Proposiciones


Proposiciones

Con punto de acuerdo, para exhortar al INAI y a la SHCP a realizar acciones de actualización a las casas de cambio en materia de protección de datos personales de sus usuarios, conforme a lo previsto en las leyes aplicables, y asegurando el cumplimento de las normas en materia de prevención de lavado de dinero, a cargo de la diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada federal Ana Laura Valenzuela Sánchez, y las y los diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Acción Nacional de la LXV legislatura del honorable Congreso de la Unión y diputadas y diputados federales del PAN, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones aplicables, someto a consideración de esta honorable asamblea, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta, respetuosamente, a Blanca Lilia Ibarra, titular del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Ramírez de la O, a que, a través de la instancia correspondiente, realicen acciones de actualización a las casas de cambio en materia de protección de datos personales de sus usuarios, conforme a lo previsto en las leyes aplicables, y asegurando el cumplimento de las normas en materia de prevención de lavado de dinero, lo anterior de acuerdo a lo siguiente:

Antecedentes

El vacío regulatorio en el ámbito de las casas de cambio en México respecto a la solicitud del INE como requisito para operaciones financieras ha generado una situación inconsistente y problemática. La falta de una normativa clara ha dado lugar a una disparidad en los criterios de solicitud de identificación, donde en ocasiones se solicita para ciertos montos, otras veces para cantidades menores, y en otros casos ni siquiera se requiere. Esta situación, extendida a lo largo y ancho del país, plantea un riesgo para la protección de los datos personales de los individuos.

En el contexto financiero de México, se ha evidenciado una ausencia regulatoria significativa en el manejo de la identificación a través del Instituto Nacional Electoral (INE) en las operaciones realizadas en las casas de cambio. Esta falta de regulación ha dado lugar a una discrecionalidad alarmante en cuanto a la solicitud del INE por parte de estas entidades. Los estándares para requerir esta identificación son inconsistentes, variando desde situaciones en las que se solicita para transacciones específicas hasta casos donde ni siquiera se pide para montos considerables. Esta disparidad se extiende por todo el territorio nacional, representando un serio riesgo para la seguridad y la privacidad de los datos personales de los ciudadanos.

La carencia de un marco regulatorio coherente en las casas de cambio de México respecto a la solicitud del INE para transacciones financieras ha creado una problemática palpable y alarmante. Esta falta de lineamientos claros ha llevado a una situación caótica donde los criterios para requerir la identificación son ambiguos y variables, generando incertidumbre en los ciudadanos sobre la protección de sus datos personales.

Tal situación no solo compromete la privacidad de los individuos sino que también abre la puerta a potenciales riesgos de seguridad, al dejar expuestos los datos sensibles a prácticas que no cuentan con el debido control y supervisión.

Se deben tomar medidas urgentes para establecer regulaciones específicas que estandaricen y protejan el manejo de la identificación en las casas de cambio en México. La necesidad de salvaguardar los datos personales de los ciudadanos y asegurar la confianza en las transacciones financieras exige la intervención y acción coordinada de las autoridades pertinentes, tales como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en conjunto con el INAI y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Según el Financiero, en las casas de cambio de Estados Unidos piden identificación a partir de mil dólares y antes de dar a conocer esta disposición, se pretendía identificar a los usuarios que cambiaran desde 1 dólar, lo cual habría sido muy negativo para los casa-cambistas fronterizos.1

Los documentos de identificación que piden en las casas cambiarias son: el INE o el pasaporte y las casas de cambio tienen un monto limitado de 5,000 dólares al día, según la CONDUSEF.2

La política cambiaria es un conjunto de decisiones y acciones para administrar el valor de la moneda nacional en relación a otras divisas mundiales, mediante la elección de un régimen cambiario. En México, la Comisión de Cambios es la responsable de esta política, la cual está conformada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Banco de México.3 En 1994 la Comisión de cambios, decidió que el régimen cambiario fuera de tipo flexible.4 El tipo de cambio es una referencia que se usa en el mercado cambiario para conocer el número de unidades de la moneda nacional que deben de pagarse para comprar una moneda extranjera.

