital/casos-de-corrupcion/suprema-corte-niega-am paro-a-tio-de-luis-cardenas-palomino/254786/

- Velázquez, I. (23 de abril de 2022). Exigen endurecer controles de examen evaluador de jueces.

Obtenido de Reforma: https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.as px?__rval=1&urlred irect=https://www.reforma.com/exigen-endurecer-controles-de-examen-eval uador-de- jueces/ar2390508?referer=—7d616165662f3a3a6262623b727a7a7279703b767a783 a—

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Julio 11 de 2023.)

Que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, recibida del diputado Manuel Alejandro Robles Gómez, del Grupo Parlamentario Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

El que suscribe, diputado Manuel Alejandro Robles Gómez del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con la siguiente

Exposición de Motivos

La renuencia de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por bajarse sus salarios es una muestra más de su poco compromiso ético y moral con el pueblo de México. Es un acto simbólico que demuestra la conversión de la SCJN en un poder al servicio del interés personal y de la oligarquía y que no responde a los interese del pueblo.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia han demostrado deshonestidad y falta de probidad, así como un actuar poco ético y bajo compromiso social al auto otorgarse amparos para dejar de ajustarse a la constitución en un abierto conflicto de intereses.

Por otro lado, violentan principios jurídicos, pues al emitir sus resoluciones respecto de su propia remuneración, están incurriendo en un abierto conflicto de interés ante la parcialidad evidente, lo cual, por lógica, no resolvieron en su perjuicio.

Por otro lado, otro de los argumentos que utilizan es el de que a trabajo igual corresponde salario igual, sin embargo, deben los ministros y todo el gremio judicial, hacer la comparación de sus salarios con los titulares de otros poderes, por ejemplo, con el presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados o el Presidente de la República. No es posible que un juez local tenga un salario mayor que el Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

Los ministros de la Suprema Corte de Justicia han demostrado deshonestidad y falta de probidad, así como un actuar poco ético y bajo compromiso social al otorgar amparos a otros actores que han solicitado esa protección, protección que, para el caso concreto de esos actores, es inmoral.

Nada más en 2022, medios de comunicación reportaron que había 5 mil amparos contra la austeridad del presidente, lo cual es una acción ruin, poco ética e impúdica por parte de funcionarios públicos que deberían servir al pueblo de México y no servirse de los impuestos de la gente. De los servidores públicos que se habían amparado, tres cuartas partes pertenecer al poder judicial.

“...el total de los quejosos, tres cuartas partes son integrantes del Poder Judicial:

• 2 mil 005 secretarios de acuerdos.

• Mil 098 oficiales judiciales.

• 425 magistrados.

• 418 actuarios.

• 367 jueces de distrito.

Otros mil amparos han sido presentados por servidores públicos externos, es decir, servidores públicos de distintas dependencias federales como:

• Petróleos Mexicanos (Pemex).

• Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).

• Procuraduría General de la República (PGR).

• Instituto Politécnico Nacional (IPN).

• Centro de investigaciones y Seguridad Nacional.

• Instituto Nacional Electoral (INE).

• Servicio de Administración Tributaria (SAT).

• Secretaría de Gobernación (Segob).” (Nación 321, 2022)

Al otorgar esos amparos, (muchos para beneficiar a jueces y magistrados) los mismos funcionarios del poder judicial están realizando una interpretación interesada y mezquina de la ley, entrando en un evidente conflicto de interés. Ningún juzgador puede juzgar para su beneficio, algo que sí está haciendo la mafia de juzgadores que está enquistada en el poder judicial.

El gremio del poder judicial tiene la batalla perdida, pues sus ambiciones personales y de grupo no tienen ningún fundamento constitucional, ético, moral ni social. Tienen la batalla perdida contra el pueblo de México y, les guste o no, tendrán que ajustarse a la austeridad republicana pues es un mandato de las y los mexicanos que se cristalizó en 2018 en las urnas con la victoria del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Los funcionarios del poder judicial deben ganar menos que el Presidente de la República, pues nadie trabaja más que él, además, el nivel de responsabilidad del Presidente es mucho mayor al de cualquier funcionario del poder judicial.

Argumentado lo anterior, a continuación, se presenta un cuadro comparativo con las reformas propuestas al artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Texto normativo propuesto

Por lo anteriormente expuesto, me permito presentar ante el pleno de esta soberanía el siguiente

Decreto que reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. se reforma el artículo 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 94. (...)

La remuneración que perciban por sus servicios los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo, siempre y cuando su remuneración sea menor o igual a la de la persona titular del Poder Ejecutivo.

(...)

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Bibliografía

Nación 321. (27 de 07 de 2022). Batalla por salarios: 4T suma 5 mil amparos contra austeridad. Obtenido de Nación 321: https://www.nacion321.com/gobierno/funcionarios-amparados-reaccionan-a- exhibicion-de-sueldos-por-amlo

Dado en el Senado de la República, recinto de la Comisión Permanente, a los 5 días del mes de julio de 2023.

Diputado Manuel Alejandro Robles Gómez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Julio 11 de 2023.)

Que adiciona el artículo 30 Bis a la Ley de Migración, en materia de personas migrantes desaparecidas y no localizadas, recibida de la diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, del Grupo Parlamentario Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La que suscribe, Nelly Minerva Carrasco Godínez, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 30 Bis de la Ley de Migración, en materia de personas migrantes desaparecidas y no localizadas, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

El tránsito ha sido una característica de la evolución del ser humano, se cree que los primeros homínidos migraron a causa de los cambios climáticos, la falta y competencia de alimento, así como por catástrofes naturales. Hoy, en el Siglo XXI, los seres humanos migran para “escapar de conflictos, persecuciones, del terrorismo o de violaciones o abusos de los derechos humanos”.1

En términos académicos, la migración es entendida como “el cambio de residencia que implica el traspaso de algún límite geográfico o administrativo debidamente definido”.2 Ésta se clasifica en seis grupos:

Migración según su escala demográfica:

• Internas: El desplazamiento ocurre dentro de una misma región, estado o país.

• Externas: Las personas se mudan hacia un país diferente al de origen.

Migraciones según el origen y el destino:

• Desde zonas rurales hacia zonas urbanas.

• Entre distintas ciudades.

• Desde zonas urbanas hacia áreas rurales.

Migraciones según el grado de libertad

• Voluntarias: Por la libre elección y la búsqueda de una mejora en la calidad de vida.

• Espontáneas: Por una oportunidad de trabajo o de formación académica a fin de adquirir experiencia enriquecedora en la trayectoria profesional.

• Forzadas: Por motivos políticos, religiosos, bélicos, medioambientales, etc., que amenazan la vida de los migrantes.

Migraciones según el período de tiempo

• Estacionales: Las personas cambian de ubicación durante un determinado plazo para más tarde retornar a su lugar de origen y van desde una temporada hasta algunos años.

• Definitivas: La migración se realiza por tiempo indefinido o de por vida.

Migración según la edad

• Migración adulta: Es el tipo de migración más común.

• Migración infantil: Son los niños que migran junto con sus padres.

• Migración de ancianos: Representa solo a una minoría y suele ser de tipo obligatoria (por catástrofes naturales, cuestiones políticas, económicas, etc.).

Es, por tanto, la migración un derecho en el que la comunidad internacional ha protegido, pues quienes migran no abandonan sus derechos humanos en su lugar de origen. Así pues, los instrumentos más relevantes en la materia y de los cuales México es Parte, son:

Declaración Universal de los Derechos Humanos 3

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.

2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares: 4

Artículo 1

1. La presente Convención será aplicable, salvo cuando en ella se disponga otra cosa, a todos los trabajadores migratorios y a sus familiares sin distinción alguna por motivos de sexo, raza, color, idioma, religión o convicción, opinión política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación económica, patrimonio, estado civil, nacimiento o cualquier otra condición.

2. La presente Convención será aplicable durante todo el proceso de migración de los trabajadores migratorios y sus familiares, que comprende la reparación para la migración, la partida, el tránsito y todo el período de estancia y de ejercicio de una actividad remunerada en el Estado de empleo, así como el regreso al Estado de origen o al Estado de residencia habitual.

Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones 5

Preámbulo

Reconociendo que para asegurar una realización armónica de los movimientos migratorios en todo el mundo y facilitar, en las condiciones más favorables, el asentamiento e integración de los migrantes en la estructura económica y social del país de acogida, es frecuentemente necesario prestar servicios de migración en el plano internacional,

Que pueden también necesitarse servicios de migración similares para los movimientos de migración temporera, migración de retorno y migración intrarregional,

Que la migración internacional comprende también la de refugiados, personas desplazadas y otras que se han visto obligadas a abandonar su país y que necesitan servicios internacionales de migración.

Que es necesario promover la cooperación de los Estados y de las organizaciones internacionales para facilitar la emigración de las personas que deseen partir hacia países en donde puedan, mediante su trabajo, subvenir a sus propias necesidades y llevar, juntamente con sus familias, una existencia digna, en el respeto a la persona humana,

Que la migración puede estimular la creación de nuevas actividades económicas en los países de acogida y que existe una relación entre la migración y las condiciones económicas, sociales y culturales de los países en desarrollo,

Que en la cooperación y demás actividades internacionales sobre la migración deben tenerse en cuenta las necesidades de los países en desarrollo,

Que es necesario promover la cooperación de los Estados y de las organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales, en materia de investigaciones y consultas sobre temas de migraciones, no solo por lo que se refiere al proceso migratorio sino también a la situación y necesidades específicas del migrante en su condición de personas humana,

Que el traslado de los migrantes debe ser asegurado, siempre que sea posible, por los servicios de transporte normales pero que, a veces, se ha demostrado la necesidad de disponer de medios suplementarios o diferentes,

Que debe existir una estrecha cooperación y coordinación entre los Estados, las organizaciones internacionales gubernamentales y no gubernamentales en materia de migraciones y refugiados,

Que es necesario el financiamiento internacional de las actividades relacionadas con la migración internacional.

Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional: 6

Artículo 2. Finalidad

El propósito del presente Protocolo es prevenir y combatir el tráfico ilícito de migrantes, así como promover la cooperación entre los Estados Parte con ese fin, protegiendo al mismo tiempo los derechos de los migrantes objeto de dicho tráfico.

Objetivo de Desarrollo Sostenible 10. Reducir la desigualdad en y entre los países: 7

Meta 10.7. Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas.

De lo anterior, nuestro país ha defendido, promovido y garantizado el derecho de las personas migrantes a través de su marco jurídico, ejemplo de ello son los siguientes instrumentos.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 8

Artículo 11. Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.

Toda persona tiene derecho a buscar y recibir asilo. El reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de asilo políticos, se realizarán de conformidad con los tratados internacionales. La ley regulará sus procedencias y excepciones.

Ley de Migración: 9

Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la República y tienen por objeto regular lo relativo al ingreso y salida de mexicanos y extranjeros al territorio de los Estados Unidos Mexicanos y el tránsito y la estancia de los extranjeros en el mismo, en un marco de respeto, protección y salvaguarda de los derechos humanos, de contribución al desarrollo nacional, así como de preservación de la soberanía y de la seguridad nacionales.

Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político: 10

Artículo 3. La presente Ley tiene por objeto regular el otorgamiento de asilo político, el reconocimiento de la condición de refugiado y el otorgamiento de protección complementaria, así como establecer las bases para la atención a los solicitantes y asistencia a los asilos y refugiados que se encuentran en territorio nacional, con la finalidad de garantizar el pleno respeto a sus derechos humanos y propiciar la interculturalidad.

México se ha convertido en un país de origen, tránsito y destino de migrantes, no obstante, en los último cinco años se han notado un flujo importante de migrantes de manera masiva conocido como ‘caravanas’. Éstas “han sustituido una forma de movilidad o tránsito migratorio en la que conjuntos amplios de migrantes –cada uno de ellos con sus propios objetivos migratorios- se reúnen para marchar juntos hacia el norte de manera relativamente segura: hay acompañamiento masivo y no se excluye a las personas de más bajos recursos, la manera de transitar es caminando y mediante aventones y se pernocta en albergues, iglesias, calles, plazas, entre otros.”11

En la frontera sur de nuestro país, “el 12 de octubre de 2018 se organizó en la terminal de San Pedro Sula (Honduras) la primera caravana de migrantes, y fue entonces cuando el movimiento migratorio centroamericano cobró una nueva dimensión. El número de migrantes centroamericanos aprehendidos en la frontera estadounidense se elevó de modo sustancial en 2018 y 2019; en 2022 descendió debido a la pandemia, y en 2021 superó la cifra registrada en 2019. Así mismo, en 2022 el flujo migratorio irregular en la frontera suroeste de Estados Unidos registró una cifra récord”.12

En el 2020, nuestro país ocupó el segundo lugar a nivel mundial de migrantes internacionales.13 Asimismo, “el año 2022 presentó el mayor número de eventos de personas en situación migratoria irregular jamás registrado en México, superando las cifras récord registradas en 2021”.

La mayoría de las personas migrantes que ingresan a México provienen de Venezuela (225), Honduras (16 por ciento), Guatemala (16 por ciento), Cuba (9 por ciento), Nicaragua (9 por ciento), Colombia (6 por ciento), El Salvador (6 por ciento), Ecuador (5 por ciento), Otras (10 por ciento).14

Es importante mencionar que, “en las caravanas hay más migrantes vulnerables (mujeres, niños, personas discapacitadas y personas mayores) que en los flujos migratorios subrepticios. Esta vulnerabilidad incrementa el riesgo de migrar. Así, no es del todo infrecuente que la delincuencia organizada secuestre a mujeres que quedan rezagadas o que las redes de trata sexual capten con engaños a mujeres jóvenes”.15

Y es que, “los migrantes irregulares y los grupos del crimen organizado por lo general interactúan en una de dos formas: para facilitar el trayecto de los migrantes o para victimizarlos en el camino. Los migrantes pueden cooperar voluntariamente con los grupos del crimen organizado contratando ‘coyotes’, pagando una cierta cuota o trabajando para estos grupos durante su trayecto. Sin embargo, estos grupos pueden abusar de los migrantes por medio del robo, extorsión, secuestro y trata”.16

Por supuesto, para los grupos criminales significa un negocio redituable delinquir con personas migrantes, pues se calcula que obtienen ganancias de más de $134 millones de dólares anualmente, siendo el secuestro el delito más común para obtener tales cifras.17

De acuerdo datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas de la Secretaría de Gobernación, de 1962 al 2023 se encuentran 154 personas desaparecidas y no localizadas en calidad de personas migrantes, de las cuales, 143 personas son extranjeras y 11 son mexicanas.18

Es menester indicar que, las personas migrantes enfrentan su travesía solos y en la mayoría de los casos no tienen manera alguna de poder comunicarse con sus familiares, la situación de una persona migrante extrajera se complica aún más porque no existen las condiciones para que sus familiares puedan ingresar a nuestro país y reportar la desaparición de una persona.

No obstante, aunque el Registro Nacional solo concentra los datos oficiales, el trabajo de la sociedad civil organizada nos permite dimensionar la realidad a la que nos enfrentamos. Por ejemplo, el Servicio Jesuita a Migrantes informa que ha atendido mil 280 casos de personas desaparecidas y no localizadas desde 2007 a 2022, mientras que el Movimiento Migrante Centroamericano calcula haber atendido cerca de 80 mil casos.19

Por ello es importante que, sin importar la nacionalidad de las personas migrantes y su estatus migratorio, deben ser buscados y localizados, ser migrante no es un delito, ser migrante es sinónimo de derecho. Por lo anterior, es que la presente iniciativa tiene como objetivo que se contemple en la Ley de Migración que, la Comisión Nacional de Búsqueda sea una autoridad auxiliar en materia migratoria, tal y como se describe en el siguiente cuadro:

Por lo anteriormente expuesto se somete a consideración la siguiente Iniciativa con proyecto de

Decreto

Único. Se adiciona el Artículo 30 Bis a la Ley de Migración en materia de migrantes desaparecidos y no localizados para quedar como sigue:

Artículo 30 Bis. Corresponde a la Comisión Nacional de Búsqueda coadyuvar en la búsqueda y localización de personas migrantes nacionales y/o extranjeras en el país, independientemente de su situación migratoria en los términos que establece la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 ONU, Migración, disponible https://www.un.org/es/global-issues/migration

2 CEPAL, Migración, disponible en https://www.cepal.org/es/subtemas/migracion#

3 Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 13, disponible en https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-rights

4 Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, Artículo 1, disponible en https://www.ohchr.org/es/instruments- mechanisms/instruments/international-convention-protection-rights-all-m igrant-workers

5 Constitución de la Organización Internacional para las Migraciones, Preámbulo, disponible en http://portales.segob.gob.mx/work/models/PoliticaMigratoria/CEM/UPM/MJ/ II_1.pdf

6 ONU, Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, Artículo 2, disponible en https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/sp_proto_cont_tr%C3%A1fi_ l%C3%ADci_migra_tierra_mar_aire_comple_conve_nu_cont_delin_orga_transn. pdf

7 ONU, Objetivo de Desarrollo Sostenible 10, Meta 10.7, disponible en https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/inequality/

8 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 11, disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

9 Ley de Migración, Artículo 1, disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf

10 Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, Artículo 3, disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LRPCAP.pdf

11 Nexos, Caravanas migrantes: forma de movilidad y movimiento social, disponible en https://migracion.nexos.com.mx/2021/12/caravanas-migrantes-forma-de-mov ilidad-y-movimiento- social/#:~:text=Las%20caravanas%20han%20constituido%20una,las%20persona s%20de%20m% C3%A1s%20bajos

12 Periódico UNAL, Caravanas de migrantes: una protesta sin fin, disponible https://periodico.unal.edu.co/articulos/caravanas-de-migrantes-centroam ericanos-una-protesta-sin- fin

13 OIM, Perfil Migratorio de México, Perfil Migratorio de México Boletín Anual 2022, disponible en https://mexico.iom.int/sites/g/files/tmzbdl1686/files/documents/2023-03 /Perfil%20Migratorio-%20Boletin%20Anual%202022%20%283%29.pdf

14 Ibídem.

15 Periódico UNAL, Caravanas de migrantes: una protesta sin fin, Op. Cit.

16 The University of Texas at Austin, El crimen organizado y la migración centroamericana en México, disponible en https://www.strausscenter.org/wp-content/uploads/Crimen-Organizado-PRP- en- Espanol.pdf

17 Ibídem.

18 Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, Migrantes, disponible en https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx/Dashboard/Sociodemografico

19 Swissinfo, El 75% de migrantes desaparecidos y localizados en México estaban detenidos, disponible en https://www.swissinfo.ch/spa/crisis-migratoria-m%C3%A9xico_el-75—-de-mi grantes-desaparecidos-y-localizados-en-m%C3%A9xico-estaban-detenidos/47 586162

Dado en el Salón de Sesiones de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez

(Turnada a la Comisión de Asuntos Migratorios. Julio 11 de 2023.)

Que expide la Ley General para la Promoción y Respeto de la Cultura de la Diversidad Sexual, recibida de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La que suscribe, diputada federal Reyna Celeste Ascencio Ortega , en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley General para la Promoción y Respeto de la Cultura de la Diversidad Sexual , al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El objeto de este proyecto legislativo es expedir una ley general que promueva y fortalezca la cultura de la diversidad sexual, que rija en los distintos órdenes de gobierno, que no se persiga a quienes pertenecen a la población LGBTIQ+, se trata de que haya un régimen de promoción y respeto para las diversas expresiones de la diversidad sexual.

Esta nueva Ley tendrá por objeto promover la tolerancia y respeto por la diversidad sexual, así como la promoción de la cultura LGBTIQ+, entre otras líneas se impulsará:

–Fortalecer campañas institucionales de conocimiento y respeto durante el mes de junio de cada año, que es el mes del orgullo gay, donde habrá de desarrollarse una agenda de eventos culturales y de entretenimiento durante ese periodo.

–Promover las expresiones sociales y culturales que aportan los integrantes de la población de la diversidad sexual, estableciendo premios y eventos artístico-culturales para dar difusión, y en el marco de ello, otorgar reconocimientos y distinciones.

–Contribuir al fortalecimiento del movimiento de la diversidad sexual, a través de actividades de conmemoración de fechas significativas que tenga por finalidad otorgar visibilidad a las diversas expresiones de la población LGBTIQ+, tales como la celebración de marchas del orgullo y de los días conmemorativos, buscando la preservación de la memoria histórica del movimiento social de la diversidad sexual;1

–Realizar actividades educativas y culturales dirigidas a adolescentes y jóvenes sobre diversidad sexual;

–Que haya una guía de recursos y herramientas para que las personas puedan entender el fenómeno de la diversidad sexual, así como para dar un trato respetuoso y de inclusión a las personas LGBTIQ+, dentro de los servicios públicos y privados.

–Promover entre las autoridades una sensibilización a los servidores públicos para asegurar un trato adecuado y digno para las personas de la diversidad sexual.

Impulsar la participación, así como la articulación y cooperación de los sectores público, social y privado en el fomento de la diversidad sexual.

–Promover la celebración de ferias, kermeses, tianguis alusivos a la cultura LGBTIQ+.

Las personas de la diversidad sexual históricamente han sido marginadas y relegadas de “lo público”, muchas de sus expresiones tuvieron que hacerse en forma oculta o subrepticia, es por ello, que la marcha que se realiza cada año durante el mes de junio es un hito, porque es un día donde la tolerancia permite una serie de expresiones, pero esa tolerancia debe ser día con día, y no subsumirse en una sola festividad.

En el caso de los integrantes de la población LGBTIQ+ se han dado expresiones culturales y artísticas, que han reflejado la estigmatización y la lucha por los derechos civiles de este grupo, estas expresiones en algunos casos han resultado en iconos de la cultura en general.

Una ley que promueva y fomente el respeto por la diversidad sexual abre la puerta a la tolerancia y al reconocimiento de que hay personas con identidades y expresiones de género distintas a la llamada heteronormalidad, y que alrededor de ellos, se dan expresiones artísticas y culturales de gran valía.

Reconocer la expresión de otros, es un valor insuperable en una democracia, pero reconocer la situación y expresiones artísticas y culturales de las minorías que han sido históricamente excluidas es una cuestión de valentía, solidaridad y tolerancia.

La cultura LGBTIQ+ es compartida por mucha gente, y no sólo de parte de las personas de la diversidad sexual, son fenómenos culturales que dependen en gran medida de cada lugar y tiempo, una muestra de ello es la cultura Muxe en Oaxaca, veamos:

—Juchitán, en la región del istmo de Tehuantepec, en Oaxaca, es una de las principales ciudades de la cultura zapoteca en donde se localizan los muxes, una sociedad indígena que se denomina el tercer género. Los muxes son hombres que nacieron biológicamente hombres, pero que adoptan roles de mujer, porque les gusta, pero no están en competencia con otras mujeres.

“La mujer principal es la madre, que es la dadora de vida, el muxe no entra en competencia con la madre, le gusta vestirse, verse como una mujer, pero no va a entrar en la competencia de quién es más mujer, por ejemplo”, destaca la doctora Natividad Gutiérrez Chong, del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM.

Se calcula que hay aproximadamente 3 mil muxes en la región, algunos sí buscan hacer transformaciones en sus cuerpos, aunque no es su función principal, la cual está basada en aspectos familiares y sociales.2

Otro de los hitos en la cultura de la diversidad sexual, es que los artistas y exponentes del movimiento LGBTIQ+ se convierten en líderes3 sociales para las comunidades, muchas personas se identifican con estos líderes y se animan a participar en forma más decidida en estos movimientos y observar una mayor libertad en la expresión de género de su persona.

