Gaceta Parlamentaria, año XXV, número 5959-III, jueves 10 de febrero de 2022
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sener y Pemex a integrar la refinería de Salamanca Ingeniero Antonio M. Amor en las 10 tareas para fortalecer la paraestatal y obtener así mayor producción de barriles de crudo a través del tren de lubricantes, a cargo de la diputada Raquel Bonilla Herrera, del Grupo Parlamentario de Morena
La suscrita, diputada Raquel Bonilla Herrera, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Energía y a Petróleos Mexicanos a integrar en sus diez tareas para el fortalecimiento de esa compañía estatal a la refinería Ingeniero Antonio M. Amor (RIAMA), situada en Salamanca, Guanajuato, con el objetivo de obtener mayor producción de barriles de crudo a través del tren de lubricantes, para disminuir importaciones y consolidar la soberanía energética, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
La refinería Ingeniero Antonio M. Amor (RIAMA) de Petróleos Mexicanos (Pemex) que se ubica en Salamanca, Guanajuato, desde hace 70 años ha sido un elemento de impulso para el desarrollo social y económico del centro de nuestra nación, al proveer a la región central de combustibles y otros petrolíferos necesarios para la actividad industrial.
La refinería en comento inició operaciones el 30 de julio de 1950 y abarca 518 hectáreas en las que se sitúan 45 plantas con capacidad de producción de 220 mil barriles diarios de petróleo crudo, produciendo petrolíferos de la más alta calidad; su zona de predominio abarca los estados de Aguascalientes, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit, San Luis Potosí y Zacatecas.
A 70 años de su puesta en marcha, la refinería ha pasado por diferentes ciclos que representan avances muy importantes en su infraestructura y que han transformado procesos de avance tecnológico, sistemas de control distribuido y avanzado que han logrado la elaboración de combustibles que cumplen con las especificaciones internacionales en materia de cuidado al medio ambiente.
El Sistema de Refinación de Riama es único, derivado de que tiene una producción muy importante de lubricantes básicos para atender la demanda de nuestro país, además de gasolinas Pemex Premium y Pemex Magna Ultra Bajo Azufre, Pemex Diésel y Diésel UBA, turbosina y asfalto Pemex EKBE Superpave.
Además de los combustibles algunos productos que se obtienen en las refinarías mexicanas son:
- Propileno
- Asfalto
- Combustóleo
- Azufre
- Aceites básicos
- Parafinas
- Isopropano
- DEA (dietanolamina)
- Etileno.
Particularidades
- Un caso en particular, los aceites básicos, son producidos en la refinería Ingeniero Antonio M. Amor, en Salamanca, Guanajuato.
- Estos aceites básicos sirven como materia prima de la mayoría los aceites y grasas industriales consumidas en el país.
- Entre mejor sea la calidad de estos básicos, las vehículos y maquinaria tienen menos emisiones y desgaste. Cabe mencionar que se comercializan mejor internacionalmente por esta cualidad.
- Los aceites básicos grupo I, que son los que actualmente produce la refinería, son los más demandados en este momento. Siendo Latinoamérica la zona que más demanda este insumo.
- Los aceites básicos grupo II son los más demandados en el mercado mundial en este momento. Según un estudio de ExxonMobil ocuparán 40 por ciento de la demanda mundial en 10 años, siendo el producto más demandado del mundo en lubricantes.
Dependencia internacional
- De 2003 a 2020 se importaron aproximadamente los siguientes valores y cantidades de productos:
- Aceites básicos 6 mil 200 millones de dólares y 11 mil 600 millones de litros.
- Parafinas 100 millones de dólares y 76 millones de kilos.
- Etileno 46 millones de dólares y 38 millones de kilos.
- Propileno 2 mil 400 millones de dólares y 2 mil 400 millones de kilos.
- Total: 8 mil 746 millones de dólares de valor importados de 2003 a 2020.
En relación con las asociaciones público-privadas (APP), el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas1 de la Cámara de Diputados, en su publicación Las asociaciones público-privadas como alternativa de financiamiento para las entidades federativas , refiere que:
La provisión tradicional de infraestructura y servicios públicos en el mundo se enfrentaba a múltiples retos, principalmente relacionados a la disponibilidad limitada de recursos presupuestarios, a un endeudamiento público creciente y a bajos estándares de operación y mantenimiento de la infraestructura construida y de los servicios prestados a los ciudadanos. En este contexto surgen las asociaciones público-privadas como una alternativa para financiar y desarrollar proyectos de infraestructura asociados a la provisión de servicios, mediante una mayor participación del sector privado.
En las APP, la participación privada se da a través acuerdos contractuales de largo plazo entre el gobierno y un socio del sector privado, donde éste último típicamente financia y provee un servicio público usando un activo de capital o de infraestructura.
Entre las principales ventajas de estos esquemas se encuentran la liberación de recursos públicos presupuestarios utilizados para financiar la construcción de infraestructura; la aceleración en la provisión de infraestructura; la transferencia óptima de riesgos al sector privado asociados al desarrollo de los proyectos de infraestructura y prestación de servicios; la generación de mayor valor por el dinero público invertido; y las ganancias en eficiencia, así como la mejora de los estándares de desempeño y del nivel de servicio.
Es importante reiterar que las APP no son por sí mismas la panacea de la limitada disponibilidad de recursos, ni siempre el esquema más adecuado para un proyecto de infraestructura, requiere de un análisis riguroso de la conveniencia de optar por esta alternativa frente al esquema tradicional de provisión pública.
Existe un amplio espectro de modalidades de APP que pueden implementarse, variando en función tanto de las necesidades y características de cada proyecto, como de las condiciones institucionales y del entorno específico. De igual manera, para que una APP materialice sus ventajas potenciales, es fundamental una evaluación y una asignación apropiada de los riesgos a la parte con mejor capacidad para gestionarlos y mitigarlos.
También señala el documento del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados que, en México, la administración pública federal, las entidades federativas y los municipios han desarrollado diversos proyectos mediante asociaciones público-privadas. En muchos casos, éstas han resultado ser una alternativa eficaz y eficiente para financiar infraestructura y prestar servicios públicos.
Al igual que en otras partes del mundo, entre las principales razones por las que se utilizan estos esquemas están una menor disponibilidad de recursos presupuestarios y presiones a las finanzas públicas debido a un endeudamiento creciente.
Según el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO, 2015), la deuda subnacional en México presentó un crecimiento real de 343 por ciento entre 1993 y marzo de 2015. Además, de acuerdo a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la deuda subnacional como proporción de las participaciones federales pasó de 68.1 por ciento en 1994 a 85.2 por ciento en 2015. Dado esto, se advierte una tendencia creciente en el largo plazo, por lo que se requerirá de diversas medidas de prudencia fiscal a nivel local, principalmente al nivel de las entidades federativas, las cuales concentran 89 por ciento de la deuda pública subnacional (IMCO, 2015).2
Un punto importante de dicho estudio es que indica que: En este contexto, la implementación adecuada de esquemas de asociación público-privada para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios públicos en las entidades federativas y los municipios se convierte en una alternativa atractiva de financiamiento.
Como elemento importante del documento del Centro de Estudios de las Finanzas Publicas es de señalar lo que indica en sus consideraciones finales, en la tesitura siguiente: Otra consideración importante sobre las APP es que existen diversos programas federales y fondos de la banca de desarrollo que pueden fungir como fuente de financiamiento.
Por ello, debe existir una coordinación efectiva y una comunicación estrecha entre las entidades federativas y municipios con la federación, tanto para asesoría técnica y financiera, como para acceder a dichas alternativas.
Finalmente, es fundamental que las entidades federativas y municipios que no cuentan con un marco jurídico en materia de asociaciones público-privadas, trabajen para elaborar una legislación moderna y ágil que otorgue certidumbre jurídica a los potenciales inversionistas y desarrolladores de proyectos de APP.
Para ello, un referente importante es la Ley de Asociaciones Público-Privadas y su reglamento, así como los lineamientos y demás documentos técnicos relacionados emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Sin duda, los argumentos anteriormente referidos del documento del Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados y enunciados para referencia de la presente proposición con punto de acuerdo fortalecerán el fin que se persigue con el presente ocurso.
Por lo anterior expuesto y fundado, presento ante el pleno de esta Cámara de Diputados, la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto al principio de división de poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía y a Petróleos Mexicanos a integrar en sus diez tareas para el fortalecimiento de Pemex, a la refinería de Salamanca Ing. Antonio M. Amor (RIAMA), con el objetivo de obtener mayor producción de barriles de crudo a través del tren de lubricantes, para disminuir importaciones y consolidar la soberanía energética.
Segundo. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto al principio de división de poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía y a Pemex Transformación Industrial a examinar y actualizar el Proyecto con Clave 0318T4M0115, nombre Tren de Lubricantes de la Refinería de Salamanca, descripción Construcción de plantas nuevas, modernización del tren de lubricantes actual y descuellamiento de las plantas primarias para satisfacer la de demanda de lubricantes en el corto plazo, a partir de una mezcla de crudo más económica.
Tercero. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con pleno respeto al principio de división de poderes, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Energía y a Pemex Transformación Industrial a designar recursos públicos o asociaciones público-privadas para recuperar el Tren de Lubricantes actual y proyectar la construcción de uno nuevo y obtener derivados petrolíferos que conlleven mayor utilidad para Petróleos Mexicanos.
Notas
1 https://cefp.gob.mx/new/index.php
2 https://imco.org.mx/wp-content/uploads/2015/07/2015_Reporte_Deuda_subna cional.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Raquel Bonilla Herrera (rúbrica)
Con punto de acuerdo, relativo a la creación de un portal en la página de esta soberanía, operado técnicamente por la ASF y el INAI, a fin de que pueda darse un intercambio de información entre los Poderes Legislativo y Ejecutivo, a cargo del diputado Guillermo Octavio Huerta Ling, del Grupo Parlamentario del PAN
El suscrito, diputado Federal Guillermo Octavio Huerta Ling, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, ambos del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la proposición con punto de acuerdo, con el tenor de las siguientes
Consideraciones
El Poder Ejecutivo federal ha hecho del conocimiento público que existen ciertos proyectos de infraestructura que son prioritarios para su administración, entre los cuales se menciona de manera enunciativa más no limitativa: i) el Tren Maya, ii) la Refinería de Dos Bocas, iii) el aeropuerto de Santa Lucía, entre otros.1 Por lo que, atendiendo a las facultades constitucionales de la Cámara de Diputados, es posible realizar un ejercicio de intercambio de información entre dos poderes constitucionales, es decir, el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.
Lo anterior atendiendo a una interpretación del artículo 93 párrafo IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en lo sucesivo CPEUM ), el cual establece lo siguiente:
Artículo 93. [...]
Las Cámaras podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal , mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.
[Énfasis agregado]
Por lo que existe una facultad expresa en la CPEUM para que las Cámaras, en este caso la Cámara de Diputados, puedan requerir información a dependencias del gobierno federal.
Asimismo, la Cámara de Diputados de acuerdo con sus facultades constitucionales puede generar legislación en materia de transparencia y de fiscalización, esto de acuerdo con el artículo 73 fracciones XXIV y XXIX-S de la CPEUM, los cuales se transcriben a continuación para mayor claridad:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
XXIV. Para expedir las leyes que regulen la organización y facultades de la Auditoría Superior de la Federación y las demás que normen la gestión, control y evaluación de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como para expedir la ley general que establezca las bases de coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción a que se refiere el artículo 113 de esta Constitución;
[...]
XXIX-S. Para expedir las leyes generales reglamentarias que desarrollen los principios y bases en materia de transparencia gubernamental, acceso a la información y protección de datos personales en posesión de las autoridades, entidades, órganos y organismos gubernamentales de todos los niveles de gobierno.
No pasando desapercibido que es a través de la Auditoría Superior de la Federación (en lo sucesivo la ASF ), que la Cámara de Diputados ejerce las facultades de fiscalización y rendición de cuentas, y que existen asimismo organismos autónomos, como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (en lo sucesivo el INAI ), encargados de dar acceso a la información a particulares, por lo que la intención del presente punto de acuerdo, es el de crear un portal dentro de la página web de la Cámara de Diputados, que se encuentre a cargo de las Comisiones de Transparencia y Anticorrupción; y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación, con la finalidad de facilitar a los diputados y ciudadanos, el acceso a información relacionada con los mencionados proyectos.
Creación y funcionamiento del portal electrónico
Es necesario el intercambio continúo de información entre los poderes constitucionales, con la finalidad de que estos puedan desarrollar sus funciones y obligaciones de manera optima, con la única finalidad de beneficiar al pueblo de México.
Lo anterior, toda vez que es sabido que el intercambio de información entre poderes en ocasiones suele ser obsoleta e inoportuna, lo que ocasiona un rezago en las actividades encomendadas a los diversos órganos gubernamentales.
En el caso en concreto la Cámara de Diputados, en el ejercicio de su facultad de vigilancia a través de la ASF, requiere hacerse llegar de manera oportuna con toda la información relacionada con el ejercicio de recursos públicos.
En los macroproyectos de infraestructura prioritarios para la actual administración existe un amplio ejercicio de recursos públicos. Lo cual se puede ver reflejado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2022, en donde le fueron asignados a los proyectos: i) Tren Maya, ii) Aeropuerto de Santa Lucía y iii) Refinería de Dos Bocas, un aproximado de 108,650 MDP (ciento ocho mil seiscientos cincuenta millones de pesos 00/100 M.N.), lo que genera una urgencia para conocer en tiempo real la asignación de dichos recursos.
Asimismo, no pasa por desapercibido que algunas investigaciones periodísticas presumen que en los diversos proyectos prioritarios de infraestructura que se encuentra ejecutando el gobierno federal existen irregularidades.2, 3, 4
Al presumirse diversas irregularidades dentro de la ejecución de dichos proyectos de infraestructura, se pone en riesgo el patrimonio de todos los mexicanos, por lo que como representantes populares de la población mexicana, la Cámara de Diputados debe salvaguardar y velar por el interes del pueblo de México, y para poder realizar dicha función debe conocer de manera eficiente y expedita toda la información relacionada con el ejercicio de los recursos públicos.
Ahora bien, dicho lo anterior, deben existir las herramientas suficientes para que cualquier diputado o ciudadano común, a través de la página de la Cámara de Diputados, pueda consultar un reporte mensual de todos los contratos o diversos actos jurídicos, celebrados por las diversas dependencias encargadas de la ejecución de dichos proyectos.
Al referirnos a contratos y actos jurídicos celebrados por las dependencias de la administración pública federal, se hace referencia de manera enunciativa más no limitativa a las siguientes: i) Contratos de suministro, ii) Contratos laborales, iii) Contrataciones de Recursos Humanos, iv) Contrataciones secundarias necesarias para el desarrollo de los proyectos de infraestructura, entre otros, donde se ejerza cualquier tipo de recurso público.
Asimismo, es menester mencionar que al encontrarnos ante temas meramente de transparencia y vigilancia, es pertinente involucrar a la ASF y al INAI, como operadores técnicos de dicha plataforma electrónica. La cual deberá de requerir a las diversas dependencias, a través de la Secretaría de la Función Pública, para que proporcionen de manera mensual, todos los contratos y documentación relacionada a los actos jurídicos celebrados por estas, con relación al ejercicio de recursos públicos.
Dicha información deberá ser compartida con todos las diputadas y los diputados a través del portal de la Cámara de Diputados. Esto con la finalidad de que cada uno de los legisladores pueda tener una mayor certeza al momento de realizar funciones derivadas de sus facultades de vigilancia.
Teniendo como resultado una mayor transparencia entre el intercambio de información que debe existir entre los diversos Poderes del Estado, de acuerdo con el ya mencionado artículo 93 de la CPEUM, generando así un mejor clima de transparencia y rendición de cuentas.
Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, con el siguiente resolutivo:
Puntos de Acuerdo
Primero.- Se propone la creación de un portal dentro de la página de la Cámara de Diputados, operado técnicamente por la ASF y el INAI, con la finalidad de que pueda darse un intercambio de información entre el Poder Legislativo y Poder Ejecutivo, que tenga como resultado el generar un mayor clima de transparencia y vigilancia, respecto de los proyectos de infraestructura de la administración pública federal.
Segundo.- La creación del portal estara bajo la supervisión de las Comisiones de Transparencia y Anticorrupción; y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. Pero contará con el apoyo técnico de la ASF y el INAI.
Tercero.- Las dependencias que tengan a su cargo proyectos de infraestructura trascendentales para la nación deberán compartir la documentación relacionada con cualquier contrato o diverso acto jurídico que estas celebren e involucre el ejercicio de recursos públicos, a través de la Secretaría de la Función Pública.
Cuarto.- La duración de esta obligación persistirá mientras se encuentren en ejecución los proyectos de infraestructura de interés nacional.
Quinto.- Cualquier diputado que forme parte de las Comisiones de Transparencia y Anticorrupción y/o Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación podrá solicitar que se dé seguimiento a un megaproyecto de infraestructura, sin la necesidad de conceso de más diputados.
Notas
1 Consulte en línea: https://politica.expansion.mx/presidencia/2018/08/09/lo-que-sabemos-de- los-25-proyectos-prioritarios-de-lopez-obrador
2 Consulte en línea: https://www.elfinanciero.com.mx/opinion/salvador-camarena/2021/10/15/do s-bocas-la-asf-les-dijo-les-advirtio/
3 Consulte en línea: https://www.proceso.com.mx/nacional/2021/2/21/la-asf-advierte-riesgos-e n-la-viabilidad-del-aeropuerto-de-santa-lucia-258741.html
4 Consulte en línea: https://obras.expansion.mx/infraestructura/2021/02/22/claves-sobre-irre gularidades-senaladas-al-tren-maya-por-asf
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Guillermo Octavio Huerta Ling (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Ssa a implantar los ajustes necesarios en el Programa de Vacunación Universal, haciendo efectiva la vacunación contra el VPH en niñas de entre 9 y 14 años de edad, y extenderla a las jóvenes de hasta 26 años, a cargo de la diputada Frinné Azuara Yarzábal, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Frinné Azuara Yarzábal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de los siguientes
Considerandos
El virus del papiloma humano (VPH) es una de las infecciones más comunes del tracto reproductivo responsable de una variedad de cánceres y otras afecciones tanto en hombres como en mujeres. El Centro Internacional para Investigaciones sobre el Cáncer ha clasificado algunos VPH como de alto riesgo (carcinogénicos) en los humanos. VPH-16 y VPH-18 son los tipos carcinogénicos más comunes, responsables de aproximadamente 70 por ciento de los cánceres cervicales, así como varios casos de cáncer de pene y del ano, carcinoma de orofaringe, y cánceres de la cabeza y del cuello. Los VPH tipo 31, 33, 45, 52, y 58 juntos causan 15 por ciento de los cánceres cervicales. El VPH-6 y el VPH-11 son los dos principales tipos de bajo riesgo (no carcinogénicos) y causan las verrugas anogenitales. La mujer puede ser infectada por más de un tipo al mismo tiempo.1
La Organización Mundial de la Salud (OMS) estimó que en 2017 la prevalencia de VPH en mujeres es de 11.7 por ciento en todo el mundo. América Latina y Caribe presentaron 16.1 de prevalencia, la segunda más alta del mundo después de África Subsahariana (24 por ciento).
Todas las personas sexualmente activas tienen riesgo de infectarse por el VPH. Las mujeres con infección persistente por los tipos carcinogénicos tienen riesgo de desarrollar el cáncer cervical. Personas inmunocomprometidas, incluidas las infectados por el virus de inmunodeficiencia humana (VIH), tienen más posibilidades de tener infecciones persistentes con rápida progresión para cáncer.
La infección por el VPH es una de las infecciones de transmisión sexual más comunes en el mundo. Usualmente pero no siempre la transmisión ocurre durante la relación o contacto sexuales de piel con piel con la persona que tiene el virus. Puede ser transmitido hasta con el uso de condones y también en relacionamientos monogámicos. Casi todas las personas en el mundo se infectan con el VPH al menos una vez durante su vida.
El VPH resiste a disecación y desinfección logrando sobrevivir por largo tiempo en la superficie de objetos. Por lo tanto, puede ser transmitido por medio de objetos o materiales infectados. Puede también ser transmitido por contacto directo con heridas y abrasiones y, en raros casos, de madre para hijo durante el parto.
No está claro si la inmunidad natural se desarrolla después de la primera infección por VPH. Hay evidencia que la infección por un determinado tipo de VPH puede proveer alguna protección para este mismo tipo, pero no para otros diferentes.
Por lo tanto, la vacuna VPH provee inmunidad y es una herramienta importante para la prevención del cáncer. La respuesta serológica después de la vacunación contra el VPH es mucho más fuerte que la respuesta después de la infección natural, lo que proporciona a las personas una fuerte protección inmunológica a largo plazo contra el VPH.
La mejor manera de prevenir el VPH es vacunarse antes de empezar las actividades sexuales.
Según las recomendaciones del Grupo de Expertos en Asesoramiento Estratégico (SAGE por su sigla en inglés) sobre inmunización de la OMS y el Grupo Técnico Asesor en Enfermedades Prevenibles por Vacunación de la OPS, el público objetivo prioritario para recibir las vacunas VPH son las niñas de 9-14 años, antes de que empiecen su actividad sexual . La OPS-OMS recomiendan administrarles dos dosis de la vacuna con intervalo de seis meses entre ellas. La persona debe recibir las dos dosis recomendadas para estar protegida.
Según estimaciones de la OPS sobre la cobertura de la vacuna contra el VPH en la Región de las Américas a 2020, en México se tenía 50 por ciento en niñas y 0 en niños.
Tres vacunas seguras y efectivas están precalificadas por la OMS y dos de ellas son usadas por la mayoría de los países de la Región para proteger contra los tipos más peligrosos de VPH, proveyendo fuerte y duradera inmunidad. Las altas coberturas en niñas (>80 por ciento) significativamente reducen el riesgo de infección en los niños.
El uso de condones durante toda la relación sexual puede contribuir para prevenir la transmisión del VPH, aunque el VPH puede ser transmitido con el uso de éstos.
Un estudio del Instituto Nacional de Salud Pública mostró que la aplicación de sólo dos dosis de la vacuna contra el VPH es suficiente para proteger a las mujeres.2
Cada año 83 mil mujeres de las Américas son diagnosticadas con el virus, el cual en muchos casos es precursora del cáncer cervicouterino.
En México, la vacuna contra el VPH se introdujo en 2012 y se administra de manera gratuita a niñas de quinto año de primaria.
