Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar a los gobiernos de las 32 entidades a mejorar la eficiencia del gasto público en materia de movilidad y priorizar la inversión en transporte público, a cargo de la diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 62, 76, fracción IV; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Cámara, la siguiente proposición con punto de acuerdo para exhortar a los gobiernos de las 32 entidades a mejorar la eficiencia del gasto público en materia de movilidad y priorizar la inversión en transporte público, conforme a los siguientes:

Antecedentes

I. El transporte público es la base primordial para sostener la movilidad urbana de una forma ecológica, económica y sustentable la cual es clave para garantizar el acceso a la población a las oportunidades y servicios que ofrece la ciudad, lo que impulsa el desarrollo humano y fomenta la inclusión social.

II. Para que el transporte público pueda cumplir con esta función debe convertirse en una verdadera opción para los ciudadanos siendo eficiente, seguro y gozando de la más alta calidad para reducir los tiempos de traslado y fomentar su uso masivo.

III. En un estudio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes titulado “Estudio de la demanda de transporte”, se encontró que los factores que el usuario promedio en México prioriza para aumentar su consumo son: 1) precio; 2) velocidad del servicio; 3) frecuencia del servicio.

IV. A pesar de que en México la situación del transporte público varía según el estado y región del país, se puede advertir que de manera general se encuentra en un estado de franco deterioro. Los problemas que predominan son la falta de infraestructura adecuada, mantenimiento deficiente, inseguridad, saturación y la pérdida de tiempo que implica la utilización del transporte público.

V. Ninguna ciudad del país cuenta con sistemas integrados de transporte urbano, interurbano ni regional, además, la interconexión entre sistemas de transporte público es baja y los tiempos de espera muy altos, algunos de hasta 15 minutos.

VI. Asimismo, casi seis de cada 10 personas (58.5 por ciento) se sienten inseguras en el transporte público, y en el caso de las mujeres la proporción asciende a más de siete de cada 10 (73.1 por ciento), de acuerdo a la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana publicada en 2022 por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

VII. Una de las principales razones por las que se ha agudizado esta situación es la falta de inversión y la reducción del gasto público en materia de movilidad urbana destinada al transporte público.

VIII. Según el Índice de Movilidad Urbana publicado en 2019, en promedio el 38% de la población se mueve en transporte público, el 31 por ciento lo hace caminando o en bicicleta y solo el 29 por ciento lo hace en auto particular.

IX. Sin embargo, los gobiernos destinan la mayor parte de los recursos para movilidad en obras viales para los coches y un porcentaje mínimo para el transporte público de pasajeros, que en el mejor de los casos representa el 2 por ciento y el 7 por ciento para infraestructura peatonal y ciclista.

X. De igual manera, el Índice de Movilidad Urbana (IMU) evaluó a las 20 ciudades más pobladas del país para medir su grado de competitividad según la oferta de diversas opciones de transporte, las cuales deben de ser atractivas, deseables y alcanzables para sus habitantes y encontró que ninguna tuvo un desempeño alto y solo la Ciudad de México, Saltillo y Guadalajara presentaron un desempeño adecuado.

XI. Por cada unidad de transporte público en el país, hay 78.4 automóviles privados y 13.1 motos. En conjunto, por cada camión que se utiliza en el país, hay 91.5 unidades de transporte privado. Y peor aún es que a nivel nacional y en la CDMX aumentan mucho más rápido el número de autos y de motos que el número de unidades de transporte público.

XII. La falta de un transporte público adecuado tiene costos sociales significativos y contribuye a la desigualdad al limitar las oportunidades y el acceso a servicios básicos, es por ello que su atención debe ser prioritaria para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. El transporte público eficiente y accesible es un pilar fundamental para garantizar una movilidad equitativa, donde todos tengan la posibilidad de desplazarse de manera segura y asequible, sin importar su nivel socioeconómico.

Considerandos

I.- El artículo 6, fracción I, del Reglamento de esta Cámara de Diputados, establece que la presentación de proposiciones es un derecho de las y los diputados.

II.- De acuerdo al artículo once de la CPEUM:

Toda persona tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.