La expresión y arte también permiten la comprensión de los movimientos sociales LGBTIQ+, es decir, facilitan identificar cómo surgen, qué evolución han tenido y a qué retos se enfrentan.

Además, la cultura de la diversidad sexual construye y aporta a una cultura general, por ejemplo, a través de la música, contenidos audiovisuales, moda, desfiles y marchas del orgullo, incluso algunos medios como la BBC tienen un apartado de noticias LGBT4 y por supuesto la reconocida bandera arcoíris, existen académicos que así lo reconocen, veamos el siguiente extracto de una publicación de la Universidad Autónoma Metropolitana:

La comunidad gay aporta a la cultura mexicana5

México se escribe con J, una historia de la cultura gay será reeditado en 2017.

La comunidad gay, que ha sido castigada y perseguida, ha aportado mucho a la cultura mexicana. Sus contribuciones en la literatura, la pintura y el cine son de gran importancia, comentó en entrevista el doctor Michael K. Schuessler, profesor-investigador del Departamento de Humanidades.

El académico, quien participó en la Feria Libro Tránsito 2017 –enfocada en esta ocasión a temas de la diversidad sexual– expresó que el matrimonio y la adopción son algunos de los logros que la comunidad gay ha ganado y son fruto de la incesante lucha que históricamente ha dado por sus derechos civiles.

Actualmente, algunas entidades del país muestran cierta apertura y buscan la igualdad de condiciones para las personas homosexuales, tal es el caso de la Ciudad y el Estado de México, así como otras ciudades, donde la sociedad ha cambiado el concepto y la forma de ver la homosexualidad, integrando a sus miembros de una manera más amigable; sin embargo, existen muchos lugares, sobre todo los más alejados de las urbes, donde el rechazo continúa, comentó el doctor en Lenguas Hispánicas.

Michael Schuessler dijo que este rechazo se debe principalmente a factores históricos e ideológicos. Compartió que las autoridades también deben contribuir para que haya una apertura social en el país, que se dará cuando existan los mismos derechos para la comunidad gay en todas las entidades.

Al hablar sobre las aportaciones que la academia ha realizado para cambiar esta percepción negativa en el país, comentó que en el libro México se escribe con J, Una historia de la cultura gay -obra colectiva que coordina junto con el escritor Miguel Capistrán- contiene artículos que documentan el surgimiento y desarrollo de las aportaciones de la comunidad gay a la cultura en México.”

Por otra parte, se manifiesta que la cuarta transformación se ha caracterizado por no dejar a nadie atrás y una muestra de ello es el espacio cultural “contigo en la distancia” de la Secretaría de Cultura,6 dedicado al movimiento de la diversidad sexual.

En el mismo tenor, la Organización de las Naciones Unidas se ha pronunciado por la inclusión cultural de las personas de la diversidad sexual7 donde se dieron las siguientes recomendaciones:

“103. Los Estados deberían considerar la posibilidad de adoptar medidas para formalizar la difusión de las cuestiones relacionadas con la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, por ejemplo: a) Asignar a una institución pública existente la tarea de coordinar y supervisar las cuestiones transversales derivadas de la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, o crear una nueva figura con ese fin, como la de un comisionado o enviado; b) Adoptar medidas particulares para conmemorar y celebrar la diversidad humana, por ejemplo celebrar días internacionales de recordación, apoyar las marchas del orgullo e incluir la visibilidad de la diversidad de orientaciones sexuales e identidades de género en los programas, festivales y eventos culturales y educativos; c) Estudiar medidas con las que rectificar agravios anteriores resultantes de la patologización, penalización o cualquier otro proceso de estigmatización contra personas LGBT y de género diverso.

104. Los Estados deberían fomentar la creación y el funcionamiento de alianzas con agentes no estatales y entre ellos, incluidas las organizaciones de la sociedad civil que operan en todos los sectores, las empresas y las asociaciones y entidades que trabajan en todos los ámbitos de la sociedad, como el deporte, la cultura y los servicios sociales y comunitarios, entre otros.”

En mérito de lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se Expide la Ley General para la Promoción y Respeto de la Cultura de la Diversidad Sexual

Único. Se expide la Ley General para la Promoción y Respeto de la Cultura de la Diversidad Sexual, de acuerdo a lo siguiente:

Ley General para la Promoción y Respeto de la Cultura de la Diversidad Sexual

Artículo 1. Esta Ley es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional, y tiene por objeto establecer los principios y bases generales para la promoción y respeto de la cultura de la diversidad, lo que estará a cargo de cualquier autoridad, entidad, órganos autónomos y organismos de los tres órdenes de gobierno.

Artículo 2. Son objetivos de esta Ley:

I. Favorecer a un ambiente de respeto y reconocimiento a las personas de la diversidad sexual;

II. Promover y fortalecer las expresiones artísticas, culturales y sociales de las personas de la diversidad sexual;

III. Preservar la memoria histórica del movimiento social de la diversidad sexual;

IV. Promover las expresiones sociales y culturales que aportan los integrantes de la población de la diversidad sexual, estableciendo premios y eventos artístico-culturales para dar difusión, y en el marco de ello, otorgar reconocimientos y distinciones, y

V. Generar una sensibilización dirigida a los servidores públicos para asegurar un trato adecuado y digno para las personas de la diversidad sexual.

Artículo 3. Todas las autoridades de los Estados Unidos Mexicanos deberán:

I. En todas sus actuaciones deberán actuar con respeto, inclusión y tolerancia frente a las personas de la diversidad sexual, así como respecto de sus manifestaciones artísticas, culturales y sociales;

II. Contar con instancias especializadas para la atención de personas de la diversidad sexual;

III. Emitir protocolos de atención, que deberán seguir los servidores públicos, para evitar la discriminación y vulneración de los derechos de las personas de la diversidad sexual, asimismo, emitirán guías y herramientas para que las personas puedan entender el fenómeno de la diversidad sexual, bajo una perspectiva de trato respetuoso y de inclusión en la prestación de servicios tanto públicos como privados

IV. Contar, dentro de sus instancias de promoción de la cultura, con un área especializada en la promoción y fomento de las expresiones artísticas, culturales y sociales de las personas de la diversidad sexual, que además deberán implementar acciones para preservar la memoria histórica del movimiento social de la diversidad sexual;

V. Impulsar la participación, así como la articulación y cooperación de los sectores público, social y privado en el fomento de la diversidad sexual;

VI. Realizar actividades educativas y culturales dirigidas a adolescentes y jóvenes pertenecientes a la población de la diversidad sexual;

VII. Disponer de espacios públicos dedicados a la promoción de la cultura y expresiones de la diversidad;

VIII. Podrán establecer estímulos fiscales y administrativos dirigidos a aquellas actividades que incentiven y promuevan la cultura de la diversidad sexual, y

IX. Cada año deberán promover, preferentemente durante el mes de junio, la celebración de eventos artísticos-culturales alusivos a la diversidad sexual, y otorgar premios, reconocimientos y distinciones a aquellas personas que se hayan caracterizado por impulsar el arte, la cultura y la protección de los derechos de las personas de la diversidad sexual.

Artículo 4. Durante el mes de junio de cada año, las autoridades deberán:

I. Apoyar y dar facilidades para la realización de la marcha del orgullo;

II. Realizar campañas institucionales de conocimiento y respeto por la diversidad sexual;

III. Desarrollar una agenda de eventos artísticos, culturales y de entretenimiento de la cultura de la diversidad sexual la cultura y la protección de los derechos de las personas de la diversidad sexual;

IV. Realizar la entrega de premios, distinciones y reconocimientos a aquellas personas que se hayan caracterizado por impulsar el arte, la cultura y la protección de los derechos de las personas de la diversidad sexual;

V. Realizar jornadas de salud especializadas para las personas de la diversidad sexual, y

VI. Promover y apoyar la celebración de ferias, kermeses o tianguis alusivos a la cultura de la diversidad sexual.

Artículo 5. Con el objeto de preservar la memoria histórica del movimiento social de la diversidad sexual, así como para visibilizar a las personas de la diversidad sexual se consideran como días conmemorativos lo siguientes:

I. El 28 de junio de cada año, como Día Nacional e Internacional del orgullo de las personas de la diversidad sexual;

II. El 2 de junio de cada año, como Día Nacional del Reconocimiento de las y los trabajadores sexuales;

III. El 26 de abril de cada año, como Día Nacional de la Visibilidad Lésbica;

IV. El 8 de octubre de cada año, como Día Nacional de las Personas Lesbianas

V. El 13 de noviembre de cada año como el Día Nacional de la Población Transgénero, y

VI. El 26 de noviembre de cada año, como el Día Nacional de la Memoria Transgénero.

Durante las conmemoraciones establecidas en el presente artículo, las autoridades de los tres órdenes de gobiernos deberán realizar la difusión de los mismos, con independencia de poder realizar ceremonias u otro tipo de eventos.

Artículo 6. Las autoridades de los tres órdenes de gobierno deberán contar con disposiciones administrativas que tengan por objeto sancionar en el ámbito administrativo los actos de discriminación en contra de las personas de la diversidad sexual, estableciendo particularmente la imposición de medidas educativas de sensibilización y de respeto, dirigidas a los infractores.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Un ejemplo de esta memoria lo podemos encontrar en el gobierno de México que rememora como fue la primera marcha del orgullo en nuestro país. https://www.gob.mx/cultura/articulos/breve-historia-de-la-primera-march a-lgbttti-de-mexico

El 26 de julio 1978, durante la marcha por el aniversario de la Revolución Cubana, participó una treintena de homosexuales que se identificaron como integrantes del Frente de Liberación Homosexual de México.

2 https://ciencia.unam.mx/leer/925/los-muxes-el-tercer-genero-

3 Las personas trans que han dejado su nombre en la historia de los derechos LGBT En la semana que celebramos el Orgullo 2023, queremos repasar la historia de 12 mujeres y 2 hombres trans que marcaron un antes y un después en el movimiento de los derechos LGBT

https://www.elle.com/es/star-style/noticias-famosos/a329 56034/transexuales-historia-famosos-derechos-lgtbiq-orgullo/

4 https://www.bbc.com/mundo/topics/c95y3rn3gkjt

5 https://www.cua.uam.mx/news/noticias/la-comunidad-gay-aporta-a-la-cultu ra-mexicana

6 https://contigoenladistancia.cultura.gob.mx/lista/categoria/lgbt

7 https://www.ohchr.org/en/calls-for-input/report-socio-cultural-and-econ omic-inclusion-lgbt-people

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 11 de julio de 2023.

Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Diversidad, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 11 de 2023.)

Que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de perspectiva de desarrollo integral de las personas jóvenes, con especial énfasis en aquellos con alguna discapacidad, pertenecientes a comunidades indígenas, afromexicanas y de la diversidad sexual, recibida de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

La que suscribe, diputada federal Reyna Celeste Ascencio Ortega , en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de perspectiva de desarrollo integral de las personas jóvenes, con especial énfasis en aquellos con alguna discapacidad, pertenecientes a comunidades indígenas, afromexicanas y de la diversidad sexual , al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El objeto de este proyecto legislativo es incorporar expresamente a las y los jóvenes en la Ley General de Desarrollo Social, y con especial énfasis a las juventudes con alguna discapacidad, pertenecientes a comunidades indígenas, afromexicanas y de la diversidad sexual.

En efecto, si se revisa la Ley General de Desarrollo Social se apreciará que los conceptos jóvenes o juventudes están ausentes, y es un grupo poblacional de la mayor relevancia que debe formar de la política legal en materia de desarrollo social, su inclusión es estratégica y esencial para el proyecto de nación.

Además cabe recordar que existe un mandato constitucional expreso para apoyar a las juventudes de México, que tiene fundamento en el Decreto por el que se declara reformados los artículos 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Juventud, publicado el 24 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación.1

Para mejor referencia se transcribe a continuación el citado decreto:

Artículo Único. Se reforma la fracción XXIX-P del artículo 73 y se adiciona un último párrafo al artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 4o . ... (Del primer al décimo séptimo párrafo)

El Estado promoverá el desarrollo integral de las personas jóvenes , a través de políticas públicas con enfoque multidisciplinario, que propicien su inclusión en el ámbito político, social, económico y cultural del país. La Ley establecerá la concurrencia de la Federación, entidades federativas, Municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, para esos efectos.

Artículo 73. ...

I. a XXIX-O. ...

XXIX-P. Expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, las entidades federativas, los Municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, velando en todo momento por el interés superior de los mismos, así como en materia de formación y desarrollo integral de la juventud, cumpliendo con los tratados internacionales de la materia de los que México sea parte;

XXIX-Q. a XXXI. ...

Énfasis añadido

Como se aprecia existe mandato constitucional expreso para legislar en la materia, y es desde la Ley General de Desarrollo Social que se articula una política de bienestar para las personas, por ello se propone que haya un apartado específico para las personas jóvenes y, de esa manera, impulsar una política del Estado para la atención y desarrollo de ellos.

Es pertinente apuntar que la precitada reforma constitucional es histórica, ya que se reconoce expresamente a las y los jóvenes en el texto de la Constitución, mencionando que hubo esfuerzos previos que intentaron la modificación constitucional, hasta que finalmente en la LXIV Legislatura se logró que haya fundamento constitucional para que el Estado mexicano tenga el mandato claro de promover el desarrollo integral de las y los jóvenes.

Entre las razones que sostienen y justifican este proyecto legislativo es la demanda de millones de jóvenes de que haya mejores condiciones de vida y oportunidades de desarrollo para ellos, en México se estima que hay 30.6 millones de jóvenes de entre 15 y 29 años, donde los jóvenes representan el 25 por ciento de la población total en nuestro país, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.2

Es imperativo que haya una política de juventud establecida desde la Constitución, y que se desdoble en el orden jurídico secundario, y que mejor manera de hacerlo, que a través de una ley de carácter general, como la Ley General de Desarrollo Social que sea transversal para los tres órdenes de gobierno a fin de satisfacer el compromiso ineludible para promover el desarrollo integral de los jóvenes.

Es de destacar que el desarrollo integral de las personas jóvenes debe entenderse como un deber progresivo, donde el Estado mexicano tiene la responsabilidad de constituir un proceso integral y continuo para la creación de un orden económico y social justo, y que la igualdad de oportunidades, la eliminación de la pobreza crítica y la distribución equitativa de la riqueza y del ingreso; dicho desarrollo integral también debe incluir la plena participación de los jóvenes en sus pueblos y comunidades sobre las decisiones relativas a su propio desarrollo.

Dentro de las finalidades de este proyecto legislativo se encuentra que en el diseño, implementación y ejecución de programas de desarrollo social dirigidos a las y los jóvenes se contemple expresamente la cultura de la paz y la proscripción de la violencia, así como la tolerancia y el respeto por la diversidad, debemos busca que nuestras y nuestros jóvenes se alejen de la violencia y construyan una sociedad más incluyente y solidaria.

La violencia es un grave problema en México, entre las juventudes debe imperar una cultura de la paz, se debe prevenir que las y los jóvenes sean cooptados por la delincuencia, o que adopten conductas violentas en contra de otras personas, particularmente, los jóvenes mismos.

Estamos viviendo tiempos de poca tolerancia y ataques a lo diferente o diverso, es por ello que se debe fomentar en las y los jóvenes la tolerancia y el respeto por la diversidad, por lo distinto y lo diferente; de tal manera que la tolerancia y respeto por la diversidad entre las y los jóvenes, es con el objeto de que haya generaciones más tolerantes y respetuosas entre sí.

Las juventudes deben entender que las diferencias unen y dan identidad, que permiten entender que una sociedad es un crisol de colores, tonos y matices diversos, donde los jóvenes deben enseñarse a apreciar la diversidad existente; y no sólo se trata de la diversidad sexual, sino de toda expresión humana, donde cada persona trata de diferenciarse y distinguirse de entre los demás, tal diversidad y pluralidad se debe reconocer y apreciar por todos.

Empero, es importante mencionar que, si construimos sociedades más tolerantes e incluyentes, habrá un mejor trato para aquellas personas que se adscriben a la comunidad LGBTIQ-+, no es perspectiva de atención que surja de la noche a la mañana, sino que se trata de una construcción que poco a poco promueva la tolerancia y la no discriminación; en el entendido que Tolerancia y Pluralidad son dos valores que permiten mantener la paz y reconocer diferencias, pero sobre todo que permiten un desarrollo social autentico, dejando de lado los conflictos y sumando las diferencias, tales valores deben ser pilares en la formación y atención de las y los jóvenes.

Como legisladoras y legisladores debemos dar condiciones para que las juventudes crezcan y se desarrollen en espacios libres de violencia, debemos enseñarles que nada es mejor que la paz, antes que el conflicto y en mucho de ello abona, la tolerancia y el reconocimiento de la diversidad de personas que existen.

Precisamente la cuarta transformación busca una construcción colectiva y social, que incluya la “diversidad de ideas, posturas políticas, condiciones socioeconómicas, espiritualidades, culturas, regiones e idiomas, ocupaciones y oficios, edades e identidades y preferencias sexuales que confluye en la población actual de México. Y no excluirá a nadie porque será, precisamente, una respuesta positiva y constructiva a las décadas de exclusión”3

La inseguridad, la delincuencia y la violencia no se deben apoderar de las juventudes de México, cuando los tocan, se pierde no sólo la paz sino que también se arriesga su integridad y vida, se desintegran las familias, deja de existir cohesión social, la amalgama que dan el trabajo y la educación se pierden, y se obstaculiza el desarrollo económico; en otras palabras se busca que el desarrollo social implemente un nuevo modelo de paz y seguridad basado en la incorporación social de las y los jóvenes.

Lo anterior, sólo puede lograrse a través de programas y políticas públicas que expresamente consideren la proscripción de la violencia y el fomento de la paz, siendo una arista paralela el compromiso con la no discriminación y segregación de las personas, buscamos inculcar en los jóvenes respeto y solidaridad.

Otra de las aristas fundamentales de esta propuesta de reformas es apoyar a las personas jóvenes en los temas de salud mental, la prevención del suicidio y la diversidad sexual.

La salud mental es una cuestión que afecta a las y los jóvenes de nuestro país, debe tenerse cuidado especial en la salud de nuestras juventudes, considerando que hubo una afectación durante el encierro por la pandemia del Covid-19, entre otros, los problemas familiares que ocasionó, la deserción escolar, así como la pérdida de oportunidades laborales y educativas debido a la citada epidemia sanitaria que enfrentamos.

Precisamente relacionado con la salud mental, se encuentra en especial relevancia la prevención del suicidio, debe ser una línea expresa de atención para las juventudes, que en ocasiones recurren a atentar contra su propia vida.

Por otra parte, la educación y capacitación para la tolerancia y respeto por la diversidad debe estar presente en las nuevas generaciones, no sólo se trata de la diversidad sexual, sino de que las y los jóvenes reconozcan la pluralidad que existe y que nos enriquece como comunidad.

En cuanto al tema de la salud mental, la Organización Mundial de la Salud refiere:

–En el mundo, uno de cada siete jóvenes de 10 a 19 años padece algún trastorno mental, un tipo de trastorno que supone el 13 por ciento de la carga mundial de morbilidad en ese grupo etario.

–La depresión, la ansiedad y los trastornos del comportamiento se encuentran entre las principales causas de enfermedad y discapacidad entre los adolescentes.

–El suicidio es la cuarta causa de muerte entre los jóvenes de 15 a 29 años.

–El hecho de no ocuparse de los trastornos de salud mental de los adolescentes tiene consecuencias que se extienden a la edad adulta, perjudican la salud física y mental de la persona y restringen sus posibilidades de llevar una vida plena en el futuro.4

De acuerdo con la propia Secretaría de Salud del Gobierno de México se manifiesta que:

Salud Mental: Fundamental entre los Jóvenes

10 de octubre de 2018

Entre 10 por ciento y 20 por ciento de los adolescentes experimentan problemas de salud mental.

Cerca de la mitad de las enfermedades mentales se presentan antes de los 14 años.

“Los jóvenes y la salud mental en un mundo en transformación” es el tema elegido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para celebrar este año el Día Mundial de la Salud Mental, ya que cerca de la mitad de las enfermedades o trastornos mentales debutan antes de los 14 años.

“Se estima que entre el 10 y el 20 por ciento de los adolescentes experimentan problemas de salud mental, sin embargo, estos siguen sin ser diagnosticados ni tratados adecuadamente”, explica la OMS.

La salud no es sólo la ausencia de enfermedades, sino un estado de completo bienestar en el ámbito físico, social y desde luego mental, de ahí la importancia de promover acciones para promover la salud mental tanto a nivel individual y colectivo como gubernamental.5

Por su parte, la UNAM refiere que la depresión y la ansiedad son de los padecimientos con mayor recurrencia en los adolescentes, de acuerdo a lo siguiente:

“Es muy común que nos preocupemos por el cuidado de nuestra salud física, pero ponemos poca atención en la salud mental. Esta incluye el bienestar emocional, psicológico y social y afecta la forma en que pensamos, sentimos y actuamos, tomamos decisiones y nos relacionamos con las demás personas.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la salud mental como un estado de bienestar en donde el individuo es consciente de sus propias capacidades, puede afrontar las tensiones de la vida diaria, además de ser productivo y contribuir con su comunidad.

Sin lugar a duda, uno de los grandes retos de la sociedad es la salud mental; y es que, la violencia, la inseguridad, la desigualdad, y el haber hecho frente durante tres años a la pandemia de COVID-19 son factores que alteran nuestro bienestar mental y emocional, asegura la doctora Emilia Lucio-Maqueo, académica de la Facultad de Psicología de la UNAM.

Los adolescentes son el sector de la población más vulnerable a estos trastornos. En el mundo, uno de cada siete jóvenes de 10 a 19 años enfrenta un padecimiento mental sin embargo, la mayoría de ellos no son diagnosticados ni tratados adecuadamente.

La adolescencia es la etapa en la que dejamos la niñez y transcurrimos desde la pubertad a la edad adulta. Se producen cambios importantes en la estructura y función del cerebro, entre las que están la producción de hormonas. Estos cambios provocan que la adolescencia sea una época de transición, donde se desarrollan los hábitos sociales y emocionales de la persona y es cuando se experimentan los mayores cambios físicos, emocionales y sociales.

En general, esta etapa suele ser difícil, y si a esto le agregamos que muchos jóvenes están expuestos a factores de riesgo como la pobreza, los malos tratos, la violencia o malas experiencias, crecen en un ambiente vulnerable con una alta probabilidad de que desarrollen un problema de salud mental, afirma la profesora emérita de la Facultad de Psicología.

–Factores de riesgo

–Estrés

–Deseo de una mayor autonomía

–Presión por pertenecer a un grupo de amigos

–Mayor acceso a la tecnología, y por lo tanto, a la sobreinformación

–Exploración de la identidad sexual

–Frustración entre la realidad y “lo que debería ser”

–Problemas familiares en casa

–Acoso escolar

–Primeras experiencias de enamoramiento

Como se aprecia, organismos internacionales, nacionales e instituciones académicas coinciden en el problema de salud mental de las y los jóvenes, y es una etapa crucial donde la prevención y un adecuado diagnóstico puede prevenir problemas futuros e inmediatos, de ahí la importancia que sea una línea específica de desarrollo social.