Según el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) 2022, Casas de Bolsa, Casas de Cambio, y Centros Cambiarios registró 3,559 unidades económicas a lo largo del país. El mayor número de estas se encontraron en los estados de Baja California, Tamaulipas y Chihuahua.

La regulación de las casas de cambio es por la Ley de Instituciones de Crédito y Organizaciones Auxiliares (LGOAAC), desde su expedición en 1941, en concordancia con la segunda reforma de las reglas para las casas de cambio en sus operaciones, emitidas por Banxico.

En el artículo 82 de la LGOAAC establece que las casas de cambio deben de organizarse con base a lo que dicta la Ley General de Sociedades Mercantiles para operaciones específicas.5

El tipo de cambio depende del régimen cambiario de cada país.6 Para el caso de tipo de cambio fijo, la autoridad monetaria lo define y se compromete a que este tipo de cambio se mantenga en el mismo nivel. El tipo de cambio flexible es conocido como flotante y el precio de la divisa depende de la oferta y demanda. También se tiene el esquema de bandas cambiarias que funciona como intermedio entre los dos antes mencionados, la autoridad monetaria se va a fijar un tipo de cambio, pero esta se va a poder mover libremente. Si el tipo de cambio llega a subir o bajar de manera anormal, es cuando las bandas bancarias intervienen vendiendo o comprando divisas, dependiendo de la citación, para lograr que se mantenga en la banda.7

La protección de los datos personales es un pilar fundamental en la era digital y para el ejercicio de los derechos individuales. El resguardo de esta información no solo salvaguarda la privacidad de cada persona, sino que también garantiza la integridad, seguridad y confidencialidad de datos sensibles. La propuesta de regular la solicitud del Instituto Nacional Electoral (INE) en casas cambiarias y asegurar la protección de esta información por parte del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a través de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, es crucial. Esto no solo fortalecerá la confianza en las instituciones, sino que también preservará la identidad y derechos de los ciudadanos mexicanos en un entorno cada vez más interconectado y dependiente de la información personal. Este punto de acuerdo busca, en esencia, establecer un marco regulatorio claro y consistente que garantice la protección de los datos personales en el ámbito financiero, promoviendo la transparencia y la confianza en las operaciones realizadas en las casas de cambio en todo el país.

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con:

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a Blanca Lilia Ibarra, titular del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y al titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Rogelio Ramírez de la O, a que, a través de la instancia correspondiente, realicen acciones de actualización a las casas de cambio en materia de protección de datos personales de sus usuarios, conforme a lo previsto en las leyes aplicables, y asegurando el cumplimento de las normas en materia de prevención de lavado de dinero.

Notas:

1 El Financiero. 2023. Centros de Cambio. Recuperado el 28 de noviembre de 2023 de https://www.elfinanciero.com.mx/economia/centros-de-cambio-pediran-iden tificacion-por-operaciones-mayores-a-mil-dls/

2 Centro Cambiario. 2023. Recuperado de https://www.quantumcc.mx/lo-que-te-ofrece-una-casa-de-cambio/

3 Banxico. 2023. Política Cambiaria. Recuperado el 15 de Noviembre de 2023 de https://educa.banxico.org.mx/banco_mexico_banca_central/sist-finc-polit ica-cambiaria.html#:~:text=Son%20el%20conjunto%20de%20decisiones,de%20l a%20Comisión%20de%20Cambios.

