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Prevenciones

De la Mesa Directiva

Presidentes de Comisiones

Presentes

La Presidencia de la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 88, numeral 1, del Reglamento de la Cámara de Diputados, emite prevención, a efecto de que presenten los dictámenes correspondientes de los asuntos que les han sido turnados, a las comisiones siguientes:

1. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 29 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por la diputada Julieta Macías Rábago, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 3435.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

2. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Envases, Empaques y Embalajes.

Presentada por la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 3603.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

3. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Presentada por el diputado Carlos Iván Ayala Bobadilla y suscrita por los diputados Mario Delgado Carrillo y Tatiana Clouthier Carrillo, Morena y diputados integrantes del diversos Grupos Parlamentarios.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Economía, Comercio y Competitividad.

Expediente 3685.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

4. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por la diputada Zulma Espinoza Mata y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM y de Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 3754.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

5. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de plásticos).

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4045.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

6. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de prohibición de popotes).

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4046.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

7. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de plásticos en general).

Suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4047.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

8. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 27 Bis de la Ley General de Vida Silvestre.

Suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4328.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

9. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4339.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

10. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 7o. y 9o. de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Presentada por la diputada Carmen Medel Palma, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4344.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

11. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Mónica Almeida López y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4411.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

12. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en materia de prohibición de corridas de toros).

Suscrita por la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4427.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

13. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por el diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4475.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

14. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 2o. y 6o. de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por el diputado Francisco Javier Ramírez Navarrete, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4509.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

15. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 58 y 60 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por los diputados Eulalio Juan Ríos Fararoni y Ernesto Guillermo Ruffo Appel, Morena y PAN respectivamente.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4525.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

16. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por los diputados Brasil Alberto Acosta Peña, Luis Eleusis Leónidas Córdova Morán y Lenin Nelson Campos Córdova, PRI.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4617.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

17. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Julieta Macías Rábago, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4841.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

18. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Mónica Bautista Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4843.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

19. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de plásticos).

Suscrita por la diputada Ana Priscila González García, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4844.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

20. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Rosa María Bayardo Cabrera, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4940.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

21. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, PRI.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 4989.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

22. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para Protección y Bienestar de Animales de Compañía en Ambiente Doméstico.

Presentada por el diputado Samuel Herrera Chávez, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 4995.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

23. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por la diputada Ma. Guadalupe Almaguer Pardo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5010.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

24. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5018.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

25. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Hidrocarburos.

Suscrita por el diputado Evaristo Lenin Pérez Rivera y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Energía.

Expediente 5024.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

26. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley General de Bienes Nacionales, de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, de la Ley General de Vida Silvestre y de la Ley General de Cambio Climático.

Suscrita por el diputado Óscar Daniel Martínez Terrazas y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5144.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

27. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 35 de la Ley General de Vida Silvestre.

Suscrita por la diputada Ruth Salinas Reyes, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5163.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

28. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario de Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5167.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

29. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1o. y 3o. de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Julieta Kristal Vences Valencia, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5217.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

30. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 19 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por el diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5228.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

31. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley para la Regulación y Certificación de Productos Ecológicos y Sustentables.

Suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 5269.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

32. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 35 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por el diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5360.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

33. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 12 y 14 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Presentada por el diputado Adolfo Torres Ramírez y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5566.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

34. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Presentada por el diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5572.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

35. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Tenencia Responsable de los Perros.

Presentada por la diputada María Roselia Jiménez Pérez, PT.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 5794.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

36. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Juanita Guerra Mena, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 5814.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

37. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 5o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, PRI.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6045.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

38. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 36 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, PRI.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6052.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

39. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 93 de la Ley General de Cambio Climático y 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

Presentada por la diputada Leticia Mariana Gómez Ordas y suscrita por diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Comunicaciones y Transportes.

Expediente 6097.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

40. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por la diputada Ma. Guadalupe Almaguer Pardo y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6098.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

41. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General para la Gestión Integral y Sustentable de las Costas Mexicanas.

Presentada por la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván y suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Economía, Comercio y Competitividad, con opinión de Marina y de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 6106.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

42. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 7o. y 8o. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Ricardo de la Peña Marshall, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6210.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

43. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en materia de protección de especies animales amenazadas y en peligro de extinción).

Suscrita por el diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6416.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

44. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de Aguas Nacionales (en materia de inspección y vigilancia).

Suscrita por la diputada Ana Priscila González García, Movimiento Ciudadano.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento.

Expediente 6512.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

45. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 2o. y deroga el artículo 6o. de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por la diputada María del Carmen Cabrera Lagunas, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6517.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

46. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 12 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por la diputada Abril Alcalá Padilla y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6523.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

47. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 22 de la Ley General de Cambio Climático.

Suscrita por la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Educación.

Expediente 6601.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

48. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 87 Bis 2 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por la diputada Lidia Nallely Vargas Hernández, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6618.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

49. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 19, 31 y 67 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Presentada por el diputado Edelmiro Santiago Santos Díaz, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6796.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

50. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 1o. y 7o. de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Presentada por la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6797.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

51. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en materia de embalajes).

Presentada por la diputada Adriana Gabriela Medina Ortiz, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6798.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

52. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 96 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por el diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6991.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

53. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 141 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por la diputada Brenda Espinoza López, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 6992.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

54. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 22 de la Ley General de Cambio Climático.

Presentada por la diputada Nayeli Salvatori Bojalil, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7188.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

55. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 21 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por la diputada Brenda Espinoza López, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7190.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

56. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 45 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por la diputada Olga Patricia Sosa Ruíz, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7638.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

57. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por la diputada Ana Laura Bernal Camarena, PT.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7757.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

58. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (en materia de incendios forestales).

Suscrita por el diputado Higinio Del Toro Pérez, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7758.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

59. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona la fracción XIV al artículo 1o. y la fracción LXVI al artículo 5o. de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de protección ambiental).

Suscrita por la diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7864.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

60. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por los diputados María del Rosario Guzmán Avilés y Jesús Guzmán Avilés, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7878.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

61. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un último párrafo al artículo 50 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada Ruth Salinas Reyes, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 7958.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

62. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega, en representación de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM y de Morena, así como de los diputados Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Pesca.

Expediente 8071.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

63. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos.

Suscrita por la diputada Marcela Guillermina Velasco González y el diputado Jesús Alcántara Núñez, PRI y PVEM respectivamente.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8224.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

64. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos y del Código Penal Federal.

Suscrita por la diputada Flora Tania Cruz Santos, Morena.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Justicia.

Expediente 8237.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

65. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 39 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado David Bautista Rivera, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8292.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

66. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y de los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM y de Morena y de los diputados Héctor Serrano Cortés y Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, SP.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 8323.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

67. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona una fracción a los artículos 23 y 30 de la Ley General de Cambio Climático.

Suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert y por los diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.

Expediente 8334.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

68. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y a la Ley General de Turismo.

Suscrita por la diputada Maiella Martha Gabriela Gómez Maldonado, Movimiento Ciudadano.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, y de Turismo.

Expediente 8337.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

69. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Suscrita por el diputado Jacobo David Cheja Alfaro, Movimiento Ciudadano.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Economía, Comercio y Competitividad.

Expediente 8341.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

70. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Suscrita por la diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8420.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

71. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada Verónica Ramos Cruz, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8631.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

72. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de Aguas Nacionales y al Código Penal Federal.

Suscrita por la diputada Clementina Marta Dekker Gómez, PT.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Recursos Hidráulicos, Agua Potable y Saneamiento, con opinión de Justicia.

Expediente 8731.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

73. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 23 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8778.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

74. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona los artículos 23 y 30 de la Ley General de Cambio Climático.

Suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8784.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

75. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Vida Silvestre.

Suscrita por el diputado José Guadalupe Ambrocio Gachuz, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8893.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

76. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por el diputado Manuel Rodríguez González, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8901.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

77. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 112 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Presentada por el Congreso del Estado de Jalisco.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8912.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

78. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada Julieta Macías Rábago, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 8955.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

79. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 7o. de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada María Beatriz López Chávez, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9062.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

80. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre y de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Suscrita por el diputado Raúl Eduardo Bonifaz Moedano, Morena.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Economía, Comercio y Competitividad.

Expediente 9105.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

81. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y del Código Civil Federal (en materia de bienes animal).

Suscrita por el diputado Emmanuel Reyes Carmona, Morena.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Justicia.

Expediente 9142.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

82. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y del Código Penal Federal.

Suscrita por diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Justicia.

Expediente 9318.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

83. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 3o.; un Capítulo III, y se reforma la denominación del Título Quinto de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por el Congreso de la Ciudad de México.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9381.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

84. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona el artículo 17 Quáter de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado David Bautista Rivera, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9441.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

85. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Presentada por el Congreso del Estado de Jalisco.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9463.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

86. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 9o. y 10 de la Ley General de Vida Silvestre.

Suscrita por la diputada Ana Laura Bernal Camarena, PT.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9524.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

87. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 150 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado David Bautista Rivera, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9623.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

88. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (en materia de protección de los ríos y sus afluentes).

Suscrita por el diputado Jorge Romero Herrera, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9772.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

89. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Bienes Nacional, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y del Código Penal Federal.

Suscrita por el diputado Diego Eduardo del Bosque Villarreal, Morena.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Justicia, con opinión de Gobernación y Población.

Expediente 9778.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

90. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Diego Eduardo del Bosque Villarreal, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 9785.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

91. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley de la Guardia Nacional.

Suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Seguridad Pública.

Expediente 9799.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

92. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Principios Rectores para la Protección de los Animales de Compañía.

Suscrita por el diputado René Juárez Cisneros, PRI.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 9966.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

93. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10012.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

94. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de ropa ambientalmente amigable).

Suscrita por la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10131.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

95. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Mónica Bautista Rodríguez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10191.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

96. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 3o. de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

Suscrita por el diputado Absalón García Ochoa, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales, con opinión de Desarrollo y Conservación Rural, Agrícola y Autosuficiencia Alimentaria.

Expediente 10213.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

97. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 155 y 156 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada Abril Alcalá Padilla, PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10277.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

98. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona un artículo 78 Bis 2 a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada Lorenia Iveth Valles Sampedro, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10282.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

99. Iniciativa con proyecto de decreto que expide la Ley General de Bienestar Animal, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de Sanidad Animal, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Vida Silvestre.

Suscrita por los diputados José Guadalupe Ambrocio Gachuz y Martha Olivia García Vidaña, Morena.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Ganadería, con opinión de Presupuesto y Cuenta Pública.

Expediente 10823.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

100. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por el diputado José Salvador Rosas Quintanilla, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10874.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

101. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Presentada por el diputado Juan Alejandro Rivera Torres y suscrita por la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10935.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

102. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona los artículos 2o. y 5o. de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de etiquetado ecológico de productos).

Presentada por la diputada Zulma Espinoza Mata y suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 10942.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

103. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 8o. y 9o. de la Ley General de Cambio Climático.

Suscrita por el diputado Francisco Javier Saldívar Camacho, PES.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11042.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

104. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (en materia de derechos humanos a favor de las personas recolectoras de residuos sólidos urbanos).

Suscrita por la diputada Lizeth Amayrani Guerra Méndez, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11159.

LXIV Legislatura.

Segunda sección.

105. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 19 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por el diputado Adolfo Torres Ramírez y diputados integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11208.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

106. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre (en materia de prohibición de Tenencia de fauna silvestre como mascota).

Suscrita por el diputado Arturo Escobar y Vega y diputados integrantes de los Grupos Parlamentarios del PVEM y Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11225.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

107. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Suscrita por la diputada María Guadalupe Edith Castañeda Ortiz, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11360.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

108. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Suscrita por la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, PRD.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11480.

LXIV Legislatura.

Sexta sección.

109. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y de la Ley General de Bienes Nacionales.

Suscrita por el diputado José Guillermo Aréchiga Santamaría, Morena.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Gobernación y Población, con opinión de Infraestructura.

Expediente 11647.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

110. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 29 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

Suscrita por la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11707.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

111. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 111 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11711.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

112. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Vida Silvestre y de la Ley Federal de Sanidad Animal (la parte que le corresponde).

Suscrita por el diputado Felipe Fernando Macías Olvera, PAN.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Ganadería.

Expediente 11720.

LXIV Legislatura.

Séptima sección.

113. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 94 de la Ley General de Cambio Climático (en materia de publicación de resultados de la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero mediante el sistema de comercio de emisiones).

Suscrita por la diputada Josefina Salazar Baez, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11721.

LXIV Legislatura.

Primera sección.

114. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

Suscrita por la diputada Irene García Martínez, Movimiento Ciudadano.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Desarrollo Metropolitano, Urbano, Ordenamiento Territorial y Movilidad.

Expediente 11738.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

115. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Vida Silvestre.

Presentada por la diputada Coyolxauhqui Soria Morales, Morena.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11869.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

116. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, de la Ley General de Cambio Climático, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, de la Ley de Vías Generales de Comunicación, de la Ley de Migración, de la Ley General de Salud, de la Ley de Transición Energética, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Hidrocarburos, de la Ley de Planeación, de la Ley de la Industria Eléctrica, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley de Aguas Nacional y de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (en materia de seguridad climática).

Suscrita por la diputada Silvia Guadalupe Garza Galván, PAN.

Comisiones Unidas de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales y de Gobernación y Población.

Expediente 11731.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

117. Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Suscrita por el diputado Humberto Ramón Jarero Cornejo, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11874.

LXIV Legislatura.

Tercera sección.

118. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma las fracciones XIV, XIX y XXX del artículo 3o. y la fracción VIII del artículo 26 de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

Suscrita por el diputado Higinio Del Toro Pérez, Movimiento Ciudadano.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11926.

LXIV Legislatura.

Quinta sección.

119. Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Suscrita por la diputada María Marcela Torres Peimbert, PAN.

Comisión de Medio Ambiente, Sustentabilidad, Cambio Climático y Recursos Naturales.

Expediente 11961.

LXIV Legislatura.

Cuarta sección.

Ciudad de México, a 12 de julio de 2022

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna (rúbrica)

Presidente



Comunicaciones

De la diputada Alma Carolina Viggiano Austria, con la que informa su reincorporación a sus funciones, recibida en la sesión de la Comisión Permanente el miércoles 6 de julio de 2022

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 28 de junio de 2022.

Senadora Olga Sánchez Cordero

Presidenta de la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión

Presente

Por medio del presente, la que suscribe, Alma Carolina Viggiano Austria, diputada federal de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, con relación a mi solicitud de licencia de fecha primero de marzo del actual, me permito informar que es mi voluntad reincorporarme a mis funciones como diputada federal a partir del 15 de julio del presente año.

Consecuentemente, solicito gire sus apreciables instrucciones para que se dé trámite legal y administrativo a mi petición, conforme a los procedimientos previstos en la normatividad aplicable.

Sin otro particular, protesto a usted la seguridad de mis consideraciones .

Atentamente

Diputada Alma Carolina Viggiano Austria (rúbrica)

De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con la que remite información relativa a los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del Erario Federal; el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes a mayo de 2022, así como de la recaudación federal participable correspondiente a mayo de 2021, y la referente a la evolución de la recaudación para mayo de 2022

Ciudad de México, a 30 de junio de 2022.

Senadora Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila

Presidenta de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 107, fracción II, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, me permito enviar la información relativa a la evolución de las finanzas públicas, incluyendo los requerimientos financieros del sector público y su saldo histórico, los montos de endeudamiento interno neto, el canje o refinanciamiento de obligaciones del erario federal, en los términos de la Ley Federal de Deuda Pública, y el costo total de las emisiones de deuda interna y externa correspondientes al mes de mayo de 2022.

Asimismo, con fundamento en el artículo 107, párrafos segundo y tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, se informa sobre la recaudación federal participable que sirvió de base para el cálculo del pago de las participaciones a las entidades federativas, así como el pago de las mismas, desagregada por tipo de fondo, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, y por entidad federativa, efectuando en ambos casos la comparación correspondiente con el mes de mayo de 2021.

De igual forma, en términos del artículo 22, fracción I, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria, se proporciona la información sobre la evolución de la recaudación para el mes de mayo de 2022.

Sin otro particular, hago propicia la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Gabriel Yorio González (rúbrica)

Subsecretario

(Turnada a las comisiones de Hacienda y Crédito Público, y de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 6 de 2022.)

Del Instituto Mexicano del Seguro Social, con el que remite Informe sobre la situación financiera y los riesgos, correspondiente al periodo 2021-2022, recibido en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

Ciudad de México, a 30 de julio de 2022.

Senadora Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila

Presidenta de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Senadores

Presente

En cumplimiento a lo establecido en los artículos 268, fracción XI, y 273 de la Ley del Seguro Social, y 66, fracción XVI, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como en el Acuerdo número ACDO.AS3.HCT.280622/167.PDF, de 28 de junio de 2022, dictado por el honorable Consejo Técnico de este Instituto, adjunto al presente oficio, en formato digital, el Informe al Ejecutivo federal y al Congreso de la Unión sobre la situación financiera y los riesgos del Instituto Mexicano del Seguro Social, correspondiente al periodo 2021-2022.

Al respecto, solicito su invaluable apoyo para que, por su conducto, informe a la honorable Cámara de Senadores, la recepción en tiempo y forma del documento de mérito.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente

Maestro Zoé Alejandro Robledo Aburto (rúbrica)

Director general

(Remitido a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social. Miércoles 6 de julio de 2022)

Del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con el que remite Informe Financiero y Actuarial 2022, recibido en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

Ciudad de México, a 30 de junio de 2022.

Diputado Sergio Carlos Gutiérrez Luna

Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión

Presente

Por instrucciones del doctor Pedro Zenteno Santaella, director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste o Instituto) y en cumplimiento del artículo 214, fracción XIX, de la Ley del Issste, mediante el cual se establece la obligación de presentar al Ejecutivo federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el informe sobre la situación financiera y actuarial de sus seguros, prestaciones, instalaciones y servicios, me permito hacerle llegar el Informe Financiero y Actuarial 2022.

El Informe cumple con los elementos dispuestos en la Ley y contiene el diagnóstico sobre el estado que guarda el Instituto en materia financiera, de infraestructura y de servicios. Dicho documento da cuenta de las acc iones ejecutadas al cierre del año 2021, con el fin de generar un panorama general del Issste.

Finalmente, cabe señalar que el Informe Financiero y Actuarial 2022 fue dictaminado por un auditor externo y aprobado por la junta directiva de este Instituto, mediante acuerdo 50.13782022, de la sesión ordinaria 1378 celebrada el 28 de junio del año en curso.

Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.

Atentamente

Ingeniero Hidalgo Borghio Ruiz Hernández (rúbrica)

Director normativo de Prospectiva y Planeación Institucional

(Remitido a las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social. Miércoles 6 de julio de 2022)

De la Dirección General de Petróleos Mexicanos, con la que remite el Informe semestral sobre el uso del endeudamiento de Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, correspondiente al segundo semestre de 2021, recibido en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

Ciudad de México, a 24 de junio de 2022.

Senadora Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila

Presidenta de la Mesa Directiva de la H. Cámara de Senadores

Presente

En cumplimiento al artículo 108 de la Ley de Petróleos Mexicanos, adjunto el Informe semestral sobre el uso del endeudamiento de Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, correspondiente al segundo semestre de 2021, aprobado por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 996 ordinaria celebrada en esta fecha.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Ingeniero Octavio Romero Oropeza (rúbrica)
Director General


Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos

Sesión 996 ordinaria, 21 y 24 de junio de 2022.