Entre las metas y objetivos del Programa de Vacunación Universal de 2021 se contempló por un lado reducir la incidencia de infección por el VPH en mujeres, a través de la estrategia de vacunación previa al inicio de la vida sexual activa, en las adolescentes que cursan el 5o. grado de primaria o de 11 años de edad no incluidas en el sistema educativo nacional; y por otro lado reducir la incidencia de infección por el VPH y su efecto en personas inmunodeprimidas, a través de la vacunación de personas que viven con VIH.3
En los lineamientos generales 2021 del Programa de Vacunación Universal y jornadas nacionales de salud pública, emitidos por la Secretaría de Salud del gobierno federal, se estableció que la vacunación contra el VPH se aplicara de acuerdo a la disponibilidad del biológico en cada institución, considerando en la primera jornada a las adolescentes de 5o. grado de primaria y de 11 años de edad no escolarizadas; y en la segunda jornada a las adolescentes de 6o. grado de primaria y de 11 y 12 años de edad no escolarizadas.
Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades cuentan con el Comité Asesor sobre Prácticas de Vacunación (ACIP) que formula recomendaciones respecto a todas las vacunaciones en Estados Unidos, incluso la vacuna contra el VPH. Las recomendaciones actuales del ACIP para la vacunación contra el VPH son, entre otras, la siguiente:
Niños y adultos de 9 a 26 años de edad. Por lo habitual, se recomienda la vacunación contra el VPH a los 11 o 12 años de edad, pero se puede iniciar a los 9 años. En el caso de las personas que no se vacunaron de forma satisfactoria, se recomienda la vacunación contra el VPH hasta los 26 años.4
El cáncer cervical, que causa la muerte de 300 mil mujeres cada año, puede prevenirse con la vacunación durante la infancia contra el VPH, su principal causante, pero esta vacuna sólo se administra a 1 de cada 7 niñas, advirtió la OMS.5
Tan sólo 13 por ciento de las niñas de entre 9 y 14 años en todo el mundo estaban vacunadas en 2020 contra el VPH, indicó el estudio publicado por la OMS.
De lo anterior se concluye que en México existe una brecha de rezago en la vacunación de niñas en el grupo etario prioritario de 9 a 14 años que recomienda la OMS, pues en nuestro país la prioridad tan sólo abarca a las niñas de 11 a 12 años de edad. La brecha se amplía si consideramos que los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos recomiendan extender la edad hasta los 26 años en caso de no haberse vacunado de forma satisfactoria.
Por ello se propone que en México el Programa de Vacunación Universal considere la vacunación contra el VPH en niñas de entre 9 y 14 años de edad y en jóvenes de hasta 26 años de edad que no se hayan vacunado en su oportunidad de forma satisfactoria.
Por lo fundado y expuesto se somete a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. El pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta al secretario de Salud federal, doctor Jorge Alcocer Varela a implantar los ajustes necesarios en el Programa de Vacunación Universal para que se haga efectiva la vacunación contra el virus del papiloma humano en todas las niñas de entre 9 y 14 años de edad y se haga extensiva a las jóvenes de hasta 26 años de edad que no hayan sido vacunadas de forma satisfactoria.
Notas
1 Vacuna contra el virus del papiloma humano, OPS-OMS, Organización Panamericana de la Salud (paho.org)
2 Confiable esquema mexicano de vacunación contra VPH, revela estudio (adn40.mx)
PVU_y_JNSP_Lineamientos_Generales_2021.pdf (www.gob.mx)
4 Vacunas contra el VPH. Instituto Nacional del Cáncer (cancer.gov)
5 OMS pide acelerar vacunación contra VPH para frenar cáncer cervicouterino (forbes.com.mx)
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Frinné Azuara Yarzábal (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la SE, la SHCP, la Sader y la Cofece a fortalecer las unidades de producción de la agroindustria de la uva e impulsar al vino mexicano en los mercados nacional e internacional, a cargo de la diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano
Quien suscribe, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, diputada integrante del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; 62, numeral 3; 79, numeral 2, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a diversas secretarías a fomentar acciones y fortalecer las unidades de producción de la agroindustria de la uva, así como a impulsar una campaña de promoción nacional e internacional del sector vitivinícola mexicano con base en las siguientes
Consideraciones
De acuerdo con el Banco Mundial, nuestro país se encuentra entre las quince economías más grandes del mundo,1 los criterios generales de política económica señalan que en 2021, la expansión de la economía en Estados Unidos de América (EUA) tuvo una expansión de 6.0 por ciento y esta influencia estimó una leve recuperación para nuestro país al percibir una mayor cantidad de remesas, turismo y exportaciones.
La Organización Mundial del Comercio señala que en 2021, México se acercó al ingreso de los 10 principales exportadores del mundo, lo que promueve el desarrollo de los mercados, el aumento de la producción y el comercio.2
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en nuestro país existen 6 mil 95 empresas manufactureras, 40 mil Mipymes de exportación, quienes se vieron afectados por la pandemia, aunque para algunos representó una oportunidad la tecnología y el comercio electrónico, para otros no ha sido sencillo continuar con su cadena de exportación.
En esta tesitura, las exportaciones del sector agroalimentario en 2020 representaron 3.6 por ciento del producto interno bruto (PIB), en comparación con 2019 en donde se alcanzó 3.2 por ciento. Es decir que las exportaciones agroalimentarias fueron de 39 mil 525 millones de dólares en 2020 y representan 9.7 por ciento del total de las ventas externas de productos al exterior.3
El Servicio de Información Agroalimentaria y Pesquera de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural reportó un aumento exponencial en 2019 de la exportación de uva en 7.9 por ciento y estimó desde entonces que, para 2024 sean exportadas 191 mil toneladas, lo que equivaldría a 198.78 millones de dólares (a precios de 2016).4
El sector vinícola en nuestro país produce 36 millones de litros al año ocupando una producción de 73 mil toneladas de uva, industria que genera más de 500 mil empleos en el sector agrícola. La uva al ser el principal insumo de vinos requiere de la implementación de medidas de fortalecimiento a la cadena productiva desde su producción hasta su comercialización en el mercado interno y externo.
La oferta del vino ha cobrado importancia pues el consumo interno ha aumentado; de acuerdo al Consejo Vitivinícola Mexicano el vino importado representa 87 por ciento mientras que la producción nacional se distribuye al interior en 18 por ciento. En el año 2016 la producción fue de 19 millones de litros en 5 mil hectáreas de viñedos de nuestro país. Los principales proveedores de vino a nivel mundial son España, Francia, Italia mientras que en Latinoamérica se encuentra Chile y Argentina.
La falta de medidas arancelarias para los vinos de importación permite su ingreso a nuestro país para su comercialización, generando ganancias para los países productores y sus comercializadores, mientras que al vino mexicano es considerado como bebida alcohólica de 14 por ciento de contenido alcohólico obliga al pago del Impuesto Especial de Producción y Servicios (IEPS) de más de 14 y hasta 20 por ciento y de contener más de 20 por ciento de contenido alcohólico el IEPS es de 53 por ciento, lo que eleva los costos y reduce su competitividad respecto a los importados.
Los aranceles en México son de los más altos del mundo detrás de China, Corea y Japón, lo que ocasiona que la industria vitivinícola mexicana se encuentre con ventas debajo de 60 por ciento en comparación con 2019.5
Argentina representa 14 por ciento de las importaciones de ese país, siendo el proveedor principal después de Chile y España, por lo que se requiere potenciar nuestro mercado con productos nacionales.
En el caso de Chile y Argentina han gestionado la baja del arancel a 8 por ciento para entrar a nuestro país, Argentina exporta vino por 20 millones de dólares estadounidenses al año, lo que equivale a 5.4 millones de litros y lo coloca como el tercer país exportador de vinos y de los cuales se exportan a México 62 millones de litros de vino argentino. (Mundo, 20 septiembre 2018).
Diversas organizaciones han señalado que el vino al ser una bebida alcohólica que se obtiene de la fermentación de los mostos de uva fresca, genera beneficios a la salud, por lo que podría eliminarse la tasa impositiva que actualmente posee.
El vino al igual que el café contiene sustancias fitoquímicas que combaten enfermedades cardiacas, la cerveza y el vino tinto contienen un alto nivel de oplifenoles que ayudan en la prevención de enfermedades cerebrovasculares.
El vino es saludable cuando se bebe en dosis adecuadas, estudios realizados por la Universidad de Ciencias Médicas de La Habana6 dieron a conocer la dosis exacta para ingerir vino: no se pueden beber más de tres copas de vino al día, exceder el límite dañaría la salud. El vino contiene pequeñas cantidades de dióxido de carbono, por lo que su consumo en exceso puede generar asma; en dosis elevadas ocasionar lesiones tisulares, muerte súbita y en la cavidad bucal se ha descrito la aparición de manchas en los dientes por el consumo del vino tinto y su coloración.
Un nuevo estudio realizado por el Instituto de Investigación en Ciencias de la Alimentación de la Universidad Autónoma de Madrid, España, y publicado en la revista Journal of Agricultural and Food Chemistry , de la Sociedad Química Americana (ACS, por sus siglas en inglés),7 encontraron en el vino tinto el beneficio de prevenir las caries por su alto contenido de los polifenoles (antioxidantes naturales) combatiendo la bacteriana que se aloja en los dientes y encías.
Entre los beneficios al consumir una copa de vino por día se encuentran:
Reducción del riesgo de padecer artritis reumática
Previene la gripe y los resfríos
Reduce la posibilidad de sufrir cáncer de garganta
Ayuda a mantenerse despiertos o en vigilia
Favorece la digestión
Previene el envejecimiento prematuro de las células de la memoria
Evita el cáncer de próstata
Favorece la asimilación de las proteínas
Mejora la piel
Ayuda la visión y previene enfermedades como la retinopatía diabética
Mejora las várices, reduce el dolor y las molestias de las hemorroides
Evita la formación de coágulos de sangre8
Es por ello que se requiere contar con estudios técnicos que avalen los beneficios o impacto que genera a la salud de los consumidores. Al tratarse de un derivado del sistema producto uva, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural podría generar los estudios que resulten necesarios para reconocer dicha condición en este producto, además de crear un programa o estrategia para impulsar a los productores de uva y del sector vinícola mexicano al interior y exterior de nuestro país lo que beneficiaría a quienes cultivan en al menos 4 mil 625 hectáreas y en donde se generan medio millón de toneladas para su elaboración, lo que además permite otorgar 500 mil empleos a jornaleros.9
Dado que la uva y su cadena productiva requiere de medidas y esfuerzos interinstitucionales, la presente proposición considera la importancia de examinar la implementación de un consejo regulador que supervise las normas en cuanto al origen, viñedos y elaboración de productos derivados, con la finalidad de certificar al vino mexicano de acuerdo a lo establecido en la ley de la propiedad industrial.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de la honorable Cámara de Diputados la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Secretaría de Economía a revisar las medidas arancelarias y comerciales de los vinos de importación provenientes de Argentina, Chile e Italia, que permitan impulsar la competitividad del vino mexicano en el mercado nacional e internacional.
Segundo. Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a revisar la tasa del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios del vino mexicano con el fin de establecer la tarifa correcta de acuerdo al volumen de alcohol que contiene y considerarlo en las modificaciones propuestas de la Miscelánea Fiscal de 2023, tomando en cuenta los beneficios que genera su consumo para la salud.
Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a realizar un estudio sobre el impacto del vino en la salud, así como a crear un programa o estrategia especial para impulsar a los productores de uva y del sector vinícola mexicano.
Cuarto. Se exhorta a la Secretaría de Economía y a la Comisión Federal de Competencia Económica a estudiar la viabilidad de establecer un Consejo Regulador del Vino para supervisar y certificar los procesos de elaboración del vino mexicano de conformidad con la propiedad industrial.
Notas
1 https://www.bancomundial.org/es/country/mexico/overview#3
2 https://blog.mundi.io/exportacion/pymex-exportadoras-en-mexico/
3 https://www.eleconomista.com.mx/empresas/
Mexico-es-ya-octavo-global-en-envios-de-agroproductos-20210902-0030.html
4 https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/257085/Potencial-Uva.pdf
5 https://uvayvino.org.mx/2020/11/30/el-vino-mexicano-en-numeros/
6 El vino, ¿beneficioso o perjudicial para la salud?, Universidad de Ciencias Médicas de La Habana. Cuba: Disponible:
http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&p id=S1029-30432018000400004&lng=pt&nrm=iso
7 De Miguel Moreno N. Efectos beneficiosos del
consumo moderado de vino: Resveratrol [internet]. Madrid: Facultad de
Farmacia Universidad Complutense. 2016 jun. [citado 18 nov. 2017].
Disponible en:
http://147.96.70.122/Web/TFG/TFG/Memoria/NURIA%20DE%20MIGUEL%20MORENO.pdf
8 El vino, ¿beneficioso o perjudicial para la salud?, Universidad de Ciencias Médicas de La Habana. Cuba
Disponible: http://scielo.sld.cu/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1029-304320 18000400004&lng=pt&nrm=iso
9 https://uvayvino.org.mx/2020/11/30/el-vino-mexicano-en-numeros/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada María Teresa Rosaura Ochoa Mejía (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Segob y los gobiernos locales a revisar el marco normativo sobre la protección de periodistas e incorporar mecanismos de coordinación federación-estados para ello, a cargo de la diputada Fabiola Rafael Dircio, del Grupo Parlamentario del PRD
Quien suscribe, diputada Fabiola Rafael Dircio, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numerales 1, fracción II, y 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
El asesinato y agresiones a periodistas por motivos relacionados con su trabajo debe ser considerado como una grave violación del derecho a la libertad de expresión.
Las naciones unidas a través del relator especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y expresión, detalló que los informadores sufren sadismos como violencia sexual contra periodistas mujeres; confiscación o destrucción de equipo, el robo de información, la vigilancia ilegal y el registro ilegal de oficinas; distintas formas de intimidación, como las órdenes de comparecencia a comisarías para ser interrogados, el hostigamiento de familiares, las amenazas de muerte, la estigmatización y las campañas de injurias para desacreditar a periodistas; los secuestros y las desapariciones forzadas y llegan hasta el asesinato.1
Que informes de la organización Artículo 19 desde el año 2000 a la fecha se han documentado 149 asesinatos de periodistas en nuestro país, todos relacionadas con su labor, de ellos 137 eran hombres y 12 mujeres.2
Es importante resaltar que en los últimos nueve años han registrados 76 eventos, lo que representa poco más de 51 por ciento, de ello 47 fueron durante el sexenio anterior y 29 en la actual administración.
Asimismo, datos de la organización de Reporteros Sin Fronteras refieren que un periodista es asesinado cada semana en el mundo por ejercer su profesión, los datos dan a conocer que 65 por ciento de los periodistas asesinados fueron deliberadamente señalados y eliminados, siendo México y Afganistán, los países más peligrosos para estos profesionales.
El inicio de este año 2022 ha sido difícil para ese gremio, pues ya se ultimaron a 4 periodistas, José Luis Gamboa, en Veracruz; Margarito Martínez, en Tijuana; Lourdes Maldonado, en Tijuana y Roberto en Zitácuaro.
Que es deber de esta soberanía expresar que se está fallando en la protección a la vida, que se está incumpliendo con lo establecido en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, en su artículo 1o. que a la letra dice:
Artículo 1. La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en toda la República y tiene por objeto establecer la cooperación entre la Federación y las Entidades Federativas para implementar y operar las Medidas de Prevención, Medidas Preventivas y Medidas Urgentes de Protección que garanticen la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se encuentren en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos humanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.3
También es fundamental dejar obviar que la ley en comento dio vida al Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, el cual se estableció para que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos.4
Que, en días pasados el subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación reconoció que las agresiones contra periodistas permanecen impunes en más de 90 por ciento de los casos, subrayó también que se pondría especial énfasis en la definición de competencias porque en muchos de los casos son las propias autoridades las causantes de las agresiones.
Lo anterior son clara muestra del desamparo a los profesionales de la labor periodística, así como hacer evidente que también se falla a lo establecido en nuestro marco constitucional en su artículo 6o. que reza:
Artículo 6o. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
Asimismo, es contrario a lo público por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, que evidenció que cuando la impunidad de esos delitos fomenta la reiteración de actos violentos similares y puede resultar en el silenciamiento y en la autocensura de los y las comunicadoras.
Por otra parte, atino a citar la encuesta Impacto de la Covid-19 en las periodistas: precariedad y violencia elaborada por la Red Nacional de Periodistas, Comunicación e Información de la Mujer, AC, en el cual se especifica que 2021 fue un año violento para las periodistas en México, año en el cual vivieron distintos tipos de violencia las mujeres profesionales de la información como lo son, actos de intimidación con 19 por ciento; amenazas 13 por ciento; hostigamiento 11.5 por ciento; agresiones físicas 10 por ciento; bloqueo informativo 8.6 por ciento; campañas de desprestigio 7 por ciento; y el uso desproporcionado de la fuerza pública, 6 por ciento.5
Estos sucesos no son aislados, vale la pena retomar datos de la organización Artículo 19, en los cuales se documenta que durante el primer semestre de 2021, existieron 362 agresiones contra periodistas y medios de comunicación.
Lo anterior significó que cada doce horas se agredió a una persona periodista o medio en México.
Asimismo, referenció que en el primer año de gobierno de la administración actual la prensa fue víctima de 609 agresiones, en el segundo, de 692. Durante los primeros seis meses de su tercer periodo se han registrado 362 ataques, que equivalen a 52.por ciento de las agresiones del año 2020.6
Un informe del Centro Nacional de Memoria Histórica de Colombia, titulado La palabra y el silencio , concluyó que el objetivo de los ataques a la prensa es evitar que periodistas o trabajadores de la prensa cumplan con su labor y con ello impedir que la información contraria a sus intereses llegue a la sociedad.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión entre una de sus conclusiones reveló que la mayor parte de los asesinatos, desapariciones y secuestros recientes de periodistas se concentran en entidades federativas que padecen fuerte presencia del crimen organizado [...], en estos lugares el crimen organizado representa la mayor amenaza a la vida e integridad física de los periodistas, especialmente de aquellos que cubren noticias locales sobre corrupción, narcotráfico, delincuencia organizada, seguridad pública y asuntos relacionados.7
Sucesos como los manifestados sitúan a nuestro país muy lejos de las consideraciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que menciona que el ejercicio periodístico sólo puede efectuarse libremente cuando las personas que lo realizan no son víctimas de amenazas ni de agresiones físicas, psíquicas o morales u otros actos de hostigamiento.
Por lo anteriormente señalado, la suscrita presenta el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gobernación y a los gobiernos de las 32 entidades federativas, para que, en el ámbito de su competencia y en coordinación, realicen una revisión del marco normativo sobre la protección a periodistas en los estados y que se incorporen mecanismos de coordinación entre la federación y los estados para la efectiva protección a periodistas.
Notas
1 https://www.oas.org/es/cidh/
2 https://www.sopitas.com/
3 https://www.diputados.gob.mx/
4 Ídem
5 https://www.zonadocs.mx/
6 https://articulo19.org/
7 https://www.oas.org/es/cidh/
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Fabiola Rafael Dircio (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Sedatu y la Conavi a establecer con el Infonavit y el Fovissste criterios para recuperar las viviendas abandonadas, a cargo del diputado Alberto Villa Villegas, del Grupo Parlamentario de Morena
El que suscribe, Alberto Villa Villegas, diputado del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta ante esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
La crisis económica ocasionada por la contingencia sanitaria desde 2020, ha generado gran incertidumbre en la economía nacional. Sin embargo, esta contingencia nos ha dejado claro que la vivienda es un bien fundamental en donde se podrá salvaguardar la familia. Hoy en día la vivienda es considerada un pilar de desarrollo económico-social para México, y no sólo se trata de un patrimonio, es un espacio de desarrollo integral para todos los que la habitan.
Por ello, el contar con una vivienda que cuente con la seguridad y servicios apropiados, será relevante para hacer frente a pandemias y crisis económicas, y la población tendrá mayor certeza cuando la vivienda es propia.
Si bien todo ciudadano tiene derecho a una vivienda digna y decorosa lo cual implica las siguientes condiciones.1
I. Que no ponga en riesgo la satisfacción de otras necesidades básicas.
II. Seguridad en su tenencia.
III. Materiales y diseño de calidad.
IV. Buena ubicación y con acceso a servicios básicos y complementarios funcionales y suficientes.
V. Emplazada en un barrio seguro, con espacios comunes, áreas verdes y calidad comunitaria.
VI. Un diseño que como unidad y como asentamiento atienda a estándares técnicos de calidad y sea aceptable para sus habitantes.
VII. Un hábitat digno, integrado al entorno natural de manera responsable e incorporando tecnologías.
VIII. Enfoque integral y sostenible.
Gráfica 1
Enfoque integral y sostenible de la vivienda
Fuente: Elaboración propia con datos de los Principales Retos en el Ejercicio del Derecho a la Vivienda Digna y Decorosa, Coneval 2018.
Con ello, queda claro que la vivienda es un factor importante en la reducción de la brecha de desigualdad,2 adicionalmente, el rezago de vivienda tiene una estrecha relación con el crecimiento de la población y las oportunidades de desarrollo en cada región.
Gráfica 2
Rezago estatal número de viviendas 2020
Fuente: Sistema Nacional de Información e Indicadores de Vivienda 2019.
El rezago y la inseguridad van de la mano de la aceptación y comodidad del lugar donde residen los ciudadanos, aquí es necesario recordar que las entidades con más rezago en la vivienda son Veracruz, Chiapas, Estado de México, Oaxaca, Baja California y Guerrero.
Anteriormente, bajo el esquema neoliberal con un consumismo exacerbado en donde sólo unos cuantos eran beneficiados, la vivienda dejó de ser digna y se convirtió en un producto mercantil. Ante ello el abandono de viviendas se hizo latente, por la falta de seguridad y servicios, ya que se construían viviendas sin los accesos y servicios básicos, y quedaron como obras inconclusas o refugio para la delincuencia organizada.
Tan sólo en el estado de Jalisco paso de 358 mil 453 viviendas abandonadas durante 2010, a 93 mil 453 viviendas más, es decir se incrementó aproximadamente 26 por ciento el abandono de casas. Para 2021 eran alrededor de 12 mil viviendas abandonadas que se adquirieron a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) Además hay 735 viviendas que se recuperaron y se están ofreciendo a bajo costo, esto de acuerdo a la información otorgada por el director general de la institución, Carlos Martínez Velázquez, quien anunció que ya se implementan acciones concretas para erradicar el problema.3 Se trata de un plan maestro, el cual se basa en las nuevas reglas en materia urbana y de movilidad, lo cual indica que las zonas de construcción de vivienda de interés social deben contar con los servicios indispensables en materia de infraestructura y movilidad, como son:
Una vialidad primaria a no menos de 2.5 kilómetros.