Un caso especial que debe considerarse son las y los jóvenes que pertenecen a la diversidad sexual, en razón de que, al estar sujetos a actos de discriminación y desaprobación por sus expresiones, se enfrentan a padecer mayores problemas de salud mental, incluso con mayor propensión al tema del suicidio. El rechazo social y de sus familias los llevan a estados de depresión y angustia que les impide seguir desarrollándose, en ese tenor, dentro del rubro de la salud mental y la prevención del suicidio se debe considerar con especial énfasis el caso de las y los jóvenes LGBTIQ+.

Ahora bien, en lo que corresponde a la prevención del suicidio, se trata de una arista de la salud mental, que por lo que implica, la protección y cuidado de la vida de las juventudes, tan solo en 2020 se confirmaron 1 mil 150 casos de suicidio, se refiere que fue 3 veces más mortífero que el Covid 19, pero lo cierto es que hay una cifra negra que nos impide medir el tamaño del problema

En ocasiones las personas adultas desconocemos que niñas, niños y adolescentes pueden desarrollar pensamientos suicidas. Ante esta situación, madres, padres y personas cuidadoras debemos identificar los factores de riesgo asociados, los factores protectores y dónde localizar a especialistas ante la posibilidad de un suicidio infantil o adolescente.

En casa, si a una hija o hijo le duele una rodilla, se siente mal del estómago o sufre físicamente le llevamos de inmediato al médico. No obstante, si manifiesta sentirse triste, irritable o si tiene miedo ante una situación solemos pasar por alto que su salud mental y emocional también es parte fundamental de su desarrollo y podemos minimizar su conducta, verla como parte de su crecimiento o que pasará con el tiempo; sin embargo, esto puede ocultar un problema mayor como la depresión y el suicidio.

El suicidio es una problemática que debe visibilizarse con el objetivo de ser prevenida. La Encuesta Nacional de Salud (Ensanut) reveló que, durante 2020, mil 150 niñas, niños o adolescentes en México decidieron suicidarse, es decir, un promedio de tres casos por día, casi el triple que los registrados por Covid-19, que ascendieron a 392 casos durante el mismo periodo.

Diagnosticar una depresión no es sencillo, en ocasiones las personas adultas hemos normalizado el estrés, las fobias, la ansiedad, el distanciamiento social y eso nos da la pauta para decir “no pasa nada”, ya que no existen pruebas de laboratorio o radiografías que lo demuestren. No obstante, existe, por es necesario que sea diagnosticada por una persona profesional de la salud mental y trátala a tiempo a fin de evitar que se desencadenen enfermedades mentales severas, pensamientos suicidas o la consumación de dichos pensamientos. Por ello te compartimos:

10 señales de alerta y factores de riesgo que pueden anticipar un intento de suicidio.

–Problemas emocionales: miedos extremos, ansiedad, baja autoestima, culpa o autolesiones como cortes con navajas o inicio en el consumo o abuso de sustancias como alcohol, tabaco u otras drogas ilegales.

–Problemas de relación social: disminución en la cantidad de amistades, aislamiento social, incluso de gente cercana, y sentimientos de falta de apoyo familiar o social.

–Problemas cognitivos: conductas hiperactivas, de riesgo físico como practicar retos virales para provocarse daños, problemas de atención y concentración; así como descenso en el rendimiento académico.

–Trastornos de conducta alimentaria: anorexia (evitan la comida, la restringen o sólo comen cantidades muy pequeñas), bulimia (comportamientos para compensar el exceso de comida, como vómitos forzados, uso de laxantes o diuréticos, ayunos, ejercicio excesivo) o el trastorno por atracón (pierden el control sobre lo que comen).

–Antecedentes de familiares o personas cercanas con tentativas o suicidios.

–Haber sufrido violencias: maltratos físicos, psicológicos o emocionales, omisión de cuidados por parte de las personas cuidadoras, abandono, acoso escolar (bullying), ciberacoso o violencia sexual.

–Estar en un proceso de duelo por pérdidas: de un familiar, mascota de compañía, divorcio de los padres, tener sentimientos de rechazo, problemas económicos en la familia o la falta de empleo de la jefa o el jefe de familia.

–Buscar tener a su alcance armas de fuego o medicamentos.

Realizar búsquedas en internet o en grupos de redes sociales sobre temáticas relacionadas al suicidio.

–Haber realizado intentos de suicidio previos.

Es importante mencionar que estas señales o factores de riesgo serán diferentes en cada niña, niño o adolescente y varían de acuerdo con la edad, el sexo y su contexto; también es importante mencionar que, en general, se presenta más de una señal de forma simultánea.

El suicidio es un problema a que aqueja a los jóvenes, particularmente varones, de acuerdo al Inegi en 2021 sucedieron 8 mil 351 fallecimientos por lesiones autoinfligidas en el país, lo que representa una tasa de suicidio de 6.5 por cada 100 mil habitantes. Los hombres de 15 a 29 años son el grupo con más riesgo, ya que ocurren 16.2 suicidios por cada 100 mil hombres entre estas edades. El suicidio en personas de 15 a 29 años constituye la cuarta causa de muerte.6

Además es un problema que lamentablemente va en aumento entre nuestros jóvenes, en personas de entre 15 a 29 aumentó en los últimos años. En 2015 se estimó una tasa de 8.1 muertes por cada 100 mil personas de las edades mencionadas, mientras que para 2021, la tasa de suicidios para el mismo grupo fue de 10.4 por cada 100 mil personas, tal crecimiento se puede apreciar en la siguiente gráfica:

Lo cierto es que como legisladoras y legisladores tenemos la responsabilidad de establecer un mandato legal para revertir esta tendencia al alza, y para ello se establecen atribuciones específicas en materia de desarrollo social, donde una de sus tareas concretas será la prevención del suicidio.

Finalmente, estimo que entre las personas jóvenes existen ciertos grupos que se encuentran en una situación de mayor desventaja social, tal es el caso de las personas indígenas, afromexicanas, con alguna discapacidad y aquellas que integran la población de la diversidad sexual, es por ello, que se propone con estas reformas que haya una atención prioritaria y especializada para ellos.

Con motivo de lo anterior se formula la presente iniciativa, misma que se expone en el siguiente cuadro comparativo:

En mérito de lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social

Único. Se reforma la fracción X del artículo 3; se adiciona una fracción XI del artículo 3, recorriéndose la subsecuente fracción; se adiciona una fracción IV al artículo 14, recorriéndose las subsecuentes fracciones; y se adiciona un artículo 14 Bis, todos de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Artículo 3. La Política de Desarrollo Social se sujetará a los siguientes principios:

I. a IX. ...

X. Perspectiva de género: Una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres que se propone eliminar las causas de la opresión de género, como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género; que se plantea la equidad de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social;

XI. Perspectiva de desarrollo integral de las personas jóvenes, a través de políticas públicas con enfoque multidisciplinario, que propicien su inclusión en el ámbito político, social, económico y cultural del país.

XII. Interés superior de la niñez: De conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y en los tratados internacionales aplicables de los que el Estado Mexicano sea parte.

Artículo 14. La Política Nacional de Desarrollo Social debe incluir, cuando menos, las siguientes vertientes:

I. a II. ...

III. Desarrollo Regional;

IV. Desarrollo Integral de las personas jóvenes;

V. Infraestructura social básica, y

VI. Fomento del sector social de la economía.

Artículo 14 Bis. El desarrollo Integral de las personas jóvenes tendrá especial énfasis en los aspectos de prevención y atención de adicciones, educación sexual, salud mental, prevención del suicidio, educación, acceso al empleo, promoción de la cultura de la no violencia, tolerancia y respeto por la diversidad, así como el apoyo prioritario a jóvenes con discapacidad, indígenas, afromexicanos y pertenecientes a la población de la diversidad sexual.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5608665& fecha=24/12/2020

2 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/ 2020/Juventud2020_Nal.pdf

3 Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5565599&fecha=12/07/2019#gsc.tab=0

4 https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/adolescent-mental-h ealth

5 https://www.gob.mx/salud/articulos/salud-mental-fundamental-entre-los-j ovenes

6 https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/ 2022/EAP_SUICIDIOS22.pdf

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 11 de julio de 2023.

Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Bienestar, con opinión de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables. Julio 11 de 2023.)

Que reforma el artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de ampliar el concepto de diversidad que contiene la ley, a fin de considerar las identidades y expresiones de género de las personas, recibida de la diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 11 de julio de 2023

La que suscribe, diputada federal Reyna Celeste Ascencio Ortega , en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario de Morena, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, en materia de ampliar el concepto de diversidad que contiene la ley, a fin de considerar las identidades y expresiones de género de las personas , al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El objeto de este proyecto legislativo es que dentro del concepto de “diversidad” que actualmente existe en la Ley General de Desarrollo Social, expresamente se considere la “diversidad sexual” a través de los conceptos “identidades y expresiones de género” que es la conceptualización que abarca con mayor amplitud las diferentes expresiones de las personas LGBTIQ+.

En efecto, si se revisa el vigente artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, observamos que un principio de la política de desarrollo social es el “respeto por la diversidad”, sin embargo, el concepto se queda en las concepciones de género que engloba a las expresiones tradicionales de femenino y masculino; además, hace un uso escueto de la expresión “preferencias” sin explicitar lo que tradicionalmente se identifica como las preferencia y orientación sexual, veamos el texto vigente de marras:

Artículo 3. La Política de Desarrollo Social se sujetará a los siguientes principios:

I. a VI. ...

VII. Respeto a la diversidad: Reconocimiento en términos de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, las opiniones, preferencias, estado civil o cualquier otra, para superar toda condición de discriminación y promover un desarrollo con equidad y respeto a las diferencias;

VIII. a XI. ...”

En ese tenor, se propone actualizar el concepto de “respeto por la diversidad”, para que se incluyan conceptos que engloben a la diversidad sexual, en el entendido que al ser una ley que es transversal para la atención de todas las personas, es necesario que haya previsiones específicas para las personas LGBTIQ+.

Con esta propuesta, se incorpora expresamente en la política de desarrollo social del Estado mexicano a las personas con identidades y expresiones de género, que supera al clásico concepto binario de género, que comprende lo masculino y femenino.

Es importante señalar que el cambio es trascendente ya que opera en cascada en todos los planes y programas que derivan de la Ley General de Desarrollo Social, y que será en beneficio de la población de la diversidad sexual.

El tema de la presente iniciativa resulta de suma importancia, ya que trata del reconocimiento constitucional de los derechos de las personas de la diversidad sexual en nuestro país a fin de que no sean discriminados. Las personas que integran la población de la diversidad sexual se han distinguido por conformar uno de los movimientos sociales más importantes en los últimos años, y que reclama el reconocimiento, protección y garantía de sus derechos, así como el acceso a éstos sin discriminación alguna.

Es por ello que esta iniciativa propone incorporar como conceptos bajo los cuales no debe existir discriminación hacía ninguna persona con motivo de las identidades de género y las expresiones de género de las personas, en el entendido de que no se trata de una sola identidad o expresión, buscamos el reconocimiento de una pluralidad de expresiones precisamente en ánimo de la diversidad.

En seguimiento, el término “preferencias” es limitado e insuficiente para abarcar la pluralidad de expresiones de la diversidad sexual, incluso, se ha superado el concepto “preferencias sexuales”, ya que en algunos casos las personas de la diversidad sexual no intervienen en la decisión de ser bisexuales u homosexuales; mientras que el término “orientación sexual” sugiere una atracción sexual, afectiva, romántica y psicológica de una persona hacia otra de modo sostenido. La orientación se refiere a que la dirección que toma la atracción está fundamentada en lo psicológico y no en lo sociológico. No hay una orientación previa a partir de la cual decidir, en este sentido, la palabra “preferencia” se entiende como algo dictado desde una fuerza sociológica que implica un grado de voluntad. El problema es que hablar de preferencia trae consigo algo previamente adquirido o probado (lo heterosexual), por lo cual preferir responde a un proceso cognitivo de toma de decisión, mientras que orientación es algo que sigue su curso o es innato, en ambos casos se estigmatiza a la persona ya sea por elegir o preferir algo distinto o bien por valorar que se trata de una cuestión de nacimiento.

Asimismo, considerando el amplio espectro de la diversidad sexual y de género, resulta importante incorporar, que los conceptos adecuados son, la identidad de género y la expresión de género, dentro de las categorías expresas por las cuales se prohíba la discriminación contra las personas LGBTIQ+, con la inclusión de estos conceptos se armoniza con estándares internacionales en la materia, y se incorporan elementos que permiten robustecer y ampliar la protección y el ejercicio del derecho a la igualad y no discriminación de las personas.

La intención que se incluyan estas categorías implica dos aspectos sumamente relevantes, por un lado, al ser expresas, no queda a la decisión interpretativa de la autoridad, y por otro, al estar contenida en la de categorías sospechosas, se eleva el nivel de escrutinio para revisar si se trata de una medida arbitraria y de manera directa se invierte la carga de la prueba una vez que se verifica un trato diferente por esta cuestión.

Con motivo de lo anterior se formula la presente iniciativa, misma que se expone en el siguiente cuadro comparativo:

En mérito de lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de:

Decreto por el que se reforma el artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social

Único. Se reforma la fracción VII del artículo 3 de la Ley General de Desarrollo Social, para quedar como sigue:

Artículo 3. La Política de Desarrollo Social se sujetará a los siguientes principios:

I. a VI. ...

VII. Respeto a la diversidad: Reconocimiento en términos de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, las opiniones, preferencias, estado civil, identidades y expresiones de género o cualquier otra, para superar toda condición de discriminación y promover un desarrollo con equidad y respeto a las diferencias;

VIII. a XI. ...

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Salón de sesiones de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a 5 de julio de 2023.

Diputada Reyna Celeste Ascencio Ortega (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Bienestar, con opinión de la Comisión de Diversidad. Julio 11 de 2023.)

Que reforma y adiciona los artículos 27, 51 Bis 1 y 77 Bis 12 de la Ley General de Salud, recibida del diputado Joaquín Zebadúa Alva, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

El que suscribe, diputado federal Joaquín Zebadúa Alva, con fundamento en lo dispuesto en la fracción II del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y en los artículos 55, fracción II, y 179, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta soberanía el proyecto de decreto mediante el cual se reforma los artículos 27, 51 Bis 1 y 77 Bis 12 de la Ley General de Salud.

Exposición de Motivos

México se sitúa entre las 10 naciones del mundo con más lenguas originarias y se caracteriza por contar con una gran diversidad lingüística. Sus poblaciones indígenas tienen usos y costumbres propias, poseen formas particulares de comprender el mundo y de interactuar con él. Visten, comen, celebran sus festividades, conviven y nombran a sus propias autoridades, de acuerdo con esa concepción que tienen de la vida. Un elemento muy importante que los distingue y les da identidad, es la lengua con la que se comunican.1

De conformidad con el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico, nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, estado civil u orientación sexual, o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Y con la reforma en 2001 al artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reconoce que la nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas; se garantiza su derecho a la autonomía para preservar y enriquecer sus lenguas; y se establece el derecho de las personas indígenas a ser asistidas por intérpretes y defensores con conocimiento de sus lenguas en los juicios y procedimientos que sean parte.

En este sentido, el Estado mexicano tiene la obligación de promover y respetar todos los derechos humanos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los Tratados Internacionales, así como de garantizar su ejercicio libre y pleno en el ámbito de la protección más amplia hacia las personas. Toda persona tendrá derecho a la protección de su dignidad. La dignidad humana constituye la base y eje transversal para el disfrute de todos los derechos, para que toda persona sea tratada con respeto y no como un objeto o cosa, ni sea humillada, degradada o envilecida.

Además de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas. Los derechos públicos nacionales y estatales deberán eliminar aquellos obstáculos que limiten en los hechos su ejercicio e impidan el pleno desarrollo de las personas y promover la participación de las autoridades en la eliminación de dichos obstáculos.

Es por lo anterior, y en el marco de las garantías individuales, los derechos humanos y de la protección y promoción de las lenguas, tradiciones y cultura de las comunidades indígenas en el Estado, así como de su política para garantizar el acceso pleno a los servicios de salud con perspectiva de género, equidad y no discriminación; es que se expone la actual propuesta que protege el acceso efectivo a los servicios públicos de salud mediante la atención en legua indígena, reconociendo y brindando el mismo trato institucional a todas las personas en México, en una relación de mutua interculturalidad en los servicios de primer, segundo y tercer nivel de atención.

Para garantizar este derecho, en las atenciones individuales o colectivas en el sistema público de salud, se deberá tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales respetando los preceptos constitucionales, de manera que todas las personas hablantes de lengua indígena tengan el derecho en todo tiempo a recibir atención en su lengua a través de personal de salud que tenga conocimiento de su lengua y cultura, o en su caso asistidas por intérpretes en salud, pues de la comunicación resultante dependerá la calidad y calidez de la atención, diagnóstico, tratamientos, alcances y seguimiento.

El recurso a una tercera persona que facilite la comunicación entre personal de salud y pacientes que no hablan la misma lengua es algo que se viene haciendo desde hace mucho tiempo. Sin embargo, en esta práctica, abundan los conceptos erróneos sobre la naturaleza de la comunicación mediada por un intérprete. Uno de los errores más comunes es que toda persona con cierto nivel de bilingüismo puede prestar un servicio de interpretación eficaz. En consecuencia, vemos cómo se recurre a niños, familiares y trabajadores no calificados (como el personal de seguridad, el personal de limpieza, etcétera) para el desempeño de labores de interpretación.

Contar con un nivel de fluidez idéntico en dos lenguas es un prerrequisito necesario, pero no suficiente para actuar como intérprete. Además, el intérprete debe ser capaz de convertir los mensajes expresados en una lengua en el marco sociolingüístico apropiado de otra lengua. Asimismo, a diferencia de la interpretación de conferencias, en la cual el intérprete debe traducir hacia un solo idioma, el intérprete médico debe interpretar desde y hacia dos idiomas2 , por lo que implica una capacitación permanente de la lengua, conocimiento de la comunidad o región, además de los términos, procedimiento y áreas de salud.

El derecho a la salud, así como el ejercicio profesional de la medicina es quizás el de mayor responsabilidad, ya que están de por medio la salud, el bienestar y la vida de las personas, además de estar estrictamente relacionado con otros derechos. Es por ello que, quienes legislen sobre y quienes ejerzan profesiones relacionadas con la salud, deben asimilar y aplicar correctamente sus conocimientos científicos y preceptos constitucionales, además de observar los principios en el marco del artículo 4o. constitucional que establece que toda persona tiene derecho a la protección de la salud, entendida esta como el estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.

Por lo que es de suma importancia garantizar la pertinencia cultural en el acceso a todos los servicios de salud, incluida una comunicación efectiva como pilar de la relación entre personal de salud – paciente, ya que esta puede llegar a ser un reto en las comunidades indígenas de México al momento de ofertar los servicios de salud, obstaculizando las habilidades del personal para comunicarse y generar confianza, así como los efectos en la salud de la personas que solicitan los servicios y la demanda de estos en las unidades médicas.

Al considerar que el derecho a la salud está estrechamente relacionado con la vida, representa uno de los campos más vulnerables en donde pueden ocurrir violaciones a derechos humanos.3 Razón por la cual, el derecho a la protección de la salud implica la búsqueda de que todas las personas sean tratadas con dignidad, en términos iguales, sin discriminación por condición socioeconómica o características étnicas. Entre las poblaciones en mayor situación de vulnerabilidad se encuentran sin duda los pueblos indígenas y en quienes se ha reflejado en mayor medida la falta de protección del Estado.

México cuenta con una importante proporción de población indígena, que se ubica principalmente en el centro, oriente, sur y sureste del país. De acuerdo con el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) y al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Oaxaca (31 por ciento), Chiapas (29 por ciento), Yucatán (24 por ciento) y Guerrero (16) tienen el grueso de esta población. A nivel nacional, 6 de cada 100 habitantes 3 años y más de edad hablan una lengua indígena, representando a más de 7,300,000 personas.4 Las diez lenguas indígenas más preponderantes del país son el maya, tseltal, tsotsil, mixteco, zapoteco, otomí, totonaco, ch´ol, mazateco y husateco.

Las personas que hablan lengua indígena tienen derecho a usarla para realizar todas sus actividades, incluyendo los servicios de salud, ya que cada lengua representa una manera particular de conocer y estar en el mundo. El derecho al uso de la lengua originaria es además una garantía necesaria para el cumplimiento de otros derechos, reconociendo la diversidad cultural y lingüística.

En el campo de la salud, es importante visibilizar el reconocimiento de los derechos generales de los pacientes.5 Recibir información suficiente es uno de ellos, por lo cual el personal de salud tiene dentro de sus responsabilidades brindar información clara y comprensible con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente. Otros de los derechos consisten en recibir atención médica adecuada, trato digno y respetuoso, poder decidir libremente sobre la atención, otorgar o no su consentimiento válidamente informado, trato con confidencialidad, facilidades para una segunda opinión, recibir atención médica en caso de urgencia, contar con expediente clínico y atención cuando se inconforme por la atención recibida. Será importante entonces, para el reconocimiento contar con personal de salud que tenga conocimiento de la lengua y cultura o en su caso que las personas sean asistidas por intérpretes en salud que intervengan en cada una de las atenciones médicas y de salud.

Ahora bien, los datos del Censo de Población y Vivienda 2020 sobre derechohabiencia a servicios y uso de servicios médicos muestran que el 23 por ciento de las personas hablantes de lenguas indígenas en México no tiene afiliación a servicios de salud y del total de personas que sí cuentan con afiliación, el 87 por ciento están afiliadas a una institución que presta servicios de salud del sector público y únicamente el 0.4 por ciento tiene derecho a un seguro privado.6

El derecho a la salud uno de los más relevantes, protegido tanto por instrumentos jurídicos nacionales como internacionales; es un derecho que aún no ha logrado plena vigencia en México, ya que no se ha proporcionado la atención ni los servicios médicos necesarios a pesar de los esfuerzos históricos que se han hecho.

Aunque se han registrado algunos cambios positivos, la mayoría de los pueblos indígenas siguen afrontando obstáculos que les impiden ejercer cabalmente sus derechos humanos individuales y colectivos. Los pueblos indígenas tienen más probabilidades que el resto de la población de recibir servicios sanitarios inadecuados y una educación deficiente, si es que reciben alguna.7 Los planes de desarrollo económico suelen pasarlos por alto o no tienen suficientemente en cuenta sus opiniones y necesidades específicas, de manera que las comunidades indígenas tal y como sucede en otros aspectos del desarrollo social, han sido las más desprotegidas.

En esta materia, el Estado mexicano ha participado y firmado tratados internacionales, aunque siempre existe una brecha entre lo que se afirma y lo que se aplica:

Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas 8

Este instrumento establece, en su artículo 1o., que los pueblos indígenas tienen derecho al goce pleno, de forma colectiva o individual, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, entre los más relevantes el derecho a ser consultados sobre los programas de salud.

En el artículo 24 señala que las personas indígenas tienen derecho de acceso, sin discriminación alguna, a todos los servicios sociales y de salud, igual derecho a disfrutar del nivel más alto posible de salud física y mental y que los estados tomarán las medidas que sean necesarias para lograr progresivamente que este derecho se haga plenamente efectivo.

Convenio Número 169, sobre los Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes 9

Es el instrumento legal (después de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos) más importante que muestra los derechos mínimos que tienen los pueblos indígenas. En el artículo 25 señala que, para gozar del máximo nivel posible de salud física y mental, los servicios de salud deberán organizarse en la medida de lo posible a nivel comunitario, así como tener en cuenta sus condiciones, geográficas, sociales y culturales. Además de dar preferencia a la formación y empleo de personal sanitario de la comunidad local, manteniendo al mismo tiempo estrechos vínculos con los demás niveles de atención.