III.- Conforme al artículo 4 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial respecto a los principios de movilidad y seguridad vial:

I. Accesibilidad. Garantizar el acceso pleno en igualdad de condiciones, con dignidad y autonomía a todas las personas al espacio público, infraestructura, servicios, vehículos, transporte público y los sistemas de movilidad tanto en zonas urbanas como rurales e insulares mediante la identificación y eliminación de obstáculos y barreras de acceso, discriminación, exclusiones, restricciones físicas, culturales, económicas, así como el uso de ayudas técnicas y perros de asistencia, con especial atención a personas con discapacidad, movilidad limitada y grupos en situación de vulnerabilidad;

II. Calidad. Garantizar que los sistemas de movilidad, infraestructura, servicios, vehículos y transporte público cuenten con los requerimientos y las condiciones para su óptimo funcionamiento con propiedades aceptables para satisfacer las necesidades de las personas.

III. Confiabilidad. Las personas usuarias de los servicios de transporte deben tener la certeza de que los tiempos de recorrido, los horarios de operación y los puntos de abordaje y descenso son predefinidos y seguros, de manera que se puedan planear los recorridos de mejor forma.

IV. Diseño universal. Todos los componentes de los sistemas de movilidad deben seguir los criterios de diseño universal, a fin de incluir a todas las personas independientemente de su condición y en igualdad de oportunidades, a las calles y los servicios de movilidad, de acuerdo con las condiciones de cada centro de población; así como otorgarles las condiciones mínimas de infraestructura necesarias para ejercer el derecho a la movilidad.

V. Eficiencia. Maximizar los desplazamientos ágiles y asequibles, tanto de personas usuarias como de bienes y mercancías, optimizando los recursos ambientales y económicos disponibles.

VIII. Progresividad. Garantizar que el derecho a la movilidad y sus derechos relacionados, estén en constante evolución, promoviéndolos de manera progresiva y gradual e incrementando constantemente el grado de su tutela, respeto, protección y garantía.

XV. Seguridad. Se deberá proteger la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos bajo el principio de que toda muerte o lesión por siniestros de tránsito es prevenible

XVI. Seguridad vehícular. Aspecto de la seguridad vial enfocado en el desempeño de protección que brinda un vehículo de motor a las personas pasajeras y usuarias vulnerables, y demás usuarias de la vía, contra el riesgo de muerte o lesiones graves en caso de siniestro

XVII. Sostenibilidad. Satisfacer las necesidades de movilidad procurando los menores impactos negativos en el medio ambiente y la calidad de vida de las personas, garantizando un beneficio continuo para las generaciones actuales y futuras

IV.- Conforme de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano:

Artículo 70. Para la accesibilidad universal de los habitantes a los servicios y satisfactores urbanos; las políticas de movilidad deberán asegurar que las personas puedan elegir libremente la forma de trasladarse a fin de acceder a los bienes, servicios y oportunidades que ofrecen sus Centros de Población.

Artículo 71. Las políticas y programas de movilidad deberán:

I. Procurar la accesibilidad universal de las personas, garantizando la máxima interconexión entre vialidades, medios de transporte, rutas y destinos, priorizando la movilidad peatonal y no motorizada.

V. Incrementar la oferta de opciones de servicios y modos de transporte integrados, a los diferentes grupos de usuarios, que proporcionen disponibilidad, velocidad, densidad y accesibilidad universal, que permitan reducir la dependencia del uso del automóvil particular, aquellas innovaciones tecnológicas que permitan el uso compartido del automóvil, el uso de la motocicleta y desarrollar nuevas alternativas al transporte público.

IX. Aumentar el número de opciones de servicios y modos de transporte, por medio del fomento de mecanismos para el financiamiento de la operación del transporte público.

Artículo 72. La federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales, en el ámbito de sus competencias, establecerán los instrumentos y mecanismos para garantizar el tránsito a la Movilidad, mediante:

III. La priorización, congruencia y eficacia en las inversiones públicas, considerando el nivel de vulnerabilidad de usuarios, las externalidades que genera cada modo de transporte y su contribución a la productividad de la colectividad.

Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario a consideración del pleno de la Comisión Permanente, con el siguiente resolutivo:

Punto de Acuerdo

Único – La Cámara de Diputados exhorta a los gobiernos de las 32 entidades a mejorar la eficiencia del gasto público en materia de movilidad y priorizar la inversión en transporte público.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintidós días a los trece días del mes de diciembre del año 2023.

Diputada Mariana Gómez del Campo Gurza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a realizar, por conducto de la Cofepris, campañas de comunicación sobre la inocuidad de los edulcorantes no calóricos, suscrita por la diputada Mariana Gómez del Campo Gurza y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 62, 76, fracción IV; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Cámara, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Salud, para que por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), informe sobre la seguridad de los edulcorantes artificiales consumidos por el ser humano. así como realizar campañas de comunicación sobre la inocuidad de los edulcorantes no calóricos, conforme a los siguientes:

Antecedentes

I. En junio de 2023, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó un comunicado en donde establece que considera que el edulcorante aspartamo es un “posible cancerígeno” para los humanos, y aunque la evidencia es limitada sobre su potencial para causar cáncer recomienda controlar su ingesta.

II. El aspartamo es un edulcorante artificial de origen químico, está formado por tres componentes: una molécula de metanol y dos aminoácidos, que son la fenilalanina y el ácido aspártico. Se encuentra como endulzante de mesa o para edulcorar bebidas bajas en calorías, chicles, gelatinas, cereales para el desayuno, productos lácteos como el yogurt, helados, pasta de dientes o en algunos fármacos.

III. El aspartamo está en el mismo nivel que el plomo o el escape de un motor de gasolina, es decir, la evidencia científica sobre su potencial para causar cáncer es similar, pero eso no implica que el riesgo sea el mismo

IV. La Agencia Internacional de Investigaciones sobre el Cáncer (CIIC), el órgano de la Organización Mundial de la Salud que se encarga de identificar el potencial cancerígeno de las sustancias clasificó el aspartamo como posiblemente carcinógeno para los seres humanos (Grupo 2B) a partir de evidencia limitada para el cáncer en los seres humanos (en concreto, para el carcinoma hepatocelular, un tipo de cáncer de hígado). También se observó evidencia limitada para el cáncer en animales de experimentación y evidencia limitada relacionada con los posibles mecanismos que provocan cáncer.

V. El Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA), que se encarga de evaluar los riesgos para determinar la probabilidad de que, bajo ciertas condiciones y niveles de exposición, se produzca un daño en la salud (cáncer), también revisó la literatura científica disponible y concluyó que no hay razón para reducir la ingesta diaria admisible de aspartamo que tenía establecida: 40 miligramos por kilo de peso al día.

VI. Pero los expertos de la OMS han aprovechado la publicación de sus resultados para recordar a los consumidores que moderen la ingesta de edulcorantes artificiales, sobre todo, ahora que el uso de estas sustancias está en alza para evitar el azúcar. Los investigadores hicieron hincapié en la protección de menores, para que no se acostumbren a la ingesta de estas sustancias y matizaron que, si bien no hay ningún problema de seguridad para los consumidores ocasionales de este endulzante, las personas que rozan o superan la ingesta diaria recomendada, debería moderar su consumo.

VII. Tanto en adultos como en niños, la OMS recomienda reducir el consumo de azúcares libres: los refinados y los presentes de forma natural en zumos, miel o siropes) a menos del 10 por ciento de la ingesta total de energía. Además, sugiere que no se usen edulcorantes para intentar controlar el peso o reducir enfermedades porque la evidencia sugiere que “su uso no ayuda a controlar el peso a largo plazo y puede aumentar el riesgo de diabetes tipo 2, enfermedades cardiovasculares y mortalidad prematura”.

VIII. En la directiva publicada en su página web, la agencia sanitaria internacional destacó la importancia de reducir los dulces de la dieta de las personas, desde edades tempranas, para gozar de una mejor salud. En ese sentido, señaló que “reemplazar los azúcares libres (los refinados y los naturales presentes en las frutas, miel y otros) por edulcorantes no ofrece ningún beneficio a largo plazo en términos de reducción de grasa en el cuerpo en adultos o niños”.