Acuerdo

CA-067/2022

I.3 Informe semestral sobre el uso del endeudamiento de Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, correspondiente al segundo semestre de 2021, previsto en el artículo 108 de la Ley de Petróleos Mexicanos.

Con fundamento en el artículo 13, fracción XXIX, en relación con el artículo 108, de la Ley de Petróleos Mexicanos, el Consejo de Administración aprobó el Informe semestral sobre el uso del endeudamiento de Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias, correspondiente al segundo semestre de 2021, en términos del documento anexo.

(Remitido a la Comisión de Energía. Miércoles 6 de julio de 2022)

Del Congreso del estado de Colima, con la que exhorta a las Cámaras de Senadores y de Diputados, a expedir el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, así como a adecuar la legislación general y federal

Senadora Olga Sánchez Cordero

Presidenta de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión

En la sesión pública ordinaria número 10, celebrada con fecha 29 de junio de 2022, aprobamos un punto de acuerdo presentado por las diputadas Sonia Hernández Cayetano y Yommira Jockimber Carrillo Barreto, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena, en el que se hace un atento y respetuoso exhorto a la Cámara de Senadores y a la Cámara Diputados del honorable Congreso de la Unión, a efecto de que se expida el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, así como las adecuaciones necesarias a la legislación general y federal.

Lo anterior, para los efectos legales correspondientes.

Atentamente

Colima, Col., a 29 de junio de 2022.


Diputada Evangelina Bustamante Morales (rúbrica)

Secretaria

Diputada Glenda Yazmín Ochoa (rúbrica)

Secretaria

(Turnada a la Comisión de Justicia. Julio 6 de 2022.)

Del Congreso de Guanajuato, con la que exhorta al Congreso de la Unión a expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar

Ciudadana Senadora Olga María del Carmen Sánchez Cordero Dávila

Presidenta de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión

Ciudad de México

Para los efectos conducentes y con fundamento en el artículo 64, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato, remitimos el acuerdo aprobado por la Sexagésima Quinta Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en sesión ordinaria celebrada en esta fecha; así como las consideraciones expuestas por las diputadas y los diputados integrantes de la Comisión de Justicia, mediante el cual se emite un atento y respetuoso exhorto al Congreso de la Unión para que en los términos del artículo 73, fracción XXX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se expida la legislación única en materia procesal civil y familiar.

Aprovechamos la ocasión para enviar un cordial saludo y reiterar las seguridades de nuestra consideración distinguida.

Atentamente

Guanajuato, Gto., 23 de junio de 2022.


Diputada Briseida Anabel Magdaleno González (rúbrica)

Primera Secretaria

Diputada Yulma Rocha Aguilar (rúbrica)

Segunda Secretaria

(Turnada a la Comisión de Justicia)



Iniciativas

Con proyecto de decreto, por el que se adiciona una fracción XXI Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud, recibida del diputado Antonio de Jesús Ramírez Ramos, del Grupo Parlamentario del PVEM, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

El que suscribe, diputado Antonio de Jesús Ramírez Ramos, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XXI Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han producido grandes cambios en la sociedad contemporánea. La televisión, el internet y los videojuegos forman parte de la vida cotidiana de las personas y ejercen una gran influencia en las niñas, niños y adolescentes. El empleo del tiempo libre por parte de las personas se ha modificado a partir del desarrollo de dichas tecnologías, pues a ellas se destina una parte importante de las horas dedicadas al ocio. En este contexto, las bases del aprendizaje, las formas de comunicación y de convivencia con los demás han sufrido cambios significativos.

Los videojuegos son reconocidos como uno de los posibles agentes en el proceso de socialización de niñas, niños y adolescentes, entendido como el proceso a lo largo del cual las personas, y en particular los más jóvenes, aprenden qué se puede esperar del mundo y lo que el mundo espera de ellos. Para el neuropsicólogo Daniel Rama, vicepresidente de Asociación Española de Psicología del Niño y Adolescente (APSNAE), jugar videojuegos es una forma de entretenimiento y una herramienta de aprendizaje como lo puede ser un libro, jugar de una manera adecuada es útil y activa el desarrollo de capacidades cognitivas, como la memoria, atención sostenida, capacidad de concentración, socialización (especialmente interesante en niños introvertidos), toma de decisiones o creatividad.1

No obstante que jugar videojuegos tiene beneficios como los aquí descritos, esta actividad también implica algunos impactos negativos, especialmente, si las personas dedican demasiado tiempo a ésta.

Las consecuencias negativas de los videojuegos son variadas y de distintos grados de gravedad. Puede tratarse de daños a la salud por jugar en exceso, como ojos cansados o insomnio, así como problemas en espalda y cuello relacionados con la mala postura, pero también hay daños psicológicos o emocionales, como desinterés, aislamiento y adicción.

En algunos casos las personas pueden dejar de realizar actividades en el ámbito social o familiar, o bien, pueden llegar a perder la noción del tiempo y pasar muchas horas jugando sin apenas darse cuenta, lo cual repercute en el descuido de otras actividades como la escuela, el trabajo o los deberes domésticos.

La cuestión se centra para muchos expertos en cuánto tiempo es adecuado dedicar a los videojuegos. La Academia Americana de Pediatría considera que de niñas y niños de 3 a 12 años lo adecuado sería de una a dos horas al día y preferiblemente durante los fines de semana.2

El tiempo no debería ser el único criterio en el momento de establecer las reglas, pues también es importante saber para qué juegan las personas, no es lo mismo que sea para divertirse o integrarse socialmente, con los posibles beneficios que esto conlleva, que para abstraerse de la realidad o como único regulador emocional, que es donde pueden aparecer los riesgos, señala el doctor Daniel Rama.3

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), signos como no poder parar de jugar en internet o con una consola, desatender las amistades o el trabajo a causa de ello, en periodos superiores a un año, pueden ser síntomas de adicción a los videojuegos.

De hecho, la OMS clasificó recientemente a la adicción a los videojuegos como una enfermedad mental. La undécima Clasificación Internacional de Enfermedades de la OMS (ICD-11), que es utilizada por los profesionales de la salud para estandarizar su labor, codifica 1.6 millones de casos clínicos, y es la primera revisión de la lista en 30 años, por lo que la anterior pertenece a un tiempo en el que este trastorno apenas existía.

La OMS busca con esta inclusión mejorar las estadísticas sobre adicción a los videojuegos en el planeta, ya que antes de esta estandarización los estudios han ofrecido cifras enormemente variables sobre la prevalencia de este trastorno, que oscilan desde 1 por ciento de la población hasta incluso 50 por ciento en regiones como Asia.4

De acuerdo con los resultados de algunos estudios de opinión, los videojuegos son considerados por las niñas, niños y adolescentes, junto con sus amistades y los deportes, como la mejor opción de manejar el tiempo libre y los prefieren incluso más que a la televisión.

Un estudio realizado por la agencia de análisis de mercado Askids dice que los niños y adolescentes mexicanos pasan 60 por ciento de su tiempo libre en actividades con pantallas: jugar videojuegos y ver YouTube son las principales actividades en pantallas que realizan los menores de edad.5

Por su parte, el Global Consumer Survey de la agencia de estadísticas Statista realizó, entre enero y julio de 2021, una encuesta online a personas de 18 a 64 años en países seleccionados respecto al tiempo que dedican a jugar videojuegos; los resultados de este ejercicio muestran que en México 17 por ciento de los encuestados dedica entre seis y diez horas a la semana a esta actividad, mientras que 14 por ciento juega más de diez horas semanales.6

Como ya se señaló, el tiempo no es necesariamente la única variable a tomar en cuenta para saber si alguien tiene problemas con el uso de videojuegos que eventualmente pudieran convertirse en una adicción, pues existen otros factores a observar, sin embargo, sí es importante poner especial atención a ésta y poner en marcha acciones preventivas que eviten posibles daños a la salud de las personas a consecuencia de los riesgos asociados con el abuso de los videojuegos.

Lo anterior hace patente la necesidad, en primera instancia, de garantizar a las personas que muestran signos de una adicción a los videojuegos un diagnóstico adecuado y oportuno y, en segundo lugar, el acceso a un tratamiento con especialistas en adicciones, regulación de las emociones y adquisición y mantenimiento de hábitos saludables para asegurar una recuperación efectiva y duradera a los pacientes.

En este contexto, propongo establecer que el diseño e implementación de acciones y políticas públicas que permitan prevenir, tratar y controlar el uso problemático y la adicción a los videojuegos sea considerado como materia de salubridad general.

Para dar mayor claridad sobre la propuesta planteada se presenta a continuación el siguiente cuadro comparativo:

Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción XXI Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud

Artículo Único. Se adiciona una fracción XXI Bis al artículo 3o. de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

Artículo 3o. En los términos de esta Ley, es materia de salubridad general:

I. a XXI.

XXI Bis. El diseño e implementación de acciones y políticas públicas que permitan prevenir, tratar y controlar el uso problemático y la adicción a los videojuegos.

XXII. a XXVIII. [...]

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Notas

1 Véase, Noelia Hernández, ¿Cuánto tiempo deben jugar los niños con videojuegos?, Educación 3.0, sin fecha. Consultado el 4 de julio de 2022. Disponible en:

https://www.educaciontrespuntocero.com/noticias/tiempo-n inos-videojuegos/

2 Ibídem.

3 Ibídem.

4 Véase, La OMS clasifica la adicción a los videojuegos como una enfermedad mental, DW, 15 de

febrero de 2022. Disponible en: https://www.dw.com/es/la-oms-clasifica-la-adicci%C3%B3n-a-los­ videojuegos-como-una-enfermedad-mental/

5 Véase, Héctor Gueto, “Los niños y adolescentes mexicanos pasan 60% de su tiempo libre en actividades con pantallas , muestra un nuevo estudio”, Business Insider México, 23 de septiembre de 2021. Disponible en: https://businessinsider.mx/ninos-adolescentes-mexicanos-tiempo-libre­ac tividades-con-pantallas/

6 Véase, Stéphanie Chevallier, ¿Dónde se invierte más tiempo en los videojuegos?, Statista, 01 de septiembre de 2021. Disponible en: https://es.statista.com/grafico/25668/consumo-semanal-de­videojuegos-en -el-mundo/

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 6 de julio de 2022.

Diputado Antonio de Jesús Ramírez Ramos (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Salud. Julio 6 de 2022.)

Que adiciona un párrafo segundo al artículo 51 y el artículo 51 Bis a la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, recibida del diputado Jaime Bueno Zertuche, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

El suscrito, diputado Jaime Bueno Zertuche, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 55, fracción II, y 56 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77, numeral 1, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente iniciativa con proyecto de decreto, por la que se propone adiciona un párrafo segundo al artículo 51 y se adiciona el artículo 51 Bis a la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, con el objeto de que las personas que son sujetas de derechos frente a las instituciones financieras conozcan al momento de la contratación, independientemente del producto, los derechos a los que son sujetos, de conformidad con la siguiente

Exposición de Motivos

El Poder Judicial de la Federación a través de las tesis V.3o.C.T.1 CS (10a.) y I.10o.A.105 A (10a.) ha definido importantes criterios sobre la banca y crédito en relación con los derechos humanos.

En este sentido, se advierte que el servicio de banca y crédito es una actividad reglada del mercado de crédito que es considerada de interés general, cuyo ejercicio se puede encargar, vía autorización, a los particulares constituidos en instituciones de crédito, quienes deben apegarse estrictamente a las normas que regulan ese servicio, así como a las sanas prácticas y usos bancarios, con el objeto de no transgredir derechos humanos en perjuicio de los particulares usuarios de los servicios financieros.

Las Naciones Unidas y el Banco Mundial informan que alrededor de dos mil quinientos millones de personas no utilizan servicios financieros formales y que el setenta y cinco por ciento de los pobres no tienen cuenta bancaria. Y es por ello que la inclusión financiera es la clave para reducir la pobreza e impulsar la prosperidad; por lo que ambas instancias han promovido de manera constante el acceso al crédito, incluso, expertos lo han llegado a catalogar como un “derecho humano”, toda vez que evita que la población económicamente más vulnerable y sin acceso al crédito, por falta de garantías, caiga en manos de los agiotistas que operan en la informalidad y sin control gubernamental alguno, es decir, de prestamistas que cobran intereses altísimos.

El Banco Mundial ha establecido que la inclusión financiera significa, para personas físicas y empresas, tener acceso a productos financieros útiles y asequibles que satisfagan sus necesidades –transacciones, pagos, ahorros, crédito y seguro– prestados de manera responsable y sostenible.

Así, poder tener acceso a una cuenta de transacciones es un primer paso hacia una inclusión financiera más amplia, ya que permite a las personas guardar dinero, enviar y recibir pagos; además, este también puede servir como puerta para obtener otros servicios financieros.

Se considera que el acceso a servicios financieros facilita la vida cotidiana y ayuda a las familias y a las empresas a planificar, desde los objetivos a largo plazo hasta las emergencias imprevistas. Es más probable que, en calidad de titulares de cuentas, las personas usen otros servicios financieros, como créditos y seguros, para iniciar y ampliar negocios, invertir en educación o salud, gestionar riesgos y sortear crisis financieras, todo lo cual puede mejorar su calidad general de vida.

En ese orden de ideas, de acuerdo con el artículo 1o. constitucional, en lo que hace al principio de progresividad, el Estado Mexicano debe garantizar las condiciones mínimas para que los particulares tengan acceso al crédito financiero, al constituirse como un derecho humano.

Asimismo, las herramientas tecnológicas han facilitado las formas y tiempos de contratación. Hoy se puede acceder a un crédito a través de un teléfono celular o bien desde un cajero automático.

Esto ha tenido como consecuencia la existencia de múltiples casos de reclamos por servicios no contratados, condiciones no conocidas, saldos insolutos y otros relacionados y derivados.

Atendiendo los lineamientos y alcances del Poder Judicial, a fin de fortalecer este Derechos Humano, las personas deben de contar con instituciones capaces de responder y proteger sus derechos. Como instancia para apoyar a los usuarios financieros y generar una cultura financiera a través de la educación se ha formado la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Los diez derechos básicos de los usuarios de servicios financieros son:

1. Preguntar. Antes de contratar un producto o servicio, es exigible conocer plenamente sus características; los efectos y riesgos que implica; sus costos, comisiones e intereses; así como las responsabilidades que se adquieren.

2. Claridad. El derecho a que la información que te brinden las instituciones y autoridades sobre los productos o servicios financieros sea clara, veraz, oportuna, suficiente y precisa.

3. Elección. Antes de decidir por un producto o servicio se puede comparar el que más se apegue a tus necesidades y contratarlo con la institución que más convenga sin ninguna discriminación, cumpliendo los requisitos aplicables.

4. Comprobación. Derecho a que la Institución Financiera, al momento de contratar, brinde un ejemplar de todos los documentos y contratos firmados y, durante su vigencia, a recibir la documentación que compruebe movimientos como estados de cuenta y comprobantes de cargo.

5. Eficiencia. Exigir las mejores condiciones disponibles de eficiencia y buen trato.

6. Discreción. La institución está obligada a guardar el secreto financiero y de datos personales.

7. Derecho a no ser privado de la libertad por la simple falta de pago de adeudos contraídos con Instituciones Financieras, ni ser molestado sin previo proceso judicial alguno.

8. Atención oportuna, digna y respetuosa de las Unidades Especializadas o de cualquier punto de atención a clientes de las Instituciones Financieras en la asesoría, orientación, aclaraciones y rectificaciones que se soliciten.

9. Derecho de reclamación y pronta respuesta ante cualquier falla en el servicio, y cuando esto implique la objeción de cargos, exigir que se suspenda el cobro hasta que no haya sido todo aclarado.

10. Derecho a la Protección y defensa de tus intereses por parte de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Esta iniciativa propone adicionar el artículo 51 y adicionar un artículo 51 bis de la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros a efecto que se incorpore en el texto la obligación de las instituciones financieras que ante la contratación de servicios financieros, cualquiera que sea su naturaleza, deberá hacer del conocimiento y poner a disposición del contratante su carta de derechos como usuario de servicios financieros, así como los datos de la Comisión con el fin de que quede en conocimiento pleno de sus derechos, alcances, institución ante la cual recurrir y forma.

Para dar cumplimiento a esta obligación, las instituciones pondrán a disposición de cliente una copia de la carta de derechos, misma que podrá ser entregada de forma física o bien enviada a un correo electrónico. De no existir constancia de la entrega, el contrato principal podrá ser anulado.

El objetivo es que las personas conozcan que ante los complejos contratos ofertados por las instituciones financieras, los cuales muchas veces son llenados sin la lectura o entendimiento adecuado, tienen derechos y existen instituciones especializadas para defenderlos.

Por ello como parte de la formación de una cultura financiera, es necesario fortalecer y empoderar a los usuarios. Esto ante un mercado creciente tanto en instituciones, productos y plataformas.

Iniciativa con proyecto de decreto

Artículo Único. Se adiciona un párrafo segundo al artículo 51 y se adiciona un artículo 51 bis a la Ley de Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros para quedar como sigue:

Artículo 51. ...

Las instituciones financieras deberán poner a disposición de cada usuario que contrate un producto financiero, independientemente de su naturaleza, la carta de derechos del usuario de servicios financieros señalados en el artículo 51 bis. Con la finalidad de dar cumplimiento a esta obligación se deberá entregar constancia de forma física o bien enviar a través de correo electrónico. En caso de no existir constancia de entrega, el servicio contratado podrá ser anulado.

Artículo 51 Bis. Son derechos de los usuarios de servicios financieros, los siguientes:

I. Preguntar por las características, costos, términos y condiciones del producto financiero a contratar.

II. Recibir por parte de la institución financiera información clara, veraz, oportuna, suficiente y precisa.

III. Libertad de elección sobre el producto y la institución con la cual contratar.

IV. Fundamentación. La institución deberá proveer un ejemplar de todos los documentos y contratos firmados. Esto incluye la modificación de condiciones por disposición legal durante la vigencia del contrato.

V. A recibir respaldo documental de estados de cuenta y comprobantes de operaciones.

VI. Eficiencia en el servicio para recibir las mejores condiciones disponibles de eficiencia y buen trato.

VII. Privacidad. La institución está obligada a guardar el secreto financiero y de datos personales.

VIII. Seguridad. Las operaciones entre usuario y la institución deberán contar con los máximos niveles de seguridad posibles.

IX. Derecho a no ser privado de la libertad por la simple falta de pago de adeudos contraídos con instituciones financieras, ni ser molestado sin previo proceso judicial alguno.

X. Atención oportuna, digna y respetuosa de las unidades especializadas o de cualquier punto de atención a clientes de las Instituciones Financieras en la asesoría, orientación, aclaraciones y rectificaciones que se soliciten.

XI. Derecho de reclamación y pronta respuesta ante cualquier falla en el servicio, y cuando esto implique la objeción de cargos, exigir que se suspenda el cobro hasta que no haya sido todo aclarado.

XII. Derecho a la defensa y representación por parte de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros.

Transitorio Primero. Esta reforma entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Transitorio Segundo. Las instituciones financieras contaran con un plazo de 180 días para llevar a cabo las acciones necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la presente reforma.

Ciudad de México, a 28 de junio de 2022.

Diputado Jaime Bueno Zertuche (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público. Julio 6 de 2022.)

Con proyecto de decreto, que reforma el artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, suscrita por el diputado Jorge Álvarez Máynez, en nombre propio y de diputadas y diputados del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, y recibida en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

Los suscritos, diputadas y diputados, integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a esta soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto, conforme con la siguiente:

I. En México la movilidad es considerada un derecho humano, el cual quedó plasmado en el artículo 4 de nuestra Constitución Política en el año 2020. Gracias a esto, se creó y, posteriormente, se aprobó en abril de 20221 la Ley General en materia de Movilidad y Seguridad Vial, con la cual se dio un gran paso para poder asegurar que todas las personas puedan moverse en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad.