En el artículo 28 de esta ley se enmarcan los derechos lingüísticos como un derecho humano que debe garantizar la preservación de las lenguas indígenas, así como su desarrollo y uso.

Plan de Acción Mundial para el Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas (no dejar a nadie atrás, nadie afuera) 10

Proporciona a todas las partes interesadas los principios fundamentales para emprender una acción conjunta, ante la necesidad urgente de proteger, revitalizar y promover las lenguas indígenas en todo el mundo. Pues cuando no se garantiza la libertad de las personas para utilizar su lengua, se limita su libertar de pensamiento, de opinión y expresión, incluido el acceso a la salud y a la información

Propone como parte de sus diez productos interrelacionados que refuerzan los resultados, la garantía de acceso a la justicia y disponibilidad de los servicios públicos para los hablantes y signantes de las lenguas indígenas, además de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres por medio de la conservación, la revitalización y la promoción de las lenguas.

La actividad 5.3 menciona la formación y perfeccionamiento del personal competente de los gobiernos nacionales y locales, así como de la administración de justicia, los comisionados de información, los traductores e intérpretes que trabajan en el sistema jurídico y otros ámbitos, con miras a promover y ampliar la utilización funcional de las lenguas indígenas en los servicios jurídicos y los espacios públicos en general.

En el ámbito nacional, el derecho se regula en:

Ley General de Salud 11

Reglamenta el derecho que tiene toda persona a la protección de la salud, establecido en el artículo 4 constitucional, y define entre sus finalidades propiciar el disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan de manera eficaz y oportuna las necesidades de la población, incluida la información en su lengua.

Menciona en su artículo 51 Bis que se tiene derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen. Y cuando se trate de la atención a personas originarias de pueblos y comunidades indígenas, tendrán derecho a obtener información necesaria en su lengua.

Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas 12

En esta se mandata la creación del Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI), que tiene entre sus objetivos promover el fortalecimiento, la preservación y el desarrollo de las lenguas indígenas que se hablan en el territorio nacional, y el cual empezó a operar en 2005.

En el artículo 7 señala que, las lenguas indígenas serán válidas, al igual que el español, para cualquier asunto o trámite de carácter público, así como para acceder plenamente a la gestión, servicios e información pública.

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación 13

Contempla medidas de nivelación, medidas de inclusión y acciones afirmativas necesarias para garantizar a toda persona la igualdad real de oportunidades y el derecho a la no discriminación, las cuales deben ser incorporadas de manera transversal y progresiva en el quehacer público, y de manera particular en el diseño, implementación y evaluación de las políticas pública.

Como medida de nivelación que buscan hacer efectivo el acceso de todas las personas a la igualdad real de oportunidades eliminando las barreras físicas, comunicacionales, normativas o de otro tipo, que obstaculizan el ejercicio de derechos y libertades prioritariamente a las mujeres y a los grupos en situación de discriminación o vulnerabilidad. Incluye en el artículo 15 Quáter el uso de intérpretes y traductores de lenguas indígenas.

Además, considera en su artículo 9 como discriminación impedir, negar o restringir el derecho a ser oídos, a la defensa y a la asistencia de personas intérpretes o traductoras en los procesos administrativos.

Comisión Nacional de los Derechos Humanos 14

Recomendación General Número 4 dirigida a los secretarios de Salud, gobernadores y responsables de los servicios públicos de salud pública. Derivada de las prácticas administrativas que constituyen violaciones a los derechos humanos de los miembros de las comunidades indígenas respecto de la obtención de consentimiento libre e informado para la adopción de métodos de planificación familiar. Aun cuando se trata de una Recomendación referida a la adopción de métodos de planificación familiar, los criterios generales de atención aplican en lo general.

De los puntos recomendatarios:

Primera: Giren instrucciones, para que implementen mecanismos de coordinación entre los gobiernos federal, estatal y municipal, en la atención de las comunidades indígenas, para que se facilite, garantice y respete que los usuarios de los servicios de planificación familiar, mediante el consentimiento informado, ejerzan el derecho humano a la libre decisión y elección voluntaria y bien informada, tomando en cuenta la equidad de género y la valoración de los usos y costumbres de los pueblos indígenas y de sus integrantes.

Segunda: Instruyan a quien corresponda para que se adopten medidas administrativas para la elaboración y difusión, en la lengua de las comunidades indígenas, de folletos, trípticos y cualquier otro material informativo, en los que se expongan, de manera clara y con verdad, los derechos sexuales y reproductivos, asegurándose de proporcionar la información en las lenguas indígenas, y se constate que la orientación ha sido comprendida.

Tercera: Instruyan a quien corresponda, a efecto de que las áreas de capacitación refuercen, en sus programas dirigidos al personal médico y de enfermería que presten sus servicios en comunidades indígenas, temas relativos a los derechos humanos, a los procesos sociales y culturales de los pueblos indígenas y a sus sistemas de valores, usos y costumbres, para que mejoren el trato que dan a los usuarios, así como la calidad de los servicios, y sobre todo respeten su dignidad como personas.

Plan de Acción de México. Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas 2022-2032 15

Se aspira a construir políticas públicas que valoren y reconozcan a las lenguas indígenas; que impulsen un bilingüismo equilibrado, y que sean una muestra de la composición multicultural y multilingüe del país. Orientado por tres principios fundamentales: la centralidad de los pueblos indígenas, la corresponsabilidad entre los tres órdenes de gobierno y la transversalidad de la atención a la diversidad lingüística. Estos principios se ven reflejados en las estrategias y acciones propuestas.

Busca generar las condiciones para promover el uso institucional de las lenguas en los tres órdenes de gobierno, a partir de criterios de pertinencia. En la línea de acción numero 20 contempla el garantizar el derecho universal al intérprete en los procesos judiciales y servicios médicos.

Como parte de las metas que se esperan alcanzar: ampliar y consolidar el uso institucional de las lenguas originarias, garantizar el derecho al intérprete y erradicar la discriminación por razones lingüísticas.

Programa Sectorial de Salud. Derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 16

Parte de la necesidad de disponer de un sistema único, público, gratuito y equitativo de salud que garantice el acceso efectivo de toda la población a servicios de salud de calidad. El Programa Sectorial de Salud contempla 5 objetivos prioritarios y 26 estrategias prioritarias y 201 acciones puntuales.

Los objetivos prioritarios del programa son: garantizar los servicios públicos de salud, incrementar la eficiencia, efectividad y calidad en los procesos, incrementar la capacidad humana y de infraestructura, garantizar la eficacia de estrategias, programas y acciones de salud pública y mejorar la protección de la salud.

La acción puntual 1.3.6 de la estrategia prioritaria 1.3 del objetivo prioritario número 1, contempla definir los requerimientos para la implementación de los programas en materia de salud, considerando la diversidad cultural de cada grupo de la población, con especial atención en las áreas rurales, marginadas e indígenas bajo un enfoque de derechos y perspectiva de género.

La acción puntual 2.5.3 de la estrategia 2.5 en el objetivo prioritario número 2, refiere promover la atención integral de población indígena, considerando las contribuciones de la medicina tradicional, la participación de intérpretes y traductores de lenguas indígenas, la capacitación en materia de derechos indígenas y el enfoque de interculturalidad.

Las anteriores normas, convenciones y leyes tienen como propósito garantizar el derecho a la salud a los pueblos y comunidades indígenas conforme a su identidad, sin embargo, la Ley General de Salud no reconoce el derecho de las personas a recibir atención en salud en su idioma, ni el derecho que tienen las personas de pueblos indígenas a un intérprete en materia del servicio de salud, es por ello la razón de ser de esta iniciativa.

Cabe destacar que la presente iniciativa ha sido resultado de la coordinación y vinculación entre sociedad civil, hablantes de lengua indígena, personas usuarias de los servicios de salud, diputadas y diputados, así como instituciones públicas estatales y federales.

Dicha coordinación y vinculación también ha resultado en la implementación de un proyecto entre el IMSS-Bienestar, la Secretaría de Salud e Ixchel Acompañamiento en Salud que ha permitido desarrollar un modelo de atención a la población indígena en hospitales públicos. En este proyecto se ha generado evidencia, a partir de más de 5,000 procesos de acompañamiento a personas usuarias de hospitales rurales y de segundo nivel, de cómo la incorporación de intérpretes de lenguas indígenas resulta en mejoras significativas en los diagnósticos médicos, en indicadores de trato digno, en el seguimiento a tratamientos y en la productividad del personal médico y de enfermería, así como la reducción de quejas administrativas y de altas voluntarias que resultan en afectaciones graves a la salud y en ocasiones la muerte.

La experiencia generada por 21 intérpretes que laboran en los Hospitales Rurales de IMSS- Bienestar en San Cristóbal de Las Casas, Bochil, Ocosingo y Altamirano, así como en los Hospitales de La Mujer y Las Culturas en San Cristóbal de Las Casas, demuestra que se pueden incorporar interpretes con un costo menor al 0.5 por ciento de la nómina del personal de un hospital promedio. Los resultados de este proyecto demuestran que la incorporación de intérpretes a hospitales que atienden a la población indígena es uno de los mecanismos más eficientes presupuestalmente para para mejorar la calidad y calidez del sistema de salud.

Por los fundamentos y consideraciones antes vertidas, sometemos a consideración de la honorable Cámara de Diputados de la LXV Legislatura la siguiente iniciativa que busca resarcir una deuda histórica con los pueblos originarios y contribuir al bienestar de una población históricamente marginada, como se muestra en la siguiente tabla

Por lo expuesto, fundado y motivado someto a consideración de esta soberanía, el siguiente proyecto de

Decreto que reforma y adiciona los artículos 27, 51 Bis 1 y 77 Bis 12 de la Ley General de Salud

Único: Se reforma y adiciona los artículos 27, 51 Bis 1 y 77 Bis 12 de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 27. Para los efectos del derecho a la protección de la salud, se consideran servicios básicos de salud los referentes a:

I. a XI. ...

Para los efectos de las fracciones anteriores, los servicios básicos de salud para personas hablantes de lengua indígena se brindarán a través de personal de salud que tenga conocimiento de la cultura y dominio de la lengua o a través de intérpretes en salud. La adscripción de intérpretes en cada turno de las unidades de salud será obligatoria para aquellas que, del total de sus atenciones, el 10 por ciento o más represente a personas hablantes de lenguas indígenas.

Artículo 51 Bis 1.- Los usuarios tendrán derecho a recibir información suficiente, clara, oportuna, y veraz, así como la orientación que sea necesaria respecto de su salud y sobre los riesgos y alternativas de los procedimientos, diagnósticos terapéuticos y quirúrgicos que se le indiquen o apliquen.

Cuando se trate de la atención a los usuarios originarios de pueblos y comunidades indígenas, estos tendrán derecho a obtener información necesaria en su lengua a través de personal de salud que tenga conocimiento de su cultura y dominio de su lengua o por intérpretes de lenguas indígenas en materia de salud.

Artículo 77 Bis 12.- El gobierno federal, conforme a lo que se establezca en el Presupuesto de Egresos de la Federación, destinará anualmente recursos para la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados cuyo monto no deberá ser inferior al del ejercicio fiscal inmediato anterior, en términos de lo que se establezca en las disposiciones reglamentarias y sujeto a la disponibilidad presupuestaria. El Presupuesto de Egresos de la Federación incluirá recursos para que la población indígena sea atendida en su lengua.

Los recursos a que se refiere el párrafo anterior se entregarán a las entidades federativas, cuando cumplan con lo previsto en el artículo siguiente.

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en este artículo, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, las legislaturas de las entidades federativas, los gobiernos estatales y los ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán las partidas específicas a destinar, así como las formas y procedimientos para que las comunidades participen en el ejercicio y vigilancia de las mismas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Referencias

1 INEGI (2020). Hablantes de lengua indígena. Recuperada de https://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/lindigena.aspx?tema=P

2 IMIA (1995). Estándares para la práctica de la interpretación médica. Recuperada de
https://www.imiaweb.org/uploads/pages/102_4...pdf

3 UNAM (sf). La importancia de los derechos humanos en la práctica médica. Recuperada de https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/derechos-huma nos-emx/article/download/4831/4229

4 CDI (2015). Atlas de los pueblos indígenas de México. Recuperada de http://atlas.inpi.gob.mx/?page_id=7181

INEGI (2022). Estadísticas a propósito del día internacional de los pueblos indígenas. Recuperada de
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/aproposito/2022/EAP_PueblosInd22.pdf

INEGI (2020). Población de 5 años y más hablante de lengua indígena. Recuperada de https://www.inegi.org.mx/temas/lengua/

5 Conamed (2007). Derechos generales de los pacientes. Recuperada de
http://www.conamed.gob.mx/info_pacientes/der_gral_pacientes.php

6 DOF (1991). Convenio (No. 169) sobre pueblos indígenas y triviales en países independientes. Recuperada de https://www.senado.gob.mx/comisiones/desarrollo_social/docs/marco/Conve nio_169_PI.pdf

7 Navanethem Pillay, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, artículo de opinión con motivo del Día Internacional de los Pueblos Indígenas, 9 de agosto de 2009.

8 ONUI (2008). Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. Recuperada de https://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/DRIPS_es.pdf

9 INEGI (2020). Censo de Población y Vivienda 2020. Recuperada de https://www.inegi.org.mx/programas/ccpv/2020/#Tabulados Inmujeres (2020). Población indígena.
Recuperada de http://estadistica.inmujeres.gob.mx/formas/tarjetas/Poblacion_indigena.pdf

10 UNESCO (2022). Plan de Acción Mundial para el Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas (IDIL 2022-2032). Recuperada de https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000379851_spa

11 DOF (2022). Ley General de Salud. Recuperada de https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGS.pdf

12 DOF (2022). Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas. Recuperada de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDLPI.pdf

13 DOF (2023). Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Recuperada de
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPED.pdf

14 CNDH (2002). Recomendación General Número 4. Recuperada de
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Recomendaciones/Generales/RecGral_004.pdf

15 INALI (2022). Decenio Internacional de las Lenguas Indígenas 2022-2023. Recuperada de https://www.inali.gob.mx/DILI.pdf

16 DOF (2020). Programa Sectorial Derivado del Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024. Recuperada de
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598474&fecha=17/08/2020

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 11 de julio de 2023.

Diputado Joaquín Zebadúa Alva (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Salud, con opinión de la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos. Julio 11 de 2023.)

Que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, recibida de la diputada Alma Anahí González Hernández, del Grupo Parlamentario de Morena, en la sesión de la Comisión Permanente del martes 11 de julio de 2023

Quien suscribe, diputada Alma Anahí González Hernández, integrante del Grupo Parlamentario de Morena de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, se somete a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

La transparencia y rendición de cuentas son elementos fundamentales de las sociedades modernas. Las y los ciudadanos tienen el derecho de informarse respecto del quehacer gubernamental, por su parte, el Estado mexicano protege este derecho estipulado en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) que a la letra se lee:

Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.

El mismo artículo 6 de la CPEUM en su inciso “A” numeral 1 establece que: Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones, la ley determinará los supuestos específicos bajo los cuales procederá la declaración de inexistencia de la información.

Al hablar de información y rendición de cuentas sobre las acciones que en materia de igualdad de género, los gobiernos se encuentran obligados a garantizar con transparencia y accesibilidad, sobre las acciones de formulación de políticas enfocadas para erradicar las desigualdades que a lo largo del tiempo han enfrentado las mujeres, generar una mayor accesibilidad desde los tres niveles de gobierno, es un insumo de la evolución social de la mayor importancia, notable al dimensionar los avances y pendientes con que cuenta cada entidad federativa del país.

Uno de los acercamientos más relevantes al concepto de género y la relación entre mujeres y hombres se dio en 1995, cuando nuestro país decidió formar parte de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing, China, asumiendo la responsabilidad de evaluar las desigualdades persistentes entre mujeres y hombres, en esa ocasión se comprometió a combatir estas limitaciones y obstáculos, así como, a promover el empoderamiento de la mujer.1

Del compromiso anterior resultó la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, que tiene a bien instar a cada Estado parte, a que lleve a cabo exámenes exhaustivos a nivel nacional de los progresos realizados sobre el cumplimiento de acciones realizadas durante las dos últimas décadas, en los marcos normativo e institucional.

Al respecto de la Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing, y los datos de última publicación en 2022, señalaron que a 27 años de trabajar para desterrar las desigualdades que enfrentan las mujeres y niñas, el mundo aún está lejos del camino para alcanzar la igualdad de género de aquí al 2030.

Partiendo de las acciones que en materia de igualdad ha emprendido el Estado mexicano, debemos reconocer que mucho se ha avanzado en la construcción de un marco jurídico robusto para enfrentar el fenómeno de la discriminación, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como la violencia contra las mujeres, de donde destacan:

Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación,

Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (2006),

Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (febrero de 2007),

Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (marzo de 2008),

Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (noviembre de 2007)

Reglamento de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas (febrero de 2009)

Muchos de los avances en la legislación mexicana, también se van acorde a lo que establece la Agenda para el Desarrollo Sostenible 2030, de la que México es parte, recordemos que se trata de un instrumento internacional que compromete a los países a no dejar a nadie atrás.

México con enfoque de igualdad de género, voluntad y propósito busca alcanzar los preceptos convenidos en la Agenda 2030, de modo que resulta importante realizar constantes monitoreos que nos permitan visibilizar cómo avanza nuestro país en el cumplimiento de dichos objetivos.

En función de lo anterior descrito, esta propuesta legislativa pretende que todas las atribuciones emanadas de la legislación federal ya establecidas, se lleven a cabo con la máxima transparencia y accesibilidad que dé cuenta del conjunto de acciones reales emprendidas para fomentar la igualdad entre mujeres y hombres, a través de la aplicación transversal de la perspectiva de género en todos los proyectos y acciones de gobierno, de tal manera que, estos trabajos se conviertan en parte del quehacer cotidiano de las Instituciones de la administración pública federal y la de cada entidad federativa del país.

Como un avance significativo, en el mandato del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), está impreso el compromiso de la entrega de informes trimestrales, los que estarán a disposición pública en los sitios web del Inmujeres así como de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, lo que significa que el proceso avanza hacia una verdadera transparencia y rendición de cuentas sobre la política de igualdad de género, sin embargo aún deberá generarse más y mejor información detallada por entidad federativa sobre el rubro, de acuerdo con cada contexto.

Pocas son las instituciones que generan análisis de determinados en materia de género, tal es el caso del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) que estudia las barreras que enfrentan las mujeres en la economía en las 32 entidades federativas, en el mes de marzo de este año 2023, dio a conocer un análisis denominado: Estados #ConLupaDeGénero que permite identificar los retos y fortalezas a nivel local para sumar y retener el talento femenino, el mencionado análisis afirma que, las entidades con mejor desempeño en el ranking tienden a tener más mujeres preparadas y una menor desigualdad en la repartición de tareas del hogar y de cuidados. Además, ofrecen empleos de mayor calidad, formales y con ingresos más altos.2

Sin embargo, también señala que falta información para monitorear las brechas de género en el mercado laboral y diseñar éstas, las políticas públicas y comparativas bien fundadas y motivadas.

Por lo que debemos insistir en la importancia de contar con datos de cada entidad federativa desagregados por sexo y con perspectiva de género que permitan identificar las brechas entre mujeres y hombres, ya que, carecer de esta información, limita la capacidad de diseñar, monitorear y evaluar el progreso para alcanzar la igualdad o para dar prioridad a acciones tendientes a eliminar la desigualdad y la discriminación.

Contar con más información fidedigna sobre los avances en el rubro de igualdad de género que realizan las instituciones del país, dará certidumbre y confianza a las y los ciudadanos para conocer las acciones afirmativas y esfuerzos activos realizados por las administraciones en turno.

Más allá de los procedimientos para solicitar información a los sujetos obligados, respecto del quehacer gubernamental, derecho que todas las ciudadanas y ciudadanos tenemos garantizado a través de lo que establece la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con esta propuesta de ley se pretende que las acciones específicas que realizan las instituciones y entidades federativas para lograr avances en materia de igualdad de género, estén al alcance de la ciudadanía en general.

Al garantizar la igualdad de género en cada ámbito de México, enaltece los derechos humanos mientras funciona como eje articulador y constructivo de un entorno pacífico, próspero y sostenible.

Por otra parte, la rendición de cuentas es un proceso que ayuda tanto a las personas como a las instituciones a cumplir sus obligaciones y alcanzar sus metas.3 Si bien es cierto que México está comprometido a garantizar la igualdad de género a través del conjunto de leyes vigentes, existen algunos pendientes en la Ley General para que la Igualdad entre Mujeres y Hombres, brinde herramientas que permitan visibilizar qué tanto están avanzando las entidades federativas y dicho de otro modo, que las responsables de ejecutar los avances en materia de igualdad de género demuestren que en efecto están desempeñando sus responsabilidades.

Para dar cauce a la observancia de las acciones que en la materia llevan a cabo las entidades federativas del país, propongo reformar la fracción V del artículo 15, así como una fracción V del artículo 25, ambas de la Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, la cual se expone en el siguiente cuadro comparativo:

Si bien México sigue avanzando a través de la estrategia puesta en marcha por la administración encabezada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual se denomina Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024, y que tiene entre sus objetivos prioritarios:

• Generar las condiciones para reconocer, reducir y redistribuir los trabajos domésticos y de cuidados de las personas entre las familias, el Estado, la comunidad y el sector privado

• Mejorar las condiciones para que las mujeres, niñas y adolescentes accedan al bienestar y la salud sin discriminación desde una perspectiva de derechos.

• Combatir los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes, preservando su dignidad e integridad.

• Posicionar la participación igualitaria de las mujeres en la toma de decisiones en los ámbitos político, social, comunitario y privado.

• Construir entornos seguros y en paz para las mujeres, niñas y adolescentes.4

Las acciones enunciadas por el gobierno federal obligan a los estados de la federación, que deben armonizar sus principales políticas de acuerdo con su contexto y hacerlas visibles para la población objetivo, recordemos que tener información accesible y práctica permitirá a la ciudadanía e investigadores dar seguimiento de las transformaciones que se van dando en cada rincón de país, pero también de las desigualdades y diferentes necesidades que aún se están pendientes en la diversas y múltiples ocupaciones entre mujeres y hombres.

De modo que a través del fortalecimiento de Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres demos un paso más para garantizar que todas las mujeres y todos los hombres, las niñas y los niños, puedan llevar vidas dignas y ser dueños de su destino, ya que es imposible activar el potencial humano y alcanzar el desarrollo sostenible planteado en los diversos compromisos de los que México es parte, si se niega a las mujeres, el pleno disfrute de sus derechos humanos y sus oportunidades5 .

Por lo aquí expuesto es que someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de decreto:

Artículo Único: Se reforma la fracción V del Artículo 15, y una fracción V del Artículo 25; así como la denominación del capítulo tercero, todos correspondientes a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres para quedar como sigue:

Capítulo Tercero
De los estados y Ciudad de México

Artículo 15.- Corresponde a las y los titulares de los gobiernos estatales y la Ciudad de México:

I. a III.

IV. Promover, en coordinación con las dependencias de la administración pública federal la aplicación de la presente Ley.

V. Los gobiernos estatales, deberán publicar un informe anual que manifieste las acciones afirmativas y esfuerzos activos realizados por las dependencias y entidades públicas estatales, en procuración de lograr la igualdad de género en sus jurisdicciones.