4 Banxico. 2023. Tipo de cambio. Recuperado el 20 de noviembre de https://www.banxico.org.mx/tipcamb/main.do?page=tip&idioma=sp#

5 Recuperado el 15 de Noviembre de 2023 de https://www.asf.gob.mx/Trans/Informes/IR2011i/Grupos/Gobierno/2011_0144 _a.pdf

6 BANXICO. 2023. Tipo de cambio. Recuperado el 23 de Noviembre de 2023 de https://educa.banxico.org.mx/banco_mexico_banca_central/sist-finc-tipo- cambio.html

7 Recuperado el 18 de Noviembre de 2023 de https://educa.banxico.org.mx/banco_mexico_banca_central/sist-finc-tipo- cambio.html

Dado en el Palacio Legislativo, a 6 de diciembre de 2023.

Diputada Ana Laura Valenzuela Sánchez (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la Conagua a publicar en el DOF el acuerdo de carácter general de emergencia por ocurrencia de sequía, debido a la existencia de este fenómeno natural en su modalidad moderada D1, severa D2 y extrema D3, en más de la mitad del país y que manifiesta fuertes pérdidas económicas en los sectores agrícola y ganadero, a cargo del diputado Juan Carlos Maturino Manzanera, del Grupo Parlamentario del PAN

El que suscribe, diputado Juan Carlos Maturino Manzanera, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las sequías son reconocidas como un desastre ambiental, ocurren prácticamente en todas las zonas climáticas, lo mismo en áreas con precipitaciones altas como bajas, y están relacionadas principalmente con la reducción de la cantidad de precipitación recibida durante un período prolongado, que puede ser una temporada o un año.1

Esta disminución de las precipitaciones de una región respecto del valor normal en un periodo, crea una escasez de agua para los diferentes usos: de almacenamiento, agrícola, municipal, industrial, etc. y para el ambiente: ríos, aguas subterráneas, humedad del suelo.2 Esta reducción en la cantidad de agua existente y disponible para el abasto humano desencadena una serie de dificultades derivadas de la escasez del líquido que finalmente genera conflictos y desastres sociales.3

Las sequías son un fenómeno cíclico que afecta al territorio mexicano de forma recurrente, principalmente al centro y norte del país. Se estima que otros factores como la deforestación y urbanización han contribuido a exacerbar las sequías; además, se les relaciona con el cambio climático, que ha modificado los patrones de precipitación.4

En México, actualmente, la sequía está causando serios estragos en la mayoría de las entidades del país. El Banco de México señala que a raíz de la fuerte sequía que se presentó en México entre 2010 y 2012, en 2013 se estableció un marco institucional y legal para atender las consecuencias de dicho fenómeno, facultando a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para emitir acuerdos de carácter general en situaciones de emergencia por este motivo.5

La Conagua6 señala que los rangos de intensidad de sequía de acuerdo con los estándares internacionales son: Anormalmente seco (D0), Sequía Moderada (D1), Sequía severa (D2), Sequía Extrema (D3) y Sequía Excepcional (D4), sus características son las siguientes:

V.1 Anormalmente Seco (D0): Se trata de una condición de sequedad, no es un tipo de sequía. Se presenta al principio o cuando no haya sequía. Al principio de la sequía: debido a la sequedad de corto plazo hay retraso de la siembra de cultivos anuales, limitado crecimiento de los cultivos o pastos, riesgo de incendios por arriba del promedio. Al concluir la sequía: déficit persistente de agua, pastos o cultivos no recuperados completamente.

V.2 Sequía Moderada (D1): Cuando se presentan algunos daños a los cultivos y pastos, alto riesgo de incendios, niveles bajos en arroyos, embalses y pozos, escasez de agua. Se requiere uso de agua restringida de manera voluntaria.

V.3 Sequía Severa (D2): Existe en el momento que se dan probables pérdidas en cultivos o pastos, muy alto riesgo de incendios, la escasez de agua es común. Se recomienda se impongan restricciones de uso del agua.

V.4 Sequía Extrema (D3): Se dan mayores pérdidas en cultivos o pastos, peligro extremo de incendio, la escasez de agua o las restricciones de su uso se generalizan.