Primaria secundaria y hospitales cerca.
Así como todos los servicios básicos necesarios.
De no contar con estos requisitos el Instituto no se entregará el préstamo, todo esto con el fin de evitar el abandono de casas.
En el estado de Jalisco los municipios con más casas abandonadas son Tlajomulco, donde aproximadamente la cuarta parte de las viviendas están deshabitadas; seguido por Zapopan, Guadalajara, Tonalá y Tlaquepaque.
Cabe señalar que el problema del abandono de viviendas no es sólo del estado de Jalisco, diversos estados padecen de esta problemática, y de acuerdo con el sistema de consulta dinámica del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) para 2021, en el territorio nacional hay 43 millones 903 mil 443 viviendas, de las cuales 6 millones 155 mil 682 están abandonadas.
Para ello, Román Meyer, titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) señaló que el problema del abandono de viviendas, la invasión a las mismas y el rezago habitacional, para el caso de los estados del norte, obedecen a una mala ubicación, mala calidad, carencia de servicios y desfavorables esquemas crediticios.4
Si bien con la crisis sanitaria, la actual administración ha tomado medidas importantes para la reactivación económica, es de resaltar que se han impulsado programas para la construcción, ampliación y mejoramiento de las viviendas en el país a través del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) y del Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) y de la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi).
Aún falta mucho por hacer, y es de señalar que el costo para la renovación de una vivienda abandonada es más flexible pues oscila entre los 40 mil y 52 mil pesos, esto acorde a un cálculo elaborado por el Infonavit en una prueba piloto?realizada en?23 propiedades durante 2021.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, someto a consideración de esta honorable asamblea el presente punto de acuerdo, el cual tiene por objetivo que se consideren y establezcan las medidas y estrategias necesarias para rescatar las viviendas abandonadas y proveer de los servicios y seguridad necesaria a la población.
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al gobierno federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y la Comisión Nacional de Vivienda, en coordinación con el Infonavit y con el Fovissste, para fortalecer las estrategias y criterios para la recuperación de las viviendas abandonadas.
Notas
1 Principales Retos en el Ejercicio del Derecho a la Vivienda Digna y Decorosa CONEVAL 2018.
2 La población en general no cuenta con un poder adquisitivo oportuno para cubrir los costos de una vivienda, para esto, de acuerdo con datos del Coneval 2018, el grueso de la población destina el 61% de su ingreso para cubrir los gastos de una vivienda.
3 Jalisco, con 12 mil casas en abandono: Infonavit, 22 de septiembre 2021, https://www.ntrguadalajara.com/post.php?id_nota=172050
4 Comunicado 070/2019, de la Sedatu.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Alberto Villa Villegas (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Semarnat a convocar a sesión extraordinaria a la CIASI dada la declaratoria de emergencia por sequía extrema en NL, a cargo del diputado Héctor Israel Castillo Olivares, del Grupo Parlamentario del PAN
Héctor Israel Castillo Olivares, diputado federal del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 1, fracción II, y numeral 2, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Declaratoria de Emergencia por Sequía en el estado de Nuevo León del 2 de febrero de 2022, por parte del titular del Poder Ejecutivo estatal, es resultado de una crisis cíclica y multifactorial que enfrenta la entidad desde hace más de diez años, asociada a factores diversos como la escasez de lluvias; el aumento de la temperatura; las constantes fugas; el incremento desproporcionado en el consumo del vital líquido; la ausencia de estrategias en el cuidado del agua y de un plan de seguridad del agua, que integre la evaluación y gestión del riesgo del sistema de agua, desde la cuenca de captación hasta su entrega a la población usuaria final, entre otros.1
En la citada declaratoria de 2022, se reconoce que las fuentes de abastecimiento de agua potable de Nuevo León se han mantenido estresadas, por lo que las escasas lluvias que se han presentado en el Estado, no han aportado el volumen mínimo para soportar los meses entre marzo y septiembre correspondientes a primavera y verano del presente año. La presa Cerro Prieto cuenta con el 9.88 por ciento; la presa La Boca con un 25.28 por ciento y la presa El Cuchillo con 53.98 por ciento de su capacidad de almacenamiento. Por tanto, de conformidad con el numeral 11 del Programa de Medidas Preventivas y de Mitigación de la Sequía, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, se detona la emergencia cuando el porcentaje del volumen almacenado en conjunto con las presas La Boca, Cerro Prieto y El Cuchillo, es igual o menor a lo siguiente:
Primera etapa: Sequía moderada 64 por ciento
Segunda etapa : Sequía severa 53 por ciento
Tercera etapa: Sequía extrema 46 por ciento
Cuarta etapa: Sequía excepcional 40 por ciento
Asimismo, se reconoce que actualmente el estado de Nuevo León cuenta con un 44.16 por ciento del volumen mencionado, por lo que se encuentra en la tercera etapa, denominada sequía extrema.
Adicionalmente, la problemática persistente de sequía se agudiza en los meses de octubre y noviembre, debido a que año con año los periodos se prolongan cada vez más, debido a los bajos niveles captación de agua en las tres principales presas: La Boca y Cerro Prieto, localizadas en el municipio de Linares, y El Cuchillo-Solidaridad, en el municipio de China.
En este marco, resulta oportuno mencionar que la problemática de sequía que enfrentamos los habitantes de Nuevo León ha sido objeto de una serie de acciones legislativas por parte de las y los diputados locales, así como federales, integrantes del Grupo Parlamentario del estado de Nuevo León, quienes desde 2018 hemos exhortado a la Comisión Nacional del Agua (Conagua), para efectos de supervisión en la disponibilidad de las fuentes de abastecimiento de la presa El Cuchillo, en el marco del acuerdo de coordinación de noviembre de 1996 y emita opinión de factibilidad y viabilidad técnica a partir de la reducción del área de riego del distrito 026 Bajo Río San Juan Tamaulipas y del crecimiento demográfico del área metropolitana de Monterrey, entre otras acciones.2
Pese a lo anterior, la Conagua, autoridad nacional responsable de la promoción en el ámbito nacional el uso eficiente del agua y su conservación en todas las fases del ciclo hidrológico, así como del impulso al desarrollo de una cultura del agua que considere a este elemento como recurso vital, escaso y de alto valor económico, social y ambiental; entre otras atribuciones, ha mantenido una postura preocupante de omisión institucional ante la crisis que enfrentan los municipios Apodaca, Benito Juárez, García, Guadalupe, Monterrey, General Escobedo, San Nicolás de los Garza, Santa Catarina, San Pedro Garza García, Cadereyta Jiménez, Santiago, y Salinas Victoria que conforman la Zona Metropolitana de Monterrey (ZMM), que de acuerdo con datos del Censo Nacional de Población y Vivienda 2020 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), es la segunda zona más poblada de todo el país, con 5.3 millones de habitantes. Situación que se agudizará en los próximos años si consideramos las proyecciones de escenarios en materia de cambio climático que estiman que para el año 2030, el estado de Nuevo León podría tener incrementos en las temperaturas entre 1.6 a 2. 4º C y todavía más reducciones de precipitaciones entre -20 a -27. Tales escenarios traerán mayores vulnerabilidades por estrés hídrico para las actividades productivas, la población y el medio ambiente en Nuevo León.3
Debido al panorama complejo que atraviesa la entidad ante la falta de mecanismos eficaces para atender los efectos inmediatos del volumen mínimo requerido en las tres presas mencionadas, así como un plan de seguridad del agua que integre la evaluación y gestión del riesgo del sistema de agua, y de una partida presupuestal extraordinaria para la entidad en el presente ejercicio fiscal, destinada a obras de ampliación de ductos provenientes de las presas mencionadas, es urgente que la Comisión Intersecretarial para la Atención de Sequías e Inundaciones (CIASI) coordine las acciones entre dependencias y entidades de la administración pública federal, relativas al análisis de riesgos e implementación de medidas de prevención y mitigación de la sequía y sus efectos en el estado de Nuevo León.
La CIASI fue creada por acuerdo presidencial del cinco de abril de 20134 y se integra con los titulares de las siguientes dependencias, entidades y órganos administrativos desconcentrados:
1. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, quien la presidirá
2. Secretaría de Gobernación
3. Secretaría de la Defensa Nacional
4. Secretaría de Marina
5. Secretaría de Hacienda y Crédito Público
6. Secretaría de Desarrollo Social
7. Secretaría de Energía
8. Secretaría de Economía
9. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
10. Secretaría de Comunicaciones y Transportes
11. Secretaría de Salud
12. Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano
13. Comisión Federal de Electricidad
14. Comisión Nacional del Agua
Como parte de las funciones, la CIASI formula y somete a consideración del presidente de la República las políticas y estrategias nacionales en materia de sequías e inundaciones, para su incorporación en los programas sectoriales correspondientes; define y coordina la instrumentación de las estrategias nacionales en materia de sequías e inundaciones; establece medidas preventivas, así como de atención y de mitigación de fenómenos meteorológicos extraordinarios; establece los mecanismos de coordinación entre los tres órdenes de gobierno para la implementación de acciones preventivas ante sequías e inundaciones ; difunde a nivel nacional información sobre sequías e inundaciones y las medidas para la prevención y control de sus efectos; promueve la sistematización de información nacional relevante en materia de fenómenos meteorológicos y sus efectos; establece mecanismos para poner a disposición de la población la información oportuna que permita tomar las medidas necesarias frente a la ocurrencia de un fenómeno meteorológico extraordinario e identifica aquellas zonas que por las características de vulnerabilidad que presentan frente a la ocurrencia de fenómenos meteorológicos extraordinarios, requieren de una atención inmediata o prioritaria por parte de las dependencias y entidades , en el ámbito de sus respectivas competencias y evita o minimiza los efectos negativos de la sequía sobre el ambiente, en especial sobre el régimen de caudales ecológicos, entre otras.5
En mi calidad de diputado federal por el Distrito 1 de San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, considero indispensable emplazar a la CIASI, para unir esfuerzos en materia de prevención y mitigación de fenómenos hidrometeorológicos que enfrenta la entidad.
Por lo expuesto, someto a consideración de esta honorable asamblea, la presente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta respetuosamente a la titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que, en el ámbito de sus atribuciones, convoque a sesión extraordinaria a los miembros de la Comisión Intersecretarial para la Atención de Sequías e Inund aciones, derivado de la Declaratoria de Emergencia por Sequía Extrema en el estado de Nuevo León y el control de sus efectos.
Notas
1 Declaratoria de Emergencia por Sequía en el Estado de Nuevo León, Periódico Oficial, Gobierno Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, Monterrey, Nuevo León, miércoles 2 de febrero de 2022, página 3.
2 Gaceta Parlamentaria, año XXI, número 5155-V, martes 13 de noviembre de 2018.
3 Declaratoria de Emergencia por Sequía en el Estado de Nuevo León, página 4.
4 Acuerdo por el que se crea la Comisión Intersecretarial para la Atención de Sequías e Inundaciones, Diario Oficial de la Federación, artículo segundo, 5 de abril de 2013, páginas 2 y 3.
5 Ibídem, página 2.
Dado en la sede de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Héctor Israel Castillo Olivares (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la SSPC y el Inmujeres a realizar una campaña nacional para promover mecanismos, instrumentos y herramientas para que las niñas y mujeres puedan realizar denuncias por violencia digital, a cargo del diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Andrés Mauricio Cantú Ramírez, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea la presente proposición con punto de acuerdo, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Violencia digital en contra de las mujeres a escala mundial
De acuerdo con la ONU, define la violencia digital como aquel comportamiento violento en línea que va desde el acoso en línea y el agravio público hasta el deseo de infligir daño físico, incluidos los ataques sexuales, los asesinatos y los suicidios inducidos.1
Es decir, cuando se utilizan las herramientas de la información mejor conocidas como las TIC, para realizar actos en contra de la integridad de una persona que afecta su entorno y su relación con la comunidad.
En este tipo de delitos, todas las personas quedan expuestas, ya sea por tener un virus en sus dispositivos electrónicos que a la persona perpetuadora les permite tener acceso a los archivos y confidencialidad de la víctima, o en otros casos, se debe a una persona de confianza que en un intercambio de información personal decide exponer la información de la víctima para causar daño.
En este último caso, es donde nos concentraremos más, pues se trata de un hecho lamentable que sucede de forma repetida en nuestra sociedad, pero que afecta de forma más profunda a las mujeres de nuestro país.
Hablar de violencia de género a través de medios digitales en contra de niñas y mujeres es un tema de suma delicadeza toda vez que se trata de acciones o formas para silenciar, excluir y perjudicar a este género, lo cual, ocasiona que este sector de la población limite su derecho al goce libre de los espacios digitales y a mantenerse seguras tanto dentro como fuera del ecosistema digital.
De acuerdo con datos de la ONU Mujeres, 73 por ciento de las mujeres en el mundo ha sido víctima de este tipo de actos o en algún momento experimentó algún tipo de violencia digital.2
Por otra parte, resulta aún más preocupante que del total de las mujeres, que han sufrido por esta situación, 90 por ciento de ellas fue víctima de la distribución digital de imágenes íntimas sin su consentimiento.
Por este hecho, alrededor de 28 por ciento de las mujeres que han sido víctimas de estos hechos, redujeron su presencia en los medios digitales, por temor a ser acosadas o violentadas nuevamente.
Los datos anteriores señalan una problemática mundial que aumenta el estado de vulnerabilidad e indefensa en la que se encuentran millones de mujeres ante esta situación, más aún, a nivel mundial, distintos países aún no cuentan con sistemas de apoyo que atiendan estos hechos y garantizar a las niñas y las mujeres una vida libre de violencia.
Estos actos, además llegan a ser más constantes y agresivos, sobre mujeres blogueras o influencers, así como mujeres pertenecientes a minorías étnicas, indígenas, lesbianas, bisexuales y transgénero.
Caso en México
Para el país, no es ajena esta situación ya que, de acuerdo con datos de la misma organización citada, alrededor de 9.4 millones de mujeres entre los 18 y los 30 años son afectadas por el ciberacoso.
De esto, 40.3 por ciento sufre de insinuaciones sexuales y 32.8 recibe fotos o videos con contenido sexual no solicitado; no obstante, los actos de violencia que sufren las mujeres mexicanas también contemplan, llamadas ofensivas, publicación de información personal, críticas, rastreo de cuentas, provocaciones, entre otras.
De forma adicional, de acuerdo con las estadísticas del Centro de Estudios Legislativos para la Igualdad de Género, a escala nacional 35 por ciento de las mujeres de 20 a 29 años ha sufrido violencia digital, así como 32 por ciento de las niñas y mujeres de 12 a 19 años en todos los casos, los agresores extorsionan y amenazan a las víctimas con el contenido de las víctimas.
Lo preocupante de esta situación es que en 40 por ciento de los casos son personas conocidas de las víctimas quienes realizan estos actos, lo que nos habla de un estado de inseguridad y vulnerabilidad muy alto para las niñas y mujeres mexicanas.3
Sin embargo, en el caso de nuestro país y respecto a la situación que prevalece en nuestra sociedad, si contamos con un mecanismo de protección y defensa de las personas y sobre todo de las niñas y las mujeres que sufren por estos actos.
La renombrada Ley Olimpia, surgió a raíz de la difusión de un video íntimo de la activista Olimpia Coral Melo a través de una red social por su ex pareja sentimental como un acto de venganza sin su consentimiento.
Debido a la falta de mecanismos por parte de las autoridades de justicia para garantizar su integridad y su seguridad, Olimpia Coral empezó a promover una propuesta de reforma al Código Penal del estado de Puebla de donde ella es originaria para tipificar estos actos como un delito.
De esta forma nace la Ley Olimpia, un conjunto de reformas que se aplicaron al Código Penal Federal y Estatales; y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que castiga la violencia digital (ciberviolencia) y sancionan los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales. Es decir, estas reformas son de aplicación general para todas las personas.
A escala federal, la Ley Olimpia considera sanciones de 3 a 6 años de prisión para quienes realicen estas acciones y multas que van de 500 a mil unidades de medida y actualización. Es decir, sanciones que van desde 48 mil 110 pesos hasta los 96 mil 220, de la reparación de los daños y perjuicios que se ocasionaron a la víctima.
Respecto a los estados, hasta ahora 29 entidades federativas ya aprobaron cambios a sus legislaciones y códigos penales para tipificar estos actos como delitos que deberán ser castigados y perseguidos desde el ámbito local.
Pese a contar con instrumentos legales que buscan reducir y erradicar estás prácticas, la realidad es que, aún se siguen presentando casos de violencia digital en contra de las mujeres en todos los niveles de nuestra sociedad.
El estado de vulnerabilidad en el que se encuentran las mujeres sigue siendo preocupante, pues este tipo de delitos aún son presente en muchos entornos donde se desenvuelven y desarrollan, desde sus hogares hasta sus centros de trabajo, además afrontan una realidad que debe cambiar.
Estamos conscientes de los esfuerzos que se han realizado desde el Ejecutivo y las instituciones de seguridad, políticas y de bienestar para generar espacios seguros para las mujeres, sin embargo, en esta materia es necesario seguir reforzando los mecanismos de protección, paridad y equidad de género que contribuyan a seguir construyendo un México más justo, seguro y equitativo.
Se han logrado resultados destacables con las modificaciones de nuestro marco jurídico federal y estatales, que se han traducido en cambios sustanciales que ayudan al objetivo de proteger e impulsar el libre desarrollo de mujer, por lo que es ahora necesario redoblar esfuerzos en materia de seguridad y acceso a una vida libre de violencia.
Por ello, para lograr avanzar en la construcción de una sociedad más justa y libre, debemos promover campañas de información de los mecanismos de denuncia y protección para la mujer que son o pueden ser víctimas de este delito, y con ello ir reduciendo los índices de violencia digital de género en nuestro país.
Nuestras instituciones cuentan con las capacidades para realizar una difusión masiva de las herramientas con las que se cuentan para que más niñas y mujeres conozcan los mecanismos para realizar una denuncia y evitar que los hechos de los que puedan ser víctimas resulten en actos más severos que atenten contra la vida de las mexicanas.
Por todo lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y el Instituto Nacional de las Mujeres a realizar una campaña nacional para difundir los mecanismos, los instrumentos y las herramientas con que cuenta el Estado mexicano para que las niñas y mujeres del país puedan realizar las denuncias correspondientes ante casos de violencia digital.
Notas
1 Véase https://www.semujeres.cdmx.gob.mx/violencia-cibernetica-contra-mujeres/ identificala
2 Véase
https://mexico.unwomen.org/sites/default/files/Field%20Office%20Mexico/Documentos/
Publicaciones/2020/Diciembre%202020/FactSheet%20Violencia%20digital.pdf
3 Véase https://www.gob.mx/indesol/prensa/
80-de-la-violencia-digital-va-dirigida-a-mujeres-de-entre-20-y-30-anos-de-edad-afirma-experta?idiom=es
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Andrés Mauricio Cantú Ramírez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a Capufe a instalar mesas de diálogo con los trabajadores afectados por los recientes despidos masivos, a cargo del diputado Jesús Alberto Velázquez Flores, del Grupo Parlamentario del PRD
El que suscribe, Jesús Alberto Velázquez Flores, diputado de la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante de Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
El derecho al trabajo es un derecho fundamental y esencial para la realización de otros derechos humanos, por medio de éste se busca asegurar las necesidades básicas e incluso alcanzar una mejor calidad de vida, constituye una parte inseparable e inherente de la realización humana.1
El Estado mexicano debe ser un estado garante de la protección de este derecho humano para todas y todos los mexicanos, tienen su origen como derechos sociales en la Constitución mexicana de 1917, están contenidos y tutelados en los artículos 5o. y 123 de nuestra Carta Magna.
El 23 de diciembre de 2021, mediante el oficio circular número DG/509/2021, dirigido a todo el personal de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos (Capufe), la directora general, maestra Elsa Julita Veites Arévalo, hizo referencia al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 23 de abril de 2021, por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de distintas leyes en materia laboral, quedando prohibida la subcontratación de personal, lo que se conoce como outsourcing.
En dicha circular, la titular de éste organismo público descentralizado, se comprometió a salvaguardar los intereses de todas y todos los trabajadores que conforman Capufe en la modalidad de outsourcing, a través del pago de los finiquitos y/o liquidaciones, así como de la nueva contratación directamente con Capufe a partir del primer día de enero de 2022, y con apego a las leyes laborales vigentes.
Sin embargo, en enero les fue presentado un contrato temporal con una vigencia de un mes, con un salario más reducido, sin prestaciones como el seguro médico y por supuesto, donde no se respetaban las antigüedades de las y los trabajadores; antigüedades que van desde los 5, 10 años y hasta 20 años de servicio.
Una vez que concluyó este contrato en comento, es decir, el 1 de febrero de 2022, al presentarse a sus laborales ya no les fue permitido el acceso a sus puestos de operación.
¿Qué va a pasar con las familias de las y los trabajadores que perdieron su empleo y por ende su seguridad social?
Los derechos humanos laborales se encuentran íntimamente ligados a la seguridad social, al derecho a la permanencia en un empleo, al derecho a ser indemnizado en caso de despido sin justa o legal causa, a un salario, a una vivienda, a una jornada máxima laboral, a la seguridad social, al reparto de utilidades, el derecho a la asociación profesional, entre otros, y hoy en México a 2 mil 500 trabajadores se les está violando este derecho.
Cabe destacar que quince trabajadores veracruzanos ya se han amparado y hoy están en espera de una respuesta por parte de la justicia federal. Así como ellos, alrededor de 2 mil 500 trabajadores de las 42 autopistas y 32 puentes que son operadas por Capufe en las 24 entidades de nuestro país, esperan una solución a su problemática.
En esta tesitura, y dada la naturaleza e importancia del presente asunto, realizamos la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Dirección General del Organismo Público Descentralizado Capufe, para que se instalen mesas de diálogo con las y los trabajadores afectados por los despidos masivos de las 42 autopistas y 32 puentes que son operadas por Capufe, en las 24 entidades de nuestro país, a fin de encontrar una solución a su problemática.
Nota
1 Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General No 18, el Derecho al Trabajo, aprobada el 24 de noviembre. Ginebra, Naciones Unidas, 2005. Disponible en: http://tbinternet. ohchr.org/_layouts/ treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=E%2fC.12%2 fGC%- 2f18&Lang=en Fecha de consulta: julio de 2016.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Jesús Alberto Velázquez Flores (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al SAT a vigilar de manera permanente el cumplimiento regulatorio respecto a las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos, a cargo del diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Manuel Rodríguez González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Servicio de Administración Tributaria a vigilar de manera permanente el cumplimiento regulatorio respecto a las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos, al tenor de las siguientes
Consideraciones
En la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados en el primer periodo de la Comisión Permanente del tercer año, el ex diputado Eulalio Juan Ríos Fararoni, del Grupo Parlamentario de Morena, con fecha 27 de enero de 2021, presentó una proposición con punto de acuerdo a fin de exhortar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a vigilar de manera permanente el cumplimiento regulatorio sobre las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos implantadas por el SAT o unidades de verificación acreditadas o proveedores de verificación autorizados.