Considerandos

I. El artículo 6, fracción I, del Reglamento de esta Cámara de Diputados, establece que la presentación de proposiciones es un derecho de las y los diputados.

II. Conforme al artículo primero de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

III. Conforme al artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todas las personas que se encuentren dentro del país gozarán de los derechos humanos reconocidos tanto en la constitución, como en los tratados internacionales.

IV. Conforme al párrafo segundo del artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.

Asimismo, en el cuarto párrafo se establece:

Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.

Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, con el siguiente resolutivo:

Punto de Acuerdo

Primero. – La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Salud, para que, por conducto de la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, humanos, así como realizar campañas de comunicación sobre la inocuidad de los edulcorantes no calóricos.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veintidós días a los trece días del mes de diciembre del año 2023.

Diputada Mariana Gómez del Campo Gurza (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar al Ejecutivo federal a modificar los mecanismos de fijación de las tarifas de energía eléctrica del estado de Chihuahua, toda vez que las condiciones climatológicas extremas hacen necesaria la utilización de diversos aparatos eléctricos para sobrevivir, suscrita por la diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 6 numeral 1, fracción l; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que la honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, exhorta al Poder Ejecutivo, para que sean modificados los mecanismos de fijación de las tarifas de energía eléctrica de la entidad federativa de Chihuahua, toda vez que las condiciones climatológicas extremas, hacen necesaria la utilización de diversos aparatos eléctricos para sobrevivir. Todo esto de acuerdo con las siguientes:

Consideraciones

Primera. Que es de destacarse, que actualmente la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica siguen siendo áreas estratégicas del Estado mexicano, por lo que es indudable que en estas materias, el estado debe mantener su titularidad, sin perjuicio de que pueda celebrar contratos con particulares en los términos del marco jurídico vigente.1

En esta tónica, existe plena coincidencia en que el suministro básico de energía eléctrica es considerado como una actividad prioritaria para el desarrollo nacional, porque éste se encuentra dentro de las actividades, sectores, productos o servicios que resultan de importancia para el desarrollo económico del país, sobretodo en las regiones donde el esfuerzo de producción, implica enfrentar problemáticas climatológicas extremas, porque el frío y el calor orillan a la población a utilizar aparatos que consumen una cantidad considerable de electricidad, y los costos para el pago del recibo de luz son cada vez más altos.

Segunda. Que paralelamente a lo anterior, es menester acotar que la industria eléctrica, comprende las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de la energía eléctrica, la planeación y el control del Sistema Eléctrico Nacional, así como la operación del Mercado Eléctrico Mayorista, y que el sector eléctrico comprende a la industria eléctrica y la proveeduría de insumos primarios para dicha industria, por lo que bajo estas aseveraciones es de referirse que las actividades de la industria eléctrica son definitivamente, de interés público.2

Tercera . Que por lo que hace a nuestro marco jurídico y de acuerdo con nuestra carta magna, el sector público tendrá a su cargo la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del estado que con este fin se establezcan, como en el caso de la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, así como de la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos.

Cuarta. Que según la organización de la Administración Pública Federal en México –APF-, corresponde a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la responsabilidad del establecimiento y revisión de los precios y tarifas de los bienes y servicios de la propia APF, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que correspondan, según la temática que se trate.

Quinta. Que independientemente de la facultad de fijar o modificar los precios y tarifas de referencia y de aquellos que deba establecer la Secretaría en términos de los acuerdos que emita el Ejecutivo federal, le corresponde también la responsabilidad de establecer las bases para fijarlos y supervisar la elaboración de los anteproyectos de acuerdos, mediante los cuales estos se fijen, inclusive en las operaciones que celebren las entidades con partes relacionadas, en coordinación con las dependencias y entidades de la APF competentes para ello, así como con otras unidades administrativas de la Secretaría, todo esto en congruencia con las políticas de la hacienda pública, económica y social del país.3

Sexta. Que considerando que siempre es conveniente y necesario continuar apoyando a la economía de los mexicanos, se creó un mecanismo direccionado a que no obstante que es la Comisión Reguladora de Energía, el organismo encargado de aplicar las metodologías para determinar el cálculo y ajuste de las tarifas reguladas, las tarifas máximas de los Suministradores de Último Recurso y las tarifas finales del Suministro Básico, es el propio Ejecutivo Federal a través de su estructura, el que cuenta con las facultades necesarias para determinar mediante acuerdo un mecanismo de fijación de tarifas distinto al de las tarifas finales determinadas por la Comisión Reguladora de Energía.