El garantizar el derecho a la movilidad debe ser pensado de manera integral, pues por un lado, debemos permitir la coexistencia sana de ciclistas, peatones y automovilistas; y por el otro, ofrecer servicios de transporte accesibles y eficientes que permitan llegar a los pasajeros de la manera más rápida y económica a su destino.

La movilidad constituye una de las partes esenciales para el desarrollo de cualquier sociedad, por lo que debemos contemplar que las sociedades están integradas por personas, las cuales pueden o no contar con un transporte privado para poder transitar, lo que debe propiciar que el Estado busque alternativas para que las personas que no cuentan con transporte propio tengan las mejores opciones para su desplazamiento y de esta manera ayudar a garantizar el derecho a la movilidad.

II. El autotransporte en zonas federales de México se ha convertido en un negocio muy lucrativo para algunos cuantos, pues la normatividad actual ha permitido que se generen oligopolios, aun cuando esto va en contra del beneficio para los consumidores.

En México se ha optado por un modelo de acceso restringido para la prestación de autotransporte en el sistema aeroportuario, ya que para poder brindar este tipo de servicio, es necesario contar con un contar con un permiso otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), el cual se concede con el visto bueno de los administradores aeroportuarios, además se debe de firmar un contrato con estos, donde se fijan las condiciones de pagos y contraprestaciones para que se pueda ofrecer el servicio de autotransporte, el cual no puede ser firmado de manera individual, sino que se debe dar de manera colectiva, es decir que, se debe ser una asociación de taxis o sitio para que se firme un contrato moral con los administradores del aeropuerto.2

Sin embargo, este tipo de contratos no se encuentra regulado bajo ningún esquema, además de que la opinión favorable o negativa por parte de los administradores aeroportuarios no parte de parámetro alguno o de supuestos establecidos para que esta sea emitida, por lo que ésta se da de manera discrecional, algo que les da a los administradores aeroportuarios la capacidad de restringir la oferta en el servicio.

III. La disminución o restricción de la oferta trae desventajas en detrimento de los usuarios, pues ello afecta directamente en los precios que se les ofrecen.

Ejemplo de esto se observa en los permisos otorgados para brindar servicio en el aeropuerto de la Ciudad de México, pues desde hace varios años las autorizaciones hechas por parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes combinado con la redacción actual de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, ha propiciado afectaciones a los bolsillos de los consumidores, así como a la libre competencia al generar que el autotransporte únicamente quede en manos de ciertas empresas o asociaciones de taxistas.

La prestación del servicio de taxis en los aeropuertos nacionales impacta a millones de viajeros al año, tan solo el Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México, hasta abril de 2022, ha tenido un tráfico de 14 millones 093 mil 861 pasajeros nacionales e internacionales, mientras que en 2021 atendió a 36 millones 056 mil 614 durante todo el año.3 En este sentido resulta fundamental que el servicio se brinde de manera eficiente y competida en beneficio de todos estos usuarios.

IV. Como consecuencia de una mala regulación en la prestación de servicios de autotransporte en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), en 2016, la Comisión Federal de Competencia Económica emitió una recomendación para realizar modificaciones al marco regulatorio, bajo el cual se prestaban servicios de taxis en aeropuertos nacionales, además de impulsar una sanción económica de 63.9 millones de pesos al AICM, ya que se estaba incurriendo en prácticas monopólicas al establecer cláusulas discriminatorias que impedían el acceso a nuevos grupos de taxistas.4

Además de esto, dicho órgano propuso que se eliminarán las trabas para el acceso a nuevos prestadores de servicios, con la finalidad de que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes pueda otorgar un permiso a todo aquel que cumpla con los requisitos, esto sin que los administradores aeroportuarios se vean involucrados al emitir opinión alguna.5

A pesar de ello, esta no es la primera vez que la Cofece realiza indagatorias al respecto, pues para 2014 inició una investigación por “prácticas monopólicas absolutas” entre agrupaciones de taxis para fijar tarifas de servicio en el aeropuerto, donde se detectó que 4 grupos de taxistas aumentaron de manera ilegal un 25 por ciento su tarifa de manera coordinada. Esto generó que la Comisión sancionará con 23.6 millones de pesos a 5 grupos de taxis, pues esto impactó aproximadamente a 12 millones de usuarios, los cuales tuvieron afectaciones de 772 millones de pesos entre agosto de 2011 y diciembre de 2015.6

El cambio en la legislación actual resulta ser benéfico para la disminución de tarifas, toda vez que, al omitir el requerimiento de pertenecer a una agrupación de taxistas y el pago de otros servicios, se disminuirán los costos finales al usuario, así como el tiempo de espera, esto como resultado en el aumento de la oferta de vehículos disponibles.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto

Que reforma el artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal

Único. Se reforma el artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, para quedar como sigue:

Artículo 47. Los permisos que otorgue la Secretaría para prestar servicios de autotransporte de pasajeros de los puertos marítimos y aeropuertos federales se ajustarán a los términos que establezcan los reglamentos y normas oficiales mexicanas correspondientes.

En ningún caso, la prestación de servicio de autotransporte de pasajeros de los puertos marítimos o de los aeropuertos federales podrá ser condicionada por quien tenga a su cargo la administración portuaria o del aeropuerto de que se trate, salvo de aquellos prestadores que no cuenten con permiso actualizado y que no cumplan con las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría.

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. A la entrada en vigor del presente decreto, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes contará con un plazo de 90 días naturales para realizar las adecuaciones a la normatividad correspondiente.

Tercero. A la entrada en vigor del presente decreto, los contratos entre los prestadores de servicios de autotransporte y los administradores de los puertos o aeropuertos federales correspondientes, continuarán vigentes hasta el término pactado entre estos.

Notas

1 Senado aprueba Ley General de Movilidad y Seguridad Vial; turnan proyecto al Ejecutivo, Comunicación Social del Senado de la República, 2022. Recuperado de:

https://comunicacionsocial.senado.gob.mx/informacion/com unicados/2347-senado-aprueba-ley-general-de-movilidad­y-seguridad-vial- turnan-proyecto-al-ejecutivo

2 “Servicio de taxi en los aeropuertos de México”, Comisión Federal de Competencia Económica, 2019. Recuperado de: https://www.cofece.mx/wp-content/uploads/2019/10/art-taxis-29Oct2019.pd f

3. “Tráfico de pasajeros”, aeropuertos del sureste, 2022.

Recuperado de: http://www.asur.com.mx/es/inversionistas/
trafico-de­pasajeros.html?pasajeros_aeropuerto=&pasajeros_pasajero=&pasajeros_mes=1&pasajeros_
mesFinal=l&precios_compararAnno=2021&action=consulta_mensual

4 Ibídem.

5 Ibídem.

6 “Estas compañías de taxi son las únicas que pueden operar en el aeropuerto de CDMX”, Forbes, 2019

Recuperado de: https://www.forbes.com.mx/estas-companias-de-taxi-son-las-unicas-que-pu eden-operar-en-el-aeropuerto-de-cdmx/

Sede de la Comisión Permanente, a 6 de julio de 2022.

Diputado Jorge Álvarez Máynez (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Comunicaciones y Transportes. Julio 6 de 2022.)

Que reforma los artículos 9, 53, 73 y 85 de la Ley General de Educación, presentada por el diputado Isaías Bertín Sandoval, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

El suscrito diputado federal Juan lsaías Bertín Sandoval, integrante del Grupo Parlamentario del PT en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de los artículos 55, fracción II, y 179 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables, somete a consideración de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación en materia de educación digital, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

En los últimos años las tecnologías de la información y comunicación se han convertido en una herramienta básica que sirve para atender tareas de la vida cotidiana de las personas, dando paso a que el uso de las mismas haya escalado al entorno de las niñas, niños y adolescentes, ocasionando que se enfrenten a una serie de retos en su desarrollo social, intrapersonal, cognitivo, físico y psicológico, lo que significa un desafío importante en el desarrollo de sus capacidades.

Antes de exponer los motivos materia de esta iniciativa, contextualicemos el avance tecnológico de los aparatos tecnológicos, específicamente el de los teléfonos, cuya invención data desde finales del siglo XIX. Sin embargo, fue hasta 1973 cuando se realiza la primera llamada telefónica desde un dispositivo inalámbrico, lo cual significó un parteaguas en la vida de los humanos gracias a que permitió garantizar que la comunicación fuera directa y desde cualquier parte del mundo.

A pesar del avance tecnológico que esto significaba para las telecomunicaciones, el camino para pasar a los celulares que conocemos hoy en día como smartphones fue un proceso lento, puesto que tuvieron que pasar varios años desde su salida al mercado para que fueran accesibles al público en general. Un ejemplo de ello fueron los primeros teléfonos celulares que entraron al mercado a un costo elevado, el equivalente a 10 mil dólares actuales, y eran manufacturados sólo por dos compañías: Motorola y Ericsson.

Sin embargo, para finales de la década de los 80’s, los precios de los teléfonos celulares bajaron conforme la producción incrementaba, aunque esto no significó que este producto estuviera al alcance de todos, sólo las personas con un poder adquisitivo alto podían tener y mantener uno.

El inicio de los años noventa significo la era dorada del celular, dado que se realizaron innovaciones respecto al tamaño de estos aparatos, lo cual facilito su fácil transportación, además de las nuevas herramientas que ahora ofrecían, tal como la introducción de los mensajes de texto. Aunado a ello, la entrada de nuevos competidores internacionales a. la industria de las telecomunicaciones significó la disminución visible en los precios, esto en comparación con el costo de venta que tenían en años anteriores.

Gracias a la competitividad generada entre las empresas tecnológicas, estas se vieron en la necesidad de trabajar en la invención del teléfono más inteligente. Un ejemplo de ello es la entrada en el mercado del iPhone, en el año 2007, la cual dio paso a una nueva etapa en la industria de la tecnología. Esto gracias a la creación de un aparato compacto que además de facilitar la comunicación por medio de llamadas y mensajes de texto, contaba con conectividad a internet y cámara, lo que fomento posteriormente a que las empresas abrieran una brecha de competitividad para crear teléfonos con mejores características a todo tipo de precios.

En este sentido podemos observar que, en las últimas décadas, esta industria ha avanzado de manera exacerbada, gracias a la pluralidad de empresas que compiten y se ajustan al presupuesto, necesidad y status de cada persona, lo cual ha traído como consecuencia que el uso del celular sea una herramienta de primera necesidad para garantizar la comunicación en el mundo.

Tan es así que se calcula que cerca del 46.53% de la población mundial usa un teléfono inteligente, representando cerca de tres mil 800 millones de usuarios alrededor del mundo.1 Se estima que del año 2016 al 2020, la cifra de usuarios globales de teléfonos inteligentes aumento un 40% y se considera que para-el año 2023 habrá cerca de siete mil 330 millones de usuarios de smartphones, esta estimación involucra también a los usuarios con -acceso a internet, lo que significa que para el año 2025 podría aumentar hasta un 72% los usuarios globales de teléfonos inteligentes.

Asimismo, los países que más utilizan estos dispositivos son Reino Unido, Estados Unidos, Emíratos Árabes Unidos, Francia, España, Canadá y China, siendo este último el país con el mayor número de usuarios de smartphones. En este país asiático las estadísticas señalan que existen cerca de 851 millones de usuarios, mismos que representan el 59.9% de su población total, lo que refleja la importancia de la tecnología.

En contraste con Suiza que es el país con menor cantidad de usuarios de celulares, ya que tan sólo cuentan con 6.2 millones de usuarios, aunque corresponde al 72.9% de sus habitantes.2

En México, según información del Inegi, para el año 2020 se estimó una población de 84.1 millones de usuarios de internet, que representan 72.0% de la población mexicana estimada a partir de niños de seis años o más.”3 Lo cual nos indica, que el uso de las tecnologías está presente en los infantes mexicanos.

También, el Instituto destaca los principales aparatos tecnológicos que se ocupan para la conexión a internet de estos usuarios, en el mismo año, los cuales son: “celular inteligente (smartphone) con 96.0%, computadora portátil con 33.7% y televisor con acceso a internet 22.2 por ciento.”4

Del mismo modo, las principales actividades que realizan los usuarios de Internet son: “comunicarse (93.8%), buscar información (91.0%) y acceder a redes sociales (89.0%).”5

Por lo que respecta al porcentaje de usuarios menores de 18 años que hacen uso de internet, la población que abarca a los menores de 12 a 17 años son el segundo grupo más grande que consumen este servicio, representando el 90.2%, y el sexto lugar, les corresponde a los niños de 6 a 11 años con un 68.3%.

En cuanto a lo visto en las gráficas presentadas por el Inegi, las niñas, niños y adolescentes tienen un porcentaje significativo en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación; lo cual resulta en una gran preocupación dado que estas tecnologías ocasionan que entren en un círculo de recompensa a través de la producción de hormonas, como la dopamina, lo que les provoca sentimientos de fascinación y felicidad en el momento del uso de estos dispositivos.

Lo cual puede traer consigo consecuencias en diversos ámbitos, tal como los siguientes:

• Neurológicas

El desarrollo del cerebro de los infantes es de suma importancia de los 0 a los 6 años de vida, sin embargo, el uso de tecnologías en la infancia, afecta directamente el desarrollo del mismo. Puesto que un estudio realizado en infantes de 3 a 5 años, en un periodo de tiempo que comprendió de agosto del 2017 a noviembre del 2018, encabezado por John Hutfon, pediatra e investigador clínico en el Hospital Infantil de Cincinnati, demostró que: “el uso de pantallas mayor que el recomendado por las pautas de la Academia Estadounidense de Pediatría (1 hora diaria), se asocia. con medidas más bajas de organización microestructural y mielinización de los tractos de materia blanca del cerebro, estructuras claves en el desarrollo del lenguaje y la alfabetización.”6

En este sentido, nos explican que: “la materia gris que contiene la mayoría de las células cerebrales que le dicen al cuerpo qué hacer y la materia blanca que está compuesta de fibras, típicamente distribuidas en haces llamados tractos, que forman conexiones entre las células cerebrales y el resto del sistema nervioso.”

En consecuencia: “los resultados determinaron que aquellos que usaban pantallas más de la hora recomendada sin la participación de los padres, tenían niveles más bajos de desarrollo en la sustancia blanca del cerebro, un área clave para el desarrollo del lenguaje y habilidades cognitivas.”7

• Físicas

En cuanto a las consecuencias físicas, tenemos que: “Una investigación publicada en agosto pasado en Oxidative Medicine and Cellular Longevity señala que, a diferencia de la luz visible, el componente azul se distingue porque tiene una longitud de onda corta, lo que le otorga una alta energía y, consecuentemente, una gran capacidad de penetración. Estas condiciones al ser percibidas por el ojo durante un tiempo prolongado y con intensidades elevadas se dice que pueden llegar a afectar algunos tejidos del ojo.”8

Es decir, la exposición prolongada de los ojos en la luz que emiten las pantallas, aceleran los procesos de degeneración y muerte cerebral.

Otra consecuencia del uso prolongado de tecnologías en los niños y adolescentes son: “las alteraciones en el desarrollo, obesidad, calidad pobre de sueño y alteraciones en el desarrollo ocular. Un estudio en Canadá encontró que niños de preescolar que gastaban más de dos horas frente a las pantallas de dispositivos digitales al día, tienen un riesgo ocho veces mayor de desarrollar trastorno por déficit de atención con hiperactividad”.9

• Sociales

Por lo que respecta al ámbito social, podemos decir que el uso exacerbado de pantallas en la infancia, afecta varias esferas de la vida privada de los niños, niñas y adolescente, empezando por el empleo de las mismas, ya que se vuelven propensos a las adicciones, la inatención, la disminución del vocabulario, la impulsividad y la falta de capacidad para regular sus emociones, así como también, modificar la manera de relacionarse con ellos mismos y con los otros en ambientes principales como la familia, los amigos y la escuela. Un ejemplo es como el “67% de los adolescentes dice que una de sus formas favoritas de comunicarse con amigos es vía mensajes de texto, 50% en persona, 49% a través de redes sociales y solo el 40% por teléfono.”10

En este tenor, las principales repercusiones del uso de los dispositivos electrónicos en México, en cuanto a la forma en que se relacionan los padres con sus hijos, propician: “distracción, genera un sentimiento de adicción, genera discusiones, causa un impacto negativo en las actividades familiares, y pone en jaque las reglas de la casa”11

En cuanto al ámbito escolar, se considera que el rendimiento académico ha bajado considerablemente desde que las escuelas y padres permiten el uso de tecnologías de la información en infantes, lo cual puede traer como consecuencia una crisis en la enseñanza, puesto que la creciente carencia de atención por parte de los alumnos, al obligarlos a cumplir una multiplicidad de actividades, origina que el cerebro al tener que realizar todas estas actividades a la vez, oscile de una actividad a otra, logrando la perdida en la eficacia y que la memoria de trabajo pierda eficiencia para ejecutar los actividades que se pretendan realizar.

En relación con la exposición no regularizada del uso de internet fuera de la escuela, esto ha implicado una serie de consecuencias negativas, dado que expone a los niños y jóvenes a peligros como ser utilizados de manera no consciente como contenido de pornografía infantil, así como la posible extorsión para la no divulgación de la misma, la exposición a información no verídica, como lo son las “fake news”, así como que tengan acceso a información no apta para su edad.

Del mismo modo, son propensos a realizar actividades y retos virales que pueden atentar contra su salud o seguridad, así como generar un concepto de autoestima erróneo que parte de la aceptación otorgada mediante redes sociales, a través de “likes”, “views”, y la “vitalidad” que alcanzas en las mismas, esto último, atenta directamente con la privacidad a la cual tienen derecho los infantes y jóvenes; un ejemplo son redes sociales como Tik Tok, que propician la vulnerabilidad, debido a que cualquier persona en especial adultos, puedan tener acceso a su información.

Esta exposición también puede conllevar al ciberbullyng, mismo que, aunado a las consecuencias ya mencionadas, pueden generar enfermedades psiquiátricas en los adolescentes y niños como: trastornos alimenticios, ansiedad y depresión; estas de no ser tratadas con la seriedad que requieren, en algunas ocasiones pueden llevar al suicidio.

Es evidente que el uso de tecnologías de manera no responsable atrae consecuencias dañinas para la salud mental, emocional y física en la adolescencia e infancia. Por esta razón es necesario conocer los factores que orillan a ‘estos consumidores a utilizar de manera activa las tecnologías de la información y la comunicación.

Un diagnóstico puede ser que no hay una cultura de consciencia sobre el uso del móvil y demás pantallas de forma responsable.

Contar con la información suficiente sobre los beneficios y consecuencias del uso de estos dispositivos nos permitirá evitar estadísticas como las siguientes: “76% de los padres castigan a sus hijos quitándoles el celular o los premian regalándoles uno”.12 Así como, el “50% de los adolescentes y 45% de los padres dicen que se ‘sienten adictos’ a su dispositivo móvil.”13

La facilidad de acceder a estos medios ocasiona una falta de conciencia sobre el uso de los mismos.

A partir de esto el doctor Guerrero, director del Departamento de la Universidad Iberoamericana, expone que: “Lo que debemos entender, y no solo en el caso de los jóvenes del mundo, es que ya no se están ‘conectando’ a internet y a las redes sociales, sino que están ‘experimentando’ la vida a través de las plataformas digitales”14

En efecto, los celulares están cambiando la cotidianidad de las familias, tanto que el uso de estos aparatos por padres e hijos se presenta desde el inicio del día, hasta el término del mismo, de manera continua, lo que a veces trae como consecuencia afectaciones en la comunicación familiar, sin embargo, los miembros de la misma muchas veces no son consciente de que esto sucede.