Sin embargo, el pasado 30 de agosto de 2020, se abrogó la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, dándole apertura a la Ley de Infraestructura de la Calidad, en ese sentido y por actualización jurídica y legislativa se le dio seguimiento y actualización con la presente proposición con punto de acuerdo, salvaguardando el objeto y materia de la entonces proposición con punto de acuerdo del ex diputado Eulalio Juan Ríos Fararoni, quedando la presente al tenor de lo siguiente:
Conforme al artículo 22, fracción II, de la Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME), los órganos reguladores a través de su órgano de gobierno, tienen la atribución de expedir, supervisar y vigilar el cumplimiento de la regulación aplicable a quienes realicen actividades reguladas en el ámbito de su competencia.
En tal sentido, con la finalidad de promover el desarrollo eficiente del sector energético, el SAT se encuentra facultado para emitir y supervisar el cumplimiento de la regulación en materia de control volumétrico tal y como lo establecen de conformidad con el artículo 28, fracción I, apartado B, primero, segundo, tercero, cuarto y sexto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el capítulo 2.6. De los controles volumétricos, de los certificados y de los dictámenes de laboratorio aplicables a hidrocarburos y petrolíferos de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), las especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos o petrolíferos.
Los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos o petrolíferos deben cumplir las siguientes funcionalidades:
I. Permitir la generación de los registros de volumen a través de sistemas de medición;
II. Permitir la recopilación y almacenamiento de la siguiente información, a través de un programa informático
a) Los registros del volumen a que se refiere la fracción anterior;
b) La información contenida en los dictámenes que determinen el tipo de hidrocarburo o petrolífero a que se refiere el Anexo 32;
c) La información de los CFDI asociados a la adquisición y enajenación de dichos bienes o, en su caso, a los servicios que tuvieron por objeto tales bienes.
III. Permitir que la información a que se refiere la fracción anterior sea procesada a fin generar reportes de información diarios y mensuales, de conformidad con el apartado 30.6 de este Anexo.
Los reportes mensuales a que se refiere la fracción III del presente apartado, deberán ser enviados por los contribuyentes indicados en la regla 2.6.1.2. al SAT, en la periodicidad establecida en la regla 2.8.1.7, fracción III.
En tal sentido, con la finalidad de promover el desarrollo eficiente del sector energético, el Servicio de Administración Tributaria se encuentra facultado para emitir y supervisar el cumplimiento de la regulación en materia de Control Volumétrico de Hidrocarburos y Petrolíferos, tal y como lo establecen en el siguiente artículo de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos:
Artículo 63. La Secretaría podrá instruir al Servicio de Administración Tributaria la realización de las auditorías y visitas a que se refiere la fracción VII del apartado B del artículo 37 de esta Ley.
Transitorios
Octavo. Para efectos de lo previsto en el artículo 107, fracción I de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá incluir en los informes trimestrales información sobre los costos recaudatorios de las medidas que representan un gasto fiscal, así como de los beneficiarios de dichos mecanismos, contenidos en los decretos que emita el Ejecutivo Federal en el ejercicio de las facultades conferidas en las fracciones II y III del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación durante el trimestre que se reporta.
Si bien es cierto, en la abrogada Ley Federal sobre Metrología y Normalización se establecía en los artículos:
Artículo 1o. La presente ley regirá en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social. Su aplicación y vigilancia corresponde al Ejecutivo Federal, por conducto de las dependencias de la administración pública federal que tengan competencia en las materias reguladas en este ordenamiento.
Artículo 84. Las unidades de verificación podrán, a petición de parte interesada, verificar el cumplimiento de normas oficiales mexicanas, solamente en aquellos campos o actividades para las que hubieren sido aprobadas por las dependencias competentes.
Artículo 85. Los dictámenes de las unidades de verificación serán reconocidos por las dependencias competentes, así como por los organismos de certificación y en base a ellos podrán actuar en los términos de esta Ley y conforme a sus respectivas atribuciones.
Artículo 86. Las dependencias podrán solicitar el auxilio de las unidades de verificación para la evaluación de la conformidad con respecto de normas oficiales mexicanas, en cuyo caso se sujetarán a las formalidades y requisitos establecidos en esta ley.
La actual Ley de Infraestructura de la Calidad que sustituyó el 1 de julio de 2020 a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización considera dentro de sus artículos transitorios dicha evaluación, verificación y controles volumétricos en su artículo:
Transitorio
Octavo. Las disposiciones administrativas en materia de normalización, estandarización, evaluación de la conformidad y metrología, en particular las relativas a la elaboración de normas oficiales mexicanas y a la aprobación de los organismos nacionales de normalización, organismos de certificación, laboratorios de prueba y de calibración y unidades de verificación , contenidas en otros ordenamientos; emitidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, continuarán vigentes en todo lo que no se le oponga, hasta en tanto se expidan las disposiciones que las sustituyan con arreglo a la misma .
Lo anterior sin menoscabo del establecido en la Resolución de la Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 12 de noviembre de 2022, sobre los controles volumétricos de hidrocarburos o petrolíferos.
Aunado a lo anterior, la Ley de Infraestructura de la Calidad considera dentro de sus atribuciones:
Objeto de la ley y atribuciones de las autoridades
Artículo 1o. La presente Ley es de orden público e interés social y sus disposiciones son de observancia general y obligatoria en todo el territorio nacional. Esta Ley tiene por objeto fijar y desarrollar las bases de la política industrial en el ámbito del Sistema Nacional de Infraestructura de la Calidad, a través de las actividades de normalización, estandarización, Evaluación de la Conformidad y metrología, promoviendo el desarrollo económico y la calidad en la producción de bienes y servicios, a fin de ampliar la capacidad productiva y el mejoramiento continuo en las cadenas de valor, fomentar el comercio internacional y proteger los objetivos legítimos de interés público previstos en este ordenamiento.
Mecanismos y reglas para la evaluación de la conformidad
Artículo 62. Los Organismos de Evaluación de la Conformidad podrán evaluar la conformidad a petición de parte, para fines particulares, oficiales, de importación o de exportación. Los resultados de la Evaluación de la Conformidad se harán constar por escrito.
Mecanismos y reglas para la evaluación de la conformidad
Artículo 68. Las autoridades competentes deberán reconocer los resultados de la Evaluación de la Conformidad realizados por los Organismos de Evaluación de la Conformidad.
Mecanismos y reglas para la evaluación de la conformidad
Artículo 66. Solo cuando no existan Organismos de Evaluación de la Conformidad acreditados y aprobados, sujeto a lo previsto en el Reglamento de esta Ley, las Autoridades Normalizadoras podrán llevar a cabo la evaluación de la conformidad de manera directa o recurrir al Centro Nacional de Metrología, los Institutos Designados de Metrología o instituciones de investigación y de enseñanza superior especializadas en la materia o sector objeto de las normas, así como a cualquier otra entidad reconocida para esos efectos por la Autoridad Normalizadora de que se trate.
Con base en lo mencionado, es muy importante enfatizar que la Ley de Infraestructura de la Calidad considera en el:
Título Quinto
De la integración y organización
del sistema para la evaluación de la conformidad
Capítulo II
De las entidades de acreditación y los
organismos de evaluación de la conformidad
Artículo 54. Sólo podrán operar como Organismos de Evaluación de la Conformidad aquéllos que estén acreditados ante una Entidad de Acreditación.
Respecto a las regulaciones de calidad del gas natural, y petrolíferos las normas oficiales son las siguientes:
a) Norma Oficial Mexicana NOM-001-SECRE-2010 Especificaciones del gas natural.
b) Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos.
Las especificaciones de calidad deben ser evaluadas por la misma unidad de verificación que lleva a cabo la evaluación de la conformidad de los anexos de la miscelánea fiscal (cantidad y programas informáticos); evaluando tanto cantidad como calidad encontrando estandarizar con las verificaciones de los lineamientos técnicos en materia de medición de hidrocarburos de la Comisión Nacional de Hidrocarburos, que con un solo documento, y de esta manera una sola unidad de verificación realiza la evaluación de la conformidad total.
Las unidades de verificación que lleven a cabo la evaluación de la conformidad deben tener la competencia técnica demostrable, el personal técnico que lleva a cabo las verificaciones debería aprobar exámenes de auditoría y calidad de hidrocarburos en el Centro Nacional de Metrología porque se requieren competencias en materia de trazabilidad metrológica, metrología de densidad, metrología de flujo, metrología de volumen, metrología de presión, metrología de temperatura, cromatografía, métodos de muestreo, incertidumbre de la medición, termodinámica, ISO 19011, confirmación metrológica, Ley de hidrocarburos, ISO 17020, ISO 10012, estándares, normas y recomendaciones ISO, GPA, API, AGA, ASTM, etcétera.
En toda la cadena de valor del sector energético, la medición tanto del volumen como de la calidad de los hidrocarburos y petrolíferos, cobra una especial relevancia; no solamente como factor de confianza, certeza legal y transparencia en la aplicación del marco regulatorio; sino también como un mecanismo y oportunidad para ampliar los ingresos tributarios de las arcas nacionales; en momentos donde se enfrentan los mayores estragos del virus SARS-CoV2 (Covid-19), cuyos efectos para la economía global representan la peor caída del producto interno bruto (PIB) por habitante desde 1870, de acuerdo al Global Economic Prospects del Banco Mundial.
Ante este panorama, el Estado mexicano con base en el mandato constitucional que establece las áreas estratégicas que estarán a cargo del sector público, ha tomado la decisión de asumir y fortalecer su posición rectora en el sector eléctrico a través de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional; por lo tanto, el sector de los hidrocarburos, no puede ser la excepción, ni mucho menos quedar rezagado en el cumplimiento del marco regulatorio, sobre todo si afecta la capacidad recaudatoria de la Hacienda Pública.
Llevar a cabo la correcta cuantificación de la masa y volumen de los hidrocarburos en toda la cadena de valor, además de ser una obligación estipulada en el andamiaje jurídico del sector energético que se tiene que hacer valer y cumplir; es una forma de contribuir a la cruzada por el cambio de la cultura fiscal que lleva a cabo el Servicio de Administración Tributaria, para que se tenga claro que las reglas del juego en materia tributaria es que todo deben cumplir con su obligación de pagar impuestos, sobre todo en esta emergencia sanitaria, donde se busca que aumente la recaudación primaria, sin necesidad de llegar al extremos de la fiscalización.
El objetivo central es hacer cumplir con carácter de urgente la normatividad en materia de medición para apoyar la políticas públicas del Estado mexicano enfocadas a enfrentar los efectos económicos de la pandemia; a través del incremento de la recaudación de impuestos y reduciendo las posibilidades de evasión fiscal; y de esta manera tenga mejores condiciones financieras para cumplir con sus funciones básicas de intervención en el proceso económico para reactivarlo a través de la inversión social y crecimiento del gasto público, elementos indispensables para la recuperación e impulso de la planta productiva del país.
Derivado de lo anterior, la regulación en materia de medición aplicada como parte de los mecanismos de supervisión del SAT de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, contribuyen a controlar actividades ilícitas como el huachicol . Las regulaciones representan un bien del orden público e interés social, así como el blindaje de la seguridad nacional en materia de hidrocarburos y petrolíferos y cada órgano en el marco de sus competencias.
Como legisladores tenemos la responsabilidad de sumar esfuerzos para lograr beneficios en el sector energético. Con la aplicación del marco jurídico correspondiente se puede lograr el correcto funcionamiento de la industria de hidrocarburos y una economía más dinámica.
Por lo anterior expuesto, presento al pleno de este honorable pleno la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados, con pleno respeto al principio de autonomía constitucional, exhorta respetuosamente al Servicio de Administración Tributaria a vigilar de manera permanente el cumplimiento regulatorio a la totalidad de los contribuyentes conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio de 2022 en cuanto a las Especificaciones técnicas de funcionalidad y seguridad de los equipos y programas informáticos para llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos, así como a las normas oficiales mexicanas, lineamientos y disposiciones administrativas de carácter general en materia de medición aplicables a la actividad de transporte por ducto y almacenamiento de hidrocarburos y petrolíferos.
Segundo. La Cámara de Diputados, con pleno respeto al principio de autonomía constitucional, exhorta respetuosamente al Servicio de Administración Tributaria a implementar, en forma escalonada, el cumplimiento regulatorio a los contribuyentes conforme se acrediten nuevas unidades de verificación.
Tercero. La Cámara de Diputados, con pleno respeto al principio de autonomía constitucional, exhorta respetuosamente al Servicio de Administración Tributaria a remitir a esta soberanía a través del Informe tributario y de Gestión que emite trimestralmente, información sobre el avance de la aplicación del presente exhorto respecto de las verificaciones a los sistemas de medición de hidrocarburos, petróleo y petrolíferos, sanciones y demás información relevante.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Manuel Rodríguez González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México a revisar las instalaciones de gas para prevenir siniestros que pongan en riesgo a la población, a cargo del diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, del Grupo Parlamentario del PAN
El diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, LXV Legislatura, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I y 79, numeral 1 fracción II y numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta respetuosamente a la Secretaria de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad De México, a que de manera coordinada y en el ámbito de sus atribuciones, realice revisiones a las instalaciones de gas, con el objetivo de prevenir siniestros que pongan en riesgo a la población de la capital del país, al tenor de las siguientes
Consideraciones
La protección civil, definida en la Ley General de Protección Civil, es la acción que prevé la coordinación de los diversos sectores, con el fin de crear planes, programas, estrategias y recursos para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población.
Del mismo modo, la Gestión Integral de Riesgos se encuentra definida en este ordenamiento, la cual se refiere al conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de riesgos, tomando en cuenta su origen multifactorial.
Como se puede observar, la identificación y prevención de riesgos debe darse como resultado de la acción permanente de los tres órdenes de gobierno y con la colaboración del sector público y privado. Dados los orígenes naturales y antropogénicos de los siniestros que afectan a cada región, la prevención es fundamental.
Como parte de los riesgos de algunas zonas del país, se encuentra el uso de combustibles en viviendas y establecimientos mercantiles. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares, en México el combustible de mayor uso en las viviendas es el Gas LP, que representa el 79 por ciento.1
De acuerdo con información publicada por el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred), de un total de 983 accidentes industriales y urbanos, el 33.98 por ciento corresponde a fugas, 39.78 por ciento a explosiones y 26.24 por ciento a incendios.
Del total de accidentes con Gas LP en nuestro país, entre 2010 y 2020, el 64.14 por ciento corresponden a accidentes urbanos, es decir 2 de cada 3 accidentes ocurridos en los últimos 10 años, se presentan en zonas urbanas.2
En el caso específico de la Ciudad de México, en fechas recientes se han presentado accidentes que han afectado la vida, patrimonio y salud de las personas, la mayoría de estos accidentes relacionados con las instalaciones de gas.
El 13 de noviembre de 2021 en la Ciudad de México, se registró una explosión en la colonia Pensil, alcaldía Miguel Hidalgo, que cobró la vida de 2 personas y dejó dos personas lesionadas. La explosión fue provocada por una explosión de gas, y de acuerdo con información de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, el origen del siniestro fue el mal estado de cilindros donde se almacena el combustible.3
El 16 de agosto de 2021, en la alcaldía Benito Juárez de la Ciudad de México se registró una explosión por acumulación de gas en un edificio. El resultado fue una persona fallecida y más de 20 lesionados, además de los incontables daños materiales.4
Las zonas urbanas con alta densidad poblacional tienen el riesgo latente de que ocurran estos siniestros. Adicionalmente a la información presentada, cabe resaltar que las entidades federativas con mayor densidad poblacional son la Ciudad de México, estado de México y Morelos, lo cual representa riesgos en caso de siniestros relacionados al uso del gas.
El 2 de febrero se hizo pública en medios de comunicación, la preocupación por parte de vecinos, estudiantes y trabajadores de la alcaldía Iztacalco de la Ciudad de México, ya que en la Terminal de Almacenamiento y Reparto (TAR) Añil 486 de Pemex, se incorporó una planta de Gas Bienestar. Esta situación es preocupante, ya que cercana a esa terminal se encuentra el Hospital General de Zona 2 A del IMSS, inmuebles de espectáculos masivos y viviendas.5
La revisión adecuada de las instalaciones, así como la verificación de cumplimiento de las normas oficiales aplicables, puede significar salvar incontables vidas ante la posible presencia de un siniestro.
La Ciudad de México tiene 6 mil 163 habitantes por kilómetro cuadrado, lo que debe representar un foco de atención por parte de las autoridades encargadas de la protección civil, en coordinación con los tres órdenes de gobierno.
En virtud de lo anterior se presentan los siguientes
Considerandos
Primero. Que el Reglamento de Gas Licuado de Petróleo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2007, establece en su artículo 67, fracción V, que todos los permisionarios tienen la obligación de dar aviso a la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía, cuando se identifique alguna instalación, vehículo o equipo que no cumpla con las normas oficiales mexicanas aplicables.
Segundo. Que en el artículo 67, fracción III, del Reglamento de Gas Licuado de Petróleo establece que todos los permisionarios tienen la obligación de retirar de uso y operación toda instalación, vehículo, equipo y accesorio que no cumpla con lo dispuesto en normas oficiales mexicanas.
Tercero. Que la norma oficial mexicana, identificada como NOM-011/1-SREDG-1999, establece las condiciones mínimas de seguridad de los recipientes portátiles para contener Gas LP.
Cuarto. Que la norma oficial mexicana, identificada como NOM-011-SEDG-1999, refiere las consideraciones a tomarse en cuenta para los recipientes portátiles para contener Gas LP, no expuestos a calentamiento por medios artificiales. Fabricación. Del mismo modo establece las especificaciones mínimas y métodos de prueba que se deben cumplir para la fabricación de recipientes portátiles para contener Gas LP.
Quinto. La norma oficial mexicana, identificada como NOM-002-SECRE-2010, Instalaciones de aprovechamiento de gas natural, establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplirse en el diseño, materiales, construcción, instalación, pruebas de hermeticidad, operación, mantenimiento y seguridad de las instalaciones de aprovechamiento de gas natural.
Sexto. Que en la Ley General de Protección Civil, en su artículo 2, fracción XXVIII, se define a la Gestión Integral de Riesgos como el conjunto de acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación, control y reducción de los riesgos, considerándolos por su origen multifactorial y en un proceso permanente de construcción, que involucra a los tres niveles de gobierno, así como a los sectores de la sociedad, lo que facilita la realización de acciones dirigidas a la creación e implementación de políticas públicas, estrategias y procedimientos integrados al logro de pautas de desarrollo sostenible, que combatan las causas estructurales de los desastres y fortalezcan las capacidades de resiliencia o resistencia de la sociedad. Involucra las etapas de: identificación de los riesgos y/o su proceso de formación, previsión, prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción.
Séptimo. En la ley y artículo citado en el considerando anterior, en la fracción XLIII se define a la Protección Civil como la acción solidaria y participativa, que en consideración, tanto de los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, prevé la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Sistema Nacional, a fin de crear un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente.
Octavo. Que en la Constitución de la Ciudad de México, en su artículo 14, Ciudad Segura, se establece el derecho a la seguridad urbana y a la protección civil, ya que toda persona tiene derecho a vivir en un entorno seguro, a la protección civil, a la atención en caso de que ocurran fenómenos de carácter natural o antropogénico, así como en caso de accidentes por fallas en la infraestructura de la ciudad.
Noveno. Que en el artículo 33 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, establece que a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil le corresponde diseñar y ejecutar, con base en los principios de diseño universal y accesibilidad, la preparación y respuesta para la prevención y reducción del riesgo de desastres, así como la atención de emergencias.
Décimo. Que en artículo citado en el considerando anterior, específicamente en la fracción VII se establece que a la dependencia referida le corresponde promover y apoyar la creación de instrumentos y procedimientos de planeación, técnicos y operativos, que permitan prevenir y atender la eventualidad de una emergencia o desastre.
Undécimo. Que en la fracción XVI del artículo 33 de la ley citada, se establece como responsabilidad de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil promover y apoyar la creación de instrumentos y procedimientos de planeación, técnicos y operativos, que permitan prevenir y atender la eventualidad de una emergencia o desastre.
Duodécimo. Que la Ley de Infraestructura de la Calidad define la norma oficial mexicana como la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las autoridades normalizadoras competentes, cuyo fin esencial es el fomento de la calidad para el desarrollo económico y la protección de los objetivos legítimos de interés público previstos en este ordenamiento, mediante el establecimiento de reglas, denominación, especificaciones o características aplicables a un bien, producto, proceso o servicio, así como aquéllas relativas a terminología, marcado o etiquetado y de información. Las normas oficiales mexicanas se considerarán como reglamentos técnicos o medidas sanitarias o fitosanitarias, según encuadren en las definiciones correspondientes previstas en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte.
Por lo anteriormente fundado y motivado, se pone a consideración de la Cámara de Diputados, la siguiente proposición:
Único. Se exhorta respetuosamente a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México, a que de manera coordinada y en el ámbito de sus atribuciones, realice revisiones a las instalaciones de gas, con el objetivo de prevenir siniestros que pongan en riesgo a la población de la capital del país.