Artículo 25.- A la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de las Mujeres corresponderá:

I a IV....

V. Promover la accesibilidad a la información emitida por las dependencias y las entidades federativas, en materia de igualdad de género.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. Las erogaciones que pudieran presentarse con motivo de la entrada en vigor del presente decreto se realizarán con cargo a los presupuestos aprobados a los ejecutores de gasto correspondientes, para el ejercicio fiscal que corresponda.

Notas

1 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/Mujeres20Beijing.pdf

2 https://imco.org.mx/estados-conlupadegenero-2023/

3 https://gem-report-2017.unesco.org/es/chapter/rendicion-de-cuentas-sobr e-la-igualdad-de-genero­ en-la-educacion/

4 https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5608467&f echa=22/12/2020#gsc.tab=0

5 https://oig.cepal.org/sites/default/files/no23_agenda_2030_esp. pdf

Salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 5 de julio de 2023.

Diputada Alma Anahí González Hernández (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Igualdad de Género. Julio 11 de 2023.)



Actas

De la Comisión de Derechos Humanos, correspondiente a la decimonovena reunión ordinaria, efectuada el miércoles 21 de junio de 2023

A las 12:10 horas del miércoles 21 de junio de 2023, en el vestíbulo del edificio E, en la Cámara de Diputados, situada en avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque de la Ciudad de México, se reunieron las legisladoras y los legisladores integrantes de la Comisión de Derechos Humanos, de conformidad con la convocatoria de fecha 15 de junio del año en curso, para el desahogo del siguiente

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del Acta de la 18ª reunión ordinaria celebrada el miércoles 17 de mayo de 2023.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes proyectos de dictamen:

a) 6897 Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos; en materia de sanciones en virtud del valor de la unidad de medida y actualización vigente.

b) 6663 . Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 65, 66 y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; en materia de armonización legislativa.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

1. Lista de asistencia inicial y final y declaratoria del quórum

Se pasó lista de asistencia, encontrándose presentes, de manera física o telemática las diputadas y los diputados: Nelly Minerva Carrasco Godínez, presidenta; Marisol García Segura, Beatriz Rojas Martínez, Evangelina Moreno Guerra, Julieta Andrea Ramírez Padilla, Ana María Esquivel Arrona, Kathia María Bolio Pinelo, Mariana Mancillas Cabrera, Sue Ellen Bernal Bolnik, Carolina Dávila Ramírez, Jorge Luis Llaven Abarca, Jaime Baltierra García y María Leticia Chávez Pérez, secretarios; Norma Angélica Aceves García, Sofía Carvajal Isunza, Ricardo Aguilar Castillo, María del Carmen Escudero Fabre, Marisela Garduño Garduño, Rosa María González Azcárraga, Esther Mandujano Tinajero, Érika Vanessa del Castillo Ibarra, Inés Parra Juárez, Pedro Sergio Peñaloza Pérez, Martha Robles Ortiz, Jorge Ángel Sibaja Mendoza, María Sierra Damián, Gustavo Contreras Montes y Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda.

En virtud de que se contó con el quórum reglamentario: 28 diputados y diputadas, la Presidencia de la comisión, diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, dio por iniciada la decimonovena reunión ordinaria.

2. Lectura del orden del día

La Presidencia de la comisión instruyó a la secretaria diputada Marisol García Segura que diera lectura y pusiera a consideración de las y los presentes el orden del día.

La presidencia dio cuenta del retiro de los dictámenes previstos originalmente en los incisos a) y d) en virtud de las solicitudes de retiro de iniciativas hechas por las promoventes.

La Secretaría procedió a dar lectura al orden del día. Se puso a discusión y se aprobó con las previsiones realizada.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la sesión anterior

Habiendo dispensado su lectura, se puso a discusión el proyecto de acta derivada de la decimoctava reunión ordinaria del pleno de la comisión, celebrada el miércoles 17 de mayo de 2023.

Diputada Inés Parra Juárez: Expresó que su voto sería en contra toda vez que no se utiliza aún la versión estenográfica en las sesiones ordinarias.

No habiendo más oradores se procedió a levantar la votación del proyecto referido, dando como resultado: 26 votos en pro y 1 en contra. Se aprobó por mayoría.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes proyectos de dictamen:

a) 6897 Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General para prevenir, sancionar y erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos; en materia de sanciones en virtud del valor de la unidad de medida y actualización (UMA) vigente.

Habiendo dispensado su lectura, se puso a discusión.

Diputada Marisol García Segura: Manifestó que la armonización legislativa que propone este dictamen es de vital importancia para el establecimiento de las sanciones pecuniarias, a fin de evitar agravios sobre todo en contra de las personas sancionadas. Refirió la diferencia entre los montos actuales del salario mínimo y de la UMA.

Añadió que la aprobación de este proyecto de dictamen dará cumplimiento a la reforma en materia de desindexación del salario mínimo, la cual señaló en su artículo cuarto transitorio que el Congreso de la Unión y las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, así como los gobiernos, federal y estatales, deberán realizar las adecuaciones a las leyes y ordenamientos, en su competencia, en un año. Concluyó señalando que su voto será a favor.

No habiendo más oradores se procedió a levantar la votación del proyecto referido, dando como resultado: 23 votos en pro y 1 abstención. Se aprobó por mayoría.

b) 6663. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 65, 66 y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas; en materia de armonización legislativa.

Habiendo dispensado su lectura, se puso a discusión. No habiendo oradores se procedió a levantar la votación del proyecto referido, dando como resultado: 27 votos en pro. Se aprobó por mayoría.

5. Asuntos generales

La presidenta manifestó que el siguiente punto del Orden del Día es el correspondiente a asuntos generales:

Diputada Mariana Mancillas Cabrera: Recordó que, en Nuevo León, hace un año, murió un menor de edad con discapacidad, en las instalaciones del DIF y que hace unas semanas se dijo que no fue accidente, que fue asesinato y que los responsables están prófugos. Se ha solicitado al DIF que dé respuesta a esta grave situación y entregue a los culpables y no lo han hecho. Expresó que enviará un punto de acuerdo para exhortar al gobierno de Nuevo León para que haga justicia, capture y encarcele a los culpables y a quienes ocultaron evidencias. Subrayó que los menores de edad huérfanos son los más débiles y necesitan ser protegidos.

Diputadas Marisela Garduño Garduño: Reconoció el trabajo que ya se ha hecho en materia de prevención y protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas. Y aseguró que se debe seguir trabajando para que sea ley, dado que se cometen frecuentemente múltiples violaciones en su contra.

Comentó el caso de un periodista activista Osniel Peña quien se presentó al Ministerio Público para defender a una familia desalojada y que por ello fue golpeado y encarcelado. Señaló como responsable al secretario de Seguridad Pública en el municipio de Solidaridad, Quintana Roo; cuya presidenta municipal es la ciudadano Lili Campos. Invitó a tomar cartas en el asunto dado que el periodista solo iba a defender; aunque ya fue liberado, está vinculado a proceso. También comentó el caso de la ciudadana Kennya, activista indígena, a quien se violan sus derechos al no aplicarle la perspectiva de género con el argumento equivoco del Juez, de que no es sumisa y es Licenciada en Derecho. Hizo un llamado para que las autoridades competentes volteen a ver este caso.

Comentó que la semana pasada el activista Álvaro Arvizu, defensor del agua, fue asesinado en el Estado de México y afirmó que la defensa de los defensores de derechos humanos debe ser ley que se cumpla, para lo cual hay que seguir trabajando en el tema. Refirió que el periodista independiente Irvin García, quien había sido víctima por delitos fabricados, ya fue liberado y agradeció el apoyo de la Lic. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana y al presidente de la República Andrés Manuel López Obrador. Invitó a fortalecer los mecanismos de protección para periodistas y personas defensoras de derechos humanos.

Diputado Pedro Sergio Peñaloza Pérez. Manifestó que en Guerrero una trabajadora fue despedida acusada de haber robado alrededor de 300 mil pesos, quien ha expresado que esta es una medida en contra de personas que quieren correr del lugar donde trabajan. Señaló que la detuvieron y que ya está libre con el compromiso de regresar y pagar el supuesto adeudo. Aseguró que la empresa tiene buenos abogados y que nadie les gana. Comentó que hace una semana los presidentes de tribunales locales pidieron incremento presupuestal para mejorar la procuración de justicia cuando las prácticas siguen siendo violatorias de derechos humanos de personas de muy bajos recursos económicos.

Por otra parte, refirió que en Chiapas tuvo lugar un pleito por un terreno; asunto en que el gobernador intervino a favor de una organización, los otros están siendo amenazados de muerte. Solicitan acompañamiento de la Comisión y no abandonar a estas personas.

Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi: Solicitó a la comisión respaldo en el asunto previamente comentado con el subsecretario Alejandro Encina por la problemática en el distrito 12, por desplazamiento forzado y forzoso, que afecta a niñas y niños migrantes con o sin tutores. En la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) informaron que ya están buscando cambiarse de ubicación. Se pide una reunión con la Secretaría de Gobernación para revisar los costos prediales y catastrales, pues los vecinos de la zona tienen graves dificultades para el acceso a sus viviendas. Añadió que es muy probable la Comar se convierta en Comardi (que también vería el tema de desplazados internos); y cuestionó cómo van a adquirir una función nueva si, en su opinión, no pueden resolver asuntos que son de su competencia actual. Afirmó que ya hay enfermos de fiebre amarilla en la zona. Reiteró la petición de apoyo del subsecretario Alejandro Encinas.

Diputada Ana María Esquivel Arrona: Respaldó la solicitud de la diputada Mariana Mancillas sobre el exhorto al estado de Nuevo León, por la problemática antes descrita. De igual manera, solicitó exhortar a la Comisión de Derechos Humanos para que, sugiere, siga de oficio estos asuntos, aunque no hubiere denuncia.

Diputada Kathia María Bolio Pinelo: Manifestó que el 28 de marzo presentó iniciativa relativa a la problemática que viven las mujeres desaparecidas: que cuando desaparece una niña o niño se activa la alerta Amber de forma inmediata mientras que, cuando desaparecen mujeres y hombres, se debe esperar 72 horas, lo que provoca que se pierda mucho tiempo importantísimo. En consecuencia, sugiere su modificación para que la búsqueda sea inmediata también en tratándose de gente adulta. Solicitó dictaminar esta iniciativa para que podamos discutirla al término de esta legislatura.

Diputada Inés Parra Juárez: Refirió también el tema de la ciudadana Kennya Hernández, compañera indígena cuyos derechos han sido violados. Afirmó que las fiscalías de México son excelentes y expeditas en la fabricación de delitos y deficientes en la investigación y peritajes, además de indolentes en su actuación; que, en especial, la fiscalía el Estado de México está muy añeja al usar sus espacios para captura de contrarios con fabricación de pruebas. Estimó que los fiscales son obstructores de justicia por ser fiscales de consigna. Informó que tratarían el caso de la ciudadana Kennya Hernández con la diputada Evangelina Moreno Guerra el jueves 22 de junio; reunión que fue cancelada sin mayor explicación. Subrayó que los fiscales se deben conducir con ética y que se debe solicitar la libertad inmediata de Kennya, detenida bajo cargos amañados.

Diputada Sofía Carvajal Isunza: Aludió también a los casos de los C.C. Kennya y Angel; y afirmó que en esta época no se puede permitir tanta indolencia.

Asimismo, habló de casos de víctimas de persecución política, afirmó, por el gobernador Samuel García, a quienes les intimidan, les clausuran negocios a sus familiares. Enunció el asesinato del activista ciudadano Álvaro Arvizu, manifestó que murió a causa del ataque del que fue objeto en junio. Manifestó que el Estado de México sigue siendo de los estados más activos en asesinatos de defensores del medio ambiente.

Señaló que el ciudadano Álvaro Arvizu se dedicó a defender agua y medio ambiente. Exigió a las Comisiones de Derechos Humanos, nacional y estatales, que investiguen, esclarezcan y que el protocolo de protección rinda un informe respecto a su caso.

Diputada Marisol García Segura . Comentó que su cuenta institucional de Facebook fue hackeada, acción que deja en vulnerabilidad digital y desconocimiento de los protocolos. Para sumar esfuerzos invitó al foro Retos legislativos en materia de ciberseguridad, a celebrarse el 6 de julio próximo, en el salón Legisladores a las 4:00 de la tarde.

Diputada Inés Parra Juárez: Se sumó a lo comentado por la diputada Sofía Carvajal y a su petición.

6. Clausura y cita

No habiendo oradores que solicitasen hacer uso de la voz, la reunión fue clausurada a las 12:50 horas del miércoles 21 de junio de 2023.

Votación del acta

A favor: Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda, Ana María Esquivel Arrona, Beatriz Rojas Martínez, Carolina Dávila Ramírez, Érika Vanessa del Castillo Ibarra, Esther Mandujano Tinajero, Gustavo Contreras Montes, Jaime Baltierra García, Jorge Luis Llaven Abarca, María del Carmen Escudero Fabre, María Leticia Chávez Pérez, María Sierra Damián, Mariana Mancillas Cabrera, Marisela Garduño Garduño, Marisol García Segura, Martha Robles Ortiz, Nelly Minerva Carrasco Godínez, Norma Angélica Aceves García, Pedro Sergio Peñaloza Pérez, Rosa María González Azcárraga, Sofía Carvajal Isunza, Sue Ellen Bernal Bolnik y Wendy Maricela Cordero González.

Ausentes: Evangelina Moreno Guerra, José Ángel Sibaja Mendoza, Julieta Andrea Ramírez Padilla, Kathia María Bolio Pinelo, Nora Elva Oranday Aguirre y Ricardo Aguilar Castillo.

En contra: Inés Parra Juárez.

De la Comisión de Derechos Humanos, referente a la decimonovena reunión de junta directiva, celebrada el miércoles 21 de junio de 2023

A las 11:15 horas del miércoles 21 de junio de 2023, en la sala de juntas de la Comisión de Derechos Humanos, ubicada en el edificio F, primer piso, de la Cámara de Diputados, ubicada en avenida Congreso de la Unión número 66, colonia El Parque, se reunieron las y los legisladores integrantes de la junta directiva de la Comisión de Derechos Humanos, de conformidad con la convocatoria de fecha 15 de junio del presente año, para el desahogo del siguiente

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la decimoctava reunión de junta directiva, celebrada el miércoles 17 de mayo de 2023.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes proyectos de dictamen:

a) 6557 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 32 y 99 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, en materia de intervención de fiscalías especializadas.

b) 6897 Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en materia de armonización legislativa.

c) 6663 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 65, 66 y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en materia de armonización legislativa.

d) 5753 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 5 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

1. Lista de asistencia inicial, final y declaratoria de quórum

Se pasó lista de asistencia, encontrándose presentes –de manera física o telemática– las y los

Diputados y diputadas: Nelly Minerva Carrasco Godínez, presidenta; Marisol García Segura, Beatriz Rojas Martínez, Evangelina Moreno Guerra, Julieta Ramírez Padilla, Ana María Esquivel Arrona, Mariana Mancillas Cabrera, Sue Ellen Bernal Bolnik, Carolina Dávila Ramírez, Jorge Luis Llaven Abarca, Jaime Baltierra García y María Leticia Chávez Pérez, secretarios.

En virtud de que se contó con el quórum reglamentario: 12 diputados y diputadas, la presidenta de la Comisión, diputada Nelly Minerva Carrasco Godínez, dio por iniciada la reunión de junta directiva.

2. Lectura del orden del día

La Presidencia de la Comisión instruyó a la secretaria, diputada Marisol García Segura dar lectura y poner a consideración de las y los presentes el orden del día.

La Presidencia dio cuenta del oficio mediante el cual la promovente de la iniciativa relativa al dictamen descrito en el inciso d) solicitó su retiro.

Diputada Ana María Esquivel Arrona. Manifestó y proporcionó copia del acuse mediante el cual la promovente de la iniciativa relativa al dictamen descrito en el inciso a) solicitó su retiro.

En votación económica, se aprobó por mayoría el orden del día con las previsiones realizadas.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la reunión de junta directiva

Habiendo dispensado su lectura, la Presidencia de la Comisión instruyó a la Secretaría poner a discusión y votación el acta de la decimoctava reunión de junta directiva, celebrada el 17 de mayo de 2023. Se aprobó por mayoría (10 votos).

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del contenido de los siguientes proyectos de dictamen:

a) 6557 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 32 y 99 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, en materia de intervención de fiscalías especializadas.

Se retiró del orden del día toda vez que la promovente solicitó a la Mesa Directiva el retiro de la iniciativa correspondiente.

b) 6897 Iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, en materia de armonización legislativa.

Habiendo dispensado su lectura, se puso a discusión. No habiendo oradores se procedió a levantar la votación del proyecto referido, que será discutido y, en su caso, aprobado en la decimonovena reunión ordinaria del pleno de la Comisión, a celebrarse al término de esta reunión de junta directiva, dando como resultado: 11 votos en pro. Se aprobó por mayoría.

c) 6663 Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 65, 66 y 67 de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en materia de armonización legislativa.

Habiendo dispensado su lectura, se puso a discusión. No habiendo oradores se procedió a levantar la votación del proyecto referido, que será discutido y, en su caso, aprobado en la decimonovena reunión ordinaria del pleno de la Comisión, a celebrarse al término de esta reunión de junta directiva, dando como resultado: 11 votos en pro. Se aprobó por mayoría.

d) 5753. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 2 y 5 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Se retiró del orden del día toda vez que la promovente solicitó a la Mesa Directiva el retiro de la iniciativa correspondiente.

5. Asuntos generales

La presidenta manifestó que el siguiente punto del orden del día era el correspondiente a Asuntos generales.

6. Clausura y cita

La reunión fue clausurada a las 11:35 horas del miércoles 21 de junio de 2023.

Votación del acta

A favor

Diputados: Nelly Minerva Carrasco Godínez, Jaime Baltierra García, Sue Ellen Bernal Bolnik, María Leticia Chávez Pérez, Carolina Dávila Ramírez, Ana María Esquivel Arrona, Marisol García Segura, Evangelina Moreno Guerra, Beatriz Rojas Martínez.

Ausentes

Diputados: Jorge Luis Llaven Abarca, Julieta Andrea Ramírez Padilla, Kathia María Bolio Pinelo, Mariana Mancillas Cabrera.

De la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, tocante a la decimotercera reunión plenaria, celebrada el martes 28 de marzo de 2023

En el salón B del edificio G, primer piso, de la Cámara de Diputados, sita en Congreso de la Unión 66, colonia El Parque, código postal 15960, Ciudad de México, a las 17:00 horas del martes 28 de marzo de 2023, los integrantes de la Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial llevaron a cabo la decimotercera reunión plenaria, con el siguiente orden del día:

1. Registro de asistencia y declaración de quórum

Previo registro de asistencia a través de la aplicación APRAV, la presidenta, Carmen Rocío González Alonso, dio la bienvenida a la reunión, y agradeció la presencia de los

Diputados: Carmen Rocío González Alonso (Grupo Parlamentario del Partido de Acción Nacional, PAN), presidenta; Jorge Alberto Barrera Toledo (Grupo Parlamentario de Movimiento Regeneración Nacional, Morena), Flor Ivone Morales Miranda (Grupo Parlamentario de Morena), Martha Rosa Morales Romero (Grupo Parlamentario de Morena), Lorena Méndez Denis (Grupo Parlamentario de Morena), Teresita de Jesús Vargas Meraz (Grupo Parlamentario de Morena), Wendy Maricela Cordero González (Grupo Parlamentario del PAN), Salvador Alcántar Ortega (Grupo Parlamentario del PAN), Óscar Gustavo Cárdenas Monroy (Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, PRI), Reynel Rodríguez Muñoz (Grupo Parlamentario del PRI), Juan Pablo Montes de Oca Avendaño (Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, PVEM), Jorge Armando Ortiz Rodríguez (Grupo Parlamentario de Partido del Trabajo, PT), María Teresa Rosaura Ochoa Mejía (Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano), Carlos Miguel Aysa Damas (Grupo Parlamentario de Morena), secretarios; Rodrigo Fuentes Ávila (Grupo Parlamentario del PRI), Claudia Alejandra Hernández Sáenz (Grupo Parlamentario de Morena), Esther Martínez Romano (Grupo Parlamentario del PT), Noel Mata Atilano (Grupo Parlamentario del PAN), Claudia Gabriela Olvera Higuera (Grupo Parlamentario del PAN), Mario Xavier Peraza Ramírez (Grupo Parlamentario del PVEM), Blanca Carolina Pérez Gutiérrez (Grupo Parlamentario de Morena), Rodrigo Sánchez Zepeda (Grupo Parlamentario del PAN).

A solicitud de la presidenta, la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía fungió como secretaria y ratificó el quórum mediante el registro en la plataforma APRAV, así como los diputados que estuvieron de manera presencial, para dar inicio a la sesión.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día

La presidencia solicitó a la secretaría que sometiera mediante votación económica la omisión de la lectura del orden del día, distribuido con días de anticipación.

La secretaría preguntó si era de omitirse la lectura.

Los presentes votaron de manera económica y omitieron por unanimidad la lectura.

El orden del día estuvo integrado como sigue:

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la duodécima reunión plenaria.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes proyectos de dictamen:

a) En sentido positivo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 10 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

Proponente: Óscar Gustavo Cárdenas Monroy (PRI).

b) En sentido positivo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de derecho a la ciudad.

Proponente: María Elena Limón García (Movimiento Ciudadano).

c) En sentido positivo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de seguridad estructural y atlas de riesgo.

Proponente: Margarita García García (PT).

5. Informe semestral de actividades correspondiente al segundo año de ejercicio.

6. Asuntos generales.

7. Clausura.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la duodécima reunión plenaria

Una vez aprobado el orden del día, el siguiente punto correspondió a la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta relativa a la duodécima reunión plenaria.

La presidencia solicitó a la secretaría que sometiera en votación económica si era de omitirse la lectura del acta atinente a la duodécima reunión plenaria, distribuida con antelación.

La secretaría sometió en votación económica si era de omitirse la lectura del acta.

Por unanimidad se aprobó omitir la lectura.

En virtud de lo anterior, la presidenta solicitó a la secretaría que sometiera a votación el acta a través de la aplicación APRAV.

A solicitud de la presidencia, la secretaría sometió a votación el acta en discusión, para lo cual solicitó que se habilitase hasta por tres minutos la aplicación remota.

Culminada la captura de las votaciones, la presidencia anunció que el acta fue aprobada por mayoría.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de siguientes proyectos de dictamen

El siguiente punto del orden del día fue relativo a la discusión y, en su caso, aprobación de tres dictámenes:

Dictamen en sentido positivo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 1O de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

De esta forma, la presidencia hizo mención que, si algún legislador quería hacer uso de la voz, podía hacerlo en este momento. No hubo quien hiciera uso de la voz, y cedió el uso de ésta al diputado Óscar Gustavo Cárdenas Monroy, promovente de la iniciativa a discusión, quien a su vez refirió brevemente el objeto de la reforma propuesta.

No hubo quien más hiciera uso de la voz, y la presidencia solicitó a la secretaría que sometiera en votación económica la omisión de la lectura del dictamen, distribuido con antelación para análisis y estudio.

Acto seguido, la secretaría sometió en votación económica la omisión de la lectura del dictamen. En virtud de ello, la secretaría sometió en votación económica el proyecto en comento, por lo que las y los diputados por mayoría de votos omitieron la lectura del dictamen.