Si esta situación se presenta en el entorno familiar, obliga a considerar que el mismo problema se pueda dar en otros ámbitos como el educativo por lo que resulta de gran importancia prestar atención en las escuelas y su papel en el manejo de pantallas entre los educandos. Si bien, un gran número de escuelas de nivel básico en el mundo prohíben el empleo de celulares dentro de las aulas, son muy pocos los gobiernos que han regulado el uso de pantallas en niños y adolescentes mediante políticas públicas.

En este sentido tenemos que, en el 2018, Francia se convirtió en el primer país que estableciera una política pública para reducir el uso de smarthphones en las escuelas: maternales, primarias y colegios (secundarias), con un rango de edad de entre los 3 a los 15 años, bajo el argumento, de que: “hoy que existe un fenómeno de adicción a la pantalla, el fenómeno del mal uso del teléfono móvil. Nuestro papel principal es proteger a los niños y adolescentes. Es un papel fundamental de la educación, y esta ley lo permite.”15

Sin embargo, no lo prohíben de tajo; pues, autoriza a los directores de los centros educativos, habilitar “lugares o condiciones” para el uso del celular en los recintos de enseñanza. No obstante, el ministro de educación del país, Jean Michel Blanquer, puntualizó que: “cada colegio podrá elegir el nivel de dureza de la aplicación de la medida, que podrá llegar incluso a prohibir que los escolares lleven el celular a los colegios como medida más radical”.16

Aunque está a elección de cada una de las escuelas decidir en qué escala se tomaran sanciones, y con la excepción de que, el uso de celulares puede quedar exento en niños que presenten problemas de salud graves o una discapacidad.

A casi 4 años de la publicación de. esta iniciativa proclamada por el presidente Macron, y aprobada por el parlamento francés, aún no se cuenta con estadísticas que comprueben la eficacia de la misma. Aunque en 2019 fuera el ministro de educación en funciones quien afirmara que la adopción de esa decisión había sido un éxito, puesto que los alumnos centraban .su tiempo en la lectura activa, así como la disminución de acoso escolar y el favorecimiento de un ambiente más tranquilo en las aulas francesas; pues, el robo y extravíos de teléfonos celulares había disminuido visiblemente.

Cabe destacar que las opiniones ante esta política pública, son un tanto opuestas entre maestros y escuelas, ya que hay quienes aseguran que no se ha presentado una diferencia notable desde la aprobación de la misma, ya que los colegios no han implementado un cambio en las normas de la institución, tal como se hubiese querido.

Asimismo, tenemos el caso de Australia, quienes, desde el 2019, han optado por prohibir el uso de celulares en las aulas, en alumnos de primaria y secundaria, con el fin de acabar con el ciberacoso y las distracciones en la educación.

Esto se da a partir de una encuesta realizada a 2,000 adultos australianos en el mismo año, la cual arrojó como resultado que casi el 80% de las personas, apoyarían la restricción en el uso de celulares en las escuelas, mientras que un tercio de esa población, apoyó la prohibición total.

No obstante, persiste la preocupación en algunos docentes, ya que, la tecnología es importante para la educación de los niños, así es como, el Sindicato de Educación Australiana de Victoria menciono que: “no podemos perder de vista los beneficios que la tecnología, incluidos los teléfonos móviles, pueden brindar a la enseñanza y al aprendizaje de alta calidad”.17

Aun así, la iniciativa se puso en marcha en el año 2020 y dejaron en claro que al igual que en Francia, los niños que tengan una discapacidad o problemas de salud quedarán exentos, así como la determinación de que, ante una emergencia, los padres se podrán comunicar con la escuela y viceversa.

Por otro lado, tenemos que en algunas regiones de España han querido prohibir el uso de los móviles en las escuelas, mediante una iniciativa popular de las ciudades de Castilla-La Mancha, Galicia y Madrid, donde ya han adoptado esta norma, mientras que en el resto del territorio español no ha sido aceptado incorporar esta iniciativa en el modelo educativo, sino más bien, optan por exhortar al alumnado a ejercer el uso moderado dentro de las aulas.

Esto refleja el contraste de opiniones del país; pero, más allá de ello, es una constante que se ha visto en la opinión pública de Francia y Australia, en cuanto a: “la tecnología puede usarse con fines educativos y que el ciberacoso puede practicarse también fuera del horario escolar.”18

En lo relacionado con los dos países con la tecnología más desarrollada a nivel global, tenemos a Japón y China, quienes han aplicado regulaciones más allá de lo académico, en este sentido, el gobierno japonés- ha estado preocupado por el uso excesivo de celulares en los niños y adolescentes desde el 2018; pero, es hasta el año 2020 que buscan ejercer una especie de “toque de queda digital” para limitar el uso delas tecnologías en adolescentes de 15 a 18 años.

Esto consiste en que, las personas de 12 a 15 años de edad no puedan hacer uso del móvil, después de las 21:00 horas y los jóvenes de 16 a 18 años, se les limite el uso hasta las 22:00 horas; así mismo, el uso de pantallas debe restringirse a 60 minutos diarios en días de clase y 90 minutos diarios en periodo vacacional.

Lo cual ocasiono un gran descontento entre la población más joven del país; pues, un joven de 17 años, decidió impugnar jurídicamente, junto con su madre y un abogado, la reforma que regula esta actividad lúdica. Todo esto bajo la justificación de que: “El tiempo que los niños pueden pasar jugando o usando un teléfono está dentro de las reglas de la familia, no es competencia del gobierno” [...] no es normal que una autoridad administrativa intervenga en la vida de las familias”. En lo que se refiere a China, se presenta con la desventaja de contar con un alto porcentaje de niños y adolescentes. adictos a internet e incluso cuentan con múltiples clínicas de desintoxicación para las mismas. El gobierno chino, en el año 2019, aprueba la regularización del uso de tecnología que: “obligará a las aplicaciones consideradas más perniciosas –incluidas las de vídeos cortos y retransmisiones en directo– a incluir un ‘modo joven’ que restrinja el contenido al que pueden acceder los usuarios menores de edad, así como el tiempo que pueden utilizar el servicio.”20

Con el objeto de: “Evitar que los menores, sobre todo los adolescentes, caigan en la adicción a estas aplicaciones, propiciar que crezcan de forma saludable, y promover la responsabilidad social de las empresas de contenido audiovisual y la integridad de Internet”.21

Finalmente, en México ya se han aplicado algunas propuestas de iniciativas, para prohibir el uso de celulares en las escuelas de nivel básico. En este sentido, el Estado pionero fue Coahuila en el año 2018, con la presentación de la iniciativa ante el Congreso del Estado por la diputada Diana Patricia González Soto, bajo la premisa de que los aparatos tecnológicos deforman el lenguaje y debilita el aprendizaje.

Esto significa que: “la iniciativa de decreto adicionará la fracción VII del artículo 7o. de la Ley Estatal de Educación para Coahuila, sin embargo, prohíbe no solo los celulares sino todo dispositivo móvil de comunicación y de navegación en internet.”22

Otro estado en unirse a esta regularización, fue San Luis Potosí, iniciativa presentada en el Pleno de la LXII Legislatura por el diputado Eugenio Guadalupe Govea Arcos, del partido Movimiento Ciudadano.

Dicha iniciativa, pretende reformar la fracción XXI del artículo 9 de la Ley de Educación del Estado de San Luís Potosí, que establece que: “para el nivel de educación básica de primaria, queda prohibido el uso de teléfonos celulares por parte de los educandos durante el tiempo destinado para la impartición de horas efectivas en clase. El uso de tabletas, computadoras o cualquier otro dispositivo con acceso a internet que sean utilizados por la propia institución educativa para el proceso de enseñanza-aprendizaje, quedan exentos”.23

En cuanto a las posibles soluciones ante este fenómeno, tenemos que, si bien es importante la regularización del uso del teléfono celular en niñas, niños y adolescentes en todas las escuelas de la República Mexicana, también es importante informar y orientar a los padres de familia a utilizar de manera responsable las tecnologías de la información y la comunicación dentro del ambiente familiar.

Para esto, es importante la exhortación a las escuelas públicas y privadas de nivel básico, para implementar pláticas dadas por especialistas para padres de infantes, lo que, les permitirá entender, que sus hijos aprenden de interacciones humanas, no en su interacción con pantallas, así como, orientarlos a realizar actividades didácticas y de autodescubrimiento que ayuden a desarrollar la atención, la planificación y la memoria de trabajo, para dotarlos de virtudes, tales como: la fortaleza y la templanza, que son cualidades que permitirán a su hijos el uso de las nuevas tecnologías de forma responsable.

En cuanto a los padres de adolescentes, que dichas platicas estén enfocadas en brindarles las herramientas necesarias para que no se pierda la comunicación en la familia y que, si llegan a presentar una de las consecuencias por el uso excesivo de pantallas, puedan brindarles la ayuda necesaria para que la problemática no escale.

Finalmente, de igual forma, abrir un espacio para que los adolescentes estén enterados de los riesgos a los que están expuestos cuando no hacen un uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación, ya que, si en algún momento, llegaran a estar envuelto en un problema relacionado con esto, tenga el conocimiento suficiente para actuar de manera responsable.

Como conclusión final, podemos decir que para lograr el uso consiente de las TIC no solo debe de centrarse en la prohibición del uso de las mismas, no es la solución más acertada, pues sólo abarca un ámbito de la vida de los niños y adolescentes. Además de que atacaría la problemática de manera paliativa y no de raíz como se pretende atacar.

En este aspecto, se trata de que tanto las dos instituciones que educan y cuentan con una relevancia contundente dentro de la sociedad, como lo es la familia y la escuela, deben trabajar de la mano para ayudar a que los niños y adolescentes, vivan estas etapas de la manera más sana posible, pues, la mejor preparación para el mundo virtual es la conexión con el mudo real.

Al tenor de lo anterior, someto a consideración de esta soberanía el siguiente proyecto de

Decreto por el que se adiciona una fracción XIV al artículo 9, se adiciona una fracción V al artículo 53, se reforman los artículos 73 y 85, en su fracción II, de la Ley General de Educación

Único. Se adiciona una fracción XIV al artículo 9, se adiciona una fracción V al artículo 53, se reforma el artículo 73 y el 85 en su fracción II de la Ley General de Educación, para quedar como a continuación se expone:

Artículo 9. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias y con la finalidad de establecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho a la educación de cada persona, con equidad y excelencia realizarán, entre otras, las siguientes acciones:

I. ... XIII. ...;

XIV. Establecer estrategias que garanticen el aprendizaje digital, mismas que deberán estar encaminadas a garantizar el uso responsable y consciente, de las tecnologías de la información, así como limitar el uso de las mismas durante el tiempo que los educandos permanezcan en las aulas

Artículo 53. Las autoridades educativas, en el ámbito de sus competencias, impulsarán en todas las regiones del país, el desarrollo de la investigación, la ciencia, las humanidades, la tecnología y la innovación, de conformidad con lo siguiente:

I. ... IV. ...;

V. Fomentar programas que garanticen el uso consciente de las tecnologías de la información, propiciando que los educandos hagan uso de estas para alcanzar su desarrollo personal y profesional.

Artículo 73. En la impartición de educación para menores de dieciocho años se tomarán medidas que aseguren al educando la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad y derechos, y que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto se establezcan.

Los docentes y el personal que labora en los planteles de educación deberán estar capacitados para tomar las medidas que aseguren la protección, el cuidado de los educandos y la corresponsabilidad que tienen al estar encargados de su custodia, así como protegerlos contra toda forma de adicción, maltrato, violencia, perjuicio, daño, agresión, abuso, trata o explotación laboral.

Artículo 85. La Secretaría establecerá una Agenda Digital Educativa, de manera progresiva, la cual dirigirá los modelos, planes, programas, iniciativas, acciones y proyectos pedagógicos y educativos, que permitan el aprovechamiento de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital, en la cual se incluirá, entre otras:

I. ...;

II. El uso responsable y consciente, la promoción del acceso y los límites en la utilización de las tecnologías de información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital en los procesos de la vida educativa y cotidiana;

III. ... VI. ...;

Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. En un plazo no mayor a 180 días naturales, el Ejecutivo deberá realizar las adecuaciones reglamentarias que sean necesarias para garantizar el aprendizaje digital entre los educandos. Para lo cual se sujetará a las asignaciones presupuestales vigentes.

Notas

1 Mírales Brenda, Analítica. La generación smartphone (Ciudad de México; 2021)
https://www.ejecentral.com.mx/analitica-la-generacionsmartphone/#:~:text=1%20de%20febrero%20de%202021,-
Compartir&text=Estos%2Ódispositivos%20se%20han%20colado,tendencia%20que%20va%20al%20alza.

2 Ibídem

3 Instituto Nacional de Estadística y Geografía, Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares, 2020 (México; 2020)
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2021/OtrTemEcon/ENDUTIH_2020.pdf

4 Ibídem

5 Ibídem

6 Sepúlveda Paulina, Niños y Celulares: Más de una hora de uso de pantalla al día produce alteraciones cerebrales (Chile; 2019) https://www.latercera.com/que-pasa/noticia/ninos-y-celulares-mas-de-una-hora-de-uso-de-pantalla-al-dia
-produce-alteraciones-cerebrales/888879/#:~:text=Estudio%20escane%C3%B3%20el%20cerebro%20de,
del%20lenguaje%20y%20habilidades%20cognitivas.

7 Ibídem

8 El Tiempo, Lo que les puede pasar a los ojos de los niños adictos al celular (Colombia; 2019)

https://www.eltiempo.com/salud/lo-que-les-puede-pasar-a- los-ojos-de-los-ninos-adictos-al-celular-421198

9 Ibídem

10 Rincón, Sebastián. “El celular el invitado molesto pero necesario en la educación mexicana” Forbes (México; 2019)

https://www.forbes.eom.mx/el-celular-invitado-molesto-pe ro-necesario-en-la-educacion- mexicana/

11 Ibídem

12 Ibídem

13 Ibídem

14 Ibídem

15 Smith, Rory. “Los niños de Francia ya no pueden tener celulares en las escuelas” (2018)

https://cnnespanol.cnn.com/2018/09/03/los-ninos-de-franc ia-ya-no-pueden-tener-celulares-en-las-escuelas/

16 Forbes, “Francia Prohíbe a alumnos usar celular en las escuelas” (México; 2018)

https://www.forbes.eom.mx/francia-prohibé-a-alumnos-usar -celular-en-las-escuelas/

17 Ibídem

18 https://elpais-com.cdn.ampproject.org/

19 Welle, Deutsche. “Japón Limita el uso de dispositivos y los jóvenes llevan el caso a la corte” (;2020)

https://www:prensalibre.com/vida/deutsche-welle-vida/jap on-limita-el-uso-de-dispositivos-y-jovenes- llevan-el-caso-a-la-corte/

20 Aldama, Zigor. “China se mueve para proteger a la infancia de los móviles” (2019)

https:ljelpais.com/retina/2019/04/25/tendencias/15562000 38 018388.html

21 Ibídem

22 Milenio “Prohibirá el uso de celulares en primarias de Coahuila” (México, 2018)

https://www.milenio.com/estados/prohibiran-uso-de-celula res-en-primarias-de-coahuila

23 Medrano, María. “Buscan prohibir el uso de celulares en las escuelas de San Luis Potosí” (México, 2019)

https://sanluis.eluniversal.com.mx/politica/04-10-2019/b ucean-prohibir-uso-de-celulares-en-escuelas-de-slp

Dado en la Comisión Permanente del honorable Congreso de la Unión, a 6 de julio de 2022.

Diputados: Isaías Bertín Sandoval, Mario Llergo Latournerie, Marcos Rosendo Medina Filigrana, Leonel Godoy Rangel (rúbricas).

(Turnada a la Comisión de Educación. Julio 6 de 2022.)

Que reforma diversas disposiciones del artículo 123 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de jornada laboral, recibida del diputado Andrés Pinto Caballero, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la sesión e la Comisión Permanente el miércoles 6 de julio de 2022

El suscrito, diputado Andrés Pintos Caballero, integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 71, fracción II, y 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 116 y 122, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 55, fracción II, del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten a la consideración de la Comisión Permanente, la iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fraccion 1 y 1 del Apartado A y reforma la fracción I del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

A lo largo de la historia humana el trabajo ha sido la actividad principal, para la obtención de recursos para sobrevivir y tener una vida más digna, el cual puede definirse como “esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza”1 , pero esta no es la única definición valida, existen otras en el derecho o en la economía.

En nuestro país la historia laboral ha sido muy compleja desde la abolición de la esclavitud y nuestra posterior independencia como nación, pues como es sabido el México libre enfrento diversas situaciones entre 1821y 1917, por lo que antes de poder encontrar un país más institucional,se buscó la estabilidad de un gobierno y pensar en los derechos de la fuerza trabajadora de nuestra patria era algo que estaba en segundo término.

Esto derivado de los constantes abusos que existieron en contra de los trabajadores a lo largo de los siglos XIX y principios del XX, no fue sino hasta la promulgación de la Constitución de 1917 cuando hubo más derechos laborales y protección en pro de todos los mismos, ubicados en el artículo 123, el cual además expresa los siguiente:

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo;conforme a la ley.

Posterior a ello, nace en agosto de 1931 la primera Ley del Trabajo en México expedida por el expresidente Pascual Ortiz Rubio2 , la cual tuvo en términos generales la función de tutelar a nuestros trabajadores.

Asimismo, uno de los grandes logros obtenidos por los trabajadores en el México revolucionario, fue la implementación de un horario laboral más justo y menos extenuante el cual constaría de solo 8 horas diarias dando un total de 48 a la semana, sin embargo, con el paso del tiempo esta jornada no se ha reducido a pesar de ya haber transcurrido más de 100 años desde la implementación de esta propuesta, alejándonos de la realidad laboral internacional actual, convirtiendo a nuestro país en uno de los que más horas se trabaja en la actualidad a nivel mundial.

Pues de acuerdo con una investigación realizada por la Coparmex de Nuevo León, México es el país de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos en donde, en promedio, se dedican más horas al trabajo. Datos de 2019 muestran que son, en promedio 2 mil 137 horas al año; mientras que los países de la OCDE tienen un promedio de mil 730 horas. Es decir, que en México se trabaja 23 por ciento más horas.3

Pero esto no quiere decir que a mayor tiempo de trabajo la producción aumente, esto tiene más que ver con creencias y prejuicios que han normalizado las jornadas excesivas y que han ligado al tiempo libre y el descanso a actividades mal vistas por los empleadores, cuando estas son actividades fundamentales para la recuperación del tejido social en México.

La realidad es que con la llegada de las TIC (tecnologías de la información y las comunicaciones) y su constante evolución, además de la reciente pandemia provocada por el virus SARS-CoV-2 originario de China, la vida laboral ha cambiado radicalmente en el mundo y por supuesto que nuestro país no ha sido la excepción.

Las nuevas modalidades de trabajo desde casa y el uso de herramientas digitales hacen que se requiera modificar y actualizar nuestra carta magna para ser más competitivos, pues es tendencia mundial la reducción de los tiempos dedicados al trabajo y cambiarlos por nuevas formas de proceso más eficientes, donde la cantidad de horas no son lo importante si no el trabajo realizado.

Tal es el caso de Islandia, donde se decidió acortar la semana laboral a 4 días y reducir los tiempos de trabajo, también Bélgica o España quienes han decidió probar la propuesta para beneficiar a sus trabajadores.