Notas
1 Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares (ENCEVI) 2018. Disponible en:
https://www.inegi.org.mx/programas/encevi/2018/#Document acion
2 http://www.cenapred.gob.mx/es/Publicaciones/archivos/364-INFOGRAFAGASLP -EVITAACCIDENTES.PDF
3 https://www.jornada.com.mx/notas/2021/11/14/capital/cilindros-picados-o rigen-de-explosion-en-la-pensil/
4 https://elpais.com/mexico/2021-08-16/
una-explosion-por-una-fuga-de-gas-en-un-edificio-de-la-alcaldia-benito-juarez-deja-al-menos-22-heridos.ht
ml
5 https://www.24-horas.mx/2022/02/02/viven-entre-gasolina-y-gas-es-una-bomba-de-tiempo/
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Luis Alberto Mendoza Acevedo (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la Ssa a garantizar en la revisión de la NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, la progresividad de los derechos de las personas diagnosticadas con éste, a cargo de la diputada Frinné Azuara Yarzábal, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, Frinné Azuara Yarzábal, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I; 79, numeral 2, fracción II; y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someto a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, bajo los siguientes:
Antecedentes
1. De acuerdo con el sitio infocancer.org.mx del Instituto Nacional de Cancerología (Incan) se estima que en el año 2018 la carga del cáncer ascendió a 18 millones de casos nuevos y 9.6 millones de muertes.1
2. Dos de los principales factores para el aumento de la incidencia de cánceres son: el crecimiento poblacional y el envejecimiento. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que para el 2030 los casos nuevos sobrepasarán los 20 millones anuales, pero el organismo internacional también hace énfasis en señalar que esas cifras podrían reducirse significativamente con la implementación de políticas públicas y acciones de los gobiernos, pues se calcula que entre 30 y 50 por ciento de ellos son prevenibles mediante la promoción en la población de hábitos saludables, vacunación, diagnósticos y tratamientos oportunos.2
3. En México, hasta 2019, el cáncer era la tercera causa de muerte después de las enfermedades cardiovasculares y la diabetes, siendo los cánceres de mama, de próstata, cervicouterino, colon y de pulmón los más recurrentes en la población.3
4. Desafortunadamente, en nuestro país se cuenta con altas tasas de letalidad en la mayoría de los tipos de cáncer, ya que según datos del Incan, la detección se da en etapas avanzadas en 60 por ciento de los casos, cuando las posibilidades de realizar tratamientos conservadores, de bajo costo y mayor efectividad es menos probable. Lo anterior, hace al cáncer una enfermedad de alto costo para el Sistema Nacional de Salud y para aquellos que la padecen.
5. Por lo anterior resulta fundamental la revisión de las normas oficiales en la materia, que garanticen las técnicas e intervenciones más modernas disponibles en nuestro país para lograr diagnósticos oportunos y superar la brecha de mortalidad y la calidad de supervivencia de las sobrevivientes a este padecimiento.
6. Durante la presente administración se ha llevado a cabo el planteamiento de políticas públicas y programas nacionales que permitan atender de mejor manera el tema, a razón de ello se presentó el Programa de Cáncer en la Infancia y la Adolescencia,4 a través del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, que señala:
...es una estrategia para diagnosticar oportunamente la enfermedad en niñas, niños y adolescentes, con la intención de brindar un tratamiento anticipado, que repercuta en la mortalidad.
Lo anterior, señala la propuesta, lograría que, en un esquema similar a países desarrollados, al menos 80 por ciento de los pacientes diagnosticados lograran curarse.
7. En el caso del cáncer de mama, la OMS afirma que el cáncer más frecuente entre las mujeres es el de mama. A nivel mundial representa 16 por ciento de todos los cánceres femeninos5 y se estima que cada año se detectan 1.38 millones de nuevos casos.6
8. En México, el cáncer de mama ha tenido un incremento constante tanto en su incidencia como mortalidad en las últimas tres décadas. Acorde al reporte del Departamento de Epidemiología de la Secretaría de Salud, la incidencia se incrementó entre 2000 y 2013 llegando de 10.76 casos por cada 100 mil habitantes a 26.1 por cada 100 mil mujeres mayores de 25 años, estimando 23 mil 873 nuevos casos en 2013.7
9. De acuerdo con la Tarjeta temática: morbilidad y mortalidad, que forma parte del Sistema de Indicadores de Género del Instituto de las Mujeres, en México, en el año 2018 ocurrieron 7 mil 311 defunciones de mujeres por tumor maligno de mama en México, de los cuales, en 54 casos fueron hombres los que fallecieron.8
10. La propia Secretaría de Salud ha señalado que las acciones de detección oportuna son costo efectivas para lograr mayor sobrevivencia en mujeres diagnosticadas, y por ello es importante implementar un Programa Integral de Prevención y Control de Cáncer en México, como se señaló en el Blog oficial.9
En México, en las últimas décadas, el control de esta enfermedad crónico degenerativa tiene grandes avances en la calidad de años que el paciente vive con la enfermedad; en el caso del cáncer de mama, la mastografía resulta una estrategia costo-efectiva en el diagnóstico oportuno en 80 por ciento de los casos detectados en mujeres.
Dado que el cáncer es un padecimiento que tiene un alto impacto psicológico, social y económico entre la población económicamente activa, es preciso que las políticas públicas permitan un adecuado control de los programas como el Programa Integral de Prevención y Control de Cáncer en México, para la detección temprana, el tratamiento, los cuidados paliativos y la rehabilitación del paciente.
11. El doctor Abelardo Meneses, director general del Incan,10 ha señalado:
... en México, el acceso a programas de prevención y detección temprana es muy limitado. Los esfuerzos en estas importantes áreas están poco organizados y en general, carecen de presupuesto para lograr su funcionamiento óptimo.
El doctor señala que el Programa Integral de Prevención y Control de Cáncer en México busca mejorar aspectos preventivos, de detección temprana y los sistemas de atención, para que los pacientes en etapas avanzadas puedan recibir tratamiento paliativo con el fin de mejorar su calidad de vida, es importante señalar que el programa incluye la vertiente del fortalecimiento de infraestructura para el diagnóstico y tratamiento.
12. El 23 de octubre de 2014, el entonces presidente Enrique Peña Nieto, instruyó a la Secretaría de Salud el desarrollo de un Programa Integral de Prevención y Control de Cáncer en México (PIPCCM) que fue implementado por el Incan, para unificar planes de diagnóstico y tratamiento de los pacientes con cáncer en el país. De acuerdo con la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad:11
El diseño del PIPCCM incluyó el análisis riguroso de la situación epidemiológica en nuestro país, desde los factores de riesgo para este grupo de enfermedades hasta la mortalidad por cáncer. Asimismo, identifica las necesidades que existen entre el personal y la infraestructura con que se cuenta, y la situación ideal de éstos para hacer frente a la enfermedad a nivel nacional.
13. En el Programa Sectorial de Salud 2020-2024 publicado el 17 de agosto de 2020, se señala como parte importante de la integración de los objetivos prioritarios la atención a enfermedades crónicas no transmisibles, como es el cáncer, como el principal reto para el sistema de salud, tanto por su magnitud como el gran impacto en mortalidad prematura y deterioro de la calidad de vida y los costos de atención de sus complicaciones.12
14. De acuerdo con lo establecido por la Ley de Infraestructura de la Calidad en su artículo 32, las Normas Oficiales Mexicanas deberían ser revisadas al menos cada cinco años posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo cual, en el caso de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, Para la Prevención, Diagnóstico, Tratamiento, Control y Vigilancia Epidemiológica del Cáncer de Mama (NOM CaMa) este plazo se cumplió desde 2016, pues ésta es vigente desde junio de 2011.
15. El 25 de febrero de 2021, se publicó en el DOF, el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2021,13 que es un instrumento de planeación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología a nivel nacional e incluye la NOM 041 como parte del apartado II. Normas vigentes a ser modificadas, con la siguiente información:
Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama
Objetivo y justificación: Actualizar los lineamientos para la promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, basados en la evidencia científica disponible en la actualidad. El cáncer de mama se encuentra en los primeros lugares de causas de muerte por cáncer, siendo característico que la tasa se eleve a mayores edades, aunado a esto, las proyecciones de población de México tiene una tendencia al envejecimiento, por lo que existe la necesidad de actualizar dicha norma, reforzando los aspectos relacionados a las acciones de prevención y tamizaje, debido a que tienen una alto costo-efectividad, así como la integración de evidencia científica reciente y recomendaciones internacionales para mejorar los procesos de atención.
PNN o suplemento en el que se inscribió por primera vez: Programa Nacional de Normalización de 2018.
Grado de avance: 50 por ciento.
Fecha estimada de inicio y terminación: enero a diciembre de 2021.
Por ello, de acuerdo con lo publicado en el DOF, la NOM 041 se encuentra en proceso de revisión durante el presente año con la participación de expertos médicos del Sistema Nacional de Salud, expertos médicos, investigadores y organizaciones de la sociedad civil.
Ante lo planteado, es menester garantizar que la NOM resultante de dicho proceso de revisión, tal y como su antecesora, garantice la progresividad de las intervenciones y tratamientos médicos que tengan como objetivo el diagnóstico y tratamiento del cáncer de mama, atendiendo a las técnicas innovadoras y más efectivas que se llevan a cabo en el Sistema Nacional de Salud, teniendo en cuenta las etapas actualmente establecidas, tanto en el protocolo técnico de gastos catastróficos como en las guías de práctica clínica.
Considerandos
Primero. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4o. el derecho a la protección de la salud, del cual debe gozar toda persona dentro del territorio nacional sin excepción alguna; texto constitucional que en su parte conducente es del tenor siguiente:
Artículo 4o. ...
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. La ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social.
Segundo. Que la misma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en el artículo 8o.:
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la república.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Tercero. Que es facultad de las y los diputados de esta soberanía presentar proposiciones con punto de acuerdo, de conformidad con lo establecido con el Reglamento de la Cámara de Diputados en el artículo 6o., numeral 1, fracción I, que señala:
Artículo 6.
1. Serán derechos de los diputados y diputadas:
I. Iniciar leyes, decretos y presentar proposiciones ante la Cámara;
...
Cuarto. Que el ordenamiento antes señalado precisa en el artículo 79, numeral 1, fracción II, lo siguiente:
Artículo 79.
1. El pleno podrá conocer proposiciones que busquen el consenso de sus integrantes, a través de
I. ...
II. Puntos de acuerdo, que representan la posición de la Cámara, en relación con algún asunto específico de interés nacional o sus relaciones con los poderes de la Federación, organismos públicos, entidades federativas y municipios; y
2. y 3. ...
Quinto. Que la presente proposición con punto de acuerdo da cumplimiento a lo señalado por la fracción I del numeral 2 del artículo 79, y se sujetará a lo previsto por las fracciones II y V del numeral 2 del mismo artículo:
Artículo 79.
1. ...
2. Las proposiciones con punto de acuerdo se sujetarán a lo siguiente:
I. Deberán presentarse a través de un escrito fundado, con una propuesta clara de resolutivo y firmadas por sus autores;
II. Las proposiciones presentadas por las diputadas y los diputados y las que se registren a nombre de grupo, pasarán a comisión;
III. a IV. ...
V. Las proposiciones que la Junta no considere proponer ante el pleno con el carácter de urgente u obvia resolución, se tramitarán conforme al artículo 62, numeral 3, de este reglamento;
VI. a VII. ...
3. ...
Sexto. Que de conformidad con el artículo 3o. de la Ley General de Salud es materia de salubridad general
Artículo 3o. En los términos de esta ley, es materia de salubridad general
I. a X. ...
XI. Educación para la salud;
XII. La prevención, orientación, control y vigilancia en materia de nutrición, sobrepeso, obesidad y otros trastornos de la conducta alimentaria, enfermedades respiratorias, enfermedades cardiovasculares y aquellas atribuibles al tabaquismo;
XIII. a XV. ...
XVI. La prevención y el control de enfermedades no transmisibles y accidentes;
XVI. a XXVIII. ...
Séptimo. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal manifiesta en el artículo 39, fracción VI, que corresponde a la Secretaría de Salud
VI. Planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y proveer la adecuada participación de las dependencias y entidades públicas que presten servicios de salud, a fin de asegurar el cumplimiento del derecho a la protección de la salud. Asimismo, propiciará y coordinará la participación de los sectores social y privado en dicho sistema y determinará las políticas y acciones de concertación entre los diferentes subsistemas del sector público;
Octavo. En materia de cáncer de mama, el programa sectorial de la materia en el apartado referido en el considerando anterior en la Estrategia prioritaria 5.5 Fortalecer los servicios de salud y asistencia social brindados a mujeres para promover el goce pleno de la salud durante todo el ciclo de vida, bajo un enfoque integral y diferenciado, con perspectiva de género y pertinencia cultural, señala como acciones específicas.14
...
5.5.3. Mejorar la detección y tratamiento del cáncer cérvico uterino y de mama, para disminuir los efectos negativos derivados de estos padecimientos.
5.5.4. Fomentar el acceso de las mujeres a los servicios de salud, bajo un enfoque integral más allá de la salud sexual y reproductiva y sensible a las particularidades de su ciclo de vida.
5.5.5 Promover campañas que procuren, estilos de vida saludables y la prevención en padecimientos que predominan y afectan a las mujeres, través de la coordinación interinstitucional y un modelo integral, bajo un enfoque multicultural y territorial.
...
La importancia del proceso de revisión de las normas oficiales mexicanas reside en la posibilidad de generar esquemas de atención que permitan mayor sobrevivencia, tratamientos menos agresivos y en términos económicos, un incremento en el costo eficiencia de las intervenciones, logrando mejorar la calidad de vida de aquellas que vivirán, sobrevivirán y fallecerán debido a esta terrible enfermedad.
Por ello se debe garantizar que lo establecido en los documentos de política pública vigente, que permite diagnosticar más y mejor, atender de manera efectiva y mejorar la calidad de vida de las personas con cáncer de mama y a sus sobrevivientes, es parte de su derecho a la protección de la salud. Plasmar en NOM las acciones concretas para atender a las mujeres permite mejorar las condiciones de tratamiento y mejorar su desenlace.
En el cáncer de mama la diferencia entre la vida y la muerte se logra a través de protocolos adecuados que permitan el acceso a diagnósticos oportunos, acompañamiento emocional profesional, tratamientos adecuados, reconstrucción mamaria y en su caso cuidados paliativos, tal y como se encuentra establecido en el Protocolo Técnico aprobado en 2018 por el Consejo de Salubridad General.
Contar con una NOM actualizada permitirá que todas las mujeres que enfrenten el cáncer de mama, hoy día y en el futuro, puedan estar seguras de que existe un plan para su atención, planes de capacitación a personal médico y paramédico, insumos de calidad y la corresponsabilidad en el seguimiento y apego al tratamiento, a fin de que tengan acceso a las mejores condiciones de atención posible.
Por lo expuesto someto a consideración de esta soberanía el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al secretario de Salud del gobierno federal a garantizar durante el proceso de revisión de la Norma Oficial Mexicana NOM-041-SSA2-2011, para la prevención, diagnóstico, tratamiento, control y vigilancia epidemiológica del cáncer de mama, la progresividad de los derechos de las personas diagnosticadas con cáncer de mama establecidos en los documentos de política pública vigentes, sus programas derivados y protocolos de atención incluyendo desde prevención, diagnóstico oportuno, acompañamiento emocional, tratamiento adecuado, reconstrucción mamaria, rehabilitación física oncológica y, en caso necesario, cuidados paliativos.
Referencias
1 El Cáncer en el Mundo y en México. Instituto Nacional de Cancerología. México. 2020. Fuente:
https://www.infocancer.org.mx/?c=conocer-el-cancer&a %20=estadisticas-mundiales-y-locales Consultado el 14 de octubre de 2021.
2 Prevención y Diagnóstico Oportuno de Cáncer. Sociedad Mexicana de Oncología. 2016. Fuente:
https://www.smeo.org.mx/descargables/COPREDOC_GUIA.pdf Consultado el 14 de octubre de 2021.
3 Cáncer en México: cifras, tipos de padecimientos y cómo evitarlos. Blog Informativo. Universidad Tecnológica de México- UNITEC. 2019. Fuente: https://blogs.unitec.mx/salud-2/tiposcancer Consultado el 14 de octubre de 2021.
4 Programa de Cáncer en la Infancia y la Adolescencia. Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia, Secretaría de Salud, México. 16 de abril 2019. Fuente: https://www.gob.mx/salud/censia/acciones-y-programas/programa-cancer-en -la-infancia-y-la-adolescencia Consultado 14 de octubre de 2021.
5 Cáncer de mama: prevención y tratamiento, OMS. Fuente: http://www.who.int/topics/cancer/breastcancer/es/index1.html Consultado 14 de octubre de 2021.
6 Octubre: Mes de Sensibilización sobre el Cáncer de Mama, OPS. Fuente:
https://www3.paho.org/hq/index.php?Itemid=41587=11266:october-breast-cancer-awareness-month=es=com_
content=article&lang=es Consultado 14 de octubre de 2021.
7 Consenso Mexicano de sobre diagnóstico y tratamiento de cáncer mamario 2019. Colima, México. Fuente http://consensocancermamario.com/documentos/FOLLETO_CONSENSO_DE_CANCER_ DE_MAMA_8aRev2019a.PDF Consultado 14 de octubre de 2021.
8 Tarjeta temática: morbilidad y mortalidad. Sistema de Indicadores de Género, Instituto de las Mujeres. 2019. Fuente: http://estadistica.inmujeres.gob.mx/formas/tarjetas/cama_cacu.pdf Consultado 14 de octubre de 2021.
9 038. La prevención del cáncer es posible en cuatro de cada diez casos. Blog. Secretaría de Salud. 05 de febrero 2019. Fuente: https://www.gob.mx/salud/articulos/avances-en-la-prevencion-y-control-d el-cancer?idiom=es Consultado el 14 de octubre de 2021.
10 Programa Integral de Prevención y Control del Cáncer en México. Revista Líderes Médicos. México. Septiembre 2015. Fuente:
http://www.lideresmedicos.com/wp-content/uploads/2015/02 /REVISTAINCANSEPTIEMBRE-WEB.pdf Consultado 14 de octubre 2021
11 El Incan, encargado de ejecutar el programa integral de prevención y control de cáncer en México. Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad, Secretaría de Salud. México. 24 de agosto 2016. Fuente:
https://www.gob.mx/insalud/articulos/el-incan-encargado- de-ejecutar-el-programa-integral-de-prevencion-y-control-de-cancer-en-m exico?idiom=es Consultado 14 de octubre de 2020.
12 Programa Sectorial de Salud 2019-2024, Secretaría de Salud. México 17 de agosto 2020. Fuente: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598474&fecha=17/08/2020 Consultado el 20 de noviembre de 2020.
13 Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad 2021. Secretaría de Economía. DOF 25 de febrero 2021. Fuente: https://www.dof.gob.mx/2021/SEECO/ECONOMIA_250221.pdf Consultado 14 de octubre de 2021.
14 Programa Sectorial de Salud 2019-2024, Secretaría de Salud. México 17 de agosto 2020. Fuente: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5598474&fecha=17/08/2020 Consultado 20 de noviembre de 2020.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Frinné Azuara Yarzábal (rúbrica)
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar al Banxico a diseñar los billetes de la serie G y subsecuentes con marcas hápticas más sensibles al tacto para débiles visuales, a cargo del diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Manuel Rodríguez González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Banco de México a fin de diseñar los billetes de la serie G y demás subsecuentes con marcas hápticas más sensibles al tacto para los usuarios con alguna debilidad visual, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Conforme al censo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi)1 del año 2020, 16.5 por ciento de la población en México son personas con discapacidad, de ese porcentaje, esta cifra resulta de la suma de los 6 millones 179 mil 890 (4.9 por ciento) que fueron identificadas como personas con discapacidad, más 13 millones 934 mil 448 (11.1 por ciento) que indicaron tener alguna limitación para efectuar alguna actividad de la vida cotidiana como caminar, ver, escuchar, hablar o comunicarse.
En la infografía que presentó el Inegi señala que en cuanto a la distribución por edad, la mayor parte, que es de 40.9 por ciento, se concentra en el segmento de mayores de 60 años, después están los de 30 a 59 años, 29.8 por ciento, continuando con los de 18 a 29, 9.8 por ciento, y al final los menores de 17 años, 9,1 por ciento; esto es al contrario de lo que ocurre con la población sin discapacidad, donde el grupo de edad más grande se ubica entre la franja de edad de 30 a 59 años. Y en la medida en que la población vaya envejeciendo, aumentará la tasa de discapacidad.
Sobre el tipo de limitaciones que se reportaron en el Censo 2020, llama la atención la cantidad de personas que no pueden ver, aun usando anteojos, lo que se entiende como discapacidad visual, ya que ya es ligeramente superior a la cantidad de personas con alguna limitación para caminar, o discapacidad motriz.
Lo anterior nos da como resultado que en nuestro país existe una cantidad considerable de personas con discapacidad visual, pero esa discapacidad visual no los excluye de la actividad económica a la que se pudiera dedicar este sector de la población y por ende el manejo de recursos monetarios como lo son los billetes y monedas de circulación.
Independientemente de que en la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 4o. y 5o. señala lo siguiente:
Artículo 4o. Los billetes del Banco de México tendrán poder liberatorio ilimitado y deberán contener una o varias características que permitan identificar su denominación a las personas invidentes.
Artículo 5o. Las monedas metálicas a que se refieren los incisos b) y siguientes del artículo 2o. de esta ley, tendrán poder liberatorio limitado al valor de cien piezas de cada denominación en un mismo pago.
Las citadas monedas deberán ser acuñadas de manera tal que sean identificables por las personas invidentes.
De lo anterior en las monedas acuñadas por el Banco de México, en la práctica, no hay tanto problema para identificarlas, sin embargo en los nuevos billetes emitidos de la serie G , sí existe dificultad para identificarlos independientemente de que el Banco central en su publicación denominada Nueva familia de billetes , indica que se desarrollaron metodologías de análisis, estudios con centros de investigación, sesiones de trabajo con expertas y expertos procedentes de nueve instituciones reconocidas en el ámbito cultural, académico y de uso General Información que ha sido publicada por el Banco de México y consultas a la población mediante estudios de percepción y que en su numeral 4 señala que se realizaron:
4. Estudios de neurociencias.2 En 2014 se desarrollaron estudios entre la población mexicana para conocer sus respuestas y emociones en relación a los siguientes temas:
Códigos inconscientes de la población alrededor del efectivo revelando las razones y motivaciones detrás de su uso, así como los hábitos y respuestas ante los billetes y monedas Anexo III. Estudio de neurociencias. Códigos inconscientes del efectivo (2014).
Elementos de seguridad de los billetes de la familia actual y propuestas para la nueva familia, con el fin de conocer las reacciones neurofisiológicas que provocan en los mexicanos e identificar aquellos que despiertan más interés para facilitar su integración en el diseño de los billetes nuevos.
Percepción háptica y visual de los billetes en circulación , prototipos de diseño de billetes y marcas táctiles para conocer las respuestas neurofisiológicas de los mexicanos e identificar patrones para el diseño de nuevos billetes.
De lo anterior en la práctica es de reconocer que la serie de los últimos billetes emitidos por el Banco de México sin duda alguna tienen un diseño visual atractivo para los usuarios en general, sin embargo el diseño dejó un poco de lado la inclusión las marcas hápticas más sensibles a la percepción de las personas con alguna discapacidad visual 3 y con ello poder facilitar el uso de dichos billetes.
Es de señalar que el Banco de México, después de realizar varios estudios, diseñó una tablilla para facilitar a las personas con alguna discapacidad visual la identificación de denominaciones de billetes de la familia F. Dicha tablilla es un dispositivo fabricado en plástico la cual permite al usuario identificar las diferentes denominaciones de los billetes basándose en su longitud, con la ayuda de un sistema de lectura Braille, conocido también como cecografía. La distribución de estas tablillas inició en noviembre de 2012.