V.5 Sequía Excepcional (D4): Se presentan pérdidas excepcionales y generalizadas de los cultivos o pastos, riesgo de incendio excepcional, escasez de agua en los embalses, arroyos y pozos, se crean situaciones de emergencia debido a la ausencia de agua.

De acuerdo con la Conagua, al 31 de octubre de 2023 el porcentaje de áreas con sequía de moderada a excepcional (D1 a D4) a nivel nacional fue de 59.06 por ciento, 7.1 por ciento menor que lo cuantificado al 15 de octubre del mismo año.

El mismo organismo resalta que de los 2471 municipios que hay en la República, 1614 presentan sequía (D1 a D4); en la categoría “Anormalmente seco”, se encuentran 461 municipios; solamente 396 se ubican como “Municipios sin afectación”. (Tabla 2)

En la figura 17 se muestra el mapa al 15 de octubre de 2023 sobre el monitor de sequía en México de la Conagua, con el que se coteja la gran sequía moderada D1, severa D2 y extrema D3, en más de la mitad del país.

Figura 1

Como se dijo en líneas arriba, la Conagua es la encargada de publicar el acuerdo de carácter general de emergencia por la ocurrencia de sequías, esto lo hace mediante análisis y dictamen de sus registros climatológicos e hidrométricos utilizando los índices denominados “Standarized Precipitation Index” (SPI, Indice de Precipitación Estandarizado) y Streamflow Drought Index (SDI, Indice Hidrológico de Sequía).

El acuerdo general de emergencia de sequías tiene su fundamento en los “Lineamientos que establecen los criterios y mecanismos para emitir acuerdos de carácter general en situaciones de emergencia por la ocurrencia de sequía, así como las medidas preventivas y de mitigación, que podrán implementar los usuarios de las aguas nacionales para lograr un uso eficiente del agua durante sequía”; los artículos cuarto y quinto establecen los siguiente:

Artículo cuarto.- El “Acuerdo de Carácter General de Emergencia por Ocurrencia de Sequía” será el acto mediante el cual “la comisión” determinará que una o varias cuencas hidrológicas o acuíferos se encuentran ante la presencia de una situación natural anormal generada por una sequía severa.

“La comisión” determinará a través del “Acuerdo de Carácter General de Emergencia por Ocurrencia de Sequía” la extensión territorial de afectación, así como las medidas para enfrentar este fenómeno. El seguimiento de la emergencia y su conclusión será realizado en cualquier momento por “la comisión”, apoyándose en el monitoreo de las condiciones hidrometeorológicas.

“La comisión” dará por concluida la vigencia del “Acuerdo de Carácter General de Emergencia por Ocurrencia de Sequía” mediante la expedición de otro Acuerdo de Carácter General, donde señalará que ha dejado de surtir los efectos de la sequía severa ante la población.

Artículo quinto.- Cuando “la comisión” emita el “Acuerdo de Carácter General de Emergencia por Ocurrencia de Sequía”, como parte de las acciones para enfrentar el fenómeno natural, los usuarios de las aguas nacionales podrán implementar medidas preventivas y de mitigación que se mencionan en el Capítulo IV de los presentes lineamientos a efecto de hacer un uso eficiente del agua durante la contingencia. Los usuarios de las aguas nacionales podrán tomar medidas adicionales a las indicadas en este instrumento.

Ahora bien, el panorama que presentan los municipios del estado de Durango es crítico en virtud de que el 97.4 por ciento del total de sus municipios se encuentra en situación de sequía. Al 31 de octubre del año en curso, el problema se reflejó en tres escenarios: agrícola, ganadero y el muy bajo nivel de agua en el que se encuentran sus presas.

Panorama agrícola

• De acuerdo con el Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera (SIAP),8 los insumos que produce Durango y que se ven afectados por las sequías son: agave, aguacate, alfalfa, algodón, avena, calabacita, cebolla, cebada, coliflor, durazno, maíz forrajero en verde, maíz de grano, tomate rojo (jitomate), frijol nuez, pera, manzana, lechuga, zanahoria, nopales, tunas, etc.