A pesar de los buenos resultados, obtenidos en Islandia en el experimento, realizado de 2015 a 20194 la propuesta en nuestro país aún genera ciertas dudas, pero la realidad es que nos encontramos en los peores lugares para vivir a nivel mundial en cuanto a el equilibrio entre la vida personal, familiar y el trabajo, teniendo como consecuencia que muchos trabajadores opten por emplearse de manera informal para determinar ellos mismos sus horarios para laborar.

En México los empleados de tiempo completo por la constante presión dedican menos horas de su día al cuidado personal, lo que puede resultar perjudicial para la salud por el aumento de la fatiga, el estrés y el sueño, asimismo, estos desequilibrios ponen en peligro la seguridad e incrementan el riesgo de accidentes de otros trabajadores, por la reducción de la atención a sus responsabilidades laborales, además de que· a largo plazo estos males causaran un descenso significativo en su productividad.

Provocando un deterioro en su calidad de vida y posteriormente causando trastornos de ansiedad o depresión, que se ven reflejados en problemas personales o familiares, pues de acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social, 75 por ciento de los mexicanos padece fatiga por estrés laboral, superando a países como China y Estados Unidos5 .

Aunado a esto las largas jornadas de trabajo pueden aumentar las muertes por enfermedades cardíacas y accidentes cerebrovasculares, según la Organización Internacional del Trabajo y la Organización Mundial de la Salud6 por lo que se hace aún más necesario para el gobierno en turno y para los empresarios pensar seriamente la reducción del horario laboral mediante la reorganización de las actividades a realizar, sin afectar a los trabajadores principalmente evitando la reducción de salarios.

En el caso de los horarios nocturnos en nuestro país este consta de 7 horas máximo, las cuales se dan entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana dando un total de 42 a la semana7 pero la realidad es que estas se pueden entender por la necesidad del trabajador.

Y estas largas jornadas de trabajo por la noche generan diversas afectaciones en la salud mental de los individuos, por todos los cambios neurobioquímicos que se generan, además influye en las relaciones interpersonales debido a que el cambio de horario genera aislamiento social; ya que comúnmente es difícil combinar los horarios de trabajo con los horarios de sus familias, amistades y demás, conduciendo a problemas de irritabilidad, trastornos psíquicos, crisis conyugales y trastornos sexuales.8

Por último, la Universidad Nacional Autónoma de México en su exposición titulada “Efectos en la salud por el trabajo nocturno y cambio de turno”, enfatizó que el ser humano está diseñado para dormir de noche y trabajar de día; por lo que no es posible que se modifique la estructura del organismo por el cambio de turno, argumentando que “no existe una real adaptación, ya que durante la noche, despierto o dormido, se presenta disminución de los signos vitales (temperatura, absorción digestiva y actividad hormonal”9 .

Trabajo corroborado por la Universidad Autónoma de Sinaloa en 2011en su investigación llamada “Trastornos de salud en trabajadores del turno nocturno”, dicha investigación expone que:

Los riesgos de trabajo se incrementan notablemente bajo la circunstancia del turno nocturno, con base en investigaciones realizadas en años recientes arrojando como resultado que el trabajo nocturno puede comprometer la salud, el bienestar y el rendimiento laboral.10 .

De esta forma se hace imperativo la necesidad de no solo reducir el horario de trabajo diurno de 8 a 7 horas, sino también el horario nocturno para que este pase a ser de 7 a 6 horas, dando un total de 42 y 36 horas semanales respectivamente, entendiendo que el horario de trabajo nocturno no puede desaparecer por las necesidades actuales, pero reduciendo la carga laboral se reducirían sus afectaciones en la ya deteriorada salud de los trabajadores mexicanos, pues recordemos que uno de nuestros principales objetivos como legisladores federales es velar por el bienestar y los intereses de nuestros representados a través de la justicia social.

Por lo expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente iniciativa:

Proyecto de

Decreto por el que se reforma la fracción I y II del Apartado A y se reforma la fracción I del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Único. Se reforma la fracción I y II del Apartado A y se reforma la fracción I del Apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

A. ...

I. La duración de la jornada máxima será de siete horas al día, dando un total máximo de 42 horas a la semana.

II. La jornada máxima de trabajo nocturno será de 6 horas. Quedan prohibidas: las labores insalubres o peligrosas, el trabajo nocturno industrial y todo otro trabajo después de las diez de la noche, de los menores de dieciséis años;

B. ...

I. La jornada diaria máxima de trabajo diurna y nocturna será de siete y seis horas respectivamente. Las que excedan serán extraordinarias y se pagarán con un ciento por ciento más de la remuneración fijada para el servicio ordinario. En ningún caso el trabajo extraordin’ario podrá exceder de tres horas diarias ni de tres veces consecutivas;

Artículos Transitorios

Primero . El presente decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión tendrá 180 días naturales una vez entrado en vigor el presente decreto, para adecuar la legislación secundaria.

Tercero. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente decreto.

Notas

1 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública “Trabajo” 2006 disponible en
http://archivos.diputados.gob.mx/Centros_Estudio/Cesop/Eje_te matico/d_trabajo.htm

2 Instituto de investigaciones Jurídicas de la UNAM, autor Néstor de Buen, 2018, disponible en
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2458/10.pdf

3 Corparmex Nuevo León, México, uno de los países donde más horas se trabaja pero no necesariamente se produce más, 2022, disponible en

https://coparmexnl.org.mx/2022/04/08/mexico-uno-de-los-paises­que-mas-horas­trabajan/
#:-:text=M%C3%A9xico%20es%20el%20pa%C3%ADs%20de,se%20trabaja%2023%25%20m%C3%A ls%20horas.

4 BBC News Mundo, El rotundo éxito del experimento en Islandia con la semana laboral de 4 días, año 2021, disponible en

https://www. bbc.com/mundo/noticias-internacional-57730848

5 Instituto Mexicano del Seguro Social, Estrés Laboral, 2019, disponible en

http://www.imss .gob.mx/salud-en-li nea/estres-laboral

6 Organización Internacional del Trabajo, Las largas jornadas de trabajo pueden aumentar la muerte por enfermedades cardíacas y accidentes cerebrovasculares, según la OIT y la OMS, 2021, disponible en

https://www.ilo.org/global/about-the-i lo/newsroom/news/WCMS_79221/lang—es/index.html

7 Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, Jornadas de Trabajo, 2018, disponible en https://www.gob.mx/profedet/es/articulos/jornada-de-trabajo?idiom=es

8 Escuela de Enfermería, Universidad de Costa Rica, Costa Rica, Riesgo de los turnos nocturnos en la salud integral del profesional de enfermería, 2013, disponible en

https://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pld=S1132-12962013000200008#:-:text=
El%20horario%20nocturno%20no%20solo,horarios%20de%20trabajo%20con%201os

9 Facultad de Medicina, UNAM, Efectos en la salud por el trabajo nocturno y cambio de turno, 2001, disponible en

http://www.facmed.unam .mx/_gaceta/gaceta/a br252001/saltraba.html

10 Universidad Autónoma de Sinaloa, Trastornos de Salud en Trabajadores del Turno Nocturno, año 2011, disponible en https://biblat.unam.mx/hevila/ArchivosdesaludenSinaloa/2011/volS/no4/5. pdf

México, Ciudad de México, a 6 de julio de 2022.

Diputado Andrés Pintos Caballero (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales. Julio 6 de 2022.)

Que adiciona diversas disposiciones a los artículos 3 y 4 de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza, recibida de la diputada Araceli Celestino Rosas, del Grupo Parlamentario del PT, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

La suscrita, Araceli Celestino Rosas, diputada en la LXIV Legislatura de la honorable Cámara de Diputados e integrante del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento .de la Cámara de Diputados y el numeral undécimo del acuerdo por el que se establecen la reglas básicas para el funcionamiento de la ·Comisión Permanente del Congreso de la Unión, somete a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a los artículos 3 y 4 de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza; al tenor de la siguiente:

Exposición de Motivos

El 26 de marzo de 2019, se pública en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reformas al artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el que se crea la Guardia Nacional. En el artículo Transitorio Cuarto, de dicho decreto, se mandató al Congreso de la Unión para expedir un conjunto de leyes secundarias que permitieran el adecuado funcionamiento de la Guardia Nacional.

En la fracción III del Transitorio Tercero, se mandata a las Cámaras del Congreso de la Unión para expedir la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y en diez numerales se establecen las previsiones que debe contener dicha ley.

Para dar cumplimiento al mandato derivado del artículo Transitorio Cuarto antes citado las Cámaras del Congreso de la Unión aprobaron la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza que fue promulgada por el presidente de la República, compañero Andrés Manuel López Obrador, el 27 de mayo de 2019 y publicada, en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, en la misma fecha.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos, a través de su entonces titular, interpuso ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación una Acción de lnconstitucionalidad en donde impugnó la validez de la totalidad de la ley, bajo el argumento de que las .cámaras del Congreso de la Unió incurrieron en lo que se denomina: “Omisiones legislativas, relativas en ejercicio obligatorio”.

La acción de inconstitucional referida fue. radicada bajo el expediente Al-64/2019, que fue resuelta por el pleno de nuestro máximo tribunal, el martes 26 de octubre de 2021.

En los resolutivos de dicha sentencia, en el cuarto, en particular se declara la invalidez del artículo 6, fracción VI, en su porción normativa “epiletal”, y que deja intocado el resto del contenido de la fracción VI, por lo que no será materia de la presente iniciativa.

En el resolutivo quinto se declaran fundadas las omisiones legislativas relativas en competencia de ejercicio obligatorio.

En el resolutivo sexto se condena al Congreso de la Unión para que en el siguiente período ordinario de sesiones que inicia en febrero de 2022, legisle para establecer en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza la finalidad del uso de la fuerza y la sujeción del uso de la fuerza a los principios de racionalidad y oportunidad .

De los resolutivos y del capítulo de efectos, se desprende con nitidez .el mandato a las Cámaras del Congreso de la Unión para reformar la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza a los parámetros contenidos en la sentencia de la Corte.

Es de todos conocido que en el pasado segundo período de sesiones ordinarias del primer año de ejercicio de la LXV Legislatura, no se realizaron las reformas a las que el Poder Legislativo está obligado.

Porlo tanto, propongo que en el artículo 3, de la Ley Nadonal sobre el Uso de la Fuerza, se adicione el concepto de finalidad del uso de la fuerza y en el artículo 4, se adicionen las fracciones VI y VII, para incluir los conceptos de racionalidad y oportunidad en el uso de la fuerza.

Todo ello derivado del contenido del capítulo tercero numerales 1.1. y 1.2. vinculados al capítulo de Efectos y del resolutivo quinto de la sentencia de la suprema corte de justicia de la nación dictada en la acción de lriconstitucionalidad 64/2019.

En consecuencia y en ánimo de que las comisiones correspondientes de dictamen legislativo, cuenten con las iniciativas que nos permitan dar cumplimiento al mandato de nuestro más alto tribunal, junto a las iniciativas que ya han sido presentadas por compañeras y compañeros Legisladores, someto a la consideración de la Cámara de Diputados, a través de la Comisión Permanente, la presente iniciativa que contribuirá a cumplir con lo que se nos ha ordenado en el entendido de que el mandato de la Corte solo se circunscribe a un objetivo:

a) Finalidad del úso de la fuerza y la sujeción del uso del uso de la fuerza a los principios de racionalidad y oportunidad.

Por las consideraciones antes expuestas y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a la consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones a los artículos 3 y 4 de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza

Artículo Único. Se adiciona una nueva fracción IX, corriéndose en su orden la actual fracción IX, para pasar a ser fracción X y así sucesivamente al artículo 3 y se adicionan las fracciones VI y VII al artículo 4 de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza, para quedar como sigue:

Artículo 3. Para los efectos de la presente ley, se entenderá por:

I. a VIII. ...

IX. Finalidad del uso de la fuerza: la que tiene el propósito fundamental de reestablecer las condiciones de armonía social previa a su vulneración por eventos realizados por particulares con el propósito de salvaguardar la seguridad de las personas y de sus bienes.

X. a XV. ...

Artículo 4. El uso de la fuerza se regirá por los·principios de:

I. a V. ...

VI. Racionalidad: consiste en que no haya valoraciones subjetivas de los . hechos que motivan la actuación de la fuerza pública, y

VII. Oportunidad: consiste en determinar el momento apropiado de intervención de la fuerza pública para reducir al máximo los daños y afectaciones a las personas y, en general, de los derechos de éstas.

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, el 6 de julio de 2022.

Diputada Araceli Celestino Rosas (rúbrica)

(Turnada a las Comisiones Unidas de Seguridad Ciudadana y Gobernación y Población.)

Con proyecto de decreto, por el que se expide la Ley de Gobierno de Coalición, recibida de la diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, del Grupo Parlamentario del PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

La suscrita, diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo establecido en los artículos 71, fracción II, y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Gobierno de Coalición.

Exposición de Motivos

Frente a una sociedad harta del miedo que paraliza, somete y divide, la política mexicana necesita apostar por la reconciliación: acercar los extremos, conformar equipos donde el mérito y la capacidad cuenten para integrar planes de gobierno y agendas legislativas comunes. Sin duda alguna las alianzas electorales deben evolucionar hacia gobiernos de coalición, pero sobre todo a mecanismos que permitan incluir a las y los ciudadanos.

La presente propuesta busca construir un camino al diálogo institucional entre el gobierno, las fuerzas políticas representadas en el congreso y la ciudadanía. Debemos dar la lucha contra el atraso, la apatía y el autoritarismo que está marcando el rumbo de este país, un país polarizado que nos está costando el futuro de las próximas generaciones.

Desde el gobierno nos venden la idea de que, para construir un mejor México debemos estar en un solo bando, que para participar debemos estar de un lado o de otro, nos venden la idea de que dividir es sumar, y aquel que no coincide o piensa distinto se le señala como adversario y se le acusa de no querer un México mejor. El problema con esta estrategia es que cada vez más el gobierno, los partidos y las y los ciudadanos nos alejamos.

Los datos están frente a nosotros, en las recientes elecciones se observó que fue el abstencionismo el gran ganador, en algunos estados como Oaxaca se registró un 62 por ciento y, en promedio en las entidades que renovaron gubernaturas, fue de casi 54 por ciento. La ausencia de la ciudadanía dio paso al clientelismo y al chantaje electoral.

Por esta razón, la responsabilidad debemos asumirla primero quienes nos dedicamos a la política, demostrando que la solución está al alcance, actualmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución del Estado de México ya prevén el reconocimiento de los Gobiernos de Coalición; sin embargo, aún hace falta una legislación reglamentaria donde se establezcan normas y compromisos recíprocos, se especifiquen las causas de disolución, los nombramientos en el gabinete y se puedan definir los contenidos del programa de gobierno y la agenda legislativa de conjunto.

Las elecciones de 2023 son la oportunidad para lograrlo: reconciliar para que nadie se quede atrás, para quitar la reversa que nos pretenden imponer y acelerar hacia el progreso; para responder, unidos por nuestras coincidencias, a los retos de una sociedad diversa y plural.

Por eso, hoy más que nunca es necesaria la creación de una garantía de inclusión, que, sin excesiva reglamentación, siente las bases de un equilibrio político y asegure la gobernabilidad democrática.

Regresar al pasado no va a solucionar los problemas de hoy. El atraso se resuelve mirando al futuro, ampliando el horizonte para el desarrollo, aprovechando y potenciando el bono demográfico que tenemos, el talento. Y la capacidad de la juventud: está bien darles apoyos en el presente, pero enfoquémonos también en construir las condiciones para que su porvenir sea mejor.

Urge ir más allá de las coaliciones partidistas y apostar por una gran coalición ciudadana, que escuche a la sociedad, a partir de su inclusión en la toma de decisiones.

Por ello, esta iniciativa pretende incluir las prioridades, propuestas e inquietudes de la ciudadanía como uno de los ejes rectores en la conformación del programa de acción de un gobierno de coalición y una participación activa en la toma de decisiones al interior del gabinete emanado de dicho gobierno estableciendo lo siguiente:

a) Garantizar que la integración del programa se realice con la participación de la ciudadanía escuchando a todos los sectores a través de consultas, diagnósticos y evaluaciones de la política pública. Saber qué funciona, cómo funciona y qué propone la ciudadanía para mejorar y priorizar.

b) El programa de gobierno de coalición debe reflejar estas prioridades y transformarlas en soluciones y acciones concretas.

c) Se propone que en el gabinete conformado por el gobierno de coalición la ciudadanía, la academia y especialistas tengan un espacio mediante consejos consultivos que aporten ideas y participen en la toma de decisiones con voz y sobre todo que den seguimiento puntual a los compromisos realizados.

Estoy convencida de que debe existir una gran coalición con la ciudadanía que considere a quienes coinciden con los partidos políticos y sus proyectos de gobierno, pero que también incluya a quienes no se sienten representados y que tienen muchas ideas y propuestas que aportar.

El gobierno de coalición una opción democrática

Esta propuesta busca fortalecer un sistema político en donde impere la legalidad y el pluralismo, así como la tolerancia, dando como resultado autoridades responsables en donde quepa la rendición de cuentas y la transparencia, ambos sustentos del gobierno abierto.

De darse un gobierno coaligado, surge la posibilidad de que exista una balanza jurídica de la que se fortalezca el estado de derecho y permita la participación transversal de las fuerzas políticas, lo que se traducirá en mecanismos de control más eficaces.

El gobierno de coalición es una alternativa de gobernabilidad democrática en el que se suman los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión y el partido en el poder a fin de coaligarse de forma efectiva produciendo una agenda conjunta en la que compartan la toma de decisiones, las responsabilidades política, jurídica y administrativa del peso que implica organizar y dirigir el gobierno del Estado.

Algunos autores consideran que en nuestro país han existido gobiernos de coalición al menos desde la década de los noventa del siglo pasado, sin contar con la nomenclatura y el revestimiento legal necesario, ya que en sexenios pasados algunos secretarios de Estado tuvieron una filiación partidista diferente a la del partido en el poder, sin embargo, un gobierno de coalición va mucho más allá a las preferencias políticas o a las militancias partidistas.

Dentro de los cambios constitucionales que se aprobaron en la reforma político electoral de 2014 se estableció la posibilidad de facultar al titular del Poder Ejecutivo federal para que en cualquier momento opte por establecer un gobierno de coalición mediante la celebración de un convenio; la fracción XVII del artículo 89, se establece que el presidente de la República:

“Articulo 89. Las facultades y obligaciones del presidente son las siguientes:

XVII. En cualquier momento podrá optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión.

El gobierno de coalición se regulará por el convenio y programa respectivos, los cuales deberán ser aprobados por la mayoría de los miembros presentes de la Cámara de Senadores. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición.”

Ahora bien, un gobierno de coalición es una modalidad que implica una gran apertura y tolerancia ideológica, que en esencia busca equilibrar el ejercicio del poder al mismo tiempo que buscará unificar socialmente al Estado.

Por lo que este modelo de gobierno debe entenderse como un espacio donde todas las voces caben, proponen y son tomadas en cuenta, por ello es imprescindible que la legislación secundaría incluya la participación de la ciudadanía como una parte fundamental del ejercicio de gobierno.

De igual manera es necesario que las fuerzas políticas integrantes realicen un ejercicio de contraste de las plataformas electorales con las que postularon a sus respectivos candidatos en el previo proceso electoral a efecto de identificar coincidencias programáticas que se puedan volver una agenda de gobierno.