Asimismo señala que, la nueva familia de billetes (familia G)4 se puso en circulación de forma gradual. La denominación de 500 pesos se puso en circulación el 27 de agosto de 2018; la de 200 pesos, el 2 de septiembre de 2019; la de 100 pesos, el 12 de noviembre de 2020; la de 1,000 pesos, el 19 de noviembre de 2020, el billete de 20 pesos, conmemorativo del bicentenario de la Independencia Nacional, el 24 de septiembre de 2021, y el billete de 50 pesos se puso en circulación el 28 de octubre de 2021. Además de la variación de longitud entre una y otra denominación consecutiva, las denominaciones de la familia G tienen marcas con relieve para personas con discapacidad visual, las cuales son diferentes a las empleadas en la familia F. Por lo anterior, el Banco de México diseñó una nueva tablilla que sirve para identificar la denominación de los billetes de ambas familias (F y G). La distribución de esta tablilla inició con la puesta en circulación del billete de 200 pesos, es decir, en septiembre de 2019. Sin embargo ha faltado difusión para el acceso y entrega de dicha tablilla identificadora de los billetes .
Compañeras y compañeros legisladores, la inclusión de las personas con alguna discapacidad es esencial ya que siempre han formado y seguirán formando parte del proceso productivo y andamiaje económico de nuestro país y de cualquier otro país en el mundo, diseñemos estrategias de inclusión más accesibles para todos ellos. Garanticemos a las personas con discapacidad visual el goce y ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás personas.
Por lo anterior expuesto y fundado, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados exhorta al Banco de México a diseñar los billetes de la serie G y demás subsecuentes con marcas hápticas más sensibles al tacto para los usuarios con alguna debilidad visual.
Segundo. La Cámara de Diputados exhorta al Banco de México a implementar una campaña de difusión para el acceso y entrega de la tablilla en braille para identificar la denominación de los billetes.
Notas
1 https://www.inegi.org.mx/temas/discapacidad/
2 Realizados por la empresa MindCode México.
3
https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:vjAi5iTXJe4J:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/106810/discapacidad-visual.pdf+&cd=12&hl=
es&ct=clnk&gl=mx&client=firefox-b-d
4 https://www.banxico.org.mx/servicios/tablilla-billetes-discapacida.html
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Manuel Rodríguez González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al gobierno de la Ciudad de México a supervisar el funcionamiento de los centros de asistencia e integración social y capacitar en derechos humanos a su personal, a cargo de la diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada Mariana Gómez del Campo Gurza, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta Cámara la siguiente proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al gobierno de la Ciudad de México para que supervise el funcionamiento de los Centros de Atención e Integración Social de la ciudad y capacite a su personal en materia de derechos humanos, conforme a los siguientes
Antecedentes
I.- El seis de febrero de dos mil veintidós, el periódico La Crónica de Hoy dio a conocer una investigación realizada en la Casa de Asistencia Social San Bernabé, en donde se evidencian los presuntos abusos y maltratos que sufren niñas, niños y adolescentes, señalando la violencia que se vive dentro de sus instalaciones.
De acuerdo con documentos oficiales firmados por técnicos y brigadistas, fotos publicadas y capturas de mensajes a través de WhatsApp, tomadas supuestamente por el personal del Centro y difundidas en redes sociales, se puede observar que amarran a los menores de sus extremidades, los estrangulan y los obligan a realizar tareas demandantes no adecuadas para su edad. Tal como lo señala el encabezado de la nota periodística Amarran, estrangulan y toman fotos humillantes a niños en albergue de gobierno.
II.- En noviembre de 2020, la Comisión de los Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCDMX), en relación con los hechos antes referidos hizo apertura del expediente de queja 21/7575. Debido a que la situación en el albergue pone en peligro la integridad y la vida de menores de edad, la CDHCDMX debió haber actuado con celeridad, decretar medidas cautelares y debió haber realizado gestiones para que se salvaguardaran a las niñas, niños y adolescentes del entro. Lo cual no realizó.
III.- En octubre del año 2019, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) realizó un informe especial sobre la situación de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en centros de asistencia social y albergues públicos y privados de la República Mexicana, en el cual refiere la situación en que viven los menores y los abusos de los que son objeto.
IV.- El informe refiere que en la República Mexicana se registraron más de 33 mil niñas, niños y adolescentes en 875 albergues. Respecto a los diversos delitos que han sufrido los menores, el 27 por ciento es por desaparición de persona, el 14 por ciento por violencia familiar equiparada, 6 por ciento por violación, 5 por ciento por lesiones, 3 por ciento por abuso sexual y 2 por ciento otros delitos.
V.- En su momento, la CNDH, hizo un llamado tanto a las autoridades del Estado, como a la sociedad para asumir las obligaciones y garantizar la operación correcta de los centros de asistencia social y para que en materia de protección se adoptaran medidas ajustables a corto, mediano y largo plazo, para salvaguardar la integridad y cubrir las necesidades de la niñas, niños o adolescentes que se encontraran en estos centros.
VI.- En el año 2015 el Comité de los Derechos del Niños, recomendó al Estado mexicano que supervisara adecuadamente los centros de asistencia social y albergues infantiles, ya que la falta de revisión a estos ha dado lugar a casos de malos tratos y descuidos de niñas y niños, como ocurrió en los albergues Casitas del Sur y la Gran Familia. De igual modo, el Comité recomendó a México que aplicara las directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños.
VII.- El Sistema Nacional (DIF) es el organismo encargado de proporcionar la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, mediante políticas públicas, la ejecución de programas y acciones de asistencia social. El Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias de la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social CDMX, es una dependencia del gobierno de la CDMX, le corresponde el despacho de las materias relativas a desarrollo social, alimentación, promoción de la equidad, recreación, información, servicios sociales comunitarios y albergues infantiles.
VIII.- Es preciso mencionar que la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes depende de la protección del Estado mexicano y tales derechos deben ser ejercidos y protegidos por medios prácticos y efectivos a través de las instancias del Estado. Sin embargo, en casos como el del Centro de Asistencia Social San Bernabé se están vulnerando los derechos de los menores a la identidad, a la no discriminación, a un sano desarrollo integral, a la intimidad, a una vida libre de violencia y a la no explotación de cualquier tipo.
IX.- La Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010, Asistencia social. Prestación de servicios de asistencia social para niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad. Es un documento que debe de ser observado por todos los establecimientos o espacios de los sector público y privado que presten servicios de asistencia social a niñas, niños y adolescentes en situación de riesgo y vulnerabilidad. Entre otras cosas, establece que la presentación de los servicios de asistencia social en albergues temporales deben velar y proteger los derechos establecidos en los instrumentos internacionales y nacionales.
X.- Es urgente que el gobierno de la Ciudad de México dirija sus esfuerzos para erradicar y prevenir situaciones que impliquen un riesgo en la integridad tanto física como psicológica de las niñas, niños y adolescentes en los centros de asistencia social y albergues públicos bajo su adscripción.
Considerandos
I.- El artículo 6, fracción I, del Reglamento de esta Cámara de Diputados, establece que la presentación de proposiciones es un derecho de las y los diputados.
II.- Conforme al artículo primero de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
III.- Conforme al artículo 4, párrafo noveno, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, refiere que todas las decisiones que tome el Estado deberán velar y cumplir con el interés superior de la niñez, garantizando sus derechos como satisfacer sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento.
VI.- Conforme a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en su artículo 2, párrafo segundo y tercero refiere: El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se atenderá a lo establecido en la Constitución y en los tratados internacionales en los que México forma parte.
Cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales.
Por lo anteriormente expuesto, someto el presente instrumento parlamentario a consideración del pleno de la Cámara de Diputados, con el siguiente resolutivo:
Punto de Acuerdo
Único. Se exhorta al gobierno de la Ciudad de México para que realice las acciones necesarias para supervisar el adecuado funcionamiento de los Centros de Atención e Integración Social y albergues infantiles, buscando que prevalezca en todo momento el interés superior de la niñez. Así como, para que capacite al personal en materia de derechos humanos y derechos de los niños.
Dado en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Mariana Gómez del Campo Gurza (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a diversas autoridades a establecer programas, acciones y apoyos emergentes contra la sequía, el desempleo y el alto precio de los alimentos, a cargo de la diputada María de Jesús Aguirre Maldonado, del Grupo Parlamentario del PRI
Quien suscribe, María de Jesús Aguirre Maldonado, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo señalado en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, la Comisión Nacional del Agua y la Secretaría de Bienestar a establecer programas, acciones y apoyos emergentes contra la sequía, el desempleo y el alto precio de los alimentos, en beneficio de las familias más necesitadas, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
México cerró 2021 con una tasa anual de inflación de 7.36 por ciento, después de que en noviembre se registró la tasa más alta desde el año 2001, según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática y estimados por la organización México, ¿Cómo Vamos?
De acuerdo con la misma fuente la inflación anual en electricidad, gasolina y gas fue de 5.92, 13.98 y 6.87 por ciento, respectivamente. El impacto de diciembre fue más alto por un mayor incremento de los precios de los alimentos.
La Importación de maíz amarillo para los primeros 15 días de enero 2022 asciende a 669,171,700 toneladas, que representan el 34% más que las 498 mil importadas en 2021, de acuerdo con datos del grupo consultor de mercados.
Esta situación Impacta en la presión e incremento, al precio de la tortilla y amenaza la alimentación de las familias más necesitadas.
Según el Banco de México, inflación es un fenómeno de la economía relacionado con el aumento desordenado de los precios de la mayor parte de los bienes y servicios que se comercializan por un periodo prolongado. Para medir la inflación, el Inegi da seguimiento mensual a 235 mil precios de 46 ciudades del país.
Por otro lado, la Comisión Nacional del Agua declaró un estado de emergencia por la persistencia de sequía extrema y severa que afectó a las cuencas del país en 2021. Al menos en 8 cuencas que surten agua a 8 zonas urbanas de igual número de estados, el acceso al servicio de agua podrá ser restringido según Tec Review, con datos de la Agencia EFE.
El de 2020 fue un año con 3 por ciento de lluvias menos que 2019 y eso provocó la incidencia de sequía entre abril y mayo del 2021 en el 80 por ciento del territorio nacional, para finales del año la sequía preocupaba en al menos un tercio de la superficie del país.
La pandemia de Covid y la sequía desarticularon las cadenas de producción y abasto de alimentos, lo que ha dado como resultado una menor disponibilidad y mayores precios de estos en los mercados, reflejados en la inflación que actualmente vivimos.
La sequía ha complicado el abasto de agua potable en los centros urbanos, mayor costo de las pipas que abastecen los hogares y en las zonas rurales menor actividad agropecuaria, más incendios forestales, descapitalización de familias, desempleo y migración hacia los Estados Unidos.
Estos son dos grandes problemas nacionales que ameritan atención inmediata, junto con la salud, el Covid y las vacunas, la reactivación económica, la inseguridad creciente, la pobreza, la educación y la justicia.
Se requiere con gran urgencia programas de empleo temporal para hacer frente a esta época seca, entre enero y julio, donde la población empobrecida rural y urbana no tiene opciones de ingresos, más allá de los apoyos asistenciales.
Acciones como prevención de incendios forestales, mantenimiento carretero y caminos rurales, mantenimiento de derechos de vía, limpieza de ríos, barrancas para prevención de inundaciones y tratamiento y reúso de aguas residuales, son de manera enunciativa ejemplos de algunas actividades posibles de apoyar.
Se necesitan programas de apoyo para la construcción de obras de captación de agua para el abasto potable directo a comunidades debido a la reducida disponibilidad que hay en el subsuelo, mejoramiento parcelario, así como para el abasto del ganado, acuacultura y pequeñas áreas de riego agrícola. Impulsar la tecnificación del riego es impostergable para mejorar la productividad agrícola y recuperar volúmenes para uso público urbano.
Se estima que más de 40 por ciento de la población se encuentra en pobreza laboral, no obstante que tienen un empleo sus ingresos están por debajo de la línea de pobreza y necesitan con gran urgencia apoyos para asegurar su alimentación. Programas de despensas alimentarias emergentes además de apoyos productivos como huertos y granjas familiares de temporal como la milpa mexicana; maíz-frijol-calabaza y la cría de pequeñas especies pecuarias, para la producción de una parte de los alimentos que las familias requieren.
Necesitamos gran proyecto nacional de apoyo a los pequeños productores de autoconsumo, que representan 80 por ciento de la población agropecuaria, mediante la dotación de semillas, abonos y fertilizantes, herramientas, maquinaria, equipo e infraestructura para el almacenamiento de las cosechas evitando pérdidas por plagas y humedad.
Para los pequeños ganaderos es prioritario asegurar la alimentación de sus animales a lo largo del año, mediante la adopción de praderas y forrajes, métodos de conservación de éstos, dotación de semen y embriones para una mejora genética eficiente y a corto plazo que permita una mayor productividad.
Se requiere un apoyo integral para reconstruir las cadenas productivas y de suministro alimentario mediante crédito emergente para insumos, mecanización, tecnificación, sanidad e inocuidad, logística y apoyos a la comercialización hacia los diferentes destinos mediante los tratados y acuerdos existentes.
Por lo anterior antes expuesto someto a la consideración de esta Soberanía el siguiente:
Puntos de Acuerdo
Primero. Se exhorta a la Conagua, la Conafor y la SCT a establecer acciones de empleo temporal para la construcción de obras de captación de agua para abasto público y recarga de acuíferos, abasto al ganado, acuacultura, pequeñas áreas de riego, prevención de incendios forestales, limpieza de ríos y barrancas, mantenimiento de caminos rurales, derechos de vías y prevención de Inundaciones.
Segundo. Se exhorta a la Sader a implantar apoyos para pequeños productores agrícolas de autoconsumo, prácticas de mejoramiento parcelario, apoyos forrajeros a ganaderos con praderas, huertos y granjas familiares rurales, urbanas y periurbanas.
Tercero. Se exhorta a la Secretaría de Bienestar y al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia a destinar recursos alimentarios para las familias de escasos recursos en los medios rural y urbano.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada María de Jesús Aguirre Maldonado (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a Pemex a adecuar las disposiciones generales de contratación de dicha institución y sus empresas productivas subsidiarias, a cargo del diputado Manuel Rodríguez González, del Grupo Parlamentario de Morena
El suscrito, diputado Manuel Rodríguez González, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en el artículo 6, numeral 1, fracción I, y artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo por el que se exhorta al Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, a fin de adecuar las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos (Pemex) y sus empresas productivas subsidiarias, al tenor de la siguiente
Exposición de Motivos
Petróleos Mexicanos es la empresa más grande e importante de nuestro país, referente internacional en cuanto al tema de hidrocarburos. Las actividades de Petróleos Mexicanos involucran el total de la cadena productiva, desde la exploración, producción, transformación industrial, logística y comercialización.
El sitio electrónico de Pemex1 indica que en materia de transformación industrial Petróleos Mexicanos cuenta con seis refinerías, dos complejos petroquímicos y nueve complejos procesadores de gas que le permiten producir derivados de petróleo para hacerlos llegar a distintos sectores.
En logística cuenta con 83 terminales terrestres y marítimas, así como poliductos, buques, carros tanque y autos tanque, para abastecer a las más de 11 mil estaciones de servicio a lo largo de nuestro país.
Que es una empresa sustentable, socialmente responsable, con estrictos estándares de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental. Que dichas actividades se realizan con estricto apego a la integridad ecológica de las zonas en las que trabaja, impulsando el desarrollo social y económico de las comunidades.
Asimismo la página web de Petróleos Mexicanos señala que uno de los objetivos es que:
A través de un modelo de atención se instrumente un mecanismo que atienda a los proveedores en cada etapa de su interacción con Pemex.
Vincular necesidades de las áreas usuarias de Pemex con oportunidades identificadas en el mercado; a partir de elementos como: atención a proveedores y contratistas, categorías, estudios de mercado y otras iniciativas de la Subdirección de Abastecimiento ; además, proponer al área usuaria alternativas de procura a través de un modelo de contratación que maximice el valor de los recursos disponibles en beneficio de la organización en un contexto de mercado competido.
A través del modelo de atención cubrimos el objetivo de instrumentar un mecanismo que dirija los requerimientos de los usuarios hacia proveedores que ofrezcan las mejores soluciones integrales de procura y que atienda a los proveedores en cada etapa de su interacción con Pemex.
Fundamento legal
Artículo 19 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias que establece las reglas generales y que a la letra señala:
Los procedimientos de contratación de bienes, arrendamientos, obras y servicios se efectuarán, por regla general, a través de concurso abierto, previa convocatoria pública para que libremente se presente cualquier interesado siempre que reúna los requisitos previstos en las presentes disposiciones, y se realizarán a través del Sistema Electrónico de Contrataciones.
Así como con fundamento en los artículos 13, fracción V, y 76, de la Ley de Petróleos Mexicanos, que faculta al Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos para adecuar las Disposiciones Generales de Contratación para Pemex y sus empresas productivas subsidiarias y por considerar que el presente documento modernizará y actualizará con el uso de la e-firma a través del Sistema de Formalización de Contratos de Pemex (Sifocop), el proceso de la subcontratación de empresas regionales y/o de prestación de los servicios o suministro de los bienes para Petróleos Mexicanos, así como eficientar las compras y adquisiciones de la empresa y de los contratos con los proveedores, es que surge la materia y motivo del presente exhorto.
En este sentido y para mayor claridad de lo que se propone al Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos para que actualice los artículos materia del presente ocurso, se anexa el siguiente cuadro comparativo:
Disposiciones Generales de Contratación para Pemex y sus empresas productivas subsidiarias 2
Por lo anterior expuesto y fundado, pongo a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero.- La Cámara de Diputados exhorta al Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, a fin de adecuar los artículos 20 y 39 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias.
Segundo.- La Cámara de Diputados exhorta al Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos, para que una vez aprobada la presente Proposición con Punto de Acuerdo, la adecuación de los artículos 20 y 39 de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus empresas productivas subsidiarias, se realice en su próxima reunión del Consejo.
Notas
1 https://procura.com.mx/
2 http://www.dof.gob.mx/2021/PEMEX/DGC2021.pdf.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Manuel Rodríguez González (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar al Conacyt a entregar con la mayor brevedad el pago de becas de manutención a los estudiantes del CIDE, a cargo del diputado Mario Gerardo Riestra Piña, del Grupo Parlamentario del PAN
El que suscribe, Mario Gerardo Riestra Piña, diputado del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la Sexagésima Quinta Legislatura de la honorable Cámara de Diputados, así como por las y los diputados del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, me permito presentar a consideración de esta soberanía proposición con punto de acuerdo, por el que se exhorta al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) para que entregue a la brevedad el pago de becas de manutención a los estudiantes del Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC (CIDE), al tenor de las siguientes
Consideraciones
Queda el artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que Toda persona tiene derecho a la educación, la cual además se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva, tal y como lo establece dicho artículo.
El Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC (CIDE) fue constituido mediante escritura pública número 42956 de fecha 25 de noviembre de 1974, ante la Notaría Número 6 del Distrito Federal;1 constituido como una asociación civil con el firme propósito de crear un centro especializado en la enseñanza de la economía.
Pero mediante acuerdo del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) y la Secretaría de Educación Pública, el CIDE fue reconocido como centro público de investigación, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de agosto de 2000.
El CIDE es una institución reconocida a nivel nacional e internacional por su alto rigor académico, y por la calidad de su investigación ha sido calificada, en numerosas ocasiones, como una de las mejores universidades de México, al lado de El Colegio de México, para estudiar Derecho, Economía, Ciencias Políticas, Relaciones Internacionales y Políticas Públicas. Es importante reconocer que como una institución universitaria ha cumplido satisfactoriamente los propósitos que le dieron origen.
Históricamente, el CIDE ha otorgado becas de manutención a estudiantes de licenciatura para ayudarles con su traslado y/o gastos. Las becas son esenciales pues permiten que los estudiantes cuenten con un apoyo indispensable para que pueda concluir sus estudios.
La gran mayoría de los jóvenes tiene dificultades para obtener recursos económicos mientras cursan sus estudios, tanto en instituciones públicas como privadas; por lo que una beca hace económicamente viable su sueño y la posibilidad de continuar sus estudios, ya que no solo se deben cubrir los costos de la matrícula, sino también gastos como hospedaje, alimentación, materiales, transportación y muchos más.
Por tal motivo, y ante los sucesos acontecidos durante los últimos meses resulta sumamente necesario e importante defender la educación y a los estudiantes del CIDE, estamos conscientes que el instituto atraviesa un proceso político-educativo delicado, considerándose preocupante el periodo de incertidumbre que toda la comunidad está viviendo.
Sin embargo, los estudiantes no deben ser castigados como lo está realizando la Dirección General del CIDE y el Conacyt, al afectar a toda la comunidad.
La notoria incapacidad de Romero Tellaeche ha generado no sólo que se prohíba la entrada a la biblioteca, sino que también, a pesar de que el semestre inició esta semana, no se han pagado las 203 becas de manutención para los estudiantes del CIDE.
Por lo anterior, someto a consideración de esta soberanía los siguientes
Puntos de Acuerdo
Primero.- Se exhorta al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) para que entregue a la brevedad el pago de becas de manutención a los estudiantes del Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC (CIDE).
Segundo.- Se exhorta, respetuosamente, a los asociados del Centro de Investigación y Docencia Económicas, AC (CIDE) el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría de Energía, la Secretaría de Economía, el Colegio de México, AC, el Fondo de Cultura Económica, al Banco de México, y a su Asamblea General para que intervengan en el conflicto en que se encuentra el CIDE.
Nota
1 1.-Acta_Constitutiva_cide.pdf
https://www.cide.edu/transparencia/fracciones/1.-Acta_Co nstitutiva_cide.pdf
Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Mario Gerardo Riestra Piña (rúbrica)
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Con punto de acuerdo, para exhortar al Sipinna a realizar las investigaciones correspondientes relacionadas con la violación de derechos humanos cometidos contra niñas, niños y adolescentes en albergues de la Ciudad de México, suscrita por la diputada Yolanda de la Torre Valdez e integrantes del Grupo Parlamentario del PRI
Las suscritas, Yolanda de la Torre Valdez, Ana Lilia Herrera Anzaldo, Cynthia Iliana López Castro, Laura Barrera Fortoul, Sue Ellen Bernal Bolnik, Blanca María del Socorro Alcalá Ruiz y Cristina Ruiz Sandoval, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, con fundamento en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, fracción II, y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta asamblea proposición con puntos de acuerdo, al tenor de las siguientes
Consideraciones
Durante las últimas semanas nos hemos enterado de graves violaciones de los derechos humanos de la niñez y adolescencia en el país, cuestión que nos pone en alerta y nos hace cuestionar el papel del Estado y de cada uno de nosotros en la protección de los derechos, y en que punto nos encontramos como sociedad.