La presidencia solicitó a la secretaría que sometiese a votación el presente dictamen a través de la aplicación APRAV. En virtud de lo señalado, la secretaría ordenó abrir hasta por tres minutos el sistema remoto para capturar la votación. Señaló que quienes tuvieran problemas para emitir ésta a través de la vía remota podían realizarlo de viva voz.

Capturados los votos por la aplicación APRAV, la secretaría ordenó el cierre de la vía remota.

Contabilizados los votos, se informó a la presidencia que había mayoría por la afirmativa, por lo que se aprobó el dictamen en comento.

La presidenta informó a los presentes acerca de la aprobación del dictamen, por lo que pasó al siguiente punto del orden del día, relativo al dictamen en sentido positivo sobre la iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de derecho a la ciudad.

La presidencia solicitó a la secretaría que sometiera en votación económica omitir la lectura del dictamen, distribuido con antelación a los presentes.

La secretaría consultó en votación económica si se omitía la lectura del dictamen. Aprobado por unanimidad.

Antes de continuar la discusión del dictamen, la diputada María Elena limón García, proponente del dictamen, solicitó el uso de la voz. Mencionó que desde la Comisión de Zonas Metropolitanas se ha estado trabajando sobre el tema de derecho a la ciudad, a efecto de que llegue a todas las personas.

Con su iniciativa pretende robustecer el derecho a la ciudad y garantizar a todos el uso y goce de ella en las mejores condiciones, sin discriminación y con respeto para la ciudadanía. Concluyó que ha sido un avance en la materia, por lo cual agradeció que la comisión impulsase la propuesta.

La presidencia preguntó si alguien deseaba hacer uso de la palabra. Como nadie se pronunció, sometió a votación el proyecto abordado.

Solicitó a la secretaría que sometiese a votación mediante el sistema APRAV el dictamen.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría ordenó abrir hasta por tres minutos el sistema remoto. Señaló que quienes tuvieran inconvenientes para votar podían hacerlo de viva voz.

Una vez concluido el tiempo respectivo, la secretaría ordenó el cierre del sistema y preguntó si alguien no emitió voto, con objeto de tomarlo.

No hubo inconveniente y, contados los votos, la secretaría informó a la presidencia que se tenía mayoría por la afirmativa. Se aprobó el dictamen en discusión.

La presidencia señaló que el dictamen quedó aprobado, por lo que se pasaba al siguiente punto del orden de día.

El siguiente punto del orden del día correspondió al dictamen en sentido positivo sobre la iniciativa que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, en materia de seguridad estructural y atlas de riesgo.

La presidencia solicitó a la secretaria que sometiera en votación económica omitir la lectura del dictamen en comento, pues fue distribuido con antelación. En virtud de ello, la secretaría consultó en votación económica si se omitía la lectura del dictamen. Aprobado por mayoría.

La presidencia preguntó si alguien deseaba hacer uso de la voz. Dada la negativa de los presentes, sometió a votación el proyecto.

Acto seguido, solicitó a la secretaría que sometiese a través de la aplicación APRAV la votación del dictamen en comento.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría ordenó abrir hasta por tres minutos el sistema remoto y notificar a quienes tuvieran inconvenientes con éste que podían votar de viva voz, señalando grupo parlamentario y nombre completo para quedar registrado el sentido del voto.

Una vez concluido el tiempo para capturar la votación, la secretaría ordenó el cierre del sistema y preguntó si alguien no votó, con objeto de tomar su votación.

No hubo inconveniente. Por ello, contados los votos, la secretaría informó que se tenía mayoría por la afirmativa, por lo cual se aprobó el dictamen en discusión.

5. Primer informe semestral de actividades correspondiente al segundo año de ejercicio

La presidencia solicitó a la secretaria que sometiera en votación económica omitir la lectura del informe en comento, distribuido con antelación a los presentes.

La secretaría consultó en votación económica si se omitía la lectura del informe antes referido, lo cual se aprobó por unanimidad. En consecuencia, la presidencia mencionó que si algún legislador deseaba hacer uso de la voy, lo manifestara. Nadie hizo uso de la voz, y procedió con la votación.

La secretaria refirió brevemente de qué trata el informen comento. Acto seguido, la presidencia le solicitó que sometiese a través de la aplicación remota APRAV la votación del informe.

Por instrucciones de la presidencia, la secretaría ordenó abrir hasta por tres minutos el sistema remoto. Señaló que quienes tuvieran inconvenientes para votar podían hacerlo de viva voz.

Una vez concluido el tiempo para capturar la votación, la secretaría ordenó el cierre del sistema. Preguntó si alguien no votó, con objeto de tomar su votación.

No hubo inconveniente y, contados los votos, la secretaría informó a la presidencia que se tenía mayoría por la afirmativa, por lo que se aprobó el informe en comento.

6. Asuntos generales

La presidencia cedió el uso de la voz a quienes desearan formular algún comentario.

El diputado Noel Mata Atilano reconoció el trabajo y compromiso demostrados por la comisión, así como la disposición y buen trabajo de los integrantes. Además, agradeció el trabajo e los asesores para apoyar los trabajos técnicos.

El diputado Mario Xavier Pereza mencionó que la transformación deseada por los legisladores va de la mano con el desarrollo y compromiso de cada uno de ellos. De igual forma, mencionó los trabajos que se realizan en favor de la ciudadanía.

Por último, la presidencia comentó que Mesa Directiva tiene en su poder dos dictámenes enviados para su posible adición a la agenda de trabajo y discusión en el pleno. Describió de manera resumida los asuntos, así como solicitó su posible desahogo, pues ninguno contraviene la Constitución.

Antes de culminar la reunión, el diputado Rodrigo Fuentes mencionó que tuvo problemas con el sistema de votación, por lo que, tras cerrarse éste, la suya quedó plasmad en el acta de referencia.

Agotados los puntos del orden del día, la presidencia preguntó si alguien más deseaba hacer uso de la voz. Ante la negativa de los presentes, agradeció su asistencia y dio por clausurada la reunión a las 17:53 horas del día de referencia.

Votación del acta

A favor: Alma Delia Navarrete Rivera, Blanca Carolina Pérez Gutiérrez, Carmen Rocío González Alonso, Claudia Alejandra Hernández Sáenz, Claudia Gabriela Olvera Higuera, Flor Ivone Morales Miranda, Jorge Alberto Barrera Toledo, Juan Pablo Montes de Oca Avendaño, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Martha Rosa Morales Romero, Óscar Gustavo Cárdenas Monroy, Reynel Rodríguez Muñoz, Rodrigo Fuentes Ávila, Rodrigo Sánchez Zepeda, Salvador Alcántar Ortega, Wendy Maricela Cordero González.

Ausentes: Carlos Miguel Aysa Damas, Jorge Armando Ortiz Rodríguez, Lorena Méndez Denis, Mario Xavier Peraza Ramírez, Miguel Prado de los Santos, Noel Mata Atilano, Teresita de Jesús Vargas Meraz.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de julio de 2023.

De la Comisión de Marina, correspondiente a la vigesimoprimera reunión ordinaria, celebrada en modo semipresencial el miércoles 21 de junio de 2023

A las 10:10 horas del miércoles 21 de junio de 2023, a través del sistema Zoom, se reunieron los integrantes de la Comisión de Marina para el desahogo de la vigésima primera reunión ordinaria.

Se contó con la asistencia de los

Diputados: Jaime Martínez López, presidente; Marco Antonio Pérez Garibay, Óscar Cantón Zetina, Fernando Torres Graciano, Julia Licet Jiménez Ángulo, Sofía Carvajal Insunza, Juan Luis Carrillo Soberanis, secretarios; Bruno Blancas Mercado, Erasmo González Robledo, José Luis Elorza Flores, Karla Estrella Díaz García, María Magdalena Olivia Esquivel Nava, Mario Alberto Torres Escudero, Rocío Hernández Villanueva, Rosa Hernández Espejo, Vicente Javier Verástegui Ostos, Andrés Mauricio Cantú Ramírez, Javier Casique Zarate, Javier Joaquín López Casarín, Ana Laura Bernal Camarena, Salvador Caro Cabrera, Héctor Chávez Ruiz.

Al contar con la presencia de 22 diputadas y diputados de 23 que la integran, se declaró quórum legal, que establece el reglamento de la honorable Cámara de Diputados para llevar a cabo la vigesimoprimera reunión ordinaria de la Comisión de Marina.

El presidente, diputado Jaime Martínez López, solicitó a la Secretaría hiciera del conocimiento el resultado de la asistencia de las y los diputados de la Comisión, por lo que se declaró quórum legal.

En el punto dos del orden del día , relativo a la lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día, no hubo comentario alguno y se aprobó por unanimidad.

El punto tres del orden del día , relativo a la lectura y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la vigésima reunión ordinaria, no hubo comentario alguno y se aprobó por unanimidad.

El punto cuatro del orden del día que se refiere al análisis, discusión y votación del proyecto de dictamen en sentido negativo referente a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Puertos, en materia de desarrollo integral ciudad-puerto, el presidente preguntó si había comentarios sobre el tema, ningún diputado o diputada tomó la palabra, por lo que se procedió a la votación el dictamen en sentido negativo, mismo que fue aprobado el por mayoría con 15 votos a favor y 6 en abstención.

El siguiente punto del orden del día relativo a los asuntos generales. El presidente dijo: “Al respecto me permito informarles que tenemos en la Comisión dos dictámenes que nos llegaron para su análisis.

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley para el Desarrollo de la Marina Mercante y de la Industria Naval. Por lo cual, y llevando el acompañamiento de todos ustedes, quiero agradecerles por apoyarla y filmarla. Sobre este tema, estamos recabando la información correspondiente para la elaboración del dictamen, también les hemos hecho llegar el documento a sus oficinas, esperamos sus observaciones.

Otro dictamen que llegó para análisis, es el proyecto de decreto por el que se adiciona el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en materia de política nacional marítima. Este tema se refiere a un conjunto de acciones, decisiones y estrategias que un país implementa para promover, proteger y desarrollar sus intereses marítimos nacionales y México no lo tiene, por eso la importancia de este tema. Este documento también ya le fue enviado a sus oficinas y estaremos atentos a sus comentarios para enriquecer la opinión”.

No habiendo más asuntos por tratar, se dio por clausurada la vigesimoprimera reunión ordinaria de la Comisión de Marina, correspondiente a la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, a las 10:38 horas del miércoles 21 de junio de 2023.

Votación del acta

A favor

Diputados: Jaime Martínez López, Juan Luis Carrillo Soberanis, Sofía Carvajal Isunza, Julia Licet Jiménez Angulo, Marco Antonio Pérez Garibay, Fernando Torres Graciano, Marco Antonio Almendariz Puppo, Ana Laura Bernal Camarena, Bruno Blancas Mercado, Andrés Mauricio Cantú Ramírez, Salvador Caro Cabrera, Javier Casique Zárate, Héctor Chávez Ruiz, Karla Estrella Díaz García, José Luis Elorza Flores, María Magdalena Olivia Esquivel Nava, Erasmo González Robledo, Rosa Hernández Espejo, Rocío Hernández Villanueva, Javier Joaquín López Casarín, Mario Alberto Torres Escudero.

Ausentes

Diputados: Óscar Cantón Zetina, Vicente Javier Verástegui Ostos.



Convocatorias

Del Consejo Directivo del Servicio de Carrera

Al concurso interno para ingresar al Cuerpo Técnico Parlamentario del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, en plazas adscritas a la Dirección General de Proceso Legislativo y a la Dirección General de Apoyo Parlamentario

Con fundamento en lo establecido por los artículos 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 48 numerales 1 y 4, incisos c) y d), 49, 55, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 283, numerales 1 y 2 y 284 del Reglamento de la Cámara de Diputados; 1, incisos a) y b), 2, 6, fracciones II y V, 7, 8, inciso f) y h), 22, 70, 71 inciso a), e) y f), 72, 73, 74, 76, 77, 88, 89, 90, 91 92 93, 141, 142, 143, 144, incisos a), b), c), e), o), p) y r), 146, 151 incisos a), b), c), d), e), g), n) y r) del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados; y

Considerando

a) Que el proceso de transformación y modernización de la Cámara de Diputados, conlleva un fortalecimiento de sus capacidades institucionales para cumplir con eficacia, eficiencia y absoluto rigor técnico, con sus funciones y atribuciones constitucionales en materia legislativa, de fiscalización, de representación política y de control parlamentario.

b) Que para contribuir a lo anterior, es necesario que la Cámara de Diputados cuente con personas servidoras públicas profesionales dotadas de los conocimientos, habilidades, actitudes, aptitudes y valores, necesarios para dar solidez técnica y metodológica al trabajo legislativo.

c) Que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento de la Cámara de Diputados y el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, contemplan un servicio de carrera para la profesionalización del personal de esta asamblea.

d) Que la Cámara de Diputados cuenta en su estructura, organización y dentro del ámbito de la Secretaría General, con la Secretaría de Servicios Parlamentarios, la cual tiene asignada la ejecución de los servicios de asistencia técnica a la Presidencia de la Mesa Directiva, a las sesiones del Pleno, así como a las comisiones; servicios que, de acuerdo a lo previsto por los artículos 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 5 del Estatuto del órgano legislativo, deben prestarse por funcionarios del servicio de carrera.

e) En virtud de lo anterior, el Consejo Directivo del Servicio de Carrera aprobó el Cuerpo Técnico Parlamentario, el cual se integra por personas servidoras públicas que comparten funciones orientadas principalmente al apoyo técnico y asistencia a los órganos de la Cámara en las diversas actividades inherentes al proceso legislativo, a las acciones enmarcadas en el control parlamentario, a los ejercicios de parlamento abierto, así como a la organización, desarrollo y seguimiento de las sesiones, tanto del Pleno, como de las comisiones.

Se trata de un cuerpo de funcionarias y funcionarios del servicio de carrera que es esencial para el apoyo técnico a las y los legisladores, para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales de la Cámara y, al mismo tiempo, para fortalecer el equilibrio de poderes y el sistema democrático de México.

f) Que los servicios de carrera constituyen un elemento fundamental de las instituciones democráticas, en tanto propician que quienes ingresan y permanecen en el servicio cuenten con los conocimientos, habilidades, aptitudes y valores necesarios para un actuar profesional, honesto y efectivo, con lo cual se contribuye a la mejora del quehacer público, así como a la mejora de los bienes y servicios que el Estado brinda en beneficio de la ciudadanía.

g) Que los servicios de carrera se traducen en un crecimiento y desarrollo profesional de las personas servidoras públicas, ya que fortalecen sus competencias profesionales mediante programas de formación que les permiten mantener actualizados sus conocimientos teóricos y prácticos. Además, con los servicios se brinda a las personas servidoras públicas la posibilidad de desarrollar una carrera dentro de las instituciones.

h) Que pertenecer y permanecer en el servicio de carrera significa un reconocimiento a las capacidades, al desempeño y al compromiso ético con la institución. Representa la oportunidad de ser parte de un proceso de transformación y renovación institucional de la Cámara, ya que implica dejar atrás criterios discrecionales de selección de personal.

i) Que existe un consenso de los grupos parlamentarios para seguir avanzando gradualmente en la implementación del servicio de carrera, como un medio para la profesionalización de las personas servidoras públicas que se desempeñan en este órgano legislativo. En este sentido, la Secretaría General y las Secretarías de Servicios, con el apoyo de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente (UCFP), analizan y proponen al Consejo Directivo el número y tipo de plazas a ser concursadas, con base en los requerimientos institucionales y la necesidad de consolidar el servicio de carrera.

Por todo lo anterior, la Cámara de Diputados, por conducto de la Secretaría General y del Consejo Directivo del Servicio de Carrera, convoca al

Concurso interno para ingresar al Cuerpo Técnico Parlamentario del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, en plazas adscritas a la Dirección General de Proceso Legislativo y a la Dirección General de Apoyo Parlamentario

Las personas servidoras públicas convocadas a participar en este concurso son las que a la fecha de publicación de esta convocatoria ocupen las siguientes plazas:

I. Requisitos

Los requisitos para participar en la presente convocatoria son los siguientes:

a) Ser mexicano y estar en pleno goce de sus derechos.

b) Acreditar como mínimo el título de licenciatura.

c) Encontrarse como personal activo de la Cámara de Diputados, en alguna de las plazas arriba indicadas.

d) Aprobar el curso propedéutico señalado en esta convocatoria.

e) Contar con conocimientos y experiencia en el desarrollo de apoyo parlamentario.

f) No haber sido durante los últimos cinco años miembro de la dirigencia nacional, estatal o municipal de un partido político, de una instancia equivalente, o candidato a un puesto de elección popular.

g) No estar inhabilitado legalmente para ocupar cargos en el servicio público.

h) No haber sido condenado por delito intencional que haya ameritado pena privativa de la libertad.

II. Disposiciones Generales

1. La ejecución de cada una de las etapas de la presente convocatoria estará a cargo de la Secretaría General, por conducto de la UCFP, la cual contará con la participación de expertos en la materia.

2. Con la finalidad de asegurar la objetividad e imparcialidad en las distintas etapas de la convocatoria, a cada una de las personas participantes se le asignará un folio único, con el cual será identificada durante el desarrollo del proceso.

3. Durante las etapas de la convocatoria se garantizará el derecho de toda persona participante a la protección de sus datos personales, en términos de las disposiciones legales en la materia.

4. El Consejo Directivo del Servicio de Carrera o la Secretaría General, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán lo no previsto en la presente convocatoria y serán las instancias responsables de interpretar las disposiciones en ella contenidas.

5. En cualquier etapa del proceso, la Secretaría General o la UCFP podrán solicitar información adicional, así como verificar la autenticidad y veracidad de la información y documentación proporcionada por las personas participantes.

6. Será causa de descalificación automática del proceso proporcionar información o documentación falsa o alterada, así como incurrir en cualquier acto que implique deshonestidad académica o que busque vulnerar la legalidad del proceso.

7. Los resultados de las distintas etapas previstas en esta convocatoria serán inapelables.

8. Es responsabilidad de la persona participante consultar permanentemente la información sobre cada etapa en la página de internet del servicio de carrera y en el correo electrónico institucional que proporcione al momento de su registro en el sistema previsto para tal efecto; éstos serán los principales medios de comunicación que se utilizarán en la ejecución de la presente convocatoria. Asimismo, será responsabilidad de la persona participante el uso y resguardo del nombre de usuario y la contraseña que le genere el sistema de registro.

9. En cualquier etapa del proceso, la Cámara de Diputados podrá suspender el concurso de manera temporal o definitiva, sin responsabilidad alguna, cuando se presente causa de fuerza mayor o caso fortuito que impida la continuidad del concurso, previamente determinada y resuelta por el Consejo Directivo.

10. Toda la información sobre la convocatoria se podrá consultar y descargar en la siguiente página de internet:

http://serviciodecarrera.diputados.gob.mx

III. Etapas de la convocatoria

Primera etapa: registro de aspirantes y curso propedéutico

1. Cada persona participante deberá crear una cuenta de usuario en el sistema de registro en línea, utilizando el correo electrónico institucional y generando una contraseña.

2. El proceso de inscripción se realizará durante el período del 12 al 18 de julio de 2023, en el sitio de internet:

http://registroserviciodecarrera.diputados.gob.mx/

3. Es responsabilidad de la persona participante capturar correctamente la información en el sistema de registro. Para ello, es necesario que cuente con la documentación que compruebe el cumplimiento de los requisitos del apartado I de la presente convocatoria.

4. Al momento del registro, la persona participante deberá adjuntar de manera digital al sistema de registro, los siguientes documentos:

• Acta de nacimiento.

• CURP.

• Identificación oficial vigente con fotografía: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o credencial oficial de empleado de la Cámara de Diputados.

• Título o cédula profesional de los grados de estudios superiores con los que cuente.

• Carta de declaración bajo protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de los requisitos f), g) y h) del apartado I, en el formato disponible en el sistema de registro en línea, el cual deberá ser llenado, firmado de manera autógrafa y adjuntado en formato digital.

• El CV deberá contener únicamente información que pueda ser soportada con documentos probatorios, mismos que deberán ser adjuntados.

• Comprobante de haber cursado el propedéutico en línea.

5. Como parte del proceso de registro, la persona participante deberá realizar en su totalidad el curso propedéutico en línea, que describe el perfil general de los integrantes del Cuerpo Técnico Parlamentario, el cual se encontrará disponible durante el periodo del 12 al 18 de julio de 2023.

6. Una vez que la persona participante concluya su registro, que incluye el curso propedéutico, no podrá modificar sus datos.

7. El sistema de registro generará un comprobante con un folio único personalizado, el cual no podrá ser transferible y deberá ser impreso por la persona participante.

Segunda etapa: Revisión del cumplimiento de requisitos y cotejo documental

1. La UCFP llevará a cabo la revisión del cumplimiento de los requisitos de cada persona que se haya registrado, a la que se le comunicará mediante correo electrónico el día y hora en que deberá presentar los documentos originales para la realización del cotejo de manera presencial. El periodo para el cotejo será del 19 al 21 de julio de 2023.

2. La persona participante que no acredite los requisitos señalados en el apartado I de esta convocatoria, o no muestre los documentos originales durante el cotejo, no podrá continuar con las siguientes etapas.

Tercera etapa: Examen de conocimientos fundamentales

1. La persona participante podrá sustentar el examen de conocimientos, siempre y cuando haya cumplido con la etapa anterior.

2. La aplicación del examen de conocimientos fundamentales se llevará a cabo en línea (modalidad a distancia) el 19 de agosto de 2023, según la programación que sea comunicada.

3. Las personas participantes que accedan a esta etapa, recibirán vía correo electrónico: su nombre de usuario, contraseña y horario que les corresponde, así como las instrucciones y reglas para realizarlo.

4. El examen tendrá una duración máxima de dos horas y media. La “Guía de estudio para el examen de conocimientos fundamentales” se encontrará disponible en la página de internet del servicio de carrera a partir de la publicación de la presente convocatoria. Es indispensable que las personas registradas comiencen a preparar a partir de tal fecha el examen de conocimientos fundamentales.

5. El examen estará integrado por una cantidad de preguntas de opción múltiple de acuerdo con el nivel de responsabilidad, de la manera siguiente:

6. En ningún caso se programarán exámenes fuera de la fecha establecida, por lo que no se aceptará justificante alguno por la inasistencia al examen de conocimientos fundamentales.

Cuarta etapa: Resolución de casos

1. Las personas participantes deberán llevar a cabo la resolución de casos, contando para ello con un tiempo máximo de 4 horas.

2. La aplicación se realizará en línea el día 23 de agosto de 2023. Las personas participantes recibirán vía correo electrónico la guía para su realización.

3. La calificación de la resolución del caso será efectuada por personas expertas previamente seleccionadas por la Secretaría General.

Quinta etapa. Entrevista

1. Las y los participantes serán entrevistados por personas expertas en las materias del perfil profesional del Cuerpo Técnico Parlamentario, quienes serán seleccionadas por la Secretaría General. Las entrevistas se llevarán a cabo en línea. La UCFP enviará por correo electrónico las fechas y horarios que le corresponde a cada persona participante.

2. Las entrevistas que no se realicen por causas imputables a la persona participante no se podrán efectuar en fecha distinta a la programada, quedando con un puntaje de cero en la calificación de esta etapa.

3. Las calificaciones correspondientes a las entrevistas serán determinadas por las personas expertas seleccionadas por la Secretaría General.