Asimismo, el programa, debe cumplir mínimamente con ejes claros y concisos desde el ámbito económico, de seguridad, inclusión, competitividad internacional, con perspectiva de género, desarrollo sostenible y sustentable, y que incluya todas las dimensiones administrativas que implica el ejercicio del poder ejecutivo, siempre con pleno respeto y garantizando los derechos humanos.

Además, los autores del convenio de coalición gubernamental deben tener la oportunidad para reformular los planteamientos que se presentaran de forma conjunta en temas en los que no hubo coincidencia, pues la dirección del gobierno coaligado implica la creación de una plataforma unificada, por lo que en los puntos en discordia se deberán tomar acuerdos que privilegien la inclusión democrática de los miembros.

Debido a que el gobierno de coalición es una variante potestativa del Ejecutivo, es decir, permite al presidente de la República “optar” en el momento que lo desee o le sea más conveniente por dicha forma de gobierno, igualmente deberá ser una potestad del presidente “optar” por terminarlo cuando así lo crea pertinente, por lo que no queda obligado durante todo su mandato a abrir los espacios en el gabinete a la oposición y puede también evitar la ratificación del gabinete por parte del Congreso.

La conformación y la disolución del gobierno de coalición será una prerrogativa exclusivamente presidencial; no se debe omitir, que la titularidad del Ejecutivo es obtenida mediante sufragio ciudadano, y como cabeza de Estado corresponde a la Presidencia de la República el establecimiento del gobierno, sea este de coalición o no.

Uno de los principales beneficios de optar por un gobierno de coalición es que en el escenario de que la integración del Congreso de la Unión no exista una mayoría de legisladores del partido político al que pertenezca el presidente, no exista un obstáculo político que dificulte al Ejecutivo alcanzar los acuerdos necesarios para impulsar las reformas necesarias que den forma a la agenda del gobierno, por el contrario, se abre la posibilidad de que el partido en el poder, conforme una agenda conjunta con sus pares en el congreso y se generé una agenda de gobierno en común.

Desde la reforma de 2014 han existido diversas propuestas de regulación del contenido de la fracción XVII del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo las siguientes:

• Iniciativa con proyecto de Ley Federal de Gobierno, Reglamentaria de los Artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del diputado Silvano Aureoles Conejo del PRD (2014).

• Ley Federal de Gobierno de Coalición, Reglamentaria de los Artículos 76 y 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Propuesta, del diputado Omar Ortega Álvarez, del PRD (2016).

• Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona distintas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para hacer obligatoria la figura de gobierno de coalición, presentada por el diputado Jorge Álvarez Máynez, de MC (2017).

• Iniciativa con proyecto de decreto por el que se expide la Ley para el Gobierno de Coalición, presentada por el diputado Manlio Fabio Beltrones, del PRI.

• La iniciativa con proyecto de decreto por la que se expide la Ley del Gobierno de Coalición, Reglamentaria de los Artículos 76, Fracción II, y 89, Fracción XVII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promovida por los diputados Federico Döring Casar, José Hernán Cortés Berumen y María Guadalupe Murguía Gutiérrez, del PAN (2018).

• Iniciativa de Ley Federal del Gobierno de Coalición, Reglamentaria de los Artículos 76, Fracción II, y 89, Fracción XVII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, presentada por el senador Miguel Ángel Mancera Espinosa (2018). ·

• Destaca además la propuesta de ley realizada por entre el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados durante la LXIV Legislatura y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, en la publicación del Estudio sobre el Sistema Presidencial Mexicano, que contiene el anteproyecto de Ley del Gobierno de Coalición, en la que se contó con la destacada participación del doctor Diego Valadés Ríos y del doctor Daniel Armando Barceló Rojas, en colaboración con el doctor César Astudillo Reyes, doctor Héctor Fix-Fierro, doctor José Gamas Torruco, el doctor Pedro Salazar Ligarte y José María Serna de la Garza.

En el ámbito académico destacan las aportaciones del doctor Diego Valadés Ríos, profesor e investigador emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México, quien opina que el gobierno de coalición generaría un control interorgánico, estableciéndose una conexión entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo, haciendo del gabinete un espacio político en donde los partidos hacen valer su influencia a través de acuerdos, dando base al propio gobierno.

Asimismo, el doctor Héctor Virgilio Esaú Jaramillo Rojas refiere la necesidad de esta modalidad de gobierno, para de fortalecer la gobernabilidad democrática que da estabilidad al país y que debe preservarse para la posteridad en abono del funcionamiento del Estado. Este académico hace una revisión de los contenidos que debe incluir la legislación secundaria de la materia, destacando los requisitos mínimos que debe incluir el convenio de gobierno de coalición, la naturaleza programática que debe ser considerada y la indispensable participación de la ciudadanía.

La gobernabilidad democrática se define como una función pública sana y proclive a la armonización de actores y poderes públicos. Resulta así el mejor indicador para garantizar la estabilidad política en el quehacer gubernamental, y el referente indiscutible que permite darle vida a la nación.

Por lo que partidos y candidatos tienen que comprometerse con la sociedad, diseñando propuestas de políticas públicas que no solo mejoren los servicios, sino que tengan a bien crear y promover ambientes que incentiven el potencial de diversos recursos, con el fin de apoyar el desarrollo económico y poblacional con lo que se pretende que las inversiones impacten de manera positiva directamente en servicios educativos, de salud y bienestar social, entre muchos otros.

Por lo expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable Cámara de Diputados, la siguiente iniciativa con proyecto de

Decreto por el que se expide la Ley de Gobierno de Coalición

Titulo Primero
Disposiciones Generales

Artículo 1. La presente ley es de orden público y tiene por objeto regular los artículos 76, fracción II, y 89, fracción XVII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de gobierno de coalición.

Artículo 2. Es facultad exclusiva de la persona titular de la Presidencia de la República optar en cualquier momento por formar un gobierno de coalición con uno o varios partidos políticos que se encuentren representados en el Congreso de la Unión.

Artículo 3. La designación y nombramiento de las personas titulares de la administración pública paraestatal en el supuesto de que se celebre un gobierno de coalición será realizada por los secretarios rectores del ramo administrativo que corresponda.

Titulo Segundo

Capítulo I

Sección I
Del convenio de coalición

Artículo 4. El convenio de coalición es el instrumento jurídico contractual celebrado entre el Poder Ejecutivo y uno o más partidos políticos representados en el Congreso de la Unión para la elaboración y ejecución de un programa de gobierno compartido y común, así como la creación de un gabinete de coalición.

El convenio de coalición deberá contener cuando menos:

a) Objeto del convenio de coalición.

b) Establecimiento de las partes que celebran el convenio, incluyendo al Poder Ejecutivo, y el o los partidos políticos representados en el Congreso de la Unión que se coaligaran.

c) Agenda de gobierno de coalición en la que consten puntualmente los principios generales que se propone alcanzar y operar el gobierno de coalición.

d) Ejes de acción generales alineados a la agenda del gobierno de coalición.

e) Objetivos específicos por cada eje de acción general para la implementación del gobierno de coalición.

f) Acciones específicas del gobierno de coalición que se instrumenten de forma ordenada, sistemática, cuantificable y de forma escalonada mediante la operación del programa de gobierno de coalición.

g) Asignación de carteras de gobierno específicas para los partidos políticos coaligados con el Poder Ejecutivo en gobierno de coalición.

h) Establecimiento de la agenda legislativa que deberá ser adoptada por los partidos políticos en el Congreso de la Unión a efecto de llevar a cabo las reformas necesarias del gobierno de coalición, sin menoscabo de las atribuciones constitucionales establecidas al Poder Ejecutivo y al Congreso de la Unión.

i) Obligatoriedad del Programa de Gobierno de Coalición aprobado y ratificado por el Senado de la República.

j) Causales de disolución del gobierno de coalición.

Artículo 5. La designación y nombramiento de los coroneles y generales queda reservada al Poder Ejecutivo, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 6. El convenio podrá ser modificado mediante adendum celebrado por quienes integran el gobierno de coalición previo acuerdo y ratificado por el Senado de la República.

Artículo 7. El convenio de coalición será remitido al Senado de la República por conducto de la persona titular de la Secretaría de Gobernación. El procedimiento para su aprobación o modificación se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y su Reglamento.

Artículo 8. El convenio y cualquiera de sus modificaciones deberán ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación y tendrá vigencia desde el día siguiente de la aprobación que realice el Senado de la República y durante el tiempo que se especifique en el convenio mismo o hasta finalizar el periodo sexenal correspondiente.

Sección II
De la disolución del convenio de coalición

Artículo 9. El gobierno de coalición podrá ser disuelto a instancia del Poder Ejecutivo de forma potestativa de conformidad con lo establecido en el artículo 89, fracción XVII, de la Constitución Política de. los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 10. Son causales de disolución del convenio de coalición las siguientes:

I. El incumplimiento por cualquiera de las partes de las cláusulas del convenio de gobierno de coalición.

II. El voto contrario de los partidos políticos del gobierno de coalición para la aprobación de las reformas pactadas, el Presupuesto de Egresos o la Ley de Ingresos.

III. El cumplimiento del tiempo de vigencia del convenio de gobierno de coalición.

IV. Por disolución, revocación o cancelación del registro del partido o partidos políticos que integren el convenio.

V. Al finalizar el sexenio correspondiente.

Artículo 11 . La disolución del gobierno de coalición surtirá plenos efectos mediante acuerdo emitido por el Poder Ejecutivo y publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Sección III
Del programa de gobierno de coalición

Artículo 12. El programa de gobierno de coalición es un instrumento de carácter jurídico programático, en el que se plasman los criterios generales, ejes, objetivos, acciones específicas y prioridades para instrumentar de forma ordenada y escalonada la agenda del gobierno de coalición.

Artículo 13. El programa deberá prever políticas enfocadas en el eficaz desempeño de la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible del país, con perspectiva de interculturalidad y de género, y deberá tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales, ambientales y económicos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 14. Para la elaboración e integración del programa de gobierno de coalición se deberá garantizar la participación de la ciudadanía mediante consulta de los diversos grupos sociales, con el propósito de que dicho programa incorpore sus opiniones y prioridades.

Dicha participación deberá ser lo más amplia posible considerando a las organizaciones representativas de los obreros, campesinos, pueblos y grupos populares; de las instituciones académicas, profesionales y de investigación de los organismos empresariales; y de otras agrupaciones sociales.

Las comunidades indígenas deberán ser consultadas y podrán participar en la definición de los programas federales que afecten directamente el desarrollo de sus pueblos y comunidades.

El programa deberá contener un apartado específico que refleje los resultados de la participación ciudadana y aquellas acciones que se realizarán y vincularán con los criterios generales, ejes, objetivos, acciones específicas y prioridades a desarrollar.

Artículo 15. Del programa de gobierno de coalición se establecerán acciones específicas que deberán realizarse en cada ramo programático a efecto de realizar acciones de gobierno concretas.

Artículo 16. Cada ramo elaborará programas especiales para el cumplimiento de los ejes, objetivos y acciones específicas siempre guardando conformidad con los criterios y límites establecidos en el programa de gobierno de coalición.

Artículo 17. La Defensa Nacional, así como el mando del Ejército, Fuerza Área, Marina y la Política Exterior se reservan al ámbito de competencia del Poder Ejecutivo.

Artículo 18. El Programa de Gobierno de Coalición y los programas especiales por ramo estarán sujetos a los criterios de fiscalización y evaluación que las leyes determinen.

Artículo 19. El procedimiento para aprobar el programa al interior del Senado se realizará de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y de su Reglamento interior.

Artículo 20. La operación y puesta en marcha del programa de gobierno de coalición y los programas especiales por ramo no invalida, anula, o suspende la operación de los planes y programas establecidos en las leyes de carácter federal y general.

Título III

Capítulo del Gabinete

Sección I
De la formación y potestades del gabinete del gobierno de coalición

Artículo 21. El gobierno de coalición estará integrado por los titulares de los órganos de gobierno especificados en esta ley. El gabinete del gobierno de coalición será integrado únicamente por las secretarías de Estado.

Artículo 22. Los acuerdos del gabinete son obligatorios para las secretarías de Estado y para las y los titulares de cada ramo operativo del programa del gobierno de coalición.

Artículo 23. Las Secretarías de Estado, las y los titulares de los órganos de gobierno y de la administración pública paraestatal se regirán por esta ley darán cumplimiento a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Artículo 24. Se establecerá una Secretaría Técnica de Gabinete la cual será una instancia de coordinación técnica y de carácter auxiliar entre la Oficina de Presidencia de la República y el Gobierno.

Sección II
De la responsabilidad política

Artículo 25. Es responsabilidad del presidente la unificación política del Estado en un gobierno de coalición.

Artículo 26. Es responsabilidad de los miembros del gabinete la actuación, resultados y efectos que tenga un gobierno de coalición, procurando en todo momento la unificación política del Estado.

Artículo 27. El gobierno de coalición implica que los miembros del convenio comparten la responsabilidad de los efectos políticos y los resultados del programa de gobierno de coalición y de las políticas implementadas.

Sección III
Integración del gabinete

Artículo 28. Las personas titulares de las secretarías de Estado que formen parte del gabinete del gobierno de coalición serán designadas por el Poder Ejecutivo en los términos establecidos en el convenio de coalición.

Artículo 29. Las personas titulares de las secretarías de Estado designadas para integración del gabinete del gobierno de coalición deberán ser aprobados por el Senado de la República de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y su Reglamento.

Artículo 30. Las personas titulares de las Secretarías de Estado que integran el gabinete podrán ser removidos del encargo por acuerdo de la Presidencia de la República de conformidad con lo pactado en el convenio de coalición.

Artículo 31. En caso de modificación del gabinete del gobierno de coalición el Poder Ejecutivo enviará una nueva propuesta para someterse al procedimiento de ratificación.

Artículo 32. Las personas titulares de las secretarías, así como las y los titulares de los órganos de gobierno deberán contar con experiencia probada de titularidad de cuando menos 5 años en el ramo al que fueron designados.

El Poder Ejecutivo deberá remitir al Senado de la República la propuesta de designación del secretario de Estado para su inclusión en el gabinete, con la documentación que acredite plenamente la experiencia mínima de cinco años en el ramo designado.

Artículo 33. Las personas titulares de las secretarías de Estado deberán comparecer anualmente ante el Congreso de la Unión a rendir el informe y estado en que se encuentran los asuntos asignados a su ramo.

Título IV
De la Coalición Ciudadana

Artículo 34. El gobierno de coalición contará con un Consejo Consultivo Académico, misma que será una instancia de carácter participativo con voz en el gabinete y cuya principal función es brindar opinión técnica de las políticas, acciones y estrategias que integran el programa de gobierno de coalición.

Los miembros del Consejo Consultivo académico serán designados mediante la propuesta de Poder Ejecutivo y ratificados por el Senado, dichos nombramientos serán de carácter honorario.

Artículo 35. El gobierno de coalición contará con un Consejo Consultivo Ciudadano mismo que será una instancia de carácter participativo con voz en el gabinete y cuya principal función es comunicar y dar seguimiento a las necesidades ciudadanas para la consideración de las políticas, acciones y estrategias que integran el programa de gobierno de coalición.

Los miembros del Consejo Consultivo Ciudadano serán designados mediante la propuesta de Poder Ejecutivo y ratificados por la Cámara de Diputados, dichos nombramientos serán de carácter honorario.

Artículo 36. La ciudadanía podrá participar en la planeación, diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos aprobados e incluidos en el programa específico de cada ramo del gobierno de coalición, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 de dicha ley.

Artículo 37. El gobierno deberá garantizar la inclusión de las opiniones ciudadanas en el programa del gobierno de coalición.

Artículo 38. El gobierno. organizará una campaña de información permanente en el que informe a la ciudadanía el cumplimiento y avance del programa de gobierno de coalición.

Artículos Transitorios

Primero. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El Congreso de la Unión tendrá un plazo de 180 días a partir de la aprobación del presente decreto para realizar las adecuaciones necesarias a su marco jurídico interno, a fin de establecer los procedimientos parlamentarios de discusión y votación relacionados con la aprobación y modificación del convenio y programa del gobierno de coalición, la ratificación de funcionarios públicos señalados en la Constitución y la elección de los integrantes del Consejo Consultivo Académico y Ciudadano.

Dado en el salón de sesiones de la Comisión Permanente, a 6 de julio de 2022.

Diputada Ana Lilia Herrera Anzaldo (rúbrica)

(Turnada a las Comisiones Unidas de Reforma Política-Electoral, y de Gobernación y Población, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Julio 6 de 2022.)

Con proyecto de decreto, por el que se modifican los artículos 3, fracción III; 4, fracciones V, XI, XIV y el artículo 15 Bis, todos de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, recibida de la diputada Karla Ayala Villalobos, del Grupo Parlamentario de PRI, en la sesión de la Comisión Permanente del miércoles 6 de julio de 2022

La suscrita, diputada Karla Ayala Villalobos, integrante del Grupo Parlamentario de Partido Revolucionario Institucional, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 78, párrafo segundo, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 116 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 58, 59 y 176 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a consideración de esta honorable asamblea iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican los artículos 3, fracción III; 4, fracciones V, XI y XIV y el artículo 15 Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, al tenor de la siguiente

Exposición de Motivos

México es conocido como un país con una gran riqueza cultural y étnica, conformado por una multiplicidad de pueblos, una de sus principales características, entre los cuales se encuentra la población afromexicana.

Las personas afromexicanas o afrodescendientes son aquellas que descienden de personas provenientes del continente africano, y que llegaron a México en la época colonial.

Un pueblo que día a día pugna por el reconocimiento de su cultura, costumbres y tradiciones.

Reconocerlos es resguardar la diversidad étnica y cultural que conforma a nuestra nación, a la vez que posibilita el poder atender y contrarrestar las desigualdades sociales y jurídicas, racismo y discriminación estructural que enfrentan.

Hablar de los pueblos afromexicanos debe ser trascendente y siempre en beneficio de esta población, para así reconocer su identidad y sus contribuciones culturales e históricas.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en 2020, en México vivían 2 millones 576 mil 213 personas que se reconocen como afromexicanas y representan 2 por ciento de la población total del país.

Actualmente, las poblaciones de personas afromexicanas se concentran en Guerrero, Oaxaca, Estado de México, Veracruz, Ciudad de México, Chiapas, Coahuila y Michoacán.

Las entidades con mayor presencia de la población afromexicana son Guerrero (6.5 por ciento), Oaxaca (4.9 por ciento) y Veracruz (3.3 por ciento).

Como una minoría que se ve inmersa en cuestiones de raza y color de piel, bases para ser víctimas del racismo, afrontan dificultades para ejercer sus derechos, así como una falta de inclusión dentro de la toma de decisiones en nuestro país.

Esta desigualdad conlleva a la precarización económica que se relaciona a sus pocas oportunidades derivadas del racismo, lo que los orilla a una baja calidad de vida y a acceso limitado a diferentes servicios públicos, mismo, y tan importante, como lo es la educación.

Se estima que una de cada seis personas afromexicanas (15.7 por ciento) es analfabeta, lo cual representa casi el triple de la tasa a nivel nacional (5.5 por ciento).

De acuerdo con el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), los derechos de las personas afromexicanas que más se violentan son el trato digno y la igualdad de oportunidades, situaciones en la que el color de piel fue clave para la discriminación.

México es un país pluricultural, misma característica que lo hace uno de los países con más tradiciones, costumbres, y en sí, con más historia, cuestión por la cual deberíamos de estar completamente orgullosos y en disposición de cuidar esto que distingue tanto a nuestro país del resto del mundo.