No podemos hablar de avances si casos tan terribles siguen presentándose, la violencia no puede permitirse, mucho menos cuando se ejerce contra los grupos más vulnerables y en entornos donde su protección debería estar garantizada.
Recientemente, durante el fin de semana, un caso más de violencia contra la niñez y la adolescencia fue dado a conocer por Crónica (https://www.cronica.com.mx/metropoli/amarran-estrangulan-toman-fotos-h umillantes-ninos-albergues-gobierno.html), se documenta que, en algunas minutas de trabajo oficiales en poder del medio de comunicación, se señala toda clase de violencia que han sufrido e incluso se cuenta con testimonios de parte de los trabajadores de estos lugares.
Crónica tiene en su poder minutas de trabajo oficiales que refieren igualmente casos en los que menores problemáticos son sometidos tomándolos del cuello o pateándolos. Hay fotografías de ello y en otras fotos se muestra el momento en el que se está dando una sustancia a una pequeñita aparentemente dormida o inconsciente
Lo anterior es por demás grave considerando que las niñas, niños y adolescentes que son atendidos en los albergues Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias (IAPP) del gobierno de la Ciudad de México, se encuentran en situación de vulnerabilidad alta, ya sea en abandono o con antecedentes de violencia familiar, y en lugar de garantizar la reparación del daño y la restitución de sus derechos las autoridades encargadas de su protección continúan violentándolos.
El amarrado de pies a cabeza es la más grave de una serie de irregularidades inexplicables y documentadas, en algunos casos, por los propios trabajadores de estos albergues, aunque no es lo único que está pasando en estos lugares. Igualmente inexplicable es que la denuncia de quienes allí trabajan o han trabajado no haya generado una reacción de la titular de la Comisión de Derechos Humanos capitalina.
Se habla también de la probable omisión y silencio de parte de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, ya que los denunciantes hicieron llegar la información a los medios después de meses sin ninguna acción al respecto:
La documentación fue hecha llegar a Crónica después de dos meses de silencio de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México que recibió en noviembre la denuncia en torno a esta situación (expediente 21/7575) y ante la necesidad, sostienen los denunciantes, de desmentir a la directora de IAPP que alega un buen funcionamiento de los albergues.
La directora general del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) en la Ciudad de México, Esthela Damián Peralta, precisó que ya se atiende la denuncia relacionada con el presunto maltrato de menores en albergues del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias.
Agregó que la investigación estará a cargo de un equipo multidisciplinario del DIF-Ciudad de México encabezado por Edith Hernández Segura, directora de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Vulnerabilidad, en Situación de Riesgo o Desamparo y de Centros de Asistencia Social, instancia adscrita a la Dirección Ejecutiva de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.
Se detalla también que el grupo cuenta con el apoyo de psicólogas y trabajadoras sociales, quienes entrevistaron a cada uno de los 10 niños que se encuentran en el centro de asistencia social San Bernabé, el cual indican se encuentra en remodelación.
Ya estamos atendiendo este asunto que tiene que ver con un presunto maltrato a efecto de conocer si los hechos son verídicos, si sufrieron o no algún tipo de violencia e identificar a las personas que tomaron gráficos o maltrataban a los niños, se detalla en el comunicado.
Finamente se subrayó que desde el DIF-Ciudad de México se dará seguimiento a las acciones realizadas para verificar las condiciones físicas y emocionales de niñas, niños y adolescentes de la Ciudad de México.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece la obligación de toda autoridad para proteger los derechos de los menores de edad, misma que debe realizarse en atención al principio de Interés Superior de la Niñez como mandan el artículo 4o. constitucional y la Convención de los Derechos del Niño.
En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
En virtud de lo anterior, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México está obligada a conocer y esclarecer los hechos en cuestión, que no solo conllevan la realización de delitos en contra de menores de edad como los de maltrato, lesiones, abandono, omisión de cuidado, etc., esto, tanto por actos de acción como de omisión, sino la realización de conductas delictivas por funcionarios públicos, que puede dar lugar a delitos por hechos de corrupción.
En cumplimiento de los artículos 130, 131, 212, 221 y demás relativos del Código Nacional de Procedimientos Penales, así como de los numerales 2, 7, 10, 11, 12, 47, 82, 83 y demás aplicables de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes este tipo de delitos son de persecución oficiosa y deben investigarse rápidamente para que las evidencias no desaparezcan o sean alteradas.
Por lo expuesto y fundado someto a consideración de esta asamblea la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, para que en cumplimiento con lo que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales, y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, inicie de manera inmediata las investigaciones pertinentes por la comisión de posibles delitos en contra de niñas, niños y adolescentes en albergues del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias del Gobierno de la Ciudad de México.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, para que mediante el seguimiento estricto de protocolos previamente establecidos para la adecuada investigación criminal y el respeto de los derechos humanos, conforme las carpetas de investigación que resulten procedentes e impute la comisión de hechos delictivos ante el Juez de control que corresponda respecto de quienes resulten responsables por cualquier hecho criminal cometido en perjuicio de niñas, niños y adolescentes en albergues del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias del Gobierno de la Ciudad de México.
Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México para que, en el ámbito de sus atribuciones, y en coordinación con las autoridades de la Federación, promuevan las responsabilidades penales y administrativas que por actos de corrupción puedan derivarse en relación a la actuación irregular de cualquier funcionario público involucrado en la violación al interés superior de niñas, niños y adolescentes atendidos en albergues del Instituto de Atención a Poblaciones Prioritarias del Gobierno de la Ciudad de México.
Cuarto. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente al Sistema Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes a realizar de inmediato las investigaciones correspondientes, y garantice la protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes, como lo establece la CPEUM y la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Quinto. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión solicita respetuosamente a la Comisión Nacional de Derechos Humanos que atraiga las denuncias relacionadas con la violación de derechos humanos cometidos contra niñas, niños y adolescentes en albergues de la Ciudad de México e investigue la probable omisión de la Comisión de los Derechos Humanos de la Ciudad de México al respecto.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Yolanda de la Torre Valdez (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la UNAM y diversas autoridades educativas a llevar a cabo las acciones conducentes al regreso a clases presenciales en todos los niveles en las entidades federativas, a cargo de la diputada Aleida Alavez Ruiz, del Grupo Parlamentario de Morena
La que suscribe, diputada Aleida Alavez Ruiz, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 6, numeral 1, fracción I; y 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea proposición con punto de acuerdo al tenor de las siguientes
Consideraciones
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala en su artículo 3o. que:
Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado federación, estados, Ciudad de México y municipios impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria, conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias, la educación superior lo será en términos de la fracción X del presente artículo. La educación inicial es un derecho de la niñez y será responsabilidad del Estado concientizar sobre su importancia.1
En el mismo artículo, se señala que corresponde al Estado la rectoría de la educación , la impartida por éste, además de obligatoria, será universal, inclusiva, pública, gratuita y laica; y que ésta se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva.
Asimismo, establece que la finalidad de la educación es desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y... promoverá la honestidad, los valores y la mejora continua del proceso de enseñanza aprendizaje.
En ese sentido, el Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 26,2 establece que la educación se ha visto como una necesidad universal, donde su objetivo es el pleno desarrollo de la personalidad humana.
Por su parte, la Convención sobre los Derechos de Niñas y Niños (CDN),3 señala el compromiso de los estados parte, en reconocer el derecho a la educación y ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho.
En la Ley General de Educación,4 en su artículo 6, menciona la obligatoriedad de la educación superior y que ésta estará a cargo del Estado en los términos dispuestos por la fracción X del artículo 3o. constitucional y las leyes en la materia.
Asimismo, en su artículo 7 menciona que al Estado mexicano le corresponde la rectoría de la educación, misma que deberá ser obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica; y en la fracción III, inciso b, se menciona que el Estado mexicano vigilará que la educación impartida por los particulares cumpla con las normas que rigen el sistema educativo y al sistema educativo nacional en todas las disposiciones aplicables.
En el año 2014 se publicó la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) y fue la primera legislación a nivel nacional en considerar a niñas, niños y adolescentes como personas titulares de derechos e incorporó de manera transversal los principios establecidos en (CDN), a saber, la no discriminación, el interés superior, la participación infantil, la supervivencia y desarrollo.
El 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad Nacional, declaró emergencia sanitaria a causa de la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19).5 Lo que dio inicio a una serie de acciones que implementó la Secretaría de Salud, entre las que se ordenó la suspensión de todas las actividades presenciales no esenciales, incluidas la relacionada con la educación en todos los niveles, con la finalidad de salvaguardar la integridad de la población y en particular de niñas, niños y adolescentes.
La Secretaría de Educación Pública dio a conocer en el acuerdo número 02/03/20, la suspensión de clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como, aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la misma. Con ello en marzo de 2020, la Secretaría de Educación Pública, puso en marcha diversas estrategias para el aprendizaje ligado al plan de estudios oficial.6
La Secretaría de Educación Pública emitió el acuerdo 23/08/21 por el que se establecen diversas disposiciones para el desarrollo del ciclo escolar 2021-2022 y reanudar las actividades del servicio público educativo de forma presencial, responsable y ordenada, y dar cumplimiento a los planes y programas de estudio de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), normal y demás para la formación de maestros de educación básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio de los tipos medio superior y superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido, así como aquellos particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en beneficio de las y los educandos.7
El derecho a la educación,8 es el centro de los derechos humanos, pues en él radica la indivisibilidad y la interdependencia que definen a todos. De acuerdo al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF),9 la educación les da a niñas, niños, adolescentes y personas jóvenes, habilidades y conocimientos para alcanzar su máximo potencial y ejercer sus otros derechos.
Durante la emergencia se ha podido observar una desigualdad puntual en los recursos tecnológicos y el acceso a internet, entre otras. La Secretaría de Gobernación10 señaló que la pandemia impactó el desarrollo y salud mental de los alumnos en los diversos niveles educativos, por falta de convivencia comunitaria y por segregación social, en su proyecto de vida por la deserción escolar, por el incremento de la desigualdad, vulnerabilidad ante la violencia familiar, el incremento en homicidios y embarazos en personas menores de edad.
Ante el riesgo de perder a una generación completa a causa de la pandemia por Covid-19, el regreso a clases presenciales de niñas, niños, adolescentes y personas jóvenes en todos los niveles educativos, desde educación inicial hasta universitaria, implica: contención emocional, generar condiciones de seguridad ante la incertidumbre y brindarles herramientas de autocuidado;11 factores fundamentales para aminorar el impacto del confinamiento.
El regreso a las aulas trae muchos beneficios educativos para las niñas, niños, adolescentes y jóvenes, sin olvidar que representa también un mecanismo de protección, cuando viven violencias en el hogar, de socialización mediante el juego y la convivencia con sus compañeras y compañeros.12
Por otro lado, de acuerdo a la encuesta ECOVID 2020,13 la población que no concluyó el ciclo 2019-2020 a consecuencia de la pandemia por el Covid-19, entre otras razones, se debió a que ésta carecía de computadora u otro dispositivo electrónico con conexión a internet o en muchos casos los padres o los responsables del cuidado de las o los alumnos no pudieron supervisarlos.
En México, y en el mundo, la pandemia por Covid-19 ha traído cambios sin precedentes en todos los ámbitos incluido el de la educación; y el gran reto es garantizar la universalidad, evitando la deserción escolar y poder construir estrategias desde una mirada interseccional.
Por otro lado, se hace necesario reconocer la opinión en la Consulta Nacional realizada en el año 2021 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos #CaminitodelaEscuela en la que más de 37 mil 700 niñas, niños y adolescentes de todo el país que ejercieron su derecho a la participación respecto de los asuntos que les interesan y afecta, como lo es el derecho a su educación. En dicha consulta manifestaron de manera explícita su interés por su regreso a clases presenciales de manera prioritaria.
La emergencia sanitaria derivada del Covid-19 ha traído consigo una serie de afectaciones, que han resultado por el cierre de escuelas, como lo es en el ámbito educativo, así como también en el ámbito de la salud mental de las infancias y adolescencias, cuyas afectaciones psicosociales serán mucho más difíciles de reponer.14 La escuela, más allá de su función primaria en el aprendizaje, tiene un rol central en el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.
El derecho a la educación es fundamental, desde la interdependencia de los derechos humanos, por tanto, limitar el acceso, ejercicio y goce de este derecho, implica limitar el ejercicio todos los derechos humanos.
Por lo que desde esta tribuna hago un llamado a las y los diputados de este Congreso, a efecto de que emitan su voto a favor de la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
De urgente y obvia resolución
Único. Se exhorta de manera respetuosa a la Universidad Nacional Autónoma de México, a las y los titulares de las áreas educativas, para que en el ámbito de sus atribuciones, lleven a cabo las acciones necesarias a efecto de lograr el regreso a clases presenciales en las distintas entidades federativas, en todos los niveles educativos, incluyendo a las instituciones públicas y privadas, con el objetivo de garantizar el derecho humano a la educación conforme a los estándares internacionales y privilegiando el interés superior de las infancias y juventudes.
Notas
1 Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, Constitución publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 5 de febrero de 1917, Última reforma publicada DOF 11-03-2021,
disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/627005/CPEUM_11_03_2021.pdf
2 Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 217 A (III), el 10 de diciembre de 1948, disponible en <https://www.un.org/es/about-us/universal-declaration-of-human-right s>.
3 Convención sobre los derechos del niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 44/25, el 20 de noviembre de 1989, disponible en
<https://www.un.org/es/events/childrenday/pdf/derecho s.pdf>.
4 DOF, Ley General de Educación, publicada el 30 de septiembre de 2019, disponible en https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE.pdf.
5 Acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-Cov2 (COVID-19), publicada en el Diario Oficial de la Federación 30 de marzo de 2020, disponible en: <http://www.csg.gob.mx/descargas/pdf/index/informacion_relevante/acu erdo-covid19-csg.pdf>.
6 DOF, Acuerdo número 02/03/20 por el que se suspenden las clases en las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional, así como aquellas de los tipos medio superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, Publicado el 16 de marzo de 2020, disponible en <http://sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/19413/4/images/a02_03_2 0.pdf>
7 DOF, Acuerdo número 23/08/21 por el que se establecen diversas disposiciones para el desarrollo del ciclo escolar 2021-2022 y reanudar las actividades del servicio público educativo de forma presencial, responsable y ordenada, y dar cumplimiento a los planes y programas de estudio de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), normal y demás para la formación de maestros de educación básica aplicables a toda la República, al igual que aquellos planes y programas de estudio de los tipos medio superior y superior que la Secretaría de Educación Pública haya emitido, así como aquellos particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en beneficio de las y los educandos, Publicado el viernes 20 de agosto de 2021, disponible en
http://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/21119/2/ images/a23_08_21.pdf.
8 Pablo, Latapí, (2009). El Derecho a la Educación: su alcance, exigibilidad y relevancia para la política educativa, en revista mexicana de investigación educativa, Vol.14, núm. 40, enero-marzo 2009, pp. 255-287. Disponible en <http://www.comie.org.mx/documentos/rmie/v14/n040/pdf/40012.pdf>.
9 UNICEF, La educación y aprendizaje, disponible en <https://www.unicef.org/mexico/educaci%C3%B3n-y-aprendizaje>.
10 Impacto de la pandemia en niñas y niños, 2021,
disponible en
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/663012/CPM_Segob_Impacto_pandemia_en_nin_as_y_ninos_ok__19ago21.pdf.
11 CDHCM, boletín 165/2021, No puede haber educación y escolarización sin el regreso a las aulas de niñas, niños y adolescentes, disponible en <https://cdhcm.org.mx/2021/08/no-puede-haber-educacion-y-escolarizac ion-sin-el-regreso-a-las-aulas-de-ninas-ninos-y-adolescentes/>.
12 UNICEF, el regreso a clases presenciales, disponible en <https://www.unicef.org/mexico/historias/el -regreso-presencial-clases>.
13 Encuesta para la Medición del Impacto Covid-19 en la Educación (ECOVID-ED) 2020, disponible en
<https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/bol etines/2021/OtrTemEcon/ECOVID-ED_2021_03.pdf>.
14 CDHCM, Boletín 145/2021, CDHCM presenta Reporte Nacional de la Consulta #CaminitodelaEscuela, sobre el regreso a clases, disponible en <https://cdhcm.org.mx/2021/08/cdhcm-presenta-reporte-nacional-de-la- consulta-caminitodelaescuela-sobre-el-regreso-a-clases/>.
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Aleida Alavez Ruiz (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Mesa Directiva de esta soberanía a iluminar de amarillo el Palacio Legislativo el 14 de marzo, Día Mundial contra la Endometriosis, a cargo de la diputada Yesenia Galarza Castro, del Grupo Parlamentario del PAN
Yesenia Galarza Castro, diputada federal, integrante de la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión e integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en los artículos 6, fracción I, 62, numeral 3, 79, numeral 1, fracción II, y demás relativos del Reglamento de la Cámara de Diputados, presenta la siguiente proposición con punto de acuerdo, con base en las siguientes
Consideraciones
1.- De acuerdo con especialistas del Instituto Nacional de Perinatología1 de nuestro país, la endometriosis es la presencia de glándulas y estroma endometrial funcionantes fuera de la cavidad uterina, con ciertas características que lo hacen funcionalmente similar al tejido endometrial presente dentro del útero, en otras palabras, sucede cuando la pared del endometrio crece fuera del útero expandiéndose en otros órganos del cuerpo, así, la probabilidad de desarrollar endometriosis inicia cuando comienza la salud reproductiva, es decir, cuando las niñas y adolescentes tienen su primer periodo menstrual, afectando del 6 al 10 por ciento de la mujeres en edad reproductiva de acuerdo al Instituto.
Las placas que se forman se llaman:
Implantes cuando son pequeñas.
Nódulos cuando son mayores.
Endometriomas cuando forman quistes en los ovarios.
La aparición de este padecimiento no es nueva y la primera descripción de esta enfermedad data de 1888, siendo tema de estudio por muchos especialistas a través del tiempo. Actualmente este padecimiento es común en las mujeres jóvenes. De acuerdo a Endometriosis México,2 1 de cada 10 mujeres tienen este padecimiento, no hay cura y el promedio de diagnóstico en México es de 9 años.
Las causas puntuales de dicho padecimiento aún se desconocen, algunas mujeres que padecen de endometriosis no presentan síntomas, otras sin embargo sí lo hacen y son muy variados, dentro de los más usuales son:3
Fuertes dolores menstruales (dismenorrea)
Dolores abdominales fuera del periodo menstrual
Dolor con las relaciones sexuales (dispareunia)
Menstruaciones más abundantes (hipermenorrea)
Dolor con la defecación (disquecia)
Problemas de fertilidad
Náuseas, vómitos
Debilidad, fatiga, mareos
En la actualidad existen varias teorías acerca de las causas de esta enfermedad, entre las que destacan las siguientes:4
Una parte de la menstruación discurre por las trompas y cae en el abdomen en lugar de expulsarse hacia el exterior. Sin embargo, esto ocurre en muchas mujeres que, por otra parte, nunca van a desarrollar endometriosis, por lo que esta explicación no soluciona completamente el problema.
Otra teoría apunta hacia un posible defecto de la inmunidad responsable de la limpieza de microbios y de células anormales en el abdomen. No se trata de que el número de defensas esté disminuido, sino de una menor calidad de las mismas. Ello impediría que se reconociesen como extrañas las células endometriales (normalmente presentes sólo dentro del útero) y les dejarían paso libre para su siembra en los órganos internos.
El diagnóstico basado en los síntomas suele resultar difícil debido al solapamiento con otros procesos, a la variabilidad sintomática, o a la conciencia generalizada por parte de las mujeres de que es normal que la menstruación duela.5
Además, las investigaciones demuestran que las familiares de primer grado de mujeres con esta enfermedad tienen mayor posibilidad de desarrollar endometriosis, por lo que seguramente también hay factores hereditarios involucrados en su génesis.
El diagnóstico de la endometriosis no puede hacerse sólo con base en los síntomas que presente cada paciente. Por lo tanto, deberán realizarse una serie de exploraciones complementarias para concretar la existencia y la severidad de cada caso.
Actualmente existen diversos tratamientos médicos para combatir esta enfermedad, como son antiprostaglandínicos, anticonceptivos orales, gestágenos, danazol, análogos de la GnRH (gonadotropin-releasing hormone), antagonistas de la GnRH, además de tratamientos quirúrgicos, siendo la técnica más empleada la laparoscopia.
La falta de información de esta patología y la ausencia de concienciación social provoca que muchas de las mujeres que padecen esta enfermedad se sientan solas e incomprendidas. Es una enfermedad crónica que precisa tratamiento.
2.- La Organización Mundial de la Salud ha declarado el 14 de marzo como el Día de la Endometriosis y a marzo como el mes amarillo, en referencia al color que representa a esta enfermedad.
Los lazos solidarios son usados como símbolos de apoyo y concientización a una causa social, se han convertido en las últimas décadas en una efigie de fraternidad entre la población de todo el mundo. Como es el caso del listón de color amarillo.
En la heráldica medieval, el amarillo significaba honor y lealtad, en la actualidad, el uso del lazo amarillo significa:6
En Estados Unidos para apoyar a las tropas que están en guerra
Apoyo para la prevención del suicidio
Con un corazón representa a los sobrevivientes de personas que han cometido suicidio
Apoyo para padres adoptivos
Cáncer de vejiga
Spina bífida
Enfermedad de la endometriosis
Con ello se busca concientizar y divulgar todo lo referente a esta enfermedad, así como también, de difundir la información relacionada con este padecimiento, así como su tratamiento, impulsando actividades para esa fecha, que puedan fomentar la concientización y divulgación de esta enfermedad.
Si bien la endometriosis se considera una enfermedad benigna, esta afecta entre el 6 y 10 por ciento de la población femenina, y una gran mayoría no sabe que tiene este padecimiento.
Es por ello que se pretende con este punto de acuerdo, que el Poder Legislativo participe en la difusión y conmemoración de esta fecha, crear empatía con las mujeres mexicanas y que cada día más mujeres puedan informarse, tratarse y tener una mejor calidad de vida.
Por lo antes expuesto, a usted, ciudadano presidente de la Mesa Directiva, solicito que se tenga por presentado el siguiente
Punto de Acuerdo
Único. Por el que se exhorta respetuosamente al presidente de la Mesa Directiva de la honorable Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, para que el día 14 de marzo, Día Mundial contra la Endometriosis, los edificios del Palacio Legislativo se iluminen de amarillo.