En este contexto, para determinados grupos de usuarios del suministro básico, resultó pertinente autorizar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para establecer un mecanismo de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica del suministro básico distinto al de las tarifas finales determinadas por la Comisión Reguladora de Energía, con el propósito de apoyar e incentivar el desarrollo de los sectores de referencia.4

Séptima. Que se considera que un servicio es de alto consumo, cuando registra un consumo mensual promedio superior al límite de alto consumo definido para su localidad, por lo que el consumo mensual promedio registrado por el usuario, se determinará con el promedio móvil del consumo durante los últimos 12 meses. kWh/mes, sin considerar los factores que afectan las condiciones por las cuales los consumos son definitivamente altos.

Es por esa razón, entre otras, que los subsidios en las tarifas eléctricas pueden proporcionar alivio financiero directo a los hogares de bajos ingresos. Esto ayuda a garantizar que la electricidad, un servicio esencial para la calidad de vida, sea más accesible y asequible para aquellos que podrían enfrentar dificultades económicas.

Octava. Que para el caso de las temperaturas en el estado mexicano de Chihuahua, éstas pueden llegar a ser muy extremas, alcanzando bajo ciertas condiciones, niveles máximos históricos de calor de hasta 51.5 grados a la sombra, mismas que han provocado en algunos veranos, casos severos de golpes de calor e insolaciones. Esto, según lo registrado en su oportunidad por la Secretaría de Salud estatal, en determinadas poblaciones como el de Moris Chihuahua.

Otro ejemplo de este tipo de clima extremo en la entidad que nos ocupa, es el de la población fronteriza de Ciudad Juárez, en donde se han llegado a registrar temperaturas máximas extremas de hasta 40°C o más, sobre todo en la temporada de verano, que abarca de junio a agosto, y paradójicamente en las partes altas de la Sierra Madre Occidental, donde se pueden llegar a presentar temperaturas mínimas extremas de hasta -10°C o menos.

Esto tiene que ver, con que en al menos el 40 por ciento de su territorio, existe un clima muy seco, localizado preponderantemente en las sierras y llanuras del Norte del Estado. Paralelamente en el 33 por ciento de la entidad federativa, el clima es más bien seco y semiseco, sobre todo en las partes bajas de la Sierra Madre Occidental. Y en el 24 por ciento de la región se observa un clima templado subhúmedo, destacando el de las partes altas de la misma. Finalmente se puede acotar, que en tan sólo una pequeña proporción del territorio, se presenta clima cálido subhúmedo.

Ante esta realidad, y la desafortunada sobrerregulación al alza de los precios energéticos por parte de CFE, aunado al último reporte de hasta nueve frentes fríos en 2023, ha hecho que los habitantes de Chihuahua busquen un bien sustituto como el gas L.P. y gas natural para atenuar estas temperaturas, por lo que, una mayor cantidad demandada de dicho bien, necesariamente genera un mayor precio. En otras palabras, en épocas de temperaturas extremas, ambas opciones resultan caras para los ciudadanos.

Novena. Que el estado de Chihuahua, México, según el último censo del 2020, cuenta con una población de 3,742,869 personas, y que para el 2023, los habitantes económicamente activos de la misma entidad, que se han integrado al mercado de trabajo, que están en edad laboral, o que trabajan en un empleo remunerado, o bien que se hallan en plena búsqueda de empleo, están cuantificados en la cantidad de 1,852,357 personas.

Que por lo que hace al ámbito de su macroeconomía, en el año que está transcurriendo actualmente, el estado que nos ocupa ha tenido ventas internacionales que ascienden a un total de 79,464 millones de dólares, incluyendo principalmente productos, máquinas y unidades de procesamiento de datos no especificados o incluídos en otro lugar, alambres y cables eléctricos, instrumentos y aparatos utilizados en ciencias médicas.