Debemos transformar nuestra sociedad, primordialmente aceptando y entendiendo que existe la discriminación y la falta de inclusión social hacia las personas afromexicanas, después haciendo una reflexión institucional y estructural para promover acciones y políticas con el objetivo de disminuir la brecha que tiene esta población con el resto de las y los mexicanos, creando oportunidades y ejerciendo los derechos que la ley les da y con los cuales son protegidos.

Nuestro país seguirá avanzando y debemos cuidar que nadie se queda atrás, ni desprotegido, más, una población que abunda a nuestra riqueza cultural.

El Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional considera a todos los mexicanos, sin importar raza, género, estatus social, ideología o cualquier otra característica, y queremos que todos y todas gocen de los derechos a los cuales son acreedores, que para eso se destina recurso, para beneficio de quienes más lo necesitan y para una constante mejora en la calidad de vida de las y los mexicanos.

Por lo anteriormente expuesto, pongo a consideración de esta soberanía la siguiente propuesta

Decreto por el que se modifican los artículos 3, fracción III; 4, fracciones V, XI y XIV y el artículo 15 Bis, todos de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud

Primero. Se modifica el artículo 3, fracción III, de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud para quedar como sigue:

Artículo 3. El Instituto tendrá por objeto:

Del I. al II. ...

III. Proponer al Ejecutivo federal programas especiales orientados a mejorar las condiciones de salud y educación de los jóvenes indígenas y afromexicanos , así como los espacios para la convivencia y recreación, sin menoscabo de las atribuciones que en estos propósitos competen a otras dependencias;

Del IV. al VII. ...

Segundo. Se modifica el artículo 4, fracciones V, XI y XIV de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, para quedar como sigue:

Artículo 4. Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:

Del I. al IV. ...

V. Consultar, en coordinación con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, las políticas, programas y acciones de desarrollo de los jóvenes indígenas y afromexicanos ; garantizar la participación de éstos en su diseño y operación y, en su caso, incorporar a la planeación nacional sus recomendaciones propuestas;

Del VI. al X. ...

XI. Promover y ejecutar acciones para el reconocimiento público y difusión de las actividades sobresalientes de los jóvenes mexicanos en distintos ámbitos del acontecer nacional y, en especial, aquéllas que reconozcan y fomenten la herencia cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos , y fortalezcan el respeto y el conocimiento de las diversas culturas existentes en el país;

Del XII. al XIII. ...

XIV. Proponer a la Secretaría de Educación Pública la operación de programas especiales de becas para fortalecer la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización, la conclusión de la educación básica, la capacitación productiva y la educación media superior y superior de los estudiantes indígenas y afromexicanos ;

Del XV. al XVI. ...

Tercero. Se modifica el artículo 15 Bis de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud para quedar como sigue:

Artículo 15 Bis. El Consejo ciudadano se integrará con 20 jóvenes mayores de edad y de manera equitativa en cuanto a su género, los cuales serán seleccionados por la Junta Directiva de conformidad con la convocatoria pública difundida previamente entre las instituciones de educación superior, las organizaciones juveniles vinculadas con el trabajo comunitario, político o social, los sectores público y privado, y los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas .

...

...

Artículo Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Senado de la República, sede de la Comisión Permanente, a 6 de julio de 2022.

Diputada Karla Ayala Villalobos (rúbrica)

(Turnada a la Comisión de Juventud. Julio 6 de 2022.)



Convocatorias

De la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

A la séptima reunión de junta directiva, que se llevará a cabo el martes 12 de julio –en modalidad semipresencial–, a las 12 horas, en el salón B, situado en el primer piso del edificio G.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta derivada de la tercera reunión ordinaria para presentarse en la siguiente reunión.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación por parte de la junta directiva del acuerdo de la comisión por el que se crea y se integra la Subcomisión de Presupuesto con Perspectiva de Género.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación para presentarse en la siguiente reunión ordinaria del acuerdo de la comisión por el que se elige la coordinación de la Subcomisión de Presupuesto con Perspectiva de Género.

6. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acuerdo de la comisión por el que se conforman grupos de trabajo para el seguimiento al ejercicio del Presupuesto de Egresos de la Federación y el análisis de los requerimientos de gasto.

7. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de los dictámenes de iniciativas con proyecto de decreto que se listan a continuación para presentarse en la siguiente reunión ordinaria:

7.1. Que reforma y adiciona el artículo 41 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Promovida por el diputado Salvador Caro Cabrera, del Grupo Parlamentario Movimiento Ciudadano.

7.2. Que reforma y adiciona el artículo 19 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Promovida por la diputada Cecilia Anunciación Patrón Laviada, del Grupo Parlamentario PAN.

7.3. Proyecto de decreto por el que reforma y adiciona el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Promovida por diputada Amalia Dolores García Medina, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

8. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación de las opiniones de las iniciativas con proyecto de decreto que se enlistan a continuación para presentarse en la siguiente reunión ordinaria:

8.1. Que expide la Ley Federal de Nombramientos en los que Interviene el Poder Legislativo Federal. Promovida por el diputado Óscar de Jesús Almaraz Smer, del Grupo Parlamentario del PAN.

8.2. Proyecto de decreto por el que expide la Ley General de Mitigación y Adaptación de la Acidificación de los Mares y Ecosistemas Costeros. Promovida por el diputado Eduardo Enrique Murat Hinojosa, del Grupo Parlamentario del PRI.

8.3. Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal, por el que se crea el fondo aduanero de compensación carretera, promovida por el diputado Riult Rivera Gutiérrez e integrantes del Grupo Parlamentario del PAN.

8.4. Que adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal Promovida por la diputada Esther Martínez Romano, del Grupo Parlamentario PT.

8.5. Que expide la Ley General para una Tenencia Responsable de Perros, promovida por la diputada Shirley Guadalupe Vázquez Romero, del Grupo Parlamentario PT.

8.6. Proyecto de decreto que expide la Ley General de Sociedades Cooperativas. Promovida por el diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario de Morena.

8.7. Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Sociedades Cooperativas y la Ley de Economía Social y Solidaria, y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles, de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, promovida por legisladores del Grupo Parlamentario Morena e integrantes de diversos grupos parlamentarios.

8.8. Proyecto de decreto por el que se exoide la Ley General de Sociedades Cooperativas y abroga la Ley General de Sociedades Cooperativas, publicadaen. Promovida por la diputada Marú Mejía MaríaTeresa y el diputado Reginaldo Sandoval Flores, del Grupo Parlamentario PT.

8.9. Proyecto de decreto por el que expide la Ley de Sociedades de Solidaridad Social. Promovida por diputadas y diputados del Grupo Parlamentario PT.

8.10. Proyecto de decreto por el que se expide la Ley General de Sociedades Cooperativas. Promovida, por el diputado Hirepan Maya Martínez, del Grupo Parlamentario Morena.

Atentamente

Diputado Erasmo González Robledo

Presidente

De la Comisión de Pueblos Indígenas y Afromexicanos

A la reunión con el Instituto Nacional Electoral, para analizar el Proyecto de Distritación Electoral Nacional, que se realizará –en modalidad semipresencial– el martes 12 de julio, a las 17:00 horas, en la zona C del edificio G, planta baja, y a través de la plataforma Zoom.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y verificación de quórum.

2. Lectura, discusión y en su caso, aprobación del orden del día.

3. Bienvenida e intervención de la presidenta de la comisión, diputada Irma Juan Carlos.

4. Intervención de diputados de la comisión.

5. Intervención de funcionarios del Instituto Nacional Electoral.

6. Dialogo.

7. Conclusiones y acuerdos.

8. Clausura de la reunión.

Atentamente

Diputada Irma Juan Carlos

Presidenta

De la Comision de Defensa Nacional

A la sexta reunión ordinaria, la cual se llevará a cabo el miércoles 13 de julio, a las 10:00 horas, en el salón B de Los Cristales, ubicado en el primer piso del edificio G, en modalidad semipresencial,

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura y aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta correspondiente a la quinta reunión ordinaria

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen a la minuta proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen a la minuta con proyecto de decreto que reforma el articulo 63 de la Ley del Servicio Militar y se deroga el cuarto y quinto párrafo del artículo 275 del Código de Justicia Militar.

6. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del dictamen que desecha la iniciativa con proyecto de decreto que reforma los artículos 14, fracción V, 121, 130 y 191 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

7. Asuntos generales.

8. Clausura.

Atentamente

Diputado Ricardo Villarreal García

Presidente

De la Comisión de Puntos Constitucionales

A la décima sesión de junta directiva, que se realizará el jueves 14 de julio a las 11:00 horas, en nuestra sala de reuniones, situada en el edificio D, tercer piso, en modalidad semipresencial.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaratoria de quórum.

2. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acta de la novena reunión de junta directiva.

4. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acuerdo de la junta directiva de la Comisión de Puntos Constitucionales sobre los criterios para la reunión y discusión de asuntos de la comisión.

5. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del acuerdo de la junta directiva sobre los criterios para el funcionamiento de las subcomisiones que la integran.

6. Lectura, discusión y, en su caso, aprobación del orden del día de la octava reunión ordinaria de la comisión.

7. Asuntos generales.

8. Clausura.

Atentamente

Diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz

Presidente

De la Comisión de Relaciones Exteriores

A la séptima reunión de junta directiva, que se llevará a cabo –de manera semipresencial– el jueves 14 de julio, a las 11:00 horas, en la sala de juntas de la convocante, Gilberto Bosques Saldívar (edificio D, planta baja), y a través de la plataforma Zoom.

Orden del Día

1. Registro de asistencia y declaración de quórum.

2. Lectura y, en su caso, aprobación del orden del día.

3. Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la sexta reunión de junta directiva.

4. Valoración de los dictámenes analizados en la sexta reunión de junta directiva.

5. Asuntos generales.

6. Clausura.

Atentamente

Diputado Alfredo Femat Bañuelos

Presidente

De la Comisión de Reforma Política-Electoral

La Cámara de Diputados y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Escuela Judicial Electoral, al Diplomado en derecho electoral comparado; “diseño y constitución de las autoridades electorales: los modelos de conformación, organización y justicia electoral en América Latina y algunos casos de Europa”, primera edición, que se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes comprendidos entre el 20 de junio y el 7 de septiembre.

La Cámara de Diputados, LXV Legislatura del Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Reforma Política-Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Escuela Judicial Electoral, convocan a las personas interesadas en cursar el Diplomado en derecho electoral comparado, de conformidad con las siguientes:

Bases

Primera. Objetivos del diplomado:

Objetivo general:

• Proporcionar conocimientos especializados teóricos y prácticos, desde una perspectiva comparativa, sobre el diseño de autoridades electorales, su conformación, competencias, financiamiento e impartición de justicia electoral.

Objetivos particulares:

1. Conocer los aspectos fundamentales de las formas de Estado y formas de gobierno.

2. Estudiar los regímenes federal y unitario, así como confederación y uniones de Estados.

3. Identificar las características básicas de los sistemas presidencial y parlamentario.

4. Comprender los temas básicos del constitucionalismo contemporáneo.

5. Analizar los elementos fundamentales de los sistemas electorales y sistemas de partidos.

6. Evaluar los criterios básicos de una reforma electoral.

7. Determinación de los alcances de la materia electoral.

8. Exponer una perspectiva comparativa de los modelos de financiamiento.

9. Diferenciar los modelos de comunicación electoral, sus antecedentes.

10. Establecer los estándares internacionales en materia de elecciones y de integración de autoridades electorales.

11. Repasar la evolución de las instituciones y procedimientos electorales en México.

12. Distinguir las funciones básicas para la autoridad en materia electoral.

13. Analizar las funciones registral electoral; administrativa electoral y jurisdiccional electoral, desde una perspectiva comparativa.

14. Analizar los aspectos básicos del acceso a la justicia como derecho humano.

15. Analizar los principales problemas de la política y la función judicial electoral.

Segunda. Perfil de los participantes:

El diplomado está dirigido a integrantes de la Cámara de Diputados.

Tercera. Requisitos de selección:

Podrán participar legisladoras y legisladores, así como asistentes parlamentarios, asesores, personas de apoyo y de enlace técnico, y así como personas interesadas en la materia electoral, de acuerdo con los espacios disponibles, de cualquier edad sin comprobar un grado mínimo de estudios. Únicamente se tienen previstos 150 lugares.

Para obtener el diploma de participación es necesario que al término de la etapa correspondiente a las sesiones semipresenciales las personas participantes envíen las constancias que acrediten calificación aprobatoria de los siguientes cursos en línea:

1. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).

2. Medios de Impugnación en Materia Electoral (40 horas).

Cuarta. Selección de los participantes:

La Escuela Judicial Electoral recibirá de la Comisión de Reforma Político-Electoral de la Cámara de Diputados, la lista de las personas interesadas en cursar el Diplomado a más tardar el 16 de junio, para poder notificarles la liga de acceso al mismo.

Quinta. La estructura académica y duración de los estudios:

El diplomado estará conformado por lo siguiente:

1. Curso en línea. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).

2. Curso en línea. Medios de impugnación en materia electoral (40 horas).

3. Sesiones presenciales y semipresenciales, en las que se estudiarán doce temas especializados en la materia electoral (44 horas).

La duración del programa es de un total de 124 horas, (44 horas de clase semipresenciales; 80 horas en línea mediante la acreditación de los dos cursos virtuales ya indicados) para llevarse a cabo del 20 de junio al 7 de septiembre del presente año.

Sexta. Fechas de inscripción y fecha de inicio

La Comisión de Reforma Política-Electoral de la Cámara de Diputados determinará los mecanismos para la integración de la lista de las personas que cursarán el diplomado, mientras que el inicio del programa es el 20 de junio de 2022. Los horarios de clase serán de 10:00 a 12:00 horas, lunes, miércoles y viernes.

Los días miércoles, únicamente, las sesiones serán presenciales y se llevarán a cabo en el auditorio Aurora Jiménez, situado en el edificio E, y, en su caso, el auditorio norte del edificio A, ambos en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, condicionado a la situación provocada por Covid-19.

Séptima. Acreditación:

Para obtener el diploma se requiere:

• 80% de asistencia a las sesiones semipresenciales.

• Aprobación de los cursos on line: Introducción al Derecho Electoral y Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Octava. Planta Docente y modalidad de impartición:

Las clases serán impartidas por el claustro del profesorado de la Escuela Judicial Electoral.

Novena. Inscripciones e informes:

Se realizarán a partir de la publicación de la presente Convocatoria hasta las 17:00 horas del 16 de junio del presente año, en las oficinas de la Comisión de Reforma Política-Electoral, situadas en el edificio F, planta baja de esta Cámara de Diputados, y en las extensiones 55283 y 51109.

Décima. Temario:

El plan de estudios está formado de la siguiente manera:

46 Horas.

Temario

Tercera sesión, 29 de junio y 1 de agosto.

La democracia directa en perspectiva comparada

a) La democracia representativa y la democracia directa o participativa;

b) Referéndum, plebiscito, revocación de mandato, consulta ciudadana, iniciativa ciudadana, cabildo abierto y parlamento abierto;

c) Requisitos, y

d) Condiciones y efectos.

Ponente: Doctor Luis Octavio Vado Grajales, Escuela Judicial Electoral.

4 horas

Cuarta sesión, 3 y 5 de agosto.

La reforma electoral en México

a) Algunos antecedentes históricos y balance de 1977 a la fecha;

b) Desarrollo democrático;

c) Transición a la democracia, y

d) Democratización y alternancia política.

Ponente: Doctor Marco Antonio Pérez de los Reyes, Escuela Judicial Electoral.

4 horas.

Quinta sesión, 8 y 10 de agosto.

Elementos fundamentales de los sistemas electorales

a) Sistema de mayoría, de representación proporcional y mixtos;

b) Geografía electoral;

c) Forma de votación: i) mayoría: una vuelta, y ii) dos vueltas o balotaje;

d) Integración del Poder Legislativo en el orden federal y local, e integración de los ayuntamientos;

e) Voto electrónico y sufragio en el extranjero;

f) Paridad de género, y

g) Acciones afirmativas de grupos vulnerables, su implementación y la autodeterminación de los partidos políticos.

Ponentes:

• Doctora Gabriela D. Ruvalcaba García, Escuela Judicial Electoral.

• Maestra Sara Pérez Rojas, Escuela Judicial Electoral

4 horas.

Sexta sesión, 12 y 15 de agosto.

Sistema de partidos y su financiamiento, en perspectiva comparada

a) Partido único, bipartidismo, partido hegemónico y pluripartidista o competitivo, y experiencias comparadas;

b) Los partidos políticos de México, sus ideologías y alianzas;

c) Sistema de financiamiento público, y

d) Sistema de financiamiento privado.

Ponente: Maestro Carlos Vargas Baca, Sala Superior del TEPJF.

4 horas.

Séptima sesión, 17 y 19 de agosto.

La propaganda electoral en el periodo ordinario y en el proceso electoral

a) Definiciones: i) propaganda política; ii) propaganda electoral, y iii) propaganda gubernamental;

b) Principio de neutralidad y promoción personalizada de servidores públicos;

c) Acceso a la radio y la televisión;

d) Redes sociales, y

e) Experiencias comparadas en materia de acceso a la radio y la televisión, redes sociales y modelos de comunicación.

Ponente: Magistrado Presidente Rubén Lara Patrón, Sala Regional Especializada del TEPJF.

4 horas.

Octava sesión, 22 y 24 de agosto.

Naturaleza de la autoridad administrativa y jurisdiccional electoral, y los estándares internacionales

a) Autoridad única o modelo dual;

b) Integración y funcionamiento permanente o temporal;

c) Costo y organización del modelo de autoridad única;

d) Costo y organización del modelo de autoridad dual, y

e) Mecanismos de elección o designación de las autoridades jurisdiccionales y administrativas.

Ponente: Maestra Pamela San Martín Ríos y Valles.

4 horas.

Novena sesión, 26 de agosto.

Instrumentos de identificación para votar en perspectiva comparada

a) Antecedentes en México;

b) Cédula de identidad general;

c) Identificación especial, y

d) Medio para acreditar la ciudadanía y autoridad a cargo del documento para votar.

Ponente: Doctor Ramón Hernández Reyes, Escuela Judicial Electoral.

2 horas.

Décima sesión, 29 y 31 de agosto.

Conferencias magistrales: Función jurisdiccional electoral

a) Mecanismos de justicia electoral;

b) Clasificación de los sistemas de justicia electoral: i) Clasificación de los sistemas de justicia electoral en el mundo, y ii) Sistemas de justicia electoral en los regímenes federales;

c) Sistemas de justicia electoral en América Latina y en el resto del mundo, y

d) Evolución de la justicia electoral en México.

Ponente: Doctor José de Jesús Orozco Henríquez, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

4 horas.

Undécima sesión, 2 de septiembre.

El acceso a la justicia como derecho humano:

a) El derecho humano a la justicia;

b) Recurso efectivo y debido proceso;

c) Garantías institucionales, y

d) Principios y garantías de los sistemas de justicia electoral: i) Tendencia a establecer un sistema de justicia electoral de carácter jurisdiccional; ii) Garantías institucionales u orgánicas, y iii) Garantías procesales.

Ponente: Doctor Flavio Galván Rivera, Escuela Judicial Electoral.

2 horas.

Duodécima sesión, 5 y 7 de septiembre.

Principales problemas de la política y la función judicial electoral

a) Politización de la justicia y judicialización de la política;

b) Independencia judicial e ideología política de la judicatura;

c) Carácter contramayoritario de la judicatura, la legitimación democrática directa e indirecta y legitimidad de sus decisiones, en especial, en la creación judicial del Derecho y el juicio ciudadano en los procesos de democracia representativa y directa o participativa;

d) Control inter orgánico (Checks and balances) y Quis custodiat ipsos custodes;

e) Deferencia al carácter racional y democrático del legislador;

f) Activismo judicial;

g) Juicios mediáticos, y

h) Protección inclusiva de los grupos desaventajados, la oposición y las minorías, y litigio estratégico y derechos humanos.