Notas
1 http://www.inper.mx/descargas/pdf/ENDOMETRIOSIS.pdf
2 http://endometriosismexico.com/
3 https://www.dexeus.com/informacion-de-salud/enciclopedia-ginecologica/g inecologia/endometriosis
4 Ídem.
5 https://www.mscbs.gob.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/pdf/equidad/EN DOMETRIOSIS.pdf
6 https://www.ecured.cu/Lazo_amarillo
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Yesenia Galarza Castro (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a las autoridades federales y de Puebla a realizar las investigaciones conducentes a esclarecer el lamentable caso del niño encontrado sin vida en un penal y fincar las sanciones penales correspondientes, suscrita por los diputados Ana Lilia Herrera Anzaldo, Mariana Erandi Nassar Piñeyro y Rubén Ignacio Moreira Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI
Los suscritos, Ana Lilia Herrera Anzaldo, Rubén Ignacio Moreira Valdez y Mariana Erandi Nassar Piñeyro, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, 79, numeral 2, y 65, numeral 4, del Reglamento de la Cámara de Diputados, someten a consideración de esta soberanía proposición con puntos de acuerdo por los que se exhorta a las autoridades federales y de Puebla a realizar las investigaciones correspondientes para esclarecer los lamentables hechos sobre el caso del niño encontrado sin vida en un penal en Puebla y fincar las sanciones penales correspondientes, y se exhorta a los gobiernos de las 32 entidades federativas y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a reforzar la seguridad en los centros penitenciarios, al tenor de las siguientes
Consideraciones
El pasado 10 de enero se dio a conocer que en el centro estatal de reinserción social (Cereso) de San Miguel, Puebla, fue encontrado el cuerpo sin vida de un menor de aproximadamente tres meses de edad, hallado por un interno en un contenedor de basura, envuelto en una cobija y dentro de una bolsa de papel.1 La Fiscalía General del Estado de Puebla se ha negado a dar avances de las investigaciones bajo el argumento de que las pesquisas no han concluido, por su parte, el gobernador de la entidad, Miguel Barbosa Huerta, se ha limitado a señalar que el pequeño presentaba huellas de una cirugía de apéndice y que había muerto por asfixia fuera del Cereso, negándose a dar más información bajo el argumento de que se busca no entorpecer las investigaciones. Diversos medios de comunicación han reportado que el menor tenía una pulsera en una de sus manos con los apellidos Ayala Peralta y que en la bolsa en la que fue encontrado el cuerpo había residuos de un polvo blanco, parecido a la cal.2
La asociación civil Reinserta, a través de su presidenta, Saskia Niño de Rivera, ha dado a conocer3 que una mujer ingresó el cadáver del menor en día de visita familiar, precisando que desde el inicio de la crisis sanitaria por Covid-19 el acceso a menores al penal está suspendido, además, informó que el menor habría sido exhumado de un panteón de Iztapalapa, Ciudad de México, y que los padres tras ver en los medios de comunicación el caso del bebé, sospecharon que se trataba de su hijo, por lo que fueron al panteón y descubrieron que su cuerpo ya no estaba y que fueron amenazados para no hacer pública la información y por ello han exigido a las autoridades reconocer el cuerpo del menor.4
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha determinado ejercer su facultad de atracción e iniciar la investigación correspondiente de los hechos, por lo que ha solicitado medidas cautelares al subsecretario de Centros Penitenciarios de Puebla y a la Unidad Especializada de la Fiscalía General de la entidad, a fin de que se colabore con la investigación que permita esclarecer los hechos, se garanticen los derechos humanos y se refuercen los controles de vigilancia en el Cereso.5
Hasta el sábado 22 de enero, la Fiscalía General del Estado de Puebla6 no dio a conocer avances en la investigación, confirmando la información de Reinserta, señalando que el resultado obtenido de la prueba genética es que existe correspondencia entre el cuerpo del menor hallado en el contenedor de basura del Centro Penitenciario de Puebla y el de las dos personas que se ostentaron como padre y madre, por lo que el menor inhumado y luego exhumado en la Ciudad de México es el mismo que fue encontrado en el centro penitenciario de Puebla.
Este hecho tan reprobable nos obliga a poner atención en la protección de los derechos de las niñas y niños en México, así como a cuestionarnos de manera seria y oportuna sobre el funcionamiento del sistema penitenciario mexicano, ¿cómo funcionan los protocolos para el ingreso de visitas? ¿cómo es que un menor ingresó a un centro penitenciario y no se registró su salida? ¿qué tratamiento se da a las y los niños que viven en las cárceles mexicanas?
De acuerdo con el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales de 2021, presentado por el Inegi,7 con actualización al 27 de octubre de 2021, al cierre del 2020 la infraestructura penitenciaria nacional se formó por 15 centros penitenciarios federales, 251 centros penitenciarios estatales y 53 centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes, constituyendo un total de 319 centros. El Inegi reportó que sólo 91 centros contaron con alguna certificación o acreditación de sus instalaciones por parte de alguna autoridad o asociación nacional o extranjera y que durante 2020 ingresaron 5 mil 956 personas en los centros penitenciarios federales y 104 mil 395 en los centros penitenciarios estatales. De ellos, 92.6 correspondió a hombres y 7.4 a mujeres.
Respecto a las niñas y niños en los centros penitenciarios, el mismo reporte del Inegi señala que en ese periodo los menores de seis años que permanecieron con sus madres privadas de la libertad en los centros penitenciarios federales y estatales, se reportaron 392 menores. De ellos, 50.5 por ciento correspondió a niños y 49.5 a niñas. Del total, 43.4 se trató de menores de un año. La mayoría de los menores se concentró en el estado de México.
Estos datos reflejan la importancia de garantizar los derechos de las niñas y los niños que se encuentran en los centros penitenciarios de nuestro país, tanto los que permanecen al interior, así como los que se encuentran de visita. El artículo 4o. constitucional consagra que en todas las decisiones y actuaciones del Estado, deberán prevalecer aquellas medidas que ofrezcan mayor beneficio para la niñez, especialmente para la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento, y por su parte, el artículo 10 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece la obligación de las autoridades en el ámbito de sus competencias, de adoptar medidas de protección especial para los derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias específicas.
Las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok)8 señala en la Regla 2 que se debe prestar atención adecuada a los procedimientos de ingresos de niños en las cárceles.
¿Cómo se realizan estos procedimientos en México tanto para el ingreso de menores como de personas adultas que se encuentra de visita? En el ámbito federal se cuenta con el Manual de Visita de los Centros Federales de Readaptación Social9 y en ámbito de las entidades federativas, cada una cuenta con ordenamientos y procedimientos específicos que regulan las visitas a los centros penitenciaros. El ingreso de niñas y niños a los centros penitenciarios, ya sea por visita o para vivir con sus madres, así como de cualquier persona, exige una atención sumamente adecuada que salvaguarde sus derechos y la seguridad pública, por lo que es urgente que se refuercen los controles de vigilancia, seguridad, revisión e ingreso, para que hechos tan lamentables como el sucedido en Puebla no se repitan.
En este orden, ponemos a consideración de esta soberanía el presente punto de acuerdo, que tiene como propósito exhortar a las autoridades federales y de Puebla a esclarecer estos hechos tan lamentables y que finquen las sanciones penales correspondientes a los responsables, de igual forma se exhorta a las y los titulares de los Poderes Ejecutivos de las 32 entidades federativas, así como a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal, para que revisen y refuercen los protocolos de visita a los centros penitenciarios federales y estatales, así como a los centros especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes, y de igual forma, cuenten con espacios seguros y libres de violencia para las niñas, niños y adolescentes que visitan los centros penitenciarios del país, según corresponda a sus competencias.
Por lo expuesto y fundado sometemos a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Puntos de Acuerdo
Primero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta a las autoridades federales y estatales de Puebla, así como a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al Sistema de Protección Integral de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y a la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, para que en el ámbito de sus atribuciones realicen de manera conjunta y coordinada las investigaciones necesarias para esclarecer los lamentables hechos sobre el caso del niño encontrado sin vida en el centro de reinserción social de Lomas de San Miguel, Puebla, se determinen las sanciones penales correspondientes a las autoridades del penal que resultasen involucradas en estos hechos y se brinde atención a las familias de la víctima de este lamentable hecho.
Segundo. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares de los Poderes Ejecutivos de las 32 entidades federativas, así como a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal, para que, con arreglo a sus facultades y a través de las dependencias correspondientes, implanten los protocolos necesarios a fin de reforzar los controles de vigilancia, seguridad, revisión, ingreso y salida de visitas a los centros penitenciarios que se encuentren bajo su jurisdicción.
Tercero. La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión exhorta respetuosamente a las y los titulares de los Poderes Ejecutivos de las 32 entidades federativas, así como a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del gobierno federal, para que, con arreglo a sus facultades y a través de las dependencias correspondientes, cuenten con espacios seguros y libres de violencia para las niñas, niños y adolescentes que visitan algún centro penitenciario del país, así como contar con espacios seguros y libres de violencia para las niñas y los niños menores de 3 años que viven con sus madres al interior de algún centro penitenciario, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Notas
1 https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2022-01/COM_2022 _011.pdf
2 https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2022/01/20/
caso-del-bebe-muerto-en-cereso-de-puebla-mas-interrogantes-que-respuestas/
3 https://www.elsoldemexico.com.mx/republica/sociedad/
familiares-del-bebe-hallado-en-penal-ya-habrian-acudido-a-la-fiscalia-a-reclamar-el-cuerpo-7763958.html
4 Ídem.
5 https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2022-01/COM_2022 _011.pdf
6 https://fiscalia.puebla.gob.mx/index.php/informacion-socialmente-util/b oletines/1973-la-fiscalia-de-puebla-logra-avances-en-la-investigacion-d el-hallazgo-del-cuerpo-de-un-menor-en-el-centro-penitenciario-de-puebla
7 https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/cnspef/2021/doc/cnsipef_2 021_resultados.pdf
8 https://www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/Bangkok_Rules _ESP_24032015.pdf
9 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4936923&fecha=08/11/2006
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputados: Ana Lilia Herrera Anzaldo, Rubén Ignacio Moreira Valdez, Mariana Erandi Nassar Piñeyro (rúbricas).
Con punto de acuerdo, a fin de exhortar a la STPS a instruir a los inspectores del trabajo para realizar las visitas orientadas a vigilar que se cumplan las disposiciones de higiene y seguridad, específicamente en los centros laborales donde el personal pasa de pie toda la jornada o la mayor parte de ésta, a cargo del diputado Emmanuel Reyes Carmona, del Grupo Parlamentario de Morena
Quien suscribe, diputado Emmanuel Reyes Carmona, integrante del Grupo Parlamentario de Morena en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6, numeral 1 y el artículo 79, numeral 2, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta asamblea proposición con punto de acuerdo con base en las siguientes
Consideraciones
La necesidad de mejorar las condiciones de trabajo que entrañan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran número de seres humanos, que el descontento causado constituye una amenaza para la paz y armonía universales, como establece el preámbulo de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), fue la razón principal que motivó la creación de la OIT en 1919.
Casi 90 años después, la declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa, 2008, reafirmó la importancia de los objetivos constitucionales de la OIT y subrayó la necesidad de adoptar y ampliar medidas de protección de los trabajadores, con inclusión de condiciones de trabajo saludables y seguras; y medidas en materia de salarios y ganancias y de horas y otras condiciones de trabajo, destinadas a garantizar a todos una justa distribución de los frutos del progreso y un salario mínimo vital para todos los que tengan empleo y necesiten esa clase de protección.1
La protección de los trabajadores se basa en los valores fundamentales de la OIT de que el trabajo no es una mercancía y que mejorar las condiciones de trabajo es esencial para lograr la justicia social, la prosperidad de los países y una paz universal y permanente.
A pesar de existir diversas normativas a nivel internacional y nacional que protege el derecho a la salud de los trabajadores, hoy en día aún podemos encontrar que una gran parte de los trabajadores del país son obligados a poner en riesgo su salud, trabajando en condiciones que pueden llegar a afectar su integridad a causa del incumplimiento de medidas existentes dentro de la legislación nacional, en este caso específico el relativo a posturas forzadas como mantenerse de pie durante toda la jornada laboral.
Trabajar con posturas inadecuadas es una fuente de lesiones músculo-esqueléticas, tanto si se trata de posturas incómodas que sobrecargan una parte del cuerpo como si el trabajo obliga a mantener una misma postura todo el tiempo. Los brazos, el cuello, la espalda y las piernas suelen ser las zonas más castigadas por problemas posturales. Eliminar posturas forzadas, realizar pausas, y poder cambiar de postura de vez en cuando reduce el riesgo considerablemente.
Las molestias por esta actividad pueden aparecer de manera lenta, hasta que se convierten en lesiones crónicas, por esta razón es importante que puedan evitarse tomando para ese caso las medidas necesarias.
La fracción V del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), manifiesta la obligatoriedad que corresponde a los patrones de contar con asientos o sillas a disposición de los trabajadores, sin embargo, los empleadores de ciertos centros de trabajo siguen obligando a sus empleados a mantenerse de pie durante toda la jornada laboral, este es el caso de guardias de seguridad, cajeras, vendedores departamentales, hostess .
Trabajar todo el tiempo de pie no es sano para las personas, cualquiera de nosotros ha experimentado mantenerse de pie de manera prolongada en alguna fila para hacer alguna compra o por motivo de asistir a un evento donde no haya la oportunidad de sentarse y al paso de los minutos se vuelve incómodo, pues la evolución no nos diseñó para estar en posición erguida durante mucho tiempo, sin alternarlo entre sentarse y descansar, aquí hay que precisar que, si bien los cuerpos militares suelen mantenerse en esa postura, el entrenamiento físico constante ha fortalecido sus músculos y sistema óseo por lo que podemos decir que están capacitados para soportar esa postura por sobre un ser humano normal.
Ahora bien, en alguna ocasión, también, muchos de nosotros hemos ido a consumir en algún restaurante donde, desde la entrada al establecimiento, nos recibe una persona que nos da la bienvenida y nos lleva hasta alguna mesa disponible y se mantiene pendiente de que nuestra estancia en el lugar sea cómoda, sin embargo, la mayoría de nosotros no se da cuenta que esta persona se mantiene de pie durante todo el tiempo que estamos en el establecimiento, por si esto fuera poco, cuando esa persona es mujer, también lleva puestos zapatos de tacón alto, lo que hace más incómodo su desempeño laboral.
El mismo caso aplica para cuando hemos visitado algún museo, normalmente el personal de seguridad se mantiene de pie o dando rondines sin un espacio de tiempo para sentarse y descansar, especialmente la espalda y las piernas, quienes soportan toda la carga del peso.
Tanto si el empleado está trabajando de pie en movimiento como en posición estática, las condiciones físicas del cuerpo se ven mermadas. Algunos de los riesgos relacionados con trabajar de pie son:
Fatiga y tensión muscular en piernas, espalda y cuello al disminuir el flujo de sangre en estas zonas.
La inflamación en las venas aumenta el riesgo de padecer varices.
Permanecer de pie en el trabajo también puede ser origen de problemas en las articulaciones de la columna, caderas, rodillas y pies.
Trabajar de pie también está relacionado a largo plazo con daños en tendones y ligamentos, que pueden originar trastornos reumáticos.2
El cambio de postura entre estar sentado, de pie, andando y acostado mantiene la columna elástica y en movimiento e impide que se produzcan trastornos de las funciones nerviosas, lumbago o incluso una hernia discal.
Cuando estamos de pie, nuestro peso no descansa sobre toda la superficie del pie, sino que se distribuye según nuestro arco entre el talón y la parte anterior del pie. Este arco es tensado en la parte inferior del pie mediante músculos, tendones y ligamentos que, a su vez, requieren movimiento para no volverse flácidos, acortarse o desgastarse. Si se pierde la amortiguación de los pies, cada paso se convierte en una tortura, también las rodillas, las caderas y la columna.
Es evidente que el ser humano debe moverse para que el organismo esté en armonía y se puedan prevenir las enfermedades cardiovasculares y los trastornos musculo esqueléticos. La clave de nuestra salud reside en cambiar continuamente de postura: el movimiento en combinación con estar sentado, de pie, caminando y acostado. Sin embargo, no son muchos los puestos de trabajo que ofrecen esta posibilidad a pesar de estar regulado por la LFT.
El artículo 330 de la Ley Federal del Trabajo refiere lo siguiente:
Artículo 330. Los Inspectores del Trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes:
I. Comprobar si las personas que proporcionan trabajo a domicilio se encuentran inscritas en el Registro de Patrones. En caso de que no lo estén, les ordenarán que se registren, apercibiéndolas que de no hacerlo en un término no mayor de 10 días, se les aplicarán las sanciones que señala esta Ley;
II. Comprobar si se llevan correctamente y se encuentran al día los Libros de registro de trabajadores a domicilio y las Libretas de trabajo a domicilio;
III. Vigilar que la tarifa de salarios se fije en lugar visible de los locales en donde se reciba y proporcione el trabajo;
IV. Verificar si los salarios se pagan de acuerdo con la tarifa respectiva;
V. Vigilar que los salarios no sean inferiores a los que se paguen en la empresa al trabajador similar;
VI. Practicar visitas en los locales donde se ejecute el trabajo, para vigilar que se cumplan las disposiciones sobre higiene y seguridad; y
VII. Informar a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos las diferencias de salarios que adviertan, en relación con los que se paguen a trabajadores que ejecuten trabajos similares.
En este sentido, resulta de gran importancia que los inspectores del trabajo realicen de manera pronta las visitas a que los faculta el referido artículo a fin de constatar que los empleadores cumplan con lo que mandata el artículo 132 respecto a contar con las sillas o asientos necesarios a disposición de sus trabajadores y se constate que se les permita hacer uso de ellas, a fin de evitar que los trabajadores sufran de algún padecimiento originado por mantener una postura forzada durante la jornada laboral.
Por lo anteriormente expuesto, someto a consideración de esta soberanía la siguiente proposición con
Punto de Acuerdo
Único. La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión exhorta de manera respetuosa a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a tomar las medidas necesarias a fin de instruir a los inspectores del Trabajo a realizar las visitas a que se refiere el artículo 330, fracción V, de la Ley Federal del Trabajo, específicamente en aquellos centros de trabajo donde su personal pasa la mayor parte o toda la jornada laboral de pie.
Notas
1 https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/-ed_norm/-relconf/documents/ meetingdocument/wcms_358293.pdf
2 https://www.quironprevencion.com/blogs/es/prevenidos/trabajar-pie-riesg os-consejos-medidas-preventivas
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputado Emmanuel Reyes Carmona (rúbrica)
Con punto de acuerdo, para exhortar a la Fiscalía General y la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Jalisco respecto al fallecimiento de la menor Heidy Valeria N, ocurrido en Tototlán, a cargo de la diputada Ana Laura Sánchez Velázquez, del Grupo Parlamentario del PAN
La suscrita, diputada federal Ana Laura Sánchez Velázquez, integrante del Grupo Parlamentario del PAN en la LXV Legislatura del honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 6, numeral 1, fracción I, y 79, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración de esta honorable asamblea la siguiente proposición con punto de acuerdo, conforme a las siguientes
Consideraciones
El pasado tres de febrero, en el municipio de Tototlán, estado de Jalisco, se reportó el fallecimiento de la menor Heidy Valeria N, de dos años de edad, al consumir alimentos envenenados.
De acuerdo con versiones oficiales, el alimento envenenado consistía en una galleta que fue arrojada al domicilio de Heidy Valeria N para que fuera consumida por la mascota propiedad de la familia.
Sin embargo, dicho alimento estuvo al alcance de la menor teniendo como consecuencias las ya señaladas.
Lo anterior, no obstante de los múltiples esfuerzos y primeros auxilios brindados por diversos elementos del cuerpo de bomberos, así como de médicos de ese municipio, el fallecimiento de Heidy Valeria N fue inevitable debido a la cantidad y peligrosidad del veneno utilizado.
El fallecimiento de la menor Heidy Valeria N es un acto que debe ser debidamente investigado por las autoridades competentes con la finalidad de evitar su repetición, pero principalmente para que no quede impune dicho delito.
Es por ello que la suscrita exhorta a la Fiscalía Estatal para que investigue debidamente y deslinde responsabilidades, siendo la responsable de la procuración de justicia y de conducir las funciones de la investigación de los delitos, del ejercicio de la acción penal y la relativa a la acción de reparación del daño ante los tribunales, rigiéndose por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.1
Es decir, esa autoridad debe investigar y con prontitud todos los delitos del orden local y concurrente, así como acreditar la responsabilidad de los imputados ante los tribunales; con el objeto de esclarecer los hechos ocurridos, proteger al inocente, victimas, y procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.
Asimismo, se solicita la intervención de la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco, con la finalidad de que se brinde la correspondiente atención integral mediante asesorías en las áreas jurídica, psicológica, médica y de trabajo social a los familiares de la menor Heidy Valeria N.
La Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas (CEEAVJ) es el órgano operativo del Sistema Estatal de Atención a Víctimas que se encarga de dar atención a las víctimas y ofendidas/os del delito y de violaciones a derechos humanos, cuando éstas deriven de la comisión de un delito, mediante la asistencia médica, psicológica, de trabajo social y asesoría legal.
Con dicha intervención se busca garantizar los derechos de las víctimas del delito y de violaciones a los derechos humanos dentro del estado de Jalisco mediante la atención ágil, integral y efectiva, encaminada a la reparación integral del daño, a través de la aplicación de los servicios especializados que la Comisión brinda, con la finalidad de asegurar el acceso a la justicia de conformidad con la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Jalisco.
Por lo antes expuesto, sometemos a consideración de este pleno los siguientes puntos de acuerdo en los siguientes términos:
Puntos de Acuerdo
Primero . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión, en su LXV Legislatura, exhorta a la Fiscalía General del estado de Jalisco para que realice una exhaustiva investigación de los hechos relacionados con el fallecimiento de la menor Heidy Valeria N, con el objeto de que se deslinden responsabilidades y, en su caso, se ejerza la acción penal que conforme a la legislación penal proceda.
Segundo . La Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión en su LXV Legislatura, exhorta a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas del estado de Jalisco, para que brinde la correspondiente atención integral en las áreas jurídica, psicológica, médica y de trabajo social a los familiares de la menor Heidy Valeria N.
Nota
1 https://www.jalisco.gob.mx/sites/default/files/ley_organica_del_poder_e jecutivo_del_estado_de_jalisco.pdf
Palacio Legislativo de San Lázaro, a 10 de febrero de 2022.
Diputada Ana Laura Sánchez Velázquez (rúbrica)