Y paralelamente en el rubro de las compras, sus números ascienden a 68,726 millones de dólares, teniendo dentro de los principales productos en el rubro de la adquisición, los circuitos electrónicos integrados, las partes y accesorios de máquinas y unidades de procesamiento de datos no especificados o incluídos en otro lugar.

De forma complementaria, para el mismo periodo el estado maneja exportaciones que se encuentran en el orden de los 75,551 millones de dólares y con una inversión extranjera directa de 1,092 millones de dólares. Por otro lado, su tasa de desempleo se ubica en el 2.48, por ciento, con un nivel de informalidad de 35.15

Décima Que como resulta evidente a través de las numeralias descritas en el presente ocurso, el estado de Chihuahua, se ha caracterizado por ser una de las entidades federativas que imprimen su mayor interés y entusiasmo por mejorar su economía, y que ha realizado muy grandes esfuerzos por beneficiar a su población con las mejores facilidades para la productividad, y por ende el nivel de vida de sus habitantes.

Ejemplo de ello, es que el estado cuenta con algunas de las ciudades más competitivas del país, esto se debe probablemente a su vocación emprendedora a nivel empresarial, en donde se rescata como ejemplo histórico, que en el año de 1973, un grupo de industriales de la región se dio a la árdua tarea de iniciar una organización de corte civil, para fomentar el desarrollo económico del Estado, misma que centró sus principales esfuerzos en formular estrategias concretas, encaminadas a que los 3 niveles de gobierno facilitaran la instalación de más empresas en las principales ciudades.

De esta forma y con esa direccionalidad, se instalaron parques industriales muy bien diseñados, con el propósito de que las empresas internacionales no tuvieran dudas ni dificultades para elegir como la mejor opción, la de acudir al estado a instalarse, contando para ello con todo tipo de facilidades.

Así, los pobladores observaron el arribo de la primera trasnacional que llegó a esa zona, como lo fue la Empresa Ford Motor Company, misma que estructuró una de las armadoras de motores de mayor avance para aquella época, agregándose con posterioridad otras importantes compañías, como lo es la Goodyear, Lexmark, Lear Electrical Systems, entre otras.

Aunado a lo anterior, los diseñadores de políticas públicas a nivel estado, implementaron otros insumos que resultaron sumamente útiles para que la economía de aquella época contara con un mejor nivel de competencia. En esa tónica, se logró la aprobación de la Ley de Desarrollo Económico del Estado, diseñada para que en cada espacio y región, de acuerdo con sus características, se implementaran condiciones y facilidades específicas para que las empresas pudieran establecerse en el menor tiempo posible, tal como ocurrió con la Compañía Minera Dolores, que actualmente se dedica a la exploración, explotación y comercialización de minerales metálicos que es considerada como una mina de oro y plata a cielo abierto.

Décimo primera. Mención aparte merece Ciudad Juárez, porque siendo una localidad ubicada de manera estratégica en la frontera entre México y los Estados Unidos de América, y reconocida como uno de los principales sitios de maquiladores en México, sus habitantes aprovecharon las oportunidades y circunstancias que se les presentaron, para detonar un poco más de 330 empresas, cantidad ubicada solo por debajo de otra Ciudad mexicana fronteriza, Tijuana, Baja California, ciudad maquiladora por excelencia.

Bajo estos parámetros, es de reconocerse que ese enorme esfuerzo, ha traído como resultado, la atracción de unas de las industrias principales de ese tipo a nivel internacional, como lo es la electrónica, la automotriz, y la textil. Así, en el panorama industrial o de shelters, fácilmente se ven instalaciones en la ciudad de gran calidad, como lo es Foxcom, Jabil Circuit y Flextronics. Por lo que hace a la industria automotriz, se ven rótulos de Tier 1 y Tier 2, Delphi Automotive, Lear Corporation, Magna International, Whirlpool, entre otras.