Sexta etapa: Integración de puntajes finales

1. El puntaje final obtenido por cada persona participante corresponderá a la suma de los siguientes factores:

2. Los puntos asignados al factor de Experiencia académica y profesional se determinarán con base en la documentación proporcionada por cada persona durante la etapa de registro; de conformidad con los siguientes criterios:

3. El puntaje final se expresará con dos números enteros y una posición decimal, en una escala de 0 a 100.

Séptima etapa: Aprobación de resultados

1. Para el ingreso al servicio de carrera, las personas participantes deberán obtener como mínimo 70 puntos en el puntaje final.

2. Con base en los resultados, el Consejo Directivo del Servicio de Carrera aprobará el ingreso al servicio y los nombramientos correspondientes.

3. Los folios correspondientes a quienes hayan ingresado al servicio de carrera como resultado de la presente convocatoria, se publicarán en la Gaceta Parlamentaria en el mes de septiembre de 2023.

4. El puntaje final, así como el obtenido en cada uno de los factores, serán comunicados a las personas participantes mediante correo electrónico.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de julio de 2023

Atentamente

Maestro León Aceves Díaz de León

Director General de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente

Del Consejo Directivo del Servicio de Carrera

Al concurso interno para ingresar al cuerpo de investigadores parlamentarios del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, en plazas adscritas al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP), al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) y a la Dirección de Servicios de Información y Análisis Especializados (DSIAE)

Con fundamento en lo establecido por los artículos 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 48 numerales 1 y 4, incisos c) y d), 49, 55, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 283, numerales 1 y 2 y 284 del Reglamento de la Cámara de Diputados; 1, incisos a) y b), 2, 6, fracciones II y V, 7, 8, inciso f) y h), 22, 70, 71 inciso a), e) y f), 72, 73, 74, 75, 76, 77, 88, 89, 90, 91 92 93, 141, 142, 143, 144, incisos a), b), c), e), o), p) y r), 146, 151 incisos a), b), c), d), e), g), n) y r) del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados; y

Considerando

a) Que el proceso de transformación y modernización de la Cámara de Diputados, conlleva un fortalecimiento de sus capacidades institucionales para cumplir con eficacia, eficiencia y absoluto rigor técnico, con sus funciones y atribuciones constitucionales en materia legislativa, de fiscalización, de representación política y de control parlamentario.

b) Que para contribuir a lo anterior, es necesario que la Cámara de Diputados cuente con personas servidoras públicas profesionales dotadas de los conocimientos, habilidades, actitudes, aptitudes y valores, necesarios para dar solidez técnica y metodológica al trabajo legislativo.

c) Que la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, el Reglamento de la Cámara de Diputados y el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, contemplan un servicio de carrera para la profesionalización del personal de esta asamblea.

d) Que la Cámara de Diputados cuenta en su estructura, organización y dentro del ámbito de la Secretaría General, adscritos a la Secretaría de Servicios Parlamentarios, con centros de estudios que tienen por objeto prestar servicios de información, análisis e investigación para el apoyo técnico a las y los legisladores y los órganos de la Cámara, para el mejor cumplimiento de sus funciones.

e) Que, de acuerdo con el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados, los centros de estudios deben estar conformados por funcionarios del servicio de carrera, especialistas en investigación de problemas públicos y otros temas de interés para las funciones parlamentarias.

f) Que la Cámara de Diputados, dentro del ámbito de la Secretaría de Servicios Parlamentarios, también cuenta con la Dirección de Servicios de Información y Análisis Especializados (DSIAE), responsable de proporcionar servicios de información, análisis y referencia especializados sobre temas coyunturales y de la agenda legislativa, para contribuir al desempeño de los trabajos parlamentarios y satisfacer las necesidades de información de las y los diputados. Para ello, cuenta con personal que realiza investigación parlamentaria.

g) Que los servicios de carrera constituyen un elemento fundamental de las instituciones democráticas, en tanto propician que quienes ingresan y permanecen en el servicio cuenten con los conocimientos, habilidades, aptitudes y valores necesarios para un actuar profesional, honesto y efectivo, con lo cual se contribuye a la mejora del quehacer público, así como a la mejora de los bienes y servicios que el Estado brinda en beneficio de la ciudadanía.

h) Que los servicios de carrera se traducen en un crecimiento y desarrollo profesional de las personas servidoras públicas, ya que fortalecen sus competencias profesionales mediante programas de formación que les permiten mantener actualizados sus conocimientos teóricos y prácticos. Además, con los servicios se brinda a las personas servidoras públicas la posibilidad de desarrollar una carrera dentro de las instituciones.

i) Que pertenecer y permanecer en el servicio de carrera significa un reconocimiento a las capacidades, al desempeño y al compromiso ético con la institución. Representa la oportunidad de ser parte de un proceso de transformación y renovación institucional de la Cámara, ya que implica dejar atrás criterios discrecionales de selección de personal.

j) Que existe un consenso de los grupos parlamentarios para seguir avanzando gradualmente en la implementación del servicio de carrera, como un medio para la profesionalización de las personas servidoras públicas que se desempeñan en este órgano legislativo. En este sentido, la Secretaría General y las Secretarías de Servicios, con el apoyo de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente (UCFP), analizan y proponen al Consejo Directivo el número y tipo de plazas a ser concursadas, con base en los requerimientos institucionales y la necesidad de consolidar el servicio de carrera.

Por todo lo anterior, la Cámara de Diputados por conducto de la Secretaría General y del Consejo Directivo del Servicio de Carrera, convoca al

Concurso interno para ingresar al cuerpo de investigadores parlamentarios del Servicio de Carrera en plazas adscritas al Centro de Estudios de Derecho e investigaciones parlamentarias (CEDIP), AL Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) y a la Dirección de Servicios de información y análisis especializados (DSIAE) de la Cámara de Diputados

Las personas servidoras públicas convocadas a participar en este concurso son las que a la fecha de publicación de esta convocatoria ocupen las siguientes plazas:

I. Requisitos

Los requisitos para participar en la presente Convocatoria son:

a) Ser mexicano y estar en pleno goce de sus derechos.

b) Acreditar como mínimo el título de licenciatura.

c) Encontrarse como personal activo de la Cámara de Diputados, en alguna de las plazas arriba indicadas.

d) Aprobar el curso propedéutico señalado en esta convocatoria.

e) Contar con conocimientos y experiencia profesional para el desarrollo de investigación parlamentaria.

f) No haber sido durante los últimos cinco años, miembro de la dirigencia nacional, estatal o municipal de un partido político, de una instancia equivalente o candidato a un puesto de elección popular.

g) No estar inhabilitado legalmente para ocupar cargos en el servicio público.

h) No haber sido condenado por delito intencional que haya ameritado pena privativa de la libertad.

II. Disposiciones generales

1. La ejecución de cada una de las etapas de la presente convocatoria estará a cargo de la Secretaría General, por conducto de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente (UCFP), la cual contará con la participación de personas expertas en las materias del concurso.

2. Con la finalidad de asegurar la objetividad e imparcialidad en las distintas etapas de la convocatoria, a cada una de las personas participantes se le asignará un folio único con el cual será identificado durante el desarrollo del proceso.

3. Durante las etapas de la convocatoria se garantizará el derecho de toda persona participante a la protección de sus datos personales en términos de las disposiciones legales en la materia.

4. El Consejo Directivo del Servicio de Carrera o la Secretaría General, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán lo no previsto en la presente convocatoria y serán las instancias responsables de interpretar las disposiciones en ella contenidas.

5. En cualquier etapa del proceso, la Secretaría General o la UCFP podrán solicitar información adicional, así como verificar la autenticidad y veracidad de la información y documentación proporcionada por las personas participantes.

6. Será causa de descalificación automática del proceso proporcionar información o documentación falsa o alterada, así como incurrir en cualquier acto que implique deshonestidad académica o que busque vulnerar la legalidad del proceso.

7. Los resultados de las distintas etapas del proceso previsto en esta convocatoria serán inapelables.

8. Es responsabilidad de la persona participante consultar permanentemente la información sobre cada etapa en la página de internet del servicio de carrera y en el correo electrónico institucional que proporcione al momento de su registro en el sistema previsto para tal efecto; estos serán los principales medios de comunicación que se utilizarán en la ejecución de la presente convocatoria. Asimismo, será responsabilidad de la persona participante el uso y resguardo del nombre de usuario y la contraseña que le genere el sistema de registro.

9. En cualquier etapa del proceso la Cámara de Diputados podrá suspender sin ninguna responsabilidad el concurso de manera temporal o definitiva, cuando se presente alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que impida la continuidad del concurso, previamente determinada y resuelta por el Consejo Directivo.

10. Toda la información sobre la convocatoria se podrá consultar y descargar en la siguiente página de internet:

http://serviciodecarrera.diputados.gob.mx

III. Etapas de la convocatoria

Primera etapa: registro de aspirantes y curso propedéutico

1. Cada persona participante deberá crear una cuenta de usuario en el sistema de registro en línea, utilizando el correo electrónico institucional y generando una contraseña.

2. El proceso de inscripción se realizará durante el período del 12 al 18 de julio de 2023, en el sitio de internet:

http://registroserviciodecarrera.diputados.gob.mx/

3. Es responsabilidad de la persona participante capturar correctamente la información en el sistema de registro. Para ello, es necesario que cuente con la documentación que compruebe el cumplimiento de los requisitos del apartado I de la presente convocatoria.

4. Al momento del registro, la persona participante deberá adjuntar de manera digital al sistema de registro, los siguientes documentos:

• Acta de nacimiento.

• CURP.

• Identificación oficial vigente con fotografía: credencial para votar, pasaporte, cédula profesional o credencial oficial de empleado de la Cámara de Diputados.

• Título o cédula profesional de los grados de estudios superiores con los que cuente.

• Carta de declaración bajo protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de los requisitos f), g) y h) del apartado I, en el formato disponible en el sistema de registro en línea. Deberá ser llenada, firmada y adjuntada en formato digital.

• El CV deberá contener únicamente información que pueda ser soportada con documentos probatorios que deberán ser adjuntados.

• Comprobante de haber cursado el propedéutico en línea.

5. Como parte del proceso de registro, la persona participante deberá realizar en su totalidad el curso propedéutico en línea que describe el perfil general de los integrantes del Cuerpo de Investigadores Parlamentarios, el cual se encontrará disponible durante el periodo del 12 al 18 de julio de 2023.

6. Una vez que la persona participante concluya su registro, que incluye el curso propedéutico, no podrá modificar sus datos.

7. El sistema de registro generará un comprobante con un folio único personalizado, el cual no podrá ser transferible y deberá ser impreso por la persona participante.

Segunda etapa: Revisión del cumplimiento de requisitos y cotejo documental

1. La UCFP llevará a cabo la revisión del cumplimiento de los requisitos de cada persona que se haya registrado, a la que se le comunicará mediante correo electrónico el día y hora en que deberá presentar los documentos originales para la realización del cotejo de manera presencial. El periodo para el cotejo será del 19 al 21 de julio de 2023.

2. La persona participante que no acredite los requisitos señalados en el apartado I de esta convocatoria, o no muestre los documentos originales durante el cotejo, no podrá continuar con las siguientes etapas.

Tercera etapa: Examen de conocimientos fundamentales

1. La persona participante podrá sustentar el examen de conocimientos, siempre y cuando hayan cumplido con la etapa anterior.

2. La aplicación del examen de conocimientos fundamentales se llevará a cabo en línea (modalidad a distancia) el 19 de agosto de 2023, según la programación que sea comunicada.

3. Las personas participantes que accedan a esta etapa, recibirán vía correo electrónico: su nombre de usuario, contraseña y horario que les corresponde, así como las instrucciones y reglas para realizarlo.

4. El examen tendrá una duración máxima de dos horas y media. La “Guía de estudio para el examen de conocimientos fundamentales” correspondiente a cada unidad de adscripción, se encontrará disponible en la página de internet del servicio de carrera a partir de la publicación de la presente convocatoria. Es indispensable que las personas registradas comiencen a preparar a partir de tal fecha el examen de conocimientos fundamentales.

5. El examen estará integrado por una cantidad de preguntas de opción múltiple de acuerdo con el nivel de responsabilidad, de la manera siguiente:

6. En ningún caso se programarán exámenes fuera de la fecha establecida, por lo que no se aceptará justificante alguno por la inasistencia al examen de conocimientos fundamentales.

Cuarta etapa: Resolución de casos

1. Las personas participantes deberán llevar a cabo la resolución de casos, contando para ello con un tiempo máximo de 4 horas.

2. La aplicación se realizará en línea el día 23 de agosto de 2023. Las personas participantes recibirán vía correo electrónico la guía para su realización.

3. La calificación de la resolución del caso será efectuada personas expertas previamente seleccionadas por la Secretaría General.

Quinta etapa. Entrevista

1. Las personas participantes serán entrevistadas por personas expertas en las materias del concurso. Las y los aspirantes recibirán vía correo electrónico, las fechas, horarios y modalidad que les corresponden.

2. Las entrevistas que no se realicen por causas imputables a la persona participante, no se podrán efectuar en fecha distinta a la programada, quedando descalificada del proceso.

3. La calificación de la resolución de casos estará a cargo de personas expertas en las materias del concurso.

Sexta etapa: Integración de puntajes finales

1. El puntaje final obtenido por cada persona participante corresponderá a la suma de los siguientes factores:

2. Los puntos asignados para el factor de trayectoria académica y profesional corresponderán con la valoración de la documentación proporcionada por cada persona participante en la primera etapa; de conformidad con los siguientes criterios:

3. El puntaje final se expresará con dos números enteros y una posición decimal, en una escala de 0 a 100.

Séptima etapa: Aprobación de resultados

1. Para el ingreso al servicio de carrera, las personas participantes deberán obtener como mínimo 70 puntos en el puntaje final.

2. Con base en los resultados, el Consejo Directivo del Servicio de Carrera aprobará el ingreso al servicio y los nombramientos correspondientes.

3. Los folios correspondientes a quienes hayan ingresado al servicio de carrera como resultado de la presente convocatoria, se publicarán en la Gaceta Parlamentaria en el mes de septiembre de 2023.

4. El puntaje final, así como el obtenido en cada uno de los factores, serán comunicados a las personas participantes mediante correo electrónico.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 12 de julio de 2023

Atentamente

Maestro León Aceves Díaz de León

Director General de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente

Del Consejo Directivo del Servicio de Carrera

Al concurso para ocupar plazas vacantes del rango ejecutivo, nivel 02, del Cuerpo de Investigadores Parlamentarios, adscritas al Centro De Estudios De Derecho E Investigaciones Parlamentarias y al Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género

Con fundamento en lo establecido por los artículos 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 48 numerales 1 y 4, incisos c) y d), 49, numeral 3, 55, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 283, numerales 1 y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados; 1, incisos a) y b), 2, 5, 6, fracciones II y V, 7, 8, inciso f) y h), 35, 38, 70, 71 inciso d), 72, 73, 74, 75, 76, 93, 98, 104, 105, 121 inciso d), 141, 142, 143, 144, incisos a), b) c), e), o), p) y r), 146, 151 incisos a), b), c), d), e), g), n) y r) del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados; y

Considerando

a) Que el proceso de transformación y modernización de la Cámara de Diputados conlleva un fortalecimiento de sus capacidades institucionales para cumplir con eficacia, eficiencia y absoluto rigor técnico, con sus funciones y atribuciones constitucionales en materia legislativa, de fiscalización y control parlamentario.

b) Que, para contribuir a lo anterior, la Cámara de Diputados cuenta con personas servidoras públicas profesionales dotadas de los conocimientos, habilidades, actitudes, aptitudes y valores, para realizar estudios, análisis, investigaciones o diversos materiales de consulta, necesarios para dar solidez técnica y metodológica al trabajo legislativo.

c) Que en el servicio de carrera de la Cámara de Diputados se favorece el crecimiento y desarrollo profesional de las personas servidoras públicas, ya que se fortalecen sus competencias profesionales mediante programas de formación inicial y especializada que les permiten mantener actualizados sus conocimientos teóricos y prácticos, para llevar a cabo de mejor manera su trabajo y cumplir eficazmente con la responsabilidad que les ha sido encomendada.

d) Que el servicio de carrera de la Cámara de Diputados, mediante las decisiones del Consejo Directivo del Servicio de Carrera y la operación de la Secretaría General, por conducto de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente, avanza en la implementación de los procesos de ingreso, formación y evaluación del desempeño, con instrumentos y métodos que permiten dar certeza y transparencia a los resultados obtenidos.

e) Que el servicio busca generar el desarrollo de carreras, para que las personas servidoras públicas que lo componen tengan la posibilidad de ser promovidas en los niveles que conforman el servicio, de acuerdo con su compromiso institucional, sus capacidades y resultados de la evaluación del desempeño, mediante diversos mecanismos, como pueden ser los concursos.

f) Que el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados (Estatuto) establece la existencia de un Catálogo de Rangos, Puestos y Remuneraciones, como base para el desarrollo de las carreras del personal del servicio, mismo que fue aprobado por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos en sesión de fecha 23 de septiembre de 2019.

g) Que actualmente existen tres plazas de Investigador “A” que se encuentran vacantes, correspondientes al Rango Ejecutivo, nivel 02. Una de las cuales está adscrita al Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género (CELIG), mientras que dos están adscritas al Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias (CEDIP). Con la finalidad de avanzar en los procesos de promoción, es necesario permitir que los investigadores que se encuentran en el nivel inmediato inferior y que ya han sido evaluados en su desempeño, puedan concursar para ocupar dichas plazas, de conformidad con las reglas del Estatuto y con base en el Catálogo mencionado.

h) Que el Consejo Directivo tiene entre sus atribuciones la definición de las estrategias y directrices para el desarrollo de los diversos procesos del servicio, procurando el interés institucional de la Cámara.

Por lo anterior, la Cámara de Diputados, por conducto de la Secretaría General y del Consejo Directivo, convoca a las personas que se enlistan a participar en el concurso de promoción para ocupar plazas vacantes, en virtud de cumplir con los siguientes:

I. Requisitos

1. Pertenecer al Cuerpo de Investigadores Parlamentarios.

2. Tener como mínimo 1 año en el rango Ejecutivo, nivel 03, del Catálogo de Rangos, Puestos y Remuneraciones del Servicio de Carrera.

3. Haber participado en el Programa de Evaluación del Desempeño 2022 aprobado por el Consejo Directivo del Servicio de Carrera.

De conformidad con lo anterior, las personas servidoras públicas de carrera activas al momento de la publicación de la presente convocatoria que podrán participar son:

Estas personas podrán participar por alguna de las siguientes plazas:

II. Disposiciones generales

1. La ejecución y la coordinación de las etapas de la presente convocatoria estará a cargo de la Secretaría General, por conducto de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente (UCFP).

2. Será causa de descalificación automática incurrir en cualquier acto que implique deshonestidad académica o que busque vulnerar la legalidad del proceso.

3. Las comunicaciones entre las personas participantes en el concurso con las instancias del servicio de carrera se realizarán exclusivamente por correo institucional.

4. El Consejo Directivo, así como la Secretaría General, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán lo no previsto en la presente convocatoria y serán las responsables de interpretar las disposiciones en ella contenidas.

5. Los resultados finales aprobados por el Consejo Directivo serán inapelables.

III. Etapas de la Convocatoria

Primera etapa: Solicitud de participación

1. Una vez publicada la convocatoria en la Gaceta Parlamentaria, la UCFP enviará una comunicación oficial a las personas que tienen derecho a participar, es decir, a quienes se encuentran enlistados en el apartado de “Requisitos”.

2. Cada persona interesada en participar en esta convocatoria deberá manifestarlo por medio de un escrito que será entregado de manera personal o enviado al siguiente correo electrónico: serviciodecarrera@diputados.gob.mx, a más tardar el 21 de julio de 2023 a las 15:00 horas. Ningún escrito será tomado en consideración en caso de ser presentado de manera extemporánea.

1. En el escrito se deberá mencionar la plaza y su respectiva adscripción por la que se desea concursar, de entre las que son objeto de la presente convocatoria.

Segunda etapa: Ejercicio de elaboración de un producto de la investigación parlamentaria

1. Las personas participantes deberán elaborar una nota informativa (briefing), entendido como un documento que proporciona de manera sintética información relevante y pertinente sobre una temática vinculada al quehacer parlamentario. El ejercicio tendrá una duración máxima de 5 horas.

2. La elaboración de la nota informativa (briefing) se realizará en línea el día 27 de julio de 2023 a las 9:00 horas.

3. La información práctica para el desarrollo de este ejercicio, así como la plataforma tecnológica correspondiente, serán comunicadas mediante correo electrónico.

4. Durante el desarrollo del ejercicio está tajantemente prohibido consultar a otras personas por cualquier medio para solicitar o recibir apoyo o información.

5. Si durante el día indicado se presenta algún imprevisto que no permita el desarrollo o la conclusión del ejercicio, la Secretaría General, por conducto de la UCFP, podrá determinar las medidas necesarias para su restablecimiento, tan pronto como sea posible, de acuerdo con las condiciones existentes.

6. La calificación de la nota informativa (briefing) estará a cargo de personas expertas en investigación parlamentaria.

Tercera etapa: Integración del puntaje final

1. El puntaje final obtenido por cada participante corresponderá a la suma de los siguientes factores:

2. Para asignar los puntos correspondientes al factor de Evaluación del desempeño 2022, la UCFP obtendrá del expediente de cada uno de los participantes el resultado aprobado por el Consejo Directivo.

3. Para asignar los puntos correspondientes al Promedio de los módulos cursados en el Programa de Formación Especializada, la UCFP obtendrá del expediente de cada uno de los participantes el resultado de los siguientes módulos: “Metodologías de la investigación”; “El ciclo de políticas públicas y el papel del poder legislativo”; y “Derecho constitucional, proceso y técnica legislativa”.

4. En caso de ser necesario, se aplicarán los siguientes criterios de desempate en el orden de prelación que aparece a continuación:

a. Mayor puntaje en la evaluación del desempeño.

b. Mayor puntaje en el ejercicio de elaboración de un producto de la investigación parlamentaria.

5. El puntaje final se expresará con números enteros y una posición decimal en una escala de 0 a 100.

Cuarta etapa: Aprobación de resultados

1. Las personas que ocuparán las plazas objeto de este concurso serán aquellas que obtengan los puntajes finales más altos, siempre y cuando hayan obtenido al menos 70 puntos.

2. El Consejo Directivo conocerá y, en su caso aprobará, los resultados finales del concurso, así como la expedición de los nombramientos correspondientes a las personas ganadoras.