• Se calcula que entre un 8 y un 10 por ciento de la superficie total que se siembre en la entidad va a producir, es decir, alrededor de 10 mil toneladas de frijol; el precio se incrementará hasta $50.00 por kilo, es decir, el incremento será del 100 por ciento del precio actual. Ante esta situación, se plantea la necesidad de que el gobierno federal pronuncie la declaratoria de emergencia para Durango.9

• Se estima que las pérdidas calculadas para el sector agrícola en Durango oscilan en 5 mil millones de pesos, considerando lo que se dejó de sembrar tanto de frijol como de maíz.

• Tan solo de frijol se calcula una pérdida de 2 mil 800 a 3 mil millones de pesos, pues de las 120 mil hectáreas que se pretendían cultivar, se estima que solo se alcanzaron de 20 a 30 mil; la productividad en estas hectáreas, podría ser menor al 50 por ciento.

• De lo que prospere, la mayoría se exportará, por lo que se condenaría a la entidad a importar grano de Estados Unidos, principalmente, con precios de hasta 60 pesos por kilo.

• Actualmente el precio del frijol está entre los 30 a 35 pesos al público en Durango.

• Se prevé que la afectación sea proporcional en los cultivos de maíz, trigo, avena y sorgo.

Panorama ganadero

• Se calcula que en la entidad se han perdido, al menos 22 mil cabezas de ganado, aunque la cifra “negra” (no reportadas) podría elevar el número hasta las 30 mil. El hato total oscila en las 800 mil cabezas actualmente y el riesgo de muerte es latente en la mitad.

• La recomendación que están haciendo los ganaderos en este momento es de vender y adelgazar los hatos ganaderos, pues la disponibilidad de pastos será prácticamente nula hasta marzo de 2024.

• Un animal de 250 a 300 kilogramos, llega a venderse entre 5 y 6 mil pesos al mayoreo y de 7 a 8 mil al menudeo.

• Mantener una res cuesta de 2 mil a 3 mil pesos por mes, solo considerando el precio actual del alimento, de alrededor de 8.50 pesos por kilogramo.

• De seguir la sequía en 2024, se prevé que el hato ganadero se reduzca a la mitad (alrededor de 400 mil vacas).

Niveles de las presas y lluvias

Los datos de la Dirección local de Conagua, al martes 7 de noviembre, del año en curso indicaban que:

• El nivel total de las presas de Durango era del 50.9 por ciento.

• La presa más grande del estado, Lázaro Cárdenas, estaba al 51.6 por ciento.

• Los niveles más bajos están en la presa Santa Elena (Súchil) con 13.6 por ciento; Peña del Águila, con 19.1 por ciento; y Francisco Zarco, con 33.8 por ciento.

• En 2022, la precipitación acumulada en Durango hasta el cierre de septiembre fue de 459.9 milímetros de lluvia (litros de lluvia por metro cuadrado).

• En 2023, la precipitación acumulada hasta el cierre de septiembre fue de 223.5 (menos de la mitad que el año pasado).

• Para dimensionar: en agosto de 2022 llovieron 199.9 mm en Durango; en agosto de 2023, fueron solo 57.8 mm, menos de la tercera parte.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 se señala que el gobierno se ha propuesto como uno de sus objetivos elevar la productividad del campo, combatir los altos índices de pobreza en el medio rural y la dependencia alimentaria.

Asimismo, en el Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable 2020-2024 se estipulan tres objetivos prioritarios,10 a saber:

1. Aumentar la producción de alimentos y de productos forestales en las localidades rurales.

2. Impulsar medidas que favorezcan el ingreso de la población que vive en zonas rurales de México a través de la diversificación de actividades productivas que promuevan el desarrollo nacional.