Ponente: Maestro Juan Carlos Silva Adaya, Escuela Judicial Electoral.

4 horas.

Atentamente

Diputada Graciela Sánchez Ortiz

Presidenta



Invitaciones

De la Comisión de Zonas Metropolitanas

Al tercer foro Diálogos metropolitanos, buenas prácticas y gobernanza, que se llevará a cabo el miércoles 13 de julio, a las 10:30 horas, en el Auditorio del Instituto Tecnológico Superior de Poza Rica, situado en la calle Luis Donaldo Colosio Murrieta, sin número, colonia Arroyo del Maíz, código postal 93230, Poza Rica de Hidalgo, Veracruz de Ignacio de la Llave, en modalidad semipresencial; contacto:

Programa

10:30 a 11:00 horas. Registro de participantes.

11:00 a 11:30 horas. Bienvenida e inauguración.

• Presentación de las autoridades asistentes.

• Palabras de bienvenida, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, secretaria de la comisión.

• Exposición de motivos, a cargo de la diputada María Elena Limón Garía, presidenta de la comisión.

• Declaratoria de apertura e inauguración.

11:30 a 11:35 horas. Receso.

11:35 a 12:15 horas. Conferencia magistral.

• Doctor Alfonso Iracheta Cenecorta, profesor-investigador, Colegio Mexiquense, CentroEure-Estudios Territoriales y Políticas Públicas.

12:15 a 12:20 horas. Receso

12:20 a 13:20 horas. Panel 1. Planeación del desarrollo metropolitano.

– Panelistas:

• Ingeniero Francisco Javier Velázquez Vallejo, ex presidente municipal de Poza Rica de Hidalgo, 2018-202l.

• Ingeniero Guillermo Fernández Sánchez, secretario de Desarrollo Social del estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

• Doctor Rafael Vela Martínez, Universidad Veracruzana, Planeación y estudios para el desarrollo metropolitano.

13:20 a 13:25 horas. Receso

13:25 a 14:25 horas. Panel 2. Gobernanza y buenas practicas.

– Panelistas:

• Doctor Daniel Enrique Pérez Torres, Universidad Nacional Autónoma de México, con el tema “Gobernanza en las zonas metropolitanas”.

• Doctor Gerardo González Herrera, profesor-investigador, consultor independiente.

• Maetro. Álvaro Lomelí Covarrubias, coordinador general de Desarrollo Metropolitano y Movilidad, con el tema gobernanza y coordinación metropolitana.

14:25 a 14:30 Receso.

14:30 a 14:55 horas. Mesa de diálogo, retroalimentación y conclusiones.

14:55 a 15:00 horas. Clausura

• Mensaje y declaratoria de clausura, por la diputada María Elena Limón García.

* Programa sujeto a cambios sin previo aviso.

Atentamente

Diputada María Elena Limón García

Presidenta

De la Comisión de Seguridad Ciudadana

En coordinación con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, al diplomado Políticas de seguridad nacional y de seguridad pública, que se impartirá hasta el domingo 17 de julio, completamente en línea.

El curso es actual, de excelencia, profesionalizante, con valor curricular, accesible, adaptable a sus horarios y abierto a todo público.

Temario

• Conceptos básicos de la seguridad nacional y de la seguridad pública.

• Escenarios geopolíticos global y nacional para la seguridad nacional.

• Políticas públicas de la seguridad nacional.

• Políticas públicas de la seguridad pública.

• Propuestas para una nueva estrategia de seguridad pública y de seguridad nacional.

Atentamente

Diputada Juanita Guerra Mena

Presidenta

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

Y la Secretaría de Servicios Parlamentarios, en coordinación con la Comisión de Protección Civil y Prevención de Desastres y el Centro Nacional de Prevención de Desastres, al curso virtual Gestión de riesgos y resiliencia legislativa, que se llevará a cabo los lunes 18 y 25 de julio, de las 10:00 a las 13:00 horas.

Objetivo: Fortalecer las capacidades con información y herramientas, para incorporar la prevención de riesgos y desastres en las diversas funciones parlamentarias.

Temario

18 de julio

10:00-10.45 horas. Comunicación de riesgos y participación ciudadana

Ponente: Doctor Raymundo Padilla Lozoya, Universidad de Colima

10:45-11:30 horas. Evaluación de daños post desastre

Ponente: Licenciada Karla Margarita Méndez Estrada, Cenapred

11:30-13:00 horas. Instrumentos financieros para la prevención, operación y reconstrucción

Ponente: Biólogo Marcos Eduardo Olmos Tomasini, Dirección General para la Gestión de Riesgos de la CNPC

25 de julio

10:00-10:45 horas. Atribuciones, funciones, planes y programas del Sinaproc

Ponente: Ingeniero Óscar Zepeda Ramos, Dirección General de Protección Civil de la CNPC

10:45-13:00 horas.

– Marco convencional y nacional de la GIRD en México

– Concepto, funciones y controles de los parlamentarios

– Hacia una resiliencia legislativa o parlamentaria

Ponente: Maestra Anne Lice Hernández Alba, Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias de la Cámara de Diputados

• Personas interesadas, enviar correo electrónico a Janett.hernandez@diputados.gob.mx o francisco.ramirez@dfputados.gob.mx

• Inscripciones en línea

• Fecha límite: 20 de junio de 2022

• Se otorgará constancia de participación

https:/acortar.link/O5fMjE

Atentamente

Doctor Juan Carlos Cervantes Gómez

Director General

Del Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Parlamentarias

A los cursos que se impartirán durante mayo, junio y julio, en los horarios y fechas que se indican en la relación anexa, en modalidad virtual.

Curso: El control de la constitucionalidad de los actos del Poder Legislativo.

Objetivo: Analizar los distintos medios de control de la constitucionalidad reconocidos en el ordenamiento jurídico mexicano, a través de los cuales se puede cuestionar la regularidad de los actos u omisiones del poder legislativo, exponiendo en cada caso su definición, antecedentes y evolución normativa, aspectos procesales y los efectos de las resoluciones.

Fecha: 13 de julio.

Horario: 9:00 a 12:00 horas.

Curso: Sistemas políticos y de gobierno contemporáneos.

Objetivo: Introducir al conocimiento de los sistemas políticos que se han ido configurando en el mundo contemporáneo.

Fecha: 25 de julio.

Horario: 9:00 a 12:00 horas.

Atentamente

Doctor Juan Carlos Cervantes Gómez

Director General

De la Comisión Jurisdiccional

En colaboración con la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, al diplomado Juicio político, responsabilidades y ética de los servidores públicos, que se impartirá hasta ell domingo 14 de agosto.

Módulos y temario

• Módulo I. El servicio Público, el estado, la administración pública y el derecho administrativo

• Módulo II. La ética y los valores públicos en las instituciones gubernamentales.

• Módulo III. El marco jurídico nacional e internacional de las responsabilidades de los servidores públicos

• Módulo IV. Análisis del juicio político y la declaración de procedencia; aspectos sustantivos y de procedimiento

• Módulo V. El régimen de responsabilidades y disciplina de los servidores públicos.

• Módulo VI. Reformas y actualización de las causas y procedimiento del juicio político y la declaración de procedencia a nivel nacional y local

(Con valor curricular –Programa sujeto a cambios y confirmaciones)

Correo electrónico

- contacto@diplomadocamara.com

Página web

- http://diplomadocamara.cam

- https://www.capacitacionunamlegislativo.com

• En la comisión, Palacio Legislativo, edificio F, primer piso (acceso solo personal de la Cámara de Diputados)

Teléfonos y WhatsApp:

55 50 36 00 00, extensión 66104

55 29 21 24 80

56 11 35 55 62

55 51 98 51 49

Atentamente

Diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe

Presidente

De la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Al Curso básico de lengua de señas mexicana para personal de la Cámara de Diputados, que se impartirá los martes y jueves comprendidos hasta el 18 de agosto, de las 12:00 a las 14:00 horas, en los salones C y D del edificio G.

El objetivo de este curso es que el personal que presta atención al público adquiera el conocimiento y habilidades básicas para la comunicación en lengua de señas mexicana; tendrá una duración efectiva de 50 horas. El cupo será de 40 personas, en modalidad presencial.

Para la inscripción se solicita enviar a gruposvulnerableslxv@diputados.gob.mx un correo, indicando nombre, área de adscripción, número de empleado y carta motivo para tomar el curso, Igualmente, se debe indicar la modalidad de preferencia (presencial o virtual), en el entendido de que, de no ser posible llevarlo en modalidad mixta, el curso se limitará a 40 personas y se dará preferencia a quienes manifestaron el deseo de tomarlo presencialmente.

Se deberá acumular 80 por ciento de asistencia y aprobar satisfactoriamente la evaluación final para la entrega del reconocimiento con valor curricular.

Atentamente

Diputada Ana Cecilia Luisa Gabriela Fernanda Sodi Miranda

Presidenta

De la Cámara de Diputados, LXV Legislatura del Congreso de la Unión

A través de la Comisión de Reforma Política-Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio de la Escuela Judicial Electoral, al Diplomado en derecho electoral comparado; “diseño y constitución de las autoridades electorales: los modelos de conformación, organización y justicia electoral en América Latina y algunos casos de Europa”, primera edición, que se llevará a cabo los lunes, miércoles y viernes comprendidos entre el 20 de junio y el 7 de septiembre.

La Cámara de Diputados LXV Legislatura del Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Reforma Política-Electoral y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Escuela Judicial Electoral, convocan a las personas interesadas en cursar el Diplomado en derecho electoral comparado, de conformidad con las siguientes:

Bases

Primera. Objetivos del diplomado:

Objetivo general:

• Proporcionar conocimientos especializados teóricos y prácticos, desde una perspectiva comparativa, sobre el diseño de autoridades electorales, su conformación, competencias, financiamiento e impartición de justicia electoral.

Objetivos particulares:

1. Conocer los aspectos fundamentales de las formas de Estado y formas de gobierno.

2. Estudiar los regímenes federal y unitario, así como confederación y uniones de Estados.

3. Identificar las características básicas de los sistemas presidencial y parlamentario.

4. Comprender los temas básicos del constitucionalismo contemporáneo.

5. Analizar los elementos fundamentales de los sistemas electorales y sistemas de partidos.

6. Evaluar los criterios básicos de una reforma electoral.

7. Determinación de los alcances de la materia electoral.

8. Exponer una perspectiva comparativa de los modelos de financiamiento.

9. Diferenciar los modelos de comunicación electoral, sus antecedentes.

10. Establecer los estándares internacionales en materia de elecciones y de integración de autoridades electorales.

11. Repasar la evolución de las instituciones y procedimientos electorales en México.

12. Distinguir las funciones básicas para la autoridad en materia electoral.

13. Analizar las funciones registral electoral; administrativa electoral y jurisdiccional electoral, desde una perspectiva comparativa.

14. Analizar los aspectos básicos del acceso a la justicia como derecho humano.

15. Analizar los principales problemas de la política y la función judicial electoral.

Segunda. Perfil de los participantes:

El diplomado está dirigido a integrantes de la Cámara de Diputados.

Tercera. Requisitos de selección:

Podrán participar legisladoras y legisladores, así como asistentes parlamentarios, asesores, personas de apoyo y de enlace técnico, y así como personas interesadas en la materia electoral, de acuerdo con los espacios disponibles, de cualquier edad sin comprobar un grado mínimo de estudios. Únicamente se tienen previstos 150 lugares.

Para obtener el diploma de participación es necesario que al término de la etapa correspondiente a las sesiones semipresenciales las personas participantes envíen las constancias que acrediten calificación aprobatoria de los siguientes cursos en línea:

1. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).

2. Medios de Impugnación en Materia Electoral (40 horas).

Cuarta. Selección de los participantes:

La Escuela Judicial Electoral recibirá de la Comisión de Reforma Político-Electoral de la Cámara de Diputados, la lista de las personas interesadas en cursar el Diplomado a más tardar el 16 de junio, para poder notificarles la liga de acceso al mismo.

Quinta. La estructura académica y duración de los estudios:

El diplomado estará conformado por lo siguiente:

1. Curso en línea. Introducción al Derecho Electoral (40 horas).

2. Curso en línea. Medios de impugnación en materia electoral (40 horas).

3. Sesiones presenciales y semipresenciales, en las que se estudiarán doce temas especializados en la materia electoral (44 horas).

La duración del programa es de un total de 124 horas, (44 horas de clase semipresenciales; 80 horas en línea mediante la acreditación de los dos cursos virtuales ya indicados) para llevarse a cabo del 20 de junio al 7 de septiembre del presente año.

Sexta. Fechas de inscripción y fecha de inicio

La Comisión de Reforma Política-Electoral de la Cámara de Diputados determinará los mecanismos para la integración de la lista de las personas que cursarán el diplomado, mientras que el inicio del programa es el 20 de junio de 2022. Los horarios de clase serán de 10:00 a 12:00 horas, lunes, miércoles y viernes.

Los días miércoles, únicamente, las sesiones serán presenciales y se llevarán a cabo en el auditorio Aurora Jiménez, situado en el edificio E, y, en su caso, el auditorio norte del edificio A, ambos en las instalaciones del Palacio Legislativo de San Lázaro, condicionado a la situación provocada por Covid-19.

Séptima. Acreditación:

Para obtener el diploma se requiere:

• 80% de asistencia a las sesiones semipresenciales.

• Aprobación de los cursos on line: Introducción al Derecho Electoral y Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Octava. Planta Docente y modalidad de impartición:

Las clases serán impartidas por el claustro del profesorado de la Escuela Judicial Electoral.

Novena. Inscripciones e informes:

Se realizarán a partir de la publicación de la presente Convocatoria hasta las 17:00 horas del 16 de junio del presente año, en las oficinas de la Comisión de Reforma Política-Electoral, situadas en el edificio F, planta baja de esta Cámara de Diputados, y en las extensiones 55283 y 51109.

Décima. Temario:

El plan de estudios está formado de la siguiente manera:

46 Horas.

Temario

Tercera sesión, 29 de junio y 1 de agosto.

La democracia directa en perspectiva comparada

a) La democracia representativa y la democracia directa o participativa;

b) Referéndum, plebiscito, revocación de mandato, consulta ciudadana, iniciativa ciudadana, cabildo abierto y parlamento abierto;

c) Requisitos, y

d) Condiciones y efectos.

Ponente: Doctor Luis Octavio Vado Grajales, Escuela Judicial Electoral.

4 horas

Cuarta sesión, 3 y 5 de agosto.

La reforma electoral en México

a) Algunos antecedentes históricos y balance de 1977 a la fecha;

b) Desarrollo democrático;

c) Transición a la democracia, y

d) Democratización y alternancia política.

Ponente: Doctor Marco Antonio Pérez de los Reyes, Escuela Judicial Electoral.

4 horas.

Quinta sesión, 8 y 10 de agosto.

Elementos fundamentales de los sistemas electorales

a) Sistema de mayoría, de representación proporcional y mixtos;

b) Geografía electoral;

c) Forma de votación: i) mayoría: una vuelta, y ii) dos vueltas o balotaje;

d) Integración del Poder Legislativo en el orden federal y local, e integración de los ayuntamientos;

e) Voto electrónico y sufragio en el extranjero;

f) Paridad de género, y

g) Acciones afirmativas de grupos vulnerables, su implementación y la autodeterminación de los partidos políticos.

Ponentes:

• Doctora Gabriela D. Ruvalcaba García, Escuela Judicial Electoral.

• Maestra Sara Pérez Rojas, Escuela Judicial Electoral

4 horas.

Sexta sesión, 12 y 15 de agosto.

Sistema de partidos y su financiamiento, en perspectiva comparada

a) Partido único, bipartidismo, partido hegemónico y pluripartidista o competitivo, y experiencias comparadas;

b) Los partidos políticos de México, sus ideologías y alianzas;

c) Sistema de financiamiento público, y

d) Sistema de financiamiento privado.

Ponente: Maestro Carlos Vargas Baca, Sala Superior del TEPJF.

4 horas.

Séptima sesión, 17 y 19 de agosto.

La propaganda electoral en el periodo ordinario y en el proceso electoral

a) Definiciones: i) propaganda política; ii) propaganda electoral, y iii) propaganda gubernamental;

b) Principio de neutralidad y promoción personalizada de servidores públicos;

c) Acceso a la radio y la televisión;

d) Redes sociales, y

e) Experiencias comparadas en materia de acceso a la radio y la televisión, redes sociales y modelos de comunicación.

Ponente: Magistrado Presidente Rubén Lara Patrón, Sala Regional Especializada del TEPJF.

4 horas.

Octava sesión, 22 y 24 de agosto.

Naturaleza de la autoridad administrativa y jurisdiccional electoral, y los estándares internacionales

a) Autoridad única o modelo dual;

b) Integración y funcionamiento permanente o temporal;

c) Costo y organización del modelo de autoridad única;

d) Costo y organización del modelo de autoridad dual, y

e) Mecanismos de elección o designación de las autoridades jurisdiccionales y administrativas.

Ponente: Maestra Pamela San Martín Ríos y Valles.

4 horas.

Novena sesión, 26 de agosto.

Instrumentos de identificación para votar en perspectiva comparada

a) Antecedentes en México;

b) Cédula de identidad general;

c) Identificación especial, y

d) Medio para acreditar la ciudadanía y autoridad a cargo del documento para votar.

Ponente: Doctor Ramón Hernández Reyes, Escuela Judicial Electoral.

2 horas.

Décima sesión, 29 y 31 de agosto.

Conferencias magistrales: Función jurisdiccional electoral

a) Mecanismos de justicia electoral;

b) Clasificación de los sistemas de justicia electoral: i) Clasificación de los sistemas de justicia electoral en el mundo, y ii) Sistemas de justicia electoral en los regímenes federales;

c) Sistemas de justicia electoral en América Latina y en el resto del mundo, y

d) Evolución de la justicia electoral en México.

Ponente: Doctor José de Jesús Orozco Henríquez, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

4 horas.

Undécima sesión, 2 de septiembre.

El acceso a la justicia como derecho humano:

a) El derecho humano a la justicia;

b) Recurso efectivo y debido proceso;

c) Garantías institucionales, y

d) Principios y garantías de los sistemas de justicia electoral: i) Tendencia a establecer un sistema de justicia electoral de carácter jurisdiccional; ii) Garantías institucionales u orgánicas, y iii) Garantías procesales.

Ponente: Doctor Flavio Galván Rivera, Escuela Judicial Electoral.

2 horas.

Duodécima sesión, 5 y 7 de septiembre.

Principales problemas de la política y la función judicial electoral

a) Politización de la justicia y judicialización de la política;

b) Independencia judicial e ideología política de la judicatura;

c) Carácter contramayoritario de la judicatura, la legitimación democrática directa e indirecta y legitimidad de sus decisiones, en especial, en la creación judicial del Derecho y el juicio ciudadano en los procesos de democracia representativa y directa o participativa;

d) Control inter orgánico (Checks and balances) y Quis custodiat ipsos custodes;

e) Deferencia al carácter racional y democrático del legislador;

f) Activismo judicial;

g) Juicios mediáticos, y

h) Protección inclusiva de los grupos desaventajados, la oposición y las minorías, y litigio estratégico y derechos humanos.

Ponente: Maestro Juan Carlos Silva Adaya, Escuela Judicial Electoral.

4 horas.