3. El nombre de las personas ganadoras será publicado en la Gaceta Parlamentaria.

4. El puntaje final, así como el obtenido en cada uno de los factores, serán comunicados a las personas participantes mediante correo electrónico.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de julio de 2023

Atentamente

Doctor León Aceves Díaz de León

Director General de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente

Del Consejo Directivo del Servicio de Carrera

A integrantes del Cuerpo de Investigadores Parlamentarios, para participar en el concurso destinado a ocupar la Dirección de Estudios de Rentabilidad y Competitividad Sectorial, con rango de dirección, nivel 03, adscrita al Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria

Con fundamento en lo establecido por los artículos 77, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 3, 48 numerales 1 y 4, incisos c) y d), 49, numeral 3, 55, numeral 1 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 283, numerales 1 y 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados; 1, incisos a) y b), 2, 4, 5, 6, fracciones I y V, 7, 8, inciso f) y h), 35, 38, 70, 71 inciso d), 72, 73, 74, 75, 76, 77, 84, 85, 87 inciso b), 93, 98, 106, 121 inciso d), 141, 142, 143, 144, incisos a), b), c), e), o), p) y r), 146, 151 incisos a), b), c), d), e), g), n) y r) del Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados; y

Considerando

a) Que el proceso de transformación y modernización de la Cámara de Diputados conlleva un fortalecimiento de sus capacidades institucionales para cumplir con eficacia, eficiencia y absoluto rigor técnico sus funciones y atribuciones constitucionales en materia legislativa, de fiscalización y control parlamentario.

b) Que, para contribuir a lo anterior, la Cámara de Diputados cuenta con personas servidoras públicas profesionales dotadas de los conocimientos, habilidades, aptitudes, actitudes y valores, para realizar estudios, análisis, investigaciones o diversos materiales de consulta, necesarios para dar solidez técnica y metodológica al trabajo legislativo.

c) Que en el servicio de carrera de la Cámara de Diputados se favorece el crecimiento y desarrollo profesional de las personas servidoras públicas, ya que se fortalecen sus competencias profesionales mediante programas de formación inicial y especializada que les permiten mantener actualizados sus conocimientos teóricos y prácticos, para poder llevar a cabo de mejor manera su trabajo y cumplir eficazmente con la responsabilidad que les ha sido encomendada.

d) Que el servicio de carrera de la Cámara de Diputados, mediante las decisiones del Consejo Directivo y operación de la Secretaría General por conducto de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente avanza en la implementación de los procesos de ingreso, formación y evaluación del desempeño, con instrumentos y métodos que permiten dar certeza y transparencia a los resultados obtenidos.

e) Que el servicio busca generar el desarrollo de carreras, para que las personas servidoras públicas tengan la posibilidad de ascender en los rangos que conforman el servicio, de acuerdo con su compromiso institucional, sus capacidades y resultados de las evaluaciones del desempeño, mediante concursos que posibilitan los ascensos.

f) Que el Estatuto de la Organización Técnica y Administrativa y del Servicio de Carrera de la Cámara de Diputados (Estatuto) establece la existencia de un Catálogo de Rangos Puestos y Remuneraciones, como base para el desarrollo de las carreras del personal del servicio, mismo que fue aprobado por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos en sesión de fecha 23 de septiembre de 2019.

g) Que el Estatuto prevé la implementación de concursos para ascender en los rangos que conforman el servicio. En este sentido, se estima pertinente que, como parte de los procesos de desarrollo de las carreras, la Dirección de Estudios de Rentabilidad y Competitividad Sectorial, que se encuentra vacante, sea ocupada por la persona que resulte ganadora de un concurso de ascenso en rango, dirigido a quienes cumplen con los requisitos estatutarios para tal efecto.

h) Que el Estatuto establece que, para ser ascendido a un rango superior, el funcionario del servicio deberá permanecer por lo menos tres años en el rango inmediato inferior.

i) Que el Consejo Directivo del Servicio de Carrera tiene entre sus atribuciones la definición de las estrategias y directrices para el desarrollo de los diversos procesos del servicio, procurando el interés institucional de la Cámara.

Por lo anterior, la Cámara de Diputados, por conducto de la Secretaría General y del Consejo Directivo del Servicio de Carrera, convoca al presente concurso de ascenso en rango a las personas que abajo se enlistan, en virtud de cumplir con los siguientes:

I. Requisitos

1. Pertenecer al Cuerpo de Investigadores Parlamentarios del servicio de carrera de la Cámara de Diputados.

2. Tener como mínimo 3 años en el rango Ejecutivo del Catálogo de Rangos, Puestos y Remuneraciones del Servicio de Carrera.

3. Haber participado en el Programa de Evaluación del Desempeño 2022 aprobado por el Consejo Directivo del Servicio de Carrera.

De conformidad con lo anterior, las personas servidoras públicas de carrera activas al momento de la publicación de la presente convocatoria que podrán participar son:

II. Disposiciones generales

1. La ejecución y la coordinación de las etapas de la presente convocatoria estará a cargo de la Secretaría General, por conducto de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente (UCFP).

2. Será causa de descalificación automática incurrir en cualquier acto que implique deshonestidad académica o que busque vulnerar la legalidad del proceso.

3. La programación de cada una de las etapas del concurso no podrá celebrarse en fechas distintas a las establecidas en esta convocatoria.

4. Las comunicaciones entre las personas participantes del concurso con las instancias del servicio de carrera se realizarán exclusivamente por correo institucional. Los resultados individuales de cada instrumento de evaluación serán notificados por dicho medio.

5. El Consejo Directivo, así como la Secretaría General, en el ámbito de sus respectivas competencias, resolverán lo no previsto en la presente convocatoria y serán las instancias responsables de interpretar las disposiciones en ella contenidas.

6. Los resultados finales aprobados por el Consejo Directivo serán inapelables.

III. Etapas de la convocatoria

Primera etapa: Solicitud de participación

1. Una vez publicada la presente convocatoria en la Gaceta Parlamentaria, la UCFP enviará una comunicación oficial a las personas que tienen derecho a participar, es decir, a quienes se encuentran enlistados en el apartado de “Requisitos”.

2. Las personas interesadas en participar deberán manifestarlo por medio de un escrito que será entregado de manera personal o enviado al siguiente correo electrónico: serviciodecarrera@diputados.gob.mx, a más tardar el 21 de julio de 2023 a las 15:00 horas. Ningún escrito será tomado en consideración en caso de ser presentado de manera extemporánea.

Segunda etapa: Cuestionario de habilidades directivas

1. Las personas participantes deberán responder a un cuestionario destinado a la identificación de habilidades directivas, contando para ello con un tiempo máximo de 1 hora.

2. La aplicación del cuestionario se realizará en línea, el día 28 de julio de 2023 a las 9:00 horas, utilizando para ello la siguiente plataforma tecnológica:

http://formacionserviciodecarrera.diputados.gob.mx/

3. La información práctica a ser tomada en cuenta para responder el cuestionario sobre habilidades directivas, será comunicada mediante correo electrónico.

Tercera etapa: Entrevista

1. Las personas participantes serán entrevistadas por una persona experta en evaluación de habilidades directivas y por una persona servidora pública que asigne la Secretaria de Servicios Parlamentarios.

2. Las entrevistas se llevarán a cabo de manera presencial dentro de las instalaciones de la Cámara de Diputados o, en caso de ser necesario, por videoconferencia. La programación será comunicada por correo electrónico.

3. Las entrevistas que no se realicen por causas imputables a la persona participante, no podrán efectuarse en fecha distinta a la programada, quedando descalificada del proceso.

4. La calificación correspondiente a la entrevista será el promedio de la otorgada por la persona experta y por la persona asignada por la Secretaria de Servicios Parlamentarios.

Cuarta etapa: Resolución de caso práctico

1. Las personas participantes deberán resolver un caso práctico en materias afines al Centro de Estudios de Desarrollo Rural Sustentable y Soberanía Alimentaria, así como a la plaza objeto de este concurso, contando para la resolución con un tiempo máximo de 5 horas.

2. La resolución del caso se realizará en línea, el día 05 de agosto de 2023 a las 9:00 horas, utilizando para ello la siguiente plataforma tecnológica: http://formacionserviciodecarrera.diputados.gob.mx/

3. La información práctica que se deberá considerar para la resolución del caso será comunicada mediante correo electrónico.

4. El caso consiste en un planteamiento real o hipotético, seguido de preguntas o instrucciones que requieren un correcto entendimiento y una capacidad de argumentación concisa para responderlas.

5. Las personas participantes no podrán consultar información adicional por internet u otro tipo de recursos impresos o digitales. Durante la aplicación está tajantemente prohibido consultar a otras personas por cualquier medio para solicitar o recibir apoyo o información.

6. Si durante el día de la resolución del caso se presenta algún imprevisto que no permita su desarrollo o conclusión, la Secretaría General, por conducto de la UCFP, podrá determinar las medidas necesarias para el restablecimiento de la aplicación, tan pronto como sea posible, de acuerdo con las condiciones existentes.

7. La calificación de la resolución del caso estará a cargo de una persona experta en las materias del concurso.

Quinta etapa: Integración del puntaje final

1. El puntaje final obtenido por cada participante corresponderá a la suma de los siguientes factores:

2. Para asignar los puntos correspondientes al factor de Evaluación del desempeño 2022, la UCFP obtendrá del expediente de cada uno de los participantes el resultado correspondiente que haya sido aprobado por el Consejo Directivo.

3. Para asignar los puntos correspondientes al Promedio de los módulos cursados en el Programa de Formación Especializada, la UCFP obtendrá del expediente de cada uno de los participantes el resultado de los siguientes módulos: “Metodologías de la investigación”; “El ciclo de políticas públicas y el papel del poder legislativo”; y “Derecho constitucional, proceso y técnica legislativa”.

4. En caso de ser necesario, se aplicarán los siguientes criterios de desempate en el orden de prelación que aparece a continuación:

a. Mayor puntaje en la evaluación del desempeño.

b. Mayor puntaje en la entrevista.

5. El puntaje final se expresará con números enteros y una posición decimal en una escala de 0 a 100.

Sexta etapa: Aprobación de los resultados

1. La persona ganadora será aquella que obtenga el puntaje final más alto, siempre y cuando haya obtenido al menos 70 puntos.

2. El Consejo Directivo del Servicio de Carrera conocerá y, en su caso aprobará, los resultados del concurso, así como el ascenso en rango y la expedición del nombramiento correspondiente a la persona ganadora.

3. El nombre de la persona ganadora será publicado en la Gaceta Parlamentaria.

4. El puntaje final, así como el obtenido en cada uno de los factores, serán comunicados a las personas participantes mediante correo electrónico.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 17 de julio de 2023.

Atentamente

Doctor León Aceves Díaz de León

Director General de la Unidad de Capacitación y Formación Permanente

De la Comisión de Transparencia y Anticorrupción

A la reunión de junta directiva, que se llevará a cabo –de manera semipresencial– el lunes 17 de julio, a las 12:00 horas, en la sala de juntas del órgano legislativo convocante, situada en el tercer piso del edificio G.

Orden del Día

1. Registro de asistencia.

2. Lectura, discusión y aprobación del orden del día.

3. Formulación del orden del día de la decimosexta reunión ordinaria de la comisión.

4. Asuntos generales.

5. Clausura.

Atentamente

Diputado Juan Carlos Romero Hicks

Presidente

De la Comisión de Ganadería

A la vigésima segunda reunión de junta directiva, que se llevará a cabo de modo semipresencial el martes 18 de julio, a las 11:00 horas, en las instalaciones del órgano legislativo convocante (edificio F, cuarto piso).

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la vigésima reunión plenaria.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen en sentido positivo con modificaciones por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Organizaciones Ganaderas, presentada por el diputado Bernardo Ríos Cheno, del Grupo Parlamentario de Morena.

5. Asuntos generales.

6. Clausura y cita para la próxima reunión.

Atentamente

Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui

Presidenta

De la Comisión de Ganadería

A la vigésima primera reunión plenaria, que tendrá lugar de modo semipresencial el martes 18 de julio, a las 11:30 horas, en las instalaciones del órgano legislativo convocante (edificio F, cuarto piso).

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la vigésima reunión plenaria.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de dictamen en sentido positivo con modificaciones por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Organizaciones Ganaderas, presentada por el diputado Bernardo Ríos Cheno, del Grupo Parlamentario de Morena.

5. Asuntos generales.

6. Clausura y cita para la próxima reunión.

Atentamente

Diputada María del Refugio Camarena Jáuregui

Presidenta

Del Consejo Editorial

A la cuarta reunión ordinaria, que se llevará a cabo el martes 18 de julio del año, a las 13:30 horas, en el salón E del edificio G, de manera semipresencial

Orden del Día

• Registro de asistencia y declaración de quórum.

• Lectura, discusión y en su caso aprobación del orden del día.

• Lectura, discusión y en su caso aprobación del acta anterior.

• Discusión y en su caso aprobación de la ratificación de la ciudadana Jani Galland Jiménez como secretaria técnica del Consejo Editorial.

• Lectura, discusión y en su caso aprobación del programa de presentaciones de julio y agosto del 2023.

• Resumen del estado en el que se recibe el Consejo Editorial por cambio de presidencia.

• Asuntos generales.

Atentamente

Diputado Maya Martínez Hirepan

Presidente

De la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia

A la decimosexta reunión de junta directiva, que se llevará a cabo en modalidad virtual, el martes 18 de julio, a las 17:00 horas.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaratoria del quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día para la decimosexta reunión ordinaria.

3. Asuntos generales.

4. Clausura.

Atentamente

Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo

Presidenta

De la Comisión de Derechos de la Niñez y la Adolescencia

A la decimosexta reunión ordinaria, en modalidad virtual, que tendrá lugar el martes 18 de julio, a las 17:30 horas.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaratoria del quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta derivada de la decimoquinta reunión ordinaria del 30 de mayo de 2023.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes dictámenes en sentido positivo:

a) Con proyecto de decreto, por el que se reforma y adiciona el artículo 73 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de sentencias accesibles.

b) Con proyecto de decreto, por el que se reforma la fracción VIII del artículo 50 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

c) Con proyecto de decreto, por el que se reforma el artículo 69 de lo Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los siguientes dictámenes de opinión:

a) Iniciativas que reforman la Ley de Ciencia y Tecnología, en materia de niñas, niños y adolescentes. En materia de ciencia y tecnología.

b) Iniciativas que reforman la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendario y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de presupuesto de niñez y adolescencia.

c) Iniciativa que reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal, en materia de acoso o bullying escolar.

d) Iniciativa que adiciona los artículos 6o. y 53 de la Ley de la Fiscalía General de la República. Capacitación, en materia de principio del interés superior de lo niñez.

e) Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de principio del interés superior de la niñez y adolescencia.

f) Iniciativa que reforma el articulo 28 de la Ley de Asistencia Social, en materia de expedientes de ingreso a Centros de Asistencia Social.

6. Asuntos generales.

7. Clausura.

Atentamente

Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo

Presidenta

De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria

A la vigésima cuarta reunión de junta directiva, que se llevará a cabo de modo semipresencial el miércoles 19 de julio, a las 11:00 horas, en el mezanine norte (edificio A, primer piso).

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Logística para la vigésima cuarta reunión plenaria.

4. Asuntos generales.

5. Clausura.

Atentamente

Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado

Presidenta

De la Comisión de Salud

A la vigésima reunión –declarada permanente–, comparecencias y mesa de trabajo, que iniciarán el miércoles 19 de julio, a las 11:00 horas, y concluirán el 2 de agosto en el salón de protocolo del edificio C, en modalidad presencial.

Comparecencias

• Doctor Gustavo Reyes Terán, titular de la Comisión Coordinadora de Instituto Nacional de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, el 19 de julio de 2023, a las 11:00 horas.

• Doctor Pedro Zenteno Santaella, director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el 26 de julio de 2023, a las 11:00 horas.

• Comparecencia Doctor Alejandro Ernesto Svarch Pérez, titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el 2 de agosto de 2023, a las 11:00 horas.

Mesa de trabajo

• Doctor Hugo López Gatell, subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud, el día 19 de julio, a las 17:00 horas.

Orden del Día

1) Registro de asistencia y declaración de quórum.

2) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de actas de sesiones anteriores.

4) Desahogo de las comparecencias y reunión de trabajo bajo el siguiente formato:

1. Participación del funcionario hasta por 15 minutos.

2. Primera ronda de preguntas, hasta por 5 minutos, por un integrante de la comisión de cada grupo parlamentario en orden ascendente.

3. Respuestas del funcionario.

4. Segunda ronda de preguntas, hasta por 5 minutos, por un integrante de la comisión de cada grupo parlamentario en orden ascendente.

5. Respuestas del funcionario.

5) 19 de julio de 2023. Participación del titular de la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, doctor Gustavo Reyes Terán.

6) Declaración de receso.

7) 19 de julio de 2023. Participación del subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, doctor Hugo López-Gatell Ramírez.

8) Declaración de receso.

9) 26 de julio de 2023. Participación del doctor Pedro Zenteno Santaella, director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

10) Declaración de receso

11) 2 de agosto de 2023. Participación del doctor Alejandro Ernesto Svarch Pérez, titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

12) Asuntos generales.

13) Clausura de la reunión.

Atentamente

Diputado Emmanuel Reyes Carmona

Presidente

De la Comisión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria

A la vigésima cuarta reunión plenaria, que tendrá verificativo de modo semipresencial el miércoles 19 de julio, a las 11:30 horas, en el mezanine norte (edificio A, primer piso).

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la vigésima tercera reunión plenaria.

4. Lectura, discusión y, en su caso, votación de los siguientes dictámenes con proyecto de decreto sobre iniciativas en sentido positivo:

a) Que reforma los artículos 3, fracción XVIII, 7 y 9 de la Ley de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar, suscrita por la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario de PT;

b) Por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Agraria, suscrita por la diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, del Grupo Parlamentario de Morena;

c) Que reforma los artículos 16 y 68 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, suscrito por los diputados María de Jesús Aguirre Maldonado, Ismael Alfredo Hernández Deras (PRI), Rodrigo Sánchez Zepeda (PAN), Roberto Carlos López García, Nélida Ivonne Sobrina Díaz Tejeda, Monserrat Hernández Pérez, Sue Ellen Bernal (PRI), Roberto Valenzuela Corral, Gustavo Macías Zambrano, Ano Laura Sánchez, Esther Mandujano Tinajero (PAN) y Jesús Fernando García Hernández (PT).

5. Lectura, discusión y, en su caso, votación del dictamen en sentido negativo de la iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, en materia de incentivos fiscales para pequeños productores de bienes de consumo básico, presentada por lo diputada Ana Elizabeth Ayala Leyva, del Grupo Parlamentario de Morena.

6. Presentación con el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

7. Asuntos generales.

8. Clausura.

Atentamente

Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado

Presidenta

De la Comisión de Pesca

A la reunión con la Secretaría de Marina que se llevará a cabo el lunes 24 de julio, a las 10:00 horas, en los salones C y D del edificio G.

Orden del Día

1. Registro.

2. Bienvenida por la presidenta de la Comisión de Pesca, diputada María del Carmen Bautista Peláez.

3. Palabras del diputado Jaime Martínez López, presidente de la Comisión de Marina.

4. Intervención del personal de Inspección y Vigilancia Pesquera de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos.

5. Intervención del personal de la Subsección de Protección Civil y Contingencias de la Sección Tercera del Estado Mayor General de la Armada.

6. Intervención de diputados.

7. Acuerdos.

8. Conclusiones y clausura.

Atentamente

Diputada María del Carmen Bautista Peláez

Presidenta

De la Comisión de Puntos Constitucionales

A la decimoséptima reunión ordinaria, que se realizará el martes 25 de julio, a las 11:00 horas, en la sala de reuniones de la convocante, situada en el tercer piso del edificio D, en modalidad

Orden del Día

1) Registro de asistencia y declaratoria de quórum.

2) Lectura. discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la decimosexta reunión ordinaria de la comisión.

4) Lectura. discusión y, en su caso, aprobación de los proyectos de dictamen a iniciativas que proponen la modificación:

4.1. Al inciso a) de la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia atribuciones del Congreso de la Unión para aprobar una ley general de delitos de extorsión y cometidos por medio de tecnologías de información.

4.2. A las fracciones VII del Apartado A y V del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de igualdad y no discriminación salarial.

5) Asuntos generales.

6) Clausura.

Diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz

Presidente

De la Comisión de Asuntos Frontera Sur

A la decimonovena reunión de junta directiva, por celebrarse de manera semipresencial el lunes 31 de julio, a las 10:00 horas, en el salón B del edificio G.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de acta correspondiente a la decimoctava reunión de junta directiva.

4. Asuntos específicos por tratar:

a) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación el proyecto de primer informe de actividades del segundo año de ejercicio de la LXV Legislatura, correspondiente al periodo 1 de septiembre de 2022-28 de febrero de 2023.

5. Asuntos generales:

6. Clausura y convocatoria para la siguiente reunión, decimoctava plenaria, lunes 31 de julio 2023, a las 10:30 horas.

Atentamente

Diputado Ismael Brito Mazariegos

Presidente

De la Comisión de Asuntos Frontera Sur

A la decimoctava reunión plenaria, que se realizará de manera semipresencial el lunes 31 de julio, a las 10:30 horas, en el salón B del edificio G.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del proyecto de acta correspondiente a la decimoséptima reunión plenaria.

4. Asuntos específicos por tratar:

a) Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del primer informe de actividades del segundo año de ejercicio de la LXV Legislatura, correspondiente al periodo 1 de septiembre de 2022-28 de febrero de 2023.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

Atentamente

Diputado Ismael Brito Mazariegos

Presidente



Invitaciones

Del Centro de Estudios para el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria

Y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, a los interesados en contribuir al trabajo legislativo y aportar conocimientos en el Desarrollo Rural Sustentable y la Soberanía Alimentaria, a participar en el Premio Nacional “Diputado Francisco J. Múgica” sobre Desarrollo Rural Sustentable y Soberanía Alimentaria, séptima edición, 2023.

El registro estará abierto hasta el 21 de julio de 2023.

Las bases se pueden consultar en “Convocatoria al Premio Nacional ‘Diputado Francisco J. Múgica’ sobre Desarrollo Rural Sustentable y Soberanía Alimentaria, séptima edición, 2023”.

Atentamente

Maestra en Ciencias Gloria Margarita Álvarez López

Encargada de la Dirección General del CEDRSSA

Del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP) y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios

A los interesados en contribuir al conocimiento de las finanzas públicas y la economía en México, se les invita a participar en la décima sexta edición del Premio Nacional de las Finanzas Públicas.

La convocatoria estará abierta hasta el 31 de julio de 2023.

Las bases se pueden consultar en

www.diputados.gob.mx y en www.cefp.gob.mx

Atentamente

Maestro Ildefonso Morales Velázquez

Director General

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

En coordinación con la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, a la presentación de la Plataforma de Aprendizaje Anticorrupción del Sistema Nacional Anticorrupción, que se llevará a cabo el próximo miércoles 2 de agosto, a partir de las 12:00 horas, de manera virtual

El principal objetivo de la presentación es fortalecer los conocimientos de los servidores públicos vinculados al combate de la corrupción.

La Plataforma de Aprendizaje Anticorrupción es una herramienta tecnológica y pedagógica cuyo propósito es ofrecer los conocimientos y competencias de personas servidoras públicas de entes públicos vinculadas al combate y control de la corrupción, así como la construcción de cultura de la integridad.

Cursos autogestivos en línea, en temas relacionados con la prevención. detección y sanción de faltas administrativas y hechos de anticorrupción, así como la fiscalización y control de recursos públicos.

La presentación se transmitirá en vivo en

@camaradediputados

@Mx_Diputados

Cámara de Diputados

@CedipOficial

@CEDIP_Oficial

Atentamente

Doctor Juan Carlos Cervantes Gómez

Director General

Del Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública

Y la Cámara de Diputados, a través de la Secretaría General y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, a participar en la decimotercera edición del Premio Nacional de Investigación Social y de Opinión Pública, abierta hasta el sábado 30 de septiembre de 2023.

La convocatoria está dirigida a todos los interesados en contribuir al conocimiento para el desarrollo social, regional y sustentable del país o a la construcción de políticas públicas de alcance nacional.

Las bases se pueden consultar en:

https://bit.ly/3NHZp5k

Atentamente

Maestra Hasuba Villa Bedolla

Encargada del Despacho de la Dirección General