3. Contribuir a la disminución de los índices de pobreza de las comunidades rurales.

Por lo anteriormente expuesto, fundado y motivado, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con

Punto de Acuerdo

Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta, respetuosamente, a la Comisión Nacional del Agua, para que publique en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo de Carácter General de Emergencia por Ocurrencia de Sequía, debido a la existencia de este fenómeno natural en su modalidad moderada D1, severa D2 y extrema D3, en más de la mitad del país y que manifiesta fuertes pérdidas económicas en los sectores agrícola y ganadero.

Notas:

1 K. Mishra, Ashok y Vijay P. Singh. (2010). A review of drought concepts. Journal of Hydrology. Volume 391, Issues 1–2, 14 September, pages 202-216. Recuperado de https://doi.org/10.1016/j.jhydrol.2010.07.012

2 Esquivel E. Elizabeth. (2002). Lluvia y sequía en el norte de México. Un análisis de la precipitación histórica en Chihuahua, en Gaceta ecológica. núm. 65, octubre-diciembre, p. 25. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Distrito Federal, México.

3 ESPARZA, Miguel. La sequía y la escasez de agua en México: Situación actual y perspectivas futuras. Secuencia [online]. 2014, n.89, pp.193-219. ISSN 2395-8464. Recuperado de https://www.scielo.org.mx/scielo.php?pid=S0186-03482014000200008&sc ript=sci_abstract

4 BANXICO. (2022). Sequía en México y su Potencial Impacto en la Actividad Económica. p. 1. Recuperado de https://www.banxico.org.mx/publicaciones-y-prensa/informes-trimestrales /recuadros/%7B3A0127A1-D0C9-7D61-C9AE-E57E127FB39B%7D.pdf

5 Banxico, ibidem.

6 Conagua. Lineamientos que establecen los criterios y mecanismos para emitir acuerdos de carácter general en situaciones de emergencia por la ocurrencia de sequía, así como las medidas preventivas y de mitigación, que podrán implementar los usuarios de las aguas nacionales para lograr un uso eficiente del agua durante sequía. Recuperado de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5278695

7 Fuente: Recuperada de https://smn.conagua.gob.mx/tools/DATA/Climatolog%C3%ADa/Sequ%C3%ADa/Mon itor%20de%20sequ%C3%ADa%20en%20M%C3%A9xico/Seguimiento%20de%20Sequ%C3%A Da/MSM20231015.pdf

8 SIAP. http://infosiap.siap.gob.mx/gobmx/datosAbiertos_a.php

9 Casas, Martha. “Solo 10 mil toneladas de frijol se cosecharán este ciclo”. Contexto digital. Nota recuperada de https://contextodedurango.com.mx/solo-10-mil-toneladas-de-frijol-se-cos echaran-este-ciclo/

10 SADER. Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable 2020-2024. DOF/30/12/2020. Recuperado de www.dof.gob.mx

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 5 de diciembre de 2023.

Diputado Juan Carlos Maturino Manzanera (rúbrica)

Con punto de acuerdo, para exhortar a la SEP a garantizar el derecho a la educación de las personas con discapacidad, a cargo de la diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, del Grupo Parlamentario del PAN

La suscrita, diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 62, 76, fracción IV; y 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración del pleno de esta Cámara, la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Educación Pública a garantizar el derecho a la educación a las personas con discapacidad, conforme a los siguientes:

Antecedentes

I. Las personas con discapacidad a menudo enfrentan dificultades para integrarse plenamente en la educación debido a una serie de barreras que pueden ser físicas, comunicativas, sociales y de apoyo.

II. Estas barreras incluyen la falta de accesibilidad en las instalaciones educativas, la limitación en la comunicación y la información, actitudes negativas y discriminación, así como la necesidad de apoyos específicos para abordar sus necesidades individuales de aprendizaje.

III. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020, hay 2 millones 108 mil 786 personas con discapacidad entre los 5 y los 17 años, es decir, en edad escolar.