Décima segunda. Que aunado a lo anterior se tiene, que la escasez de agua en el país debido a la falta de lluvias, tiene en jaque al campo mexicano, con pérdidas que impactan tanto en las ganancias de los productores como en el bolsillo de los mexicanos y que hasta septiembre pasado, la superficie de cultivos siniestrada en el país, principalmente por estiaje, alcanzó 502 mil 550 hectáreas correspondientes a 24 entidades, estando entre las entidades más afectadas, Chihuahua, Zacatecas, San Luis Potosí, Michoacán, Nuevo León y Tamaulipas.6

Al respecto destaca, que la crisis de referencia en el campo, se genera mientras que 66.1 por ciento del territorio nacional padece de algún grado de sequía, destacando de manera especial los estados del norte del país y del Bajío, según el monitoreo del fenómeno que realiza normalmente la Comisión Nacional del Agua Conagua por sus siglas.

En este tenor, queda totalmente de manifiesto que el sector productivo más afectado en Chihuahua es el de la región agrícola, por lo que debe tomarse debidamente en cuenta, que las condiciones climáticas extremas han afectado la productividad y la calidad de los cultivos. Por tal motivo se reitera la aseveración de que subsidiar las tarifas eléctricas para la irrigación y otros procesos agrícolas, contribuye de forma definitiva a mantener la sostenibilidad de la agricultura y asegurar la disponibilidad de alimentos.

Décima tercera . Que anteriormente, ante la inminente problemática que hoy nos ocupa, ya se habían presentado proyectos legislativos que exhortan a la CFE y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a que se le otorgara al estado de Chihuahua la autorización de la tarifa eléctrica 1F, la cual concede un mayor subsidio, en ese caso, para las altas temperaturas en verano y aplica a todos los servicios que destinen la energía para uso exclusivamente doméstico. Es importante mencionar este precedente, puesto que sirve de premisa sobre exhortos previos a las autoridades para actualizar las memorias de cálculos y las tarifas eléctricas, toda vez que este tema ha sido una preocupación constante para los legisladores federales del Acción Nacional del Estado Grande.

Es por todos los argumentos expresados con anterioridad, que queda plenamente de manifiesto que, por sus condiciones climatológicas extremas, por su permanente interés por mejorar su numeralia macroeconómica en los mercados internacionales, por las sequías que constantemente padece y que lleva a sus habitantes a esforzarse de manera permanente para obtener mejores resultados en la productividad, que esta representatividad tiene a bien presentar la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único . La honorable Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, al titular del Poder Ejecutivo, para que a través de la Comisión Federal de Electricidad y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se generen los acuerdos necesarios para que sean modificados los mecanismos de fijación de las tarifas finales de energía eléctrica de la región de la entidad federativa de Chihuahua, tanto de verano como fuera de verano. Toda vez que los climas extremos de frío y de calor, hacen necesaria la utilización de diversos aparatos eléctricos para sobrevivir, generándose niveles que pueden llegar a calificarse de alto consumo mensual promedio, superior al de otras localidades, aunado esto a las dificultades que está enfrentando la población y el sector agrícola para poder pagar recibos altos de luz, en el contexto de su constante esfuerzo por ser un estado eficiente y productivo.

Notas:

1 Cfr. Ley de la Industria Eléctrica, Cámara de Diputados, sitio revisado el 03 de Diciembre del 2023.

2 Idem.

3 Para mayor información, se puede consultar el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en reg004_06mar23.doc (live.com). Sitio revisado el 02 de Diciembre del 2023.

4 Consultable en: Acuerdo por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a establecer el mecanismo de fijación de tarifas finales de energía del suministro básico, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre del 2017. DOF - Diario Oficial de la Federación. Sitio revisado el 01 de diciembre del 2023.

5 Para mayor referencia se puede consultar, Data México, gobierno de México, en https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/chihuahua-ch?redi rect=true#:~:text=En%20el%20segundo%20trimestre%20de,mensual%20de%20%24 7.63k%20MX. Sitio revisado el 08 de Diciembre del 2023.

6 Para mayor referencia se puede consultar: https://www.excelsior.com.mx/nacional/sequia-colapsa-al-campo-mexicano- chihuahua-el-estado-mas-afectado/1615489, sitio revisado el 08 de Diciembre del 2023.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, el 12 de diciembre del 2023.

Diputada Rocío Esmeralda Reza Gallegos (rúbrica)