IV. En los últimos 13 años sólo se ha logrado aumentar 1.2 años la escolaridad de personas con discapacidad, hoy 3 de cada 10 mexicanos con alguna condición son analfabetos en pleno siglo XXI.

V. En México, sólo 14.1 por ciento de las escuelas de educación básica cuentan con Unidad de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (Usaer), que atiende a la población escolar con alguna discapacidad o necesidades de aprendizaje especiales.

VI. Un informe de la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (Mejoredu) revela que, si sólo se considera a los centros escolares que reportaron tener al menos un alumno con discapacidad, a nivel nacional las Unidades de Servicios de Apoyo a la Educación Regular (USAER) únicamente atienden a 37 por ciento de la matrícula objetivo.

VII. En el informe las USAER en voz de sus docentes el organismo destaca que no sólo que hay una baja cobertura de sus servicios en la educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, sino que tampoco se incluyen planteles de educación indígena y comunitaria.

VIII. En cuanto a la cobertura por entidad, en primarias públicas generales con servicios de USAER destaca que los cinco estados con el menor número de escuelas atendidas son Oaxaca (4.2 por ciento), Michoacán (5.6), Chiapas (10.2), Veracruz (13.3) y San Luis Potosí (14.3).

IX. Mejoredu destaca que los estudiantes con necesidades educativas especiales atendidos por USAER también se concentran en primaria, pues 70 por ciento asisten a ese nivel educativo, frente a 15 por ciento de preescolar y secundaria, mientras sólo 315 niños fueron atendidos en educación inicial en el ciclo 2019-2020.

X. La mayoría de las escuelas y planteles no están preparados ni tienen las condiciones necesarias para otorgar un servicio educativo adecuado a las necesidades que puedan presentar las personas con discapacidad, una realidad que va en contra de la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de Tratados Internacionales suscritos por México como la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

XI. Superar este obstáculo requiere un enfoque inclusivo que adapte los entornos de aprendizaje, proporcione recursos adecuados y fomente una cultura de aceptación y respeto, permitiendo a las personas con discapacidad alcanzar su máximo potencial educativo.

Considerandos

I.- El artículo 6, fracción I, del Reglamento de esta Cámara de Diputados, establece que la presentación de proposiciones es un derecho de las y los diputados.

II. Conforme al artículo 24 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad respecto al derecho a la educación:

Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida, con miras a:

a) Desarrollar plenamente el potencial humano y el sentido de la dignidad y la autoestima y reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana;

b) Desarrollar al máximo la personalidad, los talentos y la creatividad de las personas con discapacidad, así como sus aptitudes mentales y físicas;

c) Hacer posible que las personas con discapacidad participen de manera efectiva en una sociedad libre.

III.- Conforme al artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación al derecho a la educación:

El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además:

f) Será inclusivo, al tomar en cuenta las diversas capacidades, circunstancias y necesidades de los educandos. Con base en el principio de accesibilidad se realizarán ajustes razonables y se implementarán medidas específicas con el objetivo de eliminar las barreras para el aprendizaje y la participación

IV. Conforme al Capítulo III de la Ley General Para La Inclusión De Las Personas Con Discapacidad que hace referencia al derecho a la educación de las personas con discapacidad y las obligaciones específicas del Estado y las acciones que tiene que ejercer para garantizarla en los artículos 12, 13, 14, 15.

Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario a consideración del pleno de la Comisión Permanente, con el siguiente resolutivo:

Punto de Acuerdo

Único – La Cámara de Diputados exhorta a la Secretaría de Educación Pública, instándola a implementar de manera efectiva y urgente medidas inclusivas y adaptativas que permitan a las niñas, niños y adolescentes un acceso equitativo y de calidad a la educación, independientemente de sus capacidades; y al mismo tiempo, aseguren el pleno ejercicio del derecho a la educación para las personas con discapacidad.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los 5 días del mes de diciembre del año 2023.

Diputada Mariana Gómez del Campo Gurza (rúbrica)